Evaluación SEA

Prospección Minera Proyecto Capricornio

Rol 2165488809
SEA · DIA · Aprobado · 2026-06-08 · Región de Antofagasta · Minera Capricornio SCM

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”

Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), su Adenda de fecha 19 de noviembre de 2025 y su Adenda complementaria de fecha 10 de abril de 2026 del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”, ingresado por Minera Capricornio SCM con fecha 12 de junio de 2025, y admitida a trámite con fecha 19 de junio de 2026.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 y 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”.

3°. El Acta de Evaluación N° 20260210652 de fecha 05 de marzo de 2026, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” de fecha 12 de mayo de 2026.

5°. El acuerdo N°016/2026 de la sesión ordinaria N° 07/2026 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 25 de mayo de 2026.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y Resolución TRA 119046/1/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta; en el Decreto Supremo Nº 44 de fecha 11 de marzo de 2026, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, aprobado mediante Resolución Exenta N° 0133 de fecha 06 de junio de 2012, modificado a través de la Resolución Exenta N° 0434 de fecha 19 de fecha 30 de julio de 2014, modificado a través de la Resolución Exenta N° 284 de fecha 28 de julio de 2021 se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 03-06-2026 15:01:28:884 UTC -04:00 Razón: Lugar:

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1°. Que, Minera Capricornio SCM (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Minera Capricornio SCM Rut 76.923.933-2 Domicilio Alonso de Córdova 5151, oficina 903, Las Condes Teléfono 22 378 6610 Nombre representante legal Joel Mora Loera Rut representante legal 26.147.432-8 Domicilio representante legal Alonso de Córdova 5151, oficina 903, Las Condes Teléfono representante legal 22 378 6610 Correo electrónico Titular o representante legal joel_mora@fresnilloplc.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de mayo de 2026, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de fecha 25 de mayo de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de mayo de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó otorgar de forma favorable el permiso ambiental sectorial mixto contemplado en el artículo 140 del RSEIA para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos, Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto consistirá en ejecutar aproximadamente 700 plataformas de sondajes, consistente en la ejecución de unos 210.500 metros lineales de sondajes mineros. Los sondajes se realizarán mediante los métodos de perforación del tipo diamantina (DDH) y circulación reversa (RC), en un rango de profundidad desde los 150 m hasta una profundidad máxima de 800 m con un promedio de profundidad de 350 m. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Artículo 3° RSEIA: “i.2) Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los planes mineros en los cuales se base la explotación programada de un yacimiento,

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4.1. ANTECEDENTES GENERALES que consideren cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, o veinte (20) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Valparaíso a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago.”.” Vida útil Será de 5 años (60 meses). Mano de obra Requerirá un máximo de 8 personas en la fase de construcción, 36 personas en la fase de operación y de 8 personas en la fase de cierre. Monto de inversión USD 25.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que dará inicio al Proyecto será la movilización de personal y maquinaria hacia el área de prospección con la habilitación de caminos e instalación de las plataformas de sondajes. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto o actividad no se desarrollará por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El Proyecto o actividad no modifica un proyecto o actividad existente.

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto o actividad no modifica otra(s) RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en la comuna de Sierra Gorda, Provincia y Región de Antofagasta, aproximadamente a 60 km al este de la ciudad de Antofagasta y a 15 km de la localidad de Baquedano. Descripción de la localización La ubicación está definida por el potencial de mineralización de interés económico presentes en el área y de los resultados de campañas de exploración realizadas previamente, a partir de las cuales se busca complementar y profundizar los conocimientos geológicos de la zona. Superficie Las obras se localizarán al interior de un polígono de una superficie aproximada de 3.159 ha y la superficie a intervenir será de 35,5 ha. Para mayor detalle, ver Tabla 1-5 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Para mayor detalle de las coordenadas, ver tabla 1-4 de la DIA y tabla 9 de la Adenda complementaria de la DIA. Caminos de acceso El acceso al área del Proyecto desde Antofagasta será la Ruta 26 en dirección nororiente, se continúa por la Ruta 5 en dirección norte, a la altura del km 1.418, (Estación Cuevitas), se toma camino a antigua Mina San Cristóbal, en dirección este, a los 11 km se vira en dirección sur por un camino paralelo a la antigua línea férrea Longitudinal Norte, Calera-Iquique, fuera de servicio desde 1981. A los 4,7 km se ingresa al área del proyecto Capricornio. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Figuras Referencia al expediente 1-1 a 1-7 Anexo 1-2 DIA Figuras 1, 2, 3, 4 y 5 Adenda

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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Figura 3 Adenda complementaria

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO Caminos o huellas de acceso Se habilitarán 25 km de caminos o huellas de acceso a las plataformas de sondaje, lo que permitirá el tránsito de vehículos y maquinaria hacia cada plataforma, así como el transporte de mano de obra, residuos e insumos. Equipamiento de apoyo del tipo móvil Corresponderá a las instalaciones móviles de apoyo y soporte logístico requeridas durante cada ciclo de sondaje donde se consideran baños químicos, zonas para la acumulación de muestras geológicas (loguera), estanque de agua, estanques de decantación, estanques de mezcla, comedor portátil, grupo electrógeno, torres de iluminación, carro porta barras de perforación, zona de acopio de insumos sobre pallets y zona de segregación de residuos, entre otras. Plataforma de sondaje Corresponderá al área superficial donde se emplazará el equipo de perforación junto al equipamiento de apoyo del tipo móvil. Patio de Salvataje Corresponderá a una superficie de 1.500 m2 (30 x 50 m), cercada, en donde se almacenarán temporalmente los residuos generados por el proyecto para su segregación y posterior retiro. Pozos de Sondaje Corresponderán a una perforación de pequeño diámetro y gran longitud que se efectuará para alcanzar zonas inaccesibles desde la superficie o laboreos mineros. Los sondajes permitirán obtener muestras de dichas zonas a profundidades variables, para ser estudiadas y analizadas. 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Construcción El Proyecto tendrá una duración de 60 meses (5 años) donde está programado ejecutar 700 pozos de sondajes, estructurado en cinco campañas anuales consecutivas de sondajes. Al respecto, un pozo de sondaje se desarrollará entre 6 y 8 días dependiendo de su profundidad y condiciones geológicas específicas, por lo que, se estima que en cada campaña anual se ejecutarán una media de 140 pozos al año.

Para cada plataforma/pozo de sondaje, las fases de construcción, operación y cierre de desarrollarán en un período de una semana. Al respecto, la fase de construcción para cada plataforma/pozo de sondaje se ejecutará en dos días, para posteriormente, desarrollar la fase de operación en 4 días, que consistirá en la perforación de la roca y extracción de las muestras geológicas (testigos), y finalmente, una vez terminada la perforación, se iniciará la fase de cierre de la plataforma en un día, donde se retirará la maquinaria y el equipamiento auxiliar, se limpiará de residuos la superficie, se recompondrá el relieve.

Suministros básicos Para la humectación de caminos se requerirá agua industrial en toda la fase de constricción, que será suministrada mediante camiones aljibe de 30 m³ por empresas autorizadas. Al respecto, se mantendrá un registro y control sobre los puntos de abastecimiento de agua industrial por terceros que la suministrarán al Proyecto.

El abastecimiento de energía eléctrica se realizará mediante un grupo electrógeno de 10 KVA de potencia.

Los materiales necesarios para la movilización e instalación de las plataformas consistirán principalmente en conos y estacas para

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO señalización y segregación de las áreas de trabajo, toldos para habilitar áreas de sombreado, carteles para señalética, entre otros.

Se requerirán aditivos de perforación que se manejarán en dispensadores como sacos y “tinetas” de 20 litros o 20 kg, según sean polvo o gel. En cada plataforma se manejará un stock de 40 kg y 40 litros de estos aditivos.

El abastecimiento de combustible será a través de estanques portátiles de petróleo (250 litros) montado sobre camioneta pickup o camión autorizados de 5.000 litros.

Para mayor detalle de todos los insumos que se utilizarán en esta fase, ver tablas 4 y 10 de la Adenda de la DIA. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de construcción/operación del Proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 35,84 t/año de MP10 en la fase de construcción. Para mayor detalle, ver Anexo 1-3 de la DIA y numeral 1.19 de la Adenda de la DIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5, se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo 2-3 de la DIA, estimándose un aporte anual máximo de 0,26 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 1,07 μg/m3N de MP10 en la localidad de Baquedano Al respecto, este aporte adicional será menor al 0,6% de la norma anual y se encuentran bajo el umbral de significancia para zonas saturadas de 1 μg/m3 para MP10 promedio anual definido en el documento “Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” (SEA, 2023), por lo que, el desarrollo del Proyecto no afectará la calidad del aire en la localidad de Baquedano.

Se implementarán las siguientes medidas para el control de las emisiones:

• En el camino principal (que conecta la localidad de Baquedano con el Proyecto) se aplicará supresor de polvo cada 6 semanas, mientras que en los caminos secundarios (accesos a cada una de las plataformas de sondaje) se implementará la humectación mediante agua industrial (3 veces/día). • Humectación en las actividades de escarpe y excavaciones. • La velocidad máxima de los vehículos en los caminos no pavimentados será de 50 km/h en el camino principal y 30 km/h en zona de perforación. El control de esta medida se

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO realizará mediante sistemas de GPS instalados en los vehículos. • Las perforaciones de los pozos de sondaje serán procesos húmedos.

Para mayor detalle de las medidas, ver numeral 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

Por otra parte, se generarán principalmente por la combustión de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos; estimándose una generación máxima de 4.181,9 t/año de CO2 y 0,2 t/año de CH4.

b) Ruido

Se generará ruido debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Al respecto, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 2-4 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 1,2 m3/día. Para su tratamiento, se utilizarán baños químicos.

Para mayor detalle, ver numeral 1.7.8.2 de la DIA y numerales 1.15 y 4.2 de la Adenda de la DIA.

b) Residuos sólidos

Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles etc., generándose un total de 8 kg/día. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores con tapa en bolsas en el patio de salvataje para ser retirados por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad total de residuos sólidos no peligrosos que se generará será de aproximadamente 0,05 t/mes, correspondientes a cartones, plásticos, vidrios y latas de aluminio, los que serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado

La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,02 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, ver tablas 5 y 6 de la Adenda de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Operación El Proyecto tendrá una duración de 60 meses (5 años) donde está programado ejecutar 700 pozos de sondajes, estructurado en cinco campañas anuales consecutivas de sondajes. Al respecto, un pozo de sondaje se desarrollará entre 6 y 8 días dependiendo de su profundidad y condiciones geológicas específicas, por lo que, se

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO estima que en cada campaña anual se ejecutarán una media de 140 pozos al año.

Para cada plataforma/pozo de sondaje, las fases de construcción, operación y cierre de desarrollarán en un período de una semana. Al respecto, la fase de construcción para cada plataforma/pozo de sondaje se ejecutará en dos días, para posteriormente, desarrollar la fase de operación en 4 días, que consistirá en la perforación de la roca y extracción de las muestras geológicas (testigos), y finalmente, una vez terminada la perforación, se iniciará la fase de cierre de la plataforma en un día, donde se retirará la maquinaria y el equipamiento auxiliar, se limpiará de residuos la superficie, se recompondrá el relieve.

Los sondajes serán del tipo perforación diamantina y circulación reversa. Al respecto, del total de sondajes distribuidos en las 700 plataformas. el 65% serán del tipo diamantina y el 35% de circulación reversa.

Para mayor detalle, ver numeral 1.8 de la DIA. Suministros básicos El consumo de agua industrial para el desarrollo del Proyecto se utilizará para las faenas de perforación de sondajes con diamantina y humectación de caminos no pavimentados, la que, será suministrada mediante camiones aljibe de 120 m³/día por empresas autorizadas. Al respecto, se mantendrá un registro y control sobre los puntos de abastecimiento de agua industrial por terceros que la suministrarán al Proyecto.

El abastecimiento de energía eléctrica se realizará mediante dos grupos electrógeno de 10 KVA de potencia.

Se requerirán aditivos de perforación que se manejarán en dispensadores como sacos y “tinetas” de 20 litros o 20 kg, según sean polvo o gel. En cada plataforma se manejará un stock de 40 kg y 40 litros de estos aditivos. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de construcción/operación del Proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, estimándose una generación máxima de 35,84 t/año de MP10 en la fase de construcción. Para mayor detalle, ver Anexo 1-3 de la DIA y numeral 1.19 de la Adenda de la DIA.

Por otro lado, para el cálculo del aporte a la calidad del aire por MP10 y MP2,5, se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Estos resultados se adjuntan en el Anexo 2-3 de la DIA, estimándose un aporte anual máximo de 0,26 μg/m3N de MP10 y un aporte diario de 1,07 μg/m3N de MP10 en la localidad de Baquedano Al respecto, este aporte adicional será menor al 0,6% de la norma anual y se encuentran bajo el umbral de significancia para zonas

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO saturadas de 1 μg/m3 para MP10 promedio anual definido en el documento “Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” (SEA, 2023), por lo que, el desarrollo del Proyecto no afectará la calidad del aire en la localidad de Baquedano.

Se implementarán las siguientes medidas para el control de las emisiones:

• En el camino principal (que conecta la localidad de Baquedano con el Proyecto) se aplicará supresor de polvo cada 6 semanas, mientras que en los caminos secundarios (accesos a cada una de las plataformas de sondaje) se implementará la humectación mediante agua industrial (3 veces/día). • Humectación en las actividades de escarpe y excavaciones. • La velocidad máxima de los vehículos en los caminos no pavimentados será de 50 km/h en el camino principal y 30 km/h en zona de perforación. El control de esta medida se realizará mediante sistemas de GPS instalados en los vehículos. • Las perforaciones de los pozos de sondaje serán procesos húmedos.

Para mayor detalle de las medidas, ver numeral 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

Por otra parte, se generarán gases de efecto invernadero (GEI), principalmente por la combustión de vehículos, maquinaria y grupos electrógenos; estimándose una generación máxima de 4.181,9 t/año de CO2 y 0,2 t/año de CH4.

b) Ruido

Se generará ruido debido a las faenas de operación y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Al respecto, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 2-4 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 5,4 m3/día. Para su tratamiento, se utilizarán baños químicos.

Para mayor detalle, ver numeral 1.8.10.2 de la DIA y numerales 1.15 y 4.2 de la Adenda de la DIA.

b) Residuos sólidos

Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles etc., generándose un total de 36 kg/día. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores con tapa en bolsas en el patio de salvataje para ser retirados por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO La cantidad total de residuos sólidos no peligrosos que se generará será de aproximadamente 0,05 t/mes, correspondientes a cartones, plásticos, vidrios y latas de aluminio; los que serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 1,0 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, ver tablas 5 y 6 de la Adenda de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se implementará lo siguiente:

• Desmantelamiento de plataforma de sondajes. • Se taparán los pozos de sondaje en superficie, con tubos de PVC con tapa, empotrados en una estructura sólida que sobresalga por sobre el nivel del terreno y además se instalará una placa de identificación del sondaje. • Cierre de caminos o huellas.

Para mayor detalle, ver numeral 1.9.1.2 de la DIA. Restauración de geoforma Las obras de desmantelamiento y retiro del proyecto consideran restablecer las condiciones para recuperar la geoforma del terreno utilizando el material que fue removido inicialmente. Prevención de futuras emisiones No se prevén fuentes de emisoras futuras que sean necesarias prevenir una vez realizado el cierre del Proyecto. Mantención, conservación y supervisión Para corroborar que las actividades realizadas para la restitución del sitio a condiciones similares a las originales hayan sido efectivas, se inspeccionará el área y se formalizará con un informe interno donde se indique la conformidad con el término de faenas el retiro de la maquinaria, así como por cada plataforma. Suministros básicos No se requerirá agua industrial durante esta fase.

El abastecimiento de energía eléctrica se realizará mediante dos grupos electrógeno de 10 KVA de potencia

Para la clausura de los pozos de perforación, se requerirá 35 m3 de hormigón y 100 metros lineales de PVC, los que serán provistos por empresas autorizadas.

El abastecimiento de combustible será a través de estanques portátiles de petróleo (250 litros) montado sobre camioneta pickup o camión autorizados de 5.000 litros. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones asociadas a las actividades de cierre están contempladas en las emisiones de las fases de construcción/operación. Para mayor detalle, ver numeral 6 del Anexo 1-3 de la Adenda de la DIA.

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO b) Ruido

Se generará ruido debido a las faenas de cierre y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Al respecto, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo 2-4 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos líquidos

Los residuos líquidos domésticos corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, con un volumen total de 1,2 m3/día. Para su tratamiento, se utilizarán baños químicos.

Para mayor detalle, ver numeral 1.9.8.2 de la DIA y numerales 1.15 y 4.2 de la Adenda de la DIA.

b) Residuos sólidos

Los residuos domésticos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles etc., generándose un total de 8 kg/día. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores con tapa en bolsas en el patio de salvataje para ser retirados por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad total de residuos sólidos no peligrosos que se generará será de aproximadamente 0,05 t/mes, correspondientes a cartones, plásticos, vidrios y latas de aluminio, los que serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,02 t/mes, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

Para mayor detalle, ver tablas 5 y 6 de la Adenda de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto.

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Octubre de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Movilización de personal y maquinaria. Fecha estimada de término Octubre de 2026 Parte, obra o acción que establece el término Habilitación plataformas de sondaje para inicio de perforaciones. 4.4.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Octubre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de las perforaciones en primera plataforma.

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Fecha estimada de término Julio 2031. Parte, obra o acción que establece el término Cierre de última plataforma. 4.4.3. Fase de cierre Fecha estimada de inicio Agosto 2031. Parte, obra o acción que establece el inicio Retiro de personal, maquinaria y equipos. Fecha estimada de término Agosto 2031. Parte, obra o acción que establece el término Limpieza general de sectores.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo Respecto a las emisiones de material particulado, el desarrollo del Proyecto no variará la calidad del aire respecto a la situación actual en la localidad de Baquedano. Para mayor detalle, ver numerales 4.5.4.1, 4.6.4.1 y 4.7.4.1. del ICE.

Por otra parte, los residuos sólidos que se generan durante todas las fases del Proyecto serán dispuestos temporalmente en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, al interior del área del Proyecto y serán dispuestos finalmente en sitios autorizados. Asimismo, para el manejo de las aguas servidas del Proyecto se utilizarán las instalaciones ya aprobadas.

Por lo tanto, el Proyecto, de acuerdo con el tipo y cantidad de sus emisiones, efluentes, residuos sólidos y su manejo, no generará riesgos para la salud de la población. Parte, obra o acción que lo genera Actividades y obras de todas las fases. Fase en que se presenta Todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.1 del ICE del Proyecto.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El suelo en al área de influencia (AI) del Proyecto, tiene una capacidad de uso de suelo clase VIII; por otra parte, las intervenciones serán de carácter transitorio en una superficie menor a 35 ha de un total de 3.159 ha. Por lo tanto, el desarrollo del Proyecto no producirá efectos adversos sobre el componente suelo, al no contemplar actividades que impacten la cantidad ni calidad del suelo. Para mayor detalle, ver Anexo 2-5 de la DIA.

En el área del Proyecto existen 5 quebradas que están en la zona destinada a las instalaciones. Sin embargo, las partes, obras y/o acciones del Proyecto no contempla la construcción de obras ni la instalación de ningún tipo de infraestructura, equipamiento o estructuras dentro de los cauces, por lo que, no se afectará el

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relieve o morfología de las quebradas. Por otra parte, en el área del Proyecto no hay presencia de cuerpos de aguas subterráneas. Además, el pozo más cercano inscrito con derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en el SHAC Salares Navidad y Mar muerto, se encuentra a más de 50 km de distancia desde las instalaciones del Proyecto. Para mayor detalle, ver Anexo 2-6 de la DIA, Anexo 07 de la Adenda de la DIA (página 69) y numeral 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA.

Por lo tanto, la implementación del presente Proyecto no generará impactos sobre este componente ambiental, ya que, el desarrollo de las obras permanentes y temporales del Proyecto no afectarán la calidad de las aguas, los cursos de aguas superficiales y subterráneas.

En el área en del Proyecto no hubo hallazgos de flora y vegetación, por lo que, no existen poblaciones, ecosistemas o sitios de interés susceptibles de ser alterados.

Para mayor detalle, ver Anexo 2-7 de la DIA y Anexo 07 de la Adenda de la DIA (página 68) de la Adenda de la DIA.

En el AI del Proyecto solo fue registrada la especie del ave Cathartes aura (Jote cabeza colorada). la cual no se encuentra en categoría de conservación, por lo que, no existen poblaciones, ecosistemas o sitios de interés susceptibles de ser alterados. Para mayor detalle, ver Anexo 2-8 de la DIA y Anexo 07 de la Adenda de la DIA (página 68) de la Adenda de la DIA.

Por lo tanto, la implementación del presente Proyecto no generará impactos sobre este componente ambiental. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.2 del ICE del Proyecto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo De acuerdo con el análisis de los antecedentes sobre la caracterización del medio humano, presentados en el Anexo 2-10 de la DIA, la localidad más cercana al Proyecto corresponde a Baquedano, ubicado a 15 km aproximadamente.

Las partes, obras y actividades del Proyecto no estarán emplazadas sobre o cercanas a GHPPI que puedan verse afectados, ya que no se registran grupos humanos, comunidades, ni asociaciones indígenas en el AI del Proyecto, así como tampoco se identifican tierras indígenas, ni Áreas de Desarrollo Indígena (en adelante ADI). Por otro lado, es posible establecer que el Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales que puedan ser utilizados por grupos humanos y GHPPI con fines productivos o tradicionales.

El Proyecto concentra su área de afectación en el polígono determinado como su AI, y en la medida que en esta área no existe

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ocupación actual y efectiva por parte de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), éstos no serán afectados por el desarrollo del Proyecto. Además, en el área de emplazamiento del Proyecto no existen grupos humanos que accedan a recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional. Asimismo, el Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en ninguna de sus fases. Adicionalmente, los asentamientos humanos y comunidades indígenas no se encuentran en las cercanías de las partes, obras y acciones del Proyecto, por lo que, no se requiere reasentamiento o reubicación de comunidades y asentamientos humanos.

Por otra parte, el Proyecto no contempla flujos viales significativos dada la baja mano de obra que este tipo de Proyecto requiere y que no se contemplan frentes de trabajos en las rutas de circulación y conectividad de grupos humanos, por lo que, el desarrollo del Proyecto no producirá obstrucción o restricción a la libre circulación de grupos humanos, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Asimismo, no se generarán alteraciones en el acceso o la calidad de los bienes, equipamiento, servicios e infraestructura básica que actualmente satisfacen las necesidades de la población de Baquedano.

Por lo tanto, el Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.3 del ICE del Proyecto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo En el AI del Proyecto no existen sitios astronómicos cercanos que puedan ser afectados por el desarrollo del Proyecto.

Por otra parte, en el AI del Proyecto no existen otros recursos y áreas protegidas. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.4 del ICE del Proyecto.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo Los resultados de valoración de la calidad visual del paisaje de las dos Unidades de Paisaje (UP) definidas para el proyecto (UP1-

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Pampas, Desierto de Atacama y UP-2-Cerros y quebradas, Desierto de Atacama). Por otra parte, el desarrollo del Proyecto no interferirá con sitios patrimoniales o rutas de interés turístico consolidadas. Para mayor detalle, ver Anexos 2-11 y 2-12 de la DIA.

Al respecto, las obras y partes del Proyecto serán de carácter transitorio, y serán transportadas de un lugar a otro durante la duración del Proyecto y serán retiradas del AI una vez finalicen las faenas de perforación, por lo que, el desarrollo del Proyecto no generará impactos sobre este componente ambiental, ya que, no se generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.5 del ICE del Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo En el AI del Proyecto, se registró la presencia de hallazgos de carácter histórico y en menor grado a cronología subactual, detectados en las cercanías de la línea férrea del antiguo tren Longitudinal Norte, hoy inactivo. Al respecto, se protegerá el tramo de la línea férrea, entre las coordenadas 412601 E - 7404650 N por el Norte y 415308 E – 7397871 N con carteles que prohíban transitar u ocupar de cualquier forma las líneas férreas incluyendo un buffer de 10 m a cada lado de la línea férrea.

Para mayor detalle, ver Anexo 2-9 de la DIA, y Anexo 07 (páginas 81 a 84) de la Adenda de la DIA.

Por lo tanto, el Proyecto no generará una alteración al patrimonio cultural, no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, paleontológico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Parte, obra o acción que lo genera Actividades y obras de la fase de construcción. Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver numeral 6.6 del ICE del Proyecto.

6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

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6.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se requerirá para el cierre de la faena minera. Para mayor detalle, ver Anexo 3-3 de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Regional SERNAGEOMIN de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 1051 de fecha 24 de abril de 2026, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 137.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos. Para mayor detalle, ver Anexo 2 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente La Comisión de Evaluación de la región de Antofagasta, otorgó de forma favorable el PAS 140 para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Para mayor detalle, ver Anexo 3 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N° 0494 de fecha 30 de abril de 2026, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al PAS 142.

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Norma de ordenamiento territorial. NORMA D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Plan Regulador Comunal de Sierra Gorda, 2021.

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7.1. COMPONENTE/MATERIA: Norma de ordenamiento territorial. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento El proyecto se ubicará fuera del Plan Regulador Comunal en un área rural, aproximadamente a 15 km de la localidad de Baquedano. Al respecto, el Proyecto no utilizará edificaciones ni instalaciones que constituyan edificio. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto no utilizará edificaciones ni instalaciones que constituyan edificio. Forma de control y seguimiento El Proyecto no utilizará edificaciones ni instalaciones que constituyan edificio. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire. NORMA Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza; Decreto Supremo Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; Decreto Supremo Nº 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica; Decreto Supremo N° 211/1991 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones; Decreto Supremo Nº 138/2005 y sus modificaciones del Ministerio de Salud. Establece la Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas de manejo detalladas en los numerales 4.5.4.1, 4.6.4.1 y 4.7.4.1 del ICE. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de humectación y habilitación de caminos. - Inspección visual. Igualmente se mantendrá registro en faena de los áridos necesarios. - Copias y registros de certificación. - Copias de revisión técnica. - Registro de declaración. Forma de control y seguimiento - Inspección visual. - Registros de inspeccione visuales. - Los vehículos livianos contarán con certificación de revisión técnica y emisión de gases al día, además de permisos de circulación, contando con copias de dichos certificados en las instalaciones de faena. - comprobante del proceso de declaración. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. NORMA Decreto Supremo N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº146/97, MINSEGPRES. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases.

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7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Forma de cumplimiento No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto. Forma de control y seguimiento No se superarán los niveles máximos establecidos por este Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. NORMA Decreto Supremo N° 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto Supremo N° 236/26 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; Decreto con Fuerza de Ley N° 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Se utilizarán baños químicos, los que serán manejados por una empresa autorizada Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de limpieza y retiro de aguas servidas de baños químicos. - Copia de autorización sanitaria de empresa encargada del manejo de baños químicos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena un registro de los baños químicos asociados y su frecuencia de mantenimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. NORMA Decreto Supremo N° 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto con Fuerza de Ley N° 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario; Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC); Decreto Supremo N° 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Para su manejo, se contemplarán las medidas detalladas en los numerales 4.5.5, 4.6.5 y 4.7.5 del ICE. Indicador que acredita su cumplimiento -Registros de recolección o retiro de residuos sólidos domésticos. - Registro de transporte y disposición temporal de residuos industriales no peligrosos en sitio de almacenamiento temporal. - Se mantendrá en faena un registro sobre la cantidad y alcance de los residuos peligrosos en el Proyecto. Forma de control y seguimiento -Registros de recolección y retiro de residuos. -Seguimiento de manejo por tipo de residuos.

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7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4 del ICE del proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. NORMA Decreto Supremo N° 1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrados de Exteriores, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Supremo Nº 43, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento Se cumplirán con los límites máximos establecidos en el D.S. N°1/2022. Indicador que acredita su cumplimiento - Ficha técnica y certificación autorizada por la SEC de cada luminaria instalada. -Registro fotográfico de las luminarias instaladas para verificación de posición de instalación. Forma de control y seguimiento Revisión de fichas técnicas y certificación de luminaria. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento de sustancias peligrosas. NORMA Decreto Supremo N° 43/2016 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas; Decreto Supremo N°160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento El abastecimiento de combustible se hará utilizando estanques portátiles de petróleo, (250 litros), montado sobre camioneta pickup. Indicador que acredita su cumplimiento -Registro fotográfico de los equipos de suministro de combustible. -Registro de cantidad adquiridas y proveedores. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena un registro con la copia de las autorizaciones para realizar las actividades descritas, que serán exigidas contractualmente a los contratistas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad minera. NORMA Ley N° 20.551/2011 del Ministerio de Minería, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras; y su Reglamento, el Decreto N° 41/2012 del Ministerio de Minería. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre.

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7.8. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad minera. Forma de cumplimiento Elaboración y tramitación de la aprobación sectorial del plan de cierre en SERNAGEOMIN. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación a través del sistema informático de SERNAGEOMIN. Forma de control y seguimiento Registro actualizado de aprobaciones y autorizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico y cultural. NORMA Ley N° 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales; Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N° 17.288 y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento Los registros de las charlas realizadas se mantendrán en faena. De igual manera los informes de los monitoreos anuales, al finalizar las campañas anuales de sondajes e informe final al cierre del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Mantener un registro de comunicaciones de hallazgos efectuadas. - Mantener un registro de las capacitaciones realizadas al personal. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Componente Fauna Norma Ley N° 19.473 /1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. Sustituye texto de la ley N° 4.601, sobre caza, y artículo 609 del Código Civil; Decreto Supremo N°6, de 2022, del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de las Golondrinas del Norte de Chile; Decreto Supremo Nº 5, modificado por Decreto Supremo Nº 53 del Ministerio de Agricultura. Aprueba reglamento de la Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento - Se instruirá y prohibirá a sus trabajadores la caza de especies de fauna nativa en todos los lugares en que se desarrollará el Proyecto. - Se capacitará a los trabajadores respecto a la prohibición de caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre.

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7.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y asistencia de las inducciones realizadas, los que se mantendrán en la instalación de faena disponibles para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones realizadas (fotografías, lista de asistencia). Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2 del ICE del Proyecto.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Cambio climático. Componente Cambio climático. Norma Ley N° 21.455/2022 de “Ley Marco de Cambio Climático” del Ministerio de Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Forma de cumplimiento El Proyecto considera en la realización de sus estudios, la variable de cambio climático en base a la guía metodológica para la consideración del cambio climático Indicador que acredita su cumplimiento Será la obtención de la RCA, procediendo el titular de acuerdo con lo estipulado en la misma, permitiendo al Estado su fiscalización y así velar por que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no sea afectado Forma de control y seguimiento Fiscalización de RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.3 del ICE del Proyecto.

8°. El proyecto contará con los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Contratación de mano de obra local. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: promover la contratación de mano de obra local, de manera de fomentar la economía local mediante la generación de empleos en la comuna y región.

-Descripción: implementar mecanismos para facilitar la contratación de mano de obra local durante todas las fases del Proyecto, la cual estará sujeto a la disponibilidad de puestos de trabajo disponibles y al requerimiento del perfil profesional requerido. En relación con mano de obra, se considerará el 10% de la fuerza laboral (dotación) local como meta, siempre y cuando exista la disponibilidad de trabajadores con las competencias para los distintos cargos. Los medios de verificación serán los registros escritos de asistencia, registros fotográficos de participación, etc. Además, dentro de los planes se considera estudios y realización de planes de formación para sumar fuerza laboral local a corto y mediano plazo.

-Justificación: el Proyecto privilegiará la contratación de mano de obra local personas que reúnan los requisitos básicos, para promover el desarrollo local. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: sector Baquedano, comuna de Sierra Gorda, región de Antofagasta.

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8.1. Contratación de mano de obra local. -Forma: el Titular comunicará a la OMIL de la Municipalidad de Sierra Gorda la disponibilidad vacante de puestos de trabajo en diferentes servicios requeridos por el proyecto, de manera que el municipio busque en su base de datos la existencia de personas que puedan ocupar estas vacantes.

-Oportunidad: durante la vida útil del Proyecto, en cualquiera de sus fases. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrá el registro de planillas de solicitud de mano de obra enviada a la oficina de la OMIL. - Copia de la carta enviada a la OMIL del Municipio de Sierra Gorda. - Respuesta del Municipio. - Una vez finalizado el proceso de selección, se mantendrá un registro del personal seleccionado para cada cargo mediante el llamado de la oficina de la OMIL. Forma de control y seguimiento Informes semestrales con la información referida a la contratación de mano de obra local. 8.2. Capacitaciones al personal para convivencia social. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: capacitar 100% al personal propio y contratista con el fin de promover la convivencia respetuosa y adecuada con los habitantes de las localidades cercanas y su entorno local y laboral, fomentando el comportamiento responsable, el respeto por las costumbres locales, el adecuado relacionamiento con terceros ajenos al Proyecto y la prevención de impactos sociales asociados a la presencia de trabajadores en la zona y el cuidado del medio ambiente y equidad de género.

-Descripción: se implementará un programa de capacitación obligatorio dirigido a todo el personal que ingrese al Proyecto. Estas capacitaciones estarán enfocadas en: Respeto y convivencia con comunidades locales: • Comportamiento adecuado en espacios públicos. • Respeto por las costumbres, actividades y dinámicas comunitarias. • Buen relacionamiento con habitantes de Sierra Gorda, Baquedano y otras localidades cercanas. • Prevención de conflictos o molestias a terceros.

Cuidado del entorno y buenas prácticas ambientales: • Manejo responsable de residuos en rutas públicas y áreas habitadas. • Prevención de conductas que afecten negativamente a la comunidad o al entorno.

Equidad de género y trato respetuoso: • Prevención de conductas inapropiadas hacia personas externas al Proyecto. • Comportamientos seguros y no discriminatorios en espacios comunitarios.

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8.2. Capacitaciones al personal para convivencia social. Las capacitaciones se impartirán al ingreso de cada trabajador y de manera periódica durante todo el ciclo del Proyecto.

-Justificación: la presencia de trabajadores del Proyecto en localidades cercanas puede generar interacción directa con habitantes ajenos al Proyecto. Por ello, se hace necesario establecer acciones preventivas que garanticen el respeto, la convivencia adecuada y la minimización de potenciales impactos sociales. El programa de capacitación promoverá conductas responsables, asegurará el respeto hacia la comunidad y contribuirá al mantenimiento de relaciones armoniosas y respetuosas entre trabajadores y habitantes locales. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: en las dependencias del proyecto.

-Forma: capacitaciones presenciales o remotas, con apoyo de material audiovisual y registros formales. El personal tendrá tres capacitaciones: • Capacitación 1 “Convivencia en el trabajo”: capacitar al personal respecto a las relaciones interpersonales en lugares de trabajo, uso y respecto de los espacios. • Capacitación 2 “Cuidado Ambiental”: capacitar sobre el cuidado medio ambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales. • Capacitación 3 “Equidad de Género”: esta capacitación se realiza con el foco de evitar conductas inapropiadas que perturben el ambiente laboral vinculadas a aspectos de equidad de género. Según los grupos de interés o stakeholders identificados para el Proyecto, se propone que los que participen como mano de obra, sean 100% capacitados para el cumplimiento de sus funciones. Además, se incluirán capacitaciones orientadas a operadores, conductores y colaboradores en general del Proyecto para un manejo apropiado de residuos, a fin de evitar malas prácticas que podrían afectar a las comunidades locales (por ejemplo: botar basura en las vías públicas).

-Oportunidad: previo al inicio de las actividades operativas de cada trabajador y durante todas las fases del Proyecto. En el caso de las Capacitaciones se realicen posterior a la contratación del trabajador y previo a su comienzo operativo, éstas se realizarán junto con las capacitaciones de seguridad. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia que acredite el 100% del personal capacitado, que contendrá nombre del trabajador, fecha de la capacitación, lugar de la capacitación, temas tratados, entre otros. Forma de control y seguimiento - Toda esta documentación y registros de implementación se encontrará en las oficinas de la instalación de faena del proyecto, y estará disponible para cuando la autoridad los solicite. - Reportes enviados a la SMA.

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8.3. Reposición insumos de bomberos por emergencias generadas por el Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: mantener el equipamiento de Bomberos de Chile en caso de asistir a una emergencia provocada por el Proyecto.

-Descripción: en caso de existir una emergencia asociada a el Proyecto en cualesquiera de sus fases, el titular compromete la reposición de los equipos, insumos y/o equipamiento de seguridad que terminen dañados o afectos durante la contingencia /emergencia.

-Justificación: el Proyecto asume responsabilidades asociadas a posibles emergencias relacionadas con Bomberos de Chile. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: en las dependencias del cuartel de bomberos.

-Forma: ocurrido el siniestro en las instalaciones del Proyecto, se realizará una revisión de los catastros o informes de la compañía de Bomberos (que hayan concurrido al siniestro) respecto de la utilización de recursos e insumos, de manera de cuantificar los recursos utilizados y proceder a su reposición. Se incluirá, al menos, una campaña informativa del presente compromiso ambiental a la compañía de bomberos más cercana al área del Proyecto que podría prestar servicios en caso de una emergencia, la cual corresponden al Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda.

-Oportunidad: durante una contingencia/emergencia relacionada con el Proyecto en las distintas fases. Indicador que acredite su cumplimiento Acta de reposición del 100% de equipos e insumos firmada por el Capitán o Director de las respectivas compañías de bomberos o en su defecto por el Comandante del Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda. Acta de la campaña informativa con el Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda. Forma de control y seguimiento - Registro del acta de entrega de información firmada por el capitán o director de las respectivas compañías de bomberos o en su defecto por el comandante del Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda. - Registro de actas de reposición firmada por el capitán o director de las respectivas compañías de bomberos o en su defecto por el comandante del Cuerpo de Bomberos de Sierra Gorda. 8.4. Plan de Comunicación con comunidad local. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: generar un plan de comunicación con la comunidad local de Baquedano durante la construcción, operación y cierre del Proyecto.

-Descripción: se fomentará la implementación de un plan de comunicación con la comunidad local (Baquedano), incluyendo trabajadores propios y contratistas.

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8.4. Plan de Comunicación con comunidad local. -Justificación: en virtud de la presencia de trabajadores durante la construcción, operación y cierre del Proyecto, el titular implementará un programa de comunicación con la comunidad local, donde exista convivencia en respeto con los grupos humanos y los sistemas de vida y costumbres que estos desarrollan en el área de influencia del Proyecto. Para esto se implementará un libro de reclamos o sugerencias que se revisará una vez al mes por el Titular, junto con la total disposición de los trabajadores de transmitir inquietudes de la localidad local al Titular. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: área de influencia de Medio Humano, específicamente con la comunidad local.

-Forma: el Titular pondrá a disposición un equipo de trabajo social, que ejecutará actividades y velará por la buena comunicación con la comunidad. Las empresas contratistas y trabajadores que trabajen en el proyecto durante sus fases, tomarán conocimiento de todo lo anterior mediante un acuerdo que será de conocimiento público para autoridades locales y habitantes de la comunidad.

-Oportunidad: comunicación durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro que indique el tipo de comunicación con comunidad local y el Proyecto y que dé cuenta del cumplimiento del plan. Forma de control y seguimiento Registros y actas de programa de convivencia de trabajadores del Proyecto con los habitantes de la zona.

8.5. Contratación de servicios locales. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: promover el desarrollo económico local y regional mediante la contratación de los servicios de empresas contratistas y proveedores de servicios locales. de la Comuna de Sierra Gorda y, en segunda prioridad, de la región de Antofagasta.

-Descripción: se evaluará la necesidad real de los servicios que pueden ser contratados a nivel local, tales como: maquinarias, equipos, alimentación, agua, combustibles, etc. locales que por el Titular. Luego de determinadas las necesidades reales, se buscará a nivel local empresas que puedan prestar tales servicios, los cuales serán cotizados y posteriormente contratados.

• Se identificarán los bienes y servicios que el Proyecto puede abastecer a nivel local (ej.: alimentación, arriendo de equipos, transporte, agua, insumos logísticos, servicios menores). • Se invitará a empresas contratistas y proveedores de servicios locales de la comuna de Sierra Gorda y de la región de Antofagasta, para que participen en los procesos de contratación de bienes y servicios requeridos por el Proyecto, siempre que

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8.5. Contratación de servicios locales. cuenten con las capacidades técnicas, comerciales y de seguridad exigidas. • Se realizarán procesos de cotización priorizando proveedores locales que cumplan requisitos de capacidad técnica, comercial, de seguridad y cumplimiento normativo. • Se mantendrán registros formales de las gestiones realizadas, cotizaciones evaluadas y servicios finalmente adjudicados a proveedores locales.

-Justificación: la incorporación de empresas contratistas y proveedores de servicios locales contribuye al fortalecimiento de las capacidades económicas comunales y regionales, favoreciendo la vinculación territorial del Proyecto y promoviendo beneficios indirectos a la comunidad, en línea con los principios de desarrollo regional y responsabilidad social. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: comuna de Sierra Gorda y, cuando corresponda, región de Antofagasta.

-Forma: • Elaboración de un registro actualizado de proveedores locales. Realización de invitaciones formales a empresas locales para participar en procesos de cotización. • Evaluación técnica y económica, priorizando proveedores locales cuando cumplan requisitos.

-Oportunidad: durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de comunicaciones efectuadas a través de OMIL u otros canales locales - Registro actualizado de proveedores locales contactados. - Copias de cotizaciones recibidas desde empresas locales. - Contratos vigentes con proveedores locales. - Facturas de empresas locales por servicios adjudicados. - Base de datos interna que identifique georreferenciación o comuna de origen de cada proveedor contratado. Forma de control y seguimiento Informes semestrales a la SMA que den cuenta de las gestiones desarrolladas para fomentar las contrataciones locales, adjuntando registros, contratos y evidencia documental correspondiente.

8.6. Señalética en vehículos y equipos del Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación -Objetivo: identificación de vehículos y equipos utilizados en el Proyecto mediante el uso de señalética identificando al Titular.

-Descripción: incorporación de señalética en vehículos y equipos del Proyecto identificando Titular al que pertenecen.

-Justificación: los vehículos y equipos que se utilicen dentro en el Proyecto serán previamente identificados mediane el uso de señalética con el fin de facilitar la

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8.6. Señalética en vehículos y equipos del Proyecto. identificación de estos por la población en caso de querer establecer algún reclamo o molestia a causa de los procesos y/o procedimientos propios de cada una de las fases del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación -Lugar: en las rutas empleadas del Proyecto.

-Forma: todos los vehículos (buses, camionetas, camiones, etc.) y equipos en general, que participen en todas las etapas del proyecto, contarán con señalética que identifique al titular del Proyecto, así mismo los servicios que se contraten.

-Oportunidad: durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Ficha de registro del 100% de vehículos/equipos acreditados para el proyecto, con señalética utilizados durante Proyecto, en rutas públicas Forma de control y seguimiento Registro de vehículos/equipos que poseen señaléticas

9° El Proyecto no contará con condiciones o exigencias.

10°. Que, el Proyecto no implementará plan de seguimiento y no implementará monitoreos participativos.

11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

11.1.1. En caso de sismo o terremoto. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Identificar las zonas sísmicas y las fallas geológicas activas en la región. - Definir, señalizar y mantener en buen estado las rutas de evacuación y los puntos de encuentro seguros establecidos. - Impartir inducciones y entrenamientos al personal en protocolos de actuación frente a sismos, así como en primeros auxilios, antes del inicio de sus labores. - Establecer puntos de encuentro de emergencia (PEE) - Asegurar la disponibilidad y operatividad de sistemas de comunicación (radios, teléfonos satelitales, etc.) para emergencias. - Mantener los frentes de trabajo ordenados, libres de materiales mal almacenados que puedan representar un peligro durante un sismo. - Implementar simulacros periódicos de evacuación ante sismos para reforzar la preparación del personal. Forma de control y seguimiento - Señalización de zonas de seguridad. - Disponibilidad del equipamiento de emergencia. - Registro de capacitaciones (lista de asistencia y fotografías). - Registro de realización de simulacros (fotografías).

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11.1.1. En caso de sismo o terremoto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-1 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.2. En caso de evento meteorológico extremo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizará una revisión permanente y sistemática de los pronósticos meteorológicos y alertas oficiales, emitidos por organismos competentes tales como SENAPRED, Dirección Meteorológica de Chile u otras fuentes oficiales. - No se iniciarán actividades ni frentes de trabajo cuando existan pronósticos oficiales de precipitaciones para el sector del proyecto que puedan comprometer la seguridad de las personas o del entorno. - En caso de que durante la ejecución de actividades se emita un pronóstico oficial de lluvias, el responsable de la faena ordenará la suspensión preventiva de las actividades. - Se mantendrán las vías de evacuación y zonas de seguridad señalizadas y libres de obstáculos. - Se informará oportunamente al personal sobre las condiciones climáticas previstas y las decisiones de suspensión o reprogramación de actividades. - Las actividades solo serán programadas o reprogramadas cuando los pronósticos oficiales indiquen condiciones meteorológicas favorables. - Se ejecutarán labores de limpieza y mantenimiento preventivo en zonas de escurrimiento de aguas lluvias. - Se fomentará la participación del personal en programas de capacitación preventiva sobre cómo actuar ante eventos meteorológicos extremos, estas serán previo del ingreso a faena. - Se asegurará la disponibilidad operativa de sistemas de comunicación de emergencia (radios, celulares y teléfonos satelitales) en todos los frentes de trabajo. - Se revisará y ajustará regularmente los procedimientos de seguridad y prevención. - Se realizarán simulacros periódicos de emergencia con foco en fenómenos climáticos, para familiarizar al equipo con los protocolos de respuesta y mejorar su preparación. - Se contará con kits de emergencia fácilmente accesibles, que incluyan botiquín de primeros auxilios, linternas con baterías, radios portátiles, frazadas térmicas, agua embotellada y otros suministros esenciales. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones (lista de asistencia y fotografías). - Reportes periódicos (diarios y semanales del pronóstico del tiempo informado al supervisor y a todo el personal involucrado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-2 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

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11.1.3. En caso de derrames de hidrocarburos o derivados. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar - Se realizará capacitación al personal involucrado en el proceso de carga y abastecimiento de combustible con el objetivo de que puedan conocer los riesgos y medidas preventivas durante la manipulación. - Se realizará capacitación al personal involucrado en el proceso de mantenimiento mecánico in situ con el objetivo de que puedan conocer los riesgos y medidas preventivas. - Se realizará capacitaciones a los trabajadores sobre el procedimiento de emergencia, primeros auxilios, uso de extintores. - El operador de maquinaria deberá mantenerse atento al abastecimiento de combustible, de manera de evitar posibles derrames por rebalse del estanque. - La carga de combustible se efectuará exclusivamente en áreas previamente habilitadas y acondicionadas. - Se dispondrá de un kit de respuesta ante derrames, el cual debe estar disponible y accesible en el área de carga. - En la zona destinada al abastecimiento de combustible, se mantendrán extintores de polvo químico seco operativos y visibles, en cumplimiento con la normativa de seguridad contra incendios. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones (lista de asistencia y fotografías). - Mantención de kit de emergencias derrame de hidrocarburos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-5 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.4. En caso de accidentes vehicular. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Tránsito de vehículos livianos y pesados. Acciones o medidas a implementar - El personal deberá manejar con responsabilidad (respetar horas de sueño), respetar las velocidades máximas indicadas y transitar con luces encendidas en todo momento. - El personal a cargo de la conducción de camiones y maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir vigente. - El conductor deberá utilizar cinturón de seguridad desde que se arranca hasta que se detiene el vehículo, y asegurarse que todos los ocupantes del vehículo lo usen. Es responsabilidad absoluta del conductor. - El personal no deberá obstruir caminos/vía de escape que en caso de emergencia afecten el traslado. - Los viajes deben ser planeados para realizarse durante el día, por lo que está prohibido viajar en horarios nocturnos salvo autorización del jefe de proyecto. - No llevar elementos de protección personal y herramientas manuales sueltas, ya que en caso de accidente pueden ser fatales.

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11.1.4. En caso de accidentes vehicular. - Mantener distancia prudencial del vehículo que tenemos adelante; aumentar en caminos de ripio o en malas condiciones. - El conductor deberá realizar un control previo del vehículo a utilizar, lista de chequeo: cubiertas, aceite, frenos, luces, etc. - Capacitaciones al personal de forma previa al ingreso del personal a las obras del proyecto sobre prevención de accidentes vehiculares. Forma de control y seguimiento - Supervisión en terreno y control de cumplimiento de normas de conducción. - Registro y análisis de reportes de ruta y condiciones de caminos. - Registro de capacitaciones y control de licencias vigentes Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-6 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.5. En caso de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada - Frentes de trabajo. - Patio de salvataje, sector acopio de residuos. Acciones o medidas a implementar - Se impartirán capacitaciones periódicas al personal sobre el manejo adecuado de materiales inflamables, residuos combustibles y procedimientos de respuesta ante incendios, las cuales deberán ser completadas antes del ingreso a faena. - Se ejecutará un mantenimiento preventivo regular en las áreas de almacenamiento de residuos, asegurando condiciones de orden, ventilación y seguridad. - Se dispondrá de equipos de extinción (extintores) en puntos estratégicos del sitio de trabajo. - Se instalará señalética visible indicando la presencia de materiales inflamables. - Se delimitarán y señalizarán claramente las zonas con prohibición de actividades que puedan generar fuentes de ignición, como fumar, encender fuego o portar materiales susceptibles de producir chispas, con el fin de prevenir focos de incendio Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones (lista de asistencia y fotografías). - Listas de inspección en zonas críticas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-7 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.6. En caso de afectación de fauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se impartirán capacitaciones al personal con enfoque en la protección de fauna silvestre, implementando medidas como conducción responsable, la prohibición de alimentar animales en el área del proyecto, manejo de residuos y

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conocimiento del plan de contingencia/emergencia: sobre afectación de fauna silvestre. - Se instalarán carteles permanentes informativos termolaminados indicando la precaución que deben tener los conductores de maquinaria liviana o pesada al ingresar a las instalaciones del Proyecto. - Para evitar la atracción de fauna y disminuir la probabilidad de accidentes, los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados, temporalmente, en bolsas plásticas que a su vez serán contenidas durante 3 días, como máximo, dentro de contenedores plásticos con tapa (200 litros). Estos contenedores plásticos con tapa, serán a su vez contenidos dentro de una jaula metálica para evitar su volcamiento por acción del viento, golpes o interacción de fauna silvestre. Se realizará la recolección diaria de los residuos que se generen en las plataformas de sondajes activas y loguera de manera de evitar dejar elementos que puedan atraer animales silvestres durante la noche. - Se instalará un cerco perimetral móvil que delimitará y protegerá las instalaciones de apoyo y soporte logístico asociadas a cada ciclo de sondaje, con el objetivo de controlar el acceso y minimizar el ingreso de fauna silvestre. - Se cubrirán los estanques de mezcla, decantación y agua con tapas o mallas, para evitar que fauna pueda caer al interior de estas unidades de contención de agua. - Se mantendrán los baños químicos bien cerrados, en buen estado y sin fugas. - Se implementarán medidas asociadas a la reducción lumínica acorde a la norma lumínica D.S. N°01/2022 del Ministerio de Medio Ambiente en todas sus fases. - Se supervisará el cumplimiento de los instructivos relacionados con los límites máximos de ruido permitidos, a fin de minimizar o evitar perturbaciones acústicas sobre la fauna del área. - En caso de avistamiento o ingreso inesperado de fauna al área del proyecto se detendrán las actividades las actividades en el área afectada hasta verificar el tipo de especie. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación del plan de prevención de contingencia y emergencias del Proyecto asociado al “Riesgo de Afectación de Fauna Silvestre”, mediante lista de asistencia y fotografías. - Inspección visual de las señaléticas en lugares correspondientes. - Mantener en obra un registro para el reporte de accidentes de mamíferos y/o aves para permitir un ágil aviso a la SMA y al SAG. - Monitoreo ambiental en terreno y bitácora de avistamientos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-9 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.7. En caso de afloramiento de aguas subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Ejecución de sondajes de prospección.

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Acciones o medidas a implementar Se solicitará a geólogos y operadores tener especial cuidado al momento de obtener los testigos y analizar los sondajes, que éstos no tengan señales de contener agua subterránea. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro periódico de los sondajes obtenidos y si éstos contienen o no agua, ya sea en posibles poros o fisuras. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-12 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS

11.2.1. En caso de sismo o terremoto. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar - Permanecer en el lugar de trabajo si se encuentra en una zona segura y evitar evacuar durante el movimiento sísmico. - Mantener la calma y protegerse de objetos que puedan caer o desplazarse. - Si se opera maquinaria o vehículos, detenerlos de manera controlada en un lugar seguro y apagarlos. - Desconectar equipos eléctricos y cortar la energía, si es seguro hacerlo, para reducir riesgos de incendio o electrocución. - Evitar zonas externas o áreas abiertas hasta que finalice el sismo y se evalúe la situación. - Inmediatamente después del sismo o terremoto. - Realizar una evaluación visual rápida del entorno, verificando daños estructurales, caídas de objetos o condiciones inseguras. - Verificar posibles fugas o derrames de sustancias peligrosas, y aplicar las medidas de contención - Tener cuidado con objetos cortopunzantes o material quebrado que pueda representar un riesgo para el personal. - Evitar el contacto con cables sueltos o estructuras inestables, y alejarse de postes, árboles o construcciones dañadas. - Restringir el uso de medios de comunicación a emergencias reales para no saturar las líneas disponibles. - El personal autorizado realizará una inspección completa de las instalaciones, caminos y plataformas, con especial atención a estructuras elevadas o de soporte. - Solo se permitirá el reinicio de actividades tras la autorización del encargado de emergencias, quien evaluará si las condiciones son seguras para continuar el trabajo Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En caso de aislamiento e imposibilidad de traslado de la cuadrilla de trabajadores se informará de forma inmediata a autoridades locales: carabineros, municipio, SENAPRED. - Solo en caso de que sismo genere una emergencia se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-16 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

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11.2.2. En caso de evento meteorológico extremo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar - El jefe de área o coordinador de emergencia ordenará la detención inmediata de todas las actividades operativas, incluyendo: suspensión de trabajos en terreno, paralización y apagado seguro de maquinaria y equipos, prohibición de circulación de vehículos en áreas expuestas a escurrimientos, quebradas o zonas de riesgo. - Se procederá a la evacuación del personal hacia las zonas seguras designadas. - En caso de que se identifiquen trabajadores lesionados o con síntomas asociados al evento, se coordinará su traslado inmediato a un centro asistencial autorizado. - Las actividades permanecerán suspendidas durante todo el período de lluvias y no se reanudarán hasta que el evento haya finalizado, los pronósticos oficiales confirmen condiciones meteorológicas favorables y se verifique en terreno que no existen riesgos para las personas, la infraestructura ni el medio ambiente. - El reinicio de actividades contará con la autorización del responsable de emergencias del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En caso de aislamiento e imposibilidad de traslado de la cuadrilla de trabajadores se informará de forma inmediata a autoridades locales: carabineros, municipio, SENAPRED. - Solo en caso de que sismo genere una emergencia se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-17 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.3. En caso de derrame de hidrocarburos o derivados. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada - Sector de suministro de combustible en faena. - Sector de mantenimiento menor in situ. Acciones a implementar - Dar aviso de la emergencia al supervisor. - Detectar la fuente de origen del derrame e intentar detenerla, si es que no existe riesgo para las personas. - Usando el Equipo de Protección Personal (EPP) adecuado y el kit de contención de derrames, se deberá construir una barrera de contención con tierra, arena u otro material absorbente para evitar la propagación del contaminante. - El material contaminado (tierra, paños, HDPE, absorbentes) deberá ser retirado con precaución y transportado a la zona de segregación de residuos peligrosos - Si el derrame impacta directamente el suelo natural, se procederá a remover la capa afectada, asegurando su traslado como residuo peligroso y restaurando el área intervenida con material limpio, respetando su cobertura y profundidad original.

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11.2.3. En caso de derrame de hidrocarburos o derivados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web. - Si la emergencia de derrame de hidrocarburos o derivados genera afectación de recursos hídricos y/o cauces intermitentes se dará aviso a la DGA en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-20 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.4. En caso de accidente vehicular. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Tránsito de vehículos livianos y pesados. Acciones a implementar - Identificación de vehículos o instalaciones involucradas. - Registro de personas afectadas, con su estado de salud preliminar. - Contactar a servicios de emergencia contactados. - Si el incidente ocurre dentro del área del Proyecto, se deberá delimitar un perímetro de seguridad alrededor del lugar del accidente, con el objetivo de prevenir nuevos riesgos y estabilizar el vehículo involucrado. - En caso de evidenciarse fugas o derrames de combustibles o lubricantes, se deberá actuar con el equipo de protección personal (EPP) y utilizar el kit de contención de derrames para evitar la propagación de la sustancia, aplicando los procedimientos establecidos para estos casos. - Si hay personas lesionadas, se deberá brindar primeros auxilios básicos y asegurar su estabilidad, sin moverlas del lugar, a menos que exista riesgo inmediato. - En caso de ser necesario llamar al servicio de urgencias siendo estos bomberos, ambulancias, carabineros, otros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-21 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.5. En caso de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar - Ante la detección de un incendio, el trabajador deberá notificar de forma inmediata al supervisor. - Si se trata de un foco incipiente se utilizará extintores para intentar apagar el fuego. - En caso de que el fuego no pueda ser controlado de manera segura, se deberá evacuar el área afectada de forma ordenada y contactar a Bomberos. - El personal deberá dirigirse a los Puntos de Encuentro de Emergencia (PEE) hasta la llegada de los organismos de respuesta especializados.

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11.2.5. En caso de incendio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-22 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.6. En caso de afectación de fauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar - En caso de avistamiento o ingreso inesperado de fauna al área del proyecto detener momentáneamente las actividades en el área afectada hasta verificar el tipo de especie. - En caso de hallazgo de fauna herida o muerta durante las operaciones el personal no deberá manipular al ejemplar sin personal capacitado y deberá avisar inmediatamente al supervisor. - Si el animal se encuentra vivo evaluar si puede ser trasladado al centro de rescate más cercano para recibir servicios veterinarios. - Si el animal muere se realizarán las investigaciones necesarias para preparar informe al SAG del hallazgo y circunstancias del accidente. El informe será enviado en un plazo 5 días de ocurrido el hallazgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Aviso al SAG informando del incidente y posteriormente a la SMA con copia al SAG a través de la plataforma web de seguimiento ambiental. - En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-24 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.7. En caso de afloramiento de aguas subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Parte, obra o acción asociada Ejecución de sondajes de prospección minera Acciones a implementar - Para sellar el pozo se utilizará las mismas barras de perforación que interceptaron la napa. - La perforación del pozo continúa con barras de un diámetro menor, las cuales se desplazan por dentro de las barras. - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar volúmenes y caudales comprometidos. - Enviar los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA y DGA, ambas de la región de Antofagasta, en un informe detallando los hechos, acompañado de fotografías (con fecha).

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11.2.7. En caso de afloramiento de aguas subterráneas. - Restituir el recurso a la misma fuente desde donde fueron aflorados, velando porque la restitución sea hecha en la misma cantidad y calidad.

En caso de afloramiento de agua subterránea y abandono de pozo de sondaje:

  • Se sacará la columna de barra que se encuentra dentro del pozo.
  • Mientras se retiran las barras, se procede a la confección de un tapón de madera de diámetro similar al de las barras de perforación utilizadas.
  • Una vez confeccionado el tapón, se procede a realizarle hilo en un extremo del tapón y se acopla a una barra del mismo diámetro.
  • Luego se procederá a bajar el tapón con la barra definida para la realización del hilo. El descenso debe realizarse suavemente por el pozo, y se deja instalado el tapón a la profundidad deseada.
  • Una vez instalado el tapón, por acción de la humedad del agua, aumentará su volumen produciendo el sellado del pozo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
  • Enviar los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA y DGA ambas de la región de Antofagasta, en un informe detallando los hechos, acompañado de fotografías (con fecha).
  • En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web.
  • Se avisará a la DGA ante todo evento de alumbramiento de aguas subterráneas, sean acuíferos confinados (pozos surgentes) y/o acuíferos libres o semi confinados.
  • En caso de pozos surgentes se enviarán los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA y DGA regional, en un informe detallando los hechos, acompañado de fotografías (con fecha). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla-27 del Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

Para mayor detalle del plan de prevención de contingencias y emergencias, ver Anexo 1 de la Adenda complementaria de la DIA.

12°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, a continuación, se indica lo realizado:

La DIA del proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01 de julio de 2025 y en un diario de circulación nacional en la misma fecha. La difusión radial se efectuó por medio de la radio “Radio Digital de Antofagasta 89.5 FM” los días 03 y 04 de julio de 2025 y entre los días 07 y 09 de julio de 2025, según consta en el certificado de fecha 14 de julio de 2025 emitido por la misma radio.

Con fecha 13 de agosto de 2025 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

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Con fecha 08 de julio de 2025 se recibió una solicitud de inicio de proceso de participación ciudadana, formulada por una persona jurídica. Al respecto, el inciso 1° del artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 modificado por la Ley N°21.449, establece los requisitos para decretar la apertura de un proceso de PAC en las DIA, señalando que: "Las Direcciones Regionales o el Director Ejecutivo, según corresponda, podrán decretar la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de veinte días, en las DIA que se presenten a evaluación y se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Todo ello, siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas. Esta solicitud deberá hacerse por escrito y presentarse dentro del plazo de 30 días, contado desde la publicación en el Diario Oficial del proyecto sometido a DIA de que se trate”. Por su parte, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 6° de la misma disposición legal, “(…) se entenderá que provocan cargas ambientales aquellos proyectos que generan beneficios sociales y que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación”.

Al respecto, la solicitud fue hecha por una organización ciudadana con personalidad jurídica, no recibiéndose más solicitudes de realización de un proceso de participación ciudadana, por lo que, no se da cumplimiento al artículo 30 bis, inciso 1° de la Ley N°19.300, correspondiente al mínimo de solicitudes para dar inicio al proceso de participación ciudadana, ya sean dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas, requisito esencial para la apertura de un procedimiento de participación ciudadana. Por lo tanto, de acuerdo con la Resolución Exenta N° 202502001201 de fecha 20 de octubre de 2025, se declaró el no inicio de un proceso de participación ciudadana, referida al proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

16° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

17°. Que, para que el proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

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19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

22°. Que, se entiende forman parte de la presente resolución, todos los antecedentes expuestos por el Titular en sus presentaciones individualizadas en el Vistos N° 1 de la presente resolución.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio”, presentada por el titular Minera Capricornio SCM.

2°. Certificar que el Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente.

3°. Certificar que el Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137, 140 y 142, todos del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Prospección Minera Proyecto Capricornio” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

Katherine López Rivera Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Katherine Elizabeth López Rivera Firmado digitalmente por Katherine Elizabeth López Rivera Fecha: 2026.06.05 12:42:42 -04'00'

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Tomás Andrés Ballesteros Cohen Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Distribución:

• Superintendencia del Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA.

Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 03-06-2026 15:01:20:396 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC