Evaluación SEA

Plan de Cierre Vertedero Purén

Rol 4080445
SEA · DIA · Aprobado · 2009-10-07 · Región de La Araucanía · MUNICIPIO DE PUREN

Declaración de Impacto Ambiental de Proyecto Plan de Cierre Vertedero de Purén

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Purén "

Resolución Exenta N* 41

Temuco, 15 de Marzo de 2010

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén”, presentada por el Señor Benigno Roberto Quiñonez Lara en representación de la 1. Municipalidad de Purén, con fecha 7 de Octubre de 2009.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) S/N Por MUNICIPIO DE PUREN, con fecha 07/10/2009

Test de Admisión S/N Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 15/10/2009

Of. Solicitud de Evaluación DIA N* 233 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 15/10/2009

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) N* 43 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 23/11/2009

Adenda N? 1 Por MUNICIPIO DE PUREN, con fecha 23/12/2009

Solicitud de Evaluación de Adenda N* 306 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 23/12/2009

Resolución de Ampliación de Plazos N* 3 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 12/01/2010

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) N*3 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 22/01/2010

Adenda N* 2 Por MUNICIPIO DE PUREN, con fecha 04/02/2010

Solicitud de Evaluación de Adenda N* 32 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 05/02/2010

3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambienta! que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Comisión Regional Del Medio Ambiente Región de La Araucania 1

Declaración de Impacto Ambiental de Proyecto Plan de Cierre Vertedero de Purén

Oficio N2452 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 30/10/2009; Oficio N3302 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha 02/11/2009; Oficio N1560 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 03/11/2009; Oficio N%731 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 03/11/2009, Oficio N312 M.A. sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 03/11/2009, Oficio N1072 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 03/11/2009, Oficio N4645 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/11/2009; Oficio N1941 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 03/11/2009; Oficio N290 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía, con fecha 03/11/2009; Oficio N783 sobre la DIA, por Subdirección Nacional Temuco COMNADI, con fecha 04/11/2009; Oficio N03650 sobre la DIA, por Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 04/11/2009; Oficio N470157309 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 16/11/2009; Oficio N2154 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 16/11/2009; Oficio N"383 M.A. sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 30/12/2009; Oficio N"470178909 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 04/01/2010; Oficio N3440 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha 04/01/2010; Oficio N3 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 05/01/2010, Oficio N%0007 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 05/01/2010; Oficio N007 sobre la Adenda 1, por SEREM! MOP, Región de la Araucanía, con fecha 06/01/2010; Oficio N11 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/01/2010; Oficio N002 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía, con fecha 06/01/2010; Oficio N%010 sobre la Adenda 1, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 06/01/2010: Oficio N%0041 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 07/01/2010; Oficio N?MA17-13 sobre la Adenda 1, por Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 07/01/2010; Oficio N%0040 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 12/01/2010, Oficio No7O sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 15/01/2010; Oficio N150 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/02/2010; Oficio N*0159 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 11/02/2010;

3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En ta Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA, Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía

Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucania Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía

SEREMI Bienes Nacionales

SEREMI MOP, Región de La Araucanía

SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Of. no Participación en la Evaluación N* 0166/0275 Por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanfa, con fecha 02/11/2009

Of. no Participación en la Evaluación N* 2461 Por Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía, con fecha 16/10/2009

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén”, de fecha 16 de febrero de 2010.

  2. La sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, de fecha 17 de febrero de 2010.

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  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Purén”, en especial los correspondientes ICSARAs, Adendas e Informe Consolidado de la Evaluación.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de la Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén”.

  2. Que, el derecho de la |. Municipalidad de Purén a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Purén " consiste en:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto corresponde a un proyecto de saneamiento ambiental, que tiene como objetivo implementar el plan de cierre definitivo del vertedero municipal de Purén, cuya operación se inició el año 1996 y en la actualidad continua en operación mediante método de zanja.

Respecto al predio donde se encuentra emplazado el proyecto, éste es de propiedad municipal y se ubica inserto en la comunidad Pacual Huenupi II. Posee una superficie total de 2,4 há, de las cuales 1,85 há se encuentran utilizadas para la disposición final de residuos.

De acuerdo al diseño propuesto, la vida útil que tiene el vertedero para la recepción y manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) es de 5,4 años, con un monitoreo de variables sanitarias y ambientales por 20 años.

Cabe señalar que a la fecha se han realizado obras de mejoramiento para perfeccionar la operación del vertedero, las cuales se mantendrán siempre en óptimas condiciones para cumplir su función. Éstas son:

  • Habilitación cerco perimetral y portón de acceso

  • Adquisición e instalación de material de cobertura

  • Construcción de un pozo de monitoreo de aguas subterráneas

  • Habilitación de chimeneas

  • Habilitación de instalaciones para el personal

  • Instalación de señalética

  • Arriendo de maquinaria

  • Desratización y desinsectación de instalaciones

3.2. Etapas del proyecto

El proyecto considera tres grandes etapas:

3.2.1. Primera etapa — Cierre Progresivo

Para efectos de realizar una subdivisión en la operación del vertedero y realizar el seguimiento en la implementación de la etapa de cierre progresivo del mismo, se definieron etapas de acuerdo a superficies asociadas y la capacidad de cada una de las áreas para la recepción de RSD, las cuales se detallan a continuación:

Etapa 1

Esta etapa comprende la operación de la zanja que actualmente se encuentra en operación, cuya capacidad de recepción de residuos sólidos domiciliarios es de 3.040 m?.

La zanja activa cumplirá con los requisitos de operación indicados en la normativa vigente por cuanto contará con cobertura diaria de los residuos con una capa de material de 15 cm de espesor y conductividad hidráulica no mayor a 10* cm/s (que involucra la compactación del material), los taludes máximos a utilizar serán de 1:3 (V:H) y la distancia desde el fondo de la zanja a la napa será de 3 metros.

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Además, en esta etapa se habilitarán a lo menos 6 chimeneas para la evacuación del biogás generado, además de la habilitación de franja cortafuegos y canales interceptores de aguas lluvia del vertedero.

Se estima que esta zanja tendrá una vida útil de 1 año aproximadamente. Una vez completada la capacidad de ésta se procederá a rellenar sobre el área definida como Etapa 1 de la figura AD2-1 de la Adenda 2, la cual tiene una capacidad de recepción de 3.572 m* de RSD.

Etapa 2

Esta etapa comenzará el segundo año de operación del cierre progresivo. Durante esta etapa, la capacidad de volumen para depositar residuos es de 6.144 m* por lo cual su ocupación se estima se extienda hasta el año 3,5.

En esta etapa los residuos se dispondrán mediante método de altura llegando a un máximo de 5 metros aproximadamente, la cual incluye la capa de cobertura final. El área a utilizar está definida como Etapa 2 en la figura AD2-1 de la Adenda 2.

La operación en la disposición de los RSD se realizará de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente por cuanto contará con cobertura diaria de los residuos con una capa de material de 15 cm de espesor y conductividad hidráulica no mayor a 10% cm/s (que involucra la compactación del material) y se habrán habilitado las chimeneas para la evacuación del biogás generado.

Además, se contempla que para esta etapa se construyan los tres pozos de succión de líquidos percolados, se va a realizar la habilitación de las 4 chimeneas restantes y se dará cota con pendiente de 5% de proyecto definitivo a la Etapa 1. También se considera que para esta etapa, ya se haya comenzado a ejecutar el plan de monitoreo y control del cierre del vertedero.

Etapa 3

Desde el año 3,5 se habilitará la Etapa 3 del cierre (figura AD2-1 de la Adenda 2), la cual tiene una capacidad de recepción de 1.656 m* de RSD en altura, por lo que se estima disponer residuos hasta el 4to año.

La operación en la disposición de los RSD se realizará de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente por cuanto contará con cobertura diaria de los residuos con una capa de material de 15 cm de espesor y conductividad hidráulica no mayor a 10 cm/s (que involucra la compactación del material).

Para esta etapa se considera realizar la cobertura final de los residuos depositados en la Etapa N” 2.

Durante esta etapa, se realizará la plantación de algún tipo de pasto sobre las superficies ya terminadas para evitar y controlar la erosión.

Etapa 4

Finalmente, desde el 4to año se habilita la Etapa 4 (figura AD2-1 de la Adenda 2), la cual presenta una capacidad de disposición de 5.662 m?, con lo que se puede habilitar la utilización del vertedero hasta el fin de la vida útil del vertedero (año 5,4).

Respecto a las obras de cierre se considera la habilitación de la cobertura final de los residuos de las etapas anteriores, así como la plantación de hierbas o pasto para evitar y controlar la erosión.

Los residuos recepcionados y manejados durante la vida útil del vertedero, deberán mantener una cobertura diaria de acuerdo a normativa vigente y establecida en los puntos anteriores, prohibiéndose su remoción y extracción por terceros, junto a la generación de quemas. Movimiento de tierra y disponibilidad de material para cobertura final

Para las etapas indicadas anteriormente, se realizará movimiento de tierra y tierra mezclada con residuos para realizar el perfilamiento requerido.

Respecto al material de cobertura, y en caso que no exista la totalidad de material jn situ, éste será obtenido desde lugares que cuente con todas las autorizaciones respectivas emanadas por los órganos competentes, información que estará disponible en la Municipalidad de Purén.

Redisposición de los residuos sólidos domiciliarios

Se realizará una redisposición y se ordenará la totalidad de los residuos que se encuentran dispersos o a la vista al interior del predio, producto de la operación actual del vertedero.

Limpieza del entorno

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Se realizará y mantendrá una limpieza general entorno al vertedero, en un radio que abarca los 100 metros por fuera de los deslindes del vertedero. Los residuos generados serán dispuestos en el mismo vertedero.

Control de vectores

Para todas las etapas involucradas en el cierre del vertedero, se realizará mensualmente control de vectores ,y roedores y desinfección de las instalaciones, mediante la contratación de una empresa autorizada.

3.2.2. Segunda etapa - Cierre del Vertedero

Para esta etapa, se habrán materializado las siguientes acciones:

3.2.2.1 Cortina cortafuego

Con la finalidad de aislar el predio respecto de su entorno forestal, se habilitará en forma perimetral una franja cortafuegos que poseerá un ancho de 5 m y un largo que abarcará toda la extensión del predio donde se dispuso residuos. Para que dicho sector se mantenga como cortafuego, se realizarán las siguientes acciones:

  • Se mantendrá la franja libre de todo elemento combustible.
  • No se revegetará esta zona con ninguna especie.

3.2.2.2. Diseño de canales interceptores de aguas lluvia

Se construirá un sistema de canales perimetrales impermeabilizados con hormigón que evacuará la escorrentía generada por las precipitaciones, basándose el sistema de conducción en el escurrimiento gravitacional y descargando en sector noreste del vertedero.

El sistema contará con una cámara de muestreo de hormigón ubicada al final del sistema de recolección y conducción de aguas lluvias, cuyas dimensiones será de 2 x 2 m y 2 m de altura.

El punto de descarga será en terreno de propiedad de terceros, ante lo cual se adjunta documento de propietario aceptando las aguas lluvias limpias generadas en el proyecto.

Las dimensiones de los canales y pendientes asociadas se muestran en la siguiente tabla:

Tramo Pendiente Ancho de solera Altura del canal Talud V:H (4) [cm] [cm]

Norte | 2.7 50 40 11 Norte || 6,3 50 40 1:1 Norte 111 10.6 50 40 11 Sur! 9.2 50 40 1:1 Sur 11 5.2 50 40 1:1 Oriente | 3.8 50 40 1:11 Oriente Il 5.2 50 40 1:1 Poniente | 0.4 50 40 1:1 Poniente 5.8 50 40 1:1 tU

Poniente 11.1 50 40 1:1 tl

Los tramos se encuentran esquematizados en Fig. AD-C2 de la Adenda N' 1.

La altura del canal considera una revancha de 15 cm sobre el nivel máximo probable de escurrimiento lo que da una seguridad adicional en la etapa operacional del sistema de conducción de escorrentía superficial.

3.2.2.3. Manejo de lixiviados

Se implementarán tres pozos de succión 4 m de profundidad para realizar el seguimiento del nivel de acumulación de los líquidos, los que estarán ubicados en el sector Este del vertedero.

Los pozos considerarán, en la parte más baja, un drenaje por medio de bolones de canto rodado de 4” a 8” de diámetro, teniendo en el interior una base de 1 m? y una altura efectiva de 2 m. al centro del drenaje se instalará una tubería de HDPE de 6" de diámetro cuya parte más profunda será perforada (últimos 2 m aproximadamente), y cuya parte superior se encontrará con tapa y cerrado.

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En caso de existir, los líquidos se succionarán mediante empresa autorizada y se dispondrán en lugares que cuenten con todas las autorizaciones ambientales y sectoriales. Se hace presente que el proyecto no realizará descarga de residuos líquidos en otro lugar que no sea un lugar autorizado.

Se mantendrán registros de la extracción de los líquidos y su posterior disposición final, estableciendo claramente cantidades, empresa de retiro, transporte y eliminación autorizados. Dicho registro se mantendrá en posesión de la Municipalidad de Purén. :

3.2.2.4. Manejo de biogás

Se habrán habilitado 10 chimeneas para la extracción de biogás con un radio de acción de 25 metros cada una, con un traslape de aproximadamente 4 metros entre chimeneas y una superficie de 1 m2.

Cada pozo se construirá de material pétreo con bolones de 5" a 10” de diámetro, que serán dispuestos en la base donde esta en contacto con los residuos. Éstos se protegerán mediante malla bizcocho y listones de madera. En su parte central, se instalará una tubería de PVC de 4” de diámetro, la cual estará perforada en la parte inferior que se encuentra en la capa de residuos para permitir la evacuación del biogás hacia el ambiente.

La altura final de las chimeneas será a lo menos de 1 metro sobre la cota de coronamiento de la plataforma.

3.2.2.5. Revegetación

A medida que se avanzan las obras en las etapas del cierre progresivo, se irá realizando la plantación especies vegetales de raíces poco profundas y rastreras de tal forma de proteger la capa de cobertura final.

3.2.2.6. Diseño fina! del vertedero

El escenario de cierre final contempla la construcción de una única plataforma, teniendo una pendiente constante en su coronamiento del 5% en dirección poniente—oriente.

Con respecto a la dirección norte-sur, se tiene una división de la plataforma en dos de forma transversal (parteaguas), teniendo ambas plataformas una pendiente del 5%.

Centrando la atención en las características de la plataforma, se tiene un ancho (norte-sur), de 110 m, y un largo (poniente — oriente) de 115 m. Con respecto a las cotas, se tiene una cota máxima al poniente del sitio, llegando a unos 92.79 m.s.n.m., y una cota mínima de 87.12 m.s.n.m., lo que genera un desnivel máximo en plataforma de 5.67m (a medida que se avanza de poniente a oriente, se observa un continuo aumento del desnivel entre la plataforma y el terreno).

Los volúmenes estimados a ser removidos para el presente diseño se entregan en la siguiente tabla:

Descripción Volumen (m3) Corte 5.409 Relleno 18.871 Neto 13.461

3.2.2.7. Sistema de cobertura final

Para el sistema de cobertura final del vertedero municipal de Purén se proponen dos alternativas, dependiendo la disponibilidad de material requerido:

Alternativa 1: se utilizará en caso de disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:

  • Capa de suelo vegetal de 15 cm de espesor, no compactado.
  • Capa de material de cobertura de 60 cm y permeabilidad inferior o igual 1x10-5 cm/s.
  • Capa de residuos sólidos domiciliarios.

En caso de no encontrar suelos cercanos al vertedero con las características que exige el reglamento, se propone reemplazar la capa de 60 cm de material de cobertura por la instalación de un material geosintético como la Bentonita o GCL (GCL: Geosynthetic Clay Liner), cuyas características técnicas son:

  • Lámina de Bentonita reforzada con geotextil en ambas caras (Bentomat ST o equivalente).
  • coeficiente de conductividad hidráulica < 5 x 10? cm/s.

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  • Espesor e=6 mm.

El sello propuesto es equivalente a una capa de arcilla de sobre 60 cm de espesor con coeficiente de conductividad hidráulica menor a 10” cm/s. Tiene la ventaja de adaptarse a los eventuales asentamientos de la masa del relleno, se reducen considerablemente los agrietamientos y es de fácil instalación.

Alternativa 2: se utilizará en caso de no disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:

  • Capa de suelo de 15 cm de espesor, no compactado.

  • Capa de suelo de 50 cm y coeficiente de conductividad hidráulica < 1x10* cm/s.

  • Lámina de Bentonita con coeficiente de conductividad hidráulica < 5 x 10% cm/s.
  • Capar de suelo compactado de 20 cm.

  • Capa de residuos sólidos domiciliarios.

Cabe señalar que en caso de utilizar la alternativa 2, ésta será informada y autorizada por la SEREMI de Salud previo a su instalación.

3.2.2.8. Revegetación y paisajismo

Se densificará la cortina vegetal por los deslindes del vertedero, mediante la plantación de dos corridas de árboles cuyas especies serán de rápido crecimiento y con características de baja inflamabilidad. El prendimiento de la corrida de árboles será del 100%.

Para mantener la cobertura vegetal se realizarán labores de riego, principalmente en época estival, a través de un camión aljibes que se abastecerá de agua proveniente de lugares autorizados.

3.2.2.9. Mejoramiento de caminos de acceso y/o interiores

Respecto al camino de acceso al vertedero, se realizará una limpieza del área en forma permanente, ya sea durante la operación actual del vertedero como al momento de ejecutarse las obras de cierre. Esta limpieza consistirá en mantener la vía limpia y libre de desperdicios o tierra dispersa que pueda derramarse como producto del transporte del material hacia el vertedero.

Además, se mantendrá limpia una franja de por lo menos 200 m antes y 100 m después del acceso al predio.

En cuanto a los caminos interiores, se mantendrán y reacondicionarán los caminos que existen actualmente, para permitir un tránsito expedito de los camiones al momento de ejecutar el cierre del vertedero.

Para el caso de este vertedero, En el caso del Vertedero de Purén, el camino perimetral proyectado coincide con el cortafuegos que se ha definido, el cual posee un ancho de 5 m y un largo que abarcará toda la extensión del predio.

3.2.2.10. Seguridad y control de acceso

El Vertedero de Purén cuenta con un portón de acceso, el cual se mantendrá siempre en buen estado, así como también con instalaciones para el personal de operación. En este mismo sector se habilitará la instalación de faenas, caseta de vigilancia junto con el servicio higiénico para el cuidador. Durante la ejecución de las obras de cierre del vertedero, se mantendrá un control para acceder a dichas instalaciones, así como también se controlará y registrará la cantidad de materiales que ingresen o egresen de la obra.

3.2.3. Tercera Etapa — Post Cierre

El post-cierre consta principalmente de las actividades relacionadas con el monitoreo y control de las obras ejecutadas en el cierre del vertedero.

3.2.3.1. Plan de monitoreo y control

El plan de monitoreo y control se presenta en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Frecuencia Mantención de Monitoreo de asentamientos, Quincenal durante el primer año. la cobertura final | agrietamientos, deslizamientos, entre Luego en forma trimestral por 20

otros años

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Levantamiento topográfico Al término de los trabajos de cierre. Luego cada año, hasta el quinto año donde se evaluará su continuidad Manejo de Inspección visual del sistema de Entre abril — noviembre por 20 años Aguas manejo de aguas lluvias Superficiales Limpieza y reparación de canales En marzo de cada año por 20 años Monitoreo de acuerdo a usos bebida Semestral animal y riego de la NCh 1.333/0f78 Manejo de Implementación de 2 pozos de Semestral por 20 años Aguas muestreo de acuerdo a parámetros Art. Subterráneas 47 Manejo de 10 chimeneas Semestral los 5 primeros años Biogás Luego, una vez al año. Los parámetros son: LEL metano, H2S, NH3, CO y O». Mantención de Se implementarán labores de riego 2 veces a la semana y en época Cobertura estival y hasta lograr la Vegetal consolidación de la cobertura vegetal

La lista de chequeo a aplicar por cada actividad realizada en el vertedero será la siguiente:

SITUACIÓN RIESGOS AMBIENTALES ACTUAL OBSERVACIONES Normal | Alterada

Deslizamientos de Material Depositado

Grietas en la Superficie del Relleno

Muestreo de Aguas Subterráneas

Fallas en el Equipamiento Utilizado

Canales Interceptores de Aguas Lluvia

Acumulación de Aguas Lluvias

Caminos Interiores

Cerco Perimetral

Portón de Acceso

Control de Vectores Sanitarios

Estado Pozo de Succión

Afloramiento de Lixiviados

Disposición llegal de Residuos

Los riesgos ambientales indicados en lista de chequeo son los mínimos que se controlarán, por lo cual la lista puede ser ampliada a solicitud de los fiscalizadores o en su defecto por el titular y deben estar todas disponibles para efectos de fiscalización.

3.2.3.2. Usos futuros

Teniendo en cuenta la opinión y acuerdo tomado entre la |. Municipalidad de Purén y la comunidad Pascual Huenupi ll, la reinserción se realizará mediante la implementación de un parque de uso público para la comunidad con juegos infantiles provisto de vegetación nativa, principalmente especies vegetales herbáceas y arbustivas, que permitirá contar con una zona de esparcimiento y recreación, lo que será ejecutado por la Municipalidad de Purén.

Dada las características de estos proyectos de saneamiento, la habilitación del parque queda sujeta al comportamiento del vertedero en términos de estabilidad ante lo cual se estima que se podrá hacer uso del terreno por parte de la comunidad, alrededor de 8 a 10 años después de su cierre, previo informe técnico.

Se deja constancia que el terreno del vertedero no se utilizará a futuro para:

  • La construcción de edificios y casas habitacionales sobre el terreno afectado.
  • El desarrollo de cultivos agrícolas.

3.2.4, Maquinaria |

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La principal maquinaria y equipo a utilizar durante el desarrollo del cierre del vertedero, junto con la potencia utilizada, se indican a continuación:

Maquinaria o Cantidad Potencia Combustible o Equipo (HP) Energía Bulldozer 1 120 Diesel Excavadora 1 120 Diesel Motoniveladora 1 200 Diesel Rodillo compactador 1 100 Diesel Camión Tolva 2 200 Diesel Generador eléctrico 1 75 Diesel

En caso que alguna máquina sufra un desperfecto, el titular implementará las medidas necesarias y en el menor tiempo posible para reanudar la operación normal del plan de cierre.

3.2.5. Seguridad e Higiene

Durante el desarrollo de la etapa de cierre del vertedero municipal, los trabajadores usarán todos los elementos de seguridad necesarios para prevenir los posibles impactos generados a causa del trabajo. Alguno de los elementos a utilizar son: calzado de seguridad, guantes, antiparras, overol, mascarillas, cascos, protector solar, entre otros.

Además de lo anteriormente descrito se considera la ejecución de charlas de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.

3.2.6. Plan de Contingencia En el caso de cualquier tipo de contingencia, se tomarán las siguientes medidas generales:

1) Dar aviso a las autoridades pertinentes CONAMA, SAG, SEREMI DE SALUD, según corresponda.

2) Coordinar el cronograma de las reparaciones con el fin de facilitar la fiscalización.

3) Equipar al personal que atenderá la contingencia con el equipo de protección personal correspondiente.

4) Efectuar inmediatamente las acciones correctivas descritas para cada tipo de contingencia.

5) Mantener un registro sistematizado en el cual se detalle la fecha, hora, duración y lugar específico donde se produjo la contingencia, personal responsable, acciones aplicadas, duración de las obras ejecutadas y resultados obtenidos.

6) Comunicar a las autoridades y a la población, las medidas y acciones correctivas aplicadas y los resultados obtenidos.

Las medidas especificas para cada tipo de contingencia son: 3.2.6.1. Deslizamientos de Material Depositado

1) Remoción de los materiales y reperfilamiento con pendientes menores a (1:3). 2) Cobertura de los residuos con tierra.

Los residuos removidos serán incorporados hacia el sector de redisposición de residuos. 3.2.6.2. Grietas en la Superficie del Relleno

1) Rellenar las grietas con suelo fino compactado hasta alcanzar su cota y superficie original. La compactación podrá ser manual o mecánica.

2) Controlar en el tiempo el asentamiento del material incorporado, reparando las fisuras visibles.

3) Registrar la zona reparada en el registro de contingencias.

3.2.6.3. Acumulación y afloramiento de lixiviados

1) Construcción de zanjas de contención en el pie de los taludes para controlar los líquidos lixiviados. Las zanjas deberán ser llenadas por material drenante (material granular redondeado) cubiertas con un geotextil de protección y cerradas por una capa de tierra.

2) Se incorporará sistemas de impulsión y tuberías con la capacidad suficiente que permitan captar los líquidos, acumularlos en un estanque y conducirlos a un destino final autorizado.

3) Se reparará la cobertura afectada por el evento, retirando en lo posible el material e incorporando nuevo material de cobertura en la zona. El suelo contaminado será dispuesto dentro del mismo depósito.

4) Por último, se registrará la zona reparada en el registro de contingencias.

3.2.6.4. Contaminación de aguas subterráneas

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1) En caso de detectarse alteración de alguno de los parámetros monitoreados, se realizará contra muestra y se notificará a las autoridades correspondientes acerca de la muestra alterada.

2) Serevisarán todos los drenajes existentes para garantizar su buen estado. En caso de encontrarse falla en el sistema, se llevará a cabo el mantenimiento respectivo.

3) Si es que la contra muestra sale alterada, se notificará a las autoridades correspondientes de que existe un problema de contaminación de aguas subterráneas, producto de una falla aún no identificada del sistema de manejo de estos.

4) Si es que se confirma la contaminación de la napa, se procederá a realizar una segunda revisión del sistema proyectado.

5) Dada la existencia de 2 pozos, se procederá a bombear por 48 horas de forma ininterrumpida las aguas desde el pozo ubicado aguas abajo.

6) Una vez recirculadas las aguas, se realiza la medición de la calidad del agua en el pozo ubicado aguas abajo, a los 2 días de terminado el bombeo. En caso de que se cumpla con la normativa, se propone medir nuevamente en 1 mes, para continuar con los pasos señalados.

7) Si es que la muestra arroja algún grado de contaminación y no cumple con la normativa, se procede a bombear el agua desde los 2 pozos, por un periodo de 72 horas. Finalizado este periodo, se procede nuevamente a realizar la Actividad N 6. Si la contaminación persiste, se realiza nuevamente un bombeo desde los 2 pozos durante 72 horas, generándose una iteración entre la Actividad N 6 y N” 7.

3.2.6.5. Incendio o Explosión por emanaciones de gas

1) Se organizará el equipo (previamente entrenado) para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores.

2) Sofocar el incendio cubriendo el foco con material de cobertura, y ocupando la maquinaria pesada disponible. Además, se solicitará el apoyo de bomberos o personal de brigadas contra fuego.

3) Se aislará el área de riesgo y prohibición de ingreso de personas ajenas a la operación.

4) Las personas que se encuentren en la zona se ubicarán en la dirección contraria al viento.

5) Se retirarán elementos que puedan combustionar del área de incendio. Si esto es imposible, alejarse del lugar y dejar que se quemen.

6) El supervisor de obra decidirá si es necesario solicitar la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos, personal de brigadas contra fuegos, etc).

7) Se registrará el accidente y sus causas.

Si la explosión es causada por biogás, situación poco probable, se tomarán adicionalmente las siguientes medidas:

1) Se disminuirá la presión del gas con sondajes y/o zanjas. 2) Se detectará e impermeabilizará la zona dañada. 3) Registrar el accidente y sus causas.

3.2.6.6. Incendios forestales

1) Se dará aviso a Conaf, bomberos y carabineros del siniestro.

2) Se instalará señalética que restrinja las actividades con fuego en el sector y que promuevan actitudes de precaución con relación a las actividades que pudiesen generar un incendio forestal.

3) Se retirarán los elementos que puedan combustionar del área de incendio. Si esto es imposible, alejarse del lugar y dejar que se quemen.

3.2.6.7. Alteración de la bentonita

1) Se despejará completamente el sector para dimensionar la superficie afectada.

2) Se procederá a abrir la zona cubierta por la bentonita para detectar si el problema proviene desde las capas inferiores. En caso de ser así se procederá a rellenar dicho sector, compactándolo lo más posible mediante el uso de pisones manuales o palas mecánicas.

3) Una vez recuperada la superficie se procederá a cubrir nuevamente en forma íntegra para restituir las condiciones originales.

4) En caso que la bentonita se encuentre muy deteriorada, está será reemplazada por otra capa de material nuevo.

3.2.6.8. Fallas en la maquinaria utilizada

1) Reemplazar el equipo y/o maquinaria por el tiempo necesario hasta reparar el equipo averiado (a través de adquisición o arriendo).

2) Disponer en las instalaciones del depósito de un equipo para cobertura y compactación alternativo,

3) Disponer en la planta de bombas de emergencia en caso de ser requeridas.

3.2.6.9. Generación de microbasurales

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Para evitar la generación de microbasurales, se dará aviso a la comunidad de la restricción de uso del ex - vertedero y quienes sean sorprendidos botando residuos serán sancionados.

3.2.6.10. Retiro de cierre perimetral y disposición ilegal de residuos

Para evitar el retiro del cierre perimetral y la continuidad con la disposición ilegal de residuos en el vertedero se dará aviso a Carabineros de situaciones anómalas. Además se informará a la comunidad más cercana de un número telefónico de contacto mediante el cual podrán hacer las denuncias relacionadas con este tema. Se establecerá una campaña comunicacional mediante la cual se dará aviso del cierre del vertedero y de la prohibición de botar residuos en su interior o entorno más cercano, en caso de identificarse responsables de estos hechos, serán sancionados.

3.2.7. Supervisión en la ejecución del plan de cierre

La supervisión del Plan de Cierre estará a cargo de la Municipalidad de Purén y además se considera durante la ejecución de las obras de cierre, la contratación de un inspector Técnico de Obras.

Además, se contempla un cuidador para controlar el acceso al vertedero, el cual estará presente durante la ejecución de las obras de cierre en horario nocturno.

3.3. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto

Durante el desarrollo del proyecto se podrán producir algunas emisiones a la atmósfera, principalmente por concepto de movimientos de tierra y, en una menor proporción, emisiones provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y camiones que participarán en el desarrollo del cierre del vertedero, ante lo cual se implementara sistema de humectación y velocidades de bajas de la maquinaria.

Se hace presente que queda expresamente prohibida la quema de elementos o residuos dentro del vertedero municipal de Purén en las distintas etapas del cierre del vertedero municipal.

Los únicos residuos líquidos que se generarán durante el cierre del vertedero son aguas servidas. Durante este período se contará con baños químicos. La limpieza y mantención de los baños químicos estarán a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Respecto de los lixiviados y los escurrimientos sub-superficiales, se habilitarán tres pozos de succión para su acumulación. Luego éstos serán retirados mediante bombeo y transportados y eliminados en instalaciones que cuente con todas las autorizaciones correspondientes de los distintos órganos con competencia en al tema.

Las aguas lluvias serán canalizadas y evacuadas en cámara de muestreo para ser derivas en terreno de propiedad de terceros. Se adjunta declaración simple, firmada por el propietario, en el cual se establece que éste se encuentra en conocimiento y de acuerdo con la solución adoptada de aguas lluvias.

Producto de las obras y/o actividades del cierre del vertedero, existe generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados, los cuales serán cargados por el servicio municipal recolector y trasladado al lugar de disposición final de residuos sólidos.

Respecto a la emisión de ruido, las fuentes corresponden al ruido de la maquinaria utilizada en el proyecto. Este ruido es el propio de actividades que se realizan habitualmente en el sector de transporte por caminos públicos y al interior del vertedero, no difiriendo de las actividades actuales sin proyecto.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1. La ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén” cumple con la siguiente normativa ambiental:

Normativa Forma de cumplimiento Ley 19.300 Ley de Bases del Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, Medio Ambiente por la implementación del proyecto de saneamiento. D.S. N* 95/01 Reglamento del Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de Sistema de Evaluación de Impacto | impacto ambiental para su evaluación.

Ambiental

Artículos 67, 71, 72, 73, 78, 79, 80, | Se dará cumplimiento a los artículos señalados mediante la 81, 82 y 84 del Código Sanitario aprobación del proyecto “Plan de Cierre de Vertedero Comuna de Purén” por parte de la Autoridad Sanitaria

Decreto Supremo N* 189/2005, del | El presente proyecto, cumplirá en forma cabal todo lo descrito

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Ministerio de Salud, aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios.

para el cierre y abandono de una instalación de disposición final de residuos sólidos, descrita en el reglamento.

Decreto 144/61, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

El proyecto generará gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes derivados sólo del movimiento de tierra y de la combustión de combustibles por los motores de la maquinaría utilizada.

Decreto N* 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sobre Condiciones para el Transporte de Carga

Todos los materiales transportados al sitio de emplazamiento del vertedero, estarán correctamente cubiertos, evitando escurrimientos o caídas involuntarias.

D.S. N” 90/00 MINSEGPRES “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas continentales superficiales”

El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos en aguas superficiales, marinas ni continentales.

D.L. 3557 que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.

El proyecto se desarrolla sobre el vertedero, el cual es un área intervenida y sin suelos naturales. Por otra parte, el desarrollo del proyecto no afecta a áreas no intervenidas a consecuencia de la operación del vertedero, por lo que no se generará una pérdida de suelos.

D.S. 46/2002 MINSEGPRES, Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.

El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos en aguas subterráneas.

D.S. N” 594/1999 del MINSAL, reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

El proyecto contempla el abastecimiento de agua potable envasada y la instalación de servicios higiénicos (baños químicos, duchas y vestidores) durante el desarrollo de todo el proyecto cumpliendo con la legislación vigente.

D.S. N* 146/1997 del MINSEGPRES, “Emisión de ruidos molestos por fuentes fijas”

A causa de las actividades a desarrollar para el cierre final del vertedero, es previsible que las emisiones se mantengan durante las faenas que serán desarrolladas en horario diurno. Éstas irán decreciendo en la medida que avancen las obras de mejoramiento. En caso que se supere la normativa, se adoptarán las medidas necesarias para cumplir con ésta.

NCh 1.333/78 Norma de calidad de agua, requisitos de calidad de agua para uso de bebida animal y riego.

Dado que el efluente de aguas lluvias descargará en terreno particular, se realizará monitoreo de acuerdo a los usos para bebida animal y riego.

Ley de Bosques

El proyecto no contempla tala de árboles o la intervención de bosques, si bien en los alrededores del sitio del proyecto existen áreas con estas características, el desarrollo del proyecto sólo se limitará al interior del sitio donde se encuentra el vertedero de Purén, sin intervenir las zonas aledañas.

D.S. N* 40/1969. Reglamento de prevención de riesgos profesionales.

Se considera la ejecución de charlas de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.

DS N* 735/1969. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.

Los servicios de agua destinados a consumo humano serán implementados a través de agua potable envasada. En el caso de agua para servicios higiénicos y duchas, esta será provista mediante camiones aljibe.

D.S. 138/05 de MINSAL que establece obligatoriedad de declarar emisiones a la atmósfera, por parte de titulares de fuentes fijas.

El proyecto contempla el uso de un equipo electrógeno por lo cual se realizará, para el período de funcionamiento, la declaración de emisiones atmosféricas.

Ley 19.253/1.993 "Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas"

El municipio mantendrá comunicación permanente con la comunidad de manera tal de generar el menor impacto y molestia en los vecinos y entregarles un espacio de recreación a la comunidad.

Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales

El proyecto se circunscribe estrictamente al sitio del vertedero de Purén, el cual ya se encuentra intervenido, por lo que no es posible encontrar restos arqueológico, así como tampoco se encuentra cerca de algún monumento.

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4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

5.1. Con relación al Art. 11, letra a), se establece que el proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero de Purén no genera ni presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos que produce, toda vez que el proyecto se basa en un plan de cierre definitivo, dentro de lo cual se implementará el cierre progresivo cumpliendo con las especificaciones técnicas y sanitarias que establece la normativa y que permiten un mejoramiento de una condición inicial.

Complementario a ello se han adoptado las medidas de seguimiento adecuadas para su supervisión y monitoreo.

5.2. Con relación al Art. 11, letra b) se establece que el proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero de Purén, no produce ni presenta efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, aire y agua, toda vez que el proyecto se basa en un plan de cierre definitivo, que plantea un mejoramiento de una condición inicial y se han adoptado las medidas de seguimiento ambientales adecuadas para su supervisión y monitoreo.

Se incluye además una mejora paisajística del área con especies nativas que contribuyen a restituir, en parte, lo que fue el sitio antes del proyecto, y por lo mismo, recuperaría parte de su valor ambiental yel interés en vivir en un espacio más natural que con presencia del proyecto funcionando.

5.3. Con relación al Art. 11, letra c), se establece que el proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero de Purén no genera reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Respecto a este punto, el vertedero municipal de Purén, se encuentra inserto en la comunidad Pascual Huenupi Il, por lo que desde el inicio de la operación del vertedero ha generado problemas tales como malos olores y humo a causa de quema de basura, problemas culturales ya que para la cultura mapuche la existencia de basurales en sus tierras trae consecuencias y daños a la cultura territorial, problemas sanitarios tales como presencia de moscas y ratones y perros vagos, cadena de contagio de la Hidatidosis, entre otros.

Durante la evaluación se establece que el plan de cierre del vertedero municipal de Purén, es un mejoramiento a una condición inicial y actual de operación del vertedero, que permitirá su cierre definitivo en un plazo de alrededor de 5,4 años, o bien cuando se implemente un relleno sanitario que pueda absorber la demanda de Purén.

Referente a los problemas detectados por la comunidad se establece:

  • Olores molestos: la cobertura diaria, la instalación de chimeneas, junto con la implementación de paquete sanitario impedirá que esta condición se mantenga en el tiempo.

  • Presencia de moscas: existirá cobertura diaria y se evitará la generación de microbasurales en el sector. Además el paquete sanitario permitirá realizar un sello definitivo de la basura acopiada y se realizará mensualmente control de vectores.

  • Presencia de ratones: se realizará control mensual de roedores.

  • Presencia de de animales en el sitio: actualmente existe un cierre perimetral y un control de acceso al vertedero por lo que se ha mejorado sustancialmente la condición inicial, los cuales se mantendrán en óptimas condiciones.

  • Quema de residuos: en este proyecto queda prohibida toda quema de residuos en el sector. Se complementa con medias implementadas de cierre perimetral y control de acceso.

5.4. Con relación al Art. 11, letra d), se establece que el proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero de Purén no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. Con relación al Art. 11, letra e), se establece que el proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero

de Purén no produce alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona ya que el proyecto no se emplaza en una zona o centro de interés turístico. Sin

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perjuicio de lo anterior, se realizará una cortina vegetal con especies nativas por todo el perímetro del vertedero, lo cual será una mejora de la condición actual.

5.6. Con relación al Art. 11, letra f, se establece que con la ejecución del proyecto de plan de cierre definitivo del vertedero de Purén no existirá alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural, lo cual se ve materializado en informe arqueológico asociado al proyecto.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de encontrarse algún elemento protegido por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y su reglamento, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de dicha Ley. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

6.1. Se implementará cortina arbórea por todo el perímetro del vertedero de al menos 2 corridas de árboles para minimizar el impacto visual.

6.2. Se realizará mensualmente, durante el período de cierre, campañas de desratización y desinfección de las instalaciones del vertedero.

6.3. Se mantendrá registro de extracción de líquidos y sitio de eliminación.

6.4. Se realizará una campaña comunicacional para dar aviso del cierre del vertedero y de la prohibición de botar residuos en su interior o entorno más cercano.

6.5. Se diseñará un plan de comunicación permanente con la comunidad Pascual Huenupi Il para informar los avances del plan de cierre progresivo.

6.6. Se pintarán las panderetas, por ambos lados, de color verde de tal forma de mimetizarlo con el entorno.

6.7. El encargado municipal del plan de cierre del vertedero mantendrá un registro con todos los antecedentes y actividades relacionadas con el manejo del vertedero hasta que finalice el monitoreo y seguimiento de éste.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén”, presentada por el Señor Benigno Roberto Quiñonez Lara en representación de la lustre Municipalidad de Purén.

  2. CERTIFICAR que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Purén” cumple con la normativa de carácter ambiental.

  3. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24? de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  5. Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8* de la Ley N” 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente “Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”, si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

  6. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio

Ambiente, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

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Declaración de Impacto Ambiental de Proyecto Plan de Cierre Vertedero de Purén 7. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.

  1. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  2. Contra la presente resolución procede por parte del tilúár, el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambfegtte.

JPD/CLL/CCN

Distribución:

Sr. Benigno Roberto Quiñonez Lara

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía

Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía

Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía SEREMI Bienes Nacionales

SEREM! de Agricultura, Región de la Araucanía

Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía SEREMI MOP, Región de la Araucanía

Subdirección Nacional Temuco CONADI

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

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Cie:

María Eugenia Quintana

Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo

Expediente del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Purén " Archivo CONAMA IX, Región de la Araucania

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