MACROPROYECTO ALTOS DE CHIFIN, VIVIENDAS DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL PROGRAMA D.S 49
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “MACROPROYECTO ALTOS DE CHIFIN, VIVIENDAS DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL PROGRAMA D.S. 49” DE ARARAT SPA
RESOLUCIÓN EXENTA
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 6 de febrero de 2026 y su Adenda Complementaria de 31 de marzo de 2026, del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, presentado por Ararat SpA con fecha 26 de septiembre de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto. 3°. El Acta de Evaluación N°20261010657 de fecha 6 de mayo de 2026 de la sesión del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, realizada el 29 de abril de 2026. 4° El ICE N°20261010955 de la DIA del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, de fecha 7 de mayo de 2026.
5°. El Acuerdo de fecha 19 de mayo de 2026, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/83/2025 de fecha 18 de febrero de 2025 de la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre renovación de nombramiento de director regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº36 de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Ararat SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Tabla 1. Antecedentes del titular Nombre o razón social Ararat SpA RUT 76.236.777-7 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599 Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 01-06-2026 17:33:20:381 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 01-06-2026 17:33:20:879 UTC -04:00 Razón: Lugar:
Domicilio Walker Martínez Nro. 430 Of. 43; Puerto Varas Teléfono +56 65 223 6330 Nombre de representante legal Melcon Vicente Martabid Razazi RUT Representante legal 6.653.985-7 Domicilio del representante legal Walker Martínez Nro. 430 Of. 43; Puerto Varas Teléfono +56 65 223 6330 Correo electrónico Titular andresmartabids@ararat.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 7 de mayo de 2026, el director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto por cuanto da cumplimiento a la normativa ambiental vigente y ha acreditado adecuadamente que no genera los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 19 de mayo de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 7 de mayo de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto consiste en la construcción de 583 nuevas viviendas bajo la figura de un proyecto inmobiliario con acceso a servicios básicos como atención médica, educación y transporte, y la promoción de la participación ciudadana y la inclusión social. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Ingresa a evaluación ambiental considerando el literal h) del art. 3 del RSEIA, por tratarse de un proyecto inmobiliario que se ejecuta en zonas declarada saturada, específicamente por reunir las características del literal h.1.3., esto es, que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 50.563.833 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Corresponde a las obras preliminares, instalación cerco perimetral, trazado y excavaciones. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X
Proyecto modifica otra RCA Si
No
X
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Lagos, provincia de Osorno, comuna Río Negro. Los accesos al lugar de emplazamiento del proyecto sería por calle República, desde Ruta U-550 (camino a Chifín) y desde camino privado por su sección norte. Descripción de la localización El proyecto se emplaza dentro del área urbana, de manera colindante con la zona habitacional consolidada de la ciudad de Río Negro. Superficie Tabla 1: Resumen superficie total a construir
Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas geográficas de la ubicación del Proyecto son las siguientes:
Tabla 2: Vértices del proyecto
Fuente: Tabla 1-4 de la DIA Caminos de acceso Los accesos al lugar de emplazamiento del proyecto sería por calle República, desde Ruta U-550 (camino a Chifín) y desde camino privado por su sección norte. Referencia al ICE Punto 4.1. del ICE
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obra 1 Instalación de faenas Acción 1 Instalación Portería y control de acceso Acción 2 Instalación Cierre Perimetral Obra 2 Obras Previas Oficinas administrativas Área de acopio de residuos no peligrosos Acción 1 Replanteo, Trazado y Niveles Acción 2 Acondicionamiento del terreno Acción 3 Limpieza y Escarpe del terreno Obra 3 Fundaciones Acción 1 Acciones de transporte de insumos y residuos Obra 4 Caminos de acceso Obra 5 Caminos Interiores Obra 6 Infraestructura para el lavado de camiones Acción 1 Instalación infraestructura para el lavado de ruedas y canoas de camiones Obra 7 Conexión a red de agua potable Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Acción 1 Instalación infraestructura agua potable domiciliaria Acción 2 Instalación infraestructura alcantarillado domiciliario Obra 8 Construcción de conexión a red de aguas servidas Obra 9 Zona de Acopio RESCON (Residuos de construcción) Bodegas Obra 10 Obras de Urbanización Obra 11 Construcción obras disposición de aguas lluvias Obra 12 Construcción vialidad interna Obra 13 Construcción de edificios
Obra 14 Fin etapa de construcción Acción 1 Desmantelamiento de obras temporales y de instalación de faenas Acción 2 Habilitación vialidad interna y externa Obra 15 Áreas verdes Acción 1 Habilitación áreas verdes Obra 16 Área de estacionamiento
Recursos naturales renovables Suelo: Los volúmenes que se presentan a continuación son los referidos a la cantidad total que se extraerá por cada etapa del proyecto. Tabla 1: Volumen de material a remover para la superficie del proyecto
Fuente: Tabla 1-24 de la DIA Emisiones Atmosféricas La etapa de construcción del Proyecto contempla una duración de 30 meses, dividida en 4 loteos. Para esta etapa del proyecto, las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) se concentran principalmente en los primeros 2 años, asociadas a actividades de movimiento de tierras, tránsito de vehículos y operación de maquinaria. Los valores muestran una tendencia decreciente hacia el tercer año, reflejando que las obras más intensivas en generación de polvo ocurren al inicio y disminuyen conforme avanza la ejecución. En lo particular, se estima que la mayor emisión de esta etapa ocurrirá el año 1, con valores de MP10, MP2,5 y NOx, de 4,906, 0,9566 y 5,7928 t/año, respectivamente, lo cual confirma las bajas emisiones del Proyecto. En cuanto a los gases de efecto invernadero (CO2, N2O y CH4), las emisiones también presentan una reducción progresiva a lo largo de los años, siendo más altas en el primer año por la mayor utilización de maquinaria y equipos electrógenos, y significativamente menores en el tercer año. En síntesis, tanto las emisiones de material particulado como las de GEI son bajas en magnitud y muestran una disminución en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
tiempo, lo que confirma que el proyecto genera emisiones acotadas al periodo de intervención. En la tabla 1 del ICE del punto 4.6.3. se presenta la Estimación de emisiones Etapa de Construcción y Operación por año cronológico
A continuación, se especifican acciones para controlar las emisiones atmosféricas: En caso de excavaciones y movimientos de tierra en general: • Mantener humectadas, excepto en períodos de lluvia (que funciona como abatimiento natural), las vías de circulación interna y accesos a instalaciones de faenas, de vehículos y camiones. • Los equipos y maquinaria pesada usados en el proceso serán manejados con precaución a una velocidad máxima de 30 km/h minimizando de esta forma la emisión de material particulado. • Se deberá limitar el tiempo de exposición del material removido. •Riego de superficies de tránsito de vehículos al interior de las faenas de construcción El riego de superficies se refiere al humedecimiento de las vías de circulación no pavimentadas en los sectores de faenas y de movimiento y acopio de materiales. La aplicación de esta medida considerará las condiciones de humedad del suelo producto de las precipitaciones en la zona. La medida se ejecutará mediante el uso de camiones aljibe, los cuales aplicarán sobre la superficie de los caminos de tierra por donde transiten vehículos. • Mantenimiento adecuado de vehículos y maquinarias Se garantizará la utilización de maquinaria y vehículos con emisiones certificadas, control de las revisiones técnicas de los camiones y vehículos, apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar, exigencia que se implementará durante actividades periódicas de inspección/mantención de los vehículos y maquinarias. • Revisión permanente de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos. • Respecto del cierre perimetral, deberá corresponder a una barrera efectiva en la contención de emisiones de material particulado. El titular deberá entregar los antecedentes técnicos que permitan afirmar lo antes señalado. • Los caminos internos no pavimentados deberán ser compactados y/o estabilizados para el tránsito de maquinaria pesada y vehículos, mientras dure la ejecución en fase de construcción. • Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. • Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.
Para verificar la implementación de estas acciones de control, se mantendrán en las oficinas de la instalación de faenas los documentos necesarios para que puedan ser revisados por la autoridad competente. Emisiones Acústicas Para el cierre perimetral de la obra, debe ser instalada una barrera acústica que abarque todo el perímetro de este. Dicha barrera debe tener una altura de 3,6 metros. Se implementará a medida del avance del proyecto. _ Se ha de evitar el uso de silbatos y bocinas tanto al interior de la obra como en el ingreso a esta desde la calle. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
_ Procurar que el tránsito de camiones en la obra se realice a las menores velocidades posibles. _ Los camiones deberán mantener el motor apagado cada vez que no se requiera. _ Evitar actividades de corte en puntos cercanos a receptores sensibles. _ Evitar situaciones de botaderos de escombros a gran altura.
Se destaca el uso de aislación acústica en la Instalación de Faenas: _ Para área de instalación de faenas ubicada en sector estacionamiento del Lote 1, será un recinto cerrado para actividades de corte y uso de herramientas manuales como esmeril angular. _ La materialidad del recinto poseerá un índice de reducción sonora Rw mínimo de 28 dB. _ Los vanos de ventilación contarán con atenuadores acústicos que brinden una reducción sonora mínima de 15 dB. _ Habrá semi encierro acústico para herramientas que se utilicen fuera de instalación de faenas como: martillo demoledor y roto martillo, con materialidad que contará con una densidad superficial mínima de 10 kg/m2 y presentará hermeticidad en las uniones entre planchas, sin aberturas o fisuras. _ Se incorporará material fonoabsorbente en su revestimiento interior como lana de vidrio o mineral. _ Barreras locales móviles tipo U de altura 4,8 m, con materialidad de densidad superficial mínima de 10 kg/m2 y hermeticidad en las uniones entre planchas, revestidas internamente con material fonoabsorbente como lana de vidrio o mineral. Estas barreras se ubicarán lo más cerca posible de fuentes de ruido como: camión mixer, rodillos y minicargador, obstaculizando la radiación sonora directa hacia los receptores más cercanos. _ Cierres de vanos desde el segundo hasta el noveno piso de los edificios en construcción que presentarán fuentes de ruido, mediante cortinas acústicas (membrana flexible de alta densidad), que contarán con una densidad superficial mínima 6 kg/m2. Sobre Vibraciones Se adjunta kmz en Adenda con las áreas de restricción de vibración. Por otra parte, se ha de adoptar como acciones de control de ruido el reemplazo de maquinaria y herramientas: _ El rodillo autopropulsado Bomag por rodillo compactador Volvo; _ Las alternativas de testigueras, trituradora de hormigón hidráulica, corte de material con guillotina o agente de expansión química no explosivo para el reemplazo del martillo demoledor. _ Además se han de considerar como acciones de control en categoría las técnicas alternativas de menor emisión (RMC9) en la Guía del MMA "Medidas y recomendaciones para el control y gestión del ruido en actividades de construcción", que si bien menciona el componente ruido es igualmente aplicable a la vibración mecánica, dado que son actividades con menor transmisión de impacto a la vía terrestre. Se adjunta a Adenda en Anexo 8 Ruido y Vibraciones, las memorias de cálculo de evaluación normativa correspondientes a cada maquinaria y herramienta para ambos escenarios considerados en la evaluación. Todas las alternativas indicadas poseen niveles de vibración no significativos, bajo el umbral de perceptibilidad humana de 65 VdB, lo que asegura el cumplimiento normativo. Por otro lado, estas alternativas indicadas no están en el listado de fuentes de vibración significativas en la construcción, de la FTA, que es la referencia recomendada por las Guías del SEA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Emisiones Líquidas Respecto a aguas residuales provenientes del lavado de camiones y canoas:
Se implementará una zona de lavado de ruedas en donde se realizará el lavado mediante la utilización de una hidro-lavadora, sobre una superficie estable que recibirá los residuos provenientes del lavado de ruedas. La actividad de lavado de ruedas de camiones y de manera periódica de canoas de camiones mixer generará principalmente aguas con presencia de material particulado inerte, compuesto por suelo, barro y restos de hormigón. Se considera un consumo aproximado de 3 litros de agua por camión para el lavado de ruedas. Considerando un escenario conservador de mayor actividad, se estima una generación máxima de aguas de lavado del orden de 0,10 a 0,15 m³/día, las cuales son manejadas al interior del sistema impermeabilizado. Las aguas serán conducidas a través de ductos a un estanque donde se irán almacenando temporalmente dentro de la bodega de residuos. Estas serán retiradas por una empresa que cuente con los permisos necesarios para este tipo de actividades.
El titular exigirá y mantendrá en obra una copia del comprobante de retiro y disposición final del residuo, el cual quedará en obra para eventuales auditorías por parte de la autoridad ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.4. del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Acción 1 Corresponde a la ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes Acción 2 Habilitación y mantención vialidad interna Acción 3 Habilitación y mantención áreas verdes Urbanización (infraestructura para servicios básicos) Acción 4 Mantención Sistema de evacuación de aguas lluvias Para dar solución a las aguas lluvias, se considera la captación de estas mediante el escurrimiento superficial del agua a través de las calles hasta los sumideros proyectados. Acción 5 Instalación obras de equipamiento Emisiones Atmosféricas Durante la etapa de operación del Proyecto, las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) se mantienen en niveles muy bajos y provienen principalmente del tránsito de vehículos por caminos pavimentados (Viajes de traslado). Se observa que, aún entrado todo el proyecto en régimen, refleja que las magnitudes siguen siendo reducidas y son inferiores a la etapa de construcción. Las emisiones móviles asociadas a la combustión interna de vehículos son prácticamente marginales en comparación con las fugitivas, confirmando que el tránsito es la principal fuente de material particulado en esta fase. Mayor detalle en el punto 4.7.3.1. del ICE. Emisiones Acústicas Los lotes que componen el proyecto irán entrando en operación de manera escalonada, por lo que en los edificios de los lotes 1, 2 y 4 se identificaron receptores futuros en la evaluación de ruido y vibraciones. Se presenta la evaluación de cumplimiento normativo para estos receptores mientras se mantienen obras de construcción hasta el mes 30. Después del mes 30, cuando los edificios de los 4 lotes entren en fase de operación, se producirán ruidos normales por circulación de vehículos y actividades propias de los habitantes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7. del ICE
Tabla 4.4. Cronología de las fases del proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Mayo 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio El proyecto marca su inicio con el cierre provisorio seguido del escarpe del terreno. Fecha estimada de término Octubre 2028 Parte, obra o acción que establece el término Emisión del certificado de recepción total de obra por parte de la Ilustre Municipalidad de Río Negro 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Se entrega la información de Recepción de viviendas por Lote:
Etapa Lote Inicio Operación Término Operación 1 2 Mes 15 Indefinido 2 1 + Equipamiento y áreas verdes Mes 21 Indefinido 3 4 Mes 23 Indefinido 4 3 Mes 30 Indefinido Parte, obra o acción que establece el inicio Obtención de la Dirección de Obras del municipio. Fecha estimada de término Dadas las características del proyecto se estima que éste sea de carácter indefinido. Parte, obra o acción que establece el término No aplica
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental _ Riesgo para la salud por emisiones a la atmósfera _ Riesgo para la salud por generación de ruido y vibraciones _ Riesgo para la salud por alteración de la calidad del suelo _ Riesgo para la salud por alteración en la calidad y cantidad de agua Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto en la etapa de construcción Fase en que se presenta Construcción y Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.1. del ICE En relación a la generación de emisiones atmosféricas, con los resultados obtenidos mediante la estimación y modelación de emisiones es posible concluir que las emisiones provenientes del proyecto no provocarán un aporte significativo sobre la zona, tanto para las etapas de construcción como de operación, dado que, en ninguna de las etapas del proyecto se superan las normas primarias, ni de los contaminantes principales respecto la zona de saturación que representa la macrozona norte de la región de Los Lagos. Lo anterior considerando los receptores discretos que se ubicarían en el área de influencia.
Aun cuando el proyecto no está obligado a compensar emisiones, el Titular ha incorporado en el Proyecto un compromiso voluntario de humectación destinado a reducir las emisiones en la fase de construcción.
Con todo lo anterior de lo cual se puede encontrar mayor detalle en el Cap. 6.1. del ICE, se puede concluir que el proyecto no provocará superaciones normativas que permitan indicar que el proyecto podría generar efectos adversos significativos sobre la calidad del aire ni la salud de la población, tanto en el área circundante al proyecto como en los receptores evaluados.
Con respecto a las emisiones acústicas generadas por el proyecto, éste primeramente considera cierre perimetral de 3,6 m de altura. Este cierre se instala previo al inicio de las actividades de construcción, y será aplicado desde el inicio de las faenas de acuerdo con el avance de obras, asegurando el apantallamiento de radiación sonora hacia los receptores más cercanos.
El Proyecto considera la aplicación de semiencierro acústico a herramientas de corte (esmeril angular y sierra circular) durante instalación de faenas, barreras locales móviles tipo U, cierres de vanos desde el segundo hasta el noveno piso de los edificios en construcción que presentarán fuentes de ruido.
Los niveles de ruido generados por las fases de construcción, de acuerdo al Informe de Evaluación de Impacto Ambiental por Ruido y Vibración (Anexo 8 de la DIA) cumplen con los rangos normados en los distintos escenarios modelados, de acuerdo con lo establecido por el D.S. Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, para el período diurno.
En relación a la generación de Vibraciones, se analizan los niveles de vibración obtenidos en la proyección de la fase de construcción en los dos escenarios considerados. El informe de evaluación de impacto ambiental por ruido y vibración, adjunto en el Anexo 8 de la DIA, indica que el Proyecto considera la aplicación de acciones de control de vibraciones, con la necesidad de asegurar el cumplimiento normativo en los receptores que presentan superación del estándar de referencia FTA, para el criterio de Molestia y Daño Estructural.
Frente a la evaluación de vibración del escenario A, se indica reemplazar el uso de rodillo compactador Volvo en una superficie determinada, por equipo de menor nivel de emisión de vibración, como rodillo autopropulsado Bomag.
Frente a la evaluación de vibración del escenario B, para actividades de construcción que involucren el uso de martillo demoledor, se indica reemplazar su uso por método constructivo de menor nivel de emisión de vibración como testigueras, trituradora de hormigón hidráulica, corte de material con guillotina o agente de expansión química no explosivo.
Esta área de restricción se definió a partir de un radio de 8 m de las viviendas correspondientes al receptor R04 resultando en una distancia de 6 m a partir del deslinde colindante a este receptor hacia el interior del área del Proyecto. La restricción del uso de martillo demoledor en esta superficie asegura mantener una distancia mínima de 8 m desde la fuente hasta la edificación receptora, lo que otorga cumplimiento del criterio de molestia a las personas y daño a estructura producto de los niveles de vibración generados por el Proyecto.
Esta Comisión en base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.1. del ICE, concluye que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Impacto ambiental _ Alteración en las propiedades del Suelo _ Alteración sobre el componente Flora y Vegetación _ Alteración en la Fauna del área de influencia Componente ambiental afectado Pérdida de Suelo Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2. del ICE Según el Plan Regulador Comunal (PRC) de la comuna de Río Negro, aprobado mediante Decreto MINVU N°433 de fecha 03 de agosto de 1966, la localización del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifín, viviendas de interés público para el programa D.S 49” se encuentra dentro del límite urbano de la comuna, que según Certificado de Informaciones Previas (CIP) N°87 de fecha 06- 05-2025, el uso de suelo permitido en el sector corresponde a habitacional, con una clasificación de Zona Residencial Existente. Actualmente el área a ocupar tiene un uso agrícola.
Para la determinación de las características edáficas del área de emplazamiento del proyecto se procedió a la excavación de 10 calicatas, las cuales se identifican en la fig. 1. La caracterización del componente edáfico del área de emplazamiento lo describe como un suelo que, si bien tiene un uso agrícola histórico, no corresponde a una tipología de suelo definida como único, escaso o representativo de acuerdo a lo presentado en el Anexo 16, Informe Edáfico. Por otro lado, el área de emplazamiento es integralmente parte del área urbana de la ciudad de Río Negro de acuerdo al Certificado de Informaciones Previas, CIP, adjunto en Anexo 2 de la DIA.
Por tanto, se concluye que, si bien habrá pérdida del recurso Suelo, esta será coincidente con los objetivos del PRC de la comuna y la expansión urbana que se debe atender en la zona.
En base a los antecedentes expuestos en el capítulo 6.2. del ICE esta Comisión concluye que el Proyecto no genera impactos ambientales significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire considerando las obras, acciones y emisiones generadas por el proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Sobre Permisos Ambientales Sectoriales de contenidos únicamente ambientales
El proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49” no incorpora Permisos Ambientales Sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. Sobre Permisos Ambientales Sectoriales mixtos
Tabla 6.2.1. Permiso para construir, reparar o modificar cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo el proyecto Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Los residuos sólidos a generar durante la etapa de construcción del proyecto son clasificados como Residuos No Peligrosos y Residuos Sólidos Asimilables a domiciliarios, con retiro a través de una empresa autorizada, salvo los residuos domiciliarios que serán retirados por el servicio de recolección de basura de la Ilustre Municipalidad de Río Negro.
_ Residuos sólidos no peligrosos Serán almacenados temporalmente en un patio de acopio transitorio. Estos residuos serán principalmente materiales de aislación, restos de hormigón, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, sacos de cemento y cajas, entre otras.
Respecto a este tipo de residuos que serán acumulados, se verificará en el almacenamiento temporal, la inexistencia de sustancias o residuos peligrosos, tales como pinturas, solventes, hidrocarburos. Este patio de acopio será transitorio, de modo que los residuos no peligrosos serán finalmente dispuestos en un lugar autorizado.
El sitio para acopiar los residuos no peligrosos en la instalación de faena contempla una zona de salvataje de aprox. 45 m2 en la cual se dispondrán 5 cubículos de 1,5 metros de altura, para el almacenamiento de forma adecuada de madera, fierro, plástico, sidding y yeso cartón. Para ello, se mantendrá un Registro en faena para asegurar su correcta disposición final de materiales. _ Residuos asimilables a domiciliarios Serán almacenados en contenedores cerrados de material plástico de aprox. 200 L, debidamente identificados y localizados en los sectores de mayor tránsito de personal, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado para la recolección municipal.
En la fase de operación del proyecto se generarán residuos domiciliarios provenientes de los habitantes de las unidades habitaciones que componen el proyecto. Estos serán recolectados por el servicio municipal de retiro de basura de acuerdo a la programación con la que cuente la Ilustre Municipalidad de Río Negro.
a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos
Debido a las características de los residuos acopiados y a su corto tiempo de almacenamiento, no se esperan emisiones liquidas ni tampoco emisiones a la atmósfera. Tanto para la fase de construcción como de operación del proyecto, los residuos asimilables a domésticos se mantendrán en contenedores permanentemente tapados, para así minimizar riesgos asociados a la acumulación de residuos orgánicos, tales como la dispersión de olores y la proliferación de vectores.
Los contenedores serán retirados de la instalación de faenas del proyecto con una frecuencia que permita minimizar las molestias mencionadas anteriormente.
El traslado de los residuos a disposición final se realizará con camiones acondicionados para dicha actividad, circulando a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
velocidad máxima de 30 km/hora dentro del proyecto, donde se contará con señalética de velocidad máxima.
a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos
Los materiales de rechazo en la etapa de construcción de este proyecto (despuntes de maderas, etc.) serán almacenados en la zona de acopio temporal o serán reutilizados en la misma obra. El material que no se reutilice será llevado a sitio de disposición final. En cuanto a la fase de operación del proyecto, no se contempla la generación de rechazos dadas las características de este.
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados
El titular mantendrá en la obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares debidamente autorizados. Al término de la etapa de construcción, el titular mantendrá los antecedentes necesarios que garantizan el envío de los residuos de la obra a sitio autorizado.
a.8. Plan de Contingencias y Plan de Emergencias
Se entrega mayor información en el ICE en el punto 9.2.1.
Cabe señalar que se hace énfasis que, en caso de cualquier contingencia y emergencia en el contexto del PAS 140, se dará aviso inmediato a la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, y posteriormente se oficializará por escrito acompañando un informe que dé cuenta de las acciones llevadas a cabo de acuerdo al plan definido.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1. hasta a.9:
e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales
_ Residuos domiciliarios fase de construcción Estos residuos serán almacenados en contenedores de plástico de 200 L, y serán dispuestos en los frentes de trabajo y cercanos a la instalación de faena, permanecerán tapados y con bolsas de ser necesario. Los residuos serán retirados de forma periódica por lo que no se generarán condiciones para la proliferación de vectores.
_ Residuos sólidos no peligrosos en fase de construcción La instalación de faena cuenta con un sitio para acopiar los residuos no peligrosos. Dicha área contempla una zona de salvataje de aprox. 45 m2 en la cual se dispondrán 5 cubículos de 1,5 metros de altura, para el almacenamiento de forma adecuada de madera, fierro, plástico, sidding y yeso cartón.
_ Residuos domiciliarios fase de operación Por su parte, durante la fase de operación, se generarán sólo residuos sólidos domiciliarios, que corresponderán a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
generados por los habitantes de las viviendas a materializar en el proyecto. Para su estimación se considera 1,1 [kg de residuos/día/habitantes] y una cantidad total de 2915 personas habitando el proyecto inmobiliario (con un promedio de 5 personas por vivienda por un total de 583 unidades habitacionales). Finalmente, se establece que estos serán recolectados por el servicio municipal de retiro de basura de acuerdo a la programación con la que cuente la Ilustre Municipalidad de Río Negro.
e.2. Capacidad máxima de almacenamiento
Los contenedores de almacenamiento para residuos sólidos domiciliarios tendrán una capacidad máxima de 200 litros para la fase de construcción, cubiertos con bolsas plásticas en su interior, para posteriormente ser retirados y dispuestos en un lugar autorizado. Para la fase de operación los residuos generados por parte de las unidades habitacionales serán retirados y dispuestos en un lugar autorizado según el sistema de recolección de basura de la Ilustre Municipalidad de Río Negro. La instalación de faena cuenta con un sitio para acopiar los residuos no peligrosos. Dicha área contempla una zona de salvataje de aprox. 45 m2 en la cual se dispondrán 5 cubículos de 1,5 metros de altura, para el almacenamiento de forma adecuada de madera, fierro, plástico, sidding y yeso cartón.
e.3. Descripción del tipo de almacenamiento
Los contenedores de residuos domiciliarios estarán dispuestos en los frentes de trabajo y cercanos a la instalación de faena, permanecerán tapados y serán retirados 3 veces por semana, por lo que no habrá emisiones de olor ni líquidas dadas las características de los contenedores.
La instalación de faena contará con un sitio para acopiar los residuos no peligrosos. Dicha área contempla una zona de salvataje de aprox. 45 m2 en la cual se dispondrán 5 cubículos de 1,5 metros de altura, para el almacenamiento de forma adecuada de los distintos residuos. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme mediante Ord. N°4964 de fecha 25 de febrero de 2026 de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos.
Tabla 6.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de Residuos Peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todo el proyecto Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción del sitio de almacenamiento La bodega metálica que se dispondrá tiene dimensiones de 3 metros de ancho 2 metros de largo y de 2 metros de alto aprox., ubicada al centro de la delimitación del proyecto. La bodega de residuos peligrosos considera una superficie de 6 m2.
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b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales
El sitio de almacenaje de RESPEL corresponderá a una bodega temporal que reunirá las siguientes características:
• Base continua de hormigón, de 3 metros de ancho por 2 metros de largo. Esto brinda a la bodega una base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.
• Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el acceso tanto de personas como animales, además contara con techo están protegida a factores ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Para ello la bodega estará conformada por una estructura metálica (pilares y vigas de metal) es techo serán un cuerpo estructurarte de metal y planchas acanaladas de zinc, lo que permitirá la aislación de las condiciones ambientales adversas.
La materialidad del cierre de la bodega estará compuesta por planchas metálicas acanaladas 5 V de zinc de 1,72 m de altura, para impedir el paso de personas y animales. Se proyecta dejar un 4,9% de la superficie de la bodega con malla metálica para que permita su ventilación, la que ocupará los 0,25 m superiores de las paredes laterales de la bodega. Considerando el tipo de residuos que se almacenará temporalmente (envases con restos o trazas de pegamentos, adhesivos, impermeabilizantes, pinturas, etc.), no se producirá volatilización. Adicionalmente, los residuos almacenados en la bodega serán envasados en recipientes que no permitan derrames, los cuales se encontrarán rotulados de acuerdo al residuo específico que contengan, por lo que se evitará el arrastre o la lixiviación de éstos. • Para la retención de escurrimientos o derrames se considerará una capacidad de retención superior al volumen del contenedor de mayor capacidad y al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. • La bodega se señalizará de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y se instalará un letrero indicando “No fumar” en el área. • Su acceso será restringido sólo al personal autorizado. • La empresa responsable del retiro de residuos peligrosos, inertes y no peligros deberá contar con Resolución del servicio de salud que lo autorice para el retiro de los residuos. • Se instalará un extintor de polvo químico ABC de 10 kilos al exterior de la bodega.
c) Clases de residuos, cantidades, capacidad máxima y periodo de almacenamiento
Los residuos peligrosos generados por las obras del proyecto serán almacenados temporalmente, como máximo 6 meses en la bodega de residuos peligrosos, según lo que estipula el D.S. N°148/2003.
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Como medida de control interna del cumplimiento del D.S. N°148/2003, el retiro de residuos peligrosos se realizará periódicamente, al menos una vez al semestre o cuando se complete un volumen equivalente al 80% de la capacidad de almacenamiento.
Todos los residuos y sustancias peligrosas serán almacenados en tambores o contenedores herméticamente cerrados y debidamente rotulados según su clasificación de peligro. Se evitará en todo momento la mezcla de sustancias incompatibles, manteniendo áreas diferenciadas para cada tipo de residuo. Estos residuos serán manejados por un trabajador encargado de registrar el ingreso y el retiro de los residuos hasta un sitio de disposición final autorizado.
El transporte y disposición de los residuos peligrosos se realizará exclusivamente mediante gestores autorizados. Para acreditar la trazabilidad, se utilizarán los manifiestos de residuos peligrosos, conservando los registros y certificados de disposición final emitidos por las instalaciones receptoras autorizadas. La aplicación de las medidas de seguridad y el cumplimiento del plan de manejo serán supervisados por el encargado ambiental del proyecto o jefe de obra, manteniendo registros actualizados de generación, almacenamiento y retiro de residuos.
A continuación, en la Tabla 1 se presenta la cuantificación de los residuos peligrosos almacenados en la etapa de construcción.
Tabla 1: Cantidad de residuos peligrosos a generar por el proyecto
Fuente: Tabla N°1 del Anexo 7 de la DIA, por PAS 142
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población
Los contenedores contarán con un pretil cuya capacidad será 1,1 veces la capacidad máxima de almacenamiento de los contenedores, los cuales estarán debidamente sellados y rotulados. No se espera generación de olores ya que la mayoría de los residuos peligrosos a almacenar temporalmente, no los generan. Los residuos peligrosos serán segregados por tipo de acuerdo al D.S. N°148/03 para su almacenamiento, evitando así posible reacción entre ellos y eventual generación de gases.
Los residuos son dispuestos en contenedores tapados de acuerdo a su composición. Estos contenedores están Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
adecuadamente rotulados, y protegidos del viento y del sol. También es importante mencionar que la bodega se encontrará delimitada, señalizada de acuerdo a la normativa vigente y dispondrá de una puerta, la cual se encontrará cerrada con ingreso restringido mientras no se esté ingresando o retirando los residuos.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento
Los contenedores de restos líquidos ubicados dentro de la bodega de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas contarán con un pretil cuya capacidad será 1,1 veces la capacidad máxima de almacenamiento de los contenedores, los cuales estarán debidamente sellados y rotulados.
f) Plan de contingencias y seguridad
g) Plan de emergencia
Mayores antecedentes sobre esta materia se desarrollan en el punto 9.2.2. del ICE.
Cabe señalar que se hace énfasis que, en acaso de cualquier contingencia y/o emergencia en el contexto del PAS 142, se dará aviso inmediato a la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, y posteriormente se oficializará por escrito acompañando un informe que dé cuenta de las acciones llevadas a cabo de acuerdo al plan definido. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme mediante Ord. N°4964 de fecha 25 de febrero de 2026 de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas generales que le aplican al proyecto
Tabla 7.1.1. Norma: Constitución Política de la República de Chile. D.S. N°100/05 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Componente/materia: Normas de carácter general asociadas al medio ambiente e institucionalidad ambiental vigente Norma Constitución Política de La República de Chile. D.S. N°100/05 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento El proyecto se ajustará a las disposiciones constitucionales mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental al SEA Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable Forma de control y seguimiento Cumplimiento permanente de la RCA. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones establecidas en la referida LO-SMA
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Tabla 7.1.2.: Norma: Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente Componente/materia: Normas de carácter general asociadas al medio ambiente e institucionalidad ambiental vigente Norma Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente Otros cuerpos legales asociados D.S. N°40/2012, Reglamento Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento El Titular acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el país mediante la presentación de esta DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento permanente de la RCA. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones establecidas en la referida LO-SMA. Forma de control y seguimiento A través de la comunicación con la Superintendencia del Medio Ambiente
Tabla 7.1.3.: Norma: D.S. N°40/2012, Reglamento SEIA Componente/materia: Normas de carácter general asociadas al medio ambiente e institucionalidad ambiental vigente Norma D.S. N°40/2012, Reglamento SEIA Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300 de 1994, sobre “Bases Generales del Medios Ambiente”, modificada por la ley N°20417 de 2010, que “Crea el ministerio, el servicio de Evaluación ambiental y la superintendencia del medioambiente” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento Ingreso del proyecto al SEIA a través de la DIA. El Titular acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el país mediante la presentación de esta DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable y seguimiento ambiental SMA Forma de control y seguimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable y seguimiento ambiental SMA
Tabla 7.1.4. Norma: Ley N°20.417 Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y La Superintendencia del Medio Ambiente Componente/materia: Se presenta a tramitación al SEA de la Región de Los Lagos, y se incorporan los nuevos aspectos de evaluación estipulados en la ley. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Artículo 18 ter. – Los titulares, al presentar una Declaración de Impacto Ambiental, podrán incluir, a su costo, el compromiso de someterse a un proceso de evaluación y certificación de conformidad, respecto del cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y de las condiciones sobre las cuales se califique favorablemente el proyecto o actividad. En este caso, dicha Declaración deberá ser calificada en un plazo máximo de treinta días, sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente. Para estos efectos, la Superintendencia del Medio Ambiente llevará un registro de las personas naturales y jurídicas acreditadas, que realicen la evaluación y certificación de conformidad de las Resoluciones de Calificación Ambiental. El reglamento determinará los requisitos, condiciones y procedimientos necesarios para su administración y funcionamiento Indicador que acredita su cumplimiento Se presenta a tramitación al SEA Región de Los Lagos, la DIA, para obtener una Calificación Ambiental Favorable
7.2. Normas que dicen relación sobre el emplazamiento del proyecto
Tabla 7.2.1. Norma: Plan Regulador Comunal de Río Negro Componente/materia: Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas, el proyecto se encuentra sujeto al Plan Regulador Comunal pertenecientes a la comuna de Río Negro, en zona urbana.
El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de Río Negro. Forma de cumplimiento El proyecto considera la implementación de su urbanización, así como la construcción de áreas verdes y equipamiento, acorde a lo estipulado en el Plan Regulador Comunal de Río Negro.
En referencia a lo establecido por los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes, correspondientes al Límite Urbano (LU) y Plan Regulador Comunal (PRC) de Río Negro, y su respectiva homologación con normativa de referencia D.S. N°38/11 MMA, se define en la ubicación de todos los receptores Zona I. De esta forma, los límites permisibles de ruido en el periodo diurno, durante el cual se ejecuta el Proyecto, corresponden a 55 dB(A). Indicador que acredita su cumplimiento Se presenta a tramitación al SEA Región de Los Lagos, la DIA, para obtener una Calificación Ambiental Favorable Forma de control y seguimiento Las que señala la Superintendencia de Medio Ambiente y la Municipalidad de Río Negro.
Tabla 7.2.2. Norma: Decreto N°24/2020, Declara zona saturada por material particulado MP2.5 como concentración de 24 horas, a la comuna de San Pablo, de la región de Los Lagos y a la macrozona centro-norte de la región de Los Lagos Componente/materia: Normas aplicables al emplazamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Norma Decreto N°24/2020, Declara zona saturada por material particulado MP2.5 como concentración de 24 horas, a la comuna de San Pablo, de la región de Los Lagos y a la macrozona centro- norte de la región de Los Lagos, del Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales Resolución Exenta N°302/2011. Instruye sobre modificaciones al procedimiento de declaración de zona saturada y latente, Subsecretaría del Medio Ambiente. Decreto N°12/2011 Establece norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP 2,5, Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las relacionadas con generación de emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento El proyecto ingresa a evaluación al SEIA, por tipología h.1.3, más de 300 viviendas y sobre 7 ha. Análisis de estimación y dispersión de emisiones de las fases de construcción y operación del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de DIA a evaluación en SEIA; Resolución de Calificación Ambiental favorable Forma de control y seguimiento Gestión y seguimiento ambiental a través de la SMA
7.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
Tabla 7.3.1. Norma: Ley 19.525, Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias Componente/materia: Normativa General Norma Ley 19.525, Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto de solución de aguas lluvias Forma de cumplimiento El proyecto contará con un sistema de evacuación de aguas lluvias (ver Capítulo Descripción de Proyecto) que permita el drenaje de aguas lluvias y su fácil escurrimiento y disposición, impidiendo el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Oficio de aprobación por la entidad correspondiente. Forma de control y seguimiento Gestión y seguimiento ambiental a través de la SMA.
Tabla 7.3.2. Norma: D.S. Nº 144/61 del MINSAL - Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza Componente/materia: Normativa Componente Aire Norma D.S. Nº 144/61 del MINSAL - Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra, tránsito por caminos pavimentados y no pavimentados Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga, y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo. • Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales. • Se humedecerá la superficie antes de los movimientos de tierra y excavaciones Indicador que acredita su cumplimiento • Registro dentro de la obra de las revisiones técnicas de los equipos y maquinarias. • Registro del encarpado de los camiones que ingresan y salen de la obra. • Registro fotográfico de la señalética de los límites de velocidad. Forma de control y seguimiento • Registro dentro de la obra de las revisiones técnicas de los equipos y maquinarias. • Registro del encarpado de los camiones que ingresan y salen de la obra. • Registro fotográfico de la señalética de los límites de velocidad.
Todo registro estará disponible en faenas para la fiscalización por SMA o SEREMI de Salud
Tabla 7.3.3. Norma: Decreto N°75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica” Componente/materia: Normativa Componente Aire Vialidad y Transporte Norma Decreto N°75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte de materiales Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento - Los vehículos de carga no podrán ocupar el techo de la cabina ni llevarla en forma que exceda el ancho de la carrocería - La carga no podrá sobrepasar el extremo anterior. -Por la parte posterior, la carga no deberá arrastrar ni sobresalir del extremo del vehículo más de 2 metros. Cuando sobresalga más de 0,50 m, llevará en el extremo de la carga una luz roja, si fuere de noche y un banderín del mismo color, si fuere de día. - Cuando los objetos que constituyan la carga tengan gran longitud, deberán estar fuertemente sujetos unos a otros, y también al vehículo, de tal manera que las oscilaciones que el movimiento produzca no den lugar a que sobresalgan lateralmente de aquél. - Los camiones serán de tipo estanco de modo de evitar que escurran y caigan al suelo. - Los camiones contarán con su respectiva cubierta de modo de evitar desprendimiento de material particulado. - Los vehículos que transporten contenedores estarán provistos de dispositivos especiales de fijación, fijos o desmontables, que inmovilicen el contenedor por los esquineros inferiores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
El titular cumplirá y hará exigible a sus contratistas las disposiciones establecidas por este decreto, de manera tal que los vehículos que transporten materiales estén eficazmente cubiertos por materiales de lona o plásticos de dimensiones adecuadas. Se realizará control diario al ingreso y egreso de vehículos de carga del área del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará una inspección visual para asegurar el cumplimiento de las medidas.
El Titular cumplirá y hará exigible a sus contratistas las disposiciones establecidas por este decreto, de manera tal que los vehículos que transporten sustancias puedan escurrirse al caer al suelo, estarán equipados de modo que aseguren que ello no ocurra. Forma de control y seguimiento Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile Aspectos señalados en la RCA fiscalizados por la Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental Reporte de cumplimiento de exigencias de la RCA ante la SMA
Tabla 7.3.4. Norma: D.S. Nº1.215/1978, del Ministerio de Salud, Normas Sanitarias Mínimas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica Componente/materia: Normativa Componente Aire Norma Decreto Supremo Nº1.215/1978, del Ministerio de Salud, Normas Sanitarias Mínimas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica Otros cuerpos legales asociados El artículo 1 de la Norma D.S. N°144 de 1961 del Ministerio de Salud establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades que generen emisiones Forma de cumplimiento Para cumplir con la norma se instalará señalética prohibiendo la quema de residuos o material combustible. Además, los equipos y maquinarias usados serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Así mismo los camiones que transportarán materiales de la obra lo realizarán con una lona, debidamente sujeta a los vehículos y en buen estado. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará una inspección visual para asegurar el cumplimiento de las medidas Forma de control y seguimiento Reporte de cumplimiento de exigencias de la RCA ante la SMA
Tabla 7.3.5. Norma: D.S. N°47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Normativa Componente Aire Norma D.S. N°47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades que generen emisiones de ruido, polvo y material Forma de cumplimiento Las edificaciones de equipamiento, según sus condiciones acústicas, cumplirán con las condiciones de emplazamiento señaladas en el artículo 4.1.5 del decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Especificaciones técnicas de los edificios, permiso de construcción DOM, en faena. Forma de control y seguimiento Gestión de competencia de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Río Negro; acciones competentes de la Superintendencia del Medio ambiente.
Tabla 7.3.6. Norma: D.S. Nº 38/11 MMA, Establece normas de emisiones de ruidos generados por fuentes que indica. Componente/materia: Normativa Componente Aire Norma D.S. Nº38/11 MMA, Establece normas de emisiones de ruidos generados por fuentes que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de ruido durante la etapa de construcción Forma de cumplimiento Se implementan acciones de control tales como:
_ Cierre perimetral de la obra: Debe ser instalada una barrera acústica que abarque todo el perímetro de este. Dicha barrera debe tener una altura de 3,6 metros. Se implementará a medida del avance del proyecto. _ Mantener el correcto estado de mantención de las distintas maquinarias. _ Evitar el uso de silbatos y bocinas tanto al interior de la obra como en el ingreso a esta desde la calle. _ Procurar que el tránsito de camiones en la obra se realice a las menores velocidades posibles. _ Los camiones deberán mantener el motor apagado cada vez que no requiera. _ Evitar actividades de corte en puntos cercanos a receptores sensibles Evitar situaciones de botaderos de escombros a gran altura. Indicador que acredita su cumplimiento Porcentaje de cumplimiento de las medidas propuestas en el Estudio de Impacto Acústico, presentado en el Anexo 8 de la DIA. Forma de control y seguimiento Sistema de seguimiento ambiental SMA, fiscalización en obra por SMA u organismos con competencia
Tabla 7.3.7. Norma: Ordenanza N°3 de la Ilustre Municipalidad de Río Negro Componente/materia: Componente Ruido y Vibraciones Norma Ordenanza N°3 de la Ilustre Municipalidad de Río Negro, “Sobre actividades ruidosas y fuentes emisoras de ruido en la comuna de Río Negro” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de ruido durante la etapa de construcción Forma de cumplimiento a) Previo al inicio de la faena constructiva, el titular deberá entregar un Programa de Trabajo de Ejecución de las Obras a la Dirección de Obras de la Municipalidad. b) Sólo estará permitido trabajar en jornada de lunes a sábado en horario diurno. Los trabajos fuera de la jornada referida sólo estarán permitidos con la autorización expresa de la Dirección de Obras Municipales, quien deberá informar al Departamento de Medio Ambiente de tal circunstancia. La autorización señalará las acciones de mitigación de ruido que deberán ser consideradas para llevar a cabo los trabajos. c) Dentro del horario señalado, se comprende la llegada y salida de los trabajadores, carga y descarga de materiales, el cambio de ropa del personal, preparación de equipos y cualquier otra actividad que se realice antes o al término de la jornada de trabajo. d) Queda estrictamente prohibido el uso de máquinas ruidosas en el espacio público o al interior del sitio donde se ejecuten faenas de construcción, tales como: martillo neumático, cierras circulares o de huincha u otros, a menos que se utilicen en recintos cerrados o que cuenten con acciones de mitigación de ruido, salvo informe previo y autorización de la Dirección de Obras Municipales. e) Las actividades que comprendan faenas de carga y descarga de materiales y/o evacuación de escombros desde un segundo nivel o superior, deberán incorporar duetos especiales para atenuar los ruidos que dichas faenas impliquen. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de programa de trabajo de ejecución de obras a la Dirección de Obras de la Municipalidad.
Entrega de informes anuales de plan de medición sonora comprometido en CAV “Plan de Monitoreo de niveles de Ruido, revisión y mantenimiento periódico de las medidas de control de ruido” a la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Sistema de seguimiento ambiental SMA, fiscalización en obra por SMA u organismos con competencia.
Tabla 7.3.8. Norma: D.F.L. Nº 725/68 - Código Sanitario; Ministerio de Salud Componente/materia: Residuos Líquidos Norma D.F.L. Nº 725/68 - Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las que involucren generación de residuos líquidos y sólidos. Forma de cumplimiento Los residuos que se generen en la etapa de construcción serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Los residuos domiciliarios serán retirados 3 veces por semana por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Todos los residuos generados en todas las fases del Proyecto serán tratados acorde a la legislación aplicable. Por tanto, se dará cumplimiento a la habilitación de sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos en la fase de construcción y operación del Proyecto de acuerdo al PAS 140. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la operación, por parte del servicio de aseo municipal.
Registro servicio de recolección comunal que realiza el retiro de los residuos domiciliarios. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Autoridad Sanitaria).
Tabla 7.3.9. Norma: D.S. N°43, de 2015, del Ministerio de Salud, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia: Residuos Sólidos Norma Decreto Supremo N°43, de 2015, del Ministerio de Salud, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas se almacenarán en los lugares especiales de acuerdo con su cantidad, clase y clasificación de peligrosidad, según lo establecido en la NCh 382 Of. 2013, o la que la reemplace (artículo 8°) y estarán contenidas en envases, debidamente etiquetadas según lo estipulado en el Título XII, excepto las que se almacenen a granel (artículo 9°). Indicador que acredita su cumplimiento Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento de la bodega. Gestión PAS 140. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Autoridad Sanitaria).
Tabla 7.3.10. Norma: D.S. N°594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo” Componente/materia: Residuos Sólidos Norma D.S. N°594/1999 de MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientes en los lugares de trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las que implican generación de residuos sólidos no peligrosos Forma de cumplimiento En la fase de construcción se generarán residuos industriales no peligrosos y estos serán acopiados transitoriamente para posteriormente ser retirados y dispuestos en relleno sanitario autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Indicador que acredita su cumplimiento Adquirir la resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos, emitida por la Seremi de Salud, una vez presentado los antecedentes.
Adquirir el certificado de disposición final de residuos no peligrosos de construcción. A su vez registrar el retiro de los residuos no peligrosos de la fase de construcción (boleta, factura u otro documento) por parte de la empresa externa autorizada que lo disponga. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica.
Tabla 7.3.11. Norma: Decreto N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) Componente/materia: Residuos Sólidos Norma Decreto N°1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de escombros y residuos inertes propios de la construcción, que corresponde a todos los residuos sólidos no peligrosos generados por el Proyecto en su fase de construcción. Forma de cumplimiento Se designará a un encargado de informar los residuos de escombros e inertes propios de la construcción generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC), realizando declaraciones que le corresponden efectuar corresponden a: Declaraciones mensuales SINADER, dando cumplimiento a lo indicado en el Art. 9 de la Resolución Exenta N°144/2020 que “Aprueba Norma Básica para la implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Declaraciones anuales, dando cumplimiento a lo indicado en el Art. 25 del D.S. N°1/2013. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de comprobantes de las declaraciones mensuales y anuales en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Contar con todos los certificados de envío de información para las declaraciones mensuales y anuales en el Sistema de Ventanilla Única del RETC durante todo el período que dure la fase de construcción del Proyecto.
Tabla 7.3.12. Norma: D.S. N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Componente/materia: Residuos Sólidos Norma D.S. N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos peligrosos Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
2190 Of. 1993, o la que la reemplace. Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplir el manejo de residuos que se informa en el PAS 142 Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Autoridad Sanitaria).
7.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Tabla 7.4.1. Norma: Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Componente/materia: Normas de carácter general asociadas al medio ambiente e institucionalidad ambiental vigente Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relación con uso de suelo permitido por IPT correspondiente. Vías de acceso, urbanización, áreas verdes y espacio común, construcción de vivienda y urbanizaciones respectivas del proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo a lo estipulado en el artículo 57 del Decreto, el Proyecto inmobiliario se desarrollará en un área permitida para tal propósito de acuerdo al PRC. El Proyecto deberá contar con el Permiso de Edificación antes de comenzar su construcción y con el Certificado de Recepción Definitiva de Obras, previo a su operación. Indicador que acredita su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento en esta norma tienen relación con los permisos a solicitar para la urbanización, además de las medidas de control ambiental consideradas en la fase de construcción. Forma de control y seguimiento El permiso de edificación se presentará previo al inicio de la fase de construcción, y para la recepción final se debe cumplir íntegramente con lo que se señale en dicho permiso. Asimismo, la recepción definitiva de la obra respaldará la correcta ejecución de la Fase de Construcción.
Tabla 7.4.2. Norma: Ley N°21.455/2022 Componente/materia: Normas de carácter general asociadas al medio ambiente e institucionalidad ambiental vigente Norma Ley N°21.455/2022, Aprueba Ley Marco de Cambio Climático, Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300, modificada por Ley N°20.417 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento mediante el análisis de la posible existencia de una sinergia negativa entre los efectos provocados por la ejecución del proyecto y los efectos adversos del cambio climático Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
sobre los componentes ambientales que son objeto de protección en el SEIA, lo cual se presenta en el Anexo 15 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental favorable Forma de control y seguimiento Cumplimiento permanente de la RCA. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones establecidas en la referida LO-SMA
Tabla 7.4.3. Norma: Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Componente Arqueológico Norma Ley N°17.288, Legisla sobre Monumentos Nacionales Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300, modificada por Ley N°20.417 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Escarpe y Excavaciones Forma de cumplimiento En caso de que se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico se procederá de la siguiente manera: • Detener inmediatamente las obras en el lugar del hallazgo • Dar aviso de manera inmediata al/a la profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al/la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que se haga inspección técnica del hallazgo, así como al Gobernador Provincial. • Se procederá de acuerdo a las instrucciones técnicas que determine el Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de identificar un hallazgo arqueológico, se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Gobernación Provincial, deteniendo las obras y generando un informe que deberá incluir los siguientes antecedentes: _ Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. _ Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación _ Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. _ Realizar charlas de inducción por el arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto. _ El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Consejo de Monumentos Nacionales)
Tabla 7.4.4. Norma: D.S. N°484/1990, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Componente/materia: Componente Arqueológico y Paleontológico Norma D.S. N°484/1990, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Escarpe y Excavaciones Forma de cumplimiento En caso de que se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se debe informar inmediatamente al Gobernador de la Provincia (artículo 26), dando aviso al Consejo de Monumentos Nacionales. Se procederá de acuerdo a las instrucciones técnicas que emanen del Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de identificar un hallazgo, se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Gobernación Provincial, deteniendo las obras, y generando un informe que deberá incluir los siguientes antecedentes: -Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. -Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. -Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. –Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. -Realizar charlas de inducción por el arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto. -El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente y/o Organismos con Competencia Ambiental (Consejo de Monumentos Nacionales)
Tabla 7.4.5. Norma: Ley N°19.473/1996 de MINAGRI Componente/materia: Medio Biótico Norma Ley N°19.473/1996 de MINAGRI Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto Forma de cumplimiento Se realizará inducción a todo trabajador nuevo, sobre Flora y Fauna del lugar, dónde se explicará la prohibición de cazar en el sector. También, para evitar la caza o captura de animales silvestres, se implementará señalética en un lugar visible del acceso al proyecto que índice respecto a esta prohibición. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de participantes en Inducción Existencia de señalética y letreros con prohibición de caza. Forma de control y seguimiento Control permanente por parte de la administración de obras del proyecto.
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- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios (CAV):
Tabla 8.1. Compromiso ambiental voluntario: Plan de revisión y mantenimiento periódico de las medidas de control de ruido Impacto asociado Alteración calidad de vida por emisión de ruido hacia el área de influencia por falta de mantención de las medidas de control de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir y minimizar la dispersión de ruido hacia el área de influencia del proyecto.
Descripción: Como medida voluntaria se identifica el plan de revisión y mantención de las medidas de control de ruido, considerando al menos los siguientes aspectos:
a) Verificar que las características de hermeticidad y atenuación de las medidas de control de ruido se comportan de acuerdo con lo proyectado y se mantienen durante el transcurso y avance de las faenas constructivas, asegurando adicionalmente que el diseño e implementación de las medidas disponen de características estructurales suficientes para mantener la seguridad en la realización de las faenas, tanto para los trabajadores como para los receptores cercanos. Se recomienda establecer la verificación con frecuencia mensual.
b) Las medidas de control de ruido consideradas en el plan de revisión y mantención corresponden a las siguientes: - Cierre perimetral que será de 3,6 m en deslindes del Proyecto y que se aplicará desde el inicio de las faenas de acuerdo con el avance de obras, asegurando el apantallamiento de radiación sonora hacia los receptores más cercanos. El cierre perimetral contará con materialidad de densidad superficial mínima de 10 kg/m2 y presentará hermeticidad. - Para área de instalación de faenas ubicada en sector estacionamiento de Lote 1: Recinto cerrado para actividades de corte y uso de herramientas manuales como esmeril angular, ubicado en Lote 1 al suroeste de los vestidores y comedores de la instalación de faenas. La materialidad del recinto poseerá un índice de reducción sonora Rw mínimo de 28 dB. Los vanos de ventilación contarán con atenuadores acústicos que brinden una reducción sonora mínima de 15 dB. - Semi encierro acústico para herramientas que se utilicen fuera de instalación de faenas como: martillo demoledor y roto martillo, con materialidad que contará con una densidad superficial mínima de 10 kg/m2 y presentará hermeticidad en las uniones entre planchas, sin aberturas o fisuras. Se incorporará material fonoabsorbente en su revestimiento interior como lana de vidrio o mineral. - Barreras locales móviles tipo U de altura 4,8 m, con materialidad de densidad superficial mínima de 10 kg/m2 y hermeticidad en las uniones entre planchas, revestidas internamente con material fonoabsorbente como lana de vidrio o mineral. Estas barreras se ubicarán lo más cerca posible de fuentes de ruido como: camión mixer, rodillos y minicargador, obstaculizando la radiación sonora directa hacia los receptores más cercanos. - Cierres de vanos desde el segundo hasta el noveno piso de los edificios en construcción que presentarán fuentes de ruido, mediante cortinas acústicas (membrana flexible de alta densidad) que contarán con una densidad superficial mínima 6 kg/m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
c) Informar a la autoridad ambiental respecto del cumplimiento normativo, así como de la implementación in situ de las medidas de control establecidas durante el proceso de evaluación ambiental.
d) Al inicio de la etapa de construcción se hará capacitación a los trabajadores respecto a las medidas de control de ruido y su aplicación, así mismo cada vez que se reemplacen los encargados se hará una inducción y capacitación correspondiente.
Justificación: Mantener control sobre las acciones de atenuación de ruido propuestas, a modo que mantengan su funcionalidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de emplazamiento del proyecto se realizará de manera mensual por parte del encargado, la revisión de las medidas de control de ruido propuestas, para lo cual se contará con una bitácora de seguimiento.
En caso de que se detecten necesidades de mantención o reparación, éstas deberán ser consignadas en la bitácora con fotografías de estado, así como el respaldo fotográfico de la mantención/reparación. Al inicio de la etapa de construcción se hará capacitación a los trabajadores respecto a las medidas de control de ruido y su aplicación, así mismo cada vez que se reemplacen los encargados se hará una inducción y capacitación correspondiente.
Forma: Capacitación directa supervisada por el encargado de obras u otro profesional designado para el seguimiento de la medida. Encargado del plan de control de las medidas deberá realizar recorrido mensual evaluando la aplicación.
Oportunidad: Durante el desarrollo de obras en cada lote (o etapa del proyecto), se identifica una frecuencia mensual para la revisión de las condiciones de las medidas de control, y de manera trimestral el monitoreo de ruido en puntos receptores evaluados. La capacitación se realizará al inicio de la fase de construcción y cada vez que se reemplacen los encargados. Indicador que acredite su cumplimiento •Envío de Informes Anuales a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), durante la etapa de construcción. El envío comprende un documento técnico con el registro consolidado de la capacitación realizada con la firma de los capacitados, así como del responsable a ser designado para el seguimiento de la medida. • Informe de revisión de medidas de control de ruido. • Registro fotográfico de la aplicación de la medida. Forma de control y seguimiento Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de capacitación que incluirá fotografías, fecha y hora de aplicación, trabajadores capacitados. El responsable será un profesional designado que participará en la obra del Proyecto, el cual podría ser el jefe de obras o profesional de seguridad y/o medio ambiente, bien un profesional idóneo para el control y seguimiento de la medida.
Tabla 8.2. Compromiso ambiental voluntario: “Plan de Gestión, Regulación y Seguridad Vial en Intersecciones Críticas” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Impacto asociado _ Alteración en los tiempos de desplazamiento de la población debido a la alteración en la fluidez del tránsito vehicular. _ Riesgo para la salud de las personas debido a la inseguridad de los peatones en los puntos de mayor interacción del área de influencia. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Garantizar la fluidez del tránsito vehicular y resguardar la seguridad de los peatones en los puntos de mayor interacción del área de influencia del proyecto. Las acciones de gestión se centrarán específicamente en 3 nodos identificados como relevantes para el sistema de movilidad local: _ Intersección de la Ruta U-500 con la Ruta U-598 _ Cruce de calle República con la Ruta U-500, y la _ Intersección de la Avenida Padre Hurtado con la Ruta U-500. Descripción: Las medidas de control consideradas en este CAV se orientan a mejorar las condiciones de regulación y seguridad vial en las intersecciones críticas identificadas en el área de influencia del proyecto, específicamente en los siguientes nodos: (i) intersección Ruta U-500 con Ruta U-598, (ii) intersección Calle República con Ruta U-500 y (iii) intersección Avenida Padre Hurtado con Ruta U-500.
En dichas intersecciones se implementarán las siguientes acciones de regulación y seguridad vial, conforme a lo establecido en el Manual de Señalización de Tránsito vigente:
a) Instalación de señalización vertical reglamentaria, incluyendo señales de “PARE” en accesos secundarios, señales de límite de velocidad (30 km/h y 50 km/h según corresponda) y señalización de advertencia asociada a la aproximación a intersecciones.
b) Demarcación horizontal reglamentaria en calzada, incluyendo pasos peatonales tipo cebra en los cruces, líneas de detención en accesos a las intersecciones y demarcación de ejes y pistas de circulación.
c) Implementación de señalización preventiva de resalto o reductor de velocidad en los accesos a las intersecciones, junto con señalización de advertencia para reforzar la reducción de velocidad en zonas de mayor interacción entre vehículos y peatones.
d) Implementación de elementos de regulación de tránsito mediante islas canalizadoras y delineación de movimientos vehiculares en las intersecciones con mayor complejidad geométrica.
e) Ejecución de obras de accesibilidad universal en los cruces peatonales intervenidos, consistentes en rebajes de solera y rampas en esquinas, permitiendo el desplazamiento seguro de personas con movilidad reducida.
Estas acciones se implementarán en concordancia con las soluciones definidas en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), priorizando la seguridad de los peatones y la correcta regulación de los flujos vehiculares en los puntos de mayor interacción del área de influencia del proyecto.
Justificación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
En respuesta a lo solicitado por la autoridad, se asume la responsabilidad de la implementación y gestión de las acciones de control en los puntos identificados como críticos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Intersecciones criticas definidas en IMIV: - Intersección U-500/U-598 - Intersección de República con U-500 - Intersección de Avda. Padre Hurtado con Ruta U-500
Forma: Estas acciones de gestión se desarrollarán de manera progresiva durante la ejecución del Proyecto, iniciando con señalización y control provisorio durante la fase de construcción para disminuir el impacto del flujo de maquinaria pesada, y consolidándose como infraestructura definitiva para la fase de operación del conjunto habitacional.
Oportunidad: De manera progresiva durante la ejecución de la etapa de construcción, para quedar consolidada como infraestructura definitiva para la fase de Operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento para este compromiso será la ejecución del 100% de las medidas de regulación y seguridad vial aprobadas en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Forma de control y seguimiento Finalmente, para acreditar la correcta implementación, se dispondrá de informes de término de obras que incluyan registros fotográficos georreferenciados y las actas de recepción conforme emitidas por los organismos competentes.
Tabla 8.3. Compromiso ambiental voluntario: “Capacitación a trabajadores de la obra para el procedimiento de lavado de camiones mixer” Impacto asociado Alteración en la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Construcción (30 meses) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la dispersión de restos de hormigón desde canaleta de descarga post utilización hacia las rutas exteriores de la obra.
Descripción: Como medida voluntaria se identifica la capacitación de los trabajadores para el buen uso de la zona de lavado de canaletas de camiones mixer, así como la eficiencia en el uso del agua a utilizar.
Justificación: Minimizar la dispersión de material sobrante hacia las rutas externas a la obra durante la etapa de construcción asociado a los movimientos de camiones mixer. Así mismo, se busca implementar un concepto de eficiencia en el uso del agua. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las Instalaciones de Faena, hacia el acceso/salida del área de emplazamiento del proyecto se instalará una zona de lavado de camiones mixer (canaletas de descarga principalmente) y ruedas de camiones. Al inicio de la etapa de construcción se hará capacitación a los trabajadores encargados de esta faena, así mismo cada vez que se reemplacen los encargados se hará una inducción y capacitación correspondiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Forma: Capacitación directa supervisada por el encargado de obras u otro profesional designado para el seguimiento de la medida.
Oportunidad: Corresponderá al inicio de obras en cada lote (o etapa del proyecto), y cada vez que haya un cambio en el equipo encargado de esta faena los anteriores encargados harán la capacitación a los siguientes. Indicador que acredite su cumplimiento •Envío de Informes Anuales a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), durante la etapa de construcción. El envío comprende un documento técnico con el registro consolidado de la capacitación realizada con la firma de los capacitados, así como del responsable a ser designado para el seguimiento de la medida. • Registro fotográfico de la aplicación de la medida. Forma de control y seguimiento Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de capacitación que incluirá fotografías, fecha y hora de aplicación, trabajadores capacitados.
El responsable será un profesional designado que participará en la obra del Proyecto, el cual podría ser el jefe de obras o profesional de seguridad y/o medio ambiente, bien un profesional idóneo para el control y seguimiento de la medida.
Tabla 8.4. Compromiso ambiental voluntario: “Humectación para el control de resuspensión de polvo durante la etapa de construcción” Impacto asociado Alteración en la calidad del aire por la resuspensión de material particulado por tránsito de vehículos en camino no pavimentados Fase del Proyecto a la que aplica Construcción (30 meses) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar las emisiones de material particulado respirable por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Descripción: Se realizará humectación de las zonas de escarpe, excavaciones, así como también áreas de acopio de materiales y vías de circulación no pavimentadas al interior de los sectores en los cuales se materializarán las obras de construcción.
Justificación: Minimizar las emisiones de material particulado debido a la resuspensión de polvo durante la etapa de construcción, asociado a los movimientos de tierra y tránsito de vehículos al interior de la faena de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La humectación contempla las áreas de escarpe, excavación, acopio de material y caminos no pavimentados al interior de la faena de construcción. • Camino de ingreso a instalación de faenas 1: 49,6 metros • Camino de ingreso a instalación de faenas 2: 43,5 metros • Area de Escarpe, excavación acopio de material: 32.221 m2
Forma: _ Método tradicional de humectación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Se utilizará camión aljibe en los caminos no pavimentados al interior de la faena de construcción, riego y/o aspersión en las áreas de escarpe, excavación y acopio de material. El tipo de agua será de tipo industrial. La cantidad de agua a utilizar corresponderá a la necesaria para reducir la resuspensión de polvo, realizando la aplicación una o dos veces en los casos en que las condiciones ambientales y meteorológicas así lo requieran.
Oportunidad: La aplicación será realizada en el caso de que las condiciones meteorológicas así lo requieran, la humedad del terreno y las rutas den cuenta de un ambiente seco que pueda propiciar la resuspensión. Se hará uso de camión aljibe para la humectación en las zonas de escarpe, excavaciones, así como también áreas de acopio de materiales y vías de circulación no pavimentadas al interior de las faenas de construcción. Se realizarán actividades de riego y/o aspersión para aumentar la humedad del terreno. Indicador que acredite su cumplimiento •Envío de Informes Anuales a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), durante la etapa de construcción. El envío comprende un documento técnico con el registro consolidado de la aplicación de la medida de humectación. • Registro de la medida de humectación que incluye fecha y hora de aplicación, zonas o área en donde se realizó la humectación. Condiciones meteorológicas del día de la aplicación. • Registro fotográfico de la aplicación de la medida. Forma de control y seguimiento Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de aplicación de la medida de humectación al interior de la faena mediante una bitácora de seguimiento de la medida que incluirá fotografías, fecha y hora de aplicación, entre otros ítems.
El responsable será un profesional designado que participará en la obra del Proyecto, el cual podría ser el jefe de obras o profesional de seguridad y/o medio ambiente, bien un profesional idóneo para el control y seguimiento de la medida.
Tabla 8.5. Compromiso ambiental voluntario: “Seguimiento de cumplimiento del estándar de referencia FTA y medidas propuestas para control de vibraciones” Impacto asociado Vibraciones sobre receptores colindantes el área de desarrollo del proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción (30 meses) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar y prevenir la percepción de vibraciones por uso de maquinaria en los contornos del área de emplazamiento del proyecto y sus receptores asociados.
Descripción: Como medida voluntaria se contará con un plan de monitoreo de vibraciones y un plan de verificación de uso de maquinaria en las franjas de restricción propuestas.
Justificación: En DIA se proponen medidas de control de vibraciones consistentes en la definición de franjas de exclusión de maquinaria, en donde se reemplazará la maquinaria de mayor nivel vibracional. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los bordes del área de emplazamiento donde se identifican franjas de exclusión de maquinaria.
Forma: Al inicio de la etapa de construcción se hará capacitación a los trabajadores encargados de esta faena, así mismo cada vez que se reemplacen los encargados se hará una inducción y capacitación correspondiente, en cuanto a la franja de restricción y la maquinaria considerada como alternativa. Capacitación directa supervisada por el encargado de obras u otro profesional designado para el seguimiento de la medida.
Respecto al Plan de monitoreo de vibraciones, se considerará el monitoreo con un equipo de medición la primera vez que se realice la faena en las zonas de exclusión de maquinaría, de modo de comprobar que lo propuesto se mantiene dentro de los rangos considerados.
Oportunidad: Corresponderá al momento cuando se desarrolle el inicio de las faenas consideradas para cada lote según cronograma. Indicador que acredite su cumplimiento • Envío de Informes Anuales a la Superintendencia del Medio Ambiente, durante la etapa de construcción. El envío comprende un documento técnico con el registro consolidado de la capacitación realizada con la firma de los capacitados, así como del responsable a ser designado para el seguimiento de la medida. Así mismo se incorporará un informe del plan de monitoreo de vibraciones, así como un seguimiento de la implementación de las medidas de control.
• Registro fotográfico de la aplicación de la medida. Forma de control y seguimiento Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de capacitación que incluirá fotografías, fecha y hora de aplicación, trabajadores capacitados. El responsable será un profesional designado que participará en la obra del Proyecto, el cual podría ser el jefe de obras o profesional de seguridad y/o medio ambiente, bien un profesional idóneo para el control y seguimiento de la medida.
- Que el proyecto considera el seguimiento ambiental de la siguiente variable: 9.1. Plan de Seguimiento al Monitoreo de emisiones acústicas
Tabla 9.1. Plan de Seguimiento Ambiental: Monitoreo de emisiones acústicas generadas por el proyecto. Fase Construcción Componente ambiental Calidad de vida de la población Impacto Ambiental Alteración en la calidad de vida de la población Acciones asociadas • Las mediciones deben realizarse con sonómetros integradores clase 1 o 2, debidamente calibrados y con certificados vigentes. • La medición se realizará en los mismos puntos receptores considerados en la evaluación presentada en Anexo 8 de la DIA, a medida que los receptores estén en operación (receptores R09 a R13 corresponden a futuros receptores que habitarán viviendas del proyecto en lotes 1, 2 y 4). • En caso de superar los niveles permitidos, el plan debe activar acciones correctivas inmediatas, considerando revisión de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
aplicación efectiva de las medidas de control de ruido, y requerimiento de mejorar estas medidas (aumento de grosor de pantallas o barreras acústicas, revisión de la maquinaria ruidosa, modificación de horarios de actividades de alta emisión sonora, o cambio de maquinaria por una de menor generación sonora, entre otras). Ubicación puntos de control Puntos receptores identificados en la DIA en Anexo 8 Parámetros por medir • Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente con ponderación A (dB) Límites permitidos comprometidos Límite permisible diurno: 55 dB(A) Duración del monitoreo Se efectuarán mediciones de ruido continuas en cada punto receptor considerado hasta lograr estabilización de la lectura, conforme lo establece el artículo 19° del D.S N°38/11 MMA. Los certificados de calibración del instrumental utilizados deberán ser incorporados en cada informe de seguimiento. Método o procedimiento de medición Uso de sonómetros calibrados para medir los niveles de ruido, siguiendo la normativa ambiental vigente Plazo y frecuencia de entrega de informe Medición Trimestral, entrega de informe dentro de 30 días luego de realizadas las mediciones Organismo destinatario de informes Los resultados se consolidarán en informes de seguimiento que se entregan a la Superintendencia del Medio Ambiente
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.Tabla 10.1.: Riesgo por actividad sísmica Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área del proyecto.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Realización de capacitaciones en las que se indiquen los protocolos de reacción a la hora de enfrentar un evento telúrico (mantener la calma, no desplazarse en forma precipitada, seguir las instrucciones de seguridad entregadas por el personal competente, alejarse de estructuras elevadas, etc.). - Instalación de señalética que permita identificar las zonas en las cuales operan equipos energizados; zonas con presencia de combustibles; zonas de seguridad dispuestas y las zonas en las cuales puedan generarse eventos de remoción en masa. - Instruir en materias referentes a procesos y mecanismos por medio de los cuales se pueda cortar los suministros de electricidad y combustible. Forma de control y seguimiento - Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. - Evaluación y registro del estado de señaléticas. - Registro de mantención de señaléticas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. del ICE Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante sismo: ● Evitar que los trabajadores corran o pierdan la calma. ● Evitar cualquier tipo de contacto con energizados, ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico. ● Alejarse de ventanas y abrir las puertas, no encender fósforos ni encendedores ante eventuales fugas de gas, alejarse de puentes y vías elevadas. ● Alejarse de las zonas de acopio de material, aunque éstas nunca excederán los 2,5 m de altura, por lo que es poco probable que se deslicen y provoque daño a alguien. En el caso de encontrarse operando alguna maquinaria, apagar y abandonar de inmediato el vehículo o maquinaria que se esté manejando; procurando dirigirse a la zona de seguridad más cercana. ● En el caso que ocurra un deslizamiento de terreno producto de un movimiento sísmico, alejarse inmediatamente de la zona del deslizamiento y dirigirse a la zona de seguridad más cercana.
Después del sismo: ● Desplazarse hacia la zona de seguridad con precaución y atención del entorno. ● Si se tiene conocimiento como operan los generadores, desconectar el generador para evitar la corriente eléctrica. ● Si alguna persona producto del sismo ha entrado en contacto con la energía eléctrica, ayudarla mediante el corte de la energía eléctrica, si no es factible el corte, con un elemento no conductor de la energía eléctrica desplazar a la persona de la zona mediante un elemento aislante (chomba, bufanda, etc.), sin tocar a la persona, o retirar los conductores eléctricos energizados que se encuentran sobre el trabajador, usando los elementos aislantes. Una vez aislado proceder a brindarle los primeros auxilios. Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente proceder a brindarle los primeros auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Mientras llega la ambulancia y asistencia médica, estabilizarlo, abrigarlo si fuera necesario; tratando de moverlo lo menos posibles por si tuviera alguna fractura producto del sismo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbient al/). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.2.: Riesgo por eventos de lluvias intensas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área general del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Se debe mantener constante conocimiento de las condiciones de tiempo atmosférico que afectan el área en la cual se emplaza el proyecto mediante revisiones semanales y actualizaciones a 10 días del pronóstico meteorológico. ● Trazar e instalar sistemas que permitan el escurrimiento de las aguas lluvias. ● Contar con elementos que permitan proteger la maquinaria y las herramientas, como galpones o bodegas. ● Contar con sistemas auxiliares de emergencia y disponer de los instructivos para su operación. Forma de control y seguimiento ● Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. ● Revisión y mantención de sistema de escurrimiento de aguas lluvias. ● Revisión y mantención de sistemas auxiliares de emergencia y disponer de los instructivos para su operación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● En caso de inminente frente de mal tiempo que afectará la zona se efectuará una inspección de todos los sistemas de escurrimiento de aguas de lluvias; en caso de ser necesario se procederá a despejarlos. ● Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá además que se verifiquen tableros y sistemas eléctricos. Junto con lo anterior, se efectuará una prueba de funcionamiento de los sistemas auxiliares de energía. ● En caso de que se produzcan inundaciones se dispondrá a eliminar el agua de los sectores anegados, utilizando bombas ● Los trabajadores deberán alejarse de los sitios anegados y paralizar las actividades dentro de la faena. ● Finalmente, en caso de no poder controlar la emergencia con medios propios, se solicitará la cooperación del servicio de emergencias de la ciudad; esta situación deberá ser evaluada por el Jefe de Sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbient al/). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.3.: Riesgo por a por eventos de olas de calor >25°C. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área general del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas preventivas: ● Charlas y/o talleres sobre acciones para enfrentar un evento de calor. ● Reducir actividad física. ● Utilizar ropa de trabajo de tejidos naturales, ligera y holgada. ● Utilización de protector solar. ● Permanecer en espacios ventilados o acondicionados. ● Hidratación adecuada. Forma de control y seguimiento - Registro de asistencia a la charla y/o taller. - Registro y reposición de ropa de trabajo y protector solar. - Mantención de sistemas de ventilación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Distribución de recursos esenciales (agua) para los trabajadores. ● Reprogramación de actividades al aire libre para horarios más frescos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.4.: Riesgo por eventos de sequía Fase del proyecto a la que aplica Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Charlas y/o talleres sobre acciones para enfrentar un evento de sequía, y su consiguiente aumento de riesgo de incendios en pastizales colindantes al área del proyecto. - Mantención de los residuos en los espacios acondicionados. - Mantención de los sistemas de contención de incendios (extintores). Forma de control y seguimiento ● Registro de asistencia a la charla y/o taller. ● Registro y mantención de extintores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Paralización de las obras y retiro de los trabajadores hacia zona de seguridad. ● Aviso inmediato a carabineros y bomberos. ● Reprogramación de actividades al aire libre para horarios más frescos. ● Disposición de camión aljibe y maquinaria sujeta a indicaciones de bomberos de ser necesario para control y generación de corta fuegos en área circundante al proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.5.: Riesgo por seguridad hídrica urbana Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Charlas y/o talleres sobre el cuidado del agua a los trabajadores con el objetivo de promover una cultura de conservación de agua. ● Uso de agua potable moderado, es decir, cuidado en el uso de excesivo del agua en las actividades diarias por parte de los trabajadores. ● Mantener sistema de tuberías y llaves en buen funcionamiento, evitando el desperdicio de agua generado por gotera. ● Se contempla la implementación de áreas verdes con plantaciones de árboles de bajo requerimiento hídrico y/o acondicionadas naturalmente a la zona climática. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Forma de control y seguimiento ● Registros de asistencias a charlas sobre el cuidado del agua Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Si se produce un corte de agua potable: _ Se dispondrán los bidones en los frentes de trabajo. _ Posteriormente se averiguará con el proveedor la causa de dicho corte y en base a esa información se determinará la continuación o cese de las faenas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.6.: Riesgo por derrames de combustibles y otros líquidos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dentro de los límites del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● El material de contención debe ser recogido con pala y escobillón minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso e identificando claramente el residuo que contiene. ● Rotular los receptáculos donde se van depositando los residuos. ● Si el área requiere ser descontaminada, considere las instrucciones definidas en las hojas de seguridad del producto. ● Todo el equipo de contención y limpieza debe ser revisado y descontaminado para reutilizar. Si lo anterior no es factible, debe desecharse como residuo peligroso. ● El equipo de protección personal debe estar descontaminado y se debe limpiar antes de ser reutilizado. Si lo anterior no es factible, debe desecharse como residuo peligroso Forma de control y seguimiento ● El Monitor Ambiental es responsable de planificar y ejecutar en cada una de las obras una capacitación. ● Capacitación quedará registrada y se mantendrá publicada al exterior de la bodega de residuos peligrosos o sustancias peligrosas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante derrame de alguna sustancia peligrosa deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quién a su vez dará aviso al Encargado de Calidad o a otro personal capacitado para actuar ante emergencias, especificando el sector o lugar donde ha ocurrido. ● Una vez informada la fuga o derrame, se debe recurrir a las Hojas de Seguridad del producto y se debe delimitar la zona con cinta de peligro. ● Se debe procurar impedir el acceso al sector con cinta de peligro, permitiéndose acceso y tránsito sólo a aquellas personas que sean requeridas para enfrentarlo. Debe quitarse inmediatamente la ropa contaminada y debe lavarse la piel con agua. ● Si es necesario se podrá optar a detener los trabajos en las proximidades de la fuga o derrame, de modo que se faciliten las tareas de detención, contención y limpieza. Ventile el área, si es factible. ● Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, debe colocarse los elementos de protección personal adecuados al riesgo de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos debe alejarse de la zona del derrame. ● No limpie un derrame si el producto está reaccionado, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa. ● Apague todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable). ● Detenga la fuga o el derrame lo antes posible regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando una válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar el producto. ● Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural. ● Si el derrame fue en el terreno natural se deberá esparcir material absorbente, haciendo que este se mezcle e impregne con el suelo contaminado por el derrame. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbient al/). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.7.: Riesgo por incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia ● Implementar medidas de prevención de incendios (cortafuegos u otros) y protocolos de control de carga de combustible y fuetes de calor. ● Identificar y señalizar debidamente las zonas que cuenten con equipos generadores y/o con presencia de combustible. ● Disponer extintores en cada área susceptible a amagos de incendio o a incendios, preparando al personal para que su manipulación sea expedita y funcional. ● Identificar y señalizar debidamente las zonas de seguridad dispuestas en la obra. Forma de control y seguimiento ● Registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. ● Realización de charlas informativas de carácter mensual con registro de asistencia. ● Registro y mantención de sistemas auxiliares de emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ● Cualquier persona que descubra un fuego no controlado, deberá dar la alarma correspondiente, independiente que este sea un amago, utilizando los medios que estén a mano para dar la información, si es necesario a viva voz. ● En caso de amago de incendio, se deberá usar los extintores portátiles ubicados en las áreas señaladas. Si al lugar del amago concurren dos o más personas, estas deberán actuar simultáneamente con los extintores. ● Si es un incendio, las personas que se percataron del incendio deben dar aviso de inmediato y ayudar a la evacuación del lugar. Poniendo atención en cortar el suministro eléctrico. ● Dirigirse hasta la Zona de Seguridad del área respectiva. ● Si hay personal ajeno a la obra dirigirlos a las zonas de seguridad asignadas. ● A medida que las personas se van retirando del lugar, deberán ir cerrando las puertas y ventanas que vayan quedando detrás de ellas. ● Ninguna persona deberá exponer su salud y su vida por tratar de salvar elementos materiales o por volver a buscar cosas personales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
● En caso de atrapamiento en el lugar del incendio, agacharse y gatear. Al avanzar deberán ir tocando con una de sus manos la pared, para lograr encontrar una puerta o una ventana, al encontrarlas, proceder a abrirla lenta y cuidadosamente y evacuar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbient al/). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
Tabla 10.8.: Riesgo por afloramiento de agua Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia _ Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. Cabe destacar que este análisis se hará dependiendo de las características del afloramiento ya que las aguas que pudiesen aparecer en algún punto no podrán ser devueltas a ningún lago, vertiente o estero cercano, por su inexistencia en el sector. _ Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. A su vez, se debe definir un periodo de tiempo para determinar si el afloramiento de agua aumenta su volumen, considerando que con este parámetro de alerta se podría determinar si es un curso de agua importante que deba ser evaluado. _ Dar aviso a la SMA. Forma de control y seguimiento ● Registro de aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente. ● Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a un posible afloramiento de napas colgadas de agua Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro de los plazos que se puedan conseguir en la Comuna, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento.
A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: _ Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser dispuestas es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. _ Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. _ Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). _ Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. _ El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento. _ Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Cap. 1.8. de la DIA
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599
del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
-
Que, para que el proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA, Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, de Ararat SpA.
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-
Certificar que el proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Certificar que el proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Certificar que el proyecto “Macroproyecto Altos de Chifin, Viviendas de Interés Público para el Programa D.S. 49”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
-
Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.
-
Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, notifíquese vía Oficina Partes SEA Los Lagos al Proponente, comuníquese a la Superintendencia de Medio Ambiente y archívese
Cristián Palma Valdés Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/GBS
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Melcon Vicente Martabid Razazi andresmartabids@ararat.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 01/06/2026 17:33:09 CLT Cristián Raúl Palma Valdés Firmado digitalmente por Cristián Raúl Palma Valdés Fecha: 2026.06.03 11:07:47 -04'00'
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168583599 Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur gabriela.mino@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos iojeda@conadi.gov.cl CONAF, Región de Los Lagos fernando.gebhard@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl DOH, Región de Los Lagos rodrigo.valenzuela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Río Negro <sebastian.cruzat@hotmail.com, oficinadepartes@rionegrochile.cl> SAG, Región de Los Lagos francisco.briones@sag.gob.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos francisco.carcamo@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos cseitz@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos mmarchantm@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos LLEICHTLE@MMA.GOB.CL SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas Los Lagos <citurriaga@sbap.gob.cl, fandrade@sbap.gob.cl> Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos crenedo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficial de Partes de la Región pgallardo.10@sea.gob.cl