Optimizacion Capacidad Operacional Planta de Residuos Organicos Ecoprial
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “OPTIMIZACIÓN CAPACIDAD OPERACIONAL PLANTA DE RESIDUOS ORGÁNICOS ECOPRIAL”, DE ASESORÍAS LOS OLIVOS S.A.
RESOLUCIÓN EXENTA
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 15 de septiembre de 2025 y su Adenda Complementaria de 30 de diciembre de 2025, del proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos ECOPRIAL”, presentado por Asesorías Los Olivos S.A. con fecha 2 de abril de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto. 3°. El Acta de Evaluación N°20261010621 de fecha 26 de enero de 2026 de la sesión del Comité Técnico de la Región de Los Lagos, realizada el 19 de enero de 2026. 4° El ICE N° 20261010912 de la DIA del proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos ECOPRIAL”, de fecha 26 de enero de 2026.
5°. El Acuerdo de fecha 3 de febrero de 2026, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos ECOPRIAL”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/83/2025 de fecha 18 de febrero de 2025 de la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre renovación de nombramiento de director regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº36 de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, el Asesorías Los Olivos S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos ECOPRIAL” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
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Tabla 1. Antecedentes del titular Nombre o razón social Asesorías Los Olivos S.A. RUT 76.007.524-8 Domicilio Avenida Pilauco Nº1200, Osorno Teléfono +56 64-202572 Nombre de representante legal Antonio Casado Sola RUT Representante legal 26.118.819-8 Domicilio del representante legal Avenida Apoquindo 6550 of 1401, Las Condes, Región Metropolitana Teléfono +56 2 6465 5399 Correo electrónico Titular antonio.casado@almarwaterservices.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de enero de 2026, el director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto por cuanto da cumplimiento a la normativa ambiental vigente y ha acreditado adecuadamente que no genera los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 3 de febrero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos ECOPRIAL”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de enero de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la optimización operacional y ampliación de la capacidad de recepción de residuos orgánicos en la planta de biodigestión de residuos, desde una capacidad actual de 50.000 a 80.000 m3/año, valorizando estos como biogás y digestato. Además, contempla la incorporación de mejoras operacionales menores a fin de minimizar efectos ambientales y ampliar el espectro de residuos a ser recibidos para su tratamiento. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Ingresa al SEIA por el literal o) del art. 3 del RSEIA, específicamente por el literal o.8. que señala el ingreso obligatorio cuando se trata de proyectos como: “Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales sólidos”. Vida útil Indefinida Monto de inversión US $150.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Instalación de faenas Si No
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Proyecto se desarrolla por etapas
X
Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X
Ampliar la Capacidad máxima de tratamiento de 50.000 m3/año de residuos orgánicos de terceros a 80.000 m3/año, o su equivalente en peso de 80.000 t/año. Proyecto modifica otra RCA Si
X No
El Proyecto que se somete a evaluación, corresponde a modificación del proyecto aprobado por medio de:
_ RCA N°89/2009 “Planta de disposición final de residuos industriales ECOPRIAL” _ RCA N°15/2011 “Bodega para el almacenamiento transitorio de residuos industriales de terceros, ECOPRIAL” _ RCA N°346/2012 “Mejoramiento Planta de disposición final de residuos industriales ECOPRIAL”.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Osorno, comuna de Osorno Descripción de la localización El Proyecto se ubica dentro de la Planta ECOPRIAL en un área previamente intervenida. Aprovecha las instalaciones existentes, cuenta con vías de acceso, lo que facilita tanto el transporte de residuos e insumos como la distribución de los productos generados. Superficie Superficie unidad construida: 1 hectárea Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas geográficas de la ubicación del Proyecto son las siguientes:
Tabla 1: Coordenadas UTM WGS 84 Huso 19H, ubicación del Proyecto Parte Punto Norte Este Vértices aprox. V1 5.508.628 650.210 V2 5.508.597 650.147 V3 5.508.567 650.140 V4 5.508.541 650.157 V5 5.508.475 650.230 V6 5.508.507 650.274 Fuente: Tabla 1-8 de la DIA, Cap. 1 Caminos de acceso Existe un camino principal de acceso, con ROL MOP U-40, a través del cual se llega a la Planta. Para ello, tomando como referencia la Plaza de Armas de Osorno, se debe acceder a la Avenida Juan Mackenna hacia el Oeste por dos cuadras y continuar por la Ruta U-40 por aprox. 7,8 km. En la siguiente figura, se observan los caminos de acceso al Proyecto.
Fig. 1: Caminos de acceso hacia el Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Fig. 1-4 de la DIA, Cap.1 Referencia al ICE Punto 4.1. del ICE
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Se considera la etapa de construcción de la Planta de Biodigestión, no obstante la evaluación ambiental dice relación con la ampliación de tal planta Obra 1 Obras temporales: • Dos baños químicos portátiles • Un cierre perimetral • Caminos interiores de acceso al Proyecto Planta de biodigestión. • Área de administración y servicios (comedor, otros) • Conexión eléctrica • Instalaciones para la provisión, acondicionamiento y almacenamiento de agua. • Sitio almacenamiento residuos asimilables a domiciliarios • Sitio almacenamiento residuos industriales no peligrosos • Sitio de pañol • Estacionamientos • Instalaciones para el hospedaje y habitabilidad de los trabajadores Acción 1 Acondicionamiento de terreno Acción 2 Instalación de faenas Acción 3 Construcción y mantenimiento de caminos de acceso Acción 4 Construcción cierre perimetral Acción 5 Construcción de edificaciones de servicios y administración Acción 6 Construcción, uso y cierre de obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas Acción 7 Construcción de las obras para el manejo y disposición de aguas lluvias Obra 2 Planta de biodigestión Acción 1 Construcción de las partes y obras de la Planta: _ Fundaciones y obras civiles _ Montaje de contenedores y equipos _ Pipping _ Conexiones eléctricas _ Conexiones de agua fría y caliente _ Construcción de Bypass _ Montaje de biofiltros Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Obra 3 Zona de recepción Obra 4 Zona de biofiltros Obra 5 Zona de bypass Obra 6 Zona de pasteurización. Considera: Estanque de sustrato Intercambiador de calor pasteurización Bomba de alimentación pasteurización Estanques de pasteurización Bomba recirculación pasteurización Obra 7 Zona de acidificación. Considera Estanque de Acidificación Gasholder RAN-01 Soplador aire gasómetro Obra 8 Zona de digestión. Considera: Intercambiador de calor digestores RAN-02/03 Estanque digestor: RAN-02 Agitador horizontal Gasholder RAN-02 Soplador aire gasómetro Bomba de recirculación digestor RAN-02 Estanque digestor: RAN-03 Agitador horizontal Gasholder RAN-03 Bomba de recirculación digestor RAN-02 Estanque Post-Digestor: RAN-04 Gasholder RAN-04 Obra 9 Zona de deshidratación Obra 10 Zona de limpieza de gases. Considera: _ Antorcha de biogás _ Filtro desulfurizador (Biogás Scrubber) _ Trampa de condensados _ Filtro de Grava _ Sistema de enfriamiento _ Soplador de biogás _ Filtro de Carbón Activado _ Pozo bomba _ Zona de distribución de calor Obra 11 Sistema de Control Obra 12 Ampliación Planta de Biodigestión Acción 1 Acondicionamiento del terreno Acción 2 Instalación de Faenas
Obra 13 Cierre perimetral Acción 1 Habilitación y construcción cierre perimetral Obra 14 Caminos de acceso Acción 1 Habilitación caminos de acceso Obra 15 Obras para el manejo y disposición de aguas lluvias
Obra 16 Construcción de las partes y obras de la Planta Se detallan las partes de la infraestructura a habilitar para concretar las estructuras pro-ampliación de la planta de Biodigestión, las cuales se especifican con mayor detalle en el punto 4.6.1.1. del ICE Acción 1 Montaje de contenedores y equipos Obra 17 Zona de recepción de residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Acción 1 Habilitación zona de residuos Obra 18 Zona Biofiltros Acción 1 Habilitación y montaje de biofiltros Obra 19 Zona de by pass Acción 1 Habilitación zona de by pass Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.4. del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obra 1 Habilitación de Área de recepción y manejo de residuos Todas las partes y obras que se han de modificar respecto la Planta de biodigestión se detallan en el punto 4.7.1.1. del ICE. Acción 1 Recepción e incorporación de nuevos tipos de residuos Orgánicos a ser recepcionados por la planta de biodigestión, siendo los nuevos residuos a recepcionar los siguientes: _ Purines agrícolas de vacunos, cerdo o similares _ Residuos orgánicos segregados de origen urbano (residuos orgánicos asimilables a domésticos). _ Residuos de mortandad de peces y residuos orgánicos provenientes de la industria de piscicultura y/o acuícola. _ Residuos en todo el rango de humedad (desde sólidos hasta líquidos) Acción 2 _ Transporte de residuos orgánicos. _ Transporte de los lodos extraídos desde las celdas llenas a Planta de Biodigestión Acción 3 Extracción de lodos desde celdas _ Apertura y Vaciado de Celdas con residuos orgánicos existentes, usando el “Procedimiento para vaciado de celdas” con tope de 20.000 m3/año.
Acción 4 Relleno de celdas con rechazos de planta de biodigestión y residuos orgánicos fuera de especificación de la planta Acción 5 Mantención de celdas vaciadas y relleno posterior Acción 6 Reutilización de aguas _ Envío de las aguas servidas generadas en el Proyecto hacia la Planta de biodigestión (bombeo). _ Reutilización del agua recolectada del área de lavado de tolvas en la planta de biodigestión. Acción 7 Reutilización y venta del digestato obtenido como subproducto de la Planta de biodigestión en aprox. 30.000 m3/año Acción 8 El transporte del digestato considerando sus alternativas de uso Recursos naturales renovables Agua El abastecimiento de agua potable será provisto por la empresa SURALIS S.A., Osorno, y el sistema fue aprobado por la Res. Sanitaria N°332/2009. No existen nuevos recursos naturales a extraer o explotar en la fase de construcción del proyecto. El consumo de agua potable en fase de Operación del proyecto no varía respecto de la situación sin proyecto.
El agua industrial es de origen externo y provisto a través de camión aljibe, se calcula un consumo de 60 m3/año para la fase de operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
La procedencia del agua será desde SURALIS S.A. Importante es mencionar que en este cálculo no está considerado el consumo de agua industrial usado en el lavado de tolvas, la que se encuentra autorizada desde la RCA N°346/2012. Emisiones Atmosféricas Las emisiones atmosféricas durante la fase de Operación están ligadas en su totalidad a los vehículos (camiones) que transportan los residuos orgánicos a ser tratados en la Planta de biodigestión. Las principales emisiones que se generarán durante la fase de Operación corresponderán a las de material particulado sedimentable.
El Proyecto deberá implementar un Programa de Compensación que asegure una reducción equivalente al 120 % de dichas emisiones, lo que corresponde a una meta anual de 1,512 t/año de MP10, mediante medidas adicionales, verificables y focalizadas territorialmente, conforme a lo estipulado en el Plan de Descontaminación de Osorno. Mayor detalle en el punto 4.7.5.1. del ICE. Emisiones Acústicas Las emisiones de ruido en la fase de Operación provendrán principalmente del tránsito de vehículos pesados que transportan los residuos orgánicos que son recepcionados y tratados en la Planta de biogás. Sin embargo, estas deben ser adicionadas a las de la operación actual de la Planta de biodigestión de residuos orgánicos. Emisiones Odoríferas Respecto a los receptores definidos, se consideraron 16 Receptores discretos, los que se identifican en tabla 1 del punto 4.7.5.4. del ICE. Durante la evaluación se presenta Plan de Gestión de Olores, del cual se hace referencia en el punto ya indicado del ICE. Se destaca además que se ha de condicionar este proyecto al cumplimiento de condición descrita en el punto 10.2.5 del ICE, condición que se incluye en la presente Resolución. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7. del ICE
Tabla 4.4. Cronología de las fases del proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio
No hay fase de construcción, considerando que se trata de la ampliación de la Planta de biodigestión, la cual ya está construida. Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Marzo 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Obtención de la RCA favorable Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término Vida útil indefinida 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio No habrá fase de cierre Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, presentándose a continuación, los que dicen relación con el proyecto evaluado:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad de vida por las emisiones odoríferas Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto relacionado con generación de emisiones odoríferas Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.1. del ICE Sobre las emisiones odoríferas, la evaluación se centra en este impacto que puede generar el proyecto toda vez que se trata tanto de la recepción de residuos orgánicos, como de la extracción de lodos similares, desde las zanjas existentes en Planta Ecoprial. Se realizan Estudios de Impacto Odorante, siendo el que se presenta adjunto al Adenda Complementaria el que se actualiza e identifica las fuentes existentes en el proyecto. Al respecto se presenta Compromiso Ambiental Voluntario y condición complementaria, de Monitoreo de este tipo de emisiones durante los 2 primeros años de operación del proyecto. Cabe señalar que existe además un Plan de Seguimiento Ambiental en el proyecto que involucra el seguimiento de las emisiones odoríferas del proyecto, el cual se especifica en el punto 9.1. de la presente Resolución.
Esta Comisión en base a los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental del proyecto, los cuales se resumen en el capítulo 6.1. del ICE, concluye que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire Componente ambiental afectado Calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Todo el proyecto Fase en que se presenta Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 6.2. del ICE Se destaca que, se hace necesario la compensación de emisiones atmosféricas, dado que con el proyecto sobrepasa el criterio de emisiones (Condición o exigencia 11.2. de la presente Resolución).
En base a los antecedentes expuestos en el capítulo 6.2. del ICE esta Comisión concluye que el Proyecto no genera impactos ambientales significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire considerando las obras, acciones y emisiones generadas por el proyecto.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Sobre Permisos Ambientales Sectoriales de contenidos únicamente ambientales
Tabla 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de toda instalación diseñada para el manejo de lodos generados de plantas de tratamiento de aguas servidas según se establece en el artículo 126 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Corresponde a los procesos de almacenamiento, tratamiento y valorización de lodos de plantas de Tratamiento de aguas servidas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción de los procesos en los que se generan los lodos, cuantificación y caracterización de los lodos generados y clasificación sanitaria de los lodos tratados.
En general los lodos recibidos por la planta de biodigestión de residuos y relacionados con el tratamiento de las aguas servidas se generan en plantas de terceros, motivo por los que los procesos en los que se generan los lodos su cuantificación y caracterización pueden variar según el origen.
Los lodos se someten a tratamiento en base a la siguiente secuencia: Tratamiento preliminar - Proceso biológico - Sedimentación secundaria – Desinfección - Línea de lodos.
b) Diseño de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y/o dar disposición final a los lodos generados.
En la Fase de Operación del Proyecto se considera el ingreso de los camiones con los residuos orgánicos, recepción, pesaje, almacenamiento en estanques, higienización de residuos, área de digestión anaeróbica, área de manejo de digestato y áreas auxiliares. Mayores antecedentes en el Anexo 4.4. de la DIA, sobre el PAS 126.
c) Programa de control de parámetros críticos de la operación del sistema de manejo de lodos.
i. Sistema de Control La operación de la Planta consta de tres niveles: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
1) Operación Local, correspondiente al nivel primario y básico de operación donde el operador de forma manual ya sea desde un tablero local en terreno o en sala eléctrica, ejecuta las acciones de operación correspondientes de uno o más equipos, así como también revisa estados y/o lecturas de instrumentos en sus visores y/o pantallas locales en terreno.
2) Operación Remota Manual, correspondiente al nivel por defecto de operación donde el operador de forma manual desde la pantalla de operación HMI ubicada en Sala de Control, ejecuta las acciones de operación correspondientes de uno o más equipos, así como también revisa los estados y/o lecturas de instrumentos.
3) Operación Remota Automática, correspondiente al nivel más alto de operación donde el operador a través de la pantalla de operación HMI ubicada en Sala de Control, configura iniciar secuencias de operación automáticas preprogramadas para ciertos sistemas o subsistemas de planta que cuentan con este modo de operación.
ii. Directrices de operación ✓ Mantener la tasa de alimentación y la composición constantes dentro de un rango que permita el correcto funcionamiento de la planta, y considerando la variabilidad de residuos que se reciben. ✓ Evitar la sobrealimentación y los cambios bruscos. ✓ Evitar la formación de espuma. ✓ Mantener la mezcla homogénea y continua. ✓ Mantener una temperatura adecuada y constante. ✓ Monitorear parámetros de seguimiento operacional. ✓ Verificar que los tanques, tuberías y bombas se encuentren, limpios y libres de obstrucciones y en perfectas condiciones de operación. ✓ Comprobar el funcionamiento de las válvulas y bombas dosificadoras.
iii. Parámetros de Operación El propósito principal de evaluar los parámetros operativos de una planta de biogás es determinar el estado y estabilidad del proceso biológico. El control de parámetros es particularmente relevante para evitar sobre cargas o problemas inhibitorias que ciertos sustratos pueden representar. Más allá de la naturaleza del sustrato, el principal parámetro operacional corresponde a la tasa de carga orgánica, muy ligada al tiempo de residencia. En el caso de plantas diseñadas para sustratos con un alto porcentaje de humedad y relativamente bajo contenido de materia orgánica degradable, el tiempo de retención cobra más relevancia que la carga orgánica y viceversa.
_ Parámetros de control del residuo alimentado a los digestores Todos los residuos alimentados al digestor poseen un informe de calidad Físico, químico y microbiológico, emitido por un laboratorio acreditado, que permite descartar su ingreso a la digestión anaeróbica, en caso de contener sustancias en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
concentraciones inhibitorias o tóxicas para el proceso biológico o restringir su dosificación, para no afectar al proceso. Parámetros de control in situ del residuo alimentado: Humedad ó Sólidos totales, DQO (demanda química de oxígeno), pH, amoniaco, Cobre, Cloruros.
_ Parámetros de control de proceso - pH - l índice α, es una determinación empleada para indicar el grado de acidificación de un sistema biológico anaerobio por un aumento en la concentración de AGV o ácidos grasos volátiles. - Temperatura - NH3 (amoníaco) - SO4 (sulfatros) - ST (sólidos totales) - SV (sólidos volátiles) - Producción de biogás (flujo instantáneo) - Concentración de CH4 (metano)
iv. Efluente tratado (digestato)
Con una frecuencia de 2 meses aprox., se caracteriza física, química y microbiológicamente el digestato de acuerdo con las indicaciones de la NCh 3.375/2015.
Tabla 1: Parámetros máximos establecidos en la NCh 3375:2015 Parámetro Máximo Escherichia coli < 1000 NMP por g de digestato en base seca Salmonella sp. < 3 NMP por g de digestato en base seca Huevos de helminto < 1 en 4 g de digestato en base seca olor No debe presentar olores desagradables Arsénico 55 mg/kg Cadmio 15 mg/kg Cobre 667 mg/kg Cromo 167 mg/kg Mercucio 3 mg/kg Niquel 133 mg/kg Plomo 367 mg/kg Zinc 1.333 mg/kg Grado de fermentación < 4000 mg/L expresado como ácido equivalente Materia Orgánica Contenido de materia orgánica de un 30% Germinación de malezas Menos de 2 propágulos de maleza por litro de digestato. Contaminación con materias extrañas < 0.5% Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Tabla 2 del Anexo 4.4. de la DIA
Tabla 2: Composición biogás a la salida del Biodigestor (sin quemar)
Fuente: Tabla 3 del Anexo 4.4. de la DIA
Laboratorio El control y operación de los procesos biológicos de la planta requerirán de información de ensayos de laboratorio. El Proyecto contará con laboratorios en la zona de ingreso a Ecoprial, en donde se realizarán: • Análisis aleatorio de cada sustrato (% de Humedad, pH e Impurezas) de cada camión que ingresa; • Análisis diario del contenido del digestor y post-digestor para control de proceso; y • La información de procesos recopiladas por el sistema de control y los resultados de los análisis de laboratorio, serán utilizados para el control de calidad y la toma de decisiones respecto a la alimentación de la planta, con el fin de cumplir con los objetivos de producción de biogás y digestato en forma segura y estable. Es acá donde se procederá al rechazo de una carga determinada de residuos orgánicos que no cumpla con los requisitos establecidos para el control del pH y porcentaje de humedad solicitada. En forma adicional en la zona de recepción de camiones se procederá a efectuar la inspección visual de cada carga, verificando la ausencia de escurrimientos, derrames, mal estado de tolvas o estanques o cualquier otra condición no segura o insalubre del transporte.
d) Plan de contingencias
Se consideran las siguientes medidas: • Se capacitará a los trabajadores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro. • Se implementará la señalización adecuada en el área de residuos • La operación de equipos no deberá́ exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación • El uso de Elementos de Protección Personal (EPP) será estrictamente obligatorio en la zona de acopio temporal de residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Restricción de ingreso a Planta de personal no autorizado.
Por otro lado, se tomarán las siguientes medidas de contingencia: • Se implementará un programa de gestión de olores (PGO) • Se utiliza sistema de captaciones de gases odoríficos y filtros de olores (biofiltros) • Se solicitan requisitos para el transporte de los residuos en camiones con tolvas cerradas y con sistemas antiderrames.
e) Plan de Emergencia
A continuación, se resumen las medidas a implementar ante la principal emergencia que pudiera generarse que se identifica como un incendio de las áreas recepción de residuos.
_ Procedimiento en caso de incendio: Considerar algunas premisas básicas, para resguardar la integridad de los trabajadores, independiente de encontrarse en terreno o en instalaciones. El personal que detecte humos o llamas deberá dar inmediato aviso al supervisor directo o jefe de Planta, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: - Evaluar la magnitud y la factibilidad del control del incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados. - Recordar que se debe priorizar el resguardo de las vidas humanas. - En caso de requerir la presencia de Bomberos, el Encargado de Emergencia solicitará su presencia, y deberá realizar las coordinaciones necesarias para que el acceso al Proyecto sea expedito. - Se iniciará el combate del siniestro mediante equipos de extinción de incendios disponibles en el Proyecto. Los extintores portátiles serán utilizados para controlar amagos. - Si se presentan derrames de combustible y se encuentra ardiendo, no se ocupará agua como agente extintor, se utilizará arena, tierra o polvo químico seco (PQS). En caso de ser un equipo eléctrico, tampoco se usará agua, puesto que el agua es un agente conductor de la electricidad y facilitara la expansión del incendio. En este caso se utilizarán extintores de CO2. - Los brigadistas deberán cortar suministro eléctrico y de gas, alejar fuentes combustibles en caso de ser posible. - Si no es posible el control del incendio se deberán interrumpir las actividades y evacuar del área a todo el personal, para reunirse en la zona de seguridad. Realizar conteo de las personas que habitualmente están en el lugar de trabajo, confirmar la presencia de todos, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información necesaria. - Se dará aviso al cuerpo de bomberos más cercano para que atienda la emergencia. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme a través de Ord. N°21036 de fecha 3/10/2025 de la SEREMI de Salud Región de Los Lagos
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6.2. Sobre Permisos Ambientales Sectoriales mixtos
Tabla 6.2.1. Permiso para la modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, de acuerdo a lo señalado en el art. 138 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la instalación de una fosa séptica con drenes para el tratamiento de las aguas servidas del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción del Sistema de Recolección y/o Tratamiento.
El sistema de recolección para las aguas servidas del Proyecto en todas sus fases considera la habilitación de un sistema de alcantarillado particular que conducirá estas aguas desde los puntos de generación (servicios higiénicos y duchas y comedor, según corresponda) hacia el sistema de tratamiento de aguas servidas. Las redes interiores de recolección de alcantarillado serán construidas según los criterios, diámetros y pendientes establecidos en el D.S. Nº50/2002 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado (RIDAA). Junto con lo anterior, se consideran sistemas de tratamiento de aguas servidas diseñados bajo los criterios establecidos en el D.S. N°236/26 Ministerio de Higiene, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias.
Para la fase de Operación de Proyecto se considera la habilitación de una (1) Fosa Séptica, cuya capacidad será para el tratamiento de una población de dotación máxima de 17 trabajadores (aun cuando la dotación de la planta es de 16 operarios), la que atenderá las aguas servidas generadas por el peak de trabajadores, este sistema procesará el afluente mediante dos procesos: separación física y fermentación anaerobia. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia el sistema de absorción consistente en drenes de infiltración. Los lodos generados serán retirados con una periodicidad de 1 vez al año mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados.
Fig. 1: Diagrama de Flujo de tratamiento de aguas servidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Fig. 1 del Anexo 4.1. de la DIA
b) Plano de localización del Área de Recolección y de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
En la siguiente figura se muestra el plano de localización de la fosa séptica que será habilitada durante la fase de Operación, cuya superficie total requerida para su ubicación corresponde a 7,2 m2. Las coordenadas de emplazamiento se muestran en la siguiente tabla:
Tabla 1: Vértices solución sanitaria, Coordenadas UTM UGS 84 Huso 18S
Fuente: Tabla 1 del Anexo 4.1. de la DIA
Fig. 2: Ubicación fosa séptica fase Operación
Fuente: Fig. 2 del Anexo 4.1.1 de la DIA
c) Generación de Aguas Servidas La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y comedor del edificio de operaciones para fase de Operación.
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Se estima para la fase de Operación una dotación de 150 L/hab/día para una cantidad máxima de 17 trabajadores. Por tanto, el caudal de diseño total de las aguas servidas máximo a aplicar es de 2,6 m3 /día.
Mayor información en Anexo 4.1. de la DIA
d) Generación de Aguas Servidas La generación de aguas servidas corresponde a las aguas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y comedor de la del edificio de operaciones para fase de Operación. Fase de Operación Se ha estimado para la fase de Operación una dotación de 150 L/hab/día para una cantidad máxima de 17 trabajadores. Por tanto, el caudal de diseño total de las aguas servidas máximo a aplicar es de 2,6 m3/día para fase de Operación.
Tabla 2: Características físico - químicas aguas servidas
Fuente: Tabla 3 del Anexo 4.1.1 de la DIA
Punto e) del art. 138 del RSEIA descrito en Anexo 4.1. de la DIA
f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda
Para la fase de Operación, la tasa generación de aguas servidas se calcula con un coeficiente de recuperación del 100%, lo que da como resultado un caudal 2.550 L/día. Los efluentes tratados serán recolectados y derivados a la planta a fin de ser utilizados en el proceso de dilución de los residuos a ser recepcionados en ECOPRIAL. De esta forma no existirían efluentes a ser dispuestos. Sin perjuicio de lo anterior a modo de afrontar contingencias se dispondrá de un conjunto de drenes de infiltración del efluente.
Sobre el tipo de suelo presente en el Proyecto, se observa que la clasificación donde se ubicará la fosa séptica corresponde a suelo con textura franco arcilloso. En este sentido, para la estimación del largo del dren, se debe tener presente la permeabilidad del terreno, por lo que de manera teórica se considera un área de infiltración de 34,4 m2.
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Mayor información en Anexo 4.1. de la DIA
i) Descripción general de la generación y manejo de Lodos
Los lodos serán retirados y tratados en la Planta de biodigestión del Proyecto con una frecuencia semestral. En caso de contingencias se serán retirados por una empresa externa autorizada para tales fines en un sitio autorizado. El Titular mantendrá en sus instalaciones los registros que permitan acreditar el retiro y disposición final de los lodos.
j) Programa de Monitoreo
Se llevará además un registro del retiro de lodo y de su disposición final en la planta propia.
Sobre Plan de Contingencias y de Emergencias, mayor información en Anexo 4.1. de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme a través de Ord. N°21036 de fecha 3/10/2025 de la SEREMI de Salud Región de Los Lagos
Tabla 6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, es el establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N°725/1967, del Ministerio de Salud Pública, “Código Sanitario”, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción, de acuerdo a lo señalado en el art. 140 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción e implementación de un sitio para el almacenamiento de Residuos Industriales No Peligrosos y de RSD, en contenedores definidos en distintos puntos de la Planta.
Adicionalmente, el Proyecto en si corresponde a la ampliación de una Planta para el tratamiento y valorización de residuos orgánicos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a.2) Descripción Recepción y Manejo de Residuos Orgánicos para Valorización
Acceso: El transporte de residuos orgánicos hacia la planta es realizado mediante camiones. El acceso de éstos al Proyecto se realizará mediante el portón de acceso a la Planta. Se cuenta con un punto o área de espera al interior del Proyecto para no interferir con el tránsito vehicular del camino. Cada camión será identificado y solicitada tanto la guía de despacho como la documentación pertinente para su respectiva revisión. Una vez autorizado el ingreso, los camiones entrarán a la planta para proceder a la descarga de los residuos orgánicos a la planta.
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Área de movimiento camiones: El área de movimiento de camiones es una zona de maniobra asfaltada que tiene como objetivo permitir que los camiones se posicionen en el punto de descarga de acuerdo con el tipo de residuo orgánico que transportan. La descarga se realiza por medio del volteo de cada camión en forma aculatada. Para lo anterior se implementa zona específica de recepción y descarga, la cual se encuentra en un galpón de encapsulamiento de la zona que cuenta con una pequeña área de maniobra de los camiones. Como procedimiento general, el galpón permanecerá con su portón cerrado hasta que el vehículo se encuentre preparado para ingresar a la zona de recepción, siendo solo abierto para su ingreso. Una vez adentro el transporte de residuos, el galpón será cerrado nuevamente a fin de evitar las emisiones odoríficas fugitivas por el galpón.
Bunkers de recepción enterrados: Existen en esta zona 2 bunkers de recepción, uno que esta implementada para sustratos que requieren pasteurización, como serían los residuos cárnicos, pesqueros, lecheros. Existe un segundo bunker que está implementado para los sustratos que no requieren pasteurización, tales como residuos lácteos y provenientes de aguas servidas. Uno de los bunkers es el equipo donde son descargados los residuos con origen cárnicos, pesqueros y lácteos, tiene una capacidad de 100 m3. Este se encuentra compuesto por una tolva principal que dirige los residuos hacia un conjunto de 3 tornillos sin fin que dirigen los lodos hacia la bomba trituradora-mezcladora, los cuales posteriormente son llevados a un estanque de mezcla hacia el estanque buffer de lodos.
El segundo bunker (denominado Bunker 02) de una capacidad de 50 m3. Este bunker tiene la capacidad adecuada para contener la descarga de un camión, y está compuesto por una tolva principal que recibe los residuos y junto a dos tornillos sin fin dirigen la carga hacia un tercer tornillo el cual redirige el flujo hacia la bomba mezcladora BMX01. La Bomba mezcladora trituradora, consta de una etapa de trituración, compuesta por dos tornillos con cuchillas de ejes paralelos, para luego ser bombeada mediante una bomba helicoidal de tornillo hasta una segunda etapa de trituración menor, al alcanzar un tamaño de partícula máximo aproximado de 16 mm, este equipo envía los residuos transformados en sustrato hacia el estanque buffer de lodos, desde el cual son enviados hacia la etapa de pasteurización.
Fig. 1: Esquema Operación Recepción
Fuente: Fig. 1 del Anexo 2.6. de Adenda
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La zona de los biofiltros se encuentra colindante a la zona denominada de recepción de residuos. Actualmente existe un contenedor impermeabilizado colindante a la zona de recepción de residuos orgánicos, en cuyo interior se instalaron 2 bio-filtros para captación y abatimiento de olores, de 20" y de 5.900 nm3/hr. cada uno, que poseen una media filtrante de 17 m3, en base a residuos o chips de madera. Existe también un pretratamiento con el objetivo de humidificar los biofiltros, que tiene un diseño de torre con inundación superior a través de difusores. También se tiene instalado un sistema de ductos por el cual se conducen los gases odorantes desde los bunkers de recepción hasta los biofiltros.
Zona de bypass: Con la finalidad de evitar posibles contingencias operacionales que deriven en posibles fallas del reactor 1 (Ran -1) de la Planta, o a fin de afrontar condiciones de mantenciones programadas, y como una optimización de los procesos productivos, la planta posee una línea de bypass que es capaz de alimentar a los Rans 2 y 3, sin pasar por el Ran 1, en forma simultánea a 2 de los 3 reactores. Para control operacional se instalaron medidores de temperatura y presión y de válvulas, con el fin de asegurar la temperatura requerida para el sistema y a la vez asegurarse que no hallan obstrucciones en la línea del bypass. La línea de bypass se construyó en paralelo a la línea de salida del Ran 1 y se une antes del intercambiador HEX-2. Esto permite alimentar desde el Ran 1 y desde el bypass, en forma conjunta o paralela a los Ran 2 y/o 3. Además se cuenta con: Zona de pasteurización, Zona de acidificación, Zona de digestión, Zona de deshidratación, Zona de limpieza de gases, Antorcha de biogás: QBG-01.
Mayor información en Anexo 2.6. del Adenda
a.3) Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar El Proyecto operará como un punto de economía circular, valorizando residuos orgánicos de terceros. El Proyecto recibirá residuos orgánicos sólidos, pastosos y con mayor contenido líquidos de las industrias sanitarias, como lodos de plantas de tratamiento de aguas servidas, agrícola como restos de podas o cosechas, pecuaria como purines ganaderos o avícolas, acuícola como comisiones de mortandad de peces o similares y eventualmente una pequeña parte de la fracción orgánica de segregados asimilables a domiciliarios separados en origen los restos de podas municipales.
Sin perjuicio que la cantidad procesada de este tipo de residuo pueda variar en el tiempo producto de condiciones de mercado, se estima que la planta procesará aprox. 80.000 m3 anuales En la práctica se considera que los residuos orgánicos que recibirá la planta provendrán, en general, de los siguientes 3 grupos de tipos de residuos orgánicos:
- Residuos orgánicos sólidos y pastosos: Los primeros corresponden a residuos orgánicos con contenido de humedad menor a un 70%. Por ejemplo, orujos vitivinícolas, orujos cerveceros, restos de cosechas, entre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
otros. Los segundos corresponden a residuos orgánicos con contenido de humedad mayor al 70%, por ejemplo, lodos de plantas de tratamientos de aguas servidas y de la agroindustria.
- Residuos orgánicos líquidos: Corresponden a residuos orgánicos con contenido de humedad mayor a un 90% y con la característica de ser bombeables. Por ejemplo, purines de cerdos, purines de vacunos, lodos líquidos de plantas de tratamientos de aguas residuales de la agroindustria, etc.
- Residuos orgánicos a higienizar: Corresponden a la fracción orgánica de los residuos municipales, gastronómicos, eventualmente una pequeña fracción de residuos domiciliarios separados en origen, decomisos y otros, que requieren ser higienizados según la norma chilena de calidad de digestato (NCh 3375:2015).
a.4.) Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y unidades y equipamiento
Mayor detalle en el anexo 2.1 Planos y Kmz de la DIA, correspondiendo a los planos “Diagrama de flujo del proceso” y “240720-PDM-PID01-Rev_4 DIAG FLUJO ESQUEMA” En la sección 5.1 se entrega una descripción de la planta y en un mayor detalle en el capítulo 2 de la DIA.
a.5) Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos
a.5.1 Formas de abatimiento de emisiones Para minimizar la emisión de olores emanados de los residuos orgánicos usados como insumo en la Planta, y los provenientes del proceso, los equipos y actividades de recepción de estos residuos estarán equipados de diversos aditamentos para la captura y retención de los gases que generan los residuos.
Los pozos de recepción de residuos estarán ubicados dentro de un galpón y poseerán una compuerta que permanecerá cerrada para evitar la eventual emanación de olores cuando estén siendo cargados.
Además, tendrán un sistema de extracción de gases con presión negativa para evitar su escape al momento de la recepción de residuos, los cuales pasarán por un biofiltro a fin de minimizar la emisión de potenciales olores.
El sistema de alimentación de residuos permitirá la alimentación directa al digestor de manera de no exponer los residuos al aire o intemperie, siendo todos estos procesos cerrados sin emisiones a la atmósfera.
El estanque de acumulación de digestato líquido estará cubierta y sellado herméticamente para evitar la emanación de eventuales olores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
El digestato sólido, por otra parte, será almacenado, hasta su retiro en contenedores con tapa que evitarán la emanación de olores.
Para evitar emisiones de material particulado, todas las áreas de maniobras de camiones al interior de la Planta serán asfaltadas y el camino de ingreso a la planta será tratado con un supresor de polvo para evitar el polvo suspendido por el tránsito en él.
En el mismo sentido, y conforme a lo establecido en el D.S. N°594/99 sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” del MINSAL, se implementará un Programa Integral de Prevención y Control de Vectores Sanitarios, para lo que se contratará los servicios de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Región de Los Lagos.
a.5.2 Control y Manejo de Residuos El Proyecto no considera la habilitación de lugares específicos para el almacenamiento temporal y transitorio de los residuos orgánicos a ser tratados, pues este será alimentado directamente a los bunkers de recepción de la planta. Los residuos orgánicos serán descargados directamente mediante camiones tolva a los bunkers de recepción de la planta.
a.6 Descripción del Sistema de Manejo de Rechazos Aquellos residuos que lleguen a la planta en transportes fuera de las condiciones técnicas y sanitarias exigidas para el ingreso a la planta serán registrados y notificados al responsable del transporte (cliente) para que corrija la situación detectada.
Una vez notificado de la falencia reiterada (3 veces) no se permitirá su ingreso fuera de especificaciones. Para lo anterior, se considera el apoyo de un Laboratorio. En forma adicional en la zona de recepción de camiones se procederá a efectuar la inspección visual de cada carga, verificando la ausencia de escurrimientos, derrames, mal estado de tolvas o estanques o cualquier otra condición no segura o insalubre del transporte.
a.7 Plan de Verificación y Seguimiento de los Residuos a ser tratados y rechazados Se propone el siguiente Plan de verificación para los residuos orgánicos tratados y rechazados. Para los residuos rechazados Todos los residuos orgánicos que lleguen a Planta para ser valorizados serán analizados, tomando muestras en el sector de ingreso a ECOPRIAL para medir tanto pH como humedad. Los pasos para la toma de muestras son los que se describen a continuación. • Inspección visual de transporte • Revisión de guías de despacho e información del cliente • Toma de muestra en sector romana • Envío de muestra al laboratorio, tiempo en que camión con carga de residuos orgánicos encarpado deberá esperar en la zona especificada para estos fines al interior del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Análisis de porcentaje de humedad y pH • Informar resultados del muestreo de manera de anotar falencias de trasporte o del residuo, rechazar o aceptar la carga del camión muestreado. • Laboratorio deberá llevar registro de todos los muestreos y correspondientes resultados obtenidos.
a.8 Plan de Contingencias y Plan de Emergencias
Información sobre estos Planes de en punto 9.2.2. del ICE Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme a través de Ord. N°21036 de fecha 3/10/2025 de la SEREMI de Salud Región de Los Lagos
Tabla 6.2.3. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos se encuentra establecido según el artículo 29 del Decreto Supremo N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” 76.080.362-6, de acuerdo a lo señalado en el art. 142 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la habilitación de una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento A continuación se extrae de Anexo 2.4. del Adenda los puntos focales del PAS:
a) Descripción del sitio de almacenamiento Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos se contará con una bodega de RESPEL. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena N° 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N°148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. A continuación, en la Tabla 1 se presentan las coordenadas de ubicación de la bodega de residuos peligrosos, mientras que en la Fig. 1 se muestra su ubicación y los puntos de generación de los residuos.
Tabla 1: Coordenadas de bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Fuente: Tabla 1 del Anexo 2.4. del Adenda
Fig. 1: Ubicación bodega RESPEL Fase de Operación y puntos de generación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Fig. 1 del Anexo 2.4. del Adenda
b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
El recinto para el acopio temporal corresponderá a una bodega de residuos peligrosos que contará con las características establecidas en el art. 33 del D.S. N°148/2003 del MINSAL. La bodega ocupará una superficie aproximada de 7,8 m2, permitiendo resguardar los residuos de acuerdo a lo que se indica en normativa aplicable.
Esta será de acceso restringido y mantendrá señalética que la identifique, conforme a lo establecido por la NCh N°2.190 Of. 93, considerando las siguientes características: ● Base continua, lisa, impermeable (no porosa) y resistencia química y estructuralmente a los residuos almacenados. ● Cierre perimetral de a lo menos 1,8 m de altura que impedirá el libre acceso de personas y animales. ● Estructura techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. ● Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. ● Sistema colector para el caso de eventuales derrames, el cual será exclusivo para la bodega de RESPEL, con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. ● Contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena N° 2190 Of. 2003, y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
El sitio de almacenamiento tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos. Cabe mencionar que las mantenciones de vehículos y maquinarias serán realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de RESPEL por esta actividad.
Es importante señalar que todo residuo almacenado estará claramente identificado y etiquetado de acuerdo con la Norma Chilena N°2190 Of. 93 (marcas para información de Riesgo), en la cual se hace referencia a las características establecidas por la Norma Chilena Oficial N°382 (terminología y clasificación general de sustancias peligrosas), utilizando un rótulo aplicable a la característica de peligrosidad del residuo. Las medidas de protección de condiciones ambientales van de la mano con el manejo que se detalla en el acápite 3.4 del PAS, y que considera el acopio temporal de los residuos en contenedores herméticos al interior de la bodega RESPEL, para su posterior retiro por empresa autorizada.
La frecuencia de dicho retiro será, al menos una vez cada 6 meses.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento
Los residuos peligrosos corresponderán principalmente a pinturas, aceites y lubricantes, y serán almacenados en tambores u otro tipo de contenedor de acuerdo con el tipo de residuo almacenado. Los residuos peligrosos menores, materiales contaminados con hidrocarburos (guaipes, guantes, arena, plásticos, etc.), diluyentes, restos de pintura, brochas, etc., serán depositados en contenedores estancos y herméticos con tapa, los cuales contarán con todas las exigencias de la normativa vigente. Los residuos serán dispuestos sobre pallets al interior de la bodega RESPEL, rotulados e identificados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece el Título II del D.S. N°148/2003.
Tabla 2: Generación de Residuos Peligrosos para Fase de Operación del Proyecto
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Fuente: Tabla 2 del Anexo 2.4. del Adenda
Debido a que la tasa de generación de residuos no superará las 12 toneladas anuales, no es necesario contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, tal como lo estipula el Artículo 25 del D.S. N°148/03 del MINSAL. Es importante destacar que la capacidad máxima de la bodega, incluyendo contenedores y espacio libre, es de 18 m3 aprox. Esto permite almacenar fácilmente la totalidad de los residuos declarados para la fase de operación del Proyecto.
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
Las medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población, están asociadas al manejo y acopio temporal de los residuos. Los residuos serán trasladados a una bodega de acopio de residuos peligrosos (RESPEL) especialmente habilitada con estos fines. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo con la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
clasificación y tipo de riesgo. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos.
Se llevará el registro de los certificados de recepción de los residuos peligrosos. Los residuos peligrosos tales como aceites y grasas, paños, guaipes usados, etc., se depositarán en contenedores primarios debidamente etiquetados en el área de trabajo en la Planta ECOPRIAL. Periódicamente, estos residuos serán retirados y dispuestos en la bodega RESPEL, para luego ser depositados en los sitios de disposición final autorizados siendo transportados por una empresa autorizada. Se llevará un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia la bodega RESPEL y desde la bodega de almacenamiento hacia el sitio de disposición final autorizado. Dada la naturaleza de los residuos y las condiciones de cada sitio de almacenamiento proyectado, se concluye que la operación de la bodega de residuos peligrosos no generará emisiones (gaseosa o líquida), ruidos, olores o vectores sanitarios que impliquen riesgo a la salud de la población: - Componente agua: Ningún residuo peligroso tendrá contacto ni será dispuesto en el agua. - Componente aire: No se afectará la calidad del aire, por cuanto la mayoría de los residuos serán almacenados en tambores cerrados, evitando la volatilización de sustancias peligrosas. - Componente suelo: Los residuos peligrosos no tendrán contacto con el suelo en ningún momento. - El área se mantendrá siempre limpia y ordenada, para evitar la presencia de vectores sanitarios.
La bodega de almacenamiento temporal, así como Las medidas de manejo anteriormente descritas, sumada a la materialidad de la RESPEL que cumplirá las disposiciones de la normativa vigente.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. La bodega de residuos peligrosos contará con una bandeja receptora de derrames con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
Para la Fase de Operación, la bodega de RESPEL contará con pretiles de evacuación para cualquier derrame al interior de la sala, dicha pendiente en radier quedará conectado o alineado hacia un punto bajo en donde se considerará la instalación de dos tambores o bins de plástico de 1 m3. para contener posibles derrames. Estos tambores estarán enterrados fuera de la sala y estará ubicado fuera de la bodega proyectada para almacenar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
temporalmente a los RESPEL; también considera una tapa roscada para mantener intacto el contenido que llegue a dicho elemento de seguridad. Además, se debe aclarar que los materiales aquí almacenados serán contenidos en tambores o bins en buen estado y con tapa, de manera de evitar posible contaminación al medioambiente. En cuanto a las características técnicas, la bodega tendrá base continua, lavable, resistentes al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. Por otra parte, en relación a la capacidad de retención de escurrimiento del sitio de almacenamiento y considerando que la bodega tiene una capacidad máxima de 18 m3, se dispondrán 2 tambores o bins de plástico de 1 m3 cada uno. Esto para asegurar que en el peor caso (bodega a máxima capacidad de almacenamiento, es decir 32 tambores de 200 litros), el sistema de retención de los derrames otorgue holgura suficiente en caso de cualquier evento o emergencia con las sustancias almacenadas en la bodega de residuos peligrosos.
Información sobre Planes de Contingencias y Planes de Emergencias de este PAS en Anexo 2.4. del Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme a través de Ord. N°21036 de fecha 3/10/2025 de la SEREMI de Salud Región de Los Lagos
Tabla 6.2.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Debido a este proyecto el Sapito de 4 ojos (Pleurodema thaul) podría verse afectado por el ruido en la etapa de operación del proyecto. En vista de ello, el PAS 146, se requiere para la ejecución de las actividades asociadas al “Plan de rescate y relocalización de fauna vertebrada” dirigido a los individuos de especies de baja movilidad, específicamente para el caso de anfibios, y en particular para la especie P. thaul presente en ambiente afectos a ruido en el marco de operación del Proyecto. La medida de rescate y relocalización será realizada como parte de la liberación ambiental de las áreas donde se ejecutarán las actividades y obras asociadas a este tipo de superficies. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para evaluar este proyecto se detallan a continuación:
a)De tratarse de caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de investigación científica que contendrá: a.1) Descripción del proyecto a.2) Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar a.3) Estado de las poblaciones a intervenir a.4) Metodologías de caza, captura y manejo a.5) Lugar de captura y de destino de los animales a.6) Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
a.7) Cronograma de actividades a realizar y período por el que se solicita el permiso.
El Plan de rescate y relocalización de fauna, consiste en la liberación de áreas, antes del inicio de la Fase de Operación, antes de generar el aumento de la presión sonora proyectada. Esta medida será implementada en el polígono del área de influencia de ruido que recibe sobre 60 db.
A continuación, se presentan los objetivos de la medida • Objetivo general El objetivo general del proyecto es minimizar los efectos sobre anfibios, a través del Rescate y Relocalización de los ejemplares de baja movilidad y/o en alguna categoría de conservación, previo a la operación del Proyecto.
• Objetivos específicos - Rescatar individuos de las especies de baja movilidad presentes en el área de influencia del proyecto, previo a la operación. - Relocalizar a los individuos capturados en ambientes equivalentes a los de captura, ubicados en zonas cercanas al área del proyecto. - Monitorear el éxito del plan rescate en el sitio de liberación.
a.2. Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar
Entre las especies de movilidad reducida registradas en el área de influencia, destaca el sapito de cuatro ojos, el cual fue registrado en tres puntos cercanos al proyecto, en un área que recibirá una presión sonora de 60-65 db. Así entonces, el Sapito de 4 ojos (Pleurodema thaul) podría verse afectado por el ruido en la etapa de operación del proyecto, y por lo tanto corresponde a la especie objetivo del Plan de Rescate y Relocalización de fauna.
a.4. Metodología de caza, captura y manejo La medida debe ser realizada en temporada de verano, cuando los individuos no están en torpor, y no se encuentran en período reproductivo. Según lo expuesto por la Guía Técnica Para Implementar Medidas de Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada del Servicio Agrícola y Ganadero (Torres Mura et al., 2015) y la Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre (SAG, 2016), para realizar las labores de rescate y relocalización de anfibios del Proyecto se requiere de un equipo de 2 profesionales por ½ ha/noche, sin embargo, el esfuerzo para ejecutar la medida de rescate y relocalización es variable, dependiendo en gran medida de la superficie a intervenir, el tipo de ambiente, la geografía propia del lugar, el grupo taxonómico involucrado y el número de especies focales. En este caso, dado que la vegetación arbustiva y/o arbórea no es muy abundante, los individuos se encuentran concentrados en ciertas zonas, haciendo el avance más rápido en ciertos ambientes.
Captura de ejemplares: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
La captura de herpetofauna se realizará de forma manual. Así mismo, se llevará a cabo una búsqueda activa de individuos en posibles refugios y/o madrigueras, para esto se realizarán búsquedas dirigidas en los ambientes de praderas y zonas artificializadas, con especial énfasis en los microhábitats presentes en el área de rescate: acequias de aguas intermitentes, pozas, praderas, etc. Puesto que la mayoría de la herpetofauna chilena busca evitar el horario de mayor calor con objetivo de evitar la desecación, se produce un patrón de actividad bimodal. En este escenario, las prospecciones se concentrarán en los horarios de mayor actividad. La relocalización de los individuos capturados se realizará de manera tal que tengan posibilidad de refugiarse una vez que sean liberados, evitando las horas en que se produce la disminución de la temperatura ambiental.
Manejo (Identificación y marcaje): Cada ejemplar capturado será identificado a nivel de especie, determinando el sexo, estado reproductivo y sanitario de cada individuo. También se realizarán evaluaciones morfométricas estándar, como peso y Longitud Hocico Cola (LHC). No se realizará ningún tipo de marcaje, esto por la sensibilidad de su piel, sólo se tomarán fotografías dorsales para una posterior identificación y seguimiento por patrones dorsales. Una vez evaluados los parámetros morfométricos, los ejemplares serán liberados inmediatamente, evitando retenciones innecesarias y velando en todo momento por el bienestar, cuidado e integridad de cada ejemplar. Cada individuo capturado será georreferenciado dentro del área de rescate y en el área de relocalización.
a.5. Lugar de captura y destino de los animales
Sector de rescate: Área de influencia de ruido > 60 db
Los ambientes que serán afectos a una presión sonora mayor a 60 db en el marco de la operación del Proyecto se presentan en la Figura 4, y corresponden principalmente a praderas y zonas artificializadas, de acuerdo con lo señalado en la Tabla 3. En este sector, cuya superficie alcanza 18 ha, se espera rescatar individuos de la especie objetivo.
Fig. 1: Área de captura de las especies objetivo
Fuente: Fig. 4 del Anexo 9 del Ad. Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Sector de relocalización Los individuos serán relocalizados en sitios que cumplan con las condiciones ecológicas que permitan la sobrevivencia de las poblaciones relocalizadas, así como de las poblaciones residentes. Para determinar el área de destino de los individuos rescatados se buscó un sitio con condiciones ecológicas similares al sitio de rescate, considerando una serie de factores que influyen en la efectividad de la medida. Al respecto, esta área cumple con las siguientes características:
• Superficie equivalente a la superficie del área de captura. • A una distancia menor a 10 km del área de captura. • Características de hábitat similar o mejores que el área de captura (unidades vegetacionales altitud, entre otras). • No ser intervenida y/o influenciada por el Proyecto, garantizando su protección durante toda su vida útil. El sitio de relocalización se encuentra localizado dentro del mismo predio de ECOPRIAL, pero en una zona que recibirá una presión sonora inferior a 40 db. El sitio de relocalización propuesto cuenta con una superficie de 5,5 hectáreas y tiene características similares al lugar donde se realizará el rescate.
Fig. 2: Área de relocalización del presente PAS 146 Fuente: Fig. 5 del Anexo 9 del Ad. Complementaria
En el área de relocalización propuesta existe una alta disponibilidad de refugio para la especie objetivo, a saber:
• Las pozas de agua que se forman en las lonas impermeables que cubren las celdas de disposición final de lodos no peligrosos y residuos sólidos • Zanjas de conducción de aguas lluvia • Praderas existente en los bordes del predio • En el bosque adyacente al este del predio • Estero Curaco que recorre el predio en su límite oriental.
Dado que la especie mostró una baja densidad, sumado a que la superficie del área de relocalización es 2 veces mayor que la del área de rescate, es posible asegurar que no se sobrepasará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
los umbrales de capacidad de carga de los lugares de relocalización, asegurando también la sobrevivencia de las poblaciones residentes.
a.6. Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio
Condiciones de transporte Los ejemplares capturados serán reubicados en el área de relocalización el mismo día de su captura. Se tomará la precaución de transportar los adultos separados de los ejemplares juveniles y también se separan por especie (ante la eventualidad de registrar ejemplares de otras especies). Los ejemplares serán ubicados en contenedores plásticos especialmente adaptados para el cautiverio de ejemplares de las especies ya mencionadas, y se ubicarán de tal manera de estar protegidos de las temperaturas extremas, viento, entre otras amenazas.
Mayores antecedentes respecto este PAS en Anexo 9 del Ad. Complementaria.
a.7. Cronograma de actividades a realizar y período por el que se solicita el permiso Las actividades de captura comienzan con la tramitación del Permiso de Captura, el cual se solicitará al SAG. Una vez otorgado el Permiso, se dará aviso al SAG regional del inicio de la medida con al menos 10 días hábiles de anticipación, antes del inicio de la fase de construcción del Proyecto, y para un período de un (1) año según duración del Permiso otorgado.
Las capturas deberán llevarse a cabo de manera previa al inicio de la operación, con un máximo de cinco días de anticipación para que la medida se considere adecuada. Al finalizar la medida, se emitirá un informe al SAG con los resultados de la captura y la relocalización de los individuos.
El seguimiento de la medida considera la ejecución de cinco monitoreos en el área de relocalización:
Monitoreo 1: a los 15 días del rescate Monitoreo 2: a los 30 días del rescate Monitoreo 3: a los 60 días del rescate Monitoreo 4: a los 6 meses del rescate Monitoreo 5: a los 12 meses del rescate
Por cada monitoreo se entregará un informe con el detalle de las actividades realizadas. A continuación, se detalla el cronograma de las actividades:
Tabla 1: Cronograma de las actividades a realizar durante la ejecución del proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Tabla 6 del Anexo 9 del Ad. Complementaria
Sin perjuicio del cronograma anteriormente presentado, para el inicio de cada etapa se realizará una visita del especialista en fauna silvestre quién evaluará la presencia de especies de baja movilidad en el área y determinará la realización de los rescates.
Se reitera que los antecedentes e información sobre este PAS se puede encontrar en el Anexo 9 del Ad. Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Pronunciamiento conforme a través de Ord. N°63 de fecha 14/1/2026, del Servicio Agrícola y Ganadero.
Tabla 6.2.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Las edificaciones tienen como destino la implementación de edificaciones de apoyo industrial. En la fase operación existirán instalaciones permanentes como salas de control, bodegas, entre otras, las que se detallan en la tabla siguiente.
Tabla 1: Obras temporales y permanentes a las que se le aplica PAS 160. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Tabla 1 del Anexo 5 del Ad. Complementaria
El resto obra o instalaciones que ya se encuentran construidas y que corresponden a edificaciones o infraestructura de la Planta, que no son objeto del presente PAS. Mayor detalla en Anexo 5 del Ad. Complementaria.
b.3) Plano de emplazamientos de las edificaciones
En el Apéndice B “Plano de Emplazamiento de las Edificaciones” se adjuntan los planos de emplazamiento de las edificaciones y otras instalaciones a las que el presente PAS 160 le es aplicable, de igual manera, se incluye la superficie útil y sus coordenadas geográficas. Además, en las siguientes tablas se entregan las coordenadas referenciales de las obras a las cuales aplica el PAS 160.
Tabla 2: Detalle de las obras y edificaciones afectas a PAS 160 (obras permanentes). Datum WGS 84 - Huso 19S
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Fuente: Tabla 4 del Anexo 5 del Ad. Complementaria
b.5) Caracterización de suelo Dado que el área de intervención directa de la planta ya se encuentra construida se presentó un estudio de suelos realizados en un terreno colindante con el área del proyecto. Dicho estudio se encuentra fechado en el año 2022, y fue realizado en el contexto de un proyecto de ampliación de la zona de celdas de disposición de residuos que fuera desistido. Sin perjuicio de lo anterior, el suelo del entorno inmediato del proyecto materia de la DIA en evaluación es de tipo Clase IIIe (LUN-1), lo cual es coincidente con los registros de CIREN y otros existentes en la zona. Con lo anterior se define que los suelos tienen características de suelos aptos para el desarrollo agrícola. - Lo siguiente fue extraído del Anexo 3.16 de DIA, Determinación del área de Influencia y descripción del componente suelo del proyecto: “Ampliación Superficie Planta de Disposición Final de Residuos Biológicos No Peligrosos Industriales ECOPRIAL:
a) Identificación del área de influencia y descripción serie de suelos. Se identifica como área de influencia tanto la zona del Proyecto como el predio agrícola aledaño y la zona de la quebrada, de las cuales se levantará información para caracterizar el componente suelo. Según CIREN 2021 la serie de suelos a la que corresponde el predio donde se encuentra el polígono y el predio agrícola que lo colinda es la Serie La Unión con una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
capacidad de uso IIIe (Anexo 4 Informe Predial CIREN N°28026). Generalmente, este tipo de suelo se caracteriza por ser profundo y ocupar una posición de lomajes en los primeros contrafuertes de la cordillera de la costa a alturas que fluctúan entre 60 y 90 m.s.n.m. En cuanto a su composición química, está formado por cenizas volcánicas muy antiguas depositados sobre conglomerados multicolores o sobre toba volcánica. De textura superficial franco Arcillosa limosa y color pardo muy oscuro en el matiz 7.5YR y textura franca arcillo limosa de color pardo matiz 7.5YR en profundidad. El sustrato es una toba muy descompuesta que se presenta dominantemente a una profundidad de 0,8 a 0.9 m de profundidad. La topografía es suavemente ondulada con un 5 a 8% de pendiente, con ligera erosión y con buen drenaje. Por otro lado, el sector al sur del deslinde verde está conformado por un suelo denominado por CIREN como Misceláneo Quebrada, con una capacidad de Uso VIIe.
Mayor información sobre este PAS en Anexo 5 del Ad. Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°63 de fecha 14/1/2026, del Servicio Agrícola y Ganadero.
Pronunciamiento conforme de la SEREMI de Agricultura a través de Ord. N°18 de fecha 15/1/2026.
Esta conformidad está condicionada a que el titular cumpla con los requerimientos del SAG con respecto a la caracterización del componente suelo. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Considerando que se cuestiona la información entregada por el titular en el Adenda Complementaria respecto este PAS, es que si bien se aclara que la infraestructura de la zona 2 de Plano presentado en Adenda señalada, en su Anexo 5, ya se encuentran tramitados los respectivos permisos relativos a la temática del actual PAS 160, en evaluaciones ambientales anteriores (señaladas en el punto 2 tabla 2 del ICE), no obstante, se indica al titular regularizar sectorialmente este aspecto con las entidades competentes, de ser necesario.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
Tabla 7.1.1. Norma: D.S. N°100/2005, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia: Protección medio ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los órganos de la administración del Estado evaluarán el Proyecto en todos los aspectos referidos a cada fase de su implementación. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), se procederá de acuerdo con lo allí estipulado, permitiendo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
al Estado su fiscalización y así velar por el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación que no sea afectado. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro de RCA en Sistema de seguimiento de proyectos de Ministerio del Medio Ambiente y control de su cumplimiento.
Tabla 7.1.2. Norma: Ley N°19.300/94, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente Componente/materia: La Ley N°19.300 constituye el marco legal básico de toda la normativa ambiental de Chile. Ésta procura regular y desarrollar las instituciones e instrumentos necesarios para la protección del medio ambiente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19, N°8 de la Constitución Política. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°40, 2012, Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento El Titular acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el país mediante la presentación de DIA al SEIA.
El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad tipificada en el artículo 10 letra o) de la Ley N°19.300, por:
• Ampliar la Capacidad máxima de tratamiento de 50.000 m3 anuales de residuos orgánicos de terceros a 80.000 m3/año; • Producción de digestato en una tasa de 80.000 m3/año que cumplirán con la Norma NCh 3375:2015; • Construcción de un Galpón en el área de bunkers de recepción de residuos. • Incorporación a los residuos Orgánicos recepcionados por la planta las alternativas de: o Purines agrícolas de vacunos, cerdo o similares. o Residuos orgánicos segregados de origen urbano (residuos asimilables a domésticos) o Residuos de mortandad de peces.
• La incorporación a la planta de biodigestión de residuos orgánicos extraídos desde celdas de disposición propias, existentes en la instalación de ECOPRIAL. • La reutilización del agua recolectada del área de lavado de tolvas en la planta de biodigestión. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable, otorgada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos. Forma de control y seguimiento Registro de RCA en Sistema de seguimiento de proyectos de Ministerio del Medio Ambiente y control de cumplimiento de compromisos por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Tabla 7.1.3. Norma: D.S. N°40 del 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Componente/materia: El SEIA previsto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA), establece para aquellos proyectos que son susceptibles de ocasionar efectos significativos sobre el medio ambiente, la obligación de someterse a una evaluación ambiental de los impactos que involucren. Una vez aprobada los habilitará para obtener todos los permisos y autorizaciones necesarias que se requieran para llevar a cabo el proyecto o actividad de que se trate. Por otra parte, define los permisos ambientales sectoriales que se deberán otorgar necesariamente una vez que el respectivo estudio sea calificado favorablemente. Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300 Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Modificada por la Ley N°20.417). Ministerio de Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento En atención a lo antes señalado, el Titular acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el país, mediante la presentación de una DIA al SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y la posterior obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro de RCA en plataforma web de la Superintendencia de Medio Ambiente para control del cumplimiento de sus compromisos.
Tabla 7.1.4. Norma: Res. Ex. N°1.518/2013, Fija Texto refundido y Sistematizado de la Res. Ex. N°574/2012. Ministerio de Medio Ambiente, Superintendencia de Medio Ambiente Componente/materia: Seguimiento Ambiental de proyectos calificados en forma favorable en el SEIA Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300 Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Modificada por la Ley N°20.417). Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, dentro del plazo de 15 días desde que se notifique la Resolución, se ingresará al portal srca.sma.gob.cl, accediendo al formulario electrónico, donde se completará la información exigida por la SMA. Los cambios de estado o fase de ejecución del Proyecto serán informados de acuerdo con lo instruido mediante la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento ✓ Carga de la información requerido en el formulario electrónico, en la forma, fases y plazos establecidos por la SMA. ✓ Registros Electrónicos en portalsrca.sma.gob.cl. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Forma de control y seguimiento ✓ Mantención de los registros a disposición de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Tabla 7.1.5. Norma: Res. Ex. N°885/2016, Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente, Superintendencia de Medio Ambiente Componente/materia: Reportes de avisos, contingencias e incidentes ambientales. Otros cuerpos legales asociados • Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley N°20.417). • D.S. N°40/2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circunstancias asociadas a incidentes y contingencias, así como acciones que requieran avisar a la autoridad en todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
El Proyecto presenta a evaluación ambiental un Plan de Contingencia y Emergencia donde se prevén eventos excepcionales y se establecen acciones para controlarlos. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se empleará el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA para avisar o informar sobre la ocurrencia de contingencias o incidentes ambientales, en los términos previstos en aquella o, en su defecto, dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informe. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA, y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. • Registros Electrónicos. Forma de control y seguimiento • Mantención de los registros en Sistema electrónico para el seguimiento ambiental del SMA.
Tabla 7.1.6. Norma: Res. Ex. N°1.184/2015, Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Fiscalización Ambiental y deja sin efecto las resoluciones que indica. Ministerio de Medio Ambiente, Superintendencia de Medio Ambiente Componente/materia: Fiscalización Ambiental. Otros cuerpos legales asociados • Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley N°20.417). • D.S. N°40/2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las Fase de Operación del Proyecto Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Indicador que acredita su cumplimiento • Entrega de información requerida por los fiscalizadores ambientales. • Entregar las facilidades a los fiscalizadores ambientales en el desarrollo de las actividades de fiscalización. Forma de control y seguimiento • Mantención de los registros respectivos dispuestos para los fiscalizadores ambientales. • Copia de actas de fiscalización o similares en registros de la empresa, así como en el e-SEIA.
Tabla 7.1.7. Norma: Ley N°21.455, Ley Marco de Cambio Climático. Componente/materia: Cambio Climático, Medio Ambiente, Dióxido de Carbono, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Efecto Invernadero, Estrategia Climática, Acuerdo de París, Ministerio de Medio Ambiente, Reporte de Acción Nacional de Cambio Climático (RANCC), Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático, Estrategia Financiera de Cambio Climático, Fondo de Protección Ambiental, Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes (RETC). Otros cuerpos legales asociados No hay Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones de las Fase de Operación del Proyecto Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo establecido en esta Nueva Ley, según se señala en el Artículo 2° - Principios. Las políticas, planes, programas, normas, acciones y demás instrumentos que se dicten o ejecuten en el marco de esta ley. Indicador que acredita su cumplimiento Análisis de riesgo de cambio climático realizado para el Proyecto en el contexto de la DIA. Forma de control y seguimiento _ Expediente de DIA existente el e-SEIA _ RCA favorable del proyecto
Tabla 7.1.8. Norma: Ley N°20.417 Crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Fiscalización y cumplimiento por parte de los titulares de las RCA. Otros cuerpos legales asociados No hay Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Una vez obtenida la RCA del Proyecto, el titular debe regirse por las disposiciones establecidas en la RCA, dando cumplimiento a las exigencias de la SMA. Forma de cumplimiento Se entregarán las facilidades a la autoridad para que se lleve a cabo el proceso de la fiscalización. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Indicador que acredita su cumplimiento • Se entregará toda la información de seguimiento ambiental del Proyecto en la Plataforma de Seguimiento Ambiental de Proyectos de la SMA (res. N°844/2012) en la frecuencia que sea establecida por la autoridad. • Se entregará a la autoridad toda información que sea solicitada a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en la RCA y el cumplimiento de la normativa ambiental. Forma de control y seguimiento • Todos los registros e informes estarán a disposición de la autoridad en la oficina de administración del Proyecto en formato digital. • Comprobantes de ingreso de información a la SMA a la plataforma de seguimiento ambiental de proyectos. • Informes de fiscalización ambiental realizados por la SMA.
Tabla 7.1.9. Norma: Res. N°1.610/2018, Dicta instrucción de carácter general sobre deberes de actualización de Planes de Prevención de Contingencia y Planes de Emergencias, y remisión de antecedentes de competencia de la Superintendencia de Medio Ambiente. Componente/materia: Contiene instrucciones respecto al deber de enviar los antecedentes necesarios a la SMA respecto a modificación en el Plan de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Otros cuerpos legales Ley N°20.417/2010, Crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Res. Exenta N°223, del año 2015, de SMA, que dicta "Instrucciones Generales Sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental". Forma de cumplimiento Presentación de un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias en la DIA. Actualización del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Proyecto, según corresponda. En caso de que el Plan de Prevención de Contingencias y/o de Emergencia del Proyecto sea actualizado y/o modificado, la versión actualizada y/o modificada deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de la actualización o modificación. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias actualizado y enviado a la SMA, en plazo establecido en la Resolución. Forma de control y seguimiento • Contar con al menos un contacto responsable titular y uno suplente, para la comunicación y coordinación en caso de la activación del Plan que corresponda. La información de contacto deberá incluir: - Nombre completo. - Cargo dentro del Proyecto o actividad. - Profesión u oficio. - Número de teléfono directo y número de celular. - Correo electrónico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Registros del envió a la SMA el Plan de Prevención de Contingencias y/o de Emergencia, en caso de que sea modificado, y en plazo establecido para informar.
7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
Tabla 7.2.1. Norma: D.S. N°1/2013, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Componente/materia: Institucionalidad vigente. Declaración de residuos, emisiones contaminantes. Otros cuerpos legales • D.S. N°31/2018 “Modifica D.S. N°1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Registro de emisiones y transferencias de contaminantes”. Ministerio de Medio Ambiente. • Ley 20.920/2016, Establece Marco para la Gestión De Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Ministerio de Medio Ambiente. • D.F.L 725/ 1967, Código Sanitario, Ministerio de Salud Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todo el proyecto Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento, el Titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento. - Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT del Titular. - Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial.
Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema.
- Se debe solicitar en la página web del RETC la inscripción del establecimiento, para luego solicitar los sistemas sectoriales para Registros de Fuentes y procesos y Registro único de emisiones atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Realización de declaraciones de contaminantes en RETC en las fechas establecidas por resolución del Ministerio de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento • Certificado de declaraciones en Ventanilla única RETC. • Mantener registro de las declaraciones en oficina a disposición de la Autoridad, en caso de solicitarlo.
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Tabla 7.2.2. Norma: Decreto N°47/2016, Establece Plan de Prevención y descontaminación atmosférica para la comuna de Osorno Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire Otros cuerpos legales asociados _ D.S. N°39 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación.
_ D.S. N°27 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, declara zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración diaria y anual, a la comuna de Osorno. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos, residuos, efluentes y mano de obra. Forma de cumplimiento De acuerdo con el Informe de Estimación de Emisiones atmosféricas, adjunto en el Anexo N°2.2 de la Adenda Complementaria, producto de la ejecución de las actividades en la Fase de Operación ampliada se generan emisiones de material particulado y gases contaminantes que se encuentra bajo el límite establecido en el Plan de Descontaminación de la zona de Osorno (1 t/año de Material Particulado). De igual forma como se corrobora para la construcción de la planta y su operación actual. La condición de operación de la planta actual más su futura ampliación alcanza una emisión anual de 0,88 toneladas. Indicador que acredita su cumplimiento No aplica Forma de control y seguimiento No aplica
Tabla 7.2.3. Norma: Decreto N°144/1961, Ministerio de Salud Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire Otros cuerpos legales asociados Código sanitario DFL N°725/75 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica • Combustión de biogás para generación de energía eléctrica y térmica en motores de combustión interna • Combustión de petróleo diésel en generador de respaldo • Combustión de biogás en antorcha • Emisiones de CO2 en sistemas de producción de biometano Forma de cumplimiento Mantenciones y certificado revisiones técnicas al día Se transportarán los materiales en camiones con carga cubierta Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de mantenciones y certificado revisiones técnicas al día • Catálogos de Diseño y selección de equipos de acuerdo a mejores prácticas de la industria y requerimientos del proceso • Registro de Mantenimiento Preventivo y Registro de Mantenimiento de los Equipos de la Planta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Forma de control y seguimiento Catálogos de Diseño y selección de equipos de acuerdo a mejores prácticas de la industria y requerimientos del proceso Registro de Mantenimiento Preventivo y Registro de Mantenimiento de los Equipos de la Planta
Tabla 7.2.4. Norma: Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968, del modificado por la Ley N°21.541. Código Sanitario. Ministerio de Salud Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire. Otros cuerpos legales asociados Código sanitario DFL N°725/75. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica • Transporte de insumos, productos y residuos en Fase de Operación.
Forma de cumplimiento Se aplicarán medidas de control de emisiones tales como: _ Mantención de huella interna que serán caminos recubiertos con un producto químico supresor de polvo, _ Utilización de maquinarias con mantenciones y revisión técnica al día, _ Velocidad máxima de desplazamiento (se considera como velocidad máxima de 30 Km/h al interior de la faena), _ Los camiones que transporten material fuera del área del Proyecto serán cubiertos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión en el aire. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificados de control de gases y revisión técnica vehículos y maquinarias. • Mantenciones vehículos y maquinarias al día. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en la oficina administrativa del Proyecto. • Copia de la documentación de los vehículos y maquinarias: Permisos de circulación, control de gases, revisiones técnicas vigentes. • Registro de las mantenciones a vehículos y maquinarias.
Tabla 7.2.5. Norma: D.S. N°38/2020. Establece Norma de Emisión para grupos electrógenos. Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°1/2013, Aprueba reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Funcionamiento de grupo electrógeno.
Forma de cumplimiento Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas a través de la plataforma de Ventanilla Única, Catastro de Fuentes. Comprobantes de envío de declaración de la información detallada en el artículo 9, a través de Ventanilla Única del RETC. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Indicador que acredita su cumplimiento • Declaraciones anuales de fuentes fijas (grupos electrógenos).
Forma de control y seguimiento • Registro ventanilla única - RETC de declaración respectiva.
Tabla 7.2.6. Norma: D.S. N°138/2005. Establece obligación de declarar emisiones que indica, Ministerio de Salud. Componente/materia: Emisiones a la Atmósfera Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°1/2013, Aprueba reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en la página RETC. Forma de cumplimiento Las emisiones generadas por el Proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en la página RETC. Comprobantes de envío de declaración de emisiones a través del subsistema declaración de emisiones del Registro de Emisiones y Transferencia Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento • Declaraciones anuales de fuentes fijas (grupos electrógenos)
Forma de control y seguimiento • Registro ventanilla única - RETC de declaración respectiva.
Tabla 7.2.7. Norma: Decreto N°38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada partir de la revisión del D.S. N°146, de 1997 del Ministerio secretaria general de la Presidencia Componente/materia: Emisiones de ruido El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de ruido de camiones y maquinarias usadas en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto durante la Fase de Operación no superará los límites máximos establecidos para las zonas donde se emplazan los receptores cercanos. Lo anterior se respalda en el estudio acústico, el cual se adjunta en el Anexo 2.5 Ruido y Vibraciones del Adenda donde se establece si se cumple con los límites dispuestos en el D.S. N°38/2011 en todas sus fases. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y revisiones técnicas al día, tanto para medidas correctivas como preventivas de las maquinarias y vehículos y camiones utilizados en el Proyecto. Forma de control y seguimiento • Control de los registros de las revisiones técnicas de todos los vehículos. • Revisión periódica del programa de mantención de los vehículos que se realizará en talleres autorizados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Tabla 7.2.8. Norma: Decreto N° 4 MINSEGPRES, publicado el 28 octubre de 2009, Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas Componente/materia: Manejo de residuos sólidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consiste en la ampliación de la Planta, que contempla aumentar la capacidad máxima de tratamiento de 50.000 m3 anuales de residuos orgánicos de terceros a 80.000 m3/año y una producción de digestato en una tasa de 80.000 m3/año que cumplirán con la Norma NCh3375:2015 entre otras modificaciones. Forma de cumplimiento Los lodos recepcionados serán incorporados a la planta de tratamiento de residuos por biodigestión, siendo lodos degradados para producir biogás y Digestato líquido y/o sólido, dando así cumplimiento al artículo 6.1 de la normativa.
Se contempla realizar la reutilización de celdas, vaciándolas y llevando los lodos a un proceso de digestión anaeróbica, cuyo gas generado será reutilizado para la generación de energía o se quemará para reducir su capacidad contaminante. Parte de los lodos digeridos (digestato) será aplicado a suelos agrícolas. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial artículo N°140 del D.S. 40/2012 RSEIA para el tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos no peligrosos. • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial artículo N°126 del D.S. 40/2012 RSEIA para el tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos no peligrosos. • Aplicación Procedimiento para el manejo de lodos Forma de control y seguimiento • Registros Ejecución del procedimiento para el manejo de lodos. • Registro de copias de autorizaciones pertenecientes a las empresas transportistas y de disposición final. • Registros de la disposición de los lodos de terceros en la planta.
7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Tabla 7.3.1. Norma: Ley N°17.288, Ley de monumentos nacionales. Ministerio de Educación Pública Componente/materia: Monumentos Nacionales Otros cuerpos legales D. S. N°484/1990 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades que involucraron movimientos de tierra y excavaciones asociado a la Planta. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de la fase de Operación del Proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
paleontológicos (artículo 26° de la Ley N°17.288), se debe proceder de acuerdo al Protocolo arqueológico oficial para estos casos, que son las siguientes:
a. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.
b. Dar aviso de manera inmediata al/a la profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al/a la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto.
c. Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo.
d. Informar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación, D.S. N°484 de 1990.
e. Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/as trabajadores/as del proyecto, tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Dar aviso a las autoridades correspondientes, principalmente CMN, de acuerdo a la normativa vigente (Art. 26o de la Ley 17.288 y Art. 23o del D.S. N°484 de 1990 del Ministerio de Educación). Así como a la Superintendencia de Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento • Informe de prospección arqueológica. • Avisar a la autoridad competente de hallazgos arqueológicos en la zona de instalación del proyecto (Notificación al CMN) • Seguir instrucciones del Consejo de Monumentos Nacionales. • Registro de inducciones al personal en relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Registro de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en caso de ocurrir un hallazgo arqueológico. Forma de control y seguimiento • Informe de hallazgo entregado a la autoridad competente. • Evidencia de seguimiento de acciones instruidas por el Consejo de Monumentos.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios (CAV): Tabla 8.1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Aplicación de Supresor de Polvo de base polimérica en camino de acceso a planta Impacto asociado Alteración sobre la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la cantidad de emisiones de polvo que se generarán durante la fase de operación por el tránsito de camiones en camino interno no pavimentado.
Descripción: El Proyecto contempla la aplicación de supresor de polvo de base polimérica para el camino internos del Proyecto, con el objeto de controlar la emisión de material particulado que se produce por la operación del Proyecto. Esto se hará mediante la aplicación de supresor de polvo (polímero) en el camino no pavimentado, con una eficiencia estimada de hasta un 90% en la reducción de emisiones de material particulado, según especificaciones del proveedor. La aplicación de supresor de polvo se hará de la forma indicada en Plan de Aplicación de Supresor de Polvo/Humectación de la Planta Ecoprial, incluido en el Anexo 2- Estim. Em. Atmf y Modelación, documento “Informe Estimación Emisiones - ECOPRIAL – R4".
Justificación: Durante su fase de operación el Proyecto generará emisiones de material particulado debido al tránsito vehicular principalmente. En este contexto, con objetivo de minimizar su orden de magnitud se compromete la aplicación de supresor de polvo en camino interno de entrada a la planta de Biodigestión de residuos del Proyecto y el camino desde la celda abierta para la extracción de lodos y la planta de biodigestión. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Camino interno desde el ingreso a las instalaciones hasta la planta de Biodigestión de residuos Orgánicos durante la fase de operación con una extensión de 660 metros (aproximados) en color amarillo. Además, en el camino de traslado de los lodos desde las celdas a la planta, en color rojo.
Fig. 1: Ubicación Caminos con Supresor de Polvo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Fuente: Adenda Complementaria, punto 6.1. tabla 3
Forma: El supresor de polvo base polimérica a utilizar será del tipo KLR 2068 o similar, se aplicará en los caminos internos no pavimentados indicados mediante el riego con camión aljibe para esta actividad en función de las consideraciones del proveedor siguiendo el siguiente procedimiento:
_ Se aplicará según el procedimiento y las aplicaciones posteriores durante la época estival de cada año, es decir desde el 15 de agosto al 15 de abril de cada año.
Procedimiento de Aplicación: _ Efectuar primeramente una aplicación de solo agua en un camión surtidor para humectar la superficie a tratar. - Aplicar el KLR 2068 diluido en agua en camión con surtidor vía regado de la superficie. Estos 10.000 litros alcanzan a cubrir 10.000 m2 de superficie.
Un resumen de la aplicación es el siguiente: o Semana 1: 5 aplicaciones (Lun a Vie) o Semana 2: 3 aplicaciones (Lun, Mie, Vie) o Semana 3: 3 aplicaciones (Lun, Mie, Vie) o Semana 4: 2 aplicaciones (Mar y Jue)
Las aplicaciones de refuerzo se realizarán en forma mensual con una aplicación de riego, dentro del periodo de agosto abril.
Oportunidad: La medida se implementará para la fase de operación, entre los meses de agosto y abril de cada año. Su aplicación se realizará de acuerdo al procedimiento de Aplicación que se presenta en el Anexo 2- Estim. Em. Atmf y Modelación, documento “Informe Estimación Emisiones - ECOPRIAL – R4" del Adenda Complementaria.
El programa de aplicación se mantendrá durante toda la vida útil de la Planta. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de aplicación del supresor Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Informe de aplicación, el que incluya fechas de aplicación, metodología y registro fotográficos de ellos y factura de compra de supresor • Informes de medición de eficiencia de supresor por medio de mediciones con equipo Dustmater o similar Forma de control y seguimiento Se mantendrán informes de aplicación disponibles en planta, incluyendo fechas, metodología, registros fotográficos y respaldo documental, para requerimiento de la SMA y además se enviará un informe anual a la SMA que recopile todos los antecedentes mencionados.
Tabla 8.2. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Sensorial de Olores Impacto asociado Alteración de la calidad de vida de la población Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar olores percibidos por la población del entorno, su fuente e intensidad.
Descripción: Implementación de un monitoreo mediante panelistas sensoriales, de acuerdo con lo dispuesto por la NCh 3533- 1:2017 “Medición del impacto de olor mediante inspección de campo”, para determinar la calidad de olor, fuente, el tiempo de presencia y la intensidad de este en una determinada área, mediante el uso de las capacidades olfativas de un grupo de personas o panel especialmente entrenadas y calibradas.
Justificación: Establecer las potenciales molestias que puedan afectar o interactuar en la zona de monitoreo. Este método reúne información de percepción de olores, y tiempo acumulado de olor, lo que permite abordar de mejor manera los potenciales conflictos generado a las personas naturales, organizaciones, empresas privadas presentes en los alrededores de la planta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La olfatometría de campo se realizará en los receptores o lugares que están informados en la línea de Base de Medio Humano, más aquellos definidos en el estudio de olores, así como algún otro definido en conjunto con el personal de la Planta.
Forma: La olfatometría de campo se realizará durante 7 días continuos, con duración de 8 horas diarias, con el objeto de definir aquellas fuentes que puedan afectar o interactuar en la zona de monitoreo, en los receptores o lugares definidos. Se hará un monitoreo en cada punto o receptor individualizado.
Oportunidad: La medida se implementará para la fase de operación, la cual se realizará dos veces por año en épocas contrastadas, y durante los siguientes 2 años a la obtención de la RCA favorable. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de inspecciones de campos • Informe de Monitoreo incluya fechas de ejecución, metodología y registro fotográficos • Registro de acciones que surjan de este monitoreo. Forma de control y seguimiento Se considera oportuno y al ser un tema relevante para la comunidad, remitir copia del Informe de Monitoreo enviado a la SMA.
Tabla 8.3. Compromiso ambiental voluntario: Programa de Relacionamiento Comunitario Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Involucrar a los grupos humanos del área de influencia en el seguimiento de variables ambientales relevantes, asegurando su participación directa en actividades presenciales y manteniéndolos informados del funcionamiento de la planta.
Descripción: El programa tiene como finalidad integrar activamente a la comunidad en el seguimiento de variables ambientales relevantes, especialmente aquellas que, según la caracterización ambiental realizada, representan una preocupación directa para los residentes del área de influencia, principalmente las emisiones de olores.
Se realizarán actividades orientadas a la comunicación directa con la comunidad, a través de una visita guiada por la planta, y una reunión anual informativa para presentar resultados del seguimiento ambiental en materia de olores. Estas actividades de relacionamiento comunitario serán instancias, destinadas a facilitar un diálogo transparente y continuo entre la comunidad y la empresa, proporcionando información clara y resolviendo las inquietudes que pudieran surgir entre los vecinos del área de influencia.
Justificación: De acuerdo con lo señalado por habitantes del AIMH, existe una preocupación respecto a la generación de olores molestos derivados de la operación de la planta de ECOPRIAL. En este contexto, el compromiso ambiental voluntario se justifica como un relacionamiento comunitario orientado a fortalecer la comunicación directa entre el titular y la comunidad, facilitando que los vecinos comprendan y participen activamente en la supervisión del desempeño ambiental del proyecto. El objetivo principal es otorgar transparencia al proceso operativo de la planta, generando instancias para que los vecinos expresen sus inquietudes y conozcan directamente las medidas ambientales implementadas, lo que permitirá reducir la preocupación de los vecinos sobre la operación de la planta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso será implementado en la localidad de Curaco, específicamente enfocado en los sectores residenciales que hacen parte del AIMH correspondientes a Callejón Curaco y Curaco oriente, Callejón Arismendi y villa Lomas de Curaco, y, parcelación fundo Rahue.
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Forma: Para asegurar una representatividad adecuada en las actividades del Programa Comunicacional con la Comunidad, se promoverá la participación de representantes de la Junta de Vecinos de Pucoihue, comité de adelanto de parcelación fundo Rahue, así como también de los vecinos de los sectores Callejón Curaco y Curaco Oriente, aun cuando estos últimos no dispongan de una organización formalizada al momento de implementar el compromiso y otros interesados de organizaciones locales que tomen contacto con la empresa. Una vez aprobado el proyecto, el encargado de relaciones comunitarias de la empresa tomará contacto con los dirigentes de las organizaciones señaladas, así como con los vecinos de Callejón Curaco y Curaco oriente para agendar una reunión inicial. En estas instancias, se explicará se explicará en detalle el objetivo y la metodología del Programa Comunicacional con la Comunidad, destacando la importancia de involucrar activamente a los vecinos en el seguimiento ambiental del proyecto. En caso de no existir voluntad de participación se dejará consignado en un acta de reunión inicial la decisión de la organización o el grupo humano la que deberá ser firmada por los representantes. En su defecto en caso de existir el interés de participar, se solicitará a cada organización y grupo de vecinos que designen a dos representantes, quienes participarán en la capacitación comunitaria y visita guiada anual a la planta. Asimismo, se coordinarán conjuntamente las posibles fechas para la realización de dichas actividades.
Oportunidad: La actividad se realizará en la localidad de Curaco en las instalaciones de la planta de ECOPRIAL y estará a cargo de profesionales técnicos especializados de la empresa. Esta instancia se llevará a cabo anualmente y considera la participación de representantes designados previamente por cada organización o grupo humano del Área de Influencia, conforme a lo coordinado en la reunión inicial. Durante esta actividad, los profesionales realizarán primero una capacitación técnica, mediante una exposición sencilla y didáctica sobre las variables ambientales que generan mayor preocupación en la comunidad, específicamente aquellas relacionadas con olores y la gestión de residuos. Una vez finalizada la capacitación, se efectuará una visita guiada a las instalaciones de la planta Ecoprial. Durante este recorrido, los representantes comunitarios podrán conocer directamente los procesos productivos y las medidas de control ambiental implementadas por el proyecto. Al finalizar la visita, se dispondrá un espacio de diálogo abierto para responder dudas específicas de la comunidad, con el fin de garantizar la transparencia del proceso.
_ Reunión anual de presentación de resultados de monitoreos de olores de la planta En esta reunión se presentarán formalmente los resultados de los monitoreos de olores desarrollado durante el año, así como un resumen de las gestiones realizadas por la planta en su gestión ambiental. La reunión será organizada por el encargado de relaciones comunitarias de la empresa con los grupos humanos del AIMH. En la reunión se contará con el apoyo de profesionales técnicos que puedan responder las consultas que puedan surgir de los participantes.
_ Mecanismos informativos y sistemas de recepción de consultas y quejas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Para asegurar una comunicación fluida y accesible, se habilitará un sistema de consultas y reclamos mediante correo electrónico y WhatsApp, permitiendo que los vecinos planteen sus inquietudes de manera directa y oportuna. El encargado de relacionamiento comunitario será responsable de registrar, gestionar y responder todas las consultas y reclamos, los que posteriormente serán sistematizados y reportados en la reunión anual, destacando las acciones implementadas frente a inquietudes comunitarias.
El programa iniciará su implementación en un plazo de 6 meses de la puesta en funcionamiento de la planta ampliada. Indicador que acredite su cumplimiento • Acta de reunión inicial • Lista de asistencia jornada de capacitación comunitaria y visita guiada anual a la planta. Lista de asistencia de reunión anual. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe anual que detalle las actividades ejecutadas en el marco del programa para el periodo, incluyendo medios de verificación como por ejemplo actas de reuniones, listas de asistencia, registro fotográfico en caso de aplicar. Dicho informe será presentado a la SMA, en un plazo máximo de 6 meses una vez desarrollada la reunión anual con las comunidades, subido a la plataforma digital de seguimiento ambiental de proyecto. Se solicita considerar la participación de la Municipalidad de Osorno, respecto a los canales de información en la materia.
Tabla 8.4. Compromiso ambiental voluntario: Implementación medidas control componente Ruido Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas en la operación de la Planta de biogás para mitigar emisiones acústicas derivadas del uso de caminos internos ECOPRIAL ante los receptores más cercanos.
Descripción: Se realizará el monitoreo de los niveles de ruido producidos en la Planta con una frecuencia semestral, durante los 2 primeros años de la operación ampliada de la Planta. Además, se implementarán buenas prácticas operacionales, como la reducción de velocidades de circulación de camiones dentro del predio y el mantenimiento adecuado de la maquinaria para minimizar la generación de ruido.
Justificación: Durante la fase de operación, el Proyecto generará emisiones de ruido debido al uso de maquinarias y al tránsito vehicular al interior del recinto de ECOPRIAL y al propio funcionamiento de la Planta. Por tanto, es compromiso del Titular verificar el cumplimiento del D.S. N°38/11 del MMA, así como la suficiencia de las medidas de control establecidas para tal efecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las medidas de control de buenas prácticas operacionales se implementarán al interior de la Planta ECOPRIAL, junto con las mediciones de implementación de ruido descritas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Forma: Se realizarán mediciones de los niveles de ruido producidos en la Planta en cada uno de los receptores más cercanos a ella (R01, R02, R03 y R04) una vez por semestre durante 2 años. Esto se ejecutará posterior a la implementación de las medidas de buenas prácticas operacionales, que consisten principalmente en una capacitación sobre el establecimiento de velocidad máxima dentro del recinto y el mantenimiento adecuado de la maquinaria para minimizar la generación de ruido a los operarios de la Planta ECOPRIAL.
Oportunidad: La medida se implementará para la fase de operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de las capacitaciones efectuadas por el Titular. • El identificador de cumplimiento será a través de medición semestral, en el periodo de operación de la planta, cuya medición se realizará con una ETFA. Los resultados de estas mediciones estarán descritos en un informe para su control y seguimiento. Forma de control y seguimiento Revisión del registro de las capacitaciones efectuadas por el Titular. Se enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe de Monitoreo que dé cuenta de su ejecución y acciones implementadas de existir.
Tabla 8.5. Compromiso ambiental voluntario: Tecnología Maquinaria fuera de ruta Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar el control de tecnologías a utilizar en las maquinarias de la Planta para la Fase de Operación.
Descripción: Para Fase de Operación el Titular se comprometerá con utilizar para el traslado de residuos desde las celdas a la Planta de Biodigestión un Vehículo tipo camión tolva cerrado (camión Bauer) con la tecnología EURO 5 o superior, o bien un Tractor con tecnología Stage IIIA/Tier3, más un Carro purinero cerrado.
Justificación: Durante la fase de operación, el Proyecto generará emisiones atmosféricas debido al uso de maquinarias al interior del recinto de ECOPRIAL. Por tanto, es compromiso del Titular verificar el uso de tecnología EURO 5 o bien un Tractor con tecnología Stage IIIA/Tier3, más un Carro purinero cerrado. De esta forma se controlará y se mantendrán los niveles de las emisiones generadas por esta actividad durante toda la vida útil del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Esta medida se implementará al interior de la Planta ECOPRIAL.
Forma: Se realizará un informe que reúna los siguientes antecedentes para la Fase de Operación en el mes de inicio de arriendo o compra de cada maquinaria a utilizar por el Titular; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
-Contratos de arriendo o facturas de compra de las maquinarias que especifiquen la tecnología propuesta. -Fichas técnicas de vehículos y maquinarias fuera de ruta especificados en los contratos de arriendo o facturas de compra.
Oportunidad: La medida se implementará para la fase de operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de los contratos de arriendo o facturas de compra, fichas técnicas del camión tolva cerrado con tecnología EURO 5 o bien un Tractor con tecnología Stage IIIA/Tier3. más un Carro purinero cerrado en Fase de Operación. Forma de control y seguimiento Revisión del registro de los contratos de arriendo o facturas de compra, fichas técnicas del camión tolva utilizado por el Titular. Se enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe de con los contratos de arriendo o facturas de compra, fichas técnicas del camión tolva utilizado por el Titular una vez se arriende o se haga la compra de la maquinaria para la Fase de Operación.
Tabla 8.6. Compromiso ambiental voluntario: Programa de Control de Emisiones Atmosféricas Impacto asociado Alteración de la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Efectuar un programa de control de emisiones atmosféricas derivado del uso de caminos internos en ECOPRIAL.
Descripción: El objetivo del programa de control de emisiones atmosféricas es controlar las emisiones de material particulado que se produce por la operación del Proyecto, en toda la fase de operación y a lo largo de su vida útil.
Justificación: Durante su fase de operación el Proyecto generará emisiones de material particulado debido al tránsito vehicular principalmente cuando se produzca una apertura de celda y el traslado de los lodos que existan en esta y que serán transportados a la Planta de biodigestión. También cuando los camiones trasladen el digestato producido en la Planta de biodigestión del Proyecto fuera del predio de ECOPRIAL. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio ECOPRIAL.
Forma: Se establecerán las siguientes medidas generales para el control de emisiones atmosféricas según lo descrito en el Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria. ✓ Restricción de velocidad de circulación de los vehículos pesados a 30 km/h. De esta forma se minimizará la emisión de polvo, así como el riesgo de accidentes. En el caso de los vehículos livianos la velocidad de circulación será de 20 km/hr Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
✓ Los camiones encargados del transporte cumplirán con las disposiciones que establece el Artículo 2° del D.S. N°75/1987 “Establece condiciones para el Transporte de Cargas que indica” del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. El cual establece que “en las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombro, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire”. En este punto cabe destacar que los camiones de transporte de residuos corresponden a camiones tolva cerrados, motivo por el cual no se requiere de la implementación de la cobertura total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas. ✓ Se verificará que todos los vehículos involucrados en cada fase del Proyecto cuenten con su revisión técnica al día. ✓ Se aplicará supresores de polvo los caminos no pavimentados evitando la suspensión significativa de las emisiones producto de la circulación de maquinaria y camiones. Se llevará un registro indicando la cantidad de agua utilizada, las horas del día en que se realiza la aplicación del supresor, el sector y superficie donde se aplique la medida. Además, será responsabilidad del Operador entregar el registro de riego diario una vez finalizado su turno.
Oportunidad: La medida se implementará para la fase de operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Fotografías de los carteles instalados correspondiente a informativos sobre la restricción de velocidad. • Registro de revisiones técnicas al día, junto con el cumplimiento del artículo 2° del D.S. N°75/1987 para los camiones encargados del transporte. Forma de control y seguimiento Recepción de reporte del Seguimiento Ambiental en la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).
- Que el proyecto considera el seguimiento ambiental de las siguientes variables:
9.1. Plan de Seguimiento al Monitoreo de Olores
Tabla 9.1. Plan de Seguimiento Ambiental: Monitoreo de Olores Fase Operación Componente ambiental Calidad del Aire Impacto Ambiental Alteración calidad de vida y riesgo salud de las personas Acciones asociadas Seguimiento del Compromiso Ambiental Voluntario denominado “Monitoreo de Olores” Ubicación puntos de control La olfatometría de campo se realizará en los receptores o lugares que están informados en la caracterización del estudio de olores y ruido, así como algún otro definido en conjunto con el personal de la Planta.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Parámetros por medir Unidades de Olor Límites permitidos comprometidos 3 Uo (Unidades de Olor) Duración del monitoreo La olfatometría de campo se realizará durante 7 días continuos, con duración de 8 horas diarias, con el objeto de definir aquellas fuentes que puedan afectar o interactuar en la zona de monitoreo, en los receptores o lugares definidos. Se hará un monitoreo en cada punto o receptor individualizado.
La frecuencia será semestral durante los 2 primeros años de operación del Proyecto. Método o procedimiento de medición El Proyecto contempla la implementación de un monitoreo mediante panelistas sensoriales, de acuerdo con lo dispuesto por la NCh 3533- 1:2017 “Medición del impacto de olor mediante inspección de campo”, para determinar la calidad de olor, fuente, el tiempo de presencia y la intensidad de este en una determinada área, mediante el uso de las capacidades olfativas de un grupo de personas o panel especialmente entrenadas y calibradas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Plazo y frecuencia de entrega de informe Se emitirá un informe con los resultados anuales, los que serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo no superior a 30 días contados al término de cada año. Organismo destinatario de informes SMA
9.2. Plan de seguimiento ambiental: Monitoreo de Emisiones Acústicas
Tabla 9.2. Plan de Seguimiento Ambiental: Monitoreo de Emisiones Acústicas Fase Operación Componente ambiental Salud de las personas Fauna Impacto Ambiental Alteración calidad de vida y riesgo salud de las personas Alteración en la fauna del sector Acciones asociadas Seguimiento del Compromiso Ambiental Voluntario denominado “Implementación medidas de control componente ruido” Ubicación puntos de control Las acciones de monitoreo se realizarán en los siguientes puntos:
Receptor Distancia a perímetro o más (metros) Zona D.S. 38/2011 Ubicación UTM WGS 84 18S RO 1 228 Rural 650375.00 E 5508068.00 N RO 2 110 Rural 650525.00 E 5508176.00 N RO 3 405 Rural 649931.00 E 5508176.00 N RO 4 Dentro del proyecto Rural 650514.00 E 5508313.00 N Parámetros por medir Niveles de Ruido Límites permitidos comprometidos Duración del monitoreo Se realizarán mediciones de los niveles de ruido producidos por la Planta en cada uno de los receptores más cercanos a ella, una vez por semestre durante dos años.
Frecuencia monitoreo: Semestral durante los 2 primeros años de operación del Proyecto Método o procedimiento de medición Las mediciones de ruido de fondo serán efectuadas de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. Nº38/2011 del MMA.
El decreto establece que el ruido de fondo es aquel que está presente en el mismo lugar y momento de medición de la fuente que se desea evaluar, en ausencia de ésta. Se realizarán mediciones de nivel de presión sonora continuo equivalente con ponderación A y modo slow, efectuando un registro cada 5 minutos, hasta obtener una estabilización de la medición (diferencia aritmética entre dos registros consecutivos debe ser menor o igual a 2 dB(A)).
El sonómetro se ubicará a 1,5 m en su eje vertical y a una distancia superior a 3 m de cualquier superficie reflectante. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Cabe señalar que el sonómetro deberá ser debidamente calibrado antes de realizar las mediciones. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se emitirá un informe con los resultados anuales, los que serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo no superior a 30 días contados al término de cada año. Organismo destinatario de informes SMA
9.3. Plan de seguimiento ambiental de Emisiones de Planta biodigestión Tabla 9.3. Plan de Seguimiento Ambiental: Emisiones de Planta biodigestión Fase Operación Componente ambiental Salud de las personas
Impacto Ambiental Alteración calidad de vida y riesgo salud de las personas
Ubicación puntos de control Cerca de los lugares donde se genera el gas H2S: chimeneas de quema de gases, zona de limpieza de gases, otros próximos a ductos, campanas de limpieza de gases; en toda la Planta de biodigestión. Parámetros por medir Gas H2S Límites permitidos comprometidos No hay Duración del monitoreo 6 primeros meses de Operación de la Planta Ampliada
Frecuencia: Mensual, durante 6 meses Método o procedimiento de medición Se implementará tecnología de monitoreo continuo que permita identificar en tiempo real las emisiones de gases (principalmente H2S), con el objetivo de prevenir eventos de olor y la posible afectación generado por la acumulación de materia orgánica. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe semestral Organismo destinatario de informes SMA
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Tabla 10.1.: Riesgo derrame de residuos no peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los Residuos sólidos no peligrosos asimilables a domiciliarios serán almacenados en contenedores con tapa de 50 litros, sellado con bolsas plásticas en su interior y se incorporarán al sistema de recolección con que cuenta la empresa, en una tolva de acopio de residuos. - El retiro de residuos no peligrosos asimilables a domiciliarios se realizará por parte una empresa autorizada para el transporte y la disposición final con una frecuencia semanal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Se contará con sistema de extinción de incendio y equipos de seguridad.
- Los residuos industriales no peligrosos se almacenarán en un sector delimitado por cierre perimetral con rollizos de madera (o material equivalente) y malla bizcocho o similar, considerando 1,8 metros de altura y un portón de la misma materialidad para acceder, que impedirá el libre acceso a personas que no estén autorizadas.
- El retiro de los residuos industriales no peligrosos se realizará por parte de una empresa externa que cuente con los Autorizaciones Sanitarias para el transporte.
- En caso de que exista una interrupción en el retiro de residuos por parte de la empresa externa y que el contenedor plástico sellados de 125 litros con bolsa plástica en su interior esté lleno, el gerente de operaciones deberá transportar estos desechos en bolsas plásticas y en un vehículo de la planta, a un relleno sanitario u otro lugar de disposición autorizado. Además, se contará el respectivo documento o certificado de respaldo. para ser presentado en caso de que la autoridad lo requiera. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características, como control de su gestión. La empresa remitirá, dentro del plazo de 1 semana (u otro plazo definido por la Autoridad), a la Superintendencia de Medio Ambiente o SMA un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente:
- Origen de la emergencia.
- Acción de respuesta.
- Efectividad de la acción.
- Conocimiento del impacto o daño ambiental producido.
- Daños o pérdidas de recursos.
- Medidas de control correspondiente.
Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen de la DIA y Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En el caso de detectar un derrame se procede a dar aviso al supervisor o persona a cargo de las actividades. - Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector del derrame. - Evaluar la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - En caso de producirse una fuga por orificios en algún contenedor, el personal a cargo deberá sellar la fuga con los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. - Se deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. - En caso de ser posible, detener el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. - Se continuarán utilizando de manera normal el resto de los contenedores que estén en óptimo estado. - Se procederá a realizar el levantamiento del residuo derramado e introducir en contenedores habilitados para tal efecto. Para lo anterior, se utilizarán herramientas dependiendo de la magnitud de la emergencia, pudiendo ser desde palas manuales hasta maquinaria como bobcat, excavadoras o cargador frontal. - Se revisará el lugar afectado a fin de ver que no queden residuos en el lugar. - Se procederá a efectuar el registro e investigación de la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen de la DIA y del Adenda Complementaria
Tabla 10.2.: Situación de riesgo o contingencia: Derrame de Combustible Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Abastecimiento de combustible para el funcionamiento de maquinarias y equipos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - En la Fase de Operación se utilizará el estanque de combustible solo en caso de contingencias, para el funcionamiento y abastecimiento de la Planta, cuando esta no pueda operar con biogás. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Los vehículos serán cargados con diésel fuera de las instalaciones del Proyecto, en lugar autorizado como abastecedor de combustible.
- Carga de combustible directamente al grupo electrógeno en Fase de Operación Proyecto.
Para las maquinarias en sitio durante la Fase de Operación se deberán verificar que el transporte: - Cumpla con los requerimientos del Decreto 298/94 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. - Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. - Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. - Uso de distintivos de seguridad, según NCh2190 “Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”.
Para las maquinarias en sitio durante la Fase de Operación y antes de proceder a la descarga se deberán verificar: - Durante la recepción y suministro de combustible, se pueden presentar accidentes que ocasionen derrames, por lo que los encargados de esta labor deben ser personas capacitadas en el manejo de combustibles. - En caso de presentarse el derrame de combustibles, por el volcamiento de un vehículo durante la fase de Operación, se dará aviso al jefe de Planta o supervisor, quien dependiendo de la magnitud del daño instruirá las acciones correspondientes (contención en el lugar o llamado a equipo especializado). - Disposición de medios de contención y limpieza de derrames en la zona de carga combustible grupo electrógeno. - Controlado el evento se realizará una evaluación de los efectos sobre el suelo, para posteriormente restaurar el área afectada. - Se implementará Señalética ¨Prohibido Fumar¨ al interior de las distintas áreas del Proyecto.
Capacitación del personal: - Capacitación y entrenamiento sobre procedimiento de manejo de combustible y cómo actuar en caso de derrame. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. La empresa remitirá, dentro del plazo de 1 semana (u otro definido por la Autoridad), a la SMA, un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente: - Origen de la emergencia - Acción de respuesta - Efectividad de la acción - Conocimiento del impacto o daño ambiental producido Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Daños o pérdidas de recursos
- Medidas de control correspondiente
Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de una posible emergencia se tendrán las siguientes consideraciones: - Cortar fuente del derrame y contactar por radios trasmisoras o teléfonos disponibles, para que todo el personal tome conocimiento. - Aislar con arena o tierra el combustible, conteniendo el punto de derrame, usar contenedores, y otros implementos que sean prácticos y seguros para disminuir al máximo el flujo del combustible que se pueda estar derramando. - Impedir que el producto derramado vaya a dar a cursos de agua. - Evacuar personas externas y aislar el lugar del derrame haciendo uso de conos de advertencia, cintas u otros elementos que impidan el ingreso de personas y/o equipos al área afectada. Los conductores de vehículos y maquinarias deben esperar en zona de seguridad en espera de instrucciones. - El personal debe estar listo para actuar en caso de incendio, es importante siempre tener baldes con arena y extintores en el punto de derrame. - Una vez contenido el derrame, recoger el material contaminado y almacenarlo provisoriamente en la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro por empresa autorizada. - Una vez remediada la zona afectada, solo el jefe de planta autorizará la reanudación de actividades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando.
El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria
Tabla 10.3.: Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias o residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento de residuos o sustancias peligrosas propios de la operación de la planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantener almacenamiento transitorio en bodega con características y acuerdo al D.S. N°148/2004 del MINSAL - Posteriormente serán trasladados por empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado. Las sustancias y residuos peligrosos en operación, que se utilicen y/o pueden generarse en la planta serán manejados de forma segura y almacenados en contenedores debidamente identificados dentro de la bodega de sustancias y de residuos peligrosos, estos últimos hasta su traslado a disposición final en lugar autorizado para dichos fines. Dichas bodegas contarán con las medidas de seguridad requeridas por la normativa. _ Se prohibirá el acopio de sustancias y/o residuos peligrosos en lugares no autorizados. - Se prohibirá descargar aceites, lubricantes y combustibles al suelo. - Uso de distintivos de seguridad - El sitio de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos contará con un sistema de control de derrames, que podrá consistir en materiales absorbentes o bandejas de contención (aplicable para el almacenamiento de sustancias líquidas), y contar con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados.
Acompañando lo anterior, se complementa con las siguientes medidas de prevención de derrames: - Capacitación al personal relacionado a la identificación de sustancias y residuos peligrosos. - Designar al personal que estará a cargo de las bodegas de sustancias y residuos peligrosos. - Capacitación al personal relacionado con el manejo de sustancias y residuos peligrosos y sobre procedimientos de manejo y respuesta ante emergencias de derrame. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Se realizarán inspecciones visuales para la verificación de la correcta utilización de los sitios de almacenamiento, y manejo de sustancias y residuos peligrosos.
- El transporte de sustancias y residuos peligrosos se realizará de acuerdo a las características de cada sustancia o residuo.
- La carga y descarga de combustibles y/o sustancias peligrosas se realizará en áreas previamente definidas y demarcadas.
- Se suspenderá cualquier tarea que genere partículas incandescentes en el área cercana a la carga y descarga.
- Tanto en el lugar de carga y descarga como en el área de almacenamiento se contará con elementos de contingencia para evitar derrames.
- Cada sitio al interior de la bodega RESPEL estará debidamente señalado con etiquetas para identificar donde debe almacenarse cada sustancia y residuo adecuadamente. Los envases y los embalajes se etiquetarán en idioma español con letra legible.
- Se contará con un registro que indicará la fecha de ingreso del residuo, denominación interna de éste, característica de peligrosidad, cantidad (kg) y fecha de egreso bodega. Para el caso de las Sustancias existirá un listado de ellas en la misma bodega.
- El retiro de los residuos peligrosos generados por el Proyecto, serán realizados en un periodo no superior a seis meses, dependiendo del volumen generado, siendo informados mediante sistema de Ventanilla Única RETC del Ministerio del Medio Ambiente.
- La bodega RESPEL contará con su correspondiente archivador con todas las hojas de seguridad de los residuos que se almacenen. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. La empresa remitirá en caso de derrames de sustancias y/o de residuos peligrosos, dentro del plazo de 1 semana (u otro plazo definido por la Autoridad), a la SMA un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente:
- Origen de la emergencia.
- Acción de respuesta.
- Efectividad de la acción.
- Conocimiento del impacto o daño ambiental producido.
- Daños o pérdidas de recursos.
- Medidas de control correspondiente.
Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Referencia a documentos del expediente de Ficha Resumen del proyecto de la DIA y Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
evaluación que contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de una posible emergencia se tendrán las siguientes consideraciones: - Se avisará a supervisor o persona a cargo de las actividades, en caso de detectar un derrame. - Se aislará el área del derrame/fuga inmediatamente, con la finalidad de evitar que el material de derrame llegue a cursos de agua o alcantarillas de la planta. - Mantenga a las personas que no van a trabajar en la contención del derrame fuera del área. - En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores, las personas a cargo deberán sellar la fuga con los tapones de plástico u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. - Se deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. - Formar capas con arena hasta que absorba todo el material. - En caso de ser posible, detener el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. - Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje etiquetados y enviados a la bodega de residuos peligrosos, para su posterior traslado a un lugar de disposición final autorizado. - El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes y lentes de seguridad. - Se deberá movilizar maquinaria para retiro de residuos y tierra contaminada, además de considerar la preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Se continuarán utilizando de manera normal el resto de los contenedores que estén en óptimo estado. - En caso de que un derrame afecte al suelo, se realizarán las siguientes acciones: identificar la fuente, se aislará el lugar, se hará contención física del residuo o sustancia mediante pretiles de arena o tierra, se recuperará el producto que se encuentre sobre el suelo, se retirará el suelo contaminado y se realizará la disposición final de la sustancia o residuo y del suelo afectado en un lugar autorizado, todas acciones necesarias para no afectar al medio ambiente. Se tomarán muestra para verificar que el sitio quedó libre de contaminación Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando.
El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto
Tabla 10.4.: Situación de riesgo o contingencia: Generación de olor Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Valorización de residuos orgánicos, manejo de digestato al interior de la planta Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En el Sistema tratamiento de aguas servidas: Dado que el Proyecto contempla un sistema de tratamiento de las aguas servidas que se generarán en la Fase de Operación, se considerarán las siguientes medidas para prevenir emanación de olores: - Inspección periódica de la fosa séptica, de forma semestral. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades; revisión de cámaras y estanques; verificación de la cobertura de los estanques, inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. - Se llevará registro de las inspecciones realizadas a la fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. - Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las autorizaciones de los sitios de destino final. - El retiro y disposición final de los lodos será realizado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud respectiva.
Digestión anaeróbica: Todos los procesos de transformación se realizarán en sistemas cerrados, sin oxígeno, en donde la materia prima se degradará controladamente por bacterias generando biogás y estabilizando los residuos. - Los pozos de recepción tendrán compuertas que se abrirán solo al recepcionar los residuos orgánicos, el resto del tiempo se mantendrán cerrados. Sumado a ello, el Proyecto considera un sistema de biofiltros conectados a los pozos de recepción en donde por medio de presión negativa en su interior de forma continua, controlará la emisión de olores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- El sistema de biofiltros es redundante, es decir es diseñado con capacidad de abatimiento de emisiones odoríficas más allá de los requerimientos de la planta, asegurando un porcentaje de abatimiento del orden del 99% o más.
- Se efectuarán mantenciones preventivas y programas del cada biofiltro.
- Una vez al año se efectuarán medidas de control del nivel de abatimiento de los biofiltros, efectuándose medidas de emisiones con olfatometría dinámica en chimenea con filtro detenido y funcionando, determinándose el porcentaje de abatimiento de cada filtro. Si como resultado se denota una baja del desempeño de cada unidad se procederá a la definición de acciones a seguir, pudiendo ser esta el cambio del medio filtrante por uno nuevo (chips de madera).
Digestato: (fracción líquida y fracción sólida) Sin perjuicio de que el digestato no posee olores molestos dado que es un producto estabilizado y sin carga orgánica en descomposición. El digestato obtenido en la operación será acumulado hasta su retiro (digestato líquido) en la laguna de acumulación, la cual contará con una cubierta la cual evitará tanto el ingreso de aguas lluvia como la emanación de olores. El digestato sólido obtenido en la operación será almacenado temporalmente en contenedores tipo ampliroll, los cuales una vez llenados serán cerrados y retirados. Monorelleno Todos los residuos industriales no peligrosos que deban ser dispuestos en la celda de disposición final serán manejados en una celda cubierta con carpas móviles. La emanación de olores será controlada mediante la aplicación de cal y tierra. Al finalizar la jornada, la celda permanecerá cerrada y solo se abrirá con el ingreso de un nuevo camión. Diariamente, se realizarán inspecciones visuales a cargo del supervisor de operaciones y los operadores. En caso de detectarse alguna fuga, se procederá a sellar la celda utilizando geomembrana.
Medidas preventivas al personal: Capacitación al personal en la operación del sistema de tratamiento de aguas servidas, operación de biodigestores anaerobios y manejo de digestato al interior de la planta. En forma adicional la planta mantendrá un plan de gestión olores operativo. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de un sistema de recepción de reclamos por olores Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. La empresa mantendrá dentro del recinto dicha bitácora disponible para ser revisada por la autoridad ambiental. Referencia a documentos del expediente de Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
evaluación que contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de detectar eventos de olor se hará inspección de las zonas de pozos de recepción, otros sitios de manejo de residuos orgánicos sin tratar y de manejo de digestato para verificar que todo se encuentre operando correctamente. Así también ser corroborará la correcta cobertura de celdas abiertas, los sellos en la zona de recepción y la operación del biofiltro, así como la cobertura en la laguna de digestato líquido. En el caso de falla del sistema de abatimiento de olores por medio del biofiltro se realizarán las siguientes actividades: - Se detendrá momentáneamente la recepción de residuos en la planta, procurando mantener los camiones con residuos dentro del galpón de recepción. - Se verificará el estado operativo de cada uno de los dos biofiltros a fin de detectar la potencial falla de uno de ellos. - En caso de falla de uno de los biofiltros y operatividad del otro se podrá seguir recepcionando residuos en solo uno de los 2 bunkers existentes a la vez. (el sistema de biofiltros puede extraer gases de ambas campanas) - Se procederá a la reparación de la falla in situ. En caso necesario se contactará con el proveedor de los biofiltros. - De ser necesario se utilizarán cortinas dispersoras con productos químicos especializados odorantes especiales para el tipo de olor generado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria.
Tabla 10.5.: Situación de riesgo o contingencia: Incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Sistemas de extinción: - La ubicación de los extintores será de acuerdo a lo estipulado en el Decreto 594/2015 del Ministerio de Salud, en todo momento de fácil acceso y estarán claramente identificados y libres de obstáculos y se tendrán los números de emergencia al alcance. Así mismo, los extintores deberán ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales de forma anual.
Medidas preventivas al personal: - Se ejecutarán capacitaciones anuales al personal, orientadas en el manejo de extintores. - Se dispondrá de planes evacuación indicando punto de encuentro y rutas de evacuación, para los cuales ejecutarán de manera anual simulacros con el personal. - Se informará del plan de contingencia al cuerpo de bomberos de la comuna. - Se realizará una adecuada inspección por parte del encargado de prevención de riesgos, poniendo énfasis en: o El equipo y la instalación eléctrica. o La provisión de líquidos y materiales inflamables. o Debajo y cerca de techos calientes. o Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor. o Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interno o Zonas con potenciales atmósferas explosivas
Medidas preventivas en faena de prevención de incendios: - Todo lugar de trabajo, faena, obra e instalación deberá estar en condiciones óptimas de orden y limpieza. - En todos los lugares de trabajo, faenas e instalaciones se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente. - Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores aptos para los diferentes tipos de fuego que se puedan generar de acuerdo con las sustancias o residuos generados en el área de extracción). - Los elementos para combatir los incendios deberán ubicarse en sitios de fácil acceso y contar con identificación clara. - Mantención anual de los extintores. - Inspección permanente de los lugares de trabajo, faenas e instalaciones con el objetivo de detectar peligros. - Se mantendrán resguardadas las sustancias inflamables, en lugares que no revistan riesgo de combustión. - Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Se prohibirá estrictamente encender fogatas, fumar o realizar cualquier otra acción que represente riesgo de incendio, colocando carteles al interior de todo el Proyecto indicando que se prohíbe realizar estas acciones.
- El estacionamiento y uso de maquinarias y vehículos se realizará en sectores definidos para ello, quedando prohibido estacionarse en sectores que presenten vegetación seca.
- Se colocarán carteles indicando las zonas de evacuación dentro del Proyecto, indicando la zona segura en caso de un incendio, la cual corresponderá a la zona frente a estacionamientos y oficinas
- Se mantendrá el pasto corto a lo largo de todo el año, evitando con ello vegetación seca en épocas de calor.
- En la instalación de operación se contará con la información mínima para ser utilizada por los bomberos (Área del Proyecto, contacto representante legal o jefe de Planta, cantidad de paneles, sistema eléctrico entre otros). -Si un extintor es utilizado, se deberá reponer dicho extintor en un plazo de 48 horas.
Adicionalmente a lo indicado, en relación con la prevención de incendios forestales se indican las siguientes medidas: - Inducción a los trabajadores sobre la prevención de incendios forestales. - Establecer alianza con los cuerpos de bomberos y CONAF de la comuna de Osorno. - En caso de que un incendio forestal se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura, se avisará a la SMA dentro de un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Forma de control y seguimiento - Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. - Respaldo recepción por parte del Cuerpo de Bomberos de la comuna. - Registro de entrega de plan de contingencia y emergencia a trabajadores del Proyecto previo al inicio de las obras y a cada nueva incorporación. - Registro de las capacitaciones de uso de extintores a los trabajadores del Proyecto previo al inicio de las obras y a cada nueva incorporación. - Registro de capacitación respecto a Plan de Contingencia y Emergencias a trabajadores del Proyecto previo al inicio de las obras y a cada nueva incorporación. - Registro de las mantenciones a los extintores.
Los registros estarán a disposición de la autoridad en la oficina administrativa del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte humos o llamas deberá dar inmediato aviso al supervisor directo o jefe de Planta, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: - Evaluar la magnitud y la factibilidad del control del incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados. Recordar que se debe priorizar el resguardo de las vidas humanas. - En caso de requerir la presencia de Bomberos, el Encargado de Emergencia solicitará su presencia, y deberá realizar las coordinaciones necesarias para que el acceso al Proyecto sea expedito. - Se iniciará el combate del siniestro mediante equipos de extinción de incendios disponibles en el Proyecto. Los extintores portátiles serán utilizados para controlar amagos. - Si se presentan derrames de combustible y se encuentra ardiendo, no se ocupará agua como agente extintor, se utilizará arena, tierra o polvo químico seco (PQS). En caso de ser un equipo eléctrico, tampoco se usará agua, puesto que el agua es un agente conductor de la electricidad y facilitara la expansión del incendio. En este caso se utilizarán extintores de CO2. - Los brigadistas deberán cortar suministro eléctrico y de gas, alejar fuentes combustibles en caso de ser posible. - Si no es posible el control del incendio se deberán interrumpir las actividades y evacuar del área a todo el personal, para reunirse en la zona de seguridad. Realizar conteo de las personas que habitualmente están en el lugar de trabajo, confirmar la presencia de todos, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información necesaria. - Si la presencia de humo disminuye la capacidad para respirar y desplazarse, se deberá en lo posible, mojar un trapo u otro similar y colocárselo en la cabeza, de tal manera que cubra el área de la boca y nariz. - Si una persona estuviera envuelta en llamas, lo primero que ésta debe hacer es arrojarse al suelo y uno de sus compañeros deberá envolverlo en una frazada u otro similar e ir presionando para extinguir las llamas, de no contar con ninguno de estos utensilios deberá rodar por el suelo cubriéndose el rostro con las manos. Una de las primeras recomendaciones que se le debe entregar, consiste en que no debe correr, debido a que esto sólo aumentaría las llamas. - Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. - El encargado de emergencia será el encargado de entregar la información oficial del siniestro a servicios externos como Bomberos, Autoridad Sanitaria, Carabineros o Periodistas. - El transporte de combustible a los lugares de las faenas se realizará usando envases estancos, sellados y seguros.
El Procedimiento de actuación en caso de incendio forestal o actos vandálicos es el siguiente: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Dar aviso inmediato al supervisor en caso de avistar o ser informado de un incendio forestal o acto vandálico con generación de fuego.
- En caso de no poder extinguir el incendio, coordinar con Bomberos y Carabineros si la emergencia lo requiere.
- Se tendrá todos los recursos de la planta disponibles a disposición de Bomberos.
- Una vez controlada la situación de emergencia, el jefe de Seguridad y Salud Ocupacional y/o el Jefe de Planta decretará el final de esta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando.
El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Otros contactos de importancia: - Bomberos: 132 - CONAF: 64 - 2221304 - 64 - 2221306 - 130 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto
Tabla 10.6.: Situación de riesgo o contingencia: Sismo Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Todas las obras del Proyecto cumplirán con normativa de construcción asociada a diseños antisísmicos, de acuerdo con los requerimientos de la normativa nacional vigente. - Se deberán conocer con antelación las áreas de seguridad y encontrarse debidamente señalizadas. - Se mantendrán rutas señalizadas de escape y seguridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas.
- Entrega y capacitación respecto al plan de contingencia y emergencias a los trabajadores para que tengan conocimiento de este.
- Capacitar a los trabajadores sobre el uso de las zonas de seguridad, y de la importancia de mantenerlas disponibles.
- Se mantendrá botiquín de primeros auxilios en oficinas.
- Durante un sismo: el personal seguirá las acciones iniciadas en Plan de prevención de contingencia y emergencias de riesgos laborales de la empresa. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características.
- Registro de la entrega del plan de contingencias y emergencias a los trabajadores del Proyecto previo al inicio de las obras y a cada nueva incorporación.
- Registro de capacitación respecto al Plan de Contingencias y Emergencias a los trabajadores del Proyecto.
-
Los registros estarán a disposición de la autoridad en la oficina administrativa del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de un evento de sismo, el jefe de Planta a cargo de acuerdo con su capacitación y experiencia determinará si procede la detención de la Planta. Las acciones por seguir que considerarán el jefe de Planta y el personal que se encuentre en la planta. Estas son:
-
Mantener la calma, controlando posibles casos de pánicos.
- Desalojar al personal del lugar de trabajo de manera ordenada hacia las zonas de seguridad establecidas, en donde no deberá existir peligro de caída de objetos, materiales, entre otros.
- Las zonas de seguridad están debidamente señalizadas.
- De ser posible, se deberá cortar los suministros de agua, apagar sistemas eléctricos, motores de equipos, entre otros. - No tratar de salvaguardar objetos u otro elemento.
- Protegerse, bajo un marco de puerta sin ventanal, bajo una mesa o mueble sólido o solo en una esquina de la sala, de la siguiente forma; siéntese en el suelo, flexione las piernas levantándolas y proteja la cabeza en los posible con el casco de seguridad de lo contrario ayudarse con las manos o un libro, u otra cosa con la que pueda cubrir su cabeza. Posterior a un sismo:
- Permanecer en alerta, se debe recordar que después de un sismo seguirá temblando o habrá réplicas.
- Verificar que el personal se encuentra en su totalidad y en buen estado, ayudando a aquellos que lo necesitan.
-
Prestar atención de primeros auxilios a personal que resulte accidentado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
-
Tener extremo cuidado con cables eléctricos que por defectos del movimiento hayan caídos desde torres de alta tensión, los objetos que se encuentran en contacto con ellos, u otros que puedan provocar un posible puente eléctrico y/o exista un contacto directo del personal con dichos cables.
- Indicarle a la visita el lugar de seguridad e ir con el encargado hasta la zona.
- Luego, se deberá realizar una evaluación preliminar y rápida de: o Número de lesionados. o Condiciones especiales (atrapamiento, aplastamientos, suspendidos, quemaduras, entre otros). o Tipo de lesiones. o Riesgos inminentes del lugar (peligro de caída, derrame, entre otros). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto
Tabla 10.7.: Situación de riesgo o contingencia: Derrame de aguas servidas Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Abastecimiento de combustible para el funcionamiento de maquinarias y equipos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se implementarán medidas de prevención de contingencias para prevenir derrames de aguas servidas de la fosa séptica ubicada en la instalación. Se considera la implementación de las siguientes medidas orientadas a:
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i. Medidas generales: - Se implementará señalética descriptiva, de uso y seguridad. - En caso de que ocurran sismos de gran magnitud, se procederá a inspeccionar los componentes del sistema de tratamiento previo a su uso. ii. Medidas para garantizar la calidad del efluente: - Se prohibirá realización de excavaciones en la zona de emplazamiento del sistema de tratamiento, con el objetivo de evitar la ruptura de sus componentes. - Se prohibirá la adición de sustancias peligrosas corrosivas para la eliminación de materiales que obstruyan el sistema de tratamiento o que puedan generar una alteración en el efluente.
iii. Medidas operacionales (control de olores u otros): - Se capacitará al personal según requerimientos del sistema implementado. - En el caso que los trabajadores de la empresa no puedan reparar los daños, se contratará una empresa externa que resuelva: el retiro oportuno y eficiente de las aguas servidas tratadas en caso de emergencia, generación de olores, reparación de partes constituyente y reparación o implementación de estanques de acumulación.
iv. Medidas del servicio externo y lugar de disposición final: - Se velará que el traslado de los lodos generados en la fosa séptica se realice a través de un camión limpia fosas, cuya empresa deberá estar autorizada por la SEREMI de Salud respectiva. De igual modo, se hará cargo de su disposición final en sitio autorizado sanitariamente. - Se verificará la hermeticidad del camión y el correcto sellado de las mangueras de succión. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte un derrame deberá dar inmediato aviso al supervisor directo y Jefe de Planta, quien coordinará la aplicación del siguiente procedimiento: - Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector del derrame. - Suspender las descargas a la fosa séptica, cerrando el suministro de agua y cancelando de manera temporal las instalaciones sanitarias - Evaluar la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - Revisar si la tubería de desagüe de la fosa séptica está obstruida, de ser así, se debe limpiar y restablecer su normal funcionamiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- En caso de no poder limpiar la tubería de desagüe obstruida, solicitar de inmediato los servicios del contratista a cargo de la mantención.
- En caso de producirse una fuga por orificios en el sistema de tratamiento, se deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado.
- Se deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico.
- Construir un dique con arena para evitar que el material derramado alcance cursos de agua y/o alcantarillas.
- Absorber con material inerte, toda el área del derrame, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro.
- Formar capas con arena hasta que absorba todo el material.
- Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje etiquetados y enviados a disposición final.
- El personal involucrado en la contención de las aguas servidas deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes y lentes de seguridad.
- En el caso de que existan desbordes de aguas servidas desde la fosa séptica al suelo, se deberá evitar en todo momento que sea un foco de infección posterior, realizando el debido saneamiento ambiental del área afectada.
- Ante cualquier falla alguna de la fosa séptica que considera el Proyecto, se implementarán baños químicos para el personal, por el periodo de tiempo que el servicio sea repuesto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA y a Seremi de Salud a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando.
El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto
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Tabla 10.8.: Situación de riesgo o contingencia: Derrame desde reactores anaeróbicos existentes o líquidos con contenidos orgánicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Biodigestión. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El personal que trabaje en la manipulación de los reactores en la implementación de la ampliación de la capacidad de operación de la Planta solo será la autorizada.
Los trabajos serán programados y ejecutados sin inferencias de otras actividades dentro de la planta.
Se identificarán, aislarán y/o se paralizarán aquellas actividades que impliquen riesgos para la ejecución de la nueva configuración de los reactores.
El personal que trabaje en la planta se encontrará debidamente capacitado para su operación y el actuar del plan de contingencias.
La planta contará de un sistema de contención de derrames masivos de líquidos con contenidos de orgánicos, como lodos o líquidos de procesos intermedios
El galpón de recepción de residuos contará con canaletas perimetrales de recolección de derrames en su interior, el cual podrá redirigir cualquier derrame a los bunkers de recepción existentes en el lugar.
Para derrames al exterior se dispondrá de elementos de contención de derrames menores, como arena, palas y escobillones.
En forma adicional el suelo de la planta poseerá una pendiente orientada al sur poniente hasta llegar a una conexión de una piscina de acumulación de líquidos de emergencia en el lugar. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital de las actividades ejecutadas en forma detallada, así como cualquier problema detectado y solucionado que implique la nueva configuración de los reactores. Revisión de obra y herramientas existentes para la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia ▪ Se asegurará que no exista exposición de personal a los residuos remantes de los reactores. ▪ Se hará uso del equipo de protección personal apropiado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
▪ Se dispondrá de la detención de las operaciones de ser necesario ▪ Se asegurará el área de la emergencia, determinando el límite físico del derrame. ▪ Para derrames menores se prevendrá el esparcimiento de los residuos orgánicos, empleando materiales absorbentes como arena u otro material, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro para minimizar y acotar el área de derrame. Los líquidos recolectados podrán ser reintegrados a la planta. Los sólidos generados de la absorción y/o recolección de residuos podrán ser eliminados juntos con los residuos domésticos de la planta ▪ Para derrames mayores derivados de roturas, rebalses de equipos por sismo o similares se dejarán escurrir estos a la piscina de emergencia existente en el lugar donde serán recolectados.
Una vez finalizada la emergencia se revisará el área de escurrimiento a din de verificar que se encuentre limpia. En caso de existir contaminación se procederá a efectuar la limpieza del lugar. Los líquidos acumulados en la piscina podrán ser reintegrados a la planta por medio de bombeo u operación de un camión tipo limpia fosa o similar que traslade estos al área de recepción de la planta. En caso de existir recursos naturales afectados se dará aviso de la emergencia a la SMA por medio del sistema digital de la institución. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria.
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Tabla 10.9.: Situación de riesgo o contingencia: Asalto Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Proyecto contará con cierre perimetral y portón de acceso, lo cual restringirá el acceso de personas ajenas a la operación de la planta. i. Medidas generales: - Cerco perimetral - Portón de acceso - Cámaras en el acceso de la planta.
ii. Medidas preventivas al personal: - Se ejecutarán capacitaciones anuales al personal, orientadas a cómo reaccionar en caso de asalto en la planta.
iii. Medidas preventivas en faena: Acompañando a lo anterior, se contemplan las siguientes medidas de prevención de incendios: - Todo lugar de trabajo, faena, obra e instalación deberán velar siempre que el acceso al Proyecto se encuentre restringido. - Inspección permanente de las cámaras de acceso al Proyecto desde las oficinas de operación de la planta con el objetivo de detectar peligros. - Se instalarán focos en el acceso del Proyecto y en los deslindes para tener buena visibilidad de noche y con ello detectar cualquier anomalía mediante las cámaras de la planta. Forma de control y seguimiento Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Detalle de estas medidas en Plan de Emergencias que se presenta en Ficha Resumen del Adenda Complementaria. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria.
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Tabla 10.10.: Situación de riesgo o contingencia: Fuga de biogás Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tratamiento de Biogás Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El Proyecto cumplirá con lo estipulado en el Decreto N°119/2017 Reglamento de Seguridad de las Plantas de Biogás del Ministerio de Energía, el que establece los requisitos mínimos de seguridad que deberán cumplir las plantas de biogás. - Se velará por la correcta operación de la planta de biogás, a objeto de desarrollar las actividades en forma segura, controlando toda clase de riesgos que la operación presente para las personas o las cosas. Por ello, La Planta de ECOPRIAL, será operada, mantenida e inspeccionada evitando la formación de atmósferas explosivas y controlando cualquier fuga, emanación o residuo de biogás. - Para ello, los materiales, productos, elementos, accesorios, revestimientos, construcciones o estructuras utilizadas en las plantas de biogás: Contarán con aptitud química y física para el uso y contacto con biogás, sustratos, sus mezclas líquidas, sólidas y gaseosas, como asimismo para los gases de su combustión; serán resistentes a las presiones de operación; serán resistentes a las condiciones del entorno donde son instalados.
_ Esta planta tendrá, según el reglamento, detectores de fugas para metano (CH4) y ácido sulfhídrico (H2S) que permiten detectar la presencia de estos gases en las zonas con presencia, conducción y almacenamiento de biogás. El sistema de detección de gases considerará la aplicación de dos umbrales de alarmas, uno al 20% del límite inferior de explosividad (LEL), mediante una alarma remota, y un segundo umbral al 40% del LEL, el que deberá accionar un sistema de corte automático de los equipos a biogás, en este caso los compresores y motores de generación eléctrica del Proyecto.
La planta de biogás, en aquellas materias relativas a la operación, mantenimiento e inspección cumplirá con los requisitos que a continuación se indican: 1. El Proyecto será operado, mantenido e inspeccionado evitando la formación de atmósferas explosivas y controlando cualquier fuga, emanación o residuo. 2. La planta de biogás será operada, mantenida e inspeccionada para evitar o reducir cualquier filtración o derrame de material digerido en cualquiera de sus puntos de circulación. 3. Previo a ejecutar trabajos en espacios confinados se verificará la inexistencia de atmósferas explosivas, todos los trabajos en dichos espacios serán realizados por dos o más personas en coordinación, de manera tal, que una de ellas se encuentre fuera del área confinada, utilizando ambos los elementos de seguridad necesarios, incluyendo un sistema de protección contra gases acorde a los riesgos de la planta de biogás. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- De manera permanente, aquellos trabajadores que realicen labores en espacios confinados mantendrán consigo un sensor de gases, y en caso de activarse la alarma sonora, deberán cesar las labores y evacuar el área con los equipos de protección personal acordes a sus labores.
- Se harán las inspecciones periódicas, cuando correspondan, para verificar que la planta de biogás mantenga las condiciones de seguridad, de acuerdo con lo que determine la Superintendencia para estos efectos.
- Se llevará registros del biogás producido en m3 por día, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N°119 /2017 del Ministerio de Energía.
- Cuando se contemple un proceso de limpieza, éste deberá ser mantenido conforme a las indicaciones de su fabricante.
- Se prohíbe fumar al interior de la zona definida por el cerco perimetral de la planta de biogás, lo cual será reforzado por medio de capacitaciones de seguridad a todo el personal, estipulado en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) de la compañía y por medio de señalética en distintas zonas al interior del Proyecto.
- El área establecida como ATEX (atmósfera explosiva) contará con señalética, además todos los ductos donde circule Biogás serán señalizados, de tal forma que toda persona tenga conocimiento de la presencia del gas.
- Se capacitará a todo el personal que participe en la operación de la planta de biogás, en los procedimientos operacionales y de seguridad de ésta.
- Se mantendrá en orden, limpio y libre de material combustible los alrededores de la planta de biogás hasta una distancia de 2 metros medidos desde la superficie externa de las unidades de recepción, preparación y almacenamiento de sustrato, y de producción, almacenamiento, tratamiento, transferencia y suministro de biogás.
- Todos los trabajos de mantención se realizarán con herramientas anti chispas, y el personal a cargo de dichas mantenciones, mantendrá consigo sensor de multigases y ropa de trabajo adecuada como overoles 100% algodón, evitando que se produzca energía estática.
- Toda el área donde circule el biogás, serán en ambientes abiertos, que impiden la acumulación de gases. Forma de control y seguimiento La empresa remitirá, dentro del plazo de 1 semana (u otro definido por la Autoridad) a la SMA un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente:
- Origen de la emergencia.
- Acción de respuesta.
- Efectividad de la acción.
- Conocimiento del impacto o daño ambiental producido.
- Daños o pérdidas de recursos
- Medidas de control correspondiente.
Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En cuanto a informar como establece el Decreto N°119/2017 del Ministerio de Energía, en casos de emergencia el Titular comunicará los siguientes hechos: - Explosión. - Inflamación de gas. - Fuga, atentado o incendio que afecte el normal desarrollo de la actividad. - Hecho derivado del manejo de biogás, que origine la muerte de una o más personas o impida a las personas afectadas desarrollar las actividades que normalmente realizan, más allá del día del accidente. - Movimiento inesperado o solicitación anormal por causas naturales, tales como sismos, derrumbes o inundaciones que perjudique la integridad estructural u operacional de la planta de biogás. - Cualquier rotura u otro defecto de material que perjudique la integridad estructural u operacional o fuga de biogás de una planta de biogás. - Cualquier otro evento que, por su característica y naturaleza, sea de similar gravedad a los ya mencionados.
Además, se deberá: -Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector de la fuga y de la zona ATEX debidamente señalizada. - Cortar la energía eléctrica si es seguro hacerlo, - Apagar motores o equipos que puedan generar chispas. - Suspender la continuidad de las operaciones, el jefe de operaciones, en conjunto con él supervisor de operaciones y/o el asesor en prevención de riesgos y medio ambiente, evacuarán a los trabajadores, hacia la zona de seguridad con sus mascarillas para gases y vapores - El jefe de operaciones, supervisor de operaciones, supervisor de mantenimiento y asesor en prevención de riesgos y medio ambiente, evaluarán la magnitud de la fuga y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - Con el equipo y herramientas adecuados, el área de mantenimiento revisará las tuberías y tratará de dar solución a la fuga. - El personal que intervenga debe portar: mascarillas con filtros adecuados, guantes, ropa antiestática y, si es necesario, equipos de respiración autónoma. - En caso de daño en la geomembrana o ductos, cubrir temporalmente con material impermeable hasta una reparación definitiva. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
- El jefe de operaciones o el Asesor en prevención de riesgos y medio ambiente, comunicara a bomberos sobre lo sucedido, solicitando apoyo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se está informando.
El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y del Ad. Complementaria.
Tabla 10.11.: Situación de riesgo o contingencia: Afectación indirecta a cuerpos de agua superficiales Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Almacenamiento de residuos domiciliarios, industriales no peligroso y aguas servidas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitar a los trabajadores del Proyecto respecto de la contaminación de aguas, tanto directa como indirectamente. - Mantención y retiro periódico de residuos industriales desde el área de almacenamiento temporal. - Revisión post mantención, del área del proyecto y zonas aledañas para verificar la inexistencia de residuos relacionados a esta actividad.
En caso de que se encuentren residuos industriales. o aguas servidas en las zonas aledañas al Proyecto, estos serán conducidos en forma natural a la piscina de emergencia que se encuentra en el área del proyecto y luego enviadas a la Planta de biodigestión. - En caso de encontrar algún tipo de residuo peligroso, como envases de lubricantes o telas contaminadas con este tipo de solución, se retirará el residuo y se llevará al sitio de almacenamiento temporal para RESPEL. Además, se evaluará la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
necesidad de retirar el suelo en donde se encontró el residuo, en caso de que hubieran ocurrido un derrame. Forma de control y seguimiento Las medidas asociadas a afectación indirecta a cuerpos de agua se implementarán durante el primer año de la Fase de Operación del Proyecto en Zonas con presencia de cuerpos de agua superficiales en y las zonas aledañas a la Planta ECOPRIAL.
Las medidas se encontrarán disponibles desde el primer año de la Fase de Operación de la Planta y se procederá a realizar la carga del plan de contingencias y emergencias, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental en el Sistema Resolución de Calificación Ambiental (SRCA) a través de https://srca.sma.gob.cl Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Verificar que la contaminación fue producida por la Planta sea por equipos, insumos y productos o por la maquinarias y vehículos de esta. - Identificar el tipo de contaminante, hidrocarburos, productos químicos aguas servidas, etc. - Evaluar la magnitud de la contaminación y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - Construir un dique con arena u otro material para evitar que las aguas puedan afectar otros cursos de agua. - Extraer con motobomba toda el agua contaminada y que será almacenada en estanques y/o camiones aljibes. - Dependiendo el tipo de contaminación de agua esta debe ser dispuesto en lugares de disposición final adecuados al tipo de contaminación.
- El personal involucrado en la contención y control de las aguas contaminadas deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes y lentes de seguridad.
- La empresa remitirá, dentro del plazo de 1 semana (u otro definido por la Autoridad), a la SMA un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente: - Origen de la emergencia - Descripción de la emergencia y lugar - Identificación de sustancias involucradas de ser el caso - Magnitud y duración del evento - Acción de respuesta - Efectividad de la acción - Conocimiento del impacto o daño ambiental producido. - Daños o pérdidas de recursos - Medidas de control correspondiente - Medidas de Monitoreo de calidad de las aguas en caso de afectación o contaminación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
En relación con la capacitación de los trabajadores, se mantendrá un control de las capacitaciones a través de un registro firmado por el personal.
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, se elaborará un informe de lo sucedido, el que será remitido a la SMA para su evaluación, en un plazo de una semana desde ocurrido el evento. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrame. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y de Adenda Complementaria.
Tabla 10.12.: Situación de riesgo o contingencia: Disconfort térmico ambiental Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Dada el área de emplazamiento, ubicada en la comuna de Osorno, el Proyecto se verá afectado por las fluctuaciones de temperatura, que, en el tiempo, verán modificados sus valores extremos, es decir, durante la época invernal, las temperaturas serán más bajas, mientras que, en la época estival, éstas serán más altas. Con el propósito de resguardar la salud ocupacional del personal que se encuentre trabajando en la Planta, se proponen las siguientes medidas: - Capacitaciones de autocuidado y preparación para olas de calor. - Dispensadores de agua a disposición, distribuidos en la faena o planta. - Uso de indumentaria liviana, que cuente con protección UV y malla transpirable. - Cumplimiento del D.S. N°594 respecto a confort térmico en lugares de trabajo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
El objetivo es establecer medidas de control para evitar episodios de descompensación del personal por efecto de temperaturas extremas.
Las medidas asociadas se implementarán en la Fase de Operación del Proyecto, en la Planta de Biodigestión. Estas se encontrarán disponibles desde la ejecución de la optimización, y se procederá a realizar la carga del plan de contingencia y emergencia, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental en el Sistema Resolución de Calificación Ambiental (SRCA) a través de https://srca.sma.gob.cl
Como indicadores de cumplimiento se tiene: - Registro de Capacitación del personal en el autocuidado y preparación para olas de calor. - Fotografías de la ubicación de los dispensadores de agua en el área de trabajo. - Registro de entrega de insumos para la protección personal. Forma de control y seguimiento Expediente con los indicadores de cumplimiento disponible en la Planta. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto de la DIA y del Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En el caso de que un trabajador presente síntomas de descompensación se procede a dar aviso al supervisor o persona a cargo de las actividades. • Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector del episodio. • Brindarle atenciones de primeros auxilios, evaluar su estado de salud y derivar a servicio de urgencia, si fuese necesario. • El encargado de emergencia será el encargado de entregar la información oficial del siniestro a servicios externos como Ambulancia, Autoridad Sanitaria, Carabineros. • En caso de olas de calor extrema no controlada con los medios propios se enviarán a los trabajadores a la mutual correspondiente. El indicador de cumplimiento será el registro de ingreso del trabajador a la mutual respectiva. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se avisará a la SMA, dentro de un plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. El procedimiento de comunicación deberá contener lo siguiente: Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire), Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto de la DIA y de Adenda Complementaria.
Tabla 10.13.: Situación de riesgo o contingencia: Anegamiento por Aguas Lluvias Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Realizar una inspección de los sectores que cuenten con zonas destinadas al escurrimiento de aguas de lluvias y, en caso de ser necesario, se deberán despejar estos sectores, quitando cualquier tipo de escombro que se encuentre presente. • Capacitación a los trabajadores: Mantener debidamente instruido al personal respecto a procedimientos de emergencia en caso de inundación • Se mantendrá un registro de las actividades de simulacro de evacuación realizadas y de capacitación del personal, el cual contará con la firma de los trabajadores involucrados. El registro será revisado y actualizado mensualmente, en caso de requerirse, y se encontrará en la Sala de Control. • Registro de inspecciones de los sectores que cuenten con zonas destinadas al escurrimiento de aguas de lluvias. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de simulacro de evacuación realizadas y de capacitación del personal, el cual contará con la firma de los trabajadores involucrados. El registro será revisado y actualizado mensualmente, en caso de requerirse, y se encontrará en la Sala de Control. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Si eventualmente ocurre el desprendimiento y arrastre de algún componente del Proyecto, se procederá a realizar la búsqueda de éstos, en un radio de hasta 5 km. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad, definida e identificada en las capacitaciones, y esperar instrucciones del personal entrenado. • Prepararse para una eventual evacuación, esto será definido por el encargado de la emergencia • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se pausarán las actividades y obras hasta la liberación del área afectada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Si producto de la ocurrencia de un evento de anegamiento se genera una situación de emergencia que conduzca a la afectación de recursos naturales, se elaborará un informe el cual será remitido a la SMA, SEREMI de Medio Ambiente y a la autoridad competente en materia ambiental en el caso de algún componente afectado (agua, aire, suelo) en un período no superior a las 48 horas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ficha Resumen del Proyecto
- Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:
Tabla 11.1. Condición o exigencia: Implementación adecuada de las charlas de inducción en Paleontología Impacto asociado No hay
Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar cumplimiento con normativa ambiental competente respecto el patrimonio paleontológico y protección de este en caso de su hallazgo.
Descripción: El CMN señala sobre el componente paleontológico, que: “se reiteraron los lineamientos para la implementación de las charlas de inducción en paleontología, las que deben dictarse de manera sincrónica, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal, debiendo remitir los reportes de esta actividad por el/la asesor/a en paleontología a cargo cada 6 meses”.
Justificación: El Consejo de Monumentos Nacionales a través de Ord. N°168 de fecha 14/1/2026 señala que no se incorporan en Adenda Complementaria los lineamientos indicados para las charlas de inducción. Tomar conocimiento para que en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, en el marco de las obras, partes o acciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño en Monumento Nacional establecido en el artículo 38° de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26° y 27° del mismo cuerpo legal y el artículo 23° del D.S. N°484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Planta Ecoprial
Forma: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Implementación de charlas de inducción en paleontología, las cuales deberán ser dictadas por un paleontólogo profesional, las que deben dictarse de manera sincrónica, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal, debiendo remitir los reportes de esta actividad por el/la asesor/a en paleontología a cargo cada 6 meses, y deberán incluir un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla.
Oportunidad: Cada vez que se incorpore personal a la Planta. Indicador que acredite su cumplimiento Acreditación de las charlas concretadas. Forma de control y seguimiento Lo que indique la Autoridad pertinente
Tabla 11.2. Condición o exigencia: Programa de Compensación de Emisiones Impacto asociado Alteración de la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar cumplimiento al D.S. N°47/2016 que Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno.
Descripción: El titular deberá implementar un Programa de Compensación que asegure una reducción equivalente al 120% de las emisiones generadas por el proyecto, lo que corresponde a una meta anual de 1,512 t/año de MP10.
Lo anterior mediante medidas adicionales, verificables y focalizadas territorialmente, conforme a lo estipulado en el Plan de Descontaminación de Osorno. Es así como dentro del Anexo 2 de Estimación de Emisiones Atmosféricas se presenta un esbozo preliminar del Plan, el cual deberá ser perfeccionado con posterioridad a la emisión de la RCA favorable y previo a la presentación a la Autoridad competente.
Justificación: Ord. N°350 de fecha 15/1/2026 de la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Los Lagos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En Planta Ecoprial
Forma: El PCE deberá contemplar el retiro de emisiones en la zona saturada, equivalentes en composición de emisiones generadas por el proyecto, las cuales para este caso corresponden a Material Particulado en su fracción de 10 micras – MP10.
El PCE deberá cumplir con los criterios de integridad ambiental señalados en el art. N°56 del Plan de Descontaminación para la Comuna de Osorno, es decir, debe considerar medidas que sean: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
• Cuantificables, esto es, que permita cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ella. • Efectivas, esto es, que genere una reducción de emisiones real y medible. • Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. • Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.
_ Para lo anterior, se solicita atender los contenidos de la Resolución Exenta Nº02225/2025, con el “Instructivo para la Tramitación de Solicitudes de Aprobación y de Modificación de Programas de Compensación de Emisiones Nacional”, del Ministerio del Medio Ambiente (https://pdao.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2025/05/RES.-EX.- N-2225-Deja-sin-efecto-resoluciones-y-aprueba-instructivo- nacional-de-PCE.pdf)
_ El PCE deberá contar con la aprobación de la SEREMI de Medio Ambiente mediante un acto administrativo, como requisito previo al inicio de las obras de implementación del proyecto.
Oportunidad: En un plazo no superior a 60 días corridos a partir de la fecha de la publicación de la RCA del proyecto, el Titular deberá proporcionar un detallado Plan de Compensación de Emisiones (PCE) a la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. Indicador que acredite su cumplimiento Autorización por parte de la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos del Plan de Compensación de Emisiones. Forma de control y seguimiento Acreditar ante la autoridad competente reducción equivalente al 120% de emisiones generadas por el proyecto, lo que corresponde a una meta anual de 1,512 t/año de MP10, mediante medidas adicionales, verificables y focalizadas territorialmente, conforme a lo estipulado en el Plan de Descontaminación de Osorno.
Tabla 11.3. Condición o exigencia: Actualización de CAV sobre Humectación de Suelos Impacto asociado Alteración de la calidad del aire Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir emisiones hacia la atmósfera
Descripción: Se solicita reemplazar actualizar CAV sobre Supresión de Polvo
Justificación: Ord. N°350 de fecha 15/1/2026 de la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Los Lagos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En Planta Ecoprial
Forma: El CAV sobre la humectación de suelo utilizando supresor de polvo deberá ser la redacción que se incorpora en este Informe en el punto 11.1.1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Aplicación de Supresor de Polvo de base polimérica en camino de acceso a planta. Mismo que se presenta en Adenda Complementaria, punto 6.1. tabla 3.
Oportunidad: No aplica Indicador que acredite su cumplimiento El que se indica en el compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Aplicación de Supresor de Polvo de base polimérica en camino de acceso a planta Forma de control y seguimiento El que se indica en el compromiso ambiental voluntario: Monitoreo Aplicación de Supresor de Polvo de base polimérica en camino de acceso a planta
Tabla 11.4. Condición o exigencia: Entrega de documentación post RCA Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contar con la información señalada en Adenda Complementaria que a su vez completamente antecedentes respecto del seguimiento ambiental de medida de gestión respecto de humectación de suelo con supresor de polvo y uso de equipo de monitoreo “dustmate”.
Descripción: Una vez sea publicada la RCA, se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente documento que contenga la información relacionada al control y seguimiento de la eficiencia y desempeño del supresor de polvo, mediante el monitoreo con equipo “Dustmate” para el abatimiento de polvo. A su vez, esta información deberá estar siempre disponible en las instalaciones del proyecto, en caso de fiscalización.
Justificación: Ord. N°350 de fecha 15/1/2026 de la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Los Lagos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En Planta Ecoprial
Forma: Una vez sea aprobada la RCA, se debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente documento que contenga la información relacionada al control y seguimiento de la eficiencia y desempeño del supresor de polvo, mediante el monitoreo con equipo “Dustmate” para el abatimiento de polvo. A su vez, esta información deberá estar siempre disponible en las instalaciones del proyecto, en caso de fiscalización. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Oportunidad: Una vez publicada la RCA. Indicador que acredite su cumplimiento Documento que acredite despacho de documentación solicitada hacia la SMA Forma de control y seguimiento No aplica
Tabla 11.5. Condición o exigencia: Monitoreo continuo de emisiones odoríferas Impacto asociado Riesgo para la salud de la población Alteración de la calidad de vida de la población Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contar con la información que acredite que no se ha de generar efectos negativos sobre la salud y calidad de vida de las personas que habitan en las cercanías del proyecto.
Descripción: Una vez sea aprobada la RCA, se deberá realizar monitoreo de emisiones odoríferas.
Justificación: Ord. N°350 de fecha 15/1/2026 de la SEREMI de Medio Ambiente de la región de Los Lagos. Se observa que el Titular no considera un periodo de monitoreo suficiente que permita asegurar un adecuado seguimiento y control de las emisiones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En Planta Ecoprial
Forma: Se utilizará tecnología de monitoreo continuo, mediante un monitor de contaminantes gaseosos en tiempo real de las emisiones de H₂S, pudiendo medir en forma adicional un segundo gas emitido por la planta, NH3 o COV’s.
Esto es parte del Plan de Gestión de Olores (PGO) (Anexo 6. PGO actualizado del Ad. Complementaria) y del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales (Anexo 10. Ficha Resumen del Ad. Complementaria) del proyecto.
Monitor medidor de gases será instalado cerca de la fuente principal de gases de la Planta ECOPRIAL.
Oportunidad: Durante los 2 primeros años de operación del proyecto evaluado Indicador que acredite su cumplimiento Acreditación del envío de informe a la SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Forma de control y seguimiento _ Remitir a la SMA informe anual con los resultados y el análisis correspondiente, en un plazo no superior a 30 días contados al término de cada año. _ Esta información deberá estar siempre disponible en las instalaciones del proyecto, en caso de fiscalización.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
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Que, para que el proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos Ecoprial” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA, Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
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Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos Ecoprial”, de Asesorías Los Olivos S.A.
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Certificar que el proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos Ecoprial” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
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Certificar que el proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos Ecoprial” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 126 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Certificar que el proyecto “Optimización Capacidad Operacional Planta de Residuos Orgánicos Ecoprial”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.
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Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº19.300, ante el director ejecutivo del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570
Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, notifíquese vía Oficina Partes SEA Los Lagos al Proponente, comuníquese a la Superintendencia de Medio Ambiente y archívese
Paulina Muñoz Molina Delegada Presidencial Presidenta Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/GBS
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Antonio Casado Sola antonio.casado@almarwaterservices.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur gabriela.mino@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Osorno alcaldia@imo.cl SAG, Región de Los Lagos francisco.briones@sag.gob.cl SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos tania.salas@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región de Los Lagos cpareja@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos tpuchi@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl CC: Oficial de Partes de la Región pgallardo.10@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2167772570 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 12/02/2026 16:29:57 CLST Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2026.02.13 13:03:11 -03'00'