Evaluación SEA

Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales

Rol 2164207816
SEA · DIA · Aprobado · 2026-01-30 · Región de Atacama · BESS Jacaranda SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”

Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 08 de septiembre del 2025 y su Adenda Complementaria de 19 de diciembre de 2025, del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”, presentado por BESS Jacaranda SpA con fecha 06 de febrero del 2025.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”.

3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 20260310630 de 19 de enero del 2026, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” de 19 de enero del 2026.

6°. El Acta de 27 de enero del 2026, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

7°. La Resolución Exenta Nº 20250300170, de 13 de mayo del 2025 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”.

9°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 30-01-2026 15:06:38:131 UTC -03:00 Razón: Lugar: Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; La Resolución Exenta RA N°119046/347/2022 del 25 de Noviembre de 2022 de la Dirección Ejecutiva, que nombra como Directora Regional a Doña Verónica Ossandón Pizarro y la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, BESS Jacaranda SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social BESS Jacaranda SpA Rut 77.952.356-k Domicilio Badajoz 100 oficina 502, Las Condes. Santiago. Teléfono 989234574 Nombre representante legal Ignacio Jorge Etchart Rut representante legal 24830946-6 Domicilio representante legal Badajoz 100 oficina 502, Las Condes. Santiago. Teléfono representante legal 989234574 Correo electrónico del representante legal ignacio.etchart@eoliasur.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de enero de 2026, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto por cuanto cumple con la normativa ambiental vigente, incluyendo los Permisos Ambientales Sectoriales 138, 140, 142 y 160. Además, el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias establecidos en el Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

3°. Que, en sesión de 27 de enero del 2026 la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 19 de enero de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Almacenar energía eléctrica, generada principalmente por centrales fotovoltaicas durante las horas del día, y luego reinyectarla a la red eléctrica nacional en horas de demanda punta durante la tarde/noche. Contará con una potencia de inyección y retiro de 80 MW (FP: 0,95), una capacidad máxima de 336,8 MWh y con una duración de 4 horas. Para su vinculación con el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), el Proyecto considera la utilización de la Capacidad Técnica Disponible (CTD) correspondiente a la línea existente 1x110 kV S/E C.R. Maitencillo – S/E Maitencillo (ID 4793), propiedad de Empresa Eléctrica Vallenar S.A., proponiendo una conexión en derivación simple. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje Vida útil 26 años y 6 meses Monto de inversión USD $ 50.100.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación Instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia de Huasco y comuna de Freirina. Justificación de la localización La justificación de la localización del Proyecto obedece a los siguientes aspectos: - Disponibilidad de terreno con una topografía propicia para el montaje del sistema de almacenamiento de energía mediante baterías. - Cercanía y disponibilidad de un punto de conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Subestación C.R. Maitencillo, existente. - Disponibilidad de Línea eléctrica existente 1x110 kV S/E C.R. Maitencillo – S/E Maitencillo. - Proximidad a poblaciones existentes, que permitirán el aprovisionamiento de insumos, materiales y servicios, para las fases de construcción, operación y cierre. Superficie 2,1 ha Coordenadas UTM en Datum WGS84 La siguiente Tabla presenta las coordenadas de los vértices del polígono del Proyecto (área BESS): Vértice Coordenadas UTM WGS84 Huso 19 Sur Este (m) Norte (m) V01 312.228 6.844.692 V02 312.202 6.844.694 V03 312.200 6.844.660 V04 312.049 6.844.667 V05 312.050 6.844.708 V06 312.055 6.844.715 V07 312.055 6.844.786 V08 311.956 6.844.791 V09 311.949 6.844.641 V10 312.225 6.844.629 Caminos de acceso El acceso al predio del Proyecto se encuentra 3,5 km al norponiente de la carretera C-450. El camino que se desprende de la carretera C-450 se encuentra en excelentes condiciones, con radios de giro acorde para cargas pesadas, y cuenta con la debida señalización vial y seguridad patrimonial al ser utilizado por la C.R. Maitencillo. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1.2 Layout del Proyecto de Adenda

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obras Generador La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena y los equipos asociados a ella será proporcionada mediante dos grupos electrógenos, uno (1) de 50 kVA y uno (1) de 10 kVA, ubicados en la instalación de faenas, y frentes de trabajo. Cabe mencionar que, de ser posible conectar a la red pública, el Proyecto considerará 1 grupo electrógeno de respaldo. El tipo de generador a emplear integrará los depósitos de combustible, junto con el sistema de contención de derrame en una misma unidad. Piscina de lavado canoas mixer Esta zona consiste en una piscina de lavado y decantación que corresponde a una excavación en tierra que tendrá una superficie de 3 m x 6 m aproximadamente, la que estará impermeabilizada completamente por una geomembrana de HDPE o polietileno de alta densidad de 5 mm de espesor, y que debe afianzarse en todo su perímetro para evitar su desplazamiento, con el fin de evitar infiltraciones. Esta piscina será utilizada para acumular el agua proveniente del lavado de los camiones mixer. Los sólidos sedimentados en las piscinas, previamente secados, corresponden a residuos inertes, y serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final. Por su parte, el residuo acopiado en estas piscinas corresponde principalmente a una serie de elementos de descarte (arenas, gravas, bloques, etc.) provenientes de los productos de cemento y hormigón que, al ser de características inertes, será retirado semanalmente y dispuesto en un sector autorizado para su disposición final. Acopio de Materiales (erosionable) El área destinada al acopio de materiales erosionables se refiere a la zona específica que se habilitará para el acopio de materiales de construcción como áridos. Contará con una superficie total de 64 m², estará cuidadosamente delimitada mediante barreras físicas que garantizarán un control adecuado del espacio. La superficie será nivelada y compactada para prevenir desplazamientos o inestabilidad de los materiales almacenados. Cada tipo de material, como áridos y otros elementos de construcción, se organizará en pilas definidas, separadas según su clasificación, lo que facilitará su identificación y manejo. Estas pilas se mantendrán a una altura moderada para evitar deslizamientos. Además, se implementará una cobertura con lonas impermeables, protegiendo los materiales de la acción del viento y la lluvia. La zona contará con señalización visible que indicará las características de los materiales y las precauciones requeridas Estacionamiento El sector de faenas contará con una zona de estacionamiento para vehículos livianos y camionetas, vehículos pesados y maquinarias, que totaliza una superficie aproximada de 200 m². Área de descanso y comedor Se contemplarán 100 m² ubicados en el área de instalación de faenas como área de descanso para los trabajadores, dentro de esta área, se habilitará un comedor para el consumo de alimentos del personal, el cual cumplirá con los requisitos establecidos en los artículos 28 y 29 del D.S N°594/2000 del MINSAL. Baños y vestuarios Se destinará un área aproximada de 100 m² para baños y vestuario, las que contarán con excusado y lavamanos de acuerdo con los requisitos establecidos en los artículos 21, 22 y 23 del D.S N°594/2000, MINSAL. Estos baños estarán conectados a una planta de tratamiento de aguas servidas, para lo cual se presenta el PAS 138 en el Anexo 3.1 de la presente Adenda complementaria. Bodega SUSPEL Para el almacenamiento temporal de las sustancias peligrosas generadas durante la fase de construcción se habilitará una bodega exclusiva de 64 m². La bodega de sustancias peligrosas tendrá las siguientes características: - Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. - Tendrá un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalética de acuerdo con la NCh 2190 Of 2003. - Tendrá además acceso restringido y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. Contará con 1 extintor (para los elementos combustibles clase B se usarán los extintores adecuados). Tendrá un sistema de control de derrames estanco de volumen equivalente al 110% del contenedor más grande. Bodega RESPEL Para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos peligrosos (RESPEL) generados durante la fase de construcción se habilitará una bodega de 64 m2 y sus características técnicas corresponderán a las establecidas en el artículo 33 del Decreto Supremo Nº148/2003 del MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Para su funcionamiento se tramitará ante Seremi de Salud autorización según lo establecido en el artículo 29 del D.S Nº48/2003 del MINSAL. La bodega de residuos peligrosos tendrá las mismas características de la Bodega SUSPEL. Bodega de residuos domiciliarios Para el almacenamiento de residuos domiciliarios que se generen en la instalación de faena y frentes de trabajo se dispondrán contenedores fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. De este modo se impide el escurrimiento de líquidos percolados y se evita que los animales silvestres den vuelta los basureros. El retiro y disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama y su disposición final se realizará en sitios con las autorizaciones necesarias de acuerdo con la legislación vigente. Patio de salvataje Para el acopio de los residuos industriales no peligrosos generados durante la construcción se habilitará un patio de 100 m² delimitado y señalizado, que contendrá un área disponible para acopio de residuos de mayor volumen, y de aquellos que puedan ser reutilizados o reciclados (como por ejemplo despunte de madera y fierro) en bateas metálicas. El retiro y disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama y su disposición final se realizará en sitios con las autorizaciones necesarias de acuerdo con la legislación vigente. Acopio de materiales Se habilitará un sector de 900m² para acopio de materiales, componentes eléctricos, y equipos de tamaño de mayor envergadura (fierro, aisladores, conductores, postes, estructuras metálicas, entre otros) con un cierre en base a malla metálica. Estanque de agua potable Para las necesidades básicas de higiene y aseo personal se contará con un sistema propio de abastecimiento de agua potable en base a un estanque de agua de 20 m³ con suministro a través de camión aljibe debidamente autorizado. Estanque de combustible Se habilitará un área destinada para la carga y descarga de combustible, esta zona tendrá una superficie total de 25 m² (surtidor y estanque) y contará con un estanque surtidor con sistema de control de derrame para abastecer únicamente los grupos electrógeno y equipos menores. El estanque tendrá una capacidad de 1 m³ y contará con certificación SEC. Se dará cumplimiento a los requisitos aplicables establecidos en el D.S. N°160/2009 “Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, Ministerio Economía, Fomento y Reconstrucción. Caseta de acceso En el acceso principal al Proyecto se contará con una caseta de control modular de manera de controlar los ingresos y egresos tanto de la instalación de faena en fase de construcción, como en fase de operación del Proyecto en general y será el lugar donde se encontrará el personal de seguridad del Proyecto. Dicha caseta, contará con baño de forma permanente, dando cumplimiento a los requerimientos del personal. Oficinas Para uso de oficinas administrativas se dispone un área de 100 m², la cual contará con baño en su interior. El diseño final será definido en la fase de construcción del Proyecto. Planta de tratamiento de aguas servidas En la fase de construcción y operación las aguas servidas domiciliarias serán generadas por el uso de las instalaciones sanitarias ubicadas en la instalación de faenas. Se contempla que el efluente generado sea tratado mediante una planta de tratamiento, considerando un diseño para servir un máximo de 60 personas y un consumo de 150 litros de agua por persona al día, se obtiene un total de 9 m³/día de aguas servidas a tratar. Para la fase de operación, el Proyecto contempla la generación de aguas servidas domiciliarias, asociadas a las actividades de mantención, las cuales se realizarán dos veces al año (cada 6 meses). Es relevante mencionar que el Proyecto cuenta con 2 personas permanentes, las que se desempeñaran como personal de seguridad.

Caminos del Proyecto El camino de acceso proyectado tiene un ancho de aproximadamente 6 m y una longitud de 25 m. Dado que el trazado del camino de acceso cruza de manera perpendicular debajo de la línea existente 1x110 kV S/E C.R. Maitencillo – S/E Maitencillo, se instalarán señalizadores de altura máximas permitidas a fin de garantizar el cumplimiento de las distancias de seguridad eléctricas indicadas en los Pliegos Técnicos Normativos. La red de caminos internos permitirá la circulación interna en el área del Proyecto durante la fase de operación y contará con un ancho de 6 metros y un radio de giro mínimo de 10 metros. Además, se garantizará el espacio suficiente para la circulación y descarga de camiones que transportarán el equipamiento. Cierre perimetral Se dispondrá de un cerco perimetral en la totalidad del predio donde se ubicarán los contenedores BESS y el paño de derivación simple, el cual se mantendrá durante todas las fases del Proyecto, y será desmantelado en el eventual cierre del sistema de almacenamiento de energía con el objetivo de: - Evitar que las personas ajenas a las instalaciones lleguen a estar próximas a elementos de tensión, protegiéndolas de su integridad física. - Proteger las instalaciones de posibles daños intencionados. - Evitar posibles robos en las instalaciones y en los edificios de control y celdas de MT. - Evitar el ingreso de personas ajenas al Proyecto. - Evitar el ingreso de animales al área del Proyecto El cerco perimetral estará constituido por postes de hormigón armado, tejido de alambre galvanizado de malla romboidal, puerta de acceso, portón de acceso y murete perimetral. La altura propuesta será de 2,8 m más el coronamiento con tres hiladas de alambres de púas. Acciones Habilitación de faenas y obras temporales El inicio de actividades correspondientes a la fase de construcción comienza con la instalación de faenas en sitio. Se dispondrá de un área de 0,2 ha dentro de las 2,1 ha totales del área de intervención del Proyecto. Como primera actividad, se realizará la limpieza, escarpe y despeje de aproximadamente 2,1 ha, donde se emplazará el Proyecto. Contratación de personal El personal requerido durante la fase de construcción corresponderá a profesionales, técnicos, administrativos y personal de terreno. Se privilegiará la contratación de mano de obra local proveniente de comunas aledañas. La contratación del personal se realizará a partir de las necesidades de la obra y de acuerdo con la disponibilidad de trabajadores al momento de la contratación. El proceso de contratación se realizará en forma previa a la ejecución de las actividades del Proyecto. Se privilegiará a los contratistas que consideren la contratación de mano de obra local. Compra de bienes y contratación de servicios La compra de bienes y la contratación de los servicios que sean necesarios para la construcción del Proyecto serán realizadas directamente por la empresa que esté a cargo de la construcción de las obras. No obstante, el Titular exigirá a la empresa contratista que tanto los insumos como los servicios que sean adquiridos cumplan con la legislación y normativa aplicable, así como con los eventuales permisos asociados a ellos. El equipamiento principal, será comprado por el Titular del Proyecto o quien éste estime pertinente. Instalación cerco perimetral Se realizará también el cierre perimetral del área de intervención del Proyecto, delimitando físicamente los límites del Proyecto y colaborando con la seguridad patrimonial del mismo. El cerco perimetral estará constituido por postes de hormigón armado, tejido de alambre galvanizado de malla romboidal, puerta de acceso, portón de acceso y murete perimetral. La altura propuesta será de 2,8 m más el coronamiento con tres hiladas de alambres de púas. Habilitación caminos de acceso El camino de acceso proyectado tiene un ancho de aproximadamente 6 m y una longitud de 25 m. El terreno natural será escarpado e intervenido con aporte de material y compactación a fin de garantizar la capacidad portante necesaria para la circulación de camiones con semis como así también los radios de curvatura que correspondan. Dado que el trazado de la misma cruza de manera perpendicular debajo de la línea existente 1x110 kV S/E C.R. Maitencillo – S/E Maitencillo, se instalarán señalizadores de altura máximas permitidas a fin de garantizar el cumplimiento de las distancias de seguridad eléctricas indicadas en los Pliegos Técnicos Normativos. La red de caminos internos contará con un ancho de 6 metros y un radio de giro mínimo de 10 metros, alcanzando una longitud de 610 metros. Estos caminos serán nivelados para asegurar una pendiente transversal mínima del 2%, facilitando la evacuación eficiente del agua, y compactados para proporcionar la capacidad portante requerida para el tránsito de vehículos utilitarios y maquinaria. Como requisito de diseño, la capacidad portante de estos caminos deberá ser adecuada para soportar una carga excepcional de hasta 120 toneladas. Además, se garantizará el espacio suficiente para la circulación y descarga de camiones que transportarán el equipamiento. Movimientos de tierra área BESS La superficie total del terreno se nivelará y compactará el área que se indique en las especificaciones técnicas particulares del Proyecto ejecutivo. El terreno debe cumplir las siguientes características de acuerdo con fabricantes para la instalación de los equipos BESS y MV Station asociados: - Seco, compactado, estable y homogéneo. - Tipo grava, canto rodado o balasto. - Dureza alta o media. - Previsto de sistema de drenaje. - Se recomienda que el terreno no supere el nivel de la cimentación. - Grado mínimo de compactación del terreno de 98%. - Desnivel máximo de terreno de 0.25%. Los movimientos de tierra contemplan la excavación de aproximadamente 416,50 m³ en el sector correspondiente al área BESS, volumen que considera las actividades de nivelación, compactación y habilitación de fundaciones y plataformas. Este valor forma parte del total estimado de 876,30 m³ de material a excavar en el Proyecto, que incluye además 80,00 m³ en el área del paño de derivación simple y 379,80 m³ en caminos internos. Tendido de conductores área BESS El tendido de los conductores armados subterráneos (CCAASS) 33 kV se realizará con el fin de gestionar el flujo de energía bidireccional entre cada conjunto de baterías y la sala de celdas ubicada en el Paño de derivación simple 110/33 kV, permitiendo tanto la inyección de energía a la red como el retiro de energía de esta. Cada circuito conectará como máximo un total de 5 PCS. La instalación de los conductores desde los PCS hasta el Paño de derivación simple será simplemente enterrada con un trazado que garantiza el cumplimiento del radio de curvatura máxima de los cables. El fondo de la zanja será una superficie firme, lisa, libre de discontinuidades y sin obstáculos. El cable se dispondrá a una profundidad mínima de 0,8 m respecto de la superficie del terreno. Para proteger los cables frente a excavaciones hechas por terceros, se instalará una protección mecánica que cubra el ancho ocupado por los mismos, así como una cinta de señalización que advierta la existencia de los cables eléctricos de media tensión. Montaje de equipos área BESS El montaje de los equipos contempla las siguientes actividades: cargue, transporte, descargue, almacenamiento y protección en obra, vigilancia, desempaque, revisión, limpieza, colocación en posición de servicio, fijación, nivelación, ensamble, calibraciones y ajustes, instalación de conductos, cajas de empalme y accesorios, instalación y conexión de cables hacia otros equipos, conexión a la malla de tierra, revisión general; verificación que las obras están mecánicamente completas; preparación de pruebas para la puesta en servicio (precommissioning), notificación de que los equipos están en recepción provisional (commissioning), puesta en servicio y puesta en operación. Todas las maniobras de movilización de los equipos BESS (carga, descarga, montaje, etc.) será realizada por personal idóneo y con supervisión presente por parte del fabricante para garantizar el cumplimiento de todas las especificaciones. Se utilizarán grúas o camión pluma de tonelaje acorde con el peso de los equipos para su movilización. Una vez dispuestos los equipos en su fundación, se procederá a la conexión de los cables de potencia, auxiliares y comunicación, como así también la conexión a la puesta a tierra. Montaje estructuras en área de paño de derivación simple Este trabajo incluye el transporte, manejo, colocación de todos los componentes suministrados en los patios de almacenamiento temporal y el montaje e instalación final de las estructuras en sitio. Todo el acero estructural que llegue al sitio de la obra debe ser almacenado de tal manera que ninguna pieza quede sometida a esfuerzos que puedan deformarla, o perder su galvanizado y protección superficial. El método de almacenamiento debe ser tal que no impida el desarrollo normal del trabajo, debido a acumulación de material en forma incompatible con la secuencia que requiere el montaje. Cada vez que sea posible, debe montarse en el suelo el conjunto de piezas, facilitando de esta manera su montaje final. Debe tenerse especial cuidado de respetar los sitios de sujeción para el izaje de los elementos. En cada estructura montada, se verificará la rotación, verticalidad, rectitud de sus componentes y torques de apriete de pernos. Montaje de equipos y componentes en área de paño de derivación simple El montaje de los equipos contempla las siguientes actividades: cargue, transporte, descargue, almacenamiento y protección en obra, vigilancia, desempaque, revisión, limpieza, colocación en posición de servicio, fijación, nivelación, ensamble, calibraciones y ajustes, instalación de conduits, cajas de empalme y accesorios, instalación y conexión de cables hacia otros equipos, conexiones de alta tensión, conexión a la malla de tierra, revisión general; verificación que las obras están mecánicamente completas, preparación de pruebas para la puesta en servicio (precommissioning), notificación de que las instalaciones están en recepción provisional (commissioning), puesta en servicio y operación comercial. En términos generales se dará cumplimiento a lo siguiente: - Los equipos y materiales deben ser montados e instalados de acuerdo con los planos, manuales e instrucciones de los fabricantes, los planos de construcción y tablas generales de cableado. - Durante el progreso de la obra se debe mantener un juego completo de copias de los planos del Proyecto con las últimas revisiones que se hayan emitido. Las correcciones que se marquen en ellos mostrarán los detalles tal como se deben ejecutar en la obra, así como el registro de los cambios y modificaciones hechas en la misma. Una vez terminada la construcción, se entregará el juego de planos marcado cada uno con la leyenda "Conforme a Obra", además estos planos debidamente actualizados, serán entregados en original. - El equipo y los materiales se deben manipular en forma cuidadosa para evitar daños y pérdidas. - Los equipos deben nivelarse y ajustarse. La exactitud de colocación debe ser tal que se eviten interferencias y que las conexiones con otros equipos con conduits, bases, etc., queden adecuadamente alineadas, sin que se presenten esfuerzos adicionales por razón de tales conexiones. Una vez instalados los equipos, se deben inspeccionar todas las partes para verificar su ajuste correcto desde el punto de vista mecánico. - Los equipos deben adecuarse y mantenerse limpios y protegidos contra daños por acción de agentes atmosféricos, suciedad, alimañas y actividades durante la construcción, hasta la finalización de la obra. Partes tales como aisladores deben limpiarse completa y cuidadosamente. Los aceites y líquidos aislantes deben protegerse contra contaminación. - Se deberán conectar, de estar disponibles, los calentadores de ambiente, para evitar que la humedad originada por la condensación pueda deteriorar los equipos durante los tiempos de almacenamiento y montaje. Precomisionado Finalizadas las actividades anteriores, se realizan los chequeos correspondientes para garantizar que toda la instalación fue realizada en conformidad con la ingeniería del Proyecto y dando cumplimiento a los estándares establecidos en el Plan de Calidad del Proyecto. Comisionado y puesta en servicio Habiendo realizado los chequeos previos correspondientes, se comienza con las pruebas y ensayos sobre todos los equipos sometiéndolos, en la mayoría de los casos, a condiciones reales de funcionamiento. Finalizado este proceso, se da comienzo a la puesta en marcha, vinculando el paño de derivación simple a la red y energizando la instalación de manera sectorizada y controlada. Se debe verificar que todos los sistemas funcionen correctamente como un conjunto. Desmovilización Una vez terminadas las actividades de construcción, se procederá al desmantelamiento de las instalaciones de faena. La actividad de retiro se desarrollará del siguiente modo: - Desmantelamiento y desconexión eléctrica. - Desarme de techumbre. - Apilado de cerchas y cubierta de techo. - Retiro y traslado de contenedores. - Picado y disposición de losas de hormigón. - Retiro y limpieza del lugar. Recursos naturales renovables Formación vegetal: Herbazal con suculentas. Se caracteriza por ser un área agrícola abandonada lo que permitió el desarrollo de vegetación nativa. Se encuentra dominada por la especie herbácea Erodium cicutarium, con presencia de algunos ejemplares suculentos como Eulychnia vallenarensis, Copiapoa coquimbana, Eriosyce napina, Cumulopuntia sphaerica y Miquiliopuntia miquelii. Como especies acompañantes es posible observar a las Hierbas anuales Mesembryanthemum nodiflorum, Tetragonia pedunculata y Helenium atacamense en el estrato inferior. Se encuentra emplazada en la totalidad de la superficie del área de influencia, alcanzando las 2,12 ha. Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS MP: Se consideran emisiones de MP durante esta fase debido a las activades de escarpe, compactación, nivelación, excavación, carga y descarga de material, erosión de material pila, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, maquinarias y grupos electrógenos. Se estima que se generarán 34,2950 (ton/año) de MP. Para esta emisión, se consideran las siguientes medidas de control: - Cobertura de los materiales con lonas o estructuras temporales en sector de acopio de materiales erosionables. - Humedecimiento periódico de materiales en sector de acopio de materiales erosionables. - Delimitación física del área de acopio de materiales erosionables. - Supresión de polvo mediante la aplicación de bischofita. - Supresión de polvo mediante humectación. Lo anterior se describe con mayor detalle en la Tabla 1-16 de la Adenda Complementaria. MP10: Se consideran emisiones de MP10 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 9,73 (ton/año) de MP10. Para esta emisión se considera la misma medida considerada para MP. MP2,5: Se consideran emisiones de MP2,5 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 1,2308 (ton/año) de MP2,5. Para esta emisión se considera la misma medida considerada para MP. NOₓ: Se consideran emisiones de NOₓ durante esta fase debido a las activades de combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos. Se estima que se generarán 2,6642 (ton/año) de NOₓ. SO₂: Se consideran emisiones de SO₂ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,1403 (ton/año) de SO₂. NH₃: Se consideran emisiones de NH₃ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0007 (ton/año) de NH₃. CO: Se consideran emisiones de CO durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,8956 (ton/año) de CO. COV: Se consideran emisiones de COV durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,2278 (ton/año) de COV.

EFLUENTES Aguas servidas: Se producirán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, estimándose una generación de 120 m³/mes, las cuales serán almacenadas temporalmente en el Estanque de PTAS, para luego ser utilizadas para humectación. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria.

RUIDO Las potencias acústicas asignadas a las fuentes de ruido se obtuvieron principalmente a partir de los valores contenidos en el Anexo C de la norma británica BS 5228-1:2009+A1:2014, “Code of practice for noise and vibration control on construction and open sites”. Los valores obtenidos se indican en [dB(A)] para cada banda de octava de frecuencia, de manera que incorporan el factor de corrección respectivo. El valor global se indica siempre en escala [dB(A)], al igual que en la normativa de referencia. A continuación, se indica el nivel de emisión acústica asignado a las maquinarias que se distribuirán en las obras de Sector BESS e instalaciones y Paño de derivación simple a ejecutar al interior del área del Proyecto. Fuente de ruido Cantidad Lw c/u [dB(A)] Referencia Freno1 1 100,8 Control Acústico Rotomartillo 2 112,0 Ficha técnica Torres de iluminación 4 95,9 Ficha técnica Vibradores 4 98,5 BS 5228 Tabla C.4, Nº36 Placas compactadoras 2 104,0 Ficha técnica Grúa 120 ton2 1 104,7 BS 5228 Tabla C.4, Nº39 Camión Pluma 1 104,9 BS 5228 Tabla C.4, Nº53 Camión Cisterna 1 100,0 Environmental Noise Monitoring Motoniveladora 2 106,0 Ficha técnica Excavadora 2 96,8 BS 5228 Tabla C.2, Nº25 Retroexcavadora 1 95,9 BS 5228 Tabla C.2, Nº8 Camión con Semi 2 109,6 BS 5228 Tabla C.9, Nº25 Camión Multibucket 1 104,9 BS 5228 Tabla C.4, Nº53 Camión Volquete 2 107,1 BS 5228 Tabla C.2, Nº30 Camión Mixer 2 105,0 BS 5228 Tabla C.4, Nº21 Grupo electrógeno Tipo 1 1 93,5 BS 5228 Tabla C.4, Nº86 Grupo electrógeno Tipo 23 1 95,0 Ficha técnica* * Apéndice 3.1.3 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria. Fuente: Tabla 6-1 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria La maquinaria indicada no funciona de forma simultánea, sino que secuencialmente o en grupos de trabajo; sin embargo, con la finalidad de representar un escenario conservador, se simuló el funcionamiento de todo el equipamiento y maquinaria asociada a la fase de construcción y cierre. Cada una de las maquinarias se distribuyó en los sectores más cercanos a cada receptor (Sector BESS e instalaciones y Paño de derivación simple), ubicando estos focos en la obra más cercana a los puntos evaluados, considerando la menor distancia entre la fuente y el receptor, con excepción del Grupo electrógeno tipo 2, el cual se encuentra en una ubicación fija en Instalación de faenas.

1 Solo en Paño de derivación simple 2 Sólo en Sector BESS. 3 Ubicación fija en IF. Se consideran las siguientes acciones de control: Se instalará un cierre perimetral parcial de 3,6 m de altura en los deslindes Norte y Este del Proyecto. En la Figura 8-1 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, se ilustra un diagrama de la medida de control propuesta, que es MCR1 - Pantalla acústica perimetral parcial. Este elemento se instalará en parte del perímetro destinado a las faenas de la obra. La Figura 8-2 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria indica la extensión de dicho cierre, el cual deberá contemplar una altura de 3,6 m y abarcar una extensión de 277 m. La materialidad de los paneles corresponde a la indicada en la ficha técnica de la Tabla 8-1 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, en base a placas de OSB y lana de vidrio con velo.

VIBRACIONES Las faenas con maquinaria pesada generan ondas vibratorias que disminuyen en intensidad a medida que aumenta la distancia entre la actividad emisora y el receptor. Las edificaciones cercanas a estas actividades pueden verse afectadas por vibraciones, cuyos efectos varían desde niveles casi imperceptibles, como ruido de baja frecuencia con percepción moderada, hasta efectos relevantes en las estructuras o en alguna parte de estas. Generalmente estas actividades no suelen causar deterioro en las estructuras, sin embargo, pueden alcanzar rangos audibles y sensitivos en sectores con edificaciones cercanas al sitio de faenas. El método de estimación de velocidad vibratoria está basado en la normativa FTA Transit Noise and Vibration Assessment Manual, de la FTA de Estados Unidos. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Sólidos asimilables a Domiciliario: Corresponderán a restos de comida, envases, papeles, cartones, etc. Su generación mensual de residuos sólidos asimilables a domésticos será de 1,2 ton/mes Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de trabajo, siendo trasladados de forma diaria a la bodega de residuos domiciliarios. La recolección, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la región de Atacama. El retiro se realizará 3 veces por semana. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Corresponderán madera, metal, plásticos, papeles y cartones, textiles, entre otros. Su generación mensual será de 1,1453 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de trabajo y serán llevados de manera ordenada en patio de salvataje en la instalación de faenas. La recolección, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la región de Atacama. El retiro se realizará una vez por semana. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria.

RESIDUOS PELIGROSOS Lubricantes, aceites y grasas: Clase– Lista A I.8. Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables) Cantidad (t/mes) 0,00192. Soluciones ácidas. Clase – Lista A A4090 Clase y División (NCh. 382/13) 8 (Materias corrosivas) Cantidad (t/mes) 0,00075. Mezclas residuales de aceite y agua o hidrocarburos y agua: Clase – Lista A I.9 Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables) Cantidad (t/mes)0,00042 Filtros contaminados con hidrocarburo: Clase – Lista A I.8, A3020. Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables) Cantidad (t/mes) 0,0075. Envases de aceites/lubricantes: Clase– Lista A III.2. Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables). Cantidad (t/mes) 0,00192 Tierra contaminada con hidrocarburo: Clase– Lista A A3020. Clase y División (NCh. 382/13) 4 (Sólidos inflamables). Cantidad (t/mes) 0,00375 Envases de pinturas, lacas, barnices: Clase– Lista A III.2. Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables). Cantidad (t/mes) 0,00192. Baterías: Clase– Lista A II.13 A1160. Clase y División (NCh. 382/13) 8 (Materias corrosivas) Cantidad (t/mes) 0,00058 Tubos fluorescentes: Clase– Lista A II.11 A1030. Clase y División (NCh. 382/13) 6.1 (sustancia venenosa). Cantidad (t/mes) 0,00017 Toner y cartuchos de tinta. Clase– Lista A I.12 A4070. Clase y División (NCh. 382/13) 9 (Materias y objetos peligrosos diversos). Cantidad (t/mes) 0,00092 Total, Fase de Construcción: 0,01985 (t/mes)

PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS Durante la ejecución de las obras se requerirá el uso de sustancias catalogadas como peligrosas que serán adquiridas directamente a empresas proveedoras de la zona y se almacenarán en bodega SUSPEL en las instalaciones de faenas que cumplirá con los requisitos señalados D.S. N°43/2016 del Ministerio de Salud. En la siguiente tabla, se detallan las cantidades de sustancias peligrosas a utilizar en la fase de construcción del Proyecto. Sustancias peligrosas – Fase de Construcción Tipo de Sustancia Nombre Cantidad Unidad Clase de Sustancia NCH 382 Gases Gas licuado 1 Cilindro/ mes (15 kg) Gases (Clase 2) Líquidos inflamables Diesel 3.500 L/mes Inflamable (Clase 3) Diluyentes 12 Gal (global) Inflamable (Clase 3) Igol 12 Tinetas 20 L Inflamable (Clase 3) Sólidos combustibles Baterías 3 Unidades/mes Sustancia corrosiva (Clase 8) Sustancias corrosivas Pinturas 12 Gal (global) Inflamable (Clase 3) Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.6.4. Emisiones y efluentes Punto 4.6.5. Residuos y productos químicos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obras Caseta de acceso Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Oficinas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Planta de tratamiento de aguas servidas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Área BESS Se trata del área donde serán instalados todos los contenedores de baterías (BESS) y los equipos de transformación a media tensión (MV stations), junto con toda la infraestructura asociada (fundaciones, tendido de conductores, puesta a tierra, sistema de comunicación, caminos internos, sistema antincendios, etc.). Contará con una superficie de 4.297 m2. Los MV stations se encargan de convertir la energía de un paquete de contendores BESS para ser transportado en niveles de media tensión hasta el paño de derivación. La capacidad unitaria de cada equipo BESS será de 5.015 kWh totalizando 75 unidades para dar cumplimiento, considerando las perdidas asociadas, a la potencia y capacidad declarada en el punto de interconexión. En cuanto a los MV Station, la potencia unitaria de transformación será de 5.140 kVA totalizando 19 unidades, permitiendo de esa manera dar cumplimiento a la capacidad o duración declarada, es decir, garantizar un C-rate de 0,25. Cada equipo BESS y MV Station contará con una fundación de hormigón para su montaje dimensionada acorde al peso del equipo. Los MV Stations formarán circuitos colectores en nivel de tensión 33 kV que conectarán en las celdas de media tensión ubicadas en el paño de derivación. Todos los tendidos de conductores serán soterrados. En lo que respecta a su disposición en sitio, estos equipos serán paquetizados en arreglos de máximo cuatro unidades que se conectarán a un MV Station. Los contenedores BESS cuentan con inversores bidireccionales que permiten ondular o rectificar, según corresponda, para cargar o descargar las baterías. Los MV Station por su parte, cuentan con un transformador MT/BT (Media tensión/Baja Tensión) que permite elevar o reducir la tensión, dependiendo de la dirección del flujo de energía, y que se conecta con la red interna del Proyecto en un nivel de tensión de 33 kV. Es importante resaltar que la capacidad del equipamiento BESS corresponde a tecnología actual y podrá verse afectada por mejoras de diseño a futuro. Por otro lado, en lo que respecta a la metodología de instalación, se confirmará en base a resultados de estudios en sitio (hidrológicos, geotécnicos, etc.). Paño de derivación simple (paño de conexión) En esta área se ejecutará el montaje e instalación de un paño de derivación simple en 110 kV que permitirá la interconexión del Proyecto mediante la conexión en derivación de la línea de transmisión existente 1x110 kV S/E C.R. Maitencillo – S/E Maitencillo (ID 4793). Esta área incluirá las obras necesarias para garantizar la correcta interconexión del sistema. El Paño de derivación simple del Proyecto cubrirá un área de aproximadamente 1.057 m² y estará constituida por: - Sala de celdas: es el espacio físico donde estará instalado el tren de celdas Medio Tensión (MT) 33 kV con las acometidas de los circuitos colectores y la celda principal que se conectará al transformador de poder. - Parrón 33 kV: corresponde a las barras 33 kV de instalación exterior mediante la cual se materializa la conexión entre la celda principal 33 kV y el transformador de poder. Desde este punto, también se alimenta el transformador de Servicios Auxiliares (SSAA). - Paño de conexión 110 kV: Equipado con un transformador de poder 110/33 kV 80/100 MVA (ONAN/ONAF), en esta área se instalarán todos los equipos de maniobra, protección y medición de 110 kV (interruptor, seccionador, pararrayos, transformadores de corriente y transformadores de potencial) como así también las 2 estructuras necesarias para materializar la derivación de la línea existente (marco de línea y estructuras de anclaje). Sala de Control: donde se ubicarán los servicios auxiliares, sistemas de protección, telecomunicaciones y medida. Caminos del Proyecto Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Cierre perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acciones Inspección visual Consiste en una inspección visual de todas las instalaciones, contenedores BESS y paño de derivación simple. Estas inspecciones se realizarán de forma mensual, con un máximo de 2 trabajadores. Mantenimiento preventivo contenedores De forma anual, se realizarán mantenimientos preventivos a todos los equipos que componen los sistemas BESS, de acuerdo con especificaciones indicadas por fabricante, tales como limpieza, ajustes, chequeo general de equipos y ensayos. Se BESS estima un máximo de 4 trabajadores para esta labor. Mantenimiento preventivo paño de derivación simple De forma anual, se realizarán mantenimientos preventivos y ensayos de equipos 110 kV, transformador de potencia, celdas MT y equipos de control y telecomunicación. Se estima un máximo de 6 personas para esta labor. Mantenimientos correctivos Los mantenimientos correctivos corresponden a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por terceros, a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades no son predecibles, por lo que se programarán de acuerdo con la ocurrencia de los eventos antes señalados. Reparaciones programadas Corresponde a las reparaciones programadas, de acuerdo con los planes de cada uno de los equipos de alta tensión o de control. Normalmente, se hace de acuerdo con los requerimientos de los fabricantes y según las condiciones ambientales del entorno. Mantención de caminos De forma anual y en conjunto con las mantenciones del paño de derivación simple, se realizará una inspección de los caminos, manteniendo que se encuentren libres de vegetación y obstáculos que impidan el paso. Productos generados El Proyecto no generará productos que puedan ser cuantificados, manejados ni que requieran ser transportados. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP: Se consideran emisiones de MP durante esta fase debido a las activades de tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. Se estima que se generarán 1,0176 (ton/año) de MP. MP10: Se consideran emisiones de MP10 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 0,2781 (ton/año) de MP10. MP2,5: Se consideran emisiones de MP2,5 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 0,0315 (ton/año) de MP2,5. NOX: Se consideran emisiones de NOₓ durante esta fase debido a las activades de combustión de vehículos. Se estima que se generarán 0,0026 (ton/año) de NOₓ. CO: Se consideran emisiones de CO durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0005 (ton/año) de CO. SO2: Se consideran emisiones de SO₂ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0000 (ton/año) de SO₂. COV: Se consideran emisiones de COV durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0001 (ton/año) de COV. NH3: Se consideran emisiones de NH₃ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0000 (ton/año) de NH₃.

EFLUENTES Aguas Servidas: Durante la fase de operación, se estima la generación máxima de 18 m³/mes de aguas servidas. En los períodos en que se desarrollen actividades de mantenimiento, se prevé un aumento a 0,6 m³/día de aguas servidas como máximo. Este cálculo considera una demanda máxima de seis personas por día dedicadas a labores de mantenimiento, asumiendo una dotación de 100 litros por persona al día y un factor de recuperación de 1 del total del consumo de agua potable.

RUIDO En el paño de derivación simple se considera un transformador de Poder de 100 [MVA] (100.000 [kVA]) y un transformador de servicios auxiliares de 150 [kVA]. Para estimar los niveles de emisión de los transformadores, en “Industrial Noise Control and Acoustics” de Randall Barron(5), se indican dos ecuaciones matemáticas cuyo uso depende del sistema de enfriamiento del transformador, ya sea por auto enfriado o aire forzado. Auto-enfriado. Fuente de ruido Cantidad Lw c/u [dB(A)] Referencia Transformador de poder de 100 [MVA] 1 101,5 Barron, R. (2001) Transformador de servicios auxiliares de 150 [kVA] 1 66,2 Barron, R. (2001) Para determinar la potencia acústica (LW) en [dB(A)] correspondiente a cada contenedor de equipos de baterías BESS, se ingresó el valor de 80 [dB(A)] medido a 1 m en la (Ecuación 5) del Capítulo 6.1, de acuerdo con una ficha de equipo de equivalencia técnica adjunta en Apéndice 3.1.3. Debido a que la ficha técnica no cuenta con los niveles por bandas de frecuencia, se ajustó el valor obtenido al espectro indicado para una batería en un estudio de referencia (Arup Australia Pty Ltd, 2022) . La siguiente tabla especifica los valores LW asignados a estos equipos. Fuente de ruido Cantidad Lw c/u [dB(A)] Referencia Equipos baterías BESS 75 88,0 Ficha técnica * Ver Apéndice 3.1.3. del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria. Para determinar el nivel de potencia acústica (LW) del inversor de PCS, se utilizó la emisión de ruido declarada en la ficha técnica para un equipo de equivalencia técnica (Apéndice 3.1.3), donde se especifica que el nivel de presión sonora medido a 10 m es menor a 67 [dB(A)]. Para el cálculo del LW, se ingresaron estos valores en la (Ecuación 5) del Capítulo 6.1. Debido a que la ficha técnica no cuenta con los niveles por bandas de frecuencia, se ajustó el valor obtenido al espectro de un equipo inversor de un estudio de referencia (Tech Environmental, Inc., 2012)4. La siguiente tabla especifica los valores Lw asignados a estos equipos Cada PCS considera un transformador de potencia de 5,14 [MVA] (5.140 [kVA]). Para estimar los niveles de emisión de los transformadores, se utilizó el cálculo indicado para transformadores de Randall Barron (2001), descrito en el acápite 6.2.1. Fuente de ruido Cantidad Lw c/u [dB(A)] Referencia Inversor PCS 19 95,0 Ficha técnica Transformador de potencia de 5,14 [MVA] 1 85,4 Barron, R. (2001) Total fuente PCS (c/u)

95,5

  • Ver Apéndice 3.1.3 del Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria. No se consideran acciones de control en esta fase.

VIBRACIONES Dada las actividades que serán ejecutadas durante esta fase, se asume que estas no

4 Tech Environmental, Inc. (2012). https://www.nortonma.org/sites/g/files/vyhlif3606/f/uploads/studyacousticemflevelssolarphotovoltaicprojects.pdf generarán emisiones vibratorias de relevancia. Lo anterior, debido a que esta fase contempla el funcionamiento de baterías, mantenciones y reparaciones (programadas y previstas), por lo que se espera que se generasen niveles de emisión de vibraciones menores a las proyectadas para las fases de construcción y cierre.

CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS De la investigación bibliográfica y las modelaciones efectuadas para estimación de la magnitud de los efectos electromagnéticos provocados por las diversas instalaciones del Proyecto “Sistema de Almacenamiento y Línea de Transmisión BESS Chaguales”, se obtiene los resultados presentados en la Tabla 7-1. Las magnitudes se han evaluado conforme a los criterios de las normas referidas, indicando la ubicación donde se presentan dichos valores. Se incluye en las Tablas los límites establecidos por las respectivas normativas de referencia.

Obra Campo eléctrico [V/m] Inducción magnética [micro Tesla] Ubicación valor Línea transmisión eléctrica En Torre Anclaje (Estructura N°2) 885 1,179 Borde franja de seguridad En Torre Anclaje y Remate (Estructura N°1) 142 2,19 Borde franja de seguridad Paño de derivación simple Transformador 100 1,00 Borde paño de derivación simple Marco línea 110kV 2.370 1,271 Borde paño de derivación simple Conexión líneas de transmisión eléctrica 650 1,843 Punto conexión Límite ICNIRP 5.000 200

Límite RPTDN°07 5.000 100

Criterio SEA 5.000 100

Fuente: Tabla 7-1 del Anexo 1.6 de la DIA. Con respecto a la radio interferencia generada por la línea de transmisión eléctrica, a la distancia de norma, se obtiene el resultado presentado en la Tabla 7-2.

Instalación [dB/uV/m] Línea transmisión eléctrica 13,79 Límite norma CAN3- C108.3.1 49 Fuente: Tabla 7-2 del Anexo 1.6 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Sólidos asimilables a Domiciliarios: Corresponderán a restos de comida, envases, papeles, cartones, etc. Su generación mensual de residuos sólidos asimilables a domésticos será de 0,12 ton/mes Estos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores primarios y secundarios herméticos y cerrados. La recolección, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la región de Atacama. El retiro se realizará 3 veces por semana. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Corresponderán restos de cables y piezas en mal estado. Su generación mensual de será de 0,015 ton/mes Estos residuos serán almacenados temporalmente sólo durante la jornada de mantención, de forma segregada, posterior a esto, serán retirados de manera inmediata por el propio personal que realice las mantenciones y serán dispuestos en sectores autorizados, para lo anterior se estudiarán alternativas de revalorización con empresas autorizadas y en conocimiento de la entrada en vigor de la Ley N°20.920 del MMA. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria. RESIDUOS PELIGROSOS

Los residuos generados en esta fase serán únicamente durante los eventos de mantención, los residuos peligrosos que se generen producto de mantenciones de las instalaciones eléctricas no serán almacenados en las instalaciones, estos serán retirados por el contratista a cargo de los trabajos a quién se le exigirá el cumplimiento de la normativa vigente respecto a su manejo. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Punto 4.7.3. Productos generados Punto 4.7.5. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.7.6. Emisiones y efluentes Punto 4.7.7. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar al medio ambiente. 4.3.3. FASE DE CIERRE Obra Área de descanso y comedor Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Baños y vestuarios Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Bodega SUSPEL Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Bodega RESPEL Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Bodega de residuos domiciliarios Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Patio de salvataje Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Estanque de agua potable Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Caseta de acceso Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Cierre perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento Acción Habilitación instalación de faenas para fase de cierre Corresponde al hito de inicio de la fase de cierre, cuya temporalidad se prevé para el mes de octubre del año 2053. Se estima que la instalación de faenas se ubicará en el mismo sector utilizado durante la fase de construcción, pero abarcando una superficie menor. Dicha instalación de faena será el centro de operación del personal de la empresa y de los contratistas a cargo de la ejecución de las actividades de desarme del Proyecto. Desmantelamiento paño de derivación simple Retiro de los cables conductores de las estructuras, incluyendo los amortiguadores. - Desarme y traslado de torres, considerando el retiro de las partes de cada torre. - Demolición fundaciones, y las fundaciones de las estructuras. - Retiro de cables y equipos eléctricos. - Desmonte de aisladores. Aquellos equipos y materiales procedentes del desmantelamiento de las instalaciones eléctricas que puedan ser reutilizados y/o reciclados se dispondrán con empresa que se dediquen a ello. Los residuos y escombros se dispondrán con empresas autorizadas, o de acuerdo con las exigencias legales existentes al momento de ejecutar la fase de cierre. Desmantelamiento de contenedores Los contenedores de almacenamiento de baterías BESS no serán abiertos en ningún momento en el área de emplazamiento del Proyecto. Su transporte y disposición BESS final será realizado por un contratista habilitado dando cumplimiento a la normativa y legislación vigente del momento. En caso de que el fabricante de estos también preste el servicio de reciclado, estos serán devueltos al proveedor autorizado tal como llegaron a Chile, sellados y sin manipular. Restauración geoforma Se realizará mediante la adición de capas de tierra vegetal y la implementación de un plan de revegetación con especies nativas, garantizando la protección de las plántulas con cercos perimetrales y mantenimiento regular, como control de malezas, fertilización y riego. Revegetación Implementación de cobertura vegetal con especies nativas o adaptadas, según plan de cierre (Anexo 1.3 de la Adenda). Reciclaje de materiales Clasificación, valorización y disposición de materiales reutilizables provenientes del desmantelamiento. Labores de limpieza y acondicionamiento del terreno. Corresponde al hito de término de la fase de cierre, cuya temporalidad se prevé para el mes de abril del año 2054 y se refiere al momento final de las labores de limpieza y acondicionamiento del terreno. La restauración de los terrenos intervenidos comenzará con el despeje total del área, es decir, retiro de todos los escombros producto de la demolición y desmantelamiento de las instalaciones. Luego, se procederá con la reconstitución de los suelos en las áreas intervenidas, éstos serán reconformados y descompactados. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP: Se consideran emisiones de MP durante esta fase debido a las activades de escarpe, compactación, nivelación, carga y descarga de material, erosión de material pila, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, maquinarias y grupos electrógenos. Se estima que se generarán 13,8162 (ton/año) de MP. Para esta emisión, se consideran las siguientes medidas de control: - Cobertura de los materiales con lonas o estructuras temporales en sector de acopio de materiales erosionables. - Humedecimiento periódico de materiales en sector de acopio de materiales erosionables. - Delimitación física del área de acopio de materiales erosionables. - Supresión de polvo mediante la aplicación de bischofita. - Supresión de polvo mediante humectación. Lo anterior se describe con mayor detalle en la Tabla 1-16 de la Adenda Complementaria. MP10: Se consideran emisiones de MP10 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 3,9367 (ton/año) de MP10. Para esta emisión se considera la misma medida considerada para MP. MP2,5: Se consideran emisiones de MP2,5 durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para MP. Se estima que se generarán 0,5265 (ton/año) de MP2,5. Para esta emisión se considera la misma medida considerada para MP. NOx: Se consideran emisiones de NOₓ durante esta fase debido a las activades de combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos. Se estima que se generarán 1,4332 (ton/año) de NOₓ. CO: Se consideran emisiones de CO durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,5447 (ton/año) de CO. SO2: Se consideran emisiones de SO₂ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0698 (ton/año) de SO₂. COV. Se consideran emisiones de COV durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,1234 (ton/año) de COV. NH3: Se consideran emisiones de NH₃ durante esta fase debido a las mismas actividades mencionados para NOₓ. Se estima que se generarán 0,0003 (ton/año) de NH₃.

EFLUENTES Residuos líquidos domésticos: Se producirán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, estimándose una generación de 5 m³/día, las cuales serán almacenadas temporalmente en el Estanque de PTAS, para luego ser utilizadas para humectación. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria.

EMISIONES DE RUIDO En relación con la fase de cierre, se considera realizar el desarme y retiro de las obras que se requirieron para el desarrollo de la fase de operación. De acuerdo con la maquinaria empleada para dichas actividades, la emisión de ruido será de menor magnitud respecto de las labores de construcción o equivalente en el peor de los casos, de manera que el análisis de una hipotética fase de cierre está contenido en la evaluación de cumplimiento para la fase de construcción. Se consideran las mismas acciones de control que las de la fase de construcción.

VIBRACIONES El análisis consideró la maquinaria de mayor emisión con la finalidad de representar y evaluar el cumplimiento normativo para un escenario crítico. Además, la distancia Fuente-Receptor correspondió a la separación mínima entre la ubicación del punto de evaluación y el punto más cercano posible a la extensión de las faenas constructivas. Considerando la maquinaria proyectada para la fase de cierre, y según los niveles de emisión que indica la Tabla 6-1, la proyección de vibraciones consideró la maquinaria “Rodillo vibratorio” para todos los puntos. Maquinaria PPV [in/s] a 25 [ft] Lv [VdB] a 25 [ft] Rodillo vibratorio 0,210 94 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Sólidos asimilables a Domiciliario: Corresponderán a restos de comida, cáscaras de frutas, envases de alimentos, papeles, cartones, plásticos, envases de vidrio, botellas de bebida, entre otros. Su generación mensual de residuos sólidos asimilables a domésticos será de 1 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores primarios en lugar de generación y secundarios herméticos y cerrados en bodega de RSD. La recolección, transporte y disposición final de los residuos estará a cargo de terceros autorizados por la SEREMI de Salud de la región de Atacama. El retiro se realizará 2 veces por semana. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Corresponderán restos embalaje (bolsas, envases plásticos, cajas de cartón, cajas de madera), restos de componentes eléctricos (restos de cables conductores, alambres, cables de cobre o conductores de aluminio, entre otros) despuntes metálicos y de fierro, escombros de hormigón, restos textiles y todo residuo industrial inerte no contaminado con residuos peligrosos. Su generación mensual de será de 0,3333 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de trabajo móviles, siendo llevados al área de almacenamiento temporal del patio de salvataje habilitado para este fin en la instalación de faena. El retiro se realizará 1 vez al mes en el peak de la fase de cierre. Mayor detalle se presenta en el Anexo 3.2 PAS 140 de la Adenda Complementaria

RESIDUOS PELIGROSOS Soluciones ácidas: Clase (I, II, III) – Lista A A4090 Clase y División (NCh. 382/13) 8 (Materias corrosivas) Cantidad 0,00075 t/mes. Mezclas residuales de aceite y agua o hidrocarburos y agua: Clase (I, II, III) – Lista A I.9. Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables) Cantidad 0,00042 t/mes: Filtros contaminados con hidrocarburo: Clase (I, II, III) – Lista A I.8 A3020 Clase y División (NCh. 382/13) 3 (Líquidos inflamables) Cantidad 0,0075 t/mes Tierra contaminada con hidrocarburo: Clase (I, II, III) – Lista A A3020 Clase y División (NCh. 382/13) 4 (Sólidos inflamables) Cantidad 0,00375 t/mes Baterías: Clase (I, II, III) – Lista A II.13 A1160. Clase y División (NCh. 382/13) 8 (Sustancia corrosiva). Cantidad 0,00058 t/mes Tubos fluorescentes: Clase (I, II, III) – Lista A II.11 A1030. Clase y División (NCh. 382/13) 6.1 (sustancia venenosa). Cantidad 0,00017 t/mes Tóner y cartuchos de tinta: Clase (I, II, III) – Lista A I.12 A4070. Clase y División (NCh. 382/13) 9 (Materias y objetos peligrosos diversos). Cantidad 0,00092 t/mes Total, Fase de Cierre: 0,01409 t/mes.

PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Debido a las características propias del Proyecto, no se requerirá de sustancias peligrosas para las faenas de cierre. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.8.1.1. Partes y obras Tabla 4.8.1.2. Acciones Punto 4.8.3 Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.8.4 Emisiones y efluentes. Punto 4.8.5. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Octubre 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de faenas y obras temporales Fecha estimada de término Septiembre 2028 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Octubre 2028 Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en servicio y habilitación comercial del sistema de almacenamiento de energía. Fecha estimada de término Octubre 2053 Parte, obra o acción que establece el término Habilitación de instalación de faenas para fase de cierre. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Octubre 2053 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas para fase de cierre Fecha estimada de término Abril 2054 Parte, obra o acción que establece el término Labores de limpieza y acondicionamiento del terreno.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5 u otros) y gases (NOx, CO, SO2 u otros). Acción que lo genera Movimientos de tierra y tránsito de vehículos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Posible superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto. Acción que lo genera Uso maquinaria pesada y equipos auxiliares. Excavaciones, montaje de estructuras y operación de sistemas auxiliares. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.1 y 6.1 En relación con la inexistencia de riesgo para la salud de la población asociado a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones, ruidos y residuos del Proyecto, durante el proceso de evaluación se determinó que el receptor más cercano se ubica a 200 m del área intervenida. Conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se evaluaron las emisiones atmosféricas, los niveles de ruido, la generación de efluentes y el manejo de residuos, demostrando que ninguna de estas variables genera efectos que puedan constituir riesgo para la salud humana. Respecto de las emisiones atmosféricas (literal a del artículo 5 del reglamento del SEIA), se realizó un inventario de emisiones para las fases de construcción, operación y cierre, empleando métodos indirectos mediante factores de emisión para fuentes móviles y fugitivas. Los resultados muestran que las mayores tasas de emisión corresponden a las fases de construcción y cierre, destacando el tránsito vehicular como la principal fuente de material particulado, y la combustión de maquinaria y grupos electrógenos como los principales emisores de gases. Adicionalmente, las emisiones máximas de CO₂ equivalente se registran en la fase de construcción con 259,27 tCO₂eq/año. Sin embargo, la modelación de concentraciones de contaminantes demostró que los aportes de MP10, MP2,5, NO₂, SO₂ y CO en receptores sensibles se mantienen por debajo de las normas de calidad del aire vigentes. Incluso al sumar los aportes del Proyecto a las concentraciones medidas en las estaciones Maitencillo y 21 de Mayo, no se observan incrementos significativos que puedan afectar la calidad del aire local. En consecuencia, no se evidencian circunstancias que configuren riesgo para la salud según el artículo 5 del RSEIA. En relación con los niveles de ruido (letra b del artículo 5 del reglamento del SEIA), el modelamiento acústico efectuado con SoundPLAN v8.2 indicó superaciones preliminares durante las fases de construcción y cierre. No obstante, con la implementación de un cierre perimetral acústico de 3,6 m de altura en los deslindes norte y este, los niveles proyectados cumplen con los límites máximos establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA para todos los puntos evaluados. Adicionalmente, el Proyecto incorpora un compromiso voluntario de monitoreo de ruido (Punto 8.17 de este documento) en los puntos más cercanos al límite normativo. De este modo, se confirma que no se generará impacto acústico en los receptores aledaños. Sobre la exposición a contaminantes mediante efluentes (letra c del artículo 5 del reglamento del SEIA), se determinó que las aguas servidas generadas en construcción, operación y cierre corresponden exclusivamente a residuos líquidos domésticos, con volúmenes máximos estimados de 6 m³/día, 0,6 m³/día y 5 m³/día respectivamente. En construcción y operación, estos serán tratados en una planta de tratamiento tipo estaca y reutilizados para labores de humectación; en cierre, se emplearán baños químicos cuyo manejo estará a cargo de una empresa autorizada. En todos los casos, el retiro y disposición se realizará conforme al D.S. N°594/1999, sin existir descargas a cursos de agua superficiales o subterráneas. Dado lo anterior y considerando la reducida escala temporal de las actividades, no se anticipan riesgos para la salud de la población por esta vía. Finalmente, respecto al manejo de residuos (letra d del artículo 5 del reglamento del SEIA), se identificaron residuos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos, con cantidades máximas estimadas durante la construcción de 1,2 ton/mes, 1,25 ton/mes y 0,019 ton/mes respectivamente. Para ello, el Proyecto contempla bodegas y patios de almacenamiento temporal acondicionados conforme a la normativa sanitaria, así como el retiro periódico por empresas autorizado y disposición en sitios autorizados por la SEREMI de Salud. El cumplimiento estricto de estas medidas asegura que no exista afectación al suelo, agua o aire por el manejo de residuos. En consideración de todos los antecedentes técnicos y medidas de manejo implementadas, se concluye que el Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población asociado a emisiones atmosféricas, ruido, efluentes o residuos, descartándose las circunstancias del artículo 5 del Reglamento del SEIA.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración del suelo. Dada la necesidad de remover cobertura vegetal la comparación para la instalación de obras, el recurso suelo puede verse alterado. Componente ambiental afectado Suelo Acción que lo genera Habilitación caminos de acceso. Movimientos de tierra área BESS Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Alteración sobre la cantidad y calidad de la calidad del aire. Componente ambiental afectado Aire Acción que lo genera Movimientos de tierra área BESS. Tránsito de vehículos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de flora. Componente ambiental afectado Flora Acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Perturbación de la fauna por emisiones de ruido y vibración. Componente ambiental afectado Fauna Acción que lo genera Excavaciones, montaje de estructuras y operación de sistemas auxiliares. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de fauna. Componente ambiental afectado Fauna Acción que lo genera Ruido, tránsito y presencia humana en áreas de influencia. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3.1, 5.2.3.2 y 6.2 En relación con la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, se evaluaron los componentes ambientales conforme al artículo 6 del Reglamento del SEIA. En el área de influencia del Proyecto se identifican especies de flora y fauna propias del ecosistema desértico costero, incluyendo cactáceas y herbazales suculentos, así como reptiles y aves, algunas de ellas en categoría de conservación o con distribución restringida. La evaluación demostró que el Proyecto no compromete recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Respecto del suelo (letra a del artículo 6 del Reglamento del SEIA), la clasificación edafológica del área —correspondiente íntegramente a la Unidad Homogénea de Suelo UHS1-Terraza Coluvial, de Capacidad de Uso VI Is9 — muestra características limitantes naturales como pedregosidad superficial y subsuperficial, drenaje imperfecto y baja capacidad de sustentar biodiversidad. Tanto el riesgo de erosión actual como el riesgo asociado al cambio climático son bajos, no evidenciándose procesos que puedan agravarse por la ejecución del Proyecto. Las intervenciones se restringen a nivelación y compactación temporal del terreno, acciones que serán revertidas durante la fase de cierre. Debido a la gestión adecuada de residuos y efluentes, no se prevé contaminación del suelo. En relación con la flora, fauna y biota intervenida (letra b del artículo 6 del Reglamento del SEIA), se realizaron campañas de terreno que permitieron caracterizar integralmente la vegetación del área, identificándose un herbazal con suculentas que cubre el 100% del territorio evaluado. No existe presencia de bosque nativo ni formaciones xerofíticas, registrándose solo dos individuos de Baccharis linearis protegida por el D.S. N° 68/2009. Se registraron 19 especies vegetales, mayoritariamente endémicas, incluyendo seis en categoría de conservación: Cumulopuntia sphaerica, Miquliopuntia miquelii, Eriosyce napina, Copiapoa coquimbana, Tetragonia pedunculata, Alstroemeria kingii Phil, “Eulychnia vallenarensis” (casi amenazada) y una de distribución restringida. Para la fauna, se identificaron 10 especies nativas, entre reptiles, aves y un mamífero, cinco de ellas en categoría de “Preocupación Menor”: Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama), Liolaemus platei (lagartija de Plate), Philodryas chamissonis (culebra de cola larga), Theristicus melanopis (bandurria) y Tadarida brasiliensis (murciélago común), Para evitar afectación a especies de baja movilidad, se implementará un Plan de Perturbación Controlada (Punto 8.11 de este Documento) para inducir el desplazamiento de reptiles, junto con un compromiso de limitar la velocidad vehicular a 30 km/h ((Punto 8.10 de este Documento). Considerando estos resguardos, y el bajo riesgo climático de pérdida de biodiversidad de fauna, el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la biota. Respecto a la magnitud y duración de los impactos sobre suelo, agua o aire (letra c del artículo 6 del Reglamento del SEIA), se determinó que las alteraciones serán temporales y acotadas a la fase de construcción, la cual se proyecta por 12 meses, mientras que la fase de cierre se estima en 6 meses. El Proyecto no utiliza agua proveniente de cursos naturales y el efluente tratado de la PTAS será reutilizado en humectación, sin infiltración ni descargas al medio. En cuanto al aire, las actividades no introducen contaminantes adicionales fuera de los ya evaluados en la modelación, cuyo impacto fue calificado como temporal y no significativo. En cuanto a la norma secundaria de calidad ambiental (letra d del artículo 6 del Reglamento del SEIA), la modelación atmosférica demostró que las concentraciones de material particulado y gases se mantienen bajo los valores de la norma de calidad del aire secundaria aplicable al Proyecto (Decreto N° 4 Exento de 1992 del MINAGRI) en los receptores sensibles evaluados. En cuanto a las concentraciones obtenidas en los puntos de máximo impacto, tanto de material particulado como de gases, éstas se encuentran bajo el valor de las normas secundarias de calidad del aire respectivas. Al sumar los aportes del Proyecto a las condiciones de línea de base, no se observan incrementos relevantes. Respecto al ruido en hábitats de fauna nativa (letra e) del artículo 6 del Reglamento del SEIA), no se identificaron áreas de nidificación, reproducción o alimentación relevantes en la zona. El análisis acústico determinó que el Proyecto no supera el umbral de 75 dB(C) a distancias relevantes para la fauna, y que los posibles efectos se aminoran mediante el Plan de Perturbación Controlada (Punto 8.11 de este Documento) para reptiles. En cuanto al manejo de productos químicos, residuos y otras sustancias (letra f del artículo 6 del Reglamento del SEIA), el Proyecto contempla bodegas especializadas para residuos domiciliarios, industriales y peligrosos —todas autorizadas— y su retiro será gestionado por empresas acreditadas. No se generarán descargas de efluentes a cuerpos de agua, y el uso de sustancias peligrosas se limita exclusivamente a la fase de construcción. Durante las fases de operación y cierre no se utilizarán sustancias peligrosas, por lo que no se prevé afectación a los recursos naturales renovables. Respecto al uso de recursos hídricos (letra g del artículo 6 del Reglamento del SEIA), se señaló que el Proyecto no intervendrá cuerpos de agua subterráneos ni superficiales, no afectará vegas, bofedales, humedales o estuarios, tampoco se relacionará con glaciares u otros sistemas hidrológicos sensibles. El Proyecto tampoco contempla la introducción de especies exóticas (letra h del artículo 6 del Reglamento del SEIA), ni generará pérdidas de resiliencia climática en los ecosistemas (letra i del artículo 6 del Reglamento del SEIA). No se identifican sinergias negativas entre el Proyecto y los efectos del cambio climático, y mediante compromisos voluntarios —como el rescate y relocalización de cactáceas y la propagación de Tetragonia pedunculata— se contribuye a fortalecer la permanencia de la flora local. En virtud de todos los antecedentes técnicos, medidas de prevención y compromisos ambientales voluntarios, se concluye que el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, descartándose las circunstancias señaladas en el artículo 6 del Reglamento del SEIA.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Alteración de los sistemas de vida y costumbre por el aumento en la concentración de contaminantes a emitir a la atmósfera y su relación con los grupos humanos presentes en el área de influencia. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra y tránsito de vehículos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración de los sistemas de vida y costumbre por el aumento de emisiones de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Utilización de maquinaria para la construcción del proyecto Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Conectividad o aumentos en los tiempos de desplazamientos. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito vehicular. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.3 y 6.3 Se determinó un Área de Influencia de Medio Humano (AIMH) de 2.483 hectáreas, que incorpora tanto el sector poblado de Maitencillo como los caminos de acceso al Proyecto, extendiéndose sobre parte del Llano de Victoria. Este territorio se caracteriza por actividades industriales existentes, así como por prácticas tradicionales de trashumancia caprina y equina, recolección de hierbas y observación del desierto florido. Debido a su localización y características, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas. Conforme al artículo 7 del Reglamento del SEIA, se analizaron las posibles afectaciones sobre el uso tradicional de recursos, la conectividad, la infraestructura básica y las actividades socioculturales. En primer lugar (letra a del artículo 7 del Reglamento del SEIA), el Proyecto no interviene ni restringe el acceso a recursos utilizados como sustento económico o cultural por las comunidades diaguitas Chipasse Ta Tatara y Luincara de Maitencillo, ni por crianceros o agrupaciones locales. Las prácticas de trashumancia y demás actividades tradicionales mantienen continuidad territorial. Asimismo, considerando el efecto acumulativo de otros proyectos del sector, se incorpora el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Habilitación de Corredor de Tránsito Comunitario” (Punto 8.9 de este Documento), que asegura la conectividad y circulación segura para las comunidades y usuarios del Llano de Victoria. En cuanto a la circulación y conectividad (letra b artículo 7 del Reglamento del SEIA), el aporte vehicular del Proyecto será acotado, con un máximo de 34 viajes diarios durante la construcción, 4 durante la operación y 28 en el cierre. Estos incrementos no generan congestión ni aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento. A ello se suman compromisos como el “Protocolo de comunicación, circulación y conducta vial”, la instalación de señalética y la limitación de velocidad a 30 km/h, los que refuerzan la seguridad vial y la convivencia territorial (Puntos 8.3, 8.4 y 8.10, respectivamente de este Documento). De esta manera, se descartan obstrucciones a la libre circulación o afectaciones en la conectividad de los grupos humanos. Respecto del acceso a bienes, equipamientos y servicios (letra c artículo 7 del Reglamento del SEIA), el Proyecto no contempla campamentos y su dotación será reducida, privilegiando la contratación local (CAV en Punto 8.1 de este Documento). Además, provee de manera propia los insumos necesarios para su ejecución, como agua, energía, alimentación y sanitarios. Por ello, no generará presión sobre servicios comunitarios existentes ni compromete su disponibilidad. En relación con las tradiciones, cultura e intereses comunitarios (letra d artículo 7 del Reglamento del SEIA), las actividades del Proyecto no interfieren con el desarrollo de labores tradicionales como el pastoreo trashumante o la recolección de hierbas. La implementación del CAV “Habilitación de Corredor de Tránsito Comunitario” (Punto 8.9 de este Documento) asegura la continuidad de las prácticas socioculturales, preservando el arraigo territorial y la cohesión social. En consecuencia, no se generan dificultades o impedimentos para el ejercicio de actividades culturales. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, se verificó que las comunidades diaguitas Chipasse Ta Tatara y Luincara de Maitencillo, las cuales no se ven afectadas por las actividades del Proyecto. Adicionalmente, el CAV “Protocolo de Comunicación, Circulación y Conducta Vial” establece instancias de información continua y contempla el cese temporal de actividades constructivas durante prácticas tradicionales de trashumancia, asegurando el respeto a sus dinámicas socioculturales y a su organización interna. El análisis efectuado permite concluir que no existen efectos directos ni significativos sobre sus sistemas de vida y costumbres. Considerando el emplazamiento del Proyecto en un área sin asentamientos humanos, la acotada magnitud de las actividades, las medidas de manejo y los compromisos ambientales implementados, se descarta cualquier susceptibilidad de afectación directa sobre grupos humanos del área de influencia, incluyendo aquellos pertenecientes a pueblos indígenas. En consecuencia, el Proyecto no genera reasentamiento ni alteraciones significativas de los sistemas de vida y costumbres, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento del SEIA.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 En relación con el artículo 8 del reglamento del SEIA. Dentro del área de influencia se registró la presencia de actividades realizadas por dos comunidades indígenas —Diaguita Chipasse Ta Tatara y Diaguita Luincara de Maitencillo—; sin embargo, las obras se ubican fuera de zonas habitadas o con uso comunitario, sin significancia cultural directa, y los efectos potenciales se limitan exclusivamente al período de construcción, contando con medidas de gestión ambiental y comunicación que aseguran una adecuada relación con los grupos humanos del territorio. Respecto de la susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, los análisis y entrevistas realizados a ambas comunidades demuestran que estas cuentan con estructuras organizativas vigentes que no se verán interferidas por la ejecución del Proyecto. Además, se incorporan compromisos ambientales voluntarios (mencionados en tabla anterior), que establecen acciones de coordinación y suspensión temporal de actividades constructivas durante el desarrollo de prácticas tradicionales como la trashumancia. De esta manera, se descarta cualquier afectación significativa a los sistemas de vida, costumbres u organización social de grupos humanos presentes en el área de influencia. En cuanto a la susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, el análisis territorial confirma que el Proyecto se emplaza completamente fuera de áreas bajo protección oficial, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos o glaciares. Las áreas protegidas más cercanas se encuentran a distancias significativas, entre ellas el Parque Nacional Llanos del Challe (28,4 km), la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt (84 km), diversos santuarios de la naturaleza ubicados fuera del área de influencia y el Complejo Lacustre Laguna del Negro Francisco – Laguna Santa Rosa, reconocido como Sitio Ramsar, ubicado a más de 196 km del emplazamiento. Asimismo, aunque dentro del área de estudio se identifican elementos patrimoniales como Monumentos Históricos, Inmuebles de Conservación Histórica y una Zona Típica, ninguno de ellos se sitúa dentro del área de influencia directa del Proyecto. Respecto de Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad, se identifican cinco en el área de estudio, de los cuales solo el “Desierto Florido” se encuentra dentro del área de influencia. Este sitio, sin embargo, no se verá afectado por las actividades del Proyecto, ya que no se intervendrán recursos vegetales ni se realizarán acciones que alteren los procesos ecosistémicos asociados. Similarmente, aunque el río Huasco se ubica a 1 km del área del Proyecto, no se realizará extracción de agua ni descarga de residuos hacia él, descartándose impactos en sus condiciones naturales. En consideración del emplazamiento del Proyecto, la distancia a áreas sensibles, la inexistencia de intervenciones en ecosistemas protegidos y las medidas de manejo y prevención implementadas, se concluye que no existe susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, recursos naturales relevantes, áreas protegidas, humedales, glaciares ni territorios con valor ambiental. Por lo tanto, el Proyecto no genera efectos adversos significativos asociados al literal del artículo 8 del Reglamento del SEIA.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 En relación con la inexistencia de alteración significativa del valor paisajístico o turístico en el área de influencia del Proyecto, se determinó que el territorio presenta una valoración turística baja, caracterizada por una presencia limitada de atractivos naturales, un valor cultural y patrimonial medio, y la ausencia de clústeres turísticos consolidados. Asimismo, el área donde se emplaza el Proyecto posee un valor paisajístico clasificado como medio, según la evaluación de sus atributos biofísicos, estructurales y estéticos. En consecuencia, las características del lugar no configuran un espacio con alta sensibilidad visual o turística que pueda ser significativamente afectado por las obras. Así, se analizó en primer término la obstrucción de la visibilidad hacia zonas con valor paisajístico (letra a del artículo 9 del Reglamento del SEIA). El estudio de visibilidad e intervisibilidad, realizado desde ocho puntos de observación, mostró que, aun cuando el territorio posee alta exposición visual y amplias cuencas panorámicas, la ubicación del Proyecto en un sector cordillerano permite que permanezca mayoritariamente oculto por la topografía. Así, aproximadamente la mitad del área de influencia visual (1.716 ha de 3.426 ha) no presenta visibilidad directa hacia las instalaciones, producto de la compacidad del relieve ondulado. Además, las unidades de paisaje predominantes —Cordones Montañosos y Valle— fueron clasificadas con calidad visual media y no poseen elementos sobresalientes o singulares que aumenten su sensibilidad. Asimismo, el análisis en contexto de cambio climático (ARClim) indica que el paisaje no experimentará cambios sustanciales en el futuro, manteniendo condiciones similares a la línea base, con excepción de una mayor susceptibilidad en la vegetación debido a posibles disminuciones en las precipitaciones. En conjunto, estos antecedentes permiten concluir que el Proyecto no obstaculiza de forma relevante la visibilidad en un territorio de valor paisajístico. En relación con la alteración de atributos paisajísticos (letra b artículo 9 del Reglamento del SEIA), el Proyecto se emplaza en un entorno ya intervenido por actividades antrópicas e industriales, lo que disminuye su sensibilidad visual. Los valores de los atributos biofísicos y estéticos evaluados para la macrozona Norte Chico corroboran que el área posee un valor paisajístico medio y que las instalaciones proyectadas no modifican de forma apreciable su carácter ni su estructura visual. Por lo tanto, no se prevé una alteración significativa de los atributos del paisaje. Respecto de la eventual afectación a zonas con valor turístico o la obstrucción de accesos hacia ellas, la distancia existente entre el Proyecto y los principales atractivos turísticos constituye un factor decisivo para descartar impactos significativos. Los sitios naturales de mayor relevancia, como la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt y la Reserva Marina Isla Chañaral, se ubican a más de 80 km al suroeste del emplazamiento. Los atractivos culturales, incluidos la Iglesia Parroquial de Freirina y el Edificio Los Portales, se encuentran a aproximadamente 15 km del Proyecto, mientras que otros elementos culturales —como las Chimeneas de Labrar o sitios de Carrizalillo— se localizan a distancias superiores a 40 km. La oferta turística del área, caracterizada por servicios concentrados en Chañaral de Aceituno, Maitencillo y Freirina, se mantiene sin afectación, considerando que el Proyecto no genera interferencias en accesos, rutas o dinámicas de visita. Además, la Comuna de Freirina presenta una baja intensidad turística, condición que el Proyecto no modifica. Por otra parte, la valoración turística integral del área —determinada como baja según la presencia de atractivos, valor cultural y patrimonial, y servicios turísticos— confirma que no existe riesgo de alteración significativa de esta componente. Del mismo modo, la evaluación de riesgos climáticos para el sector turismo muestra valores de riesgo medio únicamente en cadenas de impacto asociadas a cambios en precipitaciones o seguridad hídrica, sin relación directa con la ejecución del Proyecto. En virtud de todo lo expuesto, y considerando el emplazamiento del Proyecto, la baja sensibilidad turística de la zona, la visibilidad limitada, la calidad visual media del paisaje y la lejanía respecto de atractivos turísticos relevantes, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa del valor paisajístico ni turístico, descartándose las circunstancias previstas en el artículo 9 del Reglamento del SEIA.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 En relación con la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, pertenecientes al patrimonio cultural, se realizaron prospecciones sistemáticas en terreno y análisis de gabinete que permitieron confirmar que dentro del área de influencia del Proyecto no existen elementos arqueológicos, paleontológicos ni Monumentos Nacionales. Esta ausencia de patrimonio cultural material permite descartar, desde el inicio, la posibilidad de generar una afectación significativa a este componente. En este sentido, se evaluaron los posibles efectos sobre patrimonio cultural. En primer lugar (letra a del artículo 10 del Reglamento del SEIA), las actividades de inspección realizadas mediante transectos paralelos separados por 20 metros permitieron recorrer exhaustivamente el 100% del área de influencia, sin detectarse elementos protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. El único registro correspondió a un predio agrícola acondicionado mediante técnicas de irrigación en suelos desérticos, catalogado solo como elemento de interés patrimonial y sin valor arqueológico o histórico protegido. La revisión de antecedentes indica que los Monumentos Nacionales más cercanos se encuentran en Freirina, a aproximadamente 10 km, por lo que no existe riesgo de remoción, destrucción o intervención de estructuras protegidas. Asimismo, ante un eventual hallazgo fortuito, el Proyecto aplicará los procedimientos establecidos en los artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 y en el Reglamento de Excavaciones, informando inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales. Adicionalmente, el componente paleontológico fue evaluado mediante prospección especializada, concluyéndose la inexistencia de fósiles o depósitos paleontológicos en el territorio evaluado. Dado que el área presenta un potencial paleontológico medio-bajo, se incorpora un Compromiso Ambiental Voluntario consistente en la realización de charlas paleontológicas preventivas dirigidas a trabajadores, con el fin de evitar daños a patrimonio y reforzar los protocolos de actuación. Respecto de la posible modificación o deterioro de construcciones, sitios o lugares con valor patrimonial, científico o histórico (letra b del artículo 10 del Reglamento del SEIA), se confirmó que ninguna de las partes, obras o acciones del Proyecto se ejecuta en proximidad a sitios culturales o patrimoniales relevantes. Tampoco existen estructuras tradicionales o vinculadas al patrimonio indígena en la zona de intervención. En consecuencia, se descarta cualquier efecto permanente sobre construcciones o sitios pertenecientes al patrimonio cultural material o inmaterial. En cuanto a la afectación de lugares donde se desarrollen manifestaciones culturales o folclóricas de comunidades o grupos humanos, con especial énfasis en pueblos indígenas (letra c), se verificó que, si bien existen comunidades indígenas en Maitencillo y Tatara, estas no desarrollan actividades tradicionales ni prácticas culturales en el Llano de Victoria o en sectores cercanos al emplazamiento del Proyecto. No se reconocen sitios utilizados para ceremonias, actividades rituales o prácticas culturales recurrentes, ni existe vinculación territorial directa con el área donde se ubicarán las obras. De este modo, se descarta la posibilidad de que la construcción u operación del Proyecto interfiera con espacios de expresión cultural o con elementos del patrimonio inmaterial. En virtud de los antecedentes recopilados en terreno, el análisis arqueológico y paleontológico, la inexistencia de elementos patrimoniales en el área de influencia, y los compromisos preventivos adoptados, se concluye que el Proyecto no genera alteración de monumentos, sitios arqueológicos, antropológicos, históricos o bienes pertenecientes al patrimonio cultural, descartándose por completo las circunstancias del artículo 10 del Reglamento del SEIA.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturalezasegún se establece en el artículo 138 Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD N° 292 / 2026, de fecha 07 de enero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados sobre este premiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento temporal de RSD y RSNP en la Instalación de faena Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Titular deberá elaborar y reportar un Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), incluyendo la siguiente información: nombre del residuo/cantidad generada/fecha de retiro/transportista autorizado/empresa destinataria. Lo anterior para la fase de operación. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD N° 292 / 2026, de fecha 07 de enero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados sobre este premiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2

6.1.3. para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Titular deberá elaborar y reportar un Informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), incluyendo la siguiente información: nombre del residuo/clasificación art. 18 y art. 90 D.S N°148 del 2003 del MINSAL/cantidad generada/fecha de retiro/transportista autorizado/empresa destinataria. Lo anterior, sin perjuicio de la obligatoriedad de la declaración mediante SIDREP-VU del MMA, la cual deberá realizarse a nombre del Titular. (en fase de operación) Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD N° 292 / 2026, de fecha 07 de enero de 2026, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados sobre este premiso. Referencia al ICE para Tabla 10.1.3 mayores detalles

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones temporales: • Bodega de residuos domiciliarios • Bodega SUSPEL • Bodega RESPEL • Área de descanso y comedor • años y vestuarios Instalaciones permanentes: • Área de almacenamiento BESS • Sala de control (Paño derivación) • Sala de Celdas (Paño de derivación) • Caseta guardia • Oficinas sector BESS Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD N° 443/2025, de fecha 24 de septiembre de 2025, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados sobre este premiso. Mediante Oficio ORD N° 004, de fecha 07 de enero de 2026, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados sobre este premiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Norma D.F.L N°458/76 del Ministerio de Vivienda, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras temporales y permanentes afectas al PASM 160. Forma de cumplimiento RCA Favorable con la obtención de Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°160 (PASM 160). Autorización sectorial que aprueba el Informe Favorable para la Construcción (IFC) Comprobante en obra del servicio otorgado. Debido a que el Proyecto se ubica fuera de los límites urbanos regulados por un Instrumento de Planificación Territorial, se ha definido el requerimiento de solicitar el informe favorable para la construcción (ex cambio uso de suelo) de algunas áreas del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°160 (PASM 160). Autorización sectorial que aprueba el Informe Favorable para la Construcción (IFC) Forma de control y Obtención de los Permisos de Edificación correspondiente al seguimiento artículo 116, y Permiso de Recepción de obras referente al artículo 145 y de forma sectorial el IFC. Norma D.S. N°47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Obras permanentes de infraestructura energética Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras permanentes de infraestructura energética. El Proyecto consiste en la construcción y operación de un sistema de almacenamiento de energía eléctrica BESS, para lo cual requerirá de la instalación de obras permanentes fuera del límite urbano regulado por los Planes Reguladores. Dado que el Proyecto comprende obras de uso de suelo del tipo infraestructura energética (línea de transmisión), le es aplicable lo señalado en el Artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y las interpretaciones que, de este Artículo, se realizan en las Circulares DDU 218 y 219 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Forma de cumplimiento Las obras del Proyecto se ubican en zona rural. De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2.1.29 las instalaciones o edificaciones de infraestructura energética, uso al que el Proyecto, se entenderán siempre admitido en zona rural. Por tanto, el Proyecto es compatible territorialmente. Indicador que acredita su cumplimiento RCA favorable con la obtención del Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°160 (PASM 160). Forma de control y seguimiento Comprobante en obra del PAS 160 otorgado. Obtención de los Permisos de Edificación correspondiente al artículo 116, y Permiso de Recepción de obras referente al artículo 145. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.1 y 9.1.2

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas y efluentes. Norma D.S. Nº1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC. Aplicable a Actividades del Proyecto asociadas a emisiones, generación de residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo sustancias a la que aplica El Proyecto genera residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos y peligrosos durante sus fases. Además, las emisiones generadas a la atmósfera consisten en CO, NOx y SOx, todos gases derivados de, utilización de fuentes fijas como equipos electrógenos. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos descritos por el Reglamento en comento, el Titular cargará realizará la carga anual de sus los reportes asociados a las emisiones y residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de generación de residuos realizada a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°4/1992 del Ministerio de Salud – Norma Secundaria de Calidad del Aire para MPS en la cuenca del río Huasco. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones de Material particulado sedimentable. Forma de cumplimiento De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 1.5 de la DIA “Modelación atmosférica” modelación de concentraciones de contaminantes, los aportes en concentración, tanto de material particulado (MPS, MP10 y MP2,5) como de gases (NO2, CO y SO2), obtenidos en los receptores sensibles para la fase de construcción del Proyecto, se encuentran bajo el valor de las respectivas normas de calidad del aire. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de tipo y frecuencia de tránsito de la maquinaria y vehículos del Proyecto. Registro de aplicación de bischofita. Forma de control y seguimiento Seguimiento de los registros de medidas de control y tipo y cantidad de maquinaria y vehículos. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Resolución Exenta N°144 de 2020, del Ministerio de Medio Ambiente, en los artículos que se mencionan a continuación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fases de construcción y cierre Forma de cumplimiento Conforme a lo descrito en la R.E en comento, el Titular cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. Conforme al artículo 2, de manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial; - Acceder a la plataforma RETC con RUT de titular y clave única; y - Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder. Conforme al artículo 3, el encargado realizara las siguientes actividades: - Completará la información solicitada en el formulario de solicitud para acceder al Sistema VU RETC y georreferenciar correctamente su establecimiento. - Adjuntará la documentación digital que acredite que el Representante Legal indicado posee la autorización de representar a la empresa, servicio público u otra organización ante trámites del Estado. - Designará a los delegados para los sistemas sectoriales integrados al Sistema de VU del RETC, donde se reporte o declare información referida al establecimiento. - Completará los formularios de producción y de inversión, costos de operación y mantención, eficiencia de captura y fijación de sistema de control de emisiones, residuos y transferencias de contaminantes, como asimismo el de inversión, operación y mantención de los sistemas de monitoreo de las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes. - Deberá comunicar al Ministerio del Medio Ambiente el cambio de titularidad del o los establecimientos, en un plazo no mayor a seis meses. - Vinculará la información de las Resoluciones de Calificación Ambiental asociadas a su establecimiento. Conforme al artículo 7, el encargado informará al Ministerio del Medio Ambiente, a través del Sistema VU RETC, el cese de funciones o cierre definitivo del establecimiento, enviando la documentación que lo acredite. Conforme al artículo 11, el encargado realizará, a través del Sistema VU RETC, durante el mes de octubre de cada año, la declaración jurada anual, en virtud de la cual deberá dar fe de la veracidad de la información ingresada y del hecho de que no existen omisiones respecto a las emisiones, residuos, productos prioritarios y/o transferencias de contaminantes de su establecimiento. Indicador que acredita su cumplimiento Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante, ante el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. El Administrador, se encargará de ingresar la información requerida en la forma y los plazos establecidos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. Nº75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica: Artículo 2. Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto en las que se realice transporte de materiales y/o residuos Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las distintas fases, los camiones transportarán materiales y/o residuos que son materia de este cuerpo legal. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de esta normativa, se contempla que los vehículos de transporte cumplan todas las disposiciones señaladas en el cuerpo legal, deberán cumplir lo siguiente: - La circulación de camiones deberá llevarse a cabo con los vehículos cubiertos con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga, de modo que impida la dispersión del material particulado; - Se exigirá a los contratistas el control necesario para asegurar el cumplimiento de la norma. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se realizarán inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que ésta se encuentre correctamente cubierta; se mantendrá un registro de dichas inspecciones. Forma de control y seguimiento Se verificará el cumplimiento de las medidas propuestas mediante un registro que estará disponible para la entidad fiscalizadora. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. Nº55/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión a vehículos motorizados pesados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos pesados utilizados por el Proyecto. Se requerirá maquinaria pesada para la materialización del Proyecto, para los mínimos casos de movimientos de tierra que abran, y otros que requieren del transporte de materiales y residuos generados en el lugar de la obra, los que serán transportados en camiones. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a sus contratistas contar con vehículos con sus mantenciones al día y permisos vigentes, A saber: - Contar con Certificado de emisiones al día; - Contar con Revisión técnica al día; y - El empleo de flota que certifique el cumplimiento de esta norma, además de mantenimiento trimestral de dicha maquinaria. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de revisiones al día. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Movimientos de tierra, transporte de carga y tránsito de vehículos. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la fase de construcción se generarán emisiones de polvo asociadas al tránsito de vehículos. Además, existirán instalaciones que deben cumplir con esta normativa. Forma de cumplimiento Durante la ejecución de las obras, se cumplirá con las acciones destinadas a minimizar las emisiones atmosféricas. Los equipos y maquinarias usados para las faenas serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Los camiones que transportarán materiales inertes de la obra lo realizarán con una carpa, debidamente sujeta a la carrocería y en buen estado. Indicador que acredita su cumplimiento La verificación de cumplimiento de estas medidas se realizará in situ, mediante inspección visual y registro mediante una lista de chequeo Forma de control y seguimiento Registro en obra de: - Frecuencia y lugares de humectación Frecuencia limpieza de accesos, - De arribo de camiones correctamente encarpados. De estado del cierre perimetral. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto Supremo Nº4 de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control”. Modificado por Decreto N°58/2004. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos, camiones y maquinarias Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinaria utilizados deberán contar con documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones. Indicador que acredita su cumplimiento Las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilizan en el Proyecto Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de acreditación y reacreditación mensual de todos los vehículos que trabajen en Fase de Construcción, que demuestre que tengan revisión técnica y control de gases al día. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto Supremo N°144 de 1961, Ministerio de Salud, “Establece norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades que generen emisiones atmosféricas en frentes de trabajo. Las emisiones atmosféricas serán acotadas al tiempo de duración de las actividades del Proyecto. En la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado producto de los movimientos de tierra, carga y descarga de material y transporte de materiales, insumos y residuos para la construcción del Proyecto. En la fase de operación, las emisiones atmosféricas son el tránsito vehicular, las cuales serán únicamente por las acciones de mantenciones programadas y correctivas, en caso de reparación de equipos y materiales, además del retiro de residuos generados por el parque. Para la fase de Cierre se generarán emisiones de material particulado debido a las actividades propias del desmontaje de estructuras y transporte de material. Forma de cumplimiento Los equipos y maquinarias usados durante las distintas fases del Proyecto serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Los vehículos poseerán sus mantenciones al día. Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son: - La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados; - Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día; - El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en caminos internos y públicos; - La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales combustibles; El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a los 30 (km/h) en zonas de faenas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se considera un registro interno para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto y se realizarán inspecciones periódicas (al menos una vez a la semana) a los vehículos con carga para verificar la correcta forma de traslado de ésta. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro disponible para la autoridad. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°279/83 Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Vehículos Motorizados de Combustión interna. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Utilización de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo. Se contempla el uso de vehículos motorizados para el desarrollo de actividades de las distintas fases del Proyecto Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°54/94 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión aplicable a vehículos motorizados medianos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto debido a Utilización de vehículos medianos en los frentes de trabajo Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la fase de construcción, operación y abandono se contempla el uso de vehículos motorizados medianos. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto N°211 de 1991, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos, modificado por Decreto N°29/2012. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto por utilización de vehículos motorizados livianos en los frentes de trabajo. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En el Proyecto se contempla el uso de vehículos motorizados livianos Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos, sean sometidos a mantenciones periódicas (semestralmente) y cumplan con las normas de emisión. Además, los vehículos contarán con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº1/07 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, publicado en el Diario Oficial el 29 de octubre de 2009 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Utilización de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo. Las emisiones de gases durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se refieren al tránsito de camiones, vehículos menores y utilización de maquinaria Forma de cumplimiento El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con este Decreto, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Respecto de la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones periódicas (trimestralmente). Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro del control de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos, las cuales se mantendrán en la faena. A fin de facilitar la fiscalización. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Servicios higiénicos y provisión de agua potable. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Disposición de servicios higiénicos y tratamiento de aguas servidas Para las fases de construcción y operación se habilitarán servicios higiénicos en las instalaciones de faena que se conectaran a una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), los antecedentes de la PTAS se presentan en el Anexo 3.1 de la Adenda “PAS 138 Fase Construcción y operación”. Para la fase de cierre en tanto se considera el uso de baños químicos, en cantidad y condiciones acordes a los lineamientos del D.S. N°594/1999. El Proyecto contempla el suministro de agua potable para la dotación de personal que trabaje para el Proyecto Forma de cumplimiento Para todas las fases del Proyecto se contempla la instalación y uso de una Planta de tratamiento de aguas servidas, para las descargas de aguas residuales no industriales. Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, se contará con un sistema de provisión de agua potable consistente en un estanque de agua potable en la Instalación de faenas, el que será abastecido por un tercero autorizado por medio de camión aljibe y cumplirá con las condiciones y cantidades de la presente norma. La empresa que proveerá esta agua contará con la autorización sanitaria respectiva Indicador que acredita su cumplimiento Presentación y aprobación del permiso ambiental sectorial mixto 138, además de la autorización y funcionamiento de la SEREMI de Salud. Se mantendrán en faena, copias de los contratos relativos a la empresa que proporcionará agua embotellada y dispensadores de agua potable. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La fase de construcción del Proyecto, requerirá́́́́́́́́́́́́́́́́ actividades de transporte de materiales e insumos al área de emplazamiento del Proyecto. En la fase de operación se contempla el uso de vehículos para las mantenciones. La fase de cierre considera el transporte de instalaciones y residuos Forma de cumplimiento Se exigirá a los contratistas contar con los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de esta normativa, tales como permisos de circulación, revisión técnica, control de gases, entre otros, al día. Se exigirá que los vehículos de transporte reúnan las características técnicas de construcción, dimensiones y condiciones de seguridad, comodidad, presentación y mantenimiento que establece la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de los antecedentes de cada vehículo que se utilice en el Proyecto, que contenga la información de los permisos de circulación, revisión técnica, control de gases, al día. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de los antecedentes de cada vehículo que se utilice en el Proyecto, que contenga la información de los permisos de circulación, revisión técnica, control de gases, al día. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.1 a 9.2.3, 9.2.6, de la 9.2.8 a la 2.2.17 y 9.2.22

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Residuos, sustancias peligrosas Norma D.S. N°12/20, Ministerio del Medio Ambiente, Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a envases y embalajes Artículo 7º. Productores sujetos a la responsabilidad extendida del productor. La responsabilidad extendida del productor será aplicable a aquellos que introduzcan en el mercado nacional bienes de consumo envasados o embalados, cuyos envases estén compuestos por, al menos, uno de los cinco materiales indicados en el artículo 5º. Sin perjuicio de lo anterior, no estarán sujetos a la responsabilidad extendida del productor, los productores que califiquen como microempresas, según las define la ley Nº 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño. Asimismo, no estarán obligados a cumplir metas de recolección y valorización ni obligaciones asociadas, los productores que introduzcan en el mercado menos de 300 kilogramos de envases al año, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 10. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo sustancias a la que aplica Generación de residuos reutilizables y/o reciclables Forma de cumplimiento Considerando que el proyecto necesita la incorporación al mercado nacional, bienes de consumo envasados o embalados, cuyos residuos superan los 300 kg/año, el titular dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 del presente Decreto. Artículo 21. Metas de recolección y valorización de residuos de envases y embalajes domiciliarios. Los productores de envases domiciliarios estarán obligados a cumplir, a través de un sistema de gestión, con las siguientes metas de recolección y valorización de residuos, respecto del total de envases domiciliarios introducidos por ellos en el mercado nacional:

Sin embargo, y considerando que solo se requerirá de dichos productos para la fase de construcción del proyecto, se dará cumplimiento como mínimo, a lo establecido para el año 1. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de ingreso al sistema de ventanilla única, incluyendo la razón social del titular a cargo del sistema de declaración. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en forma digital y físico el registro de todos los ingresos al sistema, por medio de la plataforma del sistema de ventanilla única RETC. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°57/19 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de clasificación, etiquetado y notificación de sustancias químicas y mezclas peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas. Artículo 1.- El presente reglamento establece los criterios y obligaciones relativas a la clasificación, etiquetado, notificación y evaluación de riesgo de sustancias y mezclas peligrosas, que deberán cumplir los fabricantes e importadores de ellas, con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. Para clasificar como peligrosas las sustancias y mezclas se considerarán los peligros físicos, los peligros para la salud y los peligros para el medio ambiente, descritos en el Título III "De las características y criterios de peligrosidad para la clasificación de sustancias y mezclas" del presente reglamento. Se debe presentar Hojas de Datos de Seguridad (HDS) las cuales dan cumplimiento a las secciones y formato establecidos en la norma NCh 2245:2015 Hoja de Datos de Seguridad de Productos Químicos. Forma de cumplimiento Clasificación de sustancias de acuerdo con la peligrosidad, contabilización de HDS diarias y registro de ingreso a la bodega de sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de Hojas de Datos de Seguridad de todas las sustancias presentes en la bodega. Registro de ingreso a la bodega de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento El encargado llevará un registro y seguimiento del cumplimiento normativo, el que estará disponible en todo momento facilitando la fiscalización por parte de la autoridad pertinente. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. Nº594/99, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla generación de residuos industriales no peligrosos, domiciliarios y peligrosos. Forma de cumplimiento El proyecto considera la utilización de sustancias peligrosas en bajas cantidades, las cuales serán almacenadas y manejadas de acuerdo con la normativa vigente. El proyecto no realizará descargas de contaminantes a la red pública de desagüe, cauces cercanos ni aguas subterráneas. En las Instalaciones de Faena se dispondrá de un área de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios, residuos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores ubicados en los frentes de trabajo, los que diariamente serán retirados y trasladados al patio de salvataje, lugar desde el que serán retirados por una empresa transportista autorizada, encargada de trasladarlos hasta un lugar de disposición final autorizado conforme se establece en el Artículo 19 del presente Decreto, de forma mensual. Los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores metálicos ubicados al interior de la bodega de residuos peligrosos. Estos residuos serán retirados semestralmente para su disposición final en sitios autorizados. En la fase de operación, los residuos serán retirados inmediatamente por el personal que visite las instalaciones a realizar actividades de limpieza o mantención. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de seguimiento de residuos (ingreso y egreso de sitios de almacenamiento temporal). • Documentación que acredite que las empresas que transportan los residuos están autorizadas. • Documentación que acredite los sitios de disposición cuenten con la autorización sanitaria correspondiente. • Presentación y aprobación del permiso ambiental sectorial mixto 140, además de la autorización y funcionamiento de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. • Presentación y aprobación del permiso ambiental sectorial mixto 142, además de la autorización y funcionamiento de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Forma de control y seguimiento Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento con las exigencias del artículo 19 del presente decreto. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.F.L N°725, de 1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos. En todas las fases del Proyecto se generarán residuos de tipo doméstico, industriales no peligrosos y peligrosos. El almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos en todas las fases del Proyecto será en un sitio exclusivo para esta actividad. Los residuos de este tipo que se generen en frentes móviles serán transportados diariamente a dichos patios de salvataje. Los residuos peligrosos generados se almacenarán temporalmente, conforme a lo establecido por el D.S N°148/2003 en bodega de RESPEL Forma de cumplimiento Mantención semanal de áreas de acopio de residuos, resguardo de sus cercos o cierres perimetrales. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se presenta la DIA con los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos N°140 y N°142 (PASM 140 y PASM 142), asociados al acopio de residuos. Se solicitará sectorialmente autorización de Proyecto y funcionamiento de los sitios de almacenamiento de residuos. Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas por el Proyecto y se mantendrá registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas, así como del RETC y SINADER, según corresponda. Forma de control y seguimiento Se mantendrán copias de la documentación aplicable en el área del Proyecto, disponible para su revisión por las entidades fiscalizadoras. Registro fotográfico mensual. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº1 del Ministerio de Salud. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, publicado en el Diario Oficial el 21 de febrero de 1989. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sectores de acopio de residuos. Se generarán residuos sólidos no peligrosos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. El Proyecto contempla implementar, zona de acopio de residuos domésticos, zona de acopio de residuos industriales no peligrosos y bodega de residuos peligrosos, para el manejo diferenciado de los residuos sólidos domiciliarios (RSD), los residuos industriales no peligrosos (RISES) y los residuos peligrosos (RESPEL). Forma de cumplimiento Previo a la implementación de estas instalaciones, se solicitarán los permisos de aprobación de Proyecto ante la SEREMI de Salud, y posterior a su construcción, ante el mismo servicio, se solicitará el permiso de funcionamiento, cumpliendo de esta forma lo solicitado en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución Sanitaria relativa a las obras correspondientes a los PASM Nº140 y N°142, aprobados ambientalmente con la RCA favorable Forma de control y seguimiento Registro, en el área del Proyecto, de retiro de residuos domésticos, peligrosos y no peligrosos. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto Supremo Nº148 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, publicado en el Diario Oficial el 16 de julio de 2004. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodegas de Almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos. En las fases de construcción y cierre del Proyecto, existirá generación y acopio temporal de residuos peligrosos, tales como; envases de aceites usados, paños y elementos de protección personal contaminados y considerados como peligrosos. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán identificados y etiquetados, de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh. Nº2190 Of.1993 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”. Se tomarán todas las precauciones para evitar accidentes producto del mal manejo de residuos peligrosos, como el uso de EPP. Así como también se tomarán las precauciones y medidas necesarias para prevenir su inflamación o reacción, y para evitar derrames o descargas. Se realizarán capacitaciones al personal sobre el correcto manejo de estos residuos, además la bodega cumplirá con toda la normativa en cuanto a construcción y almacenamiento. Toda la información sobre la bodega de residuos peligrosos se encuentra contenida en el Anexo 6.3 PAS 142 de la DIA. El almacenamiento de los residuos se hará según compatibilidad, en contenedores herméticos y debidamente rotulados y luego serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para luego ser trasladados a sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente. El transporte y disposición final será realizada por una empresa calificada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la resolución sanitaria, relativa al PASM N°142 Oficio de Secretaría Regional Ministerial de Salud que autoriza Proyecto y funcionamiento de bodega de almacenamiento de residuos peligrosos. Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación. Verificación de las Resoluciones Sanitarias de empresas que realicen retiro y disposición final de residuos Forma de control y seguimiento Registro de la autorización sanitaria del sitio de almacenamiento temporal. Registro, en el área del Proyecto, de retiro de residuos peligrosos. Esto es, copia de la documentación relativa a la generación, despacho y disposición final de los RESPEL. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Resolución Exenta N°144/2020, del Ministerio de Medio Ambiente, Aprueba Norma básica para la implementación de modificación al reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades donde exista generación de residuos. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos descritos por el Reglamento en comento, el Titular cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial; - Acceder a la plataforma RETC con RUT de titular; y - Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder. Indicador que acredita su cumplimiento Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante, ante el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. El Administrador, se encargará de ingresar la información requerida en la forma y los plazos establecidos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de los comprobantes de ingreso al RETC. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Ley Nº20.920 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos industriales no peligrosos y Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables En el caso que el Titular adquiera aparatos eléctricos y electrónicos de un proveedor nacional u otros que apliquen a dicha definición: AEE: Todo aparato que, para funcionar correctamente, necesite corriente eléctrica o campos electromagnéticos, así como los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos. (Resolución Exenta N°0409/2018 del MMA hasta el día 31 de agosto del año 2018. Le será aplicables los artículos 5 y 34 de la presente Ley. Artículo 5º.- Obligaciones de los generadores de residuos. Todo generador de residuos deberá entregarlos a un gestor autorizado para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente, salvo que proceda a manejarlos por sí mismo en conformidad al artículo siguiente. El almacenamiento de tales residuos deberá igualmente cumplir con la normativa vigente. Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables deberán ser entregados a la municipalidad correspondiente o a un gestor autorizado para su manejo. Lo dispuesto en los incisos anteriores será sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34. Artículo 34.- De las obligaciones de los consumidores. Todo consumidor estará obligado a entregar el residuo de un producto prioritario al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por éstos e informadas a todos los involucrados. Sin perjuicio de lo anterior, los consumidores industriales podrán valorizar, por sí mismos o a través de gestores autorizados y registrados, los residuos de productos prioritarios que generen. En este caso, deberán informar al Ministerio, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, sobre la valorización efectuada. Los consumidores industriales que generen una cantidad de residuos superior a la señalada en el decreto supremo que establezca las metas y otras obligaciones asociadas y no den cumplimiento a lo dispuesto en los incisos anteriores serán sancionados en conformidad a la presente ley. Forma de cumplimiento Se realizará una separación de los residuos industriales no peligrosos y se contratará el servicio de retiro para reciclaje de los materiales que puedan ser reutilizados y, posteriormente, aquellos materiales que no se puedan utilizar nuevamente, serán llevados a sitios de disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de retiro de residuos a ser reciclados, contemplando su cantidad en cada retiro. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena una copia de este registro para su fiscalización. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°43/2016, Ministerio de Salud, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, que modifica al D.S. Nº78/2010 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para las fases de construcción se contempla una bodega de sustancias peligrosas, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto Supremo Forma de cumplimiento La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas debe cumplir como mínimo con las características señaladas a continuación: • Contar con un techo liviano y cierre perimetral de a lo menos 1,8 m de altura, de material incombustible, con resistencia al fuego de 15 minutos (RF15). • Tener piso de hormigón con un pretil u otro sistema perimetral que permita la contención de derrames hacia el exterior. • Contar con un sistema de extinción de incendio según su carga y compatible con las sustancias almacenadas. • Disponer de un kit de contención de derrame (pala, balde, material absorbente). • Contar con cartel que señale “Bodega sustancia peligrosas”, en caso de tener más de una bodega se deben numerar. • Tener acceso controlado, señalética de “No Fumar” y rombo de clasificación de riesgos según NCh 2190 Of.2019. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas Forma de control y seguimiento Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas disponibles para la autoridad fiscalizadora. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. Nº594 “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” de 29 de abril de 2000 de Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y cierre del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para las fases de construcción y cierre, se contempla una bodega de sustancias peligrosas, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto Supremo Forma de cumplimiento La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas debe cumplir como mínimo con las características señaladas a continuación: • Contar con un techo liviano y cierre perimetral de a lo menos 1,8 m de altura, de material incombustible, con resistencia al fuego de 15 minutos (RF15). • Tener piso de hormigón con un pretil u otro sistema perimetral que permita la contención de derrames hacia el exterior. • Contar con un sistema de extinción de incendio según su carga y compatible con las sustancias almacenadas. • Disponer de un kit de contención de derrame (pala, balde, material absorbente). • Contar con cartel que señale “Bodega sustancia peligrosas”, en caso de tener más de una bodega se deben numerar. • Tener acceso controlado, señalética de “No Fumar” y rombo de clasificación de riesgos según NCh 2190 Of.2019 Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas - Lista de chequeo que verifique las condiciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento Registro de facturas de adquisición de sustancias peligrosas disponibles para la autoridad fiscalizadora y correcto almacenamiento en bodega de sustancias peligrosas. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S N°160/09 del Ministerio de Economía, Fomento Reconstrucción, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Estanque de combustible para abastecimiento de maquinarias y equipos. El Proyecto contempla el almacenamiento de combustible, para camiones y maquinarias, tales como grupo electrógeno. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla el abastecimiento de combustible, para lo cual se procederá en estricto rigor a lo exigido por el D.S. N°160/09 y sus modificaciones en los Decretos N°101/2013, D. N°138/2016 y D. N°34/2019. El Proyecto contempla la instalación de un estanque de almacenamiento de combustible, por lo que se mantendrá el registro de cada descarga de la sustancia, como del proveedor que abastece el suministro. Indicador que acredita su cumplimiento Se implementará un instructivo para el llenado de la información de carga y descarga de combustible de equipos, cumpliendo la normativa de seguridad respectiva. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible un registro de controles con la información de carga y descarga de combustible. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Resolución 610 Exenta/1982 “Prohíbe uso de bifenilos - policlorinados (pcb) en equipos eléctricos”, del Ministerio del Interior, Subsecretaría de servicios eléctricos y gas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se considera el uso de equipos eléctricos en todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se verificará que todos los equipos eléctricos utilizados por el Proyecto no usen bifenilos-policlorinados. Indicador que acredita su cumplimiento Fichas técnicas de equipos dentro de la norma Forma de control y seguimiento Registro de las fichas técnicas de todos los equipos eléctricos del Proyecto. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2., 9.2.5, 9.2.7, 9.2.29 al 9.2.35, 9.2.39, 9.2.40

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. Nº138/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. N°146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo sustancias a la que aplica Receptores identificados en el Estudio de ruido y vibraciones, disponible como Anexo 3.1 de la DIA. El Proyecto considera fuentes emisoras de ruido durante la fase de construcción, operación y cierre de las obras. Forma de cumplimiento Si bien se generará ruido durante la fase de construcción, operación y cierre, la emisión queda por debajo de los límites permisibles de acuerdo con la normativa vigente, por lo que no se generará un impacto acústico y/o vibratorio negativo en los receptores identificados cercano al emplazamiento de este. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de Impacto Acústico y Vibratorio (Anexo 3.1 de la DIA), en donde se acredita el cumplimiento de la normativa, utilizando medidas de control a las fases de construcción y cierre tales como Cierre Perimetral Parcial (MCR1). Forma de control y seguimiento En caso de tener en terreno, fuentes de ruido, no equivalentes a las presentadas en el Estudio de Impacto Acústico, se deberán presentar los datos acústicos del vehículo o maquinaria a una empresa especializada que determine si sobrepasa los decibeles/norma de lo que esté sustituyendo en terreno. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. Nº594 del Ministerio de Salud. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Frentes de trabajo. Las disposiciones de este decreto serán plenamente aplicables durante todas las fases del Proyecto, ya que el Proyecto considera emisiones de ruido en la fase de operación, construcción y cierre. Forma de cumplimiento Para evitar el aumento de los niveles de ruido generado por maquinarias en contacto directo con los trabajadores, se atenuarán las condiciones de exposición a ruidos continuos, disponiendo la entrega del equipo de protección personal (EPP) apropiado a cada trabajador y de toda persona que visite las obras durante la construcción del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro de la entrega de los equipos de seguridad a todos los trabajadores. Forma de control y seguimiento Registro de la entrega de EPP a los trabajadores. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.20, 9.2.21

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Componentes ambientales. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1976, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Obras afectas al PAS 160 Parte, obra, acción, emisión, residuo sustancias a la que aplica Obras afectas al PAS 160. Proyecto evaluado requiere la construcción de instalaciones en área rural, por lo que requerirá del permiso para construir en terrenos rurales, esto de acuerdo con el Articulo 55. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto solicita el permiso ambiental sectorial del artículo N°160 del Reglamento del SEIA. D.S N°40/12 del MMA para construir en terrenos rurales, fuera de los límites urbanos. Indicador que acredita su Como indicador se considera la obtención de Permiso Ambiental cumplimiento Sectorial Mixto N°160 (PASM 160). Forma de control y seguimiento Comprobante en obra del permiso otorgado Obtención de los Permisos de Edificación correspondiente al artículo 116, y Permiso de Recepción de obras referente al artículo 145. Norma Decreto Ley N°3.557/1980 Establece disposiciones sobre protección agrícola. Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las áreas del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto evaluado en todas sus fases (construcción, operación y cierre) generará residuos y efluentes que potencialmente podrían contaminar el suelo. Forma de cumplimiento Los residuos y efluentes de todas las fases del Proyecto serán dispuestos conforme a la normativa vigente. Para más detalles ver PASM Nº138, PASM Nº140 y PASM Nº142, disponibles como Anexos en la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los respectivos PAS. Forma de control y seguimiento Se mantendrá una copia de los certificados respectivos en faena disponibles para la autoridad fiscalizadora. Comprobante en obra del permiso otorgado. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Ley N°17.288/70 del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales. Artículo 1.°- Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley. Artículo 26° Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas a cargo de las obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo. Artículo 27°. - Las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento. Artículo 38°. - El que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de Tierra de la fase de construcción. Forma de cumplimiento En caso de hallazgos, distintos a los identificados en las prospecciones realizadas de arqueología y paleontología (Anexo 3.9 de la DIA y Anexo 1.10 de la adenda, respectivamente), durante la realización de las actividades del Proyecto, se procederá de acuerdo con lo señalado en este cuerpo legal de la siguiente manera: - Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que éste es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. - Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. En caso de encontrarse el/la paleontólogo/a cargo, él/ella mismo/a deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto (al menos 2 metros) - Se deberá delimitar, considerando un buffer de 10 m, en caso de hallazgos arqueológicos, y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. - Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular. - Se deberá notificar al mismo tiempo a la SMA sobre dicho hallazgo. Se considera abordar temáticas de los componentes arqueológicos paleontológicos, en las charlas de inducción de los trabajadores del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Capacitaciones a los trabajadores, con el objetivo de enseñar a identificar hallazgos y la normativa relacionada. Se mantendrá registro claro y detallado de los temas abordados y los participantes de dichas capacitaciones. Los registros estarán disponibles ante eventuales fiscalizaciones y se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA Norma D.S. N°484/90 del Ministerio de Educación. Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Artículo 1°: Las prospecciones y/o excavaciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos y privados, como asimismo las normas que regulan la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales para realizarlas y el destino de los objetos o especies encontradas, se regirá por las normas contenidas en la Ley N°17.288 y en este reglamento. Artículo 23°: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él. Los objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en el artículo 21° de este reglamento. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de Tierra de la fase de construcción. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo Nº38 de la Ley Nº17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo Nº23 del D.S. Nº484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto. En caso de hallazgos, distintos a los identificados en el estudio de línea de base arqueológico (Anexo 3.9 de la DIA), durante la realización de las actividades del Proyecto, se procederá de acuerdo con lo señalado en este cuerpo legal de la siguiente manera: - En caso de hallazgo paleontológico, detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que éste es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral(horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. - Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. En caso de encontrarse el/la paleontólogo/a cargo, él/ella mismo/a deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto (al menos 2 metros) - Se deberá delimitar, considerando un buffer de 10 m, en caso de hallazgos arqueológicos, y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular. - Se deberá notificar al mismo tiempo a la SMA sobre dicho hallazgo. Se considera abordar temáticas relacionadas con los componentes arqueológicos y paleontológico, en las charlas de inducción de los trabajadores del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de las capacitaciones realizadas, detallando temas abordados y participantes, de manera de garantizar que sea de conocimiento de los trabajadores el protocolo frente eventuales hallazgos. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá una copia de los certificados respectivos en faena disponibles para la autoridad fiscalizadora. Comprobante en obra del permiso otorgado. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma D.S. N°5/98 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las obras del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto. Se especificará contractualmente a los contratistas la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre. Lo anterior será complementado con capacitaciones en la fase de construcción, operación y cierre al personal contratista Forma de cumplimiento Como indicador de cumplimiento se establecerá el registro de las inducciones realizadas. Se especificará contractualmente a los contratistas la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre. Lo anterior será complementado con capacitaciones en la fase de construcción, operación y cierre al personal contratista Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán en faena y planta los contratos y registro de capacitaciones con contratistas. Los registros de capacitaciones se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Norma Decreto N°1/2023, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°43, Establece Norma de emisión generada por alumbrados exteriores, del Ministerio del Medio Ambiente. Articulo 5.- Que, el cielo nocturno constituye un verdadero patrimonio para la humanidad y de acuerdo con la Declaración de La Palma (1), su observación sin contaminación lumínica debería considerarse como un derecho universal de las personas. En este sentido, es importante tener presente que, de la Reunión Internacional "El derecho a los cielos oscuros", convocada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, (Unesco, por su sigla en inglés), en México el año 2016, emanó el documento denominado "The Right to Dark Skies, El Derecho a los cielos oscuros", que reúne recomendaciones para proteger los cielos oscuros (2) Articulo 11.- Que, con la dictación de la Ley Nº 21.162 en 2019, se introdujeron modificaciones a la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, incorporando la luminosidad artificial como contaminante. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera instalación de luminaria para todas sus fases. Forma de cumplimiento Obtención de la certificación del cumplimiento de los límites de emisión conjunta en lámparas instaladas en luminarias o proyectores, considerando las indicaciones del artículo 12 del presente Decreto. Asimismo, el cumplimiento de los límites de luminancia en letreros luminosos ya instalados será verificado a través de inspecciones correspondientes. Finalmente, todas las fuentes emisoras serán instaladas conforme a las disposiciones establecidas en la presente norma, asegurando su correcto funcionamiento y regulación. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la SEC; y Cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar. Registro de la carta de envío al SISAT, informando de acuerdo con la Res. 1986/2. Forma de control y seguimiento Informe técnico, por medio de la oficina de partes de la SMA en un plazo de 15 días, considerando los siguientes puntos: El o los certificados de aprobación o seguimiento otorgados por un Organismo de Certificación o Laboratorios de Ensayos, autorizados por la SEC. Cantidad de fuentes emisoras instaladas y/o recambiadas Fotografía por tipo de luminaria una vez instaladas, permitiendo verificar su ángulo con relación al suelo. Planos eléctricos o Layout de la instalación del proyecto eléctrico y sus respectivas luminarias en formato pdf y/o kmz Lo anterior de acuerdo con la Resolución Exenta N°1986 del 18 de octubre de 2024 que dicta instrucciones generales sobre deberes de remisión de información para fuentes emisoras reguladas por la norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores, del D.S. N°1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente. Los antecedentes se incorporarán en los informes de verificación de la RCA ante la plataforma de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas de la 9.3.1 a la 9.3.6

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 Compromiso ambiental voluntario “Privilegiar la contratación de mano de obra local” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Objetivo: Con el fin de contribuir al dinamismo socioeconómico de las localidades del área de influencia del Proyecto, el titular considerará la contratación de a lo menos el 10% de mano de obra local no especializada, proveniente de localidades cercanas a las obras del Proyecto durante la Fase de Construcción

Descripción: El titular del Proyecto identificará la cantidad y tipo de mano de obra no especializada que será necesario contratar y subcontratar durante las distintas fases de la construcción. Una vez identificados estos requerimientos, se entregarán a los dirigentes de las organizaciones sociales de los sectores del área de influencia del Proyecto y a la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna de Freirina. Así también, se difundirá la oferta de empleo en cada uno de los sectores. En caso de no encontrarse la mano de obra local requerida, se podrá abrir la búsqueda a otros sectores de la provincia de Huasco o región de Atacama.

Justificación: A través de la contratación de mano de obra local, se crearán nuevos puestos de trabajo, contribuyendo y activando la economía local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Freirina, Provincia de Huasco, Región de Atacama

Forma: Se privilegiará la contratación de mano de obra no calificada, a través de puestos de trabajo que se publicarán mediante carta a la OMIL de la Municipalidad de Freirina para solicitar la publicación de empleos mediante su portal, en la fase de construcción del Proyecto.

Oportunidad: Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, desde despeje de zona hasta el inicio de la fase de operación, en la medida que se requiera de acuerdo con los avances del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Recepción de nómina de empleos disponibles por el Proyecto en la oficina municipal y registro de mano de obra no especializada contratada proveniente de localidades del área de influencia Forma de control y seguimiento Registro de recepción y de mano de obra no especializada contratada por comuna en un informe único al finalizar la fase de construcción, el que será enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1

8.2 Compromiso ambiental voluntario “Inducción y capacitación a los trabajadores en materias de medioambiente” Impacto asociado Pérdida de individuos o ejemplares de flora. Pérdida de individuos o ejemplares de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitación de trabajadores en materias de medio ambiente, buscando prevenir efectos sobre el entorno.

Descripción: Se realizarán las siguientes capacitaciones para, a lo menos, las siguientes temáticas: a) Flora y fauna: Se capacitará en relación con las especies en categoría de conservación, nociones básicas de ecología y conservación del medio ambiente, considerando además la cercanía del proyecto con el Sitio prioritario Desierto Florido, prohibición de uso de fuego y quemas, entre otros b) Arqueología: Se instruirá sobre la importancia de los sitios arqueológicos y el procedimiento frente al hallazgo de ellos. c) Procedimientos ambientales generales. d) Manejo de residuos: Se instruirá respecto de la importancia de realizar la separación de los residuos en el área de construcción, ya sean residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos o peligrosos, y la disposición de cada uno. e) Comportamiento con población aledaña: Se orientará a los trabajadores respecto de los lineamientos del Proyecto en cuanto al comportamiento esperado en sus horas libres, una vez que se encuentren fuera del área de obras del proyecto y sus turnos de trabajo. Entre los factores a considerar se encuentran: • Restringir la velocidad a 30 km/h en caminos no pavimentados, cuidando en todo momento de levantar la menor cantidad de polvo posible según lo que permitan las características del camino transitado; la restricción de velocidad se mantendrá en las fases de operación y cierre del Proyecto. • Transitar con la radio a un volumen bajo, de manera tal que su sonido no sea perceptible al exterior del vehículo. • No botar basura fuera del vehículo, dando cumplimiento a los preceptos declarados en el Permiso Sectorial y de manejo de residuos asimilables a domiciliarios u otros declarados en el Proyecto o en lugares especialmente habilitados para ello. • En todo momento mostrar una actitud respetuosa hacia la población y el medio ambiente en general. • No destruir especies vegetales que crecen naturalmente en la zona. • No cazar, capturar ni perturbar a los animales que habitan en sectores aledaños. • Prohibición expresa de cualquier acción asociada al abigeato, con un enfoque preventivo y formativo hacia los trabajadores y contratistas. • Prohibición total de consumo de alcohol y drogas dentro de la localidad.

f) Velocidad máxima de circulación por caminos internos del Proyecto. g) Paleontología: Se instruirá sobre los procedimientos establecidos en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Justificación: Evitar el daño al medioambiente que pudiese provocar la implementación del Proyecto, mediante la concientización de los trabajadores en relación con el medio ambiente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área de emplazamiento del Proyecto. Forma: Se elaborará material de difusión gráfico. Oportunidad: Reuniones semanales antes y durante toda la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a inducciones que contenga: - Detalle de los temas tratados - Nombre y firma de cada uno de los participantes - Fecha y hora de la inducción - Nombre de quien dicta la Charla. Forma de control y seguimiento El reporte de charlas de inducción se realizará en formato digital, en un plazo máximo de 30 días finalizada la fase de construcción, mediante envío a la plataforma de seguimiento de la SMA. Mantención de registros de asistencia a inducciones en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2

8.3 Compromiso ambiental voluntario “Protocolo de comunicación, circulación y conducta vial” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer los canales de comunicación con la comunidad para mantenerla informada de aspectos relacionados con las actividades de construcción del Proyecto y señalar las acciones a implementar para mantener una adecuada convivencia vial. Descripción: Este protocolo se compone de tres elementos básicos correspondientes a: Plan de Comunicación, Información y Difusión; Protocolo de Acercamiento y Comportamiento con las Comunidades y Programa de Acceso y Circulación. Justificación: Mantener a la comunidad informada sobre el Proyecto, en el área de intervención y sus proximidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este protocolo se hará efectivo en las comunidades aledañas que puedan verse afectadas por la construcción del Proyecto. Forma: El protocolo consta de 3 elementos. 1. Plan de Comunicación, Información y Difusión El Plan de Comunicación, Información y Difusión tiene como finalidad mantener informada a la comunidad sobre las principales acciones del Proyecto en términos constructivos y de intervención en el territorio. La entrega de esta información será mediante difusión en una radio local, con cobertura a todas las localidades afectadas. Para mejorar la comunicación y mantener una buena relación con la comunidad, el titular implementará un sistema de gestión de consultas y reclamos, incluyendo la incorporación de un número telefónico y buzón físico en el sector de obra. Se considera la implementación de un sistema de gestión de consultas y reclamos, con: • Correo electrónico informado en reuniones de acercamiento. • Procedimiento para canalizar comunicaciones escritas hacia la Gerencia de Medio Ambiente. • Libro de registro tipo manifold disponible en faena. • Protocolo de derivación y respuesta según el tipo de contenido (ambiental relacionado con RCA, ambiental no relacionado, no ambiental). • Tabla de plazos de respuesta (alta, media, baja prioridad). Detalles en Apéndice 7.1.1 de la Adenda complementaria. El Plan de Comunicación, Información y Difusión se formula sobre la base de: • Información general del Proyecto: se basa en el objetivo central del Proyecto; contemplando los plazos de ejecución establecidos, la fecha de inicio de obras, los horarios de trabajo, ubicación y movimiento de frentes de trabajo, consideraciones constructivas de seguridad, entre otros. • Se contempla la entrega de información directa a organizaciones del área de influencia respecto a las medidas de seguridad que considera la ejecución y operación del Proyecto. • Dentro de los enfoques comunicacionales del Proyecto, se tendrá mayor consideración en lo que respecta a las organizaciones funcionales y territoriales y grupos humanos que hacen uso del área de posicionamiento del Proyecto, según lo desarrollado en el Anexo 3.8 de la DIA correspondiente al documento de Línea de Base del componente Medio Humano y su actualización, en el Anexo 1.9 de la Adenda. El Plan de Comunicación, Información y Difusión será implementado de forma previa al inicio de las actividades de construcción del Proyecto a través de difusión en una radio local, con alcance a todas las comunidades que puedan verse afectadas por esta actividad. Mientras que segundo punto se realizará directamente con cada organización del área de influencia para ser difundido por parte de sus dirigentes a través de sus canales de comunicación. 2. Protocolo de acercamiento y comportamiento con las comunidades Junto con el Plan de comunicación, información y difusión, se ha diseñado un Protocolo de Acercamiento y Convivencia con Comunidades que regirá el comportamiento de los trabajadores, contratistas y subcontratistas en los frentes de trabajo y su relación con la localidad. Estos lineamientos se deben poner en práctica cada vez que se tome contacto con población local, se realicen trabajos cercanos a la localidad y/o se circule en zonas con presencia de población. Sensibilización sobre uso respetuoso de espacios públicos: El Titular desarrollará acciones de sensibilización dirigidas a trabajadores y empresas contratistas respecto del uso respetuoso de los espacios públicos de la localidad de Maitencillo y en general de la comuna de Freirina, particularmente aquellos utilizados por niñas, niños y la comunidad local, promoviendo conductas adecuadas, preventivas y de buen trato durante su permanencia en zonas urbanas, evitando situaciones que puedan generar incomodidad o percepción de afectación comunitaria. 3. Programa de Acceso y Circulación El plan contempla varios puntos de relevancia con respecto al uso de rutas e intervención del territorio, entre los que se destaca el cese de ciertas actividades de parte del Proyecto bajo la siguiente circunstancia: • Cese de actividades de tránsito y constructivas durante el desarrollo de las actividades tradicionales de Rodeo de Burros. caballos y actividades de traslado de caballos durante primavera al Llano Victoria. Este plan deberá ser presentado de forma previa al inicio de las obras y será aplicable a todo el personal del Proyecto, en toda su extensión, siendo difundido y explicado según corresponda. Se considera la implementación de GPS y logo del proyecto, en todos los vehículos propios y de contratistas que se utilicen durante la fase de construcción del Proyecto, con la finalidad de mantener un control respecto del límite de velocidad de tránsito. Para mayor detalle, se presenta una actualización del Protocolo de comunicación, circulación y conducta vial en el Apéndice 7.1.1 de la Adenda complementaria. Oportunidad: La radiodifusión se emitirá antes de iniciada la construcción del Proyecto, indicando fecha y horario en que se realizará la actividad. Además, se entregará el protocolo a todo el personal relacionado con el Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Certificado de radio emisora local, donde acredite que la información fue transmitida de manera correcta. Se mantendrá en faena el registro con las firmas de trabajadores, que acredite que fueron informados del protocolo, y de los lineamientos a seguir. Forma de control y seguimiento Lo anterior a su vez será debidamente informado a la SMA por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA) Esto se realizará de manera semestral en fase de construcción y anual en fase de operación Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3

8.4 Compromiso ambiental voluntario “Señalética en vehículos y maquinaria del Proyecto” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Permitir la identificación de los vehículos y maquinarias asociadas al Proyecto, facilitando la comunicación con la comunidad. Descripción: Se instalará señalética (logo) en todos los vehículos y maquinarias, incluyendo aquellos propios del Proyecto y los de contratistas. Esta señalética será claramente visible desde al menos 20 metros y contendrá la identificación correspondiente, a saber: - Nombre del Proyecto - Número de contacto para atención de reclamos. Justificación: La medida responde a la necesidad de garantizar una correcta identificación de los vehículos vinculados al Proyecto, mejorando la transparencia y facilitando la comunicación con la comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los vehículos y maquinarias utilizadas en el Proyecto, tanto propias como de contratistas. Forma: Se diseñará e instalará la señalética de acuerdo con los criterios establecidos, garantizando su durabilidad y visibilidad. Oportunidad: Se implementará desde el inicio de la fase de construcción del Proyecto y se mantendrá operativa hasta su fase de cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Se verificará la instalación de la señalética en todos los vehículos y maquinarias mediante registros fotográficos con fecha y hora, asegurando el cumplimiento del compromiso. Forma de control y seguimiento Se realizará una inspección semanal para garantizar la presencia y correcta visibilidad de la señalética, con reportes documentados que serán remitidos a la SMA, en formato digital y en un plazo máximo de 30 días finalizadas la fase de construcción y cierre, respectivamente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4

8.5 Compromiso ambiental voluntario “Capacitación al Cuerpo de bomberos de Freirina y Vallenar” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al Cuerpo de bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, en el combate de incendios industriales.

Descripción: Se realizará capacitación a los bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, entregando los lineamientos básicos para combatir incendios industriales, sobre todo aquellos que se pudieran generar al interior del presente Proyecto. Se abordarán temáticas como: • Identificación de señales tempranas de riesgos (ejemplo: deformación de celdas, altas temperaturas localizadas, o presencia de gases). • Métodos de extinción específicos para incendios en baterías de litio-ion, que suelen ser difíciles de apagar con métodos convencionales. • Uso de equipos de protección personal (EPP) especializados para evitar la exposición a gases tóxicos durante incidentes. • Procedimientos de respuesta: - Extinción de incendios BESS: 1. Uso de materiales diseñados para sofocar incendios en baterías de litio, como polvos especiales, espumas químicas o mantas ignífugas. 2. Enfriamiento controlado mediante agentes como agua nebulizada, evitando descargas masivas que puedan propagar daños eléctricos. - Gestión de vapores tóxicos: 1. Instalación de sistemas de ventilación en las instalaciones para mitigar la concentración de gases peligrosos. 2. Identificación y evacuación de áreas afectadas para minimizar el impacto en la salud y el medio ambiente. • Prevención de propagación: - Diseño de las instalaciones con sectores compartimentados y cortafuegos para limitar la expansión del incendio. Monitoreo semanal de las condiciones de las baterías mediante sistemas avanzados, como sensores de temperatura, detección de gases y monitoreo remoto en tiempo real. En caso de eventuales labores de combate de incendio dentro de las áreas del Proyecto, se compromete la reposición de todos los insumos y materiales utilizados en dichas labores.

Justificación: Considerando que los sistemas de almacenamiento de energía en baterías son sistemas nuevos y complejos, se capacitará a los bomberos del sector para que sepan actuar en caso de incendio al interior del área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Freirina y Vallenar Forma: Se realizarán capacitaciones al Cuerpo de Bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, entregando las herramientas necesarias, tanto de conocimiento como materiales para combatir incendios industriales, sobre todo aquellos que se puedan generar al interior del proyecto. Las capacitaciones serán dictadas por el prevencionista de riesgo de la empresa a cargo de la construcción. Oportunidad: Estas capacitaciones se realizarán al inicio de la fase de construcción y cada cinco años durante la fase de operación del Proyecto, garantizando el acceso a la información ante la rotación del cuerpo de bomberos. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá en faena el registro con las firmas de bomberos, que acredite capacitados en esta materia y de la entrega de materiales necesarios para el combate de dichos incendios. Forma de control y seguimiento Lo anterior a su vez será debidamente informado a la SMA, en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la ejecución de las charlas, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5

8.6 Compromiso ambiental voluntario “Capacitación al Cuerpo de bomberos de Freirina y Vallenar” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al Cuerpo de bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, en el combate de incendios industriales.

Descripción: Se realizará capacitación a los bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, entregando los lineamientos básicos para combatir incendios industriales, sobre todo aquellos que se pudieran generar al interior del presente Proyecto. Se abordarán temáticas como: • Identificación de señales tempranas de riesgos (ejemplo., deformación de celdas, altas temperaturas localizadas, o presencia de gases). • Métodos de extinción específicos para incendios en baterías de litio-ion, que suelen ser difíciles de apagar con métodos convencionales. • Uso de equipos de protección personal (EPP) especializados para evitar la exposición a gases tóxicos durante incidentes. • Procedimientos de respuesta: - Extinción de incendios BESS: i. Uso de materiales diseñados para sofocar incendios en baterías de litio, como polvos especiales, espumas químicas o mantas ignífugas. ii. Enfriamiento controlado mediante agentes como agua nebulizada, evitando descargas masivas que puedan propagar daños eléctricos. - Gestión de vapores tóxicos: a. Instalación de sistemas de ventilación en las instalaciones para mitigar la concentración de gases peligrosos. b. Identificación y evacuación de áreas afectadas para minimizar el impacto en la salud y el medio ambiente. • Prevención de propagación: - Diseño de las instalaciones con sectores compartimentados y cortafuegos para limitar la expansión del incendio. Monitoreo semanal de las condiciones de las baterías mediante sistemas avanzados, como sensores de temperatura, detección de gases y monitoreo remoto en tiempo real. En caso de eventuales labores de combate de incendio dentro de las áreas del Proyecto, se compromete la reposición de todos los insumos y materiales utilizados en dichas labores. Justificación: Considerando que los sistemas de almacenamiento de energía en baterías son sistemas nuevos y complejos, se capacitará a los bomberos del sector para que sepan actuar en caso de incendio al interior del área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Freirina y Vallenar Forma: Se realizarán capacitaciones al Cuerpo de Bomberos de la comuna de Freirina y Vallenar, entregando las herramientas necesarias, tanto de conocimiento como materiales para combatir incendios industriales, sobre todo aquellos que se puedan generar al interior del proyecto. Las capacitaciones serán dictadas por el prevencionista de riesgo de la empresa a cargo de la construcción. Oportunidad: Estas capacitaciones se realizarán al inicio de la fase de construcción y cada cinco años durante la fase de operación del Proyecto, garantizando el acceso a la información ante la rotación del cuerpo de bomberos. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá en faena el registro con las firmas de bomberos, que acredite capacitados en esta materia y de la entrega de materiales necesarios para el combate de dichos incendios. Forma de control y seguimiento Lo anterior a su vez será debidamente informado a la SMA, en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la ejecución de las charlas, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6

8.7 Compromiso ambiental voluntario “Control sobre posibles deudas que puedan generar las empresas contratistas” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar que contratistas del Proyecto, generen deudas con el comercio local, ya sea por compra de insumos, alimentación, alojamiento, etc.

Descripción: El titular del proyecto mantendrá un estricto control sobre las posibles deudas que puedan generar las empresas contratistas.

Justificación: Evitar posibles impactos negativos en la economía local, controlando que los contratistas generen deudas con el comercio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las áreas donde los contratistas puedan realizar compras o contratos por alojamiento, alimentación, entre otros.

Forma: El titular del Proyecto mantendrá un estricto control sobre las posibles deudas que puedan generar las empresas contratistas, exigiendo el estado de pago y facturas de todos los establecimientos que presten servicios a los trabajadores, ya sea de alimentación, alojamiento, etc., dicho registro será exigido de forma mensual. En caso de que algún contratista no cumpla con los pagos comprometidos, el titular del Proyecto dará termino al contrato, descontando del total de los pagos, todas las deudas que hayan contraído.

Oportunidad: Este compromiso se ejecutará durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá al comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe que dé cuenta de la implementación del compromiso. Forma de control y seguimiento Se realizará un control trimestral de las facturas y pagos de los contratistas, evitando así que generen deudas de más de 90 días. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7

8.8 Compromiso ambiental voluntario “Restricción horaria para transporte de carga en Ruta C-46” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar interferencias con el tránsito local y cumplir con la Resolución Exenta N°680/2006 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones.

Descripción: Se prohibirá el traslado de carga en camiones cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.500 kg por la Ruta C-46, que une Vallenar y Huasco, durante los siguientes horarios: - Periodo A.M.: 07:00 a 09:00 horas - Periodo P.M.: 17:00 a 20:00 horas Justificación: La Resolución Exenta N°680/2006 establece restricciones horarias para la circulación de camiones en la Ruta C-46, y que el Proyecto contempla transporte de carga por dicha vía, por tanto, se implementa esta planificación logística, evitando la circulación en los horarios señalados y contribuyendo a la seguridad vial y al ordenamiento del tránsito local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta C-46, tramo comprendido entre Vallenar y Huasco. Forma: La restricción se aplicará mediante la programación logística del transporte de carga, evitando la circulación de camiones en los horarios comprometidos. Se utilizarán registros de planificación y bitácoras de como medios de verificación. Se considera la implementación de GPS y logo del proyecto, en todos los vehículos propios y de contratistas que se utilicen durante la fase de construcción del Proyecto, con la finalidad de mantener un control respecto del límite de velocidad de tránsito Oportunidad: Durante toda la fase de construcción y operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El encargado de logística del Proyecto elaborará informes mensuales, durante la fase de construcción y cierre y semestrales durante la fase de operación, que den cuenta de los registros de programación y bitácoras de circulación, los cuales estarán disponibles para fiscalización. Forma de control y seguimiento Se realizará un control trimestral de las facturas y pagos de los contratistas, evitando así que generen deudas de más de 90 días. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.8

8.9 Compromiso ambiental voluntario “Habilitación de Corredor de Tránsito Comunitario” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener la conectividad territorial y el libre tránsito de los grupos humanos en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: Se mantendrá un corredor de tránsito de aproximadamente 30 metros de ancho entre el polígono técnico y el usufructo del Proyecto, permitiendo el desplazamiento por el área aledaña. Esta franja se mantendrá libre de instalaciones permanentes y será señalizada adecuadamente.

Justificación: Reducir posibles efectos sobre la accesibilidad y circulación de las comunidades locales, asegurando la continuidad del uso del territorio y evitando la fragmentación espacial, considerando el emplazamiento del proyecto Parque Fotovoltaico Don Carlos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Corredor ubicado entre el polígono técnico y el usufructo del Proyecto Sistema de almacenamiento y línea de transmisión BESS Chaguales, colindante con el Parque Fotovoltaico Don Carlos (PFV Don Carlos), tal como se puede ver en la siguiente figura. Sector del corredor entre PFV Don Carlos y BESS Chaguales

Fuente: Foco Ambiental, 2025. Forma: Delimitación física mediante señalética visible y registro fotográfico el corredor. Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción se implementará la señalética y habilitará el corredor, considerando el cierre del perímetro del PFV Don Carlos. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico georreferenciado del corredor habilitado. Forma de control y seguimiento Se incorporarán los registros fotográficos en los informes de seguimiento cumplimiento de la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.9

8.10 Compromiso ambiental voluntario “Tránsito vehicular a velocidad máxima de 30 km/hora” Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restringir la velocidad de tránsito de vehículos en el camino de acceso (camino caracol) y al interior del área de intervención a 30 km/h de manera de disminuir el riesgo de accidentes con la fauna presente y accidentes con personas.

Descripción: Se dispondrá de señalética de velocidad máxima de 30 km/h en el camino de acceso (camino caracol) y al interior del área del Proyecto, y se realizará inducción a los conductores.

Justificación: Disminuir riesgo de accidentes de tránsito con fauna terrestre y personas que circulen por el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos internos del proyecto, camino de acceso (camino caracol) y áreas de tránsito de vehículos y maquinaria al interior del Proyecto. Forma: Disposición de señalética que indique velocidad máxima de 30 km/h, capacitación semanal, durante la fase de construcción y cierre, a los trabajadores respecto a las restricciones de circulación dentro del Proyecto. Se considera la implementación de GPS y logo del proyecto, en todos los vehículos propios y de contratistas que se utilicen durante la fase de construcción del Proyecto, con la finalidad de mantener un control respecto del límite de velocidad de tránsito. Oportunidad: El compromiso se ejecutará durante todas las fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de instalación de señalética. • Registro de charlas de inducción a trabajadores. Forma de control y seguimiento Los registros de implementación se encontrarán en terreno durante todas las fases del Proyecto y estarán disponibles ante fiscalizaciones Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.10

8.11 Compromiso ambiental voluntario “Plan de perturbación controlada” Impacto asociado Pérdida de individuos o ejemplares de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El principal objetivo del Plan de Perturbación Controlada (PPC) es de inducir el desplazamiento de los individuos de las especies de baja movilidad que se encuentren en el área de intervención del Proyecto. Descripción: El Plan de Perturbación Controlada aplica a las especies de baja movilidad registradas en el área de influencia del Proyecto, las cuales son susceptibles de ser afectadas por las obras durante su fase de construcción. De acuerdo con lo mencionado en la línea de base de fauna silvestre las especies de baja movilidad registradas dentro del área de influencia del Proyecto corresponde a las especies Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama), Liolaemus platei (lagartija de Plate), Philodryas chamissonis (culebra de cola larga). Sin perjuicio de lo anterior, el Plan de Perturbación Controlada se hará extensivo a otras especies de baja movilidad que se registren en el área del Proyecto durante su implementación. Justificación: Según la caracterización de la fauna vertebrada terrestre, en el área de influencia del Proyecto se registraron tres especies de baja movilidad, las cuales cumplen con el requisito para la aplicación de un Plan de Perturbación Controlada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El presente CAV se implementará en aquellas áreas de intervención del Proyecto en los cuales se determinó presencia de especies de baja movilidad con especial énfasis en los lugares donde se realizará movimientos de tierras. El desplazamiento de los individuos producto de la ejecución del Plan de Perturbación Controlada será realizado en una etapa, induciendo el desplazamiento hacia el área receptora. Forma: El Plan de Perturbación Controlada se implementará en el área mencionada previamente, al inicio de la fase de construcción del Proyecto, para evitar que los ejemplares reingresen al área de intervención y se produzca un repoblamiento del sector. Se realizará una evaluación visual al día siguiente de ejecutada la perturbación para detectar actividad en el área de destino, adicionalmente se aplicarán métodos no invasivos de seguimiento durante el primer mes, determinando la ocupación de refugios o madrigueras naturales y artificiales. Para mayor detalle, en Apéndice 9.1.4 de la Adenda se presenta el Plan de Perturbación controlada y su información cartográfica asociada. Oportunidad: El periodo ideal de ejecución del Plan de Perturbación Controlada (PPC) es en los meses de primavera/verano, donde aumenta la actividad biológica y, por tanto, es mayor la probabilidad de éxito de la medida. Ante la eventualidad de que las obras del Proyecto deban ser desarrolladas en temporada de invierno, el Titular se compromete a ejecutar el Plan de Perturbación Controlada en un periodo de entre 1 a 5 días, antes de comenzar los trabajos de roce de vegetación y movimientos de tierra en el área del Proyecto, con la finalidad de tener el área despejada y sin hábitats disponibles para las especies. El Titular se compromete a realizar, al momento de ejecutar las obras, una inspección del área con el fin de verificar la ausencia de reptiles; de ser encontrado algún ejemplar, se volverá a realizar la actividad de Perturbación Controlada en el área necesaria. Indicador que acredite su cumplimiento Para verificar la implementación de la medida el especialista a cargo del PPC emitirá informe de Perturbación Controlada, que señalará al menos lo siguiente: • Fecha y duración de las actividades de perturbación controlada. • Identificación de las áreas en que se realizó la medida. • Nombre y especialidad del profesional a cargo. • Densidad y abundancia de individuos. Se realizarán mediciones de abundancia y densidad de la población objetivo al segundo y tercer mes, así como en la época de mayor actividad, para estimar el éxito de la medida. Adicionalmente se realizará un seguimiento durante al menos dos ciclos reproductivos de la especie objetivo, asegurando comparaciones interanuales en el período de mayor actividad de la fauna. • Registro fotográfico con fecha y hora. Forma de control y seguimiento El informe de perturbación controlada será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro de los 30 días hábiles siguientes a la realización de la actividad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.11

8.12 Compromiso ambiental voluntario “Instalación de Dispositivos Antiposamiento y anticolisión” Impacto asociado Pérdida de individuos o ejemplares de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir el riesgo de electrocución y colisión de avifauna con el tendido mediante la instalación de dispositivos antiposamiento y anticolisión.

Descripción: se instalarán dispositivos antiposamiento (2) en ambas estructuras del paño de conexión para evitar el contacto de las aves de mayor envergadura con más de una fase energizada y se instalarán dos dispositivo anticolisión en el conductor, con una separación de 20 metros entre cada uno.

Justificación: Los dispositivos antiposamiento impiden que aves utilicen las estructuras como percha, lo que reduce el riesgo de electrocución al evitar que estas tengan contacto con más de una fase energizada y los dispositivos anticolisión ayudan a que las aves visibilicen la presencia del Proyecto, lo que reduce el riesgo de colisión Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dispositivos antiposamiento: en ambas estructuras consideradas en el paño de conexión del Proyecto; Dispositivo anticolisión: en el conductor de dichas estructuras con una separación de 20 metros entre ellos.

Forma: se instalarán dispositivos antiposamiento (2) en ambas estructuras del paño de conexión, así mismo, se instalarán dos dispositivo anticolisión en el conductor, con una separación de 20 metros entre ellos.

Oportunidad: la instalación de dispositivos antiposamiento y anticolisión se realizará previo al inicio de la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de dispositivos instalados Forma de control y seguimiento De forma semestral, y durante el primer año de operación, se realizará la verificación del estado en el que se encuentran los dispositivos. En el caso que se visualicen desperfectos en algunas de ellos, que implique una pérdida en la eficiencia para la cual fueron instaladas, serán reparadas o remplazadas.

Igualmente, se considera un seguimiento para identificar la presencia de carcasas asociadas a eventuales accidentes con las torres de la línea. Durante el primer año de operación se realizarán campañas de inspección visual de carcasas, cada cuatro meses. Se emitirán reportes semestrales a la SMA y SAG con el resultado de las campañas de inspección realizadas y un informe final, al término del primer año. Igualmente, se considera un seguimiento para identificar la presencia de carcasas asociadas a eventuales accidentes con las torres de la línea. Durante el primer año de operación se realizarán campañas de inspección visual de carcasas, cada cuatro meses. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.12

8.13 Compromiso ambiental voluntario “Plan de rescate y relocalización de cactáceas y propagación de hierba anual Tetragonia pedunculata” Impacto asociado Pérdida de individuos o ejemplares de flora. Fase del Proyecto a la que aplica Previo a fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Definir las medidas de preservación para las especies cactáceas y hierba anual en categoría de conservación en el área del Proyecto. Descripción: De acuerdo con el levantamiento de información de la línea de base de flora y vegetación (Anexo 1.6 de la Adenda Complementaria), en el área de influencia del Proyecto se identificaron especies en categoría de conservación, por lo cual se proponen las siguientes medidas para esta componente ambiental: • Plan de rescate y relocalización de cactáceas que aplicará para las especies cactáceas registradas en el área de influencia del Proyecto en categoría de conservación y para Eulychnia vallenarensis, la cual se considera debido a su distribución restringida y se trata de una especie endémica de la Región de Atacama. • Propagación de hierba anual en categoría de conservación de Tetragonia pedunculata, que consiste en la propagación y posterior plantación en área definida para la especie. Las medidas propuestas por el titular permiten contar con una estrategia para salvaguardar la biodiversidad, manteniendo así la preservación y variabilidad genética de las especies dentro de los ecosistemas. Cabe destacar que las medidas descritas en el presente compromiso ambiental voluntario serán ejecutadas de forma previa a la fase de construcción del Proyecto. Justificación: Dentro del área de influencia definida para el componente flora y vegetación del Proyecto, se determinó la presencia de ejemplares de cactáceas y hierba anual Tetragonia pedunculata en categoría de conservación, los cuales deben ser relocalizados y propagados, respectivamente, asegurando la preservación y supervivencia de cada una de estas especies. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del Proyecto.

Forma: Durante el levantamiento de información en terreno, se registraron 4 especies de cactáceas y 1 especie de hierba anual en categoría de conservación en el área de influencia de flora y vegetación definida para el Proyecto. Las especies en categoría de conservación y su taxonomía se presentan en la tabla a continuación. Es importante destacar que para el caso particular de Eulychnia vallenarensis se agrega al listado dado que presenta una distribución restringida (Desde el norte de Domeyko (29° S) hasta el valle del Río Huasco (28,5° S) en hábitats estrictamente interiores entre 600 y 1300 m.s.n.m.).

Taxonomía de especies de cactáceas y hierba anual registradas en el área de influencia del Proyecto Especie Categoría de conservación Copiapoa coquimbana (Rümpler) Britton & Rose var. coquimbana Casi amenazada D.S. N°41/2011 Boletín N°47 Vulnerable Cumulopuntia sphaerica (C.F. Först.) E.F. Anderson Preocupación Menor D.S. N°19/2012 Boletín N°47 Fuera de peligro Eriosyce napina (Phil.) Katt. Casi Amenazada D.S. N°19/2012 Boletín N°47 Vulnerable Miqueliopuntia miquelii (Monv.) F. Ritter Preocupación Menor D.S. N°13/2013 Boletín N°47 Vulnerable Eulychnia vallenarensis No aplica Tetragonia pedunculata Phil. Casi Amenazada D.S. N°33/2011

Plan de rescate y relocalización de cactáceas

El Plan de rescate y relocalización de todas las especies de cactáceas se realizará mediante el mismo procedimiento dado que poseen igual estructura caulinar. En función de lo anterior, en las áreas donde se realizarán excavaciones para la construcción del Proyecto, se deberá rescatar una capa de 20 cm de suelo, previo a la excavación.

La actividad de rescate de cactáceas se realizará en periodo de verano u otoño, siempre antes del inicio de la fase de construcción. Se considera el rescate del 100% de los ejemplares que se encuentren. Se trasladarán los ejemplares rescatados hasta el emplazamiento definitivo el mismo día de su extracción. Dentro del área de relocalización se realizarán protecciones individuales y en ciertos casos se propone concentraciones en clusters de individuos y protección perimetral. En Apéndice 9.1.2 de la Adenda, se presenta el Plan de rescate y relocalización de cactáceas con el detalle de las actividades a realizar.

Propagación de hierba anual Tetragonia pedunculata

Para la propagación de hierba anual para Tetragonia pedunculata, inicialmente se hará una colecta de semillas de la especie dentro del área de influencia definida para el componente flora y vegetación, las que serán llevadas a un vivero con experiencia en la producción de especies nativas en la Región de Atacama. La colecta de semillas se llevará a cabo previo a fase de construcción y la plantación se ejecutará durante la operación. Los ejemplares producidos deberán cubrir el 100% de los ejemplares directamente intervenidos por las obras. Se mantendrán en vivero ejemplares reproducidos que servirán como reposición en caso de mortalidad de algún individuo. De manera general, se espera que las plantas sean mantenidas en el vivero durante al menos dos años, período luego del cual se decidirá, por parte del personal especializado a cargo del vivero, si se encuentran en condiciones de ser llevadas a las áreas de plantación. Esta decisión estará determinada por el crecimiento y vigor observado de los individuos producidos. La plantación idealmente se ejecutará a fines de otoño o principios de invierno, donde cada ejemplar contará con protección individual y perimetral. El área para plantar será en razón 2:1 los ejemplares de Tetragonia pedunculata. Todos los ejemplares relocalizados serán rotulados con una placa metálica indicando especie y número de ejemplar. Para determinar el número de especies a rescatar y relocalizar de cactáceas y a producir de hierba anual Tetragonia pedunculata, se realizó un microruteo por el área de influencia del Proyecto. Con el objetivo de cuantificar la cantidad de especies a intervenir por las obras, específicamente en aquellos sectores donde se efectúen movimientos de tierra. La cantidad intervenida por especie en categoría de conservación se presenta en la siguiente tabla.

Ejemplares se estima serán intervenidos por las obras Especie Total de individuos identificados Copiapoa coquimbana 116 Cumulopuntia sphaerica 21 Eriosyce napina 16 Miqueliopuntia miquelii 28 Eulychnia vallenarensis 1 Tetragonia pedunculata 3 TOTAL 185 Fuente: Anexo 1.6 de la Adenda.

Mientras que la siguiente figura presenta el sitio relocalización de cactáceas y plantación de hierba anual, cuyas condiciones de exposición, soleamiento, posición respecto de escorrentía de aguas lluvias y el régimen de vientos, tipo de sustrato son semejantes a las condiciones del lugar de origen de cada ejemplar.

Sitio de relocalización de cactáceas y plantación de Tetragonia pedunculata

Fuente: Apéndice 9.1.2, ADENDA

Todos los ejemplares rescatados y relocalizados afectos al presente CAV, serán marcados con placas metálicas para su fácil identificación. Las placas incluirán especie y N° de individuo.

Oportunidad: El Plan de rescate y relocalización de todas especies se cactáceas debe ser ejecutado de forma previa a la fase de construcción del Proyecto, mientras que la propagación de hierba anual para Tetragonia pedunculata se llevará a cabo previo a fase de construcción (recolección de semillas y vivero) y la plantación se ejecutará durante la fase operación del Proyecto (vivero y plantación). Indicador que acredite su cumplimiento Para verificar la implementación de la medida el especialista a cargo del rescate y relocalización de cactáceas y propagación de hierba anual Tetragonia pedunculata emitirá informe, que señalará al menos lo siguiente: • Fecha y duración de las actividades de rescate y relocalización de cactáceas y propagación de hierba anual Tetragonia pedunculata. • Identificación de las áreas en que se realizó la medida. • Nombre y especialidad del profesional a cargo. • Densidad y abundancia de individuos (evaluación supervivencia) de cactáceas. • Actividades de mantenimiento post reubicación de cactáceas. • Actividades de recolección de semillas de hierba anual y actividades en vivero. • Densidad y abundancia de individuos (evaluación supervivencia) de plantación de hierba anual (fase de operación). • Actividades de mantenimiento post plantación de hierba anual (fase de operación). • Registro fotográfico con fecha y hora de las actividades. El indicador de cumplimiento será del 100 % de sobrevivencia de los ejemplares trasladados, tanto para especies cactáceas como para Tetragonia pedunculata. En caso de registrarse mortalidad, se deberá implementar un proceso de viverización de ejemplares, previa colecta de semillas desde individuos silvestres, asegurando trazabilidad y representatividad genética. Forma de control y seguimiento El informe será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro de los 30 días hábiles posteriores a la ejecución de las actividades. Asimismo, se implementará un programa de monitoreo, que incluirá una evaluación a los seis meses de la relocalización, seguida de seguimiento anual durante un período de cinco años, con el objetivo de verificar la estabilidad y adaptación de las especies relocalizadas. Dichos informes incluirán un análisis de la evolución histórica de la variable analizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.13

8.14 Compromiso ambiental voluntario “Plan de Manejo Biológico de Geófitas” Impacto asociado Eventuales hallazgos y afectación de especies de plantas geófitas Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar eventual afectación para las especies de plantas geófitas que pudieran registrarse en el área de intervención directa del Proyecto.

Descripción: De las campañas a terreno realizadas para la componente flora y vegetación, se identificaron 3 especies de geófitas en el área de emplazamiento del proyecto. Familia Especie Origen MMA Alstroemeriaceae Alstroemeria kingii Phil. Endémica Casi Amenazada D.S. N° 33/2011 Asparagaceae Oziroë biflora (Ruiz & Pav.) Speta Nativa - Tecophilaeaceae Zephyra elegans D. Don Endémica -

Estos ejemplares, serán rescatados y relocalizados en un área cercana a la zona de emplazamiento y que se encuentre libre de intervención.

No obstante, lo anterior, este plan de manejo biológico se hará extensivo para todas las especies de geófitas que se puedan registrar en el área del proyecto al momento de su aplicación.

Justificación: De acuerdo con las obras del Proyecto, se realizará un escarpe de 30 cm de profundidad de manera directa en las áreas proyectadas para el mismo, por lo que en caso de existir presencia de especies geófitas y con la finalidad de proteger a biodiversidad de estas, se presenta en el Apéndice 7.1.2 (de la presente adenda complementaria) Plan de Manejo Biológico para el rescate y relocalización de estas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará en la totalidad del área de influencia del Proyecto, en los lugares donde se realizará corte o despeje de vegetación, nivelaciones de terreno y/o movimientos de tierra, entre otras actividades propias de la construcción del Proyecto.

Forma: Ante hallazgos de especies de geófitas, se considera el plan de rescate de geófitas, que cuenta con varias medidas de la siguiente manera: • Extracción de órganos caulinares A medida que la tierra se vaya removiendo, una cuadrilla de especialistas supervisara la actividad y harneará de forma manual la tierra que sea extraída, recolectando de esta forma cualquier órgano caulinar contenido en la misma. Cada órgano rescatado será medido y registrado en base a una cierta cantidad de parámetros, descritos en el Apéndice 7.1.2 de la presente adenda complementaria. Se registrará la ubicación (coordenadas UTM. Huso 19. WGS 84) de los sectores de los cuales se extraigan especies geófitas, especificando la superficie de extracción de plantas y geófitas y su proporción en relación con la superficie total de intervención. • Limpieza y almacenamiento de órganos caulinares

Las estructuras serán almacenadas en bolsas de papel y estas a su vez en contenedores portátiles, siendo llevados a su futuro lugar de almacenamiento. Los órganos caulinares rescatados serán llevados a un lugar de almacenamiento en donde en primera instancia deben limpiarse y ser tratadas con productos fitosanitarios (insecticida-fungicida-bactericida), para luego ser dispuestas en sectores de buena aireación con el objetivo de lograr la cicatrización de posibles heridas e inducir el receso. El germoplasma de las especies geófitas debidamente colectado, rotulado y almacenado será llevado a las instituciones del Banco Base de Semillas Intihuasi del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) de la región de Coquimbo, en donde será almacenado hasta la propagación del mismo vivero, en caso de ser necesario.

• Rescate de germoplasma: Semillas Considerando que pueden existir semillas de especies geófitas en el banco de germoplasma del sustrato que será intervenido por las partes y obras del Proyecto, de floraciones y dispersiones de semillas de especies de plantas geófitas de años anteriores, se realizará un rescate de semillas de este tipo de plantas considerando la propuesta en el plan de manejo biológico. • Relocalización de órganos caulinares La relocalización de los órganos caulinares rescatados será a lo más relocalizados en un periodo posterior a 2 años desde ejecutado el rescate; considerando la metodología señalada en el plan de manejo biológico.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto, específicamente antes de ejecutar cualquier actividad que implique corte o despeje de vegetación, nivelación de terreno o movimiento de tierra en el área de intervención directa. La ejecución del compromiso se activará ante la ocurrencia de hallazgos de especies geófitas durante las labores preparatorias del terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Se generará un registro fotográfico de las activades realizadas, el cual estará disponible en faena para posibles fiscalizaciones. Dicho registro será incorporado al informe anual dirigido a CONAF y SMA como forma de control y seguimiento. Sobrevivencia del 75% de los individuos replantados luego de 5 años de implementar el replante de los mismos en el sitio determinado para la ejecución de la medida. En el caso de que no se logre esta tasa considerando la sobrevivencia de los ejemplares replantados, se replantarán individuos generados en viveros a partir del germoplasma originario del área de intervención, almacenado en el Banco Base de Semillas Intihuasi del Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA) de la región de Coquimbo. Observación de nuevos ejemplares; al cabo de 5 años de replantado los órganos caulinares, en especial aquellos de mayores calibres, deberían generar nuevos individuos a partir de la dispersión de semillas, por lo que se considerará que cualquier rebrote sin placa de identificación corresponderán a nuevos individuos generados a partir de los ejemplares rescatados. Forma de control y seguimiento Los resultados de estos monitoreos se emitirán en informes anuales que serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF. Dichos informes incluirán un análisis de la evolución histórica de la variable analizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.14

8.15 Compromiso ambiental voluntario “Plan de Restauración de la vegetación” Impacto asociado Perdida de vegetación en el área de intervención del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Finalizada la fase de cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restaurar la vegetación en el área de intervención directa del Proyecto. Descripción: Se considera la preparación y revegetación del área de intervención del Proyecto, para lograrlo se aplicarán técnicas de revegetación asistida mediante recolección de semillas y propagación vegetativa a partir de individuos similares a los presentes en el sitio, según formación vegetal afectada: • Para formaciones dominadas por cactáceas endémicas, se aplicará propagación vegetativa y siembra dirigida en microhábitats protegidos, con énfasis en mantener patrones de distribución natural. • En sectores de herbazal con presencia de especies anuales nativas, se aplicará resiembras locales con banco de semillas recolectado previamente en el área de influencia, asegurando representatividad florística. Se buscará replicar la composición florística característica del sector, considerando: • Especies cactáceas de conservación registradas en la línea de base: Copiapoa coquimbana, Cumulopuntia sphaerica, Eriosyce napina, Miqueliopuntia miquelii y Tetragonia pedunculata. • Especies de distribución restringida: Eulychnia vallenarensis Justificación: Dado que el proyecto intervendrá un área con flora nativa, se considera la restauración de dicha vegetación una vez desmantelado el proyecto y finalizada la fase de cierre. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La superficie estimada de revegetación corresponde a 2,12 hectáreas, coincidente con la superficie previamente declarada de intervención de vegetación que corresponde al Área de influencia del Proyecto. Forma: Se aplicarán técnicas de revegetación asistida mediante recolección de semillas y propagación vegetativa a partir de individuos similares a los presentes en el sitio, según formación vegetal afectada, procurando restablecer la condición inicial del terreno. Oportunidad: Una vez finalizada la vida útil del Proyecto como última etapa de la fase de cierre. • Horizonte de establecimiento: 3 años. • Densidad mínima por formación: Establecida en relación con la densidad registrada durante la caracterización de línea de base, tal como se muestra en la siguiente tabla: Ejemplares en categoría de conservación que se estima serán intervenidos por las obras del Proyecto Especie Total de individuos identificados Copiapoa coquimbana 116 Cumulopuntia sphaerica 21 Eriosyce napina 16 Miqueliopuntia miquelii 28 Tetragonia pedunculata 3 TOTAL 184 Fuente: Anexo 1.6 de la Adenda.

• Delimitación del área restaurada. • Establecimiento (en porcentaje) de plantas por propagación/siembra: 85% de cubrimiento vegetal respecto del valor base para cada formación al quinto año. De no cumplir con el 85 % al quinto año, se consideran las siguientes medidas de contingencia: - Reforzamiento con nuevas siembras y control de factores limitantes - Reajuste en especies sembradas y refuerzo puntual - Reposición con ejemplares propagados ex situ Indicador que acredite su cumplimiento Una vez finalizadas las labores de revegetación del área se realizará un informe técnico que detalle el cumplimiento de las acciones comprometidas y será enviado a la SMA en un plazo máximo de 30 días. Adicionalmente, se realizarán monitoreos trimestrales durante los primeros dos años y anuales hasta el quinto año, de la sobrevivencia y avance del establecimiento de vegetación, conforme a los indicadores de éxito definidos. Se elaborarán informes técnicos anuales, que incluirán: tasas de sobrevivencia, porcentaje de cubrimiento vegetal, evolución florística, aplicación de medidas correctivas y un análisis de la evolución histórica de la variable analizada. Estos informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento El informe será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro de los 30 días hábiles posteriores a la ejecución de las actividades. Asimismo, se implementará un programa de monitoreo, que incluirá una evaluación a los seis meses de la relocalización, seguida de seguimiento anual durante un período de cinco años, con el objetivo de verificar la estabilidad y adaptación de las especies relocalizadas. Dichos informes incluirán un análisis de la evolución histórica de la variable analizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.15

8.16 Compromiso ambiental voluntario “Pantalla acústica perimetral parcial” Impacto asociado Generación de emisiones sonoras que podrían alterar la calidad acústica del entorno. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que las emisiones sonoras generadas por el proyecto se mantengan bajo los niveles máximos permitidos establecidos en el D.S. Nº38/2011 del MMA. Descripción: Se instalará una pantalla acústica en parte del perímetro de las obras (los deslindes norte y este) del Proyecto. Justificación: Debido a la superación preliminar de los máximos permitidos por el D.S. Nº38/2011 del MMA. Según lo presentado en el Anexo 3.1 de la DIA, uno de los receptores (punto 1) supera el máximo permitido en 1 [dB]. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Deslindes norte y este del Proyecto. Forma: Se deberá instalar un cierre perimetral parcial de 3,6 m de altura y una extensión de 277 m en los deslindes norte y este del Proyecto. Este elemento deberá instalarse en parte del perímetro destinado a las faenas de la obra. Oportunidad: Inicio fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de la instalación y mantención de la pantalla acústica, durante la fase de construcción del Proyecto. Forma de control y seguimiento Los registros se mantendrán, en formato digital, disponibles ante eventuales fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.16

8.17 Compromiso ambiental voluntario “Monitoreo de Ruido” Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del Decreto N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Descripción: Consiste en realizar un monitoreo de ruido en la totalidad de los receptores dentro del área de influencia.

Justificación: Considerando que el Proyecto requiere de medidas de control para el cumplimiento del Decreto N°38/2011 de Ministerio del Medio Ambiente, el titular se compromete a realizar un monitoreo de ruido durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, en todos los receptores el área de influencia del componente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto, específicamente en los receptores de ruido y vibraciones que se muestran en la siguiente figura y se detallan en la siguiente tabla:

Fuente: Anexo 3.1 de la DIA, 2025.

Ubicación y descripción de puntos de medición humanos. Pto Descripción Distancia al Proyecto [m] Uso efectivo Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 19 Sur Este Norte 1 Estructura en aparente abandono ubicada al Nororiente del Proyecto 423 - 312.357 6.845.098 2 Subestación C.R. Maitencillo, ubicada al Nororiente del Proyecto 114 Energía 312.067 6.844.953 Forma: Se debe realizar un monitoreo trimestral (cada tres meses) durante la fase de construcción del Proyecto, de acuerdo con la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 Ministerio del Medio Ambiente (medición de ruido) y Resolución Exenta N°867/2016 del SMA (Inspección medidas de control de ruido). Oportunidad: El monitoreo se realizará de forma trimestral, durante toda la fase de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de los medidores de ruido instalados. - Registro de los resultados de las mediciones realizadas Los niveles de ruido máximos emitidos por la construcción del Proyecto, deberán cumplir con lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA y la definición de máximos permitidos presentada en el numeral 7.1.3 del Anexo 3.1 de la DIA. Forma de control y seguimiento Al término de cada periodo de monitoreo trimestral se elaborará un informe que dé cuenta de las actividades realizadas y de los resultados de las mediciones en terreno. Dichos informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles contado desde la finalización de cada monitoreo trimestral, y estarán disponibles para eventuales consultas y/o fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.17

8.18 Compromiso ambiental voluntario “Charlas de Inducción paleontológicas” Impacto asociado Eventual presencia sitio con restos o evidencias de organismos del pasado que se encuentran en estado fósil (sitio paleontológico) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitación de trabajadores en relación con la importancia del componente paleontológico y del procedimiento en caso de efectuarse un hallazgo. Descripción: Se realizarán charlas de inducción por un paleontólogo cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N°650 de 2022 del CMN - a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente paleontológico que se podría encontrar en el área y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, se indicarán los procedimientos establecidos en los artículos N°26 y 27 del mismo cuerpo legal y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Justificación: Compromiso preventivo para resguardar hallazgos paleontológicos no previsto o eventual intervención al patrimonio paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas y/o frentes de trabajo.

Forma: Las charlas de inducción paleontológicas serán impartidas por un paleontólogo/a y/o un/una especialista con formación en paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 sobre la “Actualización de Antecedentes Profesionales para la Obtención de Permisos de Intervención Paleontológica y Realización de Trabajos en Paleontología Aplicada en Materias de Competencia del Consejo de Monumentos Nacionales”, para todos los trabajadores que estarán involucrados en las obras.

Dichas charlas deben incluir los siguientes puntos:

a) Nombre y firma del profesional que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción realizada. Se instruirá sobre los procedimientos establecidos en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 y el artículo N°23 del D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas c) Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. d) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. e) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. f) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, Rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores.

Oportunidad: Fase de construcción y hasta finalizar las actividades de movimiento de tierra, con frecuencia mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Registros de asistencia a charlas de inducción. Dichos registros deberán contar con al menos la siguiente información: - Nombre y firma de los participantes - Fecha de realización de la charla - Objetivos de la inducción Además, se dispondrá de registros fotográficos de las charlas realizadas, que estarán disponibles ante eventuales fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de charlas disponibles ante eventuales fiscalizaciones. Asimismo, en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de realizadas las capacitaciones, serán remitidas al CMN y la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.18

8.19 Compromiso ambiental voluntario “Charlas de Inducción Arqueológicas” Impacto asociado Eventual presencia de elementos pertenecientes al patrimonio cultural (sitio arqueológico). Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitación de trabajadores en relación con la importancia del componente arqueológico y del procedimiento en caso de efectuarse un hallazgo.

Descripción: Se realizarán charlas de inducción a las/los trabajadores del Proyecto, dictadas por un arqueólogo, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.

Justificación: Evitar intervención de patrimonio arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas y/o frentes de trabajo

Forma: Realización de charlas de inducción, debiendo abordar el marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Las charlas las preparará e impartirá un/una arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología.

Oportunidad: Previo a construcción y mensualmente hasta finalizar las actividades de movimiento de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Registros de asistencia a charlas de inducción. Dichos registros deberán contar con al menos la siguiente información: - Nombre y firma de los participantes - Fecha de realización de la charla - Objetivos de la inducción Además, se dispondrá de registros fotográficos de las charlas realizadas, que estarán disponibles ante eventuales fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de charlas disponibles a ante eventuales fiscalizaciones. Dichos registros incluirán: - Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. - Contenidos de la inducción realizada. - Copia del material gráfico presentado a los asistentes. - Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. - Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los/as asistentes. - Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, Rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, debidamente firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. Asimismo, en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de realizadas las capacitaciones, serán remitidas al CMN y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.19

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes

9.1 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

9.1.1 Actividad Sísmica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las áreas del Proyecto Parte, obra o acción asociada • Capacitar a trabajadores respecto a la actuación en caso de sismo. • Establecer y mantener un área de seguridad (Punto de Encuentro de Emergencia, P.E.E) y vías de evacuación despejadas. • Utilizar criterios de diseño para la construcción de las obras que consideren factores estructurales de seguridad. Acciones o medidas a implementar • Registro de capacitación. • Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles durante la ejecución del Proyecto en caso de ser solicitado por el SMA. Forma de control y seguimiento Todas las áreas del Proyecto Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.1

9.1.2 Condiciones Climáticas Adversas Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Asociada a todas las áreas de trabajo, activación de ríos y quebradas Acciones o medidas a implementar • Para evitar posibles inundaciones debido a precipitaciones intensas que aumenten el caudal de fuentes de agua cercanas y quebradas, se mantendrá durante fuertes precipitaciones un sistema de alerta, que incluye: Conocimiento de los riesgos a enfrentar. • Se recopilará información sobre pasados eventos de crecidas en el lugar, lluvias promedias y lluvias máximas. • Se mantendrá un mapa con los puntos de evacuación y áreas de seguridad del Proyecto. • Se analizarán los sectores que corren mayor riesgo, para poner énfasis en su protección, y por donde podría llegar el agua en caso del desbordamiento de algún curso de agua. • Ante temporales de viento: Inspección y refuerzo de estructuras expuestas, retiro o aseguramiento de elementos sueltos que puedan convertirse en proyectiles y capacitación al personal sobre zonas seguras y protocolos de resguardo. • Ante eventual evento de bajas temperaturas: monitoreo de pronósticos meteorológicos, aseguramiento de rutas de acceso y evacuación con equipos de despeje y sal de deshielo, dotación de ropa térmica y abrigo para el personal. • Ante eventuales tormentas eléctricas: desconexión preventiva de equipos eléctricos no esenciales, prohibición de trabajos en altura, uso de maquinaria metálica o manipulación de líquidos conductores. Comunicación y alerta: • Siempre se mantendrá informado a todo el personal sobre el posible riesgo ante fuertes lluvias. • Se capacitará a un grupo del personal, quienes cumplan con las características físicas necesarias y quieran participar, para que puedan apoyar frente a una contingencia de este tipo. - Este grupo contará con todo el equipo de protección personal necesario para hacer frente a la contingencia. Al inicio de la fase de construcción del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́́́́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos. - En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. - Se indicará a todo el personal sobre el plan de contingencias ante este tipo de evento, indicando vías de evacuación, zona de seguridad, punto de encuentro, etc. - Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un monitoreo sistemático de la cuenca hidrológica, considerando al menos: - Precipitación acumulada y en tiempo real - Caudal de ríos y esteros Se mantendrá contacto permanente con las entidades encargadas para trabajar en conjunto frente a eventual condición climática adversa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.2

9.1.3 Incendio en el área de faenas Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar • Capacitar a trabajadores respecto a prevención y amago de incendios. • Conformar brigada de emergencia durante la fase de construcción. • Instalar señalética de prohibición de fumar o encender fuego durante la realización de faenas. • Revisar el estado de equipos, herramientas e instalaciones eléctricas, en caso de detectar falla no se podrá utilizar el equipo. • Disponer en lugar de fácil acceso de extintores de incendio, cargados y operativos. • Almacenar sustancias inflamables y combustible en bodegas especialmente habilitadas. • Mantener libre de residuos y elementos inflamables las instalaciones y frentes de trabajo. Mantener despejadas de vegetación la faja de la línea de transmisión. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación. • Registros de inspección o fotográfico. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en obra durante la ejecución del Proyecto en caso de ser solicitado en fiscalizaciones u otras instancias por la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.3

9.1.4 Derrame de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas (SUSPEL) y residuos peligrosos (RESPEL); actividades de uso y mantención de equipos y maquinaria; frentes de trabajo móviles; y operaciones de transporte, carga y descarga de sustancias y residuos peligrosos vinculadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar • Capacitar a los trabajadores respecto a la prevención y control de derrames. • Habilitar bodegas para el almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos que cuenten con piso impermeable y un pretil para la contención de derrames. • Almacenar sustancias peligrosas en su envase original o adecuado para este fin y mantener con su tapa cerrada. • Disponer de elementos para contener potenciales derrames (Ej. arena/paños absorbentes/ polietileno, pala, buzo desechable, guantes, contenedor para material contaminado). • Chequear condición operativa de equipos y maquinarias en forma previa a su uso, verificando que no presenten derrames y/o fugas de ningún tipo. • Disponer los equipos fijos que para su funcionamiento utilicen hidrocarburos (ej. grupos electrógenos, compresores, bombas u otros) sobre sistemas de contención de derrame. • Los operadores de camiones y maquinaria pesada deben disponer en su interior de un paño de polietileno y/o recipiente para contener eventuales derrames de aceite/lubricante/combustibles. En caso de que sea necesario efectuar reparaciones de emergencia in situ, se deberán realizar sobre un polietileno de alta densidad u otro material impermeable y contar con receptáculo que permitan contener potenciales derrames. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitación • Registros de inspección o fotográfico Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles durante la ejecución del Proyecto en caso de ser solicitado por la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.4

9.1.5 Derrame de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos a cauces de agua naturales o artificiales. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Uso de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar - No se permitirá la recarga de combustible de ningún equipo a menos de 10 metros de cursos de aguas naturales o artificiales - Los equipos serán revisados rigurosamente para detectar previamente cualquier fuga en los sistemas oleohidráulicos de los equipos (implementación de PTS específico). - Se realizará una capacitación al personal sobre la importancia de no arrojar ningún tipo de residuo ni material a los cursos de agua. Las charlas de inducción a los trabajadores incluirán, entre otras, las siguientes prohibiciones: 1. Verter a cursos de agua material sin tratamiento, proveniente de desecho de procesos constructivos y de cualquier sustancia nociva al ambiente (aceites, compuestos tóxicos, combustibles, lubricantes, aguas servidas sin tratamiento, desechos sólidos domésticos o industriales, detergentes u otros). 2. Depositar cualquier tipo de residuo, doméstico o industrial, fuera de los sitios expresamente autorizados para ello (receptáculos de residuos, botaderos, etc.) - Se tomarán precauciones durante el transporte y manipulación de cualquier sustancia contaminante para impedir derrames en cursos de aguas. - El almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos se realizará exclusivamente en las bodegas que se habilitarán en la instalación de faenas. - Los residuos peligrosos serán manipulados separadamente de los residuos domésticos e industriales no peligrosos y serán dispuestos en contenedores con tapa y debidamente rotulados. - Estos residuos se almacenarán en una bodega de acopio temporal de residuos sólidos peligrosos, y su tratamiento y traslado a un sitio de disposición final será realizado por una empresa autorizada. - El transporte de los residuos peligrosos deberá realizarse mediante un servicio que cuente con todas las autorizaciones requeridas para dicha actividad. - Prohibición de descargar cualquier tipo de contaminante y de realizar lavado de equipos y maquinaria en cursos de agua. Se habilitará un área exclusiva para el lavado de canoas de camiones mixer. - Se mantendrá un kit de contención de derrame en maquinaria y equipos con la finalidad de utilizarlo en caso de que se produzca alguna fuga de aceite o combustible, y en la instalación de faenas se mantendrán baterías de control de derrames. - Se contará con una cuadrilla de emergencia, la cual estará capacitada para la contención de derrames. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a capacitación acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia y/o residuos peligrosos y se informará del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruirá acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.5

9.1.6 Falla en operación PTAS Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación Parte, obra o acción asociada Se considera riesgo producto de accidentes, fallas, y filtraciones en la PTAS. Acciones o medidas a implementar Derrame de aguas servidas - Se capacitará al personal sobre el uso del sistema de alcantarillado particular a los trabajadores, para prevenir descargas no autorizadas al sistema. - Se capacitará al personal sobre el uso y mantención de la PTAS y se establecerá un protocolo de revisión de roturas o fugas ante eventos naturales como movimientos sísmicos. - Se realizará una revisión y mantenimiento mensual en fase de construcción y semestral en fase de operación de la PTAS y de las tuberías de recolección con el fin de evitar posibles roturas o mal funcionamiento de ésta y dar continuidad a las condiciones de normal funcionamiento. - Se realizará un monitoreo de la impermeabilidad de la PTAS al menos una vez al año. El procedimiento de monitoreo considera evaluar la impermeabilidad de la PTAS, en base a las definiciones del fabricante, identificando tempranamente posibles vulnerabilidades asociadas a la fatiga de material o deficiencias en la construcción. - Ante una falla detectada durante el funcionamiento de la PTAS, la empresa contratista a cargo de la operación de estás procederá a dar aviso inmediato al titular mediante canales de comunicación establecidos para tal fin, y éste tomará las acciones tendientes a minimizar el tiempo en que el sistema se encuentre con fallas y vuelva a operar en las condiciones establecidas. Generación de olores molestos - Se capacitará al personal sobre el uso y mantención de la PTAS. - Se revisará mensualmente el funcionamiento de la PTAS y servicios higiénicos. - Se realizará la limpieza diaria de los servicios higiénicos. - Se instalará un filtro de carbón activado u otro sistema de control de olores que retenga las partículas aromáticas generadas. Retraso en el retiro de lodos - El retiro de lodos se realizará con una frecuencia establecida, por empresa que cuente con autorización sanitaria, los lodos serán llevados a sitio de disposición final autorizado. - Se confirmará y se coordinará el servicio de retiro de lodos con al menos 5 días de anticipación. - Se tendrá el contacto de al menos dos empresas de retiro de lodos de respaldo, en caso de que la empresa escogida no pueda hacerse cargo. Estas empresas contarán con autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento • Informe de emergencia. • Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante informe escrito. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.7

9.1.7 Accidentes que involucren Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Asociado al tránsito de vehículos y maquinaria y a la construcción de estructuras para conexión con Línea eléctrica. Acciones o medidas a implementar Con el objetivo de prevenir el atropello y/o muerte accidental, colisiones, electrocuciones y la presencia de ejemplares de fauna silvestre afectados en el área del Proyecto, se implementarán las siguientes medidas: - Capacitar a los trabajadores del proyecto (a través de folletos, carteles y charla) de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservar la fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. - Capacitación a personal de Proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos. - Velocidad máxima de circulación general será de 30 km/h en el camino de acceso y caminos internos del Proyecto. Se instalará señalética de restricción de velocidad. - La velocidad de la maquinaria utilizada durante la fase de construcción corresponde a las indicadas en el Estudio de emisiones atmosféricas (anexo 1.4 de la DIA) - Se prohibirá alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al sector del Proyecto. - Estas acciones serán mantenidas durante toda la vida útil del Proyecto. - Se instalarán dispositivos antiposamiento (2) en ambas estructuras del paño de conexión para evitar el contacto de las aves de mayor envergadura con más de una fase energizada y se instalarán dos dispositivo anticolisión en el conductor, con una separación de 20 metros entre cada uno. Forma de control y seguimiento • Registro fotográfico de señalética de restricción de velocidad instalados • Registro de las charlas realizadas, que incluya nombre y firma de los participantes y detalle de los temas abordados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.8

9.1.8 Remoción en Masa Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Asociada a todas las áreas de trabajo Acciones o medidas a implementar Se implementarán las siguientes medidas para todas las fases del Proyecto: • Realizar una inspección visual en detalle en la parte alta de la microcuenca, al objeto de verificar la generación de posibles riesgos como grietas, deslizamientos, etc. • Difundir los puntos donde puede ocurrir deslizamientos de tierra. • Verificar visualmente antes del comienzo de los trabajos con el propósito de identificar posibles riesgos (grietas, deslizamientos, etc.) • Contar con vías de escape claramente señalizadas identificando “puntos seguros” de reunión, para que el personal evacuado se resguarde mientras espera instrucciones. • Capacitar en estos procedimientos de respuesta y planes de evacuación. • Difundir los procedimientos de respuesta y planes de evacuación del personal en caso de producirse estos eventos naturales. • Realizar mantenciones trimestrales a las señaléticas de las vías de escapes y a de los “puntos seguros”. • Capacitar al personal propio como contratista respecto de cómo proceder ante situaciones de contingencias, así como de las vías de evacuación y de los puntos seguros. • Actualizar semestralmente los procedimientos de emergencia ante eventos de remoción de masa. • Realizar simulacros de emergencia en las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán y revisarán mensualmente los siguientes registros: • Registro de capacitaciones al personal. • Registro de inspecciones visuales. • Registro en detalle de la ingeniería de las obras. • Registro de mantenciones a señaléticas y demarcaciones de seguridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.9

9.1.9 Afloramiento de Aguas Subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción del Proyecto Parte, obra o acción asociada Movimientos de tierra y excavaciones Acciones o medidas a implementar Se evitará realizar excavaciones a una profundidad mayor a 4 metros, correspondiente al máximo nivel de excavación requerido por las obras del Proyecto. El diseño del Proyecto no contempla la afectación de la calidad y niveles del recurso hídrico de la zona. Durante las actividades de excavación se considera la verificación permanente del alumbramiento de napas por personal de apoyo con el objeto de identificar anticipadamente sobre esta situación. Se realizarán capacitaciones e inducciones a los trabajadores asociados a las actividades de excavación respecto a la forma de proceder ante el afloramiento de agua. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones a los trabajadores respecto a la forma de actuación ante el afloramiento de agua • Control semanal de las actividades de excavación, basado principalmente en inspecciones de terreno Este registro se encontrará presente en la instalación de faenas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.10

9.1.10 Atentado o intervención de terceros en sectores de almacenamiento de sustancias y/o residuos peligrosos y área BESS Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Sectores de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos y área BESS. Acciones o medidas a implementar • Implementación de sistemas de vigilancia y monitoreo 24/7. • Uso de detectores de humo, calor y gas en las instalaciones • Almacenamiento seguro y segregado de sustancias y residuos peligrosos (fases de construcción y cierre). • Mantenimiento preventivo regular de todos los equipos y componentes. • Programas de capacitación continua a los trabajadores del Proyecto en seguridad y manejo de emergencias. Simulacros regulares de evacuación y respuesta a emergencias. Forma de control y seguimiento • Implementación de un sistema de registro y reporte de incidentes y emergencias. Inspecciones programadas y mantenimiento preventivo de equipos y sistemas críticos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.11

9.1.11 Incidentes durante las acciones de transporte, instalación y almacenamiento de baterías de ion- litio Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Sectores de transporte, instalación y almacenamiento de baterías de ion-litio. Acciones o medidas a implementar Transporte: • Uso de vehículos especializados para el transporte seguro de baterías de ion- litio. • Implementación de protocolos de seguridad para la carga y descarga de baterías. Instalación: • Capacitación del personal en la manipulación segura de baterías de ion-litio. • Supervisión constante durante la instalación para prevenir daños o incidentes. Almacenamiento: • Almacenamiento en áreas designadas con medidas de control de temperatura y ventilación adecuadas. Segregación y retiro de baterías dañadas o defectuosas para evitar riesgos de incendio o explosión. Forma de control y seguimiento • Realización de auditorías internas y externas para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad, con una frecuencia mensual durante las labores de transporte e instalación de las baterías y anual en operación. • Implementación de un sistema de registro y reporte de incidentes y emergencias. Inspecciones programadas y mantenimiento preventivo de equipos y sistemas críticos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.12

9.1.12 Ingreso de fauna a instalaciones de operación remota Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Las áreas relevantes incluyen el entorno del sistema BESS que pueda permitir el ingreso de fauna terrestre o aérea, como perros de libre deambular o aves heridas Acciones o medidas a implementar • Establecimiento de cercos perimetrales que limiten el acceso de fauna terrestre, especialmente en zonas críticas como los alrededores del sistema BESS. • Instalación de dispositivos disuasorios para fauna aérea (reflectores o emisores de sonido no invasivo para evitar ingreso de aves). • Capacitación del personal encargado en procedimientos de captura segura y manejo de fauna, conforme a las normativas ambientales vigentes. Establecimiento de acuerdos o convenios con organismos locales especializados, como clínicas veterinarias o centros de rescate, para la reubicación o atención de fauna. Forma de control y seguimiento • Instalación de cámaras de vigilancia y sensores de movimiento en puntos clave para detectar el ingreso de fauna en tiempo real. • Creación de un registro centralizado para documentar todos los eventos relacionados con fauna, incluyendo las acciones implementadas y resultados obtenidos. Auditorías anuales para verificar el cumplimiento de las medidas establecidas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.13

9.1.13 Imposibilidad temporal o definitiva del sitio de disposición final para recibir residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Generación, almacenamiento y transporte. Acciones o medidas a implementar • Identificar y establecer previamente sitios alternativos autorizados para la disposición final de residuos. • Implementar un protocolo de transporte que garantice el traslado seguro y eficiente hacia los sitios alternativos. Monitorear continuamente las capacidades de los lugares de disposición primaria y alternativa para anticipar posibles contingencias similares Forma de control y seguimiento Revisión mensual de la disponibilidad operativa de los sitios de disposición. Actualización de convenios y autorizaciones vigentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.14

9.1.14 Emanación de olores molestos y proliferación de vectores en zonas de almacenamiento de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Áreas de almacenamiento temporal de residuos Acciones o medidas a implementar • Implementar un sistema de control de olores mediante el uso de materiales absorbentes o neutralizadores específicos. • Asegurar la cobertura adecuada y hermética de los residuos almacenados para minimizar la liberación de olores. • Establecer un plan de limpieza y desinfección de las áreas de almacenamiento y operación. Forma de control y seguimiento Fumigaciones mensuales en zonas sensibles. Registro de acciones realizadas y evaluación de su efectividad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.15

9.2 PLAN DE EMERGENCIAS

9.2.1 Actividad Sísmica Fase del Proyecto a la que aplica Todas Parte, obra o acción asociada Todas Acciones que se implementarán Ante la ocurrencia de un sismo (temblor, terremoto), se debe proceder según lo siguiente: • Conservar la calma, evitar abandonar el área, si la intensidad aumenta y comienzan a caer objetos o hay riesgo de romper vidrios de ventanas, alejarse de la exposición directa. • En caso de un sismo de gran envergadura (pérdida de equilibrio y/o larga duración), se debe activar el plan de evacuación hacia el punto de encuentro de emergencia definido para el Proyecto. • Durante el desplazamiento hacia la zona de seguridad, se debe prestar atención a todos los objetos y estructuras que pueden haber quedado debilitadas y caer. • Cuando llegue a la zona de seguridad, observe que sus colegas estén en el lugar, si falta alguno dé aviso de inmediato a Encargado de la emergencia, nunca trate de ir a buscarlo. • Si queda atrapado por alguna estructura, conserve la calma, no trate de forzar la estructura, pudiera provocar un derrumbe mayor, espere a sentir personas y grite para que lo puedan rescatar. • Siempre después de un sismo de gran envergadura se debe esperar que se realice una inspección del área para descartar posibles fallas que pudieran ocasionar problemas mayores con réplicas u otros sismos. Sólo cuando se ha revisado y con la autorización del Encargado de la emergencia se podrá volver a las labores habituales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos, u otro) este se realizará de manera inmediata vía telefónica. En conjunto se notificará a la SMA vía correo electrónico y por oficio dentro del plazo de 72 horas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.1

9.2.2 Condiciones Climáticas Adversas Fase del Proyecto a la que aplica Todas Parte, obra o acción asociada Todas las áreas de trabajo, activación de ríos y quebradas. Acciones que se implementarán En caso de inundación por precipitaciones intensas y activación de quebradas se realizarán las siguientes acciones, como mínimo: - Se dará aviso de inmediato al supervisor y al equipo de respuesta, quienes estarán preparados para intentar contener la emergencia. - El supervisor se pondrá en contacto de inmediato con los organismos encargados, informando sobre la situación. - El equipo de respuesta, luego de equiparse correctamente, evaluaran la situación, tratando de contener la emergencia. - Si la emergencia es de gran magnitud, se evacuará a todo el personal que no forme parte del equipo de respuesta, evitando así posibles heridos. - Se revisará toda el área en buscar de heridos, y se llamará a ambulancias en caso de ser requeridas para que puedan evacuar al personal. - El equipo de respuesta pondrá especial énfasis en resguardar la bodega de residuos peligrosos, evitando que entre agua a los contenedores provocando otro tipo de emergencia. - Se podrá retornar a las actividades normales, solo cuando la emergencia sea totalmente controlada, y los organismos encargados así lo permitan. - Una vez de regreso a la faena, se evaluarán todos los daños producidos por la inundación, arreglando todos los desperfectos para continuar con el óptimo funcionamiento de la planta. - Si esta emergencia se produce durante la fase de operación, el equipo encargado del mantenimiento de la planta deberá revisar que todo siga funcionando en optimo estado, de lo contrario deberán reparar todo lo dañado. En caso de tormenta de vientos: - Suspensión de trabajos en altura o con maquinaria expuesta. - Repliegue del personal a zonas protegidas. - Evaluación de daños estructurales y verificación de condiciones de seguridad antes de retomar actividades. En caso de tormenta eléctrica. - Repliegue inmediato del personal a estructuras cerradas y seguras. - Verificación de daños eléctricos y estructurales antes de reanudar actividades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante inundación, en un período máximo de 15 días hábiles después de ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.2

9.2.3 Incendio en el área de faenas Fase del Proyecto a la que aplica Todas Parte, obra o acción asociada Todas Acciones que se implementarán El personal que detecte ocurrencia de fuego no controlado debe dar aviso inmediato a su Jefe Directo o encargado del área quien deberá: • Evaluar la magnitud del incendio y la factibilidad de su amago en consideración a su avance y elementos de control disponibles. • Cortar suministro eléctrico (si aplica). • El personal disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatirlo de inmediato, siempre y cuando no esté comprometida su seguridad. • El Encargado del área solicitará la asistencia de Brigada de emergencia. • Los brigadistas que lleguen al lugar siniestrado se organizarán para combatir el fuego de acuerdo a su entrenamiento y a las directrices emanadas por el líder de Brigada. • Sólo si las condiciones del incendio lo permiten, se deberá hacer retiro de todos los productos inflamables que se encuentren en el lugar siniestrado y aquellos que puedan producir derrames. • Si no es factible controlar el siniestro se deberá solicitar asistencia de Bomberos y/o Brigadas de CONAF y efectuar el proceso de evacuación hacia los puntos de encuentro de emergencia definidos para el Proyecto. • Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. • Las actividades podrán reanudarse una vez que el siniestro esté controlado. • Se debe elaborar un informe del siniestro, y actualizar los procedimientos de emergencia en caso de ser necesario. Cabe destacar que ante un incendio en fase de operación del Proyecto se deberá comunicar a las unidades de emergencia pertinentes de la Comuna de Freirina y posteriormente comunicar a encargado del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de requerir apoyo a instituciones (Bomberos, CONAF, u otro) este se realizará vía telefónica. En conjunto se notificará del siniestro y la activación del plan a la Superintendencia de Medio Ambiente vía correo electrónico y por oficio con el informe del siniestro dentro del plazo de 72 horas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.3 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.4 Derrame de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas (SUSPEL) y residuos peligrosos (RESPEL); actividades de uso y mantención de equipos y maquinaria; frentes de trabajo móviles; y operaciones de transporte, carga y descarga de sustancias y residuos peligrosos vinculadas al Proyecto. Acciones que se implementarán El personal que detecte la ocurrencia de un derrame deberá comunicarlo de inmediato a su jefe directo o encargado del área proporcionando la siguiente información: • Lugar del derrame. • Sustancia o residuo derramado. • Cantidad estimada. • Personal afectado (si existe). El encargado del área deberá controlar el derrame considerando las siguientes directrices: • En lo posible identificar la sustancia derramada y revisar la Hoja de Datos de Seguridad (HDS). • En caso de que sea posible, y siempre que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas, se debe contener el derrame en el origen con un recipiente y detener la fuente de origen, cerrando llave, volteando contenedor, instalando tapón u otro. • Se debe evitar que el derrame se escurra en el suelo mediante la construcción de pequeños diques de material absorbente, instalación de sacos de arena o mangas absorbentes. • No utilizar gravas/gravillas o ripio como material absorbente, puesto que dificulta su tratamiento y disposición como residuo peligroso. • Se debe evitar toda fuente de fuego o ignición (apagar motores, cigarrillos, equipos eléctricos) que puedan entrar en contacto con el derrame. • Evitar que el derrame entre en contacto con materiales inflamables localizados en la zona afectada. • Se debe restringir el acceso al área solo al personal involucrado en el control de la emergencia y evitar caminar sobre el derrame. • Todo el personal que participe en el control de derrame debe contar con elementos de protección personal adecuados a la emergencia. • Una vez controlado el derrame se debe proceder a la limpieza del sector afectado, desde orilla hacia el centro, removiendo el material contaminando y disponiendo los residuos en contenedores. • Los contenedores con material contaminado deben ingresarse a bodega de residuos peligrosos. • Todos los elementos de protección personal que se hayan contaminado en la limpieza también deben eliminarse como residuos peligrosos. Para el caso de derrame de sustancias peligrosas al suelo, se deberá actuar en base a la “Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes” de la Resolución Exenta N°406/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos u otro) este se realizará de manera inmediata vía telefónica. En conjunto se notificará a la Superintendencia de Medio Ambiente vía correo electrónico y por oficio con el informe del siniestro dentro del plazo de 72 horas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.5 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.5 Derrame de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos a cauces de agua naturales o artificiales Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Uso de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos Acciones que se implementarán El personal que detecta un derrame deberá dar inmediato aviso al jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • El jefe de Emergencia comunicará de inmediato a la DGA y a la SMA. • En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores, los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. • Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y eliminación en una planta autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascará medio rostro con filtros. • En caso de que el derrame de hidrocarburos afecte a un curso de agua, se seguirán los siguientes pasos: 1. Contención: Cuyo objetivo será evitar la propagación del derrame en el menor tiempo posible, considerando la rapidez de dispersión de la sustancia. 2. Recuperación: Se puede efectuar mediante recuperadores mecánicos y/ o material absorbente. 3. Limpieza de la zona afectada: Los desechos que se generen de esta limpieza serán almacenados en la bodega RESPEL autorizada y trasladados posteriormente hasta el sitio de disposición final por una empresa autorizada para realizar dichas labores. 4. Vigilancia: Verificar que la limpieza se efectúe con los elementos de protección personal adecuados y siguiendo los lineamientos establecidos para minimizar los tiempos de acción y posibles afectaciones. 5. Disposición final: los residuos generados por las labores de contención y limpieza serán dirigidos a lugar autorizado por la SEREMI de Salud de Atacama como sitio de disposición final. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la SMA, SEREMI de Salud de la Región de Atacama, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y DGA, informando del siniestro y del procedimiento realizado. A su vez, se informará a la SMA las acciones posteriores a realizar según magnitud del evento, y de ser necesario, los detalles del monitoreo a implementar. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.6 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.6 Falla en operación de la PTAS Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación Parte, obra o acción asociada PTAS. Acciones que se implementarán Se avisará a la SMA, Servicio de Salud y SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Atacama, informando del siniestro y del procedimiento realizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Informe de emergencia. Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante informe escrito. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.7 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.7 Accidentes que afecten Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Tránsito de vehículos y maquinaria y a la construcción de estructuras para conexión con Línea eléctrica. Acciones que se implementarán - Siempre que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado, en dependencias del Proyecto o a raíz de una actividad del Proyecto, deberá suspender las actividades. - Se dará aviso al Centro de Rescate de Fauna Silvestre, inscrito por el SAG, más cercano. - Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del Centro de Rescate de Fauna Silvestre correspondiente. - Se entregará, a propia costa, atención veterinaria y/o traslado de los individuos a un centro de rehabilitación habilitado por SAG. - Se evaluará si la especie puede movilizarse sin problemas, en caso de ser afirmativo lo anterior, no aplica el Plan. - Si la especie no puede movilizarse con normalidad se deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgo y/o Encargado de Medioambiente, el cual dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) durante las próximas 24 horas. - Se mantendrá un registro de las emergencias que dé cuenta de los resultados, con el fin de verificar si las acciones ejecutadas fueron las correctas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) máximo 48 horas ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.8 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.8 Remoción en Masa Fase del Proyecto a la que aplica Todas Parte, obra o acción asociada Todas Acciones que se implementarán • Se dará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al equipo de respuesta a emergencias. • Se cerciorará que se encuentren en buen estado las personas accidentadas, luego delimitará el área afectada a una distancia prudente, prohibiendo el ingreso a personal no autorizado. • Se mantendrá despejada el área del siniestro y se dará espacio para que los equipos de emergencia trabajen adecuadamente. • Se prestará apoyo en lo que sea requerido a los equipos de emergencia. • Se prestará apoyo al médico forense, en caso de ser necesario. • Se prestará el apoyo que sea necesario a los accidentados post emergencia. • Una vez controlada la emergencia se realizarán todas las acciones necesarias para restablecer las condiciones normales de las áreas y operaciones afectadas, considerando en esto: la revisión exhaustiva de las condiciones de seguridad, evaluación de impacto al medioambiente, retiro y disposición de residuos de acuerdo con procedimientos vigentes, reparación de infraestructuras, reposición de protecciones mecánicas y eléctricas u otro sistema de control de emergencia. • Se realizará la investigación de las causas del accidente, para posteriormente definir los planes de acción para que no se repita. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante activación del plan, el jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia, previo evaluación interna y valoración de este para ser informado. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.9 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.9 Afloramiento de Aguas Subterránea Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción del Proyecto Parte, obra o acción asociada Movimientos de tierra y excavaciones Acciones que se implementarán Ante el potencial afloramiento de aguas durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el Titular, como sus contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se indican las actividades que se deberán considerar al momento de proceder: • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas) es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento (sólo en caso de ser necesario). • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un informe que detalle los hechos. Dicho informe deberá contener, además, fotografías con fecha, que describa los procedimientos seguidos, el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh. 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la autoridad. Se informará a la SMA respecto al resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 horas. De acuerdo con los estudios presentados en el marco de la evaluación de impacto ambiental del Proyecto, no existe evidencia técnica que permita establecer afloramientos de aguas de carácter permanentes. No se consideran medidas de descontaminación ante una eventual contaminación del agua aflorada. Frente a la eventualidad de contaminación debido al contacto con residuos o sustancias peligrosas, el agua aflorada será tratada como residuo peligroso y manejado conforme a los establecido en el D.S. N°148. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo menor a 24 horas, informando sobre el afloramiento de agua y señalando las medidas que se han tomado hasta ese momento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.10 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.10 Atentado o intervención de terceros en sectores de almacenamiento de sustancias y/o residuos peligrosos y área BESS Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Sectores de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos y área BESS. Acciones que se implementarán • Evacuación segura y rápida de todo el personal presente en las instalaciones. • Control y mitigación de derrames o liberación de sustancias peligrosas. • Coordinación con cuerpos de bomberos y policía. • Establecimiento de un centro de comando de incidentes para gestionar la respuesta a la emergencia • En caso de generación de residuos no previstos, estos se gestionarán según su naturaleza, siempre en cumplimiento de la normativa vigente y el cuidado al entorno. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará a la SMA vía correo electrónico y por oficio con el informe del siniestro (informe detallado del incidente y las acciones tomadas dentro de los plazos establecidos) dentro del plazo de 72 horas. En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos u otro) este se realizará de manera inmediata vía telefónica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.11 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.11 Incidentes durante las acciones de transporte, instalación y almacenamiento de baterías de ion- litio Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Parte, obra o acción asociada Sectores de transporte, instalación y almacenamiento de baterías de ion-litio. Acciones que se implementarán • Evacuación segura y rápida de todo el personal presente en las instalaciones. • Control y mitigación de derrames o liberación de sustancias peligrosas. • Coordinación con cuerpos de bomberos y policía. • Establecimiento de un centro de comando de incidentes para gestionar la respuesta a la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la Se notificará a la Superintendencia de Medio Ambiente vía correo electrónico y por oficio con el informe del siniestro (informe detallado del incidente y las acciones tomadas dentro activación del Plan de los plazos establecidos) dentro del plazo de 72 horas. En caso de solicitar apoyo a instituciones (Bomberos u otro) este se realizará de manera inmediata vía telefónica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.12 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.12 Ingreso de fauna a instalaciones de operación remota Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Las áreas relevantes incluyen el entorno del sistema BESS que pueda permitir el ingreso de fauna terrestre o aérea, como perros de libre deambular o aves heridas Acciones que se implementarán El presente protocolo debe considerar la activación del Plan de contingencia y emergencia en caso de accidente de fauna silvestre, considera: • Fauna terrestre: Captura y reubicación mediante equipos especializados. • Fauna aérea: Atención veterinaria para aves heridas y liberación en hábitats adecuados cuando sea posible. • Comunicación con el SAG y la SMA para reportar y gestionar cualquier incidente que involucre fauna protegida o en peligro de extinción Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante cualquier incidente se notificará a la SMA vía correo electrónico y por oficio con informe del incidente dentro del plazo de 48 horas. En caso de animal herido o muerto se notificará inmediatamente a SAG. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.13 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.13 Imposibilidad temporal o definitiva del sitio de disposición final para recibir residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Generación, almacenamiento y transporte. Acciones que se implementarán • Informar de inmediato a la SMA sobre la contingencia y las medidas adoptadas. • Activar el equipo de respuesta inmediata para coordinar el traslado. • Implementar un protocolo de transporte que garantice el traslado seguro y eficiente hacia los sitios alternativos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Informe preliminar del jefe de contingencias, indicando la activación del plan y las medidas adoptadas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.14 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.2.14 Emanación de olores molestos y proliferación de vectores en zonas de almacenamiento de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Áreas de almacenamiento temporal de residuos Acciones que se implementarán • Activación del equipo de respuesta inmediata. • Refuerzo de medidas de limpieza, cobertura y fumigación. Comunicación con SEREMI de Salud de Atacama si la situación lo requiere. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Informe preliminar del jefe de contingencias, indicando la activación del plan y las medidas adoptadas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.14 del ICE Anexo 5.1 de la Adenda complementaria. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

10°. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

11°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones ciudadanas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.

11.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

La evaluación técnica de las observaciones ciudadanas presentadas durante el periodo de participación ciudadana se presentan en el documento denominado “Anexo PAC”, adjunto al presente documento.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del este.

15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

16°. Que, para que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las acciones, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales”, de BESS Jacaranda SpA.

2°. Certificar que el Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energia y Linea de Transmision BESS Chaguales” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° (4.4) del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

JES/TTA

Distribución:

(Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios (III) CONADI, Región de Atacama (III) CONAF, Región de Atacama (III) DGA, Región de Atacama (III) DOH, Región de Atacama (III) Gobernación Marítima de Caldera (III) SAG, Región de Atacama (III) SEC, Región de Atacama (III) SEREMI de Agricultura, Región de Atacama (III) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama (III) SEREMI de Desarrollo Social Y Familia Región de Atacama (III) SEREMI de Energía, Región de Atacama (III) SEREMI de Minería, Región de Atacama (III) SEREMI de Salud, Región de Atacama (III) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama (III) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama (III) SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama (III) SEREMI MOP, Región de Atacama (III) SERNAGEOMIN, Región de Atacama (III) Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Superintendencia del Medio Ambiente Ilustre Municipalidad de Freirina Gobierno Regional, Región de Atacama Verónica Ossandón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Ossandón Pizarro Fecha: 2026.01.30 08:56:04 -03'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2026.01.30 12:23:06 -03'00' Sr. Ignacio Jorge Etchart, representante legal de BESS Jacaranda SpA Fundación Cielos de Chile Isidora Antonia Elgueta Castro Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Tatara Comunidad Indígena Diaguita Luincara