Evaluación SEA

Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C

Rol 2166642188
SEA · DIA · Aprobado · 2025-10-28 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE FLUJO

PARA EL TRANSPORTE DE LA PRODUCCIÓN DEL MULTIPOZO PICUYO ZG-C”

Resolución Exenta N* 20261200122

PUNTA ARENAS,

30 de Abril de 2026

VISTOS:

12

29.

38.

4,

6%,

TES

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada con fecha 22 de octubre de 2025, el Adenda de 04 de febrero de 2026 y el Adenda Complementaria de 27 de marzo de 2026, del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C”, presentado por Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes.

Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C”.

El Acta de Evaluación N%20251210665 de 15 de diciembre de 2025 del Comité Técnico de 26 de noviembre de 2025 de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

El ICE N*20261210932 de la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” de 17 de abril de 2026.

. El acuerdo adoptado en la sesión N*04 de 28 de abril de 2026, de la Comisión de Evaluación de la

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Construcción de Linea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C”.

Lo dispuesto en la Ley N19.300 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: en la Ley N19.880 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N%1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA N119046/14/2024, del Servicio de Evaluación Ambiental de fecha 18 de enero de 2024, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental de Magallanes y de la Antártica Chilena; y en la Resolución N36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

12

Que, Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

RUT 92.604.000-6

Domicilio Jose Nogueira N? 1.101, Casilla N* 247, Punta Arenas

Teléfono 56-61-2298249

Representante Legal Rodrigo Bustamante Villegas

RUT 12.219.794-8

Domicilio Jose Nogueira N 1.101, Casilla N 247, Punta Arenas

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Teléfono 56-61-2296687 Correo Electrónico rbustamanev(mag.enap.cl/ psilvadgmag.enap.cl |

22, Que, conforme se indica en el ICE N20261210932 de fecha 17 de abril de 2026, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en el artículo 137 del D.S, N%40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3, Que, en sesión de 28 de abril de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C”, aprobando íntegramente el contenido del ICE N*20261210932 de 17 de abril de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución, Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo del proyecto es la interconexión de la producción de gas mediante una (1) línea de flujo, la que permitirá el transporte desde el Multipozo Picuyo ZG-C hacia la línea de flujo PAD Cachaña ZG-B existente, el que, a su vez, se encuentra interconectado a la malla de gases (gasoductos) que suministra este combustible a la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

El proyecto consiste en la construcción de una línea de flujo, de longitud Descripción general del | de 2.068 metros, que se inicia desde el Multipozo Picuyo ZG-C hasta la proyecto línea de flujo existente del PAD Cachaña ZG-B, ubicada en el área del Sub- Bloque Picuyo,

Objetivo general

Tipología principal, así como las aplicables a sus | j) Oleoductos, gasoducto, ductos mineros u otros análogos partes, obras o acciones Vida útil 20 años

Montro de Inversión USD 350.000.- Gestión, acto O faena mínima que da cuenta del | Apertura de zanja inicio de la ejecución

SI | NO proyecto se desarrolla por 5 etapas proyecto modifica un E

royecto o actividad proyecto Modifica otra (s) RCA N

4,2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

Región Magallanes y de la Antártica Chilena Provincia Tierra del Fuego Comuna Primavera

La superficie máxima que utilizará el Proyecto será de 4,13 ha durante la

Superficie E % > a P fase de construcción y 1,24 ha durante la fase de operación.

, Punto Este Norte

Coordenad: O >

a Inicio 440.943 4.142.088 Termino 441.553 4.143.788

Desde la ciudad de Punta Arenas, el acceso al área del Proyecto se efectúa a través de la Ruta CH-257 desde al cruce de Primera Angostura. Luego de 10 km aproximadamente por la Ruta CH-257 se llega al empalme con la Ruta Y-65, para luego continuar por aproximadamente 49 km hasta llegar

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Caminos de acceso

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al inicio del camino interior que conecta con el acceso al Proyecto, el cual tiene una longitud de 700 m aproximadamente, hasta el árca del Sub- Bloque Picuyo.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 1, punto 1.1 de la Adenda Complementaria y Anexo E de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO Nombre Descripción Fase Se construirá una zanja, con las siguientes Zanja dimensiones: 2,5 metros de ancho, de | a 2 metros Construcción

de profundidad y una extensión total de 2.068 m.

Línea de Flujo

La línea de flujo tendrá una longitud de 2.068 metros, considerando un diámetro nominal 6 y 10 pulgadas. La línea de flujo será construida utilizando cañería de acero carbono, y flujo de operación de 1.000.000 m'/día.

Construcción, operación y cierre

4.4, ACCIONES DEL PROYECTO

44,1.

FASE DE CONSTRUCCIÓN

Replanteo Topográfico

El Replanteo Topográfico está orientado a definir la ubicación del trazado de la línea de flujo en terreno, para lo cual se marcará con estacas el eje central donde se proyecta la zanja para el posicionamiento de la línea de flujo al interior de ésta. Este trabajo lo realizará un grupo de topografía que se movilizará a lo largo del trazado, identificando y marcando cada vértice definido en los planos del Proyecto.

Implementación de

Instalación de Faenas

Como instalación de faenas se considerarán locaciones ya existentes, que a la fecha de construcción del Proyecto en evaluación se encuentren construidas y aprobadas ambientalmente y que además se encuentren cercanas al Proyecto. En este sentido, se identifican: la plataforma del multipozo a la cual será interconectada la línea de flujo, es decir, la superficie del PAD Picuyo ZG-C. De igual forma, se podrá considerar las plataformas de los siguientes pozos: PAD Walolén ZG-A, PAD Picuyo ZG-A y PAD Rancho Grande ZG-1, locaciones que se encuentran cercanas al área del Proyecto.

Al respecto, la ubicación de las instalaciones de faena quedará sujeta a las actividades que según cronograma se estén realizando en el sector, las que pueden limitar el uso de una plataforma, o bien distribuir los equipos en hasta dos plataformas a la vez; procurando que estos espacios serán utilizados para almacenar el material y equipos de trabajo según se requiera en el frente de trabajo. Utilizando espacios (locaciones) que ya fueron evaluados ambientalmente y aprobados para dicho fin, según consta en sus respectivas RCA.

Para la implementación de la instalación de faena, se consideran 2 contenedores para oficina, 1 contenedor pañol para herramientas y materiales, | contenedor de vestidores y lockers y baños químicos.

Apertura de la Zanja

Esta etapa involucra la preparación del terreno y la excavación de la zanja que contendrá la línea de flujo y el cable de fibra óptica.

El procedimiento bajo el cual se llevará a cabo la actividad de apertura de zanja requerida para la ejecución de proyecto es el siguiente:

a) Retiro de la cubierta vegetal: Se realizará el retiro de la cubierta vegetal u horizonte superficial de suelo en la zona a intervenir y se dispondrá lateralmente, con las raíces hacia abajo, con el fin de disminuir la deshidratación de la vegetación extraída debido a factores ambientales como viento y temperatura. Se tendrá especial cuidado en el momento del retiro de la cubierta vegetal,

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ya que puede presentar variaciones en cuanto a su profundidad. En efecto, el horizonte orgánico se dispondrá al sotavento a fin de ser protegido por el horizonte mineral que será dispuesto al barlovento y que es de mayor volumen, por lo tanto, creará una cortina natural disminuyendo la pérdida de cobertura vegetal.

b) Continuación de la excavación: Una vez retirada la cubierta vegetal, se procederá con el retiro del resto del suelo hasta llegar a la profundidad necesaria para el montaje de las cañerías. No se mezclarán los horizontes de suelo al momento de su retiro, con el fin de no afectar el horizonte de suelo superficial.

De manera adicional, se tendrán las siguientes consideraciones a la hora de realizar la excavación y montaje de la línea:

  • Se minimizará el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, procurando disminuir efectos en la cubierta vegetal.

  • Se tendrá especial atención en aquellos sectores donde se pueda presentar saturación de agua en los suelos.

Tendido de Línea de Flujo

Corresponde a la distribución lineal de los tramos de la línea de flujo a lo largo del trazado definido. Para disminuir el efecto sobre la cubierta vegetal, el tendido se realizará sobre tacones de madera.

Soldadura de la Línea de Flujo

Para alcanzar la longitud requerida, se soldarán las cañerías, lo que podrá realizarse previo o posterior a la apertura de la zanja. Para el segundo caso, una vez efectuada la zanja se procederá a montar la línea de flujo al interior de esta, pero soldada previamente fuera de la zanja.

Pruebas de Funcionamiento

Una vez instaladas las tuberías, se realizarán pruebas para comprobar su correcto funcionamiento, las que se describen a continuación:

+» Prueba de Uniones Soldadas: Se efectuará la inspección de las uniones soldadas del trazado, mediante ensayos no destructivos, entre los cuales se encuentran: inspección visual; de ultrasonido; partículas magnéticas: gammagrafía; y otras. Lo descrito anteriormente, permitirá obtener la información de las discontinuidades superficiales o internas presente en las uniones y así, reparar los defectos encontrados en las soldaduras. La inspección se realiza conforme a los porcentajes de inspección especificados norma ASME (American Society of Mechanical Engineers) B31.8, los cuales se podrán ir incrementando por determinación de la inspección, producto de los resultados que se obtengan, Las inspecciones que se realicen utilizando la técnica de gammagrafía, se ejecutarán con equipos de gammagrafía industrial que cuenten con autorización vigente emitida por la autoridad competente en esta materia, actualmente la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN), así como también los operadores y las dependencias de almacenamiento.

  • Prueba de Porosidad: Se realiza antes de efectuar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales y consiste en la aplicación de presión en la línea de flujo de 100 psi con aire, ajustado a las normas ASME (American Society of Mechanical Engineers) B31.8 utilizadas como referencia y para verificar que no existan fugas. Posteriormente, se procederá a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa, en muy bajas cantidades (jabón común biodegradable). La presión especificada deberá mantenerse durante el tiempo que sea necesario para inspeccionar el 100% de las uniones soldadas. Las soldaduras defectuosas se marcarán al momento de ser detectadas con pintura indeleble, para ser reparadas. Si el número de éstas fuese mayor a tres (3), el tramo deberá ser probado nuevamente una vez efectuadas las reparaciones. Finalizada la prueba, los extremos de la línea de flujo deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra).

» Prueba de Revestimiento: La línea de flujo a instalar se encontrará recubierta de fábrica con revestimiento extruido tricapa, que aislará su superficie externa del entorno, para evitar la corrosión una vez enterrada. Para ver y comprobar que el revestimiento presente una continuidad en todo el trazado de la línea, se utilizará un detector Holiday. El detector Holiday es un instrumento que permite verificar el estado del revestimiento extruido tricapa de la cañería y de las mantas termocontraíbles de

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polietileno en las uniones soldadas (Figura 1-8). Esta verificación se realiza calibrando el instrumento a 12.000 volts C.C., o según sea el espesor del revestimiento en la cañería de acero. Este instrumento, en uno de sus extremos, lleva un collarín de acero que envuelve la tubería. Al aplicar tensión se genera un campo eléctrico en el collarín, que permite detectar discontinuidades en el revestimiento (poros, colgaduras u otros defectos), como una forma de controlar la calidad de su aplicación, actividad previa a la disposición de la línea de flujo al interior de la zanja. » Prueba de Resistencia: La Prueba de Resistencia consiste en aplicar presión de acuerdo con lo indicado en la norma ASME (American Society of Mechanical Engineers) B31.8 de la Tabla N*841,322 del año 2007, De esta manera, los gasoductos estarán en condiciones de operar a una presión de 1.480 psig, correspondiente a la máxima presión de operación para flanges y válvulas ANSI (American National Standards Institute) Clase 600 Lb, que son los empleados en estos gasoductos. La presión se elevará de forma escalonada hasta llegar a la presión de prueba, la cual se mantendrá de forma sostenida por 2 horas. Las Pruebas de Resistencia serán registradas a través de instrumentos que permita conocer el valor de los distintos parámetros de control, como Presión y Temperatura, en los rangos e intervalos requeridos. A continuación, se indican los instrumentos exigidos para el control de la prueba:

  1. Manómetro registrador con carta para registro de 24 o 48 horas.

  2. Manómetro con grado de resolución con rango de 0 a 3.000 psi,

lectura kg/cm2.

Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente.

Tapado y Cierre de la Zanja

Luego que la línea sea sometida a pruebas y se instalen de manera definitiva en la zanja, se procederá al tapado de dicha zanja, restituyendo los horizontes de suelo previamente extraídos.

Esta restitución se realizará siguiendo el orden en el cual se encontraban los horizontes de manera previa a la excavación, es decir, primero se incorporará la tierra del horizonte mineral más profundo y luego la que fue retirada al principio correspondiente a la zona más superficial. En resumen, se considera la ejecución de las siguientes acciones:

» Restitución de la tierra más profunda (horizonte mineral).

» Instalación de la cinta de advertencia.

» Relleno y Tapado de zanja que contendrá la línea de flujo.

» Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada.

» Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción,

Para restablecer el patrón de escorrentía natural del área intervenida, durante la construcción de la línea de flujo, se restablecerá el nivel del terreno natural.

Aplicación de Labores Agronómicas

Posterior al cierre de la zanja, se realizarán labores agronómicas, las que en detalle consideran las siguientes medidas:

  • Evaluación de los análisis químico-físico completo de suelo: Esta medida permite conocer la composición real del suelo, lo que ayuda a tomar decisiones basadas en datos objetivos y específicos, fundamentales para una gestión eficiente de la siembra, y se realizará en base a los resultados del análisis de suelo que se muestran el anexo 8.3 del Anexo B de la Adenda Complementaria y la experiencia en la aplicación de fertilizantes tanto de la actividad ganadera que se desarrolla en la región, así como las aplicaciones realizadas por Enap Magallanes en labores agronómicas previa.

  • Fertilización: Se determinó la utilización de la siguiente dosis de fertilizantes por hectárea: 80 Unidades de nitrógeno y 80 Unidades de fósforo, lo que podrá complementarse con algunos micronutrientes que son partes de formulaciones comerciales como por ejemplo Calcio o Magnesio.

  • Siembra: Actividad que se ejecutará a cero labranzas, la cual se realizará en la temporada de siembra en la región, entre los meses de septiembre y noviembre, época donde las temperaturas comienzan a subir, y las heladas se vuelven menos frecuentes, lo que favorece la germinación y el

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establecimiento de las plantas. Se utilizará una mezcla de gramíneas y leguminosas, la que estará compuesta por las especies perennes Poa pratensis, Festuca arundinacea, Lolium perenne y trébol (Trifolium repens), ya que estas especies han demostrado una buena adaptación a la Región y al mismo tiempo que propician una cobertura rápida y control de erosión, permitiendo la sucesión natural posterior. Las dosis que se utilizarán son las siguientes:

e PoaPratensis 16 kg/Ha

e Festuca arundinacea 20 Kg/Ha

e Lolium perenne 8 kg/Ha

e Trifolium repens 8 Kg/Ha - Riego: Se planifica realizar el riego inmediatamente en las áreas sembradas, considerando una aplicación de un caudal de riego de 8 1/ m?, de modo que permita una correcta imbibición de las semillas, su germinación y el desarrollo del sistema radicular de las plantas, permitiendo de este modo un adecuado establecimiento de las plántulas. La aplicación de esta medida busca completar y homogenizar el contenido hídrico presente en el suelo, propiciando una condición de capacidad de campo, que permita un correcto metabolismo de las plantas y la disponibilidad de nutrientes.

Instalación de Letreros Informativos

Una vez concluidas las actividades propias de la construcción de las líneas de flujo, se estima la instalación de seis (6) letreros informativos, de acuerdo con lo establecido en la Norma ASME (American Society of Mechanical Engineers) B31.8 y a los estándares de ENAP vigentes, los cuales indicarán, entre otra información. el diámetro de la línea, presión de trabajo. la empresa a la cual pertenece, el número de contacto para llamados en caso de emergencia y/o cuando se necesite realizar excavaciones. Se ubicarán en los cruces de caminos ya sean principales como secundarios.

Instalación de Trampas de Lanzamiento y Recepción

El Proyecto considera la instalación de dos (2) trampas, una de lanzamiento y otra de recepción, para realizar la mantención y limpieza de la línea de flujo, la cual podría ser fija o móvil. El diámetro será de 4 pulgadas, las que se instalarán en los puntos de inicio y término del trazado proyectado sobre las superficies existentes, es decir, la trampa de lanzamiento se ubicará sobre la plataforma del multipozo PAD Picuyo ZG-C, mientras que la trampa de recepción se ubicará cercana a la plataforma del pozo PAD Picuyo ZG-B, por lo tanto, no se considera efectuar una nueva intervención del suelo,

Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar

Suelo

El Proyecto requiere intervenir un total de 10.340 m* (considerando una profundidad máxima de 2 m x 2.068m de largo x 2,5m de ancho) del recurso suelo, durante la apertura de la zanja de la línea de flujo, siendo medidas referenciales ya que podrían variar de acuerdo con la topografía del lugar. Este recurso será restituido en su totalidad, posterior a la instalación de la línea de flujo.

En efecto, luego de ser extraído el material, será puesto de manera momentánea a un costado del trazado proyectado con el fin de, una vez terminada la instalación de la línea, ser restituido de acuerdo con lo señalado en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal, adjunto en el Anexo B de la Adenda Complementaria.

Agua

Respecto al uso de agua industrial, durante la Construcción del Proyecto se consideran 368 m? aprox. de agua industrial para actividades de riego, la cual será realizada posterior a la siembra.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Las emisiones atmosféricas están asociadas a la suspensión de polvo debido al movimiento de tierra y circulación de camiones de transporte de carga y vehículos para el transporte de personal.

Estas emisiones estarán acotadas a un tiempo estimado de 3 meses, que es lo que durará la fase de construcción.

De acuerdo con los resultados obtenidos en la Estimación de Emisiones Atmosféricas, presentado en el Anexo 1-3 de la DIA, se puede indicar que

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para la Fase de Construcción la mayor fuente de emisión anual corresponde a la resuspensión por caminos no pavimentados (3,384 ton MPS).

Ruido

El Proyecto en su Fase de Construcción generará emisiones de ruido debido a los motores de los vehículos y de la maquinaria a utilizar, además de los generados por el funcionamiento de los grupos electrógenos, embargo, éstas serán puntuales, transitorias y de baja magnitud debido a las características del Proyecto, al tipo de máquinas a utilizar y a la duración acotada al tiempo estimado para la construcción del Proyecto de 3 meses,

En el Apéndice A del Anexo 2-1 Medio Físico de la DIA, se presenta la metodología, consideraciones y resultados de la modelación de las presiones sonoras donde por medio de modelaciones se verifica el cumplimiento de los límites máximos del D.S. N*38/2011 que “Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por Fuentes que indica”, para los receptores humanos más cercanos y receptores de fauna identificados.

Residuos domésticos

líquidos

Por las actividades de construcción se generarán residuos líquidos domésticos, provenientes de los baños químicos a utilizar, El manejo de los residuos líquidos domésticos se realizará mediante retiro directo desde los baños químicos, a través de camiones limpia fosas pertenecientes a una empresa especializada y autorizada, sin contemplar en ningún caso trasvasije intermedio ni almacenamiento temporal en estanques externos. La periodicidad de retiro variará entre 5 y 10 días, dependiendo de la dotación de la fluctuación de personal en el desarrollo de la obra.

En cuanto a la mantención de los baños químicos, será realizado por una empresa especializada en la materia, contratada especialmente para dicho propósito, a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado. Junto a lo anterior, la empresa prestadora del servicio contará con los respectivos permisos emitidos por la Autoridad Sanitaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

El proyecto generará residuos sólidos de tipo doméstico, los cuales se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos a un sitio de disposición final debidamente autorizado. Se estima una generación de 1,2 ton.

Residuos sólidos domésticos Residuos sólidos

industriales No Peligrosos

El Proyecto contempla la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos, correspondientes a restos de soldadura y despuntes metálicos, donde se estima una generación de 3 toneladas para esta fase. Estos serán almacenados en bateas, también conocidos comúnmente como “capachos metálicos”, los cuales tienen una capacidad de almacenamiento de 6, 9 y 12 mí, los cuales, para efectos de este Proyecto, serán instalados de manera momentánea sobre la plataforma ya construida del PAD Picuyo ZG-C. Posteriormente, serán retirados por una empresa autorizada y conducidos a lugar autorizado.

Residuos Peligrosos

El Proyecto estima una generación de residuos peligrosos de aproximadamente 0,1 ton para la fase de construcción, compuesta principalmente por paños contaminados con aceites y grasas. Estos residuos serán identificados, rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento destinada para dicho efecto con que cuenta Enap — Magallanes en Cerro Sombrero, autorizada por la Resolución Exenta N*27/2009, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, para ser llevados a un sitio de disposición final también autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

4.4.2,

FASE DE OPERACIÓN

Transporte de Hidrocarburos a través de la línea de flujo

El transporte de fluidos a través de tuberías subterráneas es diseñado y construido de acuerdo con normas técnicas acordes a la legislación de cada país y correspondiente a una operación intrínsecamente segura, ya que para ello además se utilizan tecnologías mundialmente probadas.

E

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El transporte de gas, especialmente en presiones altas y medianas, exige el acondicionamiento previo de los fluidos a transportar. De ahí el riguroso control de la humedad del gas, para evitar la formación de hidratos al interior de la línea de flujo, y del ajuste de su punto de rocío, para minimizar la formación de líquidos con las consiguientes pérdidas de eficiencia de transporte. Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, este Proyecto requerirá de operación continua, es decir, 365 días del año durante las 24 horas del día.

Actividades de mantención e inspección

Durante la Fase de Operación de las líneas de flujo, se considera la realización de inspecciones con el fin de garantizar la integridad de las líneas. En base a los resultados de dichas inspecciones, se programa un mantenimiento que se realizará en un plazo no mayor a 10 años, el cual contempla el uso de diferentes técnicas de inspección, tanto directas como indirectas, en atención a las características de las líneas. El mantenimiento se programa contemplando los siguientes escenarios posibles:

El primer escenario, es que no se requiera la intervención de la línea por bajas pérdidas de espesor y, un segundo escenario, que se deba intervenir mediante reparaciones puntuales y/o cambios de tramo, lo que implica reemplazar una sección de la línea por una nueva. En este contexto, las actividades que se realizarán serán las mismas que las ejecutadas en la Fase de Construcción, pero acotadas al tramo que se requiere ser reemplazado, por lo tanto, los potenciales efectos se encontrarán dentro de lo evaluado ambientalmente para la Fase de Construcción del presente Proyecto.

En el caso de que se requiera un reemplazo de tramos en las líneas, se realizará la intervención y restitución de suelo aplicando lo establecido en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal. Respecto a la limpieza de la línea, la herramienta de limpieza (conejo) es un dispositivo usado para efectuar el desplazamiento de residuos sólidos y líquidos al interior de la línea, con el objetivo de dejar limpia la superficie interna. También conocidos en la industria como “scraper”, “pig”, “diablos”. De todas formas, independiente de la longitud de la línea y/o calidad del gas, se realizará limpieza a través de una herramienta de limpieza.

Para realizar la mantención y limpieza de las líneas de flujo, se incorporará el uso de trampas o válvulas especiales de lanzamiento y recepción, ya sean permanentes o móviles, Las líneas de flujo tendrán sus trampas en cada uno de los extremos, por ende, se ubicarán desde donde nace y termina las líneas, sobre superficies ya intervenidas, ya que son instaladas sobre las plataformas o locaciones existentes.

Cese de producción de hidrocarburos

El término de la etapa de operación corresponde al cese de la disponibilidad del recurso en el yacimiento, el cual se estima pueda ocurrir en 20 años.

Productos Generados

Para el presente Proyecto. se estima que la cantidad promedio de fluido gas a transportar a través de la línea de flujo corresponde a 1.000.000 mesd (metros cúbicos estándar día).

Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar

Construcción.

Durante esta fase, el Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales. No obstante, en caso de que se requiera un reemplazo de algún tramo de la línea de flujo, se extraerá nuevamente el suelo aplicando el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal. El cual ya se encontrará en ejecución una vez que se realice el tapado y cierre de la zanja y/o terminen todas las actividades asociadas a la Fase de

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

Las emisiones atmosféricas están asociadas a la resuspensión de polvo debido a la circulación de camiones y vehículos para el transporte de personal durante las actividades de mantención de la línea.

De acuerdo con los resultados obtenidos de la Estimación de Emisiones Atmosféricas presentado en el Anexo 1-3 de la DIA, se indica que para la Fase de Operación la mayor fuente de emisión anual corresponde a la resuspensión por caminos pavimentados (0,0064 ton MPS).

Las emisiones del Proyecto son mínimas, ya que durante su Fase de Operación sólo se consideran mantenciones de 1 día cada 10 años para la línea de flujo. Por lo tanto, las emisiones atmosféricas asociadas al uso de

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vehículos se mantendrán bajo los límites máximos establecidos por la normativa chilena,

Ruido

Debido a las características del proyecto, no se estiman emisiones de ruido relevantes durante la operación del proyecto, ya que para la realización de las inspecciones y mantenciones programadas sólo se requerirá el uso de una camioneta, En caso de cambio de tramos de alguna línea de flujo, se generará emisiones de ruido debido al funcionamiento de los motores de vehículos y maquinarias a utilizar, sin embargo, estas emisiones sonoras serán puntuales, transitorias y de baja magnitud.

Efluentes

La operación de las líneas de flujo no generará residuos líquidos domésticos o industriales, debido a que las inspecciones y mantenciones serán puntuales.

Residuos, productos químico:

s y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Residuos no peligrosos

En el caso de que se requiera un reemplazo de tramos en la línea de flujo durante la vida útil del Proyecto, se considerará una generación menor de residuos sólidos, los que serán retirados por una empresa autorizada y conducidos a un lugar de disposición final autorizado.

Residuos peligrosos

Eventualmente se generarán residuos sólidos peligrosos producto de la necesidad del reemplazo de tramos en la línea de flujo, estos residuos serán almacenados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados a la bodega de almacenamiento temporal con que cuenta ENAP — Magallanes en Cerro Sombrero, destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N*27/2009, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada para su disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

4.4,3,

FASE DE CIERRE

Cierre de Válvulas del

Multipozo

El término de la Fase de Cierre corresponde al cierre de válvula del multipozo, lo que considera al bloqueo del fluido en la línea de flujo, lo cual deriva del cese de la disponibilidad del recurso.

Limpieza interna del ducto

Seguidamente al cierre de válvulas, para asegurar que la línea de flujo no contenga impurezas en su interior, se debe realizar una nueva limpieza interna del ducto, utilizando una herramienta denominado conejo o también, conocidos en la industria, como “scraper”, “pig”, “diablos”, el cual es un dispositivo usado para efectuar el desplazamiento de cualquier residuo que pueda contener el ducto con el objetivo de dejar despejada y limpia la superficie interna.

Estos dispositivos son reutilizables, por lo que, para efectos de este Proyecto, no constituyen residuos en sí mismos.

Desconexión de cañerías

Posterior a la limpieza, se procede a la separación de la línea de flujo con las trampas (lanzamiento y recepción) mediante el corte de la unión de soldadura de transición, el que une éste con la trampa de lanzamiento y/o recepción, lo que corresponde a la desconexión. Estas trampas son desmontadas y retiradas para ser reutilizados según lo indicado en la normativa vigente para un nuevo uso en donde defina el Titular, por lo cual no constituye a un residuo en sí mismo.

Retiro de Trampas

Una vez realizada la separación y/o desconexión entre las líneas de flujo y las trampas, se considera realizar el retiro de las trampas que se encuentran patinizadas, para luego realizar el retiro de las trampas por medio de izaje con el apoyo de una grúa de manera de que se retire sobre un camión rampla. Posteriormente, serán reutilizadas en un nuevo proyecto que defina el Titular.

Normalización del área

Se procederá a la normalización despejando el sector. Además, se considera el retiro de los letreros instalados en la Fase de Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

4,5.

CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

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4.5.1. — Fase de Construcción Fecha estimada de inicio | Febrero 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio | Apertura de zanja Fecha estimada de término | Abril 2026

Parte, obra o acción que establece el término

Pruebas de funcionamiento e instalación de

letreros informativos

4.5.2, Fase de Operación Fecha estimada de inicio | Mayo 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio ria de hidrocarburos a través de la línea de Fecha estimada de término | Mayo 2046

Parte, obra o acción que establece el término

Cese de producción de hidrocarburos

4.5.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

Junio 2046

Parte, obra o acción que establece el inicio

Cierre de válvulas del multipozo

Fecha estimada de término

Julio 2046

Parte, obra o acción que establece el término

Normalización del área

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta

fase.

Capítulo 4

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?19.300:

5,1, DE EFLUENT

RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD , EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

] Capítulo 6.1

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El Proyecto se sitúa en la comuna de Primavera, específicamente en un sector rural, y la población más cercana corresponde a la Estancia Rancho Grande, cuya vivienda principal se ubica a aproximadamente 0,55 km del Proyecto, la cual no se verá afectada por emisiones que se generen durante las diferentes fases de este, principalmente en la fase de construcción, y que la distancia máxima de dispersión de partículas emitidas alcanzarían los 100 metros desde el área de intervención del Proyecto, según lo indicado en el Anexo 1-3 de la DIA. En tal sentido no existe riesgo para la salud de la población debido a efluentes, emisiones o residuos que pueda generar el Proyecto.

Las emisiones a la atmósfera de la fase de construcción corresponden a suspensión de polvo debido al movimiento de tierra y circulación de camiones de transporte de carga y vehículos para el transporte de personal. Estas emisiones serán de carácter puntual y transitorio, ya que estarán acotadas a un tiempo estimado de 90 días durante la fase de construcción.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento,

Las emisiones de ruido se encuentran asociadas en su mayor parte al tránsito de vehículos y maquinarias para la fase de construcción, las cuales serán puntuales y de baja magnitud, en consideración de las dimensiones del Proyecto.

Para descartar cualquier afectación sobre receptores sensibles, se realizaron modelaciones de ruido para la Fase de Construcción, Operación y Cierre. Estas consideraron el funcionamiento simultáneo de todo el equipamiento asociado a las actividades, determinando la situación más desfavorable para los receptores evaluados. Se presentan los niveles de presión sonora generados por el Proyecto en sus distintas fases para cada escenario modelado en el Apéndice A del Anexo 2- | Medio Físico de la DIA,

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Los resultados obtenidos fueron comparados con los límites máximos establecidos según el D.S. N*%38/2011 del MMA, verificando que el Proyecto cumple con los límites máximos permitidos establecidos por dicha normativa en todas sus fases. Estas emisiones serán de tipo intermitentes con características fluctuantes y de baja magnitud debido a las características del Proyecto y de una duración acotada al tiempo estimado para la construcción del Proyecto de 90 días.

En el área de influencia de este componente, se consideraron 6 receptores de emisiones acústicas del Proyecto, vinculados a zonas habitadas e industriales, que fueron seleccionados por su proximidad con las obras del Proyecto. El receptor más próximo se sitúa a 82 metros aproximadamente y corresponde al tipo industria. Los resultados obtenidos fueron comparados con los límites máximos establecidos según el D.S, N*38/2011 del MMA, verificando que el Proyecto cumple con los límites máximos permitidos establecidos por dicha normativa.

e) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Las emisiones y efluentes del Proyecto no provocarán efectos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, que puedan provocar un riesgo a la salud de la población, esto, dado que las obras y acciones de este serán puntuales y de baja magnitud, además del tipo de máquinas a utilizar y a la duración del Proyecto en sí.

El proyecto no contempla ningún tipo de descarga de efluentes al medio ambiente. Para los trabajadores, debido al acotado tiempo de ejecución de la etapa de construcción de 90 días, manejaran baños químicos dando cumplimiento a la normativa sanitaria vigente, y manejando los mismo en lugares autorizados.

Por lo tanto, no existirá exposición del suelo, agua o aire a contaminantes líquidos, por cuanto durante la construcción, las aguas servidas serán dispuestas en baños químicos. Este servicio será suministrado por una empresa especializada y debidamente autorizada, que realizará la instalación, mantención y el posterior retiro de éstos para su disposición final en un sitio autorizado, además de la limpieza periódica cada 3 a 5 días.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables,

incluidos el suelo, agua y aire.

Los residuos que genere el Proyecto serán manejados de tal manera que éstos no tendrán contacto con los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, además, estos serán dispuestos según lo establece la normativa vigente en tales materias, de esta manera no se presentará alguna exposición a contaminantes producto de los residuos, que afecte la salud de la población.

5,2,

EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS

RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Erosión, perdida de suelo y cubierta vegetal

El proyecto requiere de la excavación de una zanja para la instalación de las líneas de flujo, lo que implica el retiro de suelo y de la cubierta vegetal, esto podría derivar en procesos erosivos, generando pérdida de suelo y de su capacidad para sustentar biodiversidad.

Componente Ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera Zanja Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico [ Capítulo 6.2

a) La pérdida de suelo o de su

El Proyecto, para el desarrollo de su Fase de Construcción,

capacidad para sustentar | requiere extraer aproximadamente 10.340 m* del recurso suelo biodiversidad por degradación, | para la apertura de la zanja de la línea de flujo (considerando erosión, impermeabilización, | una profundidad máxima de 2 m de x 2.068 m de largo x 2,5m

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compactación 0 contaminantes,

presencia de

de ancho). Las medidas son referenciales ya que podrían variar de acuerdo con la topografía del lugar, sin embargo, el cálculo considera las dimensiones máximas proyectadas. Este recurso será restituido en su totalidad, posterior a la instalación de la línea de flujo.

En efecto, luego de ser extraído el material, será puesto de manera momentánea a un costado del trazado proyectado con el fin de, una vez terminada la instalación de la línea, ser restituido de acuerdo con lo señalado en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV), adjunto en el Anexo B de la Adenda Complementaria.

El objetivo del Plan es la recuperación de cobertura vegetal en las áreas intervenidas por actividades productivas en la Estepa Magallánica a través de la rehabilitación ambiental con perspectiva ecológica y de manejo adaptativo.

La remoción de suelo será de carácter temporal, ya que se considera restituir tanto el suelo como la cubierta vegetal mediante la aplicación de labores agronómicas y posterior seguimiento, neutralizando la erosión, impermeabilización y compactación del suelo, además de su degradación. En tal sentido, no se afecta en el tiempo la capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización o compactación producto de la construcción de los ductos. Durante la fase de cierre, la línea de flujo permanecerá enterrada, ya que por sus características de materialidad inerte (cañerías de acero) resulta ambientalmente inconveniente su retiro, debido a que habría que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada.

En cuanto a la calidad de inerte de los ductos, el diseño considera instalar tuberías de acero revestidas en su exterior con un recubrimiento de polietileno tricapa utilizado mundialmente e instalado según los requerimientos de la norma aplicable. El revestimiento entrega la protección contra cargas mecánicas, térmicas y químicas durante la operación, el transporte y la instalación.

Por otra parte, las medidas de cierre que se consideran ejecutar para el Proyecto corresponden al venteo acción mediante la cual se verifica la inexistencia de gas a presión al interior de los ductos, cierre de válvulas, desconexión y limpieza interna del gasoducto.

Respecto de ésta última actividad, la limpieza interna de los ductos se realizará mediante un dispositivo (conejo de limpieza), con el objeto de dejar limpia la superficie interna de las líneas de flujo.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley N*19.300.

Flora y Veget: ] Respecto al componente Flora y Vegetación, se definió un área de influencia (Al) de 160 metros alrededor de las líneas de flujo, la cual fue prospectada en 2 campañas de terreno, la primera realizada en verano, el 28 de febrero de 2025; y la segunda en invierno, el 29 y 30 de julio del mismo año, a través de una inspección de forma visual en terreno recorriendo el Área de Influencia.

En cuanto a la vegetación, los resultados de la aplicación de la Carta de ocupación de Tierras (COT) señalan que el área de estudio corresponde a sitios planos. de escasas pendientes y exposición. La formación vegetal dominante entre las muestras tomadas es la Coirón de Festuca gracillima y Poa glorecurus (57,2%), seguido por Coirón-Mata de Festuca gracillima con Chiliotrichum diffusum (0,9%), el Coirón-Mata de Festuca gracillima y Baccharis magellanica (11,9%) y Superficie desprovista de vegetación (7,9%). Respecto a la Flora, se encontraron 49 especies de plantas vasculares. De

Ea

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estas 39 pertenecen a la clase Magnoliopsida, las que representan el 80 % de la flora total del Área de Estudio, mientras que 10 pertenecen a la clase Liliopsida, las que representan el 20 % de la flora total.

No se encontraron especies de flora en categorías de conservación ni formaciones vegetacionales protegidas. Fauna:

Respecto a esta componente, se realizó 2 campañas de terreno, la primera realizada en verano, el 28 de febrero de 2025; y la segunda en invierno, el 29 y 30 de julio del mismo año, a través de una inspección de forma visual en terreno recorriendo el Area de Influencia.

En la campaña de verano, de las 7 especies registradas, cinco (5) especies corresponden a la clase de Aves y dos (2) a mamíferos. No se registraron ejemplares de reptiles y anfibios. Por otra parte, durante la campaña de invierno, de las diez (10) especies registradas, nueve (9) corresponden a la clase de aves y una (1) a mamífero. En esta campaña (de invierno) tampoco se registraron ejemplares de anfibios ni reptiles.

De las aves registradas en terreno, la especie Charadrius modestus (Chorlo chileno), está categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N*%44/2021 MMA), Chloephaga picta (Caiquén) está categorizada como Vulnerable (VU) (D.S. N” 02/2024 MMA) y Theristicus melanopis (Bandurria) está categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. 06/2017 MMA).

Con respecto a los mamiferos, la especie Lama guanicoe (Guanaco) está categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 33/2011 MMA), en tanto Lycalopex griseus (Zorro chilla) está categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. N*33/2011 MMA).

No obstante, en el área de influencia, no existen áreas de relevancias, que puedan ser afectadas por el proyecto, debido a las características de vegetación baja y homogénca, la alteración antrópica de los ambientes y presencia de ganado doméstico, lo que determina una menor disponibilidad de sitios idóneos para las especies de fauna.

Adicionalmente, en el área de influencia no se detectó la presencia de la especie Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps).

De acuerdo con el Censo Poblacional de Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps), temporada 2023-2024 y 2024-2025, realizado por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el avistamiento más cercano al área del Proyecto es a 5,8 y 7 km. Si bien, durante la campaña no se hallaron registros de la especie del Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps), con el fin de resguardar a la especie, debido a que posee un comportamiento marcado por caracteres migratorios, sumado al delicado estado de conservación, el Titular ha considerado realizar una charla de inducción al personal sobre la importancia de la especie, su ambiente natural, el reconocimiento de la especie y la implementación de un protocolo en caso de avistamiento, el que consta de lo siguiente:

  1. En caso de avistamiento de la especie con una distancia de al menos 100 m, el trabajador deberá dar aviso a su superior o al encargado de la faena,

  2. Una vez confirmada la presencia de la especie Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps) en el área de intervención del Proyecto, se pospondrán los trabajos temporalmente en la zona de registro, de manera de resguardar a la especie.

El

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  1. Posteriormente, se avisará a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, de todos los antecedentes levantados con respecto al avistamiento de la especie.

Se considera como hito de reactivación de las labores constructivas, el abandono del área por sus propios medios del o los individuos avistados, mediante el seguimiento por parte de un especialista.

Si bien no se registró la presencia de Tuco Tuco (Ctenomys magellanicus) durante las campañas de terreno efectuadas para la elaboración de la línea de base. y en atención a que la distribución espacial de la especie puede variar en función de la estacionalidad y la disponibilidad de alimento, presentando un comportamiento dinámico y una alta movilidad local, el titular implementará un Plan de Seguimiento, donde se verificará la presencia de la especie, previo al inicio de las obras de construcción. mediante inspecciones en terreno orientadas a la identificación de madrigueras activas, dentro del área de influencia del Proyecto. Esta medida inspectiva se incorpora a los planes de seguimiento, y se ejecutará con antelación al inicio de las faenas constructivas, lo que permitirá definir oportunamente las medidas de manejo necesarias y evitar la afectación directa de madrigueras activas durante la ejecución del Proyecto. Si no se registra la presencia de la especie, o se identifican madrigueras inactivas, se procederá con la construcción sin la necesidad de medidas adicionales. Mientras que en el caso de que si se identifiquen madrigueras activas se aplicará el Plan de Perturbación Controlada, adjunto en el Anexo C de la Adenda Complementaria.

Adicionalmente, con el fin de resguardar a la fauna silvestre, se proponen las siguientes medidas preventivas que serán informadas en la charla de inducción que se realizará a los trabajadores, poniendo además especial énfasis sobre la preservación de la fauna, incluyendo la prohibición de caza y recolección de crías y/o huevos:

  • Se establecerá la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre en el área del Proyecto.

= Se establecerá la prohibición de levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías.

  • Se prohibirá el ingreso de animales domésticos al área del Proyecto.

e) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

El proyecto contempla intervenir una superficie máxima de 4,13 ha durante la Fase de Construcción, la cual se verá disminuida durante la Fase de Operación a 1,24 ha. Las áreas intervenidas para la construcción de la línea de flujo serán manejadas de acuerdo a lo establecido en el PICV del Proyecto (Anexo B de la Adenda Complementaria), para restablecer la condición de la cubierta vegetal removida.

Los principales cursos de agua identificados en las cercanías del área del Proyecto, corresponde al Río del Oro y Río Óscar, que poseen orientación al Sur a Norte y desemboca en el Estrecho de Magallanes. A lo largo del trazado proyectado para la línea de flujo, no se detectaron cauces naturales permanentes ni estacionales, tampoco existen grandes zonas donde pudieran generarse acumulaciones de aguas lluvias o aguas de deshielo.

En cuanto a la hidrogeología. es relevante mencionar que la Línea de Flujo se emplaza en una zona donde no hay pozos surgentes y los acuíferos se encuentran entre los 3 y 100 m de profundidad de acuerdo con las condiciones geológicas del substrato, por lo cual, conforme a la profundidad de las excavaciones proyectadas, que serán de 1 a 2 m como máximo,

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no se intervendrán los posibles acuíferos bajo la superficie del Proyecto,

De acuerdo con lo anterior y a las características del Proyecto, los recursos hídricos superficiales y subterráneos presentes no se verán afectados, deteriorados ni intervenidos por el Proyecto.

El Proyecto en ninguna de sus fases generará emisiones significativas que puedan alterar la calidad del aire, ya que las emisiones atmosféricas que se generarán serán mínimas y de corta duración, asociados principalmente a la etapa de construcción.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En el área de influencia del Proyecto no se presentan normas secundarias de calidad ambiental vigentes que establezcan máximos o mínimos de concentraciones permisibles de sustancias o elementos en algún componente del medioambiente. En relación con las emisiones atmosféricas, agua, manejo de residuos sólidos y residuos líquidos permite concluir que no habrá afectación a la biota por la magnitud ni duración de estas acciones del Proyecto.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

De acuerdo con las tablas 2-38 a la tabla 2-48 del Capítulo 2 de la DIA, se presentan los niveles de ruido modelados y los resultados obtenidos para todas las fases del Proyecto, fueron comparados con los máximos permisibles según los criterios de evaluación establecidos en la Resolución Exenta N*202299101330 de fecha 29 de abril de 2022 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa” (SETA, 2022). dando cumplimiento con los máximos establecidos para los diferentes umbrales en horario diurno para la Fase Constructiva, de Operación y Cierre, y en horario nocturno para la Fase de Operación.

En el Apéndice B del Anexo 2-1 Medio Físico se presenta el Estudio de Ruido en Fauna con mayores antecedentes metodológicos.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, — residuos, así como cualesquiera Otras Sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

El Proyecto no generará ningún tipo de producto ni necesitará de productos químicos o sustancias durante ninguna de sus fases.

En cuanto a residuos peligrosos, se prevé una generación estimada equivalente a 0,1 toneladas durante la Fase de Construcción, que será acotada en el tiempo (90 días). Los residuos peligrosos serán almacenados en la bodega de almacenamiento destinada para dicho efecto con que cuenta ENAP en Terminal Gregorio, autorizada por la Resolución Exenta N30/2009, dando cumplimiento con el DS. N*148/2003 del MINSAL, que aprueba el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Finalmente, los residuos serán retirados por una empresa autorizada, para ser llevados a un sitio de disposición final también autorizado. Para la Fase de Operación, en el caso de las mantenciones preventivas o que se requiera un reemplazo de tramos en las líneas de flujo en la vida útil del Proyecto, se considerará una generación menor de residuos sólidos, los que serán retirados

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por una empresa autorizada y conducidos al lugar de disposición final autorizado cumpliendo en todo momento con la normativa vigente en estas materias,

Todas las emisiones de ruido generadas por el Proyecto a lo largo de sus fases serán de tipo intermitentes con características fluctuantes y de baja magnitud debido a las características del presente Proyecto.

Conforme a los antecedentes evaluados, no habrá efectos sobre los recursos naturales renovables en el área del proyecto por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas

que contienen aguas fósiles.

2.2, Cuerpos o cursos de aguas en

que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso O descenso de los niveles de aguas.

Áreas o zonas de humedales,

estuarios y turberas que

pudieren ser afectadas por el ascenso O descenso de los

niveles de aguas subterráneas o

superficiales.

La superficie o volumen de un

glaciar susceptible de

modificarse.

a $

g.5

El proyecto no involucra la explotación o utilización de caudales de recursos hídricos, además, no se producirá ascenso o descenso de niveles de aguas subterráneas, debido a que el ducto irá enterrado a un máximo 2 m bajo tierra.

El agua para consumo humano se entregará envasada en bidones provenientes de algún servicio de aguas autorizado por la Autoridad Sanitaria y que dará cumplimiento a lo estipulado en la NCh N409 y al D.S. N594/1999 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

Por otro lado, durante la Construcción del Proyecto se consideran 368 m* aprox. de agua industrial para actividades de riego, la cual será realizada posterior a la siembra. El agua industrial que se utilizará se obtendrá alternativa o conjuntamente, según se requiera, de cualquiera de los puntos de captación de agua autorizados presentados en el Anexo 1-4 de la DIA.

Se identificó la presencia de un humedal (ID AUX-53781 del Inventario Nacional de Humedales) a aproximadamente 300 metros de la línea de flujo, distante de las obras del proyecto, por lo que no se generará afectación al mismo.

Por lo anterior, se prevé que el Proyecto no generará efectos adversos sobre el componente hídrico.

£.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles El Proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas fósiles.

2.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles

Las obras del Proyecto no generarán fluctuaciones de agua superficial o subterráneas, por cuanto no contempla ninguna excavación ni intervención de cuerpos o cursos de agua para extraer dicho recurso.

2.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

El Proyecto no afectará los niveles de aguas de Vegas y/o Bofedales, tanto en su ascenso como descenso, ya que no se identifican estos en el área de influencia conforme a lo expresado en el Apéndice C del Anexo 2-1 Medio Físico de la DIA.

2.4. Areas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

El Proyecto no intervendrá área o zonas de humedales, estuarios y turberas, por cuanto éstos no se presentan en el Área de Influencia del Proyecto conforme a lo expuesto en el Apéndice C del Anexo 2-1 Medio Físico de la DIA.

2.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse

El Proyecto no intervendrá la superficie o volumen de ningún glaciar, y no se identificó la existencia de algún glaciar en el

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área de influencia del Proyecto, lo cual se indica en el Apéndice C del Anexo 2-1 de la DIA,

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El presente Proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Además, se encuentra prohibido el cuidado e ingreso de especies domésticas a los lugares de trabajo.

Los impactos generados por pérdida de resiliencia climática de los ecosistemas

El Proyecto no afectará capacidad de resiliencia climática de la flora y la fauna del lugar, ya que el desarrollo del Proyecto estará complementado con medidas dirigidas a la protección de las especies como son: la delimitación del área exclusiva del área de trabajo; la realización de una charla de inducción de todos los trabajadores asociados al Proyecto al inicio de la puesta en marcha de éste, poniendo además especial énfasis sobre la preservación de la fauna, incluyendo la prohibición de caza y recolección de crías y/o huevos.

33;

REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA

DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico | Capítulo 6.3

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, — tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto se implementará en una estancia privada, caracterizada por ser una localidad rural. En cuanto a los factores generadores de impactos del proyecto, como el transporte de equipos, maquinarias y personal, este se realizará a través de caminos existentes, y en consideración al tamaño de vehículos a utilizar y la frecuencia de estos, se prevé que no se producirá afectación al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico por los grupos humanos identificados. Por otra parte, en base a las actividades de construcción, esta será acotada (90 días), por lo tanto, a fin de mantener y no interferir en las actividades de las comunidades aledañas, principalmente el desarrollo de la actividad ganadera, se mantendrá comunicaciones con los estancieros, con el fin de comunicar y coordinar con anticipación las actividades de tránsito de vehículos. Así, no se interferirá con las actividades desarrolladas por la comunidad.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos

de desplazamiento.

La Fase de Construcción será acotada en el tiempo, solamente durante 90 días. El flujo vehicular del Proyecto estará compuesto principalmente por camionetas, camiones de 2 y más de 2 ejes y camionetas para el traslado del personal.

De acuerdo con los resultados expuestos en el Estudio de Impacto Vial (Anexo 2-7 de la DIA), se determina que el Proyecto provoca un efecto leve, en comparación a la situación base, dado que los resultados de los análisis de incidencia y capacidad indicaron que el Proyecto no generará variaciones importantes en las condiciones de operación y circulación de los tramos ni intersecciones, sino que solo mínimos aumentos de los indicadores de tránsito (grados de saturación, capacidad y demoras). Por lo tanto, el Proyecto no producirá impacto en la vialidad ni alterará la seguridad vial de los caminos utilizados, debido que éstos ya son ampliamente utilizados para el tránsito de vehículos de todo tipo y para el flujo vehicular de las faenas mineras,

Por lo anterior, el Proyecto no generará obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de transeúntes ni vehiculares.

La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

9)

El Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios, ya que estos servicios, se encuentran en la localidad de Cerro Sombrero, fuera del área de influencia del proyecto.

d

La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses

Las manifestaciones de tradiciones, cultura O intereses comunitarios se desarrollan en la localidad de Cerro Sombrero, fuera del área de influencia del proyecto.

El

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comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, no se identifican éstos en el sector, por lo que no se alterará alguna forma de organización social particular. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA.

En conclusión, el Proyecto no genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social, ya que no se identifican grupos humanos en el área del Proyecto.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular,

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, no se identifican éstos en el sector, por lo que no se alterará alguna forma de organización social particular.

5.4, LOCALIZACIÓN EN O PR

PROTEGIDOS Y GLACIARES,

ÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS

PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES

SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL

VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico | Capítulo 6.4

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de desarrollo del Proyecto no existe población protegida, susceptibles de ser afectadas, entendiendo por éstas, a los “pueblos indígenas, independiente de su forma de organización”, de conformidad con los antecedentes desarrollados en la caracterización del Medio Humano (Anexo 2.6 de la DIA), existente en el Área de Influencia del Proyecto.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto oO actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

Respecto a las Áreas Protegidas. Areas Colocadas Bajo Protección Oficial y Sitios Prioritarios, la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena posee diversos sitios protegidos por distintos instrumentos legales que se encargan de conservar los recursos naturales presentes en el sector con el fin de la conservación y protección de ambientes únicos. En base a lo expuesto, el Proyecto no se ubica dentro de ningún Sitio Prioritario para la Conservación de la Diversidad Biológica de Chile, así como tampoco dentro ni cercano a las áreas consideradas en la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Biodiversidad de la Región de Magallanes y de la Antártica chilena, ni en sectores descritos como Reservas de la Biósfera.

El área protegida más cercana al Proyecto corresponde a “Bahía Lomas”, que corresponde a un Sitio de Estrategia Regional, Santuario de la Naturaleza, Sitio Prioritario y Sitio Ramsar, ubicado a aproximadamente 41,3 km del área de emplazamiento del Proyecto.

5.5: VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍ

ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL

STICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico Capítulo 6.5

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

De acuerdo a los antecedentes presentados en la caracterización de Paisaje y Turismo (Anexo 2.4 de la DIA), y la ubicación del Proyecto respecto a los puntos de observación del paisaje da cuenta que las obras del Proyecto serán casi imperceptibles, por lo que éstas no interferirán con la visibilidad de la zona. Lo anterior se justifica, en que la línea de flujo se encontrará soterrada por lo que no será visible desde los puntos de observación. Además, el proyecto, se ubica en una zona con un grado de intervención antrópica moderado, por ende, no presenta valor paisajístico,

E

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b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

El Proyecto no constituye una alteración los atributos de una zona con valor paisajístico, toda vez que el área de emplazamiento del proyecto carece de valor paisajístico, debido al grado de intervención antrópica de la zona.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico,

El área del Proyecto no presenta valor turístico, entendiéndose que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, atrae flujos de visitantes O turistas hacia ella. Por ende, el presente proyecto no presenta ninguna de las condicionante anteriormente mencionadas.

ALTERACIÓN DE ARQUEOLÓGICO, PATRIMONIO CULTURAL

5.6.

MONUMENTOS, HISTÓRICO Y,

SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

| Capítulo 6.6

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

En el Anexo D de la Adenda Complementaria se encuentra adjunto el Levantamiento de Arqueología y Patrimonio Cultural Terrestre. Del informe presentado, se concluye que en el área donde se emplazará la línea de flujo no se identificó la presencia de bienes patrimoniales protegidos por la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales, en consecuencia, el Proyecto no removerá, destruirá, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N 17.288.

No obstante, durante las actividades de remoción o excavación que involucren movimientos de tierra durante la Fase de Construcción del Proyecto, se realizará un monitoreo arqueológico por parte de un/a arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología y/o licenciado en antropología con mención en arqueología por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie o cualquier movimiento de tierra en el área del Proyecto. El informe del monitoreo arqueológico será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales. Además, se realizarán charlas de inducción o capacitación sobre patrimonio cultural a todo el personal involucrado en las labores de excavación. En el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial, se cumplirá con lo establecido en los Artículos 26" y 27" de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

El proyecto no se ejecutará en lugares o sitios que, por sus características constructivas, antigiledad, valor científico, contexto histórico o singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad,

En el área del Proyecto y sus alrededores, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano sujetas a una eventual afección por parte de la implementación del Proyecto y el desarrollo de sus actividades, por lo cual no existirá afectación sobre los lugares o sitios descritos en este literal.

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grupos humanos indígenas.

considerando especialmente a los

las siguientes

6”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son

6.1.

PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

6:11,

Plan de Incidentes Ambientales y Restauración de la Cubierta Vegetal

Riesgo o contingencia

Rotura de líneas de flujo e incidentes en el transporte

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Líneas de flujo y transporte

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Con el propósito de prevenir la contingencia producto de rotura de las líncas de flujo o incidentes en el transporte, el Titular realizará capacitaciones al personal del Proyecto, previo al inicio de los trabajos, sobre las mantenciones de la tubería; a su vez, se entregará una copia del Plan de Emergencias del Proyecto a todo el personal del Proyecto, por lo tanto, el indicador de cumplimiento de esta actividad será el registro de la lista de asistencia a la capacitación descrita. De esta manera, se aplicarán las siguientes medidas:

  • Todo trabajador es responsable de aplicar el procedimiento integramente.

  • Se usarán elementos adecuados de protección personal (EPP) para el manejo de sustancias peligrosas.

  • Solo el personal capacitado puede realizar las mantenciones de la tubería.

  • Se verificarán las acciones y equipos asociadas al transporte y se realizarán mantenciones puntuales a la tubería, donde se verificará el desgaste de las tuberías producto de su operación a través de inspecciones instrumentadas o inspecciones del estado de recubrimiento del tubo, se mantendrá registro de estas mantenciones.

  • Una vez concluidas las acciones, particularmente las asociadas a la construcción de la línea de flujo, se instalarán letreros donde se indique el diámetro de la línea, la presión, la empresa a la cual pertenece y número de ubicación por emergencia. Dichos letreros se ubicarán a distancias prudentes considerando además como en todos los Proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros.

Forma de control y seguimiento

El Comité de Crisis Secundario llevará registro cronológico de los eventos e informará a la autoridad local si corresponde. Adicionalmente, se consideran los siguientes registros:

  • Acta de registro de entrega de documento “Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias” al trabajador, con su respectiva firma.
  • Acta de asistencia a capacitación

  • Registro de inspecciones a las instalaciones y de los eventos ocurridos, si aplica.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En el caso de producirse un incidente en el área del Proyecto, que involucre la intervención de la cubierta vegetal, el Titular gestionará las siguientes acciones:

  • En caso de detectar una rotura se debe dar aviso inmediato al responsable del área.

  • Recorrer el trazado de las líneas de flujo para identificar el punto exacto de la fuga.

  • Coordinar con los contratistas y encargados de ENAP las labores inmediatas para contener el derrame,

  • Analizar las singularidades ambientales y topográficas del entorno para evaluar el desplazamiento de la sustancia derramada, poniendo énfasis a los cuerpos de aguas cercanos: mar, ríos, vegas, chorrillos, entre otras.

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  • Contener y tratar de recuperar la mayor parte del producto derramado en el menor tiempo posible, disminuyendo de esta forma la infiltración y trasporte del derrame.

  • Si el derrame se produce en cercanías de un curso de agua, todos los manejos irán orientados a contener y evitar el contacto del producto con el cauce, evitando su dispersión.

  • Realizar la exclusión del área mediante un cerco perimetral, para impedir el contacto de la fauna que pudiese presentar el entorno.

  • Procurar no ocasionar un efecto mayor en la cubierta vegetal debido al paso de los vehículos y maquinarias a utilizar en las labores de contención, recuperación y posterior limpieza del área

afectada.

  • De ser necesario se construirán zanjas de contención con un producto encapsulador, de manera de evitar el contacto con las aguas.
  • Si el derrame se desplazara hasta tener contacto con las aguas de un cauce, se realizará una contención en las aguas a través de mangas y productos encapsuladores que impidan una mayor migración del derrame.

  • Restituir la cubierta vegetal del área afectada mediante las medidas agronómicas establecidas en los Planes de Intervención de la Cubierta Vegetal, cuyo indicador de cumplimiento corresponderá a los mismos compromisos de intensidad de monitoreo y porcentajes de cobertura.

Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan de Emergencia

El Titular del Proyecto, mediante el módulo de Aviso / Contingencia / Incidente del sistema de seguimiento ambiental, a través de la página web www.sma.gob.cl, notificará y dará inicio de la activación del Plan.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1-6 y Anexo 1-9 de DIA.

6.1.2.

Plan de Respuesta a Emergencia Forestal

Riesgo o contingencia

Incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Línea de Flujo

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Disponer de los recursos humanos y materiales necesarios destinados a controlar las emergencias forestales y de interfase forestal en áreas propias de ENAP Magallanes, zonas adyacentes u otras, que puedan comprometer las instalaciones, plantas, refinería y/o áreas de oleoductos y gasoductos.

  • Inducción al personal: La Unidad de Prevención de Riesgos ENAP Magallanes, será el ente encargado de difundir la información y medidas tendientes para prevenir la eventual ocurrencia de incendios en pastizales, Para los fines recién descritos, se contempla la realización de charlas de inducción a todos los trabajadores involucrados en las tareas exploratorias, de manera que se conozcan los riesgos asociados a la generación de este tipo de incidentes, pudiendo conocer los factores causantes, además de saber los pasos a seguir para el control de un eventual incendio. Los contenidos de estas Charlas son:

— Organización del Personal para el combate de incendios de pastizal, saber qué hacer en caso de evento.

— Conocer los números de emergencia del área y puntos de reunión en caso de evento.

  • Trabajos de soldaduras: Antes de efectuarse los trabajos de soldadura, se debe realizar un análisis de riesgo que comprende esta tarea, a fin de establecer todas las medidas de control necesarias para realizar los trabajos. De acuerdo con ese análisis e implementando todas las barreras de control, siempre y cuando aplique, se realizaran las respectivas mediciones de gases dejándolas establecidas en el

E

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permiso de trabajo escrito. La periodicidad de esas mediciones deberá quedar establecidas en el análisis de riesgos de tareas.

El Supervisor del área, autorizará la faena, mediante un permiso de trabajo y velará por el cumplimiento del análisis de los riesgos que comprende esta tarea, con el objetivo de evitar cualquier condición insegura que pudiera generarse,

Para los trabajos de soldadura comenzarán sí y solo sí se encuentran firmados y además deben cumplir con las siguientes medidas mínimas de control:

— El soldador, debe acreditar experiencia de al menos 3 años en esta actividad,

— Uso de elementos de protección personal específicos y adecuados para esta faena.

= Contar con extintores portátiles en cada zona donde se realizarán trabajos con generación de calor.

— Humedecer la superficie del área de trabajo, para evitar focos de incendios, producto de la caída de chispas y la proyección de elementos incandescentes que pudieran hacer contacto con materiales combustibles o con la vegetación de los alrededores. — Las tuberías aledañas al trabajo de soldadura, se protegerán mediante encarpados, la cual evitará que se propaguen las chispas por efectos del viento.

— Afianzar de forma segura las líneas a intervenir, para evitar desplazamientos inesperados hacia los costados de los soportes. * Plan de presupresión de incendios forestales: abarca un sistema contra incendios y fuentes de aguas que consisten en:

Sistema contra incendios: Considerando que las construcciones de las líne: e realizarán en zonas alejadas a nuestras instalaciones principales, nuestra empresa ENAP Magallanes considera de gran importancia las primeras acciones para extinguir un amago forestal, para ello se deben considerar las siguientes medidas preventivas:

— Para las actividades específicas de soldadura, las Empresas Contratista y/o Subcontratistas, deben disponer de un contenedor de almacenamiento, con capacidad mínima de | metro cúbico de agua como sistemas contra incendio, el contenedor debe estar equipado con su respectiva bomba y manguera 1 pulgada de diámetro y de 15 a 20 metros de largo, lo que permitirá atacar un eventual amago en forma rápida y oportuna con el fin que no se propague hacia las áreas aledañas que posean vegetación.

= Estos contenedores serán transportados en vehículos livianos, lo que permite su fácil y práctico traslado hacia todos los puntos de trabajo,

— Además, se considerará un kit con herramientas manuales para el combate de incendio forestales. Se debe disponer de extintores portátiles en las áreas de trabajo.

— Todo el personal debe estar capacitado en los métodos de combate de incendios forestales y en el uso y manejo de extintores. Fuentes de agua: ENAP Magallanes tiene disponible camiones aljibes, para el apoyo en el combate de incendios forestales en todas las instalaciones, producto del traslado permanente en el suministro de agua a las distintas áreas.

Forma de control y seguimiento

Para todas las instalaciones de ENAP ubicadas en la comuna de San Gregorio la primera comunicación e intervención se realizará con la Brigada de ENAP más cerca a la emergencia esta puede ser la Brigada de ENAP Gregorio o la Brigada de ENAP Posesión, se considerará adicionalmente a la primera respuesta por parte de operaciones en el área, el llamado inmediato del apoyo desde Punta Arenas a: —CONAF: 130

— Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas: 132,

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

El plan de emergencia se activa al momento de realizar el llamado y comunicación a los números de emergencia indicados en el punto 7 del Plan. Este llamado puede ser realizado por cualquier persona de

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ENAP o contratista. A. Operador de Teléfono de Emergencia: Es quien recibe el llamado de alerta desde terreno y realiza lo siguiente: = Solicita apoyo a los servicios ante la ocurrencia de alguna emergencia.

— Dar aviso a la brigada de respuesta de emergencia, BRE,

= Informa al Superintendente del área.

— Recibe y envía los mensajes que se requieren.

= Lleva un registro de las comunicaciones efectuadas. B. Jefe del Servicio / Administrador de Contrato: Es quien verifica con su encargado de área la situación de la alerta y ejecuta lo siguiente, — Se comunica solicitando apoyo por la emergencia al operador del teléfono de emergencia.

= Solicita la información y coordina la respuesta de la Brigada, BRE. — Presta apoyo y guía al personal externo para entregar la información necesaria y poder controlar la emergencia. C. Superintendente del Área

— Asumirá el rol de coordinador de la emergencia y tomará todas las decisiones necesarias para controlar y detener la emergencia tan rápido como sea posible, considerando el nivel de la emergencia y su potencial de impacto.

= Si la emergencia es confirmada o no se logra su control, el Superintendente del área declarará el nivel 2 o 3 de la emergencia para administrar y movilizar otros recursos que sean necesarios para el control de esta. D. Comité de Crisis Secundario

— Informa el evento y mantiene informado en todo momento al Gerente de ENAP Magallanes de la evolución del evento.

= Coordina los recursos necesarios dependiendo del nivel de la emergencia, liderado por el Jefe de Emergencia. E. Departamento de Prevención de Riesgos y Dirección Medio Ambiente.

— Asesorar tanto al superintendente del área como al Comité de Crisis Secundario o a quien esté a cargo de la coordinación de la emergencia. F. Apoyos Transversales

= Coordinar la disponibilidad de los recursos que el Superintendente estime necesario para el control de emergencia, Sobre todo, en alertas de Tipo 2 y 3. G. Brigada de Respuesta de Emergencias, BRE

— Ejecutar las actividades necesarias para controlar la emergencia del área afectada, utilizando los medios disponibles y solicitados según la emergencia, ya sean internos o externos.

Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio

Ambiente de la activación del Plan de Emergencia

Dentro de las primeras 24 horas de ocurrido un incidente, se dará aviso telefónico a la Superintendencia del Medioambiente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1-8 de la DIA

6.1.3.

Plan de Emergencia para

el Transporte de Gas Natural

Riesgo o contingencia

Fugas en líneas de flujo durante el transporte de gas

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra O acción asociada

Línea de Flujo

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Durante la operación normal se considera la observación, registro y análisis de las variables de proceso, la intervención de equipos y elementos de compresión, medición, registro y bloqueo que aseguren el cumplimiento del objetivo para el cual el ducto fue instalado.

Forma de control y seguimiento

La medición registro y bloqueo podrá ser realizada tanto en forma remota como local.

Acciones 0 medida a implementar para controlar la emergencia

La fuga del gas transportado ya sea por rotura violenta del ducto o pérdidas por escapes producto de roturas de elementos de él, es considerada una emergencia.

sa

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Esta condición se detecta mediante la observación y análisis in situ o en forma remota de las variables de proceso presión y flujo. Una disminución de la presión y/o del caudal que no puedan ser explicadas por algún cambio en procesos agua arriba o aguas abajo del ducto se considera como una fuga.

Acciones a seguir: Descartado que los cambios observados en las variables correspondan a cambios en los procesos aguas arriba o abajo del ducto, se procederá a:

» Aislar éste mediante las válvulas más cercanas, en forma remota si el sistema contempla esta opción o en forma directa si no lo tuviera.

» Recorrer el trazado del ducto para ubicar el punto de fuga.

  • Aislar el lugar donde se produce la fuga evitando riesgos de explosión o incendio.

  • Aviso a la línea de supervisión.

  • Notificación a la autoridad competente si aplica de acuerdo a D.S. N2280.

Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio

Ambiente de la activación del Plan

Informe preliminar de falla, que incluye descripción de lo sucedido y el posible origen de la misma. Informe final: descripción de los sucedido y determinación de la causa básica y raíz del evento acontecido Dentro de las primeras 48 horas de ocurrido el incidente, el titular del Proyecto, mediante el módulo de reporte de incidentes del sistema de seguimiento ambiental, a través de la página web www.sma.gob.el, notificará y dará inicio de la activación del plan.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1-7 de la DIA

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 7

7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

7.1.

Decreto N*132/2002 del Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de Seguridad Minera

Componente/materia

Seguridad Minera

Otros cuerpos legales

Ley N*20.551/2011 del Ministerio de Minería. Regula el Cierre de instalaciones y Faenas Mineras.

Fase del proyecto a la que aplica

aplica

E o Todas o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que | Todas

Forma de cumplimiento

El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones relativas a componentes ambientales establecidos en el Reglamento de Seguridad Minera.

Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria, todos los vehículos a utilizar, durante la ejecución del Proyecto, se encontrarán con las respectivas revisiones técnicas al día. Junto a lo anterior y como se señaló en el Capítulo 1 de la presente DIA en evaluación, los residuos y emisiones serán manejados de acuerdo con la normativa vigente,

El cumplimiento especifico de los Artículos 493%, 498%, y 499% se ajusta a procedimientos de la empresa actualizándolo e incorporando nueva normativa.

Indicador que acredita su

cumplimiento

  • Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

  • Plan de Cierre de faena minera aprobado.

  • Reglamento interno de seguridad aprobado.

  • En específico el Art. 500% Guías de retiro y respaldos de la disposición de residuos.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrán en oficinas administrativas del Proyecto, en formato físico o digital, copia de la documentación señalada en indicador de cumplimiento.

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7.2,

Ley N*20.551/2011 del Ministerio de Minería. Regula el Cierre de instalaciones y Faenas Mineras

Componente/materia

Cierre de Faenas Mineras

Otros cuerpos legales asociados

Decreto N*132/2002 del Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de Seguridad Minera.

Fase del proyecto a la que aplica

aplica

a a Cierre o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que | Todas

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20,551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio Nacional de Geología y Minería para su aprobación de acuerdo con lo señalado en su artículo 4%.

Indicador que acredita su

cumplimiento

Plan de cierre aprobado

Forma de control y seguimiento

Mantención en el área del Proyecto del Plan de cierre aprobado, ejecución de éste y estabilidad física y química del lugar dónde operó la faena.

7.3. Decreto Supremo N*144/1

Emanaciones o Contaminaciones de cualquier naturaleza”

961 del Ministerio de Salud. que “Establece norma para evitar

Componente/materia

Emisiones Atmosféricas

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

El Titular cumplirá en su totalidad lo dispuesto en este Decreto Supremo. En tal sentido, se menciona que sólo se utilizarán vehículos y camiones que cuenten con sus revisiones técnicas al día; se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III (valores de emisión D.S, N55/1994, artículo 8 bis); se realizarán mantenciones periód de las maquinarias y equipos utilizados en las faenas; y se exigirá que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el Reglamento, en Decreto Supremo N75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Indicador que acredita

cumplimiento

su

-Todos los vehículos utilizados en el Proyecto portarán el documento de revisión técnica al día.

Forma de control y seguimiento

-Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. -Registro de mantención de maquinarias y equipos

-Copia de los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador en el Edificio Central Punta Arenas en formato digital y/o físico.

7.4. Ley N*21.455 del Ministeri

o del Medio Ambiente, Ley Marco de Cambio Climático

Componente/materia

Emisiones Atmosféricas

Fase del proyecto a la que aplica

aplica

E A Todas o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que | Todas

Forma de cumplimiento

En el Capítulo 2 y sus anexos. se han analizado los efectos ambientales y riesgos asociados a los efectos adversos del cambio climático, según lo indicado en la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SETA (2024)” del Servicio de Evaluación Ambiental.

Indicador que acredita

cumplimiento

su

Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Forma de control y seguimiento

Copia de Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable,

30) a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url El

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Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrá en oficinas administrativas del Edificio Central de Punta Arenas en formato físico o digital, copia del registro de almacenamiento de residuos, la copia de las autorizaciones sanitarias de los contratistas que realizaran las actividades de retiro de residuos, y el comprobante de ingreso al centro de disposición autorizada y/o bodega de almacenamiento temporal.

  • Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas,

7.13. Decreto Supremo N*148/20

03, del Ministerio de Salud, que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre

Manejo de Residuos Peligrosos”

Componente/materia

Residuos

Otros cuerpos legales

Decreto con Fuerza de Ley N*%725/1967 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario”.

Fase del proyecto a la que aplica

aplica

z E Todas o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que | Todas

Forma de cumplimiento

Los residuos industriales peligrosos serán identificados, rotulados y se depositarán en una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada para su disposición final. Además, el transporte y la disposición final se realizarán con empresas debidamente autorizadas.

Estos residuos serán incluidos en la declaración o reporte anual de residuos que debe ingresar el titular en RETC como parte del volumen total anual que informe Enap.

Indicador que acredita

cumplimiento

su

  • Plan de Manejo de RESPEL
  • Reporte anual de residuos por ventanilla única en la oportunidad correspondiente.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá una copia de los registros de Plan de manejo de RESPEL y del reporte anual en oficinas administrativas del Edificio Central de Punta Arenas en formato físico o digital.

7.14. Ley N*20.920/2016 del M

inisterio del Medio Ambiente. Establece Marco para la Gestión de

Residuos, la responsabilidad extendida del Productor y Fomento al Reciclaje

Componente/materia

Residuos

Otros cuerpos legales

Decreto Supremo N*12/2020 del Ministerio del Medio Ambiente “Establece Metas de Recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes”.

Fase del proyecto a la que aplica

aplica

dE Sa Todas o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que | Todas

Forma de cumplimiento

Tanto, el almacenamiento temporal, así como el tratamiento y/o disposición de los residuos será debidamente autorizada y conforme a la normativa aplicable a tales residuos. Para este efecto se contempla la acumulación segregada de residuos en contenedores rotulados e identificados de acuerdo con su tipología, peligrosidad y/o composición. Posteriormente, serán conducidos a un lugar autorizado, previo registro del Titular.

En caso de que corresponda, el Titular deberá entregar el residuo de un producto prioritario al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por el productor. También tendrá la facultad de valorizar, por sí mismo o a través de gestores autorizados y registrados, los residuos de productos prioritarios que generen. En este caso, se informará al Ministerio de Medio Ambiente a través del

RETC, sobre la valorización efectuada. Mientras no entren en vigor

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los decretos supremos que establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada producto prioritario, el Titular informará anualmente, a través del RETC, en el caso de así ser requerido por el Ministerio por determinarlo como un productor de productos prioritarios según lo señalado en el artículo 10 de esta ley.

Indicador que acredita

cumplimiento

su

  • Registro de almacenamiento de residuos, rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición.

  • Copia de las autorizaciones pertinentes de los distintos contratistas, emanadas de la Autoridad sanitaria para ejecutar las labores de retiro y/o gestión de residuos.

  • Registro del retiro y disposición de los residuos.

  • Comprobante de ingreso a vertedero, bodega de almacenamiento temporal o centro de disposición final autorizado.

  • Declaraciones realizadas a través del RETC o manejo con gestor de residuos autorizado y registrado, para la valorización de los residuos generados.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá en oficinas administrativas del Edificio Central de Punta Arenas, en formato físico o digital, copias de los documentos antes indicados.

Protección Agrícola

7.15, Decreto Ley N*3.557/1980,

del Ministerio de Agricultura, que establece Disposiciones sobre

Componente/materia

Suelo

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, obra, acción, emisión, residuo O sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y operación del Proyecto, se realizará un manejo adecuado de los residuos generados de modo de evitar cualquier riesgo de contaminar el componente suelo. Para lo anterior se dará estricto cumplimiento a la normativa de manejo de residuos. Adicionalmente, se destaca que la intervención que se realizará al suelo para la instalación de las línea de flujo, se llevará a cabo de acuerdo con lo indicado en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal “PICV” (Anexo B de la Adenda Complementaria), el cual tendrá como objetivo disminuir dentro del alcance y las condiciones edafoclimáticas imperantes en el área, aquellas perturbaciones generadas sobre el suelo y la vegetación presente en el área de ejecución de los trabajos, que pudieren verse alteradas por la construcción de la línea de flujo, como, así también, establecer un plan de monitoreo consistente en evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionado información cualitativa y cuantitativa necesaria para detectar y prevenir focos erosivos.

Indicador que acredita

cumplimiento

su

Se contará con todas las autorizaciones asociadas al almacenamiento, retiro, y disposición final de residuos. - Se aplicará cabalmente el Plan de Intervención de la Cubierta

Vegetal (Anexo B de la Adenda Complementaria)

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá en oficinas administrativas del Edificio Central de Punta Arenas o área del Proyecto, en formato físico o digital, copias de los Certificados de disposición de residuos o ingreso a lugar autorizado.

clasificación de especies sil

7.16. Decreto Supremo N*29/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento para la

vestres según estado de conservación”

Componente/materia

Fauna

Fase del proyecto a la que aplica

Todas

o en la que se dará cumplimiento

al S Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url E

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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Respecto a la riqueza de especies registradas en el área de influencia

del Proyecto, se registraron cinco (5) las que se encuentran bajo

alguna categoría de conservación, según las clasificaciones

establecidas por el Reglamento de Clasificación de Especies

Silvestres (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA),

correspondientes a las siguientes especies:

» Charadrius modestus (Chorlo chileno), categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N*44/2021 MMA).

= Chloephaga picta (Caiquén), categorizada como Vulnerable (VU) (D.S. N%02/2024 MMA).

  • Theristicus melanopis (Bandurria), categorizada Preocupación menor (LC) (D.S. 06/2017 MMA).

= Lama guanicoe (Guanaco) categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. 33/2011 MMA).

  • Lycalopex griseus (Zorro chilla) categorizado Preocupación menor (LC) (D.S. N*33/2011 MMA). Respecto a la especie canquén colorado (Chloephaga rubidiceps). no se detectó su presencia en el área de estudio. Por lo demás, tampoco se evidenciaron vegas en el área de intervención directa del Proyecto, el cual constituye un ambiente propicio para el desarrollo de la

especie.

Dados los resultados del estudio de fauna al área de emplazamiento del Proyecto Construcción Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C, se concluye que las actividades asociadas a su construcción no afectarán de manera significativa a la fauna detectada. Sin perjuicio de lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

  • Se establecerá la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre en el área del Proyecto.

  • Se establecerá la prohibición de levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas,

  • Se informará y capacitará a los trabajadores sobre la preservación de la fauna, incluyendo la prohibición de caza y recolección de crías y/o huevos.

  • Se prohibirá el ingreso de animales domésticos al área del Proyecto.

como

como

Indicador que acredita

cumplimiento

su

  • Registro de Capacitación a trabajadores.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá disponible el registro de las charlas (listado de participantes con sus respectivas firmas) de inducción a trabajadores, las cuales se mantendrán en el área administrativa del Edificio Central en Punta Arenas en formato digital y/o físico.

7.17. Ley N*17.288/1970 del Ministerio de Educación, “Ley de Monumentos Nacionales”

Componente/materia

Patrimonio Histórico

Otros cuerpos legales

Decreto Supremo N*484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Zanja

Forma de cumplimiento

En el Anexo D de la Adenda Complementaria se presenta el informe de “Arqueología y Patrimonio Cultural Terrestre”. Se señala que, al realizar la inspección visual arqueológica, no se registraron hallazgos arqueológicos en el área de influencia del Proyecto, protegidos por la presente norma legal. Por otra parte, durante la revisión bibliográfica

ss

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del área, tampoco se registró la presencia de hallazgos arqueológicos en las inmediaciones del Proyecto.

En el caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución del Proyecto, el Titular procederá según lo indicado en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo 922 y 223 del presente Decreto, paralizando la obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato al Gobernador Regional, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo e indique los procedimientos a seguir. El Consejo de Monumentos Nacionales determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando lo establecido en la Ley N? 17.288, sobre Monumentos Nacionales y el D.S. N 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N? 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Palcontológicas,

Además, como protocolo ante hallazgo paleontológico no previsto, se consideran las siguientes acciones:

a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado, En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.

b) Dar aviso de manera inmediata al/a la profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al/a la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta a la Dirección de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto.

c) Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección, Se dispondrá para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Informar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación, D.S. N484 de 1990

e) Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/as trabajadores/as del proyecto, tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos no previstos arqueológicos o paleontológicos (en caso de que corresponda). —

Forma de control y seguimiento

  • Se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de hallazgo, a fin de obtener la autorización previa para cualquier labor de rescate. - Comprobante ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales del informe de rescate en caso de ocurrir algún hallazgo (Posterior autorización del CMN)

  • Los documentos se mantendrán disponibles en oficinas administrativas del Edificio Central de Punta Arenas, en formato físico o digital, copia del aviso efectuado.

ERo ss Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url

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se

8%. Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

8.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

8.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Todas

Pronunciamiento del órgano | Oficio Ordinario N*154 del Servicio de Geología y Minería del 19

Cierre

competente de noviembre de 2025, Referencia al ICE para mayores Capítulo 9 detalles

9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Charla sobre Canquén Colorado a los trabajadores

Posible afectación en el área de intervención directa del Proyecto a la especie Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps)

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

Objetivo: Protección de la especie del Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps).

Descripción: Si bien, durante la campaña no se hallaron registros de la especie del Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps), con el fin de resguardar a la especie, debido a que posee un comportamiento marcado por caracteres migratorios, sumado al delicado estado de conservación, el Titular ha considerado realizar una charla de inducción al personal sobre la importancia de la especie, su ambiente natural, el reconocimiento de la especie y la implementación de un protocolo en caso de avistamiento, el que consta de lo siguiente:

  1. En caso de avistamiento de la especie con una distancia de al menos 100 m, el trabajador avisará a su superior o al encargado de la faena.

  2. Una vez confirmada la presencia de la especie Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps) en el área de intervención del Proyecto, se pospondrán los trabajos temporalmente en la zona de registro, de manera de resguardar a la especie.

  3. Posteriormente, se avisará a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente. de todos los antecedentes levantados con respecto al avistamiento de la especie.

Se considera como hito de reactivación de las labores constructivas, el abandono del área por sus propios medios del o los individuos avistados, mediante el seguimiento por parte de un especialista. Justificación: Si bien, durante la campaña no se hallaron registros de la especie del Canquén Colorado (Chloephaga rubidiceps), con el fin de resguardar a la especie, debido a que posee un comportamiento marcado por caracteres migratorios, sumado al delicado estado de conservación

Lugar: área del proyecto o dependencias de ENAP

Forma: En la charla se informará sobre la importancia de la especie, su ambiente natural, el reconocimiento de la especie y la implementación de un protocolo en caso de avistamiento. Oportunidad: Se realizarán charlas de inducción durante el período previo al inicio de las obras con duración relativa a la etapa de construcción

Impacto asociado

Objetivo, descripción y justificación

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Indicador que acredite su

Ed Registro de asistencia de los trabajadores a las charlas cumplimiento

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Forma de control y seguimiento

Se mantendrá un registro de asistencia de los trabajadores a las charlas.

Aviso a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente en caso de avistamiento de la especie,

9,2. Plan Perturbación Controlada

de Ctenomys Magellanicus, Tuco Tuco de Magallanes

Impacto asociado

Potencial afectación de individuos de Ctenomys magellanicu

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo: Promover el desplazamiento dirigido de los individuos fuera del área de influencia y evitar efectos adversos significativos sobre la especie.

Objetivo, justificación

descripción y

Ejecución de una inspección superficial del área de estudio del Proyecto, previo al inicio de la Fase de Construcción (al menos 1 semana antes), orientada a la identificación de madrigueras de Ctenomys magellanicus. En caso de detectarse madrigueras activas, se aplicará el Plan de Perturbación Controlada, cuyo objetivo es promover el desplazamiento dirigido de los individuos por sus propios medios hacia áreas contiguas no intervenidas, evitando su afectación directa durante las obras.

El monitoreo se realizará mediante recorridos pedestres ejecutados por un especialista en fauna silvestre, orientados a la identificación madrigueras de Tuco Tuco y estado de actividad de las madrigueras, considerando signos como túmulos de tierra fresca, bocas taponeadas., fecas y/o huellas recientes.

En caso de detectarse madrigueras activas, se ejecutará el Plan de Perturbación Controlada, el cual contempla:

  1. El despeje de galerías subterráneas (túneles y madrigueras), se realizará a través de ahuyentamiento dirigido por medio de métodos mecánicos, con el fin de promover el desplazamiento de los animales hasta los límites de su sistema de galerías y llevarlos más allá del área a intervenir (considerando la distancia necesaria para descartar eventuales efectos significativos sobre la especie, que serán determinados por los informes de ruido y fauna del Proyecto en evaluación).

  2. El Plan de Perturbación Controlada de la especie se llevará a cabo de forma manual, con herramientas tales como pala, chuzo, picota o similar, con las cuales se realizará la apertura del sistema de galerías subterráneas que construye la especie, orientando la dirección de escape en sentido opuesto al trazado de las futuras obras, fuera del área de influencia del Proyecto.

  3. Por último, luego de realizada la apertura total de la galería, una vez comprobada la ausencia de la especie en el sector intervenido o perturbado, se procederá al tapado con el mismo material removido.

Respecto del área de destino, dadas las características de la estepa patagónica, será la ubicada fuera del área de influencia del Proyecto.

En caso de registrarse mortalidad durante la ejecución del Plan de Perturbación Controlada, el titular deberá proponer y aplicar de manera autónoma las medidas necesarias para abordar dicha contingencia, dando aviso oportuno a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), para su conocimiento y seguimiento.

Justificación: Potencial afectación de individuos de Ctenomys magellanicus producto de la intervención directa del suelo durante las obras del Proyecto, la cual se evita mediante la aplicación previa de medidas de inspección y perturbación controlada, impidiendo la ocurrencia de efectos adversos significativos sobre la especie.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Area de influencia del Proyecto, la cual incluye la franja de trabajo asociada a las obras proyectadas y las áreas contiguas. Los puntos de control corresponden a las zonas donde se realicen

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recorridos pedestres de inspección superficial, orientados a la identificación de madrigueras activas o inactivas dentro del buffer definido para el área de influencia del Proyecto.

Forma: Identificación y registro de la presencia o ausencia de madrigueras de Ctenomys magellanicus dentro del área de influencia, diferenciando su estado de actividad de acuerdo con los siguientes parámetros observacionales

definidos en el Plan:

  • Madrigueras activas: presencia de signos visibles de actividad reciente

de la especie, tales como túmulos de tierra fresca producto de la actividad fosorial, bocas de madriguera taponeadas por el roedor y/o

presencia de fecas y huellas en las inmediaciones.

  • Madrigueras inactivas: presencia de bocas o entradas de madriguera

sin signos recientes de actividad, ausencia de túmulos de tierra fresca,

fecas o huellas asociadas a la especie en el entorno inmediato. Para más antecedentes, revisar el Anexo C de la Adenda complementaria

Oportunidad: Una (1) inspección superficial previa al inicio de la Fase de Construcción. En el caso de haberse implementado la perturbación controlada sobre la especie, se realizará un (1) monitoreo durante las actividades de escarpe y/o remoción de la cubierta vegetal, especificamente en las superficies donde se realizó previamente la perturbación controlada.

Indicador que acredite su

cumplimiento

Informe de ejecución del Plan de Perturbación Controlada

Forma de control y seguimiento

Una vez finalizada la fase de construcción del Proyecto, se remitirá un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en un plazo estimado de 45 días desde el término de dicha fase, conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N*223/2015 de la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10

10*. El titular del proyecto ha propuesto el siguiente plan de seguimiento de las variables ambientales

10.1. Seguimiento de la recuperación de la Cubierta Vegetal

Componente ambiental

Cubierta Vegetal

Impacto ambiental

Erosión, perdida de suelo y cubierta vegetal

Ubicación de los puntos de control

Trazado de la Línea de Flujo Picuyo ZG-C

Parámetros para medir

Dentro de cada cuadrante (parcela de muestreo), se registrará principalmente cobertura de las especies vegetales sembradas y se realizará un listado de la composición botánica, así como el % de suelo desnudo. Para esto se utilizará la escala de Braun Blanquet modificada por Van der Maarel (2007). Los resultados obtenidos serán cobertura vegetal promedio + D.E y % promedio de suelo desnudo por m?.

Límites comprometidos

permitidos o

Se considerará como meta de cobertura vegetal, un 60% de recuperación respecto de la cobertura inicial, no obstante, en caso de que la superficie cuente con menos de un 50% de cobertura previo a la intervención del Proyecto, se considerará como meta un porcentaje superior al 90% de la cobertura original, siempre tomando como consideración verificar el cumplimiento del objetivo de la cobertura vegetal, en dos temporadas de crecimiento.

Duración y Frecuencia del

monitoreo

  1. Primer Monitoreo de la Cubierta Vegetal: Posteriormente a los 3 meses desde la siembra, se realiza un primer monitoreo para realizar una inspección visual del establecimiento, uniformidad y condición de plantas en la zona sembrada, así como una eventual

5

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presencia de agentes externos y/o condiciones agroclimáticas que puedan estar afectando el establecimiento de las plantas.

  1. Segundo Monitoreo de la Cubierta Vegetal: Transcurridos 12 meses posteriores a la siembra, se realizará un segundo monitoreo de la cubierta vegetal, el cual debe entregar información respecto al porcentaje de cobertura vegetal lograda, el que debe alcanzar al menos el 40%. En caso de que este monitoreo evidencie una cobertura vegetal inferior al 40%, se procederá a ejecutar un Plan de Reintervención, el cual se detalla más adelante en el documento.
  2. Tercer Monitoreo de la Cubierta Vegetal: Transcurridos 24 meses desde la ejecución de las labores agronómicas, se realizará un monitoreo para verificar el cumplimiento del porcentaje de cobertura vegetal comprometido. De acuerdo con la “Guía para la Descripción de Proyectos de Desarrollo Minero de Petróleo y Gas” (SEA, 2021), si al momento de la intervención la superficie presenta una cobertura vegetal original igual o superior al 50%, el objetivo será alcanzar al menos un 60% de cobertura. En cambio, si la cobertura vegetal original es inferior al 50%, el objetivo será alcanzar un 90%, tomando como referencia la cobertura registrada en las parcelas testigo de cada unidad vegetacional.

Para verificar el cumplimiento del porcentaje de cobertura vegetal comprometido, se compararán los resultados del monitoreo de la cobertura vegetal en el área intervenida con parcelas de cobertura de zonas no intervenidas, para asegurar la representatividad de la vegetación in situ, bloqueando el efecto de eventos puntuales como sequías, heladas tardías, sobrepastoreo u otras variables que introducirían un sesgo de muestreo en los resultados del monitoreo efectuado.

  1. Plan de Reintervención: En el caso eventual de que el porcentaje de cobertura sea igual o menor al 40% detectado en el segundo monitoreo de la cubierta vegetal, se implementará un Plan de Reintervención, cuyas labores agronómicas permitan cumplir con la cobertura comprometida en el PICV para la segunda temporada de crecimiento y así garantizar el éxito de la recuperación. Las medidas a implementar son las siguientes:

  2. Siembra por cero labranzas, utilizarán las especies que muestren una mayor cobertura absoluta en el último monitoreo realizado, en base a que su mayor presencia en la zona intervenida se debe a que mostraron una mejor adaptación a las condiciones edafoclimáticas del sitio intervenido, La dosis que se utilizará dependerá del número de especies que se seleccionen, y se incrementará en función de lograr igualar la dosis de las especies que no se considerarán en el plan de reintervención.

  3. Riego al momento de la siembra se considera un volumen de 8 L/m?.

Método o procedimiento de la medición

Evaluación del Porcentaje de Cobertura Vegetal: En cuanto a la evaluación del porcentaje de cobertura vegetal de siembra, ésta será cuantificada mediante el método de cuadrantes propuesto en la “Guía Metodológica para la Descripción de Ecosistemas Terrestres” por el Servicio de Evaluación Ambiental (2024), método recomendado para caracterizar la abundancia de especies. Para esto se utilizarán a lo menos 15 cuadrantes de 1 m? (2 x 0,5 m) distribuidos al azar.

Dentro de cada cuadrante (parcela de muestreo). se registrará principalmente cobertura de las especies vegetales sembradas y se realizará un listado de la composición botánica, así como el % de suelo desnudo. Para esto se utilizará la escala de Braun Blanquet modificada por Van der Maarel (2007). Los resultados obtenidos serán cobertura vegetal promedio + D.E y % promedio de suelo desnudo por m? y las curvas de rarefacción. Con estos indicadores se podrá determinar si se logra el 60% de la cobertura vegetal inicial que tenía originalmente el Proyecto antes de la intervención,

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o el 90% en el caso de que la superficie cuente con menos de un 530% de cobertura previo a la intervención del Proyecto. Adicionalmente, el monitoreo verificará la ausencia de focos de activación de procesos erosivos. Para efectos de este seguimiento, se considerará que existen focos erosivos cuando se observe una o más de las siguientes condiciones:

  1. Canalículos de erosión de más de 4 cm de profundidad.

  2. Pedestales de erosión de 4 cm de altura.

  3. Presencia de piedras en superficie.

  4. Cambio textural en los primeros centímetros del perfil del suelo.

Plazo y frecuencia de entrega de los informes de seguimiento

Se informará por medio de un informe a la SMA y al SAG en un plazo de 90 días luego de finalizados los 3 monitoreos comprometidos, por una única vez,

10.2. Plan de Seguimiento Patrimonio Arqueológico

Componente ambiental

Materiales histórico

antropológico

arqueológicos, paleontológico, y/o

Impacto ambiental

Daño o pérdida del patrimonio arqueológico

Ubicación de control

los puntos de

Por cada frente de trabajo, en las obras de escarpe del terreno y donde se realicen actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y movimiento de tierra en el área del Proyecto.

Parámetros para medir

Presencia de material arqueológico

Límites ermitidos o , e. Desde la detección de un hallazgo comprometidos Duración y Frecuencia del | Durante las labores que involucren movimiento de tierra y/o monitoreo escarpes.

Método o procedimiento de la medición

Monitoreo arqueológico permanente, el cual consistirá en la presencia de un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología y/o licenciado en antropología con mención en arqueología por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie o cualquier movimiento de tierra en el área del Proyecto, Se elaborará un informe final de monitoreo, el cual incluirá los siguientes antecedentes (en la medida que correspondan):

a. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación con fecha correspondiente.

b. Descripción de matriz y materialidad profundidad) en cada obra de excavación.

c. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por un/una arqueólogo/a, o licenciado/a en arqueología o antropólogo/a con mención en arqueología

d. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

e. Respecto de las charlas de inducción, en el informe mensual incluirá: nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla; contenidos de las charlas y copia del material gráfico presentado; registro fotográfico de la actividad: constancia de asistentes con nombre, cargo, firma, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada trabajador/a.

f. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:

i) Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).

ii) Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto.

¡ii) Medidas de protección y/o conservaciones implementadas.

iv) Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales.

y) Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en:

encontrada (con

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https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planilla-registrositios-arqueologicos.

£. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.),

h. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se solicitará el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7 del Reglamento de Excavación D.S. N484 de 1990 del Ministerio de Educación, de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales.

i. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Finalmente, en el caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución del Proyecto, el Titular procederá según lo indicado en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo 922 y 223 del presente Decreto, paralizando la obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato al Gobernador Regional, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo e indique los procedimientos a seguir. El Consejo de Monumentos Nacionales determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando lo establecido en la Ley N 17.288, sobre Monumentos Nacionales y el D.S, N 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además, al inicio de la fase de construcción, se realizarán charlas de inducción arqueológica durante el período previo al inicio de las obras con duración relativa a la etapa de construcción, orientadas a la protección del patrimonio arqueológico. Las charlas serán realizadas por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología y/o licenciado en antropología con mención en arqueología, a cargo del monitoreo, a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.

Plazo y frecuencia de entrega de los informes de seguimiento

El Titular procederá a remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe final de monitoreo elaborado por el arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología y/o licenciado en antropología con mención en arqueología, en un plazo estimado de al menos 15 días hábiles luego de terminado el mes de las actividades constructivas. El informe será remitido además al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Para las charlas, se presentará un registro con firma de los participantes. El registro se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), junto con el informe final del Monitoreo Arqueológico Permanente, elaborado al final de la Fase de Construcción.

10.3. Ficha de Seguimiento de Transporte de Agua Industrial

Componente ambiental

[ Agua

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Impacto ambiental

Afectación nivel de aguas

Ubicación de control

los puntos de

En el Anexo 1-10 de la DIA se encuentra la “Ficha de Seguimiento control transporte de Agua” en detalle, A continuación, se presenta la ubicación de los puntos de extracción de agua (Datum WGS84,

Ad A 300 m'/día 433.696 | 4.139.528 Río Oscar_| 48 L/s Consuntivo 449.141 | 4.144.615

Parámetros para medir

En el Anexo 1-10 de la DIA se presenta el formato de registro de la “Ficha de Seguimiento control Transporte de Agua” que el Titular del proyecto utiliza como medio de verificación para asegurar que la extracción de aguas se realice de acuerdo con lo aprobado ambientalmente. Esta ficha considera el nombre de la línea de flujo, el volumen de agua succionado (m*), fecha, patente del vehículo, lugar de extracción (origen y destino), así como también individualiza la RCA asociada.

Límites permitidos o comprometidos

Durante la Construcción del Proyecto se consideran 368 m* aprox. de agua industrial para actividades de riego, la cual será realizada al momento de la siembra.

Duración y Frecuencia del

monitoreo

Para el control y registro de agua, se utilizará la Ficha de seguimiento en la cual quedará registrada la trazabilidad del transporte de agua realizado diariamente, y con la que se verificará el volumen máximo permitido en la RCA.

Método o procedimiento de la medición

1) Actividades de planificación

i. Los inspectores de contrato de ENAP proceden a programar los volúmenes de agua a transportar una vez recibido el requerimiento por parte de las respectivas áreas, ajustando el transporte diario a los volúmenes permitidos en el punto de captación.

ii. Los inspectores de contrato de ENAP informan al contratista la programación asignada, entregando la ubicación del punto de extracción, quien a su vez les informará a los conductores.

iii. Los inspectores de contrato de ENAP realizarán entrega de guía de despacho con viajes asignados, documento mediante el cual se indicará el punto de extracción y volumen a transportar. Al mismo tiempo, es relevante indicar que. como primera instancia, se procede a aplicar la ficha registrando los datos solicitados. Posteriormente, se procede a realizar la siguiente actividad.

2) Actividad de extracción y transporte:

i. El transporte de agua industrial se realiza a través de camiones aljibe, los cuales están cubicados y tienen una capacidad estimada de 15 mi,

ii. La extracción de agua se realiza desde cámara habilitada para este fin, la cual se llena de forma gravitacional según lo permite el derecho. Utilizando la bomba del camión se carga el agua y el llenado es supervisado constantemente por el conductor hasta completar la carga. En complemento a lo anterior, en este punto en donde nuevamente se procede a completar la ficha registrando los metros cúbicos extraídos.

En coherencia a lo señalado, es relevante indicar que, durante la actividad se efectúa un seguimiento y/o control de las unidades de transporte de agua industrial vía plataforma GPS, estableciendo geocercas en el punto de carga con el fin de asegurar que la extracción sea efectuada en los cauces autorizados.

Plazo y frecuencia de entrega de los informes de seguimiento

Los registros asociados a la extracción de agua se encontrarán disponibles en dependencias del Edificio Central de ENAP

Magallanes u otra, en caso de ser requeridos en fiscalización.

1 1?, Que, en la presente evaluación no se realizaron reuniones con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas del artículo 86 del Reglamento del SELA, por cuanto en el caso no se verificó ninguna de las

hipótesis de dicho artículo.

122, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis,

E

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149.

15",

162.

17%

18?

19%,

20%.

informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión,

acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

Que, para que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA,

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

E

2e;

32

49.

de

6?.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C”, de Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

Certificar que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable,

Certificar que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 137 del D.S. N*%40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo para el Transporte de la Producción del Multipozo Picuyo ZG-C” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N*19,300, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación

El 41/42 SS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url El

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Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

NOTIFÍQUESE Y/ARCHÍVESE

DELEGADA PRESIDENCIAL REGIONAL PRESIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Firmado Digitalmente por José Luis Riffo Fideli Fecha: 30-04-2026 13:48:20:639 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada

Lugar: PUF

JOSÉ LUIS RIFFO FIDELI DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA CPF/COB /RIM

Rodrigo José Bustamante Villegas Superintendencia del Medio Ambiente Corporación Nacional de Desarrollo Indígena,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Dirección General de Aguas,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Gobierno Regional, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena llustre Municipalidad de Primavera Ilustre Municipalidad de Punta Arenas Secretaría Regional Ministerial de Agricultura,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente,

42/42 ¿ Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url

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Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones,

Región de Magallanes y dé la Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas,

Magallanes y de la Antártica Chilena

Servicio Nacional de Geología y Minería,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo,

Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

Cc: Oficina de Partes Oficial de Partes de la Región

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