Evaluación SEA

PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE

Rol 2167427099
SEA · DIA · Aprobado · 2026-09-22 · Región de Los Ríos · PSF BESS Puile SpA

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Ríos

Califica Ambientalmente el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”

Valdivia

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 05 de junio de 2026 y su Adenda Complementaria de 31 de julio de 2026, del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”, presentado por PSF BESS Puile SpA con fecha 15 de enero de 2026.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”.

3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 03 de 06 de febrero de 2026, del Comité Técnico de la Región de Los Ríos.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE” de 28 de agosto de 2026.

6°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, de fecha 08 de septiembre de 2026.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”.

8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”); modificado por el Decreto Supremo Nº30/2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Modificación al Decreto Supremo Nº40, de 2012; la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; los artículos 79 y 80 del D.F.L. N°29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, que establece el orden legal de subrogación; y la Resolución Nº36, del 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 22-09-2026 18:03:07:647 UTC -03:00 Razón: Lugar: 2

CONSIDERANDO:

1°. Que, PSF BESS Puile SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social PSF BESS Puile SpA Rut 78.241.605-7 Domicilio Arrayán 2750 Oficina 703 Teléfono 56984561578 Nombre representante legal Gonzalo Eduardo Navarro Durán Rut representante legal 15631589-3 Domicilio representante legal Perseo 675 Teléfono representante legal 56984561578 Correo electrónico Titular o representante legal gnavarro@orion-power.com,gonzalo.navarro@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de agosto de 2026, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental XIV Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

• Cumple con la Normativa Ambiental aplicable; • Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138; 140; 142; 160 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente; • No genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19.300; • El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 08 de septiembre de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 28 de agosto de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo la generación de energía a partir de fuentes de energía renovable no convencionales, y su posterior almacenamiento, de modo de inyectar la energía eléctrica en las franjas de alta demanda, y con ello contribuir a la optimización del recurso y evitar los vertimientos de energía en el sistema de distribución local. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil El Proyecto contempla una vida útil de 36 años, considerando la Fase de Construcción, Operación y Cierre. Monto de inversión USD $ 20.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión o faena mínima corresponde a la instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X 3

Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Ríos, Provincia de Valdivia, Comuna de San José de la Mariquina Descripción de la localización El terreno seleccionado cuenta con la superficie necesaria para la instalación de las partes y obras del Proyecto, así como también cuenta con las condiciones topográficas permiten que el Proyecto pueda ser emplazado en esa área. El Proyecto se emplaza a aproximadamente a 7 km del centro urbano de Mariquina. La radiación solar del área permite la generación de energía eléctrica. Superficie La superficie del proyecto es de 21,8 has Coordenadas UTM en Datum WGS84

Vértice Este (m) Norte (m) V1 (Inicio/Cierre) 682.776 5.621.382 V4 682.708 5.621.343 V12 682.605 5.621.169 V24 682.428 5.621.073 V34 682.147 5.621.166 V36 682.293 5.621.536 V38 682.346 5.621.517 V70 682.659 5.621.660 V71 682.663 5.621.660 V81 (Final) 682.776 5.621.382 (La lista completa de los 81 vértices se encuentra detallada en el Anexo 5 de la Adenda y en el Capítulo 1 del proyecto)

Además del perímetro, se definen coordenadas específicas para el acceso y la interconexión eléctrica: Punto de Interés Descripción / Ruta Este (m) Norte (m) Punto Representati vo Coordenada central del predio 682.455 5.621.300 Acceso al Proyecto Ingreso desde la Ruta T- 230 682.278 5.621.121 Punto de Conexión Conexión a la red de distribución local 682.593 5.620.981

Caminos de acceso El acceso al Proyecto "Parque Solar Fotovoltaico y de Almacenamiento de Energía Puile" está definido por una ruta principal de ingreso y una vía de conexión regional, tal como se detalla a continuación: • Ruta T-230: Es la vía de acceso única y definitiva al predio del proyecto para todas sus fases (construcción, operación y cierre). Se trata de un camino público nacional en zona interurbana que se encuentra pavimentado y en buen estado. El punto de acceso específico desde esta 4

ruta se localiza en las coordenadas UTM (WGS84 Huso 18S) Este: 682.278 / Norte: 5.621.121. • Ruta 5 (Ruta 5 Sur): Actúa como la vía de conexión principal desde la cual se accede a la ruta T-230. Esta ruta es fundamental para el flujo de transporte pesado, incluyendo el traslado de paneles solares, acero, maquinaria y estructuras temporales.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 “Descripción de Proyecto” y “Adenda”

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Patio de Insumos y Acopio Zonas al aire libre (100 m² para insumos y 464 m² para acopio) para el resguardo y distribución de materiales de trabajo. Bodegas Temporales (3) 3 contenedores de 30 m² cada uno (90 m² total) para el almacenamiento de herramientas, insumos y equipos de protección. Bodega SUSPEL Gaveta de 3 m² con medidas de contención para el almacenamiento seguro de sustancias peligrosas. Comedores (2) Módulos prefabricados (60 m² en total) acondicionados para la alimentación del personal. Oficinas (3) Módulos prefabricados (90 m² en total) destinados a labores administrativas y reuniones de coordinación. Baños químicos temporales Instalaciones sanitarias (48 m² en total) con mantención periódica para los trabajadores. Grupo Electrógeno Equipo de respaldo de 20 kVA (6 m²) para proveer energía a las instalaciones ante contingencias. Estacionamiento Maquinaria Zona al aire libre de 250 m² para el aparcamiento y resguardo de maquinaria pesada. Estacionamiento Liviano Zona de 90 m² para el aparcamiento de camionetas y vehículos menores. Piscina Lavado Camiones Mixer Excavación de 10 m² recubierta con HDPE para recibir aguas de lavado de canoas de camiones hormigoneros. Zona Carga de Combustible Área de 18 m² impermeabilizada para el abastecimiento de maquinaria mediante estanque móvil de 1.000 L. Zona de lavado en seco Área de 125 m² con "lomos de toro" y gravilla para la limpieza de ruedas antes de salir del predio. Cerco Perimetral Cerco de malla tipo acmafor de 1,8 m de altura para protección y control de acceso. Caminos Interiores Rutas estabilizadas de 4 a 5 m de ancho (2.500 m²) para circulación interna segura. Planta Fotovoltaica Polígono de 64.277,06 m² que incluye 20.400 paneles solares monocristalinos y sus estructuras de soporte. Centros de Tres estaciones modulares (44,35 m²) para elevar el voltaje de la energía generada. 5

Transformación (3) Áreas Sistema BESS (3) 18 contenedores de baterías de ion-litio (540 m²) para almacenamiento de energía. Zanjas MT y BT Red de cableado subterráneo de baja (2.256 m²) y media tensión (482 m²) soterrada a 1,3 m. Sala de Control y Baño Módulo de 30 m² que alberga el sistema SCADA para operación remota y servicios higiénicos. Fosa Séptica y Drenes Sistema sanitario permanente (fosa de 2.000 L y drenes de infiltración) para el manejo de aguas servidas. Línea de Media Tensión Línea aérea de 23 kV (207 m y 7 postes) para la conexión a la red de distribución local. Bodega (Operación) Contenedor de 30 m² para herramientas y repuestos necesarios durante la fase operativa. Bodega RESPEL Bodega de 15 m² acondicionada para el acopio temporal de residuos peligrosos (D.S. N°148). Patios de Residuos Áreas delimitadas para residuos industriales no peligrosos (100 m²) y asimilables a domiciliarios (50 m²). Habilitación de instalación de faenas y cierre perimetral: Instalación de módulos prefabricados, áreas de acopio y un cerco de 1,8 m de altura

Habilitación de caminos interiores Escarpe, nivelación y compactación de 2.500 m² de rutas internas y estacionamientos, incluyendo el uso de supresores de polvo

Movimientos de tierra y nivelación: Remoción de aproximadamente 9.609,2 m³ de tierra para nivelar el terreno (incluyendo la nivelación de un montículo de 5.690,2 m³) y excavación de zanjas para cableado

Construcción de obras civiles y montaje: Hincado directo de perfiles de acero para los 20.400 paneles (sin hormigón) y construcción de fundaciones de hormigón para los centros de transformación, contenedores de baterías BESS, sala de control y fosa séptica.

Pruebas y puesta en marcha Verificación individual y conjunta del funcionamiento eléctrico y mecánico de todos los equipos Desmovilización de la instalación de faena Desmantelamiento y retiro de todas las instalaciones temporales utilizadas durante la construcción Suministros Básicos Energía Eléctrica: El suministro para la instalación de faenas y el uso de herramientas se proveerá mediante la operación de un (1) grupo electrógeno de 20 kVA Agua Potable: Será suministrada por una empresa externa autorizada mediante camiones aljibe y compra de bidones. Se estima un consumo máximo de 9 /día, basado en una dotación de 150 litros/persona/día para un peak de 60 trabajadores.

Agua Industrial: Se requerirá exclusivamente para el lavado de canoas de los camiones mixer. Esta será provista por los mismos camiones mediante su sistema de lavado a presión, con un consumo estimado de 0,5 /día.

Combustible: El abastecimiento para maquinaria pesada y el grupo electrógeno se realizará a través de un estanque temporal de 1.000 litros ubicado en la instalación de faena, el cual será recargado por una empresa distribuidora autorizada. Los vehículos livianos cargarán en servicentros externos 6

Servicios Higiénicos: Se dispondrá de baños químicos ubicados en la instalación de faena y en los frentes de trabajo. El servicio de arriendo, limpieza y transporte de efluentes será realizado por una empresa sanitaria externa autorizada, con una frecuencia de mantenimiento de 3 veces por semana.

Alimentación: La alimentación de los trabajadores será provista por una empresa externa con autorización sanitaria. Para ello, se habilitará un sector de comedor (módulos de 60 en total) que estará aislado de las áreas de trabajo. No se contempla la manipulación ni preparación de alimentos en el sitio.

Insumos de Construcción: Se considera el uso de aproximadamente 314,82 m³ de hormigón premezclado y 1.223 m³ de áridos, principalmente para las zanjas de media y baja tensión Recursos naturales renovables Suelo: Los movimientos de tierra implican un movimiento total de 9.609,2 m³. Todo el material extraído será redistribuido y reutilizado íntegramente dentro del predio para labores de nivelación y relleno, descartando la generación de excedentes que requieran disposición externa.

Escarpe capa vegetal: Se removerán 257,2 m³ de suelo superficial (equivalente a 2.572 m²) exclusivamente en la faja de los caminos interiores Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas:

MP10: La tasa de emisión proyectada 1,26629 toneladas/fase, generada principalmente por el polvo resuspendido en actividades de escarpe, nivelación, excavación, carga/descarga y compactación, además del tránsito de vehículos y la combustión en maquinaria y grupos electrógenos. La forma de abatimiento y control propuesta considera el monitoreo del estado de vehículos, restricción de velocidad (máx. 20 km/hr), cobertura total de carga y control visual de salida de camiones.

MP 2,5: La tasa de emisión proyectada es de 0,28846 toneladas/fase producida por el movimiento de tierras, transferencia de material y la combustión de maquinaria y vehículos en los frentes de trabajo. Se considera la exigencia de mantenimiento de maquinaria en buen estado, revisiones técnicas vigentes, restricción de velocidad y uso de carpas en camiones

MPS: La tasa de emisión proyectada es de 3,91359 toneladas/fase principalmente asociada al movimiento de tierras, tránsito vehicular y erosión eólica de las pilas de acopio de material excavado. Se considera la aplicación de biosupresor de polvo en caminos internos y de acceso al inicio de la fase, humectación de frentes de trabajo y control de velocidad

NOx: La tasa de emisión proyectada es de 1,54888 toneladas/fase, principalmente por la emisión por combustión durante el uso de maquinarias (retroexcavadoras, camiones mixer, etc.), funcionamiento de equipos, grupos electrógenos y tránsito vehicular. Se considera la mantención de grupos electrógenos según manual del fabricante, monitoreo de velocidad y prohibición absoluta de quema de residuos

SO2: La tasa de emisión proyectada es de 0,03891 toneladas/fase asociada al funcionamiento de motores de combustión interna en maquinaria, vehículos de transporte y la operación del grupo electrógeno de 20 kVA. Se considera las mantenciones preventivas periódicas, cumplimiento de revisiones técnicas de gases y prohibición de quemas

CO: Se considera una tasa de emisión de 0,56615 toneladas/fase, dada por la combustión de vehículos en rutas pavimentadas y no pavimentadas, operación de maquinaria y grupos electrógenos en instalación de faena. Se considera el control de velocidad de circulación, monitoreo del estado de motores y prohibición de 7

quema de materiales

GEI: Se considera una tasa de emisión de 212,24 toneladas de CO2eq totales para la fase los que provienen de la combustión vehicular (74,80 t), combustión de maquinaria (113,84 t) y operación de grupo electrógeno (20,98 t). Se considera la optimización de la logística de transporte y mantenimiento eficiente de motores para reducir el consumo de combustible

Mayores antecedentes en el Anexo 1.4 "Emisiones Atmosféricas" (o "Estimación de Emisiones Atmosféricas") de la DIA. Emisiones Líquidas:

a) Agua de lavado de canoas de camiones mixer:

Tasa de emisión: Se estima un consumo y posterior manejo de efluente de 0,5 /día, generada por el lavado de las canoas de los camiones hormigoneros en la piscina de lavado temporal ubicada en la instalación de faena.

Sistema de control: La piscina opera como un sistema cerrado de evaporación natural, revestida con geomembrana de HDPE e impermeabilizada. Cuenta con una estructura techada para impedir el ingreso de aguas lluvias, asegurando que no existan escurrimientos ni generación de RILes

b) Aguas servidas domésticas (Fases de Construcción y Cierre):

La tasa de emisión fue estimada en un máximo de 9 m³/día, considerando una dotación de 150 L/persona/día para un peak de 60 trabajadores. Se implementará un sistema de control de baños químicos gestionados por un proveedor externo autorizado, quien realiza la mantención, retiro y transporte de los efluentes hacia plantas de tratamiento autorizadas con una frecuencia de 3 veces por semana Emisiones Acústicas. La caracterización y modelación del componente acústico del Proyecto, detallada en el Anexo 1.5 de la DIA (actualizado en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria), evalúa las emisiones de ruido generadas en las distintas fases del Proyecto sobre seis receptores humanos (R1 a R6) y tres receptores de fauna nativa (RF1 a RF3) Durante la fase de construcción, las emisiones se generarán exclusivamente en periodo diurno de lunes a viernes entre las 08:00 y las 18:00 horas, con una duración estimada de 6 meses, producto de acciones como movimientos de tierra, excavación de zanjas, obras civiles y el hincado directo de postes metálicos La modelación predictiva en su condición más desfavorable (mes 2 del cronograma de construcción) determinó que, sin controles, el ruido superaría los límites diurnos del D.S. N°38/2011 del MMA en el receptor humano R5 y los umbrales de perturbación biológica en el receptor de fauna RF3 (humedal colindante), registrando en este último aportes de 59,5 dB(A) para aves y de 63,1 dB(C) para anfibios

Niveles proyectados para fase de construcción escenario 4

Fuente: Anexo 1 Adenda Complementaria, 2026.

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Para mitigar este efecto, el Titular implementará de forma obligatoria la medida de Restricción de Uso Simultáneo de Maquinarias, prohibiendo la operación conjunta de equipos de alta emisión como la motoniveladora y la hincadora frente a R5 y RF3, lo que reduce los niveles proyectados en RF3 a valores de resguardo seguros de 54,4 dB(A) (aves) y 58 dB(C) (anfibios)

Análisis cumplimiento normativo Fase de Construcción Recep tor Altura del receptor [m] NPS Proyectad o en dB(A) Perio do Límite Permitido D.S. 38/2011 en dB(A) Evaluación Normativa - ¿Cumple límite máximo permitido? R1 1,5 40,7 Diurn o 53 SI R2 1,5 34,8 Diurn o 57 SI R3 1,5 38,0 Diurn o 54 SI R4 1,5 45,0 Diurn o 55 SI R5* 1,5 52,5 Diurn o 56 SI R6 1,5 40,8 Diurn o 64 SI 4,0 43,2 Diurn o SI * con medida de control restricción de maquinaria Fuente: Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

Mayores antecedentes en el Anexo 1 "Informe modelación de Ruido y Vibraciones" de la Adenda Complementaria Ruido por fuentes móviles: Para la medición de ruido por fuentes móviles se adoptó como referencia la guía metodológica de la Federal Transit Administration (FTA) de EE.UU. ("Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual") El escenario más desfavorable modelado (peor condición de tránsito simultáneo en un día) contempla un flujo de 98 viajes diarios (ida y vuelta), desglosados en el siguiente tipo de vehículos: • Camión Rampla (40'): 27 vehículos (54 viajes/día) – Pesado • Camión Tolva: 7 vehículos (14 viajes/día) – Pesado. • Camión Mixer: 5 vehículos (10 viajes/día) – Pesado • Bus de Personal: 2 vehículos (4 viajes/día) – Pesado • Camioneta: 2 vehículos (4 viajes/día) – Liviano • Camión Aljibe: 2 vehículos (4 viajes/día) – Pesado • Grúa: 1 vehículo (2 viajes/día) – Pesado • Camión Surtidor: 1 vehículo (2 viajes/día) – Pesado • Camión Cisterna: 1 vehículo (2 viajes/día) – Pesado • Camión Mediano: 1 vehículo (2 viajes/día) – Pesado Total de flujo diario en construcción: 98 viajes Para la evaluación, se seleccionó el receptor más expuesto a la ruta de acceso al predio correspondiente al Receptor R4 (vivienda de un piso de uso habitacional). R4 se clasifica bajo la Categoría 2 de uso de suelo (viviendas o lugares donde se requiere alta sensibilidad sonora para la norma FTA). El nivel de ruido ambiental preexistente medido en el sector de R4 es de 66,2 dB(A) En base al alto nivel basal medido, el criterio acumulativo de la norma FTA determina que el aporte exclusivo del tránsito del Proyecto, no debe superar el umbral de impacto moderado de 61,6 dB(A) para evitar perturbaciones a los 9

habitantes La modelación del software Predictor LimA para la fase de construcción arrojó que sobre el receptor R4, el nivel de Presión Sonora (NPS) Proyectado es de 45,9 dB(A). De esta forma, el nivel de ruido aportado por los camiones y buses del proyecto se sitúa 15,7 dB(A) por debajo del límite máximo de impacto de la FTA (61,6 dB(A)).

Mayores antecedentes en el Anexo 1 "Informe modelación de Ruido y Vibraciones" de la Adenda Complementaria Vibraciones:

Durante la etapa de construcción (cuya duración es de 6 meses), las vibraciones serán de carácter temporal y diurno, generadas por el uso de maquinaria pesada en actividades críticas como escarpe, movimientos de tierra, construcción de caminos internos, hincado de perfiles metálicos para los seguidores solares y construcción de obras civiles. La modelación para el escenario más desfavorable (que simula de manera conservadora el mes 2 del cronograma con la operación simultánea de los equipos de mayor emisión) arrojó las siguientes proyecciones en los receptores sensibles más cercanos: • Receptor R1 (Residencial, a 295 m): 41,2 VdB y una velocidad peak de partícula (PPV) de 0,00046 in/s. • Receptor R4 (Residencial, a 122 m): 52,7 VdB y un PPV de 0,00173 in/s. • Receptor R5 (Bodega comercial, a 33 m): 55,1 VdB y un PPV de 0,00228 in/s. • Receptor R6 (Restaurante, a 22 m): 41,7 VdB y un PPV de 0,00049 in/s. Al contrastar estos valores con la norma de referencia, se concluye que todos los receptores cumplen holgadamente los límites de la guía FTA. Las viviendas unifamiliares (R1 y R4) se sitúan muy por debajo del límite de molestia humana de 72 VdB aplicable a zonas residenciales. De igual manera, todos los puntos se encuentran a una distancia de seguridad crítica que descarta cualquier riesgo físico, registrando niveles de velocidad de partícula miles de veces inferiores al umbral de 0,2 in/s establecido para prevenir daño estructural en construcciones de madera o albañilería corriente.

Residuos No peligrosos:

a) Residuos Sólidos Domiciliarios: Se estima una generación de 1,8 ton al mes durante la construcción, calculada sobre un peak de 60 trabajadores con una tasa de 1,5 kg/día cada uno. Los residuos se mantendrán en bolsas o recipientes cerrados en un área de acumulación transitoria techada para evitar olores y vectores. El retiro será realizado por un externo autorizado 3 veces por semana hacia un relleno sanitario, con la correspondiente declaración en el sistema SINADER. b) Embalajes: Se proyecta una generación de 24.600 kg en esta fase, correspondientes principalmente a empaques de equipos eléctricos y paneles fotovoltaicos. Serán acopiados temporalmente en el patio de residuos del Proyecto y retirados cada tres semanas para su reciclaje o disposición en un relleno sanitario autorizado, según su estado. c) Metales: La generación estimada es de 1.800 kg, provenientes de la instalación eléctrica, el tendido de cables en zanjas y la conexión de los paneles. Se almacenarán de forma temporal en el patio de residuos y se retirarán cada tres semanas hacia reciclaje o relleno sanitario. d) Residuos Varios (papel, cartón, envases plásticos): Se estima una generación de 3.240 kg únicamente durante la construcción, incluyendo envoltorios de insumos y papeles de oficina. Su almacenamiento es temporal en el patio de residuos, con un retiro programado cada tres semanas para reciclaje o disposición final. 10

e) Restos de Hormigón: Se estima una generación de 7,32 m³, originados principalmente por la decantación de sólidos en la piscina de lavado de canoas de camiones mixer ubicada en la instalación de faena. Estos restos se acopiarán en el patio de residuos y se retirarán cada tres semanas hacia un relleno sanitario autorizado

Mayores antecedentes en “Tabla 17” de la Adenda Complementaria ("Descripción de residuos no peligrosos"). Residuos peligrosos:

a) Envase de spray de zinc: Residuos generados por el recubrimiento de galvanizado en frío de las estructuras de soporte. Se estima una generación de 6 kg únicamente en la fase de construcción. Serán almacenados en tambores metálicos con tapa y rotulados dentro de la bodega RESPEL, con retiro cada 6 meses o según necesidad b) Envases de espuma de poliuretano: Generados en las actividades de sellado, relleno y aislamiento térmico de conexiones eléctricas. Se proyecta una generación de 90 kg en construcción. Se acopian en tambores metálicos cerrados dentro de la bodega RESPEL para su posterior transporte a un relleno de seguridad autorizado. c) Paños y EPP contaminados: Corresponden a elementos de protección personal y paños utilizados en la limpieza y manipulación de insumos. Se estima una generación de 12 kg en esta fase. Se almacenarán en tambores metálicos con tapa dentro de la bodega RESPEL con una frecuencia de retiro semestral d) Tierra Contaminada: Suelo que eventualmente pueda resultar contaminado por el uso accidental de sustancias peligrosas (como spray de zinc o espuma). La generación estimada es de 30 kg en construcción. Se mantendrán en contenedores herméticos y estancos dentro de la bodega RESPEL. e) Tóner: Residuos provenientes del uso de impresoras en las oficinas de la instalación de faena. Se estima una generación de 12 kg durante la construcción. Serán almacenados en contenedores estancos dentro de la bodega RESPEL hasta su disposición final en sitios autorizados f) Paneles Solares: Módulos fotovoltaicos que resulten dañados durante las labores de traslado, manipulación o montaje. Se considera una tasa de pérdida del 0,5%, equivalente a 102 unidades aproximadamente. A diferencia de otros RESPEL, se gestionarán mediante entrega inmediata a un gestor autorizado

Mayores antecedentes en Tabla 18 de la Adenda Complementaria ("Descripción de residuos peligrosos"). Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente:

a) Espuma ignifuga (espuma de poliuretano) Sustancia utilizada para las labores de sellado, relleno y aislamiento térmico de las conexiones eléctricas del parque. Se estima un uso total de 9 kg únicamente durante la fase de construcción. Su almacenamiento se realizará en la Bodega SUSPEL (gaveta de 3 con acceso restringido) ubicada en la instalación de faena. b) Zinc metálico (spray de zinc): Producto empleado en el proceso de recubrimiento de galvanizado en frío para proteger las estructuras de soporte de los paneles solares contra la corrosión y el óxido ante la intemperie. Se proyecta un uso de 9 kg solo para la etapa de construcción, manteniéndose en sus recipientes de origen correctamente etiquetados dentro de la Bodega SUSPEL. c) Alcohol isopropílico: Utilizado para la limpieza técnica de superficies y como disolvente de rápida evaporación. Se contempla un uso de 7,5 kg exclusivamente en la fase de construcción. Se almacenará en la Bodega SUSPEL bajo el estricto cumplimiento de las condiciones de seguridad del D.S. N°43. Referencia al ICE Capítulo 4.6 del ICE 11

para mayores detalles sobre esta fase. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Grupo Electrógeno Equipo de respaldo de 20 kVA (6 m²) para proveer energía a las instalaciones ante contingencias. Cerco Perimetral Cerco de malla tipo acmafor de 1,8 m de altura para protección y control de acceso. Caminos Interiores Rutas estabilizadas de 4 a 5 m de ancho (2.500 m²) para circulación interna segura. Planta Fotovoltaica Polígono de 64.277,06 m² que incluye 20.400 paneles solares monocristalinos y sus estructuras de soporte. Centros de Transformación (3) Tres estaciones modulares (44,35 m²) para elevar el voltaje de la energía generada. Áreas Sistema BESS (3) 18 contenedores de baterías de ion-litio (540 m²) para almacenamiento de energía. Zanjas MT y BT Red de cableado subterráneo de baja (2.256 m²) y media tensión (482 m²) soterrada a 1,3 m. Sala de Control y Baño Módulo de 30 m² que alberga el sistema SCADA para operación remota y servicios higiénicos. Fosa Séptica y Drenes Sistema sanitario permanente (fosa de 2.000 L y drenes de infiltración) para el manejo de aguas servidas. Línea de Media Tensión Línea aérea de 23 kV (207 m y 7 postes) para la conexión a la red de distribución local. Bodega (Operación) Contenedor de 30 m² para herramientas y repuestos necesarios durante la fase operativa. Bodega RESPEL Bodega de 15 m² acondicionada para el acopio temporal de residuos peligrosos (D.S. N°148). Patios de Residuos Áreas delimitadas para residuos industriales no peligrosos (100 m²) y asimilables a domiciliarios (50 m²). Generación de energía e inyección al SEN Operación de la planta para inyectar 9 MW de potencia nominal al Sistema Eléctrico Nacional

Monitoreo SCADA Supervisión remota 24/7 de todos los componentes del parque mediante internet inalámbrico Mantenimiento preventivo y correctivo Recorridos mensuales de inspección visual, reparaciones menores y limpieza de paneles solares (programada dos veces al año) Control de malezas: Mantenimiento de la cobertura vegetal a una altura máxima de 30 cm para evitar riesgos de incendio Suministros Básicos Energía Eléctrica: El Proyecto se autoabastecerá mediante la energía generada por los paneles solares y almacenada en el sistema de baterías BESS. Para situaciones de emergencia o cortes de suministro, se dispondrá de un grupo electrógeno de respaldo de 20 kVA.

Agua Potable: Será suministrada mediante camiones aljibe por un proveedor autorizado y se almacenará en un estanque de 5 m³ ubicado junto a los servicios sanitarios. Se estima un consumo máximo de 1,5 m³/día, basado en una dotación de 150 litros/persona/día para un máximo de 10 trabajadores.

Agua Industrial: Se utilizará exclusivamente para la limpieza de paneles solares, labor proyectada dos veces al año. Se requerirán 20,4 m³ de agua desmineralizada 12

por cada jornada de limpieza (1 L/panel para los 20.400 paneles), suministrada por un proveedor autorizado por la Seremi de Salud.

Combustible: No se contempla el almacenamiento de combustible en el predio durante esta fase. El suministro para el grupo electrógeno de emergencia se realizará mediante bidones, mientras que los vehículos de mantenimiento se abastecerán en estaciones de servicio locales.

Servicios Higiénicos: Se contará con instalaciones permanentes (baño y lavamanos) en la Sala de Control. El manejo de aguas servidas se realizará a través de una fosa séptica de 2.000 litros conectada a un sistema de drenes de infiltración, diseñada para la dotación máxima de personal. Productos generados Energía Eléctrica Generada: El Proyecto generará una potencia nominal de 9 MW a partir de energía solar fotovoltaica. Se estima una producción anual de entre 23.000 y 24.000 MW. La energía será evacuada e inyectada directamente al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una línea de media tensión de 23 kV y aproximadamente 207 metros de longitud que conectará con la red de distribución local.

Energía Eléctrica Almacenada: Proviene del sistema de almacenamiento mediante baterías de ion-litio (BESS), el cual cuenta con una capacidad total de 49,53 MWh. Al igual que la energía generada, no requiere transporte físico. Se inyectará al SEN a través de la misma línea de evacuación, programando su entrega idealmente en las franjas horarias de mayor demanda del sistema

Recursos naturales renovables No se contempla la utilización o extracción de Recursos Naturales durante la fase de operación. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas

MP10: Se considera una tasa de emisión de 0,15 toneladas/año, generada principalmente por el tránsito de vehículos de mantención (combustión) por caminos pavimentados y no pavimentados. Se contemplan medidas de abatimiento/control, donde se considera el monitoreo del estado de vehículos, restricción de velocidad a un máximo de 20 km/hr, cobertura total de la carga y control visual de salida de vehículos.

MP2,5: Se considera una tasa de emisión de 0,01 toneladas/año. Generada principalmente por el tránsito y combustión de vehículos livianos asociados a la operación. Como abatimiento, se consideran los mismos controles que para MP10, incluyendo mantenciones preventivas para asegurar el buen funcionamiento de motores.

MPS: Se considera una tasa de emisión de 0,4 toneladas/año, originada por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al interior del Proyecto. Como forma de abatimiento y control, se considera la aplicación de biosupresor de polvo, monitoreo de estado de vehículos y restricción de velocidad (20 km/hr).

NOx: Se considera una tasa de emisión de 0,04 toneladas/año, vinculada al uso ocasional de maquinarias, tránsito vehicular y el funcionamiento del grupo electrógeno de emergencia. Como medida de abatimiento y control se considera el monitoreo de velocidad, mantención de equipos según manual del fabricante y prohibición absoluta de quema de residuos.

SOx (SO2): Se considera una tasa de emisión de 0,0003 toneladas/año, generada por la combustión en vehículos de transporte y la operación puntual del grupo electrógeno de 20 kVA.

CO: Se considera una tasa de emisión de 0,002 toneladas/año, producida por el tránsito vehicular y el funcionamiento de equipos de respaldo en la instalación de faena. 13

GEI (CO2eq): Tasa de emisión: 5,61 toneladas de CO2eq totales al año. Estas provienen exclusivamente de las emisiones por combustión interna de vehículos de pasajeros o carga utilizados para mantenimiento e inspección.

Mayores antecedentes en Anexo 1.4 "Estimación de Emisiones Atmosféricas" (o "Emisiones Atmosféricas") de la DIA. Emisiones Líquidas:

Aguas servidas domésticas: Se estima un caudal máximo de 1,5 /día, calculado para una presencia máxima de 10 trabajadores durante labores de mantenimiento, generadas en los servicios higiénicos permanentes ubicados en la Sala de Control. Los efluentes son evacuados a una fosa séptica permanente de 2.000 litros conectada a un sistema de drenes de infiltración, diseñada para asegurar la autodepuración en el suelo. El titular aclara explícitamente que el proyecto no contempla el vertimiento o descarga de líquidos al ambiente exterior ni a cauces superficiales. Mayores antecedentes en Capitulo 1 de la DIA “Descripción de proyecto”. Emisiones Acústicas: Durante la fase de operación, el ruido se generará de manera continua durante las 24 horas del día por el funcionamiento de los 3 centros de transformación y los 18 contenedores de almacenamiento mediante baterías (BESS), registrando niveles máximos estables que cumplen holgadamente los límites normativos diurnos y nocturnos rurales (por ejemplo, un máximo de 41,6 dB(A) en R5) Finalmente, durante la fase de cierre, las emisiones diurnas (lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas) se asociarán al desmontaje mecánico de equipos y desmantelamiento de las obras civiles, las cuales, al aplicar las mismas restricciones operacionales de maquinaria pesada, garantizarán la nula superación de los límites del D.S. N°38/2011, proyectando un aporte diurno máximo de 51,6 dB(A) en el receptor R5. Mayores antecedentes en Anexo 1 "Informe de modelación de Ruido y Vibraciones" de la Adenda complementaria. Ruido por fuentes móviles: La evaluación de las emisiones de ruido generadas por las fuentes móviles del Proyecto durante su etapa de operación se realizó de manera matemática utilizando el software de simulación acústica Predictor LimA bajo el método de predicción alemán RLS 90. El análisis se concentró de manera preventiva en el receptor R4, correspondiente a la vivienda unifamiliar más expuesta y cercana a la vía, situada a una distancia de 82 pies (25 metros) respecto al eje de la ruta de acceso (Ruta T-230), hito que fue homologado a la Categoría 2 de uso de suelo según las directrices de la guía técnica estadounidense de la Federal Transit Administration (FTA). Las mediciones basales registraron que el nivel de exposición al ruido existente en dicho sector es de 66,2 dB(A), lo que de acuerdo con las ecuaciones de la guía FTA define un límite de impacto moderado de 61,6 dB(A) para el ruido exclusivo proveniente del Proyecto.

Para representar de forma conservadora el peor escenario operativo posible (condición de máxima exigencia), la modelación simuló la concurrencia simultánea en un único día de la totalidad de los servicios vehiculares proyectados, sumando un flujo diario de 8 viajes (ida y vuelta) entre vehículos livianos y pesados, desglosado en un viaje de camioneta de mantenimiento, un camión tolva de residuos industriales, un camión cisterna para la fosa séptica y un camión mediano de residuos peligrosos.

Los resultados de la simulación acústica indicaron que bajo este escenario crítico el nivel de presión sonora proyectado para el receptor R4 será de solo 34,9 dB(A), cumpliendo con holgura el límite normativo de la FTA. Dado que en condiciones normales el tránsito real de la planta se limitará a un flujo marginal de máximo dos vehículos livianos diarios, se concluye de forma fundada que el Proyecto no generará alteraciones acústicas molestas en el entorno de la Ruta T-230, descartándose la necesidad de pantallas o barreras acústicas viales y asegurando 14

el cumplimiento de los estándares internacionales de ruido de tránsito en todos los receptores de la zona.

Mayores antecedentes en Anexo 1 "Informe de modelación de Ruido y Vibraciones" de la Adenda complementaria. Vibraciones: En la etapa de operación del parque solar (planificada para 35 años), la generación de vibraciones se reduce a niveles mínimos e insignificantes. El fenómeno físico se restringe al funcionamiento electromecánico continuo y estático de los equipos inversores de los 3 centros de transformación (CT) y los ventiladores de los 18 contenedores de almacenamiento con baterías de ion-litio (BESS), además del flujo puntual de los vehículos livianos de mantenimiento. Los resultados de la modelación predictiva para esta etapa demuestran una caída drástica de las emisiones: • Receptor R1: 14,6 VdB y un PPV de 0,00002 in/s. • Receptor R4: 19,6 VdB y un PPV de 0,00004 in/s. • Receptor R5: 28,8 VdB y un PPV de 0,00011 in/s. • Receptor R6: 21,2 VdB y un PPV de 0,00005 in/s. Estos aportes son técnicamente imperceptibles para el ser humano, situándose muy por debajo del umbral de percepción humana basal estimado en 65 VdB para entornos urbanos y rurales. Consecuentemente, el titular concluye fundadamente que el Proyecto no generará susceptibilidad de impactos por vibraciones sobre la salud de las personas ni sobre las estructuras del sector Ciruelos, descartando la necesidad de implementar medidas de mitigación o barreras físicas de amortiguación.

Mayores antecedentes en Anexo 1 "Informe de modelación de Ruido y Vibraciones" de la Adenda complementaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos:

a) RSD: orgánicos (comidas), papel higiénico, envoltorios: Se estima una generación de 3.600 kg al año, calculada sobre una dotación máxima de 10 trabajadores con una tasa de 1,5 kg/día cada uno. Estos residuos se mantendrán en bolsas o recipientes cerrados en un área de almacenamiento temporal cubierta para evitar malos olores y vectores. El retiro será realizado por un externo autorizado con una frecuencia mensual (o según requerimiento) hacia un relleno sanitario, realizando la declaración respectiva en el sistema SINADER. b) Metales (sobrantes de cables, tornillos y alambres): Se proyecta una generación de 60 kg al año. Corresponden a sobrantes de materiales o recambios de piezas realizados durante las mantenciones preventivas y correctivas del parque. Serán acopiados de forma temporal en el patio de residuos y retirados cada tres semanas para su valorización (reciclaje) o disposición final en un relleno sanitario autorizado, dependiendo de su estado

Mayores antecedentes en Tabla 17 de la Adenda Complementaria ("Descripción de residuos no peligrosos") Residuos peligrosos:

Paneles Solares (en desuso o dañados): Se estima una generación de 4 unidades al año, correspondientes a módulos fotovoltaicos que presenten fallas, quiebres o deterioro durante las actividades de mantenimiento. El Titular ha clasificado preventivamente estos residuos como peligrosos (RESPEL). No se contempla su almacenamiento dentro del predio; los paneles serán retirados de forma inmediata al momento de su recambio para ser entregados a un gestor autorizado que asegure su disposición final en un relleno de seguridad o su valorización/reciclaje. Esta 15

gestión se realizará bajo el marco de la Ley N°20.920 (Ley REP), al ser los paneles considerados productos prioritarios.

Mayores antecedentes en Tabla 18 de la Adenda Complementaria ("Descripción de residuos no peligrosos"). Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente: El titular declara explícitamente que durante la fase de operación del Proyecto no se contempla la utilización de productos químicos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Patio de Insumos y Acopio Zonas al aire libre (100 m² para insumos y 464 m² para acopio) para el resguardo y distribución de materiales de trabajo. Bodegas Temporales (3) 3 contenedores de 30 m² cada uno (90 m² total) para el almacenamiento de herramientas, insumos y equipos de protección. Bodega SUSPEL Gaveta de 3 m² con medidas de contención para el almacenamiento seguro de sustancias peligrosas. Comedores (2) Módulos prefabricados (60 m² en total) acondicionados para la alimentación del personal. Oficinas (3) Módulos prefabricados (90 m² en total) destinados a labores administrativas y reuniones de coordinación. Baños químicos temporales Instalaciones sanitarias (48 m² en total) con mantención periódica para los trabajadores. Grupo Electrógeno Equipo de respaldo de 20 kVA (6 m²) para proveer energía a las instalaciones ante contingencias. Estacionamiento Maquinaria Zona al aire libre de 250 m² para el aparcamiento y resguardo de maquinaria pesada. Estacionamiento Liviano Zona de 90 m² para el aparcamiento de camionetas y vehículos menores. Piscina Lavado Camiones Mixer Excavación de 10 m² recubierta con HDPE para recibir aguas de lavado de canoas de camiones hormigoneros. Zona Carga de Combustible Área de 18 m² impermeabilizada para el abastecimiento de maquinaria mediante estanque móvil de 1.000 L. Zona de lavado en seco Área de 125 m² con "lomos de toro" y gravilla para la limpieza de ruedas antes de salir del predio. Cerco Perimetral Cerco de malla tipo acmafor de 1,8 m de altura para protección y control de acceso. Caminos Interiores Rutas estabilizadas de 4 a 5 m de ancho (2.500 m²) para circulación interna segura. Planta Fotovoltaica Polígono de 64.277,06 m² que incluye 20.400 paneles solares monocristalinos y sus estructuras de soporte. Centros de Transformación (3) Tres estaciones modulares (44,35 m²) para elevar el voltaje de la energía generada. Áreas Sistema BESS (3) 18 contenedores de baterías de ion-litio (540 m²) para almacenamiento de energía. Zanjas MT y BT Red de cableado subterráneo de baja (2.256 m²) y media tensión (482 m²) soterrada a 1,3 m. Sala de Control y Baño Módulo de 30 m² que alberga el sistema SCADA para operación remota y servicios higiénicos. 16

Fosa Séptica y Drenes Sistema sanitario permanente (fosa de 2.000 L y drenes de infiltración) para el manejo de aguas servidas. Línea de Media Tensión Línea aérea de 23 kV (207 m y 7 postes) para la conexión a la red de distribución local. Bodega (Operación) Contenedor de 30 m² para herramientas y repuestos necesarios durante la fase operativa. Bodega RESPEL Bodega de 15 m² acondicionada para el acopio temporal de residuos peligrosos (D.S. N°148). Patios de Residuos Áreas delimitadas para residuos industriales no peligrosos (100 m²) y asimilables a domiciliarios (50 m²). Desmantelamient o o aseguramiento de infraestructura Una vez desconectado el Proyecto del Sistema Eléctrico Nacional, se realizará el retiro íntegro de las obras civiles habilitadas en la construcción. Los elementos mecánicos y equipos en desuso se trasladarán para su reutilización, reciclaje o disposición en lugares autorizados. El proceso contempla: • Desconexión: Se iniciará con la desconexión de la línea de media tensión de la red de distribución local (SEN) • Estructuras y paneles: Desmontaje de los 20.400 paneles y retiro por tracción directa de las hincas de acero, sin generar excavaciones mayores para proteger el suelo agrícola. • Obras civiles: Demolición mecánica de fundaciones y radieres de hormigón (BESS, Centros de Transformación y Sala de Control), generando 196,8 de escombros. • Secuencia: Se iniciará con la línea de distribución y paneles, seguido de las áreas de almacenamiento, el cerco perimetral y, finalmente, la instalación de faena. Restauración Se enfoca en acondicionar las áreas intervenidas para devolver el terreno a condiciones similares a las basales u originales. Las acciones incluyen: • Morfología: El montículo nivelado no será reconstruido para favorecer el uso agrícola futuro del predio. • Suelos: En caminos internos y patios (2.500), se realizará un barrido superficial de la grava con retroexcavadora para minimizar la alteración del perfil de suelo subyacente. • Relleno: Las excavaciones menores de los postes del cerco se cubrirán con suelo orgánico de la misma área.

Prevención de futuras emisiones • Emisiones Atmosféricas: Se consideran niveles de actividad y emisiones asimilables a los de la fase de construcción (escenario conservador), generadas por el uso de maquinaria y tránsito vehicular. • Ruido: Las emisiones serán de carácter diurno (lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs) y se cumplirán los límites de la norma D.S. N°38/2011 sin necesidad de medidas de control adicionales. • Residuos Peligrosos: Los paneles y baterías serán retirados de forma inmediata y entregados a gestores autorizados, sin almacenamiento transitorio prolongado en el predio. • Normativa: El titular implementará un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) bajo los lineamientos de la NCh 3562:2019

Mantención, conservación y supervisión Debido a la baja intervención de las obras y al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación ni supervisión en el área del Proyecto posterior a la ejecución de la fase de cierre. El predio será entregado en su condición inicial tras la limpieza final. 17

Recursos naturales renovables El Proyecto no generara extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la Fase de Cierre. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas: Durante la Fase de Cierre del Proyecto, de acuerdo con lo señalado anteriormente se contemplan niveles de actividad que son asimilables a los niveles de actividad de la Fase de Construcción del Proyecto, en relación con la presencia de personal, maquinaria utilizada, flujo vehicular, entre otros. De este modo, a fin de considerar un escenario conservador en relación con las emisiones atmosféricas, se establecerán los valores de emisiones de la Fase de Construcción, debido a que las actividades que generan emisiones atmosféricas durante esta fase, como las excavaciones de las zanjas y fundaciones, son también actividades que se realizan en la Fase de Cierre. Ruido y Vibraciones: Durante la Fase de Cierre los principales aportes de presión sonora será el uso de maquinaria durante el desmantelamiento, movimiento de tierras y el paso de camiones por caminos de acceso. Se realizó la evaluación de cumplimiento en los receptores identificados, conforme establece el D.S. N°38/2012 y considerando que los niveles de actividad y presión sonora son homologables a los niveles de la Fase de Construcción, como condición más desfavorable. De este modo, durante la Fase de Cierre no superarán los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y la normativa de referencia de Vibraciones (FTA), con la aplicación de las medidas de control Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos líquidos Industriales: El Proyecto no contempla la emisión de Residuos líquidos industriales durante la Fase de Cierre. Residuos líquidos domiciliarios: Durante la Fase de Construcción, se generarán residuos líquidos domésticos producto del uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo y en la instalación de faena. Cabe destacar que el Proyecto no contempla el vertimiento o descarga de líquidos al ambiente. Residuos asimilables a domésticos: En la Fase de Cierre, se generarán residuos sólidos domésticos que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados. Se estima una producción de residuos domésticos similar a los generados durante la Fase de Construcción (90 kg/día). La recolección y disposición de estos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario autorizado tres veces por semana o según necesidad. Los antecedentes se presentan en el Anexo 3.2 PAS 140 de la DIA. Residuos industriales no peligrosos: En la Fase de Cierre, se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los equipos y de las estructuras. Todo el material de desecho será debidamente almacenado y dispuesto en un sitio de disposición final, según los cuerpos normativos vigentes a la fecha. Se estima una generación de 15 kg diarios (Restos de embalaje y metales) y 196,8 m³ asociados a restos de hormigón. El manejo de los residuos se realizará mediante la disposición a granel en Patio de Acopio, donde se realizará el retiro de residuos con una frecuencia de 1 vez cada 3 semanas. Mientras que los restos de acero y cables serán reciclados, dando cumplimiento a la legislación vigente. Los antecedentes se presentan en el Anexo 3.2 PAS 140 de la DIA Residuos peligrosos: Durante la Fase de Cierre se generará como residuo peligroso la totalidad de los equipos, es decir los 18 contenedores de baterías de ion de litio, 3 Centros de Transformación (CT) y 20.400 paneles asociados al Proyecto, paños y EPP contaminados, y tóner. En relación con los paneles, contenedores de baterías y CT serán retirados por un gestor autorizado, conforme establezca la normativa ambiental vigente, lo que será realizado inmediatamente, una vez se realice la desconexión gradual de los distintos contenedores. Por su parte, el resto de los residuos peligrosos generados será dispuesto temporalmente en Tambores metálicos con tapa, rotulados y cerrados, al interior de la Bodega RESPEL. Los antecedentes se presentan en el Anexo 5.1 PAS 142 de la Adenda. Sustancias peligrosas: Durante la Fase de Cierre, no se contempla la utilización se sustancias peligrosas o productos químicos Referencia al ICE Capítulo 4.8 del ICE 18

para mayores detalles sobre esta fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Enero de 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faenas Fecha estimada de término Junio 2027 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de instalación de faenas 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Julio 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) Fecha estimada de término Junio 2062 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión SEN 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio 2062 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión e inicio de desmontaje Fecha estimada de término Enero 2063 Parte, obra o acción que establece el término Entrega del predio en condición inicial

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado y emisiones atmosféricas.

Potencial afectación a la salud de la población por emisiones de material particulado y gases asociadas a las actividades del proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, tránsito de vehículos, combustión de vehículos y maquinarias, y funcionamiento de generador eléctrico Fase en que se presenta Todas las fases Impacto ambiental Aumento en los niveles de Ruido

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Potencial afectación a la salud de la población por el aumento de las emisiones acústicas asociadas a la maquinaria y faenas del proyecto Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento de la maquinaria Fase en que se presenta Fases de construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.1 y 6.1 del ICE En relación con la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda:

De acuerdo con los resultados de la estimación de emisiones presentada para el Parque Solar Puile, la fase del proyecto que generará el mayor nivel de emisiones atmosféricas corresponde al Año 1, el cual representa el escenario más crítico al combinar 6 meses de la Fase de Construcción y los primeros 6 meses de la Fase de Operación. El principal aporte de material particulado se asocia al tránsito de vehículos por caminos pavimentados, no pavimentados y a las actividades de movimiento de tierra (como escarpe, nivelación y excavación). Para este Año 1, las emisiones totales estimadas corresponden a un valor de 4,371 toneladas/año de MPS, 1,167 toneladas/año de MP10 y 0,286 toneladas/año de MP2,5 (Ver sección 4 del presente ICE).

Conforme a los resultados del modelo del Anexo 1.4 de la DIA, se indica que sobre la evaluación de cumplimiento la norma primaria de calidad del aire vigentes en el territorio nacional, el aporte de MP10, MP2,5, CO, SO2 y NO2 en los receptores cercanos al Proyecto (R1 al R7), no superan las normas de calidad del aire. Por lo tanto, se concluye que no habrá un cambio en la calidad del aire, que afecte a la salud de la población producto a las emisiones generadas por el Proyecto.

Figura 1. Ubicación de receptores. Fuente: Anexo 1.4 de la DIA

Tabla 1. Relación entre emisiones del Proyecto y límite normativo Receptores MP10 MP2,5 NO2 CO SO2 24 horas P98 Anual 24 horas P98 Anual 1 hora P99 24 horas P99 Anual 1 hora P99 8 horas P99 24 horas P99 Anual 1 hora Percentil 99 R1 1,94 0,22 0,37 0,04 0,48 0,21 0,02 2,15 1,36 0,06 0,00 0,09 R2 0,59 0,06 0,10 0,01 0,12 0,09 0,00 0,60 0,53 0,02 0,00 0,01 R3 2,07 0,26 0,39 0,05 0,30 0,11 0,02 1,53 1,12 0,02 0,00 0,07 R4 6,12 0,83 1,04 0,14 0,66 0,30 0,04 3,30 2,21 0,06 0,01 0,16 R5 7,58 1,12 1,36 0,22 2,45 0,57 0,11 8,90 4,37 0,24 0,03 1,08 R6 3,56 0,55 0,60 0,11 0,89 0,28 0,04 3,67 1,88 0,09 0,01 0,19 20

R7 0,06 0,01 0,01 0,00 0,01 0,01 0,00 0,04 0,05 0,00 0,00 0,00 Normativa, µg/m³ 130 50 50 20 200 100 40 30000 10000 150 60 350 Fuente: Anexo 1.4 Modelación de emisiones de la DIA.

La Fase de Operación es la que presenta la menor cantidad de emisiones anuales, las cuales se consideran marginales, generándose principalmente producto del tránsito y combustión de los vehículos de mantenimiento (con un total de 0,430 t/año de MP, 0,150 t/año de MP10 y 0,019 t/año de MP2,5).

En la Fase de Cierre, dado que las actividades de desmantelamiento y tránsito de maquinaria son asimilables a la construcción, se adoptan de manera conservadora los mismos valores de esta última etapa, concentrándose el impacto de forma temporal durante los 6 meses que dura la fase.

Dado que la mayor cantidad de emisiones está acotada a la fase de construcción del Proyecto, se considera como obligatorio el cumplimiento de las siguientes medidas operativas de control: • Aplicación de biosupresor de polvo: Se aplicará un supresor de polvo de origen orgánico y biodegradable en los caminos internos no pavimentados del Proyecto, garantizando una eficiencia de abatimiento del 80%. • Cobertura de carga: Los materiales que sean transportados en camiones se mantendrán cubiertos de manera total y eficaz mediante lonas o plásticos para evitar su dispersión al aire. • Límite de velocidad: Se restringirá la velocidad de circulación vehicular al interior del predio a un máximo de 20 km/h. • Mantenimiento de motores y maquinaria: Se exigirá contractualmente que todos los vehículos y maquinarias del Proyecto cuenten con sus revisiones técnicas y certificados de emisión de gases vigentes, asegurando su buen estado de funcionamiento. • Prohibición de quemas: Queda expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible dentro del predio.

Respecto a las emisiones de campos electromagnéticos, estas se encuentran asociadas a la subestación y a la línea de evacuación de media tensión de 23 kV (con una longitud aproximada de 207 metros). Estas emisiones se consideran poco significativas, ya que el diseño del Proyecto se ajusta estrictamente a las normas técnicas y reglamentos vigentes.

Adicionalmente, el Titular presenta la estimación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en base a la metodología de la Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA. Los resultados de la huella de carbono muestran que la Fase de Construcción (6 meses) generará la mayor cantidad de gases con un total de 212,24 t CO2eq (desglosados en 74,80 t por combustión vehicular, 113,84 t por maquinaria y 20,98 t por el grupo electrógeno de respaldo). Durante la Fase de Operación, las emisiones anuales de gases disminuyen drásticamente a un total de 5,61 t CO2eq al año, asociadas únicamente al flujo de vehículos de mantenimiento. Para la Fase de Cierre, se asume de manera conservadora el mismo valor estimado de 212,24 t CO2eq.

Finalmente, cabe señalar que tanto la Secretaría Regional Ministerial de Salud, como la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, se pronunciaron conforme; mediante Oficio Ordinario N° CP14642/2026, de fecha 18 de junio de 2026 y el Oficio Ordinario N° 05093/2026, de fecha 14 de agosto de 2026, respectivamente.

En relación con la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente:

En el Capítulo 2 de la DIA y en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se detalla la ubicación y descripción de los puntos receptores más representativos del sector con relación al proyecto, identificándose seis (6) receptores de tipo humano (R1 a R6) y tres (3) asociados 21

a fauna nativa (RF1 a RF3) dentro del área de estudio. Además, se indica la distancia exacta de cada receptor a las obras, donde el Receptor R5 (bodega de actividades productivas) se sitúa como el punto más cercano a 36 metros del Proyecto y 50 metros de su cerco perimetral, mientras que los restantes receptores se encuentran a distancias que varían entre los 122 y los 410 metros del cerco.

Figura 2. Distribución de fuentes durante fase de construcción escenario 4 Fuente: Anexo 1 Adenda Complementaria, 2026.

Se evaluaron las situaciones más desfavorables en términos de la generación de ruido ("peor condición" o funcionamiento simultáneo de la maquinaria) para las fases de construcción, operación y cierre del proyecto sobre los receptores. En la fase de construcción, el escenario de modelación inicial sin medidas determinó que se superaría el límite diurno de zona rural homologada del D.S. N°38/2011 MMA en el receptor R5, alcanzando los 57,1 dB(A) (siendo el límite permitido de 56 dB(A)).

Tabla 2. Niveles proyectados para fase de construcción escenario 4

Fuente: Anexo 1 Adenda Complementaria, 2026.

Por consiguiente, el Titular se ha comprometido de forma obligatoria a implementar una medida de control consistente en la restricción de uso simultáneo de maquinarias (impidiendo la operación conjunta de equipos como la motoniveladora y la hincadora con el resto de las fuentes cuando trabajen en frentes de obra colindantes a R5 y al receptor de fauna RF3). Con la aplicación de esta medida de control, el nivel de presión sonora proyectado máximo disminuye a 52,5 dB(A) en R5, cumpliendo rigurosamente con el límite establecido por el D.S. N°38/2011 MMA. En la fase de operación, las emisiones de ruido provienen principalmente de los centros de transformación y del sistema de baterías (BESS), estimándose niveles máximos de 41,6 dB(A) en R5 tanto en periodo diurno como nocturno, garantizando el cumplimiento normativo en todos los puntos receptores sin necesidad de incorporar medidas adicionales. Para la fase de cierre (6 meses), dado que las actividades de 22

desmontaje y tránsito son asimilables a las de la construcción, se proyectan niveles que cumplirán de igual manera con los límites legales con la aplicación de las mismas medidas de control.

Tabla 3. Análisis cumplimiento normativo Fase de Construcción Recept or Altura del receptor [m] NPS Proyectado en dB(A) Period o Límite Permitido D.S. 38/2011 en dB(A) Evaluación Normativa - ¿Cumple límite máximo permitido? R1 1,5 40,7 Diurno 53 SI R2 1,5 34,8 Diurno 57 SI R3 1,5 38,0 Diurno 54 SI R4 1,5 45,0 Diurno 55 SI R5* 1,5 52,5 Diurno 56 SI R6 1,5 40,8 Diurno 64 SI 4,0 43,2 Diurno SI * con medida de control restricción de maquinaria Fuente: Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

En cuanto a fuentes móviles, tal como se detalló en el análisis acústico del tránsito vehicular por la Ruta de Acceso T-230, se llevaron a cabo modelaciones con el peor flujo de tránsito simultáneo en construcción (98 viajes diarios). A través del software Predictor LimA y bajo la metodología de la guía técnica estadounidense de la Federal Transit Administration (FTA), se constató que en el receptor más expuesto (R4), el nivel de presión sonora provocado exclusivamente por el flujo de vehículos del Proyecto alcanza los 45,4 dB(A), lo cual cumple estrictamente al situarse muy por debajo del límite de impacto moderado de 61,6 dB(A) (definido en base al ruido basal ambiental de 66,2 dB(A) medido en dicho sector residencial).

En cuanto a vibraciones, de acuerdo con lo presentado en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, se aprecia que se genera cumplimiento de los límites por molestia humana establecidos por la guía técnica FTA (2018) en todos los receptores residenciales evaluados dentro del área de influencia de 315 metros, alcanzando un valor máximo proyectado de 52,7 VdB en R4 frente al umbral de molestia de 72 VdB en zonas residenciales. Asimismo, se genera un cumplimiento holgado en relación con el riesgo de daño estructural en las edificaciones de la zona, ya que el nivel de vibración proyectado más alto corresponde a 0,00228 in/s en R5, valor que se encuentra órdenes de magnitud por debajo del estricto límite técnico de 0,2 in/s (PPV) definido para proteger estructuras sin diseño de ingeniería

Finalmente, cabe hacer presente además que el Proponente se ha comprometido a realizar monitoreo de las emisiones de ruido a través de un Programa de Monitoreo de Ruido. Este compromiso ambiental se ejecutará durante la fase de construcción y consistirá en mediciones in situ realizadas por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) autorizada durante los meses uno (1), dos (2) y cuatro (4) del cronograma de obras, correspondientes a los periodos de mayor generación acústica modelada.

En relación con la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

En lo que respecta al componente aire, las modelaciones de dispersión de contaminantes procesadas a través del modelo CALPUFF demuestran con claridad, que el Proyecto no provocará una alteración de la calidad atmosférica local, manteniendo las concentraciones de material particulado y gases muy por debajo de los límites establecidos en las normas primarias de calidad ambiental. Estas emisiones se concentran de manera temporal durante la fase de construcción (6 meses), asociándose principalmente al tránsito de camiones y movimientos de tierra. Con el fin de asegurar que las emisiones permanezcan en niveles 23

mínimos, el Proyecto implementará medidas operacionales obligatorias como la aplicación de un biosupresor de polvo de origen orgánico y biodegradable con una eficiencia de abatimiento del 80% en caminos internos, una restricción estricta de velocidad de 20 km/h al interior del predio, la cobertura total y eficaz de la carga de los camiones de transporte y la exigencia contractual de mantener toda la maquinaria y vehículos con sus revisiones técnicas y certificados de emisión de gases vigentes (Anexo 1.4 de la DIA e información disponible en Adenda).

En relación con el recurso agua, para el lavado de canoas de camiones mixer durante la construcción, se habilitará una piscina impermeable de lavado cerrada que funcionará mediante evaporación natural in situ, evitando cualquier contacto físico o químico de este efluente con el suelo o con cauces naturales. Por su parte, la gestión de las aguas servidas domésticas se adaptará según la fase: en construcción y cierre se dispondrá de baños químicos en frentes de trabajo cuyos lodos serán retirados tres veces por semana por una empresa sanitaria externa autorizada, mientras que en la fase de operación las aguas servidas sanitarias de la Sala de Control se evacuarán hacia una fosa séptica permanente de 2.000 litros conectada a drenes de infiltración. La nula interacción de este sistema de infiltración con el acuífero subterráneo está técnicamente respaldada por estudios en calicatas de hasta 3 metros de profundidad que demostraron la total ausencia de nivel freático en la zona no saturada del suelo, garantizando que el proceso de autodepuración se realice de forma segura en la matriz edáfica (Anexo 5 Adenda Complementaria).

En relación a la protección del componente suelo se aborda tanto en el manejo de residuos sólidos como en el diseño de las instalaciones de acopio temporal. Los residuos sólidos domésticos (RSD) y asimilables se acopiarán en bolsas plásticas cerradas dentro de contenedores permanentemente tapados para controlar la proliferación de vectores y la generación de lixiviados, disponiendo además su almacenamiento sobre una losa impermeable que elimina cualquier riesgo de infiltración hacia el terreno. Para los residuos peligrosos (RESPEL) generados durante la construcción y el cierre, se habilitará una bodega de almacenamiento temporal que cumplirá estrictamente con las exigencias estructurales del D.S. N°148/2003 del MINSAL, contando con una base impermeable, techumbre, señalización y un pretil perimetral de retención para contener eventuales escurrimientos o derrames. En la fase de operación, el único residuo peligroso previsto corresponde a paneles solares dañados o en desuso (estimados en 4 unidades anuales), los cuales no se almacenarán dentro del predio, sino que serán retirados de forma inmediata en el momento de su recambio para su entrega directa a un gestor de residuos autorizado.

De esta forma, a partir de los antecedentes presentados, se descarta fundadamente la aplicabilidad del literal c) del artículo 5 del RSEIA.

En relación con la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

Respecto a Residuos sólidos, el Proyecto, durante sus etapas de construcción, operación y cierre, generará residuos sólidos asimilables a domiciliarios y residuos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en sectores específicamente habilitados para ello, correspondientes a la Zona de Residuos Domiciliarios (50 m²) y al Patio de Residuos Industriales No Peligrosos (100 m²). Los residuos domiciliarios se estiman en 1,8 toneladas al mes durante la construcción y el cierre (con retiro 3 veces por semana), y en 300 kg/mes en la operación (con retiro mensual). Por su parte, los residuos industriales no peligrosos como embalajes, metales, restos de hormigón y maderas se proyectan en un máximo de 4.940 kg/mes (más restos de hormigón) en la fase de construcción y 300 kg/mes (más restos de hormigón) en la fase de cierre, siendo retirados cada 3 semanas; mientras que en la operación se generarán 5 kg/mes (cables, tornillos, fusibles), con retiros cada 2 meses o según requerimiento. En cuanto a su disposición final, estos serán enviados a rellenos sanitarios autorizados o entregados a gestores autorizados para su reciclaje o valorización. 24

La cuantificación y el manejo detallado de estos residuos se presentan en los Anexos 3.2 (PAS 140) y 5.3 (PAS 161) de la evaluación.

En relación a residuos peligrosos, estos se generarán durante todas las etapas del Proyecto, siendo almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos Peligrosos (Bodega RESPEL) de 15 m², la cual cumplirá estrictamente con las condiciones de seguridad estructural del D.S. N°148/2003 del MINSAL. En la fase de construcción, se proyecta una generación de 25 kg/mes de residuos peligrosos menores (como envases de spray de zinc, espuma de poliuretano, paños, tierra contaminada y tóners) más aproximadamente 102 unidades de paneles dañados en traslados o instalación. En la fase de operación, se estima un descarte promedio de 4 paneles solares al año por fallas o quiebres, mientras que en la fase de cierre se generará el desmantelamiento de la totalidad de los 20.400 paneles solares y los 21 contenedores de baterías (BESS) y centros de transformación (CT). Los residuos peligrosos menores almacenados en la bodega RESPEL no superarán los 6 meses de almacenamiento y serán retirados por empresas autorizadas para su transporte y disposición final en un relleno de seguridad autorizado. En el caso de los paneles y sistemas BESS/CT retirados en el cierre y operación, estos serán cargados de forma directa y progresiva para su traslado inmediato a través de sistemas de gestión de la Ley REP (N°20.920), evitando acopios prolongados en el predio. La cuantificación y el manejo técnico se detallan en el Anexo 5.1 (PAS 142) de la Adenda.

En conclusión, se desprende que no habrá afectación ni riesgo sobre la salud de la población debido al manejo controlado, hermético y trazable de los diferentes residuos en todas las fases de desarrollo del Proyecto.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Perdida temporal de suelo

Pérdida temporal de la capacidad de uso agrícola del predio en el sector de emplazamiento directo de las obras Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, cerco perimetral, limpieza de terreno, movimientos de tierra, fundaciones, montaje de estructuras, centros de transformación, subestación y área de almacenamiento BESS Fase en que se presenta Fases de construcción y operación. Impacto ambiental Infiltración de contaminantes hacia aguas subterráneas

Potencial modificación de las propiedades físico- químicas del agua subterránea por descargas sanitarias Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua Parte, obra o acción que lo genera Fosa Séptica Fase en que se presenta Fase de operación. Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado y gases 25

Iincremento temporal de contaminantes en el aire (MP10, MP2.5, NOx, CO, SO2) sobre la condición basal Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, frentes de trabajo, flujo vehicular, cerco perimetral, limpieza de terreno, movimientos de tierra, fundaciones, montaje de equipos, subestación, generador, desmantelamiento de obras y restauración de morfología.

Fase en que se presenta Fase de construcción y cierre Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de flora o vegetación

Eliminación de flora y especies vegetales introducidas o antropizadas para el despeje de terreno Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faenas, frentes de trabajo, caminos internos, cerco perimetral y limpieza del terreno.

Fase en que se presenta Fase de construcción. Impacto ambiental Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre

Alteración temporal de áreas naturales utilizadas por la fauna silvestre para refugio, alimentación y reproducción.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos, instalación de faenas, caminos internos, frentes de trabajo, cerco perimetral, limpieza de terreno, movimientos de tierra, montaje de equipos, subestación y desmantelamiento.

Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Impacto ambiental Perturbación de fauna de alta sensibilidad auditiva

Efecto conductual en especies sensibles debido a las emisiones acústicas generadas por el proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos, instalación de faenas, frentes de trabajo, caminos internos, cerco perimetral, limpieza de terreno, movimientos de tierra, montaje de equipos, 26

subestación y desmantelamiento de obras.

Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Impacto ambiental Potencial alteración del Humedal

Riesgo de alteración directa de la superficie o de la vegetación mixta hidrófila (UV2) y la fauna asociada (especies de anfibios casi amenazadas Batrachyla taeniata y Pleurodema thaul). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Otros elementos bióticos Parte, obra o acción que lo genera Obras permanentes y temporales del parque, tránsito de maquinaria pesada y excavaciones menores para la instalación del cerco perimetral y zanjas de cableado Fase en que se presenta Fases de construcción y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.2 y 6.2 del ICE En relación con la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes:

El Proyecto se emplaza en un predio de uso predominantemente agrícola, caracterizado por la Serie San José (SAJ) que presenta suelos con Clase de Capacidad de Uso de Suelo II (CCUS II) y una Capacidad para Sustentar Biodiversidad (CSB) alta, con profundidades efectivas moderadas de entre 70 y 90 cm y pendientes mayormente planas. Para resguardar este perfil edáfico frente a procesos de degradación y alteración de sus propiedades físicas y biológicas, se ha determinado como técnica constructiva principal el hincado directo al suelo de perfiles de acero para soportar los 20.400 paneles solares móviles, lo que evita movimientos de tierra mayores y prescinde del uso de losas o radieres de hormigón en el área de paneles, la cual equivale al 89,6% de la superficie total de las obras permanentes.

Asimismo, durante la fase operativa se prohibirá el uso de herbicidas y se aplicará un control estrictamente mecánico y manual de la vegetación bajo los paneles, manteniendo una altura máxima de 30 cm y disponiendo el material cortado directamente sobre el terreno en forma de "mulch" o acolchado orgánico, el cual regula el crecimiento de malezas, aporta nutrientes, mantiene la humedad y actúa como una cobertura protectora natural.

En lo relativo a la prevención de procesos de erosión y arrastre de sedimentos, los movimientos de tierra se limitarán a un volumen puntual de 9.609,2 m³, cuyo material excedente será íntegramente redistribuido dentro del predio en labores de nivelación para restituir la topografía necesaria de las obras. Al momento de excavar las zanjas de media y baja tensión (1,3 m de profundidad), se implementará de manera obligatoria la segregación y separación del suelo superficial (topsoil) de las estratas profundas de grava para rellenar las excavaciones respetando el orden de los horizontes edáficos originales y preservando sus características físicas agrícolas. El material excavado acopiado de forma temporal a un costado de las zanjas será protegido de manera inmediata con carpetas impermeables de polietileno de alta resistencia, fijadas herméticamente al terreno con estacas y sacos de arena, lo que proporciona una eficiencia de entre el 95% y 99% en la prevención de la erosión hídrica directa por lluvias. Adicionalmente, las zanjas serán excavadas, cableadas y rellenadas preferentemente dentro de la misma jornada laboral (exposición inferior a 8 horas). Para frentes de trabajo críticos, específicamente en la zona colindante al buffer de resguardo promedio de 10 metros establecido en torno al humedal de 1,49 ha, se instalarán de manera provisoria barreras físicas de mallas de geotextil para ralentizar la escorrentía superficial y promover la sedimentación por gravedad. El descarte de riesgos de erosión acelerada por cambio climático se respalda en las proyecciones de la plataforma ARClim para la comuna 27

de Mariquina (bajo el escenario de altas emisiones RCP8.5), las cuales descartan sinergias climáticas adversas al prever una disminución en los días de precipitación intensa anual de 28,4 a 24,4 días.

El riesgo de impermeabilización del predio es descartado, ya que el método de hincado de los postes de acero mantiene el suelo libre para la infiltración y percolación natural de aguas pluviales en casi la totalidad del parque. Del mismo modo, en las instalaciones de faena temporales (con exclusión del radier de la bodega RESPEL) se conservará el suelo natural desnudo o estabilizado sin asfalto ni hormigonado, resguardando el régimen hídrico basal del predio.

Respecto de la compactación generada por el tránsito de maquinaria pesada, el Proyecto acotará las operaciones estrictamente a la faja de caminos internos proyectada. Durante el desmantelamiento en la fase de cierre, el Titular ejecutará un procedimiento de descompactación activa del subsuelo acompañado de un barrido y retiro superficial controlado de los 2.500 m² de gravas de caminos utilizando retroexcavadoras, cargando los áridos para su retiro del predio y rellenando las cavidades menores de los postes del cerco con suelo orgánico de la misma zona para restituir las condiciones similares a las basales.

Por último, el descarte de impactos por la presencia de contaminantes se asocia a la prohibición absoluta de generar o verter residuos líquidos industriales (RILes) al medio ambiente, disponiéndose que el lavado de canoas de camiones mixer se realice en una piscina temporal de 10 m² revestida con membrana de HDPE y techada para impedir el ingreso de aguas lluvias, permitiendo la evaporación natural in situ del agua y la posterior gestión de los restos secos de hormigón como inertes no peligrosos. Las aguas servidas domésticas generadas por el personal de mantenimiento en la etapa de operación se tratarán mediante una fosa séptica hermética de 2.000 litros con drenes de infiltración autorizada bajo el PAS 138, descartándose la contaminación de acuíferos debido al proceso de autodepuración de la capa no saturada del suelo, avalado por calicatas de 3 metros de profundidad en las que no se detectó nivel freático.

Ante eventuales derrames accidentales de hidrocarburos de maquinarias, el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias establece que se detendrá el flujo, se contendrá con material inerte absorbente (arena o carbón activado) y se removerá de forma inmediata el suelo afectado hasta una profundidad de seguridad de 10 cm por debajo del límite visual de penetración, envasando la tierra en tambores sellados dentro de la bodega RESPEL y restituyendo la geoforma original con tierra limpia del propio Proyecto.

En relación con la superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie:

Flora y Vegetación

El predio destinado a la construcción de las obras del Proyecto se caracteriza por un ecosistema altamente intervenido de forma antrópica, dominado históricamente por un uso de suelo de rotación agrícola de avena y trigo. Las prospecciones en terreno identificaron que el 63,27% de las especies de flora vascular corresponden a taxones introducidos y malezas ruderales, registrando un total de 49 especies vasculares terrestres (31 introducidas, 17 nativas y 1 endémica). Durante el levantamiento de línea de base no se constató la presencia de ninguna especie de flora vascular o no vascular (hongos y líquenes) bajo alguna categoría de conservación oficial, ni formaciones vegetales con características relictuales, frágiles o protegidas.

Aunque se identificó la presencia de ejemplares de temu (Blepharocalyx cruckshanksii), una especie arbórea endémica del país, estos se encuentran recluidos exclusivamente dentro de 28

un parche de bosque mixto de composición mixta (UV2) colindante al límite este del predio, el cual ha sido protegido en su totalidad de cualquier interacción física con el Proyecto.

Humedal Colindante

Para resguardar el ecosistema de bosque mixto y evitar cualquier afectación a la biodiversidad circundante, el Proponente modificó el diseño original del parque (layout), ajustando el cerco perimetral para establecer un área de exclusión física con un buffer de protección promedio de 10 metros en torno al humedal delimitado de 1,49 hectáreas. El resguardo físico y biótico de esta zona se reforzará mediante la implementación de medidas de control de ingeniería durante la fase de construcción:

• Instalación de malla raschel: Se colocará una malla raschel en el tramo del cerco perimetral colindante al humedal con el objetivo de retener y atenuar de forma drástica la depositación de material particulado sedimentable (MPS) sobre las especies vegetales y el agua del humedal.

• Barreras de control de sedimentos: Se instalarán barreras provisorias de geotextil de alta resistencia (bajo estándares de la EPA) exclusivamente en el frente de obra colindante al buffer del humedal para ralentizar las escorrentías superficiales y promover la sedimentación física de partículas finas.

• Gestión de acopios y superficies: Los acopios temporales de tierra se dispondrán hacia el interior del predio (en el sentido opuesto al humedal), utilizándose la propia excavación y el terreno plano como barreras naturales. Ante alertas climáticas de lluvias, estos acopios se cubrirán de forma hermética y total con carpetas impermeables de polietileno fijadas con estacas para evitar la erosión hídrica en la fuente y la generación de barros.

Fauna Silvestre

Las campañas de terreno estacionales permitieron registrar una riqueza de 39 especies de vertebrados terrestres, compuesta por 30 aves, 7 mamíferos y 2 anfibios, descartándose la presencia de reptiles en el área de estudio (Anexo 5 Adenda Complementaria). De los resultados obtenidos, ningún taxón clasifica como especie amenazada (en peligro crítico, en peligro o vulnerable). Ocho especies presentan algún estado de conservación secundario, de las cuales cinco se clasifican como Preocupación Menor (LC), una como Datos Insuficientes (DD) y dos anfibios de baja movilidad se encuentran en categoría de Casi Amenazada (NT): la ranita de antifaz (Batrachyla taeniata) y el sapito de cuatro ojos (Pleurodema thaul). Es relevante destacar que ambas especies de anfibios fueron detectadas exclusivamente mediante vocalizaciones y técnicas de playback durante el invierno fuera del predio del parque, asociadas estrictamente al hábitat del humedal colindante (estaciones TL6 y MN2), sin registros visuales ni de presencia dentro del área de intervención directa.

En relación con la magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base:

El parque solar se emplaza en un área rural altamente modificada por un uso histórico de rotación agrícola de avena y trigo, colindante a la faja vial de la Ruta 5 y a zonas de actividad industrial, lo que establece una condición de línea de base con un nivel de intervención antrópica preexistente.

En lo que respecta al componente suelo, el Proyecto se ubica sobre terrenos correspondientes a la Serie San José (SAJ), caracterizados por poseer Clase de Capacidad de Uso de Suelo II (CCUS II) y una Capacidad para Sustentar Biodiversidad (CSB) alta, con pendientes planas y profundidades moderadas de entre 70 y 90 cm. La magnitud de la intervención física sobre este perfil edáfico se califica como baja y puntual, acotándose los movimientos de tierra a un 29

volumen total de 9.609,2 m³, del cual solo un 37% (3.555,96 m³) corresponde a la excavación de zanjas de media y baja tensión, lo que descarta una alteración significativa del suelo

En relación con el recurso agua, el descarte de impactos significativos se fundamenta en que el Proyecto no contempla la extracción de aguas superficiales o subterráneas para su funcionamiento, ni la ejecución de obras sobre cauces naturales o artificiales que requieran la aprobación de la Dirección General de Aguas (DGA). El estero Dollinco se sitúa a 669,2 metros al norte, el río Cruces a 1,25 km y el estero Turbio a 2,52 km de distancia, manteniéndose fuera de cualquier radio de influencia física. Para evitar la descarga de residuos líquidos industriales (RILes) al medio ambiente, el agua de lavado se conducirá a una piscina temporal de 10 m² revestida con una membrana impermeable de HDPE y dotada de una estructura techada para impedir el ingreso de aguas lluvias, facilitando la evaporación natural in situ del líquido y la posterior gestión del residuo sólido seco de hormigón. En la fase de operación, las aguas servidas domésticas generadas por las visitas del personal de mantenimiento (peak de 10 trabajadores y un caudal máximo de 1.500 litros/día) serán tratadas mediante una fosa séptica hermética de 2.000 litros conectada a drenes de infiltración

Finalmente, respecto al componente aire, las emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión se consideran de baja magnitud, de carácter temporal concentrándose mayoritariamente en los primeros meses de la fase constructiva y espacialmente limitadas al área circundante del predio. modelaciones de dispersión procesadas mediante el modelo CALPUFF para el escenario más crítico (Año 1, que combina la construcción y la operación inicial) demuestran que las concentraciones proyectadas de MP10, MP2,5, CO, SO2 y NO2 en todos los receptores sensibles se mantendrán muy por debajo de los límites normativos primarios de calidad del aire, representando aportes máximos acumulados inferiores al 3,1% del límite legal. Asimismo, la simulación de Material Particulado Sedimentable (MPS) bajo la norma de referencia de la Confederación Suiza (límite de 200 ug/m³ anual) confirma que el aporte del Proyecto no superará dicho umbral, incluso en el punto de mayor impacto colindante al predio. Para asegurar que las emisiones permanezcan bajo control, el Titular implementará medidas operacionales en la fuente que incluyen la aplicación de un biosupresor de polvo orgánico biodegradable con una eficiencia de abatimiento del 80% en los caminos internos, una restricción de velocidad de circulación vehicular a 20 km/h, la cobertura total y eficaz de la carga de los camiones de transporte, y la ejecución de un Plan de Seguimiento ambiental mediante mediciones discretas de MP10 y MP2,5 durante la fase de construcción en los receptores sensibles del área.

En relación con la superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos:

Dado que en Chile no se encuentran vigentes normas secundarias de calidad ambiental aplicables para los contaminantes evaluados en la zona de emplazamiento, se procedió — conforme al artículo 11 del Reglamento— a utilizar como referencia la norma de la Confederación Suiza (N° 814.318.142.11) para regular las emisiones de Material Particulado Sedimentable (MPS), la cual establece un límite de 200 mg/m²/día anual, complementada de forma precautoria con el límite mensual de 333 mg/m²/día de la norma del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina (Ley L - N° 1.356).

La modelación de emisiones atmosféricas desarrollada para el escenario más desfavorable (el Año 1 del Proyecto, que simula de manera simultánea 6 meses de la fase de construcción y 6 meses de la fase de operación) demostró mediante el modelo de dispersión CALPUFF que, si bien el punto de máxima concentración de MPS se localiza de forma colindante al área de las obras, las tasas de depositación proyectadas no superarán bajo ninguna circunstancia los límites normativos internacionales de referencia. Con respecto al efecto generado sobre la biota y su relación con la línea de base, se identificó que la vegetación más expuesta a este punto de mayor concentración corresponde al parche de composición mixta (UV2) delimitado técnicamente como humedal colindante (Anexo 2.13). Para asegurar la 30

total indemnidad de las especies vegetales y del hábitat acuático ante la depositación de polvo, el Titular se ha comprometido de manera obligatoria a instalar una malla raschel en el tramo del cerco perimetral colindante al humedal. Esta barrera física actuará como un filtro de retención activa, atenuando drásticamente el arrastre de material particulado y garantizando que no se alterarán las condiciones biofísicas que hacen posible el desarrollo de la biota del ecosistema.

En relación con la diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación:

La caracterización biótica del área identificó tres (3) hábitats de relevancia para la fauna: una zona inundable dentro de un cultivo agrícola, un sector de vegetación arbórea y un sector delimitado como humedal de 1,49 hectáreas en el deslinde este. Para resguardar estos espacios, el estudio acústico georreferenció y evaluó de forma continua a tres (3) receptores representativos de fauna nativa expuestos a las obras: RF1 (aves y mamíferos, emplazado a 44 m del límite de obras), RF2 (aves, mamíferos y anfibios, a 25 m) y RF3 (aves, mamíferos y anfibios, a 16 m del polígono y colindante al humedal). Las mediciones basales registraron niveles característicos de ruido diurno de 62,5 dB(Z) en RF1, 56,5 dB(Z) en RF2 y 56,8 dB(Z) en RF3, y nocturnos de 53,6 dB(Z), 55,1 dB(Z) y 57,6 dB(Z) respectivamente, caracterizando de forma fidedigna la firma sonora rural de la zona.

Para la evaluación del efecto sonoro sobre estos grupos, se adoptaron los umbrales fisiológicos y conductuales definidos en el documento técnico del SEA "Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa" (2022). Dichos umbrales corresponden a un límite conductual de 58 dB(A) y fisiológico de 60 dB(A) para avifauna en presencia de ruido continuo, complementado con un límite de 68 dB(A) para fuentes intermitentes (como las faenas de construcción), y un umbral conductual para mamíferos de 68 dB(A). Adicionalmente, se integró el análisis en bandas de octava expresado en decibelios ponderados C para proteger a la herpetofauna (anfibios), aplicando el límite técnico de 62 dB(C) para resguardar la comunicación acústica y la duración de los cantos de llamado.

Durante la etapa de construcción, que representa el escenario de emisión más desfavorable de todo el ciclo de vida del parque fotovoltaico, la modelación predictiva inicial bajo la "peor condición" (operación simultánea de todas las maquinarias) arrojó que en el receptor RF3 se proyectarían aportes acústicos máximos de 59,5 dB(A) para avifauna y mamíferos, y de 63,1 dB(C) para anfibios, superando los umbrales de seguridad de 58 dB(A) y 62 dB(C). Para mitigar este riesgo puntual y asegurar la total inocuidad acústica del humedal contiguo, el Titular incorporó de manera obligatoria el compromiso de aplicar una medida de restricción del uso simultáneo de maquinaria pesada en frentes de trabajo colindantes a RF3 y R5, prohibiendo la operación conjunta de equipos altamente ruidosos como la motoniveladora y la hincadora durante los periodos de mayor generación acústica. Con la aplicación efectiva de este control de ingeniería en el diseño de obra, los niveles de presión sonora proyectados máximos disminuyen de forma drástica a 54,4 dB(A) para avifauna/mamíferos y a 58 dB(C) para anfibios en RF3, situándose por debajo de todos los umbrales biológicos. En los restantes receptores de fauna evaluados en la fase de construcción, las emisiones proyectadas bajo control alcanzan un máximo de 53,8 dB(A) en RF1 y de 49 dB(A) / 52,5 dB(C) en RF2, garantizando el cumplimiento normativo.

En relación con el impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovable:

El descarte de la susceptibilidad de afectación bajo el artículo 6, literal f) del RSEIA se 31

fundamenta en que la manipulación de sustancias peligrosas se limitará exclusivamente a la fase de construcción, acopiándose bajo las estrictas condiciones de confinamiento de la bodega SUSPEL conforme al D.S. N°43/2015 y realizando las cargas de combustible de la maquinaria en una zona impermeabilizada bajo el D.S. N°160/2009.

Adicionalmente, el Proyecto garantiza cero descargas líquidas industriales y sanitarias no controladas al medio ambiente, conduciendo las aguas de lavado de camiones mixer a una piscina cerrada de evaporación natural in situ y tratando los efluentes domésticos de la operación en una fosa séptica hermética de 2.000 L conectada a drenes de infiltración autorizados por el PAS 138. Toda la gestión de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos (incluyendo el reciclaje de embalajes y la entrega inmediata de paneles y sistemas BESS en desuso a gestores autorizados bajo la Ley REP) se someterá a un Plan de Disposición Selectiva con trazabilidad electrónica en las plataformas SINADER y SIDREP.

Finalmente, la protección del entorno se asegura mediante un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias que activa un protocolo de contención inmediata, remoción preventiva de suelo afectado hasta 10 cm de profundidad y nivelación de la superficie para restituir la geoforma original ante cualquier eventualidad. En relación con el impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra:

El Proyecto no contempla la intervención, explotación ni el cruce físico con cuerpos de agua subterránea que contengan aguas fósiles, de modo que no existe riesgo de alteración o desbalance de dichos sistemas. La nula interacción con el acuífero local de la cuenca se fundamenta además en que el nivel freático se estima a una profundidad mínima de 3,55 metros respecto al suelo, lo cual fue corroborado mediante calicatas de prospección excavadas a 3 metros de profundidad que permanecieron completamente secas. Dado que la profundidad máxima de las excavaciones del Proyecto alcanzará únicamente 1,1 metros para las zanjas de media y baja tensión (máximo de 2 metros para el hincado por desplazamiento lateral de perfiles metálicos, técnica que no genera remoción ni bombeo), se descarta por completo el afloramiento o alumbramiento fortuito de aguas subterráneas, impidiendo la necesidad de instalar sistemas de deprimido o de drenaje del acuífero.

El predio no posee ningún curso o cuerpo de agua natural superficial en su interior. Los cauces naturales permanentes identificados en la caracterización local se encuentran a distancias de resguardo altamente seguras, localizándose el Estero Dollinco a 669,2 metros al norte, el Río Cruces a 1,25 km al sur-oeste y el Estero Turbio a 2,52 km al sureste del área de obras. El Proyecto no considera la ejecución de obras, canalizaciones ni vertimientos que puedan alterar el régimen de escorrentía, caudales o generar fluctuaciones de niveles en estos cuerpos hídricos, descartando asimismo la necesidad de tramitar los Permisos Ambientales Sectoriales de obras hidráulicas (PAS 155, 156 y 157) o la existencia de transvases entre subcuencas hidrográficas.

El área de influencia y su entorno inmediato carecen de la presencia de formaciones del tipo vegas o bofedales.

No existen estuarios ni turberas en el predio o en su cercanía. No obstante, colindante al límite este del predio se delimitó un ecosistema de humedal de 1,49 hectáreas, asociado a un dren artificial y a un parche de vegetación mixta. Con el fin de evitar cualquier perturbación biótica o alteración física sobre sus niveles hídricos superficiales y de humedad, el Titular modificó el diseño perimetral (layout) del Proyecto para excluir por completo este ecosistema, implementando un buffer de protección promedio de 10 metros desde el cerco transparente de malla acmafor. Durante la construcción, el arrastre de sedimentos se controlará de manera hermética en el origen mediante el uso de barreras de geotextil de estándar EPA instaladas provisoriamente en el buffer del humedal y la cobertura inmediata de los acopios temporales 32

con carpetas de polietileno ante pronósticos de lluvia. Al operar la planta fotovoltaica sobre suelos hincados que conservan la tasa de infiltración y percolación natural en el 89,6% del predio, y al carecer de extracciones que depriman o alteren el flujo basal de aguas subterráneas, se garantiza que no existirá alteración del régimen de recarga ni del balance hídrico que sustenta al humedal.

De acuerdo con la ubicación geográfica del Proyecto en el llano ondulado de la comuna de Mariquina, no se identifica la presencia de glaciares en el área de influencia ni en sectores próximos.

Debido a la tipología del Proyecto, no se considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Pérdida de suelo utilizado como sustento económico o tradicional

Evaluación de potencial afectación a parcelas intraprediales de autoconsumo agrícola de comunidades del área de influencia Parte, obra o acción que lo genera Todas las obras del proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Impacto ambiental Intervención, uso o restricción al acceso del recurso hídrico utilizado como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Potencial interferencia con el agua de consumo comunitario proveniente del APR Ciruelos o el Estero Dollinco Parte, obra o acción que lo genera Todas las obras del proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Impacto ambiental Intervención en uso de rutas utilizadas periódicamente por la población local

El proyecto utilizará principalmente la Ruta 5 y un tramo de la Ruta T-230 para el acceso al predio. La Ruta T-230 es identificada como un eje de desplazamiento habitual para los residentes de Puile (incluyendo la Comunidad Indígena de Puile) y Ciruelos, quienes la utilizan para acceder a servicios de salud, educación, trabajo y abastecimiento. Parte, obra o acción que lo genera Transporte Fase en que se presenta Todas las fases. Impacto ambiental Interferencia en prácticas de tradiciones, cultura o intereses comunitarios por parte de grupos 33

humanos, debido a una mayor emisión de material particulado.

Las principales prácticas religiosas y culturales del territorio son Llellipun y el Trawun, realizados el Cementerio Indígena de Puile y sede comunitaria de la Comunidad Indígena de Puile, así como el Vía Crucis de Puile por la ruta T-230, y eventos locales como la "Semana Ciruelina" o el "Bierfest" en el sector de Ciruelos. Las fuentes generadoras de impacto son principalmente el funcionamiento de maquinaria pesada (retroexcavadoras, hincadoras, motoniveladoras) y el tránsito de vehículos de carga. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra y nivelación. Construcción de obras civiles y montaje. Tránsito de vehículos pesados. Desconexión y desmantelamiento de infraestructura. Fase en que se presenta Fases de construcción y cierre. Impacto ambiental Emisión de material particulado que pueda afectar algún recurso natural que sea utilizado por grupos humanos como sustento económico o tradicional.

Se consideran el agua, el suelo, el ganado y la vegetación, como recursos utilizados por los grupos humanos del Área de Influencia (AI) para fines ecosistémicos, sustento económico o prácticas tradicionales, los cuales podrían verse afectados por emisiones de material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) derivadas del movimiento de tierras, la transferencia de material y el tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados durante todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de Material Particulado Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Impacto ambiental Dificultar el ejercicio de tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales de pueblos indígenas, o la relación con tierras indígenas.

Afectación visual o incomodidad por material particulado suspendido durante eventos tradicionales Parte, obra o acción que lo genera Emisiones de Material Particulado Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.3 y 6.3 del ICE En relación con la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural:

34

Suelo

El predio donde se emplazará el Proyecto es de carácter privado, sin poseer libre acceso para la comunidad del área de influencia; y es utilizado actualmente para fines agrícolas. En este sentido, no existen grupos humanos que sostengan actividades asociadas a sistemas de vida o costumbres dentro del predio. El análisis del medio humano del proyecto expresa que los grupos humanos realizan sus actividades agropecuarias siempre en puntos fuera del área de intervención del Proyecto; donde el Proyecto no considera ninguna obra y/o actividad.

Al respecto, cabe destacar que entre los recursos naturales de relevancia dentro del AI, existe una alta valoración por el suelo, el cual permite la producción agrícola para algunos miembros de las comunidades (indígenas y no indígenas). En este sentido, es importante destacar que el Proyecto no sostendrá ningún tipo de intervención sobre suelos que sean utilizados como sustento económico o tradicional, por parte de los grupos humanos que conforman el AI. Al respecto, se descartan también efectos indirectos sobre los sistemas de vida derivados de la pérdida o degradación del suelo analizada bajo el Artículo 6 literal a) del RSEIA

Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto asume un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Suelos que consiste en habilitar riego tecnificado en un área equivalente en la región (21,8 ha en Panguipulli), con el fin de modernizar la práctica agrícola y aportar de manera neta al balance productivo del territorio. Las unidades familiares que componen la Comunidad Indígena de Puile, no desarrollan actividades de recolección, usos tradicionales o uso productivo de las tierras en los cuales se emplazará el Proyecto (las actividades productivas que desarrollan los socios de la Comunidad Indígena se realizan en sus predios particulares, que son distintos a aquellos que serán utilizados por el Proyecto).

Agua

Los grupos humanos del área de influencia (como las localidades de Puile y Ciruelos) dependen principalmente de dos fuentes de recurso hídrico: el Agua Potable Rural (APR) de Ciruelos, para consumo humano y doméstico, y el Estero Dollinco, para regadío y fines tradicionales.

Se indica que el Proyecto no tendrá ningún tipo de intervención o afectación sobre dicho recurso, dado que el proyecto no se conectará a la red de APR local ni extraerá agua del estero, siendo provista por camiones aljibe y proveedores autorizados. Además, no se intervendrá de manera físico-química el estero Dollinco, evitando vertimientos o escorrentía superficial, sin restringir su acceso o alteración al cauce, por lo que no tiene potencial de afectación sobre grupos humanos, ya sea en términos de sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional. Mayores antecedentes en los Anexos 2.6 y 2.13 de la DIA.

Aire A partir del estudio de Emisiones atmosféricas (Anexo 1.4 de la DIA), se establece un Área de Influencia que abarca parte de los límites de Ciruelos y Puile (Ciruelos), como se señala a continuación: 35

Figura 3. Área de Influencia Emisiones atmosféricas

Fuente: Adenda complementaria.

El Proyecto, si bien contempla la generación de emisiones atmosféricas, de carácter directo (por efecto de excavaciones, escarpe, carguío y volteo de material, tránsito de vehículos, entre otros) e indirectas (combustión de maquinaria y tránsito de vehículos en caminos exteriores), éstas se concentran en la Fase de Construcción (6 meses), donde se presenta un conjunto de medidas de control y mitigación operacional. Es posible indicar que las mayores emisiones corresponden al MP10 y serán de 1,266 ton/fase. A través de las distintas modelaciones según tipo de contaminante, ha sido posible concluir que la magnitud de todas sus concentraciones se encuentra bajo las normativas de referencia, y que la extensión de dichas emisiones se limita al área circundante del Proyecto, sin afectación sobre recursos naturales de significancia para los grupos humanos.

En base a lo anterior, no se identifican recursos naturales utilizados como sustento económico o tradicional que se puedan encontrar susceptibles a intervención, uso o restricción por parte del Proyecto en términos de emisiones atmosféricas; tanto para grupos humanos no indígenas como indígenas (Comunidad Indígena de Puile).

En relación con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento:

El proyecto utilizará principalmente la Ruta 5 y un tramo de la Ruta T-230 para el acceso al predio. La Ruta T-230 es identificada como un eje de desplazamiento habitual para los residentes de Puile (incluyendo la Comunidad Indígena de Puile) y Ciruelos, quienes la utilizan para acceder a servicios de salud, educación, trabajo y abastecimiento.

Respecto al descarte de impactos significativos sobre el presente literal, es preciso mencionar que este tramo se inserta en una ruta de uso público (T-230), las cuales forman parte de la vialidad comunal y, como tal, está planificada para dar respuesta a la creciente demanda.

En cuanto al Análisis Vial, se permite aseverar que existe un bajo grado de saturación sobre este tramo de ruta T-230, así como un nivel de servicio óptimo y una capacidad vial suficiente para permitir la convivencia con el Proyecto. En el Anexo 1.9 Análisis Vial de la DIA, queda establecido que los camiones asociados al Proyecto no circularán en el área de influencia durante los tres (3) períodos de hora punta identificados.

Tal como se indica en la siguiente tabla, el aporte del Proyecto corresponde aproximadamente 36

a un 0,6% del flujo vehicular existente de vehículo por hora, por lo que su incidencia sobre las condiciones de operación de la vía se considera no significativa, manteniéndose condiciones de operación similares al escenario sin Proyecto.

Tabla 4. Situación Actual vs Situación Proyecto - Punto Control 1 (Ruta T230 con Ruta T-260)

Fuente: Adenda del proyecto.

Respecto de los habitantes del sector, en particular peatones y ciclistas que se desplazan por la berma —dada la condición rural del área—, no se prevén alteraciones significativas en sus condiciones de circulación, entendido el bajo aporte del Proyecto.

Adicionalmente, el Proyecto contempla medidas orientadas a mejorar las condiciones de seguridad vial, tales como la habilitación adecuada del acceso, demarcación conforme a normativa vigente y la incorporación de facilidades para peatones y ciclistas, lo que contribuye a mantener y, en ciertos aspectos, mejorar las condiciones actuales de tránsito en el sector.

Sin perjuicio de lo anterior, con el propósito de garantizar la seguridad y fluidez vial, se presentaron tres Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV). • En primer lugar, el CAV “Protocolo de Seguridad Vial”, difundido a los trabajadores al inicio de las fases de construcción y cierre, buscando contribuir al resguardo de la seguridad vial, estableciendo límites de velocidad y normas para conductores. • En segundo lugar, el CAV “Plan Comunicacional”, en todas las fases del proyecto, el cual busca establecer canales de comunicación que informen a los vecinos sobre los flujos vehiculares y, a su vez, recibir observaciones o reclamos de la comunidad. Se considera a los grupos humanos del AI SVCGH y comunidad indígena Wenu Mapu. • En tercer lugar, el CAV “Convivencia con actividad turística”, el cual implica detener las actividades de transporte asociadas al Proyecto durante los días que pudiese llevarse a cabo la Bierfest en el restaurant Oma’s Haus, a fin de no intervenir en el acceso de visitantes ni perturbar su normal desarrollo. La actividad descrita en el Anexo 2.11 de la DIA, se desarrolla justamente en el cruce de Ruta 5 con T-230, que corresponde al inicio del tramo de acceso al Proyecto.

En base a lo expuesto, cabe recalcar que el Proyecto únicamente hará uso de la Ruta 5 y del tramo de T-230 que se encuentra al inicio de esta primera ruta, sin existir implicancias sobre las demás rutas que son de uso habitual de la población. Finalmente, se establece que las actividades de transporte del Proyecto: 37

- No obstruirán o restringirán la libre circulación por el tramo de acceso al Proyecto (tramo inicial de T-230 desde Ruta 5 hasta punto de acceso) ni de las demás vías identificadas de uso habitual por parte de la población local. - No generarán cambios o alteraciones sobre la conectividad entre los sectores donde habitualmente se generan desplazamientos por parte de los grupos humanos estudiados. - No existirá un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Lo anterior permite concluir que el Proyecto, a partir de sus actividades de transporte, no generará impactos significativos sobre las rutas de estudio y grupos humanos que las utilizan a diario, descartando la susceptibilidad sobre SVCGH referida en literal b) del Artículo 7 RSEIA.

Cabe señalar que la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones se pronunció conforme; mediante Oficio Ordinario N°18488, de fecha 15 de junio de 2026.

En relación con la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica:

Se señala que el Proyecto no ha de alterar de ningún modo el acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica; toda vez que contempla sus propios medios para el abastecimiento de demandas (de agua potable, de electricidad, servicios higiénicos, transporte y alimentación) para todas las fases de su desarrollo. Además, cabe mencionar que no se considera en ninguna fase la pernoctación de trabajadores, por lo que se descarta la demanda de alojamiento. Así también, se contemplan dentro de los medios para cubrir las demandas mencionadas la obtención de agua mediante una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región. Por otra parte, en relación con el agua de origen industrial, el Proyecto solo contempla el uso para el lavado de camiones mixer para la etapa de construcción, la que es suministrada por los mismos camiones en su sistema de lavado a presión. También se estima la disposición de unidades de grupo electrógeno para el abastecimiento de energía eléctrica (solo durante etapa de operación y en caso de emergencia), la instalación y gestión de baños químicos, una fosa séptica suministrada por camión aljibe, la instalación de un estanque de agua potable para el funcionamiento de los servicios sanitarios, la disposición de buses para el traslado de personal y un sector de comedor para la alimentación de los trabajadores.

Como antecedente adicional, se informa que el proyecto presenta un CAV de Mano de Obra Local, para las fases de construcción y cierre, que busca favorecer y priorizar la contratación de trabajadores de la comuna de Mariquina, Ciruelos y demás sectores aledaños que conforman el área de influencia del proyecto.

Lo anterior permite concluir que el Proyecto, no alterará el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, descartando la susceptibilidad sobre SVCGH referida en literal c) del Artículo 7 RSEIA. En relación con la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo:

Las principales prácticas religiosas y culturales del territorio son Llellipun y el Trawun, realizados el Cementerio Indígena de Puile y sede comunitaria de la Comunidad Indígena de Puile, así como el Vía Crucis de Puile por la ruta T-230, y eventos locales como la "Semana Ciruelina" o el "Bierfest" en el sector de Ciruelos. A continuación, se presenta una cartografía de la ubicación de las manifestaciones culturales dentro del AI:

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Figura 4. Manifestaciones culturales en el AI

Fuente: Adenda complementaria.

Cabe mencionar que, durante la segunda campaña, a solicitud de la autoridad se incorporaron mayores antecedentes del sector de Dollinco, con el objetivo de analizar la relación de sus habitantes (indígenas y no indígenas) con el proyecto. Los asentamientos de Dollinco se encuentran a una distancia mínima de 550 metros del proyecto, y tras un análisis técnico se concluye que no existe una relación directa entre los Factores Generadores de Impacto (FGI) del proyecto y los sistemas de vida de Dollinco, por lo que no se considera dentro del área de influencia.

Figura 5. Uso de suelo en el sector de Dollinco

Fuente: Anexo 9 de la Adenda del Proyecto.

Ruido y vibraciones A partir del estudio de Modelación de Ruido y Vibraciones (Anexo 1 Adenda Complementaria), se establecen Áreas de Influencia que abarcan parte de los límites de Ciruelos y Puile (Ciruelos), como se señala a continuación:

Figura 6. Áreas de Influencia Ruido y Vibraciones 39

Fuente: Anexo 1 Adenda complementaria.

De acuerdo a la modelación de la condición más desfavorable, los niveles de ruido generados por el Proyecto, concretamente durante la fase de construcción, superan el límite establecido por el D.S. Nº38/2011 del MMA en el receptor R5, al considerar un “contexto de condición más desfavorable”. Por lo tanto, se implementarán medidas de reducción de ruido para asegurar el cumplimiento normativo.

Restricción de uso simultaneo de maquinarias

La restricción considera que, para cada tipo de maquinaria, solo podrá operar una unidad de manera simultánea, independientemente de la cantidad de equipos contemplados para la actividad. Asimismo, se establece que la motoniveladora y la hincadora no podrán funcionar simultáneamente con el resto de la maquinaria, por lo que su operación deberá realizarse únicamente cuando las demás fuentes de ruido no se encuentren en funcionamiento.

Las medidas de control se implementarán y se mantendrán mientras se realicen actividades cerca de los receptores a los que resguardan.

Finalmente, para la componente de Ruido se establecen los siguientes niveles de emisión para la etapa de construcción del Proyecto, representando el escenario más desfavorable:

Figura 7. Alcance y niveles de Ruido etapa de Construcción

Fuente: Anexo 1 Adenda complementaria. 40

Respecto a la componente de Vibraciones, se tiene:

Figura 8. Alcance y niveles de Vibraciones etapa de Construcción

Fuente: Anexo 1 Adenda complementaria.

Frente a lo anterior, se menciona que el Cementerio Indígena de Puile (donde se realizan rogativas y encuentros como el Llellipun y Trawun) se ubica a 1,8 km de las obras. Mientras que el área de influencia de ruido máxima para humanos es de 501 metros (Anexo 1 de la Adenda Complementaria), los ruidos del proyecto no alcanzan a perturbar estas ceremonias.

Por otro lado, las festividades locales (como el Vía Crucis o la Semana Ciruelina) ocurren fuera de las zonas donde el ruido o las vibraciones sobrepasan los límites permitidos.

Además, al aplicarse la medida de restricción de uso simultáneo de maquinaria pesada cerca de los receptores críticos (como R5), el proyecto garantiza operar bajo la norma diurna, evitando molestias que afecten la cohesión social o alteren las rutinas de la población aledaña.

En base a lo anterior, se observa que ninguna de las manifestaciones culturales identificadas dentro del AI SVCGH se ve susceptible ante las emisiones de ruido que provoca el Proyecto, descartando impactos significativos respecto al componente de ruido y vibraciones, sobre el literal d) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Emisiones atmosféricas

A partir del estudio de Emisiones atmosféricas (Anexo 1.4 de la DIA), se establece un Área de Influencia que abarca parte de los límites de Ciruelos y Puile (Ciruelos), como se señala a continuación: 41

Figura 9. Área de Influencia Emisiones atmosféricas

Fuente: Adenda complementaria.

El Proyecto, si bien contempla la generación de emisiones atmosféricas, de carácter directo (por efecto de excavaciones, escarpe, carguío y volteo de material, tránsito de vehículos, entre otros) e indirectas (combustión de maquinaria y tránsito de vehículos en caminos exteriores), éstas se concentran en la Fase de Construcción (6 meses), donde se presenta un conjunto de medidas de control y mitigación operacional. Es posible indicar que las mayores emisiones corresponden al MP10 y serán de 1,266 ton/fase.

Conforme a los resultados del modelo del Anexo 1.4 de la DIA, se indica que sobre la evaluación de cumplimiento la norma primaria de calidad del aire vigentes en el territorio nacional, el aporte de MP10, MP2,5, CO, SO2 y NO2 en los receptores cercanos al Proyecto (R1 al R7), no superan las normas de calidad del aire y que la extensión de dichas emisiones se limita al área circundante del Proyecto, sin afectación sobre el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo producto a las emisiones generadas por el Proyecto.

Transporte

El proyecto utilizará principalmente la Ruta 5 y un tramo de la Ruta T-230 para el acceso al predio. La Ruta T-230 es identificada como un eje de desplazamiento habitual para los residentes de Puile (incluyendo la Comunidad Indígena de Puile) y Ciruelos, quienes la utilizan para acceder a servicios de salud, educación, trabajo y abastecimiento.

Al respecto, la presente caracterización, así como del desarrollo del Análisis Vial, se establece que este tramo es utilizado solo para fines de desplazamiento, y no con otra función (por ej., prácticas o acciones culturales).

Sumado a lo anterior, el tramo vial en cuestión no es utilizado por la Comunidad Indígena Puile, para otros fines que no sean el de desplazamiento común, que puede ser homologado al mismo tipo de desplazamiento que realizan otros grupos no indígenas. Este tramo se inserta en una ruta de uso público (T-230), las cuales forman parte de la vialidad comunal y, como tal, está planificada para dar respuesta a la creciente demanda.

En cuanto al Análisis Vial, se permite aseverar que existe un bajo grado de saturación sobre este tramo de ruta T-230, así como un nivel de servicio óptimo y una capacidad vial suficiente para permitir la convivencia con el Proyecto. Sumado a lo anterior, con el propósito de descartar la dificultad o impedimento para el 42

ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se presenta el siguiente Compromiso Ambiental Voluntario (CAV). • CAV “Convivencia con actividad turística”, el cual implica detener las actividades de transporte asociadas al Proyecto durante los días que pudiese llevarse a cabo la Bierfest en el restaurant Oma’s Haus, a fin de no intervenir en el acceso de visitantes ni perturbar su normal desarrollo. La actividad descrita en el Anexo 2.11 de la DIA, se desarrolla justamente en el cruce de Ruta 5 con T-230, que corresponde al inicio del tramo de acceso al Proyecto.

Debido a lo anterior, se descarta impactos significativos sobre el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo producto del impacto vial generado por el Proyecto.

Respecto al ejercicio de tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales de pueblos indígenas, o la relación con tierras indígenas; no existe algún tipo de intervención por parte del Proyecto que tenga el potencial de afectar a la comunidad de Puile u otro grupo indígena, toda vez que no genera algún tipo de impacto sobre el complejo del Cementerio y sede comunitaria.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación sobre población protegida localizada en el área de influencia del proyecto debido a las obras e intervenciones del proyecto.

Potencial perturbación al ejercicio de prácticas tradicionales, religiosas o espirituales indígenas

Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Población Protegida Parte, obra o acción que lo genera Todas las obras del proyecto Fase en que se presenta Todas las Fases del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.4, 5.5 y 6.4 del ICE En relación con susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan:

Dentro del Área de Influencia para SVCGH se considera únicamente a la Comunidad Indígena Puile, la cual es localizada a partir de su punto de emplazamiento referencial (según registros SIIC CONADI) y distribución local (sector residencial Puile).

Se presenta solo una tierra indígena (Art. 20b Ley Indígena) pertinente al análisis de susceptibilidad de impactos, la cual es considerada dentro del Área de Influencia para SVCGH, como sitio de significación cultural de la Comunidad Indígena de Puile, el cual corresponde a un complejo representado por un Cementerio indígena y Sede comunitaria. Es en este lugar donde desarrollan manifestaciones culturales o prácticas asociadas a culturas indígenas, ubicado a 1,8 km del emplazamiento del proyecto. 43

La Comunidad Indígena de Puile valora el Estero Dollinco como un elemento identitario que define su enraizamiento en el territorio. Por un lado, existe el uso productivo del mismo y, por otro lado, en torno a su cosmovisión, reconocen y valoran la relación armónica entre con la naturaleza.

Se indica que el Proyecto no tendrá ningún tipo de intervención o afectación sobre dicho recurso, por lo que no tiene potencial de afectación sobre grupos humanos, ya sea en términos de sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional.

Por otro lado, la comunidad valora el recurso suelo, el cual destinan a la agricultura y pequeña ganadería de subsistencia (crianza de aves de corral, ovejas y cultivo de hortalizas en huertos domésticos para autoconsumo). Al respecto, se indica que el proyecto se construirá en su totalidad dentro de un predio de propiedad particular de uso agrícola. Por otro lado, las prácticas tradicionales identificadas por la CI se llevan a cabo exclusivamente al interior de sus predios residenciales familiares —los cuales son totalmente independientes y se sitúan a distancias seguras de las obras—, el proyecto no genera ninguna interferencia ni restricción sobre sus actividades productivas tradicionales. Se descartan también efectos indirectos sobre los sistemas de vida derivados de la pérdida o degradación del suelo analizada bajo el Artículo 6 literal a) del RSEIA.

Adicionalmente, el proyecto asume un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Suelos que consiste en habilitar riego tecnificado en un área equivalente en la región (21,8 ha en Panguipulli), con el fin de modernizar la práctica agrícola y aportar de manera neta al balance productivo del territorio.

A solicitud de la autoridad se incorporaron mayores antecedentes de la Comunidad Indígena de Dollinco, sin embargo, tras un análisis técnico se concluye que no existe una relación directa entre los Factores Generadores de Impacto (FGI) del proyecto y los sistemas de vida de Dollinco. Si bien, la Comunidad Indígena de Dollinco reconoce cercanía y propósitos generales comunes con la Comunidad Indígena de Puile, ambas organizaciones actúan de manera autónoma. Entre los elementos que definen su identidad, destaca el Estero Dollinco, ubicado a cerca de 670 metros al norte del Área de Proyecto, y que rodea el sur del sector de Dollinco. Su valor se traduce en el uso productivo (lavado y regadío) y por su valor intrínseco para la cultura mapuche por su propio carácter de naturaleza.

Figura 10. Elementos indígenas vinculados al sector de Dollinco

Fuente: Anexo 9 de la Adenda del Proyecto.

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En la Adenda complementaria, a solicitud de la autoridad, se integra a la Comunidad Indígena Wenu Mapu al CAV de Plan Comunicacional. A pesar de encontrarse fuera del área de influencia, es colindante con la ruta T-230, por lo que mantiene una evidente vinculación con el territorio y sus rutas de desplazamiento.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia afectación en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde habiten poblaciones protegidas, concluyéndose que el Proyecto no genera efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

Finalmente, cabe señalar que tanto la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena como la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia se pronunciaron conforme; mediante Oficio Ordinario N° 173, de fecha 18 de agosto de 2026 y oficio Ordinario N°493 de fecha 22 de junio de 2026, respectivamente.

El Proyecto no se relaciona directamente con ningún recurso o área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.6 y 6.5 del ICE En relación con la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico:

De acuerdo con el diagnóstico de paisaje detallado en la evaluación, el Proyecto se emplaza en la Macrozona Sur, Subzona Llano ondulado, caracterizada por un alto nivel de antropización preexistente debido a actividades agrícolas intensivas de carácter histórico, la presencia de la infraestructura vial de la Ruta 5 y zonas industriales colindantes. A través de la definición de cinco puntos de observación (POA, POB, POC, POD y POE) y la modelación de sus respectivas cuencas visuales, se determinaron cuatro unidades de paisaje en el territorio de estudio: la Unidad Vegetacional Arbórea (UP-I), la Unidad Agrícola-Forestal en Barbecho (UP-II) —donde se emplazan directamente las obras del parque—, la Unidad Construcciones (UP-III) y la Unidad Red Vial (UP-IV).

La ponderación técnica de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales del entorno arrojó que el 75% de las unidades del territorio se clasifican en la categoría de calidad visual baja, evidenciando que el predio de intervención carece de singularidades, cuencas escénicas protegidas o hitos visuales relevantes que requieran un resguardo estricto.

A esta baja sensibilidad visual de la zona de emplazamiento se suma el hecho de que el parque fotovoltaico corresponde a un predio privado de uso restringido, descartándose de plano que las obras interrumpan miradores públicos o flujos de visitantes de carácter contemplativo en su interior. Las estructuras permanentes más extensas, conformadas por los 20.400 paneles solares montados sobre seguidores de un eje horizontal, poseen un diseño de muy bajo perfil con una altura máxima de oscilación lenta que variará únicamente entre 1,4 y 2,5 metros respecto al nivel del suelo.

Por su parte, el cerco perimetral de seguridad consistirá en una malla metálica transparente 45

tipo acmafor de 1,8 metros de altura, cuya trama abierta e integrada garantiza la permeabilidad visual hacia el predio, evitando la conformación de un muro ciego u opaco que restrinja de manera artificial la perspectiva del entorno. Sin perjuicio de la nula significancia del impacto basal, el Titular implementará de forma obligatoria el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Pantalla Arbórea en los perímetros con mayor exposición hacia el espacio público, específicamente en los ejes colindantes a las rutas T-230 y T-234 (asociados a los Puntos de Observación D y E). Esta cortina vegetal perimetral estará compuesta por especies arbustivas y arbóreas nativas de rápido crecimiento y baja demanda de riego, utilizando como referente de diseño el maqui (Aristotelia chilensis), lo que asegurará una transición visual fluida y armónica a lo largo de la vida útil de las instalaciones, descartándose tajantemente la existencia de una obstrucción visual o pérdida de la resiliencia del paisaje local.

En relación con la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico:

La ausencia de atributos propios de valor paisajístico se sustenta en la baja calidad visual de la línea de base y en un diseño de ingeniería adaptativo y de bajo perfil que respeta la morfología del predio. El Proyecto se emplaza en la Macrozona Sur, Subzona Llano ondulado, específicamente dentro de la Unidad de Paisaje Agrícola-Forestal en Barbecho (UP-II), un entorno caracterizado por un alto grado de antropización preexistente debido a actividades agrícolas históricas de cultivo de trigo y avena, la cercanía con la infraestructura vial de la Ruta 5 y zonas industriales colindantes]

Durante la etapa de operación, los atributos estéticos del paisaje rural se mantendrán preservados gracias a una gestión vegetal no química de bajo impacto, prohibiendo el uso rutinario de herbicidas y el control de pastos se realizará de forma estrictamente manual o semimecánica, manteniendo la cobertura vegetal a una altura máxima de 30 cm, y disponiendo los residuos del corte bajo los paneles en forma de "mulch" orgánico para conservar la humedad edáfica y evitar la generación de polvo o barros. Para mitigar la artificialidad de las edificaciones secundarias, el Titular acoge una medida de integración cromática que prioriza la aplicación de una paleta de colores de baja reflectancia (tonos verdes, grises o negros) en bodegas, oficinas y salas de control, sujeto a la disponibilidad técnica del proveedor al momento de la adquisición. Este diseño se complementa con el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Pantalla Arbórea.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico:

A partir de los antecedentes presentados, se ha determinado un bajo valor turístico basal del predio de emplazamiento, el nulo efecto sobre la infraestructura vial circundante y la aplicación de un protocolo formal de compatibilidad con la única actividad de interés local detectada. El parque solar se proyecta sobre un predio de propiedad privada con acceso restringido que carece de atributos físicos, paisajísticos o recreacionales de interés para el turismo general, situándose además completamente fuera de áreas bajo protección oficial o de alguna Zona de Interés Turístico (ZOIT), ubicándose la más cercana ("Valdivia") a 30,27 km al sureste. Aunque la comuna de Mariquina integra el Territorio de Potencial Turístico "Cuatro Ríos" (SERNATUR, 2024) y se catastraron seis hitos culturales-recreativos en un radio de 1,4 km de distancia, el único punto que interactúa por conectividad vial es el evento estacional y de alcance local denominado "Bierfest Oma's Haus" (desarrollado en el Restaurant Oma's Haus, receptor R6). Este establecimiento se emplaza en el cruce de la Ruta 5 con la Ruta T-230, situándose a unos 50 m de la faja de la Línea de Media Tensión (LMT) de 23 kV y a 220 m del cerco perimetral del parque fotovoltaico.

Para evitar cualquier tipo de congestión, demora o interferencia física que impida la libre llegada de visitantes a este evento costumbrista durante los días de su celebración (estimados 46

en una afluencia de 50 personas por día), el Titular ha formalizado bajo el Anexo 15 de la Adenda el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) de Convivencia con la Actividad Turística. Este compromiso obliga al Titular a establecer un canal directo de comunicación con los organizadores de Oma's Haus antes del inicio de las obras para coordinar la calendarización y comprometer el cese absoluto del tránsito de camiones o vehículos de carga pesada del Proyecto por la Ruta T-230 durante las fechas efectivas del festival en las fases de construcción y cierre. Durante el transcurso del evento, únicamente se permitirá el desplazamiento de vehículos de carga liviana (como camionetas de inspección), lo que representa un flujo marginal que no incide en la operación vial. Esta medida se complementa con los resultados del estudio de capacidad vial (Anexo 1.9 de la DIA), los cuales demuestran de manera matemática que el aporte del Proyecto a la Ruta T-230 equivale únicamente a un 0,6% del flujo diario existente, descartando aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento o saturación de la infraestructura. Por lo tanto, al garantizarse el libre acceso de turistas y la continuidad de las expresiones de recreación local.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de monumentos o sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico

riesgo de daño fortuito a elementos del patrimonio arqueológico subsuperficial no identificados previamente Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Fase en que se presenta Fase de construcción. Impacto ambiental Alteración de sitios con valor paleontológico

Riesgo de remoción de estratos glaciofluviales con contenido fosilífero durante excavaciones profundas

Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.7 y 6.6 del ICE En relación con la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288:

El proyecto no presenta interacción con algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Para corroborar la nula interferencia con el patrimonio arqueológico, se ejecutaron tres campañas de inspección visual pedestre (en octubre de 2024, febrero de 2025 y marzo de 2026) que permitieron recorrer el 100% del Área de Influencia del Proyecto, concluyéndose con una obstrusividad nula y descartándose la existencia de materiales arqueológicos en el predio, así como de registros dentro del Catastro de Cuencas Priorizadas UTMA-MOP. De esta manera, se descarta por completo la remoción, destrucción, excavación o alteración permanente de algún Monumento Nacional, sin perjuicio de lo cual, y como medida de resguardo frente a los movimientos de tierra, el Titular implementará de forma obligatoria un Monitoreo Arqueológico Permanente con presencia de un especialista en los 47

frentes de trabajo, capacitaciones mediante charlas de inducción al personal y un estricto Protocolo de Hallazgos No Previstos en coordinación con el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Durante la inspección de terreno no se identificaron fósiles, pero se reconocieron depósitos glaciofluviales de la Glaciación Llanquihue (Plgf1), considerados potencialmente fosilíferos. Debido a la poca profundidad de las excavaciones, se estima una baja probabilidad de afectar el patrimonio paleontológico. No obstante, se implementarán medidas preventivas, como inducción al personal, monitoreo paleontológico durante las excavaciones y un protocolo ante hallazgos imprevistos, mayores antecedentes Anexo 2.10 de la DIA.

En relación con la magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena:

El principal sitio reconocido con significancia cultural indígena corresponde a el Cementerio de la Comunidad de Puile, ubicado referencialmente en la intersección entre T-218 y T-230. En este sentido, el Proyecto no ha de ejercer ningún tipo de intervención o afectación sobre este sitio, desestimándose por ende la afectación sobre dicha comunidad indígena u otro grupo humano. En relación con la afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas:

El principal sitio reconocido con significancia cultural indígena corresponde a el Cementerio de la Comunidad Indígena de Puile, ubicado referencialmente en la intersección entre T-218 y T-230, a 1,8 km aproximadamente del proyecto. En este sentido, el Proyecto no ha de ejercer ningún tipo de intervención o afectación sobre este sitio, incluyendo las componentes de ruido y vibraciones, emisiones atmosféricas y transporte, además de incluir un plan de monitoreo en frentes de obra para resguardar cualquier resto subsuperficial desestimándose por ende la afectación sobre dicha comunidad indígena. Así también, el resto de los lugares o sitios en que se llevan a cabo actividades culturales por parte de los grupos humanos que conforman el AI (referidos en el ítem sobre Manifestaciones culturales) no han de ser intervenidos o afectados a raíz de las partes, obras o acciones del Proyecto; desestimándose así cualquier tipo de afectación sobre sus sistemas de vida y costumbres.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza Tabla 6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases 48

Parte, obra o acción a la que aplica Durante la Fase de Construcción y Cierre, se considera la implementación de una Instalación de Faena, la cual contará con baños químicos durante los primeros meses de la fase y en los frentes de trabajo, de acuerdo con las exigencias del D.S. N°594/99 del MINSAL. Además, se considera la habilitación de servicios higiénicos permanentes en toda la Fase de Operación, de acuerdo con las exigencias del D.S. N°594/99 del MINSAL, conectados a una fosa séptica con sistema de drenes de infiltración.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. ORD. Nº CP14642/2026 de fecha 18 de junio de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamientos de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Tabla 6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamientos de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. ORD. Nº CP14642/2026 de fecha 18 de junio de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de Residuos Peligrosos. Tabla 6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de Residuos Peligrosos. según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Todas las fases Calificación de la parte u obra Bodega Residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. ORD. Nº CP14642/2026 de fecha 18 de junio de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos. Tabla 6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Todas las fases 49

Calificación de la parte u obra El Proyecto se desarrollará sobre un polígono de 21,8 ha ubicado fuera del límite urbano, donde se habilitarán edificaciones e instalaciones destinadas al equipamiento del sector rural. Estas edificaciones comprenden tanto instalaciones temporales, correspondientes a las Fases de Construcción y Cierre, como instalaciones permanentes asociadas a la Fase de Operación. El Proyecto no originará nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar perdida o degradación del recurso natural suelo.

Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. ORD. Nº 596/2026 fecha 10 de agosto de 2026, SAG de la Región de Los Ríos se pronunció conforme.

Mediante Ord. ORD. Nº 1037de fecha 14 de agosto de 2026, la SEREMI MINVU de la Región de Los Ríos se pronunció conforme.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

7.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto

7.1.1. Norma D.S. N°100/2005. Constitución Política de la República. Tabla 7.1.1 Norma D.S. N°100/2005. Constitución Política de la República. Componente/materia: Medio Ambiente e Institucionalidad Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará a las disposiciones de la Constitución Política al someter esta Declaración de Impacto Ambiental (DIA) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para su evaluación y aprobación. En conjunto con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, se asegura el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos, mediante una Declaración de Impacto Ambiental. Forma de control y seguimiento Proceso de evaluación ambiental en la página del Proyecto en el SEIA.

7.1.2. Norma Ley N°19.300. Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones. Tabla 7.1.2 Norma Ley N°19.300. Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. 50

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se encuentra en el listado de Proyectos o actividades que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental debido a lo mencionado en su Artículo N°10, sobre proyectos que pueden causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se someterá al SEIA a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para lo cual se elabora la presente DIA que se presenta ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos, por tratarse de una actividad indicada en el Artículo 10, conforme a lo siguiente: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos. Obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente un proyecto, para lo cual se debe dar pleno cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización.

7.1.3. Norma Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Tabla 7.1.3 Norma Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Componente/materia: Normativa de carácter general

Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300/1994 de Bases Generales del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, conforme lo establecido en el Artículo N°10, literal c) de la Ley, se somete al SEIA al constituir un Proyecto de desarrollo energético, que contempla una línea de transmisión eléctrica. Forma de cumplimiento El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) según indica el Art. N°10 “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. El Proyecto se presenta en el SEIA a través de una DIA, toda vez que descarta los efectos, características y circunstancias establecidas en el Art. N°11 de la Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente un proyecto, para lo cual se debe dar pleno cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización.

7.1.4. Norma Decreto Supremo N°31/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Tabla 7.1.4 Norma. Decreto Supremo N°31/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. 51

Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se somete al SEIA, culminando el proceso con una Resolución de calificación Ambiental, por lo que el Titular tiene la obligación de remitir la información detallada en el Art.N°8 a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a la normativa proporcionando todos los antecedentes, información y datos a la Superintendencia de Medio Ambiente en forma oportuna, dejando registro en SNIFA. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de la entrega de informes y reportes a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) Forma de control y seguimiento Registro de informes cargados en el portal SNIFA.

7.1.5. Norma Resolución N°1518/14 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 de 2012. Tabla 7.1.5 Norma. Resolución N°1518/14 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°574 de 2012. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular del Proyecto ingresa al SEIA con el propósito de obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable para su Proyecto, acreditando de esta forma el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y descartando la existencia y generación de impacto ambiental significativo. De esta forma, una vez obtenida RCA favorable, asume la obligación de cargar al Sistema RCA dentro del plazo estipulado, todos los antecedentes establecidos en el ArtículoN°1 del presente cuerpo normativo. Forma de cumplimiento Carga al Sistema RCA los antecedentes del Titular y del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante otorgado por el “Sistema RCA”. Forma de control y seguimiento Sistema RCA actualizado con los antecedentes del Titular y del Proyecto. Se mantendrá registro de los comprobantes de remisión de la información a la Superintendencia de Medio Ambiente

7.1.6. Norma Ley N°21.600/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Crea el Servicio de Biodiversidad y Área Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Tabla 7.1.6 Norma. Ley N°21.600/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Crea el Servicio de Biodiversidad y Área Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Componente/materia: Biodiversidad. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) 52

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, se somete al SEIA mediante la presentación de una DIA, donde se realiza el análisis y justificación de la inexistencia de los efectos, características o circunstancias del ArtículoN°11 de la Ley N°19.300. Forma de cumplimiento El Proyecto no se emplaza en un área protegida del Estado, sino que se somete al SEIA por presentar las características del Artículo N°10, literal c) de la Ley N°19.300. El Proyecto, conforme sus características, no contempla la ejecución de compensaciones de biodiversidad, en los términos que señala el Artículo N°39 de la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la RCA Favorable Forma de control y seguimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, que aprueba ambientalmente un proyecto, para lo cual se debe dar cumplimiento a las exigencias establecidas en esta Ley, permitiendo al Estado su fiscalización.

7.1.7. Norma D.F.L. N°4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N°1/82, Ley General de Servicios Eléctricos. Tabla 7.1.7 Norma. D.F.L. N°4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. N°1/82, Ley General de Servicios Eléctricos. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente.

No aplica. Otros cuerpos legales asociados Todas las fases (construcción, operación y cierre) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía eléctrica, una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías denominado BESS (Battery Energy Storage System, por sus siglas en inglés), para luego inyectarla al sistema de distribución.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular se encargará de mantener las instalaciones del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la Ley, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del Proyecto.

Forma de cumplimiento Certificaciones de las instalaciones realizadas en laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones tanto preventivas como correctivas realizadas en las instalaciones del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Forma de control y seguimiento Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente.

7.1.8. Norma D.S. N°327/1997 del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos Tabla 7.1.8 Norma. D.S. N°327/1997, del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos Publicación Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. 53

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía, una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías denominado BESS (Battery Energy Storage System, por sus siglas en inglés), para luego inyectarla a la red de distribución en un horario de menor generación Forma de cumplimiento El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía eléctrica, una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías denominado BESS (Battery Energy Storage System, por sus siglas en inglés), para luego inyectarla a la red de distribución en un horario de menor generación. Todas las especificaciones técnicas del Proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. El Titular declarará ante la Superintendencia Electricidad y Combustibles (SEC) oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción del parque, tensión y el comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio. Forma de control y seguimiento Autorizaciones respectivas de la SEC.

7.1.9. Norma D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y sus modificaciones posteriores Tabla 7.1.9 Norma. D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y sus modificaciones posteriores Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto durante toda su vida útil generará residuos y emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento El Titular accederá al Sistema Ventanilla Única del RETC (VU RETC) utilizando la Clave Única del representante legal, encargado o delegado, conforme a las responsabilidades que se asignen para realizar declaraciones en los diferentes sistemas de información disponibles, se cargará al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. La totalidad de la documentación debe ser adjuntada electrónicamente a través del portal web del Sistema Ventanilla Única del RETC (VU RETC). Los documentos originales deben ser resguardados en las instalaciones del establecimiento por un período de dos años, manteniéndose disponibles en caso de requerimiento por parte de la autoridad. Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER): El proyecto gestionará la disposición de sus residuos exclusivamente con destinatarios autorizados y debidamente registrados bajo la normativa vigente. Se debe reportar la generación de residuos en el SINADER y asegurar que el destinatario confirme la recepción de estos y efectúe el cierre del reporte. Sistema de Desempeño Ambiental Empresarial: El Encargado del Establecimiento tiene la responsabilidad de completar los formularios de reporte anualmente, durante el mes de junio. 54

Declaración Jurada Anual: El Encargado debe efectuar la declaración jurada anual a través del Sistema VU RETC durante el mes de octubre de cada año. Esta declaración debe: Atestiguar la veracidad de la información ingresada y certificar que no existen omisiones en relación con las emisiones, residuos, productos prioritarios y/o transferencias de contaminantes del establecimiento. Confirmar el envío y la correcta cumplimentación de los formularios de producción e inversión, y de costos de monitoreo y control, cuando apliquen. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de Declaraciones realizadas a través de la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro de las declaraciones realizadas en la Ventanilla Única del RETC.

7.1.10. Norma Resolución N°1.518 Exenta que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N°574 Exenta, de 2012. Tabla 7.1.10 Norma. Resolución N°1.518 Exenta que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N°574 Exenta, de 2012. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular del Proyecto ingresa al SEIA con el propósito de obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable para su Proyecto, acreditando de esta forma el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y descartando la existencia y generación de impacto ambiental significativo. Forma de cumplimiento Al obtener la RCA favorable, en la plataforma http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ se realizará la carga de la RCA y los antecedentes señalados en el Artículo N°2 de la presente normativa, dentro de los 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante otorgado por el Sistema RCA. Forma de control y seguimiento Sistema RCA actualizado con los antecedentes del Titular y del Proyecto.

7.1.11. Norma Resolución Exenta N°1622/2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta instrucción de carácter general sobre los deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental para titulares de resoluciones de calificación ambiental, fuentes afectas al D.S. N°28/2013 del MMA y fuentes afectas al D.S. N°50/2024 MMA, y deja sin efecto la Resolución N°885 Exenta, de 2016, de la SMA. Tabla 7.1.11 Norma. Resolución Exenta N°1622/2026, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicta instrucción de carácter general sobre los deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental para titulares de resoluciones de calificación ambiental, fuentes afectas al D.S. N°28/2013 del MMA y fuentes afectas al D.S. N°50/2024 MMA, y deja sin efecto la Resolución N°885 Exenta, de 2016, de la SMA. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. 55

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto cuenta con un Plan de Emergencias y Contingencias donde se prevén eventos excepcionales y se establecen acciones para controlarlos. Una vez que el Proyecto obtenga su Resolución de Calificación Ambiental favorable, se deberá informar sobre la ocurrencia de contingencias previstas u otros incidentes, según corresponda. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable se empleará el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA para avisar o informar sobre la ocurrencia de contingencias o incidentes ambientales, en los términos previstos en aquella o, en su defecto, dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informe. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA, y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Registros Electrónicos. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá una copia de los registros ingresados al Sistema electrónico, en caso de aplicar.

7.1.12. Norma DS 30/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación Tabla 7.1.12 Norma. DS 30/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se compromete a cumplir con las disposiciones relativas a la Autodenuncia, en el improbable escenario de incurrir en alguna infracción de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y el Titular decida optar por esta vía. De igual manera, se dará cumplimiento a las disposiciones referentes a los Programas de Cumplimiento y los Planes de Reparación, en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio y en caso de que el Titular elija alguna de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la documentación que incluirá los registros de informes de los programas de cumplimiento adquiridos, los comprobantes de autodenuncias realizadas, y los planes de reparación adquiridos, siempre que estos eventos hayan ocurrido y sean aplicables. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

7.1.13. Norma R.E. 223/2015, del Ministerio del Medio Ambiente. Dicta instrucciones sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental.

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Tabla 7.1.13 Norma. R.E. 223/2015, del Ministerio del Medio Ambiente. Dicta instrucciones sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Componente/materia: Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad vigente. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras, partes y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El titular elaborará los planes de seguimiento de las variables ambientales, informes de seguimiento y enviar la información al sistema electrónico de seguimiento ambiental de la SMA cuando corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de información al sistema de seguimiento ambiental. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto

7.2.1. Norma D.F.L. N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcciones Publicación Tabla 7.2.1 Norma: D.F.L. N°458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcciones Publicación Componente/materia: Ordenamiento Territorial / Suelo. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto sometido a evaluación se emplaza fuera de los límites urbanos regulados por los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes. Los antecedentes de las obras afectas al Artículo N°55 de la Ley se presentan en el Anexo 3.4 PAS 160. Forma de cumplimiento El Titular presentará, en el trámite sectorial, los antecedentes técnicos y formales para la solicitud del Informe de Factibilidad para Construcciones, el Permiso de Edificación y Recepción de obras correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución favorable IFC Permiso de edificación Recepción de obras

De acuerdo a oficio N°1037 de fecha 14 de agosto del 2026, la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo se pronuncia conforme respecto al Adenda Complementaria.

Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá los registros de las autorizaciones sectoriales correspondientes.

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7.2.2. Norma D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Tabla 7.2.2 D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: se generará material particulado y gases de combustión de motores por las actividades propias de construcción del Parque Solar Fotovoltaico y su Sistema de Almacenamiento, uso de maquinaria y equipos, transferencia de material y tránsito de vehículos. Operación: transporte de personal de mantenimiento y de operación, con emisiones de baja magnitud. Cierre: actividades similares a las de construcción, con emisiones de igual o menor magnitud. Forma de cumplimiento Fase de construcción: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo anterior, será una cláusula contractual que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buen estado para su funcionamiento. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible dentro del predio. Además, se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Fase de operación: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo anterior, será una cláusula contractual que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buen estado para su funcionamiento. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible dentro del predio. Fase de cierre: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo anterior, será una cláusula contractual que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buen estado para su funcionamiento. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible dentro del predio. 58

Además, se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: Certificado revisión técnica y gases de vehículos del Proyecto. Registro que evidencie la prohibición de quemar residuos o materiales (letrero u otro). Registro de aplicación de biosupresor de polvo. Fase de operación: Certificado revisión técnica y gases de vehículos del Proyecto. Registro que evidencie la prohibición de quemar residuos o materiales (letrero u otro). Fase de cierre: Certificado revisión técnica y gases de vehículos del Proyecto. Registro que evidencie la prohibición de quemar residuos o materiales (letrero u otro). Registro de aplicación de biosupresor de polvo. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de los registros antes mencionados en las dependencias del Proyecto.

7.2.3. Norma Resolución Exenta N°144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Tabla 7.2.3 Norma. Resolución Exenta N°144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, durante su desarrollo, contempla la generación de residuos peligrosos y no peligrosos, los que serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado para dicho fin. Asimismo, se contempla el abastecimiento de energía mediante la utilización de grupos electrógenos. Forma de cumplimiento El Titular, conforme establece la normativa vigente, realizará las declaraciones de residuos (SINADER y SIDREP) mediante la Ventanilla Única del RETC. Asimismo, se realizará la declaración jurada anual respecto de las emisiones y residuos generados. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones SINADER Declaraciones SIDREP Declaración Jurada Anual Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá el Sistema de la Ventanilla única actualizado, y llevará registro de las declaraciones realizadas.

7.2.4. Norma: D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Tabla 7.2.4 Norma: D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados Decreto con Fuerza de Ley N°458/1976, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, "Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones". Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre 59

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía eléctrica; una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías BESS (Battery Energy Storage System), para luego inyectarla de regreso al SEN en un horario de menor generación. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los camiones que transportes materiales posean carga cubierta. Se verificará por medio de un control de salida que los vehículos que abandonen la faena no lleven lodo en las ruedas. Toda la obra se mantendrá aseada y ordenada conforme las distintas unidades dispuestas en la instalación de faenas. Todos los residuos se gestionarán de acuerdo con su naturaleza y en pleno cumplimiento de la legislación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de humectaciones efectuadas Control de salida de camiones. Obtención de aprobaciones de los permisos sectoriales aplicables para la gestión de residuos (PAS 140, PAS 142).

De acuerdo al ORD. Nº CP14642/2026 del 18 de junio del 2026, de la Seremi de Salud de la Región de Los Ríos, se otorgan los PAS 140 y 142 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en el Área del Proyecto los registros de las autorizaciones sectoriales, así como los registros asociados al control de camiones y humectación.

7.2.5. Norma Decreto N°40/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Nitrógeno. Tabla 7.2.5 Norma. Decreto N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiental. Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Nitrógeno. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°144/1961. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generará material particulado y gases de combustión de motores debido a las actividades propias de construcción del Parque Solar Fotovoltaico, entiéndase por estas; implementación de instalación de faena, uso de grupos electrógenos, transferencia de material y tránsito de vehículos. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción.

Forma de cumplimiento El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica de vehículos y registro de gases Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de aplicación biosupresor de polvo en el Área del Proyecto.

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7.2.6. Norma Decreto N°12/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10. Tabla 7.2.6 Norma Decreto N°12/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones producto del tránsito de vehículos. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la fase de Construcción. Forma de cumplimiento Fase de construcción: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, durante el desarrollo de las fases del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Los materiales que son transportados en camiones se mantendrán cubiertos. Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: Los grupos electrógenos utilizados durante la Fase de Construcción tendrán sus mantenciones al día. Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Fase de operación: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, durante el desarrollo de las fases del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. 61

Fase de cierre: El Proyecto ha desarrollado un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la DIA) en función de lo estipulado en la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, enero 2012”, de la SEREMI del Medio Ambiente y en el “Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, mayo 2015”. En el que se concluye que la ejecución del Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, durante el desarrollo de las fases del proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Los materiales que son transportados en camiones se mantendrán cubiertos. Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: Los grupos electrógenos utilizados durante la Fase de Construcción tendrán sus mantenciones al día. Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro inspección visual carga cubierta Registro fotográfico señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos Registro de aplicación de biosupresor. Fase de operación: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro fotográfico señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos. Fase de cierre: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro inspección visual carga cubierta Registro fotográfico señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos Registro de aplicación de biosupresor. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros consolidados de los documentos en faena.

7.2.7. Norma Decreto Supremo N°138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Tabla 7.2.7 Norma. Decreto Supremo N°138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, durante su desarrollo, contempla la generación de residuos peligrosos y no peligrosos, los que serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado para dicho fin. Asimismo, se contempla el abastecimiento de energía mediante la utilización de Grupos electrógenos en las Fases de Construcción y Cierre.

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Forma de cumplimiento El Titular, conforme establece la normativa vigente, realizará las declaraciones de residuos (SINADER y SIDREP) mediante la Ventanilla única del RETC. Asimismo, se realizará la declaración jurada anual respecto de las emisiones y residuos generados.

Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones SINADER Declaraciones RUEA Declaraciones SIDREP Declaración Jurada Anual

Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá el Sistema de la Ventanilla única actualizado, y llevará registro de las declaraciones realizadas.

7.2.8. Norma D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Tabla 7.2.8 Norma. D.S. Nº54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizado para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción.

Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a la normativa asegurando que los vehículos motorizados cuenten con la documentación vigente. Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y permiso de circulación.

Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de revisión técnica, permiso de circulación y de gases vigente. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de la documentación de los vehículos que participan en la ejecución del Proyecto.

7.2.9. Norma Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.

Tabla 7.2.9 Norma. Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos motorizados pesados utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte 63

de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción.

Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a la normativa asegurando que los vehículos motorizados cuenten con la documentación vigente. Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y permiso de circulación.

Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de revisión técnica y de gases vigente. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de la documentación de los vehículos que participan en la ejecución del Proyecto.

7.2.10. Norma D.S. N°4/1994. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos de control. Tabla 7.2.10 Norma. D.S. N°4/1994. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos de control. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos motorizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción.

Forma de cumplimiento Se exigirá para todos los vehículos motorizados utilizados en el desarrollo del Proyecto, que cuenten con el Permiso de circulación, revisión técnica y mantenciones.

Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica, certificado de gases y mantenciones al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de la documentación de los vehículos que participan en la ejecución del Proyecto.

7.2.11. Norma Decreto Supremo N°279 de 1983 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Tabla 7.2.11 Norma. Decreto Supremo N°279 de 1983 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. 64

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción. Cabe destacar que se elaboró un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4 de la presente DIA) con el cual se determinó que las emisiones que generará el Proyecto no superan la normativa. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Durante el desarrollo de la fase de construcción, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Los materiales que son transportados en camiones se mantendrán cubiertos. Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Los grupos electrógenos utilizados durante la Fase de Construcción tendrán sus mantenciones al día y contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Fase de operación: Durante el desarrollo de la fase de operación, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Se mantendrá el grupo electrógeno de emergencia con mantenciones al día Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Fase de cierre: Durante el desarrollo de la fase de cierre del Proyecto, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. Los materiales que son transportados en camiones se mantendrán cubiertos. Se limitará la velocidad al interior del Proyecto a un máximo de 20 Km/hr. Los grupos electrógenos utilizados durante la Fase de Construcción y Cierre tendrán sus mantenciones al día y contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Se aplicará biosupresor de polvo para disminuir las emisiones atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro inspección visual carga cubierta Registro fotográfico señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos Registro de aplicación de biosupresor. Fase de operación: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro fotográfico señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos. Fase de cierre: Revisión técnicas y certificados de mantención de vehículos al día Registro inspección visual carga cubierta Registro fotográfico 65

señalética de limitación de velocidad (20 Km/hr) Registro mantenciones grupos electrógenos Registro de aplicación de biosupresor. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros consolidados de los documentos en faena.

7.2.12. Norma D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica Tabla 7.2.12 Norma. D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo de la Fase de Construcción y Cierre, el Titular realizará el transporte de insumos y materiales. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los materiales que son transportados en camiones sean debidamente cubiertos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro inspección visual carga cubierta Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de inspección visual de la carga cubierta de los camiones.

7.2.13. Norma D.S. N°211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos Tabla 7.2.13 Norma. D.S. N°211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos Componente/materia: Calidad de Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el transporte de los insumos, traslado de materiales y del personal. Operación: Esta fase considera el transporte de personal de mantenimiento y de operación, por lo que se generarán emisiones de baja magnitud. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción. Cabe destacar que se elaboró un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 1.4de la presente DIA) con el cual se determinó que las emisiones que generará el Proyecto no superan la normativa. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Indicador que acredita su cumplimiento Durante el desarrollo de la fase de construcción, se contemplan las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas: Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria, semestralmente en construcción y cierre, mientras que en operación será revisión anual. 66

Forma de control y seguimiento Fase de operación:

7.2.14. Norma D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Tabla 7.2.14 Norma. D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Ruido. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Producto del desarrollo del desarrollo del Proyecto, se generarán emisiones de Ruido: Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán ruidos, correspondientes a maquinarias, movimientos de materiales, entre otros. Operación: Esta fase considera el ruido generado por los centros de transformación, conversores y baterías. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones de ruido sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Indicador que acredita su cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual modeló y analizó el impacto acústico del proyecto sobre los receptores sensibles, el que se presenta en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Conforme los resultados obtenidos, aplicando la medida de control de restricción de maquinaria, es posible indicar que no se sobrepasan los límites normativos para receptores humanos y fauna. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular exigirá que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buenas condiciones para su operación. Forma de control y seguimiento Fase de operación:

7.2.15. Norma D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, que Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Tabla 7.2.15 Norma. D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, que Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Ruido. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Producto del desarrollo del desarrollo del Proyecto, se generarán emisiones de Ruido: Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán ruidos, correspondientes a maquinarias, movimientos de materiales, entre otros. Operación: Esta fase considera el ruido generado por los centros de transformación, conversores, movimiento de paneles y baterías. Cierre: Se consideran actividades similares a las de construcción, por lo tanto, se esperan que las emisiones de ruido sean de igual o menor magnitud que la Fase de Construcción. Forma de cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual modeló y analizó el impacto acústico del Proyecto sobre los receptores sensibles, el que se presenta en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Conforme los 67

resultados obtenidos, considerando la medida de control de restricción de maquinaria, es posible indicar que el Proyecto no sobrepasa el límite normativo en ninguno de los receptores humanos o de fauna evaluados. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular exigirá que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buenas condiciones para su operación Indicador que acredita su cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual modeló y analizó el impacto acústico del Proyecto sobre los receptores sensibles, el que se presenta en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Conforme los resultados obtenidos, considerando la medida de control de restricción de maquinaria, es posible indicar que el Proyecto no sobrepasa el límite normativo en ninguno de los receptores humanos o de fauna evaluados. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular exigirá que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buenas condiciones para su operación. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las revisiones técnicas y mantenciones al día.

7.2.16. Norma D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, que Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Tabla 7.2.16 Norma. D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, que Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Residuos líquidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, durante las distintas fases, abastecerá de agua potable a sus trabajadores, y, contempla la habilitación de servicios higiénicos, de modo que generará emisión de aguas servidas. Forma de cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual modeló y analizó el impacto acústico del Proyecto sobre los receptores sensibles, el que se presenta en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Conforme los resultados obtenidos, es posible indicar que el Proyecto no sobrepasa el límite normativo en ninguno de los receptores humanos o de fauna evaluados. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular exigirá que los vehículos asociados al Proyecto se encuentren en buenas condiciones para su operación. Indicador que acredita su cumplimiento Durante la Fase de Construcción y Cierre se contempla el uso de baños químicos, los que serán manejados por una empresa autorizada para dicho fin. Cabe destacar que en ninguna circunstancia se vaciarán a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente (Art N°16). Adicionalmente, el Titular dispondrá de agua potable en las instalaciones del Proyecto, con la finalidad de abastecer al personal que se encuentra en este. En relación con los residuos generados por el Proyecto, estos, durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre, serán almacenados temporalmente en sitios específicamente destinados para ese fin, los que contarán con su respectiva autorización sanitaria. Dichos residuos serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado por la autoridad sanitaria, y se realizarán las correspondientes declaraciones en la Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las revisiones técnicas y mantenciones al día.

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7.2.17. Norma Ley Nº 20.879/2015, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Tabla 7.2.17 Norma. Ley Nº 20.879/2015, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Componente/materia: Residuos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos. Forma de cumplimiento Los residuos generados durante las fases de construcción, operación y cierre serán dispuestos en sitios autorizados al efecto, utilizando transportes autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de declaración en RETC y comprobantes de recepción de los residuos en el sitio de disposición final. Autorización vigente del sitio de disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponible los registros y autorizaciones en el área del Proyecto en caso de que la autoridad lo requiera.

7.2.18. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, del Ministerio de Salud. Código Sanitario Tabla 7.2.18 Norma. Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario Componente/materia: Sanitario. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, contempla la generación de aguas servidas durante la Fase de Operación, la que se encuentra asociada a la presencia de personal de mantenimiento. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Operación el Proyecto contará con una fosa séptica con drenes de infiltración, la que está diseñada para la dotación máxima de personal (Ver Anexo 3.1 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa séptica Comprobante retiro de lodos por empresa externa autorizada. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponible los registros de retiro de lodos, así como la autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa séptica.

7.2.19. Norma Decreto N°50/2002, del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Tabla 7.2.19 Norma. Decreto N°50/2002 del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Componente/materia: Sanitario. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación 69

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, contempla la generación de aguas servidas durante la Fase de Operación, la que se encuentra asociada a la presencia de personal de mantenimiento. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Operación, el Proyecto contará con una fosa séptica con drenes de infiltración, la que está diseñada para la dotación máxima de personal. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa séptica Comprobante retiro de lodos por empresa externa autorizada. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponible los registros de retiro de lodos, así como la autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa séptica.

7.2.20. Norma D.S. N°236/1926 del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo. Reglamento General De Alcantarillados Particulares. Tabla 7.2.20 Norma. D.S. N°236/1926 del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo. Reglamento General De Alcantarillados Particulares. Componente/materia: Sanitario Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, contempla la generación de aguas servidas durante la Fase de Operación, la que se encuentra asociada a la presencia de personal de mantenimiento. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Operación, el Proyecto contará con una fosa séptica con drenes de infiltración, la que está diseñada para la dotación máxima de personal (Ver Anexo 3.1 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para el funcionamiento de la Fosa séptica Comprobante retiro de lodos por empresa externa autorizada. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponible los registros de retiro de lodos, así como la autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa séptica.

7.2.21. Norma Ley N°20.920 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Tabla 7.2.21 Norma. Ley N°20.920 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, para su desarrollo, contempla la generación de residuos sólidos, producto de la permanencia de personal en el área y las actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento Los residuos sólidos del Proyecto serán acopiados temporalmente en el Patio de residuos no peligrosos (en el caso de los residuos industriales no peligrosos) y en contenedores de almacenamiento (para los residuos asimilables a domésticos), para luego, ser debidamente transportados y depositados en lugares de disposición final autorizados de la Región de Los Ríos. La tierra resultante de los movimientos de tierra será redistribuida en el área de emplazamiento del Proyecto, por lo que no habrá transporte fuera del sitio. Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N°75 del Ministerio de Transporte y 70

Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de Residuos no peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de las autorizaciones sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de Residuos no peligrosos. Así como también de las declaraciones SINADER del retiro y disposición final de los residuos.

7.2.22. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/1989 del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Tabla 7.2.22 Norma. Decreto con Fuerza de Ley N°1/1989 del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre)

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, para su desarrollo, contempla la generación de residuos sólidos y líquidos, producto de la permanencia de personal en el área y las actividades propias de la construcción y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento, así como tampoco un lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del Proyecto serán acopiados temporalmente en el Patio de residuos no peligrosos (en el caso de los residuos industriales no peligrosos) y en contenedores de almacenamiento (para los residuos asimilables a domésticos), para luego, ser debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región de Los Ríos. El manejo de residuos no peligrosos se realizará de acuerdo con los estipulado en el PAS 140 (Anexo 3.2 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria áreas de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos Autorización sanitaria sitio disposición final de residuos no peligrosos Autorización sanitaria de fosa séptica. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de las autorizaciones sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de Residuos no peligrosos y fosa séptica, además de los sitios de disposición final.

7.2.23. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Tabla 7.2.23 Norma. Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, para su desarrollo, contempla la generación de residuos sólidos, producto de la permanencia de personal en el área y las actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del Proyecto serán acopiados temporalmente en el Patio de residuos no peligrosos (en el caso de los residuos 71

industriales no peligrosos) y en contenedores de almacenamiento (para los residuos asimilables a domésticos), para luego, ser debidamente transportados y depositados en lugares de disposición final autorizados. La tierra resultante de los movimientos de tierra será redistribuida en el área de emplazamiento del Proyecto, por tanto, no habrá tránsito de camiones asociados a movimientos de tierra fuera del sitio. El manejo de residuos no peligrosos se realizará de acuerdo con los estipulado en el PAS 140 (Anexo 3.2 de la DIA). Mientras que el manejo de residuos peligrosos se encuentra descrito en el PAS 142 (Anexo 5.1 de la Adenda). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria áreas de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y peligrosos. Autorización sanitaria sitio disposición final de residuos no peligrosos y peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de las autorizaciones sectoriales de los sitios de almacenamiento temporal de Residuos no peligrosos y fosa séptica, además de los sitios de disposición final.

7.2.24. Norma D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Tabla 7.2.24 Norma. D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Residuos sólidos Peligrosos. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción se generarán residuos peligrosos asociados a insumos utilizados en esta fase, correspondientes a spray de zinc, espuma de poliuretano, paños y EPP contaminados, tierra contaminada y tubos fluorescentes y tóner. Los cuáles serán almacenados de forma transitoria en la bodega de RESPEL para ser retirados en un periodo máximo de 6 meses. En la fase de operación los residuos peligrosos estarán asociados a las actividades de mantención preventivas y correctivas de los equipos eléctricos. Estos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL hasta su transporte a un sitio de disposición final. El retiro se contempla cada seis meses. Se considera la generación de residuos peligrosos en la fase de cierre por los módulos fotovoltaicos y las baterías de ion de litio, estos residuos consistirán en 20.400 paneles y 18 contenedores cerrados que serán dispuestos conforme las metas de recolección y valorización establecidas en la normativa vigente. Forma de cumplimiento Se habilitará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre, ubicada en la Instalación de Faena. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el Artículo N°11 del D.S. N°148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos, que será realizado por una empresa autorizada para tal fin. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos cuente con autorización sanitaria vigente. Los residuos peligrosos serán trasladados por una empresa autorizada de transporte hasta un sitio de disposición final autorizado. Se llevará un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia y desde la bodega de almacenamientos de estos. La bodega de almacenamiento temporal y el manejo de residuos 72

peligrosos se encuentra descrito en el PAS 142 (Anexo 5.1 de la Adenda). Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria bodega de almacenamiento temporal RESPEL Comprobante declaración SIDREP Autorización sanitaria, transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

De acuerdo al ORD. Nº CP14642/2026 del 18 de junio del 2026, de la Seremi de Salud de la Region de Los Rios, se otorga el PAS 142 del RSEIA. Forma de control y seguimiento El Titular llevará registro de las autorizaciones sanitarias de la bodega de almacenamiento temporal, así como del transporte y sitio de disposición final de estos.

7.2.25. Norma Resolución Exenta N°499/2006 del Ministerio de Salud. Aprueba documento electrónico de declaración de residuos peligrosos. Tabla 7.2.25 Norma. Resolución Exenta N°499/2006 del Ministerio de Salud. Aprueba documento electrónico de declaración de residuos peligrosos. Componente/materia: Residuos sólidos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto, conforme sus características, generará residuos peligrosos durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre. Forma de cumplimiento En caso de realizarlo por vía electrónica, se realizará la declaración de residuos peligrosos conforme al formato indicado en la citada resolución, una vez enviados los residuos a disposición final.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la declaración de residuos peligrosos (SIDREP). Forma de control y seguimiento Se mantendrán los respaldos de las declaraciones SIDREP.

7.2.26. Norma. D.S. Nº160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Tabla 7.2.26 Norma. D.S. Nº160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Componente/materia: Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las Fases de Construcción y Cierre, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada. Forma de cumplimiento El Titular contará con el suministro de combustible a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará en estanque de la instalación de faena. La carga de combustible tanto desde el proveedor autorizado y la carga de maquinaria y grupos electrógenos, será realizada sobre una superficie específicamente habilitada para dicho fin, la cual se encontrará impermeabilizada con 73

carpeta de geotextil (HDPE) que cubrirá el área entre el estanque y el grupo electrógeno o la maquinaria que se esté cargando. Para esto se utilizará una lámina de polietileno, la que servirá como medio de contención en caso de derrames, también habrá una carpeta con un listado y con las Hojas de Datos de Seguridad del petróleo diésel. Como medida de precaución complementaria, todo motor cercano a un radio de 5 m se mantendrá apagado y se dictará la instrucción de “Prohibido Fumar”. Tales medidas irán acompañadas de señalética correspondiente y de 1 extintor.

Indicador que acredita su cumplimiento Copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Registro (fechas, cantidades) de la carga de combustible al estanque. Registro fotográfico del área de carga de combustible. Forma de control y seguimiento Registro de revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible (checklist), verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente.

7.2.27. Norma Resolución N°232/2002 de la Dirección de Vialidad. Aprueba nuevas Normas sobre accesos a Caminos Públicos que indica. Tabla 7.2.27 Norma. Resolución N°232/2002 de la Dirección de Vialidad. Aprueba nuevas Normas sobre accesos a Caminos Públicos que indica. Componente/materia: Vialidad y transporte Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso para ingresar al Área del Proyecto. Forma de cumplimiento Se realizará la solicitud de factibilidad de acceso a la Dirección de Vialidad de la Región de Los Ríos. Posteriormente, una vez obtenido se procederá a solicitar la autorización del Proyecto de acceso por Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud y aprobación de Proyecto de acceso Forma de control y seguimiento Copia del registro de la aprobación del Proyecto de Acceso.

7.2.28. Norma D.F.L. Nº850/1997, Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964 y el D.F.L. Nº206, de 1960 Sobre Construcción y Conservación de Caminos. Tabla 7.2.28 Norma. D.F.L. Nº850/1997, Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840, de 1964 y el D.F.L. Nº206, de 1960 Sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso para ingresar al Área del Proyecto. Asimismo, este contempla el suministro de insumos y materiales mediante vehículos pesados. 74

Forma de cumplimiento Previo a la Fase de Construcción se solicitará ante la Dirección de Vialidad de Los Ríos la Solicitud de factibilidad de acceso, y una vez obtenida, se procederá a solicitar la autorización del Proyecto de acceso por Dirección de Vialidad. El Titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos, e instruirá a los transportistas para cumplir con esta prohibición. En caso de que sea necesario, el Titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes para transportar equipos con sobrepeso y/o sobredimensionamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento Solicitud y aprobación de Proyecto de acceso. Registro de las guías de despacho de la carga, copia del contrato, subcontrato u orden de compra que incluya la cláusula o glosa de sujeción a la norma y en caso de que aplique, se establecerá la obtención del permiso de la Dirección Regional de Vialidad.

Forma de control y seguimiento Se mantendrá una copia del registro de la aprobación del Proyecto de Acceso.

7.2.29. Norma D.F.L N°1/ 2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Tabla 7.2.29 Norma. D.F.L N°1/ 2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la vida útil del Proyecto, se requerirá el transporte de materiales, personal y/o residuos que dicen relación con la presente normativa.

Forma de cumplimiento Se exigirá a las empresas contratistas el cumplimiento de la presente normativa, exigiendo el uso de vehículos en buen estado y con las condiciones de seguridad dispuestas.

En el ámbito del transporte, se requiere garantizar que los conductores posean una licencia de conducir vigente y adecuada al tipo de vehículo y la carga que se movilizará. Respecto a los vehículos, estos deberán cumplir con las características técnicas de construcción, dimensiones, seguridad, comodidad, presentación y mantenimiento establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y no podrán superar los pesos máximos autorizados por el Ministerio de Obras Públicas. Además, es obligatorio que los vehículos motorizados cuenten con su placa patente única grabada de forma permanente en sus vidrios y espejos laterales. Finalmente, el transporte de carga deberá llevarse a cabo en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos, utilizando vehículos que satisfagan los requisitos que dicha normativa contemple.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de vehículos y maquinaria con mantención y revisión técnica vigente. Realización de curso de manejo a la defensiva por todo el personal que maneje vehículos en la empresa. Se contará con contratos con proveedores que estipulen explícitamente la obligación de utilizar conductores y vehículos que den cabal cumplimiento a toda la normativa pertinente.

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Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro de la documentación disponible en faena. Se mantendrán copia de los contratos en obra disponibles para la autoridad en caso de requerir.

7.2.30. Norma D.S. 200/93 del Ministerio de Obras Públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país, del Ministerio de Obras Públicas Tabla 7.2.30 Norma. D.S. 200/93 del Ministerio de Obras Públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país, del Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la vida útil del Proyecto, se requerirá el transporte de materiales, personal y/o residuos que dicen relación con la presente normativa. Forma de cumplimiento Durante las distintas fases del Proyecto, se cumplirá con las dimensiones para los vehículos asociado al Proyecto. En caso de exceder los límites establecidos en la normativa se solicitará, mediante escrito y con los contenidos necesarios, la autorización de la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización para circulación de vehículos que excedan las dimensiones máximas autorizadas, en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento Registro de la solicitud y autorización de Dirección de Vialidad, en caso de requerir.

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7.2.31. Norma Resolución N°1/1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica. Tabla 7.2.31 Norma. Resolución N°1/1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la vida útil del Proyecto, se requerirá el transporte de materiales, personal y/o residuos que dicen relación con la presente normativa. Forma de cumplimiento Durante las distintas fases del Proyecto, se cumplirá con las dimensiones para los vehículos asociados al Proyecto. En caso de exceder los límites establecidos en la normativa, se solicitará, mediante escrito y con los contenidos necesarios, la autorización de la Dirección de Vialidad. Durante la Fase de Construcción y Cierre, se realizará el suministro de combustible al estanque de la instalación de faenas con vehículos que no tengan una antigüedad superior a 15 años, y que cuenten con el equipamiento establecido en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización para circulación de vehículos que excedan las dimensiones máximas autorizadas, en caso de ser necesario. Registro de fabricación vehículos que transportan cargas peligrosas. Forma de control y seguimiento Registro de la solicitud y autorización de Dirección de Vialidad, en caso de requerir. Se mantendrá el registro de vehículos, disponible en faena en caso de que la autoridad lo requiera.

7.2.32. Norma D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total. Tabla 7.2.32 Norma. D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total. Componente/materia: Vialidad y transporte. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contará con transporte de personal, materiales, equipos y residuos varios, mediante buses, camiones y camionetas. Forma de cumplimiento El Transporte realizado por vehículos del Proyecto cumplirá con los límites máximos de peso por ejes establecidos en la normativa. En caso de que se requiera sobrepasar los límites máximos, se solicitará autorización a la autoridad correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de Dirección de Vialidad para en caso de que se requiera exceder el tonelaje máximo permitido.

Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro de la solicitud y autorización a la Dirección de Vialidad en caso de requerir.

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7.2.33. Norma D.S. N°1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores Tabla 7.2.33 Norma. D.S. N°1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores Componente/materia: Emisiones lumínicas. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción: Durante la Fase de Construcción se utilizará luminaria para la zona de faena y en los frentes de trabajo. Operación: Esta fase considera la instalación de luminaria de forma permanente en la zona de subestación, incluyendo sala de control, sala de baterías, instalaciones sanitarias y comedor. Cierre: Se consideran utilizar luminaria para la zona de faena y los frentes de trabajo.

Forma de cumplimiento La luminaria utilizada en cada una de las Fases del Proyecto cumplirá con las especificaciones técnicas señaladas por el presente Decreto. Se contará con las certificaciones que acrediten el cumplimiento de los límites establecidos Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de los artefactos de alumbrado. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los certificados o una copia de estos al interior de la obra para su fiscalización en caso de que la autoridad lo requiera.

7.2.34. Norma Decreto N°88/2019 del Ministerio de Energía, Aprueba Reglamento para medios de generación de pequeña escala Tabla 7.2.34 Norma. Decreto N°88/2019 del Ministerio de Energía, Aprueba Reglamento para medios de generación de pequeña escala Componente/materia: Energía Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Partes y obras asociadas a la generación e inyección de energía del Parque Solar Fotovoltaico. Forma de cumplimiento El Proyecto tendrá una capacidad de 9 MW de inyección, por lo que se somete a todas las disposiciones en cuanto a distribución y conducción que indica la presente normativa, solicitando los permisos indicados para ello. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega del Informe de Criterios de Conexión (ICC) del Proyecto. Registro de aviso de conexión a la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Certificado de la instalación eléctrica emitido por la SEC

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7.2.35. Norma D.S. N°109/2017 del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas De Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica”, Res. Ex. N°33277, RPTD desde N°1 al N°17. Tabla 7.2.35 Norma. D.S. N°109/2017 del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas De Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica”, Res. Ex. N°33277, RPTD desde N°1 al N°17. Componente/materia: Electricidad y Combustibles Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Operación del Proyecto de generación y de almacenamiento de energía. Forma de cumplimiento El Titular informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del Proyecto, de manera previa y por escrito. El Proyecto contará con un programa de monitoreo y mantenciones preventivas de las instalaciones eléctricas, y un procedimiento para desmantelar las instalaciones cuando se identifique que puedan constituir un peligro para las personas o elementos naturales. Este procedimiento se elaborará en conformidad con la normativa vigente. Además, se considera que todas las instalaciones del proyecto, en conformidad con las normativas y pliegos técnicos aplicables (N°1 al N°17) a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.

Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Programa de mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto.

Forma de control y seguimiento Certificado de autorización de la SEC Reportes de las mantenciones realizadas.

7.2.36. Norma Chilena de Electricidad Nº 10/1984 de la Superintendencia de Electricidad y combustibles. Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior. Tabla 7.2.36 Norma Chilena de Electricidad Nº 10/1984 de la Superintendencia de Electricidad y combustibles. Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior. Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla instalaciones eléctricas interiores para la habilitación de comedores, baños, vestidores, oficinas entre otras instalaciones. Forma de cumplimiento Establece el procedimiento general para la puesta en servicio de una instalación interior de electricidad. Por lo cual el Titular del Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones de la Norma, debiendo presentar el Proyecto a la SEC por parte de un profesional autorizado. 79

Indicador que acredita su cumplimiento Dar cumplimiento a lo estipulado en la Norma Elec 10/1984 SEC. Planos de redes eléctricas en conformidad a la Norma Eléctrica 10/1984 SEC. Forma de control y seguimiento Certificado de autorización de la SEC y mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del Proyecto.

7.2.37. Norma Decreto N°125/2019 del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de la coordinación y operación del sistema eléctrico nacional. Tabla 7.2.37 Norma. Decreto N°125/2019 del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de la coordinación y operación del sistema eléctrico nacional. Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto corresponde a una obra de generación y almacenamiento de energía. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto informará en los plazos establecidos las actividades identificadas por el presente decreto manteniendo los siguientes documentos: Declaración de construcción del Proyecto. Declaración de puesta en servicio ante la SEC. Cronograma y registro de mantenciones preventivas y correctivas. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones de construcción, puesta en servicio, entrada en operación mantenimiento o cierre según corresponda. Forma de control y seguimiento Certificado de autorización de la SEC y mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. 7.2.38. Norma Res. Ex. N°610 de 1982 del Ministerio del Interior. Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos. Tabla 7.2.38 Norma. Res. Ex. N°610 de 1982 del Ministerio del Interior. Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos. Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía eléctrica, una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías denominado BESS (Battery Energy Storage System, por sus siglas en inglés), para luego inyectarla de regreso al SEN en un horario de menor generación. Forma de cumplimiento El titular se encargará de mantener las instalaciones del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la ley y las demás normativas técnicas aplicables a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, todas las especificaciones técnicas del Proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. El Titular declarará ante la Superintendencia Electricidad y Combustibles (SEC) oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento

Certificaciones de las instalaciones realizadas en laboratorios autorizados por la SEC. Cartas de solicitud dirigidas a las SEC. Forma de control y seguimiento Autorizaciones respectivas de la SEC.

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7.2.39. Resolución Exenta N°8454 Exenta, del Ministerio de Energía, que Aprueba Instrucción Técnica RGR N°6/2021. Establece el diseño y ejecución de instalaciones de sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías en instalaciones eléctricas y sus futuras modificaciones Tabla 7.2.39 Resolución Exenta N°8454 Exenta, del Ministerio de Energía, que Aprueba Instrucción Técnica RGR N°6/2021. Establece el diseño y ejecución de instalaciones de sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías en instalaciones eléctricas y sus futuras modificaciones Componente/materia: Energía e infraestructura eléctrica. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará energía eléctrica y la inyectará directamente a la red de distribución de energía eléctrica, una porción de la energía producida será almacenada en el Sistema de baterías denominado BESS (Battery Energy Storage System, por sus siglas en inglés), para luego inyectarla de regreso al SEN en un horario de menor generación. Forma de cumplimiento Todas las instalaciones del Proyecto cumplirán con las exigencias y serán consideradas en el diseño, construcción, puesta en servicio, operación, reparación, y mantenimiento de todas las instalaciones hasta el punto final de la conexión. De este modo, el funcionamiento será bajo condiciones seguras para las personas y el entorno. El Parque Solar Fotovoltaico y de Almacenamiento de Energía, es proyectado y será ejecutado en estricto cumplimiento con las disposiciones de esta Instrucción Técnica y en las normativas vigentes. Se realizará mantenimiento seguro y siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante y toda conexión de conductores serán instalados de forma que se reduzca al máximo el riesgo de falla a tierra o cortocircuito. El Titular informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto, de manera previa y por escrito. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones a los equipos e instalaciones eléctricas. Forma de control y seguimiento Certificado de autorización de la SEC y mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. 81

7.2.40. D.S. N°92/1983 del Ministerio de Economía. Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos. Tabla 7.2.40 Norma. D.S. N°92/1983 del Ministerio de Economía. Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos. Componente/materia: Electricidad Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Área de generación de energía, subestación eléctrica y área de almacenamiento de energía. Forma de cumplimiento Todas las instalaciones del Proyecto cumplirán con las exigencias y serán consideradas en el diseño, construcción, puesta en servicio, operación, reparación, y mantenimiento de todas las instalaciones hasta el punto final de la conexión. De este modo, el funcionamiento será bajo condiciones seguras para las personas y el entorno. El Titular informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del Proyecto, de manera previa y por escrito. Siguiendo el procedimiento de la Resolución Exenta SEC N°1128 y los documentos necesarios descritos en el Artículo 4.1. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de comunicación con la SEC. Certificado de aprobación TE1. Forma de control y seguimiento Certificado de autorización de la SEC y mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. 7.2.41. D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Tabla 7.2.41 Norma. D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo de la Fase de Construcción del Proyecto, se contempla la utilización de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en pequeñas cantidades. Estas sustancias serán identificadas en s inferiores a las establecidas en el art 20 del D.S 43/16, por lo cual su almacenamiento será en una gaveta de sustancias peligrosas, la cual contará con las condiciones de seguridad requeridas en los Art N°21, 22, 23 y 24 del mismo reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento - En la bodega SUSPEL se mantendrán las sustancias correctamente etiquetadas con la hoja de seguridad (HDS) correspondiente - Identificación de la sustancia química y el proveedor. - Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada. - Se realizarán mantenimiento de los equipos de extinción de fuego.

Forma de control y seguimiento - Mantener en la bodega de SUSPEL, los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes. - Registro de cantidad de productos almacenados - Registro de mantenimiento de los equipos de extinción de incendio. 82

7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)

7.3.1. Norma Ley N°17.288 del Ministerio de Educación Pública, legisla sobre Monumentos Nacionales. Tabla 7.3.1 Norma. Ley N°17.288 del Ministerio de Educación Pública, legisla sobre Monumentos Nacionales. Componente/materia: Patrimonio Cultural. Otros cuerpos legales asociados Ley N°20.021. Modifica la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales, con el objeto de crear una nueva figura penal y sustituir la unidad en que se expresan las multas. Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la ejecución de movimientos de tierra para la construcción de las distintas partes y obras. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto se procederá según lo establecido en los Artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Para estos efectos, el Titular implementará el Protocolo ante hallazgos paleontológicos y arqueológicos no previstos, mediante el cual se procederá de acuerdo con las siguientes acciones: Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. Se deberá notificar al Gobernador regional y CMN, sin perjuicio de su reporte a la SMA, acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Proponente, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Proponente, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Cabe señalar que, durante la Fase de Construcción del Proyecto se realizará una charla de inducción arqueológica, la que será dictada por un profesional calificado, de acuerdo con el CMN.

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Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las charlas de inducción de arqueología realizadas. Registro de aviso a las autoridades ante eventuales hallazgos. Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán el listado de firma de asistente a las charlas de inducción de arqueología. Registro y supervisión de las acciones o actividades de resguardo ante posibles hallazgos.

7.3.2. Norma Decreto Supremo N°484/1991 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Tabla 7.3.2 Norma. Decreto Supremo N°484/1991 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Componente/materia: Patrimonio Cultural. Otros cuerpos legales asociados Ley N°17.288/1970. Sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones. Ministerio de Educación. Ley N°20.021. Modifica la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales, con el objeto de crear una nueva figura penal y sustituir la unidad en que se expresan las multas. Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la ejecución de movimientos de tierra para la construcción de las distintas partes y obras. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto se procederá según lo establecido en los Artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Para estos efectos, el Titular implementará el Protocolo ante hallazgos paleontológicos y arqueológicos no previstos, mediante el cual se procederá de acuerdo con las siguientes acciones: Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Dar aviso de manera inmediata al/a la profesional asesor/a en paleontología, o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Se deberá proceder a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. Se deberá notificar al Gobernador regional y CMN, sin perjuicio de su reporte a la SMA, acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Proponente, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Proponente, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Cabe señalar que, 84

durante la Fase de Construcción del Proyecto se realizarán charlas de inducción arqueológicas, las que serán dictadas por profesionales calificados, de acuerdo con el CMN.

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las charlas de inducción de arqueología realizadas. Registro de aviso a las autoridades ante eventuales hallazgos. Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán el listado de firma de asistente a las charlas de inducción de arqueología. Registro y supervisión de las acciones o actividades de resguardo ante posibles hallazgos.

7.3.3. Norma D.S. Nº29/2012. Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. Ministerio de Medio Ambiente. Tabla 7.3.3 Norma. D.S. Nº29/2012. Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. Ministerio de Medio Ambiente. Componente/materia: Ecosistemas terrestres. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se emplaza en un área con presencia de elementos de biodiversidad. Forma de cumplimiento En el contexto de la elaboración de la DIA, el Titular ha realizado la caracterización de los componentes de Flora y vegetación, vegetación no vascular y Fauna (Anexos 2.2, 2.3 y 2.4 de la DIA). Conforme indican dichos en el área de emplazamiento se identifica cuatro especies de líquenes y dos de hongo, ninguna en categoría de conservación. En cuanto a flora y vegetación, tampoco se encuentran especies en categoría de conservación. Respecto de especies de fauna, se registraron individuos de Pleurodema thaul y Batrachyla taeniata encontrándose estas especies en categoría Casi Amenazada (NT). Por las cuales se presenta Plan de perturbación controlada (Ver Anexo 7.1 Plan de perturbación controlada de la presente Adenda Complementaria). Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se realizarán capacitaciones ambientales informativas señalando la prohibición de caza, manejo e interacción con cualquier especie animal presente en el área del Proyecto (Ver Anexo 7 de CAV de la presente Adenda Complementaria).

Indicador que acredita su cumplimiento Registro de área liberada. Registro de capacitaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena el registro de asistencia de la capacitación. Informes de ejecución y seguimiento descritos en el Plan.

7.3.4. Norma Ley N°19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. Tabla 7.3.4 Norma. Ley N°19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. Componente/materia: Fauna Terrestre. Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción 85

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se emplaza en un área con presencia de elementos de biodiversidad. Forma de cumplimiento Se hace presente que el presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el Artículo N°9 de la Ley N°4.601, sobre Caza. En el AI del Proyecto se identificaron dos especies descritas en el Artículo N°3, correspondientes a Pleurodema thaul y Batrachyla taeniata encontrándose en categoría Casi Amenazada (NT). Por las cuales se presenta Plan de perturbación controlada (Ver Anexo 7.1 Plan de perturbación controlada de la presente Adenda Complementaria). Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se realizarán capacitaciones ambientales informativas señalando la prohibición de caza, manejo e interacción con cualquier especie animal presente en el área del Proyecto (Ver Anexo 7 de CAV de la presente Adenda Complementaria). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de área liberada. Registro de capacitaciones. Forma de control y seguimiento Registro de área liberada. Registro de capacitaciones.

7.3.5. Norma: D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza Tabla 7.3.5 Norma. Norma: D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza Componente/materia: Fauna. Otros cuerpos legales asociados Ley Nº19.473/1996. Sustituye Texto de la Ley N°4.601 Sobre Caza y el Artículo N°609 del Código Civil. Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se emplaza en un área con presencia de elementos de biodiversidad. Forma de cumplimiento Se hace presente que el presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el Artículo N°9 de la Ley N°4.601, sobre Caza. En el AI del Proyecto se identificaron dos especies descritas en el Artículo N°3, correspondientes a Pleurodema thaul y Batrachyla taeniata encontrándose en categoría Casi Amenazada (NT). Por las cuales se presenta Plan de perturbación controlada (Ver Anexo 7.1 Plan de perturbación controlada de la presente Adenda Complementaria). Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se realizarán capacitaciones ambientales informativas señalando la prohibición de caza, manejo e interacción con cualquier especie animal presente en el área del Proyecto (Ver Anexo 7 de CAV de la presente Adenda Complementaria). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de área liberada. Registro de capacitaciones. Forma de control y seguimiento Registro de área liberada. Registro de capacitaciones.

7.3.6. Norma Ley 18.892/89 Ley de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Tabla 7.3.6 Norma. Ley 18.892/89 Ley de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Componente/materia: Agua Otros cuerpos legales asociados No aplica. 86

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se encuentra cercano a un área definida como humedal en el proceso del desarrollo de la DIA, el cual se define y describe en el Anexo 2.14 de la DIA. No obstante, el Proyecto no interviene el humedal y ha dejado un buffer de protección en su alrededor.

Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la intervención del humedal delimitado, no obstante, el Titular contempla que durante todas las fases los residuos de todo tipo serán manejados adecuadamente conforme a la normativa vigente. El detalle de cumplimiento y manejo se presentan en los Anexos 3.1 -PAS 138, Anexo 3.2 -PAS 140- de la DIA y 5.1 -PAS 142- de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento Resoluciones que aprueben los PAS 138, 140 y 142. Forma de control y seguimiento Resolución aprobatoria de los PAS 140 y PAS 142. Registros de manejo temporal de residuos y disposición final conforme a los establecido en los documentos PAS.

7.3.7. Norma D.S. N°735/1969 del Ministerio de Salud Pública. Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Tabla 7.3.7 Norma. D.S. N°735/1969 del Ministerio de Salud Pública. Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Componente/materia: Sanitario Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contará con personal permanente durante la Fase de Construcción y Cierre, y personal esporádico para realizar mantenciones durante la Fase de Operación, por lo que se requerirá de agua destinada al consumo humano.

Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, el Titular proporcionará agua potable a cada uno de sus trabajadores. Dicho insumo será suministrado por una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria del proveedor de agua potable. Boletas de compra de agua potable.

Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de la compra de agua potable y autorización sanitaria de la empresa proveedora de agua.

7.3.8. Norma Oficial Chilena N°409/Of.2005. Calidad del Agua para Uso Potable Tabla 7.3.8 Norma. Norma Oficial Chilena N°409/Of.2005. Calidad del Agua para Uso Potable Componente/materia: Sanitario. Otros cuerpos legales asociados No aplica. 87

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contará con personal en la Fase de Construcción y Cierre, por lo que se requerirá de agua destinada al consumo humano. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto, el Titular proporcionará agua potable a cada uno de sus trabajadores. Dicho insumo será suministrado por una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria del proveedor de agua potable. Boletas de compra de agua potable. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de la compra de agua potable y autorización sanitaria de la empresa proveedora de agua.

7.3.9. Norma Ley N°21.455/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Ley Marco De Cambio Climático. Tabla 7.3.9 Norma. Ley N°21.455/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Ley Marco De Cambio Climático. Componente/materia: Medio Ambiente Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300 y su modificación por la Ley N°20.417 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases (construcción, operación y cierre) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones, residuos y sustancias. Forma de cumplimiento El Titular ha adherido a la metodología de la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, incorporándola en los Capítulos de la DIA y Anexos pertinentes de la Adenda (Ver Anexo 10 – Riesgo Climático), así como también en aquello aplicable en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. De acuerdo al análisis realizado en base a la metodología de la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA (2024)”. El Proyecto se somete al SEIA a través de una DIA instrumento por el cual el Titular describe la forma en que cumple con la legislación ambiental vigente. Además, en particular durante su fase de operación, el Proyecto contribuirá a la generación de energía producida por ERNC y, por tanto, contribuye a la mitigación de gases de efectos invernaderos (GEI) a nivel país.

Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la DIA del proyecto al SEIA. Inclusión de la variable cambio climático en cada informe de línea de base, capítulo y/o anexo correspondiente. Obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento RCA Favorable

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

El Titular del proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Arqueológico Tabla 8.1 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Arqueológico Impacto asociado Potencial afectación patrimonio arqueológico 88

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar el potencial patrimonio arqueológico en el Área del Proyecto durante la ejecución de actividades de movimiento de tierra.

Descripción: Durante la Fase de Construcción del Proyecto, y en específico, en el desarrollo de las actividades de movimiento de tierra, tales como escarpe, excavaciones, corte y relleno o terraplén y perforaciones, se contará con la presencia de un profesional arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, para la ejecución de monitoreos.

Justificación: El compromiso se justifica por la ejecución de actividades de movimiento de tierra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo con movimientos de tierra.

Forma: Un profesional arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología llevará a cabo un monitoreo permanente durante las actividades de movimiento de tierra del Proyecto, en cada uno de los frentes de trabajo. En caso de hallazgos, se procederá conforme establece la normativa vigente asociada, paralizando las actividades en el área de hallazgo y dando aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Oportunidad: El monitoreo se llevará a cabo durante la Fase de Construcción del Proyecto, y mientras se estén ejecutando actividades de movimiento de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará mensualmente un informe consolidado con el registro de las actividades llevadas a cabo, y sus resultados. Forma de control y seguimiento El informe será mensualmente reportado a la SMA y enviado al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminado el mes de reporte, dando estricto cumplimiento a los siguientes contenidos:

a) Descripción detallada de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad). c) Plan mensual de trabajo especificando en el libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos en alta resolución de los frentes de excavación. e) Registro de las charlas de inducción (nombre/firma del profesional, contenidos, fotos y constancia de asistencia firmada). f) En caso de hallazgos: ficha de registro, estado de conservación, medidas de protección, aviso al CMN y planilla Excel de sitios. g) Seguimiento del estado de conservación de medidas de prevención (cercos, señaléticas). h) Informe final con revisión bibliográfica y rescate tramitado según Art. 7° del DS N°484/1990. i) Propuesta de destinación definitiva de materiales recuperados. j) De existir intervención sobre sitios, propuesta de medidas de difusión, puesta en valor y catastros.

8.2. Compromiso ambiental voluntario: Charla inducción arqueológica Tabla 8.2 Compromiso ambiental voluntario: Charla inducción arqueológica 89

Impacto asociado Potencial afectación patrimonio arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural arqueológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo.

Descripción: Se realizarán charlas de inducción arqueológica a los trabajadores durante la Fase de Construcción, mientras se realicen actividades de excavación y movimiento de tierra. La inducción será realizada por un profesional competente, y tendrá como contenidos principales el contexto arqueológico del área de emplazamiento del Proyecto, el cumplimiento de la normativa y el protocolo a seguir en el caso de registraste hallazgos arqueológicos no previstos.

Justificación: El compromiso se justifica dado que en el Área del Proyecto se realizarán movimientos de tierra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Emplazamiento del Proyecto

Forma: Se llevarán a cabo instancias de charlas de inducción arqueológica realizadas por un/a arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología, a todo trabajador nuevo (interno o externo) que ingrese a faena. Las charlas abordarán el componente arqueológico que se podría encontrar en el área del Proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Además, se presentará y explicará el protocolo de hallazgos no previstos. El/la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología deberá realizar un informe, el cual deberá contener: • Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla. • Contenidos abordados. • Copia del material gráfico presentado a los asistentes. • Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. • Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los/as asistentes. • Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá ser debidamente firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. Oportunidad: El compromiso ambiental voluntario se ejecutará durante la Fase de Construcción, y mientras se realicen actividades con movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Informe Charla de inducción arqueológica Comprobante SMA de reporte del informe Forma de control y seguimiento Se entregará a la SMA y el CMN un informe después de 15 días de finalizada la actividad.

8.3. Compromiso ambiental voluntario: Charla de inducción paleontológica Tabla 8.3 Compromiso ambiental voluntario Charla de inducción paleontológica Impacto asociado Potencial afectación patrimonio paleontológico Fase del Proyecto a Construcción. 90

la que aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural paleontológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo. Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen actividades de excavación y movimiento de tierra. En dichas capacitaciones se tratarán temas relacionados con los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados a estos, y los protocolos a seguir en caso de efectuarse un hallazgo no previsto. Justificación: Al informar a los trabajadores sobre eventuales hallazgos de material paleontológico durante las actividades de movimiento de tierra, se aplicarán las medidas adecuadas para así, minimizar el daño que pueda provocarse al componente paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Se llevarán a cabo instancias de charlas de inducción paleontológica realizadas por un profesional que cumpla con los requisitos de antecedentes profesionales detallados en la Res. Ex. N°650/2022, las charlas se realizarán a todo trabajador nuevo (interno o externo) que ingrese a faena. Las charlas abordarán el componente paleontológico que se podría encontrar en el área del proyecto, marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo paleontológico no previsto. Además, se presentará y explicará el protocolo ante hallazgos paleontológicos no previstos. El profesional a cargo deberá realizar un informe, el cual deberá contener: a) Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores. Oportunidad: Durante la etapa de construcción, al inicio de las actividades y cada vez que ingrese un trabajador nuevo a faena. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento se integran en el informe que será remitido a la SMA, siendo estos: - Contenidos de la inducción realizada. - Copia del material gráfico presentado a los asistentes. - Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. - Comprobante SMA y CMN contra entrega del informe. - Lista de asistentes a la charla de inducción firmada. Registro fotográfico de la actividad. Forma de control y seguimiento El/la paleontólogo/a a cargo emitirá la reportabilidad de la charla de inducción paleontológica a la SMA y al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminada la actividad. 91

8.4. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Paleontológico permanente Tabla 8.4 Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Paleontológico permanente Impacto asociado Potencial afectación patrimonio paleontológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural paleontológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo. Descripción: El Monitoreo Paleontológico Permanente será ejecutado por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), Dicho monitoreo será ejecutado la totalidad del área de Proyecto, y mientras duren faenas constructivas, en específico los movimientos de tierras asociados y excavaciones. Justificación: Considerando que el Proyecto se inserta en un área fosilífera, la presencia de un profesional paleontólogo durante las actividades de remoción de suelo y excavaciones permitirá identificar a tiempo posible elementos fosilíferos enterrados y de esta manera evitar su afectación por las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto. Forma: El monitoreo paleontológico será de carácter permanente y diario para la unidad categorizada como Fosilífera (Depósitos glaciofluviales). Las inspecciones se realizarán en la totalidad del área de Proyecto donde existan obras que impliquen excavaciones y movimientos de tierra, así como también en las zonas destinadas a los acopios de material. Oportunidad: Durante la etapa de construcción. Las inspecciones serán efectuadas antes y durante la intervención del terreno en trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará mensualmente un informe consolidado con el registro de las actividades llevadas a cabo, y sus resultados. Forma de control y seguimiento El informe será mensualmente reportado a la SMA y enviado al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminado el mes de reporte.

8.5. Compromiso ambiental voluntario: Mano de obra local Tabla 8.5 Compromiso ambiental voluntario Mano de obra local Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Favorecer la contratación de mano de obra local en la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto.

Descripción: Previo al inicio de la Fase de Construcción y Cierre, el Titular realizará las gestiones con la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la comuna del Proyecto, con la finalidad de ofrecer vacantes laborales en distintas actividades que requiera ejecutar el Proyecto.

Justificación: El compromiso se justifica dado que el Proyecto tiene la oportunidad de aportar a la empleabilidad local. Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Área del Proyecto.

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implementación Forma: El Titular del Proyecto, previo al inicio de la Fase de Construcción y Cierre, realizará las gestiones con la OMIL de la comuna del Proyecto, para indicar las vacantes y requisitos necesarios para los postulantes.

Oportunidad: Fase de Construcción y Cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará un informe con los verificadores asociados a las gestiones realizadas con la OMIL, y el personal efectivamente contratado. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros en el Área de la Instalación de Faena.

8.6. Compromiso ambiental voluntario: Protocolo de seguridad vial Tabla 8.6 Compromiso ambiental voluntario Protocolo de seguridad vial Impacto asociado Uso de rutas utilizadas periódicamente por la población local

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir al resguardo de la seguridad vial de los vehículos del Proyecto que circularán por las vías públicas en el Área de Influencia del Proyecto. Descripción: Al inicio de la Fase de Construcción y Cierre, el Titular elaborará un protocolo de seguridad vial, el cual estará dirigido a todos los trabajadores y vehículos que se encuentren asociados al Proyecto. El Protocolo será difundido a través de capacitaciones para el personal que se encuentre en la obra, mientras que para el caso de los transportistas se realizará mediante un anexo de contrato u otro documento que se encuentre debidamente firmado.

Justificación: El compromiso se justifica dado que el acceso al Proyecto se realiza a partir de la red vial de uso público, donde se registra la circulación de vehículos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: El Titular del Proyecto, al inicio de la Fase de Construcción y Cierre, elaborará y realizará la difusión de un protocolo de seguridad vial, el cuál abordará los siguientes temas: • Red vial utilizada por el Proyecto. • Área de Influencia de Medio Humano. • Identificación de puntos sensibles y sectores con mayor interacción vial. • Establecimientos de los límites de velocidad para vehículos asociados al Proyecto. • Información sobra las dinámicas de desplazamiento y uso de las rutas de las comunidades en la zona. • Implementación de procedimientos de limpieza: - Remoción de material adherido a vehículos previo a su incorporación a la vía pública. - Mantención y limpieza de accesos utilizados por el Proyecto, con el objeto de evitar el arrastre y dispersión de material hacia caminos públicos. Asimismo, se considerarán otros contenidos relacionados en caso de ser necesario. La difusión del Protocolo se realizará mediante una charla de difusión para los trabajadores presentes en la obra, mientras que para los transportistas, 93

se contempla la firma de un anexo u otro similar, donde se establezca la conformidad y cumplimiento del Protocolo. Oportunidad: El compromiso se ejecutará durante la Fase de Construcción y Cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará un reporte que contenga el protocolo de seguridad vial elaborado por el Titular, así como los registros de la difusión de las capacitaciones y firma de transportistas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros en el Área de la Instalación de Faena.

8.7. Compromiso ambiental voluntario: Convivencia con actividad turística Tabla 8.7 Compromiso ambiental voluntario: convivencia con actividad turística Impacto asociado Potencial afectación ante el desarrollo de actividad turística por acciones de transporte del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: No afectar el normal acceso de visitantes o turistas a la feria de emprendimiento Bierfest (Restaurant Oma’s Haus) a raíz de las acciones de transporte del Proyecto.

Descripción: Se identifica el desarrollo ocasional de la actividad turística Bierfest en restaurant Oma’s Haus, durante días específicos del año. El titular compromete el no tránsito de camiones o transporte de carga pesada asociados al Proyecto durante los días que esta actividad sea realizada, coordinando estas fechas con los organizadores del evento en cuestión.

Justificación: El compromiso se justifica ante la susceptibilidad de que el Proyecto, producto del tránsito de camiones o vehículos de carga pesada, pueda interferir con el flujo de visitantes o turistas hacia el punto de atracción Bierfest, ubicado en la intersección de Ruta 5 con T-230; en términos de congestión u obstaculización del desplazamiento. De este modo, la aplicación del compromiso permitirá reforzar la no afectación sobre el valor turístico de la zona. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de Acceso al Proyecto (T-230).

Forma: • Se establecerá un canal de comunicación directa entre el titular y los locatarios del Oma’s Haus, quienes son organizadores del evento Bierfest. La idea central es que los organizadores puedan comunicar directamente al titular de forma oportuna sobre las fechas en que se programará el evento, a modo de internamente poder gestionar el no tránsito de camiones o vehículos de carga pesada durante esos días. • El canal de comunicación será definido previamente a la etapa de construcción, comunicándose el titular directamente con los locatarios del restaurant Oma’s Haus y señalándoles el contexto del Compromiso (CAV). Dentro de los posibles canales, se establecen como ejemplos el uso de correo electrónico o teléfono. • Se espera que los locatarios puedan firmar un acta conjunto al titular, donde se señale el compromiso de su parte a informar oportunamente a este último sobre las fechas de realización del evento. • Se entenderá que las demás acciones de trabajo dentro del Área del Proyecto continuarán con su normal funcionamiento durante dichos días, por lo que vehículos de carga liviana (camionetas o vehículos de 94

menos tamaño) sí podrán desplazarse por la ruta. Lo anterior será siempre significando un tránsito significativamente menor al de un día laboral normal dentro del Proyecto en relación al flujo de vehículos de mayor carga, cumpliendo con el objetivo de minimizar la afectación.

Oportunidad: El compromiso tendrá lugar durante las jornadas laborales del Proyecto, en etapa de Construcción y Cierre, y para los días en que se celebre el evento. Se destaca entonces que este CAV está sujeto a la efectiva realización del evento, dependiendo de la coincidencia entre la calendarización de este y las jornadas laborales del Proyecto en su etapa de Construcción y Cierre. Así, no tendría lugar si el evento fuese realizado en fechas fuera de horario laboral en las etapas de Construcción/Cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará un acta de compromiso a firmar entre titular y encargado del evento, entregando contexto del CAV y el requerimiento por parte del titular de ser informado oportunamente sobre la realización del evento durante la fase de Construcción. Cada vez que el titular cumpla con el cese de tránsito de camiones o vehículos de carga pesada, emitirá un acta firmada declarando el día y horario en que llevó a cabo dicha acción, permitiendo llevar un registro de los días en que se ha ejecutado el Compromiso. Forma de control y seguimiento Tanto el acta inicial firmada entre titular y encargado del evento, así como las fichas de cada vez sea ejecutado el Compromiso, serán reportados a la SMA.

8.8. Compromiso ambiental voluntario Habilitación de pozo y aumento de hectáreas con riego tecnificado en la Región de Los Ríos (CAV de Suelos) Tabla 8.8 Compromiso ambiental voluntario habilitación de pozo y aumento de hectáreas con riego tecnificado en la Región de Los Ríos (CAV de Suelos) Impacto asociado Pérdida temporal de suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar la tecnificación del riego utilizado para la actividad agrícola, aumentando el balance productivo del predio. Descripción: Durante la Fase de Operación, se realizará la habilitación de un pozo ya inscrito, en conjunto con la habilitación de nuevas hectáreas de riego, ejecutando una tecnificación del sistema de riego en el predio asociado al CAV pasando de secano a riego tecnificado, aplicando el compromiso a la misma superficie de intervención de CCUS II (21,8 ha). Justificación: El compromiso se justifica dado que el Proyecto contempla la instalación de partes y obras en un suelo con Clase de Capacidad de Uso de suelo II (CCUS II). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio en Panguipulli, Región de Los Ríos. Forma: Se realizará la habilitación de un pozo ya inscrito por la Sociedad Kunstmann e Hijas Ltda. en Panguipulli, Región de Los Ríos. La habilitación será acorde al aforo aprobado por la Dirección General de Aguas (DGA), correspondiente a un caudal de 4 litros por segundo y un volumen de extracción anual de 42.048 m³. En el Apéndice 2 del Anexo 7.2 CAV de Suelos de la presente Adenda Complementaria se adjuntan los Derechos de Aprovechamiento de Aguas del Pozo. Adicionalmente, se instalará el sistema de riego Irripod, lo que permitirá aumentar de la capacidad de almacenaje de agua, mejorar la conducción de agua al predio evitando pérdidas y/o permitiendo un ingreso homogéneo al canal de distribución. Este manejo propone el riego constante durante el año, sin presentar vacíos 95

en primavera o verano, debido a que la baja en la pluviometría, las praderas cultivadas tienen complejidad para mantenerse. El detalle del CAV y las medidas específicas se presentan en el Anexo 7.2 de la presente Adenda Complementaria. Oportunidad: El compromiso se ejecutará dentro del año siguiente a la entrada en operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Una vez finalizadas las actividades contempladas en el CAV, se entregará un informe al SAG y la SMA con el detalle de las acciones ejecutadas y sus indicadores de éxito. El detalle se presenta en el Anexo 7.2 de la presente Adenda Complementaria. Forma de control y seguimiento El informe será reportado a la SMA y SAG, por única vez, finalizada la ejecución del compromiso.

8.9. Compromiso ambiental voluntario: Charla capacitación ambiental. Tabla 8.9 Compromiso ambiental voluntario: Charla capacitación ambiental. Impacto asociado Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar de manera integral a todo el personal involucrado en las fases de construcción y cierre del Proyecto sobre la fauna presente en el área de emplazamiento, con el fin de fomentar la conciencia ambiental y garantizar la protección activa de la biodiversidad local.

Descripción: A través de charlas de inducción, se proporcionará información detallada sobre las especies de fauna registradas durante las campañas de terreno en el área de emplazamiento, principalmente las especies de baja movilidad y clasificadas en categoría Casi Amenazada: Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos) y Batrachyla taeniata (ranita de antifaz). Estas instancias formativas profundizarán en el análisis de las singularidades y sensibilidades de cada especie, estableciendo con claridad las medidas de resguardo y protocolos de actuación que deben seguirse para garantizar su preservación.

Justificación: En el área de influencia de fauna se identificaron dos especies de anfibios en categoría Casi Amenazadas y de baja movilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Charlas de educación ambiental, en el contexto de las inducciones obligatorias realizadas por personal competente en el área del Proyecto previo al comienzo de las actividades de la jornada al inicio de cada fase.

La capacitación incluirá instrucciones específicas sobre la construcción del cerco perimetral, con énfasis en la gestión de las excavaciones para los pilares. Se establecerá como protocolo prioritario realizar la instalación inmediata de los pilares tras la perforación; en caso contrario, dichas excavaciones deberán quedar debidamente tapadas al finalizar la jornada. Esta medida tiene como objetivo prevenir la caída accidental de ejemplares de anfibios identificados en el área dentro de las cavidades.

Oportunidad: Una vez al inicio de las Fases de Construcción y Cierre. 96

Además, se realizará de manera personalizada al momento del ingreso de cada nuevo trabajador, garantizando que el conocimiento se entregue siempre de forma previa al inicio de sus labores en terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a charlas por parte de los trabajadores contratados por el Proyecto. Forma de control y seguimiento Se cargarán los registros de asistencia y el contenido de la capacitación a la plataforma de la SMA una vez finalizada cada fase.

8.10. Compromiso ambiental voluntario: Aplicación biosupresor polvo Tabla 8.10 Compromiso ambiental voluntario: Aplicación biosupresor polvo Impacto asociado Aumento de la concentración ambiental de material particulado y gases Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir emisiones atmosféricas por tránsito de vehículos pesados y maquinaria en caminos internos del Proyecto.

Descripción: Se aplicará supresor de polvo en los caminos internos del Proyecto.

Justificación: El Proyecto realizará movimientos de tierra de aproximadamente 9.609,2 m³, los que derivan principalmente para emparejar el terreno previo a la instalación de obras. Con la aplicación del supresor de busca atenuar las emisiones en otras actividades de la fase, como el flujo vehicular. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se aplicará supresor de polvo en los caminos internos mediante un camión aljibe, el cual contiene la mezcla preparada para la aplicación.

Oportunidad: La primera aplicación será realizada inmediatamente después del hito de inicio de la fase de construcción. Nuevas aplicaciones serán evaluadas de forma mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de aplicación de supresor de polvo. Forma de control y seguimiento Se cargarán los registros a la plataforma de la SMA una vez iniciada la fase de construcción y al termino de esta.

8.11. Compromiso ambiental voluntario: Plan de perturbación controlada Tabla 8.11 Compromiso ambiental voluntario: Plan de perturbación controlada Impacto asociado Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre. Perturbación de fauna de alta sensibilidad auditiva Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el abandono de hábitat y el desplazamiento paulatino de la fauna objetivo presente en áreas específicas del Proyecto hacia zonas adyacentes receptoras.

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Descripción: Consiste en un proceso de inducir el desplazamiento gradual y ordenado de los individuos de fauna silvestre desde su hábitat original hacia zonas adyacentes (hábitat receptor), en forma previa a la intervención por parte del Proyecto. Se contempla la remoción manual y gradual de los refugios de las especies de interés antes del inicio de actividades de despeje de vegetación o movimiento de tierras. (Para un mayor desglose metodológico de las actividades, revisar el Anexo 7.1-Plan de Perturbación Controlada) Especies objetivo: Pleurodema thaul, Batrachyla taeniata y/o cualquier otra especie de fauna nativa de baja movilidad detectada en el área durante la ejecución de la medida.

Justificación: Cabe destacar que esta medida tiene carácter precautorio, dado que las especies objetivo (Pleurodema thaul y Batrachyla taeniata) no fueron registradas dentro del área de intervención directa del Proyecto. En consecuencia, la perturbación controlada se ejecutará únicamente en caso de que, durante el microrruteo previo al inicio de obras, se confirme la presencia de individuos de las especies objetivo o de cualquier otra especie de baja movilidad dentro de dicha área. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector donde se emplazará el cerco perimetral del Proyecto, específicamente abarcando un área de influencia (buffer) de 10 metros de ancho, lo que equivale a una superficie total de perturbación de 0,78 hectáreas. Forma: 1. Microruteo: Inspección en terreno de 1 o 2 días de duración por 2 profesionales para identificar refugios y registrar la presencia de las especies objetivo. El horario se extenderá hasta las 21:00 horas. 2. Remoción de refugios y perturbación gradual: Actividad ejecutada durante 2 días (con horario entre las 15:00 y 20:00 horas, época de mayor actividad). Consiste en retirar de manera manual (usando rastrillos, rozones, palas y horquetas) probables refugios como hojarasca, troncos, malezas y arbustos para inducir a que las especies se muevan por sus propios medios. 3. Liberación: Inspección al día siguiente de la perturbación (duración 1 día). Al constatar que no hay individuos remanentes ni refugios activos, el sector se declara liberado para iniciar las obras del cerco perimetral.

Figura 11 Área dirección de la Perturbación Controlada.

Oportunidad: La ejecución de este plan comenzará al menos 5 días antes de comenzar los trabajados en el predio. Indicador que Eficacia del Desplazamiento (Área a Liberar): La liberación de la 98

acredite su cumplimiento superficie de trabajo (0,78) estará condicionada a lograr un Índice de Desplazamiento de exactamente el 100%. Este valor se verificará mediante la relación entre los individuos efectivamente desplazados y los registrados inicialmente durante el microruteo previo.

Éxito de Asentamiento (Área Receptora): El indicador complementario de la medida se basará en la constatación técnica de presencia/ausencia, riqueza de especies y abundancia específica (cuando sea posible determinarla) de las especies objetivo dentro del hábitat receptor. Esto se verificará mediante el registro durante las cuatro campañas de monitoreo post-liberación: a la semana, al mes, y en la primera y segunda primavera posteriores a la ejecución de la actividad. Forma de control y seguimiento Control Inmediato: Al día siguiente de ejecutada la perturbación, se controlará la actividad de los individuos en el área perturbada para verificar que no existan ejemplares en la zona y evaluar visualmente el estado de las especies en el área de destino. Seguimiento: Se realizarán dos campañas de monitoreo de presencia/ausencia, riqueza y abundancia específica (de ser posible) en la zona de perturbación y receptora - Seguimiento 1: A una semana posterior a la finalización de la actividad. - Seguimiento 2: Al mes de haber sido liberada el área. - Seguimiento 3: En la primera primavera desde la realización de la medida. - Seguimiento 4: En la segunda primavera desde la realización de la medida.

Reportes Formales a la Autoridad: Las actividades ejecutadas se informarán formalmente a las autoridades competentes a la SMA través de cinco entregas de informes técnicos independientes (Informe 1 de Ejecución, Informe 2 a la semana, Informe 3 al mes, Informe 4 en la primera primavera e Informe 5 en la segunda primavera), debiendo ingresarse cada uno en un plazo máximo de 45 días posteriores a la realización de su respectiva actividad. Todos los informes incluirán la metodología aplicada, cartografía georreferenciada de hallazgos/refugios y un exhaustivo registro fotográfico rotulado.

8.12. Compromiso ambiental voluntario: Pantalla arbórea Tabla 8.12 Compromiso ambiental voluntario: Pantalla Arborea Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la intrusión visual del Proyecto y potenciales impactos de reflectancia para el observador. Descripción: El presente CAV busca la instalación de pantallas arbóreas perimetrales compuestas por especies nativas o arbustos en los sectores de mayor exposición visual, específicamente en los ejes Ruta T-230 y T-234. Justificación: A partir de la instalación de las partes y obras del Proyecto, se estima su posible exposición visual desde espacios de circulación. Cabe mencionar que se han descartado los impactos significativos sobre la 99

componente Paisaje, donde: • La determinación de la calidad visual del paisaje, a partir de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales permite indicar que la calidad visual del Área de Influencia es baja, dado que la totalidad de las UP fueron clasificadas como baja, considerando que el 75% de las unidades de paisaje definidas en el territorio resultaron valoradas en categoría Baja. • el Proyecto no se emplaza al interior o cercano a una Zona de Interés Turístico (ZOIT), siendo la más cercana “Valdivia” ubicada a 30,27 km al sureste del Proyecto. • El Proyecto se emplaza en un área con el acceso restringido, en cuanto se trata de un predio privado, de modo que no cuenta con acceso público. Así, aunque se establece una baja exposición visual, se propone el presente CAV en consideración de una mayor integridad entre el Proyecto y los habitantes locales, entendidos como receptores humanos sensibles que podrían interactuar con este a partir de su exposición visual. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Perímetro del sitio del Proyecto, en los sectores identificados como puntos de mayor visibilidad desde espacios de uso público, correspondiendo a los ejes Ruta T-230 y T-234. Se detalla en la siguiente imagen el lugar de implementación:

Figura 2: Límites de instalación pantalla arbórea Fuente: Elaboración propia (Orion Power, 2026) También se presenta el siguiente fotomontaje, representando el resultado esperado con la implementación de la pantalla arbórea a los 5-7 años desde su cultivo. Se ha utilizado, a modo de ejemplo, la especie Aristotelia chilensis (maqui), tomando en cuenta los puntos de observación (PO) ya establecidos para la caracterización de Paisaje de la presente DIA (Punto D en relación a T-230 y Punto E en relación a T- 234).

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Figura 3: Fotomontaje pantalla arbórea desde Punto de Observación D Fuente: Elaboración propia utilizando Gemini Pro (Orion Power, 2026)

Figura 4: Fotomontaje pantalla arbórea desde Punto de Observación E Fuente: Elaboración propia utilizando Gemini Pro (Orion Power, 2026) Forma: • Instalación de especies arbóreas y arbustivas de rápido crecimiento, idealmente nativas de la zona y de bajo requerimiento hídrico, que permitan asegurar la adecuada cobertura visual. • Mantenimiento de la pantalla arbórea durante la vida útil del Proyecto. Oportunidad: La pantalla arbórea iniciará su implementación a partir de la fase de Construcción, permitiendo el arraigo de la vegetación previo al inicio de la Operación. Luego, durante la fase de Operación, se llevarán a cabo las correspondientes acciones de mantenimiento de la pantalla arbórea, para asegurar la efectividad de su funcionamiento. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a los metros lineales con pantalla arbórea con respecto a los metros lineales totales del cerco perimetral contemplado en el CAV. Forma de control y seguimiento • Se elaborará un programa de mantenimiento de la pantalla arbórea que considere acciones de riego y control de malezas en caso de ser necesario, durante la fase de Operación. • Se realizarán visitas una vez por semestre, a modo de inspeccionar el estado de la pantalla arbórea, obteniendo un registro fotográfico que dé cuenta de su estado. Se elaborará un acta de mantenciones con detalles sobre el estado de funcionamiento del CAV (por ejemplo, en términos de vegetación y 101

superficie cubierta); siendo acompañado del set fotográfico ya antes mencionado. El reporte se mantendrá en el Parque Solar en caso de ser solicitado por la autoridad.

8.13. Compromiso ambiental voluntario: Plan de educación ambiental Tabla 8.13 Compromiso ambiental voluntario: Plan de educación ambiental Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Difundir conocimientos sobre ERNC, PMGD, sustentabilidad y cambio climático en la comunidad local, generando lazos de colaboración con la educación local. Descripción: El CAV consiste en impartir charlas educativas sobre Energías Renovables No Convencionales (ERNC), Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD), sustentabilidad y cambio climático en establecimientos educacionales del AI SVCGH que lo requieran. Justificación: Fortalecer la vinculación territorial y fomentar el conocimiento temprano de infancias en materias de sustentabilidad y cambio climático en función de las necesidades locales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Establecimientos educacionales del AI SVCGH (Puile y Ciruelos) que confirmen apertura o disposición para la realización del Plan de Educación Ambiental. Forma: - Presencial - Durante el primer año de operación del Proyecto se contactará a los establecimientos educacionales ubicados dentro del AI de SVCGH, informando sobre los contenidos de este Compromiso. Los establecimientos informados podrán realizar una petición para efectuar la ejecución del CAV, poniéndose en contacto con el Titular. - En caso de ser requerido por los establecimientos, se realizarán de charlas en escuelas o visitas guiadas al Parque, previa confirmación y coordinación con las directivas de cada establecimiento. - Los contenidos a abordar estarán enfocados en ERNC, PMGD, sustentabilidad y cambio climático, siendo adaptados pedagógicamente según el nivel educativo de los alumnos a solicitud de los establecimientos educativos. - En caso de requerirse materiales (como guías impresas u otros) como complemento a la actividad, el titular se hará cargo de su disposición y entrega. - Se solicitará colaboración a los establecimientos en cuanto a la disposición de espacios apropiados para llevar a cabo las charlas, así como de superficies en las cuales se puedan proyectar presentaciones digitales (en caso de que el establecimiento pueda brindar estos recursos). Oportunidad: El compromiso comenzará a ejecutarse durante el primer año de operación comercial del Proyecto y se mantendrá vigente durante toda la vida útil del mismo. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de solicitud de charlas por parte de los establecimientos educativos - Registro de asistencia a charlas (con firma de profesor/director) - Registro fotográfico de las actividades (manteniendo el resguardo de identidad de los alumnos) Forma de control y - Reporte Anual a la SMA los años en que uno o más establecimiento hayan 102

seguimiento solicitado el Plan y haya sido ejecutado por el Titular. El reporte corresponde a un documento que consolidará los indicadores de cumplimiento mencionados anteriormente.

8.14. Compromiso ambiental voluntario: Plan comunicacional Tabla 8.14 Compromiso ambiental voluntario: Plan comunicacional Impacto asociado Intervención en uso de rutas utilizadas periódicamente por la población local

Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer canales formales, oportunos y continuos de comunicación con los vecinos y principales usuarios del tramo de acceso al Proyecto, previniendo alteraciones en la dinámica local y resguardando la seguridad vial. Descripción: El compromiso considera mantener canales de comunicación que permitan informar a los vecinos y principales usuarios del tramo de acceso al Proyecto detalles sobre los flujos vehiculares en relación a este y, a su vez, recibir observaciones o reclamos de la comunidad. Justificación: Generar instancias de comunicación entre titular y los vecinos y principales usuarios del tramo de acceso al Proyecto, a fin de minimizar impactos en términos viales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de acceso al Proyecto, considerando a los vecinos y principales usuarios relacionados a este (grupos humanos del AI SVCGH y comunidad Wenu Mapu). Forma: 1) Se llevarán a cabo instancias de coordinación con cada uno de los grupos dirigentes locales durante la fase de Construcción, a fin de establecer los mecanismos de comunicación para ejecución del Plan. Esto podrá ser acudiendo presencialmente a un encuentro con los dirigentes locales, o bien, contactándolos de manera telefónica/correo. 2) Los grupos humanos a quienes se refiere lo anterior serán: • Junta de Vecinos de Puile • Junta de Vecinos N°2 de Ciruelos • Comité de Adelanto Villa Araucanía • Comunidad Indígena de Puile • Comité de APR Ciruelos • Comunidad Wenu Mapu 3) Una vez convenidos los medios de comunicación a utilizar, la información que entregará el titular consistirá esencialmente en detalles de plazos, desvíos y horarios de flujos vehiculares del Proyecto para cada una de sus fases; entregando un correo y/o número de contacto que podrá ser utilizado por cualquiera de los habitantes del AI para recepcionar observaciones o reclamos 4) Se solicitará a los dirigentes locales que puedan difundir la información con los habitantes de cada sector según los métodos que convengan, pudiendo ser en sus propias reuniones comunitarias o del modo que consideren efectivo. 5) Lo anterior se complementará con el envío de un afiche digital que podrá ser difundido por los dirigentes locales. 6) Se instalará un letrero informativo en el sector de Acceso al Proyecto, señalando detalles de plazos, desvíos y horarios de flujos vehiculares del Proyecto para cada una de sus fases 7) En el mismo sector de Acceso, se dispondrá de un libro triplicado para recepción de observaciones o reclamos de la comunidad local Cabe señalar que este Plan, en términos de gestión vial, se alinea con los objetivos de otros dos Compromisos Ambientales Voluntarios, siendo el 103

“CAV Convivencia con Actividad Turística” y “CAV Protocolo de Seguridad Vial”. Oportunidad: • Las actividades de coordinación con dirigentes locales se realizarán previo a la fase de Construcción. • Se entregará la información periódicamente y de forma oportuna según surjan cambios en plazos, desvíos y horarios de flujos vehiculares del Proyecto. Los canales de comunicación, medidas viales y el sistema de observaciones o reclamos operarán de forma ininterrumpida desde la Fase de Construcción hasta Cierre. Indicador que acredite su cumplimiento • Toma de comunicación y entrega efectiva de información a dirigentes locales; reuniendo medios que verifiquen lo anterior • Confirmación de dirigentes locales sobre la recepción y difusión de información; reuniendo medios que verifiquen lo anterior • Instalación del letrero en sector de Acceso al Proyecto; con registros fotográficos que acrediten su presencia Disposición de libro triplicado en sector de Acceso al Proyecto Forma de control y seguimiento Se realizará un informe consolidado con entrega anual a la SMA, el cual reunirá los distintos medios verificadores señalados (de toma de comunicación y entrega efectiva de información a dirigentes locales, confirmación sobre la recepción y difusión de información, instalación del letrero y libro triplicado).

8.15. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido Tabla 8.15 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido Impacto asociado Aumento en los niveles de Ruido

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las actividades de trabajo cumplan la normativa legal vigente, según el D.S N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Descripción: Se implementará un monitoreo de ruido en la fase de construcción del Proyecto, a ser realizado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) autorizada que permita verificar el cumplimiento de la normativa aplicable. Justificación: Aunque se descarta la presencia de impactos significativos respecto de las emisiones de ruido provocadas por el Proyecto, se establece el seguimiento buscando evidenciar la no afectación sobre la salud de la población definida como “receptores sensibles”. A priori, cabe mencionar que los resultados de evaluación para todas las fases del Proyecto, considerando los límites establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA, concluyen que las emisiones de ruido se encuentran en cumplimiento, asegurando intrínsicamente que no existirá riesgo para la salud de la población. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ubicación de receptores sensibles (receptores humanos), establecidos para Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo 1 de la Adenda Complementaria). A saber: 104

Fuente: Elaboración propia. Forma: La cantidad de mediciones a realizar serán en función del número de receptores sensibles definidos, en este caso, seis (6); siendo considerados tantos levantamientos se estimen necesarios hasta la correcta obtención de datos. Se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión durante las etapas de construcción y operación en periodo diurno (entre las 8 am y las 6 pm sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para los receptores, es decir, realizando el monitoreo en las fases solapadas del cronograma del Proyecto. Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará desde durante la fase de construcción con una medición al mes uno (1), mes dos (2), y mes cuatro (4), siendo estos los meses con mayor ruido en base a la modelación realizada en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. - Monitoreo 1: Mes 1 - Monitoreo 2: Mes 2 - Monitoreo 3: Mes 4 Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a los registros de mediciones, entregando un reporte que comprueba la ubicación donde fueron tomados los datos (a corresponder con los puntos de receptores sensibles) y mediciones obtenidas. Se establece a su vez que los equipos de medición han de encontrarse en óptimas condiciones al momento del levantamiento. Forma de control y seguimiento Se enviará el reporte con registro de las mediciones a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo de 30 días hábiles luego de realizado el monitoreo. Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011, aplicando R.E. 693/2015 el cual consistirá en lo siguiente: • Ficha de información de medición de ruido. • Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. • Ficha de medición de niveles de ruido. Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los 105

siguientes planes de seguimiento de las variables ambientales:

9.1. Seguimiento: Monitoreo Arqueológico Tabla 9.1 Seguimiento: Monitoreo Arqueológico Componente Ambiental Patrimonio Arqueológico Fase del Proyecto Construcción Impacto no significativo asociado Potencial afectación patrimonio arqueológico Compromiso ambiental voluntario asociado Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Arqueológico Medida asociada No aplica Ubicación de los puntos de control Frentes de trabajo con movimientos de tierra Parámetros de medición Un profesional arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología llevará a cabo un monitoreo permanente durante las actividades de movimiento de tierra del Proyecto, en cada uno de los frentes de trabajo. Límites permitidos o comprometidos Se elaborará mensualmente un informe consolidado con el registro de las actividades llevadas a cabo, y sus resultados Duración y frecuencia de monitoreo/seguimiento El monitoreo se llevará a cabo durante la Fase de Construcción del Proyecto, y mientras se estén ejecutando actividades de movimiento de tierra Método o procedimiento de medición Un profesional arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología llevará a cabo un monitoreo permanente durante las actividades de movimiento de tierra del Proyecto, en cada uno de los frentes de trabajo. En caso de hallazgos, se procederá conforme establece la normativa vigente asociada, paralizando las actividades en el área de hallazgo y dando aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Plazo y frecuencia de entrega de informes El informe será mensualmente reportado a la SMA y enviado al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminado el mes de reporte, dando estricto cumplimiento a los siguientes contenidos: a) Descripción detallada de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad). c) Plan mensual de trabajo especificando en el libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos en alta resolución de los frentes de excavación. e) Registro de las charlas de inducción (nombre/firma del profesional, contenidos, fotos y constancia de asistencia firmada). f) En caso de hallazgos: ficha de registro, estado de conservación, medidas de protección, aviso al CMN y planilla Excel de sitios. g) Seguimiento del estado de conservación de medidas de prevención (cercos, señaléticas). h) Informe final con revisión bibliográfica y rescate tramitado según Art. 7° del DS N°484/1990. i) Propuesta de destinación definitiva de materiales recuperados. j) De existir intervención sobre sitios, propuesta de medidas de difusión, puesta en valor y catastros

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9.2. Seguimiento: Monitoreo Paleontológico Tabla 9.2 Seguimiento: Monitoreo Paleontológico Componente Ambiental Patrimonio Paleontológico Fase del Proyecto Construcción Impacto no significativo asociado Potencial afectación patrimonio paleontológico Compromiso ambiental voluntario asociado Compromiso ambiental voluntario Monitoreo Paleontológico permanente Medida asociada No aplica Ubicación de los puntos de control Área de emplazamiento del Proyecto. Parámetros de medición El Monitoreo Paleontológico Permanente será ejecutado por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), Dicho monitoreo será ejecutado la totalidad del área de Proyecto, y mientras duren faenas constructivas, en específico los movimientos de tierras asociados y excavaciones. Límites permitidos o comprometidos El monitoreo paleontológico será de carácter permanente y diario para la unidad categorizada como Fosilífera (Depósitos glaciofluviales). Las inspecciones se realizarán en la totalidad del área de Proyecto donde existan obras que impliquen excavaciones y movimientos de tierra, así como también en las zonas destinadas a los acopios de material Duración y frecuencia de monitoreo/seguimiento Durante la etapa de construcción. Las inspecciones serán efectuadas antes y durante la intervención del terreno en trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones. Método o procedimiento de medición El monitoreo paleontológico será de carácter permanente y diario para la unidad categorizada como Fosilífera (Depósitos glaciofluviales). Las inspecciones se realizarán en la totalidad del área de Proyecto donde existan obras que impliquen excavaciones y movimientos de tierra, así como también en las zonas destinadas a los acopios de material. El informe será mensualmente reportado a la SMA y enviado al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminado el mes de reporte Plazo y frecuencia de entrega de informes El informe será mensualmente reportado a la SMA y enviado al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles terminado el mes de reporte, dando estricto cumplimiento a los siguientes contenidos: a) Descripción detallada de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad). c) Plan mensual de trabajo especificando en el libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos en alta resolución de los frentes de excavación. e) Registro de las charlas de inducción (nombre/firma del profesional, contenidos, fotos y constancia de asistencia firmada). f) En caso de hallazgos: ficha de registro, estado de conservación, medidas de protección, aviso al CMN y planilla Excel de sitios. g) Seguimiento del estado de conservación de medidas de prevención (cercos, señaléticas). h) Informe final con revisión bibliográfica y rescate tramitado según Art. 7° del DS N°484/1990. 107

i) Propuesta de destinación definitiva de materiales recuperados. j) De existir intervención sobre sitios, propuesta de medidas de difusión, puesta en valor y catastros

9.3. Seguimiento: Monitoreo de ruido Tabla 9.3 Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido Componente Ambiental Ruido Fase del Proyecto Construcción Impacto no significativo asociado Aumento en los niveles de Ruido Compromiso ambiental voluntario asociado Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de ruido Medida asociada Restricción de Maquinaria Ubicación de los puntos de control Lugar: Ubicación de receptores sensibles (receptores humanos), establecidos para Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo 1 de la Adenda Complementaria). A saber:

Fuente: Elaboración propia. Parámetros de medición Verificar que las actividades de trabajo cumplan la normativa legal vigente, según el D.S N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente Límites permitidos o comprometidos El indicador de cumplimiento corresponde a los registros de mediciones, entregando un reporte que comprueba la ubicación donde fueron tomados los datos (a corresponder con los puntos de receptores sensibles) y mediciones obtenidas. Se establece a su vez que los equipos de medición han de encontrarse en óptimas condiciones al momento del levantamiento Duración y frecuencia de monitoreo/seguimiento La cantidad de mediciones a realizar serán en función del número de receptores sensibles definidos, en este caso, seis (6); siendo considerados tantos levantamientos se estimen necesarios hasta la correcta obtención de datos. Se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión durante las etapas de construcción y operación en periodo diurno (entre las 8 am y las 6 pm sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para los receptores, es decir, realizando el monitoreo en las fases solapadas del cronograma del Proyecto. Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará desde durante la fase de construcción con una medición al mes uno (1), mes dos (2), y mes cuatro (4), siendo estos los meses con mayor ruido en base a la modelación realizada en el Anexo 1 de la Adenda 108

Complementaria. - Monitoreo 1: Mes 1 - Monitoreo 2: Mes 2 - Monitoreo 3: Mes 4 Método o procedimiento de medición La cantidad de mediciones a realizar serán en función del número de receptores sensibles definidos, en este caso, seis (6); siendo considerados tantos levantamientos se estimen necesarios hasta la correcta obtención de datos. Se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión durante las etapas de construcción y operación en periodo diurno (entre las 8 am y las 6 pm sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para los receptores, es decir, realizando el monitoreo en las fases solapadas del cronograma del Proyecto. Plazo y frecuencia de entrega de informes Se enviará el reporte con registro de las mediciones a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo de 30 días hábiles luego de realizado el monitoreo. Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011, aplicando R.E. 693/2015 el cual consistirá en lo siguiente: • Ficha de información de medición de ruido. • Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. • Ficha de medición de niveles de ruido. • Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: 10.1. Riesgo o contingencia: Incendio

Tabla 10.1 Riesgo Incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención general para esta contingencia son: - Mantenciones y/o reparaciones de equipos y maquinaria al día. - Revisar instalaciones eléctricas existentes y reparar fallas o falencias. - Disposición de extintores en distintos puntos del Proyecto. - Plan de prevención de incendios y su difusión. - Ejercicios periódicos contra incendio (Simulacros de emergencia) - Instalación de letreros y carteles visibles informativos y preventivos de emergencia. - Las vías de escape y evacuación se mantendrán despejadas y señalizadas. - Control de vegetación del Proyecto, previo al inicio de la Fase de Construcción y Operación, se realizará limpieza de residuos de tipo maderas, 109

malezas, basuras y otros residuos vegetales que pudiesen encontrarse en el área del Proyecto. Esta actividad debe realizarse en forma manual. - Revisión de las instalaciones y equipos mediante listas de verificación, esta actividad se realiza de manera periódica según plan de trabajo, tanto del área de prevención de riesgos como del área de operaciones. - Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición. - Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo, específicamente se deberá tener especial precaución en que el perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo. - Instalación de extintores, con respectivos certificados de mantenimiento, ubicados en lugares de fácil acceso y con gabinetes que permitan una fácil extracción, - Líderes de evacuación: Se conformará un equipo de intervención que estará encargado de evacuar al personal, llevándolo a una zona de seguridad establecida, además de extinguir el foco de incendio de ser posible. Las medidas de prevención para la zona de bodegas SUSPEL y RESPEL: - No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. - La materialidad de la bodega de residuos peligrosos dará cumplimiento a las disposiciones del D.S. N°148/2003 del MINSAL, así como también a lo establecido en la OGUC en cuanto a la resistencia al fuego del cierre perimetral que la compone. - Mantener HDS de las sustancias visibles. - Mantener en buen estado un kit antiderrame y extintor de seguridad. - Obligaciones y responsabilidades del encargado establecidas ante una emergencia por incendio. - Cursos de manejo de sustancias y residuos peligrosos para encargado. Las medidas de prevención para la zona de combustible: - El combustible necesario para el funcionamiento del grupo electrógeno y maquinarias se mantendrá dentro de las instalaciones del Proyecto, en un estanque con capacidad suficiente para almacenamiento de combustible, el cual será trasladado a las instalaciones del Proyecto en el pick up de una camioneta. - El proceso de abastecimiento de combustible de maquinaria o grupos electrógenos al interior del Proyecto se deberá realizar en el área especialmente destinada a la carga de combustible dentro de las instalaciones del Proyecto. - Mantener en buen estado un kit antiderrame y extintor de seguridad. - Obligaciones y responsabilidades del encargado establecidas ante una emergencia por incendio. - Cursos de manejo de sustancias y residuos 110

peligrosos para encargados del área.

Finalmente, con respecto a las capacitaciones del personal, el Proyecto desarrollará capacitaciones y charlas de inducción periódicas que permitan mantener vigente la actitud de prevención que debe inculcarse a los trabajadores del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones, inducciones y ejecución de simulacros. - Registro fotográfico de señaléticas - Registro de retiro de los residuos vegetales Inspección y mantenimiento periódico de extintores con registro de fechas y responsables. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones para controlar la emergencia corresponden a: - Se dará aviso de la emergencia al jefe de obra y prevencionista de riesgos. - Personal en el Área del Proyecto realizará la evacuación hacia la zona de seguridad. - Se realizará corte de electricidad desde los operadores remotos ante una emergencia. - Personal calificado hará uso de los extintores disponibles en el Área del Proyecto En caso de que ocurra un incendio, que no sea posible controlarlo con el personal presente, se actuará de la siguiente manera: - El trabajador designado y preparado para comunicar un incendio (Prevencionista de riesgo u otro) que aviste una columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 130 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF) y al 132 (Bomberos de Chile). - En caso de que no tenga cobertura de celular, avisará a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole el máximo de información, y, esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencia. - La persona encargada de la comunicación deberá proporcionar todos los antecedentes que sean necesarios, mientras llega personal especializado, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de la superficie afectada hasta el momento, estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección y velocidad del viento). - Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y/o a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. - En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan 111

disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. − La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, el Proyecto dispondrá el traslado de personal desde el lugar del incendio a una zona segura, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones.

Una vez que el personal de CONAF y/o Bomberos se encuentren en el Área del Proyecto, liderarán el combate, poniéndose al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se emitirá un informe a la SMA, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrida la contingencia, el cual deberá incluir: - Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; residuo relacionado con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, entre otras). - La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo o agua). - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, biodiversidad, medio humano). - La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (suelo, agua, biodiversidad, medio humano) afectados por una contingencia. - Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. En caso de incendio que afecte a la vegetación aledaña al Proyecto, se deberá avisar a CONAF y al Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria

10.2. Riesgo o contingencia: Riesgo de incendio en contenedores de baterías

Tabla 10.2 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de incendio en contenedores de baterías Riesgo o contingencia Riesgo de incendio en contenedores de baterías (o fallas eléctricas que puedan generar un incendio)

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Contenedores de baterías 112

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para prevenir fallas eléctricas que puedan originar un incendio, el Proyecto estará monitoreado mediante un circuito de vigilancia remoto. Cada contenedor tendrá monitoreadas todas sus celdas de baterías dentro de los racks para ver su correcto funcionamiento y temperatura en todo momento y en tiempo real. En caso de que alguna celda falle, esta será desconectada automáticamente del resto de los circuitos del contenedor. Cabe destacar que los contenedores de baterías dispondrán de un sistema de ventilación adecuado y de un sistema de extinción de incendios.

Sistema automático de alarma contraincendios Cada contenedor de baterías se encontrará equipado con detectores de humo y térmicos.

Detector de gas inflamable y sistema de ventilación de accidentes Cada contenedor de baterías tendrá equipado un detector de gas inflamable. Cuando la concentración de gas supera lo establecido este detector salta con el fin de controlar la apertura del sistema de ventilación de accidentes, el cual se cerrará cuando los detectores de humo y térmicos se activan simultáneamente.

Adicionalmente, el sistema de extinción de incendios considera las siguientes características: - Sirena luminosa - Señal de advertencia - Puerto de alivio de presión - Respiradero anti-explosión

A continuación, se indican las medidas para minimizar dichos riesgos internos y externos durante todas las fases, según corresponda:

- Se delimitarán zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. - Se dispondrá de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. Los equipos de extinción se ubicarán en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo con la normativa vigente. - Se capacitará a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección contra incendios. Se capacitará al personal en relación al plan de emergencias, para conocer las medidas preventivas frente a incendios, así como atención en la detección y aviso inmediato ante el surgimiento de un incendio en el área de faenas o en las cercanías de ellas. Forma de control y seguimiento - Registro de la inspección de extintores - Registro de los trabajadores capacitados, temario de la capacitación, registro firmado de asistentes y la firma del profesional que dictará el curso. 113

- Registro de informes mensuales del estado de cada una de las obras y elementos de prevención. Registros de las mantenciones realizadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de fallas en alguna batería, celda o inversores, el sistema de vigilancia desconectará la parte que presenta fallas, y se programará una mantención correctiva para retirar o reemplazar la avería.

Es caso de la ocurrencia de incendio:

Se activará automáticamente el dispositivo de inicio de emergencia integrado en las baterías. - Los contenedores poseen un sistema de rociadores de agua automáticos que se activan para extinguir el incendio. - El personal que se encuentre más cerca de la emergencia, dará aviso de inmediato a la persona encargada de las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios: lugar del incendio, equipo afectado, si se requiere apoyo para intervenir. - La persona encargada se comunicará con CONAF o Bomberos según corresponda, entregando los antecedentes del incendio y se evalué la necesidad de apoyo en base a la magnitud y duración de la emergencia, en consideración de que los contenedores poseen sus propios mecanismos para la extinción del incendio. - En caso de requerirse, a la llegada de brigadistas los trabajadores apoyarán en la medida de lo posible al jefe de incendio, como con el manejo de maquinaria u herramientas. De ser necesario, el Proyecto dispondrá el traslado de personal desde el lugar del incendio a una zona segura, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. Forma de control y seguimiento - Registro de notificación con fecha, hora y persona responsable. - Lista de asistencia del personal evacuado a la zona segura. - Informe de inspección posterior a la emergencia para evaluar daños y necesidad de restablecimiento seguro del servicio. Informe de evaluación de medidas de aprendizaje y acciones a mejorar en caso de emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante un eventual incendio de los contenedores se dará aviso a la SMA y a CONAF, así como a bomberos. En caso de ocurrir lo anterior, se le dará aviso a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo. 114

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria

10.3. Riesgo o contingencia: Riesgo por Contaminación por derrame de sustancias Tabla 10.3 Situación de riesgo o contingencia Riesgo por Contaminación por derrame de sustancias Riesgo o contingencia Riesgo de contaminación por derrame de sustancias (aceites, líquidos hidráulicos o combustibles).

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Revisión periódica del estado de los contenedores y bodega de almacenamiento. Verificar, adicionalmente, la presencia de las HDS de cada sustancia que esté almacenada durante las Fases de construcción y cierre. - Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica en fase de construcción y cierre. - Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda en fase de construcción y cierre. - Almacenar insumos, materiales y combustibles en estanques y estantes seguros. - Capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos, materiales y combustible en fase de construcción y cierre. - Generación de lugares especiales en la Instalación de Faenas para la descarga y manipulación de combustible en fase de construcción y cierre - Se exigirá que la carga de combustible a maquinarias se realice en la zona especialmente acondicionada y delimitada para ello en la instalación de faenas. - La instalación de los baños se realizará en superficies regulares, estables y apartadas de las zonas de interés, cursos de agua y quebradas. - Contar con kit de emergencias en caso de derrames (paños, guantes, pala, EPP, arena o aserrín, carbón activado, entre otros). Los vehículos y maquinaria recibirán mantenciones fuera del emplazamiento del Proyecto, en sitios especializados y autorizados para ello, se mantendrán registros de dichas mantenciones en la obra. Forma de control y seguimiento - Registro fotográfico de la bodega de almacenamiento SUSPEL y de las respectivas HDS en su lugar. - Registro de revisiones técnicas de la maquinaria y camiones asociados al Proyecto. - Registro de capacitación en Fase de Construcción y Cierre. 115

Aprobación de funcionamiento de la bodega de residuos no peligrosos por la SEREMI de Salud de la Región. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El encargado del área deberá controlar el derrame considerando las siguientes directrices: - Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. - En lo posible identificar la sustancia derramada y revisar la Hoja de Datos de Seguridad (HDS). - En caso de que sea posible, y siempre que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas, se debe contener el derrame en el origen con un recipiente y detener la fuente de origen, cerrando llave, volteando contenedor, instalando tapón u otro. - Se debe evitar que el derrame se escurra mediante la construcción de pequeños diques de material absorbente, instalación de sacos de arena o mangas absorbentes. - Se debe evitar toda fuente de fuego o ignición (apagar motores, cigarrillos, equipos eléctricos) que puedan entrar en contacto con el derrame. - Evitar que el derrame entre en contacto con materiales inflamables localizados en la zona afectada. - Se debe restringir el acceso al área solo al personal involucrado en el control de la emergencia y evitar caminar sobre el derrame. - Se delimitará el área afectada. - Todo el personal que participe en el control de derrame debe contar con elementos de protección personal adecuados a la emergencia. - Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. - Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. - Los materiales que se utilicen para absorber el derrame (arena, aserrín, u otro) se recuperará y almacenará en un tambor con tapa, para luego ser trasladado a la bodega de RESPEL existente, la cual dará cumplimiento a la normativa vigente, contará con piso impermeable, tendrá un pretil para el control de derrame, será techada y contará con la señalización correspondiente. Luego estos residuos serán retirados por una empresa autorizada para ser dispuestos en un sitio igualmente autorizado por la Autoridad Sanitaria. - Una vez controlado el derrame se debe proceder a 116

la limpieza del sector afectado, desde orilla hacia el centro, removiendo el material contaminando y disponiendo los residuos en contenedores, en específico: - El volumen de suelo removido será reemplazado por material limpio de características similares, pudiendo utilizarse excedentes provenientes de movimientos de tierra del propio Proyecto, siempre que cumplan condiciones adecuadas para su reutilización. - Posterior al relleno, se realizará la nivelación de la superficie intervenida, con el objeto de restituir la geoforma original y evitar alteraciones en la escorrentía superficial. Previo a la restitución del terreno, se efectuará un muestreo visual de verificación en el área intervenida, a fin de confirmar la ausencia de contaminación residual antes de su cierre y recuperación. Forma de control y seguimiento - Informe de revisión y restauración del área posterior al derrame, el cual deberá incluir los siguientes indicadores de cumplimiento: - Tras retirar el suelo contaminado y los 10 cm de seguridad, el responsable de medio ambiente aplicará una pauta de terreno donde se verifique y cuantifique la usencia total de manchas de hidrocarburos u otras sustancias en el suelo remanente, la ausencia de olores asociados a combustibles o solventes y un registro fotográfico georreferenciado del fondo y paredes de la excavación limpia con huincha de medir que demuestre la profundidad de la excavación antes del relleno. Aparte de registrar el incidente con fecha, hora y persona que detectó el derrame. - Registro de retiro de residuos peligrosos por parte de la empresa autorizada hacia un sitio de disposición final autorizado. Registro de disposición de residuos peligrosos en la bodega RESPEL (asociado a los materiales utilizados para contener el derrame).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria

10.4. Riesgo o contingencia: Alteración de sitios arqueológicos no registrados previamente Tabla 10.4 Situación de riesgo o contingencia Alteración de sitios arqueológicos no registrados previamente. 117

Riesgo o contingencia Alteración de sitios arqueológicos no registrados previamente. Corresponde a la alteración de un hallazgo inesperado de restos arqueológicos, en el marco de cualquier obra o actividad. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios arqueológicos que podrían registrarse durante la Fase de Construcción, se contemplan las siguientes acciones: - Mantener e implementar el Protocolo ante hallazgos arqueológicos no previstos. - Realización de charlas de inducción al componente arqueológico, realizadas por un profesional certificado por el CMN en donde, adicional a la introducción al tema, se presente el Protocolo. Durante las actividades de movimiento de tierras se encontrará un profesional arqueólogo o licenciado en arqueología en los frentes de trabajo. Forma de control y seguimiento Se realizará el respectivo informe de monitoreo, registrando la charla al personal de la obra mediante fotografías y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de esta, el cual será remitido a la autoridad correspondiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de alterar un hallazgo arqueológico se realizarán las siguientes acciones: - Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. - Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. - Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. - Notificar al Gobernador regional y CMN, sin perjuicio de su reporte a la SMA, acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento. El CMN determinará las medidas a implementar. 118

Se realizará una difusión de los hechos ocurridos y lecciones aprendidas a todos los trabajadores de la faena. Forma de control y seguimiento - Registro escrito de la detención de obras con fecha, hora y ubicación exacta del hallazgo. - Registro de notificación al CMN y SMA. - Registro de ejecución de actividades conforme dictamine el CMN. Registro difusión de la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de presentarse un escenario de emergencia que afecte los arqueológicos, el Titular avisará en forma inmediata CMN, y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria

10.5. Riesgo o contingencia: Hallazgos de sitios paleontológicos imprevistos y su alteración Tabla 10.5 Situación de riesgo o contingencia: Hallazgos de sitios paleontológicos imprevistos y su alteración Riesgo o contingencia Alteración de hallazgo paleontológico no registrado previamente.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios paleontológicos que podrían registrarse durante la Fase de Construcción, se contemplan las siguientes acciones: Mantener e implementar el Protocolo ante hallazgos arqueológicos no previstos. Realización de charlas de inducción al componente paleontológico, realizadas por un/a profesional asesor/a en paleontología, certificado por el CMN en donde, adicional a la introducción al tema, se presente el Protocolo. Forma de control y seguimiento Se realizará el respectivo informe de hallazgo, registrando la charla al personal de la obra mediante fotografías y la firma de los trabajadores, documentando el contenido de esta, el cual será remitido a la autoridad correspondiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de alterar un hallazgo paleontológico se realizarán las siguientes acciones: - Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.), se deberán considerar 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. - Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. - Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se 119

deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. - Notificar al Gobernador regional y CMN, sin perjuicio de su reporte a la SMA, acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento. El CMN determinará las medidas a implementar. Se realizará una difusión de los hechos ocurridos y lecciones aprendidas a todos los trabajadores de la faena. Forma de control y seguimiento - Registro escrito de la detención de obras con fecha, hora y ubicación exacta del hallazgo. - Registro de notificación al CMN y SMA. - Registro de ejecución de actividades conforme dictamine el CMN. Registro difusión de la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de presentarse un escenario de emergencia que afecte los arqueológicos, el Titular avisará en forma inmediata CMN, y SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.6. Riesgo o contingencia: Mal funcionamiento de la fosa séptica Tabla 10.6 Situación de riesgo o contingencia: Mal funcionamiento de la fosa séptica Riesgo o contingencia Riesgo de contaminación por mal funcionamiento de la fosa séptica.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Servicios sanitarios y sistema dispuesto para el manejo de aguas servidas generadas durante la fase de operación (fosa séptica). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizará semestralmente una inspección visual con el objeto de verificar que no existan problemas operativos de la fosa séptica, como fisuras, roturas o fugas. - Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades, para dar continuidad a las condiciones de normal funcionamiento de tuberías y equipos involucrados. - Se realizará el retiro de los lodos generados con una empresa externa autorizada. - Capacitar al personal encargado de la mantención. - Se mantendrán en bodega equipos de protección personal adecuados para controlar una emergencia: calzado impermeable, ropa de protección impermeable, guantes de protección contra agentes biológicos, lentes de seguridad y máscara de protección respiratoria. Se mantendrán materiales absorbentes y de contención para utilizar si ocurre una emergencia. 120

Forma de control y seguimiento - Autorización sectorial del proyecto y funcionamiento de la fosa séptica - Registro de inspecciones (checklist) - Registro de capacitaciones al personal con nombre, rut y firma. Incluir el tema principal de la capacitación y profesional encargado. Registro de disponibilidad de EPP y materiales absorbentes en bodega. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte un evento relacionado con riesgo de derrame o fuga de aguas servidas deberá dar inmediato aviso a la administración, con el objetivo de dar inicio al siguiente procedimiento:

- Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento de la contingencia. - Clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Una vez detectada la falla en la Fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado.

En caso de derrames o fugas en el área del Proyecto:

Se evaluará la magnitud del derrame en caso de existir y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - En caso de producirse una fuga por falla en las tuberías de recolección se deberá detener el flujo hacia el sistema y reparar la fuga. - Se construirá un dique con arena para evitar que el material derramado se propague. - Se absorberá con material inerte, toda el área del derrame, trabajando en círculos desde fuera hacia dentro. - Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior eliminación en un sitio de disposición final apropiado conforme corresponda a líquido tratado o previo a su tratamiento en la fosa séptica. - Una vez contenida la fuga se procederá a la reparación de estructuras dañadas en caso de corresponder. - Se realizará una investigación del incidente o fuga. - Se tomarán medidas correctivas y/o preventivas según corresponda ante el resultado de la investigación, para prevenir la ocurrencia futura del hecho. 121

- El personal a cargo de las maniobras deberá evitar el contacto con el residuo derramado, tanto por ellos como del resto del personal que pueda estar en el área, evacuando a las personas a un área segura. - El personal involucrado en la contención del derrame de residuos utilizará los equipos de protección personal adecuados: calzado impermeable, ropa de protección impermeable, guantes de protección contra agentes biológicos, lentes de seguridad y máscara de protección respiratoria. El personal involucrado en la contención del derrame de aguas servidas utilizará elementos de contención tales como pala y arena. Forma de control y seguimiento - Registro de la notificación de la emergencia que incluya fecha, hora, nombre de la persona que dio cuenta de la emergencia y persona responsable de controlarla. - Bitácora de acciones implementadas y tiempo de respuesta ante la emergencia. - Registro de habilitación de baños químicos, duración del uso de estos y del retiro una vez solucionada la emergencia. - Comprobante de disposición final de aguas servidas en sitio autorizado. - Listado de materiales de absorción, contención y de limpieza que hayan sido utilizados para controlar la emergencia. Informe de inspección técnica a la fosa post emergencia y de la reparación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.7. Riesgo o contingencia: Falla en el retiro de los residuos generados en el proyecto Tabla 10.7 Situación de riesgo o contingencia: Falla en el retiro de los residuos generados en el proyecto Riesgo o contingencia Falla en el retiro de residuos generados por el proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada - Patio de residuos. - Bodega RESPEL. - Zonas de acopio y excedentes. Baños Químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Tanto para la Fase de Construcción como para la Fase de Cierre se designará personal que estará a cargo de supervisar el acopio y retiro de los diversos residuos. El personal designado residuos verificará periódicamente el nivel de almacenamiento, para que solicitar el retiro oportuno y así evitar que se sobrepase la capacidad máxima de almacenamiento de las instalaciones. 122

Se tendrá contacto periódico con las empresas encargadas del transporte y retiro de los residuos, con el objetivo de mantener coordinadas les gestiones para su retiro. A las empresas contratadas se les exigirá por escrito que informen con antelación la fecha de retiro, a modo de anticiparse a la posibilidad de que no pueda cumplir con el servicio. En el caso de que la empresa contratada no cumpla con el servicio, el personal designado, se contactará con empresas alternativas que cuenten con todos los permisos que exige la Autoridad Sanitaria para el retiro y disposición de residuos. Forma de control y seguimiento - Lista de contactos de empresas de retiro de residuos alternativas debidamente autorizadas. - Registros de retiros de residuos. - Registros del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Registros del sistema de declaración y seguimiento electrónico de residuos peligrosos (SIDREP). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de cambio en la periodicidad del retiro de residuos por parte del proveedor de servicios, el Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos deberá contactar a la empresa alternativa para el retiro de los residuos en fecha a coordinar, dependiendo de la capacidad de almacenamiento utilizada en ese momento. - El Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de los residuos verificará con la empresa la disposición final de residuos. - En caso de problemas en el traslado y disposición final de los residuos, el Supervisor o jefe a cargo de la gestión y manejo de residuos verificará las alternativas que la empresa presente para depositar los residuos en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria, de manera que cumpla con la legislación ambiental aplicable. En caso de que se detecte que los residuos fueron dispuestos en un sitio no autorizado, se procederá con la limpieza del área, trasladando los residuos a un sitio autorizado. Inmediatamente se realizarán las gestiones para realizar el cambio de contratista. Forma de control y seguimiento - Registro de contacto a la empresa alternativa. - Registro de retiro y disposición final de los residuos por parte de la empresa alternativa. - Registros del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Registros del sistema de declaración y seguimiento electrónico de residuos peligrosos (SIDREP). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento 123

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.8. Riesgo o contingencia: Contaminación al suelo, subsuelo y las aguas freáticas ante posibles fallas en sistema BESS Tabla 10.8 Situación de riesgo o contingencia: Contaminación al suelo, subsuelo y las aguas freáticas ante posibles fallas en sistema BESS Riesgo o contingencia Contaminación al suelo por fallas en sistema de baterías (BESS)

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Emplazamiento de los contenedores de baterías. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Revisiones periódicas del tablero que podrá ser observado desde afuera de cada uno de los contenedores. - Contar con un kit de emergencias en caso de derrames (paños, guantes, pala, EPP, etc.). - Se realizarán capacitaciones al personal de obra sobre las acciones a ejecutar en caso de falla en el sistema de batería (BESS). Se deben disponer en faena las fichas técnicas de los sistemas de baterías, así como también de los proveedores para su contacto ante posible fallo. Forma de control y seguimiento - Mantención de las fichas técnicas del sistema BESS en obra - Registro de las inspecciones visuales. Registro de capacitaciones al personal, con fecha, nombre y rut. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Jefe de obras, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. - El responsable en obra evaluará las causas de la emergencia y coordinará con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. - Se delimitará y señalizará el área afectada y se detendrán las actividades, si corresponde. - Se procederá a contener el derrame utilizando los implementos de absorción correspondientes. - Residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín - Residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. - Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. - El material absorbente utilizado y el residuo recuperado serán almacenados temporalmente 124

en contenedores adecuados dentro de la bodega habilitada, asegurando la disponibilidad de sus respectivas Hojas de Datos de Seguridad (HDS). Si la falla ocurre durante las fases de operación o cierre del Proyecto, los residuos generados deberán ser trasladados inmediatamente a un sitio de disposición final autorizado por la Seremi de Salud, sin almacenamiento previo. Forma de control y seguimiento - Registro de la emergencia con fecha, hora e identificación del personal que la detectó. - Registro fotográfico de la restricción de acceso al área. - Listado de materiales de absorción, contención y de limpieza que hayan sido utilizados para controlar la emergencia. - Registro de retiro y disposición final de los residuos generados en la emergencia. Informe de acciones correctivas o mantención de la o las baterías que presentaron la falla que originó la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.9. Riesgo o contingencia: Riesgo por accidente de fauna silvestre Tabla 10.9 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo por accidente de fauna silvestre Riesgo o contingencia Accidente de fauna silvestre.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitación a todo el personal al comienzo de las Fases de Construcción, Operación y Cierre. - Se prohibirá el acercamiento y alimentar a la fauna silvestre que pudiera entrar a las instalaciones del Proyecto. - Se considerará una velocidad de circulación de máximo 30 km/h dentro del área del Proyecto y en el camino de acceso. - El trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación) deberá indicar al Supervisor Ambiental o Jefe de Obras, en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno, potencial accidente, etc.), de acuerdo con esto el supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo y determinar si es de riesgo o no, dependiendo del tipo de situación presentada (colisión, electrocución, atropello). 125

- Se dará aviso de la contingencia a todos los trabajadores que pudieran transitar por el área. No se podrá transitar por el lugar hasta que se haya superado largamente (50 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino.

Forma de control y seguimiento Registro de capacitación en Fase de Construcción, Operación y Cierre. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna o avifauna silvestre dentro del área del Proyecto, bajo una circunstancia normal o de potencial riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación), deberá indicar al supervisor ambiental en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno).

De acuerdo con esto el Supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal.

Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de ave, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (500 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino.

Si el animal no está herido: Si el animal observado se encuentra no está accidentado y no corresponde a un ejemplar de fauna nativa silvestre o avifauna, el personal de turno se encargará de rescatarlo cuidadosamente utilizando comida para atraerlo y será trasladado al centro de rescate o veterinaria más cercano. Si el animal observado corresponde a un ejemplar de fauna nativa silvestre y no se encuentra herido ni accidentado, el personal de turno tiene estrictamente prohibido intentar capturarlo, acorralarlo o alimentarlo. Se deberán detener temporalmente las faenas en el sector inmediato para no estresar al ejemplar, aislar el área y permitir que el animal se desplace por sus propios medios hacia zonas seguras, asegurando que tenga vías de escape. En caso de que el animal no se retire por sus propios medios, se encuentre desorientado o en una zona de riesgo operacional inminente, el encargado ambiental deberá comunicarse de forma inmediata con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para que personal especializado acuda al lugar y realice el rescate y relocalización correspondiente

Si el animal está herido: El personal que detecte un animal que pudiese estar 126

accidentado dará aviso al responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo).

- Quien detecte un animal accidentado deberá suspender las actividades en un perímetro que garantice la seguridad tanto del animal como del personal y dar aviso inmediato al responsable en obra. El perímetro y condiciones adecuadas de seguridad serán aquellas que se indiquen en la inducción de los trabajadores. - Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. Así mismo, se deberán reducir las causas de stress, tales como el aglomeramiento de personas alrededor del animal, movimientos bruscos, ruidos, entre otros. - El responsable en obra deberá presentarse en el área del accidente a la brevedad y evaluar si el reporte corresponde efectivamente a un accidente que involucra a animales silvestres. - El responsable en obra deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas del accidente, de manera de controlarlas oportunamente y así evitar el aumento del número de ejemplares accidentados. - En caso de ser necesario, se trasladará al animal al centro de rescate de fauna o veterinaria más cercana al Proyecto, que se encuentre autorizado por el SAG. En caso de avifauna, se contactará al SAG para que realice el rescate del ave afectada. - Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, el responsable en obra determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas. - Se dará aviso a la SMA. Posteriormente, el encargado iniciará una investigación orientada a determinar las causas y/o condiciones que originaron el accidente, de manera de poder controlarlas a futuro. Forma de control y seguimiento - Registro de la emergencia con fecha, hora y nombre del personal que avistó al ejemplo de fauna, silvestre o doméstica. - Registro fotográfico del ejemplar, del área delimitara y correctamente señalizada. Registro de comunicación y rescate con el SAG y/o veterinaria a la que se derivó el ejemplar de fauna. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 127

10.10. Riesgo o contingencia: Riesgo de accidentes de tránsito Tabla 10.10 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de accidentes de tránsito Riesgo o contingencia Accidente de tránsito

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte y traslado de personas, materiales, insumos y residuos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna dentro de las instalaciones del Proyecto. - Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. - Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día. - El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. - El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se informará al superior inmediato o jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. No se trasladarán a las personas heridas de manera particular. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). 128

- Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos Forma de control y seguimiento - Reporte del accidente que incluya fecha, hora, lugar, personas y vehículos involucrados. - Registro de comunicación con seguros. Informe de respuesta frente a la emergencia, con medidas adoptadas y correcciones al Plan de emergencia en caso de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.11. Riesgo o contingencia: Riesgo por proliferación de vectores sanitarios Tabla 10.11 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo por proliferación de vectores sanitarios Riesgo o contingencia Proliferación de vectores sanitarios

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos Fosa séptica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Construcción y Cierre: - El patio de residuos estará bien delimitado y tendrá un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación. - Los residuos asimilables a domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. - Tanto los residuos asimilables a domiciliarios y los lodos generados por la fosa séptica serán retirados en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores. - Se realizarán inspecciones visuales diariamente al patio de residuos para verificar que no se ha sobrepasado el 80% de la capacidad máxima. Operación: - Los lodos generados por la fosa séptica serán retirados en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores.

Cabe indicar que, durante la Fase de Operación no estará habilitado el patio de residuos domiciliarios, por lo que no se considera el almacenamiento temporal de estos. 129

Durante esta fase, los residuos serán retirados de inmediato. Forma de control y seguimiento - Checklist de inspecciones visuales al patio de residuos. - En Fase de Construcción y Cierre), registro de ingreso y retiro de los residuos asimilables a domiciliarios al patio de residuos. - Registro del retiro de los lodos. Resolución sanitaria que permite el funcionamiento del patio de residuos y de la fosa séptica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se deberán retirar de manera inmediata los residuos asimilables a domiciliarios y no peligroso almacenados a través de transporte autorizado. - Contactar de manera inmediata a comité de emergencias a efectos de solicitar que empresa especializada autorizada por la autoridad sanitaria, realice la desinsectación del lugar. Revisar los procedimientos de manejo de residuos y en caso de ser necesario, aumentar la frecuencia de retiro de los residuos. Forma de control y seguimiento - Reporte de la emergencia con fecha, hora y nombre de la persona que detectó la detectó. Registro de retiro de los residuos almacenados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.12. Riesgo o contingencia: Riesgo por afloramiento de aguas subterráneas

Tabla 10.12 Situación de riesgo o contingencia Riesgo por afloramiento de aguas subterráneas Riesgo o contingencia Riesgo por afloramiento de aguas subterráneas

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Todo el personal involucrado en las labores de excavación será capacitado en la identificación de signos y síntomas de la presencia de aguas subterráneas, así como en los procedimientos a seguir en caso de detectar un afloramiento. - Se reforzarán las medidas de seguridad en el área de excavación, incluyendo la delimitación de zonas de peligro, la señalización adecuada y la restricción del acceso a personal no autorizado. - La profundidad máxima de las excavaciones a realizar es de 2 m, sin interceptar la napa.

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Forma de control y seguimiento Registro de charlas y su listado de asistencia de los trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de afloramiento de aguas subterráneas. - Se procederá con la salida de los trabajadores de manera segura y ordenada para todo el personal no esencial de la zona de riesgo. Para esto, todo el personal debe estar previamente capacitado - En caso de detectarse la presencia de aguas subterráneas durante las excavaciones, se detendrán las obras de excavación y se instalarán barreras de contención físicas alrededor del área afectada para evitar la dispersión del agua, minimizar el impacto en el entorno y favorecer la infiltración en la misma área. - Se hará un chequeo de las causas que dieron origen al afloramiento. - Se prohibirán temporalmente las obras en el entorno al área en donde ocurrió el afloramiento. - Se realizarán análisis químicos de la calidad del agua, con el objetivo de evaluar parámetros de contaminación para determinar si se necesita un tratamiento antes de su descarga o infiltración. Se empleará la metodología de punteras de extracción o “wellpoints”, la cual consiste en la instalación de tuberías conectadas a una bomba de vacío. La bomba succiona el agua de las punteras, creando un "cono de depresión" en el nivel freático, haciendo que el agua fluya hacia las punteras y el nivel del agua descienda. La bomba opera de manera continua para mantener el nivel del agua por debajo del fondo de la excavación, permitiendo que el trabajo se realice en seco. Una vez terminada la excavación, se detiene el bombeo y el nivel freático vuelve a subir. Forma de control y seguimiento - Informe que detalle fecha, hora, lugar del acontecimiento, integrando la actividad que dio origen al afloramiento y las medidas adoptadas para detenerlo. Registro de comunicación con la SMA en caso de ocurrida una emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua. Luego se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.13. Riesgo o contingencia: Riesgo de rebalse de piscinas por lavado de camiones mixer Tabla 10.13 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de rebalse de piscinas por lavado de camiones mixer Riesgo o contingencia Rebalse de piscina de lavado de camiones mixer.

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Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Piscina de lavado de camiones mixer. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención para la situación de riesgo son: - Se instruirá a los trabajadores para que no se realice lavado de canoas si la piscina se encuentra cercana a su capacidad máxima. - Se solicitará a los trabajadores firmar un protocolo de limpieza para estos camiones, donde se indique que se prohíbe realizar limpieza de camiones mixer, cuando la piscina de limpieza se encuentre en su capacidad máxima. - Se realizarán inspecciones periódicas por el encargado de la faena para las piscinas de lavado. - Se mantendrán elementos de contención de derrames en la bodega del Proyecto, para ser utilizados en caso de un eventual derrame de la piscina de lavado. El personal contará con elementos para limpieza del lugar una vez contenido el derrame como palas, guantes, bolsas y contenedores. Estos materiales se mantendrán en la bodega del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las actividades de capacitaciones al personal en las instalaciones de faenas. - Registro mensual que indique la cantidad de protocolos firmados por personal que realice limpieza de camiones mixer. Realización de inspecciones o revisiones periódicas a las piscinas de lavado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Las medidas de para controlar el rebalse de la piscina de lavado, son las siguientes: - Cortar el suministro de agua para lavado. - Restringir el acceso al lugar. - Contener el área con pretiles y material absorbente para emergencias. - Utilizar herramientas (palas, guantes, bolsas y contenedores) para disponer de los residuos generados. Transportarlos al sector de acopio de residuos. Forma de control y seguimiento - Registro de la emergencia con fecha, hora e identificación del personal que la detectó. - Registro fotográfico de la restricción de acceso al área. - Listado de materiales de absorción, contención y de limpieza que hayan sido utilizados para controlar la emergencia. Registro de retiro y disposición final de los residuos generados en la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento 132

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.14. Riesgo o contingencia: Riesgo de arrastre de sedimentos Tabla 10.14 Situación de riesgo o contingencia Riesgo de arrastre de sedimentos Riesgo o contingencia Arrastre de sedimentos.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zanjas de cableado BT/MT, acopios temporales, acceso, sector loma a excavar. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención para la situación de riesgo son: - Barreras de sedimentos (mallas geotextiles) - Buffer de 10 m de distancia al humedal delimitado - Restricción de superficies a intervenir de manera simultánea - Ubicación estratégica de acopios, ubicándolos en el sector contrario a las zonas sensibles (zanja existente y humedal delimitado) dejando la propia excavación como barrera para evitar el arrastre hasta los receptores. - Apertura/cierre de zanjas en la misma jornada (máx. 8 h de exposición) Cobertura de acopios con polietileno ante pronóstico de lluvia Forma de control y seguimiento - Registros fotográficos Bitácoras de instalación/mantención e inspecciones post- lluvia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Aviso al encargado ambiental de manera inmediata luego de observar el evento - Suspensión inmediata de los trabajos de faena - Instalar una barrera secundaria utilizando sacos de arena Una vez contenido el arrastre de sedimentos, se procederá con el retiro de estos. Forma de control y seguimiento - Registro de la emergencia con fecha, hora e identificación del personal que la detectó. - Registro fotográfico de la medida implementada - Listado de materiales de absorción, contención y de limpieza que hayan sido utilizados para controlar la emergencia. Registro de retiro y disposición final de los residuos generados en la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Antes de concurridas 48 horas desde que se haya producido la emergencia, informará el evento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando las medidas ejecutadas al momento de la emergencia, así como las acciones posteriores a realizar, según la magnitud del evento Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 133

10.15. Riesgo o contingencia: Riesgo por sismo Tabla 10.15 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo por sismo Riesgo o contingencia Sismo

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención y acción de esta situación de riesgo son: - Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre los riesgos naturales del Área del Proyecto y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto, entrega de datos de contacto e información ante emergencia. - Realizar simulacros de evacuación y evaluar la respuesta del personal. Señalización de las vías de evacuación y zonas de seguridad, las que se deberán mantener despejadas y limpias en todo momento. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación y de simulacros realizado al personal en la instalación de faenas y respecto a la señalética se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro con sus mantenciones (reparaciones o cambio). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. - Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación y mantener la calma durante el sismo. Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. - Si alguien maneja un vehículo, se debe estacionar a un costado de la calle evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y árboles o permanecer al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. - Avisar a los superiores en caso de que exista un herido. - Posterior al evento y cuando se autorice por los encargados de obra, de volverá al área del Proyecto. Se realizará una evaluación de posibles daños en las infraestructuras del Proyecto. En caso de que existan daños se realizarán las acciones correctivas correspondientes. Forma de control y seguimiento - Registro de personas heridas y medidas implementadas en caso de asistencia inmediata. 134

Reporte de la emergencia que incluya listado de personal que se encontraba en el Área del Proyecto durante el evento sísmico y de heridos según corresponda, inspección visual de daños a infraestructura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de heridos o daños a la infraestructura, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, medidas implementadas y sus verificadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.16. Riesgo o contingencia: Ocurrencia de granizo y eventos climáticos con nieve Tabla 10.16 Situación de riesgo o contingencia: Ocurrencia de granizo y eventos climáticos con nieve Riesgo o contingencia Granizo y eventos climáticos con nieve.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad. Estas se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. - En un área visible se instalará un croquis con las vías de ubicación y zonas de seguridad. - Todos los contenedores que contengan sustancias y residuos peligrosos se mantendrán estar sellados (tapas con seguro), de manera de prevenir contaminaciones. - El diseño de ingeniería y construcción de las instalaciones contará con normas y estándares nacionales de resistencia a condiciones de lluvia y nieve intensas. Se realizarán charlas de los riesgos naturales que puedan ocurrir en el área, en donde se identificarán las zonas de seguridad dentro del Área del Proyecto y los protocolos a seguir. Forma de control y seguimiento - Registro de protocolos y charlas al personal. - Se mantendrá un registro de las charlas al personal del Proyecto. Registro de la instalación de señaléticas y mantenciones en caso de ser necesario. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El jefe de Obra será el responsable de comunicar a las autoridades y al personal acerca de la Evacuación del personal desde las zonas afectadas. - Evitar los desplazamientos en vehículos y, en caso de ser estrictamente necesario el uso del vehículo, viajar por carreteras principales y autopistas. - En caso de que estas situaciones ocurran de manera repentina durante una jornada de trabajo, todo el personal deberá resguardarse en zonas seguras del Proyecto. - Se suspenderá la actividad que están realizando 135

los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. - Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación en caso de precipitaciones intensas que no permitan continuar con las labores. Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad, en caso de que la situación no disminuya, se dará la instrucción de retirarse a sus hogares y continuar el día siguiente. En caso de granizos fuertes, se suspenderá el trabajo en faena hasta que acabe el evento. Forma de control y seguimiento - Registro del evento con fecha, hora de inicio y término (en caso de que corresponda) y listado del personal que se encuentra en las instalaciones del Proyecto. En caso de uso de automóviles, registro de la o las personas que se trasladen, motivo por el cual se trasladan y patente del auto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de heridos o daños a la infraestructura, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, medidas implementadas y sus verificadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.17. Riesgo o contingencia: Ocurrencia de tormenta eléctrica, lluvia torrencial o vientos fuertes Tabla 10.17 Situación de riesgo o contingencia: Ocurrencia de tormenta eléctrica, lluvia torrencial o vientos fuertes

Riesgo o contingencia Tormenta eléctrica, lluvia torrencial y vientos fuertes.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad. Estas se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. - En un área visible se instalará un croquis con las vías de ubicación y zonas de seguridad. - El jefe de Obra será el responsable de comunicar a las autoridades y al personal acerca de la Evacuación del personal desde las zonas afectadas. - Inspección visual y mantención constante del pararrayo de la subestación eléctrica. - Todos los contenedores que contengan sustancias y residuos peligrosos se mantendrán sellados (tapas con seguro), de manera de prevenir contaminaciones. Se realizarán charlas de los riesgos naturales que puedan ocurrir en el área, en donde se identificarán las zonas de seguridad dentro del Área del Proyecto y los protocolos a seguir. Forma de control y seguimiento - Registro de la instalación de señaléticas y mantenciones en caso de ser necesario. 136

Registro de protocolos y charlas al personal. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se suspenderán los trabajos, maquinaria y equipamiento en obra durante eventos de tormenta eléctrica por toda la duración del evento. - En caso de lluvias torrenciales, retirar los objetos que puedan ser arrastrados por el agua, sobre todo los productos peligrosos que pueden ocasionar contaminaciones. - Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación en caso de precipitaciones intensas que no permitan continuar con las labores. Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad, en caso de que la situación no disminuya, se dará la instrucción de retirarse a sus hogares y continuar el día siguiente. - Evitar los desplazamientos en vehículos y, en caso de que se use el vehículo, viajar por carreteras principales y autopistas. Forma de control y seguimiento - Registro del evento con fecha, hora de inicio y término (en caso de que corresponda) y listado del personal que se encuentra en las instalaciones del Proyecto. En caso de uso de automóviles, registro de la o las personas que se trasladen, motivo por el cual se trasladan y patente del auto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de heridos o daños a la infraestructura, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, medidas implementadas y sus verificadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria 10.18. Riesgo o contingencia: Ocurrencia de inundación Tabla 10.18 Situación de riesgo o contingencia: Ocurrencia de inundación Riesgo o contingencia Inundación.

Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención y acción de esta situación de riesgo son: - Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre los riesgos naturales del área del Proyecto y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto, entrega de datos de contacto e información ante emergencia. 137

- Realizar simulacros de evacuación y evaluar la respuesta del personal. - Definición clara de las vías de evacuación y zonas de seguridad, las que se deberán mantener despejadas y limpias en todo momento. - El cerco perimetral del Proyecto actuará como límite dentro del cual se pueden realizar obras y trabajos, no se podrán llevar a cabo actividades fuera de los límites de este. Se prohibirá realizar trabajos en las cercanías de cauces. Forma de control y seguimiento - Registro de la instalación de señaléticas y mantenciones en caso de ser necesario. Registro de protocolos y charlas al personal. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. - El jefe de Emergencias será el responsable de comunicar a las autoridades y al personal acerca de la Evacuación del personal desde las zonas afectadas. - Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. - Se debe permanecer alejado de quebradas, cruces y zonas susceptibles de inundación. Además de las zonas bajas de laderas y colinas, por el riesgo de avalanchas de agua, piedras y lodo. - No cruzar áreas inundadas, ya que la velocidad y el caudal del agua pueden desestabilizar y arrastrar a una persona o vehículo. - En caso de que la emergencia sea prolongada, se realizará la evacuación completa de toda el área del parque solar y se retomarán las actividades solamente en caso de que haya cesado la emergencia. - Avisar a los superiores en caso de que exista un herido. - Tener a la mano un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras y un radio con baterías. - Dirigirse al terreno más alto. - Evitar los desplazamientos en vehículos y, en caso de que se use el vehículo, viajar por carreteras principales y autopistas. Si se tienen problemas de visibilidad, es mejor estacionar el vehículo en un lugar seguro. En el caso de que el vehículo quede “atrapado" por el agua en la carretera, se recomienda apagar las luces y abandonarlo. En caso de que no se pueda asistir a un potencial herido en obra, se realizará su traslado al centro de asistencia más cercano. Se mantendrá un registro en obra de los centros de asistencia más cercanos. Forma de control y seguimiento - Informe que detalle fecha, hora, lugar del acontecimiento, integrando listado de 138

trabajadores que se encontraban en el Área del Proyecto al momento de la emergencia. Informe de inspección de daños a personas o infraestructura del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de heridos o daños a la infraestructura, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, medidas implementadas y sus verificadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 4 Plan Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda Complementaria

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  6. Que, para que el proyecto “PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO Y DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA PUILE” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  7. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  8. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental XIV Región de Los Ríos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  9. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá 140

Distribución: • Titular: PSF BESS Puile SpA • Superintendencia del Medio Ambiente • CONADI, Región de Los Ríos • CONAF, Región de Los Ríos • Consejo de Monumentos Nacionales • DGA, Región de Los Ríos • DOH, Región de Los Ríos • SAG, Región de Los Ríos • SEC, Región de Los Ríos • SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Ríos • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Ríos • SEREMI de Energía, Región de Los Ríos • SEREMI de Minería, Región de Los Ríos • SEREMI de Salud, Región de Los Ríos • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos • SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos • SEREMI MOP, Región de Los Ríos • SERNAGEOMIN Región de los Ríos • Servicio Nacional Turismo, Región de Los Ríos • Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas Los Ríos • Ilustre Municipalidad de Mariquina • Gobierno Regional de Los Ríos

Firmado por: Guillermo Ready Salamé Fecha: 22/09/2026 18:02:59 CLST