MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO EN CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS ISLA SIN NOMBRE, COSTA OESTE, AYSEN, XI REGION.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA XI REGIÓN DE AYSÉN Califica Ambientalmente el proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO E CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS ISL SIN NOMBRE, COSTA OESTE, AYSEN, XI REGION. " Resolución Exenta N° 084 Coyhaique, 10 de Febrero de 2010 VISTOS La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Pr "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónid Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", presentada por el Andrés Saint Jean Hernández y señor Rodrigo Arriagada Astro representación de CHILE SEAFOODS S.A., con fecha 24 de julio de 2 Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administ del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribu participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambient cuales se contienen en los siguientes documentos: Con relación a la DIA del Proyecto Institución Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén ORD. N° 393 Fecha 06/08/2009 Ilustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén 1373 12/08/2009 Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén. 480537309 12/08/2009 Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén 265 17/08/2009 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600 / 477 19/08/2009 Superintendencia de Servicios Sanitarios 835 19/08/2009 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 1333 20/08/2009 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 331 21/08/2009 Subsecretaría de Pesca. Con relación a la Adenda N° 1 1721 24/08/2009 Institución ORD. N° Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600 / 31 19/01/2010 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 24 20/01/2010 Subsecretaría de Pesca. 144 21/01/2010 3. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Pr "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónid Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", de fecha 04 de febr 2010. • II I I e e li yecto s Isla señor , en 9. ación ones, 1, las yecto s Isla o de El Acta de la Sesión N° 01-02/2010 la Comisión Regional del edio Ambiente Región Aysén, de fecha 08 de febrero de 2010. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluació de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del pro ecto "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónido Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región". 6. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del edio Ambiente, el artículo 2° del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizad. del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 1 .880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los act i s de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N° 18.575, Org ica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estad i; la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República; i las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Aysén debe velar s or el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Pro ecto "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónidos Isl. Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región". Que, el derecho de CHILE SEAFOODS S.A., a emprender actividades, sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, ref- a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfac requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorg Órganos de la Administración del Estado. 3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Culti o de Salmónidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", consiste en: 3.1.- Ubicación: El proyecto se encuentra emplazado en Isla sin Nombre Costa Oeste, comu Aysén, Provincia de Aysén, Región de Aysén y está delimitado por las sigui coordenadas geográficas: 1 VERTICE LATITUD S LONGUITUD W A 45° 27' 19.05" 74° 08' 06.37" B 45° 27' 25.87" 74° 07' 56.58" C 45° 27' 30.49" 74° 08' 03.00" D 45° 27' 23.67" 74° 08' 12.80" Fuente: Carta SHOA N° 842 está idas los r los 3.2.- La superficie que comprenderá el proyecto: La superficie involucrada, para todas las etapas del proyecto, corresponde a 6, hás. 3.3.- Monto de Inversión: El monto de la inversión se estima en US$ 1.500.000.- 3.4.- Vida útil: La vida útil del proyecto es indefinida 3.5.- Mano de Obra: N° personas 'Levantamiento de información 4 ,;Etapa Etapa de construcción. . Etapa de operación 8 Año 1 8 Año 2 8 Año 3 8 Año 4 8 'Año 5 :Etapa de abandono - 3.6.- La producción: La producción máxima total de 3.500toneladas 3.7.- Crono rama de Actividades: Etapa Fecha inicio Fecha término Levantamiento de información Enero 2008 ' gosto 2008 Construcción 1 er semestre 2010 1 Operación 2d° semestre 2010 1 Abandono Nota: Las fechas en este cronograma son estimadas y están supeditadas a la obtención Y fecha de la Resolución de Calificación Ambiental y correspondiente aprobación del Proy cto Técnico. 3.8.- Descripción del Proyecto. El proyecto corresponde a una ampliación de biomasa de cultivo y unidad s de cultivo en relación al Proyecto Técnico Original(201111808), que cuenta con CA Favorable N° 372 / 2008. La concesión es Categoría 3 y 4. La presente Declaración de Impacto Ambiental se formula, acorde a un evo Proyecto Técnico como se indica: Comparativa de Provecto Original su Ampliación. Parámetro Proyecto Original Proyecto Amplia f o Recurso: Nombre científico - Especie Salmónidos Salmónidos Nombre Común Salmón - Trucha Salmón - Trucha Tamaño de la concesión (Há) 6.0 6.0 Producción Autorizada Año 5 (Kg) 2.160.000 3.500.000 Porcentaje de área utilizada 20 36 Monto Estimado de la inversión ($ US) 1.500.000 1.600.000 Vida Útil del Proyecto Indefinida Las jaulas ocuparán un área de 21.600 m2, especificada en el proyecto té ocupando un 36 % de área de concesión. El Proyecto Técnico Modificad ingresado con fecha 20 DE Mayo del 2009. Fase o Etapa de Construcción. Balsas Jaulas: Las balsas jaulas estarán conformadas por estructuras metálicas de 3030 m y 15 m de profundidad, implementadas con dispositivos flotantes de plástico, los cua es se fondearan por cables de acero galvanizados y tensores unidos a un siste a de anclaje. La densidad máxima de cultivo, 10,8 Kg/m3, se alcanzará al finalizar cada ciclo productivo. Las balsas llegarán armadas por el proveedor al centro y la instalación de los fondeos y jaul s será realizada por proveedores autorizados dedicados a esta actividad. Los fondeos serán adquiri s os en servicios autorizados y sus componentes principales son: bloques de hormigón de 4 m3, cade as de acero de 19 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8 " y cabo de polipropileno de 1,1/4 " de di. etro. Además el titular asume explícitamente la responsabilidad ambiental derivada de actuacio es de empresas subcontratadas para realizar dichas faenas Número de jaulas, superficie, biomasa de salmónidos y densidad máxima de c ltivo en máxima producción. La Información correspondiente a situación actu 1 fue extraída del Proyecto Técnico Original. La Información correspondiente a Sit ación ampliada corresponde al nuevo proyecto técnico en evaluación. Máxima Biomasa = Año 5 Situación Actual Situación Ampliada ;Número de Jaulas 30 24 `Superficie (m2) utilizado para la instalación de jaulas y Iredes 12000 21600 Biomasa cosechada (Kg) 2.160.000 3.500.000 Redes: En el centro se utilizarán 3 tipos de redes: de cultivo, de protecció depredadores (lobo de mar) y escape/protección de peces (redes pajareras). Las redes de cultivo y protección serán confeccionadas, reparadas, lav impregnadas con pintura "antifouling" (anti-incrustantes) en un taller autor Las redes de cultivo tendrán una titulación de 210/48 y 210/72 y una apertura y 2" dependiendo de la talla de los salmónidos. La confección de las redes g una alta resistencia a la ruptura evitando el escape de peces. La red lobera envolverá a las estructuras flotantes, en forma unitaria, y tendr. una apertura de malla igual a 10" y una titulación de 210/180, evitando e el depredador se enmalle y enrede, además, de proteger la red de cultivo. Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la totalidad de área superficial de las balsas, con una apertura de 2" y cuya función será ev ar la depredación por aves y el escape de peces por acción del oleaje. Se realizará cada 6 meses para las redes de las jaulas y anualmente para las redes loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado o atr sado, dependiendo del estado de agentes incrustantes de las mismas. Las redes qu; sean reemplazadas, serán estibadas en una embarcación que las llevarán hasta el taller para su servicio y mantención. Se cumplirán las disposiciones del D. S. 320/01 y sus modificaciones. Artefactos Navales: El artefacto naval está bajo la jurisdicción de la Armada y cumplirá con la nor ativa sectorial aplicable, previa instalación de la estructura en el centro. El artefacto naval estará implementado para el almacenamiento y distribuci íl del alimento de salmónidos y para la habitabilidad para el personal. En relación a las instalaciones del Artefacto Naval se especifica: Baños: Esta aguas serán tratadas en una planta de tratamiento de oxidación aer bica 1 Combustible: A fin de proveer de combustible a las embarcaciones menor s se pretende mantener una cantidad mínima de combustible (menor a 250 1) conse ado en la bodega con su debida rotulación. Su abastecimiento dependerá de la acti idad y demanda del centro. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada, entre la que se inclu e en primera instancia, la Directiva DGTM y MM A-53/002 que indica las pautas p. a la elaboración del Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos. Un vez aprobado el presente proyecto para su ejecución, el Plan —confeccionado en b e a las pautas mencionadas— será puesto a disposición de la Autoridad Marítima p. a su visación y aprobación antes del comienzo de las operaciones del centro. Plataforma de Mortalidad: la cual cumplirá con toda la normativa vigente (Se adjunta en anexo 5 certifica Aprobación de equipo). Dicha planta de tratamiento emula un proceso biol donde las bacterias aeróbicas, activadas por el oxígeno disuelto en agua, degra oxidan la materia orgánica presente. Esta planta de tratamiento se encuentra ub en un compartimiento estanco, situada en la parte inferior del casco del pontón. o de gico an y cada •W7 El titular contempla la utilización de una plataforma de mortalidad, de 7 X 6,3 , la cual posee una capacidad máxima de carga de 25 toneladas, según plano entr, •- ado en Anexo 5 de la DIA, donde se muestra la distancia de la plataforma con las d-más estructuras existentes en el centro. Respecto de las características estructurales y de fondeo se amplia la información: Materiales de elaboración: Constituidos por 3 módulos de 7 x 2.10 en perfil de 125 x 4 mm, cubierta plancha diamantada galvanizada en caliente de 4 mm, on 5 vigas estructurales de 1000 x 6300 en Perfil U de 125 x 50 de 4 mm y ángulo e 30 x 3. Además toda la estructura flotante con conexiones y pernos galvaniza s en caliente de 5/8 y 1/2 pulgadas. Sistema de flotación: esta constituida por 12 flotadores de poliestireno recub ertos con pvc de 1.80 metros X 1.30 metros X 1 metro. Medidas de protección con las que contara la plataforma: La plataform está diseñada para soportar las condiciones hidrodinámicas del sector y para prote ción por ingreso de personas no autorizadas y o presencia de mamíferos y aves mari as la estructura cuenta con una malla ACMA de 1,8 mts. de altura (en zona perim tral), mayores antecedentes en Anexo 5. Para prevenir posibles derrames accidentales, se utilizarán bolsas plástic de polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mortalidad al interior e los bins de mortalidad, los que quedarán sellados sin posibilidad de derrames. P una mayor seguridad, la plataforma de mortalidad cuenta con sistemas de incas instalados y Bitas de amarre para estibar de forma segura los bins. Esto a in de evitar pérdida de la carga en situaciones de mal tiempo. La plataforma será de uso exclusivo de este centro Agua Potable: Para consumo humano se abastecerá con una planta desalinizadora, instalada pontón. El titular indica que NO utilizará agua dulce proveniente de fuentes distintas a las indicadas en Sin embargo, el titular señala que en el caso de que el agua dulce a utilizar para el abastecimi Centro de Engorda de Salmones provenga de una fuente distinta a la indicada, se compromete a con lo indicado por la autoridad. Etapa o Fase de Operación. Ingreso de peces: Cada año ingresará un número determinado de smolts de un peso aproxima o 0.1 Kg y el ingreso será en jaulas especialmente habilitadas. En relación al transporte de los smolts al centro de cultivo, esto se hará cump iendo todas las normas sanitarias de conformidad al Reglamento Sanitario p a la Acuicultura. Todos los ingresos de smolts al centro de cultivo serán respaldados por re istros internos del centro, quedando registrado sus movimientos y guías visad s de Sernapesca. Manejo de peces en engorda: Cultivo corresponde a la etapa más intensiva y de mayor actividad en el ntro, especialmente cuando los peces crecen a tasas más rápidas y aumenta la biom. sa. El ciclo de producción del proyecto comprende un período máximo de 18 meses. Para obtener información del peso de los salmónidos se realizará un mu streo mensual con pesa digital u otra tecnología con el objeto para controlar eficien la de alimentación, y en caso que se requiera realizar la selección y desdoble. El titular amplia la información presentada desarrollando en detalle el productivo del centro, presentado una matriz de producción y diagrama de flu centro, considerando las principales emisiones, descargas y residuos generad • el proyecto, en relación a los porcentajes de Fecas, Alimento No Consum Factor de Conversión, se presenta además el balance de masas para alimen que consideró las variables indicadas, a fin de dar a determinar el real apo estos residuos al medio. ciclo o del s por do y ción de Traslado y Cosecha de de peces: Los peces adultos serán trasladados en "Well-Boats" desde el centro de cultivo planta de proceso autorizada. Mediante al uso de una bomba los pece succionados desde las jaulas y destinados por la parte superior a las bodeg barco de transporte de peces vivos ("Well-boat"). Esta embarcación tie particularidad de transportar los peces con un flujo de agua constante, c modalidad de compuertas abiertas, evitando el traslado de agua de mar de un otro, lo que sanitariamente es adecuado desde el punto de vista biológico. embarcación transportará la carga hasta un centro de acopio, desde el nuevamente se bombeará a tierra, vía salmoducto, a una planta primaria, en 1 se hace la matanza, cortando los arcos branquiales, para luego disponerlos e con hielo y finalmente ser transportados a la planta de proceso autorizada. Manejo de Mortalidad: Recolección: La recolección de la mortalidad se realizará diariamente me buceo u otro método y por colecta manual en superficie y serán cuantifica clasificados según la causa de muerte. eh una son del la la tio a Esta cual cual bins041 ante OS y Almacenaje: Se dispondrá de una plataforma de mortalidad, como una zo a de acopio especialmente acondicionada para almacenar la mortalidad. La mort idad será desnaturalizada, con agentes autorizados, tal como lo ha recomenda o la autoridad sanitaria de la XI región, es decir, efectuando además, cortes los pescados, con el objeto de evitar el robo y comercialización de la mortalidad. Destino: Un proveedor autorizado retirará la mortalidad con una frecu promedio de tres días, desde el centro hasta la planta de proceso autoriza proceso de traslado se efectuará en bins herméticamente y cerrados, baj exigencias ambientales y sanitarias vigentes. En caso de que la empresa problemas al efectuar el retiro de mortalidad, el titular asumirá la responsab del traslado hasta la planta reductora. ncia . El las enga lidad Manejo y uso de antibióticos en el centro: El proyecto tendrá un trabajo preventivo y de control de enfermedades de man minimizar al máximo el empleo de antibióticos en el centro. Entendiendo q brotes de enfermedades están fuertemente ligados al estrés del confinamiento, condiciones del agua de cultivo, a las condiciones oceanográficas y a la presen depredadores y a la presencia de agentes infecciosos en cuerpos de agua, entre se implementarán medidas básicas para la disminución del uso de estos product ra de e los a las la de tros; s: Utilización de redes con antifouling para minimizar dichos cambios. Retiro de mortalidad periódicamente. Realización de muestreos sólo cuando sea estrictamente necesario. Utilización de redes antidepredadores. Mantención de control ictiopatológico estricto. El Titular declara que, en la eventualidad que se haga necesaria la administrac ón de antibióticos en casos de tratamientos terapéuticos, y de encontrarse enfermeda es gok aplicarán tratamientos orales e inyectables bajo la exclusiva supervisió de médico veterinario del centro de cultivo y de los técnicos de la empresa encartados del procedimiento. Como política de la Compañía, se contempla los smo ts de TI salmón del atlántico ingresen vacunados al centro contra 3 o 4 de las princ'pales 11 patologías, a saber, IPN, Vibrio y Aeromonas y SRS, dependiendo del cent o del cultivo con el fin de reducir mortalidades y el consumo de antibióticos. Por otra parte, el Titular declara también que, en caso de existir un brote infe ioso, la compañía evalúa técnica, operativa y productivamente las diferentes op iones terapéuticas, para fmalmente determinar cual es la mejor opción. Se realizarán muestreos periódicos los que permitirán pesquisar enfermedade•antes que ataquen a mayor población de peces. Sólo en casos de un brote sorpre ivo y general se suministrará alimento medicado cuyos componentes y do is se administrarán de acuerdo a lo que establezca el médico veterinario con alguno de los siguientes fármacos: Flumequina (SRS y Furunculosis): concentración a 80%. + vibriosis • Ácido Oxolínico (SRS y Furunculosis): concentración de 80 % + vibrios s Oxitetraciclina (SRS y BKD): concentración de 80%. + Estreptococosis Florfenicol (Vibriosis): concentración de 50%. + SKR + BDK + Furunc losis Con respecto a la especie Caligus sp. Cada 7 días se muestrearán los pece para observar la presencia de este parásito, el cual se tratará con los siguientes méto os: Tratamiento Inmersión: Peróxido de hidrógeno y Deltametrina. Se aclara a la autoridad que la Deltametrina está sujeta a autorización del S icio Agrícola y Ganadero y/o Sernapesca. Se deja constancia que para el tratamiento de patologías comunes, sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el SAG y SERNAPESC . La administración y dosificación de los medicamentos se encuentra sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad ge ética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación y temperatur de la columna de agua. Insumos: Alimento El alimento será del tipo extruído, de alta digestibilidad y de alto valor nutric onal, en Tabla se describen características generales y de calibres del alimento. n el centro los peces serán alimentados en forma automática desde el artefacto n • val y controlados por computadoras, suministrándoles la dieta en dos raciones, dur. te la mañana y tarde. La dieta será ajustada dependiendo de los requerimientos e los peces y de la época del año. CARACTERÍSTICAS GENERALES, CALIBRES ALIMENTO EN AGU D 41,41 MAR Calibre Partículas / Kilos Kilos / Litro 1,5 95.800 0,650 2,0 71.400 0,661 3,0 30.500 0,718 4,0 10.000 0,682 5,0 7.400 0,696 8,0 2.493 0,687 11,0 1.000 0,665 12,0 800 1,130 15,0 500 1,170 Cabe destacar que la industria del alimento esta en constante mejora, por lo q e se espera optimizar cada vez más el proceso de alimentación, reduciendo las péra idas. Por otro lado, desde la perspectiva del control de perdidas y de asp ctos tecnológicos, se instalarán sistemas de detección de alimento, en este ca o se innovará usando cámaras submarinas y aéreas, además, se esta recientemente u • ando cámaras a control remoto y móviles en la columna de agua de la jaula a c i ntrol remoto, lo que permite reducir significativamente las perdidas de alimento. Además, el personal será capacitado permanentemente, para que el proce • o de alimentación sea eficiente, tratando de reducir las perdidas por concepto de ali ento no consumido. Las bolsas plásticas correspondientes al alimento no ingresarán al centro, erán retiradas por la empresa Proveedora del Alimento. Desinfectante El desinfectante mayormente usado será Trento®, distribuidos por D FEM PHARMA S.A, autorizado por la DGTM y IMM (Se adjunta Autorización en nexo 5). En caso de usar otro desinfectante, sólo se utilizarán productos autorizados .or la autoridad competente. El desinfectante será mantenido en recipientes especial i ente acondicionados e instalados en un lugar seguro debidamente rotulad ii . El desinfectante no será vertido al medio acuático. Los únicos recipientes que se generan corresponden a los desinfectantes (Tren o®,), los cuales son recolectados y almacenados provisoriamente en conten dores apropiados, los que son ubicados en un sector estratégico del pontón fi e ante. Posteriormente son derivados a la empresa Aquaplus u otra empresa autoriza u a. El traslado de los recipientes de desinfectante inactivo será documentado con e oble guía. El volumen aproximado de recipientes de este desinfectante corresponde a 2 e vas mensuales por centro. Cada envase posee una capacidad para 5 Kg. de desinfe tant en polvo. Medidas de Contingencia: El titular presenta los siguientes planes de contingencia: o Plan de contingencia para riesgos de daños ambientales. o Programa Sanitario General de Procedimientos de Cosecha. Volumen de Escombros Tipo de manejo de los Destino de los residuos residuos generados generados 'Actual Año 5 0,5 m Ampliado Año 5 0.5 m Retiro con barcaza ertedero autorizado Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades. Programa Sanitario General de Manejo de Desechos. Plan de Contingencia para el Control de Derrame de Hidrocarburos otras sustancias nocivas Etapa de Abandono: Ante el eventual abandono se realizarán las siguientes actividades en la conces ón: La biomasa de peces será cosechada como se indica en la DIA. Toda la infraestructura e instalaciones flotantes (balsas, bodegas y red s) se retiran del sector hacia otros centros de cultivo del titular. Se verificará el estado de la línea de costa, ante la eventualidad de xistir residuos sólidos, los que se retirarán del lugar y serán depositados en vert deros autorizados. La etapa de abandono será coordinada por el jefe de operaciones de la e presa y se estima que puede durar 3 a 6 semanas, una vez finalizada la operación de la cosecha. 3.9.- Descargas, Emisiones y Residuos Residuos Sólidos: Etapa de construcción Escombros: Corresponde a restos de polietileno y otros escombros generados en la etapa de construcción, los que serán retirados por el proveedor del servic o de instalación, que los llevará al vertedero autorizado más próximo Escombros generados Etapa de Cultivo: Mortalidad Resumen Mortalidad durante máxima producción Mortalidad en Tipo de manejo de los residuos Destino de los residuo ¡Máxima producción generados generados Planta de Harina y Aceite o Vertedero autorizado según corresponda. 189.69 Ton Retirada en bins herméticos. Residuos sólidos de origen doméstico. Los residuos generados en el pontón de alimentación (básicamente material de oficina) serán transportados a las instalaciones en tierra desde donde una empresa autorizada retirará la basura semanalmente. Todos los desechos serán retirados en barcaza. Considerando una producción promedio de 34 gr persona -1 día-1 de sólidos suspendidos (Zaror, 1998), considerando que el máximo de personas que estarán en el centro es de 8 personas, considerando 365 días, se obtiene una tasa de generación anual de lodos de 99.28 Kg año centro, la unidad de tiempo utilizada corresponde a año. La planta tiene capacidad máxima de 12 personas diarias (página 2, Especificaciones pontón, Anexo 5) El Titular aclara que sólo trabajará con proveedores autorizados para retirar los lodos, es decir que cuenten con todos los permisos y autorizaciones exigidos por la autoridad competente, tanto para el trasporte, tratamiento y disposición final de los lodos. Los traslados serán documentados con doble guía, constituyendo estos documentos de respaldo. Resumen Sólidos Residuos sólidos 99.28 Kg año centro Tipo de manejo de los residuos generados Almacenados en bins o mantenidos en decantador Destino de los residuos generados Retirados y dispuestos de vertedero autorizado o por medio de sistema limpia fosas Alimento no consumido y Fecas. La cantidad de alimento sedimentable, depende de varios factores tales como; del vector y velocidad de la corriente, la profundidad de la columna de agua (Folke y Kautsky, 1989; Gowen y Bradbury, 1987; Wiesmann, et. al. 1988), además de las características físicas del alimento utilizado (Yrong-Song et. al. 1999) y del ti em de residencia en el agua de mar (Stewart y Grant 2002). Considerando el aumento la digestibilidad del alimento y otras mejoras en la industria del alimento en los últimos años, se estima que aproximadamente el 6 % del alimento es eliminado como producto fecal y el 2.5 % como alimento no consumido. Volumen Estimado de Residuos Sólidos Producidos Ampliado Año 5 Volumen de los residuos Tipo de manejo de los I Destino de los residuos generados ' residuos generados Alimento 98.72 Soluciones tecnológicas Al I fondo marino bajo al • 231.00 s !entregado no consumido !Ton /Ciclo iproductivo 1Fecas Ton /Ciclo productivo la jaula por sedimentación, para optimizar la transporte por eficiencia de la Icorrientes y poten alimentación. consumo por faun acompañante y otr peces. de la o no e en ativa Respecto de los residuos generados, y su importancia en la conservación sustentabilidad de la concesión, especialmente lo que se refiere a alime consumido y fecas, el Titular amplia la información presentada indicando toda situación, trabajará bajo un concepto preventivo, considerando la no ambiental vigente (DS 320/01; RAMA). Aguas servidas v Aguas Sucias: • Volumen de Residuos Cantidad y Tipo de manejo de los residuos generados Destino de los residuos generados Residuos Doméscos ti 150 ñ prox. m3 año El punto aproximado de descarga para el centro: 45° 34' 12" S; 74° 08' 30" W (datum: WGS 84). Residuos Líquidos: Volumen de Residuos Cantidad y Tipo de manejo de los Destino de los residuos residuos generados ¡generados Lubricantes Los lubricantes se contienen en y Aceites envases de plástico de 20 lts., que Los lubricantes serán son almacenados en retirados y transportados porl- contenedores ubicados en el pontón empresa Vía limpia o Cummin otante, Chile S.A., ubicada en Cardon ;I, Comuna de Puerto Montt, los Los lubricantes son retirados de cuales disponen finalmente los lubricantes en Hidronor Chile, orma mensual y transportados a ravés de barcazas. ubicada en la Región Metropolitana, la cual se encarará no superando los 192 Lt/Año idel tratamiento de este residuo Solución Son derivados a la empresa desinfectante Aprox. 0.05 m3 mes lAquaplus u otra empresa autorizada. El traslado será documentado con doble uta. Generación de gases: Producto de la combustión de motores fuera de borda y en los generadores de electricidad, durante la etapa de operación. Cabe señalar que hasta hace un tiempo los motores fuera de borda bencina, sin embargo, en la búsqueda de una opción de energía más limpia, el t tular el más ocas e los de ra de aval • ones e ha considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que g nera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO , en comparación con la bencina. La emisión de los motores fuera de borda se exte derá por 8 horas, pero de uso intermitente. Se tendrá especial cuidado en la mantención de motores y generadores, para optimizar su uso y reducir sus emisiones, produciendo la mínima cantidad de ases y/o residuos. Emisión de ruido: Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de los generadores y el sistema de alimentación de peces. Co suministro implementado (GLP), los motores combustionan en forma silenciosa, reduciendo significativamente el ruido. Al interior del pontón o art naval se dará cumplimiento Art. 74 del D. S. N ° 594/99, respecto de las emis de ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas. orda, facto Las emisiones de ruido del sistema de alimentación ocurren durante unas horas, y se debe principalmente al contacto de los pellets con las paredes tubos de alimentación, siendo un ruido escasamente detectable a unos 50 distancia de la fuente de emisión. El sector donde se emplazará la unidad emis ruido, i.e. generador de electricidad, se ubicará en un área aislada del artefacto en el sector de proa. La oficina del pontón está en popa y en primera cubierta, por lo cual no hay exposición ocupaci nal al ruido. Se puede deducir de esta evaluación, que los puntos de mayor NPS (NIVEL P' SIÓN SONORA), se producen al interior del pontón, los estancos permiten reducir el NPS a 74, 2 n lado embarque, es decir, el ruido que se percibe en el exterior, y este nivel no tiene efecto dañino s gún el DS 594. Además en ningún caso se exceden los valores permitidos de permanecía de exposición. No existen viviendas emplazadaspróximas a la ubicación del pontón, ya que e te se ubica en la concesión, por lo cual no existe riesgo de afectar a la población. El titular adjunta una caracterización tipo del ruido, en pontón de si ila características: Caracterización del ruido Pontón Puesto o área de trabajo Tiempo de permamencia (Horas) NPS Max.dB(A) NPS Min.dB(A) Leq.da A) Puente Pontón Monitores(PC) Asistente 3 - 4 Intermitente 88,8 59,3 76,4 , Puente área de mesa de Trabajo Asistente 3- 4 Intermitente 75,8 61,3 68,3 Zona embarque General Intermitente 90,1 0.3 — 0.5 71,6 74,2 , Sala de Máquina Grupo electrógeno 0.3 — 0.4 Intermitente 120,4 109,7 115,7 Cubierta Zona Generador 0.3 — 0.4 Intermitente 90,1 107,1 101,9 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplic le al proyecto "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salm nidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", y sobre la base e los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que: 4.1.- Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proy cto o actividad. Norma Cuerpo Legal Etapa del Proyecto Forma de Cumplimiento Ley N ° 19.300 'MINSEGPRES 1/01/94 Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Levantamiento e Información e presenta a la CONAMA X Región, una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). D. S. 95/01 !MINSEGPRES Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto mbiental. Texto Refundido, Coordinado y istematizado. En irtud del artículo 2° el D. S. N° 95/01, de MINSEGPRES. Levantamiento de información Se presenta a la CONAMA X Región, una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). D. S. MINECON 430/1991 Ley General de Pesca y Acuicultura sus Modificaciones, exto Refundido, Coordinado y istematizado. Integro En lo respecta aquellos rtículos del :mbito ambiental, regulatorios y específicos, ales como los Artículos 1, 67 -1 90, 122 y 136. D. S. MINECON 320/01 Reglamento mbiental para la Acuicultura (RAMA) sus odificacaiones. Operación La realización de actividades e acuicultura, quedan sujeto I cumplimiento de las medidas de protección mbiental, por medio de los instrumentos para la nservación y evaluación de las capacidades de los uerpos de agua, los requisitos de operación previstos en las normas generales y especiales del mismo, así como la Caracterización Preliminar e el Sitio y la Información mbiental. ,Res. 3411/2006 Subsecretaría de ;Pesca. Establece contenidos y metodologías para Integro El titular cumplirá con lo establecido en esta Resolución, especialmente "¡Caracterización elaborar la Preliminar del Sitio y la Información Ambiental en lo referido a las metodologías a aplicar en el Informe Ambiental que presentará a la autoridad competente en la etapa de operación y en su máxima producción. ID. S. 225/1995 MINECON, (modificado por D. Ex. IMINECON N ° 135/2005 I Establece vedas que protegen a aves, mamíferos marinos, reptiles marinos y pingüinos. Operación Ambos decretos aplican en l a etapa de construcción y de operación. Se considera además las Acciones para Proteger y Conservar la Fauna Silvestre. Se implementarán planes de protección de las especies marinas •rotegidas. ID. Ex. 765/2004 Sub-Secretaría de Pesca Protección del Lobo marino común. Operación Se consideran las acciones orrespondientes para la protección del lobo marino omún 1NCh 409 Norma de Agua Potable Integro Implementación de Sistemas que cumplirá con los límites establecidos en la norma de emisión. D. S. 594/99 iMINSAL I 1 Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambiéntales básicas de los lugares de trabajo. Integro Establece las normas sobre las condiciones ambientales sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional, especialmente provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo. y D. S. N 01/1992 Ministerio de Defensa ¡Nacional Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. Integro Cumplimiento de sus exigencias, particularmente las establecidas en los Artículos 108 y 109. D. S. 148/2003 iMINSAL Manejo y disposición de residuos peligrosos. Integro Se proveerán las condiciones sanitarias y de seguridad referentes a la generación, tenencia, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos peligrosos. 1DGTM Y MM Ordinario N° 112.600/931NRS Descargas de Residuos Líquidos tratados a Aguas marinas íntegro Dispone exigencias técnicas ambientales de las prescripciones operativas para la aprobación de sistemas de tratamiento de aguas sucias en buques y artefactos navales Las aguas servidas serán sometidas a un tratamiento aeróbico en una planta aprobada por la autoridad marítima que permite cum•lir on el Título II, Capítulo 5°, el Reglamento para el Control de la Contaminació cuática y lo Recomendad por la Organización Maríti a Internacional, a través de s Resolución OMIMEPC. 2 ( I) e 1977. 4.2.- Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evalu: ción, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación de Proyecto Técn co en Centro de Cultivo de Salmónidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Re ión", requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículo 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Artículo 68, permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petr sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias noc peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refi artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación. leo o vas o guas re el Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobe ación Marítima de Aysén, mediante Of. Ordinario N° 12600 / 31 de fecha 19 de en ro de 2010, informó favorablemente. Artículo 74, permiso para realizar actividades de cultivo y producción de re•ursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N° 18.892, Ley gene al de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones. Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecret la de Pesca, mediante Of. Ordinario N° 144 de fecha 21 de enero de 2010, in rmó favorablemente. Se condiciona a lo siguiente: El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental p. a la Acuicultura, D.S. (MINECON) N° 320 de 2001. El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y progr a de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solici d de concesión en comento. El titular deberá entregar al SERNAPESCA, oficina local, inform ción ambiental según lo establecido en el Art. 19° del Reglamento Ambiental p. a la Acuicultura, en conformidad a la Resolución (SUBPESCA) N° 3612 de 2009. Altura de Marea, Junio del 2006. Día Altura de marea Hora Altura (m) Bajamar 2:35 1.15 Pleamar 8:48 1.79 04-06-2006 Bajamar 14:20 1.41 Pleamar 20:28 1.98 Bajamar 3:29 1.12 Pleamar 9:58 1.91 05-06-2006 Bajamar 15:47 1.32 Pleamar 21:44 1.96 En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPE CA) N° 3612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica e las Categorías 3 y 4. En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determina se si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evalu la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Siste a de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.- Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. En lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales a, b, c, d, f del articulo 11 de la ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expedient de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales e ectos, características y circunstancias En lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el Literal b) del Art. 1 de la Ley 19.300 Para determinar si el proyecto en evaluación producirá efectos ad ersos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos renovables se consid aron los siguientes antecedentes y estimaron los siguientes parámetros: Tasa de recambio de anua. Para la tasa de recambio se considerara los antecedentes aportados por la CPS 006. La medición del vector de corriente se realizó en Junio del 2006, por t to la variación de la marea calculada es la siguiente: Los módulos de cultivo se emplazan en un sector con una profundidad promed o de 35 m. De acuerdo a la formula, obtenida en Beveridge, 1987: T = 12,5* (D/H) Donde: T : tiempo de intercambio de agua (hr): medio de un ciclo de marea semi s iurna D : profundidad media del lugar (m) H : media de marea alta (m) Por lo tanto para el centro se calcula una tasa de recambio de: T = 12,5 hr * (35 m / diferencia de altura de marea al día de medición 0.8 T = 508 hr. Cantidad de alimento no consumido y fecas El proyecto en evaluación generará 98.72 Ton/ciclo de alimento no consumido 231 Ton/ ciclo de fecas, considerando un 2.5 % y 6% de perdidas por concept alimento no consumido y fecas respectivamente. Y Rango de Dispersión de Alimento no consumido y fecas. Para calcular el rango de dispersión del alimento no consumido y las fecas, generados en el proyecto específicamente se utilizó la ecuación propuesta por Gowen & Bradbury (1987 op cit.): D = [(d * V) / v]; Donde: D: Distancia de dispersión horizontal (m) d: Profundidad de la columna de agua : Se espera instalar los módulos en 30 y 0 m. V: Velocidad de la corriente: Se consideró el rango de velocidad de corriente d mayor ocurrencia a, en este caso a los 30.5 m el rango de velocidad de corrient s fue de 5.1 — 10 cm/s, con una frecuencia de 50.9% (Fuente: CPS/2006). y : velocidad de sedimentación de las partículas (Cromey et. al. 2002) Alimento no consumido : media 10.8 cm /seg Fecas : media de 3.2 cm / seg Rango de Rango de profundidad de variación de dispersión (m) Velocidad de Corriente (cm/seg) Rango de Rango de dispersión dispersión de de fecas alimento (m) no ingerido (m) s de o en 48 y eran o de lo de ción e 0.47 o de tado 411121 encia tema 111 30 - 40 5.1 - 10 14 - 37 48 - 125 Es importante considerar que esta formula, tanto para fecas como alimen consumido calcula la dispersión en un punto; bajo el cual existe un rad dispersión, cuya amplitud es el valor obtenido. Area de sedimentación de fecas y alimento no consumido. no o de Para determinar el área de sedimentación de fecas, se consideran los vértic emplazamiento de módulos, como área total, más el radio de dispersión obteni el punto anterior, para fecas el radio de dispersión, en cuadratura variaría entr 125 m, luego el área de sedimentación promedio fue de 95238 m2. Para determinar el área de sedimentación de alimento no consumido, se consi los vértices de emplazamiento de módulos, como área total, más el rad dispersión obtenido en el punto anterior, para alimento no consumido el ra dispersión, en cuadratura variaría entre 14 y 37 m, luego el área de sedimen promedio fue de 26170 m2. e Proyección del aporte en Carbono de fecas y alimento no consumido. De la cantidad total de fecas producidas, se estima que un 17% correspo de a cenizas y humedad. Por otro lado aproximadamente un 26 % de la MOT odría remineralizarse (Silva y Rojas 2003) y aproximadamente un 80% es resuspe dido y/o principalmente consumido por peces y/o macrofauna, considerando el largo trayecto efectuado para llegar a sedimentar. Para efectos de calculo y para transformar la Materia Orgánica Total (MOT) en Carbono Orgánico Total ( OT), tanto para fecas como alimento no consumido se utilizó la siguiente formula: OT= (MOT-0.009)/1.5904 (Brooks 2001). Finalmente se obtiene una proyección de 0.19 kgC/m2/ciclo para fecas kgC/m2/ciclo para alimento no consumido. Según Brooks (2001) el conteni COT en el sedimento debe ser menor a 0.7 kg/m2/año, en este caso los resu indican que al cabo de un ciclo productivo con máxima biomasa, no existe evi que indique que se sobrepasará la capacidad teórica de C depositado en el s' bentónico. Evaluación de las condiciones ambientales del sitio. Las características ambientales del sitio, evaluadas en la CPS 2006, se destaca: Granulometría heterogénea entre estaciones, lo que evidencia un setor de alta hidrodinámica oceanografica, la concesión se clasifico en Categoría 3 y 4. En el sector Categoría 3 el porcentaje promedio de Materia Orgáni a fue de 2.1%, el pH promedio fue de 7.73 y el Potencial redox fue de 220mV. Respecto de macrofauna no se detecto la presencia de Recursos Bentónicos de Importancia Económica, considerando las estaciones categoría 3 y la grabación submarina. Considerando solamente los antecedentes aportados por la CPS 2006, la profundidad de la concesión y los resultados de la corriente se aprecia que se favorecen la dilución, dispersión y autodepuración del material particulado que potencialmente sedimente bajo los módulos. Finalmente considerando los antecedentes expuestos y los parámetros estimados se concluye que: En función de CPS 2006, se descarta empíricamente que el fonco sea anaeróbico. En función de la estimación de la tasa de recambio de agua, de la estimación de la entidad de fecas y alimento no consumido, del área de dispersión de estos y de sustrato del centro de cu tivo se descarta empíricamente que se generen en el fondo condiciones anaeróbico luego no se presentará efectos adversos negativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, de acuerdo a lo establecido en la letra b), artículo 11 de la Ley 19.300 y el Art. 6 del DS 95 /01 MINSEGPRES. Todas estas estimaciones teóricas permiten concluir que el potencial efecto ambiental de centros de cultivo que sería afectado por los residuos de fecas y alimento no consumido, no presentará efectos adversos negativos. En lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el Literal d) del Art. 11 de la Ley 19.300 El titular en adenda N° 1, amplia la información entregando los antecec entes necesarios que permitan evaluar que su proyecto no producirá lo efectos ad%ersos significativos sobre la "población, recursos y áreas protegidas susceptibles ce ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar" desarrollando para tal efecto, los literales del Art. 9 del D.S 95/01 MINSEGPRES y en lo específico la letra c, en términos de la magnitud y duración de la intervención del proyecto en un área protegida. la magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto actividad o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficia la magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividades o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. 111 la magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales. De este modo, se plantea utilizar y optimizar el uso de las concesión otor ada, especialmente en cuerpos de agua que poseen características oceanogr 'ficas particulares, permitiendo así el desarrollo sustentable de la actividad; conside . do la implementación de prácticas como periodos de descanso y/o rotación de mó ulos El proyecto da cumplimiento integro y oportuno al marco jurídico ambiental vi y considera además otras variables relacionadas, como compatibilizar la acti acuícola con otros sectores productivos. Además, el titular desarrolla voluntariamente un PROG MA OCEANOGRAFICO Y AMBIENTAL EN SALMONIDOS (POAS), que co siste en un control de variables relevantes como Oxigeno Disuelto, Temper tura, Salinidad, Fitoplancton y algas nocivas, entre otras; permitiendo así cono er el estado ambiental de cuerpo de agua integro, complementado estos antecedente con los obtenidos de la INFA efectuada a la fecha. Considerando los aspectos culturales, bio-geográficos, productivos y ambie tales, entre otros el titular del proyecto considerará las siguientes medidas: ente idad 1) El titular respetará las actividades de pescadores artesanales, actu les y potenciales, y turísticas, considerando el uso preferencial de esta zona 1 cual corresponde a zona preferencial para la extracción de recursos bentónicos.. n el área de concesión no se detectó la presencia de caladeros, muelles de esca artesanal, áreas de pesca artesanal, áreas de manejo o repoblamiento, reserv s y/o parques marinos, así como tampoco de recursos hidrobiológicos de de impo ancia económica (CPS DIA 201 111 808). 2) Respecto de su potencial uso turístico, el titular propone las sigu entes acciones voluntarias para conservar el valor paisajístico del lugar de emplazam ento: No se permitirá la presencia de plásticos u otros residuos sólidos en borde costero de origen de la actividad, y ante la eventual presencia de res duos, especialmente plásticos, estos se colectarán y enviarán a vertederos autorizado Se capacitará e instruirá al personal del centro en el manejo de res duos sólidos. Con el objeto de disminuir el impacto visual de las instalaciones, el artefacto naval se pintará •e color verde oscuro o azul, por lo tanto, considerando el color y volumen, el avistamiento será sólo desde la ce canía al sitio. No se realizarán actividades que alteren recursos o elementos del edio ambiente ni relacionados con el turismo. Nirriro~mou No se realizaran actividades recreativas o deportivas u otras en estas áreas, el espacio para coexistir y trabajar solo se restringe a las balsas de cultivo en el mar. No se obstruirá el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente. Finalmente con la información ambiental presentada, respecto de la condición actual de la concesión, se concluye que: La concesión presenta óptimas condiciones para sustentar ambientalmente una producción de 3500 ton, considerando la máxima biomasa solicitada en el proyecto técnico. Considerando la envergadura del proyecto, las características del sector de emplazamiento, Reserva Nacional de las Guaitecas en zona preferencial de extracción de recursos bentónicos, y operando bajo un concepto preventivo el titular acredita que no se generarán efectos adversos significativos sobre la canti dad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. El sitio PRESENTA actualmente condiciones aeróbicas, sustentadas por la infamación entregada en la CPS 2006 que evidencia alta dinámica oceanográfica, cumpliendo con lo solicitado en el art. 17 y 3 del D.S. (MINECON) N° 320/2001. Cumpliendo con lo solicitado en el art. 15 del D.S. (MINECON) N° 320/2001, en la CPS 2006 y DIA se entregaron todos los elementos que debe considerar la autoridad pesquera para evaluar ambientalmente el proyecto. Los antecedentes expuestos en la Caracterización Preliminar del sitio y en el análisis efectuado acreditan que fecas y alimento no consumido se dispersarán en un área lo suficientemente grande para facilitar la autodepuración del medio (cumpliendo satisfactoriamente la consideración contenida en la letra j) del Art. 6 del Reglamento del SEIA). En base a los antecedentes expuestos es posible acreditar que la producción solicitada de 3.5 toneladas no sobrepasará la capacidad de dispersien del medio y no generará condiciones anaeróbicas, el titular asume que su responsabilidad que el centro opere en niveles compatibles con la capacidad del cuerpo de agua específico para lo cual trabajará para mantener siempre condiciones aeróbicas en la superficie del área de sedimentación. Además el titular reitera que el instrumento legal, la RES. EXE. N° 3411 dispone las medidas tendientes a que los centros de cultivo de acuicultura mantengan el equilibrio ecológico y ope -en de acuerdo con la capacidad del cuerpo de agua donde se emplaza el área concedida, disposición el titular cumplirá durante todas la etapas del proyecto, determinando la duración real del proyecto. Esto significa que si eventualmente se generasen condiciones ambientales desfavorables, el titular no podrá iniciar un nuevo ciclo productivo, hasta que presente una INFA que acredite que en el sitio se podrán reanudar y mantener operaciones en condiciones aeróbicas, por tanto se reitera que actualmente existen un marco legal vigente que garantiza que no se producirán Efectos adversos significativos sobre la cantidad v calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. 6.- Que, en el proceso de evaluación de proyecto "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", el titular ha adquirido los siguientes compromisos voluntarios. El Titular del proyecto se compromete a realizar periodo de descanso de un mínimo de tres, una vez finalizado el ciclo de producción. Capacitación a los operarios que laboren en el centro tanto en los aspectos del manejo de peces como en los temas relacionados con la protección del medio ambiente. Capacitación a los operarios respecto de análisis y monitoreos rutinarios del centro. El Titular se compromete a utilizar colores armónicos con el entorno para minimizar el impacto visual que sus instalaciones pudiesen provocar, esto con la finalidad de dar cumplimiento con lo establecido en el decreto ley N° 1.224 de 1975. Para ello el Titular establece que las únicas estructuras visibles en el centro de cultivo serán las balsas y la casa flotante fabricada por Sitecna S.A. por lo que se estima que, por efecto del oleaje y por la cercanía del centro a la línea de costa, permitirá reducir la visibilidad desde el nivel del mar. Por tanto, y como una manera de puntualizar lo descrito con anterioridad, se establecen los siguientes compromisos por parte de el Titular: El diseño empleado en el pontón flotante será atractivo y hermoseado con la finalidad de mantener una armonía con el entorno natural. Utilización de colores armónicos con el paisaje (verde, marrón, café o negro) en sus instalaciones, permitiendo la mimetización de las estructuras con el entorno. Los pasillos y los pasamanos de las jaulas estarán pintados de colores sobrios, sin estructuras de gran altura como torres de vigilancia o focos a objeto de minimizar la visibilidad de éstos desde lejos. La política del Titular será reducir al máximo el uso de fármacos o alimento medicado y se compromete a fomentar las medidas preventivas, las cue sellk basan en una observación diaria de la mortalidad, morbilidad y comportamiento de los peces. a observación diaria de la mortalidad, e morbilidad y comportamiento de los peces. 7.- Que en caso de incumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aceptó la Declaración de Impacto Ambiental, los Órganos del Estado con competencia ambiental podrán solicitar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, la amonestación, la imposición de multas de hasta quinientas unidades tributarias mensuales e, incluso, la revocación de la resolución de calificación ambiental. Lo anterior es sin perjuicio del ejercicio de las acciones civiles y penales que sean procedentes. isión actos enda, • 8.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del pr "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónidos Is Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", el titular deberá informar a la Co Regional del Medio Ambiente de la Región de Aysén, al menos con una sem anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuer. indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarri las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con comp ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitan información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño funciones. yecto a Sin isión a de o a lo llo de encia a las o la e sus 9.- Que, para que el proyecto "Modificación de Proyecto Técnico en Cen ro de Cultivo de Salmónidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", ueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que 1 sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Co Regional del Medio Ambiente Región de Aysén, la ocurrencia de im ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus A asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escri Comisión Regional del Medio Ambiente Región de Aysén, la individualizaci cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio. 1111 a la n de Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resol ción, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas po éste directamente o, a través de un tercero. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Region 1 del Medio Ambiente Región de Aysén. RESUELVE: CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificació Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónidos Isla Sin No Costa Oeste, Aysén, XI Región". CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambie aplicables, y que el "Modificación de Proyecto Técnico en Centro de C de Salmónidos Isla Sin Nombre, Costa Oeste, Aysén, XI Región", c con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de c. ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se se en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluaci tales ltivo ple ácter alan de Secretario Comisión Regio XI Regló del Medi Ambiente de la e Aysén Notifíquese y Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerand esta Resolución. 3. Hacer presente que de conformidad a la Ley N° 19.880 proceden en con la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Co Regional del Medio Ambiente, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva CONAMA. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días con desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. s de a de isión de la ados e el RMB/Z1SCT Distribución: Luis Andrés Saint Jean Hernández Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Ilustre Municipalidad de Aysén, Región Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca Superintendencia de Servicios Sanitarios C/c: Expediente del Proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO EN CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS ISLA SIN NOMBRE, COSTA OESTE, AYSEN, XI REGIO Archivo CONAMA , Región de Aysén