Plan de Cierre Vertedero Los Sauces
Califica Ambientalmente Plan de Cierre Vertedero de Los Sauces — Región de La Araucanía
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Los Sauces ”
Resolución Exenta N* 35/10
Temuco, 11 de Marzo de 2010
VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el D.S. N” 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”, presentada por el Señor Tomás Ramón Vilches Álvarez en representación de Ilustre Municipalidad de Los Sauces, con fecha 28 de Septiembre de 2009.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1 Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Declaración de Impacto Ambiental (DIA) S/N Por lustre Municipalidad de Los Sauces, con fecha 28/09/2009
Test de Admisión S/N Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 29/09/2009
Of. Solicitud de Evaluación DIA N* 223 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 30/09/2009
Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) N* 39 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 06/11/2009
Adenda N? 1 Por Ilustre Municipalidad de Los Sauces, con fecha 24/11/2009
Solicitud de Evaluación de Adenda N* 281 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 25/11/2009
Resolución de Ampliación de Plazos N* 293 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 22/12/2009
Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) No 51 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 17/12/2009
Adenda N? 2 Por llustre Municipalidad de Los Sauces, con fecha 30/12/2009
Solicitud de Evaluación de Adenda N* 312 Por CONAMA Región de La Araucanía, con fecha 30/12/2009
3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Comisión Regional del Medio Ambiente - Región de La Araucanía 1
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Oficio N 2231 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 07/10/2009; Oficio N 277 .A. sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 13/10/2009; Oficio N 1033 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/10/2009: Oficio N 684 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 15/10/2009; Oficio N 280 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía, con fecha 15/10/2009; Oficio N 1822 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 15/10/2009; Oficio N 3269 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía, con fecha 16/10/2009; Oficio N 1479 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 16/10/2009; Oficio N 4330 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 16/10/2009; Oficio N 740 sobre la DIA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 19/10/2009; Oficio N 1920 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 21/10/2009, Oficio N 470144509 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 22/10/2009; Oficio N 03186 sobre la DIA, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 22/10/2009; Oficio N%3 48 M.A. sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 27/11/2009; Oficio N 2832 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 02/12/2009; Oficio N 1202 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 02/12/2009, Oficio N 470169009 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 07/12/2009; Oficio N 818 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 07/12/2009; Oficio N 1735 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 07/12/2009; Oficio N 2022 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 07/12/2009; Oficio N 5218 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 09/12/2009; Oficio N 03759 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 11/12/2009; Oficio N 2378 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 17/12/2009; Oficio N 0032 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 08/01/2010; Oficio N MA17-22 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 12/01/2010; Oficio N 20 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/01/2010, Oficio N 0056 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 14/01/2010;
3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía
Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía
SEREMI Bienes Nacionales
SEREMI MOP, Región de La Araucanía
SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:
Of. no Participación en la Evaluación N* 2460 Por Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía, con fecha 16/1 0/2009
Of. no Participación en la Evaluación N* 0148/0269 Por Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía, con fecha 16/10/2009
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El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”, de fecha 27 de enero de 2010.
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La sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, de fecha 3 de febrero de 2010.
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- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”, en especial los correspondientes ICSARAs, Adenda e Informe Consolidado de la Evaluación.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”.
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Que, el derecho de la llustre Municipalidad de Los Sauces a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” consiste en:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto corresponde a un proyecto de saneamiento ambiental, que tiene como objetivo implementar el plan de cierre definitivo del vertedero municipal de Los Sauces, cuya operación se inició el año 1990 y en la actualidad se encuentra fuera de operación, trasladando sus residuos al vertedero de Cañete. La disposición final de los residuos sólidos domiciliarios en el vertedero se llevó a cabo mediante el método de zanjas, alcanzando una profundidad promedio de 3 m.
Respecto al predio donde se encuentra emplazado el proyecto, éste se ubica en el sector de Trauma, camino Los Sauces - Purén, por la Ruta R-408, Provincia de Malleco.
El predio es de propiedad municipal y posee una superficie total de 0,97 há, de las cuales 0,4 há se encuentran utilizados con la disposición final de residuos.
El vertedero operó con Resolución Sanitaria N* 1.071 de fecha 6 de julio de 1990, otorgada por la Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región de La Araucanía.
3.1.1. Objetivo General del Proyecto
El proyecto tiene por objetivo el cierre definitivo y saneamiento ambiental del vertedero municipal de Los Sauces. Este objetivo tiene asociado una serie de obras de mejoramiento para realizar el cierre final, acorde con las consideraciones de protección del medio ambiente y las disposiciones legales vigentes.
3.1.2. Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto.
En el proyecto, es posible identificar 4 etapas para la descripción y desarrollo del estudio, las cuales se enumeran a continuación:
3.1.2.1. Descripción del Sitio de Emplazamiento
Este punto tiene como objetivo caracterizar el lugar de emplazamiento del vertedero, refiriéndose básicamente a los aspectos del medio natural en su medio físico, biótico y antrópico, el estado actual de las componentes ambientales, y los riesgos ambientales identificados, tales como estabilidad del depósito, infiltración de lixiviados, arrastre con aguas superficiales (aguas lluvias), riesgo de inundación del sector, contaminación atmosférica y proliferación de vectores.
3.1.2.2. Instalación de faenas
La instalación de faenas, primera etapa de desarrollo del proyecto, consiste principalmente en habilitar contenedores marítimos reacondicionados en el sitio. Estas instalaciones serán habilitadas para ser utilizadas como oficinas, bodegas, comedores y vestidores, de carácter temporal.
Además, en la obra se instalarán servicios higiénicos (baños, duchas y lavatorios) en cantidad y calidad de acuerdo a normativa vigente.
En relación con el abastecimiento de agua potable, esta será suministrada a través de camiones aljibes para la utilización durante las actividades constructivas y para el consumo humano se habilitará un dispensador de agua purificada.
3.1.2.3. Etapa de Cierre Final y Abandono
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Las actividades y obras que se realizarán para el cierre final del vertedero, tienen por objetivo estabilizar el vertedero, protegerlo de la erosión, mantener bajo control las emisiones gaseosas y líquidas, así como también disminuir el impacto paisajístico, entre otras, desarrolladas en las siguientes etapas:
a) Ejecución de Obras de Mejoramiento
Las obras de mejoramiento tienen por objetivo mejorar las condiciones actuales del sitio de emplazamiento del vertedero, para poder realizar las actividades propias del cierre de éste.
Estas obras se refieren a análisis preliminares que se deben efectuar y actividades anexas que se ejecutarán, tales como:
a.1) Levantamiento topográfico
Se realizó un levantamiento topográfico preliminar de tal forma de determinar cotas y pendientes existentes. a.2) Redisposición de los residuos sólidos domiciliarios
Se realizará una redisposición y compactación de la totalidad de los residuos que se encuentren dispersos o a la vista al interior del predio, dándole perfilamiento y nivel para implementar las plataformas proyectadas.
a.3) Limpieza del entorno
Se realizará una limpieza general entorno al vertedero, en un radio que abarca los 100 metros por fuera de los deslindes del vertedero. Los residuos generados serán dispuestos en el vertedero de la localidad de Cañete, en la Región del Biobio.
b) Obras de la Etapa de Cierre del Vertedero
Dada la topografía del vertedero de Los Sauces, se realizará un diseño final que consiste en la implementación de dos plataformas compuesta por dos terrazas y tres niveles, conformando una estructura escalonada con pendientes en sentido de oriente a poniente.
La primera plataforma tendrá una cota máxima de 179,49 msnm, y la pendiente de coronamiento es de 2%. Su ancho se proyecta en 70 m y largo 16 m. En el fin de la primera plataforma y a partir de la cota 179,02 msnm, se proyecta un talud 1:3 (V: H).
En lo que respecta a la segunda plataforma, ésta comienza en la cota 174,36 msnm, teniendo un largo 13 m con pendiente de diseño del 2%, para llegar a la cota 173,58 msnm, en donde se proyecta un último talud de 1:3 (V: H).
El tercer nivel proyectado se diseñó con una pendiente del 5%, localizándose la cota mínima en el extremo poniente con 166 msnm y un largo total de 28 m.
Finalmente, se tiene que el largo del escenario propuesto tiene 89 m y un ancho máximo de 68 m. Con respecto al desnivel total, se tiene que es de 13,49 m. Finalmente, el área de la superficie proyectada corresponde a 6.595 m?.
Las actividades y obras que se llevarán a cabo para implementar las obras de la etapa del cierre son las siguientes:
b.1) Movimiento de tierra y disponibilidad de material para cobertura final Se realizará movimiento de tierra y tierra mezclada con residuos para realizar el perfilamiento requerido.
Respecto al material de cobertura final, y de acuerdo a balance de material realizado, no existe la totalidad de disponibilidad de material in situ.
En caso de utilizar material de zonas externas al vertedero, éstos serán obtenidos desde lugares que cuente con todas las autorizaciones respectivas emanadas por los órganos competentes, información que estará disponible en la Municipalidad de Los Sauces.
b.2) Sistema de cobertura final
Para el sistema de cobertura final del vertedero municipal de Los Sauces se proponen dos alternativas, dependiendo la disponibilidad de material requerido:
Alternativa 1: se utilizará en caso de disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:
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- Capa de suelo vegetal de 15 cm de espesor, no compactado.
- Capa de material de cobertura de 60 cm y permeabilidad inferior o igual 1x10-5 cm/s.
- Capa de residuos sólidos domiciliarios.
En caso de no encontrar suelos cercanos al vertedero con las caracteristicas que exige el reglamento, se propone reemplazar la capa de 60 cm de material de cobertura por la instalación de un material geosintético como la Bentonita o GCL (GCL: Geosynthetic Clay Liner), cuyas características técnicas son:
- Lámina de Bentonita reforzada con geotextil en ambas caras (Bentomat ST o equivalente).
- Permeabilidad hidráulica kf<5 x 10-9 cm/s.
- Espesor e=6 mm.
El sello propuesto es equivalente a una capa de arcilla de sobre 60 cm de espesor con una permeabilidad hidráulica menor a kf<10-7 cmís. Tiene la ventaja de adaptarse a los eventuales asentamientos de la masa del relleno, se reducen considerablemente los agrietamientos y es de fácil instalación.
Alternativa 2: se utilizará en caso de no disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:
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Capa de suelo de 15 cm de espesor, no compactado.
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Capa de suelo de 50 cm y permeabilidad inferior o igual 1x10-4 cmí/s.
- Lámina de Bentonita con permeabilidad hidráulica k < 5 x 10-9 cmí/s.
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Capar de suelo compactado de 20 cm.
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Capa de residuos sólidos domiciliarios.
b.3) Manejo de lixiviados
Se implementará un pozo de succión 4 m de profundidad de material de hormigón, para materializar el seguimiento del nivel de acumulación de los líquidos. En caso de existir, los líquidos se succionarán mediante empresa autorizada y se dispondrán en lugares que cuenten con todas las autorizaciones ambientales y sectoriales. Se hace presente que el proyecto no realizará descarga de residuos liquidos en otro lugar que no sea un lugar autorizado.
Se mantendrán registros de la extracción de los líquidos y su posterior disposición final, estableciendo claramente cantidades, empresa de retiro, transporte y eliminación autorizados. Dicho registro se mantendrá en posesión de la Municipalidad de Los Sauces.
Una vez que el pozo esté seco, se contempla su clausura definitiva, trámite que será informado a CONAMA y autoridades respectivas, para su autorización.
b.4) Manejo de biogás
Una vez finalizado la etapa de cierre final, se realizarán mediciones de gases para evaluar la pertenencia de implementar un sistema de manejo de biogás.
b.5) Diseño de canales interceptores de aguas lluvia
Dada la topografía de la cuenca, se construirá de un sistema de canales perimetrales impermeabilizados con hormigón y que evacuará la escorrentía generada por las precipitaciones, basándose el sistema de conducción en el escurrimiento gravitacional y descargando en sentido oriente — poniente del vertedero.
El punto de descarga será en una obra de arte del camino público aledaño, que descargará en terreno de propiedad de terceros, ante lo cual se adjunta documento de propietario aceptando las aguas lluvias limpias generadas en el proyecto.
En caso que los órganos competentes requieran análisis de las aguas lluvias, se realizará monitoreo de acuerdo a la Norma Chilena 1.333/0f 78, para los usos de bebida animal y riego.
b.6) Cierre perimetral
El diseño planteado para el cerco perimetral consiste en muros tipo bulldog de dos metros de alto, que considera 4 placas de alto de 50 cm de ancho. El largo de cada placa es de dos metros, por lo que se instalarán postes de hormigón de 3 m de alto, los que se enterrarán 50 cm en el terreno en poyos de hormigón y en la parte superior (brazo del poste) se colocarán tres hileras de alambre de púa. Junto con esto, se considera además, un cerco transparente con malla tipo Acma, el cual se instalará en el frente que da al camino y los otros tres lados para completar el cierre compuesto del muro tipo bulldog.
b.7) Franja Cortafuegos
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Con la finalidad de aislar el predio respecto de su entorno forestal, se habilitará en forma perimetral una franja cortafuegos que poseerá un ancho de 5 m y un largo que abarcará toda la extensión del predio donde se dispuso residuos. Para que dicho sector se mantenga como cortafuego, se realizarán las siguientes acciones:
- Se mantendrá la franja libre de todo elemento combustible.
- No se revegetará esta zona con ninguna especie.
b.8) Revegetación y paisajismo
Una vez construida la capa de cobertura final, se procederá a la recuperación del área. Para ello se plantarán especies vegetales herbáceas y arbustivas de preferencia, teniendo presente que las especies a plantar serán de raíces poco profundas y rastreras de tal forma de impedir el daño en la capa de cobertura final de los residuos.
Además, se densificará la cortina vegetal por los deslindes del vertedero, mediante la plantación de dos corridas de árboles cuyas especies serán de rápido crecimiento y con características de baja inflamabilidad. El prendimiento de la corrida de árboles será del 100%.
Para mantener la cobertura vegetal se realizarán labores de riego, principalmente en época estival, a través de un camión aljibes que se abastecerá de agua proveniente de lugares autorizados.
b.9) Mejoramiento de caminos de acceso y/o interiores.
Respecto al camino de acceso al vertedero, se realizará una limpieza del área al momento de la ejecución de las obras de cierre. Esta limpieza consistirá en mantener la vía limpia y libre de desperdicios o tierra dispersa que pueda derramarse como producto del transporte del material hacia el vertedero. Además, se mantendrá limpia una franja de por lo menos 100 m antes y después del acceso al predio.
En cuanto a los caminos interiores, se mantendrán y reacondicionarán los caminos que existen actualmente, para permitir un tránsito expedito de los camiones al momento de ejecutar el cierre del vertedero.
b.10) Seguridad y control de Acceso
Como se indica en punto b.6), se contempla la construcción de un cerco perimetral, el cuál tiene un portón de acceso que conecta con la ruta R-408 de forma directa, este portón permanecerá cerrado en forma constante y en buen estado.
3.1.2.4. Post-cierre y usos futuros
El post-cierre consta principalmente de las actividades relacionadas con el monitoreo y control de las obras ejecutadas en el cierre del vertedero.
a) Plan de monitoreo y control
El plan de monitoreo y control se presenta en la siguiente tabla:
Actividad
Descripción
Frecuencia
Mantención de la cobertura final
Monitoreo de asentamientos, agrietamientos, deslizamientos, entre otros
Levantamiento topográfico
Mensual durante el primer año. Luego en forma trimestral por 20 años
Al término de los trabajos de cierre. Luego cada año, hasta el quinto año donde se evaluará su continuidad
Manejo de Inspección visual del sistema de Entre abril — noviembre por 20 años Aguas manejo de aguas lluvias Superficiales Limpieza y reparación de canales En marzo de cada año por 20 años En caso pertinente, se realizará A solicitud de los organismos monitoreo de acuerdo usos bebida fiscalizadores animal y riego. Manejo de Implementación de 2 pozos de Semestral por 20 años Aguas muestreo de acuerdo a parámetros Art. Subterráneas 47 Mantención de Se implementarán labores de riego Epoca estival y hasta lograr la Cobertura consolidación de la cobertura
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[Vegetal ] | vegetal |
La lista de chequeo a aplicar por cada actividad realizada en el vertedero será la siguiente:
SITUACIÓN RIESGOS AMBIENTALES ACTUAL OBSERVACIONES Normal | Alterada
Destizamientos de Material Depositado Grietas en la Superficie del Relleno Muestreo de Aguas Subterráneas Fallas en el Equipamiento Utilizado Canales Interceptores de Aguas Lluvia Acumulación de Aguas Lluvias Caminos Interiores
Cerco Perimetral
Portón de Acceso
Control de Vectores Sanitarios
Estado Pozo de Succión
Afloramiento de Lixiviados
Disposición llegal de Residuos
Los riesgos ambientales indicados en lista de chequeo son los mínimos que se controlarán, por lo cual la lista puede ser ampliada a solicitud de los fiscalizadores o en su defecto por el titular y deben estar todas disponibles para efectos de fiscalización.
b) Usos futuros
Se deja constancia que el terreno del vertedero no se utilizará a futuro para:
- La construcción de edificios y casas habitacionales sobre el terreno afectado.
- El desarrollo de cultivos agricolas.
3.1.3. Maquinaria
La principal maquinaria y equipo a utilizar durante el desarrollo del cierre del vertedero, junto con la potencia utilizada, se indican a continuación:
Maquinaria o Equipo | Cantidad | Potencia (HP) Combustible o Energía Bulldozer 1 120 Diesel Excavadora 1 120 Diesel Motoniveladora 1 200 Diesel Rodillo compactador 1 100 Diesel Camión Tolva 2 200 Diesel Generador eléctrico 1 75 Diesel
En caso que alguna máquina sufra un desperfecto, el titular deberá implementar las medidas necesarias y en el menor tiempo posible para reanudar la operación normal del plan de cierre.
3.1.4. Plan de Contingencia A continuación se señalan las acciones a implementar en caso de: 3.1.4.1. Deslizamientos de Material Depositado
1) Remoción de los materiales y reperfilamiento con pendientes menores a (1:3). 2) Cobertura de los residuos con tierra.
Los residuos removidos serán incorporados hacia el sector de redisposición de residuos.
3.1.4.2. Grietas en la Superficie del Relleno
1) Rellenar las grietas con suelo fino compactado hasta alcanzar su cota y superficie original.
La compactación podrá ser manual o mecánica.
2) Controlar en el tiempo el asentamiento del material incorporado, reparando las fisuras visibles. 3) Registrar la zona reparada en el registro de contingencias.
3.1.4.3. Acumulación y afloramiento de lixiviados
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1) Construcción de zanjas de contención en el pie de los taludes para controlar los líquidos lixiviados. Las zanjas deberán ser llenadas por material drenante (material granular redondeado) cubiertas con un geotextil de protección y cerradas por una capa de tierra.
2) Se incorporará sistemas de impulsión y tuberías con la capacidad suficiente que permitan captar los líquidos, acumularlos en algún estanque y conducirlos a un destino final autorizado.
3) Se reparará la cobertura afectada por el evento, retirando en lo posible el material e incorporando nuevo material de cobertura en la zona. El suelo contaminado será dispuesto dentro del mismo depósito.
4) Por último, se registrará la zona reparada en el registro de contingencias.
3.1.4.4. Contaminación de aguas subterráneas
1 Habilitar pozos de seguridad, aguas abajo de los pozos propuestos, para verificar la efectividad de la captura. 2) Determinar en forma inmediata el remuestreo adicional, de los puntos cuyos resultados se
encuentren excedidos, considerando un aumento en la frecuencia de muestreo a 3 muestras en un periodo de 24 horas. De persistir los resultados excedidos en más de una vez, el titular deberá informar a la autoridad sanitaria en un plazo no superior a 48 horas, mediante un informe de la situación de emergencia, acompañando los resultados de los monitoreos y el plan de acción.
3) Realizar un monitoreo mensual de calidad de aguas, en el pozo de captación de aguas ubicado en el predio vecino al poniente del vertedero, aplicando la NCh409 y DQO, SST, Nitrógeno Total, Fosforo Total y Halógenos absorbidos orgánicamente (AOX).
4) Determinar el origen de la contaminación.
5) Una vez que los análisis indiquen que los resultados aguas arriba y aguas abajo del depósito son similares se solicitará a las autoridades levantar la contingencia.
6) Registrar el evento en el registro de contingencias.
3.1.4.5. Incendios forestales
1) Se dará aviso a Conaf, bomberos y carabineros del siniestro.
2) Se instalará señalética que restrinja las actividades con fuego en el sector y que promuevan actitudes de precaución con relación a las actividades que pudiesen generar un incendio forestal.
3) Retirarán los elementos que puedan combustionar del área de incendio. Si esto es imposible, alejarse del lugar y dejar que se quemen.
3.1.4.6. Alteración de la bentonita
1) Se despejará completamente el sector para dimensionar la superficie afectada.
2) Se procederá a abrir la zona cubierta por la bentonita para detectar si el problema proviene desde las capas inferiores. En caso de ser así se procederá a rellenar dicho sector, compactándolo lo más posible mediante el uso de pisones manuales o palas mecánicas.
3) Una vez recuperada la superficie se procederá a cubrir nuevamente en forma integra para restituir las condiciones originales.
4) En caso que la bentonita se encuentre muy deteriorada, está será reemplazada por otra capa de material nuevo.
3.1.4.7. Fallas en el equipamiento utilizado
1) Reemplazar del equipo y/o maquinaria por el tiempo necesario hasta reparar el equipo averiado (a través de adquisición o arriendo).
2) Disponer en las instalaciones del depósito de un equipo para cobertura y compactación alternativo.
3) Disponer en la planta de bombas de emergencia en caso de ser requeridas.
3.1.4.8. Generación de microbasurales
Para evitar la generación de microbasurales, se dará aviso a la comunidad de la restricción de uso del ex — vertedero y quienes sean sorprendidos botando residuos serán sancionados.
3.1.4.9. Retiro de cierre perimetral y disposición ilegal de residuos
Para evitar el retiro del cierre perimetral y la continuidad con la disposición ilegal de residuos en el vertedero se dará aviso a Carabineros de situaciones anómalas. Además se informará a la comunidad más cercana de un número telefónico de contacto mediante el cual podrán hacer las denuncias relacionadas con este tema. Se establecerá una campaña comunicacional mediante la cual se dará aviso del cierre del vertedero y de la prohibición de botar residuos en su interior o entorno más cercano, en caso de identificarse responsables de estos hechos, serán sancionados.
3.2. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto
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Durante el desarrollo del proyecto se podrán producir algunas emisiones a la atmósfera, principalmente por
concepto de movimientos de tierra y,
en una menor proporción, emisiones provenientes de la combustión
interna de los motores de las maquinarias y camiones que participarán en el desarrollo del cierre del vertedero, ante lo cual se implementara sistema de humectación y velocidades de bajas de la maquinaria.
Los únicos residuos líquidos que se generarán durante el cierre del vertedero son aguas servidas. Durante este período se contará con baños químicos. La limpieza y mantención de los baños químicos estarán a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.
Respecto de los lixiviados y los escurrimientos sub-superficiales, se habilitará un pozo de succión para su acumulación. Luego éstos serán retirados mediante bombeo y transportados y eliminados en instalaciones que cuente con todas las autorizaciones correspondientes de los distintos órganos con competencia en al
tema.
Las aguas lluvias serán canalizadas y evacuadas en obra de arte de camino público el cual derivará en terreno de propiedad de terceros. Se adjunta declaración simple, firmada por el propietario, en el cual se establece que éste se encuentra en conocimiento y de acuerdo con la solución adoptada de aguas lluvias.
Producto de las obras y/o actividades
del cierre del vertedero, existe generación de residuos sólidos
asimilables a domiciliarios. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados, los cuales serán cargados por el servicio municipal recolector y trasladado al lugar de disposición final de residuos sólidos.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces”, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de
evaluación, debe indicarse que:
4.1. La ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” cumple con la siguiente normativa
ambiental: Normativa Forma de cumplimiento Ley 19.300 Ley de Bases del Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la Medio Ambiente implementación del proyecto de saneamiento.
D.S. N* 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para su evaluación.
Artículos 78, 79, 80, 81, 82 y 84 del Código Sanitario
De conformidad a la normativa señalada, se solicitará a la autoridad sanitaria la aprobación del proyecto “Plan de Cierre de Vertedero Comuna de Los Sauces”.
Decreto Supremo N* 189/2005, del Ministerio de Salud, aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios.
El presente proyecto, cumplirá en forma cabal todo lo descrito para el cierre y abandono de una instalación de disposición final de residuos sólidos, descrita en el reglamento.
Decreto N” 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sobre Condiciones para el Transporte de Carga
Todos los materiales transportados al sitio de emplazamiento del vertedero, estarán correctamente cubiertos, evitando escurrimientos o caídas involuntarias.
D.S. N” 90/00 MINSEGPRES “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”
El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos en aguas superficiales, marinas ni continentales.
D.L. 3557 que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.
El proyecto se desarrolla sobre el vertedero, el cual es un área intervenida y sin suelos naturales. Por otra parte, el desarrollo del proyecto no afecta a áreas no intervenidas a consecuencia de la operación del vertedero, por lo que no se generará una pérdida de suelos.
D.S. 46/2002 MINSEGPRES, Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.
El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos en aguas subterráneas.
D.S. N” 594/1999 del MINSAL, reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
El proyecto contempla el abastecimiento de agua potable envasada y la instalación de servicios higiénicos (baños químicos, duchas y vestidores) durante el desarrollo de todo el proyecto cumpliendo con la legislación vigente.
D.S. N” 146/1997 del MINSEGPRES, “Emisión de ruidos
Debido a la distancia de los receptores más cercanos (aproximadamente entre 1.700 y 2.400 m de distancia), el período de
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molestos por fuentes fijas”
duración de la generación de ruido y la fuente de emisión, es posible preestablecer que se cumplirá con lo establecido en el D.S. N* 146/97 MINSEGPRES. En caso contrario, se adoptarán las medidas necesarias para cumplir con la normativa.
NCh 1.333/78 Norma de calidad de agua, requisitos de calidad de agua para uso de bebida animal y riego.
En caso necesario, y dado que el efluente de aguas lluvias descargará en terreno particular, se realizará monitoreo de acuerdo a los Usos para bebida animal y riego.
Ley de Bosques
El proyecto no contempla tala de árboles a la intervención de bosques, si bien en los alrededores del sitio del proyecto existen áreas con estas caracteristicas, el desarrollo del proyecto sólo se limitará al interior del sitio donde se encuentra el Vertedero de Los Sauces, sin intervenir las zonas aledañas.
D.S. N* 40/1969. Reglamento de prevención de riesgos profesionales.
Se considera la ejecución de charlas de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.
DS N' 735/1969. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.
Los servicios de agua destinados a consumo humano serán implementados a través de agua potable envasada. En el caso de agua para servicios higiénicos y duchas, esta será provista mediante camiones aljibe.
D.S. 138/05 de MINSAL que establece obligatoriedad de declarar emisiones a la atmósfera, por parte de titulares de fuentes fijas.
El proyecto contempla el uso de un equipo electrógeno por lo cual se realizará, para el período de funcionamiento, la declaración de emisiones atmosféricas.
4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Titulo VII, artículos 68 al 106 del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
6.1. Se implementará cortina arbórea por todo el perímetro del vertedero de al menos 2 corridas de árboles para minimizar el impacto visual.
6.2. Se realizará, durante el período de cierre, campañas de desratización y desinfección de las instalaciones del vertedero.
6.3. Se mantendrá registro de extracción de líquidos y sitio de eliminación.
6.4. Una vez finalizado la etapa de cierre final, se realizarán mediciones de gases para evaluar la pertenencia de implementar un sistema de manejo de biogás.
6.5. La Municipalidad de Los Sauces, a través de la Dirección de Obras, mantendrá un listado actualizado de contactos de las diferentes entidades a las que se dará aviso en caso de contingencias del proyecto.
6.6. El encargado municipal del plan de cierre del vertedero mantendrá un registro con todos los antecedentes y actividades relacionadas con el manejo del vertedero hasta que finalice el monitoreo y seguimiento de éste.
6.7. Se implementará un plan de difusión del cierre del Vertedero de Los Sauces dirigido a la comunidad y a los responsables de la ejecución del plan de cierre del municipio.
RESUELVE:
- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre
Vertedero Los Sauces”, presentada por el Señor Tomás Ramón Vilches Álvarez en representación de la Ilustre Municipalidad de Los Sauces.
Comisión Regional del Medio Ambiente — Región de La Araucanía 10
N
Califica Ambientalmente Plan de Cierre Vertedero de Los Sauces — Región de La Araucanía
CERTIFICAR que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Los Sauces” cumple con ta normativa de carácter ambiental.
Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24? de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental,
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8% de la Ley N* 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente
“Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”, si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Contra la presente resolución procede por parte del titular, el recurso de rectamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente
Jovank4 María Pino Delga Directora Secretaria Comisión Regional del Medio Ambiente Región de La Araucanía
AMM/JPD/GCL/CCN/meq Distribución:
Sr. Tomás Ramón Vilches Álvarez
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía
Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía
SEREMI Bienes Nacionales
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Clc:
....
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SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía
Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía SEREMI MOP, Región de la Araucanía
Subdirección Nacional Temuco CONADI
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
María Eugenia Quintana
Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo
Expediente del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Los Sauces " Archivo CONAMA IX, Región de La Araucania
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