Evaluación SEA

AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT Nº 206103098

Rol 4227504
SEA · DIA · Aprobado · 2009-11-30 · Región de Los Lagos · Cermaq Chile S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N? 206103098 "

Resolución Exenta N* 1 6 0 Puerto Montt, 1 7 M AR 2010

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098", presentada por el Señor Andrés Hoffmann León en representación de Mainstream Chile S.A., con fecha 30 de Noviembre de 2009.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N5487 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con Jecha 23/12/2009, Oficio N962 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 28/12/2009; Oficio N'2555 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 31/12/2009, Oficio N%12.600/12 sobre la DIA, por Gobernación Marítima Castro, con fecha 13/01/2010; Oficio N%036 sobre la DIA, por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 04/02/2010.

  3. El Acta de Sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Los Lagos, de fecha 08 de Febrero de 2010.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098".

  5. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2" del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

1.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Los Lagos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098".

Que, el derecho de Mainstream Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098" consiste en: la ampliación de producción de un centro de engorda de Salmones. Esta producción será aumentada de 96 toneladas (PT original Pert No 93103038) a 3.500 toneladas. De acuerdo a este aumento en la producción, se amplia de igual forma la cantidad de balsas jaulas, incorporando 20 estructuras, para completar un total de 40 balsas jaulas rectangulares metálicas, con dimensiones de 20 m x 20 m x 16 m. Además se solicita el aumento de área de la concesión de 6,00 ha (Autorizada mediante R_SM No 1471/2000) solicitando 9,25 Ha. adicionales, comprendiendo un área total de 15,25 Hectáreas.

Por otra parte el proyecto contempla la instalación y operación de un sistema de ensilaje, el cual tendrá la función de reducir los residuos orgánicos provenientes de la mortalidad de los ejemplares del centro. Esto es realizado mediante un proceso de molienda y adición de acido fórmico.

El proyecto se desarrollará íntegramente en espacio marítimo correspondiente a la concesión de acuicultura, cuya superficie asciende a 15,25 hectáreas

Balsas-jaula

Se instalaran 20 balsas jaulas adicionales a las 20 ya instaladas. Dichas estructuras serán rectangulares del tipo metálicas con dimensiones de 20x20x16m.

: Ne | AÑO TOTAL ACUMULADO | ESTRUCTURA ; ESTRUCTURAS | : INSTALADAS | 1 32134 | 5 N*%_ | DIMENSION Rectangular | i 2 Metálica. 20 22 0/0. 0 0 40 16.000m'

Las instalaciones necesarias para la operación del centro comprenden un sistema de balsas-jaula y bodega flotante. Las balsas-jaula serán construidas y compradas a las empresas que compiten en este rubro, asegurando la mejor calidad tecnológica existente en el mercado. Serán fabricadas como estructuras de formas cuadradas, de fierro galvanizado en caliente. Se fondearán a través de cables tensores de acero unidos a un sistema de anclaje de cemento (muertos). Estas estructuras serán armadas en Puerto Chacabuco, siendo posteriormente remolcadas al lugar de operación del proyecto, previa autorización de la Capitanía de Puerto correspondiente.

Para su instalación se podrá usar la modalidad de comprar las balsas y bodegas instaladas a empresas como las mencionadas, o contratar directamente los servicios de instalación y fondeo a empresas de gran experiencia en el rubro como Sermar, Servimar o Empresas Walter Buschmann, entre otras.

El sistema de fondeo está compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas en sus cabeceras y bloques de hormigón armado de 8 toneladas por pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 L y en los pasillos laterales de 1500 L.

Redes

En el centro se manejarán tres tipos de redes:

Redes de Cultivo: Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 20 m x 20 m x 16 m, con una titulación que variará de 210/36 a 210/60 y una apertura de malla que variará de 1” a 2”.

Redes Loberas: Bajo el agua: Éstas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por lobos de mar u otros depredadores. Sus dimensiones serán de 64 m x 465 mx 26 m, con una titulación de 210/240 y una apertura de malla de 10”, la que evitará que los depredadores se enmallen. Sobre el agua: Se contempla la instalación de una “perimetral Lobera”, la cual consiste en una rejilla tensa ubicada en el perímetro exterior de las balsas jaulas. Ésta red es de alrededor de 2 m. sobre el nivel del mar y está adosada a la plataforma de tránsito.

Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Sus dimensiones serán de 20 m x 20 m, con una titulación de 210/36 abertura de malla de 3 Y”.

Se dispondrá impregnar las redes en talleres de autorizados por las autoridades competentes y que posean todos sus permisos ambientales vigentes, como es el caso de B é B Nets Ltda., Mar-mau Ltda, Redes $: Nets, entre otras. En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti- incrustante aproximadamente cada 6 meses.

El centro cuenta con un “protocolo de extracción de redes”, el cual incluye todos los procedimientos referidos a la extracción misma de ellas como a su traslado desde el centro de cultivo allugar de destino. Lo anterior considerando las recientes modificaciones realizadas al D.S. N* 320 del 14 de Diciembre de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura, que incorporó nuevos deberes y/o obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en especial en lo referente al transporte de redes de cultivo, señalando que “El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”.

Protocolo de extracción de redes: El procedimiento para hacer retiro de las redes sucias desde los centros de cultivo será ejecutado y controlado por el Jefe de Operaciones, y este procedimiento será supervisado por el Jefe de Area correspondiente.

Al presentarse la necesidad de efectuar un cambio de redes, el jefe de centro comunicará al jefe de area esta necesidad. Una vez aceptada la solicitud del jefe de centro, el jefe de area comunicará vía correo electrónico al jefe de operaciones para que coordine el cambio de redes. El procedimiento de extracción de redes será el siguiente:

  • El Jefe de operaciones contratará una barcaza, que tenga todas las autorizaciones para efectuar movimientos de contenedores.

  • Al llegar al centro la barcaza, se posicionará en un contenedor metálico con tapa. El contenedor en su interior posee un plástico a modo de recubrimiento.

  • La barcaza se posicionará al costado de los módulos y mediante una grúa se elevarán las redes sucias para ser introducidas al contenedor.

  • Una vez dentro del contenedor, con el plástico se recubrirá la totalidad de la red y se cerrará el plástico.

  • Terminado el carguío del contenedor se cerrará su tapa y se enviará al taller de redes para su limpieza.

  • Al recalar en el puerto la barcaza se procederá a descargar desde ella el contenedor para posicionarlo sobre un camión, el cual llevará el contenedor cerrado hasta el taller de redes.

Sistema de Ensilaje

Se contempla para este proyecto un sistema de ensilaje, el cual tendrá la función de reducir los residuos orgánicos provenientes de la mortalidad de los ejemplares del centro. Esto es realizado mediante un proceso de molienda y adición de acido fórmico, logrando así la conservación de la biomasa útil del pescado, y de igual forma minimizando los procesos oxidativos y bacterianos que la atacan.

Este sistema de ensilaje, contempla lo siguiente: Bomba Autosebante,

Estanque 15m?

Pretil de Seguridad antiderrame,

Estanque IBC Acido Fórmico 1 m,

Triturador con capacidad de 1,7 m.

La bodega flotante que mantiene el sistema de ensilaje posee dimensiones de 8 x 4 m. En Anexo Xla de la DIA se presentan Antecedentes del Sistema de Ensilaje.

Puntos para Fondeo

Las balsas jaulas utilizarán un sistema de fondeo que está compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas en sus cabeceras y bloques de hormigón armado de 8 toneladas por pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 L y en los pasillos laterales de 1500 L.

Se utilizarán cuatro puntos de fondeo consistentes en escobenes de cañerías de 8” de diámetro, Sch 40 (terminados en forma convexa), ubicados en las esquinas de la plataforma. Estos, tal como aparecen en los planos adjuntos, son conductos metálicos galvanizados en caliente instalados entre el fondo y la cubierta de la plataforma. El conducto va inserto en una columna de concreto que rodea la totalidad del tubo entre el fondo y la cubierta. El fondeo permite así ser manipulado desde cubierta, asegurando la fijación del eslabón en un estopor. El estopor va empotrado en cubierta y hecho firme a la armadura principal de ésta.

El fondeo consiste en utilizar principalmente “muertos” (estructuras de Hormigón), y anclajes, para fijar la infraestructura del centro al fondo marino, utilizando un cubo de hormigón de un peso de 15.000 Kg a 30.000 Kg. (Figura 2).

Estas estructuras serán armadas en Puerto Chacabuco, siendo posteriormente remolcadas al lugar de operación del proyecto previa autorización de la Capitanía de Puerto correspondiente.

Si fuese necesaria la utilización de áridos, los servicios contratados estarán debidamente autorizados y se velará que en ningún caso se utilice arena de la playa para la construcción de anclaje. Además, se asumirá la responsabilidad ambiental derivada de actuaciones de empresas subcontratadas para realizar dichas faenas.

Etapa de Operación

En el centro de engorda trabajarán 7 personas para llevar a cabo las operaciones propias del centro y en periodo de cosecha o selección. Para la ejecución del proyecto se encuentra instalado un pontón o bodega flotante, el cual cuenta con habitabilidad para la totalidad del personal de trabajo, con un máximo de 18 personas. La habitabilidad contempla un comedor, una cocina, dormitorios, comedor, baño y una oficina de control (ver especificaciones técnicas de la plataforma flotante en el Anexo IV).

Ingreso de Smolts

El número de smolts (salmónidos) ingresado cada ciclo será el mismo, debido a que se instalarán la totalidad de balsas jaulas el primer año. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 80 gramos a este centro de engorda; provenientes de pisciculturas autorizadas. Estos serán transportados en camiones, y luego en barcaza al centro de cultivo. Este servicio podrá ser contratado en el mercado de empresas autorizadas destinadas a ello.

Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca.

El número de smolt y biomasa a ingresar por ciclo productivo se encuentra detallado en el siguiente cuadro, además de una comparación de las características del proyecto aprobado y las modificaciones que se pretenden implementar, entre las cuales, podemos mencionar el aumento del tiempo en el ciclo productivo, ya que el proyecto inicial contempla ciclos de 14 meses mientras que en el proyecto en evaluación corresponden a ciclos de entre 18 meses, debido principalmente a la talla y peso que se desea lograr en los individuos.

y Engorda

En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 3,5 kg. promedio. Durante esta etapa los peces serán mantenidos a una densidad máxima en torno a 13,67 kg/m*, densidad de cultivo que se encuentra bajo la recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedad.

Se realizarán monitoreos frecuentes de los peces registrando talla y peso, permitiendo proporcionar el alimento de acuerdo a la talla y peso de los peces, utilizando la mejor tecnología disponible en el mercado.

Los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de éstos. Se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito.

Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente entre 18 meses, durante todo el periodo se contará con sistemas de seguridad adecuados para prevenir el escape de recursos en cultivo.

El titular compara las características del proyecto aprobado y las modificaciones que se pretenden implementar. El proyecto en evaluación corresponde a ciclos de entre 12 meses, debido principalmente a la talla y peso que se desea lograr en los individuos.

Cabe señalar, además, que el aumento de producción se basa más bien en un aumento en la talla y peso de los ejemplares, más que en un aumento del número de ellos, En el siguiente cuadro se puede apreciar la diferencia entre la producción proyectada originalmente y la cual se desea efectuar con la modificación del proyecto.

Número y Biomasa de Salmones Proyecto Original y Técnico

CICLO PRODUCCIÓN ORIGINAL AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN

Biomasa de Biomasa de N' de Salmones Salmones N" de Salmones Salmones producido por ; : ; ; ciclo producido por | producido por ciclo | producido por ciclo (kg) ciclo (kg) 1 22.000 77.000 900.000 3.500.000 2 22.000 77.000 900.000 3.500.000 3 27.450 96.000 900.000 3.500.000 4 27.450 96.000 900.000 3.500.000 . 5 27.450 96.000 900.000 3.500.000 Alimentación

Método de alimentación: Se utilizarán sistemas centralizados automáticos de alimentación de la marca noruega AKVASMART, específicamente el sistema de alimentación corresponde al Akvamarina 4000, el cual se basa en el suministro de pienso a las jaulas, a través de tuberías, impulsado por aire desde un lugar centralizado, donde se ubican los silos de pienso, controlados de forma automática desde un computador por un potente software,

El alimento será almacenado en la plataforma flotante en 8 silos de 220 toneladas c/u y su suministro estará controlado por cámaras de video.

El sistema es utilizado en conjunto con sensores cámaras, de corriente, de temperatura y de oxígeno, dicho sistema proporciona la correcta cantidad de alimento, a la tasa de alimentación óptima, en el momento preciso, todo el tiempo cuenta con dispersores con un Software que controla diariamente los regímenes de alimentación y que entre sus principales ventajas se encuentran:

Con la implementación de este sistema, los peces no serán alimentados en exceso, por lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Además, con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes y anclajes. El porcentaje de pérdida que presenta este sistema no debiera superar el 1%.

Factor de conversión estimado: Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.0 a 1.25. Se espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.0.

Prevención y tratamiento terapéutico

Prevención: Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones:

  • Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar.
  • Se ingresarán peces por jaula en densidades no mayores a los 13,67 kg./m?
  • Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.

Medidas preventivas: Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones:

Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: la Necrosis Pancreática (IPN), Piscirickettsiosis (SRS) y Aeromona.

Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.

En la etapa de agua de mar se tomarán las siguientes medidas preventivas:

La composición del alimento está calculada con los requerimientos ideales para el pez. Se han incluido vitaminas en la dieta, la cual confiere resistencia contra enfermedades. Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.

Se realizará necropsia de mortalidades frescas al menos 3 veces por semana y si requiere se enviaran muestras a laboratorio.

Se contará con la visita de un médico veterinario asesor al menos 2 veces al mes.

Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfectar la quecha, botas y manos. El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol gel, el cual no necesita enjuague posterior. Para el pediluvio se utiliza el desinfectante Yodigen, el que se encuentra aprobado para su uso por la D.G.T.M y M.M. (Ver Anexo VI. El desinfectante será cambiado 2 veces por semana, y se estima que se utilizarán 60 L mensuales. Éste no contiene sustancias orgánicas persistentes ni toxicas; se degrada con mucha rapidez después de preparada la solución de trabajo.

El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección, y seguridad, para reducir la transmisión de enfermedades.

Tratamientos terapéuticos: Los tratamientos terapéuticos a utilizar, corresponden al procedimiento destinado a evitar el alza de mortalidad por la positividad a un agente infeccioso y/o disminuir la mortalidad provocada por una enfermedad presente en los peces. Estos tratamientos corresponden a tratamientos orales e inyectables con antibióticos en peces de producción.

Este tratamiento será ejecutado cuando el veterinario determine que es necesario aplicar algún fármaco para controlar un problema sanitario, esto se efectuará previa notificación por escrito de las indicaciones del tratamiento en particular (duración y dosificaciones de fármacos). Posterior a la entrega de esta indicación se procede a realizar lo que se denomina tratamiento terapéutico, el que puede ser por vía oral o inyectable.

En general se usan antibióticos y antiparasitarios para el control de problemas bacterianos y de parásitos que afectan a los peces. Los antibióticos se usan en el alimento, prefiriéndose su uso para el tratamiento de infecciones internas en peces con

consumo de alimento.

¿

Manejo de insumos

Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados. Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetados. Se tendrá especial

cuidado al manipular los insumos, tales como los combustibles, con el fin de evitar cualquier tipo de derrame al medio, además se utilizarán receptáculos adecuados para evitar vertimientos al medio acuático durante las labores de llenado o abastecimiento de motores. El titular se compromete a que el manejo de combustibles, e insumos en general, se respaldará adecuadamente mediante doble guía de recepción y despacho. Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. 1/92 Titulo II del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.

Procedimiento de cosecha

Cuando los peces alcancen un peso aproximado de 3,5 kg. se procederá a cosecharlos, considerando de tres a cinco días de ayuno previos a la cosecha. Esta actividad consistirá en trasladar los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. Serán trasladados en Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y traslado de los peces vivos. La cosecha será subcontratada a terceros, no obstante, el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, y que posean certificados y un protocolo de desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. El titular mantendrá registros de cosecha, traslado y entrega de cosecha para entregar a cualquier autoridad interesada. La clasificación industrial uniforme (CIU) de la planta de proceso que recibirá los residuos líquidos del centro es la N* 31141 sobre la Elaboración de pescado, crustáceos y otros productos marinos.

A

H Período de descanso

El proyecto considera un período del orden de tres meses destinados al descanso en el área de la concesión, lo que permitirá realizar mantención. Además se proporcionara descanso al lugar y ayudara a la recuperación de la fauna. El período de descanso podrá ser menor si se determina mediante los monitoreos (INFAs), que las condiciones ambientales no se han visto afectadas, por el contrario, si transcurrido este período no se presentan las condiciones esperadas, se cesarán las actividades, con el fin de prevenir una acumulación de materia orgánica en un mismo lugar, condición que será evaluada en función de los resultados del análisis de los mismos monitoreos obtenidos bajo el área de cultivo. Los períodos de descanso se insertan dentro de la matriz de producción como se señala en el siguiente cuadro:

Finalmente el titular realizará los muestreos en las frecuencias y condiciones establecidas en la Res. 3411/06, para determinar la presencia de condiciones aeróbicas bajo los módulos de cultivo.

Etapa de Abandono

Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el caso de que se encuentre pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas. El titular se compromete a cumplir con él articulo 4? letra c) del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura en cuanto a que: se retirará al termino de su vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables, o de

degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con

excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. E

E

Si llegase a producirse alguna eventualidad que conlleve a realizar el abandono o cierre del centro, se realizará la venta de todos los materiales que posean un valor económico (balsas jaula, Redes, Pontón, Muertos, entre otros) y todo lo que no posea un valor económico, será derivado a un relleno sanitario autorizado.

Medidas de Contingencia

Mortalidades masivas de peces

Se dará aviso de inmediato al jefe de producción para que se tomen medidas en forma inmediata y se avise al servicio correspondiente. El titular contará con una lista de contactos de proveedores de servicio de cosecha o retiro de mortalidad y de personal para las maniobras requeridas, se enviará una embarcación con bins para retirar la mortalidad del centro. En el menor plazo posible se procederá a detectar las causas de la mortalidad, para lo cual se tomarán muestras de los peces muertos para practicarles los análisis correspondientes. En la columna de agua se medirá oxígeno disuelto y temperatura, Se tomarán muestras de agua a las que se le harán análisis de fitoplancton, hidrocarburos o de otra sustancia que se sospeche que tenga relación con la muerte de los peces. El jefe de centro o la persona a cargo hará una descripción cronológica de los sucesos y de los signos en el agua como coloración y transparencia.

Escapes parciales o totales de peces: De acuerdo en lo descrito en los artículos 5? y 6? del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura” las acciones a seguir comprenden como mínimo.

Preventivo: Alta resistencia de las redes: Cada día se chequearán, con buzos de la empresa, los lados internos de las redes y sus amarres. Esta maniobra será paralela a la de recolección de mortalidad normal. En forma semanal se hará revisar por buzos de la empresa o buzos prestadores de servicio los atados externos de las redes y atados en general, a la vez se revisará el estado de las redes antipredadores. Se complementará estas acciones a través de cámaras submarinas.

Operativo: En caso de pérdida o sospecha de escape de peces hacia el curso de agua, se informará en una primera instancia vía telefónica y posteriormente por escrito a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca y a la Capitanía de Puerto por parte del titular, dentro de las 24 horas siguientes a su detección. En caso de que el escape haya sido total o parcial, se reparará inmediatamente la jaula afectada. Se trasladarán los salmones que no alcanzaron a escapar a una jaula vecina. En la práctica se conoce que los salmones que han escapado siguen merodeando el área de la jaula de origen se aprovechara este comportamiento en la recaptura de estos.Se sumergirá la red lobera y la red de seguridad. Para su recaptura se hundirá una red a una profundidad aproximada de 10 m, y será llevada bajo el punto donde se encuentran los peces. Posteriormente la red será llevada hasta la superficie, logrando la recolección de los peces. Se efectuarán lances con redes para recuperar parte de la población fugada por un período máximo de 5 días y a una distancia no superior a los 400 m de las balsas jaulas.

Se contarán y trasladarán los salmones a la jaula de origen.

Se repetirá la maniobra hasta observar que no retornan más salmones.

En caso de capturar peces de otras especies que no estén cultivándose serán devueltos al mar.

Se reportará la cantidad aproximada de peces que no retornaron a SERNAPESCA.

Acciones correctivas: Para dar cumplimiento con el Art. 6? del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura” se presentará un informe dentro de los 7 días siguientes de detectado el hecho, incluyendo los siguientes antecedentes:

Localidad exacta del escape o desprendimiento, señalando la identificación del centro de cultivo;

Especies y razas involucradas;

Numero estimado de individuos y su peso aproximado;

Circunstancias en que ocurrió el hecho;

Estado sanitario de los ejemplares escapados;

Periodo del ultimo tratamiento terapéutico, señalando el compuesto utilizado, si corresponde y;

Estado de aplicación del plan de contingencia.

Aparición de nuevos patógenos

Si existe sospecha de una enfermedad exótica, los análisis y evaluaciones efectuadas en coordinación con Intesal, serán notificados a Sernapesca y Corema X región, procediendo a implementar las barreras de control y medidas sanitarias que se recomienden. En los centros cercanos de la empresa, se efectuarán muestreos para comprobar posibles contagios.

Desprendimiento o desplazamiento de unidades de cultivo

En caso de desprendimiento se intentará remolcar la o las balsas desprendidas hacia las balsas que permanecen fijas con el bote que se dispone en el centro, para volver a unirlas en forma provisoria. Si no fuese posible realizar esta maniobra, se solicitará de inmediato una embarcación apropiada, para remolcar las unidades desprendidas. En el menor tiempo posible, se solicitarán los servicios de una empresa especializada en fondeo de balsas jaula para que reinstale las unidades que se han desprendido. Esto también se hará en caso de que las balsas se hayan desplazado.

A modo de prevención se contará con un sistema adecuado de anclaje, ejecutado por una empresa externa experta, la cual dimensiona cabos y muertos necesarios, de acuerdo a estudios oceanográficos. Además, existirá una revisión periódica de los anclajes y estructuras y se contará con embarcaciones de apoyo en caso de temporales. Pérdida de bolsas de alimento vacías

Se recogerán inmediatamente con el bote que operará en el centro.

Plan de Contingencia ante pérdidas de alimento normal y medicado

Con el fin de evitar pérdidas de alimento se establecen procedimientos generales del uso adecuado de ellos, determinando acciones correctivas y preventivas, de manera de no forzar problemas de salud pública y ambiental.

Las operaciones del centro deben efectuarse bajo el principio de prevención de la contaminación, es decir, se deberá minimizar la generación de desechos y no focalizar sus esfuerzos hacia el tratamiento y/o disposición de ellos.

Es por esta razón que el alimento debe ser almacenado de manera adecuada, con el fin de evitar derrames accidentales que pudiesen contaminar el agua o el entorno.

Preventivo: Se capacitará al personal encargado de recepcionar y suministrar el alimento.

Se tomarán todos los resguardos necesarios para el abastecimiento de alimento a las bodegas y pontones flotantes.

Se tomarán todos los resguardos necesarios para ingresar a los módulos con el alimento desde las bodegas de acopio tales como:

Traslado de bolsas selladas

Cantidad de alimento establecida en el programa de alimentación

No se acumula alimento excesivo sobre los módulos

j

10

Operativo: Se recogerán inmediatamente con el bote que operará en el centro.

Se dará aviso al Jefe de Centro o asistente y al Gerente de Producción o en su defecto a quien corresponda del hecho.

Se detendrá la fuga de alimento en origen.

Delimitación visual del sector afectado y estimación de las corrientes.

Recuperación del alimento con buzos del centro, si es que la profundidad del área lo permitiese.

Los buzos localizarán y atarán los sacos, para que sean elevados mediante un cabo hacia la plataforma de apoyo del centro.

Traslado a tierra para reproceso del alimento recuperado y posterior reutilización de éste, de lo contrario se gestionará la disposición final en un vertedero autorizado

En el caso de que la profundidad sobrepase la permitida para un buzo mariscador, se deberá contratar los servicios de buzos autónomos (comerciales) para realizar la tarea. Las bolsas (Maxi-bag) presentan otra bolsa interior, por lo que eso contiene un volumen de aire que retrasaría su hundimiento favoreciendo el tiempo de reacción.

Acciones Correctivas: Se dará aviso a SERNAP y a la Capitanía de Puerto respectiva, entregar un informe de lo sucedido.

Se dará aviso al Jefe de Centro, asistente, gerente de producción o en su defecto a quien corresponda del hecho, apenas ocurrido el incidente, indicando lo siguiente:

La hora del evento

Localidad exacta, identificando el centro de cultivo

Cantidad de alimento perdido

Causas del accidente

Para minimizar la ocurrencia de errores durante el suministro de alimento medicado, se tomarán medidas como señalización destacada de las jaulas tratadas, capacitación de operarios, en la observación e información del comportamiento anormal en la ingesta del alimento medicado así como en la alimentación diferenciada.

Derrames de hidrocarburos

La estructura flotante cuenta con áreas determinadas para el acopio y disposición de combustibles, el cual se mantendrá en recipientes herméticamente cerrados y debidamente rotulados. El reabastecimiento de combustibles se realizará manteniendo todas las medidas de seguridad necesarias. Se prevendrán derrames revisando los procedimientos, operaciones, estado del equipo entre otros.

En caso de derrame se dará aviso de inmediato a la Autoridad Marítima para que de instrucciones para proceder a la limpieza del área. En caso que se vean afectadas aves, mamíferos marinos u otras especies, la empresa se hará cargo de su limpieza, en la medida que esto sea posible. En el caso que exista contaminación por hidrocarburos en la costa, la empresa se compromete a hacer la limpieza correspondiente según las instrucciones de la Autoridad Marítima. Es importante señalar que el titular cuenta con: Procedimiento que define las responsabilidades de los jefes y operarios del lugar donde se produce el siniestro; indica los pasos a seguir frente a estos sucesos; los materiales a utilizar y la comunicación entre las partes con injerencia.

Existencia de un listado de autoridades o personas, con sus teléfonos actualizados correctamente, a quienes se dará aviso en caso de accidente con hidrocarburos.

Para este fin el titular implementara una lista con los materiales y funciones que posea el centro para hacer frente a un derrame.

Junto a lo anterior, el titular se compromete a presentar un Plan de Contingencia ante la Autoridad Marítima correspondiente, para afrontar derrames de hidrocarburos una vez que sea aprobado el proyecto.

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Enmallamiento de Mamíferos y aves

Mamiferos: Las redes loberas serán de 10” de trama que impedirá que los lobos marinos se enreden en ellas. En forma semanal se hará revisar por buzos de la empresa o buzos prestadores de servicio el estado de las redes loberas.

Si el lobo se enredara en una red se procederá a liberarlo, si es que el procedimiento no ofreciera ningún peligro al trabajador que la va a efectuar. Se intentará liberar al individuo enredado, levantando la red lobera hasta la superficie y eventualmente cortando el hilo de la red, la que luego será reparada.

Si algún lobo muriera atrapado, se dará aviso al Servicio Nacional de Pesca y se procederá según lo indique la autoridad.

4 Aves: Se utilizarán redes pajareras de 3 1/2” que se extienden tensas y se fijan a las barandas de las jaulas con la ayuda de ganchos.

Si el ave quedará enredada en una red se procederá a liberarlo lo antes posible.

Se cumplirá con la Ley de Protección a Aves y Mamíferos en peligro de extinción y con los acuerdos ambientales internacionales suscritos por Chile.

Para evitar la atracción de aves, el alimento es dispuesto en la bodega, en tanto que el alimento acopiado durante el día en los pasillos, es recubierto con fundas de lonas plásticas.

Interacción de Huillín (Lontra provocax, Thomas 1902) con el centro de cultivo.

Si bien no se han realizado estudios que describan la relación entre el huillín y la actividad salmonera, en el ámbito informal es conocida la eventualidad de encontrar huillines dentro de jaulas salmoneras o enredados en redes. Por lo tanto, este plan de contingencia será una primera propuesta conocida en el manejo de huillines que puedan ser hallados en jaulas flotantes. Los tipos de interacciones que podrán suceder y la forma de enfrentarlos serán las siguientes:

Huillín enredado en una red de cultivo: En este caso se procederá acercándose lentamente al lugar del suceso; se cortará el trozo de red en donde el huillín se encuentra atrapado, asegurándose de que este no sea dañado en su liberación y que no quede con algún resto de red en sus extremidades. Se debe evitar la manipulación directa del animal con el fin de evitar estresarlo y disminuir los riesgos que pudiese correr la persona a cargo de la liberación, ya que estos individuos pueden ser altamente agresivos y lastimar de manera considerable a una persona,

Huillín encontrado al interior de una jaula: Primero se tratará de localizar el sitio por donde pudo haber ingresado la nutria. Con el fin de que salga de la jaula por su propia

cuenta, se le ahuyentará en dirección al lugar por donde ingreso mediante ruidos acompañados de movimientos.

Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

Residuos Sólidos

Destino de los . Ñ ¡Residuos Residuos Tipo de Manejo Producción Proyectada i j ¡Alimento no ms - consumido (Ton) 44,2 Deposición en el fondo marino Disminución de la pérdida bajo las balsas y alrededores s pe

[Fecas (Fon) 350 or sedimentación de alimento utilizando ¡Alimento no Por Ss: 2 y alimentadores automáticos

: 9 dispersión por corrientes. cámaras submarinas ¡consumido + 394,2 Degradación por bentos. y Ñ [fecas ¡Bolsas de : Sans

: Retiradas por Reciclaje por

de bolsas) 3.535 empresa autorizada empresa autorizada

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ps : 18 Retiro de la basura Depósito en vertedero

Tom) manos d por empresa autorizada autorizado

ILodos de Planta Ñ Retiro cada 6 meses, a

de Tratamiento 0,675 Retiradas Por empresa través de un camión limpia autorizada

m3) fosas

¡Residuos 0.05 Planta Reciclaje o depósito en Retiro de los residuos

[Peligrosos (Ton.) Ñ Instalación Autorizada por empresa autorizada

Mortalidad

La mortalidad será trasladada desde los módulos de las balsas jaulas hacia el sistema de ensilaje, específicamente en el silo de picado, para lo cual se tomaran todas las medidas de protección. El tratamiento consiste en la aplicación de acido fórmico. Posteriormente se pone en marcha el triturador. La recirculación del ensilaje debe ser realizado durante 30 minutos. Posteriormente el ensilaje se traspasa al estanque de almacenamiento, en el cual un camión conectara la manguera de succión a la válvula del pipping del estanque de almacenamiento.

Se estima una mortalidad inicial del 2 %, los 3 primeros meses para luego establecerse en alrededor de un 0,6 % mensual. Esta estimación se realiza en base a que la mortalidad en un ciclo es de alrededor del 14,4 %.

Estimación de la mortalidad por ciclo.

l Proyecto CICLO

a 1 2.0304 s | ' Original (ton) 0,98 | 0,98 ; 1,22 | 1,22 | 1,22 ' ' Modificado (ton) 444 |, 444 | 444 | 444 | 44,4

El ensilaje de mortalidad será destinado a plantas reductoras autorizadas, para lo cual previo a realizar dicha acción se solicitar acreditar a través de certificación, la factibilidad de recepción del 100% del ensilaje de mortalidad. El Titular señala que en caso de que la Empresa reductora no pueda recepcionar el ensilaje de mortalidad, aplicará un Plan de Contingencia en caso de imposibilidad de recepción de la referida mortalidad.

i

Residuos Líquidos

Efluente líquido proveniente de la planta de tratamiento de aguas servidas de la bodega flotante. El consumo de agua diario por persona está estimado en 100 L, por lo tanto el efluente diario de la planta de tratamiento es de 700 L (0,7 m?). Estas aguas serán vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la planta de tratamiento. El efluente es inodoro, incoloro y antes de ser vertido al medio marino pasa por un clorador y luego por un declorador lo que evita un impacto sobre la vida acuática (características de la planta de tratamiento en Anexo IV).

Los efluentes a verter sobre la columna de agua no superarán los valores establecidos por el ORD N? 12600/80 del 4 de marzo de 2008, el cual establece las exigencias para dar cumplimiento a la resolución OMI MEPC.2 (VI) de 1976, y dando cumplimiento a lo solicitado por el presente Anexo III.

La Res. DGTM. y MM. Ord, N* 12600/931 VRS del 13 de diciembre de 2007,

establece las concentraciones máximas para la descarga de su efluente , en base a lo recomendado por la OMI, mediante su Resolución MEPC.159 (55) de 2006. Por lo

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tanto, las plantas aprobadas bajo la MEPC 2(IV), sólo podrán ser comercializadas hasta la fecha de vencimiento de los respectivos certificados de homologación. Residuos de pediluvios y maniluvios: Mensualmente se utilizarán 60 L. de

desinfectante. Los residuos de pediluvios serán almacenados en bidones herméticamente cerrados y dispuesto en lugar autorizado. Identificación | MS MES MARO Destino de Residuos Tipo de Manejo de Residuos Residuos líquidos | Planta de tratamiento de N cutralización en domiciliarios 21.000 | 252.000 residuos líquidos Plana de tratamiento | Bodega flotante (L). en bodega flotante e bodega flotante - Residuosde | Almacenados en Bidones y '— pediluvios y | 60 ¡| 720 Dispuestos en Vertederos | Inactivación de los residuos. maniluvios (L) | Autorizados. L

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N' 206103098" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del

proyecto cumple con:

Normativa Ambiental

Forma de Cumplimiento

[Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

[El proyecto ingresa al SEIA bajo la forma de una Declaración] de Impacto Ambiental.

[D.S. (SEGPRES) N* 95 de 2001, Reglamento del Sistema de JEvaluación de Impacto Ambiental”.

La DIA incorpora los antecedentes necesarios para evaluar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los Permisos Ambientales Sectoriales requeridos.

[D,S. (MINECON) N? 430 de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley [General de Pesca y Acuicultura.

[El proyecto sefíala las medidas tendientes a evitar daño a los recursos hidrobiológicos y el deterioro ambiental de la] concesión. Se deberá mantener la limpieza de la playa aledaña] fal centro de cultivo,

[D.S. (MINECON) N* 320 de 2001, ¡Reglamento Ambiental para la lAcuicultura.

El titular adoptará las medidas necesarias tendientes a dar cumplimiento a las disposiciones generales y específicas contenidas en el citado Decreto. La DIA incorpora la CPS y] compromete la entregar anual de la INFA.

[Resolución N 3411/06 de ¡Subsecretaría de Pesca. ¡Resolución N 3669/09 de ¡Subsecretaría de Pesca.

a CPS se desarrolló conforme a lo establecido en la] esolución. Los futuros informes ambientales (INFA) serán ealizados conforme a la Resolución vigente.

Imodificaciones, establece protección de los mamíferos marinos, aves y reptiles marinos.

[D,S. (MINECON) N* 225/1995, y susjEl titular declara adoptará las medidas necesarias para

proteger y evitar daño a los mamíferos, reptiles y aves marinas, a causa de las labores del proyecto.

[D. Ex. (MINECON) N* 765/2004, establece protección del lobo marino común.

[El titular adoptará las medidas necesarias para otorgar protección a los lobos marinos. Utilizará redes loberas de 10”” ara evitar enmallamiento de estos mamiferos.

ID.F.L. N? 725 de 1967 (MINSAL) Código Sanitario

JEl titular deberá cumplir las disposiciones referidas al manejo] de basuras y desperdicios, regulación de las emisiones atmosféricas y el manejo de sustancias peligrosas.

[D.S. N? 594 de 1999 (MINSAL) ¡Reglamento sobre las condiciones Sanitarias y ambientales básicas de llos lugares de trabajo.

El titular señala de condiciones adecuadas para ell cumplimiento de las disposiciones referidas al manejo y| disposición de residuos sólidos y el almacenamiento del sustancias peligrosas (combustibles)

Ley N* 17.288 Sobre Monumentos Nacionales.

[Si durante cualquier etapa del proyecto se procediera a nivel Superficial y sub-superficial a la detección de otros sitios] arqueológicos, se deberá proceder según lo establecido en los] tartículos 26% y 27% de la Ley 17.288 de Monumentos] [Nacionales y en los artículos 20” y 23" de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas,

¡lAntropológicas y Paleontológicas. Además se deberá informan]

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de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos] Nacionales para que este organismo determine log procedimientos a seguir, todos los cuales deberán sen implementados por el titular.

[D.L N”2,222/78 Ley de Navegación. [El proyecto no considera la descarga de sustancias y/d elementos que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Los residuos generados] del lavado de los sistemas de ensilaje, así como los químicos] utilizados en la desinfección no deben ser dispuestos en media]

marino, [D.S, N? 1 de 1992, Reglamento para |El titular señala en la DIA las medidas, acciones y elementos el control de la contaminación on los que contará para prevenir la contaminación por acuática idrocarburos, aguas sucias, basura y otros desechos. El

te derrames de hidrocarburos aprobado por la Autorida: arítima previo a su operación.

entro de cultivo deberá contar con un plan de rd

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N 206103098 " requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 68 del Reglamento del SEIA que en el presente proyecto guarda relación con descargar aguas sucias provenientes del pontón y desinfectantes.

El titular señala que el pontón poseerá una planta de digestión anaeróbica para tratar dichas aguas (Verde Andes modelo VA 0.5 MF), modelo que cuenta con certificado de aprobación de DIRECTEMAR. Además, el titular se compromete a efectuar los monitoreos de autocontrol del efluente que sean fijados por Autoridad Marítima local.

La planta de tratamiento de las aguas sucias deberá estar aprobada por la Autoridad Marítima previo a su operación.

En caso de vertimiento al mar de los residuos líquidos provenientes de la desinfección de infraestructura mediante la utilización de los desinfectantes Trento y Climber, se deberán considerar todas las observaciones señaladas en las respectivas autorizaciones de uso en medio marino. Para efectuar el vertimiento señalado, el titular deberá solicitar previamente autorización a la Autoridad Marítima local.

Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 74 del Reglamento del SELA que dice relación con: permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el DS. N 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos formales para acreditar su cumplimiento fueron presentados por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental. Estos antecedentes incluyeron una CPS.

La Subsecretaría de Pesca otorga el PAS para una producción máxima de 3.500 toneladas de salmónidos, señalando las siguientes exigencias:

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10.

11.

El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N? 320/2001.

El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico de la solicitud de Concesión de Acuicultura (206103098).

El titular deberá entregar anualmente al Servicio local información ambiental según lo establecido en el Art. 19” del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en conformidad a la Resolución (Subpesca) N* 3612/2009.

En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (Subpesca) N* 3612/2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categorías 3 y 5.

En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración, objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N 206103098" no requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 93 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, considerando que el sistema de ensilaje se encuentra en el mar, sobre una plataforma flotante, siendo jurisdicción de la Autoridad Marítima. A 1

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de.la Ley "419.300," y''sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medió Ambiente Región de Los Lagos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, para que el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la

Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.

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  1. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  2. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Los Lagos

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Notifíquese y Archívese

MGL/AWS/CVC

Distribución:

  • Andrés Hoffmann León Gobernación Marítima Castro Hustre Municipalidad de Castro SEREMI de Salud, Región de Los Lagos Sernapesca, X Región de Los Lagos Sernatur, X Región de Los Lagos Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca

Clic:

  • Expediente del Proyecto "AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN, CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES, WESTE DE ISLA IMELEV, PERT N* 206103098" e Archivo CONAMA X, Región de Los Lagos

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