Evaluación SEA

AMPLIACION Y MEJORAMIENTO AEROPUERTO EL LOA CALAMA II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Rol 4025852
SEA · DIA · Aprobado · 2009-09-15 · Región de Antofagasta · Sociedad Concesionaria Aeropuerto El Loa S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA Il REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO AEROPUERTO EL LOA CALAMA II REGIÓN DE ANTOFAGASTA"

Resolución Exenta N*

Antofagasta, 13 de Mayo de 2010

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta”, presentado por el Señor Patricio Lahsen Maiza, en representación del Ministerio de Obras Públicas, con fecha 15 de Septiembre de 2009.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N 4237 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/10/2009; Oficio N 1064 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta, con fecha 08/10/2009; Oficio N" 2122 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta, con fecha 09/10/2009; Oficio N” 0355 sobre la DIA, por Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, con fecha 09/10/2009; Oficio N” 1014 sobre la DÍA, por SEREMI de Obras Públicas-Región de Antofagasta, con fecha 09/10/2009; Oficio N” 1202 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Calama, con fecha 13/10/2009: Oficio N 1346 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 13/10/2009; Oficio N 187 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 13/10/2009; Oficio N” SEO2 4524/2009 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 13/10/2009; Oficio N 2986/2009 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 13/10/2009; Oficio N” 1018 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/10/2009; Oficio N 596 sobre la DIA, por SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Antofagasta, con fecha 13/10/2009; Oficio N? 606 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 14/10/2009; Oficio N 418 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 14/10/2009; Oficio N 1167/2009 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 15/10/2009; Oficio N 344 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 16/10/2009; Oficio N 36 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 15/01/2010; Oficio N 1 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Calama, con fecha 20/01/2010; Oficio N 0023 sobre la Adenda 1, por Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta, con fecha 26/01/2010; Oficio N 036 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 26/01/2010; Oficio N” 108 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 28/01/2010; Oficio N 048 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Antofagasta, con fecha 29/01/2010; Oficio N 132/2010 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 29/01/2010; Oficio N 67 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 01/02/2010; Oficio N 439 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/02/2010; Oficio N SEDZ 214/2010 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 01/02/2010; Oficio N 42 sobre la Adenda 1. por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 04/02/2010; Oficio N 481 sobre la Adenda 2, por llustre Municipalidad de Calama, con fecha 20/04/2010; Oficio N 235 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 28/04/2010,

  1. El Acta de la Sesión Extraordinaria de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, de fecha 7 de Mayo de 2010.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta".

  3. Lo dispuesto en la Ley N 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el artículo 2 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19,880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600/2008, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloria General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto,

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama Il Región de Antofagasta".

  2. Que, el derecho del Ministerio de Obras Públicas, a emprender actividades y a ejecutar el presente proyecto está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente y las condiclones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta" consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto consistirá en la ampliación, reubicación y mejoramiento de diferentes instalaciones del aeropuerto en funcionamiento. Especificamente, considerará las siguientes obras y actividades:

  • Construcción, remodelación y reubicación de edificios destinados a la atención de pasajeros, oficinas y edificios de apoyo o soporte del Aeropuerto El Loa Calama (en adelante ALO).

« Mejoramiento y construcción de las vías de acceso, de circulación interior y de estacionamientos capaces de responder al incremento de la demanda,

  • Ampliación de la capacidad y/o relocalización de infraestructura sanitaria y energética,

  • Mejoramiento de la pista de aterrizaje aeronáutica y construcción de una nueva; así como también, la incorporación de pistas de rodaje y ampliación del área de estacionamiento de aviones.

Para mayor detalle, ver figura N* 6 de la DIA, 3.1.1. Ubicación, superficie y mano de obra

El proyecto se localizará en la Región de Antofagasta, Provincia del Loa, Comuna de Calama, a 6 kmal suroeste de la ciudad de Calama. Para mayor detalle, ver figuras N' 1 y N* 2 de la DIA.

Las coordenadas UTM de ubicación del aeropuerto corresponden a 509.914 Este; y 7.512.010 Norte (Datum WGS 84).

El proyecto se desarrollará en una superficie de 572,3 ha aproximadamente, considerando la construcción de un total de 223.711 m?.

La mano de obra requerida en la etapa de construcción será de 150 personas y para la etapa de operación será de 257 personas.

3.1.2. Monto de la de Inversión

El monto estimado de la Inversión será de US $ 68.000.000.

3.1.3. Vida útil

La vida útil del proyecto será de 10 años.

3.1.4. Partes, actividades y obras del proyecto

Abarcará las obras relacionadas con:

a) Construcción de un nuevo terminal de pasajeros

El proyecto contemplará la relocalización del edificio terminal de pasajeros sobre el área que actualmente ocupan la torre de control, sistema de extinción de incendio (en adelante SEl), sala eléctrica, grupo generador, hangar club aéreo y las oficinas para apoyo técnico, administrativo y logístico, correspondientes al terminal de la Dirección General de Aeronáutica Civil de Chile (en adelante DGAC). Dado el requerimiento, las instalaciones existentes serán demolidas y relocalizadas.

El nuevo edificio presentará una superficie base de 4.680 m? y 2 pisos de altura. Contará con los siguientes servicios: cocina, restaurant para público general, salas de concesión comercial, baños para hombres y mujeres, salas para el control de embarque, oficinas administrativas y técnicas, salas de reunión, baños para el personal, salas de equipos, comedores, salas de reunión, salas de estar y dormitorios. Para mayor detalle, ver Anexos B_2A y B_2B de la DIA.

b) Remodelación del actual terminal de pasajeros

Las actividades relacionadas con las oficinas de la DGAC, serán trasladadas a las dependencias del actual edificio de pasajeros. Para mayor detalle, ver Anexos B_3A y B_3B de la DIA.

e) Relocalización de edificaciones de apoyo o soporte

Otras dependencias serán reubicadas con el fin de mejorar sus funciones operativas; tales como la torre de control, cuartel SEI, hangar de la DGAC, terminal de carga y patio meteorológico. En los Anexos B_4 y B_5 de la DIA, se detalla la ingeniería de la torre de control y del cuartel SEl.

d) Mejoramiento y construcción de vías de acceso, de circulación interior, y de estacionamientos

El desarrollo del proyecto de accesos y estacionamiento considerará una serie de criterios que facilitarán su operación y funcionamiento. Para mayor detalle, ver literal b.2) del numeral 2.2 de la DIA.

e) Ampliación de la capacidad y/o relocalización de instalaciones de infraestructura sanitaria y energética

Por las condiciones de diseño futuras y de crecimiento del ALC, se configurará un nuevo colector principal de alcantarillado. Además, por falta de capacidad y cambio de ubicación, se proyectará una nueva planta de tratamiento de aguas servidas en dos módulos, la que estará ubicada al costado norte de los futuros estacionamientos.

La solución propuesta para cumplir con este mejoramiento consistirá en lo siguiente;

Construcción colector principal de alcantarillado.

Construcción planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS).

Reconexión de la red interior de alcantarillado del edificio DGAC (actual terminal de pasajeros). Diseño de instalaciones interiores de alcantarillado del nuevo edificio terminal, edificio SEI y torre de control,

  • Construcción cámara de descarga de aviones.

.o.oso

Se trasladará el edificio (hacia el oriente del actual terminal de pasajeros) y se modernizará el grupo transformador y el grupo electrógeno, pero no se aumentará la capacidad de potencia.

Asimismo, se construirán tres subestaciones eléctricas correspondientes a: subestación eléctrica DGAC principal (21,1 m?); subestación eléctrica DGAC secundaria (159,3 m2) y subestación eléctrica concesión (35,3 m?).

f) Mejora de pista de aterrizaje existente y construcción de una nueva

Se habilitará una nueva pista de aterrizaje localizada al sur de la existente y conectada por tres rodajes. La plataforma de estacionamiento será también ampliada y se ubicará al Este de la ya existente, en total se tendrá una disponibilidad de 9.242 m?.

La pista proyectada tendrá una longitud de 3.040 m de largo por 45 m de ancho; estimándose una superficie de 186.000 m2.

En cuanto a los rodajes se ampliarán durante la primera fase de construcción en 3.400 m2.

Finalmente, la plataforma de estacionamiento que se proyecta tendrá una superficie de 7.600 m? que se anexará a la existente. Ambas, la existente y la proyectada abarcarán una superficie total de 31,390 m?.

3.1.4.1. Etapa de construcción 3.1.4,1.1. Preparación de terreno

Contemplará las siguientes actividades:

  • Replanteo topográfico e instalación de puntos de referencia (PR)
  • Nivelación del terreno « Despeje de instalaciones existentes

Los equipos pare el movimiento de tierra y excavación de material, se detallan en el numeral 2.3.1.4 de la DIA.

3.1.4.1.2. Instalación de faenas

Previo al inicio de las obras se procederá a la instalación de faenas, que se localizará al oriente de los actuales hangares del ALC, ocupando una superficie de 500 m2,

La instalación y cperación de faenas incluirá la instalación de recintos temporales (contenedores) para la administración de las obras; habilitación de un comedor; recinto para trabajadores, bodega de materiales y articulos de seguridad; oficinas de técnicos y espacios para el estacionamiento tanto de vehículos como de maquinaria.

La Sociedad Concesionaria, deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Manual de Planes de Manejo Ambiental para Obras Concesionadas, versión 5.01, el que define una serie de obligaciones y exigencias para la ejecución de instalaciones de faenas. Para mayor detalle, ver Anexo C de la DIA.

3.1.4,1.3. Insumos

Los principales servicios asociados al proyecto serán los siguientes:

+» Energía eléctrica: será suministrada por medio de las instalaciones existentes, provista a través de la subestación eléctrica, emplazada dentro del predio.

+. Combustible: durante la etapa de construcción no se requerirá el abastecimiento de combustibles, de manera que no existirán nuevas instalaciones para estos efectos,

  • Agua: la zona del aeropuerto dispone actualmente de abastecimiento regular de agua potable proveniente de la red pública.

Se estima una demanda de agua para el proceso constructivo de 23 m%/día.

Los principales materiales a ocupar durante la construcción serán:

Hormigón

Acero

Moldajes

Base chancada y granular Asfalto

.e.oo.s

3.1.4.2. Etapa de operación

Durante la etapa de operación se mantendrán las mismas actividades actuales que se realizan en las diferentes oficinas, instalaciones y operaciones del ALC.

El número de funcionarios se incrementará hacia el año 2027 en un 25% aproximadamente en comparación al número actual, estando las instalaciones diseñadas para ese número, que corresponderán a 250 funcionarios en las diferentes actividades del aeropuerto, Se operará durante 12 horas en dos turnos.

El cálculo del incremento de pasajeros y operaciones de aeronaves, se detalla en el Anexo D de la DIA.

El mantenimiento estará a cargo del concesionario y consistirá en lo siguiente:

  • Mantención de mobiliario, señalética, demarcaciones y otras.

+» Procurar el buen estado de cintas transportadoras de equipaje, sistema de climatización, equipo de rayos X, equipo detector de metales y pesas.

  • Servicios de electricidad, que incluirá el mantenimiento del generador eléctrico, subestación eléctrica, montacargas, puertas automáticas, entre otras.

  • Mantención de muros, techos, cielos, puertas, ventanas, pisos, estructuras metálicas, pavimentos, equipos electromecánicos, de las obras civiles del aeropuerto.

  • Mantenimiento y conservación de estanque de agua potable.

  • Conservación de la planta de tratamiento de aguas servidas.

  • Mantenimiento de extintores, sistema automático de extinción de incendios y red húmeda.

  • Retiro de basura, que incluirá sistema de retiro y mantención de áreas de depósito.

  • Mantenimiento de áreas verdes.

» Limpieza y aseo del terminal de pasajeros y baños.

Para mayor detalle del plan de mantenimiento, ver Anexo E de la DIA.

El plan de emergencia, contiene las medidas y coordinaciones que deberán adoptarse durante una emergencia que pueda ocurrir en el ALC o en sus inmediaciones y tiene como propósito responder en forma rápida y eficiente, de modo de permitir que las víctimas resultantes de la emergencia sean inmediatamente rescatadas del área del siniestro y reciban una oportuna asistencia médica y sicológica.

El plan ha sido diseñado considerando las siguientes emergencias:

Accidente de aeronaves dentro del aeropuerto

Accidente de aeronaves fuera del aeropuerto

Averías, emergencias e incidentes de aeronaves en vuelo

Incendios estructurales, pastizales y vehiculares

Emergencia debido a actos de interferencia ilícita (sabotajes y/o amenazas de bomba; apoderamiento ilícito; sabotajes y/o amenazas en instalaciones de servicio)

Para mayor detalle del plan de emergencia, ver Anexo F de la DIA. 3.1.4.3. Etapa de cierre

No se contempla una etapa de abandono propiamente tal, sino que más bien se define una concesión desde el punto de vista económico que incluye factores de retribución de la inversión y utilidad esperada. El proyecto será modernizado de acuerdo al avance tecnológico y demanda de mercado. No obstante, ante un caso extremo de una eventual necesidad de abandonar prematuramente el proyecto, se detendrán las operaciones y eliminarán, por consiguiente, la generación y descarga de aguas servidas, residuos sólidos y emisiones atmosféricas. Además, se realizará el desmantelamiento de la infraestructura y su posterior disposición final en instalaciones especialmente autorizadas para tal efecto.

Ante tal evento, el titular presentará para su aprobación a la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, el plan de abandono detallando las actividades necesarias para el adecuado cierre y abandono del proyecto, teniendo en cuenta el avance que exista a la fecha en el desarrollo de técnicas aplicables al desmantelamiento de las obras de esta naturaleza.

Por lo anterior, esta Comisión indica que en la presente evaluación, la etapa de abandono no ha sido considerada.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera

Las emisiones se producirán solamente en la etapa de construcción, principalmente por los movimientos de tierra para la construcción, erosión desde acopio y el tránsito de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones a la atmósfera asociadas al proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8 AP 42, Quinta Edición, 1995, cuyos resultados se detallan en el numeral 2.4 de la DIA y Anexo G de la DIA y en el numeral 1.5 de la Adenda N' 1 de la DIA y Anexo N 2 de la Adenda N 1 de la DIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 en la ciudad de Calama, se utilizó el modelo de dispersión de contaminantes AERMOD. Estos resultados se adjuntan en el numeral 1.5 de la Adenda N? 1 de la DIA y Anexo N' 2 de la Adenda N' 1 de la DIA, que corresponderán a un aporte anual total en Calama de 0,01 Lg/món.

Para el control de las emisiones, el proyecto contemplará las siguientes medidas de manejo:

+. Humectación periódica de caminos no pavimentados.

  • Los acopios de material serán cubiertos con plásticos para evitar la resuspensión de material particulado.

  • Previo a la actividad de excavación, dichas zonas serán humectadas mediante camión aljibe, de

manera de controlar efectivamente las emisiones de material particulado.

Se priorizará el uso de procesos húmedos para la molienda y mezcla de materiales.

Se restringirá la velocidad de circulación de camiones.

Los camiones circularán con las tolvas cubiertas.

Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo.

.. o.

3.2.2. Residuos líquidos 3.2.2.1. Etapa de construcción

Los residuos liquidos de carácter doméstico corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños químicos portátiles, que se instalarán en los frentes de trabajo y serán operados por una empresa autorizada, la cual deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar autorizado.

Se estima una generación máxima de aguas servidas de 12 mérdía para un total de 150 trabajadores, considerando una provisión promedio de 100 litros/persona/día y un coeficiente de recuperación de 0,8.

3.2.2.2. Etapa de operación

En la etapa de operación se generarán solamente aguas servidas, provenientes del uso de baños por los operarios del terminal, pasajeros del ALC, las descargas provenientes de los edificios de la DGAC, de las oficinas de apoyo y los baños quimicos evacuados desde las aeronaves. Por lo tanto, el caudal total de diseño corresponderá a la descarga de las aguas domésticas más la descarga sanitaria de los aviones, estimándose un total de 123 m%día,

Todas estas descargas serán aguas servidas de tipo doméstico, aptas para ser tratadas por la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo lodos activados, compacta, modalidad aireación extendida, que se instalará en el ALC, especificamente en el sector norte frente a los estacionamientos proyectados.

El efluente de la planta cumplirá con la norma vigente para agua de riego (NCh 1.333/78) y será utilizada en el riego de las áreas verdes propuesta por el estudio de paisajismo del ALC. Las aguas que no se utilicen en riego, se dispondrán, tal como se hace actualmente, en los drenes de infiltración existente.

Las características de diseño de la PTAS, así como las especificaciones y cálculos de diseño se encuentran detallados en el Anexo H de la DIA, mientras que la caracterización físico-quimica y bacteriológica del efluente se detalla en el numeral 1.7 de la Adenda N* 1 de la DIA,

3.2.3. Residuos sólidos 3.2,3.1. Etapa de construcción

a) Residuos domésticos o asimilables a domésticos: corresponderán a restos de comida, envases, papeles, cartones, etc., estimándose una generación de 75 kg/dia. Estos residuos serán almacenados en 3 contenedores cerrados (90 litros de capacidad cada uno) que serán retirados diariamente por la empresa SOCOAL y dispuestos en el vertedero municipal autorizado.

b) Residuos industriales no peligrosos (de construcción): consistirán en restos de embalajes, envases vacios, clavos, restos de fuberías, escombros, alambres, metales, etc. Se estima que se generará un volumen de 360 mó/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados, localizados dentro de la Instalación de faenas. Estos sitios destinados al acopio provisional, poseerán sectores especiales para cada tipo de residuo según su naturaleza, señalización adecuada, contenedores rotulados, y un extintor como implemento de seguridad. Serán recolectados, transportados y depositados de manera periódica por una empresa autorizada en el vertedero autorizado RESCON localizado a 1,5 km. de Av. Circunvalación por camino hacia San Pedro de Atacama. Además, se generarán residuos por la demolición del edificio actual de la DGAC, torre de control y otras edificaciones de apoyo. El volumen total de estas demoliciones será de 2.400 toneladas, que será retirado por una empresa autorizada y dispuesto en el botadero municipal autorizado,

c) Residuos industriales peligrosos: corresponderán a restos de aceites, grasas, lubricantes y pinturas producto de eventuales mantenciones menores y lavado de la maquinaria a utilizar. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y debidamente rotulados, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada y dispuestos en un vertedero autorizado,

d) Movimiento de tierra: totalizará 30.000 toneladas aproximadamente, alrededor de 1.500 toneladas serán reubicadas dentro de los terrenos del aeropuerto para ser utilizadas dentro de las mismas faenas de construcción. El resto del material será enviado a un botadero autorizado.

3.2.3.2. Etapa de operación

a) Residuos domésticos o asimilables a domésticos: corresponderá a restos de comida, envases, papeles, cartones, etc., que provendrán de oficinas, baños, y edificios de equipamiento en general. Se estima que se generarán 125 kg/dia, generada por los trabajadores del ALC y 125 kg/día provenientes de los pasajeros del ALC. Estos residuos serán almacenados en recipientes localizados al interior del edificio de pasajeros y oficinas de apoyo. Diariamente se recolectarán estos residuos y serán dispuestos en contenedores de mayor capacidad, los cuales serán retirados por la empresa autorizada SOCOAL, para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado,

b) Residuos industriales peligrosos: corresponderán a restos de aceites, grasas, lubricantes y pinturas producto de eventuales mantenciones menores y lavado de la maquinaria a utilizar. Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y debidamente rotulados, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada y dispuestos en un vertedero autorizado. Por otra parte, se generarán residuos en la enfermería y serán recolectados y trasladados en receptáculos de acero inoxidable, debidamente rotulados los que serán retirados por medios autorizados a un vertedero autorizado. Los lodos generados en la PTAS, serán retirados cada 8 meses mediante camiones limpiafosas autorizados y serán dispuestos en un vertedero autorizado.

3.2.4. Generación de ruido

En la etapa de construcción se generará ruido debido al tránsito de vehiculos, movimientos de tierra, y actividades de construcción en general. Á su vez, la etapa de operación no contempla operaciones que incrementen los niveles actuales de presión sonora en el ALC,

Para la etapa de construcción y operación del proyecto, se realizó una modelación de impacto acústico, la cual se adjunta en el Anexo | de la DÍA. De acuerdo a los resultados de la modelación, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  1. Normativa ambiental específica aplicable al proyecto

4.1. Control de emisiones a la atmósfera

  • Decreto Supremo N” 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Forma de cumplimiento: para el control de las emisiones, el proyecto contemplará las medidas de manejo detalladas en el numeral 3.2.1 de la presente Resolución Exenta,

Los resultados del cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 en la ciudad de Calama se adjuntan en el numeral 2.4 de la DIA y Anexo G de la DÍA y en el numeral 1.5 de la Adenda N” 1 de la DIA y Anexo N? 2 de la Adenda N* 1 de la DIA, que corresponderán a un aporte anual total en Calama de 0,01 pg/móN.

  • Decreto Supremo N' 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Regula el transporte de escombros u otro material que pudiera producir polvo.

Forma de cumplimiento: el transporte de carga se realizará utilizando camiones cubiertos con carpas, cumpliendo con lo dispuesto por este Decreto.

  • Decreto Supremo 138/05 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones de fuentes fijas.

Forma de cumplimiento: se pondrá a disposición de la autoridad los antecedentes para estimar las emisiones de los grupos electrógenos en la etapa de construcción, de acuerdo a lo establecido en los artículos 3 y 4 de esta norma.

4.2. Ruido

  • Decreto Supremo N' 146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas.

Forma de cumplimiento: de acuerdo al estudio de impacto acústico realizado para la etapa de construcción y operación, que se adjunta en el Anexo | de la DIA, los niveles de presión sonora a generar por el proyecto no superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto.

4.3, Residuos líquidos

  • Decreto Supremo N' 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
  • Decreto con Fuerza de Ley N” 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Forma de cumplimiento: en la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos portátiles en los frentes de trabajo y serán operados por una empresa autorizada, la cual deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar autorizado. Para la etapa de operación, las aguas servidas serán tratadas en una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo lodos activados, compacta, modalidad aireación extendida. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver numeral 3.2,2 de la presente Resolución Exenta.

4.4, Residuos sólidos

  • Decreto Supremo N* 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

» Decreto Supremo N' 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

  • Decreto con Fuerza de Ley N' 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Forma de cumplimiento: la cantidad y tipo de residuos sólidos que generará el proyecto, además de la forma de cumplimiento de la normativa, se detalla en el numeral 3.2,3 de la presente Resolución Exenta.

4.5. Monumentos Nacionales + Ley N' 17.288/70 del Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales

Forma de cumplimiento: en el caso que durante la ejecución de las obras se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se denunciará el descubrimiento al Gobernador Provincial respectivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

4.6. Contaminación lumínica

+» Decreto Supremo N” 686/99 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de emisión para la regulación de la contaminación Lumínica.

Forma de Cumplimiento: la instalación de luminarias cumplirá con las disposiciones que establece este cuerpo legal aplicando los estándares que se indican en la sección 11| de la norma referida a límites máximos permitidos de emisión lumínica. Asimismo, se adquirirán luminarias certificadas en cumplimiento del Decreto a proveedores autorizados, entregando la información requerida al organismo competente. Se adjuntará el trámite eléctrico (TE1) respectivo, los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el proyecto, junto con una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, indicando la forma de cumplimiento del decreto aludido.

4.7. Combustibles

  • Decreto Supremo N” 160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, que deroga al Decreto Supremo N? 379/85 y al Decreto Supremo N” 90/96, ambas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Forma de cumplimiento: El proyecto considerará el almacenamiento de petróleo diesel para el funcionamiento del grupo electrógeno de respaldo Este estanque tendrá una capacidad inferior a 1.1 mi, por lo que no se requiere su inscripción y autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. No obstante, el diseño de las instalaciones contemplará todos los requisitos minimos y

recomendaciones de seguridad pertinentes, dispuestos por el presente Decreto.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta" requiere los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 91, N 93 y N? 96 del Decreto Supremo N* 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permisos que han sido informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta y la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Antofagasta, durante el proceso de evaluación.

  2. Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el articulo 11 de la Ley N? 19,300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta" no generará ni presentará ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, al menos con 7 días de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en ta descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  4. Que, para que el proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama || Región de Antofagasta" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,

  5. Que, el titular del proyecto deberá Informar, inmediatamente, a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo, acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, la individualización de cambios de titularidad.

  7. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.

12, Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama Il Región de Antofagasta”.

  2. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto El Loa Calama ll Región de Antofagasta” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los articulos N 91, N 93 y N” 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. El titular deberá tener presente que cualquier modificación que desee efectuar al proyecto original

aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Antofagasta tendrá que ser informada previamente a esta Comisión, sin perjuicio de su obligación de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

4, Por otra parte, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta requerirá monitoreos, análisis, mediciones, modificaciones a los planes de contingencias o cualquier modificación adicional destinada a corregir situaciones no previstas y/o contingencias ambientales, cuando así lo amerite. A su vez, el titular del proyecto podrá solicitar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, cuando existan antecedentes fundados para ello, la modificación o eliminación de dichos monitoreos, análisis o mediciones, que le fueran solicitadas.

  1. El titular deberá cumplir con todas y cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA y en sus Adenda, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución,

  2. Sin perjuicio de lo anterior, en caso alguno se entienden otorgadas las autorizaciones y concedidos los permisos de carácter sectorial que deben emitir los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental.

Director Regional Cor n Regional del Medio Ambiente de la y Región de Antofagasta

  • Patricio Lahsen Maiza

Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta

Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta

Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta.

Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta

lustre Municipalidad de Calama

Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta

SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta

SEREMI de Obras Públicas - Región de Antofagasta

SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Antofagasta SEREMI de Salud, Región de Antofagasta

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

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Cie: + Expediente del Proyecto "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO AEROPUERTO EL LOA CALAMA Il REGIÓN DE ANTOFAGASTA" + Archivo CONAMA Il, Región de Antofagasta

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