Astillero Cabo Negro
r REPÚBLICA DE CHILE /L COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “ASTILLERO CABO NEGRO”
Resolución Exenta N? 20251200151
z PUNTA ARENAS,
13 de Agosto de 2025
VISTOS: eS de E 19. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada con fecha 13 de enero de 2025, el Adenda de 02 de junio de 2025 y el Adenda Complementaria de 01 de julio de 2025, del proyecto “Astillero Cabo Negro”, presentado por Maestranza Cabo Negro SpA.
A KR
7
2%. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Astillero Cabo Negro”.
3”. El Acta de Evaluación N*2025121066 de 17 de febrero de 2025 del Comité Técnico de 12 de febrero de 2025 de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
4”. El ICE N”20251210971 de la DIA del proyecto “Astillero Cabo Negro” de 04 de agosto de 2025.
5”, El acuerdo adoptado en la sesión N*07 de 12 de agosto de 2025, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
6”. La Resolución Exenta N*502 de fecha 12 de agosto de 2025, de la Delegación Presidencial Regional de Magallanes y la Antártica Chilena, que declara la inhabilidad del Delegado Presidencial Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena respecto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Astillero Cabo Negro".
7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Astillero Cabo Negro”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N19.300 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N19.880 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA N]119046/14/2024, del Servicio de Evaluación Ambiental de fecha 18 de enero de 2024, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental de Magallanes y de la Antártica Chilena; y en la Resolución N*%36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 1%, Que, Maestranza Cabo Negro SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Astillero Cabo Negro” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Maestranza Cabo Negro SpA.
RUT 76.706.297-4
Domicilio Camino Rio Seco Km 12 Lote 26, Punta Arenas Teléfono +56 9 9549 9179
Representante Legal John Gysling Moffat
RUT 17.788.961-K
Domicilio Camino Rio Seco Km 12 Lote 26, Punta Arenas Teléfono +56 9 9964 8963
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2%. Que, conforme se indica en el ICE N20251210971 de fecha 04 d5 _... de 2025, el D2ctor Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recome Jado aprobar el proy=.sto, por cuanto. cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al pr "yecto, cumple con las requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales “pctoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N40/2012; y no genera los e zctos características e circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, ee dan origen a la necesid. d de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. y :
yA ¿
3”. Que, en sesión de 12 de agosto de 2025, la Comisión de Evalue ón de la Región de Plagallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyect “Astillero Cabo Neéro”, aprobando íntegramente el contenido del ICE N20251210971 de 04 de” gosto de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme £ “lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente re Solución las considericiones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución. - :
En consecuencia, el ICE y las consideraciones señaladas pre“edentemente que lo complementan, forman parte integrante de la presente resolución. 3
4%. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda */ en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la . =scripción del proyesto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
. | Ampliar la oferta de servicios de la maestra; za y varadero, en un -3tillero donde Objetivo general se reparen naves y artefactos navales r2nores y mayores, "utilizando la infraestructura y capacidades actualmente ex tentes en el lugar.
El Proyecto corresponde a la ampliación de prestación de servicios de la actual Maestranza y Varadero que posibilita la ate .ción de naves menores (hasta 99,9 AB) y artefactos navales con desplazamiento tiviano inferior a 200 toneladas, a la de un Astillero que permitirá reparar naves qembarcaciones y artefactos navales Descripción general | mayores. Las instalaciones de la maestra.-za y varadero permitirían ofrecer del proyecto servicios de un astillero para naves y arte.actos navales mayoses sin que se requieran modificaciones o ampliaciones er. la infraestructura, equipamiento ni capacidades ni aumento del capital humano existente, por lo que lo que el ingreso de la presente evaluación de impacto ambientil corresponde al interés y necesidad del Titular de atender embarcaciones y artefactos de mayor envergadura.
Tipología principal, así como las aplicables a sus | f) Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos. partes, obras O acciones
Vida útil Indefinida. Montro de Inversión | USD 110.000. Gestión, acto 0 faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Pavimentación del radier del Galpón.
SI NO
proyecto se desarrolla por etapas
El Proyecto corresponde a la ampliación de prestación de servicios de la actual Maestranza y Varadero, a la de un Astillero, que permitirá... reparar naves, embarcaciones y
proyecto modifica un proyecto o Xx
accord artefactos navales mayore3: proyecto Modifica x es otra (s) RCA y y q 4.2, UBICACION DEL PROYECTO Y Región Magallanes y Antártica Chilena £ Provincia Magallanes Comuna Punta Arenas ES
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Superficie
El Proyecto se desarrollará en un área de alrededor de 1 ha. dentro de predio de
una superficie total de 2 ha.
Coordenadas UTM en Datum WGS84— Huso 19
UTM E UTM N 376.837 4.134.600 376.890 4.134.500 376.838 4.134.431 2» 376.775 4.134.518
Caminos de acceso
El Proyecto cuenta en la actualidad con camino de acceso desde la Ruta 9, km 28, de allí se ingresa por un camino de una longitud aproximada de 2.625 m, encontrándose los primeros 1.405 m pavimentados y el tramo final de alrededor
de 1.220 m de largo y 6 m de ancho, de ripio.
Referencia al expediente * de evaluación de los mapas, georreferenciación e información
complementaria sobre la localización de sus partes, obras
Capítulo 1, páginas 12 y 13 de la DIA
m?,
y acciones 4.3, PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO Nombre Descripción Fase Corresponde a una estructura metálica donde Construcción, operación Galpón funciona la maestranza, con una superficie de 606,21 +0B
y cierre
Cierre perimetral
Sobre el perímetro del área de trabajo definida del proyecto, sobre zapatas de hormigón, al contar con bases independientes que van montadas sobre el suelo, evita realizar excavaciones.
Construcción, operación y cierre
Radier del Galpón
Sobre el suelo nivelado y compactado de la Maestranza, se instalará losa de hormigón de 25 cm que cubrirá la superficie total del galpón, esto es, alrededor de 600 m2.
Construcción. operación y cierre
En el sector donde se emplaza el Proyecto no existe un alcantarillado público de aguas servidas, por lo que las instalaciones cuentan con un sistema particular para la evacuación de las aguas servidas compuesto por cámaras de inspección, fosa séptica de polipropileno y dren infiltración. El sistema conduce las aguas servidas proveniente de los artefactos de la propiedad mediante una tubería de recolección principal que desemboca a cámaras de inspección del tipo domiciliarias, y de éstas a una fosa séptica para un tratamiento primario de depuración de las aguas que permite entregar un efluente liquido libre de materias orgánicas putrescibles, el que se incorporado al subsuelo a través de un pozo de infiltración.
Construcción, operación y cierre
Sistema de alcantarillado Sistema de
abastecimiento de agua
El abastecimiento de agua potable para las dependencias se realiza mediante un camión aljibe según lo indicado en Decreto 41/2018 del MINSAL, el agua es almacenada en un estanque de acumulación de agua potable de 10.000 L, el tratamiento de desinfección de agua se realiza por solución de cloro líquido de manera directa al estanque. Posteriormente mediante una bomba de presión se distribuye el recurso a todos los artefactos de la oficina.
Construcción, operación y cierre
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Estructuras modulares
julares
Corresponde a estructuras metálicas mc4
existentes, las que se emplazarán en el “ostado
norponiente del edificio principal y serán ciertas
en media agua en base a estructuras metéxicas y
conformarán un espacio de servicios cón una
superficie total de 101 m2, que albergará:
-
Dependencias para el personal de faena.
-
Bodegas Generales, que corresponde dinde se almacenarán herramientas e insumos ut:izados en operación del Astillero.
-
Bodega Residuos asimilables a Domicili%rios: Bodega Residuos Industriales No Peligresos:
Podes Respel 4
Construcción, operación y cierre
Área de abastecimiento de combustible
Corresponde a un área designada como zona de Ñ abastecimiento de combustible (se señale, en el | Construcción, operación Anexo IV, Plano de seguridad y lucha contra y cierre incendio de la Adenda) las características. _,.
Camino de acceso
El Proyecto cuenta en la actualidad con car:ino de acceso desde la Ruta 9, el cual presenta una | pngitud aproximada de 2.625 m, encontrándose los py¡imeros 1.405 m pavimentados y el tramo final de a! ,ededor de 1.220 m de largo y 6 m de ancho, de ripic
Construcción, operación y cierre
Varadero mediante
Para la aproximación de naves se utiliza un ¡¡istema de varada y desvarada mediante el uso de roi. >r bags
sobre la superficie de la playa, el cual está coz puesto Operación dice
Roller Bags de winche de varada y roller bags, propiamente tal. No se contempla el uso de instalaciones perrzanente en suelo marino. d
4.4, ACCIONES DEL PROYECTO E
A
4.4.1.
FASE DE CONSTRUCCIÓN S
Pavimentación de radier del galpón
Sobre el suelo nivelado y compactado de :a Maestranza o galpón que ya se encuentra construido, se instalará losa de “:ormigón de 25 cm que cubrirá la superficie total del galpón, esto es, alrededor: Je 600 m?, El hormigón por requerir contempla un total de 160 m* de hormigón, cuyas instalaciones sé encuentran a aproximadamente a 22,5 kilómetros del área: le proyecto, en la Ruta 9.
Instalación cierre
perimetral
Sobre el perímetro del área de trabajo defini“a del astillero, se instalará un cierre perimetral prefabricado montado sobre zapatas de hormigón, que permite un montaje rápido y sin intervención del sueio o sustrato, al contar con bases independientes que van montadas sobre el suzlo, se evita realizar excavaciones.
Relocalización de Estructuras Modulares
Corresponde a la relocalización de instalacicaes existentes, en base a estructuras metálicas modulares existentes, las que se eraplazarán en el costado norponiente del edificio principal y serán cubiertas en media agua en base a estructuras metálicas y conformarán un espacio de serv: sios con una superficie total de 101 m?, que albergará:
Dependencias para el personal de faena: A habilitar en estructura metálica modular existente (28,8 m?), instalación coniará con servicios higiénicos, duchas y comedor. Bodegas Generales: Corresponca a bodegas donde se almacenarán herramientas e insumos utilizados en operación del Astillero.
Bodega Residuos asimilables a Domiciliariss: Corresponde a bodega donde se almacenarán temporalmente los residuos ¿similables a domicitiáriós, por un. período no superior a una semana. Cuenta cn una superficie de e A m?,
Bodega Residuos Industriales No Peligrosos; Bodega de 9,24 m, 12 habilitar en: espacio techado entre Galpón y Contenedor de 40 pies.
Bodega Respel: Corresponde a la instalación en base a estructufas metálicas al emplazar entre Galpón y Contenedor de 40 piss y presenta un área de 8,93 m?, que' será utilizada para almacenar temporalment3 los residuos peligrosos generados . durante la operación y que contará con bern“as y pretiles antiderrames, en la que se depositan los residuos en contenedores con tapas, separados y debidamente rotulados.
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El personal que labore durante las faenas de construcción será trasladado diariamente mediante camionetas y minibuses desde y hacia la ciudad de Punta Arenas. El movimiento y flujo vehicular en esta fase del Proyecto está asociado principalmente al transporte de insumos, materiales de construcción, maquinaria y residuos de construcción.
Para el transporte de equipos y materiales se utilizará la red vial existente, tanto pública y de los caminos interiores del loteo donde se emplaza el Proyecto. Además, se mantendrá un registro de carácter permanente de los camiones a través del “Registro de Movimiento de Camiones”, como medida de control de los camiones que ingresan o salen del área de trabajo.
Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar
Por las características del proyecto y dado que gran parte del proyecto ya se encuentra construido, no hay requerimientos de recursos naturales, ni explotación ni extracción o utilización.
Emisiones y efluentes
Transporte
Los efluentes líquidos que se producirán durante el desarrollo de las obras de construcción del Proyecto serán los generados a partir del uso de baños que corresponderán a los de la Maestranza próxima a entrar en operación y estarán conectados al actual alcantarillado particular
Las principales emisiones sonoras de la etapa de construcción corresponden fundamentalmente a equipos y vehículos menores, herramientas eléctricas. El efecto será puntual y transitorio debido que se contempla un periodo de 4 meses para fase de construcción, en horarios que fluctuaran entre horario de 8 horas a 19 horas. Se consideraron los siguientes escenarios:
= Construcción Fase 1, considerando maestranza en operación, vertido de hormigón en camión mixer, uso de vibrador para hormigón y tránsito por camino de acceso al sitio.
= Construcción Fase 2, uso de grupo electrógeno de S5kW, grúa horquilla, minicargador y tránsito por camino de acceso al sitio.
Los Niveles de Presión Sonora para los receptores en área Rural se observa cumplimiento en todos los receptores. Los escenarios evaluados corresponden a la condición más desfavorable, comprendiendo las fuentes de ruido que los componen e indicadas por el titular acorde a los flujos. La siguiente tabla se presentan los niveles de ruido de fondo (línea basal) registrado para el periodo diurno:
Residuos líquidos
Ruido úl Ri Parcela de habitación 12 35,1 50,1 R2 Casa de trabajadores parque eólico 12 32,6 59,7 1 Estando. 198 de habitación 12 021 ¿99 T RG Parcela de agrado 12 39,6 63,5
RS Parcela de agrado . 12 39,6 Ñ 63,5 h - R6 Puesto de pescadores 12 46,6 60,1 o R7 Rancho 12 42,1 59,9 7 RE Rancho y Bus como habitación 12 467 33,3 57,2
La evaluación de niveles de presión sonora en dBa(A) de acuerdo al DS N* 38/2011 da cumplimiento para los 8 receptores identificados en el área de influencia.
Respecto al análisis de ruido sobre la fauna nativa, de acuerdo con lo identificado en la Línea de Base de Fauna del Proyecto y lo establecido en la Guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022), se señala que en el área de influencia definida en el presente informe no se presentan hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación en donde se concentre fauna nativa.
Durante la fase de construcción del proyecto sólo se realizarán actividades relacionadas con la pavimentación del Galpón y la reubicación de estructuras modulares existentes que se adosarán al Galpón existente. En esta fase se Vibraciones contempla el uso de maquinarias menor, vehículos livianos y un acotado uso de vehículos pesados, los cuales poseen diferentes niveles de velocidad vibratoria. La maquinaria que emite mayor emisión vibratoria serán el camión mixer y camión pluma, con un Lv de 86 VdB.
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En relación con lo indicado en la Normativa, 1* siguiente Tabla mue:tra los niveles de vibraciones proyectados hacia los receptcdes considerando los criterios de la normativa e Eransit Noise and vibration Imp ct Assessment” (FTA, 2018). Los
RR ! 1.483 Ra 2.032 Ra 2481 RS > 2.173 o | R6 - 532 O 497 A
R8 q 1.796 [
Se determinó que el Área de nfuencia Cort: sponde al área que se e genera en un
radio de 152 m, desde el punto donde opere«la maquinaria, en consecuencia, se
pudo establecer que no existe ningún receptar que se encuentre dentro del radio donde se percibe un Nivel de Vibración supe-tor al nivel Basal Típico.
Así mismo, calculando los niveles de vibracic 1es proyectados hacia los receptores
en base a los criterios de la normativa “¿zansit Noise and vitration Impact
assessment” (FTA, 2018), se pudo estable :er que, para todos ¿os receptores considerados, los niveles están significativamente bajo los niveles máximos definidos como criterio de confort de la citac=. Normativa.
La fase de construcción del proyecto presente:á una cantidad mínima de emisiones
de origen fugitivas y móviles, debido a que contempla sólo la pavimentación del
radier y la reubicación y techado de módulos existentes. Dada las características del proyecto es posible establecer que los principales contaminantes emitidos estarán dados por las emisiones de MP1£C.:y MP2,5 provenientes del polvo resuspendido en ruta por el tránsito vehicular que aporta el proyecto y de la
combustión interna de petróleo diésel dí los vehículos en circulación y
ocasionalmente de equipos electrógenos.
Atmosféricas Para efectos de controlar las emisiones. atmosféricas durante la fase de
construcción del Proyecto se proponen las siguientes medidas tendientes a reducir
las emisiones fugitivas de material particulado, estas corresponden a:
- El encargado de faenas constructivas tendrá la responsabilida de supervisar y controlar que la maquinaria y vehícules estén en perfectas condiciones de operación y funcionamiento, que cuente:. con la revisión técnica al día.
En carretera el límite de velocidad máxima para los Minibuses será de 60 km/h y
de camiones será de 50 km/h y dentro del ¿“ea de la obra será de 30 km/h para
todos los vehículos.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Se proyecta que durante la etapa de construcc:ón se generarán residuos asimilables Residuos a domiciliarios corresponden básicamente a restos de comida, envases, papeles, domiciliarios vidrios y cartones, entre otros, los cuales se:án enviados a lugar autorizado con una frecuencia no mayor a una semana.
Corresponden principalmente a restos de metales, madera, papel, cartón y escombros (restos menores de hormigón y mortero endurecido). Los residuos industriales no peligrosos generados serán trasladados directamente desde los Residuos puntos de generación hasta el sector de almacenamiento temporal en donde serán industriales acopiados para luego ser transportados a un lugar de disposición final autorizado utilizando los servicios de una empresa especialista en gestión de residuos industriales, debidamente autorizada. La frezuencia de retiro será de una vez al mes.
Durante la etapa de construcción se generarán RESPEL los cuales estarán constituidos principalmente por paños imoregnados con grasas, lubricantes, RESPEL | envases de sustancias peligrosas, pilas, baterzas, entre otros. e
Los cuáles serán almacenados temporalmente en una bodega a autorizada para posteriormente ser enviados a disposición final.
Referencia al ICE Capítulo 4 P 4 para mayores
P , as 6/38
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detalles sobre esta fase.
4.4.2,
FASE DE OPERACIÓN
Varada y desvarada de naves mediante Roller Bags
La operación de varada se realizará mediante la técnica de arrastre utilizando Roller Bags. Esta consiste en posicionar la embarcación cercana a la orilla cuando las mareas lo permiten; antes de acercarse a la maniobra de varada misma se instalan 3 roller bags bajo el casco de la embarcación, estimativamente a unos 30 metros de la playa, que son infladas con un compresor cuando está a unos 5 a 10 metros de la playa, lo que da soporte “flexible” a la embarcación y permite que empiecen a rodar por el suelo marino sin que ésta contacte directamente el suelo, Mientras la nave aún está en flotación, es arrastrada lentamente fuera del agua con un cable que está sujeto a un sistema de winche y poleas.
A medida que la nave avanza, se agregan nuevos roller bags en el frente de ésta, que permiten que la nave salga del agua y sea posicionada en el picadero sin tocar el suelo. Una vez en su ubicación final, la embarcación es soportada con múltiples pilares móviles, posicionados bajo el casco y luego se retiran los roller bags. Las maniobras indicadas también aplican para la desvarada de la nave. Dado el método de varada y desvarada de la nave, no se requiere realizar tareas de remoción o dragado de sedimentos marinos en el intermareal o submareal para favorecer la operación.
De acuerdo con antecedentes presentados en el Anexo 1.4 de la DIA, los sondeos indican que las profundidades del sector se comprenden entre los 3 y 4 metros. El fondo marino es blando y llano formado por arenas finas limosas de compacidad baja. En el área de varada, la pendiente es uniforme y de un valor aproximado de 1,3%. En anexo 1.13 de la DIA se adjunta la batimetría del sector de varada.
Vaciado de estanques y sentinas
En la eventualidad que se deba retirar aguas sentinas de embarcaciones O artefactos atendidos, se estima que éstos no superarán los 200 litros por nave atendida, los que serán retirados de acuerdo con el procedimiento presentado en el Anexo IV de la Adenda, en el documento SSO — 110- “Procedimiento de Limpieza de Aguas de Sentina”.
Los recipientes de aguas sentinas retiradas, serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos y posteriormente serán retiradas y dispuestas por empresas con resolución sanitaria para tales efectos.
Limpieza de casco
Una vez que la embarcación sea varada y se encuentre fuera de agua, la primera labor consiste en hacer una limpieza en seco por medio de diversas herramientas como espátulas, raspadores u otras similares. Esto permite el retiro de algas y moluscos que puedan estar presentes en el casco. Los residuos serán almacenados en contenedores diseñados para esta función y posteriormente retirados por un transportista autorizado y dispuestos en sitio autorizado. En Anexo 1.17 de la DIA se adjunta Ficha Técnica de tipo de granalla a utilizar, junto a su Ficha de Seguridad.
Granallado
Consiste en la aplicación de un flujo de esquirlas metálicas que permite una limpieza más profunda de las piezas que conforman la obra viva y muerta de la nave. Los residuos de este proceso caen al suelo y son separados según calibre. La granalla es reutilizada para un trabajo posterior y el material fino es recolectado para ser tratado como residuo (33% de lo aplicado según rendimientos de proveedor). Una vez que la obra viva está totalmente limpia, se controlan espesores y deformaciones, los que son rectificados o reemplazados por nuevas placas de ser requerido
Pintura
En esta etapa, se aplican diversas capas y esquemas de pintura según sea requerido por el armador. Estas son aplicadas con pistola de aire a presión, rodillos o brochas según la zona a pintar. Cuando la pintura se encuentra finalizada, se instalan nuevos ánodos de zinc de desgaste.
Rectificación piezas y elementos de propulsión
Según sea requerido por el armador, se realizarán verificaciones e inspecciones al sistema de propulsión, ejes, hélices, sistema de gobierno y otros, rectificando o reemplazando según sea el estado de ellos. - Trabajo en piezas metálicas: Fabricación de piezas metálicas mediante técnicas de corte y doblado, utilizando maquinaria especializada como cortadoras, plegadoras hidráulicas y prensas.
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- Soldadura de piezas metálicas uti':zando diferentes procesos, como 4 soldadura eléctrica, TIG, MIG, sezún las especificac: anes técnicas requeridas. Ñ
- Acabado de piezas mediante lijado,” :ulido y recubrimientos protectores para mejorar su apariencia y resistencia a la corrosión.
- Inspección visual y dimensional de : «iezas fabricadas para garantizar su conformidad con los estándares de c£idad establecidos. ;, Mantenimiento Preventivo: r +
- — Inspección de maquinaria y equipos + combustión. Realización de ajustes preventivos. : :
- — Lubricación de componentes móviles; y garantizar funcionamiento.
- Ajuste de piezas y mecanismos pará mantener los niveles óptimos de precisión y eficiencia. Reparaciones y Acondicionamiento: ñ
- Diagnóstico detallado de averías €1 maquinaria y equipos mediante pruebas funcionales y análisis de cor¿ponentes.
- — Reparación o reemplazo de piezas defectuosas, utilizando terramientas y técnicas apropiadas para cada caso.
- Ajustes y alineación de sistemas neos y eléctricos para garantizar un funcionamiento óptimo. Acondicionamiento de superficies y estruct ras metálicas mediante técnicas de soldadura, rectificado y pulido. ñ .
ara prevenir el desgaste prematuro
Modificación de > ae q : En caso de ser requerido por el armador, se aplicarán modifitaciones a las
elementos de S iz A UR a estructuras internas de la embarcación, ya sea en elementos rietálicos o en habitabilidad y ES ” ; a carpintería en madera. carpintería Xx A El titular dispondrá de vehículos de ace:zamiento para el traslado de los trabajadores desde y hacia Punta Arenas. También existirá un Eujo menor de Transporte
transporte particular, ya sea en autos u otros ¿nedios, así como también se estima movimiento de transporte asociado al traslad ¡.de sus clientes, insuraos y residuos.
Productos Generados
Naves, embarcaciones y artefactos navales reparadas (menores y mayores). Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar
Por las características del proyecto, no hay recursos naturales a extrzer, explotar o utilizar. Emisiones y efluentes :
En la fase de operación del proyecto se presestarán emisiones de origen fugitivas, móviles y fijas, los contaminantes emitidos«durante esta fase, se indican en el Anexo 1.10 de la DIA, los que son emitido*: por las actividades del proceso de granallado, utilización de equipo generador y, como se mencionó en la fase de construcción, el transporte.
Dentro de los resultados, se observa que las principales emisiones atmosféricas generadas por el proyecto para la fase de speración, son las fuentes móviles, específicamente las emisiones por resuspensión de material particulado por circulación vehicular producto del movimien-o vehicular proyectado y que supera Emisiones levemente las 2 toneladas por año de MP10, sin considerar efecto de mitigación atmosféricas por precipitaciones, que influye de manerz relevante en el abatimiento de las emisiones (33 días al año con precipitacic1es mayores a 0,254 mm/día). La mínima generación es producto del bajo movimiento vehicular y principalmente debido a que mayoritariamente se circula en vías pavimentadas (94%). Respecto a las emisiones por combustión los motores, es importante indicar que los vehículos a utilizar para todas las etapas tenzrán siempre sus revisiones técnicas al día lo que asegura que no se superen los lfaites de emisión. — "
Como medidas adicionales, se realizarán nióntenciones y limpieza periódica de Generadores para evitar una emisión excesiva de gases producto dé la combustión incompleta. sa ,
Los residuos líquidos domésticos que se geferan provienen de los baños de las dependencias del personal. Dado que la profifédad se emplaza en ina zona rural, fuera del área de concesión de la empresa sáitaria, no se cuenta con factibilidad sanitaria de aguas servidas. De esta maneka, para dar cumplimiento al marco regulatorio de los sistemas particulares, el ¿Toyecto trata las aguas servidas de origen mediante fosa séptica (Ver memoria Cs Calculo Proyecto Alcantarillado en
Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)
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Anexo 1.6 de la DIA), en tanto las aguas servidas tratadas serán incorporadas al subsuelo a través de un pozo de infiltración. Periódicamente se efectuará la limpieza del sistema de tratamiento, retirando la totalidad de las aguas por medio de camión limpia fosas debidamente autorizado, para ser transportado y dispuestos en las instalaciones autorizadas.
Ruido
Las principales emisiones sonoras de la etapa de operación corresponden fundamentalmente al funcionamiento de la maestranza y las fuentes de ruido: Grupo electrógeno de 5kW y grupo electrógeno de 50kW, operación de winche, minicargador, manipulador telescópico, alza-hombre, soldadora, equipo de oxicorte, uso de hidro lavadora, bote con motor fuera de borda, compresor de aire y tránsito vehicular por camino de acceso. La operación se realizará en horarios que fluctuaran entre las 8 horas a 19 horas.
Se consideraron los siguientes escenarios:
-
Operación Fase 1, correspondiente al uso de: winche, minicargador, manipulador telescopio, bote de apoyo, compresor, generador de 50 kW y tránsito menor por acceso.
-
— Operación Fase 2, correspondiente al uso de: hidrolavadora, alza-hombre, compresor, generador de 5SkW, granalladora, oxicorte, pistola de pintura, soldadora y tránsito menor por acceso.
De acuerdo con los Niveles de Ruido de fondo obtenidos en los receptores cercanos y los niveles máximos permisibles según D.S. N*38/11. Más antecedentes se presentan en informe de evaluación de Impacto acústico adjunto en Anexo 1.11.de la DIA.
Respecto al análisis de ruido sobre la fauna nativa, de acuerdo con lo identificado en la Línea de Base de Fauna del Proyecto y lo establecido en la Guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022), se señala que en el área de influencia definida en el presente informe no se presentan hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación en donde se concentre fauna nativa.
Vibraciones
El abastecimiento de energía eléctrica para la etapa de operación se obtendrá de un generador diésel de 256,2 KW, que emite, una emisión vibratoria de un Lv de 58 VdB, según se indica en el Anexo 1.12, siendo la única maquinaria que eventualmente y en períodos acotados, podría causar vibración.
Residuos, productos
uímicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Residuos asimilables a domiciliarios
Los residuos sólidos domiciliarios generados por el Astillero provienen principalmente del uso de las oficinas, comedor, baño del personal y del retiro de residuos de las embarcaciones a atender.
El retiro se realizará cada 7 días, y serán transportados a un lugar autorizado para su disposición final.
Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos
Los residuos sólidos industriales no peligrosos que se generarán durante la fase de operación corresponderán a, restos de discos de corte, restos de electrodos de soldadura manual, film plástico provenientes de embalajes, restos de madera provenientes de trabajos de carpintería y restos del proceso de granallado (20% del total utilizado mensualmente, esto es, 720 kg), entre otros, cuya generación se estima en 3,98.m3 /mes. Estos serán almacenados momentáneamente en capachos correctamente 'rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición en Bodega de residuos industriales No Peligrosos, cuya Planta Arquitectura se presenta en Anexo 1.2. de la DIA. Posteriormente, para disposición final, éstos serán retirados por una empresa autorizada y conducidos aun sitio autorizado.
Residuos peligrosos
Los residuos peligrosos que se generarán durante el Proyecto corresponderán a Aceite Mineral usado, Envases de pintura, Envases de Diluyente, Brochas y rodillos utilizados, Diluyente utilizado limpieza, Filtros de Aceites, Tierra/aserrín contaminado: con Aceite y grasas, EPP Contaminados, Aguas Sentinas contaminadas, Paños y Papeles contaminados con Hidrocarburos, Pilas y Baterías secas y Tóner de Impresoras. Además, en el caso de ocurrencia de un derrame de algún residuo peligroso, los materiales y elementos contaminados como tierra con combustible, elementos de protección personal u otros, igualmente se manejarán de acuerdo con lo que establece el D.S. 148/2003 del MINSAL y serán acopiados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos peligrosos. Estos residuos serán identificados, rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento ubicada en área de servicios a habilitar adosada a
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galpón existente. La frecuencia de retiro será requerimiento, pero sunca superior a 6 meses. Los cuáles serán retirados p:. gestores de resid:3s peligrosos autorizados y se dispondrán temporalment-s.en sus instalacione.; previo a su disposición final en lugar igualmente autoriz :Jo. sé
Se utilizan sustancias peligrosas correspndientes a pinturas epóxicas y antifouling para el pintado de las embarcacio: >s, también se utilizas. elementos de limpieza para las áreas administrativas, com dor y vestidores, pero en pequeñas cantidades. En Anexo 1.8 se adjuntan Fichas +e seguridad de pinturas y diluyente, de los componentes químicos que puedan generar efectos advarsos sobre el ecosistema acuático, indicándose informació: sobre los niveles de peligro hacia el medio ambiente, según normativa GHS (G-obally Harmonized System) vigente en el país. Las sustancias peligrosas que se al: xacenen en el proyecto contarán con hojas de datos de seguridad (HDS) según NCa 2245/2021. Se mantendrá un registro con las cantidades +. almacenar y su clasificación según NCh 382/2021. El personal que manipule s.:stancias peligrosas ssrá capacitado periódicamente en el contenido y medidas de seguridad. En el Anexo 1.14 se adjuntan las medidas pre «entivas y correctivas para el manejo de adecuado en el caso de un eventual derrarr >. En las instalaciones de la empresa “están implementados diferentes elementos paa la detección, contro! y combate de Sustancias incendios. Los trabajadores son capacitados ; or el prevencionista az riesgos en el peligrosas - uso y manejo de extintores para control de ::magos de incendios » incendios de “ | menores proporciones. Además, en la empreza existe un Plan de ¿mergencias y coordinación con organismos externos enzaso de producirse incendios y/o explosiones en el Astillero. Ñ El almacenamiento de sustancias peligrosas “e realiza en bodega : Somún, ya que no se superan las 12 toneladas de almacer. ¿iento según lo establece el D.S. N*43/2015. Las Etna des son las siguiente:
dr
' Pintura . 820 It | Detergente Industrial biodegradable e ! 100 It | | Diluyente | 50 lt, PL —— ten re : ' Elementos de aseo En 100 It “Fuente: Maestranza ¡Cabo Negro, 2024. Referencia al ICE para mayores , detalles sobre esta Capitiloa fase, 4.4.3, FASE DE CIERRE - Retiro de | Desvarada de la(s) última(s) embarcación(+s) mediante la técnica de arrastre
embarcaciones utilizando Roller Bags, la cual se describe er. ¡as acciones de la fase de operación.
Los residuos asociados a la actividad (domi-liarios, industriales o peligrosos y peligrosos), serán retirados por empresas autorizadas y dispusstos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Residuos Industriales No Peligrosos: Corre=ponden principalmente a restos de madera, fierros, entre otros. Este tipo de “esiduos se dispondrán en lugares Limpieza general | habilitados para ser almacenados temporalmsnte, y posteriormente ser enviados a. del área del | un lugar de disposición final autorizado, el tyaslado de los residuog será realizado Proyecto por una empresa que cuente con todas las au_orizaciones correspondientes. Durante la fase de cierre se generarán RESP2EL los cuales estarán constituidos principalmente por paños impregnados con *ceite, residuos de diésel, envases de pinturas, entre otros. Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en una bodega previamente autorizada pira posteriormente sér enviados a
disposición final. a ri Transporte El transporte en esta fase está asociado aavehículos de traslado de 'personal, residuos y maquinaria. y Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura s S e $ E =n 10/38
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De considerar el abandono del Proyecto, no se realizará el desmonte ni demolición de las estructuras edificadas pues se utilizarían para actividades similares realizando una venta o arriendo del establecimiento a otras empresas, dado que en el sector se desarrolla una nutrida actividad industrial, la que se incrementará los próximos años con el probable desarrollo de la actividad asociada a la industria del Hidrógeno Verde. Sólo se realizará el desmantelamiento de estructuras en malas condiciones, además de trabajos de mantención y mejora, para mantener en óptimas condiciones las instalaciones del Astillero.
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
Referencia al ICE
para mayores , detalles sobre esta Capítulo 4 fase.
4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.5.1. Fase de Construcción
Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental Parte, obra o acción que establece el inicio | Pavimentación de radier del galpón Fecha estimada de término | Segundo semestre de 2025 Parte, obra o acción que establece el término | Relocalización de Estructuras Modulares
Fecha estimada de inicio
4.5.2. Fase de Operación
Fecha estimada de inicio | Segundo semestre de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio | Varada de la primera nave o artefacto mayor Fecha estimada de término | Indefinido (se evaluará continuidad cada 30 años) Parte, obra o acción que establece el término | Desvarada de embarcaciones
4.5.3. Fase de Cierre
Indefinido - Cada 30 años iniciada la fase de operación se evaluará la continuidad Parte, obra o acción que establece el inicio | Retiro de las últimas embarcaciones (desvarada) Fecha estimada de término | 1 mes luego del inicio de la fase de cierre Parte, obra o acción que establece el término | Limpieza general del área del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Fecha estimada de inicio
Capítulo 4
5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19,300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto: Emisiones de contaminantes atmosféricos
En las fases de construcción, operación y cierre se producirán emisiones atmosféricas, principalmente de MP10 y MP2,5 los cuales serán emitidos por las actividades del proceso de granallado, utilización de generador y el transporte, siendo este último, según los resultados, el que generaría mayor emisión.
Parte, obra o acción que lo | Granallado de naves mayores y menores, utilización de generador y genera transporte.
Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre.
Impacto: Emisiones de ruido
Tanto en la fase de construcción como de operación el proyecto produciría emisiones de ruido, esto por el uso de las siguientes maquinarias: grupo electrógeno de kW, soldadora, grúa horquilla, Impacto ambiental minicargador, vibrador de concreto, buses de traslado de personal, camiones para traslado de materiales, camión mixer, camión pluma, generador de 50 kW, winche de 35kW, minicargador, manipulador telescópico, plataforma alza-hombre, equipo oxicorte, hidro lavadora, entre otros.
Impacto ambiental
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me i
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las acciones de las fases de cé-istrucción y operació:.
Fase en que se presenta
Fases de construcción y operación. st
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impactos A
específico
Capítulo 6.1
€
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el
De acuerdo a los resultados de mate:ial resuspendido (MP2,5 y MP10), las principales emisiones atmosféric:s generadas por el Proyecto son las fuentes móviles, específicamente l.s emisiones por resuspensión de material particulado por circulación»/ehicular, producto del movimiento vehicular proyectado, las cuales en zu fase de construcción no alcanzan las 0,6 toneladas por año de MP10 ysdurante la operación apenas supera las 2 toneladas anuales de MP10, is efecto de mitigación por precipitaciones. Los resultados obte.:idos no superan los valores de las concentraciones y periodos estable.idos en la normativa. vigente o el aumento o disminución significativa de los límites establecidos. La mínima generación es debido <: bajo movimientc vehicular y principalmente al tránsito por vías pavimentadas (95% Etapa de Construcción y 94% durante la oper:ción).
La mitigación natural (Muvia) influys'en menor medida en el abatimiento de las emisiones (33 días al año ca precipitaciones mayores a 0,254 mm/día), junto a ello y de acuerdo a los datos oficiales obtenidos, no existen periodos de calma para la intensidad del viento, londe además esta es alta, alcanzándose promediozde algo más de 21 kra/h en algunas direcciones (W). aC 3
Respecto a las emisiones por combu::¡ión los motores, el titular indica que los vehículos a utilizar para todz3 las etapas tendrár siempre sus revisiones técnicas al día lo que asegurará que no se superen los límites de emisión. í
La zona de estudio no cuenta con Panes de Descontaminación vigentes debido a que no ha sido declarada zona saturada ni latente para ningún tipo de contaminante atmosférice: Además, cabe indicar que, las actividades que ejecutará el Proyesto se desarrollan al interior de un Galpón existente, y los resultadc; de la estimación de emisiones indicadas en Anexo 1.10, se prevé q*.e el Proyecto no altera la calidad de la línea de base. a
artículo 11 del Reglamento.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental
vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el
Las principales emisiones sonoras del Proyecto corresponden a la fase de operación, principalmente debido al funcionamiento de maquinaria. Los escenarios evaluados corresponden a la condición más desfavorable, comprendiendo las fuentes de ruido que los componen e indicadas por el titular acorde a los flujos. La opezación se realizará en horarios que fluctuaran entre las 8 horas a 19 hcras. De acuerdo con los Niveles de Ruido de fondo, se identifican 8 ¡=ceptores en los que se evaluó los niveles de presión sonora en dB para las fases de construcción y operación, resultando valores que c;-mplen con lo establecido en el D.S.
artículo 11 del | N*38/2011, de esta manera, se puzde señalar que, no se superan los Reglamento. valores de ruido establecidos en la r.9rmativa ambiental vigente.
El Proyecto generará emisiones atr..osféricas y de ruido, ias cuales han
sido analizadas según los literales a ;; b precedentes, dando cumplimiento
c) La exposición a | alas normativas vigentes, siendo estas: el D.S. N*12/2011 del MMA, que
contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
“Establece Norma Primaria De Calidad Ambiental Para Material Particulado Fino Respirable MP2,5”; el D.S. N12/2021 del MMA, que “Establece Norma Primaria De Calidad Ambiental Para Material Particulado Respirable MP10”, y ¿j D.S. N38/2011 del MMA “Que establece norma de emisión de ruid¿, generados por fuentes que indica”. En relación a los efluentes, en el secfor donde se emplaza el Proyecto no existe un alcantarillado público és aguas servidas, por lo que las instalaciones cuentan con un sistemz particular para la evacuación de las aguas servidas compuesto por cámaras de inspección, fosa séptica de polipropileno y dren infiltración. El.sistema conduce las aguas servidas proveniente de los artefactos de la propiedad mediante una tubería de recolección principal que desembosa a cámaras de inspección del tipo domiciliarias, y de éstas a una fosa g¿éptica para un tratamiento primario
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de depuración de las aguas que permite entregar un efluente liquido libre de materias orgánicas putrescibles, el que se incorporado al subsuelo a través de un pozo de infiltración.
Por lo tanto, el Proyecto no considera, en ninguna de sus fases la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire,
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
El manejo de los residuos generados en el Proyecto considerará su adecuada segregación, apropiado almacenamiento, transporte y disposición final en base a normativa vigente no constituyendo efectos negativos significativos sobre los recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire.
Residuos Domiciliarios:
Los residuos generados por los trabajadores durante las labores de construcción y operación del Proyecto serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros), y luego serán trasladados a sitio autorizado evitando así la presencia de vectores sanitarios en el área. Residuos Industriales No Peligrosos:
Los residuos industriales no peligrosos generados en las fases del Proyecto serán trasladados directamente desde los puntos de generación hasta su sector de almacenamiento temporal en donde serán almacenados en capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición. Posteriormente, para disposición final, éstos serán retirados por una empresa autorizada y conducidos a un sitio autorizado. No obstante, lo anterior, se priorizará la reutilización y venta de estos materiales.
Residuos peligrosos:
Estos residuos serán identificados, rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento ubicada en área de servicios a habilitar adosada a galpón existente. La frecuencia de retiro será a requerimiento, pero nunca superior a 6 meses. Los cuáles serán retirados por gestores de residuos peligrosos autorizados y se dispondrán temporalmente en sus instalaciones, previo a su disposición final en lugar igualmente autorizado. Cumpliendo en este proceso con todo lo estipulado por el D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Adicionalmente el Proyecto cuenta con un plan de contingencia ante derrame de hidrocarburos detallado en Anexo 1.14. En base a los antecedentes presentados, se puede indicar que los residuos del Proyecto no constituyen un impacto y no representan efectos negativos significativos sobre los recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire para la población ya que serán manejados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico
Capítulo 6.2
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
El sistema edáfico, relativo al suelo, no sufrirá alteraciones, no se contemplan construcción de nuevas edificaciones de las ya existentes, por lo cual no se existirán movimiento de tierras, excavaciones ni escarpe asociados al Proyecto. No se producirá contaminación del suelo en la operación del Proyecto, las actividades de mantención, reparación y construcción de naves o artefactos navales se realizarán al interior del galpón del Astillero el cual contará con base de hormigón que impide la interacción directa con el suelo,
Por otra parte, el atraque de embarcaciones se realizará mediante roller bags, mediante esta tecnología no se intervendrá el suelo marino. Los roller bags se instalarán bajo la embarcación para facilitar el transporte desde el mar hasta el galpón mediante un winche en superficie que arrastra la embarcación. El tipo de sustrato caracterizado en la sección intermareal corresponde a grava, con perfiles de playa que dieron cuenta de una presencia playas disipativas a intermedias (ver Anexo 3.2 Línea
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de Base Medio Marino de la DIA). de embarcaciones que ingresen al roller bags no generará la degrada. compactación de la zona intermareai.
Los residuos que genere el Proyecio serán manejados de acuerdo se indica en la normativa vigente, y .2l Proyecto cuenta con planes de emergencia para actual ante algún desrame.
sado el tipo sustrato y la frecuencia llero, se prevé que el sistema de m, erosión, impermeabilización o
b) La superficie con plantas,
algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley N*19.300.
En el Anexo 3.6 se encuentran los resultados del levantamiento de Flora y Vegetación Vascular, de la caracteización de la componénte en un área de estudio de 2 ha. En la cual se icentificaron 33 especies, la mayoría nativas, el índice de biodiversidad ¿e Shannon-Weaver (H”) calculado para las especies en el área estud.ada es de aproximadamente 2,38, indicando una diversidad moderaca. No se detectaron especies en categoría de conservación según los registros del Ministerio del Medio Ambiente, tampoco se registran especies endémicas. Por lo que se sugiere que la comunidad vegetal no se encuzntra en peligro inmediato. Respecto a la fauna, en el Anexe 3.1 se indican los resultados del levantamiento. En cuanto al análisiz de ruido sobre la fauna nativa, de acuerdo con lo identificado en la Lís;ea de Base de Fauna del Proyecto y lo establecido en la Guía “Criterio ds Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna ngtiva” (SEA, 2022), se señala que en el área de influencia definida en el presente informe no se presentan hábitats de relevancia para la nidifización, reproducción o alimentación en donde se concentre fauna nativa.
En cuanto a la presencia de espe:¿es en estado de conservación, se identificaron dos: Chloephaga picta en categoría Vulnerable y Phoenicopterus chilensis en categoría Casi amenazada. En cuanto a los resultados de la caracterización de la fauna marina costera (Anexo 3.4), 5 de las 17 especios se se encuentran e er: Na estado de conservación:
ma E Quctro no matador NT Chloephaga hybrida Cararica VU Coscoroba coscoroba Cosceroba EN Numenius phaeopus Zarapito común LC Otaria flavescens Lobo marino común L
Mientras que en los resultados de medio marino (Anexo 3.2) En las unidades de muestreo establecidas se registró un mayor predominio de densidad del alga roja (Ballia calitricha) y los crustáceos isópodos (Serolis sp.).
Sin embargo, en la estación E4 las especies almejas de la familia Veneridae al ser comparadas con los valores de IPBANMax, establecieron que los recursos constituyen bancos naturales de acuerdo con los criterios establecidos en la Resolución Exenta N*2352/2010.
El eje de la entrada de la salida e ingreso de embarcaciones desde el mar, autorizada por la Autoridad Marítima (Anexo 1.5), se ubica a 120 m (en línea recta) del banco de almejas y éste, a 280 m de la línea de más alta marea. Mientras que la instalación d= los roller bags se proyecta que será una distancia entre 5 a 10 metros de la línea de costa, en la zona Intermareal, por lo que se descarta la afectación sobre el banco natural.
c) La magnitud y duración
del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua O aire en relación con la condición de línea de base.
Suelo Ñ 1 >
El Proyecto no contempla nuevas esnstrucciones de instalaciones, solo : se realizará la reubicación de insínlaciones móviles éxistentes y la instalación de un cerco perimetral sebrepuesto sobre el suelo.
En relación con los sedimentos marinos, se proyecta que:los roller bags se instalen a una distancia entre 5 a.110 metros de la línea de costa, en la zona Intermareal, dicha actividad sa realizará, como máximo, con una frecuencia de una vez al mes. lE
Tn
Y 3
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Ú-
Agua
El Proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o cauces de agua, por lo que no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos. Por otro lado, la actual Maestranza cuenta con sistema particular de alcantarillado, aprobado por el Servicio de Salud de Magallanes.
Se prevé que la calidad del agua de la zona de ingreso de embarcaciones no perderá su calidad dada la baja frecuencia proyectada del ingreso de embarcaciones, y también considerando la granulometría del sedimento de la zona intermareal estimada como grava (Ver resultados de Anexo 3.2, 13 e I4 emplazadas en la zona de ingreso y salida de embarcaciones).
Aire
En consideración que las actividades que ejecutará el Proyecto se desarrollan al interior de un Galpón existente, y los resultados de la estimación de emisiones indicadas en Anexo 1.10, se prevé que el Proyecto no altera la calidad de la línea de base.
d)
los las
La superación de valores de concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto O actividad y su relación con la condición de línea de base.
En primer término, debe señalarse que el Proyecto no se emplaza en área donde existan normas secundarias de calidad ambiental. Por otro lado, y atendiendo lo presentado previamente, las emisiones generadas por el Proyecto son mínimas, asociadas principalmente al tránsito de vehículos y emisiones por el uso de equipos y generadores.
La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto 0 actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación,
reproducción o alimentación.
Considerando sus posibles impactos, el Proyecto no compromete especies sensibles, ni funciones ecológicas o servicios ecosistémicos destacables. La revisión bibliográfica y los resultados del relevamiento en terreno muestran que el área de influencia del Proyecto no corresponde a un hábitat único o particular para ninguna especie de fauna nativa.
De acuerdo con lo indicado en la guía “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022), una vez definida el Área de Influencia con las curvas de criterio de impacto, esta se contrasta con los resultados del informe de Fauna del Proyecto, en la que esta última señala que en el área evaluada no se identifican hábitats de relevancia para la fauna nativa, como áreas de protección, alimentación, reproducción o nidificación. Por lo que no aplica el análisis de impacto sobre la componente.
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y Y £
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos,
residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos
naturales renovables.
Las actividades del Astillero se real'zarán principalmente al interior del Galpón existente el cual contará co piso de hormigón, para la fase de operación se generarán residuos pwiigrosos correspondientes a aceite usados, filtros, baterias, recipiente de pintura, paños «mpetrolados, residuos con grasas y aceites, envéses vacíos de pinturas y solventes, aerosol WD40, pilas secas, tóne? impresoras, aguas de sentinas contaminadas, entre otros similares. Además, en el caso de ocurrencia de un derrame de algún residuo peligroso, los materiales y elementos contaminados como tierra con coibustible, elementos .de protección personal u otros, igualmente se rmanejarán de acuerdo con lo que establece el D.S. N148/2003 cel MINSAL y serán acopiados temporalmente en la zona de almacenamiento de residuos peligrosos. Estos residuos serán identificados, “otulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenan.iento ubicada en área de servicios a habilitar adosada a galpón exister..e. La frecuencia de retiro será a requerimiento, pero nunca superior 6 meses. Los cuáles serán retirados por gestores de residuos peligrosos autorizados y se dispondrán temporalmente en sus instalaciones, previo a su disposición final en lugar igualmente autorizado.
Adicionalmente, el Proyecto tamb; én considera el uso de sustancias peligrosas, las cuales serán almacenzdas en bodega, ya que no se superan las 12 toneladas de almacenamiznto según lo establece el D.S. N*43/2015. .
En el Anexo 1.14 se adjuntas las metidas preventivas y córrectivas para el manejo de adecuado en el cas. de un eventual derrame. En las instalaciones de la empresa están izaplementados difererites elementos para la detección, control y combate, de incendios. Los trabajadores son capacitados por el prevencionista de riesgos en el uso y manejo de extintores para control de amagos de incendios o incendios de menores proporciones. Además, en la empreza existe un Plan de Emergencias y coordinación con organismos externos en caso de producirse incendios y/o explosiones en el Astillero.
En relación con los efluentes líquidos generados por el Proyecto, las aguas servidas serán descargados a sistema de alcantarillado particular con dren de infiltración de la actual Maestranza, aprobado por el Servicio de Salud de Magallanes. :
En relación con las aguas de sentina, estas serán retiradas transportadas y dispuestas por empresas con resolución sanitaria para tales efectos.
En base a los antecedentes expuestos, no habrá impacto sobre los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y cualquier otra sustancia.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso O descenso de los niveles de aguas subterráneas y
superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la
magnitud de la alteración en:
g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.
La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:
g.1. Cuerpos de aguas subterránezs que contienen aguas fósiles Las actividades del Proyecto no con:-deran la explotación si intervención de aguas fósiles subterráneas.
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles Las actividades del Proyecto no generarán fluctuaciones de niveles de cursos de agua.
¡ . g.3. Vegas y/o bofedales que pudi¿ren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas En el área del Proyecto y en sus cercanías, no se registraron vegas y/o humedales que pudieran ser afectadas por las actividades del Proyecto.
g.4. Áreas o zonas de humedales, astuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o «¿escenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales z
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a
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones niveles. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso O descenso de los niveles de aguas.
Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso oO descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
de
23.
g.4.
ao,
El Proyecto no afectará áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, producto del ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse En el área del Proyecto no se localizan glaciares, por lo que el desarrollo de este no intervendrá superficies o volúmenes asociados a ellos que los modifique.
h)
Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
El Proyecto no introducirá especies exóticas en ningunas de sus fases.
3.3.
REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA
DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico
Capítulo 6.3
a)
La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso a los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo humano/ grupo humano indígena o para cualquier otro uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural). Ninguna de las actividades, ni los grupos humanos y sus sistemas de vida y costumbre se verán afectados por el Proyecto puesto que:
-No se produce una pérdida o restricción al acceso a recursos específicos como, por ejemplo, frutos silvestres típicos, arcilla, agua superficial o subterránea, madera, recursos bentónicos, algas u otros, con los cuales se podría sustentar alguna práctica cultural local como ritos religiosos o manifestaciones sociales y/o prácticas que den sustento económico.
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 7 a) del Reglamento del SEIA, que dice relación con la dimensión socioeconómica, es posible señalar que el Proyecto no genera impactos negativos desde el punto de vista de las familias, ya que no afecta de manera directa ni indirecta ningún recurso natural vinculado a actividades económico-productivas de extracción.
b)
La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad
Dentro del contexto comunal, el área de influencia se encuentra fuera del límite urbano de la ciudad de Punta Arenas por lo que es un sector que se encuentra distanciado de las mayores dinámicas sociales y en
o el aumento | consecuencia de mayor circulación peatonal y vehicular. Además, el significativo de los | camino de acceso al Proyecto es de uso privado, por lo que la circulación tiempos de | vehicular ocurre mayormente por la ruta 9 que corresponde a la vía más desplazamiento. cercana de carácter público.
E
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Desde el punto de vista poblacional la densidad es mucho menor que en el radio urbano existiendo un númer'» reducido de viviendas y personas, por lo que hay bajo movimiento vial sin congestiones ni atochamientos.
De acuerdo con el Informe de Movilidad, el Proyecto no genera alteraciones en el nivel de servicic« de la intersección que permite el ingreso al sector de Cabo Negro desde la Ruta 9, manteniéndose en un nivel A, lo que permite que los venículos circulen en régimen libre, prácticamente sin restricción alguna -zn su capacidad de maniobra dentro de la corriente circulatoria, con wn alto nivel de confort para los conductores. Según los resultados, el Proyecto ocasionaría un aumento en 0,6 segundos en el flujo vehicu:ar en la intersección de acceso al Proyecto, lo cual corresponde a un retardo marginal, casi imperceptible.
En función de lo anterior no se:proyectan alteraciones a la libre circulación, ni alteraciones en la direzción de los flujos, puesto que:
No se genera una segregación/separ «ción física de grupos humanos por obras o actividades del Proyecto.
No se genera pérdida o deterioro Je caminos que por consecuencia modifiquen el sistema de movilidad -ocal.
No se produce un aumento del tiem:>0 ocupado en los desplazamientos entre puntos geográficos de uso habitual de los grupos humanos, pues incorporando el flujo máximo de via;es diarios del Proyecto se mantiene un nivel de servicio A.
Tampoco se proyectan aumentos en los tiempos de desplazamiento,
e) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
debido a que la capacidad de carga G2 la ruta 9 es extensa. El Proyecto no genera una disminución de la disponibilidad de bienes muebles e inmuebles, equipamientos, servicios e infraestructura básica: - No se prevé alteración al acces> o calidad en servicios de salud y educación del grupo humano de: área de influencia ya que la mano de obra contratada para la construcción y operación serán residentes actuales de la ciudad de Punta Arenas, quienes ya cuentan con acceso a la salud y educación en diversos recintos de la comuna, en este sentido la demanda por estos servicios en la comuna se mantiene constante y no afecta el acceso a los sistemas de vida y costumbre de grupos humanos (“SCVGH”). No genera pérdida de espacios de uso público, por lo que no modifica prácticas habituales asociadas al 'uso del tiempo libre, prácticas comunicativas, recreativas o de organización de los grupos humanos, entre otros efectos. Las carreras en el autódromo de Cabo Negro, que corresponden a una de las actividades tradicionales que se llevan a cabo cercano al área de estudio, ocurren durante días festivos y fines de semana, fuera de los horarios y días en que el Astillero funcionaría, por lo que se descarta dicha interacción.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del
grupo.
No se genera una pérdida de componentes de la cultura local o alguna modificación de los rasgos de la identidad local. En el área de influencia no se identifican manifestaciones culturales excepcionales o que giren fuera de la dinámica cotidiana del sector.
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.
Si bien se identificó la existencia de un grupo humano perteneciente a pueblo indígena propietario de la:!“Parcela N* 4-A”, El cual realiza prácticas económicas en la costa víticuladas a la extracción de recursos marinos para su posterior venta, el Proyecto no afecta la ubicación, características, estructura ni actilvidades de los grupos humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas.”
t í
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S.4,
LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico
Capítulo 6.4
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.
Si bien se identificó la existencia de un grupo humano perteneciente a
pueblo indígena propietario de la “Parcela N” 4-A”, el cual realiza
prácticas económicas en la costa vinculadas a la extracción de recursos
marinos para su posterior venta, el Proyecto no afecta la ubicación,
características, estructura ni actividades de los grupos humanos ertenecientes a Pueblos Indígenas.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares O territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud oO duración de la intervención de sus partes, obras O acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
La comuna de Punta Arenas cuenta con 15 áreas protegidas, en su mayoría pertenecientes a la designación de Bienes Nacionales Protegidos (6), seguido por Parques Nacionales (2), Monumentos Naturales (2), Reservas Forestales (2), una (1) Reserva Nacional, un (1) Parques Marino y una (1) Área Marina Costera Protegidas. No se registran Reservas de Región Virgen, ni Santuarios de la Naturaleza, ni Reservas Marinas en la comuna. Respecto a la comuna de Laguna Blanca, a partir de la revisión de fuentes oficiales, no se observó la existencia de Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Monumentos Naturales, Santuario de la Naturaleza o cualquier otra categoría de área protegida.
El área protegida más cercana al Proyecto y que pudiesen tener relación con el Proyecto corresponde al Monumento Natural “Los Pingúinos”, distante a 17,3 km, seguido del Bien Nacional Protegido “Humedal Tres Puentes”, distante a 20 km.
De esta manera, ante la ausencia de sitios prioritarios en el área de estudio dentro de la comuna de Punta Arenas, para encontrar el sitio prioritario más cercano al Proyecto afectos a la letra d) del art. 11 de la Ley 19.300, se debió extender la búsqueda hasta la comuna de comuna Primavera de la provincia de Tierra del Fuego, donde se ubica el sitio prioritario “Bahía Lomas” distante a 111 km al este del Proyecto. Debido a factores como la distancia, el Proyecto no presenta interacciones u afectaciones directas o indirectas con el sitio prioritario analizado.
En virtud de lo expuesto, se indica que el Proyecto no se localiza en o próxima a las áreas protegidas identificadas no presentando superposición o adyacencia a estas, con lo cual no se verán afectadas por la materialización de las obras consideradas. Respecto a posibles afectaciones indirectas, conforme a la extensión de los impactos ambientales generados por el Proyecto y debido a factores como la distancia y la presencia de barreras naturales como el Estrecho de Magallanes, el área de influencia de los impactos no se superpone a la ubicación de las áreas protegidas identificadas. Conforme a lo anterior, no se identifican posibles afectaciones que puedan generar deterioro o menoscabo en los valores de conservación de las áreas protegidas consideradas en el presente estudio.
5.5,
ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico Capítulo 6.5 El Proyecto no representa una alteración significativa del valor paisajístico del área de estudio ya que las intervenciones no obstruyen las sz vistas generales, es decir, no las bloquea, ni distrae al observador. Desde a) La duración o la
magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
los puntos de observación del paisaje que definen el área de influencia desde las cuales es visible el Proyecto, las obras bloquean parcialmente la vista solo desde el camino costero sin rol utilizado por los propietarios y empresas del sector.
En relación a otros sectores cercanos al Proyecto, las obras no bloquean la visual ni dificultan la percepción del paisaje, la magnitud en relación alcance visual del área es menor. Solo en los atributos estéticos del paisaje
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se producen alteraciones sutiles, lo que implica que las obras no sean compatibles visualmente, por lo tar.:o, estas no logran integrarse en el paisaje circundante, fundamentalme: ze por el color y forma del astillero y embarcaciones.
Respecto a la duración de las intervenciones, las embarcaciones que accedan al Astillero serán visibles pez un tiempo acotado (2 veces al mes por algunas horas, en las maniobras:Je varado y desvaraco), por lo que impacto descrito anteriormente, se reduce de manera signisicativa.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
En relación a sectores cercanos al -*royecto, las obras no bloquean la visual ni dificultan la percepción ú:1 paisaje, la magnitud. en relación alcance visual del área es menor. Sole en los atributos estéticos del paisaje se producen alteraciones sutiles, loque implica que las. obras no sean compatibles visualmente, por lo tario, estas no logran integrarse en el paisaje circundante, fundamentalmezte por el color y forma del astillero y embarcaciones.
Respecto a la duración de las intervenciones, las embarcaciones que accedan al Astillero serán visibles pcr un tiempo acotado (2 veces al mes por algunas horas, en las maniobras de varado y desvarado), por lo que impacto descrito anteriormente, se educe de manera significativa. Se concluye que las intervenciones no alteran de manera significativa los atributos paisajísticos, esto debido/a que el proyecto no genera una pérdida de la naturalidad sustancial, ni modifica los atributos biofísicos del paisaje de manera significativa. ..
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
El sector presenta en sus cercanías elylesarrollo de diversag industrias, no hay áreas protegidas SNASPE ni Ss identifica ninguna Zona de interés Turístico.
No se identifican atractivos turísticos de carácter cultural, si se identifican dos actividades turísticas relacionadss con el Centro de evento Sombras de Fuego que desarrolla actividades masivas con gastronomía tradicional y ofrece servicios turísticos ligadas al mundo rural como clases de equitación y a las excursiones mssítimas, por encontrarse en bahía Laredo, muelle desde donde se zarpa: hacia MN Isla Magdalena. Conforme a lo anterior, el Proyecto se emplaza en un sector con valor turístico medio bajo, y el Proyecto ny generará la obstrucción al acceso o no genera la alteración del valor turístico. Por su parte, se ha descartado la existencia de valor turístico de la zona mencionada.
5.6. ALTERACIÓN DE
MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico
Capítulo 6.6
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.
Se realizó una prospección arqueológica superficial en área del predio donde se emplaza el Proyecto. Los resultados adjuntos en el Anexo 3.9 de la DIA arrojaron la identificación de material arqueológico en superficie que afloraba por la erosiói. originada por una huella de pista de motocicleta, el sitio fue identificado como Sitio arqueológico 1, cuya ubicación central es 376.758 E; 4.134.487 N (Huso 19F) en el límite del predio, a 2,5 m del área de influentia del proyecto, cuya superficie se estima en 491 m?, en un sector de alía visibilidad, erosionado con escasa a nula vegetación. Los materiales líticos vistos en el sitio incluyen lascas secundarias y de retoque sobre lutitas silicificadas y otras materias primas indeterminadas. También se registró una raedera de gran tamaño y una punta bifacial con aletas. Con respecto al material “faunístico se identificaron escasos huesos de ¿ve, probablemente cormoranes, y algunos fragmentos de diáfisis de artiodáctilo. El material malacológico está dominado por conchas muy fragmentadas de mitílidos, nacellas y caracoles.
Con respecto a la distribución de las. s.evidencias, la revisión detallada del sector nos permitió delimitar la extensión horizontal del sitio, que se circunscribe a las zonas erosionadas por la huella vehicular,
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En relación con la distribución espacial de los hallazgos y el área de influencia directa del Proyecto, en particular el área en donde se ha posicionado el galpón de la maestranza y las obras anexas, la inspección no identifico afectación sobre restos arqueológicos y/o depósitos. Las condiciones de buena visibilidad en el área inmediatamente aledaña a la construcción refuerzan dicha observación.
El Proyecto no contempla acciones que impliquen movimiento de tierra, ya que hará uso de las instalaciones ya construidas por la maestranza, y para limitar el Proyecto con el sitio arqueológico se contará con cierre perimetral y se habilitará señalética que advierta la presencia del sitio arqueológico. En consideración a lo indicado anteriormente, el Proyecto no removerá, no destruirá, excavará, trasladar, intervendrá, ni modificará en forma permanente algún Monumento Nacional definido por la Ley N? 17.288 de Monumentos Nacionales.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o
sitios que por sus características
constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad,
pertenecen al patrimonio
cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
El desarrollo del Proyecto no se ejecutará en zonas que cumplan con lo indicado en el literal b) precedente, siendo el monumento histórico más cercano el cementerio de Kon-Aikén ubicado a 12,72 km en línea recta, por lo tanto, no existirá modificación o deterioro en forma permanente de construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad Oo grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o
actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
En el área de Proyecto no hay presencia lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
60 las siguientes
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son
6.1.
PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
6.1,1,
Riesgo de fuego en las instalaciones.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones o medidas aimplementar | -
-
Capacitar al personal en la identificación y manejo de extintores.
-
Realizar simulacros periódicos para que el personal conozca los
procedimientos de evacuación.
Mantener actualizados los sistemas de alarma y el
equipamiento de extinción de incendios, como extintores y
estaciones de mangueras.
- Monitorear regularmente las instalaciones eléctricas y fuentes de calor que puedan representar riesgos.
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Implementar un registro de. inspecciones para garantizar el cumplimiento de medidas preventivas.
Forma de control y seguimiento
-
Registro de capacitaciones¡
-
— Registro de inspección de extintores.
Los registros se mantendrán actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por la autoridad “iscalizadora en la oficina técnica de la instalación de faenas. El ccntenido mínimo de cada registro a implementar será: Título; Fecka; Materia que se registra; Nombre de quien lo completa. En el taso de capacitación se agregará Nombre y RUT de asistentes; Firma; Contenido de la capacitación; Relator. = :
6.1.2. emplazamiento.
Movimiento sísmico de magnitud variable que afecte la seguridad estructural y operacional del
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
-
— Realizar simulacros periód:cos para familiarizar al personal con las rutas de evacuación y puntos de seguridad.
-
Evaluar el estado estructural de los edificios después de un sismo y limitar el acceso a las áreas dañadas.
-
Identificar y señalizar claramente las zonas seguras internas y externas. :
Mantener actualizados los proocolos de emergencia y difundirlos
entre los trabajadores.
Forma de control y seguimiento
-
— Evaluar los efectos sobre e; o los recursos afectados y su medio ambiente asociado.
-
— Evaluar las situaciones que dieron origen al accidente.
-
— Corregir las situaciones dé riesgo.
-
— Capacitar al personal. !
Reestructurar el Plan de Contingencias si es necesario.
6.1.3,
Derrame de aguas servidas durante operaciones de construcción o funcionamiento.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
-
Monitorear regularmente los sistemas de almacenamiento y transporte de aguas servidas para detectar posibles fallas.
-
— Disponer de kits de control de derrames en puntos estratégicos del recinto. ,
Capacitar al personal en la identificación y contención inmediata de
derrames. Mantener las áreas críticas equipadas con sistemas de
contención y absorbentes espe íficos para aguas servidas.
Forma de control y seguimiento
-
Mantener un registro detallado de incidentes, incluyendo cantidad derramada, causa y medidas correctivas aplicadas,
-
Realizar auditorías periódicas para evaluar el cumplimiento de las medidas de control implementadas.
-
Monitorear continuamente el estado de las áreas críticas y sistemas de manejo de aguas servidas.
Evaluar las causas del derrame y actualizar el plan de contingencia
si es necesario,
6.1.4, Derrame accidental de
hidrocarburos y sustancias químicas contaminantes durante el
transporte, almacenamiento o manipulación.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto. *
Acciones o medidas a implementar
-
Identificar y monitorear púntos críticos de potericial derrame.
-
Realizar inspecciones regulares de los contenedores de hidrocarburos y sustancias químicas.
-
Capacitar al personal en manejo de emergencias y uso de equipo de protección personal.
-
Mantener un inventario actualizado de barreras y materiales absorbentes.
El
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Implementar señalización y barreras físicas en áreas de alto riesgo.
Forma de control y seguimiento
Evaluar los efectos sobre el medio ambiente y corregir las situaciones de riesgo.
Registrar y documentar todos los incidentes, sus causas y las medidas tomadas.
Realizar auditorías periódicas del plan de contingencia. Actualizar el plan según las lecciones aprendidas y los cambios normativos.
Capacitar al personal de forma continua en la gestión de emergencias.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7
6.2. PLAN DE EMERGENCIAS
6.2.1, Riesgo de fuego en las ins
talaciones.
Fase del proyecto a la que aplica
_Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones a implementar
Los trabajadores deberán retirarse del lugar afectado por el incendio, y dirigirse en forma inmediata al punto de encuentro de emergencia más cercano, que no se encuentre afectado por el incendio.
Se dará aviso en forma inmediata al profesional de terreno.
De ser posible, y sin exponer la integridad física de los trabajadores, se intentará controlar y extinguir el incendio mediante extintores dispuestos en la obra. En este caso se prestará atención a la dirección del viento para evitar que las llamas alcancen al operador del extintor.
Podrá intentarse también la extinción con agua presente en la obra, siempre que se haya desconectado previamente la energía eléctrica o la faena se esté realizando sin energía eléctrica.
Si no es posible, el profesional de terreno solicitará la presencia de bomberos en el lugar de la obra.
de la
Oportunidad y vías comunicación a la SMA de activación del Plan
La activación del plan será notificada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) dentro de las 24 horas posteriores al evento, a través de los canales oficiales de comunicación, incluyendo correo y plataforma electrónicos.
6.2.2, Movimiento sísmico de m:
emplazamiento.
agnitud variable que afecte la seguridad estructural y operacional del
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones a implementar
El personal deberá ubicarse en las zonas de seguridad internas hasta que cesen los movimientos y recibir indicaciones del coordinador general.
Si hay riesgo de tsunami, evacuar de acuerdo con los protocolos establecidos y dirigirse a zonas altas o seguras. Inspeccionar las instalaciones para identificar estructurales, equipos críticos y riesgos residuales, Ofrecer atención de primeros auxilios y contención emocional a los afectados.
En caso de requerir evacuación masiva, seguir las instrucciones del coordinador general,
daños
de la
Oportunidad y vías comunicación a la SMA de activación del Plan
La activación del plan será notificada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) dentro de las 24 horas posteriores al evento, a través de los canales oficiales de comunicación, incluyendo correo y plataforma electrónicos.
6.2.3.
Derrame de aguas servidas durante operaciones de construcción o funcionamiento.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
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Acciones a implementar
Notificar de inmediato ¿l coordinador general o jefe de emergencia proporcionand> detalles sobre el lugar, extensión y cantidad del derrame. :
Aislar el área afectada para restringir el acceso de personas y maquinarias. ,
Contener el derrame utilizando materiales absorbentes y barreras físicas para evitar que alcance áreas sensibles o sistemas de desagúe. a
Retirar las aguas servidas y disponerlas en lugares autorizados según la normativa vigente.
Limpiar y desinfectar el área afectada utilizando productos específicos para evitar la propagación de contaminantes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Notificar a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 24 horas desde la ocurrencia del evento, utilizando canales oficiales cumo correo electrónico y plataforma en línea.
6.2.4. Derrame accidental de
hidrocarburos y sustancias químicas contaminantes durante el
transporte, almacenamiento o manipulación.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción asociada
Emplazamiento del Proyecto.
Acciones a implementar
-
Construcción inmediata d= bermas o zanjas para contener el derrame según la topografía del terreno. j
-
Utilización de barreras aísorbentes y materiales específicos para contener el derrame. *
-
— Evitar la infiltración del contaminante al suelo mediante la cobertura del área afectada con nylon u otros materiales impermeables.
-
Recolección y almacenamiento del material contaminado en recipientes adecuados paza su disposición final en lugares autorizados.
Notificación a las autoridades pertinentes y coordinación de una
respuesta con equipos especializados si es necesario.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Notificación a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 24 horas utilizando medios oficiales como correo y formularios electrónicos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7
7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
7.1. D.S, N*30/2013. Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y ciezre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia de Medio Ambiente, y de optar por esta vía.
Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado a un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución.
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de presentación de autodenuncia, Programa de cumplimiento, y/o plan de reparación en caso de proceder.
Forma de control y seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente.
30
Eo
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7.2. D.S. N”31/2013. Ministerio de Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y Sanciones
Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o
¿ ad Construcción, operación y cierre. en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto dará cumplimiento a esta Norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos,
Forma de cumplimiento al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Indicador que acredita su Comprobante de presentación de antecedentes requeridos.
cumplimiento
0 Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento
7.3. Resolución Exenta N*%855/2016, Ministerio de Medio Ambiente. - Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental. MMA y SMA
Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o
: ma Construcción, operación y cierre. en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. residuo o sustancias a la que aplica
En casos asociados a avisos, contingencias o incidentes será
Forma de cumplimiento notificado a la SMA dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informa.
Indicador que acredita su Comprobante electrónico por notificación a la SMA en caso de
cumplimiento avisos, contingencias o incidentes.
Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente.
7.4. Resolución Exenta N1518/2013, Ministerio del Medio Ambiente, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta N 574/2012
Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o
. < Construcción, operación y cierre. en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la Forma de cumplimiento información requerida con la periodicidad y en la forma y modo establecidos, la información requerida en su totalidad.
Comprobante de envío del cumplimiento de la Resolución Exenta -«N* 1518/2013 con la información en la forma y plazos establecidos ala SMA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente.
7.5. Resolución Exenta N“223/2015, Ministerio de Medio Ambiente. — Dicta Instrucciones Generales Sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. MMA y SMA
Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o
á a Construcción, operación y cierre. en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión,
: : 3 Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la Forma de cumplimiento información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental.
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Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de envío del documento que se ingrese al Sistema de Seguimiento Ambiental en cazo que se requiera y el comprobante de cumplimiento de la Resolusión Exenta N* 1518/2013 SMA, a la SMA.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia del Medio Ambiente.
7.6. Decreto N*38/2013, Ministerio de Medio Ambiente. Reglamento de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medic Ambiente. Ministerio del Medio Ambiente
Componente/materia: Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Una vez obtenida la RCA favorable, y siempre que dicha RCA contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, el Astiliero Cabo Negro. contratará a las ETFA's necesarias para realizar los seguimientos ambientales exigidos por su RCA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informes de Seguimiento Ambiental.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia del Medio Ambiente.
7.7. Resolución Exenta N*986/2016, Ministerio del Medio Ambiente, Dicta instrucción de carácter general para la operatividad del reglamento de las entidades técnicas de fiscalización ambiental (ETFA), para titulares de instrumentos de carácter ambiental ,
Componente/materia: Medio Ambiente .
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Una vez obtenida la RCA favorable, y en caso que contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control, el titular contratará a las ETFA”s necesarias para realizar los seguimientos ambientales exigidos por su RCA.
Por otro lado, las actividades de muestreo, mediciones, análisis y/o control exigido por la respectiva RCA, no se realizará mediante una ETFA, para aquellos casos y excepciones establecidas por los puntos resolutivos segundo y tercero, de la Resolución N* 986/2016, MMA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informes de Seguimiento Ambiental.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia del Medio Ambiente.
7.8.
Resolución Exenta N*1184/2015, Superintendencia del Medio-Ambiente. Dicta e instruye normas de carácter general sobre fiscalización ambiental y deja sin efecto las resoluciones que indica la Superintendencia del Medio Ambiente
Componente/materia:
Medio Ambiente .
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la.periodicidad y en la forma y modo establecidos, la información requerida en su totalidad.
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de envío del cumplimiento de la Resolución Exenta N' 1184/2015 con la información en la forma y plazos establecidos ala SMA.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia del Medio Ambiente.
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PESA
Resolución Exenta N*1139/2013, Ministerio del Medio Ambiente — Aprueba normas básicas para
aplicación del reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes RETC.
MMA
Componente/materia:
Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental.
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de envío del documento que se ingrese al Sistema de Seguimiento Ambiental en caso de que se requiera y el comprobante de cumplimiento de la Resolución Exenta N* 1518/ 2013 SMA, a la SMA.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia del Medio Ambiente.
7.10. DFL N*725/1967, Código Sanitario, actualizado en julio de 2000, Ministerio de Salud
Componente/materia:
Salud Ocupacional, Residuos Peligrosos, Ruido.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Residuos domiciliarios, RESPEL, residuos líquidos domésticos y emisiones de ruido.
Forma de cumplimiento
El titular del proyecto dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en el decreto, en cuanto a que proveerá a los trabajadores de servicios higiénicos y de agua potable necesaria, En cuanto a la generación de residuos, serán contenidos y tratados de acuerdo con su origen, y la disposición de estos será en un lugar autorizado.
Dado que la propiedad se emplaza en una zona rural, fuera del área de concesión de la empresa sanitaria, no se cuenta con factibilidad sanitaria de aguas servidas. De esta manera, para dar cumplimiento al marco regulatorio de los sistemas particulares, el Proyecto trata las aguas servidas de origen, mediante fosa séptica y el efluente resultante, es infiltrado mediante drenaje, en Sistema aprobado mediante Resolución del Servicio de Salud de Magallanes N* 2312602023 del 14/12/23.
En cuanto a los residuos peligrosos, estos serán almacenados temporalmente en una bodega previamente autorizada para posteriormente ser enviados a disposición final. Se estima una tasa de generación, equivalentes a 2 kg/mes.
Durante todas las fases del Proyecto, se emitirán transitoria y temporalmente ruidos a los que puedan estar expuestos los trabajadores.
Respecto a las emisiones de ruido, de acuerdo con los escenarios evaluados en el Proyecto Astillero Cabo Negro, se concluye que, los Niveles de Presión Sonora Corregidos NPC para Zona tipo Rural, cumplen satisfactoriamente para el horario diurno.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se contará con:
-
— Copia de la autorización sanitaria, otorgada por el organismo público correspondiente.
-
Registros de los monitoreos a las aguas tratadas.
-
Copia de los registros y autorizaciones de la empresa que realice los retiros,
-
Registro de los tipos de residuos que se generen, así como de la cantidad de cada uno de ellos.
-
Respecto a ruido:
En el informe de Evaluación de Impacto Acústico para la
Verificación de Cumplimiento D.S. N*38/2011 del MMA se
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demuestra el cumplimiento de la normativa y en el Informe de Emisiones Vibración Ambiental se demuestra la no afectación por este componente.
Forma de control y seguimiento
-
Informes con los documentos señalados en los indicadores de cumplimiento a SEREMI de Salud.
-
— Permiso Ambiental Sectorial N? 142.
-
— Comprobante de Pago “Aprobación de proyecto y autorización de Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”.
-
Declaración RETC.
Respecto a las emisiones de ruido, los registros estarán disponibles
para el ente fiscalizador.
7.11. Ley N*20.920 del 2016, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje
Componente/materia:
Residuos, Reciclaje
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones establecidas.
El titular se compromete a que los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados, sellados y etiquetados, para su acopio temporal en una bodega de Residuos Peligrosos especialmente habilitada, que contará con autorización sanitaria. Además, el proyecto mantendrá residuos en contenedores herméticos y su disposición será en lugar autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se contará con registro de retiro y/o registro de recepción de los residuos, donde se indique nombre y R.U.T. de la empresa, la fecha, tipo de residuos que retira, transporta o dispone y su respectiva cantidad.
Forma de control y seguimiento
Se tendrá registro de la gestión de los diferentes residuos, donde se indique nombre y R.U.T. de la empresa, la fecha, tipo de residuos que retira, transporta o dispone y su respectiva cantidad. Destinatario de los informes: Superintendencia de Medio Ambiente
Su contenido: documentos señalados precedentemente,
7.12. D.S. N*01/2013, Ministerio de Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC)”
Componente/materia:
Residuos, Emisiones atmosféricas y olores.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
Respecto a residuos, se realizará la declaración de residuos según cada tipología, formato y requisitos señalados en la normativa vigente.
En el caso de emisiones atmosféricas y olores, el titular exigirá al contratista la utilización de vehículos motorizados pesados que cumplan con lo señalado en esta norma, mediante revisiones técnicas al día.
Indicador que acredita su cumplimiento
Respecto a residuos, el titular presentará comprobante de registro de efectuada la declaración en el RETC, respecto a cada uno de los residuos generados, identificando hasta su manejo y lugar de disposición final.
El titular del proyecto se compromete a contar con un registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y las revisiones técnicas al día.
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Forma de control y seguimiento
Presentación y seguimiento a la Superintendencia de Medio Ambiente de documentación para la declaración de residuos y el registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y las revisiones técnicas al día,
7.13. D.S. 148/03, MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Ministerio de
Salud
Componente/materia:
Residuos peligrosos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones “establecidas.
El titular se compromete a que los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados, sellados y etiquetados, para su acopio temporal en una bodega de Residuos Peligrosos especialmente habilitada, que contará con autorización sanitaria.
Además, en el caso de ocurrencia de un derrame de algún residuo peligroso, los materiales y elementos contaminados como tierra con combustible, elementos de protección personal u otros, igualmente se manejarán de acuerdo con lo que establece el D.S. 148/2003 del MINSAL.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros del Plan de manejo de RESPEL.
Forma de control y seguimiento
Registros del Plan de manejo de RESPEL.
7.14. Decreto N*236/1926, Ministerio de Higiene Asistencia, Previsión y Trabajo. Reglamento general
de alcantarillado particular,
fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras
absorbentes y letrina domiciliarias
Componente/materia:
Residuos Líquidos y Aguas Servidas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
El titular del proyecto da cumplimiento a la normativa, en cuanto a proveer a los trabajadores de servicios higiénicos y de agua potable necesaria. Sistema particular de alcantarillado se encuentra aprobado mediante Resolución del Servicio de Salud de Magallanes N* 2312602023 del 14/12/23.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá en el Astillero registros que estarán a disposición de la autoridad cuando así lo requiera.
Forma de control y seguimiento
Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador.
Destinatario de los informes: Autoridad sanitaria.
7.15. Decreto Supremo N*43/2015 Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de
sustancias peligrosas
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
Se mantendrá un registro con las cantidades a almacenar y su clasificación según NCh 382/2021. El personal que manipule sustancias peligrosas será capacitado periódicamente en el contenido y medidas de seguridad.
El almacenamiento de sustancias peligrosas se realiza en bodega común, ya que no se superan las 12 toneladas de almacenamiento según lo establece el D.S. N*43/2015.
Registro de las sustancias peligrosas ingresadas y de las ocupadas.
E
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Indicador que acredita su cumplimiento
Las sustancias peligrosas que se almacenen en el proyecto contarán con hojas de datos de seguridad (HDS) según NCh 2245/2021. Se mantendrá un registro con %as cantidades a almacenar y su clasificación según NCh 382/2021. El personal que manipule sustancias peligrosas será capacitado periódicamente en el contenido y medidas de seguridad.
Forma de control y seguimiento
Registros del Plan de manejo de SUSPEL.
7.16. D.S. N*160/2009 Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de
Producción y Refinación, Ti
ransporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de
Combustibles Líquidos. Ministerio de Economía
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Almacenamiento de combustible.
Forma de cumplimiento
El combustible requerido será almacenado en estanques debidamente identificados que cumplirá con las exigencias normativas. Se contará con toda la señalética de seguridad y disposiciones exigidas en la normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento
Las instalaciones para el almacenamiento de combustible, así como la operación de éste, cumplirán con los requisitos técnicos y administrativos del presente cuerpo legal.
Forma de control y seguimiento
SEC
7.17. Decreto N*38/2011, Ministeri fuentes que indica
o de Medio Ambiente. Norma. de emisión de ruidos generados por
Componente/materia:
Ruido.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisión de ruidos.
Forma de cumplimiento
El titular dará cumplimiento a los niveles de ruidos que indica la normativa. Según el área de influencia establecida para la evaluación de receptores cercanos ruidos emitidos por el Astillero Cabo Negro, se concluye que no existe impacto acústico ambiental asociado a las etapas de construcción ni de operación.
Indicador que acredita su cumplimiento
En el informe de Evaluación de Impacto Acústico para la Verificación de Cumplimiento D.S. N*38/2011 del MMA se demuestra el cumplimiento de la normativa,
Forma de control y seguimiento
Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador. Destinatario de los informes: Superintendencia del Medio Ambiente.
Su contenido: documentos señalados precedentemente.
7.18. Decreto Supremo N*144, de Emanaciones o Contaminante
1961, del Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar
Componente/materia
Emisiones Atmosféricas y Olores.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El Proyecto considera la estimación de emisiones para el material particulado de 2,5 y 10 um en adelante MP2,5 y MP10, NOx, SOx y CO por resuspensión debido a circulación vehicular y las emisiones generadas por la combustión de motores.
Forma de cumplimiento
Tanto para la etapa de construeción y operación y de acuerdo a los resultados de la aplicación de los factores de emisión y posteriores estimaciones de material resuspendido (MP2,5 y 10), podemos indicar que la mitigación natural (lluvia) influye de manera relevante en el abatimiento de las emisiones, junto a ello y de acuerdo a los datos oficiales obtenidos, no existen periodos de calma para la intensidad del viento, donde además esta es alta,
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alcanzándose promedios de más de 30 km/h en algunas direcciones (WSW año 2019).
Indicador que acredita su cumplimiento
El titular del proyecto se compromete a contar con un registro actualizado de las revisiones técnicas al día de cada vehículo según corresponda.
Forma de control y seguimiento
- — Losregistros estarán disponibles para el ente fiscalizador.
- Destinatario de los informes: SMA, Seremi de Salud.
- Sucontenido: documentos señalados precedentemente.
7.19. D.S. N*138/2005 - Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. MINSAL
Componente/materia
Emisiones Atmosféricas y Olores.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisiones atmosféricas y olores.
Forma de cumplimiento
El titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas, tales como generadores eléctricos.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
El titular del proyecto se compromete a contar con un registro actualizado de declaración anual para revisión.
Forma de control y seguimiento
Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador.
7.20. D.S. N* 4/1994, Ministerio de
Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de
contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control
Componente/materia
Emisiones Atmosféricas y Olores.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisiones atmosféricas y olores.
Forma de cumplimiento
Sólo se utilizarán vehículos y maquinarias que cuenten con sus revisiones técnicas al día.
Los vehículos motorizados livianos, así como camiones, maquinarias y equipos estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y portarán el sello autoadhesivo que certifique que sus emisiones cumplen los límites máximos establecidos
por el D.S. N* 4/94. La maquinaria pesada será mantenida de acuerdo con las especificaciones del fabricante.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día.
Forma de control y seguimiento
Presentación del registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y las revisiones técnicas al día a la Superintendencia de Medio Ambiente.
121.
D.S. N*211/1991. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “NORMA SOBRE
EMISIONES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS”
Componente/materia
Emisiones Atmosféricas y Olores.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisiones atmosféricas y olores.
Forma de cumplimiento
Se procurará que los vehículos motorizados livianos que participen en la ejecución del Proyecto cuenten con su revisión técnica al día, debiendo, además, contar con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes, para dar cumplimiento a la presente normativa.
Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que
Indicador que acredita su | permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos
cumplimiento motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día.
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Forma de control y seguimiento
Presentación del registro de los contratistas que incluya la identificación de los vehículos a utilizar y las revisiones técnicas al día a la Superintendencia de Medio Ambiente
7.22. Circular Marítima D.G.T.M. y M.M. Ord. N*O-72/013 de fecha 27 de agosto de 2004
Componente/materia
Condiciones ambientales en astillero y varaderos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
El titular del proyecto dará cumplimiento a lo establecido en la normativa. En la actualidad, el Titular se encuentra en trámite final de la autorización para habilitación de Varadero para naves menores (hasta 99,9 AB) y artefactos navales con desplazamiento liviano inferior a 200 toneladas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
-
Presentación del Plan de Contingencia para el control de derrames de hidrocarburos aprobado por la Autoridad Marítima.
-
Existencia de infraestructura y condiciones operativas que cumplan con la Circular Marítima D.G.T.M. y M.M. Ord. N*? A-53/003 (2015).
Inspección de cumplimiento por la Autoridad Marítima.
Forma de control y seguimiento
Autoridad Marítima. Capitán de Puerto de Punta Arenas.
7.23. Circular Marítima D.G.T.M. y M.M. Ord. N* 52/001 de fecha 24 de enero de 2012
Componente/materia
Instalaciones y servicios terrestres de recepción de mezclas oleosas, sustancias nocivas líquidas y aguas sucias.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones.
Forma de cumplimiento
El titular del proyecto dará cumplimiento a lo establecido en la normativa. Actualmente, se implementan protocolos para garantizar que las naves que operen en el varadero cuenten con servicios debidamente autorizados para la recepción y disposición adecuada de aguas de lastre, conforme a los estándares técnicos y ambientales exigidos por la normativa vigente. Estos servicios serán requeridos conforme a las necesidades operativas y las exigencias regulatorias aplicables.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Disponibilidad de servicios autorizados para la gestión de aguas de lastre, según sea necesario.
Implementación de sistemas que permitan la disposición segura y ambientalmente adecuada de residuos líquidos.
Informes emitidos por los servicios contratados que acrediten el manejo adecuado de aguas de lastre y cumplimiento normativo.
Forma de control y seguimiento
Autoridad Marítima. Capitán de Puerto de Punta Arenas.
7.24. Circular Marítima D.G.T.M. y M.M. Ord. N? 53/002 de fecha 27 de enero de 2015
Planes de emergencia para combatir la contaminación ante
residuo o sustancias a la que aplica
Componente/materia . P o derrames de hidrocarburos. Fase del proyecto a la que aplica o Sn E ca Operación. en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión a a > Ñ > | Hidrocarburos.
Forma de cumplimiento
El titular del proyecto dará cumplimiento a lo establecido en la normativa, incluyendo la implementación de un Plan de Contingencia aprobado por la Autoridad Marítima, ajustado a los requisitos técnicos indicados en la normativa.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Presentación y aprobación del Plan de Contingencia por parte de la Autoridad Marítima.
Forma de control y seguimiento
Autoridad Marítima. Capitán de Puerto de Punta Arenas.
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8”. Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
8.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
8.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase., del artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica | A todas las partes, obras y acciones.
Oficio Ordinario N*139 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena del 10 de julio de 2025.
Fases de construcción, operación y cierre.
Pronunciamiento del órgano competente
8.1,2, Permiso Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica | A todas las partes, obras y acciones.
Oficio Ordinario N*139 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena del 10 de julio de 2025.
Fases de construcción, operación y cierre.
Pronunciamiento del órgano competente
8.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
Fase de construcción. corresponde
Parte, obra o acción a que aplica A todas las partes y obras del proyecto.
Pronunciamiento del órgano | Oficio Ordinario N*307 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región competente de Magallanes y Antártica Chilena del 09 de junio de 2025. Referencia al ICE para mayores Capítulo 9
detalles
9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Instalación de señalética y cierre que delimite el terreno del Proyecto
Patrimonio Cultural. Descartar eventual afectación al patrimonio arqueológico fuera del Área de Influencia del Proyecto.
Fase del proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre
Objetivo: Disminuir el riesgo producto del tránsito de personas y vehículos en el área cercana al hallazgo que se encuentran fuera del área del proyecto, para así evitar la alteración de monumentos nacionales.
Descripción: Se realizará instalación de señalética que advierta la presencia de hallazgos arqueológicos, un cierre perimetral que delimite el área del proyecto y un programa de inducción para relevar la importancia de acotar los desplazamientos de personas, vehículos y maquinaria solamente dentro del área del proyecto. Justificación: Aun encontrándose el hallazgo indicado en informe arqueológico en terrenos fuera del área del Proyecto, con el objeto de evitar cualquier impacto potencial sobre éste, el titular se compromete a instalar señalética en su propio terreno, que advierta de su presencia y que indique su carácter de bienes patrimoniales protegidos por Ley, así como las conductas y cuidados a observar. Además, y como parte de las obras del proyecto, se ha contemplado instalar un cierre que delimite el terreno del Proyecto, en sus caras NW, SW y SE, es decir, las de acceso terrestre y exceptuando el borde costero.
Impacto asociado
Objetivo, descripción y justificación
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Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: En el sector más visible del área de trabajo, esto es, en las instalaciones a utilizar por el personal.
Forma: Se instalarán señales claras y educativas sobre la importancia arqueológica del lugar, colocándose de manera visible en lugares destacados.
Oportunidad: La instalación del Carteles informativos, se realizará de manera previa a las acciones de la fase de construcción del Proyecto.
Indicador que acredite su
cumplimiento
- Informe de instalación realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. Registro de fotografías de la señalética,
Forma de control y seguimiento
Envío de informe al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
9,2.
Charla Inducción Arqueología y Paleontología
Impacto asociado
Patrimonio Cultural. Eventual afectación al patrimonio
arqueológico y/o paleontológico
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Objetivo, justificación
descripción y
Objetivo: Evitar la alteración de monumentos nacionales. Resguardar el patrimonio arqueológico y paleontológico.
Descripción: El titular se compromete a educar al personal que participe en las acciones de instalación del cierre perimetral, sobre la importancia de la preservación del patrimonio arqueológico y paleontológico en el área del proyecto. La actividad será ejecutada por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.
Justificación: Aun encontrándose el hallazgo indicado en informe arqueológico en terrenos fuera del Al del Proyecto, con el objeto de evitar cualquier impacto potencial sobre aquellos, el titular se compromete a informar al personal que participe en las obras de instalación del cierre perimetral, respecto los bienes patrimoniales protegidos por Ley (arqueológicos y paleontológicos) que pudiera encontrarse en el área, las conductas y cuidados a observar y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.
Las charlas de inducción permitirán al personal involucrado en la faena tener las precauciones y seguir los procedimientos pertinentes, ante hallazgos fortuitos por parte del personal. Además, se proporcionarán pautas claras y procedimientos a seguir en caso de tales descubrimientos, incluyendo:
l. La importancia de reportar inmediatamente cualquier hallazgo arqueológico y/o paleontológico inesperado.
2 Cómo marcar y proteger el área del hallazgo para evitar daños adicionales.
- El proceso de notificación a las autoridades competentes y expertos en arqueología y/o paleontología.
La suspensión temporal de actividades en el lugar del hallazgo hasta que se realice una evaluación adecuada.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: La charla de inducción en arqueología y paleontología se llevará a cabo en las instalaciones de la Maestranza.
Forma: La charla de inducción en arqueología y paleontología se llevará a cabo de la siguiente manera:
- Fecha: Fecha a programar
- Hora: Hora a programar
- Lugar: En las instalaciones de la Maestranza
La charla será impartida por un experto en arqueología sea arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología y comprenderá características de eventuales hallazgos arqueológicos O paleontológicos; del contenido de la Ley de Monumentos, de los reglamentos, siguiendo los pasos indicados en las guías del CMN (disponibles en (www.monumentos.cl) y, además, protocolos
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establecidos en caso de hallazgo fortuito. Las charlas se realizarán en el marco del monitoreo arqueológico durante las obras de instalación del cierre perimetral, las que no incluyen acciones de escarpe, remoción de superficie ni excavación subsuperficial.
Si se produjere un hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto por el Titular, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se procederá conforme al siguiente protocolo:
a. Paralizar las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo, Si el hallazgo es múltiple se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo.
b. En caso de que el arqueólogo determine que se trata de un hallazgo de material paleontológico, se detendrá la faena y se dará aviso inmediato al profesional paleontólogo, informándole de la localización exacta del hallazgo paleontológico.
c. Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo.
d. Se deberá notificar al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) acerca del hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional arqueólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N* 484 de 1990.
e. El profesional a cargo informará, además, a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Las charlas se realizarán de manera previa al inicio de la instalación del cierre perimetral superficial y participará el personal a cargo de dichas obras.
Oportunidad: De manera previa a la instalación del Cierre Perimetral.
Indicador que acredite cumplimiento
su
-
Realización de charla de inducción realizada, respecto de las cuales se levantará acta que indicará día, hora, materia tratada, nombre del profesional que la realiza y lista de los asistentes, la que deberá ser firmada por éstos, Además de realizar registro fotográfico de la actividad.
-
Remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informe de monitoreo elaborado por el arqueólogo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la instalación del cierre perimetral.
-
Levantar acta de eventuales hallazgo arqueológico O paleontológico, el que señalará, la fecha, localización, características del hallazgo y firma del profesional.
-
Comunicación a las autoridades dando cuenta de eventuales hallazgos en el área del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Los Registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora.
Acta de las charlas de inducción realizada.
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Envío de informe al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Los Registros estarán disponibles y actualizados en la oficina administrativa de la obra para su consulta por la autoridad fiscalizadora.
Acta de las charlas de inducción realizada.
Envío de informe al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
9.3. Monitoreo arqueológico
Impacto asociado
Patrimonio Cultural, Arqueología
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción. Durante la instalación del cierre perimetral superficial
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Evitar la alteración de monumentos nacionales, minimizando la posibilidad de afectación de patrimonio arqueológico, eventualmente presente en el trazado donde se instalará el cierre perimetral.
Descripción: El titular se compromete a implementar un monitoreo arqueológico durante la instalación del cierre perimetral superficial, que será realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.
Justificación: La presencia de un especialista en el área permitirá, mediante la revisión de la superficie sobre la cual se posarán las zapatas del Cierre Perimetral, la identificación del potencial material arqueológico y/o paleontológico que estuviera presente. La charla de inducción descrita previamente, permitirán al personal involucrado en la faena de instalación tener las precauciones y seguir los procedimientos pertinentes.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: En el perímetro de emplazamiento del cierre perimetral del proyecto, es decir, en sus caras NW, SW y SE (todas excepto el borde costero).
Forma: Revisión de la superficie del trazado definido para instalación superficial de las zapatas de hormigón.
Descripción de la actividad desarrollada, indicando fecha y ubicación georreferenciada.
Descripción de la matriz y de la materialidad encontrada, si estuviere presente, indicando ubicación georreferenciada. Indicación de los días monitoreados en el libro de obras. Elaboración de plano y toma fotos (de alta resolución) de la instalación.
De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:
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— Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).
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Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto.
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Medidas de protección y/o conservaciones implementadas.
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Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo con lo establecido en el art. 26? de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales.
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Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios- protocolos/planilla-registro-sitiosarqueologicos.
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Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (señaléticas, etc.).
Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la instalación del cierre, el que deberá incluir los antecedentes ya mencionados.
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Oportunidad: Durante las faenas de instalación del cierre perimetral.
Informe realizado por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en Indicador que acredite su | arqueología, que será remitido al CMN y a la Superintendencia del cumplimiento Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminada la instalación del cierre perimetral.
Envío de informe al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Forma de control y seguimiento
Referencia al ICE para mayores
detalles Capítulo 10
10, Que, en la presente evaluación, se verificó la hipótesis del articulo 86 del Reglamento del SEIA, de que el proyecto se localiza en cercanías a tierras indígenas, según consta en Acta N*2025121064 con fecha del 05 de febrero de 2025, sin embargo, el afectado, declinó concretar las reuniones con los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que se estipulan en dicho artículo.
11*, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte,
12*. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
14". Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
15*, Que, para que el proyecto “Astillero Cabo Negro” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16*, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17%, Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
187, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA,
19%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Astillero Cabo Negro”, de Maestranza Cabo Negro SpA.
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2”. Certificar que el proyecto “Astillero Cabo Negro” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3%. Certificar que el proyecto “Astillero Cabo Negro” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N%0/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4?. Certificar que el proyecto “Astillero Cabo Negro” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5*. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N19.300, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
Firmado Digitalmente por Jose Luis Riffo Fideli Fecha: 18-08-2025 09:13:59:258 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: PUF
JOSÉ LUIS RIFFO FIDELI DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA CPF/COB/NNM/VRM
John James Gysling Moffat
Superintendencia del Medio Ambiente
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena
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Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Ilustre Municipalidad de Punta Arenas
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Energía,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Salud,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones,
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Cc:
Oficina de Partes