Fibra óptica Arica - Tambo Quemado
. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XV REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
Califica Ambientalmente el proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado "
Resolución Exenta N* 051/2010
Arica, 9 de Agosto de 2010
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ", presentada por el Señor Bozidar Carkovic Stogiannis en representación de Telefónica International Wholesale Services Chile S.A., con fecha 24 de Agosto de 2009.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N339 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, XV Región, con fecha 10/09/2009; Oficio N5 sobre la DIA,por Dirección Regional de Vialidad, XV Región, con fecha 11/09/2009; Oficio N1176 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG Región de Arica y Parinacota, con fecha 14/09/2009; Oficio N%745 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, XV Región, con fecha 14/09/2009; Oficio N229 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región XV, con fecha 15/09/2009; Oficio N%3924 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/09/2009; Oficio N“250 sobre la DIA, por SERNATUR Región de Arica y Parinacota, con fecha 16/09/2009; Oficio N297 sobre la DIA, por SEREMI/ de Agricultura, Región XV, con fecha 16/09/2009; Oficio N“21-2009 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, XV Región, con fecha 22/09/2009; Oficio N%2203 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Arica, con fecha 25/09/2009; Oficio N“3124 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacional, Región XV, con fecha 29/09/2009; Oficio N192 sobre la DIA, por Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, XV Región, con fecha 30/09/2009;
Oficio N1.516 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG Región de Arica y Parinacota, con fecha 20/11/2009; Oficio N950 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas, XV Región, con fecha 24/11/2009; Oficio N%12 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, XV Región, con fecha 25/11/2009; Oficio N%405 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, XV Región, con fecha 26/11/2009; Oficio N3936 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacional, Región XV, con fecha 26/11/2009; Oficio N310 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, XV Región, con fecha 27/11/2009; Oficio N5103 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 27/11/2009; Oficio N%1587 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, XV Región, con fecha 30/11/2009; Oficio N%374 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región XV, con fecha 30/11/2009; Oficio N*341 sobre la Adenda 1, por SERNATUR Región de Arica y Parinacota, con fecha 03/12/2009;
Oficio N%283 sobre la Adenda 2, por Dirección de Obras Hidráulicas, XV Región, con fecha 04/05/2010; Oficio N%455 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Vialidad, XV Región, con fecha 04/05/2010; Oficio N%011/2010 sobre la Adenda 2, por Corporación Nacional Forestal, Región XV, con fecha 05/05/2010; Oficio N16-2010 sobre la Adenda 2,por SEREMI de Salud, XV Región, con fecha 07/05/2010; Oficio N“2712 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 18/05/2010;
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El Acta de la Sesión N* 09/2010 la Comisión Regional del Medio Ambiente de la XV Región de Arica y Parinacota, de fecha 30/07/2010.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado "
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la XV Región de Arica y Parinacota debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ".
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Que, el derecho de Telefónica International Wholesale Services Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen
los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.
- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el
proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ” consiste en:
3.1. Antecedentes del Titular
Titular: Telefónica International Wholesale Services Chile S.A.
Rut: 96910730-9
Domicilio: Ricardo Lyon 222 oficina 1403
Representante Legal: Bozidar Carkovic Stogiannis
Rut: 7.852.006-k
Domicilio: Ricardo Lyon 222 oficina 1403
Región:Región de Arica y Parinacota
Comunas:Arica-Putre
Tipología de Proyecto: p -Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita
3.2. Monto de Inversión: USD $ 1.681.153
3.3. — Vida útil: 20 años
3.4. Mano de Obra
A Tiempo Número de Etapa (meses, Personas años) Construcción 60 5 meses 20 Operación 5 años Total
3.5. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
Superficie requerida Etapa (Has, Km, m?) Construcción 68.000 m2 Operación 68.000 m2 Abandono
3.6. Localización: El proyecto se ejecutará en la Región de Arica y Parinacota, en la provincia de Arica, Parinacota, Arica, Parinacota, comuna de Arica, Putre, específicamente en Tendido de fibra óptica entre Centro de Amarre en calle Los Artesanos (Arica) y el Hito XVIII en frontera con Bolivia.
3.7. Coordenadas:
Latitud Longitud Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos 18 27 19 70 17 20 18 17 8 69 4 8
3.8. Descripción del proyecto
El proyecto considera el tendido de una fibra óptica Tipo A-DQ(ZN)2Y, de 11,6 mm, desde la Avenida Los Artesanos en la ciudad de Arica, hasta el Hito XVII! en la frontera con Bolivia, sobre una distancia de 166 kilómetros aproximadamente.
No se contempla infraestructura productiva, instalación de equipos industriales, construcciones o edificaciones permanentes, ni la habilitación de caminos o huellas.
El objetivo del proyecto en estudio, es establecer una interconexión digital entre el Cable Panamericano y el territorio de la República de Bolivia, a través de un cable terrestre de fibra
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óptica, tendido entre el Centro de Amarre en la ciudad de Arica, y la cámara subterránea existente en el Hito XVIII en la frontera con Bolivia.
El trazado se inicia en el Centro de Amarre ubicado en la intersección de las avenidas Argentina y Los Artesanos en el sector norte de la ciudad de Arica. Desde este punto, corre por la red vial urbana hacia la Ruta A-27, Camino de Azapa, hasta llegar al camino vecinal que se interna en la Quebrada del Diablo. Desde este camino vecinal, el trazado sube hacia la Ruta A-191, la que recorre hasta la intersección con la Ruta Internacional 11-Ch, en la Cuesta El Águila. Desde la Cuesta, el trazado corre por la Quebrada Cardones, paralelo a la Ruta 11- Ch, hasta la Posada de Zapahuira. Aquí dobla por la Ruta A-31 hasta la intersección con la Ruta A-201. Paralelo a esta última, y a las Rutas A-235 y A-211, se llega a la Ruta 11-Ch a la altura del Retén de Carabineros de Chucuyo, atravesando el Parque Nacional Lauca. Desde el retén se sigue la ruta internacional 11-Ch hasta el Hito XVII! en la frontera con la República de Bolivia.
Se consideran y distinguen tramos con diferentes características, las que se resumen a continuación:
PO-N: Instalación de tendido aéreo con postación nueva de madera, en un 51% del trazado. Corresponde a los tramos en la Quebrada del Diablo, Quebrada Cardones y Rutas A-31 y A- 201 hasta el límite Oeste del Parque Nacional Lauca. Los tramos se emplazan en terrenos fiscales y en la faja de protección vial.
CAN: Instalación de tendido subterráneo, en el recorrido de la fibra por el área arqueológica entorno al Monumento Nacional Tambo de Zapahuira, y en los tamos donde no hay postación preexistente dentro del Parque Nacional Lauca. Corresponde al 9% del trazado. Todos estos tramos se emplazan en la faja fiscal de protección vial.
PO-E: Tendido aéreo de fibra óptica en postación existente. Corresponde al 40% del trazado. 3.8.1. Principales insumos y servicios a) Cable de fibra óptica y accesorios
La fibra corresponde al tipo A-DQ(ZN)2Y. Para realizar el tendido del cable se requieren elementos menores como conectores, mufas para fusión, acopladores, accesorios para fijación, herrajes para reserva de cable, de suspensión y retención, grapas de sujeción, amortiguadores, varillas, etcétera.
b) Postes de madera
El tendido de la fibra tendrá tramos aéreos y soterrados. En los tramos aéreos se utilizará postación existente y nueva. Toda postación nueva consistirá en postes de madera impregnada, de 8,7 y 11,5 metros. Los postes de mayor longitud, son utilizados para el cruce de caminos.
c) Equipos de cabecera
En los extremos de la fibra, se requiere instalar los equipos tecnológicos de cabecera, que incluyen batería y equipo Tx/Rx. En la ciudad de Arica, la cabecera se ubica en el Centro de Amarre, en la calle Los Artesanos. En el otro extremo, cerca de la conexión con la fibra óptica existente en el territorio boliviano, se albergarán los equipos de cabecera en una pequeña caseta de tipo panelizado con paneles de poliuretano expandido. La caseta posee una superficie exterior de 8,6 m2., cercano al actual complejo fronterizo chungara.
d) Suministros
El proyecto requiere del suministro de agua potable y servicios higiénicos para los trabajadores. Para el servicio de transporte de materiales y personal, se requiere de combustible.
- Agua potable
No se establecerán campamentos, y los trabajadores no pernoctarán en el frente de trabajo. Se contratará el servicio de alojamiento en establecimientos que cuentan con los servicios básicos en la ciudad de Arica y en Putre. El frente de trabajo será abastecido mediante camiones aljibes, bidones y/o botelas plásticas etiquetadas. Se asegurará una cantidad mínima de 100 L diarios por trabajador. En caso de no poder cumplir con dicha cantidad se contará con una dotación superior a 30 L diarios por trabajador, para lo cual se solicitará la autorización sanitaria correspondiente.
- Servicios higiénicos
Se contempla la provisión e instalación de baños químicos móviles, de fácil traslado y en la cantidad suficiente con relación al número de usuarios de acuerdo a las normas técnicas. Estos se ubicarán próximos al frente de trabajo. Para la provisión, mantención y traslado de los baños, se contratará el servicio a una empresa que cuente con autorización expresa para realizar estas tareas.
Atendiendo el rápido movimiento del frente de trabajo durante las obras de excavación e de instalación del tendido, donde los trabajadores solamente permanecerán por períodos de minutos en un mismo punto, se solicita a la Autoridad Sanitaria autorizar
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una excepción al distanciamiento máximo de 75 metros de los baños químicos del área de trabajo, sin comprometer la comodidad de los trabajadores.
- Combustible
El combustible necesario para los vehículos de transporte de materiales y personas será abastecido directamente en las estaciones de servicio de la ciudad de Arica.
e) Servicios
Para la realización del proyecto, se requiere de servicios especializados de ingeniería, topografía, transporte de personal y materiales, y alojamiento.
f) Mano de obra.
Se requiere contratar personal para la ejecución de las obras de excavación, instalación de postes, construcción de zanjas, tendido de cable y obras de albañilería.
3.8.2. Obras y acciones del proyecto 3.8.2.1. Etapa de construcción
a) Contratación de personal temporal; b) Transporte de materiales y personal;
El transporte de materiales se realiza desde el lugar de adquisición hasta los patios de materiales, utilizando para el o calles y caminos públicos. Las rutas a utilizar dentro del área del proyecto corresponden a la Ruta Longitudinal A-5, la Ruta A-27 en el Valle de Azapa, Ruta A-191 de Azapa a Cuesta de Aguila, Camino Internacional 11-Ch desde Arica a Tamo Quemado, Ruta A-31 de la Posada de Zapahuira a cruce Chapiquiña, Ruta A-201 de cruce Chapiquiña al Retén de Carabineros en la Ruta 11-Ch en Chucuyo. Se utilizarán vehículos de carga que contarán con todos los elementos de seguridad y cumplirán con las disposiciones legales sobre transporte, respetando los máximos de velocidad y carga.
Cuando se requiere instalar apoyos y/o cable en lugares con cobertura vegetal y sin acceso directo desde el camino, o al presentarse taludes o pendientes fuertes que dificulten el acceso vehicular, los materiales y herramientas serán | evados por trabajadores a pie desde el camino hasta el frente de trabajo. Para el o, se observarán las medidas de seguridad correspondientes, y se proveerá a los trabajadores de los equipos de protección personal como guantes, zapatos de seguridad, casco de seguridad, y, en caso de trabajo en taludes y pendientes pronunciados, arnés de seguridad enganchado a una línea de vida.
El transporte de personas desde los logares de alojamiento en Arica y en Putre hasta el frente de trabajo, se realizará en vehículos
c) Instalación de faenas;
La obra de tendido de fibra óptica no requiere de la instalación de campamentos. Las actividades de instalación de postes y cable, y las canalizaciones, se realizarán principalmente en lugares de fácil acceso, en la faja de protección vial de caminos públicos pavimentados y sin pavimentar. En los tramos donde se utilizan postaciones existentes, la obra se limita a la fijación del cable a los postes.
c.1) Patio de materiales
Durante la ejecución del proyecto, se dispondrá de sitios emplazados fuera de las áreas protegidas, que ofrezcan las condiciones de seguridad adecuadas, donde se almacenarán provisoriamente los materiales de trabajo y de construcción. Estos incluyen herramientas y equipos de trabajo, postes de madera, rollos de cable de fibra óptica, accesorios para la instalación y fijación del cable y áridos. En estos sitios no se almacenarán sustancias peligrosas. Los predios pueden ser privados o fiscales, y se gestionará la debida autorización del propietario respectivo.
c.2) Frente de trabajo
En el frente de trabajo se manejarán solamente aquellos materiales y herramientas estrictamente necesarios para la ejecución del trabajo en ese punto. En general, el frente de trabajo se mueve rápidamente, debido a la naturaleza puntual y lineal del proyecto. Los trabajadores no pernoctarán en el frente de trabajo. El frente de trabajo contará con baños químicos, proporcionados y mantenidos por empresas que cuenten con las debidas autorizaciones sanitarias para ello.
c.3) Señalización en caminos:
El titular instalará la señalización que exija la Dirección de Vialidad conforme a lo dispuesto en la Sección 5.004 del Manual de Carreteras y a lo indicado en el Capít ulo N*5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsit o en los casos que las obras de instalación de postes y/o tendido de cable en el frente de trabajo pudieran interferir con el tránsito normal en los caminos públicos
d) Preparación del terreno en los sectores de tendido aéreo donde se instalará postación nueva y en los tramos de canalización subterránea;
La preparación del terreno corresponde al despeje superficial en los puntos o tramos donde se colocarán postes de madera o donde se excavará la zanja para la canalización subterránea, retirando piedras, promontorios de tierra, basura y eventualmente vegetación herbácea o arbustiva.
No se retirará o se intervendrá vegetación arbórea, salvo en el tramo que recorre el área agrícola del Valle de Azapa, donde se podarán las ramas de aquel os árboles frutales, palmeras y cercos que pudieran interferir con la fibra. Esta poda será realizada por personal debidamente entrenado en el podado y cuidado de árboles, que tengan suficiente conocimiento de los tipos de árbol, sus vidas y su crecimiento habitual en el área y ambiente para asegurar una adecuada limpieza de la servidumbre sin podas que perjudiquen su vida y belleza. Antes de derribar árboles, el podador se asegurará que la caída no pondrá en peligro vidas o dañará líneas existentes u cualquier otra propiedad. Cualquier daño causado a vidas o propiedades como resultado de una inadecuada protección o manejo de riesgos, correrá por cuenta del titular. El titular o la empresa contratada por este, deberá limpiar toda el área de trabajo retirando todos los árboles, ramas, hojas, residuos domiciliarios o asimilables, y demás sobrantes antes de abandonar el área. Todo material retirado será dispuesto en el Vertedero Municipal de Arica.
Los restos de poda podrán ser utilizados por particulares que manifiesten interés para su compostaje.
Luego se procederá a trazar el terreno con algún elemento visible (cal blanca) apoyando en el balizado topográfico y nivelación del terreno conforme a los diseños de ingeniería.
e) Hoyadura y construcción de zanjas;
Consiste en el conjunto de las actividades de excavar, remover, cargar o almacenar, los materiales provenientes de los cortes requeridos, de acuerdo con los alineamientos, pendientes y cotas del terreno a los indicados en los planos. Las excavaciones en suelo, requeridas para la colocación de postes y para la canalización subterránea se realizarán con herramientas manuales o con máquina excavadora, según el tipo de suelo y la accesibilidad del punto de excavación. Para la excavación en roca se emplearán taladros o herramientas de percusión. En ningún caso se emplearán explosivos.
Dentro de los límites del Parque Nacional Lauca, no se contempla la instalación de postes nuevos, y se realizará la actividad de construcción de zanjas en la faja fiscal de protección vial.
Se realizarán excavaciones de talud vertical. La profundidad máxima de las excavaciones para los postes es de 1,7 metros, en una superficie de 1 m2, por lo que se extraerá máximo 1,7 m3 de material por cada poste. El material extraído se apila en un espacio adyacente a la hoyadura, de máximo 4 m2.
La zanja para la canalización subterránea tiene una profundidad de 0,6 metros, y un ancho de 0,4 metros, por lo que se extraerá aproximadamente 0,24 m3 de material por cada metro de zanja.
Se controlará permanentemente la profundidad de las excavaciones con elementos adecuados.
Para aquel os tramos aéreos y subterráneos del tendido que se emplazan en fajas de protección vial, el titular se obliga a entregar a la Dirección de Vialidad Memoria Explicativa; Planos de Planta, Longitudinal y Transversales correspondientes, como se establece en el Instructivo de Paralelismos; Especificaciones Técnicas de Construcción, según lo establecido en el Volumen 5 del Manual de Carreteras, Normas INN y del Laboratorio Nacional de Vialidad.
Si en las excavaciones se | egare a encontrar algún vestigio de materiales arqueológicos, los trabajadores estarán instruidos para que detengan inmediatamente las obras en ese lugar y se dará aviso a Carabineros de Chile y al Consejo de Monumentos Nacionales. Durante las obras de hoyadura y construcción de zanjas en áreas de interés arqueológico, la empresa contratará un arqueólogo de la zona.
f) Instalación de postes en tramos aéreos y cámaras de inspección en tramos subterráneos
La fibra óptica es liviana (107 kg/km), por lo que, en términos generales, los postes de madera que soportarán la fibra óptica en los tramos aéreos, no precisarán cimentación. No obstante, cuando el suelo natural no posee el grado de cohesión suficiente o para la instalación de postes en taludes pronunciados, puede ser necesario el uso de concreto o la construcción de pequeños terraplenes respectivamente.
Los postes serán colocados, aplomados y alineados. El material extraído que cumpla con las características geomecánicas, se usará como
relleno y el restante se esparcirá de manera uniforme sobre la superficie del terreno alrededor de cada estructura en conformidad con la topografía original del terreno.
Donde el material excavado no sirva, se prevé la colocación y compactación de áridos de relleno que reúnan las condiciones geomecánicas requeridas.Los rellenos se adelantarán en capas
horizontales de espesor máximo de 20 cm y serán compactadas hasta un mínimo del 90% del proctor modificado. Los rellenos se colocarán hasta un nivel mínimo de 30 cm por encima del nivel original del terreno.
En los casos que así lo requieran para garantizar la firmeza del poste, se preparará y se vaciará mezcla de concreto simple. La mezcla es preparada con herramientas manuales en el frente de trabajo. Los áridos necesarios serán suministrados por empresas formales del rubro, y para el agua se contará con camión aljibe. En ningún caso se extraerán áridos o agua de las inmediaciones del frente de trabajo.
Los materiales excavados que no puedan ser utilizados en el relleno, o cuyo esparcimiento no se pueda realizar sin alterar significativamente el entorno, será transportado desde el frente de trabajo hacia terrenos de particulares que manifiesten interés en aprovecharlos, o a un lugar autorizado por la autoridad competente, para su adecuada disposición final.
En los tramos subterráneos, el cable se deposita sobre una cama de arena, cubierta con el suelo natural del lugar. Deben instalarse cámaras de inspección, las que se ejecutarán en mampostería estucada de 0,6 x 0,6 metros con marco y tapa de hormigón prefabricados a nivel del suelo natural. Se prevé un distanciamiento entre cámaras de entre 400 a 500 metros dependiendo de las condiciones naturales del terreno. La preparación de estuco y mortero se realiza en el lugar, y en ningún caso se extraerán para el o áridos o agua de las inmediaciones del frente de trabajo.
En la pagina 4 del adenda 1, respuesta N? 5 y en la tabla 2 del Anexo 1, del mismo adenda 1, se resume la postación como sigue:
Postes nuevos a instalar en el recorrido 687 postes. Postes Existentes en el recorrido 359 postes. Canalización subterránea 15.006,63 metros. Cámaras de inspección subterránea 41 cámaras.
f.1) Recorrido de la fibra en Áreas Protegidas y Sitios Arqueológicos
El trazado recorre áreas protegidas y áreas donde se encuentran recursos protegidos, los que no serán afectados en ninguna de las etapas del proyecto, como se expone detalladamente en el presente la Dla y en las adendas 1 y 2. A continuación se entrega un resumen de los principales elementos protegidos:
f.1.1.) Monumento Natural Quebrada de Cardones
El sector se emplaza en la Cuesta El Águila (aprox. Km 72 ruta 11-Ch) y destaca al viajar por la carretera internacional Ch-11 Arica-Tambo Quemado (Bolivia), por ser el punto donde el paisaje se transforma, al aparecer los cactus candelabro. En términos operativos en la actualidad las instancias públicas a cargo del tema —Conaf y Bienes Nacionales trabajan el expediente final para ser presentado a los ministerios de Agricultura y Bienes Nacionales. De alí se evacuará el decreto de creación para la firma presidencial, lo que se espera se materialice en el primer semestre del 2009. El sector a afectar como área protegida es de 11.668 hectáreas, de las cuales la mayor parte corresponde a lo que se denomina Bosque espinoso tropical andino, conformado por cactus candelabro (Browningia candelaria) además de la especie Corryocactus brevistylus. A través de la Quebrada de Cardones, se pretende sumar por primera vez, la representación del ecosistema de precordillera, como Monumento Natural, la categoría más estricta dentro del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, para proteger y preservar una muestra representativa de la Subregión del Desierto Andino, con la formación vegetal de Cactáceas columnares y todo el ecosistema asociado.
f.1.2.) El Parque Nacional Lauca
Se destaca dentro de sus atractivos naturales: La flora más frecuente, de interés y de lugares de observación está dados en la zona precordil erana, que comprende desde los 3.200 a 3.800 m.s.n.m., presentando en sus laderas, matorrales bajos que son la vegetación típica del sector. En quebradas y laderas se aprecian bosques de Queñoa, Chastudo, Guacaya, Perrito, Puscaya, Tola, Chilca y Tola Supu. Mientras que en la zona del altiplano (sobre los 3.800 m.s.n.m.). Se distinguen dos tipos de praderas: la de secano y la húmeda compuestas por especies como Tuna, Llareta, Queñoa de altura, Paja Brava, Chachacoma y Bofedal.
Entre la fauna, las aves y mamiferos son los recursos más sobresalientes de este Parque Nacional, debido a su gran cantidad, diversidad y facilidad de observación. Las aves están representadas por más de 130 especies diferentes, siendo uno de los Parques Nacionales de Chile con mayor variedad de el as, siendo las especies más típicas: Nandú, Perdíz de la Puna, Blanquil o, Huairavo, Flamenco Chileno, Guallata o Ganzo, Pato Juarjual, Tagua Gigante, Pato Jergón, Pato Puna y Cóndor. Las especies características de mamiferos incluyen Guanaco, Vicuña, Llama, Alpaca, Taruca, Puma, Zorro y Vizcacha.
En cuanto a su relieve predominan formas volcánicas que alcanzan alturas sobre los 6.000 m.s.n.m., destacando entre elas los volcanes: Parinacota- Pomerape -— Guallatire -
Acotango. Además en el sector del altiplano destacan calderas, los volcanes Ajota y Tejene; y campos de lava, como el Cotacotani.
De gran importancia es la hidrografía del Parque Nacional donde se encuentran los ríos Lauca y Lluta, el primero con desagúe interior ( salar de Coipasa en Bolivia), el segundo con desembocadura en el océano Pacífico, en la costa de Arica. También se encuentran las lagunas Cotacotani y el Lago Chungará.
Presenta un clima desértico de altura con lluvias en verano en forma de aguanieve y nieve en invierno. Las precipitaciones medias anuales son de 280 mm, y la temperatura promedio de 12” a 20% durante el día y -3% a — 10% C en la noche.
Los atractivos culturales son una parte importante del patrimonio del Parque Nacional, comprendiendo un área de larga tradición cultural iniciada tempranamente hace 3.000 años, luego que cazadores — recolectores recorrieran esta zona durante 7.000 años. Prueba de ello son los refugios fósiles encontrados en el sector Las Cuevas que datan de 9.000 años atrás y que corresponden a restos de refugios dejados en aleros del sector. Entre sus lugares históricos sobresalen el Pueblo e Iglesia de Chucuyo, Estancias de Chungará, Ajata y Cruzane entre otros.
Los aspectos antropológicos “se encuentran representados por las comunidades indígenas de Chucuyo y Parinacota.
f.1.3.) Sitios Arqueológicos
En la zona que recorre el trazado se encuentran numerosos sitios arqueológicos, los que a través de Ley 17.288 de 1970 del Ministerio de Educación, que legisla sobre Monumentos Nacionales, tienen carácter de Monumentos Nacionales, por el solo ministerio de la Ley.
En el área existen vestigios arqueológicos como caminos troperos, apachetas, colcas, chullpas, aleros, etcétera.
Se denomina chullpa a una construcción de función funeraria de forma maciza de piedra, adobe o barro y vano de acceso. Las Chullpas de Zapahuira (AZ-125), ubicadas al sur del Tambo de Zapahuira y el cerro Huaycuta, son de mampostería ordinaria unidas con argamasa de barro y fibra vegetal dentro de su construcción se puede apreciar la utilización de pastelones de fibra vegetal" (Muñoz et al. 1987a:70). Ambas chullpas están separadas por alrededor de 100 metros y al menos una de ellas (aquel a cuya bóveda interior está elaborada con listones de keñua) posee un orificio encima de su dintel.
En el área de la Quebrada Cardones se encuentran los aleros (pictografias) de Pampa del Muerto y Alero Cardones.
Los primeros se encuentran al Sureste del Pukará de Copaquilla, y consisten en diez aleros expuestos con restos humanos prehispánicos y principalmente con pictografías con diseños lineales, antropomorfos, de camélidos de color rojo y blanco principalmente en regular estado, afectado por la descomposición de la roca.
Las andenerías de la Quebrada de Zapahuira consisten en terrazas de cultivo. Los andenes de la ladera sur de la quebrada se visualizan como desdibujadas hileras de piedras cubiertas por la vegetación, algunos de los cuales no se llegaron a completar y poner en funcionamiento.
Zapahuira también se sitúa en el trayecto del Camino del Inca, o Qhapaq Ñan, que atravesaba el ámbito serrano de Arica, a una altitud promedio de 3.500 metros, por localidades del Norte Grande como Socoroma, Zapahuira, Chapiquiña, Belén, Lupica, Saxamar, Ticnamar, Cobija, Codpa, Sahuara y Nama. Los tambos o postas de enlace ubicadas en Chungará, Tacora, Pisarata, Caquena y Ancara, fueron instalaciones exclusivas del Imperio con edificios rectangulares de piedras canteadas con precisión y cercanas a segmentos empedrados del camino.
Entre los siglos XIV y XVI el Qhapaq Ñan fue el principal camino del Imperio Inca. Con sus cuatro mil kilómetros desde Colombia hasta el sur de Chile, esta calzada andina puso en contacto a más de diez millones de habitantes del occidente de Sudamérica. Para lograr tan vasta integración, los Incas institucionalizaron una economía basada en la complementariedad entre distintos pisos ecológicos y la redistribución de recursos distantes, necesidades que el Qhapaq Ñan satisfacia conectando las cuatro partes del Imperio: Contisuyo al oeste, Chinchasuyo al norte, Antisuyo al este y Col asuyo al sur.
En la sección de camino entre Putre y Zapahuira, el empedrado se encuentra muy bien conservado y a veces se combina con escalones; también presenta segmentos emplantillados con muros de contención laterales. El ancho promedio es de 2 m. En ciertos sectores se bifurca de modo paralelo, para luego volver a unirse en una sola vía. Este tramo se encuentra seleccionado para la postulación a la Lista del Patrimonio Mundial 2010.
f.1.4) Monumentos Nacionales en la zona que recorre el trazado:
En el kilómetro 90 de la Ruta Internacional 11-Ch, se encuentra el Pukará de Copaquilla, Aldea fortaleza, periodo gentilar, 950-1.350 d.C, declarado Monumento Nacional, categoría Histórico, por Decreto N* 83 del 19/01/1983. Consiste en ruinas de un pucará preincaico habitacional- defensivo, que domina un impresionante panorama
sobre el Valle de Copaquilla. Este fuerte se alza en los 3.000 m.s.n.m. y se localiza en el lugar más estratégico del valle Copaquilla. El complejo de construcciones o "recintos" más importantes se localiza junto a la actual carretera en la explanada de un gran promontorio rocoso que cae en forma abrupta alrededor de 150 metros de fondo de la quebrada de Copaquilla. El promontorio está flanqueado por dos profundas quebradas y mira hacia la pre-cordillera. El complejo consta de 100 recintos de distintas superficies, con muros y pircas de piedra, protegidos por muros perimetrales de 2 metros de altura, formados por grandes bloques de piedra sin cantear, que defienden toda el área del promontorio. Antes de los españoles el lugar debió de tener importancia económica, administrativa y militar, por la estratégica de su posición. Fue restaurado en 1978 por la Universidad de Chile, sede Arica, proyecto que contó con el apoyo de Sernatur.
En el kilómetro 92 de la Ruta Internacional 11-Ch, se emplaza el Tambo de Zapahuira, declarado Monumento Nacional, categoría Histórico, por Decreto N” 935 del 25/10/1977. Su función durante el poderío incaico fue de almacenaje de tejidos alimentos y armas que constituían el aporte que hacia el pueblo al Zapa Inca, además de ser un lugar de descanso para viajeros. Se compone de una hilera de recintos rectangulares con dos alas extremas, un eje este oeste con recintos rectangulares estructurados con fines administrativos. Están construidos con muros de doble hilada de roca canteada y techo de dos aguas. En las esquinas se muestra una técnica de amarre entre los bloques de los paneles que se unen. Es uno de los tambos más grandes de la época incaica existentes en el sector.
En las cercanías del Lago Chungará, se encuentra el Tambo de Chungará, declarado Monumento Nacional, categoría Histórico, por Decreto N* 83 del 19/01/1983. Se trata de un conjunto de 7 recintos rectangulares de muros de piedras canteadas de distintos tamaños antecedidos por dos plataformas escalonadas y dos alas laterales que le dan un marco significativo a las ruinas.
Respecto del trazado total, en la adenda N* 1, anexo N? 2, se incluye recorrido rotográfico de toda la instalación de la fibra óptica para su evacuación, y se modela los conos visuales con valor paisajístico.
En el adenda N* 2 anexo 1, se detalla en el informe arqueológico, que señala el recorrido de la instalación de la fibra óptica por las áreas protegidas, por los sitios arqueológicos y en los monumentos nacionales.
Como resumen se indica que en el informe arqueologico del adenda 2 , identificó un total de 74 sitios arqueológicos emplazados a menos de 5 kilómetros del trazado. La mayoría de estos, 52 sitios, se localiza en la cuenca altiplánica del Lauca en el tramo que no implica obras de excavación o remoción, donde la fibra es fijada a postes preexistentes. De los 22 sitios restantes, se puede descartar efectos de la línea en 3 casos (Alero Cardones, Pueblo de Copaquilla, Alero Pampa El Muerto), mientras que otros 12 se encuentran en un área de ladera en la desembocadura de la Quebrada del Diablo en el Valle de Azapa. En este sector, el Titular propone un trazado alternativo, que circunda el área arqueológica.
9) Montaje de elementos de fijación;
Consiste en el montaje al poste, de los accesorios de fijación como bridas, herrajes de suspensión y retención, grapas de sujeción, etcétera. Para realizar esta actividad en la faja de protección vial, se podrá utilizar un camión alza hombres. En lugares no accesibles desde los caminos públicos, se utilizarán escaleras, que son llevadas a pie al poste correspondiente. También se utilizarán trepaderas. Todo el montaje y sujeción de sus partes y piezas se hará mecánicamente empleando pernos, es decir, no implica uso de soldaduras.
h) Instalación del cable;
Consiste en el tendido de la fibra y la instalación de sus accesorios, como los amortiguadores de vibración, conectores, acopladores, empalmes, etcétera, de acuerdo al programa de tendido y las tablas de flechado y tensiones. El tendido se realiza utilizando portacarrete, carretes con fibra, huinches, frenos y equipo auxiliar.
La fibra se tenderá manualmente donde las condiciones lo permitan. Donde no es posible el tendido manual de la fibra, se utilizará huinche, mientras que se controla la tensión de esta con el freno. Una vez que la fibra se haya tendido entre dos elementos de fijación, se procederá a tensarla para su altura definitiva. Luego, se fija la fibra y se instalan los accesorios necesarios.
Finalmente, se instalan las placas de identificación a una altura visible, donde quede registrada la numeración correlativa de cada poste.
En los tramos subterráneos, se deposita el cable sobre una cama de arena, para luego cubrir la zanja con el material excavado.
Se instalará la caseta panelizada de cabecera, de 8,6 m2, y los equipos que esta albergará a su lugar de instalación, y se realizan las conexiones correspondientes. Se pretende ubicar la caseta en el actual Complejo Fronterizo Chungará, unos 30 metros al sur de una caseta de similares características, de la empresa Entel (ver figura N* 5 de la DIA).
i) Cierre de actividades y limpieza del terreno; En la medida que avance el frente de trabajo, el titular velará que:
Se rellenen todas las excavaciones menores con material del terreno, a nivel de superficie; Se retiren los materiales sobrantes y desperdicios domésticos producto de la instalación del tendido;
Se esclarifiquen manualmente eventuales áreas compactadas. j) Disposición de desechos;
Todos los desechos serán reutilizados o dispuestos en los Vertederos Municipales de Arica o de Putre, según la cercanía al frente de trabajo, y las características de los residuos.
k) Realización de pruebas de conexión.
Una vez finalizado el tendido de cable, y realizado todas las conexiones, se realizarán las pruebas correspondientes, para verificar el funcionamiento de la fibra óptica.
3.8.2.2. Etapa de operación a) Actividades preventivas;
Estas actividades consisten en recorridos para la inspección visual de la fibra y sus apoyos y Canalizaciones. Durante estos recorridos se busca identificar modificaciones ocasionadas por las fuerzas de la naturaleza (inundaciones, terremotos, desprendimientos en masa, crecimiento de ramas de frutales, palmeras o setos cerca de la fibra), o por la intervención de terceros (accidentes de tránsito, alteraciones y obstáculos en la faja de servidumbre, actos vandálicos), y que no necesariamente hayan interrumpido el servicio de transmisión. Se realizará este recorrido con una periodicidad de acuerdo al Plan de Mantenimiento Preventivo.
Aquellos tramos que se alejan de la vía pública, se recorrerán a pie. El proyecto no contempla la construcción de huellas de acceso.
b) Actividades correctivas;
Las actividades correctivas consideran la realización de los trabajos de mantención cuya necesidad se haya detectado a través de los recorridos preventivos, como: Reposición de postes inclinados o quebrados; Reposición de elementos de fijación, tensión y sujeción, amortiguadores, bridas, grapas y otros accesorios en mal estado;
Retiro de elementos extraños en postes, canalizaciones, cámaras o tendido;
Reposición de placas de identificación; Reposición de fibra dañada
c) Actividades de emergencia.
Consiste en la reposición de elementos dañados, cuando se haya interrumpido el servicio de transmisión por causas naturales o por la intervención de terceros
1.8.2.3. Etapa de abandono
No se contemplan actividades para el abandono. Se considera la reposición periódica de los elementos que componen el tendido.
3.8.3. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto o actividad
3.8.3.1. Emisiones atmosféricas Etapa de construcción
En la etapa de construcción se generará la emisión de material particulado en las actividades de transportes de personal y materiales, preparación del terreno, hoyadura y construcción de zanjas, instalación de postes y cámaras, limpieza del terreno, y disposición de los desechos. Por otra parte, los motores de vehículos de transporte, y máquinas y herramientas mecánicas utilizadas en las excavaciones, emitirán gases de combustión.
Estas emisiones son de reducida escala, puntuales y temporales, y sus lugares de generación se mueven de acuerdo al avance del frente de trabajo. Por otra parte, es de interés económico para el titular optimizar los traslados y controlar los volúmenes excavados para postaciones o construcción zanjas de canalización subterránea.
En la actividad de transporte, el material particulado consiste en polvo levantado por el paso de vehículos por caminos públicos no pavimentados como la Ruta A-191 de Azapa a Cuesta de Aguila, la Ruta A-31 de la Posada de Zapahuira a la intersección con la Ruta A-201, y la Ruta A-201 entre la intersección con la Ruta A-31 a Chapiquiña y el Retén de Carabineros de Chucuyo. Esta emisión es común e inherente a todo tránsito por este tipo de rutas, y no existe población receptora permanente a orillas de los caminos señalados. Los vehículos de transporte no accederán a lugares con cobertura vegetal y sin acceso directo desde el
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camino. En estos casos, los materiales y herramientas serán llevados por trabajadores a pie desde el camino hasta el frente de trabajo.
El levantamiento de polvo en las actividades de preparación de terreno, hoyadura y limpieza es de corta duración y pequeña escala, considerando las reducidas dimensiones y número de las excavaciones. En los tramos de postación nueva se extraerá máximo 17 m3 de material por kilómetro de postes, y para la canalización subterránea 240 m3 por kilómetro, lo que supone una extracción total máxima de solo 5.000 a 6.000 m3 para todo el trazado. En un caso hipotético, que toda excavación se realizara con excavadora, y considerando un rendimiento conservador de 50 a 100 m3 por hora, la duración total de toda la excavación mecanizada sería de 50 a 120 horas.
Por otra parte, donde las actividades señaladas pudieran generar polvo por la sequedad de los terrenos, existen condiciones naturales que conllevan la presencia de material particulado natural en el aire, especialmente en las tardes. Finalmente, no existe población receptora permanente en los tramos donde se ejecutarán las actividades indicadas.
La cantidad de los gases de combustión generados durante la construcción es marginal y su calidad no difiere significativamente de las emisiones generadas por el tránsito normal de vehículos pesados y livianos por las rutas consideradas en el proyecto.
Las medidas de control y mitigación que implementará el titular son:
a) El titular optimizará los traslados de personal y materiales, y controlará el volumen de tierra excavada
b) En los caminos de tierra, el transporte de vehículos y máquinas se realizará a velocidad reducida
c) La maquinaria y vehículos utilizados en esta etapa serán mantenidos de acuerdo a las especificaciones del fabricante y cumplirán con la normativa de emisiones vigente. Además se exigirá certificado de revisión técnica al día de los vehículos de transporte.
Etapas de operación y abandono
Por las características del proyecto, la generación de emisiones atmosféricas en la etapa de operación se limita a las emisiones de polvo y gases de combustión del vehículo utilizado en los recorridos periódicos de inspección, y al polvo levantado en la reposición de postes inclinados o quebrados.
En la eventual etapa de abandono, las actividades de retiro y traslado de postes, la demolición superficial de eventuales cimentaciones, y la restauración de la topografía, podrían generar cantidades marginales de polvo y gases de combustión.
3.8.3.2. Efluentes líquidos Etapa de construcción
Los efluentes líquidos en esta etapa, corresponden a las aguas servidas domésticas generadas por los trabajadores en el frente de trabajo. Para ello, se contempla la provisión e instalación de baños químicos móviles, de fácil traslado y en la cantidad suficiente con relación al número de usuarios. Se considera la presencia de máximo 10 personas en forma simultánea en el frente de trabajo.
Para la instalación, mantención y retiro de los baños, se contratará a una empresa que cuente con autorización expresa para realizar estas tareas.
Etapas de operación y abandono
No se considera la generación de efluentes líquidos en las etapas de abandono y operación normal. En caso de producirse intervenciones correctivas, de emergencia, o de abandono de mayor duración y que así lo requirieran, se observarán las mismas condiciones que las señaladas en el punto anterior.
3.8.3.3. Residuos sólidos Etapa de construcción
En la etapa de construcción, se generará una cantidad limitada de residuos sólidos, todos asimilables a los domésticos. No se generarán residuos industriales o peligrosos de ningún tipo.
Se generarán los siguientes residuos sólidos: - Carretes de fibra óptica
-
Fragmentos de fibra óptica
-
Fragmentos de madera de postes
-
Embalajes de plástico, cartón, papel y madera, de los elementos para la instalación y fijación de la fibra
-
Chatarra de herramientas menores de construcción, clavos, pernos, bridas, herrajes, grapas, etcétera
-
Residuos domésticos generados por los trabajadores en el frente de trabajo (máximo 10 personas en forma simultánea). Se estima una cantidad aproximada de 10 kg/día.
Residuos domésticos preexistentes retirados desde el frente de trabajo
- Equipos de Protección Personal desechados Huinches y cordeles
-
Restos de mezcla de concreto
-
Tierra excavada que no es utilizada en el lugar de la excavación
- Restos de poda y vegetación herbácea
Los residuos domésticos y asimilables preexistentes en el frente de trabajo y aquellos que son generados a través de la actividad de limpieza del terreno posterior a la instalación del tendido, serán cuidadosamente recolectados y dispuestos en el Vertedero Municipal de Putre o de Arica. El transporte de estos residuos será realizado por empresas que cuenten con la debida autorización sanitaria para ello
Los residuos domésticos orgánicos e inorgánicos generados por los trabajadores en el frente de trabajo, serán depositados diariamente en bolsas comunes de basura (máximo 10 kg diarias) para ser llevados al lugar de alojamiento en Arica o Putre, donde podrán ser retirados 20 3 veces por semana por el servicio municipal respectivo de recolección de basura.
La tierra excavada sobrante libre de elementos extraños, fragmentos de postes de madera, los carretes de fibra óptica, los restos de poda generados en el Valle de Azapa, y en general todos los residuos reutilizables o reciclables, podrán ser llevados a terrenos de particulares que tuviesen interés en aprovechar estos materiales.
En caso contrario, serán dispuestos en el Vertedero Municipal de Putre o de Arica. Durante el transporte se observarán las medidas necesarias para evitar la dispersión de polvo.
Etapas de operación y abandono
En forma eventual se podrían generar cantidades menores de residuos domésticos o asimilables durante recorridos preventivos y actividades de retiro y reposición. Los residuos tendrán las mismas características que las señaladas para la etapa anterior. Las cantidades dependerán de las necesidades de reemplazo y reparación de elementos en mal estado.
En caso de un abandono definitivo del proyecto, Los postes de madera con los elementos de fijación, los marcos y tapas de hormigón prefabricado de las cámaras de paso, y fracciones de la fibra óptica, podrían ser reutilizados en otras aplicaciones o proyectos.
3.8.3.4, Ruido Etapa de construcción
Las actividades del proyecto en la etapa de construcción son mayoritariamente de carácter manual, cuya ejecución presenta bajos niveles acústicos. La generación de ruidos característicos de obras de construcción, se limita a eventuales excavaciones en terrenos rocosos con taladros o herramientas de percusión, a los ruidos de los motores de los vehículos de transporte de personal y materiales, y de la máquina excavadora en los puntos donde el tipo de suelo y la accesibilidad del punto de excavación lo permitan.
La duración del trabajo con maquinaria excavadora en cada punto de instalación de postes es muy limitada, del orden de unos minutos, y el avance en zanja es de varios cientos de metros por día, dependiendo de las condiciones de terreno y el tipo de maquinaria utilizada.
Cabe concluir que las actividades generadoras de ruido, son de muy corta duración, y se realizan en áreas donde no existe población receptora permanente, generalmente en la faja de protección vial o a poca distancia de los caminos, donde el tránsito vehicular constituye un ruido de fondo permanente.
Etapas de operación y abandono
La transmisión de luz por la fibra óptica no genera ruidos de ningún tipo.
Las actividades periódicas de mantención, reposición o retiro de elementos del tendido no suponen la generación de ruidos que pudieran generar efectos dañinos en la población o el medio ambiente.
3.8.3.5. Formas de energía
La transmisión de luz a través de la fibra óptica no genera emisiones electromagnéticas, radiaciones o de energía de ningún tipo.
3.8.3.6. Efectos sinérgicos entre contaminantes
No se generan efectos sinérgicos entre los residuos, efluentes y emisiones detallados en los puntos anteriores.
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado " y sobre la base de los antecedentes que constan en el
expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado " cumple con:
4.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. 4.1.1. Normativa relacionada al Aire
- Decreto Supremo N* 144/61. Establece normas para evitar emanaciones O contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, del Ministerio de Salud, D.O. 18/05/1961
Materia regulada: Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Relación con el Proyecto:
El artículo 1 indica que "los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones O contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario”.
Forma de cumplimiento:
Las emisiones generadas por las actividades del proyecto (gases de combustión de vehículos, máquinas y herramientas mecánicas, y material particulado por movimientos de tierra y tránsito de vehículos por caminos de tierra) son de baja magnitud, puntuales y temporales, y sus lugares de generación se mueven de acuerdo al avance del frente de trabajo.
No existe población receptora permanente en los tramos donde se ejecutarán las ctividades generadoras de material particulado.
La cantidad de los gases de combustión generados durante la construcción es marginal y su calidad no difiere significativamente de las emisiones generadas por el tránsito normal de vehículos pesados y livianos por las rutas consideradas en el proyecto.
El Titular aplicará las medidas de control y mitigación señaladas en el punto 3.1.1 de la DIA.
- Decreto Supremo N” 75/87 Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica, del Ministerio de Transportes, D.O. 07/07/1987
Materia regulada: Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Relación con el Proyecto
El artículo 2 indica que "Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.”
Forma de cumplimiento
El Titular dará cumplimiento al cuerpo legal indicado, cubriendo los camiones que transportan tierra excav ada sobrante o residuos sólidos con lonas de dimensiones adecuadas, si es necesario su paso por zonas urbanas.
- Decreto Supremo N* 59/98 Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, D.O. 25.05.1998. Modificado por D.S. 45/2001
Materia regulada: Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable, define niveles que determinan situaciones de emergencia ambiental y establece metodologías de pronósticos y mediciones.
Relación con el Proyecto
El artículo 2% establece que la norma de calidad para el contaminante PM10 es de 150 Hg/m3 N como concentración de 24 horas y de cincuenta microgramos por metro cúbico normal (50 g/m3 N) como concentración anual.
Forma de cumplimiento
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado respirable cuando el Percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora clasificada como EMRP, sea mayor oO igual a 150 mg/m3N, y cuando la concentración anual calculada como promedio aritmético de tres años calendario consecutivos en cualquier estación monitora clasificada como EMRP, sea mayor o igual que 50 ug/m3
Las emisiones atmosféricas generadas por las actividades del proyecto (gases de combustión de vehículos, máquinas y herramientas mecánicas, y material particulado por
movimientos de tierra y tránsito de vehículos por caminos de tierra) son de baja magnitud, puntuales y de muy corta duración, y sus lugares de generación se mueven rápidamente de acuerdo al avance del frente de trabajo.
4.1.2. Normativa relacionada al Agua
- Decreto Supremo N 594/2000 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud, D.O. 25.05.1998. Modificado por D.S. N 556/2000 y 201/2001
Materia regulada: Reglamenta aspectos relacionados con la provisión de agua potable Relación con el Proyecto
El artículo 12 indica que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo, y que las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Conforme al artículo 13, el agua potable debe cumplir con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. El artículo 14 señala que todo lugar de trabajo que tenga un sistema propio de abastecimiento, cuyo proyecto deberá contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria, deberá mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13.
El artículo 15 dicta que en aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deberá mantener un suministro de agua potable igual, tanto en cantidad como en calidad, a lo establecido en los artículos 13” y 14” de este reglamento, por trabajador. La autoridad sanitaria, de acuerdo a las circunstancias, podrá autorizar una cantidad menor de agua potable, la cual en ningún caso podrá ser inferior a 30 litros diarios por trabajador.
Forma de cumplimiento
No se establecerán campamentos, y los trabajadores no pernoctarán en el frente de trabajo. Se contratará el servicio de alojamiento en establecimientos que cuentan con los servicios básicos en la ciudad de Arica y en Putre. El frente de trabajo será abastecido mediante camiones aljibes, bidones y/o botellas plásticas etiquetadas.
De esta forma se abastecerá una cantidad de mínimo 100 L diarios por trabajador. En caso de no poder cumplir con dicha cantidad se contará con una dotación superior a 30 L diarios por trabajador, para lo cual se solicitará la autorización sanitaria correspondiente.
- Decreto Exento N* 446/2006 Declara Normas Oficiales de la República de Chile, D.O. 27.06.06
Materia regulada: Declara Normas Oficiales de la República de Chile las siguientes: NCh 409/1. Of2005 Agua Potable-Parte 1: Requisitos, y NCh 409/2. Of2004 Agua Potable- Parte 2: Muestreo.
Relación con el Proyecto
Conforme al artículo 13 del Decreto Supremo N” 594/2000 del Ministerio de Sauld, el agua potable utilizada en el proyecto debe cumplir con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Estos requisitos están contenidos en la Norma Chilena NCh 409/1 Of2005.
Forma de cumplimiento
El agua potable en los lugares de alojamiento en Arica y Putre es suministrada a través de las redes públicas respectivas. El frente de trabajo será abastecido mediante camiones aljibes, bidones y/o botellas plásticas etiquetadas. La empresa que suministre agua potable al frente de trabajo, bajo cualquier modalidad, debe poder demostrar que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para ello.
- Decreto Supremo N 594/2000 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud, D.O. 25.05.1998. Modificado por D.S. N 556/2000 y 201/2001
Materia regulada : Reglamenta aspectos relacionados con la provisión de servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas.
Relación con el Proyecto
El artículo 21 indica que todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimiento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes
El artículo 24 determina que en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo de una letrina sanitaria o baño
químico. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será de responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
En el artículo 25 se indica que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria.
Forma de cumplimiento
No se establecerán campamentos, y los trabajadores no pernoctarán en el frente de trabajo. Se contratará el servicio de alojamiento en establecimientos que cuentan con los servicios básicos en la ciudad de Arica y en Putre.
En el frente de trabajo se contempla la prov isión e instalación de baños químicos móviles, de fácil traslado y en la cantidad suficiente con relación al número de usuarios. Estos se ubicarán próximos al frente de trabajo. Atendiendo el rápido movimiento del frente de trabajo durante las obras de excavación e de instalación del tendido, donde los trabajadores solamente permanecerán por períodos de minutos en un mismo punto, se solicita a la Autoridad Sanitaria autorizar una excepción al distanciamiento máximo de 75 metros de los baños químicos del área de trabajo, sin que ello comprometa la comodidad de los trabajadores. para la provisión, mantención y traslado de los baños, se contratará el servicio a una empresa que cuente con autorización expresa para realizar estas tareas.
- Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud, D.O. 31.01.1968.
Materia regulada: El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes
Relación con el Proyecto
El artículo 71 indica que corresponde al Servicio de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
El artículo 73 prohibe la descarga de las aguas servidas y residuos industriales o mineros a rios o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.
Forma de cumplimiento
El proyecto se ajusta a las disposiciones de este código. No se generan residuos líquidos industriales o mineros, y no se descargan aguas servidas de ningún tipo a cuerpos o masas de agua.
Los efluentes líquidos corresponderán únicamente a aguas servidas de tipo doméstico, generadas por el personal durante la fase de construcción de la obra. Se abordará esta situación haciendo uso de baños químicos que serán instalados, mantenidos y retirados por una empresa proveedora debidamente autorizada para efectuar el servicio. En la fase de operación, no se considera la generación de aguas servidas.
4.1.3. Normativa relacionada a Residuos sólidos.
- Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud, D.O. 31.01.1968.
Materia regulada: El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes
Relación con el Proyecto
El artículo 80 indica que Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Al otorgar esta autorización, el Servicio Nacional de Salud determinará las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas.
Forma de cumplimiento
El proyecto no genera residuos industriales líquidos o sólidos de ningún tipo. Todos los residuos sólidos considerados en el proyecto corresponden a residuos domiciliarios o son asimilables a estos.
Los residuos domésticos y asimilables preexistentes en el frente de trabajo y aquellos que son generados a través de la actividad de limpieza del terreno posterior a la
instalación del tendido, serán cuidadosamente recolectados y dispuestos en el Vertedero Municipal de Putre o de Arica. El transporte será realizado por empresas que cuenten con la debida autorización sanitaria para ello.
Los residuos domésticos orgánicos e inorgánicos generados por los trabajadores en el frente de trabajo, serán depositados diariamente en bolsas comunes de basura (máximo 10 kg diarias) para ser llevados al lugar de alojamiento en Arica o Putre, donde podrán ser retirados 2 o 3 veces por semana por el servicio municipal respectivo de recolección de basura.
La tierra excavada sobrante libre de elementos extraños, los fragmentos de postes de madera, los carretes de fibra óptica, los restos de poda generados en el Valle de Azapa, y en general todos los residuos reutilizables o reciclables, podrán ser llevados a terrenos de particulares que tuviesen interés en aprovechar estos materiales. En caso contrario, serán dispuestos en el Vertedero Municipal de Putre o de Arica. Durante el transporte se observarán las medidas necesarias para evitar la dispersión de polvo.
4.1.4, Normativa relacionada a Flora y fauna
- Decreto Supremo N” 4.363/1931, Ley de Bosques, del Ministerio de Agricultura, D.O. 31.07.1931.
Materia regulada: Prohíbe la corta de árboles y arbustos nativos sin Plan de Manejo Relación con el Proyecto
El artículo 2* estipula que los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y los bosques naturales y artificiales, quedan sujetos a los planes de manejo forestal aprobados por la Corporación Nacional Forestal, de acuerdo con el Decreto Ley N%701 de 1974.
En el artículo 5* se prohíbe:
1) La corta de árboles y arbustos nativos situados a menos de 400 metros sobre los manantiales que nazcan en los cerros y los situados a menos de 200 metros de sus orillas desde el punto en que la vertiente tenga origen hasta aquel en que llegue al plan;
2) La corta o destrucción del arbolado situado a menos de 200 metros de radio de los manantiales que nazcan en terrenos planos no regados; y
3) La corta o explotación de árboles y arbustos nativos situados en pendientes superiores a 45%.
Art. 3” a y b). No obstante, se podrá cortar en dichos sectores sólo por causas justificadas y previa aprobación de plan de manejo en conformidad al decreto ley N* 701, de 1974.
Forma de cumplimiento
El proyecto no considera la corta de árboles o arbustos nativos en ningún lugar. En los tramos del tendido con postación nueva, se emplazarán los postes de tal manera que no interfieran de ninguna forma con eventual vegetación arbustiva existente. En el caso de la canalización subterránea, se tomará la misma precaución.
En el tramo que recorre el área agrícola del Valle de Azapa, se podarán las ramas de aquellos árboles frutales, palmeras y cercos que pudieran interferir con la fibra. Todo el tendido en este tramo se emplaza dentro de la faja de protección vial, y utiliza apoyos existentes, por lo que la poda será complementaria a la que actualmente realizan las empresas que poseen tendidos en la misma faja.
En los sectores donde existiera vegetación herbácea o arbustiva, esta se removerá en un área de un metro cuadrado en el caso de la excavación para la instalación de postes, y en una franja de Y% metro de ancho para la canalización subterránea, lo que resulta en un área muy reducida de intervención, la que es estimada con mayor precisión en el punto 5.2. El material luego es incorporado en la tierra excavada utilizada para el relleno. Dentro del perímetro del Parque Nacional Lauca, el tendido corre por fajas fiscales de protección vial y de servidumbre eléctrico, en las que se realizan habitualmente actividades de mantención y reposición de líneas eléctricas, bermas, barreras camineras, caminos, pavimentos, taludes, espacios de estacionamiento, señalizaciones, obras de arte como badenes, terraplenes, estructuras de evacuación y conducción de aguas lluvias, y otros elementos.
- Ley N* 18.362/1984, Crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, del Ministerio de Agricultura, D.O. 27.12.1984
Materia Regulada Crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado
Relación con el Proyecto
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El artículo 5” denomina Parque Nacional un área generalmente extensa, donde existen diversos ambientes únicos o representativos de la diversidad ecológica natural del país, no alterados significativamente por la acción humana, capaces de autoperpetuarse, y en que las especies de flora y fauna o las formaciones geológicas son de especial interés educativo, científico o recreativo.
Los objetivos de esta categoría de manejo son la preservación de muestras de ambientes naturales, de rasgos culturales y escénicos asociados a ellos; la continuidad de los procesos evolutivos, y, en la medida compatible con lo anterior, la realización de actividades de educación, investigación o recreación.
En el artículo 25 se señalan las prohibiciones que rigen dentro de las áreas silvestres: prohibido: a) Causar deterioro en las instalaciones existentes; b) Vaciar o depositar basuras, productos químicos, desperdicios o desechos de cualquier naturaleza o volumen en los sistemas hídricos o en lugares no habilitados para el efecto; c) Ingresar a ellas sin autorización o sin haber pagado el derecho a ingreso; d) Pernoctar, merendar, encender fuego o transitar en los lugares o sitios que no se encuentren expresamente habilitados o autorizados para ello. e) Destruir o dañar bienes culturales, así como su transporte, tenencia y comercialización.; f) Ejecutar cualquier otra acción contraria a los objetivos de la categoría o unidad de manejo respectiva; g) Remover o extraer suelo, hojarasca, humus, turba, arena, ripio, rocas o tierra; h) Intimidar, capturar, sacar o dar muerte a ejemplares de la fauna; ¡) Cortar, arrancar, sacar, extraer o mutilar ejemplares de la flora; j) Destruir nidos, lugares de reproducción o crianza o ejecutar acciones que interfieran o impidan el cumplimiento del ciclo de reproducción de las especies de fauna; k) Recolectar huevos, semillas o frutos; 1) Introducir ejemplares de flora y fauna ajenos al manejo de la unidad respectiva; m) Provocar contaminación acústica o visual.
El tendido del proyecto atraviesa el Parque Nacional Lauca y a continuación se describe la forma de cumplimiento de cada uno de las prohibiciones antes indicadas:
a) Causar deterioro en las instalaciones existentes.
El Proyecto no contempla intervenciones de ningún tipo que puedan deteriorar instalaciones existentes dentro del Parque.
b) Vaciar o depositar basuras, productos químicos, desperdicios o desechos de cualquier naturaleza o volumen en los sistemas hídricos o en lugares no habilitados para el efecto.
El proyecto no genera residuos líquidos o sólidos industriales de ningún tipo. El manejo de los residuos domiciliarios y asimilables, dentro y fuera del Parque, se describe en los puntos 4.4.1 y 3.3.1 del presente documento. No se vaciarán o se depositarán basuras en los sistemas hídricos o en lugares no habilitados para el efecto. En ninguna etapa de proyecto se utilizan productos químicos que pudieran causar daños a fauna o flora.
c) Ingresar a ellas sin autorización o sin haber pagado el derecho a ingreso. El Parque Nacional Lauca es accesible para cualquier persona, sin pagar derecho a ingreso.
d) Pernoctar, merendar, encender fuego o transitar en los lugares o sitios que no se encuentren expresamente habilitados o autorizados para ello.
Durante la etapa de construcción, los trabajadores pernoctarán en Putre o en Arica. El proyecto no requiere de procesos de soldadura ni de sustancias inflamables, y no se quemará basura de ningún tipo. Dentro del perímetro del Parque Lauca, no habrá tránsito de vehículos o máquinas en lugares o sitios fuera de la faja fiscal de protección vial.
e) Destruir o dañar bienes culturales, así como su transporte, tenencia y comercialización
Las medidas que implementará el Titular para asegurar que el proyecto no destruirá o dañará Monumentos Nacionales, sitios arqueológicos, u otros bienes culturales, se detallan en el punto 4.6.1 de la DIA.
f) Ejecutar cualquier otra acción contraria a los objetivos de la categoría o unidad de manejo respectiva.
Todas las intervenciones requeridas para realizar el tendido de la fibra óptica dentro de los límites del Parque, se ejecutarán:
1) en la faja fiscal de protección vial de la Ruta A-201 desde el inicio del Parque Lauca en Portezuelo Chapiquiña, hasta el Campamento Las Rejas,
2) en la faja fiscal de servidumbre del tendido eléctrico de la Dirección de Obras Hidráulicas, entre el Campamento Las Rejas y el muelle Ajata a orillas de Lago Chungará,
3) en la faja fiscal de servidumbre del tendido eléctrico de la Dirección de Vialidad, entre el muelle Ajata y el Complejo Fronterizo Chungará, y 4) en la faja fiscal de protección vial de la Ruta 11-Ch desde el Complejo Fronterizo Chungará hasta el Hito XVIII en el límite con Bolivia.
9) Remover o extraer suelo, hojarasca, humus, turba, arena, ripio, rocas o tierra.
En el recorrido de la fibra dentro de los límites del Parque Nacional, no se removerá o extraerá suelo, hojarasca, humus, turba, arena, ripio, rocas o tierra fuera de las fajas fiscales de protección vial 1) y 4) del punto anterior, en las que se realizan habitualmente actividades de mantención y reposición de caminos, pavimentos, bermas, barreras camineras, taludes, espacios de estacionamiento, señalizaciones, obras de arte como badenes, terraplenes, estructuras de evacuación y conducción de aguas lluvias, y otros elementos.
h) Intimidar, capturar, sacar o dar muerte a ejemplares de la fauna.
El proyecto no contempla actividades que pueden requerir o causar la intimidación, captura o muerte de animales.
i) Cortar, arrancar, sacar, extraer o mutilar ejemplares de la flora.
El proyecto no requiere de actividades que contemplen o pudieran causar el corte, arranque, extracción o mutilación de flora fuera de las fajas fiscales de protección vial 1) y 4) indicadas en el punto f). En el Anexo N? 4 se adjunta la Línea de Base Ambiental, la que incluye una caracterización de fauna y flora dentro de las fajas de servidumbre y protección vial existentes, en las que se realizan habitualmente actividades de mantención y reposición de tendidos, bermas, caminos y otros elementos señalados anteriormente en el punto g).
j) Destruir nidos, lugares de reproducción o crianza o ejecutar acciones que interfieran o impidan el cumplimiento del ciclo de reproducción de las especies de fauna.
Dentro del perímetro del Parque Lauca, las intervenciones del proyecto se limitan a las fajas fiscales de protección vial y de servidumbre existentes, en las que se realizan habitualmente actividades de mantención y reposición de bermas, caminos, tendidos y otros elementos señalados anteriormente. En el Anexo N” 4 se adjunta la Línea de Base Ambiental, la que incluye una caracterización de fauna y flora dentro de estas fajas.
k) Recolectar huevos, semillas o frutos.
El proyecto no contempla la recolección de huevos, semillas o frutas.
1) Introducir ejemplares de flora y fauna ajenos al manejo de la unidad respectiva. El proyecto no contempla la introducción de ejemplares de flora y fauna.
m) Provocar contaminación acústica o visual.
Las actividades del proyecto en la etapa de construcción son mayoritariamente de carácter manual, cuya ejecución presenta bajos niveles acústicos. Las actividades generadoras de ruido son de muy corta duración, y se realizan en áreas donde no existe población receptora permanente, en las fajas de protección vial donde el tránsito vehicular constituye un ruido de fondo permanente.
El Anexo N* 3 de la DIA, contiene el Estudio del Impacto Paisajístico del Proyecto Fibra Optica Arica — Tambo Quemado.
- Decreto Supremo N* 5/1998, Reglamento de la Ley de Caza, del Ministerio de Agricultura, D.O. 07.12.1998.
Materia Regulada: Reglamenta la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y recursos hidrobiológicos.
Relación con el proyecto
Establece categorías de conservación de especies de la fauna silvestre y procedimientos para su captura. En el área del Proyecto se observó la presencia de especies en categoría de conservación.
Forma de Cumplimiento
El proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre de ninguna especie. En el tramo del tendido al interior de los límites del Parque Nacional Lauca, no se instalarán postes, sino que el tendido se realiza exclusivamente por postaciones existentes o a través de canalizaciones subterráneas.
Fuera del Parque Lauca, el área a ocupar fisicamente por el tendido de fibra óptica es insignificante, y está dado por el espacio ocupado por los postes de madera en aquellos tramos donde se instalará una postación nueva, por lo que el proyecto no generará la pérdida de hábitats.
En Anexo N*” 4 se adjunta la Línea de Base Ambiental, la que incluye una caracterización de fauna y flora. En cuanto a la avifauna o las especies de la familia de Quirópteros, cabe destacar que el tendido aéreo de la fibra es de baja altura (entre 5 y 9 metros), y consiste en un solo cable con un grosor visible para los animales (11,6 mm). Finalmente, debe considerarse que se trata de una fibra no energizada, de transmisión de luz, protegida por una capa de polietileno. Por las razones descritas, no existe peligro
de electrificación, y se descarta el riesgo de muerte de animales voladores por enredo con el tendido. La fibra tampoco genera campos electromagnéticos que pudieran interferir con los sistemas de orientación de las especies indicadas.
4.1.5. Normativa relacionada al Patrimonio cultural
- Ley N% 17.288/1970, Ley de Monumentos Nacionales, del Ministerio de Educación Pública, D.O. 04.02.1970
Materia Regulada: Define las distintas categorías de monumentos nacionales y establece las atribuciones y deberes del Consejo de Monumentos Nacionales.
El artículo 1% establece que son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de aborígenes, las piezas Uu objetos antropoarqueológicos, paleontológicos «o de formación natural, y los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales.
Relación con el Proyecto
El artículo 21 determina que por el solo ministerio de la ley, son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas, y yacimientos y piezas antro-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional. Para los efectos de la presente ley quedan comprendidas también las piezas paleontológicas y los lugares donde se hallaren.
El artículo 26 indica que toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, esta obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. En la zona que recorre del tendido existen v arios Monumentos Nacionales y sitios arqueológicos conocidos, los que son descritos en el punto 1.5.3. de la DIA.
Forma de Cumplimiento
El Titular ha considerado las medidas necesarias para asegurar que el proyecto no afectará a ningún Monumento Nacional. A continuación se resumen estas medidas:
a) Con el objetivo de no afectar al Monumento Nacional Pukará de Copaquilla y el área circundante con infraestructura turística (Mirador de Copaquilla), ubicados en el kilómetro 90 de la Ruta 11-Ch, el tendido aéreo en este sector no continuará por la faja de protección vial, sino que se emplazará por los terrenos fiscales ubicados al otro lado de camino, donde el relieve provee una zona de sombra en los campos visuales accesibles desde los puntos de observación ubicados en el camino, el Mirador, y el mismo Monumento.
b) Con el objetivo de no afectar al Monumento Nacional Tambo de Zapahuira, ubicado en el kilómetro 92 de la Ruta 11-Ch, y el área circundante con sitios arqueológicos asociados al Camino del Inca o Qhapaq Nan, se realizará el tendido en canalización subterránea dentro de la faja norte de protección vial, hasta la primera edificación del la Posada de Zapahuira.
c) Con el objetivo de no afectar al Monumento Nacional Tambo de Chungará y el área circundante, se realizará el tendido en canalización subterránea, entre el actual complejo fronterizo, y el Hito XVIII.
d) Con el objetivo de no afectar sitios arqueológicos conocidos o sin descubrir, la empresa contratará un arqueólogo local durante las obras de preparación del terreno, hoyadura y construcción de zanjas, en los tramos donde se contemplen estas actividades ubicados entre la Quebrada El Aguila en la intersección de la Ruta A-191 con la Ruta 11-Ch, y el Hito XVIII en el límite con Bolivia. El arqueólogo presentará informes periódicos impresos al Titular, con copia al Consejo de Monumentos Nacionales, que den cuenta de eventuales hallazgos, y de las recomendaciones respecto a su rescate.
e) Ante cualquier hallazgo arqueológico durante la fase de construcción, la empresa detendrá la obra en ese lugar, y denunciará inmediatamente el descubrimiento a Carabineros para que estos que se hagan responsable de su v igilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él.
4.1.6. Normativa relacionada al Medio construido
- Ley N* 158/1980, Fija el Peso Máximo de Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos, del Ministerio de Obras Públicas, D.O. 07.04.1980
Materia Regulada: Prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie, a excepción de los vehículos de emergencia de la Dirección de Vialidad, que excedan los límites que determina el Decreto.
Relación con el Proyecto
El artículo 4 señala que cuando una persona natural o jurídica requiera transportar alguna maquinaria u otro objeto que por su peso exceda los límites permitidos para el transporte vial, deberán solicitar con antelación y por escrito autorización a la Dirección de Vialidad para realizar este traslado, indicando lugar de origen y de destino, peso de la mercadería a trasladar, distribución de pesos por eje y la fecha aproximada en que se hará el traslado.
Forma de Cumplimiento
El Proyecto contempla la utilización de vehículos de carga para el transporte de los insumos, herramientas, maquinaria y materiales necesarios para la etapa de construcción. El proyecto no considera el transporte de maquinaria u otros objetos que sobrepasen los límites permitidos para el transporte vial. No obstante, en caso de ser necesario, el transporte se realizará previa autorización de la Dirección de Vialidad respectiva.
- Decreto con Fuerza de Ley N* 850/1997, Sobre construcción y conservación de caminos, del Ministerio de Obras Públicas, D.O. 25.02.1998
Materia Regulada: Fija el nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del Decreto con Fuerza de Ley, del mismo Ministerio N 206, de 1960, sobre construcción y conservación de caminos
Relacion con el proyecto
Relacion con el proyecto
El artículo N% 30 de este D.F.L. señala que queda prohibido: "la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes”. Dicho artículo se complementa con el D.S. MOP N* 158.
En el artículo N* 36, "Prohíbe ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos, como asimismo, extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de veinte metros y en general, hacer ninguna clase de obras en ellos. Cuando una Municipalidad, empresa o particular necesiten hacer en los caminos obras que exijan su ocupación o rotura, deberán solicitar permiso de la Dirección de Vialidad, quien podrá otorgarlo por un plazo determinado y siempre que el solicitante haya depositado a la orden del Jefe de la Oficina Provincial de Vialidad respectiva la cantidad necesaria para reponer el camino a su estado primitivo.”
En el artículo 39% se prohíbe a los dueños de los predios colindantes con los caminos públicos nacionales, ocupar las fajas de 35 metros medidos a cada lado de los cierros actuales o los que se ejecuten en variantes o caminos nuevos nacionales, con construcciones de tipo definitivo que en el futuro perjudiquen su ensanche.
En el artículo 41 se determina que la Dirección de Vialidad podrá autorizar, en la forma y condiciones que ella determine, con cargo a sus respectivos propietarios, y previo pago de los derechos correspondientes, la colocación de cañerías de agua potable y de desague; las obras sanitarias; los canales de riego; las tuberías o ductos para la conducción de líquidos, gases o cables; las postaciones con alambrado telefónico, telegráfico o de transmisión de energía eléctrica o fibra óptica y, en general, cualquier instalación que ocupe los caminos públicos y sus respectivas fajas de dominio público u otras obras viales regidas por esta ley. Estos derechos serán exigibles respecto de aquellos permisos y contratos de concesión otorgados con posterioridad a la publicación de la Ley N* 19.474. Dichas autorizaciones deberán otorgarse, a menos que se opongan al uso de los caminos públicos, sus fajas adyacentes, pasos a nivel y obras de arte, o al uso de túneles o puentes; no afecten la estabilidad de las obras, la seguridad del tránsito o el desarrollo futuro de las vías; no obstruyan o alteren el paso de las aguas; no produzcan contaminación ni alteración significativa, en cuanto a magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona; y sea posible su otorgamiento, teniendo en cuenta las instalaciones anexas ya autorizadas.
El proyecto considera la realización de obras y actividades para el tendido aéreo y subterráneo de fibra óptica en la faja fiscal de protección vial, de las rutas o fracciones de estas, que se señalan a continuación:
a) Ruta Longitudinal A-5 entre las intersecciones con Avenida Renato Rocca y Avenida Las Torres.
b) Ruta A-27 en Azapa entre calle El Quillay y la Quebrada del Diablo.
c) Ruta A-191 desde Quebrada del Diablo hasta intersección con 11-Ch.
d) Ruta 11-Ch en Quebrada Cardones entre intersecciones con Rutas A- 191 en Cuesta El Aguila y A-31 en Posada de Zapahuira.
e) Ruta A-31 entre intersecciones con Rutas 11-Chen Zapahuira y A-201 cerca de Chapiquiña
f) Ruta A-201 entre intersecciones con Rutas A-31 y A-235 9) Ruta A-235 entre intersecciones con Rutas A-201 y A-211 h) Ruta A-211 entre intersecciones con A-235 y Ruta 11-Ch en el área de Chucuyo
RESUELVE:
i) Ruta 11-Ch entre intersección con Ruta A-201 en Chucuyo e Hito XVII en el límite con Bolivia
Forma de Cumplimiento
Para aquellos tramos aéreos y subterráneos del tendido que se emplazan en la faja de protección vial, el titular se obliga a entregar a la Dirección de Vialidad los documentos requeridos como Memoria Explicativa; Planos de Planta, Longitudinal y Transv ersales correspondientes, como se establece en el Instructivo de Paralelismos; Especificaciones Técnicas de Construcción, según lo establecido en el Volumen 5 del Manual de Carreteras, Normas | NN y del Laboratorio Nacional de Vialidad.
El tendido aéreo y subterráneo de fibra óptica no se opone al uso de los caminos públicos, sus fajas adyacentes, pasos a nivel y obras de arte, o al uso de túneles o puentes. El Titular entregará a la Dirección de Vialidad los antecedentes técnicos requeridos que permitan establecer que el tendido no afecte la estabilidad de las obras, la seguridad del tránsito o el desarrollo futuro de las vías. Las postaciones y canalizaciones no obstruyen o alteran el paso de aguas.
El Anexo N* 3 de la DIA contiene el Estudio del Impacto Paisajístico del Proyecto Fibra Optica Arica — Tambo Quemado, en el que se concluye que el proyecto no produce contaminación ni alteración significativa, en cuanto a magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
4.2. Permisos ambientales sectoriales:
De la revisión de los Permisos Ambientales Sectoriales se concluye que ninguno es aplicable al proyecto.
Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en los antecedentes presentados y de acuerdo al expediente de evaluación del proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ", a juicio del colegiado, el proyecto genera o presenta las circunstancias señaladas en el articulo 11 de la Ley 19.300., literal d), y en el articulo N 9 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. 95/01, que se refiere a localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Respecto del trazado total, en la adenda N* 1, anexo N? 2, se incluye recorrido fotográfico de toda la instalación de la fibra óptica para su evacuación, y se modela los conos visuales con valor paisajístico.
En el adenda N* 2 anexo 1, se detalla en el informe arqueológico, que señala el recorrido de la instalación de la fibra óptica por las dos áreas protegidas, por sitios arqueológicos y por los monumentos nacionales.
Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales señalo que la información era insuficiente y que establecía observaciones en al adenda N* 1 y en el adenda N” 2, en el cual se declara inconforme con la información presentada respecto a que el proyecto genera o presenta aspectos señalados en el inciso primero de este acápite.
La CONAF por su parte señala que necesario detallar el mantenimiento preventivo señalado en la adenda 2.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
1.- El Titular se compromete a contratar un arqueólogo local durante las obras de preparación del terreno, hoyadura y construcción de zanjas, en los tramos donde se contemplen estas actividades ubicados entre la Quebrada El Aguila en la intersección de la Ruta A-191 con la Ruta 11-Ch, y el Hito XVIIl en el límite con Bolivia. El arqueólogo presentará informes periódicos impresos al Titular, con copia al Consejo de Monumentos Nacionales, que den cuenta de eventuales hallazgos, y de las recomendaciones respecto a su rescate.
2.- El Titular se compromete realizar las coordinaciones pertinentes para que los servicios públicos puedan verificar en terreno los puntos de localización de los postes, especialmente con el Consejo de Monumentos Nacionales en los tramos identificados como sensibles en el Anexo n 1 Informe Arqueológico, y con CONAF en el caso de los postes n 658 a 744, entre el camino a Chapiquiña y el límite del Parque Lauca. El proyecto no considera la instalación de postes nuevos dentro del Parque.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la XV Región de Arica y Parinacota.
. CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ".
. EL titular no podrá ejecutar el proyecto en ninguna de sus partes. Así mismo, los Órganos de
la Administración del Estado con Competencia ambiental, en las materias relativas al respectivo proyecto o actividad, quedarán obligados a denegar las correspondientes
autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de pronunciamiento contrario.
- Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
ermo Barbosa Barrios Intendente
omisión Regional del Medio Ambiente de la XV Región de Arica y Parinacota
e 2
Distribución:
Clc:
Bozidar Carkovic Stogiannis
Consejo de Monumentos Nacionales
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, XV Región Corporación Nacional Forestal, Región XV
Dirección de Obras Hidráulicas, XV Región
Dirección General de Aguas, XV Región
Dirección Regional de Vialidad, XV Región
Dirección Regional SAG Región de Arica y Parinacota Gobernación Provincial de Arica
Gobernación Provincial de Parinacota
llustre Municipalidad de Arica
llustre Municipalidad de Putre
SEREMI de Agricultura, Región XV
SEREMI de Bienes Nacional, Región XV
SEREMI de Salud, XV Región
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región XV SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región XV SERNATUR Región de Arica y Parinacota Superlntendencia de Electricidad y Combustibles, Región XV
Expediente del Proyecto "Fibra óptica Arica - Tambo Quemado ” Archivo CONAMA XV, Región de Arica y Parinacota