Construcción de Línea de flujo para el pozo Gregorio B
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción de Línea de flujo para el pozo Gregorio B "
Resolución Exenta N* 206/2010
Punta Arenas, 3 de Agosto de 2010 VISTOS:
1.- — La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B”, presentada por el Señor Víctor Briano Peralta en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha 01 de marzo de 2010; 2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental Oficio N071, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 24/03/2010; Oficio N464, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 25/03/2010; Oficio N155, publicado por Ilustre Municipalidad de San Gregorio, con fecha 29/03/2010; Oficio N1596, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/03/2010; Oficio N542, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 29/03/2010; Oficio N071 M.A., publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 30/03/2010; Oficio N228, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 05/04/2010; Oficio N138, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 05/04/2010; Oficio N272, publicado por Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 05/04/2010; Oficio N151, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/04/2010; Oficio N%187, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/04/2010; Oficio N220, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 08/04/2010; Oficio N*183, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/04/2010;
2.2.- Con Relación al Adenda N1 Oficio N1027, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/06/2010: Oficio N330, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 16/06/2010; Oficio N419, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/06/2010; Oficio N'231, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/06/2010; Oficio N*294, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/06/2010;
2.3.- Con Relación al Adenda N2 Oficio N1246, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/07/2010; Oficio N%357, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 21/07/2010; Oficio N391, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 22/07/2010; Oficio N%279, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 22/07/2010;
3.- El Acta de la Sesión N%22 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 03 de agosto de 2010;
4.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B”.
5.- Lo dispuesto en la Ley N19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N*19.880
—Testablece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la
Aduíinistración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y
lkmás normas aplicables al proyecto.
3 ANA _ Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por
el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B”;
2.- Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B” consiste en la construcción de una línea de flujo de 1.050m, que interconectará al Pozo Gregorio B con el colector de 12” Tropilla Nl.
3.1.- Localización
El proyecto se emplazará especificamente en la Estancia 5 de Enero, Comuna de San Gregorio, Provincia de Magallanes, Región de Magallanes y la Antártica Chilena. 3.1.1.- Coordenadas Las coordenadas geográficas son:
Coordenadas UTM WGS84 F19 Punto de Referencia Norte Este Inicio ducto 4.173.235 411.167 Fin ducto 4.172.607 411.896 3,1.2.- Superficie
Durante las etapas de levantamiento de la información y etapa de construcción, las superficies temporalmente ocupadas resultan considerablemente mayores en relación con las requeridas para la operación del proyecto. En este sentido, la operación ocupará una franja de 6 metros de ancho por el largo del ducto (1.050 metros). Por otra parte, en la etapa de construcción, se dará uso a una franja de 10 metros de ancho.
dd Superficie comprometida en las etapas del proyecto Descripción Superficie Comprometida (Hectáreas) Etapa de Construcción 1,05 Etapa de Operación 0,63
3.2.- — Vida Útil La evaluación económica del proyecto considera una vida útil de 20 años. Sin embargo, el diseño y programa de mantención de la infraestructura proyectada, contempla un período de utilización bastante superior, dependiendo de los futuros proyectos gasiferos que se generen en el área de operación.
3.3.- Definición de sus partes, acciones y obras fisicas 3.3.1.- Levantamiento de Información 3.3.1.1.- Trazado de Duetos
De acuerdo al largo del trazado tanto, para la etapa de construcción como en la de posterior operación, sólo ocupará una fracción menor de la estepa magallánica, de uso eminentemente ganadero. Así mismo, la capa vegctal intervenida, será tratada según lo establecido en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal.
3,3,1.2,- Ingeniería y Diseño
La ingeniería comprende tres etapas principales
i) Ingeniería Conceptual: en esta fase se definen las factibilidad técnico - económica y soluciones tentativas;
ii) Ingeniería Básica: que corresponde a la etapa donde se define el proceso y dimensionamiento de los principales elementos del proyecto;
iii) Ingeniería de Detalle: que corresponde a la etapa de definición del trazado y emplazamiento definitivos, y confección de los planos de Ingeniería, en todas sus disciplinas, documentación que finalmente permitirá la construcción del proyecto.
El detalle para la construcción de la línea de flujo y sus principales características de diseño
e interconexión a las instalaciones industriales existentes, se definirán y detallarán durante la
ctapa de Ingenicría Básica, considerando que se tratará de una línea enterrada, a una
profundidad que oscilará entre 1,0 y 1,5 metros.
El diseño y construcción de la línea se hará conforme a la legislación y reglamentación
vigente contenida en el D.S, N*254 (28 -04-95) del Ministerio de Economia Fomento y
Reconstrucción y referido al Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de
Gas Natural, utilizando como base las normas americanas contenidas en ANSI'ASME
B31.8 y gencradas para cl transporte de fluidos gaseosos. Así también, el diseño y
construcción de las instalaciones industriales complementarias consideradas en el proyecto,
serán efectuados según la normativa inte rnacional: ANS/ASME B31.1 y ANSI ASME
B.31.3 para Piping de proceso en plantas químicas.
Etapa de Construcción
Componentes del Proyecto Línea La línea de flujo se construirá de acero y será diseñada para funcionar enterrada y revestida con polietileno extruido colocado en tres capas, para proteger de la corrosión.
Las presiones de operación son de 30 kg/cm”, la temperatura de operación de 20C, ad E Sistema de Protección Catódica La posible corrosión externa de | ducto en operación, se minimizará y controlará con la instalación de ánodos de sacrificio para la protección catódica continua de la cañería en condición de subsuperficie. Un diseño apropiado y óptimo, implica un acabado estudio de las condiciones de agresividad y resistividad del terreno que conforma el subsuelo en contacto directo con la tubería de acero. 3.3,2,1.3.- Equipamiento para la Mantención Se usará la misma infraestructura y personal especializado existentes en Cabo Negro y/o Posesión, destinados al mismo propósito , para efectuar los mantenimientos programados y preventivos del sistema de ductos e instalaciones ENAP actualmente en operación, 3.3.2.1.4.- Sistemas contra Incendios Debido al carácter de la operación, se contará con sistemas para la extinción de incendios similar a todos los utilizados en las diferentes instalaciones de ENAP - Magallanes. En la DIA se anexa el Plan de Emergencia, el cual hace referencia al control de incendios. 3.3.2,1.5.- Campamentos de faena Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de faena, por lo que se utilizarán las instalaciones de la refinería Gregorio. En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización, según le exige ENAP - Magallanes como responsable del residuo. En este caso en particular, será dispondrán finalmente estos residuos en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en la ciudad de Punta Arenas, cuyo propietario corresponde a la empresa Aguas Magallanes. Es importante señalar, que la empresa prestadora del servicio, contará con el permiso de la Autoridad Sanitaria. Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y /o composición. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipalidad de la ciudad de Punta Arenas. Este proyecto no contemplará la generación de residuos peligrosos en el área de emplazamiento del mismo, sin embargo, los únicos RESPEL que se generarán en el proyecto, serán los que se originen a partir del cambio de aceite de maquinarias y equipos, el cual se realizará en las instalaciones de Cabo Negro y Terminal Gregorio , siempre de acuerdo con los procedimien tos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL. Respecto del transporte y disposición regular de los residuos industriales peligrosos (RESPEL). este se hará mediante un contrato suscrito con HIDRONOR 5.4. Todo RESPEL que genera la Empresa, se administra de acuerdo a los procedimientos contemplados en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos (RESPEL) de ENAP Magallanes, que incluye a sus Contratistas de acuerdo a lo establecido por el D,S. N? 148, De acuerdo a la normativa vigente, ENAP -Magallanes se encuentra inscrito dentro del registro nacional de Generador bajo el N R12 — g — 00006. De modo general, todo transporte y disposición final se registra en el denominado sistema DSRP de MINSAL. Para el caso de la disposición final de aceites y lubricantes usados que puedan generarse, éstos serán transportados y eliminados mediante un convenio ya suscrito con la empresa Vía Limpia cautelado por COPEC S.A, 3.3.2.2.- Forma de Construcción La etapa de construcción esta conformada por una secuencia de actividades relacionadas entre sí y que deben ser correlativas, tanto para minimizar el temporal impacto ambiental que necesariamente provoca la construcción de líneas de flujo. como también, para optimizar los recursos empleados durante la construcción. La construcción de una línea de flujo propiamente tal, se inicia con la demarcación topográfica de la franja de derechos de paso y eje de los ductos, para luego proseguir con la etapa de movimiento de tierras que involucra: la preparación de la pista, excavación y
relleno de la zanja que contendrá los ductos. El movimiento de tierra efectuado para abrir la 2 zanja se planificará a fin de que este espacio sea el mínimo necesario, con el objeto de D ¿o mitigar el impacto a la menor superficie de suelo posible. pu OLa etapa siguiente al movimiento de tierra, corresponde a la de instalación del ducto que "JE previamente requiere: transporte y montaje de las cañerías a lo largo del trazado, .5/ preparación de singularidades y curvado de cañerías (obras de arte), soldadura e inspección
A E 5 A E 3 43 de ellas, parcheo de las uniones soldadas e instalación de las cañerías en zanja.
Lu uy Lo La papa A] 5
Posteriormente, se retoma el movimiento de tierra comprendido por:
iy llenado intermedio de la zanja;
li) instalación de la cinta de advertencia;
ii) tapado de la zanja;
iv) restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada; y
v) retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.
Terminada la construcción del ducto comienzan las fases de pruebas de éstos, limpieza interior y puesta en marcha del proyecto.
No se realizarán atraviesos de caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. Este proyecto utilizará caminos públicos de administración de la Dirección de Vialidad, sólo para el transporte de tuberías y otros insumos del proyecto. Enap exigirá al contratista encargado del transporte de este material, que cuente con los permisos correspondientes para el uso de estas vias.
3.3.2.2.1.- Condiciones de Seguridad
La La
La La Sa
3.3.4.-
3.4.- 341L-
A lo largo de toda la fase de construcción, y también durante toda la posterior operación del proyecto, ENAP cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. El personal contratista que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación vigente, deberá cumplir con los estándares ENAP de seguridad, contenidos en el documento “Reglamento de Seguridad y Salud para Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes”. El Reglamento de Control de Riesgos Operacionales para Empresas Contratistas de ENAP - Magallanes, tiene como objetivo regular los procedimientos y obligaciones sobre el control de riesgos que rigen en los Contratos ENAP. Principalmente, cubre aspectos referente a: la legislación vigente sobre accidentes de trabajo, la seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, control de armas y explosivos, además de las condiciones ambientales básicas en los lugares de trabajo. También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de operación de los ductos, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia” de material plástico, ubicada 30 centímetros, bajo terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerías, con la leyenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION GASODUCTO "X" PULGADAS”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de “maquinaria pesada” que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja de los ductos en operación, situación que de no ser oportuna y convenientemen te advertida podría causar accidentes de impredecibles consecuencias. Durante la construcción normalmente y en lo principal se usará como base el campamento de ENAP en Gregorio y/o Posesión dependiendo de la capacidad de cada uno de ellos, Etapa de Operación Tiempo de Operación de las Instalaciones El proyecto requiere de operación continua, vale decir, 365 días del año durante las 24 horas del día. El ducto será inspeccionado por supervisores en turnos de 12 horas y movilizado en camionetas con equipo de radio, con comunicación directa a los principales centros de operación de ENAP - Magallanes. La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones ENAP. Etapa de Abandono Las cañerías metálicas que conforman al ducto, por una parte estarán protegidas externamente con polietileno tricapa permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran instaladas y, por otra parte, estarán protegidas catódicamente mediante la instalación de ánodos de sacrificio, resultando ambientalmente inconveniente su retiro, De esta forma, el conjunto “cañería - revestimiento plástico exterior -protección catódica” superará largamente la vida útil de cualquier proyecto gasífero especifico, permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los e asos, el abandono de las tuberías como conjunto inerte al interior del subsuelo. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto Emisiones a la Atmósfera Las emisiones están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas, debido principalmente a las dimensiones de la obra. Efluentes Líquidos En el presente proyecto no se descargarán efluentes líquidos. Los únicos residuos líquidos generados en las actividades serán producto de los baños químicos utilizados en faena, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además de realizar la
3.4.3.-
3.44.-
3.4.5.-
3.5.-
3.8.-
3.9,1.-
disposición final en un lugar donde se exista la autorización, según le exige ENAP-Magallanes
como responsable del residuo. Es importante señalar, que la empresa prestadora del servicio,
contará con el permiso de la Autoridad Sanitaria.
Residuos Sólidos
Los desechos sólidos domiciliarios e Industriales menores generados en el proyecto serán
dispuestos en el vertedero Municipal de la Comuna de Punta Arenas,
Ruido
Se generará ruido en los motores de la maquinaria a utilizar en la etapa de construcción, sin
embargo éste será mínimo debido a las dimensiones del proyecto y al tipo de maquinas a
utilizar en esta etapa.
Formas de Energía
El proyecto no considera la generación de formas de energía.
Plan de Emergencias El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación. En la DIA se presenta el Plan de Emergencia de ENAP,
Las posibles contingencias han sido previamente analizadas y principalmente se traducen en rotura de algún tramo de ducto. Las acciones a seguir ante eventualidades de contingencia se resumen básicamente en dejar fuera de servicio cualquiera de los pozos que presente problema.
Flora Los antecedentes recogidos indican que en el área de emplazamiento de la linea de flujo, no existen plantas endémicas de Chile; tampoco se encontraron especies en categoría de conservación.
Por su parte, la vegetación se distribuye ampliamente en la provincia biótica de Estepa patagónica, siendo la estepa la más conspicua, en tanto que la vega, que a pesar de ser una formación azonal, es posible hallarla en otros sectores con restricción de drenaje.
Desde el punto de vista de la flora y vegetación, la construcción de la línea de flujo del pozo Gregorio B no afectaría significativamente el patrimonio natural, en tanto se tengan cierto 5 resguardos a la vega.
Fauna Los resultados obtenidos de la evaluación al árca de emplazamiento del proyecto, señalan que ninguna de las especies identificadas se encuentra clasificada en alguna categoría de conservación de acuerdo a Glade (1993). Además, no se registraron rastros de nidificación de ninguna de estas especies, por lo que se concluye que no se generarán impactos negativos sobre la fauna de vertebrados presentes en el área de estudio.
Arqueología Luego de realizar la inspección visual a lo largo de 1.050 metros no fue posible detectar restos arqueológicos en el Área de Influencia Directa del proyecto. Sin embargo, se detectó una Concentración Arqueológica muy cerca del camino existente, razón por la cual se efectuará la recolección de estos Hallazgos.
Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal La finalidad del presente Plan de Recuperación de Cubierta Vegetal es evitar y/o recuperar de forma tanto parcial como total, los cambios que puedan ocurrir sobre el perfil del suelo y sus componentes vegetales asociados, a causa de las actividades productivas contempladas dentro del proyecto.
Procedimiento de Apertura y Cierre de Zanja
Durante la construcción de la línea de flujo, se debe estrictamente intervenir la franja que se
utilizará para ubicar los ductos, con el motivo de no alterar e incrementar áreas desprovistas de
vegetación y generar foco s erosivos.
Los pasos a seguir para la apertura y cierre de zanja son:
a) La primera faena en llevar a cabo es la extracción del horizonte superficial de suelo, teniendo cuidado de no remover la vegetación de la superficie, luego se procederá a disponerlo lateralmente. El horizonte de suelo vegetal puede presentar variaciones en su espesor, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo ésta primera capa de tierra.
b) Como segunda medida, al continuar con la excavación, se deberá retirar el excedente de tierra hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación de la plataforma y debe disponerse lateralmente en la zanja al lado opuesto de donde se dispuso el horizonte superficial retirado inicialmente.
c) Una vez finalizada la excavación y el tubo ya ha sido soldado y posicionado en la zanja, ésta debe taparse, restituyendo la tierra sacada siguiendo el mismo orden en que se encontraban las capas de suelo previo a la excavación. Por tanto, deberá instalarse en primer lugar, la tierra del horizonte más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial.
Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, para evitar que se pierda por efecto del agua o del viento. La compactación podrá hacerse con un rodillo liviano o con compactador manual de vibración (utilizado en construcción). Para los tramos en que se recomiende la siembra de gramíneas, se deberá
incorporar manualmente la dosis de semilla indicada y posteriormente se realizará la compactación del suelo, de esta forma, se asegurará el contacto de la semilla con el suelo y por ende la germinación de éstas. Además, debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente generan una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja. Deberá tenerse especial cuidado en los suelos que se encuentran saturados de agua la mayor parte del año, ya sea por crecidas y/o desborde de chorrillos o por condiciones naturales del suelo. En estas áreas se deberá realizar la intervención en verano o en una época en que el suelo se encuentre lo suficientemente drenado. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal, no así las capas subyacentes. Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área específica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo nunca deben mezclarse. 3,9,2.- Intervención de la vega La superficie de vega que será intervenida por el ducto es 0,29 ha, correspondientes a 290 metros de longitud y 10 metros de ancho. Sin embargo, durante la operación del ducto el ancho de intervención disminuirá a sólo 6 metros, lo que representa 0,174ha. La intervención de esta unidad vegetacional se llevará a cabo cuando dicha zona se encuentre con el mínimo nivel de agua, lo cual permitirá minimizar los efectos sobre este sistema. Se deberá extraer porciones de suelo - vegetación (champas), de tamaño manejable utilizando retroexcavadora, en toda el área a intervenir (track de trabajo), disponiéndolas boca abajo a un costado de la zanja, para luego proceder a la excavación, Al cerrar la zanja, deberá restituirse el suelo y finalmente las porciones suelo - vegetación (pastelones o champas), compactando levemente la superficie. Con dicho procedimiento, el á rea deberá recuperar su conformación original al cabo de 13 a 24 meses. Junto a lo señalando anteriormente , ENAP-Magallanes se compromete a mantener un profesional agrónomo durante la realización de esta faena. 3.9.3.- Plan de Seguimiento El Plan de Seguimiento Ambiental tiene como objeto evaluar y verificar in situel nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan de seguimiento pretende que en el plazo máximo de dos años, se pueda recuperar la cubierta vegetal y la continuidad de paisaje, incluyendo para ello la fertilización del suelo con el fin de facilitar el establecimiento vegetal. Si los resultados no fueren los esperados, este plan contempla la siembra con semillas comerciales. Las actividades del plan de seguimiento son: En este plan se propone realizar dos muestreos estivales: a) El primer muestreo se llevará a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento y luego de un año preferentemente de establecidos los pastos. b) El segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento de los pastos. En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetal alcanzada en términos de porcentaje (%o). utilizando para ello el método de Parker, consistente en 3 transectos de 20m de largo, donde se registrará la presencia o ausencia de plantas cada 20 cm. Los resultados de los monitoreos se evaluarán en dos informes: uno parcial (primero) y uno final. En el caso de no presentar una recuperación igual, o superior al 50% de cobertura vegetal, se procederá a la práctica agronómica de establecimiento arti ficial de una mezcla forrajera como Trébol Blanco, Festuca sp, Poa sp y Pasto Ovillo, en las épocas de septiembre y octubre. Además, si fuese necesario se incorporará una mezcla de fertilizantes agricolas definidos para cada caso, a partir del análisis que efectúe un profesional agrónomo. Finalmente, se deberá compactar superficialmente con un rodillo agricola. 3.10.- Hidrología
Sobre la base de los antecedentes recabados la prospección hidrológica, se concluye y recomienda
lo siguiente:
a) La línea de flujo bajo estudio, se construirá en sector relativamente plano, aunque surcado por
valles de origen glacial y/o fluvioglacial, donde se produce en la actualidad un escorrentía relativamente pequeña en respuesta a la precipitación y al deshielo de la nieve que cae sobre las cuencas que los alimentan con agua. El primer tramo del trazado se construirá en una ladera suave, donde deberá procurarse evitar que con la construcción de la línea se generen materiales sueltos que puedan ser arrastrados hacia el chorrillo san Gregorio. En este sentido se debe ser cuidadoso en la reposición de la vegetación y en el retiro de los excedentes de las excavaciones para depositarlos en lugares donde se minimice el riesgo de ser removidos por el viento y las aguas generadas por la lluvia y el deshielo de la nieve.
c) El lugar donde se considera más importante tomar las medidas anteriores, corresponde al sector donde la línea pasa más cerca del chorrillo San Gregorio (específicamente de la poza existente en la unión del valle que deberá atravesarse para llegar hasta el pozo y el valle por donde escurre el chorrillo San Gregorio).
d) En este sector del trazado es importante adoptar las siguientes medidas:
-
— Durante la construcción de la línea se debe minimizar el tránsito de todo tipo de vehículos por el fondo del valle, para reducir el riesgo de generar huellas en el terreno.
-
— Durante la construcción de la línea se debe reducir el tránsito y la presencia de maquinaria de construcción que pueda contaminar con elementos extraños el fondo del valle y la zanja abierta, especialmente si en ella se alumbra una napa somera.
-
Se debe verificar con especial cuidado la colocación de la protección contra la corrosiónde la tubería,
-
Se deben excavar calicatas de exploración en forma previa a la construcción de la línea, para decidir en base a ellas la necesidad de adoptar medidas destinadas a asegurar la estabilidad de las paredes de la zanja y minimizar su ancho, especialmente si se detectan suelos finos saturados de agua y/o la existencia de estratos granulares saturados que constituyan una napa somera,
-
— Se deben utilizar materiales de relleno que permitan evitar la formación de una huella a lo largo de la línea.
-
— Se deben programar las faenas de construcción para reducir el tiempo en que las zanjas permanezcan abiertas.
-
— La profundidad de enterramiento de la tubería se debe determinar sobre la base de los resultados obtenidos en el cálculo de las dimensiones de la fosa de socavación local, durante el diseño y dimensionamiento de la alcantarilla. La tubería deberá colocarse bajo el nivel máximo de socavación local.
4.- — Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B” cumple con:
4.1.- Normas de emisión y otras normas ambientales:
4.1.1.- D.S. N*254/95 del Ministerio de Economia, Fomento y Reconstrucción
El diseño y construcción del gasoducto que transportara el combustible en cuestión, se hará conforme respecto a la reglamentación vigente contenida en este Decreto, Este proyecto se emplazara lejos de centros poblados que puedan verse afectados. La tubería se emplazará enterrada de 1 a 1,5m de profundidad, lo cual permitirá mitigar eventuales impactos en superficie, aludiendo que esta línea solo transportará gas.
4.1.2.- Ley N*17.288/70 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales
El titular del proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales, realizando para cada proyecto, una Línea Base Arqueológica en la cual se da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir.
El proyecto contempla la preparación de pistas, zanjas y excavaciones de aproximadamente 1 m de profundidad. De esta manera, el Titular del proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico a denunciar e informar a las autoridades pertinentes.
4.1.3.- D.S. N*132/04 Ministerio de Minería
ENAP, presentará el proyecto en cuestión con la finalidad de visualizar previamente cualquier
observación, el cual permita incorporar cambios previos a la tramitación en el SETA.
El proyecto no generará ningún efecto adverso significativo sobre el medio ambiente,
utilizando para este efecto medios y procedimientos elaborados de forma consecuente de
acuerdo lo exigido por la autoridad en materia ambiental.
El titular del proyecto transmitirá a las empresas contratistas y subcontratistas los compromisos
ambientales adquiridos, con el fin de velar por la trazabilidad de los mismos.
La disposición final y/o tratamiento de los desechos generados durante el desarrollo del
proyecto, serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo que posee la empresa para sus
proyectos. Todo el manejo se desarrollará de acuerdo a lo establecido por normativa, lo cual se transfiere a sus colaboradores.
El titular lleva a cabo, para cada proyecto de exploración y producción de hidrocarburos, las
disposiciones pertinentes del reglamento.
ENAP para cada una de sus faenas hace uso de su Plan de Emergencias, donde además se
detallan procedimientos en caso de emergencias, como también para el control de incendios.
Todos los antecedentes o factores señalados se encuentran incorporados en el documento DIA,
Sin Embargo, se debe manifestar que por las características del proyecto no se contempla un
- cierre propiamente tal, aludiendo al hecho que cada tubería, la cual se encuentra enterrada y
= por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente
inconveniente su retiro. Por otra parte el retiro de estas líneas generaría una nueva intervención de la cubierta vegetal. En este sentido, la extracción de esta tubería generaría eventualmente
una alteración al suelo, así como también a la morfología del terreno, lo cual podría generar efectos sobre la escorrentía superficial de aguas enfocada al recurso hídrico. Se debe manifestar que por las caracteristicas del proyecto no se contempla un cierre propiamente tal, aludiendo al hecho que cada tubería, la cual se encuentra enterrada y por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa, resulta ambientalmente inconveniente su retiro. Por otra parte, el retiro de estas lineas generaría una nueva intervención de la cubierta vegetal, la cual tras 20 años de operación ya se encontraría recuperada. En este sentido, la extracción de esta tubería generaría eventualmente una alteración al suelo, así como también a la morfología del terreno, lo cual podría generar efectos sobre la escorrentía superficial de aguas enfocada al recurso hídrico. Enap cumplirá con todas las medidas e indicaciones estipuladas en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal. El manejo de todos los residuos de cualquier tipo comprende el retirarlos del lugar de acuerdo a la normativa establecida por la autoridad y disponerlos en lugares autorizados, ya sea por ENAP o por los contratistas externos que a su vez deberán tener las autorizaciones respectivas para el tratamiento y disposición final de los residuos. 4.1,4.- D.L. N 294/84. Incorpora texto refundido de la Ley N 15.840 y el DFL N 206/90, El proyecto contempla, durante la etapa de construcción y de operación , la utilización de una parte de la franja vial, para lo cual el Titular presentará los permisos correspondientes ante los organismos pertinentes. Este uso corresponde preferentemente al transporte de cañerías e insumos a utilizar durante el desarrollo del proyecto. 4.1.5.- D.S. N158/81 - Ministerio de Obras Públicas , “Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total” Durante la etapa de construcción se requerirá de la utilización de camiones para el transporte de materiales de construcción, equipos, insumos, etc. El transporte de los equipos y de los material es de la construcción lo realizará el contratista. Los vehículos a utilizar se ajustarán a los pesos límite establecidos en este decreto. En la eventualidad de que el proyecto requiera del transporte de equipos o estructuras de proceso de gran tamaño o tonelaje, se coordinará con las autoridades municipales y policiales y con los servicios correspondientes, el transporte de dichos equipos o estructuras a objeto de acordar las medidas adecuadas que permitan realizar el transporte seguro de éstos y evitar así un impacto vial. 4.1.6.- D.S. N594/99, de la Higiene y Seguridad del Ambiente y de los Lugares de Trabajo; Código Sanitario El proyecto no contempla el vaciado de ninguna sustancia que tenga carácter peligroso o de ningún tipo a la red pública de desagies de aguas servidas en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. El proyecto no contempla incorporar ningún tipo de relave minero o industrial tanto cursos de agua superficiales como a napas de agua subterránea. El proyecto no contempla la acumulación de residuos. Los únicos desechos generados corresponderán a despuntes metálicos preferentemente, los cuales serán dispuestos en el vertedero de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, Todas las empresas externas que sean contratadas por ENAP, para el transporte, tratamiento o disposición final contarán con la debida autorización sanitaria extendida por la Autoridad Sanitaria. ENAP contempla para todas sus faenas donde no es posible instalar servicios higiénicos el uso de baños químicos, los cuales proveerá un tercero autorizado, encargado del transporte, habilitación y limpieza de estos. Las aguas servidas de los baños químicos serán retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde esté habilitado con autorización, según le exige ENAP-Magallanes como responsable del residuo. La empresa prestadora del servicio, contará con el permiso de la Autoridad Sanitaria. El almacenamiento, tanto de materiales como sustancias peligrosas, en instalaciones y faenas de ENAP será siempre acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena pertinente. Además, ENAP para todos sus proyectos de exploración de hidrocarburos mantiene de forma constante en la faena el Plan de Emergencia correspondiente, el cual se anexa en la DIA. Respecto a las sustancias inflamables, las condiciones de almacenamiento serán siempre de la forma descrita en la normativa pertinente. Por último, los combustibles líquidos cumplen a cabalidad con lo estipulado en el D.S. N90, sobre las características de disposición y almacenaje. D.S. N*146/98 Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Reglamento sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas”. Se generará ruido en los motores de la maquinaria a utilizar en la etapa de construcción, sin MN embargo éste será mínimo debido a las dimensiones del proyecto y al tipo de maquinas a RIO YO itilizar en esta etapa.
¡D.F.L. N*725 - Ministerio de Salud, “Código Sanitario” / ¡El proyecto generará aguas servidas en la etapa de construcción. Durante esta etapa, se usarán 452 baños químicos, los cuales serán retirados por una empresa autorizada sanitariamente para este
procedimiento.
4.1.9.- D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos Este proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos. Sin embargo, ENAP Magallanes. utiliza en cada actividad industrial el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos desarrollado por la empresa. El proyecto requerirá eventualmente el transporte de arena, ripio y otros materiales durante la etapa de construcción. Dicha actividad será realizada por contratistas, a quienes se les exigirá contractualmente dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Decreto Supremo.
5.- — Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción de Linea de Flujo para el Pozo Gregorio B” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VIT del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.- — Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias,
7.- — Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
T1.- Cumplir con todas las recomendaciones establecidas por cada uno de los especialistas que realizó la evaluación ambiental.
Tal Dar uso al PICV durante el desarrollo del proyecto, tanto para la apertura como así también en el cierre de la zanja.
7.3.- Instalar letreros con el diámetro de la línea, presión, empresa y número de ubicación por emergencia; en el sector del pozo, cruces de camino y limites prediales.
7TA.- Poseer en faena, la copia de las guías de despacho y recepción final en vertedero Municipal de Punta Árenas.
T.5.- El Titular se compromete a mantener durante la etapa de construcción del Proyecto, que
involucren movimientos de tierra y/o materiales, a un profesional arqueólogo titulado o Licenciado en Arqueología que supervise las actividades asociadas a esta etapa.
8.- — Otras Consideraciones
8.1.- El titular debe implementar un monitoreo arqueológico de carácter permanente durante la etapa de construcción del proyecto que involucre movimientos de tierra y/o excavaciones. Éste deberá comprender la totalidad del trazado de la línea de flujo considerando la franja de 10 metros de ancho a la cual se dará uso durante su construcción, el cual deberá ser realizado por un arqueólogo titulado o Licenciado en Arqueología. Esta actividad deberá ser comunicada a la Autoridad Ambiental por medio de un informe a ser remitido a más tardar 30 días de terminado el periodo de evaluación. Este requerimiento se apoya en la visibilidad media reportada en el tramo referido.
Asimismo, se debe considerar el hallazgo de dos restos líticos en las cercanías del proyecto y el alto grado de sensibilidad arqueológica y etnohistórica de la costa nororiental del Estrecho de Magallanes, donde se conocen rutas de tránsito y de paradero, que habrían comprendido desde Cabo Negro hasta Punta Dúngenes, de grupos Aonikenk, como también, una variedad de sitios arqueológicos tales como San Gregorio, Altos de Gregorio, San Gregorio 11, Bahía Santiago entre OÍros.
8,2.- En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá entonces paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y deberá informar de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular
8.3.- Se debe establecer la obligatoriedad de informar a la Autoridad Ambiental y a la Dirección General de Aguas, con la debida anticipación, a fin de fiscalizar en terreno la ejecución de las obras de intervención de la vega. Además, se deben brindar todas las facilidades de acceso en todo momento, con el fin de realizar las fiscalizaciones pertinentes.
9.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del
royecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el
desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental
l ceada una de las etapas del proyecto, peienda su acceso a las diferentes oa: y componentes,
sempeño de sus funciones.
Pa la Comisión Regional del Medio Ambiente sólo está facultada para pronunciarse respecto de la Ñ ibilidad ambiental del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B”, por lo Es Y para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas
N
vigentes que le sean aplicables.
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11.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
12.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.
13.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
14.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
RESUELVE:
L- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B”,
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Pozo Gregorio B” cumple con la normativa de carácter ambiental y no requiere de permisos ambientales sectoriales.
3.- — Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante
esta Comisión Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto, Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
GA rectóra REsionaH iS SÓ aciongl del Medio Ambiente A Secretdrío Comisión Regional del Medio Ambiente de la
LA Región de Magallanes y Antártica Chilena
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Distribución:
Víctor Briano Peralta
- Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena lustre Municipalidad de San Gregorio
Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena
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Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales
Ministerio de Energía
e Expediente del Proyecto "Construcción de Línea de flujo para el pozo Gregorio B " e Archivo Comisión Nacional del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena
El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- sela.cl'af'6a/a121b46fbdd893 1093 1dc94b9a0350b3fc0a