Evaluación SEA

Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta

Rol 2163775189
SEA · DIA · Aprobado · 2025-10-07 · Región de Antofagasta · Parque Eólico Antofagasta SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”

Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 06 de junio de 2025 y su Adenda Complementaria de 14 de agosto de 2025, del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”, presentado por Parque Eólico Antofagasta SpA con fecha 06 de diciembre de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”.

3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N°202502100621 de 18 de febrero del 2024, celebrada el día 04 de febrero de 2025, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

5°. El ICE N° 202502109133 de la DIA del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” de fecha 11 de septiembre de 2025.

6°. El acuerdo N° 38/2025 de la sesión ordinaria N° 20/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 23 de septiembre de 2025.

7°. La Resolución de Calificación Ambiental N°20230200128 de fecha 22 de febrero de 2023, del proyecto “Parque Eólico Antofagasta” que se modifica a través de la presente Resolución.

8°. La Resolución Exenta N°202502101531 de fecha 22 de septiembre 2025, emitida por el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta (en adelante “SEA, Antofagasta”), que rectifica el ICE N° 202502109133 de fecha 11 de septiembre 2025.

9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”.

10°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417 (en adelante “Ley N°19.300”); en el Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que implementa el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el Decreto Supremo N°30/2023 del mismo Ministerio (en adelante “RSEIA”); en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y la Resolución TRA 119046/1/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 07-10-2025 15:03:50:936 UTC -03:00 Razón: Lugar:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Parque Eólico Antofagasta SpA (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Parque Eólico Antofagasta SpA Rut 76.188.406-9 Domicilio Cerro El Plomo 5420, of. 1305, comuna de Las Condes. Teléfono +56 942501351 Nombre representante legal Daniel Tapia Castro Rut representante legal 13.483.906-6 Domicilio representante legal Cerro El Plomo 5420 of. 1305, comuna de Las Condes. Teléfono representante legal +56 942501351 Correo electrónico Titular o representante legal danielalejandro.tapia@repsol.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de septiembre de 2025, el Director Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de 23 de septiembre de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de septiembre de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”, en adelante el Proyecto, consistirá en una serie de modificaciones al Proyecto Parque Eólico Antofagasta, aprobado mediante la RCA N° 20230200128/2023. El Proyecto considera la reubicación de los setenta (70) aerogeneradores aprobados originalmente para la Etapa II (o también denominada 2° subfase), la incorporación de diez (10) nuevas posiciones de aerogeneradores (lo que totaliza ochenta (80) aerogeneradores para la Etapa II), la implementación de una nueva subestación elevadora denominada subestación eléctrica transformadora (en adelante SET) Ibertaltal 2 con su respectiva línea de transmisión eléctrica, además de obras auxiliares y un sistema de almacenamiento de energía (BESS). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Mano de obra • Fase de construcción: 225 personas. • Fase de operación: igual al proyecto original. • Fase de cierre: 75 personas.

Vida útil 34 años y 1 mes Monto de inversión USD $ 671.744.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Apertura de la caja de los caminos internos (movimientos de tierras). Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No Estudio de Impacto Ambiental "Parque Eólico Antofagasta", calificado ambientalmente favorable mediante la RCA N° 20230200128 de fecha 22 de febrero de 2023. X

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] Si No En el documento Anexo 1 "Actualización Descripción de Proyecto" de la Adenda de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en la Tabla 1-1. Modificaciones a lo aprobado, se identifican las modificaciones a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) original. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubicará aproximadamente a 150 km al sur de la ciudad de Antofagasta y a 63 km al noreste de la localidad de Paposo, comuna de Taltal, provincia y región de Antofagasta. Descripción de la localización La localización propuesta para la instalación del Proyecto Parque Eólico Antofagasta se justifica en función de diversos factores tales como; emplazamiento con valores de velocidad media del viento de 7,2 m/s; emplazamiento perpendicular a la dirección del viento; una potencia mínima a instalar acorde con los costes de inversión, de operación y mantenimiento y la distancia a la línea general de transmisión; y emplazamiento con características medio ambientales compatibles con el tipo de Proyecto. Superficie La superficie total del Proyecto, incluyendo tanto las obras temporales como las permanentes, es de 277,32 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 El layout del Proyecto se presenta en el Anexo 1 "Actualización Descripción de Proyecto" de la Adenda de la DIA, cuya representación georreferenciada se incorpora en el Apéndice 1.1 "Cartografía digital del Proyecto" de la misma Adenda de la DIA. Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realiza a través de un camino ya existente que conecta la Ruta 5 Norte en el punto kilométrico 1.217,99, denominado IBERTALTAL - JADRESIC (antigua SET Parinas). Este camino enlazará en el punto kilométrico 7.057,40 con el eje ANT2_EJE 300 de la Etapa II, que constituye la entrada al parque. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los planos georreferenciados, incluyendo la cartografía digital del Proyecto en formatos KMZ, SHP y PDF, se presentan en el Apéndice 1.1 "Cartografía digital del Proyecto" de la Adenda de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Montaje de Instalación de Consiste en la habilitación del área de faenas para oficinas, servicios y bodegas, junto con la instalación de una planta de concreto de hasta 227 m x 50 m, destinada al suministro de hormigón para fundaciones y plataformas.

Faenas y Planta de Concreto. Apertura y explanación de los caminos internos Incluye el escarpe, nivelación y compactación de terreno para caminos de acceso (8,3 km desde Ruta 5) e internos (6 m de ancho general, 4 m en accesos secundarios), permitiendo el tránsito de grúas y transporte de aerogeneradores. Construcción de canales y badenes que interfieren con caminos Ejecución de estructuras de cruce (badenas) y canales de drenaje en puntos donde los caminos interceptan cauces naturales, asegurando el escurrimiento controlado del agua. Explanación y nivelación de las plataformas de aerogeneradores. Preparación de plataformas de 67 m x 165 m con movimiento de tierra, nivelación y compactación para montaje de grúas y ensamblaje de aerogeneradores. Excavación, ferrallado y concreto de las cimentaciones de los aerogeneradores. Considera excavaciones de gran volumen, instalación de enfierradura y posterior hormigonado para cimentaciones de cada aerogenerador (hasta 80 unidades). Cunetas laterales y drenajes transversales de los caminos. Implementación de cunetas longitudinales y obras transversales de drenaje para evacuar aguas pluviales, evitando erosión y socavación en los caminos internos. Tapado de las cimentaciones de los aerogeneradores. Relleno con material compactado sobre fundaciones hormigonadas, restituyendo nivel del terreno circundante y asegurando la estabilidad estructural. Construcción de defensas fluviales Levantamiento de obras de protección en sectores con riesgo de socavación o escurrimientos, con medidas para manejar el escurrimiento del agua superficial en puntos críticos, principalmente donde los caminos internos interceptan cauces naturales o áreas de escorrentía. Extendido de zahorras artificiales de los caminos del parque eólico. Aplicación de capas de material granular (zahorra artificial) para conformar la carpeta de rodadura de los caminos internos y de servicio. Recepción en obra de aerogeneradores. Incluye el transporte, acopio y descarga de torres, góndolas, palas y demás componentes en zonas previamente habilitadas. Apertura y tapado de zanjas del sistema colector de 33 kV. Excavación de zanjas para ductos eléctricos subterráneos, instalación de canalizaciones y posterior tapado con compactación. Tendido de cables del sistema colector de 33 kV. Instalación de cables de media tensión en las canalizaciones subterráneas, interconectando aerogeneradores con las subestaciones. Montaje e instalación de aerogeneradores. Ensamblaje de torre por tramos, instalación de góndola y montaje de palas con grúas de gran capacidad, seguido de la conexión eléctrica y mecánica. Construcción de LAT 500 kV. Incluye habilitación de plataformas de apoyos (40 x 40 m), montaje de torres, tendido de conductores y fibra OPGW a lo largo de 10,5 km de trazado. Montaje de las torres meteorológicas. Instalación de tres torres de celosía de 145 m con sistemas de medición de viento, situadas en puntos estratégicos del parque.

Adecuación de la subestación Etapa 2 Ampliación de la SET Ibertaltal existente, con nueva posición de LAT 500 kV y transformador de 180/210 MVA, además de obras civiles menores. Construcción Subestación Transformadora 33/500 kV (SET IBERTALTAL 2). Ejecución de la nueva subestación (129,5 x 202,3 m), incluyendo edificio de control, parque intemperie y transformador de 300/350 MVA. Finalización y energización de las infraestructuras eléctricas. Puesta en servicio de subestaciones, LAT y sistema colector, conectando el parque al Sistema Troncal de 500 kV. Energización y puesta en marcha de los aerogeneradores. Activación y sincronización de aerogeneradores, verificando parámetros de operación y seguridad. Refino de las zahorras de los caminos del parque eólico y remates de obra civil. Nivelación final de caminos, instalación de señalética y terminaciones en plataformas, cunetas y accesos. Restauración de áreas temporales. Desmantelamiento de instalaciones de faenas, retiro de planta de concreto y restitución de áreas de acopio y canchas de tendido. Firma del Acta de Recepción Provisional. Documento oficial que certifica la finalización de obras civiles y electromecánicas, habilitando el inicio de la fase operativa. Recursos naturales renovables El Proyecto no considera extracción o explotación de recursos naturales renovables Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas:

Durante la fase de construcción se generarán emisiones producto de las actividades de movimiento de tierra necesarios para la construcción del parque eólico y producto de la combustión de los motores de maquinarias y camiones empleados en la materialización de las obras del Proyecto.

Tabla N°1. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/año) MPS MP10 MP2.5 CO NOX SO2 CO V Construcción (año 1) 780,3 7 215,8 5 53,13 48,81 87,18 1,12 6,75 Construcción (año 2) 610,7 7 175,6 9 37,42 44,77 71,04 0,90 6,13 Construcción (año 3) 463,0 6 134,3 9 20,17 10,93 24,01 0,45 1,87 Fuente: Tabla 1-21 de la ADENDA de la DIA.

Durante la fase de construcción del Proyecto, se implementarán diversas medidas de control para las emisiones atmosféricas, las cuales se enfocarán principalmente en el material particulado están asociadas principalmente al transporte vehicular y al movimiento de tierra y los gases que se vinculan a la operación de maquinaria

y al funcionamiento de grupos electrógenos. Estas medidas se resumen a continuación: - Humectación de frentes de trabajo activos, caminos no pavimentados, zonas con movimiento de tierra, áreas de acopio de material de escarpe y zonas de excavaciones. - Aplicación de supresor de polvo biodegradable (bischofita) en los caminos internos del Proyecto y en las zonas con movimiento de tierra. - Cobertura de carga en camiones (encarpado de tolvas). - Construcción y mantenimiento de barreras cortaviento en todo el perímetro donde se realice el manejo de áridos. - Establecimiento de un límite de velocidad máxima de tránsito vehicular de 40 km/h en los caminos no pavimentados del Proyecto. - Control de revisiones técnicas al día de vehículos y maquinarias. - Faenas de limpieza durante cada actividad, incluyendo barrido y levantamiento de escombros. Para más detalle, ver la Tabla 1-22 “Medidas de control emisiones atmosféricas Fase de Construcción” de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos Durante la fase de construcción del Proyecto, la generación de residuos líquidos domésticos se estima en 1.012,5 m³/mes, lo que equivale a un máximo de 33,75 m³/día en los meses de mayor mano de obra. Estos residuos provienen principalmente de los servicios higiénicos de la Instalación de Faenas (IF), además de los baños químicos portátiles que se instalarán en los frentes de trabajo. Las aguas servidas de la IF serán tratadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). El efluente tratado de la PTAS será infiltrado en su totalidad en el terreno mediante drenes. Es importante señalar que, para este Proyecto, no se utilizará agua tratada de la PTAS para la humectación de caminos; el agua industrial para este fin será abastecida por camiones aljibe de empresas sanitarias autorizadas.

c) Lodo PTAS

El sistema de tratamiento de lodos de la PTAS utiliza un proceso de digestión aeróbica que permite la recirculación de los lodos producidos en la fase de sedimentación secundaria hacia la fase de aireación. Los lodos generados en la PTAS, que se estiman en 1,92 m³/mes, serán retirados de forma periódica (anualmente o según se requiera) por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su disposición final en un lugar autorizado.

d) Ruido

Las principales fuentes de emisión sonora durante la fase de construcción tienen relación con el uso de maquinaria en los distintos frentes de trabajo, considerando el uso de explosivos. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA, esto considerando que no hay receptores humanos sensibles identificados en torno al área de emplazamiento del Proyecto. Para más detalle ver Anexo 2.4.1 de la DIA y Apéndice 2.2 de la Adenda de la DIA.

e) Vibraciones

En la fase de construcción se emitirán vibraciones por el uso de maquinaria en los distintos frentes de trabajo. Las vibraciones generadas en esta fase no superarán los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia DIN 4150. Para más detalle, el estudio de Ruido y Vibraciones, que incluye los resultados de línea base y la evaluación de emisiones vibratorias, se encuentra en el Anexo 2.4 de la DIA.

f) Luminosidad

Durante la fase de construcción del Proyecto, se considera la iluminación exterior principalmente para actividades nocturnas y/o por razones de seguridad. Esta iluminación se utilizará en la instalación de faenas y en las plataformas de los aerogeneradores. La potencia total estimada para la fase de construcción es de 7.259,5 W (equivalente a 7,3 kW). En cuanto a la gestión de esta iluminación: • Se utilizarán pantallas para evitar la dispersión del haz lumínico hacia el hemisferio superior. • Las luces estarán siempre apuntando al suelo (hemisferio inferior). • La temperatura de color de la luminaria será de 2.200 K o inferior (color cálido). • El Proyecto cumplirá con el Decreto N° 1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). • Las luminarias y sistemas de iluminación contarán con las certificaciones aprobadas por laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios

Durante la fase de construcción, el Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios (RSD) provenientes principalmente del personal, compuestos por restos de comida, envases, papeles y cartones. La tasa máxima de generación se estima en 180 kg/día (5,4 toneladas mensuales) considerando 0,8 kg por habitante al día en los meses de mayor contratación.

Estos residuos se almacenarán temporalmente en contenedores de 770 litros, herméticos, lavables y de fácil traslado, ubicados en el Área de Almacenamiento de Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios dentro de la Instalación de Faenas.

El retiro se realizará tres veces por semana, y en caso de fallas se dispondrá de empresas autorizadas alternativas. Finalmente, la disposición final será gestionada por una empresa autorizada, trasladando los residuos a un sitio aprobado por la SEREMI de Salud, manteniendo registros de recepción para garantizar el cumplimiento.

Para más detalles ver el Anexo 3.3 PAS 140 de la DIA y/o el Anexo 4 “Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias” de la Adenda de la DIA.

b) Sólidos Industriales No Peligrosos

Durante la fase de construcción, los Residuos Industriales No Peligrosos (RINP) provendrán de actividades constructivas, incluyendo restos de cables, embalajes, concreto de camiones mixer, maderas, materiales de obra, escombros y residuos metálicos inertes.

Se estima una generación de 10 t/mes (120 t/año). Estos residuos serán segregados y almacenados en un área habilitada dentro de la Instalación de Faenas, con piso pavimentado y capacidad de 12 t. Se usarán contenedores de 4.800 litros para escombros, maderas y plásticos, y de 2.400 litros para cartón y papel. El material excedente de excavaciones se enviará a botaderos autorizados, y los residuos del lavado de mixer se dispondrán en un área de secado junto a la piscina de decantación.

El retiro será mensual, a cargo de empresas autorizadas, con disposición final en sitios aprobados por la SEREMI de Salud y mantención de registros de cumplimiento. Las carpetas de impermeabilización de piscinas decantadoras se retirarán al desmantelar el área de lavado.

Para más detalle ver Anexo 3.3 PAS 140 de la DIA y Anexo AP3.3 Actualización Planos PAS 140 de la Adenda de la DIA.

c) Residuos sólidos peligrosos

Durante la construcción, los RESPEL provendrán de aceites usados y guaipes de mantenciones menores, clasificados como Categoría I.8 (tóxicos extrínsecos e inflamables). Se estima una generación de 1 t/mes (12 t/año).

Estos residuos serán almacenados en una bodega de almacenamiento temporal (BAT) en la IF, para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada. La bodega poseerá las características indicadas en los art. 33, 34 y 35 del D.S. Nº 148/2004 del MINSAL, además, tendrá suficiente capacidad de almacenamiento para acopiar la totalidad de los residuos generados durante este periodo, debidamente segregados y etiquetados. El Proyecto requiere PAS 142 y contará con un Plan de Contingencias y Emergencias, además de planes específicos de contratistas para derrames e incendios. Para más detalle ver el Anexo 3.3 PAS 142 de la DIA y el anexo AP3.4 Actualización Planos PAS 142 de la Adenda de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Operación del parque eólico La operación del parque eólico consistirá en la generación de energía eléctrica a partir de la energía cinética del viento, la cual será captada por los aerogeneradores y posteriormente inyectada al Sistema Eléctrico Nacional. El proceso será supervisado desde la sala de control ubicada en la Subestación Ibertaltal (existente de la Etapa I), apoyada por tres torres meteorológicas que entregarán información clave sobre el desempeño. La energía será transportada a través de redes subterráneas hacia las subestaciones Ibertaltal (existente) e Ibertaltal 2 (nueva), donde se elevará la tensión de 33 kV a 500 kV. Finalmente, la producción se unificará mediante una nueva LAT 500 kV antes de ser vertida al Sistema Troncal. Mantención y conservación parque eólico Las labores de mantención y conservación del parque eólico se realizarán bajo un programa de mantenimiento predictivo y preventivo cada seis meses, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. Estas incluirán análisis de datos provenientes del Sistema de Mantenimiento Predictivo (SMP) y de muestras de aceite. Además, se ejecutarán mantenciones correctivas frente a fallas no previstas, así como chequeos y reparaciones menores de manera diaria. Los residuos de aceite hidráulico de los aerogeneradores, equivalentes a 68.170 litros cada dos años, serán retirados semestralmente por una empresa especializada. Mantención y conservación Subestación Transformadora 33/500 kV (SET IBERTALTAL Y SET IBERTALTAL 2) Para la mantención y conservación de las subestaciones transformadoras 33/500 kV (SET Ibertaltal y SET Ibertaltal 2), se efectuarán revisiones de puesta a tierra, niveles de aceite, uniones atornilladas, cuadros eléctricos, válvulas de seguridad y mediciones de corriente y voltaje. Estas inspecciones se realizarán al menos una vez al año. La SET Ibertaltal 2 será controlada de manera remota desde la SET Ibertaltal existente, la cual también asumirá las labores de mantenimiento. Mantención y conservación Línea de alta tensión 500 kV (LAT SET IBERTALTAL Y SET IBERTALTAL 2) La mantención y conservación de la línea de alta tensión 500 kV (LAT SET Ibertaltal – SET Ibertaltal 2) considera visitas de inspección, mantención de la faja de servidumbre, labores preventivas y correctivas de la línea, así como reparación de fallas y emergencias. Se controlará especialmente la erosión del suelo en las bases de los apoyos y las huellas de acceso a las estructuras. Las reparaciones se realizarán de acuerdo con los hallazgos de las inspecciones o ante situaciones que afecten la continuidad del servicio. Mantención y conservación La mantención y conservación del sistema de almacenamiento de energía (BESS) se llevará a cabo mediante un programa estructurado que combinará acciones preventivas y correctivas para garantizar la eficiencia y continuidad del suministro.

Sistema de Almacenamiento de Energía (BESS) Las reparaciones correctivas se programarán a corto plazo según la gravedad de las fallas, y el mantenimiento estará a cargo de un proveedor externo. Productos generados a) Energía Eléctrica

El Proyecto contempla generar energía eléctrica e inyectarla al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) utilizando la energía cinética del viento como fuente de Energía Renovable No Convencional (ERNC), a través de la operación de un parque eólico de 80 aerogeneradores, con una potencia unitaria de 7,2 MW y una potencia instalada total de 576 MW. La energía será conducida mediante redes subterráneas de 33 kV hacia las subestaciones Ibertaltal (existente) y Ibertaltal 2 (nueva), donde se elevará a 500 kV para su transmisión. Adicionalmente, el Proyecto considera un Sistema de Almacenamiento de Energía (BESS) de 500 MWh, conectado en 33 kV a la Subestación Ibertaltal 2, que permitirá gestionar la energía generada y optimizar su entrega al sistema. Recursos naturales renovables Durante la fase de operación el recurso natural renovable que se utilizará será la fuerza del viento, por ende, no contempla la extracción ni explotación de recursos naturales renovables para abastecer sus necesidades durante la fase de operación. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera

Durante la fase de operación del Proyecto, las emisiones atmosféricas se asociarán principalmente al tránsito vehicular (incluyendo abastecimiento de insumos, retiro de residuos, traslado de personal y actividades de mantenimiento de las instalaciones) y a la operación de grupos electrógenos de emergencia. Tabla N°2. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/año) MPS MP10 MP2.5 CO NOX SO2 Operación 223,20 62,85 6,66 0,63 1,56 0,00 Fuente: Tabla 1-21 de la ADENDA de la DIA. Durante la fase de operación del Proyecto, las emisiones atmosféricas, tanto de material particulado como de gases, serán considerablemente menores en comparación con las fases de construcción y cierre. Estas emisiones estarán asociadas principalmente al tránsito de vehículos menores para el traslado de personal durante las labores de mantenimiento, al transporte de insumos y retiro de residuos, especialmente en caminos no pavimentados, y a la operación esporádica de generadores eléctricos de emergencia. Las medidas de control de emisiones atmosféricas específicas para la fase de operación del Proyecto, enfocadas principalmente en material particulado y gases, serán las siguientes: - Los caminos contarán con una capa de zahorra para estabilizar las superficies. - Encarpado de tolvas de camiones que transporten material. - Establecimiento de límite de velocidad de tránsito vehicular (40 km/h). - Control de revisiones técnicas al día de vehículos y maquinarias. Para más detalle, ver el Anexo 1 “Actualización Descripción de Proyecto” de la Adenda de la DIA.

b) Emisiones líquidas

Durante la fase de operación del Proyecto, no se contempla la generación de residuos líquidos domésticos ni de ningún otro tipo de residuos líquidos adicionales.

c) Ruido

Las principales fuentes de emisión sonora durante la fase de operación tienen relación con el funcionamiento de 80 aerogeneradores, 4 transformadores de poder ubicados en la SET y la LAT. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, esto considerando que no se identificaron receptores sensibles en torno al área de emplazamiento del Proyecto. Por otro lado, se capacitará al personal sobre las medidas de protección del ruido necesarias, así como del uso obligatorio de los equipos de protección auditivos en las faenas que presenten mayor emisión acústica. En Anexo 2.4.1 de la DIA y Apéndice 2.2 de la presente Adenda se entregan los resultados de línea la base y evaluación de cumplimiento normativo de ruido respectivamente

d) Vibraciones

En esta fase no existirán fuentes que generen vibraciones en el entorno del Proyecto.

e) Campos electromagnéticos

Los resultados máximos de campo eléctrico para el Proyecto, como para el campo magnético obtenidos están por debajo de los máximos recomendados por la Comisión Internacional para la Protección contra Radiaciones No Ionizantes, por sus siglas en Ingles ICNIRP, que fija el límite de tolerancia en 5.000 V/m para intensidad de campo eléctrico y 100 μT para intensidad de campo magnético, por lo cual, se puede asegurar que el Proyecto cumple con los limites antes mencionados. Se debe considerar que no existen receptores particulares de interés a menos de 50 m del Proyecto, sino que sólo existirán los eventuales peatones que puedan circular por los alrededores y en cada gráfico se representan las intensidades de campos electromagnéticos que siente un receptor al ubicarse debajo de los conductores, considerando un área de influencia de 50 m hacia cada lado desde el centro de los conductores, es decir, una franja de 100 m de ancho, y al salir del área de influencia, los valores de los campos son tan bajos que se puede considerar que son imperceptibles.

f) Luminosidad

Durante la fase de operación del Proyecto, la iluminación exterior se considera principalmente por razones de seguridad y para la navegación de los aerogeneradores. Esta iluminación se implementará en las subestaciones SET Ibertaltal 1 (existente) y SET Ibertaltal 2 (nueva), así como en las balizas de los aerogeneradores. La potencia total estimada para la operación es de 31.763,3 W (31,5 kW). En cuanto a la gestión de esta iluminación: Se utilizarán pantallas para evitar la dispersión del haz lumínico hacia el hemisferio superior. Las luces estarán siempre orientadas al suelo (hemisferio inferior). La temperatura de color de las luminarias será de 2.200 K o inferior (color cálido). En los aerogeneradores se dispondrá de una baliza dual de mediana intensidad tipo A (blanca, destellos simultáneos) en el extremo superior y tres luces de baja intensidad tipo B (rojas, destellos simultáneos) en el mástil, operativas en horario nocturno. Se aplicará un patrón visual en las aspas, pintando los últimos 6 metros de color rojo para aumentar la visibilidad de la avifauna. Se prevé el apagado o atenuación de luminarias en horas críticas, como periodos migratorios o reproductivos de golondrinas de mar y gaviota garuma. El Proyecto cumplirá con el Decreto N° 1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). Las luminarias y sistemas de iluminación contarán con certificación aprobada por la SEC.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios

Dado que no habrá personal adicional asociado directamente a la operación de la Etapa II en el área del Proyecto, no se producirán residuos sólidos domiciliarios específicos para esta modificación. La generación, gestión y almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios se mantendrá con la infraestructura ya habilitada en la Etapa I del Proyecto.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos

Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) asociados principalmente a las actividades de mantenimiento de las nuevas instalaciones de la Etapa II, tales como restos de cables, piezas en mal estado, residuos metálicos inertes y embalajes. En cuanto a la cantidad, se estima una generación mínima de 0,02 toneladas/año de RSINP. Cabe señalar que los residuos derivados del mantenimiento del sistema BESS serán gestionados directamente por un proveedor externo, por lo que no forman parte del presente Proyecto. Estos residuos serán almacenados temporalmente en la sala de residuos no peligrosos de la bodega–almacén habilitado en la Etapa I, y su retiro se realizará una vez al mes por una empresa autorizada, para su disposición final en un sitio también autorizado.

c) Residuos sólidos peligrosos

Durante la fase de operación, los residuos sólidos peligrosos se generarán principalmente por las actividades de mantenimiento de los 10 aerogeneradores adicionales, la Subestación Ibertaltal 2 y su Línea de Transmisión asociada. Entre estos se incluyen baterías, aceites usados, guaipes contaminados, envases contaminados y tubos fluorescentes. La tasa de generación se estima en 0,02 t/mes, equivalente a 0,24 t/año. Estos residuos se almacenarán temporalmente en la sala de residuos peligrosos de la bodega–almacén de la Etapa I, que cuenta con una capacidad total de 9,43 m³. La cantidad máxima acumulada en la Etapa II corresponde a 0,12 toneladas semestrales (0,12 m³), lo que representa apenas un 1,27% de la capacidad disponible. El retiro se realizará mensualmente por una empresa autorizada, asegurando el cumplimiento de la normativa que limita el almacenamiento de residuos peligrosos a seis meses. Finalmente, los residuos serán transportados y dispuestos en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desconexión del sistema troncal Para poner término a la fase de operación se realizará la desenergización de las instalaciones mediante la interrupción del paso de energía desde los aerogeneradores. Este procedimiento se efectuará mediante el uso de interruptores de apagado. Actividades de desmantelamiento de instalaciones Consiste en el desarme y retiro de todas las estructuras y equipos pertenecientes al parque eólico, mediante el uso de grúas y otras maquinarias. Actividades de restauración del terreno Las superficies que hayan sido alteradas y utilizadas por las instalaciones del Proyecto serán sometidas a actividades de rehabilitación y restauración con el objetivo de devolver las condiciones similares a las existentes, previas a la construcción del parque eólico. Monitoreo Durante el proceso de cierre del Proyecto se ejecutarán los siguientes monitoreos o controles ambientales:

Recursos naturales renovables El Proyecto durante su fase de cierre no requerirá extraer o explotar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera

Durante la fase de cierre del Proyecto, las mayores emisiones de material particulado se presentan durante el primer año. En cuanto a las emisiones de material particulado, están asociadas principalmente al transporte vehicular, mientras que las mayores emisiones de gases están asociadas a la operación de maquinaria.

Tabla N°3. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/año) MPS MP10 MP2.5 CO NOX SO2 Cierre (año 1) 553,57 160,01 30,30 32,04 55,45 0,77 Cierre (año 2) 553,57 160,01 30,30 32,04 55,45 0,77 Fuente: Tabla 1-21 de la ADENDA de la DIA. Durante la fase de cierre del Proyecto, las emisiones atmosféricas, tanto de material particulado como de gases. Estas emisiones estarán asociadas principalmente a las actividades de desmantelamiento de instalaciones y movimientos de tierra asociados, así como al tránsito vehicular y la operación de maquinaria pesada. Las actividades incluirán el uso de retroexcavadoras, bulldozers, grúas, camiones tolva y camiones tractores para el desarme, retiro y transporte de las estructuras y equipos del parque eólico. Las medidas de control de emisiones atmosféricas específicas para la fase de cierre del Proyecto serán las siguientes: - Los caminos contarán con una capa de zahorra para estabilizar las superficies. - Encarpado de tolvas de camiones que transporten material. - Establecimiento de límite de velocidad de tránsito vehicular (40 km/h). - Control de revisiones técnicas al día de vehículos y maquinarias. Para más detalle, ver el Anexo 1 “Actualización Descripción de Proyecto” de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos

Durante la fase de cierre del Proyecto, la generación de residuos líquidos domésticos se estima en un máximo de 11,25 m³/día en los meses de mayor contratación. Estos residuos provendrán principalmente de los servicios higiénicos (excusados, lavatorios y duchas) de la Instalación de Faenas (IF), que será habilitada nuevamente para las labores de desmantelamiento, además de los baños químicos portátiles que se instalarán en los frentes de trabajo.

Las aguas servidas generadas en la IF serán tratadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). El efluente tratado será infiltrado en su totalidad en el terreno a través de drenes. Por otro lado, los residuos de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.

c) Lodo PTAS

Durante la fase de cierre del proyecto se habilitará una Instalación de Faenas (IF) que contará con servicios higiénicos. Las aguas servidas generadas por el uso de estos servicios serán tratadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ubicada en la misma IF. El agua tratada será infiltrada en el terreno a través de drenes, mientras que los lodos generados en la PTAS serán retirados

periódicamente (una vez al año o según se requiera) por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su disposición final en un lugar autorizado.

Adicionalmente, se instalarán baños químicos portátiles en los distintos frentes de trabajo. Los residuos líquidos de estos baños serán retirados con una frecuencia de dos veces por semana por una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria para su manejo y disposición final.

d) Ruido

Durante la fase de cierre del Proyecto, las principales fuentes de emisión sonora estarán asociadas al uso de maquinaria en los distintos frentes de trabajo y a las obras de desmantelamiento de las instalaciones. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, considerando que no se identificaron receptores humanos sensibles en torno al área de emplazamiento del Proyecto. En Anexo 2.4.1 de la DIA y Apéndice 2.2 de la Adenda de la DIA se entregan los resultados de línea base y evaluación de cumplimiento normativo de ruido respectivamente.

e) Vibraciones

En la fase de cierre se emitirán vibraciones por el uso de maquinaria en los distintos frentes de trabajo. Las vibraciones generadas en esta fase no superarán los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia DIN 4150. Para más detalle, el estudio de Ruido y Vibraciones, que incluye los resultados de línea base y la evaluación de emisiones vibratorias, se encuentra en el Anexo 2.4 de la DIA.

f) Luminosidad

Durante la fase de cierre del Proyecto se considera iluminación exterior, lo que implica su uso para actividades nocturnas y/o por razones de seguridad. Las luminarias contempladas se ubicarán en la Instalación de Faena (19 Proyectores LED y 38 luminarias sobre báculo LED) y en el Montaje de aerogeneradores (tipo jirafas) (25 luminarias sobre báculo LED), lo que es consistente con actividades de desmantelamiento y seguridad. La potencia total estimada para la fase de cierre es de 7.259,5 W (equivalente a 7,3 kW). En cuanto a la gestión de esta iluminación: - Se utilizarán pantallas para evitar la dispersión del haz lumínico hacia el hemisferio superior en toda la luminaria exterior del Proyecto. - Las luces estarán siempre apuntando al suelo (hemisferio inferior). - La temperatura de color de la luminaria será de 2.200 K o inferior (color cálido). - El Proyecto dará cumplimiento al Decreto N° 1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que establece la norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores. - Las luminarias y sistemas de iluminación contarán con las certificaciones aprobadas por laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), lo cual se realizará previo a su instalación. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios

Con respecto a la fase de cierre, se producirán residuos sólidos domiciliarios. Estos residuos serán generados por el personal involucrado en las labores de desmantelamiento, que se estima en un promedio de 50 trabajadores y un pico de hasta 75 personas. La generación de residuos domésticos se estima en aproximadamente 60 kg/día. Estos residuos, caracterizados por restos de comida, envases, papeles y cartones, serán manejados de la siguiente manera:

Almacenamiento temporal: Serán almacenados en contenedores con tapa hermética dentro de un área específica en la Instalación de Faenas (IF). Esta área contará con acceso restringido y medidas para la prevención de vectores. Frecuencia de retiro: Los residuos domésticos serán retirados con una frecuencia de 3 veces por semana.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos

Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) asociados principalmente a las labores de desmantelamiento de las instalaciones. Estos residuos incluirán partes de equipos desmontados, apoyos, embalajes, restos de madera, escombros, residuos metálicos inertes y material excedente de excavaciones. En cuanto a la cantidad, se estima una generación de 100 toneladas por mes (t/mes) de RSINP. Cabe señalar que los residuos derivados del mantenimiento del sistema BESS (Sistema de Almacenamiento de Energía) serán gestionados directamente por un proveedor externo, por lo que no forman parte de la gestión de residuos del Proyecto. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el área de acopio de residuos no peligrosos habilitada al interior de la Instalación de Faenas (IF). Su retiro se realizará con una frecuencia de una vez por semana por una empresa autorizada, para su disposición final en un sitio también autorizado por la SEREMI de Salud. Para más detalles sobre la gestión de residuos, incluyendo los RSINP, se pueden consultar el Anexo 3.3 PAS 140 de la DIA y el Anexo 1 (Actualización Descripción de Proyecto) de la Adenda de la DIA.

c) Residuos sólidos peligrosos

Durante la fase de cierre del Proyecto, los residuos sólidos peligrosos se generarán principalmente por las labores de desmantelamiento de las instalaciones y el mantenimiento menor de la maquinaria y equipos utilizados en el desmantelamiento. Entre estos se incluyen baterías, filtros, fluorescentes, guaipes, envases contaminados, y aceites usados de los aerogeneradores y de la maquinaria. La tasa de generación de estos residuos (excluyendo el gran volumen de aceite de aerogeneradores) se estima en 0,5 toneladas por mes (t/mes). Cabe destacar que el principal residuo peligroso del desmantelamiento serán los 68,17 m³ de aceite usado de los aerogeneradores (802 litros por cada uno de los 80 aerogeneradores). Estos residuos se almacenarán temporalmente en las Bodegas de Almacenamiento Temporal (BAT) habilitadas en la Instalación de Faenas (IF) del Proyecto. El Proyecto contempla la habilitación de dos sitios para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos (BAT 1 y BAT 2) durante esta fase. Estas bodegas contarán con una base continua impermeable y resistente, un sistema colector de eventuales derrames, y suficiente capacidad para el acopio segregado y etiquetado de los residuos. El retiro de estos residuos se realizará mensualmente por una empresa autorizada. Esta frecuencia asegura el cumplimiento de la normativa que limita el almacenamiento de residuos peligrosos a seis meses. Finalmente, los residuos serán transportados y dispuestos en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Enero de 2026.

Parte, obra o acción que establece el inicio Apertura de la caja de los caminos internos. Fecha estimada de término Agosto de 2028. Parte, obra o acción que establece el término Firma del Acta de Recepción Provisional. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Julio de 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de las pruebas de operación de los equipos. Fecha estimada de término Julio de 2057. Parte, obra o acción que establece el término Desenergización de los circuitos del sistema colector y los aerogeneradores, LAT 500 kV y SET 33/500 kV. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio de 2057. Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión del sistema troncal. Fecha estimada de término Enero de 2059. Parte, obra o acción que establece el término Restitución del terreno.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Calidad del aire El Proyecto generará emisiones de material particulado (MP2,5, MP10 y MPS) y gases de combustión (CO, NOX, SO2 y COV) principalmente durante la fase de construcción, concentrándose en el primer año por movimiento de tierra, tránsito vehicular y operación de maquinaria. Los resultados de la modelación de dispersión (Anexo 2.3.2 de la DIA) indican que las emisiones no superarán las normas primarias de calidad, aportando menos del 1% respecto de los límites aplicables. No se identificaron receptores humanos sensibles en el área de emplazamiento ni en sus alrededores. Las isoconcentraciones obtenidas muestran que la dispersión de los contaminantes es local al Proyecto, diluyéndose dentro de la misma área de influencia y sin transportarse de forma concentrada a comunas aledañas. Por lo tanto, el Proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre la calidad del aire ni sobre la salud de la población.

Ruido y vibraciones Las fuentes principales de ruido y vibraciones se asocian al uso de maquinaria, tránsito vehicular y tronaduras durante la construcción y cierre, mientras que en operación provendrán del funcionamiento de los 80 aerogeneradores, 4 transformadores de la SET y la LAT de 500 kV.

Las modelaciones de ruido (Apéndice 2.2 “Actualización Modelación de Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA) se realizaron con Predictor_LimA v2024 aplicando la ISO 9613, mientras que para vibraciones por maquinaria se usó el FTA Report N°0123 (2018) y, para ruido por sobrepresión y vibraciones por tronaduras, la Norma Australiana AS 2187.2-2006. Los resultados confirman que el Proyecto cumplirá en todas sus fases con los niveles máximos permitidos por el D.S. N°38/2011 (MMA) para ruido, y que las vibraciones no superarán los límites de la DIN 4150. Durante la operación no se generarán vibraciones relevantes. No se identificaron receptores humanos sensibles en el área del Proyecto ni en sus inmediaciones. En consecuencia, se descartan impactos en la salud de la población por ruido o vibraciones.

Campos electromagnéticos Durante la fase de operación, los campos electromagnéticos (CEM) se generarán en la red subterránea de 33 kV, las subestaciones Ibertaltal 1 y 2 y la LAT de 500 kV. Los aerogeneradores y el BESS no son fuentes relevantes: en los primeros los campos son despreciables a nivel del suelo y en el segundo el apantallamiento metálico reduce las emisiones a valores mínimos. Los valores máximos calculados a 1 m de altura son: - Campo eléctrico: hasta 4.806 V/m en la subestación Ibertaltal 2, 4.702 V/m en Ibertaltal 1, 924 V/m en la red de 33 kV y entre 2.063 y 2.640 V/m en estructuras de la LAT. - Campo magnético: hasta 12,90 µT en la red de 33 kV, 1,19 µT en Ibertaltal 1, 0,98 µT en Ibertaltal 2 y entre 0,32 y 0,36 µT en estructuras de la LAT. Estos valores están muy por debajo de los límites de la ICNIRP (5.000 V/m y 100 µT) y cumplen con el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07 de la SEC. Respecto a los receptores, no existen a menos de 50 m del Proyecto. El área de influencia se define en 30 m a cada lado para la red de 33 kV, 60 m para las subestaciones y 50 m para la LAT (franja de 100 m). Fuera de esas áreas, los campos se vuelven imperceptibles. En conclusión, el Proyecto no generará riesgos para la salud humana ni para instalaciones cercanas por exposición a CEM. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1 y 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo Durante la fase de construcción, el Proyecto intervendrá 277,32 ha mediante limpieza, escarpe, excavación, movimiento de tierra y compactación para habilitar plataformas, caminos y canalizaciones subterráneas, dentro de un área de influencia total de 1.031,21 ha. Los suelos son delgados, pedregosos, con baja materia orgánica y escasa retención de agua, clasificados en CCUS VII y VIII, lo que

refleja limitaciones severas, sin aptitud agrícola ni productiva intensiva y con baja capacidad para sustentar biodiversidad. El análisis de erosión concluye que el 97,20% del área presenta erosión baja o nula, descartándose impactos significativos sobre el suelo. Para más detalle ver el Anexo 2.9 de la DIA.

Agua El Proyecto no contempla la extracción de aguas superficiales ni subterráneas, ya que todo el suministro hídrico será adquirido a proveedores externos autorizados. Del mismo modo, no se prevén descargas de efluentes en cuerpos de agua superficiales, subterráneos o marinos, por lo que no se anticipan alteraciones hidroquímicas. En el plano hidrológico según el Anexo 2.7 - Línea Base de Hidrología de la DIA, el Proyecto se localiza en la subsubcuenca Quebrada Grande (código Banco Nacional de Aguas “BNA”: 02810), comuna de Taltal, Región de Antofagasta. En su área de influencia no existen vegas, bofedales, humedales protegidos, estuarios ni turberas. Si bien en la zona hay cauces intermitentes y discontinuos que solo presentan escurrimientos en lluvias intensas, las excavaciones para instalaciones no afectarán su caudal ni calidad. Para asegurar el régimen natural del agua, se consideran cruces de quebrada con cunetas y tuberías, bajo el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 156. La precipitación media anual es de 10,3 mm, con una disminución proyectada a 9,5 mm por efecto del cambio climático, lo que podría reducir la recarga de aguas subterráneas. Además, no existen derechos de aprovechamiento de aguas superficiales cercanos a las obras del Proyecto. Respecto al contexto hidrogeológico según el Anexo 2.8 - Línea Base de Hidrogeología de la DIA, el área presenta suelos y formaciones con baja o nula permeabilidad, de escasa importancia hidrogeológica y poca capacidad para almacenar o transmitir agua subterránea. No se han identificado acuíferos en la zona de emplazamiento. El nivel freático se estima inferior a 70 m de profundidad, o entre 76 y 86 m en el Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC) Pampa Buenos Aires, ubicado a más de 10 km al este. Un pozo de 50 m de profundidad a 16 km al suroeste tampoco registra afloramiento de agua. La vulnerabilidad de los acuíferos a la contaminación es clasificada como baja a nula. En cuanto al manejo de aguas servidas, los efluentes tratados de las PTAS se infiltrarán en el terreno mediante drenes y no serán usados para otros fines. Se han identificado ocho derechos de aguas subterráneas cercanos, siendo el más próximo a 25 km al noreste, principalmente destinados a actividades mineras. En conclusión, dadas las características de diseño, el abastecimiento de agua desde fuentes externas y las medidas de manejo y control, el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso hídrico.

Aire El Proyecto no generará impactos adversos significativos en la calidad del aire, ya que las emisiones de material particulado y gases de combustión durante las fases de construcción, operación y cierre se mantendrán bajo los límites de las normas primarias y secundarias vigentes. Las principales emisiones corresponden a MPS, MP10 y MP2,5 derivadas del tránsito vehicular en caminos no pavimentados y de la operación de maquinaria en la fase de construcción. En el primer

año, considerado el escenario más crítico, se estiman 780,37 t/año de MPS, 215,85 t/año de MP10 y 53,13 t/año de MP2,5. Estas emisiones serán de carácter bajo, localizado y temporal, con aportes máximos dentro del área del Proyecto y sin presencia de población. Para su control, se implementarán medidas como la aplicación de Bischofita en caminos internos y frentes de trabajo (con una reducción de agua del 90% y control del 75%), la construcción de barreras cortaviento, el encarpado de tolvas de camiones, la fijación de un límite de velocidad de 40 km/h en caminos no pavimentados, el cumplimiento de revisiones técnicas en vehículos y maquinaria, y la optimización del uso de explosivos junto con el tapado de pozos en tronaduras. Con estas acciones, se asegura que las concentraciones no superen los valores normativos, garantizando que la alteración de la calidad del aire no represente riesgos para la salud humana ni para la vegetación.

Flora Según las prospecciones de terreno realizadas para el Proyecto, que incluyeron dos (2) campañas estacionales en el año 2024: la primera durante el otoño, entre el 3 y el 7 de junio de 2024, y la segunda en primavera, entre el 30 de septiembre y el 4 de octubre de 2024, se registró una riqueza de dos (2) especies de flora vascular terrestre: Cistanthe salsoloides y Cistanthe arancioana. Ambas especies son de origen endémico de Chile continental y poseen un hábito herbáceo. De las prospecciones no se identificaron formaciones vegetales únicas, relictuales, reliquias, remanentes o frágiles, ni bosques nativos de preservación o formaciones xerofíticas en el área de influencia del Proyecto. En cambio, se encontraron comunidades con características propias del entorno desértico, con una matriz predominante de áreas desprovistas de vegetación que abarcan el 99,86% del Área de Influencia (AI) (987,27 ha). La otra formación presente es una pradera, la cual representa una superficie de 0,45 ha (0,05% del AI), dominada por la especie Cistanthe salsoloides. Es importante señalar que ninguna de las dos especies de flora vascular está presente en las categorías de conservación, tampoco se registra flora afecta a la normativa vigente. El Proyecto durante su fase de construcción requerirá la intervención de 0,0044 ha de vegetación, específicamente, asociadas a la formación de herbazal de Cistanthe salsoloides, lo que corresponde a un 0,00044% del Área de Influencia. Para más detalles revisar el Anexo 2.10 - Línea Base de Flora y Vegetación de la DIA

Fauna Las campañas de terreno para la fauna vertebrada terrestre se llevaron a cabo en las siguientes temporadas: invierno (del 15 al 21 de julio de 2024), primavera (del 7 al 13 de octubre de 2024), y campañas complementarias en verano (del 24 al 27 de febrero de 2025) para reptiles y aves, y tránsito aéreo nocturno (del 22 al 28 de febrero de 2025). Durante estas prospecciones, se realizaron 40 transectos para vertebrados, 40 puntos de observación de aves, 4 estaciones de trampeo de micromamíferos, 6 estaciones olfativas con cámaras trampa, 2 estaciones de grabación de ecolocaciones para quirópteros, 2 estaciones de grabaciones acústicas, 6 puntos de evaluación de tránsito aéreo diurno y 2 nocturnos.

Como resultado se registraron 12 especies de fauna de las cuales 3 se encuentran en categoría de conservación. Al respecto, se identificaron las siguientes especies: Reptiles: Se registró un único ejemplar de Liolaemus audituvelatus (Dragón de oído cubierto). Esta especie es endémica del norte de Chile y está clasificada en categoría Vulnerable (VU). Su abundancia relativa fue mínima, de solo 0,03%. De manera indirecta, se encontró el esqueleto de una Lagartija de Constanza (Liolaemus constanzae), clasificada como Preocupación Menor (LC). También se registró un ejemplar de Liolaemus torresi (Dragón de Torres-Mura), clasificado como Casi Amenazada (NT), aunque fue hallado en una trampa Barber destinada a invertebrados. Mamíferos: Se encontró una carcasa de Ratón orejudo amarillento (Phyllotis xanthopygus). Mediante cámaras trampa, se registró un individuo de Zorro chilla (Lycalopex griseus), clasificado como Preocupación Menor (LC). No se detectaron quirópteros a pesar del uso de detectores de ultrasonido. Aves: Se registraron por observación directa la Tórtola cordillerana (Metriopelia melanoptera) y la Dormilona chica (Muscisaxicola maculirostris). Las prospecciones para Golondrinas de mar y Gaviota garuma (Leucophaeus modestus) no encontraron evidencia de nidificación actual ni activa en los sitios inspeccionados. Sin embargo, se detectaron nidos inactivos de ambas especies. En las campañas de tránsito aéreo nocturno (mediante radar y cámaras térmicas), se identificó la presencia de Gaviota garuma (Leucophaeus modestus), Golondrinas de mar (Hydrobates/Oceanites) y Batitú (Bartramia longicauda). En cuanto a la fauna invertebrada, se realizaron dos campañas: invierno (julio de 2024) y primavera (octubre de 2024). Se identificó un total de seis (6) especies diferentes de macroinvertebrados terrestres, todas pertenecientes a la Clase Insecta. Las especies registradas fueron: Maindronia neotropicalis (Pececillo de plata): Endémica del norte de Chile, observada en ambas campañas. Philorea sp. (Escarabajo): Endémica del norte de Chile, observada en la campaña de invierno. Vanessa carye (Mariposa colorada): Nativa de Chile, observada en la campaña de invierno. Nysius sp. (Chinche): Género cosmopolita, observado en la campaña de invierno. Cycloptiloides sp.: Nativa/cosmopolita, observada en la campaña de primavera. Brachymeria sp.: Nativa/cosmopolita, observada en la campaña de primavera. Es importante destacar que ninguna de las seis especies de macroinvertebrados identificadas se encuentra en las categorías de conservación establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente. Para más detalles revisar los Anexo 2.12 - Caracterización Ambiental Macroinvertebrados de la DIA, Anexo 2.13 - Estudio de Ecosistemas Terrestres de la DIA y el Apéndice 2.3 Campaña Complementaria de Reptiles y Aves Nidificadoras del Desierto de la Adenda de la DIA. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2 y 6.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

De acuerdo con registros de CONADI (junio 2024), no existen Tierras Indígenas en el Área de Influencia (AI) ni Áreas de Desarrollo Indígena en la comuna de Taltal; la más cercana es San Pedro de Atacama, a 260 km. Los GHPPI más próximos corresponden a la Comunidad Changos Almendares del Gaucho y a la Agrupación Cazadores del Gaucho, situados a 68,3 km. Los asentamientos no indígenas más cercanos son posadas junto a la Ruta 5 (Alemania, a 29 km, y Agua Verde, a 56 km) y la ciudad de Taltal, a 86 km.

El Proyecto no contempla explotación de recursos naturales renovables. El agua industrial será adquirida a proveedores autorizados, sin restringir acceso a recursos marítimos, herbales, agropecuarios o mineros. Las actividades económicas locales (pesca, recolección, olivicultura, ganadería y minería) se desarrollan a más de 63 km, por lo que no habrá restricciones de acceso ni de uso. El análisis vial (Anexo 2.21 y Anexo 2 Actualización Art. 11) concluye que no habrá afectación relevante en la red, salvo una leve variación de nivel de servicio de B a C en un tramo de la Ruta 5 durante la hora punta de la tarde, sin superar un 18% de saturación.

El área de emplazamiento carece de infraestructura o equipamiento comunitario, los que se concentran en Paposo y en Taltal (67,6 km). Los servicios básicos del Proyecto (agua potable, energía y sanitarios) serán provistos mediante sistemas propios y empresas autorizadas. No se habilitarán campamentos, y los trabajadores se desplazarán diariamente; quienes requieran alojamiento podrán hacerlo en Antofagasta o Taltal. Aún en el escenario de máxima demanda (255 trabajadores), la comuna dispone de 1.165 plazas para 2025, ocupándose solo un 21,8%. Además, se priorizará mano de obra local mediante el CAV.13 “Programa de vinculación laboral local”.

El Proyecto no afectará manifestaciones culturales, tradiciones o cohesión social, pues no hay ocupación ni actividades culturales permanentes en el área. El sitio cultural más cercano es la ex Oficina Salitrera Chile, a 27,6 km. Los modelos de emisiones de aire, ruido y vibraciones confirman cumplimiento normativo, sin impactos en asentamientos humanos. Como complemento, el Titular incorporará los CAV.11 “Charlas de Sensibilización Ambiental, Social e Intercultural a Trabajadores” y CAV.09 “Protocolo de Comunicación y Relacionamiento con GHPPI”, asegurando comunicación y respeto con las comunidades. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3 y 6.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental La unidad de conservación más próxima es el Parque Nacional Llullaillaco, ubicado a 51,98 km del Proyecto, sin que se prevea interacción alguna. Asimismo, no se han identificado Sitios Prioritarios para la Conservación dentro del área de caracterización de 10 km alrededor de las obras del Proyecto. Respecto a los recursos hídricos subterráneos, el área del Proyecto se caracteriza por una baja o nula importancia hidrogeológica, y no se han identificado acuíferos en la zona. Los pozos de monitoreo más cercanos registrados por la DGA se encuentran a más de 50 km al sur, y los derechos de agua subterránea más próximos están a 25 km al noreste, sin que las obras del Proyecto se emplacen o interfieran con ellos. No se identifican glaciares en el área de estudio, y los más cercanos se ubican a más de 53 km en el volcán Llullaillaco, sin que se prevea intervención sobre ellos. La no existencia de áreas protegidas en el territorio, sumado a la ausencia de elementos sensibles y la aplicación de medidas de diseño, refuerza la conclusión de que no se generarán impactos significativos. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 y 6.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental El Proyecto se emplazará en una unidad de paisaje denominada "UP-1: Pampa Desértica", la cual posee una calidad visual baja. Esta unidad se caracteriza por una configuración homogénea del relieve y una rugosidad de suelo baja, sin elementos bióticos como vegetación, fauna o agua que incrementen su valor, y con una singularidad nula, lo que la alinea con las características de la subzona "Cordillera de los Andes" en transición desde el "Desierto de Atacama". La valoración del paisaje se determinó considerando que la interacción entre el relieve y la rugosidad del suelo otorga un valor paisajístico, aunque clasificado como bajo. Los fotomontajes y análisis de incidencia visual concluyen que las obras del Proyecto no serán visibles desde los puntos de observación evaluados, principalmente debido a la topografía del terreno que actúa como barrera visual. Por lo tanto, no se generará obstrucción de la visibilidad ni alteración significativa de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales del paisaje, manteniendo su valoración inicial de calidad visual baja.

En cuanto al valor turístico, el Proyecto se emplazará en un sector que no cuenta con valor turístico ni atrae flujos de visitantes, ya que no existen zonas de interés turístico o flujos de turistas a más de 20 km de distancia. Los lugares de interés recreativo natural más cercanos se ubican a más de 63 km del Proyecto, y las rutas utilizadas no restringirán el acceso a dichos destinos. De esta manera, la ubicación del Proyecto y su diseño garantizan que no se producirá una alteración significativa del valor paisajístico ni del componente turístico en ninguna de sus fases. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6 y 6.5 del ICE.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental En el área de emplazamiento del Proyecto, se identificó un total de 374 evidencias arqueológicas, de las cuales, 123 elementos arqueológicos (equivalentes al 32,8% del total identificado) se situarían, total o parcialmente, en zonas que serían intervenidas por las obras los hallazgos corresponden a hallazgos aislados, sitios arqueológicos y sitios arqueológicos lineales. Cronológica y morfo- funcionalmente, estas evidencias corresponden a tres tipos de ocupación: el aprovisionamiento de materias primas líticas por parte de poblaciones prehispánicas, el cateo de terrenos salitrales de principios del siglo XX, y un sistema de caminos carreteros y senderos troperos que apoyaron esta última actividad. Para los hallazgos aislados y sitios arqueológicos que no serán impactados, pero que se sitúan a menos de 50 m de distancia de las obras, se establecerá un cerco perimetral con un buffer de al menos 10 m de radio alrededor de las evidencias o estructuras, acompañado de señalética informativa y preventiva, más detalles en la tabla 1-7 del Anexo 2 de la Adenda complementaria de la DIA. En cuanto a la paleontología, las obras del Proyecto implican excavaciones y movimiento de tierras. Las unidades geológicas presentes, como los "Depósitos Aluviales Antiguos" del Mioceno Superior – Pleistoceno, han sido clasificadas con un potencial paleontológico bajo a medio. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de material. Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.7 y 6.6 del ICE.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Escarpes, movimientos de tierra, excavaciones, demoliciones, construcciones y otras obras necesarias para la implementación del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 3328 fecha 30 de junio de 2025 el Consejo de Monumentos Nacionales se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 132. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), con las siguientes especificaciones:

Fase Usuarios Tipo tratamiento Q diseño (m³/día) Disposición efluente Construcción 225 PTAS 33,75 Sistema de infiltración (drenes) Cierre 75 PTAS 11,25 Sistema de infiltración (drenes) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 0684 fecha 25 de junio de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 138. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos, con las siguientes especificaciones:

Fase Generación (t/mes) Tipo de residuo Superficie del sitio (m²) Construcción 10 Residuo sólido no peligrosos 221,76 Construcción 5,4 Residuo sólido domiciliarios y asimilables 54,96 Cierre 100 Residuo sólido no peligrosos 221,76 Cierre 1,8 Residuo sólido domiciliarios y asimilables 54,96 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 0684 fecha 25 de junio de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con las siguientes especificaciones:

Fase Generación (T/mes) Sitio de residuos peligrosos Superficie del sitio (m²) Construcción 1 BAT 1 12,6 Construcción 1 BAT 2 12,6 Cierre 0,5 BAT 1 12,6 Cierre 0,5 BAT 2 12,6 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 0684 fecha 25 de junio de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.4 del ICE del Proyecto.

6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Aerogeneradores, torres, badén y cruces de caminos, en los siguientes puntos:

Obra Zona Este Norte Camino interno Zona 1 418468,9 7250775,6 418588,8 7250745,8 Zona 2 421374,1 7248831,7 421481,7 7249016,2 Zona 3 422682,6 7247120 Badén 422539 7249919,1 Camino interno Zona 4 423381,5 7249367,4 423490 7249092,2 423516 7249105,1 Zona 5 424112,1 7246652,5 Zona 6 426531,3 7245048,8 Zona 7 428095,5 7245209,3 Zona 9 430278,1 7248099,4 430505,6 7247087,3 Zona 10 418601 7248625,1 418816,4 7248112,3 Zona 12 420235,3 7248426,2 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 277 fecha 24 de junio de 2025 la Dirección General de Aguas, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 156. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.5 del ICE del Proyecto.

6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos., según se establece en el artículo 160 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Obras temporales y permanentes del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 295 fecha 20 de agosto de 2025 el SAG, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160. Mediante ORD N° 1057 fecha 22 de agosto de 2025 la Seremi de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.6 del ICE del Proyecto.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general, emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, La norma regula el uso del suelo fuera de los límites urbanos, prohibiendo subdivisiones o construcciones salvo aquellas vinculadas a la actividad agrícola, viviendas del propietario y trabajadores, o proyectos de vivienda social que cumplan con los requisitos para subsidio estatal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se ubica fuera de los límites urbanos, por lo que se requiere solicitar el Permiso Ambiental Sectorial, PAS 160. Como parte de sus instalaciones, el Proyecto dotará de equipamiento a un sector rural, ante lo cual se deberá regir por las disposiciones contenidas en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Forma de cumplimiento Ver punto 11.2.1. Condición 6, del presente ICE. Indicador que acredita su cumplimiento • Autorización sectorial del permiso IFC. • Permiso de edificación para las edificaciones otorgado por DOM. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros, documentos de certificación y aprobación en las oficinas administrativas del Proyecto, a disposición de la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Emplazamiento del Proyecto. Norma Decreto Supremo N°47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. La norma define el uso de suelo “Infraestructura” como aquel destinado a instalaciones o redes de transporte, saneamiento o energía, y establece que los instrumentos de planificación territorial fijarán las normas urbanísticas para su emplazamiento dentro del límite urbano, respetando además la legislación ambiental y urbanística vigente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se ubica fuera de los límites urbanos, por lo que se requiere solicitar el Permiso Ambiental Sectorial, PAS 160. Como parte de sus instalaciones, el Proyecto dotará de equipamiento a un sector rural, ante lo cual se deberá regir por las disposiciones contenidas en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Forma de cumplimiento • Considerando que el área de emplazamiento del Proyecto no se encuentra regulada por ningún Instrumento de Planificación Territorial (IPT), el Proyecto no contraviene y por tanto da cumplimiento a lo estipulado en los IPT. • Adicionalmente, se aclara que la infraestructura energética se entiende siempre permitida, independiente del uso de suelo asignado por el IPT. • Por su localización el Proyecto requerirá del permiso del Artículo 160 del RSEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento • Autorización sectorial del permiso IFC. • Permiso de edificación para las edificaciones otorgado por DOM. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros, documentos de certificación y aprobación en las oficinas administrativas del Proyecto, a disposición de la autoridad fiscalizadora Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.2 del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Cambio climático Norma Ley N°21.455/2022 Ministerio de Medio Ambiente. La ley establece el marco jurídico para enfrentar el cambio climático en Chile, buscando alcanzar el carbono neutralidad al 2050 y fortalecer la adaptación y resiliencia. Su artículo 40 dispone que los proyectos sometidos al SEIA deben incorporar la variable de cambio climático y su relación con los planes e instrumentos de mitigación y adaptación a nivel nacional, regional y local. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación - Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Dado que el Proyecto se somete al SEIA, debe dar cumplimiento a lo indicado en el art. N° 40 de la Ley en cuestión. Forma de cumplimiento A la fecha de ingreso del proyecto diciembre de 2024 no existían planes sectoriales de mitigación y adaptación al cambio climático aplicables, así como instrumentos de gestión del cambio climático regionales y locales, sin embargo, se encontraba en etapa de elaboración el Plan de Acción Regional de Cambio Climático Antofagasta 2024. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto contempla medidas que apuntan directamente a disminuir los efectos adversos del cambio climático sobre los objetos de protección abordados en el SEIA. Estas medidas están relacionadas con el componente Calidad del Aire, y se enumeran a continuación:

MEDIDA PREVENTIVA DE CONTROL DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS LUGAR DE IMPLEMENTACIÓN OPORTUNIDAD Encarpado de camiones que transporten material fino por caminos públicos Tolva de camiones que transporten material fino Fase de construcción Fase de cierre Uso de vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas al día Vehículos y maquinarias Fase de construcción Fase de operación Fase de cierre Mantenimiento de caminos mediante Bischofita para reducir el uso de agua Caminos no pavimentados utilizados por el Proyecto Fase de construcción Fase de cierre Establecimiento de límite de velocidad para la circulación de vehículos en caminos no pavimentados (40 km/h). Caminos no pavimentados utilizados por el Proyecto Fase de construcción Fase de operación Fase de cierre Se prohibirá la incineración de hojas Área de obras e instalaciones del Proyecto Fase de construcción Fase de operación Fase de cierre

secas, basuras u otros desperdicios Faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros. Área de obras Fase de construcción Fase de operación Fase de cierre

Por otro lado, y tomando en cuenta la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA”, tanto en las líneas base como en el plan de prevención de contingencias y emergencias presentadas en el presente proceso de evaluación ambiental, cuando correspondió, se integró la variable de cambio climático a fin de aproximar la evaluación de los impactos del Proyecto fielmente a la realidad climática a nivel nacional e internacional. Finalmente, es importante mencionar que el Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable (desglosada por componentes en el presente capítulo) y presenta todos los antecedentes ambientales y sectoriales para que las autoridades competentes evalúen ambientalmente el Proyecto en el marco del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Aquellos relacionados a la adopción de medidas de control de emisiones (registro de vigencia de revisiones técnicas, registros de capacitaciones, reglamento interno, entre otros). • Registro de uso de supresor de polvo (Bischofita) al interior del Proyecto. • Registro de cubierta de camiones Plan de cumplimiento de la legislación ambiental vigente. • Líneas base de componentes relacionados al cambio climático (como clima y meteorología, calidad del aire, entre otros). • Plan de prevención de contingencias y emergencias. Forma de control y seguimiento El Titular pondrá oportunamente a disposición todos los antecedentes requeridos por parte del ente fiscalizador en esta materia. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.3 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°144/1961 Ministerio de Salud. La norma establece medidas para prevenir la contaminación atmosférica, exigiendo que los gases, vapores, humos o polvo generados en establecimientos industriales o laborales sean captados o eliminados de manera que no causen daño, peligro ni molestias a la población vecina. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre Parte, obra o acción a la que aplica • Fase de construcción: se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, asociado al tránsito vehicular, movimiento de tierras y maquinarias. • Fase de operación: las emisiones atmosféricas estarán asociadas al tránsito de vehículos menores para el traslado de personal durante las labores de mantenimiento. • Fase de cierre: se estima que las emisiones atmosféricas provendrán de actividades de desmantelamiento y movimientos de tierra asociado,

así como por el tránsito de vehículos y el funcionamiento de maquinarias. Forma de cumplimiento En todas las fases se implementarán medidas de control de emisiones atmosféricas, las cuales se resumen a continuación:

• Aplicación de supresor de polvo biodegradable (Bischofita). • Humectación en frentes de trabajo activos, caminos no pavimentados, zonas con movimiento de tierra, áreas de acopio de material de escarpe y zonas de excavaciones. • Instalación de señalética vial que indique la velocidad máxima permitida en caminos no pavimentados (40 km/h). Esto en sectores estratégicos del Proyecto, incluyendo accesos, intersecciones y tramos de mayor tránsito. • Capacitación al personal y contratistas con énfasis en el cumplimiento de los límites de velocidad establecidos.

En la fase de construcción y cierre se considera lo siguiente: • Encarpado de camiones cuando se transite por camino público.

Para la fase de construcción y cierre se contemplan las siguientes medidas, respecto al transporte de áridos:

• Humectar material de excavación, carga y descarga, para evitar la dispersión de material particulado, durante el periodo que se realicen dichas actividades, o bien utilizar barreras cortaviento para su ejecución. • El transporte del material árido fuera de las dependencias del Proyecto deberá efectuarse en vehículos acondicionados para ello y que cumplan con los requisitos establecidos para el transporte de carga, asimismo, deberán transportar la carga cubierta con carpas resistentes que impidan la dispersión y derrame del material. • El material transportado fuera de las dependencias del Proyecto deberá transportarse al menos bajo 10 cm contados desde el límite superior de la tolva. • Construir y mantener en buenas condiciones una barrera cortaviento, en todo el perímetro en donde se realice un manejo de áridos para obras de construcción, la que deberá tener una altura mínima de 5 metros y estar constituido por un material con una porosidad certificada de 0,35 mm. • En caso de circular en caminos no pavimentados, la velocidad no deberá ser superior a los 40 km/h. Estas medidas, en conjunto, permiten reducir significativamente las emisiones en las etapas clave del proceso productivo, contribuyendo al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisión técnica o mantenimiento. • Registro de capacitaciones con tema, fecha y participantes. • Registro de aplicación de supresores de polvo al interior del Proyecto. • Registro de cubierta de camiones. • Registro de las actividades de humectación. • Supervisión aleatoria en terreno. • Registro fotográfico de instalación de señalética vial. Forma de control y seguimiento • Instrumento de monitoreo que registre la humectación en caminos y zonas de movimiento de tierras durante todas las fases del Proyecto. • Se mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en la oficina administrativa del Proyecto de cada fase. • Expediente del Proyecto en el SEIA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto N°75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. La norma regula el transporte de cargas, exigiendo que los vehículos eviten derrames o dispersiones de materiales y que, en zonas urbanas, los materiales que generen polvo sean cubiertos completamente para prevenir su liberación al ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Cierre Parte, obra o acción a la que aplica • En la fase de construcción y cierre del Proyecto se requiere el transporte de materiales en camiones (tierra, arenas, ripios, escombros, materiales de construcción, entre otros). • Durante la construcción y cierre se estima que las emisiones atmosféricas provendrán del tránsito de vehículos por transporte de material, personal, residuos y maquinarias; movimiento de tierras; y el funcionamiento de grupos electrógenos. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción y cierre se contemplan las siguientes medidas: • Humectar material de excavación, carga y descarga, para evitar la dispersión de material particulado, durante el periodo que se realicen dichas actividades, o bien utilizar barreras cortaviento para su ejecución. • El transporte del material árido fuera de las dependencias del Proyecto deberá efectuarse en vehículos acondicionados para ello y que cumplan con los requisitos establecidos para el transporte de carga, asimismo, deberán transportar la carga cubierta con carpas resistentes que impidan la dispersión y derrame del material. • El material transportado fuera de las dependencias del Proyecto deberá transportarse al menos bajo 10 cm contados desde el límite superior de la tolva. • Construir y mantener en buenas condiciones una barrera cortaviento, en todo el perímetro en donde se realice un manejo de áridos para obras de construcción, la que deberá tener una altura mínima de 5 metros y estar constituido por un material con una porosidad certificada de 0,35. • Los camiones utilizados contarán con tolvas que no permitan la caída de material durante su transporte. • Los camiones que transiten por caminos públicos y transporten materiales, escombros, áridos, cemento, yeso, etc., y que puedan dispersarse a la atmósfera o escurrir al suelo, deben ser transportadas en camiones encarpados. • En caso de circular en caminos no pavimentados, la velocidad no deberá ser superior a los 40 km/h. • Instalación de señalética vial que indique la velocidad máxima permitida en caminos no pavimentados (40 km/h). Esto en sectores estratégicos del Proyecto, incluyendo accesos, intersecciones y tramos de mayor tránsito. • Capacitación al personal y contratistas con énfasis en el cumplimiento de los límites de velocidad establecidos. • Humectación en frentes de trabajo activos, caminos no pavimentados, zonas con movimiento de tierra, áreas de acopio de material de escarpe y zonas de excavaciones. Indicador que acredita su cumplimiento • Control visual de la implementación de las medidas. • Registro de capacitaciones con tema, fecha y participantes. • Supervisión permanente del encargado de obras. • Bitácora de los controles de velocidad de la supervisión en terreno aleatoria. • Registro fotográfico de instalación de señalética vial.

Forma de control y seguimiento Los registros de indicadores de cumplimiento se encontrarán disponibles para su revisión cuando la autoridad los solicite para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. La norma fija los límites máximos de emisiones permitidas para vehículos motorizados que no poseen normas específicas, con el fin de controlar la contaminación atmosférica generada por su funcionamiento. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos para el transporte de materiales, personal y maquinaria durante sus fases. Forma de cumplimiento Se verificará que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisiones técnicas de los vehículos. Forma de control y seguimiento Registro disponible en oficinas y/o digital. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. La norma establece los límites máximos de emisión de gases y partículas para vehículos motorizados livianos, definiendo sus categorías y exigiendo que cumplan con niveles controlados de CO, HC, NOx y material particulado bajo condiciones estandarizadas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación - Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere el uso de vehículos de carga para el transporte de insumos y personal durante sus fases. Forma de cumplimiento • Se verificará que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. • Los vehículos deberán contar con registro de contaminantes. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisiones técnicas de los vehículos. • Registro de certificados de emisión de contaminantes de vehículos. Forma de control y seguimiento Registro disponible en oficinas y/o digital. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4 del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma Decreto Supremo N°55/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. La norma establece los límites máximos de emisión para vehículos motorizados pesados (aquellos con un peso bruto igual o superior a 3.860 kg), regulando sus niveles permitidos de CO, HC, NOx y material particulado. Además, dispone que los vehículos que cumplan con dichas normas obtendrán un distintivo verde que acredita su cumplimiento ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación - Cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere el uso de vehículos de carga para el transporte de insumos y personal durante sus fases. El Proyecto utilizará, en todas sus fases, vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos. Forma de cumplimiento • Se verificará que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Los vehículos deberán mantener el autoadhesivo, referido en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº55/1994 del MTT, en sus respectivos parabrisas. • Los vehículos deberán contar con registro de contaminantes. • Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de revisiones técnicas de los vehículos • Registro de los certificados de emisión de contaminantes de los vehículos. Forma de control y seguimiento Registro disponible en oficinas y/o digital. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 Ministerio de Salud. La norma establece disposiciones para proteger la salud y el bienestar de la población, regulando la pureza del aire y controlando las emisiones contaminantes, además de prevenir daños por ruidos, vibraciones u otras molestias que afecten a personas, animales o bienes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación - Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Fase de construcción: las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán manejadas en baños químicos en los frentes de la obra, además las aguas servidas de los servicios higiénicos de la Instalación de Faena (IF) será tratada por medio de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). • Fase de operación: Se utilizarán los servicios higiénicos del edificio eléctrico de la SET Ibertaltal 1 de la etapa 1 de construcción del PE Antofagasta (RCA N° 20230200128). • Fase de cierre: las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán manejadas en baños químicos en los frentes de la obra, además las aguas servidas de los servicios higiénicos de la Instalación de Faena (IF) será tratada por medio de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Forma de cumplimiento • El Proyecto no descargará ningún efluente sobre cursos de agua superficiales o subterráneos.

• La dotación mínima de servicios higiénicos en cada fase se definirá según lo establecido en esta normativa. • Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138 del D.S. N°40/2012 y actualizado a través del D.S. N°30/2023 del Ministerio de Medio Ambiente para los sistemas de manejo de aguas servidas que requieren ser implementados en las fases del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento • Cantidad de servicios higiénicos habitados según cantidad de trabajadores • Resolución sectorial de autorización de funcionamiento de los sistemas de manejo de aguas servidas. • Autorización Sanitaria de empresa encargada de realizar el manejo de los baños químicos. • Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Forma de control y seguimiento • Nómina actualizada de trabajadores. • Servicios higiénicos disponibles para uso de trabajadores. • Resolución sectorial de autorización de funcionamiento de los sistemas de manejo de aguas servidas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma Decreto Supremo N°38/2011 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. La norma fija los niveles máximos de ruido permitidos según el tipo de zona (industrial, residencial, comercial, etc.), con el objetivo de prevenir la contaminación acústica y proteger la salud y el bienestar de la población. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Fase de construcción: se generarán emisiones de ruido por el funcionamiento de equipos, maquinarias y vehículos. • Fase de operación: la generación de ruido estará asociado principalmente al funcionamiento de los sistemas de generación y transmisión eléctrica y durante los periodos de mantenimiento. • Fase de cierre: las emisiones sonoras estarán asociadas a las obras de desmantelamiento y maquinarias. Forma de cumplimiento • Se verificará que la maquinaria y vehículos motorizados se encuentre con su revisión técnica al día. • De acuerdo con lo determinado en el estudio de ruido y vibraciones, se concluyó que, debido a la distancia entre el Proyecto y los potenciales receptores, no se superara el límite establecido en esta normativa. Para más detalles ver Anexo 2.4 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento • No excedencia de los niveles máximos permitidos de ruidos en los receptores (basado en la modelación de ruido presentada en la presente DIA). • Expediente del Proyecto en el SEIA. Forma de control y seguimiento Monitoreo de ruido en receptores identificados. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967 Ministerio de Salud. La norma asigna al Servicio Nacional de Salud la supervisión de instalaciones relacionadas con la gestión de residuos y establece que el reglamento debe definir las condiciones de higiene y seguridad necesarias para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores y la población. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En las fases del Proyecto se generarán residuos domésticos y asimilables a domésticos, y otros residuos no peligrosos. Forma de cumplimiento • Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en contenedores. Estos serán retirados 3 veces a la semana por una empresa autorizada para su traslado hacia un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. • Los contenedores de residuos se mantendrán tapados, siendo solamente abiertos para el ingreso de basuras, y serán acopiados en áreas con restricción de acceso (cierre perimetral), que impida el ingreso de animales. En el sitio de almacenamiento temporal se mantendrán medidas de prevención de vectores. • En las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se habilitarán sitios de almacenamiento de residuos sólidos, para lo cual se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 140 del DS N°40/2012 y actualizado a través del D.S. N°30/2023 del Ministerio de Medio Ambiente. • En la fase de operación los residuos generados serán retirados de las instalaciones por el personal de inspección y mantenimiento. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de retiro, transporte y disposición de residuos. • Resolución sectorial de autorización de los sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos. • Declaración SINADER en RETC. Forma de control y seguimiento Declaración SINADER en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/1989 Ministerio de Salud. La norma establece que ciertas actividades requieren autorización sanitaria expresa, incluyendo las obras de abastecimiento y tratamiento de aguas, así como las instalaciones destinadas a la gestión y disposición final de residuos de cualquier tipo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y operación, se habilitarán PTAS para tratar las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Además, durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán residuos asimilables a domiciliarios, residuos peligrosos, y residuos no peligrosos (derivados de actividades de construcción, de mantenimiento o del desmantelamiento de instalaciones, respectivamente), por lo que se considera la habilitación de bodegas de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento Tramitación de la autorización sanitaria conforme al DFL N°1/1990 del Ministerio de Salud, artículo 1°, numerales 22 y 25, respecto a la

habilitación y funcionamiento de PTAS y bodegas de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento Resoluciones de autorización sanitaria otorgadas por la Autoridad Sanitaria competente. Forma de control y seguimiento Autorizaciones sanitarias los informes favorables de aprobación de cada uno de los permisos ambientales sectoriales antes señalados. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.9 del ICE del Proyecto.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma Decreto Supremo N°148/2003 Ministerio de Salud. La norma regula integralmente la gestión de residuos peligrosos, estableciendo disposiciones sobre su generación, almacenamiento, transporte y el sistema de declaración y seguimiento, con el fin de proteger la salud y el medio ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En las fases construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán residuos peligrosos asociados a las labores de mantenimiento de maquinarias y equipos. Forma de cumplimiento • Se habilitará una bodega para los RESPEL en cada fase del Proyecto, para lo cual se requiere solicitar el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del DS N°40/2012 y actualizado a través del D.S. N°30/2023 del Ministerio de Medio Ambiente. • No se superarán las 12 t/año de residuos peligrosos, por lo cual no se requiere contar con autorización del Plan de Manejo de RESPEL. Estos residuos no clasifican como residuos tóxicos. • Los residuos serán manejados en contenedores resistentes al residuo que almacenen, a prueba de filtraciones, capaces de resistir los esfuerzos de manipulación. Los contenedores contarán con un etiquetado donde se señale al menos el tipo de residuo, su clasificación y tipo de riesgo, origen, código de identificación, fecha de generación e ingreso a bodega, conforme a lo establecido en la normativa nacional. • Estos residuos serán almacenados en una bodega de almacenamiento temporal (BAT) en la Instalación de Faenas (IF), para luego ser enviados a sitios de disposición final por una empresa autorizada. La bodega poseerá las características indicadas en el presente Decreto Supremo. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de retiro, transporte y disposición de residuos peligrosos. • Autorización sanitaria sitios de almacenamiento, transporte y disposición final, copias de las cuales habrá en la oficina de administración del Proyecto. • Declaración SIDREP en RETC. Forma de control y seguimiento Los registros de indicadores de cumplimiento se encontrarán disponibles para su revisión cuando la autoridad los solicite para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.10 del ICE del Proyecto.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma Decreto Supremo N°4/2009 Ministerio de Salud. La norma regula el manejo sanitario de los lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas, definiendo su clasificación,

requisitos técnicos y condiciones para su uso, tratamiento o disposición final, con el fin de proteger la salud pública y el medio ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción –Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Fase de construcción: las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán manejadas en baños químicos en los frentes de la obra, además las aguas servidas de los servicios higiénicos de la Instalación de Faena (IF) será tratada por medio de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). • Fase de operación: se utilizarán los servicios higiénicos del Edificio Eléctrico y de Control ya existente de la Etapa 1 del Proyecto. • Fase de cierre: las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán manejadas en baños químicos en los frentes de la obra, además las aguas servidas de los servicios higiénicos de la Instalación de Faena (IF) será tratada por medio de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Forma de cumplimiento El mantenimiento y limpieza de las cámaras de tratamiento se realizará de forma periódica por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento • Contrato de servicio de retiro y disposición de lodos con empresa autorizada. • Registro de retiro, transporte y disposición de lodos. Forma de control y seguimiento Declaración SINADER en RETC Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.11 del ICE del Proyecto.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica Norma Decreto Supremo Nº43/2012 Ministerio del Medio Ambiente. La norma regula la contaminación lumínica en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, estableciendo límites y requisitos para las fuentes de alumbrado exterior, con excepciones específicas, y exige certificación previa a la instalación para asegurar el cumplimiento de los estándares de emisión luminosa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • El Proyecto se desarrollará en el extremo norte de la comuna de Taltal, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, aproximadamente a 150 km al sur de la ciudad de Antofagasta y a 63 km al noreste de la localidad de Paposo. • En la fase de construcción y cierre se requerirá de iluminación en la instalación de faenas, partede la cual consistirá en luminaria externa para resguardo de los trabajadores. • Durante la fase de operación se contará con iluminación de seguridad. Forma de cumplimiento • Uso de luminaria que cumpla con esta norma. • La iluminación se proyectará hacia el suelo y solo en aquellas áreas de circulación del personal. • Previo a la instalación de la luminaria se certificará mediante laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante SEC, el cumplimiento de los límites de emisión conjunta en el caso de lámparas instaladas en luminarias o Proyectores y mediante la verificación de la correcta instalación de

todas las fuentes emisoras, conforme con lo establecido en la presente norma. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de capacitaciones, contenido y firmas de asistentes. • Especificaciones técnicas de luminaria utilizada. Forma de control y seguimiento Registro en oficinas administrativas del Proyecto y/o digital. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.12 del ICE del Proyecto.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma Decreto Supremo N°43/2016 Ministerio de Salud. La norma regula el almacenamiento seguro de sustancias peligrosas, exigiendo autorización sanitaria para instalaciones que superen ciertos volúmenes y estableciendo condiciones específicas para su ubicación, diseño y operación con el fin de prevenir riesgos para la salud y el medio ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se requiere el uso de sustancias peligrosas (aceites y lubricantes para maquinarias).

Forma de cumplimiento • El Proyecto incluye la construcción de una bodega de SUSPEL en la fase de construcción, operación y cierre. • El almacenamiento de aceites y lubricantes contarán con pretiles de contención ante posibles derrames, señalética que indique la presencia de productos inflamables y la prohibición de fumar dentro y en los alrededores del recinto. Además, se mantendrá en el lugar arena o aserrín para controlar los derrames y un extintor de polvo químico seco. A su vez, los estanques y/o tambores serán herméticos y resistentes a presiones y golpes y se acopiarán en forma ordenada. • El almacenamiento de sustancias peligrosas considerará las exigencias estipuladas en el presente Decreto Supremo, solicitando las autorizaciones sanitarias que corresponda. • Solicitud del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del DS N°40/2012 y actualizado a través del D.S. N°30/2023 del Ministerio de Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Condiciones de almacenamiento de sustancias peligrosas según las cantidades almacenadas. Forma de control y seguimiento • Se contará con registro de ingreso y salida de la bodega de SUSPEL. • HDS de las sustancias almacenadas disponibles para todos los trabajadores en la entrada de la bodega de SUSPEL. • Señalización correspondiente a las sustancias almacenadas. • Capacitación de los trabajadores que manejen sustancias peligrosas. • Registro del mantenimiento de la bodega de SUSPEL. • Todos los documentos se encontrarán disponibles en las oficinas administrativas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.13 del ICE del Proyecto.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma NCh. N°1.333/1978, Instituto Nacional de Normalización (Chile).

La norma establece los requisitos de calidad del agua según su uso, definiendo parámetros físicos, químicos y biológicos para proteger y conservar las fuentes hídricas frente a la contaminación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El agua tratada de las Plantas de Tratamientos de Aguas Servidas será infiltrada. Forma de cumplimiento El agua generada será tratada en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), dará cumplimiento a la NCh 1.333 Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados con resultados de medición de calidad de agua. Forma de control y seguimiento Los registros de indicadores de cumplimiento se encontrarán disponibles para su revisión cuando la autoridad los solicite para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N°19.473. Sustituye texto de la Ley N°4.601, sobre caza, Ministerio de Agricultura. La ley regula la actividad de caza en Chile, definiendo las prohibiciones, restricciones y requisitos de permisos para la captura de especies, con el propósito de proteger la fauna silvestre y promover su conservación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El levantamiento de información en el área del Proyecto determinó la presencia de fauna. Si bien la calificación de impactos permite establecer que no se afectará significativamente este componente, se establecerán medidas preventivas. Forma de cumplimiento • En ninguna de las fases del Proyecto se efectuará la caza de fauna silvestre. • Se capacitará a los trabajadores de cada fase de esta prohibición. • Se prohibirá la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. • Se colocarán contenedores cerrados en aquellas zonas donde circule el personal del Proyecto, y así puedan depositar los desechos orgánicos que atraigan a la fauna silvestre. • Se establecerán medidas para la protección de fauna. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones, contenido y firmas de asistentes. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en oficinas administrativas y/o online. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2 del ICE del Proyecto.

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Ley N°17.288/70 Ministerio de Educación. La norma regula las excavaciones y prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas en Chile, estableciendo

procedimientos de salvataje, denuncia y resguardo de hallazgos, y asignando al Consejo de Monumentos Nacionales la responsabilidad de su protección y conservación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, se realizarán movimientos de tierra y excavaciones para instalar las nuevas obras contempladas en el Proyecto, igualmente durante el proceso de tendido de cables. Forma de cumplimiento En el caso que, durante la ejecución de las obras del Proyecto durante los movimientos de tierra, se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se procederá de la siguiente manera: 1. Los operadores de maquinaria y otros, vinculados a la obra que se esté monitoreando desde el punto de vista patrimonial, deben haber sido previamente informados acerca del protocolo acá desarrollado mediante una charla o capacitación previa. Este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto, tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” y “guía de procedimiento arqueológico” ambas del CMN, disponibles en su página web. 2. Ante cualquier tipo de hallazgo patrimonial que involucre aparición de osamentas, restos fosilizados u otros afines, se deben detener inmediatamente las obras que se están ejecutando en ese lugar. En estos casos, se deberá detener las obras en al menos un radio de 2 metros desde el punto del hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, por ejemplo), se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Si se detecta un nivel paleontológico con continuidad lateral mayor al afloramiento visible, se deberá ampliar la zona despejada para delimitar adecuadamente su extensión. 3. Se debe dar aviso de inmediato al personal que esté a cargo de las faenas en el lugar del hallazgo patrimonial. Asimismo, se deberá dar aviso inmediato a un profesional Paleontólogo/Arqueólogo según corresponda, o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo. La ubicación exacta deberá ser informada al departamento de Medio Ambiente, o entidad equivalente que represente al Titular del Proyecto. 4. Una vez enterado, el personal de faena o terreno debe comunicar el hallazgo patrimonial de inmediato al responsable de Medio Ambiente del Titular del Proyecto. 5. El paleontólogo o arqueólogo (según corresponda) a cargo deberá delimitar un área de protección para el hallazgo, la cual, dependiendo de sus características particulares, deberá comprender un radio mínimo de aislación desde el punto central del hallazgo. 6. Se deberá delimitar la zona del hallazgo patrimonial utilizando de manera preliminar una cinta de seguridad que la limite. Posteriormente y según sea considerado por el especialista, se podrán evaluar otras alternativas de protección del área, tales como barreras físicas, consistentes en cercos u otras estructuras que impidan la aproximación de terceros. También se debe habilitar señalética que explicite la restricción de acceso al lugar, estableciéndose claramente éste como un sector resguardado. Para ello, se deberá señalizar correctamente el área mediante banderines y señalética adecuada que indique la restricción de ingreso. Además, se deberá instalar un cerco perimetral de al menos 2 metros de altura para resguardar el hallazgo. 7. Para prevenir el eventual deterioro de los bienes patrimoniales descubiertos y garantizar la preservación in situ los mismos, el especialista deberá evaluar alternativas técnicas como el uso de una capa o malla de poliéster. Esto permitirá proteger temporalmente los materiales de condiciones ambientales destructivas, tales como

cambios de temperatura, intemperización, humedad y radiación solar, entre otros. 8. El paleontólogo o arqueólogo (según corresponda) a cargo deberá confeccionar un informe técnico preliminar en donde informará el hallazgo patrimonial al Consejo de Monumentos Nacionales, en representación de la empresa Titular. La empresa deberá hacer lo mismo según sus protocolos internos, dando cuenta del hallazgo a la coordinación de obras del Proyecto, y si es necesario al ministerio supervisor. En este informe, se deberá notificar al CMN sobre el hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de alta resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá enviarse al CMN en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar, en conformidad con la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación.

Es importante señalar, que en el caso de realizarse el hallazgo patrimonial sin presencia del paleontólogo o arqueólogo (según corresponda) en el lugar, será el encargado de las obras o jefe de terreno del Proyecto el responsable de la protección del hallazgo. Esta persona debe seguir el siguiente procedimiento: 1. Paralizar de inmediato las obras. 2. Proteger los restos materiales que se encuentren, resguardando el lugar y garantizando la permanencia de ellos en la misma forma en que fueron encontrados hasta que el paleontólogo o arqueólogo (según corresponda) se haga presente en el lugar. Indicador que acredita su cumplimiento • Reportes de monitoreo arqueológico y paleontológico durante las actividades de remoción de vegetación y movimientos de tierra. • Registro de capacitación firmadas. • Registros de inducción a hombre nuevo. • Aviso a las autoridades competentes (Gobernador Provincial) ante posibles hallazgos realizados durante la fase de construcción del Proyecto. • Resguardo de los eventuales hallazgos en fase de construcción del Proyecto. Forma de control y seguimiento Informes de Arqueología disponibles en las oficinas administrativas del Proyecto a disposición de la autoridad fiscalizadora. Remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.3 del ICE del Proyecto.

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma Decreto N°138/2005 Ministerio de Salud. La norma establece la obligación de las fuentes fijas incluidas en determinados rubros o actividades de declarar sus emisiones contaminantes, con el fin de controlar y monitorear su impacto ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción – Operación – Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Fase de construcción: Se requiere el uso de 1 equipo electrógeno diésel de 150 kVA en la Instalación de Faenas, y 3 equipos

electrógenos diésel de 100 kVA que se irán desplazando e instalando en diferentes frentes de trabajos durante el desarrollo de las obras. • Fase de operación: En la SET se dispondrá de 1 grupo electrógeno diésel de emergencia de 250 kVA, el cual será utilizado en caso de ausencia de tensión en la barra que alimenta de corriente alterna a los transformadores de servicios auxiliares que abastecen a los equipos de instrumentación y control del Edificio eléctrico y de control. • Fase de cierre: Se considera utilizar 1 equipo electrógeno diésel de 150 kVA en la Instalación de Faenas, y 3 equipos electrógenos diésel de 100 kVA que se irán desplazando e instalando en diferentes frentes de trabajos durante el desarrollo de las obras de desmantelamiento. Forma de cumplimiento Anualmente se realizará la declaración de emisiones atmosféricas para todos los grupos electrógenos que superan los 25 kVA de potencia y a través de la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) u otra definida por la Autoridad Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones anual RETC. Forma de control y seguimiento Registro en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.4 del ICE del Proyecto.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Condiciones

Las condiciones para ejecutar el proyecto son las siguientes:

8.1.1. Condición 1

Se justifica la condición en que la redacción actual de la sección “Forma de Cumplimiento” (Tabla 3-43 del Anexo 3 de la Adenda de la DIA) no representa una medida de cumplimiento ambiental propiamente tal, ya que la mera solicitud de un Permiso Ambiental Sectorial (PAS) corresponde a un trámite administrativo y no a una acción concreta de cumplimiento. Resulta necesario, por tanto, ajustar la redacción para reflejar adecuadamente la naturaleza de la obligación establecida.

Condición: Modificar la redacción de la “Forma de Cumplimiento” en la Tabla 3-43 del Anexo 3 de la Adenda de la DIA, reemplazando la frase “Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del artículo 160 del DS N°40/2012 MMA” por “Tramitación del permiso IFC”, con el fin de precisar correctamente la obligación del titular y alinear la descripción con la naturaleza jurídica del instrumento.

8.1.2. Condición 2

Se justifica la condición en que la inclusión de Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) en la sección “Indicador que acredite su cumplimiento” de los CAV no representa una medida de cumplimiento ambiental, ya que dichos permisos corresponden a exigencias procedimentales independientes del proceso de evaluación ambiental. Mantener esta referencia podría generar confusión respecto de la naturaleza y alcance de las obligaciones ambientales establecidas en la RCA.

Condición: En todos los CAV, eliminar de la sección “Indicador que acredite su cumplimiento” la referencia a la obtención de Permisos Ambientales Sectoriales (PAS), asegurando que los indicadores correspondan únicamente a acciones o resultados verificables asociados al cumplimiento de las medidas ambientales aprobadas en la RCA.

8.1.3. Condición 3

Se justifica la condición en que la redacción actual de la Tabla 9.2.9 “Decreto con Fuerza de Ley N°1/1989 Ministerio de Salud” (Anexo 3 de la Adenda de la DIA) no representa adecuadamente una forma ni un indicador de cumplimiento ambiental, dado que la mención a la obtención de Permisos Ambientales Sectoriales N°138, 140 y 142 corresponde a un trámite procedimental dentro del SEIA. En términos jurídicos, conforme al Decreto con Fuerza de Ley N°1/1990 del Ministerio de Salud, lo que corresponde es la obtención de autorizaciones sanitarias expresas para la habilitación y funcionamiento de las instalaciones respectivas. Ajustar esta redacción permite alinear la obligación con la naturaleza legal del instrumento y clarificar el medio verificable de cumplimiento.

Condición: Modificar la Tabla 9.2.9 del Anexo 3 de la Adenda de la DIA, de la siguiente forma:

Forma de cumplimiento: “Tramitación de la autorización sanitaria conforme al DFL N°1/1990 del Ministerio de Salud, artículo 1°, numerales 22 y 25, respecto a la habilitación y funcionamiento de PTAS y bodegas de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y peligrosos.”

Indicador que acredita su cumplimiento: “Resoluciones de autorización sanitaria otorgadas por la Autoridad Sanitaria competente.”

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario Control y monitoreo de la instalación de disuasores de vuelo en LAT Impacto asociado Posible afectación de avifauna por colisión y electrocución con las obras de la LAT. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la implementación de disuasores de vuelo con el fin de disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión de aves con la línea aérea de transmisión eléctrica (LAT) del Proyecto Parque Eólico Antofagasta.

Descripción: Considerando que, como parte del diseño de Proyecto, durante la etapa de construcción se instalarán disuasores de vuelo en el cable de guardia, a lo largo de toda la línea de transmisión, es necesario monitorear el estado de estos durante toda la vida útil del Proyecto. Estos elementos por instalar cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del Servicio Agrícola y Ganadero (2015) y la guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Golondrinas de mar en el marco del SEIA” (2024). Se seleccionará un modelo que cuente con fosforescencia o luminosidad que los haga visibles durante la noche, ya que los vuelos de la Gaviota garuma y de Golondrina de mar se producen principalmente durante la noche y el amanecer.

El diseño específico del plan lo realizará un profesional experto en fauna terrestre, en base a la información disponible y las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG (2015) y la guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Golondrinas de mar en el marco del SEIA” (2024), y será informado a la autoridad ambiental anualmente antes del inicio de la temporada.

El monitoreo se desarrollará de forma semestral iniciando un mes antes del inicio de la época reproductiva de las especies; gaviota garuma y golondrinas de mar (noviembre a mayo).

Justificación: En función de los antecedentes de nidificación de golondrina de mar y gaviota garuma en el norte de Chile (ROC, 2024) y su cercanía al área influencia del Proyecto, además de los datos registrados en la evaluación ambiental del “Parque Eólico Antofagasta” (Res. Ex. N°20230200128/2023) en donde se registró movimiento de estas aves hacia y desde sus sitios de nidificación, existe un riesgo de colisión con la LAT durante la época de nidificación de las especies (noviembre a mayo). Adicionalmente, y según lo indicado en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del Servicio Agrícola y Ganadero (2015), la duración de los disuasores excede los 3 años de vida útil, es por ello que, un monitoreo semestral se considera una frecuencia conservadora. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todo el trazado de la LAT.

Forma: Tal como se indica en la descripción de Proyecto (Anexo 1 de la presente Adenda), los disuasores se instalarán a lo largo de todo el trazado de la LAT en el cable de guardia, con un distanciamiento de 20 m al tresbolillo, al disponer la LAT de dos cables de guardia paralelos, siguiendo las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del Servicio Agrícola y Ganadero (2015) y la guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Golondrinas de mar en el marco del SEIA” (2024). Se seleccionará un modelo que cuente fosforescencia o luminosidad (modelo Bird Mark BM 458/1975AG o similar) que los haga visibles durante la noche, ya que los vuelos de estas especies se producen principalmente entre la noche y el amanecer. Esta acción estará dirigida por profesionales de la construcción, considerando las especificaciones técnicas de los disuasores que se implementarán en la línea y las medidas de seguridad adecuadas para evitar incidentes o lesiones al personal que participe de esta actividad. Una vez instalados los disuasores de vuelo, un especialista en avifauna verificará que se cumpla con los criterios establecidos en la guía, entregando un informe sobre esta verificación realizada en terreno, incorporando medios de verificación, tales como fotografías, respaldos en kmz, etc.

En consecuencia, durante la fase de operación se implementará un plan de monitoreo y mantención semestral de los disuasores de vuelo instalados, iniciando un mes antes de la época de reproducción de las especies; gaviota garuma y golondrinas de mar (noviembre a mayo), garantizando su funcionalidad durante la totalidad de la fase. Este plan consistirá en verificar el estado de cada uno de los disuasores, reponiéndose en caso del deterioro del material, y generando un informe de lo registrado en terreno.

Oportunidad: Tal como se indica en la descripción de Proyecto, los disuasores en la LAT serán instalados durante la fase de construcción. Mientras que, durante la operación se efectuará un monitoreo semestral de la infraestructura para evaluar el estado de los disuasores y reponer en caso de que corresponda, este monitoreo debe iniciar un mes antes de la época de reproducción de las especies; gaviota garuma y golondrinas de mar (noviembre a mayo). Indicador que acredite su cumplimiento • Informe único con el registro de instalación de disuasores de vuelo, este considerará el reporte de la implementación de disuasores en la LAT, el cual se emitirá al finalizar la implementación de estos, lo que deberá ocurrir durante la fase de construcción del Proyecto. Este se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por medio de la plataforma electrónica del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. La entrega

del informe no superará a 1 mes desde terminada la actividad de instalación de disuasores en la LAT. • Informe anual con el monitoreo semestral del estado de los disuasores de vuelo. Este se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por medio de la plataforma electrónica del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. La entrega del informe no superará a 1 mes desde terminado el año cronológico previo al inicio de la época reproductiva de las especies. Forma de control y seguimiento • Informe único de verificación de instalación de disuasores de vuelo en función de las recomendaciones de la autoridad. Este será elaborado por especialista en avifauna (el que se mantendrá en el área del Proyecto a disposición de la autoridad). • Informe anual al término del plan de mantención (el que se mantendrá en el área del Proyecto a disposición de la autoridad), el que incluirá fotografías que den cuenta del estado de los elementos en general e imágenes del antes y después para los disuasores dañados o en mal estado. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.1 del ICE del Proyecto.

9.2. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de sitios de nidificación y tránsito aéreo de Golondrinas de Mar y Gaviota Garuma Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la actividad de las aves nidificantes del desierto, golondrinas de mar y gaviota garuma (Leucophaeus modestus), en el sector de las obras y partes del Proyecto de mayor sensibilidad.

Descripción: Durante la temporada de nidificación de la gaviota garuma y golondrinas de mar (noviembre a mayo) se generará un programa de monitoreo de avifauna en las áreas de mayor sensibilidad del Proyecto (aerogeneradores y LAT) a través del recorrido pedestre realizando búsqueda de sitios de nidificación, y mediante puntos de observación de tránsito aéreo con uso de radar y cámara térmica, con el fin de evaluar la eventual actividad de las especies-objetivo.

El diseño específico del plan lo realizará un profesional en base a la información disponible y las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG (2015), y será informado a la autoridad ambiental anualmente antes del inicio de la temporada.

El monitoreo considera realizar visitas mensuales en temporada reproductiva indicadas anteriormente, mediante recorridos pedestres para confirmar o descartar el uso de nidos identificados y realizar búsqueda activa de otros nidos. Se utilizará adicionalmente una cámara endoscópica para el monitoreo de cavidades de golondrinas de mar y cámaras trampas y dispositivos de grabación en caso de encontrar signos de ocupación (plumas, carcasas, fecas etc.).

Justificación: En función de los antecedentes de nidificación de Golondrina de mar y Gaviota garuma en el norte de Chile (ROC, 2024) y su cercanía al área influencia del Proyecto, además de los datos registrados en la evaluación ambiental del “Parque Eólico Antofagasta” (Res. Ex. N°20230200128/2023) en donde se registró movimiento de estas aves hacia

y desde sus sitios de nidificación, existe un riesgo de colisión con la LAT durante la época de nidificación de las especies. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de influencia del Proyecto, caminos y obras físicas, tanto en la Línea de Transmisión Eléctrica, como en el área del Parque Eólico priorizando las áreas consideradas como hábitat potencial para la nidificación de las especies.

Forma: Durante las fases de construcción, operación y cierre, se ejecutará un monitoreo de la avifauna con especial énfasis en la temporada de nidificación de estas especies, en donde se implementará un programa de monitoreo mensual de búsqueda y revisión de potenciales sitios de nidificación y/o rutas de vuelo utilizadas por estas especies. Los monitoreos serán realizados por un profesional especialista e incluirá un recorrido pedestre del área del emplazamiento de obras físicas del Proyecto en búsqueda de sitios de nidificación, considerando el censo y ubicación de cavidades evaluando su actividad mediante inspección por cámara endoscópica. Se considera también la utilización de cámaras trampas para registrar actividad asociada a sitios de nidificación. Junto a los recorridos pedestres, se realizarán puntos de observación de tránsito aéreo mediante uso de radar o cámara térmica en el AI del Proyecto, con el objetivo de detectar y/o descartar la presencia de las especies objetivo desplazándose y/o sobrevolando el área. Estas metodologías serán ejecutadas siguiendo las recomendaciones presentes en las guías “Guía metodológica para la descripción de Golondrinas de mar y Gaviota garuma en el desierto del norte de Chile” (ROC, 2024) y “Criterio de evaluación en el SEIA: Golondrinas de mar en el marco del SEIA” (2024).

Previo a la fase de construcción: Previo a la fase de construcción (entre 30 y 45 días antes), se realizará un monitoreo de los sitios identificados en la línea base. El monitoreo será realizado por al menos dos profesionales con experiencia en el estudio de estas especies e incluirá un recorrido pedestre (microruteo) de toda el área de emplazamiento de la LAT, aerogeneradores, plataformas, camino de acceso del Proyecto y caminos internos del parque en búsqueda de sitios de nidificación, considerando los nidos registrados y ubicación de cavidades potenciales en el caso de golondrinas de mar, evaluando su actividad mediante la inspección con sonda endoscópica. Se considera también la utilización de cámaras trampas y dispositivos de grabación de audios para registrar actividad asociada a sitios de nidificación. En caso de que producto de estos monitoreos, se detecten nidos activos en el área de influencia, se delimitará y restringirá el acceso en un área buffer de 20 metros de radio alrededor del nido, la que no podrá ser intervenida con maquinarias y vehículos hasta que el periodo reproductivo se haya completado.

El o la profesional a cargo del monitoreo, elaborará un informe que dé cuenta de las actividades realizadas, informando de los hallazgos más relevantes e incorporando medios de verificación, tales como fotografías, videos, respaldos en kmz, etc.

Fase de construcción y cierre: Durante la etapa de construcción y cierre se realizarán monitoreos con una frecuencia mensual durante la época reproductiva, en el área de influencia.

En caso de que producto de estos monitoreos se detecten nidos activos se procederá de la misma forma que la indicada para el monitoreo previo a la fase de construcción, es decir, se delimitará y restringirá el acceso en un área buffer de 20 metros de radio alrededor del nido, la que no podrá ser

intervenida con maquinarias y vehículos hasta que el período reproductivo se haya completado.

Asimismo, el o la profesional a cargo del monitoreo elaborará un informe que dé cuenta de las actividades realizadas, informando de los hallazgos más relevantes e incorporando medios de verificación, tales como fotografías, videos, respaldos en kmz, etc.

Fase operación: Durante los cinco primeros años de operación con una frecuencia mensual, en la época reproductiva de las especies-objetivo, se implementará un recorrido pedestre al interior del área del emplazamiento del Proyecto en búsqueda de nidos, ejecutada por un profesional especialista y con experiencia. La duración del monitoreo podrá ser revisada durante la ejecución, dependiendo de los datos obtenidos, evaluando los resultados acumulados, a partir del cual se definirá la continuidad del programa en conjunto con la autoridad ambiental. El o la profesional a cargo elaborará un informe que dé cuenta de las actividades realizadas, informando de los hallazgos más relevantes e incorporando medios de verificación, tales como fotografías, videos, respaldos en kmz, etc.

Adicionalmente, según lo indicado en la RCA original N° N°20230200128/2023, se ha establecido un plan de colaboración con el Centro Regional de Estudios y Educación Ambiental (CREA) y el Centro de Rescate y Rehabilitación Fauna Silvestre (CRRFS) de la Universidad de Antofagasta, que permita llevar a cabo un estudio de investigación con el fin de incrementar el conocimiento científico sobre las aves en zonas de desierto, en particular con la gaviota garuma (Leucophaeus modestus), y varias especies de golondrinas de mar, y que permita diseñar y poner en práctica protocolos de protección, rescate y rehabilitación de ejemplares que se detecten, todo ello con el objeto de asegurar la conservación de estas aves.

Oportunidad: Durante las fases de construcción, operación y cierre en la época reproductiva de las especies-objetivo.

Construcción: Un monitoreo previo a la fase de construcción (entre 30 y 45 días antes), de los sitios identificados en la línea base, priorizando aquellos sectores identificados como hábitat potencial para la nidificación. Posteriormente un monitoreo mensual durante la extensión de la fase de construcción, en caso de coincidir con la época reproductiva. Operación: durante los cinco (5) primeros años de operación del parque, en la época reproductiva, sujeto a reevaluación de continuidad en función de los resultados de este periodo. Cierre: Un monitoreo mensual durante la extensión de la fase de cierre, en caso de coincidir con la época reproductiva. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante de remisión del informe al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por medio de la plataforma electrónica del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. El plazo máximo para enviar el informe será de 1 mes terminado el plazo correspondiente a cada monitoreo descrito. Forma de control y seguimiento Informe anual al término del período de monitoreo que dé cuenta de los resultados registrados en dicho monitoreo. Este informe deberá ser entregado en un plazo máximo de 2 meses después de finalizado el último monitoreo de la temporada. Se mantendrá una copia del informe en las oficinas administrativas del Proyecto, a disposición de la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.2 del ICE del Proyecto.

9.3. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de colisión de avifauna Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificación de aves siniestradas o colisionadas con aerogeneradores o tendido de la LAT, durante la fase de operación del Proyecto.

Descripción: Se realizarán inspecciones visuales en el área de emplazamiento de los aerogeneradores y el tendido de la LAT durante la época reproductiva de las especies gaviota garuma (Leucophaeus modestus) y golondrinas de mar, con una frecuencia mensual. Estas inspecciones estarán orientadas a registrar eventuales ejemplares siniestrados por eventos de colisión y se mantendrán con frecuencia semestral durante el resto del año.

Justificación: En función de los antecedentes de nidificación de Golondrina de mar y Gaviota garuma en el norte de Chile (ROC, 2024) y su cercanía al área influencia del Proyecto, además de los datos registrados en la evaluación ambiental del “Parque Eólico Antofagasta” (Res. Ex. N°20230200128/2023) en donde se registró la presencia de estas especies. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de influencia del Proyecto, caminos y obras físicas, tanto en la Línea de Transmisión Eléctrica, como en el área del Parque Eólico.

Forma: Desde el inicio de la operación se implementará un programa de monitoreo mensual de búsqueda de carcasas durante la época reproductiva, y se mantendrán con frecuencia semestral durante el resto del año. En el monitoreo se verificarán los siguientes aspectos:

  1. La posible presencia de carcasas de aves impactadas.
  2. El posible consumo de carcasas por parte de carroñeros, debido a que esta actividad puede generar una subestimación del impacto real de colisión. Los monitoreos consisten en recorridos pedestres mediante “transectos lineales” alrededor de los aerogeneradores y un “recorrido en zigzag” a lo largo del tendido de la LAT. En el caso de los aerogeneradores, el área de prospección se ha definido con un radio de 200 m en torno a la estructura, considerando un 10% adicional sobre la medida del diámetro del rotor, de acuerdo con lo recomendado en “Directrices para la evaluación del impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos” (Atienza et al. 2011). Para el caso de la LAT, se considera el monitoreo a lo largo de todo el trazado, definiendo un ancho de prospección de 50 m a cada lado del eje, al igual que lo determinado en el Proyecto original (RCA N° 20230200128/2023).

Técnica de seguimiento aerogeneradores: Búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de aves que se encuentren alrededor de la estructura y cuya presencia se asocie a una colisión, por parte de un observador experto. Para ello se establece una superficie circular o cuadrada con centro en la base del aerogenerador que se prospecta a velocidad baja y constante, mediante transectos lineales o concéntricos y paralelos entre sí (Figura1-1). La separación entre transecto y transecto deberá ser como máximo de 5 metros. Con la finalidad de homogeneizar la recogida de datos es recomendable

dedicar el mismo tiempo a cada búsqueda (al menos 20 minutos por aerogenerador).

Figura 1-1. Esquemas de búsqueda mediante transectos lineales. Los círculos barrados representan los aerogeneradores y las flechas azules el sentido de avance del observador. En la parte inferior se muestra un ejemplo de prospección de una unidad de muestreo formada por tres aerogeneradores.

Fuente: Atienza et al. 2011

Técnica de seguimiento en la LAT: Búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de aves que se encuentren alrededor de la estructura y cuya presencia se asocie a una colisión o electrocución. Las prospecciones se realizarán mediante un recorrido andando en zig-zag a velocidad constante, a lo largo del trazado de la línea eléctrica y abarcando 25 metros a cada lado en un recorrido de ida y vuelta (ver figura siguiente). Durante la búsqueda se prestará especial atención los apoyos de celosía metálica.

Figura 1-2 Esquema de prospección de líneas eléctricas mediante un recorrido en zigzag de ida y vuelta

Fuente: Ateinza et al. 2011

Se considera víctima de colisión contra los aerogeneradores o los conductores de la LAT a todo individuo que durante la realización de los recorridos pedestres se encuentre en las proximidades de las estructuras del Proyecto, siempre que los animales presenten signos inequívocos de haber muerto o resultado herido como consecuencia de la colisión. Para comprobar el origen del accidente, se analiza exhaustivamente la anatomía externa del ejemplar, describiendo los daños observados. Por cada individuo encontrado se deberá completar una ficha de hallazgo según lo indicado en el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Golondrinas de mar en el marco del SEIA” (2024) y en caso de encontrarse ejemplares con vida se deberá seguir el protocolo presente en el apartado 5 del mismo documento enunciado “5. Plan de Seguimiento”. Se generarán informes de seguimiento, con frecuencia mensual y uno al final del periodo. Estos informes serán reportados semestralmente a la

Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero.

Oportunidad: Los monitoreos deberán ser realizados considerando la fenología reproductiva de las especies con una duración de 5 años desde el inicio de la etapa de operación del parque. Al finalizar los 5 años se evaluarán los resultados del monitoreo y en base a estos se definirá la continuidad del monitoreo. Indicador que acredite su cumplimiento • Cuantificación y registro de los eventuales ejemplares siniestrados por eventos de colisión. • Generación de informes de seguimiento, con frecuencia mensual y uno al final del periodo.

Forma de control y seguimiento Reportes mensuales de monitoreo de avifauna (se mantendrá en el área del Proyecto a disposición de la autoridad). Informe final al término del periodo de monitoreo que dé cuenta de los resultados registrados (el que se mantendrá en el área del Proyecto a disposición de la autoridad).

Estos informes serán reportados semestralmente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.3 del ICE del Proyecto.

9.4. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo del Plan de gestión de ruido para fauna Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la posible influencia de las fuentes de ruido sobre las especies potenciales de fauna en categoría de conservación en los frentes de trabajo y certificar que estos cumplan con los umbrales de referencia de la Guía del Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa o la normativa vigente en curso al momento de las mediciones para fuentes de ruido (SEA 2022).

Descripción: En la descripción de Proyecto se estableció el siguiente plan de gestión con el objetivo de evitar potenciales efectos sobre la fauna.

• En términos generales, considerando que el hallazgo de nidos en cavidades no se ha verificado en las últimas campañas de terreno, se mantendrá vigilancia en el sector previo al avance de las obras hacia los sectores con hallazgos anteriores con el fin de verificar la presencia de nidificación de aves (CAV02). En particular en la Plataforma AE 14 y en la Torre 18 y sus caminos de acceso, los trabajos se efectuarán sólo en caso de que haya sido descartada la nidificación. • El Proyecto contempla la implementación de técnicas de perturbación controlada con el objetivo de que las especies se ubiquen a distancias mayores que las señaladas. El presente plan se encargará de monitorear dicha medida. • Se realizarán monitoreos mensuales del Nivel de Presión Sonora en horario diurno, durante la época reproductiva de las especies de avifauna sensible

Con la implementación de las acciones de control señaladas, es posible asegurar que no existirán especies expuestas al ruido generado por la

construcción del Proyecto. Estas son consideradas como parte de las medidas de diseño del Proyecto, por lo que se exponen en el Anexo 1 de la presente Adenda.

Con el fin de certificar que las actividades de trabajo no superen los umbrales de referencia indicados en la Guía o la normativa vigente en curso al momento de las mediciones es que plantea un monitoreo mensual del Nivel de Presión Sonora en horario diurno, durante la época reproductiva de las especies de avifauna sensible, esto mientras dure la fase de construcción y cierre del Proyecto. Este monitoreo considera mediciones en aquellos nidos que se identifiquen con actividad (nidificando), y tengan un frente de trabajo a menos de 160 m de distancia, las mediciones se realizarán de acuerdo con el procedimiento de evaluación de cumplimiento del D.S. 38/11 MMA y los lineamientos para la aplicación de la norma en parques eólicos, en el SEIA, establecidos en la Guía para la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SEIA.

Justificación: Debido a la potencial presencia de avifauna que utiliza el área para nidificar es que se debe monitorear las emisiones de ruido que pueda darse sobre nidos activos durante la actividad de nidificación, con el fin de comprobar que no se genere una disminución en el éxito reproductivo por ruido de construcción y transporte, de acuerdo con el Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa (SEA 2022). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Frentes de trabajo en el área de influencia del Proyecto, caminos y obras físicas, tanto en la Línea de Transmisión Eléctrica, como en el área del Parque Eólico.

Forma: Las medidas que forman el plan de gestión se ejecutarán de la siguiente forma:

• Se realizarán monitoreos mensuales del Nivel de Presión Sonora en horario diurno, durante la época reproductiva de las especies de avifauna sensible, esto mientras dure la fase de construcción y cierre del Proyecto. Este monitoreo considera mediciones en aquellos nidos que se identifiquen con actividad (nidificando), y tengan un frente de trabajo a menos de 160m de distancia. Las mediciones se realizarán de acuerdo con el procedimiento de evaluación de cumplimiento del D.S. 38/11 MMA y los lineamientos para la aplicación de la norma en parques eólicos, en el SEIA, establecidos en la Guía para la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SEIA.

Oportunidad: • Esta actividad se realizará durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, donde se ejecutará un monitoreo de la avifauna con especial énfasis en la temporada de nidificación de estas especies. • El monitoreo de la eficacia de la perturbación controlada se debe realizar un máximo de 5 días posterior a la liberación y antes de iniciar la preparación del terreno para la construcción de las obras (etapa de construcción).

Durante la fase de construcción y cierre y en épocas reproductiva de las especies de avifauna sensible se realizarán monitoreos mensuales del Nivel de Presión Sonora en horario diurno. Indicador que acredite su cumplimiento • Durante la fase de construcción y cierre, se implementará en la época reproductiva de las aves un plan de monitoreo mensual de ruido de Nivel de Presión Sonora en horario diurno en aquellas áreas en donde existan registros de sitios de nidificación, con el fin de certificar que, de acuerdo

con la aplicación de las medidas de control, las actividades de trabajo no superen los umbrales de referencia indicados en la normativa vigente en curso al momento de las mediciones. Con los resultados obtenidos se elabora un reporte técnico, indicando si corresponde, medidas adicionales que permitan garantizar la no superación de los niveles de referencia para la fauna específica. Forma de control y seguimiento El reporte técnico con todos los monitoreos que se considera para el plan de gestión de ruido sobre fauna será remitido semestralmente al SAG y a la SMA dentro de un plazo de 20 días hábiles posteriores a la ejecución de la última medición en terreno del periodo considerado. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.4 del ICE del Proyecto.

9.5. Compromiso ambiental voluntario Perturbación controlada de individuos de baja movilidad Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la afectación de individuos de especies de baja movilidad detectados en aquellos lugares que albergarán partes y obras del Proyecto, particularmente aquellos que involucrarán actividades de movimiento de tierra con medios mecánicos como plataformas de aerogeneradores y caminos.

Descripción: Mediante la aplicación de una serie de técnicas manuales y focalizadas destinadas a la remoción de refugios es posible provocar el desplazamiento de la fauna objetivo, de manera dirigida y por sus propios medios, motivo por el cual esta medida no contempla actividades de captura manual o mediante trampas.

Especies, N° ejemplares y estado de las poblaciones a intervenir Conforme a los resultados obtenidos en las campañas de prospección para el componente Fauna Vertebrada Terrestre a través de registros directos e indirectos, se ha determinado que las especies objetivo de la medida de perturbación controlada corresponden a las siguientes: REPTILES: - Liolaemus audituvelatus (Dragón de oído cubierto) – Vulnerable - Liolaemus constanzae (Lagartija de Constanza) - Preocupación Menor Categorías de conservación según D.S. N° 16/2016 del MMA.

La presencia de Liolaemus audituvelatus en el área es mínima, con una abundancia relativa de 0,03% y una densidad estimada de 0,0125 individuos/ha. En el Área de Influencia de 3.870 ha, se proyecta que el número de ejemplares potencialmente afectados por el Proyecto oscile entre 48 y 50 individuos.

Justificación: Dado que el Proyecto involucra la intervención de superficies de extensión limitada y gran parte corresponde a sectores que involucrarán obras de naturaleza lineal, se ha considerado la implementación del procedimiento de perturbación controlada, que se realizará en forma previa a la ejecución de las actividades relativas al acondicionamiento de los terrenos. De esta manera, se pretende fortalecer el cuidado y conservación de la fauna silvestre en consideración a los criterios técnicos del SEA

asociados al estado de conservación, abundancia, límites de distribución restringidos y especies de baja movilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Durante el estudio de caracterización, en campañas de invierno y primavera, no se registraron reptiles de forma directa dentro del área de influencia del Proyecto. Sin embargo, se detectó indirectamente la presencia de un posible Liolaemus constanzae a partir de un cadáver. En una campaña adicional se registró de manera directa un ejemplar de Liolaemus audituvelatus (Dragón de oído cubierto).

Los criterios para la selección y caracterización de los sitios de perturbación y destino se cumplen en su totalidad. Se dispone de información georreferenciada en coordenadas UTM y cartografía digital en formatos KMZ y SHP, incluida en el Apéndice 2.1. El sitio de destino presenta condiciones ambientales comparables a las áreas intervenidas, considerando pendiente, exposición, altitud, tipo de sustrato, características edáficas y factores ecológicos como presencia de depredadores y disponibilidad de alimento.

Se verificó la presencia de las especies objetivo en el sitio de destino y se caracterizaron sus poblaciones en términos de abundancia y densidad. Además, las áreas de perturbación y destino son contiguas y forman parte de la misma unidad de hábitat, lo que asegura la conectividad ecológica. La influencia de otras actividades humanas es baja o inexistente y la superficie de destino es igual o mayor que la perturbada, asegurando espacio suficiente para el desplazamiento.

Forma: El procedimiento de perturbación controlada considera distintas etapas. Microruteos: se realizarán prospecciones exhaustivas en áreas a perturbar y receptoras, registrando fauna de interés mediante transectos lineales de 100 metros de largo y 10 metros de ancho. Las observaciones se efectuarán con binoculares entre las 9:00 y 13:00 horas y entre las 15:00 y 17:00 horas, hasta 30 días antes de la medida. Los recorridos estarán a cargo de especialistas en fauna silvestre.

Perturbación controlada: consiste en la remoción manual o con herramientas de bajo impacto de refugios como rocas o costras de sal en áreas de trabajo, lo que hace inhabitable el sitio y fuerza el desplazamiento de los individuos. El material retirado se trasladará a las áreas receptoras para construir refugios adicionales, en una proporción de al menos el doble del número de individuos estimados. Se busca así maximizar la probabilidad de establecimiento de los ejemplares en un ambiente conocido y con recursos disponibles.

Monitoreos de verificación: una vez aplicada la medida, se evaluará visualmente la actividad de las especies objetivo en las áreas perturbadas, verificando también la presencia de ejemplares enfermos, estresados o muertos. El umbral de éxito es del 100%, es decir, todos los individuos observados en el microruteo inicial deben abandonar el área para declararla liberada.

Seguimiento Tras la aplicación de la medida, se realizarán monitoreos estacionales durante dos años, equivalentes a dos ciclos reproductivos de las especies objetivo. Durante el primer mes se hará un seguimiento semanal con métodos no invasivos para registrar presencia y ocupación de refugios. En el segundo y tercer mes, y en la época reproductiva, se aplicarán mediciones cuantitativas de abundancia y densidad.

Se evaluará la riqueza, composición y abundancia de las especies objetivo en los transectos y refugios construidos, además de otras especies que pudieran ser competidores o depredadores. Los resultados se compararán con la caracterización inicial para identificar cambios posteriores a la perturbación. En caso de registrarse muertes, se notificará al SAG en menos de 24 horas y se definirán medidas adicionales.

Oportunidad: Las actividades de perturbación controlada se realizarán antes del despeje y preparación de terrenos. Una vez liberados ambientalmente los sectores, el ingreso de maquinaria deberá ocurrir entre 1 y 5 días después, evitando el retorno de los ejemplares por cambios en las condiciones del hábitat.

Si el ingreso se retrasa, se realizará un recorrido de verificación. En caso de no encontrarse individuos, se permitirá nuevamente el acceso por un período de 1 a 5 días. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de liberaciones. Cada sector del Proyecto que incluya el procedimiento de perturbación controlada será respaldado mediante una ficha de liberación, las que serán almacenadas por el encargado ambiental dentro de la instalación de faenas del Proyecto y estarán disponibles para ser consultadas por la autoridad. • Una vez implementada la medida se entregará un informe consolidado a la SMA, el que contendrá las fechas de ejecución de la medida, participantes, áreas y especies involucradas, georreferenciación de los refugios construidos e índices obtenidos. Sobre dicho reporte se mantendrá el registro de ingreso al Sistema de Seguimiento Ambiental. Forma de control y seguimiento Se emitirá un informe semestral consolidado que dará cuenta del grado de avance en la aplicación de la medida de perturbación controlada en el área del Proyecto. Este informe incluirá el detalle de las áreas liberadas, cada una de las cuales será individualizada mediante una ficha de liberación. Dicha ficha contendrá, entre otros antecedentes relevantes, las fechas de ejecución de la medida, registros fotográficos de las áreas intervenidas y de las especies observadas, la descripción y ubicación de los refugios construidos con sus coordenadas en formato UTM/WGS84/19S, así como la identificación del profesional responsable de la actividad. Adicionalmente, se elaborará un informe de seguimiento que recopilará los resultados de las cuatro campañas estacionales de monitoreo, incorporando la información relativa a los refugios hacia los cuales se direccionó el desplazamiento de los individuos de las especies objetivo. Ambos informes serán ingresados a la plataforma de cumplimiento de compromisos ambientales de la SMA dentro de los 45 días posteriores a su ejecución y se mantendrán copias disponibles en la instalación de faenas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.5 del ICE del Proyecto.

9.6. Compromiso ambiental voluntario Cercado Perimetral y protección de hallazgos arqueológicos Impacto asociado Posibles hallazgos arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación de elementos arqueológicos por medio la implementación de cercos temporales en torno a los elementos patrimoniales emplazados a menos de 50 m de distancia de las obras del Proyecto.

Descripción: Los cercos, de al menos 1,20 m de altura, se implementarán de la siguiente forma:

Buffer de protección: Se establecerá un perímetro de amortiguación no inferior a 10 m alrededor de los hallazgos, en función de la dispersión superficial del material arqueológico o de los límites de las estructuras.

Rasgos lineales: En los casos en que las obras del Proyecto intersecten con rasgos lineales, los cercos se dispondrán en los sectores intervenidos con el fin de proteger las áreas no afectadas. El cerco tendrá forma de “corchete”, considerando un buffer de 10 m en torno al rasgo y una proyección adicional de 10 m en paralelo a este desde la intersección. El cierre será de tipo visible y simple (mallas y postes), de carácter informativo y preventivo, señalizando la distancia al sitio arqueológico y la necesidad de reducir la velocidad para minimizar el levantamiento de polvo. Si el rasgo lineal se extiende en forma paralela o cercana a obras en tramos muy extensos, se permitirá la implementación de cercos intermitentes.

Plazo de implementación: Todos los cercos deberán estar instalados antes del inicio de las obras, incluyendo la habilitación de caminos, y permanecerán durante toda la etapa de construcción. Al finalizar las actividades, los cercos —de carácter provisional— serán retirados, informándose dicha acción al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Supervisión y comunicación: Las labores de cercado serán supervisadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Su implementación será informada al CMN mediante un reporte que también se remitirá a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) de la Región de Antofagasta, acompañado de registros fotográficos de cada sitio protegido.

Mantenimiento: Los cercos serán monitoreados periódicamente y repuestos en caso de ser necesario, garantizando la continuidad de la medida de protección durante toda la ejecución del Proyecto.

Justificación: Protección de hallazgos arqueológicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área del Proyecto, particularmente en torno a los hallazgos de elementos patrimoniales de data histórica o líticos emplazados a menos de 50 m de las obras, y que no serán intervenidos. En el caso de los rasgos lineales, en los sectores donde las obras del Proyecto intervengan el elemento.

Forma: Campañas de implementación supervisadas por un arqueólogo/licenciado en arqueología, posterior a la obtención de la RCA.

Oportunidad: Con antelación a la construcción del Proyecto y/o a los movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Informe final con el registro de implementación de la totalidad de los cercos comprometidos. Este informe deberá contener un análisis de los sitios antes de ser cercados y posterior al retiro de estos con el objetivo de corroborar la eficiencia de la medida. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe de implementación de las medidas de protección e informes trimestrales de inspección de sitios arqueológicos, durante toda la fase de construcción, al CMN y a la SMA por medio de plataforma virtual. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.6 del ICE del Proyecto.

9.7. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la afectación a los elementos patrimoniales que pudieran estar presentes en el subsuelo de las superficies de intervención del Proyecto, en específico, durante las actividades de excavaciones, movimientos de tierra y durante el tendido de cables de la Línea de Transmisión Eléctrica (LTE).

Descripción: Se contará con un arqueólogo(s) y/o licenciado(s) en arqueología, en los frentes de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe, excavación y tendido de cables de la LTE.

Justificación: La medida se justifica basado en la presencia de elementos patrimoniales de interés arqueológico en el área de influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todas las áreas del Proyecto donde se requiera realizar actividades excavaciones, escarpe, movimiento de tierra, tendido de cables de la LTE y cualquier otra actividad que implique remoción de suelos superficial o subsuperficial del terreno.

Forma: Se exigirá la presencia permanente de un/a profesional arqueólogo/a en los lugares donde se desarrollen obras que contemplen las actividades señaladas, durante toda la etapa de construcción. El informe de reporte deberá incluir, como mínimo, los siguientes contenidos:

a) Descripción de actividades: detalle de las labores realizadas en todos los frentes de limpieza, escarpe, excavación y tendido de cables de la LTE, indicando fecha de ejecución. b) Caracterización de matrices y materiales: descripción de la matriz y materialidad encontrada en cada excavación, señalando la profundidad correspondiente. c) Plan mensual de trabajo: incorporación del programa mensual de la empresa constructora, especificando en el libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Registro gráfico: planos y fotografías en alta resolución de los distintos frentes de limpieza, escarpe, excavación y tendido de cables, abarcando las diferentes etapas de avance. e) Charlas de inducción: contenidos de las capacitaciones impartidas, junto con el registro de asistentes, incluyendo la firma de cada trabajador/a. f) Hallazgos arqueológicos: en caso de detectarse restos, deberá incorporarse: i. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas en alta resolución. ii. Descripción detallada del estado de conservación, señalando posibles afectaciones por las obras. iii. Medidas de protección y/o conservación implementadas. iv. Constancia de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Seguimiento de medidas de protección: evaluación del estado de conservación de las medidas preventivas implementadas (cercados, señaléticas, entre otras), cuando corresponda.

h) Informe final de monitoreo: deberá dar cuenta de todas las actividades realizadas y, en caso de detectarse sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. Dicho informe contemplará una revisión bibliográfica de la zona, el análisis por tipo de materialidad y el detalle de las medidas de conservación aplicadas. Para estas instancias será obligatorio solicitar un permiso de intervención arqueológica, de acuerdo con el artículo 7° del Reglamento de Excavación establecido en la Ley 17.288. i) Destinación de materiales arqueológicos: en caso de recuperarse materiales, el informe final deberá indicar la propuesta de destinación definitiva de los bienes, acompañada de un documento oficial emitido por la institución museográfica que acepte su recepción. Asimismo, el Titular deberá hacerse cargo de los gastos asociados al análisis, conservación, embalaje y traslado de las piezas a la entidad correspondiente.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, en todas las áreas del Proyecto donde se requiera realizar actividades de excavación subsuperficial del terreno, actividades de limpieza y escarpe y actividades asociadas al tendido de cables de la LTE. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la actividad detallada en el Informe mensual de Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP). Forma de control y seguimiento Emisión del Informe mensual del Monitoreo Arqueológico Permanente con las actividades y resultados con registros fotográficos sobre las actividades realizadas, fechadas y georreferenciadas, reportando mensualmente a la SMA y CMN. La emisión del informe será en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.7 del ICE del Proyecto.

9.8. Compromiso ambiental voluntario Monitoreo paleontológico permanente durante la fase de construcción Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección de potenciales hallazgos paleontológicos durante la fase de construcción del Proyecto

Descripción: En caso de hallazgos fortuitos, se implementará un monitoreo paleontológico periódico durante las labores de excavación y movimiento de tierras del Proyecto.

Justificación: Debido a que las obras del Proyecto involucran excavaciones y movimiento de tierras, y teniendo en cuenta la existencia de unidades con potencial “susceptible” (Bajo-Medio) dentro del área del Proyecto se considera la realización de un monitoreo paleontológico en caso de un hallazgo fortuito. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Durante la fase de construcción, y en caso de algún hallazgo paleontológico fortuito dentro de las áreas intervenidas por el Proyecto y que impliquen movimiento de tierra y excavaciones.

Forma: Se implementará un Protocolo de hallazgos paleontológicos fortuitos en el cual se especifiquen los procedimientos a seguir por parte del personal de la empresa (ver Anexo 3 de la Adenda de la DIA). En caso de activarse el Protocolo debido a la identificación de hallazgos fortuitos, se implementará el monitoreo paleontológico.

Por su parte, el informe de reporte final del monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios paleontológicos, incluirá la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales paleontológicos que se encuentren motivo de esta actividad.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, y en caso de algún hallazgo paleontológico fortuito durante las labores de excavaciones y movimiento de tierra, se implementará un monitoreo paleontológico periódico, que será ejecutado por un paleontólogo especialista siguiendo las indicaciones del CMN. Dicho monitoreo se ajustará al cronograma de ejecución de obras. Indicador que acredite su cumplimiento En caso de haberse implementado el monitoreo paleontológico, se elaborará un informe final, que será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente y al CMN. Forma de control y seguimiento Los informes de monitoreo paleontológico –y el trabajo en terreno que lo sustenta– serán remitidos a la autoridad competente (CMN). Los informes que sean generados por el paleontólogo estarán acompañados por registros fotográficos sobre las actividades realizadas, fechadas y georreferenciadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.8 del ICE del Proyecto.

9.9. Compromiso ambiental voluntario Protocolo de comunicación y relacionamiento con los GHPPI del AI Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Propiciar, promover y mantener una clara y oportuna comunicación entre el Titular y los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia (en adelante AI) con el objetivo de informar, coordinar, acordar y/o solucionar oportunamente cualquier situación que se presente debido al Proyecto en cualquiera de sus fases.

Descripción: Se efectuará un protocolo de comunicación y relacionamiento permanente que establezca claramente los canales y mecanismos mediante los cuales la población asociada al Proyecto podrá comunicarse con el Titular y obtener respuestas a raíz de inconvenientes con contratistas, solicitudes especiales, dudas, reclamos, etc. Cabe señalar que este protocolo es parte de la Política de Vinculación y Relacionamiento con Comunidades Locales Corporativo y para su gestión. La coordinación para construir el protocolo se realizará una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), toda vez que las organizaciones sociales accedan a ello. La comunicación involucra dar aviso oportunamente a los GHPPI cercanos al AI sobre los días y horarios en lo que se realizarán los traslados de carga sobredimensionada asociada a aerogeneradores y otros componentes.

Justificación: Se busca mantener la comunicación entre el Titular y los GHPPI cercanos al AI del Proyecto, de modo tal de responder las dudas que puedan generarse. Para alcanzar el objetivo, el compromiso considera distintos canales de comunicación ajustados a la realidad de los GHPPI del AI, de manera tal que permitan una comunicación fluida para la resolución de cualquier problemática. Para facilitar el acceso, se sugerirá una modalidad híbrida (online como presencial), atendiendo los requerimientos de los GHPPI en general.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal.

Forma: • Se presentará una propuesta de protocolo de comunicación y relacionamiento permanente a los GHPPI que forman parte del AI y de la caracterización ambiental del componente de Medio Humano. La propuesta será entregada a estas organizaciones en formato electrónico y presencial, para revisión y validación. • Posteriormente, el Titular se reunirá con los GHPPI para recibir sugerencias y establecer el mecanismo de comunicación y relacionamiento. La modalidad podrá ser presencial o virtual, según acuerdo de ambas partes. • El mecanismo será socializado con la directiva de cada GHPPI, a través de material impreso, vía electrónica y/o mensajes WhatsApp. Para ello se enviará el protocolo y mecanismo establecido a los presidentes de cada organización indígena del AI y éstos compartirán la información con los miembros de cada comunidad, asociación o corporación indígena. El Titular estará disponible para desarrollar reuniones presenciales o virtuales explicando el protocolo y mecanismo de uso. • El protocolo operará a partir del hito asociado a la socialización del mecanismo de comunicación y relacionamiento. Se dará aviso oportuno mediante el mismo protocolo de comunicación a los GHPPI cercanos al AI sobre los días y horarios en lo que se realizarán los traslados de carga sobredimensionada asociada a aerogeneradores y otros componentes.

Oportunidad: El protocolo estará consensuado al inicio de la construcción del Proyecto (mes 1), fecha en la que comenzará a operar, quedando disponible por toda la vida útil del Proyecto. La frecuencia de reunión quedará definida en la primera reunión. No obstante, se podrá ir modificando si los GHPPI y el Titular lo acordasen. 1. Contar con protocolo de comunicación consensuado con al menos el 75% de los GHPPI identificados 2. Realizar 2 convocatorias de reuniones en el año. 3. Responder a la totalidad de consultas y/o reclamos recibidos en el mes Indicador que acredite su cumplimiento • Porcentaje de GHPPI que validan el protocolo. • Número de convocatorias a reuniones con GHPPI realizadas. • Cantidad de consultas y reclamos recepcionados y respondidos en el mes. Forma de control y seguimiento Los medios de verificación contenidos en los informes consolidados del CAV contendrán: • Actas de validación del protocolo de comunicación firmadas, correos o registros de conformidad • Actas de reunión, listas de asistencia, registros de convocatoria • Registro mensual de consultas, reclamos y respuestas emitidas • Registros de distribución física y digital Informe semestral a la SMA que considere todos los avances, mientras dure la fase de construcción. Informe a la SMA cada cinco años, durante los 30 años de la fase de operación, que considere reportar e informar lo avances y/o acuerdos que se sostengan durante esta fase. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.9 del ICE del Proyecto.

9.10. Compromiso ambiental voluntario Mesa informativa y Monitoreo participativo con las Organizaciones.

Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción - Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer espacios de diálogo y colaboración con las comunidades indígenas presentes en el Área de Influencia (AI) del Proyecto, como agentes activos con el fin de fortalecer la transparencia, la generación de información y el intercambio de conocimientos sobre temáticas ambientales relevantes, aportando además al relevamiento de cultura changa en la zona de Paposo y Taltal.

Descripción: Como etapa inicial, se invitará a organizaciones locales a implementar un protocolo participativo que, si así lo estiman, podrá integrar conocimientos territoriales y culturales. En caso de no contar con participación, el Titular dará continuidad a la implementación del CAV conforme a los principios establecidos. Se pondrá a disposición de los GHPPI identificados en la línea base de medio humano una mesa informativa y monitoreo participativo, a fin de compartir información sobre los componentes ambientales de arqueología y avifauna. A través de estas instancias, se espera contribuir al relevamiento del conocimiento ancestral que posee la cultura changa en la zona de Paposo y Taltal, mediante la difusión de información y la validación de esta.

Justificación: Se persigue generar relaciones colaborativas con los GHPPI que componen el área de influencia del Proyecto, mediante el traspaso de conocimiento sobre elementos arqueológicos y avifauna de interés comunitario Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia de Medio humano

Forma: La mesa informativa y el monitoreo participativo se enfocarán en la exposición de los resultados y avances asociados a los Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV) relacionados con los componentes de arqueología y avifauna. Su desarrollo se estructurará de la siguiente manera:

Arqueología Fase de construcción: se realizarán talleres trimestrales en los que se presentarán los resultados de los monitoreos arqueológicos, paleontológicos y de inspección de los cercos de protección de hallazgos arqueológicos. Asimismo, se pondrá a disposición de las comunidades participantes la opción de proponer un/a asesor/a arqueológico/a que acompañe las actividades vinculadas a sitios arqueológicos durante la fase de construcción, siempre que ello sea compatible con las disposiciones legales y los plazos establecidos en el cronograma del Proyecto.

Avifauna Fase de construcción: se efectuarán talleres anuales en los que se informará sobre los resultados del monitoreo de nidos de gaviota garuma y golondrina de mar. Fase de operación: se desarrollarán talleres semestrales orientados a la presentación de los resultados de los monitoreos de disuasores de vuelo, tránsito aéreo, sitios de nidificación y colisiones de avifauna. Los talleres de arqueología y avifauna se llevarán a cabo en dos etapas. La primera consistirá en una mesa informativa, en la que un especialista expondrá los resultados de los CAV de cada componente. En esta instancia se entregará material de apoyo —como informes, trípticos, cartografías,

fotografías y planos— y se abrirá un espacio para resolver dudas y recoger observaciones de las comunidades. La segunda etapa corresponderá a visitas a terreno en puntos de interés levantados por la propia comunidad o, en su defecto, sugeridos por el especialista. Estas visitas estarán asociadas a áreas sensibles de cada componente y permitirán a los GHPPI del área de influencia, incluyendo al Pueblo Chango, vincular directamente la información expuesta en los talleres con el territorio. Todos los talleres estarán a cargo de especialistas en la materia, asegurando así la rigurosidad técnica y la adecuada transmisión de los resultados a las comunidades indígenas de la zona.

Oportunidad: Los talleres de arqueología se realizarán de manera trimestral durante la fase de construcción, mientras que los talleres de avifauna se efectuarán anualmente en la fase de construcción y semestralmente en la fase de operación. La calendarización específica de estas actividades será acordada con los representantes de los GHPPI, procurando no interferir con sus festividades tradicionales, de modo de favorecer la mayor participación posible.

Metas de cumplimiento: 1.- Realizar un total de diez (10) talleres durante la fase de construcción del Proyecto, de los cuales siete (7) estarán asociados a arqueología y tres (3) a avifauna. 2.- Ejecutar dos (2) talleres de avifauna por año durante la fase de operación del Proyecto. 3.- Entregar materiales informativos a todas las organizaciones indígenas participantes de la mesa, incluyendo informes de monitoreo, cartografías, archivos digitales, presentaciones y otros insumos relevantes. 4.- Elaborar un reporte anual consolidado que sistematice las dudas y observaciones levantadas por las organizaciones indígenas. 5.- Responder la totalidad de las consultas recibidas en un plazo máximo de quince (15) días hábiles. Indicador que acredite su cumplimiento 1. Número total de talleres convocados para avifauna y arqueología durante la fase construcción del Proyecto. 2. Número anual de talleres convocados para avifauna durante la fase operación del Proyecto. 3. Número anual de correos con respaldo de distribución de información a las organizaciones indígenas o registro fotográfico de talleres. 4. Número anual de reportes con dudas u observaciones levantados por las organizaciones indígenas. 5. Respaldo de entrega de documento con respuestas a consultas recibidos. Forma de control y seguimiento Los medios de verificación contenidos en los informes consolidados del CAV contendrán: - Registros de convocatorias y respaldo de envío de invitaciones por correo electrónico. - Respaldo de envío de materiales técnicos distribuidos (vía correo o presencial) y anexo con el contenido del material. - Listado de asistencia por taller efectivamente realizado. - Registro fotográfico por taller efectivamente realizado. - Reporte anual con consolidado de observaciones levantadas por las organizaciones indígenas. Para la fase de construcción, el Titular consolidará la información asociada al cumplimiento de las metas establecidas en el CAV en un informe único que será enviado a la SMA previo al inicio de la fase de operación.

Para la fase de operación, el Titular consolidará la información asociada al cumplimiento de las metas establecidas en el CAV a través del envío de un (1) informe anual a la SMA durante toda la fase. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.10 del ICE del Proyecto.

9.11. Compromiso ambiental voluntario Charlas de sensibilización ambiental, social e intercultural a trabajadores. Impacto asociado Construcción y cierre. Fase del Proyecto a la que aplica Concientizar y capacitar a los trabajadores del Proyecto en las características y sensibilidades ambientales, sociales e interculturales, específicamente fauna, arqueología y el respeto por entorno y sistema de convivencia local que posee el Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Concientizar y capacitar a los trabajadores del Proyecto en las características y sensibilidades ambientales, sociales e interculturales, específicamente fauna, arqueología y el respeto por entorno y sistema de convivencia local que posee el Proyecto.

Descripción: Se realizarán charlas a cada trabajador que se integre al Proyecto durante la fase de construcción y cierre, en donde se expondrán al menos los siguientes temas: • Arqueología, se deben explicar las características y emplazamiento de los elementos arqueológicos presentes en el área del Proyecto o aquellos que podrían registrarse, las restricciones a las que están sujetos y medidas que tomar ante el hallazgo no previsto de este tipo de elementos. • Fauna, se deben indicar y señalar las características de nidificación de las especies de aves sensibles, así como las características de los reptiles presentes en el AI. Además, se deben mostrar imágenes y mapas con la ubicación de los sitios identificados en las etapas de evaluación ambiental, para revelar la sensibilidad de estas especies en el área. • Inducción obligatoria con énfasis en el cumplimiento de la velocidad máxima permitida (40 km/h). • Historia de la localidad, su dinámica social, costumbres y uso de los espacios públicos, las expectativas que tiene la población local del comportamiento de personas ajenas a la localidad. • Respeto con el entorno y el cuidado medio ambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales. • Capacitación en temáticas vinculadas a la Política de Equidad de Género, respecto de conductas de violencia de género como es el acoso callejero y otras tendientes a velar por el comportamiento masculino apropiado, así como otras que afecten la seguridad y convivencia incurriendo en faltas como el consumo de alcohol y drogas en espacios públicos, ruidos molestos y otras conductas inapropiadas. • Perspectiva del Pueblo Chango sobre el territorio costero y su paisaje cultural. Prácticas tradicionales y vínculos históricos con el mar y el desierto relevantes para la identidad local. Este material será creado por el Titular en validación por Comunidades Indígenas o Asesor Cultural.

Justificación: Las obras se emplazarán en áreas con sensibilidades ambientales y sociales por lo que capacitar a los trabajadores en estos temas prevendrá la alteración de elementos protegidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se realizarán charlas de sensibilización ambiental y social a cada trabajador que se integre al Proyecto, con enfoque en temas de arqueología, fauna y el respeto por el entorno y sistema de convivencia local.

Oportunidad: Durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, antes de que los trabajadores comiencen a realizar funciones en el área como tal. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerará capacitar al 100% del personal involucrado en las actividades del Proyecto para el cumplimiento de este compromiso, el cual se podrá verificar con los registros internos de la capacitación realizada. Forma de control y seguimiento Se entregará un reporte semestral a la SMA, mediante un informe que incluirá la lista de asistentes, así como el material digital o físico que se utiliza para el desarrollo de las charlas de sensibilización. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.11 del ICE del Proyecto.

9.12. Compromiso ambiental voluntario Programa de apoyo a la formación técnica de jóvenes estudiantes con enfoque territorial. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar la formación técnica de estudiantes de la comuna de Taltal en temáticas relacionadas con la generación de energías renovables no convencionales (ERNC) incorporando una perspectiva territorial que permita valorar el entorno ambiental local.

Descripción: Se desarrollará un plan de vinculación con las Direcciones de Administración de Educación Municipal (DAEM) de la comuna. La finalidad de este programa es diseñar e implementar en conjunto diversas acciones e iniciativas, tales como por ejemplo pasantías, visitas técnicas, cupos de prácticas profesionales, charlas, talleres, capacitaciones y actividades de extensión y difusión, que permitan por un lado, aportar a la formación general de las personas en materias sobre energías renovables no convencionales (ERNC), en especial, a estudiantes de la comuna y por otro, apoyar la formación técnica de los jóvenes de la especialidad electromecánica en temáticas relacionadas a los aspectos técnicos de la generación de energía renovable eólica y solar. Adicionalmente, el programa contempla el desarrollo de un módulo denominado “Energía, Territorio y Cultura”, orientado a integrar contenidos sobre la historia local, el paisaje cultural y las relaciones históricas entre las comunidades del territorio y el desarrollo productivo regional, incluyendo elementos como el vínculo con el mar, las rutas troperas y la transición energética. Para su elaboración, se invitará a personas y organizaciones del territorio que deseen colaborar en la construcción de estos contenidos, de forma que reflejen una mirada contextualizada del entorno y promuevan una comprensión más amplia y situada del desarrollo energético.

Justificación: Necesidad de desarrollar Proyectos de generación de ERNC locales para que las nuevas generaciones adquieran competencias que el día de mañana les permitan vincularse profesional y/o laboralmente en este tipo de rubro, pero integrando siempre una perspectiva cultural y territorialmente pertinente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Escuelas y centros de formación técnicos de la comuna de Taltal, priorizando aquellos localizados en las localidades pertenecientes al AI de Medio humano.

Forma: El Titular iniciará un proceso de vinculación participativa con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de la comuna de Taltal, con el fin de diseñar un plan de trabajo conjunto que

permita ejecutar acciones e iniciativas de formación y extensión para fortalecer la formación técnica de los jóvenes en materia de tecnologías asociadas a la generación de energía renovable, según los intereses educativos de los liceos y el complemento práctico del Proyecto. Entre las posibilidades están: 1. Ser parte del consejo asesor empresarial del Liceo (u organización similar), siempre y cuando existan. 2. Realizar visitas técnicas o pasantías dentro del Proyecto. 3. Vincular a estudiantes con prácticas durante la fase de construcción y montaje del Proyecto, y luego mantenimientos y operación del parque eólico en contexto de operación del Proyecto. 4. Definir capacitaciones certificadas en las materias relacionadas a la construcción y operación del Proyecto vinculados a ERNC. 5. Implementación de módulos demostrativos-educativos eólicos en taller práctico del Liceo. 6. Realización de charlas de educación específica sobre energías renovables no convencionales. 7. Talleres teórico-prácticos dirigidos a docentes del área. 8. Implementación Módulo formativo denominado “Energía, Territorio y Cultura”, impartido por actores locales que quieran colaborar en su realización.

Oportunidad: El programa se iniciará formalmente una vez obtenidos los permisos ambientales del Proyecto y por lo tanto obtenido la RCA favorable del Proyecto y comunicado a la SMA el inicio de ejecución del Proyecto, sin embargo, 3 meses previo al inicio de la fase de construcción, se comenzará el proceso de desarrollo de las alianzas institucionales, con el fin de definir en conjunto el plan de trabajo a ejecutar una vez obtenido los permisos e iniciar la construcción del Proyecto. Este plan de trabajo definirá plazos de diseño, ejecución y evaluación de las actividades, considerando objetivos de corto (1 año) y mediano plazo (3 años), en que se evaluará y rediseñará anualmente dichas acciones. Metas de cumplimiento: 1. Realizar al menos dos (2) charlas o talleres formativos anuales dirigidos a estudiantes de enseñanza media técnico-profesional. 2. Desarrollar al menos una (1) capacitación técnica certificada en ERNC dirigida a estudiantes durante la fase de construcción. 3. Ejecutar una evaluación anual del programa en conjunto con los liceos participantes, y ajustar el plan según la retroalimentación obtenida Indicador que acredite su cumplimiento • Número de actividades formales realizadas anualmente, tales como talleres, charlas o visitas técnicas. • Número de capacitaciones certificadas ejecutadas, especificando el tipo de formación y número de beneficiarios. • Ejecución y resultados de la evaluación anual del programa, incluyendo mejoras implementadas con base en observaciones de docentes y directivos. Forma de control y seguimiento Los medios de verificación contenidos en los informes consolidados del CAV contendrán: • Actas, listas de asistencia, y registros fotográficos de cada actividad realizada. • Programas de capacitación, certificados de participación y reportes de ejecución de actividades prácticas y teóricas. • Informe anual conjunto con DAEM o liceos, acompañado de actas de reuniones de evaluación y plan de mejoras. Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto y comunicado el inicio de ejecución del Proyecto, se realizarán informes anuales que den cuenta de

los avances e indicadores mencionados anteriormente, los que serán reportados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.12 del ICE del Proyecto.

9.13. Compromiso ambiental voluntario Programa de vinculación laboral local. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Gestionar y apoyar la vinculación laboral de personas interesadas de la comuna de Taltal y/o región de Antofagasta con el Proyecto.

Descripción: Se realizarán coordinaciones conjuntas con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna de Taltal con el fin de contar con un catastro de personas en búsqueda activa de empleo que respondan a los perfiles requeridos por el Proyecto en sus distintas fases, con perspectiva de paridad de género. Adicionalmente, se identificarán posibles brechas que puedan presentar los interesados que dificulten su eventual contratación, junto a esto, se analizará la implementación de medidas para disminuirlas, tales como, capacitaciones, certificaciones, etc. El programa de apoyo a la vinculación laboral local también se ocupará de generar oportunamente un proceso de comunicación entre los principales actores involucrados (empresas contratistas y subcontratistas) y la OMIL, con el fin de mantener intercambio de información fluida y así buscar dar mayor eficacia al proceso de vinculación laboral.

Justificación: La alianza con instituciones públicas locales (Municipalidad, OMIL, SENCE, etc.) generará una red de apoyo que facilitaría la eficacia en materia de vinculación laboral, ya que se aprovecha la experiencia de cada una de las organizaciones involucradas y se producen sinergias en el acceso a oportunidades de cada uno de los miembros de la alianza. Por otro lado, mediante las capacitaciones y asesorías tempranas, se busca fortalecer el capital humano de las personas interesadas, con el fin de mejorar las condiciones de empleabilidad. Gestionar una interrelación real entre los interesados en trabajar y el conjunto de empresas contratistas y subcontratistas permitirá asegurar que los interesados, no sólo sean apoyados en materia de fortalecimiento de capital humano, sino que también, que tengan la oportunidad real de ser contratados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región de Antofagasta.

Forma: Se implementará un Programa de Apoyo a la Vinculación Laboral, que considera, por una parte, la definición de perfiles laborales que consideren la paridad de género (por parte del Titular), la elaboración de un catastro de la fuerza de trabajo disponible (con el apoyo de la Oficina OMIL), identificación de posibles brechas que presenten los interesados en trabajar en el Proyecto, y diseño e implementación de un plan con medidas para reducirlas, tales como: certificaciones, capacitaciones, charlas informativas, las cuales se definirán participativamente entre las partes y se ejecutarán de forma directa por algún organismo de capacitación válido y reconocido por el Estado, que será financiado directamente por el Titular y/o a través de las fuentes de financiamiento público existentes (SENCE, entre otros). Asimismo, el Titular se encargará de generar una vinculación entre las empresas contratistas y subcontratistas con la OMIL y los actores involucrados. Una de las formas que se utilizará, será mediante la entrega

de un dossier con la información del total de personas interesadas en trabajar CV’s categorizados por oficio) y que hayan participado del programa de apoyo implementado por el Titular.

Oportunidad: El programa se iniciará formalmente una vez obtenidos los permisos ambientales, sin embargo, meses previos a la obtención de la RCA favorable, se comenzará la construcción de las alianzas entre las instituciones involucradas: empresa Titular, OMIL, Juntas de Vecinos, OTEC, etc. Adicionalmente, se trabajará en la elaboración de un catastro de las personas interesadas en trabajar en el Proyecto y el análisis de posibles brechas para la contratación o vinculación, teniendo en consideración la paridad de género en las selecciones. Previo al inicio de cada fase se implementarán las capacitaciones, talleres y charlas conducentes al fortalecimiento del capital humano de los interesados y así mejorar las condiciones para la empleabilidad en el Proyecto.

Se mantendrán abiertos los canales de comunicación entre las empresas contratistas, subcontratistas, OMIL y empresa Titular. De tal forma de ir facilitando la incorporación de interesados a las distintas fases del Proyecto. Eventualmente, dependiendo de los requerimientos, se realizarán talleres, charlas y capacitaciones. Metas de cumplimiento 1. Establecer contacto presencial o vía correo con al menos 3 instituciones públicas previo al periodo de contrataciones en las fases de construcción y cierre del Proyecto, para generar una red de colaboración entre actores clave para la empleabilidad local. 2. Lograr desarrollar un diagnóstico participativo de las brechas del capital humano y la demanda formativa local. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores asociados a las metas de cumplimiento: 1- Número de instituciones públicas partícipes de instancias de convocatorias laborales gestionadas por el Proyecto. 2- Informe de diagnóstico para cada una de las brechas laborales identificadas. Forma de control y seguimiento Semestralmente se realizará un informe que dé cuenta de los avances e indicadores mencionados anteriormente. Este informe estará disponible en las oficinas administrativas del Proyecto, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.13 del ICE del Proyecto.

9.14. Compromiso ambiental voluntario Programa de apoyo a la contratación de servicios locales. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar en la generación de condiciones favorables para que servicios locales de la región de Antofagasta, en especial de la comuna Taltal, puedan vincularse comercialmente en la cadena de valor del desarrollo del Proyecto en las fases de construcción y cierre.

Descripción: Implementar mecanismo para facilitar la contratación de servicios locales, para ello se abrirá un registro de contratistas y/o prestadores de servicios que permitirá conocer la oferta disponible en la

zona, y de esta forma priorizar su contratación, basados en la idoneidad, experiencia y méritos.

Justificación: Dado que el Proyecto se emplazará en la comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, es que se considera pertinente privilegiar la contratación de servicios locales en esta región. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región de Antofagasta.

Forma: Para el registro de contratistas y/o prestadores requeridos por el Proyecto, se llevarán a cabo las siguientes acciones: 1. Previo al inicio de cada una de las fases se mantendrán abiertos los canales de comunicación entre las empresas contratistas, subcontratistas, OMIL y empresa Titular, de tal forma de ir identificando en conjunto los servicios que serán necesarios a contratar y subcontratar durante las distintas fases y cuáles de ellos se encuentran dentro de la oferta local. 2. Elaboración de un catastro de los servicios y proveedores que requerirán cubrir las empresas contratistas en cada una de las fases del Proyecto. 3. Elaboración de un catastro de los servicios y/o proveedores locales, y que respondan al perfil de las necesidades del Proyecto en sus distintas fases. 4. Coordinaciones conjuntas con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna de Taltal.

Oportunidad: Este mecanismo de difusión para la contratación de servicios locales se realizará de forma previa al inicio de la fase de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Listado de los servicios y proveedores demandado (firma de recepción). • Listado de los servicios /o proveedores locales, complementado por la OMIL (firma de recepción). • Actas de reunión con la OMIL, y de entrega de información entre ambas partes firmada. • Registro de servicios requeridos y contratación de proveedores locales, indicando su procedencia. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible los registros del indicador de cumplimiento señalado en la instalación de faena durante las fases de construcción y cierre para revisión por parte de las autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.14 del ICE del Proyecto.

9.15. Compromiso ambiental voluntario Mecanismos de comunicación, quejas y reclamos. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un procedimiento de comunicación efectiva, que permita a terceros que sientan afectación por obra o acción del Proyecto (Reclamantes) presentar sus quejas, reclamos, sugerencias o consultas al Titular, respecto de su actuación durante la etapa de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Descripción: Se implementará un procedimiento para recibir, analizar y responder a quejas, reclamos, sugerencias o consultas que presente cualquier persona al Titular, relacionados con posibles incumplimientos de normas legales, internas y de convivencia local (acoso, discriminación, etc.) que rigen el desarrollo y ejecución de las actividades relacionadas con el Proyecto. La recepción de quejas y reclamos será de forma presencial, en

las dependencias del Proyecto, y de manera online a través de un correo electrónico habilitado para aquello.

Justificación: El Proyecto dentro de su política de Responsabilidad Social Empresarial, privilegiará el desarrollo en armonía con las comunidades donde Ejecuta Proyectos, en este caso, la comuna de Taltal. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal.

Forma: Para asegurar la correcta implementación del mecanismo de quejas, reclamos y sugerencias, la herramienta se desarrollará en las siguientes etapas:

1. Recepción del reclamo.

El procedimiento se inicia con la recepción por escrito de una queja, reclamo o consulta. Los canales de comunicación habilitados para la comunidad serán: - Formulario de quejas, reclamos y sugerencias disponible en el área de Instalación de Faenas del Proyecto. - Correo electrónico dirigido al Supervisor Social del Proyecto, cuya dirección se comunicará al inicio de la construcción. - Comunicación directa con el Supervisor Social del Proyecto.

Independientemente del canal utilizado, la queja, reclamo o consulta deberá contener al menos la siguiente información: - Motivo preciso, describiendo con la mayor claridad posible los hechos que la fundamentan. - Momento en que ocurrieron los hechos, indicando fecha y hora, de ser posible. - Lugar donde se produjo el hecho, señalando comuna, localidad y predio. - Personas involucradas, en caso de poder identificarlas. - Identificación del denunciante o parte interesada, incluyendo nombre completo, RUT y datos de contacto (teléfono, domicilio, correo electrónico u otros) que permitan entregar una respuesta.

2. Gestión

Las quejas, reclamos y consultas ingresadas mediante formularios serán recogidas semanalmente en los puntos habilitados por el Supervisor Social y posteriormente derivadas a la Gerencia. - Cuando sea necesario, el Titular podrá mantener contacto con el reclamante para solicitar antecedentes adicionales que faciliten la determinación de las causas del reclamo. Si dicho contacto se realiza de forma telefónica o presencial, deberá dejarse constancia por escrito. - Los registros de quejas, reclamos y consultas recibidas y en tramitación estarán disponibles en la Instalación de Faenas o en el edificio de la Subestación —según la fase del Proyecto (Construcción y Cierre u Operación)—, para que la comunidad pueda consultarlos y dar seguimiento al estado de su reclamo. 3. Respuesta al reclamante - La Gerencia será responsable de entregar una respuesta al reclamante en un plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la queja. La respuesta podrá ser entregada mediante carta, correo electrónico o comunicación directa a través del Supervisor Social del Proyecto.

- El reclamante dispondrá de treinta (30) días para manifestar su conformidad o disconformidad con la respuesta recibida. Si no se presentan observaciones dentro de dicho plazo, y no existen nuevos antecedentes, la queja se considerará cerrada, registrándose en el Registro de Control de Quejas y Reclamos Cerrados. 4. Resolución de conflictos - Se entenderá por conflicto aquellas situaciones en que, habiéndose desplegado todo el procedimiento de gestión y antes de vencido el plazo señalado, la parte interesada manifieste su inconformidad con la respuesta entregada. - En estos casos, será responsabilidad de la Gerencia, en coordinación con el Supervisor Social del Proyecto, definir acciones y plazos para la resolución participativa del conflicto. Para ello podrán convocarse reuniones con las partes interesadas u otros mecanismos que permitan alcanzar una solución adecuada y consensuada. - En situaciones que involucren pérdidas o daños que afecten los derechos legales o consuetudinarios, los bienes, los recursos o la vida de las poblaciones locales, este procedimiento buscará garantizar una compensación pertinente, definida en un marco participativo y con plazos acordados junto a las partes involucradas.

Oportunidad: El procedimiento de quejas, reclamos y consultas se activará cada vez que se reciba una solicitud de un reclamante mediante unos de los canales formales de comunicación indicados anteriormente. Indicador que acredite su cumplimiento Registros de quejas, reclamos o consultas en tramitación, en caso de que algún reclamante quiera hacer seguimiento de su caso. Forma de control y seguimiento Se mantendrán registros de quejas, reclamos o consultas en tramitación, en caso de que algún reclamante quiera hacer seguimiento de su caso. Estos registros se encontrarán disponibles para su control y verificación por las autoridades, en la instalación de faena durante las fases de construcción y cierre, y en el edificio de la subestación durante la fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.15 del ICE del Proyecto.

9.16. Compromiso ambiental voluntario Reposición equipos y/o insumos Bomberos. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Hacerse cargo del deterioro de los equipos y de la reposición de la totalidad de los insumos utilizados por Bomberos de Chile en respuesta a emergencias del Proyecto.

Descripción: Se repondrán el 100% de los insumos, equipos u otros elementos utilizados con ocasión de dar respuesta a una situación de emergencia generada por el Proyecto en su área de influencia, incluyendo las rutas de transporte.

Justificación: Reponer equipos e insumos utilizados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se devolverán los insumos a la Compañía de Bomberos correspondiente.

Forma: Adquisición y/o reparación de todos los equipos que puedan resultar afectados, así como la reposición del 100% de los insumos utilizados.

Oportunidad: La reposición se realizará en un plazo de 30 días corridos consecutivos desde que bomberos notifique al Titular que insumos fueron utilizados en la emergencia. Indicador que acredite su cumplimiento Envío a la SMA del registro de recepción por parte de los Bomberos en el que se detallen los equipos, insumos, herramientas entregadas señalando el porcentaje respecto de todo lo utilizado en respuesta a emergencias del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible la boleta de compra de los insumos y el registro firmado por parte de la Compañía de Bomberos de la recepción del 100% de los equipos e insumos utilizados en respuesta a emergencias del Proyecto, en la instalación de faena durante las fases de construcción y cierre, y en el edificio de la subestación durante la fase de operación, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.16 del ICE del Proyecto.

9.17. Compromiso ambiental voluntario Identificación del Titular y el Proyecto en los vehículos. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Lograr que la población identifique fácilmente al Titular y al Proyecto, en caso de que se requiera realizar un reclamo o informar molestias a causa de los procesos y/o procedimientos propios asociados al tránsito y/o actuar de vehículos del Proyecto.

Descripción: Se instalará una señalética que identifique al Titular y al Proyecto en los vehículos propios que sean utilizados en las distintas fases del Proyecto y que circulen entre Paposo y la ciudad de Taltal.

Justificación: La identificación del Titular y el Proyecto en los vehículos permitirá facilitar la denuncia y seguimiento por parte de autoridades y comunidad en caso de acciones que puedan generar molestias o reclamos por parte de la población o para el medioambiente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal

Forma: Se instalará señalética clara, de tamaño adecuado y en un lugar visible en los vehículos asociados al Proyecto.

Oportunidad: Este compromiso será implementado al inicio de la fase de construcción y se mantendrá durante todas sus fases. Indicador que acredite su cumplimiento • Fotografías de la instalación de señaléticas en los vehículos. • Comprobantes de la compra de señaléticas. Forma de control y seguimiento Se contará con registro de patentes y fotografías de todos los vehículos del Proyecto, los que contarán con señalética. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.17 del ICE del Proyecto.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo de afectación por condiciones climatológicas adversas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar • Capacitación y entrenamiento del personal respecto de las características de los eventos climáticos en labores de rescate y emergencia. • Mantención de vías y caminos de acceso. • Elaboración de Plan de Evacuación y realización de simulacros. • Establecimiento de zonas de seguridad Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones de riesgos naturales • Registro de simulacros Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.1.2. Riesgo de remoción en masa Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar • Se establecerán y mantendrán procedimientos de alerta temprana, comunicaciones, asistencia y evacuación, recayendo la responsabilidad de la coordinación en los supervisores y encargados de seguridad del Proyecto. • Se identificarán los sectores mayormente susceptibles de ser afectados, estableciéndose como zonas de riesgo. • Se identificarán y demarcarán las zonas de seguridad, las cuales se mantendrán libres de obstáculos. • Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y los equipos de extinción. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. • Antes de cada invierno se evaluarán las zonas de riesgo, determinadas y se señalarán en el mapa de riesgos y se realizarán – si se considera necesario ‐ las obras para aminorar el riesgo. • Se mantendrán lugares de trabajo y vías de evacuación despejados y en orden. • Se dispondrá un sistema de respaldo de energía para los sistemas críticos o relevantes para la continuidad operacional y para la prestación de primeros auxilios. • Control y mantención periódica del sistema de drenaje del parque asegurando su buen funcionamiento ante precipitaciones excesivas. • Se realizarán capacitaciones y entrenamiento al personal: mantener debidamente instruido al personal respecto a procedimientos de emergencia. • Ejecutar simulacros periódicos de evacuación y evaluar la respuesta del personal. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro de las capacitaciones al personal en labores de emergencia y de todos los procedimientos de simulacros. Además, se mantendrá un documento con la firma de los trabajadores en la charla general de riesgos, donde se

indicará, entre otros, un plan de evacuación de emergencia. Este registro se encontrará presente en las instalaciones del Proyecto según la fase que se esté ejecutando. • El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación de los trabajadores, capacitación, simulacros, Elemento de Protección Personal (EPP), recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaran. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se informará a la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.1.3. Riesgo de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Se dispondrá de planes de evacuación del personal para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido a todos los trabajadores y personas que visiten el Proyecto. Para las fases de construcción y cierre: • Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. • Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. • Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto, conforme a lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.) y guías de almacenamiento de sustancias químicas emitidas por el Servicio de Salud. • Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en la instalación de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado al SEA de la Región. • Se mantendrán las áreas de trabajo y almacenamiento ordenadas y libres de basura. • Se llevará a cabo un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte en faenas. • El experto de seguridad en la faena definirá un área, alrededor del sector de almacenamiento de sustancias combustibles donde este expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas. • En los frentes de trabajo móviles queda prohibido el uso de fuego, lo que se indicará a través de capacitaciones y señalética en obra.

Para la fase de operación: • Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. • En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA. • Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. • Se mantendrán los caminos de acceso y perímetro del Proyecto limpios, sin restos de basura. • Se mantendrán las áreas de trabajo y almacenamiento ordenadas y libres de basura. • Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. Forma de control y seguimiento • Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la Brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. • Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. • Se mantendrá un registro de las inspecciones internas que realice el prevencionista de riesgos de la empresa. • El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación de capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaran. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.3 del ICE del Proyecto.

10.1.4. Riesgo de derrame de combustible y aceites. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Durante las distintas fases del Proyecto, el funcionamiento de vehículos, equipos motorizados y maquinaria implica la existencia de riesgos de derrames de combustibles y aceites en terrenos naturales. Con el objetivo de minimizar la probabilidad de ocurrencia de este tipo de eventos, se adoptará una serie de medidas que formarán parte de los procedimientos de operación de los contratistas que trabajen en el área del Proyecto. Estas medidas son las siguientes: • Existirá un sistema de contención de derrames en todos los lugares y forma que se maneje combustible. • El personal involucrado estará capacitado en el manejo de estas sustancias en temas claves sobre su manejo e implementación segura. • En caso de ocurrencia de derrames accidentales, un procedimiento establecerá las acciones que deberán adoptarse

para evaluar, controlar y reparar el posible daño a los recursos naturales. De igual forma, este procedimiento establecerá las responsabilidades y los mecanismos de comunicación que deberán operar ante la ocurrencia de una emergencia de esta naturaleza. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá́ un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia peligrosa y se informará del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruirá́ acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias. • Mantenimiento del inventario y control sobre el uso de los residuos peligrosos. • Se dispondrá en el recinto de las hojas de datos de seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. • El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimaran. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.1.5. Riesgo asociado al manejo residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Para minimizar los riesgos asociados al manejo de residuos no peligrosos, se implementarán una serie de medidas preventivas, las cuales se presentan a continuación:

Riesgo sanitario por manejo de residuos: • Revisar en cada retiro de residuos que los contenedores se encuentren en buen estado, sin daños y cierren apropiadamente, en caso contrario se dará aviso para su reemplazo. • Se capacitará al personal que realizará la recolección de los residuos en las distintas áreas de generación, para su posterior acopio en la bodega de almacenamiento temporal.

En caso de falla en el retiro de residuos: Ante una eventual falla en el retiro por parte de la empresa contratada, se dispondrá el contacto de empresas alternativas autorizadas para que efectúen el servicio de retiro en forma oportuna. • Previo a la fase de construcción del Proyecto cada contratista deberá mostrar y mantener en obra un plan de contingencias en caso de derrames e incendios, el que deberá ser aprobado por el Titular. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad

a adoptar para evitar riesgo con residuos domésticos e industriales. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. • El responsable de Seguridad y Salud se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan de Prevención de Contingencias en la obra mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias por contingencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación de los trabajadores, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.1.6. Riesgo afectación de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Son aquellas actividades que permitirán evitar producir un daño a la fauna nativa. Se han identificado las siguientes acciones o medidas para las especies observadas en el área de emplazamiento del Proyecto: • Charla de inducción: Dirigida al personal al iniciar todas las fases del Proyecto, así como también en el caso de nuevo ingreso de personal. El objetivo es dar a conocer cuáles son las especies que habitan en el área de emplazamiento del Proyecto, los efectos o daños que se pueden producir por las contingencias a partir de las actividades contempladas por el Proyecto y cuáles son las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Dentro de los temas a abordar se cuentan: conocer la diversidad de fauna terrestre que habita en el área del Proyecto, las categorías de conservación de la fauna, amenazas. Además, se hará hincapié en que no se puede alimentar a la fauna local ni mantener animales domésticos en el área del Proyecto, la prohibición de cazar o de colectar y de introducir fauna doméstica. Estas capacitaciones serán realizadas por profesionales especializados en reconocimiento y rescate de fauna silvestre. Para lo anterior, se generarán medios de verificación de éstas (listas de asistencia, presentación realizada y fotografías de la capacitación). Además, se instalarán cartillas o fichas a la vista del personal con la identificación de las especies susceptibles de ser afectadas y cómo operar en caso de accidente. • Detención-disminución de la velocidad: Se restringirá la velocidad en los caminos del Proyecto a 40 km/h, con el fin de evitar el atropellamiento. Esto incluirá una capacitación al personal para dar énfasis en el cumplimiento del límite establecido. Para esta medida se ejecutarán supervisiones mensuales en sectores estratégicos del Proyecto. • Disposición de residuos: Los residuos orgánicos se dispondrán en contenedores con tapa hermética para evitar la atracción de fauna silvestre. • Ahuyentamiento: Acción para provocar la huida del animal desde una zona que expone al o los individuos al daño. Los puntos donde se realice el ahuyentamiento de individuos deberán ser georreferenciados y fotografiados; de ser posible, realizar una descripción lo más completa posible, indicando condición general del ejemplar, sexo, presencia de crías,

número de ejemplares, etc. La fotografía se debe tomar siempre a una distancia segura. Informar al Servicio Agrícola y Ganadero del hallazgo, de modo de evaluar la factibilidad y necesidad de relocalizar al o los ejemplares avistados, o bien trasladar a un ejemplar que presente algún daño. En caso de animales peligrosos como pumas o guanacos, se debe esperar que el individuo se retire por sí mismo, mientras se da aviso para solicitar colaboración desde el interior del vehículo. • Cercado: Se instalarán y mantendrán estructuras y cercos que eviten el ingreso de fauna a sectores de riesgo (e.g. zonas con peligro de alta tensión, áreas de acopio de residuos peligrosos, etc.). • Aviso: Contacto entre las personas que se enfrentan a la contingencia con las personas, departamentos o instituciones internas en la empresa para evitar el daño, a través del canal de comunicación utilizado en las funciones de obras al encargado de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. • Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación, o información relacionada a la fauna potencial. • Bitácora de los controles de velocidad de la supervisión en terreno. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.1.7. Riesgo de colisiones de Avifauna con aerogeneradores o LAT. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar • La iluminación será dirigida exclusivamente a áreas de trabajo necesarias, minimizando el impacto en las zonas sensibles, como las rutas de vuelo de las aves. Además, se instalarán luces intermitentes o de baja intensidad en las áreas de mayor riesgo, para reducir la atracción de las aves hacia las estructuras del Proyecto. • Apagado o regulación de la luz en horas críticas: Durante los períodos migratorios y de reproducción de las especies más vulnerables, como las golondrinas de mar y la gaviota garuma, se ajustarán los horarios de funcionamiento de las luces. Se implementarán sistemas de temporizadores para asegurar que las luces se apaguen o se reduzca su intensidad en momentos clave del día y de la noche, cuando las aves son más propensas a volar. • Para evitar el riesgo de colisión y electrocución en la LAT se instalarán dispositivos desviadores de vuelo o salva pájaros, en los cables de guardia de la LAT. Estos dispositivos disuasivos serán del tipo Disuasor giratorio reflectante e incluirán cintas reflectantes u otro similar. • Para reducir la atracción y desorientación de las aves causada por las luces de navegación, se instalarán luces tipo A o tipo B, según lo permitido por la DGAC, con destellos simultáneos y mediana intensidad, exclusivamente en las góndolas de las turbinas ubicadas en los extremos del parque, y estas estarán sincronizadas para minimizar su impacto visual, conforme a las recomendaciones de la guía “Medidas de mitigación de impactos en aves silvestres y murciélagos”. Se implementará una baliza dual de mediana intensidad tipo A (blanca, de intensidad media y con destellos simultáneos) en el extremo superior de cada aerogenerador. Adicionalmente, en

el mástil, a 1 metro por debajo del diámetro proyectado de rotación de las aspas, se instalarán tres luces de baja intensidad tipo B (rojas, de intensidad media y con destellos simultáneos), distribuidas perimetralmente de manera equidistante. Estas luces operarán durante el horario nocturno y a lo largo de toda la vida útil del Proyecto. La iluminación contemplada seguirá las recomendaciones de la “Guía para una iluminación ecológicamente responsable”1 (BirdLife Malta, 2020), y su aplicación estará supeditada a la normativa vigente y a la aprobación por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Esta configuración evitará el uso de luces de baja intensidad continua, reduciendo así el potencial efecto de atracción o desorientación para las aves, conforme a lo señalado en la guía “Medidas de mitigación de impactos en aves silvestres y murciélagos”2 (González Rivera, 2014). • Se implementarán marcas visuales en los aerogeneradores; Las aspas de los aerogeneradores del Proyecto serán pintadas de color rojo en los últimos 6 metros del extremo opuesto al eje de rotación. Este patrón de pintura ha demostrado aumentar la visibilidad de las aspas para la avifauna, contribuyendo así a la prevención de colisiones. Adicionalmente, se evitará el uso de colores claros, como blanco o gris claro, ya que pueden generar efectos de borrosidad y dificultar la percepción de movimiento por parte de las aves, conforme a lo señalado en la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos (Ministerio del Medio Ambiente, 2014). • Se contempla que el personal operativo involucrado en el monitoreo y mantenimiento de los aerogeneradores y la LAT será capacitado en técnicas específicas para identificar carcasas producto de colisión y actuar oportunamente si se encuentran aves siniestradas. Esta capacitación incluirá protocolos detallados para el manejo de aves accidentadas y procedimientos adecuados para asegurar que el monitoreo se realice de manera efectiva y sistemática. • También contempla una evaluación de eficacia de estas medidas a partir del análisis de los datos de mortalidad de aves (frecuencia) recopilados en el monitoreo, en que se identificará la ubicación (origen de las aves y estructuras involucradas (LAT o aerogeneradores), las especies involucradas y los daños observados. A partir de esto se evaluarán nuevas medidas anticolisión acordes a las mejores tecnologías disponibles del momento. Forma de control y seguimiento Registro de la aplicación de la medida con informes de instalación y fotografías. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.1.8. Riesgo de derrames de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de aguas servidas Acciones o medidas a implementar Para el control de contingencias asociadas directamente con la operación de la PTAS, así como para control y manejo de olores y vectores que puedan surgir, se implementarán las siguientes medidas: • Se implementará un programa de mantenimiento de la PTAS, el cual contará con inspecciones periódicas con el objeto de verificar que no existan problemas operativos de la PTAS,

como fugas. Se mantendrá un registro de proveedores para el mantenimiento de la planta de tratamiento de aguas servidas, a objeto de contar con servicio de respaldo en caso de requerir dichos servicios. • El retiro de aguas servidas será realizado por una empresa autorizada, la cual contará con autorización sanitaria. • Se establecerá como especificación técnica, que las partes eléctricas y piezas mecánicas de la PTAS podrán ser intercambiables. • Todos los equipos mecánicos de bloqueo o cierre de la PTAS, deberán tener la opción de accionamiento manual, en caso de fallas o cortes de energía eléctrica. • Ante una falla detectada durante el funcionamiento de la PTAS, la empresa contratista a cargo de la operación de la PTAS procederá a dar aviso inmediato al Titular mediante canales de comunicación establecidos para tal fin, y éste tomará las acciones tendientes a minimizar el tiempo en que el sistema se encuentre con fallas y vuelva a operar en las condiciones establecidas. • Para el control de vectores, se instalará un cerco sanitario de estaciones cebaderas de tubos de PVC con cebos rodenticidas en torno a la PTAS y aplicará un programa de desinsectación mensual, todo en conformidad al D.S. 157/2007 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico. El plan de contingencias descrito será implementado en todas las fases del Proyecto. En forma complementaria, se describe a continuación el protocolo de referencia que será implementado en caso de ocurrir eventos de riesgo en la PTAS durante cualquier fase del Proyecto: • Una vez detectada la falla en la PTAS, el encargado de seguridad y ambiente dará el aviso de la falla o contingencia a su superior inmediato y se comunicará con la empresa encargada de hacer la limpieza del estanque, para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. • Entre las tareas y acciones específicas que deberán ejecutarse para este tipo de contingencia se incluyen: - Suspender del uso de los servicios higiénicos. - Verificar el funcionamiento de todos los elementos del sistema; la cobertura del estanque y finalmente dosificación con productos enzimáticos. - Inspeccionar las cámaras y estanques de bombeo. • Si se produce una fuga de aguas no tratadas, se utilizará una retroexcavadora para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente del estanque siniestrado y se tomará contacto con el fabricante para solicitar un estanque de recambio. • Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas, se contratará una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia. • Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición de lodos autorizados. • El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud de lo ocurrido. Forma de control y seguimiento • Verificación del estado del sistema sanitario • Registro de mantenciones y/o inspecciones

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.8 del ICE del Proyecto.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS

11.2.1. En caso de afectación por condiciones climatológicas adversas. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar Ante condiciones extremas de lluvia o viento se adoptarán las siguientes medidas: • Indicar a los trabajadores que se encuentren a la intemperie que se dirijan a lugares cubiertos hasta que cambien las condiciones climáticas adversas. • Prohibir el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante un evento climático ordenando además que el personal se mantenga alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. • Detención de faenas en caso de ser necesario. • No se circulará ni harán trabajos durante eventos hidrológicos extremos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de la Brigada de Emergencia generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia frente a eventos climáticos extremos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.1 del ICE del Proyecto.

11.2.2. En caso de remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar • Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias. • De ser necesario se realizará la llamada de alerta de evacuación. • El Jefe de Emergencias será encargado de coordinar y efectuar la adecuada evacuación de los trabajadores, velando por la seguridad de cada uno de ellos. • El personal deberá permanecer en las zonas de seguridad y esperar instrucciones del coordinador de emergencia. • Una vez reunidos en las zonas de seguridad, se procederá́ a hacer el recuento de las personas por parte del coordinador de emergencia, verificando que no existan personas lesionadas o heridas. • El personal no evacuado deberá trasladarse a las zonas de seguridad con calma, para evitar posibles lesiones a si mismo u otra persona. • Se restringirá la circulación de vehículos por caminos con el fin de evitar riesgo de accidentes por las condiciones resbaladizas de la superficie. • Se suspenderá de manera temporal los trabajos en terreno del personal y realizar evacuación (en caso de ser necesaria) de los trabajadores. • Se verificará el estado del personal, terreno y/o fauna afectada. En caso de haber lesionados, se procederá a su rescate.

• En caso de detectarse fuga de elementos que pudiesen generar contaminación, se procederá a su contención, utilizando elementos absorbentes y herramientas para su remoción. Todo el material contaminado será tratado como residuo peligroso. • Se coordinarán trabajos de estabilización para detener posibles deslizamientos. • Se inspeccionarán las instalaciones del Proyecto con el fin de verificar su estado, para así descartar la existencia de daños y no impliquen un riesgo para el personal y/o fauna. • Se evaluará los posibles daños en la estructura física de los elementos del Proyecto, estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. • Se realizarán trabajos de retiro de material depositado y limpieza, teniendo especial cuidado de no afectar otras zonas. • En caso de desprendimiento, se procederá a evacuar la zona donde se registró el desprendimiento. • En caso de deslizamiento que haya provocado algún daño al medio ambiente, se llevarán a cabo las acciones necesarias para controlar el deslizamiento, como instalar gaviones, empalizadas, entre otras medidas. • Si el deslizamiento provoca un corte de camino, que impida a los vecinos y trabajadores el adecuado desplazamiento, se procederá a despejar la zona con la ayuda de retroexcavadoras, en cuanto se presenten las condiciones seguras para realizar esta actividad. • Se verificará el estado del terreno y se coordinará, en caso de ser necesario, trabajos de estabilización para detener posibles deslizamientos de sedimentos por corrientes de agua. • Se realizará una investigación por parte del responsable del seguimiento de las acciones implementadas, y se tomará muestras de suelo durante y posterior al incidente con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar. Además, se considerará la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis serán realizados en laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Normalización (INN). • Concluido el evento y una vez que se establezcan condiciones seguras se procederá a realizar lo siguiente: Reportar los heridos, en caso de que los hubiere y no ingresar a zonas afectadas. • Una vez que se haya comprobado la ausencia de riesgos para el personal, se podrá reanudar las actividades. • Será obligatorio el uso de los equipos de protección personal para cualquier procedimiento de emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El jefe de la Brigada de Emergencia generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia frente a eventos de remoción en masa. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.2 del ICE del Proyecto.

11.2.3. En caso de incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar Para las Fases de construcción, operación y cierre: • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios.

• Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA a través de su página web. Así mismo se entregará un informe dentro de las 24 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post-emergencia, el Titular entregará un documento a la SMA de la Región, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la empresa (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.3 del ICE del Proyecto.

11.2.4. En caso de derrame de combustible y aceites. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar En caso de detectarse un derrame o fuga de combustibles o aceites, se deberá dar aviso de inmediato al encargado de prevención de riesgos o la persona responsable. Posteriormente se evacuará al personal del área afectada, con el fin de no exponerlos innecesariamente. Acorde a lo anterior, las medias que se llevarán a cabo ante una contingencia de este tipo son las siguientes: • Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. • Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas. • Se deberá cavar una zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 cm del borde del derrame de manera de formar un pequeño pretil de contención. Esto se realiza hasta rodear completamente el derrame. • Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos. • Una vez controlado su flujo, se debe recoger la superficie que ha sido contaminada y disponerla en bolsas herméticas y

dispuestos en tambores especialmente habilitados para acumular el suelo con productos de derrame. • Una vez que se ha contenido el derrame, dependiendo de su magnitud se deberá recolectar el aceite o sustancia derramada. En el caso de derrames menores recolectar con una pala. • Los contenedores con material impregnado con petróleo deben ser etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega de acopio de residuos peligrosos para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos. • Registrar el accidente en el formulario previamente definido. Posteriormente se realizará un informe preliminar y un informe final que será entregado a las autoridades ambientales en un periodo de 24 horas y entre 10 a 15 días después del incidente, correspondientemente. En el informe preliminar se deberá indicar al menos los antecedentes de la emergencia (fecha, hora, causa, tipo de accidente, duración del evento, etc.), identificación del área afectada y la caracterización y cuantificación de los recursos naturales afectados, identificación y explicación de las medidas adoptadas. En el informe final se presentará la información más detallada e indicar las acciones de manejo de los residuos posterior a su limpieza, así como también las acciones de recuperación de los componentes ambientales afectados. Es preciso indicar que una vez realizada la limpieza se procederá a tomar muestras para verificar la efectividad de la medida aplicada. Estás se realizarán en laboratorios acreditados por el INN. Para el caso que afecte al componente suelo se tomarán muestras en la zona afectada en una estación control y se utilizará la ficha de inspección incluida en el Resolución N° 0406/2013 del MMA. Estas muestras se regirán por los valores al nivel de background del lugar, disponibles en el informe final del Estudio FNDR “Diagnóstico de riesgo ambiental, Región de Antofagasta; Componente b) Estudio de Riesgo Ambiental en suelos abandonados”. En el caso de afectar al componente agua se deberá realizar el monitoreo aguas arriba y en el sector del derrame en el cuerpo de agua afectado. Avisar a las autoridades competentes según corresponda. En caso de afectación a la flora existente (particularmente respecto de la especie Cistanthe salsoloides), el informe que se enviará a la autoridad incluirá una copia a CONAF de la Región de Antofagasta. Por otro lado, en caso de afectación sobre los recursos hídricos, y/o cauces intermitentes, se dará un aviso oportuno (dentro de 24 horas) a la Dirección General de Aguas de la región de Antofagasta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará una informe post-emergencia, el que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), y Dirección General de Aguas (DGA), considerando la siguiente información: • Antecedentes del incidente: lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionado con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, etc. • Antecedentes de los componentes afectados por el incidente: es decir, recursos naturales (suelo, aire, otros). • Antecedentes de los procedimientos o acciones ejecutadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.4 del ICE del Proyecto.

11.2.5. En casos asociados al manejo de residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones por implementar Principales situaciones de emergencia en manejo de residuos.

1. Incendios en áreas de almacenamiento de residuos no peligrosos - Activación del plan de comunicaciones y alarmas. - Despliegue de unidades de contingencia. - Restricción de acceso a personal no autorizado. - Evacuación ordenada a zonas de seguridad. - Control inicial con extintores/red húmeda; aviso a Bomberos si no es suficiente. - Reactivación de actividades solo una vez controlado el siniestro. - Investigación posterior para corregir causas.

2. Derrames de residuos no peligrosos. - Retiro de residuos superficiales con maquinaria o manualmente. - Evaluación de magnitud y contaminación. - Recolección y disposición en bolsas herméticas/tambores. - Registro del incidente y ajuste de procedimientos de almacenamiento.

3. Olores molestos - Cierre de contenedores abiertos. - Aviso a empresa autorizada para retiro/limpieza. - Ajuste de procedimientos de retiro y almacenamiento.

Emergencias en residuos peligrosos

1. Riesgos principales - Derrames accidentales. - Incendios en bodegas de almacenamiento temporal. - Explosiones por reacciones químicas. - El riesgo más relevante son los derrames.

2. Personal responsable - Operadores vinculados directamente al manejo, embalaje, transporte y almacenamiento de residuos (BAT). - Son los primeros en responder a emergencias.

Medidas específicas

1. Derrames de residuos peligrosos.

- Notificar al encargado y restringir acceso. - Confinar el derrame con arena o material absorbente. - Recolectar, etiquetar y almacenar los residuos en BAT. - Lavar los EPP utilizados. - Realizar sumario para cuantificar producto derramado, horas perdidas y responsabilidades. - Registrar y reportar a autoridades mediante informes preliminar y final.

2. Incendios con residuos peligrosos.

- Activación inmediata de alarma y aviso a jefatura/coordinador de emergencias. - Aplicar protocolo contra incendios y uso de extintores si es controlable. - Reunión del personal en zona segura, con recuento. - Aviso a Bomberos y Carabineros si la situación se agrava. - Atención inmediata de heridos en centro asistencial. Reanudación de actividades solo tras control del siniestro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 72 horas posteriores a la emergencia generada. Una vez concluidas las acciones post-emergencia, el Titular entregará un documento a la SMA de la Región, indicando al menos lo siguiente: • Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionado con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). • Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.5 del ICE del Proyecto.

11.2.6. En caso de afectación de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar Procedimiento ante lesiones: a) Evaluación primaria: Primer diagnóstico realizado a uno o más individuos para evaluar el daño y determinar si requerirá de salvataje. El trabajador realizará una inspección de la especie afectada, para comprobar si se encuentra incapacitada para moverse por sus propios medios, considerando el siguiente cuestionamiento: a) en el caso que el animal pueda moverse sin problemas, no sería necesario aplicar el Plan; b) Si el animal no puede movilizarse, deberá dar aviso inmediato a la Brigada de Emergencia destinada para estos fines, posteriormente al Encargado de Medio Ambiente. A continuación, se deberá iniciar el proceso de salvataje del animal para evitar el daño producto de alguna contingencia.

b) Salvataje: Acción que incluye las actividades de captura del o los individuos y su traslado a algún centro de rehabilitación propio o alguno seleccionado en coordinación con el organismo fiscalizador. En caso de requerir el rescate de fauna silvestre, se tomará contacto de inmediato con un Centro de Rescate y de Rehabilitación, inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS), para que realice la atención. Los costos y la responsabilidad de implementar este Plan serán de responsabilidad del Titular. En caso de enviar fauna afectada a un centro de rescate y/o rehabilitación, el Titular se hará cargo de todos los gastos que implica el rescate, recuperación y

liberación de la especie, manteniendo los registros correspondientes para futuras fiscalizaciones. Posteriormente a la atención y cuando el ejemplar se encuentre recuperado, se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), quién a través del médico veterinario oficial verificará la reintroducción al medio silvestre o la destinación a un centro inscrito en el RNTFS del SAG. Ante cualquier contingencia o emergencia con fauna silvestre según lo indicado en el artículo tercero de la Resolución Exenta N°885/2016 de la mencionada Superintendencia se reportarán los informes correspondientes a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a las 24 horas desde ocurrido el evento, y se enviará el reporte correspondiente en el que será incluido al menos lo siguiente: número de individuos involucrados, nombre de especies, referencia de ubicación (en lo posible georreferenciada) y descripción de las acciones realizadas.

c) Reintroducción: Consiste en la liberación del o los individuos afectados a la naturaleza en lugares donde habían vivido anteriormente o en algún centro inscrito en el RNTFS del SAG.

Procedimiento ante fallecimiento a) Destino final: Lugar donde se dispondrá al o los individuos fallecidos que no pudieron ser salvados. Se deberá dar aviso inmediatamente al SAG Región de Antofagasta, para entregar todos los antecedentes necesarios. Ante la activación de este plan, desde el punto de vista operativo se ejecutarán las siguientes actividades: • Paralización del frente de trabajo involucrado. • Reanudación de actividades, una vez que se haya descartado la afectación de individuos por parte del especialista. • De ser necesario, la construcción modificará la planificación de obras en el sitio, a fin de evitar nuevos incidentes. Las obras continuarán solamente cuando se pueda garantizar que no habrá otros individuos afectados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del Proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de un mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.6 del ICE del Proyecto.

11.2.7. En caso de colisiones de Avifauna con aerogeneradores LAT. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Todos los frentes de trabajo, obras y acciones del Proyecto. Acciones a implementar Procedimiento ante lesiones. a) Evaluación primaria: Primer diagnóstico realizado a uno o más individuos para evaluar el daño y determinar si requerirá de salvataje. El trabajador realizará una inspección de la especie afectada, para comprobar si se encuentra incapacitada para moverse por sus propios medios, considerando el siguiente cuestionamiento: a) en el caso que el animal pueda moverse sin problemas, no sería necesario aplicar el Plan; b) Si el animal no puede movilizarse, deberá dar aviso inmediato a la Brigada de Emergencia destinada para estos fines, posteriormente al Encargado de Medio Ambiente. A continuación, se deberá iniciar el proceso de salvataje del animal para evitar el daño producto de alguna contingencia.

b) Salvataje: Acción que incluye las actividades de captura del o los individuos y su traslado a algún centro de rehabilitación propio o alguno seleccionado en coordinación con el organismo fiscalizador. En caso de requerir el rescate de fauna silvestre, se tomará contacto de inmediato con un Centro de Rescate y de Rehabilitación, inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS), para que realice la atención. Los costos y la responsabilidad de implementar este Plan serán de responsabilidad del Titular. En caso de enviar fauna afectada a un centro de rescate y/o rehabilitación, el Titular se hará cargo de todos los gastos que implica el rescate, recuperación y liberación de la especie, manteniendo los registros correspondientes para futuras fiscalizaciones. Posteriormente a la atención y cuando el ejemplar se encuentre recuperado, se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), quién a través del médico veterinario oficial verificará la reintroducción al medio silvestre o la destinación a un centro inscrito en el RNTFS del SAG. Ante cualquier contingencia o emergencia con fauna silvestre según lo indicado en el artículo tercero de la Resolución Exenta N°885/2016 de la mencionada Superintendencia se reportarán los informes correspondientes a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a las 24 horas desde ocurrido el evento, y se enviará el reporte correspondiente en el que será incluido al menos lo siguiente: número de individuos involucrados, nombre de especies, referencia de ubicación (en lo posible georreferenciada) y descripción de las acciones realizadas. c) Reintroducción: Consiste en la liberación del o los individuos afectados a la naturaleza en lugares donde habían vivido anteriormente o en algún centro inscrito en el RNTFS del SAG.

Procedimiento ante fallecimiento. a) Destino final: Lugar donde se dispondrá al o los individuos fallecidos que no pudieron ser salvados. Se deberá dar aviso inmediatamente al SAG Región de Antofagasta, para entregar todos los antecedentes necesarios. Ante la activación de este plan, desde el punto de vista operativo se ejecutarán las siguientes actividades: • Paralización del frente de trabajo involucrado. • Reanudación de actividades, una vez que se haya descartado la afectación de individuos por parte del especialista. • De ser necesario, la construcción modificará la planificación de obras en el sitio, a fin de evitar nuevos incidentes. • Las obras continuarán solamente cuando se pueda garantizar que no habrá otros individuos afectados. • Finalmente, el plan para aves accidentadas contempla la rápida remoción y registro de cualquier ejemplar colisionado encontrado, evitando la acumulación de carcasas que podrían atraer aves carroñeras y aumentar la probabilidad de colisión. Este protocolo también permite utilizar los hallazgos para mejorar la comprensión de las causas y factores de colisión, orientando posibles ajustes futuros en las medidas de mitigación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez controlada la emergencia se elaborará un informe que dé cuenta de la activación y ejecución del Plan y del estado de las partes u obras del Proyecto, el cual será remitido a la SMA en un plazo de un mes luego de la finalización de la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.7 del ICE del Proyecto.

11.2.8. En caso de derrames de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Sistema de tratamiento de aguas servidas. Acciones a implementar Se implementarán las siguientes medidas específicas en caso de ocurrencia de alguna emergencia asociada al funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas, lo que permitirá, entre otras cosas, controlar proliferación de vectores y emanación de olores: • Se establecerá un sistema de comunicación, al objeto de que sean informados oportunamente los eventuales incidentes con consecuencias ambientales ocasionados por el funcionamiento de la PTAS. • Ante cualquier desviación en el funcionamiento normal de la PTAS, el operador deberá dar aviso al supervisor directo para que éste determine la gravedad del evento. • Se definirá un protocolo que indique los pasos a seguir frente a estas emergencias, cuyo objetivo será en primer lugar detener la fuente de propagación de residuos líquidos y en segundo lugar confinar o contener en un área restringida los efluentes. Para ello se dispondrán acciones y responsables específicos de las tareas a ejecutar, las que se darán a conocer a todos los trabajadores del Proyecto. • Todo incidente en la PTAS deberá quedar registrado en un informe de incidentes. • Si se identifica cualquier emanación de olores que pueda ser percibida por receptores externos y/o una proliferación de vectores en el sitio, se determinará la gravedad del evento y se aplicarán todas las medidas de control necesarias, entre las que se encuentran la desinfección, desratización, ajuste de parámetros operacionales, retiro de lodos, etc. • En caso de afectación sobre los recursos hídricos, y/o cauces intermitentes, se dará un aviso oportuno (dentro de 24 horas) a la Dirección General de Aguas de la región de Antofagasta. El plan de emergencias descrito será implementado en la fase de construcción y cierre del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se elaborará un informe de contingencia, el que será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), y Dirección General de Aguas (DGA) en un plazo de 24 horas, notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA y DGA en un plazo de 15 días hábiles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.2.8 del ICE del Proyecto.

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala. La DIA del Proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 02 de enero de 2025 y en el diario Extracto Legal con igual fecha. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Definición 98.3 FM, entre

los días 03 de enero de 2025 y 07 de enero de 2025, según consta en el certificado s/n de fecha 09 de enero de 2025 emitido por la Empresa Pérez Cruz Comunicaciones. Se recibieron un total de 3 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana que cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, las cuales fueron emitidas por 3 personas jurídicas. Con fecha 07/03/2025 se dictó la Resolución Exenta N° 20250200147 por parte del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, mediante la cual se ordenó la realización de un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días. El proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día 24/03/2025 y finalizó al cabo de 20 días hábiles el 21/04/2025.

12.1 Actividades de participación ciudadana

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:

Tabla 0 Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Taller de apresto y diálogo en Taltal Centro cultural Taltal 01/04/2025

12.2. Observaciones ciudadanas Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

12.2.1. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones presentadas en este proceso cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SEIA.

12.2.2. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas.

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA se encuentran disponibles en el Anexo de este documento.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  5. Que, para que el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental II Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  9. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta”, de Parque Eólico Antofagasta SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Modificación de la Etapa II del Parque Eólico Antofagasta” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Karen Elizabeth Behrens Navarrete Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Tomás Ballesteros Cohen Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

GGP/JCG/FGR

Distribución:

Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Fecha: 2025.10.07 16:25:38 -03'00'

Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 07-10-2025 15:03:43:518 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC