Evaluación SEA

Plan de Cierre Vertedero Lumaco

Rol 4063621
SEA · DIA · Aprobado · 2009-09-28 · Región de La Araucanía · Ilustre Municipalidad de Lumaco

Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Lumaco”

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Califica Ambientalmente el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco ”

Resolución Exenta N* 36/ 2010

Temuco, 11 de Marzo de 2010

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N” 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco”, presentada por el Señor Manuel Domingo Painiqueo Tragnolao en representación de llustre Municipalidad de Lumaco, con fecha 28 de Septiembre de 2009.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Por Ilustre Municipalidad de Lumaco, con fecha 28/09/2009

Test de Admisión Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 05/10/2009

Of, Solicitud de Evaluación DIA N* 224 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 05/10/2009

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) N* 40 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 13/1 1/2009

Adenda N' 1 Por Ilustre Municipalidad de Lumaco, con fecha 03/12/2009

Solicitud de Evaluación de Adenda N* 289 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 04/12/2009

Resolución de Ampliación de Plazos N* 294 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 22/12/2009

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) N* 54 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 29/12/2009

Adenda N* 2 Por Ilustre Municipalidad de Lumaco, con fecha 11/01/2010

Solicitud de Evaluación de Adenda N* 3 Por CONAMA, Región de La Araucanía, con fecha 12/01/2010

3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio N 2297 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 1 9/10/2009; Oficio N 295 MA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 20/10/2009; Oficio N 1037 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/10/2009; Oficio N? 470145509 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 22/10/2009; Oficio N 282 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía, con fecha 22/10/2009, Oficio N” 704 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 23/10/2009; Oficio N” 1879 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 23/10/2009; Oficio N 4493 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 23/10/2009; Oficio N 1518 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 23/10/2009; Oficio N? 757 sobre la DIA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 23/10/2009; Oficio N* 03626 sobre la DIA, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 26/10/2009; Oficio N” 1945 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región

Comisión Regional del Medio Ambiente — Región de La Araucanía 1

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de La Araucanía, con fecha 26/10/2009, Oficio N 3317 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía, con fecha 12/11/2009; Oficio N” 2153 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucania, con fecha 09/12/2009; Oficio N” 1206 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitanos, con fecha 10/12/2009; Oficio N 2908 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 14/12/2009; Oficio N 5295 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 14/12/2009; Oficio N 334 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía, con fecha 14/12/2009; Oficio N' 823 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 15/12/2009; Oficio N 0902 sobre la Adenda 1, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 15/12/2009; Oficio N 1765 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanla, con fecha 15/12/2009; Oficio N 03787 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 17/12/2009; Oficio N' 2426 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 28/12/2009; Oficio N 0105 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 14/01/2010; Oficio N 072 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 19/01/2010; Oficio N" 38 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 19/01/2010; Oficio N 0117 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 22/01/2010, Oficio N” MA17 - 65 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 25/01/2010.

3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA, Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de La Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía

Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de La Araucania

SEREMI Bienes Nacionales

SEREMI MOP, Región de La Araucanía

SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI de Salud Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Of. no Participación en la Evaluación N* 2461 Por Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía, con fecha 16/10/2009

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco”, de fecha 02 de febrero de 2010.

  2. La sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, de fecha 03 de febrero de 2010.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración

de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco”, en especial los correspondientes ICSARAs, Adendas e Informe Consolidado de la Evaluación.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco”.

  2. Que, el derecho de la llustre Municipalidad de Lumaco a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen tos requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco” consiste en:

3.1. Descripción del proyecto El proyecto tiene por objetivo el cierre, sellado y reinserción del vertedero de Lumaco, cuya operación se inició el año

1992 y en la actualidad continúa operando mediante método de altura para la disposición final de los residuos sólidos domiciliarios en el vertedero.

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De acuerdo al diseño propuesto, la vida útil que tiene el vertedero es de 1 año y la implementación del plan de cierre propiamente tal durará aproximadamente 4 meses, con un monitoreo de variables sahitarias y ambientales por 20 años.

Respecto al predio donde se encuentra emplazado el proyecto, éste se ubica al interior de la comunidad Pilin Mapu y posee una superficie total de 0,9 há, de las cuales 0,81 há se encuentran utilizadas para la disposición final de residuos.

El vertedero opera con Resolución Sanitaria N* 2.274/1993, otorgada por la Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región de La Araucanía.

3.1.1. Objetivo General del Proyecto

El proyecto tiene por objetivo el cierre, sellado y reinserción del vertedero municipal de Lumaco. Este objetivo tiene asociado una serie de obras de mejoramiento para realizar el cierre final, acorde con las consideraciones de protección del medio ambiente y las disposiciones legales vigentes.

3.1.2. — Definición de las partes, acciones y obras fisicas del proyecto.

En el proyecto, se identifican 4 etapas para la descripción y desarrollo del proyecto, las cuales se enumeran a continuación:

3.1.2.1. Descripción del Sitio de Emplazamiento

Este punto tiene como objetivo caracterizar el lugar de emplazamiento del vertedero, refiriéndose básicamente a los aspectos del medio natural en su medio físico, biótico y antrópico, el estado actual de las componentes ambientales, y los riesgos ambientales identificados, tales como estabilidad del depósito, infiltración de lixiviados, arrastre con aguas superficiales (aguas lluvias), riesgo de inundación del sector, contaminación atmosférica y proliferación de vectores.

3.1.2.2. Instalación de faenas

Las instalaciones propias de la faena se prolongarán por el periodo que dura la etapa de construcción de las obras de cierre (4 meses aproximadamente) y se emplazarán dentro del sitio a un costado del acceso. Estas instalaciones incluyen la siguiente infraestructura:

  • Habilitación de una oficina general (tipo contenedor).

  • Instalaciones para el personal (comedor y vestidor).

  • Habilitación de una bodega para el almacenamiento de los materiales e insumos.

  • Caseta de vigilancia.

  • Suministro eléctrico (mediante generador eléctrico).

  • Instalación de baños químicos y suministro de agua potable, la cual será suministrada a través de camiones aljibes para la utilización durante las actividades constructivas y para el consumo humano se habilitará un dispensador de agua purificada.

Para las instalaciones de personal se habilitarán contenedores especialmente acondicionados para tales fines. El servicio de baños químicos tendrá una frecuencia de retiro de dos veces por semana, en la que se renovará el contenido del estanque.

La superficie destinada para la instalación de faenas será de 120 m2.

3.1.2.3. Etapa de Cierre Final y Abandono

Las actividades y obras que se realizarán para el cierre final del vertedero, tienen por objetivo estabilizar el vertedero, protegerlo de la erosión, mantener bajo control las emisiones gaseosas y líquidas, asi como también disminuir el impacto paisajístico, entre otras, desarrolladas en las siguientes etapas:

a) Ejecución de Obras de Mejoramiento

Las obras de mejoramiento tienen por objetivo mejorar las condiciones actuales del sitio de emplazamiento del vertedero, para poder realizar las actividades propias del cierre de éste.

Estas obras se refieren a análisis preliminares que se deben efectuar y actividades anexas que se ejecutarán, las cuales son:

a.1) Levantamiento topográfico Se realizó un levantamiento topográfico preliminar de tal forma de determinar cotas y pendientes existentes. a.2) Redisposición de los residuos sólidos domiciliarios

Se realizará una redisposición y se ordenará la totalidad de los residuos que se encuentran dispersos o a la vista al interior del predio, producto de la operación actual del vertedero.

Dado que el trente de trabajo existente en el vertedero se encuentra hacia el poniente del sitio muy cercano al límite con el predio vecino, se reubicarán los residuos dispuestos superficialmente en una zona dentro del vertedero.

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a.3) Limpieza del entomo

Se realizará una limpieza general entomo al vertedero, en un radio que abarca los 100 metros por fuera de los deslindes del vertedero, Los residuos generados serán dispuestos en el mismo vertedero.

b) Obras de la Etapa de Cierre del Vertedero Para la confección del cierre, se conformarán dos niveles formando terrazas escalonadas.

Dado que la cota aumenta de poniente a oriente, se establece que en este último sector se proya la primera plataforma, comenzando en la cota 217,82 msnm, siendo la cota de terreno 218,72 msnm. Al ser la cota de la plataforma menor que la del terreno actual, es posible concluir que en este sector habrá corte de residuos, los que deben ser redispuestos en zonas contempladas para el relleno. La pendiente de coronamiento de la plataforma es de un 2%, lo que cumple el mínimo establecido por la reglamentación vigente de rellenos sanitarios. En lo que respecta a las dimensiones de la primera plataforma, esta tiene un ancho medio de 57 m y un largo de 28 m (sentido oriente — poniente).

Al término de esta estructura se desarrolla un talud que conduce al segundo nivel contemplado. Este talud posee una pendiente de 1:3 (V:H) y un desnivel entre las plataformas de 5,9 m.

El segundo nivel, ubicado a menor cota que el primero dada la topografia del terreno, presenta la misma pendiente definida de 2%, con un largo de 18 m, ancho de 59 m y desnivel medio de 0,5 m. La segunda plataforma se proyecta hacia el poniente habiendo un quiebre de pendiente al proyectar un segundo talud de 1:3 (V: H), el cuál termina en el terreno propiamente tal.

Los volúmenes de residuos que serán removidos para lograr el presente diseño se estima en un total de 20.957m”. b.1) Movimiento de tierra y disponibilidad de material para cobertura final Se realizará movimiento de tierra y tierra mezclada con residuos para realizar el perfilamiento requerido.

Respecto al material de cobertura final, y de acuerdo a balance de material realizado, no existe la totalidad de disponibilidad de material in situ.

En caso de utilizar material de zonas externas al vertedero, éstos serán obtenidos desde lugares que cuente con todas las autorizaciones respectivas emanadas por los órganos competentes, información que estará disponible en la Municipalidad de Lumaco.

b.2) Sistema de cobertura final

Para el sistema de cobertura final del vertedero municipal de Lumaco se proponen dos alternativas, dependiendo la disponibilidad de material requerido:

Alternativa 1: se utilizará en caso de disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:

  • Capa de suelo vegetal de 15 cm de espesor, no compactado.
  • Capa de material de cobertura de 60 cm y permeabilidad inferior o igual 1x10-5 cm/s.
  • Capa de residuos sólidos domiciliarios.

En caso de no encontrar suelos cercanos al vertedero con las características que exige el reglamento, se propone reemplazar la capa de 60 cm de material de cobertura por la instalación de un material geosintético como la Bentonita o GCL (GCL: Geosynthetic Clay Liner), cuyas características técnicas son:

  • Lámina de Bentonita reforzada con geotextil en ambas caras (Bentomat ST o equivalente).
  • coeficiente de conductividad hidráulica < 5 x 10%? cmís.
  • Espesor e=6 mm.

El sello propuesto es equivalente a una capa de arcilla de sobre 60 cm de espesor con coeficiente de conductividad hidráulica menor a 10” cmí/s. Tiene la ventaja de adaptarse a los eventuales asentamientos de la masa del relleno, se reducen considerablemente los agrietamientos y es de fácil instalación.

Aíternativa 2: se utilizará en caso de no disponer de material de cobertura con impermeabilidad indicada en normativa y está constituido por las siguientes capas:

  • Capa de suelo de 15 cm de espesor, no compactado.

  • Capa de suelo de 50 cm y coeficiente de conductividad hidráulica s 1x10* cmís.

  • Lámina de Bentonita con coeficiente de conductividad hidráulica < 5 x 10% cmís.
  • Capar de suelo compactado de 20 cm.

  • Capa de residuos sólidos domiciliarios.

b.3) Manejo de lixiviados

Se implementarán dos pozos de succión 4 m de profundidad para realizar el seguimiento del nivel de acumulación de los líquidos, los que estarán ubicados en la plataforma superior y en el vértice noroeste del vertedero.

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Los pozos considerarán, en la parte más baja, un drenaje por medio de bolones de canto rodado de 4” a 8” de diámetro, teniendo en el interior una base de 1 m? y una altura efectiva de 2 m. al centro del drenaje se instalará una

tubería de HDPE de 6” de diámetro cuya parte más profunda será perforada (últimos 2 m), y cuya parte superior se encontrará con tapa y cerrado.

En caso de existir, los líquidos se succionarán mediante empresa autorizada y se dispondrán en lugares que cuenten con todas las autorizaciones ambientales y sectoriales. Se hace presente que el proyecto no realizará descarga de residuos líquidos en otro lugar que no sea un lugar autorizado.

Se mantendrán registros de la extracción de los líquidos y su posterior disposición final, estableciendo claramente cantidades, empresa de retiro, transporte y eliminación autorizados.

Dicho registro se mantendrá en posesión de la Municipalidad de Lumaco. b.4) Manejo de biogás

Se construirán 4 pozos de venteo de biogás con un radio de acción de 25 metros cada uno, con un traslape de4m entre chimeneas y una superficie de 1 m.

Cada pozo se construirá de material pétreo con bolones de 5” a 10” de diámetro, que serán dispuestos en la base donde esta en contacto con los residuos. Éstos se protegerán mediante malla bizcocho y listones de madera. En su parte central, se instalará una tubería de PVC de 4" de diámetro, la cual estará perforada en la parte inferior que se encuentra en la capa de residuos para permitir la evacuación del biogás hacia el ambiente.

b.5) Diseño de canales interceptores de aguas lluvia

Se construirá un sistema de canales perimetrales impermeabilizados con hormigón que evacuará la escorrentía generada por las precipitaciones, basándose el sistema de conducción en el escurrimiento gravitacional y descargando en sector nororiente del vertedero.

El sistema contará con una cámara de muestreo al final del sistema de recolección y conducción de aguas lluvias, cuyas dimensiones será de 1,5 x 1,5 m y 2 m de altura y material de hormigón.

El punto de descarga será en terreno de propiedad de terceros, ante lo cual se adjunta documento de propietario aceptando las aguas lluvias limpias generadas en el proyecto.

b.6) Cierre perimetral

El vertedero tiene implementado dos cercos perimetrales completos, separados a una distancia de 0,5 m, estando construidos por muros tipos bulldog con tres hileras de alambre de púa, el cual se mantendrá en óptimas condiciones.

b.7) Franja Cortafuegos

Con la finalidad de aislar el predio respecto de su entorno forestal, se habilitará en forma perimettal una franja cortafuegos que poseerá un ancho de 5 m y un largo que abarcará toda la extensión del predio donde se dispuso residuos. Para que dicho sector se mantenga como cortafuego, se realizarán las siguientes acciones:

  • Se mantendrá la franja libre de todo elemento combustible.
  • No se revegetará esta zona con ninguna especie.

b.8) Revegetación y paisajismo

Una vez construida ta capa de cobertura final, se procederá a plantar especies vegetales de raíces poco profundas y rastreras de tal forma de proteger la capa de cobertura final.

Además, se densificará la cortina vegetal por los deslindes del vertedero, mediante la plantación de dos corridas de árboles cuyas especies serán de rápido crecimiento y con caracteristicas de baja inflamabilidad. El prendimiento de la corrida de árboles será del 100%.

Para mantener la cobertura vegetal se realizarán labores de riego, principalmente en época estival, a través de un camión aljibes que se abastecerá de agua proveniente de lugares autorizados.

b.9) Mejoramiento de caminos de acceso y/o interiores.

Respecto al camino de acceso al vertedero, se realizará una limpieza del área en forma permanente, ya sea durante la operación actual del vertedero como al momento de ejecutarse las obras de cierre. Esta limpieza consistirá en mantener la vía limpia y libre de desperdicios o tierra dispersa que pueda derramarse como producto del transporte del material hacia el vertedero.

Además, se mantendrá limpia una franja de por lo menos 200 m antes y 100 m después del acceso al predio.

En cuanto a los caminos interiores, se mantendrán y reacondicionarán los caminos que existen actualmente, para permitir un tránsito expedito de los camiones al momento de ejecutar el cierre del vertedero.

b.10) Seguridad y control de Acceso

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El vertedero municipal de Lumaco cuenta con un portón de acceso, el que permite restringir el acceso hacia el vertedero. Durante la ejecución de las obras de cierre del vertedero, se mantendrá un control para acceder a dichas instalaciones, así como también se controlará y registrará la cantidad de materiales que ingresen o egresen de la obra.

Este portón permanecerá en buen estado. 3.1.2.4. Post-cierre y usos futuros

El post-cierre consta principalmente de las actividades relacionadas con el monitoreo y control de las obras ejecutadas en el cierre del vertedero.

a) Plan de monitoreo y control

El plan de monitoreo y control se presenta en la siguiente tabla:

Actividad Descripción Frecuencia Mantención de la Monitoreo de asentamientos, Quincenal durante el primer año. Luego cobertura final agrietamientos, deslizamientos, entre otros | en forma trimestral por 20 años Levantamiento topográfico Al término de los trabajos de cierre.

Luego cada año, hasta el quinto año donde se evaluará su continuidad

Manejo de Aguas | Inspección visual del sistema de manejo de | Entre abril — noviembre por 20 años Superficiales aguas lluvias

Limpieza y reparación de canales En marzo de cada año por 20 años

Monitoreo de acuerdo a usos bebida animal | Semestral y riego de la NCh 1.333/0f78

Manejo de Aguas | Implementación de 2 pozos de muestreo de | Semestral por 20 años

Subterráneas acuerdo a parámetros Art, 47

Manejo de Biogás | 4 pozos pasivos Semestral los 5 primeros años Luego, una vez al año

Mantención de Se implementarán labores de riego Época estival y hasta lograr la

Cobertura Vegetal consolidación de la cobertura vegetal

La lista de chequeo a aplicar por cada actividad realizada en el vertedero será la siguiente:

SITUACIÓN ACTUAL OBSERVACIONES

RIESGOS AMBIENTALES Normal Alterada

Deslizamientos de Material Depositado

Grietas en la Superficie del Relleno

Muestreo de Aguas Subterráneas

Fallas en el Equipamiento Utilizado

Canales Interceptores de Aguas Lluvia

Acumulación de Aguas Lluvias

Caminos Interiores

Cerco Perimetral

Portón de Acceso

Control de Vectores Sanitarios

Estado Pozo de Succión

Afloramiento de Lixiviados

Disposición llegal de Residuos

Los riesgos ambientales indicados en lista de chequeo son los mínimos que se controlarán, por lo cual la lista puede ser ampliada a solicitud de los fiscalizadores o en su defecto por el titular y deben estar todas disponibles para efectos de fiscalización.

b) Usos futuros

Teniendo en cuenta la opinión y acuerdo tomado entre la |. Municipalidad de Lumaco y la comunidad Pitin Mapu, la reinserción se realizará mediante la implementación de un parque de uso público para la comunidad con juegos infantiles provisto de vegetación nativa, principalmente especies vegetales herbáceas y arbustivas, que permitirá contar con una zona de esparcimiento y recreación, lo que será ejecutado por la Municipalidad de Lumaco.

Dada las características de estos proyectos de saneamiento, la habilitación del parque queda sujeta al comportamiento de éste en términos de estabilidad ante lo cual se estima que se podrá hacer uso del terreno por parte de la comunidad, alrededor de 8 a 10 años después de su cierre, previo informe técnico.

Se deja constancia que el terreno del vertedero no se utilizará a futuro para:

  • La construcción de edificios y casas habitacionales sobre el terreno afectado.
  • El desarrollo de cultivos agrícolas.

3.1.3. Maquinaria

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La principal maquinaria y equipo a utilizar durante el desarrollo del cierre del vertedero, junto con la potencia utilizada, se indican a continuación:

Maquinaria o Equipo Cantidad Potencia (HP) Combustible o Energía Bulldozer 1 120 Diesel Excavadora 1 120 Diesel Motoniveladora 1 200 Diesel Rodillo compactador 1 100 Diesel Camión Tolva 3 200 Diesel Generador eléctrico 1 75 Diesel

En caso que alguna máquina sufra un desperfecto, el titular implementará las medidas necesarias y en el menor tiempo posible para reanudar la operación normal del plan de cierre.

3.1.4. Seguridad e Higiene

Durante el desarrollo de la etapa de cierre del vertedero, los trabajadores usarán todos los elementos de seguridad necesarios para prevenir los posibles impactos generados a causa del trabajo. Alguno de los elementos a utilizar son: calzado de seguridad, guantes, antiparras, overol, mascarillas, cascos, protector solar, entre otros.

Además de lo anteriormente descrito se considera la ejecución de charlas de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.

3.1.5. Plan de Contingencia En el caso de cualquier tipo de contingencia, se tomarán las siguientes medidas generales:

1) Daraviso a las autoridades pertinentes CONAMA, SAG, SEREMI DE SALUD, según corresponda.

2) Coordinar el cronograma de las reparaciones con el fin de facilitar la fiscalización.

3) Equipar al personal que atenderá la contingencia con el equipo de protección personal correspondiente.

4) Efectuar inmediatamente las acciones correctivas descritas para cada tipo de contingencia.

5) Mantener un registro sistematizado en el cual se detalle la fecha, hora, duración y lugar específico donde se produjo la contingencia, personal responsable, acciones aplicadas, duración de las obras ejecutadas y resultados obtenidos.

6) Comunicar a las autoridades y a la población, las medidas y acciones correctivas aplicadas y los resultados obtenidos.

Las medidas específicas para cada tipo de contingencia son: 3.1.5.1.Deslizamientos de Material Depositado

1) Remoción de los materiales y reperfilamiento con pendientes menores a (1:3). 2) Cobertura de los residuos con tierra.

Los residuos removidos serán incorporados hacia el sector de redisposición de residuos. 3.1.5.2.Grietas en la Superficie del Relleno

1) Rellenar las grietas con suelo fino compactado hasta alcanzar su cota y superficie original. La compactación podrá ser manual o mecánica.

2) Controlar en el tiempo el asentamiento del material incorporado, reparando las fisuras visibles.

3) Registrar la zona reparada en el registro de contingencias.

3.1.5.3. Acumulación y afloramiento de lixiviados

1) Construcción de zanjas de contención en el pie de los taludes para controlar los líquidos lixiviados. Las zanjas deberán ser llenadas por material drenante (material granular redondeado) cubiertas con un geotextil de protección y cerradas por una capa de tierra.

2) Se incorporará sistemas de impulsión y tuberias con la capacidad suficiente que permitan captar los líquidos, acumularlos en un estanque y conducirlos a un destino final autorizado.

3) Se reparará la cobertura afectada por el evento, retirando en lo posible el material e incorporando nuevo material de cobertura en la zona. El suelo contaminado será dispuesto dentro del mismo depósito.

4) Por último, se registrará la zona reparada en el registro de contingencias.

3.1.5.4. Contaminación de aguas subterráneas

1) En caso de detectarse alteración de alguno de los parámetros monitoreados, se realizará contra muestra y se notificará a las autoridades correspondientes acerca de la muestra alterada.

2) Se revisarán todos los drenajes existentes para garantizar su buen estado. En caso de encontrarse falla en el sistema, se llevará a cabo el mantenimiento respectivo.

3) Si es que la contra muestra sale alterada, se notificará a las autoridades correspondientes de que existe un problema de contaminación de aguas subterráneas, producto de una falla aún no identificada del sistema de manejo de estos.

4) Si es que se confirma la contaminación de la napa, se procederá a realizar una segunda revisión del sistema proyectado.

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5) Dada la existencia de 2 pozos, se procederá a bombear por 48 horas de forma ininterrumpida las aguas desde el pozo ubicado aguas abajo.

6) Una vez recirculadas las aguas, se realiza la medición de la calidad del agua en el pozo ubicado aguas abajo, a los 2 días de terminado el bombeo. En caso de que se cumpla con la normativa, se propone medir nuevamente en 1 mes, para continuar con los pasos señalados.

7) Sies que la muestra arroja algún grado de contaminación y no cumple con la normativa, se procede a bombear el agua desde los 2 pozos, por un periodo de 72 horas. Finalizado este periodo, se procede nuevamente a realizar la Actividad N? 6. Si la contaminación persiste, se realiza nuevamente un bombeo desde los 2 pozos durante 72 horas, generándose una iteración entre la Actividad N 6 yN7.

3.1.5.5.Incendio o Explosión por emanaciones de gas

1) Se organizará el equipo (previamente entrenado) para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores.

2) Sofocar el incendio cubriendo el foco con material de cobertura, y ocupando la maquinaria pesada disponible. Además, se solicitará el apoyo de bomberos o personal de brigadas contra fuego.

3) Se aislará el área de riesgo y prohibición de ingreso de personas ajenas a la operación.

4) Las personas que se encuentren en la zona se ubicarán en la dirección contraria al viento.

5) Seretirarán elementos que puedan combustionar del área de incendio. Si esto es imposible, alejarse del lugar y dejar que se quemen.

6) El supervisor de obra decidirá si es necesario solicitar la ayuda de servicios extemos para detener el fuego (bomberos, personal de brigadas contra fuegos, etc).

7) Seregistrará el accidente y sus causas.

Si la explosión es causada por biogás, situación poco probable, se tomarán adicionalmente las siguientes medidas:

1) Se disminuirá la presión del gas con sondajes y/o zanjas. 2) Se detectará e impermeabilizará la zona dañada. 3) Registrar el accidente y sus causas.

3.1.5.6.Incendios forestales

1) Se dará aviso a Conaf, bomberos y carabineros del siniestro.

2 Se instalará señalética que restrinja las actividades con fuego en el sector y que promuevan actitudes de precaución con relación a las actividades que pudiesen generar un incendio forestal.

3) Se retirarán los elementos que puedan 'combustionar del área de incendio. Si esto es imposible, alejarse del lugar y dejar que se quemen.

3.1.5.7.Alteración de la bentonita

1) Se despejará completamente el sector para dimensionar la superficie afectada.

2) Se procederá a abrir la zona cubierta por la bentonita para detectar si el problema proviene desde las capas inferiores. En caso de ser así se procederá a rellenar dicho sector, compactándolo lo más posible mediante el uso de pisones manuales o palas mecánicas.

3) Una vez recuperada la superficie se procederá a cubrir nuevamente en forma integra para restituir las condiciones originales.

4) En caso que la bentonita se encuentre muy deteriorada, está será reemplazada por otra capa de material nuevo.

3.1.5.8.Fallas en la maquinaria utilizada

1) Reemplazar el equipo y/o maquinaria por el tiempo necesario hasta reparar el equipo averiado (a través de adquisición o arriendo).

2) Disponer en las instalaciones del depósito de un equipo para cobertura y compactación alternativo.

3) Disponer en la planta de bombas de emergencia en caso de ser requeridas.

3.1.5.9.Generación de microbasurales

Para evitar la generación de microbasurales, se dará aviso a la comunidad de la restricción de uso del ex — vertedero y quienes sean sorprendidos botando residuos serán sancionados.

3.1.5.10. Retiro de cierre perimetral y disposición ilegal de residuos

Para evitar el retiro del cierre perimetral y la continuidad con la disposición ilegal de residuos en el vertedero se dará aviso a Carabineros de situaciones anómalas. Además se informará a la comunidad más cercana de un número telefónico de contacto mediante el cual podrán hacer las denuncias relacionadas con este tema. Se establecerá una campaña comunicacional mediante la cual se dará aviso del cierre del vertedero y de la prohibición de botar residuos en su interior o entorno más cercano, en caso de identificarse responsables de estos hechos, serán sancionados. 3.1.6 Supervisión en la ejecución del plan de cierre

La supervisión del Plan de Cierre estará a cargo de la Municipalidad de Lumaco y además se considera durante la ejecución de las obras de cierre, la contratación de un inspector Técnico de Obras.

Además, se contempla un cuidador para controlar el acceso al vertedero, el cual estará presente durante la ejecución de las obras de cierre en horario nocturno.

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3.2. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto

Durante el desarrollo del proyecto se podrán producir algunas emisiones a la atmósfera, principalmente por concepto de movimientos de tierra y, en una menor proporción, emisiones provenientes de la combustión interna de los

motores de las maquinarias y camiones que participarán en el desarrollo del cierre del vertedero, ante lo cual se implementara sistema de humectación y velocidades de bajas de la maquinaria.

Se hace presente queda expresamente prohibida la quema de elementos o residuos dentro del vertedero municipal de Lumaco tanto en la etapa de operación como de cierre y monitoreo posterior.

Los únicos residuos fíquidos que se generarán durante el cierre del vertedero son aguas servidas. Durante este periodo se contará con baños químicos. La limpieza y mantención de los baños químicos estarán a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Respecto de los lixiviados y los escurrimientos sub-superficiales, se habilitarán dos pozos de succión para su acumulación. Luego éstos serán retirados mediante bombeo y transportados y eliminados en instalaciones que cuente con todas las autorizaciones correspondientes de los distintos órganos con competencia en al tema.

Las aguas lluvias serán canalizadas y evacuadas en cámara de muestreo para ser derivas en terreno de propiedad de terceros. Se adjunta declaración simple, firmada por el propietario, en el cual se establece que éste se encuentra en conocimiento y de acuerdo con la solución adoptada de aguas lluvias.

Producto de las obras y/o actividades del cierre del vertedero, existe generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados, los cuales serán cargados por el servicio municipal recolector y trastadado al lugar de disposición final de residuos sólidos.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco", y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1.La ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco” cumple con la siguiente normativa ambiental:

Normativa

Forma de cumplimiento

Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente

Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación del proyecto de saneamiento.

D.S. N* 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental

Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para su evaluación.

Artículos 78, 79, 80, 81, 82 y 84 del Código Sanitario

De conformidad a la normativa señalada, se solicitará a la autoridad sanitaria la aprobación del proyecto “Plan de Cierre de Vertedero Comuna de Lumaco”.

Decreto Supremo N” 189/2005, del Ministerio de Salud, aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios.

El presente proyecto, cumplirá en forma cabal todo lo descrito para el cierre y abandono de una instalación de disposición final de residuos sólidos, descrita en el reglamento.

Decreto 144/61, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

El proyecto generará gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes derivados sólo del movimiento de tierra y de la combustión de combustibles por los motores de la maquinaría utilizada.

Decreto N” 75/1987, dei Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sobre

Condiciones para el Transporte de Carga

Todos los materiales transportados al sitio de emplazamiento del vertedero, estarán correctamente cubiertos, evitando escurrimientos o caídas involuntarias.

D.S. N* 90/00 MINSEGPRES “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”

El proyecto no genera descargas de efluentes liquidos en aguas superficiales, marinas ni continentales.

D.L. 3557 que Establece Disposiciones sobre Protección Agricola.

El proyecto se desarrolla sobre el vertedero, el cual es un área intervenida y sin suelos naturales. Por otra parte, el desarrollo del proyecto no afecta a áreas no intervenidas a consecuencia de la operación del vertedero, por lo que no se generará una pérdida de suelos.

D.S. 46/2002 MINSEGPRES, Norma de emisión de residuos liquidos a | aguas subterráneas.

El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos en aguas subterráneas.

D.S. N? 594/1999 del MINSAL, reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

El proyecto contempla el abastecimiento de agua potable envasada y la instalación de servicios higiénicos (baños químicos, duchas y vestidores) durante el desarrollo de todo el proyecto cumpliendo con la legislación vigente.

D.S. N* 146/1997 del MINSEGPRES, “Emisión de ruidos molestos por fuentes fijas”

A causa de las actividades a desarrollar pata el cierre final del vertedero, es previsible que las emisiones se mantengan durante las faenas que serán desarrolladas en horario diurno. Éstas irán decreciendo en la medida que avancen las obtas de mejoramiento. En caso que se supere la normativa, se adoptarán las medidas necesarias para cumplir con ésta.

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Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Lumaco”

NCh 1.333/78 Norma de calidad de agua, requisitos de calidad de agua para uso de bebida animal y riego.

En caso necesario, y dado que el efluente de aguas lluvias descargará en terreno particular, se realizará monitoreo de acuerdo a los usos para bebida animal y riego.

Ley de Bosques

El proyecto no contempla tala de árboles o la intervención de bosques, si bien en los alrededores del sitio del proyecto existen áreas con estas características, el desarrollo del proyecto sólo se limitará al interior del sitio donde se encuentra el vertedero de Lumaco, sin intervenir las zonas aledañas.

D.S. N* 40/1969. Reglamento de prevención de riesgos profesionales.

Se considera la ejecución de charlas de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.

DS N” 735/1969. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano,

Los servicios de agua destinados a consumo humano serán implementados a través de agua potable envasada. En el caso de agua para servicios higiénicos y duchas, esta será provista mediante camiones aljibe.

D.S. 138/05 de MINSAL que establece obligatoriedad de declarar emisiones a la atmósfera, por parte de titulares de fuentes fijas.

El proyecto contempla el uso de un equipo electrógeno por lo cual se realizará, para el período de funcionamiento, la declaración de emisiones atmosféricas.

Ley 19.253/1.993 "Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indigenas"

El municipio mantendrá comunicación permanente con la comunidad de manera tal de generar el menor impacto y molestia en los vecinos y entregarles un espacio de recreación a la comunidad.

Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales

El proyecto se circunscribe estrictamente al sitio del vertedero de Lumaco, el cual ya se encuentra intervenido, por lo que no es posible

encontrar restos arqueológico, así como tampoco se encuentra cerca de algún monumento.

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N' 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.

  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

6.1. Se implementará cortina arbórea por todo el perímetro del vertedero de al menos 2 corridas de árboles para minimizar el impacto visual.

6.2. Se realizará mensualmente, durante el período de cierre, campañas de desratización y desinfección de las instalaciones del vertedero.

6.3. Se mantendrá registro de extracción de líquidos y sitio de eliminación.

6.4. Se realizará una campaña comunicacional para dar aviso del cierre del vertedero y de la prohibición de botar residuos en su interior o entorno más cercano.

6.5. Se mantendrá un plan de comunicación permanente con la comunidad Pilin Mapu para informar los avances del plan de cierre.

6.6. Se pintarán las panderetas, por ambos lados, de color verde de tal forma de mimetizarlo con el entorno.

6.7. El encargado municipal del plan de cierre del vertedero mantendrá un registro con todos los antecedentes y actividades relacionadas con el manejo del vertedero hasta que finalice el monitoreo y seguimiento de éste.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero

Lumaco”, presentada por el Señor Manuel Domingo Painiqueo Tragnolao en representación de !lustre Municipalidad de Lumaco.

CERTIFICAR que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Plan de Cierre

Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24? de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al

? Vertedero Lumaco” cumple con ta normativa de carácter ambiental. 3.

proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental. 4.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con

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competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  1. Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8” de la Ley N? 49.300, sobre Bases del Medio Ambiente "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”, si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

  2. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. :

  3. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.

  4. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  5. Contra la presente resolución procede por parte del titular, el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.

JPD/CLL/CCN/meq

Distribución:

  • Sr. Manuel Domingo Painiqueo Tragnolao
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
  • Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía
  • Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía
  • Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía
  • — Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucania
  • Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía
  • Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucánía
  • SEREMI Bienes Nacionales
  • SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía
  • Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía
  • SEREMI MOP, Región de la Araucanía
  • Subdirección Nacional Temuco CONADI
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios Cie:
  • María Eugenia Quintana
  • Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo
  • Expediente del Proyecto “Plan de Cierre Vertedero Lumaco "
  • Archivo CONAMA IX, Región de la Araucania

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