Evaluación SEA

Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral

Rol 4222172
SEA · DIA · Aprobado · 2009-11-27 · Región de Los Ríos · Ilustre Municipalidad de Corral

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGIÓN DE LOS RÍOS

Califica ambientalmente el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”.

Resolución Exenta N*

2010

e

Valdivia, *

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”, presentada por la Ilustre Municipalidad de Corral, con fecha 27/11/2009.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

  3. Oficio N*%185 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, con fecha 18/12/2009.

  4. Oficio N*1394 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, con fecha 24/12/2009.

  5. Oficio N*1005 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda, con fecha 28/12/2009.

  6. — Oficio N%780 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero, con fecha 28/12/2009.

  7. Oficio N*1658 sobre la DIA, por Secretaría Regional de Planificación, con fecha 29/12/2009.

  8. O N*1399 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, con fecha 29/12/2009.

  9. Oficio N*1238 sobre la DIA, por SEREMI! de Obras Públicas, con fecha 29/12/2009.

  10. Oficio N%1281 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 29/12/2009.

  11. Oficio N%332 sobre la DIA, por CONADI, con fecha 29/12/2009.

  12. Oficio N*1 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte, con fecha 04/01/2010.

  13. Oficio N% sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, con fecha 04/01/2010.

  14. Oficio N*102 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero, con fecha 29/01/2010.

+. Oficio N*202 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, con fecha 02/02/2010.

  • Oficio N*%93 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 02/02/2010.

  • Oficio N*214 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional de Planificación, con fecha 04/02/2010.

  • Oficio N*216 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, con fecha 05/02/2010.

  • — Oficio N%068 sobre la Adenda 1, por CONADI, con fecha 05/02/2010.

  • Oficio N%136 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, con fecha 05/02/2010.

  • Oficio N%023 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, con fecha 08/02/2010.

  • Oficio N*57 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, con fecha 08/02/2010.

  • Oficio N%359 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, con fecha 25/03/2010.

  • Oficio N% sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, con fecha 26/03/2010.

  • Oficio N*462 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, con fecha 29/03/2010.

  • El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Ambiental del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, de fecha 12 de Abril de 2010.

  • La Sesión Ord. N* 07/2010, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, de fecha 14 de Abril de 2010.

  • Los demás antecedentes constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”.

|

7

  1. Lo dispuesto en la Ley N? 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente dis 30 de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Artículo 2 del D.S. N” 95 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y la Resolución N* 1600 de 2008, de la Contraloría General de ta República.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Rios debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”.

  2. Que, el derecho de la llustre Municipalidad de Corral a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del

Estado.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral” tiene las siguientes características:

3.1. El proyecto corresponde a la implementación de obras de saneamiento en el área que fue ocupada para la disposición de los residuos dom jos de la Comuna de Corral, las cuales consisten en el desarrollo de un Plan de Cierre de las 2 zonas que presenta el vertedero.

3.2 El vertedero Quitaluto, cuenta con dos lugares en los cuales se dispusieron residuos. Uno es el denominado “Sector Antiguo” y otro es el “Sector Nuevo”.

En el “Sector Antiguo” se operó mediante el sistema de zanjas de diferentes dimensiones, a una profundidad aproximada de 3,5 m. Actualmente se encuentra con una cobertura vegetal, pero sin impermeabilización basal ni superficial.

Durante los años de operación, en el “Sector Antiguo” se han acumulado aproximadamente 11.287 m? de residuos sólidos domiciliarios (3.386 toneladas), que fueron dispuestos en 12 zanjas.

3.3 En el “Sector Nuevo” se operó en una fosa de 1.960 m? de superficie, con una profundidad de 2,8 m correspondientes a los “Residuos Sólidos en Zanja".

En la actualidad existe basura dispersa fuera de los límites de la zanja, que comprenden un área de 1.050 m* y un espesor de capa de aproximadamente 0,4 m, correspondiente a los “Residuos Sólidos Superficiales”. En este sector se han acumulado aprox. 5.427 m'.

Actualmente el vertedero se encuentra abandonado y en desuso, sin ningún tipo de control de acceso. En ninguno de los 2 sectores se compactaron los residuos. Tampoco poseen impermeabilización basal ni superficial, ni manejo de gases ni viados.

3.4. Se somete al SEIA en virtud a lo dispuesto en virtud a lo dispuesto en el artículo 10, literal 0) de la Ley 19.300 y en el artículo 3, literal 0.11) del D.S N* 95/2001 Reglamento del SEIA.

3.6 El proyecto contempla utilizar una superficie de 1,37 hás. y contempla una inversión de US$ 600.000.

3.5. El vertedero Quitaluto, se encuentra emplazado en la Comuna de Corral, Provincia de Valdivia, en la Región de los Ríos. Sus coordenadas son (referido al Huso 18 Sur WGS 84), son 5.580.533 N y 631.781 E.

3.6. El proyecto requiere de 8 personas para la etapa de construcción.

A AA A

A =,)

4

y

3.7. El proyecto contempla las siguientes partes, acciones y obras físicas. 3.7.1 Etapa de Construcción.

Las obras físicas que se llevarán a cabo durante el cierre del vertedero de Corral, son las siguientes:

  • Sello superficial

  • Sistema de manejo de biogas

  • Cobertura vegetal

  • Sistema de manejo de escorrentías superficiales

La construcción de las obras físicas se desarrollará en 2 etapas:

La Etapa 1, que comprende el “Sector Antiguo” donde se encuentran todos los residuos depositados entre los años 1994 y 2002.

La Etapa 2, que comprende el “Sector Nuevo” donde se encuentran todos los residuos depositados entre los años 2003 y 2006.

Las obras del Plan de Cierre, consideran la ejecución de las siguientes acciones: a) Conformación del Sello Superficial . Instalación de Faenas

La instalación de faenas se emplazará en el “Sector Nuevo” del vertedero Quitaluto, al este de la fosa de disposición, donde se incluirá todo aquello que sea necesario para generar servicios, abasteciendo de manera adecuada, y ordenada la obra.

Actualmente en el vertedero Quitaluto no existen instalacionones por encontrarse abandonado, por lo que se implementará un espacio físico con la siguiente infraestructura:

  • Oficina del tipo container para el personal de la empresa encargada del desarrollo del proyecto y para el ITO (Inspector Técnico de Obra) con baños y duchas.

  • Bodega para almacenamiento de materiales

  • Generador de electricidad.

  • Abastecimiento de agua potable.

Cabe señalar que la implementación requerida debiera extenderse también para las etapas de cierre progresivo.

. Delimitación Zona de Operaciones Las operaciones conducentes al cierre del vertedero Quitaluto, de los sectores nuevo y antiguo se desarrollarán dentro de los límites indicados en la figura 2-3 de la DIA.

. Limpieza del Sitio y Control de Plagas

Previo a cualquier obra a realizar en el vertedero se debe realizar una limpieza del sitio consistente en retiro de basuras de la superficie del sitio, retiro de vehículos y desbroce del sitio.

Luego, para el control de plagas se realizará una evaluación por parte de una empresa especializada en el tema, en el sitio del y en el sector aledaño para detectar condiciones que favorezcan la propagación de vectores.

Se realizará un tratamiento de erradicación (desratización), para eliminar roedores dentro del vertedero y en un radio donde existan viviendas afectadas, esto determinado por la empresa de control de plagas. El procedimiento detallado se describe en el informe “Plan de Monitoreo y Control” (Anexo E-2 de la DIA).

  • PE A A

. Movimientos de Tierra

Como obra preliminar de los movimientos de tierra se realizará la extracción del agua presente en la fosa de residuos del “Sector Nuevo” (Etapa 2).

Luego se realizarán movimientos de tierra con el fin de modelar el terreno y eliminar desniveles, configurando una topografía adecuada para establecer la subrasante en ambos sectores.

Los movimientos de tierra involucran a lades como corte y terraplén con material del vertedero, conforme a las etapas y sectores señalados anteriormente en la figura 2-3 de la DIA.

. Sello

El sello superficial, ubicado entre la subrasante y la rasante del terreno, cumple la función de aislar los residuos sólidos dispuestos del medio ambiente y ser una capa barrera para el paso del biogás, evitando la dispersión de olores y la proliferación de vectores. Por otro lado, se impedirá el paso del agua lluvia hacia los residuos, principal aporte de agua para la generación de lixiviados. El sello debe cumplir con los requisitos de espesor y conductividad hidráulica establecidos en el artículo 54 del DS 189/2005.

En el vertedero Quitaluto de Corral, se colocará un paquete sanitario que será instalado sobre la superficie adecuada mediante los movimientos de tierra de corte y terraplén. El paquete sanitario está compuesto por cinco capas distintas, la primera de estas está compuesta por una capa de grava de 30 cm de espesor, cuya función es facilitar la recolección de biogás.

La segunda es un geotextil de 180 g/m?, cuya función es dar protección mecánica a la tercera capa, esta es una geomembrana de HDPE de 1 mm de espesor para impermeabilizar el relleno. La siguiente etapa es nuevamente un geotextil de 180 g/m?, cuya función es proteger la capa impermeabilizante de los distintos elementos. La última capa corresponde a la cobertura vegetal conformada por un relleno de suelo limoso con presencia de materia orgánica.

b) Sistema de Manejo de biogás

El sistema de evacuación de gases se realizará en los sectores antiguo y nuevo del vertedero Quitaluto, dependiendo del biogás remanente y la ubicación relativa de las zanjas. En general, el sistema de evacuación de gases se basa en un drenaje pasivo, en donde coexisten zanjas horizontales con tubería HDPE de 110 mm perforada y pozos drenantes verticales. El gas escapará al medioambiente por medio de respiraderos de PVC de 110 mm.

Las configuraciones para cada sector son las siguientes: - Sector Antiguo

En esta zona se realizará un trazado de noroeste a sureste de líneas paralelas con 30 m de separación previo a la colocación del paquete sanitario. Sobre dicho trazado se excavarán pozos de drenaje de biogás de sección 1 mx 1 m.

Los pozos de drenaje de biogás tendrán una profundidad de 2 m y una sección cuadrada transversal de 1 m x 1 m. Se construirán con 4 puntales de eucalipto como medio de soporte, rodeándolos con malla cuadrada y utilizando bolones de 100 mm como relleno. Cabe destacar que los pozos de drenaje tienen que interceptarse con la capa drenante que va sobre ellos.

Sobre el trazado de la capa de grava, se insertará de manera horizontal la red de colectores de biogás, realizando previamente una especie de canaleta.

Para ello se colocará un tubo de HDPE de 110 mm de diámetro perforado con poros de menor tamaño que la grava que lo rodea (menor a 2”), en cada línea del trazado. Sobre estos se enrasará con la grava restante hasta completar el espesor de 30 cm.

Los colectores de biogás se unirán de a dos y se conectarán a un tubo de PVC de 110 mm de diámetro, de 1,0 m de largo y que sobresaldrá a la superficie a modo de respiradero por donde escaparán los gases a la atmósfera. El extremo externo del respiradero tendrá una curvatura hacia abajo para evitar el ingreso de aguas lluvias.

L

| Cexidtt-ass,LELOS ms

  • Sector nuevo

Las especificaciones del Sistema de Evacuación de Gases para el “Sector Nuevo” son las mismas que para el “Sector Antiguo”, con la diferencia que los pozos de drenaje de gas tendrán 1,5 metros de longitud.

c) Conformación de la Cobertura Vegetal

La etapa final del vertedero (relleno sanitario) posterior al cierre, corresponde a su reinserción, donde se desarrollan las faenas destinadas a reincorporar el relleno sanitario ya sellado a su entorno, controlando las emisiones de biogás, líquidos lixiviados y los problemas que puedan causar los asentamientos entre otros, de manera que se impida causar impactos negativos al ambiente y la salud.

Considerando la topografía de los sectores, el primer horizonte deberá contar con al menos 20 cm. de profundidad y estará situado en las zonas donde se realice el sellado superficial de las zanjas existentes o que hayan sido construidas hasta el cierre del vertedero.

La zona delimitada en amarillo de la figura 2-4 de la DIA, representa el área considerada para el establecimiento de una cobertura vegetal de tipo pradera asociada con matorral, con una superficie aproximada de 1,37 ha. El material de cobertura deberá ser similar al existente en el área aledaño al vertedero, esto permitirá una rápida colonización y adaptación de las malezas endémicas existentes en el área.

No se consideró el establecimiento de una cubierta arbustiva (matorrales), porque las especies endémicas existentes en los alrededores del vertedero constituyen un riesgo a la integridad estructural de las geo-membranas establecidas como sello.

Sin embargo, como cobertura final se establecerá una pradera que ayude a sustentar de manera más rápida el suelo de relleno. Se propone establecer una pradera de pasto ovillo (planta forrajera utilizada para pastoreo, henificación y ensitaje).

Como segunda especie se establecerá trébol blanco, presenta un establecimiento rápido y se adapta a una amplia gama de suelos y climas.

d) Sistema de manejo de escorrentías superficiales

El cierre del vertedero Quitaluto contempla la reintegración de un sitio, lo que implica generar nuevas superficies en el terreno, las que deben poseer un bajo impacto visual y principalmente permitir el manejo de las nuevas escorrentías logrando reincorporarlas de la mejor forma sin alterar el funcionamiento de los sitios colindantes.

Para ambos sectores se considera la excavación perimetral de zanjas de 50 cm de ancho y profundidad variable. La profundidad dependerá exclusivamente de la cota que se obtenga hasta llegar a roca, ya que de las calicatas realizadas en terreno se determinó que a una profundidad aproximada de 2 m se detecta la presencia de roca o piedra laja.

Lo anterior, es importante ya que limita la profundidad de la excavación a realizar. Luego se considera la colocación de una lámina PEAD (geomembrana de po etileno de alta densidad HDPE) de espesor igual a 1 mm por todo el perímetro del “Sector Antiguo” del vertedero, sin embargo, dentro del “Sector Nuevo” del vertedero se considera esta impermeabilización únicamente en los lados N-E, N-O y S-O. No se considera la impermeabilización del lado S-E del “Sector Nuevo” del vertedero, ya que de acuerdo a las obras establecidas dentro del presente proyecto de ingeniería, la dirección de la pendiente del lugar de emplazamiento de este sector va en dirección S-E, encausando todo tipo de escurrimiento, ya sea superficial o subterráneo hacia el punto de descarga ubicado en aquella dirección ( Anexo F de la DIA, Manejo de Escorrentias).

Todas las obras fisicas que implica el Plan de Cierre del vertedero Quitaluto, se encuentran explicitadas en el “Estudio Plan de Cierre de Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral” (Anexo E- 1 de DIA).

  • A A ÁÉ

  • Método de impermeabilización para filtraciones laterales

Previo a la instalación de la geomembrana se debe asegurar que la superficie del terreno, esté lisa y libre de elementos cortopunzantes, nivelada en forma continua y uniforme, sin cambios abruptos de pendiente. En este caso, como se instalará sobre el geotextil, no existirá tal inconveniente.

El desembalaje debe realizarse a una temperatura ambiente entre O y 30 *C, y no será desembalada donde existan charcos de agua o en condiciones de viento excesivo. La instalación de la geomembrana deberá ser realizada por el fabricante, quien se regirá por los métodos de instalación más apropiados, y se preocupará de revisar los datos meteorológicos disponibles.

El traslape debe estar comprendido entre 7 y 15 cm según el tipo de soldadura, para asegurar que los excedentes a ambos costados de la línea de soldadura sean suficientes para ser sometidos a pruebas y que la fusión sea ejecutada completamente en el interior del traslape.

Los paños tendidos se sostendrán utilizando bolsas de arena y/o cualquier otro material de la zona a fin de evitar el levantamiento por acción del viento. Tales elementos permanecerán allí durante todo el tiempo necesario para la correcta fijación y anclaje de la geomembrana. Las zonas correspondientes al anclaje permanecerán temporalmente para realizar los cortes y traslapes necesarios.

Cuando estén en posición, se deberá revisar que los paños no presenten daños físicos que pudieran perjudicar el rendimiento del revestimiento acabado. Se deberá eliminar y descartar cualquier daño en la capa externa de los rollos que podría afectar el rendimiento.

Se deberán registrar todas las áreas reparadas del revestimiento acabado en el dibujo del plano del panel.

Las dimensiones y especificaciones de los anclajes especificados en el proyecto serán realizados con la mayor precisión posible, debiéndose realizar el control de calidad de los mismos, antes y durante la colocación del relleno”.

Por otra parte, cabe destacar que se deben seguir los pasos antes señalados considerando que en este caso la impermeabilización es lateral.

En el (Capítulo 8 del Anexo E-1 de la DIA) se señala que el ancho considerado de los canales perimetrales receptores de agua, tanto del “sector antiguo” como del “sector nuevo”, es de 50 cm. Sin embargo, se establece que la profundidad del canal es variable, esto debido a la presencia de roca o piedra laja detectada a distintas profundidad durante la excavación de las calicatas de inspección in situ. La profundidad varía de 1 a 2 m tanto en el “sector antiguo” como en el “Sector Nuevo”.

3.7.4 Etapa de Ejecución Plan de Cierre

. Mano de obra

Durante el desarrollo del Plan de Cierre dei proyecto, se estima una cantidad de trabajadores promedio de 8 personas en la obra, tal cual se muestra en la siguiente tabla:

Cargo

Jefe de Obra Operarios Choferes Operarios de Maquinaria Pesada Total

MINNCISES

co

A A

. Maquinaria:

Las maquinarias que se utilizarán para el desarrollo del plan de cierre, son las siguientes:

Maquinaria No Retroexcavadora 1 compactador 1 Camión Tolva 2 Bulldozer 1 Total 8

Las labores de mantención de la maquinaria que participen en las faenas que contempla el proyecto, no se realizarán en el lugar de las faenas. Los vehículos deberán contar con todas sus mantenciones al día.

. Origen de grava, cobertura vegetal y capa base

El titular ha señalado que sólo se utilizarán materiales con certificados de procedencia, en relación a los volúmenes requeridos estos fueron presentados en el (Anexo E-1 de la DIA). Cabe señalar, que el proyecto no contempla intervención de áreas aledañas, sólo se realizarán obras en las zonas donde fueron dispuestos los residuos.

. Manejo de riesgo de derrumbe en la zona inestable en el sector nuevo

Actualmente debido a la no existencia de manejo de escorrentías superficiales en el "Sector Nuevo” del vertedero de Corral se distingue una zona con posibles derrumbes producto del paso no controlado de las aguas por dicho punto, es por lo anterior que se debe incorporar un drenaje de las aguas de manera tal que, por efectos de gravedad, desciendan de manera natural hacia el curso de agua cercano existente, evitando el riesgo de derrumbe y disminuyendo además fenómenos de erosión excesiva o soterramientos que puedan poner en peligro la estabilidad de las obras existentes tanto dentro como fuera del “sector nuevo” del vertedero.

Para la selección del tipo de disipador de energía propuesto dentro del proyecto de ingeniería se tomaron las siguientes consideraciones:

  • Pendientes existentes en el punto de descarga.

  • Economía y mantenimiento, ya que este tipo de obras elevan los costos asociados a su construcción.

  • Daños causados a la flora y fauna por efectos de la erosión.

De las consideraciones, la más relevante para la dec ión del diseño de este tipo de obra es la pendiente existente en el punto de descarga. Se diseño este tipo de disipador de energía es específicamente por el tipo de suelo existente en el sector (mediana a altamente impermeable) contribuyendo a un aumento de erosión ya que la infiltración es mínima en ese sector.

La pendiente natural del terreno sin intervenir (punto de descarga) es aproximadamente de 18,82% por lo que la erosión aparente es “severa” por lo que una medida de defensa es la de crear terrazas como disipadores de energía que disminuyan mayormente la erosión del suelo favoreciendo además la recuperación del mismo a bajo costo.

Además, se considera una cubierta vegetal favoreciendo en parte la infiltración del agua, disminuyendo aún más la erosión, sin embargo, ningún tipo de obra disipadora de energía garantiza que no se anule por completo los efectos de la erosión. Por otra parte, se recomienda adoptar medidas de protección en desagúes, como la diseñada en el proyecto de ingeniería (canal de recepción y descarga de aguas lluvias), ya que este canal está diseñado para ir vertiendo las aguas por rebalse.

Por lo antes señalado se diseñó este tipo de obra, para dirigir las aguas provenientes del vertedero hacia el curso de agua más próximo.

La construcción del resalto hidráulico o disipador de energía se considera de ti , e impermeable (suelo natural existente en el sector) permitiendo dirigir las corrientes de agua de la pendiente susceptible hacia el área natural colindante al “sector nuevo” del vertedero, cuyo

movimiento de agua se deberá únicamente por efectos de gravedad (diferencia de cotas). La altura recomendada de cada berma es mínimo de 30 cm a 45 cm. De esta manera se disipa la

energía por medio de impacto e incorporación de aire al agua.

El dimensionamiento de esta obra puede variar de acuerdo a la dificultad o facilidad de acceso a la zona en cuestión, sin embargo, se establece que su altura de caída no debe ser superior a 1 m y que en cada caída (escalón) debe existir una cuneta de disipación de no más de 2 m de ancho.

Se realizará una mantención anual, principalmente durante los meses de invierno, con el fin de limpiar y reparar las bermas cuando sea necesario.

Señales de rebosamiento indican que es necesario un nuevo diseño para poder manejar cantidades de agua más grandes. Por otra parte, dentro del mantenimiento se taparán las posibles madrigueras hechas por animales, porque estos lugares sirven de conducto para las corrientes de agua y pueden dañar la obra realizada y la estabilidad del sello.

. Retiro de basuras del sector nuevo

Producto de que en el sector nuevo los residuos dispuestos se encuentran sin ningún tipo de cobertura, estos se han dispersado alrededor del lugar de disposición. Es por esta, razón que se realizará una limpieza en los alrededores y se depositaran los residuos en las zanjas mencionadas.

En el “Sector Nuevo” se operó en una fosa de 1.960 m? de superficie, con una profundidad de 2,8 m correspondientes a los “Residuos Sólidos en Zanja”.

En la actualidad existe basura dispersa fuera de los límites de la zanja, que comprenden un área de 1.050 m? y un espesor de capa de aproximadamente 0,4 m correspondiente a los “Residuos Sólidos Superficiales”.

3.7.5 Plan de Monitoreo y Control

Este Plan establece los componentes del medio ambiente que serán objeto de monitoreo y control, en función de los impactos ambientales asociados, los puntos de control, los parámetros establecidos para caracterizar el estado y evolución de dicho componente, la duración y frecuencia, el procedimiento de medición, entre otros.

El Reglamento (D.S. 189/2005) en su artículo N* 55 establece que: “El Plan de Cierre” deberá mantenerse al menos por un período de 20 años, y deberá contemplar, cuando corresponda, al menos las siguientes actividades:

  • Mantención de la integridad de la cobertura final;

  • Mantención y control del sistema de intercepción de escorrentías superficiales;

  • Mantención y operación del sistema de control de lixiviados;

  • Mantención y operación del sistema de manejo de biogás;

  • Monitoreo de aguas subterráneas.

Los monitoreos deberán realizarse durante 20 años, toda vez que se interprete de los resultados de cada monitoreo que eventuales lixiviados del vertedero determinan diferencias significativas en la calidad de los parámetros monitoreados. De no determinarse diferencias significativas entre el monitoreo aguas arriba y los otros dos durante un año, se podrán suspender los monitoreos previo acuerdo con la Autoridad Sanitaria.

Los resultados del monitoreo deberán ser informados por un profesional competente, quien deberá dar cuenta de la existencia de contaminación en el agua subterránea. De observarse contaminación, el informe deberá dar cuenta de la existencia de área de restricción para el uso del agua subterránea.

  • Zonas de muestreo de aguas

En consideración de la geología e hidrogeología del lugar el titular plantea la ubicación de 4 zonas de muestreo de aguas, las cuales serán monitoreadas con frecuencia semestral y para los parámetros señalados en el artículo 47 del Decreto 189/2005, Reglamento de Rellenos

Sanitarios.

La composición rocosa presente en el lugar, (rocas metamórficas y sedimentarias), provocan que el agua se infiltre escasos metros escurriendo por sobre esta hacia las laderas del cerro; por este motivo los puntos propuestos para el muestreo contemplan análisis aguas arriba y aguas debajo, tanto de la zona antigua y coro de la zona nueva del vertedero.

Los pozos de monitoreo propuestos en ningún caso excederán los 3 metros ya que en las calicatas realizadas y presentadas en el estudio de mecánica de suelos indicaron que la roca en ningún caso excedía esta profundidad.

3.7.6 Vida Útil La vida útil del proyecto es de 20 años. 3.7.7 Etapa de Cierre

El proyecto complementa la implementación de un cierre perimetral, el cual cuenta con las siguientes características:

  • Postes de retupición: los postes serán rollizos de pino insigne impregnado de 2.40 metros de largo y 4” de diámetro.

  • Postes de anclaje: los postes serán rollizos de pino insigne impregnado de 2.40 metros de largo y 6” de diámetro, y a distancias no mayores de 25 m, así como en cada tado del portón de acceso.

  • Postes de riostra: postes de pino impregnado de 2.40 m de largo y 6” de diámetro y se utilizarán en ambos lados de los postes de esquina y a un lado de los postes anclaje, así como en el portón de acceso.

  • — Malla cuadrada galvanizada 1,80 abertura 50 mm.

3.8. Principales Emisiones, Descargas y Residuos de! Proyecto 3.8.1 Respecto de Residuos Líquidos.

Los residuos líquidos que se generarán durante las obras de cierre del vertedero, serán exclusivamente aguas servidas de origen doméstico.

Durante el desarrollo del proyecto se contará con baños químicos para el personal. La limpieza y eliminación de los residuos de los baños estará a cargo de una empresa autorizada.

Cabe señalar que los lixiviados no corresponden a un residuo generado por las obras físicas del proyecto, sin embargo la implementación del sello superficial permitirá disminuir de manera sustancial las cantidades que se generen de lixiviados, debido a que por una parte evita el ingreso de aguas lluvia al cuerpo de basura y por otra dará término al ingreso de residuos al sitio objeto de las obras físicas, con lo cual se evitará la degradación de la fracción orgánica de nuevos residuos (La generación de lixiviados se adjunta en Anexo E-5 de la DIA).

3.8.2 Respecto de los Residuos Sólidos

Durante la construcción, los residuos sólidos que se generarán son residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y posteriormente dispuestos en vertederos autorizados por la autoridad sanitaria. No se generarán residuos sólidos una vez que se halla cerrado el vertedero.

A A

3.8.3 Respecto de la generación de Emisiones Atmosféricas

El material particulado será la principal emisión atmosférica durante la construcción del sello, esto producto del movimiento de tierras principalmente, y en una menor proporción, la emisión propia de ta combustión interna de los motores de tas maquinarias que se utilizarán durante el proyecto.

Algunas medidas que se implementarán con el objeto de minimizar las emisiones de material particulado, se indican a continuación:

  • Mantener una humectación del terreno en faenas de movimiento de tierra, además de las vías de circulación interna de los vehículos dentro de la obra, si es que las condiciones climáticas lo ameritan.

  • Los materiales se deben transportar en tolvas cubiertas.

  • Establecer un límite de velocidad dentro de la obra para los vehículos (30 km/h).

  • Compactación y estabilización de las áreas de tránsito de maquinarias y vehículos que no se encuentren pavimentadas para evitar la resuspensión del polvo.

Las emisiones atmosféricas esperadas de material particulado, se adjuntan en Anexo E-8 de la DIA.

Producto de la degradación de la materia orgánica presente en la basura, se generan emisiones de biogás a la atmósfera cuyas tasas de generación y posibles impactos, se presentan en el Anexo E-6 de la DIA.

Cabe destacar que si bien el presente proyecto implica un saneamiento ambiental del vertedero de Corral, mejorando las condiciones presentes en el lugar, las obras físicas propuestas no harán variar la curva de emisiones de biogás, pero permitirán controlar y ponderar adecuadamente las cantidades que se generen, debido a que serán conducidos a través de un sistema de drenaje pasivo, lo que dista enormemente de la situación actual en la cual el biogás es liberado en forma incontrolada por toda la superficie del cuerpo de basura ( En Anexo E-7 de la DIA, se adjunta Estudio de Emisiones Otfatorias).

3.8.4 Respecto de la Generación de Ruidos

Durante el desarrollo del proyecto se generarán ruidos provenientes de la maquinaria a utilizar. Sin embargo, el titular implementará algunas medidas con el fin de minimizar la emisión de ruidos molestos a la población aledaña al proyecto. Algunas medidas son las que se indican a continuación.

  • Las faenas se realizarán en horario diurno.

  • Evitar el uso de las bocinas de los vehículos que participen en las faenas.

  • Mantener en buenas condiciones mecánicas los vehículos utilizados en las faenas.

  • Los niveles máximos emitidos por las maquinarias a utilizar, deberán estar certificados por el fabricante.

La vivienda más cercana al vertedero se encuentra aproximadamente a 500 m. Las faenas ruidosas estarán presentes durante toda la etapa de construcción debido a la utilización de maquinarias.

3.8.5. Generación de formas de energía, radiación y vibraciones

No se identifican formas de energía, radiaciones o vibraciones que puedan generar riesgo sobre la salud de la población.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable a! proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1. De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, lo señalado en los informes sectoriales de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al

10

expediente y lo expuesto en el informe Consolidado de Evaluación Ambiental (ICE) respectivo, es posible señalar que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente asociada al proyecto.

  • Ley 19:300/1994, Bases Generales del Medio Ambiente.

  • D.S. N* 95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • (DS. N” 189/2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios.

  • DS. N? 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sobre Condiciones

para el Transporte de Carga. - —D.S. N*55/94, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión

aplicable a vehículos motorizados pesados. - D.S. N*144/61, Ministerio de Salud.

  • — Artículo 89 del Código Sanitario.
  • —D.S.N? 146/97 Normas de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
  • D.S. 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en lugares de

Trabajo.

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”, no requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en el Título del D.S N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).

  1. Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corra!” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que el titular deberá considerar los siguientes elementos para la ejecución del proyecto:

  3. Que en ningún caso las escorrentías superficiales deberán tener contacto con el cuerpo de basura, puesto que el proyecto contempla evitar la generación de lixiviados.

  4. Que en relación al muestreo de aguas, estás deberán ser monitoreadas con frecuencia semestral y para los parámetros señalados en el artículo 47 de! D.S. N* 189/2005.

  5. No intervenir caminos de uso público, no obstante, si hubiere alguna obra que implique la intervención de algún camino de uso público, el titular deberá cumplir con lo establecido en el DFL N* 850, informando a la Dirección Regional de Vialidad.

  6. Que previo al inicio de las obras y de confirmarse la presencia de líquidos en abundancia (extraídos de las zanjas), se deberá realizar un análisis de dichos líquidos de acuerdo a la NCh. 1.333 (requisito para agua de riego). De superarse alguno de los parámetros incluidos en dicha norma, se deberá realizar un segundo análisis de acuerdo al D.S 609/98, con el cual se solicitará la factibilidad para la disposición de estos líquidos en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.

11

A A AA

  1. Se ha certificado por el señor Secretario de la COREMA de Los Ríos, Alcalde de la lustre Municipalidad de Corral, don Gastón Pérez y su Honorable Concejo en pleno, quienes en forma voluntaria y representado al titular del proyecto, han asumido los siguientes compromisos ambientales para el presente proyecto:

  2. Mejorar la composición florística de la pradera, incorporando especies como baltica u otras de arraigue más rápido.

  3. Monitorear las pendientes del vertedero, objeto de controlar potenciales asentamientos.

  4. Que con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, al menos con una semana de anticipación, el de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos de Administración del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  5. Que se incluye a la presente Resolución como parte complementaria, todos los documentos del expediente y la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral” e Informe Consolidado de Evaluación Ambiental del Proyecto.

  6. Que para que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corra!” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  7. Que el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comi ión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  8. Que el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, la individualización de cambios de titularidad.

  9. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  10. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos.

1YA

RESUELVE:

1.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”.

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral” cumple con la normativa de carácter ambiental. Asimismo, los Órganos de la Administración del Estado con

competencia ambiental en tas materias, relativas al respectivo proyecto actividad, quedarán obligados a otorgar las correspondientes autorizaciones.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión; y en subsidio, el recurso jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

égional del Medio Ambiente —T Región de Los Ríos

Secretaño Comisión Regiomal del Medio Ambiente Región de Los Ríos

Pb Fools

Sr. Gastón Pérez , Representante Legal de la Ilustre Municipalidad de Corral Superintendencia de Servicios Sanitarios

CONADI, Región de Los Ríos

Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos SEREMI de Agricultura, Región de Los Rios

SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos SEREMI de Salud, Región de Los Rios

SEREMI de Transporte, Región de Los Ríos

SEREMI de Vivienda, Región de Los Rios

Secretaría Regional de Planificación, Región de Los Ríos Agrícola Ganadero, Región de Los Ríos

Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos

Expediente del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Quitaluto, Comuna de Corral”. Archivo CONAMA, Región de Los Rios.

13