Evaluación SEA

Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria S.A.

Rol 4330483
SEA · DIA · Aprobado · 2010-01-21 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Cecinas Bavaria Ltda

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria S.A. "

Resolución Exenta N* 174/2010

Punta Arenas, 23 de Junio de 2010

VISTOS:

1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.", presentada por el Señor Christian Kast Rist en representación de Cecinas Bavaria Ltda., con fecha 21 de Enero de 2010;

2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental

Oficio ORD. N86, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/02/2010; Oficio ORD. N277, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/02/2010; Oficio ORD. N%81, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 17/02/2010; Oficio ORD. N184, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 17/02/2010; Oficio ORD. N239, publicado por Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, con fecha 17/02/2010; Oficio ORD. N*120, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 23/04/2010.

2.2.- Con Relación al Adenda N*1

Oficio ORD. N305, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 10/05/2010; Oficio ORD. N733, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/05/2010; Oficio ORD. N190, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/05/2010; Oficio ORD. N398, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 18/05/2010; Oficio ORD. N*993, publicado por Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, con fecha 20/05/2010;

2.3.- Con Relación al Adenda N*2

Oficio ORD. N212, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/06/2010; Oficio ORD. N405, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 11/06/2010; Oficio ORD. N%455, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/06/2010;

3.- El Acta de la Sesión N” 18 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 22 de Junio de 2010 ;

4.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.”.

5.- Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S.

95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y

GNALBE matizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N*19.880

e Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la

d: fistración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y 8lde ás normas aplicables al proyecto.

, > - 43 AR X_Qué, la Comisión Regional del Medio Ambiente de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por

el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.";

2.-

Que, el derecho de Cecinas Bavaria Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento

estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el

proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda." consiste en:

3.1.-

3.1.1.-

3.1.2.-

3.1.3.-

3.1.4.-

Descripción del proyecto Situación actual, sin proyecto

El Titular cuenta con un sistema de tratamiento de Riles, que poseé Resolución de Calificación Ambiental favorable, R.Ex. N” 150, de diciembre de 2007. El sistema de tratamiento corresponde a un Biofiltro Dinámico Aeróbico, el cual realiza un tratamiento biológico de los residuos basándose en la capacidad depuradora de la Lombriz roja californiana (Eissenia foetida) y diversos microorganismos asociados. Actualmente, este sistema cuenta con una capacidad de tratamiento de 250 m3/día como caudal de diseño, siendo el caudal real tratado inferior a este, toda vez que el volumen de agua generada en máxima capacidad diaria corresponde a 100 m3/día para ovino y el mismo volumen para bovinos, presentándose sólo algunos días en los meses de Diciembre, Enero y Febrero. Esta capacidad se traduce en un Biofiltro de 600 m2, ubicado bajo corrales de ovinos, una de las causas que generan la modificación del proyecto.

Situación con proyecto

La modificación de proyecto consiste en mejorar el sistema de tratamiento de Riles que actualmente opera mediante la tecnología del Biofiltro Dinámico Aeróbico. Se busca modificar el sistema actual para poder facilitar las tareas de operación y mantención, las que hoy en día presentan algunas complicaciones debido básicamente a la disposición en que se encuentran algunas unidades del sistema de tratamiento, lo que hace difícil el trabajo al momento de retirar el humus.

El sistema permite dar tratamiento a la totalidad de las Aguas Rojas provenientes del proceso de faena tanto de ovinos como bovinos, entregando una calidad de las aguas aptas para su disposición final, en este caso bajo la modalidad de aspersión y como riego complementario.

Por su parte las Aguas Verdes, tanto de ovinos como de bovinos, se disponen en praderas con la finalidad de mejorar y en otros casos directamente formar una capa vegetal a los suelos degradados, principalmente, en la zona que corresponde a antiguos pozos de extracción de áridos. Se cuenta con una superficie disponible de aproximadamente 25 hectáreas, que por su conformación geológica tienen una gran capacidad de absorción.

Asimismo, se busca definir el control y monitoreo de las aguas verdes provenientes del lavado de camiones, corrales y rumen.

También se incorporará el manejo y disposición del humus resultante del proceso de filtrado Objetivo del proyecto

Este proyecto tiene por objeto modificar la planta de tratamiento de Riles actual, y asegurar la inocuidad de la disposición en praderas, para ello se utiliza el mismo sistema en funcionamiento que corresponde a un Biofiltro Dinámico Aeróbico para las aguas (Rojas) provenientes de la faena de ovinos y bovinos. Este sistema entrega una calidad en el agua que permite hacer una reutilización del residuo para el riego complementario de praderas. Asimismo, con las aguas verdes formarán praderas, ya que constituye un aporte de materia orgánica logrando con ello formar capa vegetal de esta zona.

Descripción de la actividad productiva generadora del RIL

La actividad generadora del residuo líquido corresponde al procesamiento (beneficio) de animales de las especies ovinas y bovinas. En este sentido, se pueden reconocer 2 tipos de residuos líquidos generados en el proceso productivo los cuales se denominan Aguas Verdes y Aguas Rojas.

Las Aguas Verdes corresponden al agua generada en el lavado de camiones, lavado de corrales, que es el lugar donde se mantienen los animales, previo a ser faenados, restos de alimento de los animales y rumen. Por lo tanto, el único elemento que contiene este residuo es materia vegetal y guano, en sus distintos estados. El caudal promedio máximo de aguas verdes es de aproximadamente 100 m3/día.

Las Aguas Rojas por su parte corresponden a las aguas provenientes del faenamiento de los animales, el principal elemento estos RILes corresponde a sangre. El caudal promedio de aguas rojas es de aproximadamente 100 m3/día.

Cabe mencionar que las dos líneas de residuos líquidos nunca se mezclan y son manejados ambos de manera absolutamente independiente.

De acuerdo a la superficie disponible en los meses de mayor aporte hídrico se contará con una superficie de 25 há, las que tienen una tasa de aplicación de 1,25 litros por metro cuadrado durante 8 horas, eso equivale a 0,15 litros en 1 hora (1,5 milímetros por hora).

3.1.5.- Descripción General

Esta modificación no incluye a todas las unidades de tratamiento si no que únicamente a los módulos del Biofiltro. Para esto, se construirá un nuevo Biofiltro de 600 m2, lo cual resolverá los problemas de manejo que presenta el actual. Una vez que el nuevo Biofiltro se encuentre en optimo funcionamiento, se comenzará con la ampliación de la planta lo cual se traduce en la construcción de otro Biofiltro de 600 m2 más. Así se alcanzará una superficie total de 1200 m2 de Biofiltro.

3.1.6.- Aplicación de Purines al suelo (Aguas Verdes)

Se cuenta con un estanque de homogenización y ecualización del purín, previo a su distribución en el suelo. Para estos efectos se utilizan dos agitadores, una picadora y una bomba de impulsión, encargada de distribuir los purines a las praderas.

Los purines constituyen fuentes de materia orgánica y de nutrientes, para mejorar las propiedades físicas y biológicas de los suelos y de la fertilización de cultivos de praderas.

Dentro de los volúmenes de purines, un alto porcentaje de ellos corresponde a aguas proveniente principalmente del lavado de corrales y camiones.

Mediante esta aplicación se logra el mejoramiento físico y químico del suelo, se debe tener en consideración que estos suelos deben ser recuperados en cuanto a su capa vegetal y nutrientes, ya que corresponde a una zona que fueron explotados como canteras de áridos.

Este mejoramiento se logrará mediante la aplicación programada y homogénea de acuerdo a las condiciones de cada zona de aplicación, evitando con esto que se formen pozas, por causa de saturación del suelo. Para esto se ha elaborado un plano de aplicación teniendo en consideración las condiciones del suelo y climáticas.

Se consideran áreas de protección alrededor de las zonas saturadas que se forman tanto en los periodos de mayores precipitaciones como por el curso de agua de lavado que se recibe de vecinos.

A continuación se presentan los parámetros de diseño de la planta de tratamiento.

Parámetros de diseño del sistema de tratamiento

Parámetro Condiciones de Entrada Caudal de Diseño 250 m3/día (máxima faena)

NAL DÍ RBOS entrada 2.000 mg/l ——<IYariación pH 6,5 - 7.0

SECRETA R Dúsites y Grasas 300 mg/l - / s$fidos Suspendidos 800 mg/l

ENE =P

: EAT E A

2." Bifipción de sus partes, acciones y obras físicas

e Ñ EN imk_— Etapa de Construcción

3.2.1.1.-

3.2.1.2.-

3.2.2.- 3.2.2.1.-

32i2doL Los

3.2.2.1.2.-

3.2.2.1.3.-

Se estima un total de 8 meses para completar la modificación propuesta en este proyecto para el sistema de tratamiento de Riles, y en general se contemplan las siguientes actividades: Adaptación terreno; Trazado; Obras civiles; Montaje equipos; Desarme unidad antigua.

Obras y Actividades

La construcción del Biofiltro implicará movimientos de terreno necesarios para el levantamiento de los estanques modulares, esta acción tiene como fin despejar la zona de cualquier tipo de irregularidad que esta presente. La zona donde se emplazará el proyecto se encuentra al interior de la empresa por lo cual es un terreno ya intervenido y el cual no presenta mayores obstáculos para la adaptación necesaria.

Posteriormente se realizará el trazado de las obras que delimitará los lugares específicos donde se efectuarán las construcciones. A partir de este trazado se harán las excavaciones necesarias donde se comenzarán a levantar las obras civiles.

Acabada la construcción de las obras civiles se realizará el montaje de las redes necesarias para el funcionamiento del nuevo biofiltro.

Finalmente se considera un periodo corto de tiempo para la puesta en marcha de la planta. Si bien el Biofiltro retiene los sólidos y la materia orgánica desde el primer momento, se estima un periodo de aproximadamente dos semanas para que el sistema alcance su máxima eficiencia.

Etapa de Operación Proceso de tratamiento Filtro rotatorio

Los Riles son conducidos gravitacional a esta unidad, en la cual existe un sistema de separación de sólidos (tamizados), este sistema de separación física de sólidos permite aumentar la eficiencia del sistema de tratamiento y la normal operación de las unidades posteriores, ya que impide la obstrucción de las tuberías, equipos y unidades de tratamiento, con sólidos mayores. Estos sólidos corresponden principalmente a sólidos no procesables tales como pelos, uñas, huesos y otros restos propios de esta actividad productiva.

Los sólidos retirados en esta etapa son dispuestos como desechos sólidos de la empresa, y son retirados por una empresa especializada en el rubro contratada para tal servicio y dispuestos

Desgrasador

El Ril proviene de procesos productivos de alta temperatura a 35%C aproximadamente, estos caen por gravedad desde el filtro rotatorio a unos estanques de acumulación, estos permiten la separación de las grasas que el Ril contiene, lo cual impide la obstrucción de tuberías, equipos y unidades posteriores de tratamiento, además de reducir algunos parámetros como los aceites y grasas y en menor grado DBOS y sólidos suspendidos, se debe destacar que el desgrasador permite aumentar la eficiencia del Biofiltro, ya que este no se ve saturado, ni colmatado por las grasas, además esta unidad permite reducir la temperatura del Ril.

El estanque permite también, mantener un caudal constante de tratamiento, absorbiéndose los peak que se puedan presentar.

Planta elevadora

Esta unidad corresponde a un estanque donde llega el agua de manera gravitacional luego de pasar por el desgrasador. Esta unidad cumple con la función de acumular el agua y enviarla luego a los módulos del Biofiltro donde es esparcida de manera homogénea para su tratamiento.

Esta unidad sirve también como ecualizador, homogenizando el residuo enviado al Biofiltro en términos de caudal y concentración de contaminantes.

3.2.2.1.4.- Biofiltro

El Biofiltro consiste en un filtro percolador el cual está compuesto por capas filtrantes, lombrices y microorganismos asociados, sistema de ventilación y doble fondo. El sistema funciona de la siguiente manera: El afluente es asperjado en la superficie del filtro, luego el agua percola a través de las diferentes capas del filtro, la materia orgánica queda retenida en la superficie y las lombrices la digieren transformándola en humus. Cabe mencionar acerca de la gran microbiología existente en las diferentes capas del filtro, las cuales transforman la materia orgánica en CO2 y agua.

Hay que destacar que el proyecto sistema de tratamiento de residuos líquidos no prevé filtraciones hacia el suelo o área de emplazamiento de dicho sistema, y el sistema de drenaje del Biofiltro Dinámico y Aeróbico permite la recuperación del líquido una vez que éste ha pasado por sus distintos estratos, el líquido recuperado cumplirá con las normas establecidas para riego, todo esto porque al pasar por los distintos estratos del biofiltro, han quedado retenida un alto porcentaje de materia orgánica, la cual será transformada en humus sin generar lodos.

3.2.2.2.- Descarga del agua tratada y eficiencia esperada

La descarga de agua tratada y de purines se realizará en las praderas aledañas de propiedad de la empresa, y en 11 ha. que corresponden a una antigua zona de extracción de áridos. En total se contará con 25 ha. para la disposición del efluente, es importante destacar que estos suelos son carentes de fertilidad ya que corresponden a rellenos.

El sistema de tratamiento de aguas rojas permite obtener una calidad de agua que respeta todos lo límites máximos estipulados por la legislación aplicable, en este caso para la disposición del agua mediante riego de praderas. Los límites de descarga para el método a utilizar vienen establecidos en la Norma Chilena N 1.333 que regula la calidad del agua para diferentes usos. Debido a que esta Norma no contempla algunos parámetros de importancia, se tomó como referencia 2 documentos complementarios para asegurar que la descarga no genera impactos negativos significativos sobre el medio ambiente o la salud de la población, estos documentos corresponden a la “Guía de Condiciones Básicas para la Aplicación de Riles de Agroindustrias en Riego” y el Decreto Supremos N 46/02 del MINSEGPRES, Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas”.

Eficiencia esperada para aguas rojas

Parámetro Condiciones de Entrada Condiciones de Salida H 6,5 - 7.0 6,0- 8,5 IDBOS 2.000 mg/l 300 mg/l [Aceites y Grasas 300 mg/l SO0mg/l Sólidos Suspendidos 800 mg/l 300 mg/l ¡Nitrógeno Total - 75 mg/l [Fenoles - 1 mg/l

Eficiencia esperada para aguas verdes

Parámetro Condiciones de Entrada| Condiciones de Salida H 6,5 - 7.0 6,0- 8,5 ¡Aceites y Grasas 300 mg/l S0mg/l 3.2.2,3.- Metodología de Operación en Riego.

El Riego será por medio de riego tecnificado, el cual será por un sistema presurizado de goteo, que utiliza un emisor de 3,8 litros a la hora.

De acuerdo al marco de plantación y la precipitación del gotero, es posible aplicar 15 m3/h, lo que corresponde a una carga de 1,5 mm/h.

31 La propuesta de riego contempla aplicar cada 9 días durante 2 horas 50 m3, con una carga +» orgánica por hectárea de 0,14 Kg, lo cual nos asegura que no producirá saturación del suelo, ini escurrimiento superficial.

Tr T T T T T T T T T T 1

3.2.2.4.-

3,.2.2,3:-

3.2.2.6.-

disponer el agua tratada en el área de riego que dispone la empresa, que son 1,8 hectáreas

b.- En el periodo de Septiembre a Marzo siempre la carga hidráulica real de aplicación de agua tratada es siempre menor a la carga hidráulica más restrictiva.

c.- La profundidad de la napa freática es lo suficiente como para que no le llegue materia orgánica, ya que esta antes se degrada por los microorganismos aeróbicos presentes en el suelo.

Área de disposición de los Riles Se pueden distinguir dos áreas de disposición:

  • Zona que cuenta con capa vegetal: Donde se ha ido formando una capa vegetal incipiente que ha permitido un crecimiento radicular mínimo, de diferentes tipos de pastos entre los que se incluyen trébol blanco, pasto ovillo y pasto miel, esto hace que la generación de semillas sea abundante. Se observa que la germinación, aún es deficiente en los lugares que la capa vegetal es escaza. La totalidad de las semillas germinan en los lugares que se han realizado riegos con RILES, ya que la característica principal es la formación de materia orgánica necesaria para que las semillas germinen y el sustrato requerido para que las raíces puedan desarrollarse, se aprecian abundantes brotes nuevos en los lugares que existe aporte de materia orgánica.

  • Zona sin capa vegetal, antigua área de extracción de áridos: Está zona presenta una carencia total de capa vegetal, es por ello que este proceso será más lento, ya que se requiere en forma previa un gran aporte de materia orgánica que en una primera etapa evite la erosión producida por las lluvias y en forma natural se irá formando la pradera al igual que en la zona que actualmente se realiza la disposición de los RILES.

  • No se aplicarán los purines en áreas que presenten saturaciones, con esto se evitarán apozamientos. Al respecto para evitar apozamientos se tendrá cuidado con aquellas áreas que presentan una menor capacidad de absorción o directamente que no se puede disponer en temporadas de mayor pluviometría.

Aplicación de humus para mejoramiento de suelo degradado

Respecto del uso de humus para el mejoramiento de suelos degradados: Se generará una cantidad de 120 m3 de humus al año, la cual se aplicará en forma proporcional en las 25 hectáreas, pero se destinará principalmente a las 11 hectáreas que carecen de capa vegetal (ex área de extracción de áridos) que dispone la empresa. La idea es formar praderas para ello se estima que se aplicará 4,8 m3 de humus por hectárea, lo cual es una cantidad de abono muy baja, es decir 480 gr por m2 al año. La aplicación se realizaría una vez al año, una vez que se cuente con la autorización de la autoridad ambiental. Una pradera permite una aplicación anual de materia orgánica de 3 a 4 kilos por metro cuadrado, para la recuperación de suelos.

No se podrá disponer el humus hasta tener aprobación de la autoridad ambiental. La forma de operar es que en forma previa a retirarlo del biofiltro se realizarán análisis como fertilizante y bacteriológicos, una vez que se obtengan los resultados se informará a la Autoridad Ambiental, con la finalidad de contar con la autorización para proceder a su aplicación en los ex terrenos degradados, su comercialización o bien disponer los en vertederos autorizados.

Ingreso de animales para pastoreo

El campo que se riega no se usará para otros fines que la disposición de los RIL, con excepción en casos que después de un periodo de carencia de dos meses, luego de una inspección y autorización por el servicio competente, se permita el ingreso de animales al

3.2.3.-

3.2.3.1.-

3.2.4.-

3.2.4.1.-

3.2.4.2.-

3.2.4,3.-

3.2.4.4.-

3.2.4,5.-

3.2.4.6.-

3.2.4.7.-

pastoreo. En dicho terreno no hay cursos de agua superficiales naturales. Se dejará la franjas de protección solicitada por la autoridad. También se avisará a terceras personas con letreros puestos estratégicamente en el terreno que dicha propiedad se riega con agua no potable.

Etapa de Abandono

La vida útil del sistema se proyecta en unos 20 años, sin embargo este puede tener una vida útil mayor contemplando únicamente las reparaciones y el reemplazo de equipos que sean necesarios.

En caso de que requiera desmantelar el sistema por el término de la actividad u otra razón, se considera la demolición de las obras civiles y el retiro de los equipos. Los residuos sólidos que se obtengan corresponderán básicamente a escombros de construcción y serían depositados vertedero de escombros u otro lugar autorizado.

Medidas de Contingencia

Corte de Energía Eléctrica: Activación de equipos de emergencia, acumulación de agua en la planta elevadora.

Altas Precipitaciones: Si existiera un exceso de lluvia, se acumulará agua en el estanque de agua tratada y de manera de no sobrepasar el riego establecido para el terreno. El estanque de agua tratada posee una capacidad de 77 m3. No se permitirá que exista escurrimiento superficial de agua, que pudiera llegar a cursos de agua.

Proliferación de vectores e insectos: Altamente improbable: De producirse ocasionalmente se adoptará el uso de plaguicidas e insecticidas en los alrededores.

Emisión de Olores: El Titular resguardará los excesos de carga orgánica en el riego para efectos de evitar la generación de malos olores.

Saturación de terrenos a regar: Se han demarcado las áreas que son propensas a la saturación en los periodos de mayores precipitaciones, estás áreas se evitaran en esta época.

En caso de que se saturen los terrenos a regar con el efluente del sistema de tratamiento, se cuenta con una zanja de retención de 50 centímetros de profundidad con la finalidad de evitar el escurrimiento de aguas hacia las zonas saturadas.

Fallas de material: La empresa posee material de reemplazo para reparar posibles fallas del sistema, con respecto a las bombas existen unidades de reemplazo (motobombas portátiles).

En caso de posibles fallas el diseños del sistema de tratamiento es muy simple en su construcción, todos los componentes del sistema se encuentran disponibles en forma permanente en ferreterías de la cuidad de Punta Arenas, sin necesidad de traerlos de otra región del país. Además, se cuenta con un carro succionador que puede ser remolcado por cualquiera de los dos tractores que se encuentran en la planta, lo que permite funcionar con una bomba independiente, con capacidad para 2 mil litros, este sistema independiente es capaz de solucionar cualquier contingencia en forma inmediata. Además

Ocurrencia de Temblores de Gran Magnitud o Terremotos: Primeramente si el terremoto dejo en pie al matadero, se procederá a chequear los siguientes aspectos de la red de riego: a.- Fisuras en el estanque de acumulación de agua tratada, si se encuentran se procederá a repararlas lo antes posible, para que de esta manera evitar el derrame de agua al canal b.- Se chequera que todas las tuberías de la red de riego se encuentran en optimas condiciones C.- Si el sismo provocará derrame de agua tratada el curso de agua superficial, se informará a la brevedad posible al Servicio de Salud del Ambiente y a la autoridad ambiental vigente

Muerte de Plantas: Si se secaran algunos árboles, estos serán repuestos, si se detectara muerte de plantas estas se repondrán, se realizará análisis de posibles causas de muerte y

O' En . : 13! Adopción de medidas para evitar nuevas muertes, en base a la causa detectada. 1

Formación de Costras Superficiales en el Suelo: Se observará en forma permanente la superficie del terreno, si se formara alguna costra que no permitiera infiltrar el agua, se procederá a rastrillar el terreno, para hacerlo más poroso.

3.2.4.10.-

3.2.5.-

3.2.5.1.-

3.2.5.2.-

3.2.3:3.=

3.2.5.4.-

Acciones que se tomarán en caso que no sea posible regar.

La acción a adoptar será la suspensión automática de los servicios de faena, hasta que se aclaren las posibles causas y eventuales efectos que hagan imposible regar, con esta medida se da plena seguridad de que no se generaran RILes. Sólo se reanudaran las disposiciones una vez que sea aprobado por la Autoridad Ambiental, las acciones correctivas destinadas a solucionar la contingencia. Como asimismo, el Titular se compromete a dar aviso dentro de las 24 horas siguientes en caso de producirse cualquier descarga de RILes en cualquier área o forma distinta a la contemplada en el proyecto

Monitoreos y seguimiento

Cámaras de monitoreo La ubicación de las cámaras de monitoreos corresponde directamente del estanque ecualizador de purines y para el sistema de biofiltro del estanque donde se ubica la bomba impulsora de riego. La medición de PH se realiza con papeles de registro, la temperatura con termómetros de bulbo y el caudal en base al consumo promedio).

Programa de monitoreo del RIL Rojo dispuesto mediante riego superficial El programa de monitoreo, para efectos de los parámetros a medir se regirá basándose en la

N.Ch.1.333 Of78 y Guía de Riego Condiciones básicas para la aplicación de Riles de agroindustrias en riego, SAG; Estos parámetros serán:

Parámetro Unidad Concentración To (6 30 (Tabla N%4 NCh1333) SDT mg/l Según Tabla N“2 NCh1333 Nitrogeno Total Kjeldall mg/l 30 (Guía de Riego) Conductividad eléctrica mg/l Según Tabla N*“2 NCh1333

Con respecto al monitoreo, este se ejecutará de acuerdo a la N.Ch. 411/10, por laboratorio acreditado por la SISS. El punto de control será en la descarga al pozo de acumulación previo al bombeo hacia el riego tecnificado.

El número de muestra de acuerdo al volumen de descarga, corresponde a 12. Los parámetros se registrarán con una frecuencia mensual.

Programa de monitoreo de las aguas subterráneas

El titular deberá analizar una muestra de agua de un pozo de observación ubicado en la cota más baja del área de disposición, los parámetros a medir de acuerdo a la Guía de Riego son:

Parámetro Unidad Concentración PH mg/l 6,0-8,5 Nitrógeno Total (Nitrógeno mg/l 30 Kjendahl+Nitritos + Nitrato) (Guía de Riego)

La frecuencia de muestreo será al comienzo y final del mayor período de disposición Q/año). Las muestras serán tomadas bajo los requisitos de la norma N.Ch.411/10.

Los resultados se compararán con análisis similares de norias ubicadas cota arriba de la zona de riego, estos análisis serán similares con los realizados en la noria de monitoreo cota abajo. El Titular habilitará el pozo de observación en un plazo de 3 meses.

Programa de monitoreo del suelo Se monitorearán los siguientes parámetros: - Materia Orgánica - Nitrógeno Total

  • Conductividad eléctrica
  • pH

3.3.-

3.3.1.=

3.3.2.-

3.3.3.-

o,

Megalia

Se tomarán muestras de los 15, 30 y 60 cm. de profundidad, compuesta por submuestras que abarquen como máximo una superficie de hasta 1,9 hectáreas, totales a regar. La frecuencia de monitoreo será anual.

Con respecto a la humedad del suelo, se monitoreará a profundidades de 30, 60 y 90 cm. con el fin de prevenir que los Riles dispuestos, alcancen la napa freática. La frecuencia será semanal, durante el mayor período de disposición.

Se determinará la humedad con un tensiómetro agrológico, tomando muestras aleatorias. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto Emisiones a la Atmósfera

Durante la etapa de construcción los principales aspectos ambientales tienen relación con la emisión de material particulado y de ruidos propios de la construcción.

En cuanto a las emisiones de material particulado en esta etapa se generan principalmente por el movimiento de terreno y el tráfico de vehículos de transporte de materiales y desechos. Para disminuir este tipo de emisiones se humedecerán las zonas susceptibles de levantar material particulado y el transporte de materiales y desechos se hará con vehículos debidamente cubiertos. La tierra de las excavaciones y escarpes se distribuirá dentro de las inmediaciones del terreno.

Durante la etapa de operación, las emisiones atmosféricas se puede asociar a este proyecto son los olores, aspecto que igualmente es despreciable ya que es leve, no pestilente y puede ser percibido solo en la zona inmediatamente aledaña a la planta y en un radio muy pequeño desde la fuente. Esto se puede asegurar debido a la naturaleza del funcionamiento de este sistema ya que trabaja en base a reacciones aeróbicas las cuales no generan olores fuertes o en grandes cantidades a diferencia de las reacciones anaeróbicas.

Efluentes Líquidos

Durante la etapa de construcción no se prevén residuos líquidos. Para las aguas servidas se utilizaran las dependencias existentes de la empresa.

En etapa de operación no se considera la descarga de residuos líquidos, por el contrario, el sistema propuesto es una medida de mitigación de la contaminación de efluentes líquidos, por lo tanto la calidad de la descarga del agua proveniente del proceso se mantiene bajo los estándares de las leyes aplicables.

Residuos Sólidos

En la etapa de construcción solo existirán residuos sólidos derivados de las obras civiles, entre estos se encuentran principalmente la tierra removida y algunos escombros, estos serán primeramente acumulados en una zona cercana a la de construcción para luego ser retirados por una empresa especializada en el rubro.

Durante la etapa de operación se generarán residuos sólidos en baja cantidad y corresponden a los sólidos retenidos en la etapa de filtración y las grasas provenientes del desgrasador. Estos residuos serán acopiados de manera temporal y luego retirados por una empresa especializada en el rubro y dispuestos en un lugar autorizado.

Es preciso destacar que este sistema de tratamiento de Riles no genera lodos debido a la naturaleza de su funcionamiento.

El otro residuo que genera la planta es el humus de lombriz el cual no es un desecho ya que puede ser utilizado como mejorador de suelos.

¿GUAL De; Tamizado de las aguas verdes se generan residuos sólidos: Se obtienen sólidos mayores que “farovienen en el estomago de los animales, como por ejemplo alambres, piedras, bolsas

SECRETARIO plásticas, etc.; los cuales son retirados por medio de canastillos recolectores que son limpiados M

sx

y depositados los desechos en los contenedores habilitados por la empresa de retiro de

a . ., . Yara Fssiduos, disponiéndolos en vertederos autorizados. Mena 004 a

de

US A Ruido

4.-

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "

Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.” cumple con:

4.1.-

4.1.1.-

4.1.2.-

4.2.-

Normativa Aplicable y Cumplimiento NCh.1.333 y Guía de Riego

El titular cumple con los Límites máximos permitidos por esta norma para la disposición final de sus residuos líquidos mediante riego superficial.

Se realizará un análisis químico de la NCh. 1.333/78 una vez al año, durante los primeros tres años, si estos se mantienen dentro de los parámetros máximos permitidos, podrán distanciarse a un monitoreo cada dos años, previo autorización de la autoridad ambiental. La cual se realizará durante el periodo de máxima productividad.

D.S. N” 594/99, MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

En las distintas etapas del proyecto, construcción, operación y eventual abandono, se cumple con el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de

Trabajo.

La etapa de construcción contempla movimiento de materiales, compactación y nivelación de terreno y obras civiles menores, entre otras actividades. En todas estas acciones se cumplirá con lo establecido en la norma, cuidando que existan lugares definidos para el acopio de excedentes, tierra, herramientas y maquinarias, se contempla ruidos menores que no exceden lo estipulado en el D.S. N* 594/99, esto será monitoreado por la empresa contratista para las actividades que contemplen ruido, en caso de sobrepasar la norma, se procederá a tomar medidas de contingencias, tales como uso de protectores o tapones para ruido, no se contempla la exposición de otras personas a ruidos más que las encargadas de construcción.

En la etapa de operación no se contempla emisiones de ruidos, en la mantención y operación de las distintas unidades de tratamiento el personal encargado utilizará indumentaria adecuada para la actividad, considerándose uso de mascarilla, botas y guantes, evitándose la posibilidad de contacto de las personas con el agua, además el sistema Biofiltro posee la cualidad de cortar por sectores el sistema de riego, lo que permite efectuar las distintas labores de mantención del sistema sin contacto con el agua. Se tendrá especial cuidado en la manipulación de sólidos retirados del filtrado y desgrasador, evitándose el contacto con de estos con personal y el medio ambiente.

En cuanto a vibraciones, no se contempla vibraciones en las distintas etapas del proyecto, solo ruidos menores y movimiento de materiales y tierra en la etapa de construcción, lo cual no genera vibraciones mayores a lo contemplado en el D.S. N*594/99.

El sistema de tratamiento es de tipo físico y biológico, por lo cual no se contempla contacto con el personal ni emanación de químico alguno al medio.

Se debe destacar que las obras se realizarán en terrenos pertenecientes a la empresa, terrenos donde se encuentran las instalaciones de la planta procesadora, estas instalaciones poseen todas

las condiciones sanitarias con lo que se cumple el D.S.N9594/99.

Por último, no se contempla exposición a radiación, calor y frío del personal para las distintas etapas del proyecto.

Otras Normativas incorporadas por el Titular del proyecto

4.2.1.- D.S. N” 46/02, MINSEGPRES, Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

Si bien el método de descarga no considera la infiltración de las aguas tratadas a aguas subterráneas, esta Norma se ha tomado como referencia para el cumplimiento de parámetros que se consideran de importancia y para los cuales no se señalan límites máximos en la legislación previamente mencionada.

4.2.2.- D.S. N” 90, MINSEGPRES,

En cuanto a esta norma de emisión, el proyecto no considera la disposición en cursos de aguas continentales superficiales, ni aguas marinas, por tanto no le aplica, sin embargo el Titular toma como referencia algunos parámetros al no estar considerados en otras normas que regulen la disposición de RILes en praderas degradadas que requieren un aporte de materia orgánica y nutrientes necesarios para su recuperación para usos pecuarios.

Los parámetros comprometidos son: pH, Aceites y grasas, Índice de Fenol, DBOS, Sólidos Suspendidos, los cuales serán controlados, tomando en consideración los límites máximos establecidos en la tabla del punto 3.7 de la norma, enviando muestras a un laboratorio certificado, una vez al mes durante el primer año de funcionamiento y una vez que se cumpla con los parámetros durante doce meses se podrá realizar cada tres meses, previa autorización de la autoridad ambiental vigente. Las muestras serán tomadas en la cámara final de muestreo del Ril (Aguas Rojas) y en el estanque ecualizar de aguas verdes los parámetros de PH y Aceite y grasas.

Las muestras puntuales estarán constituidas por la mezcla homogénea de dos submuestras de igual volumen. En cada muestra puntual se registrará el caudal efluente del sistema.

Adicionalmente para el control del Poder Espumogeno, se realizará un muestreo una vez al año durante los primeros tres años, si estos se mantienen dentro de los parámetros máximos permitidos podrán distanciarse a un monitoreo cada dos años previo autorización de la autoridad ambiental, la cual se realizará durante el periodo de máxima productividad.

5.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda." requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 90del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda." no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

7.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no contempla compromisos ambientales voluntarios

8.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

9.- Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas pRavaria Ltda.", por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir

L o “todas las normas vigentes que le sean aplicables.

nr

A

le Ar, 2 titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio nbiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la ocurrencia de impactos ambientales iStós y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las

a —AGgóÑes necesarias para abordarlos.

11.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.

12.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda.".

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto " Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria Ltda." cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenido en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.- Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Intendenta Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la AL LE sión de Magallanes y Antártica Chilena

Magañanas A t Chil eh Anna, Y

pia Navarreté

AS AS ¡Director s -SObretabió Comisión Regional del et de la XII Región de Magallanes y Ant Chilena

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RS Cód Distribución:

  • Christian Kast Rist Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena Hustre Municipalidad de Punta Arenas Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Servicios Sanitarios

C/c: + Expediente del Proyecto "Modificación Proyecto Planta de Tratamiento de Riles Cecinas Bavaria S.A. " + Archivo Comisión Nacional del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena

-El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/42/df/ce801128919024adbe82f09ecb5199384e60