Evaluación SEA

PLAN DE CIERRE Y OPERACIÓN TRANSITORIA DEL VERTEDERO PUERTO WILLIAMS

Rol 3973014
SEA · DIA · Rechazado · 2009-08-17 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Ilustre Municipalidad de Cabo de Hornos

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "PLAN DE CIERRE Y OPERACIÓN TRANSITORIA DEL VERTEDERO PUERTO WILLIAMS "

Resolución Exenta N* 078/2010

Punta Arenas, 23 de Marzo de 2010

VISTOS:

1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams", presentada por el Señor Hugo Henríquez Matus en representación de Mustre Municipalidad de Cabo de Hornos, con fecha 17 de agosto de 2009;

2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental

Oficio Ordinario N525, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 04/09/2009; Oficio Ordinario N1364, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/09/2009; Ordinario Oficio N182, Ordinario por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/09/2009; Oficio Ordinario N”326/2009, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/09/2009; Oficio Ordinario N379, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/09/2009; Oficio Ordinario N502, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/09/2009; Oficio Ordinario N895, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 08/09/2009; Oficio Ordinario N“404, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/09/2009; Oficio Ordinario N689, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/09/2009; Oficio Ordinario N3856, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 11/09/2009; Oficio Ordinario N873, publicado por Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 11/09/2009;

2.2.- Con Relación al Adenda N*1

Oficio Ordinario N584, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/10/2009; Oficio Ordinario N461, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/10/2009; Oficio Ordinario N604, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/10/2009; Oficio Ordinario N” 950, publicado por Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/10/2009 Oficio Ordinario N 1017, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/10/2009;

2.3.- Con Relación al Adenda N%2

Oficio Ordinario N*1289, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha

30/12/2009; Oficio Ordinario N*618, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y

Antártica Chilena, con fecha 31/12/2009; Oficio Ordinario N*823, publicado por Secretaría

Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 04/01/2010; Oficio

Ordinario N* 8, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, GAL DER cha 05/01/2010;

Rélación al Adenda N*3

e

Vegalenos y ADOOS Ordinario N209, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha "2/03/2010; Oficio Ordinario N106, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y

ártica Chilena, con fecha 15/03/2009; Oficio Ordinario N*%122, publicado por Secretaría

gional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 25/02/2010; Oficio

¿3

Ordinario N* 98, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/02/2010;

El Acta de la Sesión N* 7 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 23 de marzo de 2010;

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams”.

Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N1600/2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

ds

3.1,-

Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams";

Que, el derecho de la Ilustre Municipalidad de Cabo de Hornos a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" consiste en:

Descripción del proyecto

El proyecto tiene por objetivo el cierre progresivo y el saneamiento ambiental del vertedero de Puerto Williams. Tiene además asociado obras de mejoramiento, una operación transitoria, y el cierre final del vertedero.

Dentro de una primera etapa el proyecto considera una operación transitoria. Posteriormente se realizará la ejecución de obras de mejoramiento, como la redisposición de residuos y limpieza del entorno. Finalmente contempla la ejecución de obras para el cierre final como son los movimientos de material de cobertura, realización de cobertura final, implementación de cerco perimetral, entre otras.

La etapa de post-cierre contempla medidas de protección y restricciones de uso de manera de evitar cualquier riesgo ambiental.

Finalmente, se considera el monitoreo y seguimiento del comportamiento del vertedero, controlando con mayor detalle la generación de gases y las componentes potencialmente afectadas.

3.1.1.- Ubicación de Obras

La ejecución de las obras de mejoramiento y cierre final del vertedero, están contempladas dentro del predio ubicado aproximadamente a 1.8 Km. del centro urbano de la comuna, por el camino que va a Caleta Eugenia en este sitio está ubicado el antiguo vertedero municipal, el cual dio servicio a la comunidad durante 20 años, y recibía una cantidad estimada de 1.200 a 1.400 ton de residuos al año.

La localización del vertedero en este sector se justifica por encontrarse distante del centro urbano y con un buen acceso.

Cabe destacar que en la actualidad el predio se encuentra con algunas medidas preventivas para evitar riesgos de inundación, con un adecuado cierre perimetral con control de acceso, caseta de control con oficina y baños, zonas antiguas de disposición de residuos con cobertura, e instalación de chimeneas de evacuación de gases.

mo Situación Actual del Vertedero

De acuerdo al levantamiento topográfico realizado, la superficie donde se ubica el vertedero de Puerto Williams tiene una superficie de 8.05 Há de las cuales hay ocupadas aproximadamente 4 Há.

La operación de este vertedero se prolongó por 20 años aproximadamente, habiendo comenzado alrededor del año 1990 y actualmente se plantea una operación hasta el año 2011, fecha en que se dejarán de recepcionar los residuos en este vertedero para ser llevados a otro lugar de disposición final autorizado.

El vertedero recibe exclusivamente los residuos generados en la comuna de Cabo de Hornos (principalmente los residuos domiciliarios de Puerto Williams e industriales de la Empresa Productos Marinos Puerto Williams) y en la actualidad la basura es tapada semanalmente por una retroexcavadora para depositar y cubrir los residuos, así como también existe permanente un funcionario municipal en el lugar.

El método utilizado para la disposición final de los RSD, en este vertedero ha sido principalmente el relleno en zanjas, las cuales han alcanzado una profundidad promedio de 3,5m. La ubicación de estas zanjas en el terreno ha sido de forma desordenada, no manteniendo un orden para la optimización del terreno disponible, lo cual ha originado tener varios sectores al interior del vertedero que se encuentran sin residuos, pero que no son tan simples de visualizar dado el desorden en el avance de la operación.

Para la operación que se está llevando a cabo a partir del último año, se excavó una zanja de 50 m de largo por 6 metros de ancho y 3,5 metros de profundidad aproximadamente. La capacidad de almacenamiento de esta zanja permitiría la disposición de unos 1.000 m3 aproximadamente, lo que equivale a operar durante un período de 9 meses, bajo condiciones normales de cantidad de habitantes y residuos industriales que actualmente llegan al vertedero.

Se plantea para el año 2010 construir una nueva zanja de disposición de similares características a las usadas actualmente.

Al interior del predio se puede observar residuos descubiertos en algunos sectores, también se observan al centro del predio un sector con residuos voluminosos principalmente chatarra.

La topografía del terreno corresponde a una superficie de lomajes suaves, cuyo punto más bajo se encuentra en el sector sur oriente del predio y corresponde a una zona de castoreras, con una altura de 35 msnm. A su vez, el punto más alto del predio se encuentra en el sector de acceso al predio, cuya altura es de 60 msnm. De acuerdo a esta topografía se puede evidenciar que las aguas lluvia escurren en dirección hacia el sur este del predio, lugar donde se encuentra un desagúe natural.

En relación con el cerco perimetral se puede decir que presenta buenas condiciones en todo el contorno de las 8 hectáreas. En todo su perímetro está construido en base a pilares de madera de 4 x 4” con malla tipo bizcocho y tres corridas de alambre púa sobre la malla. De acuerdo a lo establecido por el nuevo Reglamento de Manejo para Rellenos Sanitarios (D.S. N* 189/05), esta instalación cumple con los estándares definidos en este cuerpo legal, en cuanto a los requerimientos de evitar el ingreso de animales o personas al interior del predio.

Respecto a las instalaciones que existen en el vertedero, se cuenta con un container habilitado como oficina donde permanece el operario del vertedero, cuando este se encuentra funcionando.

Como parte de los trabajos realizados en terreno se realizaron 7 calicatas llegando a excavar una profundidad promedio de 3,5 m. En el sector con residuos, se comprobó que la operación en se realizó en zanjas. Las calicatas realizadas en los sectores sin residuos fueron para determinar el tipo de suelo.

Al realizar las excavaciones en las zonas con residuos se pudo apreciar que existía una primera

aa de cobertura de entre 30 cm y un metro de espesor, luego una capa mezcla de material de tura con residuos de aproximadamente 20 o 30 cm y desde ahí hasta el final de la ción se encontró solamente basura. No obstante, en algunos lugares el espesor de la

3 gora variable. Eo] Wer Antártica 3 L U / . EA . . ve "" Enías£alicatas excavadas en la parte donde no se depositó residuos (Calicatas N” 1 y N* 4) fue

e encontrar un suelo granular compuesto principalmente por gravas redondeadas, arena y las zonas más altas una matriz de arcilla.

3.2.-

3.2.1.-

En relación con el tema de olores, y considerando que desde el año 2006 el vertedero cuenta con una adecuada operación, no se detectaron olores en los sectores antiguos y tapados con material de cobertura, en las zonas con basura descubierta si había olores provenientes de la basura. A su vez se realizaron mediciones de biogás, que incluyeron los siguientes gases: 02, CO, LEL CHA, no detectándose presencia de ellos. En relación con las emisiones de biogás del vertedero, se constató en terreno que en las zonas de residuos antiguos y ya cubiertos existen seis chimeneas para venteo de biogás y en ellas se hizo mediciones. Tampoco se percibió el olor característico del H2S (huevo podrido), por lo que se puede inferir que actualmente no habría un impacto por esta causa sobre las personas o el medio ambiente.

Un punto preocupante es que se evidenció presencia de líquidos percolados en las calicatas excavadas en basura. En las cuatro calicatas excavadas en basura se encontró presencia de agua, sin embargo, al parecer esta se encuentra relativamente confinada. Para determinar si existe o no algún grado de contaminación producto de la ubicación del vertedero, y dado que este no cuenta con impermeabilización basal, se tomó una muestra de agua en las zonas de castoreras ubicadas al oriente del vertedero y en una cota inferior aguas abajo del área de vertedero, para su análisis considerando algunos parámetros típicos asociados a la contaminación por líquidos percolados.

Para el control de los lixiviados se implementará un sistema de drenes en el pateo de los sectores con residuos, los cuales serán conducidos a dos piscinas de tratamiento de los lixiviados mediante biofiltros, uno en el sector norte que drenará los lixiviados del sector antiguo y ya cubierto y otro biofiltro en la zona sur para los residuos depositados recientemente El Vertedero Municipal nunca contó con autorización de funcionamiento emitida por la Autoridad Sanitaria o Servicio de Salud de la época, por lo que siempre su funcionamiento estuvo al margen de la normativa.

Definición de sus partes, acciones y obras físicas

Dado que se trata esencialmente de medidas de saneamiento ambiental para realizar la operación transitoria, el cierre del vertedero y el abandono definitivo del sitio, el presente capítulo se estructuró de la siguiente manera:

  • Descripción del Sitio de Emplazamiento;

  • Operación Transitoria;

» Etapa de Construcción de Obras de Mejoramiento; » Obras de Cierre Final y Abandono;

  • Post-cierre y Usos futuros.

La ejecución de las diferentes obras consideradas en el proyecto, fueron desarrolladas a partir de un análisis general del sitio de emplazamiento, donde se evaluaron las componentes ambientales, así como también los potenciales riesgos que pueden afectar negativamente tanto a la salud humana como al medio ambiente.

Dentro de una primera etapa el proyecto considera la etapa de operación transitoria, la cual durará aproximadamente hasta fines del año 2011. Posteriormente se realizará la ejecución de obras de mejoramiento, como la redisposición de residuos y limpieza del entorno. Finalmente comenzará la ejecución de obras para el cierre final como son los movimientos de material de cobertura, realización de cobertura final, implementación de cerco perimetral, entre otras.

La etapa de post-cierre contempla medidas de protección y restricciones de uso de manera de evitar cualquier riesgo ambiental. Cabe destacar la disminución de la producción de líquidos percolados y biogás, comenzará el día en que se dejen de disponer residuos en el vertedero.

Finalmente, se considera el monitoreo y seguimiento del comportamiento del vertedero, controlando con mayor detalle la generación de gases y las componentes potencialmente afectadas.

Etapa de Operación Transitoria La etapa de operación transitoria del vertedero contempla las siguientes actividades: » Planificación de la operación, » Recepción de los residuos,

  • Cobertura semanal de los residuos
  • Manejo de Biogás, y

» Manejo de Líquidos Percolados. 3.20L.= Planificación de la Operación

Considerando que el municipio de Cabo de Hornos es el responsable de la operación del vertedero durante el período restante de la operación de él (vida útil), este decidirá y resolverá cualquier tema relacionado con el manejo u operación de esta instalación ajustándose al presente diseño del Plan de Cierre.

Es importante para la correcta culminación de la operación e implementación del plan de cierre que el municipio controle las actividades propuestas en este Plan, así como cumplir con lo establecido en él, en términos de obras propuestas como en los plazos previstos.

Respecto de la continuidad de la operación, esta deberá desarrollarse de acuerdo al presente plan de cierre, ya que es necesario mantener las pendientes recomendadas ya sea de los taludes como de las superficies de coronamiento de la masa de residuos. Para ello será pertinente que los residuos continúen siendo depositados en zanjas, cuyas dimensiones serán de 50 m de largo por 7 metros de ancho y 4 a 5 metros de profundidad aproximadamente. A medida que se avance, será necesario ir construyendo nuevas zanjas, estimándose un total de 3 o 4 zanjas hasta el término de la vida útil.

La capacidad de almacenamiento de estas zanjas permitiría la disposición de unos 9.550 m3 aproximadamente, lo que equivale a operar hasta finales del 2011, considerando la generación de residuos estimada. Además como parte de este volumen disponible se considera el que ocupará el material de cobertura, alcanzando alrededor de un 15% en volumen. Por lo tanto, el volumen total de residuos estimado para el período restante de operación es de 10.970 m3. Si se considera la habilitación de 4 zanjas, con un volumen unitario de 2.550 m3, se obtiene un volumen total de 11.000 m3.

Es posible determinar que en el período de operación comprendido entre los años 1990 y 2000, ingresaron al vertedero unas 18.000 toneladas de residuos sólidos urbanos y 67.000 ton de residuos industriales sólidos, lo que equivale a la fecha a unos 143.500 m3 suponiendo una densidad de 0,6 ton/m3. Ahora bien, para los próximos dos o tres años de operación transitoria se espera recibir 3.000 Ton de RSU y 1.500 Ton de RSI, con lo cual al final de la vida útil del vertedero serán dispuesto en el lugar un total de 91.780 Ton (equivalente a 153.000 m3).

IZA Recepción de los Residuos

En el vertedero se pueden disponer los siguientes tipos de residuos:

» Residuos sólidos domiciliarios (RSD);

» Residuos comerciales (supermercados, restaurantes, hoteles);

» Residuos municipales (barrido de calles, poda de árboles y otros residuos del aseo público);

  • Residuos sólidos industriales (residuos asimilables a domiciliarios, aserrín, entro otros).

32 LD Cobertura Semanal

Al término de cada semana de trabajo, se deberán cubrir los residuos, con el objeto de evitar la proliferación de vectores sanitarios como de malos olores, lo cual podría causar un impacto directo sobre la población más cercana al vertedero. La cobertura consistirá en una capa de al menos 15 cm de espesor suelo compactado, y cuyo coeficiente de permeabilidad será inferior o igual a 10-4 cm/s. Para ello el municipio se compromete a mantener como apoyo durante la operación una máquina (retroexcavadora) para realizar el movimiento y cobertura de los residuos.

3.2.1.4.- Cierre Perimetral

De acuerdo al nuevo reglamento de rellenos sanitarios (D. S: N” 189/2005) del MINSAL, te tipo de instalaciones debe contar con un cerco perimetral, el que deberá poseer como

3.2.1.6.-

3.244 /=

3.2.1.8.-

metálicos de 208 litros abiertos en ambos extremos y perforados en sus costados con hoyos de 2 a 4 pulgadas en cuyo interior se dispondrá una tubería de PEAD perforada y rodeada de bolones de 4“ a 6 de diámetro perfectamente lavados.

La altura final de las chimeneas será a lo menos de 1 metro sobre la cota de coronamiento de la plataforma. Lo importante es que la chimenea mantenga una continuidad en su desarrollo vertical para favorecer el drenaje de los gases, así como también evitar que ingresen en su interior demasiados materiales finos que puedan interrumpir el normal funcionamiento de dicho sistema.

Manejo de Líquidos Percolados

Durante la excavación de las calicatas en basura, las cuales llegaron a una profundidad promedio de 3,5m, se evidenció la presencia de abundante líquidos percolados al interior de ellas. De esta situación se puede concluir que probablemente los líquidos no están infiltrando hacia las capas inferiores del suelo.

También se puede aseverar que dada la forma de operar en zanjas y que estas no contenían un alto volumen de residuos, la generación de líquidos en cada una de ellas no es considerable.

No obstante lo anterior, en el Artículo 23 del reglamento se dice que: “En los casos en que se trate de Rellenos Sanitarios construidos en zanjas, pozos o depresiones capaces de contener la totalidad de los residuos a disponer, se podrá considerar el total confinamiento de los líquidos lixiviados al interior de la masa de basuras. En tales casos el diseño deberá contemplar una cobertura final que minimice la infiltración del agua de precipitación hacia el interior del relleno y la consecuente generación de lixiviados, de forma de asegurar que no habrá rebalse o afloramiento de éstos”. Por lo tanto, se podría inferir que dado que este ha sido el caso de operación del vertedero de Puerto Williams, además que la presencia o acumulación de líquidos percolados será manejada en sistemas de drenes en los pateos de las áreas de basura y tratados en sistemas de biofiltros y que el sistema de cobertura final se ajusta a lo exigido por el reglamento, asegurándose una minimización en la infiltración de aguas lluvia, no se considera realizar otras obras o actividades extraordinarias para el manejo de los líquidos percolados.

Como medida de mejoramiento se tiene que el cierre propuesto contempla la aplicación de capas de suelo de baja permeabilidad en la superficie del vertedero de acuerdo a las condiciones establecidas por el DS 189, las cuales una vez perfiladas y compactadas contribuirán a reducir la infiltración de aguas lluvias y la consiguiente generación de lixiviados.

Adicionalmente, aguas abajo de las zanjas de disposición se construirá una barrera de geomembrana impermeable y un dren para captación del flujo subsuperficial, el cual descargará en un biofiltro para tratamiento del efluente. El paso de los lixiviados captados a través del biofiltro reducirá su carga orgánica y mejorará la calidad del efluente antes de ser descargado al sector de “castoreras”, todo lo cual constituirá mejoras al sistema de operación actual del vertedero.

Maquinaria

Requerimiento Total de Maquinaria Etapa de Operación

¡Maquinaria P otencia Combustible lo Equipo (HP) lo Energía ¡Retroexcavadora |l 120 ¡Diesel ¡Camión Tolva P 200 ¡Diesel

En el caso de la retroexcavadora serán máquinas que se utilizarán en forma periódicamente en el movimiento y cobertura de los residuos. El camión tolva permitirá el transporte de material de cobertura para las celdas.

Seguridad e Higiene

Durante el desarrollo de la etapa de operación del vertedero, los trabajadores deberán usar todos los elementos de seguridad necesarios para prevenir los posibles impactos generados a causa del trabajo. A parte de lo anteriormente descrito se considera la ejecución de charlas

de 5 minutos, al inicio de cada jornada de trabajo, y/o capacitación de los trabajadores en su respectiva asociación de seguridad.

325091 Acceso y Flujo vehicular

El acceso al predio es directamente desde camino público costero que une Puerto Williams con Caleta Eugenia (Y-905). Se cuidará que el camino de acceso se encuentre en toda época del año transitable.

Se controlará también que los camiones cuenten con las medidas de seguridad en relación con la utilización de carpa sobre la carga al momento de ingresar al sitio, revisando que esta sea hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. Que el o los camiones municipales de recolección cuenten con depósitos estancos para el traslado de los residuos.

De acuerdo a la cantidad de residuos que se recibirán durante esta etapa, se estima que el flujo de camiones será de uno a dos camiones/día, lo que no varía el flujo que existe en la actualidad.

Se llevará un registro de los vehículos ingresados al vertedero mediante un libro de control, donde se indicará: Origen de los residuos, Volumen estimado, Tipo de residuos depositado, Patente del vehículo, Nombre del chofer, Hora de ingreso y salida del vertedero y

Observaciones. 3.22, Actividades complementarias post-operación Sioidalos Instalación de faenas

La instalación de faenas, primera etapa de desarrollo del proyecto, consiste principalmente en habilitar el contenedor marítimo reacondicionados que se encuentra en el sitio. Estas instalaciones serán habilitadas para ser utilizadas como oficinas, baños y vestidores. Se recomienda habilitar una bodega para materiales y herramientas durante la etapa de cierre del vertedero.

De acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594/1999 del MINSAL “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”, en la obra se instalarán servicios higiénicos (baños, duchas y lavatorios) en cantidad y calidad especificadas en este decreto basándose en la mano de obra contratada.

En relación con el abastecimiento de agua potable, esta será suministrada a través de camiones aljibes para la utilización durante las actividades constructivas y para el consumo humano se habilitará el dispensador de agua purificada que existe en las instalaciones.

FL 2 iD Topografía Actual del Vertedero

El vertedero de Puerto Williams posee una superficie total aproximada de 8.05 há, de los cuales 40.000 m2 aproximadamente se encuentran con disposición de residuos sólidos. La topografía actual del vertedero, donde se puede apreciar una superficie irregular, con mayores cotas en los extremos norponiente y poniente del terreno, alcanzando la cota 60 msnm en el oriente y 52,5 al poniente. La cota más baja del predio corresponde a 35 msnm y se localiza junto al extremo sureste del predio.

De acuerdo a lo apreciado en las visitas a terreno efectuadas, así como a la topografía levantada, en el vértice Nororiente se aprecian vestigios de las zanjas donde se depositaron los residuos más antiguos, zona que actualmente tiene una adecuada capa de material de cobertura, cuenta con chimeneas de evacuación de gases y está parcialmente cubierta de vegetación.

La topografía del sitio muestra que las pendientes más suaves se dan en la parte antigua utilizada que se localiza al norte del predio, variando en un rango de 4,4% a un 9,9%. Este sector, donde se operó inicialmente, posee una superficie de 40.000 m2. La topografía de este sector se asemeja a una pequeña loma, cuyo punto más bajo se localiza al sur este del predio (33.24 msnm) y que desemboca hacia una quebrada.

  • Mínima elevación 33.24 m » Máxima elevación 63.36 m
  • Superficie levantada 9.60 Hás » Superficie del Predio 8.05 Hás

32,2:3:=

3.2.2.4.-

» Pendiente media del terreno 16.43 %

La superficie donde se está operando actualmente corresponde a un área de aproximadamente 3.600 m2, existe disponibilidad de espacio en el mismo sector para la construcción de hasta 4 celdas de 60x7x3,5 m

Su punto más alto, ubicado al nororiente del predio, corresponde a la cota 63.5 msnm a partir de ahí se generan pendientes que descienden hasta la cota 58 msnm. Las pendientes que se generan en este lugar son del orden de 5,6% hasta un 19,5%, todas ellas dirigidas hacia el sur.

A partir del presente verano se comenzó a depositar los RSD en una zanja ubicada en el extremo nororiente, junto al vértice N* 2 del predio. Dicha zanja posee una superficie de 300 m2 y una profundidad aproximada de 3.5 metros.

Teniendo en consideración estas pendientes, el diseño propuesto y lo establecido en la normativa vigente, se procederá a realizar el diseño del cierre del vertedero.

Además es necesario destacar que de la totalidad del predio donde se emplaza el vertedero, aproximadamente un 58,87% fue ocupada para la disposición de residuos sólidos domiciliarios en zanjas.

Cortafuegos

Con la finalidad de aislar el predio respecto de su entorno se habilitará en forma perimetral una franja cortafuegos que poseerá un ancho de 4m en todo el perímetro del sitio.

El sector que será utilizado como cortafuego, el titular lo mantendrá en buenas condiciones, realizando limpiezas periódicas para mantener libre de todo elemento que pudiera ser combustible dicha franja, así como también controlar y evitar el crecimiento de vegetación.

Redisposición de los RSD

Para realizar la cobertura final de los residuos se debe en primera instancia, redisponer y acomodar la totalidad de los residuos que se encuentran dispersos o a la vista al interior del vertedero. En las visitas a terreno efectuadas fue posible apreciar que existían sectores, aparte del frente de trabajo diario, donde existía basura dispersa y residuos voluminosos descubiertos.

Para realizar el cierre del vertedero, será necesario levantar, nivelar y perfilar la superficie completa del predio, por lo que se plantea realizar una nivelación u homogeneización de las superficies alteradas por la disposición de los RSD. El fín de esta nivelación es evitar la generación de puntos bajos donde puedan acumularse las aguas lluvia.

Para lograr un aspecto más ordenado del predio, será necesario redisponer todas las acumulaciones de residuos que se encuentren dispersas por todo el predio y dejarlas concentradas en una zona, donde sea necesario, levantar la cota para evitar depresiones.

Como se mencionó en el punto 2, aproximadamente un 58,87% de la superficie del predio fue ocupada para la disposición de residuos sólidos domiciliarios en zanjas, las cuales se distribuyen en forma bastante desordenada, existiendo poca profundidad de acumulación de residuos, aproximadamente 3,5 m de acuerdo a las calicatas excavadas en basura, pero gran extensión. Ante esta situación se propone perfilar y nivelar toda la superficie donde se pueden apreciar residuos, ya que no se tiene la certeza de los lugares donde existen zanjas con disposición de RSD. Todo el volumen de residuos que sea removido será redispuesto en los sectores donde se requiera una mayor acumulación de residuos para nivelar las plataformas que serán proyectadas, de esta manera se logrará confinar y acumular todos los residuos en una superficie final que será más homogénea y estará diseñada con los estándares que exige el reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios.

Para lograr la reubicación de los residuos en la zona habilitada para tal efecto, será necesario que estos sean arrastrados y compactados mediante un bulldozer o cargador sobre orugas, maquinaria que tendrá como fin dar forma, perfilar y nivelar una superficie que ahora es irregular. Más adelante cuando se presenten las alternativas de diseño para el cierre del vertedero, quedarán enunciados los sectores que se habilitarán para la recepción de estos residuos que aún permanecen sin cubrir.

SD ZST Limpieza del Entorno

Como parte de las labores del plan de cierre y antes de efectuar el sellado de los residuos se procederá a realizar una limpieza general del entorno al vertedero. Esta limpieza tiene como propósito el retiro de todos los elementos livianos que producto del arrastre por efecto del viento se han desplazado lejos del sector de disposición final de los residuos. Las canaletas de evacuación de aguas lluvia que se encuentran en diversos sectores deberán ser limpiadas cuidadosamente procurando retirar todos los elementos que puedan perturbar el normal paso del agua en época de lluvia.

Para ejecutar la limpieza del entorno se contratará una cuadrilla de trabajadores, a través de los planes de empleo que maneja el municipio, quienes tendrán la responsabilidad de hacer una revisión general del entorno del vertedero y recoger todos aquellos elementos que no correspondan al medio natural y que presumiblemente provengan del vertedero. Se propone realizar una revisión en una franja de por lo menos 100 m exteriores al vertedero, y el largo del camino por donde se accede al vertedero. Para ello deberán utilizarse sacos para depositar en su interior los desperdicios que sean recogidos. En caso de ser necesario se utilizarán carretillas de mano para trasladar los residuos. Es preciso señalar que es muy importante que la gente que trabajará en estas labores, utilice los elementos de protección personal adecuados como por ejemplo guantes y zapatos de seguridad, para evitar accidentes.

3.2.2.6.- Control de vectores sanitarios

Debido al movimiento de residuos que se generará para dar forma al diseño final del vertedero, existe la posibilidad concreta que proliferen los vectores sanitarios, tales como ratones, pájaros, perros, moscas, etc. Como una medida de minimizar el impacto de la remoción de residuos y para controlar la proliferación de vectores se propone realizar, durante el período del cierre y hasta que la operación del vertedero continúe, campañas de desratización y desinfección de las instalaciones del vertedero.

Considerando que el vertedero aún se encuentra en operación, se propone como medida adicional, realizar una cobertura diaria de los residuos, de esta forma se evitará la llegada o proliferación de moscas, roedores o pájaros.

3.2.3.- Diseño del cierre del vertedero y abandono

Para elaborar el diseño de la cobertura final del vertedero, fueron consideradas las alternativas de diseño que tuvieran el menor costo de ejecución así como también el menor impacto ambiental, causado por la remoción de residuos.

La alternativa que se utilizará para el cierre del vertedero de Puerto Williams es la siguiente: 3.2.3.1.- Descripción General del Cierre

Para el diseño del plan de cierre se considera la confección de tres niveles aterrazados, mediante la habilitación de dos terrazas, conformando una estructura escalonada en sentido oriente a poniente. De acuerdo a la topografía actual, se mantiene las dimensiones de la primera terraza (superior), la cual fue diseñada con una pendiente entre un 2% y 5% y que posee un ancho de 30m. En forma posterior se proyectó un talud con una pendiente del orden de 1:6 (V:H), abarcando una distancia horizontal de aproximadamente 80m. Luego se proyectó una plataforma de 20m de ancho promedio cuya pendiente de diseño es de un 5%. Finalmente, se proyectó un gran talud con pendiente 1:8 (V:H), cuya longitud horizontal es de aproximadamente 80m. Y para terminar, este último talud se empalma con una nueva plataforma proyectada de 50m de ancho y un 2% de pendiente, la que se empalma al terreno actual del vertedero en el punto más bajo.

LE OS Sector antiguo

€ (o) [3/ -Ee pro “El sector antiguo del vertedero se encuentra hacia el nororiente del predio. Al margen del [uf core AAA < z a 4 . Pp 8 [o an e diseño anteriormente descrito, se realizará una única solución para este sector dado que su tal a E : , : eS e erficie y morfología actual presentan una buena cobertura, cuentan con chimeneas de

A cue POS S > Joe acuación de gases e incluso en algunas zonas ha crecido vegetación.

(a) AS

El diseño considera mantener la orientación de la actual pendiente en dirección hacia un

3.2.3.3.-

3.2.3.4.-

antiguo canal de desagije ubicado al suroriente del sector. La pendiente de la superficie proyectada se proyecta en un 2% en sentido oriente y sur, y la superficie de coronamiento posee un área total de 4.450m2. En este sector se generará una pequeña plataforma cuya altura máxima poseerá 2,4m por sobre el punto más bajo localizado en la cota 63,7 msnm, a su vez el punto más alto ubicado hacia el extremo norte de esta superficie se encuentra en la cota 66,1 msnm. En forma perimetral a esta plataforma se proyecta un camino que poseerá 3m de ancho y una longitud de 250m. La idea de habilitar este camino perimetral es tener acceso a todos los sitios que se encuentren con disposición de RSD.

Movimientos de Tierra y Disponibilidad de Material para Cobertura Final

De acuerdo con las calicatas realizadas en el predio, es posible apreciar que en la zona poniente que actualmente se está empleando para la disposición de las basuras, existe una capa de material que podría ser usado como material de cobertura y que tiene un espesor de más de 3,5 metros. Si bien el material contiene una fracción importante de ripios se encuentran en una matriz de arena y arcilla, con permeabilidades cercanas a los 6.5 x 10 -6 m/segl Además producto de la excavación no se encontró presencia de aguas subterráneas en este sector, habiéndose excavado hasta una profundidad de 3,5m.

Por otra parte, en Puerto Williams existe disponibilidad de suelos arcillosos en el sector final de la calle O”Higgins donde se debe rebajar una ladera de cerro ese material puede ser trasladado al vertedero para ser empleado como material de cobertura A partir de esta información, y de la topografía actual del vertedero, es posible identificar la zona norponiente del vertedero, como la zona para la extracción de parte del material de cobertura que se requerirá para dar cobertura final a los residuos.

Esta zona de extracción para el material de cobertura posee una superficie de 9.700 m2, lo que implica la posibilidad de obtener un volumen aproximado de 9.700 m3 de material de cobertura, considerando un metro de excavación. A continuación se muestra en la Tabla siguiente el requerimiento de material de cobertura y tierra vegetal para dar cobertura final al vertedero, según lo exigido por la normativa, esto es 60 cm de material cuya permeabilidad debe ser inferior o igual a 10-5 cm/s y una capa de suelo vegetal de 0,15 cm de espesor.

Volúmenes cobertura vertedero puerto williams

Tipo spesor Volumen ¡Volumen Imaterial royectado (m) |proyectado (m3) [real(m3) Material Cobertura [0,60 12.896 16.765 Capa vegetal 0,15 3.224 4.191 [Total [0,75 16.120 20.956

Como se puede apreciar en la tabla anterior, el volumen proyectado es menor que el volumen real, ya que este último considera un esponjamiento del orden del 30% sobre el volumen proyectado. Estos volúmenes de requerimiento de material de cobertura consideran la superficie total que se encuentra con disposición de residuos, es decir, la zona antigua y la zona más nueva.

De las muestras obtenidas de las calicatas excavadas en el predio, el tipo de material existente en este sector corresponde a arcillas inorgánicas de plasticidad baja a media, arcillas con grava, arcillas arenosas, limosas o magras. Por las características presentadas del material obtenido de las calicatas y considerando que poseen un coeficiente de permeabilidad de 1,649x10-4 (cm/s), se propone extraer el material in situ, material que será obtenido de la zona norponiente con maquinaria para utilizarlo como cobertura final, material que deberá ser mezclado con otro de menor permeabilidad para cumplir con la exigencia mínima impuesta por el D.S.N*189/2005. El volumen disponible in situ no sería suficiente para abarcar toda la superficie que requiere cobertura final, considerando una excavación promedio de 1m de profundidad.

Sistema de Cobertura Final

La configuración del sistema de cobertura final deberá cumplir con los siguientes requisitos:

““a) debe tener un espesor de al menos 60 centímetros y una conductividad hidráulica inferior o igual 1x10-5 cm/s. b) se podrá utilizar espesores inferiores si la permeabilidad de la capa es menor o igual que

TL

3.2.3.6.-

la definida en la letra a) de este artículo. En cualquier caso la cobertura no podrá ser de un espesor menor de 30 cm.

c) Debe incluir una capa de protección contra la erosión que deberá consistir en una capa de suelo de al menos 15 cm de espesor, la que debe ser capaz de sostener vegetación de la zona, si la hubiera.”

Dado que el mencionado cuerpo legal se encuentra vigente desde mediados del año pasado, será obligación para toda instalación de disposición final adecuarse a él, aún cuando estas hayan dejado de operar. Por lo tanto, considerando lo anterior, el sistema de cobertura final propuesto para el vertedero de Puerto Williams es el siguiente, en orden descendente.

» Capa de suelo de 15 cm de espesor, no compactado;

  • Capa de material de cobertura de 60 cm y permeabilidad inferior o igual 1x10-5 cm/s.

  • Capa de residuos sólidos domiciliarios con material de cobertura

Para obtener la permeabilidad deseada del sello, y dado que la permeabilidad del material disponible in situ no posee la permeabilidad exigida se deberá efectuar una mezcla. La proporción entre el material del sitio y el material externo dependerá de la permeabilidad de este último.

Manejo de Líquidos Percolados Durante el Período Post cierre del Vertedero

Durante la excavación de las calicatas en basura, las cuales llegaron a una profundidad promedio de 3,5 m, se evidenció la presencia de líquidos percolados al interior de ellas.

En cuanto a la normativa vigente, se puede argumentar que en el Artículo 23 del reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios (D. S. N* 189/2005) se dice que: “En los casos en que se trate de Rellenos Sanitarios construidos en zanjas, pozos o depresiones capaces de contener la totalidad de los residuos a disponer, se podrá considerar el total confinamiento de los líquidos lixiviados al interior de la masa de basuras. En tales casos el diseño deberá contemplar una cobertura final que minimice la infiltración del agua de precipitación hacia el interior del relleno y la consecuente generación de lixiviados, de forma de asegurar que no habrá rebalse o afloramiento de éstos”. Por lo tanto, considerando que la operación del vertedero se desarrolló fundamentalmente en zanjas, y que se evidenció la presencia y acumulación de líquidos percolados se instalará un sistema de tratamiento mediante canalización de los percolados a un biofiultro, y que el sistema de cobertura final se ajusta a lo exigido por el reglamento, lo que asegura una minimización en la infiltración producto de las aguas lluvia. En el punto relativo a los sistemas de control y monitoreo se propondrá la habilitación de pozos de monitoreo para chequear en el tiempo que el vertedero no está ocasionando ningún grado de contaminación.

Manejo de Biogás Durante el Período Postcierre del Vertedero

Teniendo en consideración la cantidad de residuos que se depositaron, las dimensiones de las trincheras (aproximadamente 5 m de ancho, 3,5m de profundidad) y considerando que el nuevo REGLAMENTO DE CONDICIONES SANITARIAS Y DE SEGURIDAD BÁSICA EN RELLENOS SANITARIOS establece, en su Artículo 16 que: “los Rellenos Sanitarios que tengan una altura total inferior a seis metros no estarán obligados a contemplar un Sistema de Manejo de Biogás”.

Además considerando que durante los monitoreos de gases no se registró presencia de ellos. Por tales razones, no se considera la habilitación de chimeneas para el venteo del biogás ni sistema de extracción alternativos de este.

Como ya se ha comentado anteriormente, durante las visitas a terreno realizadas durante el mes de marzo, se excavaron 7 calicatas, de las cuales 2 de ellas corresponden a calicatas de suelos, y el resto a calicatas excavadas en basura. En estas últimas fue posible encontrar una columna de residuos de 3,5m aproximadamente. En ellas fue posible monitorear mediante el equipo detector de gases marca 3M modelo 950, los siguientes gases para establecer su presencia y concentraciones, ellos son, O2, CO, LEL CH4, H2S y NH3 detectándose la presencia de alguno de ellos tales como Amoniaco y Monóxido de Carbono. No obstante,

¿ambos gases son característicos del proceso de descomposición de la basura en condiciones

Anacróbicas, tal como es esperable dado el tipo de operación. Sin embargo se puede señalar que en dichas mediciones no se encontró presencia del gas característico que dan origen al )jgás como es el Metano.

evegetación y Paisajismo

Una vez instalada la capa de cobertura final, que considera 60 cm de material de cobertura y

3.2.3.8.-

3.2.3.9.-

3.2306

3:23.11.>

15 cm de suelo vegetal en los sectores más nuevos; y de 30 cm de material de cobertura en los sectores más antiguos, y habiendo esperado un plazo (un año por lo menos) para que se produzcan los primeros asentamientos, se procederá a la recuperación del área. Para ello se contempla favorecer el desarrollo de especies vegetales herbáceas y arbustivas existentes en la zona, principalmente de raíces cortas y/o rastreras.

Sobre la superficie compactada y recubierta con suelo se establecerán especies herbáceas, para impedir el crecimiento de raíces que puedan dañar la capa de arcilla compactada. Esta actividad se desarrollará una vez que se hayan producido los asentamientos de la masa de residuos con su cobertura final.

Respecto del paisajismo y considerando la intervención de la zona generada por la instalación y el funcionamiento del vertedero, una vez instalada las capas de cobertura final del vertedero se deberá repoblar el predio de especies vegetales a modo de modificar el patrón de paisaje instaurado con el funcionamiento y abandono del vertedero, el que actualmente no es tan negativo debido al crecimiento de algunas especies al interior del predio, lo que ha contribuido por una parte a reducir el impacto de las zonas con basuras expuestas como a darle mayor cohesión al suelo por el desarrollo radicular y así contribuir a evitar la erosión.

Diseño de Canales Interceptores de Aguas Lluvia

El saneamiento hidráulico de la superficie definitiva del vertedero Puerto Williams se realiza basándose en escurrimiento gravitacional y a canales que captarán y conducirán las aguas que escurrirán fuera del área de depósito de residuos,

Se contempla un mejoramiento de los canales existentes y la habilitación de descargas hacia el curso natural ubicado aguas abajo del vertedero.

Mejoramiento de Caminos de Acceso e Interiores

El tramo final para acceder al vertedero sería un camino vecinal, por lo que se propone realizar una limpieza del área al momento de ejecución de las obras de cierre.

Esta limpieza consistirá en mantener la vía limpia y libre de residuos, piedras o tierra dispersa que pueda derramarse como producto del transporte del material hacia el vertedero. De todas formas se propone mantener limpia una franja de por lo menos 200 m antes del acceso al predio. Además de la limpieza por todo el frente que colinda con el vertedero.

En cuanto a los caminos interiores, el diseño final propone la habilitación de un camino (actual) que accederá a todo el predio en forma longitudinal y paralelo al área de disposición de los RSD. Dicho camino tendrá un ancho de 3m y su largo será de 387m. Este camino será rehabilitado para permitir el acceso de los camiones para depositar el material de cobertura.

Seguridad y Control de Acceso

El control de los accesos se hará en la entrada del vertedero que cuenta con una barrera metálica pivotada y un portón con candado el cual permanecerá cerrado en forma constante. Además en esta zona existe un contenedor que será habilitado como caseta de control y vigilancia para controlar y vigilar el ingreso de todo vehículo o persona que acceda al interior de la instalación durante el período de ejecución de las obras de cierre

Instalación de faenas

La instalación de faenas, consiste principalmente en habilitar contenedores marítimos reacondicionados en el sitio. Estas instalaciones están habilitadas en el vertedero y serán utilizadas como oficinas, baños, bodegas y vestidores.

De acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594/1999 del MINSAL “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”, en la obra se cuenta con servicios higiénicos (baños, duchas y lavatorios) en cantidad y calidad especificadas en este decreto basándose en la mano de obra contratada.

En relación con el abastecimiento de agua potable, para las actividades constructivas se utilizará un estanque de acumulación de 200 litros abastecido mediante camiones aljibes y mientras que para el consumo humano se contará con un dispensador de agua purificada, todo lo cual está autorizado por la SEREMI de Salud Regional mediante la Resolución

N50. El sistema de alcantarillado que se instalará en la faena consistirá en una fosa séptica y un pozo absorbente, el cual también cuenta con autorización de SEREMI de Salud por Resolución N43.

3:23:12 Mano de Obra Durante el desarrollo de la etapa de cierre, la cantidad necesaria de trabajadores es en promedio 10 personas, distribuidas de la siguiente forma de acuerdo a sus

responsabilidades:

Requerimiento Total de Personal Para el Proyecto Etapa de Cierre

CARGO [N* DE PERSONAS Jefe de Obra

¡Choferes

¡Topógrafo

Vornales

Operadores de maquinaria [Total

SS A OS)

Todos los trabajadores tendrán una jornada laboral de lunes a viernes entre las 8:00 y las 18:00 hrs., es decir, horario diurno.

3.2.3.13.- Maquinaria

La principal maquinaria y equipo a utilizar durante la etapa de cierre del vertedero, junto con la potencia utilizada se indica a continuación:

Requerimiento Total de Maquinaria Etapa de Cierre

¡Maquinaria o Equipo |[N* [Potencia (HP) ¡Combustible o Energía ¡Buldózer 1 120 ¡Diesel ¡Excavadora e "1120 ¡Diesel ¡Motoniveladora 1 pP00 ¡Diesel ¡Camión Tolva 3 P00 ¡Diesel ¡Generador eléctrico |l1 [75 ¡Diesel ¡Rodillo compactador [1 [100 ¡Diesel

3.2.3.14.- Acceso y Flujo vehicular

El acceso al sitio de emplazamiento del vertedero se encuentra, como se mencionó anteriormente, en la ruta que une Puerto Williams con Caleta Eugenia (Y-905)

Durante esta etapa, se continuará controlando el ingreso y egreso de los vehículos y camiones a la obra, a través del cuidador ubicado en el acceso al emplazamiento del vertedero. De la misma forma se controlará que los camiones cuenten con las medidas de seguridad en relación con la utilización de carpa sobre la carga, revisando que esta sea hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.

El flujo de camiones estimado para la etapa de cierre del vertedero será de 1 camión/día. 3.2.4.- Post-cierre y usos futuros

GMEDIO El post-cierre consta principalmente de las actividades relacionadas con el monitoreo y control SS 4, : : LES ON obras ejecutadas en el cierre del vertedero.

e.

e

btra parte, también se considera los usos futuros del sitio donde se emplaza el vertedero, ya € aún después de haber sido intervenido para mejorar su calidad, este puede generar algún lesgo a la seguridad y salud humana, si se utiliza en actividades incompatibles con la istencia de un botadero abandonado.

3.3.-

3.3.1.-

3.32.>

3335

Por esta razón es importante evitar:

» La construcción de edificios y casas habitacionales sobre el terreno afectado (posibles asentamientos o acumulación de gases), y + Cultivos Agrícolas.

Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

Emisiones a la Atmósfera

Durante el desarrollo del proyecto se producirán algunas emisiones a la atmósfera, principalmente por concepto de movimientos de tierra y, en una menor proporción, emisiones provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y camiones que participarán en el desarrollo del cierre del vertedero.

El titular propone implementar una serie de acciones tendientes a minimizar y evitar la emisión de polvos fugitivos generados por el proyecto:

a) Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de relleno y excavaciones;

b) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.;

c) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

d) Humectación de vías internas por donde circulen los camiones de la obra, siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

e) Realizar compactación y estabilización de las áreas de tránsito de maquinarias y vehículos que no se encuentren pavimentadas para evitar la resuspensión del polvo.

f) Humectar las áreas donde se efectúen movimientos de materiales y las áreas de faenas de acopio que pudieran generar polvo, siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

g) Prohibir la ocurrencia de quemas dentro del área del proyecto, evitando la producción de emanaciones de humo u otro gas tóxico o molesto.

h) Realizar capacitación a los trabajadores en los temas ambientales.

1) Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr en las vías interiores del recinto.

Respecto a la cuantificación de las diferentes emisiones generadas en el proyecto, la generación de emisiones producidas por el proyecto no sobrepasa las 1.98 ton/año de material particulado (MP10) resuspendido, cumpliendo con la normativa vigente.

Efluentes Líquidos

Los únicos residuos líquidos que se generarán durante el cierre del vertedero son aguas servidas. Actualmente el recinto de caseta de control cuenta con un baño, equipado con ducha, WC, lavamanos. La producción promedio de este tipo de residuos se estima en 1,5 m3/d como caudal máximo (150 l/día por trabajador, 10 trabajadores) y la descarga de estas será a un sistema de alcantarillado particular compuesto por fosa y pozo absorbente, el cual cuenta con autorización de la Seremi de Salud Regional.

El proyecto genera residuos líquidos. Para asegurar un adecuado tratamiento de los percolados se construirán dos biofiltros, a los cuales serán conducidos gravitacionalmente mediante drenes los percolados de los sectores antiguos y recientes, los que serán descargados posteriormente a una castorera localizada en la parte baja del predio

Residuos Sólidos

Productos de las obras y/o actividades del cierre del vertedero, existe una generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Se estima que el total máximo de residuos será de 520 kg/proyecto, considerando un promedio de 10 trabajadores, jornada laboral Lunes a

Sábado y 0,5 kg/día de residuos por trabajador.

Estos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados, los cuales serán posteriormente dispuestos en el mismo vertedero.

Respecto de los residuos sólidos, la Secretaria Regional de Salud generó nuevas observaciones:

Indicar el porcentaje de humedad de los lodos que se retirarán de la fosa séptica y el lugar en que se realizará la disposición final de los mismos

3.3.4.- Ruido Durante el desarrollo del proyecto se generarán ruidos provenientes de la maquinaria a utilizar, en horario diurno de 8:00 a 18:00 horas. Sin embargo, el titular implementará las siguientes

mediadas para minimizar y evitar la generación de ruidos.

Las faenas serán programadas en horarios diurnos, evitando generar molestias a la población más cercanas.

Usar equipos con niveles máximos de emisión certificados por el fabricante.

  • Mantener en perfecto estado de funcionamiento la maquinaria, equipos y motores, implementando controles mensuales respecto de la operación de los mismos.

  • — Noserealizaran mantenciones preventivas ni correctivas al interior de las faenas.

  • — Capacitar al personal en materias de reducción de ruidos e instruirlo respecto a los métodos correctos de trabajo, tanto en el uso de equipos como en uso de elementos de protección personal (EPP), así como también en el manejo de herramientas.

  • — Evitar los gritos en el lugar

  • — Evitar el uso de bocinas o elementos sonoros en el área del proyecto.

  • — Informar a los vecinos del inicio y término de las obras.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse lo siguiente del proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" :

4.1.- Normativa Aplicable y Cumplimiento: 4.1.1.- Normativa en Cumplimiento Aid Artículos 78, 79, 80, 81, 82 y 84 del Código Sanitario

El proyecto se trata del cierre de un vertedero existente. De conformidad a lo señalado, el Titular dará cumplimiento a lo establecido en esta normativa y lo solicitado por la autoridad competente.

4.1.1.Z- Decreto Supremo N* 189/2005, del Ministerio de Salud, D.O. 05 de Enero de 2008, aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios. (Entró en vigencia mediados de 2008)

El presente proyecto, cumplirá en forma cabal todo lo descrito para el cierre y abandono de una instalación de disposición final de residuos sólido, descrita en el reglamento.

4.1.1.3.- Decreto N* 75, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, D. O. 07 julio 1987, sobre Condiciones para el Transporte de Carga

Todos los materiales transportados al sitio de emplazamiento del vertedero, estarán correctamente cubiertos, evitando escurrimientos o caídas involuntarias.

4.1.1.4.- Decreto Supremo 146/97, norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas

A causa de las actividades a desarrollar durante la operación transitoria y el cierre final del vertedero se generarán emisiones de ruido, las cuales irán decreciendo en la medida que avance las obras de mejoramiento hasta llegar a la etapa final y abandono del vertedero.

Debido a la distancia de los receptores más cercanos (aproximadamente 350 m de distancia), el período de duración de la generación de ruido y la fuente de emisión, es posible

S » reestablecer que se cumplirá con lo establecido en el D.S.146/97 MINSEGPRES. No O Sbstante lo anterior, el titular implementará una serie de medidas para evitar y minimizar la

Le Supremo 59, MINSEGPRES, norma primaria de calidad de aire El Artículo 1

iteral g) define el Indice de Calidad de Aire referido a partículas (ICAP)1, como el

Sa 3 jádicador que resulta de la aplicación de una función lineal segmentada que estará definida 95 por tres puntos, a saber:

4.1.1.6.-

4.1.1.7.-

4.1.1.8.-

4.1.1.9.-

4.1.1.10.-

Debido a que el proyecto se encuentra localizado en una zona donde no se han detectado niveles que sobrepasen la norma, por lo que la autoridad no ha clasificado la zona de emplazamiento del proyecto en las categorías latente y/o saturada para material particulado (MP10). Por esta razón no existe un plan de prevención ni de descontaminación local que entregue valores límites de emisión para las diferentes actividades ejecutadas en la zona.

De acuerdo a lo descrito anteriormente, en el presente informe se realiza una estimación de las emisiones generadas por el proyecto, utilizando el P.PDA RM4 como referente para determinar si los valores obtenidos en dichas estimaciones sobrepasan los límites de material particulado (MP10) establecidos para la Región Metropolitana, por ende, estos valores no tienen carácter obligatorio para el presente proyecto.

D.L. 3557 que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.

El proyecto se desarrolla sobre el antiguo vertedero, el cual es un área intervenida y sin suelos naturales. Por otra parte, el desarrollo del proyecto no afecta a áreas no intervenidas a consecuencia de la operación del vertedero, por lo que no se generará una pérdida de suelos.

Al interior del predio donde se emplaza el vertedero no se realizan actividades agrícolas. Además de acuerdo a la caracterización de los suelos realizada en terreno por un geólogo, dichos suelos no se clasifican como suelos agrícolas.

Ley de Bosques (D.S. N* 4363-31, Min. Tierras), Ley de Fomento Forestal (D.L. 701-74) y su Reglamento (D.S. 259-80/AGRIC)

Las obras de cierre del Vertedero de Puerto Williams no contemplan la tala de árboles o intervención de bosques, que aun cuando hay presencia de ellos en su interior, no serán talados. Por otra parte, en los alrededores del sitio del proyecto existen áreas con estas características, sin embargo, el desarrollo del proyecto sólo se limitará al interior del sitio donde se encuentra el vertedero municipal de Puerto Williams, sin intervenir las zonas aledañas.

Ley 4.601 Ley de Caza, Ley 4.601 Ley de Caza y Decreto Supremo NS, Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura, D.O. 27.09.96 y D.O. 07.12.98 respectivamente.

En el área del proyecto está prohibida totalmente cualquier actividad relativa a la caza. Todas las actividades estarán restringidas al área del proyecto, y los movimientos de maquinaria y vehículos se harán dentro del área de emplazamiento actual del vertedero.

Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales

El proyecto se circunscribe estrictamente al sitio del vertedero de Puerto Williams, el cual ya se encuentra intervenido, por lo que no es posible encontrar restos arqueológicos. Así como tampoco se encuentra cerca de algún monumento.

El titular del proyecto en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Artículo 67 del Código Sanitario D.F.L 594 DE 1967

Los riesgos sanitarios asociados al agua, aire, suelo, residuos, ruidos y vibraciones, que puedan afectar a las personas y al medio ambiente son mínimos. Al contrario, la implementación de medidas de mejoramiento, seguridad y cierre pretenden minimizar estos riesgos e incluso mejorar las condiciones ambientales actuales del sitio del proyecto.

En cuanto a la cuantificación de las emisiones atmosféricas, la generación de emisiones producidas por el proyecto no sobrepasa la normativa vigente.

En relación a las otras componentes ambientales, se considera que no existirá un impacto significativo sobre el medio ambiente y la salud y seguridad de las personas.

4.1.1.11.- Artículos 71,72 y 73 del Código Sanitario En el vertedero no se disponen residuos líquidos de ninguna especie. 4.1.1.12.- Artículos 79 y 80 del Código Sanitario

El proyecto no contempla la construcción, modificación o ampliación de una planta de tratamiento de basuras y desperdicios, como tampoco solicitar la autorización de funcionamiento del vertedero, ya que el presente proyecto corresponde al cierre de un vertedero. Por esta razón, el titular considera que no requiere solicitar autorizaciones o permisos ambientales sectoriales descritos en el Art. 93 del Reglamento del SETA.

4.1.1.13.- D.S 594, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

El proyecto contempla el abastecimiento de agua potable envasada y la instalación de servicios higiénicos (baños químicos, duchas y vestidores) durante el desarrollo de todo el proyecto, cumpliendo con la legislación vigente.

4.1.1.14.- Decreto 144/61, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

El proyecto generará gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes derivados sólo como producto del movimiento de tierra y de la combustión de combustibles por los motores de la maquinaría utilizada.

4.1.1.15.- Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Art. 55 D.F.L. 458/75, Ley General de Urbanismo y Construcción; D.S.718/77, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, modificado por el D.S. 534/78 y D.L.3516.

El proyecto no contempla nuevas construcciones, sino que se emplearán las existentes. Por esta razón no requiere el respectivo permiso de obras municipales.

4.1.1.16.- Art. 116 D.F.L. 458/75, Ley General de Urbanismo y Construcción

El proyecto no construirá edificaciones, ni oficinas, ni bodegas permanentes, sino que se habilitará en forma provisoria las instalaciones existentes.

4.1.1.17.- Art. 56 D.F.L. 458/75, Ley General de Urbanismo y Construcción

El sitio donde se encuentra emplazado el antiguo vertedero municipal de Puerto Williams está ubicado a más de 350 metros de caminos públicos.

Basándose en los antecedentes anteriormente descritos cabe destacar, que el presente proyecto, no contempla la ejecución de nuevas obras, sino que corresponde al cierre del vertedero, buscando

4.1.2.- Normativa en Incumplimiento 4.1.2.1.- Decreto Supremo N* 90-O1/MINSEGPRES, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos líquidos a aguas

marinas y continentales superficiales. D.O. 07.03.2001

Respecto del cumplimiento de esta normativa, la Dirección General de Aguas se pronunció inconforme señalando lo siguiente:

  • El Titular plantea diseñar el sistema de tratamiento en base a un solo muestreo puntual (análisis SGS 0917984), el que finalmente constituye su base empírica, sin realizar una

GR A LD dl evaluación o distribución temporal y espacial de muestras, que den cuenta de una /S, G rate acabada de los percolados presentes en el vertedero. Lo anterior es

Ey considerado insuficiente por este Servicio, principalmente por el carácter innovador de este ¡2 | Eproyecto. Se reitera que la literatura adjunta por el titular, indica y especifica que cada ES >biofiltro se diseña en función al parámetro predominante a abatir del afluente caracterizado, xo) 2/ ¡por lo que la evaluación de este parámetro de diseño es fundamental para asegurar el buen

E funcionamiento del sistema. y

  • Por su parte, el diseño adoptado por el titular no asegura que dará cumplimiento a la

normativa vigente.

  • Según la figura 5 del Adenda 3, el flujo de percolados desde los biofiltros hacia la piscina no presenta mecanismos de control o de regulación El único mecanismo de regulación se encuentra a la salida de la piscina de percolados, específicamente en la cámara de bombeo. Por lo tanto, de acuerdo a los antecedentes adjuntos. La piscina de percolados recibirá constantemente los flujos de percolados desde los biofiltros,

  • En general todo lo relacionado con el dimensionamiento, diseño, emplazamiento, operación y mantención de la piscina de percolados no esta debidamente descrito. Es más su inclusión en las obras proyectadas no se menciono en la DIA ni en la Adenda 1 y solo se menciono a partir de la Adenda 2 como una alternativa de solución ante eventuales problemas operacionales y la falta de alternativas de disposición del efluente del biofiltros en Puerto Williams. Lo anterior considera una modificación sustancial al proyecto originalmente evaluado.

  • No se reconoce ninguna normativa asociada al diseño, construcción y operación de la piscina de percolados. No se detallan antecedentes relevantes de la impermeabilización, mecanismos de control y de regulación y medidas de contingencia por eventuales fallas. No se abunda en el emplazamiento de la piscina ni en las obras de interconexión con los demás componentes del sistema. No se abordan los potenciales impactos ambiéntales por problemas de rebalse, congelamiento, olores, etc que están relacionados con la construcción de la piscina.

  • El sistema de control de la piscina es insuficiente, ya que depende del resultado del monitoreo del efluente, información que en ningún caso estará a disposición de manera oportuna e inmediata. Por lo demás el titular ha declarado explícitamente que el efluente no estar apto para cumplir la normativa de emisiones, por lo que no existe ningún antecedente que avale su declaración y respuesta de: tomar las medidas necesarias para cumplir con los valores límites máximos permitidos.

  • No existe ninguna justificación técnica que verifique por que se opto como parámetro de diseño principal la DBOS, siendo que el valor que se presenta en el único muestreo realizado (3.95 mg/L), es menor al valor máximo permitido en la Tabla N” 1 del DS 90/2000.

  • Por su parte, en el muestreo de SGS N” 0917984, los valores para el hierro total y manganeso se presentan superando con amplitud los valores máximos permitidos por la Tabla N* 1 del DS 90/2000. Por lo tanto el titular no propone un diseño acorde con la real necesidad de tratamiento del líquido percolado.

  • Además, el titular declara que el sistema no podrá abatir dichos parámetros hasta los valores máximos permitidos situación que no es posible de validar y que reafirma que la decisión de optar por un diseño orientado a abatir principalmente la DBOS no es la más adecuada.

  • La estimación del titular sobre una remoción del 60% del hierro disuelto y el manganeso no presenta ningún antecedente de respaldo y no es posible evaluar ni validar dicha conclusión.

  • Según los antecedentes presentados por el Titular: la eficiencia el proyecto no le permitirá cumplir con la normativa de emisión, planteando la alternativa de contar con una piscina de percolados que cumpla dicha función. Al respecto se debe tener presente que la laguna de percolados propuesta no identifica ninguna normativa que le sea aplicable, no se informa de los mecanismos de depuración de las aguas, no se plantean procedimientos de operación, no se cuenta con antecedentes sobre su diseño, etc. Por ejemplo se desconoce como se lograra la depuración del hierro y el manganeso al interior de la piscina y como se dispondrá finalmente de los elementos separados durante la depuración. Por lo tanto, la implementación de la piscina de percolados no es un método o medida que cuente con el respaldo adecuado desde el punto de vista legal y técnico.

  • Tanto la cartografía aportada como la descripción hídrica realizada son insuficientes y no

permiten una identificación en detalle del comportamiento hídrico del cauce. No se señalan

en detalle los puntos de vertido del efluente desde el biofiltro hacia el cauce. Además se

plantea un sector alto con características de cauce y después un sector medio y bajo

claramente intervenido y con disminución de las velocidades de flujo por lo que no se

ben el criterio para optar por este sitio como lugar de disposición final del efluente del ioflitro.

  • Las estimaciones de velocidades y caudales carecen de cualquier tipo de sustento y no pueden ser avaladas por este Servicio como descriptivas del comportamiento del cauce.

  • Se mencionan importantes flujos sub-superficiales en esta etapa, en sectores aparentemente de vegas y de humedad alta. Al respecto, estos antecedentes son totalmente nuevos y no son abordados en detalle por el titular. Lo anterior modifica sustancialmente la condición del sitio como apto para disponer efluentes de las características del proyecto y nuevamente implican incorporar antecedentes relevantes en una etapa ya avanzada del proyecto lo que no se condice con su pertinencia de ingreso y antecedentes evaluados originalmente.

  • El titular no da respuesta sobre la observación de las estructuras de entrada y salida del biofiltro.

  • Toda la información sobre las especies a establecer en el biofiltro no cuenta con ninguna antecedente que: plantee su aplicación y resultado exitoso en proyectos de este tipo; eficiencia en el modelo y diseño del biofiltro adoptado; y en el abatimiento del parámetro forzante para el diseño.

  • No existe ningún análisis desde el punto de vista del comportamiento de estas especies en presencia de metales como el manganeso y el hierro, y en general de todos los componentes del percolado a tratar.

  • Todas las soluciones y modificaciones planteadas por el titular deben ser plasmadas en planos que permitan un entendimiento total del proyecto, el cual ha sido modificado en base a cada observación de los servicios competentes por lo que se ha perdido la perspectiva adecuada contando con información fragmentada y desagregada que no permite una evaluación adecuada.

  • Por lo demás se reitera que no existe ningún antecedente que permita evaluar la aplicación de las especies propuestas en proyectos de este tipo, y su elección solo se basa en el hecho de que son especies autóctonas presentes en el sector.

  • Respecto de la Respuesta 1.10 del Adenda 3 el Titular no da respuesta a lo solicitado.

  • El titular plantea que la información referente a manganeso y hierro podría ser información anómala, sin embargo se debe tener presente que dicha información es generada por el mismo, por lo que dicha duda podría extenderse a toda la información referente a monitoreos lo que es preocupante ya que es la base del diseño adoptado. Lo anterior obliga al titular a esclarecer el alcance de dicha anomalía, y reevaluar todos los parámetros que pueden estar bajo la misma incertidumbre.

  • Las observaciones en base al monitoreo que se utilizo para el diseño del biofiltro han sido incluso reafirmadas por el titular quien considera dicha información como anómala lo que claramente plantea la necesidad de un estudio más acabado al respecto, que de cuenta de la real naturaleza del liquido percolado a tratar.

  • Por lo demás el alcance y aplicación del DS 90/2000 aun no esta plenamente identificado, no existiendo claridad aun sobre la naturaleza del cuerpo de agua receptor, por lo que no ha sido posible identificar la tabla de limites máximos que le será aplicada.

  • En base a: las observaciones planteadas, los nuevos antecedentes sobre las características de las castoreras y su componente de flujo sub superficial; la información sobre el abatimiento de manganeso y hierro en la piscina de percolados; la escasa información que sustente el diseño del biofiltro y la elección de las especies; la decisión sin justificación de abatir preferentemente DBOS en desmedro de metales como el manganeso y el hierro; la eventual información anómala que el mismo titular declara y califica como tal, aportada por él mismo y que sustenta los parámetros de diseño; las modificaciones del proyecto que actualmente significan la evaluación de un proyecto que difiere del proyecto evaluado

originalmente y que ha incorporado antecedentes relevantes (por ejemplo la piscina de ONAL DE S EN ercolados que se postulo en la Adenda 2; las características de las castoreras definidas

/S SEGRE e e manera insuficiente en la adenda 3; la información sobre modificaciones de cauce ¡ o sd ) “islentificadas en la adenda 3); es posible concluir y reconocer que el proyecto no cumple con ¡val Magallanes ' normativa ambiental aplicable pues no existen antecedentes que sustenten el NX implimiento del DS 90/2000. Es más, claramente se plantea la alternativa de no lograr

N PR Cumplir con los parámetros permitidos para el manganeso y el hierro, situación que se

plantea solucionar en la piscina de percolados sin ningún sustento técnico y legal.

Respecto del cumplimiento de esta normativa, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, se pronunció con observaciones señalando lo siguiente:

  • No se responde adecuadamente a la consulta respecto de las acciones que se tomarán en caso que la eficiencia que se plantea en el proyecto, para abatir los contaminantes que contienen los percolados, no sea inicialmente la que se indica. Por ello, en el proyecto se deberían establecer las acciones a tomar en caso que la descarga no cumpla con la Tabla N? 1 del DS SEGPRES N*90.

Respecto del cumplimiento de esta normativa, la Secretaria Regional de Salud, se pronunció con observaciones señalando lo siguiente:

  • Deberá aclarar en que aspectos técnico se basa para que el efluente del biofiltro tenga que cumplir con la Tabla N 2 y no con la tabla N 1 del D.S. N* 90

4.1.2.2.- Decreto Supremo N” 46-02/MINSEGPRES, Establece Norma de Emisión de Residuos

Líquidos a Aguas Subterráneas

Respecto del cumplimiento de esta normativa, la Dirección General de Aguas se pronunció inconforme señalando lo siguiente:

  • Los valores de permeabilidad determinados por el titular están por sobre el valor máximo permitido por la normativa citada.

  • Además no se estima el espesor de la capa o estrato de arcilla que actuara como impermeabilizante.

4.1.2.3.- Conclusiones Respecto de la Normativa Ambiental aplicable al proyecto

Si

Según el pronunciamiento de los servicios con competencia ambiental, que han participado del proceso de evaluación, el proyecto no da cumplimiento a la normativa ambiental vigente en lo que se respecta a los parámetros máximos que exige el D.S.N* 90 y D.S.N? 46, ambas del MINSEGPRES.

El proyecto incluye los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales pertinentes señalados en los artículos 90 y 91 del D.S. N*95/2001;

No obstante lo anterior no se identificaron e incorporaron los requisitos del Permiso Ambiental Sectorial N106. Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. N 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. É

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 91 y 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "a", "c", "d", "e", y "f", del artículo 11 de la Ley N” 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Que en relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación no es posible asegurar que el proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams" no generaría ni presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire debido a que el titular no ha entregado la información requerida del articulo 6 del RSEIA, a fin de evaluar si un proyecto genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, debiendo considerar lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes; la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmosfera; la frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmosfera; los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el proyecto o

actividad; la relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la

10.-

calidad ambiental de los recursos naturales renovables; la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos renovables presentes en el área de influencia del proyecto o actividad; el volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en áreas o zonas de humedales que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no presentó compromisos voluntarios.

Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams", por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

RESUELVE:

1.-

2.-

CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "Plan de Cierre y Operación Transitoria del Vertedero Puerto Williams".

DISPONER que los órganos de la administración del Estado competentes se encontrarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la

Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

3 Intendenta e Comisión Regional del Medio Ambiente de la agallanes y Antártica Chilena

e President:

Magallanes y Antártica Chilena

O) ñ biente de la 5. XITRegión de Magallanes y Antártica Chilena

Distribución:

Hugo Henriquez Matus

Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena

Tustre Municipalidad de Cabo de Hornos

Planificación y Coordinación, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

E/a: + Expediente del Proyecto "PLAN DE CIERRE Y OPERACIÓN TRANSITORIA DEL VERTEDERO PUERTO

WILLIAMS " + Archivo Comisión Nacional del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/45/8b/18215bb0b70bd3a0fb41ac74953832230074