Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de octubre de 2025 y su Adenda Complementaria de 6 de febrero de 2026, del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”, presentado por INVERSIONES DON VICTOR SpA con fecha 11 de febrero de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”.
3°. El Acta de Evaluación de fecha 23 de febrero de 2026, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” de fecha 25 de febrero de 2026.
5°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos de fecha 5 de marzo de 2026.
6°. La Resolución Exenta Nº20251000168, de fecha 10 de abril de 2025 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, INVERSIONES DON VICTOR SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social INVERSIONES DON VICTOR SpA Rut 77.749.291-0 Domicilio Avenida Apoquindo 6550, oficina 201, Las Condes, Región Metropolitana. Teléfono 223830900 Nombre representante legal Raimundo Vicuña Díaz Rut representante legal 13442348-K Domicilio representante legal Avenida Apoquindo 6550, oficina 201, Las Condes, Región Metropolitana. Teléfono representante legal 223830900 Correo electrónico Titular o representante legal raimundo.vicuna@galilea.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de febrero de 2026, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; - Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables 140, 142, 156 y 157; - No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; - El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 5 de marzo de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 25 de febrero de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en la construcción de 367 viviendas, además de áreas verdes y equipamiento. Los metros cuadrados totales a construir son 67.648,69 m2 aproximadamente en una superficie predial de 13,71 ha. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3° del RSEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto: h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 94.505.000. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La primera faena que dará cuenta del inicio de la fase de construcción del Proyecto, de modo sistemático y permanente, para los efectos del artículo 25 ter de la Ley 19.300, corresponde a la materialización del cierre perimetral. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Puerto Montt Descripción de la localización El proyecto se emplazará en la comuna de Puerto Montt, específicamente en Senda Central S/N. La localización del Proyecto se justifica debido al aumento de demanda habitacional en la comuna y el crecimiento de ella. Referente a los Instrumentos de Planificación Territorial existentes, según lo que indica el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, y la información indicada en el Certificado de Informaciones Previas (CIP), que se adjunta en el Anexo N° 3, el proyecto se emplazará en sectores definidos como Zona ZEUC-2, Zona CN, Zona RI-2 y Zona AV. Superficie El proyecto se emplazará en predio que tiene una superficie de 13,71 hectáreas aproximadamente.
La superficie edificable se presenta en la tabla a continuación: Ítem Superficie (m2) Predial (hectáreas) 13,71 Construida 67.648,69
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Caminos de acceso Norte: INGRESO Las rutas que permiten acceder a los usuarios al proyecto que provengan de la zona norte son: • Av. Norte Sur II – Senda Central – Acceso. EGRESO El egreso hacia el norte se hace a través de las siguientes rutas: • Acceso - Senda Central – Av. Norte Sur II.
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Sur: INGRESO Las rutas que permiten acceder a los usuarios al proyecto que provengan de la zona sur son: • Interconexión Ruta Alerce – Senda Central – Acceso. EGRESO El egreso hacia el sur se hace a través de las siguientes rutas: • Acceso – Senda Central – Interconexión Ruta Alerce. • Acceso – Senda Central – Av. La Vara – Gabriela Mistral.
Poniente: INGRESO Las rutas que permiten acceder a los usuarios al proyecto que provengan de la zona poniente son: • Av. La Vara – Senda Central - Acceso. EGRESO El egreso hacia el poniente se hace a través de las siguientes rutas: • Acceso – Senda Central – Av. La Vara. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Anexo 2 DIA, Punto 1.10 de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Cierre perimetral Consiste en la construcción de un cierre perimetral para delimitar el área de trabajo.
Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo Se efectuará la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, en una superficie de cada terreno, los cuales consideran un esponjamiento del 20%. El material a descartar será dispuesto como residuo en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria. Se estima una superficie de escarpe del 100% del área del terreno del Proyecto.
Instalación de faenas Esta instalación tendrá una superficie de 280 m2, la cual estará conformada por contenedores, los que se retirarán una vez terminada la fase de construcción del proyecto. La instalación considerará: vestuario, oficinas, comedores, baños, bodega de acopio de materiales, incluyendo sustancias peligrosas, bodega de residuos peligrosos (RESPEL), área de residuos de la construcción (RESCON), área de residuos domiciliarios y administración.
Oficinas Serán de tipo prefabricado, tipo contenedor, equipados con todos los servicios necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades asociadas (sistema hídrico, de iluminación, servicios higiénicos, etc.). Tendrá una superficie de 15 m2.
Comedores Al interior de la instalación de faena, existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Se indica que no se considera la preparación de alimentos en la instalación de faena. Los alimentos para los trabajadores serán provistos por sí mismos y el comedor cumplirá con los requisitos establecidos en el artículo 28 del D.S N° 594/99, del MINSAL, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Tendrá una superficie de 15 m2.
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Baños En la Instalación de Faenas se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos que contará con baños y duchas. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existirán baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. N° 594/99, del MINSAL). Los baños y vestidores tendrán una superficie de 15 m2.
Bodegas de materiales Esta será provisoria, tendrá una superficie estimada de 80 m2, y será ocupada para guardar los materiales que se utilizarán en la construcción del proyecto. Se almacenarán menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se utilizará una bodega provisoria común que cumplirá con las exigencias del D.S. N° 43 (Art 25 al 32 del párrafo II “De las Bodegas Comunes”).
Sector de acopio temporal de residuos domiciliarios Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispondrá de 1 contenedor plástico con ruedas y tapa de 360 litros de capacidad, en el cual se almacenarán las bolsas plásticas resistentes con los residuos. Estos residuos serán vaciados todos los días en 1 contenedor de 1.100 L, teniendo una capacidad máxima de almacenamiento de 1.460 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, donde se implementará un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tendrá las siguientes características: - Superficie aproximada 9 m2 en la instalación de faenas. - Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores. - Acceso controlado. - Suelos impermeables y lavables. - Pisos no resbaladizos. - Se encontrará identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. - Contará con un letrero de no fumar. - Señalización de los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. - Poseerá un extintor para casos de emergencias.
Los contenedores serán retirados tres veces a la semana del recinto o cuando sea necesario por el servicio municipal. Cabe señalar que, según las necesidades de la obra, es posible incorporar más contenedores de menor volumen en las áreas de trabajo. Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno de la respectiva etapa de construcción. Para mayor detalle del sector de acopio temporal de residuos domiciliarios y asimilables se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Nº 140 en el Anexo Nº 2 de la Adenda Complementaria, el cual permite la acumulación de basura.
Sector de acopio temporal de RESCON Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción en 1 contenedor metálico de 20 m3, el cual será retirado a medida que se vaya completando, para posteriormente transportar y disponer los RESCON en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos. La superficie de la zona de RESCON corresponde a 16 m2. La frecuencia de retiro de estos residuos será 2 veces a la semana o cuando sea necesario. Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales serán gestionados por una empresa que se encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad. Para mayor detalle de la zona de RESCON se presenta el Permiso Ambiental Sectorial Nº 140 en el Anexo Nº 2 de la Adenda Complementaria, el cual permite la acumulación de basura. La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan RESCON. Además de una base sólida y continua. Estos residuos serán transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de los Lagos.
Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos Se contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 9 m2, la que se ubicará dentro del área del Proyecto, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N° 2 este documento y que considerará las siguientes características: - Poseerá cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personal no autorizado a la bodega. - Tendrá una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumplirá con las especificaciones del D.S. N° 47, que fija el texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), y del D.S. N° 148/03, que establece el Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos del Ministerio de Salud (MINSAL). - Los contenedores estarán debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor será de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, será a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo. - En la bodega se colocarán en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega. - La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.
Excavaciones Esta partida está referida a la excavación masiva del proyecto, donde se retirará material arcilloso con gravas y grava arenosa. Cierto volumen excavado será dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realizará con máquinas excavadoras y camiones. Todo camión que salga de la obra estará encarpado para evitar caídas de materiales al suelo y que se levante polvo durante su circulación. El volumen total a excavar es de 20.697,09 m3 y considerando un esponjamiento de 20%, el volumen de material que será dispuesto en el botadero será de 24.836,51 m3.
Estructuras Luego de las excavaciones, se procederá con la construcción de las casas y edificios. Los principales materiales requeridos para la construcción de ellas será el hormigón armado y paneles SIP. El acero para el hormigón armado llega a obra ya cortado y preparado para ser incorporado en la construcción. También se requerirá acero de refuerzo de hormigones. Finalmente, el hormigón será encargado a una planta proveedora, cercana al proyecto, y llegará a faena en camiones mixer, conforme a los programas y requerimientos de la obra.
Terminaciones Este ítem se refiere a las terminaciones de las casas, departamentos y de los espacios comunes, así como también de los lotes de equipamiento. Los principales materiales a usar son cerámicas, adhesivos para cerámicas, planchas de yeso-cartón (tipo Vulcanita) y perfiles de acero galvanizado (tipo Metalcom) para los tabiques. Todos estos materiales llegarán en camión a la obra los que serán descargados con minicargador o con la grúa torre, de acuerdo a disponibilidad de los equipos.
Obras exteriores Se refiere a los cierres definitivos del Proyecto, estacionamientos en superficie y áreas verdes que rodeará las edificaciones.
Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o utilizar recursos naturales renovables Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
MP10, MP2,5, CO, HC, NOx y Sox Tasa de emisión: A continuación, se presentan las emisiones totales del proyecto durante esta fase (sin equivalente). Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo Nº 1 de la Adenda Complementaria.
Tiempo y lugar donde se generan: Estas se generarán durante la fase de construcción debido a las actividades de, demolición, escarpe, excavación, compactación y nivelación, motores y tránsito de vehículos pesados sobre caminos pavimentados y no pavimentados y maquinaria fuera de ruta. Sistema de abatimiento o control - Realizar cierre perimetral, el cual se elaborará en base a una malla raschel para el control de emisiones atmosféricos. - Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. - El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. - Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. - Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. - Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. - Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. - Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. - Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Emisiones líquidas
Aguas servidas Tasa de emisión:
Tiempo y lugar donde se generan: Se generarán en instalación de faenas, durante todo el período de la fase de construcción.
Sistema de abatimiento o control: Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas serán descargadas a dicha red. Los sanitarios móviles serán transportados y dispuestos por empresas que posean autorización del SEREMI de salud. En la obra se mantendrán las facturas del transporte y disposición de las aguas servidas provenientes de los sanitarios móviles. Una vez realizado el empalme a la red de alcantarillado, las aguas servidas serán dispuestas a través de la misma.
Residuos líquidos industriales
Tasa de emisión: 10 litros de agua por camión para el lavado de canoas y 150 l/semana para el lavado de ruedas.
Tiempo y lugar donde se generan: Se generarán durante el lavado de ruedas y canoas, en la fase de construcción.
Sistema de abatimiento o control: Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generarán residuos líquidos industriales. Para esto se implementará un sistema que consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenará las aguas de lavado. Los residuos generados serán tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectuará su disposición final en conformidad a la normativa aplicable. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente provendrá de la red de Aguas San Pedro.
A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existirá infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas: se indica que se generará una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre estará cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Cuando sea necesario antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retirará la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual será desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminarán, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad.
En cuanto a las aguas residuales, se generarán aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que serán almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta será limpiada con camiones a medida que se vaya completando.
Emisiones de Ruido
Tasa de emisión: A continuación, se presentan los resultados de las modelaciones para los receptores sensibles del proyecto: El proyecto considera 3 escenarios de modelación que se describen en detalle en el informe de emisiones acústicas presentado en el anexo N°10 de la Adenda.
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Niveles proyectados para receptores humanos en fase de construcción escenario 1 sin medidas de control
Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 1 sin medidas de control.
Estos resultados muestran que en todos los receptores humanos se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA. Además, se cumple con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA, 2019”.
Por otra parte, se observa que las proyecciones de ruido superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico en el receptor RF2, en los grupos taxonómicos con presencia en el área de influencia del proyecto. Por lo tanto, se requieren medidas de reducción de ruido para generar el cumplimiento normativo correspondiente.
Niveles proyectados para receptores humanos en fase de construcción escenario 2 sin medidas de control
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Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 2 sin medidas de control
Estos resultados muestran que los receptores Rin-1 y Rin-2 no cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA. Además, se observa que las proyecciones de ruido superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico en el receptor RF2, en el grupo taxonómico aves con presencia en el área de influencia del proyecto. Por lo tanto, se requieren medidas de reducción de ruido para generar el cumplimiento normativo correspondiente.
Niveles proyectados para receptores humanos en fase de construcción escenario 3 sin medidas de control.
Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 3 sin medidas de control
Estos resultados muestran que los receptores Rin-2 y Rin-3 no cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA. Además, se observa que las proyecciones de ruido superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico en el receptor RF2, en el grupo taxonómico aves con presencia en el área de influencia del proyecto. Por lo tanto, se requieren medidas de reducción de ruido para generar el cumplimiento normativo correspondiente.
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Tiempo y lugar donde se generan: Estas serán generadas en la construcción durante todo el período que dure esta fase.
Sistema de abatimiento o control: Barreras acústicas: El proyecto contempla implementar un cierre perimetral de 3,6 [m] de altura en toda la fase de construcción del proyecto. Este cierre Perimetral tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Cierre de Vanos: Para el caso de faenas de construcción en altura, se implementará el Cierre de Vanos que consiste en confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con un material que cumpla con las condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor). Cabe destacar que los cierres de vanos serán implementados temporalmente en conjunto con el avance de la obra, en los sectores donde existan faenas de construcción en altura, y serán retiradas una vez concluidas dichas faenas Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 1 con medidas de control.
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en periodo diurno. Igualmente, se observa que las proyecciones de ruido no superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico, en los grupos taxonómicos con presencia en el área de influencia del proyecto, al incorporar las medidas de control propuestas. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA, 2019”. Dicho lo anterior, el proyecto no genera impactos significativos en sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y alimentación de fauna nativa.
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Niveles proyectados para receptores humanos en fase de construcción escenario 2 con medidas de control.
Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 2 con medidas de control
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en periodo diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA, 2019”.
Igualmente, se observa que las proyecciones de ruido no superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico, en los grupos taxonómicos con presencia en el área de influencia del proyecto.
Dicho lo anterior, el proyecto no genera impactos significativos en sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y alimentación de fauna nativa.
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Niveles proyectados para receptores humanos en fase de construcción escenario 3 con medidas de control.
Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de construcción escenario 3 con medidas de control
Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 MMA, en periodo diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas. Además, los receptores generan cumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA, 2019”. Igualmente, se observa que las proyecciones de ruido no superan los umbrales para efecto conductual y fisiológico, en los grupos taxonómicos con presencia en el área de influencia del proyecto. Dicho lo anterior, el proyecto no genera impactos significativos en sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y alimentación de fauna nativa.
Los resultados de las modelaciones, realizadas en la construcción del Proyecto, bajo las condiciones más desfavorables y considerando las medidas de control incorporadas en el diseño del Proyecto, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia.
Tasa de emisión: A continuación, se presentan los resultados de la proyección de vibraciones sobre los receptores, para las faenas de construcción:
Resultados de proyecciones de vibraciones – fase de construcción: escenario 1
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De los resultados de la tabla anterior se aprecia que en todos los receptores se genera cumplimiento de los límites por molestia de la guía técnica FTA. Así mismo, en todos los receptores se genera cumplimiento en cuanto a daño estructural de las edificaciones.
Resultados de proyecciones de vibraciones – fase de construcción: escenario 2.
De los resultados de la tabla anterior se aprecia que en todos los receptores se genera cumplimiento de los límites por molestia de la guía técnica FTA. Así mismo, en todos los receptores se genera cumplimiento en cuanto a daño estructural de las edificaciones.
Resultados de proyecciones de vibraciones – fase de construcción: escenario 3
De los resultados de la tabla anterior se aprecia que en todos los receptores se genera cumplimiento de los límites por molestia de la guía técnica FTA. Así mismo, en todos los receptores se genera cumplimiento en cuanto a daño estructural de las edificaciones
Resultados de proyecciones de vibraciones – fase de construcción: escenario 4.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos
RESCON Cantidad: La producción de Residuos Sólidos de Construcción (RESCON) que se generarán por el proyecto puede estimarse a partir de información extraída del Ministerio del Medio Ambiente, donde se especifica que para este tipo de proyectos se genera en promedio 1,5 ton/m3 de RESCON.
En la siguiente tabla se muestran los residuos de la construcción desglosados por actividad. Total, residuos de la construcción
Manejo: Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión. Posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos. La frecuencia de retiro de estos residuos será 2 veces a la semana o cuando sea necesario.
Transporte: El transporte de los RESCON hacia el sitio de disposición final lo realizará el servicio Municipal de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, será de 2 a 3 veces a la semana (promedio) o cuando sea necesario
Disposición: Los residuos serán derivados a disposición final autorizada, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra similar al graficado en siguiente tabla, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acredite la disposición final. En conjunto, se realizará la respectiva declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios en la ventanilla única RETC.
Residuos Asimilables a Domiciliarios
Cantidad: Durante la fase de construcción, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando la Línea Base Diagnóstico y Catastro de RSD año 2018, realizado por el Gobierno Regional de la Región del Los Lagos, disponible en el sitio web el que indica para la comuna de Puerto Montt, una tasa de generación de 0,91 Kg de residuos por habitante al día. Los valores resultantes de la determinación de residuos se muestran en la siguiente tabla.
Manejo: Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 5 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente. Serán vaciados todos los días en 1 contenedor de 1.100 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana o cuando se requiera.
Transporte y disposición El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realizará una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, con una frecuencia de tres veces por semana o cuando se requiera. La disposición final se efectuará en un relleno Sanitario autorizado. El titular del proyecto realizará, una vez al mes, la declaración de residuos industriales y asimilables a domiciliarios en el SINADER (Sistema Nacional de Declaración de Residuos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes).
Residuos peligrosos
RESPEL El Proyecto en su fase de construcción generará residuos peligrosos correspondientes a envases de solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Estos residuos se generan durante el proceso de obra gruesa y terminaciones. No se considera la generación de tintas de impresoras ya que se considera la utilización de cartuchos recargables, no se almacenarán baterías Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
de equipos, puesto que, de reponerse, el proveedor retirará de forma inmediata la batería descompuesta. Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N° 148 del 2003 MINSAL. Cabe señalar, que los residuos acopiados en ningún caso se almacenarán por un período mayor a 6 meses. En la siguiente tabla se presenta estimación de generación de residuos peligrosos durante la fase de construcción.
Cantidad:
Manejo: Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, los de pequeño y mediano tamaño en contendedores de metal de 200 L, y los que son de gran tamaño directamente sobre el piso de la bodega, donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el lugar de disposición final y empresa de transporte. La frecuencia de recolección de los RESPEL será cuando el titular indique que es necesario, pero cabe destacar que este tiempo de almacenamiento no superará los 6 meses En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N° 6 de la Adenda.
Transporte y disposición: Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N° 148 del 2003 MINSAL. El titular del proyecto realizará la declaración de residuos peligrosos en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes), manteniendo en obra una copia de esta declaración.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6 de ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obras exteriores Se refiere a los cierres definitivos del Proyecto, estacionamientos en superficie y áreas verdes que rodeará las edificaciones.
Casas y departamentos El proyecto es de tipo inmobiliario con destino residencial, donde se contempla la construcción y operación de 239 casas, las cuales se construirán en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
primera y segunda etapa del proyecto, contemplando la construcción de 130 casas de modelo Caiquen (76,97 m2) y 109 de modelo Tortola (78,46 m2). Además, se considera la construcción de 128 departamentos en una tercera etapa.
Locales Comerciales El proyecto contempla la construcción y la habilitación de un local comercial.
Oficinas No se contempla la construcción de oficinas. Aguas Lluvias Para dar solución a los requerimientos sobre las aguas lluvias, el proyecto considera captar, retener y descargar el 100% de las aguas mediante la captación e interceptación. Las aguas lluvias que aportan los estacionamientos, pavimentos y techumbres en el Proyecto, serán recolectadas y evacuadas en forma gravitacional hacia estanques de regulación que captan el flujo superficial y lo almacena temporalmente. El excedente que se genera podrá ser descargado al cauce aledaño o aguas abajo durante tiempos más prolongados, disminuyendo los caudales máximos en relación a los que provocaría la tormenta sin ellas.
Para realizar el diseño del sistema de saneamiento se utilizó el Método Racional para el cálculo de caudales, con datos y procedimientos del Manual de Carreteras Volumen 3 y del Manual del MINVU: “Técnicas Alternativas para Soluciones de Aguas Lluvias en Sectores Urbanos. Guía de Diseño”. El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención y descarga del terreno previo a la construcción del proyecto. Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores.
En el anexo N° 5 de la DIA, se encuentra adjunto todas las especificaciones técnicas del proyecto de aguas lluvias. Además, se presentan en el anexo N°1 de la Adenda los PAS respectivos, particularmente el PAS N°156 y PAS N°157, complementado en Anexo 1 de Adenda.
Estacionamientos Se considerarán un total de 387 estacionamientos vehiculares, distribuidos en superficie, de los cuales 7 serán para personas discapacitadas. Por otra parte, se considerarán 72 estacionamientos para bicicletas. En la siguiente tabla se presenta resumen de estacionamientos por etapas.
Tabla N° 2: Resumen de estacionamientos
Productos generados N/A Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o utilizar recursos naturales renovables.
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Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera
MP10, MP2,5, CO, HC, NOx y SOx
Tiempo y lugar donde se generan: Estas se generarán durante la fase de operación debido a la circulación de vehículos livianos por caminos pavimentados y calefacción de viviendas. Sistema de abatimiento o control: Durante esta fase no se utilizan medidas de abatimiento y control.
Emisiones líquidas
Aguas servidas Tasa de emisión: Según el Censo 2017 la comuna de Puerto Montt presenta un promedio de 3 habitantes por hogar, por lo tanto, se utilizará dicho valor para el cálculo de carga ocupacional del proyecto.
Tiempo y lugar donde se generan: Se generarán en la fase de operación corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), provenientes de los baños, lavamanos, duchas de las viviendas y comercio. Sistema de abatimiento o control: El predio cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable, por lo que las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado.
Emisiones de Ruido
Tasa de emisión: En la siguiente tabla es posible observar que los NPS asociados a la Fase de Operación cumple con los límites máximos permitidos según el D.S. N°38/11 del MMA. Para más detalle ver Informe de Acústica actualizado en el Anexo Nº 10 de la Adenda.
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Niveles de ruido estimados en receptores sin medidas de control – fase de operación
Proyección y evaluación ruido en receptor fauna nativa, fase de operación sin medidas de control.
Vibraciones
Tasa de emisión: A continuación, se presentan los resultados de la proyección de vibraciones sobre los receptores, para las faenas de operación:
Resultados de proyecciones de vibraciones – fase de operación
Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo N° 10 de la Adenda
De los resultados de la tabla anterior se aprecia que en todos los receptores se genera cumplimiento de los límites por molestia de la guía técnica FTA. Así mismo, en todos los receptores se genera cumplimiento en cuanto a daño estructural de las edificaciones. El cálculo de estos valores junto a las distancias fuente-receptor se encuentra en el Anexo 10 de la Adenda.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos
Residuos Asimilables a Domiciliarios Cantidad: Durante la fase de operación, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes y visitantes de las viviendas, provenientes principalmente de las cocinas y baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando una tasa de generación de 0,91 kg de residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
por habitante al día.
Según el Censo 2017 la comuna de Puerto Montt presenta un promedio de 3 habitantes por hogar, por lo tanto, se utilizará dicho valor para el cálculo de carga ocupacional del proyecto. Los valores resultantes de la determinación de residuos por etapa del proyecto se muestran en la siguiente tabla:
Determinación de residuos del proyecto – Fase de operación.
Manejo: Los residuos serán almacenados de forma particular en cada una de las viviendas, donde posteriormente, en el caso de los edificios, serán conducidas hacia salas de basuras, considerando un período de acumulación de 3 días como máximo
Transporte y disposición: Los residuos serán retirados del Proyecto por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana o cuando se determine en el municipio de Puerto Montt. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
Residuos peligrosos
Debido a la naturaleza del Proyecto, no se generarán residuos de carácter peligroso durante esta fase.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Numeral 4.7 de ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de Cierre
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Marzo 2026 Noviembre 2026 Mayo 2027
Parte, obra o acción que establece el inicio
Ejecución del cierre perimetral del terreno. Fecha estimada de término
Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Septiembre 2029 Marzo 2030 Diciembre 2030
Parte, obra o acción que establece el término La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Puerto Montt 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Octubre 2029 Abril 2030 Enero 2031
Parte, obra o acción que establece el La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Puerto Montt Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
inicio Fecha estimada de término Se considera que el proyecto podría extender su vida útil de forma indefinida ya que el funcionamiento del conjunto habitacional dependerá de las mejoras y mantenciones que realicen sus habitantes a la infraestructura Parte, obra o acción que establece el término N/A 4.4.3. FASE DE CIERRE El Proyecto no contempla fase de Cierre
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Emisiones de material particulado, los precursores de material particulado y los gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta. Parte, obra o acción que lo genera • Escarpes • Excavaciones • Compactación y nivelación • Carguío y volteo de tierras y áridos • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados • Combustión de vehículos • Combustión de maquinarias • Combustión por grupos electrógenos • Combustión de vehículos Tránsito de vehículos por caminos pavimentados. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Ruido y vibraciones Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de terrenos • Pavimentaciones • Obra gruesa viviendas • Terminaciones • Otras actividades Tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Generación de residuos sólidos Parte, obra o acción que lo genera • Instalación de faenas • Habilitación del terreno • Obra gruesa • Terminaciones • Obras exteriores • Generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios por la operación del proyecto habitacional. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Efluentes líquidos Parte, obra o acción que lo genera • Uso de sanitarios y duchas por parte de la mano de obra de construcción • Lavado de ruedas de camiones• Lavado de canoas de camiones mixer • Generación aguas servidas por la operación del proyecto habitacional Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.1 de ICE Conclusión: “En relación con los antecedentes expuestos en el análisis del artículo 5 del Reglamento de SEIA, los recursos naturales renovables no serán expuestos a contaminantes debido a emisiones y efluentes, tampoco debido a la generación, manejo y disposición de los residuos. Por lo anterior, el Proyecto no presenta riesgo de contaminación sobre el medio ambiente incluido suelo, agua y aire, que implique un riesgo a la salud de la población” Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Generación de residuos sólidos Componente ambiental afectado Suelo Parte, obra o acción que lo genera • Instalación de faenas • Habilitación del terreno • Obra gruesa • Terminaciones • Obras exteriores • Generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios por la operación del proyecto habitacional. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Generación de efluentes líquidos Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera • Uso de sanitarios y duchas por parte de la mano de obra de construcción • Lavado de ruedas de camiones • Lavado de canoas de camiones mixer. • Generación aguas servidas por la operación del proyecto habitacional Fase en que se presenta construcción y operación Impacto ambiental Generación de emisiones de material particulado, los precursores de material particulado y los gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta. Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Fase de Construcción: • Escarpe • Excavación • Compactación y Nivelación • Carguío y volteo de material • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados • Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados • Combustión de vehículos • Combustión de maquinaria fuera de ruta • Combustión de grupos electrógenos Fase de Operación: • Combustión de vehículos Tránsito de vehículos por caminos pavimentados Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.2 de ICE Conclusión: “En relación con los antecedentes expuestos en el análisis del artículo 6 del Reglamento de SEIA, los recursos naturales renovables no serán expuestos a contaminantes debido a emisiones, efluentes, o residuos, sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, y aire”
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Ruido y vibraciones Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de terrenos • Pavimentaciones • Obra gruesa viviendas • Terminaciones • Otras actividades Tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Aumento en los tiempos de desplazamiento y conectividad del grupo humano Parte, obra o acción que lo genera • Flujo vehicular en operación • Flujo en transporte público en operación Flujo de peatones en construcción y operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.3 de ICE Se descarta la existencia de impactos negativos significativos dentro del Área de Influencia del Proyecto en el sentido que se intervengan, usen o restrinja el acceso a recursos naturales que sirvan de sustento económico o para usos tradicionales de personas o grupos humanos. Desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, se puede tener presente que estos no verán afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados. El Proyecto no generará efectos sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Al no existir efectos sobre los distintos modos de transporte, es posible afirmar que la población proyectada podrá acceder sin problemas a los establecimientos de salud y educación del área de influencia, y en general a la totalidad de equipamiento de salud y educación que dispone la comuna de Puerto Montt. Se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia del Proyecto. El Proyecto no se encuentra en o cercano a tierras indígenas, ni cuenta con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que puedan verse afectados significativamente. Conclusión: “Sobre la base de los antecedentes presentados y del análisis realizado se concluye que el Proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No hay Parte, obra o acción que lo genera N/A Fase en que se presenta N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.4 de ICE El Proyecto no intercepta con sitios o áreas protegidas. Los sitios protegidos más próximos son el Humedal Urbano Mallinko Abtao Lawal, Humedal Urbano Rupallán y la Reserva de la Biósfera Bosques Templados lluviosos de los Andes, los cuales se encuentran a una distancia aproximada de 0,3, 1,6 y 6,6 kilómetros respectivamente. Las fases del Proyecto se ejecutarán dentro del área definida y no afectará a estos sitios. Conclusión: “Sobre la base del análisis, el área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, no se encuentra en o próximo a áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No hay Parte, obra o acción que lo genera N/A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase en que se presenta N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.5 de ICE El Proyecto no se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N°1.224. Por lo que, el Proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor turístico, y no se contrapone a lo que existe actualmente en su entorno. Además, no se encuentra cercano a elementos reconocidos como atractivos turísticos. No se reconocen atributos de especial valor paisajístico debido a que el proyecto se emplazará en una matriz urbana consolidada. Conclusión: “Sobre la base del análisis, el área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, se descarta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación de material arqueológico, histórico o del patrimonio cultural Parte, obra o acción que lo genera • Instalación de faenas • Habilitación del terreno Fase en que se presenta Fase de Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 6.6 de ICE Bajo los antecedentes presentados, el Proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación en forma permanente de Monumentos Nacionales. La revisión de antecedentes bibliográficos para el área del proyecto indica que no existen bienes patrimoniales y culturales protegidos por ley en el área directa del proyecto. Dentro del Área de Proyecto no se detectó la realización de ningún tipo de prácticas tradicionales o culturales por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo. Conclusión: “Sobre la base del análisis, el área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, se descarta la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE BASURAS Y DESPERDICIOS […] SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 140 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Contenedores y/o delimitación de sitios para el acopio temporal de residuos durante la fase de construcción Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Pronunciamiento SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos en Oficio Ord N° 4687 del 23 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
del órgano competente de febrero de 2026, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para el otorgamiento del PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9 de ICE
6.1.2. PERMISO PARA TODO SITIO DESTINADO AL ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 142 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, para la fase de construcción. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos peligrosos sea en un sitio que no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos en Oficio Ord N° 4687 del 23 de febrero de 2026, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para el otorgamiento del PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9 de ICE
6.1.3. PERMISO PARA EFECTUAR MODIFICACIONES DE CAUCE SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 156 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corresponde a una descarga al cauce de la solución de aguas lluvias del proyecto, además de la descarga al mismo Estero Chávez de una modificación de trazado que implica el abovedamiento del cauce interior. La tercera obra corresponde a un atravieso de Agua Potable (AP) bajo el Estero Chávez hasta el punto de factibilidad entregado por la sanitaria para la urbanización “Brisas de Puerto Montt” (Lote A1). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para efectuar modificaciones de cauce tiene como requisito para su otorgamiento el no afectar la vida o salud de los habitantes mediante la no contaminación de las aguas. Antecedentes adjuntos en Anexo 1 de Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ord. N° 2177 de fecha 14 de noviembre de 2025 de Dirección General de Aguas Región de Los Lagos Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9 de ICE
6.1.4. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corresponde a la regularización del borde derecho del Estero Chávez, además de una modificación de trazado que implica el abovedamiento del cauce interior hasta su descarga en el Estero Chávez. Condiciones o exigencias El inciso segundo del artículo 157 del Reglamento del SEIA, señala que el requisito ambiental para el otorgamiento del PAS consiste en “(...) no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no alteración significativa del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
específicas para su otorgamiento escurrimiento y de los procesos erosivos naturales del cauce y la no contaminación de las aguas”. Antecedentes adjuntos en Anexo 1 de Adenda Pronunciamiento del órgano competente Ord. N° 2177 de fecha 14 de noviembre de 2025 de Dirección General de Aguas Región de Los Lagos Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 9 de ICE
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 NORMA LEY N° 21.455 DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, LEY MARCO DE CAMBIO CLIMÁTICO Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto “Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” ingresado a evaluación ambiental por medio de la presente DIA, considera durante su fase de construcción y operación, la emisión de gases de efecto invernadero a causa de la operación de maquinaría y el transcurso de vehículos pesados, por lo cual, en base a lo establecido en la presente Ley N° 21.455, los proyectos o actividades que se sometan a evaluación de impacto ambiental de acuerdo a la ley, considerarán la variable de cambio climático en los componentes del medio ambiente que sean pertinentes, conforme lo disponga el reglamento respectivo.
Forma de cumplimiento El titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 3 letra h.1.3) del RSEIA. Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del presente proyecto al SEIA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del RSEIA. La DIA elaborada contiene la estimación y cálculo de emisiones contaminantes generadas durante las fases del proyecto, de modo que se puede contrastar si los valores obtenidos superan las normas de emisión de gases de efecto invernadero estipuladas por la presente ley y a su vez, en conformidad a las normas establecidas por otros instrumentos de gestión del cambio climático y de calidad del aire, incluidos los planes de prevención y descontaminación.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable.
Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad.
7.2 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.F.L. Nº 458/75 Y D.S. Nº 47/92, AMBOS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES (LGUC) Y ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES (OGUC). Componente/materia: Ordenamiento territorial Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El área del Proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt Forma de cumplimiento Según el Plan de Regulador Comunal de Puerto Montt, el terreno donde se emplazará el proyecto se encuentra ubicado en zona ZEUC- 2, zona CN, zona RI-2 y zona AV. Cabe mencionar, que la construcción de uso residencial y equipamiento se encuentra desplazada dentro del área ZEUC-2, correspondiente a Zona de Extensión Urbana Condicionada Residencial, la cual dentro de sus usos permite los mencionados. El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del permiso de edificación, cumpliendo con lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt. Una vez finalizada la fase de construcción, se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Indicador que acredita su cumplimiento Recepción definitiva de Obra otorgada por la Dirección de Obras Municipales Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo indicado en la RCA, permiso de edificación y recepción definitiva.
7.3 NORMA DECRETO EXENTO Nº9361, DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 2009, QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PUERTO MONTT. Componente/materia: Ordenamiento territorial Norma Decreto Exento Nº9361, de fecha 2 de octubre de 2009, que aprueba la Actualización al Plan Regulador Comunal de Puerto Montt. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación del Proyecto Relación con el proyecto o parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El área del Proyecto se encuentra dentro del límite urbano por lo que se rige por el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt. Forma de cumplimiento Según el Plan de Regulador Comunal de Puerto Montt, el terreno donde se emplazará el proyecto se encuentra ubicado en zona ZEUC- 2, zona CN, zona RI-2 y zona AV. Cabe mencionar, que la construcción de uso residencial y equipamiento se encuentra desplazada dentro del área ZEUC-2, correspondiente a Zona de Extensión Urbana Condicionada Residencial, la cual dentro de sus usos permite los mencionados. El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del permiso de edificación, cumpliendo con lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Puerto Montt.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Permisos Municipales Aprobados. Registro de Recepción de Obras
Forma de control y seguimiento Documentos aprobados por la DOM de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, correspondientes al permiso de edificación y Recepción de obras.
7.4 NORMA D.S. Nº 144/1961, DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA, ESTABLECE NORMAS PARA EVITAR EMANACIONES O CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS DE CUALQUIER NATURALEZA. Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción: las principales emisiones atmosféricas se encuentran asociadas a las siguientes actividades: • Escarpe. • Excavaciones. • Compactación • Nivelación • Movimientos de tierra (carga y descarga de tierra). • Circulación de vehículos por caminos pavimentados. • Circulación de vehículos por caminos no pavimentados. • Motores de vehículos y maquinaria de construcción. Por otra parte, se generarán gases propios de la combustión de maquinarias y equipos utilizados en las diversas actividades de esta fase.
Fase de operación: emisiones asociadas al tránsito y combustión de vehículos livianos.
Forma de cumplimiento Fase de construcción: El cálculo de la estimación de emisiones del Proyecto se realizó aplicando los factores de emisión y fórmulas propuestas por la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU. en el documento “AP-42 5th Edición”, complementando esta información con la indicada por SEREMI RM del Ministerio del Medio Ambiente en el documento “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios” (Enero, 2012) y “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Metropolitana” (Junio, 2020). Para mayor detalle, se adjunta en Anexo Nº 1 de la presente ADENDA Complementaria, la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Durante el desarrollo de las obras se implementarán medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del proyecto, y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso. Esto se realizará mediante: • Realizar cierre perimetral, el cual se elaborará en base a una malla raschel para el control de emisiones atmosféricos. • Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. • Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. • Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. • Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lonas o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Fase de operación: Los valores estimados de emisiones atmosféricas para esta fase, se mantendrán acotados y serán mínimos.
Forma de control y seguimiento Mantención del registro de humectaciones en obra para fiscalización por parte de la autoridad. Revisión de registros y mantenciones
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7.5 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 4/1994 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES APLICABLES A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS Y FIJA LOS PROCEDIMIENTOS PARA SU CONTROL Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Durante la fase de construcción, el transporte de los insumos, equipos y maquinaria de construcción se efectuará principalmente a través de camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. N° 1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito. Durante la fase de construcción se dispondrán de estacionamientos para maquinaria de construcción y vehículos menores. Cada uno de estos será señalizado conforme lo disponga el prevencionista de riesgos. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las fases del proyecto.
7.6 NORMA D.S. N°279/1983 APRUEBA REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LA EMISIÓN DE CONTAMINANTES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE COMBUSTIÓN INTERNA Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma D.S. N°279/1983 Aprueba Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.
Forma de cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento En la fase de construcción y operación del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados.
7.7 NORMA D.S. N°103 ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE HIDROCARBUROS NO METÁNICOS PARA VEHÍCULOS LIVIANOS Y MEDIANOS Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera Norma D.S. N°103 Establece Norma de Emisión de hidrocarburos no metánicos para vehículos livianos y medianos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento En la fase de construcción y operación del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados de combustión interna. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.
Forma de cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación
Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento En la fase de construcción y operación del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados
7.8 NORMA D.S. N° 55/1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS DE EMISIÓN APLICABLE A VEHÍCULOS MOTORIZADOS PESADOS, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera Norma D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento En la fase de construcción y operación del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
7.9 NORMA D.S. N° 54/1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS DE EMISIÓN APLICABLE A VEHÍCULOS MOTORIZADOS MEDIANOS. Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera Norma D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación
7.10 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 211/1991, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE EMISIONES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS. Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma D.S. Nº 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados durante la fase de construcción y operación del Proyecto Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación
7.11 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 47/1992, DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, ORDENANZA GENERAL DE LA LEY DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera Norma D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La construcción del Proyecto involucra movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena. Por lo anterior las disposiciones de este cuerpo reglamentario le son aplicables. Forma de cumplimiento Se implementarán las medidas de control de emisiones y de manejo ambiental que se describen a continuación. • Realizar cierre perimetral, el cual se elaborará en base a una malla raschel para el control de emisiones atmosféricos. • Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
• Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. • Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, al objeto de minimizar la emisión de material particulado. • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. • Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución en terreno de las medidas descritas. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de dichas medidas.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas para su revisión.
7.12 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 75/1987, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES, ESTABLECE CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE DE CARGA QUE INDICA. Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera Norma D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Se considerará el uso de vehículos el transporte de estructuras, equipos, materiales y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones.
Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas. Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida.
7.13 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 149/2007 ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE NO, HC Y CO PARA EL CONTROL DEL NOX DE VEHÍCULOS EN USO, DE ENCENDIDO POR CHISPA (CICLO OTTO), QUE CUMPLEN CON LAS NORMAS DE EMISIÓN ESTABLECIDAS EN EL D.S. N°211 DE 1991 Y D.S. N°54 DE 1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES. Componente/materia: Aire - emisiones a la atmósfera. Norma D.S. Nº 149/2007 Establece norma de Emisión de NO, HC y CO para el control del NOx de Vehículos en uso, de encendido por chispa (ciclo otto), que cumplen con las normas de emisión establecidas en el D.S. N°211 de 1991 y D.S. N°54 de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados N/A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Forma de cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
7.14 NORMA D.S. Nº 38/2011, DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, ESTABLECE NORMA DE RUIDOS GENERADOS POR FUENTES QUE INDICA, ELABORADA A PARTIR DE LA REVISIÓN DEL DECRETO N° 146, DE 1997, DEL MINISTERIO SECRETARÍA Componente/materia: Ruido Norma D.S. Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
Forma de cumplimiento En la fase de construcción, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
En la fase de operación, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Por tanto, se concluye que el ruido generado por el proyecto no superará los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones acústicas correspondan a aquellas que han sido estimadas. Ejecución y mantención de las medidas de control de ruido adoptadas. Mayor detalle en el Anexo N°10 de la ADENDA.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y fiscalización de las medidas de control de ruido por parte de la autoridad.
7.15 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.F.L. N° 725/1967, DEL MINISTERIO DE SALUD, MODIFICADO POR LA LEY N° 20.380, DE 2009, CÓDIGO Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.F.L. N° 725/1967, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario. Otros cuerpos legales asociados N/A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida de los predios.
Durante la fase de operación del conjunto habitacional se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de las viviendas, las cuales descargarán al alcantarillado público. No se generarán residuos industriales líquidos.
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara degrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública.
Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
7.16 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.F.L. Nº 725/1967 DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ESTABLECE EL CÓDIGO SANITARIO Y D.F.L. N° 1, DE 1990, DEL MINISTERIO DE SALUD, DETERMINA MATERIAS QUE REQUIEREN Ó Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos)
Norma D.F.L. Nº 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y D.F.L. N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa Otros cuerpos legales asociados N/A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se generarán residuos no peligrosos, entre los que están residuos de la construcción y los residuos sólidos domiciliarios provenientes principalmente del comedor y los baños. Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas y baños.
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción:
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Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en 2 contenedores de 1.100 L, teniendo la obra una capacidad máxima de 2.200 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior de los terrenos.
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Los residuos de la construcción Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos. Estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales serán gestionados por una empresa que se la encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.
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Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº6 de Plan de Contingencias y Emergencias de la presente ADENDA. Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Copia de la autorización sectorial que otorgue los PAS 140 y 142.
7.17 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 594/1999, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO. Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos)
Norma D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Solo los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42 del DS. N° 594/1999 es normativa de carácter ambiental aplicable a los proyectos y actividades que se someten al SEIA. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. Asimismo, se generarán residuos sólidos no peligrosos consistentes en madera, cartones, metales, etc. Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas y baños.
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción:
-
Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en 2 contenedores de 1.100 L, teniendo la obra una capacidad máxima de 2.200 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior de los terrenos.
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Los residuos de la construcción Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos. Estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
- Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº 6 de Plan de Contingencias y Emergencias de la presente ADENDA. Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
7.18 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 148/2003, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO SANITARIO DE RESIDUOS PELIGROSOS Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Norma D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, se generarán residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Forma de cumplimiento Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames. El titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto efectuará la declaración Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Se solicitará el PAS 142 para la autorización de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, establecido en el artículo 142 del Reglamento. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos.
7.19 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. N° 1/2013, DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, “REGLAMENTO DEL REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIAS DE CONTAMINANTES (RETC)” Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Norma D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos Forma de cumplimiento Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones.
7.20 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA R.E. N°359/2005 APRUEBA DOCUMENTO DE DECLARACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS, DEL MINISTERIO DE SALUD Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Norma R.E. N°359/2005 Aprueba documento de declaración de residuos peligrosos, del Ministerio de Salud Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales peligrosos. Forma de cumplimiento Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
7.21 NORMA R.E. N°499/2006 APRUEBA DOCUMENTO ELECTRÓNICO DE DECLARACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS, DEL MINISTERIO DE SALUD. Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Norma R.E. N°499/2006 Aprueba documento electrónico de declaración de residuos peligrosos, del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales peligrosos. Forma de cumplimiento Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones
7.22 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. N° 18/1993, DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, “REGLAMENTO PARA LAS EMPRESAS GENERADORAS DE CARGA QUE SE REFIERE EL INCISO 5º DEL ARTÍCULO 54 DEL Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Norma D.S. N° 18/1993, del Ministerio de Obras Públicas, “Reglamento para las empresas generadoras de carga que se refiere el inciso 5º del Artículo 54 del Decreto M.O.P. Nº 294, de 1984, modificado por la Ley 19.171.” Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos Forma de cumplimiento “Empresa Generadora de Carga es aquella que anualmente produce 60.000 toneladas o más en cada lugar de embarque o de recepción” En las tablas siguientes se presenta más detalles sobre los materiales que ingresan y egresan de los predios, con el fin de evaluar si califican en la categoría de “Empresa Generadora de Carga”.
Material que ingresará a los predios (ton).
Material que egresará a los predios (ton).
Debido a lo presentado en las tablas anteriores, se indica que el titular no se encuentra dentro de la categoría de Empresas Generadoras de Carga, por lo que cumplirá con lo establecido en D.S. 18/93 del MOP. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones
7.23 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 160/2008, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN, REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LAS INSTALACIONES Y OPERACIONES DE PRODUCCIÓN, Ó Ó Componente/materia: Combustibles y sustancias peligrosas Norma D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, los combustibles y lubricantes requeridos en faena, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los lugares de faena. Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Forma de cumplimiento Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados en los poblados cercanos, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. Los estanques de combustibles requeridos para la operación del Proyecto cumplirán con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento será previamente informado a la SEC.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad.
Forma de control y seguimiento Copia física de los certificados de los estanques de combustibles provistos por instalador autorizado por la SEC y copia física de los registros indicados.
7.24 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 43/2015, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE ALMACENAMIENTO Componente/materia: Combustibles y sustancias peligrosas. Norma D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se requerirán sustancias peligrosas de clasificación inflamable (adhesivos y pinturas). Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas se almacenarán en los lugares especiales de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad, según lo establecido en la NCh 382 Of. 2013, o la que la reemplace (artículo 8°) y estarán contenidas en envases, debidamente etiquetadas según lo estipulado en el Título XII, excepto las que se almacenen a granel (artículo 9°). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa. Adicionalmente, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas.
7.25 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA LEY Nº 17.288, DE 1970, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, LEGISLA SOBRE MONUMENTOS NACIONALES; MODIFICA LAS LEYES 16.617 Y 16.719; DEROGA EL DECRETO LEY 651, DE 17 DE Componente/materia: Patrimonio Cultural y Paisaje Norma Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas y el artículo 23 del D.S. N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
7.26 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. N° 484/1990 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 17.288, SOBRE MONUMENTOS NACIONALES SOBRE EXCAVACIONES Y/O PROSPECCIONES Ó Ó Ó Componente/materia: Patrimonio Cultural y Paisaje Norma D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras.
Forma de cumplimiento En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
Indicador que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.
Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
7.27 NORMA D.F.L. Nº 850, DE 1997, DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 15.840, DE 1964 Y DEL D.F.L. Nº 206, DE 1960, SOBRE CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE CAMINOS Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos
7.28 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA RESOLUCIÓN N° 1, DE 1995, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, ESTABLECE DIMENSIONES MÁXIMAS A Í Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma Resolución N° 1, de 1995, Ministerio de Obras Públicas, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Forma de cumplimiento Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consistirá en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos.
Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas
7.29 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.D.S. N°30/2017 DEL MINTRATEL, REGLAMENTO SOBRE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AL SISTEMA DE MOVILIDAD LOCAL DERIVADOS DE PROYECTOS DE CRECIMIENTO URBANO Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°30/2017 del MINTRATEL, Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de Crecimiento Urbano Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°458 Ley General de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Flujos vehiculares inducidos por el proyecto en cualquiera de sus fases Forma de cumplimiento El proyecto tiene un IMIV en aprobado con N° de resolución 1518/2025, por el cual cumple con la normativa expuesta. Dicho estudio presenta los antecedentes y resultados de los impactos al sistema vial urbano que el proyecto genera en la zona en la cual se presentará.
Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental. Resolución de Aprobación del IMIV con N° de resolución 1518/2025. Medidas al momento de la recepción definitiva
Forma de control y seguimiento Registro de Permisos Municipales. Ejecución de medidas al momento de la recepción definitiva.
7.30 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA D.S. Nº 160/2008, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN, REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LAS INSTALACIONES Y OPERACIONES DE PRODUCCIÓN, Ó Ó Componente/materia: Combustibles y Sustancias Peligrosas Norma D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción, los combustibles y lubricantes requeridos en faena, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los lugares de faena. Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Forma de cumplimiento Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados en los poblados cercanos, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. Los estanques de combustibles requeridos para la operación del Proyecto cumplirán con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento será previamente informado a la SEC.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad.
Forma de control y seguimiento Copia física de los certificados de los estanques de combustibles provistos por instalador autorizado por la SEC y copia física de los registros indicados
7.31 NORMA D.S. Nº 43/2015, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Componente/materia: Combustibles y Sustancias Peligrosas Norma D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Durante la fase de construcción se requerirán sustancias peligrosas de clasificación inflamable (adhesivos y pinturas). Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas se almacenarán en los lugares especiales de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad, según lo establecido en la NCh 382 Of. 2013, o la que la reemplace (artículo 8°) y estarán contenidas en envases, debidamente etiquetadas según lo estipulado en el Título XII, excepto las que se almacenen a granel (artículo 9°). Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa. Adicionalmente, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
7.32 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA DECRETO 430/1992 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 18.892, DE 1989 Y SUS MODIFICACIONES, LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. Norma DECRETO 430/1992 fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Otros cuerpos legales asociados N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. Cercano al proyecto se encuentra el Río Arenas, donde se emplazará obras menores para la descarga organizada de aguas lluvias y para el redireccionamiento del cauce interior.
Forma de cumplimiento A modo de cumplir lo establecido en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, el proyecto considera como parte del diseño del sistema de Aguas Lluvias la recolección de las aguas precipitadas en la urbanización a través de sumideros con rejilla y con cámara decantadora, con el fin de retener cualquier sólido en suspensión acarreado por las aguas pluviales. Adicionalmente, como parte de la tramitación del PAS 156, se establecen monitoreos de calidad de aguas al río, tanto aguas arriba como aguas debajo de las obras. Se realizará un monitoreo inicial, previo a la construcción de las obras en los cauces a fin de establecer una condición basal y posteriormente se elaborará cada 30 días y al final de la construcción un informe, los cuales serán remitidos a la autoridad el quinto día hábil posterior a haber recibido los resultados de los monitoreos respectivos. El análisis estará a cargo de un laboratorio autorizado por la autoridad pertinente, el cual evaluará las muestras en base a todos los parámetros químicos y bacteriológicos establecidos en el D.S. N° 1.333/1978, relativos a requisitos de calidad de agua.
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la factibilidad de conexión por parte de la Dirección de Obras Hidráulicas como parte de la tramitación Sectorial del PAS 156 correspondiente y resultados de los informes de monitoreo de calidad de las aguas.
Forma de control y seguimiento Remisión de los informes de monitoreo de calidad de las aguas a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 5 días después de la entrega de resultados
7.33 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.NORMA DECRETO CON FUERZA DE LEY N°1.122/1981 MINISTERIO DE JUSTICIA CÓDIGO DE AGUAS ARTÍCULO 294 Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1.122/1981 Ministerio de Justicia Código de Aguas Artículo 294 Otros cuerpos legales asociados D.S. N°50/2015 MOP, D.S. N°40/2012 MMA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Forma de cumplimiento Proyecto incluye la presentación de antecedentes técnicos y formales de los PAS 156 y 157 Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental Resolución de aprobación del Proyecto emitida por la Dirección General de Aguas. Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas de los permisos otorgados mediante la RCA, así como de la tramitación sectorial ante la DGA, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
disponible en todo momento para la fiscalización de la autoridad competente.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO MEDIDAS DE CONTROL Y/O ACCIONES PREVENTIVAS DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS Impacto asociado Generación de emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar las emisiones atmosféricas generadas en la fase de construcción del proyecto.
Descripción: Implementar acciones que se relacionen con el desarrollo de actividades al interior de las instalaciones de faena, para controlar las emisiones de material particulado y gases de combustión.
Justificación La implementación de acciones permitirán controlar las emisiones de material particulado y gases de combustión debido al movimiento de maquinarias al interior de las instalaciones de faena. Lugar, forma y oportunidad de implementación. Lugar: Instalaciones de Faenas. Forma: Habilitación de infraestructura que permita la segregación y recolección de residuos sólidos no peligrosos en fase de operación del proyecto como infraestructura complementaria al sistema de extracción de basura proyectado de tal forma que permita fomentar el reciclaje a los futuros propietarios del proyecto
Medidas: • Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por malla raschel. • Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta por lonas o plásticos impermeables, sujetos a la carrocería, con el fin de evitar que caiga tierra desde los camiones y reducir las emisiones de polvo por resuspensión. • Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. • Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. • Los escombros se retirarán con frecuencia semanal o cuando sea necesario, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeable para evitar polvo en suspensión.
Oportunidad: La implementación se llevará a cabo durante la construcción del Proyecto la cual deberá estar terminada antes de su recepción final por parte de la Municipalidad
Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de la infraestructura implementada • Ficha técnica de los vehículos y maquinaria utilizada para el transporte de materiales, los cuales estarán disponibles en oficinas de cada una de las instalaciones de faena, junto con el registro de patentes de dichos vehículos.
Forma de control y seguimiento • Inspecciones periódicas en las instalaciones de faenas donde operen los vehículos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
•Registro en portería de cada lugar de faena de las patentes de los vehículos que ingresan diariamente a las instalaciones de faena, y los registros de las certificaciones que cumple cada vehículo. • Informe semestral de cumplimiento de las medidas durante la fase de construcción que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente
8.2 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO MONITOREO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un programa de monitoreo de aguas subterráneas durante la fase de construcción, con el fin de verificar que las actividades del proyecto no generen alteraciones en la calidad del recurso hídrico subterráneo
Descripción: Se implementará un punto de monitoreo de aguas subterráneas ubicado al interior del proyecto, en el área verde proyectada, donde se realizarán muestreos semestrales durante los dos primeros años de la fase de construcción y un muestreo por año para el resto de la fase de construcción. Las muestras serán analizadas para los siguientes parámetros: pH, Temperatura, Potencial Redox.
Conductividad eléctrica, Sólidos disueltos totales, Aluminio, Manganeso y Hierro.
Justificación Este compromiso ambiental voluntario se propone como una medida preventiva de control y verificación, destinada a garantizar que las obras de excavación, fundaciones y movimientos de tierra asociados a la construcción no afecten la calidad ni las propiedades fisicoquímicas del agua subterránea en el área del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Punto de monitoreo emplazado en el área verde del proyecto, en una zona representativa de las condiciones naturales del subsuelo. En anexo N°4 de la Adenda Complementaria se presenta un archivo KMZ con el punto de muestreo.
Forma: Instalación de un pozo de observación tipo piezómetro o uso de un punto de monitoreo existente
Medidas: Realización de campañas de muestreo en la frecuencia indicada y análisis de laboratorio acreditado para los parámetros definidos. En caso de detectarse desviaciones respecto a los valores de referencia, se informará a la Autoridad competente y se adoptarán las medidas respectivas.
Oportunidad: Desde el inicio de las obras de construcción y hasta el término de dicha fase.
Indicador que acredite su cumplimiento Existencia de informes técnicos de monitoreo de aguas subterráneas con resultados analíticos de los parámetros definidos, frecuencia de muestreo cumplida y análisis estadístico de tendencias respecto de los valores de referencia. Los resultados serán mantenidos en la obra a libre disposición de la comunidad, para su revisión y observación cuando lo estimen pertinente.
Forma de control y seguimiento Elaboración de informes semestrales o anuales (según etapa), los cuales serán enviados a la Autoridad respectiva. Los informes estarán físicamente disponibles en las dependencias de la obra, de modo que vecinos y partes interesadas puedan acceder a los resultados. Se mantendrá una bitácora con el registro de los monitoreos, incluyendo fechas de muestreo, responsables y observaciones relevantes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
8.3 COMPROMISO AMBIENTAL VOLUNTARIO CHARLAS DE INDUCCIÓN ARQUEOLOGÍA Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas de inducción a los trabajadores del proyecto, impartidas al momento de su ingreso en obra, a modo de asegurar la correcta gestión y manejo de material arqueológico en caso de un eventual hallazgo.
Descripción: El titular se compromete a realizar charlas de inducción a los trabajadores del proyecto por parte de un/a Arqueólogo/a o licenciado/a en Arqueología al inicio de la faena de construcción, durante la fase de excavación establecidos en el cronograma. En las charlas mencionadas se incluirán contenidos respecto al componente arqueológico, así como de los procedimientos a seguir en caso de realizarse algún hallazgo.
Justificación: Las charlas de inducción arqueológica se requieren para que los trabajadores tengan en conocimiento el procedimiento a seguir en caso de un eventual hallazgo durante actividades que impliquen remoción de tierra.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En cada frente de trabajo, durante la actividad de excavación del proyecto.
Forma: Las charlas de inducción serán realizadas antes del inicio de cada etapa de la fase de construcción, en las obras de excavación del terreno.
Oportunidad: La implementación se llevará a cabo durante la fase de construcción del proyecto, de forma previa al inicio de la actividad de escarpe y excavación de cada etapa.
Indicador que acredite su cumplimiento Se remitirá a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el ingreso de los trabajadores a la obra, el o los informes de las charlas de inducción, elaborados por el/la arqueólogo/a a cargo, los cuales contendrán, a lo menos, la siguiente información:
i. Nombre y firma del/de la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. ii. Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. iii. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. iv. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por las/los asistentes. v. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente. En caso de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Forma de control y seguimiento Presencia en obra del informe de registro de seguimiento arqueológico descrito y emisión de este a la SMA
- Plan de Seguimiento de las Variables Ambientales.
9.1 PLAN DE COMUNICACIÓN CON LA COMUNIDAD Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Ejecutar un Plan de Comunicación que establezca vías y mecanismos fluidos de comunicación entre la comunidad y la obra de construcción del Proyecto.
Descripción: Este plan considera tener un letrero instalado en el exterior del emplazamiento de las obras, los cuales van a contener información sobre el Proyecto, como la duración de su fase de construcción, contacto para acudir al titular. También se entregará información respecto a la generación de ruidos molestos, fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas, mediante un letrero informativo. Se designará a un encargado y un medio de comunicación expedito (correo electrónico, teléfono) con la comunidad a fin de solucionar rápidamente las contingencias que se presenten. El letrero informará a los vecinos sobre: • Datos del proyecto. • Duración fase de construcción. • Datos de contacto. • Fuentes emisoras de ruido. • Medidas de control. • Plazos de la obra. • Horarios de faenas ruidosas. • información de contacto para comunicación. Además del letrero informativo, se implementarán dos vías de comunicación con el Titular del proyecto. - Como complemento, estará a disposición una línea telefónica exclusiva y un correo electrónico exclusivo, con el objetivo de facilitar a los vecinos la comunicación con los encargados del proyecto. El número de teléfono y el correo electrónico se encontrará publicado en el letrero informativo ubicado en el acceso de la obra. Además, se realizarán capacitaciones semestralmente al personal en relación de la convivencia con los vecinos y ciudadanos entorno a la obra, así también promover el respeto por la comunidad.
Justificación: El Plan de Difusión es una herramienta necesaria para identificar y dar respuestas oportunas a las inquietudes de los habitantes del área de influencia respecto al desarrollo de la obra de construcción del Proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El letrero informativo estará instalado en un lugar visible en el acceso a la obra. La gestión de solicitudes de información por vía telefónica y electrónica se realizará desde los lugares físicos que el Titular disponga.
Forma: Todas las sugerencias, consultas y reclamos recibidos a través de los canales establecidos, serán registrados digitalmente en una planilla la cual indicará la fecha, hora, tipo de requerimiento y su detalle, identificación del usuario y sus datos de contacto.
Oportunidad: Se implementará desde la etapa temprana de la fase de construcción, una vez efectuado el cierre perimetral y se mantendrá durante la totalidad de la fase de construcción.
Indicador que acredite • Instalación de letrero informativo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
su cumplimiento • Registro fotográfico y hoja de asistencia mediante firmas de participantes en las capacitaciones. • Porcentaje de respuesta a solicitudes de información, reclamos o sugerencias. Planilla tabulada • Registro fotográfico del letrero informativo con toda la información referida. • Registro de la planilla digital de las sugerencias, consultas y reclamos recibidos, con la información personal y de contacto de la persona que efectuó la observación hacia el proyecto
Forma de control y seguimiento La forma de control será subir los registros fotográficos, hoja de asistencia de charlas de capacitación y planilla de porcentaje de respuesta de solicitudes de información, reclamos o sugerencias. Los resultados serán comunicados mediante una presentación sintética y tabulada, de forma semestral al SMA, oficina regional del SMA de la Región de los Lagos.
9.2 PLAN DE SEGUIMIENTO DE MONITOREO DE RUIDO EN FASE CONSTRUCCIÓN Impacto asociado Contaminación acústica. Componente ambiental Medio humano y fauna (Receptores cercanos al proyecto) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Ubicación puntos/zonas de medición y control Lugar: Sitios de los receptores identificados como críticos, cuyas coordenadas UTM (WGS84, Huso 18 S) se indican en la siguiente tabla:
• Receptores humanos.
• Receptores Fauna
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Los receptores internos a controlar serán aquellos que se encuentren más cercanos a las obras en ejecución al momento de la medición
Forma: Medición conforme a los procedimientos descritos en el D:S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente
Parámetros por monitorear Nivel de presión sonora corregido (NPC) Límites permitidos • Receptores Humanos
• Receptores Fauna
Duración y Frecuencia De seguimiento Se realizarán monitoreos de ruido de manera semestral durante la fase de construcción. Método de medición Medición de Nivel de presión sonora corregido (NPC) Plazo o Frecuencia de informe Los resultados serán comunicados mediante una presentación sintética y tabulada, incluyéndose su evaluación e interpretación 10 días luego del muestreo al SMA, oficina regional del SMA de la Región de Los Lagos.
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9.3 PLAN DE SEGUIMIENTO DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DURANTE LA FASE CONSTRUCCIÓN Impacto asociado Contaminación de aguas Componente ambiental Calidad de aguas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Ubicación puntos/zonas de medición y control Lugar: i. Coordenadas puntos de muestreo
Figura: Ubicación de puntos a considerar para el muestreo
ii. Durante la fase de construcción, se contempla una segunda etapa de muestreos, considerando para cada una de ellas los puntos indicados en la tabla y figura anterior, las coordenadas se encuentran referidas al sistema WGS84 Huso 18S.
iii. Las frecuencias de monitoreo que serán durante la ejecución del proyecto y se realizarán una vez cada dos meses mientras duren las obras asociadas a la solución de aguas lluvias del proyecto y la modificación de cauce
Parámetros por monitorear Parámetros a considerar para el análisis.
Duración y Frecuencia De seguimiento Se realizarán monitoreos de agua de manera semestral durante la fase de construcción. Método de medición - Los resultados de cada monitoreo deberán ser remitidos en un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). - En caso de que al momento de requerir el muestreo no se pueda observar Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
escurrimiento o caudal en el cauce, se deberá justificar la ausencia de la toma de muestras mediante un registro fotográfico fechado y georreferenciado del punto con la fecha correspondiente. - Se realizará un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de las obras. El citado catastro formará parte del informe que será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. - Se elaborará un informe luego de cada período de muestreo y al final de la construcción de las obras en el cauce, durante el mes siguiente de recepcionados los informes de laboratorio, los cuales serán remitidos a la SMA al quinto día hábil de haber obtenido los resultados del monitoreo y se elaborará en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica a continuación:
Plazo o Frecuencia de informe El informe dará cumplimiento a lo establecido en la Resolución Exenta N° 894, de 24 de junio de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1 ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. RIESGO DERRAME DE SUSTANCIAS Y RESIDUOS PELIGROSOS A SUELOS O CUERPOS DE AGUA Riesgo o contingencia Derrame de sustancias y residuos peligrosos aplicado a la bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Identificar las sustancias peligrosas con sus respectivas hojas de datos de seguridad. • Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias. • Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos. • Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames. • Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos. • Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
• Implementar planes de contención y reparación del suelo contaminado por derrame de sustancias, el cual constará en la remoción completa del material afectado, para luego ser restituido con material de características similares en base a la condición basal del suelo existente. • Mantención óptima de los sistemas de derrame, asegurando el retiro de aquellos residuos derramados y captados por el sistema de contención de derrames. • Revisión de la capa de impermeabilización implementada y verificar su estado óptimo, y en caso de deterioro o rotura proceder con el cambio. • Vigilar de manera permanente los recipientes contenedores de basura tipo domiciliaria y peligrosa, con la finalidad de verificarlos y en caso de deterioro proceder al recambio.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Para tales efectos se establecerá la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente quedará en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, la cual contendrá los siguientes documentos, con el fin de poder transparentar la información y el avance de las medidas a implementar para prevenir la contingencia: • Registro fotográfico de la bodega de residuos peligrosos que contenga las condiciones estipuladas por las acciones a implementar. • Copia de las fichas de seguridad de las sustancias almacenadas. • Registro fotográfico de los equipos de extinción portátiles con accesos despejados y libres de obstáculos. • Registro fotográfico de las jornadas de capacitación al personal. • Registro de los retiros de los RESPEL por parte de transportistas autorizados para tales efectos.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa, deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez dará aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Encargado de Calidad especificando el sector o lugar donde ha ocurrido. • Revise la Hoja de Seguridad (HDS) del producto derramado y verifique las medidas de control especificada tanto para el personal como para el ambiente. El Administrador de la Obra, autorizará una intervención una vez cumplidos los requisitos de resguardo y protección indicados en HDS. El material neutralizado, según las especificaciones mencionadas en la HDS correspondiente, se recogerá del lugar para disposición final en vertedero autorizado. • No intentar acercarse al lugar. Procurar aislar el sector con cinta de peligro. Se requiere la participación de personal especializado. • Deberá quitarse inmediatamente la ropa contaminada y lavarse la piel con agua. • Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, deberá colocarse los EPP adecuados al riesgo de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos deberá alejarse de la zona de derrame. • No se deberá limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa. • Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable). • Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
• Detener la fuga o el derrame lo antes posible, regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga, o colocando en el lugar un recipiente para recuperar el producto. • Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame. • De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deberán ser almacenados en contenedores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos. • Los residuos recuperados y almacenados serán dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un registro de la disposición final en obra. Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se deberá informar de forma inmediata a carabineros y bomberos. • Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural. • Se deberá evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame. • En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deberán tomar las siguientes acciones: I. El material de contención deberá ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso, e identificando claramente el residuo que contiene. II. Todo el equipo de contención, limpieza y de protección personal deberá ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, deberá desecharse como residuo peligroso.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneo y/o superficiales, se deberá informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a SERNAPESCA de la región, antes de transcurrido 24 horas del suceso, señalando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, implementar un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, incluyendo metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes). Teléfono de contacto DGA: 02- 4494000.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda.
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10.2 RIESGO INCENDIO Riesgo o contingencia Incendio en instalación de faenas o en la ejecución de las obras. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles. • Almacenamiento de químicos a granel. • Acumulación de materiales de desecho combustibles. • Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural). • Cableado y equipos eléctricos. • Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza. • Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente. • Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo. • Mantener los equipos de extinción portátil operativos. • Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura de la casa o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. • El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger, para mayor detalle ver artículo 46° del D.S. 594/99. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. • Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. • Los extintores ubicados a la intemperie se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. • Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº 6 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). • Conserve la calma. Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deberán, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. En forma paralela se debe llamar a Bomberos. • Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay. • No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende. • Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen. • Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas.
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº 6 de la Adenda.
¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. 10.3 RIESGO DERRUMBES Riesgo o contingencia Derrumbes Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Demolición Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada. • Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga. • Delimitar el área de trabajo. • Emplear elementos de protección personal.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº 6 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Encargado de Calidad de la Obra deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Profesional de obra Responsabilidades.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. • El Encargado Medioambiental deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Constructor de la Obra y al encargado de Prevención de Riesgos.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo Nº 6 de la Adenda.
10.4 RIESGO AFLORAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Riesgo o contingencia Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Establecer y delimitar la profundidad de la capa freática con señaléticas en la obra. • Informar al equipo de trabajo de las condiciones del terreno. • Trabajos de excavación supervisados para el detenimiento inmediato en caso de afloramiento de aguas. • Capacitación al personal de trabajo relativo a acuíferos y cuerpos de agua subterráneos. • Precaución en los procesos de extracción de material, siempre respetando la profundidad límite de perforación.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Para tales efectos se establecerá la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente quedará en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, la cual contendrá los siguientes documentos, con el fin de poder transparentar la información y el avance de las medidas a implementar para prevenir la contingencia: • Registro del informe de la mecánica de suelos realizada en el sitio de estudio. • Registro de los informes de mecánica de suelos de proyectos cercanos al sitio de estudio. • Registro fotográfico de las medidas a implementar en terreno.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Detener las actividades en el frente de trabajo. • Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. • En caso de que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). • Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración. • Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. • Ante la eventualidad se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas de la Región de Los Lagos, en un plazo menor a 24 h, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea, en conjunto se seguirá el protocolo dispuesto por la Dirección General de Aguas ante una emergencia de este tipo. Teléfono de contacto DGA: (65) 2382232.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
10.5 RIESGO DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Y/O RESIDUOS EN ÁREA DE INFLUENCIA/ FASE DE CONSTRUCCIÓN Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas y/o residuos en área de influencia asociados al transporte de estos.
Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de influencia asociado a los caminos públicos por donde transitan vehículos de sustancias peligrosas y/o residuos.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • La persona a cargo del transporte debe poseer la licencia adecuada junto con la capacitación en manejo y manipulación de aquellas sustancias, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de derrames. • Se debe proveer a los conductores de sistemas de comunicaciones portátiles para alertar a las autoridades competentes en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
generarse algún volcamiento o derrame, por lo que también debe contar con un listado actualizado de los organismos públicos y personas a las que deberá dar aviso inmediato, considerando al menos la comunicación con la Autoridad Sanitaria competente, Bomberos, Carabineros y la Oficina Regional de Emergencia. • Debe contar con las respectivas Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas que traslada, que contengan las características de las sustancias, riesgos y procedimientos de emergencia, entre otros.
Forma de control y seguimiento El titular se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL y el D.S. N° 298 del 1994 MINTRATEL. Adicionalmente se debe corroborar la posesión de un kit antiderrames al interior de los vehículos de transporte autorizados.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • El conductor debe dar aviso inmediato a las autoridades competentes como para atender la emergencia. Además, debe controlar y contener la situación por la cual se está generando la emergencia, ya sea sellando o taponeando la zona del derrame o conteniendo el derrame con la construcción de diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, de modo que no llegue a las alcantarillas. • El área afectada debe ser aislada, señalizada y acordonada para que sólo ingrese personal autorizado y evitar que la gente haga contacto directo con la(s) sustancia (s) derramada(s) • El material derramado o vertido, deberá disponerse en tambores apropiados de residuos peligrosos para transportarlo a un lugar autorizado para la disposición final de tales sustancias.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: • Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Se deberá dar aviso al MINSAL de la Región de Los Lagos para asegurar la trazabilidad de un posible evento.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda.
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¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. 10.6 RIESGO DE CONTAMINACIÓN AL RECURSO HÍDRICO Riesgo o contingencia Riesgo de contaminación al recurso hídrico superficial y subterráneo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Construcción del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se mantendrán todas las zonas despejadas y limpias. • Los elementos que contengan productos que puedan derramarse se ubicarán en zonas impermeabilizadas para evitar el contacto directo con el suelo en caso de derrame. • Se capacitará al personal respecto a la forma de proceder ante un derrame.
Forma de control y seguimiento Limpieza periódica en los frentes de trabajo y verificación de que los productos que puedan derramarse se encuentren en la bodega o en zonas impermeabilizadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de derrames, se procederá a contener el elemento derramado con material absorbente. • Una vez contenido, se eliminará el material absorbente como residuo asimilable a peligroso o domiciliario según corresponda. • Se limpiará la zona de derrame, la cual puede ser manual o de manera mecánica dependiendo de la envergadura del derrame. • Se establecerán monitoreos sobre la calidad de las aguas a modo de establecer la efectividad de la medida, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la SMA cuando suceda en un plazo máximo de 24 horas, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°6 Adenda
10.7 RIESGO INCENDIO FORESTAL Riesgo o contingencia Ocurrencia de incendio forestal
Fase del proyecto a la que aplica Fases de construcción, operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas circundantes al proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se capacitará y entrenará al personal en labores de amago de incendio e incendio forestal. • Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. • Se prohibirá el uso de cigarrillos al interior de la IF y de cualquier área del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores de la obra. • En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada El cambio climático intensifica las sequías y olas de calor, lo que aumenta la frecuencia y severidad de incendios forestales, así como su posible propagación hacia o desde áreas vegetadas cercanas al proyecto.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Llamar a los números de emergencia informados. • Evacuar las zonas cercanas a la emergencia. • Se suspenden las actividades en general. • Se suspende el suministro de energía. • Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el proyecto. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que la emergencia haya cesado.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El prevencionista de riesgo o encargado de turno generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante incendios forestales.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
10.8 RIESGO POR ACCIDENTE Y/O ATROPELLO DE FAUNA SILVESTRE Riesgo o contingencia Accidentes y/o atropello de fauna silvestre.
Fase del proyecto a la que aplica Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Rutas externas del proyecto, principalmente en las vialidades que permiten el acceso y egreso a la obra.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • En los ingresos y egresos de la obra se establecerá la implementación de señalética, demarcación de seguridad espejo convexo y un banderero. • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. • Se implementará una charla a los operarios al inicio de la fase de construcción respecto a las posibles especies que potencialmente se podrían presentar en el emplazamiento del proyecto, enfatizando respecto a la atención en la conducción y las buenas prácticas viales. • Se contará con un procedimiento ante una emergencia que estipule el oportuno aviso a las autoridades correspondientes (SMA y SAG).
Forma de control y seguimiento • Registro de permisos y de aviso a las autoridades en caso de que aplique. • Registro de revisión técnica al día de los vehículos. • Registro de charla informativa sobre buenas prácticas viales y caracterización de fauna presente en el emplazamiento.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de haber un animal herido, y que este se encuentre imposibilitado de moverse por sí solo, el Titular se responsabilizará de trasladar al animal a un centro de rescate de fauna más cercano que se encuentre autorizado por el SAG, e informar posteriormente las acciones realizadas con sus resultados. Adicionalmente se deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgo y/o Encargado de Medio Ambiente, el cual dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) con copia al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgo y/o Encargado de Medio Ambiente de la obra, el cual dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) con copia al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Adicionalmente se deberá informar posteriormente las acciones realizadas sobre la gestión y manejo del animal herido, explicitando sus resultados.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
10.9 RIESGO POR EVENTOS DE OLAS DE CALOR >25°C. Riesgo o contingencia Eventos de olas de calor >25°C.
Fase del proyecto a la que aplica Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a toda el área general del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Charlas y/o talleres sobre acciones para enfrentar un evento de calor. • Reducir actividad física. • Utilizar ropa de trabajo de tejidos naturales, ligera y holgada. • Utilización de protector solar. • Permanecer en espacios ventilados o acondicionados. • Hidratación adecuada.
Forma de control y seguimiento • Registro de asistencia a la charla y/o taller. • Registro y reposición de ropa de trabajo y protector solar. • Mantención de sistemas de ventilación
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Alteración de las condiciones normales de los ecosistemas y salud de la población, provocando estrés térmico, pérdida de biodiversidad, sequías e incendios forestales. En las personas, propician enfermedades respiratorias y cardiovasculares, los golpes de calor y la mortalidad, especialmente en grupos vulnerables. Estos impactos incrementan la vulnerabilidad y exposición tanto de los ecosistemas como de las comunidades humanas.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Distribución de recursos esenciales (agua) para los trabajadores. • Reprogramación de actividades al aire libre para horarios más frescos • Implementar sistemas de predicción meteorológica y alertas tempranas para que los trabajadores puedan tomar medidas preventivas. • En caso de complicaciones en la salud de trabajadores, contactar y trasladar a SAPU Angelmó • Aumento de vegetación y áreas verdes para proporcionar sombra y reduzcan la temperatura del ambiente
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
10.10 Riesgo INCENDIO/ FASE DE OPERACIÓN Riesgo o contingencia Incendio
Fase del proyecto a la que aplica Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente. • Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo. • Mantener los equipos de extinción portátil operativos. • Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura de la casa o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. • El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger, para mayor detalle ver artículo 46° del D.S. 594/99. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. • Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. • Los extintores ubicados a la intemperie se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. • Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan.
Forma de control y seguimiento N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). • Conserve la calma. Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deberán, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. En forma paralela se debe llamar a Bomberos. • Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay. • No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende. • Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen. • Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
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¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.10.11 RIESGO SISMO/ FASE DE OPERACIÓN Riesgo o contingencia Sismo
Fase del proyecto a la que aplica Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Recuerde que el edificio se diseñó a prueba de terremotos. • Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua. • Informarse sobre el Plan de Emergencia. • Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía.
Forma de control y seguimiento N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Recuerde que el edificio se diseñó a prueba de terremotos. • Mantenga la calma y trasmítasela a los demás ocupantes. • Ayudar a menores, ancianos y discapacitados a desplazarse a un lugar seguro. • Si fuera necesario evacuar se avisará oportunamente. • Aléjese de ventanas y elementos colgantes. • Aléjese de lugares donde existan objetos en altura, que pudieran caer. • Si alguna persona se encuentra en otra zona, quedará sujeto a las instrucciones del Líder de Zona en que se encuentra. • Apague equipos eléctricos y artefactos a gas. Aléjese de cables cortados ya que pueden estar energizados. • Si ha habido derrumbes y hay personas lesionadas, pida la presencia de personas que puedan prestar primeros auxilios y para que sean trasladados para su Atención Médica. • Espere la autorización por parte del personal de servicio y/o la administración para volver a utilizarlo normalmente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
10.12 RIESGO FUGA DE GAS/ FASE DE OPERACIÓN Riesgo o contingencia Fuga de Gas Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de gas de las viviendas Forma de control y seguimiento N/A Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • No encienda ni apague ninguna luz o equipo eléctrico, la chispa del interruptor o rotor del motor podría encender los gases acumulados. • Ventile inmediatamente el lugar, abriendo puertas y ventanas. • El personal del edificio deberá cortar el suministro de gas, si es necesario. • Nunca busque fugas utilizando encendedores o fósforos. • De ser necesario, inicie la Evacuación del edificio. • Llame a la empresa de gas abastecedora del edificio Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
10.13 RIESGO FUGA DE AGUA O INUNDACIÓN/ FASE DE OPERACIÓN Riesgo o contingencia Fuga de agua o inundación Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de agua de las viviendas. Forma de control y seguimiento N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cortar el suministro de agua y eléctrico de la zona afectada. • Personal del edificio debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la empresa sanitaria para que solucione la situación. • Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua, en especial aparatos eléctricos. • Se debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la Municipalidad que se encargue de la situación. • Dependiendo de la magnitud de la inundación, ordenar la Evacuación de la parte afectada. • Si está dentro de su hogar: • Escuche la radio o televisión para estar informado de la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. • Corte la luz, agua y gas y evacue su hogar si la situación lo amerita o las autoridades lo indican. • Si está en el exterior: • Suba a un lugar alto y permanezca allí. • Evite caminar por aguas en movimiento. Hasta 15 centímetros de agua en movimiento pueden hacerle caer. • Si está en la calle, tenga precaución al caminar sobre agua, ya que las tapas de las cámaras de agua suelen salirse debido a la presión, y usted puede caer en dicha apertura. • Si está en un auto: • Si llega a un área inundada, dé la vuelta y tome otra dirección. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212
• Si el auto se detiene o se atasca, abandónelo de inmediato y suba a un lugar alto. • Si la situación lo amerita o las autoridades lo indican, evacue su hogar lo antes posible. • Escuche una radio a pilas para saber sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia N/A Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo Nº6 de la Adenda
11 Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que fueron consideradas en el proceso de evaluación cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA se encuentran disponibles en Anexo a esta Resolución, para visualizarlo ver enlace adjunto.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt”, de INVERSIONES DON VICTOR SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 156 y 157 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Brisas de Puerto Montt” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando y del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Paulina Lorena Muñoz Molina Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/MGP Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 09/03/2026 15:48:31 CLST Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2026.03.09 20:20:50 -03'00'
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Raimundo Vicuña Díaz raimundo.vicuna@galilea.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl SERNAGEOMIN, Zona Sur gabriela.mino@sernageomin.cl CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl DOH, Región de Los Lagos rodrigo.valenzuela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Puerto Montt alcaldia@puertomontt.cl SAG, Región de Los Lagos francisco.briones@sag.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos tpuchi@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas Los Lagos <citurriaga@sbap.gob.cl, fandrade@sbap.gob.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería, Region de los Lagos david.quiroz@sernageomin.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado/a de PAC maria.correa@sea.gob.cl Oficial de Partes de la Región pgallardo.10@sea.gob.cl Evaluadora mgarrido.10@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2167980212