Línea de Transmisión y Central BESS Lena
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”
Copiapó
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de septiembre del 2025 y su Adenda Complementaria de 21 de noviembre del 2025, del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”, presentado por BESS HALCÓN 18 SPA con fecha 02 de enero del 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”.
3°. El Acta de Evaluación N° 202503106157 de 18 de diciembre del 2025, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” de 18 de diciembre de 2025.
5°. El Acta del 29 de diciembre del 2025 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. La Resolución Exenta Nº 20250300154, de 16 de abril del 2025 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”.
8°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; La Resolución Exenta RA N°119046/347/2022 del 25 de Noviembre de 2022 de la Dirección Ejecutiva, que nombra como Directora Regional a Doña Verónica Ossandón Pizarro y la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, BESS HALCÓN 18 SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social BESS HALCÓN 18 SPA Rut 77.737.527-k Domicilio APOQUINDO 3910 OF 201 LAS CONDES Teléfono 56222310521 Nombre representante legal Ricardo Orlando Sylvester Zapata Rut representante legal 7500917-8 Domicilio representante legal Magdalena 181, Santiago Teléfono representante legal 56222310521 Correo electrónico Titular o representante legal info@oenergy.cl, pedro.jofre@oenergy.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de diciembre de 2025, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa ambiental vigente, incluyendo los Permisos Ambientales Sectoriales 132, 138, 140, 142, 156, 157 y 160. Además, el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias establecidos en el Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.
3°. Que, en sesión del 29 de diciembre del 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 18 de diciembre del 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo participar de los mercados de energía y potencia, y aportar flexibilidad, seguridad, suficiencia y eficiencia económica al Sistema Eléctrico Nacional, continuando así con la misión de descarbonización acelerada en Chile, mediante el retiro e inyección de energía. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje Vida útil 32 años Monto de inversión USD $ 526.680.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de Instalación de Faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia y comuna de Copiapó. Descripción de la localización El área de emplazamiento seleccionada para la ejecución del presente Proyecto presenta circunstancias favorables para la instalación de un proyecto de una central de pág. 3
almacenamiento de energía, debido a las siguientes condiciones: • Zona con alta demanda de energía. • Disponibilidad de conexión a red eléctrica de transmisión existente. • Terreno con topografía propicia para la implantación de sistemas de almacenamiento. • Proximidad a poblaciones existentes que permitirán el aprovisionamiento de energía en bloques de alto consumo. Superficie El Proyecto se inserta en un área total de 15,96 ha, que considera las distintas obras y partes que componen la central y su camino de acceso y la Línea de Transmisión proyectada. La Línea de Transmisión proyectada considera una franja de seguridad 20 metros desde el eje central de la línea (40 metros en total), al interior de la cual se emplazarán las plataformas para montar las estructuras. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Todas las coordenadas son UTM en WGS84 H19S
Tabla Coordenadas del Cerco Perimetral de la Central de almacenamiento BESS Vértice Norte Este A 7.012.164,57 413.146,21 B 7.012.171,13 413.232,32 C 7.012.211,76 413.231,63 D 7.012.211,76 413.446,21 E 7.011.931,77 413.446,21 F 7.011.931,77 413.147,33 Fuente: Cap. 1 de la DIA Tabla Coordenadas Área de Almacenamiento de Energía (BESS) y Centros de Transformación Zona de Baterías Vértice Norte Este Zona de Almacenamiento 1 1 7.012.197,76 413.250,91 2 7.012.197,76 413.283,21 3 7.012.169,30 413.283,21 4 7.012.169,30 413.250,91 Zona de Almacenamiento 2 5 7.012.197,76 413.297,21 6 7.012.197,76 413.432,21 7 7.012.135,99 413.432,22 8 7.012.135,96 413.297,21 Zona de Almacenamiento 3 9 7.012.122,96 413.297,21 10 7.012.122,96 413.432,21 11 7.012.061,16 413.432,21 12 7.012.061,16 413.297,21 Zona de Almacenamiento 4 13 7.012.048,16 413.297,21 14 7.012.048,16 413.432,21 15 7.011.986,36 413.432,21 16 7.011.986,36 413.297,21 Zona de Almacenamiento 5 17 7.011.973,36 413.297,21 18 7.011.973,36 413.432,21 19 7.011.944,96 413.432,21 20 7.011.944,96 413.297,21 Fuente: Cap. 1 de la DIA Tabla Coordenadas Estructuras Proyectados Línea de evacuación de alta tensión. Estructuras Norte Este ML1 7.012.071,21 413.197,27 pág. 4
E2 7.012.381,41 413.197,18 E3 7.012.386,91 412.889,04 E4 7.012.392,85 412.556,01 E5 7.012.398,38 412.246,24 E6 7.012.404,38 411.909,42 E7 7.012.411,15 411.530,25 E8 7.012.415,22 411.301,53 E9 7.012.432,14 411.048,29 E10 7.012.446,73 410.821,84 E11 7.012.729,27 410.776,02 E12 7.013.015,44 410.727,68 E13 7.013.097,42 410.667,71 C1 7.013.103,15 410.663,52 C2 7.013.166,22 410.597,90 ML2 7.013.168,33 410.478,11 Fuente: Cap. 1 de la DIA Caminos de acceso El acceso al Proyecto desde la ciudad de Copiapó se realizará por la ruta C-17 en dirección hacia el norte recorriendo 71 km aproximadamente hasta el camino de acceso al Proyecto. En la siguiente Figura 4 del Capítulo 1 de la DIA se presentan las rutas a utilizar por el Proyecto. Por otra parte, el punto de acceso al Proyecto, ubicado al interior del predio se presenta en la siguiente Tabla:
Coordenadas UTM WGS H19S Vértice Norte Este Acceso 7.012.763,27 410.955,27 Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Las obras del Proyecto ya sean temporales o permanentes, se presentan en el Anexo 1.2 “KMZ y Cartografías” de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obras Cerco Perimetral El Proyecto contará con un vallado o cerco perimetral, que estará compuesto de pandereta vibrada de hormigón o similar abarcando la totalidad del polígono del Proyecto. La extensión del cerco perimetral será de 1.154 metros, aproximadamente. Camino de acceso y zonas de circulación interna Respecto a la habilitación de caminos, el Proyecto considera dos (2) tipos de caminos, a saber: camino de acceso al predio y zonas internas de circulación que conecten las unidades de almacenamiento y faciliten las actividades de construcción y eventual mantenimiento durante la fase de operación del Proyecto. El primero de dichos caminos corresponde a un camino no pavimentado, que posee un ancho aproximado de 6 metros, y 2.718 metros de longitud. El camino de circulación interna tiene un ancho aproximado de 13 metros y 1.470 metros de longitud. En cuanto a las zonas de circulación interna, la maquinaria a utilizar será: una retroexcavadora y una motoniveladora, y dichas zonas serán estabilizadas con material granular, con el fin de prevenir la emisión de material particulado producto del paso de vehículos. Estacionamientos Esta obra estará destinada a estacionar vehículos de bajo o gran tonelaje, y que contribuya con el traslado de insumos de mantenimiento, retiro de residuos, transporte de personal, entre otros. Los estacionamientos serán de suelo natural compactado, separando las distintas plazas mediante señaléticas y solerillas. Cabe señalar que, este estacionamiento permanente, contará pág. 5
con tres (3) plazas disponibles. Bodega y Baño El Proyecto contará con una bodega general para el almacenamiento de herramientas manuales y equipos de repuesto, además de cables y otros equipos eléctricos en cantidades menores. La bodega corresponde a un contenedor marítimo de 15 m2, superficie que también incluye el área de baños compuesto por WCs y lavamanos, los cuales se encontrarán conectados mediante una tubería a la fosa séptica con drenes de infiltración proyectada para las distintas fases del Proyecto. El abastecimiento principal de agua será realizado mediante un “Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable”, a través de la implementación de un Estanque de Almacenamiento de Agua (en adelante “EAA”) con capacidad de almacenamiento y distribución de agua potable para uso en servicios higiénicos durante el desarrollo del Proyecto. Dicho estanque tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 c. Además, se considera para abastecer agua potable a los trabajadores, la adquisición de bidones de 20 litros, sellados y provenientes de un distribuidor debidamente autorizado, garantizando, de esta forma, una dotación mínima por trabajador de 150 litros de agua al día. Cabe señalar que, el agua potable que será almacenada en el estanque será provista por un camión aljibe, con una frecuencia mínima de 3 veces por semana. Además, desde el EAA, el agua potable será impulsada por una bomba y distribuida hacia los diferentes puntos de consumo. Para el tratamiento, se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración”. El sistema de recolección y almacenamiento se compone de tres elementos: - Red de PVC sanitario: Se proyecta una red sanitaria de PVC que conduzca las aguas servidas desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. - Fosa séptica: Se instalará una fosa horizontal. Esta unidad de tratamiento primario separará las partículas sólidas mediante sedimentación y degradación biológica de los desechos orgánicos, consiguiendo una reducción de la DBO5 y Sólidos Suspendidos Totales (SST). Dren de Infiltración: Se contempla la instalación de un Dren de Infiltración, donde el efluente tratado en la fosa séptica será conducido y dispuesto en el subsuelo. Fosa séptica Las aguas servidas generadas durante las diferentes fases del Proyecto serán conducidas desde los servicios higiénicos hacia una fosa séptica horizontal, con una capacidad desde 3,54 m3, con sistema de infiltración de drenes. Para mayor detalle de la ubicación y coordenadas de la fosa, ver Anexo 3.4 PAS 138, de la Adenda. Bodega RESPEL Se dispondrá de una Bodega modular de aproximadamente 1,28 m2, la que cumplirá con las disposiciones técnicas exigidas en el Artículo N°33 del D.S. N° 148/2004. Debido a las cantidades de RESPEL a manejar durante la fase de construcción, la bodega proyectada permitirá el almacenamiento de hasta dos (2) tambores de residuos peligrosos. Este modelo de bodega cuenta con resistencia al fuego RF-90 y una bandeja de contención interna de 220 litros, incluyéndose un extintor, una porta hojas de seguridad HDS, unidades de señalización y clasificación de acuerdo con la NCh 2190 Of.2019, y un kit antiderrame. La forma de almacenamiento será mediante contenedores estancos y sellados, que cumplan con los requisitos del Artículo N°8 D.S. N° 148/2003, clasificados y ordenados según tipo, al interior de la bodega modular. La bodega, tal como se ha comentado, contará con un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenado. Esta bodega será un lugar de acopio temporal de RESPEL, tendrá una capacidad de almacenamiento de 1 tonelada, aproximadamente, y, en ningún caso, el tiempo de almacenamiento superará los seis (6) meses. Los detalles de la bodega se presentan en Anexo 1.3 de la Adenda Complementaria. Badén El Proyecto considera una obra de modificación de cauce de tipo badén simple, las cuales se caracterizan como una obra de drenaje que se adecua a las características geomorfológicas de cada cauce natural, tiene por objetivo facilitar el tránsito estable de los vehículos y que el camino mantenga su geometría ante una eventual crecida Esta será la alternativa de mampostería de piedra como de hormigón armado para la base del baden según se plantea en la lámina mostrada. Se definirá la materialidad en la etapa sectorial de la obra de modificación de cauce tipo baden. (figura 3.1 del Anexo 3.2 de la Adenda). Las obras están compuestas por los elementos principales que se detallan a continuación: pág. 6
• Plataforma o capa de rodadura: Es la parte fundamental del badén. En sentido longitudinal, la losa o mampostería es el segmento de una circunferencia y en sentido transversal es inclinada con una pendiente del orden del 2% hacia aguas abajo. • Muro de pie: Muro localizado en la parte de aguas abajo de la plataforma, constituye la fundación del badén y se construye a todo lo largo de este. • Muros de cabezal: Son una prolongación del Muro de Pie en ambos extremos de este, formando un vertedero con el objetivo de ampliar la capacidad de descarga sobre el badén, y, además; proteger las laderas contra la socavación. • Muro de confinamiento: Se denomina así al muro localizado en el borde de la plataforma en el sector de aguas arriba, elemento que tiene por objetivo la protección del badén. Las obras se componen de material de relleno compactado y tramos de cuerpo de hormigón para mejorar la resistencia estructural de la obra. La longitud total de la obra depende del cauce a intervenir, con un ancho longitudinal al cauce de 13 metros que permite el flujo unidireccional y con elevación de la obra acorde a la cota de elevación del fondo del cauce, por lo cual la obra no genera efectos sobre el comportamiento hidráulico del cauce, cada una, se detallan en la figura 2.3 y 2.4 del Anexo 3.2 de la Adenda Patio para el manejo de residuos El patio de residuos no peligrosos se habilitará para el almacenamiento temporal de residuos que serán generados durante la construcción del Proyecto. Esta área tendrá una superficie total de 144 m2, se encontrará delimitado y contempla la disposición de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) e Industriales No Peligrosos (RSINP): a) Residuos Sólidos Domiciliarios: El Proyecto contempla la disposición temporal de residuos domiciliarios, se dispondrá de un contenedor de basura fabricados en HDPE o material similar, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, que contarán con una tapa que impida el escurrimiento de líquidos percolados y la intervención de animales silvestres en los basureros. Es necesario indicar que, todos los residuos asimilables a domiciliarios estarán contenidos en bolsas plásticas, las que serán depositadas en los contenedores mencionados anteriormente.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos: Se almacenará, de manera temporal, el material, ya sea reutilizable y/o residual no peligroso generado durante la fase de construcción del Proyecto, a saber: despuntes de fierro; maderas, cartones y plásticos, entre otros, en conformidad con lo establecido por el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados, y se almacenarán a granel, siendo acopiados según tipo sobre el suelo nivelado y compactado. Cabe señalar que, los residuos serán segregados según tipo (madera, plástico, latas, fierro, etc.), para facilitar un eventual reciclaje de estos. Instalación de faenas La instalación de faenas corresponde a la infraestructura de apoyo necesario durante la fase de construcción del Proyecto. Se constituye de un polígono imaginario que cubriría una superficie aproximada de 290 m2 y se compone de tres (3) edificaciones y obras modulares de 15 m2, destinadas a oficinas principalmente. Al interior de la instalación de faenas también se dispondrá de baños químicos y contenedores primarios. Zona de acopio de materiales Dentro de las obras temporales que contempla el Proyecto, se habilitará un área destinada al almacenamiento y disposición de los materiales e insumos que serán utilizados durante la fase de construcción. Esta zona tendrá una superficie de 210 m2 y estará constituida por las siguientes instalaciones: a) Área de acopio: en esta zona se depositarán las estructuras pre armadas para soporte y los pallets que contienen los equipos eléctricos, además de todos elementos de ferretería. Su recepción y armado se realiza dentro de la misma jornada diaria, por lo que se acopian a la intemperie con su embalaje respectivo. Bodega de materiales de construcción: Se trata de un contenedor de 15 m2 adecuado para la humedad, temperatura e intemperie. Esta instalación tendrá la suficiente capacidad para poder almacenar, materiales, herramientas y elementos de protección personal. Acciones Habilitación de Instalación de Faenas. Una vez habilitado el terreno, se trazará el área perimetral y se demarcará la ubicación de cada una de las instalaciones que componen este sector, tales como oficinas, bodegas, estacionamientos, entre otras. Finalmente, se prosigue con la instalación de los módulos de oficinas y bodegas. Las edificaciones modulares o prefabricadas tipo contenedor, serán llevadas en camiones para ser instalados con grúas en el área designada para cada una, lo pág. 7
anterior, mientras se desarrolle la fase de construcción del Proyecto. Se debe tener presente que, debido que estas estructuras son módulos prefabricados, no se requerirá materiales de construcción para su estructura, como tampoco un tratamiento especial del terreno. Acondicionamiento de terreno. De forma previa a la construcción e instalación de las obras permanentes, se llevará a cabo el acondicionamiento del terreno al interior del área del Proyecto. Se compactarán las superficies requeridas para la construcción de zonas internas de circulación, instalación de faenas, estacionamiento de vehículos, oficinas (contenedor), entre otros. Junto con las actividades de acondicionamiento, se realizarán las actividades de nivelación (movimientos de tierra menores) que se requerirán para la construcción de fundaciones, canalizaciones subterráneas, y rellenos para la nivelación de áreas. Los movimientos de tierras (excavación y nivelación) se realizarán de manera continua, es decir, que el material terroso que se genere será incorporado en las obras del Proyecto como rellenos de terraplenes, sub base y/o base de caminos y plataformas, en la medida que el material cumpla las condiciones estructurales de diseño que exija cada obra. Es importante mencionar que, se privilegiará la utilización de herramientas manuales y maquinaria propia de la obra, cuando se requiera. Al respecto, cabe señalar que, según los resultados del estudio de flora y vegetación realizados al interior del área de emplazamiento del Proyecto, se encuentra áreas naturales definidas como “Matorral Medio Muy Escaso de Adesmia atacamensis” (28,45%) y “Desierto absoluto” (69,42%). Movimiento de tierras. Esta actividad comenzará con la nivelación el terreno para crear una plataforma firme, estable y lo suficientemente homogénea para la instalación de las obras del Proyecto. Posteriormente, se realizarán excavaciones de tierra para la canalización de los cables subterráneos de baja y media tensión, considerando un total de material de 1.513,49 m3. Al respecto, se aclara que todo el material se reutilizará en el área del Proyecto para realizar las restauraciones necesarias de las áreas ocupadas temporalmente en la construcción de las obras, en ningún caso este material será dispuesto en cauces de ríos, esteros u otros cursos de agua. Es preciso indicar que, durante la ejecución de las labores de excavación o cualquier otra asociada a la construcción, no se contempla el uso de explosivos, de manera que se descarta cualquier impacto relativo a emisiones atmosféricas y acústicas por este motivo. Finalmente, se aclara que la profundidad máxima de excavaciones no superará los 2 metros de profundidad, y las postaciones necesarias para la implementación de la línea de evacuación. Instalación de cerco perimetral de la Central de Almacenamiento BESS. El cierre o vallado perimetral será implementado en la totalidad de la superficie del Proyecto, tal como se presenta en el Anexo 1.2 “KMZ y Cartografías” de la DIA, de manera de evitar el ingreso de animales y/o personas no autorizadas. En cuanto a su materialidad, corresponderá a una pandereta de hormigón vibrado de 50 mm o similar técnico. Este cerco no tendrá alambres de púas y se dispondrá de una puerta de acceso peatonal y vehicular. Todas las puertas del Proyecto tendrán un ancho superior al camino que las cruza y tendrán la misma altura que el vallado colindante, en caso de que exista. Habilitación de las zonas de circulación internas. El Proyecto contempla la habilitación de zonas internas de circulación emplazados al interior del polígono de la Central BESS. Estos caminos serán habilitados mediante nivelación del suelo y posterior compactación de este. Para tal efecto, se considera la habilitación de un camino interno entre las unidades de almacenamiento, de una única faja de 13 metros, aproximadamente, con una longitud aproximada de 1.470 metros. Cabe indicar que, no se considera la generación de residuos por esta actividad, ya que, el material será utilizado en la misma área de emplazamiento del Proyecto (nivelación de terreno, relleno de zanjas, etc.). Aplicación de supresor de polvo. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo tanto en el camino de acceso a la central BESS, como en las zonas de circulación internas proyectados al interior del predio, esto, en épocas de mayor demanda de insumos y tránsito, con la finalidad de reducir las emisiones de polvo durante esta fase. El producto que se utilizará será biodegradable, de base orgánica, soluble en agua, sin interferencias negativas con el medio ambiente y de alto rendimiento. En la Figura 3. Área de aplicación del supresor de polvo, de la Adenda se muestran los lugares donde será aplicado este supresor. Montaje de equipos de la Central de Almacenamiento BESS. Obras civiles: En esta etapa se realizarán las fundaciones de los centros de transformación, canalizaciones subterráneas, estaciones de media tensión, sala de control. Al mismo tiempo comenzará la recepción, acopio y reparto de los materiales. Las canalizaciones eléctricas comenzarán con la pág. 8
apertura de las zanjas. En el fondo de la zanja se tenderá un cable de cobre desnudo, que se cubrirá con unos 10 cm de material de relleno y servirá para poner la instalación a tierra. A continuación, se colocarán los tubos de conducción eléctrica que se cubrirán nuevamente con material de relleno. Finalmente, se rellenará el resto de la zanja con el material proveniente de la excavación que después se compactará adecuadamente con medios mecánicos. Instalación eléctrica de Media Tensión: La instalación eléctrica en MT consiste en la agrupación eléctrica de todos los transformadores MVT del Proyecto para llevarlos a un punto común. Los transformadores se interconectan en paralelo formando varios circuitos eléctricos que se vuelven a interconectar entre sí en el centro de distribución eléctrica. Para llevar a cabo la interconexión de los transformadores se tenderá cable aislado de media tensión, manteniendo las normas de canalizaciones subterráneas y tendidos eléctricos subterráneos. Las conexiones en los cables MT realizarán mediante terminales tipo mufa para MT asilados con una funda aislante termo retráctil. Construcción de la Subestación Elevadora y línea de transmisión. La línea de evacuación del SAE en alta tensión se conectará a la subestación existente S/E Carrera Pinto el patio de conexión de 220 kV. El montaje se inicia realizando excavaciones según el tamaño de cada estructura, se realiza el sello de fundación, posteriormente se realiza el montaje vertical de cada estructura y la compactación por capas de la excavación con material nuevo o material mejorado de la misma excavación. Se ejecutarán las fundaciones necesarias para las estructuras de apoyo de la línea de evacuación en todo el trazado proyectado los cuales una vez queden verticales y totalmente compactados, se procederá a las labores de vestido de estructura, instalación de aisladores y tendido de conductor la cual tiene por objetivo realizar la conexión física del conductor desde el proyecto al punto de conexión. Para la instalación de postes se considera un camión pluma, retroexcavadora, escalera, con cuadrillas de 4 personas y un promedio de 4 a 6 horas por poste. Para la Instalación de cableado se considera 1 camioneta, camión pluma, escalera mecánica y con un tiempo promedio de 45 horas laborales por km. Pruebas de energización y puesta en marcha. Para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa del Proyecto, se consideran tres niveles de pruebas: • Pruebas de equipos Estas pruebas serán todas pruebas locales, realizadas precisamente a “pie de equipo”. Ello significa segregar funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder considerarlo como un sub-sistema o unidad de ensayo totalmente independiente en sí misma. Estas pruebas tienen por objeto: - Verificar que el montaje se haya realizado conforme a la documentación técnica del Proyecto, a las instrucciones del proveedor y a las reglas del buen arte. - Verificar el correcto funcionamiento del equipo en cuestión, mediante los controles indicados en las normas respectivas, manual del fabricante y cualquier otra especificación especial previamente señalada.
• Pruebas de sistemas En estas pruebas la unidad de ensayo comprenderá a sistemas, sub-sistemas y/o conjuntos de equipos, con sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a los efectos de las pruebas.
• Pruebas conjuntas Estas pruebas comprenderán el funcionamiento del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un listado resumido de ellos es el siguiente: - Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en condiciones de operación nominal y normal. - Revisión final de toda la instalación. Verificación por simulación de distintas maniobras para la energización. Desmantelamiento de la instalación de faena. Para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa del Proyecto, se consideran tres niveles de pruebas: • Pruebas de equipos Estas pruebas serán todas pruebas locales, realizadas precisamente a “pie de equipo”. Ello significa segregar funcionalmente el equipo del sistema al que pertenece para poder considerarlo como un sub-sistema o unidad de ensayo totalmente independiente en sí misma. Estas pruebas tienen por objeto: pág. 9
- Verificar que el montaje se haya realizado conforme a la documentación técnica del Proyecto, a las instrucciones del proveedor y a las reglas del buen arte. - Verificar el correcto funcionamiento del equipo en cuestión, mediante los controles indicados en las normas respectivas, manual del fabricante y cualquier otra especificación especial previamente señalada.
• Pruebas de sistemas En estas pruebas la unidad de ensayo comprenderá a sistemas, sub-sistemas y/o conjuntos de equipos, con sus correspondientes cables de interconexión, todos los cuales deberán constituir unidades funcionales diferenciadas y sustanciales completas en sí misma. Estas unidades se consideran como un todo indivisible a los efectos de las pruebas.
• Pruebas conjuntas Estas pruebas comprenderán el funcionamiento del conjunto de los sistemas, interactuando simultáneamente. Un listado resumido de ellos es el siguiente: - Disposición de todos los equipos, servicios y elementos en condiciones de operación nominal y normal. - Revisión final de toda la instalación. Verificación por simulación de distintas maniobras para la energización. Transporte y vialidad En la siguiente Tabla se presenta el flujo de viajes asociado a la fase de construcción del Proyecto.
Tipo de transporte Tipo de vehículo Origen - Destino Ruta Año 1 Año 2 Viajes/año Viajes/año Unidades de Almacenamiento Camión Rampla Limite Regional - Proyecto Ruta 5 / Ruta 30 / Ruta 31 CH / C17 404 - Inversores, Transformad ores y Cableado Camión Rampla Limite Regional - Proyecto Ruta 5 / Ruta 30 / Ruta 31 CH / C17 202 - Hormigón Camión Mixer 8 m3 Copiapó - Proyecto C-33 / Ruta 31 CH / C-17 20 - Agua Potable Camión Mediano Copiapó - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 104 48 Agua Industrial Camión Aljibe 25 m3 Copiapó - Proyecto C-33 / Ruta 31 CH / C-17 24 12 Supresor de polvo Camión Aljibe 25 m3 Limite Regional - Proyecto Ruta 5 / Ruta 30 / Ruta 31 CH / C17 8 4 Maquinarias Camión Rampla Copiapó - Proyecto C-33 / Ruta 31 CH / C-17 14 4 Áridos Camión Tolva 20 m3 Copiapó - Proyecto C-33 / Ruta 31 CH / C-17 32 - Materiales, combustible e insumos varios Camión Mediano Copiapó - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 104 48 Baños Químicos Camión Mediano Copiapó - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 208 96 Transporte de Personal Camioneta Copiapó - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 1.920 960 Bus 960 - Residuos Domiciliarios Camión Mediano El Chulo - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 192 144 Residuos Industriales Camión Mediano El Chulo - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 35 18 pág. 10
Residuos Peligrosos Camión Mediano Solenor - Proyecto Ruta 31 CH / C-17 4 2 Fuente: Tabla 3 Adenda. Recursos naturales renovables Suelo: Durante la fase de construcción, las actividades constructivas del Proyecto requieren la extracción de 1.565,5 m3 aproximadamente de suelo proveniente de las actividades de excavación, necesarias para la instalación de cableado subterráneo de la Central BESS. El suelo extraído será reutilizado en los rellenos de las mismas excavaciones. Cabe destacar que, el Proyecto se emplaza en suelos con capacidad de uso VI, VII y VIII, que corresponde a suelos sin valor agrícola, siendo las dos primeras clasificaciones utilizadas para ganadería o explotación forestal, mientras que VIII, corresponde a suelos sin valor agrícola, ganadero o forestal. Su uso está limitado solamente para la vida silvestre, recreación o protección de hoyas hidrográfica. (Anexo 2.1 “Estudio Edafológico y Agrológico” de la DIA). Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS MP: Tasa de emisión: 12,0 t/año 1 y 2,47 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 14,5 t de material particulado MP. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado, además se humectarán frentes de trabajo. MP10: Tasa de emisión: 2,8 t/año 1 y 0,55 t/año 2 Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 3,3 t de material particulado MP10. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado, además se humectarán frentes de trabajo. MP2,5: Tasa de emisión: 0,7 t/año 1 y 0,13 t/año 2 Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 0,8 t de material particulado MP2.5. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado, además se humectarán frentes de trabajo. NOx: Tasa de emisión: 2,3 t/año 1 y 0,57 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 2,8 t de NOx. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión de motores de maquinarias. No se contemplan medidas de abatimiento de NOx durante la fase de construcción. CO: Tasa de emisión: 1,1 t/año 1 y 0,34 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 1,4 t de CO. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión de motores de maquinarias. No se contemplan medidas de abatimiento de CO durante la fase de construcción. SO2. Tasa de emisión: 0,01 t/año 1 y 0,001 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 0,01 t de SO2. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión de motores de maquinarias. No se contemplan medidas de abatimiento de SO2 durante la fase de construcción. COV: Tasa de emisión: 0,1 t/año 1 y 0,045 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 0,2 t de COV. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión de motores de maquinarias. No se contemplan medidas de abatimiento de COV durante la fase de construcción. NH3: Tasa de emisión: 0,004 t/año 1 y 0,001 t/año 2. Durante los 18 meses de la fase de construcción, se generarán 0,005 t de CO. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión de motores de maquinarias. No se contemplan medidas de abatimiento de NH3 durante la fase de construcción. EFLUENTES Residuos Líquidos Doméstico: Estos corresponderán a los provenientes de baños y lavamanos. Tanto en la IIFF transitoria como durante el período de la habilitación y obtención del permiso sectorial, se dispondrá de baños químicos en la cantidad requerida por la mano de obra. Además, se implementará baños químicos en los frentes de trabajo, según lo establecido en el D.S. N°594/1999, de manera que se cumpla el requerimiento sanitario asociado al total de trabajadores que laboren en dichos frentes. pág. 11
Una vez que se hayan habilitado los servicios higiénicos, las aguas servidas generadas serán conducidas hasta una fosa séptica correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia fosa cada seis (6) meses o según necesidad. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de construcción será de aproximadamente 3 m3 /día, considerando una mano de obra máxima de 20 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día, lo que implica una cantidad de 60 m3/mes con una frecuencia de retiro de 3 veces por semana. El agua servida generada del Proyecto será de tipo domiciliaria, por lo que los lodos a generarse en el sistema de recolección de aguas servidas no contendrán sustancias reactivas o tóxicas, ni presentará características de peligrosidad. Los lodos serán retirados con una periodicidad máxima de 6 meses, por una empresa autorizada y serán enviados a un sitio de disposición autorizado y se mantendrán en faena los registros de dichas disposiciones. Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. El manejo de los lodos desde el sistema de fosa séptica comprende las siguientes etapas: • El retiro de los lodos o residuos se hará de forma periódica por medio de un camión limpia fosa hermética autorizado para tal motivo. • Los lodos no serán retirados en su totalidad, ya que estos se consideran necesarios para mantener el sistema en funcionamiento. • El retiro de los lodos y grasas flotantes se hace con camiones equipados para la extracción de aguas servidas. • El retiro debe hacerse con personal experimentado y autorizado. Al respecto la SEREMI de Salud de la Región de Atacama señaló, mediante el Ord. N° 1686 de fecha 27.01.2025, que la implementación del sistema de tratamiento no podrá superar los 6 meses, mantenido en este contexto los medios verificadores que acrediten que la trazabilidad del retiro de las aguas servidas de los baños químicos sea a un lugar para el tratamiento posterior o eliminación acorde a la normativa vigente. Se llevará un estricto control de las mantenciones y el retiro de los residuos de los baños químicos y los lodos, disponiendo para control de la Autoridad el documento timbrado que certifique la disposición final en un recinto autorizado.
RUIDO Fuente Descripción de la Fuente de Ruido Lw [dBA] FEQ1 Camión mixer 98,4 Rodillo compactador Motoniveladora FEQ2 Retroexcavadora * 99,2 Camión tolva * Cargador frontal FEQ3 Retroexcavadora 100,8 Camión pluma Toro Minitou FEQ4 Camioneta 96,8 FEQ5 Camión pluma* 98 Bus FP1 Taladro 93
Total 110,0 Fuente: Anexo 1.4 de la Adenda. Como acción de control, se implementará, también, la restricción de fuentes de ruido para los frentes de trabajo mencionados en la tabla anterior con un asterisco (*), cuyas maquinarias no podrán operar en simultáneo bajo ninguna condición.
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GASES DE EFECTO INVERNADERO Se efectuó la estimación de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta utilizando factores de emisión actualizados y reconocidos como son Department for Environment Food and Rural Affairs, Reino Unido con sus siglas DEFRA, EMEP/EEA. Air Pollutant Emission Inventory Guidebook. 2023. las directrices del IPCC, el GHG Protocol, la EPA y Huella Chile. Los resultados presentados, demuestran que durante la Fase de Construcción año 1 se generarán la mayor cantidad de CO2eq con un total de 557,31 y 0,25 t de carbono negro. Así los resultados obtenidos de la estimación de GEI serían los sicabe destacar que los niveles de actividad son presentados en el informe de estimación de emisiones atmosféricas del proyecto (Anexo 1.3 de la DIA) Tipo de transporte Nivel de Actividad, km Nivel de Actividad, consumo combustible, t Factor de Emisión Emisión, t CO2eq Bus 70.848,0 - 0,1014 CO2 kgCO2eq/personakm 287,39 70.848,0 - 0,00001100 CH4 kgCO2eq/personakm 0,03 70.848,0 - 0,000729 N2O kgCO2eq/personakm 2,07 Camioneta 213.048 - 0,2003 CO2 kgCO2eq/km 42,67 213.048 - 0,000005 CH4 kgCO2eq/km 0,00 213.048 - 0,00167 N2O kgCO2eq/km 0,36 Vehículos pesados 267.217,9 - 0,8141 CO2 kgCO2eq/km 217,53 267.217,9 - 0,0002 CH4 kgCO2eq/km 0,05 267.217,9 - 0,0089 N2O kgCO2eq/km 2,37 Maquinaria - 124,1 3,16 CO2 kgCO2eq/t 0,39 - 124,1 4,032 CH4 kgCO2eq/t 0,02 - 124,1 35,775 N2O kgCO2eq/t 4,44 Total, t CO2 eq 557,31
VIBRACIONES En la siguiente Tabla, se detallan los Niveles de Velocidad Vibratoria de la maquinaria que se utilizará tanto en la fase de construcción como en la de cierre del proyecto y de la cual existe información en la normativa de referencia FTA 2018. Fuente Descripción de la Fuente de Vibración VPP por fuente vibratoria equivalente [in/s] FEQ1 Camión mixer 0,134 Rodillo compactador Motoniveladora FEQ2 Retroexcavadora * 0,035 Camión tolva * Cargador frontal FEQ3 Retroexcavadora 0,035 Camión pluma Toro Minitou FEQ4 Camioneta 0,006 FEQ5 Camión pluma* 0,035 Bus Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos Sólidos asimilables a Domiciliario: Este tipo de residuos corresponderán principalmente a desechos de oficina, desechos vegetales, generados por la dotación de trabajadores. Se estima que se generarán un total de 0,4 ton/mes considerando una tasa de 1 pág. 13
kg/persona y 20 trabajadores como máximo durante la fase de construcción. Estos residuos serán almacenados en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y, posteriormente, serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, ubicados en el patio de residuos, para finalmente ser retirados periódicamente, tres (3) veces por semana o según requerimiento, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Las empresas que realicen este servicio extenderán un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. Mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios se presentan en el Anexo 35 de la Adenda “PAS 140”. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos son aquellos desechos inertes que, por sus características, formas o volumen no son asimilables a residuos sólidos domiciliarios, pero no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. N° 148/2004 “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. Se espera que, durante la fase de construcción, se generen alrededor de 800 kg en promedio mensual de RSINP, los que corresponden principalmente a embalajes de maderas (pallets), plásticos, cartones, despuntes de acero, cableado, entre otros. Este tipo de residuos serán manejados directamente en los frentes de trabajo e instalación de faenas. En el punto de generación de este tipo de residuos, se realizará una selección y separación por tipo, con la finalidad de facilitar un posterior proceso de reciclaje y/o reutilización de estos materiales. En caso de que ello no sea posible, los residuos serán enviados al Patio de Acopio de Residuos para su almacenamiento temporal. En este patio los residuos son segregados según tipo, acopiados a granel sobre suelo compactado y nivelado, generalmente en el mismo pallet en que se reciben los equipos. Asimismo, los materiales reciclables podrán ser reutilizados o vendidos a terceros. Mayores antecedentes respecto a la cantidad y manejo de los Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios se presentan en el Anexo 35 de la Adenda “PAS 140”.
RESIDUOS PELIGROSOS Envases vacíos de espuma boom: Cantidad estimada: 0,004 (t/mes). Tipo de peligrosidad: Inflamable / Tóxico crónico. Clasificación Art.18 del D.S N°148/2003: I.15. Clasificación Art.90 del D.S. N°148/2003: A4130. Frecuencia de retiro: 1 vez cada 3 meses. Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. No superando los 6 meses de almacenamiento. Envases vacíos con pinturas/ Envases con solventes/impermeabilizante: Cantidad estimada: 0,004 (t/mes). Tipo de peligrosidad: Inflamable / Tóxico crónico: Clasificación Art.18 del D.S N°148/2003: III.2: Clasificación Art.90 del D.S. N°148/2003: A4070. Frecuencia de retiro: 1 vez cada 3 meses. Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. No superando los 6 meses de almacenamiento Restos de grasas y aceites: Cantidad estimada: 0,004 (t/mes). Tipo de peligrosidad: Inflamable / Tóxico crónico. Clasificación Art.18 del D.S N°148/2003: III.2. Clasificación Art.90 del D.S. N°148/2003: A4140. Frecuencia de retiro: 1 vez cada 3 meses. Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. No superando los 6 meses de almacenamiento Arena/ tierra contaminada con combustible o grasa: Cantidad estimada: 0,004 (t/mes). Tipo de peligrosidad: Inflamable / Tóxico crónico. Clasificación Art.18 del D.S N°148/2003: I.18. Clasificación Art.90 del D.S. N°148/2003: A3170. Frecuencia de retiro: 1 vez cada 3 meses. Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. No superando los 6 meses de almacenamiento. Paños y EPP contaminados: Cantidad estimada: 0,004 (t/mes). Tipo de peligrosidad: Inflamable / Tóxico crónico. Clasificación Art.18 del D.S N°148/2003: I.18. Clasificación Art.90 del D.S. N°148/2003: A3020. Frecuencia de retiro: 1 vez cada 3 meses. Disposición final: Sitio de disposición final autorizado. No superando los 6 meses de almacenamiento. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS Pinturas solventes y Barnices: Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirá del pág. 14
uso de algunas sustancias peligrosas, las cuales serán abastecidas por empresas autorizadas, el consumo mensual será menor a 50 kg y se almacenarán en una bodega común, en estantes diferenciados para SUSPEL, utilizando señalética adecuada. No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.6.4. Emisiones y efluentes Punto 4.6.5. Residuos y productos químicos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Obras Central de Almacenamiento BESS El Proyecto estará conformado por 101 unidades de almacenamiento, cada unidad consistirá en 2 contenedores BESS de 7,9 MWh c/u, que tendrán en conjunto una potencia de almacenamiento máxima de 1.596 MWh de energía eléctrica. A continuación, se resumen las características generales de las unidades de almacenamiento y se muestra la estructura estándar de una unidad de almacenamiento. Los componentes principales que forman el corazón tecnológico de la central de almacenamiento se describen de manera resumida a continuación: - Unidades de Almacenamiento: se encuentra formado por la unión de baterías de ion-litio, donde se almacena directamente la energía eléctrica, en corriente continua y en baja tensión. El objetivo de este sistema es acumular la energía generada durante el día por las unidades eléctricas dedicadas exclusivamente para este fin al interior de la central, para luego inyectar esta energía a la red durante la noche y/u horas de mayor demanda y menos radiación solar, como la hora peak de la tarde-noche, por ejemplo. - Sistema general de monitorización: permitirá el control e inspección remota del Proyecto, a través de equipos auxiliares de circuito cerrado de cámaras de seguridad (en adelante “CCTV”) y monitoreo de todos los equipos y parámetros del sistema a través del sistema SCADA. Cerco Perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Fundaciones y cableados de las unidades de almacenamiento Las fundaciones de hormigón serán la base para el emplazamiento del contenedor de baterías. Los cables provenientes desde las baterías cumplirán con la normativa vigente según el pliego técnico D109-RPTD2021, en cuanto a aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de las unidades de almacenamiento estarán protegidos contra la degradación por efecto de las condiciones ambientales y elevada temperatura. El cableado, entre los puntos de conexión, se efectuará mediante cables eléctricos flexibles y de longitud adecuada para permitir la conexión y el traslado de la energía, donde el diseño considera disminuir la caída de tensión, pérdidas eléctricas y que no exista peligro de cizalladura por sobre esfuerzo de la tensión mecánica al conductor. Centros de Transformación (CDT El transformador es indispensable como herramienta, este recibe la corriente alterna en baja tensión y la transforma en corriente alterna en media tensión, para permitir la inyección de potencia a la red eléctrica de media tensión. Línea interna de evacuación (33 kV) Línea en Corriente Alterna en Media Tensión: A partir de cada Centro de Transformación, el cableado de corriente alterna de media tensión se realizará mediante canalizaciones que pueden ser subterráneas o aéreas, según corresponda. La línea soterrada considera cables para la instalación subterránea, tipo mono conductores, con aislación, para las instalaciones aéreas se considera conductor monofásico de aluminio desnudo. De acuerdo el pliego técnico D109-RPTD 2021, las zanjas para el cableado directamente enterrado se ejecutarán con una profundidad de 0,8 m con refuerzo de hormigón. Se asegurará, en todo momento, que el cable quede correctamente instalado sin haber recibido daño alguno y que se ofrezca seguridad frente a excavaciones realizadas por terceros. Para lo anterior, se seguirán las instrucciones que se describen a continuación: • El lecho de la zanja que va a recibir el cable será liso y estará libre de aristas, cantos, piedras, etc. En el mismo se dispondrá de una capa de arena de 5 cm. de espesor mínimo pág. 15
sobre la que se colocará el cable. Por encima del cable irá otra capa de arena de 5 cm. de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja, la cual será suficiente para mantener 5 cm. entre los cables y las paredes laterales. • Por encima de la arena se colocará una capa de mortero de cemento coloreado de 0,10 m de espesor o ladrillos o pastelones de hormigón. Se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión. La distancia mínima al suelo será de 10 cm y a la parte superior del cable de 25 cm. Sobre la superficie donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc. temporal o permanente. Subestación Elevadora (HVT) (33/220 kV – 300 MVA) Cumple la función de elevar la tensión desde el transformador CDT del Proyecto al voltaje de la línea existente del CEN en 220 kV, por medio de un transformador de poder (HVT). Las instalaciones principales de la subestación se pueden dividir en: - Transformador (33kV/220 kV). - Sistema de media tensión. - Sistema de alta tensión (220 kV). - Sistema de control, comunicaciones y protección - Sistema de puesta a tierra. - Servicios propios de la subestación. En la Figura 7 del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria se muestra un esquema referencial de la esta Subestación. Sala Eléctrica La sala eléctrica será el lugar de control remoto del sistema. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y seguridad de todo el Proyecto. Se construirá sobre 6 poyos de hormigón, con revestimiento resistente al fuego tipo syding en el exterior y techumbre de zinc-aluminio u otro similar. Esta sala contará con un rack de comunicaciones y tableros de control de los equipos del Proyecto. Camino de acceso y zonas de circulación interna Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estacionamientos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega y Baño Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Fosa séptica Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega RESPEL Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Línea de transmisión 220 kV La evacuación de la energía proveniente de la central de almacenamiento será mediante una línea de transmisión 220 kV de aproximadamente 3,58 km de largo, la cual estará compuesta de estructuras del tipo torres reticuladas de acero y estructuras en postes de hormigón. Además, cumplirá la función de conectar el proyecto al Sistema Eléctrico Nacional, específicamente en la Subestación existente Carrera Pinto 220 kV. Considera 13 estructuras en una parte aérea y 2 estructuras en un tramo soterrado justo antes de ingresar a la Subestación. También, considera una franja de seguridad 20 metros desde el eje central de la línea (40 metros en total), al interior de la cual se emplazarán las plataformas para montar las estructuras. Defensa Fluvial El proyecto contempla la construcción de una obra de defensa tipo pretil, definida según la Guía de Reconocimiento de Obras Tipo y de Procedimientos del MOP (2009), como un muro de sección trapezoidal construido con tierra o materiales granulares compactados. La cota de coronamiento se establece en función de la cota de inundación máxima correspondiente a una crecida centenaria (T=100 años) y una revancha mínima de 0,5 m. La altura de la obra de defensa respecto al nivel de terreno debe ser como mínimo de 1 m con una profundidad al nivel de fundación de 1 m como mínimo. Respecto a la longitud para la Defensa Fluvial, se proyectan 618 metros según el emplazamiento determinado en el Modelo Hidráulico Computacional HEC-RAS. Respecto al ancho de la obra esta tendrá variación según lo indique el estudio de suelo y las características de este, lo cual debe ser presentado en la evaluación sectorial junto a memoria estructural de las defensas fluviales. Para más detalles en Anexo 3.7 PAS 157 de la Adenda Badén Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Luminarias Se contempla la instalación de 56 luminarias en el área de proyecto para su utilización durante pág. 16
la fase de operación, con una potencia eléctrica total de 2.240 Watts. Contará con las siguientes características; • Implementación de luminarias con protecciones o capuchas. • Orientar las luminarias hacia el suelo. Se deberá velar que todas las luminarias sean del tipo “Cut-off”, de tal manera que se garantice que el flujo luminoso no irradie hacia el hemisferio superior y se evite la contaminación lumínica. • Se contempla instalar luminarias modelo T65 HPWINNER (o similar), cuya ficha técnica se adjuntó en el Anexo 1.6 “Ficha Técnica T65 HPWINNER” de la Adenda, mientras que el detalle de las ubicaciones se encuentra en el Anexo 1.7 “Ubicación de Luminarias” de la Adenda. Patio para el manejo de residuos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acciones Operación remota Posterior a las Pruebas de energización y puesta en marcha, se comenzará con la operación del Proyecto, la cual será realizada en forma remota y en tiempo real, razón por la cual no requerirá de personal de forma permanente dentro de la obra. La operación del Proyecto se hará de manera remota, controlada y supervisada vía Internet. El área de Proyecto cuenta con un sistema SCADA integrado, el cual está en constante comunicación con todos los equipos, componentes y parámetros del Proyecto, de esta forma, no se contempla la permanencia de personal en sitio durante esta fase. El sistema SCADA permite seguir y supervisar en tiempo real y remotamente y, además, se estará en constante comunicación con el Coordinador Eléctrico Nacional (en adelante “CEN”) del SEN para el mantenimiento y operación. Para las visitas, mantenimientos (limpieza principalmente) e inspecciones, se contarán con todos los servicios higiénicos, equipos, herramientas, EPP y de trasporte necesarios para llevar a cabo dichas actividades, de acuerdo con las necesidades y al número de personas involucradas en estas tareas. 1. Transmisión y evacuación de energía. La línea de evacuación del Proyecto en alta tensión será de 220 kV, la cual se conectará a la Subestación existente SEN “220kV Carrera Pinto” 2. Actividades de mantención y conservación. Como se mencionó anteriormente, el control y supervisión del Proyecto se realizará de manera automática y remota, a través del sistema SCADA, por lo que, durante la fase de operación no se mantendrá personal permanente, ya que, las actividades de mantención son mínimas y dispersas durante el año. Estas mantenciones serán realizadas por personal propio o por contratista autorizado, el cual estará capacitado y especializado para estas labores, los cuales se movilizarán en vehículos livianos hasta el lugar de emplazamiento (1 visita cada mes, como máximo) para ejecutar las actividades descritas a continuación. Mantenimiento de sistema de almacenamiento en baterías (BESS) Las actividades de mantenimiento del sistema BESS se dividen en dos (2) tipos: - Mantenimiento preventivo: estas acciones tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza del sistema de almacenaje eléctrico para la prevención de fallas. Todas las actividades de mantención se realizarán semestralmente y/o en función de las indicaciones de los fabricantes. - Mantenimiento correctivo: estas acciones corresponden a reparaciones a las instalaciones o equipos del sistema BESS cuando ocurran o se detecten fallas que comprometan su funcionamiento o impliquen otro tipo de riesgos. Estas actividades pueden considerar correcciones, reparaciones o recambio de equipos. Estas actividades no son programadas, efectuándose solamente ante la ocurrencia de un evento. Se aclara que, las tareas de revisión y mantención del sistema de baterías descritas anteriormente se realizarán durante las mismas visitas de mantenimiento programadas para el resto del Proyecto, por lo que no se generarán nuevos viajes adicionales durante la fase de operación. Es importante destacar que, las baterías de litio que serán utilizadas, en caso de falla, serán enviadas directamente al fabricante al final de la vida útil del Proyecto, no considerando el reemplazo in situ de estas. Las pérdidas relacionadas a la falla de baterías se encuentran consideradas dentro de la planificación del Proyecto. Mantenimiento eléctrico Preventivo El mantenimiento eléctrico preventivo consiste en un programa de supervisión de equipos y partes para prevenir fallos o seguir indicaciones del fabricante de los equipos. Por lo general, estas actividades se realizan por personal técnico en las mismas visitas de limpieza, o de manera diferenciada, de acuerdo con cada caso, su frecuencia estimada es, en promedio, 2 veces por año. Dentro de las actividades se encuentra: pág. 17
Revisión de sistemas de monitoreo.
Revisión visual de equipos eléctricos y conexiones. Limpieza de placas según estado y periódicamente. Almacenaje de Materiales y Recambios. - Servicio de control y almacenaje de stock de materiales y recambios para el Proyecto. - Control de Material Entrada y Salida. - Elaboración de inventario. - Control de stock. - Gestión de pedidos a proveedores. - Elaboración de partes administrativos. - Registro. Mantenimiento Correctivo (24 h.) El control automático de la Central BESS permite identificar en tiempo real averías o fallos en el sistema. Se contará con personal capacitado el cual se movilizará hasta el lugar de emplazamiento y puede actuar ante algún tipo de incidencias imprevistas, durante las 24 h. Este personal estará capacitado para: - Solución de cualquier incidencia extraordinaria. - Reparar averías, sustitución de componentes, herrajes. - Reparar averías de inversores, incluso sustitución parcial y total. - Reparar averías de celdas de Media y Alta Tensión (MT) incluido cable seco. - Reparar averías de Transformadores de potencia, incluso sustitución. - Maniobras de sustitución de fusibles, maniobras de intemperie. - Análisis termográfico, etc. Transporte Tipo de transporte Tipo de vehículo Ruta Capacidad (Toneladas) Viajes/año (Ida y Vuelta) Agua Potable Camión Mediano - Ruta 31 CH / C-17 12,9 24 Limpia Fosas Camión Mediano - Ruta 31 CH / C-17 12,9 4 Transporte de personal Camioneta - Ruta 31 CH / C-17 1,0 24 Residuos peligrosos Camión Mediano - Ruta 31 CH / C-17 12,9 4 Productos generados Durante esta fase, el Proyecto no considera la generación de productos. Recursos naturales renovables Durante esta fase, el Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales renovables ni ningún otro recurso existente en el sector del emplazamiento para la fase de operación del Proyecto Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,32 t de material particulado MP. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto no considera la supresión de material particulado durante la fase de operación, ya que las emisiones son muy reducidas, debido a que la operación es remota y solo tiene visitas esporádicas durante el año. MP10: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,09 t de material particulado MP10. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto no considera la supresión de material particulado durante la fase de operación, ya que las emisiones son muy reducidas, debido a que la operación es remota y solo tiene visitas esporádicas durante el año. MP2,5: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,01 t de material particulado MP2.5. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. El Proyecto no considera la supresión de material particulado durante la fase de operación, ya que las emisiones son muy reducidas, debido a que la operación es remota y solo tiene visitas esporádicas durante el año. NOX: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,006 t de NOx. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión vehicular. No se contemplan medidas de abatimiento de NOx durante esta fase. CO: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,0003 t de CO. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión vehicular. No se contemplan medidas de pág. 18
abatimiento de CO durante esta fase. SO2: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,00002 t de SO2. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión vehicular. No se contemplan medidas de abatimiento de SO2 durante esta fase. COV: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,00008 t de COV. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión vehicular. No se contemplan medidas de abatimiento de COV durante la fase de operación. NH3: Durante cada año de la fase de operación, se generarán 0,00003 t de NH3. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión vehicular. No se contemplan medidas de abatimiento de NH3 durante esta fase.
EFLUENTES Residuos Líquidos Domésticos: Corresponderán a los efluentes líquidos provenientes de baños y lavamanos, asociados a una (1) visita de mantención mensual. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de operación será de aproximadamente 0,3 m3 /día, considerando una mano de obra máxima de 2 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta un sistema de fosa séptica correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia fosa.
RUIDO Durante la operación del proyecto, alrededor de las líneas de transmisión, puede producirse el efecto corona, el cual consiste en la ionización del aire que rodea a los conductores cuando el gradiente del campo eléctrico supera un valor crítico. Esto sucede principalmente en condiciones meteorológicas de alta humedad y lluvia, produciendo pequeñas descargas eléctricas, interferencias electromagnéticas, efluentes gaseosos, emisiones lumínicas y ruido audible (AN). Este último es manifestado como un ruido de banda ancha en conjunto a un zumbido de baja frecuencia, con una componente principal de 100 o 120 Hz para sistemas eléctricos de 50 y 60 Hz respectivamente. Los valores de ruido audible y de potencia de la fuente lineal, por metro, obtenidos para las líneas, son los siguientes: Tabla: Nivel de ruido audible y potencia acústica de línea de transmisión 220 AR220 H19. Fases AN Distancia de inmisión D0 [m] Lw’ [dB(A)/m] 1 18,65 7 70,3 2 18,65 7 3 18,65 7 Fuente: Tabla 15 del Anexo 1.4 de la adenda complementaria.
VIBRACIONES Fuente de ruido y Maquinaria: CTs_EQ - Centros de Transformación, 101 unidades Periodo de Tiempo: 30 años Acción y parte u obra: Transformación de Tensión – Almacenamiento de Energía Valor emisión: 0,0301 [in/s] cada unidad Medida de control: No requiere. CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS El efecto del Proyecto sobre los niveles de campo electromagnético para la fase de operación se ha determinado mediante una revisión de literatura técnica, la cual se desarrolla en el Anexo 1.8 “Estimación de Campos Electromagnéticos” de la DIA. Con apoyo de la información recopilada de la bibliografía técnica pertinente, se entrega a continuación la estimación de valores de campo eléctrico y campo magnético de frecuencia industrial generados por las instalaciones principales que contempla el Proyecto. En la siguiente Tabla se presentan los valores del nivel de campo electromagnético generado por el Proyecto. pág. 19
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS
Residuos Sólidos asimilables a Domiciliarios: Estos residuos son de generación diaria e incluyen restos orgánicos, papeles y plásticos. La cantidad estimada de generación es de 0,002 ton/mes. Los residuos serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en el frente de trabajo móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones), para posteriormente ser llevados a diario al área de acopio de residuos. Debido a que la generación está asociada a las labores de mantención, la frecuencia de retiro será cada vez al termino de dichas labores, realizado por empresas especializadas en relleno sanitario u otro sitio autorizado. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Estos son residuos de mantención como: envases, paños de limpieza, entre otros por el estilo. La cantidad estimada de generación es de 0,024 ton/mes. Los residuos serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en el frente de trabajo móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones), para posteriormente ser llevados a diario al área de acopio de residuos. Estos residuos serán retirados al final de las actividades de mantención por empresas especializadas, para su disposición final en lugares autorizados para estos efectos, los cuales, al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Residuos peligrosos
Estos residuos consideran:
Envases vacíos de espuma boom
Envases vacíos con pinturas
Envases con solventes/impermeabilizante
Restos de grasas y aceites
Arena/tierra contaminada con combustible o grasa
Paños y EPP contaminados La cantidad estimada de generación es de 0,005 ton/mes, y su almacenamiento temporal será en la bodega RESPEL destinada para este objetivo, en tambor metálico con tapa rotulado y cerrado. Se realizarán retiros 1 vez cada 6 meses, frecuencia que puede ser mayor, dependiendo de la velocidad y cantidad de generación. La disposición final será en un sitio autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Punto 4.7.3. Productos generados Punto 4.7.5. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.7.6. Emisiones y efluentes Punto 4.7.7. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar al medio ambiente. 4.3.3. FASE DE CIERRE Obra Cerco Perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Camino de acceso y zonas de circulación interna Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. pág. 20
Estacionamientos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega y Baño Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Fosa séptica Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega RESPEL Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio para el manejo de residuos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Instalación de faenas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Zona de acopio de materiales Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acción Habilitación de instalación de faenas desmantelamiento de la central BESS La actividad será similar a la de la fase de construcción, sin embargo, el fin será el desmantelamiento del Parque. Esta actividad marca el hito de inicio de la fase, Desmantelamiento de instalaciones Desmantelamiento de línea de transmisión: Se procederá a retirar toda la infraestructura de la Línea de Interconexión en su tramo aéreo y subterráneo. Desarme de instalaciones: En esta etapa se desarma todo el equipamiento asociado (transformadores, interruptores, desconectadores, etc.). De igual manera, se retirarán los postes de hormigón y el cable de alta tensión que es utilizado para la inyección de energía desde el Proyecto hacia el Sistema Eléctrico Nacional. Desmantelamiento de bodegas y sala eléctrica: Asimismo, serán desmanteladas la sala eléctrica, y la bodega de la central BESS Plan de Revegetación El objetivo general es restaurar la geoforma o morfología vegetacional del área intervenida del Proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”. La restauración se aplicará a 9,5 hectáreas que corresponden a la unidad vegetacional Matorral Medio Muy Escaso de Adesmia atacamensis. Se reforestarán 399 plantas de especies nativas adaptadas a zonas áridas: Adesmia atacamensis, Encelia canescens y Ephedra chilensis. Los detalles de esta acción se presentan en el Anexo 1.2 de la Adenda Complementaria. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación u otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto Si bien no se realizarán grandes modificaciones a la geoforma del lugar, ya que sólo se requieren fundaciones para habilitar los centros de transformación, y no se realizará escarpe en el área del terreno donde se ubicarán las unidades de almacenamiento, se consideran obras y/o partes que fueron instaladas de manera subterránea, por ejemplo, cableado, al ser retirado, se utilizará el mismo volumen de suelo que será removido. Por lo anterior, restaurará la geoforma levemente alterada y se dejará el sitio similar a las condiciones basales de suelo y de geomoforlogías. Prevenir futuras emisiones para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua Para la fase de cierre el Proyecto no generará pasivos que puedan gatillar futuras emisiones, asimismo, el Proyecto no dejará material u obra restante que pudiesen convertirse en fuentes emisoras de algún tipo de contaminación sobre el ecosistema incluido el aire, suelo y agua. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias Dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del Proyecto posterior al cierre. Limpieza y cierre del sector La limpieza de las áreas de trabajo corresponde al hito de término de la Fase de Cierre Se procederán a retirar todos los restos de material que hayan resultado de las labores anteriormente descritas, mediante una etapa de aseo general, con el objetivo de dejar el terreno utilizado en condiciones similares a las existentes previo a la construcción de la central BESS. pág. 21
Recursos naturales renovables En esta fase no se considera extraer recursos naturales. Emisiones y efluentes Emisiones a la Atmósfera MP: Durante toda la fase de cierre, se generarán 7,25 t de material particulado MP. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado. MP10: Durante toda la fase de cierre, se generarán 1,72 t de material particulado MP10. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado. MP2,5: Durante toda la fase de cierre, se generarán 0,41 t de material particuladoMP2,5. Estas emisiones están asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos pavimentados. El Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo de los caminos propios del proyecto, para el abatimiento de material particulado. NOx: Durante toda la fase de cierre, se generarán 1,24 t de NOx. Estas emisiones están asociadas principalmente a la operación maquinaria y Equipos. No se contemplan medidas de abatimiento de gases durante la fase de cierre. CO: Durante toda la fase de cierre, se generarán 0,57 t de CO Estas emisiones están asociadas principalmente a la operación maquinaria y Equipos. No se contemplan medidas de abatimiento de gases durante la fase de cierre. SO2: Durante toda la fase de cierre, se generarán 0,003 t de SO2. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión por tránsito de vehículos por caminos pavimentados. No se contemplan medidas de abatimiento de gases durante la fase de cierre. COV. Durante toda la fase de cierre, se generarán 0,07 t de COV. Estas emisiones están asociadas principalmente a la operación maquinaria y equipos. No se contemplan medidas de abatimiento de COVs durante la fase de cierre. NH3: Durante toda la fase de cierre, se generarán 0,002 t de NH3. Estas emisiones están asociadas principalmente a la combustión por tránsito de vehículos por caminos pavimentados. No se contemplan medidas de abatimiento de gases durante la fase de cierre.
Efluentes Residuos líquidos domésticos: Estos corresponderán a los efluentes líquidos provenientes de baños y lavamanos. Se estima que el volumen de las aguas servidas generadas durante la fase de cierre será de aproximadamente 3 m3/día, considerando una mano de obra máxima de 20 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta un sistema de fosa séptica correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Los lodos serán retirados por un camión limpia fosa
Emisiones de Ruido Para las fases del proyecto, la evaluación se realiza contemplando el funcionamiento simultáneo de la totalidad de las maquinarias presentadas anteriormente. Para la fase de cierre, al igual las posiciones serán similares en construcción enfocándose en el cerco perimetral y el LAT del tramo aéreo con una potencia acústica total de 107,8 dB(A). Para cada fase, la obtención de estos valores se obtiene a partir de la suma energética de toda la maquinaria en funcionamiento simultáneo y de acuerdo con lo indicado en el cronograma, maquinaria que luego, se distribuirán en el polígono del proyecto, considerando la condición más desfavorable. Fuente Maquinaria Cantidad Altura [m] Lw [dB(A)] FPC1 Camión Pluma 1 1,5 100,8 FPC2 Retroexcavadora 1 1,5 94,8 FPC3 Cargador frontal 1 1,5 99,2 FPC4 Motoniveladora 1 1,5 105 FPC5 Rodillo compactador 1 1,5 94,6 FPC6 Camioneta 1 1,5 90,9 FPC7 Camioneta * 1 1,5 90,9 pág. 22
FPC8 Buses 1 1,5 98 Fuente Tabla 33 del Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria Como acción de control, se implementará, también, la restricción de fuentes de ruido para los frentes de trabajo mencionados en la tabla anterior con un asterisco (*), cuyas maquinarias no podrán operar en simultáneo bajo ninguna condición.
Gases de Efecto Invernadero
Se efectuó la estimación de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta utilizando factores de emisión actualizados y reconocidos como son Department for Environment Food and Rural Affairs, Reino Unido con sus siglas DEFRA, EMEP/EEA. Air Pollutant Emission Inventory Guidebook. 2023. las directrices del IPCC, el GHG Protocol, la EPA y Huella Chile. Los resultados presentados, demuestran que durante la fase de cierre año 1 se generarán la mayor cantidad de CO2eq con un total de 557,31 y 0,25 t de carbono negro. A continuación, se expone los resultados obtenidos de la estimación de GEI, cabe destacar que los niveles de actividad son presentados en el informe de estimación de emisiones atmosféricas del proyecto (Anexo 1.3 de la DIA) Tipo de transporte Nivel de Actividad, consumo combustible, t kg GEI/(unidad) Emisión, t CO2eq Vehículo pasajero o carga 51,8 2.698,55 CO2 kg/m3 Comb 166,53 51,8 0,14 CH4 kg/m3 Comb 0,25 51,8 0,14 N2O kg/m3 Comb 2,32 Maquinaria 47,8 3.160 CO2 kg/m3 Comb 151,12 47,8 0,039 CH4 kg/m3 Comb 0,05 47,8 0,136 N2O kg/m3 Comb 1,72 Total, t CO2 eq 332
Vibraciones
Fuente Vibratoria Número de maquinaria en operación PPVref a 25 ft [in/s] Tipo de Fuente/Vibración Retroexcavadora 1 0,003 Móvil/Intermitente Cargador frontal 1 0,003 Móvil/Intermitente Camión pluma 1 0,003 Móvil/Intermitente Rodillo compactador 1 0,093 Móvil/Intermitente Motoniveladora 1 0,089 Móvil/Intermitente Camioneta 2 0,003 Móvil/Intermitente Bus 1 0,003 Móvil/Intermitente Total 8 0,129
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos Residuos Sólidos asimilables a Domiciliario: Estos residuos son de generación diaria e incluyen restos orgánicos, papeles y plásticos. La cantidad estimada de generación es de 0,4 ton/mes. Los residuos serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en el frente de trabajo móvil y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo N°18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones), para posteriormente ser llevados a diario al área de acopio de residuos. Se realizarán retiros 3 veces por semana, frecuencia que se adaptará según requerimiento. La disposición final será en relleno sanitario u otro sitio autorizado. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos: Estos son residuos de desmantelamiento como: restos de cables, tuberías y revestimientos, conectores y pernos, entre otros. La cantidad estimada de generación es de 0,8 ton/mes. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el Patio de Acopio de Residuos para posteriormente ser retirados por empresas especializadas, pág. 23
para su disposición final en sitios autorizados Se realizarán retiros 1 vez cada 3 semanas, frecuencia que se adaptará según requerimiento. La disposición final será en sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva.
Residuos Peligrosos Materiales contaminados: Estos residuos consideran: • Envases y paños contaminados • Arena/tierra contaminada La cantidad estimada de generación es de 0,02 ton/mes, y su almacenamiento temporal será en la bodega RESPEL destinada para este objetivo. Se realizarán retiros 1 vez cada 6 meses, frecuencia que puede ser mayor, dependiendo de la velocidad y cantidad de generación. La disposición final será en un sitio autorizado. Baterías: La cantidad generada serán 202 unidades, por lo que la frecuencia de retiro será de 2 viajes por semana. La disposición final contempla el retorno al fabricante, empresa recicladora o sitio autorizado por SEREMI de Salud. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente No se contempla el uso de productos químicos y otras sustancias durante la Fase de Cierre del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.8.1.1. Partes y obras Tabla 4.8.1.2. Acciones Punto 4.8.3 Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Punto 4.8.4 Emisiones y efluentes. Punto 4.8.5. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena Fecha estimada de término Segundo semestre 2027 Parte, obra o acción que establece el término Declaración de inicio de operación emitida por el Coordinador Eléctrico Nacional. 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Declaración de inicio de operación emitida por el Coordinador Eléctrico Nacional. Fecha estimada de término Segundo Semestre del 2057 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión eléctrica de la línea 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Segundo semestre del 2057 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión de la línea de alta tensión. Fecha estimada de término Primero semestre 2058 Parte, obra o acción que establece el término Limpieza y cierre del sector
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental No hay pág. 24
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este riesgo Tabla 6.1. El análisis realizado durante el proceso de evaluación concluye que el proyecto no genera riesgos significativos para la salud humana debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, conforme al Artículo 5 del Reglamento SEIA. El asentamiento más cercano es Inca de Oro (≈30 km). Se identifican 4 receptores humanos en el área de influencia (distancias entre 132 m y 1.560 m de la Central BESS). Receptor UTM X (m) UTM Y (m) 1 413.100 7.013.190 2 413.340 7.012.367 3 412.795 7.010.743 4 411.475 7.011.186 Las principales razones para descartar la significancia son: 1. Bajas Emisiones atmosféricas • Modelación considera condiciones conservadoras (Clase de estabilidad 4, viento 5 m/s). • Medidas de control: supresores de polvo (≥90% eficiencia), control de velocidad y humectación. • Resultados para MP10 y MP2,5: o Valores muy bajos (ej.: MP10 máx. 2,64 µg/m³ en 24 h). o Cumplen normas y no representan riesgo. Recepto r Distancia desde perímetro (m) MP10 (24 h) MP10 (Anual) MP2,5 (24 h) MP2,5 (Anual) 1 850 0,73 0,15 0,19 0,04 2 132 2,64 0,53 0,67 0,13 3 1.560 0,39 0,08 0,10 0,02 4 1.185 0,52 0,10 0,13 0,03
- Bajos niveles de ruido • Dos receptores (R1 y R2) asociados a parques FV. • Cumplimiento normativo en todas las fases (construcción, operación, cierre). • En R2 se aplicaron medidas (restricción de simultaneidad), logrando niveles ≤39 dB(A). • Impacto temporal y controlado (fases críticas: 18 y 6 meses).
Fase Recepto r NPS proyectado (dB(A)) Sin medida NPS proyectado (dB(A)) Con medida Cumplimiento Construcció n R1: 26 41 41 Sí R2: 46 42 39 Sí Operación R1: 19 40 40 Sí R2: 38 41 41 Sí Cierre R1: 21 41 41 Sí R2: 45 42 39 Sí
- Los residuos serán manejados en instalaciones autorizadas, evitando exposición a contaminantes. Con todo, las emisiones, ruido y manejo de residuos no superan normas ni generan riesgos para la salud humana. El impacto es temporal, controlado y no significativo.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Afectación a cursos de agua superficial por obras en cauces. La ubicación de ciertas obras requerirá modificar la condición actual de algunos cauces. Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Cerco Perimetral Camino de acceso y zonas de circulación interna Central de Almacenamiento BESS pág. 25
Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2. Durante el proceso de evaluación se determinó que el proyecto no genera impactos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, conforme al Artículo 6 del Reglamento SEIA. Si bien de identificó un potencial impacto a cursos de agua superficial por obras en cauces, este no llega a ser significativo, debido a las obras de defensas fluviales (gaviones) y de diseño hidráulico para crecidas de 100 años. Respecto de la afectación al recurso suelo, el estudio edafológico y agrológico indica que los suelos del área tienen aptitud agrícola nula (CCUS VI, VII, VIII), además de limitantes como pedregosidad, bajo almacenamiento de agua, drenaje excesivo. Por otro lado, el área de intervención es puntual (8 ha) y sin excavaciones mayores a 2 m, por lo que no hay pérdida significativa de suelo ni capacidad para sustentar biodiversidad. En relación con la flora y vegetación; el área está caracterizada como desierto absoluto, con vegetación muy escasa. Se identificaron 9 especies nativas, 4 endémicas, sin especies amenazadas ni formaciones vegetales únicas. intervención limitada (8 ha) en zonas ya antropizadas. Por lo que no se afectan especies en conservación ni hábitats relevantes. Para el caso de la fauna terrestre, se presenta una baja biodiversidad típica de ecosistemas desérticos. 9 especies de fauna (2 reptiles, 6 aves, 1 mamífero), todas nativas; una “Casi Amenazada” (C. maculatus), sin afectación significativa. No hay hábitats críticos (nidificación, alimentación). En lo que atañe al aire, las emisiones serán sólo en fase de construcción (material particulado), y se cumplen las normas. La modelación MPS presentada presenta valores muy bajos (2,7 mg/m²/día vs norma 200 mg/m²/día). No se extraerán aguas superficiales ni subterráneas, el manejo de aguas servidas será mediante empresas autorizadas y fosa séptica. Por otro lado, las obras hidráulicas garantizan la no inundación y la protección de cauces. En el área de influencia, no hay vegas, bofedales, humedales ni glaciares, por lo que se descarta la afectación significativa a recursos hídricos.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 Durante el proceso de evaluación se determinó que el proyecto no genera reasentamiento ni afecta significativamente los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, conforme al Artículo 7 del Reglamento SEIA. Principalmente debido a que el Proyecto no genera reasentamiento. El Área de influencia (AIMH) es el sector Llano de Varas, zona rural de Copiapó., donde se identifican 7 comunidades Colla con uso histórico del territorio para pastoreo en invernadas, las cuales son:
- Comunidad Indígena Colla Comuna de Diego de Almagro
- Comunidad Indígena Colla Runa Urka
- Comunidad Indígena Colla Pai Ote
- Comunidad Indígena Colla Comuna de Copiapó
- Comunidad Indígena Colla Pastos Grandes
- Comunidad Indígena Colla Sol Naciente de Pastos Grandes
- Comunidad Indígena Colla Sinchi Wayra
Según el análisis realizado de la interacción del Proyecto con las mencionadas comunidades, se concluye que no hay superposición ni interacción directa entre el área del proyecto y sitios de pastoreo, posturas o lugares de significación cultural. Por otro lado, las rutas de trashumancia se limitan a caminos públicos existentes, sin restricción de acceso. En el análisis del efecto acumulativo con otros proyectos energéticos del área, éstos ocupan solo el 6,54% del Llano de Varas, sin afectar áreas de pastoreo. Respecto de los recursos naturales usados por Comunidades Indígenas, el Proyecto no explotará los recursos ni restringirá el acceso a usos tradicionales (agua, pastoreo, medicinal, cultural). tampoco obstruirá las rutas; el aumento pág. 26
del tránsito será menor, con un máximo de 42 viajes/día en la fase de construcción. durante la evaluación ambiental se establecieron algunos compromisos ambientales que buscan reforzar una buena convivencia entre las obras y acciones del proyecto y las labores realizadas por los grupos humanos identificados en el AIMH. Algunos de estos compromisos son “Plan de Gestión Vial y Protocolo de Conducción”, “Incorporación de señalética en vehículos del Proyecto” y también “Plan comunicacional a la comunidad”. En relación con los bienes y servicios, se señaló que el Proyecto no afectará la infraestructura básica; ni habrá campamentos, además, se priorizará la mano de obra local. En lo concerniente a las tradiciones y la cohesión social, no se identificaron sitios culturales en el AIMH; por lo que las prácticas culturales no se verán afectadas. Durante la evaluación ambiental se intentó obtener información primaria de las 7 comunidades Colla identificadas en el área de influencia, logrando contacto solo con dos: Runa Urka y Pastos Grandes. Para las otras cinco comunidades, se recurrió a fuentes secundarias como la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Inca de Varas II” y el estudio de CONADI (2017). Los antecedentes muestran que no existe superposición ni interacción directa entre el proyecto y los usos tradicionales del territorio por estas comunidades. Las rutas de trashumancia corresponden a caminos públicos sin restricción de acceso, y no se identifican posturas ni sitios culturales en el AIMH.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 Respecto de la población protegida, el proyecto se ubica en el sector Llano de Varas, zona históricamente usada por comunidades Colla para pastoreo en invernadas. Se identificaron 7 comunidades Colla en el área de influencia. Durante la evaluación ambiental se intentó obtener información primaria de todas ellas, logrando contacto solo con dos comunidades: Runa Urka y Pastos Grandes. Para las otras cinco, se recurrió a fuentes secundarias, como la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Inca de Varas II” y el estudio CONADI (2017). No se evidenció superposición ni interacción directa entre el proyecto y los usos tradicionales del territorio. De acuerdo con los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental, se establece que los usos del territorio desarrollados por las siete comunidades indígenas Colla identificadas en el sector no presentan superposición ni interacción directa con el área de emplazamiento del Proyecto. Las rutas de acceso utilizadas por dichas comunidades corresponden a caminos públicos existentes, respecto de los cuales no se contempla restricción alguna al tránsito. Asimismo, no se identifican posturas, áreas de pastoreo ni sitios de significación cultural al interior del Área de Influencia del Medio Humano (AIMH) del Proyecto. Adicionalmente, se evaluó el efecto acumulativo del Proyecto en conjunto con otros proyectos energéticos que cuentan con Resolución de Calificación Ambiental favorable en el sector Llano de Varas. Al respecto, se constata que dicho sector posee una superficie aproximada de 49.620 hectáreas, de las cuales 3.246 hectáreas, equivalentes al 6,54%, corresponden a proyectos energéticos aprobados, lo que evidencia una ocupación territorial acotada. Cabe destacar que dentro del AIMH no se registran áreas de pastoreo utilizadas por los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), observándose únicamente el cruce de algunas rutas de trashumancia asociadas a la red vial pública, las cuales no son intervenidas ni alteradas por el Proyecto. Asimismo, de la caracterización realizada se desprende que las principales áreas de pastoreo de las comunidades se ubican en sectores altos de la Región de Atacama, hacia la cordillera de los Andes, fuera del AIMH. Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a poblaciones protegidas.
Por otro lado, de acuerdo con los antecedentes proporcionados por el Titular y contenidos en la Declaración de Impacto Ambiental, se constata que el Área de Influencia del Proyecto no se localiza en ni en las proximidades de poblaciones humanas, recursos o áreas bajo protección oficial, ni de humedales protegidos, glaciares o territorios que presenten un valor ambiental susceptible de ser afectado por la ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto. El sitio prioritario para la conservación más cercano, denominado Quebrada de San Andrés, se emplaza a una distancia aproximada de 4,52 kmdel área de emplazamiento del Proyecto, sin que exista superposición ni interacción directa entre ambos, asimismo, se acredita que el área bajo protección oficial más cercana, correspondiente al Parque Nacional Nevado Tres Cruces, se localiza a una distancia superior a 60 kmdel Proyecto, descartándose cualquier tipo pág. 27
de influencia directa o indirecta sobre dicha área protegida. Por lo anteriormente expuesto, se establece que el Proyecto no configura la causal de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante un Estudio de Impacto Ambiental, toda vez que no se localiza en ni afecta poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No hay Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 De acuerdo con los antecedentes aportados por el Titular durante la evaluación ambiental y contenidos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Anexo 2.7 – Estudio de Valor Paisajístico y Turístico, se constata que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud ni duración, del valor paisajístico ni turístico del área donde se emplaza, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Respecto del valor paisajístico, el área de influencia visual del Proyecto presenta una calidad visual baja, propia de un entorno desértico, árido y con presencia relevante de intervención antrópica, lo cual fue evaluado mediante la aplicación del Método Indirecto de Bureau, cuyos resultados indican que la materialización del Proyecto no afecta las características paisajísticas relevantes del entorno, ni implica pérdida significativa de la calidad visual del paisaje. En el área de influencia visual se identificaron dos Unidades de Paisaje; una primera unidad de carácter montañoso, con relieve ondulado a moderadamente escarpado, mínima presencia de vegetación y escasa intervención humana; y una segunda unidad, correspondiente al entorno inmediato del Proyecto, caracterizada por un relieve plano a suavemente ondulado, de carácter árido, con presencia de infraestructura vial y energética preexistente. En dicho contexto, se establece que el Proyecto no produce bloqueo de vistas, intrusión visual relevante, ni incompatibilidad visual, ni genera pérdida de atributos biofísicos o estéticos del paisaje. Las modificaciones estéticas identificadas son leves y de baja perceptibilidad, siendo además atenuadas por la existencia previa de infraestructuras similares en el área, razón por la cual no se configura una alteración significativa del valor paisajístico, en términos de magnitud o duración. Por otro lado, en relación con el valor turístico, conforme al análisis contenido en el Anexo 2.7 de la DIA, la comuna de Copiapó corresponde a un destino turístico consolidado, cuya oferta se vincula principalmente a atractivos naturales de escala regional e internacional —como el Desierto de Atacama, el volcán Ojos del Salado y el Valle del Copiapó—, así como a actividades culturales, históricas y de turismo de negocios. Sin embargo, los principales atractivos turísticos se encuentran a distancias superiores a 6 kilómetros del área de emplazamiento del Proyecto, fuera del área de influencia definida para el componente valor turístico, no existiendo superposición ni interacción directa con rutas, equipamientos, servicios o actividades turísticas. Asimismo, dentro del área de influencia del Proyecto no se desarrollan actividades turísticas formalmente identificadas, ni se observa obstrucción de accesos o afectación al uso turístico del territorio. Así, considerando la ubicación del Proyecto, la distancia a los principales atractivos turísticos, la naturaleza de sus obras y acciones, y los antecedentes técnicos presentados, se concluye que el Proyecto no altera el valor turístico del área, ni obstaculiza el desarrollo actual o futuro de dicha actividad.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a patrimonio paleontológico. El área de intervención del Proyecto se caracteriza por tener un potencial paleontológico Fosilífero. Parte, obra o acción que lo genera Todas las obras. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 Según los antecedentes aportados por el Titular durante la evaluación ambiental y contenidos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Anexos 2.5 (Informe de Prospección Arqueológica) y 2.6 (Informe de Prospección pág. 28
Paleontológica), se evaluó la eventual afectación del Proyecto sobre monumentos, sitios de valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Se realizó una prospección arqueológica que abarcó el 100 % del Área de Influencia del Proyecto, detectándose la presencia de dos (2) hallazgos arqueológicos correspondientes a una estructura antrópica semicircular y a un hallazgo lítico aislado, los cuales se emplazan fuera del Área de Influencia, no siendo intervenidos por las partes, obras y acciones del Proyecto. Asimismo, se constató la ausencia de Monumentos Nacionales oficialmente decretados por el Consejo de Monumentos Nacionales en el área de emplazamiento del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, y con el objeto de asegurar la adecuada protección del patrimonio cultural, el Titular se compromete a la instalación de cercos perimetrales visibles alrededor de los hallazgos identificados, considerando un buffer mínimo de 10 metros, actividad que será supervisada por un profesional arqueólogo y oportunamente informada al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), conforme a la normativa vigente. Respecto del patrimonio paleontológico, la prospección geológica y paleontológica permitió establecer la presencia de unidades geológicas con potencial fosilífero, específicamente los Depósitos Aluviales Antiguos y Modernos, motivo por el cual el Proyecto considera la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial N° 132, abarcando la totalidad del área de emplazamiento, conforme a lo expuesto en el Anexo 3.2 de la Adenda. Adicionalmente, el Titular implementará acciones preventivas y de gestión, tales como “capacitaciones a todo el personal de obra en materia de conservación del patrimonio paleontológico”, así como un “monitoreo permanente durante las actividades de movimiento de tierra” (detalladas en el Capítulo xx de este Acto), con el objeto de identificar oportunamente eventuales hallazgos no previstos y aplicar el protocolo correspondiente, todo ello de acuerdo con la metodología definida en el marco de la tramitación del referido permiso sectorial. En cuanto al patrimonio cultural edificado o indígena, se constató que no existen en el área del Proyecto construcciones, sitios, lugares ni manifestaciones culturales, históricas o folclóricas, incluyendo aquellas asociadas a pueblos indígenas, susceptibles de ser alteradas por la ejecución del Proyecto. Considerando las características del área de emplazamiento, los resultados de las prospecciones realizadas, las medidas de protección, monitoreo y gestión comprometidas por el Titular, y la normativa aplicable, se concluye que el Proyecto no genera alteración de monumentos, sitios arqueológicos, paleontológicos, históricos ni del patrimonio cultural, descartándose impactos significativos sobre esta componente ambiental.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Construcción Parte a la que aplica Todas. Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°6984 de fecha 4 de diciembre del 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1.
6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte a la que aplica Fosas Sépticas Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°26789 / 2025de fecha 10 de diciembre del 2025, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. pág. 29
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2.
6.1.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte a la que aplica Sitio destinado al almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos. Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°26789 / 2025de fecha 10 de diciembre del 2025, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3.
6.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte a la que aplica Bodega para el almacenamiento de los Residuos Peligrosos (RESPEL) Condiciones para su otorgamiento “Se condiciona la otorgación del presente PAS con respecto a que estos contendores presenten alguna afectación que no le permita su correcta operatividad, tendrán que ser manejados como residuos peligrosos en todas las fases del proyecto, tomando en consideración que estos sistemas poseen inherentemente un proceso denominado “embalamiento térmico”, el cual consiste en reacción exotérmica que se acelera a sí misma, donde el calor liberado por una reacción aumenta aún más su temperatura, lo que puede llevar a un resultado destructivo para contenedor Bess. Lo anterior, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1. El contendor infortunado tendrá que adecuarse en el lugar de ubicación de los sistemas Bess, adecuándolos como sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, tomando en cuenta las condiciones técnicas y sanitarias mencionadas en el art. 33 del Dto. 148, o el reglamento que lo remplace, mientras se gestione la eliminación de estos sistemas con los proveedores. 2. El proceso de eliminación propuesto para los contenedores Bess señalado en fase de cierre, concerniente a la devolución de estos sistemas a sus proveedores, se tendrá que aplicar en todas las fases del proyecto. 3. De no poder realizarse lo señalado, el titular tendrá que adecuar un sitio de acopio para los contenedores dañados o almacenarlos en una bodega acorde técnicamente, según las indicaciones señaladas en el art. 33 del reglamento mencionado o el que lo remplace. 4. El titular tendrá que optar por un proceso de eliminación alternativo como su disposición en un lugar autorizado para aquello, acorde a las condiciones sanitarias y técnicas estipuladas en el Dto. N° 148 del MInsal, o el reglamento que lo remplace. De no poder entregar los contenedores Bess dañados a sus proveedores. Independiente de lo señalado, el titular señala que el contenedor BESS es una unidad funcional cuyas subpartes o subunidades internas no pueden ser desmontadas o reemplazadas. Por lo anterior, para su disposición se coordinará el envío directo hacia el fabricante para su reemplazo. Hay que destacar que la BESS que presente falla y sea desconectada del Proyecto; de igual manera sigue siendo monitoreada por el software SCADA para registrar el comportamiento del equipo y así prevenir posibles afectaciones a otras partes y/o equipos del proyecto. Sumado a lo anterior, el periodo de mantención de la BESS en su lugar no excederá los 6 meses desde la declaración de mal funcionamiento.” Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°26789 / 2025de fecha 10 de diciembre del 2025, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme con condiciones respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4. pág. 30
6.1.5 Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Todas Parte a la que aplica Badén Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 684 de fecha 5 de octubre del 2025, la Dirección General de Aguas de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5.
6.1.6 Permiso efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Operación Parte a la que aplica Pretil Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 684 de fecha 6 de octubre del 2025, la Dirección General de Aguas de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. A través de Of. Ord. N ° 20250300215, de fecha 4 de diciembre de 2025, el SEA de la Región de Atacama solicitó pronunciamiento basado en Art 58 del RSEIA a la DOH de la Región de Atacama, a la fecha de firma de este documento el Pronunciamiento no había llegado. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6.
6.1.7 Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte a la que aplica Sala Eléctrica, bodega, baño, patio y bodega de residuos, zona almacenamiento. Oficinas y bode de insumos (temporales) Condiciones para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°1082 de fecha 08 de octubre del 2025, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Mediante ORD N° 477/2025de fecha 03 de octubre del 2025, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Norma D.F.L. 458/1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera habilitación de obras de edificación permanentes y temporales Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de lo establecido en la presente normativa, el Titular del pág. 31
Proyecto solicitará, previamente la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, el informe favorable para el cambio de uso de suelo de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero. Por ello, se entregan en el Anexo 3.6 de la DIA, los requisitos y contenidos técnicos y formales necesarios para la tramitación del permiso ambiental sectorial establecido en el artículo 160 del RSEIA (PAS 160). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención favorable del PAS 160, así como la resolución sectorial a obtener posteriormente. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1
7.2 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y Efluentes Norma Nombre: D.S. N° 1/2013. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y sus modificaciones posteriores Publicación Diario Oficial: 2 de mayo de 2013. Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán emisiones atmosféricas, residuos domiciliarios e industriales, entre otros. En cuanto a los residuos, estos serán trasladados y dispuestos en sitios autorizados o manejados de acuerdo con la normativa legal vigente, por empresas debidamente autorizadas. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home, en los plazos y términos que establece la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de carga de información a RETC, según corresponda. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Norma Nombre: D.S. N° 144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Publicación Diario Oficial: 18 de mayo de 1961. Autoridad: Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las siguientes actividades y equipos: - Fase de construcción: Excavación, carga y descarga de material; transporte de material y equipos en caminos no pavimentados y pavimentados; motor de vehículos y maquinarias. - Fase de operación: Transporte de personal propio y de Contratista encargado de las mantenciones del Proyecto en caminos no pavimentados y pavimentados, y motor de vehículos de transporte. Fase de cierre: Desmantelamiento de instalaciones, circulación de vehículos, carga y descarga de materiales, emanaciones de gases de vehículos y maquinaria pesada. Forma de cumplimiento Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas para la fase construcción: - Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. - Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. - Se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas - Se aplicará supresor de polvo (o similar) en los caminos internos y de acceso del Proyecto dentro del predio. Para el control de emisiones de gases del Proyecto durante la fase de construcción, se considera las siguientes medidas: Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna pág. 32
contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. - Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma D.F.L N° 1/2009. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Publicación Diario Oficial: 29 de octubre 2009. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones de gases durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se refieren al tránsito de camiones y vehículos menores. Forma de cumplimiento Todos los operarios de maquinaria y conductores de camiones y vehículos menores requeridos durante el Proyecto tendrán licencia de conducir en función de lo estipulado en el D.F.L. N°1/2009. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 4/1994. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos de control Publicación Diario Oficial: 29 de enero 1994. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto, se utilizarán vehículos motorizados para la ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto. El Titular verificará que todo vehículo motorizado cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa y su revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. pág. 33
Norma Nombre: Decreto Supremo N°279 de 1983, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Publicación Diario Oficial: 17 de diciembre de 1983. Autoridad: Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa para el transporte de insumos, residuos, materiales y personas. En este contexto el Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados de combustión interna cumplan con esta norma de emisión. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas. - Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: Decreto Supremo Nº4/1992, Establece norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales. Publicación Diario Oficial: 02 de marzo de 1992. Autoridad: Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Publicación Diario Oficial: 16 de abril de 1994. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. pág. 34
Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. Nº54/1994, establece normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Publicación en el Diario Oficial: 3 de mayo del 1994. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria mediana. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que, exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 211/1991. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Publicación Diario Oficial: 11 de diciembre de 1991. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos livianos para su correcto desarrollo. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que, exigirá que los vehículos motorizados livianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 47/1992. Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Publicación Diario Oficial: 5 de junio de 1992. Autoridad: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que Construcción y cierre. pág. 35
aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el presente cuerpo legal, que serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto. Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada al polígono del Proyecto y al camino de acceso. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: - Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. - Se exigirá una velocidad máxima de 20 km/h para todos los vehículos dentro del área de faena. Todos los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Revisión y registro de cumplimiento de las medidas anteriores por parte del Titular. Catastro de vehículos y fechas de respectivas de revisiones técnicas y/o mantenciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 75/1987. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica - Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Publicación Diario Oficial: 7 de julio de 1987. Autoridad: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones. Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión y registro de cumplimiento de las medidas de resguardo para impedir la dispersión de polvo. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N°1/2022, Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N° 43/2012. Publicación Diario Oficial: 18 de octubre de 2023. Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones. Forma de cumplimiento El Proyecto cumple en sus distintas fases con lo dispuesto en este cuerpo legal, toda vez que utilizará luminarias que cumplan con los niveles y límites de emisión de intensidad luminosa establecidos en esta norma. El alumbrado industrial dará estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 5 en cuanto a límites de alumbrado peatonal, vehicular e industrial. Asimismo, se dará cumplimiento del artículo 11 con relación al cumplimiento de los límites de la presente normal al momento del recambio de fuentes emisoras existentes. Las luminarias adquiridas para pág. 36
el alumbrado exterior para el Proyecto contarán con su respectiva certificación del cumplimiento de los límites de emisión, en conformidad a lo señalado en el Artículo 12 de la presente norma. Con el fin de prevenir los efectos de la contaminación lumínica, el diseño del sistema de iluminación cumplirá con las siguientes directrices: • Disponer luminarias únicamente en sectores donde se considere imprescindible su implementación. • Someterse a los límites de emisión de intensidad luminosa exigidos en la normativa vigente. • Implementación de luminarias con protecciones o capuchas. • Orientar las luminarias hacia el suelo. Se deberá velar que todas las luminarias sean del tipo “Cut-off”, de tal manera que se garantice que el flujo luminoso no irradie hacia el hemisferio superior y se evite la contaminación lumínica, cumpliendo con la norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrado de exteriores. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificaciones de luminarias. Verificación del correcto funcionamiento de la luminaria. Forma de control y seguimiento - Registros de luminarias certificadas utilizadas para el alumbrado en exteriores. b) Registro certificaciones de luminarias. Norma Nombre: D.S. N°38/2011. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Publicación Diario Oficial: 12 de junio de 2012. c) Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de emisiones acústicas debido a las labores constructivas de la fase de construcción, generadas, principalmente, por la operación de los equipos de movimiento de tierra y tránsito de camiones. En el caso de la fase de operación, estas se asociarán al funcionamiento de equipos y al tránsito de vehículos menores producto de las labores de mantenimiento. Por último, en la fase de cierre las emisiones acústicas estarán asociados a las obras de desmantelamiento. Forma de cumplimiento De acuerdo con los resultados obtenidos en el estudio de ruido que se presenta en el Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria, la predicción de los niveles de ruido del Proyecto cumplirá con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, para cada uno de los receptores humanos identificados. Esto será posible mediante la aplicación de una restricción de funcionamiento simultaneo para determinadas fuentes emisoras. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. - Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Se dará cumplimiento a la res restricción de funcionamiento simultaneo para determinadas fuentes emisoras, según lo señalado en el Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria Forma de control y seguimiento - Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. - Registro de mantención de maquinaria y equipos. Registro fotográfico de la instalación de barrera acústica perimetral y móvil. Norma Nombre: D.S. N° 594/2000, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo Publicación Diario Oficial: 29 de abril de 2000 d) Autoridad: Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre se instalarán baños químicos como medida de cumplimiento de los artículos 21 al 26 del presente cuerpo legal, en los frentes de trabajo, los cuales serán mantenidos por contratistas externos debidamente autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud (en adelante la “SEREMI”) de la región. Los lodos generados serán retirados mediante camiones limpia fosas, cada 6 pág. 37
meses, y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Transcurridos 6 meses de la fase de construcción, se habilitará una solución definitiva sanitaria, la que contará con baños permanentes y una fosa séptica con drenes de infiltración. Esta solución se mantendrá durante toda la fase de operación del Proyecto y durante la fase de cierre del proyecto. Por otro lado, para el correcto funcionamiento del sistema durante la fase de construcción, operación y cierre se habilitará un (1) estanque de agua potable (en adelante el “EAA”) para su almacenamiento y posterior distribución de agua potable para el uso de los servicios higiénicos. La provisión de agua potable para los trabajadores considerará una dotación de 150 litros/persona/día. También se contará con abastecimiento de agua potable mediante bidones sellados, de 20 litros. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable y baños químicos, cumpliendo con el número y condiciones del presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. Indicador que acredita su cumplimiento - Comprobantes de abastecimiento de agua potable embotellada. - Registro del procedimiento de mantención de los baños que incluya al menos: • Razón Social de la empresa autorizada para el transporte • Documento técnico que indique el lugar de eliminación de las aguas servidas • Placa patente del vehículo que realiza la mantención y el retiro de las aguas servidas • Comprobantes de recepción, manejo y retiro de baños químicos, con fecha y volumen (m3) de aguas residuales retiradas. - Copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el abastecimiento de agua potable. Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento e) Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S.N° 236/1926. Reglamento General De Alcantarillados Particulares. Publicación Diario Oficial: 23 de mayo de 1926 f) Autoridad: Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°725/1968 Código Sanitario del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase construcción y cierre del Proyecto, se mantendrán baños químicos, los que servirán como apoyo a la solución sanitaria permanente habilitada transcurridos 6 meses desde el inicio de la fase de construcción. Los lodos generados serán retirados mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable y baños químicos, considerando el número y condiciones del presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. En base a lo anterior, en el marco de la presente DIA, se presentan en el Anexo 3.2 los antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria permanente, la que consiste en un baño más una fosa séptica con drenes de infiltración (PAS 138). Indicador que acredita su cumplimiento - Copia de autorización de SEREMI de Salud de la Región de Atacama a empresa de baños químicos. - Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento g) Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967. Código Sanitario. Publicación Diario Oficial: 31 de enero de 1968 h) Autoridad: Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, operación y cierre. pág. 38
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase construcción y cierre del Proyecto, se mantendrán baños químicos, los que servirán como apoyo a la solución sanitaria permanente habilitada transcurridos 6 meses desde el inicio de la fase de construcción. Los lodos generados serán retirados mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable y baños químicos, considerando el número y condiciones del presente Reglamento, de manera de proveer a los trabajadores agua potable y servicios higiénicos en cantidad suficiente para su consumo y utilización. En base a lo anterior, en el marco de la presente DIA, se presentan en el Anexo 3.2 los antecedentes técnicos para la autorización de una solución sanitaria (PAS 138). Indicador que acredita su cumplimiento - Copia de autorización de SEREMI de Salud de la Región de Atacama a empresa de baños químicos. - Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. Resolución que aprueba el proyecto y funcionamiento del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.3 COMPONENTE/MATERIA: Residuos y Sustancias Peligrosas. Norma Nombre: Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967. Código Sanitario. Publicación Diario Oficial: 31 de enero de 1968 Autoridad: Ministerio de Salud Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº148/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. D.S. Nº594/2000, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos y peligrosos, durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos durante la fase de construcción y cierre: - Patio de Residuos No Peligrosos (Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP)) - Bodega de RESPEL. Cabe señalar que, esta autorización también será solicitada durante la fase de operación del Proyecto. Los antecedentes técnicos y formales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los Anexo 3.3 y 3.4 de la DIA, correspondientes a los PAS 140 y 142, respectivamente. Cabe indicar que, para la fase de operación no se estima el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, dado que estos serán retirados al momento de su generación. Indicador que acredita su cumplimiento - Oficios de SEREMI de Salud de la Región de Atacama que autoriza proyecto y funcionamiento de las instalaciones destinadas al manejo de residuo. Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 594/2000, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo Publicación diario oficial: 29 de abril de 2000 Autoridad: Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos y peligrosos, durante las fases de construcción, operación y cierre. pág. 39
Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos durante la fase de construcción y cierre: - Patio de Residuos No Peligrosos (Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSD) y Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RSINP)) - Bodega de RESPEL. Cabe señalar que, esta autorización también será solicitada durante la fase de operación del Proyecto. Los antecedentes técnicos y formales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los Anexo 3.3 y 3.4 de la DIA, correspondientes a los PAS 140 y 142, respectivamente. Cabe indicar que, para la fase de operación no se estima el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, dado que estos serán retirados al momento de su generación. Indicador que acredita su cumplimiento - Oficios de SEREMI de Salud de la Región de Atacama que autoriza proyecto y funcionamiento de las instalaciones destinadas al manejo de residuo. - Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Forma de control y seguimiento - Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Norma Nombre: D.S. N°148/2003. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Publicación diario oficial: 16 de junio de 2004. Autoridad: Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos peligrosos durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, la autorización para una bodega de residuos industriales peligrosos a utilizar durante la fase de construcción, operación y cierre. Los antecedentes técnicos y formales del PAS 142 se presentan en Anexo 3.4 de la DIA. Cabe indicar que, para la fase de operación y cierre, se mantendrá operativa la bodega RESPEL instalada durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Oficios de SEREMI de Salud de la Región de Atacama que autoriza proyecto y funcionamiento de la Bodega de residuos peligrosos Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Declaraciones en la plataforma SIDREP de la Ventanilla Única del RETC, cuando sea aplicable según la normativa vigente. Norma Nombre: Ley N° 20.920. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje Publicación diario oficial: 01 junio de 2016 Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos de productos prioritarios de acuerdo con la Ley, susceptibles de ser reciclados, en particular, embalajes en general, baterías e inversores que son de procedencia importada, en fase de cierre, serán considerados como residuos o devueltos al proveedor, por lo tanto, le son aplicables las disposiciones de la Ley N°20.920. Forma de cumplimiento Según define la Ley, los titulares o administradores de proyectos pasarán a ser “productores de productos prioritarios” por importar baterías a Chile para la pág. 40
construcción y operación de sus proyectos, situación que debe ser regulada a través de los respectivos decretos de aparatos eléctricos y electrónicos y de envases y embalajes, cuando estos entren en vigor. En línea con lo anterior, el Titular seguirá las indicaciones del artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, y declarará las baterías, cajas y embalajes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), según corresponda. El Titular compromete, ante la autoridad, que el reciclaje y las metas de recolección y valorización de envases y embalajes, establecidos en el Articulo N°23, se realizarán a través de gestores autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de retiro de los productos prioritarios por parte de los gestores autorizados. Forma de control y seguimiento - Declaraciones correspondientes en el RETC. Informe de seguimiento en RETC. Norma Nombre: Decreto Supremo N°12/2020 Establece Metas de Recolección y Valorización y Otras Obligaciones Asociadas de Envases y Embalajes. Publicación diario oficial: 16 de marzo de 2021 Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos de productos prioritarios de acuerdo con la Ley, susceptibles de ser reciclados, en particular, embalajes en general, baterías e inversores que son de procedencia importada, en fase de cierre, serán considerados como residuos o devueltos al proveedor. Forma de cumplimiento Los residuos de envases y embalajes serán entregados a gestor y serán declarados anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, lo siguiente: a) Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior. b) Las actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo. c) La Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobantes de retiro de los productos prioritarios por parte de los gestores autorizados. Forma de control y seguimiento - Declaraciones correspondientes en el RETC. - Informe de seguimiento en RETC. Norma Nombre: Resolución Exenta 144/2020 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Publicación diario oficial: 26 de febrero de 2020 Autoridad: Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Patio de Residuos y Bodega RESPEL Forma de cumplimiento Se obtendrán los permisos sectoriales correspondientes a cada bodega de acopio (residuos sólidos domiciliarios (RSD), residuos industriales no peligrosos (RSINP) y residuos peligrosos (RESPEL)). Los antecedentes relativos a las autorizaciones de funcionamiento de las bodegas y la gestión de los residuos, se ingresará al Sistema de Ventanilla Única, siguiendo lo estipulado en la presente Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de ingreso al Sistema de Ventanilla Única, incluyendo la razón social del Titular a cargo del Sistema de Declaración, para reportes en SINADER o SIDREP según corresponda. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro, tanto en formato digital como físico, de todos los ingresos al sistema por medio de la plataforma del Sistema de Ventanilla Única RETC. pág. 41
Norma Nombre: D.S. N° 594/2000, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo Publicación diario oficial: 29 de abril de 2000 Autoridad: Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se estima la utilización de pinturas, solventes y Barnices para la habilitación del Proyecto. Forma de cumplimiento Debido a que, la cantidad de sustancias peligrosas a utilizar por el Proyecto es marginal, serán almacenadas dentro de la bodega común (al encontrase encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en D.S. N°43/2015), en estantes diferenciados, utilizando señalética adecuada y manteniendo las condiciones de seguridad que establece el Reglamento. No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto y se regirán por lo establecido en la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. N° 43/2015. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Publicación diario oficial: 29 de marzo de 2016 Autoridad: Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se estima la utilización de pinturas, solventes y Barnices para la habilitación del Proyecto. Forma de cumplimiento Debido a que, la cantidad de sustancias peligrosas a utilizar por el Proyecto es marginal, serán almacenadas dentro de la bodega RESPEL (al encontrase encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en D.S. N°43/2015), en estantes diferenciados, utilizando señalética adecuada y manteniendo las condiciones de seguridad que establece el Reglamento. No existirá mantención de los equipos dentro del área del Proyecto. Todas las actividades de este tipo se desarrollarán en lugares autorizados lo más cercanos al área del Proyecto y se regirán por lo establecido en la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de cantidad de productos almacenados junto a sus HDS. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Norma Nombre: D.S. Nº 160/2008. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Publicación diario oficial: 7 de julio de 2009. Autoridad: Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utilizará combustibles diésel en sus fases de construcción y cierre en términos de la demanda de los equipos, vehículos y maquinarias a utilizar. Cabe indicar que, el suministro de combustible necesario a contar en faena se requiere exclusivamente para las maquinarias, todos los otros vehículos se surtirán en estaciones de servicios autorizadas y cercanas al Proyecto. Forma de cumplimiento Para el abastecimiento de combustibles se hará un convenio con alguna estación de combustible localizada en las cercanías del Proyecto. Para el abastecimiento de combustible, se dispondrá de un estanque portátil de 480 L de capacidad, cuya duración estimada en período de máxima demanda es de aproximadamente 8 días. Este estanque se carga vacío en camioneta y se rellena en estaciones de servicio autorizada. pág. 42
En el área del Proyecto, el estanque lleno se descarga al suelo con ayuda de cargador frontal en un área especialmente habilitada para tales efectos dentro de la instalación de faena. Durante las labores, se instalará una carpeta que permita recuperar cualquier derrame accidental de combustible, cuya probabilidad de ocurrencia es mínima, debido al surtidor especializado del equipo. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato o certificado con empresa autorizada de transporte y distribución de diésel. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Componente/materia: Energía Norma Nombre: D.F.L. N° 4/20018 del año 2006. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica Publicación diario oficial: 05 de febrero de 2007 Autoridad: Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto tiene por objetivo generar energía eléctrica. Forma de cumplimiento Las instalaciones eléctricas se ajustarán a las especificaciones técnicas que corresponden a las instalaciones del Proyecto, de acuerdo con las normas técnicas. Asimismo, el Titular tramitará los permisos correspondientes para la instalación y operación de la línea de transporte de energía eléctrica, según lo dispone la normativa aplicable. Su construcción, operación y mantenimiento será ejecutada por personal calificado y autorizado. El Titular declarará ante la Superintendencia Electricidad y Combustibles (SEC) oportunamente la puesta en servicio de las obras consideradas por el Proyecto. Además, el Titular hace presente que se encargará de mantener las instalaciones eléctricas del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger en todo momento la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificaciones de las instalaciones realizadas en laboratorios autorizados por la SEC. - Registro de las mantenciones preventivas y correctivas realizadas en las instalaciones del proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
7.4 COMPONENTE/MATERIA: Componentes Ambientales. Componente/materia: Fauna Norma Nombre: Ley N° 19.473. Ley de Caza. Publicación diario oficial: 27 de septiembre de 1996. Autoridad: Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, pero principalmente durante sus fases de construcción y cierre, dado el número de trabajadores presentes en dicha faena. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Finalmente, se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, pág. 43
domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Del mismo modo, puede mencionarse que el proyecto no intervendrá fauna en categoría de conservación o con alguna singularidad específica. Indicador que acredita su cumplimiento - Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de fauna. - Registro de realización de capacitaciones. Resolución SAG Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Componente/materia: Fauna Norma Nombre: D.S. Nº 5/1998. Reglamento de la Ley de Caza Publicación diario oficial: 7 de diciembre de 1998 Autoridad: Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera realizar un compromiso ambiental voluntario de perturbación controlada, la que no considera la captura de ejemplares de animales de especies baja movilidad y/o clasificadas en categorías de conservación para liberar el área de intervención. Forma de cumplimiento Se capacitará a los trabajadores respecto a la prohibición de caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones al personal Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles para su control y verificación. Componente/materia: Flora Norma Nombre: Ley 20.283, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Publicación diario oficial: 30 de julio de 2008 Autoridad: Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras Forma de cumplimiento El Proyecto no generará intervención de la flora y vegetación autóctona de la zona, dado que en la zona donde realizará sus obras permanentes y temporales cuenta con una ausencia de especies endémicas o nativas en estado de conservación. Referente a monumentos naturales y especies especialistas de hábitat, se constató la ausencia de estas. Indicador que acredita su cumplimiento Línea de Base de Flora y Fauna Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Componente/materia: Patrimonio cultural paleontológico Norma Nombre: Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/1990. Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Publicación diario oficial: 04 de febrero 1970; 2 de abril de 1991. Autoridad: Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N° 17.288 (Art. 26 y 27), es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de este. Además, se procederá a: pág. 44
- Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, se despejará más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel.
- Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el paleontólogo a cargo, él mismo deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior.
- Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección, disponiendo para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo.
- Se deberá notificar al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990.
- Asimismo, este protocolo se incluirá en las charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. Cabe señalar que, durante la fase de construcción del Proyecto, se realizará un Monitoreo permanente, el cual estará a cargo de un profesional, mientras se realicen las actividades de remoción de tierra y excavación, además, se realizarán charlas de inducción paleontológicas a los trabajadores al iniciar la fase de construcción y cada vez que ingrese mano de obra nueva a la faena. Para mayor detalle, revisar los anexos de Caracterización Paleontológica y Arqueológica de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos. Forma de control y seguimiento Comprobantes de reporte al CMN en la plataforma de la SMA.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 8.1 Contratación de mano de obra local. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contratar personal proveniente de zonas aledañas al Proyecto, así como priorizar el uso de servicios locales de alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria y combustible, durante las fases de construcción y cierre del Proyecto.
Descripción: Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, y debido a que, la demanda de trabajadores durante dichas fases es mayor, se abrirán plazas para la contratación de mano de obra local calificada y no calificada, mediante puestos de trabajo en las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL) de las municipalidades aledañas al Proyecto. Cabe mencionar que, la ocupación de cupos de estos puestos de trabajo quedará condicionada a la disponibilidad de aptitudes técnicas, según requerimientos del Proyecto.
Justificación: Las fases de construcción y cierre del Proyecto, requerirán la contratación de mano de obra, quienes serán necesarios para llevar a cabo todas las acciones, partes y obras del parque fotovoltaico. pág. 45
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Copiapó y otras comunas aledañas al Proyecto.
Forma: El Titular, previo al inicio de las fases de construcción y cierre del Proyecto, solicitará en OMIL de las municipalidades aledañas al Proyecto, las bases de datos de personas que se encuentren buscando empleo. Dicha base de datos se pondrá a disposición de las empresas contratistas que trabajen en el Proyecto, con el propósito de facilitar el proceso de postulación y contratación. Se llevará un registro de las entrevistas realizadas, donde se especifique el nombre del postulante, profesión y/o cargo al que postula, dirección, número de contacto, entre otros datos. De manera adicional, se priorizará la instancia de contratación local de servicios (alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria, combustible u otro), en la medida que estos sean adecuados a los requisitos de trabajo.
Oportunidad: El compromiso se llevará a cabo previo al inicio de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Catastro de la mano de obra, considerando el registro disponible desde la OMIL de las municipalidades aledañas al Proyecto - Nómina de trabajadores contratados durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. - Ante uso efectivo de servicios por parte del Proyecto, se presentará un acta de declaración del servicio y/o boletas. Forma de control y seguimiento Se presentarán, con frecuencia semestral, ante las municipalidades correspondientes y ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) los siguientes registros: - Registro de solicitud del catastro de mano de obra local disponible ante la OMIL. - Registro del levantamiento de información de la mano de obra. - Registro de entrevistas realizadas. - Registro de contrataciones. - Registro de boletas y/o actas de declaración de entrega de servicios, ante eventual uso efectivo de servicios locales.
8.2 Plan comunicacional a la comunidad Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar información clara y oportuna a los grupos humanos identificados en el área de influencia del Proyecto, con el objetivo de sociabilizar el desarrollo de éste y fomentar una relación de confianza y colaboración entre la comunidad y la empresa.
Descripción: La ejecución del compromiso ambiental voluntario se enmarcará en el relacionamiento comunitario del Titular por medio de la entrega de información y fortalecimiento de los canales de comunicación directos que se habilitarán entre la comunidad y la empresa, incluyendo un mecanismo de tratamiento y respuesta de quejas, denuncias o reclamos. La entrega de información a la comunidad (organizaciones territoriales y representantes locales) buscará presentar las características de la Central y el cronograma de las actividades que este considera para su desarrollo.
Justificación: El proceso de diálogo a implementar, se enmarca en la construcción de canales de comunicación con la Comunidad, posterior a la tramitación ambiental del Proyecto, bajo la política de un “buen vecino”, de manera de informar oportunamente a las comunidades o grupos humanos involucrados en las distintas fases de ejecución del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia identificada como el área de Medio Humano.
Forma: Previo al inicio y al término de las fases de construcción del Proyecto se entregarán informativos a los sectores que forman parte del área de influencia de Medio Humano. Esta actividad será llevada a cabo por el encargado de comunidades del Titular, quien tomará contacto con los dirigentes de las organizaciones o residentes de los alrededores del Proyecto, para acordar el modo de entrega del informativo. Además, en estas instancias se acordará la necesidad de mantener canales de comunicación, los cuales se mantendrán durante toda la vida útil del Proyecto e incluirá el mecanismo de tratamiento y respuesta de quejas, denuncias o reclamos. Ante un eventual reclamo, denuncia o queja realizada por vecinos o comunidades cercanas, la persona encargada del relacionamiento comunitario del proyecto contactará a la persona o comunidad que lo haya realizado, de esta forma se generará un canal de comunicación entre pág. 46
ambas partes para que puedan realizar seguimiento de sus inquietudes o reclamos. Mecanismos de comunicación: Para la atención de consultas y reclamos se utilizarán los canales de comunicación (email, página web, WhatsApp y teléfono) que el Titular dispone actualmente y mantendrá durante la duración del proyecto. Los contactos de comunicación son: - Correo electrónico: consultas@oenergy.cl - Buzón: instalado en el área de proyecto - Página web: http://www.oenergy.cl
Oportunidad: El compromiso se llevará a cabo previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y se extenderá durante toda la vida útil del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Presentación de un reporte anual, que incluya: - Actas de reuniones y/o acercamiento con las y los vecinos. - Informes de seguimiento que den cuenta de las actividades del compromiso. - Plan Comunicacional por implementar (protocolo). - Ficha de registro de consultas o quejas recibidas y su respuesta Forma de control y seguimiento Se reportará anualmente la SMA la sistematización y respaldo de ejecución del CAV, siempre y cuando existan actividades referidas al compromiso.
8.3 Educación Ambiental a Trabajadores Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar conocimientos con respecto a flora y fauna que se encuentra en el área de emplazamiento, a todo el personal que esté involucrado en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, con el objetivo de generar conciencia y aportar en su cuidado.
Descripción: Se desarrollarán charlas de educación ambiental a todo el personal involucrado durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. En dichas charlas se abordarán las siguientes temáticas: - Flora y fauna: Se entregará información respecto a las especies de flora y fauna identificadas durante los levantamientos de terreno y que se encuentran en el sector, además, se ahondará sobre las sensibilidades/singularidades de cada especie y las correspondientes medidas de resguardo.
Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar un potencial impacto sobre los componentes Flora y Vegetación y Fauna en el área del Proyecto y áreas donde no se realice intervención directa de las mismas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faenas del Proyecto.
Forma: Charlas de educación ambiental, en el contexto de las inducciones obligatorias, al ingreso de cada trabajador y previo al ingreso a faena.
Oportunidad: Toda vez que ingrese un nuevo trabajador a la faena y durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a charlas por parte de los trabajadores contratados por el Proyecto. Dicho registro será administrado por el contratista en las oficinas in situ del Proyecto. Forma de control y seguimiento Una vez realizada la charla a los trabajadores, se mantendrá dentro de las instalaciones del Proyecto, la ficha de registro de dicha actividad disponible para consulta de la autoridad en caso de fiscalización.
8.4 Charla de Inducción Arqueológica a Trabajadores. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural y arqueológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo, en la fase de construcción del Proyecto.
Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra pág. 47
mientras se realicen actividades de excavación y movimiento subsuperficial de tierra. En dichas capacitaciones se tratarán temas relacionados con los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados a estos. Estas charlas serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que, eventualmente, se podría encontrar en el área de emplazamiento del Proyecto y cuáles son los procedimientos por seguir en caso de hallazgo. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes, con la firma de cada trabajador.
Justificación: Al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo de patrimonio cultural o arqueológico no previsto, se minimiza el daño que se pueda ocasionar sobre este componente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faena del Proyecto.
Forma: Previo al inicio de las obras de construcción, específicamente, antes de las actividades asociadas a la remoción, excavación y remoción de tierra, se dictarán charlas de inducción arqueológica a todo trabajador nuevo que ingrese a obra. Los temas por tratar durante estas charlas estarán relacionados a los aspectos del patrimonio cultural y cuerpos normativos asociados a este. Serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico, y de posibles hallazgos que se podrían encontrar en el área de emplazamiento del Proyecto y los procedimientos a seguir en caso de efectuarse un hallazgo no previsto. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.
Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del Proyecto, y cada vez que ingrese nueva mano de obra a la faena. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de charlas de inducción de hallazgos arqueológicos imprevistos, firmado tanto por los asistentes como por el profesional a cargo de dictar las charlas. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá los registros de los asistentes y del profesional arqueólogo o licenciado en arqueología, disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. En caso de aplicar: - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. - En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso mientras se realicen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas.
8.5 Charla de Inducción Paleontología a Trabajadores Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al patrimonio paleontológico
Descripción: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador nuevo que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos subsuperficiales, se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural paleontológico y cuerpos normativos asociados. Las charlas de inducción en paleontología serán dictadas por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuada y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador.
Justificación: Se minimiza el daño que pueda haber sobre este componente al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faena.
Forma: La charla de inducción deberá ser dictada por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil pág. 48
profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl). Las charlas deberán ser dictadas a todos los trabajadores previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal durante la fase de construcción del Proyecto.
Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de charlas de inducción de hallazgos paleontológicos imprevistos. - La periodicidad de la charla será cada vez que ingrese un trabajador nuevo a obra. - Se consolidará un informe de esta actividad, con periodicidad mensual, que incluirá un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla. Dicho informe indicará: • Nombre y firma del/de la profesional que realizó la charla de inducción. • Contenidos de la inducción realizada. • Copia del material gráfico presentado a los/as asistentes. • Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. • Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por los/as asistentes. • Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá estar firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá los registros de los asistentes y del profesional paleontólogo, disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. - En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso mientras se realicen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas.
8.6 Monitoreo Paleontológico Permanente Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al Patrimonio cultural paleontológico.
Descripción: El Monitoreo paleontológico permanente será ejecutado por un paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.gob.cl), Dicho monitoreo será ejecutado la totalidad del área de Proyecto, y mientras duren faenas constructivas, en específico los movimientos de tierras asociados y excavaciones. Se realizará una inspección visual antes de cada inicio de actividad constructiva por toda el área de intervención del proyecto a fin de ubicar hallazgos superficiales que se verán afectados
Justificación: La presencia de un profesional paleontólogo durante las actividades de remoción de suelo y excavaciones permitirá identificar a tiempo posible elementos fosilíferos enterrados y de esta manera evitar su afectación por las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Totalidad del área del Proyecto
Forma: El Monitoreo Paleontológico permanente será ejecutado en todas las obras del proyecto que impliquen excavaciones, escarpes y/o movimientos de tierra en la unidad de categoría paleontológica fosilífera. Las labores de monitoreo deberán ser realizadas por un/a profesional asesor/a en Paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. N° 650 de 2022 Las revisiones de las áreas de trabajo se harán antes y durante las excavaciones.
Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de monitoreo, con periodicidad mensual, el cual será remitido al CMN. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá los registros de los informes en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, pág. 49
control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debe solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento.
8.7 Monitoreo Arqueológico Permanente Impacto asociado Potencial afectación a recursos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar daño al patrimonio cultural y arqueológico, durante las actividades de movimiento, excavación y remoción de suelo, en la fase de construcción del Proyecto.
Descripción: El monitoreo será realizado en la totalidad del área del proyecto mientras duren las faenas de movimientos de tierra en que permanecerá el arqueólogo/a (s) y/o licenciado/a(s) en arqueología realizando dicha actividad.
Justificación: Implementar una medida preventiva para evitar la eventual afectación de daño al patrimonio cultural arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Totalidad del área de emplazamiento del Proyecto.
Forma: El monitoreo arqueológico permanente será ejecutado por un/a(s) arqueólogo y/o licenciado/a(s) en arqueología, en la totalidad del área de emplazamiento del Proyecto, y mientras duren las faenas constructivas, en específico, los movimientos de tierras, escarpe, excavación subsuperficial y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie. Este monitoreo será realizado en cada frente de trabajo, en la totalidad del área de emplazamiento del Proyecto.
Oportunidad: Al inicio de los trabajos que impliquen movimientos de tierra y excavaciones del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual que evidencie la ejecución del monitoreo arqueológico permanente y que incluirá lo siguiente: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: i. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). ii. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. iii. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. iv. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. v. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: www.monumentos.gob.cl/servicios/formulariosprotocolos/planilla-registro- sitiosarqueologicos . g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser pág. 50
indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Además, las acciones de protección a la Estructura 01 y HA01 se describen a continuación: a) Se implementará el cercado perimetral de los sitios mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo, elaborado con materiales perdurables y resistentes a las condiciones climáticas. Asimismo, se instalará señalética en el perímetro del yacimiento, donde se indique el nombre del sitio, marco legal y prohibición de ingreso. b) Los cercados se implementarán dejando un buffer de 10 metros alrededor de los hallazgos de acuerdo con la dispersión superficial de material arqueológico o del límite de las estructuras. Esta actividad será supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología, con objeto de evitar la alteración del sitio y velar por la efectividad de la medida de protección, quien deberá remitir un informe técnico al CMN y SMA en un plazo máximo de 15 días desde su instalación, dando cuenta de las actividades desarrolladas con su respectivo registro fotográfico. Estos cercos serán instalados previos al inicio de la construcción de las obras y permanecerán hasta el final de estas, de tal manera de proteger los sitios arqueológicos durante la fase de construcción del Proyecto. Los cercos son provisionales y por lo tanto serán retirados una vez que finalicen las actividades del proyecto, actividad que también será supervisada por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, debiendo remitir posteriormente un informe al CMN y SMA de similares características al de su instalación. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán los informes elaborados por el arqueólogo y/o licenciado en arqueología, en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Así como también, los comprobantes de reporte al CMN. En caso de aplicar: - En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento.
8.8 Priorización de compra de insumos y contratación de servicios de comunidades indígenas locales Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar la participación de las mipes y pymes pertenecientes a Comunidades Indígenas de las localidades cercanas al emplazamiento del Proyecto, siempre y cuando exista oferta de los insumos y servicios que se necesiten en cada fase.
Descripción: Para favorecer a las personas que tienen mipes y pymes, el Titular se compromete a contratar los servicios que sean necesarios, ya sea compra de agua, servicios de comida, alojamiento, arriendo de maquinaria, etc. en el comercio local, priorizando al comercio de Comunidades Indígenas. Lo anterior está sujeto a la disponibilidad, capacidad y oferta de los servicios a la temporada de contrato para la ejecución de las obras y actividades de cada fase del Proyecto.
Justificación: El Proyecto busca aportar positivamente en la calidad de vida y comercio local de las personas que habitan en las localidades cercanas a la zona de emplazamiento del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidades cercanas a las instalaciones del Proyecto.
Forma: Previo al inicio de la fase de construcción se realizará un levantamiento de todas las mipes y pymes de las localidades cercanas, principalmente las pertenecientes a Comunidades Indígenas, describiendo el tipo de servicios o insumos que entregan. Una vez realizada la primera etapa, se contratarán los servicios de estas mipes y pymes, ya sea compra de agua, servicios de comida, alojamiento, arriendo de maquinaria, transporte, etc. Dependiendo de las actividades que se realicen en el día a día y de las necesidades de los trabajadores del Proyecto.
Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular contará con los contratos de prestación de servicios con las empresas proveedoras, indicando los siguientes datos: Nombre, Rut, Rubro, Dirección (Comuna) y Resolución Sanitaria (en caso de corresponder). pág. 51
Además, se mantendrá registro de los comprobantes de pago vinculados a servicios adquiridos en el comercio local por parte de empresas contratistas que presten servicios cualquiera de las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Listado de empresas contratadas, con su correspondiente comuna de residencia o actividad, disponible en obra. Comprobantes de pago en formato digital y/o físico, en las dependencias del Proyecto. Se entregará un Informe de implementación de la medida a la SMA (incluyendo los documentos definidos como indicadores que acrediten el cumplimiento), en un plazo de los 20 días hábiles, una vez concluidas las Fases de Construcción y Cierre.
8.9 Plan de Gestión Vial y Protocolo de Conducción Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir el riesgo de accidentes de tránsito, evitar molestias en la comunidad y asegurar la buena convivencia vial con los grupos humanos en el área.
Descripción: El Protocolo determina medidas cautelares respecto al tránsito vehicular en la fase de construcción, considerando también, capacitaciones a los conductores de del Titular y empresas contratistas. La prevención de enfoca bajo una mirada integral que considera la capacitación a conductores, mantenimiento de vehículos y la promoción del manejo defensivo.
Justificación: A través de charlas sobre manejo defensivo y respetuoso, se busca minimizar los eventuales accidentes o afectación a los grupos humanos ubicados cerca del área de emplazamiento del Proyecto, con los que se compartirán rutas y el camino de acceso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Al interior de las faenas del proyecto.
Forma: El Protocolo estará disponible para los trabajadores en toda oportunidad, se presentará en formato físico en las instalaciones del parque y en formato digital. Dentro del Protocolo, se considera la capacitación a los trabajadores sobre manejo defensivo, la cual consiste en una charla que se realizará dentro de la instalación de faena del Proyecto. Protocolo de Conducción Se consideran los siguientes puntos como medidas cautelares en las actividades de conducción de los trabajadores: - La velocidad máxima será 30 km/hr al interior de faena y en camino exteriores no pavimentados. - Fuera de faena todos los vehículos cumplirán en todo momento con los límites de velocidad establecidos. - Los vehículos asociados al Proyecto no excederán los límites de velocidad establecidos en las rutas a utilizar. - Los camiones asociados al Proyecto tendrán un sistema de monitoreo por GPS, que entregue la información sobre las rutas utilizadas y velocidades en los trayectos, a modo de cumplir con las velocidades máximas en carreteras y caminos además de la velocidad indicada en el presente Protocolo. - En caso de ocurrir un uso extraordinario de la vía de acceso al Proyecto por parte de la comunidad (festividades, caravanas, entre otros), los conductores del Proyecto darán preferencia de uso de la vía a la comunidad. - Los horarios de transporte del Proyecto serán diferidos de los horarios de tráfico punta (7:00 am a 8:30 am), evitando ocasionar congestión vehicular. - Realizar una charla de capacitación a trabajadores internos y externos del Proyecto que tendrá como objetivo informar sobre los riesgos asociados a la actividad de conducción. - Mantenimiento de los vehículos, considerando revisiones periódicas y mantenimientos preventivos, los que incluyen frenos, neumáticos y luces. - Verificación del funcionamiento de los elementos de seguridad: cinturones de seguridad y airbags. - Se considera en todo momento la verificación de los elementos de seguridad obligatorio como botiquín, extintor y elementos reflectantes. La capacitación considerará los siguientes tópicos como ejes centrales: - Seguridad vial
Formas de prevenir accidentes
Mantener la conciencia sobre los riesgos asociaciones a la conducción, como el consumo pág. 52
de alcohol, drogas, fatiga, distracciones y exceso de velocidad.
Mantenimiento adecuado del vehículo.
Mantener una actitud defensiva al momento de conducir, anticipar posibles peligros y evitar comportamientos riesgosos. - Evitar distracciones (uso de dispositivos móviles, comer, entre otros). - Promover respeto a las normas de tránsito y la cultura de la conducción. - Normativa de tránsito - Técnicas de manejo seguro Cabe indicar, que la empresa además de estas medidas cautelares cuenta con un procedimiento de conducción a la defensiva que aplica a todos los proyectos, el cual tiene por objetivo establecer los lineamientos necesarios para la conducción de vehículos a la defensiva, garantizando el traslado seguro de los trabajadores.
Oportunidad: Este Protocolo estará vigente durante toda la fase de construcción, etapa en la que se considera la contratación de empresas externas que brinden servicios. La capacitación se realizará previo a la fase de construcción y cada vez que ingrese un nuevo trabajador o se establezca un contrato con alguna empresa externa. El procedimiento interno mencionado anteriormente rige durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrá un registro con los tópicos y materiales entregados de las charlas y la asistencia del personal a las mismas. - Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA contra entrega de informe que acredite realización de las capacitaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles los siguientes antecedentes en caso de que la Autoridad lo requiera: - Lista con nombre y firma de los trabajadores que asistan a la charla. - Registro fotográfico georreferenciado de la realización de las charlas. - Registro del material entregado (folletos, boletines, ppt). - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos - Registros de la información GPS de los vehículos - Registro de las licencias de conducir de los conductores.
8.10 Aplicación de supresor de polvo Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción y cierre del Proyecto.
Descripción: Se aplicará supresor de polvo en los caminos internos y de acceso del Proyecto dentro del predio, se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones, se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena, se prohibirá la quema de basuras u otro tipo de fogatas. En la siguiente tabla,se detallan las especificaciones técnicas de las acciones de control asociadas.
Justificación: Evitar que el proyecto genere impactos negativos significativos en materia de emisiones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos no pavimentados, internos y de acceso del Proyecto dentro del predio.
Forma: 1. Aplicación de supresor de polvo: Se aplicará el producto por todo el ancho de la superficie de los tramos no pavimentados del Proyecto. El producto por utilizar será biodegradable, de base orgánica, soluble en agua, sin interferencias negativas con el pág. 53
medio ambiente y de alto rendimiento. Para ello se utilizará un camión aljibe. 2. Cubrir camiones con malla: Los camiones con carga deberán transitar encarpados por todos los caminos utilizados para el transporte de material, residuos y/o insumos. Se cubrirán los camiones con lonas para evitar la caída de material y minimizar la dispersión de polvo. 3. Reducción de velocidad en obra: Se exigirá una velocidad máxima de 30 [km/h]para los vehículos pesados y 50 [km/h] para los vehículos livianos.
Oportunidad: La primera aplicación será realizada inmediatamente después de iniciado el hito de la fase de construcción. Durante toda la fase de construcción se evaluará de forma mensual nuevo requerimiento. Indicador que acredite su cumplimiento a) Aplicación de supresor de polvo: Cada vez que se realice la actividad se tendrá un registro de la aplicación. En la ficha se indicará la siguiente información: fecha, hora, sector, cantidad de supresor de polvo, superficie abarcada, responsable, firma. Junto al registro se mantendrán fotografías que evidencien la aplicación. b) Cubrir camiones con malla: Cada vez que se transporten materiales en camión tolva se tendrá un registro del chequeo de la utilización de coberturas en camiones. c) Reducción de velocidad en obra: Se tendrá un registro de la presencia de señalética de velocidad. Además, se entregará un informe con todos los medios de verificación a la Superintendencia del Medio Ambiente inmediatamente después de finalizar la fase de construcción. Forma de control y seguimiento - Mantención de registro de estas medidas en obra. Envío de registros a la Superintendencia del Medio Ambiente a través de un informe final de la fase de construcción, donde se incluyan los medios de verificación.
8.11 Apoyo a Bomberos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyo a Bomberos en actividades o capacitaciones relacionadas con incendios que puedan generarse en proyectos BESS.
Descripción: El Titular se compromete a colaborar activamente en la capacitación de los bomberos en temas relacionados con conatos de incendio que puedan originarse en proyectos BESS. Esta iniciativa se concibe como un valioso intercambio de conocimientos, así como la creación de programas de formación y concientización sobre energías renovables y almacenamiento BESS dirigidos a la comunidad del cuerpo de bomberos.
Justificación: La justificación de esta colaboración radica en la importancia que tiene para nuestra empresa capacitar y proporcionar conocimientos básicos sobre energías renovables y los sistemas de almacenamiento que estamos desarrollando en la región. Un aspecto fundamental es poder capacitar e informar sobre nuestros proyectos a los bomberos, quienes tienen la misión crucial de asistirnos en caso de emergencia. Por ello, hemos establecido acuerdos con el Cuerpo de Bomberos de Copiapó para compartir conocimientos básicos sobre el funcionamiento de estos proyectos y cómo podemos enfrentar cualquier situación de contingencia o emergencia que pudiera surgir. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Copiapó
Forma: La implementación del compromiso se realizará mediante la creación de un acuerdo de colaboración formal entre el proyecto y el (los) cuerpos de bomberos de la comuna de Copiapó. Este acuerdo establecerá los términos y condiciones de la colaboración, así como los objetivos y actividades específicas -a desarrollar en conjunto.
Oportunidad: Una vez firmado el acuerdo se establecerán el calendario de reuniones con el (los) cuerpos de bomberos de la comuna de Copiapó, identificando las áreas de colaboración y consolidando un plan de trabajo en conjunto. Durante los siguientes meses, se formalizará el acuerdo de colaboración y se iniciarán las actividades en conjunto, apoyos u otros con el fin de dar cumplimiento a lo acordado. Indicador que acredite su Registro de aportes y/o participantes que estará disponible para su revisión en terreno para la consulta de la autoridad que la solicite. pág. 54
cumplimiento Forma de control y seguimiento Se presentará antes la SMA los siguientes registros: - Se establecerá un comité de seguimiento compuesto por un representante del Titular y otro por parte de Bomberos. - Se presentará un registro de firmas de los participantes de las capacitaciones y/o actividades de este programa.
8.12 Incorporación de señalética en vehículos del Proyecto Impacto asociado Sin impacto significativo asociado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca establecer criterios de identificación de los vehículos del Proyecto.
Descripción: Incluir señalética (visible al menos a 20 metros) en todos los vehículos asociados al proyecto (propios y contratistas), donde además se indique número de contacto para atención de posibles reclamos.
Justificación: Para tener una mejor comunicación con los vecinos y visualización de los vehículos del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Proyecto y sectores circundantes Forma: Se implementará en todos los vehículos asociados a la construcción del Proyecto, un logo de identificación con el nombre del Proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”. Si son proveedores externos se les exigirá un cartel o letrero que debe ser puesto en la parte delantera y visible del vehículo. Oportunidad: Mientras exista circulación de vehículos en todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro con fotografía el cumplimiento de la medida, donde se visualice claramente el logo o nombre del Proyecto. Informe de instalación de señalética Forma de control y seguimiento Se presentará un informe de instalación de señalética dentro del plazo de una semana a contar del inicio de la fase de construcción, un segundo informe a los 12 meses de iniciada la fase y otro a finalizar la etapa, el cual incluirá los registros con fotografías mencionados.
8.13 Mantención de caminos que se habilitarán por el Proyecto Impacto asociado Sin impacto significativo asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener despejados, compactados y sin grandes surcos todos los caminos que serán habilitados por el Proyecto, durante la fase de construcción y cierre. Descripción: Se llevará a cabo la mantención de todos los caminos de acceso que serán habilitados por el Proyecto, garantizando su adecuado estado, es decir, que se encuentren despejados, compactados y sin grandes surcos, durante las fases de construcción y cierre. Justificación: Evitar que el Proyecto deteriore caminos debido al tránsito de camiones rampla. Estos camiones son requeridos para el transporte de los insumos el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los caminos que serán habilitados por el Proyecto. Forma: Se utilizará la misma maquinaria destinada a la habilitación de caminos de acceso y de circulación interna, retroexcavadora y/o motoniveladora, para llevar a cabo la mantención de los caminos. Se tiene contemplado utilizar parte de las excavaciones como material granular. Oportunidad: Periodicidad no menor a 6 meses. Indicador que acredite su cumplimiento Cada vez que se realice la actividad se elaborará un registro de la mantención del área. En la ficha se indicará la siguiente información: fecha, hora, sector, superficie abarcada, responsable, firma. Junto al registro se mantendrán fotografías que evidencien la mantención realizada. Además, se entregará un informe con todos los medios de verificación a la Superintendencia del Medio Ambiente y Dirección Regional de Vialidad, inmediatamente después de finalizar la fase pág. 55
correspondiente, es decir, construcción o cierre. Forma de control y seguimiento Registro histórico de las actividades de mantención realizadas, disponibles en formato físico y digital. Envío de registros a la Superintendencia del Medio Ambiente y Dirección Regional de Vialidad, a través de un informe final en la fase correspondiente, es decir, construcción o cierre, donde se incluyan los medios de verificación.
8.14 Plan de Revegetación Impacto asociado No hay. Fase del Proyecto a la que aplica Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un plan de revegetación vegetacional, de acuerdo con la información levantada en la Línea de Base de Flora y Vegetación.
Descripción: El Plan de Restauración de vegetación en la fase de cierre, pretende restablecer la cobertura vegetacional del área de proyecto presente en la actualidad. La superficie total por restaurar será de 9,5 hectáreas correspondiente a la zona del proyecto con la unidad vegetacional Matorral Medio Muy Escaso de Adesmia atacamensis, reforestando 399 individuos de tres especies. El resto del área del Proyecto fue caracterizada como Desierto Absoluto, por lo que no se considera necesaria la implementación de medidas de revegetación.
Justificación: Según lo establecido en artículo 19, literal a.7 del decreto D.S 40 del 2013 del Ministerio del Medio Ambiente, donde se establece que se “deberá describir las actividades, obras y acciones para (…) Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad” el Plan de Revegetación pretende restablecer la cobertura vegetacional, a través de prescripciones técnicas y medidas de restauración. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto caracterizada como Matorral Medio Muy Escaso de Adesmia atacamensis, lo que corresponde a 9,5 hectáreas aproximadamente.
Forma: La superficie total por revegetar será de 9,5 hectáreas correspondiente a la zona del proyecto con la unidad vegetacional Matorral Medio Muy Escaso de Adesmia atacamensis. La plantación será distribuida de forma equitativa y de modo tal que la formación vegetacional sea revegetada según su estado inicial, antes de la construcción del Proyecto. Así se proyecta una mejora al incorporar vegetación nativa, identificada en la línea base, en zonas desprovistas de vegetación, mejorando la matriz vegetativa, asociada al número de individuos Se considera reforestar de Adesmia atacamensis, Encelia canescens y Ephedra chilensis, revegetar con un total de 399 individuos.
Oportunidad: La revegetación se realizará en el periodo comprendido entre mayo y junio del año correspondiente a la fase de cierre. Además, el plan conlleva un monitoreo posterior en un plazo de 5 años. Indicador que acredite su cumplimiento Cada vez que se realice un monitoreo se elaborará un registro que incluya: - Porcentaje de sobrevivencia (conteo de individuos) - Altura de los individuos (metros) - Diámetro del tallo - Estado fitosanitario de las especies (sano, irregular, defectuoso, muerto) - Fotografías de las especies restauradas Si resultados del monitoreo indican que la cantidad de ejemplares vivos es inferior a 75%, se planificará un replante a ejecutar. Además, se elaborará un informe con fotografías y el registro del monitoreo, que será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de Ventanilla Única Forma de control y seguimiento Registro de los monitoreos disponibles en formato físico y digital. Envío de registros a la Superintendencia del Medio Ambiente a través de informes, donde se incluyan las fotografías y el registro histórico del cumplimiento de la medida.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
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9.1 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1 Riesgos de Sismos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de Construcción y Cierre - Al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será́ verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. - En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente.
Fase de Operación En la fase de operación se realizarán charlas de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones etcétera. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre Existirá registro de todos los procedimientos de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria Punto 8.1.1 del ICE
9.1.2 Sismos que pueda provocar derrame de residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de que se produzca un sismo, se llevarán a cabo las siguientes acciones: - El personal a cargo del patio de residuos suspenderá cualquier actividad que se esté realizando y se dirigirá al área de zona de seguridad más cercana, la cual deberá estar ubicada en un área abierta y alejada de las instalaciones que puedan involucrar riesgo de desplome/derrumbe. - El personal deberá permanecer en la zona de seguridad hasta que el finalice el sismo. Solo en casos puntuales como daños visibles y considerables en la edificación tales como caída de muros, fractura de columnas se podrá evacuar una zona. - Si se está manejando una unidad motorizada se guiará la unidad con precaución a un lugar seguro y se procederá a detener la misma.
Después de un sismo:
Se deberá esperar al menos 30 minutos en zonas de seguridad y no iniciar actividades en la faena por posibles réplicas. - Personal a cargo del patio de residuos deberá realizar una inspección visual a las instalaciones, con el objetivo de verificar si existen daños estructurales. En caso de evidenciarse daños, deberán solicitar su reparación inmediata. No se pág. 57
activarán las faenas hasta que no se haya comprobado que no exista riesgo de colapso estructural. - Personal encargado de los sitios de almacenamiento deberá realizar una inspección en todos los puntos de generación primaria de RSD, bodega RSD y patios de salvataje, con el objeto de verificar que no existan derrames. - En caso de evidenciarse algún derrame, se procederá a recoger el derrame, haciendo uso de los elementos de protección personal adecuados y con la ayuda de palas, tambores y/o minicargador frontal en caso de ser necesario.
Responsables: Grupo de trabajadores encargados del patio de residuos Plazos: Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia Forma de control y seguimiento Verificación del estado del patio de residuos mensualmente y Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria Punto 8.1.2 del ICE
9.1.3 Evento Hidrometeorológico Extremo Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de prevenir y atender la contingencia por inundación en el área del Proyecto se deberán ejecutar las siguientes acciones o medidas: - Se establecerá un sistema de alerta temprana para informar a los trabajadores sobre la posibilidad de inundación. - Se implementará un sistema de monitoreo hidrometeorológico para detectar cambios en los niveles de agua y condiciones climáticas que puedan indicar un evento extremo. - Se desarrollarán rutas de evacuación segura y puntos de reunión designadas en áreas elevadas en los deslindes del área del Proyecto. - Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre procedimiento de emergencia y evacuación en caso de evento hidrometeorológico extremo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo, y registro fotográfico. - Registro de los monitoreos hidrometereológicos para evaluar posibles cambios climáticos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.2 del ICE
9.1.4 Precipitación extrema asociado a la fosa séptica Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán inspecciones visuales a la fosa séptica para asegurarse de que mantenga sus características de funcionamiento. - Se retirará obligatoriamente los residuos generados en la frecuencia establecida con el fin de que nunca alcance su capacidad máxima. Forma de control y seguimiento Verificación del estado del sistema sanitario. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Tabla 8.1.4 del ICE
9.1.5 Precipitación extrema asociado al patio de residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre pág. 58
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de que exista un evento de lluvia extrema se procederá de la siguiente manera: - El personal de planta encargado del patio de residuos deberá asegurar que los contenedores permanezcan cerrados en casos de lluvia extrema, y verificar que no existan filtraciones de agua desde el techo del patio de residuos. - Una vez que terminen las precipitaciones, el personal encargado del sitio de almacenamiento deberá realizar una inspección en todos los puntos de generación primaria de RSD, y patio de residuos, con el objeto de verificar que no existan derrames. - En caso de evidenciarse algún derrame, principalmente de RSD, se procederá a recoger el derrame, haciendo uso de los elementos de protección personal adecuados y con la ayuda de palas, tambores y/o minicargador frontal en caso de ser necesario Responsables: Grupo de trabajadores encargados del patio de residuos Plazos: Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia Forma de control y seguimiento Verificación del estado del patio de residuos mensualmente y Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda Complementaria
9.1.6 Remoción en Masa Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre - Al inicio de cada Fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad.
Fase de Operación
En la fase de operación se realizarán charlas de inducción a los operarios encargados de mantención, las cuales abarcarán plan de evacuación, zonas de seguridad, programa de comunicaciones etcétera. En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre Existirá registro de todas las capacitaciones realizadas. Este registro estará disponible de manera digital y física en la Central y/o en instalación de faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.7 Fuertes Vientos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad las que deberán se definidas previa al inicio de las obras. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad definidas y esperar instrucciones por la supervisión. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. pág. 59
- Se procederá a evaluar los daños en la estructura física. - En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro periódico de las actividades predichas. Este registro estará disponible de manera digital y física en la Central y/o en instalación de faena según la fase que se esté ejecutando Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.8 Condiciones Climatológicas Adversas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de prevenir y atender la contingencia por inundación en el área del Proyecto se deberán ejecutar las siguientes acciones o medidas:
Monitoreo Continuo: Se realizará un monitoreo continuo de condiciones meteorológicas, utilizando el sistema de alertas meteorológicas de la Dirección Meteorológica de Chile. Se considerará para estos efectos las categorías establecidas por este servicio, correspondientes a Aviso (eventos de severidad moderada, potencialmente riesgosos), Alerta (eventos de severidad fuerte, con probabilidad de generar riesgos a las personas) y Alarma (eventos de severidad intensa, con muy alto potencial de generar riesgos materiales y de vida en las personas). Adicionalmente, se realizará un monitoreo continuo del sistema de alertas del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) para la comuna de Copiapó. Se considerarán para estos las alertas respectivas a eventos meteorológicos, inundaciones y especialmente remociones en masa y flujos de detritos en la zona del proyecto.
Rutas de evacuación y zonas de seguridad: Se desarrollarán rutas de evacuación segura y puntos de reunión designadas en áreas elevadas en los deslindes del área del Proyecto como zonas de seguridad.
Capacitaciones: Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre procedimiento de emergencia y evacuación en caso de evento hidrometeorológico extremo. En particular:
Protocolos de Respuesta Rápida: Activación de protocolos de respuesta rápida ante condiciones que puedan desencadenar remociones en masa, incluyendo evacuación de áreas afectadas y comunicación con SMA.
Equipos de Emergencia: Se dispondrá de una brigada de emergencia y disponibilidad de equipos y materiales específicos para atención de emergencias, como barreras de contención, bolsas de arena y maquinaria pesada, de ser necesario.
Plan de Comunicaciones: Establecimiento de un plan de comunicaciones para notificación oportuna a trabajadores y comunidad sobre riesgos y acciones a seguir, con simulacros periódicos y campañas informativas Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo y registro fotográfico. - Registro de los monitoreos hidrometereológicos para evaluar posibles cambios climáticos. - Control periódico de las zonas de evacuación y emergencia, verificando que pág. 60
se encuentren las zonas de seguridad libres de obstáculos y debidamente demarcadas. Estos registros estarán disponibles de manera digital y física en la Central y/o en Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.9 Derrame de Productos Químicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción, operación y cierre. - La manipulación de productos químicos se realizará acorde a la normativa vigente. - Se capacitará al personal que manipule este tipo de productos. - Aun cuando no se contemple el almacenamiento de productos peligrosos en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (Kit de Derrames). - Los transformadores contarán con pretil y geomembrana. - En las emergencias que afecten al componente suelo y que impliquen remoción de éste, se tomarán muestras de suelo durante y posterior al incidente, con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar, se debe señalar los responsables del seguimiento de las acciones implementadas. Además, se considerará la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis serán realizados en laboratorios acreditados por el INN. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre. Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de productos químicos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles, tanto en formato digital, como en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.10 Derrame de Residuos Peligrosos (RESPEL) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción, operación y cierre. - La manipulación de productos químicos o residuos se realizará acorde a la normativa vigente. - Se capacitará al personal que manipule este tipo de productos o residuos. - Aun cuando no se contemple el almacenamiento de productos peligrosos en faena, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, esto considerando que los equipos y maquinarias en obra utilizan productos de este tipo (combustibles y aceites lubricantes). - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud (Kit de Derrames). - Los transformadores contarán con pretil y geomembrana. pág. 61
- La zona de residuos sólidos no peligrosos, domésticos y peligrosos, así como los residuos líquidos provenientes de baños químicos, estarán alejados de cualquier curso de agua.
En procedimientos de carga de combustible:
La carga de combustible a maquinarias se realiza en un área previamente definida y claramente demarcada, la cual se encontrará impermeabilizada, cubriendo el área entre el estanque y la máquina. - Se contará con equipamiento para el caso de emergencias dispuesto en las instalaciones para combatir las emergencias. Se debe usar EPP adecuados para la tarea. - Todo motor cercano se mantendrá apagado. Se dispondrán señaléticas de “Prohibido fumar” y se encontrará un extintor en la zona. En caso de ocurrir un accidente, los residuos generados serán catalogados como residuos peligrosos, serán dispuestos en la bodega RESPEL para luego ser declarados y transportados a disposición final. Forma de control y seguimiento Fase de construcción, operación y cierre. Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos peligrosos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles, tanto en formato digital, como en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.11 Rotura de contenedores con derrame de Residuos Sólidos asimilables a Domiciliarios (RSD) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los contenedores de RSD se mantendrán en buenas condiciones, reemplazando aquellos que se encuentren en mal estado, y que pudieran significar un riesgo de esparcir residuos o cuya manipulación sea insegura a los trabajadores ante superficies sobresalientes o averías. - Se capacitará al personal que realizará la recolección de los RSD al interior de las instalaciones temporales de faena e instalaciones de apoyo, así como aquellos que estarán encargado del manejo de RSD en la sala de basura. - El trasvasije del contenido de los RSD será realizado por personal capacitado para tales efectos, empleando los EPP correspondientes. - Se dispondrán los residuos recolectados al interior de bolsas plásticas, y posteriormente al interior de un contenedor en buenas condiciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad - Registros de capacitaciones a los trabajadores. - Registros de control de derrames indicando: fecha, hora, cantidad aproximada derramada, causas que originaron el derrame y registros fotográficos del derrame y post derrame. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.12 Incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. - Se contarán con equipos de extinción de incendios pág. 62
- Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. - Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la O.G.U.C. y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. - Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA.
Fase de Operación
Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. - Bajo ninguna circunstancia se contempla el almacenamiento de materiales en las instalaciones. - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. - Se contará con un Sistema de Videovigilancia, el cual está compuesto por los siguientes elementos: a) Sistema perimetral térmico, para detectar y reconocer intrusiones con la ayuda de cámaras termias con el objeto de proteger el perímetro de planta y sus accesos. b) Sistema de supervisión de campo, utilizando las cámaras móviles tipo domo como complemento de las cámaras térmicas y como elemento de supervisión técnico de la planta. c) Sistema de transmisión de alarmas, (integrado en central de alarmas) para gestionar y tramitar las incidencias a la Central Receptora de alarmas y. posteriormente previa verificación, comunicas a las fuerzas de seguridad del Estado. d) Sistema disuasorio básico, mediante un Kit de balizamiento acústico/visual ubicado en cada columna del perímetro, así como un puesto central de audio en local y con conexión remota (streaming de audio). e) Sistema de control de accesos, mediante un sistema de activación desactivación del sistema de seguridad. f) Sistema de integración, que permita unificar todo el equipamiento en una única interface con el usuario final para simplificar la gestión.
Transmisión de la alarma El Proyecto contará con un sistema de videovigilancia asociado a una Central de Alarmas, la cual recibirá y gestionará las alertas emitidas por el sistema perimetral. El Módulo Interface de Intrusión permitirá integrar el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas, posibilitando el envío de las incidencias a la misma.
Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: - De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso al número de emergencia 132 de Bomberos. - Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto pág. 63
- En las zonas de almacenamiento de energía BESS, se contará con elementos de extinción de incendios como extintores y señalética correspondiente. - Durante el manejo de sustancias o elementos susceptibles de causar incendio, estará prohibido fumar y realizar actividades de soldadura el debido permiso de trabajo. - Se capacitará a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgo de incendio.
Incendio en zona de almacenamiento de energía: La prevención de la zona de almacenamiento BESS está integrado con un sistema de control de temperatura, el cual está conectado a la sala de control. Si hubiera un cambio en la condición de temperatura al interior de la BESS, se activa una alarma en la sala de control, la cual es monitoreada 24/7 por el equipo de Operación y Mantenimiento. Para verificar y solucionar el problema, se realiza una inspección en terreno, en base a esta inspección y en caso de ser necesario, se desconecta la BESS del paso de energía. Las baterías BESS, además, cuentan con un sistema de supresión de incendios de agente limpio llamado “Fike”, el cual remueve el calor y rompe el fuego a nivel moléculas, descargando gas que no deja residuos y no requiere de limpieza posterior. Adicionalmente, las baterías contienen un sistema de refrigeración que funciona a través de un sistema de enfriamiento mediante ventiladores los cuales quedan sujetos a las variables de medición del sistema, tales como temperatura de las celdas y estado del sistema de refrigeración. Adicionalmente, las baterías contienen un sistema de refrigeración que funciona a través de un sistema de enfriamiento mediante ventiladores los cuales quedan sujetos a las variables de medición del sistema, tales como temperatura de las celdas y estado del sistema de refrigeración.
Se lista a continuación los principales sistemas de monitoreo y control antes mencionados: - Sistema de medición de variables eléctrica - Sistema de medición de estado de carga - Sensor de voltaje y temperatura de las celdas - Sistema de monitoreo de estado de sistema de refrigeración - Sistema de monitoreo del sistema contra incendios - Sistema de monitoreo de temperatura del transformador
Cabe indicar que, el Titular se pondrá en contacto con el cuartel de Bomberos más cercano al Proyecto durante la fase de construcción, para realizar una charla sobre el funcionamiento de las BESS y la tecnología asociada a ellas, con el objetivo de informar sobre estas y los tipos de incendios (químico, eléctrico, etc.) que podrían generarse en la Central. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Además, se dejará registro de la charla sobre las baterías al cuerpo de bomberos más cercano al Proyecto. Por otro lado, a modo de asegurar que los sistemas de monitoreo estén en buen estado, se tendrá un registro de las mantenciones preventivas realizadas a las unidades de almacenamiento. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.13 Incendio con foco en el Patio de Residuos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre pág. 64
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ubicar extintores, debidamente señalizados, en zonas libres de obstáculos. Capacitación a trabajadores en el uso de extintores en caso de situación de emergencia. Instalación de señalética que indique prohibición de fumar, o encender fuego. Señalización correcta de los materiales y sustancias, según sus propiedades. Realización periódica de inspección para revisar el Patio. Quincenal en construcción y cierre. Forma de control y seguimiento Registro de mantención de extintores. Registro de capacitaciones. Registro fotográfico de señalética y señalización de materiales. Registro de inspecciones periódicas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.14 Traslado de Residuos Sólidos Domiciliarios y Residuos Industriales No Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos y/o rutas a utilizar para el transporte de residuos en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Verificación del estado de los vehículos de transporte antes de cada salida - Revisión de la documentación que acredite autorización sanitaria y permisos vigentes Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de inspecciones previas al transporte - Declaraciones de Residuos en Ventanilla única Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.15 Hallazgos arqueológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de arqueología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de las actividades de capacitación del personal. - Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.15 del ICE
9.1.16 Riesgo de Hallazgos paleontológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de paleontología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, por un que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo pág. 65
el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el paleontólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad: - Registro de las actividades de capacitación del personal. - Registros de monitoreos con los respectivos reportes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.16 del ICE
9.1.17 Derrame de Lodos en el Proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica y baños químicos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. - En el caso de baños químicos estos serán reemplazados de inmediato. - En el caso de la fosa, se instalarán de inmediato un baño químico y se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema y/o restituido el baño químico, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. - Luego de la restitución del servicio se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. - Durante la operación, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se llevará una excavadora o retroexcavadora al sitio para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada. - Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado. Forma de control y seguimiento Verificación periódica del estado del sistema sanitario. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.17 del ICE.
9.1.18 Derrame de Lodos en Ruta Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica y/o baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se deberán implementar los siguientes procedimientos en cada llegada del camión limpia fosas: - Realizar inspecciones visuales para verificar el correcto estado del camión, asegurando que válvulas, mangueras y estanque se encuentren en condiciones óptimas. - Solicitar la documentación que acredite que el transportista cuenta con autorización sanitaria vigente para el retiro y disposición de aguas servidas. - Comprobar que el vehículo disponga de todos los elementos y equipos necesarios para el control de derrames. - Verificar que el estanque quede debidamente sellado antes de que el camión abandone el sitio del Proyecto. - Asimismo, se solicitará al proveedor la documentación y evidencia que respalde el cumplimiento íntegro de la normativa vigente, incluyendo la exigencia de kits de contención de derrames y el uso de equipos de protección personal (EPP) pág. 66
Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro físico y digital en instalación de faena, disponible para la autoridad que incluya: - Registro de conductores y copia de la revisión técnica de los vehículos y/o maquinaria. - Registro de mantenciones del camión limpia fosas. - Será una exigencia excluyente la revisión técnica al día. El incumplimiento será motivo de caducar el contrato de prestación de servicios al Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.18 del ICE.
9.1.19 Emisión de hedores Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: - Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.19 del ICE.
9.1.20 Falla en la frecuencia de retiro de residuos líquidos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El encargado de obras debe gestionar de manera eficaz el retiro de los residuos líquidos contactando a otra empresa en caso de que la empresa contratada tenga algún tipo de problema para cumplir con lo establecido. Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.20 del ICE.
9.1.21 Emisión de olores Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Limpieza y sanitización periódica (semanalmente en fase de construcción y cierre) Forma de control y seguimiento Registro de limpieza y sanitización. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
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9.1.22 Falla en la frecuencia de retiro de los residuos asimilables a domiciliarios Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El personal encargado de supervisar el acopio y retiro de residuos serán los responsables de gestionar y coordinar el retiro de estos con las empresas contratadas y de acuerdo con las frecuencias consideradas, o bien, de coordinar oportunamente con empresas alternativas en caso de que las empresas contratadas no puedan realizar el retiro. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.23 Afectación de Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de reducir la afectación a la fauna silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas y acciones: - Revisión preventiva del cerco perimetral con el fin de evitar el ingreso de fauna - Se realizará capacitación a los trabajadores, una vez en cada fase del proyecto, en donde se tratarán temas como la fauna potencial presente en el área, de resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo de fauna en el área del Proyecto, manejo de los residuos, la prohibición de alimentar a la fauna silvestre - para evitar el acercamiento de fauna silvestre-, la prohibición de tenencia perros, entre otros. - Establecer un protocolo claro para el tratamiento y la rehabilitación de individuos afectados. - Determinar un destino final apropiado para los animales tratados, considerando su reintroducción en su hábitat natural o su entrega a autoridades competentes. Forma de control y seguimiento Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes con rut, profesionales a cargo, y registro fotográfico que será cargado a la plataforma de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.24 Atropello de Fauna Silvestre Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Con el fin de reducir el riesgo de atropello a la fauna silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas y acciones: - Se implementarán límites de velocidad para los trabajadores y operarios que se encuentren operando vehículos durante todas las fases del Proyecto. Los límites serán informados a todo el personal y las empresas contratistas durante las distintas fases. - Se instalará señalética respecto a la velocidad máxima permitida. - Se realizará capacitación a los trabajadores, una vez en cada fase del proyecto, en donde se tratarán temas como la fauna potencial presente en el área, de resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo de las aves presentes en el área del pág. 68
Proyecto, manejo de los residuos, la prohibición de alimentar a la fauna silvestre - para evitar el acercamiento de fauna silvestre-, la prohibición de tenencia perros, entre otros. - Establecer un protocolo claro para el tratamiento y la rehabilitación de individuos afectados. - Determinar un destino final apropiado para los animales tratados, considerando su reintroducción en su hábitat natural o su entrega a autoridades competentes. Forma de control y seguimiento Registro de cada capacitación que incluya listado de asistentes con rut, profesionales a cargo, y registro fotográfico que será cargado a la plataforma de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria
9.1.25 Colisión de avifauna en la Línea de Transmisión Eléctrica Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Línea de Transmisión Eléctrica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán charlas de inducción y capacitación a todo el personal del Proyecto y contratistas antes de iniciar las actividades. - Se tratarán temas como la fauna potencial presente en el área, de resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo de las aves presentes en el área del Proyecto. - Se instalarán disuasores de vuelo en el cable de guardia de la línea de transmisión eléctrica: De acuerdo con la Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos, se instalarán disuasores de vuelo que consideren los siguientes aspectos: • Color altamente contrastante (rojo, amarillo, blanco) o de dos colores. Cabe destacar, que debido a la ausencia de especies de avifauna nocturna, no se han considerado dispositivos visibles durante la noche. • Tamaño: El tamaño del dispositivo será lo suficientemente grande como para aumentar el grosor del cable en 20 cm. • Movimiento: Fijación que permita la oscilación con el viento. • Frecuencia: Se considerará la frecuencia definida por el fabricante, no obstante, se tendrá en consideración la recomendación de la Guía mencionada anteriormente. Forma de control y seguimiento Registro de las actividades de capacitación del personal. Informe de instalación de disuasores de vuelo Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.25 del ICE
9.2 PLAN DE EMERGENCIAS 9.2.1 Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: - No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas pág. 69
abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para aquellas contingencias que tengan relación con aspectos ambientales, asociados a Eventos Naturales, transporte, manejo y derrame de sustancias y/o residuos peligrosos, Incendios y alteración de elementos patrimoniales, se deberá informar a la Oficina Regional de la Superintendencia de Medio Ambiente de la Región de la contingencia acaecida. El responsable de informar a la SMA será el encargado de faena. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.1 del ICE
9.2.2 Sismos que pueda provocar derrame de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de la ocurrencia de precipitación extrema que afecte el patio de residuos, el personal a cargo del patio de residuos deberá realizar una inspección visual a las instalaciones, con el objetivo de verificar si existen daños estructurales. En caso de evidenciarse daños, deberán solicitar su reparación inmediata. - Personal encargado de los sitios de almacenamiento deberá realizar una inspección en todos los puntos de generación primaria de RSD, bodega RSD y patios de salvataje, con el objeto de verificar que no existan derrames. - En caso de evidenciarse algún derrame, se procederá a recoger el derrame, haciendo uso de los elementos de protección personal adecuados y con la ayuda de palas, tambores y/o minicargador frontal en caso de ser necesario. - Responsables: Grupo de trabajadores encargados del patio de residuos - Plazos: Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda. Punto 8.1.2 del ICE
9.2.3 Evento Hidrometeorológico Extremo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: 1. Identificación de cambios extremos en las condiciones climáticas y avisar a la SMA. 2. Evacuación del personal Finalmente, se elaborará un informe que consolide y sistematice la emergencia. Oportunidad y vías de Oficina Regional del Superintendencia del Medio Ambiente vía plataforma pág. 70
comunicación a la SMA de la activación del Plan de Seguimiento ambiental antes de 24 horas desde ocurrida la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.3 del ICE
9.2.4 Precipitación extrema asociado a la fosa séptica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de la ocurrencia de precipitación extrema que provoque que la fosa se filtre, se dará inicio al plan de emergencia correspondiente a “Derrame de aguas servidas o lodos”. En caso de que no ocurra filtración de la fosa: - Luego del evento de lluvia extremo se inspeccionará el funcionamiento del sistema de manejo de aguas servidas para identificar rebose o saturación de la fosa por aguas lluvias. - En caso de que haya existido algún rebose o saturación de la fosa se contactará a la empresa que realiza el retiro de lodos para obtener asistencia técnica y eventual retiro de lodos para asegurar el normal funcionamiento de la fosa. Se evaluará la urgencia de la medida según el nivel de saturación que se presente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 138, Anexo 3.4 de la Adenda. Punto 8.1.4 del ICE
9.2.5 Precipitación extrema asociado al patio de residuos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de la ocurrencia de precipitación extrema que afecte el patio de residuos, el personal a cargo del patio de residuos deberá realizar una inspección visual a las instalaciones, con el objetivo de verificar si existen daños estructurales. En caso de evidenciarse daños, deberán solicitar su reparación inmediata. - Personal encargado de los sitios de almacenamiento deberá realizar una inspección en todos los puntos de generación primaria de RSD, bodega RSD y patios de salvataje, con el objeto de verificar que no existan derrames. - En caso de evidenciarse algún derrame, se procederá a recoger el derrame, haciendo uso de los elementos de protección personal adecuados y con la ayuda de palas, tambores y/o minicargador frontal en caso de ser necesario. - Responsables: Grupo de trabajadores encargados del patio de residuos Plazos: Dentro de las primeras 24 horas después de la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. pág. 71
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda. Punto 8.1.5 del ICE.
9.2.6 Remoción en Masa Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre - Ante un eventual riesgo de remoción en masa, el personal dará aviso inmediatamente al Jefe de Emergencias quien informará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. - Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el Plan de Emergencias. - Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a todo el personal, hacia las zonas de seguridad. Se evaluarán daños en la estructura física del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrir un evento, el encargado de faena será el responsable de elaborar el informe que deberá ser entregado a la SMA, a través de la plataforma web correspondiente Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.6 del ICE.
9.2.7 Fuertes Vientos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: 1. Identificación de cambios extremos en las condiciones climáticas y avisar a la SMA. 2. Evacuación del personal Finalmente, se elaborará un informe que consolide y sistematice la emergencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA y a la Ilustre Municipalidad de Copiapó, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante fuertes vientos. Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.7 del ICE.
9.2.8 Condiciones Climatológicas Adversas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia que se prevea un evento de precipitaciones extremas del monitoreo continuo, se considerará como mínimo la evacuación de todo el personal en la zona de riesgo, así como la disposición de refuerzos, contenciones o protecciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas. El procedimiento de actuación será el siguiente: - En caso de que se produzca un desplazamiento, avisar al jefe de pág. 72
Emergencia por si debe activarse el plan.
Evacuación del personal: evacuar de manera ordenada y rápida, en el caso que se dé la instrucción por parte del jefe de Emergencia. - Equipo de emergencia: Será el encargado de coordinar la evacuación y dirigirse a la zona de seguridad por las vías predefinidas, lejos de lugares con riesgo de desplazamiento de material y según indique el prevencionista de riesgos. Luego de la emergencia, finalmente, se elaborará un informe que consolide y sistematice la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales, en caso de eventos extremos de precipitaciones y/o inundaciones, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo de la contingencia. - Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.8 del ICE.
9.2.9 Derrame de Productos Químicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre. 1. Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. 2. Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. 3. Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. 4. Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. 5. Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición. 6. Evaluar gravedad de la situación para alarmas de fuego. 7. Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. 8. Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín. 9. Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. 10. Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame, a excepción de los trabajadores encargados de contener el derrame. 11. Se deberá contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente, desde afuera hacia adentro para evitar su dispersión. 12. En los lugares donde el derrame se encuentre ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, se mezclará con el suelo y se amontonará libremente. 13. Posteriormente, descontaminar el área, removiendo tanto el material absorbente utilizado para controlar el derrame como la totalidad del suelo contactado. 14. Cabe indicar que, tratándose de residuos de aceites y grasas (fluidos viscosos), no se prevé altos niveles de infiltración en el suelo vegetal. pág. 73
No obstante, se limpiará y se retirarán todos los residuos del área. En caso de requerirse medidas de remediación, estas serán evaluadas y definidas previamente en conjunto con la Autoridad, considerando al menos, las características del suelo, del del contaminante y, de las interacciones entre contaminante y medio. 15. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos. 16. Descontaminar los equipos de protección, limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado. 17. El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en contenedores para su posterior traslado y disposición final en un lugar de seguridad autorizado. 18. Todo lo anterior quedará disponible para la Autoridad en caso de posibles fiscalizaciones. Si el componente afectado es el recurso hídrico se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente. Además, si existe riesgo de contaminación del suelo, se dará cumplimiento a la Resolución Exenta N°406 de fecha 15 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba “Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes” de manera que existirá: i. Evaluación inicial indicando ubicación exacta y condiciones del terreno; identificación de la sustancia, incluyendo tipo y cantidad derramada; área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales; información historia, en caso de haber ocurrido derrames previos. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia, a través de toma de muestras y análisis químico en laboratorios acreditados. En caso de ser necesario al confirmar la contaminación, un Plan de Remediación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Fase de construcción, operación y cierre. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de producto o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). - Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.9 del ICE.
9.2.10 Derrame de Residuos Peligrosos (RESPEL) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de construcción, operación y cierre. 1. Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. 2. Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. 3. Se deberá prohibir el tocar y caminar sobre el material derramado. 4. Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. pág. 74
- Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición.
- Evaluar gravedad de la situación para alarmas de fuego.
- Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal.
- Bloquear desagües de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o serrín.
- Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación.
- Mantener a los trabajadores alejados del área de derrame, a excepción de los trabajadores encargados de contener el derrame.
- Se deberá contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente, desde afuera hacia adentro para evitar su dispersión.
- En los lugares donde el derrame se encuentre ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, se mezclará con el suelo y se amontonará libremente.
- Posteriormente, descontaminar el área, removiendo tanto el material absorbente utilizado para controlar el derrame como la totalidad del suelo contactado.
- Cabe indicar que, tratándose de residuos de aceites y grasas (fluidos viscosos), no se prevé altos niveles de infiltración en el suelo vegetal. No obstante, se limpiará y se retirarán todos los residuos del área. En caso de requerirse medidas de remediación, estas serán evaluadas y definidas previamente en conjunto con la Autoridad, considerando al menos, las características del suelo, del del contaminante y, de las interacciones entre contaminante y medio.
- Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos.
- Descontaminar los equipos de protección, limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado.
- El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en contenedores para su posterior traslado y disposición final en un lugar de seguridad autorizado.
- Todo lo anterior quedará disponible para la Autoridad en caso de posibles fiscalizaciones.
Si el componente afectado es el recurso hídrico se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente. Además, si existe riesgo de contaminación del suelo, se dará cumplimiento a la Resolución Exenta N°406 de fecha 15 de mayo de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba “Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes” de manera que existirá: i. Evaluación inicial indicando ubicación exacta y condiciones del terreno; identificación de la sustancia, incluyendo tipo y cantidad derramada; área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales; información historia, en caso de haber ocurrido derrames previos. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia, a través de toma de muestras y análisis químico en laboratorios acreditados. En caso de ser necesario al confirmar la contaminación, un Plan de Remediación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Fase de construcción, operación y cierre. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la pág. 75
emergencia, tipo de producto o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia. • Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.10 del ICE.
9.2.11 Rotura de contenedores con derrame de Residuos Sólidos asimilables a Domiciliarios (RSD) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrames, recoger del suelo los RSD que pudieran haber caído, ya sea en el mismo punto o que hayan sido esparcidos por el viento, empleando los EPP correspondientes, esto con el fin de evitar su dispersión y la llegada de vectores sanitarios. Las acciones de limpieza consistirán en recoger manualmente los residuos derramados con la ayuda de escobas y palas, depositándolos en bolsas plásticas y disponiéndolos al interior de la batea del patio de residuos. De ser necesario, se lavará el suelo del área donde ocurrió el derrame con la ayuda de una manguera, la cual estará ubicada en el área de lavado del mismo patio de residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo de la contingencia. - Aspectos ambientales involucrados - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia.
Si el componente afectado es el recurso hídrico se procederá a indicar lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y pág. 76
resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda Punto 8.1.11 del ICE.
9.2.12 Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre - Se activará la alarma de incendio - Se dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Una vez concluidas las acciones post emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando al menos lo siguiente: - Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.12 del ICE.
9.2.13 Incendio con foco en el Patio de Residuos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Establecer de manera previa los canales de comunicación, contando con los números telefónicos de emergencia. - Dar aviso inmediato al jefe de Emergencias, para establecer las medidas requeridas. - Combatir el fuego con los elementos correspondientes, ubicados en la bodega de herramientas. Reporte Final con una descripción del incidente en cuestión, incluyendo cronología de los eventos y registro fotográfico. pág. 77
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda. Punto 8.1.13 del ICE.
9.2.14 Traslado de Residuos Sólidos Domiciliarios y Residuos Industriales No Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Caminos y/o rutas a utilizar para el transporte de residuos en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Detención segura del vehículo en caso de incidente. - Contención inmediata del derrame utilizando kits de contención. - Notificación al encargado de medio ambiente y autoridades competentes. - Disposición final según normativa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrir un evento, el encargado de faena será el responsable de elaborar el informe que deberá ser entregado a la SMA, a través de la plataforma web correspondiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda. Punto 8.1.14 del ICE.
9.2.15 Hallazgos arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. - Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo) previa visación del consejo. - Implementar mecanismos de seguridad para la protección y delimitación perimetral de elementos arqueológicos presentes en las áreas de trabajo consideradas en el proyecto. Esta delimitación se realiza a través de un cercado perimetral. - Los hallazgos arqueológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 10 m de radio desde el límite del hallazgo. Instalación de letreros de señalización, fuera de los cercos, que indiquen pág. 78
“Zona de Restricción, Ley Nº 17. 288”. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA y CMN. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post - emergencia, el Titular entregará un documento a la Superintendencia del Medio Ambiente y al CMN, indicando las medidas tomadas para protección del patrimonio cultural. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.15 del ICE
9.2.16 Riesgo de Hallazgos paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán o reemplazarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Durante la operación, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se llevará una excavadora o retroexcavadora al sitio para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada. Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.16 del ICE
9.2.17 Derrame de Lodos en el Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica y baños químicos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán o reemplazarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Durante la operación, y si se produce fuga de aguas no tratadas, se llevará una excavadora o retroexcavadora al sitio para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada. Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la pág. 79
Región de Atacama. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 138, Anexo 3.4 de la Adenda. Punto 8.1.17 del ICE.
9.2.18 Derrame de Lodos en Ruta Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Caminos y/o rutas a utilizar para el transporte de residuos en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de producirse un derrame en ruta, se deberán implementar las siguientes medidas de control: - Aplicar el protocolo de contención inmediata, deteniendo el vehículo de forma segura y controlando el derrame para evitar su propagación. - Informar de manera inmediata al encargado o jefe de obra. - Retirar el material absorbente utilizado y disponer de él de acuerdo con la normativa ambiental aplicable. Elaborar y registrar el reporte de incidente, detallando las causas, medidas adoptadas y acciones de seguimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El encargado de obra o Jefe de obra deberá: - Notificar de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la Región de Atacama. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 138, Anexo 3.4 de la Adenda. Punto 8.1.17 del ICE.
9.2.19 Emisión de hedores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Fosa séptica y baños químicos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declarada la emergencia mediante vía telefónica a la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarará a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 138, Anexo 3.4 de la Adenda. Punto 8.1.19 del ICE.
9.2.20 Falla en la frecuencia de retiro de residuos líquidos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Fosa séptica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar falla en el retiro, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. pág. 80
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 138, Anexo 3.4 de la Adenda. Punto 8.1.20 del ICE.
9.2.21 Emisión de olores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - En caso de detectar olores desagradables el patio de residuos, el personal encargado de la instalación deberá ponerse en contacto de forma inmediata con la empresa contratada para que realice el retiro de los residuos. - Posteriormente se procederá a limpiar y sanitar la bodega RSD con los implementos de higiene y limpieza ubicados en el área de lavado de la misma bodega. Responsables: Grupo de trabajadores encargados del almacenamiento de residuos sólidos Domiciliarios. Plazos: El retiro de los RSD desde los puntos de generación primaria en las instalaciones temporales de faena e instalaciones de apoyo será diariamente. Mientras que el retiro desde la bodega RSD hasta disposición final será de tres veces por semana. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.21 del ICE.
9.2.22 Falla en la frecuencia de retiro de los residuos asimilables a domiciliarios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Patio de residuos del Proyecto, puntos de generación primaria en instalación de faena o frentes de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se coordinará el retiro con otra empresa con las mismas características de la contratada, en menos de 24 horas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Permiso Ambiental 140, Anexo 3.5 de la Adenda. Punto 8.1.22 del ICE.
9.2.23 Afectación de Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: 1) Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente 2) Rescate 3) Alojamiento temporal y traslado 4) Rehabilitación y Liberación pág. 81
Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto. - El causante de la contingencia o quien encuentre fauna herida deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. - Una vez atendida la emergencia, se deberá genera un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programa protección de fauna silvestre. - El Titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados.
- Se asignarán recursos financieros adecuados para cubrir todos los costos relacionados con la atención, tratamiento y destino final de la fauna afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte a fauna silvestre, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental y a la Oficina Regional del SAG. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.23 del ICE.
9.2.24 Atropello de Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto y caminos de acceso. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de ocurrencia de alguna de estas emergencias se aplicará un procedimiento que seguirá los siguientes pasos: 1) Identificación de la especie y aviso a la autoridad pertinente 2) Rescate 3) Alojamiento temporal y traslado 4) Rehabilitación y Liberación Finalmente, con los datos obtenidos se elaborará un informe que consolide y sistematice la detección de ejemplares muertos y/o heridos de fauna silvestre en las inmediaciones del Proyecto. - El causante de la contingencia o quien encuentre fauna herida deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, pág. 82
evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. - Una vez atendida la emergencia, se deberá genera un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programa protección de fauna silvestre. - El Titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados.
- Se asignarán recursos financieros adecuados para cubrir todos los costos relacionados con la atención, tratamiento y destino final de la fauna afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte a fauna silvestre, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental y a la Oficina Regional del SAG. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.24 del ICE.
9.2.25 Colisión de avifauna en la Línea de Transmisión Eléctrica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Línea de Transmisión Eléctrica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El causante de la contingencia o quien encuentre aves heridas deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. - En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate para que se realice el retiro. - Una vez atendida la emergencia, se deberá genera un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y pág. 83
difusión de planes y/o programa protección de fauna silvestre.
El Titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. - Respecto a la avifauna (solo fase de Operación del proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado registro del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte a fauna silvestre, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través del portal Sistema de Seguimiento Ambiental y a la Oficina Regional del SAG. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5.1 Actualización Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia Adenda complementaria. Punto 8.1.25 del ICE.
10°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
10.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Todas las observaciones formuladas por la ciudadanía durante el periodo de Participación Ciudadana cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.
10.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
10.2.1 Observante: COMUNIDAD INDÍGENA COLLA RUNA URKA
Observación 1: Conforme al artículo 30 bis de la Ley 19.300, artículo 94 del Decreto Supremo N° 40 de 2012 y el Convenio 169 de la OIT, como Comunidad Indígena Colla Runa Urka venimos a formular las siguientes observaciones sobre la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto citado.
ANTECEDENTES La comunidad mantiene su historia conservando la tradición familiar en varios territorios donde se utilizan en épocas de veranada e invernadas como es el sector de llanos de varas y otros, recolectando hierbas medicinales y criando ganado caprino, compartiendo saberes. Nuestra comunidad tiene símbolos, prácticas propias, que se ven amenazados con la minimización de impactos que realiza el Titular, utilizando fuentes secundarias que desvalorizan la importancia de nuestro patrimonio vivo y de nuestra historia familiar ligada al territorio desde inicios del siglo XX.
En dicho contexto, consideramos que el Titular no aborda con la debida profundidad las prescripciones del artículo 8 del RESEIA, atendido que su proyecto o actividad se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas.
Dicho aquello, la sola lectura de los acápites destinados a nuestra comunidad, dejan de manifiesto que el Titular no aporta la información necesaria para considerar adecuadamente la extensión, magnitud o duración de las intervenciones en las áreas donde preservamos la existencia de nuestros usos y costumbres, circunstancia que, a su vez, impide a la Autoridad evaluar debidamente los eventuales impactos.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto.
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El Titular señala que, debido a la presente observación ciudadana, se procedió a realizar un trabajo de campo con la Comunidad Runa Urka con el fin de entregar los antecedentes necesarios, en atención a lo dispuesto en el artículo 18, literal e.10) del D.S N°40, 2012, RSEIA, el cual solicita la descripción detallada de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) que presenten interacción con el área de influencia definida para el presente Proyecto. De esta forma, se describieron y caracterizaron los elementos relativos a los modos de vida, organización social, usos de recursos naturales y prácticas culturales de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka en el Anexo 1.9 de la Adenda.
En dicho Anexo, se señala que entre los principales símbolos reconocidos por la Comunidad Colla Runa Urka se encuentra su logotipo institucional, el cual posee un fuerte valor identitario. Este símbolo visual representa el significado del nombre de la Comunidad, “Runa Urka”, que en lengua quechua se traduce como “gente de montañas”. El logo no solo actúa como elemento representativo en actividades formales o administrativas, sino que constituye un emblema de pertenencia colectiva. Para la Comunidad, este símbolo muestra visualmente su historia, su vínculo con el territorio cordillerano y su identidad cultural asociada a la vida trashumante en la montaña. Junto a este símbolo formal, la Comunidad también valora profundamente elementos del paisaje ritualizados como la apacheta, en particular la conocida como Silla del Indio, ubicada en el sector del Llano de Varas. Esta estructura de piedra, construida y usada por generaciones durante los recorridos de trashumancia, funciona como lugar de descanso y espacio de gratitud hacia la Pachamama.
“La Silla del Indio... ahí descansaban nuestros abuelos, se sentaban, y agradecían por poder estar en ese lugar.” (Entrevistada, julio 2025)
Además, la dimensión espiritual que la Comunidad atribuye a su relación con la naturaleza se constituye como un símbolo de su patrimonio cultural. En ese sentido los símbolos representan la continuidad cultural de la comunidad y su traspaso a nuevas generaciones.
“El territorio nos enseña. Pero hay que saber mirar. El abuelo decía que la piedra habla, pero hay que tener oído.” (Entrevistada, julio 2025)
El Anexo citado también señala que la Comunidad Colla Runa Urka reconoce la existencia de dos principales celebraciones de carácter colectivo: la conmemoración del Año Nuevo Indígena, cada 24 de junio, y el aniversario de la Comunidad, el 8 de junio. Ambas actividades se realizan en el sector de Quebrada Vegas Bajas San Andrés (fuera del área de influencia de medio humano del presente proyecto), espacio que representa un punto de referencia simbólico y territorial para la vida comunitaria.
La información de dicho Anexo fue levantada los días 26 y 27 de julio de 2025 por el Titular del proyecto, fecha en que se concretó una entrevista y se realizó un recorrido en terreno con representantes de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, contando con la participación de su Directiva y de socios/as. En estas jornadas se levantó información primaria respecto de su caracterización y uso territorial.
Según lo señalado en el punto 1.7.2 de la Adenda, los antecedentes obtenidos en terreno permitieron validar y complementar la información secundaria ya presentada en la DIA, precisando la localización de sectores tradicionalmente utilizados por la comunidad —tales como Humito, Llano de Varas y Quebrada San Andrés—, así como el trazado de la ruta de trashumancia empleada para acceder a áreas de pastoreo, postura de ganado y otros sitios asociados a sus prácticas de vida trashumante.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del pág. 85
Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Observación 2: Uso tradicional del territorio del Llano de Varas: La Comunidad Runa Urka ha utilizado históricamente el sector de Llano de Varas como parte de sus rutas de trashumancia estacional, especialmente durante la veranada (de septiembre a abril), para la crianza de ganado caprino, ovino, mular y equino. Este territorio se encuentra dentro del área de influencia del proyecto, aunque actualmente no se utiliza debido a la sequía. La Comunidad no ha renunciado a su uso, y mantiene derechos consuetudinarios sobre él.
“La ocupación de distintos sectores de la cordillera por parte de los ancestros de la Comunidad ha sido una práctica arraigada a lo largo de su historia, siendo un elemento esencial para sus formas de vida.”
“Tradicionalmente, la Comunidad ha utilizado el Llano de Varas [...] en años con lluvias adecuadas, se pueden aprovechar la disponibilidad de pastos durante aproximadamente 8 meses, lo que extiende la temporada de veranada.”
El Titular reconoce la existencia de rutas de trashumancia en el área, pero no las evalúa como un “sistema de vida” protegido, reduciendo su análisis a criterios de permanencia y actualidad, ignorando el uso estacional, adaptativo y simbólico del territorio y la maleabilidad de las rutas
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que la práctica cultural más significativa y valorada por la Comunidad está estrechamente vinculada a la crianza de animales y al conjunto de actividades asociadas, especialmente aquellas relacionadas con los desplazamientos estacionales o trashumancia. Esta forma de vida constituye un pilar fundamental de su identidad como pueblo Colla, marcando diferencias claras con otros pueblos originarios.
En dicho Anexo se señala que una de las características distintivas del pueblo Colla es su sistema particular de crianza y movilidad ganadera, basado en un uso extensivo del territorio. Históricamente, los grupos Collas han habitado y transitado amplias zonas de la puna, el desierto de Atacama y el valle de Fiambalá en Argentina, movilizándose por rutas y senderos preexistentes a la formación de los Estados nacionales. Con la consolidación de las fronteras entre Chile y Argentina, y el incremento del control estatal sobre estos pasos tradicionales, las pág. 86
dinámicas territoriales se vieron restringidas, obligando progresivamente a los grupos a establecerse en asentamientos fijos y limitando las rutas históricas utilizadas para el pastoreo.
“Nuestros abuelos venían desde Argentina, cruzaban por arriba, y sabían dónde estaba cada vertiente, cada corral.” (Entrevistada julio, 2025)
“Antes uno podía ir por todo el cerro sin problemas, ahora hay cercos, papeles, y te dicen que no puedes pasar.” (Entrevistada julio, 2025)
En el Anexo mencionado también se señala que la trashumancia no solo configura una estrategia económica de subsistencia, sino que también modela los modos de vida y las expresiones culturales de quienes la practican. Esta actividad se articula con el uso estacional del territorio en veranadas e invernadas, organizando el espacio en función de la disponibilidad de agua, vegas y aguadas, así como de posturas, rutas ganaderas y asentamientos, tanto permanentes como temporales. Esta estructuración del territorio responde a una lógica ancestral que integra el conocimiento del entorno, la transmisión intergeneracional y el vínculo identitario con el paisaje.
“Nosotros somos trashumantes, nosotros vivimos en la cordillera con nuestros animales, nuestros ganados, nuestras cabras, ovejas, chivos...” (Entrevistada julio, 2025)
“El Llano de Varas, Inés Chica, Pastos Largos… esos lugares nosotros los caminamos, son parte de nuestra historia.” (Entrevistada julio, 2025)
Entre las manifestaciones culturales derivadas de esta forma de vida destacan la talabartería, utilizada para confeccionar herramientas y aperos de control animal, y la elaboración de tejidos a telar, que tradicionalmente sirvieron para producir vestimentas adaptadas al clima de montaña. Si bien hoy estas prácticas han sido en parte desplazadas por materiales modernos (como telas térmicas o manufacturas industriales), se siguen desarrollando de forma puntual, sobre todo entre grupos de mujeres de la Comunidad, quienes las cultivan con fines recreativos y de preservación cultural.
En el plano productivo, la crianza requiere de prácticas como el arreo, entendido como el acompañamiento diario del ganado menor —caprino y ovino—, y el campeo, una modalidad donde los animales permanecen sin vigilancia directa en sectores de veranada, hasta ser reunidos al finalizar la temporada para su traslado a las zonas de invernada.
En el Anexo 1.9 de la Adenda también se indica que el uso tradicional del territorio exige además un conocimiento acabado de las condiciones ambientales y geográficas. Este saber es compartido por los miembros de la Comunidad Runa Urka, quienes lo aplican al momento de definir rutas, zonas de descanso y permanencia durante los desplazamientos. Tal conocimiento es especialmente relevante considerando la exposición a eventos naturales como crecidas repentinas de quebradas o aluviones, fenómenos frecuentes durante el invierno altiplánico. Por ello, la Comunidad ha identificado áreas seguras para resguardarse en estos eventos, integrando esta variable climática en su planificación trashumante.
“El tata nos enseñó a ver el cielo, a mirar el cerro, y saber cuándo mover los animales. Eso no lo aprendes en un libro.” (Entrevista julio 2025)
La información de dicho Anexo fue levantada los días 26 y 27 de julio de 2025 por el Titular del proyecto, fecha en que se concretó una entrevista y se realizó un recorrido en terreno con representantes de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, contando con la participación de su Directiva y de socios/as. En estas jornadas se levantó información primaria respecto de su caracterización y uso territorial.
Según lo señalado en el punto 1.7.2 de la Adenda, los antecedentes obtenidos en terreno permitieron validar y complementar la información secundaria ya presentada en la DIA, precisando la localización de sectores tradicionalmente utilizados por la comunidad —tales como Humito, Llano de Varas y Quebrada San Andrés—, así como el trazado de la ruta de trashumancia empleada para acceder a áreas de pastoreo, postura de ganado y otros sitios asociados a sus prácticas de vida trashumante.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del pág. 87
Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Observación 3: El proyecto intercepta ruta tradicional de trashumancia: El estudio reconoce que el camino de acceso al proyecto intercepta los primeros 70 metros de una ruta tradicional de trashumancia utilizada por la comunidad (Runa Urka). Aunque se afirma que no se afectará el acceso, la empresa admite que el trazado del proyecto interactúa directamente con las vías tradicionales de tránsito de personas, animales y vehículos.
“Cabe destacar que dentro del área de influencia se encuentra el punto de inicio de la ruta de trashumancia hacia el interior del sector de Llano de Varas, donde la comunidad accede a través de un camino de tierra no enrolado que se desprende de la ruta C-17.”
“El Proyecto habilitará un camino de acceso hacia el área del Proyecto que se conectará con dicho camino siendo la única actividad que tendrá interacción con dicho camino que forma parte de las rutas de trashumancia de la comunidad.”
El Titular reconoce que el camino de acceso del proyecto intercepta el inicio de una ruta de trashumancia, pero no realiza un análisis de impacto acumulativo, ni considera el efecto de otras infraestructuras preexistentes en el sector, como otros proyectos solares y mineros. Tampoco suministra de la información necesaria para conocer qué tipo de comuneros serán afectados, su edad, capacidad de adaptación, rutas alternativas en caso de eventos climáticos como desastres o aquellos propios del cambio climático. El Titular presenta datos fragmentados que impiden lograr una mirada global sobre los impactos.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto.
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La información primaria de la Comunidad Colla Runa Urka fue levantada los días 26 y 27 de julio de 2025 por el Titular del proyecto, fecha en que se concretó una entrevista y se realizó un recorrido en terreno con representantes de la Comunidad Runa Urka, contando con la participación de su Directiva y de socios/as. En estas jornadas se levantó información primaria respecto de su caracterización y uso territorial.
En este terreno la Comunidad indicó que el uso territorial de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka abarca parte de las comunas de Copiapó y Diego de Almagro, entre el sistema de quebradas y llanuras que nacen de la cordillera de Domeyko. La presencia ancestral de la Comunidad en diversos sectores cordilleranos ha sido una práctica continua y profundamente arraigada a lo largo del tiempo, conformando un aspecto central de su modo de vida. Áreas como Pedernales, Quebrada del Jardín y Potrerillos, todas localizadas en la cordillera de Atacama, se han constituido en espacios fundamentales para la trashumancia y actividades productivas, en particular la ganadería. Desde estos territorios se han establecido conexiones con otras zonas clave, como la Quebrada de San Andrés y el Llano de Varas, en la comuna de Copiapó, reflejando un uso territorial amplio y sostenido que se transmite de generación en generación, reafirmando el fuerte vínculo de la Comunidad con sus prácticas tradicionales de crianza y movilidad estacional.
“Nosotros marcamos nuestros animales con floreo, con señal, para que no se pierdan, para que sepamos que son nuestros.” (Entrevistada, julio 2025)
“Lo que queremos es enseñar a nuestros hijos lo que somos, que no se pierda nuestra cultura.” (Entrevistada, julio 2025).
El Llano de Varas, por sus características geográficas y climáticas, representa un lugar estratégico para las actividades de invernada y veranada. Su proximidad a la ruta C-303 y los caminos que conducen hacia Inca de Oro y la Quebrada de San Andrés lo convierten en un punto privilegiado para el pastoreo. La Quebrada de San Andrés, además, es el lugar de residencia permanente del presidente de la Comunidad y su núcleo familiar. Sin embargo, la instalación de proyectos energéticos en la zona de Llano de Varas, particularmente en torno a la Subestación Eléctrica Carrera Pinto, ha provocado alteraciones importantes en los antiguos caminos troperos que la Comunidad utilizaba tradicionalmente. Estos caminos, fundamentales para conectar el Llano con el sector de Carrera Pinto, han sido afectados, lo cual ha trastocado los patrones de trashumancia y, según lo señalado por la Comunidad, ha limitado el tránsito natural de especies silvestres, como el guanaco.
“Vienen a poner cosas y no preguntan. Para nosotros ese cerro tiene nombre, tiene historia.” (Entrevistada, julio 2025)
El territorio del Llano de Varas abarca un rango altitudinal amplio, que va desde zonas en torno a los 1700 m.s.n.m., como en el cruce de Carrera Pinto, hasta sectores elevados como “Cancha de Carretas”, a unos 2800 m.s.n.m., donde existen corrales y viviendas de uso esporádico para invernadas y veranadas, dependiendo de la disponibilidad de forraje. Las zonas que la Comunidad considera de uso permanente para pastoreo se encuentran por sobre los 3000 m.s.n.m., destacando aguadas como La Escondida, Agua de Gómez, Agua La Soledad y La Represa. Los espacios de descanso y los corrales más recurrentes, en tanto, se ubican generalmente cerca de los 2300 m.s.n.m. Salida a terreno Titular con CIC Runa Urka
Fuente: Figura 30 de la Adenda.
Según lo señalado en el punto 1.7.2 de la Adenda, los antecedentes obtenidos en terreno permitieron validar y complementar la información secundaria ya presentada en la DIA, precisando la localización de sectores tradicionalmente utilizados por la comunidad —tales como Humito, Llano de Varas y Quebrada San Andrés—, pág. 89
así como el trazado de la ruta de trashumancia empleada para acceder a áreas de pastoreo, postura de ganado y otros sitios asociados a sus prácticas de vida trashumante.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Además, según lo señalado en el punto 4.3.1 de la Adenda Complementaria, y tal como se puede visualizar en la Tabla 37 y Figura 16, ambas de la Adenda Complementaria, el sector de Llano de Varas posee aproximadamente 49.620 hectáreas, mientras que los proyectos consignados con RCA aprobada en el sector comprenden una superficie total de 3.246 hectáreas, lo que equivale al 6,54% del territorio del Llano de Varas.
Asimismo, cabe destacar que al interior del área de influencia de medio humano no se registran áreas de pastoreo utilizadas por GHPPI, y únicamente se ve atravesado por un segmento de una ruta de trashumancia asociada al uso de la red vial pública, la cual no es alterada por el proyecto. Como se ha podido ver en la caracterización de la Comunidad, sus sitios de pastoreo se encuentran principalmente en los sectores altos de la región de Atacama, hacia la cordillera de Los Andes, por lo tanto, fuera del área de influencia de medio humano, por lo que el presente Proyecto no representa una merma en el espacio de pastoreo disponible usado por GHPPI, sobre todo considerando la magnitud del proyecto, que abarca un polígono de 8,01 hectáreas cercadas, tal como se puede visualizar en la figura anterior.
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Por todo lo anterior, y considerando que el Proyecto no implica la explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y el suministro de agua necesario para el Proyecto se obtendrá de un tercero autorizado, sin utilizar aguas superficiales ni subterráneas, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a la Comunidad Colla Runa Urka.
Observación 4: Existencia de estructuras de valor cultural dentro del área: Dentro del Llano de Varas existen corrales, aguadas, pircas, apachetas, y estructuras ceremoniales tradicionales que forman parte del patrimonio cultural material e inmaterial de la comunidad (Runa Urka). Esto incluye lugares de descanso y reflexión como la apacheta “Silla del Indio”, y rutas con nombres propios asignados por los miembros de la comunidad, lo que da cuenta de una fuerte apropiación simbólica y espiritual del entorno.
“Durante este recorrido, la comunidad reconoce diversas estructuras históricas También identifican estructuras correspondientes a periodos prehispánicos Un ejemplo clave es la Apacheta la Silla del indio, en el sector del Llano de Varas.”
El análisis del valor patrimonial y cultural al omitir los sitios rituales descritos en el Estudio Antropológico es superficial, aminorando su valor en tanto componente ambiental. No se observa una evaluación del impacto sobre estos elementos, en la esfera señalada, esto es, su valor ritual y espiritual. Tal es el caso de la “Silla del Indio”, respecto de la cual, no se conoce el posible impacto ni se incorpora como elemento protegido. En definitiva, se desconoce si la afectación no existe o no es significativa.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que la cultura del pueblo Colla se define por modos particulares de habitar y trabajar el territorio, profundamente enraizados en la criancería y la trashumancia. Estos modos de vida han configurado una identidad colectiva basada en la movilidad estacional y el uso extensivo del espacio cordillerano y desértico, con el fin de acceder a pastos y refugios adecuados para el ganado.
Los integrantes de la Comunidad se reconocen como personas de montaña, crianceros que desarrollan sus prácticas productivas y culturales en estrecha relación con los ciclos ecológicos del territorio. La identidad comunitaria se encuentra fuertemente ligada a la historia familiar y al linaje del grupo fundador, en particular de la familia Quispe Gerónimo, cuyo establecimiento en Chile data de 1910, con origen en el sector argentino del valle de Fiambalá. Inicialmente dedicados a la venta de leña a faenas mineras, su quehacer se expandió con el desarrollo de Mina Potrerillos y Mina El Salvador en 1959. Paralelamente, y de forma continua hasta la actualidad, mantuvieron la actividad ganadera trashumante en diversos sectores de la cordillera, entre los que destacan Inés Chica, Pastos Largos y Quebrada San Andrés, configurando un sistema de movilidad intergeneracional.
“Nosotros nacimos de una raíz, la raíz es la familia Quispe Gerónimo.” (Entrevistada, julio 2025) “Es una cultura que viene de mucho tiempo, desde nuestros abuelos, desde nuestros ancestros.” (Entrevistada, julio 2025)
Con el tiempo, la Quebrada San Andrés se consolidó como el lugar de residencia principal de la familia y, posteriormente, de la Comunidad, siendo actualmente el lugar donde habita el presidente de la Comunidad junto a su familia. El resto de los miembros se encuentra mayoritariamente asentado en el sector de Estación Paipote, desde donde se articulan las actividades ganaderas y sociales del grupo. Los miembros de la Comunidad atribuyen a su identidad colectiva un fuerte sentido de resiliencia, esfuerzo y sacrificio, indispensables para subsistir en entornos geográficos extremos como la cordillera y el desierto. El frío, la escasez de alimentos y las largas jornadas de arreo forman parte de la memoria cultural que refuerza su sentido de pertenencia y orgullo por su modo de vida. Uno de los principales objetivos comunitarios es asegurar la transmisión generacional de estas prácticas y valores, entendiendo que en ellas se juega la preservación del legado cultural colla, así como la continuidad de un sistema de vida ancestral profundamente vinculado al territorio.
En definitiva, según lo señalado en el punto 4.4.1 de la Adenda (luego del levantamiento de información primaria con la CIC Runa Urka), la Comunidad Indígena Colla Runa Urka utiliza históricamente el sector cordillerano de pág. 91
Llano de Varas para actividades de trashumancia, incluyendo posturas como Humito, Cancha de Carretas y Quebrada San Andrés, ubicadas a más de 10 km del área de emplazamiento del Proyecto. Las rutas de acceso identificadas corresponden a caminos públicos como la Ruta 31-CH, y el tramo que interactúa con el Proyecto es utilizado solo como vía de transporte hacia los sitios de uso tradicional, sin superposición con zonas de permanencia ni sitios de significación.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Observación 5: Recolección de hierbas medicinales en el Llano de Varas: En las quebradas y senderos del Llano de Varas, la comunidad recolecta hierbas como té de burro blanco, pingopingo, naranjillo, lengua de vaca y sanguinaria, lo cual tiene valor medicinal y cultural. Aunque no es la actividad principal, esta práctica complementa su modo de vida y su visión integral del territorio.
“Junto con la actividad criancera y trashumante, la comunidad también se dedica a la recolección de hierbas medicinales como el Té de burro blanco, pingopingo, Naranjillo, Pata de gallina, lengua de vaca y sanguinaria.”
El Titular no aporta información que permita evaluar la afectación a esta práctica, ni se identifica como parte del “sistema de vida” protegido por el artículo 11 letra c) de la Ley 19.300. No se aborda debidamente ni como uso del suelo, ni como actividad productiva o cultural, pese a su valor medicinal y espiritual.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto. pág. 92
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que la Comunidad desarrolla prácticas de recolección de hierbas medicinales, lo que añade un valor cultural y simbólico importante a estos territorios. En las laderas y senderos del Llano de Varas se encuentran especies como el té de burro blanco (Aloysia polistachya), pingo pingo (Ephedra chilensis), naranjillo (Citronella mucronata), pata de gallina (Eleusine indica), lengua de vaca (Rumex crispus) y sanguinaria (Polygonum aviculare), entre muchas otras.
Estas plantas son recolectadas y utilizadas regularmente por los miembros de la Comunidad por sus propiedades curativas, formando parte del patrimonio etnobotánico del territorio.
“Mi mamá nos enseñó para qué servía cada yerbita. No era ir y sacar por sacar, uno tiene que conocerlas, cuidarlas.” “No era ir y sacar por sacar, uno tiene que conocerlas, cuidarlas” (Entrevistada julio, 2025)
“Nos sanamos con lo que da el cerro, eso también es ser Colla.” (Entrevistada julio, 2025)
Junto a la actividad ganadera, la Comunidad realiza recolección de hierbas medicinales en Llanos de Varas, considerándola una práctica complementaria a la crianza, aunque no es la razón principal que motiva los desplazamientos estacionales. Esta actividad se enmarca en un conocimiento etnobotánico tradicional, asociado a la observación y uso de especies nativas con fines terapéuticos.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda. pág. 93
Además, según lo señalado en el punto 4.3.1 de la Adenda Complementaria, y tal como se puede visualizar en la Tabla 37 y Figura 16, ambas de la Adenda Complementaria, el sector de Llano de Varas posee aproximadamente 49.620 hectáreas, mientras que los proyectos consignados con RCA aprobada en el sector comprenden una superficie total de 3.246 hectáreas, lo que equivale al 6,54% del territorio del Llano de Varas.
Asimismo, cabe destacar que al interior del área de influencia de medio humano no se registran áreas de pastoreo utilizadas por GHPPI, y únicamente se ve atravesado por un segmento de una ruta de trashumancia asociada al uso de la red vial pública, la cual no es alterada por el proyecto. Como se ha podido ver en la caracterización de la Comunidad, sus sitios de pastoreo se encuentran principalmente en los sectores altos de la región de Atacama, hacia la cordillera de Los Andes, por lo tanto, fuera del área de influencia de medio humano, por lo que el presente Proyecto no representa una merma en el espacio de pastoreo disponible usado por GHPPI, sobre todo considerando la magnitud del proyecto, que abarca un polígono de 8,01 hectáreas cercadas, tal como se puede visualizar en la figura anterior.
Por todo lo anterior, y considerando que el Proyecto no implica la explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y el suministro de agua necesario para el Proyecto se obtendrá de un tercero autorizado, sin utilizar aguas superficiales ni subterráneas, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a la Comunidad Colla Runa Urka.
Observación 6: Presencia habitacional permanente cercana al proyecto: El presidente de la comunidad y su familia viven de manera permanente en Quebrada San Andrés, un sector cercano al área del proyecto. Esta presencia habitacional cercana fortalece la relación directa y actual con el área de influencia.
“Es relevante destacar que [...] la Quebrada de San Andrés y el Llano de Varas en la comuna de Copiapó. Esta última área es el hogar permanente del presidente de la Comunidad y su familia.”
No se aprecia la debida consideración a la familia y su residencia habitual, como receptor de los impactos de manera permanente, habida consideración a la vida útil del proyecto, sus efectos paisajísticos (desde la cosmovisión de la comunidad), emisiones atmosféricas y ruido. Pese a la baja densidad poblacional, los vínculos comunitarios existen.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos del proyecto.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que la Comunidad ha creado la figura del “Fiscalizador”, cuyo rol consiste en supervisar y monitorear las intervenciones que afecten los espacios de uso ancestral. Aunque esta figura no cuenta con reconocimiento formal por parte de CONADI, cumple una función importante dentro del sistema organizativo interno y en la defensa de los intereses territoriales de la Comunidad.
“Nosotros mismos tenemos que vigilar el territorio, porque si no, pasan por arriba nuestro. Por eso pusimos al fiscalizador.” (Entrevistada, julio 2025).
También se menciona que la comunidad viene de un tronco familiar, cuya base genealógica se encuentra en el linaje encabezado por Víctor Quispe y Guillermina Julio, abuelos de los hermanos Quispe Gerónimo. La segunda generación corresponde a sus hijos: Juan, Manuel, Segundo, Elisa y Jaime Quispe Julio, mientras que la tercera generación está conformada por los 12 hijos de Manuel Quispe Julio y Rosa Gerónimo Gerónimo. Todos los descendientes mayores de 18 años, junto con sus propios hijos, son considerados miembros activos de la Comunidad.
“Nosotros venimos todos de don Manuel y doña Rosa, somos familia, de ahí parte la comunidad.” (Entrevistada, julio 2025)
La Comunidad Indígena Colla Runa Urka fue formalmente constituida el 8 de junio de 2014, conforme a lo establecido en la Ley Indígena N° 19.253 de Chile. Si bien el registro oficial de CONADI indica que está compuesta por 18 socios y 12 familias, la propia Comunidad ha actualizado esta información, señalando que pág. 94
actualmente cuentan con 19 socios activos y 17 familias, la mayoría de ellas radicadas en el sector de Estación Paipote.
La organización interna de la Comunidad contempla una directiva compuesta por: • Presidente: Jorge Manuel Quispe Gerónimo • Vicepresidente: Jacinto Prudencio Quispe Gerónimo • Secretaria: Ana Rosa Quispe Gerónimo • Tesorera: Juana Medemia Quispe Jerónimo • Consejera: Yamila Ester Quispe González
La conformación de la Comunidad tuvo como objetivo principal reafirmar su presencia histórica en el territorio y defender los derechos consuetudinarios asociados al uso tradicional del mismo, especialmente en lo relativo a la trashumancia como práctica cultural y económica central. El nombre elegido, “Runa Urka”, que en quechua significa “gente de montañas”, pone en valor la historia trashumante de la familia Quispe Gerónimo y sus ancestros, reflejando una identidad profundamente ligada al territorio cordillerano.
“Ser Colla no es sólo criar animales, es saber aguantar el frío, la soledad, el hambre. Es seguir caminando igual.” (Entrevistada, julio 2025)
En relación con la residencia habitual del presidente de la Comunidad y su familia en la Quebrada San Andrés y la evaluación de los impactos del proyecto sobre dicho grupo humano, se informa al observante que para la determinación del área de influencia de medio humano (AIMH), se consideró el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del Proyecto. Asimismo, se consideraron los criterios establecidos en la Guía Área de Influencia de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos en el SEIA (SEA, 2020), la cual menciona que el área de influencia de medio humano representa el alcance espacial o espacio geográfico donde se perciben uno o más impactos del proyecto sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos y, por lo tanto, es el área donde se obtiene la información necesaria para evaluar si dichos impactos son o no significativos. Es decir, fuera de los límites establecidos del área de influencia de medio humano, la condición ambiental se iguala a la situación sin proyecto y, por lo tanto, en dicho espacio geográfico ya no es posible percibir el o los impactos previstos del Proyecto sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos presentes en el área de influencia. De esta forma, se establece como área de influencia de medio humano el siguiente polígono:
Fuente: Figura 3 del Anexo 2.4 Caracterización Medio Humano, de la DIA.
De esta forma, fuera de los límites establecidos del área de influencia de medio humano (como es el caso de la Quebrada San Andrés, que se encuentra a más de 10 km de distancia del AIMH), la condición ambiental se iguala a la situación sin proyecto y, por lo tanto, en dicho espacio geográfico ya no es posible percibir el o los impactos previstos del Proyecto sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos presentes en el área de influencia. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera afectación a los sistemas de vida y costumbres de la familia del presidente de la Comunidad Runa Urka que habita de forma permanente en la Quebrada San pág. 95
Andrés, y tampoco genera susceptibilidad de afectación al GHPPI conformado por la Comunidad Colla Runa Urka.
Observación 7: Persistencia de vínculo con el territorio pese a la sequía: El estudio antropológico destaca que las rutas no son fijas: cambian según las lluvias, la vegetación y las necesidades del ganado. Esto significa que incluso si en un año no se transita por cierto punto, el vínculo con el territorio no se interrumpe, ya que su uso es estacional, estratégico y adaptativo.
“Desde 2019, la Comunidad no ha hecho uso del Llano de Varas debido a la falta de lluvias. No obstante, esta situación se debe únicamente a la disponibilidad del recurso y no implica un abandono total de los territorios.”
La presunta “inexistencia de afectación” fundada en la hipótesis del no uso actual del Llano de Varas, se realiza sin aplicar criterios de vulnerabilidad climática ni uso intermitente como valor cultural, configurando una falencia grave. Por otra parte, se trata de una información que no tiene asidero en la realidad, resultando errado. La forma en que el Titular aborda estas materias no hace más que agravar la fragilidad del sistema de vida indígena.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que tanto el pueblo Colla en general como esta Comunidad en particular ejercen un uso del territorio estrechamente vinculado a las exigencias de la crianza animal, lo cual implica una constante búsqueda de agua y alimento para el ganado. Las duras condiciones del entorno cordillerano y desértico hacen que este uso esté determinado por el régimen de precipitaciones de cada temporada. Por ello, la trashumancia se convierte en una estrategia clave de subsistencia, exigiendo que los comuneros realicen recorridos exploratorios frecuentes para conocer el estado de los recursos disponibles en distintos sectores del territorio.
“Antes había harto pasto, había agua… ahora los proyectos están quitando los caminos, las aguadas.” (Entrevistada, julio 2025)
“Nos preocupa que entren sin avisar, que no respeten nuestros pasos, nuestros lugares.” (Entrevistada, julio 2025)
“Ese camino no lo abrí yo, lo abrió mi abuelo, y antes que él, su abuelo. Por eso uno lo sigue usando.” (Entrevistada, julio 2025)
Llano de Varas ha sido históricamente un espacio de uso tradicional para la Comunidad, principalmente por la calidad de sus pastizales, cuya disponibilidad está directamente condicionada por las lluvias anuales. En años con precipitaciones adecuadas, la temporada de veranada puede extenderse hasta por ocho meses, abarcando desde septiembre hasta abril. Sin embargo, en períodos de sequía o con lluvias insuficientes, el uso del Llano se ve limitado, lo que obliga a la Comunidad a trasladar su ganado hacia sectores más altos de la cordillera, como la Quebrada de San Andrés o El Bravo, donde aún es posible encontrar forraje.
“Cuando uno entra a la veranada, hay que hablar con la tierra, hay que decirle que uno va a entrar, pedirle permiso. Si no lo hace, no es lo mismo.” (Entrevistada, julio 2025)
Tal como se señala en el Anexo 1.9 de la Adenda, desde el año 2019 la Comunidad no ha utilizado el Llano de Varas, exclusivamente debido a la escasez de lluvias. Este hecho no debe interpretarse como un abandono del territorio, sino como una adaptación temporal basada en la disponibilidad del recurso hídrico y forrajero.
El uso tradicional del área abarca aproximadamente 200 km a la redonda, dentro de los cuales la Comunidad reconoce siete posturas o puntos de uso, tanto actuales como históricos. Estos sitios funcionan como lugares de paso en el ciclo de trashumancia o arreo de animales, donde se realiza alojamiento temporal, ya sea por una noche o algunos días, antes de continuar el recorrido.
De esta manera, según lo señalado en el punto 4.4.1 de la Adenda (luego del levantamiento de información primaria con la CIC Runa Urka), la Comunidad Indígena Colla Runa Urka utiliza históricamente el sector cordillerano de Llano de Varas para actividades de trashumancia, incluyendo posturas como Humito, Cancha de Carretas y Quebrada San Andrés, ubicadas a más de 10 km del área de emplazamiento del Proyecto. Las rutas de acceso identificadas corresponden a caminos públicos como la Ruta 31-CH, y el tramo que interactúa con el pág. 96
Proyecto es utilizado solo como vía de transporte hacia los sitios de uso tradicional, sin superposición con zonas de permanencia ni sitios de significación.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Además, según lo señalado en el punto 4.3.1 de la Adenda Complementaria, y tal como se puede visualizar en la Tabla 37 y Figura 16, ambas de la Adenda Complementaria, el sector de Llano de Varas posee aproximadamente 49.620 hectáreas, mientras que los proyectos consignados con RCA aprobada en el sector comprenden una superficie total de 3.246 hectáreas, lo que equivale al 6,54% del territorio del Llano de Varas.
Asimismo, cabe destacar que al interior del área de influencia de medio humano no se registran áreas de pastoreo utilizadas por GHPPI, y únicamente se ve atravesado por un segmento de una ruta de trashumancia asociada al uso de la red vial pública, la cual no es alterada por el proyecto. Como se ha podido ver en la caracterización de la Comunidad, sus sitios de pastoreo se encuentran principalmente en los sectores altos de la región de Atacama, hacia la cordillera de Los Andes, por lo tanto, fuera del área de influencia de medio humano, por lo que el presente Proyecto no representa una merma en el espacio de pastoreo disponible usado por GHPPI, sobre todo considerando la magnitud del proyecto, que abarca un polígono de 8,01 hectáreas cercadas, tal como se puede visualizar en la figura anterior.
Por todo lo anterior, y considerando que el Proyecto no implica la explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y el suministro de agua necesario para el Proyecto se obtendrá de un tercero autorizado, sin utilizar aguas superficiales ni subterráneas, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a la Comunidad Colla Runa Urka.
Observación 8: pág. 97
Conocimiento comunitario y apropiación del entorno. “La Comunidad atribuye gran importancia y significado a todo el entorno geográfico del Llano de Varas […] Esta conexión genera un fuerte sentido de arraigo e identidad dentro de la Comunidad.”
Todo el análisis del medio humano trata el territorio como un espacio físico, eludiendo la función esencial del análisis, cual es, dar a conocer a la autoridad la significación cultural del mismo, para saber si se han calificado adecuadamente los impactos y si se justifica o no la ausencia de medidas e incluso de un PCPI. No se debe perder de vista que el valor ambiental del territorio responde a una conceptualización de “medio ambiente” que involucra aspectos culturales y espirituales, en particular los de poblaciones protegidas.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se menciona que la Comunidad Indígena Colla Runa Urka establece una relación directa y activa con los recursos del medio ambiente, particularmente aquellos vinculados a la actividad criancera y la práctica de la trashumancia. Esta apropiación del entorno no se limita a su funcionalidad productiva, sino que se fundamenta en un valor histórico, familiar y consuetudinario, que otorga sentido a su permanencia y uso prolongado del territorio.
El sector Llano de Varas ha sido, históricamente, una fuente estratégica de pastizales para la Comunidad. Su uso actual está condicionado por la disponibilidad estacional de recursos, especialmente la presencia de pastos, lo cual depende directamente del régimen de lluvias. Un aspecto de especial relevancia es la preservación de las rutas y huellas que atraviesan el Llano de Varas. Estas trazas son consideradas por la Comunidad como elementos clave de su sistema de movilidad, al permitir la conexión entre distintos puntos del territorio y el acceso a sectores significativos como Cancha de Carretas y la Quebrada de Varas. Esta red de caminos constituye una infraestructura tradicional que sostiene la práctica trashumante y fortalece la continuidad del uso territorial.
El entorno geográfico del Llano de Varas —incluyendo cerros, quebradas, portezuelos y acuíferos— es profundamente valorado por los miembros de la Comunidad. Estos lugares son nombrados, identificados y memorizados por quienes realizan la trashumancia, lo que refuerza un sentido de arraigo territorial e identidad cultural. En conjunto, estas prácticas y relaciones configuran un patrimonio territorial vivo, que trasciende su uso económico y se proyecta como parte fundamental del legado cultural del pueblo Colla y de la Comunidad Runa Urka.
Respecto del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI), este consiste en un proceso de diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas, que tiene como objetivo llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente. En el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la medida administrativa susceptible de afectarlos es la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de un proyecto que genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esto implica el diseño y desarrollo de un proceso de Consulta de buena fe, que permita proveer de información a los pueblos indígenas sobre las materias susceptibles de afectarles directamente, para que en un proceso de diálogo se busquen acuerdos de forma tal que los pueblos indígenas puedan influir en la misma. Este procedimiento se origina en la aplicación de las disposiciones del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado de Chile y en Vigencia desde el año 2009.
Es importante considerar que los presupuestos que el Servicio de Evaluación Ambiental debe verificar para determinar la apertura de un Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI) corresponden a verificar los requisitos que hacen procedente dicho proceso, según el instructivo sobre la implementación del PCPI en el marco del SEIA, mediante Oficio ordinario de la Dirección Ejecutiva N°161116, de fecha 24 de agosto de 2016, entre ellos:
- La Susceptibilidad de Afectación Directa (SAD) es “… un impacto significativo y específico sobre los pueblos indígenas en su calidad de tales, afectando el ejercicio de sus tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales, o la relación con sus tierras indígenas” (según el artículo 7° del Decreto N° 66 del Ministerio de Desarrollo Social de 2013 disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1059961). Así, se entiende que cada vez que concurra alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) −impactos ambientales significativos según el artículo 2° letra e) del pág. 98
RSEIA− se produce susceptibilidad de afectación directa (SAD), como condición necesaria para que nazca la obligación de consulta.
- La SAD es determinada por el Servicio de Evaluación Ambiental en su calidad de administrador del SEIA, como señala el tenor literal del artículo 85 del RSEIA: “(…) en el caso que el proyecto o actividad genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en los artículos 7, 8 y 10 de este Reglamento, en la medida que se afecte directamente a uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, el Servicio deberá, de conformidad al inciso segundo del artículo 4 de la Ley, diseñar y desarrollar un proceso de consulta de buena fe, que contemple mecanismos apropiados según las características socioculturales propias de cada pueblo y a través de sus instituciones representativas, de modo que puedan participar de manera informada y tengan la posibilidad de influir durante el proceso de evaluación ambiental. De igual manera, el Servicio establecerá los mecanismos para que estos grupos participen durante el proceso de evaluación de las aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de que pudiese ser objeto el Estudio de Impacto Ambiental.”
Así, se entiende la SAD como la generación de los siguientes efectos, circunstancias o características por el proyecto o actividad, referidos a los literales del artículo 11 de la Ley N°19.300. Estos son:
a) Artículo 11 letra c): Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; b) Artículo 11 letra d): Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; c) Artículo 11 letra f): Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural;
Además, se ha dispuesto en los artículos 5°, 6° y 9° del RSEIA otros efectos significativos no considerados anteriormente, que también pueden manifestarse sobre grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), por lo que se ha considerado que también podrían generar una afectación directa cuando exista:
- Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos. Para dicha afectación se establece que “en caso de que el proyecto o actividad genere o presente riesgo para la salud de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento” (artículo 5 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra a) de la Ley N°19.300); - Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. Para dicha afectación se establece que “en caso que el proyecto o actividad genere o presente efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en lugares con presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento y deberá ser especialmente analizada la posible afectación a sus sistemas de vida de acuerdo a lo señalado en la letra a) del artículo 7” (artículo 6 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra b) de la Ley N°19.300); - Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Para dicha afectación se establece que “en caso que el proyecto o actividad genere alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, en lugares con presencia de pueblos indígenas se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento y deberá ser especialmente analizada la posible afectación a sus sistemas de vida de acuerdo a lo señalado en el artículo 7” (artículo 9 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra e) de la Ley N°19.300).
Además, debe determinarse la SAD en relación con el área de influencia definida en el artículo 2 literal a) del RSEIA, teniendo en consideración que el solo hecho de que un GHPPI se encuentra en dicha área no quiere decir que automáticamente se concluya que se produce impacto ambiental significativo o una posible afectación directa. Sí implica que deben ser considerados para efectos de determinar si se generan o no impactos ambientales significativos sobre ellos.
Considerando todo lo anterior, en la presente evaluación ambiental se solicitó el levantamiento de información primaria con la Comunidad Colla Runa Urka, con el objetivo de contar con los antecedentes necesarios para evaluar o descartar de forma fundada posibles impactos a sus sistemas de vida y costumbres.
Dicho levantamiento de información primaria se realizó los días 26 y 27 de julio de 2025 por el Titular del proyecto, fecha en que se concretó una entrevista y se realizó un recorrido en terreno con representantes de la pág. 99
Comunidad Indígena Colla Runa Urka, contando con la participación de su Directiva y de socios/as. En estas jornadas se levantó información primaria respecto de su caracterización y uso territorial.
Según lo señalado en el punto 1.7.2 de la Adenda, los antecedentes obtenidos en terreno permitieron validar y complementar la información secundaria ya presentada en la DIA, precisando la localización de sectores tradicionalmente utilizados por la comunidad —tales como Humito, Llano de Varas y Quebrada San Andrés—, así como el trazado de la ruta de trashumancia empleada para acceder a áreas de pastoreo, postura de ganado y otros sitios asociados a sus prácticas de vida trashumante.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
En dicho Anexo se señala que desde el año 2019 la Comunidad no ha utilizado el Llano de Varas, exclusivamente debido a la escasez de lluvias. Este hecho no debe interpretarse como un abandono del territorio, sino como una adaptación temporal basada en la disponibilidad del recurso hídrico y forrajero. El uso tradicional del área abarca aproximadamente 200 km a la redonda, dentro de los cuales la Comunidad reconoce siete posturas o puntos de uso, tanto actuales como históricos. Estos sitios funcionan como lugares de paso en el ciclo de trashumancia o arreo de animales, donde se realiza alojamiento temporal, ya sea por una noche o algunos días, antes de continuar el recorrido.
De esta manera, según lo señalado en el punto 4.4.1 de la Adenda (luego del levantamiento de información primaria con la CIC Runa Urka), la Comunidad Indígena Colla Runa Urka utiliza históricamente el sector cordillerano de Llano de Varas para actividades de trashumancia, incluyendo posturas como Humito, Cancha de Carretas y Quebrada San Andrés, ubicadas a más de 10 km del área de emplazamiento del Proyecto. Las rutas de acceso identificadas corresponden a caminos públicos como la Ruta 31-CH, y el tramo que interactúa con el Proyecto es utilizado solo como vía de transporte hacia los sitios de uso tradicional, sin superposición con zonas de permanencia ni sitios de significación.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
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Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Además, según lo señalado en el punto 4.3.1 de la Adenda Complementaria, y tal como se puede visualizar en la Tabla 37 y Figura 16, ambas de la Adenda Complementaria, el sector de Llano de Varas posee aproximadamente 49.620 hectáreas, mientras que los proyectos consignados con RCA aprobada en el sector comprenden una superficie total de 3.246 hectáreas, lo que equivale al 6,54% del territorio del Llano de Varas.
Asimismo, cabe destacar que al interior del área de influencia de medio humano no se registran áreas de pastoreo utilizadas por GHPPI, y únicamente se ve atravesado por un segmento de una ruta de trashumancia asociada al uso de la red vial pública, la cual no es alterada por el proyecto. Como se ha podido ver en la caracterización de la Comunidad, sus sitios de pastoreo se encuentran principalmente en los sectores altos de la región de Atacama, hacia la cordillera de Los Andes, por lo tanto, fuera del área de influencia de medio humano, por lo que el presente Proyecto no representa una merma en el espacio de pastoreo disponible usado por GHPPI, sobre todo considerando la magnitud del proyecto, que abarca un polígono de 8,01 hectáreas cercadas, tal como se puede visualizar en la figura anterior.
Por todo lo anterior, y considerando que el Proyecto no implica la explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y el suministro de agua necesario para el Proyecto se obtendrá de un tercero autorizado, sin utilizar aguas superficiales ni subterráneas, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación directa (SAD) a la Comunidad Colla Runa Urka, por lo tanto, no procede la Consulta Indígena.
Observación 9: El Llano de Varas, donde pretende emplazarse el proyecto, corresponde a un territorio que ha sido históricamente parte del territorio usado por nuestra comunidad para la crianza de animales mediante el sistema de trashumancia, en constante adaptación a los ciclos hidrológicos incluidas las sequías periódicas que no alteran nuestro vínculo con este espacio tradicional y espiritual. Esta circunstancia queda de manifiesto con la existencia de corrales, aguadas y senderos que forman parte de nuestras rutas de veranada e invernada, ya que la trashumancia no es solo un medio económico, sino parte esencial de nuestra identidad.
La información que aporta el Titular reconoce estructuras históricas en la zona como apachetas, corrales y rutas tradicionales, pero omite el significado espiritual y patrimonial que tienen para nosotros. Considerando que, el territorio está basado en el respeto y la armonía con la naturaleza. Reconocemos cada cerro, quebrada y aguada por su nombre y función. Esta relación con el entorno, además de simbólica, es parte activa de nuestra forma de vida.
La empresa señala que el camino habilitado solo tocará 70 metros de la ruta de trashumancia desde la C-17, pero no considera que nuestras rutas no son fijas: se adaptan según el clima, la lluvia y el estado del terreno. Cualquier alteración, incluso mínima, puede afectar nuestra movilidad, especialmente la del ganado y la de nuestros ancianos. A nuestro juicio, el Titular no se hace cargo de describir adecuadamente la alteración y menos de descartarla a la luz del artículo 72 inciso 62 del D.S. N° 40:
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“A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las circunstancias que se mencionan a continuación, respecto de las cuales se deberá analizar la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, en la medida que sea pertinente. (a), b), c) y d))
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular”.
El descarte de estas circunstancias alcanza mayor relevancia al observar el Apéndice MH3 - “Estudio Antropológico de Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas” que, expresamente señala:
“4.1.2 Prácticas Culturales La práctica cultural más significativa y valorada por la comunidad está relacionada con la crianza de animales y todas las actividades asociadas a esta práctica, especialmente los procesos de trashumancia que desarrollan estacionalmente. Esta actividad es fundamental para su identidad como pueblo Colla. El pueblo Colla se distingue de otros pueblos por su forma particular de crianza de animales y su movilidad animal, que está vinculada al uso extensivo del territorio. A pesar de las fronteras administrativas nacionales e internacionales, los grupos collas tradicionalmente se distribuyeron en la puna, el desierto de Atacama y el valle de Fiambalá (Argentina), siguiendo rutas y senderos preexistentes antes de la instalación de los Estados nacionales de Chile y Argentina.”
En la misma perspectiva, es necesario analizar la preocupación de nuestra comunidad respecto de la fauna que forma parte de nuestra cultura y arraigo, como es el caso de la interrupción de rutas de paso natural de guanacos, que ha sido entrecortada por proyectos previos rompiendo con el equilibrio ambiental del cual dependemos.
Dicho aquello, en relación a las observaciones de esta presentación y teniendo claridad acerca de que el análisis de legalidad del procedimiento de evaluación, en lo que respecta a la realización de un proceso de Consulta Indígena se realiza de manera —en principio— diversa al establecido para las observaciones ciudadanas, de igual manera solicitamos que, ante la evidente falta de información, el órgano técnico reevalúe si el Titular ha descartado efectivamente las circunstancias que hacen procedente un PCPI.
Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización de medio humano y evaluación de impactos.
Respecto a lo observado, se informa que en la caracterización de la Comunidad Runa Urka, realizada a partir de fuentes primarias de información y presentada en el Anexo 1.9 de la Adenda, se sistematiza el trabajo en terreno realizado con la Comunidad Indígena Colla Runa Urka con el Titular, durante la presente evaluación ambiental.
Según lo señalado en dicho Anexo, el Llano de Varas constituye un patrimonio natural y cultural de alta significación para la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, estrechamente asociado a su sistema tradicional de trashumancia de invernada. Esta extensa llanura, situada a una altitud media de aproximadamente 2.300 metros sobre el nivel del mar, se beneficia de los pastizales que emergen tras las lluvias del invierno altiplánico, lo que permite su aprovechamiento estacional para la crianza de ganado. La historia de uso prolongado de este territorio ha dado lugar a la conformación de un sistema de posturas y corrales, distribuidos a lo largo de rutas ganaderas consolidadas. Un tramo clave identificado por la Comunidad se extiende desde la Subestación Carrera Pinto hasta el sector de Cancha de Carretas, recorriendo cerca de 30 kilómetros. A lo largo de esta ruta, se encuentran diversas estructuras materiales históricas que evidencian el uso ancestral del espacio, incluyendo restos de leña, fogones y “conchanas” (bloques de piedra empleados en la construcción de muros).
Asimismo, la Comunidad ha reconocido estructuras de ocupación prehispánica, que, aunque actualmente en desuso, son consideradas parte del legado cultural del entorno y tratadas con respeto y cuidado. Un ejemplo significativo de ello son las llamadas “Piedras Cuadradas”, antiguas pircas emplazadas junto a la ruta C-303, que constituyen un testimonio del uso territorial anterior a la época colonial. Una manifestación cultural característica de las poblaciones Collas es la construcción de “apachetas” en puntos clave del recorrido trashumante, particularmente en sectores de descanso o junto a corrales. Estas estructuras pétreas cumplen funciones simbólicas y prácticas: mientras algunas interpretaciones las asocian a depósitos de provisiones, la Comunidad les atribuye un significado espiritual, denominándolas “sillones de piedra”, lugares de contemplación y agradecimiento hacia la Pachamama por los recursos brindados y la posibilidad de habitar temporalmente estos pág. 102
espacios. Un caso emblemático es el de la Apacheta conocida como La Silla del Indio, ubicada en el sector del Llano de Varas, que conserva su valor como símbolo de memoria colectiva y conexión espiritual con el territorio.
“Nosotros cada vez que pasamos por ahí, hacemos apachetas, piedras que nos sirven para agradecer.” (Entrevistada, julio 2025)
“Esa piedra no es cualquier cosa. Ahí se sentaban los abuelos, ahí descansaban, pero también le hablaban a la tierra. Uno ahí agradece.” (Entrevistada, julio 2025)
Uno de los puntos más relevantes en cuanto al acceso al agua es el sector conocido como “Agua del Humito”, ubicado en dirección a Inca de Oro. Esta es la zona más baja del Llano que cuenta con presencia de agua. Allí se encuentran vestigios de uso como pircas y corrales, actualmente no utilizados, aunque con posibilidad de ser reactivados por la Comunidad en cualquier momento. Hacia el extremo norte del Llano de Varas, en el límite comunal entre Copiapó y Diego de Almagro, se encuentra la postura llamada “Cancha de Carretas”, un antiguo punto estratégico donde llegaban carretas cargadas de leña. Esta zona posee condiciones ecológicas favorables para la crianza, como acceso a agua y pastos, y está conectada mediante senderos a diversos puntos tradicionalmente utilizados por la Comunidad en la comuna de Diego de Almagro. Entre estos destacan Varitas, Cadillal, Mostazal, Acerillo, Agua Amarga, Agua del Sol, Agua de la Zorra, Agua de la Cabra, Cerro La Peineta y Cerro El Pingo, entre otros. En las cercanías también se ubica el corral Chincolco, que actualmente sigue en uso por parte de la Comunidad.
Hoy en día, la Comunidad mantiene alrededor de 700 cabezas de ganado, incluyendo caprinos, ovinos, equinos y mulares. Actualmente, ante la falta de forraje en el Llano de Varas, estos animales se concentran principalmente en la Quebrada de San Andrés, que ofrece mejores condiciones para el pastoreo. La crianza implica prácticas diarias de arreo, especialmente para los caprinos y ovinos, mientras que los equinos y mulares permanecen en zonas específicas durante toda la temporada de veranada, sin necesidad de ser desplazados diariamente. Finalizada esta etapa, la Comunidad realiza el “campeo”, una acción clave que consiste en reunir el ganado para trasladarlo a sectores más bajos destinados a la invernada. La venta de animales es realizada directamente por los crianceros a compradores, ya sean recurrentes o esporádicos, y puede realizarse por cabeza o por peso, dependiendo del tipo y volumen de la transacción.
Actualmente la Comunidad mantiene una participación en programas e iniciativas coordinadas con instituciones públicas y servicios del Estado, incluyendo el municipio, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la SEREMI de Medio Ambiente y CONADI. En este marco, han promovido acciones orientadas a la conservación del entorno, la gestión de áreas protegidas, la implementación de huertos familiares, y la recuperación de suelos afectados por aluviones.
“Antes no sembrábamos, pero ahora con ayuda y con nuestras ideas estamos haciendo huertos, para no depender tanto del supermercado” (Entrevistada, julio 2025)
Entre sus iniciativas destacan proyectos para establecer potreros y cultivos de hortalizas en sectores estratégicos como Quebrada Vegas Bajas San Andrés y el Llano de Varas, integrando conocimiento tradicional con estrategias de manejo sustentable del territorio. Respecto al sistema de creencias los miembros de la Comunidad Colla manifiestan profundo arraigo, centrado en el respeto hacia la tierra, los animales y la naturaleza en su conjunto. Esta visión reconoce la interdependencia entre su modo de vida trashumante y los ciclos naturales, lo que los lleva a valorar especialmente la conservación de recursos escasos como el agua, el pasto y las hierbas, no solo como elementos esenciales para su sustento, sino también como parte del equilibrio ecológico y del bienestar de la biodiversidad local.
“Nosotros vivimos para los animales. Si ellos no están bien, nosotros tampoco.” (Entrevistada, julio 2025)
Existe entre sus integrantes una preocupación creciente frente a los efectos que generan los proyectos de inversión en el territorio, particularmente cuando estos no consideran adecuadamente las dimensiones ecológicas ni los impactos acumulativos. La fragmentación del entorno y la pérdida de conectividad territorial han dificultado el ejercicio de sus prácticas tradicionales y las dinámicas propias del ecosistema. Para la Comunidad, la transmisión del conocimiento asociado al “ser Colla” no se limita únicamente a las actividades productivas o rituales. Involucra también un compromiso activo con la protección del medio ambiente, en especial con la flora y fauna de los territorios que ocupan ancestralmente. Este principio de resguardo es considerado un valor esencial, que se desea preservar y transmitir a las nuevas generaciones, como garantía de acceso sostenible al ecosistema y continuidad del vínculo con el territorio sin provocar transformaciones irreversibles.
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“La gente piensa que porque no andamos con ropa típica no somos indígenas. Pero nuestra forma de vivir es lo que nos hace Colla.” (Entrevistada, julio 2025)
Respecto del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI), este consiste en un proceso de diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas, que tiene como objetivo llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente. En el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la medida administrativa susceptible de afectarlos es la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de un proyecto que genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esto implica el diseño y desarrollo de un proceso de Consulta de buena fe, que permita proveer de información a los pueblos indígenas sobre las materias susceptibles de afectarles directamente, para que en un proceso de diálogo se busquen acuerdos de forma tal que los pueblos indígenas puedan influir en la misma. Este procedimiento se origina en la aplicación de las disposiciones del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado de Chile y en Vigencia desde el año 2009.
Es importante considerar que los presupuestos que el Servicio de Evaluación Ambiental debe verificar para determinar la apertura de un Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI) corresponden a verificar los requisitos que hacen procedente dicho proceso, según el instructivo sobre la implementación del PCPI en el marco del SEIA, mediante Oficio ordinario de la Dirección Ejecutiva N°161116, de fecha 24 de agosto de 2016, entre ellos:
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La Susceptibilidad de Afectación Directa (SAD) es “… un impacto significativo y específico sobre los pueblos indígenas en su calidad de tales, afectando el ejercicio de sus tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales, o la relación con sus tierras indígenas” (según el artículo 7° del Decreto N° 66 del Ministerio de Desarrollo Social de 2013 disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1059961). Así, se entiende que cada vez que concurra alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) −impactos ambientales significativos según el artículo 2° letra e) del RSEIA− se produce susceptibilidad de afectación directa (SAD), como condición necesaria para que nazca la obligación de consulta.
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La SAD es determinada por el Servicio de Evaluación Ambiental en su calidad de administrador del SEIA, como señala el tenor literal del artículo 85 del RSEIA: “(…) en el caso que el proyecto o actividad genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en los artículos 7, 8 y 10 de este Reglamento, en la medida que se afecte directamente a uno o más grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, el Servicio deberá, de conformidad al inciso segundo del artículo 4 de la Ley, diseñar y desarrollar un proceso de consulta de buena fe, que contemple mecanismos apropiados según las características socioculturales propias de cada pueblo y a través de sus instituciones representativas, de modo que puedan participar de manera informada y tengan la posibilidad de influir durante el proceso de evaluación ambiental. De igual manera, el Servicio establecerá los mecanismos para que estos grupos participen durante el proceso de evaluación de las aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de que pudiese ser objeto el Estudio de Impacto Ambiental.”
Así, se entiende la SAD como la generación de los siguientes efectos, circunstancias o características por el proyecto o actividad, referidos a los literales del artículo 11 de la Ley N°19.300. Estos son:
a) Artículo 11 letra c): Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; b) Artículo 11 letra d): Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; c) Artículo 11 letra f): Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural;
Además, se ha dispuesto en los artículos 5°, 6° y 9° del RSEIA otros efectos significativos no considerados anteriormente, que también pueden manifestarse sobre grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), por lo que se ha considerado que también podrían generar una afectación directa cuando exista:
- Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos. Para dicha afectación se establece que “en caso de que el proyecto o actividad genere o presente riesgo para la salud de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento” (artículo 5 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra a) de la Ley N°19.300); pág. 104
- Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. Para dicha afectación se establece que “en caso que el proyecto o actividad genere o presente efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en lugares con presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento y deberá ser especialmente analizada la posible afectación a sus sistemas de vida de acuerdo a lo señalado en la letra a) del artículo 7” (artículo 6 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra b) de la Ley N°19.300); - Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Para dicha afectación se establece que “en caso que el proyecto o actividad genere alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, en lugares con presencia de pueblos indígenas se entenderá que el proyecto o actividad es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento y deberá ser especialmente analizada la posible afectación a sus sistemas de vida de acuerdo a lo señalado en el artículo 7” (artículo 9 del RSEIA, con relación al artículo 11 letra e) de la Ley N°19.300).
Además, debe determinarse la SAD en relación con el área de influencia definida en el artículo 2 literal a) del RSEIA, teniendo en consideración que el solo hecho de que un GHPPI se encuentra en dicha área no quiere decir que automáticamente se concluya que se produce impacto ambiental significativo o una posible afectación directa. Sí implica que deben ser considerados para efectos de determinar si se generan o no impactos ambientales significativos sobre ellos.
Considerando todo lo anterior, en la presente evaluación ambiental se solicitó el levantamiento de información primaria con la Comunidad Colla Runa Urka, con el objetivo de contar con los antecedentes necesarios para evaluar o descartar de forma fundada posibles impactos a sus sistemas de vida y costumbres.
Dicho levantamiento de información primaria se realizó los días 26 y 27 de julio de 2025 por el Titular del proyecto, fecha en que se concretó una entrevista y se realizó un recorrido en terreno con representantes de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, contando con la participación de su Directiva y de socios/as. En estas jornadas se levantó información primaria respecto de su caracterización y uso territorial.
Según lo señalado en el punto 1.7.2 de la Adenda, los antecedentes obtenidos en terreno permitieron validar y complementar la información secundaria ya presentada en la DIA, precisando la localización de sectores tradicionalmente utilizados por la comunidad —tales como Humito, Llano de Varas y Quebrada San Andrés—, así como el trazado de la ruta de trashumancia empleada para acceder a áreas de pastoreo, postura de ganado y otros sitios asociados a sus prácticas de vida trashumante.
En el Anexo 1.9 de la Adenda se expone en detalle la caracterización de la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, incorporando la información primaria levantada, junto con los consentimientos informados utilizados en dicha instancia, debidamente censurados para proteger los datos personales de sus firmantes.
En dicho Anexo se señala que desde el año 2019 la Comunidad no ha utilizado el Llano de Varas, exclusivamente debido a la escasez de lluvias. Este hecho no debe interpretarse como un abandono del territorio, sino como una adaptación temporal basada en la disponibilidad del recurso hídrico y forrajero. El uso tradicional del área abarca aproximadamente 200 km a la redonda, dentro de los cuales la Comunidad reconoce siete posturas o puntos de uso, tanto actuales como históricos. Estos sitios funcionan como lugares de paso en el ciclo de trashumancia o arreo de animales, donde se realiza alojamiento temporal, ya sea por una noche o algunos días, antes de continuar el recorrido.
De esta manera, según lo señalado en el punto 4.4.1 de la Adenda (luego del levantamiento de información primaria con la CIC Runa Urka), la Comunidad Indígena Colla Runa Urka utiliza históricamente el sector cordillerano de Llano de Varas para actividades de trashumancia, incluyendo posturas como Humito, Cancha de Carretas y Quebrada San Andrés, ubicadas a más de 10 km del área de emplazamiento del Proyecto. Las rutas de acceso identificadas corresponden a caminos públicos como la Ruta 31-CH, y el tramo que interactúa con el Proyecto es utilizado solo como vía de transporte hacia los sitios de uso tradicional, sin superposición con zonas de permanencia ni sitios de significación.
A continuación, se presenta una imagen explicativa que ilustra la localización del Proyecto en relación con rutas de trashumancia y sitios de significancia cultural de la CIC Runa Urka más cercanos a las partes y obras del Proyecto. La cartografía permite visualizar el área de influencia del Proyecto y la interacción puntual que este mantiene con el camino de tierra no enrolado que se desprende desde la Ruta C-17 e ingresa hacia el sector nororiente, también utilizado como ruta de trashumancia de la Comunidad Runa Urka. Conforme a lo señalado en pág. 105
la DIA, el Proyecto contempla la habilitación de un camino de acceso que se conectará con dicho camino de tierra únicamente en los primeros 70 metros desde la Ruta C-17, sin alterar su continuidad ni funcionalidad.
En virtud de lo anterior, se concluye que las obras y actividades del Proyecto no generan afectación sobre la ruta de trashumancia o sobre el acceso a los sectores tradicionalmente utilizados por la Comunidad Indígena Colla Runa Urka, ya que estos se encuentran fuera del Área de Influencia del Medio Humano y la única interacción del Proyecto con la ruta corresponde a una intervención puntual, que no interferirá en el libre tránsito de los miembros de la comunidad en el ejercicio de sus prácticas tradicionales.
Fuente: Figura 6 de la Adenda.
Además, según lo señalado en el punto 4.3.1 de la Adenda Complementaria, y tal como se puede visualizar en la Tabla 37 y Figura 16, ambas de la Adenda Complementaria, el sector de Llano de Varas posee aproximadamente 49.620 hectáreas, mientras que los proyectos consignados con RCA aprobada en el sector comprenden una superficie total de 3.246 hectáreas, lo que equivale al 6,54% del territorio del Llano de Varas.
Asimismo, cabe destacar que al interior del área de influencia de medio humano no se registran áreas de pastoreo utilizadas por GHPPI, y únicamente se ve atravesado por un segmento de una ruta de trashumancia asociada al uso de la red vial pública, la cual no es alterada por el proyecto. Como se ha podido ver en la caracterización de la Comunidad, sus sitios de pastoreo se encuentran principalmente en los sectores altos de la región de Atacama, hacia la cordillera de Los Andes, por lo tanto, fuera del área de influencia de medio humano, por lo que el presente Proyecto no representa una merma en el espacio de pastoreo disponible usado por GHPPI, sobre todo considerando la magnitud del proyecto, que abarca un polígono de 8,01 hectáreas cercadas, tal como se puede visualizar en la figura anterior.
Por todo lo anterior, y considerando que el Proyecto no implica la explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y el suministro de agua necesario para el Proyecto se obtendrá de un tercero autorizado, sin utilizar aguas superficiales ni subterráneas, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación directa (SAD) a la Comunidad Colla Runa Urka, por lo tanto, no procede la Consulta Indígena.
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o acciones, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a fin de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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12°. Que, en relación a las Tablas Transporte y vialidad de la fase de construcción, así como las de Número 4.8.2, 4.7.3 y10.1.4, todas del ICE, en los puntos 4.3.1, 4.3.2, 4.3.3 y 6.1.4 de esta Resolución, se han corregido los datos referentes a dichas tablas que se emitieron errores de transcripción y que la administración puede corregir los errores de copia, referencia, cálculos numéricos o los puramente materiales o de hecho que aparecen de manifiesto en base al artículo 62 de la ley 19.880
13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
16°. Que, para que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena”, de BESS HALCÓN 18 SPA.
2°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 156, 157, 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Central BESS Lena” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación pág. 107
Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Jorge Andrés Fernández Herrera Delegado Presidencial (S) Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama
Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
JES/TTA
Distribución: Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios (III) CONADI, Región de Atacama (III) CONAF, Región de Atacama (III) DGA, Región de Atacama (III) DOH, Región de Atacama (III) Gobernación Marítima de Caldera (III) SAG, Región de Atacama (III) SEC, Región de Atacama (III) SEREMI de Agricultura, Región de Atacama (III) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama (III) SEREMI de Desarrollo Social Y Familia Región de Atacama (III) SEREMI de Energía, Región de Atacama (III) SEREMI de Minería, Región de Atacama (III) SEREMI de Salud, Región de Atacama (III) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama (III) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama (III) SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama (III) SEREMI MOP, Región de Atacama (III) SERNAGEOMIN, Región de Atacama (III) Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Copiapó Gobierno Regional, Región de Atacama Superintendencia del Medio Ambiente Señora Jacqueline Oviedo Señora Lilian Trigo Astudillo Verónica Ossandó n Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Ossandón Pizarro Fecha: 2026.01.09 15:13:33 -03'00' Jorge Andrés Fernández Herrera Firmado digitalmente por Jorge Andrés Fernández Herrera Fecha: 2026.01.13 16:57:27 -03'00' pág. 108
Señor Juan Pablo Rico Señora Susana Hidalgo Señor Sergio Quiroga Señor John Contreras Señor Christian Rivadeneira Señor Daniel Ponce Señor Osvaldo Vargas Señor Carlos Rodríguez Señora Yaniela Ardiles Señor Pablo Olivares Señor Nelson Jorquera Señor Giuliano López Rojas Señor Ricardo Orlando Sylvester Zapata, representante legal de BESS HALCON 22 SPA