Ampliación Mall Plaza el Trébol
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”
Concepción
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda del 04 de diciembre de 2025 y su Adenda Complementaria del 31 de marzo de 2026, del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”, presentado por PLAZA DEL TREBOL SPA con fecha 25 de marzo de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”.
3°. El Acta de Evaluación N°202508106102 del 26 de junio de 2025, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” del 29 de abril de 2026.
5°. El acuerdo de la Sesión N°7 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío de fecha 11 de mayo de 2026.
6°. La Resolución Exenta Nº20250800174, del 04 de julio de 2025 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Ley N°19.300); el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA o RSEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Resolución N°36 de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N°267 de fecha 21 de julio de 2014; La Resolución Exenta RA 119046/160/2024 del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 28 de mayo de 2024, que nombra en cargo de Alta Dirección Pública 2° Nivel a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl
Fecha: 26-05-2026 16:08:40:161 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
1°. Que, PLAZA DEL TREBOL SPA (Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” (Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social PLAZA DEL TREBOL SPA Rut 96.653.660-8 Domicilio Av. Américo Vespucio Norte N°1737, Piso 9, comuna de Huechuraba. Teléfono 225857000 Nombre representante legal N°1 Cristián Andrés Somarriva Labra Rut representante legal N°1 7.719.111-9 Nombre representante legal N°2 Óscar Munizaga Delfin Rut representante legal N°2 7.036.855-2 Domicilio de representantes legales Av. Américo Vespucio Norte N°1737, Piso 9, comuna de Huechuraba. Teléfono de representantes legales 225857000 Correo electrónico Titular o representantes legales marcela.avila@orbeconsultores.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de abril de 2026, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 11 de mayo de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de abril de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del proyecto “Ampliación Mall Plaza El Trébol” es potenciar,
modernizar y diversificar la oferta comercial, cultural, gastronómica, de servicios
y de entretención del centro comercial existente, mediante la ampliación y
remodelación de sus espacios interiores y exteriores.
Con ello se busca mejorar la experiencia de los visitantes, fortalecer la
competitividad del establecimiento y optimizar su integración urbana y funcional
con el entorno inmediato, respondiendo al crecimiento y nuevas dinámicas de la
comuna de Talcahuano y del área metropolitana de Concepción.
Tipología
principal, así
como las
aplicables a sus
partes, obras o
acciones
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas
latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de
viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes
características:
h.1.4. Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad
para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.
Vida útil
Indefinida
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto corresponde a la modificación de un proyecto existente sin RCA, en funcionamiento desde el año 1995, no evaluado en el SEIA, por tratarse de una iniciativa ejecutada con anterioridad a la entrada en vigencia del SEIA. X
Proyecto modifica otra RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Comuna de Talcahuano, Provincia de Concepción, Región del Biobío Descripción de la localización El Proyecto se ubicará en el terreno del centro comercial que se pretende ampliar, con acceso directo a la Autopista Talcahuano - Concepción y Av. Pdte. Jorge Alessandri. Además, cuenta con paraderos de transporte público y pasarelas que favorecen la conectividad de las personas que concurren al mall y demás servicios allí emplazados. Superficie El Proyecto considera la ejecución de obras de ampliación, remodelación y mejoramiento funcional del centro comercial existente, manteniendo su actual emplazamiento en el Lote PT4 con una superficie total de 276.237,12 m². Cabe señalar que la totalidad del Proyecto se emplaza en la Zona de Equipamiento (ZEQ-3) del Plan Regulador Comunal de Talcahuano, donde se permiten los usos de suelo asociados al centro comercial. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla se presentan las coordenadas de los vértices del polígono del proyecto. Vértice Coordenadas UTM en Datum WGS84, Huso 18 Sur Este Norte A 672880 5926654 B 672567 5926818 C 672393 5926888 D 672380 5926885 E 672267 5926653 F 672250 5926637 G 672231 5926593 H 672189 5926580 I 672188 5926569 J 672222 5926478 K 672236 5926479 L 672237 5926427 M 672333 5926379 N 672300 5926313 Ñ 672374 5926233 O 672404 5926226 P 672636 5926284
Durante la excavación de fundaciones, el Proyecto implementará un abatimiento temporal del nivel freático mediante pozos de bombeo perimetrales (dewatering). Esta acción considera: - Caudal total estimado: aprox. 30 L/s, sumando todas las fundaciones. - Volumen total a extraer: 234.991 m³ durante el período de excavación (3 meses). - Duración de la acción: temporal y limitada a la etapa de fundaciones (3 meses). - Disposición: descarga controlada al sistema de aguas lluvias existente. Emisiones y efluentes – Fase de Construcción Material Particulado y Gases de Combustión Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas, producto de las actividades propias de la construcción, combustión de vehículos y maquinarias y por la re- suspensión de material particulado desde el suelo hacia la atmósfera, principalmente por el tráfico de camiones. Se destaca que la Fase de Construcción es transitoria (27 meses) y que cuando se esté realizando esta fase, se traslapará con la fase de operación del centro comercial, los resultados de la estimación de emisiones se resumen en la siguiente tabla: Emisiones Atmosféricas Acumulativas del Proyecto (t/año) Año Fase NH₃ CO HC SOx NOx MP₂,₅ Comb MP₁₀ Comb MP₂,₅ Resup MP₁₀ Resup MP₂,₅ Total MP₁₀ Total Año 1 Construcción 0,005 3,508 0,285 0,019 3,884 0,080 0,080 1,739 8,624 1,819 8,704 Operación Actual 0,031 3,299 0,247 0,009 0,221 0,007 0,007 1,060 4,413 1,068 4,420 Total 0,036 6,808 0,533 0,028 4,105 0,088 0,088 2,799 13,037 2,887 13,124 Año 2 Construcción 0,002 1,686 0,140 0,010 1,845 0,039 0,039 0,940 3,708 0,979 3,747 Operación Actual (6 meses) 0,016 1,650 0,124 0,005 0,110 0,004 0,004 0,530 2,206 0,534 2,210 Operación Proyectada (6 meses) 0,018 1,881 0,141 0,005 0,131 0,005 0,005 0,612 2,542 0,617 2,546 Total 0,036 5,217 0,405 0,020 2,086 0,047 0,047 2,082 8,456 2,130 8,503 Año 3 Construcción 0,000 0,317 0,029 0,002 0,359 0,007 0,007 0,007 0,065 0,014 0,072 Operación Actual (3 meses) 0,008 0,825 0,062 0,002 0,055 0,002 0,002 0,265 1,103 0,267 1,105 Operación Proyectada (9 meses) 0,036 3,762 0,283 0,011 0,261 0,009 0,009 1,224 5,083 1,233 5,092 Total 0,044 4,904 0,373 0,015 0,676 0,018 0,018 1,496 6,251 1,514 6,269 Fuente: Anexo E de la Adenda Complementaria, Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. Gases de Efecto Invernadero (GEI) La estimación de las emisiones de los GEI considera el metano (CH4), óxido nitroso (N2O) y dióxido de carbono (CO2), generados producto de las acciones y/o actividades del Proyecto. Estas emisiones son producidas principalmente por la combustión interna de los motores de vehículos y maquinarias. Las que luego son expresadas en toneladas de CO2 equivalente. El resultado final de la estimación de emisiones de GEI para las distintas actividades del Proyecto indica que, en la fase de construcción (durante los 27 meses) se proyecta la generación de los siguientes valores: Emisiones GEI del Proyecto (kgCO₂eq) Total en toneladas (tCO₂eq) CH₄ N₂O CO₂ 3.659 7.841 3.202.987 3.214 Fuente: Anexo E de la Adenda Complementaria, Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado. Aguas servidas
La tabla siguiente muestra la generación diaria de aguas servidas durante la construcción:
Trabajadores
Cantidad de
Trabajadores
Litros al día por
trabajador
Cantidad de aguas
servidas generadas
(m³/día)
Promedio
482
150
72,3
Máximo
648
150
97,2
El Titular será responsable de la instalación, mantención, limpieza y transporte de los servicios
higiénicos provisorios. El punto de descarga de las aguas servidas será acreditado manteniendo
en la obra copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los
mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la empresa sanitaria, que autoriza
dicha descarga.
Durante la fase de construcción, los residuos líquidos generados por el uso de baños y duchas de
faena serán gestionados mediante soluciones sanitarias móviles (baños químicos), a través de un
proveedor autorizado por la autoridad sanitaria competente. El Titular del Proyecto asume la
responsabilidad de verificar que la gestión de estos residuos se realice conforme a la normativa
vigente.
Vibraciones
Los resultados de la modelación de los Niveles de Velocidad Vibratoria de maquinaria pesada y
Evaluación Cumplimiento de la Protección Salud de la Población en Fase de Construcción
muestran que se cumple el criterio de referencia para vibraciones de la FTA (EE.UU.). Por otro
lado, los resultados de la modelación de los Niveles de Velocidad Vibratoria de maquinaria pesada
y Evaluación Cumplimiento del criterio de Daño Estructural en Fase de Construcción también
muestran cumplimiento del criterio internacional (FTA) en todos los receptores, ver tablas
siguientes:
Niveles de Velocidad Vibratoria Proyectados de Maquinaria Pesada y Evaluación Cumplimiento
de la Protección Salud de la Población en Fase de Construcción
ID
Receptor
Fuente Vibratoria más
cercana al receptor
Lvref
(VdB)
Distancia
Fuente–
receptor
(m)
Lvp
(VdB)
Límite
Permitido
(VdB) FTA
Evaluación
Cumple /
No Cumple
R1
Retroexcavadora
87
90
55
65
Cumple
R1a
Camión Tolva
86
30
64
72
Cumple
R2
Retroexcavadora
87
60
60
72
Cumple
R3
Retroexcavadora
87
60
60
72
Cumple
R4
Retroexcavadora
87
60
60
72
Cumple
R5
Retroexcavadora
87
100
53
72
Cumple
R6
Retroexcavadora
87
70
58
65
Cumple
R7
Retroexcavadora
87
25
72 ()
72
Cumple
() El titular ha presentado un Plan de Verificación y Control de Vibraciones que fue descrito anteriormente
como acción de esta fase de construcción.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Julio 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de Faena Fecha estimada de término Septiembre 2028 Parte, obra o acción que establece el término Obtención del certificado de recepción municipal 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio La primera parte y obra comienza a operar en junio 2028 y la última en septiembre 2028 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de espacios a la comunidad Fecha estimada de término No aplica, dado que el proyecto posee una vida útil indefinida, por lo tanto, tampoco contempla fase de cierre o abandono. Parte, obra o acción que establece el término
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE
EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental 1
Aumento del riesgo preexistente sobre salud de la población,
por aumento en la concentración ambiental de material
particulado y gases de combustión.
Parte, obra o acción que lo genera
Fase de Construcción:
- Movimientos de tierra por las obras en construcción
(escarpe, excavaciones, carga y descarga, demolición, etc.).
Fases de Construcción y Operación:
- Tránsito vehicular por transporte de insumos y/o materiales,
residuos, personal, entre otros; utilización de maquinarias y/o
equipos electrógenos de respaldo.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
Impacto ambiental 2
Aumento del nivel de presión sonora y vibraciones en los
receptores cercanos al proyecto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS
NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental 1
Pérdida de suelo por ejecución de obras temporales y
permanentes.
Componente ambiental afectado
Suelo
Parte, obra o acción que lo genera
Movimientos de tierra, obras temporales y permanentes del
proyecto (ampliaciones).
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS
SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Susceptibilidad de alteración a los sistemas de vida de grupos
humanos, producto las actividades de construcción y de la
operación del proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera
Fase de Construcción:
- Ejecución de obras de construcción (demolición,
movimientos de tierra, compactación, etc.).
Fases de Construcción y Operación:
- Tránsito vehicular por transporte de insumos y/o materiales,
residuos, personal, entre otros; utilización de maquinarias,
equipos electrógenos de respaldo y/u otros equipos (Ej.:
climatización o sistemas de aire acondicionado).
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Sección 5.3 y 6.3 del ICE de la DIA.
Uso de Recursos Naturales:
En base a los antecedentes presentados por el Titular y evaluados por la autoridad, fue posible determinar
que no existe relación entre el Proyecto y cualquier intervención, restricción o uso de recursos naturales,
ya que estos no se encuentran presentes en el predio del centro comercial. Respecto a esto último,
tampoco existen habitantes o grupo humanos dentro del área del Proyecto, ni prácticas culturales o
económicas relacionadas al uso de posibles recursos que pudiesen verse afectados por su desarrollo..
No obstante, considerando que durante la construcción existirá abatimiento del nivel freático para la
excavación de fundaciones del Proyecto, el Titular ha debido presentar un análisis del posible efecto
adverso a captaciones de aguas subterráneas en el área de influencia. Al respecto, de los análisis
realizados, se concluyó que no existen derechos de aprovechamiento al interior del área de influencia ni
en el entorno inmediato de esta, ubicándose el derecho de aprovechamiento más cercano a más de 1 km
del Proyecto, muy superior al radio máximo de influencia hidráulica de esta actividad (220 metros), por
lo cual no se verá afectado. Por lo tanto, se concluye fundadamente que el agotamiento temporal de napa
asociado al Proyecto no afecta el ejercicio de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas de
terceros, ni configura una disminución significativa o permanente en la disponibilidad del recurso.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS
PRIORITARIOS
PARA
LA
CONSERVACIÓN,
HUMEDALES
PROTEGIDOS
Y
GLACIARES,
SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE
SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
Potencial alteración indirecta de componentes y servicios
ecosistémicos del Humedal Urbano Vasco Da Gama y Sitio
Prioritario Rocuant Andalién-Vasco da Gama- Paicaví Tucapel
Componente ambiental afectado
Humedal Urbano y Sitio Prioritario para la Conservación
Parte, obra o acción que lo genera
Emisiones acústicas y agotamiento de napa por fundaciones.
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Sección 5.4, 5.5 y 6.4 del ICE de la DIA.
Respecto a la existencia de poblaciones protegidas, en el área de influencia del Proyecto no se
identificaron grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas acorde a la información disponible en
la base de datos de CONADI.
Por otra parte, si bien se identificó la presencia de humedales y sitios prioritarios dentro del área de
influencia de calidad del aire (tales como: el Humedal Vasco Da Gama y el Sitio Prioritario Rocuant
Andalién - Vasco da Gama - Paicaví Tucapel), los análisis realizados, permiten concluir que las
emisiones del Proyecto son acotadas temporalmente y espacialmente, se ajustan a la normativa vigente
y serán debidamente controladas, por lo que no se prevé una afectación significativa de las áreas con
valor ambiental debido a las emisiones atmosféricas del Proyecto.
Por otro lado, durante la excavación de fundaciones en la fase de construcción, se proyecta realizar
abatimiento temporal de nivel freático, cuyas aguas afloradas luego de ser filtradas y monitoreadas para
asegurar su calidad, serán dispuestas de manera controlada en el sistema de aguas lluvias existente en
el predio del Proyecto. Al respecto, el Titular debió presentar un análisis de impacto sobre el humedal
cercano “Vasco Da Gama”, de manera de evaluar el potencial impacto a las aguas subterráneas que
alimentan dicho humedal. Además, tal como fue mencionado anteriormente, dado que el humedal forma
parte del sitio prioritario Rocuant Andalién - Vasco da Gama - Paicaví Tucapel y considerando la
proximidad similar de ambos respecto al Proyecto, la evaluación de impacto permitió analizar de manera
integrada el efecto del proyecto sobre ambas áreas de valor ambiental para efectos del presente artículo
del RSEIA. Cabe destacar, que esta actividad es temporal y acotada en el tiempo, concentrada durante
los 3 meses de excavaciones de la fase de construcción; los cálculos y análisis presentados por el titular
indican que el sistema hidrogeológico presenta rápida capacidad de recuperación, sin generar cambios
permanentes del nivel freático; y el proyecto incorpora medidas de manejo de aguas infiltradas y control
de escorrentía que permiten evitar alteraciones en la dinámica hídrica local. Lo anterior fue posible
reafirmar en base a los cálculos de capacidad de regeneración realizados y presentados por el Titular,
donde se concluyó que la recuperación del nivel freático ocurrirá en el orden entre dos semanas y dos
(2) meses posteriores al término de las excavaciones, sin implicar alteraciones permanentes del sistema.
Adicionalmente, en relación al radio de influencia de esta actividad, en base al abatimiento requerido y
a la permeabilidad representativa de la zona a intervenir (expresión empírica de Sichardt), se determinó
que los máximos radios de influencia se encuentran en orden de 220 metros, correspondientes al caso
más desfavorable, reflejando la extensión espacial del efecto hidráulico inducido por las excavaciones.
De esta forma, el análisis integrado de la caracterización hidrogeológica e hidrológica indicó que: la
extracción es localizada y temporal; no se genera abatimiento regional sostenido; no se modifican
direcciones de flujo a escala de cuenca; y no se alteran permanentemente las condiciones de calidad del
agua subterránea. Asimismo, considerando la distancia aproximada de 331 metros del proyecto con el
Humedal Vasco Da Gama, y que el radio máximo de influencia del abatimiento (220 m. aprox.) no
alcanza dicho ecosistema, se descarta una afectación indirecta por descenso del nivel freático.
Adicionalmente, se evaluó la relación hidrológica con el Humedal Urbano Vasco Da Gama,
verificándose inexistencia de conectividad hidráulica superficial directa entre las descargas del proyecto
y dicho ecosistema.
De acuerdo a los análisis presentados en la sección 4.3.5 de la Adenda Complementaria y el Anexo D
de la Adenda (Estudio de Impacto Acústico y Vibraciones Actualizado), el Área de Influencia de Ruido
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera Fase en que se presenta Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6 y 6.5 del ICE de la DIA. El Proyecto se emplaza en un entorno urbano consolidado y corresponde a la ampliación y remodelación de un centro comercial existente dentro del mismo predio, sin introducir cambios relevantes en la configuración del paisaje. Asimismo, dada las características y ubicación, el Proyecto no tiene la capacidad de generar efectos adversos sobre los destinos turísticos más cercanos. Cabe destacar, que SERNATUR, Región del Biobío, se pronunció conforme a la Adenda de la DIA, a través de su oficio Ord. N°155 publicado con fecha 16 de diciembre de 2025, indicando: “En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda antes mencionada.”.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Potencial alteración del patrimonio cultural por obras de
construcción.
Parte, obra o acción que lo genera
Ejecución de excavaciones.
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Sección 5.7 y 6.6 del ICE de la DIA.
De acuerdo a la Caracterización Arqueológica Actualizada y la Caracterización Paleontológica
Actualizada, presentadas en los Anexos L y O de la Adenda, respectivamente, se concluyó que no existen
sitios pertenecientes al patrimonio cultural dentro del Área de Influencia (AI).
Respecto al componente arqueológico, la prospección pedestre descartó la presencia de material
arqueológico en superficie, mientras que la revisión bibliográfica identificó el monumento nacional más
cercano a 3,16 km del proyecto y el sitio arqueológico más cercano a 1,5 km, todos fuera del AI.
Respecto del componente paleontológico, la inspección visual en terreno no registró hallazgos.
Adicionalmente, se identificó una muy baja densidad de hallazgos reportados en la literatura para la
unidad de emplazamiento, sin registros de nuevos descubrimientos en los últimos 100 años. Lo anterior,
sumado al alto grado de intervención antrópica del área de influencia.
No obstante, como medida preventiva y para dar seguridad de no afectación al componente, el Titular
comprometió un Protocolo Ante Hallazgos No Previstos y Charlas de Inducción Arqueológica durante
la fase de construcción.
Por otra parte, se concluyó que en el área de influencia no existen construcciones, lugares o sitios que
por sus características constructivas, antigüedad, valor científico, contexto histórico o singularidad
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL Al Proyecto no le aplicaron permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo N°140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos generados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio Ord. N°9310, publicado con fecha 21 de abril de 2026, la SEREMI de Salud, Región del Biobío, se pronuncia: “(…) Artículo 140°: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según lo establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N°725 de 1967, Código Sanitario. De la revisión de los antecedentes entregados por el titular, éste presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso ambiental. (…)”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.1 del ICE de la DIA.
6.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo N°142
del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Almacenamiento temporal de residuos peligrosos generados de la
construcción
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
No aplica.
8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8.1. COMPONENTE/MATERIA: Compatibilidad Territorial
Norma
Plan Regulador Comunal de Talcahuano y sus modificaciones posteriores,
I. Municipalidad de Talcahuano (Decreto Alcaldicio N°144/2000).
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Emplazamiento de construcción y operación de obras del proyecto
Forma de
cumplimiento
El Plan Regulador Comunal de Talcahuano, define el sector donde se
emplaza el Proyecto como Zona ZEQ-3 y como Zona ZA. La Zona ZEQ-3
permite los siguientes usos:
- Equipamiento de clases Comercio excepto de estación o centro de servicio
automotor;
- Culto y Cultura;
- Deporte;
- Educación;
- Esparcimiento;
- Seguridad excepto de cárceles y centros de detención;
- Salud excepto de cementerios y crematorios;
- Servicios;
No obstante, una parte del terreno, adyacente al Aeropuerto Carriel Sur, se
encuentra definido como ZA, “Zona Aeropuerto”, en donde se encuentran
prohibidos los usos de suelo de comerciales, grandes tiendas,
supermercados, mercados, estaciones o centros de servicio automotor, y
similares.
El Proyecto es compatible con ambos usos del territorio, ya que restringe
sus usos en la zona ZA, cumpliendo con las prohibiciones establecidas, y,
por otro lado, es compatible con el uso de equipamiento, ya que las
instalaciones asociadas a la zona ZEQ-3 están relacionadas con un uso de
tipo comercial, tal como establece el Plan Regulador.
Además, el titular del proyecto, previo a iniciar las obras contará con los
permisos necesarios emanados de la DOM, y las construcciones se ceñirán
a las especificaciones de la normativa en estudio.
Finalmente, se aclara que el centro comercial, así como el Proyecto
sometido a evaluación se emplaza correctamente respecto de la zonificación
aplicable, considerando tanto el Plan Regulador Metropolitano de
Concepción como el Plan Regulador Comunal de Talcahuano, y en
consecuencia, también respecto de la zona de protección del aeródromo
Carriel Sur conforme al plano aprobado por el Decreto N°924 del Ministerio
8.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas
Norma
D.S. N°144/1961 del MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones
o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a
la que aplica
Todas las actividades de generen emisiones a la atmósfera de gases y
partículas principalmente durante la construcción.
Forma de
cumplimiento
Durante el desarrollo de las obras de construcción se implementarán las
siguientes medidas generales de control de emisiones:
Año
MPeq Resuspensión al
120% (t/año)
MPeq Combustión al
120% (t/año)
MPeq Total a compensar
al 120% (t/año)
1
15,64
1,54
17,19
2
10,15
0,81
10,95
3
7,50
0,30
7,80
4
8,13
0,18
8,31
Conforme al literal 3.6.5 del Instructivo Nacional, cuando la obligación de
compensación se extiende por 4 años o más, como ocurre en este caso, es
procedente la utilización del “valor uniforme”, definido como el promedio
de los 3 años con mayores emisiones, calculado de forma independiente
para cada fracción, tal como se presenta a continuación:
Años
considerados
MPeq Resuspensión
(t/año)
Años
considerados
MPeq Combustión
(t/año)
1 – 2 – 4
15,64 – 10,15 – 8,13
1 – 2 – 3
1,54 – 0,81 – 0,30
PROMEDIO
11,31 t/año
PROMEDIO
0,88 t/año
Estos valores constituyen las emisiones anuales que deberán ser
compensadas en el marco del Programa de Compensación de Emisiones
(PCE) que será presentado ante la SEREMI del Medio Ambiente.
En resumen, para dar cumplimiento a la norma:
• En el Anexo E de la Adenda Complementaria se presenta la metodología
utilizada para el cálculo de las emisiones, los resultados, un anexo con la
memoria de cálculo y un Programa Preliminar de Compensación de
Emisiones (PCE); cuyas medidas propuestas preliminarmente corresponden
a: generación o mantención de áreas verdes y masas vegetacionales,
mejoramiento de superficies estabilizadas en zona priorizadas del PPDA
(para la fracción de resuspensión); y chatarrización de maquinaria o
vehículos de alta emisión, programas de recambio de calefactores a leña por
equipos eléctricos (para fracción de combustión). Sin perjuicio, de que las
medidas definitivas a adoptar serán las indicadas por la SEREMI del Medio
Ambiente en el trámite sectorial.
Forma de control y seguimiento Registro a disposición de la autoridad con copia de Certificado de Revisiones técnicas y control de gases al día. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9 del ICE de la DIA.
8.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S N°75/87 del MTT, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de carga. Forma de cumplimiento El transporte de materiales y residuos que producen polvo (tales como escombros, excedentes de tierra, etc.), que realicen camiones de la construcción y proveedores de la operación se efectuará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética o sistema similar, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de materiales. Se mantendrá una hoja de registro diario de las inspecciones, que contendrá número de patente, tipo de material transportado, así como fecha y firma del encargado del registro. Indicador que acredita su cumplimiento Constatar/Inspeccionar que los vehículos pesados que transporten residuos o materiales que generen dispersión de polvo o susceptibles de escurrimiento, mantengan sus tolvas cubiertas. Forma de control y seguimiento - Registro de control de entrada y salida de los vehículos pesados con carga de materiales o residuos con tolvas cubiertas. - Registro diario a disposición de la autoridad con copia de hojas de registro de inspecciones de camiones. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9 del ICE de la DIA.
8.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Acústicas.
Norma
D.S. N°38/2011 del MMA, Establece norma de emisión de ruidos generados
por fuentes que indica.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a
la que aplica
Principalmente las actividades de construcción y operación que generan
emisiones acústicas perceptibles, tales como uso de maquinarias, vehículos
y/o equipos.
Forma de
cumplimiento
• Construcción:
Fuente: Figura 20 de Anexo D de Adenda.
Monitoreos Trimestrales: con el uso de estas barreras acústicas, el proyecto
da cumplimiento a esta norma durante la fase de construcción. Para
corroborar el cumplimiento normativo a lo largo de la construcción el titular
propone realizar monitoreos trimestrales de autocontrol frente a los
receptores sensibles en horario de plena faena y uso intensivo de la
maquinaria. Los monitoreos de ruido serán realizados por una empresa
ETFA autorizada por la SMA. Los informes trimestrales serán entregados a
Descripción: El Plan obtendrá información de la implementación de las medidas de control de ruido mediante inspecciones visuales periódicas, para dar cuenta si se encuentran instaladas en sus respectivas coordenadas, si cumplen con los requisitos mínimos descritos en la Ficha Técnica. Por otro lado, si permiten dar cumplimiento a la normativa vigente a través de mediciones de ruido.
Justificación: Verificar que se cumpla con los niveles máximos permisibles de ruido en horario diurno durante la fase de construcción, inspeccionando visualmente la correcta implementación de las medidas de control de ruido.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Receptores R1, R1a, R2, R3, R4 y R6.
Forma: Seguimiento semanal. En cada monitoreo visual se deberá inspeccionar la correcta implementación de las medidas de control y el estado de estas, de manera que su eficiencia no se vea reducida y permitan mantener los niveles de ruido bajo los máximos permisibles establecidos en el D.S. N°38/11 MMA o la normativa vigente al momento de la evaluación, además de todas las disposiciones legales que la SMA o el organismo competente mantenga vigente al momento de la inspección.
En caso de una incorrecta implementación de las medidas de control, desgaste o deterioro de estas, el titular deberá corregir la situación, ya sea modificando la ubicación, reparando los elementos desgastados o reemplazando los deteriorados, siempre velando por no reducir la eficiencia de las soluciones.
En caso de presentarse un incumplimiento normativo y los niveles medidos
se encuentren por sobre el máximo permisible en algún punto de evaluación,
aún medidas de control mediante, el profesional acústico deberá evaluar la
condición que genera el incumplimiento y propondrá las medidas correctivas
necesarias, las que pueden ser:
1) Técnicas: modificación de las barreras acústicas en cuanto a su ubicación, altura o materialidad; Incorporación de barreras acústicas adicionales o, 2) Administrativas: Limitar el número de maquinaria utilizada, definir horarios de funcionamiento de cierta maquinaria o restringir la simultaneidad de faenas críticas.
Oportunidad:
Fase de construcción: la inspección será semanal, desde el primer mes en que
se presenten faenas constructivas hasta finalizar completamente dicha etapa.
Fase de operación: No se requiere seguimiento de esta etapa.
Indicador que
acredite su
cumplimiento
- Niveles máximos permisibles obtenidos de acuerdo con el D.S. N°38/11 del
MMA para la Fase de construcción.
- Número de Barreras Acústicas Perimetrales Implementadas, altura y largo
de Barreras Acústicas, y coordenadas de instalación.
Forma de control y
seguimiento
- Las inspecciones visuales semanales pueden ser ejecutadas por personal del
proyecto.
- Con dicha información se desarrollarán informes técnicos mensuales que
contendrán un total de 4 inspecciones visuales, una por semana. Como
referencia se tendrán todas aquellas disposiciones legales que apliquen al
momento de la inspección, de acuerdo con lo que establezca la SMA o el
organismo competente.
- Una verificación de seguimiento de la implementación de las medidas de
control, así como la verificación de las emisiones de ruido, debe ser realizada
por una Entidad de Fiscalización Ambiental o cualquier Organismo de
Inspección debidamente autorizado por la Superintendencia del Medio
Ambiente (SMA), de manera Trimestral.
El titular se compromete a que, en caso de incorporarse durante la fase de
construcción o en etapas posteriores nuevas obras, actividades o equipos
que generen ruido y que no hayan sido considerados en la modelación
presentada, se procederá a:
- Actualizar la modelación acústica, incorporando las nuevas fuentes y
condiciones operacionales.
- Reevaluar el cumplimiento del D.S. N°38/2011 u otra normativa aplicable
vigente al momento de su implementación.
- Definir e implementar las medidas de control adicionales que
correspondan, conforme a las características de las nuevas fuentes y su
cercanía a receptores sensibles.
Este compromiso garantiza que la gestión del componente acústico se
mantenga actualizada y proporcional a las condiciones reales del proyecto,
asegurando el cumplimiento normativo en todo momento.
• Operación:
En todos los receptores los niveles sonoros proyectados en Fase Operación
se encuentran bajo los respectivos Límites Permisibles del D.S. N° 38/2011
en horario diurno y nocturno, sin la necesidad de instalar alguna medida de
control.
Indicador que acredita
su cumplimiento
- Implementar correctamente la medida de control de ruido propuesta.
- Informar a la SMA la implementación de la medida a través del sistema
de seguimiento de RCA de la plataforma electrónica de la SMA.
- Implementar el Plan de Verificación, Mantención y Reposición de
Barreras Acústicas y elaborar Informes de las mantenciones, y entregarlos
a través del SSA de la plataforma electrónica de la SMA.
- Realizar monitoreos trimestrales de ruido durante toda la fase de
construcción y entrega de los informes de monitoreo a través del sistema de
seguimiento de RCA de la plataforma electrónica de la SMA.
Forma de control y
seguimiento
- Registro con Copia de los Informes de Monitoreo de ruido trimestrales y
comprobantes de entrega de la información emanados del SSA de la
plataforma electrónica de la SMA.
- Registro con fotografías fechadas y georreferenciadas de las medidas
implementadas.
- Registro con copia del Plan de Mantención y Reposición de Barrera
Acústica, de los Informes de Mantenciones realizadas y de los
8.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Acústicas. Norma D.S. N°47/1992 MINVU, Ordenanza General de La Ley General De Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Principalmente las actividades de construcción que generan emisiones acústicas perceptibles, tales como uso de maquinarias, vehículos y/o equipos. Forma de cumplimiento En cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales: a) Los Horarios de funcionamiento de la obra. b) La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) El nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos y de la información a que se refiere el punto c) anterior. Forma de control y seguimiento Mantener en la obra una copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos y de la información a que se refiere el punto c) anterior. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9 del ICE de la DIA.
8.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos y Residuos Líquidos
Norma
D.F.L. N° 725/1967 del MINSAL, Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Todas las Fases del proyecto.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Generación de residuos sólidos y líquidos.
Forma de
cumplimiento
• Construcción
- Emisiones Líquidas:
Aguas Servidas: el proyecto cuenta con la factibilidad sanitaria de ESSBIO
S.A. (Ver Anexo A de la DIA y Anexo C de Adenda Complementaria), sin
embargo, el Titular es responsable de la instalación, mantención, limpieza
y transporte de los servicios higiénicos provisorios. Las duchas portátiles
contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el
escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos
y focos de insalubridad. El manejo, retiro y disposición de estos residuos
será gestionado por la empresa proveedora, que contará con la autorización
sanitaria correspondiente. Una vez que se realice conexión a la red de agua
potable y alcantarillado existente de ESSBIO S.A., se dispondrá de baños
y duchas en contenedores habilitados para ello, cuyas aguas servidas serán
evacuadas a través del sistema de alcantarillado. El punto de descarga de
las aguas servidas será acreditado manteniendo en la obra copia de la
factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los
8.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos
Norma
D.S. N°148/2003 del MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de
residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a
la que aplica
Generación de residuos peligrosos.
Forma de
cumplimiento
A fin de dar cumplimiento a la norma, todas las características constructivas
del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos se ajustarán con las
exigencias del Decreto, y son las que se indican en el Permiso Ambiental
Sectorial establecido en el artículo 142 del Reglamento del SEIA), y
conforme a las exigencias del D.S. N°148/2003 del MINSAL, en
contenedores con tapa debidamente rotulados, según lo indicado en la NCh.
2.190/93.
Por otro lado, el titular declarará las emisiones, residuos y transferencias de
contaminantes generados en el Proyecto, además de dar cumplimiento a
todas aquellas exigencias, según corresponda, contenidas en el Decreto
Supremo N°1/2013 “Reglamento del Registro de Emisiones y
Transferencias de Contaminantes (RETC)”, publicado en el Diario Oficial
de la República de Chile con fecha 2 de mayo del 2013, a través del sistema
de Ventanilla Única, asociado al citado decreto. Lo anterior sin perjuicio de
las obligaciones establecidas en la legislación vigente, relativa a estas
materias.
Las bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos
(RESPEL), proyectadas para la fase de construcción, se encontrarán
ubicadas a más de 15 metros de los deslindes del predio, cumpliendo con
lo establecido en el artículo 28 del D.S. N°148/2003 del MINSAL.
Esta información se encuentra representada en el plano de instalaciones de
faena, presentado en el Anexo G de la Adenda (PAS 142 actualizado).
El titular declara que, conforme a la normativa sanitaria vigente, la
autorización correspondiente ante la SEREMI de Salud será gestionada
sectorialmente en cumplimiento con el D.S. N°148/2003.
Dicha autorización será tramitada para cada una de las bodegas proyectadas
y mantenida en obra para su fiscalización. Copia de la Resolución sectorial
que autoriza los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos (y no
peligrosos) será entregada a través del sistema de seguimiento de RCA de
la plataforma electrónica de la SMA.
Durante las actividades de obra gruesa, terminaciones y mantenimiento de
equipos se generarán residuos peligrosos como envases de productos
químicos, residuos con restos de pinturas, solventes o adhesivos, aceites
usados y materiales contaminados con sustancias peligrosas.
• Almacenamiento temporal:
Los RESPEL serán almacenados en bodegas modulares RESPEL
habilitadas en cada instalación de faena, diseñada conforme a lo establecido
8.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos
Norma
D.S. N°609/98 del MOP, Norma de Emisión para Descargas de RILes a
Sistemas de Alcantarillado.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a
la que aplica
Generación de residuos líquidos durante la operación.
Forma de
cumplimiento
Construcción:
Durante esta fase, el proyecto considera la generación de aguas residuales
del lavado de canoas de camiones mixer, las cuales serán trasladadas por
Fuente: Tabla 25 de Adenda complementaria: Sistema de mejoramiento de Aguas Residuales. La ubicación del sistema en la línea de descarga final hacia el alcantarillado (sector Alfa 4) se ilustra en las Imágenes 1, 2 y 3 del PTR (Anexo N de Adenda Complementaria). - Solución técnica específica para control de pH Se informa que el estanque de ecualización incorpora un mecanismo activo de control de pH mediante los siguientes elementos.
Fuente: Tabla 26 de Adenda complementaria: Mecanismo de Control de PH.
- Solución técnica específica para control de SST
En relación con los Sólidos Suspendidos Totales, la solución técnica
contempla una cadena de tratamiento físico secuencial.
Fuente: Tabla 26 de Adenda complementaria: Cadena de Control para SST.
ii. Mecanismo de aseguramiento del cumplimiento normativo permanente
El mecanismo integral mediante el cual se garantizará el cumplimiento
permanente de los parámetros del D.S. N°609/1998, mejorando el sistema
propuesto anteriormente en DIA y Adenda se resume a continuación:
Parámetro
Solución Técnica a Implementar
Tipo
pH
- Sensor pH continuo ISCO Signature en UD Alfa
4.
- Alarma temprana al 40% del margen normativo
(pH 6,2 / pH 8,3).
- Dosificación automática de HCl o NaOH/cal en
estanque de ecualización.
- Retención hidráulica de 3 h para corrección previa
a descarga.
Estructural +
Automatización +
Operacional
Sólidos
Suspendido
s Totales
(SST)
- Reja/tamiz de sólidos gruesos (10–20 mm).
- Trampa de grasa (Tr = 45 min, V = 9 m³).
- Estanque de ecualización (V = 40–42 m³).
- Convenio de exceso de carga con ESSBIO para
parámetros negociables (Art. 4.4 D.S. N°609/98) —
en
suscripción
(Anexo
N
de
Adenda
Complementaria).
Estructural +
Convenio sanitario
DBO₅
- Trampa de grasa elimina grasas reduciendo la
demanda bioquímica de oxígeno.
- 33 equipos Mini Way Trap en locales de comida:
bacterias enzimáticas degradan materia orgánica en
origen.
- Tratamiento enzimático quincenal en cámaras
grasas y sépticas (producto Bestech Biofeed FS).
- Convenio de exceso de carga con ESSBIO para
parámetros negociables (Art. 4.4 D.S. N°609/98) —
en
suscripción
(Anexo
N
de
Adenda
Complementaria).
Estructural +
Operacional +
Convenio sanitario
Poder
Espumóge
no
- Dosificación quincenal de Antifoam 10™ (agente
antiespumante base silicona, pH neutro) en todas las
cámaras de grasa y sépticas.
- Nuevos puntos de dosificación en descargas
identificadas de alto potencial espumante (nuevos
locales).
- Estanque de ecualización: homogenización
mecánica reduce formación de espuma en la
descarga.
Operacional +
Estructural
Aceites y
Grasas
(A/G)
- Trampa de grasa diseñada específicamente para
A/G (separación gravitacional en cámara dedicada).
- 33 equipos Mini Way Trap: tratamiento enzimático
in situ en locales de comida antes de ingreso a la
red.
- Auditorías de buenas prácticas de manufactura en
locales gastronómicos: frecuencia aumentada, en
distintas bandas horarias.
Estructural +
Operacional +
Gestión
Fuente: Tabla 28 de Adenda Complementaria, Matriz de Cumplimiento D.S.
609/98.
iii. Mantenimiento: a su vez, el titular ha comprometido medidas operativas
y de mantenimiento complementarias que fueron descritas en el
8.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos, Emisiones y Efluentes. Norma D.S. Nº1/2013 MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Generación de Residuos Sólidos, Residuos Líquidos y Emisiones Atmosféricas. Forma de cumplimiento El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la información correspondiente asociada a la generación de residuos, emisiones y efluentes que se genere en las fases de construcción y de operación del proyecto, respectivamente, y cumplirá a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento en comentario. Indicador que acredita su cumplimiento Declarar la información asociada a la generación de residuos, emisiones y efluentes en el tiempo y en la forma que indica la norma. Forma de control y seguimiento Registro con comprobante de Declaración de información asociada a la generación de residuos, emisiones y efluentes por ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 9 del ICE de la DIA.
8.13. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
Norma
D.F.L. N°850/1998 MOP, Ley de Caminos.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Uso de caminos y transporte de carga
Forma de
cumplimiento
Al respecto se señala que durante la construcción se contempla el tránsito
y funcionamiento de vehículos y maquinaria, y así como viajes por
transporte de insumos, materiales y residuos durante la construcción de la
obra gruesa, terminaciones – instalaciones, y habilitación.
Por lo anterior, el Titular dará cumplimiento a esta norma, haciéndola
exigible en todos los contratos, subcontratos y/o mediante glosas incluidas
en
las
órdenes
de
compra
de
servicios
de
transporte,
y
complementariamente se implementará un registro de control de la norma.
El registro incluirá la actividad y frecuencia de cada camión. Además, se
considerarán las restricciones horarias municipales para la circulación de
los vehículos, evitando los horarios punta.
El titular dará cumplimiento al peso máximo de los vehículos establecido
para circular en caminos públicos. Por otra parte, también se dará
cumplimiento al presente DFL comprometiéndose a solicitar autorización
especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer
transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los
pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que
se determinen.
Se contempla que la empresa elevará a condición esencial la sujeción y
cumplimiento de la norma por parte de los transportistas, incluyendo ello
8.14. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas / Vialidad
Norma
D.S. N°298/1995 del MTT, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas
por Calles y Caminos.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Fase de Construcción y operación
Parte, obra o acción a
la que aplica
Utilización y Transporte de Sustancias químicas peligrosas.
Forma de
cumplimiento
El transporte de combustibles y productos o sustancias peligrosos, será
contratado con empresas especializadas y autorizadas para este tipo de
transporte, y será realizado en conformidad a las exigencias contenidas en
la presente normativa, sin perjuicio de otras disposiciones legales que sean
aplicables (transporte de CL).
Indicador que acredita
Transporte de productos o sustancias peligrosas con guías de despacho o
8.15. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas (Combustibles líquidos)
Norma
D.S. N°160/2009, Ministerio de Economía, Reglamento de Manejo de
Combustibles Líquidos.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Suministro o Insumos Básicos en Fase de Construcción
Forma de
cumplimiento
El suministro de combustible para vehículos durante la Fase de
Construcción se realizará en estaciones de servicio autorizadas cercanas al
área de emplazamiento del Proyecto.
Adicionalmente, se contempla la opción de suministrar combustible
mediante un camión surtidor autorizado, de acuerdo con los requerimientos
del Proyecto durante esta fase.
Se aclara que el proyecto no considera la habilitación de bodegas de
almacenamiento de combustible (BAMC) ni estanques fijos para el manejo
de combustibles. Durante la fase de construcción, el abastecimiento se
realizará mediante una unidad portátil autorizada por la SEC, modelo Kit
Dieselmax 1000 SAG-35, equipada con:
• Estanque de doble pared con capacidad de 1.000 litros.
• Sistema de bombeo incorporado.
• Pistola con sistema de seguridad tipo “hombre muerto”.
• Filtro de combustible.
• Cuenta litros e indicador de nivel.
➢ Zona de carguío y/o trasvasije
La zona destinada al carguío desde el camión surtidor hacia la unidad
portátil contará con un sistema de control físico de derrames cuyas
características técnicas son las siguientes:
• Superficie: radier de hormigón simple de aproximadamente 12 m² (por
ejemplo, 4 m x 3 m), con espesor mínimo de 15 cm.
• Resistencia: hormigón H-25 o superior.
• Impermeabilización: terminación afinada y sellada superficialmente con
producto impermeabilizante resistente a hidrocarburos.
• Pendiente: inclinación aproximada de 2% dirigida hacia un punto bajo de
contención.
• Sistema de contención secundaria:
- Reborde perimetral continuo de al menos 10 cm de altura, conformando
un área confinada.
- Capacidad de contención mínima equivalente al 110% del volumen del
mayor recipiente involucrado en la operación de trasvasije (en este caso,
1.000 litros), o bien conforme a la capacidad máxima de suministro
simultáneo durante la operación.
• Punto de control de derrames: zona deprimida o canaleta interna destinada
a concentrar eventuales escurrimientos para su recuperación inmediata.
8.16. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas
Norma
D.S. N°43/15, MINSAL, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias
Peligrosas.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a
la que aplica
Productos químicos y otras sustancias que pueden afectar el medio ambiente
Forma de
cumplimiento
El manejo de estas sustancias comprende el almacenamiento en (3)
bodegas, las cuales cumplirán con las disposiciones del Decreto Supremo
N°43/2016 del Ministerio de Salud, Reglamento de Sustancias Peligrosas.
Estas bodegas (3) provisorias se utilizarán para el almacenamiento de
insumos de la construcción que corresponderán a productos químicos o
sustancias peligrosas (SUSPEL).
Presentan una superficie de:
Contrato 1: Bodega SUSPEL de 7 m2;
Contrato 2: Bodega SUSPEL de 4,5 m2;
Contrato 3: Bodega SUSPEL de 7 m2.
8.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural
Norma
Ley N°17.288/1970 MINDUC, Legisla sobre Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que
se dará cumplimiento
Fase de Construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Movimientos de tierra: escarpe y excavaciones.
Forma de
cumplimiento
El área en donde se desarrollará el proyecto se encuentra totalmente
urbanizada por lo que se realizó un levantamiento de caracterización de área
de influencia principalmente bibliográfico, a partir del cual se identificaron
sitios arqueológicos o Monumentos Nacionales, estando el más cercano a
una distancia de 1,5 km, el sitio encontrado en el marco del proyecto
“Gasoducto del Pacífico Tramo Concepción Talcahuano”. Además, se
realizó la prospección de una pequeña área que presentaba suelo sin
construir.
Sin embargo, en el caso poco probable de efectuarse un hallazgo
arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a
fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido
en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo
establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos
Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del
Ministerio
de
Educación,
Reglamento
sobre
excavaciones
y/o
prospecciones
arqueológicas,
antropológicas
y
paleontológicas,
paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato
y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este
organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación
deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.
Protocolo Ante Hallazgos No Previstos
Respecto del cumplimiento de la Ley 17.288 en caso de hallazgo no
previsto el titular deberá dar aviso al CMN. En relación con lo anterior, se
propone un protocolo de hallazgos no previstos, que contemplan al menos
las siguientes acciones:
1. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de
distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple
se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del
lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que éste es puntual y no
se presenta dentro de un nivel con abundancia de restos con continuidad
espacial (horizontal) mayor al hallazgo detectado. En el caso que se
presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la
zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.
2. Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los
trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al
departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del
Proyecto.
3. Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el
área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética
adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un
cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo.
9°. Que, para ejecutar el Proyecto no se establecieron condiciones o exigencias, en concordancia con
el artículo 25 de la Ley N° 19.300.
10. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los
siguientes compromisos ambientales voluntarios y monitoreos participativos:
10.1. Compromiso ambiental voluntario: Plan de Relacionamiento Comunitario en obra
Impacto asociado
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Garantizar la implementación adecuada de canales de
comunicación efectivos con las comunidades del área de influencia medio
humano y gestionando medidas de control correctivas cuando corresponda.
Descripción: el titular establecerá canales de comunicación efectivos con
las comunidades que consideran:
1. Reuniones informativas, visitas a la obra, módulo informativo.
2. Canales de comunicación directos con los representantes de las zonas
aledañas (teléfono, WhatsApp, correo electrónico y libro de reclamos).
En ambas instancias, se recogerán las apreciaciones de los representantes
del área de influencia medio humano, respecto la ejecución del proyecto y
las medidas de control adoptadas. Se gestionarán medidas de control
correctivas cuando corresponda.
Justificación: Los puntos de información permanente y difusión en canales
de comunicación directos permitirán mantener a la comunidad informada
sobre las etapas del proyecto, sus avances y/o modificaciones al
cronograma.
Las reuniones y los canales de comunicación directos permitirán comunicar
las medidas de control considerando la percepción de los vecinos del área
de influencia.
Lugar, forma y
oportunidad de
implementación
Lugar: Las reuniones periódicas se realizarán en la oficina de la
administración.
En el módulo de atención al cliente, ubicado en el primer nivel, plaza
central, habrá un punto de información permanente con el estado del avance
del proyecto y un libro oficial de recepción de sugerencias y reclamos.
Por último, se habilitarán canales de comunicación directos (número de
teléfono celular, grupo de WhatsApp, correo electrónico) entre los
representantes del área de influencia y el equipo responsable del
relacionamiento del Titular (Subgerente Mall Plaza Trébol y Coordinadores
de comunidad).
Forma: De acuerdo con experiencias previas en la implementación de
planes de relacionamiento comunitario en obras se identifican los
siguientes pasos:
1. Punto de información: Se instalará una pantalla en el módulo de atención
al cliente con material audiovisual explicativo sobre el proyecto de
construcción y los plazos aproximados de ejecución. Habrá un libro de
reclamos, sugerencias, dudas y felicitaciones habilitado que manejará el
10.2. Compromiso ambiental voluntario: Vinculación Laboral/Plan empleo.
Impacto asociado
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica
Operación
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Generar oportunidades de empleabilidad en el área de influencia
del proyecto a través de la articulación de socios comerciales,
municipalidades, Mall Plaza y sus proveedores de equipos facilities.
Descripción: Existen tres instancias de vinculación laboral:
1. En la etapa intermedia de la fase de construcción, una vez están
identificados los socios comerciales y plazos en que iniciarán operaciones
en el centro comercial, se levantarán necesidades de vinculación laboral en
coordinación con las municipalidades y sus respectivas Oficinas de
Intermediación Laboral.
2. Respecto los servicios externalizados por el titular (proveedores de
facilities), se invitará a participar a las empresas proveedoras a cargo del
personal en contacto (seguridad, servicios generales, auditoría sanitaria,
estacionamiento) a participar en un proceso de vinculación laboral en
coordinación con las municipalidades del área de influencia.
3. Respecto al equipo de administración del Titular, en caso de existir
procesos de selección públicos se informarán directamente a la
municipalidad de Talcahuano, Concepción y Hualpén y sus respectivas
OMIL.
Justificación: Para contribuir al desarrollo local el titular coordinará con los
actores involucrados y más específicamente articulará las respectivas
necesidades de las empresas y sus procesos de contratación con las
necesidades de empleabilidad identificadas por las municipalidades.
Lugar, forma y
oportunidad de
implementación
Lugar: Centro Comercial Mall Plaza Trébol.
Forma: Al ser una iniciativa colaborativa hay elementos del diseño que se
definirán con las marcas que ingresarán. Sin embargo, de acuerdo con
experiencias previas del titular en la implementación de planes de
vinculación laboral, se identificaron los siguientes pasos:
1. Mapeo de marcas confirmadas.
2. Coordinación con autoridades y equipos municipales responsables de
fomento/desarrollo para definición de:
- Mecanismos de postulación, perfiles disponibles, procesos de monitoreo
y evaluación y otras necesidades relativas a la gestión y coordinación del
proyecto.
3. Invitación formal a socios comerciales, proveedores y formalización de
participación de Mall Plaza.
4. Levantamiento de cargos disponibles para colocación con socios
comerciales y proveedores interesados en participar.
5. Inicio de proceso de reclutamiento y selección.
6. Consolidación y difusión de resultados.
Oportunidad: Una vez los acuerdos comerciales estén definidos, en una
etapa intermedia de desarrollo de la construcción del proyecto. El titular
con proveedores iniciará una vez esté definida la dotación extra necesaria.
Indicador que acredite
su cumplimiento
− Cantidad de socios comerciales adheridos sobre el total.
− Cantidad de empresas facilities adheridas sobre el total.
− Cantidad de vacantes con postulaciones de las respectivas
municipalidades.
− Cantidad de contrataciones verificadas por OMIL.
Forma de control y
Se habilitará una carpeta digital como repositorio de información que
10.3. Monitoreo Participativo: Seguimiento Control de Emisiones Atmosféricas
Impacto asociado
- Aumento de la concentración ambiental de material particulado y gases
de combustión.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Elaborar y reportar un informe semestral de seguimiento al
control de emisiones atmosféricas del proyecto durante la fase de
construcción.
Descripción y Justificación: se realizará un informe semestral (2 veces al
año cada 6 meses) desde el inicio de la fase de construcción y hasta el
término de esta, con el objetivo de dar seguimiento y verificar el correcto
funcionamiento de las medidas de control comprometidas por el titular para
minimizar las emisiones atmosféricas de material particulado a generar
durante las obras. Las medidas de control serán las comprometidas por el
titular para dar cumplimiento al D.S. N°144/61 del MINSAL, Norma para
Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos (Considerando 8.2 de
esta resolución), entre las cuales destacan: Programa de Aplicación de
Supresor de Polvo; Barreras perimetrales y Mallas raschel; Aspirado de
calles pavimentadas internas y Control de velocidad.
Asimismo, se verificarán que las condiciones constructivas y operacionales
se mantengan dentro de los rangos declarados en la Estimación de
Emisiones Atmosféricas actualizada en Adenda complementaria (Anexo
E), permitiendo verificar y controlar las emisiones del proyecto.
Lugar, forma y
oportunidad de
implementación
Lugar: zonas donde se implementarán medidas de control de emisiones
atmosféricas.
Forma: Se elaborará y entregará un informe semestral de seguimiento del
control de emisiones atmosféricas a la autoridad (SMA), y dirigentes
vecinales de la comunidad.
Oportunidad: Semestralmente desde el inicio de la fase de construcción (2
veces al año, cada 6 meses).
Indicador que acredite
su cumplimiento
Como parámetro, se guardará un registro de la comunicación con las
autoridades y dirigentes vecinales, los informes semestrales que contengan
el seguimiento y control de las emisiones del proyecto, además de la forma,
la oportunidad y la ubicación en donde se llevarán a cabo los indicadores
de cumplimiento.
Forma de control y
seguimiento
a) Informe de control de emisiones atmosféricas: Se elaborará un informe
semestral con el seguimiento al control de emisiones atmosféricas del
proyecto, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente
(SMA), durante la fase de construcción del proyecto. Dichos informes se
remitirán también a los dirigentes de las organizaciones vecinales del área
de influencia del proyecto.
b) Plan de compensación de emisiones: El Plan de Compensación de
Emisiones del Proyecto será enviado a la SMA y a la SEREMI del Medio
Ambiente Región del Biobío, con una anticipación mínima de 30 días
hábiles previos al inicio de la fase de construcción.
Referencia al ICE para
Sección 11 del ICE de la DIA.
10.4. Monitoreo Participativo: Medición Acústica Impacto asociado - Aumento del nivel de presión sonora en los receptores cercanos al proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo, Descripción y Justificación: Monitorear emisiones de ruido durante la fase de construcción, para lo cual se instalará un sonómetro que permita identificar los niveles de ruido de forma periódica y en tiempo real. De este modo permitirá tomar acciones necesarias para controlar las emisiones de ruido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizarán en la misma ubicación de los receptores evaluados en el estudio de ruido y vibraciones (Anexo D de la Adenda). Forma: Informes cada 3 meses estarán disponibles al interior de las oficinas administrativas de la empresa, y serán enviados a los dirigentes de organizaciones locales. Oportunidad: La frecuencia de monitoreos será periódico durante la fase de construcción, los cuales se realizarán cada 3 meses. Indicador que acredite su cumplimiento Informe cada 3 meses de monitoreo de ruido disponible al interior de las oficinas administrativas de la empresa y envío a dirigentes de organizaciones locales. Forma de control y seguimiento - Se realizarán campañas de medición de ruido de forma trimestral durante la fase de construcción, en los mismos puntos de los receptores evaluados en el estudio de ruido y vibraciones (Anexo D de la Adenda). Cada campaña generará un informe de monitoreo acústico que será puesto a disposición en las oficinas administrativas del titular y enviado a los dirigentes de las organizaciones locales (Anexo D de la Adenda). - Informes cada 3 meses de monitoreo de ruido en fase de construcción. - Los informes trimestrales serán entregados a la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la plataforma electrónica de esa Superintendencia. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11 del ICE de la DIA.
10.5. Monitoreo Participativo: Control y Registro de Camiones
Impacto asociado
- Aumento de la concentración ambiental de material particulado.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo y Justificación: Controlar, inspeccionar y registrar la entrada y
salida de camiones en fase de construcción del proyecto, lo cual será
realizado permanentemente en el acceso al área del proyecto, dejando un
registro mensual que estará disponible en las oficinas administrativas.
Además, se verificará y registrará que los vehículos de carga cuenten con
su tolva cubierta mediante lona hermética (u otro sistema similar) y que no
existan materiales o elementos adosados a la carrocería y/o ruedas de
manera de evitar el derrame, caída o dispersión de materiales a vías
públicas.
Descripción: El registro contendrá número de patente, fecha, tipo de
material transportado, estado de cubierta de tolva, limpieza de carrocería y
ruedas, y firma del encargado de inspección. En caso de detectarse carga
descubierta y/o presencia de materiales adosados al vehículo, el encargado
deberá registrarlo y asegurarse de la corrección de dichos hallazgos,
mediante el cubrimiento de la carga y la limpieza de ruedas y/o carrocerías
10.6. Monitoreo Participativo: Calidad del entorno y del espacio público Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo, Descripción y Justificación: Velar por el mantenimiento de la limpieza del área predial y del entorno inmediato del proyecto durante las fases de construcción y operación, promoviendo la participación ciudadana como mecanismo de verificación del cumplimiento de esta práctica. La comunidad podrá reportar situaciones de incumplimiento a través del sistema de gestión de Consultas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (CRSF) del titular, el cual actuará como canal formal de recepción y respuesta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área predial del proyecto y entorno inmediato, incluyendo veredas y espacios públicos colindantes. Forma: Los ciudadanos que circulen por las veredas frente al proyecto podrán reportar situaciones de falta de limpieza del entorno a través del sistema de gestión de Consultas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (CRSF) del titular. El titular deberá dar respuesta formal a cada reporte recibido. Oportunidad: De forma permanente durante las fases de construcción y operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico periódico del estado de limpieza del entorno del proyecto, elaborado por personal del titular con frecuencia mensual durante construcción y trimestral durante operación. Adicionalmente, registro de reportes ciudadanos recibidos a través del sistema de gestión de Consultas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (CRSF) y sus respuestas asociadas. Forma de control y seguimiento Archivo de registros fotográficos georreferenciados y base de datos de reportes ciudadanos gestionados a través del sistema de gestión de Consultas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (CRSF), disponibles para revisión por parte de la SMA u organismo fiscalizador competente. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11 del ICE de la DIA.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
11.1.2. Riesgo: Afloramiento de Aguas Subterráneas No Previsto
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Parte, obra o acción asociada
Movimientos de tierra
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
Se deja constancia de que el proyecto considera agotamiento de
napa como actividad planificada y evaluada ambientalmente
durante la fase de construcción, lo cual será gestionado
conforme a lo indicado en la descripción del proyecto. En
consecuencia,
este
riesgo
o
contingencia
corresponde
únicamente a surgencias imprevistas fuera de la zona de
agotamiento de napa informada, aumentos de caudal superiores
a lo estimado o comportamientos hidrogeológicos no previstos
que puedan implicar afectación no considerada en evaluación.
En este último caso, se procederá de la siguiente mantera para
prevenir este tipo de contingencias:
- Se realizarán charlas de seguridad con el propósito de informar
a los trabajadores los pasos a seguir ante una inminente situación
de Afloramiento de Aguas no previsto.
Forma de control y seguimiento
- Registro de charlas de seguridad preventiva.
- Dar la alarma al capataz o jefe directo y a vigilancia quienes
darán la alarma a todo el personal.
- Realización de Informe escrito del incidente.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
En caso de afloramiento de aguas se deberá dar aviso inmediato
a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de
afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado
hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se
deberá proceder considerando las siguientes actividades:
- Identificar el sitio de afloramiento de aguas.
- Detener las actividades que provocaron el afloramiento de
aguas.
- Detener el afloramiento de aguas, en caso de ser posible.
- Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a
través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de
las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad
natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su
disposición final.
- Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y
caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le
11.1.3. Riesgo: Contaminación de aguas superficiales y/o napas subterráneas
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Movimientos de tierra, transporte y manejo de sustancias
peligrosas
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
Aguas Superficiales y Subterráneas:
- Mantener las faenas alejadas de los cauces perimetrales del
área del Proyecto.
- Contar con un área definida para la carga y descarga de
combustible.
- Se tendrá un área de restricción en relación a canales en caso
de existir.
11.1.4. Riesgo: Incendios
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, Operación
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras del Proyecto, especialmente: salas
eléctricas, subestaciones, zonas de carga/descarga, áreas de
cocina, bodegas de residuos peligrosos y grupos electrógenos.
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
- Identificación y señalización de zonas de riesgo con potencial
inflamable o explosivo.
- Mantención preventiva de tableros eléctricos, GE y sistemas
de climatización.
- Inspecciones eléctricas certificadas.
- Sectorización de bodegas y zonas de carga con elementos
ignífugos.
- Instalación de sistemas automáticos de detección y extinción
(detectores de humo, rociadores, gas inerte).
- Procedimientos específicos para cocinas: mantención de
sistemas de ventilación, corte de gas automático, uso de
extintores clase K.
- Capacitación diferenciada para operadores de locales
gastronómicos y bodegas.
- Simulacros de incendio semestrales que incluyan evacuación
de clientes y personal.
Forma de control y seguimiento
- Registros de inspección y mantenimiento de sistemas
eléctricos y de extinción.
- Bitácoras de simulacros por área y por escenario.
- Control periódico de las condiciones de almacenamiento de
sustancias combustibles.
- Coordinación con Bomberos y Municipalidad para revisión de
accesos y tiempos de respuesta.
- Documentación disponible en obra y oficinas administrativas.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
- Activación inmediata de protocolo de incendio y aviso a
Seguridad y Bomberos.
- Aislamiento del sector afectado y uso de rociadores o
extintores según la naturaleza del fuego.
- Evaluación de riesgo hacia zonas colindantes y, si es necesario,
activación del protocolo de comunicación a población externa
a través de ONEMI o autoridad municipal.
- Corte inmediato de suministro eléctrico, gas o combustibles
líquidos, según el foco.
- Identificación de sustancias involucradas y evacuación
preventiva si hay riesgo de explosión o emisión de gases
tóxicos.
- Puesta en marcha de sistemas de ventilación de emergencia
para evacuar humo y gases.
- Cierre temporal de accesos perimetrales y coordinación con
Carabineros en caso de afectación vial.
Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la
activación del Plan de
Emergencia
El aviso de emergencia se realizará a la SMA dentro de 24 h
desde la detección, a través del SNIFA, con presencia de
Bomberos. Si se identifica riesgo hacia la población externa, se
informará además a la autoridad sanitaria, municipal y ONEMI.
11.1.5. Riesgo: Sismos y Terremotos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y operación
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras del Proyecto
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
- Identificar y comunicar las zonas seguras.
- Mantener las listas de empleados y las listas de contactos
actualizadas y con información precisa.
- Capacitar a los empleados en los procedimientos de
evacuación.
- Organizar simulacros en caso de sismo o terremoto
obligatorios y regulares para todos los empleados.
- Conocer los peligros potenciales en el centro de distribución.
Por ejemplo, las ubicaciones de las ventanas y las llaves de
corte general de agua y Electricidad.
- Preparar las áreas de trabajo para mantener los peligros
potenciales al mínimo.
- Asegurarse de que el equipo y los accesorios estén instalados
y conectados correctamente.
- Contar con vías de escape claramente señalizadas, limpias y
despejadas.
Durante la operación, además:
- Las edificaciones cumplirán con la normativa sísmica.
- Se contará con estanque de agua para incendios.
Forma de control y seguimiento
- Mantener registro firmado de las capacitaciones
- Mantener registro de simulacros realizados
- Mantener los documentos en obra y en las oficinas
administrativas
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
- Mantener la calma y buscar refugio debajo de un escritorio u
otro mueble resistente.
- Si no hay muebles cerca, protegerse la cara y la cabeza con los
brazos y agacharse en un rincón interior de la habitación (no a
lo largo de una pared exterior).
- Mantenerse alejado de vidrios, ventanas, puertas, paredes
externas y elementos que puedan caerse, como lámparas o
muebles.
- No usar una puerta a menos que se sepa que es una puerta de
carga con soportes fuertes y que se encuentre cerca. Muchas
puertas internas están ensambladas de forma liviana y no
ofrecen protección.
- Esperar a que cesen todos los temblores; una vez que cese el
temblor inicial, prepararse para las réplicas. No salir del
edificio durante el temblor.
- Estar preparado para cortes de energía, fugas en los sistemas
de rociadores o activación de alarmas de incendio.
- Ayudar a las personas lesionadas o atrapadas.
- Dar primeros auxilios cuando sea necesario y seguro hacerlo.
11.1.6. Eventos climáticos desfavorables: Inundaciones y Trombas Marinas
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y operación
Parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras del Proyecto
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
Inundaciones:
- Organizar simulacros de evacuación ante inundaciones,
obligatorios y regulares para todos los empleados.
- Escuchar la radio, la televisión u otro medio para obtener
información.
- Estar preparado para inundaciones repentinas. Si existe la
posibilidad
de
una
inundación
repentina,
moverse
inmediatamente a un terreno más alto. No esperar
instrucciones para moverse.
- Estar preparado para inundaciones repentinas de arroyos,
canales y otras áreas que se inundan fácilmente. Las
inundaciones repentinas pueden ocurrir en estas áreas con o sin
las advertencias típicas, como nubes de lluvia o lluvia intensa.
- Si debe prepararse para una evacuación, recordar estas pautas:
• Desconectar los aparatos eléctricos que no sean necesarios.
• No tocar equipos eléctricos si está mojado o parado en el
agua.
• No caminar sobre agua en movimiento, 15 centímetros de
agua en movimiento pueden provocar caídas. Si se debe
caminar en el agua, caminar donde el agua no se mueva. Usar
un palo para conocer la firmeza del suelo de frente.
• No estacionar vehículos a lo largo de arroyos o canales,
especialmente durante condiciones amenazantes.
Trombas Marinas:
- Diseño estructural resistente al viento en techumbres y
señalética.
- Manual de evacuación climática.
- Señalética y rutas de evacuación interna.
- Coordinación con ONEMI ante alerta climática.
- Suspensión de actividades al aire libre en caso de alerta.
Forma de control y seguimiento
- Registro con informe donde se detalle zonas seguras.
- Registro de simulacros realizados.
- Registro de inspecciones estructurales periódicas.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Inundaciones:
- Utilizar alertas locales y sistemas de advertencia para obtener
información y asesoramiento de expertos lo antes posible.
- Mantenerse alejado del agua en movimiento.
- Mantenerse alejado de las áreas dañadas, salvo que la policía
o los bomberos indiquen colaborar.
- Permitir que el personal de emergencia asista a las personas en
las áreas inundadas y mantenerse alejado de las vías para no
obstaculizar su labor.
- Considerar la posibilidad de nuevas inundaciones o
inundaciones repentinas y atender las advertencias e
información local.
- Permanecer en tierra firme. El agua estancada puede
encontrarse cargada eléctricamente debido a líneas eléctricas
subterráneas o caídas.
11.1.7. Riesgo: Derrame de aguas servidas de Baños Químicos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones o medidas a
implementar para prevenir la
contingencia
Los retiros de líquidos de baños químicos, residuos no
peligrosos y residuos peligrosos se coordinarán con los
proveedores y/o servicios de retiro autorizados, con al menos 72
h de anticipación, con el fin de evitar problemas en la logística
de entrega y recepción de los residuos.
Forma de control y seguimiento
Libro y/o Registro de retiro de residuos líquidos de baños
químicos.
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Fugas o derrames de residuos líquidos de baños químicos:
- Impedir el acceso al sector con cinta de peligro.
- Delimitar y contener derrame.
- Si es necesario se podrá optar a detener los trabajos en las
proximidades de la fuga o derrame, de modo que se faciliten
las tareas de detención, contención y limpieza.
- No limpiar el derrame si el producto está reaccionado, hace
ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros
11.1.8. Riesgo: Proliferación de vectores de interés sanitario Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Salas de basura, áreas de carga/descarga, sectores con residuos orgánicos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Limpieza diaria de salas de residuos. - Cierre hermético de recipientes de basura. - Retiro periódico por empresa autorizada. - Aplicación de desinfectantes y repelentes autorizados. - Implementación de programa de control de plagas con proveedor especializado. Forma de control y seguimiento - Registros de limpieza. - Informe mensual de proveedor de control de plagas. - Bitácora de retiro de residuos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Notificación inmediata al administrador. - Evaluación de zona afectada. - Refuerzo de control químico. - Refuerzo de sellado y limpieza de focos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia - Informe a autoridad sanitaria si corresponde. - Reporte interno y ajuste de frecuencias de limpieza/control. - El aviso de emergencia se realizará a la SMA dentro de 24 h a través del SNIFA de la SMA, si se genera riesgo ambiental significativo. Se deberá cumplir con lo establecido en la R.E. N° 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 8 del ICE de la DIA.
- Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el
artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto
del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a
continuación se señala.
Cabe mencionar, que la DIA del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” fue publicada en el
Diario Oficial de la República de Chile y en el diario electrónico Extracto Legal con fecha 02 de
mayo de 2025. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Femenina 96.7 FM entre los días
05 y 09 de mayo de 2025, según consta en el certificado emitido por la misma radio, ingresado con
fecha 14 de mayo de 2025 al Servicio de Evaluación Ambiental del Biobío, a través de Oficina de
partes virtual.
Con fecha 16 de junio de 2025 venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para
la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto
ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades
próximas. Se recibieron un total de 4 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana que
cumplen con los requisitos legales, establecidos por la Ley N°19.300, las cuales fueron emitidas por
1 persona natural y 3 organización ciudadanas con personalidad jurídica.
Con fecha 04 de julio de 2025 se dictó la Resolución N°20250800174 por parte de la Directora
Regional SEA Biobío, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana.
Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como
alternativas de consulta y discusión con el titular, se realizaron las actividades que a continuación se
indican:
Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Taller de apresto y diálogo Región del Biobío, comuna de Hualpén, sector Parque Central. 24/07/2025 2 Encuentro ciudadanía -titular Región del Biobío, comuna de Concepción, sector Lomas de San Andrés. 29/07/2025 4 Encuentro ciudadanía -titular Región del Biobío, comuna de Hualpén, sector Parque Central. 31/07/2025 5 Encuentro ciudadanía -titular Actividad telemática por medio de plataforma zoom 05/08/2025 6 Encuentro ciudadanía -titular Región del Biobío, comuna de Concepción, sector Lomas de Bellavista 11/08/2025 7 Encuentro ciudadanía -titular Región del Biobío, comuna de Concepción, Sector Villa Producción y Comercio 11/08/2025
12.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Se registró un total de 12 fichas de observaciones ciudadanas ingresadas a través de plataforma web del SEIA y 34 observaciones ciudadanas ingresadas por medio de Oficina de Partes región del Biobío. Las observaciones formuladas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.
12.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
La consideración técnica de las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA se encuentra contenida en el “Anexo Consideración de las Observaciones Formuladas por la Comunidad”. Dicho anexo y su contenido, es parte integrante de la presente resolución.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
-
Que, para que el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol”, de PLAZA DEL TREBOL SPA.
2°. Certificar que el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Ampliación Mall Plaza el Trébol” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis ambos de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
C/C: • Superintendencia del Medio Ambiente • Consejo de Monumentos Nacionales • Dirección General de Aeronáutica Civil • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios • CONADI, Región del Biobío • CONAF, Región del Biobío • DGA, Región del Biobío • Dirección de Vialidad, Región del Biobío • Dirección Regional de Aeropuertos, Region Biobío • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío • DOH, Región del Biobío • Gobernación Marítima de Talcahuano • Gobierno Regional, Región de Biobío • Ilustre Municipalidad de Talcahuano • Ilustre Municipalidad de Concepción • Ilustre Municipalidad de Hualpén • SAG, Región del Biobío • SEC, Región del Biobío • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío • SEREMI de Energía, Región del Biobío • SEREMI de Minería, Región del Biobío • SEREMI de Salud, Región del Biobío • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío • SEREMI MOP, Región del Biobío • SERNAGEOMIN, Zona Sur • Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Firmado Digitalmente por María Eliana Vega Fernández Fecha: 26-05-2026 16:07:31:207 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC Anexo Consideración de las Observaciones Formuladas por la Comunidad DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “Ampliación Mall Plaza el Trébol” 12.2. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes.
Para efectos de su adecuada evaluación técnica, las observaciones ciudadanas han sido sistematizadas y agrupadas por ejes temáticos, con el objeto de abordar de manera integral, ordenada y coherente las materias planteadas. 1. Observantes: Yanet Viviana Ponce Cuadra, María Angelica Montecinos Sáez y Lorena Medina Fuentealba Observación N°1: Tema: Por la Futura construcción rotonda: Abdón Cifuentes Dr. Miguel Campos, 1° calle villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano (2° Calle Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Duran). Fundamento: Impacto negativo directo en los vecinos de la Villa Producción y comercio, debido a que es muy probable que las primeras casas sean expropiadas, aun cuando se ha dicho que no. Los trabajos de demolición y preparación de terreno, su vibración podría provocar rizaduras en la estructura de las viviendas ¿Quién y cuando responderán por los daños? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del Proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado y aprobado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del Proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por este Proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de alcantarillado y aguas lluvias producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. En el Anexo S de la Adenda se adjunta la Resolución Exenta N° 2238/2025 DGTP, de fecha 06 noviembre de 2025, que aprueba el ajuste del IMIV por parte de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. En consecuencia, las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán, no serán afectadas por la ejecución del Proyecto. En atención a que no será necesario realizar trabajos asociados a obras de demolición y preparación de terreno, no se generará afectación a la estructura de las viviendas, en el sector indicado. Así como generación de impactos por ruidos molestos a los vecinos, dado que como se indicó antes, no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección antes señalada. Observación N°2: Tema: Contaminación Acústica. Fundamento: Se ha pensado que los ruidos molestos (acústica) afectarán directamente a todo el vecindario, pero con mayor impacto a los adultos mayores, niños y recién nacidos (estudiantes). Fundamento: Se cuestiona por dónde transitarán los camiones que removerán material y retirarán escombros durante la remodelación del Mall. Se anticipa que habrá ruido y vibración constante todo el día, lo que podría provocar la caída de puentes y la rotura de viviendas. Se destaca que las casas del sector son "casas básicas sociales" de hace 30 años con una construcción distinta a las actuales. Fundamento: Circulación vehículo de mayor tonelaje ¿Por dónde transitarán los camiones que se usan en la remodelación del mall, los que traen material y los que retiran los escombros? es decir, todo el día habrá ruido y vibración en las casas, se sabe que una vibración de una misma frecuencia y constante provoca caída de puentes y con mayor razón daños en las viviendas, no olvidar que se trata de casas básicas sociales de hace 30 años. Con una forma de construcción distinta a las actuales. Cabe señalar que la pasada 3 veces a la semana del camión de extracción de basura provoca movimiento severo en la casa. Sobre todo, en el segundo piso. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana referida a potenciales impactos por contaminación acústica, vibraciones y circulación de vehículos de alto tonelaje durante la ejecución del Proyecto, se informa lo siguiente: En primer lugar, cabe reiterar que, durante el proceso de evaluación ambiental se presentó una actualización de las partes del Proyecto, mediante la cual se eliminó la ejecución de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, por lo que, no se generarán obras de demolición ni preparación de terreno en el sector Villa producción y comercio, Víctor Salazar Manzano o Bifurcación Bonilla Luis Duran. En consecuencia, los impactos por ruido y vibraciones que pudiesen haber afectado directamente a las viviendas de estos sectores por la construcción de la referida obra, ya no serán generados. Asimismo, y en relación a la circulación de vehículos de alto tonelaje vinculados al Proyecto, se debe señalar que no se realizará por las calles interiores de la Villa Producción y Comercio ni por los sectores directamente aledaños a las viviendas señaladas en su observación. Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes rutas Ingreso: • Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez - Proyecto • Autopista Concepción-Talcahuano/Ruta 154 • Av. Santa María • Salida Aeropuerto Por lo tanto, no se prevé una exposición continua a ruido ni vibraciones en dichas viviendas producto del tránsito de camiones. A continuación, se presenta una imagen de las vías utilizadas para el tránsito de vehículos durante la fase de construcción: Figura. Rutas fase de construcción. Fuente: Imagen 1, Anexo O de la Adenda Complementaria. En cambio, el Titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. En relación a su preocupación por posibles daños estructurales en viviendas producto de vibraciones, cabe señalar que, dado que no se realizarán obras de alta intensidad ni tránsito de maquinaria pesada en el sector indicado, no se generarán niveles de vibración que puedan afectar la estabilidad estructural de las viviendas, incluyendo aquellas de mayor antigüedad. Cabe indicar que, durante el proceso de evaluación ambiental se analizaron los potenciales impactos asociados a la fase de construcción y operación relativa a la ampliación del centro comercial, particularmente en lo relativo a emisiones de ruido, vibraciones y tránsito de camiones para el transporte de materiales y retiro de escombros. En todos los receptores los niveles sonoros proyectados en las distintas fases se encuentran bajo los respectivos Límites Permisibles del D.S. N° 38/2011 en horario diurno y nocturno. Mayores detales en Anexo D de la Adenda (Estudio de Ruido y Vibraciones Actualizado). Finalmente, se hace presente que los vehículos de carga asociados al Proyecto cumplirán en todo momento con la normativa vigente en materia de tránsito y emisiones, y que el Titular implementará medidas de gestión y control durante la fase de construcción, con el fin de resguardar la calidad de vida de la población.
Observación N°3: Tema 1: Por la futura CONSTRUCCIÓN ROTONDA. (continuación) Fundamentos: Quien se hace cargo de las posibles roturas de cañerías de agua potable. Por años ha habido filtraciones, Serbio y/o Serviu se pasan la pelota. Los camiones de alto tonelaje y “x” altura podrían provocar daños en el tendido eléctrico. Han considerado el corte de luz de las personas electrodependientes del sector, ya que la caída de eléctrica nunca se repone de inmediato. Evaluación técnica de la observación: Esta considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que:
En primer lugar, cabe reiterar que el Proyecto, en su versión final sometida a calificación ambiental, no contempla la ejecución de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, por lo que no será necesario realizar excavaciones ni intervenciones en el subsuelo en dicho sector. En consecuencia, se descartan afectaciones a las redes de agua potable asociadas a dichas obras. Asimismo, las intervenciones consideradas por el Titular en el área corresponden únicamente a trabajos menores de recarpeteo asfáltico o bacheo puntual, los cuales no implican excavaciones profundas ni interferencias con redes sanitarias existentes. Por lo tanto, no se prevé la rotura de cañerías de agua potable producto de la ejecución del Proyecto. En relación con la inquietud respecto de posibles daños al tendido eléctrico por el tránsito de camiones de alto tonelaje, se informa que la circulación de estos vehículos no se realizará por los sectores residenciales señalados en la observación, ni por vías donde exista riesgo de interferencia con redes eléctricas aéreas en condiciones de altura crítica. Adicionalmente, los vehículos utilizados cumplirán con la normativa vigente en materia de transporte, incluyendo restricciones de altura y condiciones de seguridad. En consecuencia, no se prevén afectaciones al suministro eléctrico de las viviendas del sector, incluyendo eventuales cortes de energía que pudiesen impactar a personas electrodependientes. Observación N°4: Tema 2: Existe un canal que nunca ha sido entubado aun cuando se comprometieron a ello ¿Quiénes se comprometieron? Este está directamente conectado con la bifurcación Bonilla que serán intervenida; ¿Ampliarán el problema del canal? Con el transporte de alto tonelaje ¿Quién asegura que no se desprenda el cerro? en la Calle Dr. Miguel Campos, se cayó parte del cerro en dos casas por una simple lluvia. Evaluación técnica de la observación: Esta considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que:
Como se mencionó anteriormente, se recalca que, durante el proceso de evaluación ambiental, presentó una actualización de las partes del Proyecto, en la cual no se contempla la ejecución de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. En consecuencia, no se generarán obras de demolición ni de preparación de terreno en el sector de la Villa Producción y Comercio, incluyendo las áreas de Víctor Salazar Manzano y Bifurcación Bonilla Luis Durán. Respecto del canal conectado con la bifurcación Bonilla mencionado en la observación, se informa que este no será afectado, dado que no se intervendrá la zona en la que se emplaza. En consecuencia, no se producirán modificaciones en su condición actual, y el Proyecto no ampliará la problemática existente ni ejecutará obras en la bifurcación Bonilla, ya que dichas intervenciones no forman parte de su alcance. En relación con el tránsito de vehículos de alto tonelaje, el Proyecto no contempla la utilización de las rutas previamente mencionadas por la ciudadanía en su observación. Por lo tanto, la estabilidad del cerro aledaño no se verá afectada, dado que no se intervendrá la zona de la calle Dr. Miguel Campos ni el cerro señalado. En consecuencia, no se generarán riesgos de desprendimientos asociados al tránsito de vehículos de alto tonelaje, ya que las obras proyectadas no consideran intervenciones en dicho sector. Observación N°5: Importante: todos estos cambios ¿Ocasionaran en el futuro pago de contribuciones? Considerando que somos una villa de adultos mayores en su mayoría en circunstancias que el proyecto de la “rotonda” nunca fue considerados los vecinos de esta villa y otros sectores si tenían conocimiento y nosotros los afectados no. Evaluación técnica de la observación: Esta considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Observación N°6: Al parecer el proyecto ya es una realidad que lo llevara a cabo el mall. Nos encanta la forma que tiene mi país de hacer consulta ciudadana a última hora cuando todo ya está finiquitado y creemos que esta opinión no tendrá mayor valor. ¡Felicitaciones! Evaluación técnica de la observación: Esta considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto fue sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, procedimiento que contempla instancias formales de Participación Ciudadana, cuyo objetivo es recoger las opiniones, inquietudes y observaciones de la comunidad respecto del Proyecto en evaluación, las cuales son debidamente consideradas durante el análisis técnico por parte de la autoridad. En este contexto, las observaciones ciudadanas no constituyen un trámite meramente informativo, sino que forman parte integral del proceso de evaluación ambiental, pudiendo dar origen a solicitudes de aclaración, rectificación o ampliación a los antecedentes presentados por el Titular del Proyecto, así como a modificaciones de este cuando corresponda. Al respecto, cabe señalar que, durante la evaluación del presente Proyecto, se han considerado observaciones formuladas tanto por la ciudadanía como por los organismos con competencia ambiental, lo que ha derivado en ajustes al proyecto originalmente presentado. Por ejemplo, se modificó el IMIV, eliminándose la medida asociada a la construcción de una rotonda inicialmente considerada. De este modo, se hace presente que el proceso de Participación Ciudadana se desarrolla en una etapa en la cual el Proyecto aún se encuentra en evaluación y, por tanto, es susceptible de ser modificado, constituyendo un mecanismo efectivo para incorporar las preocupaciones de la comunidad en la toma de decisiones. 2. Observante: Marina Melita Soto Salazar Observación N°1: Deslizamiento de cerros y vibración de casas: Cuando llueve ha habido deslizamiento de tierras, incluso han ingresado la tierra a las casas. Evaluación técnica de la observación: Esta considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En primer lugar, es importante informar que el Proyecto, corresponde a la ejecución de obras de ampliación, remodelación y mejoramiento funcional del centro comercial existente, manteniendo su actual emplazamiento dentro de las actuales instalaciones del Mall. Luego, y en relación con sus preocupaciones es posible señalar que, durante el proceso de evaluación ambiental, presentó una actualización del Proyecto, mediante la cual se eliminó la parte y obras del Proyecto referida a la ejecución de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. En consecuencia, en consecuencia, no se generarán obras de demolición ni de preparación de terreno en el sector de la Villa Producción y Comercio, incluyendo las áreas de Víctor Salazar Manzano y Bifurcación Bonilla Luis Durán. En relación con los deslizamientos de tierra mencionados en su observación, se reconoce que corresponden a situaciones que pueden presentarse en el sector por usted señalado, debido más que a la ejecución del Proyecto a e eventos de precipitaciones. Lo anterior, dado que el Proyecto no considera intervenciones en la zona por usted indicada, ni la ejecución de obras que impliquen remoción de suelo o alteración de la estabilidad del terreno, no se generarán impactos adicionales sobre la estabilidad de los cerros circundantes atribuibles al Proyecto. Asimismo, y en coherencia con lo anterior, no se generarán vibraciones que puedan afectar a las viviendas del sector, dado que no se contemplan actividades constructivas ni tránsito de maquinaria pesada en las áreas señaladas. En consecuencia, durante la evaluación ambiental se descartó que el Proyecto genere efectos sobre la estabilidad del terreno o sobre las viviendas producto de vibraciones, en atención a sus características. Observación N°2: Vibraciones de las viviendas: Pasan camiones incluso hasta el camión de la basura y las viviendas vibran. Evaluación técnica de la observación: Esta considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Como se mencionó anteriormente, durante el proceso de evaluación ambiental, presentó una actualización del Proyecto, la cual contempló la eliminación de la ejecución de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. En consecuencia, como se indicó antes, no se generarán obras de demolición ni de preparación de terreno en el sector de la Villa Producción y Comercio, incluyendo las áreas de Víctor Salazar Manzano y Bifurcación Bonilla Luis Durán. En coherencia con lo anterior, no se generarán vibraciones que puedan afectar a las viviendas del sector, dado que no se contemplan actividades constructivas ni tránsito de maquinaria pesada en las áreas señaladas. En consecuencia, se descarta que el Proyecto genere efectos sobre la estabilidad del terreno o sobre las viviendas producto de vibraciones. Asimismo, se informa que la circulación de vehículos de alto tonelaje vinculados al proyecto de ampliación del centro comercial no se realizará por las calles interiores de la Villa Producción y Comercio ni por los sectores directamente aledaños a las viviendas señaladas. Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes rutas Ingreso: • Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez - Proyecto • Autopista Concepción-Talcahuano/Ruta 154 • Av. Santa María • Salida Aeropuerto Por lo tanto, no se prevé una exposición continua a ruido ni vibraciones en dichas viviendas producto del tránsito de camiones. A continuación, se presenta una imagen de las vías utilizadas para el tránsito de vehículos durante la fase de construcción: Figura. Rutas fase de construcción. Fuente: Imagen 1, Anexo O de la Adenda Complementaria. En cambio, el Titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. En relación con su preocupación por posibles daños estructurales en viviendas producto de vibraciones, cabe señalar que, dado que no se realizarán obras de alta intensidad ni tránsito de maquinaria pesada en el sector indicado, no se generarán niveles de vibración que puedan afectar la estabilidad estructural de las viviendas, incluyendo aquellas de mayor antigüedad. Observación N°3: Aguas lluvias que bajan del cerro y toma: Tenemos canales a tajo abierto, hay casas y calles que se inundan incluso con aguas servidas que bajan de la toma y que no han alcantarillado. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto de lo señalado, es importante precisar que el Proyecto fue modificado durante el proceso de evaluación ambiental, como consecuencia de la actualización de su IMIV, eliminándose la ejecución de la rotonda originalmente contemplada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. En consecuencia, no se realizarán obras de intervención de terreno en el sector de la Villa Producción y Comercio, incluyendo las áreas de Víctor Salazar Manzano y Bifurcación Bonilla Luis Durán. Por esta razón, la rotonda no formará parte del Proyecto, descartándose los posibles efectos sobre el sistema de alcantarillado y aguas lluvias existentes en el sector. En relación con el sistema de alcantarillado del Proyecto, y específicamente respecto de la ampliación del Mall el Trébol, El Titular del Proyecto acredita la disponibilidad de capacidad hidráulica en la red pública mediante el Certificado de Factibilidad N° 202501003759, emitido por ESSBIO S.A. con fecha 04.07.2025 (disponible en el Anexo C de la Adenda Complementaria). Dicho certificado autoriza la conexión a un colector público, asegurando que los caudales adicionales de aguas servidas generados por el Proyecto pueden ser adecuadamente gestionados sin producir sobrecargas ni afectar a los receptores residenciales del entorno, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7, literal c), del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Con estas acciones, se asegura que no se producirán sobrecargas ni afectaciones a los receptores residenciales, manteniendo la gestión de aguas lluvias y aguas servidas dentro de los estándares de seguridad y normativos vigentes.
Observación N°4: Nuestra sede no es fácil de llegar a las personas de tercera edad: hay escaleras en muy mal estado peligrosas para personas con discapacidad o de 3era edad, me gustaría un levanta carga para nuestro traslado, esta es una población de tercera edad. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Al respecto, es importante señalar que el Proyecto sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no contempla intervenciones sobre la sede social ni sobre las instalaciones comunitarias mencionadas, por lo que no generará modificaciones en las condiciones actuales de accesibilidad, incluyendo escaleras u otros elementos de circulación para personas mayores o con movilidad reducida. En consecuencia, la situación descrita corresponde a una condición preexistente y ajena al alcance del proyecto en evaluación, no siendo posible exigir medidas en esta materia en el marco del presente proceso. Observación N°5: Ojo en este sector hay vertientes casas que en invierno y verano están húmedas. Por la orilla de general bonilla detrás de nuestras casas Dr. Miguel deberían por seguridad, instalar focos potentes a luz solar y canalizar por seguridad cámaras de seguridad. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, cabe señalar que el Proyecto en evaluación no contempla intervenciones en el área específica indicada (sector General Bonilla, detrás de las viviendas señaladas), ni la ejecución de obras que puedan alterar las condiciones actuales de escurrimiento superficial o subterráneo asociadas a vertientes existentes. En consecuencia, no se prevé que el Proyecto genere efectos sobre las condiciones de humedad actualmente presentes en dichas viviendas. Por otra parte, las solicitudes relativas a la instalación de luminarias solares y cámaras de seguridad corresponden a materias de equipamiento urbano y seguridad pública, las cuales no forman parte del alcance del Proyecto ni constituyen variables de evaluación ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En virtud de lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará impactos ambientales asociados a la situación descrita, y que las medidas solicitadas no resultan exigibles en el marco del presente proceso de evaluación. 3. Observante: Arturo Alejandro Arriagada Carrasco Observación N°1: Estimados, me dirijo a ustedes para expresar mi preocupación por el proyecto de construcción de la rotonda en villa producción y del comercio Concepción, intersección Abdón Cifuentes y Miguel Campos, Santa Sabina. Vivo en el sector hace 30 años y si bien es necesario una mejora a la conectividad y tránsito del sector, me veo afectado directamente en este proyecto, mi hogar se encuentra inmediatamente a un costado de la plaza que será intervenida con esta rotonda; donde mi familia y yo, nos veremos insertos a escasos metros de una futura intersección circular, con menoscabo ambiental, incongruencia estética con la naturaleza hoy presente, afectando mi seguridad, tranquilidad, privacidad, actual facilidad de maniobrabilidad con mi vehículo e ingreso a mi estacionamiento, riesgos de incrustación de vehículos en mi casa por abandono de la rotonda, entre otros cambios a los que me expondré con esta obra. Sin olvidar los impactos de la construcción de esta misma; vibraciones constantes que dañan acabados rígidos; grietas en muros, pilares, griferías, cerámicos, yesos, esquinas de las ventanas y marcos de las puertas, entre otros, no obstante, también es necesario considerar el mismo tránsito de camiones de gran tonelaje en construcción, remociones, compactaciones, etc. Entiendo la necesidad del progreso de la vialidad, pero espero exponer mi posición y ser entendido respecto a los cambios a los que nos confrontan, en un pasaje sin salida, residencial, con tráfico ocasional, donde se prioriza la tranquilidad y vida familiar, que actualmente veo como prioridad debido a mis problemas de salud cardíaca; el descanso y silencio que es necesario para mi bienestar y que aun encuentro en casa, se verá mermado de forma permanente. Expongo esta situación para vuestro conocimiento, como profesionales de la vialidad y del progreso, pero también ciudadanos consientes de la prioridad de la salud e impacto social en los avances que plantean. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a su preocupación asociada a la construcción de la rotonda, cabe señalar que, durante el proceso de evaluación ambiental y en atención a las observaciones formuladas por la ciudadanía y los organismos con competencia ambiental, el Titular del Proyecto presentó una modificación en su diseño, eliminando la ejecución de la rotonda contemplada en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos, en el sector de Villa Producción y Comercio, obra que correspondía a una medida comprometida en el Informe de Mitigación Vial (IMIV) del Proyecto otorgado sectorialmente por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones (SEREMITT) Región Biobío, Ante este cambio, el titular del proyecto presentó una actualización del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), el cual fue aprobado por la autoridad competente antes referida, y contempla medidas asociadas a mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. En consecuencia, no se desarrollarán obras de construcción en el área directamente adyacente a la plaza ni a las viviendas del sector mencionado, descartándose la generación de impactos asociados a dicha intervención, tales como aumento de ruido, vibraciones, alteraciones en la accesibilidad vehicular, riesgos a la seguridad vial o afectaciones a la calidad de vida de los residentes producto de la construcción y operación de una rotonda en ese punto. De este modo, los efectos descritos en la observación, incluyendo potenciales daños estructurales por vibraciones, incremento de tránsito pesado durante la fase de construcción, y modificaciones en las condiciones de tranquilidad y seguridad del sector, no se materializarán en el contexto del proyecto actualmente en evaluación. En virtud de lo anterior, se concluye que, dada la modificación del proyecto, no se generarán impactos ambientales adversos sobre las viviendas ni sobre la calidad de vida de los habitantes del sector señalado. 4. Observante: Lucia de la Cruz Hermosilla Cartes
Observación N°1: Obstrucción de entrada y salida de la villa Producción y comercio y entrada a la universidad: Como se harán trabajos en esa área afectada por todo el tránsito y las micros deberán tomar una desviación, al igual que los autos, haciendo quizás más tráfico de lo habitual. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a su preocupación asociada a la obstrucción de la entrada y salida del sector Villa Producción y comercio, cabe señalar que, durante el proceso de evaluación ambiental y en atención a las observaciones formuladas por la ciudadanía y los organismos con competencia ambiental, el titular del proyecto presentó una modificación en su diseño, eliminando la ejecución de la rotonda contemplada en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos, en el sector de Villa Producción y Comercio, lo cual era un medida comprometida en el Informe de Mitigación Vial (IMIV) del proyecto otorgado sectorialmente por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones (SEREMITT) Región Biobío. Ante este cambio, el titular del proyecto presentó una actualización del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), el cual contempla medidas asociadas a mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. En consecuencia, no se desarrollarán obras de construcción en el área directamente adyacente al sector Villa Producción y comercio, descartándose la generación de impactos asociados a dicha intervención, tales como aumento de ruido, vibraciones, alteraciones en la accesibilidad vehicular, riesgos a la seguridad vial o afectaciones a la calidad de vida de los residentes producto de la construcción y operación de una rotonda en ese punto. Por lo anterior, la rotonda no formará parte del proyecto en evaluación y, por tanto, no se afectará el flujo vehicular ni del transporte público, como consecuencia de la construcción de la misma.
Observación N°2: Relleno de las primeras casas: Donde harán los trabajos antes era una laguna que rellenaron, ¿cómo afectará a las primeras casas de la villa? ¿Volverá a ser una parte de la laguna? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Cabe precisar que, al inicio del proceso de evaluación ambiental, el proyecto de ampliación del centro comercial incorporaba dentro de sus antecedentes una obra vial consistente en la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos. Dicha intervención no correspondía a una obra propia del proyecto de ampliación, sino que derivaba de las exigencias establecidas en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), instrumento sectorial regulado y aprobado por la autoridad competente en materia de transporte. Posteriormente, en el marco del proceso de Participación Ciudadana (PAC) y en atención a las observaciones formuladas tanto por la comunidad como por los organismos con competencia ambiental, el titular del proyecto presentó una modificación, mediante la cual se eliminó la ejecución de la rotonda antes señalada. Por lo tanto, respecto a la inquietud sobre el relleno de un área que anteriormente correspondía a una laguna y su posible afectación a las viviendas del sector Villa Producción y Comercio, es importante señalar que, conforme a los antecedentes presentados por el titular durante el proceso de evaluación ambiental, no se contempla realizar intervenciones directas en dicho sector que impliquen nuevas obras de relleno o modificación del terreno en las cercanías inmediatas de las viviendas. En reemplazo, el titular del proyecto contempla únicamente el mejoramiento de la vía existente mediante trabajos menores de conservación, tales como recarpeteo asfáltico o bacheo puntual en la intersección señalada. Estas obras serán de corta duración (aproximadamente entre 8 y 10 horas), ejecutadas con equipos móviles, en horarios de bajo flujo vehicular, y considerando medidas para minimizar emisiones de ruido y molestias a la comunidad. En consecuencia, no se prevén intervenciones que reactiven condiciones propias de una antigua laguna ni que generen riesgos adicionales para las viviendas del sector, tales como inestabilidad del suelo o acumulación de aguas, descartándose impactos significativos asociados a este aspecto. Observación N°3: Tiempo de obra: ¿Cuánto se demorará desde el comienzo de la obra hasta su entrega? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a la consulta sobre el tiempo de ejecución, cabe señalar que, de acuerdo con los antecedentes presentados por el titular, la fase de construcción del proyecto de ampliación del centro comercial tendrá una duración estimada de 24 meses, considerando las etapas de preparación del terreno, construcción y habilitación de las áreas intervenidas. Es importante precisar que dichas obras se desarrollarán íntegramente al interior del predio del centro comercial existente, actualmente en operación, sin contemplar intervenciones constructivas mayores en el sector Villa Producción y Comercio. En relación con este último sector, cabe señalar que, al inicio del proceso de evaluación ambiental, se incorporó dentro de los antecedentes del proyecto una obra vial consistente en la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos, la cual derivaba de las exigencias del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), instrumento sectorial independiente del proyecto. No obstante, en el marco del proceso de Participación Ciudadana (PAC) y en atención a las observaciones formuladas por la comunidad y los organismos con competencia ambiental, el titular presentó una modificación del proyecto, eliminando dicha intervención. En consecuencia, no se ejecutarán obras viales de envergadura en dicho sector. En su reemplazo, la actualización del IMIV contempla únicamente trabajos menores de conservación de la vialidad existente, tales como recarpeteo asfáltico o bacheo puntual en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras serán de corta duración (aproximadamente entre 8 y 10 horas), ejecutadas con equipos móviles, en horarios de bajo flujo vehicular y considerando medidas para minimizar emisiones de ruido y molestias a la comunidad. Finalmente, durante todo el período de construcción, el proyecto implementará un Plan de Manejo Ambiental de Obras, que contempla medidas para el control de polvo, ruido y tránsito, junto con mecanismos de información y comunicación con la comunidad.
- Observante: María Angélica Dauvin Polanco Observación N°1: Se pierde Área Verde y Plaza Ciudadana (máquinas de ejercicios) Plaza Saludable: En directo beneficio para los vecinos (adultos mayores, niños, mascotas). Esta plaza saludable se consiguió por medio de un proyecto en el año 2014 por la Junta de Vecinos. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a la inquietud planteada, cabe señalar que, conforme a los antecedentes presentados por el titular, el proyecto de ampliación del centro comercial no contempla la intervención ni la eliminación del área verde ni de la plaza ciudadana (plaza saludable) mencionada, la cual se mantendrá en su condición actual. En efecto, las obras del proyecto se desarrollarán íntegramente al interior del predio del centro comercial existente, sin afectar directamente espacios públicos utilizados por la comunidad. Adicionalmente, cabe precisar que la eventual intervención vial que podría haber generado afectación en el sector, correspondiente a una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos, derivada del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), fue eliminada por el titular mediante una modificación del proyecto durante el proceso de evaluación ambiental. En su reemplazo, solo se contemplan trabajos menores de conservación de la vialidad existente, tales como recarpeteo o bacheo puntual, los cuales son de corta duración y no implican intervención sobre la plaza ni sus instalaciones. En consecuencia, no se prevén impactos sobre el área verde ni sobre la plaza ciudadana implementada por la comunidad, descartándose su pérdida o alteración producto del proyecto.
Observación N°2: Información del proyecto se presenta a los vecinos muy tarde: Se necesita ver el proyecto por medio de una maqueta o sistema 3D. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos asociados a la entrega de información en instancias de participación ciudadana del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, cabe señalar que, en lo que compete al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la difusión de información sobre un proyecto o actividad que ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), con el objetivo de que la ciudadanía se informe y pueda solicitar un proceso de participación ciudadana (PAC), se encuentra asociada a diversos hitos, los cuales responden a plazos legales del procedimiento de evaluación. En este contexto: • Con fecha 02 de mayo de 2025, se publicó un aviso en el Diario Oficial informando el ingreso del proyecto a evaluación ambiental1. • Entre los días 05 y 09 de mayo de 2025, se emitieron avisos radiales informando el ingreso del proyecto al SEIA, a través de la radio 96.7 FM (Radio Femenina).2 • Asimismo, en el emplazamiento del Mall Plaza El Trébol se dispuso un cartel informativo sobre la posibilidad de solicitar el proceso de participación ciudadana, lo cual fue verificado mediante registro fotográfico3. • Con fecha 15 de mayo de 2025, se envió un correo electrónico a las organizaciones ciudadanas registradas en las comunas de Talcahuano, Concepción y Hualpén, informando el ingreso del proyecto y el plazo máximo para solicitar la PAC4. • En virtud del principio de transparencia, toda la información del proceso de evaluación se encuentra contenida en el expediente electrónico del proyecto, el cual es público y está disponible para la comunidad. Una vez cumplidos los requisitos para la solicitud de participación ciudadana, el SEA, mediante resolución, decretó la apertura del proceso, conforme a la normativa vigente. En este caso, el proceso de PAC se desarrolló respetando los plazos y mecanismos establecidos, permitiendo a la ciudadanía acceder a la información del proyecto y formular observaciones dentro del período legal de 20 días hábiles, es decir desde el 18 de julio de 2025 hasta el 14 de agosto de 2025. En este contexto, se realizaron instancias de participación ciudadana en distintas localidades del área de influencia del proyecto, incluyendo el sector Villa Producción y Comercio, donde se efectuó una asamblea informativa. En dichas instancias, el titular expuso los principales antecedentes del proyecto mediante presentaciones en formato PowerPoint, apoyadas con cartografía, planos impresos y material informativo de síntesis (trípticos), conforme a los medios habitualmente utilizados en este tipo de procesos y a lo dispuesto por el SEA. Respecto a la solicitud de contar con herramientas de visualización tridimensional o maquetas, cabe señalar que estos elementos no constituyen una exigencia dentro del SEIA, el cual se basa en la entrega de antecedentes técnicos contenidos en el expediente de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, y reconociendo que este tipo de recursos puede facilitar la comprensión del proyecto, su incorporación depende de la planificación con titular y de las condiciones del proceso. En el presente caso, la observación fue ingresada con fecha 12 de agosto de 2025, esto es, en una etapa avanzada del proceso de participación ciudadana, lo que limitó la factibilidad de incorporar nuevos mecanismos de difusión dentro de los plazos legales establecidos.
1 Registro publicación DO http://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/05/02/462_DO.pdf 2 Registro aviso radial https://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/05/14/Certificado_Aviso_Radial_unido.pdf 3 Registro cartel informativo https://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/04/10/Letrero_Informativo_fusionado.pdf 4 Registro información organizaciones civiles https://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/05/15/Correo_Sociedad_Civil.png Observación N°3: No hay claridad en cuanto a la salida de los vehículos desde la Villa Producción y Comercio, y señalización, paraderos para los peatones. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, cabe señalar que las observaciones formuladas se relacionan con la medida N°2 del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) incorporado en la Declaración de Impacto Ambiental, la cual consideraba originalmente el rediseño de la intersección mediante una rotonda en el sector de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. No obstante, en el marco del proceso de evaluación ambiental y en atención a las observaciones de la ciudadanía, dicha medida fue eliminada mediante la modificación del IMIV, por lo que la rotonda no será ejecutada. En consecuencia, no se modifican los accesos de entrada y salida al sector Villa Producción y Comercio, ni se generan alteraciones a la circulación vehicular existente. Asimismo, no se contemplan intervenciones sobre paraderos ni infraestructura peatonal asociada. En su reemplazo, el IMIV actualizado considera medidas de conservación de la vialidad existente, consistentes en recarpeteo o reparación puntual de baches en la intersección señalada, en un tramo aproximado de 80 m², ejecutadas en un periodo acotado de aproximadamente 8 a 10 horas, en horarios de bajo flujo vehicular y con medidas de control de ruido.
Observación N°4: Se incrementa la contaminación acústica. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, se informa que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
Observación N°5: Falta mostrar en qué se beneficiarán los vecinos: Con pruebas concretas. En cuanto al valor de las viviendas (plusvalía). Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. En cuanto a la eventual variación en la plusvalía de las viviendas, se hace presente que este aspecto no constituye una variable ambiental en los términos definidos por la normativa aplicable al SEIA.
Observación N°6: Esta rotonda podría afectar al comercio y negocios, mientras se está construyendo. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Cabe señalar que la medida que contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, incluida originalmente en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), fue eliminada durante el proceso de evaluación ambiental, en atención a las observaciones ciudadanas. En consecuencia, dicha infraestructura no será ejecutada. Dado lo anterior, el proyecto no contempla obras de envergadura que puedan generar afectaciones significativas a la actividad comercial del sector. En su configuración actual, el IMIV considera únicamente intervenciones menores de conservación de la vialidad existente, tales como recarpeteo y reparación puntual de la calzada en la intersección señalada, en una superficie aproximada de 80 m². Estas obras serán de corta duración (aproximadamente 8 a 10 horas), se ejecutarán en horarios de bajo flujo vehicular y contemplan medidas de manejo, tales como señalización transitoria y resguardo de accesos, con el objeto de minimizar eventuales interferencias en la circulación y accesibilidad a los locales comerciales. En virtud de lo anterior, no se prevén impactos significativos sobre el comercio y los negocios de este sector durante la fase de construcción del proyecto. 6. Observante: Luis Eduardo Contreras Rodríguez Observación: Como propietario en el lugar de mi vivienda, no tengo problemas con la ampliación del Mall. Sí me preocupa la posibilidad de construir una rotonda en nuestra villa. Ello conlleva a que vecinos del sector de entrada a la villa, donde se proyecta realizar una "ROTONDA", se debe considerar, el planteamiento de los vecinos que serían afectados, al sentirse afectados, por el hecho, que actualmente es un lugar donde diariamente tenemos problemas de alto tráfico vehicular, y donde, diariamente, nuestro acceso de salida de nuestra villa a colegios, trabajos y estudios, estamos afectados diariamente. ¿Qué solución nos aporta la rotonda? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a su preocupación asociada a la construcción de la rotonda, cabe señalar que, durante el proceso de evaluación ambiental y en atención a las observaciones formuladas por la ciudadanía y los organismos con competencia ambiental, el titular del proyecto presentó una modificación en su diseño, eliminando la ejecución de la rotonda contemplada en la intersección de Abdón Cifuentes con Miguel Campos, en el sector de Villa Producción y Comercio, lo cual era un medida comprometida en el Informe de Mitigación Vial (IMIV) del proyecto otorgado sectorialmente por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones (SEREMITT) Región Biobío. Ante este cambio, el titular del proyecto presentó una actualización del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), el cual contempla medidas asociadas a mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. En consecuencia, no se desarrollarán obras de construcción en el área directamente adyacente a las viviendas del sector mencionado, descartándose la generación de impactos asociados a dicha intervención, tales como aumento de ruido, vibraciones, alteraciones en la accesibilidad vehicular, riesgos a la seguridad vial o afectaciones a la calidad de vida de los residentes producto de la construcción y operación de una rotonda en ese punto. De este modo, los efectos descritos en la observación, incluyendo potenciales daños estructurales por vibraciones, incremento de tránsito pesado durante la fase de construcción, y modificaciones en las condiciones de tranquilidad y seguridad del sector, no se materializarán en el contexto del proyecto actualmente en evaluación. En virtud de lo anterior, se concluye que, dada la modificación del proyecto, no se generarán impactos ambientales adversos sobre las viviendas ni sobre la calidad de vida de los habitantes del sector señalado. Adicionalmente, se informa que la circulación de vehículos de alto tonelaje vinculados al proyecto de ampliación del mall plaza El Trébol no se realizará por las calles interiores de la Villa Producción y Comercio ni por los sectores directamente aledaños a las viviendas señaladas en la observación. Por lo tanto, no se prevé una exposición continua a ruido ni vibraciones en dichas viviendas producto del tránsito de camiones. A continuación, se presenta una imagen de las vías utilizadas para el tránsito de vehículos durante la fase de construcción: Figura. Rutas fase de construcción. Fuente: Imagen 1, Anexo O de la Adenda Complementaria. 7. Observante: Marlyn Beltrán González Observación N°1: Privilegiar puestos de trabajo a vecinos: Soy vecina, profesional, y aunque no es parte de plan de mitigación me gustaría ser parte de este nuestro proyecto ya que el mall es parte de nuestras vidas. Soy Ingeniera comercial y relacionadora publica y me encanto vuestra cercanía. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación planteada, el Titular se compromete privilegiar la vinculación laboral con vecinos del área de influencia por medio de la incorporación de un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV). En este contexto, el Titular actualiza el Anexo Q (Respuestas Anexo PAC) de la Adenda, incorporando la presente medida como CAV de Vinculación Laboral / Plan de Empleo. Cuyo objetivo es generar oportunidades de empleabilidad en el área de influencia de Mall plaza Trébol a través de la articulación de socios comerciales, municipalidades, Mall plaza y sus proveedores de equipos facilites. Tabla. Compromiso Ambiental Voluntario Vinculación Laboral/Plan Empleo. Compromiso ambiental voluntario Vinculación Laboral/Plan empleo. Impacto Asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Etapa de construcción, operación y etapa de cierre de negociación con socios comerciales.
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar oportunidades de empleabilidad en el área de influencia de Mallplaza Trébol a través de la articulación de socios comerciales, municipalidades, Mallplaza y sus proveedores de equipos facilities. Descripción: Existen tres oportunidades para generar instancias de vinculación laboral:
- En la etapa intermedia de la ejecución del proyecto de construcción, una vez están identificados los socios comerciales y plazos en que iniciaran operaciones en el centro comercial, se levantaran necesidades de vinculación laboral en coordinación con las municipalidades y sus respectivas Oficinas de Intermediación Laboral.
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Respecto los servicios externalizados por Mallplaza (proveedores de facilities), la compañía invitará a participar a las empresas proveedoras a cargo del personal en contacto (seguridad, servicios generales, auditoría sanitaria, estacionamiento) a participar en un proceso de vinculación laboral en coordinación con las municipalidades del área de influencia
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Respecto al equipo de administración de Mallplaza Trébol, en caso de existir procesos de selección públicos se informarán directamente a la municipalidad de Talcahuano, Concepción y Hualpén y sus respectivas OMIL. Justificación: Para contribuir al desarrollo local coordinaremos a los actores involucrados y más específicamente articularemos las respectivas necesidades de las empresas y sus procesos de contratación con las necesidades de empleabilidad identificadas por las municipalidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Mallplaza Trébol Forma: Al ser una iniciativa colaborativa hay elementos del diseño que se definirán con las marcas que ingresará. Sin embargo, de acuerdo con experiencias previas en la implementación de planes de vinculación laboral identificamos los siguientes pasos:
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Mapeo de marcas confirmadas.
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Coordinación con autoridades y equipos municipales responsables de fomento/desarrollo para definición de: a. Mecanismos de postulación, perfiles disponibles, procesos de monitoreo y evaluación y otras necesidades relativas a la gestión y coordinación del proyecto.
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Invitación formal a socios comerciales, proveedores y formalización de participación de Mallplaza.
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Levantamiento de cargos disponibles para colocación con socios comerciales y proveedores interesados en participar.
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Inicio de proceso de reclutamiento y selección del SSCC, proveedor o Mallplaza según el caso.
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Consolidación y difusión de resultados.
Oportunidad: Una vez los acuerdos comerciales estén definidos, probablemente en una etapa intermedia de desarrollo del proyecto de construcción. Con proveedores y Mallplaza iniciaremos una vez esté definida la dotación extra necesaria
Indicador que acredite su cumplimiento 1. Cantidad de socios comerciales adheridos sobre el total. 2. Cantidad de empresas facilities adheridas sobre el total. 3. Cantidad de vacantes con postulaciones de las respectivas municipalidades. Cantidad de contrataciones verificadas por OMIL.
Forma de control y seguimiento Se habilitará una carpeta digital como repositorio de información que contendrá los siguientes respaldos: Base de datos con datos de contacto de empresas y municipalidades adheridas. Fuente: Capítulo VI de la Adenda Complementaria, Capitulo Compromisos Ambientales Voluntarios de la DIA.
- Observante: Romina Caroline Patricia Montecinos Fuentes Observación N°1: Plaza: Me preocupa que pasara con la plaza que se va a sacar cuando se haga la rotonda, espero reubiquen la plaza dentro de nuestro sector, sería ideal donde está nuestra sede, frente tenemos una toma donde podríamos tener nuestra área verde. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a la pérdida de áreas verdes producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Por lo tanto, no existe riesgo ni afectación directa a los vecinos de la Villa Producción y Comercio.
Observación N°2: La contaminación acústica: Con el tema de la ampliación me preocupa el tema de la bocina. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto de la preocupación específica por el uso excesivo de bocinas y congestión vehicular, el Proyecto incorpora medidas estructurales y de gestión orientadas a reducir situaciones de conflicto vial que puedan generar presión sonora adicional. Se contempla la habilitación de nuevos accesos y salidas en Mallplaza El Trébol, permitiendo distribuir flujos vehiculares y reducir tiempos de espera. Adicionalmente, se implementarán: • Reprogramación y optimización de semáforos. • Justificación técnica de nuevos dispositivos semafóricos. • Habilitación de bahías y refugios peatonales. • Mejora de señalización y demarcación. • Instalación de sistemas de monitoreo vial. Estas acciones permiten disminuir condiciones de congestión que incentivan el uso de bocinas, reduciendo fuentes indirectas de ruido. Asimismo, durante las fases de construcción y operación se implementará un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Relacionamiento Comunitario Mallplaza-En Obra”, que permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad en materias de tránsito y ruido. Durante la operación se realizará seguimiento acústico y, de verificarse desviaciones respecto de los niveles proyectados, se aplicarán medidas correctivas. No obstante, lo anterior, el titular reconoce que la presencia de puntos de convergencia vehicular en horario de alta demanda puede generar situaciones de impaciencia vial que deriven en el uso de bocinas. Para abordar este riesgo específico, se proponen las siguientes medidas de gestión: Tabla. Medidas de gestión específicas para reducir el uso de bocinas N° Medida Fase Verificador de cumplimiento
1 Personal de apoyo en accesos: Se dispondrá de al menos un (1) controlador de tránsito en los accesos de mayor conflicto durante los horarios de alta demanda (horario punta mañana y tarde en días hábiles, y jornada completa en días
Construcción y Operación
Registro de turnos y presencia en terreno, revisado trimestralmente festivos y fines de semana).
2 Señalética de Zona de Silencio: Se instalará señalética vertical de "Prohibido Tocar Bocina" (conforme a la normativa del Manual de Señalización de Tránsito vigente del MOP) en los puntos de acceso y egreso del recinto, así como en las vías interiores de circulación.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral de mantención
3 Espejos convexos en puntos de baja visibilidad: Se instalarán espejos convexos en las esquinas interiores del recinto donde la visibilidad se vea restringida por infraestructura, columnas o geometría de las vías de acceso, con el fin de eliminar ángulos muertos que fuerzan a los conductores a anticipar su presencia mediante bocinas.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral
4 Optimización de semáforos: Se ejecutará la reprogramación de semáforos existentes en las intersecciones de mayor impacto, coordinada con la autoridad vial (SEREMI de Transportes), con el objetivo de reducir los tiempos de espera que generan conductas de impaciencia vehicular.
Construcción y Operación
Resolución o acta de coordinación con la autoridad vial; monitoreo de tiempos de ciclo semafórico
5 Bahías de espera y demarcación vial: Se habilitarán bahías de espera en los accesos de mayor flujo para evitar que vehículos detenidos en fila invadan la calzada, eliminando así situaciones de bloqueo que incentivan el uso de bocinas. La demarcación vial en los sectores de acceso será renovada para ordenar los flujos y reducir maniobras bruscas.
Construcción y Operación
Registro fotográfico y plano de demarcación visado por la autoridad vial Fuente: Respuesta 11.3 de la Adenda complementaria. Seguimiento y gestión continua Todas las medidas anteriores quedarán incorporadas en el Plan de Manejo Ambiental, cuyo seguimiento incluirá: • Monitoreo acústico trimestral en los receptores definidos en el Anexo D de la Adenda (puntos R1, R1a, R2, R3, R4 y R6), que permitirá detectar variaciones en el ambiente sonoro potencialmente asociadas al tránsito en accesos. • Registro y sistematización de las observaciones recibidas a través del modelo de relacionamiento de Mallplaza, que constituirá el canal formal mediante el cual la comunidad, en particular los representantes del Área de Influencia de Medio Humano (AIMH), podrán reportar situaciones específicas relacionadas con ruido y tránsito, incluyendo el uso de bocinas. • Aplicación de medidas correctivas en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de una observación fundada, con comunicación formal al interesado y registro de la acción adoptada. Observación N°3: Sistema de tránsito: Espero nos dejen paso de cebra. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con lo planteado respecto a la habilitación de pasos de cebra, cabe señalar que dicha materia se vinculaba con la medida de rediseño de la intersección en Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, originalmente contemplada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), la cual incluía la construcción de una rotonda y la correspondiente adecuación de la infraestructura peatonal. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas por organismos con competencia ambiental y la ciudadanía, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial competente, eliminándose la referida medida. En consecuencia, la versión final del proyecto no contempla intervenciones en la intersección señalada, ni modificaciones a la infraestructura peatonal existente, incluyendo pasos de cebra. 9. Observante: Eulogia del Carmen Inzunza Espinoza Observación N°1: Contaminación acústica: La construcción de una nueva rotonda cercana a la villa va a generar ruidos molestos para la población. Es importante considerar que viven adultos mayores y personas con discapacidad reducida. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la preocupación expresada sobre los ruidos molestos generados por la construcción de esta infraestructura, se informa lo siguiente: El proyecto inicialmente contemplaba la construcción de una rotonda en la mencionada intersección, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, tras el proceso de evaluación ambiental y en respuesta a las observaciones realizadas por organismos competentes y la ciudadanía, el titular presentó una modificación al IMIV. Como resultado, se eliminó la construcción de la rotonda del proyecto. Dado que la rotonda ya no se construirá, se descartan los impactos asociados a la infraestructura proyectada, como la posible alteración de redes de alcantarillado y aguas lluvias en el área. Asimismo, no se afectará a los vecinos de la Villa Producción y Comercio, ni se generarán ruidos molestos o vibraciones como las que pueden generarse durante trabajos de demolición o preparación de terrenos. En lugar de la construcción de la rotonda, el proyecto contempla la mejora de la vialidad existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo puntual en aproximadamente 80 m² de la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán utilizando un sistema móvil, en un tiempo acotado (8 a 10 horas) y en horarios de menor flujo vehicular, como los fines de semana o días festivos. Además, se adoptarán todas las medidas necesarias para minimizar las emisiones acústicas y prevenir molestias a los vecinos, quienes serán debidamente informados de las labores a realizar antes de su ejecución. Como no se realizarán obras de gran escala, como la rotonda, ni se llevarán a cabo trabajos de demolición, no habrá afectación directa a la estructura de las viviendas ni se generarán ruidos molestos significativos. Los accesos y las calles dentro de la Villa Producción y Comercio no se verán afectadas por las obras de este proyecto. El proyecto, en su versión final, no contempla la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, eliminando los impactos acústicos y de vibración inicialmente previstos. Las obras de mejora de la vialidad existente se realizarán de manera controlada, minimizando molestias a los vecinos, quienes serán informados de antemano sobre los trabajos. Observación N°2: Áreas verdes: La construcción de una nueva rotonda disminuirá los espacios verdes y entretenimiento que están a disposición actualmente para la población. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación un área verde, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a la pérdida de áreas verdes producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Por lo tanto, no existe riesgo ni afectación directa a los vecinos de la Villa Producción y Comercio.
Observación N°3: Mejorar conectividad: La nueva rotonda podría ser considerada como una ruta que facilite la accesibilidad hacia el mall del Trébol, así como también hacia otros sectores de la comuna. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a lo observado, se informa que la propuesta de rediseño mediante una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, originalmente contemplada como la Medida N°2 del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), ha sido formalmente eliminada del proyecto. La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. Observación N°4: Vereda peatonal: En el plano no se ve vereda peatonal. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con lo planteado respecto a la vereda peatonal, cabe señalar que dicha materia se vinculaba con la medida de rediseño de la intersección en Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, originalmente contemplada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), la cual incluía la construcción de una rotonda y la correspondiente adecuación de la infraestructura peatonal. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas por organismos con competencia ambiental y la ciudadanía, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial competente, eliminándose la referida medida. En consecuencia, la versión final del proyecto no contempla intervenciones en la intersección señalada, ni modificaciones a la infraestructura peatonal existente. 10. Observante: Norca Haydee Mora Gajardo Observación: No estoy de acuerdo con este proyecto, porque interferirá con mi vida diaria, tengo 70 años, saldré de mi portón de mi casa y me encontraré llena de autos, no podré cruzar mi calle sin encontrarme con más autos. - Contaminación acústica será terrible - Polvo - Mi vida será deteriorada por los movimientos de tierra constante, vibraciones, afectarán a mi casa que me ha costado tanto mantener a los 70 años, diabética, hipertensa, el polvo será terrible, asaltos, portonazos, inseguridad por donde se mire terminaré mis días encerrada en mi casa. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra asociados a la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. Por lo que, como parte del proyecto no se considera la realización trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, por lo que no se generarán emisiones atmosféricas, ruidos ni vibraciones que puedan afectar su hogar. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán tal como están, sin alteraciones significativas. Aunque no se realizarán movimientos de tierra ni excavaciones en este sector, el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol incluye un estudio específico de estimación de emisiones atmosféricas actualizado (Anexo E de la Adenda Complementaria), para garantizar que se cumpla con la normativa vigente. Este estudio verifica que los niveles de emisiones no superen los límites permitidos, protegiendo la calidad de vida de los vecinos cercanos, especialmente aquellos con condiciones de salud como las que menciona (diabetes, hipertensión, etc.). En cuanto a su preocupación por la seguridad, al no contemplarse la rotonda no se prevén cambios para el sector antes mencionado. Por lo que no se prevén afectaciones a la seguridad de la zona como consecuencia de las obras. 11. Observante: Eva Camaño Birtiola Observación: Preocupación por la vibración de la maquinaria y el desorden que se produce con todo el movimiento ocasionado por lo mismo. También va a ser preocupación para la gente que trabaja el problema de tomar locomoción – La salida y donde tomar locomoción – Se debe ubicar un paradero. Cuando se hizo la presentación de proyecto en ninguna parte se vio una vereda y tampoco se habló como va a ser la salida de la villa hacia la calle central. Todo esto viendo lo pequeño del espacio para hacer la rotonda. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación asociadas a los impactos por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención en el sector Villa Producción y Comercio, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de ruidos y vibraciones, así como cambios en la vialidad existente producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Asimismo, no se afectará la estructura de las viviendas, ya que no se generarán vibraciones asociadas a trabajos de demolición ni a la preparación de terreno en el sector indicado. A los vecinos del sector no se les generarán impactos por ruidos molestos, dado que no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección señalada por motivos del proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol. En virtud de lo anterior, al haberse modificado el proyecto y eliminado la obra que motivaba la observación, se concluye que no se generará el "encajonamiento" vehicular advertido, ni se producirá la pérdida del área verde o afectaciones a la calidad de vida por ruido y vibraciones en el sector de la Villa Producción y Comercio. 12. Observante: Fernando Valladares Campos Observación: En cuanto a la rotonda vamos a quedar encajonados sin salida expedita, ahora en estas condiciones nos cuesta salir de la villa, me imagino con la rotonda, no nos sentimos beneficiados por el alto flujo vehicular en horas punta, pido reconsiderar el estudio de dicho proyecto y contemplar la reubicación del área verde y plaza que se va a ver afectada por el proyecto, como también contemplar la contaminación acústica, vibraciones y contaminación ambiental Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación asociadas a los impactos por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención en el sector Villa Producción y Comercio, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de ruidos y vibraciones, así como cambios en la vialidad existente producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Asimismo, no se afectará la estructura de las viviendas, ya que no se generarán vibraciones asociadas a trabajos de demolición ni a la preparación de terreno en el sector indicado. A los vecinos del sector no se les generarán impactos por ruidos molestos, dado que no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección señalada por motivos del proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol. En virtud de lo anterior, al haberse modificado el proyecto y eliminado la obra que motivaba la observación, se concluye que no se generará el "encajonamiento" vehicular advertido, ni se producirá la pérdida del área verde o afectaciones a la calidad de vida por ruido y vibraciones en el sector de la Villa Producción y Comercio. 13. Observante: Daniel Sebastián Schulz Riquelme Observación N°1: Expropiación: A mi parecer estoy de acuerdo con el proyecto, pero, sin embargo, considero de que las áreas verdes y juegos deben ser reinstalados en el sector de “la toma” Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Expropiación: A mi parecer estoy de acuerdo con el proyecto, pero, sin embargo, considero de que las áreas verdes y juegos deben ser reinstalados en el sector de “la toma” Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación asociadas a los impactos por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención en el sector Villa Producción y Comercio, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo anterior, no se afectará las áreas verdes y de juegos existentes, por lo cual se mantendrán en su localización actual. Observación N°2: Tema Accesos a nuestra y salida a nuestra villa: Se debería tomar en consideración dejar un acceso y salida de nuestra villa, tanto vehicular como peatonal. Pasos de cebra bien remarcados para el bienestar de los peatones. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con lo planteado respecto a la habilitación de pasos de cebra, cabe señalar que dicha materia se vinculaba con la medida de rediseño de la intersección en Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, originalmente contemplada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), la cual incluía la construcción de una rotonda y la correspondiente adecuación de la infraestructura peatonal. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas por organismos con competencia ambiental y la ciudadanía, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial competente, eliminándose la referida medida. En consecuencia, la versión final del proyecto no contempla intervenciones en la intersección señalada, ni modificaciones a la infraestructura peatonal existente, incluyendo pasos de cebra. 14. Observante: Abel Eduardo Campos Moscoso Observación: Me gustaría la reubicación en la misma villa, en cuanto por los todos los ruidos y el ambiente y el movimiento de terreno y todo lo que abarca este tema y el sector y para el peaje de la tercera edad complicado. Instalando una rotonda sería lo más complicado para todos los niños y los adultos mayores por lo tanto no me gusta y estamos claros en negar esta opción. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a emisiones atmosféricas, ruidos y vibraciones, así como la reubicación de la plaza ubicada en este sector producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. En conclusión, dado que la obra que motivaba la observación fue eliminada, se descartan los impactos negativos sobre la calidad de vida de niños, adultos mayores y la integridad de los espacios públicos de la Villa Producción y Comercio. 15. Observante: Luis Alberto Medina Toloza Observación N°1: Problema de la congestión del tránsito: Ya tenemos tacos, dentro del día. Qué pasará con la locomoción: Estamos con problemas de locomoción colectiva. Tenemos restricción de horario de la locomoción. Sábado y domingo es peor. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Cabe indicar que el proyecto en evaluación ambiental correspondiente a la ampliación del mall, presento a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado, ha generado una serie de medidas de control con el objetivo que la ampliación del centro comercial no genere alteraciones significativas en los sistemas de vida y costumbres, es por este motivo, que el proyecto contempla las siguientes 30 medidas que tienen por objetivo mitigar el nuevo flujo vial que existirá debido a la puesta en marcha del proyecto. Algunas de las medidas clave incluyen: • Demarcación y señalización en diversas calles del área de influencia, para mejorar la visibilidad y el orden del tráfico. • Estudios de justificación para la instalación de semáforos en varios puntos críticos como Av. Santa María, Ramón Carrasco y Tierras Coloradas, con el objetivo de optimizar el flujo vehicular. • Proyectos de ingeniería de detalle para mejorar la infraestructura vial, como la habilitación de nuevas pistas y la pavimentación de caleteras, además de la instalación de mediana y refugios peatonales para mayor seguridad. • Mejoras en el transporte público, como la instalación de nuevas paradas de buses, la creación de bahías de taxis y la implementación de sistemas de señalización adecuados para los usuarios del transporte colectivo. También se contemplan otras iniciativas para mejorar la conectividad y accesibilidad, como la instalación de cámaras, balizas peatonales solares y la mejora de la ciclovía en la zona cercana al mall.
Observación N°2: Problemas acústicos: Mucho ruido de bocinazos desde las 07:30 hrs en adelante. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto de la preocupación específica por el uso excesivo de bocinas y congestión vehicular, el Proyecto incorpora medidas estructurales y de gestión orientadas a reducir situaciones de conflicto vial que puedan generar presión sonora adicional. Se contempla la habilitación de nuevos accesos y salidas en Mallplaza El Trébol, permitiendo distribuir flujos vehiculares y reducir tiempos de espera. Adicionalmente, se implementarán: • Reprogramación y optimización de semáforos. • Justificación técnica de nuevos dispositivos semafóricos. • Habilitación de bahías y refugios peatonales. • Mejora de señalización y demarcación. • Instalación de sistemas de monitoreo vial. Estas acciones permiten disminuir condiciones de congestión que incentivan el uso de bocinas, reduciendo fuentes indirectas de ruido. Asimismo, durante las fases de construcción y operación se implementará un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Relacionamiento Comunitario Mallplaza-En Obra”, que permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad en materias de tránsito y ruido. Durante la operación se realizará seguimiento acústico y, de verificarse desviaciones respecto de los niveles proyectados, se aplicarán medidas correctivas. No obstante, lo anterior, el titular reconoce que la presencia de puntos de convergencia vehicular en horario de alta demanda puede generar situaciones de impaciencia vial que deriven en el uso de bocinas. Para abordar este riesgo específico, se proponen las siguientes medidas de gestión: Tabla. Medidas de gestión específicas para reducir el uso de bocinas N° Medida Fase Verificador de cumplimiento
1 Personal de apoyo en accesos: Se dispondrá de al menos un (1) controlador de tránsito en los accesos de mayor conflicto durante los horarios de alta demanda (horario punta mañana y tarde en días hábiles, y jornada completa en días festivos y fines de semana).
Construcción y Operación
Registro de turnos y presencia en terreno, revisado trimestralmente
2 Señalética de Zona de Silencio: Se instalará señalética vertical de "Prohibido Tocar Bocina" (conforme a la normativa del Manual de Señalización de Tránsito vigente del MOP) en los puntos de acceso y egreso del recinto, así como en las vías interiores de circulación.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral de mantención
3 Espejos convexos en puntos de baja visibilidad: Se instalarán espejos convexos en las esquinas interiores del recinto donde la visibilidad se vea restringida por infraestructura, columnas o geometría de las vías de acceso, con el fin de eliminar ángulos muertos que fuerzan a los conductores a anticipar su presencia mediante bocinas.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral
4 Optimización de semáforos: Se ejecutará la reprogramación de semáforos existentes en las intersecciones de mayor impacto, coordinada con la autoridad vial (SEREMI de Transportes), con el objetivo de reducir los tiempos de espera que generan conductas de impaciencia vehicular.
Construcción y Operación
Resolución o acta de coordinación con la autoridad vial; monitoreo de tiempos de ciclo semafórico
5 Bahías de espera y demarcación vial: Se habilitarán bahías de espera en los accesos de mayor flujo para evitar que vehículos detenidos en fila invadan la calzada, eliminando así situaciones de bloqueo que incentivan el uso de bocinas. La demarcación vial en los sectores de acceso será renovada para ordenar los flujos y reducir maniobras bruscas.
Construcción y Operación
Registro fotográfico y plano de demarcación visado por la autoridad vial Fuente: Respuesta 11.3 de la Adenda complementaria. Seguimiento y gestión continua Todas las medidas anteriores quedarán incorporadas en el Plan de Manejo Ambiental, cuyo seguimiento incluirá: • Monitoreo acústico trimestral en los receptores definidos en el Anexo D de la Adenda (puntos R1, R1a, R2, R3, R4 y R6), que permitirá detectar variaciones en el ambiente sonoro potencialmente asociadas al tránsito en accesos. • Registro y sistematización de las observaciones recibidas a través del modelo de relacionamiento de Mallplaza, que constituirá el canal formal mediante el cual la comunidad, en particular los representantes del Área de Influencia de Medio Humano (AIMH), podrán reportar situaciones específicas relacionadas con ruido y tránsito, incluyendo el uso de bocinas. • Aplicación de medidas correctivas en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de una observación fundada, con comunicación formal al interesado y registro de la acción adoptada.
Observación N°3: Que pasará con las áreas verdes: Además tenemos muchos vehículos estacionados en la calle. En caso de incendio, no sé como lo solucionaríamos. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la inquietud sobre la intervención en el sector Villa Producción y Comercio, es importante señalar que, originalmente, el proyecto contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Esta medida fue parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado inicialmente por el titular del proyecto y aprobado por la autoridad competente, en este caso, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. Sin embargo, tras el proceso de evaluación ambiental y atendiendo las observaciones tanto de organismos competentes como de la comunidad, el titular presentó un IMIV rectificado. Como resultado, la construcción de la rotonda fue eliminada del proyecto, lo que implica que no se llevarán a cabo las obras que originalmente habrían afectado las áreas verdes y plaza presente en el sector Villa Producción y Comercio. Por lo tanto, la versión final del proyecto no contempla ninguna intervención en las áreas verdes existentes, lo que asegura que se mantendrán en su localización actual sin cambios. Asimismo, no se verán alteradas las condiciones actuales de los estacionamientos en la vía pública ni se generarán impactos sobre la seguridad en caso de incendio, ya que el proyecto no contempla modificaciones en estas áreas. Cabe destacar que, al eliminar la construcción de la rotonda, ningún componente del proyecto afectará a las áreas verdes ni a los espacios públicos relacionados, tal como se detalla en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) y en el Anexo S: IMIV Complementario Actualizado de la Adenda. En resumen, no se prevé que el proyecto afecte las áreas verdes ni altere las condiciones actuales de estacionamiento o seguridad vial en la zona. 16. Observante: María Teresa Celis Abarca Observación: Contaminación acústica: – Ruidos molestos – Contaminación ambiental – Problemas de Alcantarillado – Vibraciones – Áreas verdes – Lo peatonal o vial – Semáforo. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo que su observación está asociada a la construcción una rotonda en sector Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, obra que inicialmente formaba parte del proyecto en evaluación ambiental Ampliación del mall Plaza El Trébol, principalmente sobre aspectos como Ruidos y vibraciones, emisiones atmosféricas, problemas de sistemas de alcantarillado, pérdida de áreas verdes entre otros. Es importante señalar que, inicialmente, el proyecto contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente los impactos asociados al flujo vehicular, emisiones atmosféricas, ruidos molestos, vibraciones y la posible concentración de vehículos en la zona cercana a la Villa Producción y Comercio. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra relacionados con la construcción de la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. En consecuencia, no se realizarán trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, lo que evitará la generación de emisiones, ruidos y vibraciones que puedan afectar a los vecinos. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán sin cambios significativos. Asimismo, la versión final del proyecto no contempla ninguna intervención en las áreas verdes existentes, lo que garantiza que estas se mantendrán en su localización actual, sin modificaciones. Aunque no se realizarán movimientos de tierra ni excavaciones en esta zona, el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol incluye un estudio actualizado sobre las emisiones atmosféricas (Anexo E de la Adenda Complementaria). Este estudio verifica que los niveles de emisiones se mantendrán dentro de los límites establecidos por la normativa vigente, asegurando así la protección de la calidad del aire y la salud de los vecinos. Ahora bien, respecto a la ampliación del mall plaza el trébol, se informa que los estudios técnicos (Acústico y de Impacto Vial) evaluaron el escenario de funcionamiento del centro comercial con su nueva superficie. Estos estudios determinaron que: En relación al ruido, generado por la ampliación el estudio de Ruido y Vibraciones del proyecto da cuenta del cumplimiento de los límites del D.S. N°38/2011, asegurando que el ruido ambiental se mantenga dentro de los niveles permitidos por la normativa de salud. El Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado demuestra que, incluso sin la rotonda, las medidas de gestión de tránsito en los accesos principales del Mall son suficientes para absorber el flujo vehicular sin colapsar las vías locales de la villa. El Estudio de Estimación de Emisiones asegura que el incremento de actividad no superará los umbrales de calidad del aire establecidos para la protección de la población. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los impactos en el entorno inmediato de la villa, mientras que los controles ambientales del proyecto de ampliación garantizan que la operación del centro comercial no deteriore la calidad de vida ni la salud de los vecinos. 17. Observante: Leonela Alda Cisterna Fernández Observación N°1: Ruidos molestos: Ruidos debidos a la construcción y posibles desvíos de tránsito. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En primer lugar, se confirma que la construcción de la rotonda originalmente proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada definitivamente del proyecto. Esta modificación suprime las emisiones acústicas y los desvíos de tránsito directos frente a la Villa Producción y Comercio, ya que no se realizarán excavaciones, demoliciones ni movimientos de tierra en dicho sector residencial. Los accesos y salidas de las viviendas se mantendrán en sus condiciones actuales. En segundo lugar, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol y sus obras generales, el proyecto cuenta con un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la DIA y Adenda I) que garantiza el cumplimiento de la normativa ambiental bajo las siguientes condiciones: Medidas en Construcción para evitar ruidos molestos sobre los receptores del área de influencia, el titular se ha comprometido a la instalación de barreras acústicas temporales, la realización de monitoreos periódicos y la aplicación de buenas prácticas constructivas según los lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. El ruido asociado al flujo de vehículos pesados y maquinaria de obra ha sido evaluado bajo la metodología internacional FTA (2018), determinándose que se mantiene bajo los umbrales de impacto. En la Fase de Operación, se verificó que las fuentes fijas (climatización, equipos de servicios, etc.) cumplen con los límites máximos permitidos por el D.S. N°38/2011. Asimismo, el ruido por el flujo vehicular atraído por el Mall ampliado se mantiene bajo los niveles normativos de salud. Adicionalmente, el proyecto contempla medidas de gestión de tránsito incorporadas en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado (mejoras en señalización y ajustes semafóricos) para optimizar la fluidez vehicular y reducir el ruido asociado a la congestión. Finalmente, se destaca la formalización del Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza – En Obra”, el cual establece un canal directo para que los vecinos informen cualquier inquietud respecto a ruidos o tránsito, permitiendo una gestión oportuna por parte del titular. En virtud de los antecedentes presentados y las medidas de control comprometidas, se concluye que el proyecto no generará un aumento significativo de la contaminación acústica ni alteraciones viales que deterioren la calidad de vida de los vecinos.
Observación N°2: Congestión vehicular: Mayor tráfico en la locomoción colectiva y vehicular particular. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Como se mencionó previamente, se confirma que la construcción de la rotonda originalmente proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada definitivamente del proyecto. Por lo tanto, como producto del proyecto en evaluación no se contemplan modificaciones en la vialidad existente en el sector Villa Producción y Comercio. Por lo anterior, no se afectará la situación actual del tráfico de la locomoción colectiva y vehicular particular en el sector. Cabe indicar que el proyecto correspondiente a la ampliación del mall, presento a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado y aprobado, la incorporación de una serie de medidas de control con el objetivo que la ampliación del centro comercial no genere alteraciones significativas en los sistemas de vida y costumbres, es por este motivo, que el proyecto contempla las siguientes 30 medidas que tienen por objetivo mitigar el nuevo flujo vial que existirá debido a la puesta en marcha del proyecto. Algunas de las medidas clave incluyen: • Demarcación y señalización en diversas calles del área de influencia, para mejorar la visibilidad y el orden del tráfico. • Estudios de justificación para la instalación de semáforos en varios puntos críticos como Av. Santa María, Ramón Carrasco y Tierras Coloradas, con el objetivo de optimizar el flujo vehicular. • Proyectos de ingeniería de detalle para mejorar la infraestructura vial, como la habilitación de nuevas pistas y la pavimentación de caleteras, además de la instalación de mediana y refugios peatonales para mayor seguridad. • Mejoras en el transporte público, como la instalación de nuevas paradas de buses, la creación de bahías de taxis y la implementación de sistemas de señalización adecuados para los usuarios del transporte colectivo. También se contemplan otras iniciativas para mejorar la conectividad y accesibilidad, como la instalación de cámaras, balizas peatonales solares y la mejora de la ciclovía en la zona cercana al mall. 18. Observante: Miguel Arturo Gallegos González Observación: Ruidos molestos, somos personas mayores. Polvo, queremos tranquilidad NO ESTAMOS DE ACUERDO EN EL PROYECTO. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En primer lugar, se confirma que la construcción de la rotonda originalmente proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada definitivamente del proyecto. Como consecuencia de esta modificación en el diseño, se descartan en su totalidad los impactos directos de construcción en el sector Villa Producción y Comercio, tales como excavaciones, movimientos de tierra y demoliciones. Esto garantiza que no se producirán ruidos molestos, polvo ni vibraciones frente a las viviendas, manteniéndose además la plaza y las áreas verdes en su estado actual. En segundo lugar, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol, se informa que los estudios técnicos de Ruido, Calidad del Aire e Impacto Vial han evaluado el proyecto en su totalidad, asegurando que: El estudio de Ruido y Vibraciones demuestra el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N°38/2011, lo que garantiza que los niveles de presión sonora se mantengan dentro de los umbrales permitidos para la protección de la salud y el descanso de los vecinos. El Estudio de Estimación de Emisiones (Anexo E de la Adenda) confirma que la actividad del centro comercial no superará los límites de calidad del aire, protegiendo la salud de la población, incluidos los grupos de riesgo o personas mayores. El Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado demuestra que las medidas de gestión de tránsito son suficientes para absorber el flujo vehicular en los accesos principales, evitando el colapso de las vías locales de la villa. En virtud de lo anterior, se concluye que la eliminación de la rotonda suprime las molestias inmediatas en el sector residencial, mientras que los controles ambientales y normativos de la ampliación garantizan que el funcionamiento del centro comercial no deteriore la calidad de vida ni la salud de los habitantes de la Villa Producción y Comercio. 19. Observante: Alex Rubén Muñoz Acevedo Observación: Bomberos en caso de emergencia, ¿cómo entrarán? Moriremos todos calcinados, se quemará toda la vida, porque no habrá espacio. Ambulancia, en caso de enfermedad, urgencia, ¿Cómo entran? ¿Cómo salen? Contaminación acústica, polvo, las vibraciones, afectarán cimientos de mi casa. Yo trabajo en Sodimac Líder, me cuesta mucho tomar locomoción, termino saliendo a pie, ahora ni podré atravesar mi propia vereda para poder ir a trabajar. No tendré plaza para llevar a mi nieta, a mi sobrinita, tener vida de familia, expuesto a todo, asalto, accidente y/o incendio, por donde entrarán o saldrán? Ustedes creen que es justo vivir así Ella, los dueños de este mall, ¿podrán vivir así? “JAMAS” Busquen otras salidas y entradas, no estoy de acuerdo Contaminación acústica Contaminación Polvo Cimientos de nuestras casas Por el capricho de un Mall Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En cuanto a su preocupación respecto a la seguridad, el acceso de vehículos de emergencia y la calidad de vida en su sector. Se informa lo siguiente: En primer lugar, se confirma que el titular ha eliminado definitivamente la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Esta decisión, formalizada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado y aprobado por la SEREMITT (Resolución Exenta N°2238/2025), significa que no habrá intervenciones en la plaza del sector ni en las veredas adyacentes a su vivienda producto del proyecto de Ampliación del mall Plaza el Trébol. En consecuencia, se podrá seguir haciendo uso de la plaza indicada en su observación en las mismas condiciones actuales. En segundo lugar, respecto a la seguridad ante emergencias, se aclara que, al descartarse la rotonda, la configuración de las calles se mantiene tal como existe hoy. Esto garantiza que Bomberos y Ambulancias mantendrán sus rutas de acceso y salida habituales, sin obstáculos de obra ni cambios en el diseño vial que impidan su libre circulación. Asimismo, al no realizarse excavaciones ni movimientos de tierra pesada en este punto, se elimina cualquier riesgo de afectación a los cimientos de su hogar. En cuanto a su movilidad diaria para dirigirse a su trabajo, se informa que no se contemplan desvíos ni cortes de tránsito permanentes en el sector de la villa. Solo se realizarán labores menores de mantenimiento vial asociados a las medidas actualizadas del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) que consisten en el recarpeteo de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. Finalmente, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol, el proyecto cuenta con estudios de ruido y emisiones que aseguran el cumplimiento de las normas de salud vigentes. La operación del centro comercial se gestionará de modo que no se bloqueen las vías locales, protegiendo la fluidez y la tranquilidad de los vecinos del proyecto. En virtud de lo anterior, al haberse eliminado la obra que motivaba su inquietud, se concluye que el proyecto no generará los riesgos de aislamiento, incendios o deterioro habitacional consultados. 20. Observante: Jaime Venegas Vejar Observación N°1: Ruido Ambiental: El ruido ambiental pudiera afectar de forma importante la tranquilidad cotidiana y más aún si en los domicilios cercanos conviven adultos mayores, lactantes, enfermos. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la preocupación por el ruido ambiental y su posible afectación a la tranquilidad de grupos sensibles como adultos mayores, lactantes y personas enfermas, se informa lo siguiente: En primer lugar, se confirma que la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada definitivamente del proyecto. Esta modificación es fundamental para atender su observación, ya que descarta la ejecución de faenas de demolición y movimientos de tierra en el sector residencial. Al no existir estas obras, desaparece la fuente de ruidos molestos y vibraciones que originalmente preocupaba a los vecinos de la Villa Producción y Comercio. En segundo lugar, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol, se informa que el proyecto cuenta con un Estudio de Ruido y Vibraciones que garantiza el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Esta normativa tiene como objetivo principal proteger la salud de las personas, fijando niveles máximos de ruido permitidos para resguardar el bienestar y el descanso en zonas residenciales. En lugar de la rotonda, el titular del proyecto incorporó una medida de mantenimiento vial (asociada a las medidas actualizadas del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV)) que consiste en el recarpeteo de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. Finalmente, es importante mencionar que la operación del centro comercial ampliado ha sido modelada para asegurar que el ruido generado por sus instalaciones y el flujo vehicular asociado no superen los umbrales normativos de salud, protegiendo así la tranquilidad de los adultos mayores, niños y residentes del área de influencia. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los impactos acústicos de mayor magnitud cerca de las viviendas, mientras que el estricto cumplimiento de la normativa vigente garantiza la protección de la salud de los grupos sensibles mencionados en su observación.
Observación N°2: Desplazamiento: Tal vez se pudiera afectar el desplazamiento hacia los lugares de trabajo y regreso al domicilio. ¿Desaparecerán las paradas de buses? ¿Las veredas? ¿Cómo afectan estos cambios en la seguridad al desplazarnos a diario? ¿Cortarán la calle? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con las preocupaciones manifestadas sobre el desplazamiento diario, la posible eliminación de infraestructura peatonal y la seguridad vial, se informa lo siguiente: En primer lugar, se confirma que la construcción de la rotonda originalmente proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada definitivamente del proyecto. Esta modificación, aprobada por la autoridad sectorial (SEREMITT), significa que no se cortará la calle de forma permanente, no se eliminarán veredas ni desaparecerán las paradas de buses actuales en el sector de la Villa Producción y Comercio. Los residentes podrán seguir desplazándose hacia sus lugares de trabajo y regresando a sus hogares bajo las mismas condiciones de conectividad que existen hoy. En segundo lugar, respecto a la seguridad en los desplazamientos, al no ejecutarse la rotonda se descarta la creación de desvíos complejos o zonas de obra que pudiesen generar situaciones de riesgo para peatones o conductores. La configuración vial del entorno inmediato a su vivienda se mantendrá inalterada, asegurando un tránsito seguro. Finalmente, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol, el proyecto contempla un conjunto de 30 medidas de mitigación vial (IMIV aprobado) diseñadas para absorber el nuevo flujo vehicular en las arterias principales. Estas medidas incluyen mejoras en señalización, semaforización y paraderos de transporte público en el área de influencia indirecta, con el fin de evitar que el aumento de actividad del centro comercial genere congestión que afecte los tiempos de viaje de los vecinos del sector. En conclusión, la eliminación de la rotonda garantiza que no se afectarán las veredas, paradas de buses ni la continuidad del tránsito en su sector, mientras que las medidas globales del proyecto aseguran una convivencia armónica entre la ampliación del mall y la movilidad de la comunidad. Observación N°3: Situaciones de emergencia: Ante una emergencia: Incendio – persona enferma que requiera traslado en ambulancia. ¿Afectará el normal desplazamiento ante estas situaciones? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la inquietud sobre el desplazamiento de vehículos de emergencia, como carros de Bomberos o Ambulancias, ante situaciones de incendio o urgencias médicas, se informa lo siguiente: Se confirma que la construcción de la rotonda originalmente proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos ha sido eliminada del proyecto en evaluación. Esto garantiza que no habrá modificaciones en el ancho de las calzadas ni en la geometría de las calles de acceso a su sector como parte del proyecto de ampliación del mall. Al mantenerse la configuración vial actual, los vehículos de emergencia mantendrán sus rutas habituales de entrada y salida, contando con los radios de giro necesarios para su libre desplazamiento sin nuevos obstáculos. Al no existir faenas de construcción de gran envergadura en dicha intersección, no se generarán bloqueos de calles ni desvíos que pudiesen retrasar los tiempos de respuesta ante una emergencia. El entorno residencial conservará sus características de flujo actuales, permitiendo que tanto el personal de salud como de bomberos operen bajo las condiciones de visibilidad y espacio que ya conocen. Finalmente, el proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol contempla medidas de gestión de tránsito en las vías principales para asegurar que el flujo vehicular externo sea absorbido eficientemente, evitando colapsos que pudiesen repercutir indirectamente en las vías de servicio de la villa. En conclusión, dado que la obra vial que motivaba la preocupación fue descartada, el desplazamiento de vehículos de emergencia no se verá afectado, garantizando la seguridad y el auxilio oportuno para los residentes del sector. 21. Observante: Benedicto Espinoza Muñoz Observación N°1: Rotonda nuda vial Abdón Cifuentes con Alonso de Rivera: ¿Qué medidas de mitigación están consideradas para el flujo vehicular que sale de la villa de la producción y que ya hoy es caótico en horas de pic como también el acceso desde Alonso de Rivera? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Como se mencionó previamente, en relación con su preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención vial en el sector de Villa Producción y Comercio, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Asimismo, no se afectará la estructura de las viviendas, ya que no se generarán vibraciones asociadas a trabajos de demolición ni a la preparación de terreno en el sector indicado. A los vecinos del sector no se les generarán impactos por ruidos molestos, dado que no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección señalada. Por otra parte, cabe indicar que el proyecto correspondiente a la ampliación del mall, presento a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado y aprobado, la incorporación de una serie de medidas de control con el objetivo que la ampliación del centro comercial no genere alteraciones significativas en los sistemas de vida y costumbres, es por este motivo, que el proyecto contempla las siguientes 30 medidas que tienen por objetivo mitigar el nuevo flujo vial que existirá debido a la puesta en marcha del proyecto. Algunas de las medidas clave incluyen: • Demarcación y señalización en diversas calles del área de influencia, para mejorar la visibilidad y el orden del tráfico. • Estudios de justificación para la instalación de semáforos en varios puntos críticos como Av. Santa María, Ramón Carrasco y Tierras Coloradas, con el objetivo de optimizar el flujo vehicular. • Proyectos de ingeniería de detalle para mejorar la infraestructura vial, como la habilitación de nuevas pistas y la pavimentación de caleteras, además de la instalación de mediana y refugios peatonales para mayor seguridad. • Mejoras en el transporte público, como la instalación de nuevas paradas de buses, la creación de bahías de taxis y la implementación de sistemas de señalización adecuados para los usuarios del transporte colectivo. También se contemplan otras iniciativas para mejorar la conectividad y accesibilidad, como la instalación de cámaras, balizas peatonales solares y la mejora de la ciclovía en la zona cercana al mall.
Observación N°2: Rotonda Abdón Cifuentes lado paso nivel Alonso Rivera: Si todo el flujo se desvía a la salida superior de la villa de la producción puede haber daño de pavimento que no está preparado para tal aumento de vehículos. ¿Se contempla reposición de pavimentos? Si es necesario. ¿Se resolverá problema de alcantarillado y agua lluvia que todo el año fluye desde la villa hacia Abdón Cifuentes, lugar de la nueva rotonda? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Como se mencionó previamente, en relación con su preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención vial en el sector de Villa Producción y Comercio, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. En segundo lugar, respecto a los problemas de alcantarillado y aguas lluvias que fluyen hacia la zona de Abdón Cifuentes, se aclara que, al no ejecutarse la rotonda, el proyecto no realizará intervenciones mayores en el suelo de ese sector. No obstante, al mantenerse la geometría vial actual, no se generarán nuevos impactos o sobrecargas sobre dichas redes producto de la ampliación del Mall Plaza El Trébol. Es importante precisar que el proyecto no contempla la reparación de deficiencias preexistentes en la red pública de alcantarillado que no sean atribuibles a sus obras, pero garantiza que su ejecución no agravará la situación descrita. Finalmente, el titular solo realizará un mantenimiento preventivo (recarpeteo de 80 m²) en la intersección mencionada, lo cual contribuirá a mejorar la superficie de rodado sin alterar el sistema de evacuación de aguas lluvias existente. En conclusión, dado que la rotonda fue eliminada, se descarta el riesgo de daño en los pavimentos por exceso de flujo y no se intervendrán las redes de alcantarillado locales, manteniéndose las condiciones de operación actuales en el sector. 22. Observante: Santiago Larrain Ramos Observación N°1: Ampliación Mall Plaza del Trébol: - Rotonda muy cerca de las casas - Ubicación de paraderos - Contaminación acústica - Cambio de sentido de las calles - Medidas de seguridad estructurales - Medidas de seguridad, llámese: - Corte de luz - Corte de Agua - En caso de siniestros - Incendios - Emergencia de salud (ambulancia) - Seguridad para la comunidad: - Lomos de toros - Señaléticas claras y oportunas que pare el tránsito - Pocas Áreas verdes ya que se carece de plazas - Paredes de contención para las casas - Viabilidad para las personas y micros. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En primer lugar, se confirma que el titular ha eliminado definitivamente la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Esta decisión, formalizada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado y aprobado por la SEREMITT (Resolución Exenta N°2238/2025), significa que no habrá intervenciones en la plaza del sector ni en las veredas adyacentes a su vivienda producto del proyecto de Ampliación del mall Plaza el Trébol. En consecuencia, se podrá seguir haciendo uso de la plaza indicada en su observación en las mismas condiciones actuales. En segundo lugar, respecto a la seguridad ante emergencias, se aclara que, al descartarse la rotonda, la configuración de las calles se mantiene tal como existe hoy. Esto garantiza que Bomberos y Ambulancias mantendrán sus rutas de acceso y salida habituales, sin obstáculos de obra ni cambios en el diseño vial que impidan su libre circulación. Asimismo, al no realizarse excavaciones ni movimientos de tierra pesada en este punto, se elimina cualquier riesgo de afectación a los cimientos de su hogar. En cuanto a su movilidad diaria para dirigirse a su trabajo, se informa que no se contemplan desvíos ni cortes de tránsito permanentes en el sector de la villa. Solo se realizarán labores menores de mantenimiento vial asociados a las medidas actualizadas del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) que consisten en el recarpeteo de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, el que se hará con un sistema móvil en un periodo muy corto de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, etc.) y tomando todas las medidas de control para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector los cuales serán previamente informados por el Titular respecto de las labores a realizar. Adicionalmente, respecto a los posibles cortes de servicios mencionados en la observación, es posible señalar que, al no realizarse obras de infraestructura vial mayor en el sector Villa Producción y Comercio, no se contemplan cortes de luz ni de agua potable asociados al proyecto. Finalmente, respecto a la ampliación del Mall Plaza El Trébol, el proyecto cuenta con estudios de ruido y emisiones que aseguran el cumplimiento de las normas de salud vigentes. En virtud de lo anterior, al haberse eliminado la obra que motivaba su inquietud, se concluye que el proyecto no generará los riesgos de aislamiento, incendios o deterioro habitacional consultados. 23. Observante: Madjory Estela Martínez Mora Observación N°1: Vivo en la entrada de la villa, mis padres son adultos enfermos 70 años, quedan encerrados sin poder salir de la casa por la inseguridad que la rotonda ocasionará Bomberos, Ambulancia, en caso de emergencia, ¿por dónde entran y salen? Mi calle no tiene salida. ¿Salimos temprano por la mañana a trabajar, si ya el taco es enorme, imagínese ahora? La inseguridad, salir de mi casa y encontrarme con una selva de autos y luchar por salir adelante, por tomar locomoción, ya no habrá vida familiar, ¿Quién nos vendrá a visitar? ¿Dónde se estacionará? Los asaltos estarán a la orden del día, todo porque el gigante se quiere ampliar a toda costa, sin importar la gente que vive en el objetivo a arreglar. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra asociados a la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. Por lo que, como parte del proyecto no se considera la realización trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, por lo que no se generarán emisiones atmosféricas, ruidos ni vibraciones que puedan afectar su hogar. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán tal como están, sin alteraciones significativas. Respecto a la seguridad ante emergencias (Ambulancia y Bomberos), se aclara que, al descartarse la rotonda, la configuración vial se mantiene idéntica a la actual. Esto garantiza que los vehículos de emergencia mantendrán sus rutas habituales de acceso y salida, sin obstáculos de obra ni cambios en el diseño que impidan su libre circulación, asegurando una atención oportuna para sus padres en caso de requerirla. En cuanto al ruido y la calidad del aire, el proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol cuenta con estudios técnicos que garantizan el cumplimiento de las normas de salud vigentes (D.S. N°38/2011 y normativa de emisiones). Estos estándares están diseñados precisamente para proteger a los grupos más vulnerables, como los adultos mayores con condiciones delicadas de salud, asegurando que la operación del centro comercial no deteriore el ambiente sonoro ni el aire de su sector. En primer lugar, se confirma que el titular ha eliminado definitivamente la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Esta decisión, formalizada en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado y aprobado por la SEREMITT (Resolución Exenta N°2238/2025), significa que no habrá intervenciones en la plaza del sector ni en las veredas adyacentes a su vivienda producto del proyecto de Ampliación del mall Plaza el Trébol. En consecuencia, se podrá seguir haciendo uso de la plaza indicada en su observación en las mismas condiciones actuales. En cuanto a su preocupación por la seguridad, al no contemplarse la rotonda no se prevén cambios para el sector antes mencionado. Por lo que no se prevén afectaciones a la seguridad de la zona como consecuencia de las obras. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los riesgos de aislamiento y congestión consultados, garantizando que el entorno residencial de su familia no sufra las alteraciones que originalmente motivaban su inquietud. 24. Observante: José Miguel Chouquer Moffett Observación N°1: Yo no estoy de acuerdo con esta rotonda, soy un hombre mayor, a junto a mi Sra. Norca Mora 70 años, terminaremos encerrados en nuestra propia casa, sin recibir visitas porque ¿dónde se estacionarán? Somos viejos propensos ataques, somos diabéticos, hipertensión, problemas a los huesos. Ambulancia y como entrarán, moriremos en caso de emergencia, bomberos, ¿una emergencia? Imagínese, ¿Qué haremos? Cuando trabajen, lo que nos costo nuestra casita, mantenerla, pagarla, para que estando viejos, estar tranquilo, imagínese ahora, las vibraciones de los trabajos, ya cuando hicieron esa bajada atrás de mi casa quedo mal, un temblor y terremoto y se nos cae todo, a nosotros ya están malos los terrenos, estos son rellenos, se puede producir “socavón”, ¿qué harán ahí? Aparte que con las aguas lluvias nos inundamos, imagínese que podrá pasar. Esta villa es una villa de viejos. Tengan piedad, no podré ni ir a la plaza con mi nieta de 2 años, “moriré” encerrado en mi casa. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En primer lugar, se confirma que el titular ha eliminado definitivamente la construcción de la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Al descartarse esta obra en la versión final del proyecto, se suprimen todos los riesgos asociados a excavaciones profundas, vibraciones de maquinaria pesada y movimientos de tierra que pudiesen afectar la estabilidad del suelo o generar socavones en los terrenos de relleno mencionados. Asimismo, no se intervendrán las redes de aguas lluvias del sector, por lo que el proyecto no generará nuevos riesgos de inundación en su propiedad. En segundo lugar, respecto a la seguridad ante emergencias (Ambulancia y Bomberos), se garantiza que, al mantenerse la configuración de las calles tal como existe hoy, los vehículos de emergencia conservarán sus rutas habituales de acceso y salida. Esto asegura que, ante cualquier urgencia de salud o siniestro, los servicios de auxilio podrán llegar a su hogar sin obstáculos derivados del proyecto. Adicionalmente, se confirma que podrá seguir haciendo uso de la plaza con su nieta, ya que no habrá faenas que restrinjan el acceso a las áreas verdes del sector. En tercer lugar, en cuanto al ruido y calidad del aire, los estudios técnicos del proyecto aseguran el cumplimiento de las normas de salud vigentes (D.S. N°38/2011 y normativa de emisiones). Estos estándares están diseñados para proteger a los grupos más vulnerables, garantizando que el ambiente sonoro y la limpieza del aire se mantengan dentro de los niveles permitidos para el resguardo de su bienestar. Solo se realizarán labores menores de mantenimiento vial (recarpeteo de 80 m²) en un tiempo muy acotado (8 a 10 horas) y en horario de bajo flujo, con el fin de mejorar la calzada actual sin generar molestias significativas. Finalmente, respecto a los estacionamientos para visitas, al no ejecutarse la rotonda se mantiene la disponibilidad actual de espacios en la vía pública, garantizando que usted pueda seguir recibiendo visitas de familiares sin impedimentos. En conclusión, la eliminación de la rotonda descarta los riesgos de inestabilidad del suelo, inundaciones y aislamiento consultados, garantizando que su entorno residencial mantenga las condiciones de seguridad y tranquilidad actuales. 25. Observante: Claudio Anselmo Fernández Celis Observación N°1: Contaminación acústica: - Contaminación Ambiental - Ruidos molestos - Vibraciones - Problemas alcantarillado Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo que su observación está asociada a la construcción una rotonda en sector Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, obra que inicialmente formaba parte del proyecto en evaluación ambiental Ampliación del mall Plaza El Trébol, principalmente sobre aspectos como Ruidos y vibraciones, emisiones atmosféricas, problemas de sistemas de alcantarillado, pérdida de áreas verdes entre otros. Es importante señalar que, inicialmente, el proyecto contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente los impactos asociados al flujo vehicular, emisiones atmosféricas, ruidos molestos, vibraciones y la posible concentración de vehículos en la zona cercana a la Villa Producción y Comercio. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra relacionados con la construcción de la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. En consecuencia, no se realizarán trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, lo que evitará la generación de emisiones, ruidos y vibraciones que puedan afectar a los vecinos. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán sin cambios significativos. Asimismo, la versión final del proyecto no contempla ninguna intervención en las áreas verdes existentes, lo que garantiza que estas se mantendrán en su localización actual, sin modificaciones. Aunque no se realizarán movimientos de tierra ni excavaciones en esta zona, el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol incluye un estudio actualizado sobre las emisiones atmosféricas (Anexo E de la Adenda Complementaria). Este estudio verifica que los niveles de emisiones se mantendrán dentro de los límites establecidos por la normativa vigente, asegurando así la protección de la calidad del aire y la salud de los vecinos. Ahora bien, respecto a la ampliación del mall plaza el trébol, se informa que los estudios técnicos (Acústico y de Impacto Vial) evaluaron el escenario de funcionamiento del centro comercial con su nueva superficie. Estos estudios determinaron que: En relación al ruido, generado por la ampliación el estudio de Ruido y Vibraciones del proyecto da cuenta del cumplimiento de los límites del D.S. N°38/2011, asegurando que el ruido ambiental se mantenga dentro de los niveles permitidos por la normativa de salud. El Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado demuestra que, incluso sin la rotonda, las medidas de gestión de tránsito en los accesos principales del Mall son suficientes para absorber el flujo vehicular sin colapsar las vías locales de la villa. El Estudio de Estimación de Emisiones asegura que el incremento de actividad no superará los umbrales de calidad del aire establecidos para la protección de la población. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los impactos en el entorno inmediato de la villa, mientras que los controles ambientales del proyecto de ampliación garantizan que la operación del centro comercial no deteriore la calidad de vida ni la salud de los vecinos.
Observación N°2: Observación: Vial: - Paseo Peatonales y semaforización - Áreas verdes - Complicaciones de acceso a la población. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, la plaza existente en el sector no será intervenida ni eliminada, garantizándose la permanencia de las áreas verdes del sector. Cabe indicar que el proyecto en evaluación ambiental correspondiente a la ampliación del centro comercial mall plaza el Trébol, presento a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado, una serie de medidas de control con el objetivo que la ampliación del centro comercial no genere alteraciones significativas en los sistemas de vida y costumbres, es por este motivo, que el proyecto contempla las siguientes 30 medidas que tienen por objetivo mitigar el nuevo flujo vial que existirá debido a la puesta en marcha del proyecto. Algunas de las medidas clave incluyen: • Demarcación y señalización en diversas calles del área de influencia, para mejorar la visibilidad y el orden del tráfico. • Estudios de justificación para la instalación de semáforos en varios puntos críticos como Av. Santa María, Ramón Carrasco y Tierras Coloradas, con el objetivo de optimizar el flujo vehicular. • Proyectos de ingeniería de detalle para mejorar la infraestructura vial, como la habilitación de nuevas pistas y la pavimentación de caleteras, además de la instalación de mediana y refugios peatonales para mayor seguridad. • Mejoras en el transporte público, como la instalación de nuevas paradas de buses, la creación de bahías de taxis y la implementación de sistemas de señalización adecuados para los usuarios del transporte colectivo. También se contemplan otras iniciativas para mejorar la conectividad y accesibilidad, como la instalación de cámaras, balizas peatonales solares y la mejora de la ciclovía en la zona cercana al mall. En relación con el acceso a la población, y considerando la eliminación de la rotonda, no se prevén modificaciones en la estructura vial local que generen restricciones adicionales. Por el contrario, las medidas de gestión de tránsito buscan mejorar la fluidez y seguridad de los desplazamientos. En virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no afectará las áreas verdes existentes ni generará deterioro en la accesibilidad peatonal o vehicular del sector, incorporando además medidas que contribuyen a mejorar las condiciones actuales de movilidad. 26. Observante: Fior D’Aliza Núñez Martínez Observación: Los ruidos molestos que pueden generar los camiones, la construcción y los ruidos en si. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Por otra parte, cabe señalar que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
- Observante: Juana del Carmen Mayorga Sepúlveda Observación N°1: Ruido ambiental: Ya es ruidoso vivir en este sector, con más tránsito vehicular aumentará el ruido. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Por otra parte, cabe señalar que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente.
Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
Observación N°2: Área verde: Para la gran área que tiene nuestra villa, sacar un sector verde pienso que no corresponde. Los sectores Lomas San Sebastián, tiene enormes áreas verdes, ¿por qué deberíamos renunciar? Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación un área verde, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto.
Observación N3: Congestión: En la actualidad hay congestión, con ampliar las vías de circulación (rotonda) este sector se vería más transitado impidiendo el flujo fluido de los vehículos y más aún a los peatones. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de alcantarillado y aguas lluvias producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Asimismo, no se afectará la estructura de las viviendas, ya que no se generarán vibraciones asociadas a trabajos de demolición ni a la preparación de terreno en el sector indicado. A los vecinos del sector no se les generarán impactos por ruidos molestos, dado que no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección señalada. 28. Observante: Eduardo Efraín Vidal Molina Observación N°1: Congestión vehicular: Al haber más tránsito vehicular, mayor congestión, hoy es así en todas partes. La salida de la villa a la calle principal no se ve fácil con una rotonda. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de alcantarillado y aguas lluvias producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. Asimismo, no se afectará la estructura de las viviendas, ya que no se generarán vibraciones asociadas a trabajos de demolición ni a la preparación de terreno en el sector indicado. A los vecinos del sector no se les generarán impactos por ruidos molestos, dado que no se ejecutarán las obras consistentes en la implementación de una rotonda en la intersección señalada.
Observación N°2: Ruido: Mayor flujo vehicular, mayor ruido ambiental. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, se informa que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
- Observante: Alexis Reyes Romero Observación N°1: Ruidos: Aumento de vehículos en circulación. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Por otra parte, cabe señalar que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
Observación N°2: Tacos: Salida de nuestros vehículos a la carretera. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Dado lo anterior, no se verán afectadas las calles de la Villa Producción y Comercio Víctor Salazar Manzano ni la Segunda Calle de la Villa Producción y Comercio Bifurcación Bonilla Luis Durán. 30. Observante: Juan Pedro Montecino Sanhueza Observación N°1: Salida pasaje: Me preocupa como saldremos de nuestras casas cuando esto se construya. La contaminación acústica, el toque de bocina cuando se formen los tacos de autos. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación de una plaza existente, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. En respuesta a lo anterior, el titular presentó un IMIV rectificado, el cual fue evaluado por la autoridad sectorial correspondiente, eliminándose la medida asociada a la construcción de la rotonda. En consecuencia, la versión final del proyecto sometida a calificación ambiental no contempla la construcción de dicha infraestructura, descartándose los impactos previamente asociados a esta medida. Por lo tanto, en el marco de la consulta realizada, y considerando que no se ejecutará por parte de este proyecto la rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, se descartan impactos asociados a redes de alcantarillado y aguas lluvias producto del proyecto de Ampliación del Mall Plaza El Trébol. En cambio, el titular considerará mejorar la condición de la vía existente mediante un recarpeteo asfáltico o bacheo, según corresponda, en aproximadamente 80 m² en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Estas obras se ejecutarán con un sistema móvil, en un período acotado de tiempo (8 a 10 horas) y en un horario de menor flujo vehicular a determinar (fin de semana, día feriado, entre otros), adoptando todas las medidas de control necesarias para minimizar las emisiones acústicas, con el objeto de no afectar a los vecinos del sector, quienes serán previamente informados por el titular respecto de las labores a realizar. Respecto de la preocupación específica por el uso excesivo de bocinas y congestión vehicular, el Proyecto incorpora medidas estructurales y de gestión orientadas a reducir situaciones de conflicto vial que puedan generar presión sonora adicional. Se contempla la habilitación de nuevos accesos y salidas en Mall plaza El Trébol, permitiendo distribuir flujos vehiculares y reducir tiempos de espera. Adicionalmente, se implementarán: • Reprogramación y optimización de semáforos. • Justificación técnica de nuevos dispositivos semafóricos. • Habilitación de bahías y refugios peatonales. • Mejora de señalización y demarcación. • Instalación de sistemas de monitoreo vial. Estas acciones permiten disminuir condiciones de congestión que incentivan el uso de bocinas, reduciendo fuentes indirectas de ruido. Asimismo, durante las fases de construcción y operación se implementará un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Relacionamiento Comunitario Mallplaza-En Obra”, que permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad en materias de tránsito y ruido. Durante la operación se realizará seguimiento acústico y, de verificarse desviaciones respecto de los niveles proyectados, se aplicarán medidas correctivas. No obstante, lo anterior, el titular reconoce que la presencia de puntos de convergencia vehicular en horario de alta demanda puede generar situaciones de impaciencia vial que deriven en el uso de bocinas. Para abordar este riesgo específico, se proponen las siguientes medidas de gestión: Tabla. Medidas de gestión específicas para reducir el uso de bocinas N° Medida Fase Verificador de cumplimiento
1 Personal de apoyo en accesos: Se dispondrá de al menos un (1) controlador de tránsito en los accesos de mayor conflicto durante los horarios de alta demanda (horario punta mañana y tarde en días hábiles, y jornada completa en días festivos y fines de semana).
Construcción y Operación
Registro de turnos y presencia en terreno, revisado trimestralmente
2 Señalética de Zona de Silencio: Se instalará señalética vertical de "Prohibido Tocar Bocina" (conforme a la normativa del Manual de Señalización de Tránsito vigente del MOP) en los puntos de acceso y egreso del recinto, así como en las vías interiores de circulación.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral de mantención
3 Espejos convexos en puntos de baja visibilidad: Se instalarán espejos convexos en las esquinas interiores del recinto donde la visibilidad se vea restringida por infraestructura, columnas o geometría de las vías de acceso, con el fin de eliminar ángulos muertos que fuerzan a los conductores a anticipar su presencia mediante bocinas.
Operación
Registro fotográfico de instalación; inspección semestral
4 Optimización de semáforos: Se ejecutará la reprogramación de semáforos existentes en las intersecciones de mayor impacto, coordinada con la autoridad vial (SEREMI de Transportes), con el objetivo de reducir los tiempos de espera que generan conductas de impaciencia vehicular.
Construcción y Operación
Resolución o acta de coordinación con la autoridad vial; monitoreo de tiempos de ciclo semafórico
5 Bahías de espera y demarcación vial: Se habilitarán bahías de espera en los accesos de mayor flujo para evitar que vehículos detenidos en fila invadan la calzada, eliminando así situaciones de bloqueo que incentivan el uso de bocinas. La demarcación vial en los sectores de acceso será renovada para ordenar los flujos y reducir maniobras bruscas.
Construcción y Operación
Registro fotográfico y plano de demarcación visado por la autoridad vial Fuente: Respuesta 11.3 de la Adenda complementaria. Seguimiento y gestión continua Todas las medidas anteriores quedarán incorporadas en el Plan de Manejo Ambiental, cuyo seguimiento incluirá: • Monitoreo acústico trimestral en los receptores definidos en el Anexo D de la Adenda (puntos R1, R1a, R2, R3, R4 y R6), que permitirá detectar variaciones en el ambiente sonoro potencialmente asociadas al tránsito en accesos. • Registro y sistematización de las observaciones recibidas a través del modelo de relacionamiento de Mallplaza, que constituirá el canal formal mediante el cual la comunidad, en particular los representantes del Área de Influencia de Medio Humano (AIMH), podrán reportar situaciones específicas relacionadas con ruido y tránsito, incluyendo el uso de bocinas. • Aplicación de medidas correctivas en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de una observación fundada, con comunicación formal al interesado y registro de la acción adoptada.
Observación N°2: Áreas verdes: Me preocupa que perderemos la plaza que tanto nos costó tener, espero la reubiquen y nos dejen una mejor plaza con juegos para los niños, frente a nuestra sede tenemos una toma. Sería ideal en ese sector. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación un área verde, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. 31. Observante: Juan Gallardo González Observación N°1: Impacto contaminación acústica y de partículas: Durante la construcción del proyecto. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Por otra parte, cabe señalar que el proyecto de ampliación del centro comercial contempla un Estudio de Modelación y Evaluación de Ruido y Vibraciones (Anexo D de la Declaración de Impacto Ambiental, actualizado en la Adenda I), cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente en los receptores ubicados dentro del área de influencia, tanto para las obras propias del proyecto como para aquellas asociadas al Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado.
La evaluación presentada se realizó conforme al siguiente marco normativo y referencial: • Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece los niveles máximos permisibles de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Norma que tiene por objetivo proteger la salud de las personas fijando los niveles máximos de ruido según el tipo de zona. • Guía FTA Report N°0123 “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” (2018), utilizada como referencia para ruido de tránsito. • Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA (2019).
Las modelaciones fueron desarrolladas bajo un escenario conservador, considerando condiciones desfavorables de operación, tales como simultaneidad de frentes de trabajo.
Durante la fase de construcción se identificó que, en ausencia de medidas, podrían generarse superaciones puntuales de los niveles normativos en algunos receptores. En razón de lo anterior, el proyecto contempla:
• Implementación de barreras acústicas temporales. • Monitoreos periódicos de ruido en el área de influencia. • Aplicación de buenas prácticas constructivas, conforme a lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente. Adicionalmente, el ruido asociado al tránsito de vehículos de obra se mantiene bajo el umbral sin impacto según referencia FTA (2018).
Con la implementación de las medidas de control de ruidos implementadas se determina que existe cumplimiento de la normativa de ruidos en los receptores identificados.
Respecto a la fase de operación del proyecto:
Los resultados de la modelación indican que: • Las emisiones de fuentes fijas cumplen con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en todos los receptores evaluados. • El ruido asociado al tránsito vehicular generado y atraído por el proyecto se mantiene bajo el umbral sin impacto.
En consecuencia, no se proyecta un incremento significativo de los niveles de ruido atribuible al proyecto en su fase de operación.
Además, el proyecto contempla medidas complementarias, como la consideración de implementar medidas de gestión de tránsito orientadas a mejorar la fluidez vehicular, tales como optimización de accesos, mejoras en señalización y eventuales ajustes semafóricos, lo que contribuye indirectamente a reducir fuentes de ruido asociadas a congestión (por ejemplo, detenciones frecuentes y uso de bocinas). Asimismo, durante la evaluación ambiental se comprometió la implementación de un mecanismo de relacionamiento comunitario, formalizado como Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) denominado “Plan de Relacionamiento Comunitario Mall Plaza-En Obra” (Capítulo VI de la Adenda Complementaria), el cual permitirá canalizar y gestionar oportunamente inquietudes de la comunidad durante las fases de construcción y operación.
En virtud de los antecedentes presentados, y considerando la implementación de las medidas comprometidas, no se prevé un aumento significativo de la contaminación acústica atribuible al proyecto.
Observación N°2: Se pierde una plaza saludable y máquinas de ejercicios: Beneficio para los adultos mayores, niños y mascotas. Falta de información oportuna del proyecto. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con la observación ciudadana que manifiesta preocupación por la eventual construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, que implicaría la intervención y eliminación un área verde, se informa lo siguiente: La medida señalada fue originalmente considerada en el marco del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) presentado por el titular y aprobado por la autoridad sectorial competente, en este caso la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío. No obstante, durante el proceso de evaluación ambiental, y en atención a observaciones formuladas tanto por los organismos con competencia ambiental como por la ciudadanía, se solicitó al titular revisar la pertinencia de dicha medida, considerando su localización y su relación con el área de influencia del proyecto. Respecto a la oportunidad de información del proyecto, es posible señalar que el proceso de evaluación ha cumplido con los mecanismos de publicidad establecidos en la Ley N°19.300 y el Reglamento del SEIA. Todos los antecedentes, incluyendo la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, han estado disponibles de manera pública y permanente en el expediente electrónico del sistema. Asimismo, se realizó un proceso formal de Participación Ciudadana (PAC) que incluyó talleres y actividades informativas en las comunas del área de influencia, comunicadas oportunamente a través de medios locales para asegurar el acceso a la información por parte de la comunidad. 32. Observante: Cecilia Ester Pérez Riquelme Observación: El proyecto se ve bien pero no hay solución vial para los que vivimos cerca, ha crecido demasiado el flujo vial y no se ha hecho nada para mitigar aquello. Por favor deben hacer algo y considerar soluciones. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto cuenta con un Estudio de Movilidad (Anexo I de la Adenda) y un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), aprobado (Anexo S de la Adenda). Estos instrumentos técnicos permiten concluir que, durante las etapas de construcción y operación, no se generarán alteraciones significativas en los tiempos de desplazamiento ni en los flujos de comunicación de las comunidades del entorno. Para sustentar lo anterior, en la evaluación se incorporaron los resultados de las simulaciones de flujos y tiempos de desplazamiento, comparando la Situación Base (actual), la Situación con Proyecto en Construcción y la Situación con Proyecto en Operación. Los análisis de transporte privado consideraron rutas estratégicas desde el proyecto hacia distintos puntos del área de influencia: • Ruta1: Proyecto hasta Ruta 154 esquina Jaime Repullo • Ruta 2: Proyecto hasta Puente Juan Pablo II • Ruta 3: Proyecto hasta Acceso Aeropuerto • Ruta 4: Proyecto hasta Ruta 154 esquina Abdón Cifuentes. Los tiempos de desplazamiento en transporte público se analizaron considerando rutas desde el proyecto hasta Plaza de la Independencia en Concepción y Plaza Independencia y Plaza Talcahuano. • Ruta 5: Proyecto hasta Plaza Independencia vía línea 10o, 80z • Ruta 6: Proyecto hasta plaza Talcahuano vía línea 80l Junto con lo anterior se comparte las medidas del Informe de Mitigación de Impacto Vial IMIV, las que vienen a reforzar la normalización del flujo vehicular en torno al proyecto. Junto con lo anterior, se informan las 30 medidas de mitigación y gestión contenidas en el IMIV aprobado, las cuales tienen por objeto absorber el flujo vehicular proyectado y mejorar la seguridad vial en torno al proyecto: 1. Elaborar y ejecutar un proyecto de demarcación y señalización en los siguientes ejes contenidos dentro del área de influencia directa del proyecto: • Av. Santa María, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154). • Caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, entre Av. Santa María y la conexión con autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). • Ramón Carrasco, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Av. Siete Lagunas. • Rotonda de Alessandri con Tierras Coloradas, Aeropuerto. • Área no concesionada de Autopista Concepción Talcahuano entre enlace de O’Higgins y Jaime Repullo. • Hitos verticales en la intersección de Pedro Cintra con Autopista Concepción Talcahuano.
Las señales verticales y demarcaciones deberán cumplir con lo estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público del municipio que corresponda.
- Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Santa María, frente al nuevo diseño de accesos, debido a la existencia de virajes a izquierda con oposición. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT) del Biobío.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la apertura de bandejón central de Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío.
- Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C”. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para habilitar la pista de incorporación desde la salida de vehículos correspondiente al movimiento sur – poniente, asociados al acceso emplazado en Av. Santa María al oriente de la curva. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la pavimentación de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de dar continuidad de la calzada pavimentada en el frente predial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Elaborar y ejecutar un proyecto de ingeniería de detalle para conectar el ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para el cierre de los accesos a caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción- Talcahuano.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para mejorar la conexión de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez con Autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro, con el fin de resguardar a los peatones que utilicen el atravieso de Av. Santa María. Además, debe considerar la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Instalar solera IN-SITU que complemente las soleras existentes que se encuentran en mal estado para delimitar la caletera de las paradas de buses con la Autopista Concepción – Talcahuano (Ruta 154), cercana a acceso de mall, con la finalidad de permitir el adelantamiento de los buses.
- Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para habilitar una bahía que permita establecer una zona de parada de taxicolectivos ubicada en caletera Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, cercano a acceso peatonal y pasarela. La zona de parada se equipará con señalización y refugio.
- Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para el mejoramiento de los radios de giro en la intersección de Ramón Carrasco con Alonso García de Ramón. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
-
Mantención de las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén (limpieza, señalización y demarcación) • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano (limpieza, señalización y demarcación) • Zona de Parada Buses hacia Concepción (reposición de piezas, limpieza, basurero, señalización y demarcación) • Parada San Andrés (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Ramón Carrasco (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Clínica Biobío (limpieza, señalización y demarcación)
-
Instalación de Refugio Peatonal adicional en las siguientes paradas: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano
- Dotar de un resguardo para la lluvia tipo techo en pasarela peatonal que conecta el Mall Plaza El Trébol hacia Av. San Andrés, esto no implica mejoramientos estructurales o cambios de la pasarela.
- Se implementará pista de viraje a izquierda en base a demarcación por Av. Santa María, desde el oriente. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Desplazar los dos lomos de toro emplazados en la curva de Av. Santa María; El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Instalar 20 metros de vallas peatonales en zona de parada de buses con destino a Concepción.
- Retiro de Resaltos tipo lomillo de toro en Av. Santa María.
- Instalación de espejo convexo y traslado de cartel publicitario en intersección de Av. Santa María con Paso Sobre nivel.
- Materializar ciclovía que conecte Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y ciclovía proyectada por proyecto “Mejoramiento Autopista Concepción - Talcahuano: Perales – Paicaví”, cuyo emplazamiento y direccionalidad se deberá definir de acuerdo al Decreto 102 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El proyecto deberá ser revisado y aprobado por los organismos técnicos competentes para su posterior materialización.
- Instalación de balizas peatonales Zebra Safe (Solares) en los siguientes atraviesos peatonales: • Ramón Carrasco (Altura Alonso García de Ramón) • Ramón Carrasco (Altura Paso Hondo)
- Materializar dos dispositivos de rodados en el interior del mall para completar el circuito peatonal dentro del Centro Comercial.
- Elaborar un estudio operacional de la intersección entre Av. Santa María-Ramón Carrasco con Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de optimizar la operación del semáforo y actualizar su tecnología. Dicho análisis deberá ser revisado y aprobado por la UOCT.
- Instalar cámara CCTV que se enlace con central de monitoreo de la comuna de Hualpén en paraderos ubicados al costado del mall específicamente a los paraderos que dan a la pasarela peatonal.
- Incorporar pantalla de mensaje variable en las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano • Zona de Parada Buses hacia Concepción • Parada San Andrés • Parada Ramón Carrasco • Parada Clínica Biobío
- Desarrollar un tratamiento de espacios públicos (TEP) en paradas de transporte público en zona de paraderos en Mall Plaza Trébol en la zona de la pasarela peatonal Poniente.
- Materializar recarpeteo asfáltico o Bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Observante: Eduardo Luis Suazo Osses Observación: Buenas tardes, escribo las observaciones, ya que dentro del proyecto se contempla la realización de una rotonda en el sector correspondiente a la villa producción y comercio, por la calle Abdón Cifuentes. les comento mi preocupación como vecino del sector debido a la dificultad que se generara para salir de la villa si se lleva a cabo este proyecto, espero consideren esas medidas de mitigación en cuanto a lo vial y peatonal, así también se tome en consideración las medidas de mitigación para las problemáticas en cuanto a vibraciones, contaminación acústica, también la contaminación ambiental que genera la remoción de tierra respecto al material particulado que se generara de realizar el proyecto. También cabe recalcar que en el proyecto de la rotonda quedara inutilizable una plaza que es uno de los pocos lugares de áreas verdes que presentamos en la villa y por ende se espera la relocalización de esa plaza o construir un nuevo punto de áreas verdes en el cerro Lo Galindo, en donde se emplaza actualmente una toma de terreno y es el único lugar en donde se pueden realizar áreas verdes, ya que en otros lugares pasan cables de alta tensión. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo la preocupación expresada sobre los posibles impactos del proyecto en su vida diaria. En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle, es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra asociados a la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. Por lo que, como parte del proyecto no se considera la realización trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, por lo que no se generarán emisiones atmosféricas, ruidos ni vibraciones que puedan afectar su hogar. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán tal como están, sin alteraciones significativas. Al eliminarse la construcción de la rotonda del proyecto de ampliación, se descarta la intervención, eliminación o afectación de la plaza existente mencionada en su observación. Por lo tanto, el área verde de la Villa Producción y Comercio permanecerá en su estado actual, manteniendo su uso para los vecinos. Dado que el espacio público no será intervenido, no resulta procedente la relocalización de la plaza ni la creación de nuevas áreas verdes en el cerro Lo Galindo como compensación por este concepto. Aunque no se realizarán movimientos de tierra ni excavaciones en este sector, el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol incluye un estudio específico de estimación de emisiones atmosféricas actualizado (Anexo E de la Adenda Complementaria), para garantizar que se cumpla con la normativa vigente. Este estudio verifica que los niveles de emisiones no superen los límites permitidos, protegiendo la salud y calidad de vida de los vecinos cercanos.
- Observantes: Cristina Victoria Monsalve García y Juana De Dios Bustos Leiva Observación:
- Una de las falencias graves del proceso de evaluación ambiental del proyecto de ampliación del mall Plaza del Trébol que se nos presenta, es que el “Proyecto de Mitigación” que consiste en una rotonda en la intersección de las calles Abdón Cifuentes con Víctor Solar Manzano y Doctor Miguel Capos fue presentado por funcionarios del MALL PLAZA DEL TREBOL. Creemos que lo correcto hubiese sido que el proyecto debió de haber sido informado por los funcionarios públicos responsables de su aprobación técnica.
- ¿Por qué no fue informado por la Municipalidad de Concepción?
- ¿Por qué no fue informado por el SERVUI Región del Biobío?
- ¿Por qué no fue informado por la Seremi de Transporte?
- ¿Por qué no fue informado por la Dirección de Vialidad del MOP? Estos servicios publica, son los responsables de informar las obras publicas que se podrían ejecutar en nuestra población, ellos debieron de haber explicado y haber dado certeras de que efectivamente el proyecto de mitigación propuesto, mejorara efectivamente las condiciones de movilidad, conectividad y seguridad vial y peatonal para las personas que transitan por dicho sector.
- El proyecto no explica:
- ¿Como los vecinos de Villa Producción y Comercio mejoraran su ingreso y salida a la población, tanto vehicular y sobre todo peatonalmente?
- ¿Cómo van a quedar los paraderos en ambos costados de la calzada?
- ¿Cómo los vehículos que ingresan a la Villa Producción y Comercio, desde Abdón Cifuentes por Joaquín Diaz Garcés, bajando por Víctor Solar Manzano, limitaran su flujo por dicho sector para evitar congestión?
- ¿Cómo los vehículos que ingresan a la Villa Producción y Comercio, desde la toma de la Puntilla, bajando por Víctor Solar Manzano, limitaran su flujo por dicho sector para evitar congestión? El proyecto de mitigación que consistente en una rotonda, se emplaza en las únicas áreas verdes que establece el plano de loteo de la población Villa Producción y Comercio.
- ¿Como una obra de mitigación permite destruir dos áreas verdes ejecutadas con recursos públicos? (inversión que se realizó, no hace menos las de 7 años)
- ¿Como se permitiría modificar el plano de loteo para generar una intervención vial en un área verde? Y
- ¿Cómo se compensan esas áreas verdes para los vecinos de Villa Producción y Comercio? El proyecto no contempla la forma en que se mitigaran las molestias ambientales que podría provocar la construcción y operación de la rotonda:
- No señala pantalla anti-ruidos que protejan las viviendas colindantes en torno a la rotonda.
- No se señala si se producen daños en las viviendas, durante la ejecución de las obras quien se hace responsable de la reparación de las viviendas.
- No se señala como se va a resolver el problema que en la intersección existe de evacuación de aguas lluvia, para que las viviendas del sector no se inunden. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: De acuerdo con la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el D.S. N° 40/2012 (Reglamento del SEIA), es responsabilidad exclusiva del Titular (en este caso, Mall Plaza) presentar el proyecto y todas sus medidas de mitigación, reparación y/o compensación para ser evaluadas. El proceso de Participación Ciudadana (PAC) tiene por objeto que la ciudadanía conozca lo que el Titular está proponiendo. Los organismos públicos (Municipalidad, SERVIU, Seremi de Transporte, MOP) no presentan el proyecto, sino que actúan como Organismos del Estado con Competencia Ambiental (OAECA), cuya función es revisar, observar y, finalmente, aprobar o rechazar técnicamente lo que el privado propone. Respecto a por qué estas instituciones no informaron directamente el proyecto de la rotonda, se aclara que: • La Municipalidad de Concepción, el SERVIU, la SEREMI de Transportes y la Dirección de Vialidad del MOP participan en el proceso de evaluación ambiental emitiendo informes técnicos (denominados Pronunciamientos). Su deber es asegurar que las obras propuestas por el Titular cumplan con la normativa vigente y los estándares de seguridad vial. • El "Proyecto de Mitigación" (IMIV) es un estudio técnico realizado por consultores privados pagados por el Titular, el cual debe someterse a la aprobación de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones. Son estos organismos los que, tras un riguroso análisis, exigen modificaciones o validan las soluciones. • Toda la documentación presentada por el Titular, así como los reparos u observaciones hechos por el SERVIU, el MOP o la Municipalidad, son de carácter público y están disponibles en el expediente electrónico del sitio web del SEA para garantizar que la comunidad sepa exactamente qué opinó cada funcionario público responsable. Es importante informar que, precisamente en ejercicio de sus facultades de revisión y tras considerar las observaciones tanto de los organismos públicos mencionados como de la ciudadanía, la medida de la rotonda fue cuestionada técnicamente y finalmente eliminada del proyecto por el Titular en la etapa de Adenda. En conclusión, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental asegura que, aunque el privado diseñe la medida, es el Estado el que garantiza, a través de sus organismos técnicos, que dicha medida sea viable, necesaria y acorde al interés público, teniendo la facultad de exigir su eliminación o modificación, tal como ocurrió en este proceso. Ahora bien, respecto a las demás observaciones, respecto a la entrada y salida de vehículos, al eliminarse la rotonda, la configuración de ingresos y salidas de la Villa Producción y Comercio se mantiene en su estado actual, no viéndose alterada por nuevas obras de gran envergadura. Respecto a los flujos viales, el IMIV aprobado (incorporando en el anexo S de la Adenda) concluye que la ampliación del mall no requiere utilizar las calles internas de la Villa (como Víctor Solar Manzano) como vías de paso. La gestión del flujo se realizará en las arterias principales (Alessandri y Santa María) mediante la sincronización de semáforos, evitando que el tráfico se desvíe hacia zonas residenciales. En cuanto a la protección de Áreas Verdes, dado que la rotonda fue eliminada del proyecto, no habrá destrucción de las áreas verdes ni intervención en las plazas ejecutadas con recursos públicos. Al descartarse la obra vial en dicho sector, no se requiere modificar el plano de loteo ni cambiar el uso de suelo de las áreas verdes existentes. Por otra parte, no se intervendrá el sistema de evacuación de aguas lluvia de la intersección, evitando riesgos de inundación asociados a obras nuevas. Al no existir afectación a las áreas verdes, no corresponde aplicar medidas de compensación o relocalización de plazas. Respecto al ruido y Pantallas Anti-ruido, al no construirse la rotonda, desaparece la fuente de ruido que habría afectado a las viviendas colindantes. Por tanto, no se requieren pantallas acústicas en dicho sector residencial. Considerando la modificación del Proyecto en etapa de Adenda, se establece que no habrá intervención en el nodo de la Villa Producción y Comercio, manteniéndose la integridad de sus áreas verdes y su actual configuración vial.
- Observante: Teresa De Jesús Herrera Soto Observación: I.- En relación a mi domicilio (casa esquina "Solar Manzano con Abdon Cifuentes), quiero saber: 1.- Está considerada la barrera de contención entre la obra de mitigación y la esquina y/o intersección señalada. 2.- Se considera iluminación led en el sector indicado 3.- Se mantiene o elimina la calzada que colinda con mi terreno (Abdon Cifuentes) 4.- Se consideró el aumento decibel del lugar, antes, durante y después de la obra, considerando que estaría a metros de mi casa, donde viven dos personas discapacitadas (una en silla de ruedas) y dos adultos mayores. 5.-Se considera en el proyecto las normas establecidas por ley en cuanto al acceso universal. 6.- La dimensión del paradero de buses se condice con el tamaño de los nuevos buses de la comuna. 7.- El paradero se ajusta a la normativa de acceso universal y tiene considerado iluminación adecuada para ello. Se consideró en esto un proyecto de eficiencia energética?. 8.- Su proyecto considera la metodología CEPTED en su diseño (diseño urbano seguro). 9.- Actualmente existen veredas en ambos lados de la calle Cifuentes, estas se mantendrán o sufrirán modificaciones. De existir modificaciones, se mantiene el acceso universal. 10.- En cuanto a la plazoleta ubicada al costado de mi hogar, es decir la que colinda con la calle Abdon Cifuentes; esta se mantiene, se elimina o se modifica. II.-En cuanto a la Plazoleta ubicada frente de mi hogar, intersección doctor Miguel Campo y Juan Solar Manzano. 1.- De transitar vehículos por ese sector, se consideran barreras de contención por ambos lados 2.- La plaza en cuestión, será intervenida total y parcialmente. y en su intervención, se considera la metodología CEPTED. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación con su preocupación sobre el aumento de autos y la circulación en su calle (casa esquina "Solar Manzano con Abdon Cifuentes), es preciso indicar que inicialmente el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) del proyecto. Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente el impacto en el flujo vehicular y evita la concentración de vehículos cerca de su hogar. En consecuencia, y respondiendo a cada una de sus inquietudes sobre el sector de su domicilio: Respecto a la intervención en Calzadas y Veredas, al descartarse la obra, no se modificará la calzada ni las veredas que colindan con su terreno. La calle Abdón Cifuentes y sus aceras se mantendrán en su estado actual, conservando la configuración que tienen hoy. En relación a las Áreas Verdes y Plazoletas, ubicadas al costado y frente de su hogar no serán intervenidas, modificadas ni eliminadas. Se mantendrá su diseño y extensión actual. Conforme a los antecedentes del proyecto, no se considera la instalación de nuevas barreras de contención, luminarias ni la modificación de paraderos de transporte público en la intersección consultada. Por tanto, el equipamiento urbano existente se mantendrá sin alteraciones. Niveles de Ruido y Grupos Sensible, al eliminarse la fuente emisora (obras de construcción de la rotonda), no se generará un aumento de los niveles de presión sonora en las cercanías de su domicilio. Por tanto, no se prevén impactos significativos por ruido o vibraciones para los adultos mayores y personas con movilidad reducida que residen en su hogar asociados a dicha medida. La eliminación de la obra vial previamente considerada (rotonda) descarta la generación de impactos locales asociados a su construcción y operación en el sector consultado. Sin perjuicio de lo anterior, los potenciales impactos por ruido derivados del proyecto en su conjunto fueron evaluados en el marco del proceso de evaluación ambiental, concluyéndose, según lo informado en el expediente, que éstos cumplen con la normativa vigente y no generan impactos significativos en sectores residenciales como el señalado, considerando además su distancia respecto del área de intervención directa. Igualmente, no existir una intervención física o rediseño urbano en su sector, se mantiene condición existente, sin la aplicación de nuevas medidas de acceso universal o metodologías de diseño seguro (CPTED) por parte del Titular en dicho punto, manteniéndose la situación base actual del barrio. El desistimiento de la medida de la rotonda por parte del Titular garantiza que el entorno inmediato de su propiedad no sufra alteraciones en su infraestructura, áreas verdes ni condiciones acústicas. El proyecto de ampliación del mall se limitará a su predio y a las mitigaciones viales en arterias principales, sin intervenir el sector de Villa Producción y Comercio en los términos consultados.
- Observante: Elena Patricia San martín Chávez Observación: Posible aparición de vibraciones que dañen estructuras (grietas en muros, fisuras en vidrios) Posibles daños a calles, aceras o instalaciones eléctricas/telefónicas cercanas a las viviendas. Incremento del tráfico vehicular pesado cerca de zonas habitadas, con riesgos para peatones Falta de medidas de seguridad en el tránsito y señalización preventiva El proyecto podría generar desvalorización del valor comercial de las viviendas cercanas si no se mitigan impactos. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo que su observación esta asociada a la construcción una rotonda en sector Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, obra que inicialmente formaba parte del proyecto en evaluación ambiental Ampliación del mall Plaza El Trébol, principalmente asociada a aspectos como Ruidos y vibraciones, vialidad, entre otros. Es importante señalar que, inicialmente, el proyecto contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente los impactos asociados al flujo vehicular, emisiones atmosféricas, ruidos molestos, vibraciones y la posible concentración de vehículos en la zona cercana a la Villa Producción y Comercio. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como emisiones atmosféricas, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra relacionados con la construcción de la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. En consecuencia, no se realizarán trabajos de demolición ni excavaciones en el sector Villa Producción y Comercio, lo que evitará la generación de emisiones, ruidos y vibraciones que puedan afectar a los vecinos. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán sin cambios. Asimismo, la versión final del proyecto no contempla ninguna intervención en las áreas verdes existentes, lo que garantiza que estas se mantendrán en su localización actual, sin modificaciones. En cuanto a su preocupación por grietas en muros o fisuras en vidrio, es posible indicar que, al descartarse esta obra, se suprimen las faenas de excavación, compactación de suelo y demolición en las cercanías de las viviendas. Por lo tanto, no existe riesgo de generación de vibraciones que puedan afectar la integridad estructural de los inmuebles, aceras o instalaciones de servicios básicos (electricidad/telecomunicaciones) en dicho sector residencial. Ahora bien, respecto a la ampliación del mall plaza el trébol, se informa que los estudios técnicos (Ruido y Vibraciones Actualizado y de Impacto Vial) evaluaron el escenario de funcionamiento del centro comercial con su nueva superficie. Estos estudios determinaron que: En relación al ruido, generado por la ampliación el estudio de Ruido y Vibraciones del proyecto da cuenta del cumplimiento de los límites del D.S. N°38/2011, asegurando que el ruido ambiental se mantenga dentro de los niveles permitidos por la normativa de salud (Anexo D Ruido y Vibraciones Actualizado en la adenda). El Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado demuestra que, incluso sin la rotonda, las medidas de gestión de tránsito en los accesos principales del Mall son suficientes para absorber el flujo vehicular sin colapsar las vías locales de la villa. El Estudio de Estimación de Emisiones asegura que el incremento de actividad no superará los umbrales de calidad del aire establecidos para la protección de la población. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los impactos en el entorno inmediato de la Villa, mientras que la operación del Mall ampliado cumple con la normativa ambiental vigente y no se prevén efectos significativos que afecten la calidad de vida ni la salud de los vecinos.
- Observante: Gustavo Ignacio Ramírez Soto Observación: Fui partícipe de la reunión de explicación del proyecto a vecinos. Al igual que la mayoría de los que asistieron, mi principal problemática era el tema de la congestión. Las medidas de mitigación presentadas están mal enfocadas. Según diversos estudios durante décadas, está más que probado que la verdadera solución al tráfico es alternativas viables al uso del automóvil, por lo que, que todas las “medidas de mitigación” estén enfocadas en este aspecto y no en un cambio en los modos de transporte hacia el transporte público, bicicleta y caminata, es una solución a corto plazo, que realmente no aportará mucho para resolver esta problemática. Propongo que con el apoyo del gobierno regional se financien más ciclovías, y no hablo de pintar veredas de rojo (quitándole espacio al peatón que ya es bastante paupérrima en nuestra población) como se ha hecho muchas veces en nuestro país, si no que verdaderamente hacer nuestra ciudad y sector uno más caminable y seguro, quizás angostando calles y ensanchando veredas que son muy escasas y muy pequeñas en Lomas. Anexo: cong_relief1.pdf https://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/08/13/cong_relief1.pdf Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto cuenta con un Estudio de Movilidad (Anexo I de la Adenda) y un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), aprobado (Anexo S de la Adenda). Estos instrumentos técnicos permiten concluir que, durante las etapas de construcción y operación, no se generarán alteraciones significativas en los tiempos de desplazamiento ni en los flujos de comunicación de las comunidades del entorno. Para sustentar lo anterior, en la evaluación se incorporaron los resultados de las simulaciones de flujos y tiempos de desplazamiento, comparando la Situación Base (actual), la Situación con Proyecto en Construcción y la Situación con Proyecto en Operación (Anexo I Estudio de Movilidad Actualizado en la adenda). Los análisis de transporte privado consideraron rutas estratégicas desde el proyecto hacia distintos puntos del área de influencia: • Ruta1: Proyecto hasta Ruta 154 esquina Jaime Repullo • Ruta 2: Proyecto hasta Puente Juan Pablo II • Ruta 3: Proyecto hasta Acceso Aeropuerto • Ruta 4: Proyecto hasta Ruta 154 esquina Abdón Cifuentes. Los tiempos de desplazamiento en transporte público se analizaron considerando rutas desde el proyecto hasta Plaza de la Independencia en Concepción y Plaza Independencia y Plaza Talcahuano. • Ruta 5: Proyecto hasta Plaza Independencia vía línea 10o, 80z • Ruta 6: Proyecto hasta plaza Talcahuano vía línea 80l A partir de los análisis realizados se puede concluir que no existen alteraciones significativas en los tiempos de desplazamiento, en los horarios de mayor flujo. No obstante, atendiendo a la inquietud ciudadana sobre la necesidad de fomentar el transporte público, la bicicleta y la caminata, se destaca que el plan de mitigación no solo contempla fluidez vehicular, sino que integra medidas de movilidad en diferentes modalidades y seguridad para modos no motorizados, el proyecto contempla un total de 30 medidas de gestión que buscan absorber el flujo vehicular proyectado sin colapsar las vías locales, incluyendo la sincronización tecnológica de semáforos y mejoras en la señalización. Entre las cuales se destacan las siguientes medidas que tienen relación con las inquietudes planteadas en su observación: Se contempla la materializará una ciclovía que conectará Av. Jorge Alessandri con el proyecto estructural "Perales-Paicaví", facilitando el uso de la bicicleta con estándares normativos de seguridad. Respecto a la seguridad del tránsito de peatones, se generará una mediana de resguardo para peatones en Av. Santa María, balizas peatonales solares (Zebra Safe) en Ramón Carrasco y nuevos dispositivos de rodados para garantizar la accesibilidad universal y circuitos peatonales seguros. En cuanto al fortalecimiento del Transporte Público, se contempla la mantención integral, instalación de nuevos refugios peatonales y protección climática (techado) en pasarelas, con el fin de mejorar la experiencia del usuario de transporte público. Además, de la habilitación de bahías para taxicolectivos y pantallas de mensaje variable en paradas clave (Mall Plaza Trébol, San Andrés, Clínica Biobío, entre otras), para optimizar la información al pasajero. A continuación, se detallan en específico las 30 medidas incorporadas en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) que se encuentra en el Anexo S IMIV de la Adenda:
- Elaborar y ejecutar un proyecto de demarcación y señalización en los siguientes ejes contenidos dentro del área de influencia directa del proyecto: • Av. Santa María, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154). • Caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, entre Av. Santa María y la conexión con autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). • Ramón Carrasco, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Av. Siete Lagunas. • Rotonda de Alessandri con Tierras Coloradas, Aeropuerto. • Área no concesionada de Autopista Concepción Talcahuano entre enlace de O’Higgins y Jaime Repullo. • Hitos verticales en la intersección de Pedro Cintra con Autopista Concepción Talcahuano.
Las señales verticales y demarcaciones deberán cumplir con lo estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público del municipio que corresponda. 2. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Santa María, frente al nuevo diseño de accesos, debido a la existencia de virajes a izquierda con oposición. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 3. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la apertura de bandejón central de Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 4. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 5. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C”. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 6. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para habilitar la pista de incorporación desde la salida de vehículos correspondiente al movimiento sur – poniente, asociados al acceso emplazado en Av. Santa María al oriente de la curva. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 7. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la pavimentación de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de dar continuidad de la calzada pavimentada en el frente predial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 8. Elaborar y ejecutar un proyecto de ingeniería de detalle para conectar el ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 9. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para el cierre de los accesos a caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción- Talcahuano. 10. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para mejorar la conexión de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez con Autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 11. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro, con el fin de resguardar a los peatones que utilicen el atravieso de Av. Santa María. Además, debe considerar la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 12. Instalar solera IN-SITU que complemente las soleras existentes que se encuentran en mal estado para delimitar la caletera de las paradas de buses con la Autopista Concepción – Talcahuano (Ruta 154), cercana a acceso de mall, con la finalidad de permitir el adelantamiento de los buses. 13. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para habilitar una bahía que permita establecer una zona de parada de taxicolectivos ubicada en caletera Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, cercano a acceso peatonal y pasarela. La zona de parada se equipará con señalización y refugio. 14. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para el mejoramiento de los radios de giro en la intersección de Ramón Carrasco con Alonso García de Ramón. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 15. Mantención de las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén (limpieza, señalización y demarcación) • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano (limpieza, señalización y demarcación) • Zona de Parada Buses hacia Concepción (reposición de piezas, limpieza, basurero, señalización y demarcación) • Parada San Andrés (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Ramón Carrasco (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Clínica Biobío (limpieza, señalización y demarcación)
- Instalación de Refugio Peatonal adicional en las siguientes paradas: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano
- Dotar de un resguardo para la lluvia tipo techo en pasarela peatonal que conecta el Mall Plaza El Trébol hacia Av. San Andrés, esto no implica mejoramientos estructurales o cambios de la pasarela.
- Se implementará pista de viraje a izquierda en base a demarcación por Av. Santa María, desde el oriente. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Desplazar los dos lomos de toro emplazados en la curva de Av. Santa María; El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Instalar 20 metros de vallas peatonales en zona de parada de buses con destino a Concepción.
- Retiro de Resaltos tipo lomillo de toro en Av. Santa María.
- Instalación de espejo convexo y traslado de cartel publicitario en intersección de Av. Santa María con Paso Sobre nivel.
- Materializar ciclovía que conecte Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y ciclovía proyectada por proyecto “Mejoramiento Autopista Concepción - Talcahuano: Perales – Paicaví”, cuyo emplazamiento y direccionalidad se deberá definir de acuerdo al Decreto 102 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El proyecto deberá ser revisado y aprobado por los organismos técnicos competentes para su posterior materialización.
- Instalación de balizas peatonales Zebra Safe (Solares) en los siguientes atraviesos peatonales: • Ramón Carrasco (Altura Alonso García de Ramón) • Ramón Carrasco (Altura Paso Hondo)
- Materializar dos dispositivos de rodados en el interior del mall para completar el circuito peatonal dentro del Centro Comercial.
- Elaborar un estudio operacional de la intersección entre Av. Santa María-Ramón Carrasco con Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de optimizar la operación del semáforo y actualizar su tecnología. Dicho análisis deberá ser revisado y aprobado por la UOCT.
- Instalar cámara CCTV que se enlace con central de monitoreo de la comuna de Hualpén en paraderos ubicados al costado del mall específicamente a los paraderos que dan a la pasarela peatonal.
- Incorporar pantalla de mensaje variable en las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano • Zona de Parada Buses hacia Concepción • Parada San Andrés • Parada Ramón Carrasco • Parada Clínica Biobío
- Desarrollar un tratamiento de espacios públicos (TEP) en paradas de transporte público en zona de paraderos en Mall Plaza Trébol en la zona de la pasarela peatonal Poniente.
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Materializar recarpeteo asfáltico o Bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
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Observante: Alejandro Iván Suazo Huichalaf ObservaciónN°1: En la intersección de Tierras Coloradas con Av. Tierras Coloradas, realizar estudio de justificación de semáforos en base a lo indicado por el capitulo 4.2.7.2 Existencia de problemas operativos en movimientos vehiculares, correspondientes al análisis de casos especiales de criterios de justificación de semáforos, del capitulo N°4 del Manual de Señalización de tránsito. Dada la configuración de la intersección, es que las demoras que se pueden generar en horarios punta pueden inducir a una brecha significativa para los usuarios provenientes de las vías secundarias, generando un potencial foco de conflictos vehiculares entre usuarios. La implementación de un semáforo full actuado, al ser esta una intersección aislada, puede generar un manejo optimo de los elevados flujos vehiculares, al generar una condición de operación mucho más segura para la intersección, al constituirse esta también como una de las principales vías de acceso al proyecto Mall Plaza Trébol, lo cual tiene una incidencia directa dentro de los tiempos de desplazamientos que enfrentaran los mismos usuarios, al incorporarse los flujos inducidos por el proyecto una vez se encuentre completamente en operación, de acuerdo a lo indicado en acápite 1.1.6 del artículo 7b del RSEIA, en donde sería esperable ver un incremento importante en los tiempos de desplazamiento considerando los cortes temporales que presenta el proyecto en su IMIV aprobado. Dicho lo anterior es que considerando las respectivas tasas de crecimiento y los conflictos de tránsito que se generan en horarios punta y que pueden ser cuantificados cualitativamente en terreno. Siendo además importante considerar el impacto que tienen otros atractores y generadores de viajes que se encuentran cercano al proyecto como lo son Universidades, gimnasios y el aeropuerto de la ciudad. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado en noviembre de 2025 (Anexo S de la Adenda), ha incorporado formalmente el análisis de la intersección mencionada bajo los criterios de seguridad y fluidez que establece el Manual de Señalización de Tránsito. Al respecto, se destaca la Medida de Mitigación N°5, la cual establece lo siguiente: "5. Estudio de Semaforización en Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas 'C': El Titular deberá elaborar un estudio de justificación de semáforo siguiendo la normativa vigente. En caso de resultar justificado técnicamente, el Proyecto se hará cargo íntegramente de su materialización. Este semáforo se propone con tecnología full actuada, lo que permite optimizar los tiempos verdes en tiempo real según la demanda vehicular, mejorando la sincronización con el entorno y reduciendo las brechas de espera para las vías secundarias." Complementando lo anterior, se aclara que, los estudios e ingeniería de detalle deberán ser presentados, revisados y aprobados por la Unidad Operacional de Control de Tránsito (UOCT) de la Región del Biobío, garantizando que la solución cumpla con los estándares operativos para una intersección de estas características. Observación N°2: En Av. Tierras Coloradas metros antes de llegar a la rotonda de acceso al aeropuerto, existe un cruce peatonal, el cual se encuentra fuera de norma, al no contar con balizas peatonales y escasa iluminación. Sumado a lo anterior debido a la elevada velocidad que desarrollan los vehículos en dicho tramo de la avenida, es que la implementación de un resalto plano puede generar una mejora importante desde un punto de vista de seguridad vial para los peatones que intentan cruzar dicho paso de cebra y a su vez calmar la velocidad de los usuarios de vehículos particulares.
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Titular informa que el proyecto ha considerado en su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) Complementario (noviembre de 2025- Anexo S de la Adenda) una serie de acciones orientadas a mejorar la seguridad peatonal y vial del entorno del Mall Plaza El Trébol, incluyendo precisamente intervenciones en el eje Av. Tierras Coloradas, zona que forma parte del área de influencia del proyecto. En particular, se contempla la elaboración de un estudio de justificación de semáforo en la intersección de Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C” (Medida N°5 del IMIV), que permitirá evaluar técnicamente la necesidad de dispositivos de control de tránsito y, de ser justificado, proceder a su materialización. Adicionalmente, el proyecto considera la implementación de señalización y demarcación vial conforme al Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, así como la instalación de balizas peatonales tipo Zebra Safe (solares) en puntos estratégicos del entorno. Estas acciones contribuirán a aumentar la visibilidad y seguridad de los peatones, reducir las velocidades vehiculares y mejorar las condiciones de desplazamiento en los cruces cercanos al proyecto, incluyendo los tramos de Av. Tierras Coloradas que presentan tránsito peatonal frecuente. Cabe señalar que todas estas acciones se enmarcan en los compromisos formales de manejo ambiental y de movilidad establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales cuentan con la descripción, justificación técnica y nivel de detalle suficiente para su evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del SEIA (DS N°40/2012).
Observación N°3: En intersección Av. Ramon Carrasco con Av. Jorge Alessandri, la implementación de sendas peatonales en el costado sur de la vía, puede generar una ruta mucho más rápida y segura, esto es debido a que en la actualidad los peatones evitan la senda peatonal existente por la vereda norte debido al tiempo extra en el desplazamiento que genera dicha ruta peatonal, dado lo anterior es que la generación de las sendas solicitadas es que se puede generar una condición de seguridad para los mismos usuarios que intentan acceder y egresar del proyecto Mall Plaza Trébol por Av. Ramon Carrasco.
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado (Anexo S de la Adenda), contempla una estrategia de intervención integral para el eje Ramón Carrasco, orientada a mejorar la conectividad y seguridad de los peatones que acceden al sector. Respecto a la solicitud de sendas peatonales en el costado sur, se aclara que: El Titular tiene la obligación de ejecutar un Proyecto de Demarcación y Señalización (Medida 1 del IMIV) que abarca específicamente el eje de Ramón Carrasco entre Av. Pdte. Jorge Alessandri y Av. Siete Lagunas. Este proyecto técnico debe ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público correspondiente, instancia en la cual se definirá la configuración final de las sendas peatonales, demarcación de pasos de cebra y refuerzo de señalética vertical, con el objetivo de formalizar rutas seguras y eficientes que minimicen los tiempos de desplazamiento de los peatones. Complementariamente, para asegurar que la ruta peatonal en Ramón Carrasco sea segura, se contempla: • Mejora de Radios de Giro en la intersección con Alonso García de Ramón, facilitando la visibilidad mutua entre conductores y peatones (Medida 14 del IMIV). • Instalación de balizas peatonales solares (Balizas Zebra Safe) en pasos peatonales estratégicos (alturas Alonso García de Ramón y Paso Hondo) para alertar a los conductores sobre la presencia de usuarios vulnerables en la vía (Medida 24 del IMIV). Si bien el diseño definitivo de la demarcación en el costado sur de la intersección se ratifica en la etapa de ingeniería de detalle ante la autoridad municipal, el Proyecto asegura el financiamiento y ejecución de las obras necesarias para normalizar el tránsito peatonal en dicho nodo, cumpliendo con los criterios de seguridad y eficiencia consultados.
Observación N°4: En Av. Santa María al norponiente del Mall Plaza trébol, existe un cruce peatonal que cuenta con demarcación deficiente y en mal estado, existiendo además la carencia de balizas peatonales, dado el gran flujo de vehículos y las velocidades que desarrollan los vehículos particulares, esto es de suma importancia dado que constituye una ruta peatonal de acceso al proyecto y hasta los paraderos de transporte público. Tal como se muestra en la imagen a continuación:
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Titular informa que, de acuerdo a lo presentado en el proyecto en evaluación ambiental, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) Complementario aprobado (noviembre de 2025- Anexo S de la Adenda), contemplan para dicho sector las siguientes medidas de mitigación asociadas al IMIV. Elaborar y ejecutar un proyecto de demarcación y señalización en los siguientes ejes contenidos dentro del área de influencia directa del proyecto (Medida 1 del IMIV): • Av. Santa María, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154). • Caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, entre Av. Santa María y la conexión con autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). • Ramón Carrasco, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Av. Siete Lagunas. • Rotonda de Alessandri con Tierras Coloradas, Aeropuerto. • Área no concesionada de Autopista Concepción Talcahuano entre enlace de O’Higgins y Jaime Repullo. • Hitos verticales en la intersección de Pedro Cintra con Autopista Concepción Talcahuano. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro, con el fin de resguardar a los peatones que utilicen el atravieso de Av. Santa María. Además, debe considerar la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación (Medida 11 del IMIV). Retiro de Resaltos tipo lomillo de toro en Av. Santa María. Dado lo anterior, en cruce peatonal señalado se realizará un proyecto de demarcación y señalización (Medida 21 del IMIV).
Observación N°5: En la autopista Concepción-Talcahuano, en el costado poniente existe una parada de colectivos sin normalizar, esto es debido a que si bien no existe un paradero en dicho lugar, los colectivos y los usuarios que se dirigen a Lomas de San Andrés y sectores cercanos, tienden a esperar normalmente en dicha zona, por lo que en momentos de mal clima no existe un lugar o refugio en el cual los usuarios puedan esperar tranquilamente y de manera segura. A continuación, se presenta mapa con georreferenciación de la parada solicitada a incorporar:
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado (Anexo S de la Adenda), reconoce la existencia de flujos de pasajeros y taxicolectivos en el sector poniente de la Autopista Concepción-Talcahuano (Av. Jorge Alessandri) que requieren ser normalizados. Para abordar esta problemática, se ha establecido la siguiente medida de cumplimiento obligatorio: Habilitación de Zona de Parada y Refugio (Medida 13), la cual consiste en elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para habilitar una bahía que permita establecer una zona de parada de taxicolectivos ubicada en caletera Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, cercano a acceso peatonal y pasarela. Por lo tanto, la zona de parada se equipará con señalización y refugio (Medida 13 del IMIV). Esta medida contempla no solo la obra vial para la detención segura de los vehículos, sino también el equipamiento necesario para los usuarios, incluyendo señalización informativa y un refugio peatonal. Este último tiene por objeto brindar protección ante condiciones climáticas adversas (lluvia y viento) y mejorar las condiciones de seguridad de los vecinos que se dirigen hacia Lomas de San Andrés y sectores aledaños.
Observación N°6: En Calle García Hurtado de Mendoza al oriente de intersección con Calle Alonso de Ovalle, se tiene que existe un cruce peatonal que es existente, pero no cuenta con medidas de accesibilidad universal, no cumpliendo con los requisitos estipulados por el articulo 2.2.8 de la OGUC en sus numerales del 1 al 10, lo cual además al encontrarse en una zona residencial en las proximidades de una zona principalmente residencial que se encuentra en las cercanías del proyecto Mall Plaza Trébol, por lo cual al constituir una ruta de acceso, es importante que exista continuidad en las rutas peatonales y desde un punto de seguridad vial, permite generar condiciones de cruce seguros, dado que dicho cruce tampoco cuenta con balizas peatonales ni dispositivos de rodado, dado lo anterior es que de acuerdo a lo indicado en el PRC de Concepción dicha vía corresponde a una vía del tipo local, que eventualmente podría sustentar la existencia de un resalto plano de acuerdo a lo indicado al DS200 que rige la instalación de resaltos planos, en caso de no justificar se solicita la implementación de balizas peatonales y medidas de accesibilidad universal atingentes, a continuación se muestra la ubicación del cruce en cuestión:
Anexo: Observaciones_Ciudadanas_Mall.pdf https://seia.sea.gob.cl/archivos/2025/08/14/Observaciones_Ciudadanas_Mall.pdf Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, se informa que el proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) Complementario aprobado en noviembre de 2025 (Anexo S de la Adenda), contempla diversas medidas de mitigación en su área de influencia; no obstante, la normalización del cruce peatonal sugerida no forma parte de dichas obligaciones. Lo anterior se debe a que el análisis de movilidad identificó una alta dispersión de los flujos peatonales asociados al proyecto, determinando que no existen alteraciones en los niveles de servicio basales que justifiquen técnicamente una intervención adicional en el punto planteado. En consecuencia, al no verificarse impactos significativos sobre la circulación peatonal en dicha zona, los antecedentes técnicos permiten descartar la necesidad de implementar la medida de mitigación solicitada. 39. Observante: Leónidas Ismael Flores Suazo Observación: Buenas según mi punto de vista la realización de esta ampliación en nuestra comunidad afectaría en lo siguiente generaría contaminación ambiental, ya que aumentara los niveles de ruido y contaminación del aire, afectando a la salud y calidad de vida de las personas del entorno, podría requerir el desplazamiento de nosotros al requerir talvez la demolición de viviendas, obligándonos a reubicarnos y afectando nuestra cohesión social, aumentara el peligro de accidentes, por la proximidad de la carretera hacia las casas aumentando el riesgo de accidentes vehiculares especialmente si la infraestructura vial no es la adecuada, va a generar estrés y alteración mental por los contantes ruidos, vibraciones y la cercanía de los trabajos pueden generar estrés crónico, afectando al bienestar emocional y mental, provocando así también dificultades para descansar sore todo a la clase trabajadora que habita en el lugar, es por ello que creo que se debe considerar bien las acciones a tomar.
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Entendiendo que su observación está asociada a la construcción de una rotonda en sector Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, obra que inicialmente formaba parte del proyecto en evaluación ambiental Ampliación del mall Plaza El Trébol, principalmente sobre aspectos como Ruidos y vibraciones, emisiones atmosféricas, riesgo de desplazamiento de personas, pérdida de áreas verdes entre otros. Es importante señalar que, inicialmente, el proyecto contemplaba la construcción de una rotonda en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos, como parte del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Sin embargo, tras recibir observaciones de la comunidad y de organismos competentes, el titular presentó una modificación al proyecto, eliminando esta medida. Por lo tanto, no se construirá la rotonda, lo que reduce significativamente los impactos asociados al flujo vehicular, emisiones atmosféricas, ruidos molestos, vibraciones y la posible concentración de vehículos en la zona cercana a la Villa Producción y Comercio. Como resultado de esta modificación, los impactos originalmente previstos, como la alteración de redes de alcantarillado, ruidos molestos o vibraciones por movimientos de tierra relacionados con la construcción de la rotonda, ya no forman parte del proyecto en evaluación. En consecuencia, no se realizarán trabajos de demolición de viviendas ni expropiaciones, lo que evita la necesidad de reubicación y garantiza la mantención de la cohesión social de los vecinos. Al no haber faenas en el sector Villa Producción y Comercio, se evitará la generación de emisiones, ruidos y vibraciones que puedan afectar el descanso y bienestar emocional de las personas. Además, el acceso y salida de las viviendas en la zona se mantendrán sin cambios significativos. Asimismo, la versión final del proyecto no contempla ninguna intervención en las áreas verdes existentes, lo que garantiza que estas se mantendrán en su localización actual, sin modificaciones. Aunque no se realizarán movimientos de tierra ni excavaciones en esta zona, el proyecto de ampliación del Mall Plaza El Trébol incluye un estudio actualizado sobre las emisiones atmosféricas (Anexo E de la Adenda Complementaria). Este estudio verifica que los niveles de emisiones se mantendrán dentro de los límites establecidos por la normativa vigente, asegurando así la protección de la calidad del aire y la salud de los vecinos. Ahora bien, respecto a la ampliación del mall plaza el trébol, se informa que los estudios técnicos (Estudio de ruido y vibraciones y de Impacto Vial) evaluaron el escenario de funcionamiento del centro comercial con su nueva superficie. Estos estudios determinaron que: En relación al ruido, generado por la ampliación el estudio de Ruido y Vibraciones del proyecto da cuenta del cumplimiento de los límites del D.S. N°38/2011, asegurando que el ruido ambiental se mantenga dentro de los niveles permitidos por la normativa de salud, mitigando la posibilidad de generar cuadros de estrés o alteraciones al descanso. El Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) actualizado demuestra que, incluso sin la rotonda, las medidas de gestión de tránsito en los accesos principales del Mall son suficientes para absorber el flujo vehicular sin colapsar las vías locales de la villa, resguardando la seguridad ante posibles accidentes. El Estudio de Estimación de Emisiones asegura que el incremento de actividad no superará los umbrales de calidad del aire establecidos para la protección de la población. En conclusión, la eliminación de la rotonda suprime los impactos en el entorno inmediato de la villa y descarta cualquier proceso de demolición o reubicación, mientras que los controles ambientales del proyecto de ampliación garantizan que la operación del centro comercial no deteriore la salud mental, la cohesión social ni la calidad de vida de los vecinos.
- Observante: Cristóbal Andrés Peña Brevis Observación N°1: Previo a la rotonda de acceso al aeropuerto, en Av. Tierras Coloradas, existe un paso peatonal que no cumple la normativa vigente, pues carece de balizas peatonales y presenta iluminación insuficiente. Considerando además las altas velocidades que alcanzan los vehículos en ese tramo, la instalación de un resalto plano se perfila como una medida efectiva para mejorar la seguridad de quienes cruzan por el paso de cebra y, simultáneamente, para calmar la velocidad del tránsito particular. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, se informa que el proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) Complementario aprobado en noviembre de 2025 (Anexo S de la Adenda), ha integrado una serie de acciones diseñadas específicamente para reforzar la seguridad en el entorno. Entre estas medidas destacan intervenciones directas en el eje de Av. Tierras Coloradas, sector que ha sido incluido y evaluado como parte del área de influencia del proyecto para garantizar una operación vial segura y fluida. En particular, se contempla la elaboración de un estudio de justificación de semáforo en la intersección de Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C” (Medida N°5 del IMIV), que permitirá evaluar técnicamente la necesidad de dispositivos de control de tránsito y, de ser justificado, proceder a su materialización. Adicionalmente, el proyecto considera la implementación de señalización y demarcación vial conforme al Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, así como la instalación de balizas peatonales tipo Zebra Safe (solares) en puntos estratégicos del entorno. Estas acciones contribuirán a aumentar la visibilidad y seguridad de los peatones, reducir las velocidades vehiculares y mejorar las condiciones de desplazamiento en los cruces cercanos al proyecto, incluyendo los tramos de Av. Tierras Coloradas que presentan tránsito peatonal frecuente. Cabe señalar que todas estas acciones se enmarcan en los compromisos formales de manejo ambiental y de movilidad establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales cuentan con la descripción, justificación técnica y nivel de detalle suficiente para su evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del SEIA (DS N°40/2012).
Observación N°2: En la intersección de Av. Ramón Carrasco con Av. Jorge Alessandri, habilitar sendas peatonales en el costado sur permitiría una ruta más rápida y segura. Hoy, los peatones evitan la senda de la vereda norte porque alarga el recorrido; por ello, incorporar las sendas solicitadas mejorará la seguridad de quienes ingresan y egresan del Mall Plaza Trébol por Av. Ramón Carrasco. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado (Anexo S de la Adenda), contempla una estrategia de intervención integral para el eje Ramón Carrasco, orientada a mejorar la conectividad y seguridad de los peatones que acceden al sector. Respecto a la solicitud de sendas peatonales en el costado sur, se aclara que: El Titular tiene la obligación de ejecutar un Proyecto de Demarcación y Señalización (Medida 1 del IMIV) que abarca específicamente el eje de Ramón Carrasco entre Av. Pdte. Jorge Alessandri y Av. Siete Lagunas. Este proyecto técnico debe ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público correspondiente, instancia en la cual se definirá la configuración final de las sendas peatonales, demarcación de pasos de cebra y refuerzo de señalética vertical, con el objetivo de formalizar rutas seguras y eficientes que minimicen los tiempos de desplazamiento de los peatones. Complementariamente, para asegurar que la ruta peatonal en Ramón Carrasco sea segura, se contempla: • Mejora de Radios de Giro en la intersección con Alonso García de Ramón, facilitando la visibilidad mutua entre conductores y peatones (Medida 14 del IMIV). • Instalación de balizas peatonales solares (Balizas Zebra Safe) en pasos peatonales estratégicos (alturas Alonso García de Ramón y Paso Hondo) para alertar a los conductores sobre la presencia de usuarios vulnerables en la vía (Medida 24 del IMIV). Si bien el diseño definitivo de la demarcación en el costado sur de la intersección se ratifica en la etapa de ingeniería de detalle ante la autoridad municipal, el Proyecto asegura el financiamiento y ejecución de las obras necesarias para normalizar el tránsito peatonal en dicho nodo, cumpliendo con los criterios de seguridad y eficiencia consultados.
Observación N°3: En calle García Hurtado de Mendoza, al oriente de su intersección con calle Alonso de Ovalle, existe un cruce peatonal que no incorpora medidas de accesibilidad universal, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 2.2.8 de la OGUC (numerales 1 a 10). Al ubicarse en un entorno predominantemente residencial y funcionar como ruta de acceso cercana al proyecto Mall Plaza Trébol, es esencial garantizar la continuidad de las rutas peatonales y condiciones de cruce seguras. Además, el cruce carece de balizas peatonales y de dispositivos de rodado. Considerando que, según el PRC de Concepción, se trata de una vía local, corresponde evaluar la instalación de un resalto plano conforme al DS 200 que regula estos elementos; de no proceder, se solicita la implementación de balizas peatonales y de las medidas de accesibilidad universal pertinentes. Las medidas señaladas anteriormente incentivan el acceso peatonal al centro comercial, lo que ayudaría a mitigar la congestión vehicular asociada al nuevo recinto. Cabe recordar que, en el punto 1.2.2 “Descripción Breve del Proyecto”, se presenta una tabla que indica la reducción de los estacionamientos para automóviles de 4.758 a 4.621, situación que podría incrementar el tráfico en el sector. Por lo que se debe fomentar otras formas de acceso al centro comercial
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Titular incorporó dentro de la evaluación ambiental un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado (Anexo S de la ADENDA). En conformidad con lo indicado en la "Guía para la predicción y evaluación de impactos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en el SEIA" (segunda edición, 2025), la existencia de un IMIV aprobado permite descartar efectos adversos significativos asociados al aumento de tiempos de desplazamiento durante la operación del proyecto, en los términos expresamente señalados por dicha guía: "… en caso de que un proyecto cuente con un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado, ello permitirá descartar efectos adversos significativos en relación al aumento de tiempos de desplazamiento, dado que incorpora medidas de mitigación vial (sectoriales) que consideran impactos en el sistema de movilidad local, para que tras su puesta en operación, aquel mantenga sus estándares de servicio en un nivel semejante al existente, considerando las características de la zona en que se emplaza y resguardando la circulación segura de peatones y medios de transporte, las condiciones de accesibilidad del proyecto, su interacción con el sistema de movilidad y su inserción armónica con el entorno urbano." En este contexto, el proyecto cumple con todas las medidas de mitigación obligatorias relacionadas con su accesibilidad e inserción armónica en el sistema de movilidad y el espacio público. En particular, respecto de la calle García Hurtado de Mendoza (al oriente de Alonso de Ovalle), el análisis contenido en el IMIV aprobado no identificó alteraciones significativas atribuibles a la implementación del proyecto, razón por la cual no se contemplan medidas de mitigación específicas para dicho tramo. Cabe recordar que el IMIV tiene por objetivo mantener las condiciones basales del área de influencia frente a los impactos atribuibles al proyecto. En cuanto a la dotación de estacionamientos, la diferencia entre las cifras de 4.758 y 4.621 plazas corresponde a dos momentos distintos del proceso de evaluación. La cifra de 4.758 plazas fue utilizada como referencia base en el Estudio de Movilidad de la DIA y en los análisis de ocupación presentados en la primera Adenda, al ser la capacidad declarada en esa etapa. La cifra de 4.621 plazas, en cambio, refleja la situación real y actualizada del mall, conforme al levantamiento verificado durante la elaboración de la Adenda Complementaria y recogido en el Capítulo I actualizado (EMI 1). Ambas cifras corresponden a la dotación existente antes de la ampliación, sin que entre ellas medie reducción alguna en la capacidad del recinto; la diferencia responde únicamente a una corrección y actualización de los antecedentes de línea base. Sobre esa base actualizada de 4.621 plazas existentes, el proyecto contempla un aumento neto de 600 plazas mediante la incorporación de nuevas áreas y la reconfiguración de sectores existentes, alcanzando una dotación total proyectada de 5.221 estacionamientos para vehículos livianos. Este incremento equivale a aproximadamente un 13% adicional respecto de la situación actual, lo que resulta coherente con el aumento proyectado de afluencia de visitantes y con los flujos vehiculares inducidos estimados en el IMIV Complementario 2025 (de 779 a 978 veh/hora, equivalente a +199 veh/h). La suficiencia de esta dotación queda respaldada por el análisis de ocupación real del sistema de estacionamientos, que evidencia que, incluso en el escenario más exigente (días sábado de noviembre y diciembre), con una ocupación máxima del 97%, la ampliación permitirá disponer de al menos 590 plazas libres en hora punta, superando holgadamente la demanda vehicular adicional asociada al proyecto. En consecuencia, la nueva capacidad se ajusta proporcionalmente a la demanda esperada, descartando déficit de estacionamientos y evitando que vehículos ocupen las vías públicas circundantes o los sectores residenciales aledaños. En tanto, el proyecto cuenta con IMIV aprobado que incorpora 30 medidas de mitigación vial obligatorias, que buscan mantener estándares de servicio equivalentes a la situación basal, considerando medidas de accesibilidad, seguridad peatonal y promoción de modos sustentables dentro del área de influencia. 41. Observante: Valeria Paz Yáñez Canales Observación: El proyecto de ampliación Mall Plaza el Trébol, afectará en el aumento de la gran problemática vial ya existente en el sector San Andrés de Valle, principalmente en la rotonda del aeropuerto, donde desemboca la calle Tierras Coloradas, hacia la Av. Jorge Alessandri, Aeropuerto e Interportuaria, cuya medida de mitigación que figura en el estudio resulta insuficiente, ya que sólo contempla la demarcación vial de la rotonda. El desarrollo y ampliación del Mall del Trébol, traerá mayor flujo vehicular al sector, el que ya proyecta un incremento significativo debido a la presencia de un número significativo de proyectos inmobiliarios, todos en altura, lo que proyecta se condensará una gran cantidad de personas en espacios reducidos, lo que derivará en un aumento importante del parque automotriz en el corto plazo. Colapsando aún más las salidas hacia Jorge Alessandri en las calles Ramón Carrasco y Tierras Coloradas cuyo centro comercial más cercano será el Mall del Trébol. Solicitar puedan evaluar incorporar medidas de mitigación efectivas en la rotonda del aeropuerto, ya que solo la demarcación es insuficiente para el nivel del aumento en el impacto vial que se producirá, sumando al colapso que ya tiene en horarios punta, y que cada vez se extienden más, en tiempo y horarios tanto en la Calle Tierras Coloradas, como en la Intersección de Tierras Coloradas C, Tierras Coloradas y Avenida parques de Carriel. Como también ampliar a doble vía de estrada y doble vía de salida por Tierras coloradas, es decir en ambas direcciones. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto cuenta con un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado en noviembre de 2025 (Anexo S de la Adenda), el cual evaluó los escenarios de flujo vehicular considerando no solo la demanda propia del Mall, sino también el crecimiento del parque automotriz y los proyectos inmobiliarios del entorno (Situación Base con Proyectos Cercanos). En relación con la inquietud sobre la insuficiencia de las medidas, se aclara que el plan no se limita a la demarcación, sino que incorpora las siguientes medidas en el sector consultado en su observación: De acuerdo a la medida número 5 del IMIV, en la Intersección Tierras Coloradas / Tierras Coloradas C, se ejecutará un estudio de justificación para un semáforo full actuado. Esta tecnología regula los tiempos de verde según la demanda real, permitiendo absorber los flujos en horarios punta. La primera medida del IMIV si considera la demarcación de la Rotonda del Aeropuerto. Esta demarcación y señalización tiene por objeto mejorar la seguridad y capacidad operativa de la rotonda, cumpliendo con los estándares del Manual de Señalización de Tránsito. Adicionalmente, durante la evaluación ambiental, el titular presentó un Estudio de Movilidad, actualizado en el Anexo I de la Adenda. Cabe señalar que el impacto vial del centro comercial existente fue considerado tanto en la caracterización de la situación actual del área de influencia como en la modelación del escenario futuro con ampliación. A partir de los antecedentes presentados por el titular, se concluye que, en base al análisis de los tiempos de desplazamiento para los distintos modos de transporte, la evaluación de los grados de saturación vial y la aprobación del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) por la autoridad competente, no se prevé que el proyecto genere obstrucciones ni restricciones a la libre circulación, ni tampoco incrementos significativos en los tiempos de desplazamiento de personas o grupos humanos dentro del área de influencia. Lo anterior, dado que los resultados del Estudio de Movilidad evidenciaron que las variaciones en tiempos de desplazamiento son marginales y no alteran de manera relevante las condiciones de accesibilidad existentes. La variación máxima observada para transporte privado corresponde a incrementos del orden de segundos, los cuales no constituyen aumentos significativos desde el punto de vista técnico ni conforme a los criterios del SEIA. A continuación, se detallan las 30 medidas de mitigación y gestión que el Titular debe ejecutar para dar cumplimiento a la normativa vigente y resguardar la operatividad vial del sector:
- Elaborar y ejecutar un proyecto de demarcación y señalización en los siguientes ejes contenidos dentro del área de influencia directa del proyecto: • Av. Santa María, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154). • Caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, entre Av. Santa María y la conexión con autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). • Ramón Carrasco, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Av. Siete Lagunas. • Rotonda de Alessandri con Tierras Coloradas, Aeropuerto. • Área no concesionada de Autopista Concepción Talcahuano entre enlace de O’Higgins y Jaime Repullo. • Hitos verticales en la intersección de Pedro Cintra con Autopista Concepción Talcahuano.
Las señales verticales y demarcaciones deberán cumplir con lo estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público del municipio que corresponda. 2. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Santa María, frente al nuevo diseño de accesos, debido a la existencia de virajes a izquierda con oposición. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT) del Biobío. 3. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la apertura de bandejón central de Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 4. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 5. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C”. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 6. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para habilitar la pista de incorporación desde la salida de vehículos correspondiente al movimiento sur – poniente, asociados al acceso emplazado en Av. Santa María al oriente de la curva. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 7. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la pavimentación de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de dar continuidad de la calzada pavimentada en el frente predial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 8. Elaborar y ejecutar un proyecto de ingeniería de detalle para conectar el ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 9. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para el cierre de los accesos a caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción- Talcahuano. 10. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para mejorar la conexión de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez con Autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 11. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro, con el fin de resguardar a los peatones que utilicen el atravieso de Av. Santa María. Además, debe considerar la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 12. Instalar solera IN-SITU que complemente las soleras existentes que se encuentran en mal estado para delimitar la caletera de las paradas de buses con la Autopista Concepción – Talcahuano (Ruta 154), cercana a acceso de mall, con la finalidad de permitir el adelantamiento de los buses. 13. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para habilitar una bahía que permita establecer una zona de parada de taxicolectivos ubicada en caletera Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, cercano a acceso peatonal y pasarela. La zona de parada se equipará con señalización y refugio. 14. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para el mejoramiento de los radios de giro en la intersección de Ramón Carrasco con Alonso García de Ramón. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 15. Mantención de las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén (limpieza, señalización y demarcación) • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano (limpieza, señalización y demarcación) • Zona de Parada Buses hacia Concepción (reposición de piezas, limpieza, basurero, señalización y demarcación) • Parada San Andrés (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Ramón Carrasco (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Clínica Biobío (limpieza, señalización y demarcación)
- Instalación de Refugio Peatonal adicional en las siguientes paradas: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano
- Dotar de un resguardo para la lluvia tipo techo en pasarela peatonal que conecta el Mall Plaza El Trébol hacia Av. San Andrés, esto no implica mejoramientos estructurales o cambios de la pasarela.
- Se implementará pista de viraje a izquierda en base a demarcación por Av. Santa María, desde el oriente. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Desplazar los dos lomos de toro emplazados en la curva de Av. Santa María; El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Instalar 20 metros de vallas peatonales en zona de parada de buses con destino a Concepción.
- Retiro de Resaltos tipo lomillo de toro en Av. Santa María.
- Instalación de espejo convexo y traslado de cartel publicitario en intersección de Av. Santa María con Paso Sobre nivel.
- Materializar ciclovía que conecte Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y ciclovía proyectada por proyecto “Mejoramiento Autopista Concepción - Talcahuano: Perales – Paicaví”, cuyo emplazamiento y direccionalidad se deberá definir de acuerdo al Decreto 102 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El proyecto deberá ser revisado y aprobado por los organismos técnicos competentes para su posterior materialización.
- Instalación de balizas peatonales Zebra Safe (Solares) en los siguientes atraviesos peatonales: • Ramón Carrasco (Altura Alonso García de Ramón) • Ramón Carrasco (Altura Paso Hondo)
- Materializar dos dispositivos de rodados en el interior del mall para completar el circuito peatonal dentro del Centro Comercial.
- Elaborar un estudio operacional de la intersección entre Av. Santa María-Ramón Carrasco con Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de optimizar la operación del semáforo y actualizar su tecnología. Dicho análisis deberá ser revisado y aprobado por la UOCT.
- Instalar cámara CCTV que se enlace con central de monitoreo de la comuna de Hualpén en paraderos ubicados al costado del mall específicamente a los paraderos que dan a la pasarela peatonal.
- Incorporar pantalla de mensaje variable en las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano • Zona de Parada Buses hacia Concepción • Parada San Andrés • Parada Ramón Carrasco • Parada Clínica Biobío
- Desarrollar un tratamiento de espacios públicos (TEP) en paradas de transporte público en zona de paraderos en Mall Plaza Trébol en la zona de la pasarela peatonal Poniente.
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Materializar recarpeteo asfáltico o Bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
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Observante: Carlos Rodrigo Concha Escandón Observación N°1: Me interesa que el titular pueda descartar las posibles afectaciones a los grupos humanos residentes en los sectores colindantes de Hualpén, Concepción y Talcahuano en cuanto al impacto en los tiempos de desplazamiento, gracias
Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Para la evaluación del Proyecto, se definió una extensión territorial que incluye los sectores poblados de las comunas de Hualpén, Concepción y Talcahuano susceptibles de ser afectados. En este ámbito, el Titular presentó un Estudio de Movilidad y un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), los cuales caracterizaron el flujo vehicular actual y proyectado. Los estudios realizados determinaron que el Proyecto no genera efectos significativos en los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos. Esta conclusión se basa en que se evaluó el escenario con proyecto frente a la situación base (que incluye otros proyectos inmobiliarios del sector), resultando en variaciones marginales (segundos) en los tiempos de demora de las intersecciones críticas. 3. Medidas de Mitigación y Gestión para el Medio Humano Por otra parte, el proyecto considera un aumento en los estacionamientos del centro comercial, por lo que dispondrá de un total de 5.221 estacionamientos (incluyendo un aumento neto de 600 unidades). Esta medida tiene por objetivo absorber la demanda de visitantes dentro del predio, evitando que el flujo de búsqueda de estacionamiento se desplace a las calles residenciales de los sectores colindantes. Además, en el IMIV actualizado durante el proceso de evaluación, se considera la ejecución de mejoras directas en la infraestructura utilizada por los grupos humanos de las tres comunas, tales como: • Mantención integral y nuevos refugios peatonales en paradas clave (Hualpén, Talcahuano, Concepción y San Andrés) (Medidas 15 y 16 del IMIV). • Instalación de cámaras CCTV en paraderos conectadas a la central de Hualpén y pantallas de información variable para usuarios del transporte público (Medidas 27 y 28 del IMIV). • Materialización de ciclovías para fomentar modos no motorizados (Medida 23 del IMIV). Adicionalmente, cabe destacar que el IMIV considera la ejecución de 30 medidas de ingeniería, destacando la Medida 5 (semáforo full actuado en Tierras Coloradas) y la Medida 26 (estudio operacional para optimizar semáforos existentes), lo que permite una mejor gestión de la incorporación de nuevos vehículos. A partir de los antecedentes presentados por el titular, se concluye que, en base al análisis de los tiempos de desplazamiento para los distintos modos de transporte, la evaluación de los grados de saturación vial y la aprobación del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) por la autoridad competente, no se prevé que el proyecto genere obstrucciones ni restricciones a la libre circulación, ni tampoco incrementos significativos en los tiempos de desplazamiento de personas o grupos humanos dentro del área de influencia. Lo anterior, dado que los resultados del Estudio de Movilidad evidenciaron que las variaciones en tiempos de desplazamiento son marginales y no alteran de manera relevante las condiciones de accesibilidad existentes. La variación máxima observada para transporte privado corresponde a incrementos del orden de segundos, los cuales no constituyen aumentos significativos desde el punto de vista técnico ni conforme a los criterios del SEIA. A continuación, se detallan las 30 medidas de mitigación y gestión que el Titular debe ejecutar para dar cumplimiento a la normativa vigente y resguardar la operatividad vial del sector:
- Elaborar y ejecutar un proyecto de demarcación y señalización en los siguientes ejes contenidos dentro del área de influencia directa del proyecto: • Av. Santa María, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154). • Caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, entre Av. Santa María y la conexión con autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). • Ramón Carrasco, entre Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y Av. Siete Lagunas. • Rotonda de Alessandri con Tierras Coloradas, Aeropuerto. • Área no concesionada de Autopista Concepción Talcahuano entre enlace de O’Higgins y Jaime Repullo. • Hitos verticales en la intersección de Pedro Cintra con Autopista Concepción Talcahuano.
Las señales verticales y demarcaciones deberán cumplir con lo estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito y Transporte Público del municipio que corresponda. 2. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Santa María, frente al nuevo diseño de accesos, debido a la existencia de virajes a izquierda con oposición. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT) del Biobío. 3. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la apertura de bandejón central de Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 4. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Ramón Carrasco con Av. Siete Lagunas. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 5. Elaborar un estudio de justificación de semáforo en Av. Tierras Coloradas con Tierras Coloradas “C”. En caso de justificarse, el proyecto se hará cargo de su materialización. Este semáforo se propondrá full actuado, para mejorar el funcionamiento en sincronización con el entorno. Los estudios señalados serán presentados para su revisión y aprobación en UOCT del Biobío. 6. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para habilitar la pista de incorporación desde la salida de vehículos correspondiente al movimiento sur – poniente, asociados al acceso emplazado en Av. Santa María al oriente de la curva. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 7. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la pavimentación de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de dar continuidad de la calzada pavimentada en el frente predial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 8. Elaborar y ejecutar un proyecto de ingeniería de detalle para conectar el ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 9. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para el cierre de los accesos a caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción- Talcahuano. 10. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para mejorar la conexión de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez con Autopista Concepción-Talcahuano (Ruta 154). Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 11. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro, con el fin de resguardar a los peatones que utilicen el atravieso de Av. Santa María. Además, debe considerar la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 12. Instalar solera IN-SITU que complemente las soleras existentes que se encuentran en mal estado para delimitar la caletera de las paradas de buses con la Autopista Concepción – Talcahuano (Ruta 154), cercana a acceso de mall, con la finalidad de permitir el adelantamiento de los buses. 13. Elaborar y materializar un estudio de ingeniería de detalle para habilitar una bahía que permita establecer una zona de parada de taxicolectivos ubicada en caletera Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, cercano a acceso peatonal y pasarela. La zona de parada se equipará con señalización y refugio. 14. Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para el mejoramiento de los radios de giro en la intersección de Ramón Carrasco con Alonso García de Ramón. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación. 15. Mantención de las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén (limpieza, señalización y demarcación) • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano (limpieza, señalización y demarcación) • Zona de Parada Buses hacia Concepción (reposición de piezas, limpieza, basurero, señalización y demarcación) • Parada San Andrés (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Ramón Carrasco (limpieza, señalización y demarcación) • Parada Clínica Biobío (limpieza, señalización y demarcación)
- Instalación de Refugio Peatonal adicional en las siguientes paradas: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano
- Dotar de un resguardo para la lluvia tipo techo en pasarela peatonal que conecta el Mall Plaza El Trébol hacia Av. San Andrés, esto no implica mejoramientos estructurales o cambios de la pasarela.
- Se implementará pista de viraje a izquierda en base a demarcación por Av. Santa María, desde el oriente. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Desplazar los dos lomos de toro emplazados en la curva de Av. Santa María; El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
- Instalar 20 metros de vallas peatonales en zona de parada de buses con destino a Concepción.
- Retiro de Resaltos tipo lomillo de toro en Av. Santa María.
- Instalación de espejo convexo y traslado de cartel publicitario en intersección de Av. Santa María con Paso Sobre nivel.
- Materializar ciclovía que conecte Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y ciclovía proyectada por proyecto “Mejoramiento Autopista Concepción - Talcahuano: Perales – Paicaví”, cuyo emplazamiento y direccionalidad se deberá definir de acuerdo al Decreto 102 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El proyecto deberá ser revisado y aprobado por los organismos técnicos competentes para su posterior materialización.
- Instalación de balizas peatonales Zebra Safe (Solares) en los siguientes atraviesos peatonales: • Ramón Carrasco (Altura Alonso García de Ramón) • Ramón Carrasco (Altura Paso Hondo)
- Materializar dos dispositivos de rodados en el interior del mall para completar el circuito peatonal dentro del Centro Comercial.
- Elaborar un estudio operacional de la intersección entre Av. Santa María-Ramón Carrasco con Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objetivo de optimizar la operación del semáforo y actualizar su tecnología. Dicho análisis deberá ser revisado y aprobado por la UOCT.
- Instalar cámara CCTV que se enlace con central de monitoreo de la comuna de Hualpén en paraderos ubicados al costado del mall específicamente a los paraderos que dan a la pasarela peatonal.
- Incorporar pantalla de mensaje variable en las siguientes paradas de transporte: • Mall Plaza Trébol hacia Hualpén • Mall Plaza Trébol hacia Talcahuano • Zona de Parada Buses hacia Concepción • Parada San Andrés • Parada Ramón Carrasco • Parada Clínica Biobío
- Desarrollar un tratamiento de espacios públicos (TEP) en paradas de transporte público en zona de paraderos en Mall Plaza Trébol en la zona de la pasarela peatonal Poniente.
- Materializar recarpeteo asfáltico o Bacheo según corresponda de 80 m² aprox. en la intersección de Abdón Cifuentes con Abdón Cifuentes con Luis Durán - Miguel Campos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades correspondientes. El detalle de esta medida se aprecia en plano de medidas de mitigación.
Observación N°2: Me interesa que el titular pueda demostrar que el diseño de los nuevos accesos vehiculares son amigables con el público general y personas con discapacidad, y que puedan absorber la posible alta demanda, flujo vehículos particulares, locomoción colectiva y otros (deliverys), puntualizando las acciones, medidas de mitigación o compromisos ambientales voluntarios (CAV) asociados a situaciones puntuales de accidentes en sus ingresos que permitan destrabar las congestiones vehiculares o prevenirlas, como por ejemplo, asistencia en autopista o similares. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: El Proyecto cuenta con un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado en noviembre de 2025 (Anexo S de la Adenda), el cual evaluó los escenarios de flujo vehicular considerando la demanda del Mall, el crecimiento del parque automotriz y los proyectos inmobiliarios del entorno. El diseño cumple con los estándares de la normativa vigente relacionados al acceso universal y el diseño correcto de los accesos vehiculares para absorber la demanda de vehículos particulares y locomoción colectiva. En relación con la inquietud sobre la insuficiencia de las medidas y la accesibilidad, el plan incorpora la Medida 11 del IMIV, que consiste en elaborar y ejecutar un proyecto de ingeniería de detalle para generar una mediana de 1 metro con el fin de resguardar a los peatones en el atravieso de Av. Santa María, incluyendo la materialización de dispositivos de rodados normados en ambos extremos. Asimismo, la Medida 25 considera materializar dos dispositivos de rodados en el interior del mall para completar el circuito peatonal dentro del centro comercial. Para evitar el colapso por la coexistencia de distintos modos de transporte, la Medida 13 contempla el mejoramiento de 6 paraderos, incluyendo refugios adicionales y bahías de detención para taxicolectivos, lo que permite que estos vehículos no obstruyan las pistas de circulación principal. En cuanto a la gestión de situaciones puntuales de accidentes o congestión, la Medida 27 considera instalar cámaras CCTV enlazadas con la central de monitoreo de la comuna de Hualpén en paraderos ubicados al costado del mall para la vigilancia del sector. Adicionalmente, se contempla la implementación de semáforos full actuados (Medidas 2, 4 y 5), los cuales son sistemas de control de tráfico que utilizan sensores vehiculares para adaptar los tiempos de luz verde en tiempo real según la demanda vehicular actual, permitiendo gestionar los flujos en horarios punta o ante eventuales obstrucciones. A partir de estos antecedentes, se concluye que el diseño de los accesos y las medidas de mitigación del IMIV permiten resguardar la operatividad vial y la libre circulación dentro del área de influencia. Observación N°3: Me interesa que el titular pueda descartar impacto al medioambiente, flora, avifauna, biodiversidad, en cuanto a la naturaleza y las personas, presencia de aves nativas, migratorias, que acciones se tomarán sobre su cuidado, preservación, reubicación u otras. Que acciones, medidas de mitigación o compromisos ambientales voluntarios (CAV) se adoptaran respecto a estos temas y similares, gracias Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: En relación a la flora y biodiversidad, el Titular informa que se realizaron caracterizaciones ambientales presentadas en la Adenda (Anexos Ñ y R). En el área de influencia se registraron 36 especies vegetales, de las cuales el 86% son introducidas o cultivadas y un 14% nativas, lo que refleja un entorno urbano intervenido. Las especies registradas se encuentran fuera del área de obras, principalmente en áreas ajardinadas, por lo que el proyecto no genera remoción ni alteración de vegetación nativa o endémica. En cuanto a la fauna terrestre y avifauna, se realizaron campañas estacionales en invierno 2024 y primavera 2025, consolidando una riqueza de 20 especies de vertebrados (15 aves, 3 reptiles y 2 mamíferos), todas en categoría de Preocupación Menor o Fuera de Peligro. El entorno corresponde a un hábitat urbano consolidado con predominio de especies generalistas como la tenca, zorzal, chincol y tiuque. Se determinó que el área carece de hábitats naturales representativos o especies sensibles que requieran acciones de reubicación o preservación específica, por lo que el proyecto no compromete la integridad del medio biótico ni genera pérdida de biodiversidad. Respecto al potencial efecto sobre el sistema de humedales y el Humedal Vasco Da Gama (ubicado a ~331 m), se descartaron impactos significativos mediante el análisis de diversos mecanismos. El agotamiento temporal de napa tiene una influencia máxima estimada de ~222 m, por lo que no intercepta el humedal ni modifica su régimen hídrico. No se prevé secado, drenaje ni transformación del ecosistema, dado que la extracción de aguas subterráneas es temporal y el sistema recupera su nivel natural en un plazo no mayor a dos meses tras el término de las obras. Asimismo, las aguas extraídas por bombeo pasarán por un sistema de decantación y trampa de hidrocarburos antes de ser dispuestas de manera controlada en el sistema de aguas lluvias, fuera del entorno del humedal. Finalmente, sobre el impacto por ruido en la fauna nativa, la actualización de la modelación acústica presentada en el Anexo D de la Adenda demuestra que el Área de Influencia de Ruido no intercepta ninguno de los humedales urbanos del sector (Price, Paicaví-Tucapel Bajo y Vasco Da Gama). Al no existir receptores bióticos sensibles dentro del área de influencia acústica y tratarse de un hábitat urbano con especies de amplia distribución, se descarta la existencia de impactos significativos sobre la fauna asociados a emisiones de ruido, tanto en la fase de construcción como de operación del proyecto.
Observación N°4: Relación de este proyecto con las modificaciones en Autopista Concepción - Talcahuano, que falta tanto por implementar en el tramo del Mall Plaza el Trébol, se hace necesario adaptar/mejorar pasarela de autopista, mejorar bahías de buses e ingresos de vehículos desde y hacia Concepción. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Al respecto, se informa que el proyecto, a través de su Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado mediante Resolución Exenta N° 2238/2025 del SEREMITT (Anexo S de la Adenda), contempla un conjunto de medidas que responden a las materias planteadas. A continuación, se presenta la correspondencia entre cada solicitud y las medidas que la abordan: A continuación, se detalla el alcance de las medidas señaladas para cada solicitud: i. Adaptar/mejorar la pasarela peatonal de la Autopista El proyecto contempla, mediante la Medida N°29, la materialización de un tratamiento de espacios públicos (TEP) en la zona de paraderos de transporte público en Mall Plaza Trébol, en el área de la pasarela peatonal Poniente, mejorando la calidad del espacio peatonal y la conectividad de acceso a la pasarela. Complementariamente, la Medida N°27 contempla la instalación de una cámara CCTV enlazada con la central de monitoreo de la comuna de Hualpén, específicamente en los paraderos que dan acceso a la pasarela peatonal, mejorando la seguridad del sector. ii. Mejorar las bahías de buses El proyecto contempla las siguientes medidas directamente asociadas a la mejora de la infraestructura de transporte público y bahías de buses: ▪ Medida N°12: Instalación de soleras in situ para delimitar la caletera de la Autopista Concepción–Talcahuano (Ruta 154) respecto de las zonas de parada de buses, con la finalidad de ordenar la operación del transporte público y permitir el adelantamiento seguro de los buses. ▪ Medida N°15: Mantención de las siguientes paradas de transporte público mediante limpieza, señalización y demarcación: Mallplaza Trébol hacia Hualpén; Mallplaza Trébol hacia Talcahuano; Zona de Parada Buses hacia Concepción (con reposición de piezas adicional); Parada San Andrés; Parada Ramón Carrasco; y Parada Clínica Biobío. ▪ Medida N°16: Instalación de refugios peatonales adicionales en las paradas Mallplaza Trébol hacia Hualpén y Mallplaza Trébol hacia Talcahuano. ▪ Medida N°28: Incorporación de pantallas de mensaje variable (PMV) en las paradas: Mallplaza Trébol hacia Hualpén; Mallplaza Trébol hacia Talcahuano; Zona de Parada Buses hacia Concepción; Parada San Andrés; Parada Ramón Carrasco; y Parada Clínica Biobío. iii. Mejorar los ingresos vehiculares desde y hacia Concepción: El proyecto contempla las siguientes medidas directamente asociadas a la mejora de los ingresos vehiculares desde y hacia Concepción: ▪ Medida N°7: Elaboración y ejecución de un proyecto de ingeniería de detalle para la pavimentación de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, con el objeto de dar continuidad a la calzada pavimentada en el frente predial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades competentes. ▪ Medida N°8: Elaboración y ejecución de un proyecto de ingeniería de detalle para conectar el ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, mejorando la fluidez de incorporación al sistema vial. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades competentes. ▪ Medida N°9: Elaboración y materialización de un estudio de ingeniería de detalle para el cierre de los accesos conflictivos a la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción–Talcahuano, reduciendo los puntos de conflicto vial. ▪ Medida N°10: Elaboración y ejecución de un proyecto de ingeniería de detalle para mejorar la conexión de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez con la Autopista Concepción Talcahuano (Ruta 154), optimizando las maniobras de incorporación y salida de vehículos. Este proyecto deberá ser revisado y aprobado por las autoridades competentes. Todas las medidas señaladas forman parte del IMIV Complementario aprobado (Resolución Exenta N° 2238/2025, SEREMITT Región del Biobío) y se encuentran debidamente especificadas en el Anexo S de la Adenda. Cada proyecto de ingeniería de detalle contemplado será revisado y aprobado por las autoridades competentes previo a su materialización. En consecuencia, si bien el proyecto no interviene directamente en la Autopista Concepción Talcahuano, que es una vía concesionada cuya administración y mantenimiento es responsabilidad de la autoridad vial competente y de la concesionaria, el conjunto de medidas de mitigación adoptadas responde específicamente a las tres materias planteadas por el observante, contribuyendo a mejorar las condiciones de movilidad, el acceso al transporte público y la circulación vehicular en el entorno inmediato del proyecto. 43. Observante: Manuel Alejandro Ortiz Ávila Observación: Me gustaría que el proyecto considerara la conexión entre la avenida Santa María con la caletera de la autopista Concepción-Talcahuano de forma que uno pudiera llegar o volver desde Lomas de San Andrés directamente al SurActivo o la Mutual de seguridad sin tener que pasar por el ''trébol'', lo que ayudaría bastante a la descongestión de este.
Considero que la rotonda proyectada para la calle Abdón Cifuentes no es el medio idóneo para ayudar a un tránsito más fluido. Evaluación técnica de la observación: Esta Autoridad Ambiental considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a lo observado cabe señalar que: Respecto a lo observado, se informa que, en relación con la rotonda proyectada en la intersección de Abdón Cifuentes con Luis Durán – Miguel Campos, el Titular ha decidido no ejecutar dicha intervención, acogiendo las preocupaciones manifestadas por la comunidad durante el proceso de participación ciudadana. Esta medida fue formalmente eliminada mediante la actualización del Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), aprobada por la SEREMITT Región del Biobío a través de la Resolución Exenta N° 2238/2025 (Anexo S de la Adenda). En relación con la conexión entre Av. Santa María y la caletera de la Autopista Concepción– Talcahuano (Ruta 154), se informa que dicha obra corresponde a infraestructura vial de mayor envergadura, ubicada fuera del predio del proyecto y cuya eventual ejecución incumbe a la autoridad vial competente. El IMIV del proyecto tiene por objeto específico mantener las condiciones de movilidad en el área de influencia directa del proyecto a niveles equivalentes a la situación base, no la ejecución de obras de red vial estructural que mejoren la conectividad urbana general del sector. El modelo de transporte privado motorizado del IMIV Complementario aprobado analizó el conjunto de la red vial del área de influencia mediante el modelo SATURN, calculando el Impacto por Incremento del Flujo Vehicular (IMP) conforme a la metodología del D.S. N° 30/2019. Los resultados acreditan que la situación con proyecto mitigado no supera el umbral del 5% en ningún período analizado, alcanzando una variación de −2,59% en el escenario mitigado respecto de la situación base. Ello demuestra que la ampliación del proyecto no genera deterioro en las condiciones de movilidad del área de influencia. En este contexto, la conexión entre Av. Santa María y la caletera de la Autopista Concepción-Talcahuano no fue identificada como nodo crítico ni gatilló medidas de mitigación adicionales, en tanto los impactos atribuibles al proyecto en esa zona quedaron absorbidos por las medidas del IMIV aprobado. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto sí contempla mejoras en la conectividad y fluidez del sector inmediato que contribuyen a las condiciones de circulación desde y hacia el área de Lomas de San Andrés. Entre las medidas del IMIV aprobado directamente vinculadas a este propósito se encuentran: • Medida N°7: Pavimentación y continuidad operacional de la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez en el frente predial. • Medida N°8: Conexión del ramal con la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez, mejorando la fluidez de incorporación y salida. • Medida N°9: Cierre de accesos conflictivos a la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y a la Autopista Concepción–Talcahuano, reduciendo puntos de conflicto vial. • Medida N°10: Mejora de la conexión entre la caletera de Av. Pdte. Jorge Alessandri Rodríguez y la Autopista Concepción–Talcahuano (Ruta 154), mediante proyecto de ingeniería de detalle. • Medida N°12: Instalación de soleras in situ para delimitar la caletera de las paradas de buses, permitiendo el adelantamiento seguro de la locomoción colectiva que sirve el sector. En consecuencia, si bien la conexión específica solicitada excede el alcance regulatorio y técnico del IMIV del proyecto, las medidas indicadas mejoran las condiciones operacionales del sector, contribuyendo a una mayor fluidez en los desplazamientos en el entorno inmediato del proyecto.