Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones
GOBIERNO DE CHILE COMISION REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE REGION DE ANTOFAGASTA
£040 VOS WN AE
RESOLUCIÓN EXENTA NO - 12040 ANTOFAGASTA, 21 DE ENERO DE 2010
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
Y La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones", presentada por el Señor Gabriel Gutiérrez Clavería en representación de Complejo Industrial Molynor S.A., con fecha 30 de Junio de 2009.
. 2: Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N%1,399 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta, con fecha 15/07/2009; Oficio N%715 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 21/07/2009; Oficio N278 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 27/07/2009; Oficio N5.926/2009 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 27/07/2009; Oficio N980 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 28/07/2009; Oficio N12.600/159 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 28/07/2009; Oficio N“878/2009 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 28/07/2009; Oficio N%769 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta, con fecha 28/07/2009; Oficio N%212/2009 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 28/07/2009; Oficio N753 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 28/07/2009; Oficio N“330239409 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Il Región, con fecha 28/07/2009; Oficio N“238 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 30/07/2009; Oficio N”3.236 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/07/2009; Oficio N%134 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 07/08/2009; Oficio N%142 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 07/08/2009; Oficio N464 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 10/08/2009; Oficio N%1.121 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 02/11/2009; Oficio N?1.065 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 03/11/2009; Oficio N”8.649/2009 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 10/11/2009; Oficio N%1.140 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/11/2009; Oficio N“4.837 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/11/2009; Oficio N1,476 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 16/11/2009; Oficio N%422 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Mejillones, con fecha 16/11/2009; Oficio N%696 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 19/11/2009; Oficio N249 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 24/11/2009; Oficio N5.221 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 10/12/2009; Oficio N%275 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 11/12/2009; Oficio N781 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 18/12/2009.
- El Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, de fecha 14 de Enero de 2010.
4, Los demás antecedentes que constan en el
expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del
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proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones".
- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
A. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones".
Z Que, el derecho de Complejo Industrial Molynor S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3: Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones” consistirá en:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá básicamente en ampliar la capacidad de procesamiento de la planta de procesamiento de Molibdeno, aprobada mediante Resolución Exenta N” 0354 de fecha 09 de noviembre del 2007 de la COREMA Región de Antofagasta, mediante la instalación de un segundo horno de tostación de similares características al ya aprobado, con lo cual la capacidad aumentará al doble, es decir, a 63.732 ton/año.
Cabe señalar que el proyecto aprobado, aún se encuentra en etapa de construcción.
3.1.1. Ubicación del proyecto
El proyecto se ejecutará en la Región y Provincia de Antofagasta, Comuna de Mejillones, especificamente a 10 km aproximadamente de la localidad de Mejillones, en la figura 1.4-3 de la DIA, se presenta un plano con la ubicación. Sus coordenadas UTM Datum PSAD 56 Huso 19 serán las presentadas en la tabla 1.7-1 de la DIA. La planta en su totalidad se emplazará en una superficie de 30 ha.
TZ Monto de inversión
El monto de inversión será de U$ 104.000,000.-
3.1.3. Vida útil
La vida útil será 30 años.
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3.1.4. Mano de obra
La mano de obra del proyecto para la etapa de construcción será de 350 personas por 9 meses y en la etapa de operación se requerirán 74 personas.
3.1.5. Descripción del proyecto aprobado
3.1.8.1. Descripción general del proceso productivo
La materia prima del proceso corresponde a Molibdenita, la cual provendrá de diferentes plantas concentradoras de Cobre en Chile y el extranjero (principalmente Perú) y será transportada a la planta Mejillones en maxisacos de 1.000 kg y 1.500 kg. La composición química de esta materia prima se presenta en la tabla 1.3-1 de la Adenda 1 de la DIA.
Un segundo tipo de materia prima, corresponde a Molibdenita Tostada de Alto Cobre, definido como Oxido Técnico de Alto Cobre (OXAC). Cabe señalar que el OXAC proviene de un proceso de tostación externo a Mejillones, el cual será recibido en maxisacos de 1.000 kg y 1.500 kg. Su composición química en términos de promedios típicos, se presenta también en la tabla 2.1-1 de la DIA.
La materia prima al llegar a la planta, tanto la molibdenita (MoS2) como el OXAC, será dispuesta en la zona de manejo de concentrado o patio de recepción donde se procederá al pesaje y muestreo para la realización de análisis químicos para el registro de la concentración de Molibdeno. A partir de este punto, la molibdenita (MoS») ingresará a la planta de tostación, obteniendo como producto el trióxido (MoO;).
A su vez el OXAC ingresará a la planta de lixiviación sulfúrica, al igual que el trióxido (MoO;) proveniente de la planta de tostación, para obtener un producto final libre de Cobre, denominado Óxido de Molibdeno Grado Técnico (OxMo). Este producto será homogenizado y envasado, en la planta de homogenización y envase para su despacho a ventas.
El Cobre, producto de la limpieza del trióxido (MoO»), será recuperado en la planta de extracción por solvente y planta de electrobtención (SX-EW).
Por otra parte, los gases obtenidos del proceso de tostación serán tratados en la planta de lavado y en la planta de ácido, generando Ácido Sulfúrico. ;
La solución ácida producto del lavado de gases, se tratará en la planta extracción por solvente para recuperación de Molibdeno (SX Mo), desde donde producto del proceso, se obtendrá una solución alcalina, la cual será concentrada por evaporación y enviada como subproducto de Molibdeno a Planta Nos de Molymet, en la Región Metropolitana, en una cantidad aproximada de 133 maño.
3.1.5.2, Diagrama del proceso productivo
El proceso productivo global del proyecto aprobado, se visualiza en figura 2.2-1 de la DIA.
3.1.5.3. Descripción de los equipos
El equipo principal será el horno tostador vertical multi- cámara de 14 pisos y 21,5 pies de diámetro exterior, idéntico al primer horno, con una capacidad de 33,5 millones de libras de Molibdeno al año. Los demás equipos empleados en el proceso se presentan en la tabla 2.3-2 de la DIA.
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3.1.6. Descripción del proyecto ampliación
Consistirá, básicamente, en ampliar la capacidad de procesamiento mediante la instalación de un segundo horno de tostación de similares características al ya aprobado, con lo cual la capacidad aumentará al doble, esto es, a 67 millones de libras de Molibdeno (30.390 ton), manteniéndose la capacidad de lixiviación sin variación en 40 millones de libras de Molibdeno (18.144 ton). La instalación de un segundo horno de tostación, implicará una ampliación de la línea hidrometalúrgica, en particular las plantas de extracción por solventes, electro-obtención y planta de tratamiento de riles. Por otra parte, también se considerará la ampliación de la capacidad de la planta de osmosis inversa.
De este modo, la etapa de construcción de la línea hidrometalúrgica en sus nuevas dimensiones, se comenzará a construir una vez aprobado el presente proyecto, mientras que las otras plantas productivas se encuentran actualmente en construcción, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta. La tabla 2.3-1 de la DIA, presenta un resumen de lo anteriormente expuesto.
Adicionalmente, se contemplará:
. Modificación del Sistema de captación de agua de mar y descarga de salmuera. : . Incremento en la eficiencia en la planta de Ácido Sulfúrico. . Modificación de la torre de chimenea y nuevo proceso parcial en el tratamiento de riles. . Modificación de la planta de extracción por
solventes. Se considerará una prolongación del proceso de evaporación y almacenamiento subterráneo de solvente.
. Contar con un gabinete de primeros auxilios en vez de una sala de enfermería. . Modificaciones a las instalaciones respecto
al Layout.
Para la etapa de operación de las plantas productivas, no se considerarán modificaciones en los procesos productivos establecidos según Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta.
En la tabla 4.2.4-1 de la DIA, se presenta un resumen de las modificaciones anteriormente mencionadas.
3.1.7. Etapa de construcción
El proyecto considerará la construcción de las siguientes instalaciones:
. Instalación de un segundo horno de tostación . Construcción planta de lixiviación Construcción planta de extracción por solventes SX Cu
. Construcción planta de electro-obtención Cu.
Cabe señalar, que la planta de lixiviación, planta de extracción por solvente SX Cu y la planta de electro-obtención, se encuentran aprobadas en el proyecto original, pero se construirán en el marco del actual proyecto en evaluación.
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Asimismo, se requiere de una ampliación y modificación de las instalaciones aprobadas según Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta, las cuales se presentan en la tabla 2.3-1 de la DIA.
El equipo a instalar será sólo el segundo horno de tostación y como instalaciones de apoyo se instalarán nuevos estanques de almacenamiento de insumos (Ácido Sulfúrico, Petróleo y solvente Escaid 110).
Las características de los estanques se presentan en las páginas 43 a 46 de la DIA y páginas 23 a 26 de la Adenda 1 de la DIA.
Para la instalación del equipo y los estanques se realizarán las siguientes actividades:
. Movimiento de tierra » Construcción de fundaciones . Construcción pretiles de contención de
derrames para los estanques.
Las actividades de la etapa de construcción del proyecto se indican en la tabla 3.1-1 de la DIA.
3.1.8. Etapa de operación 3.1.8.1. Diagrama de procesos productivos
El diagrama general del proceso productivo para el proyecto ampliación, considerando la capacidad total de los dos hornos de tostación se presenta en la figura 1.1-1 de la Adenda 1 de la DIA.
3.1.8.2. Operación de las plantas productivas proyecto ampliación
3.1.8.2.1. Recepción de la Molibdenita
El Molibdeno llegará a la planta de tostación en forma de polvo de molibdenita, producto del proceso de concentración de Cobre-Molibdeno,
La molibdenita se recibirá en sacos de una tonelada con una humedad promedio de 10%, lo cual permite un grado de agregación que evitará, en parte, la dispersión de polvo.
3.1.8.2.2. Segundo horno de tostación
El segundo horno de tostación será idéntico al primer horno, esto es, un horno vertical multi-cámara de 14 pisos y 21,5 pies de diámetro exterior, con una capacidad de 33,5 millones de libras de Molibdeno al año y un patio de acopio adicional de 8.000 m?, aproximadamente.
La planta de tostación de Molibdenita, tendrá como finalidad la conversión del concentrado de Disúlfuro de Molibdeno (MoS;,) en Trióxido de Molibdeno u OxMo (MoO; grado técnico), requiriéndose para este propósito energía calórica y oxígeno obtenido del aire ambiental.
El proceso de transformación de concentrado de Molibdeno (MoS») a Trióxido de Molibdeno (MoO;), se realizará en los hornos multipisos de operación continua, donde el concentrado descenderá por gravedad, en contracorriente respecto del gas de proceso (aire principalmente), la reacción de oxidación será exotérmica y se deberá mantener un perfil de temperatura entre 400 y 700? C, que permitirá la ocurrencia de las reacciones del Molibdeno sulfurado a Óxido de Molibdeno.
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: De esta forma, la configuración final para la planta de tostación, una vez instalado el segundo horno de tostación, quedará definida por las siguientes capacidades máximas instaladas:
Tabla N*1: Capacidad máxima de producción con segundo horno de tostación
Capacidad Capacidad
MM Ib Mo/año | — (ton Mo /año) Situación Horno1 + 33,5 15.195 Proyecto Aprobado Horno 2 33,5 15.195 Proyecto Ampliación Total Capacidad Hornos 67,0 30.390 Incremento Capacidad 100 % 100%
3.1.8.2,3. Planta de homogenización y envase
El proyecto ampliación, considerará que la planta de homogenización y envase, amplíe su capacidad productiva al doble, junto con una ampliación en superficie de 1.250 m?.
En esta planta se almacenará, homogenizará y envasará el producto final (OxMo). Este material se transportará a los silos de almacenamiento mediante un sistema de transporte neumático.
Entre los silos para recepcionar y almacenar el OxMo, se considerará uno destinado para el material que se encuentre fuera de los rangos de especificación técnica, el cual retornará nuevamente al proceso. Además, se considerará la instalación de un silo adicional para situaciones de emergencia de fallas de equipos o mantenciones programadas.
Finalmente, luego de uma operación de homogenización, el OxMo será envasado en tambores o maxisacos para su despacho a ventas.
3.1.8.2.4. Planta de tratamiento de gases
La planta de tratamiento de gases, se compondrá de la planta de lavado de gases y de la planta de Ácido Sulfúrico, las cuales mantendrán las características de capacidad aprobadas según Resolución Exenta N% 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta, suficientes para tratar los nuevos volúmenes considerados en el proyecto ampliación. Sólo se contemplará ampliar estas plantas en superficie, de acuerdo al nuevo layout (Ver Anexo Plano de la DIA).
a) Planta de lavado de gases
Se contemplará una superficie de ampliación de 1.200 m?. En la planta de lavado de gases será retenido el material particulado, la neblina ácida y los vapores condensables presentes en el gas. Esta planta constará de dos etapas: limpieza seca, para eliminar parte importante del material sólido arrastrado, y limpieza húmeda, que a través de varios equipos elimina la totalidad del polvo remanente y neblina ácida. Mayores antecedentes se presentan en las páginas 39 y 40 de la Adenda 1 de la DIA.
Es importante mencionar, que toda el agua proveniente del proceso de lavado de gases, no corresponderá a un agua residual, pues será parte del proceso productivo. En efecto, este líquido será enviado junto con el líquido de la planta de lixiviación sulfúrica, a la planta SX-Mo, donde se extrae el Mo. A su vez, estas soluciones continuarán hacia la planta SX-Cu, donde se extrae el Cu, y finalmente terminan en la planta de riles. Las aguas tratadas de la planta de riles serán enviadas a piscinas de evaporación y, por lo tanto, no existirá descarga de riles.
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El proceso de la planta de tratamiento de gases será cerrado y trabajará a presiones negativas, con lo cual se evitan las emisiones fugitivas, por lo tanto, no tiene asociada una eficiencia en el abatimiento de SO..
b) Planta de Ácido Sulfúrico
En el proyecto ampliación, la planta de Ácido Sulfúrico será optimizada en su funcionamiento para llegar a una transformación de SO, de un 98%, en vez del 96% indicado en el proyecto aprobado, asegurando, de este modo, que la instalación del segundo horno de tostación, no generará emisiones superiores a las ya presentadas en el proyecto aprobado (Ver Anexo 2 de la DIA, Análisis Calidad del Aire). Se adjunta en Apéndice 2.2. del Anexo 2 de la DIA, Análisis Calidad del Aire, la respectiva garantía del fabricante (firma danesa Haldor Topsoe) en cuanto a asegurar el 98% de eficiencia.
Por otra parte, se contemplarán dos estanques adicionales de 700 m* cada uno y una superficie de ampliación de 400 m?,
Las figuras 1.2-2 y figura 1.4-1, ambas de la Adenda 1 de la DIA, presentan el Diagrama con las dos reacciones estequiométricas principales de la planta en las condiciones de operación de ambos hornos simultáneamente y el Diagrama de flujos de la planta de Ácido Sulfúrico, respectivamente.
En la tabla 1.2-1 de la Adenda 1 de la DIA, se muestra la caracterización de los gases de entrada y salida de la planta de ácido.
La cantidad de Ácido Sulfúrico producido será 61.673 ton/año para la venta.
3.1.8,2.5. Planta de lixiviación
El proyecto ampliación, contemplará la construcción y la entrada en operación de la planta de lixiviación ya aprobada, manteniendo la capacidad de lixiviación del proyecto aprobado, esto es, 40 millones de libras de Molibdeno (18.144 ton).
La figura 3.2.2.4-1 de la DIA, presenta un diagrama de flujo de la planta de lixiviación.
El Óxido de Molibdeno se lixiviará con una solución de Ácido Sulfúrico, y luego será filtrado (filtro de prensa o de banda). La solución ácida disuelve tanto el Cobre como parte del Molibdeno y se enviará a la planta de extracción por solvente Mo para la recuperación de Molibdeno, y posteriormente a la planta de extracción por solvente Cu.
El Óxido de Molibdeno libre de Cobre y filtrado, se llevará mediante correas transportadoras a un secador rotatorio que será calentado con gas natural, para eliminar el contenido de humedad, se obtendrá 54.049 ton/año para la venta.
Los gases y el vapor de agua extraídos del secador rotatorio serán tratados en un filtro de mangas y limpiados en un lavador de gases antes de ser emitidos a la atmósfera. El producto será enfriado con tornillos transportadores refrigerados con chaqueta de agua y llevado a los silos de la planta de homogenización y envase.
3.1.8.2.6. Planta SX de recuperación Mo
El proyecto ampliación, considerará la ampliación de la capacidad productiva de la planta de extracción por solventes SX Mo, esto es, de una producción de 163 ton/año (proyecto aprobado) a 222 ton/año de licor de Molibdeno (precipitado de Molibdato). De acuerdo a lo anterior, se contemplará una ampliación en superficie de 4.000 m?,
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El objetivo de esta planta, será recuperar el Molibdeno contenido en la solución ácida proveniente del licor recuperado de la planta de lavado de gases. De esta forma, se recuperará el Molibdeno contenido en esta solución, la cual será procesada en dos etapas de extracción y dos etapas de re-extracción.
Mayores antecedentes se presentan en las páginas 37 a 38 de la DIA.
3.1.8.2.7. Planta de recuperación SX Cu
El proyecto ampliación, contemplará la construcción y entrada en operación de la planta SX de recuperación Cu, ampliando la capacidad productiva de 487 ton/año (proyecto aprobado) a 1.696 ton/año de Cobre electrolítico.
De acuerdo a lo anterior, se contemplará una ampliación en superficie de 4.000 m?”. El objetivo de esta planta, será recuperar el Cobre contenido en refino de SX Mo.
3.1.8.2.8. Planta de electro-obtención Cu
El proyecto ampliación, contemplará la construcción y la entrada en operación de la planta de electro-obtención Cu, considerando una ampliación en la capacidad productiva de 487 ton/año (proyecto aprobado) a 1.696 ton/año de Cobre electrolítico,
De acuerdo a lo anterior, se contemplará una ampliación en superficie de 3.000 m?. El objetivo de esta planta será, mediante proceso electrolítice en celdas cerradas, producir cátodos de Cobre de alta pureza.
En la figura 3.2.2.7-1 de la DIA, se presenta el diagrama de flujo de electro — obtención Cu.
El Cobre que se obtendrá será 858 ton/año. 3.1.8.2.9. Planta de tratamiento de riles
En la planta de tratamiento de riles, se neutralizarán todos los flujos de descarte provenientes de las plantas de extracción por solventes, tanto de SX Mo como de SX Cu, obteniéndose, por un lado, una corriente de agua limpia que será reingresada como agua de proceso, y por el otro lado, agua con sólido en suspensión o borras. La planta cuenta con procesos de tratamiento primario y secundario, los cuales fueron aprobados según Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta.
En el proyecto ampliación, debido a los mayores volúmenes de líquidos utilizados en los distintos procesos, se estima que la planta de tratamiento de riles procesará un total de 568 m”/día, manteniéndose el tratamiento primario y secundario. Se contemplará una ampliación en superficie de 2.800 m?.
Los nuevos flujos a ser tratados en esta planta se muestran en la figura 3.2.2.8-1 de la DIA.
Mayores antecedentes sobre la planta de tratamiento de riles, se presentan en las páginas 70 a 71 de la DIA y páginas 28 a 32 de la Adenda 1 de la DIA.
3.1.8.2.10, Calderas
Se contemplará mantener las dos calderas similares, aprobadas según Resolución Exenta N* 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta. Una de
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ellas stand by, de una capacidad estimada de 10 ton/h de vapor, potencia de 700 HP, a una presión de trabajo de 150 psi, y un consumo esperado de 40 m*/mes de petróleo.
3.1.8.3. Obras marítimas
El proyecto ampliación, requiere un mayor volumen de captación de agua de mar, es por esto, que las obras de ingeniería marítimas consideradas en el proyecto aprobado, dejaron de ser viables técnicamente.
De acuerdo a lo anterior, las nuevas obras consistirán en tomar agua de mar mediante un sistema de captación con cañerías, las cuales se extienden desde la cámara de bombas ubicada en sector de terreno de playa por 102 m enterrados en la playa, y luego por otros 108 m desde el nivel de más baja marea.
En relación al sistema de descarga de salmuera, se prolongará la tubería hasta 206 m desde el nivel de más baja marea, manteniendo 102 m enterrados hasta la cámara de bombas en la playa.
En Anexo 5a de la DIA, se adjunta ingeniería de las obras marítimas consideradas en el proyecto ampliación. Asimismo, en Anexo 5b de la DIA, se adjunta Resolución de fijación zona de protección litoral (Ord. 12.600/1061), que fija en 75 m el ancho de la zona de protección litoral para el emisario submarino de la planta de osmosis inversa, ubicado en la Bahía de Mejillones, aguas de jurisdicción de la Gobernación Marítima de Antofagasta.
En la figura 3.2.3-1 de la DIA, se presentan los puntos de captación y descarga de agua de mar definitivos.
3.1.8.4. Islas de carga y descarga
El proyecto ampliación, contará con tres islas de carga y descarga; dos destinadas a la descarga del petróleo y una para las operaciones de carga del Ácido Sulfúrico. Las superficies de estas zonas serán de pavimentos rígidos impermeables, contarán con sistema para control de derrames y absorbentes adecuados. Las operaciones de carga y descarga estarán debidamente señalizadas a través de barreras móviles,
3.1.8.5. Planta de osmosis inversa
El proyecto ampliación ampliará el volumen de captación de agua de mar. La planta de osmosis inversa, será diseñada para entregar 36.400 m'/mes, para suplir la totalidad de necesidad de operación del proyecto.
3.1.8.6. Red de incendio
Las instalaciones de Complejo Industrial Molynor S.A., contarán con red húmeda de incendios aprobada según Resolución Exenta N* 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta.
3.1.8.7. Enfermería
Dado que el Complejo Industrial Molynor S.A. se afilió a la ACHS en Antofagasta, la cual posee instalaciones de Sala de Enfermería en la localidad de Mejillones y un hospital en la ciudad de Antofagasta, se contará dentro de las instalaciones sólo con un Gabinete de Primeros Auxilios.
3.1.9. Materias primas, productos e insumos El transporte de las materias primas, productos e
insumos no forma parte de la DIA, se externalizarán a través de contratistas debidamente autorizados.
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3.1.9.1. Cantidades anuales de materias primas, productos e insumos
En la tabla 3.2.7.1-1 de la DIA, se indican las cantidades anuales de materias primas, productos e insumos del proyecto aprobado, proyecto ampliación y total con ambos proyectos.
3.1.9.2. Cantidades máximas a almacenar
En la tabla 3.2.7.2-1 de la DIA se presentan las cantidades máximas a almacenar de Ácido Sulfúrico, Amoníaco líquido, cal y petróleo, en el proyecto aprobado, en el proyecto ampliación y el total contemplado a almacenar en la planta. Cabe señalar, que las cantidades máximas a almacenar de Amoníaco líquido y cal, se mantienen de acuerdo a lo establecido en el proyecto aprobado.
En Anexo 4a de la DIA, en el estudio de riesgo, se identifican las sustancias a almacenar mencionadas en la tabla anterior, precisando la clasificación de los riesgos, las propiedades físicas y químicas, y las características toxicológicas e identificación de los riesgos para la salud humana y el medio ambiente.
3.1.9.3. Consumos básicos de la planta
En la tabla 3.2.7.3-1 de la DIA, se presentan los consumos básicos estimados para los diferentes procesos e instalaciones y la potencia instalada, comparando el proyecto aprobado y el proyecto ampliación.
En la tabla mencionada, se observa que se requerirá una potencia máxima total proyectada de 15.000 KVA.
3.1.9.4. Suministro de energía eléctrica
Para el proyecto ampliación, se considerarán 2 subestaciones adicionales. Una de 3.000 KVA y la otra de 6.000 KVA instalados, compuestas por 1 y 2 transformadores de 3.000 KVA respectivamente. Ambas, contando con celdas de media y baja tensión incorporadas, lo cual constituye un equipo modular de fácil instalación. En total contará con una potencia total instalada de 18.000 KVA.
Se considerará la instalación de un sistema ininterrumpido de potencia, UPS dinámico con volante de inercia, consistente en un máximo de tres unidades de capacidad estimada, de 1.800 KVA cada una, para cubrir principalmente la línea productiva asociada a plantas de tostación, lavado de gases y ácido.
3.1.9.5. — Balance de agua de procesos
La fuente de abastecimiento desde donde se extraerá la totalidad de agua industrial requerida será el mar, a través de un sistema de captación por medio de cañerías conectadas por un sistema de vasos comunicantes al sistema de bombeo, que la impulsará desde la playa hasta la planta. En la figura 3.2.7.5-1 de la DIA, se presenta un balance global de agua.
El agua de mar, será desalinizada a través de la planta de osmosis inversa, cuya línea de tratamiento, etapas del proceso, flujograma y volúmenes estimados de flujos, fueron indicados en el punto 3.2.7.6 de la DIA.
El agua de proceso a requerir será 36.400 m*/mes.
3.1.9.6. Planta de osmosis inversa
La planta de osmosis inversa, dispondrá en su línea de tratamiento de tres etapas: etapa de pre-tratamiento, etapa de tratamiento y etapa de post-
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tratamiento. Dichas etapas fueron aprobadas según Resolución Exenta N” 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta. En la figura 3.2.7.6-1 de la DIA, se presenta el diagrama básico de la planta de osmosis inversa.
A la planta de osmosis inversa ingresarán 96.000 m'/mes de agua de mar, de los cuales 57.600 m“/mes será agua de rechazo, 36.400 m'/mes ingresará como agua industrial al proceso y 2.000 m'/mes se utilizarán como agua potable, considerando el peor escenario en el cual no existirá recirculación de agua del proceso.
En la figura 3.2.7.6-3 de la DIA, se presenta el flujograma de la planta de osmosis inversa, adaptado a los nuevos volúmenes de agua requeridos.
3.1.10. Plan de contingencia
En el Anexo 3b de la Adenda 1 de la DIA, se presenta el plan de contingencia, el cual está asociado a la disminución de carga y detención de los hornos de tostación ante paralizaciones, tanto programadas como no programadas (caidas) del sistema de control de gases (planta de lavado de gases y planta de Ácido Sulfúrico).
Ante la detención de la planta de ácido, por fuerza mayor, se considera la detención de los dos hornos de tostación.
3.1.11. Etapa de abandono
La vida útil del proyecto será de 30 años, considerando las correspondientes mantenciones y actualizaciones pertinentes según los avances de la tecnología. Por lo tanto, no se ha considerado una etapa de abandono propiamente tal y en caso que, por razones comerciales u otras, se deba cerrar la planta, los residuos deberán manejarse de acuerdo a la legislación vigente en términos de su gestión y disposición final en lugares autorizados. No obstante lo anterior, en caso de tener que desmantelar las instalaciones, se procederá de la siguiente manera:
Se desmantelarán todos los equipos, los cuales podrán ser vendidos o rematados a la industria minera. De este modo, quedarán disponible los galpones, bodegas y edificios, los cuales podrán ser también vendidos junto al terreno para su empleo como cualquier actividad industrial o de bodegaje en el lugar actual que corresponde a una zona industrial exclusiva.
Se considerará la demolición de estructuras fijas, en especial las estructuras de hormigón armado tanto terrestres como marítimas. Asimismo, el proceso de abandono incluirá el desarme de la totalidad de las instalaciones marítimas (cañerías de impulsión y descarga).
En general, en caso de abandono, se dejará el lugar en condiciones similares a las encontradas en un comienzo.
3.1.12. Plan de seguimiento ambiental El proyecto considerará mantener el Plan de
Seguimiento Ambiental establecido en la Resolución Exenta N* 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta. Dichas medidas serán para los siguientes componentes ambientales:
. Emisiones atmosféricas y calidad del aire (Monitoreo y control)
. Agua
. Aguas marinas
. Flora y fauna
. Suelos
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Mayores antecedentes se presentan en las páginas 73 a 77 de la DIA.
Además, el titular con la finalidad de verificar el cumplimierito de los límites de emisión comprometidos en el proyecto ampliación, realizará monitoreo de emisión por chimenea para los contaminantes SO, y NOx, en forma continua y en línea, el cual será realizado por metodología reconocida y aprobada por la SEREMI de Salud. Dicho monitoreo se realizará a partir de la operación del segundo horno de tostación y se llevará a cabo por toda la vida útil del proyecto.
Adicionalmente, el titular entregará de forma mensual a la Dirección Regional del SAG, los resultados del periodo horario (concentración máxima de una hora) medidos en la Estación de monitoreo de SO, que el Complejo Industrial Molynor S.A. tiene instalada en el punto de máximo impacto de su proyecto original.
- Descripción de emisiones, descargas y residuos
4.1. Etapa de construcción
ARA Emisiones atmosféricas
En la tabla siguiente se presentan las emisiones a la atmósfera de la etapa de construcción:
Tabla N*2: Emisiones en la etapa de construcción
¡Actividad / Fuente de emisión MP| Proyecto ¡Ampliación (ton/año)
Polvo en suspensión Tránsito ¡Camiones Caminos Pavimentados 4,36
Polvo en suspensión Tránsito
¡Camiones Caminos Sin pavimento 0,61 Emisiones de Combustión Motores 4 Camiones 0,0
Total 4,98
Mayores antecedentes de la estimación de emisiones en la etapa de construcción, se presentan en Anexo 2a de la Adenda 1 de la DIA.
Con la finalidad de evitar la generación de material particulado provenientes de la maquinaria, el proyecto ampliación incorporará en sus medidas de control, las establecidas en la Resolución Exenta N 0321/08 del 23 de Septiembre de 2008 de COREMA Región de Antofagasta, que modifica algunas medidas establecidas en la Resolución Exenta N 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta, a saber:
. Usar un camión aljibe para la humectación de las vías de circulación y acceso a frentes de trabajo.
. Estabilizar mediante material granular o similar, el cual se compactará en los accesos y vías internas de circulación.
. Cubrir con polietileno aquellos acopios de material con volúmenes mayores a 30 m*, cuando esté previsto mantenerlos sin uso por más de 48 horas. .
. Mediante material granular o similar, compactará los accesos y vías internas de circulación.
. Se realizarán barridos diarios para
mantener limpio el acceso/salida a la calle pública.
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PEA Residuos líquidos
Los únicos residuos líquidos generados en esta etapa, corresponderán a aguas servidas 3 m'/día, las que serán enviadas a la planta de tratamiento de aguas servidas, aprobada según Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta.
4.1.3. Residuos sólidos
Durante la etapa de la construcción, se generarán residuos sólidos producto de las actividades de algunas excavaciones, instalación de faenas, materiales sobrantes de embalajes de equipos. Asimismo, se generarán residuos sólidos de tipo domésticos, por parte de los trabajadores durante el periodo que dure esta etapa.
Los residuos domésticos serán almacenados temporalmente en receptáculos especialmente habilitados para este efecto, para luego ser dispuestos en el vertedero municipal,
Los restos de embalajes y residuos que no correspondan a escombros, siendo no peligrosos, serán enviados al vertedero municipal u otro lugar autorizado.
En la página 60 de la DIA, se presenta un listado de medidas de control que serán adoptadas por Complejo Industrial Molynor S.A., para garantizar un manejo óptimo de los residuos,
En la tabla siguiente se presentan las cantidades de residuos sólidos generados en la etapa de construcción:
Tabla N*3: Cantidad de residuos generados en la etapa de construcción
Proyecto Descripción Residuos ¡Ampliación cualitativa [ton/mes)
Lodos orgánicos de la [Planta de Tratamiento 1,68 No Peligroso de Aguas Servidas.
Domésticos ] 21 No Peligroso
Instalación de faenas ly material sobrante de 3 No Peligroso embalaje de equipos
4.1.4. Emisiones de ruido
En la etapa de construcción las principales actividades serán; excavaciones, construcción de plataformas y fundaciones, montaje de equipos al aire libre, montaje de plantas, excavaciones, construcción de naves y finalmente, montaje de estanques, tuberías y estructuras metálicas.
De acuerdo al estudio de impacto acústico, adjunto en Anexo 3 de la DIA y la figura 4.1.2-1 de la DIA, donde se presenta el mapa de ruido para situación en la etapa de construcción de la planta, las emisiones de ruido de las faenas de construcción de la planta no sobrepasarán los 70 dB(A).
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Sin embargo, con la finalidad de reducir las emisiones acústicas en la etapa de construcción del proyecto ampliación, se tomarán las siguientes medidas de control:
. Se emplearán maquinarias que cuenten con tecnología que reduzca las emisiones de ruido.
. Se efectuará un control de horario y velocidad de los camiones y maquinarias que participan en las obras de construcción.
. Aquellos que participen en las obras, deberán realizar y respaldar (con documentos) la mantención adecuada y permanente de las maquinarias.
. Se utilizarán equipos y maquinarias de bajo
ruido, que posean especificaciones en cuanto a niveles de emisión y que cuenten con silenciadores de calidad “residencial”, acreditable mediante certificado u otro documento del proveedor.
] . Los contratistas que requieran utilizar maquinaria de ruidos estridentes, deberán tener la autorización de la Dirección de Obras Municipales respectiva, en la cual se fijen los horarios para su utilización.
. Las actividades de construcción se organizarán en horarios compatibles con los niveles permisibles de inmisión de ruido, de modo que las faenas cumplan con el D.S. N* 146/97 del MINSEGPRES.
4.2. Etapa de operación 4.2.1. Emisiones atmosféricas
El proyecto ampliación, contemplará incorporar un segundo horno de tostación de similares características al aprobado. De este modo, al duplicar la capacidad de tostación de molibdenita, las emisiones se duplicarán para MP10, CO y COV. Para SO, y NOx, se contemplará mantener el nivel de emisiones del proyecto aprobado, esto es, 840,3 ton/año y 59 ton/año, respectivamente.
. El nivel de SO, se mantendrá producto del aumento de la eficiencia de captación de SO, (98%). En Apéndice 2.2. del Anexo 2 de la DIA, se entrega la respectiva garantía del fabricante para asegurar el 98% de eficiencia. Además, en Apéndice 2.3. del Anexo 2 de la DIA, se entrega informe de mediciones de gases en la Planta Molymet Nos, Región Metropolitana, que confirma un nivel de concentración de emisiones inferior al comprometido en este análisis.
Del mismo modo, se mantendrán las emisiones de NOx, al considerar que el nivel de concentración no superará los 100 mg/móN, lo cual se comprueba con mediciones recientes de la planta actual en Molymet Nos, en la Región Metropolitana. En Apéndice 2.3. del Anexo 2 de la DIA, se entrega informe de mediciones de gases en la Planta Molymet Nos, Región Metropolitana, que confirma un nivel de concentración de emisiones inferior al comprometido en este análisis.
Las emisiones del proyecto ampliación y del proyecto aprobado, se resumen en la siguiente tabla:
Tabla N*4: Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto. Proyecto Ampliación y Proyecto Aprobado (ton/año)
Emisión 1 Emisión 2 [Emisión Horno de [Hornos de (caldera oo mor dia proyecto [proyecto royecto [proyecto [proyecto ñ nrobedo Cenpitación Probado pprobado tampliado ¡SO> 839,6 839,6 0,7 840,3 840,3 IMP10 2,58 5,6 2 4,8 7,6
Emisión Emisión total total
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Emisión 1 [Emisión 2 ¡Emisión Horno de [Hornos de [caldera tostación tostación [industrial proyecto [proyecto [proyecto aprobado ampliación aprobado
Emisión Emisión total total proyecto [proyecto ¡aprobado ampliado
ee) 271,3 542,5 4 275,3 546,5 ¡NOx 43,1 43,1 15,9 59 59 [cov 6,5 12,9 - 6,5. 12,9
Como medidas de control se puede señalar que en la primera etapa de manejo, en la carga de los hornos, se contará con campanas extractoras de polvo, para el control de éste a la atmósfera. Los hornos 'emitirán gases de producto de la tostación, con alto contenido de material particulado, el cual será capturado en parte, por medio de un ciclonaje,
El ciclón trabajará con una eficiencia de 70%. La cantidad de material particulado recuperado será devuelto al horno como carga circulante, y alcanzará aproximadamente a un 20% de la carga fresca.
El precipitador electrostático que recibirá el 30% restante del polvo en el gas que no será retenido por el ciclón, abatirá el 98% de éste. A continuación el lavador de flujo radial, tratará el 2% restante con una eficiencia de 96%.
El polvo remanente equivale al 0,011% de la carga total y continuará a la planta de ácido y será derivado posteriormente a la chimenea.
En la figura 3.2.2.1-2 de la DIA se presenta el sistema de captación de polvo.
Las unidades de captación de polvo se instalarán en las fuentes de emisión tales como los sectores de correas y chutes de alimentación, transferencias y extracción de gases del horno.
Cabe señalar, que se contemplará sólo una chimenea asociada a los dos hornos de tostación, cuya función será la evacuación de las emisiones atmosféricas, previamente tratadas por los equipos de abatamiento de emisiones de material particulado y gases (planta de tratamiento de gases), generados en el proceso productivo.
4.2.2. Residuos líquidos
Uno de los residuos líquidos que se generarán en el proyecto ampliación, corresponderán a las aguas servidas.
El número de trabajadores que consideró el proyecto aprobado, corresponde a 151 personas. De acuerdo a esto, se consideró para el tratamiento de aguas servidas, la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas estándar para 350 personas, la cual cuenta con métodos de tratamiento primario (procesos físicos), secundario (procesos químicos) y terciarios (otros procesos específicos), instalándose además eficientes sistemas de alcantarillado.
El proyecto ampliación, contemplará 74 trabajadores adicionales, lo que generará un volumen de 15 mIdía, cuya demanda será absorbida por la planta de tratamiento de aguas servidas.
De acuerdo a lo anterior, el proyecto ampliación no contemplará modificación respecto a la planta de tratamiento de aguas servidas, ya que está diseñada para un total de 350 personas.
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Otro de los residuos líquidos será 57.600 m'/mes de agua de rechazo de la planta de osmosis inversa, los cuales se dispondrán en el mar. Dichos residuos cumplirán con el D.S.N90/00 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula los contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
4.2.3. Residuos sólidos
En la tabla N*5 siguiente, se presentan las cantidades y los residuos sólidos generados en el proyecto aprobado y en el proyecto ampliación.
En la etapa de operación del proyecto ampliación, se estima que los residuos relacionados directamente con el aumento de la producción de tostación aumentarán.
Cabe destacar, que de la lista de residuos identificados, los únicos clasificados como peligrosos por encontrarse en los listados establecidos en el D.S. N” 148/03 del Ministerio de Salud, serán los residuos provenientes del mantenimiento de los equipos y maquinarias (aceites y solventes, principalmente), envases vacíos que contuvieron sustancias peligrosas, sustancias químicas vencidas del laboratorio químico y los provenientes de actividades de primeros auxilios.
Tabla N*5: Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a proyecto aprobado y proyecto ampliación (ton/año)
Proyecto | Proyecto Total [Descripción]
Residuos Aprobado lAmpliación| residuos | cualitativa
Borras de la Planta de
Tratamiento de RlLes NN 8.000 93.000 e
Lodos orgánicos de la Planta de Tratamiento de 20,4 0 20,4 NP ¡Aguas Servidas.
Residuos asimilables a
domésticos 250 0 250 NP axisacos de Molibdenita Óxido Técnico 300 0 300 NP lnsondicós de cal 100 0 100 P Pallets 190 0 190 NP
Mantenimiento de los equipos y maquinaria 20 10 30 P aceites, solventes, etc.)
Sustancias químicas vencidas de laboratorio y 5 3 8 p envases desechados
Provenientes de Primeros auxilios
NP: No Peligroso; P: Peligroso
podtio En general, el manejo de los distintos residuos será de acuerdo a lo siguientes criterios:
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. Se identificarán y etiquetarán los residuos peligrosos. Particularmente, los contenedores del aceite y solvente usados, y de los residuos provenientes de actividades de primeros auxilios, serán clasificados como clases 9, 3 y 6, respectivamente.
. Complejo Industrial Molynor S.A. establecerá dentro de los procedimientos de cada uno de los residuos peligrosos, la. prohibición de mezclar éstos con residuos no peligrosos o con otras sustancias o materiales.
. La frecuencia de retiro de los residuos se ejecutará de acuerdo a las cantidades a generar y al tamaño de los contenedores a disponer para cada uno de ellos. Por ejemplo, los residuos asimilables a domésticos (casino y oficinas) serán retirados dos veces a la semana. Los lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas se retirarán una a dos veces en el año.
. Los contenedores, isoestanques de 1 m* o tambores de 208 | para el caso de los aceites y solventes usados, y contenedores de aproximadamente 120 | para los residuos provenientes de las actividades de primeros auxilios, cumplirán los siguientes requisitos:
E Contarán con un espesor adecuado y de material que sean resistentes al residuo almacenado y estancos (a prueba de filtraciones).
-
Diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.
-
Siempre se encontrarán en buenas condiciones, reemplazándose todos los contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención.
Complejo Industrial Molynor S.A. utilizará para la disposición de sus residuos industriales sólidos y peligrosos las instalaciones del Relleno Autorizado que tendrá habilitada la empresa Hidronor en la Zona Norte, u otra empresa autorizada para dicho fin.
El almacenamiento de los residuos, se realizará de la misma forma que lo establecido en el proyecto aprobado. De acuerdo a lo anterior, se dispondrá de una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos, la cual cumplirá con todos los antecedentes técnicos indicados en los artículos 33 y 34 del D.S. N” 148/03 del Ministerio de Salud, a saber:
. Una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
. Un cierre perimetral de 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales (bodega al interior del galpón).
. Techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar (bodega al interior del galpón).
. Instalación de un sistema de recolección y
captación de posibles escurrimientos o derrames, con una capacidad no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
. Implementación de la señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93. . El sitio de almacenamiento contará con
acceso restringido.
Finalmente, todos los residuos serán enviados a destinos autorizados.
4.2.4. Emisiones de ruido
Para la etapa de operación del proyecto ampliación, el principal aporte sonoro lo realizarán las torres de enfriamiento, sistemas de ventiladores de las plantas de lavado y ácido, y principalmente la sala de generadores con 3 equipos de 1.800 KVA operando, pero por su posición y distancias involucradas no inciden en los sectores aledaños:* pr
ES
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Se adjunta en Anexo 3 de la DIA el estudio de impacto acústico del proyecto.
En figura 4.2.2-1 de la DIA, muestra la proyección de los niveles de ruido esperados para el proyecto ampliación, en la peor condición proyectada que considera la operación de 3 grupos generadores de 1.800 KVA, con el proyecto funcionando de forma normal. El mapa muestra el nivel de ruido total de la planta.
Las nuevas instalaciones contribuyen a valores de nivel de ruido que no sobrepasen los 70 dB(A) llegando a 63 dB(A) en cualquiera de los puntos. En la tabla 4.2.2-1 de la DIA se presenta la evaluación acústica de la planta, de acuerdo al D.S. 146/97 del MINSEGPRES.
Es importante mencionar que, fuera de los límites del predio del proyecto, los niveles de ruido se reducirán por la distancia y por lo tanto los efectos en la fauna silvestre, cuyo mayor cuidado lo requiere el Gaviotín Chico, tendrá una exposición a ruido a niveles inferiores al valor señalado.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:
5.1. Normativa ambiental 5.1.1. Emisiones a-la atmósfera a) D.S. N* 144/61 del Ministerio de Salud.
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, incluyendo gases, vapores, humos y polvo.
Forma de cumplimiento
Para la etapa de construcción y operación, su cumplimiento fue descrito en el punto 4.1.1. y 4.2.1. de esta Resolución Exenta. Tal como se mencionó anteriormente, los hornos de tostación contarán con una planta de tratamiento de gases, consistente en un sistema de control de emisiones que contará con precipitador electrostático, planta de lavado de gases y planta de Ácido Sulfúrico.
: Las calderas y grupos electrógenos funcionarán con diesel o gas natural y sus emisiones serán menores y sujetas a los estándares de estos equipos, definidos en este análisis.
El proyecto ampliación, contemplará incorporar un segundo horno de tostación de similares características al aprobado. De este modo, al duplicar la capacidad de tostación de molibdenita, las emisiones se duplicarán para MP10, CO y COV.
. Para SO, y NOx, el proyecto ampliación contempla mantener el nivel de emisiones del proyecto aprobado. De esta forma, para SO, el nivel de emisión se mantendrá producto de contemplar una mayor eficiencia de captación de SO, (98%). Más detalle de lo anteriormente citado, se adjunta en Anexo 2 de la DIA, Análisis de Calidad del Aire.
Las emisiones anuales y su participación respecto a otros proyectos industriales en la zona de Mejillones, se presentaron en el punto 6.1. de la DIA y en Anexo 2 de la DIA, Análisis Calidad del Aire.
b) D.S. N*138/05 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica.
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Forma de cumplimiento
En los puntos 4.1.1, y 4.2.1. de esta Resolución Exenta, se presenta una estimación de las emisiones atmosféricas del proyecto ampliación. Las cuales serán declaradas según dicho Decreto.
5.1.2. Residuos sólidos a) D.S.N*594/99 del Ministerio de Salud. Establece condiciones sanitarias y ambientales básicas para todo lugar de trabajo. Artículos
18,19 y 20. Forma de cumplimiento
Los residuos generados, ya sea en la etapa de construcción, como en la operación y previo a cualquier movimiento de éstos, Complejo Industrial Molynor S.A. solicitará a la SEREMI de Salud Región de Antofagasta las respectivas autorizaciones y realizará la declaración de residuos correspondiente.
En Anexo 1c de la DIA, se adjunta la autorización de la SEREMI de Salud de Antofagasta, para el almacenamiento temporal de residuos (el cual no superará los 6 meses), correspondiente al Permiso Ambiental Sectorial del artículo N* 93 del Reglamento del SEIA, de acuerdo al proyecto aprobado.
El proyecto ampliación, generará mayores cantidades de residuos, tal como se mostró en la tabla N7 de esta Resolución Exenta, es por esta razón, que en Anexo 6b de la DIA, se presentan nuevos antecedentes para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del artículo N 93 del Reglamento del SEIA.
b) D.S. N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
En Anexo 1c de la DIA, se adjunta la autorización de la SEREMI de Salud de Antofagasta, para el almacenamiento temporal de residuos, correspondiente al Permiso Ambiental Sectorial del artículo N* 93 del Reglamento del SEIA, de acuerdo al proyecto aprobado.
El proyecto ampliación, generará mayor cantidad de residuos, tal como se presenta en los puntos 4.1.3, y 4.2.3. de esta Resolución Exenta, es por esta razón, que en Anexo 6b de la DIA, se presentan nuevos antecedentes para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del artículo N* 93 del Reglamento del SEIA.
Finalmente y según la entrada en vigencia del Sistema de Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP) vía Internet, se realizará la declaración de acuerdo a lo establecido en el artículo 83 del indicado reglamento.
5.1.3. Residuos líquidos
a) D.S.N*594/99 del Ministerio de Salud. Establece condiciones sanitarias y ambientales básicas para todo lugar de trabajo. Artículos 16.
Forma de cumplimiento
Los residuos líquidos serán manejados de acuerdo a lo señalado en los puntos 4.1.2. y 4.2.2. de esta Resolución Exenta.
5.1.4, Ruido
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a) D.S. N*%146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.
b) D.S. N* 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Forma de cumplimiento
Para la cuantificación de los niveles de presión sonora en la localidad de Mejillones, se utilizó la metodología indicada en el Anexo 3 de la DIA y se cumplirá con los niveles diurno y nocturno señalados en dicho Decreto. Mayores antecedentes se presentan en las páginas 43 a 46 de la Adenda 1 de la DIA.
5.1.5. Emisión lumínica
a) D.S. N* 686/99 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica.
Forma de cumplimiento
De acuerdo a lo establecido por la Resolución Exenta N2 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta del proyecto aprobado, el diseño de la luminaria de la empresa Complejo Industrial Molynor S.A. se realizará en función de lo establecido en el Decreto indicado, de manera de no afectar la calidad de los cielos nocturnos de la Región de Antofagasta.
5.1.6. Agua marinas
a) D.S. N* 90/00 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
b) D.S. N% del Ministerio de Defensa Nacional. Reglamento para el control de la contaminación acuática.
Forma de cumplimiento
No se arrojarán lastres, escombros o basuras, ni derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier naturaleza que ocasionen daños o perjuicios en el mar. La actividad considerará sólo la descarga de aguas de salmuera, proveniente de la planta desalinizadora de osmosis inversa.
5.1.6. Normativa relativa al ordenamiento territorial
a) D.S. N” 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza general de urbanismo y construcciones.
Forma de cumplimiento
El proyecto ampliación, implicará la ampliación de algunas de las instalaciones de la planta, el aumento de las sustancias peligrosas a manejar y el cambio en los flujos de los procesos productivos, en relación con el proyecto aprobado. Es por esto, que en Anexo 6c de la DIA, se adjuntan los nuevos antecedentes para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del artículo 94 del Reglamento del SEIA.
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b) Decreto Alcaldicio N* 1.133, de 05 de Julio de 2006 de la |. Municipalidad de Mejillones.
Forma de cumplimiento
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta N? 0354/07 de COREMA Región de Antofagasta del proyecto aprobado, es compatible con el uso de suelo determinado y las construcciones y edificaciones cumplen con lo establecido.
5.1.7. Normativa relativa al manejo de sustancias peligrosas
a) Resolución 1.001 de 1997 del Servicio de Salud, actual SEREMI de Salud. Establece obligación de informar al Servicio de todo derrame o accidente que involucre sustancias químicas.
Forma de cumplimiento
Cualquier derrame o accidente relacionado con las sustancias químicas que se manejarán en las instalaciones de Complejo Industrial Molynor S.A., será comunicado al SEREMI de Salud de Antofagasta, dentro del plazo que establece la Resolución.
5.1.8. Normativa relativa al almacenamiento de combustibles
a) D.S. N*379/85 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios.
b) D.S. N” 90/96 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Refinación, Transporte y Expendio al Público de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo.
Forma de cumplimiento
Complejo Industrial Molynor S.A. dará cumplimiento a las disposiciones de este reglamento, requiriéndose todas las autorizaciones que señala y cumpliendo con todas sus restricciones y medidas de seguridad. En el sub capítulo 3.2.6 de la DIA, se mencionan las condiciones de almacenamiento y las medidas de seguridad asociadas. Asimismo, para prevenir un derrame de petróleo, los estanques contarán con doble cámara y estarán dotados de un colector instalado en la línea de descarga del combustible, para recoger los eventuales derrames que se produzcan al conectar y desconectar la manguera del camión. En Anexo 4a de la DIA, se presenta el estudio de riesgos, se demuestra que las instalaciones cumplen con las medidas de seguridad correspondientes para enfrentar una emergencia. Finalmente, las instalaciones serán declaradas ante la Dirección Regional de la SEC de acuerdo a lo estipulado en el D.S. 90/96 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que regula el funcionamiento de este tipo de instalaciones.
5.1.9. Normativa relativa a fauna
a) D.S. N” 531/67 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Ordena cumplir como Ley de la Republica la convención para la protección de la flora, la fauna y las bellezas escénicas naturales de América.
b) Ley 19.473/96 del Ministerio de Agricultura, Nueva Ley de Caza.
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Forma de cumplimiento
Complejo Industrial Molynor S.A. se encuentra ejecutando desde la temporada de 2007, a través de la Fundación para la Sustentabilidad del Gaviotín Chico, estudios de investigación relacionados con el Manejo y Conservación del Gaviotín Chico, los cuales permitirán en el plazo estipulado de 3 a 5 años, contar con un Proyecto Global de Manejo y Conservación del Gaviotín Chico, para la meseta de Mejillones.
En la Resolución Exenta N* 0354/07 de la COREMA Región de Antofagasta del proyecto aprobado, se diseñó un programa de trabajo en el área, de modo que el inicio de la etapa de construcción, se realizará durante la estación en que el Gaviotín Chico está ausente, es decir, entre mediados de Febrero y fines de Julio, tal que no se afecte la reproducción de la especie en forma directa.
5.1.10, Normativa relativa al patrimonio arqueológico
a) Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre monumentos nacionales.
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular procederá según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales mencionados y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospección arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
. En caso de detectarse evidencias de algún naufragio, Complejo Industrial Molynor S.A. notificará a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine las acciones a seguir.
5.1.11. Otras normativas
a) D.S. N* 61/2008 del Ministerio de Salud. Reglamento de Estaciones de Medición de Contaminantes Atmosféricos
Forma de cumplimiento
La estación de monitoreo de Complejo Industrial Molynor S.A., ya se encuentra instalada y se solicitará a la Autoridad Sanitaria su representatividad poblacional.
El Complejo Industrial Molynor S.A. remitirá mensualmente a la Autoridad Sanitaria, con copia a CONAMA, en formato excel y en medio magnético, los resultados de monitoreo obtenidos según lo indicado en el D.S. 61/08 del Ministerio de Salud.
5.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 73, 90, 93 y 94 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permisos que han sido informados favorablemente por la Gobernación Marítima de Antofagasta y el SEREMI de Salud Región de Antofagasta, según corresponde, durante el proceso de evaluación.
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Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, para que el proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, la individualización de cambios de titularidad.
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Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
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Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta
RESUELVE:
A CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones". y :
2 CERTIFICAR que se cumplen con todos
los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto " Proyecto Ampliación Productiva Planta de Procesamiento de Molibdeno en Mejillones " cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 73, 90, 93 y 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- El titular deberá tener presente que cualquier modificación que desee efectuar al proyecto original aprobado por la COREMA Región de Antofagasta tendrá que ser informada previamente a esta Comisión, sin perjuicio de su obligación de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
4, Por otra parte, la COREMA Región de..... Antofagasta requerirá monitoreos, análisis, mediciones, modificaciones a los planes“ . PS
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contingencias o cualquier modificación adicional destinada a corregir situaciones no previstas y/o contingencias ambientales, cuando así lo amerite. A su vez, el titular del proyecto podrá solicitar a la COREMA Región de Antofagasta, cuando existan antecedentes fundados para ello, la modificación o eliminación de dichos monitoreos, análisis o mediciones que le fueran solicitadas.
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El titular deberá cumplir con todas y cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA y en sus Adenda, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
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Sin perjuicio de lo anterior, en caso alguno se entienden otorgadas las autorizaciones y concedidos los permisos de carácter sectorial que deben emitir los Organos de la Administración del Estado con competencia ambiental.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese
CRIS ODRIGUEZ SALAS
Intendente Regi
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