Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN v REGIÓN DE VALPARAISO Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero Resolución Exenta N* 14 Valparaíso, 26 de Enero de 2011 VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero ", presentada por el Sr. Jorge Galleguillos Galleguillos, representante legal de ENERGY PHOENIX LANDFILL S.A., con fecha 4 de Septiembre de 2009.
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La Resolución Exenta N* 771 del 25 de Junio de 2010, que aprobó el cambio de representante legal del Titular del proyecto, radicándose tal calidad en don Jorge Luis Aspillaga Fajardo.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
¡Órganos de la Administración [Con relación aj Con relación ¡ Con relación | Con relación del Estado 3 RÍÑD.LA. fal Adenda N” 1/al Adenda N? 2¡al Adenda N%3 ¡Gobernación Provincial de 1 .-- -- mon . Valparaiso po II. Municipalidad de Quintero ORD N 759 --- -- -—- dei 02.10.09 ¡SEREMI de Agricultura ORD N 2800 | ORD N 3231 | ORD N 3337 ¡ ORD N3429 del 30.09.09 | del 26.08.10 | del 08.11.10 j del 05.01.11 ¡SEREMI de Obras Públicas ORDN556 | ORDN438 | ORDN606 | ORD N9 del del 28.09.09 | del 27.08.10 | del 05.11.10 06.01.11 SEREMI de Planificación ORD N? 1223 —- .-- .-- del 29.09.09 SEREMI de Vivienda y ORD N ORD N? 1913 | ORD N 2499 -- Urbanismo 1983 del del 02.09.10 j del 12.11.10 15.10.09 SEREMI de Salud ORDN? 190 ¡ ORDN? 1083 ¡| ORD N 1546 | ORD N? 5 del del 30.09.09 | del25.08.10 ¡ del 05.11.10 05.01.11 y ORD N60 del 18.01.11 SEREMI de Transportes y — -—- —- --- ¡Telecomunicaciones ¡Consejo de Monumentos ORD N 3831 | ORD N 4282 | ORD N 5438 | ORD N934 del ¡Nacionales del 11.09.09 | del25.08.10 ¡ del 03.11.10 04.01.11 Dirección Regional del SAG ORD N? 1329 ¡ ORD N 1029 | ORD N? 1359 ¡ORD N 17 del del 29.09.09 | del 26.08.10 | del 05.11.10 05.01.11 ¡CONAF ORD N 407 [ORD N 01 del ¡ORD N? 24 del¡ORD N? 44 del del 22.09.09 23.08.10 28.10.10 05.01.11 SERNAGEOMIN ORD N 1977 | ORD N 1926 | ORD N 2471 ¡ ORD N 5 del del 29.09.09 | del24.08.10 | del 03.11.10 03.01.11 SERNATUR ORD N 267 --- —- .— del 15.09.09 ¡DGA V Región ORD N 1162 | ORDN963 ¡ ORD N" 1212 ¡ORD N” 11 del del 29.09.09 | del25.08.10_| del 05.11.10 05.01.11 SISS ORD N 984 ¡ ORDN690 | ORDN* 870 — del 05.10.09 | del 26.08.10 ¡ del 05.11.10
- El Acta de la Sesión N*2 /11 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, de
fecha 24 de enero de 2011.
- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
"
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero
- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
1.
3.2
Que, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero ".
Que, el derecho de ENERGY PHOENIX LANDFILL S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero" consiste en la operación transitoria del Vertedero Municipal de Quintero (existente), su cierre y el seguimiento correspondiente. Ello incluirá además la construcción, operación y cierre de un relleno sanitario anexo, así como la ejecución de vías de circulación interna, oficinas de administración y servicios, sistemas de manejo de lixiviados y biogas, sistema particular de alcantarillado, entre otras.
El proyecto se ubicará en el predio del vertedero existente, ubicado en la Parcela N*%4 Ex - Fundo Normandie, la localidad de Loncura, comuna de Quintero, provincia de Valparaiso, Región de Valparaíso. El proyecto se emplaza en un área rural normada; el acceso al predio se efectúa desde la Ruta F-210, que une la Ruta F-30-E con la ciudad de Quintero.
El área total del predio del vertedero corresponde a 50,8 Há., de las cuales el área del proyecto ocupa 25,75 Há. Se estima que la vida útil del relleno sanitario será de cuarenta y ocho (48) meses; la etapa de seguimiento del proyecto tendrá una duración de veinte (20) años.
INSTALACIONES FÍSICAS DEL PROYECTO
El proyecto define cuatro áreas (Adenda 1, Lámina 01):
a)
Área del vertedero existente: incluye dos botaderos existentes (1 y 2), y ocupa una superficie de
11,17 Há.
b)
Área de operación transitoria: corresponde al área del relleno sanitario propuesto, de 2 Há de
superficie.
e)
Área de infraestructura complementaria: incluirá las siguientes obras físicas que se emplazarán en
una superficie de 5,84 Há:
d)
Vías de circulación interna.
Oficinas de administración y servicios (29,72 m2). Obras de manejo de líquidos lixiviados y biogás. Instalaciones de control de acceso (7,30 m2). Estacionamientos (155 m2).
Área de protección ambiental: área que rodeará todo el sector del proyecto con un ancho de 30 m.
donde se emplazará una cortina vegetal compuesta por eucaliptos; tendrá una superficie total de 6,74 Há.
3.1.1 Obras de urbanización
a)
Sistema particular de suministro de agua potable: Contemplará la instalación de las siguientes
obras:
Tuberías de impulsión desde camión aljibe.
- Estanque de acumulación.
- Bomba de impulsión y equipo de presión. a Estanque de cloración.
b) Sistema particular de alcantarillado: El proyecto estará diseñado para 20 personas en un solo turno, e incluirá las siguientes obras:
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Cámara de inspección mediante módulos prefabricados de hormigón de 0,60 x 0,60 x 0,60 m.
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Tuberías de evacuación de aguas servidas, mediante ductos de PVC sanitario.
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Fosa séptica prefabricada en hormigón armado para una dotación mínima de 20 trabajadores.
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Pozo absorbente con una superficie útil de 33 m3, relleno con grava.
En el Adenda 3 el Titular adjunta Plano del sistema de alcantarillado, que en vez de pozo absorbente señala como texto “dren”, adjuntando además el corte de uno, lo que es discordante con el texto presentado. Dado lo anterior, no se puede determinar los componentes del sistema particular de alcantarillado.
3.1.2 Sistema de manejo de aguas lluvia: Contemplará la ejecución de obras hidráulicas para el cierre de los botaderos 1 y 2 existentes del vertedero, así como para el relleno sanitario propuesto. Este sistema estará compuesto por una red de canales de evacuación (DIA; Lámina 2.11: Sistema de manejo de aguas lluvia), que incluirá:
-
Canales perimetrales: interceptarán el escurrimiento superficial que se producirá en el área aportante externa al área del vertedero. Comprenderá dos canales de 40 cm. de alto, que rodearán los botaderos 1 y 2 y el relleno sanitario propuesto; el canal perimetral 1 tendrá una longitud de 981 m y una pendiente de 1%, y el canal 2 tendrá una longitud de 849 m y una pendiente de 1,7%. Cada uno de los canales será excavado en suelo natural sin revestimiento y su capacidad estará basada en un período de retorno de 100 años.
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— Canales de áreas de disposición: Se construirán sobre los botaderos 1 y 2 y asimismo, en la medida de avance de la celda sanitaria del relleno sanitario propuesto; interceptarán y recolectarán las aguas lluvias que precipiten sobre la masa de residuos.
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Canal de desagúe: tendrá una longitud de 60 m y una pendiente de 1,2%.
En el Adenda 2 el Titular señaló que: ”el agua de lluvia...que no entre en contacto con los residuos será la que será conducida a la piscina de acopio de aguas lluvias”, agregando que en ella:” se pondrá una bomba sumergible unida a mangueras flexibles con la cual se humedecerán los caminos y el material de cobertura. ”
En el Adenda 3 Resp.1 el Titular sólo menciona una piscina de lixiviados al describir las obras de construcción y de cierre, pero luego en lo referido al PAS 96 señala que se desmantelarán “las piscinas “.El Titular no adjuntó un nuevo plano del sistema que incluyera dicha piscina, y tampoco señaló su emplazamiento.
Dado lo anterior, no se logra concluir si el sistema de manejo de aguas lluvia incluirá o no una piscina de almacenamiento de éstas.
3.1.3 Sistema de manejo de lixiviados Este sistema permitirá el manejo de los lixiviados a generarse tanto en el vertedero existente como en el relleno propuesto; se estima una generación de 1,4 m3 lixiviados/día aproximadamente.
Estará conformado por los siguientes elementos (Adenda 3, Lámina 01): a) Obras de captación: comprenderá dos drenes instalados en forma paralela al talud interno de las plataformas y adosados a éstas; corresponderán a dos tuberías de PVC sanitario de 7” de diámetro.
Bajo las tuberías de conducción de lixiviado se pondrá arcilla compactada y una geomembrana con pendiente 1% hacia el centro de la canaleta sobre la cual irá la tubería. En caso de ruptura de la tubería, el lixiviado se recogerá desde esa canaleta y se enviará a la piscina de acopio de lixiviado para su recirculación.
b) Obras de almacenamiento: incluirá una piscina de almacenamiento de 1.200 m3 de capacidad aproximada, emplazada en el límite sur del predio (Adenda 1, Lámina 03). Los taludes de la piscina serán de 1:2 (H:V) y con una pendiente media de fondo de 1% aproximadamente; sus paredes se impermeabilizarán con una geomembrana de HDPE de alta densidad, lisa por ambas caras y 1 mm de espesor, así como con un geotextil no tejido, colocadas sobre una capa de arcilla compactada. Contará con una bomba sumergible conectada mediante tubos de PVC hidráulico a una llave en la que se conectará una manguera flexible con la cual se humedecerán los residuos; esta piscina recibirá además las aguas lluvias recolectadas en el vertedero y en el relleno sanitario propuesto (Adenda 2, Resp.12).
Al respecto, la SEREMI de Salud mediante Ord.N1546 del 05.11.10 señala que el D.S N 189/2005 "MINSAL, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios señala expresamente en su artículo 25 que “se prohíbe asperjar o rociar lixiviado como forma de manejo o eliminación.” Por ello, en el Adenda 3, se señala que (Resp.II.1):” la recirculación de los lixiviados a la masa de basura se hará por la inyección de ellos a través de pozos especialmente construidos para tales efectos y que permitan la distribución homogénea de los lixiviados en la masa de basura”, pero se adjunta el mismo plano que en el Adenda anterior (que incluye las tuberías hacia una piscina) sin incluir los pozos mencionados.
Dado lo anterior, no se puede determinar los componentes del sistema de manejo de lixiviados.
3.1.4 Sistema de manejo de biogas
Este sistema será habilitado tanto para el vertedero existente como para el relleno sanitario propuesto. Se estima una producción de entre 13.185.000-14.172.000 Nm con un 50% de metano (Adenda 1, Resp.14). Este sistema incluirá:
a) Red de drenaje vertical: Se extenderá desde la base del área de disposición final de residuos sólidos domiciliarios, hasta la cota de coronamiento final, para captar el volumen de biogás generado en los distintos niveles. Esta red estará compuesta por las siguientes unidades:
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Pozos de drenaje: consistente en una cañería de HPDE perforada de 200 mm de diámetro, rodeada y protegida con piedra chancada de tamaño máximo 15 mm sin finos. La parte más alta del pozo será sellada con material de baja permeabilidad.
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Cabecera del pozo de drenaje: tendrá una válvula y un punto de muestreo, utilizado principalmente para medir el flujo de gas y medidas de vacío cuando el pozo esté en funcionamiento.
b) Línea de conducción: Estará compuesta de una tubería de polietileno de alta densidad en secciones de 6 m de largo; cada sección estará conectada con una tubería de 2,5 m. Las líneas de conducción estarán distanciadas aproximadamente a 50 m en el plano horizontal.
Cada linea de conducción se conectará a un colector principal mediante una válvula, la cual permanecerá cerrada hasta que se produzca biogás necesario en términos de volumen para su succión.
c) Unidad de captación: El conjunto de líneas de conducción interconectadas formarán una línea principal de gas, encargada de la conducción del mismo hacia el sistema de quema centralizada.
d) Planta de extracción y quema de biogas(de 500 Nm3/h): incluirá, entre otros, los siguientes elementos:
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Aspirador multi-etapas
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Tubería en acero inoxidable para la conexión de los varios componentes
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Instrumentación para la medición de la composición de los humos de la antorcha
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Cuadro de mando y cuadro de análisis
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Válvula de mariposa de mando eléctrico
-
Sistema de combustión a alta temperatura (1000*C)
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Bastidor metálico
-
Instrumentación para la medida de la presión, la temperatura, y la composición del biogás
- Medidor de caudal con turbina
3.2 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN O HABILITACIÓN
Del cronograma presentado por el Titular (Adenda 3, Resp.1), esta etapa tendrá una duración de nueve meses, e incluirá la implementación de instalaciones complementarias y obras físicas del nuevo sitio de disposición de residuos así como la ejecución de obras de mejoramiento del actual vertedero.
3.2.1 Implementación de infraestructura complementaria:
a) Caminos: Los caminos existentes se ensancharán y mejorarán con una carpeta de rodado estabilizado; sobre éste, se realizará un tratamiento salino en base a cloruro de magnesio; tendrán 7 m de ancho promedio y pendiente inferior al 5%, y dispondrán de todas las obras de arte y señalización correspondientes. Asimismo se construirá un camino de acceso al relleno sanitario propuesto.
b) Oficina de administración y servicios: se instalarán contenedores fabricados en planchas de acero galvanizado con revestimiento interior, instalaciones eléctricas y baños en conformidad con la normativa sanitaria vigente.
c) Sistema de pesaje: Se instalará un sistema de pesaje portátil, consistente en una báscula con una capacidad de 20.000 kilos.
An
d) Instalaciones de mantenimiento mecánico: Comprenderá la construcción de un galpón en estructura metálica de 200 m2 destinada a labores de mantenimiento mecánico preventivo, que incluye pozo, losa de hormigón y bodega.
e) Estacionamientos: Se considera la habilitación de un área, de aproximadamente 155 m2, destinada a estacionamiento de vehículos de administración y visitas. Adicionalmente se dispondrá de un área destinada al estacionamiento de maquinarias y equipos de operación del proyecto, adyacente al área de mantenimiento mecánico; ambos estacionamientos dispondrán de capas de material estabilizado compactado.
1 Cerco perimetral: Se considera la construcción de un cierre perimetral en todo el límite del predio, construido en pilares metálicos fundados en hormigón cada 3 m, con malla galvanizada, una altura de 1,8 m y dos líneas de alambre púa.
3.2.2 Obras físicas del nuevo sitio de disposición: El proyecto contempla la implementación de un nuevo sector para la disposición de residuos sólidos, en el sector noreste del predio (relleno sanitario). Para ello se desarrollarán las siguientes actividades:
a) Replanteo topográfico del área: Se elaborará un plano topográfico de escala 1:1.000, el cual será la base cartográfica de los estados de avance de la operación transitoria.
b) Movimientos de tierra: Ello incluirá trabajos de excavación, relleno y traslado de volúmenes excedentes para la habilitación de la celda de disposición final de residuos.
c) Compactación del área de disposición: Incluirá movimientos de tierra en capas de 0,20 m. y la instalación de una carpeta de suelo natural de 0,30 m de espesor (en dos capas de 0,15 m cada una), compactado con una densidad 95% determinada por el ensayo Proctor Modificado. Se contempla la ejecución de un ensayo de densidad de una muestra por cada 1.500 m2.
d) Instalación del sistema de impermeabilización basal (sellos geosintéticos): Ello incluirá los siguientes elementos indicados en nivel ascendente:
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Geotextil de polipropileno no tejido de 200 gr/m2.
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— Geomembrana de HDPE de 1,5 mm de espesor, lisa por ambos lados, coeficiente de permeabilidad K=10-12 cm/seg.
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Geotextil de polipropileno no tejido de 200 gr/m2.
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Capa de protección compuesta por suelo natural tamizado, homogéneo, libre de sobretamaños, espesor mínimo 0,30 metros compactado.
Previo a la colocación del sello basal, se verificará la pendiente en base y taludes finales, se controlarán las densidades en terreno y los espesores, y se inspeccionará visualmente la superficie final. El proveedor de geosintéticos deberá acreditar mediante los certificados correspondientes que los materiales fabricados cumplen con las normas de calidad y especificaciones señaladas en los documentos de certificaciones y contrato de adquisición. Adicionalmente, se tomarán muestras para realizar ensayos de rigor a objeto de verificar sus propiedades de fabricación; tal certificación se realizará por un laboratorio externo debidamente autorizado para tales efectos.
3.2.3 Obras de mejoramiento del vertedero existente
Ello incluirá las siguientes actividades (DIA; Numeral 2.9.1.1):
a) Remoción de residuos: los residuos dispersos en sectores abandonados así como aquellos soterrados, serán recolectados y dispuestos en el sector de operación transitoria; se preparará primero el área donde se dispondrían, humedeciéndola y luego de ser depositados, se cubrirán y compactarán.
b) Mejoramiento de botaderos 1 y 2: se removerán aproximadamente 8.300 m3 de residuos, para disminuir sus pendientes.
c) Perfilamiento de áreas planas y taludes: consistirá en la corrección de los taludes fuertes y áreas horizontales con pendientes de importancia, con el fin de obtener un talud uniforme final de 1(V):3(H) y en las zonas planas pendientes no mayores a 5% que permitan un libre escurrimiento de precipitaciones.
Los taludes y áreas planas se cubrirán con material de cobertura inerte para obtener una capa de coronamiento final uniforme de 60 cm. de espesor mínimo, y luego se compactarán las superficies.
3.2.4 Implementación de Planta de extracción y quema de biogás
Ello incluirá tanto el sector del vertedero existente como la nueva área propuesta, y comprenderá las siguientes actividades (DIA, Lámina 2.15: Sistema de recolección, captación y disposición del biogas; Adenda, pág.21: Esquema de sistema de biogas):
Mes 2: <= * Se retirarán todos los residuos que no estén bien cubiertos, se dispondrán en la celda de operación transitoria, se compactarán y cubrirán.
Mes 3: - — Searreglarán los taludes de los sectores denominados botadero 1 y botadero 2 (vertedero existente).
Mes 4-5: - Se instalará el sistema de manejo de biogás en los botaderos 1 y botadero 2 (vertedero existente).
Mes 5-9: - Se instalará el sistema de recolección del lixiviado.
Mes 10- 21: - Se dará cumplimiento al artículo 54 para los sectores del botadero 1 y botadero 2 (vertedero existente); ello corresponde a la instalación de la cobertura final.
Mes 9-48: - Se cumplirá con la operación del relleno sanitario y su cierre simultáneo, de acuerdo a las exigencias del artículo 54 del D.S. 189/05.
Mes 48: - Se retirarán los containers con baños, comedores, vestidores, oficinas, bodegas, así como el sistema de manejo de biogás, y piscina de lixiviado.
Al respecto, el art.55 del D.S.N189/05 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios señala que el Plan de Cierre deberá mantenerse por un periodo de al menos 20 años, y que deberá contemplar, entre otras, la mantención y operación del sistema de manejo de biogas y de control de lixiviados, por lo que dichas instalaciones no pueden retirarse antes.
Adicionalmente, del cronograma se desprende que el proyecto contemplaria la extensión de la operación del vertedero existente (sin establecer claramente su duración ni la fecha de cierre), y que la operación del relleno sanitario propuesto comenzaría a los nueve meses del inicio de las obras del presente proyecto. La SEREMI de Salud, mediante Ord.N“60 del 18.01.11 señaló que el actual vertedero no cumple con lo señalado en el D.S.N*189/05 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios, por lo cual su operación no puede formar parte del proyecto.
3.3.2 Caracterización de residuos
a) Tipo de residuos: Durante la etapa de operación del relleno sanitario se recibirán exclusivamente residuos sólidos domiciliarios y asimilables a éstos. La composición de éstos se incluye en la siguiente Tabla (DIA, Tabla N*2.3):
Tabla 5: Composición media de residuos
Componente Porcentaje (%) ¡Materia orgánica 52,43 [Papeles y cartones 11,76 Plásticos 14,84 ¡Textiles y cueros 3,13 ¡Escombros, cenizas y lozas 8,49 ¡Metales 0,79 ¡Maderas 0,58 [Vidrios 3,58 Otros 4,40 ¡Total 100,00
b) Cuantificación de recepción actual: Actualmente el vertedero existente no cuenta con báscula de pesaje, por lo que se estimó la cantidad de residuos basados en antecedentes entregados por la administración municipal y según parámetros elaborados por CONAMA y contenidos en Manuales de Gestión Municipal. En base a lo anterior se determinó que anualmente el vertedero recibe 10.920 ton., lo que equivale a 30 ton/día., considerando una tasa de generación de 1,1 Kg/hab./día.
e) Proyección de generación de residuos: El Titular adjuntó una tabla de proyección de recepción de residuos, que para el año 2014 (año 4) señala como estimación una recepción anual de 13.586 ton de
-
-
- E a y _-
-
a) Perforación en la masa de los residuos, con una sonda de 600 mm, hasta una profundidad de 0 a 20 metros, a la que se adjuntará una tubería de 200 mm de diámetro, grava y bolones y cabeza de pozo.
“ b) Ala cabeza de pozo se le adjuntará una tubería en polietileno de alta densidad (PEAD) para el transporte del biogás (líneas secundarias), de 90 mm de diámetro.
c) Las líneas secundarias se unirán a una estación de regulación, compuesta de 12 entradas; cada línea de la estación de regulación tendrá una válvula de regulación de la presión y tomas de muestreo. La estación de regulación se montará sobre bastidor metálico.
d) Se colocará una tubería en polietileno a alta densidad (PEAD) para el transporte del biogás (línea principal 1), de 140 mm de diámetro.
e) Se colocará una tubería en polietileno a alta densidad (PEAD) para el transporte del biogás (línea principal 2), de 200 mm. de diámetro.
1 Las líneas principales 1 se unirán a la línea principal 2 y se conectarán con una central para la aspiración y la combustión del biogás.
3.2.5 Implementación del sistema de recolección y recirculación de lixiviados Incluirá las acciones para implementar el sistema descrito en el Numeral 1.9.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación del proyecto.
3.2.6 Insumos
a) Agua: Durante la etapa de construcción del proyecto, el abastecimiento de agua potable se realizará mediante su transporte en camión aljibe, la cual sería almacenada en un estanque de 5.000 litros. La frecuencia de suministro no será mayor a día por medio; en caso de requerir un volumen mayor, se aumentará dicha periodicidad. El suministro de agua potable cumplirá con lo establecido en el D.S. N*594/00 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo.
b) Energía eléctrica: El suministro de energía eléctrica se obtendrá mediante un empalme a la red de la compañía distribuidora de la comuna de Quintero, en media tensión y un equipo de medida en el acceso, con una potencia instalada de 154 KW.
3.3 ETAPA DE OPERACIÓN 3.3.1 Descripción general
En la DÍA, Numeral 2.9.1.1, el Titular señaló que la etapa de operación incluirá la limpieza de las áreas de trabajo y entorno, la remoción de residuos, el mejoramiento de los botaderos 1 y 2 así como el perfilamiento de áreas planas y taludes. Al detallar la etapa de limpieza de áreas de trabajo y entorno, indicó que ésta incluirá las siguientes actividades:
a) Integración de personal permanente encargado de la limpieza de todo el frente de trabajo y áreas adyacentes.
b) Colocación de cobertura diaria para la totalidad de residuos ingresados al vertedero existente.
c) Limpieza diaria de la maquinaria que opera en el frente de trabajo activo.
d) Mantenimiento y riego diario de las vías de acceso y circulación interna del vertedero.
e) Mantenimiento y aseo general de todo el recinto incluyendo dependencias administrativas, talleres, oficinas, baños, vestidores, frente de trabajo y cerco perimetral.
f) Colocación y mantenimiento permanente de cordón sanitario en todo el perímetro del vertedero.
g) Fumigación de todas las áreas de trabajo para combatir la presencia de insectos.
h) Control diario de dispersión de materiales livianos provenientes del frente activo de las áreas de disposición final de residuos.
1) Recolección en forma manual de residuos y especialmente en los límites del cierre perimetral del vertedero.
Del texto anterior se desprende que el proyecto incluiría la operación transitoria del vertedero existente (botaderos 1 y 2), área que no cumple con lo establecido en el D.S.N*189/05 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios.
Posteriormente el Titular adjuntó el siguiente cronograma de actividades (Adenda 3, Resp.1):
Mes 1:
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Ejecución de caminos e instalación de los containers para baños, oficinas, bodegas, comedores y vestidores; .
-
Mejoramiento de caminos existentes y construcción de un nuevo camino que comunicará el camino ya existente con el área de operación transitoria. o
-
— Preparación de la celda de operación transitoria y de la piscina de acopio de lixiviados.
residuos, lo que implicará 37,2 ton/día.
3.3.3 Descripción de la operación
El horario de operación será de 8:00-19:00 hrs. de lunes a viernes, y de 8:00 a 14:00 hrs. los sábados, lo que estará sujeto a modificaciones en función de potenciales usuarios. Previo el inicio de esta etapa, el Titular elaborará un Manual de Procedimientos, un Programa de Mantenimiento mecánico y un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Laboral, documentos que serán remitidos a la Autoridad Sanitaria para su revisión y visación respectiva. Durante la operación, el Titular remitirá mensualmente un Informe de Gestión así como un Plano de Avance del proyecto a dicha SEREMI, con copia al SEA Región de Valparaíso o a la Superintendencia de Medio Ambiente, en caso que se encuentre en funcionamiento.
El ciclo operacional a implementar se regirá bajo la siguiente metodología, detallada a continuación:
a) Imgreso de Unidad de Recolección: Previo al ingreso al área de descarga según tipo de residuos, serán sometidas a los siguientes controles de recepción:
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Control visual e inspección de carga de la unidad de recolección.
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Revisión de documento de declaración de residuos emitido por la SEREMI de Salud Región de Valparaíso.
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Control horario de ingreso de toda unidad de recolección.
b) Clasificación de Unidades de recolección: Todas las unidades de transporte que ingresen al proyecto se clasificarán e identificarán:
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Unidades de Recolección Clasificadas (URC): aquellas pertenecientes a la Ilustre Municipalidad de Quintero, debidamente autorizadas por la Dirección de Aseo. Cada unidad será registrada computacionalmente, incluyendo datos tales como tipo de camión, placa patente y tara.
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Unidades de Recolección No Clasificadas (URNC): aquellas que ingresen sin convenio o contrato previo, y la información registrada será idéntica a la exigida para las URC. Se les exigirá entregar un comprobante de declaración de residuos.
c) Pesaje de Unidades de Recolección: Todas las unidades de recolección ingresarán a la plataforma de pesaje; los datos obtenidos de esta actividad serán manejados por el sistema de control de operaciones, registrando computacionalmente el pesaje y datos de la unidad de recolección, tales como fecha de ingreso, patente, tipo de residuos y comprobante de declaración de residuos para unidades URNC. Esta información será enviada mensualmente a la Autoridad Sanitaria.
d) Revisión de residuos: En caso de rechazar la carga por no corresponder a residuos domésticos y/o asimilables a éstos, se registrará, entre otra, la siguiente información: procedencia del residuo, nombre del conductor, placa patente, fecha y hora, y se le entregará al chofer un certificado en que se indique el rechazo de la carga; copias de este certificado se enviarán a la Autoridad Sanitaria y al Municipio de Quintero. Además, el Titular deberá enviar un informe mensual dirigido al Área de Saneamiento Básico de la Of. Territorial Viña del Mar de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso con la información necesaria para identificar el vehículo de transporte, su usuario o su dueño, y el tipo de residuo que pretende disponer.
e) Descarga de Residuos: Ésta se efectuará con los mecanismos propios de cada unidad de recolección sobre la plataforma de descarga, y el proceso estará supervisado por el jefe de terreno y asistido por los auxiliares del frente de trabajo.
1 Operación de Celda de Residuos: se operará mediante el método combinado de zanja y celdas aterrazadas. La disposición final de residuos se realizará sobre el suelo preparado y nivelado, en donde los desechos se colocarán directamente sobre la superficie, previamente sellada con el sistema de impermeabilización basal; se considera la ejecución de dos celdas de 6 m. de altura y una pendiente máxima de taludes de 1V:3H.
El método de disposición final de residuos se realizará en conformidad al siguiente detalle:
-
Los residuos se descargarán directamente en el frente de trabajo, hasta conformar una celda de ancho variable por cuatro metros de altura.
-
Los residuos se compactarán en capas de 60 cm. aproximadamente, pasando la máquina unas tres a cuatro veces sobre ellos.
-
Al finalizar la jornada los residuos se cubrirán con material de cobertura, en espesor a definir según se trate de cobertura diaria, intermedia o final.
-
Una vez colocado el material de cobertura sobre la masa de residuos, se compactará el área, alcanzando densidades cercanas a 0,90 ton/m3.
-
— La construcción de la celda finalizará dejando en la superficie una pendiente del 1- 2% hacia los taludes definitivos, para inducir un escurrimiento hacia los costados de la celda para evacuar las aguas lluvias.
-
— Se controlarán los espesores mínimos de cobertura diaria, intermedia o final, y se eliminarán y/o
A e e
q
corregirán deformaciones y/o grietas superficiales.
-
En la medida de avance de las distintas etapas de la celda de operación transitoria, se ejecutarán “Simultáneamente las labores de cierre y post-cierre.
-
— Se actualizará en forma permanente en un plano topográfico a escala 1:1.000, la secuencia de avance de la celda de disposición.
3.3.4 Cobertura
a) Proyección de la cantidad de material de cobertura a utilizar
El volumen total a requerir para los 4 años de vida útil comprometidos corresponderá a 13.200 m3 aproximadamente.
b) Tipos de cobertura El proyecto operará con tres tipos de coberturas (DIA, Tabla 2.19); las coberturas diarias e intermedias tendrán un espesor de 30 cm., en tanto que la cobertura final tendrá un espesor de 60 cm.
c) Construcción de la cobertura final:
Para ello se realizarán las siguientes actividades:
-
Levantamiento topográfico georreferenciado con respecto a los hitos definidos en la construcción y operación del vertedero existente y relleno sanitario.
-
— Mejoramiento y reformación de todas las coberturas irregulares en los planos aterrazados y taludes finales.
-
Mejoramiento y reformación de todas las obras hidráulicas superficiales para un escurrimiento oportuno de las escorrentías superficiales.
La colocación de la cobertura final en las áreas de disposición no tardará más de seis meses a contar del término definitivo de la operación del relleno sanitario; esta cobertura tendrá un espesor mínimo de 60 cm. y una conductividad hidráulica inferior o igual a 1x10-4 cm/seg. Sobre la capa de tierra se colocará una capa de grava drenante, de 20 cm. de espesor.
3.3.5 Insumos
a) Agua: el abastecimiento de agua potable se realizará mediante su transporte en camión aljibe, la cual será almacenada en un estanque de 5.000 litros. La frecuencia de suministro no será mayor a día por medio; en caso de requerir un volumen mayor, se aumentará dicha periodicidad. El suministro de agua potable cumplirá con lo establecido en el D.S. N*594/00 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo.
b) Energía eléctrica: El suministro de energía eléctrica se obtendrá mediante un empalme a la red de la compañía distribuidora de la comuna de Quintero.
3.3.6 Plan de Control de vectores
Incluirá las siguientes actividades:
a) Instalación de un cordón sanitario que impida la infestación del relleno por roedores y el paso de especies de animales desde y hacia el recinto.
b) Fumigaciones y desratizaciones como mínimo cada 6 meses.
Los elementos químicos que se empleen estarán acordes a la legislación vigente y la empresa que lo realice contará con la autorización de la Autoridad Sanitaria.
3.3.7 Medidas de Prevención de Riesgos y Plan de Contingencias
El Titular ha considerado los siguientes eventos y las medidas correspondientes:
a) Contingencias operativas
-
Depresiones generadas por asentamientos de la masa: se colocará nuevo material de cobertura dentro de las 24 horas siguientes a su detección.
-
Generación de grietas: éstas se descubrirán en toda su longitud dentro de las 24 horas de su detección, y se colocará nuevo material compactado dentro de las 12 horas siguientes.
-
Contaminación de aguas subterráneas: se habilitarán pozos adicionales de muestreo aguas abajo de los pozos propuestos, para verificar la efectividad de los resultados, realizando un remuestreo de los parámetros excedidos con una frecuencia de 3 muestras en un periodo de 24 horas. De persistir los resultados excedidos el Titular informará a la Autoridad Sanitaria en un plazo no superior a 48 horas, mediante un informe de la situación de emergencia, acompañando los resultados de los monitoreos y el plan de acción, determinando el origen de la contaminación. Una vez que los análisis indiquen que los resultados aguas arriba y aguas abajo del depósito no están contaminados se solicitará a las autoridades levantar la contingencia.
b) Contingencias no operativas . . . . - Accidentes en caminos: se trasladará a los accidentados a centros de atención médica, se informará a
A
Carabineros y a la administración del relleno sanitario, entre otras medidas.
-
— _Accidentes laborales: se trasladará a los accidentados a centros de atención médica, se informará a la ¿dministración del relleno sanitario, entre otras medidas.
-
Derrame de productos químicos: si afectase suelo, éste será removido, se informará a las autoridades correspondientes, entre otras medidas.
-
Incendio y/o explosión: la Brigada de combate de incendios implementará el plan de control respectivo, se informará a Bomberos, entre otras medidas.
-
— Fenómenos naturales: se evacuarán las instalaciones y se reconstituirán los taludes y obras civiles.
Asimismo, el Titular presentó un Programa de prevención y control de incendios forestales (Adenda 3, Resp.3).
3.4 ETAPA DE CIERRE
Las actividades del cierre y seguimiento se mantendrán por un período de a lo menos 20 afios; estarán asociadas a los botaderos 1 y 2 existentes del vertedero y al relleno sanitario propuesto, y serán las siguientes:
a) Habilitación de cobertura vegetal: La capa vegetal estará compuesta por una carpeta de 30 cm de suelo mezclado con material orgánico, al que se le adicionarán fertilizantes cuando sea necesario.
b) Revegetación de los sectores de disposición de residuos: Las especies seleccionadas de flora autóctona serán plantadas tanto en planos horizontales como taludes, mediante líneas de plantación cada 3 m aproximadamente. En cada línea se cavarán orificios de plantación individuales para cada ejemplar, de 30 x 30 x 50 cm. en los cuales se realizará un mejoramiento, mediante la mezcla del sustrato con tierra vegetal (tierra de hoja), con una proporción de 30% de tierra vegetal y 70% del sustrato de la casilla. Luego de realizar la plantación, se formará una taza en torno a la planta, y se aplicará una capa de aproximadamente $5 cm. de aserrín, corteza de pino o viruta a modo de mulch, el cual deberá cubrir toda la casilla, y un perímetro aproximado de 20 cm. fuera de ésta.
Para los sectores de talud de los botaderos, se reducirá la distancia entre líneas de plantación a aproximadamente 2 m, para minimizar la distancia de arrastre de material y lograr una estabilidad de los taludes en el mediano plazo.
c) Mantención de la integridad de la cobertura: Se inspeccionará periódicamente la integridad de la cobertura final; si se detectaran grietas superficiales, éstas serán reparadas y rellenadas con suelo compactado. Además, se llevará un control y seguimiento topográfico del área de disposición de residuos, para lo cual se realizarán mediciones regulares de asentamiento del terreno, poniendo especial énfasis en la mantención del relieve del área para asegurar las pendientes que permitan el escurrimiento de las aguas lluvia, sin producir erosión de la cobertura.
d) Mantenimiento y control del sistema de intercepción de aguas lluvias: Antes del comienzo de la época invernal, durante el mes de marzo, se hará un mantenimiento de todo el sistema de colección de aguas lluvias, limpiando toda la extensión de los canales, retirando malezas y/o sedimentos que pudieran depositarse.
e) Mantenimiento de sistema de manejo de biogás y de líquidos lixiviados: Durante toda la etapa de cierre final se mantendrán operativos estos sistemas de manejo en las mismas condiciones establecidas para la fase de la operación transitoria.
5 Desmantelamiento de instalaciones: Se desmantelarán todas las instalaciones de carácter provisorio.
g) Monitoreo ambiental: incluirá monitoreos de aguas subterráneas, material particulado MP10, dirección y velocidad del viento, fauna, olores y topografía, según lo descrito en el Considerando 3.5 de la presente Resolución.
Sin embargo, en caso de disponerse el fin de las actividades, y seis meses antes de ello, el Titular deberá presentar el Plan de Abandono a la Comisión de Evaluación V Región para su aprobación. Este deberá especificar al menos, el destino de las instalaciones e insumos excedentes, identificando los residuos que se generarían, su manejo y disposición final, entre otros temas ambientales que correspondiesen en ese momento.
3.5 PROGRAMA DE SEGUIMIENTO
Durante el proceso de evaluación ambiental el Titular se comprometió a realizar los siguientes monitoreos: a) Monitoreo de aguas subterráneas: . Este monitoreo incluirá los siguientes parámetros (D.S.N*189/05, art.47): Conductividad eléctrica, Cloruros, Turbiedad, DBOS, DQO, Sólidos suspendidos totales, Hierro, Magnesio, Nitrógeno amoniacal,
A a E
Nitrógeno Kjeldhal, Sulfatos, Alcalinidad total (CaCO3) y Sodio. Ello se realizará según lo establecido en la NCh 410.
El Titular propuso (Adenda 3, 4.1) los siguientes puntos de monitoreo, correspondientes a pozos de particulares cercanos al predio, señalando que cuenta con la autorización para ello:
-
Punto 1: Av.El Bosque N*2969, coordenadas georreferenciadas N 6.368.600 E 265.750.
-
Punto 2: Pozo en sector Santuario Bosque Las Petras, coordenadas georreferenciadas N 6.369.000 E 265.150.
-
Punto 3: en Parcela 2, Loncura, coordenadas georreferenciadas N 6.369.300 E 265.000.
Además, se tomarán muestras en el pozo C2, cuyas coordenadas georreferenciadas son: N 6.368.290 E 266.000.
Al respecto, mediante Ord.N“05 del 03.01.11, SERNAGEOMIN señaló que dada la dirección de escorrentía de las napas(SW), los pozos mencionados (al NNW del proyecto) no son válidos.
b) Monitoreo de emisiones de MP10:
El Titular realizará un monitoreo anual de MP10 durante las etapas de construcción, operación y abandono del proyecto, en las áreas de disposición de residuos, según lo establecido en el D.S.N59/98 modificado por D.S.N45/01 que norma MP10,
c) Monitoreo de dirección y velocidad del viento:
El Titular realizará un monitoreo anual de dirección y velocidad del viento durante las etapas de construcción, operación y abandono del proyecto en el área de emplazamiento del proyecto, según mitología EPA.
d) Monitoreo de fauna:
El Titular realizará un monitoreo anual en época estival de avifauna durante las etapas de construcción, operación y abandono del proyecto, en el área de emplazamiento del proyecto y áreas circundantes, midiendo número de individuos, estructura grupal, habitat utilizado y aspectos conductuales mediante seguimiento visual y auditivo.
e) Monitoreo de ruido:
El Titular realizará un monitoreo semestral de ruido durante las etapas de construcción y operación del proyecto, en el área de emplazamiento del proyecto y áreas circundantes, según lo establecido en el D.S.N? 146/97 MINSEGPRES Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.
f Monitoreo de olores:
El Titular realizará un monitoreo semestral de olores durante las etapas de construcción, operación y abandono del proyecto, en el área de emplazamiento del proyecto y áreas circundantes, midiendo compuestos generadores de olores mediante análisis discreto.
2) Monitoreo de topografía:
El Titular realizará un monitoreo mensual de topografía durante las etapas de operación y abandono del proyecto, en las terrazas y taludes del vertedero municipal de Quintero mediante un control topográfico de acuerdo a lo señalado por organismos de geomensura.
3.6 PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
3.6.1 Emisiones a la Atmósfera
Durante la etapa de construcción se generarán emisiones a la atmósfera poco significativas, correspondientes principalmente a MP10 (0,32 ton) producto de las excavaciones, carga y descarga de material y al tránsito de camiones y maquinaria por caminos no pavimentados; para minimizarlas, se implementarán las siguientes medidas:
a. Se regarán diariamente las vías de circulación y áreas de trabajo durante el período de ejecución de faenas que impliquen movimientos de tierra.
b. Se dispondrá tratamientos matapolvos o salinos en los accesos a las faenas.
c. Se transportarán los materiales en camiones tolva con carga cubierta.
d. Se lavarán las ruedas de los vehículos que hacen abandono de la faena.
Además se generarán emisiones poco significativas por combustión de los motores de maquinaria y camiones.
Tabla 6: Emisiones a la atmósfera en etapa de construcción
Parámetros MP10 | (0) NOx HC/COV SOx (ton/año) (ton/año) | (ton/año) Total 2,26 0,99 ¡ 427 0,45 0,01
Dominar A AAA
En la etapa de operación se generarán emisiones a la atmósfera correspondientes principalmente a MP10 (1,34 ton/año) producto de excavaciones y del carguío y descarga de material; para minimizarlas se implementarán las siguientes medidas:
a. Se regarán diariamente las vías de circulación y áreas de trabajo durante el período de ejecución de faenas que impliquen movimientos de tierra. El riego se hará tres veces al día en el verano y primavera, en cambio en otoño e invierno se hará dos veces con excepción de los días que llueva cuando no se regará,
b. Se dispondrá tratamientos matapolvos o salinos en los accesos a las faenas.
Cc. Se transportarán los materiales en camiones tolva con carga cubierta.
d. Se lavarán las ruedas de los vehículos que hacen abandono de la faena.
e. Se operará el sistema de tratamiento de biogás propuesto.
f. Implementación de una cortina vegetal en el perímetro del lugar de disposición de residuos, la cual tendrá una altura promedio de 3 m; para ello se plantarán eucaliptos.
Además se generarán emisiones poco significativas por combustión de los motores de maquinaria y camiones.
Tabla 7: Emisiones a la atmósfera en etapa de operación
Parámetros MP10 CO NOx HC/COV SOx (ton/año) (ton/año) (ton/año) Total 1,112 0,002 0,008 0,001 0,00004
Para minimizar la generación de olores se implementarán las siguientes medidas:
-
Compactación y cobertura de los residuos.
-
Implementación de pantalla vegetal en todo el perímetro del vertedero, de 30 metros de ancho, con mayor densidad de especies en la dirección del viento (suroeste).
-
Tratamiento de lixiviado mediante recirculación de éste sobre los residuos.
-
Quema de biogás.
3.6.2 Residuos líquidos Durante el proceso de evaluación el Titular no indicó el manejo de los residuos liquidos domésticos a generar, ni señaló aquel referido a los RILES si fuese pertinente, para la etapa de construcción.
En el proceso de evaluación los antecedentes relativos al sistema de tratamiento de aguas servidas domésticas y al sistema de manejo de lixiviados fueron insuficientes y contradictorias.
3.6.3 Residuos Sólidos
Los residuos sólidos generados durante la etapa de construcción (2 ton/mes) corresponderán principalmente a excedentes de construcción; los residuos domésticos y los asimilables a éstos serán acumulados en contenedores estancos y luego dispuestos en el área de operación transitoria. Los residuos peligrosos generados (envases de pintura, baterías, lubricantes, entre otros) serán enviados a lugar autorizado para su disposición final.
Durante la etapa de operación, los residuos domésticos y los asimilables a éstos generados por el personal serán acumulados en contenedores estancos y luego dispuestos en el área de operación transitoria; los residuos peligrosos generados (envases de pintura, baterías, lubricantes, entre otros) serán enviados a lugar autorizado para su disposición final. Los lodos de la fosa séptica serán retirados por camiones debidamente autorizados y dispuestos en lugar autorizado.
3.6.4 Generación de Ruido
Las viviendas más cercanas se emplazan al norte del proyecto, en la localidad de Loncura, aproximadamente a 545 m del vertedero existente y a 200 m del nuevo lugar de disposición de residuos. Las emisiones asociadas a la etapa de construcción serán poco significativas; durante la etapa de operación, la presente modificación no contemplará la generación de ruido adicional al existente. Para minimizar la generación de ruido, la maquinaria y vehículos se mantendrán adecuadamente y se trabajará preferentemente en horario diurno.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:
4.1 A la ejecución del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero * le aplican los siguientes cuerpos legales, entre otros:
a) D.S. N*59/98 MINSEGPRES modificado por D.S. N” 45/01 MINSEGPRES Establece Norma
a
PIT
Primaria de Calidad del Aire para material particulado.
b) D.S.N” 146/97 MINSEGPRES Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.
e) * D.F.L.N* 725/68 MINSAL, Código Sanitario.
d) D.F.L.N*1122/81 Código de Águas.
e) D.S.N 594/00 modificado por D.S.N57/03 MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
f) D.S.N*144/61 MINSAL Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
g) D.F.L.N*1/90 MINSAL, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa.
h) D.S. N* 148/03 MINSAL, Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
1) Ley N* 4.363/31, Ley de Bosques.
j) Ley N” 19.473 MINAGRI, Ley de Caza y su Reglamento, D.S, N*5/98.
k) D.L.N*3.557 /80 Ley de Protección Agrícola, en su artículo 11.
D) Ley N* 17.288 MINEDUC, Ley de Monumentos Nacionales.
4.2 De los antecedentes entregados durante el proceso de evaluación y de los informes emitidos por los Órganos del Estado con competencia ambiental, se concluye que el proyecto no da cumplimiento a la siguiente normativa ambiental aplicable:
m) D.S.N* 735/69 MINSAL, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano.
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N005 del 05.01.11 señala que el Informe de Análisis A4898.2010 adjunto en el Adenda 3 no permite concluir que la fuente monitoreada esté exenta de algún tipo de contaminación, toda vez que no abarca todos los elementos esenciales, no esenciales y los parámetros organolépticos definidos en el Artículo 8 del Decreto Supremo N735/69.
n) D.S.N*189/05 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios.
- El art.9? señala que: ”El proyecto de relleno sanitario deberá asegurar una distancia de 300.m al interior del sitio... Esta distancia se medirá considerando una proyección horizontal y a partir del menor perímetro del área donde se emplazarán los residuos y de toda instalación anexa al relleno sanitario capaz de generar olores ofensivos a la comunidad, tales como plantas de tratamiento y lagunas de almacenamiento de líquidos lixiviados, zona de lavado de camiones y zona de pesaje. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar justificadamente a la SEREMI la aprobación de distancias inferiores cuando existan barreras naturales o artificiales que permitan controlar dichos efectos, en todo caso dicho distanciamiento no podrá ser inferior a 150 m.”
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N*060 del 18.01.11 indica que: ”El proyecto no cumple con lo señalado en el art.9”, puesto que la franja de protección (cortina vegetal) propuesta tiene sólo 30 m de ancho, el relleno sanitario propuesto se encuentra a 50 m del deslinde oriente del predio y la piscina de lixiviados a 65 m aproximadamente de éste."
El proyecto no cumple con lo señalado en este artículo (9%), puesto que el distanciamiento es menor al exigido.
- El art.10 señala que:” El sitio donde se pretenda emplazar un relleno sanitario deberá ubicarse a más de 600 m de toda captación de agua existente...Estas distancias se calcularán de la forma señalada en el inciso segundo del art.9...”
En el Adenda 3, Resp.4.1.d, el Titular señala como posible punto de monitoreo el pozo ubicado en Av. El Bosque N*2969 de propiedad del Sr. Alfredo Vergara, utilizado como fuente de agua particular ya que el sector no cuenta con red pública de agua potable (Ad.3, Lámina 5: Emplazamiento de pozos de monitoreo). Adicionalmente el Titular señala que la población está distante aproximadamente a 200 metros de la celda de operación.
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N*060 del 18.01.11 indica que: "El proyecto no cumple con lo señalado en el art.10%, puesto que el relleno sanitario se emplaza a una distancia aproximada de 250 m del pozo mencionado, existiendo asimismo otros pozos de agua para consumo humano en el sector."
El proyecto no cumple con lo señalado en este artículo (10%), puesto que el relleno sanitario se emplaza a una distancia menor a la exigida.
El art. 23? señala que :"Se podrá considerar...la recirculación de lixiviados, para lo cual se deberá demostrar que esta práctica no generará un deterioro en la estabilidad estructural de la instalación ni el afloramiento de líquidos en los taludes de relleno...”
AA
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N*005 del 05.01.11 señala que los antecedentes entregados en el Adenda 3 no aseguran el cumplimiento del Artículo 23”. Agrega que tampoco se definen las características de los pozos construidos para tal efecto, considerando además su distribución homogénea en la masa de desechos.
El proyecto no cumple con lo señalado en el artículo (23%), puesto que durante el proceso de evaluación no se adjuntaron los antecedentes necesarios.
- El art.26* señala que: "cuando el proyecto contemple lagunas de almacenamiento de lixiviados, éstas deberán ser diseñadas y operadas de tal manera de minimizar la generación de olores y, en el caso de ser necesario, deberán estar provistas de sistemas eficaces en el control de olores molestos.”
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N*060 del 18.01.11 indicó que el proyecto no cumple con este artículo, puesto que el diseño y operación de la piscina de almacenamiento de lixiviados no contemplan medidas efectivas de minimización de olores, ya que el Titular propuso una cortina vegetal en el perímetro del área del proyecto.
El proyecto no cumple con lo señalado en el artículo (269), puesto que la piscina de almacenamiento de lixiviados no considera medidas efectivas de control de olores molestos.
- Los art. 53%, 54% y 55” se refieren al Plan de Cierre de un relleno sanitario; el art.53 señala los contenidos mínimos de éste, el art 54? señala plazos para instalar la cobertura final y las características de ésta, y el art. 55 indica la duración del Plan de Cierre (20 años) y las actividades a realizar durante dicha etapa.
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N*005 del 05.01.11 señaló que la carta Gantt presentada no abarca en forma detallada las actividades que se implementarían durante la etapa de post cierre del vertedero, su ubicación, los recursos necesarios, el tiempo que tomará cada una; asimismo, la interacción entre actividades que puedan condicionar su ejecución.
Agrega que el Titular del proyecto no estableció claramente cada una de las medidas de monitoreo, control, mantención, asimismo de contingencia, que llevarán a cabo en forma periódica durante cada uno de los años que dure la etapa de post-cierre, incluyendo la elaboración de informes trimestrales que deben ser entregados en forma oportuna a la SEREMI de Salud Región de Valparaiso, con el fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en los Artículos 53%, 54” y 55% del D.S. N*189/05 MINSAL.
Los antecedentes entregados en el Adenda 3 fueron insuficientes para asegurar el cumplimiento de los art. 53, 54 y 559.
o) D.S.N 236/26 MINSAL Reglamento General de Alcantarillados Particulares, modificado por Decreto N 833/92,
La SEREMI de Salud, mediante Ord.N005 del 05.01.11 señala que la alternativa de tratamiento secundario propuesta en la Adenda N 3 para las aguas servidas de carácter doméstico no se ajusta a lo establecido en dicho cuerpo legal, toda vez que las cámaras filtrantes cumplen la función de someter al efluente séptico a un proceso de filtración mediante un material permeable y a un proceso biológico de oxidación de la materia orgánica contenida en suspensión y en solución, no obstante no permite por si sola dar disposición final a la masa de residuos líquidos resultante. Su incorporación al subsuelo, en caso de ser factible, debe lograrse a través de un sistema destinado especificamente a ese fin, justificado y diseñado en conformidad a lo establecido en este cuerpo legal.
Los antecedentes entregados en el Adenda 3 fueron insuficientes para asegurar el cumplimiento de esta norma.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero " requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 91, 93 y 99 del D.S. N"95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Artículo 90: permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del DFL N*725/67, Código Sanitario.
El proyecto contempla la recirculación de los lixiviados a generarse en el sector de disposición de residuos. Durante el proceso de evaluación ambiental el Titular propuso cambios en el manejo y disposición de éstos, sin actualizar los antecedentes necesarios para el otorgamiento del PAS, siendo los
IAEA it nr A ——— A E
antecedentes presentados en la evaluación, del sistema de manejo de lixiviados insuficientes y contradictorios. -
-
- Artículo 91: permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o
particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiúes y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario.
La Autoridad Sanitaria mediante Ord.N*"005 del 05.01.11 se pronunció desfavorablemente acerca de su otorgamiento, señalando que:
“ 3.1 La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción no puede ser justificada en base a un informe que no especifica entre otros el lugar donde se efectuó el ensayo, lo que no asegura representatividad del resultado respecto al lugar donde se emplazará en definitiva el sistema de alcantarillado, tampoco establece que la profundidad a la cual se efectuó la prueba alcanza el estrato natural permeable que se utilizará para provocar la incorporación de las aguas servidas al subsuelo, ni justifica que sólo una prueba resulta suficiente para determinar la idoneidad del subsuelo para emplazar el sistema de disposición final.
3.2. En cuanto a la calidad del terreno, es necesario que los resultados entregados sean respaldados por un informe de estratigrafía, elaborado por un laboratorio de suelos acreditado. En el mismo sentido, se requiere incluir en el anexo una copia del certificado de título del profesional que elaboró el informe.
3.3 Respecto a la cantidad de terreno para infiltrar, la respuesta entregada en la Adenda n 3 no resulta suficiente en la medida que debe ser justificada la cantidad de usuarios del sistema de alcantarillado en base al número de jornadas de trabajo que contempla el proyecto, asimismo el volumen afluente estimado por persona/día debe ser coincidente con los valores establecidos en el Anexo n 4 del Decreto Supremo N*50/02, Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado.”
- Artículo 93: En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario.
La Autoridad Sanitaria mediante Ord.N“005 del 05.01.11 se pronunció desfavorablemente acerca de su otorgamiento, señalando que: “...este permiso es la esencia del proyecto, y al existir dudas y errores respecto del mismo esta SEREMI se pronuncia en forma desfavorable. ”
En sesión de Comisión de fecha 24 de enero de 2011, según se expresa en la respectiva Acta de dicha
sesión, el SEREMI de Salud precisó que el proyecto no contempla un adecuado manejo de los lixiviados, lo que afecta el cumplimiento de lo establecido en el literal a.6) referido a:” Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores” y en el literal a.9) referido al: "Manejo de residuos generados dentro de la planta” .
- Artículo 99: permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9% de la Ley N* 4.601, sobre Caza.
El SAG V Región, mediante Ord. N*17 del 05.01.11 se pronunció inconforme respecto del proyecto, por lo que no se pronunció respecto de su otorgamiento.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:
6.1 Con respecto al literal a), durante el proceso de evaluación de la DIA y sus Adenda, el Titular no presentó los antecedentes para asegurar que el proyecto no generará riesgos para la salud de la población, debido al manejo y tratamiento de los residuos líquidos y sólidos asociados al proyecto, según lo señalado por la SEREMI de Salud, mediante Ord.N*005 del 05.01.11, en el cual indica que:
-
Los antecedentes relativos al sistema de tratamiento de las aguas servidas domésticas son insuficientes para asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.
-
La carta Gantt presentada no abarca en forma detallada las actividades que se implementarán durante la etapa de post cierre del proyecto, de modo de asegurar el cumplimiento del D.S.N*189/05, y para comprobar que su abandono definitivo no conlleva riesgos para la salud y la seguridad de la población.
6.2 Con respecto al literal b) , en relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que durante el proceso de evaluación de la presente DIA y sus Adenda, el Titular no presentó los antecedentes para evaluar si se
presentan y/o generan o no tales efectos, según lo indicado por SERNAGEOMIN mediante Ord.N*005 del 03.01.11 en lo relativo a las aguas subterráneas, y el Servicio Agrícola y Ganadero Región de Valparaíso, mediante Ord.N?17 del 05.01.11. :
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "e", "d", "e" y "f", del artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero " no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Sin embargo, el Consejo de Monumentos Nacionales mediante Ord.N*34 del 04.01.11 señaló que el Titular deberá: "Efectuar un monitoreo periódico de calidad del agua en el Santuario de la Naturaleza Bosque Las Petras de Quintero, referente a los siguientes parámetros: análisis microbiológico, PH, conductividad eléctrica, DBO, DQO. El monitoreo de calidad del agua debe ser iniciando con una muestra base que debe ser tomada de forma anterior al inicio de proyecto. Posteriormente, a partir de la etapa de operaciones del proyecto las muestras deben ser tomadas cada tres meses, y finalmente al dar por finalizado el proyecto se debe tomar la última muestra a contar de los cuatro meses de iniciada la etapa de abandono. De constatarse un aumento de contaminantes durante el monitoreo de calidad de agua, que puedan atribuirse a las operaciones del proyecto, se solicitará al titular implementar medidas tendientes a revertir el proceso de contaminación, que deben ser previamente evaluadas por el Ministerio de Medio Ambiente. Se solicita asimismo, enviar periódicamente los informes de monitoreo al Servicio de Evaluación Ambiental.
El ingreso al Santuario de la Naturaleza Bosque Las Petras de Quintero para la toma de muestras, debe ser coordinado previamente con la Base Aérea de Quintero de la Fuerza Aérea de Chile.”
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Que, por un error involuntario, en Numeral 1.2 Identificación del Titular, del ICE del presente proyecto se señala al Sr. Jorge Galleguillos Galleguillos como Titular del proyecto, debiendo decir ENERGY PHOENIX LANDFILL S.A., siendo su representante legal, el Sr. Jorge Luis Aspiltaga Fajardo.
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Que, para que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes y permisos ambientales que le sean aplicables.
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Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región de Valparaíso RESUELVE:
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CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero”, por cuanto no cumple con la normativa ambiental vigente, en particular los D.S. N189/05 MINSAL Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básica en los rellenos sanitarios, D.S. N735/69 MINSAL Reglamento de los servicios de agua potable destinados al consumo humano y D.S. N”236/26 MINSAL Reglamento general de alcantarillados particulares modificado por Decreto N*833/92, y no cumple los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales correspondientes a los artículos 90, 91 y 93, señalados en el Título VI del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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En consecuencia, el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Municipal Comuna de Quintero” no podrá ejecutarse.
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Los organismos del Estado quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de pronunciamiento en contrario.
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Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación conforme al artículo 20 de la Ley 19.300. El plazo para interponer este recurso es de 30 días hábiles contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el Titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Pablo Andrés Zúñiga Jiliberto Intendente (S) Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso
: OS ha
57 Magdalena María Priéto Pradenz E De. Directora Regional del Servicio-d NE ca Secretaria Comisión de Evaluación de Elk Región de Valparaíso
DIRECCION REGIONAL
MP/GPF/PIM
Distribución: + Claudio Flores Álvarez Sr. Felipe Infante Ureta, SEREMI de Minería Dirección Regional DGA, Región de Valparaíso Gobernación Provincial de Los Andes Gobierno Regional, Región de Valparaíso Ilustre Municipalidad de Los Andes SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso SEREMI de Planificación y Coordinación, V Región SEREMI de Transporte y Comunicación, V Región SEREMI Salud, Región de Valparaíso Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso Superintendencia de Servicios Sanitarios Mauricio Silva Malig Rodrigo Sepúlveda Pesoa Matías Avsolomovich Falcón Hernán Brucher Valenzuela
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- Sr. Raúl Celis Montt, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
- Expediente del Proyecto “Mejoramiento de la eficiencia en recuperación de molibdeno en PPC”
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, V Región de Valparaíso
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