Sistema de Almacenamiento de Energía Argos
CONSIDERANDO:
1°. Que, SPH BESS ARGOS SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Argos” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
ANTECEDENTES DEL TITULAR Nombre o razón social SPH BESS ARGOS SpA Domicilio Augusta Gerona 1577 oficina 406, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago
Nombre del representante legal Eduardo Morice Soffia
Domicilio del representante legal Augusta Gerona 1577 oficina 406, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 5 de marzo de 2026, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el Capítulo 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables (PAS 138, 140, 142 y 160) identificados en el Capítulo 10 del citado documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (en adelante, “ICSARA”).
3°. Que, en Sesión Extraordinaria N°8 de fecha 24 de marzo de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Argos”, aprobando íntegramente el contenido del ICE, de 5 de marzo de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y sus Anexos, y en su Adenda Complementaria y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Objetivo general El objetivo del Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Argos” consiste en la implementación de un sistema de almacenamiento de energía para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (en adelante “SEN”), cuando sea requerido.
La capacidad de almacenamiento permite desplazar los horarios de inyección de la energía, entregando una mayor flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades del SEN, un aspecto relevante en la política de descarbonización de la matriz energética nacional.
Descripción general del Proyecto El Proyecto consiste en la construcción y posterior operación de un Sistema de Almacenamiento de energía eléctrica a efectuarse mediante baterías del tipo BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System) con una capacidad de almacenamiento de energía máxima de 400 Mega watt hora (en adelante, “MWh”), y una potencia nominal de 80 Mega watt (en adelante, “MW”) por hasta 5 horas, con su infraestructura complementaria necesaria, esto es, una Subestación Elevadora de 33/66 kilovoltios (en adelant,e “kV”), y, una Línea Eléctrica soterrada de 66 kV.
El Proyecto contempla un camino de acceso de 6 m de ancho y un área de instalaciones de faena para obras temporales y permanentes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
4.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
Por su parte, el sistema de almacenamiento de energía está constituido por 80 contenedores de baterías, 16 centros de transformación y 480 inversores.
Cada inversor del sistema de almacenamiento, a su vez, posee la cualidad de ser bidireccional, dejando pasar la energía desde y hasta la media tensión de la subestación a través de los centros de transformación.
En ese sentido, el Proyecto capta la energía desde la Subestación Pelequén en horarios de alta penetración de energías renovables, y luego, la almacena temporalmente, para posteriormente, inyectarla nuevamente al sistema eléctrico (hacia la misma subestación Pelequén) en los momentos de menor penetración de energías renovables, aportando flexibilidad al sistema eléctrico y contribuyendo a la disminución del vertimiento de energía proveniente de fuentes renovables.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje Vida útil 25 años
Monto de inversión USD $ 45.000.000,000
Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Habilitación instalación de faenas y el cerco perimetral, en conjunto con la habilitación de terrenos y caminos asociados al área de Proyecto. Proyecto o actividad se desarrolla por Fases Si No Conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento del SEIA, se indica que el Proyecto no se desarrollará por Fases.
X Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente Si No Referido al Artículo 12 del Reglamento del SEIA, el Proyecto corresponde a una iniciativa nueva y no a una modificación de un Proyecto existente.
X Proyecto modifica otra RCA Si No Respecto a lo solicitado en el Artículo 12 del Reglamento del SEIA, el Proyecto corresponde a una iniciativa nueva y no a una modificación de un Proyecto existente con RCA.
X
4.2 UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD División político- administrativa El Proyecto se ubica en la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Provincia del Cachapoal, Comuna de Malloa, Localidad de Pelequén.
En particular, el Rol del Servicio de Impuestos Internos (en adelante “SII”) de la comuna de Malloa, indica el sistema BESS, se emplazan en el ROL N° 115-81. En el caso de la LMT, su trazado se emplaza en el ROL N° 115-98.
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Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.8, Figura 2. Identificación de predios con Rol/es del Proyecto y colindantes, junto con su superficie, de la ADENDA.
Justificación de la localización La tecnología de almacenamiento que utiliza el Proyecto aprovecha los excedentes de energía que llegan a la Subestación Pelequén, para almacenarlos en baterías y luego volver a inyectarlos al SEN, según la demanda energética del momento.
Por lo anterior, la ubicación del Proyecto, adyacente a la señalada Subestación, representa un punto estratégico, evitando mayores extensiones de líneas eléctricas. Adicionalmente, el área de emplazamiento corresponde a predios privados sin acceso público.
Condición de Riesgo Climático.
En base al análisis desarrollado realizado conforme a la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA en el Capítulo 11 de la DIA, se concluye que el Proyecto no genera impactos significativos asociados a los efectos del cambio climático.
El sistema de almacenamiento de baterías, compuesto por contenedores instalados sobre pilotes o poyos de hormigón y losas, se emplaza en un área de uso agrícola sin intervención en cuerpos de agua ni alteración de ecosistemas sensibles.
Los análisis de riesgo climático mediante ARClim indican que, si bien la comuna de Malloa presenta tendencias de incremento en temperaturas y disminución de precipitaciones hacia 2065, estas condiciones no representan un impacto significativo para la biodiversidad ni para los recursos hídricos del área de influencia del Proyecto.
Desde la perspectiva de la biodiversidad, los estudios de caracterización realizados en la zona han identificado una baja riqueza y abundancia de especies, lo que es consistente con la intervención histórica del área en actividades agrícolas. Además, el análisis de ARClim muestra que las especies presentes en el área no experimentan una reducción significativa de su probabilidad de presencia futura debido al cambio climático, sino que incluso podrían incrementarse en todos los casos.
Respecto a los riesgos climáticos, los escenarios proyectados para la comuna de Malloa indican que, si bien se espera un aumento en la temperatura y una disminución de precipitaciones hacia 2065, estos cambios no representan una amenaza significativa para la estabilidad del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
entorno del Proyecto.
El riesgo de incendios forestales en la zona es bajo, dado que no existen bosques nativos ni plantaciones forestales en el área de influencia. Asimismo, no se identifican riesgos relevantes de inundaciones, aluviones o remociones en masa, ya que el terreno es mayormente plano y no se encuentra en zonas de riesgo hídrico.
Adicionalmente, el diseño del Proyecto incorpora medidas para abordar posibles contingencias relacionadas con el cambio climático.
Se han planificado barreras cortafuego y sistemas de almacenamiento de agua para la prevención y control de incendios. En cuanto a lluvias extremas e inundaciones, se han adoptado medidas de control y alerta de aguas para minimizar cualquier impacto potencial. Ambas medidas se pueden encontrar en el ANEXO 4 de la ADENDA Complementaria, referente al Plan de Contingencias y Emergencias del Proyecto.
Finalmente, no se identifican sinergias negativas entre el Proyecto y los objetos de protección analizados.
Dado que su funcionamiento no implica emisiones significativas de gases de efecto invernadero, alteraciones en el ciclo del agua ni afectaciones críticas a la biodiversidad, se concluye que la implementación y operación del Proyecto SAE Argos no representan impactos adversos significativos en el contexto del cambio climático.
Superficie El Proyecto contempla la utilización de una superficie aproximada de 1.92 hectáreas, considerando el total de sus instalaciones, incluyendo la línea eléctrica con su respectiva faja de servidumbre y el camino de acceso.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 El acceso al Proyecto se realiza a través de un camino de acceso que conecta con un Bien Nacional de Uso Público (CABN), Ruta H-711:
ACCESOS ESTE NORTE Punto de Acceso Principal al Proyecto 326.237,36 6.184.054,32 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 5. Actualización Ficha Resumen SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Los vértices referenciales del área de Proyecto se presentan en la siguiente Tabla: ÁREA VÉRTICES ESTE NORTE SUPERFICIE HA Área de Proyecto 1 326.235,45 6.184.050,70 1,92 2 326.221,67 6.184.035,17 3 326.162,87 6.184.057,64 4 326.181,10 6.184.217,78 5 326.334,06 6.184.159,22 6 326.252,18 6.184.065,46 7 326.241,67 6.184.057,07 8 326.253,39 6.184.045,34 9 326.255,15 6.184.043,65 10 326.257,03 6.184.041,29 11 326.258,84 6.184.037,83 12 326.259,76 6.184.034,94 13 326.260,21 6.184.031,79 14 326.260,10 6.184.028,20 15 326.259,55 6.184.025,50 16 326.231,24 6.183.943,36 17 326.231,36 6.183.943,08 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
18 326.232,22 6.183.942,01 19 326.233,88 6.183.940,52 20 326.235,26 6.183.939,65 21 326.238,52 6.183.938,20 22 326.251,80 6.183.932,86 23 326.269,65 6.183.871,29 24 326.348,68 6.183.845,96 25 326.352,54 6.183.858,19 26 326.347,73 6.183.859,76 27 326.350,60 6.183.868,75 28 326.352,51 6.183.868,14 29 326.350,24 6.183.861,04 30 326.355,02 6.183.859,48 31 326.350,28 6.183.844,40 32 326.349,80 6.183.843,82 33 326.349,11 6.183.843,73 34 326.268,52 6.183.869,55 35 326.268,21 6.183.869,72 36 326.267,87 6.183.870,23 37 326.250,07 6.183.931,69 38 326.239,35 6.183.935,72 39 326.237,18 6.183.936,53 40 326.234,95 6.183.937,54 41 326.233,44 6.183.938,52 42 326.232,29 6.183.939,42 43 326.230,65 6.183.941,02 44 326.229,56 6.183.942,36 45 326.229,02 6.183.943,14 46 326.229,14 6.183.942,18 47 326.229,43 6.183.941,26 48 326.229,86 6.183.940,39 49 326.230,44 6.183.939,61 50 326.229,78 6.183.940,16 51 326.229,01 6.183.940,79 52 326.228,14 6.183.941,46 53 326.226,66 6.183.942,53 54 326.225,18 6.183.943,51 55 326.224,03 6.183.944,22 56 326.222,60 6.183.945,03 57 326.220,77 6.183.945,97 58 326.219,87 6.183.946,40 59 326.218,29 6.183.947,10 60 326.219,30 6.183.946,92 61 326.220,31 6.183.946,91 62 326.221,31 6.183.947,06 63 326.222,28 6.183.947,38 64 326.223,18 6.183.947,85 65 326.223,99 6.183.948,46 66 326.224,70 6.183.949,19 67 326.251,43 6.184.026,41 68 326.251,97 6.184.028,13 69 326.252,23 6.184.029,91 70 326.252,20 6.184.031,71 71 326.251,88 6.184.033,48 72 326.251,28 6.184.035,18 73 326.250,42 6.184.036,76 74 326.249,32 6.184.038,18 75 326.248,01 6.184.039,41 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 5. Actualización Ficha Resumen SAE Argos de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Por otra parte, la longitud de la línea de Eléctrica (LTE), de carácter soterrada, se presentan a continuación:
- Línea Eléctrica LTE LONGITUD M Línea de Transmisión Eléctrica Soterrada 353,76 SERVIDUMBRE LTE SUPERFICIE M2 Faja de Servidumbre de LTE 705,09 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 5. Actualización Ficha Resumen SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
El área de la Instalación de Faenas se divide en dos sectores, dado el atravieso de un camino, y se presenta a continuación: ÁREA VÉRTICES ESTE NORTE SUPERFICIE M2 Área de Instalación de Faena 1 1 326.334,24 6.184.159,16 1.668,39 2 326.252,21 6.184.065,53 3 326.247,06 6.184.069,30 4 326.261,98 6.184.089,78 5 326.263,75 6.184.092,51 6 326.264,90 6.184.094,70 7 326.265,96 6.184.097,17 8 326.273,36 6.184.118,06 9 326.274,82 6.184.122,19 10 326.276,40 6.184.124,25 11 326.277,95 6.184.125,08 12 326.280,52 6.184.125,32 13 326.282,27 6.184.124,77 14 326.285,18 6.184.124,09 15 326.287,52 6.184.124,13 16 326.290,84 6.184.125,06 17 326.293,71 6.184.126,98 18 326.295,84 6.184.129,71 19 326.310,40 6.184.168,33 Área de Instalación de Faena 2 1 326.210,56 6.184.085,78 482,92 2 326.242,42 6.184.074,14 3 326.249,62 6.184.084,25 4 326.242,05 6.184.087,21 5 326.244,11 6.184.092,66 6 326.249,37 6.184.090,79 7 326.251,29 6.184.089,24 8 326.251,83 6.184.086,86 9 326.251,20 6.184.085,16 10 326.239,18 6.184.068,68 11 326.234,87 6.184.065,61 12 326.231,29 6.184.064,80 13 326.225,80 6.184.065,95 14 326.205,82 6.184.073,66 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 5. Actualización Ficha Resumen SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Adicionalmente, el Proyecto considera una Subestación Elevadora (SE) (Área de Equipos de Patio) de forma permanente para elevar la tensión a 66 kV y poder ser transportada a través de la línea eléctrica a la subestación Pelequén.
A continuación, se presentan las coordenadas de conexión eléctrica y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
acceso al Proyecto.
DESCRIPCIÓN ESTE NORTE Punto SE Pelequén 326.352,03 6.183.867,67 Punto de Acceso Principal al Proyecto 326.237,36 6.184.054,32 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 5. Actualización Ficha Resumen SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Caminos o vías de acceso El acceso principal al Proyecto se realiza a través de la ruta H-711, recorriendo 450 metros hacia el oriente hasta alcanzar un camino existente, que se extiende por una longitud de 122,6 metros en dirección norte, accediendo al predio donde se pretende emplazar el Proyecto.
La Ruta descrita que se utiliza para realizar todas las acciones de las Fases asociadas a las áreas de almacenamiento se encuentra en buena condición de pavimento y señalización adecuada de velocidad, por su parte, el camino privado es de tierra y corresponde su mantención para correcto uso al Titular del Proyecto.
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.8, Figura 10. Roles de Predios y vialidad respecto al Proyecto, de la ADENDA.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones ANEXO 6 Archivos Georreferenciados de la ADENDA Complementaria. ANEXO 15 Planos de Ingeniería Eléctrica de la ADENDA Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
El Proyecto fue modificado en la presentación de la Adenda de la siguiente manera:
• Se elimina de la presentación del Proyecto SAE Argos el permiso ambiental sectorial 149 ya que el suelo donde se realiza la corta de 0,028 ha de plantación forestal no corresponde a suelo de aptitud forestal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Se describe la modificación en el Layout general del Proyecto (Anexo 14 de la Adenda) debido al cambio de ubicación de la fosa séptica respecto a lo presentado en la DIA, disminuyendo su superficie de 6,28 m2 a 2,48 m2, la cual se traslada 2,78 metros hacia el norte en sentido vertical, de acuerdo con la ubicación presentada en la DIA. A continuación, se muestra una figura y una tabla sobre el ajuste del Proyecto:
Fuente: Mayores Antecedentes ver Figura 1. Comparación Layout Declaración de impacto ambiental / ADENDA, de la ADENDA.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Contenedores de almacenamiento de energía por baterías El Proyecto contempla la instalación y operación de 80 unidades de contenedores de almacenamiento de energía por baterías de ión-litio, asociadas a 16 centros de transformación. La capacidad unitaria de cada contenedor de batería será de 5.015 kWh.
Centros de Transformación (CT) La función de los centros de transformación es elevar la tensión de salida desde los PCS hasta la red de media tensión del Proyecto a través de un transformador de potencia y las celdas de MT. Cada centro de transformación esta interconectado con 5 sistemas contenedores de baterías, dando lugar a una capacidad de almacenamiento de 25.075 kilo watt hora (en adelante “kWh”). Cada uno contempla una superficie de 14,77 m2.
Cerco perimetral El Proyecto considera un cierre perimetral que permite resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros.
Se cuenta con un cierre perimetral permanente con una altura mínima de 2,1 metros, que engloba la totalidad de las instalaciones asociadas al Proyecto.
Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
ferretería, bobinas y otros restos de materiales, y se estima una generación de 1,67 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos son almacenados en la bodega de Residuos Industriales No Peligrosos ubicada en la instalación de faenas.
Bodega de Residuos Domiciliarios Corresponde a una bodega con superficie de 31,24 m2.
Los contenedores de almacenaje se segregan en: plástico, papel y cartón, madera, vidrios, metales y orgánicos.
Esta instalación sirve de apoyo durante la FASE de Construcción del Proyecto, y, se mantiene para la FASE de Operación, pudiendo almacenarse temporalmente los residuos generados como consecuencia de las actividades de mantención de la subestación y de las áreas de almacenamiento.
Bodega de Residuos Peligrosos La Bodega de Residuos Peligrosos tiene una superficie de 31,24 m2 aproximadamente, y, posee la identificación correspondiente, con su nombre y con los rombos de seguridad que identifique los tipos de Residuos Peligrosos que contenga en su interior.
Cuenta con un radier de hormigón impermeabilizado, con bermas y pretiles antiderrames.
En su totalidad, la bodega tiene una capacidad de almacenamiento de un 120% del contenedor de mayor volumen y recipientes para conducir el derrame.
Estacionamiento de vehículos livianos Existe un área que es utilizada como estacionamiento de vehículos livianos, tales como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos que llevan o retiran insumos, materiales o residuos.
Cuenta con una carpeta de gravilla y está debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin.
Esta área se mantiene durante todas las Fases del Proyecto, considerada como obra permanente y posee una superficie aproximada de 90 m2.
Garita de Acceso Para controlar el ingreso al Proyecto se contempla una garita de acceso a la totalidad del Proyecto, con su respectivo baño químico durante la FASE de Construcción y Cierre.
Durante la fase de Operación, la garita no cuenta con personal permanente. Esta garita utiliza una superficie de 4,84 m2, permaneciendo como obra permanente durante la Operación del Proyecto.
Estanques de agua contra incendios Se dispone de un estanque de agua para el adecuado manejo ante una emergencia, ubicado al nororiente del área de Proyecto. Posee una capacidad de 100 m3.
Se elabora un Plan de Emergencia (ver ANEXO 6 de la ADENDA) que incluye un sistema de combate de incendios y control de derrames, y que especifica el modo de proceder.
Subestación Elevadora El Proyecto considera una subestación elevadora que contiene equipos de patio de una configuración que eleva el voltaje de 33 kV hasta los 66 kV, lo que permite recibir y evacuar la energía desde el sistema de almacenamiento hasta la subestación Pelequén por medio de la línea de transmisión eléctrica soterrada, la que tiene aproximadamente 353,76 m de longitud.
Sala de Equipos y Control La Sala de Equipos y Control, tiene una superficie aproximada de 150,66 m2, y, corresponde a la instalación donde se controla el almacenamiento de energía, la cual cuenta con el centro de control del Proyecto, lugar donde se realiza el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
control tele-comandado y monitoreo, permitiendo la operación del sistema de almacenamiento de energía, y dando las alertas en caso de que exista alguna contingencia durante la fase de Operación del Proyecto.
Estanque de agua y bomba de agua contra incendios SE Se dispone de un equipo con estanque de agua y adyacente sus bombas para el adecuado manejo ante una emergencia. Posee una capacidad de 200 m3. El estanque y la bomba se encuentran ubicados aledaños al área de equipos de patio.
El agua es destinada a ser utilizada por el sistema de contención de incendios.
En el caso de los contenedores de baterías, es importante mencionar que cada contenedor cuenta con diversas medidas incorporadas para la prevención de una situación de incendio.
Línea de transmisión soterrada Para el almacenamiento y evacuación de la energía eléctrica, se considera la construcción de una línea de transmisión soterrada de 66 kV, que cuenta con una configuración de circuito simple y que empalmará en el paño de 66 kV de la subestación Pelequén. ésta tiene una longitud de 353,76 m.
La faja de seguridad, es decir, la porción de terreno a lo largo de una línea eléctrica que resguarda la seguridad de las personas y sus bienes se ha definido de 1 metro a cada lado de la línea, dado que será soterrada, alcanzando una superficie total de 705,09 m2.
Cerco perimetral subestación elevadora El área de equipos de patio de la subestación elevadora considera un cierre perimetral que permite resguardar la seguridad del personal, las instalaciones, junto con, limitar el acceso y la seguridad de terceros.
Se cuenta con un cierre perimetral permanente con una altura mínima de 2,1 m, que englobará la totalidad de las instalaciones asociadas.
Camino Interno El Proyecto cuenta con caminos internos que recorren la totalidad del Proyecto, y se espera tengan un ancho de 6 metros y sirven de tránsito tanto para la fase de construcción y cierre, y, para el mantenimiento durante la FASE de Operación, permitiendo de esta manera el acceso a contenedores de baterías y a la LTE.
El material de la carpeta de rodado del camino está conformado por una mezcla de terreno natural y base granular.
Camino Externo El acceso principal al Proyecto se realiza a través de la ruta H-711 recorriendo 450 metros hacia el oriente hasta alcanzar un camino externo que se utiliza para el acceso al Proyecto SAE Argos.
El camino de acceso externo se extiende por 122,6 metros en dirección norte hasta la garita de acceso.
Zanjas de Interconexión Eléctrica Se contempla la ejecución de zanjas de baja tensión (BT) que permiten realizar la interconexión eléctrica entre los contenedores de baterías y los centros de transformación.
Las zanjas para conexiones de baja tensión tienen un ancho máximo de 2,35 m y una profundidad máxima de 1,40 m.
Las zanjas son proyectadas en los sectores aledaños a caminos internos, mientras que las zanjas para las conexiones en media tensión cuentan con un ancho máximo de 1,44 metros y una profundidad máxima de 1,45 metros.
Instalación de Faenas El Proyecto cuenta con una instalación de faena, en la que es posible identificar dos áreas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En el área 2 se instalan obras tanto temporales como permanentes, sirviendo estas últimas de apoyo para la operación del Proyecto, por lo que no son desmanteladas.
Áreas de acopio temporal El Proyecto considera un área temporal de acopio de equipos y materiales que está destinada a almacenar los materiales necesarios para la habilitación y construcción del Proyecto.
Esta se encuentra ubicada en el área norponiente del Proyecto y que posteriormente es reemplazada por contenedores de baterías, centros de transformación 01, 02, 07 y 08 con sus respectivos caminos internos, al ir finalizando la fase de construcción.
La superficie de emplazamiento corresponde a 516,12 m2.
Bodega de Sustancias Peligrosas Se considera la habilitación de una Bodega de Sustancias Peligrosas de carácter temporal de 31,24 m2 en total.
La bodega tiene una capacidad mínima de 12 tambores de 220 litros y se incluye una bandeja de contención de sustancias en caso de derrame, así como una válvula de despiche para su extracción segura.
Está diseñada con materiales ignífugos RF120.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros. En su interior, esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Comedores Dentro de la FASE de Construcción se contempla habilitar un espacio para comedores en el área de instalación de faenas, el cual será del tipo contenedor con adaptaciones adecuadas para que cumplan su función siguiendo los requisitos establecidos en el Artículo 28° del D.S N°594/99, del MINSAL, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
La superficie contemplada para los comedores será de 175,67 m2.
Estacionamiento vehículos pesados Se considera la habilitación de un área destinada al estacionamiento de vehículos pesados, los cuales tienen espacio para sus maniobras, descarga o carga según sea el caso.
Cuenta con una carpeta de gravilla y está debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin.
Se utiliza para esto una superficie de 264,06 m2.
Estanque de combustible y zona de carga Para el abastecimiento de diésel para maquinaria, vehículos y/o generadores para la fase de Construcción, se cuenta con una estación de servicio móvil con 1 estanque fabricado en acero al carbono con protección antioxidante y de aproximadamente de 6 m3.
El mismo debe disponer de una válvula de ventilación, válvula de bola para succión y un prefiltro de aspiración, así como una sonda de nivel para saber en todo momento la cantidad de diésel que queda.
Este estanque más su zona de carga tienen una superficie de 23,89 m2.
Se mantiene una distancia mínima de 3 metros entre los muros de contención o pretil y el límite de la propiedad.
Este pretil puede ser de construcción soldada, fabricado en plancha de acero Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
ASTM A 36, bajo norma UL, para unas dimensiones de 2,5x3 m con una profundidad de 0,5 m, suficiente para soportar su volumen más un 10%.
Estanque de Agua Industrial Se dispone de estanques de agua industrial (2) para el almacenamiento de agua utilizada para diversas actividades durante las Fases de Construcción y Cierre del Proyecto, entre ellas, también, ser de utilidad en caso de incendios.
Para ello, se ha dispuesto 2 estanques de 21 m3 los que están en condiciones sanitarias adecuadas, y son abastecidos cuando sea necesario.
El área de cada estanque cuenta con una superficie de 9,57 m2 cada uno.
Estanques de Agua Potable Los estanques de agua potable, los cuales son 2, que surten a las duchas que son utilizadas durante la fase de Construcción y fase de Cierre.
El agua es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Se estima que cada estanque contenga una capacidad mínima de 21 m3, donde se acumula el agua que es transportada mediante camiones aljibes autorizados.
La superficie utilizada para los estanques es de 9,57 m2, cada uno.
Estanques de Aguas Sucias Al igual que los estanques de agua potable, los estanques de aguas sucias (2) se ubican cercanos a la ubicación de los servicios higiénicos con una superficie a utilizar de 9,57 m2 para cada estanque.
Tienen la función de almacenar todas las aguas utilizadas dentro de la instalación de faena, ya sea de las duchas, lavamanos, etc. Tienen una capacidad aprox. de 21 m3 cada uno, los que son limpiados y vaciados periódicamente por una empresa autorizada y llevadas hasta su disposición final, según lo establecido en la normativa vigente.
Es importante indicar que este estanque no contiene aguas servidas, sino que únicamente aguas grises.
Grupos Electrógenos Corresponden a los grupos electrógenos (2) que abastecen de energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena durante las Fases de construcción y cierre.
Abarcan una superficie de 4,83 m2 cada uno y tienen una capacidad de 33 kVA, siendo uno de funcionamiento principal y otro de respaldo.
Los grupos electrógenos en su diseño presentan sistema de contención (base impermeabilizada con pretiles antiderrames) y carcasa de insonorización. Estos grupos tienen un funcionamiento durante toda la jornada laboral (8 hrs / 5 días a la semana).
Oficinas Dentro del área 1 de la instalación de faenas se habilitan dos áreas destinadas a Oficinas de una superficie total de 43,44 m2.
Corresponden a estructuras del tipo contenedores que están destinados al trabajo administrativo, supervisión y registro de las actividades durante las Fases de Construcción y Cierre.
Cuentan con mobiliario adecuado a tal actividad (estantería, muebles, entre otros), tomas de corriente, luminarias y todo lo necesario para el buen desarrollo del trabajo.
Punto de Encuentro de Emergencias El punto de encuentro de emergencias tiene como finalidad reunir al personal que se encuentre en obra ante situaciones de emergencias.
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Este punto se proyecta como de fácil acceso, ubicándose en la instalación de faena área 2, de carácter temporal, y cuenta con toda la señalética adecuada para su correcta identificación por parte del personal de trabajo. Su superficie será de 65,42 m2.
Sala de Primeros Auxilios Se considera la habilitación de una sala de primeros auxilios, que está destinada a abordar los estados de salud de los trabajadores que lo requieran.
La sala está equipada con botiquines de primeros auxilios según la normativa vigente. Su superficie será de 29,28 m2.
Sala de Reuniones Corresponden a estructuras del tipo contenedores que utilizan una superficie de 29,28 m2 que están destinados a realizar reuniones y capacitaciones de manera más efectiva para y con los trabajadores.
La misma debe contener el mobiliario necesario para esta finalidad como lo serian mesas, sillas, material de papelería, etc.
Servicios Higiénicos En el área 1 de la instalación de faenas, se dispone de un sector destinado a duchas y otro aledaño destinado a los vestidores, los que son del tipo container adaptado para los trabajadores.
El servicio de limpieza y mantención de los sanitarios químicos es contratado a una empresa autorizada.
En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existe baños exclusivos para damas.
Los containeres destinados a duchas tienen una superficie de aproximadamente 29,28 m2, los vestidores de 29,28 m2 en total y la zona de baños químicos una superficie de 140,09 m2 para la disposición de estos.
Área de carga y descarga de materiales En el área 1 de la instalación de faena se contempla la habilitación de un espacio ubicado adyacente a la zona de lavado de contenedores, el cual es destinado para la carga y descarga de materiales requeridos para la construcción del sistema de almacenamiento.
Para esta área se contempla una superficie de 504,17 m2, donde los camiones pueden realizar las maniobras requeridas para este procedimiento, la cual se considera que tenga toda la señalización respectiva.
Zona de lavado de contenedores Esta zona se encuentra ubicada en el área 1 de la instalación de faena, y comprende una superficie de 113,71 m2.
Es una zona destinada al lavado de contenedores de residuos sólidos domésticos.
Esta superficie es revestida completamente con una doble capa de polietileno o geotextil con un espesor mínimo de 0,5 mm para impedir la pérdida de material e infiltración del agua industrial utilizada.
Trabajos previos Se comienza con la construcción de los cercos perimetrales, los que en total suman aproximadamente 555,52 m de longitud compuesto por un vallado simple torsión, con una altura de 2,1 metros aproximadamente, y que considera el cerco perimetral externo y aquel asociado a la subestación elevadora.
Asimismo, se procede con la habilitación de la instalación de faena, comenzando con las labores de despeje, limpieza y nivelación del terreno destinado a estas áreas, posterior a lo cual se ubican las instalaciones modulares.
Movimiento de tierras En relación con las áreas de almacenamiento, se habilitan los sectores que son Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
utilizados para el emplazamiento de los contenedores de baterías y centros de transformación.
Esta acción delimita las áreas a ocupar por el Proyecto, nivela los suelos y se adecua la topografía, en caso de ser necesario.
Nivelación y compactación del terreno en el acceso Esta acción considera la redistribución superficial del material del camino interno de acceso desde la Ruta H-711 hacia el predio, con el fin de corregir ondulaciones o erosiones menores y asegurar condiciones adecuadas de tránsito.
Posteriormente, se compacta la superficie mediante rodillo o placa vibratoria para garantizar estabilidad y uniformidad.
No involucra aporte de material externo ni modificación estructural del camino público, limitándose al mantenimiento básico del tramo de acceso.
En caso necesario, se implementan medidas de control de polvo como riego o aplicación de supresores.
Montaje Una vez habilitado el terreno y establecidos los poyos y losas de hormigón, se procede a la instalación de los contenedores de baterías y centros de transformación, respectivamente.
Estos son adquiridos como container de 20 pies o similar, proporcionados directamente de fábrica, por lo que su instalación en el área consiste en un emplazamiento sencillo sobre el terreno nivelado e instalados sobre las fundaciones (poyos y/o losa), lo que requiere del uso de una grúa para el montaje.
Puesta en Marcha Se realizan pruebas eléctricas a cada equipo instalado de manera individual, con el fin de asegurarse que la instalación de los equipos se ha hecho de acuerdo a lo estipulado por el fabricante y detectar desperfectos específicos previos a la Puesta en Servicio.
Posterior a ello, y una vez terminadas las obras de construcción del Proyecto, se retira la instalación de faenas, y, todos los elementos ajenos que no sean necesarios para operar.
Se toman acciones para readecuar las áreas intervenidas posterior a su desmantelamiento en caso de ser necesario.
Uso de Maquinaria y Equipos
Para la FASE constructiva se utilizan las maquinarias, vehículos y equipos que permitan desarrollar las distintas actividades de construcción del Proyecto.
A continuación, se listan los principales.
Maquinarias
Grúa;
Camión grúa;
Manitou;
Cargador frontal;
Retro excavadora;
Rodillo Compactador;
Compactadora manual;
Bob Cat;
Bulldocer;
Vehículos
Buses;
Camionetas 4x4;
Camión hormigonero o mixer (10 m3); Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
- Camión tolva (12 ton, 12 y 20 m3); - Camión rampa baja (30 y 50 ton); - Camión tanque (combustible 10 m3); - Camión aljibe de capacidad 20 m3; - Camión limpia fosa de capacidad 20 m3
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.148, Tabla 56. Uso de maquinaria en la FASE de Construcción, de la ADENDA. Transporte
El transporte de suministros e insumos se realiza mediante camiones simples que utilizan rutas públicas hasta el acceso principal del Proyecto.
El transporte del personal se realiza en forma diaria, desde un punto común a definir hasta las dependencias del Proyecto, y al término de la jornada de regreso al punto común.
Esto se realiza mediante buses contratados para este fin, con una capacidad aproximada de 45 pasajeros, los que deben cumplir con todas las normas respectivas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.146, Tabla 52. Actividades de transporte asociadas a la FASE de construcción, de la ADENDA.
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Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.146, Tabla 52. Actividades de transporte asociadas a la FASE de construcción, de la ADENDA. Insumos y Materias Primas
Suministro Eléctrico
La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones es obtenida mediante dos grupos electrógenos de 33 kVA para la instalación de faena, que son de carácter temporal.
Los grupos electrógenos (2) que abastecen de energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena durante la Construcción y Cierre.
Abarcan una superficie de 4,83 m2 cada uno y tienen una capacidad de 33 kVA, siendo uno de funcionamiento principal y otro de respaldo.
Los grupos electrógenos en su diseño presentan sistema de contención (base impermeabilizada con pretiles antiderrames) y carcasa de insonorización.
Estos grupos tienen un funcionamiento durante toda la jornada laboral (8 hrs / 5 días a la semana).
Combustible
La provisión de combustible para la maquinaria es abastecida en obra por medio del estanque de combustible y zona de carga especialmente dispuestos para ese fin, que cumplen con el D.S. Nº160/2008 Reglamento de Seguridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones posteriores.
La zona de carga constara con una estación de servicio móvil con 1 estanque fabricado en acero al carbono con protección antioxidante y de aproximadamente de 6 m3.
El mismo debe disponer de una válvula de ventilación, válvula de bola para succión y un prefiltro de aspiración, así como una sonda de nivel para saber en todo momento la cantidad de diésel que queda.
Este estanque más su zona de carga tienen una superficie de 23,89 m2. Se mantiene una distancia mínima de 3 metros entre los muros de contención o pretil y el límite de la propiedad.
Este pretil puede ser de construcción soldada, fabricado en plancha de acero ASTM A 36, bajo norma UL, para unas dimensiones de 2,5x3 m con una profundidad de 0,5 m, suficiente para soportar su volumen más un 10%.
Hormigón
El Proyecto, estima un requerimiento máximo de aproximadamente 504 m3 de hormigón, sin embargo, este no posee una taza de consumo diario ya que se utiliza según cronograma.
El objetivo del hormigón a utilizar es para las fundaciones de las obras permanentes del Proyecto, al igual que para realizar los Poyos y lozas que permiten la infiltración de áreas que pueden contener contaminantes y sirven de apoyo para sostenerlos.
El hormigón por utilizar en las fundaciones de las obras permanentes será provisto por camiones mixer. Cabe precisar que en la instalación de faena no se produce hormigón, por ende, este es adquirido a empresas que cuenten con las debidas autorizaciones para su comercialización, donde desde un proveedor cercano son llevados al Proyecto a través de camiones mixer (de hasta 10 m3).
El conductor del camión utiliza los elementos de protección personal (EPP) exigidas para ingresar a la obra.
Es importante mencionar que se solicita al proveedor de hormigón, que los áridos utilizados en su fabricación cumplan con las autorizaciones municipales y el Informe técnico favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, así como las autorizaciones ambientales respectivas.
Áridos
La cantidad total de áridos a utilizar estimada es un total de alrededor de 963 m3 de áridos, estos al igual que el hormigón, se utilizan según actividades de cronograma, no teniendo un consumo diario ni mensual estándar.
Se señala a la autoridad, que en caso de requerir áridos y éstos son extraídos desde cauce natural, se exige que el proveedor de áridos, presente el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva y el Informe Técnico Favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas; y, si la empresa proveedora ingresó al SEIA, el Titular le exige la RCA, el Informe Técnico Favorable Anual de la Dirección de Obras Hidráulicas y el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva, que lo habilita para desarrollar las faenas de extracción durante el año, todo lo cual es remitido a la autoridad ambiental y a la Dirección de Obras Hidráulicas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Si se utilizan los áridos es principalmente como relleno de zanjas y actividades de excavación, principalmente, sin embargo, se pueden usar dentro de los caminos interiores de ser necesario con el fin de emplazar el Proyecto.
Agua Potable
Se cuenta con estanques de agua potable para almacenar el agua a utilizar en los lavamanos y las duchas.
Se disponen de un total de 100 litros por persona de agua.
Se estima un consumo máximo aproximado de 6,75 (m3/día) en el período de dotación máxima de personal, durante la FASE de Construcción, es decir, 45 personas máximo, lo que corresponde a un total de 135 (m3/mes), y un consumo de 810 (m3/año).
La fuente de abastecimiento para el agua potable es mediante camiones aljibes, los cuales son la normativa vigente establecida en la Norma Oficial Chilena Nº409/Of.05, “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 del D.S. N°594/1999 y en el D.S. Nº735/1969, “Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano”, ambos del Ministerio de Salud.
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.139 Tabla 49. Recurso hídrico según cantidad, periodo y uso, de la ADENDA.
Agua Industrial
Respecto al consumo de agua industrial requerido será de alrededor de 483,5 m3 para la FASE de Construcción.
El agua es suministrada en camiones aljibe obtenida de parte de proveedores que cuenten con los correspondientes permisos de extracción y sanitarios, lo que es informado trimestralmente a la autoridad durante la FASE de Construcción.
Se dispone de 2 estanques de 21 m3 los que están en condiciones sanitarias adecuadas, y son abastecidos cuando sea necesario, o cuando no se cumplan las condiciones sanitarias requeridas se hace un recambio del agua.
Servicios Higiénicos
El número de baños químicos para el número de trabajadores de la FASE de Construcción es de 3 baños.
Se da limpieza y retiro de las aguas servidas 2 veces por semana.
Los baños químicos tienen un emplazamiento de 6 meses dentro del Proyecto, en la FASE de Construcción..
El trasporte se realiza por la empresa autorizada de los mismo, al igual que las FASE Origen (pozo/Otro) Periodo Consumo (l/s/día) CONSTRUCCIÓN Consumo Domestico Camiones Aljibes 9.00 - 18.00 0,08 Humectación Camiones Aljibes 9.00 - 18.00 Se incluye en la utilización de agua industrial Industrial Camiones Aljibes 9.00 - 18.00 0,56 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
limpiezas y su mantención durante las Fases de Construcción..
El retiro del agua servida se contrata a una empresa externa que cuente con la capacidad y cumpla con toda la normativa vigente para desarrollar este trabajo.
Alimentación
La alimentación de los trabajadores corre por cuenta de cada uno o en colaciones preparadas que son encargadas a una empresa externa, la cual debe cumplir con toda la normativa vigente y las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos.
Alojamiento
El Proyecto no contempla la construcción ni implementación de un campamento, por lo que los trabajadores no pernoctarán en el área del Proyecto.
Recursos Naturales Renovables Flora
Las áreas corresponden a zonas de plantación exótica de Eucalyptus globulus ubicadas en el sector de instalaciones y camino de acceso del Proyecto. La intervención se realiza únicamente en las áreas estrictamente necesarias para la habilitación de dichas obras.
La intervención total corresponde a 0,028 ha de plantación exótica, desglosadas en 0,006 ha para las instalaciones y 0,022 ha para el camino de acceso. No se extrae recursos vegetaciones adicionales ni de forma anual.
Se realiza la demarcación del área de corta, seguida del descepado de tocones y la preparación del suelo para las obras del Proyecto. Las actividades son ejecutadas por personal capacitado y en concordancia con las medidas de protección establecidas por CONAF.
La intervención se realiza en el predio LT 1 A1 Los Maquis de Pelequén, comuna de Malloa, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, con punto de acceso principal en las coordenadas N: 6.184.054,32 – E: 326.237,36 (UTM, Datum WGS84, Huso 19S), específicamente en la siguiente área de corta:
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Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta Ubicación y Cantidad de Recursos Naturales Renovables a extraer, Figura 54. Área de corta de Plantación Exótica, de la Adenda.
Suelo La cantidad total de suelo a remover en las labores de movimiento de tierra son 5.090 m3, entre escarpe y excavaciones.
El lugar de explotación es dentro del Proyecto, en el cual se hace un escarpe de la Instalación de faenas, Área de acopio temporal, Área Equipos de Patio, Caminos Internos e Instalaciones complementarias Subestación.
Mientras que se excava en las áreas del Cerco perimetral, Cerco subestación, CTIN, baterías, Zanjas Línea soterrada de interconexión y las Zanjas BT y MT. Estas se grafican en la siguiente Figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta Ubicación y Cantidad de Recursos Naturales Renovables a extraer, Figura 55. Áreas por excavar y escarpar, de la Adenda.
Las excavaciones y escarpes del suelo se realizan mediante el uso de maquinaria mecánica.
El material resultante es reutilizado principalmente para el relleno de las zanjas y de la LTE, una vez instalados los respectivos cableados, y, de ser necesario, para la nivelación y mejora de los caminos internos del Proyecto.
Con el fin de mantener la estructura original del suelo, durante el proceso de excavación se separa la capa más superficial (horizontes A y B) del resto del material proveniente de mayores profundidades (material parental y/o roca en distintos grados de meteorización).
La reposición del suelo se efectúa en el mismo orden en que fue retirado, disponiendo los horizontes A y B únicamente al final del proceso de relleno, asegurando así la preservación de la estructura edáfica original y sus propiedades naturales.
Emisiones y Efluentes Emisiones a la Atmósfera
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en la sección anterior (ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto. Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta al PDA del Valle Central.
En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades.
Residuos, Productos Químicos y Otras Sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Sustancias Peligrosas
Se requieren aceite y grasa lubricantes, principalmente, para ser utilizados en las actividades de construcción y en la mantención de maquinarias.
Estas sustancias son suministradas por una empresa debidamente autorizada y la cantidad total mensual de las mismas es de aproximadamente 0,02 ton/mes.
Las sustancias peligrosas son almacenadas en la Bodega de Sustancias Peligrosas que se implementa en la instalación de faena.
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.145 Tabla 51. Cantidad requerida por unidad de tiempo, de la ADENDA.
Respecto a la forma de almacenamiento, la bodega es rellenada con tambores etiquetados con la sustancia, cuando la bodega posea un número de tambores que ocupe el 70% de la capacidad de almacenamiento, se coordina el transporte hacia su disposición final. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Este es mediante una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, y llevados a su lugar de disposición final que también deber cumplir con toda la normativa vigente para su funcionamiento.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Medidas de Abatimiento
Para las actividades de movimiento de tierra se realiza la actividad de humectación previo a la excavación de ser necesario. A los caminos internos del Proyecto, y, al camino de acceso exterior y existente se les adiciona un agente supresor de polvo, permazyme o similar, con una eficiencia de reducción de material particulado equivalente a un 90%.
Se genera un registro de control del programa, en donde se incluye la fecha, el lugar, la patente del camión, la hora, los controles de supervisión y prevención y por último alguna observación del proceso.
Por otro lado, una vez terminada la FASE ya sea construcción o cierre, se genera un Informe de aplicación del supresor de polvo, el cual es enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en donde se incluye el desarrollo de la medida de control, reportando los medios de verificación de las aplicaciones del supresor. Los medios de verificación son los siguiente.
• Factura o contrato emitido por el proveedor de servicio de implementación y mantención del supresor de polvo. • Registro de aplicación del supresor de polvo. • Registros fotográficos.
Emisiones de Ruido
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
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Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Construcción.
Estos resultados muestran que en el receptor R2 no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA durante la FASE de construcción del Proyecto, por lo que se requieren medidas de control.
A continuación, se presentan los niveles de ruido para la FASE de Construcción con las medidas de control ejecutadas.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en periodo diurno, en todos los receptores evaluados. Además, se cumple con el rango de seguridad de 3 dB(A) estipulado por la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
Medidas de Control
Los niveles de ruido generados en la FASE de construcción y cierre del Proyecto superan el límite establecido por el D.S Nº 38/2011 del MMA, al considerar un “contexto de condición más desfavorable” en el receptor R2. Por lo tanto, se debe implementar medidas de control de ruido para asegurar el cumplimiento normativo.
Medida de Atenuación por Inserción de Barrera Acústica La reducción que ejerce una barrera acústica corresponde a la pérdida por inserción y equivale a la comparación aritmética entre el nivel de ruido en el receptor sin la barrera y luego con la barrera.
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Para este caso, dado que son barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Bajo esta lógica, se requiere de la configuración de una zona en la cual se debe implementar una barrera modular de 2,4 m de alto, 4 m de longitud y con aletas de 1 m, de similar materialidad, frente a las fuentes que desarrollen actividades en la FASE de construcción y cierre y orientada hacia el receptor R2, ya que resulta necesario reducir las emisiones de ruido en este receptor cercano al Proyecto.
A continuación, se muestran los detalles de la barrera móvil a implementar:
Es importante destacar que la barrera es de carácter temporal y debe estar siempre frente a las fuentes que operen en las actividades de la FASE de construcción y cierre asociadas a la línea soterrada. La barrera debe ser ubicada con la cara interior de material fonoabsorbente enfrentando las fuentes emisoras y la cara exterior orientada hacia el receptor R2 a medida que los trabajos avancen a lo largo del trazado.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
A continuación, se detalla la zona en la cual se hace necesaria la implementación de la barrera móvil.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Vibraciones
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, el método de estimación del nivel de velocidad vibratoria está basado en la normativa FTA Transit Noise and Vibration Assessment Manual, de la FTA de Estados Unidos.
De los resultados de las tablas anteriores se aprecia que se genera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
incumplimiento del límite por molestia en humanos en el receptor sensible R2, por lo que se requieren medidas de control. Por otro lado, se cumplen los límites por daño estructural establecidos por la guía técnica FTA en todos los receptores.
A continuación, se presentan los niveles de vibración para la FASE de Construcción con las medidas de control ejecutadas.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
De acuerdo con los resultados obtenidos se concluye que se produce cumplimiento, en todos los receptores, a los límites por molestia de la guía técnica FTA, al implementar la medida de control de vibración. El cálculo de estos valores junto a las distancias fuente-receptor se encuentra en el Apéndice 13 del ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Medidas de Control
Área de restricción Para evitar generar un impacto por vibración en el receptor que presentó incumplimiento, se propone como medida de control aumentar la distancia fuente-receptor hacia una zona de trabajo seguro donde el rodillo pueda operar. Utilizando la ecuación (10) del presente Informe, se calcula una distancia de seguridad que tiene que ser de al menos 27 m para el rodillo compactador desde los receptores, medidas desde el deslinde del predio. Lo anterior permite generar un área de restricción para la operación de esta maquinaria, tal como se detalla a continuación:
Fase de Construcción
En la siguiente figura, se ilustran estas áreas de restricción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria
Es importante destacar que, al estar restringido el uso del rodillo dentro de esta área, se deber utilizar una placa compactadora (Vpp = 0,003 [in/s]) en su reemplazo con el objetivo de desarrollar las actividades necesarias de la FASE constructiva del Proyecto. Por lo tanto, las maquinarias para la FASE de Construcción quedarían de la siguiente manera:
Residuos Líquidos
Residuos líquidos domésticos
Los residuos líquidos generados en la FASE de Construcción son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.155, Tabla 64. Residuos Líquidos FASE de Construcción, de la ADENDA.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulos 4, 5, 6 y 9 del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Contenedores de almacenamiento de energía por baterías El Proyecto contempla la instalación y operación de 80 unidades de contenedores de almacenamiento de energía por baterías de ión-litio, asociadas a 16 centros de transformación. La capacidad unitaria de cada contenedor de batería será de 5.015 kWh.
Centros de Transformación (CT) La función de los centros de transformación es elevar la tensión de salida desde los PCS hasta la red de media tensión del Proyecto a través de un transformador de potencia y las celdas de MT. Cada centro de transformación esta interconectado con 5 sistemas contenedores de baterías, dando lugar a una capacidad de almacenamiento de 25.075 kilo watt hora (en adelante “kWh”). Cada uno contempla una superficie de 14,77 m2.
Cerco perimetral El Proyecto considera un cierre perimetral que permite resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros.
Se cuenta con un cierre perimetral permanente con una altura mínima de 2,1 metros, que engloba la totalidad de las instalaciones asociadas al Proyecto.
Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, bobinas y otros restos de materiales, y se estima una generación de 1,67 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos son almacenados en la bodega de Residuos Industriales No Peligrosos ubicada en la instalación de faenas.
Bodega de Residuos Domiciliarios Corresponde a una bodega con superficie de 31,24 m2.
Los contenedores de almacenaje se segregan en: plástico, papel y cartón, madera, vidrios, metales y orgánicos.
Esta instalación sirve de apoyo durante la FASE de Construcción del Proyecto, y, se mantiene para la FASE de Operación, pudiendo almacenarse temporalmente los residuos generados como consecuencia de las actividades de mantención de la subestación y de las áreas de almacenamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Bodega de Residuos Peligrosos La Bodega de Residuos Peligrosos tiene una superficie de 31,24 m2 aproximadamente, y, posee la identificación correspondiente, con su nombre y con los rombos de seguridad que identifique los tipos de Residuos Peligrosos que contenga en su interior.
Cuenta con un radier de hormigón impermeabilizado, con bermas y pretiles antiderrames.
En su totalidad, la bodega tiene una capacidad de almacenamiento de un 120% del contenedor de mayor volumen y recipientes para conducir el derrame.
Estacionamiento de vehículos livianos Existe un área que es utilizada como estacionamiento de vehículos livianos, tales como camionetas y algunos camiones pequeños o medianos que llevan o retiran insumos, materiales o residuos.
Cuenta con una carpeta de gravilla y está debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fin.
Esta área se mantiene durante todas las Fases del Proyecto, considerada como obra permanente y posee una superficie aproximada de 90 m2.
Garita de Acceso Para controlar el ingreso al Proyecto se contempla una garita de acceso a la totalidad del Proyecto, con su respectivo baño químico durante la FASE de Construcción y Cierre.
Durante la FASE de Operación, la garita no cuenta con personal permanente. Esta garita utiliza una superficie de 4,84 m2, permaneciendo como obra permanente durante la Operación del Proyecto.
Estanques de agua contra incendios Se dispone de un estanque de agua para el adecuado manejo ante una emergencia, ubicado al nororiente del área de Proyecto. Posee una capacidad de 100 m3.
Se elabora un Plan de Emergencia (ver ANEXO 6 de la ADENDA) que incluye un sistema de combate de incendios y control de derrames, y que especifica el modo de proceder.
Subestación Elevadora El Proyecto considera una subestación elevadora que contiene equipos de patio de una configuración que eleva el voltaje de 33 kV hasta los 66 kV, lo que permite recibir y evacuar la energía desde el sistema de almacenamiento hasta la subestación Pelequén por medio de la línea de transmisión eléctrica soterrada, la que tiene aproximadamente 353,76 m de longitud.
Sala de Equipos y Control La Sala de Equipos y Control, tiene una superficie aproximada de 150,66 m2, y, corresponde a la instalación donde se controla el almacenamiento de energía, la cual cuenta con el centro de control del Proyecto, lugar donde se realiza el control tele-comandado y monitoreo, permitiendo la operación del sistema de almacenamiento de energía, y dando las alertas en caso de que exista alguna contingencia durante la FASE de Operación del Proyecto.
Grupo Electrógeno Aledaño a la Sala de Equipos y Control, durante la FASE de Operación, se considera un grupo electrógeno de emergencia de 150 kVA.
Este grupo generador opera sólo en caso de emergencia para alimentar cargas esenciales como iluminación, comunicaciones, control, protecciones y sistema de videovigilancia.
Estanque de Agua Potable El Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable que es de carácter permanente, el cual sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación del Proyecto.
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El estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y se acumula el agua que es transportada mediante camiones aljibes autorizados, luego es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Fosa Séptica Durante la FASE de Operación, la gestión de aguas servidas domésticas se realiza a través de una solución sanitaria consistente en una fosa séptica, para lo cual se presenta la Actualización del ANEXO 8 de la ADENDA el Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°138. Esta se ubica a un costado de los servicios higiénicos, con una superficie de 2,48 m2 y tiene una capacidad de 2.5 m3.
Servicios Higiénicos Los servicios higiénicos para los trabajadores durante la FASE de Operación se encuentran aledaños a la Sala de Equipos y Control, y tienen una superficie de 14,64 m2 aproximadamente.
Estanque de agua y bomba de agua contra incendios SE Se dispone de un equipo con estanque de agua y adyacente sus bombas para el adecuado manejo ante una emergencia. Posee una capacidad de 200 m3.
El estanque y la bomba se encuentran ubicados aledaños al área de equipos de patio.
El agua es destinada a ser utilizada por el sistema de contención de incendios.
En el caso de los contenedores de baterías, es importante mencionar que cada contenedor cuenta con diversas medidas incorporadas para la prevención de una situación de incendio.
Línea de transmisión soterrada Para el almacenamiento y evacuación de la energía eléctrica, es por medio de una línea de transmisión soterrada de 66 kV, que cuenta con una configuración de circuito simple y que empalma en el paño de 66 kV de la subestación Pelequén. ésta tiene una longitud de 353,76 m.
La faja de seguridad, es decir, la porción de terreno a lo largo de una línea eléctrica que resguarda la seguridad de las personas y sus bienes se ha definido de 1 metro a cada lado de la línea, dado que será soterrada, alcanzando una superficie total de 705,09 m2.
Cerco perimetral subestación elevadora El área de equipos de patio de la subestación elevadora considera un cierre perimetral que permite resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros.
Se cuenta con un cierre perimetral permanente con una altura mínima de 2,1 m, que engloba la totalidad de las instalaciones asociadas.
Camino Interno El Proyecto cuenta con caminos internos que recorren la totalidad del Proyecto, de un ancho de 6 metros y sirven para el mantenimiento durante la FASE de Operación, permitiendo de esta manera el acceso a contenedores de baterías y a la LTE.
El material de la carpeta de rodado del camino está conformado por una mezcla de terreno natural y base granular.
Camino Externo El acceso principal al Proyecto se realiza a través de la ruta H-711 recorriendo 450 metros hacia el oriente hasta alcanzar un camino externo que se utiliza para el acceso al Proyecto SAE Argos.
El camino de acceso externo se extiende por 122,6 metros en dirección norte hasta la garita de acceso.
Zanjas de Interconexión Eléctrica Se contempla la ejecución de zanjas de baja tensión (BT) que realizan la interconexión eléctrica entre los contenedores de baterías y los centros de transformación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Las zanjas son proyectadas en los sectores aledaños a caminos internos, mientras que las zanjas para las conexiones en media tensión cuentan con un ancho máximo de 1,44 metros y una profundidad máxima de 1,45 metros.
Puesta en Servicio Una vez finalizado el emplazamiento de las instalaciones y sus conexiones eléctricas, se procede a la puesta en servicio, cuyo número de pruebas depende de los resultados que se vayan obteniendo.
Consiste básicamente en la energización, pruebas, almacenamiento e inyección de energía eléctrica en condiciones normales con el fin de garantizar la normalidad de funcionamiento de los equipos.
Para la FASE de Operación del sistema de almacenamiento de energía (BESS), el Proyecto establece un conjunto de medidas de seguridad y recursos de emergencia específicos, orientados principalmente a prevenir y controlar el riesgo de incendio, falla térmica y explosión de los contenedores de baterías.
Estas acciones están enmarcadas en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Proyecto.
A continuación, se detallan las medidas y recursos según el tipo de riesgo:
Riesgo de Incendio, Falla Térmica y Explosión Medidas de Seguridad Adoptadas: o Sistema de Detección Temprana: Cada contenedor de baterías está equipado con un sistema automático de alarma que incluye detectores de humo y calor para una alerta inmediata, así como un detector de gas inflamable que activa un sistema de ventilación de emergencia para evitar la acumulación de gases potencialmente explosivos. o Sistema de Supresión Primario (Gas): Al detectarse simultáneamente humo y calor, se activa un sistema de extinción por gas aerosol (NOVEC). Este agente limpio suprime el fuego rápidamente sin dejar residuos que puedan dañar otros componentes. o Sistema de Supresión Secundario: Como respaldo, cada contenedor posee un sistema de rociadores automáticos que se activan si la temperatura interna alcanza los 93°C. o Mitigación de Explosión: Se incorpora un sistema pasivo de "panel de venteo de explosión", diseñado para romperse y dirigir la fuerza de una eventual explosión hacia arriba, minimizando el riesgo de daños a contenedores adyacentes. o Prevención de Propagación: El diseño del sitio contempla una separación física de al menos 3 metros entre cada contenedor de baterías como medida preventiva para evitar fallas en cascada.
Recursos Tangibles en Terreno para Emergencias: • Equipamiento Interno: Cada uno de los 60 contenedores cuenta con los sistemas integrados de detección y supresión de incendios descritos anteriormente. • Reserva de Agua Exclusiva: El Proyecto dispone de un estanque de agua contra incendios con una capacidad de 100 m³, ubicado en el área de almacenamiento 1, destinado específicamente a dar apoyo a los equipos de emergencia, como Bomberos. • Extintores de Incendios: El sitio cuenta con extintores portátiles adecuados en número y tipo según los riesgos presentes, conforme a la normativa vigente.
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Riesgo de Fallas Eléctricas Medidas de Seguridad Adoptadas:
o Monitoreo y Control (BMS): Cada rack de baterías cuenta con un Sistema de Gestión de Baterías (BMS, por sus siglas en inglés), que monitorea en tiempo real variables críticas como temperatura, tensión y corriente. El BMS ejerce una función de protección por software ante sobretensiones o sobrecargas indeseadas que pudieran derivar en una falla. o Supervisión Centralizada (SCADA/EMS): La operación completa del BESS es monitoreada y controlada remotamente desde la Sala de Equipos y Control. Este sistema permite la detección de anomalías y la ejecución de acciones correctivas o de desconexión de manera inmediata para prevenir incidentes. o Recursos Tangibles en Terreno para Emergencias: Sistemas de Control: El hardware y software que componen el BMS, el SCADA y el Sistema de Gestión de Energía (EMS) son los recursos tangibles para la prevención y gestión de fallas eléctricas.
La duración de las actividades de puesta en marcha se detalla en el cronograma de la FASE de Construcción.
La actividad principal denominada "Puesta en marcha" tiene una duración estimada de un (1) mes.
Esta se desarrolla en el último mes de la FASE constructiva y se compone de dos subactividades principales, cada una también con una duración de un mes:
• Pruebas de puesta en marcha del Sistema de Almacenamiento. • Pruebas de puesta en servicio y energización de la Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) y la Subestación Elevadora (SE).
Adicionalmente, la DIA aclara en la descripción de la FASE de Operación que la puesta en marcha es una actividad que se desarrolla durante el primer año de operación, lo que sugiere que, si bien las pruebas iniciales y la energización concluyen en un mes, el proceso completo se extiende al inicio de la operación del Proyecto.
Operación del Sistema de Almacenamiento de Energía Posterior a la ejecución de las pruebas eléctricas y puesta en marcha, comienza la operación del sistema mediante el almacenamiento de la energía excedente del Sistema Eléctrico Nacional proveniente desde la Subestación Pelequén, así como la posterior inyección de la energía almacenada en los contenedores de baterías a través de la misma Subestación.
Ante riesgos de fallo o explosión en los contenedores de baterías, la estrategia de seguridad se inicia a nivel de cada unidad con un sistema de detección y supresión automatizado. Este sistema interno incluye detectores de humo y calor que activan una alarma temprana, un detector de gas inflamable que acciona un sistema de ventilación de emergencia para evitar la acumulación de gases, y un sistema primario de extinción por gas aerosol (NOVEC) que se descarga para suprimir el fuego rápidamente y sin dejar residuos.
Para mitigar el riesgo de explosión, cada contenedor posee un panel de venteo pasivo diseñado para liberar la sobrepresión hacia arriba, previniendo así la propagación del fuego a unidades adyacentes.
Como última línea de defensa interna, un sistema de rociadores de agua se activa automáticamente si la temperatura alcanza los 93°C.
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A nivel de diseño del sitio, se adopta como medida preventiva una separación física de al menos 3 metros entre cada contenedor para evitar fallas en cascada.
La operatividad del sistema se supervisa y controla de manera remota, permitiendo una respuesta inmediata ante cualquier anomalía.
La conexión del Proyecto a la red se realiza mediante una interconexión directa con el SEN en la Subestación Pelequén existente.
Para ello, el Proyecto contempla la construcción de su propia subestación elevadora, la cual eleva la tensión de 33 kV proveniente de los centros de transformación del sistema de almacenamiento hasta los 66 kV.
Desde esta subestación, la energía se transporta a través de una línea de transmisión eléctrica de alta tensión, la cual es de tipo soterrada, de circuito simple, con una tensión de 66 kV y una longitud aproximada de 353,76 metros, que empalma directamente en el paño de 66 kV de la Subestación Pelequén.
En cuanto al medio de desconexión que permite la separación segura de la red, ya sea por una falla o para realizar labores de mantenimiento, la subestación del Proyecto está equipada con varios dispositivos clave.
El elemento principal para la desconexión bajo carga es el interruptor de poder de 72,5 kV, del cual el Proyecto contempla dos unidades; este equipo es capaz de interrumpir la corriente de forma automática en caso de falla o de forma manual para mantenimientos.
Adicionalmente, para asegurar una aislación visible y segura durante las labores de mantenimiento, se instalan desconectadores tripolares que se operan una vez que el interruptor de poder ha abierto el circuito.
Finalmente, para garantizar la máxima seguridad del personal, la instalación también incluye desconectadores tripolares con puesta a tierra, los cuales permiten conectar la línea desenergizada a tierra antes de iniciar cualquier trabajo de mantenimiento.
Operación Salas de Equipos y Control La Sala de Equipos y Control corresponde a la instalación donde se controla el almacenamiento e inyección del sistema y la cual cuenta con el centro de control del Proyecto, lugar donde se realiza el control tele-comandado y monitoreo de todas las variables de funcionamiento, así como de realizar las comprobaciones y cálculos necesarios en tiempo real permitiendo su correcta operación, y dando las alertas en caso de que exista alguna contingencia durante la FASE de operación del Proyecto.
Dentro de esta instalación se considera que se ubican las oficinas de carácter permanente del Proyecto.
La operación del sistema de almacenamiento, incluyendo la inyección de energía, está diseñada para ser gestionada a distancia, lo que la DIA describe como un proceso "telecomandado y monitoreo".
El procedimiento para la inyección de energía no es un arranque manual, sino una respuesta a las condiciones del SEN.
El proceso se inicia cuando se requiere energía en la red, típicamente en momentos de alta demanda o baja disponibilidad de generación renovable.
La orden para comenzar la inyección se emite a través de los sistemas centralizados desde la Sala de Equipos y Control.
Esta orden instruye a los Sistemas de Conversión de Potencia (PCS o inversores) para que comiencen a descargar la energía de corriente continua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
(DC) almacenada en las baterías, la conviertan en corriente alterna (AC) y la inyecten a la red a través de los centros de transformación y la subestación elevadora del Proyecto.
El Proyecto cuenta con múltiples instrumentos y sistemas jerarquizados para el registro (monitoreo) y control de la operación, los cuales son:
• SCADA (Supervisory Control and Data Acquisition) y EMS (Energy Management System): Son las plataformas centrales de software que residen en un servidor local dentro de la Sala de Equipos y Control. Estos sistemas son los instrumentos principales para el control general, ya que centralizan la adquisición de datos de toda la planta, monitorizan las variables de funcionamiento en tiempo real, ejecutan cálculos y permiten emitir los comandos de operación. • BMS (Battery Management System): Es un instrumento de control y registro fundamental a nivel de cada rack de baterías. El BMS monitorea en detalle las variables internas de las baterías, como la temperatura, tensión de celda, corrientes, estado de carga (SOC) y estado de salud (SOH). Además, ejerce una función de protección por software ante sobrecargas o sobretensiones.
Sensores y Equipos de Medida en Terreno:
Para alimentar de información a los sistemas anteriores, el Proyecto utiliza una red de instrumentos distribuidos.
Esto incluye "cuadros de monitorización" que recogen señales de los equipos de campo. Ejemplos específicos de estos instrumentos mencionados en el documento son los detectores de humo, calor y gas inflamable dentro de cada contenedor BESS para el monitoreo de seguridad, así como los transformadores de potencial y de corriente en el patio de la subestación para la medición precisa de los parámetros eléctricos.
Almacenamiento de Energía Durante la FASE de Operación, el sistema de almacenamiento de energía (BESS) funciona bajo un principio de arbitraje energético para aportar flexibilidad y estabilidad al SEN.
La condición de entrada para almacenar o cargar las baterías se producirá durante los períodos de excedente de energía en el SEN, descritos en el documento como "horarios de alta penetración de energías renovables", "horas de mayor disponibilidad y baja demanda", o cuando existan "vertimientos".
Un ciclo de funcionamiento normal contempla que las baterías se carguen durante el día para captar esta energía excedentaria.
Por el contrario, la condición para entregar o inyectar la energía almacenada al SEN se da en los momentos en que el sistema lo requiera, es decir, durante los "momentos de menor penetración de energías renovables", en "horas de mayor demanda y baja disponibilidad", o cuando la generación nacional sea insuficiente para suplir la demanda. El escenario de descarga típico se describe como un período de 5 horas durante la noche.
En términos de operatividad, todo el proceso de carga y descarga es monitoreado y controlado de forma remota y tele-comandada desde la "Sala de Equipos y Control" del Proyecto, utilizando un sistema SCADA y un sistema de gestión de energía (EMS).
Control, mantención del Proyecto Respecto a las mantenciones, todas las instalaciones cuentan con un contrato de mantenimiento con una empresa especializada en este tipo de actividades durante su vida útil. Este contrato incluye la revisión cada 6 meses o anual preventiva de todas las instalaciones realizándose las intervenciones que fueran Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
necesarias para el correcto funcionamiento del sistema y el retiro de los residuos generados producto de dichas actividades.
Dentro de las actividades preventivas, se realiza una inspección general con una frecuencia mensual, que consiste en revisar el estado del gabinete, la ventilación y el cableado.
Semestralmente, se lleva a cabo una revisión de seguridad más profunda que incluye la limpieza de circuitos internos y ventiladores, así como el mantenimiento del sistema de refrigeración líquida para verificar el estado de bombas, ventiladores y la circulación del refrigerante. Anualmente, las tareas preventivas incluyen una verificación completa del sistema de conexión a tierra y las protecciones contra sobretensiones, además de una inspección del sistema de alarma contra incendios, comprobando detectores y módulos.
Por otro lado, el mantenimiento correctivo se activa cuando se detecta una falla específica o un componente requiere ser reemplazado. Estas acciones se realizan según sea necesario e incluyen el reemplazo de baterías que muestren signos de defecto o deterioro y la sustitución del líquido refrigerante si este presenta impurezas o ha perdido sus propiedades.
Todas las mantenciones del sistema de almacenamiento se realizan en periodos de 6 meses. Sin embargo, esto puede cambiar dependiendo, de si se presenta una eventualidad, donde se lleva a cabo una mantención de emergencia o un recambio de BESS.
Dentro de las actividades preventivas, la inspección general se realiza con una frecuencia mensual.
La revisión de seguridad más profunda se realiza de forma semestral, al igual que el mantenimiento de refrigeración líquida.
La verificación completa del sistema de conexión a tierra y protecciones, además de la inspección del sistema de alarma contra incendios, se realiza con frecuencia anual. Por otro lado, el mantenimiento correctivo se realiza según sea necesario.
Las mantenciones de la Subestación Elevadora incluyen actividades preventivas y correctivas, como inspecciones visuales de equipos (transformadores, interruptores, pararrayos), verificación de conexiones eléctricas, medición de niveles de aceite dieléctrico, limpieza de áreas operativas, retiro de nidos de aves o residuos biológicos, pruebas funcionales de sistemas contra incendios y monitoreo de condiciones sísmicas según IEEE 693.
Estas mantenciones se realizan con frecuencia bianual o cada 6 meses, sin embargo, para las actividades preventivas (inspecciones generales, limpieza) se hacen mensualmente a través de SCADA.
Las mantenciones de la LTE, estas se dividen en 2 grandes grupos, uno de mantenimiento preventivo, el cual corresponde a trabajos que pretenden identificar condiciones que pueden provocar una falla en la línea eléctrica de 66 kV.
En general, se realiza un recorrido completo de la instalación poniendo énfasis en los siguientes aspectos:
• Conductores: Se inspecciona visualmente el estado general de los conductores y sus empalmes. • Franja de servidumbre: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Se controla el crecimiento de la vegetación que pueda generar raíces en el área de seguridad.
En general, se lleva un estricto control del comportamiento de los distintos componentes de la línea eléctrica para elaborar estadísticas de vida útil y detectar puntos de conflicto.
El segundo corresponde al mantenimiento correctivo de la LTE, este, corresponde a trabajos de recuperación de servicio por eventos no previstos como sismos, condiciones meteorológicas extremas o actos vandálicos, las cuales requieren de una atención oportuna para cumplir con la máxima indisponibilidad permitida por la normativa vigente.
Se toman todas las medidas necesarias para minimizar el tiempo de llegada a la zona de trabajo y la disponibilidad de los materiales y herramientas necesarias para realizar la reparación.
Las actividades de mantenimiento incluyen la inspección visual y limpieza de arquetas, ductos y otros accesos; la revisión de señalizaciones; y la verificación del correcto marcado de los conductores.
También se realizan pruebas periódicas, como la medición de la resistencia del sistema de puesta a tierra con un telurómetro y la comprobación del aislamiento de los conductores para detectar posibles fallas o ingreso de humedad.
La realización de los mantenimientos preventivos se realiza por una cuadrilla de trabajadores 2 veces al año.
Mientras, que el mantenimiento correctivo se llevara a cabo cuando el sistema lo requiera por los daños o problemas que pueda llegar a tener el Sistema de Almacenamiento.
El Proyecto no contempla un plan permanente de mantención de caminos internos durante la FASE de Operación, dado que estos son habilitados durante la FASE de Construcción y el tránsito proyectado en operación será mínimo.
No obstante, durante las revisiones generales del Proyecto, las cuales están programadas para ser dos veces al año, se evalúa el estado de los caminos, verificando la existencia de eventuales daños, acumulación de sedimentos o erosión producto de lluvias u otras condiciones climáticas.
En caso de detectarse deterioros que comprometan la transitabilidad o la seguridad de las instalaciones, se realizan labores puntuales de reparación y perfilado del terreno.
Estas actividades, al ser esporádicas y correctivas, no generan insumos, suministros ni residuos significativos, limitándose a mantener las condiciones originales de los caminos internos.
Tipo de actividad de mantención Frecuencia Productos e insumos por utilizar para dicha actividad Tratamiento y disposición de los residuos sólidos provenientes de las mantenciones Tratamiento y disposición de las emisiones y efluentes provenientes de las mantenciones Comprobación de cableado y conexiones Cada 6 meses Se consideran herramientas especializadas, repuestos Los residuos asociados a estas actividades, se proyecta la generación de aceites y trapos No se consideran efluentes de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Revisión general de los centros de transformación: Cada 6 meses electrónicos, filtros, lubricantes (en caso de requerirse), materiales de limpieza, elementos de protección personal (EPP), entre otros.
Los cuáles son responsabilidad de la empresa que realice las mantenciones contaminados, envases y otros residuos menores.
Estos son gestionados conforme a lo establecido, bajo procedimientos de clasificación, almacenamiento en contenedores habilitados y disposición a través de gestores autorizados para los tipos de residuos que se generen. mantenciones.
Por otra parte, respecto a las emisiones electromagnét ica, por la ingeniería de la línea soterrada y el transformador cumple con la normativa internacional, han sido diseñados para evitar el efecto electromagnét ico y maximizar la seguridad en su área de influencia.
Finalmente, para las emisiones de ruido y vibraciones, estas se encuentran en los límites, además que las mantenciones no incrementan ni disminuyen dichas emisiones. Control y mantención de baterías y PCS 2 veces al año Mantenimiento Preventivo Líneas Eléctricas 2 veces al año Mantenimiento Correctivo Línea Eléctrica 2 veces al año Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.175 de la ADENDA.
Transporte de personal y otros Durante la FASE de Operación, se requiere transportar insumos y personal sólo cuando sea necesario (visitas puntuales y esporádicas).
Como medios de transporte se utilizan vehículos livianos (transporte de personal) y camiones (insumos, residuos, limpia fosas).
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Suministros e Insumos Suministro eléctrico
La energía requerida para el funcionamiento del área de instalaciones es obtenida desde la energía almacenada por el Proyecto. Adicionalmente se considera un grupo electrógeno de emergencia de 150 kVA.
Aledaño a la Sala de Equipos y Control, durante la FASE de Operación, se considera un grupo electrógeno de emergencia de 150 kVA.
Este grupo generador opera sólo en caso de emergencia para alimentar cargas esenciales como iluminación, comunicaciones, control, protecciones y sistema de videovigilancia.
Agua potable
Durante la FASE de Operación del Proyecto, el suministro de agua potable es provisto por empresas contratistas debidamente autorizadas, cumpliendo con los requisitos establecidos en el D.S. N°594/2000 del MINSAL y la NCh 409/01 Of. 2005, que regulan la calidad y condiciones sanitarias del agua potable a nivel nacional.
El Proyecto contempla la instalación de un estanque permanente de agua potable con una capacidad de hasta 20 m3, el cual se ubica a un costado de los servicios higiénicos adyacentes a la Sala de Equipos y Control.
Este estanque es abastecido mediante camiones aljibe autorizados, y el agua es posteriormente impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo interno.
En cuanto al volumen de consumo, se estima un requerimiento diario de 0,7 m3, lo que se basa en una dotación máxima de 7 trabajadores, con un consumo individual de 100 litros por día.
Esta cantidad garantiza el abastecimiento adecuado para todas las actividades Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
sanitarias y de higiene personal del personal en faena.
Por lo tanto, el suministro de agua potable esta adecuadamente resguardado tanto en volumen como en calidad, siendo la frecuencia de llenado determinada según la capacidad del estanque y el consumo diario estimado, previendo un reabastecimiento aproximadamente cada 7 días, o antes según sea requerido, durante las actividades de mantención del Proyecto.
Agua de Uso Industrial
Durante la FASE de Operación, solo se considera la utilización de agua industrial para el relleno del estanque de agua contra incendios, que estima una capacidad de 200 m3.
Debe ser revisado y llenado una vez al año, o luego de ser utilizado. Importante es mencionar que el agua utilizada no contiene componentes químicos ni detergentes además de evaporarse fácilmente, por lo que no se generan residuos líquidos en el lugar de aplicación.
Se dispone de un estanque de agua para el adecuado manejo ante una emergencia, ubicado al nororiente del área de Proyecto.
Posee una capacidad de 100 m3. Se elabora un Plan de Emergencia (ver ANEXO 6 de la ADENDA) que incluye un sistema de combate de incendios y control de derrames, y que especifica el modo de proceder.
Maquinarias, equipos y vehículos
Durante la FASE de Operación, se considera vehículos livianos para el transporte de personal que visita el Proyecto para la limpieza y mantención, además de camiones para transportar insumos y residuos.
Para su correcto desempeño, permanecen los estacionamientos de vehículos livianos.
Solo en caso de mantenciones extraordinarias o situación que lo ameriten, se pueden requerir vehículos más pesados como grúas o camiones de tamaño mayor.
Productos generados El Proyecto no considera la generación de productos, sino que el almacenamiento de los vertimientos de energía en el SEN, los que luego son inyectados al sistema en momentos de mayor demanda.
En este sentido, se plantea el almacenamiento y posterior inyección de 400 MWh (hasta 5 horas).
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Recursos naturales renovables Agua potable
Durante la FASE de Operación del Proyecto, el suministro de agua potable es provisto por empresas contratistas debidamente autorizadas, cumpliendo con los requisitos establecidos en el D.S. N°594/2000 del MINSAL y la NCh 409/01 Of. 2005, que regulan la calidad y condiciones sanitarias del agua potable a nivel nacional.
El Proyecto contempla la instalación de un estanque permanente de agua potable con una capacidad de hasta 20 m3, el cual se ubica a un costado de los servicios higiénicos adyacentes a la Sala de Equipos y Control. Este estanque es abastecido mediante camiones aljibe autorizados, y el agua es posteriormente impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo interno.
En cuanto al volumen de consumo, se estima un requerimiento diario de 0,7 m3, lo que se basa en una dotación máxima de 7 trabajadores, con un consumo individual de 100 litros por día. Esta cantidad garantiza el abastecimiento adecuado para todas las actividades sanitarias y de higiene personal del personal en faena.
Por lo tanto, el suministro de agua potable esta adecuadamente resguardado tanto en volumen como en calidad, siendo la frecuencia de llenado determinada según la capacidad del estanque y el consumo diario estimado, previendo un reabastecimiento aproximadamente cada 7 días, o antes según sea requerido, durante las actividades de mantención del Proyecto.
Agua de uso industrial
Durante la FASE de Operación, solo se considera la utilización de agua industrial para el relleno del estanque de agua contra incendios, que estima una capacidad de 200 m3.
Debe ser revisado y llenado una vez al año, o luego de ser utilizado. Importante es mencionar que el agua utilizada no contiene componentes químicos ni detergentes además de evaporarse fácilmente, por lo que no se generan residuos líquidos en el lugar de aplicación.
Se dispone de un estanque de agua para el adecuado manejo ante una emergencia, ubicado al nororiente del área de Proyecto.
Posee una capacidad de 100 m3.
Se elabora un plan de emergencia (ver ANEXO 6 de la ADENDA) que incluye un sistema de combate de incendios y control de derrames, y que especificará el modo de proceder.
Tabla 73. Uso recurso hídrico- FASE de Operación Actividad Origen (pozo/otro) Periodo Consumo (l/s) Consumo doméstico Camión aljibe autorizado / estanque 20 m³ Todo el año (ocasional) 0,0174 l/s (1,5 m³/día) Consumo industrial Camión aljibe autorizado (solo recarga anual del estanque contra incendios de 200 m³) Anual o post evento 0,0063 l/s (0,2 m³/día en promedio anual) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Otra información No se contempla otro consumo significativo Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.193 de la ADENDA.
Emisiones y Efluentes Emisiones a la Atmósfera
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
De acuerdo con lo presentado por el Titular en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, se presentan la emisión para la FASE de Operación con su respectiva actividad.
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto.
Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
al PDA del Valle Central.
En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite.
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades.
Para ello, se ha estimado el nivel de actividad y sus emisiones específicamente dentro del PDA.
De esta forma, en la siguiente tabla se presentan sus magnitudes.
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Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Emisiones de Ruido
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Operación, tanto diurno como nocturno.
FASE de Operación, Periodo Diurno.
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA para periodo diurno durante la FASE de operación del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
FASE de Operación, Periodo Nocturno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA para periodo nocturno durante la FASE de operación del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
Para la FASE de Operación no se consideran medidas de control de ruido, ya que los niveles de emisión se encuentran por debajo del límite del D.S. Nº38/2011 MMA.
Vibraciones
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, el método de estimación del nivel de velocidad vibratoria está basado en la normativa FTA Transit Noise and Vibration Assessment Manual, de la FTA de Estados Unidos.
Las proyecciones y la evaluación con respecto a los límites de la guía técnica FTA, se muestran a continuación:
De los resultados de las tablas anteriores se aprecia que, considerando los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
escenarios en cuestión, se da cumplimiento a los receptores sensibles definidos dentro del AIV, al evaluar la salud de los receptores humanos y daño estructural según los límites establecidos por la guía técnica FTA. El cálculo de estos valores junto a las distancias fuente-receptor se encuentra en el Apéndice 12 del ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Emisiones Campos Electromagnéticos
Durante la FASE de Operación, se producen emisiones electromagnéticas en la subestación elevadora y la Línea de Transmisión Eléctrica. En tal sentido, se cumple a cabalidad con normativa internacional (en general, comparado con estándares internacional ICNIRP y Resolución 77/98 de la República Argentina) respecto a la subestación elevadora y a la línea eléctrica, la cual, al ser soterrada, disminuye las emisiones de este tipo y disminuye su franja de seguridad, en consideración de la norma RPTD-N°07 “Franja y distancia de seguridad” para realizar su cálculo, en el cual se determina que la franja para el Proyecto corresponde a un ancho total de 1,2 metros, sin embargo, el Titular establece 3 metros totales de franja (1,5 por lado) para mayor seguridad y facilidad a la hora de montaje y desmontaje, así como las mantenciones. Para cumplir con las condiciones de inocuidad, es que no puede haber construcciones ni habitantes permanentes sobre esta franja.
De lo anterior, se observa el cumplimiento holgado de las emisiones electromagnéticas de la normativa vigente aplicable. Así, se descarta impacto significativo en términos de campo eléctrico y magnético que no afectarán la salud de la población.
Para mayor detalle consultar el ANEXO 3.3 de la DIA sobre Emisiones Electromagnéticas.
Residuos Líquidos
La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos de las Obras e Instalaciones SE (ver ANEXO 2 de la DIA) en la FASE de operación. A continuación, en la Tabla 4 se indica la cantidad de agua servida a generar en la FASE de Operación.
Para la FASE de Operación, se empleará la fosa séptica cercana a la Sala de Equipos y Control.
En la Tabla a continuación, se indican las coordenadas UTM de localización referencial de ambos sistemas sanitarios.
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Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.
Los lodos generados corresponden al tipo húmedos y son retirados por una empresa externa autorizada para tales fines según descrito en la letra e). Los residuos se disponen en un sitio autorizado.
En la Tabla 9, se indica la caracterización fisicoquímica de lodos.
La estimación de la cantidad de lodos generados se presenta a continuación, los que son retirados mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado. El Titular lleva un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.
Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos para la firma del contrato con las empresas que realizan el retiro y la disposición final. Esto aplica para la FASE de Operación.
Residuos, Productos Residuos Domiciliarios Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Químicos y otras Sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Estas instalaciones están compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros. Esta bodega queda de manera permanente en la FASE de Operación del Proyecto.
En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
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El Proyecto genera residuos sólidos domésticos, los cuales consisten básicamente en papeles, restos de comida, envoltorios, entre otros. Los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 5 días de trabajo al mes. En esta fase se han considerado 7 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto, 0,035 ton/mes.
Estos residuos son dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 200 litros de capacidad), para ser retirados por el personal hacia la Bodega de Residuos Domésticos.
El retiro de los residuos es por parte de una empresa autorizada y se lleva a cabo una vez finalizada la mantención respectiva, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Los contenedores de residuos asimilables a domésticos son cerrados y con capacidad aproximada de 200 litros, fabricados de HDPE o materiales similares.
En la Figura a continuación se presentan los tipos de contenedores que almacenan los residuos asimilables a domésticos.
Residuos Sólidos No Peligrosos
Durante la FASE de Construcción se habilita la instalación de faenas (IIFF) que constituye el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en obra. Estas instalaciones están compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros. Esta bodega queda de manera permanente en la FASE de Operación del Proyecto.
En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
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Los RISES considerados para la FASE de Operación corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del mantenimiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros. Estos, suman 0,58 ton/mes.
Durante la FASE de Operación, la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos asociada a las actividades de mantención son mínimas y son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos No Peligrosos permanente. Estos son retirados por el contratista una vez finalizadas las labores de mantención para ser dispuestos en lugar autorizado (una vez por semana, considerando el mes que contempla mantención).Tabla 1. Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en FASE de operación
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 2. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Tabla 3. Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos No Peligrosos
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Residuos Industriales No Peligrosos
El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realiza en contendores tipo pallets jaula.
En la Figura a continuación se presentan los tipos de contenedores para almacenar los residuos industriales no peligrosos.
Figura 1. Tipo Contenedores Residuos No Peligrosos
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Complementaria.
Residuos Peligrosos
La bodega de residuos peligrosos será el lugar donde se almacenan este tipo de residuos, provenientes de las mantenciones a realizar durante cada FASE del Proyecto.
Se contempla una bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas que se utiliza en todas las Fases del Proyecto (permanente).
El Área de la Bodega de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas contempla una superficie de 31,24 m2.
Es construidas sobre un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 120% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame.
Los residuos están debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de las Bodegas en conformidad al D.S 148/03 del MINSAL.
El transporte de estos residuos es realizado por una empresa autorizada y en sitios autorizados y que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud.
La ubicación de la bodega se indica en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., para la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas.
Tabla 4. Coordenadas localización referencial Bodegas de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Figura 2. Plano Planta y Elevación Bodega de Residuos Peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
La Figura 2 muestra la ubicación de la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas. Figura 3. Localización Bodega de Residuos Peligrosos de la Instalación de Faenas
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de operación del Proyecto es de 0,15 ton/mes, y consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas, la cual permanece durante toda la vida útil del Proyecto.
El retiro de estos residuos es cada 6 meses como máximo, coincidiendo con las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
mantenciones al Proyecto, y, en caso de que no se pudiera, son transportados por una empresa autorizada a algún sitio de disposición final autorizado.
Tabla 5. Residuos Peligrosos generados en la FASE de Operación
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Sustancias Peligrosas
Durante la FASE de Operación del Proyecto, las labores de mantención del sistema de almacenamiento BESS son ejecutadas por empresas contratistas especializadas, responsables del suministro, transporte y manejo de los insumos requeridos para dichas actividades.
De esta forma, el Titular no efectúa directamente la adquisición de estos materiales, sino que estos son provistos por los técnicos acreditados que realicen cada intervención programada.
En relación con los insumos peligrosos, estos corresponden a materiales que pueden generar residuos peligrosos conforme a la Lista A III del Reglamento RESPEL y lo descrito en el ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Dentro de este grupo se incluyen:
• Aceites lubricantes y dieléctricos. • Solventes industriales. • Aerosoles para limpieza o refrigeración. • Trapos contaminados con hidrocarburos. • Filtros saturados. • Envases con restos de sustancias químicas. • Pilas o baterías menores de respaldo.
Tras su utilización, estos insumos pueden presentar características de peligrosidad tales como toxicidad aguda, toxicidad crónica e inflamabilidad, estimándose una generación aproximada de hasta 0,15 toneladas mensuales de residuos peligrosos durante los períodos en que se ejecuten mantenciones.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre Capítulos 4, 5, 6, 9, 10 y 11 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
esta FASE.
4.3.3. FASE DE CIERRE Habilitación de la instalación de faenas Corresponde a la habilitación de un área para instalaciones de contratistas. Esta se lleva a cabo de forma similar a lo presentado en la FASE de Construcción descrita en este Capítulo.
El área de emplazamiento de la instalación de faena es la misma considerada para la FASE de Construcción.
Desmantelamiento de la Infraestructura Durante la FASE de Cierre se realiza el retiro de todas las estructuras, es decir, el desmantelamiento de los sistemas de cableado, hormigón, centros de transformación, etc.
Respecto a los contenedores de baterías, estos son trasladados hasta un sitio de reciclaje/valorización o disposición final autorizado.
El Titular sigue las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N°20.920/2016 del MMA, y declara las baterías a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), según corresponda.
El Titular compromete, ante la autoridad, que el reciclaje y las metas de recolección y valorización baterías, establecidos en el Articulo N°23, se realizan a través de gestores autorizados y una vez sea publicado el Decreto en el Diario Oficial.
El Titular se compromete a cumplir con las metas de recolección y valorización de las baterías una vez sea publicado el Decreto Supremo en el Diario Oficial.
Adicionalmente, se realizan labores de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado caminos y en el área de instalaciones. En términos generales, el desmantelamiento de las distintas instalaciones se realiza evitando su daño, con el propósito de poder priorizar su reutilización, reciclaje o eventualmente, su donación.
Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante el Proyecto o actividad. Es importante indicar que los contenedores de las baterías son instalados sobre poyos de fundación en el suelo para crear el soporte a estas instalaciones.
Con lo anterior, la perturbación al suelo esta acotada a los puntos de anclaje de los poyos, los que, al ser retirados, se rellena el suelo, con lo que no se prevén restauraciones de la morfología del suelo relevantes.
Se realiza un proceso de limpieza y descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (instalaciones) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo.
Es importante aclarar que la compactación en la FASE de Construcción, en estas áreas acotadas, se realiza de manera controlada con la finalidad, por un lado, de minimizar el riesgo de erosión por falta de cohesión y/o excesivo esponjamiento del material removido y, por otro lado, se evita el exceso de compresión, para reproducir condiciones físicas similares a las originales del material removido, por lo que, a partir de esto, en la FASE de Cierre, se realiza un proceso de descompactación para devolver la estructura y aireación del suelo.
Adicionalmente, es importante indicar que no hay modificación en la geoforma o morfología del suelo, ya que las obras del Proyecto están diseñadas para no invertir los horizontes de suelo durante el proceso de tapado de las zanjas, considerando que, durante el proceso de excavación, la sección más superficial del suelo removido (horizonte A y B) es conservada separadamente del resto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
del material proveniente desde mayores profundidades (material parental y/o roca en diferentes grados de meteorización), de este modo la excavación se sellará con el horizonte A y B, para no alterar el orden original de los horizontes del suelo.
Por último, el Titular se compromete a remover todo tipo de estructuras y obras que hayan sido construidas y utilizadas por el Proyecto. Esto considera la remoción de las zanjas y cableado subterráneo extrayendo el material presente (circuitos, canaletas, etc.) y que de este modo el suelo conserve sus propiedades productivas.
El objetivo de estas acciones de restauración es lograr que las condiciones físicas del suelo se asemejen a su estado basal, lo que favorece su productividad y la reincorporación natural de vegetación herbácea y microbiota del suelo.
Dado que el área del Proyecto corresponde a una zona de uso agrícola y no existen especies arbóreas o formaciones boscosas relevantes, no se considera necesaria una reforestación, pero sí una restauración funcional que asegure el uso futuro del suelo.
En cuanto a los sitios de referencia para la restauración, se utiliza el entorno inmediato no intervenido como línea base visual y ecológica, adicionalmente y como parámetro edafológico del éxito de la medida de cierre se consideran los parámetros establecidos en la línea base de suelo presentada en el ANEXO 8.1 de la DIA.
Esto permite contrastar visualmente y con parámetros reales el estado del suelo restaurado con las áreas circundantes no afectadas por la intervención, asegurando una inserción armónica en el paisaje rural del sector.
Los verificadores de desempeño para estas acciones de restauración incluyen el análisis de parámetros edafológicos como densidad aparente, porosidad, capacidad de retención de agua y presencia de materia orgánica.
La efectividad de las labores es evaluada por medio de la profundidad alcanzada con herramientas apropiadas (ej. escarificadores o subsoladores) y la reaparición de vegetación natural en el corto a mediano plazo.
Objetivo de la restauración:
Se busca restablecer las condiciones originales del terreno, devolviendo al suelo su morfología, estructura física y cobertura vegetal, con el fin de que: • No queden microformas artificiales como zanjas, montículos y huellas profundas. • El suelo recupere condiciones de aireación, densidad y porosidad más similares a las existentes antes de la intervención del Proyecto • Se reestablezca la cobertura vegetal herbácea en las áreas intervenidas, de forma homogénea con el entorno • Las áreas se logren reinsertar en el paisaje agrícola local, en coherencia con su uso histórico (praderas/cultivos)
Actividades de restauración
Restauración de la geoforma y morfología del terreno
• Relleno de zanjas y excavaciones con el material proveniente de la misma excavación • Reposición de horizontes en el orden correcto (horizonte A y B en la superficie) • Perfilado del terreno para restituir pendientes suaves (como la condición original) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Descompactación controlada del suelo
• Subsolado a 50 cm en toda la superficie del Área de Almacenamiento. • Escarificado superficial en caminos y plataformas temporales
Revegetación y restitución de la cobertura vegetal
• Siembra de especies herbáceas adaptadas (gramíneas y leguminosas) similar a las praderas agrícolas colindantes
Sitios de referencia / imagen objetivo
Fotografías del área de emplazamiento previas a la FASE de construcción Sectores aledaños al Proyecto no intervenidos que presentan condiciones similares de suelo y cobertura vegetal
Inserción en el paisaje
La restauración se logra insertar naturalmente en el paisaje dado que • El área del Proyecto se emplaza en un entorno agrícola, caracterizado por praderas y cultivos • No existen especies arbóreas nativas a restaurar, exceptuando la franja puntual de eucaliptus cortada en el acceso • La imagen objetivo de restauración es coherente con los usos actuales del territorio, asegurando continuidad visual y funcional en el paisaje local
Verificadores de desempeño
- Verificación de la geoforma: Restitución de pendientes y ausencia de microformas artificiales - Estructura del suelo: densidad aparente similar a la inicial - Cobertura vegetal: Mínimo 70% de cobertura herbácea a los 12 meses posteriores a la revegetación - Comparación con sitios de referencia: Similitud en cobertura y estructura de la vegetación respecto a las praderas colindantes no intervenidas - Registro fotográfico georreferenciado: Tomado desde puntos fijos previo a la intervención, al cierre inmediato y luego del primer invierno. - Densidad aparente: Reducción a valores similares al horizonte A original (entre 1,43 – 1,57 g/cm3) - Valores en penetrómetro de bolsillo de la resistencia a la penetración deben ser menores a 2 MPa.
Plan de Cierre
En el comienzo de la FASE de Cierre, el sistema de almacenamiento se encuentra desconectado del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), por lo que las actividades a realizar consisten principalmente en el retiro de estructuras, infraestructura y equipos destinados al almacenamiento eléctrico.
Inicialmente, se habilita la instalación de faenas, llevándose a cabo en forma similar a la FASE de Construcción, es decir, contemplada como base para el desmantelamiento de las obras y actividades asociadas a la FASE.
Posteriormente, se procede al desmantelamiento de las instalaciones, estructuras y equipos del SAE, incluyendo:
• Sistemas de almacenamiento (baterías). • Centros de transformación y otros equipos eléctricos. • Sistema de cableado y estructuras de apoyo (canalizaciones). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Infraestructura y equipos de la Subestación (equipos de patio). • Línea de transmisión eléctrica soterrada • Fundaciones de Hormigón. • Cercos perimetrales.
Una vez desmanteladas las instalaciones, estructuras y equipos, se procede a evaluar su estado para definir su potencial reutilización.
En caso de no poder ser reutilizados, se realiza una segmentación por tipo de material para priorizar su reciclaje, dejando como última opción la disposición final en un sitio autorizado.
De este modo, los residuos pueden ser acopiados y segregados en origen, para ser transportados a sitios de disposición final. Aquellos que no sean transportados directamente, son almacenados en bodega hasta su retiro por una empresa especializada para posteriormente ser trasladados a sitios de reciclaje o disposición final autorizados, dependiendo del caso.
Luego del retiro de las obras e infraestructuras permanentes, se lleva a cabo el desmantelamiento de las instalaciones temporales, siguiendo un procedimiento similar al anterior aplicado a obras tales como oficinas, comedor, estanques de agua potable, bodega de insumos, bodegas de residuos, entre otras.
Al igual que para las obras e infraestructura permanentes, se hace una revisión del estado para evaluar una potencial reutilización. Como segunda prioridad, se lleva a cabo una segregación por tipo de material para luego proceder a su reciclaje, dejando, como última opción, la disposición final en un sitio autorizado.
En el caso de los materiales y residuos que no puedan ser ni reutilizados ni reciclados, los lugares seleccionados para su disposición final siempre corresponden a sitios autorizados por la autoridad sanitaria, además en forma complementaria se mantienen documentos que lo acrediten tales como facturas, boletas y/o certificados.
Posterior al retiro de todas las estructuras, se hace una inspección visual de toda el área de Proyecto, con la finalidad de verificar que no exista ninguna estructura y ningún tipo de residuo sin ser retirado, incluyendo fundaciones de hormigón y cableado de zanjas, las que son rellenadas sin invertir los horizontes del suelo, tal como se realiza en la FASE de Construcción, el material excavado es reincorporado de forma que se mantenga la estratificación original del suelo, pudiendo así esta porción de suelo mantener su capacidad de sustentar biodiversidad.
Esta actividad incluye la elaboración de un Informe final que cuenta con registros fotográficos y comprobantes de retiro de las distintas estructuras y residuos.
Finalmente, se da paso al proceso de descompactación mediante subsoladora o equivalente, cada un metro y a 50 cm de profundidad con el objetivo de romper verticalmente el suelo sin darlo vuelta, generando una actividad práctica y útil para drenar y descompactar las áreas intervenidas durante las Fases de Construcción y Operación, más específicamente las zonas en donde se haya compactado el suelo, tales como contenedores en la instalación de faenas, estacionamientos, caminos y otros, permitiendo aumentar el espacio poroso y la infiltración del suelo, promoviendo de esta forma el restablecimiento de la vegetación en mayor medida herbácea. Cabe destacar, que, para la actividad de subsolar el suelo debe estar bajo una condición seca o en punto de marchitez permanente (PMP).
Para el proceso de cierre (capa final) de las zonas, excavadas, se considera emplear el suelo de las capas superficiales (horizontes A y B), los que han sido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
separados del material proveniente desde mayores profundidades (parental y/o roca), de modo de mantener en la medida de lo posible el orden o estructura original.
Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del Proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema, incluido el aire, suelo y agua. Una vez terminada la FASE de Cierre, no existen instalaciones generadoras de emisiones de ningún tipo. Para prevenir futuras emisiones, el Titular da cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable en ese momento. Mantención y conservación Una vez terminada la FASE de Cierre, no se prevén labores de mantención o conservación, ya que como se mencionó anteriormente, se extraen todos los circuitos y artefactos eléctricos y se des compactan las zonas de caminos e instalación de faena con el objeto de que el terreno utilizado pueda volver naturalmente a su condición base de vegetación.
Recursos naturales renovables Agua Potable
Se cuenta con estanques de agua potable para almacenar el agua a utilizar en los lavamanos y las duchas.
Se dispone de un total de 100 litros por persona de agua.
Se estima un consumo máximo aproximado de 6,75 (m3/día) en el período de dotación máxima de personal, durante la FASE de Construcción, es decir, 45 personas máximo, lo que corresponde a un total de 135 (m3/mes), y un consumo de 810 (m3/año).
La fuente de abastecimiento para el agua potable será mediante camiones aljibes, los cuales son la normativa vigente establecida en la Norma Oficial Chilena Nº409/Of.05, “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 del D.S. N°594/1999 y en el D.S. Nº735/1969, “Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano”, ambos del Ministerio de Salud.
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.139 Tabla 49. Recurso hídrico según cantidad, periodo y uso, de la ADENDA.
Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas y Gases de Efecto Invernadero y forzantes climáticos de vida corta
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
De acuerdo con lo presentado por el Titular en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, se presentan la emisión para la FASE de Cierre con su respectiva actividad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto. Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA.
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta al PDA del Valle Central. En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades. Para ello, se ha estimado el nivel de actividad y sus emisiones específicamente dentro del PDA. De esta forma, en la siguiente tabla se presentan sus magnitudes.
Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Medidas de Abatimiento
Para las actividades de movimiento de tierra se realiza la actividad de humectación previo a la excavación de ser necesario. A los caminos internos del Proyecto y al camino de acceso exterior y existente se les adiciona un agente supresor de polvo, permazyme o similar, con una eficiencia de reducción de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
material particulado equivalente a un 90%.
Se genera un registro de control del programa, en donde se incluye la fecha, el lugar, la patente del camión, la hora, los controles de supervisión y prevención y por último alguna observación del proceso.
Por otro lado, una vez terminada la FASE ya sea construcción o cierre, se genera un Informe de aplicación del supresor de polvo, el cual es enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en donde se incluye el desarrollo de la medida de control, reportando los medios de verificación de las aplicaciones del supresor.
Los medios de verificación son los siguiente. • Factura o contrato emitido por el proveedor de servicio de implementación y mantención del supresor de polvo. • Registro de aplicación del supresor de polvo. • Registros fotográficos.
Emisiones de Ruido
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Cierre.
Estos resultados muestran que en el receptor R2 no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA. Por lo tanto, se requieren medidas de control de ruido para generar el cumplimiento normativo correspondiente.
A continuación, se presentan los niveles de ruido para la FASE de Cierre con las medidas de control ejecutadas.
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA durante la FASE de Cierre del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
Medidas de Control
Los niveles de ruido generados en la FASE de construcción y cierre del Proyecto superan el límite establecido por el D.S Nº 38/2011 del MMA, al considerar un “contexto de condición más desfavorable” en el receptor R2. Por lo tanto, se debe implementar medidas de control de ruido para asegurar el cumplimiento normativo.
• Medida de Atenuación por Inserción de Barrera Acústica La reducción que ejerce una barrera acústica corresponde a la pérdida por inserción y equivale a la comparación aritmética entre el nivel de ruido en el receptor sin la barrera y luego con la barrera.
• Que la densidad superficial sea de, al menos, 10 Kg/m2. • Que la barrera tenga una superficie cerrada sin fugas acústicas. • Que la dimensión horizontal normal a la línea fuente-receptor sea más grande que la longitud de onda de la frecuencia central de la banda de octava de interés.
Para este caso, dado que son barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Bajo esta lógica, se requiere de la configuración de una zona en la cual se debe implementar una barrera modular de 2,4 m de alto, 4 m de longitud y con aletas de 1 m, de similar materialidad, frente a las fuentes que desarrollen actividades en la FASE de construcción y cierre y orientada hacia el receptor R2, ya que resulta necesario reducir las emisiones de ruido en este receptor cercano al Proyecto. A continuación, se muestran los detalles de la barrera móvil a implementar:
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Es importante destacar que la barrera es de carácter temporal y debe estar siempre frente a las fuentes que operen en las actividades de la FASE de construcción y cierre asociadas a la línea soterrada.
La barrera debe ser ubicada con la cara interior de material fonoabsorbente enfrentando las fuentes emisoras y la cara exterior orientada hacia el receptor R2 a medida que los trabajos avancen a lo largo del trazado.
A continuación, se detalla la zona en la cual se hace necesaria la implementación de la barrera móvil.
Vibraciones
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, el método de estimación del nivel Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de velocidad vibratoria está basado en la normativa FTA Transit Noise and Vibration Assessment Manual, de la FTA de Estados Unidos.
De los resultados de las tablas anteriores se aprecia que, considerando los escenarios en cuestión, se da cumplimiento a los receptores sensibles definidos dentro del AIV, al evaluar la salud de los receptores humanos y daño estructural según los límites establecidos por la guía técnica FTA. El cálculo de estos valores junto a las distancias fuente-receptor se encuentra en el Apéndice 12 del ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Residuos Líquidos
Dado a que se consideran la misma cantidad de baños químicos que la FASE de Construcción, los residuos líquidos generados corresponden a la misma cantidad que la FASE de Construcción.
Los residuos líquidos generados en la FASE de Cierre son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domiciliarios
Durante la FASE de Cierre se habilita la instalación de faenas (IIFF) que constituye el centro de operaciones desde donde se coordinan los trabajos en obra. Estas instalaciones están compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros.
En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
Ante un eventual cierre, los residuos sólidos domésticos generados son de naturaleza similar a los declarados para la FASE de Construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 20 días de trabajo al mes.
En esta fase se han considerado 45 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto 0,9 ton/mes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Los contenedores de residuos asimilables a domésticos son cerrados y con capacidad aproximada de 200 litros, fabricados de HDPE o materiales similares.
En la Figura a continuación se presentan los tipos de contenedores que almacenan los residuos asimilables a domésticos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Residuos Sólidos No Peligrosos
Durante la FASE de Cierre se habilita la instalación de faenas (IIFF) que constituye el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en obra.
Estas instalaciones están compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros.
En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
Los RISES considerados para la FASE de Cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros.
Se estima una generación de 0,97 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
remanente es transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia mensual o cuando sea necesario. Respecto a los escombros, maderas y restos de metales, cabe destacar que estos no son almacenados por el Proyecto, sino retirados de inmediato por una empresa autorizada para ello.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Residuos Industriales No Peligrosos
El almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos se realiza en contendores tipo pallets jaula.
En la Figura a continuación se presentan los tipos de contenedores para almacenar los residuos industriales no peligrosos.
Figura 4. Tipo Contenedores Residuos No Peligrosos
Residuos Peligrosos
La bodega de residuos peligrosos será el lugar donde se almacenan este tipo de residuos, provenientes de las mantenciones a realizar durante cada FASE del Proyecto. Se contempla una bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas que se utiliza en todas las Fases del Proyecto (permanente).
El Área de la Bodega de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas contempla una superficie de 31,24 m2.
Será construidas sobre un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 120% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame.
Los residuos están debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de las Bodegas en conformidad al D.S 148/03 del MINSAL.
El transporte de estos residuos será realizado por una empresa autorizada y en sitios autorizados y que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud.
La ubicación de la bodega se indica en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., para la bodega de residuos peligrosos de la instalación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
faenas.
La Figura 2 muestra la ubicación de la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas
El Proyecto contempla una vida útil de 25 años. Al término de dicho periodo, se evalúa la implementación de la FASE de cierre o la continuidad del Proyecto implementando mejoras tecnológicas y de mantenciones necesarias para continuar con la operación del Proyecto.
Si se llegase a ejecutar la FASE de Cierre, los residuos peligrosos a generar en esta FASE son de 0,38 ton/mes, por lo que se mantienen las mismas medidas de manejo que en construcción. Por otra parte, se aclara, que, de igual forma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
que para la FASE de Construcción, en la FASE de cierre existan dos bodegas de residuos peligrosos.
El periodo de almacenamiento será hasta el cierre de la FASE, dado que el tiempo máximo de almacenamiento es 6 meses, y la FASE de Cierre concluye al mes 5.
En la siguiente tabla se presenta el detalle de lo anterior.
Considerando la cantidad generada de residuos peligrosos en la FASE de Construcción, Operación y Cierre, se determinaron los contenedores que son requeridos y, por ende, se puede especificar la capacidad máxima de almacenamiento:
Cabe destacar, que, de acuerdo con la Tabla anterior, todos los residuos peligrosos generados en la fase de construcción, operación y cierre, y que requieran almacenamiento en contenedores, pueden ubicarse en la bodega de residuos peligrosos de la IIFF.
Sustancias Peligrosas
Corresponden a aceite y grasa lubricante principalmente.
Estas sustancias son almacenadas en la misma bodega de sustancias peligrosas implementada igualmente para la FASE de Construcción.
El suministro de sustancias se contrata a empresas autorizadas y se informa a los trabajadores los riesgos asociados a la gestión y manejo de estas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Se estima un total de 0,01 ton/mes de estas sustancias, correspondientes a aceite de motor y grasa lubricante.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta FASE. Capítulos 4, 5, 6, 9, 10 y 11.
4.4 CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
4.4.1 FASE de Construcción Fecha estimada de inicio Agosto 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas y el cerco perimetral, en conjunto con la habilitación de terrenos y caminos asociados al área de Proyecto. Fecha estimada de término Enero 2028 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de instalación de faena y conexión a la red de distribución. 4.4.2 FASE de Operación Fecha estimada de inicio Febrero 2028 Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en marcha e inicio del almacenamiento. Fecha estimada de término Enero 2053 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del Proyecto y cese del almacenamiento. 4.4.3 FASE de Cierre Fecha estimada de inicio Febrero 2053 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión y desenergización, en conjunto con el montaje de la instalación de faena. Fecha estimada de término Junio 2053 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de la instalación de faena.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1 SOBRE LA INEXISTENCIA DE RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental • Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros). • Emisiones de gases precursores de efecto invernadero • Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto. • Emisiones de vibración asociada a la maquinaria • Alteración a la salud de la población por generación de residuos líquidos • Alteración a la salud de la población por generación de residuos sólidos
Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Emisiones Atmosféricas
Como se presenta en la “Guía sobre el Área de Influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” del SEA (2017): En la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define área de influencia (AI) como “El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el Proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”.
El área de influencia sobre el componente aire, se determinó superponiendo todas las plumas de dispersión de contaminantes. En la siguiente figura, se presenta el Área de Influencia, la cual se extiende por 1,70 ha.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 3.1.2. MODELACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS de la DIA.
Emisiones de Ruido
Para determinar el área de influencia del componente ruido (en adelante AIR) del Proyecto y verificar si se genera alguno de los ECC del art 11 de la ley 19.300, se considera un área con receptores sensibles que en el peor de los casos sean afectados por la contaminación acústica y sobrepasen los límites establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA. En el presente Informe se considera para determinar el AIR, el nivel de emisión de la fuente más energética, junto con el mínimo valor entre el menor ruido de fondo medido, tal como indica la Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA (SEA, 2019). Si se considera un contexto de condición más desfavorable en el cual el sonido solo se atenúa por divergencia, utilizando la ecuación (1) del método de predicción ISO 9613/96 se tiene la ecuación: 𝒅= 𝟏𝟎 𝑳𝒘+𝑫𝒄−𝑳𝒇𝒕(𝑫𝑾)−𝟏𝟏 𝟐𝟎
(1)
donde: d: Distancia o radio desde la fuente emisora hasta el receptor.
A partir de la ecuación (8), considerando la emisión de ruido producto la fuente más energética y considerando que la fuente este lo más cercano al perímetro del Proyecto, los receptores se encuentran dentro de una superficie que se expande con un radio desde el perímetro del Proyecto hacia el exterior. Dicha superficie constituye el AIR, la que indica hasta dónde los niveles proyectados de ruido igualan la condición basal, en un contexto de condición más desfavorable.
De esta manera se tiene lo siguiente:
Tabla 6: Áreas de influencia para receptores humanos.
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Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
La siguiente cartografía ilustra el AIR, que corresponde al mayor radio consignado en la tabla anterior (entre Fases de construcción, operación y cierre) para los receptores humanos:
Cartografía 1: área de influencia - componente ruido: receptores humanos.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria. Emisiones de Vibraciones
Para determinar el área de influencia por vibración, en adelante AIV del Proyecto y verificar si se genera alguno de los ECC del art 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300), se considera un área con receptores sensibles que, en el peor de los casos, se genere afectación a la salud de la población por la emisión de vibraciones y sobrepasen los límites establecidos por la guía técnica FTA. En este aspecto, se consideran para el cálculo del AIV, la emisión de la maquinaria de mayor emisión de velocidad de partícula y el valor típico y mínimo (basal) de velocidad peak de partícula de 50 VdB, indicado en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA” (SEA, 2019), en un contexto de condición más desfavorable. Además, en la guía técnica del servicio de evaluación ambiental “Guía para la descripción del área de influencia” se define: En el caso de un Proyecto que genere impactos potencialmente significativos por vibraciones en edificios pertenecientes al patrimonio cultural, el área del elemento ‘patrimonio cultural’ comprende el espacio geográfico abarcado por el sitio donde se emplazan dichos edificios. Sin embargo, no existen edificios con estas características en el sector, estando el más cercano a 22 km del Proyecto según se indicó en el apartado 6.8, por lo que el cálculo del AIV se efectúa únicamente en base a la guía técnica FTA, considerando la ecuación (10) como se muestra a continuación:
𝑫= 𝟐𝟓× 𝟏𝟎 𝑳𝒗𝒓𝒆𝒇−𝑳𝒗,𝒅𝒊𝒔𝒕𝒂𝒏𝒄𝒆 𝟑𝟎 [𝒇𝒕] (2) Donde: 𝐿𝑣,𝑑𝑖𝑠𝑡𝑎𝑛𝑐𝑒, es el mínimo valor del rango de interés de vibración basal recomendado (50 VdB). 𝐿𝑣𝑟𝑒𝑓 , corresponde al valor de referencia a 25 [ft], de la fuente vibratoria y 𝐷 , es el radio que se extiende desde la fuente emisora de vibraciones hasta igualar la condición basal típica y mínima recomendada por la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA.
Dado que no se encuentran edificios de carácter patrimonial dentro del AIV, los receptores para el análisis de la componente vibración son aquellos que se encuentren dentro del área de influencia definida. A continuación, se detallan los receptores sensibles:
Tabla 7: Receptores sensibles a la componente vibración. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Es importante mencionar que R4, se encuentra fuera del área de influencia, por lo que no se evalúa la inmisión de vibración en dicho receptor, dado que se presume el cumplimiento de los límites asociados a salud de las personas y daño estructural en dichos puntos, al estar fuera del AI, sin embargo, se proyectan sus resultados de manera referencial. En la siguiente tabla se ilustran los límites máximos permisibles que podrían generar afectación a la salud de las personas y daño estructural según la guía técnica FTA.
Tabla 8: Límites máximos permisibles de nivel de velocidad de vibración Lv [VdB] y velocidad peak de partícula PPV [in/s].
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Es importante destacar que los receptores R3 y R6, al tratarse de una caseta y una bodega respectivamente, quedan fuera del alcance de la guía técnica FTA debido al uso de suelo, por lo que se descartan de la evaluación por molestia en humanos debido a vibraciones, aunque se mantiene la evaluación por daño estructural ya que esta no depende del uso de suelo, sino de la materialidad de la edificación. La siguiente cartografía ilustra el área de influencia y los receptores sensibles que quedan sujetos a evaluación:
Cartografía 4: Área de influencia y receptores sensibles, componente vibración.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
ADENDA Complementaria.
Emisiones de Residuos Líquidos
La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos de las Obras e Instalaciones SE (ver ANEXO 2 de la DIA) en la FASE de operación. A continuación, en la Tabla 4 se indica la cantidad de agua servida a generar en la FASE de operación. Tabla 9. Generación aguas servidas en la FASE de operación (fosa séptica)
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 8 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº138 de la ADENDA.
Para la FASE de operación, se empleará la fosa séptica cercana a la Sala de Equipos y Control. En la Tabla a continuación, se indican las coordenadas UTM de localización referencial de ambos sistemas sanitarios.
Tabla 10. Coordenadas Sistema Sanitario de la SE.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 8 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº138 de la ADENDA.
Figura 2. Ubicación Fosa Séptica (Permanente) – FASE de Operación
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 8 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº138 de la ADENDA.
Emisiones de Residuos Sólidos.
PAS 140 Durante la FASE de construcción se habilitará la instalación de faenas (IIFF) que constituye el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en obra. Estas instalaciones estan compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
Tabla 11. Coordenadas Bodegas de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos – IIFF
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Figura 5. Ubicación de la bodega de residuos industriales no peligrosos y la bodega de residuos domiciliarios.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
PAS 142
La bodega de residuos peligrosos será el lugar donde se almacenan este tipo de residuos, provenientes de las mantenciones a realizar durante cada FASE del Proyecto. Se contempla una bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas que se utiliza en todas las Fases del Proyecto (permanente).
El Área de la Bodega de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas contempla una superficie de 31,24 m2.
Será construidas sobre un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 120% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame.
Los residuos están debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de las Bodegas en conformidad al D.S 148/03 del MINSAL.
El transporte de estos residuos será realizado por una empresa autorizada y en sitios autorizados y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud. La ubicación de la bodega se indica en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., para la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas.
Tabla 12. Coordenadas localización referencial Bodegas de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas.
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Figura 6. Localización Bodega de Residuos Peligrosos de la Instalación de Faenas
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:
En consideración además de lo indicado en los Capítulos 4, 5, 9, 10 y 11 del presente ICE:
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución Emisiones Atmosféricas
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
De acuerdo con lo presentado por el Titular en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, se presentan la emisión para la FASE de Construcción con su respectiva actividad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en la sección anterior (ver ¡Error! No se encuentra el origen de la r eferencia. del ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto. Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta al PDA del Valle Central. En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades. Para ello, se ha estimado el nivel de actividad y sus emisiones específicamente dentro del PDA. De esta forma, en la siguiente tabla se presentan sus magnitudes.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Medidas de Abatimiento
Para las actividades de movimiento de tierra se realiza la actividad de humectación previo a la excavación de ser necesario. A los caminos internos del Proyecto y al camino de acceso exterior y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
existente se les adiciona un agente supresor de polvo, permazyme o similar, con una eficiencia de reducción de material particulado equivalente a un 90%.
Se genera un registro de control del programa, en donde se incluye la fecha, el lugar, la patente del camión, la hora, los controles de supervisión y prevención y por último alguna observación del proceso.
Por otro lado, una vez terminada la FASE ya sea construcción o cierre, se genera un Informe de aplicación del supresor de polvo, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en donde se incluye el desarrollo de la medida de control, reportando los medios de verificación de las aplicaciones del supresor. Los medios de verificación son los siguiente.
• Factura o contrato emitido por el proveedor de servicio de implementación y mantención del supresor de polvo. • Registro de aplicación del supresor de polvo. • Registros fotográficos.
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
De acuerdo con lo presentado por el Titular en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, se presentan la emisión para la FASE de Operación con su respectiva actividad.
Tabla 60 Compilado de las emisiones del Proyecto para cada una de sus actividades
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en la sección anterior, ver en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto. Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta al PDA del Valle Central. En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades. Para ello, se ha estimado el nivel de actividad y sus emisiones específicamente dentro del PDA. De esta forma, en la siguiente tabla se presentan sus magnitudes. Tabla 13 Emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Para mayor detalle ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
De acuerdo con lo presentado por el Titular en ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, se presentan la emisión para la FASE de Cierre con su respectiva actividad.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
El Proyecto se emplaza dentro del área afecta al Plan de Descontaminación Atmosférica del Valle Central de la Región de O’Higgins. A continuación, se presenta las emisiones anuales y si cumplen o no con el PDA del Valle Central de O’Higgins.
De acuerdo con lo presentado en la sección anterior en ANEXO 10 de la ADENDA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS) las emisiones del Proyecto son mayores en el año 1, correspondiente a la construcción y los primeros meses de operación del Proyecto. Tal como se presenta en la siguiente tabla, el Proyecto no supera los límites establecidos en el PDA.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
No obstante, no todas las emisiones del Proyecto se generan en la zona afecta al PDA del Valle Central. En la siguiente tabla se presenta una categorización de cada obra y actividad del Proyecto respecto a la zona en la que se emite.
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Dado que las únicas actividades no generadas completamente dentro del PDA son el tránsito en vías pavimentadas y la combustión de los vehículos, y considerando que la única ruta que se extiende más allá de sus límites es la de destino al Puerto de Valparaíso, se han actualizado los cálculos de estas actividades. Para ello, se ha estimado el nivel de actividad y sus emisiones específicamente dentro del PDA. De esta forma, en la siguiente tabla se presentan sus magnitudes.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria ACTUALIZACIÓN INFORME DE ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
Tal como se observa en la tabla anterior, las emisiones del Proyecto dentro del límite del PDA alcanzan los 1,09 t/año de MP10, 0,46 t/año de MP2,5, 3,61 t/año de NOx y 0,10 t/año de SO2. Para todos los contaminantes regulados se proyecta el cumplimiento normativo, por cuanto, no se requiere de la compensación de las emisiones del Proyecto.
Medidas de Abatimiento
Para las actividades de movimiento de tierra se realiza la actividad de humectación previo a la excavación de ser necesario. A los caminos internos del Proyecto y al camino de acceso exterior y existente se les adiciona un agente supresor de polvo, permazyme o similar, con una eficiencia de reducción de material particulado equivalente a un 90%.
Se genera un registro de control del programa, en donde se incluye la fecha, el lugar, la patente del camión, la hora, los controles de supervisión y prevención y por último alguna observación del proceso.
Por otro lado, una vez terminada la FASE ya sea construcción o cierre, se genera un Informe de aplicación del supresor de polvo, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en donde se incluye el desarrollo de la medida de control, reportando los medios de verificación de las aplicaciones del supresor. Los medios de verificación son los siguiente.
• Factura o contrato emitido por el proveedor de servicio de implementación y mantención del supresor de polvo. • Registro de aplicación del supresor de polvo. • Registros fotográficos.
Emisiones Liquidas
FASE de Construcción
Los residuos líquidos generados en la FASE de construcción son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos. Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.155, Tabla 64. Residuos Líquidos FASE de Construcción, de la ADENDA.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
FASE de Operación
Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.
Los lodos generados corresponden al tipo húmedos y son retirados por una empresa externa autorizada para tales fines según descrito en la letra e). Los residuos se disponen en un sitio autorizado.
La estimación de la cantidad de lodos generados se presenta a continuación, los que son retirados mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
El Titular lleva un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad. Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos para la firma del contrato con las empresas que realizan el retiro y la disposición final.
Esto aplica para la FASE de Operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
FASE de Cierre
Dado a que se consideran la misma cantidad de baños químicos que la FASE de construcción, los residuos líquidos generados corresponden a la misma cantidad que la FASE de construcción.
Los residuos líquidos generados en la FASE de Cierre son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
Emisiones Electromagnéticas
Mayores Antecedentes ver ANEXO 3.3 Emisiones Electromagnéticas de la DIA.
Las subestaciones elevadoras presentan distintos tamaños de acuerdo con las necesidades de cada Proyecto. Estas pueden variar desde contener uno o varios transformadores, los que pueden generar campos electromagnéticos importantes al interior de las instalaciones propias de la subestación. Sin embargo, estas poseen una característica en común, que siempre se encuentran cerradas al acceso del público general y su emplazamiento se planifica para que se encuentren alejadas de zonas pobladas, como es el caso de la subestación elevadora para el Proyecto SAE Argos. Es por esto, que, la exposición de la población a campos electromagnéticos generados por subestaciones es limitada.
El transformador opera bajo el principio de la inducción electromagnética. Al aplicar una corriente alterna (AC) al devanado primario, se genera un campo magnético variable en el núcleo del transformador. Este campo magnético induce una corriente eléctrica en el devanado secundario, transfiriendo energía entre ambos circuitos sin contacto directo. Por esta razón se estima su densidad de flujo (B) de acuerdo con la siguiente ecuación.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
De la Tabla anterior se observa que, a partir de 10 metros de distancia del transformador, la inducción magnética alcanza un valor de 3,6 µT. Esta distancia de seguridad respecto a las viviendas confirma que el campo magnético permanece confinado dentro del área del Proyecto y no se extiende hasta las zonas residenciales.
Las líneas de transmisión soterradas emergen como una solución eficiente en el contexto del transporte de energía eléctrica, especialmente en entornos urbanos poblados o áreas donde se prioriza la minimización del impacto visual y ambiental. El Proyecto SAE Argos incorpora esta tecnología para aprovechar sus ventajas en términos de reducción de emisiones electromagnéticas y mejora de la seguridad y la estética urbana.
Características de la línea soterrada en SAE Argos.
En el Proyecto SAE Argos, se emplean cables de aislamiento XLPE con pantallas metálicas sobre el blindaje para confinar el campo eléctricoFuente especificada no válida. y facilitar la puesta a tierra. Estos cables están diseñados para soportar altos niveles de voltaje y condiciones operativas exigentes, tales como variaciones extremas de temperatura, humedad y exposición a corrientes de falla, lo cual garantiza su durabilidad y la eficiencia del sistema a largo plazo. La pantalla metálica de estos cables desempeña funciones críticas, que incluyen:
Configuración:
Al estar aterrizados ambos extremos de la pantalla se induce una corriente debido al voltaje generado en la pantalla. Esta corriente, a su vez, genera un campo magnético que contrarresta, en cierta medida, el campo magnético principal de los conductores internos. Este efecto contribuye a la reducción de la emisión de campo magnético al exterior del cable y refuerza la efectividad del blindaje electromagnético en el sistema como se aprecia en la Figura a continuación.
La franja de seguridad es una porción de terreno a lo largo de una línea eléctrica que protege a las personas y sus bienes. Según la norma RPTD-N°07 “Franja y distancia de seguridad” para líneas subterráneas, esta franja se define por la zanja de los conductores, ampliada a cada lado con una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
distancia mínima de seguridad igual a la mitad del ancho de la canalización.
Por lo tanto, la franja queda definida por la siguiente expresión:
La franja de seguridad mínima debe ser de 0,5 m a cada lado desde cada borde de la canalización, alcanzando un ancho total de 2 m.
Los cables irán dispuestos bajo tierra en una canalización simple, similar a la ocupada para las zanjas de baja y media tensión del Proyecto.
Los únicos lugares donde dicha LTE será reforzada con hormigón, será en aquellos espacios donde cruza caminos, y por ende habría eventual circulación de autos por encima de la servidumbre. Dichas zonas se enmarcan en amarillo en la figura a continuación:
Para aquellos sectores hormigonados señalados en la imagen anterior, se seguirá el siguiente esquema: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Construcción.
Estos resultados muestran que en el receptor R2 no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA durante la FASE de Construcción del Proyecto, por lo que se requieren medidas de control.
A continuación, se presentan los niveles de ruido para la FASE de Construcción con las medidas de control ejecutadas.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en periodo diurno, en todos los receptores evaluados. Además, se cumple con el rango de seguridad de 3 dB(A) estipulado por la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Operación, tanto diurno como nocturno.
FASE de Operación, Periodo Diurno.
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA para periodo diurno durante la FASE de operación del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
FASE de Operación, Periodo Nocturno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA para periodo nocturno durante la FASE de operación del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
Para la FASE de Operación no se consideran medidas de control de ruido, ya que los niveles de emisión se encuentran por debajo del límite del D.S. Nº38/2011 MMA.
Mayores detalles ver en ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
Con relación al ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria, se presenta la caracterización de ruido de fondo y modelaciones realizadas para la FASE de Cierre.
Estos resultados muestran que en el receptor R2 no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA. Por lo tanto, se requieren medidas de control de ruido para generar el cumplimiento normativo correspondiente.
A continuación, se presentan los niveles de ruido para la FASE de Cierre con las medidas de control ejecutadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Estos resultados muestran que todos los receptores cumplen con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA durante la FASE de cierre del Proyecto. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA” (SEA, 2019).
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Emisiones Liquidas
FASE de Construcción
Los residuos líquidos generados en la FASE de Construcción son los provenientes de los lavamanos y duchas.
Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
FASE de Operación
Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.
Los lodos generados corresponden al tipo húmedos y son retirados por una empresa externa autorizada para tales fines según descrito en la letra e). Los residuos se disponen en un sitio autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En la Tabla, se indica la caracterización fisicoquímica de lodos.
La estimación de la cantidad de lodos generados se presenta a continuación, los que son retirados mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
El Titular lleva un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.
Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos para la firma del contrato con las empresas que realizan el retiro y la disposición final. Esto aplica para la FASE de Operación.
FASE de Cierre
Dado a que se consideran la misma cantidad de baños químicos que la FASE de Construcción, los residuos líquidos generados corresponden a la misma cantidad que la FASE de Construcción.
Los residuos líquidos generados en la FASE de Cierre son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Residuos Solidos
PAS 140
FASE de Construcción
Durante la FASE de Construcción se generan 0,9 ton/mes de residuos asimilables a domésticos, los cuales consisten en restos de comida, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, entre otros, los que son retirados desde donde existan tambores con tapa claramente identificados para la disposición temporal de este tipo de residuo.
Posteriormente, son llevados y almacenados en la bodega de residuos domésticos dentro de la IIFF en contenedores cerrados, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado.
Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de Construcción del Proyecto.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Durante la FASE de Construcción se estima se generan 1,67 ton/mes de residuos industriales no peligrosos, provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción, elementos de ferretería y otros restos de materiales, los que son almacenados en la Bodega de Residuos No Peligrosos de la Instalación de Faena, si es necesario.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente será transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia de 2 veces por mes o cuando sea necesario.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de construcción del Proyecto.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
FASE de Operación
El Proyecto genera residuos sólidos domésticos, los cuales consisten básicamente en papeles, restos de comida, envoltorios, entre otro.
Los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 5 días de trabajo al mes. En esta fase se han considerado 7 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto, 0,035 ton/mes.
Estos residuos son dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 200 litros de capacidad), para ser retirados por el personal hacia la Bodega de Residuos Domésticos.
El retiro de los residuos es por parte de una empresa autorizada y se lleva a cabo una vez finalizada la mantención respectiva, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Durante la FASE de Operación, la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos asociada a las actividades de mantención son mínimas y son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos No Peligrosos permanente.
Estos son retirados por el contratista una vez finalizadas las labores de mantención para ser dispuestos en lugar autorizado (una vez por semana, considerando el mes que contempla mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
FASE de Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Ante un eventual cierre, los residuos sólidos domésticos generados son de naturaleza similar a los declarados para la FASE de Construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 20 días de trabajo al mes.
En esta fase se han considerado 45 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto 0,9 ton/mes.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Los RISES considerados para la FASE de Cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros.
Se estima una generación de 0,97 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente es transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia mensual o cuando sea necesario. Respecto a los escombros, maderas y restos de metales, cabe destacar que estos no son almacenados por el Proyecto, sino retirados de inmediato por una empresa autorizada para ello. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Tabla 4. Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en FASE de cierre FASE de Cierre Tipo de residuos Descripción Cantidad estimada Forma de manejo Lugar de disposición temporal Lugar de disposición final Residuos industriales no peligrosos (maderas de embalaje, restos de tuberías, plásticos y material inerte) Textiles 0.01 Son almacenados en la bodega de residuos industriales no peligrosos en la Instalación de Faenas, hasta su retiro por una empresa autorizada. Su retiro es 2 veces por mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo a la capacidad de estas instalaciones. Las baterías y los restos de metales son reciclados con una empresa autorizada al momento del retiro, por ende, no se almacenan en el Proyecto. Bodega de residuos no peligrosos de la instalación de faenas. Reciclaje, comercialización y/o Empresa autorizada a un Sitio de disposición final autorizado Gomas 0.01 Cerámicas 0.01 Latas 0.01 Maderas 0.20 Restos de metales 0.20 Escombros 0.19 Papeles y cartones 0.32 Plásticos 0.04 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 14. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Construcción
Los residuos peligrosos se generan debido a mantenciones menores de algunos equipos y actividades específicas de pintura, etc. Corresponden principalmente a restos de combustibles, lubricantes, envases contaminados, guaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros.
Los residuos generados son dispuestos en contenedores, cerrados herméticamente, al interior de la bodega.
Respecto a la duración, es posible afirmar que, los residuos peligrosos no están más de 6 meses al interior de la bodega o cuando ésta se encuentre al 70% de su capacidad.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Para la FASE de Construcción, se contempla la generación de 0,13 ton/mes de residuos industriales peligrosos, cuyo detalle se presenta en la tabla a continuación:
Tabla 15. Residuos Peligrosos generados en la FASE de Construcción RESIDUO PELIGROSO CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Aceites usados I,8
A3020/ X
0.08 Filtros de aceite usados I,8
A3020
X
0.01 Envases de pinturas, solventes y barnices I,12 II,24 A4070
X
X 0.02 Envases de aerosoles usados, toner I,12 II,23 A4070
X
X 0.01 Arena, serrín u otro material absorbente utilizado para la captación de eventuales derrames de aceites, grasas, combustibles, etc. I,9
A4060
X
0.01 Pilas
II-23, II-24 A1170
0,00 Paños contaminados I,8
A3020
X
X 0.01 Total, almacenado en contenedores 0,13 TOTAL, RESIDUOS PELIGROSOS 0,13 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Operación
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación del Proyecto es de 0,15 ton/mes, y consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas, la cual permanece durante toda la vida útil del Proyecto.
El retiro de estos residuos es cada 6 meses como máximo, coincidiendo con las mantenciones al Proyecto, y, en caso de que no se pudiera, son transportados por una empresa autorizada a algún sitio de disposición final autorizado.
Tabla 16. Residuos Peligrosos generados en la FASE de Operación RESIDUO PELIGROSO CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Toners de impresoras I,12
A4070
X
0,00 Aceites usados I.8
A3020/
X
0.01 Filtros de aire
0,01 Envases de pinturas, solventes y barnices I.12 II.24 A4070
X
X 0,01 Envases de refrigerantes usados
II-23, II-24
0,03 Pilas
A1170
0,01 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Paños contaminados I.8
A3020
X
X 0,01 Tubos fluorescentes
0,01 Chatarra electrónica, PC, impresoras, teclados, monitores, etc. (kg/mes)
0,01 Líquido refrigerante degradado
0,05 Total almacenado en contenedores 0,15 TOTAL 0,15 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Cierre
El Proyecto contempla una vida útil de 25 años. Al término de dicho periodo, se evalúa la implementación de la FASE de Cierre o la continuidad del Proyecto implementando mejoras tecnológicas y de mantenciones necesarias para continuar con la operación del Proyecto.
Si se llegase a ejecutar la FASE de Cierre, los residuos peligrosos a generar en esta fase son de 0,38 ton/mes, por lo que se mantienen las mismas medidas de manejo que en construcción.
Por otra parte, se aclara, que, de igual forma que para la FASE de Construcción, en la FASE de Cierre existen dos bodegas de residuos peligrosos.
El periodo de almacenamiento será hasta el cierre de la fase, dado que el tiempo máximo de almacenamiento es 6 meses, y la FASE de Cierre concluye al mes 5.
En la siguiente tabla se presenta el detalle de lo anterior.
Tabla 17. Residuos Peligrosos generados en la FASE de cierre Residuo Peligroso CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Toners de impresoras I,12
A4070
X
0,00 Aceites usados y filtros de aceites usados I,8
A3020
X
0,06 Envases de pinturas, solventes y barnices I,12 II,24 A4070
X
X
0,02 Envases de aerosoles usados I,12 II,23 A4070
X
0,01 Arena, serrín u otro material absorbente utilizado para la captación de eventuales derrames de aceites, grasas, combustibles, etc. I,9
A4060
X
0,02 Pilas
A1170
0,01 Paños contaminados I,8
A3020
X
X
0,01 Tambores para combustible
0,25 Líquido refrigerante degradado
0,00 Total, almacenado en contenedores 0,38 TOTAL 0,38 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Considerando la cantidad generada de residuos peligrosos en la FASE de Construcción, Operación y Cierre, se determinaron los contenedores que son requeridos y, por ende, se puede especificar la capacidad máxima de almacenamiento:
Tabla 18. Capacidad Máxima de Almacenamiento Bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas. Ubicación Área de almacenamiento FASE del Proyecto Cantidad de residuos N° contenedores (220 L) Capacidad máxima de almacenamiento (Litros) Instalación de Faenas
31,24 m2 Construcción 0,13 ton/mes 1 220 Operación 0,15 ton/mes 2 440 Cierre 0,38 ton/mes 3 660 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Cabe destacar, que, de acuerdo con la Tabla anterior, todos los residuos peligrosos generados en la FASE de Construcción, operación y cierre, y que requieran almacenamiento en contenedores, pueden ubicarse en la bodega de residuos peligrosos de la IIFF.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Emisiones Liquidas
FASE de Construcción
Los residuos líquidos generados en la FASE de Construcción son los provenientes de los lavamanos y duchas.
Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Actividad Residuo Tipo de residuo Cantidad m3/mes Almacenamiento Frecuencia de Retiro Condiciones de la zona de acopio Forma de disposición final Gestión de aguas servidas domésticas se realiza a través de una solución sanitaria consistente en los baños químicos. Aguas servidas Líquido y lodos 135 Área de servicios higiénicos del Proyecto Semanal baños químicos del Proyecto Retirados por empresa autorizada Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.155, Tabla 64. Residuos Líquidos FASE de Construcción, de la ADENDA.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
FASE de Operación
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Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.
Los lodos generados corresponden al tipo húmedos y son retirados por una empresa externa autorizada para tales fines según descrito en la letra e).
Los residuos se disponen en un sitio autorizado.
En la Tabla, se indica la caracterización fisicoquímica de lodos.
Tabla 19. Características físicas-químicas lodos Parámetros Unidad Valor esperado Humedad % 84,9 Sólidos totales Mg/kg 151.000 Sólidos volátiles Mg/kg 108.000 pH N/A 6 – 8 Fosfato total Mg/kg base seca 188 Nitrógeno Mg/kg base seca 52.360 Materia orgánica total % base seca 72 Temperatura °C < 35 Coliformes fecales Nmp/g 4,3 x10⁴ Salmonella Ausencia/presencia Ausencia Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 8 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº138 de la ADENDA.
La estimación de la cantidad de lodos generados se presenta a continuación, los que son retirados mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
El Titular lleva un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.
Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos para la firma del contrato con las empresas que realizan el retiro y la disposición final. Esto aplica para la FASE de Operación.
Tabla 20. Generación de lodos en FASE de operación Parámetros Generación diaria y mensual (considerando 20 días de trabajo al mes) Trabajadores (peak) 7 Carga DBO5 per cápita 0,045 kg/trabajador × día Carga DBO5 0,315 kg/día Tasa de producción de lodos 0,8 kg/kg DBO5 Producción de lodos (base seca) al día 0,252 kg/día Producción de lodos (base seca) al mes 1,26 kg/mes Fuente: Para Mayores Antecedentes ver ANEXO 8 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº138 de la ADENDA.
FASE de Cierre
Dado a que se consideran la misma cantidad de baños químicos que la FASE de Construcción, los residuos líquidos generados corresponden a la misma cantidad que la FASE de Construcción.
Los residuos líquidos generados en la FASE de Cierre son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
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Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Actividad Residuo Tipo de residuo Cantidad m3/mes Almacenamiento Frecuencia de Retiro Condiciones de la zona de acopio Forma de disposición final Gestión de aguas servidas domésticas se realiza a través de una solución sanitaria consistente en los baños químicos. Aguas servidas Líquido y lodos 135 Área de servicios higiénicos del Proyecto Semanal baños químicos del Proyecto Retirados por empresa autorizada Fuente: Mayores Antecedentes ver Respuesta 1.155, Tabla 64. Residuos Líquidos FASE de Construcción, de la ADENDA.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
Residuos Solidos
PAS 140
FASE de Construcción
Durante la FASE de Construcción se generan 0,9 ton/mes de residuos asimilables a domésticos, los cuales consisten en restos de comida, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, entre otros, los que son retirados desde donde existan tambores con tapa claramente identificados para la disposición temporal de este tipo de residuo.
Posteriormente, son llevados y almacenados en la bodega de residuos domésticos dentro de la IIFF en contenedores cerrados, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado.
Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de Construcción del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 21. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Tabla 22. Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos Domiciliarios Ubicación Área destinada para residuos domésticos FASE Cantidad de residuos generada N° contenedores (200L cada uno) Capacidad máxima de almacenamiento Instalación de Faenas 31,24 m² Construcción 0,23 ton/semana 6 1.200 L Operación 0,088 ton/semana 3 600 L Cierre 0,23 ton/semana 6 1.200 L Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Durante la FASE de Construcción se estima se generan 1,67 ton/mes de residuos industriales no peligrosos, provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción, elementos de ferretería y otros restos de materiales, los que son almacenados en la Bodega de Residuos No Peligrosos de la Instalación de Faena, si es necesario.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente es transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia de 2 veces por mes o cuando sea necesario.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de Construcción del Proyecto.
Tabla 23. Resumen de residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos no peligrosos generados en FASE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de construcción FASE de Construcción Tipo de residuos Descripción Cantidad estimada Ton/mes Forma de manejo Lugar de disposición temporal Lugar de disposición final Residuos industriales no peligrosos Textiles 0.00 Son almacenados en la bodega de residuos no peligrosos de la instalación de faenas hasta su retiro por una empresa autorizada. Su retiro se realiza 2 veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de estas bodegas durante la FASE de construcción y cierre. Bodega de residuos no peligrosos de la instalación de faenas. Reciclaje y/o Empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado Gomas 0.01 Cerámicas 0.01 Latas 0.00 Maderas 1.24 Restos de metales 0.01 Escombros 0.09 Papeles y cartones 0.28 Plásticos 0.03 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 24. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Tabla 25. Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos no peligrosos FASE Cantidad de residuos generada N° contenedores (1,5 m3 cada uno) Capacidad máxima de almacenamiento Instalación de Faenas 122,92 m² Construcción 1,67 ton/mes 2 3 m3 Operación 0,58 ton/mes 1 1,5 m3 Cierre 0,97 ton/mes 1 1,5 m3 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Operación
El Proyecto genera residuos sólidos domésticos, los cuales consisten básicamente en papeles, restos de comida, envoltorios, entre otro.
Los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 5 días de trabajo al mes. En esta fase se han considerado 7 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto, 0,035 ton/mes.
Estos residuos son dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 200 litros de capacidad), para ser retirados por el personal hacia la Bodega de Residuos Domésticos.
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El retiro de los residuos será por parte de una empresa autorizada y se lleva a cabo una vez finalizada la mantención respectiva, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 26. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
Tabla 27. Capacidad Máxima de Almacenamiento Residuos Domiciliarios Ubicación Área destinada para residuos domésticos FASE Cantidad de residuos generada N° contenedores (200L cada uno) Capacidad máxima de almacenamiento Instalación de Faenas 31,24 m² Construcción 0,23 ton/semana 6 1.200 L Operación 0,088 ton/semana 3 600 L Cierre 0,23 ton/semana 6 1.200 L Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Durante la FASE de Operación, la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos asociada a las actividades de mantención son mínimas y son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos No Peligrosos permanente.
Estos son retirados por el contratista una vez finalizadas las labores de mantención para ser Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
dispuestos en lugar autorizado (una vez por semana, considerando el mes que contempla mantención).
Tabla 28. Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en FASE de operación FASE de Operación Tipo de residuos Descripción Cantidad estimada Forma de manejo Lugar de disposición temporal Lugar de disposición final Residuos Sólidos Industriales no peligrosos Textiles 0.03 ton/mes de mantención Estos residuos son dispuestos temporalmente en la Bodega de residuos industriales no peligrosos para luego ser retirados hasta un sitio autorizado para su disposición final; la frecuencia de retiro será cada 1 vez al mes (mes que contempla mantención). Bodega de residuos industriales no peligrosos Reciclaje, comercialización y/o Empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado Gomas 0.02 ton/mes de mantención Latas 0.11 ton/mes de mantención Maderas 0.08 ton/mes de mantención Restos de metales 0.33 ton/mes de mantención Papeles y cartones 0.01 ton/mes de mantención Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 29. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Cierre
Ante un eventual cierre, los residuos sólidos domésticos generados son de naturaleza similar a los declarados para la FASE de Construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 20 días de trabajo al mes. En esta fase se han considerado 45 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto 0,9 ton/mes.
Tabla 4. Resumen de residuos sólidos domiciliarios generados en FASE de cierre FASE de Cierre Tipo de residuos Descripción Cantidad estimada Forma de manejo Lugar de disposición temporal Lugar de disposición final Residuos domésticos Residuos orgánicos, Papel, cartón, embalajes de piezas, etc. 0,9 ton/mes Estos residuos son retirados diariamente de donde existan Bodega de residuos domiciliarios de la instalación de Reutilización y/o Relleno sanitario autorizado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
tambores con tapa claramente identificados, posteriormente son almacenados de manera temporal en la Bodega de residuos domiciliarios de la Instalación de Faenas en contenedores cerrados, para luego ser enviados a rellenos sanitarios autorizados de la región. La frecuencia de retiro es de 2 veces por semana. faenas. Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 30. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Los RISES considerados para la FASE de Cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros. Se estima una generación de 0,97 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente es transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia mensual o cuando sea necesario.
Respecto a los escombros, maderas y restos de metales, cabe destacar que estos no son almacenados por el Proyecto, sino retirados de inmediato por una empresa autorizada para ello.
Tabla 4. Resumen de residuos sólidos no peligrosos generados en FASE de cierre FASE de Cierre Tipo de residuos Descripción Cantidad estimada Forma de manejo Lugar de disposición temporal Lugar de disposición final Residuos industriales no peligrosos (maderas de embalaje, restos de tuberías, plásticos y material inerte) Textiles 0.01 Son almacenados en la bodega de residuos industriales no peligrosos en la Instalación de Faenas, hasta su retiro por una empresa autorizada. Su retiro es 2 Bodega de residuos no peligrosos de la instalación de faenas. Reciclaje, comercialización y/o Empresa autorizada a un Sitio de disposición final autorizado Gomas 0.01 Cerámicas 0.01 Latas 0.01 Maderas 0.20 Restos de metales 0.20 Escombros 0.19 Papeles y cartones 0.32 Plásticos 0.04 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
veces por mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo a la capacidad de estas instalaciones. Las baterías y los restos de metales son reciclados con una empresa autorizada al momento del retiro, por ende, no se almacenan en el Proyecto. Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Tabla 31. Superficies de la Bodega de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos Ubicación Área destinada para residuos domiciliarios Área destinada para residuos industriales no peligrosos Instalación de Faenas 31,24 m² 122,92 m² Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria.
PAS 142
FASE de Construcción
Los residuos peligrosos se generan debido a mantenciones menores de algunos equipos y actividades específicas de pintura, etc. Corresponden principalmente a restos de combustibles, lubricantes, envases contaminados, guaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros.
Los residuos generados son dispuestos en contenedores, cerrados herméticamente, al interior de la bodega. Respecto a la duración, es posible afirmar que, los residuos peligrosos no están más de 6 meses al interior de la bodega o cuando ésta se encuentre al 70% de su capacidad.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
Para la FASE de Construcción, se contempla la generación de 0,13 ton/mes de residuos industriales peligrosos, cuyo detalle se presenta en la tabla a continuación:
Tabla 32. Residuos Peligrosos generados en la FASE de Construcción RESIDUO PELIGROSO CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Aceites usados I,8
A3020/
X
0.08 Filtros de aceite usados I,8
A3020
X
0.01 Envases de pinturas, solventes y barnices I,12 II,24 A4070
X
X 0.02 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Envases de aerosoles usados, toner I,12 II,23 A4070
X
X 0.01 Arena, serrín u otro material absorbente utilizado para la captación de eventuales derrames de aceites, grasas, combustibles, etc I,9
A4060
X
0.01 Pilas
II-23, II-24 A1170
0,00 Paños contaminados I,8
A3020
X
X 0.01 Total almacenado en contenedores 0,13 TOTAL RESIDUOS PELIGROSOS 0,13 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria. FASE de Operación
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación del Proyecto es de 0,15 ton/mes, y consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas, la cual permanece durante toda la vida útil del Proyecto.
El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo, coincidiendo con las mantenciones al Proyecto, y, en caso de que no se pudiera, son transportados por una empresa autorizada a algún sitio de disposición final autorizado.
Tabla 33. Residuos Peligrosos generados en la FASE de Operación RESIDUO PELIGROSO CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Toners de impresoras I,12
A4070
X
0,00 Aceites usados I.8
A3020/ X
0.01 Filtros de aire
0,01 Envases de pinturas, solventes y barnices I.12 II.24 A4070
X
X
0,01 Envases de refrigerantes usados
II-23, II-24
0,03 Pilas
A1170
0,01 Paños contaminados I.8
A3020
X
X
0,01 Tubos fluorescentes
0,01 Chatarra electrónica, PC, impresoras, teclados, monitores, etc. (kg/mes)
0,01 Líquido refrigerante degradado
0,05 Total, almacenado en contenedores 0,15 TOTAL 0,15 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
FASE de Cierre
El Proyecto contempla una vida útil de 25 años.
Al término de dicho periodo, se evalúa la implementación de la FASE de Cierre o la continuidad del Proyecto implementando mejoras tecnológicas y de mantenciones necesarias para continuar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
con la operación del Proyecto.
Si se llegase a ejecutar la FASE de Cierre, los residuos peligrosos a generar en esta fase son de 0,38 ton/mes, por lo que se mantienen las mismas medidas de manejo que en construcción. Por otra parte, se aclara, que, de igual forma que para la FASE de Construcción, en la FASE de Cierre existen dos bodegas de residuos peligrosos.
El periodo de almacenamiento será hasta el cierre de la fase, dado que el tiempo máximo de almacenamiento es 6 meses, y la FASE de Cierre concluye al mes 5.
En la siguiente tabla se presenta el detalle de lo anterior.
Tabla 34. Residuos Peligrosos generados en la FASE de cierre Residuo Peligroso CATEGORÍA RESPEL LISTA A III CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD CANTIDAD TON/MES LISTA I LISTA II TA TC TE R I C Toners de impresoras I,12
A4070
X
0,00 Aceites usados y filtros de aceites usados I,8
A3020
X
0,06 Envases de pinturas, solventes y barnices I,12 II,24 A4070
X
X
0,02 Envases de aerosoles usados I,12 II,23 A4070
X
0,01 Arena, serrín u otro material absorbente utilizado para la captación de eventuales derrames de aceites, grasas, combustibles, etc I,9
A4060
X
0,02 Pilas
A1170
0,01 Paños contaminados I,8
A3020
X
X
0,01 Tambores para combustible
0,25 Líquido refrigerante degradado
0,00 Total, almacenado en contenedores 0,38 TOTAL 0,38 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Considerando la cantidad generada de residuos peligrosos en la FASE de Construcción, Operación y Cierre, se determinaron los contenedores que son requeridos y, por ende, se puede especificar la capacidad máxima de almacenamiento:
Tabla 35. Capacidad Máxima de Almacenamiento Bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas. Ubicación Área de almacenamiento FASE del Proyecto Cantidad de residuos N° contenedores (220 L) Capacidad máxima de almacenamiento (Litros) Instalación de Faenas
31,24 m2 Construcción 0,13 ton/mes 1 220 Operación 0,15 ton/mes 2 440 Cierre 0,38 ton/mes 3 660 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Cabe destacar, que, de acuerdo con la Tabla anterior, todos los residuos peligrosos generados en la fase de construcción, operación y cierre, y que requieran almacenamiento en contenedores, pueden ubicarse en la bodega de residuos peligrosos de la IIFF.
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A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2 SOBRE LA INEXISTENCIA DE EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida temporal de capacidad del suelo para sustentar biodiversidad por compactación. Pérdida temporal de suelo agrícola. Afectación por emisión de residuos líquidos domésticos Intervención en cuerpo de Agua Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros). Emisiones de gases precursores de efecto invernadero Pérdida de individuos o ejemplares de una población. Perdida de hábitat Modificación o pérdida de hábitat para la flora o vegetación. Pérdida de una comunidad de flora o vegetación. Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre. Pérdida de individuos o ejemplares de una población. Fraccionamiento de hábitat, producto del cierre del terreno y cerco perimetral. Intervención de flora y vegetación sustento de alimentación.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
Y en atención además a lo señalado en los Capitulo 4, 5, 9, 10 y 11 del presente ICE:
Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. No existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos en el área del Proyecto. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Mayores Antecedentes ver ANEXO 8.1 ESTUDIO AGROLÓGICO de la DIA.
El área de estudio comprende una superficie de 1,92 ha que corresponde a las partes y obras del Proyecto. La caracterización del suelo, disponible en el ANEXO 8.1 de la DIA, se realizó por medio de 2 calicatas, por lo que el esfuerzo de muestreo correspondió a 0,95 hectáreas por punto de muestreo, calificado como alto detalle.
Se determinaron dos unidades homogéneas al interior del área de influencia, las cuales presentan las siguientes características:
• La primera unidad corresponde a la denominada como UHS IIIs1, que tiene como limitante una estrata arcillosa sin estructura. Esta UHS se emplaza en 1,8 hectáreas, lo que corresponde a un 94,2% del área del Proyecto. • La segunda unidad corresponde a la denominada como UHS IIIs2, que presenta como limitante la pendiente. Esta UHS se encuentra en 0,11 hectáreas y representa un 5,8% del área total.
Si bien, el Proyecto considera la degradación del suelo producto de las excavaciones subsuperficial, sin embargo, la poca diferencia entre una situación sin Proyecto y con Proyecto se explica fundamentalmente por el tipo de uso del sitio, que es cultivo y pradera, y que le otorga una Clase de Desprotección de 4.
Sobre la presencia de contaminantes:
PAS 140
Mayores detalles ver en ANEXO 17 ACTUALIZACIÓN PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº140 de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Durante la FASE de construcción se habilitará la instalación de faenas (IIFF) que constituye el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en obra. Estas instalaciones están compuestas por módulos prefabricados acondicionados para su uso como oficinas, bodegas y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando, además, áreas de acopio de materiales temporales, estacionamientos de vehículos livianos de trabajadores y visitas, así como para vehículos pesados, tales como camiones y maquinarias, entre otros.
En la siguiente Tabla se indican las coordenadas de las bodegas de la instalación de faenas.
PAS 142
Mayores detalles ver en ANEXO 18 PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO ARTÍCULO Nº142 de la ADENDA Complementaria.
La bodega de residuos peligrosos será el lugar donde se almacenan este tipo de residuos, provenientes de las mantenciones a realizar durante cada fase del Proyecto. Se contempla una bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas que se utiliza en todas las Fases del Proyecto (permanente).
El Área de la Bodega de Residuos Peligrosos de la instalación de faenas contempla una superficie de 31,24 m2.
Será construidas sobre un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 120% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Los residuos están debidamente identificados y clasificados, dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente al interior de las Bodegas en conformidad al D.S 148/03 del MINSAL.
El transporte de estos residuos será realizado por una empresa autorizada y en sitios autorizados y que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud.
La ubicación de la bodega se indica en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., para la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas.
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b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deber considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Flora y Vegetación
Vegetación
Mayores detalles ver en ANEXO 8.2 Informe de línea base componente flora y vegetación terrestre del Proyecto Sistema de Almacenamiento de Energía Argos de la DIA.
El área de Proyecto de almacenamiento de energía eléctrica se ubica en un sector de topografía plana, con desarrollo actual de actividad agrícola.
La superficie carece absolutamente de presencia de elementos rocosos de magnitud, y su pendiente no supera el 3%, de suelos profundos, arables, bien drenados y de actividad intensiva.
La condición fenológica de los elementos de flora constituyentes de las 33 UHV, más adelante descritas, corresponden en el caso de praderas a estado de floración y vigorosos, en tanto que las especies arbustivas y arbóreas en estado vegetativo o en floración según la especie. En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. se muestra la distribución espacial de las 32 UHV identificadas dentro del AI del Proyecto.
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Flora
El Proyecto se inserta dentro de un sector claramente de uso y explotación agrícola con presencia de parches de praderas, matorral, áreas urbanas y de plantaciones de Eucalyptus globulus.
El Proyecto y sus obras se ubican en suelos parejos, carentes de elementos distintivos que otorguen singularidad ambiental como cárcavas, afloramientos rocosos o grandes quebradas.
Como resultado de la prospección, es posible señalar la presencia de 32 especies de flora vascular, cuya clasificación taxonómica se muestra en la siguiente tabla.
Tabla ¡Error! No hay texto con el estilo especificado en el documento.-36. Clasificación taxonómica y listado florístico de las especies descritas en el área de Proyecto
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De acuerdo con el listado florístico del estudio y a la prospección realizada en la estación primavera de 2024, en el área de estudio se detectó la presencia de 32 taxa de flora vascular, de las cuales 29 son de origen alóctono (90,6%) y 3 nativas (9,4%).
En cuanto a la forma de vida o hábito de crecimiento, 4 de las especies descritas corresponde a árbol (12,5%), 19 a hierbas anuales (59,4%) y 7 a hierbas perennes (21,9%) y 2 fanerófitas (6,3%). En la siguiente figura (Figura ¡Error! No hay texto con el estilo especificado en el documento.-7) se detalla el número y porcentaje por hábito de crecimiento.
Figura ¡Error! No hay texto con el estilo especificado en el documento.-7. Cantidad y porcentaje de especies según forma de vida. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores detalles ver en ANEXO 8.2 Informe de línea base componente flora y vegetación terrestre del Proyecto Sistema de Almacenamiento de Energía Argos de la DIA.
Las especies identificadas corresponden a 16 familias, con 31 géneros, con una taxa cada uno, salvo el género Rumex que presenta 2 especies. En la Figura ¡Error! No hay texto con el estilo especificado en el documento.-7, se muestra la cantidad de especies según su origen y familia.
Figura ¡Error! No hay texto con el estilo especificado en el documento.-8. Cantidad y porcentaje de especies según familia.
Fuente: Mayores detalles ver en ANEXO 8.2 Informe de línea base componente flora y vegetación terrestre del Proyecto Sistema de Almacenamiento de Energía Argos de la DIA.
Las especies del tipo biológico herbácea corresponden, en su mayoría, a malezas que se encuentran dentro del área definida para el almacenamiento de energía, así como también en praderas naturales y estrata herbácea de matorrales y sotobosque de plantaciones forestales.
Haciendo un cruce entre el listado florístico del Proyecto y la legislación chilena referente a la clasificación de especies, en específico los 19 Decretos Supremos emitidos por el MINSEGPRES y el Ministerio del Medio Ambiente, Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile (Listado Nacional) (Benoit, 1998), en el área no se detectaron especies en alguna categoría de conservación.
Fauna
Mayores detalles ver en ANEXO 8.3 CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL COMPONENTE FAUNA SILVESTRE de la DIA.
Se registró una riqueza total de 34 especies (23 especies de aves, 9 especies de mamíferos, una especie de reptil y una especie de anfibios). El ambiente plantación forestal fue el que registró la mayor riqueza total (N=22), seguido por agrícola (N=20).
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Los valores más altos para el índice de Shannon para todas las campañas se asociaron al ambiente plantación forestal, presentando el más alto durante el invierno H' (2,55), seguido por el ambiente agrícola en primavera H' (2,01). En contraste, los valores más bajos se encuentran en el ambiente agrícola, para invierno H' (1,87), y el ambiente plantación forestal en primavera H' (1,97). Estos resultados sugieren que la plantación forestal alberga una mayor diversidad de especies en comparación con el ambiente agrícola, especialmente durante el invierno, lo que podría estar asociado a que la plantación forestal posee una estructura vegetacional más compleja, donde se pueden encontrar diferentes estratos (arbóreo, arbustivo o herbáceo), lo que potencialmente podría brindar mayor oferta de nichos ecológicos para diferentes especies.
La mayor diversidad relativa (índice de Simpson) se obtuvo en el ambiente plantación forestal, tanto en la campaña de invierno (1-D=0,90) como en primavera (1-D=0,83). Mientras que la más baja fue registrada en el ambiente agrícola en invierno (1-D=0,78) y primavera (1- D=0,0,81). Lo anterior indica que el ambiente plantación forestal tiene una comunidad más diversa de especies, donde éstas se distribuyen de manera más equitativa y existe una menor dominancia de unas pocas. Por otro lado, el ambiente agrícola tiene una comunidad menos diversa de especies, lo que podría explicarse debido a que es un ambiente más homogéneo donde solo algunas especies se ven mayormente favorecidas (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.).
En función de lo anterior, es posible identificar que tanto el índice de Shannon y el de Simpson (1-D) muestran patrones similares, donde la plantación forestal presenta una mayor diversidad que el ambiente agrícola, y que esta varía según la temporada, pero conserva dicho patrón (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.).
Por otra parte, los valores más altos de equitatividad fueron en el ambiente plantación forestal y se obtuvo el mismo valor tanto en invierno como en primavera (J=0,90). Los valores más bajos de equitatividad se encuentran en el ambiente agrícola para primavera (J=0.,79) y para la campaña de invierno (J=0.0,84). Esto sugiere que en el ambiente plantación forestal, las especies se encuentran distribuidas de manera uniforme, donde ninguna especie domina significativamente sobre las demás. De esto, también se puede interpretar que posiblemente el ambiente plantación forestal ofrece condiciones favorables que permiten que diferentes especies coexistan sin que unas pocas dominen. Por otro lado, en el ambiente agrícola, la distribución de los individuos entre las diferentes especies no ocurre de manera tan uniforme y algunas especies son más dominantes que otras (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.).
En el área no se identificaron especies en categorías de amenaza. Sin embargo, existe 1 especie “Casi amenazada” (NT) (Pleurodema thaul), 5 en “Preocupación menor” (LC) (Liolaemus lemniscatus, Tadarida brasiliensis, Myotis chiloensis, Lasiurus varius y Nothoprocta perdicaria) y una especie en “Datos insuficientes” (DD) (Lasiurus villosissimus).
Se registró una especie endémica, la perdiz chilena (Nothoprocta perdicaria), que fue registrada en la estación 01, asociada al ambiente plantación forestal. Sin embargo, dada la pequeña extensión del área de influencia y los hábitos de esta especie, es muy probable que ocupe toda el área de estudio. Esta especie habita en ambientes de matorrales, praderas y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
ambientes agrícolas, donde se alimenta exclusivamente en el suelo. Los campos agrícolas son un hábitat favorable debido que presentan pastizales altos que funcionan como refugio y además tienen ofertas de granos y semillas remanentes de las cosechas.
Se identificaron cinco especies de baja movilidad. Tres especies de mamíferos: Abrothrix olivaceus, Oligoryzomys longicaudatus y Rattus norvegicus; una especie de reptil: Liolaemus lemniscatus y una especie de anfibio: Pleurodema thaul. Los ejemplares de las especies mencionadas son sensibles a cualquier intervención, debido a que sus ámbitos de hogar son acotados y su capacidad de huida o movimiento es restringida.
De ellas, Rattus norvegicus corresponde a una especie exótica invasora, por lo cual no corresponde a una especie sensible y sus poblaciones en el área de estudio no presentarían ninguna interacción negativa con el Proyecto. Por otro lado, Abrothrix olivaceus y Oligoryzomys longicaudatus fueron registrados en arbustos (Rubus ulmifolius) ubicados en el deslinde del Proyecto. Por otro lado, Liolaemus lemniscatus fue registrado un solo ejemplar en la plantación forestal. Ambos sectores (matorral de deslinde y plantación forestal), no son intervenidos por el Proyecto, por lo que se espera que no existan interacciones negativas entre estas especies y el desarrollo de obras.
En cuanto al sapito de cuatro ojos (Pleurodema thaul), corresponde a una especie de baja movilidad, que se encuentra en categoría de “Casi amenazado” y es parte de un grupo de vertebrados altamente sensible al cambio de las condiciones ambientales (anfibios). Esto último debido a que son organismos que, por sus hábitos acuáticos a semiacuáticos, se ven muy afectados por la escasez del recurso hídrico o contaminación en el ambiente debido a su piel permeable. Este registro probablemente se asocia a un canal cercano, el cual no será intervenido, no afectando su caudal normal. Por otra parte, esta especie tiene una amplia distribución en Chile, no es una especie rara y no se identificaron hábitats apropiados para su reproducción ni desarrollo dentro del área de influencia del Proyecto. De manera que, no se espera que haya interacciones negativas entre las partes, obras y acciones del Proyecto con esta especie (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.).
Además, el área de influencia se encuentra en una matriz agrícola, rodeada de otros campos de cultivo y plantación forestal, la cual solo será intervenida en una porción. Por lo que estos ambientes circundantes pueden actuar como refugio para estas especies al momento de la intervención.
Ictiofauna
Mayores detalles ver en ANEXO 15 ESTUDIO DE ICTIOFAUNA ACUÁTICOS CONTINENTALES de la ADENDA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
El cuerpo de agua registrado en el área de estudio corresponde a un canal de regadío tipo “acequia”, el cual, durante la campaña de terreno, se encontraba parcialmente sin escorrentía. El área que presentaba un caudal activo correspondió aguas arribas del punto donde se mejorará el cruce a dicha acequia. Sin embargo, los agricultores de la zona habían realizado un dique para desviar las aguas de la acequia y de esta manera, regar los campos agrícolas del sector.
Considerando los resultados anteriormente expuestos, es posible señalar que el cuerpo de agua presente en el área de influencia del Proyecto corresponde a un canal artificial, o acequia, el cual es utilizado como regadío para los campos agrícolas del área.
Durante la campaña de terreno, se registró que las aguas de este canal fueron desviadas hacia los campos agrícolas. Lo anterior, se traduce en que el sector de intervención del Proyecto (construcción de obra tipo alcantarilla), al momento de la campaña de terreno, no registra un caudal activo (e.g. escaso a nulo escurrimiento superficial).
Estas fluctuaciones antrópicas de los caudales, estaría dado por las necesidades de los regantes en el área de estudio. Considerando lo anterior, resulta esperable no registrar la presencia de ictiofauna y/o de alguna especie en categoría de conservación (e.g. crustáceos).
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c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Suelo
No existe pérdida de suelo por la construcción de las obras y partes del Proyecto, dado que estas obras, principalmente las obras de tipo permanente, que corresponden a caminos internos, subestación, contenedores de baterías y centros de transformación, requieren compactación y escarpe, pero el material removido será distribuido uniformemente en el Área de Almacenamiento.
Estos efectos no se consideran significativos por las siguientes razones:
La superficie total del Proyecto es de 1,92 hectáreas, de las cuales 46,6% posee obras permanentes. Por lo demás, en la FASE de Cierre del Proyecto, las áreas sujetas a compactación son limpiadas y descompactadas, además de remover todo el hormigón presente, para devolver la estructura y aireación del suelo. - Las obras de escarpe tienen más bien características de nivelación de suelos, por lo que el material removido de un sitio será distribuido uniformemente en el Área de Almacenamiento. - Adicionalmente, es importante indicar que no hay modificación en la geoforma o morfología del suelo, ya que las obras del Proyecto están diseñadas para no invertir los horizontes de suelo durante el proceso de tapado de las zanjas, considerando que, durante el proceso de excavación, la sección más superficial del suelo removido (horizonte A y B) será conservada separadamente del resto del material proveniente desde mayores profundidades (material parental y/o roca en diferentes grados de meteorización), de este modo la excavación se sellará con el horizonte A y B, para no alterar el orden original de los horizontes del suelo.
Por su parte, las obras temporales no requieren intervención permanente del suelo, sino que son retiradas al finalizar la FASE de Construcción y devueltas en la FASE de Cierre a lo largo de su duración. Dado esto, las obras en sí mismas, no tienen afectación en el recurso suelo.
Para el funcionamiento del Proyecto se requiere realizar compactación de suelos en algunas de las obras temporales y permanentes. Esta compactación será delimitada a sectores reducidos que son sometidos posteriormente a trabajos de descompactación de suelos en la FASE de Cierre.
De acuerdo con Jorge Claviere et al. (2000), la compactación por el tránsito de maquinaria pesada genera una resistencia a la penetración significativamente mayor en los primeros 15 cm del suelo y es detectable hasta los 38 cm, por lo que se sometería los suelos a labores de descompactación durante la FASE de Cierre, incluido en el ANEXO 21 Plan de Cierre de la ADENDA.
Las propiedades físicas del suelo se verán afectadas en algunos sectores, siendo estos sometidos a compactación y escarpe, afectando negativamente su estructura, cuestión que puede ser revertida en la FASE de Cierre del Proyecto. Respecto a las propiedades químicas, el Proyecto no contempla realizar ningún tipo de cambio al suelo ni adicionar ningún tipo de contaminante.
Las principales actividades u obras que podrían causar deterioro de las propiedades químicas y biológicas del suelo son las emisiones de vehículos y maquinarias y el manejo de residuos peligrosos, en caso de una emergencia no prevista.
Respecto a lo último, las emisiones son acotadas a cortos periodos de tiempo (en la FASE de construcción principalmente) y son de baja magnitud, por lo que difícilmente podrían causar daños a las propiedades biológicas y químicas del suelo. Por otra parte, los residuos peligrosos susceptibles de contaminar el suelo son almacenados en bodegas impermeables y acondicionadas según la norma, por lo que no presentan un riesgo de contaminar.
Agua
Respecto al componente agua, vale recalcar que el manejo de todos los residuos será adecuado en conformidad a lo que dicta la normativa vigente, no habrá descargas de ningún tipo de efluentes en cauces o cuerpo de agua, ni al suelo en ninguna de las Fases del Proyecto, que puedan generar un impacto.
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El único residuo líquido que se genera en la FASE de Operación proviene del baño y este será manejado por medio de fosa séptica y gestionado por una empresa autorizada.
Por otra parte, se aclara que no se contempla extraer o aprovechar el agua de cuerpos de agua cercanos para ningún fin, de manera que toda el agua necesaria para los distintos fines será obtenida a empresas externas que cuenten con autorización para dicho fin.
Aire
Respecto al componente aire, tal como se ha mencionado en el análisis del literal a) del artículo 6, las emisiones atmosféricas para FASE de Construcción corresponden a polvo suspendido por el paso de vehículos livianos y pesados por caminos pavimentados y no pavimentados, y por movimiento de tierras.
Estas emisiones se generan en volumen reducido, y se considera como medida de control el uso de lonas para el transporte de carga y reducción de velocidad de viaje al interior del predio. En cuanto a las emisiones de gases, éstas no son de carácter significativo. Sin perjuicio de ello, se les exige a los contratistas la utilización de vehículos con revisión técnica al día.
En FASE de Operación no se generan emisiones atmosféricas significativas y están circunscritas al tránsito de los vehículos que trasladan al personal que realiza las mantenciones y limpieza del Proyecto.
Durante la FASE de Cierre se da por homologado (en el peor de los casos) las emisiones que se generan durante la FASE de Construcción, dado que su duración es menor, tiene menos mano de obra, las actividades proyectadas son de menor impacto que las de Construcción, entre otros factores.
En función de los antecedentes se tiene que la magnitud de las emisiones que se generan no será significativa, principalmente porque no superan los límites máximos establecidos por la normativa y Plan de descontaminación del Valle central de O´Higgins. Respecto a la duración del impacto, este será acotado principalmente a las Fases de Construcción y Cierre (6 meses Construcción y 4 meses Cierre), lo cual es bastante reducido en comparación a la vida útil del Proyecto establecida en 25 años.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de Calidad de aire
Material Particulado Grueso, MP10
En la siguiente tabla se presentan los resultados modelados, sumados a los registrados en la situación basal (LB), de MP10, tanto en su concentración anual como 24 horas. Respecto a la concentración anual, se observa que los aportes son mínimos representando, en promedio, un aumento del 0,2% a la concentración basal; a la vez, se observa, que el aporte del Proyecto no genera una situación de saturación de la norma. Con relación al MP10 como promedio 24 horas, se observa que las concentraciones modeladas son de baja magnitud, aumentando la concentración basal en tan sólo un 0,7% como promedio para todos los receptores.
Las concentraciones modeladas anuales son de baja magnitud, fluctuando entre 0,04 y 0,25 µg/m³. Los receptores 71 y 2 destacan por registrar las concentraciones modeladas más altas, con valores de 0,25 µg/m³ y 0,19 µg/m³, respectivamente. En el caso de las concentraciones modeladas para 24 horas, se observa una mayor variabilidad, siendo nuevamente los receptores 2, 7 y 1 que presentan los valores más elevados, con 1,38 µg/m³, 1,26 µg/m³ y 0,96 µg/m³, respectivamente.
Tal como se expuso en la Línea de Base (acápite D.1.3 del presente documento), el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, ha sido declarado saturado por los contaminantes MP10 mediante el D.S. N°7/2009 del MINSEGPRES para el promedio anual y 24 horas, por cuanto, corresponde el análisis del CRITERIO DE EVALUACIÓN EN EL SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5, en adelante “el criterio”.
1 Representativo del cementerio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
acuerdo a lo anterior, se considera la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
Con base al cronograma del Proyecto y acorde a los resultados de la modelación, corresponde la aplicación de los valores de significancia para el aumento de la concentración de MP10 sobre receptores humanos indicados en la Tabla 5, para una exposición de 12 meses. En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., se presenta la comparación de la concentración modelada y los valores indicados en el criterio, de donde se demuestra el amplio cumplimiento y por cuanto, descartando el riesgo a la salud de la población por preexistencia.
Material Particulado Fino Respirable, MP2,5
A continuación, se presenta una tabla que muestra los resultados modelados de MP2,5, junto con los valores registrados en la situación basal (LB), tanto para las concentraciones anuales como para las de 24 horas. Se observa que las concentraciones modeladas son de baja magnitud, reflejando un incremento del 0,2% en el promedio anual y del 0,4% en el promedio de 24 horas.
Las concentraciones modeladas son de baja magnitud y se condicen con las emisiones estimadas. Entre los receptores, el promedio anual fluctúa entre los 0,01 µg/m³ y 0,10 µg/m³, siendo los receptores de mayor aporte el 7 y 2, proyectando concentraciones de 0,10 µg/m³ y 0,08 µg/m³. En tanto, que para la concentración 24 horas, la variabilidad es mayor proyectando concentraciones entre de 0,05µg/m³ y 0,61 µg/m³, además, se observa que el receptor con mayor aporte en la concentración 24 horas corresponde al 7 y el 2, alcanzando un valor de 0,57 µg/m³ y 0,61 µg/m³, respectivamente.
Al igual que con el MP10, el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
O'Higgins ha sido declarado zona saturada por los contaminantes MP2,5, según el D.S. N°42/2017 del MMA. Por lo tanto, es aplicable la comparación con el criterio.
De acuerdo con el cronograma del Proyecto y los resultados de la modelación, se deben considerar los valores de significancia para el aumento de la concentración de MP2,5 en los receptores humanos, tal como se indica en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., para un periodo de exposición de 12 meses. En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., se compara las concentraciones modeladas con los valores del criterio, mostrando un cumplimiento que permite descartar riesgos para la salud de la población debido a condiciones preexistentes.
Calidad del agua
Respecto a la componente agua, cabe recalcar que el manejo de todos los residuos no habrá descargas de ningún tipo de efluentes en cauces o cuerpo de agua, ni al suelo en ninguna de las Fases del Proyecto, que puedan generar un impacto.
No se contempla extraer o aprovechar el agua de cuerpos de agua cercanos para ningún fin, de manera que toda el agua necesaria para los distintos fines será obtenida a empresas externas que cuenten con autorización para dicho fin.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel Mayores Antecedentes ver ANEXO 12 Informe Ambiental Componentes Ruido y Vibración de la ADENDA Complementaria.
De acuerdo con la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impacto por Ruido sobre Fauna Nativa” de abril 2022, y, con los resultados obtenidos en las campañas de terreno Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. de registro de fauna, en el área de influencia del Proyecto no se identificaron hábitats de relevancia según los criterios estipulados por la guía. Es importante mencionar, que en la guía se establece: “se consideran como receptores aquellas áreas en donde se concentren especies nativas o que puedan asociarse a sitios de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, así como cualquier área con protección oficial o sitio reconocido por su valor ambiental, dentro del área de influencia.".
De acuerdo con lo anterior, en el área de influencia del Proyecto para Fauna Nativa no se identificaron áreas que concentren especies de fauna nativa, ni tampoco se identificaron unidades espaciales que sean representativas o sectores con particularidades para fauna y que, además, puedan brindar un recurso concentrado para la permanencia de especies. Es por esto, que los ambientes identificados en el área de influencia tampoco corresponden a sitios de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de las especies nativas identificadas. A su vez, tampoco se identifican en zonas próximas a áreas bajo protección oficial o sitios reconocidos por su valor ambiental, por lo que se puede determinar que no existen hábitats de relevancia asociados al Proyecto.
En vista de lo anterior, y según la metodología de análisis de la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impacto por Ruido sobre Fauna Nativa” se descarta la evaluación por ruido sobre fauna nativa.
Lo anterior se grafica en el siguiente esquema de evaluación propuesto por la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impacto por Ruido sobre Fauna Nativa”:
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La ubicación de todos los receptores se presenta en la siguiente cartografía:
No se consideró la evaluación de receptores de fauna al no encontrarse sitios de relevancia dentro del área de influencia del Proyecto y basándose en el documento técnico “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impacto por Ruido sobre Fauna Nativa” de abril 2022. Los resultados expuestos en este Informe pertenecen a los escenarios más desfavorables para aquellos receptores, por lo que, en la práctica, las inmisiones de ruido y vibración recibidos por éstos son menores.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Sustancias Peligrosas
FASE de Construcción
La ubicación geográfica de la bodega de sustancias peligrosas se señala a continuación:
Las sustancias peligrosas por almacenar se presentan en la siguiente tabla:
La bodega de sustancias peligrosas está conformada por 2 contenedores, cada uno con capacidad para 8 tambores de 200 litros, alcanzando un total de 16 tambores entre ambos.
Esto equivale a una capacidad máxima de 1,6 m³ por contenedor (200 L x 8 tambores), es decir, 3,2 m³ en total para ambos contenedores.
Las características constructivas de la Bodega de Sustancias Peligrosas cumplen con un receptáculo preferentemente de Acero ASTM A 36 de 3mm tanto en paredes como cubierta, tiene una superficie de suelo con una parrilla metálica de 24 mm aproximadamente, con una resistencia de 1.2 ton/m2, además todas las paredes de la bodega tienen recubrimiento interior y exterior, con anticorrosivo epóxido para exposición a la intemperie.
La bodega se emplaza sobre una superficie de hormigón que aísla el suelo de la bodega. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
FASE de Operación
Durante la FASE de Operación del Proyecto, las labores de mantención del sistema de almacenamiento BESS son ejecutadas por empresas contratistas especializadas, responsables del suministro, transporte y manejo de los insumos requeridos para dichas actividades.
De esta forma, el Titular no efectúa directamente la adquisición de estos materiales, sino que estos son provistos por los técnicos acreditados que realicen cada intervención programada.
En relación con los insumos peligrosos, estos corresponden a materiales que pueden generar residuos peligrosos conforme a la Lista A III del Reglamento RESPEL y lo descrito en el ANEXO 18 Permiso Ambiental Sectorial Mixto Artículo Nº142 de la ADENDA Complementaria.
Dentro de este grupo se incluyen:
• Aceites lubricantes y dieléctricos. • Solventes industriales. • Aerosoles para limpieza o refrigeración. • Trapos contaminados con hidrocarburos. • Filtros saturados. • Envases con restos de sustancias químicas. • Pilas o baterías menores de respaldo.
Tras su utilización, estos insumos pueden presentar características de peligrosidad tales como toxicidad aguda, toxicidad crónica e inflamabilidad, estimándose una generación aproximada de hasta 0,15 toneladas mensuales de residuos peligrosos durante los períodos en que se ejecuten mantenciones.
FASE de Cierre
Corresponden a aceite y grasa lubricante principalmente.
Estas sustancias son almacenadas en la misma bodega de sustancias peligrosas implementada igualmente para la FASE de Construcción.
El suministro de sustancias se contrata a empresas autorizadas y se informa a los trabajadores los riesgos asociados a la gestión y manejo de estas. Se estima un total de 0,01 ton/mes de estas sustancias, correspondientes a aceite de motor y grasa lubricante.
Emisiones Liquidas
FASE de Construcción
Los residuos líquidos generados en la FASE de Construcción son los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
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Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
FASE de Operación
Dado que las aguas servidas corresponden a efluentes domésticos, los lodos generados por el tratamiento de éstas no contienen sustancias reactivas o tóxicas, ni tampoco presentan características de peligrosidad.
Los lodos generados corresponden al tipo húmedos y son retirados por una empresa externa autorizada para tales fines según descrito en la letra e). Los residuos se disponen en un sitio autorizado.
En la Tabla, se indica la caracterización fisicoquímica de lodos.
La estimación de la cantidad de lodos generados se presenta a continuación, los que son retirados mediante camión limpia fosas, por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
El Titular lleva un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible la información de retiros para control de la Autoridad.
Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos son requisitos para la firma del contrato con las empresas que realizan el retiro y la disposición final. Esto aplica para la FASE de Operación.
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FASE de Cierre
Dado a que se consideran la misma cantidad de baños químicos que la FASE de Construcción, los residuos líquidos generados corresponden a la misma cantidad que la FASE de Construcción.
Los residuos líquidos generados en la FASE de Cierre son los provenientes de los lavamanos y duchas.
Cabe señalar que, durante la FASE de Construcción, en el área de instalación de faenas, se utilizan solo baños químicos.
Se estima una generación de 6,75 m3 de residuos líquidos por día considerando el peak de 45 trabajadores.
Respecto a otras actividades donde se pueda tener residuos de líquidos, como es el caso del uso de aguas industriales para la compactación de suelos o lavado de maquinaria superficial, esta se cuenta como evaporación, por lo que no requiere un retiro ni una zona acondicionada para el residuo líquido.
Residuos Solidos
PAS 140
FASE de Construcción
Durante la FASE de Construcción se generan 0,9 ton/mes de residuos asimilables a domésticos, los cuales consisten en restos de comida, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, entre otros, los que son retirados desde donde existan tambores con tapa claramente identificados para la disposición temporal de este tipo de residuo.
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Posteriormente, son llevados y almacenados en la bodega de residuos domésticos dentro de la IIFF en contenedores cerrados, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado.
Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de construcción del Proyecto.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
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Durante la FASE de Construcción se estima se generan 1,67 ton/mes de residuos industriales no peligrosos, provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción, elementos de ferretería y otros restos de materiales, los que son almacenados en la Bodega de Residuos No Peligrosos de la Instalación de Faena, si es necesario.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente será transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia de 2 veces por mes o cuando sea necesario.
En la Tabla se resumen las cantidades de residuos sólidos domésticos y no peligrosos estimados a generar para la FASE de Construcción del Proyecto.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
FASE de Operación
El Proyecto genera residuos sólidos domésticos, los cuales consisten básicamente en papeles, restos de comida, envoltorios, entre otro. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 5 días de trabajo al mes. En esta fase se han considerado 7 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto, 0,035 ton/mes.
Estos residuos son dispuestos (en origen) en bolsas plásticas al interior de contenedores cerrados de HDPE (de 200 litros de capacidad), para ser retirados por el personal hacia la Bodega de Residuos Domésticos.
El retiro de los residuos será por parte de una empresa autorizada y se lleva a cabo una vez finalizada la mantención respectiva, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
Considerando la cantidad generada de residuos en la FASE de Construcción es que se estiman las capacidades, dimensiones y volúmenes de las bodegas de la instalación de faenas.
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Durante la FASE de Operación, la generación de residuos sólidos industriales no peligrosos asociada a las actividades de mantención son mínimas y son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos No Peligrosos permanente.
Estos son retirados por el contratista una vez finalizadas las labores de mantención para ser dispuestos en lugar autorizado (una vez por semana, considerando el mes que contempla mantención).
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
FASE de Cierre
Ante un eventual cierre, los residuos sólidos domésticos generados son de naturaleza similar a los declarados para la FASE de Construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos), plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, los cuales, son generados en una tasa de 1 kg/persona/día, considerando 20 días de trabajo al mes.
En esta fase se han considerado 45 personas como dotación máxima de personal, por lo tanto 0,9 ton/mes.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
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Los RISES considerados para la FASE de Cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros.
Se estima una generación de 0,97 ton/mes de este tipo de residuos.
Estos residuos pueden ser reutilizados, reciclados y/o comercializados, el remanente es transportado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud con una frecuencia mensual o cuando sea necesario.
Respecto a los escombros, maderas y restos de metales, cabe destacar que estos no son almacenados por el Proyecto, sino retirados de inmediato por una empresa autorizada para ello.
Las bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos y residuos industriales no peligrosos de la instalación de faena se señalan en la Tabla a continuación:
PAS 142
FASE de Construcción
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Los residuos peligrosos se generan debido a mantenciones menores de algunos equipos y actividades específicas de pintura, etc. Corresponden principalmente a restos de combustibles, lubricantes, envases contaminados, guaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros.
Los residuos generados son dispuestos en contenedores, cerrados herméticamente, al interior de la bodega.
Respecto a la duración, es posible afirmar que, los residuos peligrosos no están más de 6 meses al interior de la bodega o cuando ésta se encuentre al 70% de su capacidad.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
Para la FASE de Construcción, se contempla la generación de 0,13 ton/mes de residuos industriales peligrosos.
FASE de Operación
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación del Proyecto es de 0,15 ton/mes, y consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas, la cual permanece durante toda la vida útil del Proyecto.
El retiro de estos residuos es cada 6 meses como máximo, coincidiendo con las mantenciones al Proyecto, y, en caso de que no se pudiera, son transportados por una empresa autorizada a algún sitio de disposición final autorizado.
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FASE de Cierre
El Proyecto contempla una vida útil de 25 años.
Al término de dicho periodo, se evalúa la implementación de la FASE de Cierre o la continuidad del Proyecto implementando mejoras tecnológicas y de mantenciones necesarias para continuar con la operación del Proyecto.
Si se llegase a ejecutar la FASE de Cierre, los residuos peligrosos a generar en esta fase son de 0,38 ton/mes, por lo que se mantienen las mismas medidas de manejo que en construcción. Por otra parte, se aclara, que, de igual forma que para la FASE de Construcción, en la FASE de Cierre existen dos bodegas de residuos peligrosos.
El periodo de almacenamiento será hasta el cierre de la fase, dado que el tiempo máximo de almacenamiento es 6 meses, y la FASE de Cierre concluye al mes 5.
En la siguiente tabla se presenta el detalle de lo anterior.
Considerando la cantidad generada de residuos peligrosos en la FASE de Construcción, Operación y Cierre, se determinaron los contenedores que son requeridos y, por ende, se puede especificar la capacidad máxima de almacenamiento:
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Cabe destacar, que, de acuerdo con la Tabla anterior, todos los residuos peligrosos generados en la fase de construcción, operación y cierre, y que requieran almacenamiento en contenedores, pueden ubicarse en la bodega de residuos peligrosos de la IIFF.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deber considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y El Proyecto no considera la afectación a los recursos hídricos de ningún tipo, debido a que, cercano al Proyecto no se encuentran cuerpos de agua superficiales que puedan vere afectados por un accidente de vertimientos de sustancias en estos cuerpos.
En cuanto al nivel freático estático la napa se encontraría entre los 10 a 13 metros, según el análisis realizado en el ANEXO 8.8 de la DIA, lo que es relevante ya que las obras subsuperficiales se encuentran a profundidades menores, lo que no implicaría una contaminación del recurso.
Al igual, como ya se mencionó en el Artículo 5° letra d), no se generan impactos o exposición a contaminantes. Las sustancias utilizadas y residuos generados son, almacenados, manipulados, transportados y dispuestos en lugares autorizados en cumplimiento con la normativa vigente, por lo tanto, no existe afectación de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
En consecuencia, y conforme a los antecedentes expuestos, no habrá efectos adversos sobre los recursos naturales renovables en el Área de Proyecto por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia, lo anterior en función de las condiciones en que estos son transportados, almacenados, utilizados y eventualmente dispuestos en sitios autorizados según corresponda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de las Fases del Proyecto. i) Los impactos generados por pérdida de resiliencia climática de los ecosistemas. En la Tabla a continuación se incorporan los riesgos propuestos por la Guía de Cambio Climático, su relación con el Proyecto y las acciones a adoptar.
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A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO genera o presenta efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables
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5.3 SOBRE LA INEXISTENCIA DE REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Alteración significativa por aumento de emisiones a la atmósfera, ruido y vibraciones Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento en la concentración de contaminantes a emitir a la atmósfera y su relación con los grupos humanos presentes en el área de influencia. Obstrucción o restricción a la libre circulación. Conectividad o aumento en los tiempos de desplazamiento.
Existencia de grupos humanos en el área de influencia El área de influencia está justificada a través del solapamiento y superposición de las distintas áreas de influencia mencionadas con anterioridad cumpliendo el criterio de integrar los factores generadores de impacto dentro de esta o en consideración de las mismas, siendo importante mencionar que si bien pueden existir porciones de estas que no están contenidas, en dichas zonas no hay presencia de grupos humanos, ni flujos de transporte o en su defecto corresponden a sectores cuyos límites o parte de estos fueron abordados en el levantamiento de información y caracterizados en la dimensión de bienestar básico. Así mismo, la delimitación física utilizó limites artificiales y naturales que siguen patrones geográficos, rurales y urbanos el cual determinan el espacio físico de la superficie que abarca el área de influencia.
En la figura siguiente se muestra el área de influencia de Medio Humano del Proyecto teniendo en consideración todos los criterios anteriormente señalados:
De esta manera el Área de Influencia de Medio Humano quedó definida a través de límites artificiales del área urbana y límites naturales del área rural abarcando 350 hectáreas en torno a la localidad de Pelequén, comuna de Malloa.
Encontrándose delimitada de la siguiente forma:
● Límite norte: Determinado por los deslindes prediales del sector. ● Límite este: Se proyecta a través de caminos y senderos ubicados en la ladera oeste del Cerro Pelequén, hasta interceptar la Ruta H-711, también denominada Camino Los Maquis. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
● Límite sur: Definido en la Ruta 5 (Carretera Panamericana), desde donde la delimitación se extiende hacia el este por los deslindes de la Villa Morandé. ● Límite oeste: Establecido siguiendo el margen de la Ruta 5 hacia el norte, hasta cerrar nuevamente con los deslindes prediales señalados en el sector norte.
Dentro del AIMH se reconoce una importante superficie destinada a uso de suelo residencial, conformada tanto por villas y poblaciones recientes como por sectores históricamente habitados de la localidad de Pelequén. Junto a ello, se identifican áreas destinadas a usos productivos, principalmente vinculados a la actividad agrícola, destacando cultivos de maíz y curahuilla.
En este sentido, la distribución y caracterización de los usos del suelo identificados se encuentran en concordancia con lo establecido en la Guía del Uso del Territorio (2013) del SEIA, la cual orienta la clasificación de los distintos tipos de uso de suelo y su relación con los componentes del medio humano, considerando las funciones residenciales, productivas, de equipamiento e infraestructura presentes en el territorio.
En cuanto a los equipamientos presentes, el AIMH incluye establecimientos de carácter comercial, religioso y cultural, entre los que resalta el Santuario de Santa Rosa de Pelequén, sitio de alto valor patrimonial y de gran significancia para la comunidad local y regional. Asimismo, se registran equipamientos deportivos, de salud, educacionales, recreativos y comunitarios, los cuales cumplen un rol relevante en el funcionamiento social y la calidad de vida de la población. Respecto a la infraestructura existente, se identifican redes de transporte, sanitaria y energética. En esta última categoría, cobra especial relevancia la Subestación Pelequén, dado que constituye un punto de conexión directa con las obras y partes del Proyecto. Finalmente, en el centro urbano de la localidad de Pelequén, dentro del AIMH, se observa la presencia de infraestructura pública destinada al encuentro y esparcimiento comunitario, tales como plazas, plazoletas, áreas verdes y espacios públicos diversos, que complementan la estructura urbana y social del territorio.
Reasentamiento de comunidades humanas El Proyecto no contempla el reasentamiento o alteración significativa a grupos humanos.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:
Además de lo descrito en los Capítulos 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del ICE, se indica:
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales al interior de la zona del Proyecto que sean sustento económico para grupos humanos ajenos al dueño del predio.
El área de Proyecto actualmente corresponde a un predio privado con acceso restringido, el cual no presenta actividad residencial y/o económica para los grupos humanos identificados.
Cabe mencionar que en el área de influencia no se identificaron GHPPI, por lo que se descarta intervención, uso o restricción de recursos naturales utilizados para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
El Proyecto se emplaza en un predio privado con acceso restringido, sin intervención ni uso de recursos naturales utilizados por grupos humanos para fines económicos, medicinales, culturales o tradicionales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Dentro del AIMH se identifican principalmente áreas residenciales de la localidad de Pelequén, junto con zonas productivas agrícolas asociadas a cultivos como maíz y curahuilla.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Según lo descrito en el Acápite 4.1 del ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria, la cantidad de viajes asociados al Proyecto en evaluación corresponden a 5 vehículos equivalentes por hora, tanto para ingreso como egreso al Proyecto. En este contexto, se incorporará dicha demanda a los flujos obtenidos en la Situación Base para los movimientos que forman parte de las rutas de ingreso o atracción (112, 243 y 323) y de egreso o generación (121, 234, y 332).
A continuación, se presentan los flujos viales de la situación con Proyecto, indicándose los valores que fueron aumentados debido a la demanda que incorporará el Proyecto. Cabe señalar que se ha considerado la magnitud del flujo en todas las direcciones de ingreso y egreso que forman parte de las rutas, considerando así, el escenario más desfavorable.
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Con los flujos de la situación con Proyecto, se realiza nuevamente una simulación vial en el software Sidra Intersection®, obteniendo los siguientes indicadores:
Tabla 37. Resultados Modelación situación con Proyecto PC1 – Periodo Punta Mañana Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 131 48 3,4% 0 0 132 18 3,4% 5,5 0 East: Ruta H-711 123 27 8,9% 7,9 2,4 121 87 8,9% 8,2 2,4 North: Ruta H-611 112 35 3,1% 5,6 1 113 20 3,1% 0,2 1 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 38. Resultados Modelación situación con Proyecto PC1 – Periodo Punta Tarde Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 131 37 2,9% 0 0 132 18 2,9% 5,5 0 East: Ruta H-711 123 10 3,2% 8,3 0,8 121 30 3,2% 8,1 0,8 North: Ruta H-611 112 74 8,5% 5,6 2,5 113 80 8,5% 0,1 2,5 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 39. Resultados Modelación situación con Proyecto PC2 – Periodo Punta Mañana Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 234 124 9,0% 5,9 3 231 21 9,0% 0,5 3 North: Ruta H-611 213 31 8,3% 0 0 214 124 8,3% 5,5 0 West: C. Gallegos 241 57 8,7% 8,6 2,2 243 35 8,7% 8,1 2,2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 40. Resultados Modelación situación con Proyecto PC2 – Periodo Punta Tarde Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 234 91 8,9% 6 2,9 231 57 8,9% 0,5 2,9 North: Ruta H-611 213 47 8,9% 0 0 214 120 8,9% 5,5 0 West: C. Gallegos 241 117 20,7% 8,9 5,8 243 107 20,7% 8,2 5,8 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 41. Resultados Modelación situación con Proyecto PC3 – Periodo Punta Mañana Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Enlace Pelequén 334 93 67,1% 41,1 27,3 332 108 67,1% 18,7 27,3 East: Ruta 66 323 91 9,5% 8,1 2,7 324 488 25,2% 0 0 West: Ruta 66 342 596 32,5% 0 1,6 343 29 32,5% 6 1,6 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 42. Resultados Modelación situación con Proyecto PC3 – Periodo Punta Tarde Movimiento Flujo (Veq/hr) Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Enlace Pelequén 334 47 54% 39,4 22,4 332 220 54% 11,9 22,4 East: Ruta 66 323 157 14,9% 7,7 4,5 324 552 28,6% 0 0 West: Ruta 66 342 521 33,2% 0,2 5,2 343 90 33,2% 6,3 5,2 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
De los niveles de saturación obtenidos, se tiene que el nivel máximo de saturación sigue siendo de un 67,1%, por lo que la incidencia del Proyecto no conlleva ningún efecto sobre este indicador en el Área de Influencia del Proyecto.
Lo anterior, es predecible toda vez que el Proyecto genera en promedio 5 viajes/hora, lo cual es imperceptible para la capacidad de una vía de cualquier categoría (vía local, 600 Veq/hr según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones), representando menos de un 0,83% de ella (evidenciado en que la saturación pasa de 66% en la situación base, a 67% en la situación con Proyecto). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Adicionalmente, se han comparado los demás indicadores, con el objeto de descartar que exista un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el entorno directo del acceso al Proyecto. A continuación, se presenta un cuadro comparativo de los indicadores obtenidos.
Tabla 43. Variación Indicadores Viales PC1– Periodo Punta Mañana Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 131 0,0% 0 0 132 0,0% 0 0 East: Ruta H-711 123 0,4% 0 0,1 121 0,4% 0 0,1 North: Ruta H-611 112 0,3% 0 0,1 113 0,3% 0 0,1 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 44. Variación Indicadores Viales PC1 – Periodo Punta Tarde Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 131 0,0% 0 0 132 0,0% 0 0 East: Ruta H-711 123 0,4% 0 0,1 121 0,4% 0 0,1 North: Ruta H-611 112 0,3% 0 0,1 113 0,3% 0 0,1 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 45. Variación Indicadores Viales PC2– Periodo Punta Mañana Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 234 0,3% 0 0,1 231 0,3% 0 0,1 North: Ruta H-611 213 0,0% 0 0 214 0,0% 0 0 West: C. Gallegos 241 0,4% 0 0,2 243 0,4% 0 0,2 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 46. Variación Indicadores Viales PC2 – Periodo Punta Tarde Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Ruta H-611 234 0,3% 0 0,1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
231 0,3% 0 0,1 North: Ruta H-611 213 0,0% 0 0 214 0,0% 0 0 West: C. Gallegos 241 0,5% 0,1 0,1 243 0,5% 0 0,1 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 47. Variación Indicadores Viales PC3– Periodo Punta Mañana Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Enlace Pelequén 334 1,0% 0,7 0,9 332 1,0% 0,3 0,9 East: Ruta 66 323 0,5% 0 0,1 324 0,0% 0 0 West: Ruta 66 342 0,0% 0 0 343 0,0% 0 0 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Tabla 48. Variación Indicadores Viales PC3 – Periodo Punta Tarde Movimiento Grado de Saturación (%) Demoras (s) Largo de Cola (m) South: Enlace Pelequén 334 0,8% 0,5 0,7 332 0,8% 0,1 0,7 East: Ruta 66 323 0,5% 0 0,1 324 0,0% 0 0 West: Ruta 66 342 0,0% 0,1 0 343 0,0% 0 0 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 11 Actualización Análisis de Flujo y Movilidad SAE Argos de la ADENDA Complementaria.
Con los resultados obtenidos, es posible concluir que el Proyecto no genera ningún nivel de impacto sobre la red vial existente respecto a los niveles de servicio, saturación y tiempos de desplazamiento, debido a que por la incorporación de los nuevos viajes se evidencia un aumento de 0,7 segundos en el escenario más desfavorable, e incrementos del grado de saturación inferiores a 1%, ambos valores considerados irrelevantes, además de niveles de servicio que se mantienen en la misma categoría, al materializar el Proyecto, según lo establecido en el Manual de Carreteras.
El análisis se basó en la revisión de elementos físicos (geometría) y operativos (demanda de flujo vehicular), de lo cual se concluye que no existe alteración a la libre circulación ni accesibilidad a bienes y servicios en el entorno espacial de emplazamiento del Proyecto.
Las rutas utilizadas, y en las cuales se fundamentó el análisis, corresponden mayoritariamente a caminos públicos pertenecientes a la red vial nacional, los cuales cuentan con un estándar mayor a los de vías locales, que poseen velocidades de operación y capacidad inferiores.
Es importante destacar que, en general, el aporte de vehículos del Proyecto es bajo, con una notoria tendencia al límite inferior del rango señalado, lo cual, debido a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
capacidad de las vías, se considera un aporte irrelevante desde el punto de vista de la demanda.
Además, para el caso de las instalaciones de faena asociadas a la construcción se descarta también la existencia de efectos negativos sobre la vialidad existente, debido que éstos se realizan por caminos interiores de privados o de nula demanda existente, considerándose la constante mantención del punto de acceso a la vialidad existente, con el objeto de mantener adecuadas condiciones de seguridad.
Por otro lado, se aclara las eventuales obras que involucren en su fase constructiva la intervención física de las vías, como la habilitación del acceso, será desarrollada bajo lo expuesto en el Manual de Carreteras, para casos de caminos pertenecientes a la Red Vial Nacional, y al Manual de Señalización de Tránsito, específicamente el acápite 5 “Obras Transitorias”, para el caso de caminos locales.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El Proyecto, no altera el acceso ni la calidad de la infraestructura básica, dado a que las rutas utilizadas por Proyecto, se puede indicar que en ninguna de sus etapas se interviene de manera significativa las vías de circulación utilizadas por la población, evitando así la alteración al acceso o a la calidad de bienes de equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos.
Además, el Proyecto contempla el CAV de restricción de tránsito en fechas importantes, en donde se considera disminuir o eliminar el tránsito por parte del Proyecto durante algunas festividades importantes, como la Festividad de Santa Rosa.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El Proyecto no impide la manifestación de cultura de los intereses comunitarios, debido a que se instala dentro de un predio privado, que no es utilizado en este tipo de ejercicio social. Al igual, según la base de datos de CONADI (2024) se pudo constatar que en la comuna de Malloa no hay Comunidades Indígenas, para realizar un descarte de existencia de Asociaciones Indígenas, el equipo consulta en Dirección de Desarrollo Comunal (DIDECO), en donde se reafirma la ausencia de asociaciones o comunidades indígenas en el territorio comunal.
Además, se presenta un CAV de restricción de tránsito en fechas importantes, en donde se considera disminuir o eliminar el tránsito por parte del Proyecto durante algunas festividades importantes, como la Festividad de Santa Rosa, este apoyaría la idea de intervenir lo mínimamente en la realización de manifestaciones culturales, tradicionales o comunitarios que afecten la cohesión social.
La instalación del Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Argos” resulta compatible con las disposiciones de las zonas AR-4 y ZP1-A del PRI del Río Claro, dado que su emplazamiento se localiza en un área de transición entre ambas, evitando sectores de riesgo por quebradas y respetando las distancias de resguardo establecidas.
El Proyecto no contempla urbanización, subdivisión predial ni concentración masiva o permanencia prolongada de personas, y su infraestructura corresponde a instalaciones técnicas de baja ocupación territorial, con una superficie acotada y sin interferir con actividades agropecuarias existentes. Asimismo, su carácter de infraestructura energética estratégica, asociada al apoyo del sistema eléctrico y al fomento de energías renovables, es coherente con el uso preferente rural regulado por el artículo 55 de la LGUC, no generando incompatibilidades con los usos permitidos ni afectaciones significativas a los sistemas de vida y costumbres del entorno.
La materialización del Proyecto no afectará el ejercicio o manifestación de las tradiciones, cultura o intereses comunitarios que pudiesen afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social de grupo.
Para los grupos humanos No existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considera la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.
Según los datos del Censo 2017, en la comuna de Malloa, del total de habitantes, un 6,87% de la población dice pertenecer a pueblos originarios, lo que equivale a 3.345 habitantes. De este porcentaje, un 92,14% señala pertenecer al pueblo Mapuche, lo que representa una cifra considerable, ya que los demás pueblos indígenas en la comuna presentan menos del 8% de la población perteneciente a pueblos originarios.
En la tabla siguiente se especifica la población que dice pertenecer a pueblos originarios diferenciada por sexo, según el Censo 2017:
Tabla 49 Pertenencia a Pueblos Originarios a nivel comunal. Pueblo indígena u originario Hombres Mujeres Total Mapuche 359 355 714 Aymara 4 4 8 Rapa Nui - 2 2 Diaguita 5 8 13 Yagán o Yamana 1 - 1 Otro 21 19 40 Total 390 388 778 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 13 CARACTERIZACIÓN DE MEDIO HUMANO PROYECTO “SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ARGOS” de la ADENDA Complementaria.
Por otro lado, en el área de influencia del emplazamiento del Proyecto la presencia de habitantes que se consideran pertenecientes a pueblos originarios con relación al total de población del área de influencia según el análisis estadístico en Redatam es de un 7,4%, donde el 43,3% pertenece al pueblo Mapuche.
Lo anterior se aprecia en la siguiente tabla diferenciado por sexo:
Tabla 50. Pueblos indígenas presentes en área de influencia Pueblo indígena u originario Hombres Mujeres Total Mapuche 100 96 196 Aymara 3 3 6 Rapa Nui - 2 2 Diaguita 1 5 6 Otro 11 10 21 Total 115 116 231 Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 13 CARACTERIZACIÓN DE MEDIO HUMANO PROYECTO “SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ARGOS” de la ADENDA Complementaria.
En relación con lo anterior y a sabiendas que, según el procesamiento de datos estadísticos en Redatam identificado en la tabla anterior, se obtuvo que existen 778 personas que se consideran o se identifican con un pueblo originario.
Respecto a lo anterior, cabe destacar que en particular el sentido de pertenencia no indica que aquella persona que se identifica como parte de un pueblo originario integre alguna agrupación o viva de las costumbres de dicho pueblo.
Bajo esta óptica, para identificar si existe alguna agrupación de pueblos originarios en la comuna, a través de la base de datos de CONADI2 (2024) se pudo constatar que en la comuna de Malloa no hay Comunidades Indígenas, para realizar un descarte de existencia de Asociaciones Indígenas, el equipo consulta en Dirección de Desarrollo Comunal (DIDECO), en donde se reafirma la ausencia de asociaciones o comunidades indígenas en el territorio comunal.
A modo de complementar la información anterior y en atención al área de medio
2 Sistema Integrado de Información de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, disponible en el sitio web: https://siic.conadi.cl Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
humano del Proyecto, a partir de la campaña de terreno se consulta respecto a la presencia de comunidades/asociaciones indígenas o personas pertenecientes a los pueblos originarios, al respecto, según información primaria no se identifican actividades propias de su cultura en el sector definido como AIMH.
En la siguiente tabla se muestra la matriz de vaciado (Ver ANEXO 2: Matriz Vaciado de Entrevistas) en relación con la pregunta ¿Existen agrupaciones de pueblos originarios en el sector? ¿Cuáles? ¿A qué tipo de actividades realizan y dónde? Al respecto, el criterio de saturación y validación de la información presentada se sustenta principalmente en la territorialidad de los actores clave, la temporalidad en la que han habitado el sector y, por último, en base al nivel de representatividad como dirigente social en la zona. En este contexto, se presenta la siguiente tabla:
Tabla 51 Presencia de GHPPI en el AIMH Entrevista Sector Tiempo habitando el sector y rol en el territorio 1. ¿Existen agrupaciones de pueblos originarios en el sector? ¿cuáles? ¿qué tipo de actividades realizan y dónde? 1 camino los maquis s/n Vive hace 16 años en el sector Que yo sepa no hay asociaciones de pueblos originarios 2 Los Altos de Pelequén Vive hace 7 años en el sector No, no hay 3 Población Santa Rosa lleva 40 años habitando el sector No que yo sepa 4 Población Villa Centenario lleva 30 años habitando el sector hay agrupaciones de pueblos originarios, sé que hay, pero no se dónde están. 5 Villa San Orlando lleva 33 años habitando el sector No hay organizaciones de pueblos originarios en la comuna 6 Canteras de Pelequén lleva 45 años habitando el sector Desconozco si hay asociaciones de pueblos originarios 7 Parroquia Santa Rosa de Lima Pelequén lleva 32 años habitando el sector Desconozco si hay asociaciones de pueblos originarios Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 13 CARACTERIZACIÓN DE MEDIO HUMANO PROYECTO “SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA ARGOS” de la ADENDA Complementaria.
Es así, que, bajo los antecedentes recabados, en relación con GHPPI o población protegida, a partir del levantamiento de información primaria con los habitantes más próximos al emplazamiento del Proyecto y actores relevantes del territorio, es posible descartar que existan manifestaciones tradicionales en los sectores próximos al Proyecto en evaluación y su área de influencia de medio humano.
A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
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5.4 SOBRE LA INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental El Proyecto no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la población, humedales protegidos, glaciares o un territorio con valor ambiental.
Existencia de poblaciones protegidas No hay existencia de poblaciones protegidas.
Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No hay existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto o actividad no se localiza en o próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considera la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en Dentro del área de influencia no se encuentran recursos protegidos colocados bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental.
El Proyecto no se encuentra dentro o cercano a áreas protegidas, definidas como cualesquiera porciones de territorio, delimitadas geográficamente y establecidas mediante un acto administrativo de autoridad competente, colocadas bajo protección oficial con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental.
El Proyecto no se encuentra dentro o cercano a humedales protegidos, definidos como aquellos ecosistemas acuáticos incluidos en la Lista a que se refiere la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, promulgada mediante Decreto Supremo N° 771, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las partes y obras del Proyecto no se consideran como un territorio que cuente con valor ambiental, pues no corresponde a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad.
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especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. Áreas protegidas más cercanas al Proyecto, según categoría CATEGORÍA DE ÁREA COLOCADA BAJO PROTECCIÓN OFICIAL NOMBRE DISTANCIA Parque Nacional o Parque Nacional de Turismo Palmas de Cocalán 32,5 km Reserva Nacional Río Los Cipreses 33 km Monumento Natural El Morado 103 km Reserva de Región Virgen No existe ninguna Área Declarada bajo esta figura de conservación N/A Santuario de la Naturaleza Cerro Poqui 33 km Parque Marino Mar de Juan Fernández
500 km Reserva Marina Isla Choros 500 km Reserva de Bosque o Reserva Forestal Lago Peñuelas 150 km Humedal de Importancia Internacional incluidos en la Lista Ramsar de Humedales de Importancia Internacional (Sitios Ramsar) Humedal El Yali 103 km Acuífero que alimenta vegas y bofedales en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta No aplica, el Proyecto se ubica en la Región de O’Higgins N/A Bien Nacional Protegido o Inmueble Fiscal Destinado para Fines de Conservación Ambiental Río Olivares 125 km Área Marina Costera Protegida o Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos, cuando la declaración respectiva obedezca a un objetivo de protección ambiental Mar de juan Fernandez 500 km Monumento Histórico Casa Patronal del Fundo de Nilcunlauta 15 km Zona Típica o Pintoresca Plaza de Guacarhue y construcciones de su entorno 17 km Zona de Interés Turístico Lago Rapel 41 km Zonas de Conservación Histórica Plaza de Pelequén y Santuario Santa Rosa 0,4 km Inmuebles de Conservación Histórica Iglesia de Santa Rosa de Lima 0,5 km Humedales declarados sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad Altos del Río Maipo 70 km Áreas de protección de recursos de valor natural, dictadas con sujeción a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones -OGUC-, aprobada por el decreto N°47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con anterioridad al Decreto N°10, de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Área de Protección Oficial Sector Nieves de Rengo Plan Regulador Intercomunal de Río Claro 28 km Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 1 Actualización del Análisis del Artículo 11de la ADENDA Complementaria.
Según la Tabla anterior, el área protegida más cercana al Proyecto corresponde a la zona de conservación histórica “Plaza de Pelequén y Santuario Santa Rosa” ubicada a 0,4 km del Proyecto. De acuerdo con el ANEXO 8.9 Caracterización Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Turismo y Paisaje de la DIA, la escala de las obras, tanto temporales como permanentes, sumado a la superficie de emplazamiento del Proyecto, no son de tal relevancia para alterar significativamente, en términos de magnitud o duración, el valor paisajístico o turístico de la zona, según lo estipulado en el artículo 11 de la LBGMA y el artículo 9 del Decreto Supremo 40 “Reglamento del SEIA”. Sumado a lo anterior, el flujo vial proyectado durante la fase de construcción, la de mayor actividad, es considerara menor de acuerdo con lo indicado en el ANEXO 11 de la ADENDA Complementaria, Actualización Flujo Vial.
En relación con los sitios prioritarios declarados dentro de la Estrategia Regional de Biodiversidad, se señala que el sitio de esta categoría más cercano al Proyecto corresponde al “Altos del Río Maipo” a 70 km de distancia, el cual no es intervenido ni afectado por las obras, partes y acciones del Proyecto.
Las demás áreas mencionadas anteriormente no tienen relación con el Proyecto, y tampoco se interviene, restringe, prohíbe o dificulta su acceso.
A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Pérdida de atributos biofísicos y estéticos del paisaje. Existencia de valor turístico No hay existencia de valor turístico Existencia de valor paisajístico No hay existencia de valor paisajístico De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. A partir del análisis del componente paisaje, adjunto en ANEXO 8.9 Paisaje y Turismo SAE Argos de la DIA, se identificaron tres (3) Unidades de Paisaje determinadas por su carácter en términos visuales, espaciales y funcionales. En la Figura 9 podemos observar las Unidades de Paisaje identificadas en la zona y luego una descripción de las características de cada una de ella.
Figura 9: Unidades de Paisaje Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 8.9 Paisaje y Turismo SAE Argos de la DIA.
La Unidad de Paisaje 1 corresponde a una zona montañosa donde las variaciones en la pendiente del relieve configuran un paisaje de formas irregulares y topografía accidentada.
La cobertura vegetal es baja y dispersa, predominando matorrales y vegetación esclerófila adaptada a las condiciones áridas y de baja humedad. Los colores predominantes en el paisaje son diversas tonalidades de café y ocre, lo que genera un contraste cromático bajo y una apariencia homogénea en términos de color y textura.
Se observan algunos caminos secundarios en las zonas más bajas, los cuales son estrechos y de baja relevancia a esta escala de análisis, ya que no alteran de manera significativa la configuración visual del paisaje. La intervención antrópica en esta unidad es mínima, con escasas evidencias de infraestructura o actividad humana, lo que refuerza la percepción de un paisaje principalmente natural y de baja perturbación. La estructura del relieve y la limitada presencia de vegetación generan una visibilidad parcial del entorno, especialmente desde las zonas más elevadas. La combinación de estos factores confiere a la Unidad de Paisaje 1 un carácter agreste y natural, con una baja sensibilidad visual debido a la ausencia de elementos de alto valor escénico o turístico.
La Unidad de Paisaje 2 corresponde a una zona urbanizada con una cobertura vegetal media a baja, donde las áreas verdes se encuentran intercaladas con edificaciones y vías de tránsito.
La configuración del paisaje está marcada por la diversidad de formas geométricas creadas por las construcciones y las vías de acceso, las cuales toman un papel predominante en la estructura territorial. Las formas regulares y la presencia de infraestructura vial generan un patrón ordenado y estructurado en el paisaje. Desde el punto de vista estético, los colores predominantes son tonalidades de café y gris, con un bajo contraste cromático respecto al entorno natural adyacente. La intervención antrópica es alta, reflejada en la presencia de edificaciones, infraestructura vial y áreas intervenidas por actividades humanas, lo que limita la percepción de naturalidad en el paisaje.
La baja cobertura vegetal y la homogeneidad cromática reducen el atractivo visual de la unidad, otorgándole un carácter funcional y urbano. A pesar de la intervención humana, algunos elementos naturales como áreas verdes o vegetación dispersa se integran al paisaje, generando puntos de contraste en una matriz dominada por estructuras artificiales. La combinación de infraestructura urbana y baja naturalidad define a esta unidad como un paisaje de carácter principalmente funcional y urbanizado, donde la influencia de las actividades humanas es el elemento predominante en la configuración visual del entorno.
La Unidad de Paisaje 3 representa la matriz principal de los mosaicos identificados, siendo el elemento paisajístico de mayor superficie y conectividad dentro del territorio, lo que le confiere un papel dominante en el funcionamiento y estructura del paisaje. Esta unidad corresponde principalmente a una superficie agrícola, con un porcentaje de cobertura vegetal medio, compuesto principalmente por cultivos herbáceos. Las plantaciones están delimitadas por cortinas arbóreas a lo largo de los límites prediales, lo que acentúa las formas geométricas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
del territorio y restringe parcialmente la visibilidad desde ciertos puntos de observación. Desde el punto de vista morfológico, esta unidad presenta formas regulares y una geomorfología característica de valle, con mínimos cambios en la pendiente. La textura visual es de grano medio y homogénea, definida por la regularidad de los cultivos y las plantaciones, mientras que los colores predominantes son tonalidades de verde y café, con un contraste cromático bajo y una continuidad visual uniforme. La estructura del paisaje está segmentada por pequeños corredores, como caminos de acceso y rutas agrícolas, que, si bien proporcionan cierta conectividad, no tienen una presencia dominante a esta escala de análisis. En términos biofísicos, la cobertura vegetal de la unidad es media y uniforme, con escasa variedad en cuanto a tipos de follaje y estructura vegetal. La baja variabilidad de formas y texturas genera una percepción de orden y estabilidad en el paisaje.
Tabla 52: Valoración Atributos Biofísicos, Estéticos y Estructurales en el área de influencia de Paisaje ATRIBUTO VALORACIÓN DESTACADA (VALOR 4) ALTA (VALOR 3) MEDIA (VALOR 2) BAJA (VALOR 1) ATRIBUTOS BIOFÍSICOS Relieve Montaña, volcán o afloramiento rocoso, pendiente sobre 30% Colina o cerro isla pendiente sobre 30% Colina o cerro isla pendientes entre 15% y 30% Valle, pendiente bajo 15% Suelo Rugosidad alta Rugosidad baja Rugosidad media Indefinido Agua Presencia de agua, abundancia alta, ribera con mucha vegetación y calidad limpia o transparente. Presencia de agua, abundancia media, ribera con vegetación y calidad limpia o transparente. Presencia de agua, abundancia baja, ribera sin vegetación y calidad limpia o trasparente. Presencia de agua, abundancia baja, ribera sin vegetación y calidad sucia o turbia. Vegetación Cobertura sobre el 50%, permanente, estrato arbóreo y diversidad alta. Cobertura sobre el 50%, permanente, estrato arbustivo y diversidad alta. Cobertura sobre el 25%, ocasional o estacional, estrato arbustivo o herbáceo y diversidad media. Cobertura menor al 25%, ocasional, estrato herbáceo y diversidad baja. Fauna Presencia y diversidad altas Presencia y diversidad medias Presencia media y diversidad baja Presencia nula (sin fauna visible) Nieve Cobertura sobre el 50% y temporalidad permanente. Cobertura sobre 25% y temporalidad permanente. Cobertura menor a 25% y temporalidad estacional. Sin presencia Naturalidad Cualidad antrópica nula Cualidad antrópica baja Cualidad antrópica media Cualidad antrópica alta Diversidad paisajística Heterogeneidad y singularidad altas Heterogeneidad alta y singularidad media Heterogeneidad y singularidad medias; Heterogeneidad baja y singularidad nula Heterogeneidad baja y singularidad media Forma Diversidad alta Diversidad media Diversidad baja Color Diversidad y contraste altos Diversidad alta y contraste Diversidad y contraste medios Diversidad y contraste bajos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
medio Diversidad media y contraste bajo Diversidad baja y contraste alto Textura Grano grueso y diversidad alta Grano medio y diversidad alta Grano fino y diversidad baja SITUACIÓN ÁREA DE INFLUENCIA DE PAISAJE
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 8.9 Paisaje y Turismo SAE Argos de la DIA.
Tal como lo muestra la Tabla 6, en base al análisis realizado, la suma de la valoración de las características del paisaje en el área de influencia establecida, desde una perspectiva biofísica, estructural y estética corresponde a una calidad visual baja (15 puntos), es decir, aquellos paisajes que contienen muy poca variedad de atributos y además estos se valoran en calidad baja. Por lo general estas áreas se encuentran modificadas en su composición o estructura por actividades antrópicas.
Se puede señalar que los atributos del paisaje en el área de influencia están determinados por una intervención antrópica media dada por la presencia de plantaciones agrícolas y las infraestructuras adyacentes, como caminos, edificaciones y tendido eléctrico. Debido a las características estructurales del entorno, y considerando las cuencas visuales significativas, el Proyecto sólo puede ser observado desde caminos secundarios ubicados cercanos al área de emplazamiento, en los cuales el flujo de observadores es bajo. Dentro las características de diversidad paisajística en el área de influencia encontramos una singularidad baja, donde no se observan hitos visuales relevantes y se considera un paisaje común y poco singular dentro de la región estudiada.
También se puede indicar que, aunque el Atlas de Riesgos Climáticos no identifica una pérdida directa del valor paisajístico en la macrozona central de Chile, es probable que los efectos del cambio climático, como el aumento de las temperaturas, la reducción de las precipitaciones y las mayores oscilaciones térmicas, generen modificaciones progresivas en los atributos biofísicos, estéticos y estructurales del paisaje. No obstante, es importante destacar que el Proyecto no incrementa el riesgo asociado a este fenómeno, ya que no afecta significativamente las dinámicas climáticas locales ni los elementos naturales del entorno. Por lo tanto, cualquier alteración futura en el paisaje debe interpretarse principalmente como una consecuencia de la evolución natural de las condiciones climáticas globales, y no como un efecto directo de la implementación del Proyecto.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. A continuación, se evalúan las características de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales dentro del área de influencia establecida.
Tabla 53: Valoración Atributos Biofísicos, Estéticos y Estructurales en el área de influencia de Paisaje ATRIBUTO VALORACIÓN DESTACADA (VALOR 4) ALTA (VALOR 3) MEDIA (VALOR 2) BAJA (VALOR 1) ATRIBUTOS BIOFÍSICOS Relieve Montaña, volcán o afloramiento rocoso, pendiente sobre 30% Colina o cerro isla pendiente sobre 30% Colina o cerro isla pendientes entre 15% y 30% Valle, pendiente bajo 15% Suelo Rugosidad alta Rugosidad baja Rugosidad media Indefinido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Agua Presencia de agua, abundancia alta, ribera con mucha vegetación y calidad limpia o transparente. Presencia de agua, abundancia media, ribera con vegetación y calidad limpia o transparente. Presencia de agua, abundancia baja, ribera sin vegetación y calidad limpia o trasparente. Presencia de agua, abundancia baja, ribera sin vegetación y calidad sucia o turbia. Vegetación Cobertura sobre el 50%, permanente, estrato arbóreo y diversidad alta. Cobertura sobre el 50%, permanente, estrato arbustivo y diversidad alta. Cobertura sobre el 25%, ocasional o estacional, estrato arbustivo o herbáceo y diversidad media. Cobertura menor al 25%, ocasional, estrato herbáceo y diversidad baja. Fauna Presencia y diversidad altas Presencia y diversidad medias Presencia media y diversidad baja Presencia nula (sin fauna visible) Nieve Cobertura sobre el 50% y temporalidad permanente. Cobertura sobre 25% y temporalidad permanente. Cobertura menor a 25% y temporalidad estacional. Sin presencia Naturalidad Cualidad antrópica nula Cualidad antrópica baja Cualidad antrópica media Cualidad antrópica alta Diversidad paisajística Heterogeneidad y singularidad altas Heterogeneidad alta y singularidad media Heterogeneidad y singularidad medias; Heterogeneidad baja y singularidad nula Heterogeneidad baja y singularidad media Forma Diversidad alta Diversidad media Diversidad baja Color Diversidad y contraste altos Diversidad alta y contraste medio Diversidad y contraste medios Diversidad y contraste bajos Diversidad media y contraste bajo Diversidad baja y contraste alto Textura Grano grueso y diversidad alta Grano medio y diversidad alta Grano fino y diversidad baja SITUACIÓN ÁREA DE INFLUENCIA DE PAISAJE
Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 8.9 Paisaje y Turismo SAE Argos de la DIA.
Tal como lo muestra la Tabla 6, en base al análisis realizado, la suma de la valoración de las características del paisaje en el área de influencia establecida, desde una perspectiva biofísica, estructural y estética corresponde a una calidad visual baja (15 puntos), es decir, aquellos paisajes que contienen muy poca variedad de atributos y además estos se valoran en calidad baja. Por lo general estas áreas se encuentran modificadas en su composición o estructura por actividades antrópicas.
Se puede señalar que los atributos del paisaje en el área de influencia están determinados por una intervención antrópica media dada por la presencia de plantaciones agrícolas y las infraestructuras adyacentes, como caminos, edificaciones y tendido eléctrico. Debido a las características estructurales del entorno, y considerando las cuencas visuales significativas, el Proyecto sólo puede ser observado desde caminos secundarios ubicados cercanos al área de emplazamiento, en los cuales el flujo de observadores es bajo. Dentro las características de diversidad paisajística en el área de influencia encontramos una singularidad baja, donde no se observan hitos visuales relevantes y se considera un paisaje común y poco singular dentro de la región estudiada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
También se puede indicar que, aunque el Atlas de Riesgos Climáticos no identifica una pérdida directa del valor paisajístico en la macrozona central de Chile, es probable que los efectos del cambio climático, como el aumento de las temperaturas, la reducción de las precipitaciones y las mayores oscilaciones térmicas, generen modificaciones progresivas en los atributos biofísicos, estéticos y estructurales del paisaje. No obstante, es importante destacar que el Proyecto no incrementa el riesgo asociado a este fenómeno, ya que no afecta significativamente las dinámicas climáticas locales ni los elementos naturales del entorno. Por lo tanto, cualquier alteración futura en el paisaje debe interpretarse principalmente como una consecuencia de la evolución natural de las condiciones climáticas globales, y no como un efecto directo de la implementación del Proyecto.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. En relación con el componente turístico, para evaluar la magnitud del valor turístico en la zona, se aplican los criterios establecidos en la Guía de Valor Turístico del SEIA, considerando el área de influencia previamente definida.
Tabla 54: Criterios para estimar la magnitud del valor turístico en el área de influencia VARIABLE VALOR TURÍSTICO ALTO VALOR TURÍSTICO MEDIO VALOR TURÍSTICO BAJO Valor Paisajístico La zona con valor paisajístico tiene una calidad visual destacada o alta La zona con valor paisajístico tiene una calidad visual media La zona con valor paisajístico tiene una calidad visual baja Atractivos Turísticos Culturales Presencia de atractivos turísticos de carácter cultural de jerarquía internacional o nacional Presencia de atractivos turísticos de carácter cultural de jerarquía regional Presencia de atractivos turísticos culturales de jerarquía local Servicios Turísticos Presencia de servicios turísticos formando un clúster Presencia de servicios turísticos No hay presencia de servicios ni actividades turísticas Actividades Turísticas Presencia de distintos tipos y numerosas actividades turísticas Presencia de actividades turísticas ZOIT La zona con valor turístico se superpone a una ZOIT La zona con valor turístico no se superpone a una ZOIT Situación en el área de influencia Fuente: Mayores Antecedentes ver ANEXO 8.9 Paisaje y Turismo SAE Argos de la DIA.
Con base en los antecedentes expuestos y según lo indicado en la Tabla 8 se puede concluir que la magnitud del valor turístico de la zona es baja, ya que más del 50% de los criterios evaluados se encuentran clasificados en esa categoría. Esta baja magnitud se debe a la escasa presencia de atractivos turísticos, principalmente relacionados con el turismo religioso, cultural y rural de escala local, así como a la limitada oferta de actividades y servicios turísticos en la zona. Dentro del área de influencia no se identificó la presencia de servicios o actividades turísticas que pudieran verse afectadas por el Proyecto. En cuanto a las Zonas de Interés Turístico (ZOIT), el Proyecto no se superpone a ninguna ZOIT declarada dentro de la región.
A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6 SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Impacto ambiental El Proyecto no genera un impacto ambiental producto de la alteración del patrimonio cultural
Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El emplazamiento y Operación del Proyecto no conlleva alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Conforme a los antecedentes expuestos en los estudios de arqueología, donde no se registraron hallazgos arqueológicos (ANEXO 7 de la ADENDA) por lo que se concluye que en el área del Proyecto no existen Monumentos Nacionales ni se identificaron hallazgos arqueológicos durante las campañas de prospección, las cuales cubrieron la totalidad del área mediante transectas paralelas y equidistantes.
En cuanto a paleontología, el estudio presentado en el ANEXO 9 de la ADENDA Complementaria incluyó una inspección en terreno con seis puntos de control georreferenciados. Aunque las unidades geológicas presentes poseen un potencial paleontológico medio a bajo, la alta intervención antrópica del área disminuye significativamente la probabilidad de hallazgos.
Para ambas componentes, el Proyecto incorpora compromisos ambientales voluntarios que consideran charlas de inducción y monitoreo permanente durante los movimientos de tierra en fase de construcción, con el fin de identificar eventuales hallazgos no previstos y ejecutar la paralización e información inmediata al Consejo de Monumentos Nacionales, además de emitir Informes de monitoreo a la SMA.
Se realizó además una nueva campaña arqueológica tanto en el predio del Proyecto como en el de la subestación. No se efectuó despeje de vegetación debido a que el predio sigue en uso agrícola hasta el inicio de la construcción, y porque el Proyecto contempla monitoreo arqueológico en faenas.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. El Proyecto no considera ninguna parte, obra o actividad que pueda generar algún efecto sobre los lugares mencionados en el respectivo artículo, toda vez que, no existen en el área de influencia del Proyecto construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
Además, de acuerdo con la información proporcionada por CONADI, el área del Proyecto no se encuentra cercana a algún Área de Desarrollo Indígena (ADI), tampoco se presentan comunidades ni asociaciones que se vieran afectadas sus estilos de vida y hábitat junto con reiterar que es un predio privado sin acceso para la comunidad, se descarta la afectación a lugares en que se realicen manifestaciones culturales. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo El Proyecto se ubica en un predio privado donde no se llevan a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de pueblos, comunidades o grupos humanos en general o grupos indígenas, por lo que las partes, obras y/o acciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. del Proyecto no son susceptibles de afectar actividades como las antes señaladas.
A partir de los antecedentes antes expuestos y declarados por el Titular en el marco del presente procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se concluye que el Proyecto: NO genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
5.7 Plan de Seguimiento de Variables Ambientales
El Proyecto SAE Argos considera el seguimiento de las variables ambientales arqueología, ruido, vibraciones, paleontología y suelo, de acuerdo con los compromisos ambientales voluntarios asumidos para las Fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, el cual esta descrito en Tabla 1. Plan de Seguimiento Variables Ambientales Relevantes, del Capítulo 6.7 del ICE. Para mayores detalles ver ANEXO 14 de la ADENDA Complementaria.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1 PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER OBRA PÚBLICA O PARTICULAR DESTINADA A LA EVACUACIÓN, TRATAMIENTO O DISPOSICIÓN FINAL DE DESAGÜES, AGUAS SERVIDAS DE CUALQUIER NATURALEZA SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 138 DEL REGLAMENTO DEL SEIA
FASE del Proyecto a la cual corresponde Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica Durante operación se generan residuos líquidos asociados servicios higiénicos. Estos residuos son tratados mediante una fosa séptica en el área aledaña a la sala de equipos y control de carácter permanente.
De lo anterior, se deben obtener los Permisos para la construcción y funcionamiento de éstas, otorgados por la SEREMI de Salud respectiva.
El indicador de cumplimiento será la obtención del PAS 138 respectivo.
El permiso aplica y sus antecedentes se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Las condiciones o exigencias para su otorgamiento se presentan en PAS 138 actualizado ANEXO 8 de la ADENDA.
a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. c) Generación de aguas servidas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
d) Características físico - químicas de las aguas servidas. e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. j) Programa de monitoreo. k) Plan de contingencias. l) Plan de emergencia.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. Nº030 de fecha 16 de febrero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme al PAS 138.
6.1.2 PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE O PARA LA INSTALACIÓN DE TODO LUGAR DESTINADO A LA ACUMULACIÓN, SELECCIÓN, INDUSTRIALIZACIÓN, COMERCIO O DISPOSICIÓN FINAL DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 140 DEL REGLAMENTO DEL SEIA
FASE del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la habilitación de bodegas para el almacenamiento temporal de residuos durante las Fases de construcción, operación y cierre del Proyecto.
El indicador de cumplimiento será la obtención del PAS 140 por medio de la obtención de una RCA favorable y la resolución sanitaria de la SEREMI de Salud de la región que apruebe la obra.
El permiso aplica y sus antecedentes se presentan en el ANEXO 17 de la ADENDA Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Las condiciones o exigencias para su otorgamiento se presentan en PAS 140 actualizado ANEXO 17 de la ADENDA Complementaria.
a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia. e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. Nº030 de fecha 16 de febrero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme al PASM 140.
6.1.3 PERMISO PARA TODO SITIO DESTINADO AL ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 142 DEL REGLAMENTO DEL SEIA FASE del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la FASE de construcción, operación y cierre del Proyecto.
El indicador de cumplimiento será la obtención del PAS 142 por medio de la obtención de una RCA favorable y a su vez la resolución sanitaria de la SEREMI de Salud de la región que apruebe la obra.
El permiso aplica y sus antecedentes se presentan en el ANEXO 18 de la ADENDA Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias para su otorgamiento se presentan en PAS 142 actualizado ANEXO 18 de la ADENDA Complementaria
a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. Nº030 de fecha 16 de febrero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció al PASM 142, de la siguiente forma:
En revisión de los antecedentes aportados en ADENDA por el Titular, esta SEREMI mantiene observaciones por el acopio temporal de baterías fuera de uso. Se solicita ampliar información detallando las especificaciones técnicas constructivas del lugar de permanencia de los módulos a retirar dando cumplimiento al DS N°148/2003 según corresponda la FASE del Proyecto que se encuentre.
Se hace presente al Titular que en caso de que el Proyecto resulte con RCA favorable, posterior a ello, deber gestionar el PAS 142, de forma sectorial, para lo cual debe ingresar la solicitud correspondiente autorización de funcionamiento para las distintas Fases de ejecución del Proyecto, en conformidad a lo establecido en la normativa vigente.
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6.1.4 PERMISO PARA SUBDIVIDIR Y URBANIZAR TERRENOS RURALES O PARA CONSTRUCCIONES FUERA DE LOS LÍMITES URBANOS SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 160 DEL REGLAMENTO DEL SEIA FASE del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere realizar el cambio de uso de suelo para aquellas instalaciones que lo requieran (instalación de faena durante la construcción y cierre e instalaciones permanentes durante la FASE de operación) según lo establecido en la Circular Nº218 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El indicador de cumplimiento será la obtención del PAS 160 por medio de la obtención de una RCA favorable y la resolución del SEREMI del Ministerio de Agricultura de la región que autoriza el cambio de uso suelo para las obras que requiere el Proyecto.
El permiso aplica y sus antecedentes se presentan en el ANEXO 9 de la ADENDA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Las condiciones o exigencias para su otorgamiento se presentan en PAS 160 actualizado ANEXO 9 de la ADENDA.
b) De tratarse de construcciones: b.1. Destino de la edificación. b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. b.5. Caracterización del suelo.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. Nº47 de fecha 13 de febrero de 2026, la SEREMI de Agricultura de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme al PASM 160.
Mediante Oficio Ord. Nº274 de fecha 16 de febrero de 2026, la Dirección Regional del SAG de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme al PASM 160.
Mediante Oficio Ord. Nº271 de fecha 18 de febrero de 2026, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme al PASM 160.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 Normas generales aplicables al Proyecto
7.1.1 NORMA LEY 19.300. LEY SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE. SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA. 9 DE MARZO DE 1994 Componente/materia: GENERAL
Norma Ley N°19.300 Aprueba Ley Sobre Bases Generales Del Medio Ambiente, modificada por la ley 20.417 de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
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La Ley 19.300 constituye el marco legal fundamental para dar cumplimiento a la garantía constitucional indicada en la constitución Política de la República de Chile.
En esta ley, se establecen los instrumentos de gestión ambiental y la institucionalidad asociada a ellos; las disposiciones legales por las que se rige el SEIA; los Proyectos o actividades que deben someterse al SEIA.
Esta Ley 19.300, ha sido modificada por la Ley 20.417 de 2010, en donde se establece una serie de modificaciones al SEIA, de planes y normas, clasificación de especies, entre otros cambios.
Otros cuerpos legales D.S. N°40/2012 y sus modificaciones posteriores todas del MMA.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto corresponde a la construcción y operación de un sistema de almacenamiento de energía a través de baterías, cuyo objetivo es almacenar energía del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en las horas de menor demanda o vertimiento de energía, para su posterior inyección en el mismo sistema en las horas de mayor demanda o cuando se requiera. El sistema tiene capacidad máxima de 400 MWh por 5 horas y una potencia nominal de 80 MW y posee una línea soterrada de transmisión eléctrica de alto voltaje con su subestación. Por lo anterior, el Proyecto debe someterse a evaluación ambiental, dado que califica dentro de los Proyectos o actividades listados en el Artículo 10° de la ley 19.300, específicamente en el literal b) “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”.
Adicionalmente, se somete a evaluación mediante una DIA, ya que no presenta efectos, características o circunstancias del Artículo 11° que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.
Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución, para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquella tipificada en el Artículo 10° de la Ley 19.300.
Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases (construcción, operación y cierre), puesto que en cualquiera de sus Fases se presenta la evaluación ambiental en él SEA.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica mediante el ingreso del Proyecto al SEIA, a través de una DIA previo a su ejecución, por lo que, necesita contar con una RCA favorable. Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases (Construcción, operación y cierre).
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecidas en la RCA, lo que puede ser registrado y fiscalizado por la autoridad en todas las Fases del Proyecto.
7.1.2 D.S. N°40/2013 APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. MEDIO AMBIENTE. 12 DE AGOSTO DE 2013. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Componente/materia: GENERAL
Norma D.S. N°40/2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, del Ministerio de Medio Ambiente.
El D.S. N°40/2013 y su modificación D.S. N°30/2024, reglamenta el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Entre otras materias, el reglamento incorpora la tipología de los Proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus Fases, que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indica los criterios para determinar si los Proyectos susceptibles de causar impacto ambiental generan o presentan algunos de los efectos características o circunstancias mencionadas en el Artículo 11° de la Ley. Señala los contenidos mínimos que deben considerarse para la elaboración de una DIA. Enumera los permisos ambientales sectoriales, señala los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento.
Otros cuerpos legales Modificada por el D.S. N°30/2024
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto corresponde a la construcción y operación de un sistema de almacenamiento de energía a través de baterías, cuyo objetivo es almacenar energía del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en las horas de menor demanda o vertimiento de energía, para su posterior inyección en el mismo sistema en las horas de mayor demanda o cuando se requiera, siendo sometido al proceso de evaluación ambiental a través de la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 3° letra b) del Reglamento.
Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente y obtenga su RCA favorable para iniciar sus obras.
Indicador que acredita su cumplimiento Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases (Construcción, operación y cierre), puesto que en cualquiera de sus Fases es posible encontrar su evaluación en la plataforma del SEA.
Forma de control y seguimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA Favorable en todas las Fases del Proyecto.
7.1.3 NORMA LEY N°21.455 LEY MARCO DE CAMBIO CLIMÁTICO. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Componente/materia: Cambio Climático
Norma Ley 21.455 13 junio 2022 MMA. Ley Marco Cambio Climático.
La presente ley, establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050.
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Para alcanzar dicha meta de mitigación, la ley establece instrumentos de gestión a nivel nacional, regional y local; determina la institucionalidad ambiental para el cambio climático, asignando funciones y responsabilidades específicas a cada uno de los órganos nacionales, regionales y colaboradores que la componen, siendo el Ministerio del Medio Ambiente la autoridad nacional en esta materia.
Adicionalmente, crea un Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático que será administrado y coordinado por el Ministerio del Medio Ambiente, y establece lineamientos y mecanismos financieros para enfrentar el cambio climático.
Por su parte, se indica que el Ministerio de Obras Públicas deber elaborar los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, con el fin de contribuir con la gestión hídrica, identificar las brechas hídricas de agua superficial y subterránea, establecer el balance hídrico y sus proyecciones.
Cada cuenca del país deber contar con un Plan Estratégico de Recursos Hídricos, el cual será público, deber revisarse cada cinco años y actualizarse cada diez.
Finalmente, la Ley efectúa una serie de modificaciones a distintos cuerpos legales con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico vigente a esta nueva normativa.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se ha presentado al SEIA para la obtención de una RCA. Por tanto, aplica a todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento El Titular ha adherido a la metodología de la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, incorporándola en los Capítulos de la DIA y Anexos pertinentes, mediante la inclusión general y transversal de la variable cambio climático en el Proyecto que se somete a evaluación, tanto en la descripción del mismo y su localización como en la identificación, predicción y evaluación de impactos, así como también en aquello aplicable en los planes de prevención de contingencias y emergencias.
De acuerdo con el análisis realizado en base a la metodología de la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA (2023)”. Se concluye que la información obtenida en la predicción de impactos define la significancia de estos, categorizándolos como “no significativos”. En esta etapa se obtuvieron todos los antecedentes para justificar que el Proyecto no genera impactos significativos, utilizando la herramienta https://arclim.mma.gob.cl para la comuna donde se ubica el Proyecto
Indicador que acredita su cumplimiento Inclusión de la variable cambio climático en los capítulos de la DIA. Forma de control y seguimiento Revisión de la DIA y su expediente de evaluación ambiental junto a su posterior RCA.
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7.2 NORMAS RELACIONADAS AL EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO
7.2.1 NORMA D.F.L. Nº458/1976 DEL MINVU Componente/Materia Emplazamiento y ordenamiento territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones; Decreto Supremo N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de edificación permanentes y temporales en un sector rural. Aplica a las instalaciones o edificaciones de infraestructura energética. Forma de cumplimiento La forma de cumplimiento es la presentación del PAS 160, respecto de aquellas obras que contemplen edificaciones que se emplazan en el área rural del predio del Proyecto (ANEXO 9 de la ADENDA).
Posterior a la obtención de la RCA del Proyecto, y previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicita el Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), y posteriormente se tramita la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención y registro del PAS establecido en el Artículo 160° del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental y posterior a la evaluación ambiental del Proyecto, se solicita sectorialmente el Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. Aprobación del permiso de edificación por parte de la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS establecido en el Artículo 160° del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, durante todas las Fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.2. del ICE del Proyecto.
7.2.2. NORMA D.S. Nº47/1992 MINVU Componente/materia: ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Norma D.S. Nº47/92, incluyendo su última modificación en D.S. 25/2024: ordenanza general de urbanismo y construcciones (OGUC), del Ministerio de vivienda y urbanismo.
El artículo 2.1.17 señala “Por “áreas de riesgo”, se entenderán aquellos territorios en los cuales, previo estudio fundado, se limite determinado tipo de construcciones por razones de seguridad contra desastres naturales u otros semejantes, que requieran para su utilización la incorporación de obras de ingeniería o de otra índole suficientes para subsanar o mitigar tales efectos.
Para autorizar Proyectos a emplazarse en áreas de riesgo, se requiere que se acompañe a la respectiva solicitud de permiso de edificación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
un estudio fundado, elaborado por profesional especialista y aprobado por el organismo competente, que determine las acciones que deben ejecutarse para su utilización, incluida la Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente conforme a la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, cuando corresponda. Este tipo de Proyectos puede recibirse parcial o totalmente en la medida que se hubieren ejecutado las acciones indicadas en el referido estudio. En estas áreas, el plan regulador establece las normas urbanísticas aplicables a los Proyectos una vez que cumplan con los requisitos establecidos en este inciso.”
El inciso 1º, del Artículo 2.1.29, de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, establece que el tipo de uso infraestructura se refiere a la edificaciones o instalaciones y a las redes o trazados destinados a, entre otros, la infraestructura energética.
Los incisos 2° y 3° de dicha norma establecen que “Las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderán siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes. El instrumento de planificación territorial deber reconocer las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa vigente y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos determinados por dicha normativa”.
Para estos efectos se entiende por redes y trazados, “todos los componentes de conducción, distribución, traslado o evacuación, asociados a los elementos de infraestructura”, señala la citada norma.
Otros cuerpos legales Resolución Exenta N°70/2010 Plan Regulador Intercomunal de Río Claro D.F.L. Nº458/76, incluyendo su última modificación en la Ley 21.730/2025: Ley general de urbanismo y construcciones (LGUC) del Ministerio de vivienda y urbanismo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se emplaza íntegramente en un área rural, fuera de los límites de áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial.
En este contexto, contempla solicitar el Informe Favorable para la Construcción de las edificaciones temporales y permanentes, requeridas para la Construcción, Operación y Cierre del Proyecto.
El Proyecto se emplaza en dos zonas normadas por el PRI del Rio Claro, siendo la primera y mayor proporción en área de uso agrícola, y en menor forma en una zona de riesgo por pendiente de alta montaña (principalmente el camino de acceso y la LTE soterrada).
Forma de cumplimiento Dado que la tipología del Proyecto comprende obras de uso de suelo del tipo infraestructura energética, le es aplicable lo señalado en el Artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y las interpretaciones que, de este artículo, se realizan en las Circulares DDU 218, 219 y 522 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
Lo anterior, en el sentido que las redes y trazados de uso de suelo del tipo infraestructura se encuentran siempre admitidas tanto en el área urbana como rural, y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
El instrumento de planificación territorial deber reconocer las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa vigente y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos determinados por dicha normativa.
En particular, considerando que los sistemas de baterías tienen por finalidad almacenar energía eléctrica, previamente generada por una central de energía, para su gestión temporal, es menester mencionar que no resulta posible incluirlas como integrantes de las redes o trazados.
Por lo tanto, por tratarse de instalaciones o edificaciones necesarias para el tipo de uso infraestructura, que no forman parte de la red, se regirán por lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 2.1.29. de la OGUC, correspondiendo al IPT respectivo determinar, -en las áreas al interior del límite urbano-, las normas urbanísticas que regulen el emplazamiento de estas.
Ahora bien, en el área rural de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, dichas instalaciones o edificaciones "están siempre admitidas y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley 19.300 y de lo dispuesto en el artículo 55 del DFL Nº458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones".
El Proyecto se emplaza fuera de los límites de áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial, es decir, una zona rural.
Según lo anterior, la forma de cumplimiento es la presentación del PAS 160, respecto de aquellas obras que contemplen edificaciones que se emplazan en el área rural del predio del Proyecto (ANEXO 9 de la ADENDA).
Posterior a la obtención de la RCA del Proyecto, y previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicita el Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), y, posteriormente se tramita la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM).
Para obtener el permiso de edificación, se adjunta el Estudio de Riesgo Fundado efectuado por el Proyecto, para aquellas instalaciones que se encuentran en una zona de riesgo reglamentada por el PRI del Río Claro, aunque fuera del área urbana.
Además, el Proyecto no contempla instalaciones industriales ni de bodegaje dentro de las zonas reguladas por el instrumento de planificación territorial, por lo que, no aplica la solicitud del pronunciamiento relativo al Artículo 161°, de acuerdo con el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sus interpretaciones (DDU 522 Circular ORD N° 101 del 14-3-25).
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención y registro del PAS establecido en el Artículo 160° del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental y posterior a la evaluación ambiental del Proyecto, se solicita sectorialmente el Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran.
Obtención del Permiso de edificación junto al estudio de riesgo.
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Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS establecido en el Artículo 160° del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, durante todas las Fases del Proyecto.
Se cuenta con el permiso de edificación correspondiente.
7.2.3 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA N°70/2010 PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE RÍO CLARO Componente/materia: Emplazamiento
Norma Resolución Exenta N°70, de fecha 24 de diciembre de 2010, del MINVU, que aprueba el Plan Regulador Intercomunal de Río Claro, el cual regula el uso del suelo, la localización de actividades y la protección de áreas de riesgo y valor ambiental en el territorio intercomunal.
Dentro de sus disposiciones, se establece la zonificación territorial, distinguiendo áreas urbanas, rurales y de riesgo, así como la compatibilidad de usos con Proyectos de infraestructura energética. El instrumento resguarda que los Proyectos no se emplacen en zonas de riesgo (inundación, remoción en masa, aluvionales) ni en áreas incompatibles con su naturaleza.
Art 30 “Áreas sometidas periódicamente a procesos de remoción en masa de materiales parentales de laderas de altas pendientes, asociadas a cordones montañosos. se puede presentar como fenómenos de avalanchas, aluviones, aludes, derrumbes, deslizamientos, rodados de piedras u otros materiales de arrastre; todo ello desencadenado por sismos, lluvia, acumulación de nieve y deshielos, o aceleración del escurrimiento de aguas a través de las quebradas, estas áreas requieren estar restringidas al desarrollo urbano”.
ZP1-A Zona de Uso Preferente Agropecuario 1A:
Usos Permitidos: En esta área rigen las disposiciones establecidas en el artículo 55 de la LGUC, el DL 3.516 de MINAGRI y las condiciones establecidas para el nivel intercomunal por el artículo 2.1.7.
Usos Prohibidos: Abrir calles, subdividir para poblaciones, ni levantar construcciones, excepto para la explotación agro. del inmueble, o para las viviendas del propietario de este y sus trabajadores, o para construcciones de viviendas sociales. (Art. 55)
AR-4 Zona de Riesgo por Pendiente y Alta Montaña:
Usos Permitidos: Forestación y esparcimiento al aire libre, con instalaciones mínimas complementarias a dichas actividades y que no impliquen concentración masiva y/o permanencia prolongada de personas.
Usos Prohibidos: Instalaciones o construcciones de ningún tipo en terrenos adyacentes a quebradas, a distancias inferiores a 50 m de cada costado de sus bordes
Otros cuerpos legales Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). / Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
D.S. Nº47/92, incluyendo su última modificación en D.S. 25/2024: ordenanza general de urbanismo y construcciones (OGUC), del Ministerio de vivienda y urbanismo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Toda el área de Proyecto se presenta dentro del PRI, la mayor parte del Proyecto se presenta en la Zona ZP1-A, y, en menor parte con el emplazamiento de algunas instalaciones como instalación de faena, línea de transmisión y acceso vial se presentan dentro del área regulada por el PRI, correspondiente a Zona AR-4
Forma de cumplimiento Se ha realizado la revisión de la normativa territorial vigente, constatando la compatibilidad del Proyecto con el Plan Regulador Intercomunal de Río Claro.
ZP1-A Zona de Uso Preferente Agropecuario 1A:
El área de Proyecto se ubica mayoritariamente en esta zona, el cual indica el uso preferente a la agricultura e infraestructura agropecuaria.
Sin embargo, el Proyecto no genera cambios adversos importantes y sustanciales sobre el recurso suelo (manteniendo misma Capacidad de Uso de Suelo), por lo que, una vez finalizado el Proyecto, el suelo se dejará en su estado basal, para ser utilizado para labores agrícolas acordes a la capacidad de suelo.
Adicionalmente el Proyecto al utilizar temporalmente 1,8 ha de suelo Clase III considera la mejora de suelo de 2,04 ha de Clase IV a Clase III en un predio de la comuna de Pichidegua.
Por lo tanto, mantiene el eje del uso agropecuario del suelo, al mejorar más superficie de suelo para que sea apto para el uso señalado.
Si bien el Proyecto se emplaza en esta zona, no contempla implementar los usos que se consideran prohibidos, en ninguna de sus Fases.
Zona de Riesgo por Pendiente y Alta Montaña AR-4:
El área del Proyecto que se ubica dentro de esta zona es menor, únicamente se ubica dentro de la zona, la LTE soterrada, camino de acceso existente y la parte Suroeste del área del Proyecto.
De todas formas, el Proyecto no contempla permanencia prolongada de personas, en la fase de Operación. Y solo contempla la permanencia de mano de obra en las Fases de construcción y cierre dentro de periodos del horario laboral de los trabajadores, durante las Fases acotadas, antes mencionadas, lo que no incumple con los usos de la zona.
Adicionalmente si bien el Proyecto se emplaza en esta zona, no se ubica a una distancia inferior de 50 metros de las quebradas cercanas, lo que evita ser contemplado como una construcción prohibida, en ninguna de sus Fases.
Finalmente, estas áreas pueden ser desafectadas mediante la aplicación del artículo 2.1.17 de la OGUC y someterse a la aplicación de lo indicado por el artículo 55 de la Ley general de Urbanismo y Construcciones siempre que se cuente con los estudios que acrediten a través de expertos la inexistencia de dicho riesgo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de Informaciones Previas emitido por la Dirección de Obras Municipales correspondiente.
Forma de control y seguimiento Supervisión por parte de la Dirección de Obras y SEREMI MINVU respecto del cumplimiento de zonificación.
7.2.4 NORMA LEY N°3516 Y SUS MODIFICACIONES Componente/materia: Emplazamiento
Norma Establece normas sobre división de predios rústicos Núm. 3.516.- Santiago, 19 de noviembre de 1980.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N°: 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; y 991, de 1976.
ARTICULO 1° Los predios rústicos, esto es, los inmuebles de aptitud agrícola, ganadera o forestal ubicados fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso y del plan regulador metropolitano de Concepción, pueden ser divididos libremente por sus propietarios siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 0,5 hectáreas físicas.
Otros cuerpos legales Modificaciones Ley 18.113 Art 7, Ley 18658 Art 7, Ley 19118 Art 1, Ley 19428 Art Único, Ley 19807 Art 2, Ley 20623 Art 1, Ley 21458 Art Único.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De toda el área de Proyecto, correspondiente a 1,92, 1,88 ha se ubican en el Rol 115-81.
Forma de cumplimiento Si dentro del desarrollo del Proyecto se determina la compra del terreno para su ejecución, se realiza la subdivisión correspondiente, de acuerdo con la Ley 3516 y sus modificaciones posteriores.
No obstante, si el predio se arrienda no es necesaria la presente normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento Permiso para Subdividir ante el Servicio Agrícola y Ganadero. Forma de control y seguimiento Supervisión por parte de Servicio Agrícola y Ganadero.
7.2.5 NORMA D.S. Nº1/2023 MMA Componente/Materia Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N°1/2023, del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región de O’Higgins”; Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; Constitución Política de la República; D.S. Nº12/2021 que Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental Para Material Particulado Respirable MP10; D.S. Nº144/1961 que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza; D.F.L N°1/2009 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito; D.S. Nº4/1994 que Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control; D.S. Nº279/1983 que Aprueba reglamento para el control Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna; D.S. N°55/1994: Establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados; D.S. N°54/1994 que Establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos; D.S. Nº211/1991: Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos; D.S. Nº75/1987 que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica; D.S. Nº47/1992: Ordenanza general de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se ubica en la comuna de Malloa, Provincia de Cachapoal en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, y, presenta actividades que producen Emisiones Atmosféricas, las cuales corresponden a material particulado que aporta el Proyecto producto de los movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
Para la fase de construcción, el tránsito de vehículos por vías pavimentadas es la actividad que genera mayores emisiones de material particulado.
Durante la fase de operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, asociadas a las labores de mantención. Las emisiones en esta fase corresponden a material particulado debido al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
El tránsito de vehículos por caminos no pavimentados es la mayor actividad generadora de material particulado para esta fase.
Para la fase de cierre del Proyecto, se consideran las actividades asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, por lo que las Emisiones Atmosféricas para esta etapa corresponden a la generación de material particulado producto de las actividades de desmantelamiento y limpieza, y al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Estas fuentes emisoras son transitorias y de escala menor que en la fase de construcción.
Forma de cumplimiento
Para verificar el cumplimiento de los límites de emisiones establecidos en el PPDA se presentan las emisiones de cada etapa que se generan dentro del área del PPDA, donde la estimación realizada indica que las emisiones anuales de MP10 son inferiores a 1,5 ton y de MP2,5 son inferiores a 1 ton para todas las Fases del Proyecto.
De ellos se concluye que las emisiones del Proyecto son de baja cuantía y no se supera el límite establecido por este decreto en su Art. 40 en ninguna de sus Fases y por lo tanto no requiere compensar sus emisiones (para más información ver Anexo N°10 y Anexo N°3.1.2. de la Adenda Complementaria).
Se contemplan medidas para el control de levantamiento de polvo, humectación de excavaciones y control de vehículos motorizados y maquinaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Los indicadores de cumplimiento corresponden a los siguientes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Adición de supresor de polvo para las Fases de construcción y cierre en los caminos internos y camino de acceso externo (existente) del Proyecto. • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado. • Llevar un catastro de todos los vehículos y maquinarias y registrar las respectivas revisiones técnicas y mantenciones. • Incluir cláusulas que exijan revisiones técnicas y mantenciones respectivas en los contratos suscritos entre el titular y sus contratistas. • Impedir el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. • Exigir el encarpado de camiones para evitar la dispersión de polvo, lo que debe ser revisado periódicamente.
Forma de control y seguimiento • Planilla registro de aplicación de supresor de polvo. • Planilla humectación en obras de excavación. • Planilla registro de mantenciones y revisiones técnicas de vehículos y maquinarias. Dicho registro debe actualizarse por lo menos cada 6 meses. • Fotografías fechadas y georreferenciadas del encarpado de camiones. •
Referencia al ICE para mayor detalle Ver numerales 9.2.5 y 9.3.1-9.3.14 del ICE del Proyecto.
7.2.6 NORMA D.S. Nº38/2012 DEL MMA Componente/Materia Ruido Norma D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la Revisión del Decreto Nº146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
Durante la fase de operación, los índices de actividad corresponden al funcionamiento de las baterías, el funcionamiento de los centros de transformación, línea de transmisión, generador de emergencia y al uso esporádico de vehículos motorizados para realizar las actividades de mantención.
Durante la posible fase de cierre, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de desmantelamiento y limpieza. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
Forma de cumplimiento Implementación de barreras acústicas para la fase de construcción y fase de cierre en el receptor humano identificado como R2 (más información en Anexo N°12 de la Adenda Complementaria), específicamente, en la construcción y desmantelamiento de la línea de transmisión.
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Indicador que acredita su cumplimiento El Titular implementa un protocolo de revisión, mantención y reparación de las barreras acústicas a implementar en las Fases de construcción y cierre, de forma que:
- Al inicio de cada mes, el Encargado de Medio Ambiente o la persona designada por éste hace un chequeo de la barrera acústica que se implementa. - El chequeo corresponde a una revisión visual por ambos lados de la barrera, donde se corrobora que no existan daños a las estructuras. - En términos de mantención, se acuerda con la empresa contratista proveedora de la barrera la periodicidad en la que es recomendable su realización. - Las reparaciones se realizan en caso de que la revisión detecte irregularidades en la materialidad o estructura de la barrera acústica. - Las reparaciones son realizadas por una empresa especializada. - Se lleva un registro de cada revisión realizada, señalando la barrera revisada y la sección de esta (pudiendo dividirse por panel o metraje de la barrera, según resulte conveniente. Esta nomenclatura deber definirse en un comienzo y deber mantenerse durante toda la fase que se utilice la barrera). - El registro contiene además el nombre del profesional que realiza la inspección, su cargo, empresa, fecha y firma.
En caso de las mantenciones y reparaciones, también se lleva un registro de la realización de estas actividades, donde se señala el nombre del profesional que realiza la mantención o reparación, su cargo, empresa, fecha y firma.
Forma de control y seguimiento Reportes de revisión, mantención y reparación en faena durante las Fases de construcción y cierre del proyecto.
Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.2.6. del ICE del proyecto
7.3 NORMAS RELACIONADAS CON LAS PARTES, OBRAS, ACTIVIDADES O ACCIONES, EMISIONES, RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS DEL PROYECTO
7.3.1 NORMA D.S. Nº12/2022 MMA Componente/Materia AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA Norma D.S. Nº12/2021 que Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental Para Material Particulado Respirable MP10.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de Construcción del Proyecto se producen Emisiones Atmosféricas, las cuales corresponden a material particulado que aporta el Proyecto producto de los movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
Para esta fase, el tránsito de vehículos por vías pavimentadas es la actividad que genera mayores emisiones de material particulado.
Durante la FASE de Operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, asociadas a las labores de circulación de vehículos menores por la ruta.
Las emisiones en esta Fase corresponden a material particulado debido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
El tránsito de vehículos por caminos no pavimentados es la mayor actividad generadora de material particulado para esta fase.
Para la FASE de Cierre del Proyecto, se consideran las actividades asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, por lo que las emisiones atmosféricas para esta etapa corresponden a la generación de material particulado producto de las actividades de desmantelamiento y limpieza, y al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
Estas fuentes emisoras son transitorias y de escala menor que en la FASE de Construcción.
Forma de cumplimiento Se realizó un cálculo de estimación de emisiones atmosféricas adjunto en el ANEXO 10 de la ADENDA Complementaria, en el que se estima la emisión de material particulado, entre otros contaminantes atmosféricos y se evalúa el cumplimiento normativo.
Se realizó una modelación de dispersión para MP10 en la etapa de construcción, con la finalidad de verificar el comportamiento frente a la norma de calidad del aire. En conformidad al objetivo del Artículo 1° del presente cuerpo normativo, el análisis en los 7 receptores evaluados indica que no se sobrepasa la norma con presencia del Proyecto como se ve a continuación.
Se observa que los aportes son mínimos representando, en promedio, un aumento del 0,2% a la concentración basal; a la vez, se observa, que el aporte del Proyecto no genera una situación de saturación de la norma. Con relación al MP10 como promedio 24 horas, se observa que las concentraciones modeladas son de baja magnitud, aumentando la concentración basal en tan sólo un 0,7% como promedio para todos los receptores.
Por último, se presentan en la siguiente Tabla los resultados de la modelación en la Estación de Monitoreo con Representatividad Poblacional (EMRP) Rengo, donde se observa que el aporte del Proyecto a la concentración resulta nulo, descartando que el Proyecto genere una situación que vaya en un sustancial desmedro de la calidad del aire y, por consiguiente, a la salud de la población.
Para dar cumplimiento a lo establecido anteriormente, durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto se contemplan las siguientes medidas de control de material particulado a la atmósfera:
• Se considera la aplicación de una solución “matapolvos” para reducción de resuspensión de polvo en caminos internos y camino externo de acceso (existente). • La eficiencia de reducción equivale a un 90%, de acuerdo con la información del proveedor. • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado. • Los camiones que transportan el material para la construcción cumplen con las disposiciones correspondientes del DS Nº 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.” • Los vehículos poseen las revisiones técnicas al día. • La mantención de la maquinaria se realiza de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados, esto se realiza en todas las Fases del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Indicador que acredita su cumplimiento Considerando que la modelación realizada, arroja valores por debajo de lo establecido en la respectiva norma de calidad, se cumple con el objetivo y lo planteado en los Artículos 1° y 3°.
De igual manera, se mantiene en las oficinas el registro de todas aquellas medidas que contemplen una disminución de las emisiones atmosféricas (revisiones técnicas al día, mantenciones, uso de supresor de polvo, etc.)
A su vez, la ejecución en terreno de las medidas descritas es registrada mediante fotografías y registros del uso del agente “mata polvo” y de los camiones aljibes para la humectación, según corresponda.
De este modo, el indicador de cumplimiento es mantener disponible un Registro Interno de: • Adición “matapolvos” para reducción de resuspensión de polvo en caminos internos y camino externo de acceso (existente), durante construcción y cierre. • La eficiencia de reducción equivale a un 90%, de acuerdo con la información del proveedor. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado.
Forma de control y seguimiento • Informes de estimación y modelación de emisiones presentados en la DIA. • Fiscalización por parte de la SMA. • Revisión de los registros internos de adición del agente “mata polvo”. • Revisión de los registros internos de la humectación. • Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.2 NORMA D.S. Nº144/1961 MINSAL Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº144/1961: Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, del Ministerio de Salud.
En el Artículo 1º indica que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.
Sus artículos 6° y 7° prohíben dentro del radio urbano de las ciudades, la incineración libre de hojas secas, basuras u otros desperdicios, sea en la vía pública o en recintos privados, junto con sancionar la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape, respectivamente. Además, determina las diversas atribuciones del SEREMI de Salud, para controlar la contaminación atmosférica.
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Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de Construcción del Proyecto se producen Emisiones Atmosféricas, las cuales corresponden a material particulado que aporta el Proyecto producto de los movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y gases contaminantes (CO, COV/HC, SOx, NOx y NH3), debido a la combustión interna de motores de vehículos y maquinaria, y utilización de grupos electrógenos.
El tránsito de vehículos por vías pavimentadas es la actividad que genera mayores emisiones de material particulado.
Durante la FASE de Operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, asociadas a las labores de circulación de vehículos menores por la ruta.
Las emisiones en esta fase corresponden a material particulado debido al tránsito de vehículos por caminos pavimentados, y gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos y debido a la utilización grupos electrógenos. Además, es el tránsito de vehículos por caminos pavimentados la mayor actividad generadora de material particulado.
Para la FASE de Cierre del Proyecto, se consideran las actividades asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, por lo que las emisiones atmosféricas para esta etapa corresponden a la generación de material particulado producto de las actividades de desmantelamiento y limpieza, y al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos y maquinarias, y debido a la utilización de grupos electrógenos. Estas fuentes emisoras son transitorias y de escala menor que en la fase de construcción.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto se contemplan las siguientes medidas de control de material particulado a la atmósfera: • En los caminos internos y camino de acceso externo (existente) del Proyecto se adiciona un agente “mata polvo”, como el cloruro de sodio o el permazyme, con un nivel de eficiencia del 90%, en Fase de Construcción y Cierre. • Los camiones que transportan el material para la construcción cumplen con las disposiciones correspondientes del D.S. Nº 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.” • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado. • Los vehículos poseen las revisiones técnicas al día. • La mantención de la maquinaria se realiza de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados, esto se realiza en todas las Fases del Proyecto.
Dadas las emisiones de baja consideración en la FASE de Operación descritas anteriormente, no se consideran formas de cumplimiento.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución en terreno de las medidas descritas, las que se registran mediante fotografías y registros del agente “mata polvo” y camiones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
aljibes, según corresponda.
De este modo, el indicador de cumplimiento será mantener disponible un registro interno durante todas las Fases del Proyecto, según corresponda de: • Adición de agente “mata polvo” en los caminos internos y de acceso externo (existente) del Proyecto, durante la Construcción y Cierre. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros internos de adición del agente “mata polvo”. Revisión de los registros internos de la humectación. Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.3 NORMA D.S. Nº138/2005 MINSAL Componente/Materia Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº138/2005 que Establece obligación de declarar emisiones que indica. Modificado por el D.S 90/2011; D.S. N°1/2013 Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC); Resolución Exenta Nº144/2020, Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del RETC.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla disponer de dos grupos electrógenos de 33 kVA durante la fase de construcción, los cuales no funcionan en ningún momento de forma simultánea, ya que uno es de respaldo.
Para la fase de operación se considera un grupo electrógeno de 150 kVA, ubicado específicamente en las proximidades de la sala de equipos y control y es utilizado en caso de requerirse por alguna situación de emergencia.
Finalmente, en la fase de cierre se contempla la disposición de dos grupos electrógenos de 33 kVA, con las mismas características que en la construcción.
Forma de cumplimiento El Titular debe declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº1/2013 del MMA Reglamento del RETC. Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. • Se ingresa a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº144/2020 MMA que establece Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Transferencias de Contaminantes, RETC. •
Forma de control y seguimiento • Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.3.4. del ICE del Proyecto
7.3.4 NORMA DFL Nº1/2009 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.F.L N°1/2009 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 78°, los vehículos motorizados deben estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos.
Otros cuerpos legales No Aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto para sus distintas Fases requiere de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen su revisión técnica al día y se les hacen mantenimientos regulares.
Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente.
Lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.5 NORMA D.S. Nº1/2013 DEL MMA Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº1/2013: Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC), del Ministerio del medio ambiente. Modificado por el D.S. N°31/2017.
El Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, es una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencias de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en actividades Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
industriales o no industriales o transferidos para su valorización o eliminación.
Otros cuerpos legales D.S. N°31/2018 y Resolución Exenta N°144/2020
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de Construcción del Proyecto se producen emisiones atmosféricas, las cuales corresponden a material particulado que aporta el Proyecto producto de los movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno y a causa del tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además se emiten gases contaminantes (CO, COV/HC, SOx, NOx y NH3) provenientes de la combustión interna de motores de vehículos, maquinarias y la utilización de grupos electrógenos.
El tránsito de vehículos por vías pavimentadas es la actividad que genera mayores emisiones de material particulado.
Durante la FASE de Operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, asociadas a las labores de circulación de vehículos menores por la ruta.
Las emisiones en esta fase corresponden a material particulado debido al tránsito de vehículos por caminos pavimentados, y gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos y debido a la utilización de un grupo electrógeno de respaldo. También es el tránsito de vehículos por caminos pavimentados la mayor actividad generadora de material particulado.
Para la FASE de Cierre del Proyecto, se consideran las actividades asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, por lo que las emisiones atmosféricas para esta etapa corresponden a la generación de material particulado producto de las actividades de desmantelamiento y limpieza, sumado al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además se generan gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos, maquinarias y la utilización de grupos electrógenos.
Estas fuentes emisoras son transitorias y de escala menor que en la FASE de Construcción.
Forma de cumplimiento El Titular cumple con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº1/2013 Reglamento del RETC, modificado por el D.S. N°31/2017.
Se realiza la declaración de emisiones pertinentes a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº144/2020 MMA que establece Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones pertinentes a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº144/2020 MMA que establece Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.6 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA Nº144/2020 MMA Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma Resolución Exenta Nº144/2020: Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Dicta las reglas básicas para el funcionamiento del RETC, en especial los trámites de ingreso al Sistema Ventanilla Única del RETC por parte de los establecimientos. Esto contempla procesos tales como envío de documentación en formato digital, actualización de razón social, cambio de Titularidad, cese de funciones o cierre de establecimiento.
Otros cuerpos legales D.S. N°1/2013 del MMA
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la FASE de Construcción del Proyecto se producen emisiones atmosféricas, las cuales corresponden a material particulado que aporta el Proyecto producto de los movimientos de tierra para la limpieza y despeje del terreno y a causa del tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además se emiten gases contaminantes (CO, COV/HC, SOx, NOx y NH3) provenientes de la combustión interna de motores de vehículos, maquinarias y la utilización de grupos electrógenos.
El tránsito de vehículos por vías pavimentadas es la actividad que genera mayores emisiones de material particulado.
Durante la FASE de Operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, asociadas a las labores de circulación de vehículos menores por la ruta.
Las emisiones en esta fase corresponden a material particulado debido al tránsito de vehículos por caminos pavimentados, y gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos y debido a la utilización de un grupo electrógeno de respaldo. También es el tránsito de vehículos por caminos pavimentados la mayor actividad generadora de material particulado.
Para la FASE de Cierre del Proyecto, se consideran las actividades asociadas al desmantelamiento de las instalaciones, por lo que las emisiones atmosféricas para esta fase corresponden a la generación de material particulado producto de las actividades de desmantelamiento y limpieza, sumado al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además se generan gases contaminantes debido a la combustión interna de motores de vehículos, maquinarias y la utilización de grupos electrógenos.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Estas fuentes emisoras son transitorias y de escala menor que en la fase de construcción.
Forma de cumplimiento El Titular cumple con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº1/2013 del MMA, Reglamento del RETC, modificado por el D.S. N°31/2017 del MMA.
Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Se realiza la declaración de emisiones pertinentes a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº144/2020 MMA que establece Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.7 NORMA D.S. Nº4/1994 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº4/1994: Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones. Modificado a través del D.S.66/2018 del MMA.
Del Artículo 1º.- La emisión de contaminantes por el tubo de escape de los vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/HP-h, o gr/kw-h, no puede exceder las concentraciones máximas siguientes:
a) Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC) Años de uso del Vehículo % Máximo de CO (en volumen) Contenido de HC en partes por millón (ppm); solo motores de cuatro tiempos 13 y más 4,5 800 12 a 7 4,0 500 6 y menos 4,0 300
Los años de uso del vehículo, se contabilizarán como la diferencia entre el año en que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo más una unidad.
b) Humo visible; sólo motores de 4 tiempos. Se permite solamente la emisión de vapor de agua.
La emisión de monóxido de carbono de los vehículos motorizados de dos ruedas de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, no puede exceder la concentración máxima de 4,5%.
Otros cuerpos legales No aplica
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la FASE de Construcción y Cierre del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados y livianos, para el transporte de materiales, insumos, residuos, maquinaria y personal.
Durante la FASE de Operación del Proyecto se considera vehículos livianos para el transporte de personal que desarrolle labores de mantención y camiones para transporte de insumos y residuos.
Se estima que las mantenciones son esporádicas.
Forma de cumplimiento Se exige que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día.
Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las Fases del Proyecto.
Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.8 NORMA D.S. Nº279/1983 MINSAL Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº279/1983: Aprueba reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna, del Ministerio de Salud.
Artículo 3°- Prohíbase la emisión de contaminantes, por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan:
a) Monóxido de carbono, solamente en vehículos bencineros. Año de fabricación del vehículo % máximo de CO en volumen Anterior y hasta 1980 4,5 1981 y 1982 3,5 Desde y posterior a 1983 3,0
La comprobación se efectúa con el vehículo detenido, motor funcionando a régimen normal de temperatura de trabajo y sin acelerar (en ralentí).
b) Humos visibles (partículas en suspensión). • b.1) Vehículos bencineros: Se permite solamente la emisión de vapor de agua.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• b.2) Vehículos petroleros: El Índice de Ennegrecimiento medido conforme al método señalado en el artículo 4° del presente decreto, deber ser inferior o igual al Índice de Ennegrecimiento correspondiente a la potencia del motor del vehículo, determinado en la curva señalada como "máximo" del siguiente gráfico:
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las Fases del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento • Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. • Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. • Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. • Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.9 NORMA D.S. N°55/1994 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. N°55/1994: Establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones, modificado mediante el D.S. N°4/2012.
Establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, esto es, aquellos destinados al transporte de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la FASE de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados pesados.
Forma de cumplimiento • Se cumple con las normas de emisión y se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus Fases, cumplan con estas normas, lo que se verifica con el certificado de revisión técnica y de gases. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. • Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
7.3.10 NORMA D.S. N°54/1994 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. N°54/1994: Establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos, del Ministerio de transporte y telecomunicaciones, modificado mediante el D.S. N°40/2020.
El presente decreto establece normas de emisión para vehículos motorizados medianos, esto es aquellos que tienen un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos.
Artículo 2°, para circular deben reunir las características técnicas que los habiliten para cumplir, en condiciones normalizadas, con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxido de nitrógeno (NOx) y partículas, que se señalan en el presente Decreto.
Artículo 4°. - Los vehículos motorizados medianos
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma en su construcción y cierre, considerando eventualmente su utilización durante la operación.
Forma de cumplimiento Se cumple con las normas de emisión y se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verifica con el certificado de revisión técnica y de gases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Indicador que acredita su cumplimiento • Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. • Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación durante todas las Fases.
7.3.11 NORMA D.S. Nº211/1991 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº211/1991: Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones. Modificado en el D.S.41/2020 del MMA.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del presente decreto:
“Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de septiembre de 1992, deben llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo será colocado en los vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deber reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Sobre la base de las indicaciones emanadas de los fabricantes o armadores de estos vehículos, sus vendedores en el país se obligarán a entregar a sus compradores un certificado con indicaciones similares a las del rótulo del inciso primero, que deben ser coincidentes con sus equivalentes de la información que mantiene el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en el que se señala también la individualización del respectivo vehículo por su marca, modelo, y números identificatorios. Este certificado será otorgado en dos ejemplares y deber ser exhibido al momento de efectuarse la primera revisión técnica de cada vehículo, debiendo entregarse uno de ellos en la Municipalidad que otorgue el distintivo verde a que se refiere el artículo 6°.
Los fabricantes o armadores de estos vehículos o sus representantes legales en Chile, distribuidores o importadores, antes de emitir el certificado del inciso anterior deben acreditar ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que el modelo de vehículo o familia de motores cumplen con las normas de emisión del presente decreto que les sean aplicables y que cuentan con los equipos o accesorios necesarios para alcanzarlas”.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados livianos durante todas las Fases del Proyecto principalmente para el transporte del personal.
Forma de cumplimiento • Acreditación ante el Ministerio de Transportes y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Telecomunicaciones, que el modelo de vehículo o familia de motores cumplen con las normas de emisión del presente decreto que les sean aplicables y que cuentan con los equipos o accesorios necesarios para alcanzarlas. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Todo vehículo lleva el rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. • Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión visual de rótulo y registro interno de certificados de cumplimiento de normas de emisión durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.12 NORMA D.S. Nº75/1987 MTT Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº75/1987: Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones. Modificada en el D.S. 90/2022 del MTT.
Artículo 2. Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, están construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.
En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deber efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requieren de materiales e insumos enumerados en el artículo 2 del presente cuerpo legal, que son transportados por la ruta de acceso al Proyecto.
Forma de cumplimiento • El Titular exige que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deben circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utiliza malla Rachel), lo cual es revisado periódicamente. • Del mismo modo se exige que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. • Esto se hace exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para la fase de construcción y cierre.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro fotográfico de camiones y cláusulas contractuales con las empresas contratistas. • Cabe señalar que el indicador de cumplimiento se mantiene para la fase de construcción y cierre.
Forma de control y seguimiento Mantención de los registros en las faenas durante las Fases de construcción y cierre.
7.3.13 NORMA D.S. Nº47/1992 DEL MINVU Componente/materia: AIRE Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Norma D.S. Nº47/1992: Ordenanza general de la ley de urbanismo y construcciones, del Ministerio de vivienda y urbanismo. Modificada en el D.S. 25/2024 del MINVU.
El artículo 5.8.3 de la Ordenanza establece una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo.
Dispone que, en todo Proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deber implementar las siguientes medidas con el objeto de reducir el impacto de las emisiones de polvo y material, según corresponda:
• Disponer de accesos a las faenas que cuenten con superficies estables. • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores convenidamente identificados y ubicados. • Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La construcción del Proyecto involucra movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena.
En la FASE de Cierre se considera también el tránsito vehicular para actividades de desmantelamiento.
Por lo anterior las disposiciones de este cuerpo reglamentario le son aplicables.
Forma de cumplimiento Se implementan las medidas de control de emisiones y de manejo ambiental para la FASES de Construcción y Cierre, las que se describen a continuación. • En los caminos internos y de acceso existente al Proyecto se adiciona un agente “mata polvo”, como el cloruro de sodio o el permazyme, con un nivel de eficiencia del 90%. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado. • Los camiones que transportan el material para la construcción cumplen con las disposiciones correspondientes del D.S. Nº 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.” • Los vehículos poseen las revisiones técnicas al día. • La mantención de la maquinaria se realiza de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados, esto se realiza en todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución en terreno de las medidas descritas, las que se registran mediante fotografías y registros del uso del agente “mata polvo” y camión aljibe, según corresponda.
De este modo, el indicador de cumplimiento será mantener disponible un registro interno de: • Adición de agente “mata polvo” en caminos internos y de acceso existente al Proyecto (construcción y cierre). • Durante las actividades de excavación se realiza humectación, para una reducción con eficiencia del 50% de emisiones de material particulado. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas de la aplicación del agente “mata polvo” y la humectación en excavación, durante la fase de construcción y cierre.
7.3.14 NORMA D.S. Nº236/1926 Y SUS MODIFICACIONES MINSAL Componente/Materia Residuos Líquidos Norma D.S. N°236/1926, del Ministerio de Salud, Reglamento general de alcantarillados particulares de fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, y sus modificaciones; D.S. Nº46/2003 Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a la Fosa Séptica ubicada aledaña a la SE de carácter permanente (operación).
El sistema sanitario de fosa séptica para la fase de Operación tiene una capacidad de tratamiento de aguas servidas de 100 m3/mes, considerando 7 trabajadores peak y tiene una capacidad de tratamiento de 3,5 m3/mes. La fosa se ubica al costado de los estanques de agua potable dentro del área de instalaciones complementarias SE. Para recolectar las aguas servidas, se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el punto de generación (servicios higiénicos permanentes), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración.
Forma de cumplimiento • El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o dispuesto en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Los antecedentes ambientales del PAS 138 se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, Fosa Séptica. • Aprobación del PAS 138. • Registros de retiro de material residual por empresa autorizada o de disposición en sitio autorizado.
Forma de control y seguimiento Para la fase de operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica permanente.
Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.3.15. y 9.3.20 del ICE del Proyecto
7.3.15 NORMA D.F.L. N°725/1968 MINSAL Componente/materia Residuos Líquidos Norma D.F.L. N°725/1968, Código Sanitario; Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio de Salud; D.F.L N° 1/1990: Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa; D.S. Nº594/2000, Reglamento de las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la operación se generan residuos líquidos asociados a las aguas, producto del uso de duchas, lavamanos y servicios higiénicos.
Estos residuos son tratados una fosa séptica, de carácter permanente aledaña a la Sala Equipos y Control. Para recolectar las aguas servidas se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el punto de generación (servicios higiénicos permanentes), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje.
Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado será dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración.
Forma de cumplimiento • Para la fase de construcción y cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de Salud). Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana. • El material residual será retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Previamente a la instalación de la fosa séptica, se tramita sectorialmente el permiso asociado al PAS 138, cuyos antecedentes ambientales se presentan en el Anexo 8 de la Adenda.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, Fosa Séptica. • Aprobación del PAS 138. • Para la fase de construcción y cierre se cuenta con una copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos. • Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que provee los baños químicos y de la cantidad de baños suministrados, así como el posterior retiro y gestión de los efluentes y lodos por una empresa certificada a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. • También, se cuenta con el registro del monitoreo anual de los efluentes de la fosa séptica para la fase de operación, realizado por una empresa autorizada. • De igual modo, se cuenta con un registro de revisiones y pruebas de la fosa séptica.
Forma de control y seguimiento Para la fase de construcción y cierre se verifica en terreno el cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias y mantención de los registros de suministro de baños químicos, además para la fase de operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica permanente. Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.3.17., 9.3.18, 9.3.21, del ICE del Proyecto
7.3.16 NORMA D.F.L. N° 1/1990 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS LÍQUIDOS
Norma D.F.L N° 1/1990: Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa, del Ministerio de Salud.
En su Artículo 1 “Determínense las siguientes materias que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Sanitario requieren autorización sanitaria expresa:” dentro de lo cual se incluye lo siguiente:
“22.- Funcionamiento de obras destinadas a la provisión o purificación de agua potable de una población o a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.”
Otros cuerpos legales No Aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la operación se generan residuos líquidos asociados a las aguas, producto del uso de duchas, lavamanos y servicios higiénicos.
Estos residuos son tratados una fosa séptica, de carácter permanente aledaña a la Sala de Equipos y Control.
Para la FASE de Construcción y Cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio de Salud).
Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana.
Forma de cumplimiento • En la instalación de faenas, para la FASE de Construcción y Cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio de Salud). • Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana. • A su vez, existe una fosa séptica en el área de instalaciones complementarias SE de carácter permanente para la operación del Proyecto. • Para recolectar las aguas servidas se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el punto de generación (servicios higiénicos), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. • Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. • El material residual será retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Previamente a la instalación de la fosa séptica, se tramita sectorialmente el permiso asociado al PAS 138, cuyos antecedentes ambientales se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, Fosa Séptica. • Aprobación del PASM 138. • Para todas las Fases se cuenta con una copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos. • Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que provee los baños químicos y de la cantidad de baños suministrados, así como el posterior retiro y gestión de los efluentes y lodos por una empresa certificada a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. • También, se cuenta con el registro del monitoreo anual de los efluentes de la fosa séptica para la FASE de Operación, realizado por una empresa autorizada. • De igual modo, se cuenta con un registro de revisiones y pruebas de la fosa séptica.
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Forma de control y seguimiento Para la FASE de Construcción y Cierre se verifica en terreno el cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias y mantención de los registros de suministro de baños químicos, además para la fase de operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica permanente.
7.3.17 NORMA D.S. Nº594/2000 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS LÍQUIDOS
Norma D.S. Nº594/2000: Reglamento de las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. Modificado por el D.S.10/2019 del MINSAL.
Establece normas sobre las condiciones sanitarias en lugares de trabajo, regulando materias tales como provisión de agua potable, disposición de residuos, servicios higiénicos, guardarropías y comedores.
El Artículo 16 señala que no pueden vaciarse a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.
La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta.
El Artículo 17, señala que en ningún caso pueden incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.
El Artículo 18°, señala que se deber contar con la autorización sanitaria para la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales.
El Artículo 19° indica que la empresa que produce los residuos industriales deber presentar los antecedentes que acrediten que el transporte, el tratamiento y la disposición final de estos es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente.
El Artículo 20° señala que previo al inicio de estas actividades, se deber presentar a la autoridad sanitaria una declaración con la cantidad y calidad de los residuos industriales que se generan, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.
El Artículo 21° señala todo lugar de trabajo esta provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que disponen como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se colocará en un compartimento con puerta, separado de los compartimentos ANEXOs por medio de divisiones permanentes. Cuando la naturaleza del trabajo implique contacto con sustancias tóxicas o cause suciedad corporal, deben disponerse de duchas con agua fría y caliente para los trabajadores afectados.
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El Artículo 24° dispone que en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deber proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador.
Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
Por su parte, el Artículo 26° indica que las aguas servidas de carácter doméstico deben ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectúa por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la operación se generan residuos líquidos asociados a las aguas, producto del uso de duchas, lavamanos y servicios higiénicos.
Estos residuos son tratados una fosa séptica, de carácter permanente aledaña a la Sala de Equipos y Control. Para la fase de construcción y cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/99 del Ministerio de Salud).
Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana.
Forma de cumplimiento • Para la FASE de Construcción y Cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio de Salud, Artículos 16, 17, 18, 21, 24 y 25). • Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana. • A su vez, existe una fosa séptica aledaña a la Sala de Equipos y Control de carácter permanente para la operación del Proyecto. Para recolectar las aguas servidas se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el punto de generación (servicios higiénicos), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. • Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado será dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. • El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Previamente a la instalación de la fosa séptica, se tramita sectorialmente el permiso asociado al PAS 138, cuyos antecedentes ambientales se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, para la Fosa Séptica. • Aprobación del PASM 138. • Para todas las Fases se cuenta con una copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos. • Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que provee los baños químicos y de la cantidad de baños suministrados, así como el posterior retiro y gestión de los efluentes y lodos por una empresa certificada a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. • También, se cuenta con el registro del monitoreo anual de los efluentes de la fosa séptica para la fase de operación, realizado por una empresa autorizada. De igual modo, se cuenta con un registro de revisiones y pruebas de la fosa séptica.
Forma de control y seguimiento Para la FASE de Construcción y Cierre se verifica en terreno el cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias y mantención de los registros de suministro de baños químicos, además para la FASE de Operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica.
7.3.18 NORMA D.S. Nº655/1941 MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Componente/Materia Residuos líquidos Norma Decreto supremo Nº 655 del Ministerio Del Trabajo Y Previsión Social. Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales, publicado en el diario oficial el 7 de marzo de 1941.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los lugares de trabajo, durante todas las Fases del Proyecto se mantienen limpios de residuos u olores que afecten a la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas.
El Titular está a cargo de controlar la verificación de estas obligaciones.
Forma de cumplimiento Durante todas las Fases del Proyecto, las condiciones de los lugares de trabajo reúnen las condiciones de higiene y seguridad exigidas en este reglamento, además se instalan señales de seguridad las instalaciones que lo requieran.
Indicador que acredita su cumplimiento Se mantiene un registro con: • Contratos prestadores de servicios e insumos de aseo, seguridad y medio ambiente. • Registro de aseo, fumigación y desratización de las instalaciones.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social o Superintendencia del Medio Ambiente.
Referencia al ICE para mayor detalle Ver numeral 9.3.19 del ICE del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
7.3.19 NORMA D.S. Nº46/2003 MINSEGPRES Componente/materia: RESIDUOS LÍQUIDOS
Norma Establece norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.
Artículo 1º. Establece la siguiente norma de emisión que determina las concentraciones máximas de contaminantes permitidas en los residuos líquidos que son descargados por la fuente emisora, a través del suelo, a las zonas saturadas de los acuíferos, mediante obras destinadas a infiltrarlo.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para la FASE de Construcción y Cierre, se dispone de sanitarios químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo Nº594/00 del Ministerio de Salud).
Su mantención y limpieza está a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana.
A su vez, existe una fosa séptica aledaña a la Sala de Equipos y Control de carácter permanente para la operación del Proyecto.
Para recolectar las aguas servidas se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el punto de generación (servicios higiénicos), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje.
Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración.
El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región.
Previamente a la instalación de la fosa séptica, se tramita sectorialmente el permiso asociado al PAS 138, cuyos antecedentes ambientales se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Forma de cumplimiento • Para los servicios sanitarios químicos se realiza mantención y limpieza a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana. • Para la fosa séptica, luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. • El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Previamente a la instalación de la fosa séptica, se tramita sectorialmente el permiso asociado al PAS 138, cuyos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
antecedentes ambientales se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, para la Fosa Séptica. • Aprobación del PASM 138. • Para todas las Fases se cuenta con una copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos. • Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que provee los baños químicos y de la cantidad de baños suministrados, así como el posterior retiro y gestión de los efluentes y lodos por una empresa certificada a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. • También, se cuenta con el registro del monitoreo anual de los efluentes de la fosa séptica para la fase de operación, realizado por una empresa autorizada. • De igual modo, se cuenta con un registro de revisiones y pruebas de la fosa séptica.
Forma de control y seguimiento Para la FASE de Construcción y Cierre se verifica en terreno el cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias y mantención de los registros de suministro de baños químicos, además para la FASE de Operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica.
7.3.20 NORMA D.F.L. Nº1/1990 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS
Norma D.F.L. N°1, de 1990, determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, del Ministerio de Salud.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las Fases del Proyecto se generan residuos sólidos como restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, etc.; residuos industriales no peligrosos como del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, etc.
La bodega de residuos domiciliarios y peligrosos se utilizan en todas las Fases del Proyecto y se encuentran dentro de la instalación de faenas durante las Fases de Construcción y Cierre y permanecen en el mismo sector durante la FASE de Operación.
Los residuos sólidos peligrosos generados durante las Fases de Construcción y Cierre corresponden a residuos con composición inicial derivada del petróleo, como lubricantes, aceites y grasas, además son consideraros peligrosos los solventes, materiales contaminados con algún elemento químico peligroso, generados por posibles reparaciones de maquinarias, tarros con restos de pinturas, tóner de impresora, pilas, entre otros.
Durante la FASE de Operación los residuos peligrosos consisten básicamente en residuos producto de actividades de mantención y se almacenan temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Residuos Peligrosos que permanecen de la Instalación de Faena habilitada en fase de construcción.
Estos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos de carácter permanente.
Forma de cumplimiento Todos los residuos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable.
FASE de Construcción y Cierre: • Los residuos domiciliarios son almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. • Estos son retirados diariamente y llevados al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faena. • Posteriormente son almacenados en la bodega de residuos domésticos, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado. • Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana. • Los residuos no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior de la Bodega de Residuos No Peligrosos de la instalación de faenas. • Su retiro se realiza dos veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de cada bodega de residuos industriales no peligrosos, por una empresa contratista autorizada en la región, siendo dispuestos en sitio de disposición final autorizado. • Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena. • El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad. • La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: • La generación de residuos domésticos es mínima y está asociado a las actividades de mantención. • Estos son almacenados en la bodega de residuos domésticos y de la bodega de residuos no peligrosos, que permanecen de la FASE de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente, son retirados por parte de una empresa autorizada, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención). • Durante la FASE de Operación la generación de residuos industriales no peligrosos es mínima y está asociada a las actividades de mantención. • Estos son almacenados de la Bodega de residuos industriales no peligrosos habilitada en la fase de construcción y la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente, son retirados por una empresa contratista autorizada una vez al mes (mes correspondiente a mantención). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento. • Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos habilitada en la FASE de Construcción, la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • El retiro de estos residuos es cada 6 meses como máximo.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para cada bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del Artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA, así como sus autorizaciones sectoriales. • Adicionalmente, el Titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. • Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
7.3.21 NORMA D.F.L. Nº725/1968 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS Norma D.F.L. Nº725/1968: Establece el código sanitario, del Ministerio de Salud. Modificado en la Ley 21646, del MINSAL.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las Fases del Proyecto se generan residuos sólidos como restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, etc.; residuos industriales no peligrosos como del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, etc.
La bodega de residuos domiciliarios y peligrosos se utilizan en todas las Fases del Proyecto y se encuentran dentro de la instalación de faenas durante las Fases de Construcción y Cierre y permanecen en el mismo sector durante la FASE de Operación.
Los residuos sólidos peligrosos generados durante las Fases de Construcción y Cierre corresponden a residuos con composición inicial derivada del petróleo, como lubricantes, aceites y grasas, además son consideraros peligrosos los solventes, materiales contaminados con algún elemento químico peligroso, generados por posibles reparaciones de maquinarias, tarros con restos de pinturas, tóner de impresora, pilas, entre otros. Durante la fase de operación los residuos peligrosos consisten básicamente en residuos producto de actividades de mantención y se almacenan temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Residuos Peligrosos que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
permanecen de la Instalación de Faena habilitada en FASE de Construcción.
Estos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos de carácter permanente.
Forma de cumplimiento Todos los residuos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable.
FASE de Construcción y Cierre: • Los residuos domiciliarios son almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Estos son retirados diariamente y llevados al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faena. • Posteriormente son almacenados en la bodega de residuos domésticos, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado. • Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana. • Los residuos no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior de la Bodega de Residuos No Peligrosos de la instalación de faenas. • Su retiro se realiza dos veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de cada bodega de residuos industriales no peligrosos, por una empresa contratista autorizada en la región, siendo dispuestos en sitio de disposición final autorizado. • Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena. • El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad. • La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: • La generación de residuos domésticos será mínima y está asociado a las actividades de mantención. • Estos son almacenados en la bodega de residuos domésticos y de la bodega de residuos no peligrosos, que permanecen de la FASE de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente, son retirados por parte de una empresa autorizada, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención). • Durante la FASE de Operación la generación de residuos industriales no peligrosos es mínima y está asociada a las actividades de mantención. • Estos son almacenados de la Bodega de residuos industriales no peligrosos habilitada en la FASE de Construcción y la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente, son retirados por una empresa contratista autorizada una vez al mes (mes correspondiente a mantención). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento. • Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos habilitada en la FASE de Construcción, la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • El retiro de estos residuos es cada 6 meses como máximo.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para cada bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PASM de los artículos 140 y 142 del Reglamento del SEIA, así como sus autorizaciones sectoriales. • Adicionalmente, el Titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
7.3.22 NORMA D.S. Nº594/2000 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS, INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y PELIGROSOS)
Norma D.S. Nº594/2000: Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. Modificada en el D.S.10/2019 del MINSAL.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las Fases del Proyecto se generan residuos sólidos del tipo asimilable a domiciliario como restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, etc.; residuos industriales no peligrosos como del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, etc.
La bodega de residuos domiciliarios y peligrosos se utilizan en todas las Fases del Proyecto y se encuentran dentro de la instalación de faenas durante las Fases de Construcción y Cierre y permanecen en el mismo sector durante la FASE de Operación.
Los residuos sólidos peligrosos generados durante las Fases de Construcción y Cierre corresponden a residuos con composición inicial derivada del petróleo, como lubricantes, aceites y grasas, además son consideraros peligrosos los solventes, materiales contaminados con algún elemento químico peligroso, generados por posibles reparaciones de maquinarias, tarros con restos de pinturas, tóner de impresora, pilas, entre otros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Durante la FASE de Operación los residuos peligrosos consisten básicamente en residuos producto de actividades de mantención.
Estos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos de carácter permanente.
Forma de cumplimiento Todos los residuos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable.
Fase de Construcción y Cierre: • Los residuos domiciliarios son almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. • Estos son retirados diariamente y llevados al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faena, siendo almacenados, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado. • Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana. • Los residuos no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior de la Bodega de Residuos No Peligrosos de la instalación de faenas. • Su retiro se realiza 2 veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de cada bodega de residuos industriales no peligrosos, por una empresa contratista autorizada en la región, siendo dispuestos en sitio de disposición final autorizado. • Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena. • El tiempo máximo de almacenamiento temporal es de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad. • La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: • La generación de residuos domésticos será mínima y está asociado a las actividades de mantención. • Estos son almacenados en la bodega de residuos domésticos y en la bodega de residuos no peligrosos que permanecen de la FASE de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente son retirados por parte de una empresa autorizada, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención). • Durante la Fase de Operación la generación de residuos industriales no peligrosos es mínima y está asociada a las actividades de mantención. • Estos son almacenados en la Bodega de residuos industriales no peligrosos habilitada en la FASE de Construcción y la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • Posteriormente son retirados por una empresa contratista autorizada una vez al mes (mes correspondiente a mantención). • La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento. • El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo. • En cumplimiento de lo anterior, se solicitan los PASM 140 y el PASM 142 del Reglamento del SEIA descritos en los ANEXOS 17 y 18 de la ADENDA Complementaria. • Una vez se obtenga la RCA favorable del Proyecto, se tramitan los permisos sectorialmente respecto de aquellos contenidos no ambientales.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PASMS de los artículos 140 y 142 del Reglamento del SEIA, y contar además con las autorizaciones sectoriales. • Adicionalmente, el Titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. • Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto.
7.3.23 NORMA D.S. Nº148/2004 DEL MINSAL Componente/materia: RESIDUOS PELIGROSOS
Norma D.S. Nº148/2004: Reglamento sanitario de residuos peligrosos, del Ministerio de Salud.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los residuos sólidos peligrosos generados durante las Fases de Construcción y Cierre corresponden a residuos con composición inicial derivada del petróleo, como lubricantes, aceites y grasas, además son consideraros peligrosos los solventes, materiales contaminados con algún elemento químico peligroso, generados por posibles reparaciones de maquinarias, tarros con restos de pinturas, tóner de impresora, pilas, entre otros.
Estos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena.
Durante la FASE de Operación los residuos peligrosos consisten básicamente en residuos producto de actividades de mantención y se almacenan temporalmente en contenedores al interior de la Bodega de Residuos Peligrosos que permanecen de la instalación de faena habilitada en FASE de Construcción.
Forma de cumplimiento • La cantidad estimada de residuos peligrosos generados corresponden a 0,13 ton/mes para la FASE de Construcción, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
0,15 ton/mes para la FASE de Operación y 0,38 ton/mes para la FASE de Cierre, por lo que no se considera la presentación de un Plan de Manejo para Residuos Peligrosos indicado por el D.S. 148/04 del MINSAL. • Es importante señalar que el almacenamiento temporal de estos residuos se realiza en una bodega de acopio temporal que cumple constructivamente con lo establecido en el artículo 33° del D.S. 148/04 del MINSAL, debidamente identificados con letreros y clasificados en tambores rotulados y son retirados como máximo cada seis meses desde la faena por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final de materiales residuales con las características mencionadas, en conformidad con el D.S. 148/04 del MINSAL y la legislación ambiental vigente. • La mantención de los equipos será realizada habitualmente fuera de las instalaciones de construcción, exceptuando casos en que suceda alguna eventualidad como, por ejemplo: cambio de neumáticos, etc. • En caso de ser necesario cambios de aceites provenientes del mantenimiento de las maquinarias y otros residuos peligrosos que se generen durante la realización de las obras, son retirados al momento de generarse, siendo dispuestos en rellenos de seguridad autorizados; para acreditar la correcta disposición. • El Titular cuenta con la documentación correspondiente.
El recinto para el acopio temporal de residuos peligrosos cuenta con las siguientes características: • Cuenta con cierre perimetral de 1,80 m de altura o más que impida el libre acceso de personas y animales. • Tienen un radier de hormigón impermeabilizado, con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 120% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. • En caso de que se almacenen líquidos, posee una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contendedores almacenados. • Cuenta con la señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. • Tiene acceso restringido, en términos que sólo puede ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. • Cuenta con extintores de incendio en buen estado, con contenido de químicos apropiado para controlar posibles amagos de los materiales almacenados. • El recinto destinado al almacenamiento de residuos peligrosos es debidamente autorizado ante la Autoridad Sanitaria regional.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para lo que se solicita el PAS establecido en el artículo 142 del Reglamento. • Se tramita sectorialmente la autorización para el almacenamiento temporal de este tipo de residuo. • Adicionalmente, el Titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en un sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Lo anterior aplica para todas Fases del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.24 NORMA LEY 20.920 MMA Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS, INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y PELIGROSOS)
Norma Ley 20.920: Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, del Ministerio del medio ambiente.
Otros cuerpos legales D.S. N° 12/2020
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular del Proyecto corresponde a la letra c) del artículo 3: “importa un producto prioritario para su propio uso profesional”.
Durante las Fases de Construcción, Operación y Cierre se generan residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos.
Para todas las Fases los residuos sólidos domésticos son originados por las actividades del personal que construya el Proyecto y son básicamente papeles, envoltorios, envases y embalajes, restos de comida, entre otros. Los sólidos domiciliarios y asimilables son entregados a un gestor autorizado para su manejo.
Los residuos sólidos industriales provienen de actividades como reparaciones varias y embalajes de los equipos a instalar, los que son entregados a una empresa autorizada para su manejo.
Los residuos peligrosos en las Fase de Construcción y Cierre son debido a residuos de mantención como huaipes con aceites u otros y son almacenados en contenedores cerrados y dispuestos.
En el caso de las baterías que se reciban dañados en la construcción son devueltos al fabricante como parte de la garantía del producto, sin embargo, las baterías dañadas durante las demás Fases del Proyecto son tratados como residuos peligrosos, no almacenándose, si no pueden reciclarse o reutilizarse alguna de sus partes.
Forma de cumplimiento • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables son almacenados temporalmente en al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faenas, para posteriormente ser entregados a una empresa autorizada para su manejo y disposición final. • Los residuos sólidos industriales no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior de la Bodega de Residuos Industriales No Peligrosos de la instalación de faenas, hasta su retiro por una empresa que cumpla la normativa. • Finalmente, los residuos peligrosos (tipo huaipes y/o aceites) son dispuestos en receptáculos cerrados y la disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP y asegurando en los contratos con la empresa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
externa la disposición en lugares permitidos.
Como productor primario, siguiendo el artículo 9, el Titular deber:
a) Inscribirse en el registro establecido en el artículo 37. b) Organizar y financiar la recolección de los residuos de los productos prioritarios en todo el territorio nacional, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento en conformidad a la ley, a través de alguno de los sistemas de gestión a que se refiere el párrafo 3º de este título. La presente obligación será exigible con la entrada en vigencia de los respectivos decretos supremos que establezcan metas y otras obligaciones asociadas. c) Cumplir con las metas y otras obligaciones asociadas, en los plazos, proporción y condiciones establecidos en el respectivo decreto supremo. d) Asegurar que la gestión de los residuos de los productos prioritarios se realice por gestores autorizados y registrados. e) Las demás que establezca esta ley.
Siguiendo el artículo segundo transitorio, el Titular deber informar anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, lo siguiente: a) Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior. b) Actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo. c) Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. d) Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantiene un registro de los antecedentes de la o las empresas autorizadas (gestores) que provean el servicio de retiro/reciclaje de los residuos sólidos de los diferentes tipos mencionados, tales como contratos, boletas o facturas emitidas en todas las Fases del Proyecto. • Adicionalmente, se mantienen los registros de productos prioritarios declarados a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Forma de control y seguimiento • Registro de los contratos de la o las empresas que se utilicen con este fin para posibles fiscalizaciones por parte de la SMA, durante todas las Fases del Proyecto. • Formularios del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
7.3.25 NORMA D.S. N°12/2021 MMA Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS, INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y PELIGROSOS)
Norma D.S. N°12/2020: Establece Metas de Recolección y Valorización y Otras Obligaciones Asociadas de Envases y Embalajes
El Artículo 1° señala que el presente decreto tiene por objeto establecer metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas al producto prioritario envases y embalajes, a fin de prevenir la generación de tales residuos y fomentar su reutilización o valorización.
El Artículo 3° numeral 21 señala lo siguiente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
5) Envases y embalajes: aquellos productos hechos de cualquier material, de cualquier naturaleza, que sean usados para contener, proteger, manipular, facilitar el consumo, almacenar, conservar, transportar, o para mejorar la presentación de las mercancías, así como los elementos auxiliares integrados o adosados a aquellos, cuando cumplen con la función de informar al consumidor o alguna de las funciones ya señaladas. En adelante, indistintamente también denominados como "envases" 9) Envases domiciliarios: aquellos envases que se generan normalmente en el domicilio de una persona natural, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 5º. 10) Envases no domiciliarios: aquellos envases que no constituyen envases domiciliarios. 11) Envases de sustancias peligrosas: aquellos envases que contienen sustancias peligrosas, según la definición que contempla el decreto supremo Nº 43, de 2015, del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, o el que lo reemplace. Adicionalmente, para efectos de este decreto, los envases que contienen el producto prioritario "aceites lubricantes" son considerados envases de sustancias peligrosas.
En el Artículo 7° se define que:
Los productores sujetos a la responsabilidad extendida del productor, siendo aplicable a aquellos que introduzcan en el mercado nacional bienes de consumo envasados o embalados, cuyos envases estén compuestos por, al menos, uno de los cinco materiales indicados en el artículo 5º (cartón para líquidos, metal, papel y cartón, plásticos y vidrio).
Artículo 9º. Obligaciones de los productores. Los productores sujetos a la responsabilidad extendida del productor deben cumplir con las siguientes obligaciones: a) Inscribirse en el RETC, de conformidad con lo establecido en el reglamento de dicho registro y entregar la información que se les solicite, directamente al RETC, si se trata de un sistema individual de gestión, o bien, a través del sistema colectivo de gestión que corresponda, sin perjuicio de las obligaciones de entregar información que puedan tener en virtud de otros cuerpos normativos; b) Organizar y financiar la recolección de los residuos de envases en todo el territorio nacional, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento de conformidad con la normativa vigente; c) Cumplir con las metas de recolección y valorización de los residuos de envases, de conformidad con el Título III; d) Cumplir con las obligaciones asociadas que les correspondan, establecidas en el Título IV; e) Asegurar que la gestión de los residuos de envases se realice por gestores autorizados y registrados; y, f) Velar por que la información comercial sensible que sea compartida con ocasión del cumplimiento de la Ley no pueda ser conocida por otros productores, respetando la normativa sobre libre competencia aplicable y con sujeción a la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada.
El Artículo 10 señala la obligación de entregar información de los productores que introduzcan en el mercado menos de 300 kg de envases y embalajes al año, por medio del RETC.
Por último, el Titular deber cumplir con las metas de recolección valorización de residuos de envases y embalajes domiciliarios, según Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
lo dispuesto en el Título III, Artículo 23 ‘‘Metas de recolección y valorización de residuos de envases y embalajes no domiciliarios’’.
Otros cuerpos legales Ley 20.920
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular del Proyecto corresponde al Artículo 7: “aplicable a aquellos que introduzcan en el mercado nacional bienes de consumo envasados o embalados, cuyos envases estén compuestos por, al menos, uno de los cinco materiales indicados en el artículo 5º (cartón para líquidos, metal, papel y cartón, plásticos y vidrio).”
Durante la construcción se generan residuos de envases y embalajes industriales no peligrosos que son enajenados al mercado chileno de envases y embalajes, producto del ingreso de insumos para la construcción del Proyecto.
Forma de cumplimiento Como productor primario, el Titular debe: a) Inscribirse en el RETC, de conformidad con lo establecido en el reglamento de dicho registro y entregar la información que se les solicite, directamente al RETC, si se trata de un sistema individual de gestión, o bien, a través del sistema colectivo de gestión que corresponda, sin perjuicio de las obligaciones de entregar información que puedan tener en virtud de otros cuerpos normativos; b) Organizar y financiar la recolección de los residuos de envases en todo el territorio nacional, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento de conformidad con la normativa vigente; c) Cumplir con las metas de recolección y valorización de los residuos de envases, de conformidad con el Título III; d) Cumplir con las obligaciones asociadas que les correspondan, establecidas en el Título IV; e) Hay que asegurar que la gestión de los residuos de envases se realice por gestores autorizados y registrados; y,
Velar por que la información comercial sensible que sea compartida con ocasión del cumplimiento de la Ley no pueda ser conocida por otros productores, respetando la normativa sobre libre competencia aplicable y con sujeción a la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se debe cumplir con las metas de recolección y valorización de los residuos de cartones y plásticos generados, informando a la autoridad sobre la cantidad de residuos generado y su alternativa de gestión. • Se mantiene un registro de los antecedentes de la o las empresas autorizadas (gestores), así como de las declaraciones realizadas en el RETC.
Forma de control y seguimiento • Registro de los contratos de la o las empresas que se utilicen con este fin para posibles fiscalizaciones por parte de la SMA, durante la FASE de Construcción del Proyecto. • Plan de gestión de residuos y cumplimiento de metas de revalorización, según la alternativa de gestión que el Titular determine al momento de la construcción. • Formularios del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
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7.3.26 NORMA NCH 3562:2019 APROBADA POR DECRETO 37 EXENTO MINVU Componente/materia: GESTIÓN DE RESIDUOS – RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (RCD) – CLASIFICACIÓN Y DIRECTRICES PARA EL PLAN DE GESTIÓN (2019).
Norma El Decreto 37 Exento de septiembre de 2019 Aprueba y Declara la Norma Oficial de la República de Chile la Norma Técnica NCh 3562.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción se generan residuos sólidos industriales no peligrosos y peligrosos.
Los residuos sólidos industriales no peligrosos provienen de actividades como reparaciones varias y embalajes de los equipos a instalar, los que son entregados a una empresa autorizada para su manejo.
Los residuos peligrosos son debido a residuos como huaipes con aceites u otros, y son almacenados en contenedores cerrados y dispuestos, no incluyendo las partes de las baterías defectuosas que puedan ser reutilizadas o recicladas alguna de sus partes.
Forma de cumplimiento • En la FASE de Construcción se segregan los residuos generados, se cuenta con una logística de recolección interna, acopios temporales en las bodegas respectivas para finalmente ser transportados y dispuestos en un sitio autorizado por SEREMI de Salud de la región.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantiene un registro de los antecedentes de la o las empresas autorizadas (gestores) que provean el servicio de retiro/reciclaje de los residuos provenientes de la construcción.
Forma de control y seguimiento • Registro de los contratos de la o las empresas que se utilicen con este fin para posibles fiscalizaciones por parte de la SMA durante la fase de construcción.
7.3.27 NORMA D.S. N°1/2013 MMA Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS, INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y PELIGROSOS)
Norma D.S. N°1/2013: Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC), del Ministerio del Medio Ambiente. Modificada por el D.S. 31/2018 del MMA.
Otros cuerpos legales D.S. N°31/2017 y Resolución Exenta N°144/2020.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todos los residuos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
legislación aplicable.
Fase de Construcción y Cierre:
Los residuos domiciliarios son almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Estos son retirados diariamente y llevados al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faena.
Posteriormente son almacenados en la bodega de residuos domésticos, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado.
Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana.
Los residuos no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente.
Su retiro se realiza dos veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de cada bodega de residuos industriales no peligrosos, por una empresa contratista autorizada en la región, siendo dispuestos en sitio de disposición final autorizado.
Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena.
El tiempo máximo de almacenamiento temporal es de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: La generación de residuos domésticos es mínima y está asociado a las actividades de mantención.
Estos son almacenados en la bodega de residuos domésticos y en la bodega de residuos no peligrosos que permanecen de la FASE de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto.
Posteriormente son retirados por parte de una empresa autorizada, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Durante la FASE de Operación la generación de residuos industriales no peligrosos es mínima y está asociada a las actividades de mantención.
Estos son almacenados de la Bodega de residuos industriales no peligrosos habilitada en la FASE de Construcción y la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto.
Posteriormente son retirados por una empresa contratista autorizada una vez al mes (mes correspondiente a mantención).
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En cumplimiento de lo anterior, se solicitan los PASM 140 y el PASM 142 del Reglamento del SEIA descritos en los ANEXOS 17 y 18 de la ADENDA Complementaria.
Una vez se obtenga la RCA favorable del Proyecto, se tramitan los permisos sectorialmente respecto de aquellos contenidos no ambientales.
Además, la energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena durante la construcción se obtiene mediante dos grupos electrógenos de 33 kVA los cuales nunca funcionarán de forma simultánea, ya que uno es para respaldo.
Durante la operación el grupo electrógeno será de 150 kVA que permanecen de forma permanente y solo es utilizado en caso de requerirse por alguna situación de emergencia.
Por su parte durante la FASE de Cierre se cuenta con dos grupos electrógenos de 33 kVA de las mismas características que la fase deconstrucción.
Forma de cumplimiento • Se declara la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Revisión de los registros y declaraciones durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.28 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA Nº144/2020 MMA Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS (DOMICILIARIOS, INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y PELIGROSOS)
Norma Resolución Exenta Nº144/2020: Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Dicta las reglas básicas para el funcionamiento del RETC, en especial los trámites de ingreso al Sistema Ventanilla Única del RETC por parte de los establecimientos. Esto contempla procesos tales como envío de documentación en formato digital, actualización de razón social, cambio de Titularidad, cese de funciones o cierre de establecimiento.
Otros cuerpos legales D.S. N°1/2013 del MMA
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todos los residuos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Fase de Construcción y Cierre:
Los residuos domiciliarios son almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados. Estos son retirados diariamente y llevados al sector de la Bodega de Residuos Domésticos que se ubica al interior de la instalación de faena, para luego ser enviados a sitios de disposición final a través de transporte autorizado.
Se contempla un retiro con frecuencia de dos veces por semana.
Los residuos no peligrosos son acopiados temporalmente y clasificados debidamente, al interior de la Bodega de Residuos No Peligrosos de la instalación de faenas. Su retiro se realiza dos veces al mes o cada vez que sea necesario, de acuerdo con la capacidad de cada bodega de residuos industriales no peligrosos, por una empresa contratista autorizada en la región, siendo dispuestos en sitio de disposición final autorizado.
Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena.
El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad.
La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación:
La generación de residuos domésticos y no peligrosos será mínima y está asociado a las actividades de mantención.
Estos son almacenados en la bodega de residuos domésticos y en la bodega de residuos no peligrosos que permanecen de la FASE de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto.
Posteriormente son retirados por parte de una empresa autorizada, por lo que se contempla el retiro una vez por semana (semana correspondiente a mantención).
Durante la FASE de Operación la generación de residuos industriales no peligrosos será mínima y está asociada a las actividades de mantención.
Estos son almacenados de la Bodega de residuos industriales no peligrosos habilitada en la fase de construcción y la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto.
Posteriormente son retirados por una empresa contratista autorizada una vez al mes (mes correspondiente a mantención).
La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento.
Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos habilitada en la FASE de Construcción, la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo.
Forma de cumplimiento • Se declara la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.29 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA Nº359/2005 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS Norma Fija el formato del Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. El Ministerio de Salud dispone de copias del documento de declaración de residuos peligrosos para uso del público interesado y, asimismo, este documento está a disposición de los usuarios en la página web del Ministerio de Salud (www.minsal.cl).
Otros cuerpos legales D.S. Nº148/2003, MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto genera en todas sus Fases residuos peligrosos.
Todos los residuos peligrosos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable considerando el formato de declaración que dicta la presente resolución.
Fase de Construcción y Cierre: • Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena. • El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad. • La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: • La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento. • Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos habilitada en la FASE de Construcción, la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo.
Forma de cumplimiento • Se realizan las Declaraciones de residuos peligrosos en el formato del documento aprobado, de acuerdo con esta resolución. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Durante la FASE de Cierre, las baterías utilizadas en el SAE al término de la vida útil del Proyecto son consideradas producto prioritario (PP) según lo señala el Artículo N°10 de la Ley N°20.920 Ley Marco para la Gestión de residuos, el Titular indica que se da total cumplimiento a las disposiciones del artículo N° 5 de la Ley en comento, las baterías en desuso son entregadas a gestores debidamente autorizados. • El gestor autorizado es quien realiza la declaración de residuos peligrosos, como indica la normativa. • No existe acopio de este tipo de residuo en la bodega de RESPEL.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Declaraciones de Residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.30 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA Nº 499/2006 MINSAL Componente/materia: RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS
Norma La Resolución Exenta N° 499/2006 del Ministerio de Salud de Chile aprueba el formato del Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos
Otros cuerpos legales D.S. Nº148/2003, MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica • El Proyecto genera en todas sus Fases residuos peligros. • Todos los residuos peligrosos son recolectados y enviados a disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable considerando el formato de declaración que dicta la presente resolución.
Fase de Construcción y Cierre: • Los residuos peligrosos son almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados, dispuestos al interior de una Bodega de Residuos Peligrosos, habilitada en la instalación de faena. • El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 70% de su capacidad. • La disposición final se realiza a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.
FASE de Operación: • La generación de residuos peligrosos durante la FASE de Operación consiste en residuos producto de actividades de mantenimiento. • Respecto al almacenamiento, los residuos peligrosos son almacenados temporalmente en contenedores al interior la bodega de residuos peligrosos habilitada en la FASE de Construcción, la cual permanecen durante toda la vida útil del Proyecto. • El retiro de estos residuos será cada 6 meses como máximo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de cumplimiento • Se realizan las Declaraciones de residuos peligrosos en el formato del documento aprobado, de acuerdo con esta resolución. • Durante la FASE de Cierre, las baterías utilizadas en el SAE al término de la vida útil del Proyecto son consideradas producto prioritario (PP) según lo señala el Artículo N°10 de la Ley N°20.920 Ley Marco para la Gestión de residuos, el Titular indica que se da total cumplimiento a las disposiciones del artículo N° 5 de la Ley en comento, las baterías en desuso son entregadas a gestores debidamente autorizados. • El gestor autorizado es quien realiza la declaración de residuos peligrosos, como indica la normativa. • En el caso de las baterías que se reciban dañados en la construcción son devueltos al fabricante como parte de la garantía del producto, sin embargo, las baterías dañadas durante las demás Fases del Proyecto son tratados como residuos peligrosos si no pueden reciclarse o reutilizarse alguna de sus partes. Sin perjuicio de lo anterior, se indica que estos residuos no son almacenados en la bodega de RESPEL.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Declaraciones de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.31 NORMA D.S. N°43/2016 MINSAL, Y SUS MODIFICACIONES POSTERIORES. Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS Norma Decreto Supremos 43 Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud, y su modificación a través del D.S. 60/2022 del MINSAL.
Establece las condiciones de seguridad de almacenamiento de sustancias peligrosas. En el Artículo 2° se establece, que se entenderá por sustancias peligrosas, o productos peligrosos, aquellas que puedan significar un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales y son aquellas listadas en la NCh. Nº 382 Of. 2013
Otros cuerpos legales • NCh. Nº 382 Of. 2013 Sustancias Peligrosas. • D.S. N° 1.164/1974, del Ministerio de Obras Públicas, Oficializa la Norma Chilena N°389 of.74, del INN “Sustancias Peligrosas almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables-Medidas generales de seguridad”. • Decreto Supremo N° 298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. • Decreto Supremo N°60/2022 del Ministerio de Salud, “modifica Decreto Supremo Nº43/2015, del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
La bodega será destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento, cumpliendo lo establecido en el D.S. 43/2016 del MINSAL, y sus modificaciones posteriores.
Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se incorporan letreros de “No Fumar” en el acceso y al interior de la Bodega de Sustancias Peligrosas. • La bodega es cerrada en su perímetro por muros, resistentes a la acción del agua, con techumbre y piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e impermeable y no poroso. • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias. • Cabe señalar que lo anterior se mantiene tanto en FASE de Construcción como en FASE de Cierre.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud durante la fase de construcción y cierre si lo hubiese.
7.3.32 NORMA NCH 2.245 SUSTANCIAS QUÍMICAS – HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD – REQUISITOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS – TRANSPORTE POR CARRETERA – HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS
Norma Tal como define el numeral 1 de la norma, el alcance de ella considera el establecimiento de los requisitos necesarios para informar sobre las características esenciales, y los grados de riesgo que presentan las sustancias químicas para las personas, las instalaciones o materiales, transporte y medio ambiente.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de cumplimiento • Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la Bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud.
7.3.33 NORMA D.S. N°57/2021 MINSAL Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS
Norma Decreto Supremo N°57/2021, del MINSAL, Reglamento de Clasificación, Etiquetado y notificación de Sustancias Químicas y Mezclas Peligrosas.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Forma de cumplimiento • Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente. • Las sustancias están clasificadas, etiquetadas y notificadas de acuerdo con el presente decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la Bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias. • Cabe señalar que lo anterior se mantiene tanto en FASE de Construcción como en FASE de Cierre.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud durante la fase de construcción y cierre si lo hubiese.
7.3.34 NORMA NCH 382/2021 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS
Norma NCh382:2021 Mercancías peligrosas — Clasificación, ha sido actualizada considerando la vigésimo primera edición de las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, Reglamentación Modelo.
Esta norma establece una clasificación de las mercancías peligrosas en clase y división. Esta norma presenta dos listas de mercancías peligrosas, el primero ordenado por su numeración de las Naciones Unidas (NU) y la segunda por orden alfabético, indicando su peligro primario y cuando corresponda su peligro secundario y el número de Guía GRE 2020 (primeras acciones en caso de emergencia).
Esta norma clasifica a las mercancías peligrosas de acuerdo al peligro más significativo que presentan en el transporte terrestre en territorio nacional. Esta norma se aplica a las mercancías peligrosas que aparecen en el listado de ANEXO A, cualquiera sea el medio de transporte en territorio nacional, con la finalidad de propender a la seguridad personal, colectiva, de la propiedad y el medio ambiente.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Forma de cumplimiento • Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente. • Cada sustancia dentro de la bodega considera una clasificación de las mercancías peligrosas en clase y división.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la Bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias. • Cabe señalar que lo anterior se mantiene tanto en FASE de Construcción como en FASE de Cierre.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud durante la fase de construcción y cierre si lo hubiese.
7.3.35 NORMA NCH 1411/4:2000 Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS
Norma Señales de seguridad para la identificación de riesgos de materiales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Esta norma se aplica a instalaciones industriales, comerciales y en general a todas las que fabriquen, procesen, utilicen o almacenen materiales peligrosos.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Forma de cumplimiento • Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente. • Cada sustancia dentro de la bodega considera una clasificación de las mercancías peligrosas en clase y división.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la Bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias. • Cabe señalar que lo anterior se mantiene tanto en FASE de Construcción como en FASE de Cierre.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud.
7.3.36 NORMA NCH 2190 DE 28 DE ENERO DE 2019 Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS
Norma Esta norma anula y reemplaza a la norma NCh2190.Of1993 Sustancias peligrosas - Marcas para información de riesgos, declarada Oficial de la República por Decreto Nº90, de fecha 19 de mayo de 1993, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial del 09 de junio de 1993.
Esta norma establece los requisitos de los distintivos de seguridad con que se deben identificar los riesgos que presentan las sustancias peligrosas; incluyendo requisitos sobre las características de las marcas, etiquetas y rótulos, uso de ellos, excepciones en el uso y lugares en que se deben colocar.
Esta norma se aplica en el transporte de las sustancias peligrosas definidas en NCh382/3 y NCh2120/1 a NCh2120/9, por vía terrestre, dentro del país y para el comercio de importación/exportación, así como en la manipulación y almacenamiento en tránsito de estas sustancias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Otros cuerpos legales Resolución Exenta 1930 Deja sin Efecto Norma Chilena 2190 del año 1993 "Sustancias Peligrosas" y Aprueba la NCh. N° 2190 de 28. Ene.2019
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena se considera la habilitación de una bodega de sustancias peligrosas.
La bodega es destinada para el almacenamiento de insumos de construcción de carácter peligroso, como pinturas, aceites, diluyentes, entre otros.
En su interior, cada bodega esta ordenada y posee la señalética adecuada para el mantenimiento.
Forma de cumplimiento • Durante el transporte de sustancias peligrosas se identifican los riesgos que presentan; incluyendo requisitos sobre las características de las marcas, etiquetas y rótulos, uso de ellos, excepciones en el uso y lugares en que se deben colocar. • Las sustancias peligrosas requeridas durante las Fases de Construcción y Cierre se almacenan en una bodega especial para sustancias peligrosas, que cumpla con lo establecido para este tipo de recintos, según lo indicado por la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con las Hojas de Seguridad de cada sustancia (HDS) al interior de la Bodega. • Cada sustancia esta rotulada debidamente, indicando el contenido del envase y se respeta lo establecido en cuanto a incompatibilidades entre sustancias. • Cabe señalar que lo anterior se mantiene tanto en FASE de Construcción como en FASE de Cierre.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la Superintendencia de Medio Ambiente y/o SEREMI Salud.
7.3.37 NORMA D.S. Nº594/2000 MINSAL Componente/materia: RUIDO
Norma Norma D.S. Nº594/2000 del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Modificado en el D.S. 10/2019 del MINSAL.
Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
En particular, el artículo 74 establece que la exposición ocupacional a ruido estable o fluctuante deber ser controlada de modo que para una jornada de 8 horas diarias ningún trabajador puede estar expuesto a un nivel de presión sonora continuo equivalente superior a 85 dB(A) lento, medidos en la posición del oído del trabajador.
Por su parte, el artículo 75 detalla los niveles de presión sonora continua equivalentes permitidos para diferentes periodos de exposición al ruido que no deben ser excedidos por el trabajador. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En cuanto a ruido impulsivo, se establecen requerimientos en los artículos 79, 80 y 81.
Otros cuerpos legales No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción y Cierre, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de faena generadores de emisiones de ruido.
Durante la FASE de Operación, las únicas fuentes de ruido corresponden al funcionamiento de los sistemas de almacenamiento, funcionamiento de los centros de transformación, la línea de transmisión, generador de emergencia y al uso esporádico de vehículos motorizados para las actividades de mantención del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Se entrega a los trabajadores elementos de protección auditiva personales y la correspondiente capacitación de su uso. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases.
Indicador que acredita su cumplimiento Se corrobora el uso de elementos de protección personal a lo largo de la faena en todas las Fases.
Forma de control y seguimiento Se lleva el control del cuidado del personal contratado, a que utilice los elementos de protección personal durante todas las Fases.
7.3.38 NORMA D.S. Nº50/2002 MOP Componente/materia: RESIDUOS LÍQUIDOS Y AGUA POTABLE
Norma D.S. N°50/2002 Ministerio de Obras Públicas, aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Modificado por el D.S. 669/2009 del MOP
Otros cuerpos legales No Aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Aplicable a la fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a la Fosa Séptica ubicada aledaña a la SE de carácter permanente (Fase de operación).
El sistema sanitario de fosa séptica para la fase de operación tiene una capacidad de tratamiento de aguas servidas de 100 m3/mes, considerando 7 trabajadores peak y tiene una capacidad de tratamiento de 3,5 m3/mes.
Forma de cumplimiento • Para la operación, se considera una fosa permanente, ubicada al costado de los estanques de agua potable dentro del área de instalaciones complementarias SE. • Para recolectar las aguas servidas, se contempla un sistema integrado de recolección y tratamiento a través de cañerías de PVC sanitario que conducirán las aguas residuales desde el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
punto de generación (servicios higiénicos permanentes), hacia cámaras de desengrase y de inspección que derivan finalmente a una fosa séptica de PE de Alta Densidad donde se producen los procesos de sedimentación y digestión anaeróbica de las aguas residuales para posteriormente ser infiltradas en el subsuelo a través de redes de drenaje. • Luego de un período de retención entre 1 a 3 días, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. • El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Los antecedentes ambientales del PAS 138 se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA. • En la instalación de faena, cerca del área destinada para comedores se dispone de un área habilitada para los dos estanques de agua potable temporales, los cuales surtirán las duchas y baños que son utilizados durante la Fase de Construcción y Cierre. • El agua es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable. • Se estima que cada estanque contenga una capacidad de al menos 21 m3, donde se acumula el agua que es transportada mediante camiones aljibes autorizados. • La superficie utilizada por cada estanque será de aproximadamente 9,57 m2 cada uno. • Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable de carácter permanente, el cuales sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación de Proyecto. • Este estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y está ubicado en los equipos de patio de la SE, con una superficie a utilizar de 9,57 m2.
Indicador que acredita su cumplimiento • La resolución aprobatoria del sistema de alcantarillado particular, en este caso, Fosa Séptica. • Aprobación del PAS 138. • El agua para consumo humano cumple con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 Of. 84 (agua purificada en bidones). • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto. • Se dispone de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual se verifica en terreno y se cuenta con los registros del agua suministrada, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua provistos.
Forma de control y seguimiento • Para la FASE de Operación se verifica el monitoreo anual de los efluentes generado por la fosa séptica permanente. • Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.39 NORMA D.S. N°735/1969 MINSAL Componente/materia: AGUA POTABLE
Norma D.S. N°735/1969 Aprueba reglamento de los servicios de agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
destinados al consumo humano. Modificado en el D.S. 76/2010 del MINSAL.
El presente Reglamento dispone que todo servicio de agua potable deber proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo, además, asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones o de su explotación.
Agrega que la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva deber aprobar todo Proyecto de construcción, reparación, modificación o ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua para el consumo humano, que no sea parte o no esté conectado a un servicio público sanitario regido por el DFL Nº382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas.
En los casos de abastecimiento de agua a una o a un reducido grupo de viviendas o a un establecimiento, con sistema particular de agua, se aceptará como agua potable aquella que se encuentre exenta de Escherichia coli y cuyo número de organismos coliformes totales no sobrepase de un coli por cien centímetros cúbicos de agua, lo que se determina por el término medio de los resultados de los exámenes bacteriológicos de una cantidad de muestras de agua que fije la autoridad sanitaria.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena, cerca del área destinada para comedores se dispone de un área habilitada para los dos estanques de agua potable temporales, los cuales surtirán las duchas y baños que son utilizados durante la Fase de Construcción y Cierre.
El agua es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Se estima que cada estanque contenga una capacidad de al menos 21 m3, donde se acumula el agua que será transportada mediante camiones aljibes autorizados.
La superficie utilizada por cada estanque será de aproximadamente 9,57 m2 cada uno.
Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable de carácter permanente, el cual sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación de Proyecto.
Este estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y están ubicado en los equipos de patio de la SE, con una superficie a utilizar de 9,57 m2.
Forma de cumplimiento • El agua para consumo humano cumple con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 Of. 84 (agua purificada en bidones). • El agua potable es provista mediante dispensadores de agua purificada debidamente certificados y adquiridos en comercios establecidos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción de las obras a razón de 100 litros/persona/día, como mínimo cumpliendo de esta manera con lo establecido en el Artículo 14 del D.S. Nº594/99, del Ministerio de Salud. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se dispone de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual es verificado en terreno y cuenta con los registros del agua suministrada, donde constan los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua provistos. • Cabe señalar que el indicador que acredita su cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas, durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.40 NORMA D.S. Nº446, OFICIALIZA NORMA CHILENA Nº409 /1. OF 2005 MINSAL Componente/materia: AGUA POTABLE
Norma D.S. Nº446, oficializa norma chilena Nº409 /1. Of 2005 Sobre Calidad de Agua para Uso Potable.
Esta Norma técnica establece los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable para consumo humano. La Norma se aplica al agua potable proveniente de cualquier sistema de abastecimiento.
Otros cuerpos legales No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena, cerca del área destinada para comedores se dispone de un área habilitada para los dos estanques de agua potable temporales, los cuales surtirán las duchas y baños que son utilizados durante la Fase de Construcción y Cierre.
El agua es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Se estima que cada estanque contenga una capacidad de al menos 21 m3, donde se acumula el agua que será transportada mediante camiones aljibes autorizados.
La superficie utilizada por cada estanque será de aproximadamente 9,57 m2 cada uno.
Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable de carácter permanente, el cual sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación de Proyecto.
Este estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y están ubicado en los equipos de patio de la SE, con una superficie a utilizar de 9,57 m2.
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Forma de cumplimiento • El agua potable suministrada por el Proyecto cumple con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en este Decreto en todas sus Fases.
Indicador que acredita su cumplimiento • El indicador de cumplimiento es el proveer del agua en los términos descritos, para cuyos efectos adicionalmente se cuenta con un registro de la adquisición del agua y la autorización de sanitaria de la empresa que lo provee en todas sus Fases.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas durante todas las Fases del Proyecto.
7.3.41 NORMA D.S N°160/2009 MINISTERIO DE ECONOMÍA FOMENTO Y TURISMO, Y SU MODIFICACIÓN POSTERIOR. Componente/materia: SUSTANCIAS PELIGROSAS-COMBUSTIBLE
Norma D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos
Otros cuerpos legales DFL N°4/1959 – Aprueba el Texto de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto durante la Construcción y Cierre presenta un estanque de almacenamiento de combustible con una capacidad de 6 m3 y una superficie total considerando la zona de carga y de descarga de 23,89 m2.
Forma de cumplimiento • El suministro de combustibles está a cargo de un distribuidor autorizado, quien lo transportará hasta el lugar de las obras o las instalaciones del Proyecto mediante camiones cisterna o tanque debidamente habilitados y autorizados para este propósito (contrato del tipo “suministro en planta”), que da cumplimiento a la normativa aplicable al almacenamiento, manejo, transporte y suministro de combustibles líquidos derivados del petróleo (D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y su modificación posterior).
Indicador que acredita su cumplimiento • Contrato de prestación de servicios con empresas autorizadas para el transporte de combustibles, que incluya las disposiciones técnicas y legales del presente reglamento.
Forma de control y seguimiento Registro en faena de guías de despacho de combustibles. Registro de carga de combustible de vehículos.
7.4 NORMAS RELACIONADAS CON COMPONENTES AMBIENTALES (FAUNA, VEGETACIÓN Y FLORA, SUELO, AGUA, PATRIMONIO CULTURAL)
7.4.1 NORMA LEY Nº19.473/1996 MINISTERIO DE AGRICULTURA Componente/materia: FAUNA
Norma Ley Nº19.473: Sustituye texto de la ley N°4.601, sobre caza, del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Ministerio de Agricultura. Modificada por la Ley 21.600 del MMA.
Regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley Nº18.892 General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto fue refundido por D.S. Nº430/91, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
De acuerdo al Artículo 3°, que prohíbe en todo el territorio de la República la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogadas como especies en peligro crítico, en peligro, vulnerable, casi amenazada o datos insuficientes , así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para el mantenimiento del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas, correspondiendo al Reglamento establecer la nómina de especies a que se refiere este artículo.
Además, el Artículo 5 prohíbe en toda época levantar nido, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las especies declaradas dañinas.
En su Artículo 9°, establece que “la caza o captura de animales de las especies protegidas en el medio silvestre, sólo se puede efectuar en sectores o áreas determinadas y previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero. Estos permisos son otorgados cuando el interesado acredite que la caza o captura de los ejemplares es necesaria para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos, para la utilización sustentable del recurso o para controlar la acción de animales que causen graves perjuicios al ecosistema.”
Otros cuerpos legales D.S. N°5/1998 Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza, modificado por D.S. N°65/2015 del Ministerio de Agricultura. RCE Ministerio de Medio Ambiente hasta el último proceso vigente (1º al 19º, actualizado a mayo de 2024).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Considerando las especies de fauna observadas en el levantamiento de información de la Línea Base de Fauna del ANEXO 8.3 de la DIA, se determinó la presencia 34 especies en un total de dos campañas de terreno.
Forma de cumplimiento En las campañas de terreno realizadas en el área del Proyecto, no se registró especies clasificadas en categoría de amenaza, no obstante, si una especie “Casi amenazada” a través de vocalización y 5 en “Preocupación menor”, de las cuales una es de baja movilidad y se registró solo un individuo.
El Titular realiza charlas a sus trabajadores donde explica y establece la estricta prohibición a todo el personal de realizar actividades de caza o captura de ejemplares de fauna silvestre, levantamiento de nidos, destrucción de madrigueras o recolección de huevos o crías y tenencia de animales domésticos que sean dañinos o potenciales competidores de la fauna silvestre en los predios donde se realicen las faenas durante todas las Fases del Proyecto.
Para las especies registradas en las campañas de terreno se utilizó la clasificación de especies vigente para conocer su estado de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
conservación según lo dispuesto en el “Reglamento de Clasificación de Especies según Estado de Conservación”, denominado con la sigla RCE, que lleva el Ministerio del Medio Ambiente, oficializados hasta el último proceso vigente (1º al 19º, actualizado a mayo de 2024).
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley. • Lo anterior aplicara para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible para revisión de la autoridad el registro de las charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley durante todas las Fases del Proyecto.
7.4.2 NORMA R.E. Nº133/2005 MINISTERIO DE AGRICULTURA Componente/materia: FLORA, VEGETACIÓN Y FAUNA
Norma R.E. Nº133/2005: Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera (modificada mediante resolución exenta N°2.859/2007, del servicio agrícola y ganadero), del Ministerio de Agricultura.
El numeral 1) señala que los embalajes de madera utilizados para el transporte de cualquier envío, procedentes del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deben ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos que se individualizan en la citada norma y señala la rotulación o “marcas” que deben exhibir.
El numeral 4) sanciona si el embalaje de madera no exhibe la marca exigida, o si en cualquier pieza de embalaje se detectan insectos vivos, signos de insectos vivos o de corteza, los inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero deben disponer su eliminación o tratamiento mediante una Orden de Tratamiento Cuarentenario, lo que será aplicado a la totalidad del envío.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene embalaje de madera producto de los materiales, equipos y maquinarias que debe ser trasladados por la ejecución del Proyecto, por lo que se considera esta normativa ante su eventual utilización.
Forma de cumplimiento • El Titular asegura que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requiere su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exige en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma. • Asimismo, se da aviso al SAG para que este ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
•
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el Proyecto y actas del SAG, durante la FASE de Construcción.
Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el Proyecto y acta de visita del SAG (de corresponder) durante la fase de construcción.
7.4.3 NORMA D.L. Nº3.557/1981 MINISTERIO DE AGRICULTURA Componente/materia: FLORA Y VEGETACIÓN
Norma D.L. Nº3.557/1981: Establece disposiciones sobre protección agrícola, del Ministerio de Agricultura. Modificado por la R.E. 4782 del MINAGRI.
En su Artículo 11° establece la protección de las explotaciones silvoagropecuarias y recursos naturales renovables de la contaminación por residuos líquidos, sólidos y contaminantes atmosféricos.
Su Artículo 19° dispone que el ingreso de mercaderías peligrosas para los vegetales, cuando estuviere permitido conforme a la ley, se hace únicamente por los puertos que el Servicio, mediante resolución exenta habilite para estos efectos.
Por su parte, el Artículo 20° dispone que las mercaderías peligrosas para los vegetales que se importen, deben venir acompañadas de un certificado sanitario que acredite que ellas se encuentran libres de las plagas que determine el Servicio. Cuando se estime necesario, se puede exigir, además mediante resolución exenta y para cada caso, un certificado de origen.
El Artículo 21° señala que los productos de origen vegetal que pretendan ingresarse al país son revisados por el Servicio Agrícola y Ganadero antes de su nacionalización.
Practicada la revisión, el Servicio puede ordenar algunas de las siguientes medidas: libertad de ingreso, reexportación, desinfección o desinfectación, industrialización, cuarentena o eliminación. Los gastos que demande la ejecución de estas medidas son de cargo de los importadores o interesados.
El Artículo 22° dispone que se prohíbe a las aduanas, correos y a cualquier otro organismo del Estado autorizar el ingreso de mercaderías peligrosas para los vegetales sin que el Servicio haya otorgado la respectiva autorización, la que deber estamparse en las pólizas u otros documentos de internación.
A su vez, el Artículo 23°, preceptúa que las empresas de transportes están obligadas a presentar al Servicio copia autorizada del manifiesto mayor, dentro de las veinticuatro horas posteriores al arribo a territorio chileno de los medios de transporte utilizados.
Finalmente, el Artículo 24° establece que, a requerimiento de los inspectores del Servicio, la autoridad marítima, aérea o terrestre respectivamente, deber impedir el desembarque de productos de procedencia extranjera infestados de plagas, en tanto, se adopten las medidas que eviten su propagación en el territorio nacional. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto está concebido para que los residuos que sean generados por el Proyecto no afecten los recursos naturales renovables.
Forma de cumplimiento • El Proyecto no contempla disposición de residuos en el suelo. • Los residuos y efluentes de todas las Fases del Proyecto son dispuestos conforme a la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento • Contrato de retiro de residuos peligrosos y residuos sólidos domiciliarios con empresa especializada. • Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria del área para el almacenamiento de RESPEL y RSD. • Construcción del área de almacenamiento de residuos peligrosos de acuerdo a la normativa y aprobado por la Autoridad Sanitaria. • Planilla de registro de ingreso/salida de vehículos recolectores de residuos. • Declaración de emisión de RESPEL. • Obtención del PAS Nº140 y 142, a modo de cumplir con los requisitos de la normativa. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud durante todas las Fases del Proyecto .
7.4.4 NORMA DECRETO 430 MIN. ECONOMÍA. FOMENTO Y TURISMO. LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
Componente/materia: FAUNA
Norma Decreto 430 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción: Fija El Texto Refundido, Coordinado Y Sistematizado De La Ley N° 18.892, De 1989 Y Sus Modificaciones, Ley General De Pesca Y Acuicultura.
De acuerdo al Artículo 136°, “el que sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.
El que por imprudencia o mera negligencia ejecutare las conductas descritas en el inciso anterior será sancionado con presidio menor en su grado mínimo y multa de 50 a 5.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.
Si el responsable ejecuta medidas destinadas a evitar o reparar los daños, el tribunal puede rebajar la pena privativa de libertad en un grado y la multa hasta en el cincuenta por ciento, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan. En el caso del inciso segundo, puede darse lugar a la suspensión condicional del procedimiento que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
sea procedente conforme al artículo 237 del Código Procesal Penal, siempre que se hayan adoptado las medidas indicadas y se haya pagado la multa”
Otros cuerpos legales No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Camino de acceso al Proyecto, el cual se proyecta debe cruzar una acequia de menor envergadura a través de una obra tipo alcantarilla o similar.
El Proyecto no contempla el vertimiento de ningún material a los cauces presentes en la zona. Sin embargo, al mencionar accidentes o negligencias, igualmente se considera la norma.
Forma de cumplimiento En el ANEXO 8.7 Caracterización Hidrológica SAE Argos incluido en la DIA, se identifica el cauce artificial existente al este del área de Proyecto es del tipo acequia siendo un cauce de origen antrópico.
El Proyecto no contempla vertimiento de ningún tipo de material al recurso hídrico de los cauces aledaños. Sin embargo, en caso de ocurrir negligencias, accidentes u otros que terminen en la contaminación de los cuerpos de agua, el Titular deber recurrir a medidas para evitar o reparar los daños, según corresponda, de acuerdo con lo indicado por la autoridad ante la emergencia.
Adicionalmente se privilegia la construcción de la obra sobre la acequia en la época en que dicho cuerpo de agua no presente escorrentía.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro con Informe fotográfico de que la obra se realiza cuando el cauce tipo acequia no presente escorrentía.
Forma de control y seguimiento • Informe Fotográfico en la SMA, 15 días hábiles luego de realizar la obra en la época correspondiente. • En caso de ocurrir alguna emergencia, se genera un Informe remitido a SMA respecto al suceso ocurrido, con las medidas tomadas y las multas pagadas.
7.4.5 NORMA LEY Nº17.288 MINEDUC Componente/materia: PATRIMONIO CULTURAL
Norma Ley Nº17.288: Legisla sobre monumentos nacionales, del Ministerio de Educación; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el D.L. 651/1925. Modificada por la Ley 21.677
El Artículo 1° de la Ley establece que: “Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropoarqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley”.
El Artículo 13°, señala que ninguna persona natural o jurídica puede hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por el Reglamento.
El Artículo 21°, establece que “Por el solo ministerio de la ley, son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas, y yacimientos y piezas antropo-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional. Para los efectos de la presente ley quedan comprendidas también las piezas paleontológicas y los lugares donde se hallaren”.
El Artículo 22°, de la Ley establece que “Ninguna persona natural o jurídica chilena puede hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma establecida por el reglamento. Es condición previa para que se otorgue el permiso, que la persona a cargo de las investigaciones pertenezca a una institución científica extranjera solvente y que trabaje en colaboración con una Institución científica estatal o universitaria chilena”.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deber proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deber ser efectuada por el Titular del Proyecto.
El Artículo 26°, de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la provincia, quien ordena que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos.
El Artículo 27° indica que, las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior son distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento.
Por su parte, el Artículo 29°, señala que “Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales puede solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas”.
En el Artículo 38, se señala que el que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales.
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La norma del Artículo 23° del Reglamento Nº484 de la Ley N°17.288, reitera los contenidos del Artículo 26°, en los mismos términos expresados.
Otros cuerpos legales D.S. N°484/1990 del Ministerio de Educación. “Protocolo de Hallazgos no previstos” del Consejo de Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Como resultado de la caracterización arqueológica (ANEXO 7 de la ADENDA) se determinó la ausencia de elementos arqueológicos protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales en el interior del área de influencia del Proyecto, lo mismo para Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y Zona Típica.
Respecto al componente paleontológico, de acuerdo con la caracterización paleontológica presente en el ANEXO 9 de la ADENDA Complementaria, se determinó la ausencia de elementos paleontológicos.
De acuerdo, con la información disponible en el Visor de Potencialidad Paleontológica del Consejo de Monumentos Nacionales, el área del Proyecto figura con potencialidad susceptible, dado que el Proyecto se ubica en depósitos aluviales de valle y depósitos aluviales de piedemonte y quebradas.
Forma de cumplimiento • Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procede según lo establecido en los Artículos 26° y 27° de la Ley 17.288 y en el Artículo 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. • En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procede según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal y el artículo 23° del Decreto Supremo N° 484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (D.S. N° 484 de 1990 del MINEDUC), se paraliza toda obra en el sector del hallazgo y se informa de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto. • También, el Titular implementa un Monitoreo Arqueológico Permanente por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. • Respecto a paleontología, el Titular implementa un Monitoreo Paleontológico quincenal en las áreas susceptibles durante las excavaciones y/o movimientos de tierra de la fase de construcción, con el objetivo de recuperar eventuales restos fósiles que pudiesen ser de mayor relevancia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Adicionalmente se implementan charlas de inducción sobre patrimonio arqueológico y paleontológico a todo el personal encargado de la construcción del Proyecto.
En el caso particular de hallazgos paleontológicos, se toman las siguientes medidas, siempre en línea con el “Protocolo de Hallazgos Paleontológicos No Previstos” del Consejo de Monumentos Nacionales: • Se detienen las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se consideran 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. • Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. • En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Se da aviso de manera inmediata al/a la profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al/a la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del Proyecto. • Se delimita y señaliza correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. • Se dispone para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo.
• Se informa al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). • La notificación es informada por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. • El CMN determina las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación, D.S. N° 484 de 1990 del MINEDUC. • Se realizan charlas de inducción son ejecutadas antes del inicio de obras y cada vez que entre una empresa contratista nueva y supervisadas por el paleontólogo a cargo del Informe Paleontológico, donde se incluye un protocolo de procedimiento ante hallazgos paleontológicos imprevistos, que debe estar en conocimiento de todos los trabajadores, especialmente del encargado de medio ambiente de la obra. • Se reporta mensualmente la ejecución de estas actividades mediante un Informe que incluye el registro fotográfico por fechas y las listas de asistencia firmadas para cada charla. • Se toma en cuenta para estas charlas la “Guía para evaluación de Informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4).
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Indicador que acredita su cumplimiento • En la FASE de Construcción del Proyecto, de encontrarse hallazgos arqueológicos o paleontológicos, cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos detiene y da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 26° y 27° de dicha Ley y llevando un registro de las actividades. • Envío de Informe Mensual de Monitoreo Arqueológico permanente elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes a CMN y SMA. • Envío de Informe Quincenal de Monitoreo Paleontológico elaborado por el especialista en paleontología en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de cada quincena al CMN y SMA. • Registro de las capacitaciones con el catastro de los trabajadores asistentes.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo durante la FASE de Construcción.
7.4.6 NORMA D.S. N°484/1991 MINEDUC Componente/materia: PATRIMONIO CULTURAL
Norma D.S. N°484/1991: Aprueba el reglamento de la ley Nº17.288, sobre monumentos nacionales sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, del Ministerio de educación.
El presente Reglamento dispone que las prospecciones y/o excavaciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos y privados, como asimismo las normas que regulan la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales para realizarlas y el destino de los objetos o especies encontradas, se regirá por las normas contenidas en la Ley N°17.288 y en este Reglamento.
Asimismo, prescribe que las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato el descubrimiento al Gobernador provincial, quien ordena a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Como resultado de la caracterización arqueológica (ANEXO 7 de la ADENDA) se determinó la ausencia de elementos arqueológicos protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales en el interior del área de influencia del Proyecto, lo mismo para Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y Zona Típica.
Respecto al componente paleontológico, de acuerdo con la caracterización paleontológica presente en el ANEXO 9 de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
ADENDA Complementaria, se determinó la ausencia de elementos paleontológicos.
De acuerdo, con la información disponible en el Visor de Potencialidad Paleontológica del Consejo de Monumentos Nacionales, el área del Proyecto figura con potencialidad susceptible, dado que el Proyecto se ubica en depósitos aluviales de valle y depósitos aluviales de piedemonte y quebradas.
Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procede según lo establecido en los Artículos 26° y 27° de la Ley 17.288 y los Artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N° 17.288, se procede según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal y el artículo 23° del Decreto Supremo N° 484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (DS N° 484 de 1990), se paraliza toda obra en el sector del hallazgo y se informa de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto.
También, el Titular implementa un Monitoreo Arqueológico Permanente por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.
Respecto a paleontología, el Titular implementa un Monitoreo Paleontológico quincenal en las áreas susceptibles durante las excavaciones y/o movimientos de tierra de la FASE de Construcción, con el objetivo de recuperar eventuales restos fósiles que pudiesen ser de mayor relevancia.
Adicionalmente se implementan charlas de inducción sobre patrimonio arqueológico y paleontológico a todo el personal encargado de la construcción del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • En la FASE de Construcción del Proyecto, de encontrarse hallazgos arqueológicos o paleontológicos, cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos se detiene y da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 26° y 27° de dicha Ley y llevando un registro de las actividades. • Envío de Informe Mensual de Monitoreo Arqueológico permanente elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes a CMN y SMA. • Envío de Informe Quincenal de Monitoreo Paleontológico elaborado por el especialista en paleontología en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de cada quincena al CMN y SMA. • Registro de las capacitaciones con el catastro de los trabajadores asistentes.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de control y seguimiento Revisión del registro y cumplimento de las medidas y obligaciones descritas en el evento de verificarse algún hallazgo durante la FASE de Construcción.
7.5 OTROS CUERPOS NORMATIVOS
7.5.1 NORMA D.S. N°594/2000 MINSAL Componente/materia: AGUA POTABLE
Norma Norma Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Modificado por el D.S. 10/2019 del MINSAL.
De la Provisión de Agua Potable
Artículo 12: Todo lugar de trabajo deber contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo. Las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua potable deben cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Las redes de distribución de aguas provenientes de abastecimientos distintos de la red pública de agua potable deben ser totalmente independientes de esta última, sin interconexiones de ninguna especie entre ambas.
Artículo 13: Cualesquiera sean los sistemas de abastecimiento, el agua potable deber cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia.
Artículo 14: Todo lugar de trabajo que tenga un sistema propio de abastecimiento, cuyo Proyecto deber contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria, deber mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deber cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13° del presente reglamento.
Artículo 15: En aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deber mantener un suministro de agua potable igual, tanto en cantidad como en calidad, a lo establecido en los artículos 13° y 14° de este reglamento, por trabajador y por cada miembro de su familia.
La autoridad sanitaria, de acuerdo a las circunstancias, puede autorizar una cantidad menor de agua potable, la cual en ningún caso puede ser inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia.
En caso de que el agua se almacene en estanques, éstos deben estar en condiciones sanitarias adecuadas. Se deber asegurar que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan, controlando diariamente que el cloro libre residual del agua esté de acuerdo con las normas de calidad de agua correspondientes. Deber evitarse todo tipo de contaminación y el ingreso de cualquier agente que deteriore su calidad por debajo de los requisitos mínimos exigidos en las normas vigentes. La distribución de agua a los consumidores deber hacerse por red de cañerías, con salida por llave de paso en buen estado.
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Por otro lado, en sus artículos 70 y siguientes establece los niveles de ruido al que los trabajadores pueden estar expuestos y el uso obligatorio de equipos de protección personal, los que deben ser facilitados por el empleador libres de costo.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena, cerca del área destinada para comedores se dispone de un área habilitada para los dos estanques de agua potable temporales, los cuales surtirán las duchas y baños que son utilizados durante la Fase de Construcción y Cierre.
El agua es impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Se estima que cada estanque contenga una capacidad de al menos 21 m3, donde se acumula el agua que será transportada mediante camiones aljibes autorizados.
La superficie utilizada por cada estanque será de aproximadamente 9,57 m2 cada uno.
Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable de carácter permanente, el cual sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación de Proyecto.
Este estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y están ubicado en los equipos de patio de la SE, con una superficie a utilizar de 9,57 m2.
Forma de cumplimiento • El agua para consumo humano cumple con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 Of. 84 (agua purificada en bidones). • El agua potable es provista mediante dispensadores de agua purificada debidamente certificados y adquiridos en comercios establecidos. • La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción de las obras a razón de 100 litros/persona/día, como mínimo cumpliendo de esta manera con lo establecido en el Artículo 14 del D.S. Nº594/99, del Ministerio de Salud. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se dispone de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual se verifica en terreno y se cuenta con los registros del agua suministrada, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua provistos. • Cabe señalar que el indicador que acredita su cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas, durante todas las Fases del Proyecto.
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7.5.2 NORMA D.S. N°41/2018 MINSAL Componente/materia: AGUA POTABLE
Norma Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe.
El Artículo 1° señala que el presente reglamento establece las condiciones sanitarias básicas que debe cumplir todo sistema de provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe.
El Artículo 2°, señala que la implementación, modificación o ampliación de todo sistema de provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe deber contar con autorización sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
El Artículo 11° señala que el agua distribuida debe provenir de una empresa sanitaria o, en su defecto, de un sistema que cuente con su respectiva autorización sanitaria. En cualquier caso, la Autoridad Sanitaria puede verificar que el sistema que provee de agua a los camiones aljibe cumpla con los requisitos de calidad establecidos en el Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano
Se entenderá por "Sistema de provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe" al servicio de abastecimiento de agua que comprende la captación y conducción de esta mediante el uso de dispositivos adecuados, su traslado en camiones aljibe y su entrega en el punto de distribución, utilizando similares dispositivos, cumpliendo con las exigencias de calidad establecidas en el presente reglamento.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la instalación de faena, cerca del área destinada para comedores se dispone de un área habilitada para los dos estanques de agua potable temporales, los cuales surtirán las duchas y baños que son utilizados durante la fase de construcción y cierre.
El agua será impulsada por una bomba y distribuida hacia los distintos puntos de consumo, cumpliendo con la normativa vigente que regula al agua potable.
Se estima que cada estanque contenga una capacidad de al menos 21 m3, donde se acumula el agua que es transportada mediante camiones aljibes autorizados.
La superficie utilizada por cada estanque será de aproximadamente 9,57 m2 cada uno.
Adicionalmente, el Proyecto cuenta con un estanque de almacenamiento de agua potable de carácter permanente, el cuales sirve para abastecer a los trabajadores durante la FASE de Operación de Proyecto.
Este estanque tiene una capacidad de hasta 20 m3 y están ubicado en los equipos de patio de la SE, con una superficie a utilizar de 9,57 m2.
Forma de cumplimiento • El agua para consumo humano cumple con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
en la NCh 409 Of. 84 (agua purificada en bidones). • Del mismo modo el agua de los estanques de agua cumple con la misma norma señalada ya que se utiliza para duchas, lavamanos y lavaplatos para el caso de las Fases de Construcción y Cierre. • El agua potable es provista mediante camiones aljibes que abastecen a los estanques de agua debidamente certificados y adquiridos en comercios establecidos. • La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción de las obras a razón de 100 litros/persona/día, como mínimo cumpliendo de esta manera con lo establecido en el artículo 14 del D.S. Nº594/99, del Ministerio de Salud. • Cabe señalar que la forma de cumplimiento se mantiene para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registros de compra agua potable (camiones aljibes) a proveedores autorizados. • Contrato vigente con empresa proveedora donde se indique el origen del agua y tratamiento previo para asegurar que el agua sea potable.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas, durante todas las Fases del Proyecto.
7.5.3 NORMA D.F.L. Nº850/1998 MOP Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma D.F.L. Nº850/1998: Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº206/1960, sobre construcción y conservación de caminos, del Ministerio de obras públicas. La cual cuando con una modificación por la Ley 21.639/2023 del MOP.
Este Decreto con Fuerza de Ley fija un nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del MOP N°15.840, de 1964, y del DFL N°206 sobre construcción y conservación de caminos.
El DFL N°850 de 1997 determina la organización interna del Ministerio, sus funciones y lo faculta para actuar en el ámbito público. Por otra parte, el artículo 25 de la Ley de Caminos, (D.S. N°294, de 1984, de Obras Públicas), dispone que, en los sectores urbanos de las comunas, todos los puentes que atraviesan ríos, esteros, quebradas o pasos superiores, tienen el carácter de puentes de uso público, sea que unan calles o avenidas declaradas caminos públicos u otras vías que no tengan este carácter. Establece la prohibición de circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximos establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
El permiso para la ocupación y/o rotura de caminos públicos se debe solicitar a la dirección de Vialidad. • Artículo 18° A la Dirección de Vialidad corresponde la realización del estudio, proyección, construcción, mejoramiento, defensa, reparación, conservación y señalización de los caminos, puentes rurales y sus obras complementarias que se ejecuten con fondos fiscales o con aporte del Estado y que no correspondan a otros Servicios de la Dirección General de Obras Públicas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• La conservación y reparación de las obras entregadas en concesión son de cargo de los concesionarios. (….) Sin perjuicio de las facultades de la Dirección, ésta se coordinará con las municipalidades respectivas y los propietarios colindantes, para los efectos del cuidado y mantención de la faja y su vegetación. • Artículo 30º (Párrafo quinto): En casos calificados, la Dirección de Vialidad puede otorgar autorizaciones especiales a aquellas personas naturales o jurídicas que deban transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en la Tesorería provincial respectiva y, donde ésta no exista, en la Tesorería Regional correspondiente, de los derechos que se determinen, todo ello en conformidad al Reglamento. • Artículo 31°: Prohíbe conducir aguas de particulares por los caminos públicos siguiendo su dirección u ocupar con ellas sus cunetas o fosos de desagüe. • Artículo 36°: Prohíbe ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos, como, asimismo, extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de veinte metros y en general, hacer ninguna clase de obras en ellos. • Artículo 40°: Los propietarios de los predios colindantes con caminos nacionales sólo pueden abrir caminos de acceso a éstos con autorización expresa de la Dirección de Vialidad. • Artículo 41°: Dispone que la Dirección de Vialidad puede autorizar, en la forma y condiciones que ella determine, con cargo a sus respectivos propietarios, y previo pago de los derechos correspondientes, la colocación de cañerías de agua potable y de desagüe; las obras sanitarias; los canales de riego; las tuberías o ductos para la conducción de líquidos, gases o cables; las postaciones con alambrado telefónico, telegráfico o de transmisión de energía eléctrica o fibra óptica, y en general, cualquier instalación que ocupe los caminos públicos y sus respectivas fajas de dominio público u otras obras viales regidas por la ley.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto
Forma de cumplimiento • El Proyecto cuenta con su factibilidad y Proyecto de acceso aprobada por la Dirección de Vialidad. • Por otro lado, colabora con la autoridad para mantener la franja correspondiente a su acceso de manera limpia y en buen estado. • En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos. • El Titular exige contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hace el seguimiento de estricto cumplimiento. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
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Indicador que acredita su cumplimiento • Los contratistas cuenten con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
7.5.4 NORMA RESOLUCIÓN N°1/1995 MOP Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma Resolución N°1/1995: Establece dimensiones máximas a vehículos que indica, del Ministerio de obras públicas.
Su artículo 1º establece que los vehículos que circulen en la vía pública no pueden exceder de las dimensiones que indica, en cuanto al ancho, largo y alto máximo. La Dirección de Vialidad puede autorizar, en casos calificados, la circulación de vehículos que excedan las dimensiones máximas establecidas, autorización que deber ser comunicada a Carabineros de Chile. • Ancho máximo exterior, con o sin carga: 2,6 m • Alto máximo, con o sin carga, desde el nivel del suelo 4,2 m. Para transporte de automóviles se acepta hasta 4,3 m. • Largo máximo, considerado entre los extremos anterior y posterior del vehículo: a) Camión 11 m b) Semirremolque 14,4 m c) Camión con remolque o cualquier otra combinación 20,5 m
El Artículo 3° establece que “en casos de excepción debidamente calificados, la Dirección de Vialidad puede autorizar la circulación de vehículos que excedan las dimensiones establecidas como máximas, con las precauciones que en cada caso se dispongan, conforme lo establecido en el artículo 57º de la Ley Nº18.290. Esta autorización deber ser comunicada oportunamente a Carabineros de Chile con el objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos”.
Otros cuerpos legales No Aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustan a las dimensiones límite establecidas. • En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunica lo pertinente a Carabineros de Chile. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
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Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantiene un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas. Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
7.5.5 NORMA D.S. Nº158/1980 MOP Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma D.S. Nº158/1980: Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total, del Ministerio de obras públicas.
Con el objeto de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos, la Dirección de Vialidad del MOP por medio de este Decreto, estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de carga pueden circular por los caminos del país.
Su numeral 2) prohíbe la circulación de vehículos de cualquier especie que excedan los pesos indicados atendiendo para ello al “tipo de eje” y “rodado” de los vehículos.
Su numeral 4) dispone que “Cuando una persona natural o Jurídica requiera transportar una maquinaria u objeto que por su peso exceda los límites permitidos para el transporte vial, deber solicitar con anticipación y por escrito autorización a la Dirección de Vialidad (…)”.
Esta misma norma es aplicable para las vías urbanas, por remisión expresa del DS Nº200 del MOP, de 1993 que, “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País” . Otros cuerpos legales Decreto N° 200/1993 MOP. Decreto 1910/2003 del MOP modificado por el Decreto Nº1.910, del Ministerio de Obras Públicas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento • Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utiliza vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicita autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. • El Titular exige contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hace el seguimiento de estricto cumplimiento. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantiene un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
7.5.6 NORMA D.S. N°19/1984 MOP Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma D.S. N°19/1984, del Ministerio de obras públicas. Modificada por el D.S Nº1.665/2003 del MOP:
La presente norma establece que la Dirección de Vialidad puede autorizar la circulación de vehículos que excedan los pesos máximos permitidos cuando reúnan los siguientes requisitos: • El vehículo debe transportar maquinarias u otro objeto indivisible. • El transporte no pueda realizarse adecuadamente por otros medios. • Los pesos por autorizar sean tales que la infraestructura vial no sea sometida a estados tensiónales que comprometan su estabilidad. • El Director Nacional de Vialidad puede, mediante resolución, en casos debidamente justificados y previo Informe técnico de la Subdirección respectiva, autorizar la circulación de vehículos que excedan los pesos máximos permitidos en condiciones distintas a las señaladas en los numerales precedentes, en conformidad a la legislación vigente. • En la resolución respectiva se deben indicar específicamente las precauciones que sean del caso.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento • En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con los permisos en caso de que sean aplicables. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
7.5.7 NORMA D.F.L. N°1/2009 MOP Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma D.F.L. N°1/2009: Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito, del Ministerio de transporte.
El Artículo 57° dispone que, en casos de excepción debidamente calificados, y tratándose de cargas indivisibles, la Dirección de Vialidad puede autorizar la circulación de vehículos que excedan las dimensiones o pesos establecidos como máximos, con las precauciones que en cada caso se disponga.
Esta autorización deber ser comunicada, oportunamente, a Carabineros de Chile con el objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos.
Dichas autorizaciones están sujetas a un cobro de los derechos que se establezcan por decreto supremo del Ministerio de Obras Públicas, a beneficio de la Dirección de Vialidad.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases del Proyecto.
Forma de cumplimiento • En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se cuenta con los permisos en caso de que sean aplicables. • Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Lo anterior se considera para todas las Fases del Proyecto.
7.5.8 NORMA LEY N°20.879/2015 MTT Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma Ley N°20.879: Sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones.
Establece las condiciones de sanción para quien realice o encargue el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Construcción, Operación y Cierre se generan residuos líquidos domésticos y residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos provenientes de las diversas actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Se considera un sistema sanitario durante la operación a través de una fosa permanente en el área aledaña a la SE. La fosa cuenta con un período de retención entre 1 a 3 días, donde luego, el efluente clarificado es dispuesto en el subsuelo por medio de drenes de infiltración. • El material residual es retirado por una empresa debidamente autorizada, o en otro sitio debidamente autorizado por la autoridad sanitaria de la Región. • Por su parte, la porción sólida (lodos) que queda en la fosa es retirada por un servicio de limpia fosa de forma anual o cuando se necesite. • Para la Fase de Construcción y Cierre se considera una solución a través de baños químicos, los cuales son manejados por una empresa autorizada según la normativa vigente. • Los antecedentes ambientales del PAS 138 se presentan en el ANEXO 8 de la ADENDA. • Por otro lado, los residuos sólidos son almacenados temporalmente, recolectados y enviados para su disposición final a un lugar autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo con las características de cada residuo a disponer y en conformidad a la legislación aplicable. • Para esto, el Titular lleva un control de los retiros de los residuos, manteniéndolos disponibles para la fiscalización de la autoridad.
Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantiene un registro de los antecedentes de la o las empresas autorizadas que provean el servicio de retiro de residuos líquidos y sólidos a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud, durante todas las Fases del Proyecto. • Registro del manejo de los baños químicos.
Forma de control y seguimiento Copia de los contratos con la o las empresas responsables de la disposición final de los residuos, durante todas las Fases del Proyecto.
7.5.9 NORMA D.S. Nº298/1994 Componente/materia: VIALIDAD Y TRANSPORTE
Norma D.S. Nº298/1994: Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, del Ministerio de transportes y telecomunicaciones.
En su Artículo 1°, establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que, por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En las Fases de Construcción y Cierre se requiere del transporte de residuos y sustancias peligrosas, tales como: aceites, lubricantes y combustible, entre otros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de cumplimiento • Se cumple con disposiciones de transporte de cargas peligrosas; choferes tienen las cualificaciones y condiciones reglamentarias exigidas para realizar sus labores; autorización sanitaria de la empresa que realice el transporte de combustibles y sustancias peligrosas durante las Fases de Construcción y Cierre.
Indicador que acredita su cumplimiento • Cláusulas contractuales que exijan cumplir las medidas de seguridad dispuestas en este reglamento a los contratistas durante las Fases de Construcción y Cierre.
Forma de control y seguimiento Registro, en obra, de transportes realizados, señalando cumplimiento normativo durante las Fases de Construcción y Cierre.
7.5.10 NORMA D.S. Nº327/1998 MINISTERIO DE MINERÍA Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. D.S. Nº327/1998 del Ministerio de Minería y su modificación D.S. 68/2021. La presente norma establece en sus Artículos 206, 217 y 218 los requisitos y obligaciones en la obtención de los permisos correspondientes, y dispone que tanto las especificaciones técnicas como la ejecución del Proyecto debe ajustarse a la legislación vigente, preservando el medio ambiente.
La norma indica que, para la solicitud de concesión, se deben tramitar los permisos correspondientes según la naturaleza de ésta. Asimismo, señala que se deben identificar los caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público que se ocuparán, y de las propiedades fiscales, municipales y particulares que se atravesarán al tenor de los Artículos 20 letra e), 32 letra e) y 64 letra c).
El artículo 206, establece las especificaciones técnicas de todo Proyecto eléctrico; su ejecución, operación y mantenimiento, deben ajustarse a las normas técnicas y reglamentos vigentes. En especial, deben preservar el normal funcionamiento de las instalaciones de otros concesionarios de servicios públicos, la seguridad y comodidad de la circulación en las calles, caminos y demás vías públicas, y también la seguridad de las personas, las cosas y el medio ambiente.
Otros cuerpos legales • D.F.L. N°4/2007. del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica. • Decreto 68/2021 del Ministerio de Energía modifica decreto supremo Nº 327, de 1997, del ministerio de minería, que fija reglamento de la ley general de servicios eléctricos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El presente Proyecto considera la Construcción, Operación y Cierre de un Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) mediante baterías, compuesto por: • Sistema de almacenamiento de energía de tipo BESS con una capacidad aproximada de 400 MWh de almacenamiento por 5 horas y una potencia nominal de 80 MW. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV. • Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) de 66 kV soterrada. • Instalación de faenas, con obras temporales y obras permanentes.
Este Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo a las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. • Su construcción, operación y mantenimiento es ejecutada por personal calificado y autorizado. • El Titular declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.11 NORMA D.S. Nº4/2007 MINECON Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica, y su modificación en la Ley 20.936/2017 del Ministerio de energía.
D.F.L. N°4/2007. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Esta Ley rige la producción, transporte, distribución, régimen de concesiones y tarifas de la energía eléctrica, así como las funciones del Estado relacionadas con las materias presentes dentro del Artículo 1.
Su artículo 2° indica que esta norma comprende las concesiones para establecer centrales hidráulicas productoras de energía eléctrica, subestaciones eléctricas y líneas de transporte de la energía eléctrica; las concesiones para establecer, operar y explotar las instalaciones de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
servicio público de distribución; los permisos para que las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica no sujetas a concesión puedan usar y/o cruzar calles, otras líneas eléctricas y otros bienes nacionales de uso público; las servidumbres; los precios de venta; las condiciones de seguridad de las instalaciones, maquinarias, instrumentos, aparatos, equipos, artefactos y materiales eléctricos de toda naturaleza y las condiciones de calidad y seguridad de los instrumentos destinados a registrar el consumo o transferencia de energía eléctrica; y las relaciones de las empresas eléctricas con el Estado.
Señala, además, que es deber del Titular mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de evitar peligro para las personas o cosas, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias correspondientes.
Otros cuerpos legales D.S. Nº327/1998, del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. Su construcción, operación y mantenimiento será ejecutada por personal calificado y autorizado. • El Titular declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. • Los grupos electrógenos cuentan con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y deroga decreto que indica”.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.12 NORMA D.S. Nº109/2018 MINISTERIO DE ENERGÍA Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica.
D.S. N°109/2018. Ministerio de Energía.
Establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica, en adelante "instalaciones eléctricas", en materias de diseño, construcción, puesta en servicio, operación, mantenimiento, reparación, y término definitivo de operaciones, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas actividades a objeto de desarrollarlas en forma segura.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) de 66 kV, la cual es soterrada y presenta una faja de seguridad de 1 m a cada lado, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Su Construcción, Operación y Mantenimiento será ejecutada por personal calificado y autorizado. • El Titular declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.13 NORMA RES. EX. N°33277, RPTD DESDE N°1 AL N°17 SEC Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Res. Ex. Nº33.277/2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), la que fue modificada por la Res. Ex. Nº 11.682/2022, del mismo organismo del Estado, cuyo objetivo es definir la franja y las distancias de seguridad en el diseño de las líneas de transporte y de distribución de energía eléctrica, incluyendo las de alumbrado público.
Otros cuerpos legales Resolución 34069 exenta dicta, modificación de pliego técnico normativo RPTD N°1, contenido en el artículo 10 del reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica.
Resolución 34770 exenta dicta modificación de pliego técnico normativo RPTD Nº6, contenido en el artículo 10 del reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica.
Resolución 16.380 exenta aprueba ANEXO técnico del pliego RPTD N° 17 "sistema de gestión de integridad de instalaciones eléctricas"
Resolución 31.1876 exenta establece los requisitos del sistema de gestión de integridad de instalaciones eléctricas, mediante pliego técnico normativo - RPTD N° 17
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) de 66 kV, la cual es soterrada y presenta una faja de seguridad de 1 m a cada lado, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. • Su Construcción, Operación y Mantenimiento es ejecutada por personal calificado y autorizado. • El Titular declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.14 NORMA D.S. Nº8/2020 MINISTERIO DE ENERGÍA Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Aprueba el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica. D.S. N°8/2020. Ministerio de Energía.
Establece las exigencias mínimas que deben ser consideradas en el diseño, construcción, puesta en servicio, operación, reparación y mantenimiento de toda instalación de consumo de energía eléctrica hasta el punto de conexión del cliente final con la red de distribución, para que su funcionamiento sea en condiciones seguras para las personas y las cosas.
Otros cuerpos legales No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. • Su Construcción, Operación y Mantenimiento es ejecutado por personal calificado y autorizado. • El Titular, declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.15 NORMA RES N°610/1982 MINISTERIO DEL INTERIOR Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Resolución N°610, de 1982, del Ministerio de Interior. Prohíbe el uso de bifenilos-policlorados (PCB) en equipos eléctricos.
Otros cuerpos legales No Aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. • Su Construcción, Operación y Mantenimiento es ejecutado por personal calificado y autorizado. • El Titular, declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. • Los grupos electrógenos cuentan con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y deroga decreto que indica”.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.16 NORMA D.S. N° 125/2019 MINISTERIO DE ENERGÍA Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Decreto Supremo N° 125/2019 del Ministerio de Energía, Aprueba Reglamento de la Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional. El cual fue modificado por el D.S. N°70/2024 del Ministerio de Energía.
Establece disposiciones aplicables a la coordinación y operación del Sistema eléctrico Nacional. En relación con el Proyecto toma especial importancia el título I capítulo 3 de esta normativa, donde se establecen los deberes y obligaciones de todos los propietarios, arrendatarios, usufructuarios o quienes operen o exploten las instalaciones que se interconecten al sistema eléctrico.
En el titulo II capítulo 1 de esta normativa señala los requisitos y procedimiento para obtener las declaraciones de construcción, puesta en servicio y entrada en operación de las instalaciones al sistema eléctrico nacional, además según el artículo 23 se deber informar el cumplimiento del avance del cronograma y cualquier modificación que altere el cumplimiento informando en un plazo máximo de 25 días.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En el capítulo 2 de esta normativa se establece el retiro, modificación y desconexión de instalaciones que de acuerdo con el Art 31 se tiene un plazo para realizar la comunicación de 24 meses en el caso de unidades generadoras y 36 meses respecto a instalaciones de transmisión. Los mantenimientos deben ser programados y solicitados de acuerdo con lo establecido en el capítulo 5 del título III de esta normativa.
Por lo tanto, se da cumplimiento a todos los requisitos y declaraciones que establezca el Reglamento, en los plazos indicados.
Otros cuerpos legales • Decreto Supremo N° 327/1997, del Ministerio de Minería, "Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos". • Decreto N° 244/2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que “Aprueba reglamento para medios de generación no convencionales y pequeños medios de generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos” • Ley N° 20.257 que “Introduce modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos respecto de la generación de energía eléctrica con fuentes de energías renovables no convencionales” • Resolución Exenta N° 692/1971 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que “Dicta las normas eléctricas que indica”. • Decreto N° 109/2018 Ministerio de Energía que Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica. • Decreto N° 23/2015 que Aprueba Reglamento de Operación y Administración de los Sistemas Medianos Establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Su Construcción, Operación y Mantenimiento es ejecutado por personal calificado y autorizado. • El Titular, declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. • Declaraciones de construcción, puesta en servicio, entrada en operación mantenimiento o cierre según corresponda.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.17 NORMA INSTRUCCIÓN TÉCNICA RGR N°06/2020 SEC Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Instrucción técnica sobre Diseño y Ejecución de Instalaciones de Sistemas de Almacenamiento de Energía a través de Baterías, en Instalaciones Eléctricas.
Otros cuerpos legales D.S. Nº327/1998, del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • Las instalaciones eléctricas del Proyecto son diseñadas e implementadas de acuerdo con las especificaciones técnicas de normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). • Asimismo, son registradas y poseen todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables. • Con ello, el Titular tramita los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. • Su Construcción, Operación y Mantenimiento es ejecutado por personal calificado y autorizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• El Titular, declara ante la SEC oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. • Además, el Titular hace presente que se encarga de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. • Los grupos electrógenos cuentan con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y deroga decreto que indica”.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.18 NORMA NCH. ELEC. N°10/1984 Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma • Norma NCh. Elec. N°10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”. • Resolución Exenta 299, que aprueba Modificaciones a la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio de Conformidad al Artículo 34° del D.S. N°11, de 2017, del Ministerio de Energía y aprueba Texto 11, de 2017, del Ministerio de Energía y aprueba Texto Refundido y Sistematizado de dicha Norma Técnica del Ministerio de Energía; Comisión Nacional de Energía.
Otros cuerpos legales No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad almacenar excedentes de energía en baterías de tipo BESS e inyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) lo requiera y, de esta manera, generar una optimización del flujo energético en el tiempo y permitir una utilización más eficaz de la infraestructura de transmisión y de la energía disponible.
Además, se incorpora infraestructura complementaria necesaria para la operación, la cual consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 33/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) soterrada de 66 kV, por lo tanto, esta norma aplica a la totalidad de las partes y obras del Proyecto.
Forma de cumplimiento • La puesta en servicio del Proyecto es comunicada previamente con cinco días hábiles de anticipación al Ministerio de Economía, Fomento у Turismo acompañado los antecedentes que dispone esta Norma. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Dicha comunicación deber estar firmada por el propietario de la instalación, y el instalador eléctrico en la clase que corresponda de acuerdo con el Reglamento de Instaladores Eléctricos o el profesional que indica dicho reglamento. • Para efectos exclusivamente administrativos, un instalador puede ser representado ante el Ministerio o la empresa eléctrica por otra persona, la cual deber presentar la Licencia de Instalador Eléctrico, o bien el certificado de Título Profesional de Instalador, si corresponde.
Indicador que acredita su cumplimiento • Certificado de registro de instalación según estándar SEC. • Registro de aviso al Ministerio de economía
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros de certificados para fiscalización de la Autoridad.
7.5.19 NORMA RESOLUCIÓN EXENTA N°31.619 SEC Componente/materia: ENERGÍA E INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA
Norma Resolución exenta n°31.619 SEC, establece procedimiento para informar accidentes ocurridos en instalaciones técnicas
Los propietarios u operadores de instalaciones eléctricas que se encuentren sujetos a los artículos 16°, 17° y 18° del Decreto Supremo N°109, de 2017, "Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica", deben informar los accidentes que ocurran en sus instalaciones, utilizando para ello formularios contenidos en esta norma.
Otros cuerpos legales No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el Proyecto. Forma de cumplimiento • En caso de ocurrir accidentes dentro del Proyecto, dependiendo de la naturaleza de estos, se activado el Plan de Contingencias y Emergencias del Proyecto, y posteriormente es informado el suceso a la SEC a través de los formularios establecidos en la norma.
Indicador que acredita su cumplimiento • Registro interno del accidente por prevencionista de riesgos o similar. • Registro de aviso a la SEC y copia de los formularios enviados.
Forma de control y seguimiento Disposición de los registros internos de accidentes y registro de los formularios enviados a la SEC.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
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8.1 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PROYECTO MEJORAMIENTO DE SUELOS Impacto asociado Intervención de suelo
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Ejecutar actividades de mejoramiento de suelo en una superficie de 2,04 ha de suelo en la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, comuna de Pichidegua.
Descripción:
Producto de las obras del Proyecto SAE Argos, se afectarán 1,92 ha de suelo Clase III. Debido a esta intervención, se ejecutan actividades de mejoramiento en una superficie de 2,04 ha de suelo.
Justificación:
Teniendo en consideración el ANEXO 8.1 Caracterización de Suelo de la DIA, el Proyecto SAE Argos afectará 1,92 ha de suelo Clase III. Debido a esta intervención, se ejecutan actividades de mejoramiento en una superficie 2,04 ha de suelo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
La obra se implementa en el predio Rol 39-590 de la comuna de Pichidegua.
Forma:
Se utilizan las siguientes técnicas para el mejoramiento: • Subsolado • Rastra • Subsolador secundario • Nivelación • Pulverización de fragmentos mayores, medios y pequeños, y preparación de cama de semillas
Oportunidad: El CAV se implementa en un período de 12 semanas, dentro de la fase de construcción del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento • Dentro de los indicadores de cumplimiento, se consideran indicadores para evaluar la calidad de las labores realizadas, los cuales se encuentran dentro del Capítulo 4 de la DIA.
Forma de control y seguimiento • Se estrega un Informe a la SMA que dé cuenta del estado final del terreno en donde ejecuta el CAV luego de las labores realizadas (semana 12). Además de ello, se entrega un Informe de avance de las obras a la SMA, mientras se ejecuta el CAV (semana 6).
7.2 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PLAN DE CANALES DE COMUNICACIÓN Impacto asociado Evitar impacto a los sistemas de vidas y costumbres
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y Objetivo:
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justificación Construir un vínculo de acercamiento y trabajo con la comunidad, además del propietario del predio de emplazamiento del Proyecto, con el fin de mejorar continuamente el desempeño del Proyecto.
Descripción:
Al comienzo de la etapa de construcción del Proyecto, se informa a las juntas de vecinos y propietario del sitio de emplazamiento del Proyecto sobre el/los canales mediante los cuales pueden recibir información, comunicarse, plantear dudas, obtener respuestas, hacer reclamos, denuncias y/o sugerencias, respecto al proceso de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, a cargo de la persona designada por el Titular.
Justificación:
En el Informe de Caracterización del Medio Humano (ANEXO 13 de la ADENDA Complementaria), se concluyó que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa sobre los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos cercanos al área de Proyecto, en ninguna de sus Fases.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Emplazamiento del Proyecto.
Forma:
A comienzos de la FASE de Construcción, se informa las juntas de vecinos y propietario respecto de las actividades más relevantes que se realizan durante la FASE de Construcción, y, posteriormente, durante las Fases de Operación y Cierre.
La localidad objetivo del presente Plan corresponde a la localidad de Pelequén.
Oportunidad:
Este compromiso se comienza a implementar previo a la FASE de Construcción.
Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de respuesta a la información recibida por los vecinos entregadas por la persona designada por el Titular.
Forma de control y seguimiento • Se dispone el registro de los vecinos contactados junto con sus respectivos nombres y medio de contacto.
7.3 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL Impacto asociado No aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Aportar a la generación de empleo de trabajadores y trabajadoras de las localidades cercanas en, a lo menos, un 10% del total de trabajadores requeridos para el Proyecto en la Fase de Construcción y Cierre.
Descripción:
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Se privilegia la contratación de mano de obra local en, a lo menos, un 10% privilegiando a las localidades cercanas en la Fases de Construcción y Cierre.
Justificación:
La instalación de Proyectos de inversión de energías renovables requiere mano de obra en la Fase de Construcción y Cierre, por lo que se compromete la contratación de mano de obra local, comunal y regional en última instancia.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
El lugar de implementación de este CAV es privilegiando la contratación de mano de obra de las localidades cercanas, luego de la comuna y, por último, de la región.
Forma:
Se abre la postulación y se publica la oferta de puestos disponibles, haciendo especial llamado a las localidades cercanas a través de las Juntas de Vecinos correspondientes, luego de la comuna y finalmente de la región a través de la Oficina de Intermediación Laboral (OMIL).
Oportunidad:
La publicación de puestos de trabajo se realiza antes del inicio de la FASE de Construcción y antes del inicio de la FASE de Cierre.
Antes del inicio de ambas Fases se tiene el registro total de personas que fueron incorporadas y su lugar de procedencia.
Indicador que acredite su cumplimiento • Antes del inicio de la Construcción y del inicio del Cierre se tiene un Informe con el listado de las personas contratadas y se verifica que cumpla con, al menos, el 10% del total de contratos.
Forma de control y seguimiento • Registro mensual de llamado, publicación de puestos de trabajo y entrevistas con privilegio de trabajadores y trabajadoras en la localidad, seguido de la comuna y finalmente en última opción de la región.
7.4 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO IMPLEMENTACIÓN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO Y CHARLAS DE INDUCCIÓN A TRABAJADORES/AS SOBRE PATRIMONIO CULTURAL Impacto asociado Posible alteración al patrimonio cultural por movimientos de tierra
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
El compromiso busca implementar un monitoreo arqueológico permanente durante la totalidad de las obras del Proyecto que consideren la alteración subsuperficial del terreno, con la finalidad de velar por la no afectación al patrimonio cultural.
Descripción:
En la FASE de Construcción del Proyecto, se implementa un monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s), licenciado/a(s) en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
arqueología, durante las obras del Proyecto que consideren la alteración subsuperficial del terreno.
Justificación:
De acuerdo con el Informe de Caracterización Arqueológica (ANEXO 7 de la ADENDA), se llevó a cabo un recorrido pedestre e inspección visual en la superficie del Proyecto, en donde se determinó que el área de influencia posee una accesibilidad buena en todos los sectores, gracias a los caminos existentes y portón construidos.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Donde se realicen la obra de limpieza y escarpe del terreno, y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto.
Forma:
En la fase de construcción del Proyecto, se implementa un Monitoreo Arqueológico Permanente y Charlas de Inducción Sobre Patrimonio Cultural, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.
Oportunidad:
Este compromiso se lleva a cabo en la FASE de Construcción, al inicio de las obras, en todas las áreas del Proyecto donde se realicen actividades de limpieza, escarpe o cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial, y cada vez que se incorpore nuevo personal.
Indicador que acredite su cumplimiento • Se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el Informe Mensual de Monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el monitoreo. • Actas de asistencia y contenidos impartidos en cada Charla de Inducción, indicando el nombre del profesional a cargo de estas, que debe ser arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología.
Forma de control y seguimiento • Comprobantes de recepción y/o envío del Informe del monitoreo arqueológico y firma de asistentes a charlas sobre patrimonio cultural.
7.5 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO CHARLAS DE INDUCCIÓN PALEONTOLÓGICAS A TRABAJADORES Impacto asociado Posible alteración al patrimonio cultural por movimientos de tierra
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
El compromiso busca implementar la realización de charlas de inducción paleontológicas a trabajadores/as.
Descripción: Se implementan charlas para los trabajadores de construcción, para informar sobre el componente paleontológico y posibles encuentros con hallazgos de esta característica durante las excavaciones.
Justificación:
Según el Informe paleontológico del ANEXO 9 de la ADENDA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Complementaria, la inspección completa del área del Proyecto no identificó hallazgos protegidos por la Ley N°17.288.
No obstante, durante todas las obras con movimiento de tierra se aplica un Monitoreo Paleontológico Quincenal para prevenir cualquier afectación al componente.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Las charlas son realizadas en las oficinas del Proyecto por un profesional paleontólogo.
Forma:
En la FASE de Construcción del Proyecto, se implementa charlas de inducción paleontológicas, por un/a profesional paleontólogo/a, cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N°650 de 2022 del CMN.
Oportunidad:
Este compromiso se lleva a cabo en la FASE de Construcción y se realizan cada vez que se incorpore nuevo personal.
Indicador que acredite su cumplimiento • Listado de asistentes a charlas realizadas y registro fotográfico.
Forma de control y seguimiento • Se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un reporte, sobre el contenido de las charlas paleontológicas realizadas a trabajadores y registro de asistencia.
7.6 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO RESTRICCIÓN DE TRÁNSITO EN FECHAS IMPORTANTES PARA LA COMUNIDAD Impacto asociado Obstrucción o restricción a la libre circulación.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
El compromiso busca disminuir o, restringir, y en ciertos casos prohibir la circulación en vías públicas de maquinaria o vehículos pesados asociados al Proyecto en fechas importantes para la localidad de Pelequén, para no importunar ni afectar el tránsito durante las festividades que actualmente se puedan realizan en la localidad.
Descripción:
De acuerdo con el Estudio de Medio Humano, se han identificado las siguientes celebraciones propias de Pelequén en las cuales la localidad recibe gran cantidad de visitantes.
Por otro lado, al ser vecino de un cementerio, el Proyecto también considera fechas importantes relacionadas con una mayor cantidad de visitas al sector.
Por lo anterior, se han adoptado medidas de prohibición de circulación de maquinaria y vehículos dependiendo de la ocasión.
A continuación, se enlistan las fechas consideradas: • Día de todos los Santos • Día de la Madre • Semana Santa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Festividad de Santa Rosa de Lima. • Se prohíbe la circulación de vehículos y maquinaria por parte del Proyecto durante los días en que las rutas de Pelequén se vean cortadas por la celebración.
Justificación:
La localidad de Pelequén recibe gran cantidad de visitantes durante la festividad de Santa Rosa, cerrando calles incluso para su celebración, y contando con gran participación de la comunidad.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Localidad de Pelequén.
Forma:
Se restringe o disminuye el flujo vehicular en pro de no afectar las fechas importantes para la comunidad.
Oportunidad:
En la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto, dentro de las fechas descritas anteriormente.
Indicador que acredite su cumplimiento • Aviso a trabajadores y registro de restricción de circulación de camiones y maquinaria.
Forma de control y seguimiento • Se envía un Informe a la SMA que registre el cese de actividades junto con los anuncios de restricción circulación a los trabajadores, para cada fecha importante señalada en este CAV.
7.7 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO MONITOREO DE BARRERAS ACÚSTICAS Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Realizar una revisión del estado de la barrera acústica móvil para evaluar la necesidad de reparación o reemplazo y asegurar el correcto funcionamiento de la medida de control acústico.
Descripción:
Dado que las barreras a incorporar son móviles, se realiza una revisión de las barreras cada vez que éstas se muevan a medida que avancen las actividades de Construcción y Cierre.
En caso de registrar daños en las barreras acústicas, se detallan acciones correctivas a realizar para reducir los niveles de ruido y cumplir con la normativa vigente para todos los receptores señalados.
Justificación:
El uso de barreras acústicas móviles, que pueden eventualmente dañarse con el uso y dejar de cumplir con el objetivo de mantener las emisiones de ruido dentro del límite normativo proyectado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Zona de uso de barrera modular, señalado en el acápite 6.9.2 del ANEXO 12 de la ADENDA Complementaria.
Forma:
Una vez instalada la barrera, se chequea su estado, realizando una inspección visual de su materialidad.
Esto se realiza cada vez que la barrera acústica se traslade dentro de la zona de uso determinada, evaluando así la necesidad de reparación o reemplazo y asegurar el correcto funcionamiento de la medida de control.
En caso de registrar daños en las barreras acústicas, éstas son reparadas y/o reemplazadas.
Oportunidad:
Actividades constructivas o de cierre dentro de la zona de uso de la barrera modular.
Indicador que acredite su cumplimiento • Informe de Monitoreos de la Barrera Acústica al finalizar las labores dentro de la zona de uso de barrera modular, donde se señale fecha del movimiento de esta y resultados de la inspección visual, mediante registro fotográfico y descripción.
Forma de control y seguimiento • Entrega de Informe de Monitoreo a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), 10 días hábiles luego de finalizadas las actividades dentro de la zona de uso de barrera modular.
7.8 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PLAN DE MONITOREO DE CALIDAD DE SUELOS Impacto asociado Pérdida temporal de capacidad del suelo para sustentar biodiversidad por compactación.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Evaluar y monitorear que no se generen afectaciones en la calidad del suelo durante las distintas Fases de desarrollo del Proyecto.
Descripción:
Se realiza una caracterización de la calidad del suelo en dos áreas representativas del área de influencia del Proyecto que no hayan sido intervenidas físicamente por obras permanentes, a través de un barreno agrológico.
Justificación:
Seguimiento de las características físicas, químicas, morfológicas y orgánicas durante todas las Fases del Proyecto para el componente suelo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Sectores colindantes a las obras permanentes del Proyecto, dentro del área de Proyecto, en el mismo punto o cercano a las calicatas C1 y C2 presente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
en el ANEXO 8.1 de la DIA.
Forma:
Se evalúa la resistencia a la penetración del suelo con un penetrómetro de bolsillo (Soil-Test Model CL-700 o similar) en los primeros 50 cm de profundidad, realizando mediciones horizontales y verticales.
Esto debe seguir los parámetros, y se mide siguiendo cronograma: -Dos calicatas durante la FASE de Construcción. -Dos calicatas al primer año de la FASE de Operación. -Dos calicatas cada 5 años durante la FASE de Operación. -Dos calicatas durante la FASE de Cierre. -Dos calicatas terminada la FASE de Cierre.
Indicador que acredite su cumplimiento • Informe de Caracterización de Suelos emitido por laboratorio acreditado ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)
Forma de control y seguimiento • Entrega de Informe de monitoreo a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la recepción de los resultados de laboratorio después de cada periodo de estudio.
7.9 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO REDUCCIÓN DE LA PERDIDA DE HÁBITAT DE FAUNA DE BAJA MOVILIDAD
Impacto asociado Pérdida de individuos o ejemplares de una población. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Minimizar la perdida de hábitat para fauna de baja movilidad en el AI, específicamente las pertenecientes a las especies Liolaemus lemniscatus, Oligoryzomys longicaudatus y Abrothrix olivaceus.
Descripción:
Se mantiene la vegetación colindante a las zonas de trabajo, para preservar refugios de fauna de baja movilidad.
Antes de remover vegetación dentro del área del Proyecto, se realizan movimientos controlados con herramientas manuales, bajo la supervisión de un especialista en fauna silvestre, con el fin de minimizar impactos sobre especies presentes.
Justificación:
La medida se establece debido a la presencia en el sector de 3 especies de baja movilidad correspondiente a Liolaemus lemniscatus, Oligoryzomys longicaudatus y Abrothrix olivaceus, que son especies que principalmente fueron observadas en el área de influencia, pero no dentro de las zonas de intervención del Proyecto, en ambientes que ya se encuentran perturbados por actividades antrópicas.
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Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
La medida se ejecuta en las unidades vegetaciones asociada a sectores aledaños al Proyecto, específicamente en el área de vegetación pradera y matorral del deslinde norte, y del deslinde oriente del área de Proyecto.
Forma:
Antes de iniciar la construcción se realizan movimientos controlados de vegetación con herramientas manuales, para favorecer el desplazamiento de fauna de baja movilidad hacia zonas no intervenidas.
Además, durante todas las Fases del Proyecto se mantiene sin intervención la vegetación colindante del norte y oriente, preservando su función como refugio natural.
Oportunidad:
La medida de mantención de vegetación se aplica previo, durante y después de la instalación de obras.
La medida de movimientos controlados de vegetación que pueda existir en su momento dentro del área de Proyecto se realiza previo a la construcción del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento • Se realiza un Reporte por parte de los Especialistas que realizaron la actividad manual de movimientos controlados de la vegetación que pueda existir, previo a la construcción del Proyecto, detallando la cantidad de vegetación y la presencia/ausencia de especies de baja movilidad. • Se repite dicho reporte al comienzo de la FASE de Operación, y al finalizar la FASE de Cierre. • Fotografías que aseguren la no intervención de la vegetación inmediatamente aledaña al área de Proyecto, en el sector note y oriente, durante todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • 1 Reporte previo a la construcción a la SMA. • 3 Reportes, uno en cada fase del Proyecto con las fotografías de mantención de la vegetación de los sectores aledaños norte y oriente del área de Proyecto.
7.10 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA EN CAV MEJORAMIENTO DE SUELO Impacto asociado Posible alteración al patrimonio cultural por movimientos de tierra
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
El p compromiso busca implementar una prospección arqueológica en el predio donde se realiza el CAV Mejoramiento de Suelo.
Descripción:
Inspección Visual Arqueológica en la superficie del predio Rol 39-590 donde se implementa el mejoramiento de suelos, una vez se remueva el horizonte de duripán de la Serie Pudahuel y previo a la nivelación o acondicionamiento del terreno, según el comportamiento de los horizontes que se observen en el perfil de la calicata de suelos.
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Justificación:
Velar por la no afectación al patrimonio cultural y dar cumplimiento a la Ley N°17.288.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Sector del Rol 39-590 donde se realiza el CAV de mejoramiento de Suelo en la comuna de Pichidegua
Forma:
Se efectúa una inspección arqueológica visual en el predio Rol 39-590, tras la remoción del horizonte de duripán y antes del acondicionamiento del terreno.
Esta es realizada por un arqueólogo/a mediante transectas cada 20 m, para asegurar que no existan Monumentos Arqueológicos en el área.
Finalizada la prospección, se envía un Informe al CMN y a la SMA con al menos dos meses de antelación al término de la actividad de mejoramiento de suelos.
Oportunidad:
Se realiza una vez obtenida la RCA y en el momento de la ejecución del CAV de mejora de suelo, al menos 2 meses antes del término de la actividad del CAV mejora de suelo.
Indicador que acredite su cumplimiento • Se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al CMN el Informe de la Inspección Arqueológica realizada y elaborado por el/la arqueólogo/a, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde terminada la inspección.
Forma de control y seguimiento • Comprobantes de recepción y/o envío del Informe de la inspección.
7.11 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PLAN DE MONITOREO VIBRACIONES Impacto asociado Afectación por vibraciones
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Monitorear el cumplimiento normativo de los niveles de vibración establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA para el receptor R2.
Descripción:
Durante las Fases de Construcción y Cierre del Proyecto, se implementa un Plan de Monitoreo de Vibración, consistente en la medición y evaluación periódica según la guía técnica FTA como norma de referencia (en ausencia de norma respectiva a nivel nacional), orientada al receptor R2.
Justificación:
Se ha determinado que el receptor R2 presenta una mayor exposición a las vibraciones producidas (aunque siempre dentro de la norma).
La implementación de este plan permite verificar la eficacia de las medidas de control, principalmente el recambio de maquinaria, y asegurar el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
R2 (ubicación georreferenciada según ANEXO 12 Actualización de Ruido y Vibraciones de la ADENDA Complementaria).
Forma:
Los monitoreos de vibración se realizan durante las horas efectivas de trabajo y con uso normal de maquinaria.
En la FASE de Construcción se efectúan mensualmente al igual que en la fase de cierre con la misma frecuencia mensual, incluyendo mediciones en los momentos de mayor emisión de vibración.
Los registros se hacen conforme a la guía técnica FTA, y los resultados se presentarán en un Informe Técnico según el artículo 15° de la R.E. Nº223/2015 de la SMA.
Oportunidad:
Actividades del Proyecto, durante Construcción y Cierre dentro de la zona del Receptor R2.
Indicador que acredite su cumplimiento • Con los resultados obtenidos, se elabora un Informe Técnico según artículo 15º de la R.E. Nº223/2015 SMA, el cual señala los contenidos mínimos de un Informe de Seguimiento Ambiental.
Forma de control y seguimiento • El encargado de gestionar este Plan de Monitoreo es el Administrador de Obra durante las Fases de Construcción y Cierre, quien debe entregar a la Superintendencia del Medio Ambiente el Informe Técnico en un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de cada monitoreo.
7.12 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO PLAN DE MONITOREO DE RUIDO Impacto asociado Emisiones de Ruido
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre
Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Monitorear el cumplimiento normativo de los niveles de presión sonora establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA para los receptores R2 y R3.
Descripción:
Durante las Fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto, se realiza un Plan de Monitoreo Acústico en los receptores R2 y R3.
Las mediciones son realizadas por un profesional competente con instrumentos Clase 1, calibrados según exigencias del D.S. N°38/2011 del MMA.
Justificación:
Se ha determinado que los receptores R2 y R3 presentan una mayor exposición al ruido proyectado.
La implementación de este Plan permite verificar la eficacia de las medidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de control, principalmente las barreras acústicas propuestas, y asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
R2 y R3 (ubicación georreferenciada según ANEXO 12 Actualización de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria).
Forma:
Se realizan monitoreos de medición de presión sonora en periodo diurno, durante los horarios de actividad respectivos a cada fase, con el uso habitual de maquinaria ruidosa.
En la FASE de Construcción se efectúan cada 2 meses (meses 1, 3 y 5), en la FASE de Operación se realizan con una frecuencia anual hasta el año N° 5 de operación, y en la FASE de Cierre con la misma frecuencia (meses 1 y 3).
Oportunidad:
Actividades del Proyecto, durante construcción, operación o de cierre dentro de la zona de los Receptores R2 y R3.
Indicador que acredite su cumplimiento Informes técnicos de cada campaña de monitoreo, los que incluyen: • Fecha, hora, condiciones meteorológicas, resultados de nivel de presión sonora. • Registro fotográfico del instrumento y punto de medición. • Ficha de información de medición de ruido. • Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. • Ficha de medición de niveles de ruido. Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente
Forma de control y seguimiento • Entrega de Informe de Monitoreo a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la ejecución de cada monitoreo.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y PLAN DE EMERGENCIAS
9.1.1 RIESGO SÍSMICO Riesgo o contingencia Riesgo Sísmico
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las estructuras del Proyecto dan cumplimiento a las especificaciones tipo bajo la normativa chilena que considera los riesgos de sismos.
El objetivo es minimizar el riesgo de colapso de las estructuras, y aminorar los daños, tanto estructurales como los riesgos a los trabajadores.
Se solicita la acreditación de cumplimiento de la norma chilena referente a los sismos a cada uno de los proveedores de las instalaciones o a los contratistas que las vayan a instalar. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Se capacita y entrena a todo el personal del Proyecto respecto a labores de rescate y emergencia.
El objetivo es tener personal preparado para socorrer, ayudar y realizar acciones específicas ante la ocurrencia de un sismo.
Esto se entrena en forma previa al ingreso del personal y, además, cada 2 meses durante la Fase de Construcción y Cierre.
Se definen zonas de seguridad (Punto de Encuentro de Emergencias) y se elabora un Plan de Evacuación de Emergencia, el cuál es verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Titular.
El objetivo es que todo el personal conozca los lugares seguros a donde dirigirse en caso de un sismo, además de conocer los protocolos de evacuación y reconocer a sus pares capacitados, a quienes pueden solicitar ayuda.
Las zonas de seguridad están debidamente señaladas y conocidas por el personal, ya que será parte de la charla de seguridad que se da previo a la contratación.
Los lugares de zona segura son definidos por un profesional, esto de forma previa a la construcción de la instalación de faenas y el sistema de almacenamiento.
Forma de control y seguimiento - Certificados de cumplimiento de norma chilena de sismo. - Nómina de trabajadores capacitados, el temario de la capacitación, la firma del profesional que dicta el curso. Posteriormente, a los 2 meses, la nómina de los trabajadores que hayan realizado el repaso o nuevas personas capacitadas. - Reporte de instalación de señalética. - Firma de los trabajadores que hayan recibido la capacitación sobre las zonas seguras y el plan de evacuación. Además, se realiza un ensayo del plan de evacuación y reconocimiento de zona segura, al menos una vez cada 2 meses. -
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción y Cierre: • Mantener la calma y evitar aglomeraciones. • Dependiendo de la magnitud del sismo, se activa la alarma y, si es pertinente, se ordena la evacuación hacia las zonas de seguridad. • Si el trabajador va en carretera sobre un vehículo, aléjese de puentes y vías elevadas y detenga el vehículo. • Al aire libre, el trabajador debe mantenerse lejos de cornisas, cables eléctricos y de letreros. colgantes y similares, se debe buscar zonas despejadas. • Los trabajadores deben dirigirse a la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. • Producido un sismo, el Titular procede a evaluar los daños en las estructuras físicas. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento del Proyecto, se informa de esta situación a las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
autoridades competentes.
FASE de Operación:
• En caso de daño en las estructuras o instalaciones eléctricas interiores, se detiene la inyección/almacenamiento de energía y se realiza una inspección general y de puntos críticos para identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales son reparados o reemplazados según corresponda.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa a la SMA, mediante un Informe subido a la plataforma de seguimiento del Proyecto, en caso de que hubiera suspensión de faenas laborales o se genere algún daño debido a sismos. • El plazo no es superior a 24 horas, posterior de la ocurrencia del incidente. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.2 RIESGO LLUVIA EXTREMA, INUNDACIONES FLUVIALES REPENTINAS O ACTIVACIÓN DE QUEBRADAS CON ESCURRIMIENTOS DE AGUA Y SEDIMENTOS GENERANDO INUNDACIONES O REMOCIÓN EN MASA Riesgo o contingencia Riesgo de lluvia extrema, inundaciones fluviales repentinas o activación de quebradas con escurrimientos de agua y sedimentos generando inundaciones o remoción en masa.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre:
Cada vez que se realicen las actividades de mantenimiento preventivo, se revisa que no existan materiales acopiados o acoplados de manera irregular o donde no es correspondido.
Se analizan los sectores que corren mayor riesgo, para poner énfasis en su protección, y por donde podría llegar el agua en caso del desbordamiento de algún curso de agua.
Se recopila información sobre pasados eventos de crecidas en el lugar, lluvias promedio, lluvias máximas y activación de quebradas.
Se capacita a los trabajadores respecto a procedimientos, protocolos y lugares de emergencia en caso de anegamiento o inundación o remoción en masa.
El objetivo es tener personal preparado para socorrer, ayudar y realizar acciones específicas cuando ocurran eventos de riesgo.
Además, todo el personal debe conocer los lugares seguros a donde dirigirse en caso de algún evento de riesgo por condiciones climáticas.
Las zonas de seguridad están debidamente señaladas, ya que es parte de la charla de seguridad que se da previo a la contratación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Los lugares de zona segura son definidos por un profesional, esto de forma previa a la construcción de la IIFF y el sistema de almacenamiento.
Posteriormente, se evalúa cada sitio, cuando esté construida, para verificar que sea un punto seguro.
Las capacitaciones se realizan en forma previa al ingreso del personal y, además, cada 2 meses durante la Fase de Construcción y Cierre.
Los trabajos que involucren movimiento de tierras se realizan procurando la intervención sólo del terreno necesario.
No se trabaja durante condiciones de lluvia extrema o inundaciones fluviales repentinas que puedas activar quebradas con escurrimientos de agua y sedimentos.
El objetivo es minimizar la probabilidad de accidentes.
El prevencionista de riesgo determina si las condiciones climáticas son compatibles con las labores de trabajo o es necesario suspender la jornada.
Adicionalmente, todos los días se solicita el reporte climático para estar alerta sobre lluvias o condiciones que pudiesen generar riesgos.
FASE de Operación:
En caso de lluvia extrema o inundaciones fluviales repentinas que puedas activar quebradas con escurrimientos de agua y sedimentos, las mantenciones se suspenden hasta que las condiciones climáticas mejoren.
Se desenergiza el Proyecto si las condiciones se vuelven particularmente peligrosas para las instalaciones producto de la emergencia.
Forma de control y seguimiento Se mantiene un registro fotográfico y escrito de las actividades de simulacro de evacuación realizadas y de capacitación del personal, el cual cuenta con la firma de los trabajadores involucrados.
Antes de la construcción de la IIFF, se elabora un Informe del Prevencionista de Riesgo que indique que la ubicación de las zonas seguras y que no presentas riesgo de inundaciones o remoción en masa por escurrimientos de agua y sedimentos.
Reporte de suspensión de actividades durante condiciones de lluvias extremas o situaciones de riesgo mencionadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se da aviso de inmediato al supervisor y al equipo de respuesta, quienes están preparados para intentar contener la emergencia. • Los trabajadores deben quedarse en la zona de seguridad definida y esperar instrucciones por la supervisión. • El supervisor se pone en contacto de inmediato con los organismos encargados, informando sobre la situación. • El equipo de respuesta pone especial énfasis en resguardar la bodega de residuos peligrosos, evitando que entre agua o sedimentos a los contenedores provocando otro tipo de emergencia. • Si la emergencia es de gran magnitud, se evacúa a todo el personal Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
que no forme parte del equipo de respuesta, evitando así posibles heridos. • Producido los eventos de riesgo, el Titular procede a evaluar los daños en la estructura física. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informa de esta situación a las autoridades competentes. • En caso de inundación por eventos de precipitaciones extremas que deriven en un desborde de cauces artificiales o naturales o remoción en masa por activación de quebradas con escurrimientos de agua y sedimentos, se evaluará la detención del funcionamiento del Proyecto hasta que pase la emergencia climática. • El prevencionista de riesgo debe aplicar los protocolos correspondientes a la seguridad del personal al interior del Proyecto. • Inspeccionar y reforzar las rutas de drenaje en la medida de lo posible para evitar que el escurrimiento de aguas y sedimentos se desborde hacia áreas críticas. • Esto puede implicar la creación de barreras temporales de contención de agua (usando sacos de arena, por ejemplo) o la apertura de canales alternativos de drenaje. Esto en la medida que se pueda sin poner en riesgo a los trabajadores.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa a la SMA, mediante un Informe subido a la plataforma de seguimiento del Proyecto, en caso de que hubiera suspensión de faenas laborales o se genere algún daño debido las condiciones climáticas. • Se avisa en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema, y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.3 RIESGO EVENTOS CLIMÁTICOS EXTREMOS Riesgo o contingencia Riesgo de eventos climáticos extremos (lluvia extrema, inundaciones fluviales, ocurrencia de granizos, vientos fuertes y tormentas eléctricas)
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre:
Cada vez que se realicen las actividades de mantenimiento preventivo, se revisa que no existan materiales acopiados o acoplados de manera irregular o donde no es correspondido.
Se analizan los sectores que corren mayor riesgo, para poner énfasis en su protección, y por donde podría llegar el agua en caso del desbordamiento de algún curso de agua.
Se recopila información sobre pasados eventos de crecidas en el lugar, eventos meteorológicos extremos, probabilidad de granizos y vientos fuertes, lluvias promedias y lluvias máximas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Se capacita a los trabajadores respecto a procedimientos, protocolos y lugares de emergencia en caso de anegamiento o inundación.
El objetivo es tener personal preparado para socorrer, ayudar y realizar acciones específicas cuando ocurran eventos de riesgo.
Además, todo el personal debe conocer los lugares seguros a donde dirigirse en caso de algún evento de riesgo por condiciones climáticas.
Las zonas de seguridad están debidamente señaladas, ya que será parte de la charla de seguridad que se da previo a la contratación.
Los lugares de zona segura son definidos por un profesional, esto de forma previa a la construcción de la IIFF y el sistema de almacenamiento. Posteriormente, se evaluará cada sitio, cuando esté construida, para verificar que sea un punto seguro.
Las capacitaciones se realizan en forma previa al ingreso del personal y, además, cada 2 meses durante la fase de construcción y cierre.
Los trabajos que involucren movimiento de tierras se realizan procurando la intervención sólo del terreno necesario.
No se trabaja durante condiciones de mal tiempo extremas. El objetivo es minimizar la probabilidad de accidentes.
El prevencionista de riesgo determina si las condiciones climáticas son compatibles con las labores de trabajo o es necesario suspender la jornada.
Adicionalmente, todos los días se solicita el reporte climático para estar alerta sobre lluvias o condiciones que pudiesen generar riesgos.
FASE de Operación:
En caso de lluvia extrema, repentina, caída de granizos, vientos fuertes, tormenta o probabilidad de aumento de caudales asociados a los mismos, las mantenciones se suspenden hasta que las condiciones climáticas mejoren.
Se desenergiza el Proyecto si las condiciones se vuelven particularmente peligrosas para las instalaciones producto de la emergencia.
Forma de control y seguimiento • Se mantiene un registro fotográfico y escrito de las actividades de simulacro de evacuación realizadas y de capacitación del personal, el cual cuenta con la firma de los trabajadores involucrados. • Antes de la construcción de la IIFF, se elabora un Informe del prevencionista de riesgo que indique que la ubicación de las zonas seguras y que no presentas riesgo de deslizamiento de tierras cercanas. • Reporte de suspensión de actividades durante condiciones de mal tiempo extremas o situaciones de riesgo mencionadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se da aviso de inmediato al supervisor y al equipo de respuesta, quienes están preparados para intentar contener la emergencia. • Los trabajadores deben quedarse en la zona de seguridad definida y esperar instrucciones por la supervisión. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• El supervisor se pone en contacto de inmediato con los organismos encargados, informando sobre la situación. • El equipo de respuesta pone especial énfasis en resguardar la bodega de sustancias o residuos peligrosos, evitando que entre agua a los contenedores provocando otro tipo de emergencia. • Si la emergencia es de gran magnitud, se evacúa a todo el personal que no forme parte del equipo de respuesta, evitando así posibles heridos. • Producido los eventos de riesgo, el Titular procede a evaluar los daños en la estructura física. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informa de esta situación a las autoridades competentes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa a la SMA, mediante un Informe subido a la plataforma de seguimiento del Proyecto, en caso de que hubiera suspensión de faenas laborales o se genere algún daño debido las condiciones climáticas. • Se avisa en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema, y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria.
9.1.4 RIESGO DE INCENDIO Riesgo o contingencia Riesgo de incendio
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se detallan a continuación los elementos de amenaza y vulnerabilidad más relevantes, desde la perspectiva de los riesgos internos y externos que se enfrentan en la construcción, operación y cierre del Proyecto.
Riesgos internos:
Son aquellos elementos de amenaza que contribuyan a la probabilidad de ocurrencia de fuego o de un incendio, que pueda, por condiciones de vulnerabilidad de la infraestructura del Proyecto, la población aledaña, la infraestructura pública, o la naturaleza, generar potenciales daños, debido a actividades o condiciones existentes al interior del Proyecto y/o por el personal que trabaje en las instalaciones de este. Estos riesgos corresponden a:
Fase de Construcción:
Fumar en lugares no permitidos, por ejemplo, donde se almacenen sustancias combustibles; disposición inadecuada de desechos de aceites, trapos y basuras; manipulación inadecuada de residuos sólidos; derrames de líquidos inflamables; trabajo con maquinaria que por sus características pudiesen generar chispas en el roce con otros materiales.
Fase de Operación:
Falla en equipos eléctricos (cableado, centros de transformación, inversores, baterías, etc.); fumar en sectores no habilitados en el interior del área de Proyecto.
Fase de Cierre:
Fumar en sectores no habilitados en el interior del área de Proyecto; disposición inadecuada de desechos de aceites, trapos y basuras; manipulación inadecuada de residuos sólidos; derrames de líquidos inflamables; trabajo con maquinaria que por sus características pudiesen generar chispas en el roce con otros materiales.
Riesgos externos:
Son aquellos elementos de amenaza que contribuyan a la probabilidad de ocurrencia de fuego o de un incendio que pueda, por condiciones de vulnerabilidad de la infraestructura del Proyecto, la población aledaña, la infraestructura pública, o la naturaleza, generar potenciales daños, debido a actividades o condiciones existente al exterior del Proyecto. Estos riesgos corresponden a:
Fase de Construcción, Operación y Cierre:
Fogatas no autorizadas; quemas agrícolas; quemas de basura; actividades de soldaduras u otras colindantes; fumar en los alrededores del Proyecto; tormentas eléctricas; vientos fuertes; deficiente o nula mantención de la vegetación bajo la línea eléctrica; viviendas o industrias aledañas.
Cabe destacar que los incendios con ocasión de los contenedores de baterías se describen en el Riesgo: Incidentes contenedores de baterías.
A continuación, se indican las medidas para minimizar dichos riesgos internos y externos durante todas las Fases, según corresponda:
• Se identifican zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Se implementa un sistema de permisos de trabajos en caliente, en el que se pueda evaluar las medidas de control caso a caso, cuando se ejecuten actividades con llama abierta o partículas incandescentes. • Los materiales combustibles e inflamables son almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos” y en el D.S. Nº43/2015 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. • En las instalaciones se dispone de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. • Los equipos de extinción se ubican en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo con la normativa vigente. Específicamente existen kit antincendios (Agente extintor, palas, rastrillos, extintores PQS y C02, Etc.) estos se encuentran en las localizaciones que muestra el plano a continuación. • Se dispone de extintores de polvo químico seco para las clases de fuego AB-C, para los cuales se adjunta una hoja de seguridad tipo de un fabricante chileno en el Apéndice 1 del presente documento, aclarando que se ocupará uno de este modelo o similar durante la ejecución del Proyecto.
Ubicación Kits Antincendios
• Se capacita a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios. • Se tiene control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario. • Se acumula y retira, por un período breve y en lugar seguro, el material vegetal cortado. • Mantención de comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de un incendio. • El experto en prevención de riesgos en la faena define una zona, alrededor del área de almacenamiento de sustancias inflamables, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas. • Se cuenta con medidas de seguridad en instalaciones eléctricas, maquinarias y equipos que sean fuente de emisiones de chispas, especialmente durante los periodos de clima seco. • Se considera el uso de kit de derrames en todas las zonas donde se utilicen equipos a combustión o con mezclas como es el caso de motosierras, equipos de tendido y generadores eléctricos. • El manejo de residuos se realiza considerando un retiro diario en el frente de trabajo, trasladándose a sus respectivas áreas de acopio. • En las actividades que requieran uso de equipos que puedan generar chispa o llama, se seleccionará lugares alejados de elementos combustibles, como pastizales, residuos de tala y poda y cualquiera otro que pueda alimentar un incendio. En caso de no poder segregar, se instalarán biombos o pantallas incombustibles que impidan la proliferación de chispas sobre elementos combustibles, y mantener en la zona elementos de extinción portátil. • El Titular no considera la implantación de brigadas contra incendios, priorizando el resguardo de las vidas de sus trabajadores privilegiando que el combate de incendios sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos, etc., no obstante, para la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
prevención y operación de un eventual foco de incendio, se considera el uso de estaciones de emergencia que cargan consigo extintores portátiles y herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio, números de emergencias y radiocomunicación. • Se capacita al personal en relación al Plan de Emergencias, para conocer las medidas preventivas frente a incendios, así como atención en la detección y aviso inmediato ante el surgimiento de un incendio en el área de faenas o en las cercanías de ellas, y, prestar la mayor información y apoyo logístico a los organismos que les corresponda realizar el combate de incendios (CONAF o Bomberos), principalmente a lo referido a las vías de acceso, y posibles fuentes de agua para el abastecimiento del combate. • Respecto a la identificación y disponibilidad de fuentes de agua, se aclara que se dispone durante la FASE de Operación de dos estanques de agua contra incendios de 200 m3 para la subestación elevadora y de 100 m3 ubicado en la esquina norponiente de los contendores de baterías, para un adecuado manejo ante una emergencia. • La adquisición de esta agua se realiza a través de proveedores externos que cuenten con una fuente de extracción aprobada por la autoridad Sanitaria. • Instalación y mantención de al menos un letrero visible en lugares de acceso al predio con transito regular, que contenga el nombre del predio y número de emergencias 130. • El letrero además informar a la comunidad la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas de prevención en cuanto al riesgo que implica el encender fuego en ambientes naturales (por ejemplo: no realizar fogatas; evitar botar basuras, cigarrillos, fósforos, u otros).
FASE de Operación
Durante la FASE de Operación, las amenazas y vulnerabilidades son, en su mayoría, asociadas al funcionamiento eléctrico de los equipos, los que para prevenir situaciones de riesgo incorporan en su diseño un sistema de supresión de incendios descrito en el acápite 1.4.1.1.1. del Capítulo 1 de la DIA y en el Riesgo Incidentes contenedores de baterías del presente documento.
Con respecto a la línea eléctrica (alta tensión) soterrada, ésta se ajusta a los requisitos que aprueba el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Destinadas a la Producción, Transformación, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en particular lo referido a franjas y distancias de seguridad.
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Lo anterior se fiscaliza mensualmente y el encargado de prevención de riesgo realiza Informes del estado de cada una de las obras y elementos de prevención.
Para el Proyecto se contempla la construcción de caminos internos de 6 m de ancho entre cercos y sistemas de almacenamiento, y un retranqueo entre 10 y 17 m de distancia entre contenedores de baterías y cercos proyectados. Lo anterior sirve como cortafuego y corta combustible en caso de incendio, adicionalmente a que durante todas las Fases del Proyecto se mantienen desprovistos de vegetación y acumulaciones.
En relación a los riesgos externos mencionados, las medidas de prevención son la respectiva denuncia de fogatas y quemas no autorizadas (cuando sean detectadas) y el uso del número de emergencias 130 de CONAF, en caso de que se produzca un incendio de pastizales dentro del área de Proyecto o fuera de éste.
Por otra parte, se consideran las siguientes medidas preventivas para incendios industriales:
El almacenamiento de sustancias inflamables y combustibles solo se realiza en las áreas definidas para dicho efecto en la Instalación de faena.
El almacenamiento de combustibles se realiza exclusivamente en la instalación de faena, en el área acondicionado para ellos y en ningún caso en el frente de trabajo.
Se toman las siguientes medidas para reducir el peligro de ocurrencia:
Manejo de combustible vegetales:
• Los árboles y arbustos son cortados o descepados de manera que su trozado, acopio y extracción se realice en forma segura y acorde a la ordenación de combustible propuesta. Los desechos del proceso son agrupados y luego trozados. • Dichos residuos vegetales son depositados de manera ordenada en lugares de acopio temporal en instalación de faenas como un residuo no peligroso, para posteriormente ser retirados y llevados a un lugar autorizado de reutilización o disposición. • Además de los equipos y herramientas que se utilice para realizar la faena de roce, habrá herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio mientras ingresa personal experto, tales como palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda, entre otros elementos. • Hay como mínimo una unidad de herramienta de combate inicial en cada cuadrilla de trabajo. • Al finalizar cada jornada, todas las herramientas utilizadas, ya sea motosierras, palas, alguna herramienta de control de incendios, entre otras, son limpiadas y se les realiza la respectiva mantención, con el objetivo de dejarlas operativas para la siguiente jornada laboral. • Esto queda registrado en una plantilla de control de herramientas, y es responsabilidad del jefe de cuadrilla llevar este medio de verificación de la actividad.
Manipulación de combustibles: Considerando que para cortar la vegetación se emplearán motosierras que usan combustibles altamente inflamables, se implementa una serie de medidas preventivas, las cuales se señalan a continuación:
• Se instruye al personal para que el combustible sea manipulado de manera cuidadosa. Además, se utiliza corta chispas en las motosierras. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Los combustibles son almacenados en lugares seguros y aislados, habilitado para ello. • El transporte de combustible a los lugares de las faenas se realiza usando envases certificados para la carga de combustible. • La recarga de los estanques de las motosierras se realiza en el lugar habilitado y autorizado para ello. • Cuando el área del Proyecto se encuentre sujeta a alerta temprana preventiva de incendios por condiciones meteorológicas extremas (alta temperatura, humedad relativa y vientos), por parte de la autoridad, se detienen todas las actividades que consideren el uso de maquinarias, o herramientas de metal en áreas que se encuentren a menos de un metro de material vegetal (pasto, ramas, arbustos, árboles, etc.).
Comunicaciones:
• Se dota de un teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en el frente y áreas de trabajo, con el propósito de facilitar la comunicación de inmediato ante cualquier emergencia que se pudiese producir durante las faenas e informar de los antecedentes del incendio que se pudiese generar o detectar (superficie, magnitud, sector, tipo de combustible, topografía, entre otros) y recibir las instrucciones para iniciar el ataque inicial, cuando corresponda. • Dentro de la estructura de operaciones del Proyecto, se designa una persona que tiene por objeto recibir información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y personal si fuere necesario, así como realizar la coordinación con CONAF de la Oficina Provincial para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. • Esta persona está equipada con un teléfono celular o equipo de radio cumpliendo, además, otras funciones que le sean asignadas. • Se define un punto de encuentro de emergencia, en caso de incendio en la obra (ver ANEXO 14 de la ADENDA. Actualización Layout General). • Se entrega un flujograma que determina quién y qué debe realizar en un incendio en la obra.
A su vez, se contemplan las siguientes medidas preventivas referentes a incendios industriales: • Tener especial preocupación porque se mantenga el orden y aseo. • Inspeccionar y verificar que tanto las vías de evacuación como los sistemas y equipos de combate de incendio, se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados. • Cumplir que el almacenamiento y transporte de Substancias Inflamables, cumpla con las normas establecidas. • En caso de detectar instalaciones eléctricas en mal estado, reparaciones provisorias o en condiciones subestándar, comunicarlo inmediatamente a la jefatura correspondiente. • Evitar el sobre consumo eléctrico por circuito, especialmente el uso no autorizado de "múltiple" o "ladrones de corriente" y "estufas eléctricas". • Antes de abandonar el lugar de trabajo desenergizar aparatos de suministro eléctrico y de combustible, tales como computadores, luminarias, etc. • Cabe destacar que, ante la eventualidad de este tipo de emergencias, se prioriza el resguardo de las vidas humanas, privilegiando que el combate sea efectuado por personales especializados de CONAF, Bomberos, etc.
A continuación, se presenta un diagrama general de procedimiento en caso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de emergencia por incendio, ya sea de origen industrial o forestal.
Medidas adicionales de prevención de incendios forestales. Asimismo, son aplicadas todas las medidas de prevención de incendios forestales.
En su detalle:
A. MEDIDAS DE PREVENCIÓN
• Como medida general, el Proyecto se acogerá a las especificaciones indicadas en el documento “Pauta de prescripciones técnicas programa de protección contra incendios forestales aplicable al Plan de Manejo de Plantaciones Forestales del D.L. N° 701/1974. Versión 4.1 - octubre de 2022”. • Se mantiene control permanente del acceso a personas ajenas a la zona de intervención. • Se prohíbe encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas en áreas de corta. • Se realiza la instalación y mantención de al menos un letrero visible, de fácil lectura, con medidas mínimas de 3 m x 2 m, a una altura no inferior a los 2 m, en lugares de acceso al predio o en caminos principales circundantes. • Dicho letrero contiene el nombre del predio y los siguientes números de emergencia: CONAF 130, BOMBEROS 132, CARABINEROS 133. • El letrero informa además a la comunidad sobre la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas para evitar la generación de fuego (por ejemplo: no encender fogatas, no botar cigarrillos, fósforos u otros elementos inflamables). • Se solicita a CONAF material de difusión sobre prevención de incendios forestales, el cual será entregado a las cuadrillas de trabajo. • Se instruye al personal en la prevención de incendios, además de las acciones que se encuentran prohibidas durante las faenas. • Se mantienen herramientas básicas para control primario de incendios (palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda), ubicadas en las instalaciones del Proyecto, que junto al resto de la maquinaria (motosierras, etc.) están disponibles para un eventual control inicial del fuego. • En virtud del tipo de obra y sus características de construcción y operación, el Titular contempla la elaboración de cortafuegos en los sectores de SAE y de Instalación de Faenas, considerando que parte de las obras son caminos de acceso y construcción general. • En complemento a lo anterior, y conforme a la normativa eléctrica, ante cualquier perjuicio ocurrido a la línea eléctrica por eventos naturales o por terceros, ésta cuenta con un mecanismo automático e instantáneo de desenergización que evita la ocurrencia de focos de incendio. • Por otra parte, las superficies de reforestación consideran la ejecución de un cortafuego de 10 metros de ancho inmediatamente adyacente al o los cercos perimetrales, con el objetivo de mantener dicha faja libre de vegetación.
B. MEDIDAS DE CONTROL
Detección Oportuna En todos los frentes de trabajo existe un equipo de radio para dar aviso en caso de que ocurra un siniestro y recibir las instrucciones para iniciar el combate, cuando corresponda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Organización de medios de combate En caso de ocurrir un siniestro, se adoptarán las siguientes medidas: • El personal que se encuentre más cerca del incendio dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará los antecedentes necesarios, tales como: tipo y cantidad de combustible, recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso, estimación de superficie afectada, topografía del lugar y condiciones meteorológicas locales (especialmente dirección y fuerza del viento). • La persona encargada de las operaciones comunica de inmediato a la Oficina Provincial de CONAF correspondiente la ocurrencia del incendio, cualquiera sea su magnitud, entregando además los antecedentes para que dicha institución inicie la evaluación y coordinación de respuesta. • El técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio organiza a su personal, realiza una evaluación rápida de los valores afectados y es quien proporcione la información vía radial. • El encargado de las comunicaciones da prioridad absoluta a las referidas al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del siniestro o los mantiene atentos a instrucciones según la evolución del evento. • Si CONAF envía brigadistas al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el sitio se pone a las órdenes del jefe de incendio, colaborando con personal y maquinaria (camiones, palas mecánicas, bulldozers, entre otros) para apoyar en la contención inicial del fuego.
Procedimiento general en caso de incendio Forma de control y seguimiento • Se elabora un registro de la inspección de extintores, la cual dará cuenta del estado, mantención y vencimiento de estos, junto con registro fotográfico con fecha la señalética de “No Fumar”. • Se capacita al personal referente al uso de extintores, uso de EPP y combate contra incendios y métodos de reacción tanto en casos de riesgos internos como externos. • Se lleva una nómina de los trabajadores capacitados, temario de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
capacitación, registro firmado de asistentes y la firma del profesional que dicta el curso. Posteriormente, a los 2 meses, la nómina de los trabajadores que hayan realizado el repaso o nuevas personas capacitadas. • Se cuenta con el registro de Informes mensuales del estado de cada una de las obras y elementos de prevención. • Registro de la señalética del número de emergencia 130 de CONAF, de las zonas de combustibles y “No Fumar” / “No Encender Fuego”. • Registros de las mantenciones y limpiezas de centros de transformación y baterías y del despeje de los caminos estén libres de vegetación. • Registros de protocolos de manipulación y trabajos con sustancias inflamables.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrir un incendio al interior de las faenas o en sectores muy cercanos, se adoptarán las siguientes medidas:
• El personal que se encuentre más cerca del incendio, dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo y cantidad de combustible que se está quemando, recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas, como dirección y fuerza del viento, y, principalmente, si se requiere de más personal para el ataque inicial. • El jefe de cuadrilla o la persona encargada comunica de inmediato a CONAF de la Oficina Provincial o Bomberos, según corresponda, de la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste, entregando también los demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. • Para ello, se debe llamar al 130 o 132, número oficial de emergencia de CONAF y Bomberos, respectivamente. Aun cuando el jefe de cuadrilla debe ser el encargado de esta tarea, todos los integrantes de la cuadrilla deben ser informados del procedimiento. • El técnico o capataz encargado de las faenas organiza a su personal, hace rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. • El encargado de las comunicaciones da primera prioridad a las referidas al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario, o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. • El jefe de cuadrilla da primera prioridad al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. • A la llegada de brigadistas, el personal de la empresa que se encuentre en el lugar se pone a las órdenes del jefe de incendio para apoyar en lo que fuere pertinente, tanto con personal, cómo con maquinaria (camiones, palas mecánicas y bulldozers), para apoyar en la contención del incendio. • Si el incendio ocurre en sectores cercanos a la línea de transmisión se informa en tiempo real de la situación al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), para que éste evalúe la disminución de la transferencia o sacar la línea de transmisión de operación. En el caso de que el incendio afecte instalaciones y se genere una falla, se envía Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
una brigada de linieros para que inspeccionen la falla y evalúen la reconexión de la línea de transmisión. • Disipado el humo entre la línea y tierra y de no existir daños que impidan la reconexión se procede a normalizar la línea, previa coordinación con el CEN.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual incendio en faena se avisa a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) a través del número de emergencia 130, así como a Bomberos. • En caso de ocurrir lo anterior, se avisa la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria.
9.1.5 RIESGO DERRAME DE AGUAS GRISES, DE BAÑOS QUÍMICOS O AGUAS SERVIDAS DE LA FOSA SÉPTICA. Riesgo o contingencia Riesgo derrame de aguas grises, de baños químicos o aguas servidas de la fosa séptica.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a baños químicos durante la Construcción y Cierre, fosa séptica permanente durante la Operación.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En el caso de transporte de aguas residuales, se implementan las siguientes medidas de prevención y control del riesgo:
• Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente, teléfonos de emergencia y contacto para avisar al prevencionista de riesgo del Proyecto, etc. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. Además de tener todos los implementos, de EPP como materiales para contener el derrame. • Uso de distintivos de seguridad.
En cuanto al manejo de aguas grises, o servidas y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas:
• Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. Nº594/99 del Ministerio de Salud. • Revisión de las válvulas y baños, verificando que sean capaces de contener los volúmenes considerados del almacenamiento. • En el sector de lavado de contenedores existe sobre el suelo una capa impermeable tipo HDPE. • Capacitación al personal que manipule y almacene este tipo de residuos. • Disposición de medios de contención y limpieza de derrames. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
En relación si se produce un atraso en la frecuencia comprometida de retiro por el gestor de transporte y eliminación, se toman las siguientes medidas:
• De manera contractual quedará establecido que, ante un atraso, el prestador del servicio debe hacerse responsable enviando a la brevedad el servicio comprometido. • Se mantienen otras alternativas de prestadores autorizados por la entidad sanitaria de este servicio, en caso de incumplimiento que puedan acudir de forma rápida para el retiro y manejo tanto de los baños químicos como de la fosa séptica.
Ante una emanación de olores intensos o falla en el equipo de dosificación de productos químicos se comunica de forma inmediata a la empresa que provee el servicio para realizar el cambio inmediato del equipo que falle.
En caso de que se produzca una emanación de olores con origen en la fosa séptica de aguas servidas, se inspeccionan los estanques de bombeo, se verifica la cobertura de los estanques y el correcto funcionamiento de todos los elementos del sistema.
En cuanto a la fosa séptica, se debe:
• Instruir al personal del Proyecto y al contratista encargado, sobre el sistema de fosa séptica de aguas servidas del Proyecto y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. • La localización y tipo de sistema se seleccionará considerando las características naturales del terreno de emplazamiento del Proyecto. • Se contratan servicios que cuenten con todos sus permisos al día, asegurándose de que sean responsables en el servicio entregado. • La limpieza de la fosa séptica se realiza periódicamente, con la finalidad de no encontrarse al límite de la capacidad de este. • La detención del derrame se realiza inmediatamente después de haberlo identificado. • Se procede a incorporar material de contención sobre la fuga de aguas servidas
En específico, para las situaciones derivadas del mal funcionamiento del sistema particular de alcantarillado se procede de la siguiente manera:
• Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunica con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. • Se suspende el uso de los servicios higiénicos. • Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se envía a un sitio de disposición de lodos autorizado.
En el caso de que la generación de olores tuviera su origen en la fosa séptica, se contemplan las siguientes medidas: • Inspeccionar estanques de bombeo; • Verificar el funcionamiento de todos los elementos del sistema; • Verificar la cobertura de los estanques y finalmente dosificación con productos enzimáticos.
El encargado de seguridad y ambiente elabora un Informe de la Contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y avisa a SEREMI de Salud de lo ocurrido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de control y seguimiento • Dentro de las oficinas de la instalación de faena y de la SE, están todos los procedimientos de emergencia y materiales que se deben utilizar en caso de declaración del riesgo. • Registro de capacitaciones al conductor de aguas residuales y al personal que manipule y almacene aguas grises o servidas. • Se mantienen copias de los registros del inventario y control de limpieza y manejo de las aguas sucias de los baños químicos y fosa séptica. • Estas copias se encuentran en las oficinas de la instalación de faena. • Hojas de registro sobre retiro y manejo de aguas sucias, baños químicos y fosa séptica. • Se revisa de forma mensual el estado de la fosa séptica durante las Fases de Construcción y Cierre y una vez alcancen el 70% de su capacidad son vaciados por una empresa especializada y autorizada para dar el servicio de retiro, traslado y tratamiento de estas aguas. • Durante la FASE de Operación anualmente son retirados los efluentes de la fosa séptica por una empresa especializada y autorizada para dar el servicio de retiro, traslado y tratamiento de estas aguas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. ANEXO 8. PAS 138 de la ADENDA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrame de aguas grises, aguas sucias o aguas servidas cuando exista la limpieza de éstos u otros, se actuará de acuerdo a lo descrito a continuación:
• Una vez se detecte el derrame, avisar al Coordinador de Emergencia por si ha de activar el Plan de Emergencia. • El Coordinador de Emergencia debe dar las instrucciones para evacuar el área de ser necesario de toda persona ajena a las medidas de control del derrame. • Se controla la fuga cerrando válvulas o tomando las acciones necesarias y se llama de inmediato a la empresa autorizada para disponer de este tipo de residuos. • El Coordinador de Emergencia define el personal designado para realizar las actividades de limpieza. • Los residuos generados productos del control del derrame deben ser colectados y almacenados en tambores etiquetados, para luego, ser dispuestos según sus características en el sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la región y a través de una empresa autorizada para ello, la cual es la encargada de manejar en la normalidad los residuos del estanque de aguas grises y de aguas servidas de los baños químicos. • El material según sea el caso debe ser removido con pala y carretilla de ser posible, de lo contrario debe utilizarse la maquinaria ad – hoc. • Finalizando la operación, se deben lavar los elementos de protección personal utilizados y volver a disponerlos en los sitios definidos para ellos. • Una vez controlada la situación de emergencia, el Coordinador de Emergencia Informa del hecho al Jefe de Emergencia, decretando éste el final de esta.
Cabe recordar que el desarrollo de los trabajos ha de realizarse siempre en condiciones de seguridad, por lo que se paralizarán los trabajos si no se cumplen dichas condiciones de seguridad.
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual derrame en faena se avisa a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. ANEXO 8. PAS 138 de la ADENDA
9.1.6 RIESGO DERRAME DE SUSTANCIAS Y/O RESIDUOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS
Riesgo o contingencia Riesgo derrame de sustancias y/o residuos peligrosos y no peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a las bodegas de residuos y sustancias peligrosas.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En el caso de transporte de sustancias y residuos peligrosos, se implementan las siguientes medidas de prevención y control del riesgo:
• Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N°298/94 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente, teléfonos de emergencia y contacto para avisar al prevencionista de riesgo del Proyecto, etc. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias peligrosas transportadas. Además de tener todos los implementos, de EPP como materiales para contener el derrame. • Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº2190 “Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”.
En cuanto al manejo de sustancias peligrosas (lubricantes, aceites y combustible) y residuos peligrosos (aceites usados, huaipes, paños y EPP contaminados con aceite) y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas:
• Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. Nº43/2015 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”, y sus modificaciones posteriores, además del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. • Revisión de pretiles de sustancias peligrosas, verificando que sean capaces de contener los volúmenes normados en caso de derrame, mantener pretiles bajo techo evitando que aumenten los volúmenes en caso de lluvias. • Construcción del estanque de combustible sobre un suelo cubierto con una capa impermeable, sobre pretil cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Fomento “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, y sus modificaciones posteriores; está dotado de todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente. • Suministro de combustible a los equipos en un suelo impermeable puesto en el piso durante la transferencia de combustible y una línea puesta a tierra. • Adicionalmente, se cuenta con el procedimiento de carguío de combustible. • Capacitación al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias y residuos peligrosos. • Disposición de medios de contención y limpieza de derrames. • Se evita que se sobrepase la capacidad de almacenamiento de los contenedores por medio del cumplimiento estricto de los retiros programados. • Los contratos con las empresas prestadoras de servicios tienen un ítem de reemplazo de contenedores en caso de falla o rotura. Los contenedores son revisados periódicamente. • En caso de que falle el proveedor asignado, se mantienen el contacto de empresas alternativas para no fallar en los plazos establecidos. • La Bodega RESPEL cuenta con un kit de emergencias, con material absorbente adecuados en caso de derrames, junto con EPP requeridos.
Durante la carga de combustibles y otros productos derivados de hidrocarburos, se debe considerar lo siguiente:
• Antes de iniciar la carga: Se efectúa la conexión a tierra para eliminar la electricidad estática; La carga se debe efectuar bajo la supervisión de una persona y se debe colocar el extintor en un lugar de fácil acceso.
• Durante la descarga: Se colocan triángulos o conos de seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la labor. El objetivo de todas estas medidas es evitar el derrame de sustancias o residuos peligrosos al suelo o cursos de agua, que pudiesen generar contaminación y con ellos efectos nocivos a estos componentes.
En el caso de los residuos no peligrosos se considera:
• Se evita que se sobrepase la capacidad de almacenamiento de los contenedores por medio del cumplimiento de los retiros programados. • Los contratos con las empresas prestadoras de servicios tienen un ítem de reemplazo de contenedores en caso de falla o rotura. • Los contenedores son revisados periódicamente. • Se revisa constantemente los plazos para el retiro de los residuos. • En caso de que falle el proveedor asignado, se mantienen el contacto de empresas alternativas para no fallar en los plazos establecidos. • Para la manipulación de estos residuos se utilizan los EPP correspondientes según el tipo de residuo a manejar.
Forma de control y seguimiento • Registro de la capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas, junto con el registro de capacitación al personal que manipule y almacene sustancias y residuos peligrosos. • Se mantiene copia de las hojas de seguridad de todas las sustancias químicas almacenadas en faena. • Éstas se encuentran en las oficinas de la instalación de faena, y una copia en cada una de las bodegas, según sea el caso. • Se mantiene el inventario y control sobre el uso de sustancias y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
residuos peligrosos. • Se revisa de forma mensual, el estado de los contenedores de las sustancias químicas, comprobando con una matriz de compatibilidad su orden de almacenamiento. • Se revisa el estado de las bodegas de residuos peligrosos, mensualmente, además de ver la capacidad de almacenamiento. • Si las bodegas superen el 70% de su capacidad, se debe solicitar el retiro de los residuos. • Se mantienen las hojas de registro sobre retiro e ingreso de residuos y sustancias peligrosas. • Se revisa y se mantiene registro del estado de los contenedores de cada residuo para su recambio de ser necesario y para que no se sobrepase su capacidad de almacenamiento. • Registro de los retiros de cada residuo según corresponda.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria ANEXO 17 PAS 140 y ANEXO 18. PAS 142 de la ADENDA Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se da cumplimiento a todo lo indicado en el punto respecto de accidentes de tránsito y/o en el interior de recintos o frente de trabajo, en adición a esto se debe cumplir con al menos uno de los siguientes puntos según corresponda a la envergadura o complicación de atención de la emergencia.
a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se debe cumplir, al menos, con lo siguiente:
a.1) Acciones Iniciales:
• El chofer, operador u otro da aviso inmediato al Supervisor Directo y trata de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. • Se verifica si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. • En caso de que se requiera, se procede a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. • Se determina la naturaleza del derrame respecto de si este es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. • Si corresponde a transporte de sustancias, se identifica el tipo de productos transportados y si son causantes del derrame, a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicita la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE, de no encontrarse, se procede a buscar por parte de la Brigada de Emergencias del registro en su copia de la Guía GRE.
a.2) Acciones de Control:
• Se procede a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y carabineros más cercanos al lugar del accidente. • Como acción inmediata de precaución, se aísla el área del derrame o escapa como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. • En caso de derrames de líquidos, se trata de contener el avance de éste mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, se evita la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
derramada. • Se verifican las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario se cavarán zanjas para desviar los flujos. • Mediante la brigada de emergencia se trata de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. • Se mantiene alejado al personal no autorizado. • Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto la brigada de emergencias, la ITO, y, el Titular cuentan con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, Bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el Proyecto.
a.3) Acciones Posteriores:
• Una vez controlada la fuente del derrame se procede a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, la cual debe, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: • Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procede a retirar todo el material contaminado, colocando éste en bolsas plásticas las cuales son selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. • Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. • Se utilizan envases de polietileno. • Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), son realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA). • El prestador de servicios (EPS) debe mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Si el accidente ocurriese en una vía de tránsito pública, se incorporan las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el Titular ponen a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones. • En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte de Carabineros de Chile, se procede a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos. • La persona a cargo del control de la emergencia mantiene permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones. • Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deben emitir un Informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de control efectuadas, de ser necesario establece las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
que la EPS y/o el Titular deben velar por el cumplimiento de este punto. • La evaluación de un accidente con derrame considera el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remite una copia a la Autoridad Ambiental (SMA), la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.). • Se realiza una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten la aparición de dicha situación en el futuro. • Finalmente se toman muestras de la zona afectada (posterior a la realización de gestiones de limpieza) y una estación de control que verifica la efectividad de las gestiones y medidas aplicadas. Los análisis se realizan en laboratorios certificados por el INN, de acuerdo a NCh 3.400/1 (calidad de suelos: diseño de programas de muestreo) y NCh 3.400/2 (calidad de suelos: directrices sobre técnicas de muestreo) ambas del año 2016.
FASE de Operación:
Ídem a las medidas indicadas para la FASE de Construcción con referencia al Jefe de Proyecto en vez de jefe de terreno.
FASE de Cierre:
Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción.
b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo, dadas las características de los productos utilizados para las distintas Fases del proceso, se considera que la mayor parte del tiempo se trabaja con sustancias derivadas de los hidrocarburos, por lo que en general será aplicable lo estipulado en la Guía GRE.
No obstante, se aplica como mínimo:
• Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea éste causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. • Detectado el punto de fuga éste es controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. • Como acción inmediata de precaución se aísla el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. • Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procede a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detiene el uso del equipo o maquinaria o se envía a taller autorizado para su revisión y control.
Una vez controlada la fuente del derrame, se procede a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a cumplir a lo indicado en el D.S. N°148/03 del MINSAL, la cual debe, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:
• Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
hidrocarburos, se procede a retirar todo el material contaminado, colocando éste en bolsas plásticas las cuales son selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. • Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizan envases de polietileno. • Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), son realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental. • El prestador de servicios (EPS) debe mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte del Jefe de Terreno o el Representante por parte del Titular, se procede a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a restaurar las condiciones anteriores a la ocurrencia del accidente. • La persona a cargo del control de la emergencia mantiene permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones. • Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deben emitir un Informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de control efectuadas, de ser necesario establece las medidas de seguimiento adecuadas; no es inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deben velar por el cumplimiento de este punto. • La evaluación de un accidente con derrame considera el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y es consignado en el Informe. • El Informe Técnico realizado es revisado por el Titular, el cuál remite una copia a la Autoridad Ambiental (SMA), la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.). • Se realiza una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten la aparición de dicha situación en el futuro. • La Instalación de Faena cuenta con los elementos necesarios para la implementación de este procedimiento, para el retiro de las sustancias peligrosas derramadas, sean éstos palas, maquinaria, envases de almacenamiento provisorios, bolsas plásticas, etc., según se requiera. • Asimismo, se deben establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado.
En el caso de los Residuos No Peligrosos:
• En caso de que se genere derrame producto de la rotura de los contenedores, se detiene el acopio de residuos y se contacta inmediatamente al proveedor del servicio de retiro de residuos. • Se realiza el reemplazo de los contenedores rotos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• En caso de rotura se limpiará el área de acopio utilizando elementos de protección personal correspondiente y elementos de limpieza, según corresponda. • Se llama a la empresa proveedora del servicio alternativo para que se haga cargo del retiro lo antes posible.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este. • En caso de que el derrame haya afectado a algún curso de agua, se avisa a las autoridades respectivas según corresponda.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
ANEXO 17 PAS 140 y ANEXO 18. PAS 142 de la ADENDA Complementaria.
9.1.7 RIESGO POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO Riesgo o contingencia Riesgo por accidentes de tránsito.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto, y rutas asociadas al Proyecto.
Si bien este tipo de incidentes puede ocurrir a lo largo de todo el Proyecto, en las Fases donde existe el mayor flujo de personal e insumos es durante la FASE de Construcción, destacando el trayecto de los trabajadores hasta la instalación de faenas.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los insumos, maquinaria y personal que participan en el Proyecto deben ser transportados a las áreas de trabajo, por lo que se deben tener en consideración las siguientes medidas:
• Todos los conductores deben acreditar su calificación, mediante presentación de la licencia de conducción adecuada para la clase de vehículo a usar. • Uso obligatorio del cinturón de seguridad. • Prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. • Todos los vehículos cuentan con la documentación en vigor exigida por la legislación aplicable: permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, revisión técnica, etc. • La carga no puede exceder el peso máximo que las características técnicas de los vehículos permitan y debe estar asegurada de manera que se evite el riesgo de caída desde el vehículo. • Así como cada vehículo no puede exceder el máximo de personas a trasladar. • Para el transporte de cargas sobredimensionadas, se coordinará su traslado con la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile y se tramitan anticipadamente las autorizaciones que sean necesarias. • Las estructuras eléctricas son transportadas desarmadas y amarradas adecuadamente en camiones, en dimensiones y peso tal que cumplan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
con la normativa vigente para el transporte por carretera y permisos asociados. • Los conductores realizan una buena conducción del vehículo, no obstruyen las vías, no arrojan basuras y/o desperdicios, no contaminar y cuidan la flora y la fauna. • Todos los conductores son responsables del vehículo y/o maquinaria a su cargo y, en caso de que se vea involucrado en un accidente de tránsito, se debe informar de inmediato a su Supervisor directo y éste al Prevencionista. • Todos los conductores tienen la obligación de respetar la señalización de tránsito, tanto permanente como ocasional en el área del Proyecto. • Para los vehículos de transporte de personal, prohibición de transportar cualquier tipo de carga en la cabina o junto a los pasajeros, en especial aquellas definidas como sustancias peligrosas. • El transporte del personal hasta el frente de trabajo se realiza en buses y vehículos menores a cargo de una empresa contratista, la cual cuenta con todos los elementos de seguridad requeridos por la legislación y cumplen con las disposiciones vigentes sobre el transporte de pasajeros. • Revisión diaria de los equipos de conducción, así como revisiones periódicas de los equipos móviles, en las que se debe pedir los Check-list diarios de los equipos y se debe revisar la presencia o no de ruedas de repuesto, gatas, cuñas, extintores, etc. • Todo vehículo debe ser apto para el terreno a recorrer. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente, así como para conducción en caminos de tierra.
Forma de control y seguimiento • Se mantiene copia de las licencias de conducir en faena y todos los documentos legales asociados, verificando su vigencia. • Registro de los Check-list diarios de los equipos y revisiones de la presencia o no de elementos esenciales (ruedas de repuesto, gatas, cuñas, extintores, etc.) • Existe un registro firmado de todos los asistentes a las capacitaciones de conducción.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un accidente en el transporte, actuar del siguiente modo:
Recopilar información sobre el accidente ocurrido (mediante la colaboración del personal presente en la zona):
• Instalaciones o vehículos involucrados. • Sustancias involucradas y peligrosidad de estas. • Si las sustancias involucradas están clasificadas como Sustancias Peligrosas, el conductor del vehículo dispone de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte para dichas sustancias. • Situación de los vehículos accidentados y de los insumos y/o sustancias transportadas. • Personas afectadas. • Servicios de emergencia que han sido avisados (Carabineros, Bomberos, SAMU, etc.).
Una vez evaluado el escenario, contactar con el Equipo de Intervención en caso necesario: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Realizar el aseguramiento del área. • Para ello se debe establecer un perímetro y estabilizar el vehículo accidentado en posición de seguridad. • En caso necesario, controlar el derrame de combustible o de sustancias peligrosas, mediante barreras de contención y absorción de las sustancias. • Usar EPP adecuados para la tarea. • Verificar que existe una línea cargada de agua o extintor portátil, aunque no exista fuego en el momento. • En caso de que haya heridos, asegurar el vehículo antes de ingresar a atender a los pacientes. • No mover el vehículo, no intentar voltearlo, tirarlo o arrastrarlo con los pacientes adentro. • Estabilizar y extraer a los pacientes en presencia de personal médico.
Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia, se informa del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de esta.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo, a Carabineros de Chile y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la región. Adicionalmente, si esto ocurre en alguna ruta concesionaria, se avisa a los números de emergencias correspondientes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.8 RIESGO POR USO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA PESADA Riesgo o contingencia Riesgo por uso de equipos y maquinaria pesada.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faena y frente de trabajo móvil.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre:
• El Contratista implementa un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura la conducción y operación de maquinarias, el cual permanece al interior de cada equipo. • Se capacita a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro. • Se implementa la señalización adecuada en el área de construcción. • La operación de equipos no debe exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación. • Se implementa un plan de mantención de equipos y maquinarias.
Forma de control y seguimiento • Existe un registro firmado de todos los asistentes a las capacitaciones. • Registro de la mantención y revisión de señaléticas del uso de maquinaria pesada. • Se lleva un registro de las mantenciones de cada una de las máquinas y equipos, éstas están en las oficinas de la instalación de faena. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se informa al jefe de terreno del accidente. • Se dimensiona la emergencia. • Se clasifica el evento (leve, serio, grave). • Se activa el Plan de Comunicaciones si la situación lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarca el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspecciona, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se traslada de inmediato hasta un centro asistencial. • Una vez controlada la situación, se procede a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). • Se da aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. • Se entrega información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registra e informa el accidente en un formulario previamente definido. Se realiza una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo, a Carabineros de Chile y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región. Adicionalmente, si esto ocurre en alguna ruta concesionaria, se avisa a los números de emergencias correspondientes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.9 RIESGO POR MOVIMIENTO DE TIERRAS Riesgo o contingencia Riesgo por movimiento de tierras.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto, específicamente en la ejecución de la obra “Zanjas”.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre:
• El Contratista implementa un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura el movimiento de tierra. • El mandante cuenta con un equipo de topografía permanente para controlar las diferentes obras a ejecutar. • El escarpe y la geometría del Proyecto es verificada en emplazamiento y cotas por cada capa de material que se retire o coloque. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Se capacita a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro. • La operación de equipos no debe exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación. • Se implementa un plan de mantención de equipos y maquinarias. • En caso de detectarse alguna intervención de un hallazgo o sitio arqueológico o paleontológico, se debe detener la obra en ese sector e informar a las autoridades. El supervisor será el responsable de resguardar el sitio o hallazgo y avisa a la gerencia del Proyecto, quien dará aviso al CMN.
Forma de control y seguimiento • Firma de cada trabajador de recibir el procedimiento de ejecución de movimiento de tierra. • Se lleva un registro de las mantenciones de cada una de las máquinas y equipos, éstas están en las oficinas de la instalación de faena. • Informes en caso de encontrarse hallazgos o sitios arqueológicos o paleontológicos. Los trabajos en la zona del hallazgo se reanudan únicamente una vez obtenido el pronunciamiento conforme del CMN.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se informa al jefe de terreno del accidente. • Se dimensiona la emergencia. • Se clasifica el evento accidente (leve, serio o grave). • Se activa el Plan de Comunicaciones si lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. • Se demarca el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. • Se inspecciona, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se traslada de inmediato hasta un centro asistencial. • Se da aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. • Se entrega información oportuna a los encargados en la empresa. • Se registra e informa el accidente en un formulario previamente definido. • Se realiza una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informa de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo, a Carabineros de Chile y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la región.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.10 RIESGO DE ATROPELLO Y AFECTACIÓN DE FAUNA SILVESTRE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Riesgo o contingencia Riesgo de atropello y afectación de fauna silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Corresponde a todas las obras al interior del área del Proyecto, considerando la instalación de faena y la subestación elevadora.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • El protocolo establece las siguientes medidas a modo de prevenir la ocurrencia de incidentes como atropello y/o muerte accidental de fauna silvestre, a causa de las actividades y/u obras del Proyecto. •
• Algunas de estas medidas están contenidas en la Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre (SAG, 2016), y se incluyen medidas tales como: •
• Capacitar a los trabajadores del Proyecto (charla) de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservar la fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. • Capacitación a personal de Proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos. • Velocidad de desplazamiento de los vehículos al interior de las obras del Proyecto de 30 km/h. • Se prohíbe alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al sector del Proyecto.
En caso de encontrar algún nido de ave durante la construcción del Proyecto, se demarca un perímetro de protección que lo rodee y aplica una prohibición de ser removido o intervenido hasta que éste haya cumplido su ciclo (hasta que los polluelos abandonen el nido).
Forma de control y seguimiento • Registro de los asistentes a las capacitaciones realizadas al personal referente a la fauna presente en el área del Proyecto. • Instalación de señales de limitación de velocidad dentro de la zona donde se emplaza el Proyecto. • Registro fotográfico e Informe de nido encontrado durante la construcción del Proyecto.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de que se desarrolle una situación de emergencia, es decir, afectación a fauna silvestre (mamíferos, aves, entre otros), como especies protegidas por ley de caza, se procede al rescate inmediato de las especies que estuvieran o pudiesen verse afectadas, idealmente por personal capacitado, para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre acreditado más cercano y con disponibilidad al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies al lugar de origen. • En paralelo se da aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) de lo ocurrido. • Es importante mencionar que el Titular corre con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre.
El Titular formula un Informe con siguientes puntos: a. Identificación y Aviso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
b. Determinación del curso de acción a seguir c. Rescate y Transporte d. Rehabilitación, Liberación/Relocalización
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Se informa de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al SAG una vez controlada la emergencia. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.11 RIESGO INCIDENTES CON CONTENEDORES DE BATERÍAS (INCENDIOS Y FALLAS ELÉCTRICAS QUE PUEDA ORIGINAR UN INCENDIO) Riesgo o contingencia Incidentes con contenedores de baterías (incendios y fallas eléctricas que pueda originar un incendio)
Fase del Proyecto a la que aplica Operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Contenedores de baterías.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se detallan a continuación los elementos de amenaza y vulnerabilidad más relevantes, desde la perspectiva de los riesgos internos y externos que se enfrentan en la operación del Proyecto.
Riesgos internos FASE de Operación:
Falla en equipos eléctricos de los contenedores (cableado, racks, inversores, etc.); fumar en sectores no habilitados en el interior del área de Proyecto.
Riesgos externos FASE de Operación:
Fogatas no autorizadas; quemas agrícolas; quemas de basura; actividades de soldaduras u otras colindantes; fumar en los alrededores del Proyecto; tormentas eléctricas; vientos fuertes; sismos, deficiente o nula mantención de la vegetación bajo la línea eléctrica; viviendas o industrias aledañas.
Acciones o medidas para prevenir fallas eléctricas:
• El sistema BESS está dotado de un circuito de vigilancia remoto, en el cuál cada contenedor tiene monitoreada todas sus celdas de baterías dentro de los racks para ver su correcto funcionamiento y temperatura en todo momento y en tiempo real. • En caso de que alguna celda falle, esta es desconectada automáticamente del resto de los circuitos del contenedor, y es repuesta por la empresa fabricante o similar autorizada insitu. • El sistema de televigilancia permite detectar fallas e incluso predecirlas en todos y cada uno de los componentes y partes del contenedor.
Acciones o medidas para prevenir incendios:
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Cabe destacar que los contenedores de baterías disponen de un sistema de ventilación adecuado y de un sistema de extinción de incendios, el cual se detalla a continuación: Sistema de supresión de incendios
Fuente: Elaboración Propia, en base a proveedores
Sistema Automático de Alarma Contraincendios:
• Cada contenedor de baterías se encuentra equipado con detectores de humo y calor con el fin de dar señales de alarma y/o avería. • Detector de gas inflamable y sistema de ventilación de accidentes: • Cada contenedor de baterías tiene equipado un detector de gas inflamable. • Cuando la concentración de gas supera lo establecido este detector salta con el fin de controlar la apertura del sistema de ventilación de accidentes, el cual se cierra cuando los detectores de humo y calor se activan simultáneamente.
Como medida preventiva adicional, se ha considerado un espaciamiento de al menos 3 metros entre contenedores de baterías y de al menos 3,5 metros entre centros de transformación y contenedores de batería para evitar la propagación del fuego en caso de ocurrir un evento de incendio.
A continuación, se indican las medidas para minimizar dichos riesgos internos y externos durante todas las Fases, según corresponda:
• Se identifican zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. • Se dispone de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. Los equipos de extinción se ubican en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo con la normativa vigente. • Se capacita a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección contra incendios. • El Titular no considera la implantación de brigadas contra incendios, priorizando el resguardo de las vidas de sus trabajadores privilegiando que el combate de incendios sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos, etc., no obstante, para la prevención y operación de un eventual foco de incendio, se considera el uso de estaciones de emergencia que cargan consigo extintores portátiles y herramientas e implementos básicos para el combate Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
inicial de un incendio, números de emergencias y radiocomunicación. • Se capacita al personal en relación al plan de emergencias, para conocer las medidas preventivas frente a incendios, así como atención en la detección y aviso inmediato ante el surgimiento de un incendio en el área de faenas o en las cercanías de ellas, y prestar la mayor información y apoyo logístico a los organismos que les corresponda realizar el combate de incendios (CONAF o Bomberos), principalmente a lo referido a las vías de acceso, y posibles fuentes de agua para el abastecimiento del combate. • Se tiene control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario. • Mantención de comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de un incendio. • El experto en prevención de riesgos en la faena define una zona, alrededor del área de almacenamiento de sustancias inflamables, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas. • Respecto a la identificación y disponibilidad de fuentes de agua, se aclara que se dispone durante la fase de operación de cuatro estanques de agua contra incendios de 60 m3 cada uno, para un adecuado manejo ante una emergencia. • La adquisición de esta agua se realiza a través de proveedores externos que cuenten con una fuente de extracción aprobada por la autoridad Sanitaria. • Instalación y mantención de al menos un letrero visible en lugares de acceso al predio con transito regular, que contenga el nombre del predio y número de emergencias CONAF 130. • El letrero puede además informar a la comunidad la importancia de la prevención de incendios forestales y medidas básicas de prevención en cuanto al riesgo que implica el encender fuego en ambientes naturales (por ejemplo: no realizar fogatas; evitar botar basuras, cigarrillos, fósforos, u otros). • En cuanto a la instalación de letreros de prevención y prohibición de uso de fuego, estos son 8 y están ubicados en los accesos principales y zonas estratégicas del Proyecto, indicando medidas de seguridad y contactos de emergencia. • Por otro lado, las dimensiones de los letreros y señalética del Proyecto se ceñarán a la NCh 1411-1978, que establece las señales y símbolos de prevención de riesgos usados para prevenir accidentes, riesgos a la salud y enfrentar condiciones de emergencia o peligros inminentes.
La cartografía georreferenciada de estos puntos aproximados será presentada en el siguiente plano:
Instalación de letreros de prevención y prohibición de uso de fuego dentro del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
FASE de Operación:
• Durante la FASE de Operación, las amenazas y vulnerabilidades son, en su mayoría, asociadas al funcionamiento eléctrico de los equipos, los que para prevenir situaciones de riesgo incorporan en su diseño un sistema de supresión de incendios descrito en el acápite 1.4.1.1.1. del Capítulo 1 de la DIA y más abajo en las medidas de contención. • Con respecto a la línea eléctrica (alta tensión), ésta se ajusta a los requisitos que aprueba el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Destinadas a la Producción, Transformación, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en particular lo referido a franjas y distancias de seguridad. • Lo anterior se fiscaliza mensualmente y el encargado de prevención de riesgo realiza Informes del estado de cada una de las obras y elementos de prevención.
Para el Proyecto se contempla la construcción de caminos internos de 6 m de ancho entre cercos y sistemas de almacenamiento, y un retranqueo de entre 10 y 13 m de distancia entre baterías y cercos proyectados.
Lo anterior sirve como cortafuego y corta combustible en caso de incendio, adicionalmente a que durante todas las Fases del Proyecto se mantienen desprovistos de vegetación y acumulaciones.
En relación a los riesgos externos mencionados, las medidas de prevención son la respectiva denuncia de fogatas y quemas no autorizadas (cuando sean detectadas) y el uso del número de emergencias 130 de CONAF, en caso de que se produzca un incendio de pastizales dentro del área de Proyecto o fuera de éste.
Cabe destacar que, ante la eventualidad de este tipo de emergencias, se prioriza el resguardo de las vidas humanas, privilegiando que el combate sea efectuado por personales especializados de CONAF, Bomberos, etc. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Forma de control y seguimiento • El sistema de televigilancia y control de los contenedores de baterías en tiempo real permite guardar un histórico de toda la actividad realizada, monitoreos, fallas y estado actual de cada celda de baterías. • Por ende, un reporte semanal del funcionamiento de los contenedores será requerido por parte del operador. • Se elabora un registro de la inspección de extintores, la cual dará cuenta del estado, mantención y vencimiento de estos, junto con registro fotográfico con fecha la señalética de “No Fumar”. • Se capacita al personal referente al uso de extintores, uso de EPP y métodos de reacción tanto en casos de riesgos internos como externos. • Se lleva una nómina de los trabajadores capacitados, temario de la capacitación, registro firmado de asistentes y la firma del profesional que dicta el curso. Posteriormente, a los 2 meses, la nómina de los trabajadores que hayan realizado el repaso o nuevas personas capacitadas. • Se cuenta con el registro de Informes mensuales del estado de cada una de las obras y elementos de prevención. • Registro de la señalética de seguridad: del número de emergencia 130 de CONAF, de las zonas de combustibles y “No Fumar” / “No Encender Fuego”. • Registros de las mantenciones y limpiezas de centros de transformación y baterías y del despeje de los caminos estén libres de vegetación. • Registros de protocolos de manipulación y trabajos con sustancias inflamables.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que el sistema de televigilancia detectase una falla en alguna de las celdas de baterías, racks, inversores, o cualquier componente de los contenedores, el sistema tiene la capacidad de desconectar y aislar la parte que presente fallas, dejándola fuera de funcionamiento, y se programa una visita a terreno de mantención con la empresa fabricante para que sea reemplazada o retirada la avería en caso de que corresponda.
Cabe destacar que el sistema puede dejar fuera de funcionamiento una celda, un rack, o un contenedor completo, o una serie de contenedores, dependiendo de la emergencia.
En caso de ocurrir un incendio, se activa el mecanismo automático de los contenedores:
Sistema de extinción de incendios por gas aerosol:
• Tras la activación de los sensores de humo y calor, se inicia el aerosol con el fin de extinguir el incendio. • Cuando el detector de humo como el de calor detectan una alarma, se activa la campana de alarma externa. • Al mismo tiempo, comienza una cuenta atrás de 30 segundos, tras la cual se rocía el aerosol para extinguir rápidamente el fuego. • La luz de la señal de advertencia se enciende entonces, se envía una señal para la liberación de gas. • Cuando los detectores de humo y calor no detecten más estas variables se detiene la liberación de gas, asimismo esta dimensionado para actuar durante una hora. • Por otra parte, el agente extintor utilizado es NOVEC el cual es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
almacenado de forma líquida. • Dicho agente tras su descarga no deja ningún tipo de residuo.
Sistema de panel de venteo de explosión:
• Cada contenedor poseerá un sistema de ventilación para el alivio de la presión. Consiste en una protección pasiva, activándose por la propia presión producida internamente por un incendio dentro de un contenedor. • Estos paneles se despliegan automáticamente para ventear el fuego hacia arriba, previniendo así que el fuego se propague hacia racks de baterías adyacentes o contenedores cercanos.
Sistema de contención de incendios mediante agua:
• Los contenedores poseerán una serie de rociadores fusionados que son automáticos, con componentes sensibles al calor y componentes de sellado, que en caso de incendio se ponen en funcionamiento con el fin de extinguir el incendio. • En caso de incendio, el líquido sensible al calor en la burbuja de vidrio se expande debido al calor y cuando alcanza la temperatura nominal de funcionamiento, la burbuja de vidrio finalmente estalla y hace que el aspersor rocíe agua. La temperatura nominal de funcionamiento es de unos 93°C. • Hay 12 cabezales de rociadores fusionados en el contenedor de baterías, que se dividen en 3 grupos y se colocan entre baterías o paredes para lograr el mejor efecto de extinción de incendios. Este sistema debe diseñarse en Fases más avanzadas junto al sistema de bombeo correspondiente. • El personal que se encuentre más cerca del incendio dará aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas, como dirección y fuerza del viento, y, principalmente, si se requiere de más personal para el ataque inicial. • El jefe de cuadrilla o la persona encargada comunica de inmediato a CONAF de la Oficina Provincial o Bomberos, según corresponda, de la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste, entregando también los demás antecedentes, con el objeto de que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. • Para ello, se debe llamar al 130 o 132, número oficial de emergencia de CONAF y Bomberos, respectivamente. Aun cuando el jefe de cuadrilla debe ser el encargado de esta tarea, todos los integrantes de la cuadrilla deben ser informados del procedimiento. • El técnico o capataz encargado de las faenas organiza a su personal, hace rápidamente una evaluación de los valores afectados y será quien proporcione las informaciones vía radial. • El encargado de las comunicaciones dará primera prioridad a las referidas al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario, o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. • El jefe de cuadrilla da primera prioridad al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. • A la llegada de brigadistas, el personal de la empresa que se encuentre en el lugar se pone a las órdenes del jefe de incendio para apoyar en lo que fuere pertinente, tanto con personal, cómo con maquinaria (camiones, palas mecánicas y bulldozers), para apoyar en la contención del incendio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual incendio de los contenedores se avisa a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) a través del número de emergencia 130, así como a Bomberos. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.12 RIESGO ELÉCTRICO Y ENERGÉTICO Riesgo o contingencia Riesgo eléctrico y energético
Fase del Proyecto a la que aplica FASE de Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a las áreas de almacenamiento Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Evaluación de Riesgos:
• Se inspeccionan las instalaciones eléctricas del sistema de contenedores de baterías para verificar la correcta puesta a tierra, para prevenir choques y arcos eléctricos. • Se diseñan las protecciones adecuadas contra sobre corriente y cortocircuitos según lo estipulado en NFPA 70E. • Se garantizan que las conexiones, terminaciones y cables sean adecuados para la tensión del contenedor de baterías y soporten las condiciones operativas extremas, mediante componentes certificados. • Seguridad de las Instalaciones: • Se incorporan barreras físicas y controles para evitar accesos no autorizados a equipos energizados.
Específicamente para la prevención de electrocución de personas se considera:
Recursos disponibles:
Infraestructura de seguridad eléctrica: • Cercos perimetrales diseñados con materiales no conductivos y altura adecuada para evitar el ingreso de fauna y personas no autorizadas. • Sistemas de puesta a tierra en todos los componentes eléctricos, cumpliendo con la normativa para garantizar la descarga segura de corrientes residuales. • Señalización clara y visible en áreas de riesgo eléctrico, con advertencias específicas para personal y visitantes
Protocolos de seguridad:
• Procedimientos estandarizados de bloqueo y etiquetado (LOTO) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
para evitar energización accidental durante trabajos de mantenimiento. • Inspecciones regulares para identificar y corregir fallas potenciales en el sistema.
Equipos por utilizar
Para el personal: • Guantes dieléctricos, casco de seguridad y calzado con aislamiento eléctrico para minimizar riesgos en caso de arcos eléctricos. • Ropa ignífuga para minimizar riesgos en caso de arcos eléctricos. • Detectores portátiles de voltaje y herramientas aisladas para trabajo en equipos energizados.
Sistemas de monitoreo y respuesta: • Relés de protección diferenciales para desconexión automática en caso de fallas a tierra. • Cámaras térmicas para detectar puntos calientes o componentes en riesgo de falla. • Sensores de voltaje y corriente que permiten detectar de forma temprana cualquier problema en los equipos, facilitando una respuesta rápida y efectiva.
Capacitación y Protocolos Operativos: • Capacitar al personal en el uso adecuado de equipos de protección personal (EPP) con clasificación de resistencia a arcos eléctricos. • Entrenar al personal en procedimientos de bloqueo y etiquetado (LOTO) para asegurar la desenergización antes de intervenir en el sistema. • Establecer protocolos para la manipulación segura de baterías durante la operación y el mantenimiento.
Realizar mantenimientos preventivos en equipos y conexiones según especificaciones del fabricante
Forma de control y seguimiento Supervisión Técnica • Realizar verificaciones regulares de los sistemas eléctricos para verificar la integridad de cables, conectores y dispositivos de protección para identificar daños potenciales. • Evaluar el estado de los sistemas de protección contra fallas (fusibles, interruptores, sensores).
Auditorías de Seguridad: • Desarrollar auditorías periódicas para garantizar el cumplimiento de las normativas de seguridad eléctrica y operativa.
Gestión Documental • Documentar todas las actividades de instalación, inspección y mantenimiento. • Simulacros y Revisión de Protocolos • Ejecutar simulacros periódicos para evaluar la efectividad de los procedimientos y tiempos de respuesta en emergencias, incluidas descargas y arcos eléctricos. • Revisar y actualizar los protocolos con base en los resultados de las auditorías y simulacros.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
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Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Detener la operación del sistema afectado mediante desconexión automática o manual utilizando interruptores principales. • Evacuar al personal del área afectada y establecer un perímetro de seguridad y verificar la ausencia de energía antes de iniciar cualquier acción correctiva (bloqueo y etiquetado). • Mantener distancias seguras dentro de las zonas de aproximación limitada y restringida según lo estipulado por NFPA 70E. • Proporcionar atención médica inmediata a personas expuestas a arcos eléctricos, aplicando primeros auxilios básicos y contactar a servicios de emergencia (Bomberos, SAMU, etc.) para su traslado a un recinto asistencial.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual escenario de riesgo eléctrico y energético, se avisa a los servicios de emergencia a través del número correspondiente. Además, se informa de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.13 RIESGO QUÍMICO Riesgo o contingencia Riesgo químico
Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a la zona de contenedores de baterías
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Evaluación de Riesgos: • Realizar un Análisis de Modo de Fallo y Efectos (FMEA) para identificar posibles fallos en el sistema y sus consecuencias. • Implementar un modelo de riesgo que considere la probabilidad de incendios y la toxicidad de los gases emitidos, utilizando softwares para modelar plumas de gases.
Capacitación y Concienciación: • Capacitar al personal en identificación temprana de fallos térmicos (que puede desembocar en liberación de productos químicos) y en el uso correcto de equipos de protección personal (EPP). • Capacitar al personal y a los primeros respondedores sobre los riesgos asociados con los productos químicos que pueden liberarse durante un incidente y las medidas de seguridad a seguir. • Desarrollar procedimientos operativos estándar (SOP) que incluyan protocolos de respuesta ante emergencias.
Mantenimiento y Monitoreo: • Establecer un programa de mantenimiento regular para los sistemas de almacenamiento de energía, asegurando que todos los componentes estén en condiciones óptimas. • Integrar sensores de temperatura, gas y humo en los contenedores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
de baterías para detectar eventos térmicos o fugas antes de que se conviertan en incendios.
Forma de control y seguimiento Supervisión Técnica • Inspección Periódica: Realizar inspecciones programadas para verificar la integridad estructural de los módulos y contenedores de baterías, sistemas de ventilación y extinción, y el correcto funcionamiento de los sensores.
Simulacros y evaluación: • Planificar y ejecutar simulacros de emergencias para evaluar la efectividad de los protocolos y medir tiempos de respuesta. • Revisar los resultados de los simulacros y actualizar los procedimientos según sea necesario para mejorar la respuesta y minimizar riesgos.
Registro: • Mantener registros detallados de inspecciones, mantenimientos y eventos significativos. • Mantener un registro detallado de cualquier incidente o casi incidente relacionado con la liberación de productos químicos, incluyendo las acciones tomadas y los resultados obtenidos.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Activación del Plan de Emergencia: • Al detectar una liberación de productos químicos, activar inmediatamente el plan de emergencia y notificar a los servicios de emergencia y a los equipos de respuesta interna.
Evacuación y Seguridad: • Evacuar a todo el personal de la zona afectada y establecer un perímetro de seguridad para evitar la exposición a los gases tóxicos. • Proporcionar a los servicios de emergencia la información técnica sobre las características de las baterías y los productos químicos liberados.
Información sobre Primeros Auxilios: • Proporcionar información clara sobre los primeros auxilios a seguir en caso de exposición a sustancias químicas, incluyendo medidas para tratar quemaduras, inhalación de gases tóxicos o contacto con la piel. • Hay que asegurar que el personal esté capacitado en la administración de primeros auxilios y en el uso de equipos de emergencia, como duchas de seguridad y estaciones de lavado ocular.
Comunicación y Coordinación: • Mantener una comunicación constante con los servicios de emergencia y proporcionar información sobre la naturaleza de los productos químicos involucrados y las medidas de seguridad implementadas. • Designar un punto de contacto para coordinar las acciones de respuesta y asegurar que todos los involucrados estén informados sobre la situación.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual escenario de riesgo químico y humo tóxico, se avisa a Bomberos a través del número de emergencia 132. Además, se informa de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria.
9.1.14 RIESGO MECÁNICO Riesgo o contingencia Riesgo mecánico
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Corresponde a todas las obras al interior del área del Proyecto
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se capacita a los trabajadores en técnicas de manipulación segura de equipos pesados. • Se instalan sistemas de anclaje sismorresistentes para baterías y equipos críticos. • Uso de equipos de izaje y transporte adecuado, como grúas y montacargas certificados. • Implementación de señalización visible en áreas con bordes afilados o piezas móviles. • Inspección de las fijaciones antes y después de eventos sísmicos.
Forma de control y seguimiento • Registro de inspecciones periódicas a las estructuras y sistemas de anclaje. • Supervisión continua durante las etapas de transporte e instalación de los equipos. • Auditorías de seguridad mecánica y revisión de los procedimientos de operación.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Evacuación de las áreas afectadas en caso de volcamiento o colapso de equipos. • Uso de equipos de emergencia para estabilizar estructuras dañadas. • Reparación inmediata de los anclajes o fijaciones comprometidas. • Coordinación con brigadas de emergencia internas y externas según el protocolo establecido. • Proporcionar atención médica inmediata a personas expuestas a accidentes asociados a riesgos mecánicos, aplicando primeros auxilios básicos y contactar a servicios de emergencia (Bomberos, SAMU, etc.) para su traslado a un recinto asistencial.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia • Ante un eventual escenario de riesgo mecánico, se avisa a los servicios de emergencia a través del número correspondiente. • Además, se informa de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia. • En caso de ocurrir lo anterior, se le avisa a la SMA en un plazo no superior a 48 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. • Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresa un Informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados de este.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria.
9.1.15 RIESGO ALUMBRAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Riesgo o contingencia Alumbramiento de aguas subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas, obras y acciones del Proyecto. Principalmente relacionado con actividades de excavación.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas tendientes a proteger el recurso hídrico subterráneo: • Realización de charlas de capacitación a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas.
Ante un eventual derrame, se indica que, para evitar la contaminación de este recurso, el Titular se compromete a ejecutar las medidas: • Utilización de materiales constructivos que no alteren las propiedades fisicoquímicas de las aguas. • En este sentido se aclara que la construcción del Proyecto contempla la excavación de zanjas para cableado y áreas puntuales para las cimentaciones de estructuras que vienen listas para su implementación, actividades que no requieren del uso de sustancias peligrosas u tóxicas. • Asimismo, el Titular aclara que las mantenciones de vehículos son realizadas al exterior de las instalaciones, siempre en talleres debidamente autorizados para estos efectos, tal como se indicó en el Capítulo 1 de la DIA. • Durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto requiere de combustible para el abastecimiento de los vehículos que no salgan de la faena y como combustible de emergencia en caso de ser necesario, para lo cual hay una zona de carga de combustible al interior de la instalación de faena, la cual posee una superficie de 8 m2, y, cuenta con un estanque de acopio, de una capacidad máxima de 6 m3, este se emplaza sobre un suelo cubierto con una capa impermeable, sobre pretil. • Dentro se instalan letreros de advertencias tales como ‘‘INFLAMABLE-NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO’’, visibles a lo menos a 3 metros de distancia. • El área para almacenamiento de combustibles cumple con los requisitos técnicos y exigencias señaladas en el D.S. N°160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo”, y sus modificaciones posteriores. que aprueba el “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
Combustibles Líquidos” • Sobre la utilización de materiales que tengan potencial contacto con la napa durante la fase de construcción, se asegurará que no exista ningún tipo de transferencia de agua y humedad hacia el suelo, evitando así infiltraciones puntuales no deseadas. • En este sentido, el Titular aclara que todos los materiales que pudiesen tomar contacto con aguas subterráneas son de acero galvanizado u hormigón, materiales que evitan los procesos anteriormente descritos.
Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular realiza los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Forma de control y seguimiento • Registro de las charlas, firmado por los asistentes. • Registro del aviso a la SMA en caso de afloramiento de agua (en caso de ocurrir). • Resultados de los análisis de laboratorio realizados al agua (en caso de ocurrir afloramiento). • Resultados de las pruebas hidráulicas realizadas (en caso de ocurrir afloramiento). • Registro del envío a la SMA de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA mediante Informe (en caso de ocurrir afloramiento).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia A continuación, y de manera preliminar, de ocurrir afloramiento de aguas subterráneas se debe proceder considerando las siguientes actividades
• Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras por laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas sea equivalente a la calidad natural de la fuente donde se disponga. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, mediante Informe con fotografías fechadas, descripción del procedimiento, análisis de parámetros NCh 409, volúmenes y caudales, conclusiones y recomendaciones. • Una vez comprobada la naturaleza de la situación, definir la gestión definitiva en coordinación con la Autoridad, de ser necesario. • Una vez comprobada la naturaleza de la situación, definir la gestión definitiva en coordinación con la Autoridad, de ser necesario. • Se debe informar la fecha en que se logró controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción, y Cierre del Proyecto, se dan aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas de ocurrido el evento.
En específico, se informa al menos lo siguiente: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; duración del evento; acciones de control ejecutadas, etc.). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• La identificación del área afectada y su extensión. • Las técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron. • Todos los resultados y análisis, en caso de existir al momento de dar aviso, que forman parte de las medidas a implementar ante la emergencia (anteriormente descrita)
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización del Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria
9.1.16 RIESGO DESLIZAMIENTO DE MATERIAL Riesgo o contingencia Riesgo de Deslizamiento de Material
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas, obras y acciones del Proyecto. Principalmente relacionado con actividades de nivelación
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Identificar laderas cercanas al emplazamiento del Proyecto y determinar si experimentan o han experimentado deslizamiento o derrumbes anteriormente. • Evaluar características geotécnicas de la zona para verificar la estabilidad del escarpe y talud del área cercana al emplazamiento del Proyecto • Realizar inspecciones visuales de las laderas en busca de grietas o signos de inclinación anormal.
Forma de control y seguimiento La empresa remite, dentro del plazo de 15 días, a las autoridades (Municipalidad, delegación Presidencial Regional (o Provincial) y organismos de emergencia como lo son Bomberos y carabineros de acuerdo a la magnitud del evento) y SMA un Informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contiene lo siguiente: • Origen de la emergencia • Acción de respuesta • Efectividad de la acción • Conocimiento del impacto o daño ambiental producido. • Daños o pérdidas de recursos • Medidas de control correspondiente
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Para prevenir la contingencia (verificación de instalaciones):
• Inspección periódica del estado de taludes, plataformas, caminos internos y áreas intervenidas, verificando estabilidad, erosión superficial, presencia de grietas, socavaciones o acumulación anormal de material. • Revisión visual y mantenimiento preventivo de obras de drenaje superficial, zanjas, cunetas y sistemas de evacuación de aguas lluvias, asegurando su correcto funcionamiento. • Restricción de tránsito y actividades en sectores que presenten condiciones de inestabilidad detectadas durante las inspecciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
• Registro de inspecciones en bitácoras de obra u operación, dejando constancia de observaciones y medidas correctivas adoptadas. • Capacitación periódica del personal respecto de la identificación temprana de condiciones de riesgo por deslizamiento de material.
Para la preparación y respuesta ante la emergencia:
• Disponibilidad de planes de evacuación del personal, con delimitación y señalización de rutas de evacuación y puntos de encuentro seguros. • Realización de charlas y capacitaciones al personal respecto del Plan de Contingencia y Emergencia. • Designación de un líder de evacuación, responsable de coordinar el traslado del personal a los puntos de encuentro.
En caso de ocurrencia de un deslizamiento de material:
• Mantener la calma y seguir las instrucciones del personal designado como encargado de seguridad. • Evacuar el área afectada de manera ordenada hacia la zona de seguridad designada. • Aislar y señalizar el área afectada para evitar el ingreso de personal no autorizado. • Contactar a los organismos de emergencia pertinentes (Bomberos, Carabineros) y a las autoridades locales, según corresponda.
Una vez ocurrido el evento:
• Evaluar los posibles daños a personas, instalaciones, infraestructura y bienes del Proyecto. • Mantener al personal alejado de las áreas afectadas y evitar transitar sobre material inestable o escombros. • Ejecutar medidas correctivas para restablecer condiciones seguras antes de retomar las actividades.
Acciones específicas para la FASE de Operación
• Inspecciones periódicas de estabilidad de taludes y plataformas operativas, integradas al programa de mantenimiento del Proyecto. • Verificación regular del estado estructural y funcional de las instalaciones del Proyecto que puedan verse afectadas por movimientos de material. • Implementación de medidas correctivas oportunas ante la detección de condiciones de riesgo (refuerzo, limpieza de drenajes, restricción de áreas).
Actualización del Plan de Contingencia y Emergencia en caso de modificaciones relevantes en las condiciones del sitio o de la operación.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia La empresa remite, dentro del plazo de 30 días, a las autoridades y SMA un Informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contiene lo siguiente:
• Origen de la emergencia • Acción de respuesta • Efectividad de la acción • Conocimiento del impacto o daño ambiental producido. • Daños o pérdidas de recursos • Medidas de control correspondiente
Referencia a documentos del ANEXO 4. Actualización Plan de Contingencias y Emergencias de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642
expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
- Que, la DIA del Proyecto Sistema de Almacenamiento de Energía Argos fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 2 de junio de 2025, y, Diario de circulación nacional digital www.extracto legal.cl con fecha 2 de junio de 2025.
La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Punto 9 FM 92.9 entre los días 3 de junio de 2025 y 9 de junio de 2025, según consta en el Certificado S/N° de fecha 12 de junio de 2025 emitido por la misma radio.
Con fecha 15 de julio de 2025, se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, y sus modificaciones posteriores, para la presentación de solicitudes de realización de un proceso de participación ciudadana en el Proyecto. Vencido el plazo no se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la citada Ley.
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Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, Informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deber remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las Fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de este.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, puede aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Argos” pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional delServicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2168237642