Evaluación SEA

PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT Nº 205111352

Rol 4245205
SEA · DIA · Aprobado · 2009-12-07 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · AUSTRALIS MAR S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIEl DE LA XI REGIÓN DE AYSÉN Califica Ambientalmente el proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352 " Resolución Exenta N° 116 Coyhaique, 26 de Febrero de 2010 VISTOS: La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "PASO TRES CRUCES, MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352", presentada por el señor Luis Andrés Jean Hernández en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES CAIQUENES LTDA. fecha 07/12/2009. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sol base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declarack Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1. Con relación a la DIA del Proyecto Institución ORD. N° Fecha Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén 7 04/01/2010 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/6 05/01/2010 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén 6 06/01/2010 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 20 07/01/2010 Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 480008010 07/01/2010 Subsecretaría de Pesca 58 13/01/2010 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 19 20/01/2010 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/60 02/02/2010 El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "PASO TRES CRU ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352", de fecha 18/02/2010 El Acta de la Sesión Ordinaria N° 02-02/2010 la Comisión Regional del Medio Ambiente Re Aysén, de fecha 24/02/2010 Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental e Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SEC' COSTA WESTE PERT N° 205111352". Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2° del 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordina sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos c Administración del Estado; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales d Administración del Estado; la Resolución N° 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordina Sistematizado de la Resolución N° 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; 3 demás normas aplicables al proyecto. [SLA Saint con re la de ES, gión l ro D.S. y 880 la e la y las 3.6. La producción máxima es de 2.000 toneladas de salmónidos 3.7. Cronograma de Actividades ACTIVIDAD FECHA DE INICIO FECHA DE TÉRMINO Levantamiento de la Información Junio de 2009 Septiembre de 2009 Etapa de Construcción Julio de 2010 Agosto de 2010 Etapa de Operación Septiembre de 2010 Indefinida Etapa de Abandono Indefinida Indefinida CONSIDERANDO: Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Aysén debe velar por el cumplimiento de los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SEC COSTA WESTE PERT N° 205111352". Que, el derecho de SOCIEDAD DE INVERSIONES CAIQUENES LTDA., a emprender activid está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplica los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Esta 3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el pro ecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352" co siste en: 3.1 Ubicación El proyecto se localizará en la Región de Aysén, Provincia de Aysén, Comuna de Aysén, en Paso Tres C ces, Isla Medio, Sector Costa Weste, la administración marítima corresponde a la Gobernación Marítima de Ay én. COORDENADAS GEOGRÁFICAS DE LOS VÉRTICES DE LA CONCESIÓN Punto Referidas a la Carta SHOA N° 846 Latitud (S) Longitud (W) Lado Distancia A 45° 44' 31.33" 73° 48' 06.84" A-B 100 m B 45° 44' 34.57" 73° 48' 06.84" B-C 150 m C 45° 44' 34.57" 73° 48' 13.79" C-D 100 m D 45° 44' 31.33" 73° 48' 13.79' D-A 150 m Superficie de la concesión 15.000 m2 3.2. La superficie que comprenderá el proyecto es de 1.5 hectáreas de concesión de acuicultura de a ua y fondo de mar. 3.3. Monto de Inversión: US $ 1.500.000 3.4. Vida útil: Indefinida 3.5. Mano de Obra: ETAPAS MANO DE OBRA Levantamiento de la Información 4 Etapa de Construcción 8 Etapa de Operación 5 Etapa de Abandono dos OR des, a la les a o. 3.8 Descripción del Proyecto 3.8.1 Fase o Etapa de Construcción. 3.8.1.1 Balsas Jaulas Se instalarán un total de 24 jaulas cuadradas, de 20 m de largo x 20 m de ancho x 15 m de alto, ocupa volumen total aproximado de 144.000 m 3. El número de estructuras técnicas a instalar cada cicl dimensiones de las balsas-jaula, y volumen y área máxima a ocupar por el proyecto, se encuentran detalla el siguiente cuadro. o un , las os en Número de balsas- jaulas a instalar cada ciclo productivo. CICLO 1 2 3 4 5 Número de estructuras 2 6 8 8 0 Total 24 Dimensiones de las estructuras 20 m x 20 m x 15 m Área de mar total a ocupar 9.600 m2 Volumen máximo a ocupar 144.000 m3 3.8.1.2 Redes. En el centro se manejarán tres tipos de redes: Redes de Cultivo: Éstas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Tendrán dimensiones 'e 20 m ancho x 20 m de largo x 15 m de alto, con una titulación que variará de 210/36 a 210/60 y una apert a de malla que variará de 1" a 2". Redes Loberas: Éstas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por lobos de mar u otros depredadore Las loberas tendrán dimensiones de 45 m x 45 m x 20 m. La titulación será de 210/240 y una apertura de ma la de 10", la que evitará que los depredadores se enmallen. Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmo es 3.8.1.3 Pontón Flotante La plataforma flotante contará con habitabilidad para 5 personas y bodegas para los insumos. Esta estruct un Artefacto Naval que se encuentra bajo la jurisdicción de la Armada, por lo que cumplirá con la norm específica aplicable. La estructura contará con las siguientes características. Eslora total: 21 m. Manga total: 14 m. Puntal de construcción: 3.30 m. Carga total : 280 toneladas Carga de alimento : 200 toneladas Estanque de combustible: 3.000 L. Estanque para agua dulce: 3.000 L. Tratamiento de aguas sucias ataques de pájaros. Sús dimensiones serán de 20m x 20m, con una titulación de 210/36 abertura de malla d Se instalará y operará una planta de tratamiento de aguas servidas Verde Andes (VA 1.0 M), utilizandi un reactor biológico que oxida en forma prolongada la materia orgánica. Este sistema está compuesto po un estanque fabricado en acero inoxidable, de 3.942mm de longitud, 600mm de ancho y 580mm de altura. 3.8.1.4 Agua Potable Abastecimiento de agua potable: La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el centro urbano más pró Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, la que será suministrada en una cantidad necesaria para cumplir c requerimiento de la normativa. El agua potable será cargada en recipientes especialmente destinados para fines y transportada por embarcaciones de logística de la empresa al pontón. El titular se compromete a abastecer el centro con la cantidad necesaria para cumplir con el requerimien 100 litros/persona/día, según lo indicado en el Art. 14 del D.S. N° 594/99 sobre Condiciones Sanitar Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular se compromete a presentar un informe té favorable de que el agua es realmente potable, un certificado de autorización otorgado por el Minister Obras Públicas y establecer un convenio con el comité de agua potable de la localidad. Debido a que el pro aún no se encuentra en operación, el titular no cuenta con los derechos de agua involucrados ni co autorizaciones correspondientes para su utilización, aunque en caso de considerar esta alternativ abastecimiento de agua potable, se presentarán todas las autorizaciones y permisos correspondientes ant operar con el centro de cultivo. Transporte y almacenamiento de agua potable: El abastecimiento del agua potable se realizará mediante el traslado en estanques de plástico cerr debidamente rotulados, vía barcaza, los cuales serán trasvasijados en el pontón a un estanque metálico de L. de capacidad, cerrado y recubierto con pintura epóxica. Desinfección de agua potable: Se realizarán mantenciones del estanque de almacenamiento de agua en forma periódica, vaciando y limp su interior, para de igual forma mantener la calidad del agua potable. Durante el funcionamiento del centro se realizará un muestreo diario del agua, y el resultado será registra una bitácora. En el caso de usar cloro o compuestos dorados como desinfectantes, se debe mantener la calidad del ag acuerdo lo establecido en el Artículo 15 del párrafo II del Título II del D.S. N° 594/99 y la NCh N° 40 "Establece los Requisitos Físicos, Químicos, Radiactivos y Bacteriológicos que Debe Cumplir el Potable". Para ello se realizará la determinación de cloro libre residual en forma diaria, con el fin de aseg mantener una dosificación de cloro de 0,2 partes por millón para el consumo, en caso de ser necesar adicionará una solución de hipoclorito de sodio en los niveles que permitan mantener la concent requerida, calculando en cada caso la dosis que se deba incorporar, dependiendo del volumen de a concentración de cloro que tenga la solución. El abastecimiento de agua potable se realizará a través de dispensadores de agua, los que estarán dispues un área de libre acceso dentro del pontón y serán recargados cuantas veces sea necesario mediante botello es de policarbonato o plástico PET con capacidad de 20 litros. 3.8.1.5. Plataforma de Mortalidad. La mortandad de peces será retirada por buzos y almacenada en bins acumulados sobre la platafo a de mortalidad, dicha plataforma posee las siguientes características: limo, el stos de as y nico de ecto las de s de dos, .000 ando o en a, de que gua rar y se ci u• os en Estructura flotante de 7 m. x 6.3 m. Constituida por 3 módulos de 7 m. x 2.1 m. en perfil U de 1 5 x 4 mm, cubierta plancha diamantada galvanizada en caliente de 4 mm. 1 42.000 3.780 167.000 2 15.030 BIOMASA DE SM INGRESADOS POR AÑO (TO 3,78 15,03 30,01 45,00 45,00 333.500 3 30.010 500.000 4 45.000 500.000 5 45.000 Número y Biomasa de Smolt ingresados por ciclo productivo. NÚMERO DE SMC INGRESADOS POR C1 (U) CICLO BIOMASA DE SMC INGRESADOS POR AÑO (KG. 3.8.2.2 Traslado y Cosecha de de peces Capacidad de almacenamiento: 25 toneladas. El sistema de fondeo o amarre consiste en muertos de 8 toneladas y 4 cáncamos de fondeo en 1.1/2'. La plataforma cuenta medidas de protección contra accidentes, tales como, un galpón cerrado uyas dimensiones son de 6.3 m. x 6.0 m., es decir de 37.8 m 2, la altura cumbrera es de 3.2 m., la altura hombro es de 2.0 m. y 1 portón de corredera de 2 m x 2 m. Además existen topes en la cubie para evitar el volcamiento de los bins. El titular aclara que la plataforma de mortalidad será de uso exclusivo de este centro. La plataforma de acopio contempla una estructura y/o diseño destinado a la contención y po erior recogida de potenciales vertimientos, la que consiste en barreras laterales (de 50 cm de alto) en odos bordes y un canal en el frontis de la plataforma, el que conduce a un estanque cerrado. Con este • iseño se asegura un eficiente drenaje de la plataforma cuando ésta sea inundada en labores de acopio de mortalidad, desde donde es posible evacuar los residuos acuosos, como por ejemplo fluid o s de mortalidad, hacia el estanque, para luego desde allí extraerlos y enviarlos a otro lug•de almacenamiento exterior. 3.8.2 Etapa o Fase de Operación. 3.8.2.1 Ingreso de peces El número de smolts (salmónidos) a ingresar variará según los requerimientos de producción de acuerda a lo establecido en el proyecto técnico. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 90 gramos esta actividad se efectuará mediante el traslado de los peces desde centros de smoltificación que cuenten c n las acreditaciones sanitarias correspondientes, ubicadas principalmente en la Región de Aysén, en sectores orno Seno Aysén, Lago Riesco y Lago Los Palos, así como también, podrán provenir desde Lago Huillinco, ago Chapo, Lago Pucheguín y Lago San Antonio, en la Décima Región. El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante una barcaza de transporte con estanques para ingreso. El arribo de los smolts será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los pe es y procederá a retirar los que se encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en forma permanente. El servicio de ingreso de peces será encargado a terceros. Sin perjuicio de ello, el titular se comprom te a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente que cuenten con un protocolo de desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de pres ar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por reg .tros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca. Cuando los peces alcancen un peso aproximado de 4,1 Kg. Se procederá a cosecharlos, considerando 3 a 5 días de ayuno previos a la cosecha. Luego se realizará una evaluación de estado y calibre de los p ces. Posteriormente se procederá a trasladar los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. S rán trasladados en Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantenci n y traslado de los peces vivos. La cosecha será subcontratada a terceros, no obstante, el titular se comprom te a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, y que po ean certificados y un protocolo de desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sani ria, ambiental y marítima. r .25. Se espera que con la utilización de factor de conversión lo más cer . no a 3.8.2.3 Manejo de peces en engorda En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo po ible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 4,1 Kg. promedio. Durante esta etapa los peces serán mantenidos una densidad en torno a 14 Kg/m3, densidad de cultivo que se encuentra bajo la recomendada para reduci los riesgos de brotes de enfermedad. Se realizarán monitoreos mensuales de los peces registrando talla y peso, permitiendo proporcionar el ali ento de acuerdo a la talla y peso de los peces. Para esto se alimentarán en forma intensiva utilizando ali ento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utili arán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un iclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente ntre 14 a 16 meses. Biomasa, Volumen y densidad de cultivo. Biomasa total en un ciclo (kg) Volumen total de cultivo (m3) Densidad por ciclo (kg/m3) 167.000 12.000 13,92 668.000 48.000 13,92 1334.000 96.000 13,90 2.000.000 144.000 13,89 2.000.000 144.000 13,89 Forma de Alimentación La alimentación se realizara a través de mini pontones de aluminio, que permitirá alimentar de form más eficientes a los peces. Con el fin de regular la pérdida de alimento (mi imización del alimento no consu ido), se contará con sistemas de avisos de detención de la alimentación, tales como sensores de corrientes que poseen alarmas, lo que permitirá detectar cuando la entrega de alimento sea ineficiente, para así dej r de proveer alimentos. El sistema permite alimentar a los peces de acuerdo a la demanda de alimento de es os, a través de un sensor de flujo. Además se pueden reducir los costos de producción, ya que el sistema pe mite recuperar alimento no consumido a través de conos de captación ubicados inmediatamente debajo de las b. lsas- jaulas. Por último en centro contará con un sistema de alimentación por cañón de aire, que se sará principalmente luego del arribo de los smolts. Alimento: El alimento utilizado será extruído, con una digestibilidad de 92%, elaborado por empresas como Trouw hile, Salmofood, Ecofeed S.A., Ewos Chile S.A., Alitec u otra, que asegure la calidad y tecnología de fabricación de alimento extruido para salmones Almacenamiento del Alimento El alimento será almacenado en la bodega de acuerdo a criterio, teniendo especial cuidado que lo primer q entra como insumo, sea lo primero que se utilice para la producción. La característica de la estructura edil criterio permitirá mantener el alimento en un lugar fresco, seco manteniendo así sus propiedades más tiem • o. lti é 3.8.2.4.- Manejo sanitario, Prevención y Tratamiento de Patologías Prevención: Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condic tomarán ciertas precauciones: iones sanitarias posibles para lo c al se Factor de conversión estimado Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.0 a alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un 1.0. Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: la Necrosis Pancr ática (IPN), Piscirickettsiosis (SRS) y Aeromona. Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo. En la etapa de agua de mar se tomarán las siguientes medidas preventivas: La composición del alimento está calculada con los requerimientos ideales para el pez. Se han in vitaminas en la dieta, la cual confiere resistencia contra enfermedades. Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos d alteración en el sistema inmunológico. Se realizará necropsia de mortalidades frescas al menos 3 veces por semana y si requiere se en muestras a laboratorio. Se contará con la visita de un médico veterinario asesor al menos 2 veces al mes. Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfec quecha, botas y manos. El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol gel, el cu necesita enjuague posterior. Para el pediluvio se utiliza el desinfectante Trento de Diphen Phar que se encuentra aprobado para su uso por la D.G.T.M y M.M. a través del ordinari 12.600/349NRS, debido a su pH neutro no es ecotóxico, se puede verter al mar, posee un a espectro comprobado, eficacia comprobada contra ISAV, menor tiempo de contacto, y no pr vapores y es prácticamente inodoro. El desinfectante será cubierto con una tapa para protegerlo lluvia y del sol, será cambiado 2 veces por semana, y se estima que se utilizarán 60 L mensuales no contiene sustancias orgánicas persistentes ni toxicas; se degrada con mucha rapidez despu preparada la solución de trabajo, cabe destacar que este desinfectante sera ocupado en su totalida el uso diario en en centro de cultivo, lo cual no generara residuos que puedan ser vertidos al . El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección, y seguridad reducir la transmisión de enfermedades. Tratamientos terapéuticos La empresa tomará todas las medidas necesarias para evitar enfermedades en los peces y evitar por lo ta to la utilización de antibióticos. Diariamente se observará la mortalidad y morbilidad de las balsas-jaulas. Cuan 'o se observen peces mórbidos o un aumento en la mortalidad se enviará una muestra al laboratorio par ser analizada. Todo tratamiento será prescrito por un veterinario. Los antibióticos normalmente usados son: ANTIBIÓTICO DOSIS (MG/IC/PE DURACIÓN TRATAMIENTO PERÍODO RESGUARDO Ac. Oxolínico 20 — 30 12 - 21 días 900 UTA Flumequina 20 — 30 12 - 21 días 900 UTA Emamectina 0,075 - 0,1 7 - 10 días 450 UTA Oxitetraciclina 75 — 120 12 - 21 días 900 UTA Cada 15 días se muestrearán peces para observar la presencia de parásitos de la especie Caligus sp. Este par se tratará con Benzoato de Emamectina. La dosis de 0,050 (mg/kg pez) es incluida en el alimento tratamiento dura 7 días. Tiene un período de resguardo de 450 UTA. Estrategias a implementar ante una eventual aparición de nuevos patógenos: Ante cualquier signo anormal en los peces se informará al departamento de patología y al ictiopató ogo asesor, en donde ambos deberán diagnosticarla. Ante cualquier sospecha de enfermedad exótica, ya sea por los síntomas que produzc el comportamiento anormal de los peces o alzas inexplicables en las tasas de mortalidad, ésta será notificada a Sernapesca, independiente del posterior diagnóstico confirmativo que realice el veteri ario correspondiente. En el ínter tanto y hasta no tener confirmación, los peces no serán manipulados y se de ierá implementar normas de manejo sanitario y barreras de control, orientadas a la erradicación . - la enfermedad, aislando y eliminando al agente infeccioso para evitar un posible contagio a peces s nos en el mismo lugar o centros vecinos. Esta medida contendrá: Rápida y correcta eliminación de p ces luido una iaran ar la 1 no a, el N° plio enta de la Éste s de por para uerto presa de moribundos, desinfección de elementos de trabajo, restricciones al movimiento de personas que ingresen al centro, desinfección en el ingreso y salida de las instalaciones. Se guardarán los registros de todos los tratamientos efectuados, especificando: dosis, fecha de ini io y término de tratamiento, el producto comercial utilizado, su nombre y concentración, el núme o de jaulas a tratar y la respuesta al tratamiento. El médico veterinario asesor realizará reuniones técnicas con todo el personal involucrado, de m nera de aportar el conocimiento necesario para mejorar la eficiencia en aquellos puntos críticos detec ados en las visitas a terreno. Los alimentadores automáticos ayudarán a no alimentar a los peces en exceso, por lo que el ali rento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Se pondrá especial énfasis a un suministro estratégico de alimento medicado y al control de la in:esta de los peces y a la minimización de su disposición en el medio ambiente acuático, como por ejem • lo: - El suministro del alimento medicado se efectuará sólo con condiciones de corriente y clim ticas propicias para la alimentación, y - Se detendrá la entrega de alimento medicado de forma anterior a la detención aplicable respec • del alimento normal, una vez que la señal respectiva ha sido detectada. Finalmente, cabe destacar, que al incorporar una serie de elementos que constituyen parte esencial de la g del centro, se tenderá a disminuir la probabilidad de verse en la necesidad de recurrir al uso de ali medicado, por ende disminuirá la cantidad de éste que llegue al fondo marino. De esta forma, el resguardará la calidad de los recursos naturales renovables de la zona. Con el uso de antibióticos inyectables se espera reducir el aporte de alimento no consumido (nor medicado) al entorno, ya que dicho método supone una mayor eficiencia en la incorporación del medica en el pez. Con esta medida se espera reducir considerablemente el uso de los antibióticos en el centro de c y sus potenciales efectos al entorno. 3.8.2.5. Manejo de la Mortalidad La mortalidad será retirada por alguna de las empresas de servicios que realicen el trabajo, transp rte y disposición final de la mortandad de peces y además que cuenten con todos los permisos ambientales requ ridos por las autoridades y organismos pertinentes para esta actividad. En caso de no poder retirar la mortalidad del centro, por condiciones de mal tiempo u otra causa, la mort se almacenará en recipientes herméticos facilitados por la empresa de servicio que retira la mortalidad, almacenamiento se hará dentro bolsas y no se utilizará un aditivo o preservante (ácido fórmico) conside las siguientes medidas de contingencia ndad icho ando stión ento tular al y ento ltivo Se dará aviso inmediato al jefe de producción, el cual gestionará el aviso a la empresa pertinente. Se enviará una embarcación conteniendo bins con hielo para retirar la mortalidad del centro. Una vez retirada la mortalidad, la embarcación y los bins serán lavados y desinfectados, en Montt, Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, para luego ser devueltos desinfectados por la e pertinente. Sé elegirán especímenes al azar los que se dispondrán en una bolsa rotulada, la cual se env análisis y diagnóstico al laboratorio de referencia. El plan de contingencia ante eventuales caídas de mortalidades al medio marino, será el mismo pl contingencia utilizado en caso de mortalidades masivas de peces. 3.8.2.6. Manejo de Insumos Los insumos más importantes dentro del centro corresponden a alimentos, combustible y desinfectantes. serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados. Los combustibles se almacen estanques o bidones plásticos de 200 L. Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetad tendrá especial cuidado al manipular los insumos, tales como los combustibles, con el fin de evitar cu tipo de derrame al medio, además se utilizarán receptáculos adecuados para evitar vertimientos al Estos en s. Se lquier edio acuático durante las labores de llenado o abastecimiento de motores. Se dispondrá de una brazola con el bjeto de dar seguridad en el manejo de combustible sobre cubierta y evitar derrames hacia el mar. El titular se compromete a que el manejo de combustibles, e insumos en general, se respaldará adecuada ente mediante doble guía de recepción y despacho. Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. 1/92 auto II del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática de la Dirección General del Te torio Marítimo y Marina Mercante 3.8.2.7. Cambio de Redes Se dispondrá impregnar las redes en talleres de autorizados por las autoridades competentes y que posean odos sus permisos ambientales vigentes. En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repara las e impregnarlas con pintura anti-incrustante una vez por ciclo, siendo removidas de las jaulas y posterio ente trasladadas con ayuda de una barcaza al taller de redes. El centro cuenta con un "protocolo de extracción de redes", el cual incluye todos los procedimientos referi os a la extracción misma de ellas como a su traslado desde el centro de cultivo al lugar de destino. Lo an erior considerando las recientes modificaciones realizadas al D.S. N° 320 del 14 de Diciembre de 2001 del Mini terio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura que incorporó nuevos deberes y/o obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en especial en lo ref ente al transporte de redes de cultivo, señalando que "El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de c ltivo deberán realizarse en contenedores que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material '. Dicho procedimiento consiste en: En primer lugar las redes son levantadas por una barcaza, para luego ser ubicadas dentro contenedor metálico cubierto de plástico, Cada cuerpo de red es situado en forma individual dentro del plástico y cerrado, Las redes son trasladadas, en una embarcación, envueltas en el plástico y dentro del contenedor el taller donde se realizara su reparación, y Las redes limpias son trasladadas de igual forma a los centros. Además, se mantiene un sistema de doble guía para el registro de estos movimientos. Sólo se podrá realizar la limpieza de las artes de cultivo y los lavados de redes con y sin incrustante en instalaciones que permitan el tratamiento de sus efluentes, las cuales deben cumpli las normas de emisión fijadas de acuerdo al art. N° 40 de la Ley 19.300. Los residuos só generados, deben ser dispuestos de acuerdo a lo que estipule la normativa pertinente. Para reali limpieza antes indicada en áreas sometidas a la competencia de la autoridad marítima, se requeri autorización expresa de esta. 3.8.2.8 Medidas de Contingencia. El titular ha presentado en la DIA los siguientes planes de contingencia: Mortalidades masivas de peces Escapes Parciales o Totales de peces Aparición de nuevos patógenos Desprendimiento o deslizamiento de unidades de cultivo Pérdida de bolsas de alimento vacías Pérdida de Alimento (con y sin medicamento) Derrames de Hidrocarburos Enmallamiento de mamíferos y aves Iteracción de la especie Huillín o Nutria de Río (Lontra provocax, Thomas 1902) con el centr cultivo de 3.8.2.9 Periodo de Descanso un asta nti- con idos la á la El proyecto considera tres meses destinados al descanso en el área de la concesión, 1 que permitirá realizar mantención; además de proporcionar descanso al lugar y ayudar a la recuperación de la f una; el período de descanso podrá ser menor si se determina mediante los monitoreos (INFAs), que las condic ones ambientales no se han visto afectadas, por el contrario, si transcurrido este período no se presenta las condiciones esperadas, se cesarán las actividades, con el fin de prevenir una acumulación de materia org nica en un mismo lugar, condición que será evaluada en función de los resultados del análisis de los mi mos monitoreos obtenidos bajo el área de cultivo. Los períodos de descanso se insertan dentro de la matriz de producción como se señala en el siguiente cua•o. CICLO INGRESO SM( ENGORDA COSECHA PERIODO DE DESCAI' NUEVA SIEM 1 Septiembre 201 Septiembre 2010 - Diciembre 2011 Diciembre 2011 Enero Febrero y Mar: 2012 Abril 2012 2 Abril 2012 Abril 2012 — 2013 Julio 2013 Agosto, Septiembre Octubre de 2013 Noviembre 201 3 Noviembre 201 Noviembre 2013 - Febrero 2015 Febrero 2015 Marzo, Abril y Ma: 2015 Junio 2015 4 Junio 2015 Junio 2015 Septiembre 2016 Septiembre 201 Octubre, Noviembre Diciembre de 2016 Enero 2017 5 Enero 2017 Enero 2017 — 2018 Abril 2018 Mayo, Junio y Julio de 2 Se espera que con la ayuda de los alimentadores automáticos que reducen hasta en un 99% la perdi alimento y las velocidades de corrientes encontradas en la zona; el impacto causado en el sedimento b centro sea recuperable en el lapso de tiempo indicado en la DIA. 3.8.3. Etapa de Abandono Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestruc remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una desde el punto de vista ambiental y de producción. La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el c que se encuentre pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-ja trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas. El titular se compromete a cumplir con él articulo 4° letra c) del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental p Acuicultura en cuanto a que: se retirará al termino de su vida útil o a la cesación de las actividades del c todo tipo de soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como siste anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. 3.8.4. Descargas, Emisiones y Residuos 3.8.4.1 Emisiones a la Atmósfera. Generación de gases Producto de la combustión en los generadores y en los motores fuera de borda. La emisión de motores borda tendrá una duración de 8 hrs. diarias, pero de forma intermitente. En cambio la de los generadore una fuente fija, pero en pequeñas dosis. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipo mantener la eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima (minimizando la cantidad de emitidos). Los motores fuera de borda de las embarcaciones menores. Se utilizarán motores bencinero (sin plo diesel, el fabricante Honda indica que un motor HNX-MSI-02-05 tiene una emisión de 41.78 g/kWh motor HNX-MSI-02-06 es de 39.28 g/kWhr de HC + NOx, ambos cumplen con la norma de la Enviro Protection Agency (EPA, 2006) para motores fuera de borda. Emisión de ruido de jo el ura y ejora so de las y ra la ntro, as de u será para gases o) y y un ental La fuente de emisión corresponderá a los motores fuera de borda, generados en forma intermitente, y a los generadores de electricidad, los que se encontrarán debidamente aislados reduciendo así la emisión de ruid s. Es importante destacar que dichas emisiones no pueden ser consideradas significativas dado que un gen rador emite una mínima cantidad de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitacion que ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y v entos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año. 3.8.4.2. Efluentes líquidos Efluente líquido proveniente de la planta de tratamiento de aguas servidas de la bodega flotante. El consumo de agua diario por persona está estimado en 100 L., por lo tanto el efluente diario de la pla tratamiento es de 500 L. Es importante destacar que la planta de tratamiento tiene una capacidad p personas cada 24 hrs, y que sólo operarán 5 personas en períodos de máxima producción. Estas aguas vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la plan tratamiento, cumpliendo las prescripciones operativas estipuladas por la Dirección General, con el Art. 9 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, en cuanto a que el efluente no contendrá s flotantes visibles y no ocasionará la decoloración de las aguas circundantes. El efluente es inoloro, incol antes de ser vertido al medio marino pasa por un dorador y luego por un declorador lo que evita un im sobre la vida acuática. ta de a 15 erán de ° del lidos ro y acto Para un correcto funcionamiento de la planta se hará una revisión diaria (chequeo), semanal (revisió del dorador) y mensual (limpiar filtro, verificar posibles filtraciones, controlar agua de descarga). stos procedimientos pueden ser realizados por los mismos operarios del centro de cultivo. El manejo, volúmenes y disposición final de los lodos derivados de la planta de tratamiento serán bombea os y retirados por alguna de las empresas que realizan este tipo de trabajo y que cuenten con todos los per isos ambientales vigentes. Para disminuir el porcentaje de humedad en los lodos, se utiliza un sistema mecánico de secado, entre los c ales se encuentran, la filtración al vacío, la centrifugación y los filtros-prensa o de bandas. Entre los equipos más adecuados para la cantidad de lodos que se genera en la planta de tratamiento de aguas sucias, se encuentr•los filtros prensa, los cuales han sido aprobados en cuanto a su funcionamiento y se encuentran disponibles n el mercado. Para disminuir la humedad contenida en los lodos generados en este centro de cultivo se utili á el filtro-prensa cuyo proveedor para Latinoamérica es Aquamarket. El filtro Prensa es un separador de líquidos y sólidos a través de filtración por presión. Utiliza un método si ple y confiable para lograr una alta compactación. Es capaz de comprimir y deshidratar sólidos hasta ob ener humedades inferiores a 60%. Por lo que sirve tanto para el secado de lodos como de mortalidad, ya que lene una capacidad que va desde 8,5 a 5700 litros. Se fabrica en acero al carbón con recubrimiento de pintura epóxica de alta resistencia química o as filtrantes er /11 inoxidable. Las placas son desmontables y están hechas de polipropileno. Las mallas pueden si.1 d tipos selladas, no selladas o membranas de alta resistencia. Cuenta con un sistema hidráulico, hidroneum tico que puede ser automático, semiautomático o simplemente manual. m3, 04 La clasificación industrial uniforme (CIIU) de la planta de proceso que recibirá los residuos líquidos del ce tro es la N° 31141 sobre la "Elaboración de pescado, crustáceos y otros productos marinos". Es importante destacar, que la planta de tratamiento de aguas servidas del pontón cumplirá con la No a Técnica MEPC (VI) de la Organización Marítima Internacional (OMI), exigida por la Dirección Genera de Territorio Marítimo y Marina Mercante (DIRECTEMAR). El volumen de lodos que producirá la planta de tratamiento con la situación proyectada corresponde a 0,67 el cual será retirado por una empresa autorizada atraves de un camión limpia fosas cada 6 meses, si trasladados en contenedores cerrados a un relleno sanitario o lugar autorizado, que cumpla con la norm ambiental vigente. Residuos de pediluvios y maniluvios. Mensualmente se utilizarán 60 L de desinfectante 'MENTO. Este no contiene sustancias orgánicas persist ntes ni tóxicas. Debido a su pH neutro no es ecotóxico, se puede verter al mar, posee un amplio esp ctro comprobado, eficacia comprobada contra ISAV, menor tiempo de contacto, y no presenta vapores y es prácticamente inodoro. El otro desinfectante a utilizar, específicamente en los maniluvios, corresponde a alcohol gel, el cual eli ina hasta un 99,9% los gérmenes, no requiere enjuague, es un producto antiséptico germicida, no es corrosi o, es ideal para áreas de producción de alimento, posee una solubilidad total, por lo cual no se generaran desec os o residuos líquidos. La cantidad a utilizar en este producto de forma mensual es de 4 litros aproximadamente. Resumen de los residuos líquidos en la etapa de operación. Estimación al 5to ciclo productivo. CANTIDAD DE RESIDUOS IDENTIFICACIÓN DE RESIDUOS Residuos líquidos domiciliarios 180.000 Bodega flotante (Lt) Residuos de pediluvios maniluvios (Lt) DESTINO DE RESIDUOS Planta de tratam residuos líquidos en bodega flotante Consumidos por el tráfico normal TIPO DE MANEJO DE RESIDUOS Neutralización en plan tratamiento de bodega flota No requieren manejo, utilizados en su totalidad. 1024 M 3.8.4.3 Residuos Sólidos Bolsas de alimento Se utilizarán bolsas de 1.250 Kg. Las bolsas de alimento vacías serán retiradas por las empresas fabric tes y distribuidoras de alimento como: Skretting, Salmofood, Ecofeed S.A., Ewos S.A., Alitec, entre otros. Ent e los retiros, las bolsas se juntarán en fundas plásticas para evitar pérdidas al ambiente. Pérdidas de alimento Según Philips (1986) la pérdida de alimento al fondo marino varía en un rango de 5% a un 40% del to al de alimento suministrado. Esta variación dependería de las corrientes, profundidad y grado de exposición del ugar, así como de la especie, cepa o grupo, calidad del alimento, método de alimentación entre otros. Seg n un estudio realizado por González (op. Cit, 1997) la pérdida de alimento representaría un 80% de los s olidos sedimentados bajo la balsa-jaula. Si consideramos que se proyecta alcanzar un factor de conversión biológ ca de 1.25 al 51 ciclo productivo, entonces un 20% del alimento se perderá como fecas y/o alimento. Se espe a que con la implementación y utilización de alimentadores automáticos se tienda a alcanzar factores de conv rsión cercanos a 1. Según los proveedores de alimentadores automáticos la pérdida de alimento no debiera ser ayor al 1% del total de alimento entregado siempre que se utilice bajo las recomendaciones del fabricante ( Smart). Es por esto que el titular se compromete a utilizar el alimento de mejor calidad (palatabilidad), a estan métodos de alimentación probados, con cámaras y sistemas automatizados, lo que homogeniza la distri ucion de alimentos en las jaulas y regula la actividad de alimentación, contrarrestando los peaks de cadentes. Además se compromete a ir adquiriendo grupos de peces que presenten mejores resultados producti os. A través del uso de cámaras submarinas se puede determinar la pronta detección de la disminución del co sumo de alimento por parte de los peces, lo que producirá una disminución del impacto ambiental en el fondo afino generado por los alimentos no consumido. Fecas La cantidad de fecas que se producirán con la realización de este proyecto tiene directa relación con la digestibilidad del alimento, la productividad del grupo o cepa y con el factor de conversión, que a :u vez depende de otras variables. Asumiendo un factor de conversión de 1.25 (peor escenario), según González (op. Cit, 1997) el porcentaje de fecas sedimentada bajo una balsa-jaula en el fondo marino correspondería a un 20% del total del alimento no convertido o perdido. En relación a la cantidad de materia orgánica generada por las fecas no existen coincidencias entre los autores, pero se asume que al menos entre un 20 a 30% del alimento consumido es eliminado como fecas por los peces (Beverdige et al. 1991; Gowen and Bradbury, 1987, Akefors, 1986). En los últimos años sin embargo, s han realizado importantes avances en relación a la digestibilidad del alimento, alcanzando valores cercanos e incluso superiores al 90% (Gillbrand et al. 2002). Según los datos aportados por EWOS, la digestibilidad del alimento que se encuentra en los mercados actualmente alcanza un 92 %, por lo que un 8 % del alimento cue se digiere es eliminado como fecas. Lodos Los lodos generados en la planta de tratamiento serán bombeados y retirados por alguna de las empresas que realizan este tipo de trabajo y que cuenten con todos los permisos ambientales vigentes, trasladando estos residuos a un vertedero autorizado. Residuos domiciliarios El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27° del "Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática" como toda clase de restos de comida, así como residuos resultantes de las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en condiciones normales de servicio) que se produzca será almacena io en tachos herméticos debidamente rotulado, con bolsas de plástico en su interior y retirado por una de las empresas autorizadas que compiten en este rubro y que cuenten con todos sus permisos ambientales vigentes, la cual llevará estos residuos para su disposición final a un establecimiento y/o vertedero previamente autorizado. Asimismo el titular se compromete a llevar un control, mediante el sistema de doble guía, de estas disposiciones. El Titular se compromete a retirar los residuos domiciliarios cada 4 días con el fin de evi ar la formación de focos de insalubridad. De igual modo, los desechos generados por la operación de los eq hipos electrógenos serán mantenidos en recipientes cerrados para su posterior disposición en un vertedero industrial autorizado. Residuos Peligrosos Durante la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como, pilas, cartridges, tonners,1ubos fluorescentes, aceites y grasas entre otros, en general artículosque se utilizan en la oficina. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores habilitados para ello, debidamente rotulados, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, la cual se encargará de que los residuos lleguen a una planta de reciclaje o a u vertedero autorizado. Además de lo mencionado anteriormente el centro de cultivo cumplirá siempre con las siguientes condiciones de limpieza y disposición final de residuos (D.S. N° 86 de 2007, sustituye artículo 4° del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura): Se empleará una doble guía de despacho y recepción, las que se encontraran en el centro y las cuales cuán cuenta del movimiento de todos los residuos generados por el centro de cultivo. El titular se compromete a q antes de iniciar la etapa de operación del proyecto acreditará mediante certificado otorgado por la auto/1 marítima ante la CONAMA, que se dará cumplimiento a las condiciones sanitarias, ambientales y de segwi básicas en los lugares de trabajo exigidas. Limpieza del borde costero Se realizará con una periodicidad mensual y consistirá en trasladarse en bote a la playa y colectar la b encontrada en bolsas plásticas, las que serán depositadas en tachos herméticos debidamente rotulad residuos domiciliarios, siguiendo su curso como se describe anteriormente. Resumen de los residuos sólidos en la etapa de operación. Estimación 5 1' ciclo productivo. IDENTIFICACIÓN LOS RESIDUOS CANTIDAD RESIDUOS DESTINO DE LOS RESIDUOS TIPO DE MANEJO Alimento no consumidc (Ton) 25,25 Deposición en el fondo marino las balsas y alrededores sedimentación y dispersión Disminución de la pérdida alimento utilizando alimentad automáticos y cámaras submarir ura 4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales. NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO Constitución Política de República de Chile Etapa construcción operación. - La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA evaluación y aprobación, tienen por objeto co ibui cumplimiento de la garantía constitucional: El Derecho a v vir t ambiente libre de contaminación. Ley N° 18.892 MINECON "Ley General de Pesc Acuicultura". Etapa construcción operación - Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley la implementación de técnicas de manejo del centro y te molo para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio am bien "lb (ohtv) Fecas (Ton) 200 corrientes. Degradación por bentos. Bolsas de alimento (N° de bolsas) 2020 Retiradas por empresa autorizad Reciclaje por empresa autorizad Residuos domiciliarios (Ton) 1,68 Retiro de la basura por eme autorizada Depósito en vertedero autorizado Lodos de Planta Tratamiento (m3) 0,675 Retiradas por empresa autorizad Retiro cada 6 meses, a través c camión limpia fosas Residuos Peligrosos (T( 0,0516 Retiro de los residuos por emi autorizada Planta Reciclaje o Instalaciói eliminación autorizada Mortalidad Se estima una mortalidad inicial del 0,5 %, los 3 primeros meses para luego establecerse en alrededor de un 0,1 % mensual. Esta estimación se realiza en base a que la mortalidad en un ciclo es de alrededor del 2,4 % y que la mortalidad es más alta en la fase en que ingresan los peces al centro. En el siguiente cuadro, se presenta una estimación de la mortalidad por ciclo productivo hasta el 5 1) año. Estimación de la mortalidad por ciclo. Ciclo 1 2 3 4 5 Individuos 1268 4.073 8.134 12.195 12.195 Toneladas 0,51 1,63 3,25 4,88 4,88 El acopio de mortalidad se realizará en una plataforma flotante especialmente habilitada para este f n, la mortalidad será colocada dentro de bins herméticamente cerrados, proporcionados por la empresa que rea izará el retiro, donde no se les adicionara ningún tipo de preservantes. Se retirarán 3 veces por semanas, independiente de su estado de descomposición, para ser trasladadas vía marítima o terrestre a empresas reductoras autorizadas. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352" cumple con: D.S. N° 320/01 MINECON "Reglamento Ambiental pk. Acuicultura". Etapa operación. - Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al ente cultivo de todo residuo generado por éste. - Disponer los desechos sólidos o líquidos en de' 'sal condiciones que no resulten perjudiciales al medio circun•nte. - Retirar todo tipo de soporte no degradable o degrada • le < sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del c ntro - Impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En c a c deberá existir un plan de contingencia, para casos de esc mortalidades y pérdidas de alimento. - Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al Se ape: capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un informa. - Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa autoriza ión Subsecretaría de Pesca. - No se podrán realizar cultivos de organismos vivos m ific sin la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. - Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los flue Res. 3411/06 MINCON "Resolución Acompai Reglamento Ambiental pa Acuicultura" Etapa operación - Cumplimiento con los contenidos y metodologías de an•isis la elaboración de la Caracterización Preliminar del Sitio ( PS, información ambiental a que se refieren los artículos 2 letra p) del D.S. N° 320 de 2001. Ley N° 19.300MINSEGPR "Ley de Bases del Is, Ambiente". Etapa construcción operación § Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en 1 ley la implementación de técnicas de manejo del centro y te nob para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio am•ien D.S. N° 95/01 MINSEGPR. "Reglamento del Sisterm Evaluación de Imi Ambiental". Etapa construcción operación Evaluación Impacto Ambiental. Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación d imj ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, •on‘ demuestra cumplimiento debido a los manejos de resí producidos, medidas para reducir los impactos sobre el mh tales como implementación de tecnologías de alimentació , p de contingencia en caso de emergencia, etc. Además S considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos um flora, fauna, etc. D.S. N° 1/92 "Reglamento para el Contr la Contaminación Acuática' Todo el Proy< - Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arroj h escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o res] u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, qu ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción naci al Ley N° 19.821 "Deroga la Ley N° 3.1: modifica la Ley N° 18.90 Materia de Resi Industriales Líquidos". Todo el Proy( - La evacuación, tratamiento o disposición final de desagt1 servidas de cualquier naturaleza y o residuos industriales. - Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. D.S. N° 90/01 MINSEGPR "Norma de Emisión par Regulación de Contamin Asociados a las Descarga Residuos Líquidos a A Marinas y Continer Superficiales". Todo el Proy( - No se considera vertimiento de agua-sangre proveniente de agallas durante la cosecha, ya que el sistema de cosecha traslado de peces vivos hasta la planta de proceso de X y X que cuenten con todas las autorizaciones ambientales vi plantas de tratamientos de riles aprobadas, para la rec.pci procesamiento de este tipo de residuos. - Las aguas para consumo diario serán vertidas en 1. sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendr' esp cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visi e les ocasionara la decoloración de las aguas circundantes. Todo el Proyecto DGTM. Y MM. ORD. 52/004 deroga la Resolución DGT MM 12600/5 del 4 de Ene 2006 Las aguas para consumo diario serán vertidas en 1 s sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo pase la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendr esp cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visi les ocasionara la decoloración de las aguas circundantes. DFL 725/1967 MINSAL "Código Sanitario". Todo el Proy< - La evacuación, tratamiento o disposición final de desag - s, servidas de cualquier naturaleza y o residuos industriales. - Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. Todo el Proy< D.S. 201/01 MINSAL "Reglamento sobre Condic Ambientales y Sanil Básicas en los Lugares Trabaj o" Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. Niveles de ruidos compatibles con la salud de los trabajas ores - Provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugl trabajo según lo exigido por la autoridad competente. Todo el Proy< Todo el proyc DS N° 148/03 MINSAL "Reglamento Sanitario manejo de Residuos Peligrc D.S. N°225/95 "Veda para Mamíferos, A, Reptiles Marinos" D. Ex. N°765/2004 Almacenaje diferenciado de residuos peligrosos, decidan rotulados, en envases herméticos y retirados por empresa a tori: - Medidas para prevenir enmalles y capacitación de trabaj don preservación de animales. MINECON "Establece Veda Extractiva el Lobo Marino Común". D.S N° 594/1999, MI1\ Todo el Proy< (Pub. D.O. 29/04/2 Reglamento sobre condic Sanitarias y Ambier Básicas en los Lugares Trabajo NCh 409 Todo el proyc "Norma Chilena de , Potable" Los lugares de trabajo, durante la instalación y const ció proyecto, contarán con suministro de agua potable destin, da, para el consumo personal, como para las necesidades .4sicl higiene y aseo. - Implementación de un sistema que cumple con la calidas de descrita en la norma. Monitoreo de la calidad en forma dia a. 4.2 Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse ejecución del proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PER N° 205111352", requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4.2.1. PAS establecido en el artículo 68 del RSEIA Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, ag s de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen da os o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el a ículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación. Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobernación Marítima de Aysén, me s iante Of. Ordinario N° 12600/60 de fecha 02 de Febrero de 2010 informó favorablemente. 4.2.2. PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el ítulo VI de la Ley N°18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones. Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaría de Pesca, mediant Of. Ordinario N° 58 de fecha 13 de Enero de 2010 informó favorablemente. Se condiciona lo siguiente: Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial 74 para una producción máxima de 2.000 tonela• : s de salmónidos. El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECO ) N° • 320 de 2001. El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el • respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de modificación en comento. El titular deberá entregar al SERNAPESCA, oficina local, información ambiental según lo establecido • en el Art. 19° del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en conformidad a la Resol ción (SUBPESCA) N° 3.612 de 2006. En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N° 3.612 de 2009 y a las • características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 3. En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación g nera • cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba som terse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El titular del proyecto comunicará por carta a la COREMA Región de Aysén, la circunstancia de cumplido con la obligación de entregar la INFA a SERNAPESCA, adjuntando copia de la carta (excluye INFA) de presentación de la misma. El titular del proyecto mediante carta a la COREMA Región de Aysén, adjuntará copia de la resolución •e la Subsecretaría de marina que otorga la concesión de acuicultura. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "a", "b" "c", "d", "e" y "f', del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expe•ente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto " PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR C • STA WESTE PERT N° 205111352" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstanc as. Que, en el proceso de evolución de proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR C WESTE PERT N° 205111352", el titular ha presentado los siguientes compromisos ambientales voluntario Capacitación e instrucción de todo el personal que trabajará en el centro en materia de manejo san rio de los peces, prevención de riesgos y prevención de impacto ambiental, tales como evi r la sobrealimentación, la caída de alimento al mar, el derrame de combustibles, pérdida de b i 1s plásticas, entre otros. Con el objeto de extremar las medidas higiénicas para prevenir enfermedades virales como I.P. aplicará un Plan de Profilaxis, elaborado por el Departamento de patologías, que incluye as generales de higiene para visitas y equipos; incluye desinfectantes y cloro, prácticas de cos limpieza y profilaxis de buzo, flota, muelle y centro de cultivo; y un programa diario de fumigació Reducción en el uso de fármacos, especialmente antibióticos y utilización de sustancias terapéu que hayan demostrado tener menor efecto negativo sobre el ambiente. Prácticas tendientes a eliminar el uso de antibióticos en el cultivo intensivo de salmónidos. - Detección temprana de enfermedades. - Mejorar la respuesta inmune de los peces. - Disminución de los factores de estrés. - Calidad de alevín y smolts. Cumplimiento de rutinas sanitarias. All in - All out (descanso de los lugares donde se ha realizado prácticas intensivas de cultiv , un tiempo tal que permita disminuir la carga de agentes infecciosos en el ambiente). El tiem o de descanso será determinado según el tipo de medicamento y el tiempo en tratamiento de los p ces, puede ser desde 15 días, hasta 1 mes. Apoyo a embarcaciones de cualquier tipo que esta sea que tengan alguna emergencia o est n en peligro. No se prohibirá la actividad extractiva artesanal dentro de los límites de la concesión q e no estén siendo utilizados para el cultivo de peces. Utilización de doble guía de despacho en los siguientes servicios: - Residuos sólidos domésticos y recepción en vertedero, - Mortalidad y recepción de esta en planta elaboradora de harina de pescado, - Lodos y recepción de éstos en vertedero autorizado. - Con el objeto de mitigar eventuales efectos en el potencial turístico del sector y valor paisajísti o, el titular se compromete a efectuar una auditoría ambiental anual con una empresa externa, para verificar los compromisos adquiridos en este tema. Por otra parte el titular deja abierta la posibilidad de realizar una mejora continua, incorpo ando nuevas tecnologías que involucren mejoras operacionales y/o ambientales. Que en caso de incumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aceptó la Declaraci n de Impacto Ambiental, los Órganos del Estado con competencia ambiental podrán solicitar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, la amonestación, la imposición de multas de hasta quinientas unidades tribu arias mensuales e, incluso, la revocación de la resolución de calificación ambiental. Lo anterior es sin perjuic .o del ejercicio de las acciones civiles y penales que sean procedentes. Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto " PASO TRES CRUCES, SLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352", el titular deberá informar a la Comisión Re•ional del Medio Ambiente de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada u a de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. Que, para que el proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que 1 aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional de Ambiente Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 13. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Aysén. r Notifíquese y chívese rrazw in ntend te (S) n Region.. e XI Regi • • ó e ysén Roxana Mu Dire Secretario Comision egio XI Regió z Barri e Aysé ntos io Ambiente de la Presidente C RESUELVE: CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352" CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COSTA WESTE PERT N° 205111352" cumple con la normati carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambie sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Im Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerandos de esta Resolución. ASO 3.- Hacer presente que de conformidad a la Ley N° 19.880 proceden en contra de la presente Resolució , los recursos de reposición, ante esta Comisión Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dire ción Ejecutiva de la CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notifica ción del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que e time oportuno. RMB/CPT/Rk Distribución: Luis Andrés Saint Jean Hernández Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Ilustre Municipalidad de Aysén, Región Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca acto a de tales • C/c: Expediente del Proyecto "PASO TRES CRUCES, ISLA MEDIO, SECTOR COS A WESTE PERT N° 205111352 " Archivo CONAMA , Región de Aysén El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/e0/bb/770a10ea84e46054cdb53a176ecebb3555f2