Evaluación SEA

Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A

Rol 3510778
SEA · EIA · Aprobado · 2009-01-22 · Región de Atacama · Guacolda Energia SpA

. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A. 4 cit A 17 e

Resolución Exenta NO 2 Core 1 8 460 m0

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 NO 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N% 19,300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. NO 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A.", y sus Adendas, presentada por el Señor Sergio del Campo Fayet en representación de Empresa Eléctrica Guacolda S.A. al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA);

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1 Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio N%08-097 /2009 sobre el ElA, publicado por CONADI, Región de Atacama, con fecha 24/03/2009; Oficio N012.600/47 sobre el EIA, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 19/03/2009; Oficio N“56 sobre el ElA, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 05/03/2009; Oficio N“107 sobre el EIA, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 13/03/2009; Oficio N%146 sobre el EIA, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio N“168 sobre el ElA, publicado por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 12/03/2009; Oficio N0182 sobre el EIA, publicado por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 11/02/2009; Oficio N%0202 sobre el EIA, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio N0216 sobre el EIA, publicado por DGA,Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio N%235 sobre el FIA, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio N00256 sobre el EIA, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 13/03/2009; Oficio N0279 sobre el ElA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/03/2009; Oficio N0390 sobre el EIA, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 12/03/2009; Oficio N0468 sobre el EIA, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio N01036 sobre el ElA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 02/03/2009; Oficio NO1300 sobre el ElA, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 16/03/2009; Oficio NO500051909 sobre el ElA, publicado por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 11/03/2009; Oficio NOBS3 NO 547/2009 sobre el FIA, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 25/03/2009; Oficio NOxxx sobre el EIA, publicado por Subsecretaría de Pesca, con fecha 27/03/2009;

3.2 Con relación al Informe de Respuestas al 1% Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio NO2 sobre la Adenda 1, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 05/01/2010; Oficio NO0004 sobre la Adenda 1, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 07/01/2010; Oficio N95 sobre la Adenda 1, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 06/01/2010; Oficio N“6 sobre la Adenda 1, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 06/01/2010; Oficio N%06 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 07/01/2010; Oficio N%0009 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 06/01/2010; Oficio N“12.600/1 sobre la Adenda 1, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 06/01/2010; Oficio N0015 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 07/01/2010; Oficio N027 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/01/2010; Oficio N00042 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 06/01/2010; Oficio N0241 sobre la Adenda 1, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 07/01/2010; Oficio N“866 sobre la Adenda 1, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 23/12/2009; Oficio N%1400 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 31/12/2009; Oficio NOBS3 57/2010 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 19/01/2010; Oficio NOxxx sobre la Adenda 1, publicado por Subsecretaría de Pesca, con fecha 11/01/2010;

3.3 Con relación al Informe de Respuestas al 20 Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio N012.600/25 sobre la Adenda 2, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 03/05/2010; Oficio N0270 sobre la Adenda 2, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 28/04/2010; Oficio N“306 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 03/05/2010; Oficio N0319 sobre la Adenda 2 publicado por DGA,Región de Atacama, con fecha 03/05/2010; Oficio N0326 sobre la Adenda 2, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 03/05/2010; Oficio N%454 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 06/05/2010; Oficio NO0620 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 30/04/2010; Oficio N“1036 sobre la Adenda 2, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 03/05/2010; Oficio NOBS3 931/2010 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 10/05/2010;

3.4 Con relación al Informe de Respuestas al 30 Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

Oficio N“12.600/55 sobre la Adenda 3, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 25/06/2010; Oficio N9490 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 25/06/2010; Oficio N00983 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 25/06/2010; Oficio N01517 sobre la Adenda 3, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 24/06/2010; Oficio NOBS3 1332/2010 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 05/07/2010; Oficio NO000 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 02/07/2010;

  1. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A ", de fecha 19 de Julio de 2010;

  2. Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:

  3. Ord.178 del 23/07/2010 del SERNATUR, Región de Atacama; Ord. 171 de 21 de julio de 2010 de la Dirección Regional de CONAF; Ord. 4195 de 23 de julio de 2010 de la Dirección Regional de Sernageomin; Ord. 496 de 26 de julio de 2010 de la Dirección Regional de la Dirección General de Aguas; Ord. 816 de 26 de julio de 2010 de la Seremi de Minvu; Ord. 718 de 26 de julio de 2010 de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero; Ord. 482 de 26 de julio de 2010 de la Dirección Regional de la Dirección de Obras Hidráulicas; Ord. 579 de 26 de julio de 2010 de la Seremi de Agricultura; Ord. 287 de 26 de julio de 2010 de la Dirección Regional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; Ord. 1213 de 26 de julio de 2010 de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones; Ord. 500149910 de 27 de julio de 2010 de la Dirección Regional de Sernapesca; Ord. 466 de 30 de julio de 2010 de la Seremi de Serplac; Ord. BS3 1553/2010 de 29 de julio de 2010 de la Seremi de Salud; Ord. 919 de 02 de agosto de 2010 del Miniterio de Energía; Ord. 603 de 26 de julio de 2010 de la Seremi de Obras Públicas; Ord. 579 de 26 de julio de 2010 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios; Ord. 12.600/65 de 26 de julio de 2010 de la Gobernación Marítima de Caldera; Ord. 1754 de 26 de julio de 2010 de la Dirección Regional de Vialidad.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A."

CONSIDERANDO:

1, Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la 111 Región de Atacama debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A " cuyo titular es Empresa Eléctrica Guacolda S.A.

  1. Que, el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.

  2. Que, debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

  3. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A.” posee las siguientes características:

4.1. Antecedentes generales

4.1.1 Localización: Las instalaciones de Empresa Eléctrica Guacolda S.A. (Complejo que incluye, a las Unidades generadoras y puerto de descarga de combustible sólidos) están ubicadas en la costa de la III Región de Atacama, en la Península de Guacolda, aledañas a la ciudad de Huasco; a unos 50 km al poniente de la ciudad de Vallenar y a unos 200 km al sur de la ciudad de Copiapó. Administrativamente pertenece a la comuna de Huasco. Por sus costados poniente, norte y oriente deslinda con el Mar Chileno, ubicándose en este último costado las instalaciones del Puerto Guacolda. Al costado sur se ubica el camino que Une Huasco con la ciudad de Vallenar (Ruta C-46). El proyecto que comprende las mejoras ambientales y la nueva unidad se instalarán dentro de la propiedad de Empresa Eléctrica Guacolda S.A. (EEGSA), e involucra a las instalaciones existentes y sectores de terreno a habilitar. Se ha concebido ubicar la Unidad 5 en el límite norponiente de la Península.

Las coordenadas aproximadas UTM de localización del proyecto son: N 6.849.200 y E N 279,150

4.1.2 Monto de la Inversión del proyecto: US $ 235.000.000 4.1.3 Vida Útil y Cronograma de Fases: 50 años.

4.1.4 Mano de Obra:

E | DS Ñ A — Al Etapa ¡Número de Personas iempo años) Construcción460 32 meses | Operaciór o 150 años ] Total | |

4.2. Descripción General del proyecto

A continuación se describe el proyecto, de modo específico en cuanto a las instalaciones de la Unidad 5, las distintas modificaciones e incorporación de tecnologías que se incluirán en las unidades existentes y modificación del sistema de manejo del vertedero de residuos de combustión.

  1. Unidad 5 La nueva instalación de la Unidad 5, corresponde a una unidad de generación termoeléctrica tipo monoblock diseñada para consumir combustibles sólidos (carbón) por medio de un generador de vapor o caldera, de tecnología carbón pulverizado (PC). La potencia total del ciclo de vapor (152 MW) quemando 100% carbón bituminoso tendrá un rendimiento del orden de 37%, vale decir, de la energía del combustible, un 37% es transformado en energía eléctrica. De características similares a la Unidad 3 en construcción, a excepción de que incluye sistema SCR para efectos de minimizar emisiones de NOX.

A continuación se describen las principales partes que conforman la Unidad 5:

a) Generador de Vapor o Caldera PC El diseño de la caldera para la Unidad 5 mantendrá el diseño con hogar de tiro balanceado con quemadores tangenciales y de baja emisión de NOx. Asimismo la caldera consistirá en un hogar de paredes acuotubulares, resistente a la abrasión y con aislamiento térmico exterior con un diseño sísmico estructural que considera el cuerpo de la caldera suspendido y colgando de la estructura soportante por medio de colgadores especiales. El aire secundario es inyectado uniformemente por medio de registros de aire a los quemadores y se mezcla con el aire primario que transporta el carbón pulverizado en un tamaño del 80% bajo malla 200, lo que permite la combustión de la partícula volante a lo largo del hogar de la caldera. El calor de la combustión combustible — aire, permite que los gases a la salida del hogar, alcancen temperaturas de hasta 900 9C en la zona de convección y 1400 “C en el hogar. Los quemadores tangenciales de ángulo variable que se localizan en cada una de las cuatro esquinas del hogar de sección cuadrada, permiten una combustión de relativa baja temperatura, lo cual favorece la disminución de NOX. Durante la combustión las cenizas más pesadas o escorias, caen al fondo del hogar. El resto de las cenizas (cenizas volantes) fluyen con los gases de combustión hacia el precipitador electroestático. A fin de adaptarse a las diversas calidades de combustibles y para operar a carga parcial, el gas de combustión puede ser recirculado por medio de un ventilador recirculador de gases, para mezclarlo con el aire de combustión. De este modo, la variación de la temperatura a lo largo del hogar puede ser controlada como se desee, y permite mantener la temperatura de gases y la del vapor sobrecalentado y recalentado a carga parcial. Como producto de la combustión del carbón se generan cenizas. Estas pueden ser volantes o de fondo (escorias). La proporción de las cenizas volantes y de fondo varía de acuerdo a los diferentes tipos de combustibles, siendo un promedio

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la relación de 80%/20% respectivamente. La ceniza volante es capturada, en este caso, por el precipitador electroestático. La ceniza volante es retirada por medios neumáticos secos a cada uno de los silos de cenizas desde donde son retiradas por camiones y trasladadas a su lugar de disposición final. La ceniza de fondo o escoria es acumulada en la tolva de escoria y retirada en forma húmeda o seca hacia un sistema de acopio para su posterior retiro por medio de camiones, del mismo modo que se retiran las cenizas volantes.

Por otra parte, la generación de NOX será minimizada con la incorporación de un sistema SCR (Selective Catalytic Reduction o Reducción Catalítica Selectiva). Este corresponde a un sistema de control de NOX a través de la reducción química por medio de un agente reductor que corresponde al amoniaco y un catalizador. Este sistema es adicional al equipamiento de la caldera con quemadores de bajo NOx.

La Unidad a construir incluye además instalaciones para el abatimiento de SO2.

Los componentes básicos de la caldera PC y su equipamiento auxiliar e instalaciones de manejo de combustibles, se pueden resumir según se indica a continuación:

  • Sistema de transporte de combustibles sólidos desde cancha hasta el sistema de recepción, en silos, Se consideran todos los elementos de medición, monitoreo, supervisión, clasificación y molienda del combustible sólido.

» Sistema de secado y pulverización de carbón en molinos de rodillo y cubeta,

  • Silos de combustibles sólidos adosados a la caldera y sus correspondientes alimentadores al hogar de la

caldera.

Sistema de combustión de carbón pulverizado por medio de quemadores tangenciales o frontales. Hogar de la caldera con tubos de evaporación

Domo de vapor de la caldera

Sistema de Aire Primario y Secundario con sus correspondientes ventiladores.

Sistema de extracción de cenizas de fondo.

Superficie de tubos evaporadores

Sobrecalentadores, recalentadores y economizador en la sección de convección,

Calentadores de aire de combustión (Intercambiadores de calor de gases de salida de la caldera). Sistemas de control y combate de incendios.

Precipitador Electrostático de Alta Eficiencia

Sistema SCR

Sistema FGD

Sistema de extracción de cenizas volantes.

Sistema de succión de gases desde la caldera hacia la chimenea (Ventilador de tiro inducido) Chimenea.

b) Equipamiento de la Unidad 5 La Unidad se compone principalmente de los siguientes equipos, sistemas e infraestructura:

o Turbina de vapor de 3.000 RPM con admisión de vapor sobrecalentado y recalentado con sus correspondientes secciones de alta presión, presión intermedia y baja presión. Se incluyen los sistemas de gobierno de la admisión de vapor y sistema de lubricación. Grupo turbina de vapor y generador de 152 MW brutos.

o Condensador de vapor con enfriamiento con agua de mar.

o Planta de precalentamiento regenerativo del agua de alimentación a la Caldera, consistente en un ciclo convencional, con los siguientes componentes básicos:

Eyectores de vapor e intercambiadores de calor

Bombas de condensado

Calentadores de condensado de baja presión

Desaireador y estanque de agua de alimentación de la caldera

Bombas de agua de alimentación de la caldera

Calentadores de agua de alimentación de alta presión

Tuberías de vapor, agua de alimentación y condensado

Transformador de poder de 250 MVA, 220/13,8 kv

Transformador auxiliar 13,8/6 kV - 20 MVA

Barras de poder encapsuladas

Sistema de enfriamiento del Generador (Aire o Hidrógeno).

Sistema de enfriamiento por agua de mar, compuesto por un sifón de captación que se interna en el mar unos 80 m,

paralelo al sifón de las Unidades 1, 2, 3 y 4. El sifón descargará en un pozo de filtros y bombas de recirculación, que

impulsarán el agua de enfriamiento hasta el condensador de la turbina mediante Una tubería de presión de 400 m de largo. Este sifón se ubica a 7 metros de profundidad.

o Descarga: el agua de enfriamiento descargará hacia el mar por medio de una cañería y canal abierto que se ubicará paralela a la descarga existente de las Unidades 1,23 y4.

Profundidad de la descarga: 2 m. Profundidad local de la descarga: 4 m. Ancho de descarga: 10 m.

Caudal de descarga: 25,4 m3/s

VvVvvov

000000

o Pozo de sello: cada unidad posee su respectivo pozo de sello, donde se conducen las aguas de refrigeración. La unidad 5 ubicará su pozo en las siguientes coordenadas: N: 6.849.154,64; E: 278.839,14 E

o Sistema de enfriamiento interno de la central en circuito cerrado, con agua de mar en circuito primario.

Sistema de desalinización de agua de mar compartido con las Unidades 3 y 4 más 2 Plantas desalinizadoras adicionales

de agua de mar con tecnología Compresión Mecánica del Vapor - MVC (750 m3/día cada uma) como soporte a lo

actualmente en construcción en las unidades NO 3 y4

Estanque de agua cruda o desalinizada (1500 m3).

Desmineralización del agua en las instalaciones existentes.

Estanque de agua desmineralizada (2500 m3).

Sistema de petróleo Diesel para las partidas de la Unidad y eventuales usos de Petróleo Grueso para la operación por

cortos períodos, desde el estanque de petróleo Diesel y Grueso existentes.

Patio de alta tensión de 220 kV, adosado al patio existente.

o

0000

o

Cc) Sistema SCR Para la unidad 5 se instalará un sistema SCR para el control adicional de la emisión de los óxidos de nitrógeno. Los elementos que lo componen son:

  • Reactor con rejilla de inyección de catalizador y amoniaco.
  • Sistema de distribución de amoniaco consistente en: Estanque de almacenamiento, Bomba de transferencia, Vaporizador calentado con vapor, Ventilador de dilución.

Para el caso de solución de amoníaco, el estanque de almacenamiento será de acero, con forma cilíndrica circular horizontal, similar a un estanque de almacenaje de agua. Tendrá una capacidad de 100 m3 y contará con un sistema de seguridad antiderrames, constituido por un contenedor secundario capaz de almacenar el 110% del volumen total del estanque. El sistema de distribución de amoníaco será instalado al aire libre.

Se realizarán pruebas de impermeabilidad al sistema a pesar de que la posibilidad de filtraciones es muy baja; estás pruebas consiste en probar hidráulicamente con agua desmineralizada para asegurar su total impermeabilidad, en forma similar como se prueban todos los circuitos presurizados de la central, con un 10 % de sobrepresión a la presión de trabajo. El agua desmineralizada utilizada en la prueba se dispone por el sistema de drenajes de la central.

El proceso SCR no utiliza agua, solo se gasifica el amoníaco y se inyecta al ducto de gases para abatir el NOx.

d) Incorporación de Equipos Subestación Guacolda 220 kV La Subestación Guacolda 220 kV permite conectar la Unidad 5 y sólo es necesario adicionar el siguiente equipamiento: Interruptor 220 kV en SF6, Desconectadores trifásicos 220 kV, con puesta a tierra, Desconectadores trifásicos 220 kV, sin puesta a tierra.

  1. Modificaciones en las Unidades 1 y 2

En las Unidades 1 y 2 se realizarán modificaciones en la operación, de modo de disminuir las emisiones atmosféricas de SO2 y NOX.

a, Se contempla una modificación de las mezclas de combustibles (disminución de la proporción de coque de petróleo en la mezcla de combustibles), de modo que la emisión de SO2 de las Unidades actuales sea menor a la ambientalmente autorizada, no sobrepasando las 59,6 tpd. Esta modificación también conlleva a la disminución de las emisiones de NOX. Asimismo, la única modificación que requiere de obras físicas es la instalación de un equipo de abatimiento de NOX, que corresponde a un sistema SCR en la Unidad 1 ó 2, idéntico al previamente descrito para la Unidad 5.

b. Modificación de la mezcla de combustible: no requiere de instalaciones, puesto que se trata del manejo de las mezclas que ingresan a las Unidades 1 y 2.

  1. Modificación del Sistema de Manejo del Vertedero de Cenizas

El Vertedero de cenizas y escorias existente tiene una capacidad de 6.250.000 ton. Al agregar las cenizas, escorias y yeso de la Unidad 5 sin variar el sistema de manejo, la vida útil del actual vertedero se limita, por lo cual se ha considerado la modificación del sistema de manejo para hacer más eficiente el uso del terreno disponible. Se adjuntan Planos del Vertedero donde se indican coordenadas (ver Adenda 1 Anexo VE-1). Según las proyecciones presentadas en el ElA, esto permitirá que el sector pueda ser utilizado por lo menos hasta el año 2020. Se ha proyectado que el vertedero tendrá una vida útil de 8 años.

Las actividades relacionadas con la futura disposición de residuos (cenizas, escorias, yeso del desulfutizador) son:

  1. ACTIVIDAD 1: Excavar el terreno en celdas de una superficie variable no superior a 10.000 m2 de superficie (en el fondo) y de una profundidad variable entre 7 y 20 metros, donde se irán depositando indistintamente las cenizas, escorias y yeso del desulfurizador. El suelo, producto de la excavación, se dispondrá a los costados de dicha excavación, de modo de utilizarlo en el recubrimiento final de cada celda.

2, ACTIVIDAD 2: Descargar los camiones con cenizas, escorias y yeso de desulfurización o mezclas de ellos y disponer en capas, compactándolas, formando estratos horizontales en la celda excavada.

  1. ACTIVIDAD 3: Una vez completada la celda en operación, ésta se sellará depositando sobre la última capa dispuesta, una capa final de suelo natural que cumple la función de restituir el área intervenida a su condición Natural y sellar la celda para evitar problemas de dispersión por la acción eólica. El material de la última capa provendrá del suelo acopiado en el perímetro de la excavación y tendrá un espesor mínimo de 30 centímetros.

  2. ACTIVIDAD 4: Nivelar el terreno intervenido para restaurar el área a una condición similar a la topografía natural.

a. Esta forma de disposición minimiza el área intervenida en el vertedero, haciendo un mejor uso del espacio disponible.

b. Al disponerse las cenizas y escorias en una celda profunda, las paredes de la excavación y el suelo removido, dispuesto en la superficie del terreno, a un costado de la excavación, delimita el área intervenida y forma una barrera contra el viento, de modo que se minimiza considerablemente cualquier dispersión de cenizas.

Se contempla la ejecución de una canalización natural en todo el contorno, de tal forma de impedir el ingreso de aguas lluvias superficiales al Vertedero, de acuerdo a como se muestra en Anexo PL-1 de la adenda 3.

El titular ha mantenido un permanente contacto con la Dirección de Vialidad de Atacama, en relación con la superposición espacial del vertedero con el desarrollo de la cuarta etapa de la Ruta Costera de Atacama, la cual se extenderá por un total de 19 Km., entre Huasco Bajo y la Aguada de Tongoy.

En efecto desde el mes de julio del año 2009 se ha estado trabajando junto a esa Dirección, en un “Proyecto de Variante” que modifica el “Proyecto Ruta Costera de Atacama”, en el tramo Huasco Bajo — Aguada de Tongoy, específicamente en el sector del Vertedero de Cenizas, Escorias y Yeso de propiedad de Eléctrica Guacolda. Este “Proyecto de Variante”, tiene una longitud de 2,5 km. y su desarrollo pasa por el costado Poniente del Vertedero de Cenizas, Escorias y Yeso de propiedad de Guacolda.

El "Proyecto de Variante”, se encuentra en la etapa de desarrollo y ha sido recientemente aprobado su Diseño Geométrico, por parte de la Dirección de Vialidad de Atacama, mediante el documento ORD. N*0293 de fecha 05 de febrero de 2020.

  1. Ampliación Área de Almacenamiento de Combustibles Sólidos

La cancha de carbón almacenará a un total de 436.000 t, lo que permite una autonomía máxima de 45 días para las 5 unidades. Por este motivo sólo será necesario ampliar la cancha de carbón existente en 6.446 m2 hacia el Sur, con una altura máxima de 15 m. y todo el sector se mantendrá con malla de protección de viento en todo el entorno de 16 metros de modo de minimizar la dispersión de particulado desde la cancha

Esta nueva cancha reemplazará a la ampliación proyectada aprobada mediante RCA NO 249/2008.

  1. Acceso

El acceso principal a la zona donde se emplazará la Unidad 5 se puede hacer desde la Ruta C-46 que une las localidades de Vallenar y Huasco. A la Ruta C-46 se puede acceder desde la Ruta 5 Norte a la altura de Vallenar, ambas rutas se encuentran pavimentadas, en buen estado y aptas para el transporte de equipos. En la Adenda N*1 Anexo VI-1 se adjunta un plano que contiene la localización del proyecto y las rutas de acceso que utilizará el proyecto.

  1. Descripción de la Etapa de Construcción de las Obras. a. Obras

Las obras principales consisten en:

  • Instalación de Faenas: Estas instalaciones de faenas utilizarán un espacio de alrededor de 2.200 m2 en la zona adyacente al noreste de la plataforma (área total disponible 10.000 m2). En esta área se encontrarán las instalaciones del contratista, las cuales incluyen oficinas, bodegas, casino, servicios higiénicos, talleres, polvorín, área de acopio de materiales, estanque de agua, patio de estacionamiento de máquinas, estanque de combustible para maquinaria, grupos electrógenos, motocompresores, tendido eléctrico, agua potable, alcantarillado, etc.

Las alturas de las bodegas serán de aproximadamente 2, 4 y 7 m. Una vez terminada la etapa de construcción, los 10.000 m2 serán habilitados como zona de almacenamiento de carbón.

» Despeje de terreno con excavación y retiro de material y roca: Para la regularización y emparejamiento del área de localización de la Unidad 5 se deberá realizar una excavación abierta de 214.000 m3 correspondientes a unos 85.500 m3 en roca y 128.500 m3 de material suelto, en una superficie de 26.800 m2 aproximadamente, Adicionalmente se deberá realizar una sobre-excavación estimada en 20% del volumen total (distribuido en la misma proporción entre roca y material suelto). La excavación en roca será efectuada por medio de tecnologías con uso de explosivos en forma controlada, de la misma forma que se habilitó el espacio para las Unidades 3 y 4. El suelo granular (arena o similar), con un volumen estimado de 193.000 m3 (corresponde a los 128.500 m3 de arena retirados más sobre-excavación y esponjamiento natural), así como el resto del material, unos 128,000 m3 (roca retirada, y esponjada) serán utilizados como material de relleno en terreno facilitado por la Ilustre Municipalidad de Huasco, donde se procederá a nivelarlos. La carta de autorización de la Dirección de Obras del Municipio se presenta a continuación. La Figura que muestra el sector disponible para estos fines se presenta en Anexo DP-3 del EIA.

Esta actividad tendrá una duración de 300 días, trabajando sólo de día. Para remover el material se utilizarán unos 20.500 kg de explosivos del tipo nitrato de amonio bajo las condiciones exigidas en el D.S, NO 77/82, Reglamento Complementario de la Ley N% 17.798, que establece el Control de Armas y Explosivos.

La carga de los camiones en las faenas de nivelación de la plataforma será mediante buldózer y las vías de acceso al sitio son pavimentadas. El material removido será trasladado en camiones sellados y cubiertos con carpa de 10 ton de capacidad cada uno aproximadamente, desde la Central Termoeléctrica Guacolda hacia el terreno ubicado a 5,0 km aproximadamente de la Central, en el Sector Cerro Colorado a los pies de Cerro Negro.

La superficie del terreno facilitado por la Municipalidad para realizar la nivelación del mismo, es de 5 há. y presenta un desnivel de aproximadamente 10 m. entre su nivel máximo y mínimo, estimándose una capacidad de acopio de 500.000 m3.

Antes de proceder a la descarga del material en el terreno, se procederá a demarcar el terreno y cercarlo. Una vez descargado el material en cada nivel, se procederá a nivelar la carga en el terreno mediante un cargador frontal de 3 ton. Posteriormente, mediante un camión aljibe, se procederá a la correspondiente humectación del material ya continuación mediante un rodillo, se procederá a compactar el material depositado y húmedo. El proceso anterior se repite en cada nivel hasta alcanzar la altura deseada y acordada con el Municipio,

Fundaciones, Muros, Losas y Pedestales: Se realizarán las fundaciones, losas y pedestales de hormigón armado necesarios para todos los equipos de la nueva unidad, que comprenden las fundaciones del grupo turbina de vapor y generador, de la caldera y chimenea, de transformadores y equipos eléctricos, de estructuras del patio de alta tensión, de los estanques de agua cruda, petróleo diesel, la piscina de RILes, fundaciones de edificios, plantas de tratamiento y equipos menores, y FGD (necesario para la operación del SCR que se instalará al interior de la Unidad 5). Se estima una cantidad aproximada de 15.000 m3 de hormigón de fundaciones, muros y losas, para los que se utilizarán alrededor de 13.000 m3 de agua, 13.000 m3 de áridos y 1.000 toneladas de acero de refuerzo.

Obras de Captación, Aducción Subterránea y Descarga de Agua de Mar (Unidad 5): El sistema de agua de circulación de la Unidad 5, se iniciará en la captación de agua de mar, la que se ubicará al costado norte de la toma de las unidades ya ambientalmente autorizadas. La instalación submarina de esta captación, consiste en una base de hormigón emplazada sobre el fondo marino, a una elevación de -6,0 a —7,0 m. La base servirá de apoyo además, a una estructura en forma de torre metálica que soportará la rama ascendente de la tubería de acero la que soporta rejas metálicas de entrada para protección de la toma. La toma tendrá forma octogonal en planta, con un alto de 0,5 m y unas dimensiones de 5 x 5 m en planta. La rama ascendente de la tubería de acero de 2,3 m de diámetro y 18 mm de espesor, se desarrollará en forma vertical desde la cota -4,5 hasta la cota +5,0, desde allí se dispondrá un tramo horizontal de 83 metros hasta la rama descendente que bajará en forma vertical hasta la cota 25,0 en el interior del pozo de rejas emplazado en terreno rocoso. Este sifón estará soportado por una estructura metálica compuesta por pilotes metálicos hincados/anclados en el fondo marino, sobre los cuales se desarrollará la superestructura de soporte en base a perfiles metálicos. La máquina de perforación es generalmente un taladro de diámetro 14” que rota por acción de un motor diesel y una bomba hidráulica y que percuta por acción de aire comprimido. Tanto el motor diesel, la bomba hidráulica y los compresores se ubican en plataformas flotantes o en tierra. El aire comprimido pasa a través de una barra de acero perforada de diámetro 10”. A través de este aire se aplica un aceite biodegradable que lubrica el equipo en la punta de la peroración. Los volúmenes de aceite biodegradable son inferiores a 0,07 1/h (ó 70 cm3/h) al igual que la resina o aditivos de fijación en roca. Adjunto en Anexo HS-1 de Adenda 2 se incluyen fichas técnicas de productos que se utilizan para perforaciones en el mar: Absorbente Hidrocarburo: Mantas para recuperar aceites que caen al mar. (uso eventual), Aceite Ulmo: Aceite que se incorpora la martillo de fondo para lubricar el sistema de perforación (uso continuo), HDS Superfoam: Espuma que se utiliza para facilitar la salida del detritus (material molido en el fono de la perforación, uso continuo).

El sifón antes descrito, descargará el agua en un pozo de rejas y bombas excavado en roca y recubierto de hormigón armado de 40 m de largo, 10 m de ancho y 11 m de profundidad (alcanzando la cota -6,0), donde se ubicarán las rejas fijas y autolimpiantes para evitar la entrada de cuerpos extraños al sistema. En este pozo se ubicarán las dos bombas de circulación y la bomba auxiliar de refrigeración. Desde las bombas saldrán las cañerías que se conectan al condensador.

El Sistema de captación de agua de mar comprende distintos sistemas de filtrado físico, los que se describen a continuación:

Reja Gruesa: Ubicada en el punto de captación para evitar el ingreso de elementos de tamaño apreciable (> 2 dm).

Rejas Fijas: El caudal pasa a un pozo de rejas, que se limpian con rastrillos o rescador móvil, el cual retira los tamaños mayores (> 1 dm). Desde el pozo de rejas se extrae una cantidad de biomasa (algas, moluscos y otros organismos de pequeño tamaño) estimada en 1 m3 por semana.

Rejas Móviles: Sistema compuesto por mallas finas móviles auto-limpiantes, que por medio de chorros de agua retira los tamaños más pequeños (>1 cm). El agua de mar utilizada para la limpieza de las rejas finas es devuelta al mar a razón de 1 m3/h.

No se utilizará ningún tipo de compuesto químico en el proceso de pretratamiento o filtración de agua de mar. Todo el pozo se encontrará cubierto con una losa de hormigón con algunas partes desmontables para facilitar el acceso para el mantenimiento de la instalación. Desde el condensador, el agua saldrá a través de dos cañerías que

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se juntarán en una sola que conducirá las aguas hacia la descarga. Esta tubería, de 2 m de diámetro y 15 mm de espesor, se desarrollará a través de un túnel falso unos 42 m hasta un codo en ángulo recto afuera de la central para luego enfilar hacia la descarga. El largo total de la tubería de descarga será de 200 m y descargará en un pozo formado por la ampliación hacia el sur de la cala existente.

Montajes: Se realizarán los montajes necesarios para todos los equipos de la Central de la Unidad 5.

Pruebas y Puesta en Servicio: Una vez realizados los montajes se procederá a efectuar las pruebas a cada sistema en particular y al conjunto de la central a fin de efectuar las recepciones y certificar los parámetros garantizados de los equipos y de la central. Luego de efectuadas las pruebas se iniciará el procedimiento de Puesta en Servicio de la unidad. Las pruebas que utilizarán agua son: Pruebas circuitos hidráulicos y estanques con agua desmineralizada que produce la planta existente de la central. Su disposición final es al sistema de drenaje de la central, Pruebas del sistema de enfriamiento auxiliar y principal con agua de mar y su disposición es por el sistema de descarga de agua de mar, Pruebas y puesta en marcha de la planta desaladora con agua de mar. La salmuera de descargará al mar, Prueba hidrostática de la caldera con agua desmineralizada, la que queda en la caldera en conservación húmeda hasta su encendido. Antes del encendido se procede a cambiar el agua desmineraliza, drenando agua por el sistema de drenaje de la central, Lavado alcalino primer hervido de la caldera: En Anexo PR-1 de la adenda 1 se adjunta procedimiento y detalles de dicha operación.

b. Maquinarias y equipos

Durante la instalación de faenas se utilizarán camiones, generadores eléctricos, equipos y herramientas menores de construcción,

Durante los trabajos de excavación en roca y de movimiento de arena y material suelto se utilizarán explosivos, cargadores frontales, retroexcavadoras, camiones de tolva larga y gran tonelaje, carros de arrastre, rodillos compactadores, tractores de oruga, motoniveladoras, camiones aljibes y otros equipos y herramientas menores de construcción. Las excavaciones de mayor precisión se harán a mano con equipos y herramientas adecuadas, tales como taladros óleo hidráulicos, palas, chuzos y picotas.

En la ejecución de fundaciones, muros y losas, se utilizarán betoneras, cargadores frontales, camiones mixer, grúas sobre neumáticos, vibradores de inmersión, bombas de respaldo, equipos y herramientas menores de construcción. Para la construcción de la captación de agua de mar se utilizarán martinetes neumáticos, grúas y embarcaciones. Para el montaje se utilizarán principalmente grúas sobre orugas o sobre neumáticos, grúas horquilla, poleas, camiones rampa, trenes de carga, gatos hidráulicos, etc.

Durante las pruebas y puesta en servicio deberán permanecer disponibles para su utilización los mismos equipos y materiales que para el montaje.

(ey Fuentes de Abastecimiento e Insumos

Los requerimientos de electricidad mensual, durante el período de construcción, serán de aproximadamente 800 kW en 0,4 kV.

Para la etapa de construcción se utilizará agua industrial con un consumo máximo de 4 l/s y un volumen total máximo de 71.000 m3 en la obra. El agua industrial se utilizara fundamentalmente para fraguado, riego de caminos y lavados, servicios higiénicos, excepto para beber y cocinar. Está agua industrial será procesada con las plantas Desaladoras con que cuenta actualmente la Central de Guacolda. En la central hay instaladas 5 Desaladoras con una capacidad total de producción de agua de 2.250 m3/día, que cubren las necesidades de agua de proceso.

Agua potable para beber se traerá envasada en bidones, que se distribuirán en toda la obra para consumo de los trabajadores en baños y casino.

Para algunos equipos y maquinaria se utilizará petróleo Diesel. Se estima un consumo máximo de 1.000 litros diarios para el mes de mayor consumo. El abastecimiento será a través de las empresas locales mediante camiones cisterna (dos o tres camiones al mes).

Los explosivos para las excavaciones en roca serán recepcionados y almacenados en polvorines autorizados de acuerdo con la normativa vigente, respetando la normativa en cuanto a transporte, manejo y distribución/entrega de los mismos.

Los áridos y otros materiales de empréstito serán adquiridos en el mercado, no permitiéndose la extracción en lugares no autorizados.

Otros insumos necesarios para la construcción:

o Hormigón, que se transportarán desde las plantas de los proveedores ubicadas en las cercanías de Freirina y se transportaran en camiones mixer por la Ruta C-46 a Huasco. No está contemplado ni hay disponibilidad de espacio para preparar hormigones in situ, Todos los hormigones que se utilizarán en la construcción serán abastecidos de empresas autorizadas por la DOH para comercializar hormigones preparados.

o Fierro de construcción, que se transportará en camiones desde Santiago por la ruta 5 y C-46 hasta Huasco

  • Arcilla para rellenos compactados desde la zona de Huayco

  • Pinturas desde Santiago por la ruta 5 y C-46 hasta Huayco

  • Aditivos para Hormigones desde Santiago por la ruta 5 y C-46

  • Explosivos para tronaduras desde Antofagasta por la Ruta 5 y C-46

d. Transporte en Etapa de Construcción

» Equipos Principales de la Unidad: Al igual que para la construcción de las Unidades 1, 2, 3 y 4 se contempla que los equipos mayores de la nueva Unidad y de las tecnologías para el abatimiento de emisiones atmosféricas, arriben y sean descargados utilizando el puerto de Guacolda en Huasco. Lo anterior implica que el transporte de estos equipos y estructuras hasta el sitio de emplazamiento, se realizará a través de los caminos interiores de la Central.

  • Materiales de Construcción: Las estructuras metálicas que se requieren para la construcción de la unidad serán transportadas desde la(s) maestranzas que el Contratista contrate para su fabricación. Al igual que para la construcción de las Unidades 3 y 4, estas estructuras podrían ser fabricadas en la ciudad de Talcahuano, Región del Bío Bío y ser transportadas en camiones hasta el proyecto. Se estima transportar 2.200 toneladas de estructuras a razón de 20 toneladas por camión lo que implica 110 viajes de estructuras durante aproximadamente 6 meses. En lo que dice relación a las obras civiles, los transportes más relevantes corresponden a los hormigones y fierro de construcción. Los hormigones serán transportados desde la Planta de Lafarge o Readymix en Freirina en camiones Mixer de 7 m3 y se estima que se transportaran 40.000 m3de hormigón mezclado, lo que implica un total de 5.700 viajes en un periodo aproximado de 12 meses. En lo que dice relación al fierro de construcción, este será transportado desde la ciudad de santiago y se estima transportar 3.500 toneladas de fierro a razón de 20 toneladas por camión lo que implica 175 viajes en un período de 12 meses.

» Materiales de excavación: En el sector donde se emplazará la Unidad 5, materiales que serán transportados a un Vertedero autorizado ubicado en el sector denominado Cerro Colorado ubicado a 5 Km al Nor-Oriente de la Central Guacolda. Se estima en 50.000 m3la cantidad de material suelto a transportar, el cual a razón de 20 m3 por camión da un total estimado de 2.500 viajes en un período aproximado de 6 meses.

  1. Descripción de la Etapa de Operación y Mantenimiento del Proyecto a. Unidades 1 y 2

Las modificaciones respecto de su proceso actual tienen relación con disminuir sus emisiones de SO2, y NOx a la atmósfera. Para disminuir la emisión de SO2 a la salida de la chimenea común de las Unidades 1 y 2, se modificará la mezcla de combustible utilizada disminuyendo la proporción de coque de petróleo, la cual dependerá de la potencia eléctrica horaria de despacho de la unidad (MW por hora a generar) y del poder calorífico del combustible alimentado.

Las mezclas serán tales que no se emitirá más de 59,6 ton/día de SO2 por la chimenea común de ambas Unidades. Ejemplos de mezclas en las Unidades 1 y 2 que permiten llegar a la emisión indicada son las que se presentan en la pagina 35 del capitulo 1 del ETA.

Esta disminución de la proporción de coque de petróleo implica también una disminución de la emisión de NOx, no obstante, para un mejor control de este parámetro, se instalará SCR en una de las dos Unidades, de modo que la emisión conjunta de ambas Unidades no supere 14,05 t/d.

b. Unidades 3 y 4

Las Unidades 3 y 4 se operarán de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental Exenta 236/2007 de la COREMA Región de Atacama.

C. Unidad 5

La Unidad 5 considera la incorporación de un sistema SCR para minimizar emisiones de NOx. A continuación se describe su operación.

+» Generador de vapor o Caldera de Carbón Pulverizado (PC): Se instalará una caldera PC del tipo vertical, de circulación natural, alimentada para la operación normal por carbón bituminoso, carbón sub-bituminoso, mezclas de ambos. Para las partidas se utilizará petróleo Diesel y eventualmente en condiciones de emergencia de abastecimiento de carbón, podrá utilizarse petróleo N%6 para la operación por períodos cortos (corresponde a alguna falla que pudiese afectar al sistema de alimentación antes descrito y adicionalmente una condición de bajo nivel en los silos, mientras se realiza la reparación correspondiente, se puede usar petróleo). El abastecimiento de carbón o mezclas a la caldera, accede a la instalación a través de una correa transportadora que proviene de la cancha de carbón extendida para estos efectos. El combustible es transportado por este sistema de correas de transferencia a los silos adyacentes a la caldera. El combustible de los silos es descargado por gravedad a los pulverizadores, desde un alimentador neumático que lo envía hacia la caldera. El intercambio de calor producido por la combustión genera vapor de agua y los gases producidos conjuntamente con las cenizas volantes, son conducidos primero al sistema SCR de abatimiento de NOx y posteriormente hacia el precipitador electrostático, en

donde las cenizas son capturadas. +» Sistema SCR: Se incorporará como medida de abatimiento de emisiones atmosféricas de NOx un sistema SCR en la Unidad 5, cuyo proceso corresponde al tipo Reducción Catalítica Selectiva (SCR), que utiliza amoníaco como agente reductor. Este proceso es hoy día la tecnología de punta más utilizada industrialmente y desarrollada en el mundo, pues permite reducir eficaz, selectiva y económicamente el NOx contenido en los gases a valores compatibles con las emisiones aceptables al medio ambiente. El proceso SCR está basado en la reducción de los

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NOx con NH3 en presencia de exceso de 02 y un catalizador apropiado, para transformarse en sustancias inocuas con agua y nitrógeno. La regulación de los niveles de NOX a la salida de la chimenea se realiza a través del monitoreo continuo de éstos tanto en la entrada como en la salida del reactor. La emisión máxima de NH3 por chimenea será de 10 ppm con un 6% de 02. La instalación del sistema SCR implica sólo instalar el sistema y sus cañerías, y la única obra física externa a la Unidad corresponde al estanque de almacenamiento de amoníaco y el sistema de tuberías.

Filtro recolector de ceniza volante: El intercambio de calor producido por la combustión genera vapor de agua y los gases producidos conjuntamente con las cenizas volantes, son conducidos primero al sistema SCR de abatimiento de NOx y posteriormente hacia el precipitador electrostático, en donde las cenizas son capturadas por éste filtro electrostático con una eficiencia de captura superior a 99,8 %.

Planta desulfurizadora húmeda (FGD WET): La planta desulfurizadora contemplada en el proyecto es del tipo húmedo con lechada de caliza. La caliza es molida y mezclada con agua reciclada del proceso y recirculada en la torre de absorción. Los gases de la caldera ingresan por su parte media inferior y descargan en la parte superior de la torre. En su recorrido, en contraflujo con la lluvia de lechada de caliza, el SO2 contenido en los gases, reacciona con la caliza formando yeso en solución, el cual se mezcla con la lechada de alimentación de caliza en la parte inferior de la torre. Parte de esta mezcla es bombeada a la parte superior de la torre para continuar el proceso de desulfurización y otra es enviada hacia la planta de residuos en donde la solución es desaguada obteniéndose yeso sólido el cual es enviado al galpón de yeso. El agua resultante, rica en caliza es reciclada hacia la etapa inicial de formación de la lechada de caliza. Está planta no generará RILes.

Chimenea: Los gases de escape de la Unidad 5 serán descargados a la atmósfera mediante una chimenea con las siguientes características: Altura física 79,5 m, Diámetro promedio de la chimenea 4,2 m, Diámetro superior de la chimenea 3,6 m, La temperatura de gases a la salida de la chimenea será de 57,59 C, La velocidad de gases en la boca de la chimenea será 17,7 m/s.

Turbogenerador de Vapor: El vapor generado, alimenta una turbina de vapor, la cual transforma la energía calórica/cinética en energía eléctrica a través de un eje conectado a un generador eléctrico.

Condensador: Una vez que el vapor pasa por la turbina de vapor, es condensado en un condensador refrigerado con agua proveniente del mar, y luego el agua condensada es bombeada de regreso a la caldera. Este proceso forma parte del ciclo agua vapor del ciclo combustible sólido/vapor. El condensador será de dos pasos con caja de agua diseñada con bombas de vacío para remover el aire. Estará fabricado en su gran mayoría con tubos de aleación de titanio, para su enfriamiento con agua de mar. El condensador estará diseñado para operar y suministrar una presión absoluta de aproximadamente 38 mm Hg al vapor de escape de la turbina. El diseño del condensador puede variar dependiendo de la optimización de la contrapresión en la turbina y del sistema de enfriamiento utilizado.

Sistema de Agua de Circulación: El condensador será enfriado por agua de circulación proveniente de la captación mediante sifón en el mar y conducción subterránea hacia el pozo de bombas centrífugas, para la circulación y descarga en el mar. El sifón de agua de mar consistirá de una tubería de aproximadamente 80 m de largo y diámetro menor a 2 m, con su sistema de vacío, el cual descargará en un pozo de admisión donde se ubicarán las rejas fijas y móviles para el filtrado del agua de mar. El flujo de agua de circulación se ha estimado no mayor a 20.312 m3/h (Ver Diagrama DP-9) y la temperatura del agua de descarga se estima que se incrementará en 10%C sobre la temperatura de entrada de agua de mar. La temperatura media del agua de mar de entrada en Guacolda varía entre 13%C a 180C,

Desaireador y Bombas de Alimentación de la Caldera: La desaireación será efectuada en el desaireador que se encontrará ubicado a la entrada del estanque de agua de alimentación a la caldera PC. Las bombas de alimentación de caldera serán centrífugas de múltiples etapas, y se ubicarán en la descarga del estanque de agua de alimentación.

Sistema de Condensado: Consiste en dos bombas verticales, una en operación y otra en reserva, las que serán usadas para enviar el condensado desde el condensador hacia el desaireador. Cada bomba deberá suministrar el flujo total requerido, más el flujo necesario para atemperación del vapor conducido por el bypass de vapor hacia el condensador, que equivale aproximadamente a un 30% del flujo de vapor.

Planta Desalinizadora: Se instalarán dos plantas desalinizadoras de agua de mar con una capacidad de 750 m3/día Cada una. Estas plantas serán del tipo Compresión Mecánica para la desalación del agua de mar. El aditivo inyectado a las plantas desaladoras corresponde a antiincrustante, este puede ser IDE-206 o Belite M8 según recomendación de fabricantes, de acuerdo a la cantidad de agua de alimentación estos reactivos son consumidos Casi en su totalidad existiendo un remanente en RILES menor a 0.01 Ppb. La periocidad de inyección de hipoclorito de calcio es como máximo 1 hora diaria en una concentración que no exceda a 0,1- 0.2 ppm de cloro libre en agua de alimentación, esto se controlará con un sistema de inyección programado además de medición de muestras tomadas en terreno cuando corresponda.

Purgas de la Caldera PC: Se instalarán estanques de acero al carbono para recibir las purgas de la caldera PC. Sistema Auxiliar de Enfriamiento: Se instalará un sistema de enfriamiento en circuito cerrado. Este sistema incluye un sistema cerrado de agua desmineralizada, impulsada con bombas para abastecer a todos los sistemas que requieran enfriamiento, un intercambiador de calor para el traspaso de calor al circuito primario (agua de mar) y disminuir la temperatura del agua y un estanque de expansión. El sistema de enfriamiento primario será por medio de agua procedente del sistema de agua de circulación.

Sistema de Instrumentación y Control: La Sala de Control de la Unidad 5 será independiente de las otras Unidades de generación del Complejo Los equipos electrónicos necesarios (relés) para procesar las señales de entrada y salida, se ubicarán en una sala adyacente.El generador de la unidad contará con un sistema de sincronización automática. La configuración prevista permitirá una generación total de 152 MW brutos.

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c.1) Operación y mantenimiento

En este tipo de instalaciones, el equipo que contribuye en mayor proporción a los programas de mantenimiento es la caldera PC. En general, estos mantenimientos se dividen en tres categorías: mantenimientos menores, inspecciones y reparaciones mayores. Los intervalos de tiempo entre cada uno de ellos depende principalmente del número de horas de operación, del nivel de potencia, del número de partidas y de la forma de operación.

El tiempo requerido para efectuar un mantenimiento mayor es de aproximadamente 60 días, considerando que todos los recursos se encuentran disponibles. El mantenimiento e inspección de la caldera PC deberá ser efectuada con rigurosidad, considerando las altas temperaturas y presiones a las que opera. Los mantenimientos de los otros equipos no son tan rigurosos como los de la caldera PC y es altamente probable que ellos permanezcan operativos incluso más allá de la vida útil del proyecto.

Los mantenimientos no programados que hacen a una central salir del servicio son atribuibles a la caldera PC y turbina de vapor. En general los restantes equipos son redundantes para evitar que una falla en ellos detenga la Central.

La mantención para las tuberías de succión se realiza durante las Mantenciones Generales de la Unidad, las que se efectúan aproximadamente con una frecuencia anual. En estos trabajos, las labores de mantención corresponden al retiro del material adherido a las paredes de los tubos de aducción (principalmente pelillo y picorocos). Esta labor se realiza mediante limpieza manual mecánica, utilizando herramientas tales como palas, espátulas, entre otros, al término de estas labores se procede a recuperar la pintura interior de la tubería, aplicando un esquema de protección por barrera, consistente en anticorrosivo base epóxico, brea base epóxico y Antifouling de terminación. (Se adjuntan fichas técnicas y hojas de seguridad del anticorrosivo base epóxico y brea base epóxico en Anexo HS-1 de Adenda 2).

La biomasa retirada, es dispuesta como residuo doméstico.

Las mantenciones mayores se planifican con la fábrica con un año de anticipación, con el fin de tener todos los recursos materiales, especialistas y mano de obra disponibles para la fecha planificada de mantenimiento mayor.

Durante la mantención, se efectúa un seguimiento diario de la programación para detectar y corregir cualquier desviación que pudiera afectar la ruta crítica para no atrasar los plazos comprometidos. Además se contempla que los equipos son sometidos, además de la mantención mayor, a mantenciones periódicas según calendario del proveedor y necesidades del Titular.

c.2) Insumos

  • Combustibles: Se ha previsto la utilización de 100% de carbón bituminoso o sub-bituminoso o mezclas de carbón. El consumo de carbón sub-bituminoso se estima en 105 ton/h, en caso que se opere con 100% de este combustible, de un poder calorífico de 4.000 kcal/kg. En cambio, si se utilizara un carbón bituminoso con un poder calorífico de 6.350 kcal/kg, el consumo sería de 66 t/h. El carbón requerido para la operación de la unidad, será recibido y descargado desde naves haciendo uso del Puerto Guacolda, y su origen será extranjero o nacional (XII Región). Para el almacenamiento de combustibles sólidos se ha proyectado aumentar el almacenamiento a un total de 436.000 t, lo que permite una autonomía máxima de 45 días. Por este motivo sólo será necesario ampliar la cancha de carbón existente en 6.446 m2 hacia el Sur, con una altura máxima de 15 m. y todo el sector se mantendrá con malla de protección de viento perimetral (al igual como existe hoy en la cancha actual) de modo de minimizar la dispersión de particulado desde la cancha. Como se ha señalado, también se ha previsto el uso de Petróleo Diesel en la partidas y eventualmente también podrá utilizarse Petróleo pesado (también denominado Fuel Oil o Petróleo Combustible N*6) para la operación de la unidad ante emergencias del sistema de abastecimiento de carbón. Los consumos estimados, sobre la base de lo que ha sido la operación histórica de las Unidades 1 y 2, son 114 ton/año de Petróleo Diesel y 105 ton/año de Petróleo pesado.

  • Agua de Mar: Se requiere para refrigerar el condensador de la turbina de vapor y otros usos menores. El total de agua a extraer corresponderá a 20,312 m3/h de los cuales se utilizará 18.700 para enfriamiento y el resto para otros usos. Se requerirá agua de reposición o de reemplazo de pérdidas, para el ciclo de vapor de la unidad (make- up), no mayor a 8,6 m3/h.

  • Amoniaco: Se contempla un consumo máximo de amoniaco de 105 kg/h para su utilización en el filtro SCR, independiente si la elección es solución de amoníaco (UN 3318) o amoniaco anhidro licuado (UN 1005).

» Agua industrial: Para la operación se producirá con una planta desaladora de agua de mar para consumo fundamentalmente en caldera, planta desulfurizadora, riego de cancha de carbón y cenizas, lavado de caminos, con un consumo máximo de 5 l/s.

» Agua potable estimada en la etapa de operación es de 0,7 l/s, considerando el abastecimiento para la totalidad del personal que labora en la Central.

  • Otros Insumos: + Petróleo Diesel, Petróleo Pesado e Insumos Químicos Para las partidas de la caldera PC y en caso de emergencias se requerirá petróleo Diesel, y Petróleo Pesado (Petróleo Combustible N*6). Los valores de azúfre serán los siguientes:

[ Variable En el Petróleo Diesel En el Petróleo Pesado >] |Azúfre Menor que 0,035% mm 5%

Tanto el Petróleo Diesel como el petróleo Pesado serán suministrados directamente desde los estanques de almacenamiento existentes en el Complejo.

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Otros insumos necesarios para la operación de la nueva unidad corresponden a los productos químicos señalados a continuación:

Fosfatos: Estos reactivos se utilizan para prevenir corrosión en caldera, remoción de sales, además, para mantener un pH adecuado para su buen funcionamiento y mantener su vida útil. Son evacuados de la caldera por el sistema de purga continua en una concentración en RILES menor a 1 ppb., de acuerdo a hoja de seguridad esta concentración no afecta a la vida marina.

Secuestrante de Oxigeno e inhibidor de corrosión (hidracina): Estos compuestos al reaccionar con el oxigeno y debido a las altas temperaturas del vapor donde son inyectados son transformados en gas inerte (N2) en muy bajas concentración, la concentración de hidracina inyectada a caldera en operación es siempre menor que 30 ppb, quedando un remanente en RILES menor a 0,1 ppb.

Antiincrustante: La utilización del anti-incrustante es usada para prevenir la incrustaciones de sales al interior de las plantas desaladoras, producto de la destilación de agua de mar. Estas sales reaccionan con el reactivo y la mezcla se comporta como coloide y se evacua por la descarga de salmuera en una concentración en Riles menor que 0.01 ppb sin afectar la biota circundante. Según la procedencia será el tipo de antiincrustante a utilizar. Para la U3 de la Central se utilizó Belgard EV 2050. En Anexo HS-1 de la adenda 1 se adjuntan las Hojas de Seguridad Antiespumante: Belite M8 está certificado por NSF Internacional para ser usado como un antiespumante en las plantas de desaladoras de agua de mar. La dosis máxima aprobada es de 10 mg/! en el agua de alimentación. En Anexo HS-1 de la adenda 1 se adjuntan las Hojas de Seguridad.

Hipoclorito de Calcio Granulado: En cuanto al hipoclorito de calcio es inyectado antes de la entrada de agua de mar a las plantas desaladora con el fin de evitar la formación de fouling en el interior de las tuberías de alimentación, este compuesto es inyectado a una concentración de entre 1 y 2 ppm, el reactivo que no reacciono o que queda como cloro libre es disociado en forma natural producto de la destilación del agua de mar, quedando un remanente menor a 0.0040 ppm en Riles y de acuerdo a Hoja de Seguridad del producto a esta concentración no afecta a la vida marina.

Tabletas de Hipoclorito de Calcio: Son usadas para evitar la migración al mar de bacterias aeróbicas en las plantas de tratamiento de aguas residuales.

Bisulfito de Sodio: Estas tabletas son encargadas de neutralizar el cloro remanente del proceso de desinfección utilizado en las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

Sulfato Ferroso: Este reactivo produce una película protectora en los tubos del condensador evitando la oxidación y rompimiento, quedando un remanente menor a 1 ppm en RILES.

Los residuos sólidos asociados a envases vacíos de reactivos son dispuestos en depósitos dentro del recinto de la central, para posteriormente ser retirados mediante empresas autorizadas para las labores de disposición final, en cumplimiento con el D.S. N*148/2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, realizándose la Declaración para el transporte y seguimiento mediante el Sistema SIDREP.

d. Instalaciones Comunes del Complejo

A continuación se describen la operación en las instalaciones comunes del complejo, dentro de las que destacan los sistemas de manejo de insumos y residuos.

Sistema de Manejo de Combustibles: Para el almacenamiento de combustibles sólidos se ha proyectado aumentar el almacenamiento a un total de 436.000 t, lo que permite una autonomía máxima de 45 días. Por este motivo sólo será necesario ampliar la cancha de carbón existente en 6.446 m2 hacia el Sur, con una altura máxima de 15 m. y todo el sector se mantendrá con malla de protección de viento perimetral (al igual como existe hoy en la cancha actual) de modo de minimizar la dispersión de particulado desde la cancha. Esta ampliación de la cancha actual se muestra en la Figura DP-3 de la Adenda 1. Desde esta cancha se trasladará el carbón a todas las unidades mediante correas cubiertas del tipo tubular. Este sistema es hermético ya que la misma correa plana se transforma en un tubo circular hermético que impide la emisión de material particulado al ambiente.

Respecto a las naves que recalarán al muelle y forma de desembarque de carbón aumentará la frecuencia de estás al ampliar el consumo de carbón con 5 unidades, la frecuencia de recaladas será de 4 naves por mes considerando naves de 70.000 Ton cada una para un consumo anual de 3.400.000 Ton.

Sistema de Manejo de Caliza: El consumo de caliza de la Unidad 5 será como máximo entre 5 y 7 tph. El mayor consumo de caliza ocurrirá con la central operando a plena carga. Los camiones vacíos serán lavados con agua antes de su retiro de la central Guacolda. La caliza sería cargada a camiones sellados para su transporte al galpón de caliza.

Acopio y Tratamiento de la Caliza: La caliza será descargada en un galpón techado de recepción de caliza, que se ubicará aledaño a la planta de tratamiento. La caliza acopiada dentro de un silo será recuperada por medio de cargador frontal en una tolva a nivel de piso que alimentará a un alimentador de tornillo conectado directamente con un molino de bolas y silo de caliza. La caliza será enviada desde el silo directamente al cuerpo de un mezclador de lechada de caliza, el cual será bombeado directamente al desulfurizador.

La Central cuenta con un sistema de almacenamiento de petróleo pesado compuesto por: Un estanque de almacenamiento de uso diario de petróleo de 800 m3 de capacidad y un sistema de calentamiento y bombeo de petróleo hasta los quemadores de la caldera. Este sistema se encuentra instalado y operativo para las unidades existentes y será utilizado también por la Unidad 5. En caso que se requiera un consumo mayor al almacenado en el estanque de uso diario, Guacolda tiene un contrato con COPEC que abastece regularmente el estanque de uso diario desde los estanques de almacenamiento que posee dicha empresa en Huasco,

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El petróleo se mantiene caliente mediante vapor auxiliar de la central y las tuberías se calientan mediante un sistema de calefacción eléctrico, que se pone en servicio cuando se requiere quemar petróleo. En 15 minutos desde que se inicia el proceso se está en condiciones de quemar petróleo.

e. Depósito de cenizas, escorias y residuos del desulfurizador

La operación del depósito de cenizas se realizará siguiendo el siguiente plan de manejo:

» ACTIVIDAD 1 Excavar el terreno en celdas de una superficie variable no superior a 10.000 m2 de superficie (en el fondo) y de una profundidad variable entre 7 y 20 metros, donde se irán depositando indistintamente las cenizas, escorias y yeso del desulfurizador. El suelo, producto de la excavación, se dispondrá a los costados de dicha excavación, de modo de utilizarlo en el recubrimiento final de cada celda. La base de las celdas será impermeabilizada con yeso previo a disponer en ella los residuos.

  • ACTIVIDAD 2 Descargar los camiones con cenizas, escorias y yeso de desulfurización o mezclas de ellos y disponer en capas, compactándolas, formando estratos horizontales en la celda excavada.

  • ACTIVIDAD 3 Una vez completada la celda en operación, ésta se sellará depositando sobre la última capa dispuesta, una capa final de suelo natural que cumple la función de restituir el área intervenida a su condición natural y sellar la celda para evitar problemas de dispersión por la acción eólica. El material de la última capa provendrá del suelo acopiado en el perímetro de la excavación y tendrá un espesor mínimo de 30 centímetros.

  • ACTIVIDAD 4 Nivelar el terreno intervenido para restaurar el área a una condición similar a la topografía natural.

El capataz deberá supervisar la excavación, depositación, esparcimiento y compactado de las cenizas y escorias. Además, deberá llevar control de las cantidades de desecho, de acuerdo al programa de control actualmente utilizado.

En el anexo VE-2 de la Adenda 1, se entrega un plano con la distribución de las celdas y la secuencia de llenado del vertedero. Además, se presenta un corte transversal de la celda.

Una vez que culmine la capacidad del vertedero se analizarán alternativas de disposición final del residuos tales como venta a terceros, envío a un relleno autorizado de tercero, o adquisición de un nuevo predio en cuyo caso se ingresará al SEIA esta nueva área de disposición de residuos.

  1. Descripción de la Etapa de Abandono del Proyecto

Si existiese la necesidad de una etapa de abandono, ésta ocurrirá, en la condición más temprana, a 50 años desde la puesta en servicio.

La etapa de abandono comienza con el desmantelamiento y reciclado de los equipos y estructuras,

Las obras civiles pueden ser demolidas en su totalidad o parcialmente (por ejemplo dejando en su lugar fundaciones profundas), restaurando las condiciones del terreno original mediante el uso de carpetas de suelo y plantación de vegetación adecuada para el entorno, buscando evitar la regularidad, simetría, ángulos bruscos, cambios bruscos de pendiente, etc., previa limpieza del suelo en los lugares donde sea necesario.

Respecto del vertedero de cenizas, debido a que su construcción y operación es por etapas, el plan de cierre y abandono es continuo en el tiempo. Sin embargo, se debe señalar que una vez completa su Capacidad y de acuerdo a las condiciones de diseño se tendrá una cubierta sobre el depósito que contará con baja permeabilidad (del orden de 10-5 cm/s), no requerirá de mantenimiento, será resistente a la erosión (y en general capaz de mantener su integridad), estará adaptado a la topografía del lugar, cuando la cota del depósito esté por sobre el nivel del suelo los taludes de las superficies verticales tendrán una pendiente no mayor a 1:3 (V :H) y los taludes de la superficie superior del depósito tendrán la pendiente requerida (entre 3 y 5%) para facilitar el escurrimiento de las aguas lluvias. La única actividad necesaria al completar la capacidad del depósito será retirar las obras anexas asociadas al funcionamiento del depósito como son las instalaciones sanitarias, bodegas y caseta del cuidador.

  1. Transporte Etapa de Operación:

Durante la etapa de operación, considerando la operación del Complejo con las 5 Unidades en operación a máxima capacidad, los Ítemes relevantes asociados al transporte son:

o Transporte de Residuos de Combustión (Cenizas, escorias y yeso): Transporte realizado mediante camiones encapsulados y/o encarpados, desde la Central hacia Vertedero de Cenizas y Escorias. El tránsito de estos camiones se realiza sin ingreso a Huasco. La frecuencia de viajes, considerando la máxima generación promedio de residuos para el complejo, es decir 95 ton/hora de residuos producto de la combustión (cenizas, escorias y yeso de las 5 unidades) en camiones de 20 t, con una frecuencia de 5 viajes / hora durante las 24 horas.

o Transporte de Sustancias Peligrosos: Transporte realizado por empresas que cuentan con Resolución Sanitaria, desde Central hacia las Instalaciones de Disposición Final, la frecuencia de retiro anual asociada a los residuos peligrosos, considerando la operación simultánea de las 5 unidades será aproximadamente de 20 camiones anuales. Estos camiones utilizarán la Ruta C46 en el tránsito Vallenar-Huasco y Huasco-Vallenar, para luego dirigirse mediante dicha Ruta hacia las instalaciones de disposición final (destinos Antofagasta, Santiago).

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o

10.

Los insumos que serán allegados en forma terrestre corresponden a: Acido sulfúrico, hidróxido de sodio, amoniíaco, sulfato ferroso, hidracina, hipoclorito de calcio, fosfatos, antiincrustantes, antiespumante, aceite lubricante, solventes industriales, cilindros de gases comprimidos (hidrógeno, nitrógeno, oxígeno, dióxido de carbono) Transporte de Cilindros de Gases: Transporte realizado desde la ciudad de Vallenar, con una frecuencia mensual de 2 viajes, utilizando la Ruta C46, mediante camiones de Empresa AGA, empresa especializada en este tipo de transportes, utilizando camiones que cuentan con barandas protectoras y sistemas de aseguramiento para los cilindros. Transporte de Sustancias Peligrosas: Camiones de sustancias peligrosas, con frecuencia aproximada de 6 viajes anuales, en tránsito regular por Ruta 5 Norte, accediendo desde el cruce de Vallenar hacia Huasco, Transporte de Caliza: Se estima en una cantidad máxima anual de 100 mil toneladas. el mayor consumo de caliza del complejo, ocurrirá con las Unidades 3 y 5 operando a plena carga, en la condición más exigente, Se espera que la mayor parte de la caliza sea recibida utilizando la ruta 5 y la ruta C-46 (Vallenar-Huasco). La caliza se transportará en tracto-camiones con tolvas de aproximadamente 30 t, cubiertas con carpas de lona con ojetillos y amarras para cubrir la carga. La lona o carpa deberá impedir el paso de cualquier agente contaminante ya sea sólido o líquido, incluyendo el polvo hacia el exterior. En esta condición se puede requerir una cantidad de viajes y frecuencia máxima esperada de hasta 12 viajes por día, 6 días por semana con las unidades 3 y 5 en servicio. Los camiones tendrán una antigiiedad máxima de 6 años y deberán estar sometidos a un plan de revisión y mantención periódico, con todos sus certificados y documentación al día y conducidos por conductores autorizados e idóneos, con sus licencias de conducir vigentes. Las ruedas de los camiones vacíos serán lavadas con agua antes de su retiro de la central Guacolda. No se considera transitar por o cerca del parque Nacional Llanos de Challe y/o elsitio prioritario Llanos de Challe. a) En el Anexo PE-1 se adjunta la resolución N*1249 del 26 de septiembre de 2007 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT) que corresponde al permiso para usar equipos de radiocomunicación VHF.

Residuos

Riles: El proceso de tratamiento de RILes empieza desde el estanque de agua de servicio, donde se entregan 40 m3/h como flujo de reposición al sistema de desulfurización húmedo con lechada de caliza, sistema que permite capturar el SO2 que llevan los gases de descarga de combustión de la caldera. En este desulfurizador húmedo se produce un rechazo de 6,2 m3/h de RlLes que corresponden a agua de servicio, sulfatos y sulfitos de calcio y/o magnesio y pequeñas cantidades de cenizas, las cuales son descargadas a una piscina de decantación y neutralización corrigiendo su pH mediante la adición de Acido o Soda según sea el caso, el cual es reutilizado nuevamente en el proceso de desulfurización. El residual de 40 m3/h se evapora producto de la temperatura de los gases transformándose en vapor de agua hacia la atmósfera y se humecta el yeso para su retiro de planta sin emisión de polvo.

Resumen de RILes generados Unidad 5:

Proceso Cantidad | Descripción de RILes | m3/h | Rechazo planta desaladora 46 Salmuera: agua con sales disueltas L — | | en concentración de 7% STD Rechazo planta desulfurizadora 0,0 Agua neutralizada de 6,2 m3/h se

reutiliza en el proceso de desulfurización.

| Purgas desde la Caldera 8,5 Agua de caldera (agua desmineralizada y anden —

[ TOTAL 1 54,5

Las descargas unidas en el pozo de sello de la central (este pozo de sello es propio de la unidad 5), conforman un total único de RILes con un caudal final de 20.255,5 m3/h.

En las mantenciones programadas de plantas una vez al año, eventualmente se drena toda el agua contenida en caldera sin realizar ningún tipo de tratamiento previo, dado que los controles aplicados permanentemente cada 8 horas a esta agua, corresponden a análisis completos de peligrosas que afecten la vida marina.

Respecto a los residuos líquidos provenientes del lavado de camiones, el agua libre de sedimentos proveniente del lavado de camiones se vierte a un sistema de canaletas que conduce a estanque separador de agua/aceites para retirar la parte oleosa que pudiera contener.

El estanque separador consiste en un depósito con divisiones internas que permiten realizar la separación en varias etapas. La parte oleosa sobrenada superficialmente debido a que tiene una densidad menor que el agua lo que permite que sea retirada físicamente por rebalse, posteriormente es envasada en contenedores herméticos y enviados a una planta de tratamiento de residuos autorizada. Se estima una cantidad inferior a 1 m3/año de estos RILes. Desde el estanque separador se entrega el agua tratada al sistema de tuberías de conducción de RILes que la dirige al pozo de sello de la central.

En la etapa de construcción, los riles serán íntegramente tratados en plantas de tratamiento previo a su descarga al mar.

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11.

Las aguas de lavado y los derrames de nunidificación (<1 m3/h) se trasladasn mediantes canaletas hacia un pozo de decantación que permite la separación física de los sólidos sedimentables en agua (tierra, polvo, ceniza, escoria), obteniéndose agua clarificada y lodos sedimentables,

Debido a que el proceso de lavado es una operación discontinua, que ocurre preferentemente durante el día, la decantación de los sólidos en suspensión ocurre en un tiempod e 8 hrs aprox. Finalmente, por rebalse el agua libre de sedimentos se vierte a un sistema de canaletas que conduce a estanque separador de aguas/aceites para retirar la parte oleosa que pudiera contener. Luego, esta agua ya clarificada y libre de hidrocarburos es conducida a las tuberías de RlLes que desemboca en el pozo de sello de la central. Los sólidos sedimentados son retirados en camiones que transportan cenizas y enviados a su disposición final al vertedero de la central. Mismo proceso se realiza para los camiones que transportan cenizas y escorias.

Residuos Domésticos: Durante la etapa de operación de la Unidad, se utilizará la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas existente, cuya ubicación y descarga tiene las siguientes coordenadas UTM Datum PSAD 56 (E: 278816; N: 6849112). Esta Planta de Tratamiento descarga sus aguas servidas tratadas, al mar. Se considera un control diario de la Planta, mediante inspección visual, así como la realización de test de sedimentación en forma mensual. Adicionalmente, se tiene considerado un control de acuerdo a lo señalado en el numeral 6.3 del D.S. 90 a cada Planta, para monitoreo de RILES de acuerdo a lo establecido en la Tabla 4 del D.S. N*90. La posible falla del Sistema de Tratamiento, puede corresponder a Plantas de Tratamiento Aeróbico (lodos activados) por Falla en soplador, para esto se consideró la instalación de dos sopladores en línea para cada Planta, manteniéndose uno en posición stand-by. De esta manera que ante la falla de uno de estos equipos, se procede a conectar el equipo en stand-by, asegurando la mantención del proceso, mientras se procede a la reparación necesaria para mantener ambos sopladores operativos.

Respecto a los sólidos filtrados en las rejas gruesas, mallas finas y pozo de rejas del sistema de aducción, se llevará un registro de la actividad detallando las cantidades extraídas de esta biomasa retirada (principalmente picorocos), la cual será dispuesta como residuo doméstico.

Durante la etapa de construcción se estima una generación de 4.000 m3 anuales.

Residuos Industriales Peligrosos: estos desechos son mínimos, se depositan en un contenedor para posteriormente ser retirados y dirigidos a Instalaciones de disposición Final para su tratamiento y neutralización. La disposición final de los sachets utilizados para análisis se realiza mediante empresas de transporte y disposición final debidamente autorizadas, utilizando para estos efectos la Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos mediante el SIDREP. Cabe señalar que todos los desechos de laboratorio son manejados de acuerdo al D.S. 148.

Se estima que durante la etapa de construcción se generarán 25 ton anuales. En la etapa de operación se estima la generación de 51 ton/año de este tipo de residuos.

Adicionalmente, se generarán otros residuos peligrosos, los cuales serán entregados a empresas especializadas en el rubro para su procesamiento y disposición final.

Residuos Industriales no Peligrosos: La mayor cantidad de residuos provendrá de los excedentes de excavación que se efectuará en el sitios. El volumen de excavación se estima en 321.000 m3 de roca y material común, los cuales se trasladarán a uno de los sitios facilitados por la 1. Municipalidad de Huasco. Las coordenadas del terreno se muestran a continuación:

Vértice Norte Este 7 | 1 6.846.909 282.731 o 2 | 6.847.001 282.736 3 6.847.795 282.414 4 6.847.024 282.299 5 6.846.889 282.306

Además, se considera la generación de otros residuos como lana mineral y silicato de calcio limpio a razón de 500 m3 anuales, durante la construcción.

Compromisos Voluntarios

Promover entre los contratistas un comportamiento responsable ante la comunidad que habita al interior de la zona de influencia del proyecto. La Contraparte del proyecto realizará charlas a los contratistas.

Coordinación con la Municipalidad de Huasco, a cargo de EEGSA. Esto se hará efectivo con reuniones informativas. Entre las medidas a adoptar para minimizar riesgos de accidentes carreteros está la apropiada información a la comunidad (Juntas de Vecinos, Escuelas, Organizaciones Sociales), indicándose los horarios de trabajo, y especialmente de circulación de vehículos. Cuando se requiera, se solicitará la cooperación de Carabineros de Chile para el transporte de materiales o equipos de grandes dimensiones.

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» Se privilegiará la contratación de personal a nivel local y comunal, en coordinación con la Municipalidad de Huasco. Esto se hará efectivo, por ejemplo, solicitando al Municipio un listado de personas desocupadas y su nivel de calificación técnica, de modo que puedan ser empleadas durante las etapas de construcción y/u operación, siempre que cumplan los requisitos.

  • Para la adquisición de insumos y materiales se privilegiará la compra a empresas locales, en segundo lugar regional y finalmente nacional y extranjeras.

» Dado el volumen de árido y arena a utilizar, se exigirá que los proveedores cuenten con las autorizaciones correspondientes.

  • Los servicios de alimentación y transporte serán contratados preferentemente a proveedores locales y comunales.

  • En lla etapa de construcción de las Unidades 3 y 4 se ha ocupado aproximadamente entre un 25 a 30% de mano de obra local, mayormente no especializado. Para aumentar la cantidad de ocupación de mano de obra local, se considerará capacitación de trabajadores locales de acuerdo a las distintas especialidades requeridas en la construcción. Se considerará en las bases de licitación del contratista incluir programa de capacitación.

  • El titular estará en coordinación con la Dirección de Vialidad respecto a la construcción de la ruta Huasco — Aguada Tongoy, como proyecto continuativo de la Ruta Costera. Dicho proyecto cuenta con un carácter turístico, caracterizado por la puesta en valor de varios puntos singulares de alto valor estético; con el objeto de encontrar mecanismos que aseguren que tanto el vertedero como la ruta costera sean compatibles.

  • Que conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se realizaron las siguientes actividades de Participación Ciudadana:

El Estudio de Impacto Ambiental — EIA — del Proyecto “Unidad 5 Central Térmica Guacolda” fue admitido por la Dirección Regional de Atacama el 22 de enero del 2009 y enviado al Comité Técnico el 27 de enero del 2009.

La última fecha de publicación del extracto del EIA visado por CONAMA fue el 2 de febrero del 2009 y por lo tanto el programa de participación ciudadana se extendió desde el 02 de febrero del 2009 hasta el 28 de abril del 2009.

Con el propósito de asegurar tanto el suministro de la información oportuna a personas que pudieran verse afectadas, así como alternativas de consulta y discusión con el proponente, se realizaron talleres en la totalidad de las comunas que pudieran verse afectadas. A continuación se presenta una síntesis del programa desarrollado.

| Taller Lugar val Día/Hora [ Apresto/Discusión Salón Municipal de Huasco 04 de marzo 2009/18:00 horas

5.1 Síntesis de Observaciones Ciudadanas:

Se recibieron a través de las oficinas de partes de CONAMA un total de 236 observaciones ciudadanas, las cuales fueron emitidas tanto por personas naturales como por organizaciones ciudadanas.

Las observaciones ciudadanas recibidas en el marco del proceso de Participación Ciudadana son las siguientes:

Calidad del Aire-Emisiones

  1. Se solicita incluir dentro de la normativa ambiental aplicable al proyecto, la norma secundaria de calidad del aire, para el material particulado sedimentable (MPS), establecida en el decreto supremo n?4 del Ministerio de Agricultura del año 1992 considerando que el proyecto evaluado involucra un incremento de las emisiones PTS de 19,1% respecto a las emisiones actuales (Unidades 1-2) o un 11,7% respecto a las emisiones de unidades 1 a 4. (Observación realizada por Asociación de Pequeños y Medianos Olivicultores de Huasco y Freirina)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, se reproduce a continuación cuadro resumen incorporado en consulta de la Autoridad Sanitaria regional, agregándose el compromiso de que el promedio anual de MP no sobrepase 3,6 tpd.

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Emisiones de Material Particulado (tpd) Central Guacolda Proyecto | Etapas — |total | vi+J[u3z [us Jus | Estado situación lo uv2 | Guacolda Ul y U2 | 3,75 | 3,75 | Aprobado Modificado | Guacolda lu1, U2 y T 3,75 02,75 (1 y Aprobado - 1 operación | U3 | Lo | h— - = Guacolda U1l, U2, ES 22 06 108 | Aprobado construcción ¡U3yu4 | [ Guacolda | Ul, U2, 402(36 22 [06 08 0/42 | En evaluación U3, U4 y | promedio Calificación | u5 anual) |

Respecto de incorporar dentro de la normativa ambiental aplicable al proyecto el DS 4/92 del Ministerio de Agricultura, se indica que las características del material particulado que emite la Central Termoeléctrica muestran una baja participación en el material particulado sedimentable.

  1. Se solicita al titular comparar las concentraciones máximas esperadas de Dióxido de Nitrógeno con la norma de Referencia de la Confederación Suiza (Observación realizada por Asociación de Pequeños y Medianos Olivicultores de Huasco y Freirina)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, se indica que el reglamento del SEIA, artículo 7, establece que: "Las normas de calidad ambiental y de emisión que se utilizarán como referencia para los efectos de evaluar si se genera o presenta el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), ambas del artículo 11 de la Ley, serán aquellas vigentes en los siguientes Estados: República Federal de Alemania, República Argentina, Australia, República Federativa del Brasil, Confederación de Canadá, Reino de España, Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de Norteamérica, Nueva Zelandia, Reino de los Países Bajos, República de Italia, Japón, Reino de Suecia y Confederación Suiza.

Para la utilización de las normas de referencia, se priorizará aquel Estado que posea similitud, en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local”

Al respecto, el Titular ha realizado la comparación con la normativa vigente en Estados Unidos, tal como se señala en la siguiente tabla:

| Parámetro, Base Estándar T País l Estándar | País ] | Unidad Temporal Primario Secundario | ] NO», Hg/m ¡Horario 400 Chile * | o | Anual 100 Chile 100 | USA Y a PM10, 1g/m Diario 150 | Chile 150 | USA D 2] | o — Anual 50 | Chile 50 —[USAD ] SO», g/m3 Horario - - 1000 | Chile | Diario [250 | Chile | 365 Chile o | Anual 80 | Chile 80 [Chile J | Amoníaco, Horario 1400 Alberta 1400 | Alberta m3 | (Canadá) (Canadá) |]

http: / /www.epa.gov/air/criteria.html

  1. Solicitan al titular que considere todas las fuentes de emisión existente en la zona para SO2, NOX, MPS, determine áreas o puntos de máximo impacto y especifique como va a subsanar o asegurar que, con su proyecto no se sobrepasará la normativa vigente. (Observación realizada por Asociación de Pequeños y Medianos Olivicultores de Huasco y Freirina)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, lo que corresponde es que el Titular evalúe los impactos de su proyecto en el medio ambiente, relacionados con la salud de la población y recursos naturales renovables. Las emisiones de terceros son parte de la línea de base del proyecto.

Se agrega respuesta 4.1 del titular en Adenda 3: “Como se ha expuesto a la Autoridad Sanitaria Regional, EEGSA ha

tramitados los estudios de impacto ambiental de sus Unidades siempre buscando compensar las emisiones a la atmósfera de las nuevas unidades.

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En ese contexto, y en vista de la futura declaración de zona latente por norma trianual, en Adenda 2 se ha comprometido a que la emisión del conjunto de Unidades (5 en Total) no superará las 3,6 ton/día promedio anual, de modo de no introducir aportes en este parámetro a nivel anual. Asimismo, ha comprometido un máximo promedio mensual no superior a 4,02 ton/día.

Como señala la autoridad, esta propuesta no es del todo satisfactoria para ella, por lo que indica que el 3,6 tpd debiera ser un máximo diario. Al respecto, debemos señalar a la Autoridad Sanitaria que comprometer un máximo diario de esa cuantía dificulta enormemente la operación del complejo termoeléctrico, el que es vital para el abastecimiento de energía eléctrica a nivel regional, como quedó demostrado durante los días posteriores al terremoto del 27 de febrero d este año.

En efecto, se debe tener en cuenta que las Unidades se operan a diferentes niveles de generación eléctrica, de acuerdo al mandato que impone el Centro de Despacho

Económico de Cargas del Sistema Interconectado Central (CDEC-SIC). Asimismo, para optimizar la generación eléctrica, la operación de las instalaciones y los costos, se dispone de diversos carbones que poseen variados contenidos de cenizas, los que hacen que controlar la emisión a nivel diario sea operacionalmente muy dificultoso.

Es preciso que la Autoridad Sanitaria tenga en consideración los siguientes casos en que la emisión máxima diaria puede subir puntualmente:

a) Falla de todas las placas de un precipitador electrostático (PE) de una unidad, en que la emisión total del complejo en material particulado (incluida la Unidad con PE fuera de servicio) puede llegar a un máximo de hasta 12 ton/día. Esta situación es excepcional, y en el caso más desfavorable puede presentarse hasta 2 veces en el año. Cada evento se extiende un máximo de 24 horas.

b) Necesidad imperiosa de operar las Unidades del Complejo con un carbón de alto contenido de cenizas (20%), situación que no deberá presentarse más allá de 1 vez cada 5 años, y que lleva a las emisiones de PTS totales del complejo a un valor de 10 ton/día.

Cc) Operación normal que por un imprevisto no definido haga que las emisiones lleguen a un máximo de hasta 6 ton/día. Este límite máximo diario se alcanzará sólo en un 5% de los días del año, manteniendo en el 95% del resto de los días del año, el mismo lineamiento propuesto en el Anteproyecto de Norma de Emisión de Termoeléctricas. Cuando la norma sea oficial, EEGSA se ajustará fielmente a lo que disponga esa norma en lo que respecta a máximas emisiones y formas de cumplimento.

En el contexto de lo anterior, mantenemos nuestros compromisos referidos a máximas emisiones anuales y mensuales y solicitamos a la Autoridad Sanitaria Regional considera los máximos diarios señalados previamente en los literales a), b) y c) como un nuevo compromiso de emisiones máximas, en términos diarios.

Respecto de las concentraciones esperadas en la situación contingente de mayor emisión (12 t/d como máximo):

De acuerdo a los antecedentes presentados en Adenda 1, considerando una emisión de 4,02 ton/día se tiene: “Calidad del Aire — PM10 - “Con Proyecto”

Para la situación con proyecto, y de acuerdo al modelo de dispersión, se ha estimado que el aporte de las 5 Unidades emitiendo por chimenea un máximo de 4,02 t/d sea el indicado en la siguiente tabla

Tabla 28 Aporte Máximo de las Unidades 1, 2,3, 4y 5 (19g/m?) Emisión Máxima de PM10

Estación Aporte Máximo | Aporte Máximo Diario Anual EMEM j 59 E 22 EMEF 5,2 2,2

Por su parte, y como se ha señalado en la introducción, el aporte de las fuentes fugitivas, en forma conservadora, se ha estimado como el doble del actual y sin considerar la aplicación de las reducciones generadas por la aplicación del protocolo de acuerdo. En forma proporcional, el aporte de las fuentes fugitivas no será mayor a 0,06 ig/m3 (es decir, el doble de lo estimado para la estación BOMBEROS en la Tabla 27). Así, el aporte máximo del proyecto, incluidas las 5 Unidades de generación eléctrica y las fuentes fugitivas, no será superior, en términos anuales, a los 2,3 Lig/m3 en las estaciones EME M y EME F

En términos diarios, y asumiendo que las emisiones fugitivas mantienen la proporcionalidad que muestran las

concentraciones ambientales esperadas diarias con las anuales provenientes de las chimeneas, en EME F y M el valor aportado por el proyecto no debería superar los 6 Hg/m3,”

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Por consiguiente, si la emisión del Complejo, en caso de contingencia, llega a 12 ton/día diario, las concentraciones máximas aportadas por esta emisión en las estaciones de monitoreo EME-M y EME-F no serán superiores a 18 1g/m3N, En el contexto de lo anterior, los máximos totales esperados, considerando el aporte de terceros, es

Tabla 29 Total Máximo Diario Esperado Emisión de PM10 de 12 ton/día por Chimeneas del Complejo

Estación Aporte Aporte de Total Norma de Máximo de Terceros Máximo Protección las 5 Esperado a la Salud Unidades - - (g/m) (1g/m3) (g/m). (ug/m-) | EMEM 18 2 893 107,3 150 —] EMEF 18 78,7 96,7 150

De acuerdo a lo anterior, aún en condición de emisiones de contingencia, se cumple ampliamente la norma diaria de PM10.”

  1. Se solicita al titular que considere una emisión total de material particulado en 3,6 ton/día (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, cabe señalar que durante el proceso de evaluación, la Autoridad Sanitaria hizo una solicitud en este sentido, y el titular asumió el compromiso de emitir un total de 3,6 ton/día promedio anual como la SUMA de las emisiones de las 4 chimeneas (5 Unidades), con promedios máximos mensuales, para el Complejo (5 Unidades) de 4,02 ton/día.

  1. Se solicita al titular que agregue los monitoreos del año 2008 para los parámetros SO2, MP10, NO2 (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es por eso que el titular, a solicitud de la autoridad ambiental, entregó en el Anexo CA-5 del Adenda 1, una línea de base actualizada, donde incorporó para los parámetros SO2, MP10, NO2, monitoreos del año 2005 al 2008. Las principales conclusiones de esa línea de base actualizada de calidad de aire, indican que: . Los gases Dióxido de Azufre y Dióxido de Nitrógeno presentan concentraciones que se encuentran bajo los límites máximos permitidos por la normativa, en todas las estaciones de monitoreo . Las concentraciones de PM10 se encuentran desde el año 2006 bajo los límites máximos permitidos por la normativa, en todas las estaciones de monitoreo . En cuanto al Níquel, el valor diario más alto fue 0,009 ug/m? y se registró en la Estación , EME M y en la Estación EME F. Aproximadamente en un 52% de las mediciones realizadas, no se detectó la presencia de Níquel en los filtros de PM10. . En cuanto al Vanadio, el valor diario más alto fue 0,042 g/m? en marzo de 2008 y se registró en la Estación EME F. Aproximadamente en un 75% de las mediciones realizadas, no se detectó la presencia de Vanadio en los filtros de PM10.

Además, el titular acogió lo señalado por la Autoridad Sanitaria y se monitorearán las emisiones de Ni, V y As para la Unidad No,

  1. Solicitan que se agreguen valores faltantes en monitoreos realizados en 2007 (Observación realizada por Carmen Donoso y otros) Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es por eso que el titular, a solicitud de la autoridad ambiental, entregó en el Anexo CA-5 del Adenda 1, una línea de base actualizada, donde incorporó para los parámetros SO2, MP10, NO2, monitoreos del año 2005 al 2008. Las principales conclusiones de esa línea de base actualizada de calidad de aire, indican que: . Los gases Dióxido de Azufre y Dióxido de Nitrógeno presentan concentraciones que se encuentran bajo los límites máximos permitidos por la normativa, en todas las estaciones de monitoreo . Las concentraciones de PM10 se encuentran desde el año 2006 bajo los límites máximos permitidos por la normativa, en todas las estaciones de monitoreo . En cuanto al Níquel, el valor diario más alto fue 0,009 jug/m3 y se registró en la Estación . EME M y en la Estación EME F. Aproximadamente en un 52% de las mediciones realizadas, no se detectó la presencia de Níquel en los filtros de PM10. » En cuanto al Vanadio, el valor diario más alto fue 0,042 1g/m2 en marzo de 2008 y se registró en la Estación EME F. Aproximadamente en un 75% de las mediciones realizadas, no se detectó la presencia de Vanadio en los filtros de PM10. Además, el titular, en Adenda 1, señaló que la razón porqué no se cuenta con la información de los meses de febrero y marzo de 2007 en estación EME F y abril de 2007 en EME M para NO2 se debe a que el equipo monitor de NOx, instalado

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en la estación EME F, presentó inestabilidad en su funcionamiento, lo que no permitió validar los registros horarios obtenidos. Dicho equipo fue reemplazado por personal CESMEC, quedando operativo a partir del día 11 de abril de 2007. Con respecto al período de abril para el equipo monitor de NOx correspondiente a la estación EME M, dicho equipo presentó falla en su funcionamiento, El titular informó que el equipo fue chequeado en visita a terreno realizada por personal especializado de empresa CESMEC, quedando operativo a partir del día 1 de mayo de 2007. El titular además, aclara que esta situación fue informada en los respectivos informes de la Red de Monitoreo, por parte de empresa CESMEC,

  1. Persisten dudas sobre valores de níquel y vanadio que tienen valores sobre el límite de detección, observados en los meses de junio, julio y agosto de 2007, coincidentemente con valores promedios altos de MP10 en la estación EME M. (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es por eso que el mismo titular reconoce que efectivamente puede haber relación entre máximos diarios de PM10 y valores sobre el límite de detección en Ni y V. No obstante, se indica que la Unidad 5 sólo usará como combustible principal carbones, lo que debiera evitar este problema.

No obstante, el titular acogió lo señalado por la Autoridad Sanitaria y se monitorearán las emisiones de Ni, V y As para la Unidad N*5. La Autoridad Sanitaria señaló que se debe seguir midiendo los filtros de MP10 para Ni y V con el fin de despejar incertidumbres al respecto, aumentado la periodicidad de las mediciones a tres veces al mes por estación.

  1. Solicitan al titular que considere todas las fuentes de emisión existentes en la zona y que especifique como va a subsanar o asegurar que con su proyecto no se sobrepasará la normativa vigente (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, lo que corresponde es que el Titular evalúe los impactos de su proyecto en el medio ambiente, relacionados con la salud de la población y recursos naturales renovables. Las emisiones de terceros son parte de la línea de base del proyecto,

  1. Solicitan al titular que califique estación de monitoreo localizada en Población 21 de mayo y que se entreguen los informes de las estaciones EME M y EME F con un desfase máximo de un mes (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es por eso que de acuerdo a lo establecido en el D.S. No. 59 de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 25.05.1998) Modificado por el NO D.S. N%45 de 2001, del mismo ministerio. (D.O, 11.09.2001), artículo 6, personal de Seremi de Salud de Atacama realizó el 25 de marzo de 2009, una visita inspectiva al sector mencionado, verificando la ubicación y Características del emplazamiento de dicho monitor de PM10, recomendando calificar dicha estación de monitoreo como Estación de Monitoreo con Representatividad Poblacional (EMRP), según consta en Acta N* 000362.

  1. Solicitan que titular indique 1) aporte esperado de la Unidad 5 en las Estaciones EME M y EME F una vez entrada en operación. 2) aporte esperado de las Unidad 3 y 4 en las Estaciones EME M y EME F Una vez entradas en operación. 3) de que forma se compensará el aporte de la unidad 5 en las estaciones EME M y EME F (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, lo que se debe medir es el aporte esperado de las 5 Unidades de Empresa Eléctrica Guacolda, y no el aporte segregado de cada Unidad.

En la tabla a continuación se muestran valores al respecto:

Total Máximo Anual Esperado Emisión Máxima de PM10

Norma de Aporte Máximo Total Protección a Estación de las ad de Máximo la Salud, Unidades Esperado |Vegetación y Cultivos (19/m>) (1g/m>) (19g/m3) _|(19/m3) EME M 2,2 44,2 46,4 50 EME F 2,2 42,9 45,1 50

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Sin perjuicio de lo anterior, el titular, a solicitud de la autoridad ambiental, ha asumido el compromiso de emitir un total de 3,6 ton/día promedio anual como la SUMA de las emisiones de las 4 chimeneas (5 Unidades), con promedios máximos mensuales, para el Complejo (5 Unidades) de 4,02 ton/día.

  1. Solicitan información sobre disminución del PM 10 producto del protocolo firmado con Municipalidad (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales

efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. A continuación, se muestra una tabla donde se indican los valores registrados del año 1998 al 2008:

Promedios de PM10 de 3 años calendario

Norma : 50 ug/móN (Decreto N%45) O EME M EME F ug/m*N ug/m?N 1998 al 2000 65,6 74,7 1999 al 2001 58,7 72,5 2000 al 2002 52,4 68,0 2001 al 2003 48,2 65,4 2002 al 2004 44,2 63,3 2003 al 2005 44,9 61,0 2004 al 2006 43,4 53,5 2005 al 2007 43,4 45,1 2006 al 2008 44,3 43,0

12, Solicitan al titular que tramite con anticipación la instalación del SCR y no cuando se ponga en marcha la Unidad 5 (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, el titular, en Adenda 1, se ha comprometido a implementar sistema SCR de la Unidad 1 ó 2 antes de la entrada en operación de la Unidad 5

  1. Se solicita monitoreo continuo de 03 en EME M y EME F, dando inicio un año previo a la operación de la Unidad 5. (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, el titular ha informado que opera actualmente y en forma continua un monitor de Ozono en la estación EME-F, el que continuará operando. No se estima necesario instalar un monitor similar en EME-M no es necesario, ya que ambas estaciones son muy cercanas y no deberían haber diferencias significativas en las mediciones. Cabe señalar que el monitoreo de 03 en la estación EME F, se inició con fecha 22 de julio de 2005, completándose a la fecha 43 campañas de monitoreo.

A continuación se indican los monitoreos de calidad del aire, tanto autorizados como comprometidos durante el actual proceso de evaluación de la Unidad N* 5:

o - Monitoreos de Calidad del Aire Ñ — _] Estaciones MP10 NO2 722 co 03 _ | Ni vo EME F discontinuo contínuo contínuo continuo contínuo | mensual mensual [| EMEM discontinuo | continuo | continuo | mensual mensual 21 de mayo | contínuo | |

El titular deberá clasificar la estación EME F como una estación de monitoreo de representatividad poblacional para gases CO y 03 (EMRPG).

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  1. Se solicita monitoreo continuo de NO2 en EME M y EME F (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es así como, a petición de la Autoridad Sanitaria en ICSARA 1, el titular acoge la solicitud.

A continuación se indican los monitoreos de calidad del aire, tanto autorizados como comprometidos durante el actual proceso de evaluación de la Unidad N? 5:

Monitoreos de Calidad del Aire Estaciones | MP10 | NO2 SO2 co | 03 |] mi v [| EMEF discontinuo | continuo continuo contínuo contínuo _| mensual | mensual EME M discontinuo contínuo | continuo | mensual | mensual 21 de mayo contínuo | | o | —)

El titular deberá clasificar la estación EME F como una estación de monitoreo de representatividad poblacional para gases CO y 03 (EMRPG).

  1. Se solicita evaluar el cumplimiento de la norma secundaria de material particulado sedimentable (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza, Al respecto, se reproduce a continuación cuadro resumen incorporado en consulta de la Autoridad Sanitaria regional, agregándose el compromiso de que el promedio anual de MP no sobrepase 3,6 tpd.

[ Emisiones de Material Particulado (tpd) Central Guacolda Proyecto Etapas | total v1+ [uz Ju U5 Estado! situación u2 | ¡ Guacolda | U1lyU2 | 3,75 3,75 Aprobado Modificado | Guacolda | U1, U2 y | 3,75 02,75 (1 Aprobado operación 63 ¡O _ Guacolda —U1l, U2 36 2,2 0,6 [0,8 Aprobado construcción — [U3yuv4 |. - N Guacolda v1, uz | 4,02 (3,6 2,2 0,6 0,8 0,42 | En evaluación U3, U4 y | promedio Calificación ¡U5 ¡ anual) LL Ñ ] Y

Respecto de incorporar dentro de la normativa ambiental aplicable al proyecto el DS 4/92 del Ministerio de Agricultura, se indica que las características del material particulado que emite la Central Termoeléctrica muestran una baja participación en el material particulado sedimentable.

  1. Solicitan al titular estudiar los efectos sobre la Salud humana a raíz de la contaminación de la agricultura de Huasco Bajo (Observación realizada por Carmen Donoso y otros)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, es necesario aclarar que estudios como los solicitados escapan a lo que corresponde presentar en un ElA y deben ser solicitados a los organismos públicos con competencia en esa materia.

  1. Se le solicita al titular aclarar en detalle cuáles serán las medidas para controlar emisiones fugitivas y su nivel de efectividad, estableciendo la línea base antes de la aplicación de las medidas y posteriormente de dicha implementación. Por otro lado se le solicita al titular, ya que establece que las emisiones por las chimeneas se mantendrán, que se monitoreen todas las chimeneas, colocando un monitor en cada una y con un sistema de control en línea con la autoridad competente. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Es así como el titular aclara que en el sector de la Central las emisiones fugitivas provienen básicamente de:

= Descarga de carbón desde barcos + Cancha de carbón (por erosión eólica y movimiento de carbón para alimentar Unidades)

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= Circulación vehicular (camiones que entran y salen desde las instalaciones con carga o descargados) En el sector del vertedero:

» Circulación vehicular (camiones que entran y salen desde las instalaciones con carga o descargados) » Descarga de camiones a lugar de disposición = Acción eólica

Cabe señalar que el Titular ha comprometido monitoreo en todas sus chimeneas.

Se tiene contemplado construir una pantalla cortaviento con malla Ratchell de alta densidad y 16 m de altura en torno al perímetro completo de la cancha de carbón, con un sistema de aspersión de agua nebulizada. Las pilas de almacenamiento inactivas se pulverizarán con agua mezclada con un agente supresor de polvo tipo 3M LSP1100 o similar, que evitará la emisión de polvo fugitivo por efecto del viento. En caso que todas estas medidas no logren mitigar la emisión de polvo fugitivo se tiene contemplado recubrir la malla Ratchell con una tela totalmente impermeable al viento.

La evaluación del éxito de la medida se realizará con colectores de polvo sedimentable.

Se han instalado colectores dentro y fuera de la cancha para hacer análisis comparativo de acuerdo a la Figura incluida en la Respuesta 7.3 de la Adenda N93,

Los colectores serán reemplazados en forma mensual por un periodo de un año, evaluando comparativamente los resultados entre los colectores instalados dentro de la cancha y los localizados fuera de ella. Si los resultados obtenidos durante este período, demuestran que es insuficiente la solución de malla Raschell con una altura de 16 metros y tratamiento de las pilas de almacenamiento con agua mezclada con un agente supresor de polvo tipo 3M LSP1100 o similar, para evitar la emisión de polvo fugitivo por efecto del viento, se procederá a reemplazar las mallas por tela impermeable según se detalla en la respuesta siguiente.

La totalidad de las cintas transportadoras cuentan con encapsulado y bandeja receptora de derrames en su parte inferior, lo que evita la emisión de material particulado producto de la acción del viento.

Para el sistema de transporte de carbón de la Unidad 5 se contempla utilizar correas del tipo tubular. Este sistema es hermético ya que la misma correa plana se transforma en un tubo circular hermético que impide la emisión de material particulado al ambiente. En Respuesta 7.6 de la Adenda N93 se adjunta un croquis típico de una correa tubular.

En todas las torres de transferencia se instalará un sistema colector del polvo que se genera en los traspasos.

  1. Se le solicita al titular establecer en forma cuantitativa, la cantidad de emisiones fugitivas producto del aumento de almacenamiento del combustible, estableciendo la relación Ton.Carbón almacenado

/ emisiones de material particulado. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, se indica que cuando operaban las Unidades 1 y 2, el Centro Nacional de Medio Ambiente (CENMA) cuantificó un total anual 13 toneladas año de emisiones fugitivas con un almacenamiento de carbón de 300.000 toneladas en forma constante.

En ese contexto, el factor de emisión par las operaciones atingentes a las Unidades 1 y 2 es de 13 toneleras MP al año dividido por 300.000 toneladas de carbón.

  1. Se le solicita al titular detallar las características de todas los combustibles a utilizar en el complejo, un historial del % de utilización según combustible y desarrollar un análisis comparativo de Tipo de combustible / Poder calorífico / generación de residuos / precio de mercado. De manera de evaluar la utilización real, los criterios de utilización y los impactos ambientales asociados. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, es necesario aclarar que los combustibles que utiliza el titular son aquellos autorizados en Chile, y en especial, aquellos con lo que se han obtenido las autorizaciones ambientales respectivas y que están definidos en cada EIA presentado.

  1. Se solicita al titular establecer detalladamente como se asegura una buena dispersión de los gases que salen de la chimenea, estableciendo la altura de la columna de humo, la superficie de cobertura de esta columna, el punto de descenso así como establecer el comportamiento bajo los distintos escenarios meteorológicos, en especial, en el peor posible. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

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Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. En ese sentido, el titular ha señalado que la buena dispersión de los gases queda asegurada por la altura de la chimenea y la velocidad de salida de los gases desde ella. Respecto de la altura de la columna de humo, la superficie de cobertura de esta columna, el punto de descenso así como establecer el comportamiento bajo los distintos escenarios meteorológicos, en especial, en el peor posible, cabe señalar que tales variables son determinadas internamente por el modelo de dispersión ejecutado, siendo variables en el tiempo, hora a hora, en función del comportamiento atmosférico (velocidad y dirección del viento, temperatura ambiente, estabilidad atmosférica, etc). Justamente lo que hace el modelo es entregar los valores máximos en función de todos los escenarios meteorológicos posibles en la zona.

  1. Se le solicita al titular aclarar cuales son las condiciones para la implementación del SCR y una estimación de tiempo para su aprobación y las tramitaciones que hay detrás (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, el titular, en Adenda 1, se ha comprometido a implementar sistema SCR de la Unidad 1 ó 2 antes de la entrada en operación de la Unidad 5

  1. Se le solicita al titular establecer las razones por la cual no incluyó en el EIA el cumplimiento de la norma de Calidad de aire para Material Particulado sedimentable en la cuenca del Río Huasco III Región, ni tampoco la norma secundaria de SO2. Solicitan que sean incluidas en el proyecto, indicando su plan de cumplimiento (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Respecto de incorporar dentro de la normativa ambiental aplicable al proyecto el DS 4/92 del Ministerio de Agricultura (material sedimentable), se indica que esta fue considerada en la evaluación ya que el Art, 23 del Reglamento del SEIA especifica que en la evaluación de impacto ambiental se deberá indicar fundadamente si el proyecto o actividad cumple con la normativa de carácter ambiental en el ámbito de su respectiva competencia. Respecto a la Norma secundaria de SOZ2, se indica que dicha norma fue incluida en la evaluación como se deduce, por ejemplo, en Tabla 6 del Anexo Emisiones y Calidad del Aire del ElA, que indica los valores establecidos en el DS N 185 del Ministerio de Minería. Respecto a la vigencia de la norma, se indica que ya fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N 22 del 03 de marzo de 2009 que establece Normas de Calidad Secundaria para Anhídrido Sulfuroso (502), publicado en el Diario Oficial del 16 de abril de 2010. Además, se indica que si bien la norma secundaria de SO2 no se aplica en las zonas urbanas; no obstante si son aplicables para el área agrícola de Huasco, como es en donde se ubican los monitores 1 a 8 de la Red de Monitoreo de SO2 asociado a la Central Termoeléctrica Guacolda. El titular también señala que en las estaciones EME M y EME F no es aplicable la norma secundaria, ya que se ubican en zonas urbanas. No obstante, de presentarse valores iguales o mayores a 800 |1g/m3N se aplicará Plan de Manejo Dinámico. Cabe hacer presente que se encuentra en trámite final una modificación a esta norma (DS 185/92), que implica la mantención del límite señalado, pero considerando como valor a comparar el percentil 99,7 de los valores horarios de un año calendario.

  1. Respecto a las emisiones atmosféricas ambientalmente aprobadas, que establece el titular en la tabla RE-1, se solicita establecer como se determinaron esos valores, cuales son las investigaciones científicas que determinaron que con esos valores se garantiza el derecho constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y que además dieron lugar a la determinación de las respectivas normas. Se le solicita al titular y a CONAMA, detallar el n% de las investigaciones, el tipo de investigación, la durabilidad de estas, los objetivos, los productos y resultados obtenidos, para la determinación de estas emisiones. Por otra parte se solicita contar con el detalle de los estudios agronómicos, que nos imaginamos fueron utilizados como insumo para la determinación de la norma secundaria de calidad de aire que rige para el SO2 y el PM10. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, se señala que las emisiones ya aprobadas han sido discutidas en los procesos ambientales de cada una de las Unidades en operación (incluyendo la Unidad 4, actualmente en construcción). Desde el punto de vista normativo, lo que corresponde es que el Titular analice el cumplimiento de las normas de calidad del aire (su aporte más el de terceros) para determinar si existe o no riesgo a la salud de la población o efectos adversos significativos en los recursos naturales renovables.

24, Respecto a las emisiones atmosféricas ambientalmente aprobadas, que establece el titular en la tabla RE-1, se le solicita al titular explicar las razones de porque la Unidad 5 tiene una porción de emisión tremendamente inferior respecto a las demás unidades. Considerando que la sumatoria de las unidades de la 1 a la 4 emiten, cada una por si sola, en promedio 50% más de Material Particulado que la unidad 5, 900% más de SO2 que la unidad 5 y 700% más de NOx que la unidad 5. El titular debe establecer las razones de la existencia de estas diferencias y junto con ello demostrar en una tabla cada unidad por separado, tipo de combustible utilizado, tecnología utilizada, cambios tecnológicos implementados en cada unidad desde su aprobación y la temporalidad de estos

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cambios, la disponibilidad de tipo de tecnologías de abatimiento y control de contaminación en el momento de aprobación y la disponibilidad de tecnología existente actualmente, y las razones de la poca adecuación tecnológica del resto de las unidades. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. No obstante, es necesario aclarar que las emisiones ya aprobadas, así como las tecnologías comprometidas en su oportunidad han sido discutidas en los procesos ambientales de cada una de las Unidades que se encuentran en operación y construcción

Respecto a la Unidad 5, que es la que se encuentra actualmente en evaluación, el titular ha indicado que esta tiene emisiones menores a las Unidades actuales debido a la incorporación de moderna tecnología de control.

  1. Señalan que normas de contaminación no son lo suficientemente restrictivas (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta no es pertinente, por cuanto aborda un aspecto que no hace parte de la evaluación ambiental del proyecto Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A

  1. Se solicita al titular y la institucionalidad competente manifestarse acerca de estas diferencias y justificar técnica y científicamente los valores de las normas que rigen a Huasco y los valores ambientalmente aprobados. Por otra parte se le exige a la institucionalidad una revisión con carácter de urgente a las normas que rigen al territorio de Huasco en materia de calidad de aire, ya que de acuerdo a lo observado en la tabla, creada para analizar diferencias normativas, requiere una revisión urgente de su permisividad y el cumplimiento de sus objetivos, de resguardo de la salud de la población y protección de los recursos naturales y los ecosistemas. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta no es pertinente, por cuanto aborda un aspecto que no hace parte de la evaluación ambiental del proyecto Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A.

  1. Se le solicita al titular aclarar de que manera y cuáles fueron los criterios que determinaron la localización de las estaciones de monitoreo; mostrar gráficamente la localización de las estaciones y cuantificar el área de influencia que controla esta estación y además detallar todos los antecedentes relacionados al monitoreo, considerando antecedentes de equipamiento, mantenciones, ubicación, etc. Se solicita al titular realizar un análisis comparativo del monitoreo que lleva a cabo la empresa respecto de las condiciones que determina la CEE. Este análisis debe incluir pertinencia de la localización con los objetivos de la norma, criterios de ubicación y representatividad (meteorológicos, humanos y topográficos), fuentes de interferencia, números mínimos de muestreo y metodologías y métodos de muestreo, etc. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. Al respecto, se informa que las estaciones de monitoreo han sido calificadas como de “representatividad poblacional” por la Autoridad Sanitaria, lo que significa que representan a la calidad del Aire de la zona poblada de Huasco.

  1. Se solicita a la autoridad establecer una norma que regule el PM2.5, (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta no es pertinente, por cuanto aborda un aspecto que no hace parte de la evaluación ambiental del proyecto Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A. No obstante, se informa que en agosto del 2009, el Consejo de Ministros de Conama aprobó el anteproyecto de norma primaria de calidad ambiental para PM 2,5., donde se plantean tres objetivos de tiempo para cumplir con esta norma y que en el caso de Chile, corresponden a los años 2012, 2022 y 2032".

Es así como se estableció que para el año 2012, el objetivo es de 25 microgramos por metro cúbico de PM 2,5; al año 2022, 20 microgramos; y al año 2032, 10 microgramos por metro cúbico.

  1. Se solicita al titular presentar un informe de todas las tecnologías y equipamiento asociadas a la implementación de esta unidad, informando sobre la empresa proveedora, origen de la empresa, normas que regulan su utilización en el país de origen. (Observación realizada por Asociación Gremial Agrícola Provincia del Huasco)

Respuesta: Sobre la observación planteada, se debe indicar que ésta es pertinente, ya que hace alusión a los potenciales efectos que originaría el proyecto en el territorio en que se emplaza. En ese sentido, se informa que la información sobre los equipos de abatimiento está presentada en extenso en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Algunos de ellos son:

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EVENTO ACCIONES A SEGUIR OBSERVACIONES

| Evento

Observaciones

[Alto nivel de medición de PTS y NOx como promedio diario (o horas)

PTS (tpd)>=2,88

NOx (tpd)>=19,16

(los valores indicados corresponden al 80% del valor establecido)

Acciones a Seguir 1.- Observar tendencia emisiones de PTS y NOx

Calcular tendencia para las 24 horas.

Alinear molino disponible con carbón

1.1.- Verificar valores de PTS y NOx después del evento anterior,

(24 horas)

1.1 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico es mayor al valor indicado en la Tabla C-1

se deberá poner en servicio el combustible adecuado (con

bajo % de ceniza y/o azufre).

Ver tendencia en las Estaciones de Medición de monitoreo continuo.

1.2.- Verificar valores de PTS y NOx después del evento anterior (36 horas)

1.2 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico es mayor al valor indicado en la Tabla

Tabla C-1 se deberá continuar con el cambio del combustible

adecuado (con bajo % de ceniza y/o azufre).

1.3.- Verificar valores de PTS y NOx después del evento anterior (48 horas)

1.3 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico es mayor al valor indicado en la Tabla

Tabla C-1 se deberá efectuar el cambio total del combustible

adecuado (con bajo % de ceniza y/o azufre).

1.4.- Verificar valores de PTS y NOx después del evento anterior.

1.4 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico está entre el valor indicado en la Tabla C-1

y el valor indicado en la columna de evento punto 1, se

deberá continuar operando con 100% carbón con bajo % de

ceniza y/o azufre.

| 1.5.- Verificar valores de PTS y NOx.

1.5 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico es mayor al valor indicado en la Tabla C-1

se deberá cambiar en forma paulatina el uso del carbón,

mezcla de carbón/petcoke por petróleo, hasta llegar al valor

indicado en la Tabla C-1

_1.6.- Verificar valores de PTS y NOx después del evento anterior.

1.6 Si la medición de PTS y/o NOx como promedio diario del

Complejo Térmico es mayor al valor

| indicado en la Tabla C-1

| se deberá reducir la generación del Complejo Térmico, hasta

llegar al valor indicado en la Tabla C-1.

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[ Evento

| Acciones a Seguir

Observaciones

| 1.7.- Verificar valores de PTS y NOx menores al promedio diario del Complejo Térmico.

1.7 Normalizar el consumo de combustible que se utilizaba antes del evento.

2.- Falla de las Estaciones de Mediciones

2 Contactar a:

Horario hábil

E.G. Número Telefónico

Sr. Jorge Moyano 531577 Anexos 4102, 4112

Sr. Pedro Barra (09) 4194855

En horario 24 horas

E.G.

Sr. Eugenio Parra S (09) 3188673

9.2.2 Plan de Contingencia (1) por emisiones de S02. (considerando cambio de mezcla de carbón) Evento Acciones a Seguir _ Observaciones ]

| 1.- Alto nivel de SO2 en cualquier o estación de monitoreo min O | >= 800 g/m3N

1.1 Verificar valores de SO2 15 min

después del evento anterior, min 15

1,2 Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior, min 30,

1.3 Verificar valores de SO2 15 min | después del evento anterior , min 45

| 1,4 Verificar valores de SO2 15 min | después del evento anterior, min 60.

| 1.5 Verificación de emisiones de SO2 | menores que 800 ug/m3N

2 Falla en red de monitoreo

l

1.- Observar tendencia emisiones de SO2 | Ver dirección según rosa de.

1.1 Si SO2 es mayor que 800 ¡1g/m3N, entonces poner en servicio molino 100% carbón

1.2 Si SO2 es mayor que 800 ¡1g/m3N, entonces después del evento anterior min 30 poner en servicio alimentador de carbón y

disminuir aporte de alimentador con mayor contenido de petcoke (silo A) hasta flujo mínimo

1.3 Si SO2 es mayor que 800 ¡ug/m3N, entonces f/s alimentador con mayor contenido de petcoke

1.4 Si SO2 es mayor que 800 ¡1g/m3N, |

entonces mantener condiciones

maximo carbón

con

1.5 Normalizar consumo de petcoke menores que 800 ¡g/m3N

2 Contactar a:

En horario hábil

E.E.G.S.A, Jorge Moyano 531149 - 4144, 4112

Pedro Barra 09-4194855

CESMEC Rodrigo Saavedra 2-3502100 anexo 516

Alejandra Capurro 2-3502100 anexo 516 En horario 24 horas

E.E.G.S.A. Eugenio Parra : 09-3138673 CESMEC Helmuth Hofman 09-2228340

viento Alinear molino disponible con carbón

79

9.2.3

Plan de Contingencia (2) por emisiones de S02

(considerando cambio de combustible)

| Evento

| Acciones a Seguir Observaciones

l1.- Alto nivel de SO2 en cualquier estación de monitoreo, min 0

=800 ug/m3N

1.1 Verificar valores de S02 15 min después del evento anterior, min 15

1.2 Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior, min 30.

Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior, min 45

lia

1.4 Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior,

min 60

1.5 Verificar emisiones de SO2

menores que 800 ug/m3N

1.6 Falla en red de monitoreo

L

| 1.- Observar tendencia emisiones de | SO2

Ver dirección según rosa de viento Alinear molino disponible con carbón

Ver tendencia en red de monitoreo

| 1.1 Si S02 es mayor que 800 ug/m3N, entoncesponer en calentamiento | sistema de petróleo pesado.

1.2 Si SO2 es mayor que 800 ug/m3N, entonces poner en servicio un quemador de petróleo pesado y disminuir aporte de alimentador con mayor contenido de petcoke

(siloA) hasta flujo mínimo.

Si 502 es mayor que 800 ug/m3N, entonces f/s alimentador con | mayor contenido de petcoke

Si SO2 es mayor que 800 ug/m3N, entonces mantener condiciones aumentando flujo de petróleo pesado,

1.5 Normalizar consumo de petcoke

2.Contactar a: En horario hábil E.E.G.S.A. Jorge Moyano 531149 - | 4144, 4112 Pedro Barra 09-4194855 | CESMEC Rodrigo Saavedra 2-3502100 anexo 516 Alejandra Capurro 2-3502100 anexo 516 | En horario 24 horas E.E.G.S.A. Eugenio Parra : 09-3138673 | CESMEC Helmuth Hofman 09-2228340

9.2.4 Plan de Contingencia (3)

(considerando limitación de generación)

Evento | Acciones a Seguir

Observaciones

  1. Alto nivel de SO2 en cualquier | 1. Observar tendencia emisiones de

estación de monitoreo, min O So2 | >=800 ug/m3N 1.1 Verificar valores de SO2 15 min | 1.1 Si SO2 es mayor que 800 después del evento anterior, min ug/m3N, entonces avisar a CDEC 15 SIC, posible limitación en la generación 1.2 Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior, min | 1.2 SI SO2 es mayor que 800 30 o ug/m3N, entonces indicar

Ver dirección según rosa de viento |

Alinear molino disponible con carbón

Ver tendencia en red de monitoreo

80

|

Evento

Acciones a Seguir

Observaciones

1.3 Verificar valores de SO2 15 min después del evento anterior, min | 1.3 Si SOZ2 es mayor que 800

45 ug/m3N, entonces continuar bajando generación a tasa 1,5 1,4 Verificar valores de SO2 15 min MW/min

después del evento anterior, min

60 1.4 Si SO2 es mayor que 800 ug/m3N, entonces generación en mínimo técnico (comprobar

1.5 Verificar emisiones de SO2 descenso en parámetros de SO2)

menores que 800 ug/m3N

  1. Falla en red de monitoreo de petcoke

disminución de generación a tasa 1 MW/min

1.5 Normalizar generación y consumo

  1. Contactar a:

En horario hábil

E.E.G.S.A. Jorge Moyano 531149 - 4144, 4112

Pedro Barra 09-4194855

CESMEC Rodrigo Saavedra 2-3502100 anexo 516

Alejandra Capurro 2-3502100 anexo 516

En horario 24 horas

E.E.G.S.A. Eugenio Parra : 09-3138673 CESMEC Helmuth Hofman 09-2228340 PLAN DE CONTINGENCIA 3 EVENTO ACCIONES A SEGUIR OBSERVACIONES

( considerando limitacion de generación )

9.2.5

Otros Planes de Contingencia

Todo lo relacionado a riesgos y planes de contingencia para la etapa de operación del proyecto está tratado en extenso en el Anexo LE-4, Capítulo 2 del ElA, donde, entre otros, se presenta la siguiente información:

Protección contra incendio: Incluye sistema de protección, sistema de detección, sistema de extinción.

Medidas de seguridad por dependencias: Incluye muelle Guacolda, cancha de carbón, estanque de combustibles, Calera y sala de máquinas, silos de almacenamiento, estación de transformadores, edificio eléctrico, entre otros, Plan de emergencia: Incluye procedimiento de emergencia antes del evento, activación del plan de emergencia, procedimiento por emergencia técnica durante el evento, procedimiento de emergencia natural durante el evento., procedimiento de emergencia después del evento.

Plan de emergencia por terremoto: Considera medidas preventivas, procedimiento de emergencia, acción de la catástrofe, entre otras.

Plan de emergencia por tsunami: Considera sistema de alerta, medidas preventivas, acción después de la catástrofe, entre otros.

Plan de emergencia por acción terrorista: Incluye procedimientos.

Plan de manejo dinámico de las emisiones y los planes de contingencia para SO2, NOx y PM10, los Planes de Contingencia referidos se adjuntan en Anexo CO-1 de la adenda 1.

Procedimiento de emergencia en caso de accidente o enfermedad: Incluye procedimientos.

Manejo de Amoniaco: En la Unidad 5 como en las Unidades 1 ó 2 se instalará un sistema SCR para el control de NOX. Estos sistemas SCR tendrán un sistema de distribución de amoniaco, ya sea en solución o en anhídrido licuado. Para el caso del amoniaco en solución se tienen las siguientes medidas de prevención relacionadas: Estanque cilíndrico de acero, Sistema de Contención de derrames (contenedor secundario), Pruebas de Impermeabilidad al sistema.

Para el caso del amoniaco anhídrido licuado se tienen las siguientes medidas de prevención relacionadas: Detectores de fuga de gas, Sistema de aspersores, Válvulas de Seguridad, Pruebas de Impermeabilidad al sistema.

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10

Respecto de posibles contingencias, se tendrá un programa de seguridad que asigne

El Plan de emergencia general aplica para cualquier contingencia derivada sobre el uso de este compuesto,

En cuanto a la medida orientada a minimizar los riesgos de accidentes carreteros, el proyecto utilizará la Ruta 5 y C-46 para el transporte de los insumos de construcción y equipos de dimensiones y pesos normales para transito en carretera. Todo el equipo mayor, de gran tonelaje y dimensiones se transportará en buques y se descargará en el muelle privado de la Central en Huasco, sin transitar por carreteras publicas. El transporte de materiales y equipos que se efectúen por carreteras sin exceder las dimensiones y pesos normales, se efectuará de acuerdo a la normativa vigente,

En las instalaciones actuales existe una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, que está destinada a satisfacer las necesidades durante la etapa de operación, Las actividades a desarrollar consideran el control diario de la Planta, mediante inspección visual, así como la realización de test de sedimentación en forma mensual. Adicionalmente, se tiene considerado un control de acuerdo al caudal a cada Planta, para monitoreo de RILES de acuerdo a lo establecido en la Tabla 4 del D.S. N%90.

Las posibles fallas del Sistema de Tratamiento, están consideradas evitando cualquier posibilidad de descarga al mar de aguas sin tratar. Se han definido las respectivas medidas de control, a fin de evitar lo indicado: Plantas de Tratamiento Aeróbico (lodos activados), Falla en soplador: Se consideró la instalación de dos sopladores en línea para cada Planta, manteniéndose uno en posición stand-by. De esta manera que ante la falla de uno de estos equipos, se procede a conectar el equipo en stand-by, asegurando la mantención del proceso, mientras se procede a la reparación necesaria para mantener ambos sopladores operativos.

Plan de contingencia en caso de derrames en cualquier ruta o carretera, con sus números respectivos se presenta en la siguiente tabla:

Plan de Contingencia

Fecha de actualización (anuzi)

Fano Horario

ld horas abra

En caso de accidentes en cualquier ruta o carretera, con derrame de residuos peligrosos, en la región de Atacama, incluso en el caso en que el transporte lo realicen terceros, el titular comunicará el hecho inmediatamente, por cualquier medio expedito, a la OREMI y la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama, y se enviará un preinforme dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 7 días siguientes. Este informe incluirá datos sobre: identificación del titular, del chofer y del proyecto; causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia derramada; fecha y hora del siniestro, duración del evento; localización y superficie afectada; identificación del o los vehículos participantes con fotografías del área dañada y de los vehículos.

Condiciones o Exigencias Específicas

El titular deberá realizar cada año una auditoria ambiental independiente que permita verificar el cumplimiento de los considerandos de la RCA relativos a emisiones y calidad del aire, en donde se presentará una terna de propuestas técnicas para que COREMA resuelva la elección de la empresa que desarrollará la auditoría, Si por alguna razón el Titular o la COREMA desea cambiar a la empresa seleccionada en años posteriores, se repetirá el procedimiento.

Durante la fase de construcción, en un plazo no mayor a 30 días desde el inicio de la operación de las plantas de tratamiento de aguas servidas, debe entregar la caracterización del efluente de cada una de ellas, de acuerdo a la Tabla 3.7 del DS 90. Los resultados de los monitoreos de autocontrol de dichas plantas, deben ejecutarse y remitirse en forma mensual a la Autoridad Marítima.

El titular compromete la realización de los estudios necesarios para garantizar la efectividad de la solución propuesta consistente en mezcla de yeso/ceniza para la capa impermeabilizante de cada celda, antes de la entrada en operación de la Unidad 5. Los estudios serán presentados a COREMA y a la Autoridad Sanitaria Regional con tres meses de antelación a la entrada en operación de la Unidad 5. Adicionalmente el titular está

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contratando los Servicios de IDIEM dependiente de la Facultad de Ciencias Física y Matemáticas de la Universidad de Chile, para que realice los estudios correspondientes que garanticen la efectividad de la solución propuesta.

+» El Titular del proyecto deberá implementar un paso soterrado en el sector de cruce de la Ruta Costera entre las instalaciones de la Central y el Vertedero de Cenizas, durante la etapa de construcción del tramo de la Ruta costera, denominado "Construcción Camino Costero Sector Quebrada Tongoy — Huasco”. El Titular del proyecto deberá presentar la medida antes mencionada en un proyecto de atravieso a la Ruta Costera, el cual deberá cumplir con todos los antecedentes necesarios, para su revisión y su aprobación si procede, por parte de la Dirección Regional de Vialidad.

  • En caso que el Titular disponga sus cenizas, escorias y yeso en un relleno de terceros, el lugar de disponsición final a elegir deberá contar con Resolución de Calificación Ambiental favorable. En caso que la solución sea de su propiedad, a lo menos un año antes de cumplirse los 8 años proyectados para el funcionamiento del actual vertedero de cenizas, yeso y escorias, deberá estar aprobada ambiental una solución que dé continuidad a la disposición final de los mencionados residuos.

  • Que los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N%19,300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley N%19.300:

a) En relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, contenido en el Art. 5% del Reglamento SEIA es posible concluir que el proyecto considera medidas para hacerse cargo de sus emisiones, permitiendo con ello que no se genere un detrimento en la calidad del aire. Además, se presentó durante la evaluación una modelación que permite verificar que se dará cumplimiento a las normas primarias de calidad del aire vigentes. Se han establecido monitoreos en chimenea y en estaciones de monitoreo dentro de Huasco que permitirá dar un adecuado seguimiento a la calidad del aire. Se considera un plan de manejo dinámico de emisiones para PTS y NOx que permitirá actuar ante situaciones de contingencia.

El proyecto, incluye las medidas suficientes para no representar riesgos para la salud de la población

b) En relación a los efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales, incluidos suelo, agua, aire, contenidos en el Art. 6 del Reglamento SEJIA es posible señalar que durante la evaluación se presentó una modelación que permite concluir que no se generará superación de las normas secundarias de calidad del aire. En relación a la descarga al medio marino es posible señalar, en primer término, que esta se efectuará en cumplimiento del D.S. 90/00 que regula descargas al medio marino. En relación al impacto de la succión y de la descarga por efectos de la temperatura se realizó una modelación que permite concluir que el efecto está circunscrito a un área superficial y a que no se producirán cambios significativos de la condición actual del medio marino.

c) En relación al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de sistemas de vida o costumbres de grupos humanos, contenido en art. N” 8 del Reglamento SEIA es posible señalar que el proyecto no considera el reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de los sistemas de vidas de grupos humanos dado que el proyecto se ejecutará dentro del área industrial.

d) En relación a la localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, contenido en el Ar, N* 9 del Reglamento SEIA es posible señalar que el proyecto no se localiza próximo a población, recurso o área protegida que pueda verse afectada a causa del proyecto.

e) En relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, contenido en el Art. N* 10 del Reglamento SEIA es posible señalar que el proyecto se emplaza dentro de la misma área industrial donde se encuentran las unidades 1, 2, 3 y 4. No se alterarán nuevas áreas que posean valor turístico o paisajístico.

f) En relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertinentes al patrimonio cultural, contenido en el Art. N? 11 del Reglamento SEIA es posible señalar que en el área del proyecto no se identificaron sitios o hallazgos que pudieran ser afectados por obras o actividades del proyecto.

  1. Que con relación al cumplimiento de la legislación aplicable, el titular acredita el cumplimiento a dichas normas y que, según lo informado por los servicios públicos competentes, el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. Es del caso señalar que, para todos los efectos, el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas son parte constitutiva de esta Resolución de Calificación Ambiental.

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  1. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable

121 D.S. NO 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Cumplimiento: En la etapa de construcción, el agua para el consumo del personal o necesaria para las obras será proporcionada por el contratista con medios propios mediante camiones aljibes que la llevarán desde la red pública hasta los estanques de acumulación de la instalación de faenas o desde el sistema interno de la central existente. Se mantendrá en forma separada el agua potable, con su planta de cloración o desinfección, del agua de uso industrial o de servicios. Durante la operación, se utilizará el actual sistema de agua potable de las Unidades 1, 2, 3 y 4. Las aguas servidas serán tratadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Por esta razón el proyecto contempla solicitar el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 91 de DS 95/01, cuyos antecedentes se entregan en el anexo LE-1 de este capítulo.

12.2 DFL N' 725/68 del Ministerio de Salud. Código sanitario. Cumplimiento: El Proyecto generará residuos domésticos, residuos sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. Se solicitará oportunamente a la Autoridad Sanitaria Regional las autorizaciones que competen al proyecto y que se detallan más adelante, según se trate de emisiones, residuos líquidos o sólidos. El proyecto acatará lo dispuesto en el Código Sanitario, preservando los lugares de trabajo de construcción y operación en una forma limpia y libre de riesgos. Tanto en la etapa de construcción como de operación se generarán residuos sólidos, del tipo domiciliarios como industriales. Estos serán manejados de forma segregada y dispuestos en lugares apropiados según tipo.

12.3 D.S N* 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, incluyendo gases, vapores, humos y polvo. Cumplimiento: Se cumplirá con lo establecido en el citado decreto, ya que el proyecto cumple con toda la normativa de calidad del aire.

12.4 D.S. N* 59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP-10, modificado por el DS 45/01. Cumplimiento: La Unidad 5 será diseñada para emitir un máximo de emisión de material particulado de 30 mg/m3 por chimenea, valor que se ajusta a las directrices de la Comunidad Económica Europea. Los antecedentes correspondientes al cumplimiento de esta norma están incluidos en el Capítulo 5 del EIA. Durante la operación del proyecto se realizarán mediciones de emisiones y de calidad ambiental, según se detalla en el Capítulo de Seguimiento Ambiental.

12.5 D.S. N* 114/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Nitrógeno. Cumplimiento: De acuerdo a los antecedentes expuestos, la Unidad 5 utilizará sistema SCR que permite disminuir las emisiones de NOx a un nivel inferior a la directriz de la Comunidad Económica Europea (el proyecto emitirá menos de 200 mg/m3, estimándose un aporte no superior a 70 mg/m3).Adicionalmente, con el fin de controlar las emisiones que se incorporan por la Unidad 5, se implementará con tecnologías y procesos adecuados. Por tanto, se buscará disminuir las emisiones de NOx de las Unidades 1 y 2 a través del control de mezcla de los combustibles de ingreso y se instalará un dispositivo SCR en la Unidad 1 o 2 del Complejo generador. Se ha comprometido un monitoreo de NO2 para efectos de la operación del proyecto.

12.6 D.S.N” 113/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de azufre. Cumplimiento:. La Unidad 5 será dotada de un desulfurizador que permitirá emisiones no superiores a 200 mg/m3, valor que se ajusta a la directiva de la Comunidad Económica Europea. Con el fin de compensar las emisiones que se incorporan por la Unidad 5, se ha decidido disminuir las emisiones de S02 de las Unidades 1 y 2 a través del control de los combustibles de ingreso. Por otra parte, las Unidades 3 y 4 se operarán de acuerdo a lo establecido en la RCA N*236/2007. Se realizará un monitoreo de SO2 durante la etapa de operación del proyecto, El aporte en términos de calidad del aire sumado a la línea de base permite que se cumplan los límites primarios diarios y anuales establecidos en esta norma. Cabe destacar que la Central Guacolda posee la más extensa red de monitores de SO2 conectados en tiempo real con la Autoridad Sanitaria y con Información en página web para conocimiento de la ciudadanía. Esta red, que permanecerá operativa con la puesta en marcha de la Unidad 5.

12.7 D.S. N* 45/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Dispone que a contar del 1 de enero del año 2012, la norma primaria de calidad del aire para el contaminante material particulado respirable PM10 será rebajado de 150 a 120 ug/m3N, salvo que a dicha fecha haya entrado en vigencia una norma de calidad ambiental para Material Particulado Fino PM-2,5, en cuyo caso se mantendrá el valor de la norma establecido en el inciso primero. Cumplimiento: De acuerdo a lo expuesto en el ElA, el material particulado será compensado por mayor control de emisiones fugitivas. Los antecedentes correspondientes al cumplimiento de esta norma están incluidos en el Capítulo 5 de este EIA. Durante la operación del proyecto se realizarán mediciones de emisiones y de calidad ambiental, según se detalla en el Capítulo de Seguimiento Ambiental.

12.8 D.S. N* 4/92 del Ministerio de Agricultura. Establece normas de calidad ambiental para material particulado sedimentable en la cuenca del Río Huasco, Región de Atacama. Cumplimiento: La Unidad 5 será diseñada para

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emitir un máximo de emisión de material particulado de 30 mg/m3 por chimenea. No obstante lo indicado, cabe hacer presente que las Unidades 1 y 2 de Guacolda no generan MPS, razón por la cual fueron eximidas por el SAG de mantener monitoreo de este parámetro (ver Anexo CA-4). Las Unidades 3 y 4 (en construcción) y la 5 (en evaluación ambiental) son de idéntica tecnología que las Unidades 1 y 2, por lo que se mantendrán como “no emisoras de MPS”, Destaca además el hecho que la Unidad 3 (en operación) y 5 (en evaluación) poseen dispositivo FGD para lavar los gases de SOZ, el que además contribuye con bajar también las emisiones de particulado. Esto se debe a que el lavado se hace con agua en contracorriente al flujo de gases, arrastrando así tanto el azufre presente como parte de las partículas que no fueron atrapadas en el precipitador electrostático.

12.9 D.S. N” 112/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma Primaria de Calidad del Aire para Ozono. Cumplimiento: El nuevo sistema reduce emisiones de NOx, minimizando las emisiones precursoras de ozono. Se incorporará como medida de abatimiento de emisiones atmosféricas de NOx un filtro SCR en la Unidad 5. Además, se instalará un dispositivo SCR en la Unidad 1 o 2 del Complejo generador. La regulación de los niveles de NOX a la salida de la chimenea se realiza a través del monitoreo continuo de éstos tanto en la entrada como en la salida del reactor.

12.10 D.S, 133/04 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece especificaciones nacionales de calidad, con excepción de la Región Metropolitana, de los combustibles Gasolina para motores de ignición por chispa, Kerosene y Petróleo Diesel Grado B. Cumplimiento: Se cumplirá con la normativa vigente en cuanto al tipo de petróleo diesel a utilizar. Existirá disminución de las emisiones de SO2 de las Unidades 1 yla través del control de los combustibles de ingreso (Planta Desulfurizadora Húmeda). Sólo se utilizarán combustibles con las cantidades máximas de azufre señaladas en este Decreto, Se realizará un monitoreo de 502 durante la etapa de operación del proyecto.

12.11 D.S. 185/91 del Ministerio de Minería, artículo 6. Establece normas secundarias sobre concentraciones ambientales máximas permisibles de anhídrido sulfuroso. Cumplimiento: El proyecto cumplirá con la norma primaria de protección de la salud de las personas. Con el fin de controlar las emisiones que se incorporan por la Unidad 5, se ha decidido la implementación de tecnologías o procesos, adicionales a aquellos con que ha sido aprobada la última Unidad de generación ambientalmente tramitada. Por tanto, existirá disminución de las emisiones de SO2 de las Unidades 1 y 2 a través del control de los combustibles de ingreso (Planta Desulfurizadora Húmeda. Se realizará un monitoreo de SO2 durante la etapa de operación del proyecto. De acuerdo a los antecedentes consignados en el ElA, el aporte en términos de calidad del aire sumado a la línea de base permite que se cumplan los límites primarios diarios y anuales establecidos en esta norma.

12.12 D.S. 61/08 Ministerio de Salud. Aprueba reglamento de estaciones de medición de contaminantes atmosféricos. Cumplimiento: El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en este Decreto, por lo que las estaciones de monitoreo del complejo Guacolda encargó a CESMEC, empresa administradora de la Red de Monitoreo, el cumplimiento de dicha normativa. Asimismo, los informes de la Red de Monitoreo incorporan la codificación establecida en dicho decreto, así como el respaldo digital de la información. Esta empresa está operando las estaciones de Calidad de Aire de Guacolda de acuerdo con las exigencias del Decreto N? 61.

12,13 D.S. N* 146/97 del MINSEGPRES. Emisión de Ruido Establece norma de emisión de ruidos molestos en áreas urbanas definidas y en zonas rurales. Cumplimiento: En las etapas de construcción y operación el proyecto cumplirá esta disposición, según la evaluación de impactos ambientales del Capítulo 5 de este ElA.

12.14 D.S. N% 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Cumplimiento: Tanto en la etapa de construcción como de Operación se generarán residuos sólidos, del tipo domiciliarios como industriales. Estos serán manejados de forma segregada y dispuestos en lugares apropiados según tipo.

12.15 Resolución Exenta N% 610/82 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Cumplimiento: El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en esta Resolución, y no utilizará las sustancias prohibidas en ella.

12.16 D.S. 148/04 de Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Cumplimiento: Se cumplirán las disposiciones del presente Reglamento, Cabe hacer presente que de acuerdo a la información bibliográfica existente, las cenizas y escorias generadas por el proceso de combustión no se catalogan como residuos peligrosos. No obstante lo anterior, se procederá a realizar todos los análisis establecidos en el citado Decreto, para demostrar que dichos residuos son no peligrosos.

12.17 D.S. 90/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. Cumplimiento: todas las descargas fueron caracterizadas de acuerdo a la Tabla 3.7 del mencionado decreto. El proyecto también considera el cumplimiento del citado decreto de las descargas de las plantas de tratamiento de

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aguas servidas, en consideración que serán descargadas al mar. En Anexo MU-1 de la adenda 1 se adjuntan las Caracterizaciones de RILES de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en base al D.S. N*90, Las Unidades es 3, 4 y 5 poseen su respectiva descarga de agua de refrigeración independiente, cada una con su respectivo pozo de sello, que es el pozo de muestreo para cada descarga, por lo tanto, se considerarán la ejecución de 5 monitoreos de autocontrol, uno por cada unidad de generación. Es importante destacar que cada pozo de sello cumple con las condiciones de acceso y además de no ser afectado por el cuerpo receptor, además no son afectados por las descargas de las demás unidades. En consideración de la utilización de cloro en el sistema, el cual será inyectado a una concentración de entre 1 y 2 ppm en agua de alimentación a desaladoras, el reactivo que no reaccionó o que queda como cloro libre es disociado en forma natural producto de la destilación del agua de mar, quedando un remanente menor a 0.0040 ppm en Riles y de acuerdo a Hoja de Seguridad del producto a esta concentración no afectará a la vida marina; si en un caso dado es superado el limite (ver hoja de seguridad) se procederá a detener la inyección. El presente proyecto controlará la descarga de la Unidad Generadora, de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Gerencia durante la operación y de cada una de las Plantas de Tratamiento de las Aguas Servidas utilizadas durante la fase de construcción, en caso que sean consideradas fuentes emisoras, según lo indicado en la norma en el punto 6.2 “Consideraciones generales para el monitoreo”. Las descargas están asociadas al código CIU 401013.

12.18 DFL N* 1/1989 del Ministerio de Salud. Lista las actividades que requieren de autorización sanitaria expresa, entre las que se encuentran aquellas relacionadas con: el funcionamiento de obras destinadas a la provisión o purificación de agua potable de una población o a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Cumplimiento: El proyecto entrega en este EIA todos los antecedentes referidos al manejo de aguas servidas, así como también sobre el manejo de residuos sólidos. Toda actividad listada por el presente decreto contará con la autorización sanitaria respectiva.

12.19 Ley 18.902/89, Ley de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, artículo 11B. Crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Cumplimiento: Las aguas servidas serán tratadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Por esta razón el proyecto contempla solicitar el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 91 de DS 95/01.

12.20 Ley 19.940/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Regula sistemas de transporte de energía eléctrica. Cumplimiento: El proyecto cumplirá con lo establecido por esta ley, especialmente en lo referido a la operación y desarrollo de los sistemas de transmisión.

12.21 DFL N* 1/82, Ley General de Servicios Eléctricos. Este cuerpo legal regula la producción, el transporte, la distribución, el régimen de concesiones y tarifas de la energía eléctrica, además de las funciones del Estado en estas materias. Cumplimiento: El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en el D.F.L. respectivo.

12.22 D.S. 327/97, Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, publicado en Diario oficial 10.09.98. Complementa y reglamenta el D.F.L. N01/1982 del Ministerio de Minería. Informar a la autoridad con anticipación con respecto a la puesta en marcha del proyecto. Cumplimiento: Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento, incluyendo: disposiciones generales; concesiones, permisos y servidumbres; relaciones entre propietarios de instalaciones, clientes y autoridad; interconexión de instalaciones; instalaciones y equipo eléctrico; calidad de servicio y precios; y multas y sanciones. Se informará según lo establecido en el texto legal y su reglamento.

12.23 Decreto N%1.280/1971 del Ministerio del Interior, Reglamento de Instalaciones Eléctricas. Fija las disposiciones generales que regulan el proyecto, la construcción, puesta en servicio, mantención y control de las instalaciones eléctricas en todo el territorio nacional. Cumplimiento: Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento, incluyendo las instalaciones eléctricas y los pliegos de normas técnicas.

12.24 NSEG 5. E.n. 71 Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. La norma tiene por objeto fijar las disposiciones para la ejecución de instalaciones de corrientes fuertes y para el mejoramiento o modificaciones de las existentes. Cumplimiento: Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento.

12.25 Norma NCh Elec. 4/03, Electricidad, Instalaciones Interiores en Baja Tensión. Fija las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las instalaciones eléctricas interiores, con el fin de salvaguardar a las personas que las operan o hacen uso de ellas y preservar el medio ambiente en que han sido construidas. Cumplimiento: Se cumplirán todas las disposiciones de esta norma, incluyendo: exigencias generales; tableros; alimentadores; materiales y sistemas de canalización; medidas de protección contra tensiones peligrosas; puesta a tierra; instalaciones de alumbrado e instalaciones de fuerza.

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12.26 D.S. N% 379/86 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos para consumos propios, mediante el cual se regirán las instalaciones de combustibles Cumplimiento: El proyecto se ajustará a las disposiciones contenidas en este Reglamento. Serán declarados a la SEC antes de su funcionamiento todos los estanques de combustibles requeridos por el proyecto.

12.27 D.S. N* 1.314/55 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh 387 Of. 55). Establece las medidas de seguridad en el empleo y manejo de materias inflamables. Cumplimiento: El proyecto se ajustará fielmente a las especificaciones de la norma para el empleo y manejo, y elementos protectores de uso personal.

12.28 D.S. NO 1.314/55 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh 388 Of. 55). Establece las medidas de seguridad que deben adoptarse para prevenir o extinguir incendios y explosiones en depósitos de materias inflamables y explosivas. Cumplimiento: El actual sistema de almacenamiento de petróleo cumple con las especificaciones referidas a la prevención o extinción de incendios y explosiones.

12.29 D.S. N%1.164/1974 del Ministerio de Obras Públicas (NCh389.0f74). Establece las medidas generales de seguridad que deben adoptarse en el almacenamiento de sustancias inflamables que se encuentren en estado sólido, líquido o gaseoso. Cumplimiento:El actual sistema de almacenamiento de petróleo cumple con las especificaciones referidas a la prevención o extinción de incendios y explosiones.

12.30 Resolución N“%110/1971 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh758.E0f71). Establece las medidas particulares de seguridad que deben adoptarse para el almacenamiento de líquidos inflamables. Cumplimiento: El proyecto utiliza petróleo diesel (en las partidas), el que será almacenado en las actuales instalaciones que cumplen con los requisitos de seguridad.

12.31 D.S. N“90/1993 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (NCh2190.0f93). Establece disposiciones sobre los distintivos de seguridad con que deben identificarse los riesgos que presentan las sustancias peligrosas. Incluye disposiciones sobre características de las marcas, etiquetas y rótulos, uso de ellos, excepciones en el uso y lugares en que deben ser colocados. Cumplimiento: El proyecto cumplirá con las especificaciones de esta norma para la identificación de las sustancias peligrosas que se usarán, entre ellas, petróleo diesel; incluyendo: características de las marcas y etiquetas; disposiciones generales para el uso de marcas y etiquetas; características de los rótulos; disposiciones generales para uso de los rótulos; y número UN de identificación de sustancias peligrosas.

12.32 Decreto N*198/00 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Modifica DS N% 298/95. Regula los procedimientos para el transporte de carga por calles y caminos, para aquellas sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad o el medio ambiente. Cumplimiento: A todos los proveedores que transporten insumos para el proyecto que tengan características de peligrosidad se les exigirá, por contrato, el cumplimiento de las exigencias ambientales y sanitarias vigentes.

12.33 D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional. Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. Cumplimiento: El proyecto cumplirá con lo establecido en reglamento en cuanto a descargas a aguas marinas y el titular ha establecido contacto y cuenta con un registro de empresas especializadas en el transporte y disposición final de aguas sucias y/o mezclas oleosas, las que ante la solicitud por parte del Capitán de una nave será, contactadas para efectuar las operaciones de retiro y disposición final, debidamente autorizadas. Además se informará cualquier anormalidad detectada asociada a la posible descarga fortuita o intencional de cualquier tipo de vertimiento al mar, que no cumpla con lo establecido en la normativa, la información deberá ser inmediatamente comunicada al Jefe de Puerto Terminal Marítimo Guacolda I, quién procederá a comunicar a Capitanía de Puerto Huasco para la debida fiscalización. En caso de que una nave solicite la descarga de aguas oleosas, la Agencia que esté atendiendo la nave se comunica con el terminal (en éste caso, Departamento Puerto y Cancha de Carbón) quienes les presentamos una lista de empresas dedicadas al retiro de éstas aguas, todas ellas autorizadas por Resoluciones Directemar, Guacolda no cuenta con flexibles para la operación, éstas son aportadas por la empresa contratada, Se adjunta listado Catastro empresas autorizadas por Directemar para el Retiro de Aguas Oleosas (Anexo LI-1 adenda 2).

12.34 D.L. 2.222 del 21 de mayo de 1978 del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. Ley de Navegación. En artículo 142, se prohíbe absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos. Cumplimiento: El Proyecto cumplirá con todas las disposiciones referidas al control de la Contaminación Acuática. Las naves deberán Operar con todas sus actividades fiscalizadas y deberán cumplir con la legislación nacional e internacional vigente. De esta manera se evitarán contaminaciones, tales como las producidas por la descarga de aguas de lastre.

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12.35 Ley N17,798 sobre Control de Armas y Explosivos, D.S. N77/1982 (ReglamentoComplementario) y D.S. N*73/1991 del Ministerio de Defensa Nacional. Regula el control y uso de explosivos. Cumplimiento: El proyecto contempla el uso de explosivos. Se llevarán a cabo las acciones necesarias para dar cumplimiento a la normativa. Las operaciones serán realizadas por personal calificado, se seguirá lo establecido en el Reglamento en cuanto a la adquisición, transporte, carga y descarga, y almacenamiento de explosivos.

12.36 D.S. N% 400/78 sobre el control de armas y explosivos del Ministerio de Defensa Nacional. Corresponde al texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 17,798 que regula el control y uso de explosivos. Cumplimiento: El titular dará cumplimiento a lo señalado en dicho decreto.

12.37 D.S. N” 686/98, Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. La normativa vigente protege de la contaminación lumínica los cielos nocturnos de las regiones 1, II, III y IV, de manera de preservar su calidad astronómica. Cumplimiento: EEGSA velará por el cumplimiento del D.S. 686/98, sobre regulación de la contaminación lumínica,

12.38 Plan Regulador Intercomunal del Borde Costero (PRIBC) de la Región de Atacama (Res. N0%5 2/4/2001, Gobierno Regional de Atacama). El PRIBC, regula y orienta el proceso de desarrollo físico del territorio costero de las comunas dentro de las cuales se encuentra Huasco, Cumplimiento: El proyecto se llevará a cabo al interior de las instalaciones de la Central Guacolda, donde hoy se emplazan las Unidades 1,2 y3. La zona donde se llevará a cabo el proyecto corresponde a la ZUI-4, correspondiente a una Zona Industrial Intercomunal.

12.39 Decreto con Fuerza de Ley NO 3.557 de 1981 del Ministerio de Agricultura, que establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Cumplimiento: El cumplimiento de este decreto es consecuencia directa del cumplimiento de todas aquellas normativas asociadas a la calidad del aire y protección de los recursos naturales (aire, suelo, agua). Los antecedentes respectivos están en Anexo 5,1.

12.40 Ley de Caza N 19.473/96 y su Reglamento N 5/98. Que hace referencia a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de la fauna silvestre, en su artículo 4%, prohíbe la caza y captura en todo el territorio nacional de una serie de especies, Cumplimiento: El proyecto prohibirá toda forma de caza y/o captura de fauna silvestre contenida en dicho Decreto.

12.41 D.S. 430/92 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Ley General de Pesca y Acuicultura. En su artículo 136 la Ley de pesa y Acuicultura señala: "El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agente contaminantes químicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, será sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar será la de presidio menor en su grado mínimo.” Cumplimiento: Respecto de la forma de cumplimiento, todos los efluentes que se descargan al mar (unidades existentes, en construcción y proyecto) cumplen con los límites del DS 90/00 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

12,42 RES. N* 133/2005, que deroga la RES No1.896/94, del Servicio Agrícola y Ganadero. Establece exigencias para la internación de productos que puedan ser vehículos de plagas. Los embalajes de madera utilizados para el transporte de cualquier envío procedente del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera mediante tratamiento térmico o fumigación con bromuro de metilo. Todo embalaje debe llevar una marca establecida, que certifique que ha sido sometido a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados. Si el embalaje de madera no exhibe la marca exigida, o si en cualquier pieza de embalaje se detecta insectos vivos, signo de insectos vivos o de corteza, los inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero deberán disponer su eliminación o tratamiento mediante una Orden de Tratamiento Cuarentenario, lo que será aplicado a la totalidad del envio. Cumplimiento: Todo embalaje de madera procedente del extranjero cumplirá con las exigencias fitosanitarias establecidas por la presente resolución.

12.43 Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Artículo 23” del Reglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Durante la realización de las obras el titular deberá informar al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26" de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23" del Reglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Cumplimiento: El área donde se emplazará el proyecto corresponde a un sector alterado, al interior de las instalaciones de la Central Guacolda, donde hoy se emplazan las Unidades 1, 2 y 3 (en construcción). El Titular informará al Consejo de Monumentos nacionales de cualquier hallazgo realizado.

12.44 D.S. 295/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Aprueba el Protocolo para la Protección del Pacífico

Sudeste contra la Contaminación de Fuentes Terrestres y sus Anexos. Cumplimiento: Se dará cumplimiento a las exigencias contenidas en este cuerpo legal.

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12.45 Resolución N* 5 del 02/04/2001 del Gobierno Regional de Atacama. Plan Regulador Intercomunal del Borde Costero (PRIBC) de la Región de Atacama. Regula y orienta el proceso de desarrollo físico del territorio costero de las comunas dentro de las cuales se encuentra Huasco. Actualmente, el uso normado por el PRIBC para el sector de la Central Guacolda y del sector conocido como Medanos los Lachos, al sur poniente de la ciudad de Huasco, es denominado como ZUI4. En la ordenanza se señala que esta zonificación “Corresponde a las Zonas del área urbana, en las que se permite la localización de actividades productivas y equipamiento complementario, Cuando estas zonas se encuentren vecinas a áreas residenciales y de equipamiento, los planes reguladores comunales podrán establecer al interior de esta zona, disposiciones adicionales a las contenidas en el presente plan, que permitan crear las zonas de transición entre los usos molestos y los inofensivos, y favorecer la consolidación de una infraestructura vial apropiada”. La subdivisión predial mínima es de 1 ha. y las actividades productivas permitidas son: Actividades Industriales inofensivas y molestas, Actividades Comerciales de carácter similar al Industrial, inofensivas y molestas, Servicios Portuarios, Almacenamiento inofensivo, molesto y peligroso. Cumplimiento: La zonificación del área permite, las actividades que se desarrollarán a través de la instalación de la Unidad NC 4 de la Central Guacolda.

13, Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto "unidad 5 Central Térmica Gualcolda S.A.”, éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los siguientes artículos N073, 90, 91, 93, 94, 95, y descripción de permisos, contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. NO 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De lo anterior se puede observar lo siguiente:

13.1 Permiso Ambiental Sectorial 73: Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna, a que se refiere el artículo 140 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Cumplimiento: El proyecto considera la descarga de RILES al mar. La descarga de la unidad generadora se realizará de forma independiente que las aguas servidas domésticas. Además el presente proyecto controlará la descarga de la Unidad Generadora, de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Gerencia durante la operación y de cada una de las Plantas de Tratamiento de las Aguas Servidas utilizadas durante la fase de construcción, en caso que sean consideradas fuentes emisoras, según lo indicado en la norma en el punto 6.2 “Consideraciones generales para el monitoreo”. Para determinar lo anterior (fuente emisora), en un plazo no superior a 30 días desde el inicio de su funcionamiento de cada una de las fuentes señaladas anteriormente, el titular debe remitir sectorialmente a esta Autoridad Marítima la siguiente información: Caudal, Caracterización de acuerdo a la Tabla 3.7 del D.S. 90/00 (no la Tabla 4), con sus correspondientes certificados del laboratorio acreditado, Nombre del cuerpo receptor, Código CIU, relacionado con el tipo de efluente, Ubicación y características de la cámara o dispositivo de muestreo de Riles de acuerdo al numeral 6.2 del citado decreto. En caso que la caracterización del efluente determine que las descargas son consideradas fuentes emisoras, la frecuencia de la ejecución del monitoreo de autocontrol será realizará en relación al volumen de descarga de cada una de ellas. La obtención de las muestras para ejecutar el monitoreo, debe realizarse en cada uno de los pozos sello o cámara de registro correspondiente a cada fuente emisora. De esta manera, durante la operación la central como un todo, debe considerar la ejecución de los monitoreos de autocontrol, unidades de generación y otro para la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la Gerencia. En relación al cloro libre residual, se ha señalado que este se encontrará en concentraciones menor a 0,0040 ppmen Riles.

La Autoridad Marítima se pronunció conforme a través del Ord. 12.600/55 de 22 de junio de 2010

13.2 Permiso Ambiental Sectorial 90: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. NO 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Cumplimiento: El alcance de este permiso se refiere a las siguientes instalaciones de tratamiento: Pozo de decantación del sistema de cenizas de fondo, Estanque separador agua-aceite, Piscina de decantación y neutralización de Riles Planta FGD; los antecedentes solicitados para cada una de las instalaciones por separado se encuentran en Anexo PAS-1 de la adenda 2. La Seremi de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. BS3 1332/2010 de fecha 25 de junio de 2010.

13.3 Permiso Ambiental Sectorial 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. NO 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo, Cumplimiento: La caracterización de las aguas servidas antes de ser tratadas corresponden a valores característicos de Aguas Servidas Domésticas de acuerdo al D.S.90/00. En cuanto a las aguas tratadas corresponden a valores característicos de aguas servidas tratadas mediante sistemas convencionales

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que dan cumpliendo al D.S.90/00. Para ambos casos, la información bibliográfica se apoya con la caracterización de las aguas servidas y tratadas que se generan por la operación de las Unidades 1 y 2 de la Central de Guacolda. Las descargas de las Plantas de Aguas Servidas se realizan de manera independiente de las descargas de las Unidades generadoras. Las plantas de tratamiento de aguas servidas para la etapa de construcción del proyecto estarán equipadas con estanques de suficiente capacidad para evitar derrames, que en caso de falla se procederá a vaciar con empresas especializadas en manejo de aguas servidas. Adicionalmente, se tiene considerado un control semestral a cada Planta, para monitoreo de RILES de acuerdo con lo establecido en la Tabla 4 del D.S. N%90. Las posibles fallas del Sistema de Tratamiento, están consideradas evitando cualquier posibilidad de descarga al mar de aguas sin tratar. Se han definido las respectivas medidas de control, a fin de evitar lo indicado: Se consideró la instalación de dos sopladores en línea para cada Planta, manteniéndose uno en posición stand-by. De esta manera que ante la falla de uno de estos equipos, se procede a conectar el equipo en stand-by, asegurando la mantención del proceso, mientras se procede a la reparación necesaria para mantener ambos sopladores operativos. Lo anterior también es aplicable a las Plantas de la etapa de construcción. El período de funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas servidas durante la construcción es de aproximadamente 25 meses. Durante la fase de construcción, en un plazo no mayor a 30 días desde el inicio de la operación de las plantas de tratamiento de aguas servidas, debe entregar la caracterización del efluente de cada una de ellas, de acuerdo a la Tabla 3.7 del DS 90. Los resultados de los monitoreos de autocontrol de dichas plantas, deben ejecutarse y remitirse en forma mensual a la Autoridad Marítima. La Seremi de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. BS3 1332/2010 de fecha 25 de junio de 2010.

13.4 Permiso Ambiental Sectorial 93: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. NO 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Cumplimiento: Este permiso se requiere para la utilización del vertedero de cenizas y escorias de la Central Guacolda. Los antecedentes para este permiso se presentan en Anexo LE-3. El titular compromete la realización de los estudios necesarios para garantizar la efectividad de la solución propuesta consistente en mezcla de yeso/ceniza con una capa impermeabilizante para cada celda, antes de la entrada en operación de la Unidad 5. Los estudios serán presentados a COREMA y a la Autoridad Sanitaria Regional con tres meses de antelación a la entrada en operación de la Unidad 5. La Seremi de Salud se ha pronunciado conforme a través del Ord. BS3 1332/2010 de fecha 25 de junio de 2010.Permiso Ambiental Sectorial 94: Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. NO 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Permiso que califica la industria como inofensiva, molesta, contaminante o peligrosa. Cumplimiento: La Seremi de Salud se ha pronunciado, a través del Ord. BS3 1332/2010 de fecha 25 de junio de 2010, calificando la actividad como molesta en atención a las siguientes consideraciones:

a) El titular compromete que la emisión conjunta de las 5 unidades no superará las 3,6 ton/día promedio anual, comprometiendo un máximo promedio mensual de 4,02 ton/día. El titular indica a su vez las situaciones en que las emisiones diarias pueden subir puntualmente:

a.1. Fallas en un Precipitador Elecrostático (PE) de una Unidad, hasta 12 ton/día con un tiempo de duración de 24 horas, con una frecuencia excepcional de 2 veces al año.

a.2. Necesidad imperiosa de operar con carbón de alto contenido de cenizas (20%), hasta 10 ton/día con una frecuencia de 1 vez cada 5 años.

a.3. Operación normal que bajo algún imprevisto llegue a 6 ton/día, con una frecuencia máxima de 5% de los días del año.

a.4. Compromiso de cumplir durante el 95% de los días con el valor límite de concentración indicado en el Anteproyecto de Norma de Emisión de Termoeléctricas. Este compromiso debe aplicar a cada una de las 5 Unidades, Lo anterior no obsta del cumplimiento de emisión conjunta de las 5 unidades no superará las 3,6 ton/día promedio anual, comprometiendo un máximo promedio mensual de 4,02 ton/día.

a.5. Se deberá disponer de las medidas operacionales que permitan cumplir con los compromisos indicados en las letras a, b, c y d. Los informes de seguimiento deberán a su vez agregar la evaluación de su cumplimiento.

b). El titular declara que el proyecto sumado a las restante 4 unidades existentes más las emisiones fugitivas, tendrá un aporte máximo de 2,3 1g/m3 como promedio anual en las estaciones EME M y EME F.

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Cc). Fundado en los antecedentes de calidad del aire de MP10 que indican que actualmente la comuna de Huasco se encuentra en valores latencia para la norma anual de MP10, y que dadas las medidas operacionales indicadas por el titular, tendientes a no incrementar la tasa emisión de 3.6 ton/día actualmente autorizada, se concluye que la operación de la Unidad 5, no contribuirá a la superación de norma de calidad del aire tanto en

su promedio anual como diario en la comuna de Huasco.

d). La calidad del aire para los parámetros SO2 y NO2 no se verá incrementada dado que:

d.1. Con la operación del proyecto las emisiones de SOx de las 5 unidades generadoras se verán disminuidas de 103,37 ton/día (actualmente autorizadas) a 97,76 ton/día.

d.2. Con la operación del proyecto las emisiones de NOx de las 5 unidades generadoras no se verán alteradas manteniéndose en un valor de 23.65 ton/día.

e). El titular compromete Plan de Manejo Dinámico de Emisiones para PTS y NOx. Este se suma al Plan de Manejo existente para el SO2.

f). Para 03 el titular compromete realizar monitoreo de su concentración en la estación EME F.”

13.5 Permiso Ambiental Sectorial 95: Permiso para la ejecución del Plan de monitoreo de la biota marina. Cumplimiento: Durante la etapa de construcción y operación, los monitoreos en el medio marino se realizaran en las mismas áreas donde se realizó el estudio de línea de base del proyecto, además de los nuevos sitios que se agregaron durante el proceso de evaluación del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, en el Anexo PL-1 de la adenda 2 se adjuntan las áreas de pesca que serán solicitadas en el respectivo permiso de pesca de investigación.

  1. Que la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que este pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas la demás normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

16, Que, para que el proyecto " Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A." pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad, representante legal o domicilio.

  3. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  4. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, las modificaciones del Proyecto, a objeto de analizar la pertinencia de ingreso de dichas modificaciones al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  5. Que sí bien el Seguimiento y Monitoreo Ambiental señalado en la presente resolución, permitirá corroborar que las variables ambientales que pudieran verse afectadas por el proyecto, evolucionen según las predicciones realizadas por el Titular, la Comisión Regional del Medio Ambiente podrá solicitar cuando existieren antecedentes fundados, monitoreos análisis y mediciones adicionales a los establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas, así como la modificación de sus frecuencias. A su vez el Titular podrá solicitar a la Comisión, cuando existieren antecedentes fundados para ello, la modificación, reducción o eliminación de dichos monitoreos, análisis, mediciones o sus frecuencias y/o demás características.

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RESUELVE:

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A.", presentado por el Señor Señor Sergio del Campo Fayet en representación de Empresa Eléctrica Guacolda S.A., condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

CERTIFICAR que el proyecto "Unidad 5 Central Térmica Guacolda S.A", de Empresa Eléctrica Guacolda S.A., en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos N073, NO90, NO091, N%93 y NO095, del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, Características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N% 19,300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.

DEJAR constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N* 19,300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 y 15 días hábiles respectivamente, contados desde la notificación de la presente resolución, para ante el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

Notifíquese y archívese,

NA MATAS QUIEODRÁN pTENDENAY MISIÓN REGIÓNAL DEL MEDIO AMBIENTE

REGIÓN DE ATACAMA

ñ NJQNA - JO 3ARRUETO SOTOMAYOR REGIONAL CONAMA Y

SECRETARIO COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE . REGIÓN DE ATACAMA

ATACAMA

sore ycódó

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 92]