Evaluación SEA

Modificación Sistema de Tratamiento de RILes, Viña San José de Apalta

Rol 4242633
SEA · DIA · Aprobado · 2009-12-09 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Agrícola Santa Cristina Ltda

REPÚBLICA DE CHILE j COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEI LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de RILes, Viña San José de Apalta "

Resolución Exenta N* 17/2011

Rancagua, | de Febrero de 2011 NISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta ", presentada por el Señor José Ramón Vega Artus, en representación de Agrícola Santa Cristina Ltda., con fecha 9 de Diciembre de 2009,

2 Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atubuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental DIA) SN Por A1eriola Santa Cristina Ltda. con fecha 09) 12: 3009

Test de admisión S/N Por Serxcio V: valuación Ambiental, V'] Región del Y sbertador General Bernardo (O'Higgins, con fecha 10/12/2009

Oficio solicitud de evaluación DL1 N*1210/2009 Por Servicio Evaluación Ambiental. WI Región dei | sbertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/12/2009

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y /0 ampliaciones a la DIA (ICSARA) N*42/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, 11 Región del libertador Cseneral Bernardo O'Higgins, com fecha 19/01/2010

Adenda S/N Por Agrícola Santa Cristina Lígh, con fecha 15/07/2010

Solicitud de evaluación de adenda N*556/2010 Por Servicio Eraluación Ambiental, V/1 Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 20/07/2010

Resolución Ampliación de Plazos N 033/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, V1 Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 17/12/2010

Adenda S/N Por Agrícola Santa Cristina 11da., con fecha 24/12/2010

Solicitud de evaluación de adenda N*222 Por Servicio Evaluación Ambiental, 11 Región del l_ibertador Genera! Bernardo O'lliggins. on toba 28/12/2010

2.2, Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Sobre la DIA

Oficio N%333 sobre la DLA, por SEREMI Agricultura, Rezión del Libertador General Bernardo O'Uliggins, con fecha 11/12/2009, Oficio N%2882 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'iliggins, com fecha 21/12/2009, Oficio N1290 sobre la DLA, por Superintendensia de Servicios Sanitarios. com fecha 294 12/2009,

Oficio N*6 sobre la DLA, por 5.-1G, Región del libertador General Bernardo O'Higgras, cor fecha 04/01/2010,

Oficio N*5 sobre la DLA, por Dirección General de Aguas, Región del Libertador Creneral Bernardo O'Higgins, con fecha 05/01/2010, Oficio NMO1 sobre la DIA, por SERNATUR, Región del Libertador Cseneral Bernardo O" liggins. on fecha 05/01/2010,

Sobre la Adenda N*1

Oficio N*1439 sobre la Adenda 1, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'lliggins, son fecha 29/07/2010,

Oficio N1430 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región del | sbertador Cieneral Bernardo O'Higgtns, com fecha 30/07/2010; Oficio N1202 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Liberrador General Bernardo O'Higgins, com fecha 20/07/2010,

Oficio N605 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Sersicio: Sanitarios, som fecha 30/07/2010, Oficio N355 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricukura, Región del Libertador General Bernardo O'Uliggins. von fecha 31/07/2010,

Sobre la Adenda N”2

Oficio N*1459 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con ficha 30/12/2010;

Oficio N*10 sobre la Adenda 2, por SEREMI AAgncultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/01/2011;

Oficio N*0008 sobre la Adenda 2, por SAG, Región del Libertador Genera! Bernardo O'Higgins, con Jevba 05/01/2011;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

lin la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Modificación Sistema de Tratamiento de Riles,

Viña San José de Apalta', han sido invitados a parmeipar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambicatal, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'FEggins Nustze Murncipalidad de Rengo

SAG. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SEREMI Agncultura, Región del I1bertador General Bernardo O'Higgins SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Superintendencia de Servicios Sanitarios

  1. El Acta de la Sesión Ordinaria N*1 la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higpins, de fecha 31 de enero de 2011. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta".

  2. Lo dispuesto en la Ley NX? 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba cl texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Admimstrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución IN% 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N? 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicabies al proyecto, CONSIDERANDO:

  3. Que, la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo (Yi liggins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de 3 Apalta”. :

  4. Que, el derecho de Agricola Santa Costa Leda. a emprender acuvidades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

  5. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta " consiste en:

Titular: Agrícola Santa Costa ).tda Rut; 77865980-8 Domicilio: Migue! Ramírez 199 Representante Legal: José Ramón Vega Artus Rut: 48654231 Domicilio: Guillermo Saavedra 24. Villa Triana Región: Región del Libertador General Bernardo O'Higgins >] Comunas: Rengo 3.1 Locabzación

El proyecto se localiza ca cl Km 107 Ruta 5 Sur, localidad de Rosario, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, VI región, en las coordenadas 6.190.149 mN y 331.317 mE (Huso 19, Datum SAD 69, en un predio que cómprende alrededor de 30 ha de superficie, de propiedad del titular.

El acceso se realiza desde la Ruta 5 Sur hasta la localidad de Rosario, se ingresa por el peaje lateral y luego se retoma dirección hacia cl norte aproximadamente 1 km por la caletera

El predio se localiza en la localidad de Rosario, a más de 100 m de la viviendas asslada más cercana. “Ticac una superficie de aproximadamente 30 ha, distabuidas en plantaciones de viñas, oficinas y bodega de elaboración de vinos.

Coordenada: UM con DATUM WGS-84 y su respectivo Huso N: 6.199.399 y E: 331.184 3.2 Justificación de su localización:

El proyecto “Sistema de Tratamiento de RILes para Viña San José de Apalta” fue calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N* 10/2007 emitida en 10 de Enero de 2007. El titular responsable del proyecto aprobado fue José Ramón Vega Artus. En esta oprtunidad la modificación es presentada por Socicdad Agricola Santa Crisena Ltda. que corresponde a la empresa que explora la bodega de vinos y de la cual don José Ramón Vega Artus es socio y representante legal.

La Resolución aprobada indica que los RILes cumplirán con lo exigido en la guía claborada por el SAG "Condiciones Básicas para la Aplicación de RlLes Vitivinicolas en Riego” y durante los meses de Octubre a Marzo los RlLes tratados sc nego de viñas. Esta Resolución indica además que se construirá un estanque de aireación de volumen 570 m y se vtllizará un filtro de mangas previo al ingreso del RIL al estanque antes mencionado.

La modificación planteada cn esta DIA se refiere a cambiar la descarga de Rlles, y consiste en combinar las alternativas de tratamiento presentadas en la guía elaborada por el SAG “Condiciones Básicas para Uulización de RiLes Vitivinícolas en Riego” Por lo tanto se plantea regar y disponer directamente en suelo según la época del año correspondiente, lo que permite disminutr el volumen de aireación. Además «e descartas la opción de incluir el filtro de mangas como unidad d operación.

En el entorno del proyecto no se cacuentra poblaciones, recursos, áreas protegidas + Monumentos Nacionales suscepubles de ser afectados.

El proyecto no afectará en ninguna de sus fases la salud de la población.

Los terrenos donde se efecruará cl proyecto no presentan zonas con valor paisajístico y/o turistico ni zonas declaradas de interés Turístico nacional. La zona de emplazamiento es de uso agricola.

No existen evidencias dentro del entorno del proyecto de sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura de comunidades o grupo humano.

En el área de emplazamiento del proyecto no existe declaración alguna de zona latente o sarurada por algún contaminante según lo establecido en la Ley N* 19.300, esto de acuerdo a la lista de Decretos Supremos que declaran Zonas Latentes y Saturadas dentro del territorio nacional,

La diversidad biológica del lugar no será alterada puesto que los terrenos han sido y seguirán siendo unbizados en actividad agricola, lo que no provoca un impacto significativo para las comunidades biológicas existentes aledañas al lugar de emplazamiento del proyecto.

3.3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Introducción

Descripción del Sistema de Tratamiento Aprobado: El sistema aprobado por Resolución Exenta N? 10/2007 emitida en 10 de Enero de 2007, debía estar está conformado por las siguientes unidades de tratamiento, según se describe en el numeral 3.5.1 extraido textual de la RCA citada: “El sistema diseñado para el tratamiento de los residuos líquidos y que se compone de las siguientes unidades:

a) liltro parabólico de acero inoxidable, con sistema de filtro superior a Smm, ubicado a la salida de la bodega de vinos.

b) Estanque de acumulación, con capacidad de 3metros cúbicos.

c) Viltto de mangas, retendrá sólidos más finos, de menos de 3mm

d) Estanque de acumulamiento con aireación, que considerari la inyección de oxigeno al residuos líquido, con tres oxigenadores de una potencia de 2hp cada uno, que se ubicarán a una distancia de 3 metros cada uno. Las dimensiones del estanque de acumulación serán las siguientes: Largo: 20,0 metros, Ancho: 6,0 metuos, Profundidad: 5,0 metros. En la base tendrá una base de piedras, para luego ser recubierta por una geomembrana de polietileno HDPE, 100% impermeable, cuyas características se adjuntaron en el Anexo C de la Adenda N1. La capacidad de acumulación del estanque será de 570 m Las medidas a adoptar en el caso de tener que cambiar la membrana son coordinar esto para que se haga en el periodo en el cual no se producen RlLes (entre Septiembre y Enero, para mayor seguridad), en todo caso el proceso del cambio es relativamente rápido, ya que demora alrededor de 2 2 3 semanas. La disposición final de la membrana utilizada, se contactara con alguna empresa de reciclaje de materiales plásticos.

e) Bomba Succionadora de Lodos.

£ El agua tratada serán destinadas para riego de vides viniferas que se encuentran al interior del predio, en un cantidad de superficie de 30 hectáreas.”

Manejo de las aguas tratadas

En la misma RCA, pero ca el numeral 3.5.6 se hace mención al destino de los RiLes tratados, uso en nego según se extrac textual a continuación: “Posterior al sistema de tratamiento y a la ascación del residuo liquido, este será destinado para riego, a través del sistema de riego poz goteo. El sistema de riego tendrá un filtro de cuarzo, que retiene un alto % de partículas sólidas, y este filtro tendrá un sistema automático de auto lavado, es decir cada cierto tiempo el filtro se lavará y se enjuapará de manera automática, como ejemplo podemos decir que en periodos de mayor suciedad de las aguas cl filtro hace un auto lavado cada 4 a 6 horas; este sistema de auto lavado estará regulado por la presión al interior del filtro. Cada 3 semanas se hará una limpieza de las mangueras, este proceso se hará destapando cl extremo o terminal de la manguera, de esta manera pasarán un flujo de agua a mayor velocidad, produciéndose un arrastre de partículas sólidas que pudieran ocasionar algún problema de taponamiento de goteros, con este sistema de lavado de mangueras se asegurará cl perfecto funcionamiento de las mangueras y de los goteros. Una vez al año, antes de que comience la temporada, se hará una mantención completa del sistema de riego ¿bombas- filtros - mangueras) para asegurar un funcionamiento óptimo del sistema.

En vista de que vamos a alimentar con riles el sisterna de riego, se debe destacar que en un principio los tiempos de auto lavado, y los úempos de lavado de mangueras, se deberán reducir, es decir hacer los auto lavados cada 2 horas, y lavados de manguera cada | a 2 semanas, para evitar problemas iniciales, y a medida que vayamos conociendo nuestro sistema nuevo y regulando los uempos. Por otra parte la superlicie de nego mínima que tendrá que ser destinada para riego, para un volumen de £l de 900 m3/año, será de 0.21 hectáreas, respecto de lo cual el proyecto tendrá disporuble una superfície de 30 hectáreas de vides.

A continuación se detallan las características del suclo, en el sector destinado a riego:

a) Fl suelo en la zona es de textura franca arenosa, de una profundidad efecuva de 50-60 cm., bajo esta estrata comienza una estrata pedregosa de gran profundidad, no hay presencia de estratas impermeables. Debido a esto es un suelo de muy buen drenaje y permeabilidad.

bj El terreno a regar no presenta pendiente, y es prácticamente plano (pendiente de 0,3% E-O).

e) Fl terreno no presenta napas freáticas.

d) Ja capacidad de retención de agua es intermedia (Eranco-arenoso). en los pumecros 30-60 ems de suelo.

e) El tempo y frecuencia del riego dependerá en gran medida del estado fenológico en que se encuentren las plantas, pero en resumen se regará cada 3 días por 4 horas en los periodos de mayor demanda de agua Diciembre Enero Febrero), luego la demanda hídrica bajará regándose cada 7 días por 2 a 3 horas (Marzo-Abnl-Mayo).

34 DEFINICIÓN DE PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS DE MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO APROBADO

Las modificaciones al proyecto original tienen relación con cambios en dimensiones de unidades de tratamiento y cambios cn el destino tinal de las aguas tratadas. A continuación se describe el nuevo proyecto sometido a evaluación:

Separador parabólico: Se mantiene el filtro parabólico de proyecto aprobado, correspondicate a tamiz tangencial de acero inoxidable con malla para retener sólidos de tamaño mayor a 1,5 mm.

Estanque de ecualización: Corzesponde a estanque de 3 mi de capacidad construdo de hormigon

Estanque de aireación: Se modifica la capacidad de este estanque donde se efectúa tratamiento secundario por un estanque aireado de aproximadamente 100 m? que se construirá bajo modalidad corte y relleno. Estará impermeabilizado con carpeta de polietileno de 1 mm de espesor y equipado con sistema de aircación aportado mecánicamente por dos aireadores sumergibles tipo flojer 3 Hp cada uno.

Estanque de sedimentación: Se incluye estanque de sedimentación que se construirá contiguo a estanque de aireación también bajo modalidad corte — relleno y tendrá una capacidad de 60 m), Igualmente será revestido con carpeta de pohetileno de 1 mm de

espesor. El efluente del estanque de xurcación extendida, ingresa por tebalse al estanque de sedimentación y su objetivo es abatiz sólidos suspendidos biológicos y eliminarlos por sedimentación antes de la descarga del efluente.

Sistema de nego tecnificado: Se mantiene el niego por tecnificado sobre plantación de viñas. Para la distribución del RI. tratado tanto en su uso en riego como en disposición directa en suclo, se utilizará un sistema de riego tecnificado por goteo, actualmente implementado.

Manejo de las aguas tratadas: Se modifica el destino final de las aguas tratadas. El proyecto aprobado consideraba el uso en riego de 30 ha de viñas.

11 proyecto actual considera combinar las alternativas de la guía elaborada por el SAG, es decir, el uso del agua tratada en nego y disposición directa en suelo sobre las mismas 34) ha de viñas a través de sistema de nego tecnificado.

Estimación de Volumen de RiLes

El sistema de tratamiento se diseñó y construyó considerando el volumen de producción de vinos de la bodega y la optimización del uso de agua en el proceso.

Cousiderando la serie de medidas de pestión ambiental y producción limpia que se han implementado y compromeñeron en la presentación original, el uso y consumo de agua en procesos de lavado y limpicza ha bajado considerablemente. En el interior de la bodega se efectuaron obras menores como instalación de rejas y rejillas atrapadoras de sólidos, se implementaron llaves de corte, se aplicó nuevos procedimientos de lavado que incluyen reutilización de agua y el uso de hidrolavadoras adquindas con este fin, se implementó sistema de segregación de aguas lluvia, Todo lo anterior permitió, bajar cl consumo de agua niveles rnás ajustados al tamaño de la bodega, que es de 1.500.000 aproximadamente. Con esto y considerando que la relación producción de vino-

utilización de agua debiera estar en razón de 1:1, se calcula un caudal en vendimia aproximado de 18 m>/día. La distribución de caudales de RlLes generados e entrega en la siguiente tabla:

Tabla Distribución de candales de Kill es estimados durante ur año

a A Caudal Promedio Diario % Generación de . Mes RlLes (m3 /dia) . Escenano 1:1 Marzo Abril TU E Mayo Junio Tubo 20% IA Agosto Septiembre Octubre Noviembre El 108 Diciembre cl Enero Lebrero

Los residuos industriales líquidos (Riles) corresponden a las aguas que se generan cn el proceso de obtención de vino y que provienen de las actividades como el lavado de cubas, pisos y equipos (Hgura N 1). La principal caracteristica de estos es su contenido orgánico, debido a que se trata de aguas con restos de uva y de jugos de la uva. Por ende, se tiene un agua residual que contiene sólidos suspendidos y disueltos y además un pl ácido.

Los parámetros característicos de los RILes generados por la actividad viuvinicola son los consignados por h SISS en función del “Clasificador Industrial Uniforme de Todas las Actividades Económicas” CIU. Al CIU 1552 que concierne a “Elaboración de Vinos Tinto y Blanco”, le corresponde el análisis de parámetros 180, Sólidos Suspendidos (S,S,) y pil

Respecto de análisis de metales 2 muestra de RI:

Parámetro Concentración mg/!. limite Norma mg/L

Cobre 0,2 0,2

Hierro 1,57 5,0

Manganeso 0,08 0,2

Zinc 0,17 2,0

Boro 1,2 0,75

“Todos estos metales son propios de la naturaleza del agua utilizada en el proceso, ya que en ninguna de las etapas de claboración de vino se trabaja con ellos. De los datos se desprende que solo el Boro sobrepasa la norma.

Fuentes de Abastecimiento de Aguas

La fuente de abastecimiento corresponde a derechos de agua de Canal Apalta. En Anexo 3 se presenta título de dominio.

Balance de masas y eficiencia de cada etapa

En la Declaración de Impacto Ambiental Fig. N% 2 Diaprama de flujos del proceso para uso en riego y disposición, se presento un diagrama de flujo, que incluyó el balance de masas de procesos unitarios considerando para cada parámetro de interés las concentraciones y caudales de diseño mencionadas ca puntos anteriores.

Del diagrama de flujos anterior se desprende la eficiencia de remoción del sistema de tratamiento, para los siguientes parámetros: DBOS, P total, N total y SST:

“Tabla Eficiencias de ctapas del proceso

% REMOCION PARAMITRO SEPARACION ESTANQUE ESTANQUE SOLIDOS MREACIÓN DECANTACION DBOS eN] ad BR P total 55 15 Y total - 55 15 SST 70 1 E

Caractenzación Físico-Química de los RILes tratados.

El agua tratada llegará a las respectivas superficies de riego y disposición respectivamente con las siguientes características:

Tabla Parámetros fisico-químicos del efluente tratado

  • No contendrá Coniformes fecales, ni ningún tipo de contaminantes biológicos, dado el origen de estos residuos.

DISPOSICIÓN DE AFLUENTES A CULTIVOS

Aphcación de RiLes a culuvos

Dentro de las alternativas que existen en la actualidad para el destino final de los KR! Les generados por la actividad vitivinícola, está la de utilizarlos en riego o disponerlos directamente en suelo. Para ello es necesario cumplir con lo exigido en la guía especialmente elaborada por el SAG, “Condiciones Básicas para la Aplicación de RILes Vituvinicolas en Riego” (2005), que básicamente, para nego exige que el RT], debe satisfacer la demanda hidrica de algún culnvo y además establece los parámetros apropiados para las concentraciones de los DBO,, sólidos suspendidos y pIT. Además, para disponer en suelo no se debe sobrepasar la carga orgánica

de 112 kg DBOs/hás. Se debe considerar también lo establecido en el DS N 867/1978 Norma Chilena Oficial N 1.333 que establece los requisitos de calidad de agua para diferentes usos, entre cllos nego, donde también se determinan los valores límites

para sólidos suspendidos, y pH, además de N y P. En este proyecto los RlLes tendrán como destino final el uso en nego y también será dispuestos directamente en suclo, Cada operación se efectuará en disuntas ¿pocas según se explicará a continuación.

Ubicación de Zona de Riego El lugar donde se efectuarán cl riego, se encuentra dentro de los limites del predio de propiedad del titular. La ubicación geográfica

de referencia de la zona a regar corresponde a las coordenadas UTM 19 Datum SAD 69 6.199.48lm (N) y 331.061 m (E). El moritorco de las aguas tratadas, antes de cfectuar el riego será en el punto de coordenadas 6.199.419 m (N) y 330.981 m (E) determinadas en el mismo sistema antes mencionado.

Aplicación del RII tratado a la superficie de nego

Una vez efectuado el tratamiento secundario, los R]Les tratados serán impulsados dexde esta etapa hacia la superficie de riego. Se utilizará sistema de riego tecnificado por goteo que asegurará la distobución uniforme del agua tratada sobre la superficie y evitará que se produzcan encharcamientos, olores y atracción de vectores.

Unilización de RlLes en riego

El uso de las aguas generadas cn procesos de producción para el mego es actualmente una medida de manejo ambiental wmplementable en la industna vitivinícola. Dentro de las ventajas de cfcctuar el tratamiento de aguas residuales cstá el evitar que estas sean verndas en cuerpos de agua y alcantarillados provocando graves problemas de contaminación y los efectos nocivos que esto conlleva.

Dado las caracteristicas físico-químicas de las aguas provenientes del proceso de producción vitivinicola; alto contenido de materia orgánica, sólidos suspendidos y pH ácido, es imprescindible efectuar el tratamento que permita reducir estos parámetros para que estos se encuentren dentro de los rangos determinados por los cuerpos legales que rigen el tema.

Desde el punto de vista económico, implementar la planta de tratamiento de RlLes, no requiere la adquisición de equipos sofisucados de gran costo. Asimismo, para efectos de mantención y operación de los equipos no se requiere personal con alto nivel de especialización considerando la accesibilidad de estos, lo que se traduce co importantes ahorros para la empresa. Además, considerando la existencia de plantaciones de viñas en el predio, esta alternativa se perfila como la más ventajosa desde un punto de vista técnico-económico.

Balance Hídrico y Tasa de Riego

Para determinar el volumen de RlLes que se utilizará en regadío, la superficie sobre la cual se aplicará y la tasa de riego, se realizó cl balance hídrico pertinente. Para cfectos de cálculos los datos utilizados referentes a agroclima corresponden a CIREN (Antecedentes Proyecto PROM, Año 2000). La información correspondiente a precipitaciones se obtuvo de la estación metercológica código 06010015 - 2 Rancagua (Latitud 34%10” longitud 70%45, almra 500 msun de la cuenca del río Rapel) coordenadas UTM; N 6.217.921 mm; 1: 338.601 m del Departamento de Hidrología Subdepto. de Meteorología y Nieve de la Dirección General de Aguas.

En función de estos datos, correspondientes a los últimos 20 años, se calenló el patrón de lluvias a considerar en balance hídrico el cual corresponde a análisis de lluvias extremas con un periodo de retomo de 20 años. Se utilizó el modelo propuesto por Ciumbel con bondad de ajuste mediante test Kolmogotov - Smirnov. Los resultados se presentan a continuación:

Tabla Patron de liura. Mes Enero Feb Mar Abr May Jun Jul Ágo Scp Oct Nov | Die Pptn ES 1248 |2310 |6982 | 190,38 | 266,03 | 219,42 | 175,85 | 117/07 [ 50,33 | 3498 | 16,32 (mm)

La información referente a evapotranspiración se obtuvo de las estadisticas de la Estación Meteorológica código 06015003-6 Rengo (Lantud 34724" longitud 70%52”, altura 310 msnm de la cuenca del rio Rapel) coordenadas UTM; N 6.191.852 m; E 328.410 m del Departamento de Hidrología Subdepto. de Meteorología y Nieve de la Dirección General de Aguas.

La tasa de nego se obtuvo a parur de los datos anteriores, considerando el procedimiento establecido en la guía “Condiciones Básicas para la Apkcación de RlLes Vinivinicolas eo Riego” (SAG, 2005).

Tabla Obtención de la tasa de riego

[E Mes Precipitación Pp efecuva Eto Ke Etc DHN Tasa de | mm/mes mm/mes mm/mes (mm/mes) (m3/mcs/ha) m3/ 2] Enero | 3,74 4,22 214,80 07 150 1.461 1.624 Febrero 12,48 13,75 166,40 0,67 111 a 1.086 Marzo 23,10 24,66 133,20 0,5 Gdl 422 469 Abal 69,83 64,11 68,58 0,45 31 0 0 Mayo 190,38 101,34 29,60 0 0 0 0 Junio 266,03 77,20 19,30 0 0 0 0 Juho 219,42 96,40 19,90 0 0 0 0 Agosto 175,85 101,78 32,70 0 0 0 0 Septiembre 117,07 89,78 35,00 0,35 19 0 0 Ocmabre 50,33 49,34 114,20 0,55 63 135 150 Noviembre 34,98 36,01 133,00 0,6 80 438 487 Diciembre 16,32 17,7 206,50 vi 145 1.268 1.409 Total [ 1179,51 676,36 4.701 5.223 Supceficie minima requerida para ticgo

De las tablas N? 2 y N? 6 se obuienca los datos para el cálculo de la superficie mínima requerida para regar plantación de viñas con la totalidad de los RlLes, la cual es la siguiente:

Superficie requerida: Volumen de RI m/año) = 1800 (m/año)_ = 0,34 has

Da Unitaria (m/ha/año) 5.223 (m/ha/año)

Se requiere una superficie mínima de 0,34 hás de viñedos para utilizar en nego la totalidad del RIL generado. Sin embargo, se disponen de 30 hás, para regar por tanto, es posible utilizar mayor volumen diario lo que implica que el volumen que será necesario acumular disminuye.

Duración de Uso de Riles en Ricgo

Considerando la tasa de nego obtenida del balance hídrico se desprende que es posible regar desde octubre hasta marzo. Específicamente se estima que la temporada de riego no se extenderá más allá de mediados de marzo. Los Riles serán aplicados a traves de sistema tecnificado por goteo. El nempo y frecuencia del riego será posterior a la determinación del porcentaje de bumedad del suelo. Ante lo cual, no podrá realizarse riego en suelo saturado.

3.5 UTILIZACIÓN DE RILES EN DISPOSICIÓN DIRECTA EN SUELO (MODIFICACIÓN A PROYECTO ORIGINAL)

L2 modificación al proyecto originalmente aprobado consiste cn combinar las alternativas planteadas en la guía elaborada por el SAG “Condiciones Básicas para la aplicación de Riles Vitivinicolas en Ricgo”. Además de ser utilizados en nego, como se explicó en puntos anteriores, una vez finalizada la epoca de riego, se procederá a hacer disposiciones dircctas periódicas sobre el suelo. Para este efecto se utilizará la misma tecnología que la utilizada para nego y porlo tanto se dispondrá sobre la misma superficic. De igual forma las coordenadas de monitoreo serán las mismas.

Fl proyecto fue concebido para utilizar los RlLes en riego. La idea de efectuar disposiciones directas es por aprovechar infracstructura, lo que permuto disponer con bajas cargas orgánicas, bastante infenores al límite de 112 kgDBO5/hás día. Ademas, opúmizar inversión, al tenes menor volumen que almacenar disminuye inversión ea movimiento de uerras, geomembrana,

recircúlación, etc.

En este caso los Riles tratados se dispondrán sobre 30 hás de plantación de viñedos los que serán aplicados utilizando el mismo sistema tecnificado que el de riego, por lo que las cargas orgánicas aplicadas son en todos los casos inferiores al límite.

Volumen de Almacenamiento

Tal como se mencionó anteriormente, el proyecto tiene implementado dos tranques con capacidad para albergar un volumen de 160 m3, cuyo objetivo también es almacenar los Rles que de acuerdo al programa propuesto no serán dispuestos directamente co suelo para no saturar el suelo, además de contener eventos de lluvias excesivas y los volúmenes dentro de programa que no puedan ser dispuestos producto de estos mismos eventos.

Mes Caudal RIL | Tasa de Ricgo | Tasa de | Acumulado Acumulado Tratado m3/mes Disposición imicial MS Final m3 m3/mes mi'mes

Marzo 550 469 550 81

Abril 5 0 550 613 63

Mayo 242 Y 280 305 1)

Junio 96 16 105 122 17

Julio 100 0 105 117 12

Agosto 100 0 105 1108 6

Septiembre | 31 LO 30 ld 6

Octubre 32 [ 150 38 0

Noviembre | 31 387 30 0

Diciembre 32 1409 El] 0

Enero E | 1624 34 Y

Febrero 24 [ 1086 28 0

Se consideró un caudal de disposición directa al suelo, utilizando 1 ha como base, de acuerdo a la siguiente distribución mensual a través del año:

Mes Caudal DBO5 mg/L Carga . m3/día KgDBO5/ha/ día

Abri 40 1000 40

Mayo 35 1000 35

Junio 3 1000 ”

Julio 35 1000 35 | Agosto 35 1000 35)

Sepucmbre 35 1000 33) Consideraciones respecto de disposición directa

Este calendario se verá afectado por la ocurrencia de lluvias, instancias en las cuales no se efectuarán disposictones. Para este cfecto el proyecto dispone de capacidad de almacenamiento de 160 m.

Las disposiciones se rcanudarán despues de tres días de finalizados eventos de lluvias o cuando la capacidad de campo del suelo lo permita.

La infiltración del RIL en el suelo será en un breve lapso de tiempo, cvitando su acumulación en la superficie para no atracr vectores ni generar malos olores.

Se incorporarán prácticas culturales (maquinaria) para evitar la formación de una costra orgánica en el suclo en su superficie cuando corresponda de modo que permita una distribución homogénea del RI. en el suelo.

Una vez aplicado el RIL no se regará con aguas limpias mientras no se haya infiltrado toda la parte liquida del RIL aplicado.

No se requiere obras de intercepción de aguas lluvia debido a que el estanque se construirá bajo modalidad corte relleno, lo que implica que su coronamiento está a más de un metro sobre la superficie.

La napa en el lugar de disposición se encuentra a más de 60 metros de profundidad. Considerando que cn el peor de los casos se aplicará una película de 4 mm no existe probabilidad de infiltrarla y/o contaminarla.

Se revisará periódicamente el estado del sistema de distribución del RI, de forma de anteponerse a desperfectos que pudieran alterar su aplicación.

Una vez aprobado el proyecto se medirá la humedad del suclo previo a la disposición del RIL en el suelo, estos valores se colocarán en el cuaderno de registro que se tendrá para cuantificar las descargas respectivas al terreno. Para medir la humedad se utilizará metodología de barreno.

Programa de monitoreo

Con el plan de monitorco se intenta llevar un seguimiento a través de medición y control, a lo largo del tempo, de parámetros o aspectos representativos que caracterizan el estado y evolución de las componentes relevantes asociadas a la ejecución del proyecto de utilización de RILes en riego, lo que será plasmado en cuaderno de registro.

El plan de monitoreo define las componentes ambicatales relevantes que pueden verse afectadas por la ejecución del proyecto y que serán objeto de medición y control Dicha definición va asociada a su respectiva área de influencia, la que además considerará las caracteristicas especificas del lugar de emplazamiento del proyecto.

Mornutorco de RlLes utilizados cn riego

Para evaluar la calidad de los RlLes que serán utilizados en riego, se realizarán muestreos periódicos en el punto de salida, posterior a los tratamientos establecidos para abatir contaminantes. Los parámetros que se han de evaluar corresponderán a concentración de DBOS, Nitrógeno Total, pH y Sólidos Suspendidos (S5), cuyas concentraciones no deben superar los límites establecidos en la guía elaborada por SAG para este uso.

Monitoroo de R]Les utilizados en disposición directa en suelo

Para evaluar la calidad de los Riles que serán utilizados en disposición duecta en suelo, se realizarán muestreos periódicos en el punto de salida de éste (Ver coordenadas en Plano PL-ASC-4101, Anexo 1), posterior a los tratamientos establecidos para abatir contaminantes. En este caso se ponderará el caudal registrado por la concentración de DIO, obtenida obteniéndose de esta forma

carga orgánica aplicada sobre la superficie en cuesuón. Liste valor no debe superar la carga de 112 kg DBOs/há exigida en la guía

elaborada por SAG. Cada vez que se efectúe una disposición, esta quedará registrada en cuaderno. Se registrará, fecha, hora de inicio y término, sector, caudal medido y carga orgánica aplicada.

Ln ambos casos, se aplicarán los métodos y el patrón de monitoreo indicados en el DS. N? 90/2000 "Norma de ¿misión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”, en cuyo documento se cita "la oportunidad y frecuencia de los monitoreos deben ser representativos de las condiciones de descarga, en términos tales que corresponda a aquellos momentos en que, de acuerdo a la planificación de la fuente emisora, se viertan los residuos líquidos generados en máxima producción o en máximo caudal de descarga”.

Se contempla ejecutar un muestreo mensual. Los resultados sc informarán oportunamente a la autoridad y si la totalidad de los resultados obtenidos cumplen con lo exigido, se propone dismunuir esta frecuencia a uno mensual en temporada de vendimia y tres durante época fuera de vendimia. Por lo anterior se realizarán a los menos 12 muestras anuales para cl monitoreo del RIL.

El monitoreo de suelo se realizará en forma anual, previo al periodo de vendimia, e incorporar en él la granulometría lo que permutirá detectar variaciones en el contenido de las particulas del suelo, factor que puede verse condicionado por los contenidos de sótidos suspendidos en el agua residual.

En este caso los resultados serán informados al SAG.

Control de humedad

Se uñilizará tensiómetro controlar el contenido de humedad del suelo. Antes de cada disposición o riego se efectuará la lectura respectiva, la que quedará registrada en cuaderno. En este cuaderno se registrará la información que cuyo formato se entrega a continuación:

Muestreo Aplicación | f'ccha | de agua Registro Caudalímetro | Humedad _| Sector de No Si [No |N Inicial [N Final ¡Aplicación

|

Monitorco de lodos

Los lodos serán caracterizados fisica, química y bactenológicamente, una vez al año. Los parámetros a controlar serán todos los exigidos para acreditar que son lodos no peligrosos, según lo establecido en anteproyecto “Reglamento de Lodos no Peligrosos cn Plantas de Tratamiento de Aguas”, considerando criterios sanitarios, contenido de metales pesados, criterios ecotoxicológicos, radiactivos y reactivos.

Los resultados del análisis serán registrados en cuaderno y enviados oportunamente a autoridad sanitaria (SEREMI de Salud)

Monitoreo aguas subterráneas

Las aguas subterráneas se encuentran a una profundidad supeñor a 60 metros, según información entregada en numeral . Considerando que la carga hidráulica a aplicar cs de solo 4 mm, existe probabilidad de alterar su naturaleza. En consideración a lo antenior no se efectuará momtoreo sobre ellas

Monitoreo de 1

Se incorpora programa de monitorco, para conocer el estado fisico-químico y la evolución del suelo donde se ha dispuesto el RIL, que incluye la medición de los siguientes parámetros: Materia orgánica, Nitrógeno Total, Fósforo, Conductividad clectrica y pH

Los muestreos se realizarán cada dos años por personal calificado y enviado a un laboratorio acreditado para su análisis. La muestra se obtendrá mediante mezcla compuesta de 30 muestras correspondientes a cinco muestras por cada hectárea involucrada en el proyecto, tomadas a profundidad de arado o entre 10 2 25 cm. Los resultados serán archivados y enviados a la autoridad que corresponda. Los resultados serán informados al SAG.

3.7 PLAN DE CONTINGENCIA ANTE EVENTUALES SITUACIONES DE RIESGO.

Para evitar situaciones de nespo, una vez que la planta de tratamiento de RILes este en funcionamicato es imprescindible elaborar un programa que contenga la metodología a aplicar en caso de que se presenten situaciones imprevistas que impidan el funcionamiento normal de la planta y puedan poner en nesgo la integridad del entorno.

Para cada etapa del diseño de la planta se identificaron los posibles focos de riesgo y se propusieron medidas a ser implementadas en caso de presentarse éste

Sistema de conducción: Para evitar la rotura en el sistema de conducción de Rlles, este se emplazó a una profundidad de 5ú cm; adernás el lugar está debidamente señalizado mediante letreros en puntos estratégicos del camino.

2

Sistema de tratamiento primario: El filtro es limpiado periódicamente de manera manual para eliminar los sólidos retenidos en el y evitar obstrucciones en los poros que puedan disminuir su eficiencia.

Tratamiento secundario: Existen dos itemes que se deben contemplar:

Carpeta de polietileno: Fl estado de ésta será evaluado en toda su extensión una vez que el estanque de aircación sen vaciado y los lodos acumulados en el fondo sean removidos. Este procedimiento se efectuará una vez al año en el mes de noviembre o diciembre.

Egwipos airradores. Se efectuarán las revisiones y mantenciones que indique el proveedor y/o fabricante para ascgurar el correcto funcionamiento del sistema de aplicación de aire.

Sistemas de impulsión a riego y disposición : Se efectuarán las revisiones y mantenciones que indique el provecdor y/o fabricante para asegurar el correcto funcionamiento de ambos sistemas de impulsión.

Cortes de energía: Ante eventos de corte de energía la bodega mo funcionará, por tanto decaerá la generación de RlLes. Aún así se dispondrá de generador para mantener en funcionamiento el sistema de aircación y evitar así que se produzcan condiciones anacróbicas en este que generen malos olores.

Lluvias extremas: El cálculo de volumen de almacenamiento se cfectuó considerando eventos de lluvias máximas para períodos de retorno de 20 años, por tanto tiene capacidad para afrontar este tipo de eventos y a la fecha nunca se ha visto sobrepasado cen capacidad.

Olores molestos: Para evitar y/o mitigar vectores y olores molestos en sector de acopio temporal, los bins de acopio temporal de cada residuo serán tapados con tapas de madera.

Sismos de gran magnitud: El proyecto y sus componentes no presentan riegos mayores para el caso de eventos sísmicos, su diseño contempla esta variable según lo establecido por la normativa chilena, y si se ve afectado se procederá a reparar.

Pérdidas de plantas o suelo: En caso de pérdida de plantas cstas se repondrán, y no se ve posibilidad de que haya pérdida de suelo porque no hay arrastre de suelo, el RIL se aplica por gotas.

Parámetros excedidos en monitoreos: Si hay parámetros excedidos significa que el sistema no está cumpliendo su función, por tanto se deberá modificar su operación en cuanto a tiempos de accionamiento y/o complementarlo si corresponde.

3.8 PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEI. PROYECTO O ACTIVIDAD

Fase Construcción

Residuos Sólidos: Ta actividad de construcción solo penerará matertal como producto «de la excavación, durante la implementación del sistema de tratamiento secundario. Fl marerial generado en la excavación correspondiente será uulizado en corte y zelleno de muros para aumentar la altura y lograr la capacidad requerida por el sistema. Los residuos se acopian en bins con tapa de madera, en área de aproxumadamente 50 m2 construida en radicr de hormigón ubicada al costado de la bodega. Por lo anterior no existen posibilidades de contaminar suelo o napa. Los eventuales líquidos lixiviados son conducidos por camaleta a estación de impulsión de planta tratamiento ubicada al lado ortente.

Para evitar prohferación de olores y vectores se utilizan las tapas de madera mencionadas. El sector cuenta además cubierta de malla rashell para atenuar efecto de rayos solares.

Residuos Líquidos: No se generarán residuos líquidos de consideración como producto de la construcción de la planta de tratamiento solo los asociados a la actividad humana, para lo cual se dispone de los servicios de la bodega.

Emisiones atrnosféricas: Las únicas emisiones a la atmósfera durante la ctapa de construcción corresponderán a partículas de polvo en suspensión (PM10) debido al movimiento de tierra sólo durante la implementación del sistema de tratamiento secundario y al tránsito cfectuado durante la obra. Estas emisiones son puntuales y de escasa magnitud y fundamentalmente sc mitigarán con un manejo adecuado en los lugares de movimiento de tierra que corresponde principalmente al nego de los lugares de tránsito. Además se debe mencionar la utilización de implementos de protección por parte del personal a cargo de la obra.

Ruido: Los niveles de ruido serán mínimos debido a la envergadura del proyecto. El principal nudo es el generado por la máquina retroexcavadora para la construcción de los estanques, pero la perduración de este ruido en el tiempo será lo suficientemente breve como para no provocar un impacto negativo en el entorno. Además todo el personal a cargo de la obra estará debidamente equipado con protectores auditivos.

Opcración

Generación y manejo de los residuos industriales sólidos (RISes): Orujos y escobajos: Respecto de orujos y escobajos, se mantiene lo establecido en el numeral 3.5.10 de la RCA del proyecto aprobado. El manejo aprobado cs cl siguiente:*.....Estos residuos sólidos serán almacenados en bins, para evitar olores y vectores, estos bins serán cubiertos por una capa de arena, además serán volteados periódicamente para obtener la a:reación necesama para el proceso de descomposición biológica. En época de vendimia éstos serán retirados cada tres días, el resto del año una vez por semana por un camión tolva para ser distribuidos en forma controlada en los terrenos del predio como acondicionador de suelo.” lón este sitio también luyarán los residuos proveniente del filtro parabólico.

Lodos: Ll sistema de tratamiento secundario generará lodos. Según lo establecido ca Reglamento de Lodos No Peligrosos en Plantas de Tratamicnto, el manejo de lodos es el siguiente:

e Descripción proceso generador de lodos: El ludo corresponde a biomasa proveniente del sistema de tratamiento aeróbico el cual trata los RlLes de la actividad de la bodega. El lodo a producir es de origen orgánico por tanto deberá ser lodo clase A.

e Los lodos uo serán aplicados al suelo, serán retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado

Residuos Líquidos: El sistema de tratamiento implementado no generará residuos líquidos de consideración. Los principales focos

de generación como desaguado de lodos se efectuarán dentro del mismo sistema por tanto los líquidos residuales no saldrán del sistema de tratamicnto.

limisiones Atmosféricas: No se generarán emisiones a la atmósfera en la etapa de operación, puesto que solo se trata de procesos de conducción de liquidos.

Ruido: Los únicos ruidos que se generarán en la etapa de operación corresponden al funcionamicato del sistema de bombeo, y sistema de sircación de los RlL ex. Estos ruidos serán minimos, dado que estos equipos cuentan con accesorios (silenciadores) para reducir el nivel de ruido permitiendo que estos se encuentren dentro de los rangos exigidos por el D.S 594. Además la ubicación del sistema de tratamiento es al interior del predio, fuera del radio urbano, por ende, los ruidos no serán percibidos.

Olores: Los olores durante la operación de la planta de tratamiento serán casi nulos debido a que se tratarán los R1]es mediante

una oxidación acróbica. Es más, si se perciben olores sería una señal de un mal funcionamiento, lo que no deberá suceder. Sin

embargo, si se generan olores en la etapa de oxidación, estos no serán percibidos ya que la planta de traramiento se encuentra al

interior del predio separado de la población existente por muros, cetro, la bodega y plantación de viñedos que atenúan olores

actuando como por biombo natural. La vivienda más cercana está a más de 100 metros aproximadamente y la dirección de vientos

predominanates es noreste, contraria a ésta, de acuerdo a información extraida de estación meteorológica de Coltauco ubicada en

calle O'Higgins N? 282, coordenadas UTM (Datum PSAD 56) 6.203.754 m (N), 308.755 m (E). Ver Anexo 4 de la DIA)

  1. Que, en relación con el curnplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación Sistema de “Tratamiento de

Riles, Viña San José de Apalta " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta " cumple con:

1,1 Normas de emisión y otras normas ambientales: Ley N*19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.

Materias que regula: Entre las materias de mayor relevancia que trata esta ley, en lo que se relaciona al Proyecto, se encuentran la relauva al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Las letras j) y f) del articulo 2* de la Ley definen * respectivamente. Por el primero debería entenderse “el procedimiento, a cargo de la Comisión Regional (COREMA) respectiva en su caso, que sobre la base de un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, determina si el impacto ambiental de una acuvidad o proyecto se ajusta a las normas vigentes” A su turno, deberia entenderse por “Declaración de Impacto Ambiental”, el documento descupuvo de una actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las modificaciones que se le introducirán, otorgado bajo juramento, por cl respectivo titular, cuyo contenido permite al organismo competente evaluar si su impacto ambiental se ajusta a las uonmas ambientales vigentes.

Una Declaración de Impacto Ambiental a lo menos debe contener una indicación del tipo de proyecto o actividad de que se trata; la descapción del proyecto v acuvidad que «e pretende realizar o de las modificaciones que se les introducirán; la indicación de los antecedentes necesarios para determinar si el impacto ambiental que generará o presentará el proyecto o acuvidad se ajusta a las normas ambientales vigentes, y que éste no requiere de la presentación de un Estudio de Impacro Ambiental; y la descripción del contenido de aquellos compromisos ambientales voluntarios, no cxugidos por la legislación vigente, que el titular del proyecto o actividad contemple realizar

Forma de Cumplimiento: Se realizará una Declaración de Impacto Ambiental con el objeto de asegurar que el proyecto cumpla con todas las normas legales y reglamentarias aplicables.

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental DS. N "95/02 MINSEGPRES.

Materias que regula: En lo que tiene relevancia para este proyecto, este reglamento aclara y especifica cuales son los proyectos que ingresan al SEJA, y establece enteros para distinguir cuando los efectos de un proyecto hacen pertinente presentar una 3 Declaración de Impacto Ambicatal (DIA). Por otro lado, desarrolla cuales son los contenidos mínimos de un EIA y una DIA, instituyendo además, un procedimiento para su tramitación y evaluación, definiendo cuáles son los permisos de carácter ambiental

que procede otorgar con la aprobación de un ELA o una DIA.

Forma de cumplimiento: lin consecuencia y en virtud de lo antecedentes indicados, se acredita el cumplimiento de la Ley de Bases del Medio Ambiente y del Reglamento del SEJA.

Descarga de residuos liquidos industriales

Ley N'19.821, del Ministerio de Obras Públicas, publicada en el D.O. el 24 de agosto de 2002.

Materia regulada: Esta Ley introduce modificaciones a la Ley N” 18,902 (que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios) en materia de residuos industriales. Además, deroga la Ley N* 3,133, climinándose consecuentemente el permiso presidencial de aprobación del sistema de tratamiento propuesto.

Fiscalización: La fiscalización corresponde a la Superintendencia de Servicios Sanitanos.

Forma de cumplimiento: Una vez aprobado el proyecto, se informará a la autoridad con 90 días de anucipación de la entrada en operación del sistema de tratamiento,

Decreto Fuerza Ley N? 725 dictado el 11 de Diciembre de 1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Mareria regulada: En sus artículos 71, 72, 73 prohíbe, en ténminos generales, la descarga de residuos industriales o mineros en ños o lagunas o en cualquier otra fuente o masa de agua, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.

Fiscalización.: El código faculta, a estos efectos a la autoridad sanitana (SEREMI de Salud), para ordenar la inmediata suspensión de dichas descargas y exigir la ejecución de tratamientos sausfactonios destinados a impedir toda contaminación.

Forma de cumplimiento: De acuerdo a lo expresado en esta DIA se dará cumplimucato a lo establecido en guía elaborada por SAG

Norma Chilena N?1.333/78, modificada en 1987 del Ministerio de Obras Públicas sobre Requisitos de calidad del agua para

¿valuación de Impacto Ambiental" y "Declaración de Impacto Ambiental”, 3

difereiites usos.

Materia regulada.: Fija un criterio de calidad del agua de acuerdo a requerimientos científicos referidos a aspectos físicos, químicos y biológicos, según el uso determinado. Estos criterios Ucnen por objeto proteger y preservar la calidad de las aguas que se destinen a diferentes usos, de la degradación producida por contaminación con residuos de cualquier po y origen. Esta norma en su parte 6: Riego, recomienda un rango de pli para el agua de riego, recomuenda valores máximos para algunos elementos químicos disueltos en agua de riego, indica las concentraciones sobre las cuales ciertos herbicidas causan daño a las cosechas, establece requisitos microbiológicos y parasitológicos y establece una clasificación del agua de nego según el grado de restricción en su uso en función de parámetros fisicos, químicos y biológicos. En este caso, y de acuerdo con da calidad de estos residuos líquidos, los parámetros fisicos indicados en la norma no tienen relación con el tipo de residuo liquido materia de este proyecto, salvo cl caso del pil, el cual será controlado y neutralizado en cl embalse de estabilización previa aplicación a riego. Los requisitos microbiológicos establecen un límite máximo de 1.000 coliformes fecales NMP100ml, para hortalizas que sc consuman en estado crudo, lo cual no es aplicable en este caso, pues se regará el pasto de los caminos. Por otra parte los residuos liquidos no contienen coliformes, debido a la naturaleza de éstos.

Hiscalización.: La fiscalización corresponde al Ministerio de Obras Públicas.

Forma de cumplimiento.: normanva ambiental vigente.

egún los antecedentes expuestos en la DÍA, el sistema de tratanuento de nles diseñado cumple cón la

Emisiones a la Atmósfera, Calidad del Aire

Decreto Supremo N?144 de 1961 del Ministerio de Salud Pública que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Materta regulada: Se regulan las emisiones de gases, vapores, humos, polvos, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, en forma que deban captarse o chminarse de manera de no causar peligro, daño o molestas al vecindario.

Fiscalización: Se faculta al SEREMI de Salud O'Higgins para fiscalizar el cumplimiento de este Decreto.

Forma de Cumplimiento: Este proyecto no generará emisiones a la armóstera, salvo las propias de la actividad de la construcción, las que en ningún caso suponen la infracción de las normas de calidad. El proyecto solo generará emisiones a la atmósfera propias de la actividad de la construcción, como particulas en suspensión, y debido a la mediana envergadura del proyecto, serán cantidades lo suficientemente mínimas como pata 0 infringir las normas de calidad ambiental vigentes.

Emisión de ruido a la atmósfera

Decreto Supremo N? 146 de 1997 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia que establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

Norma De Jimisión De Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas

Fiscalización: El SEREMI de Salud O'Higgins, sin perjuicio de las atribuciones especificas que correspondan a los demás orgasusmos púbhicos con competencia en la materia.

Forma de Cumplimiento: De acuerdo a la naturaleza del proyecto, este no contempla unidades de proceso que superca los niveles máximos contemplados en ella.

Decreto Supremo N” 594/99 del Ministeno de Salud. Sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas cn los lugares de trabajo, donde se definen los miveles máximos permitidos para ruidos molestos generados por fuentes fijas. Fiscalización.: Se faculta al Servicio Nacional de Salud para fiscalizar el cumplimiento de este Decreto.

Forma de Cumplimiento: Considerando que los equipos usados, contienen silenciadores y sistemas adaptados para atenuar sus vibraciones, se puede asegurar que los niveles máximos establecidos en el 13:5. N*594 no serán sobrepasados.

Residuos Sólidos

Decreto Supremo N*594/99 del Ministeño de Salud sobre Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo.

Materia regulada: Entre otras materias, regula la eliminación de los residuos sólidos provenientes de lugares de trabajo, obligando al generador a disponer los residuos en lugares debidamente autorizados, ya sea que estos se localicen dentro o fuera del predio industrial, aunque principalmente se refiere este reglamento a las medidas de seguridad con que contará la actividad, tanto en su ctapa de construcción como de operación.

Encalización: La fiscalización corresponde al SEREMI de Salud O'Higgins.

Forma de Cumplimiento: Los residuos sólidos se disponen en lugares debidamente autorizados, tanto dentro como fuera del predio según corresponda.

Resolución Exenta N? 133, del 14 de enero del 2005, del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Materia regulada: Esta Ley regula el ingreso y transito de madera de embalaje al pais.

Fiscalización: La fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero.

Forma de cumplimiento: Se exigirá a proveedores extranjeros embalar sus productos solo en pallets certificados bajo alguna norma ISO o similar aphicables en nuestro país.

Decreto Ley N? 3557 de 1982 del Ministerio de Agricultura que establece disposiciones «vbre protección agricola.

Materia regulada: El Articulo 9 establece la obligación a los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al Estado, al Fisco, a empresas estatales o a parnculares, a desteuz, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que aparezcan o se depositen en caninos, canales o cursos de agua, vías Íérreas, lechos de rios o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados.

Fiscalización: La fiscalización corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero, SAG,

Forma de Cumplimiento: En caso de cxistir residuos que produzcan perjuicio a la agricultura, se dispondrá de todo lo que especifique la autoridad correspondiente con tal de no infringir la reglamentación.

Materia regulada: Artículo 11 indica que “los establecimientos industriales, fabriles y mineros y cualquier otra entidad que manipile productos suscepubles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fia de evitar o impedir la contaminación.”

Forma de Cumplimiento: [+] proyecto y la actividad no contemplan productos que puedan contaminar la agniculmra. Contará con un sistema para disponer sus residuos liquidos una vez que estén tratados y aptos. En caso de existir residuos que produzcan perjuicio a la agniculmera o contaminación, se dispondrá de todo lo que especifique la autoridad correspondiente con tal de no infringir la

reglamentación.

Ley N*17.288 de 1970 sobre Monumentos Nacionales y Decreto Supremo N?84 de 1971 del Misusterio de Educación.

Materia regulada: Se regula ¿a protección y cuidado de los monumentos nacionales. Se prohíbe destruir u ocasionar perjuicios en los inonumentos nacionales o en los objetos o piezas que se conserven en ellos y en los museos.

Fiscalización.: La tuición y protección de los monumentos nacionales sc cjercerán por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, sin perjuicio de las atribuciones generales de protección que correspondan a Carabineros de Chile.

Forma de Cumplimiento: Si bica el desarrollo del proyecto no modificará, ni alterará ningún Monumento Nacional, se mantendrá especial cuidado cuando realice las obras de excavación que son parte del proyecto, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumplicado asi con lo establecido cn los artículos 26? y 27? de la Ley 17.288 y en los articulos 20? y 23? de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del pros) “Modificación Sistema de lratamiento de Riles Viña San José de Apalta ” requiere de los permisos ambientales sectoriales contempladé en el artículo 90 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sisterna de lvaluación de Impacto Ambiental

Considerando que el ttular ya posce una Resolución de Calificación Ambiental aprobada, para el proyecto; por cuanto el actual proyecto resulta ser una modificación al sistema de tratamiento anterior, el titular deberá modificar la Resolución otorgada, entregando los antecedentes que se presentan a continuación:

Artículo 90 En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales y muneros, a que se refiere el Artículo 71 letra b) del D.F... 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en este Articulo.

En el Estudio o Declaración de impacto Ambiental, según sea el caso, »e deberán señalar las medidas adecuadas para cl control de aquellos factores, clementos uv agentes del medio ambiente que puedan afectar la satud de los habitantes, de acuerdo a:

a) Caracterización fisico-quimica y microbiológica correspondiente al rexiduo industrial de que se trate.

Los parámetros y concentraciones se entregan en la siguiente tabla, según análisis efectuado por laboratorio acreditado. 3 (Antecedentes presentados en Ánexo 1 de la Adenda X*%1).

Por otra parte en Adenda M*2 el titular indicó: Parámetro Concentración mg/1. Límite Norma mg/L

Cobre 0,2 0,2 Hierro 1,57 5.0 Manganeso 0,08 0,2 Zinc 0,17 20 Boro 1,2 0,75

Todos estos metales son propios de la naturaleza del agua utilizada en el proceso, ya que en ninguna de las etapas de elaboración de vino se trabaja con ellos. De los datos se desprende que solo cl Boro sobrepasa la norma

a) La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.

La distibución de caudales a tratar es la siguiente:

Caudal Promedio Diario Mes % Generación de RI Les (m3 / dia) lscenario 1:1

Marzo Abel ¿0 19,48 Mayo

Tusnuo Lulio 2% 3,21 Agosto Septiembre Octubre

Noviembre

Diciembre

Enero

Febrero

a) Tipo de tratamiento de los residuos industriales y mineros.

10%, 1,02

Se aplicará tratamiento primario de separación de sólidos mediante filtro parabólico, luego tratamiento secundario acróbico un tranque aircado, decantación de sólidos, y disposición final eu ticgo y directamente en suelo mediante sistemas tecnificados por goteo. El tempo y frecuencia del ricgo será posterior a la determinación del porcentaje de humedad del suelo. Ante lo cual, no podrá realizarse riego en suelo saturado.

b) La evacuación y disposición final de los residuos industriales y mineros, considerando, entre otros, los olores.

Se ufilizarán en nego de viñedos y termunada la ¿poca de riego se dispondrán directamente en suelo sobre la misma superficio. Hn ambos casos se utilizará sistema de riego tecnificado lo que garantiza correcta distribución y la uo existencia de charcos que podrían generar malos olores. Para el desarrollo del balance hídrico del proyecto se uulizó base de cálculo estadísuca cu base a lluvias extremas con peñodo de retomo de 20 años. Bajo este esquema la capacidad que se requiere almacenar es de 132 m3. La capacidad de almacenamiento del proyecto es de 160 m3, lo que implica un 17,5% extra.

e) El efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, identificando los usos actuales y previstos de dicho receptor.

No tendrá efectos sobre cauce receptor d) La identificación de existencia de lodos, su cantidad y su caracterización físico-quimica y microbiológica.

El lodo generado en la laguna de sedimentación equivalente a 5.201 ky-año. Se realizará la caracterización del lodo al cumplir un año de funcionamiento de la planta, remitiendo los resultados a la Comisión Nacional del Medio Ambiente VI Región y la Secretaria Regional Ministerial de Salud. Una vez al año se efectuarán ensayos de toxicidad por lixiviación de metales (Arsénico, Baro, Cadmio, Cromo, Plomo, Selenio, Plata y Mercurio), inflamabibdad, corrosividad y reactividad, que garanticen que los lodos son no peligrosos. Las muestras se tomarán desde el sector de acopio por laboratorio acreditado, mismo que efectuará los análisis mencionados. El porcentaje de humedad será inferior a 70%,

e) Las caracteríxticas del tratamiento, disposición o evacuación de los lodos.

Descripción proceso generador de lodos: El lodo corresponde a biomasa proveniente del sistema de tratamiento acróbico cl cual trata los Riles de la acuvidad de la bodega. El lodo a producir es de origen orgánico por tanto deberá ser lodo claxc A.

la cantidad de lodo se estima en 71 kg/día en ¿poca vendimia, más 0,8 kg/día en el resto del año, lo que implica aproximadamente 5201 kg por temporada en base húmeda.

Los lodos no serán aplicados al suelo, serán retirados por empresa automizada y dispuestos en sitio autorizado.

Que, en lo relauvo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que cl proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San Jusé de Apalta ” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.

Literal a) El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emusiones o residuos que genera o produce.

En el desazrollo del proyecto no se producirá ninguno de los planteamientos anteriores que pueda afectar a la salud de la población. Se dará cumplimiento a la normativa vigente, no se transportarán ningún tipo de sustancias peligrosas, mi sólidas, líquidas o gaseosas; no se generará ruido, vibraciones, radiación o formas de energía formas de energía o combinaciones entre ellas que pueda afectar a la población. Ll proyecto sometido a evaluación no difigre en su filosofía del proyecto aprobado.

Literal b) El ntular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significauvos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

En el desarrollo del proyecto no se producirá ninguno de los planteamientos anteriores que pueda afectar la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. Se dará cumpluniento ala normativa vigente, no se transportarán ningún tipo de sustancias peligrosas, ni sólidas, líquidas o gaseosas; no se generará ruido, vibraciones, radiación, formas de energía o combinaciones entre ellas que pueda afectar a los recursos naturales, no afectará la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de recursos naturales, no existen especics en estado de conservación, mo se explotarán recursos hídricos, no se alterará ni introducirá flora o fauna, no habrá perdidas de suelo por erosión, mi pérdida de biodiversidad biológica. El proyecto sometido a evaluación no difiere en su filosofía del proyecto aprobado

Literal c) El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El proyecto sometido a evaluación no difiere en su filosofía del proyecto aprobado, por tanto no contempla reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de ststernas de vida o costumbres de grupos humanos en ninguna de sus fases, por tanto no producirá ninguno de los efectos antes descritos.

Literal d) El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental $ su proyecto o acrividad se localiza próximo a población, recursos y árcas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del termtono en que se pretende emplazar. El proyecto no se localiza próximo a población, recursos y árcas protegidas susceptibles de ser afectados, por tanto no producirá ninguno de los efectos antes descritos.

Literal e) El titular deberá presentar un Istudio de Impacto Ambiental sí su proyecto o actividad genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico «+ turistico de una zona,

Ll proyecto sometido a evaluación no difiere en su filosofía del proyecto aprobado, por tanto 10 penera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico e turístico de una zona, ni lo dispuesto en Ley N? 1224 de 1975, por tanto

no producirá ninguno de los efectos antes descritos. La localización del proyecto corresponde a predio de propiedad del titular.

Literal f) El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitos con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, cn general, los pertenecientes al patrimonio cultural, por tanto no producirá ninguno de los efectos antes descritos. La localización del proyecto corresponde a predio de propiedad del titular. No existe en el sector algún Monumento Nacional. Tampoco hay en el predio sitio arqueológico conocido.

6.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el simular deberá informar a la Comisión de Fvaluación de la VI Región del Libertador General Beraardo O'l liggins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actrvidades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y

documentación que éstos requieran para cl buen desempeño de sus funciones,

Que, para que el proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le wan aplicables.

pueda ejecutarse,

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgras, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo

acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos

  1. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la VI Región del

Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad.

  1. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto,

sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero,

  1. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General

Bernardo O'Higgins.

Por lo anterior, la capacidad del estanque proyectado y construido es suficiente.

Se debe mencionar que todo el ejercicio de cálculo se basó disposiciones cada tres días sobre 1 hectárea de viñas, de un total de 7 disponibles para el proyecto, la cual se va rotando para no saturar el suelo.

Por lo tanto de aplicar en forma simultánea co las 7 hectáreas no se requeriría almacenamiento más que para contener aguas lluvia. Además los caudales a disponer son bastante inferiores a los posibles de aplicar, pues se debe considerar fluctuaciones que pueda tener la concentración de DBOS considerada en cl ejercicio.

Las zonas de nego sólo se podrán modificar, previa comunicación y posterior autorización del Servicio Agrícola y Ganadero.

Duración de Uso de RILes en Disposición Directa en Suelo

El programa de disposición directa en suelo se iniciará con posterioridad al término de época de ricgo, que es a comienzos de abril y culminará a fines de sepuembre. Considerando que se utilizará la misma infraestructura que la unilizada en niego, lo que implica concentraciones de DBO, del orden de 600 mg/L, las cargas orgánicas serán siempre inferiores a 112 kg DBOS5/hás día. Además

las disposiciones se efectuarán cada diez días y la mayor carga hudráulica corresponde a solo 4 mm de espesor. De esta forma se asegura saruración del suelo n1 sc producirá infiltración a la napa subterránea, que esta a más de 60 meros.

Se plantea diferentes calendarios dependiendo del mes o época. Se aphicará en forma alternada sobre la superficie con nego 3

tecnificado y se irá alternando cada sector de riego para no provocar saturaciones del suelo. El calendano planteado cs el siguiente:

Tabla Calendario de disposición directa

Fecha de disposición ' Abril 03-Abr | 06-Abr | 09-Abr | 12-Abr | 15-Abr | 18 Abr | 21-Abr | 24-Abr | 27-Abr | 30 Volumen inicial estanque m3 0 Caudal diano m3/día 17,75 RlLes generados m3 53 66 80 93 106 119 133 146 159 RlLes evacuados m3 40 40 40 40 40 40 40 40 40 Acumulado en estanque m3 15 26 40 53 66 M4 93 106 119 Mayo 03-May | 06-May | 09-May | 12-May | 15-May | 18 May | 21-May | 24-May 27-May | 30 Volumen inicial estanque m3 132 Caudal diano m3 / día 7.80 RILes generados m3/día 156 144 133 121 109 98 86 75 RILes evacuados m3 / día 35) 35 35 35 35 35 35 35 Acumulado en estanque m3 ME 109 98 86 74 63 51 40 Jumo 10-Jun | 20-Jun | 30-Jun Volumen inicial estanque m3 40 Caudal diario m3 /día 3,21 RILes generados m3 /día 72 69 66 RILes evacuados m3 /día 35 35 35 Acumulado en estanque m3 37 34 31 Julio 10Jul 20-Jul 304 ul

Volumen inicial estanque m3 31

Caudal diario m3 /día 3,21

KlLes generados m3/día 63 60 sí

RILes evacuados m3/día 35 35 95

Acumulado en estanque m3 28 25) 23

Agosto 10-Ago | 20-Ago | 30-Ago plisón. Volumen inicial estanque m3 Ba | Caudal diario m3 / día 321

RILes generados m3/ dia 55 5 49

RILes evacuados m3/día 35 35 55

Acumulado en estanque m3 20 rr 14

Sepuembre 30Sep

Volumen inicial m3 14

Caudal diario m3 /día 0,99

RILes generados m3/día -

RILes evacuados m3 /día 30

Acumulado en estanque m3 14

Como se ve en la cuarta columna, la carga orgánica es muy inferior a los 112 kgDBO5/ha/día exigidos como límite máximo, lo que implica que por ejemplo en el mes de Abril es posible disponer hasta 112 m3/día, o sea casi tres veces lo proyectado.

Por lo tanto y según la observación inicial se modifica cl caudal a aplicar en el mes de Abril aumentando de 40 a 55 m3/diía el caudal de R]I. aplicado. El resto de los meses se mantiene cl caudal de 35 m3/día. De esta forma se obtienc lo siguiente:

Mes Caudal DBOS3 mg/L Carga m3/día E2DBO5/ha día Abril 55 1000 55 [Mayo 35 1000 35 Junio 35 1000 35 Julio 5 1000 35 Agosto 35 1000 135 | Sepuembre 35 1000 [35 PARAMETRO UNIDAD EFLUENTE EFLUENTE GUA SAG RIEGO | GUA SAG DISPOSICIÓN DIRECTA DBO, mp L. 2 600 112 KG DBO¿/HAS Sólidos Susp mg). 80 < 80 PH 6-8 6-8 | Cokf. Fec. NMP, 100m1 *-- o RESUELVE:

1 CALIFICAR FAVORABLEMENTE cl proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Riles, Viña San fosé de Apalta”.

  1. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación Sistema de “Tratamiento de Riles, Viña San José de Apalta * cumple con la normativa de carácter arubiental incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en cl permiso ambiental sectorial que se señala en el articulo 90 del D.S. 95 de 2001 del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

gional del Servicio de Evaluación Ambiental retaria Comisión de Evaluación de la

y

Y, S (7

S Ce41. 8007

Región del Libertador General Bernardo OHiggins

LSPFASF

Distribución:

e José Ramón Vega Artus Dirección General de Aguas, Región del | ibertador General Bernardo O'Higgins lustre Municipalidad de Rengo SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SERNATUR. Región del libertador General Bernardo O'Higgins Superintendencia de Servicios Sanitarios

  • Expediente del Proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de RlLes, Viña San José de Apalta * e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador Genera] Bernardo O'Higgins

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http:”"firma.c-seia.cl:0222d-07c4a88103ad7b03b1dd201156c7fabcób9e