Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018
ngorda de de 2010. Aysén, de ntal de la Isla Jorge, 2° del D.S. IIrdinado y ey 19.880 os de la ales de la eral de la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XI REGIÓN DE AYSÉN VISTOS: Califica Ambientalmente el proyect Engorda de Salmónidos Isla Jor XI Región, PERT 207111018 " Resolución Exenta N° 087 Coyhaique, 10 de Febrero de 201 • bl La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Centro de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", presentada p Guillermo Brain Pizarro, en representación de CULTIVOS YADRAN S.A., con fecha 1 de 2009. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado q base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la De Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Con relación a la DIA del Proyecto Institución ORD. N° Fecha Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén. 480710009 26/10/2009 Subsecretaría de Pesca. 2184 02/11/2009 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, 555 09/11/2009 Región de Aysén Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 454 10/11/2009 Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén 406 10/11/2009 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 1782 10/11/2009 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600 / 653 13/11/2009 Con relación a la Adenda N° 1 Institución ORD. N° Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600 / 27 19/01/2010 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 28 21/01/2010 Subsecretaría de Pesca. 147 21/01/2010 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 119 22/01/2010 El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "Centro de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", de fecha 04 de febrer El Acta de la Sesión N° 01-02/2010 la Comisión Regional del Medio Ambiente Regió fecha 08 de febrero de 2010. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto amb' Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018". Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, c II sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Ór Administración del Estado; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Gene Administración del Estado; la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría Ge República; y las demás normas aplicables al proyecto. 1.- Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Aysén debe velar por el cumpl CONSIDERANDO: "Centro de , Puntilla Sur, ngorda de r el señor de octubre e, sobre la aración de miento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018". Que, el derecho de CULTIVOS YADRAN S.A., a emprender actividades, está sujeto al c estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio am condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. plimiento Tente y las sectoriales Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, 1 proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", con iste en: 3.1.- Ubicación: El proyecto se encuentra emplazado en Isla Jorge, Puntilla Sur, comuna de Cisnes, Provinci. de Aysén, Región de Aysén y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas: VERTICE LATITUD S LONGUITUD W A 44° 51' 50,99" • 44° 51' 55,93" 44° 51' 53,78" • D 44° 51' 57,02" 74° 01' 11,91" 44° 51' 59,17" 74° 01' 29,88" 44° 51' 54,23" 74° 01' 46,73" Fuente: Carta SHOA N° 801 3.2.- La superficie que comprenderá el proyecto: La superficie involucrada, para todas las etapas del proyecto, corresponde a 7,68 hás. 3.3.- Monto de Inversión: El monto de la inversión se estima en US$ 5.000.000.- 3.4.- Vida útil: La vida útil del proyecto es indefinida 3.5.- Mano de Obra: Etapa N° de personas Levantamiento de información 4 Etapa de construcción 6 Etapa Operación Año 7 Etapa de abandono - 3.6.- La producción: La producción máxima total de 4900toneladas 3.7.- Crono rama de Actividades: Etapa Fecha Inicio Fecha Término Levantamiento de información 2009 2010 2er Semestre 2011 1 er Semestre 2012 a bandono - 3.8.- Descripción del Proyecto. Fase o Etapa de Construcción. Balsas Jaulas: las mismas ada y que , la que se e de datos despach Las balsas jaulas estarán conformadas por estructuras metálicas de 30 m * 30 m * 15 m de profundidad e implementadas con dispositivos flotantes de plástico, los cuales se fondearon por cabl de acero galvanizados y tensores unidos a un sistema de anclaje. Para el sistema de anclaje se realizará con proveedores autorizados para este tipo de faenas. El procedimiento de construcción de anclaje para el fondeo del centro, consta de las siguientes u artes: La actividad se realiza en playas cercana a los centros que requieren el servicio. Se inicia la actividad construyendo el molde con madera dándole la forma y tamaño requ. rido. El molde se rellena con hormigón de acuerdo a la resistencia solicitada. Para el hormig i n se utiliza áridos de la misma playa en que se construye. Previamente se hace una solicitud del aterial de playa a través de un protocolo de extracción de áridos a la Capitanía de Puerto respectiva. Una vez realizado el fondeo se debe dejar fraguando entre diez a veintiocho días. Toda es a actividad se realiza en la zona de media marea para facilitar el fondeo. El titular en Adenda N° 1 amplia la información expresando que el proyecto contempla la utiliza ción de 24 jaulas de 30x30x15 m, por tanto habrá 2 módulos con 12 jaulas, en un área de 10.800 m2 cada o Redes: Las balsas cuentan con redes de nylon, las que en el caso de las balsas corresponden a mal apertura de ra 2". Para la protección de los peces ante depredadores, se utilizan redes lob apertura de 10 a 12" y redes pajareras de apertura de 2", la que también evitan el escape de los Esta operación será efectuada cada 6 meses para las redes de las jaulas y en forma anual p loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado o atrasado, dependiend de los agentes incrustantes de las mismas. as con una ras de una ces. a las redes del estado El cambio de redes será realizado por buzos con el apoyo de barcazas. La limpieza y lavado de la realizará una empresa proveedora que tengan su Resolución de calificación ambiental apro dentro de sus procedimientos mantengan las buenas prácticas de sus servicios. Cada red, tanto pecera, lobera o pajarera, debe contar con una placa o código de identificació debe situar en un lugar de fácil visibilidad. El registro de la placa o código estará en una ba administrada por el encargado de redes. Los movimientos de redes desde los centros hacia los talleres, se documentarán con una guía emitida por el centro y dirigida al taller de redes. La guía debe consignar fecha de emisión, nombre del centro de cultivo y cada unidad retira debe tener la siguiente información: código, dimensiones, tamaño de malla, jaula de procedenci (si se trata de un cuerpo lobero). El Jefe de Centro es el responsable de consignar corre información registrada en dicho documento. Las unidades que se envíen desde los centros de la XI región a Quellón, se deben trasl contenedor que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material. Para esto, deben de disponer de bolsas de tela de poliéster recubierto en PVC con eslingas de alta resist bolsas estarán destinadas especialmente para ello. Se cumplirán las disposiciones del Art. 9° 320/2001 y sus modificaciones. a, además o módulo ente la dar en un os centros ncia, estas el D.S. N° Artefactos Navales: El artefacto naval estará implementado para el almacenamiento y distribución del alimento de almónidos y para la habitabilidad de los trabajadores. D 0.08 Kg y las normas del centro, Esta plataforma corresponde a un Artefacto Naval por lo que se encuentra bajo la jurisdi' ción de la Armada. La estructura cumple con toda la normativa aplicable por parte de la autoridad marítim • En relación a las instalaciones del Artefacto Naval se especifica: Baños: Se dispondrá de baños con planta de tratamiento de aguas servidas que cumplirá normativa vigente. Los lodos generados serán retirados por empresas autorizadas para garantizando su disposición final acorde a la normativa vigente. Combustible: El sector de almacenamiento del combustible será en los estanques del arte en un lugar especialmente habilitado, rotulado con: "producto inflamable", "área restrin señales de "prohibido fumar". El abastecimiento a cubierta se realizará por cañerí galvanizado. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de ac estipulado en la normativa vigente, entre las que se incluyen; la Directiva DGTM y M que indica las pautas para la elaboración de un Plan de Contingencia. Plataforma de Mortalidad: on toda la ste efecto, acto naval, ida" y con de acero erdo a lo A-53/002 Característica de diseño y construcción, la plataforma de mortalidad tendrá una dimensión de con una cubierta de fierro diamantado antideslizante de 2,5 mm de espesor, barandas de c argollas salvavidas. El sistema de fondeo o amarre: será con fondeo con 2 muertos de 5.000 kg con perlon de 24 La capacidad de carga máxima de la plataforma, será de l2 toneladas. El uso: será exclusivo para el centro Isla Jorge; Puntilla Sur. Dentro de las medidas de protección contra accidente, tendrá piso antideslizante, barandas de argollas salvavidas y baranda de contención de vertimiento, como medida preventiva los c estarán claramente identificadas, tendrán tapa hermética con bolsas plásticas en su interior por 5 mt, ntención y ontención, ntenedores La plataforma contará con medidas destinadas al control de derrames accidentales de fluidos del acopio de mortalidad, si ante la eventualidad la mortalidad no pudiese ser retirada desde e condiciones climáticas y puerto cerrado. El plan de contingencia incluye idénticas medidas que diaria, es decir, mantener la mortalidad en contenedores claramente identificados con tapa her bolsas de plástico en su interior, así como la utilización de un desnaturalizante para la moralida ser derivadas a plantas de producción de aceite y harina de pescado. Agua Potable: rovenientes centro por en la rutina ética y con para luego Para consumo humano se abastecerá con una planta desalinizadora, instalada en el pontón, y/o externos como barcazas, utilizando agua potable comercial. Etapa o Fase de Operación. Ingreso de peces: En el quinto ario ingresará un número determinado de 1.400.000 smolts de un peso aproximad el ingreso será en jaulas especialmente habilitadas. En relación al transporte de los smolts al centro de cultivo, esto se hará cumplimiento todas sanitarias de conformidad al Reglamento Sanitario para la Acuicultura. Todos los ingresos de smolts al centro de cultivo serán respaldados por registros internos quedando registrado sus movimientos y guías visadas de Sernapesca. por medios Manejo de peces en engorda: Cultivo corresponde a la etapa más intensiva y de mayor actividad en el centro, especialmente cuando los peces crecen a tasas más rápidas y aumenta la biomasa. El ciclo de producción del proyecto co prende un período de 18 meses. Para obtener información del peso de los salmónidos se realizará un muestreo mensual con p sa digital u otra tecnología con el objeto para controlar eficiencia de alimentación, y en caso que se requier realizar la selección y desdoble. El titular implementará medidas de prevención, como manejo adecuado de peces, alimenta controlada y de buena calidad, con ello disminuyendo al mínimo la utilización de antibióticos. Traslado y Cosecha de de peces: La producción total del centro será de 4.900 ton aproximadamente al finalizar el tercer año c 18 meses. Cuando los peces lleguen a un peso promedio de 4,5 Kg entrarán a la etapa final de Una vez alcanzada la talla comercial se detendrá la alimentación de los peces. ón segura, n ciclos de roducción. • El método de extracción de los peces es por medio del transporte de los peces vivos en Wellboa : El método utiliza el uso de una bomba, la cual es capaz de succionar los peces desde 1 s jaulas y expulsarlos por la parte superior a las bodegas de un barco de transporte de peces vivos ("Well oat"). Esta embarcación tiene la particularidad de transportar los peces con un flujo de agua const • te, con la modalidad de compuertas abiertas, evitando el traslado de agua de mar de un sitio a o o, lo que sanitariamente es adecuado desde el punto de vista biológico. Esta embarcación transportará la carga hasta una planta de proceso ubicado en Quellón Viejo, procesadora de Pesquera Yadran (RCA N° 0070 del 23/01/2003). En este caso la matanza s tierra. Para ello los pescados serán succionados mediante una bomba desde el centro de aco dispuestos en tinas con hielo, para luego realizar el corte de los arcos branquiales. Para el cosecha en el "Wellboat", el rendimiento de extracción se estima en 5.000 peces/hora, con una de matanza en el centro de acopio de 1.500 peces/hora hora. Cultivos Yadran S.A. posee un Programa Sanitario en que se describe el procedimiento de acuerdo a la resolución N '69 de Sernapesca, en el Programa Sanitario General Procedimientos (PSGC), 2003. n la planta realiza en io y serán caso de la fectividad osecha de e Cosecha Manejo de Mortalidad: Recolección: La recolección de la mortalidad se realizará mediante buceo semi-autónomo ja la a jaula, utilizando un chinguillo de red con arco metálico. Una vez cuantificados y clasificados según a causa de muerte por apariencia y estado, la bolsa se cerrará firmemente y se dispondrá en "bins" qued do sellado herméticamente en una plataforma anexa bajo las exigencias ambientales y sanitarias vigentes. Almacenaje: Se dispondrá de una plataforma de mortalidad, como una zona de acopio es acondicionada para almacenar la mortalidad. La mortalidad será desnaturalizada, con agente autorizados, efectuando además, cortes a los pescados, con el objeto de evitar el robo y comer de la mortalidad. Destino: Los bins con la mortalidad serán retirados semanalmente por una barcaza exclusiva p desde el centro de cultivo, por una empresa proveedora autorizada (Pacific Star), quienes dete estado de la materia prima para la producción de harina de pescado y aceites, o su disposi vertedero autorizado. Cultivos Yadran S.A, posee un Programa Sanitario General de Mortalidades (PSGM), de acuerdo a la resolución N°66 de Sernapesca , 2003 cialmente químicos ialización a Yadran inarán el ión en un anejo de \5 Manejo y uso de antibióticos en el centro: Como desinfectante se utilizará una solución de yodo diluido en una proporción de 1:400, d usará, considerando como base de cálculo en el quinto año con 24 jaulas, 1 Lt de solución por decir 720Lt solución al mes, lo que equivale a 1,8 Lt/mes de desinfectante puro, el uso será pri para la desinfección de maniluvios, pediluvios y aparatos de manipulación. Los desinfectante yodo se desactivan naturalmente; al estar expuestos a la intemperie se oxidan por foto perdiendo sus características bactericidas. la cual se ula/día, es cipalmente en base a oxidación, Tambien esta la opción de usara otros desinfectantes que estén disponible en el mercado, que los objetivos sanitarios, con la normativa ambiental y las autorizaciones marítimas corres ejemplo: Duplalin como sistema de aspersión para las embarcaciones, contenedores y equipos. umpla con ondientes, Cabe señalar que estos son los volúmenes estimados a utilizar, pero no corresponden al desechar, pues todos los desinfectantes al utilizarlos reducen la volumen de desecho final, Yodigen es prácticamente el único que tendrá residuos, en tanto que el Duplalim son consumid y prácticamente no generan residuos que deban disponerse. volumen a or tanto el s en su uso Los residuos de desinfectante que se produzcan, se dispondrán en depósitos herméticos y etiqu bodega, para ser transportados en barcaza a un vertedero autorizado con la autorización e SEREMI de Salud, además de las autorizaciones ambientales y/o sectoriales correspondientes, fecha de recepción de los riles generados y documentado con doble guía. Alimento suministrado y desinfectante para el quinto año de operación Año Proyecto Alimento Suministrado (Ton) 5 6.553 Desinfectante puro (L Año- 1) 5 21,6 Fármacos Como parte de un manejo preventivo se realizarán acciones orientadas a evitar enferme ades en la población de peces, las que incluyen: tados en la resa de la igente a la Buenas prácticas de higiene y desinfección en la operación del centro, para controlar el i greso de patógenos y su diseminación (Ver estos sitios: www.salmonchile.cl; http://www.siges- salmonchile.com/proysiges/). Programa de Vigilancia Epidemiológica a través de chequeos periódicos del estado sani io de los peces mediante análisis de laboratorio y visitas veterinarias. Con esto se realiza un info e del estado sanitario de los peces de acuerdo al Reglamento (Medidas de Protección, Control Erradicación de Enfermedades). El manejo de los peces será el mínimo, para evitar situaciones de estrés que puedan dism nuir las defensas en la población de peces. Para el tratamiento de patologías comunes se utilizarán los productos farmacológicos apro ados por el SAG para uso veterinario. La administración y dosificación de los medicamentos será responsabilidad de un médico vet rinario, y se encuentran sujetas a las condiciones ictio-sanitarias, las cuales dependerán del p so de los peces, temperatura de la columna de agua, entre otros. Dentro del chequeo periódico permite tener una vigilancia a través de monitoreos sanitarios di igidos en el centro, con el objetivo de detectar la presencia de algún patógeno específico. Una vez detectada la presencia de patógenos en la población objeto, se procede a evaluar .1 riesgo que anteniendo e siembra ximado de • N ° Tratamiento N ° peces Peso promedio (gr) Antibiótico 1 672.000 430 Flumequina • 2 644.000 1.474 Florfenicol 450,0 Centro Salmón del Atlántico (1400.000 peces de siembra) N ° Tratamiento N ° peces Peso promedio ( r) Antibiótico Kilogramos drog pura 1.370.573 103,2 II II II cultivo la significa el diagnóstico y basándose en esto se define el tratamiento dirigido por un erinario en coordinación con una empresa de asistencia técnica. Todo tratamiento medicado sobre la base de antibióticos es previamente evaluado de ac erdo a los siguientes criterios: Antecedentes históricos de sensibilidad del patógeno frente a diferentes antibióticos. Antecedentes proporcionados por pruebas de sensibilidad realizadas en patógeno detecta o en ese momento. Uso de vacunas. Antibióticos normalmente usados: Antibiótico Dosis (mg/kg pez) Duración del tratamiento Período de resguardo Ac. Oxolínico 20-30 10-14 días 550 UTA Flumequina 15-20 10-20 días 350 UTA Oxitetraciclina 75-120 10-21 días 600 UTA La administración de los antibióticos será vía oral, es decir, el medicamento será mezclado con en las plantas de elaboración del pienso para peces. En el caso del titular, los alimentos son fa dos plantas distintas, Ewos Chile y Salmofood. el alimento ricados en plan", sino tección de En cuanto al uso de alimentos medicados, se debe tener presente que no están insertos en un ' que serán utilizados según sean los requerimientos sanitarios de los peces, basados en la d agentes patógenos y la progresión de enfermedades. A continuación se plantea un uso potencial de antibióticos según la experiencia previa y como supuesto productivo, la utilización de los sitios para cultivar truchas (con un número cercano a los 700.000 individuos), o salmón del Atlántico (con un número de siembra apr 1.400.000 peces). Centro Trucha (700.000 peces de siembra) Se llevará un registro en la bitácora del centro como parte de la política de trazabilidad q e tiene la empresa y también en los informes de producción y estado sanitario de los lotes por cada jaula. En cuanto al registro de alimento medicado, según el Programa Sanitario General de Manejo de Alimentos (PSGA), cada vez que ingrese este tipo de alimento debe incluirse en: Registro de ingreso de alimentos (cantidad, tipo y lote). Registro de ingreso y uso de alimento diario (se señala específicamente por unidad d cantidad de alimento diaria administrada, especificando cantidad y tipo de alimento). Insumos: Volumen de Escombros Tipo de manejo de los residuos generados Destino de los residuos generados Año 5 Retiro con barcaza Vertedero Autorizado Aprox. 0.4 m3 Mortalidad El suministro de alimento es por medio de un "blower" semi-automático y el régimen de alim ntación se efectúa dos veces al día y la dieta será ajustada dependiendo de los requerimientos de los pe es y de la época del año. El tipo de alimento será del tipo extruído, marca Salmofood (www.salmofood.cl,), dieta SF altamente energética. Los valores nutricionales del alimento corresponden a 26 a 35% de lípidos, 35 a 43% de proteínas, los cuales son el estándar de la industria. El calibre del alimento puede variar entre y 11 mm. El factor de conversión esperado para este centro, dependiendo del estado de crecimiento de lo grupos de peces, será como promedio de 1,3. Medidas de Contingencia: El titular presenta los siguientes planes de contingencia: Plan de contingencia para riesgos de daños ambientales. Programa Sanitario General de Procedimientos de Cosecha. Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades. Programa Sanitario General de Manejo de Desechos. Plan de Contingencia para el Control de Derrame de Hidrocarburos y otras sustancias noc vas Etapa de Abandono: Ante el eventual abandono se realizarán las siguientes actividades en la concesión: La biomasa de peces será cosechada como se indica en la DIA. Toda la infraestructura e instalaciones flotantes (balsas, bodegas y redes) se retiran del ector hacia otros centros de cultivo del titular. Se verificará el estado de la línea de costa, ante la eventualidad de existir residuos sólido, los que se retirarán del lugar y serán depositados en vertederos autorizados. La etapa de abandono será coordinada por el jefe de operaciones de la empresa y se estima que puede durar 3 a 6 semanas, una vez finalizada la operación de la cosecha. 3.9.- Descargas, Emisiones y Residuos Residuos Sólidos: Escombros: Corresponde a restos de polietileno y otros escombros generados en la etapa de co strucción e instalación, los que serán retirados por el proveedor del servicio de instalación, que los llevará 1 vertedero autorizado más próximo. Mortalidad Tipo de manejo de los residuos generados Destino de los residuos generados Año 5: 253 Toneladas Retirada en bins herméticos. Traslado y proceso a cargo de Pacific Star u otro proveedor autorizado. Destino final: Planta Pacific Star, Piru • uina, Castro, u otra autorizada Residuos sólidos de origen doméstico. Los residuos generados en el pontón de alimentación serán acopiados y retirados periódi amente en barcazas de la empresa. r, 1998), y os sépticos ble guía. Considerando una producción promedio de 34 gr persona-1 día-1 de sólidos suspendidos (Zar una dotación máxima de 7 personas se generarán 85,7 Kg año centro, como máximo. Los lo serán retirados por la empresa mantención autorizada. Los traslados serán documentados con d Alimento no consumido y Fecas. La cantidad de alimento sedimentable, depende de varios factores tales como; del vector y vel corriente, la profundidad de la columna de agua (Folke y Kautsky, 1989ii; Gowen y Brad Wiesmann, et. al. 1988), además de las características físicas del alimento utilizado (Yrong- 1999) y del tiempo de residencia en el agua de mar (Stewart y Grant 2002). Considerando el a digestibilidad del alimento y otras mejoras en la industria del alimento en los últimos años, se aproximadamente el 6 % del alimento es eliminado como producto fecal y el 2.5% como consumido. Respecto de los residuos generados, y su importancia en la conservación de la sustentabi concesión, especialmente lo que se refiere a alimento no consumido y fecas, el Titul información presentada indicando que en toda situación, trabajará bajo un concepto considerando la normativa ambiental vigente (DS 320/01; RAMA). Además como política de 1 el personal es permanentemente capacitado respecto de un adecuado manejo de alimento. Tipo de residuo Toneladas de residuos Año 5 Tipo de manejo de los residuos !enerados Destino de los residuos • enerados Alimento entregado no consumido Ton /Ciclo productivo 164 Soluciones tecnológicas para optimizar la eficiencia de la alimentación. Al fondo marino, transporte por corrientes y potencial consumo por fauna acompañante y otros peces. Fecas Ton /Ciclo productivo 383 Residuos Líquidos: cidad de la ury, 1987; ong et. al. ento de la estima que imento no idad de la amplia la reventivo, compañía Residuos Lubricantes: En el centro, producto de la utilización de lubricantes para motores, s residuos en bajas cantidades, los que serán almacenados en recipientes cerrados y d identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la infl reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesg provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL N° 148/03. L generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03). Residuos domiciliarios domésticos. generarán bidamente ación o capaz de s residuos El proveedor que fabrica el artefacto naval coordina todas las inspecciones de construcción y e trega ante la autoridad marítima, y se responsabiliza por el cumplimiento de las normas correspondientes. El tipo de caudal generado corresponde a residuos domiciliarios domésticos cuyas característ as típicas son (Zaror 1998): Tipo de Caudal Composición Tasa de Generación Tipo (g/hab/día) DBO 5 18 - 50 DQC 40 - 115 Sólidos suspendidos 18 - 50 Fósforo 0.4 - 2 Grasas 10 - 25 Nitró•eno total 5 - 13 La evacuación será inmediatamente bajo el artefacto naval, el punto aproximado de descarga p. a el centro es: 45° 51' 50,99" S; 74° 01' 46,45" W (Datum: Local). Soluciones desinfectantes. La solución una vez utilizada, se dispondrá en depósitos cerrados y debidamente identifi•ados, y se trasladarán a una disposición final de parte de una empresa que cuente con las autorizaciones espectivas. No se verterán al medio ambiente acuático en ningún momento. Se dispondrá de sistema con d e ble guía de despacho para su fiscalización. Generación de gases: Sólo se generaran los gases producto de la combustión de motores fuera de borda y en los generadores de electricidad, durante la etapa de operación. Los motores fuera de borda utilizan en la act alidad Gas Licuado de Petróleo (GLP), considerando que es un tipo de energía más limpia, este combus ible genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2, en comparación con la bencina. La emisión de los motores fuera de borda se extenderá por 8 horas, pero de uso intermitente. Se tendrá especial cuidado en la mantención de motores y generadores, para optimizar su uso y reducir sus emisiones, produciendo la mínima cantidad de gases y/o residuos. Emisión de ruido: Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de borda, los gene adores y el sistema de alimentación de peces. Con el suministro de GLP, los motores combustionan en forma más silenciosa, reduciendo significativamente el ruido, como referencia un motor fuera de borda bencinero de 50 HP gen ra un nivel de ruido de 85 dbA, los que se producen durante la actividad diurna, en forma intermitente. Al interior del pontón o artefacto naval se dará cumplimiento Art. 74 del D. S. N ° 594/99, res emisiones de ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas. Las emisiones sistema de alimentación ocurren durante unas pocas horas, y se debe principalmente al con pellets con las paredes de los tubos de alimentación, siendo un ruido escasamente detectable de distancia de la fuente de emisión. ecto de las e ruido del acto de los unos 5004 La unidad emisora de ruido, i.e. generador de electricidad de 100 Kva que emite un ruido e e 100 dbA, durante en horario diurno en forma constante, se ubicará en un área aislada del artefacto naval en el sector de proa. La oficina del pontón está en popa y en primera cubierta, por lo cual no hay exposición ocupacional al ruido y hacia el exterior y el nivel de ruido no tiene efecto dañino según el D.S. 94. El pontón se ubica dentro de la concesión y en la proximidad de esta no existen viviendas, ni •munidades por tanto no hay riesgo de afectar a la población. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que: 4.1.- Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. Norma Cuerpo Legal Etapa del Proyecto Forma de dar Cumplimiento Ley 19.300 MINSEGPRES 1/01/94 Ley Bases Generales del Medio Ambiente Integro Se presenta a la COREMA XI Región, una Declaración de Impacto Ambiental DIA . D.S. 95/01 texto refundido de D.S. 30/97 MINSEGPRES Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado. En virtud del artículo 2° del Decreto Supremo N° 95/01, de MINSEGPRES, que modifica el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002. Levantamiento de información y operación Se presenta a la COREMA XI Región, una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). D.S. 430/92 Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, texto refundido, coordinado y sistematizado. Integro En lo que respecta a aquellos artículos referidos al ámbito ambiental como otros regulatorios y específicos como en los Artículos 1, 67 al 90, 122 y 136. D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura y modificaciones Operación En la realización de actividades de acuicultura, • uedan sujeto al cumplimiento de las medidas de protección ambiental, por medio de los instrumentos para la conservación y -valuación de las capacidades de los cuerpos de agua, los requisitos de operación previstos en las normas generales y especiales del mismo, así como la Caracterización Preliminar del Sitio y la Información Ambiental. DS 319/02 Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de enfermedades de alto riesgo para especies Hidrobiológicas. Operación Medidas preventivas. Para enfermedades de alto riesgo, se informa en los plazos establecidos al Servicio Nacional de Pesca. D.S. 175/80 Reglamento para realizar actividades pesqueras Operación Se dará cumplimiento a la normativa del Reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura y otros permisos de la autoridad pesquera. D.S. 290/93 Reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura Integro El proyecto se encuentra emplazado en un Área Apta para la Acuicultura Res. 3411/06 Resolución acompañante del RAMA. Establece contenidos y metodologías para elaborar la Caracterización Integro El titular cumplirá con lo establecido en esta Resolución, especialmente en lo referido a las metodologías a aplicar en el Informe Ambiental anual que Preliminar del Sitio y la Información Ambiental. presentará a la autoridad competente en la etapa de operación y en su máxima producción. Ley 19.821 Ley que deroga a la Ley 3.133, Sobre neutralización y de los residuos provenientes de establecimientos industriales. y su Norma 90/00. Operación 1 Los efluentes como agua sangre, cumplirán con los cuerpos legales y normas. NCh 409/84 Norma de Agua Potable en relación con requisitos y muestreo Construcción y operación Implementación de Sistemas que cumplirá con los límites establecidos en la norma de misión. D.S. 225/95 MINECOM, modificado por D. Ex. MINECOM N° 135/2005 Establece vedas que protege a las especies marinas protegidas Operación mbos decretos aplican anto en la etapa de construcción como de operación. Se considera además las Acciones para Proteger y Conservar la Fauna Silvestre. Se implementarán planes de protección de las especies marinas protegidas. Res. 60 Publicado D.O. 30/01/03 Aprueba Programa Sanitario Gen. De Vacunaciones. Operación Se cumplirá con los procedimientos y protocolos establecidos D. Ex. 765/2004 Sub-Secretaría de Pesca Protección del Lobo marino común. Operación Se consideran las acciones correspondientes para la protección del lobo marino común D. S. 594/99 MINSAL Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambiéntales básicas de los lugares de trabajo. Integro Establece las normas sobre las condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional, especialmente provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo. Integro Cumplimiento de sus exigencias, particularmente las establecidas en los Artículos 108 y 109. D. S. N °1/1992 Ministerio de Defensa Nacional Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. D.S. 345/05 MINECOM. Reglamento sobre plagas hidrobiológicas. Operación Se tomarán las medidas de protección y control contra as plagas hidrobioló•icas. 4.2.- Permisos ambientales sectoriales: ecos, a que nes. e Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indi arse que la ejecución del proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Re ión, PERT 207111018", requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artícu os 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Artículo 68, permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, rí que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación. erivados o specie, que s y lagos, a e Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobernación Marítim. de Aysén, mediante Of. Ordinario N° 12600 / 27 de fecha 19 de enero de 2010, informó favorablemente. Artículo 74, permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobioló se refiere el Título VI de la Ley N° 18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificac Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaría de Pesca, diante Of. Ordinario N° 147 de fecha 21 de enero de 2010, informó favorablemente. Se condiciona a lo sig Tente: El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D. S. ( NECON) N° 320 de 2001. El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción se alado en el respectivo Proyecto Técnico de la solicitud de concesión de acuicultura. El titular deberá entregar al Servicio local correspondiente, la información ambient según lo establecido en el Art. 19° del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en confo idad a la Resolución (SUBPESCA) N° 3612 de 2009. En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N° 3612 i e 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 5. En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha • dificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modifi•ación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.- Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 1 de la ley 19.300. En lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales a, b, c, d, e, f del culo 11 de la ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe i dicarse qu- el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias 6.- Que, en el proceso de evaluación de proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jor e, PuntillaN Sur, XI Región, PERT 207111018", el titular ha adquirido los siguientes compromisos voluntari %Wt e manejo o evitar la de bolsas s. Descanso o cese de la actividad del centro para permitir la recuperación del sustrato. Capacitación e instrucción de todo el personal que trabajará en el centro en materia sanitario de los peces, prevención de riesgos y prevención de impacto ambiental, tales co sobrealimentación, la caída de alimento al mar, el derrame de combustibles, pérdida plásticas, etc. Con el objeto de extremar las medidas higiénicas para prevenir enfermedades vírales com I.P.N., se aplicara un Plan de Profilaxis, elaborado por el Dpto. de patologías, que incluye aspecto generales de higiene para visitas y equipos; incluye desinfectantes yodóforos y cloro, prácticas cosecha, limpieza y profilaxis de buzo, flota, muelle y centro de cultivo; y un programa diario de igación. Reducción en el uso de fármacos, especialmente antibióticos y utilización de sustancias t rapéuticas que hayan demostrado tener menor efecto negativo sobre el ambiente. Prácticas tendientes a eliminar el uso de antibióticos en el cultivo intensivo de (Fundación Chile S.A.) o Detección temprana de enfermedades. e sn. mónidos del Med' laració los. egional del presentante Mejorar la respuesta inmune de los peces. Disminución de los factores de estrés. Calidad de alevín y smolts. Cumplimiento de rutinas sanitarias. All in - All out (descanso de los lugares donde se ha realizado prácticas intensivas de cultivo, un tiempo tal que permita disminuir la carga de agentes infecciosos en el ambiente). Screening (eliminación de ovas cuyos padres puedan ser portadores de agentes infe ciosos). Apoyo a embarcaciones de cualquier tipo que esta sea que tengan alguna emergencia o estén en peligro. No se prohibirá la actividad extractiva artesanal dentro de los límites de la conce ión que no estén siendo utilizados para el cultivo de peces. Utilización de doble guía de despacho en los siguientes servicios: Residuos sólidos domésticos y recepción en vertedero, Mortalidad y recepción de esta en planta elaboradora de harina de pescado, Lodos y recepción de estos en vertedero autorizado. Con el objeto de mitigar eventuales efectos en el potencial turístico del sector y valor par. ajístico, el titular se compromete a efectuar una auditoria ambiental anual con una empresa e erna, para verificar los compromisos adquiridos en este tema. Por otra parte el titular deja abierta la posibilidad de realizar una mejora continua, i orporando nuevas tecnologías que involucren mejoras operacionales y/o ambientales. eclaración Comisión s unidades erior es sin 7.- Que en caso de incumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aceptó la de Impacto Ambiental, los Órganos del Estado con competencia ambiental podrán solicitar a Regional del Medio Ambiente, la amonestación, la imposición de multas de hasta quinien tributarias mensuales e, incluso, la revocación de la resolución de calificación ambiental. Lo an perjuicio del ejercicio de las acciones civiles y penales que sean procedentes. 8.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Centro de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", el titular deberá in Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Aysén, al menos con una semana de el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la des mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y do que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. ngorda de rmar a la ticipación, ripción del rganos del cceso a las umentación 9.- Que, para que el proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, PERT 207111018", pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vi sean aplicables. XI Región, ntes que le Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regiona Ambiente Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la De Impacto Ambiental y sus Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abord Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Medio Ambiente Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su r legal y de domicilio. 12.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de res onsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 13.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Med Ambiente Región de Aysén. RESUELVE: Isla Jorge, "Centro de ple con la dos en los el Sistema e os de esta a presente biente, y recursos es e el titular CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Centro de Engorda de Salmónido Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018". CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 207111018", c normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental conte permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Consideran Resolución. 3. Hacer presente que de conformidad a la Ley N° 19.880 proceden en contra de Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión Regional del Medio jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la CONAMA. El plazo para interponer estos de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de q pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oport Notifíquese y nten Presidente Comisión Re XI Roxana Mu re (S) Secretario Comisión Regio a del Me .o Ambiente de la XI Regló Aysén RMB/ Distribució Guillermo Brain Pizarro Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Ilustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca C/c: Expediente del Proyecto "Centro de Engorda de Salmónidos Isla Jorge, Puntilla Sur, XI Región, PERT 2 Archivo CONAMA , Región de Aysén 7111018 "