Línea de Flujo para el futuro pozo Palenque Este D
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
1.-
2.-
2.1.-
2.2.-
2.3.-
3.-
Califica Ambientalmente el proyecto "Línea de Flujo para el futuro pozo Palenque Este D "
Resolución Exenta N* 226/2010
Punta Arenas, 17 de Agosto de 2010
La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Línea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D”, presentada por el Señor Víctor Briano Peralta en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha 22 de marzo de 2010; Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental Oficio N524, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 05/04/2010; Oficio N%083 M.A., publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 06/04/2010; Oficio N202, publicado por Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/04/2010; Oficio N222, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/04/2010; Oficio N0255, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 12/04/2010; Oficio N179, publicado por Ilustre Municipalidad de San Gregorio, con fecha 13/04/2010: Oficio N194, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 13/04/2010; Oficio N1801, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/04/2010; Oficio N150, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 13/04/2010; Oficio N166, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/04/2010; Oficio N268, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/04/2010; Oficio N638, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/04/2010; Oficio N301, publicado por Planificación y Coordinación. Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/04/2010; Oficio N"090, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/04/2010; Oficio N036, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/04/2010; Con Relación al Adenda N] Oficio N1061, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/06/2010; Oficio N%425, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/06/2010; Oficio N298, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/06/2010; Oficio N234, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/06/2010; Con Relación al Adenda N2 Oficio N305, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 03/08/2010; El Acta de la Sesión N24 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 17 de agosto de 2010; Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este p” Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N1600/2008, de la Contraloría General de la República; y
1Alasz demás normas aplicables al proyecto.
ue, Ja lonas Regional del Medio Ambiente de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por
el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Línea de Flujo para el
FúturoPozo Palenque Este D”;
2.- Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3.- — Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Linea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” consiste en en la construcción de una línea de flujo, de 1.740m de largo, que permita transportar la producción obtenida desde el pozo Palenque Este D hasta las instalaciones del pozo Palenque 1, ambos pozos proyectados en el Bloque Terciario Dorado - Puerto Sara y Riquelme - Manzano. 3.1.- Vida útil La evaluación económica del proyecto considera una vida útil de 20 años. Sin embargo, el diseño y programa de mantención de la infraestructura proyectada, contempla un período de utilización bastante superior, dependiendo de los futuros proyectos gasíferos que se generen en el área de Operación.
3.2.- Localización Este proyecto constructivo se emplazará en la comuna de San Gregorio, provincia de Magallanes, región de Magallanes y la Antártica Chilena,
3.2.1.- Coordenadas
Las coordenadas geográficas son
Coordenadas UTM (PSAD 63) Punto de Referencia Norte Este Inicio Ducto 4180407 415045 Fin Dueto 4179615 415875 3.2.2.- Superficie Etapa Superficie Requerida (ha) Construcción 1,74 Operación 1,04 3.3.- Definición de sus partes, acciones y obras fisicas 3.3.1.- Levantamiento de Información 3.3.1.1.- Trazado de Ductos
De acuerdo al largo del trazado, tanto para la etapa de construcción como en la de posterior
operación, sólo ocupará una fracción menor de la estepa magallánica, de uso eminentemente
ganadero. La capa vegetal intervenida, será tratada según lo establecido en el Plan de
Intervención de Cubierta Vegetal.
3.3.1.2.- Ingeniería y Diseño
La ingeniería comprende tres etapas principales
i) Ingeniería Conceptual: en esta fase se definen las factibilidad técnico - económica y soluciones tentativas;
ii) Ingeniería Básica: que corresponde a la etapa donde se define el proceso y dimensionamiento de los principales elementos del proyecto;
111) Ingeniería de Detalle: que corresponde a la etapa de definición del trazado y emplazamiento definitivos, y confección de los planos de Ingeniería, en todas sus disciplinas, documentación que finalmente permitirá la construcción del proyecto.
El detalle para la construcción de la línea de flujo y sus principales caracteristicas de diseño
e interconexión a las instalaciones industriales existentes, se definirán y detallarán durante la
etapa de Ingeniería Básica, considerando que se tratará de una línea enterrada, a una profundidad que oscilará entre 1,0 y 1,5 metros. El diseño y construcción de la línea se hará conforme a la legislación y reglamentación vigente contenida en el D.S. N"254 (28 -04-95) del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción y referido al Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural, utilizando como base las normas americanas contenidas en ANSI/ASME B31.8 y generadas para el transporte de fluidos gaseosos. Así también, el diseño y construcción de las instalaciones industriales complementarias consideradas en el proyecto, serán efectuados según la normativa internacional: ANSI/ASME B31.1 y ANSI A SME B.31.3 para Piping de proceso en plantas químicas. “La Ingeniería Básica final y el posterior desarrollo de la Ingeniería de Detalle del proyecto, como criterio de diseño, comprenderá todas las consideraciones y aspectos ambientales dicados en la calificación de proyectos similares para ENAP, y desde ya, a futuro, también E considerará todos los aspectos que formen parte de la correspondiente Resolución de . Calificación Ambiental de este preoyecto. apa de Construcción Descripción de los Componentes del Proyecto Linea
3.3.2,1.2.-
3.3,2.1.3.-
3.3.2.1.4.-
3.3.2.1.5.-
3.3.2.2.- 3.3.2.2.1.-
La línea de flujo se construirá de acero de 6” de diámetro y será diseñada para funcionar enterrada y revestida con polietileno extruido colocado en tres capas, para proteger de la
corrosión. Las presiones de operación son de 20kg/cm?, la temperatura de operación de 200 y la longitud de la línea de flujo es de 1.740 m.
Sistema de Protección Catódica La posible corrosión externa del ducto en operación, se minimizará y controlará con la instalación de ánodos de sacrificio para la protección catódica continua de la cañería en condición de subsuperficio. Un diseño apropiado y óptimo, implica un acabado estudio de las condiciones de agresividad y resistividad del terreno que conforma el subsuelo en contacto directo con la tubería de acero.
Equipamiento para la Mantención Se usará la misma infraestructura y personal especializado existentes en Cabo Negro y/o Posesión, destinados al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y preventivos del sistema de ductos e instalaciones actualmente en operación.
Sistemas contra Incendios Debido al carácter de la operación, se contará con sistemas para la extinción de incendios similar a todos los utilizados en las diferentes instalaciones de ENAP - Magallanes.
Campamentos de faena Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de faena, por lo que se utilizarán las instalaciones de la refinería Gregorio, En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Por otra parte, los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Punta Arenas, Este proyecto no contemplará la generación de residuos peligrosos en el área de emplazamiento del mismo, sin embargo, los únicos RESPEL que se generarán en el proyecto, serán los que se originen a partir del cambio de aceite de maquinarias y equipos, el cual se realizará en las instalaciones de Cabo Negro y Terminal Gregorio, siempre de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL. Respecto del transporte y disposición regular de los residuos industriales peligrosos (RESPEL), este se hará mediante un contrato suscrito con HIDRONOR S.A. Todo RESPEL que genera la Empresa, se administra de acuerdo a los procedimientos contemplados en el Plan de Manejo de Residuo s Peligrosos (RESPEL) de ENAP Magallanes, que incluye a sus Contratistas de acuerdo a lo establecido por el D.S, N148, Para el caso de la disposición final de aceites y lubricantes usados que puedan generarse, éstos serán transportados y eliminados mediante un convenio ya suscrito con la empresa Vía Limpia cautelado por COPEC S.A. De acuerdo a la normativa vigente, ENAP -Magallanes se encuentra inscrito dentro del registro nacional de Generador bajo el NR12 - g - 00006. De modo general, todo transporte y disposición final se registra en el denominado sistema DSRP de MINSAL.
Construcción
Forma de Construcción La construcción de una línea de flujo propiamente tal, se inicia con la demarcación topográfica de la franja de derechos de paso y eje de los ductos, para luego proseguir con la etapa de movimiento de tierras que involucra: la preparación de la pista, excavación y relleno de la zanja que contendrá el ducto. El movimiento de tierra efectuado para abrir la zanja se planificará a fin de que este espacio sea el minimo necesario, con el objeto de mitigar el impacto a la menor superficie de suelo posible. La etapa siguiente al movimiento de tierra, corresponde a la de instalación del ducto que previamente requiere: transporte y montaje de las cañerías a lo largo del trazado, preparación de singularidades y curvado de cañerías (obras de arte), soldadura e inspección de ellas, parcheo de las uniones s oldadas e instalación de las cañerías en zanja. Posteriormente, se retoma el movimiento de tierra comprendido por: 1) llenado intermedio de la zanja li) — instalación de la cinta de advertencia iii) tapado de la zanja iv) restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada y v) retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción. Terminada la construcción del ducto comienzan las fases de pruebas de éstos, limpieza interior y puesta en marcha del proyecto. No se realizarán atraviesos de caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. Este proyecto utilizará caminos públicos de administración de la Dirección de Vialidad, sólo
para el transporte de tuberías y otros insumos del proyecto. Enap exigirá al contratista encargado del transporte de este material, que cuente con los permisos correspondientes para el uso de estas vías. La construcción se realizará de acuerdo al proyecto de Ingeniería de Detalle desarrollado por ENAP conteniendo todas las exigencias legales y normativas técnicas vigentes en nuestro país. Además, se utilizarán normas internas de ENAP contenidas en el documento. 3.3.2.2.2.- Condiciones de Seguridad A lo largo de toda la fase de construcción, y también durante toda la posterior operación del proyecto, ENAP cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. El personal contratista que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación vigente, deberá cumplir con los estándares ENAP de seguridad. También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de operación de los ductos, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia” de material plástico, ubicada 30 centímetros, bajo terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerias, con la levenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION GASODUCTO “X” PULGADAS”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de “maquinaria pesada” que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja de los ductos en operación, situación que de no ser oportuna y convenientemente advertida podría causar accidentes de impredecibles consecuencias. Durante la construcción normalmente y en lo principal se usará como base el campamento de ENAP en Gregorio y/o Posesión dependiendo de la capacidad de cada uno de ellos. 3.3.2.2.3.- Materiales Prácticamente la totalidad de los materiales y equipos requerid os para la construcción del gasoducto e instalaciones industriales consideradas, son de origen importado. 3.- Etapa de Operación 3.L.- Descripción del Proceso La producción del pozo, será transportada e interconectada con el área del pozo Palenque 1 y desde allí, este nuevo volumen esperado de gas se incorporará al Nudo de Válvulas de Gregorio mediante un colector de 8”. 3,3.3.2.- Tiempo de Operación de las Instalaciones El proyecto requiere de operación continua de 365 días del año durante las 24 horas del día. El ducto será inspeccionado por supervisores en tumos de 12 horas y movilizado en camionetas con equipo de radio, con comunicación directa a los principales centros de operación de ENAP - Magallanes. La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones ENAP anteriormente mencionadas. 3.3.4.- Etapa de Abandono El ducto permanecerá enterrado ya que por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente inconveniente su retiro. Las cañerías metálicas que conforman al ducto, por una parte estarán protegidas externamente con polietileno tricapa permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran instaladas y, por otra parte, estarán protegidas catódicamente mediante la instalación de ánodos de sacrificio. De esta forma, el conjunto “cañería - revestimiento plástico exterior - protección catódica” superará largamente la vida útil de cualquier proyecto gasifero específico, permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los casos, el abandono de las tuberías como conjunto inerte al interior del subsuelo. 3.4.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.4.1.- Emisiones a la Atmósfera Las emisiones están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas, debido principalmente a las dimensiones de la obra. 3.4.2.- Efluentes Líquidos Los únicos residuos líquidos generados en las actividades serán producto de los baños quimicos utilizados en faena, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa “especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se ncargará además de realizar la disposición final en un lugar donde se exista la autorización, egún le exige ENAP-Magallanes como responsable d el residuo. Es importante señalar, que la empresa prestadora del servicio, contará con el permiso de la Autoridad Sanitaria. Residuos Sólidos Los desechos sólidos domiciliarios e Industriales menores generados en el proyecto serán E 7 dispuestos en el vertedero Municipal de la Comuna de Punta Arenas. 3,44.- Ruido
3,4,5.-
3.5.-
3.8.-
39.- 3.9.1.-
Se generará ruido en los motores de la maquinaria a utilizar en la etapa de construcción, sin embargo éste será mínimo debido a las dimensiones del proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa. Formas de Energía El proyecto no contempla la generación de energía propiamente tal. Plan de Emergencia El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación. En la DIA se presenta el Plan de Emergencia de ENAP. Flora Los antecedentes recogidos en las áreas evaluadas donde se construirá el ducto para el pozo Palenque Este D, no existen plantas endémicas de Chile, tampoco se encontraron especies en categoría de conservación según los criterios de Benoit (1989), UICN (Walters y Gillett 1998) y Baeza ct al. (1998). La vegetación descrita se distribuye ampliamente en la provincia biótica de Estepa patagónica, siendo el brezal y el matorral las formaciones más conspicuas. En consecuencia, desde el punto de vista de la flora y vegetación, la ejecución del proyecto de construcción del ducto para el futuro pozo mencionado no afectaría significativamenteel patrimonio natural. Fauna De acuerdo a los resultados obtenidos de la evaluación al trazado proyectado para el establecimiento de la línea de flujo del pozo Palenque Este D, es posible determinar que sólo el guanaco (Lama guanicoe) se encuentra clasificado en el Libro Rojo de los Vertebrados de Chile (GLADE, 1993). Sin embargo, como se menciona anteriormente, éste pertenece a la categoría de “Fuera de Peligro” en la región de Magallanes, lo que sumado al factor de abundancia de esta especie en la Región de Magallanes, hace inferir en que el impacto sobre el mismo, no sería significativo, debido además, a la alta movilidad con la que cuentan. Por lo tanto, se concluye que los trabajos que implican la construcción de la linea de flujo del futuro pozo Palenque Este D, no generarán impactos negativos sobre la fauna de vertebrados evaluados en este estudio. Hidrología De acuerdo a la inspección realizada en terreno se puede concluir que la línea de flujo que se construirá para la producción del futuro pozo palenque Este D se encuentra en un área que presenta una morfología que permite la inclusión de valles relativamente pequeños y planos, con poca profundidad del suelo y una textura posiblemente arcillosa, estas características del terreno permiten la inclusión de vegas las que retienen humedad favoreciendo el escurrimiento de flujos hídricos transitorios y permanentes. De acuerdo a la información oficial de las cartas IGM, más lo corroborado y analizado en terreno en una prospección exhaustiva hecha de manera pedestre, se concluye que la realización de este proyecto no causará ningún impacto significativo desde un punto de vista hidrológico. Por otra parte, el proyecto no implica ningún el atravieso de algún curso natural superficial. En términos generales se recomienda que se realice una adecuada restitución del terreno que será atravesado por el gasoducto y una compactación muy cuidadosa de los rellenos que se coloquen sobre la tubería, con la finalidad de no facilitar que se concentre a lo largo del trazado flujos efímeros de agua que puedan generar eventuales focos de erosión. Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal Procedimiento de Apertura y Cierre de Zanja a) Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de suelo de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raíces de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico será determinado por la construcción de una calicata, permitiendo identificar su espesor, el horizonte de suelo vegetal puede presentar variaciones en su espesor, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación. El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una cortina natural, disminuyendo la erosión eólica de la cubierta vegetal. Además con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedara dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Continuar la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación de la línea de flujo. La maniobra de apertura y cierre de zanja deberá «Téalizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser así deberá realizarse por ) |tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el = profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal. he Una vez que la línea de flujo es soldada y dispuesta en el fondo de la zanja. ésta debe Aaparse, restituyendo los horizontes extraídos siguiendo el mismo ordenamiento en que se - encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero
3.10.-
15 TA
la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial (horizonte orgánico).
e) Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento, se deberá realizar una sobremonta de 30 centímetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificara su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se reestructurara. La compactación podrá hacerse con un rodillo agrícola.
d) Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente genera una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja. Especial cuidado deberá tenerse en los suelos que la mayor parte del año se encuentra saturados de agua ya sea por crecimiento y/o desborde de chorrillos, o por condiciones naturales del suelo. En estas áreas se deberá realizar la intervención en verano o en la época en que el suelo se encuentre lo suficientemente drenado.
e) Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área específica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo no importando donde se dispongan transitoriamente nunca deben mezclarse. Esta ductilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante.
f) Terminada las labores de compactación y sobremonta del suelo, será necesario realizar una fertilización de macronutrientes primarios (NPK), acorde a los requerimientos nutricionales reales del suelo, para lo cual será necesario realizar un análisis de suelo, permitiendo realizar las correcciones nutricionales necesarias, que inicien la dinámica de repoblamiento de la pradera en forma natural.
g) Se deberá realizar un Plan de Seguimiento Ambiental tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan propone realizar dos muestreos estivales, el primer muestreo se llevará a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento y luego de un año preferentemente de establecidos los pastos. El segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento de l os pastos.
En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetacional general alcanzada en porcentaje, utilizando transectos de 20 metros mediante el método de Parker. Importante lograr una cuantificación real antes de la intervención de la cubierta vegetal en el mismo lugar, bajo los mismos parámetros, para estimar los porcentajes de cubierta vegetal ya existentes.
En el caso de no presentar una recuperación superior al 50% del porcentaje original de cobertura vegetacional, se procederá a la práctica agronómica del establecimiento artificial de una mezcla forrajera compuesta, acorde a la unidad vegetacional intervenida.
La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de Septiembre y Octubre cuando la pradera presenta un nivel adecuado de humedad.
h) En el caso de no presentar una recuperación igual, o superior al 50% de cobertura vegetal, se procederá a la práctica agronómica de establecimiento artificial de una mezcla forrajera como Trébol Blanco, Festuca sp y Pasto Ovillo, en las épocas de septiembre y octubre. Además si fuese necesario se incorporará una mezcla de fertilizantes agrícolas definidos para cada caso, a partir del análisis que efectúe un profesional agronómico. Finalmente, se deberá compactar superficialmente con un rodillo agrícola,
Arqueología
La inspección visual se realizó el 9 de diciembre de 2009, evaluándose un buffer de 50 metros a lo largo de 1740 metros, siendo el punto de inicio la planchada de la Central Palenque 1 y el punto de término el futuro pozo Palenque Este D.
Se evaluó un buffer de 50 metros a lo largo de 1740 metros, en condiciones de visibilidad media, y una zona con alta intervención antrópica, producto de la construcción de infraestructura asociada a la exploración y producción de hidrocarburos,
En vista de la ausencia de restos arqueológicos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales 17.288, se concluye que la construcción de una línea de flujo para el futuro Pozo Palenque Este D, no presenta efectos sobre el patrimonio cultural. En caso de detectar algún hallazgo arqueológico durante la etapa de construcción, la empresa deberá informar a la autoridad competente y proceder de acuerdo a lo normado.
.. Otras Consideraciones
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico el titular deberá proceder según lo establecido en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos - Nacionales y los artículos N”"20 y 23 del Reglamento de la Ley N*17.288, sobre excavaciones
y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, De producirse la anterior / situación, el titular deberá entonces paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y deberá informar de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales
deberán ser implementados por el titular.
3.11.2.-
3.11.4.-
3.11.5.-
3.11.6.-
Respecto al emplazamiento de la línca de flujo y con el objetivo de no afectar las características naturales del área se informa que no es posible considerar su instalación directamente sobre el terreno pues afecta los escurrimientos y drenajes de agua superficiales, afectando la disponibilidad de agua en diversos sectores. Además este tipo de instalaciones puede modificar la hidrología local, generando y favoreciendo mecanismos de formación de cauces en sectores en que no existen, al interrumpir el flujo superficial de agua y conducirlo a lo largo del trazado de la línea.
La metodología de excavación de zanja propuesta por el titular, debe asegurar que no se dispondrán materiales sobrantes de excavaciones (de manera provisoria o final) en cauces naturales, lo que impida el libre escurrimiento de las aguas. Además este proceso no podrá intervenir las características naturales de los escurrimientos superficiales presentes en el área. Para la correcta verificación de esto se debe impedir la formación de acumulaciones de agua y apozamientos en sectores que actualmente no presentan estas formaciones.
El proceso de llenado de zanjas y de restitución de la cubierta vegetal debe asegurar en todo momento que se restituyan las condiciones y patrones de escurrimientos superficiales, debiendo tomar todas las medidas pertinentes para evitar y remediar la modificación de dichos escurrimientos en todo momento y durante toda la vida útil del proyecto.
Con el fin de asegurar el control de incendios, el titular deberá mantener un camión aljibe durante la etapa de soldadura del ducto.
Si se llegaran a presentar condiciones climáticas puntuales que impidieran realizar las acciones que se describen en el proyecto, el titular deberá detener los trabajos e informar a la autoridad una nueva forma de acción esperando la respuesta de la misma para proseguir.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Línea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Línea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” cumple con:
4.1.- 4.1.1.-
4.1.2.-
4,1.3.-
Normas de emisión y otras normas ambientales
D.5. N 254/95 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción El proyecto contempla la construcción de una línea de flujo que interconectará a dicho pozo con las instalaciones de producción del pozo Palenque N1. El diseño y construcción del gasoducto que transportara el combustible en cuestión, se hará conforme respecto a la reglamentación vigente contenida en este Decreto, Este proyecto se emplazar á lejos de centros poblados que puedan verse afectados. La tubería se emplazará enterrada de 1 a 1,5 m de profundidad, lo cual permitirá mitigar eventuales impactos en superficie, aludiendo que esta línea solo transportará gas. Para este proyecto se dará uso del reglamento de seguridad de transporte y distribución de gas natural, Se utilizará como base las normas contenidas en ANSI'ASME B31.8 y generadas para el transporte d e fluidos gaseosos. Así también, el diseño de las instalaciones industriales complementarias consideradas en el proyecto serán efectuados según normativa internacional: ANSI/ASME B31.1 y ANSI/ASME B31.3 PARA Piping de proceso en plantas químicas.
Ley N*17.288/70 del Ministerio de Educación, Ley de Monumentos Nacionales
El titular del proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacional es, realizando para cada proyecto, una Línea Base Arqueológica en la cual se da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir.
El proyecto contempla la preparación de pistas, zanjas y excavaciones de aproximadamente lm de profundidad. De esta manera, el Titular del proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico a denunciar e informar a las autoridades pertinentes.
D.S. N* 132/04 Ministerio de Minería
ENAP, presentará a este servicio el proyecto en cuestión con la finalidad de visualizar previamente cualquier observación, el cual permita incorporar cambios previos a la tramitación en el SEIA.
El proyecto no generará ningún efecto adverso significativo sobre el medio ambiente, utilizando para este efecto medios y procedimientos elaborados de forma consecuente de acuerdo lo exigido por la autoridad en materia ambiental.
El titular del proyecto transmitirá a las empresas contratistas y subcontratistas los compromisos ambientales adquiridos, con el fin de velar por la trazabilidad de los mismos.
La disposición final y/o tratamiento de los desechos generados durante el desarrollo del ”.proyecto, serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo que posee la empresa para sus proyectos. Todo el manejo se desarrollará de acuerdo a lo establecido por normativa, lo cual se transfiere a sus colaboradores. + Eltítular lleva a cabo, para cada proyecto de exploración y producción de hidrocarburos, las / disposiciones pertinentes del reglamento.
*-ENAP para cada una de sus faena s hace uso de su Plan de Emergencias, donde además se
detallan procedimientos en caso de emergencias, como también para el control de incendios.
Todos los antecedentes o factores señalados se Jencuentran incorporados en el documento DIA. Sin embargo, se debe manifestar que por las características del proyecto no se contempla un cierre propiamente tal, aludiendo al hecho que cada tubería, la cual se encuentra enterrada y por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente inconveniente su retiro. Por otra parte, el retiro de estas líneas generaría una nueva intervención de la cubierta vegetal, la cual tras 20 años de operación ya se encontraría recuperada. En este sentido, la extracción de esta tubería generaría eventualmente una alteración al suelo, así como también a la morfología del terreno, lo cual podría generar efectos sobre la escorrentía superficial de aguas enfocada al recurso hídrico. Se debe manifestar que por las caracteristicas del proyecto no se contempla un cierre propiamente tal, aludiendo al hecho que cada tubería, la cual se encuentra enterrada y por sus caracteristicas metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente inconveniente su retiro. Por otra parte, el retiro de estas líneas generaría una nueva intervención d e la cubierta vegetal, la cual tras 20 años de operación ya se encontraría recuperada. En este sentido, la extracción de esta tubería generaría eventualmente una alteración al suelo, así como también a la morfología del terreno, lo cual podría generar efectos sobre la escorrentía superficial de aguas enfocada al recurso hídrico. Se debe manifestar que por las características del proyecto no se contempla un cierre propiamente tal, aludiendo al hecho que cada tubería, la cual se encuentra enterrada y por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente inconveniente su retiro. Por otra parte, el retiro de estas líneas generaría una nueva intervención de la cubierta vegetal, la cual tras 20 años de operación ya se encontraría recuperada. En este sentido, la extracción de esta tubería generaría eventualmente una alteración al suelo, así como también a la morfología del terreno, lo cual podria generar efectos sobre la escorrentía superficial de aguas enfocada al recurso hídrico. Enap cumplirá con todas las medidas e indicaciones estipuladas en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, Para este proyecto no se contempla el uso de un camino. El manejo de todos los residuos de cualquier tipo comprende el retirarlos del lugar de acuerdo a la normativa establecida por la autoridad y disponerlos en lugares autorizados, ya sea por ENAP o por los contratistas externos que a su vez deberán tener las autorizaciones respectivas para el tratamiento y disposición final de los residuos. 4.1.4.- D.S. N594/99, de la Higiene y Seguridad del Ambiente y de los Lugares de Trabajo; Código Sanitario El proyecto no contempla el vaciado de ninguna sustancia que tenga carácter peligroso o de ningún tipo a la red pública de desagiles de aguas servidas en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. El proyecto no contempla incorporar ningún tipo de relave minero o industrial tanto cursos de agua superficiales como a napas de agua subterránea. El proyecto no contempla la acumulación de residuos. Los únicos desechos generados corresponderán a despuntes metálicos preferentemente, los cuales serán dispuestos en el vertedero de la lustre Municipalidad de Punta Arenas. Todas las empresas externas que sean contratadas por ENAP, para el transporte, tratamiento o disposición final contarán con la debida autorización sanitaria extendida por la Autoridad Sanitaria, En general, los únicos residuos industriales peligrosos que se generarán en el proyecto, serán los que se originen de manera indirecta a la construcción de la línea, a partir del cambio de aceite de maquinarias y equipos, el cual se realizará en las instalaciones de Cabo Negro y Terminal Gregorio, siempre de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL. Por lo tanto y en atención a lo anteriormente indicado, se puede concluir que el proyecto no contemplará la generación de residuos peligrosos en el área de emplazamiento del mismo. ENAP contempla para todas sus faenas donde no es posible instalar servicios higiénicos el uso de baños químicos, los cuales proveerá un tercero autorizado, encargado del transporte, habilitación y limpieza de estos. Las aguas servidas de los baños quimicos serán retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde esté habilitado con autorización, según le exige ENAP- Magallanes como responsable del residuo. El almacenamiento, tanto de materiales como sustancias peligrosas, en instalaciones y faenas de ENAP será siempre acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena pertinente. ZE, Además, ENAP para todos sus proyectos de exploración de hidrocarburos mantiene de forma “constante en la faena el Plan de Emergencia. Respecto a las sustancias inflamables, las ondiciones de almacenamiento serán siempre de la forma descrita en la normativa pertinente. —Por-último, los combustibles líquidos cumplen a cabalidad con lo estipulado en el D.S. N160, -sobre las características de disposición y almacenaje. ¿DS. N*146/98 Ministerio Secretaría General de la Presidencia “Reglamento sobre Niveles "Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas”
Se generará ruido en los motores de la maquinaria a utilizar en la etapa de construcción, sin embargo éste será mínimo debido a las dimensiones del proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa.
4.1.6.- D.F.L. N*725 - Ministerio de Salud, “Código Sanitario”
El proyecto generará aguas servidas en la etapa de construcción. Durante esta etapa, se usarán baños químicos, los cuales serán retirados por una empresa autorizada sanitariamente para este procedimiento.
4.1.7.- D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Este proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos en el área de emplazamiento del mismo. Como se mencionó anteriormente, los únicos residuos industriales peligrosos que se generarán en el proyecto, serán los que se originen de manera indirecta a la construcción de la linea, a partir del cambio de aceite de maquinarias y equipos, el cual se realizará en las instalaciones de Cabo Negro y Terminal Gregorio, siempre de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL , ateniéndose a lo exigido en el presente reglamento.
5.- — Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Linea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.- — Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Línea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
7.- — Que, enel proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
Til. Cumplir con todas las recomendaciones establecidas por cada uno de los especialistas que realizó la evaluación ambiental.
TA Dar uso al PICY durante el desarrollo del proyecto, tanto para la apertura como así también en el cierre de la zanja.
73- Instalar letreros con el diámetro de la línea, presión, empresa y número de ubicación por emergencia en el sector del pozo, cruces de camino y límites prediales.
7.4.- Poseer en faena, la copia de las guías de despacho y recepción final en vertedero Municipal de Punta Arenas.
8.- — Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá
informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
9.- — Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Linea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.
12.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
13.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
RESUELVE:
¡ “Linea de Flujo para el Futuro Pozo Palenque Este D” cumple con la normativa de carácter o ls _afnbiental y no requiere de permisos ambientales sectoriales.
- Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la
CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
biente de la -hilena
egiona' del Medio Ambiente de la n de Magallanes y Antártica Chilena
Distribución:
e Victor Briano Peralta
e Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
- Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Ilustre Municipalidad de San Gregorio
Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales
Ministerio de Energía
CN
Cie:
e Expediente del Proyecto "Línea de Flujo para el futuro pozo Palenque Este D " e Archivo Comisión Nacional del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena
El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/45M9/afdbeb6f85640c59c6f1e0766e17edfflcf1