Evaluación SEA

Proyecto de Emergencia Habitacional DS49, San Gerónimo Sur B1, San Javier

Rol 2163552627
SEA · DIA · Aprobado · 2025-09-23 · Región del Maule · FAI SUR SpA

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 1 de 76 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule

RCA N 202507101247

Califica Ambientalmente el PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER

Talca 10 de septiembre del 2025

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER, presentado por FAI Sur SpA con fecha 28 de octubre del 2024, su Adenda de fecha 17 de abril del 2025 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de julio de 2025.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.- del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER.

3°. El Acta de Evaluación Nº 14 de fecha 18 de julio del 2025 del Comité Técnico de la Región del Maule

4°. El ICE de la DIA del PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER de fecha 08 de agosto de 2025.

5°. El acuerdo alcanzado en la sesión Ordinaria N°9 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 25 de agosto del 2025.

6°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.

7°. La Resolución Exenta N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional” y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER.

9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA) y sus modificaciones; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 2 de 76 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la Región del Maule; en la Resolución Exenta RA N°119046/252/2024, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 11 de octubre de 2024, que nombra en calidad de titular a don Roberto Felipe Olave Astudillo como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 3 de 76 CONSIDERANDO:

1°. Que, FAI Sur SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social FAI Sur SpA Rut del titular 76.891.224-6 Domicilio del titular Av. Apoquindo 6550, Las Condes, Región Metropolitana Nombre del representante legal Nicolás Donoso López Rut del del representante legal 14.399.752-9 Domicilio del representante legal Av. Apoquindo 6550, Las Condes, Región Metropolitana Número telefónico 2712420268 – +56 9 68488904 Correo electrónico patricio.ponce@flesan.cl

2°. Que, en sesión de fecha 25 de agosto del 2025 la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER, no aprobando completamente el contenido del ICE de fecha 08 de agosto de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Al respecto, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule consideró que de cumplirse las condiciones establecidas en el punto 10°. - de esta resolución por parte del titular, el proyecto está en condiciones de ser viable.

3°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

Tabla 3.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general Construcción y operación de un loteo habitacional de 320 viviendas distribuidas en 8 torres de 5 pisos, además de 2 sedes sociales, cesión de vialidad, áreas verdes, zonas de equipamiento deportivo, áreas de juegos infantiles y mobiliario urbano. Descripción general del proyecto El proyecto se ubicará en calle San Gerónimo a la altura del número 1923, en el predio denominado Lote B1 del ROL N°219-42, en la comuna de San Javier de Loncomilla, provincia de Linares, Región del Maule.

Considera una Fase de Construcción de forma simultánea en una superficie total de 32.028,08 m² (aproximadamente 3,2 hectáreas).

El Proyecto estará compuesto por dos condominios denominados Doña Javiera y Don Emiliano, cada uno con 160 departamentos distribuidos en 4 torres de 5 pisos, sumando un total de 320 vivienda El área de emplazamiento del Proyecto corresponde a la Zona Urbana 4 (ZU4), una zona de usos mixtos que permite el uso de suelo residencial, conforme a lo establecido en el Plan Regulador Comunal de San Javier, y detallado en el Certificado de Informaciones Previas N°1942, fechado el 6 de diciembre de 2023, emitido por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de San Javier que se encuentra en el Anexo 2 de la DIA.

El proyecto contempla la habilitación de 341 estacionamientos para automóviles, de los cuales 10 serán accesibles para personas con discapacidad, conforme a lo exigido en el Art. 2.4.2. de la O.G.U.C. También se habilitarán 204 estacionamientos para ciclos. Además de los condominios, se considera la construcción de 2 sedes sociales, la cesión de vialidad y la dotación de áreas verdes, que incluirán zonas de equipamiento deportivo, como una multicancha y máquinas de ejercicio, así como áreas de juegos infantiles y mobiliario urbano.

El proyecto también incluye la apertura de la calle San Gerónimo, desde la calle Periodista Gustavo Prado Santos hasta el Estero Chanquicó, en una superficie de 1.624,5 m² destinada a utilidad pública.

El proyecto se desarrollará en una superficie total de 3,2 hectáreas Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 4 de 76 Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El Proyecto debe someterse al SEIA, según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley N° 19.300, modificada por la Ley N° 20.417; y del artículo 3° del Reglamento del SEIA:

Tipología Principal:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

Tipología Secundaria:

s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie. Vida útil La vida útil del proyecto es indefinida Monto de inversión US$ 22.894.233.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del proyecto o actividad, dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente corresponde escarpe del área de emplazamiento del Proyecto. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas

[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El Proyecto no modifica un proyecto o actividad existente

[X] Proyecto modifica otra RCA Si No El Proyecto no modifica otra RCA

[X]

Tabla 3.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político - administrativa Región del Maule, Provincia de Linares, Comuna de San Javier, el sitio de emplazamiento limita al norte con la calle Periodista Gustavo Prado Santos, al oriente con la prolongación proyectada de la calle San Gerónimo y al sur poniente con el Estero Chanquico Justificación de la localización La localización del presente proyecto se justifica debido al creciente demanda habitacional según lo establece la Estrategia Regional de Desarrollo Maule 2042.

El área de emplazamiento de Proyecto corresponde a la Zona Urbana 4 (ZU4) (zona de usos mixtos que permite el uso de suelo residencial acorde con lo que indica el Plan Regulador Comunal de San Javier y que se detalla en el Certificado de Informaciones Previas N°1942 con fecha 6 de diciembre del 2023 otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de San Javier, según se adjunta en el Anexo 2 de la DIA Superficie La superficie bruta corresponde a 32.028,08 m2 (3,2 ha) y 2.400 m2 (0,24 ha) asociadas a la instalación de faenas. Superficies asociadas al Proyecto Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 5 de 76 Componentes Superficies (m2) Superficies (ha) Lote copropiedad 1 8.874,11 0,89 Lote copropiedad 2 9.158,64 0,92 Área verde adicional 4.983,51 0,50 Equipamiento 1 (Sede social) 362,56 0,04 Equipamiento 2 (Sede social) 445,32 0,04 Equipamiento 3 463,52 0,05 Vialidad 1 (Los Lingues) 646,74 0,06 Vialidad 2 (Los Litres) 440,18 0,04 Superficie Lote B1 29.171,00 2,92 Área verde afecta a utilidad pública 3.796,42 0,38 Superficie Neta 25.374,58 2,54 Superficie Exterior 1, frente área verde Chanquicó 5.029,00 0,50 Superficie Exterior 2, apertura de calle San Gerónimo. 1.624,50 0,16 Superficie Bruta 32.028,08 3,20 Instalación de faenas 2.400 0,24 Total 34.428,08 3,44

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Ubicación georreferenciada del área del Proyecto e Instalación de Faenas Área Vértice Coordenadas UTM Datum WGS84 H19S Norte Este Área del Proyecto 1 6.056.642 253.296 2 6.056.566 253.568 3 6.056.404 253.540 4 6.056.412 253.517 5 6.056.463 253.443 6 6.056.483 253.407 7 6.056.508 253.369 8 6.056.534 253.351 9 6.056.546 253.326 10 6.056.597 253.296 11 6.056.633 253.288 Instalación de faenas A 6.056.566 253.568 B 6.056.561 253.584 C 6.056.415 253.556 D 6.056.417 253.542

Caminos o vías de acceso Caminos o vías de acceso y egreso en Fase de Construcción:  Durante la Fase de Construcción, el acceso y egreso del Proyecto se realizará por la calle San Gerónimo

Caminos o vías de acceso en Fase de Operación:  Norte Ingreso: Se visualizan dos puntos de acceso. El primero por calle San Gerónimo, en su intersección con calle El Canelo. El segundo, por calle Carolina Salgado, en su punto de empalme con calle Milagros Pradenas.

 Sur ingreso: No existen vías que, desde dirección sur, permita el ingreso hacia las vías que conforman el área de influencia.

 Oriente ingreso: Se visualizan cuatro puntos de acceso. El primero, por calle El Canelo, en su intersección con calle San Gerónimo. El segundo, por calle Milagros Pradenas, en su punto de empalme con calle San Gerónimo. El tercero y cuarto, por calle Milagros Pradenas y Periodista Gustavo Prado Santos, en su punto de empalme con calle Carolina Salgado.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 6 de 76  Poniente ingreso: Se visualizan dos puntos de acceso. El primero, por calle El Canelo, en su intersección con calle San Gerónimo. El segundo, por calle Milagros Pradenas, en su punto de empalme con calle Carolina Salgado

Caminos o vías de egreso en Fase de Operación

 Norte egreso: Se visualizan dos puntos de egreso. El primero, por calle San Gerónimo, en su intersección con calle El Canelo. El segundo, por calle Carolina Salgado, en su punto de empalme con calle Milagros Pradenas.

 Sur egreso: No existen vías que, desde dirección sur, permitan el ingreso hacia las vías que conforman el área de influencia.

 Oriente egreso: Se visualizan cuatro puntos de egreso. El primero, por calle El Canelo, en su intersección con la calle San Gerónimo. El segundo, por calle Milagros Pradenas, en su punto de empalme con calle San Gerónimo. El tercero y cuarto, por calles Milagros Pradenas y calle Periodista Gustavo Prado Santos, en el punto de cruce con calle Carolina Salgado.

 Poniente egreso: Se visualizan dos puntos de egreso. El primero, por calle El Canelo, en su intersección con la calle San Gerónimo. El segundo, por calle Milagros Pradenas, en su punto de empalme con calle Carolina Salgado. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 3 de la DIA Planos del proyecto y kmz Anexo 4.5 de la DIA Áreas verdes Anexo 4.6 de la DI, Accesibilidad Anexo 5 de la DIA Planimetría y EETT Anexo 7 de DIA PAS Anexo 2 de la Adenda Estudio Vial Anexo 3 de la Adenda Plano del Proyecto y KMZ Anexo 4 de la Adenda Proyectos de Urbanización Anexo 7 de la Adenda Permisos Ambientales Sectoriales Anexo 2 de la Adenda Complementaria Estudio Vial Anexo 3 de la Adenda Complementaria Plano del Proyecto y KMZ Anexo 4 de la Adenda Complementaria Proyectos de Urbanización Anexo 7 de la Adenda Complementaria Permisos Ambientales Sectoriales

3.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

3.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 3.3.1.- Fase de Construcción 3.3.1.1.- Partes y Obras Fase de Construcción Nombre Descripción Carácter Fase Bodega 1 Pañol Contenedor marítimo de 15 m2 con dimensiones de 6 m por 2,5 m y formará parte de la bodega principal.

Destinada al almacenaje y control de herramientas, equipos y maquinarias menores.

Estará adosado a la bodega y contará con zona de trabajo del pañolero y mobiliario adecuado para llevar el control del ingreso y salida de equipos.

El ingreso será restringido y se realizará por la zona de bodegas. Temporal Construcción Bodega Principal Contenedores marítimos de 90 m2 donde se almacenarán máquinas y herramientas.

Temporal Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 7 de 76 Las dimensiones de la bodega contenedor son: longitud igual a 15 m y ancho 6 m. Bodega 2 Contratistas Consiste en almacenamiento de equipos, herramientas y pertenecías.

Se configurarán con estructura de madera y/o perfilería de acero galvanizado, y cubierta de zinc aluminio con dimensiones de 6 m por 2,5 m y superficie de 15 m2 Temporal Construcción Patio Baumax “A” y “B” Corresponde a dos sitios delimitados para el almacenamiento de los paneles prefabricados Baumax.

 Patio Baumax A contempla una superficie de 415 m2 entre el mes 0 al 6 de construcción, mientras que del mes 7 al 18 contempla una superficie de 425 m2.

 Patio Baumax B, contempla una superficie de 390 m2 entre el mes 0 al 6, posteriormente del mes 7 al 18 se considera una superficie de 408 m2. Temporal Construcción Patio enfierradores Corresponde a un sitio donde se acopiarán las barras de refuerzo, vigas, etc

Contempla una superficie de 600 m2 desde el mes 0 al 6, y 615 m2 para los meses de construcción desde el 7 al 18. Temporal Construcción Bodega de Sustancias Peligrosos En la Fase de Construcción se utilizarán sustancias peligrosas, como pinturas, diluyentes, etc.

Estas sustancias se almacenarán en una bodega de 15 m2 que cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N°43/2016 del MINSAL. Temporal Construcción Bodega Residuos asimilables a domésticos Los residuos asimilables a domésticos se almacenarán temporalmente en bolsas de nylon, herméticamente embolsados, y a su vez dentro de 6 contenedores de 360 litros con tapas.

Posteriormente, serán trasladados por el personal de la obra a una zona habilitada de 3 m2 para el estacionamiento transitorio de los contenedores ubicada en el acceso de la obra.

Finalmente, serán retirados, transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado por el servicio de recolección de la I. Municipalidad de San Javier.

La descripción de la gestión ambiental de los residuos sólidos asimilables se encuentra en el Anexo 7.1. de la DIA PAS 140 Temporal Construcción Zona de acopio temporal de residuos no peligrosos Consiste en una zona de almacenamiento temporal de 40 m2, la cual estará dividida en cinco partes; papeles y cartones, fierro y acero, plásticos, madera, residuos de la construcción mezclados – escombros.

Se encontrará sobre el terreno natural compactado, contará con un cierre perimetral, señalética y acceso será restringido al personal autorizado.

La descripción de la gestión ambiental de los residuos sólidos no peligrosos se encuentra en el Anexo 7.1. de la DIA PAS 140 Temporal Construcción Bodega de residuos peligrosos Consiste en una bodega de 3 m2 que cumplirá con el D.S. N°148/2003 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

Se considera un recinto cerrado en su perímetro por muros, resistentes a la acción del agua, con techumbre y piso resistente químicamente, liso, lavable. Se considera un piso de radier y perímetro de mallas electrosoldadas, con cubiertas de zinc aluminio, con sus respectivas señalizaciones. Temporal Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 8 de 76

La descripción de la gestión ambiental de los residuos sólidos peligrosos se encuentra en el Anexo 7.2. de la DIA PAS 142 Bicicleteros Corral bicicletas Se dispondrá un corral techado y cerrado con malla perimetral, ubicado cerca del acceso del proyecto destinado al estacionamiento de bicicletas del personal de la obra.

Contará con barras y ganchos de modo de optimizar la capacidad del recinto el que tendrá una superficie de 15 m2 Temporal Construcción Vestidor de hombres Se dispondrá de un recinto cerrado con superficie de 72 m2 para el vestidor de hombres. Temporal Construcción Baños y Duchas de hombre Se dispondrá de cuatro contenedores marítimos acondicionados, dos destinados a baños y dos a duchas, cada uno con una superficie a de 15 m².

Los baños estarán en los contenedores del primer nivel, y las duchas en los contenedores del segundo nivel. Temporal Construcción Vestidor y baño de mujeres (trabajadoras de oficina) Se dispondrá de un contenedor marítimo acondicionado de 15 m² como baño y vestidor. Temporal Construcción Comedor Consiste en un recinto de estructura de madera y/o perfilería de acero galvanizado, planchas de OSB, cubierta de zinc aluminio, piso de radier y una superficie de 120 m2

El reciento se acondicionará con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza.

El Comedor dará cumplimiento con las indicaciones estipuladas en el art. 28 del D.S. N°594 del MINSAL además ventilación y protección contra vectores mediante el uso de mallas en ventanas.

No se realizará preparación de alimentos ya que la alimentación correrá por cuenta de los propios trabajadores. Temporal Construcción Oficina Subcontrato Sanitario Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del subcontrato sanitario. Temporal Construcción Bodega Subcontrato Sanitario Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del subcontrato sanitario Temporal Construcción Oficina Subcontrato Eléctrico Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del sub contrato eléctrico Temporal Construcción Bodega Subcontrato Eléctrico Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como bodega del subcontrato eléctrico Temporal Construcción Oficina Subcontrato Baumax Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del subcontrado Baumax Temporal Construcción Bodega Subcontrato Baumax Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como bodega del subcontrado Baumax Temporal Construcción Oficina Prevencionista Administrativo Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del prevencionista y del administrativo de la obra Temporal Construcción Oficina Calidad CGO Contenedor marítimo acondicionado como oficina donde se ubicarán los profesionales de calidad y Control de Gestión Operacional CGO, con una superficie de 15 m2.

Este se encontrará en el primer piso mientras que en el segundo piso se ubicará la sala de reuniones. Temporal Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 9 de 76 Sala de reuniones Contenedor habilitado como sala de reuniones para 8 participantes en 15 m2 con pantalla, conexiones y mobiliario Temporal Construcción Oficina Jefe de terreno Contenedores marítimos acondicionados como oficina para los profesionales de terreno en una superficie de 15 m2.

Este se encontrará en el primer piso mientras que en el segundo piso se ubicará la Oficina de Ing. Residente y Of. Técnica. Temporal Construcción Oficina Técnica Ingeniero Residente Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina técnica del ingeniero residente Temporal Construcción Inspección Técnica de Obra (ITO) SERVIU Contenedor marítimo de 15 m2 que funcionará como oficina del inspector(es) técnico(s) de obra de SERVIU, quien será el encargado de la recepción de partidas verificando la correcta ejecución de cada una de ellas. Además, el verificará el avance físico de las Obras. Temporal Construcción Estacionamientos Se dispondrá de una zona destinada al estacionamiento de vehículos , la con una superficie de 430 m2 Temporal Construcción Portería garita de guardia Se dispondrá de garita de guardia de 3 m2 que contara con el mobiliario y equipos destinados al control de acceso y vigilancia de la obra

Se contratará a empresa especializada para cumplir dichas funciones. Temporal Construcción Taller mantenimiento Consitirá en un patio techado de 18 m2 que se encontrará la instalación de faenas.

Contará con atriles y cajones de almacenaje de piezas menores, conexión eléctrica e iluminación adecuada para el tipo de herramientas a utilizar.

En ningún caso se almacenarán sustancias inflamables cerca de este taller. Temporal Construcción Cierro perimetral Se contempla un cierre de 1,8 m de altura de todo el perímetro del lote B1 donde se emplazará el proyecto, incluido el deslinde sur con la zona de protección del humedal asociado al Estero Chanquicó.

Incluirá portón de acceso en estructura de madera y planchas de OSB y baliza lumínica

Se considera la instalación de polines y cuartones impregnados y planchas de OSB. Temporal Construcción Zona de lavado de ruedas y canoas La zona de lavado es un área pavimentada de 10 por 14 metros para realizar el lavado con hidrolavadora

La zona tendrá una pendiente 4% con pretiles que confinan el escurrimiento de agua y la dirigen hacia un sumidero proyectado conformado por una parrilla de piso, el cual se encuentra conectado a una cámara de hormigón impermeabilizado (o similar) por medio de una tubería, con la finalidad que el líquido producto del lavado no se infiltre en el terreno natural.

El agua de lavado de ruedas y canoas se evaporará en este estanque, no obstante, en caso de que no se logre evaporar todo el residuo este será retirado por una empresa externa, se mantendrá en la instalación de faenas los documentos asociados al retiro para asegurar la trazabilidad de estos.

En el caso de los sólidos no peligrosos (restos de hormigón) se acumularán de forma temporal en el área de acopio de residuos no peligrosos descritos en el Anexo 7.1 de la DIA PAS 140 Temporal Construcción 3.3.1.2.- Acciones del proyecto Fase de Construcción Nombre Descripción Fase Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 10 de 76 Habilitación de las instalaciones de apoyo a las faenas de construcción Esta acción consistirá en habilitar los recintos descritos en la “Tabla 4.2 Partes y obras del proyecto” todos ellos de construcción liviana o contenedores reacondicionados o espacios definidos para fines específicos

Esta acción considera además la instalación del cierre perimetral y la caseta de control de entrada con personal de guardia las 24 horas del día.

Acorde al avance de las obras se contempla una reubicación de las obras temporales correspondientes a patios Baumax A y zona enfierradores los cuales estarán ubicados dentro del área de emplazamiento del Proyecto, y su ubicación variará entre los meses 0 al 6 y los meses 7 al 18. Construcción Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo La preparación del terreno se iniciará con el cierre y el retiro de la cobertura vegetal a una profundidad de 30 cm, el volumen a remover será de 87,3 m3.

Movimiento de tierra Los movimientos de tierra durante la Fase de Construcción estarán relacionados principalmente a las obras de fundaciones para las torres y urbanizaciones.

Una fracción de este material será reutilizado para el relleno de áreas verdes, desniveles existentes, emparejar sitios, veredones, entre otros, previa autorización del Jefe de Obra.

El material no reutilizado será destinado a sitios de disposición autorizados

Se mantendrá un registro fiscalizable como medio de verificación del volumen de material reutilizado y del volumen destinado a disposición, incluyendo en este caso, la identificación del volumen por sitio de disposición final y la autorización vigente del sitio de disposición correspondiente Construcción Compactación del terreno La compactación del terreno en Fase de Operación se realizará por medio de placa compactadora en el caso de la obra gruesa para las obras exteriores.

En el caso de las actividades de pavimento y compactación de áreas verde la compactación se realizará con rodillo compactador Construcción Acondicionamiento perimetral Consiste en la instalación del cierre perimetral de 1,8 m de altura de todo el perímetro del lote B1 donde se emplazará el proyecto Construcción Construcción de caminos no permanentes y vialidad interna del proyecto Se habilitarán caminos internos no pavimentados de uso temporal, los cuales se extenderán acorde al avance la obra y a la reubicación de las obras temporales (especialmente patios Baumax A y B, zona enfierradores) finalmente los caminos se irán deshabilitando y serán reemplazados paulatinamente por la vialidad interna del proyecto Construcción Tránsito y funcionamiento de maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto Para el desarrollo de las obras asociadas a la fase de construcción, es necesaria la utilización de vehículos, maquinarias, estos transitarán al interior del predio de emplazamiento del proyecto, razón por la cual habrá restricción en la velocidad, siendo ésta de 30 km/h. En el apartado 1.5.1. letra d) de la DIA, se detalla el listado de vehículos y maquinaria a utilizar. Construcción Construcción de las obras de urbanización Las obras de urbanización necesarias para materializar la Fase de Construcción son las siguientes:

 Infraestructura agua potable  Infraestructura Aguas Servidas  Infraestructura aguas lluvias  Infraestructura de electricidad, gas y telecomunicaciones  Edificaciones de equipamiento  Condominio Doña Javiera  Condominio Don Emiliano

Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 11 de 76 Construcción de la edificación Las viviendas por construir (320 departamentos) cumplirán con las exigencias establecidas en la OGUC, en lo referente a la estabilidad, requerimientos de aislación térmica, de aislación acústica y retardo al fuego.

El método constructivo consiste en la materialización de las torres proyectadas, acorde a las especificaciones técnicas (el detalle se encuentra Anexo 5 de la DIA) y al avance la obra acorde con el cronograma de actividades presentado en el apartado 1.5.3 de la DIA. A continuación, se presenta las principales acciones consideradas:

• Obras preliminares: Estas obras corresponden a la instalación de las partes temporales que conformaran la instalación de faenas, empalmes y conexiones provisorias, despeje de terreno, cierros provisorios, señalización vial exterior y de la instalación de faenas, entre otras. • Obra gruesa: Corresponden a las actividades de construcción de las fundaciones, radier, muros del 1° al 5° piso, entre otras.  Terminaciones: Estas actividades corresponde cubiertas, fachadas y exteriores. Construcción 3.3.1.3.- Suministros básicos Fase de Construcción Nombre Descripción Agua potable Durante la Fase de Construcción se suministrarán agua potable en dos instancias:

a.- Se dispondrá de bidones al interior de la faena, utilizando sistemas de dispensadores.

b.- Una vez realizada la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de Nuevosur S.A, se dispondrá con un arranque de agua potable para abastecer el consumo del proyecto en Fase de Construcción.

Al respecto, el Proyecto cuenta con una propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Servicios higiénicos Durante la Fase de Construcción se suministrarán los servicios higiénicos en dos instancias:

a.- Se dispondrá de baños químicos y duchas portátiles, los cuales serán contratados a una empresa que cuente con autorización para la entrega, limpieza, y/o recambio y manejo de las aguas servidas generadas. Se mantendrá un registro para asegurar la trazabilidad de dichos residuos.

b.- Una vez realizada la conexión a la red de agua potable y alcantarillado de Nuevosur S.A, se dispondrá de baños y duchas en los contenedores habilitados para ello.

Al respecto, el Proyecto cuenta con una propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Electricidad La instalación de faena deberá tramitar la dotación de energía eléctrica con la empresa CGE S.A. para las distintas labores necesarias para la construcción del Proyecto, debido a que algunos equipos y herramientas funcionan con electricidad, además el proyecto en sí cuenta con factibilidad eléctrica de acuerdo con lo que indica el Certificado otorgado con fecha 19 de marzo del 2024 que se encuentra adjunto en el Anexo 2 de la DIA. Alimentación Los alimentos no serán provistos por el titular del Proyecto. Cada trabajador, que participe en esta fase, llevará sus propios alimentos, los que serán consumidos en el comedor habilitado para tales efectos, los que serán equipados en conformidad al D.S. N° 594/2000 del MINSAL. Alojamiento No se preverá de alojamiento para los trabajadores que participen en esta fase, ya que cada uno de ellos pernoctará en sus respectivas viviendas. Transporte Los trabajadores que participen de la fase de construcción se trasladarán hacia la faena en locomoción colectiva, y/u otros tipos de transporte, según su conveniencia o preferencia. Sustancias Peligrosas Se requerirá del uso de sustancias peligrosas durante la fase de construcción del proyecto, las que se almacenarán en una bodega de 18 m2 la cual cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N°43/2016 de MINSAL. Áridos Para el desarrollo del Proyecto se contempla la utilización de 5.431 m3. El material será adquirido por proveedores autorizados, manteniendo medios de respaldo en la oficina de instalación de faenas, estos Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 12 de 76 corresponden a facturas, boletas y/o certificados, además se exigirá al proveedor el permiso municipal y el informe técnico favorable otorgado por la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas en el caso que el material árido sea extraído desde un cauce natural. Asimismo, se indica que la información será remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente previo y durante las actividades de construcción. Hormigón Para el desarrollo del Proyecto se contempla la utilización de 6.743 m3. El hormigón será suministrado a través de proveedores autorizados, manteniendo medios de respaldo en la oficina de instalación de faenas, estos corresponden a facturas, boletas y/o certificados. Materiales de la construcción Los materiales de la construcción corresponden a: fierros, tabiquería, cerámico, entre otros, los cuales se obtendrán de proveedores externos. 3.3.1.4.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Construcción Nombre Descripción Vegetación Se realizará la corta y despeje de toda vegetación herbácea y arbórea en el área del proyecto. Agua Se realizará una conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado, a través de la empresa Nuevosur S.A, de acuerdo con al Documento DNCVIII N°900 con fecha 04 de mayo de 2023, el que se adjunta en el Anexo 2 de la DIA. Suelo El movimiento de tierra en general que se realizará para la construcción del proyecto corresponde a las acciones asociadas a escarpe, nivelación del terreno, construcción de los caminos internos y excavaciones para las fundaciones necesarias de las obras permanentes Áridos Para el desarrollo del Proyecto se contempla la utilización de 5.431 m3.

Los áridos, tales como ripio y arena, serán suministrados exclusivamente por proveedores debidamente autorizados, quienes contarán con todas las certificaciones y permisos necesarios para la extracción, transporte y comercialización de estos materiales, en conformidad con la normativa vigente.

Durante la Fase de Construcción del proyecto se mantendrá como medio de verificación y registro la siguiente tabla:

Áridos Utilizados Procedencia (especificar lugar de extracción del árido, nombre y ubicación de la empresa)

Volumen m3

Autorización de la extracción (Oficio, Resolución, RCA, otro)

Autoridad que otorga la autorización

Volumen autorizado en el lugar de extracción

Fecha de vencimiento de la autorización

Tipo de transporte utilizado

Número de viajes

Para completar la tabla anterior, se deberá considerar que la extracción de áridos deberá contar al menos con la autorización de la Dirección de Obras Hidráulicas DOH, como también de la Municipalidad respectiva, conforme al periodo, superficie y volumen otorgados, y que deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente SMA, todos antecedentes solicitados del proveedor, así como también el registro y transporte del material utilizado en Fase de Construcción Alimentación Los alimentos no serán provistos por el titular del Proyecto. Cada trabajador, que participe en esta fase, llevará sus propios alimentos, los que serán consumidos en el comedor habilitado para tales efectos, los que serán equipados en conformidad al D.S. N°594/2000 del MINSAL. Alojamiento No se preverá de alojamiento para los trabajadores que participen en esta fase, ya que cada uno de ellos pernoctará en sus respectivas viviendas. Transporte Los trabajadores que participen de la fase de construcción se trasladarán hacia la faena en locomoción colectiva, y/u otros tipos de transporte, según su conveniencia o preferencia. Sustancias Peligrosas Se requerirá del uso de sustancias peligrosas durante la fase de construcción del proyecto, las que se almacenarán en una bodega de 18 m2 la cual cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N°43/2016 de MINSAL. Alimentación Los alimentos no serán provistos por el titular del Proyecto. Cada trabajador, que participe en esta fase, llevará sus propios alimentos, los que serán consumidos en el comedor habilitado para tales efectos, los que serán equipados en conformidad al D.S. N°594/2000 del MINSAL. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 13 de 76 Hormigón Para el desarrollo del Proyecto se contempla la utilización de 6.743 m3. El hormigón será suministrado a través de proveedores autorizados, manteniendo medios de respaldo en la oficina de instalación de faenas, estos corresponden a facturas, boletas y/o certificados. Materiales de la construcción Los materiales de la construcción corresponden a: fierros, tabiquería, cerámico, entre otros, los cuales se obtendrán de proveedores externos. 3.3.1.5.- Emisiones a la atmósfera Fase de Construcción En Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas debido al desarrollo de las actividades de escarpe superficial, excavaciones, carguío y volteo de material, erosión eólica, compactación, tránsito por caminos no pavimentados y pavimentados, emisiones de combustión de maquinaria y vehículos.

El resumen de las emisiones a la atmósfera en Fase de Construcción es el siguente:

RESUMEN EMISIONES AÑO 1 Actividad MP 10 ton/año MP 2.5 ton/año NOx ton/año SO2 ton/año CO ton/año NH3 ton/año Escarpe 5,94 E-02 8,90 E-03

Excavaciones 4,32 E-02 2,22 E-02

Carguío y Volteo 1,21 E-02 1,83 E-03

Erosión Material 5,29 E-05 8,11 E-06

Compactación 2,20 E-04 1,13 E-04

Circulación en caminos no pavimentados 3,37 E-02 3,37 E-03

Circulación en caminos pavimentados 1,09 E-01 2,64 E-02

Combustión de vehículos 9,89 E-06 9,89 E-06 3,38 E-03 4,89 E-05 7,30 E-04 8,52 E-05 Combustión de vehículos maquinaria 4,92 E-02 4,92 E-02 4,48 E-01 8,84 E-04 2,83 E-01 2,25 E-04 Grupo electrógeno 3,72 E-03 3,72 E-03 5,29 E-02 3,48 E-03 1,14 E-02 4,32 E-03 TOTAL CONSTRUCCION AÑO 1 0,3107 0,1157 0,5039 0,0044 0,2950 0,0046 Fuente: Tabla 17 del Anexo 13 de la DIA

RESUMEN EMISIONES AÑO 2 (2026) Actividad MP 10 ton/año MP 2.5 ton/año NOx ton/año SO2 ton/año CO ton/año NH3 ton/año Escarpe

Excavaciones 1,58 E-03 8,11 E-04

Carguío y Volteo 1,76 E-04 2,67 E-05

Erosión Material 6,57 E-05 1,01 E-05

Compactación 5,78 E-03 2,97 E-03

Circulación en caminos no pavimentados 1,36 E-02 1,36 E-03

Circulación en caminos pavimentados 4,23 E-02 1,02 E-02

Combustión de vehículos 3,79 E-06 3,79 E-06 9,26 E-04 1,22 E-05 2,13 E-04 3,32 E-05 Combustión de vehículos maquinaria 2,63 E-02 2,63 E-02 2,44 E-01 4,73 E-04 1,57 E-01 1,20 E-04 Grupo electrógeno

TOTAL CONSTRUCCION AÑO 2 0,0898 0,0417 0,2446 0,0005 0,1573 0,0002 Fuente: Tabla 18 del Anexo 13 de la DIA

La siguiente tabla contiene las de control para emisiones atmosféricas generadas durante la Fase de construcción del Proyecto, junto con el correspondiente indicador que acredita su cumplimiento:

Medida de control Descripción Indicador que acredita su ejecución Revisión técnica al día Los vehículos y maquinarias que se utilizarán en esta fase contarán con su revisión técnica al día. Se llevará un registro de las revisiones técnicas de todas las maquinarias y vehículos operativos. Mantenciones Se realizarán mantenciones periódicas a los vehículos y maquinarias para prevenir un posible mal funcionamiento Se llevará un registro de las mantenciones realizadas en vehículos y maquinarias. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 14 de 76 que pueda generar una emisión excesiva de gases. Esta mantención se realizará en lugares externos autorizados para prestar dicho servicio. Encarpado de camiones Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales que transportan con lonas o plásticos, impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. Se llevará un registro de los camiones que abandonan la obra, indicando si transportan material y si está correctamente encarpado. Límite de velocidad El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos dentro de la obra será de 30 km/h. Se implementarán señaléticas de velocidad dentro del área de emplazamiento del proyecto. Supresor de polvo Se aplicará un supresor de polvo sobre las zonas de tránsito interno (caminos no pavimentados). Esto se realizará con una frecuencia mínima de una vez cada 3 meses. Se mantendrá un registro de la hora y día en que se realizó la aplicación del supresor de polvo en caso de ser requerido, junto con la respectiva firma e identificación del personal encargado de dicha acción.

Se mantendrá en la Instalación de Faenas un registro de cada indicador de cumplimiento, de forma que pueda ser consultado por la autoridad correspondiente 3.3.1.6.- Emisiones líquidas Fase de Construcción Nombre Descripción Aguas servidas Durante la Fase de Construcción se generarán aguas servidas asociadas al uso de servicios higiénicos por parte de los trabajadores.

Se estima una generación de 533 L/día de aguas servidas que serán gestionados mediante una empresa que cuente con debida autorización sanitaria, a la que se le contrata el servicio de baños y duchas portátiles. Al respecto se mantendrá un registro de la gestión ambiental de dichos residuos líquidos hasta su disposición final en un sitio autorizado.

Una vez se materialice la conexión de la instalación de faenas al empalme de la empresa sanitaria Nuevosur (de acuerdo con el certificado DNCVII N°900 de fecha 04 de mayo de 2023 adjunto en el Anexo 2) de la DIA. Una vez sea realizada la conexión se mantendrán los baños y duchas en contenedores habitados para ello, cuyas aguas servidas serán evacuadas a través del sistema de alcantarillado. Otras emisiones líquidas El proyecto contará con un sistema de lavado de ruedas y canoas, en el cual se generarán emisiones líquidas, las cuales se acumularán en una cámara de hormigón impermeabilizado (o similar) que forma parte del sistema. Se estima la generación de 0,3 m3/día.

El residuo líquido que no logre evaporarse en esta cámara será retirado y dispuesto por una empresa externa autorizada.

Se mantendrá en la instalación de faenas los documentos asociados al retiro para asegurar la trazabilidad de estos, se mantendrá un registro de la gestión ambiental de dichos residuos líquidos hasta su disposición final en un sitio autorizado. 3.3.1.7.- Emisiones de Ruido Fase de Construcción Durante la Fase de Construcción, se dará cumplimiento al DS N°38 (ver Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 11 de la Adenda Complementaria). En el numeral 5.3.- del Anexo 11 de la Adenda complementaria se presentan las medidas de control de ruido, las que se resumen a continuación:

 Barrera Acústica Perimetral: Consistirá en una barrera de tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente, la barrera se instalará en la siguiente ubicación:

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 15 de 76

 Cierre acústico móvil y cierres en altura: Consistirá un cierre acústico móvil para las actividades de obra gruesa y terminaciones desarrolladas tanto a nivel de suelo como cierres en altura, estará construida de tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas y tendrá una altura de 2,5 metros, y se instalará específicamente para maquinaria y herramientas de uso manual, consideradas como fuente fija en faenas puntuales según el siguiente esquema:

El análisis presentado concluye que dadas las características del área de emplazamiento y de la fauna presente el proyecto no genera efectos adversos significativos sobre el componente fauna.

Finalmente, para más detalle véase el Anexo 11 de la Adenda Complementaria, correspondiente al Estudio de Ruido y Vibraciones. 3.3.1.8.- Otras emisiones Fase de Construcción Nombre Descripción Vibraciones En Fase de Construcción se realizarán actividades de preparación del terreno y la construcción de viviendas.

La evaluación de vibraciones consideró la maquinaria rodillo vibratorio como equipo considerado de mayor emisión de vibraciones según las actividades a desarrollar, estimando así la peor condición.

Los niveles de vibración proyectados hacia los receptores no superarán el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2, al considerar la zona de seguridad estimada, en base a la vibración generada por las actividades de construcción, considerando las edificaciones próximas existentes (ver Anexo 11 de la Adenda Complementaria), correspondiente al Estudio de Ruido y Vibraciones. 3.3.1.9.- Residuos no peligrosos Fase de Construcción Los Residuos Asimilables a Domiciliarios generados en Fase de Construcción serán los siguientes:

Fuente Cantidad o volumen Almacenamiento Frecuencia/retiro/responsable/disposición final Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 16 de 76 Personal (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.) 2.178 kg/mes Contenedores con tapa, rotulados en área de acopio temporal destinada para este tipo de residuos en la instalación de faenas. Retiro, transporte y disposición final 3 veces por semana desarrollado por la Ilustre Municipalidad de San Javier, hasta relleno autorizado sanitariamente. Fuente: PAS 140, Anexo 7.1 de la DIA.

Para más antecedentes véase el Permiso Ambiental Sectorial N°140 adjunto en el Anexo 7.1 de la DIA. Los residuos industriales No Peligrosos generados en Fase de Construcción serán los siguientes:

Fuente: PAS 140, Anexo 7.1 de la DIA.

Para más antecedentes véase el Permiso Ambiental Sectorial N°140 adjunto en el Anexo 7.1 de la DIA y repetido en el Anexo 7.1 de la Adenda Complementaria Caracterización Almacenamiento Frecuencia retiro/responsable/ disposición final Cualitativa Cuantitativa Fuente Cantidad (kg/mes) Restos de metales (armaduras de acero, estructuras metálicas, perfiles para montar yeso cartón, paneles de encofrado en mal estado) 0,02 Área de acopio temporal de residuos no peligrosos en la instalación de faenas. Retiro y transporte una vez por mes a sitio autorizado sanitariamente (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten). Madera (restos de cortes o dimensionado, de encofrados y pallets de madera). 0,01 Papel y cartón (sacos de cemento, de yeso y de arena y cal, y cajas de cartón) 0,02 Plásticos (restos de lonas y cintas de protección, conductos, marcos de ventana) 0,01 Escombros (ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido) 2,10 Escarpe y excavaciones 2,586 Retiro y transporte una vez por mes a sitio autorizado sanitariamente (se mantendrán certificados, boletas y/o facturas que lo acrediten). Relleno en áreas verdes, desniveles existentes, emparejar sitios y veredones. 3.3.1.10.- Residuos peligrosos Fase de Construcción Nombre Descripción Los Residuos Peligrosos generados en Fase de Construcción serán los siguientes:

Caracterización Almacenamiento Frecuencia retiro/responsable/ disposición final Cualitativa Cuantitativa Fuente Cantidad (kg/mes) Envases y restos de lubricantes y adhesivos 0,02 Almacenamiento en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2.190/2019, que contempla el D.S. N°148/2003, dentro de la bodega de residuos peligrosos, por un período máximo de 6 meses. El retiro y disposición final, corresponde a la empresa externa autorizada sanitariamente. Se mantendrá en la instalación de bodegas los documentos (certificados, boletas y/o facturas) que acrediten la trazabilidad de estos residuos. Envases de aerosoles 0,01 Envases de pinturas y barnices 0,07 Envases de siliconas y otros productos de sellado 0,02 Trapos, brochas y otros contaminados 0,003 Toners y cartridges 0,003 Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 17 de 76 Para más antecedentes véase el Permiso Ambiental Sectorial N°142 adjunto en el Anexo 7.2 de la DIA y repetido en el Anexo 7.2 de la Adenda Complementaria 3.3.1.11.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Fase de Construcción Nombre Descripción Sustancias peligrosas El Proyecto contará con una bodega de aproximadamente 15 m2, la cual cumplirá con lo dispuesto en el Decreto Supremo N°43/2015

3.3.2.- Fase de Operación

3.3.2.1.- Partes y obras Fase de Operación Obras de modificación de cauce En la ribera norte del Estero Chanquicó (costado sur del proyecto) se construirán obras de defensa fluvial consistentes en pretiles compuestos por relleno estructural y por muros de contención de hormigón armado.

La extensión de las obras será de 320 metros, con la siguiente disposición:

Fuente: Figura 5 del Anexo 7.4 de la Adenda Complementaria PAS157

El detalle de las características constructivas y ambientales de las obras de defensa fluvial se encuentran en el Anexo 7.4 de la Adenda Complementaria PAS 157 Permanente Operación Descarga de aguas lluvias Se proyecta la ejecución de dos obras de descarga de aguas lluvia a lo largo de la ribera norte del Estero Chanquicó (costado sur del proyecto). Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 18 de 76

 Descarga N°1 se realizará mediante el Colector I de HDPE N12 de diámetro 375 mm y longitud de 16 metros.

 Descarga N°2 se realizará mediante el Colector II de HDPE N10 de diámetro 375 mm y longitud de 24 metros

En ambas descargas se considera una obra de protección de lecho por medio de Pedraplén compuesto por bolones de 10 a 15 cm incrustados en hormigón G-15.

Este pedraplén se extenderá tal que todo el lecho delimitado entre los muros de boca y de alas sea recubierto hasta alcanzar el talud del estero.

La disposición de las descargas es la siguiente:

Fuente: Figura 2 del Anexo 7.3 de la Adenda Complementaria PAS156

El detalle de las características constructivas y ambientales de las obras de defensa fluvial se encuentran en el Anexo 7.3 de la Adenda Complementaria PAS156 Lotes El proyecto se ejecutará en el Lote B1 de ROL N°219-42 cuya superficie bruta es de 32.028,08 m²

Se construirán dos condominios denominados Doña Javiera y Don Emiliano, cada uno con 160 departamentos distribuidos en 4 torres de 5 pisos, sumando un total de 320 viviendas con áreas verdes, que incluirán máquinas de ejercicio, juegos infantiles y mobiliario urbano

El proyecto considera, además:

 2 sedes sociales en las zonas de equipamiento (Lote B1-C y D)

 Zona de equipamiento a ceder (Lote B1-E, sin destino definido)

 Cesión de vialidad (calle Los Lingues y pasaje Los Litres)

Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 19 de 76  Apertura de la calle San Gerónimo (Superficie Exterior 2), desde la calle Periodista Gustavo Prado Santos hasta el Estero Chanquicó, en una superficie de 1.624,5 m²

 Dotación de un área verde adicional de 4.983,51 m², que incluirán zonas de equipamiento deportivo (multicancha y máquinas de ejercicio) así áreas de juegos infantiles y mobiliario urbano

 Franja de Protección del humedal Estero Chanquicó de 15 m desde el eje hidráulico hacia el norte del estero, lo que se traduce en 3.796,42 m2, en esta área no se contempla intervenciones mayores. Vialidad interna Se contempla la pavimentación de vías internas para dar acceso a los condominios y a las áreas de equipamiento.

 Extensión de calle Los Lingues para dar acceso a: Condominio Doña Javiera, sede social Doña Javiera, área de equipamiento (lote B1-E), área verde adicional (Parque Público) y a la franja de protección del humedal, considerando calzada, veredas y zona de retorno.  Extensión del pasaje Los Litres (pasaje interior) para dar acceso peatonal al Condominio Doña Javiera al área verde adicional, se considera calzada y zona de retorno. Permanente Operación Vialidad externa Dado que el Lote B1 de ROL 219-42 se encuentra afecto a declaratoria de utilidad pública, el proyecto considera la materialización de vialidad exterior, consistente en la apertura de la calle San Gerónimo (vía colectora), desde la calle Periodista Gustavo Prado Santos hasta el Estero Chanquicó, en superficie asociada de 1.624,5 m². Permanente Operación Áreas Verdes de los condominios Doña Javiera y Don Emiliano El proyecto contempla la implementación de áreas verdes internas, las cuales incluirán especies arbóreas, arbustivas, pasto, entre otros. Además, se considera la instalación de juegos infantiles, máquinas de ejercicios y mobiliario urbano.

En la respuesta 1.3.3.- de la Adenda y en el apartado 1.4.3.d. páginas 159 a la 169 de la DIA, se establece que las áreas verdes del proyecto contarán con especies arbóreas nativas de la región, específicamente 39 unidades de Peumo (Cryptocarya alba), 28 unidades de Quillay (Quillaja saponaria), 39 unidades de Laurel chileno (Laurelia sempervirens) y 3 unidades de Canelo (Drimys winteri). Permanente Operación Área Verde Adicional o Parque Público cerrado Corresponde al área comprendida entre la franja de protección del humedal y el deslinde sur de los condominios, con una superficie total de 4.983,51 m².

Se proyecta un cierre perimetral de 2 m de altura en los deslindes del parque público con las distintas calles y pasajes adyacentes.

Se contempla puertas peatonales en los accesos por calle San Gerónimo y calle Los Lingues, mientras que el acceso vehicular será por calle San Gerónimo, donde se instalará un portón de corredera de apertura manual y se habilitará un estacionamiento interior con capacidad para 10 vehículos y 10 estacionamientos de bicicletas.

Las obras asociadas a este parque incluyes zonas de circulación, áreas verdes, juegos infantiles y zonas de deporte y recreación. Permanente Operación Área afecta a Utilidad Pública Zona de área verde en ribera sur de estero Chanquicó, que abarca una franja de 15 m desde el eje hidráulico hacia el norte, lo que se traduce 3.796,42 m2. Esta franja de terreno se considerará una Franja de Protección del Humedal, por lo que no se contemplan intervenciones mayores. Las obras Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 20 de 76 menores consideran dos descargas de aguas lluvias compuestas por ductos y muros boca. Áreas de estacionamientos de usos comunes o visitas El Condominio Doña Javiera dispondrá de 161 estacionamientos para vehículos motorizados destinados a residentes, complementando con dos habilitados para visitas, alcanzando la cifra de 163 posiciones. De estas tres serán habilitadas para personas discapacitadas.

El Condominio Don Emiliano dispondrá de 162 estacionamientos para vehículos motorizados destinados a residentes complementando con dos habilitados para visitas, alcanzando la cifra de 164 posiciones. De estas tres serán habilitadas para personas discapacitadas.

Para las sedes sociales, cada sede será equipada con dos estacionamientos vehiculares.

Adicionalmente, se contemplan 82 estacionamientos para ciclos para cada condominio, y 10 estacionamientos para ciclos en cada sede social.

Asimismo, en la zona de Área Verde que será cedida, se considerará la construcción de 20 estacionamientos para ciclos. Permanente Operación Infraestructura Agua Potable El Fase de Operación el agua potable será suministrada Nuevosur S.A. acorde con la propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 (adjunta en el Anexo 2 de la DIA).

La alimentación de agua potable para los edificios en todos sus pisos consistirá en un estanque de acumulación de agua potable enterrado (uno por condominio), a través de un sistema mecánico de elevación.

Esto se materializará básicamente a través de estanques acumuladores subterráneos en estructura de hormigón armado con su respectiva sala de bombas, la que albergará los equipos de impulsión del sistema. Permanente Operación Infraestructura Aguas Servidas En Fase de Operación la evacuación de las aguas servidas se realizará mediante una red de evacuación interior en cañería PVC Sanitario de diámetro 110 mm, que recibirá las descargas de los artefactos de los edificios, y las evacuará a los colectores generales del loteo de material PVC SN-4 de 200 mm de diámetro.

Para cada condominio, se considera una cámara y una unión domiciliaria para los edificios en PVC SN-4 de diámetro 200 mm.

La conexión al alcantarillado (aguas servidas) se realizará según la propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgado por la empresa servicios sanitarios Nuevosur S.A. (adjunta en el Anexo 2 de la DIA). Permanente Operación Infraestructura aguas lluvias En Fase de Operación la gestión de aguas lluvias se realizará de la siguiente forma:

Se consideran bajadas de PVC en 110 mm en los edificios que descargaran a las piletas de infiltración.

Las piletas estarán unidas entre sí por cañerías de PVC S de diámetro 110 o 160 mm, y aquellas que sean terminales según proyecto, considerarán un ducto conductor de diámetro 160 mm para evacuar el agua del sistema a los sumideros.

Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 21 de 76 En las calzadas interiores del proyecto se contemplan sumideros tipo S3M, con cámara y rejilla empotrada.

En los puntos bajos de los accesos vehiculares, se considera la instalación de canaleta de recolección con rejilla tipo Ulma de 20 cm x 20 cm para alto tráfico, conectada a una cámara de aguas lluvia domiciliaria.

El proyecto incluye el trazado de dos colectores para la conducción de aguas lluvias y un estanque de regulación stormech SC310.

El estanque de regulación está diseñado para vaciarse completamente después de un periodo corto de tiempo posterior a la intensidad máxima en una tormenta.

Este estanque de regulación consiste en genera un volumen mínimo necesario para disminuir el caudal máximo en crecidas a valores apropiados dejando escurrir solo el caudal natural hasta la descarga ubicada aguas abajo del Condominio Don Emiliano.

El estanque descarga hacia la cámara proyectada pública N°4, ubicada en sendero colindante al estero Chanquicó.

Respecto al diseño de los Colectores I y II proyectados, se realizó en base a una lluvia con periodo de retorno de 10 años y para su verificación se utilizó un periodo de retorno de 100 años. Tal como se detalla en la memoria de aguas lluvias del proyecto (adjunto en el Anexo 4.4 de la DIA).

• Colector I: inicia en la C.I. Pública N°1 en calle San Gerónimo y finaliza en el Muro de boca N°1 en el estero Chanquicó. Poseerá una longitud de 16 m, diámetro 375 mm y de material HDPE N12.

• Colector II: inicia en la C.I. Pública N°4 en el interior del Parque público (Área verde adicional a ceder) y finaliza en el Muro de boca N°2 en el estero Chanquicó. Poseerá una longitud de 24 m, diámetro 375 mm y de material HDPE N10.

Finalmente, este sistema termina con la descarga de las aguas lluvias en el estero Chanquico. La descarga al cuerpo de agua implica la presentación de los contenidos técnicos y formales del Permiso Ambiental Sectorial 156, cuyos detalles se presentan en el Anexo 7.3 de la DIA. Infraestructura de electricidad, gas y telecomunicaciones Se considera el suministro e instalación de 2 transformadores de 200KVA trifásico, conectados a una red de 15KV, la red de media y baja tensión estará montada en Postes de hormigón de 11,5 m, 9,0 m y 9,5 m norma CGE, para la red de media tensión se consideró conductor de aluminio protegido de 50mm2. La red de baja tensión es del tipo trifásica y está compuesta por conductor del tipo preensamblado de 3x95/50 mm2 y 3x35/50 mm2. Respecto a la iluminación, se considera realizar la provisión e instalación de luminaria tecnología Led Modelo Gold de la marca Clever de 30W para vías de tránsito vehicular que se encuentran en BNUP, además se considera suministrar e instalar su respectivo brazo de acero galvanizado normalizado del tipo L-150 para la luminaria proyectada.

Cabe señalar que la electrificación del Parque Público será acometida subterránea desde el poste de la red de Distribución exterior, hasta el equipo de medida ubicado en nicho eléctrico en acceso al parque.

Permanente Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 22 de 76 El suministro de energía lo realizará la empresa Eléctrica CGE S.A., dado que el proyecto cuenta con factibilidad eléctrica con fecha 19 de marzo del 2024 (Adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Condominio Doña Javiera Se ubicará en el lote B1-A, con una superficie de 8.874,11 m2.

El proyecto consta de 4 torres de 5 pisos (sin ascensores), cada una con 40 departamentos, sumando un total de 160 unidades habitacionales. Cada torre dispondrá de una sala de basura para la gestión de residuos domiciliarios

El proyecto dispondrá de 161 estacionamientos para vehículos motorizados destinados a residente, complementando con 2 habilitados para visitas, alcanzando la cifra de 163 posiciones.

El condominio incluirá áreas verdes con juegos infantiles y máquinas de ejercicios, y cada torre dispondrá de una sala de basura.

El acceso será desde la calle Los Lingues. Permanente Operación Condominio Don Emiliano Se emplazará en el lote B1-B, con una superficie de 9.158,64 m2.

El proyecto consta de 4 torres de 5 pisos (sin ascensores), cada una con 40 departamentos, sumando un total de 160 unidades habitacionales. Cada torre dispondrá de una sala de basura para la gestión de residuos domiciliarios.

El condominio contará con 162 estacionamientos para vehículos motorizados destinados a residentes, complementando con 2 estacionamientos habilitados para visitas, totalizando 164 posiciones.

3 estacionamientos serán habilitados para personas con discapacidad.

El proyecto incluye áreas verdes con juegos infantiles y máquinas de ejercicios.

El acceso al condominio será desde la calle San Gerónimo. Permanente Operación Sala de gestión de residuos domiciliarios Cada torre contará con una sala de gestión de residuos en el primer nivel de 6 m2 de superficie, las cuales poseerán las mismas características constructivas y cumplirán con la Resolución N°7328/1976 del Ministerio de Salud, que regula las Normas sobre eliminación de basuras en edificios elevados, de acuerdo con las especificaciones técnicas y planimetría adjunta en el Anexo 7.1 de la DIA.

Cada sala de gestión de residuos domiciliarios contempla 5 contenedores, por lo que se estiman 40 contenedores de 360 litors para la totalidad del Proyecto. Permanente Operación Edificaciones de equipamiento Se construirán dos sedes sociales de 103,8 m2 cada una, de un piso, que se emplazarán en los lotes B1 – C y B1 – D, ambas con las mismas características constructivas.

Cada sede social contará con un área para reuniones, cocina y dos baños, uno de ellos habilitado para personas con discapacidad. Además, se contemplan dos estacionamientos vehiculares y diez para bicicletas. Permanente Operación Cesión Equipamiento En Lote B1-E de superficie 463,52 m2 no se realizarán construcciones, dado que se entrega el terreno a cesión de la I. Municipalidad de San Javier, de acuerdo con el plano de loteo general (Adjunto en el Anexo 3 de la DIA). Permanente Operación 3.3.2.2.- Acciones Fase de Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 23 de 76 Nombre Descripción Administración y entrega de viviendas El tiempo de duración de dicha actividad estará supeditado a la entrega de la totalidad de las viviendas una vez obtenida la recepción final de las mismas. Actividades de mantención de áreas verdes Estará a cargo del Titular mientras se obtenga la recepción municipal del proyecto, posteriormente la mantención será realizada por la Ilustre Municipalidad de San Javier. 3.3.2.3.- Suministros básicos Fase de Operación Nombre Descripción Agua potable y servicios higiénicos Se realizará una conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado, a través de la empresa Nuevosur S.A, de acuerdo con al Documento DNCVIII N°900 con fecha 04 de mayo de 2023, el que se adjunta en el Anexo 2 de la DIA. Finalmente, los planos, memorias y especificaciones técnicas atingentes a los proyectos de urbanización de Alcantarillado, Agua Potable y electricidad se adjuntan en el Anexo 4.1, 4.2 y 4.3. de la DIA, respectivamente. Electricidad El servicio de energía eléctrica será suministrado mediante la empresa CGE S.A., de acuerdo con la factibilidad eléctrica de fecha 1 de agosto de 2022, adjunto en el Anexo 2 del expediente de la DIA. 3.3.2.4.- Productos generados Fase de Operación El proyecto no generará productos en Fase de Operación 3.3.2.5.- Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Fase de Operación El proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales en esta fase, dadas sus características del proyecto habitacional 3.3.2.6.- Emisiones a la atmósfera Fase de Operación Nombre Descripción Las actividades que generarán emisiones atmosféricas en Fase de Operación corresponderán al tránsito de vehículos, pertenecientes a los futuros propietarios de las viviendas, y al sistema de calefacción domiciliaria.

La estimación de las emisiones a considerado el peor escenario, el cual consiste en considerar un vehículo por la totalidad de estacionamientos que proyecta el Proyecto.

Para el caso de la calefacción domiciliaria, cada departamento incorporará una estufa de kerosene de tiro forzado.

La estimación como peor escenario corresponderá a la calefacción proporcionada por el Titular

Las emisiones a la atmósfera en Fase de Operación se resumen de la siguiente forma en toneladas / año

Emisión anual Operación Total (ton/año) Año Número de Viviendas en operación MP10 [ton/año] MP2,5 [ton/año] NOx [ton/año] SO [ton/año] CO [ton/año] Año 1 (2025) - - - - - - Año 2 (2026) 320 0,0589 0,0164 0,0389 0,0005 0,0730 Año 3 (2027) 320 0,3985 0,1094 0,2333 0,0030 0,4371 Fuente: Tabla 38 del Anexo 13 de la DIA

3.3.2.7.- Emisiones líquidas Fase de Operación Nombre Descripción Aguas servidas En esta fase se generarán efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas generadas por las actividades diarias de los habitantes del proyecto.

Estos serán descargados a la red de alcantarillado (Anexo 4.2 de la DIA) y tratados por la empresa sanitaria de Nuevosur S.A. acorde con la propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24, según se adjunta en el Anexo 2 de la DIA 3.3.2.8.- Emisiones de Ruido Fase de Operación Debido a las características del Proyecto, no es factible realizar un análisis de las emisiones de ruido. 3.3.2.9.- Otras emisiones Fase de Operación No se contempla la generación de otras emisiones en Fase de Operación Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 24 de 76 3.3.2.10.- Residuos no peligrosos Fase de Operación Nombre Descripción Residuos Asimilables a Domiciliario En Fase de Operación se generarán residuos sólidos domiciliarios producto de las actividades diarias de los habitantes de los 8 edificios que totalizan 320 departamentos que conforman el proyecto.

Se contemplan 8 salas de gestión de residuos (una por edificio), todas las salas poseen las mismas características constructivas.

Cada sala de gestión de residuos domiciliarios contempla 5 contenedores, por lo que se estiman 40 contenedores de 360 litros para la totalidad del proyecto.

Los contenedores en la sala de basura, una vez llenos, serán llevados por personal autorizado a las zonas de precarguío desde donde se realizará el retiro por parte del servicio municipal, para su disposición final en un relleno sanitario autorizado.

Cantidad de residuos domiciliarios. Caracterización Almacenamiento Frecuencia retiro/responsable/ disposición final Cualitativa Cuantitativa Fuente Volumen (l/día) Cantidad (kg/mes) Actividades diarias de los habitantes (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.) 4.768 21.456 Al interior de cada edificio, específicamente en el primer piso en la sala de gestión de residuos domiciliarios. Los residuos serán descargados desde cada nivel de los edificios a través de los ductos de basura (dos ductos por edificio), hasta llegar a contenedores de 360 L, ubicados en la sala de gestión. Se almacenarán por un período máximo de 3 días. El retiro será realizado por el personal interno del edificio hasta la sala de precarguío de cada condominio.

Posteriormente, retiro, transporte y disposición final hasta relleno sanitario autorizado sanitariamente, según programación del servicio municipal. Se estima 3 veces a la semana.

Para más antecedentes véase el Permiso Ambiental Sectorial N°140 adjunto en el Anexo 7.1 de la DIA y reiterado en el Anexo 7.1 de la Adenda Complementaria Residuos industriales No Peligrosos. No se contempla la generación de Residuos Industriales No Peligrosos en Fase de Operación 3.3.2.11.- Residuos peligrosos Fase de Operación No se contempla la generación de Residuos Peligrosos en Fase de Operación 3.3.2.12.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Fase de Operación No se contemplan productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente en la Fase de Operación.

3.3.3.- Fase de Cierre

El proyecto no considera Fase de Cierre

3.4.- Cronología de las fases del proyecto o actividad Tabla 3.4.- Cronología de las Fases del proyecto o actividad 3.4.1.- Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Mayo 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Escarpe Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 25 de 76 Fecha estimada de término Octubre 2026 Parte, obra o acción que establece el término Entrega de viviendas a futuros residentes 3.4.2.- Fase de Operación Fecha estimada de inicio Noviembre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Certificado de Recepción Final otorgado por la I. Municipalidad de San Javier Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término Indefinida 3.4.3.- Fase de Cierre Fecha estimada de inicio El proyecto no considera Fase de Cierre Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término

3.5. Mano de obra Mano de obra del Proyecto Fases Número máximo de personas Construcción 200 Operación 0 Cierre 0 Total 200

4°. Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule ha acordado que el proyecto no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el apartado 10°- de esta resolución

5°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

5.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

5.1.1.- PAS 119.- El permiso para realizar pesca de investigación Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Obras de descarga de aguas lluvias

Obras de obras de regularización o defensa de cauces naturales. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación

Cumplir con las condiciones acordadas por la COEVA Región del Maule para la aprobación del proyecto señaladas en el punto 10° de esta resolución Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 7.5.- de la Adenda Complementaria

5.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 26 de 76

Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:

5.2.1.- PAS 140.- Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Fases de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos no peligrosos.

El Proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de residuos durante las Fases de Construcción y Operación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 7.1.- de la DIA y reiterado en el Anexo 7.1.- de la Adenda Complementaria

5.2.2.- PAS 142.- Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos.

El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la Fase de Construcción Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 7.2.- de la DIA y reiterado en el Anexo 7.2.- de la Adenda Complementaria

5.2.3.- PAS 156.- Permiso para efectuar modificaciones de cauce Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Obras de modificación de cauce destinadas a la descarga de aguas lluvias Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.

El proyecto deberá cumplir íntegramente con las condiciones acordadas por la COEVA Región del Maule para la aprobación del proyecto señaladas en el punto 10° de esta resolución. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 7.3 de la Adenda Complementaria

5.2.4.- PAS 157.- Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Obras de obras de regularización o defensa de cauces naturales destinadas a la protección del proyecto ante crecidas del Estero Chanquicó Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 27 de 76 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no alteración significativa del escurrimiento y de los procesos erosivos naturales del cauce y la no contaminación de las aguas.

El proyecto deberá cumplir íntegramente con las condiciones acordadas por la COEVA Región del Maule para la aprobación del proyecto señaladas en el punto 10° de esta resolución. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo 7.4 de la Adenda Complementaria

6°. La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

6.1.1.- D.S. N°100/2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia: Constitución Política de la Republica. Norma Constitución Política de la República de Chile. D.S. N°100/05 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia.

Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. La Constitución Política de la República en su capítulo III, relativo a los Derechos y Deberes Constitucionales, establece como garantía constitucional, en el artículo 19, número 8, “el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación”. Señala además que “es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”. (Artículo 19 N° 8 inciso 2°). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará a todas las disposiciones constitucionales. Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del Proyecto al SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA). Forma de control y seguimiento Seguimiento y cumplimiento de la RCA.

6.1.2.- Ley 19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417/2010. Componente/materia: Constituye el marco legal básico en materia ambiental que establece las instituciones e instrumentos necesarios para la protección del medio ambiente. Norma Ley 19.300, conforme a su Artículo 1, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por sus disposiciones, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia.

El Artículo 9 señala que el titular de todo proyecto o actividad comprendido en el artículo 10 deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda. Aquéllos no comprendidos en dicho artículo podrán acogerse voluntariamente al sistema previsto en este párrafo.

El Artículo 10 describe los proyectos o actividades que son susceptibles de causar impacto ambiental en cualquiera de sus fases y que, en consecuencia, deben someterse al SEIA.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 28 de 76 El Artículo 11 establece que se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) cuando el proyecto o actividad genere o presente a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias que se describen en la norma. En caso contrario, se deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), bajo la forma de una declaración jurada. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular da cumplimiento a la presente norma al realizar el ingreso de este Proyecto al SEIA, mediante una DIA, descartando cualquier tipo de fraccionamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) y Resoluciones que otorguen los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación del cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto Registro y fiscalización cumplimiento RCA por la Autoridad.

6.1.3.- D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el Decreto 30/2024 del Ministerio de Medio Ambiente. Componente/materia: Constituye el marco legal básico en materia ambiental que establece las instituciones e instrumentos necesarios para la protección del medio ambiente. Norma El Proyecto debe someterse al SEIA de acuerdo con lo establecido en el artículo 3°, que se describe a continuación:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El titular da cumplimiento a la presente norma al realizar el ingreso de este Proyecto a través de una DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental, aprobando favorablemente el Proyecto desde un punto de vista ambiental. Resoluciones que otorguen los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación del cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto Registro y fiscalización cumplimiento RCA por la Autoridad.

6.1.4.- D.S. N°31/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento Nacional de Información de Registros Públicos de Resolución de Calificación Ambiental y de Sanciones. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización Norma El Decreto en estudio establece las disposiciones por las cuales se rigen la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operara el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y los registros de Sanciones que dicta la Superintendencia del Medio Ambiente en contra de sus regulados, de Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 29 de 76 conformidad con lo señalado por su Ley Orgánica (LOSMA) y la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En orden con lo anterior, la Resolución 1518, contempla que los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) favorables, deben registrarlas y entregar a la SMA, la información que indica el artículo 1ro. Vía plataforma electrónica de dicha Superintendencia, debido a la necesidad de dicha entidad de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y registrar los antecedentes de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley. Esta información, debe ser entregada dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación al titular de la RCA, a través del Sistema de Registro de RCA, del link siguiente https://srca.sma.gob.cl/ o del que haga sus veces en el futuro. Este deber de informar, se extiende a los cambios en la información requerida en el artículo 1ro., señalado, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación del acto en que autorice su modificación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto por sus características debe ser sometido a evaluación ambiental, éste una vez obtenida su respectiva RCA favorable podrá ser fiscalizables por la SMA. Forma de cumplimiento Facilitación de documentación requerida por la autoridad a fin de facilitar la fiscalización. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de toda la documentación requerida por la autoridad a fin de facilitar la fiscalización. Forma de control y seguimiento Comprobante de entrega de Información a la Superintendencia de Medio Ambiente.

6.1.5.- Resolución Exenta N°223/2015 del Ministerio de Medio Ambiente. Dicta Instrucciones Generales sobre la elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización Norma R. Ex. N°223/2015 del MMA. Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Esta resolución fija los procedimientos generales para la elaboración de plan de seguimiento de variables ambientales, informes de seguimiento ambiental y remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental, contemplando la estandarización de la información de seguimiento ambiental de Proyectos o actividades que han ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), facilitando de este modo su generación y revisión para adoptar medidas oportunas y mejorar la gestión ambiental de aquellos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto será fiscalizado y su RCA estará bajo seguimiento por la SMA. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión de Informes de seguimiento ambiental y cualquier otra información destinada al seguimiento del Proyecto, según obligaciones establecidas en la RCA Ambiental. Forma de control y seguimiento Se cargará la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA.

6.1.6.- Resolución Exenta N°300/2014 de la Superintendencia del Medio Ambiente. Regulariza plazo de entrega de información requerida en la Resolución Exenta N°1518/2014 de la SMA, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Exenta N°574/2014, y establece ampliación del mismo. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 30 de 76 Norma R. Ex. N°300/2014 de la SMA. Establece el plazo de entrega de la carga de la información a la plataforma web creada por la Superintendencia del Medio Ambiente de la respectiva Resolución de Calificación Ambiental. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Ejecución del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Todas las obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Esta resolución regulariza con efecto retroactivo la Resolución Exenta N°1518/2013 de la SMA. (Que fijaba el texto refundido, coordinado y sistematizado de Resolución N°574 de 2012). El titular realiza carga de los datos indicados por la norma en la web dentro del plazo indicado. En casos de haber cambios en la información, se informa esta modificación. Indicadores que acredita su cumplimiento Entrega de los datos indicados en la Resolución N°1518 a la Superintendencia de Medio Ambiente, cargando en la plataforma web creada por la Superintendencia dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la RCA al titular. En casos de haber cambios en la información requerida, de igual forma se informará esta modificación. Forma de control y seguimiento Comprobante de carga electrónica de la respectiva Resolución de Calificación Ambiental en la página web creada por la Superintendencia.

6.1.7.- Ley N°21.455/2022 del Ministerio de Medio Ambiente. Ley Marco de Cambio Climático. Componente/materia: Cambio climático – Medio Ambiente. Norma Ley N°21.455/2022 del MMA. La presente ley, establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) al año 2050. En este sentido también incorpora la consideración de la variable cambio climático en los componentes del medio ambiente que resulten pertinentes en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Todas las obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta ley incorporando la variable cambio climático de forma general y transversal en el desarrollo del presente proyecto. Analizando la posible existencia de una sinergia negativa entre los efectos provocados por la ejecución del proyecto y los efectos adversos del cambio climático sobre los componentes ambientales que son objeto de protección en el SEIA. Además de las posibles emergencias y situaciones de riesgo, potenciadas por el cambio climático. Indicadores que acredita su cumplimiento Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable para el proyecto. Forma de control y seguimiento Fiscalización del cumplimiento de los compromisos adquiridos en RCA, por parte de la autoridad competente.

6.2.- Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.

6.2.1.- Decreto Supremo N°144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma D.S. N°144/1961 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Artículo 1°. Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 31 de 76 forma tal que no causen, daños o molestias. Además, prohíbe la circulación de vehículos que despidan humo visible por el tubo de escape. En tanto, su artículo 8º letra a), señala que le corresponderá a la autoridad sanitaria calificar los peligros, daños o molestias que pueda producir todo contaminante que se libere a la atmósfera, cualquiera sea su origen. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las obras de urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Según la estimación de emisiones atmosféricas, las principales actividades generadoras del material particulado y gases de combustión, corresponde a las actividades constructivas del proyecto, asociadas al escarpe movimientos de tierra, excavaciones y relleno. Revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. Mantenciones periódicas para vehículos y maquinarias. Encarpado de camiones para evitar la dispersión de polvo desde los materiales transportados. Límite de velocidad máxima para vehículos y maquinarias de 30 km/h. Humectación de superficies de suelo donde se realizarán movimientos de tierra (escarpe y/o excavaciones). Humectación de zonas de tránsito correspondiente a caminos no pavimentados, mediante la aplicación de supresor de polvo. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria. Registro de humectación de caminos no pavimentados, superficies de suelo donde se realizarán movimientos de tierra. Registro de ingreso/salida de camiones con carga cubierta. Señalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en instalación de faenas de las medidas anteriormente señaladas y/o verificación visual en terreno.

6.2.2.- Decreto Supremo N°4/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma D.S. N°4/1991 del MTT. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de camiones en el área de emplazamiento del proyecto Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias que se utilicen en la fase de construcción del proyecto circularán en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones y revisiones técnicas. Disponible en la oficina de control del jefe de planta. Forma de control y seguimiento Revisión periódica de los registros de mantenciones y revisiones técnicas que acrediten el óptimo funcionamiento de los vehículos y maquinarias

6.2.3.- Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga que se indica. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma D.S. N°75/1987 del MTT. Establece condiciones para el Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga que se indica. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 32 de 76 Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Transporte de materiales Forma de cumplimiento Los camiones que transportan materiales serán encarpado, es decir, cubiertos de manera eficaz mediante lonas o plásticos, para evitar que se produzcan escurrimientos o caídas involuntarias. Indicadores que acredita su cumplimiento Registro y verificación de camiones que ingresen/egresen encarpado. Forma de control y seguimiento Verificación visual en terreno, el personal de guardia que se encuentre en el acceso del Proyecto no permitirá el acceso ni salida de camiones que transporten material y no cuenten con sus respectivas carpas o lonas. Los registros se encontrarán en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

6.2.4.- Decreto Supremo N°7/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Declara zona saturada por material particulado respirable MP2,5 como concentración anual y de 24 horas el Valle Central de la VII Región. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma D.S. N°7/2021 del MMA. Declara zona saturada por material particulado respirable MP2,5, como concentración anual y de 24 horas el Valle Central de la VII Región. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante las obras de urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. Mantenciones periódicas para vehículos y maquinarias. Encarpado de camiones para evitar la dispersión de polvo desde los materiales transportados. Límite de velocidad máxima para vehículos y maquinarias de 30 km/h. Humectación de zonas de tránsito correspondiente a caminos no pavimentados. Indicadores que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria. Registro de humectación de caminos no pavimentados, superficies de suelo donde se realizarán movimientos de tierra. Registro de ingreso/salida de camiones con carga cubierta. Señalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en instalación de faenas de las medidas anteriormente señaladas y/o verificación visual en terreno.

6.2.5.- D.S. N°138/2005 del MINSAL que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”. Componente/materia: Emisiones a la atmósfera Norma Establece obligación de declarar emisiones que indica. Artículo 1º.- Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan a continuación. Artículo 2°. - Estarán afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes las fuentes fijas que corresponda a los siguientes rubros, actividades o tipo de fuente: Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente. Producción de celulosa. Fundiciones primarias y secundarias. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 33 de 76 Centrales termoeléctricas. Producción de cemento, cal o yeso. Producción de vidrio. Siderúrgica. Petroquímica. Asfaltos. Equipos electrógenos. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Uso de equipos electrógenos durante la fase de construcción Forma de cumplimiento Declaración de emisiones generadas por los grupos electrógenos a través del RETC, si corresponde. Indicador que acredita su cumplimiento Registro RECT, si corresponde. Forma de control y seguimiento Registro RECT, si corresponde.

6.2.6.- Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la dictación del Decreto N°146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Ruido Norma D.S. N°138/2005 del MINSAL que “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, DEL Ministerio Secretaría General de la Presidencia”. En su Artículo 6, punto 13, se define “fuente emisora de ruido” a toda actividad productiva, comercial de esparcimiento y de servicios, faenas constructivas, y elementos de la infraestructura que generen emisiones de ruido hacia la comunidad, excluyéndose las fuentes señaladas en su Artículo 5. En el Artículo 18, punto 18 se define “receptor”, como toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea en domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa. En el Artículo 7, establece los niveles de presión sonora corregidos (NPC) que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores que se establecen en la tabla 1 de la regulación. En el Artículo 10, se indica que los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondiente a la zona en que se encuentre el receptor. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción y urbanización de las viviendas. Forma de cumplimiento El proyecto durante su fase de construcción no superará los límites máximos establecidos para la zona donde se emplazan los receptores cercanos. Lo anterior, se respalda en el Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo 14 de la DIA), donde se establece que se cumple con los limites dispuestos en el D.S. N°38/2011 del MMA durante la fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación de las medidas de control durante la fase de construcción descritas en el Estudio de ruido y vibraciones, las cuales corresponden a: Barrera acústica perimetral. Cierre acústico móvil y cierres en altura. Descarga de residuos de construcción mediante chute de descarga plástico o similar. Silenciador de escape en motores de combustión. Mantenimiento de maquinaria. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 34 de 76 Buenas prácticas en faenas de construcción. Buenas prácticas frente a la comunidad. Implementar un plan de mantención de barreras. Zona de seguridad. Para más detalle véase el Anexo 14 de la DIA. Forma de control y seguimiento Verificación visual y catastro fotográfico en terreno respecto a la implementación de las medidas de control descritas en el Estudio de ruido y vibraciones, Anexo 14 de la DIA.

6.2.7.- Decreto con Fuerza de Ley 725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Componente/materia: Ruido Norma D.F.L. 725/1968 del MINSAL. Código Sanitario. Establece las exigencias relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción y urbanización de las viviendas. Forma de cumplimiento La empresa entregará a los trabajadores los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad, necesarios para ejecutar las actividades de construcción del Proyecto. de esta manera, se atenuarán las condiciones de exposición a ruidos continuos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal. Forma de control y seguimiento Registros en instalación de faenas para las entidades fiscalizadoras y verificación visual en terreno respecto a la utilización de los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad.

6.2.8.- Decreto con Fuerza de Ley 725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.F.L. N°725/1968 del MINSAL. Código Sanitario. Establece las exigencias relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento El Proyecto requiere para sus distintas fases de desarrollo, instalaciones de agua potable y aguas servidas. Fase de construcción: El suministro de agua potable para los trabajadores en una primera instancia, será provista mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable. Se utilizarán baños químicos para la evacuación de aguas servidas, hasta la conexión al sistema de alcantarillado, los cuales serán manejados por empresas autorizadas para tales efectos. Además, se utilizarán baños químicos, debido a que la distancia máxima entre las instalaciones sanitarias y el frente de trabajo, respetando el artículo 25 del D.S. N°594/199 del MINSAL. Los residuos líquidos de los servicios sanitarios móviles serán retirados, con la periodicidad correspondiente, por una empresa autorizada para dichos fines, por lo que se mantendrá en la instalación de faenas un registro de la trazabilidad de estos residuos. Los baños serán provistos por una empresa que cuente con autorización sanitaria. Fase de operación: el Proyecto cuenta con Propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA). Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 35 de 76 Indicador que acredita su cumplimiento Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasadas. Registro de limpieza y retiro de residuos respecto al uso de baños químicos. Propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se deberá mantener en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

6.2.9.- Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Componente/materia: Agua potable Norma D.S. N°594/1999 del MINSAL. Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. En los Artículos 12, 13, 14 y 15 del Párrafo II, de la provisión de agua potable, se estable que todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual y colectivo, además el agua potable deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Todo lugar que tenga un sistema propio de abastecimiento deberá mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día. En el Artículo 15 se establece que en aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deberá mantener un suministro de agua potable igual, en cantidad y calidad, a lo establecido en los Artículos 13 y 14 de este reglamento, por trabajador y por cada miembro de su familia. La autoridad sanitaria, podrá autorizar una cantidad menor de agua potable, la cual no podrá ser inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia. En caso de que el agua se almacene en estanques, éstos deberán estar en condiciones sanitarias adecuadas. Se deberán asegurar que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan, controlando diariamente que el cloro libre residual del agua esté de acuerdo con las normas de calidad de agua correspondientes. Deberá evitarse todo tipo de contaminación y el ingreso de cualquier agente que deteriore su calidad por debajo de los requisitos mínimos exigidos en las normas vigentes. La distribución de agua a los consumidores deberá hacerse por red de cañerías, con salida por llave de paso en buen estado. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción Forma de cumplimiento En fase de construcción, el suministro de agua potable para los trabajadores en una primera instancia será provista mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable, se presenta propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Indicador que acredita su cumplimiento Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasadas, durante primera instancia en fase de construcción. Propuesta técnica – económica para la ampliación de territorio operacional DNC VII N°011/24 otorgada por la empresa sanitaria Nuevosur S.A. (adjunto en el Anexo 2 de la DIA) Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se deberá mantener en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras.

6.2.10.- Ley 19.525/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Regula Sistemas de evacuación de drenaje de aguas lluvias. Componente/materia: Aguas lluvias Norma Ley 19.525/1997 del MOP. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 36 de 76 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Descarga de aguas lluvias del proyecto. Forma de cumplimiento Proyecto de Aguas lluvias, memoria de cálculo, especificaciones técnicas y planos asociados a la pavimentación y aguas lluvias del presente proyecto, se adjunta en el Anexo 4 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Oficio de aprobación por la entidad correspondiente. Forma de control y seguimiento Oficio de aprobación en instalación de faenas

6.2.11.- Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.F.L 725/1968 del MINSAL, en su Artículo 78 del párrafo III se fijan las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios. En los Artículos 79 y 80 se estable que para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase será necesaria la aprobación previa del proyecto por el servicio nacional de salud y determina que es el servicio nacional de salud quien debe autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Área de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domésticos en instalación de faenas en fase de construcción; Manejo de residuos asimilables a domésticos en fase de operación. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción los residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente para luego ser llevados hasta un relleno sanitario que cuente con autorización sanitaria, por el servicio de recolección de la comuna. En el caso de los residuos sólidos no peligrosos serán almacenados en un sitio destinado para esos fines en la instalación de faenas, para luego ser retirados, trasladados y dispuestos de parte de una empresa prestadora del servicio autorizada sanitariamente. Para lo anterior, se mantendrá disponible en la instalación de faenas del proyecto durante la fase de construcción, un registro o planilla tipo mensual de los residuos sólidos no peligrosos generados con su respectiva fecha de retiro y/o disposición final de estos, así como boletas y/o certificados para acreditar la trazabilidad de estos residuos.

Tabla. Planilla de registro de generación y retiro de residuos del proyecto. Mes Cantidad estimada (kg/mes o ton/mes) Fecha de retiro Lugar autorizado de disposición final

Una vez concluida la fase de construcción, el Titular remitirá el registro, con su respectiva documentación de respaldo (boleta, factura, guía de despacho, certificado de destino, etc.), a la Superintendencia del Medio Ambiente. En fase de operación, los residuos domiciliarios serán retirados por el servicio municipal de la I. Municipalidad de San Javier. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 37 de 76 Aprobación de los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142 por la Autoridad Sanitaria. Planilla de registro de generación y retiro de residuos sólidos no peligrosos de la fase de construcción. Forma de control y seguimiento Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores. Comprobante de envió de la planilla de registro de residuos sólidos no peligrosos de la fase de construcción, con su respectiva documentación de respaldo a la SMA.

6.2.12.- Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N°594/1999, según la “Guía de aplicación del Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo en el marco del SEIA”, son aplicables al manejo de los residuos sólidos industriales los artículos 18°, 19° y 20°. En el Artículo 18°, establece que “la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria”. En el Artículo 19°, establece que “las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades”. En el Artículo 20, establece que “en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de las viviendas. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se generarán residuos industriales no peligrosos y estos serán acopiados transitoriamente para posteriormente ser retirados y dispuestos en relleno sanitario autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de aprobación del Permiso Ambiental Sectorial 140 (Anexo 7.1 de la DIA). Registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Forma de control y seguimiento Guía de despacho u otro documento que acredite la disposición de los residuos no peligrosos en un lugar autorizado. Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores.

6.2.13.- Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Residuos peligrosos. Norma D.S. N°148/2003 del MINSAL. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos (RESPEL) en instalación de faenas Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 38 de 76 Forma de cumplimiento Para la mantención temporal de residuos peligrosos se utilizarán contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega RESPEL, ubicado en el área de instalación de faenas. Posteriormente estos residuos, serán retirados y trasladados por una empresa autorizada sanitariamente, para finalmente dar disposición final en relleno de seguridad autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de aprobación de la bodega RESPEL. Registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Forma de control y seguimiento Guía de despacho u otro documento que acredite la disposición de los residuos peligrosos en un lugar autorizado. Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores.

6.2.14.- Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Componente/materia: Residuos de emisiones Norma D.S. N°1/2013 del MMA. En su Artículo 1 se establece que el presente reglamento regula el RETC, que es una base de datos accesible al público destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencia de contaminantes potencialmente dañinos para salud y el medio ambiente. En el Artículo 17 se establece que los reportes de emisiones de residuos y/o transferencia de contaminantes deben realizarse mediante la ventanilla única del RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos peligrosos, no peligrosos de la construcción y emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Se declarará a través de la ventanilla única que dispone el RETC, según corresponda, las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados en el proyecto. En caso se genere más de lo establecido en los umbrales de reporte, se procederá a realizar la declaración y el medio de verificación corresponderá al poder notarial de la solicitud de registro en la plataforma del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de declaración por ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones de residuos y emisiones generados, disponible en base de datos del RETC. Se remitirá información a la SMA.

6.2.15.- NCh 3563:2019 Gestión de residuos – Residuos de construcción y demolición (RCD) - Clasificación y directrices para el plan de gestión. COMPONENTE/MATERIA: Gestión de residuos de construcción Norma NCh 3.563:2019 Gestión de residuos – Residuos de construcción y demolición (RCD) - Clasificación y directrices para el plan de gestión Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto se contemplará la segregación de los residuos para que sean retirados por una empresa externa autorizada, que cuente con los permisos y certificaciones necesarios otorgados por la Autoridad competente. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla de registro de los residuos de la construcción y documentación necesaria que acredite a la empresa contratada para el retiro de los residuos. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 39 de 76 Forma de control y seguimiento Documentación y registro que acredite a la empresa autorizada encargada del retiro de los residuos, los cuales se mantendrá en las oficinas de la instalación de faenas a disposición de las entidades fiscalizadoras.

6.2.16.- Ley 20.879/2015 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestino. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos no peligrosos Norma Ley 20.879 conforme a su artículo 192 bis indica “El que encargue o realice, mediante vehículos motorizados, no motorizados o a tracción animal, el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público…”. Además, el artículo 192 ter. de la Ley 20.879, señala que “El transporte y retiro de escombros en contenedores o sacos se realizará cubriendo la carga de forma que se impida el esparcimiento, dispersión de materiales o polvo durante su traslado y que éstos se caigan de sus respectivos transportes. El que efectúe el transporte sin adoptar las medidas indicadas deberá pagar una multa de hasta 3 unidades tributarias mensuales.” Por consiguiente, su artículo 192 quáter indica “Cualquier persona que sorprenda o detecte las conductas descritas en los artículos 192 bis o 192 ter podrá poner en conocimiento de este hecho a las municipalidades, a Carabineros de Chile o a la autoridad sanitaria, quienes remitirán los antecedentes al Ministerio Público o a los tribunales competentes, según corresponda…” Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Retiro, transporte y disposición final de residuos de cualquier tipo durante la ejecución de la fase de construcción Forma de cumplimiento Autorización sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, registros y/o certificados de retiro, transporte y disposición final de los residuos en sus instalaciones y hacia terceros autorizados. Aprobación de los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142 por la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla del registro de retiro de los residuos. Boletas, facturas y/o certificados que acrediten la disposición final de estos residuos. Se mantendrá en las oficinas de la instalación de faenas la documentación y registro. Además, de informar el reporte a la SMA. Forma de control y seguimiento Documentación y registro que acredite a la empresa autorizada encargada del retiro de los residuos, los cuales se mantendrá en las oficinas de la instalación de faenas a disposición de las entidades fiscalizadoras.

6.2.17.- Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. N°43/2016 del MINSAL. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas serán almacenadas en una bodega destinada para este fin, clasificadas según peligrosidad y compatibilidad. Su clasificación será visible para disponerlas correctamente en la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las sustancias peligrosas almacenadas en el interior de las obras (la cantidad y la peligrosidad) Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 40 de 76 Forma de control y seguimiento Registros en obras y la inspección deberá ser visual por parte de la Autoridad fiscalizadora.

6.2.18.- Decreto Supremo N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, modificado por el Decreto Supremo N°1910/2003. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma D.S. N°158/2003 del MOP, modificado por el D.S. N°1910/2003. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento El Proyecto en su construcción requiere del transporte de materiales en camiones, en todo momento el transporte de cargas hacia y desde el Proyecto se realizará con camiones que cumplan las normas establecidas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y control de camiones, se poseerá la ficha técnica de los camiones indicando el peso máximo permitido, control de licencias de operadores de camiones que prestan servicios. Forma de control y seguimiento Los registros se deberán mantener en instalación de obras ante posibles fiscalizaciones, inspección visual en terreno.

6.2.19.- Decreto Supremo N°298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Componente/materia: Vialidad y transporte Norma D.S. N°298/1995 del MTT. El presente reglamento establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos, que, por sus características, sean peligrosos o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto. Forma de control y seguimiento Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.

6.2.20.- Decreto 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Decreto Supremo N°47/1992 del MINVU, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: D.F.L. N°458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y el D.S. N°47, de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Norma D.F.L. N°458 de 1975 y D.S. N°47/1992 OGUC, en su inciso 1 del artículo 116 la presente ley señala que “La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General.” Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 41 de 76 Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto Forma de cumplimiento El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del permiso de urbanización y edificación. Una vez finalizada la fase construcción se dará cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Para obtener recepción de Viviendas, se presentará Resolución de calificación Ambiental Favorable. Indicadores que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Urbanización y Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Cumplimiento y fiscalización de RCA, Permiso de edificación y Recepciones municipales.

6.2.21.- Decreto Supremo N°551/2017 de la Ilustre Municipalidad de San Javier. Aprueba Ordenanza Municipal de diseño y ejecución de áreas verdes y platabandas en zona urbana - rural. Componente/materia: Ordenamiento territorial Norma D.S. N°551/2017 de la I. Municipalidad de San Javier. Aprueba Ordenanza Municipal de diseño y ejecución de áreas verdes y platabandas en zona urbana-rural. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Áreas verdes y espacio público Forma de cumplimiento El Proyecto considera superficies que serán destinadas a áreas verdes para el uso y goce de los futuros habitantes. Cabe señalar que el Proyecto cumplirá con todas las disposiciones indicadas en la presente Ordenanza y a lo presentado en el plano de áreas verdes (Anexo 4.5 de la DIA). Tramitación de la obtención del Certificado de Recepción conforme por parte de la Dirección de Obra Municipales de San Javier. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso de Edificación del Proyecto emitido por la Dirección de Obras Municipales de San Javier. Certificado de Recepción definitiva por parte de la Dirección de Obra Municipales de San Javier. Forma de control y seguimiento Copias de Permiso de Edificación. Certificado de Recepción Final de las viviendas.

6.2.22.- Ley 17.288 del Ministerio de Educación, Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga ley 651, de 17 de octubre de 1925. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Ley 17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales. Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el Consejo de Monumentos Nacionales y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos estará sujeto a su autorización previa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la ejecución de todas obras o acciones para la construcción del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante los movimientos de tierra del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 42 de 76 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del Proyecto. De acuerdo con lo anterior, el caso de encontrarse materiales arqueológicos de forma subsuperficial al momento de realizar movimientos de tierra, se debe dar aviso a la autoridad patrimonial correspondiente en la legalidad vigente, para tomar las medidas correspondientes. Además, en caso de cualquier hallazgo se activará el protocolo de hallazgos paleontológicos y patrimoniales no previstos, el cual se detalla a continuación: Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. Dar aviso de manera inmediata al/a la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Se delimitará y señalizará correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. Se avisará al CMN acerca del hallazgo arqueológico y/o paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). Dicha notificación será realizada por el profesional encargado en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación, DS N°484 de 1990. Indicador que acredite su cumplimiento En caso de hallazgo, se paralizará de inmediato la obra e informará a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales junto al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 26 de la Ley de Monumentos Nacionales y el Art. 23 del Reglamento de la citada Ley. Comprobante de aviso a CMN, si corresponde. Registro de hallazgo y fotografías de medidas implementadas, si corresponde. Forma de control y seguimiento Aviso de hallazgo al CMN, si corresponde. Registro de charlas de inducción en instalación de faenas.

6.2.23.- Artículo N°136 del Decreto N°430/1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.892/1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. COMPONENTE/MATERIA: Preservación de los recursos hidrobiológicos Norma Artículo 136.- El que, sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes. El que por imprudencia o mera negligencia ejecutare las conductas descritas en el inciso anterior será sancionado con presidio menor en su grado mínimo y multa de 50 a 5.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes. Si el responsable ejecuta medidas destinadas a evitar o reparar los daños, el tribunal podrá rebajar la pena privativa de libertad en un grado y la multa hasta en el cincuenta por ciento, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan. En el caso del inciso segundo, podrá darse lugar a la suspensión condicional del procedimiento que sea procedente conforme al artículo 237 del Código Procesal Penal, siempre que se hayan adoptado las medidas indicadas y se haya pagado la multa.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 43 de 76 Artículo 136 bis.- El que realizare actividades de introducción, investigación, cultivo o comercialización con organismos genéticamente modificados sin contar con la autorización a que se refiere el artículo 87 bis, será sancionado con multa de 100 a 3.000 UTM y con pena de presidio menor en su grado mínimo. De la misma forma será sancionado aquel que importare dichos organismos sin contar con la autorización a que se refiere el artículo 12, inciso tercero. El que con dolo o culpa introdujere o mandare introducir organismos genéticamente modificados al mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de aguas, sin contar con la autorización a que se refiere el artículo 87 bis, será sancionado con multa de 500 a 5.000 UTM y presidio menor en su grado medio. En aquellos casos en que la conducta descrita en el inciso anterior causare daño al medio ambiente acuático o a otras especies hidrobiológicas o en caso de reincidencia, se aplicará la pena aumentada en un grado.

Artículo 136 ter.- El que instale o use artes de pesca en las aguas terrestres dentro del territorio nacional, infringiendo la prohibición señalada en el artículo 48, será sancionado con presidio menor en su grado medio y multa de 500 a 10.000 unidades tributarias mensuales. El que procese, elabore, transporte o comercialice especies hidrobiológicas provenientes de aguas terrestres capturadas con artes de pesca, con infracción de la prohibición señalada en el artículo 48, será sancionado con la misma pena señalada en el inciso anterior. En los casos antes señalados se aplicará como pena accesoria la prohibición del ejercicio de la pesca en cualquiera de sus formas por cinco años, así como el comiso de las artes de pesca, vehículos, implementos y establecimientos utilizados en la captura o en la comercialización. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de modificación de cauce para desarrollo del Proyecto Forma de cumplimiento Se realizará una limpieza inicial y un trazado de las obras a realizar en el área a intervenir. Se controlará que las actividades de excavación, remoción de suelo, cobertura vegetal y árboles que se realicen, en toda la zona de obra, sean estrictamente solo las necesarias. No se permitirá que las excavaciones y zanjas se mantengan abiertas por más tiempo que el necesario para la colación de las tuberías, para evitar procesos erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo y de los materiales utilizados en la construcción. Se prohíbe el control químico de vegetación, con el fin de evitar el escurrimiento superficial y posible afectación de los cursos de agua colindantes al Proyecto. Las descargas de aguas servidas en fase de construcción, proveniente de las actividades diarias de los trabajadores, serán dispuestas a través de servicios sanitarios (baños y duchas portátiles) los que serán retirados del lugar, por una empresa proveedora autorizada sanitariamente. Respecto a la generación de residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos, estos serán dispuestos en las zonas de acopio y bodega RESPEL, correspondientes, en la zona de instalación de faenas. Se evitará el derrame de hidrocarburos, realizando recarga de combustibles y mantención a la maquinaria fuera del área de emplazamiento del Proyecto, la periodicidad con la que se realizaran estas mantenciones será específico de cada maquinaria, con el fin de asegurar su adecuado funcionamiento. A continuación, además se detallan medidas que permitirán verificar y tener un control para evitar la ocurrencia de alguna contingencia relacionada con el derrame de hidrocarburos: El jefe directo, se encargará de verificar y actualizar el registro de la maquinaria utilizada, las que se mantendrán archivadas en la oficina de administración. No se dispondrán estanques o tambores de almacenamiento de aceites, lubricantes o combustibles en el área de construcción. Los camiones de carga deberán circular a velocidad controlada (30 km/h) dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día. No se realizará la mantención a los equipos en las zonas de trabajo. No se permitirá el trasvase o manipulación de aceites o hidrocarburos dentro del área del Proyecto. Se evitarán en lo posible choques o colisiones, manteniéndose una velocidad máxima de tránsito de 30 km/h en el área de construcción. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 44 de 76 Indicador que acredite su cumplimiento Resolución sanitaria de aprobación del sitio de disposición de residuos no peligrosos y peligrosos, emitida por la Seremi de Salud, una vez presentado los antecedentes sectorialmente. Registros de retiro (boleta, factura u otro documento) de la empresa externa autorizada para el retiro de los residuos, además del certificado de disposición final de residuos no peligrosos y peligrosos. Verificación en terreno del correcto funcionamiento de la maquinaria, manteniendo el registro de las mantenciones realizadas en lugares autorizados fuera del área de emplazamiento del Proyecto. Aprobación sectorial de los permisos ambientales sectoriales 140, 142 y 156. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible para la Autoridad un registro interno del contenido de los PAS 140, 142 y 156, con las respectivas, aprobaciones sectoriales por parte de la autoridad competente. Además, de enviar una copia a la SMA. Fiscalización de la SMA

6.2.24.- Decreto Exento N°878/2011 del MINECON que “Establece Veda extractiva para especies Ícticas Nativas en todo el Territorio Nacional”. COMPONENTE/MATERIA: Fauna íctica Norma Decreto Exento N°878/2011 del MINECON que “Establece Veda extractiva para especies Ícticas Nativas en todo el Territorio Nacional” Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las acciones por implementar durante la fase de construcción corresponden al no vertimiento de contaminantes físico, químicos y/o biológicos al cuerpo de agua. Además, de mantener las zonas aledañas al cuerpo de agua limpias, evitando la acumulación de basura y escombros que pudieran caer en él. Principalmente se busca la inducción a los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto, con el fin de que cada uno de ellos pudiera tomar decisiones ante alguna posible afectación del cuerpo de agua. Se realizarán charlas inductivas a los trabajadores de ambas fases con el fin de entregar conocimiento del estado del arte del cuerpo de agua, y además tomar decisiones que permitan mitigar las posibles afectaciones. Finalmente, se avisará a las entidades pertinentes ante cualquier afectación o daño que pudiera incurrir el proyecto, con el fin de tomar decisiones en conjunto con los entes ambientales (SUBPESCA o SERNAPESCA). Forma de cumplimiento Se generarán informes periódicos sobre el estado del cuerpo de agua y las posibles afectaciones que tuviere el proyecto. Además, de generar planes de emergencia con el fin de mitigar cualquier posible afectación. Todo lo anterior consolidado en un informe que será presentado ante SERNAPESCA y SUBPESCA. Por otro lado, se generará un protocolo estandarizado de conocimiento de todo el personal que permita llevar control ante una posible afectación, en el que se incluya el profesional responsable, fecha, hora, lugar y el tipo de afectación Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las actividades que contemplen una posible afectación del cuerpo de agua, y junto con ello medidas de mitigación ante algún daño en este componente. Se indicará fecha, hora, lugar y profesional responsable. Forma de control y seguimiento Generar monitoreos periódicos de la calidad de agua y un catastro de la fauna íctica presente el cuerpo de agua, con el fin de generar informes que den conocimiento tanto a los trabajadores como a las entidades fiscalizadoras.

7°. Que, el Titular del proyecto adquirió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

7.1.- Compromiso ambiental voluntario Charlas de prevención y cuidado de fauna y flora silvestre Tabla 7.1.- Compromiso ambiental voluntario: Charlas de prevención y cuidado de fauna y flora silvestre Impacto asociado Pérdida de fauna y flora silvestre asociado a la operación del proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 45 de 76 Objetivo, descripción y justificación Objetivo: verificar que las actividades operativas del proyecto no alteren la abundancia y riqueza de las especies, mediante buenas prácticas adquiridas a través de charla de capacitación

Descripción: Previo al inicio de las obras, se realizará una charla de capacitación donde se entreguen lineamientos y buenas prácticas para la reacción correcta frente al hallazgo de fauna silvestre dentro del área del proyecto.

Justificación: Realizar charla de capacitación previo al inicio de las obras asegura que el trabajador esté informado de la fauna y flora silvestre presente en el lugar y saber cómo proceder frente al hallazgo de esta asegurándose la prevalencia de la abundancia y riqueza de las especies. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: dentro del área del proyecto, en lugar a convenir para la realización de la charla.

Forma: Se realizará una charla, mediante la presentación de material digital como una presentación que contendrá diferentes contenidos. Primero se realizará una descripción de la flora y fauna asociada a los campos y al Humedal aledaño al área del proyecto, para luego presentar buenas prácticas y medidas frente el hallazgo de fauna silvestre. Se detallará el plan de medidas, con los pasos a realizar, a quienes informar, etc. Finalmente se entregará un informativo resumido de lo indicado a cada trabajador y se realizará un registro de cada participante.

Oportunidad: previo al inicio de las obras de construcción. De acuerdo a lo anterior su frecuencia será anual, su aplicación será durante toda la etapa constructiva del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla de registro de los participantes de la charla e informe con registro fotográfico de la actividad Forma de control y seguimiento Registro de las capacitaciones a los trabajadores, que incluyan fecha, hora de las capacitaciones, la firma de cada uno de los trabajadores capacitados, y los contenidos de la capacitación.

Se remitirá anualmente dicho informe con registros y planilla a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de su página web

8.2.- Compromiso ambiental voluntario Plan de monitoreo de calidad de agua de pesca de investigación Tabla 8.2.- Compromiso ambiental voluntario: Plan de monitoreo de calidad de agua de pesca de investigación Impacto asociado Posible impacto negativo significativo sobre la calidad de agua asociado a la ejecución del proyecto de aguas lluvia y en consecuencia a la flora y fauna asociada a este. Fase del Proyecto a la que aplica Previo y durante fase de construcción y posterior entrega de obra. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las actividades asociadas al proyecto no generen un impacto negativo significativo sobre especies de flora y fauna acuáticas y aquellas asociadas a cuerpo de agua. Con la finalidad de proteger a especies nativas de ictiofauna, aves, anfibios, quirópteros y especies de flora ante la posible contaminación de los cuerpos de agua.

Descripción: Se realizará una toma de muestra de calidad de agua en el Estero Chanquico, para lo cual se definen un total de 3 puntos, en base al ingreso y salida de agua al área del proyecto y a la ubicación del punto de descarga de aguas lluvias. Las mediciones se deben ejecutar antes durante y después de finalizada la obra. El seguimiento considerará medición de indicadores de la calidad del agua, dentro de los cuales se incluirán parámetros biológicos, físicos y Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 46 de 76 químicos establecidos en la tabla N°4 de la norma chilena N° 1333. Adicionalmente, se realizará pesca eléctrica en estaciones de monitoreo, con el fin de verificar que no se genere un impacto significativo sobre la ictiofauna nativa presente en el Humedal Estero Chanquico. Las actividades de pesca se realizarán previo, durante y posterior a la ejecución de las obras.

Justificación: Realizar un muestreo previo a las actividades generará una muestra de control el cual servirá de parámetro para corroborar que la calidad del agua no se ha visto afectada con las actividades asociadas a las obras de descarga de aguas lluvias. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará la toma de muestra en el Estero Chanquico, que recibirá las aguas provenientes del proyecto, considerando la ubicación de las descargas de aguas lluvia asociado al mismo. Asimismo, se realizará pesca eléctrica en estaciones de monitoreo, coincidentes con los puntos de toma de muestras de calidad de agua, cuyas coordenadas se presentan en la Figura y la Tabla a continuación:

Figura. Puntos de monitoreo para Fauna íctica y Calidad de Aguas. Consultor: Carta: Escala: Simbología

PUNTOS DE MONITOREO FAUNA ICTICA Y CALIDAD DE AGUA 1:3.500 Área Proyecto

Instalación de Faenas Área de Influencia Proyección:

Humedal Estero Chanquico WGS 84 UTM H19S

Puntos de Monitoreo

Descargas de Agua Lluvia

Tabla. Coordenadas geográficas puntos de muestreo Ictiofauna y calidad de agua. Puntos muestreo Coordenadas UTM WGS 84 H19 Norte Este P1 6.056.453 253.625 P2 6.056.466 253.434 Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 47 de 76 P3 6.056.659 253.258

Forma: Toma de muestra de agua siguiendo los protocolos de muestreo, las cuales serán enviadas al SMA para ser analizados. En el caso de encontrar un indicador de contaminación del agua, se dará aviso al SMA con el fin de proceder con el protocolo correspondiente. Adicionalmente, se realizará un plan de seguimiento de fauna íctica, que consiste en realizar pesca eléctrica en estaciones de monitoreo. Dicho monitoreo considerará dos campañas de muestreo anuales, una durante el período estival y la segunda durante el invierno (considerando alto y bajo caudal de la cuenca del rio maule). Esta actividad se realizará mediante pesca eléctrica, con una frecuencia que responde a la necesidad de evaluar el estado de la especie dentro del canal, pudiendo conocer su distribución dentro de éste, su abundancia y las condiciones de hábitat de preferencia dentro del cauce.

Oportunidad: La toma de muestra de control de calidad de agua se ejecutará previo al inicio de las actividades de la fase constructiva. Luego se deben ejecutar muestreos después de que las actividades hayan finalizado. Se deberá notificar a SERNAPESCA de la ejecución de dichas actividades, con el fin de que esta pueda cumplir su función fiscalizadora, dicho aviso deberá ser con un mínimo de 7 días antes de la realización de la actividad. La notificación será realizada mediante el envío de un correo electrónico y una carta certificada dirigida al Director Regional de SERNAPESCA de la Región del Maule. Indicador que acredite su cumplimiento Finalizados los muestreos, su resultado y análisis será materializado en un informe que incluya registro de las actividades realizadas en terreno. Forma de control y seguimiento El informe con los resultados de las campañas será remitido una vez terminadas las actividades por el encargado Ambiental-Territorial. Estos informes serán remitidos a la Superintendencia de Medio Ambiente a través de la plataforma virtual, para ser remitidos a SERNAPESCA y SUBPESCA.

7.3.- Compromiso ambiental voluntario Monitoreo mensual de niveles de ruido en Fase de Construcción Tabla 7.3.- Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo mensual de niveles de ruido en Fase de Construcción Impacto asociado Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar cumplimiento al D.S. 38/2011 del MMA por medio de la implementación de un monitoreo mensual de emisiones acústicas en los potenciales receptores.

Descripción: el monitoreo de los niveles de ruido consistirá en el seguimiento de los niveles de ruido generados por las diferentes actividades del proyecto en los puntos considerados como potenciales receptores, los cuales se encuentran definidos en el estudio de ruido del presente Proyecto.

Justificación: Verificar in situ el cumplimiento de los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores que superan los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA, identificados en la Línea de Base de Ruido del Proyecto.

Forma: Durante la fase de construcción, se realizará un monitoreo mensual, el cual se ejecutará cuando ocurra la peor condición de emisiones acústicas en fase de construcción, la cual se encuentra definida en el Estudio de línea base del componente ruido del presente Proyecto. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 48 de 76 En cada uno de estos monitoreos se realizará una inspección en todos los receptores con niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA definidos de la línea de base y, posteriormente, se generará un informe, el cual incluirá la metodología de medición, y los niveles de ruido medidos en terreno.

Oportunidad: Durante el período que comprenden las fases constructivas del Proyecto, cuando ocurra la peor condición de emisiones acústicas definida en la línea de base de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Informes mensuales del monitoreo realizado. Forma de control y seguimiento Informes mencionados disponibles en la instalación de faenas ante fiscalizaciones. Se remitirá toda la documentación asociada a los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un plazo máximo de un mes posterior a la ejecución del monitoreo.

7.4.- Compromiso ambiental voluntario Implementación de sistema de iluminación a de bajo impacto ambiental Tabla 7.4.- Compromiso ambiental voluntario: Implementación de sistema de iluminación de bajo impacto ambiental Impacto asociado Posibles impactos a la fauna asociada al área del humedal Estero Chanquico Fase del Proyecto a la que aplica Durante la fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca regular las características de la luminaria funcional y en las áreas verdes del proyecto.

Descripción: Se implantará iluminación pública siguiendo las recomendaciones del Decreto N°43/2012 del MMA y la Modificación de la Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrados de Exteriores, aprobada por D.S. N°1 del 2022 del MMA (Nueva Norma Lumínica).

Justificación: A través de esta medida se busca disminuir el impacto que genera la dispersión de la luz artificial sobre las zonas naturales y su biodiversidad, con especial énfasis en zonas de humedal. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área verdes, calles y veredas del proyecto.

Forma: Se procederá a la instalación de iluminaria de acuerdo a las características señaladas en el decreto Supremo N°043, donde se señala que:

• El alumbrado ambiental urbano del proyecto, especialmente en las zonas de áreas verdes, no exceda la altura de los 5 metros de altura.

• La luminaria o proyector debe ser instalado de manera horizontal, sin inclinación de ningún tipo (A).

• Restricción a la sobre iluminación (B).

• Restricción espectral, recomienda utilizar LED de menor temperatura (C).

Figura 1. Representación de algunas condiciones (A, B, C) A B Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 49 de 76

Fuente: Oficina de Protección de la calidad de cielo del norte de Chile Oportunidad: Mantener la biodiversidad de la zona en especial la ligada al humedal. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá un registro en las oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria del inicio y fin de la instalación de iluminaria, junto con las fichas técnicas del producto y fotografías de instalación y funcionamiento de noche. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles los siguientes antecedentes en caso de que la autoridad lo requiera en oficinas administrativas de la instalación de faenas y de la inmobiliaria:

 Boletas y/o facturas de la iluminaria comprada.

 Lista de tipos de iluminaria y registro de la instalación.

 Registro fotográfico de la instalación, tipo e iluminaria.

Se mantendrá la ficha técnica de la iluminación implementada, numero por tipo de iluminaria y localización de tal forma de monitorear su funcionamiento y objetivo. Se realizará un informe para la entidad fiscalizadora Servicio de Medio Ambiente (SMA) con el fin de presentar un registro y seguimiento del cumplimiento del compromiso adquirido.

7.5.- Compromiso ambiental voluntario Retiro de fase líquida de la piscina del sistema de lavado de canoas Tabla 7.5.- Compromiso ambiental voluntario: Retiro de fase líquida de la piscina del sistema de lavado de canoas Impacto asociado Descarga de riles Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la descarga de riles provenientes del lavado de canoas al sistema de alcantarillado.

Descripción: Se retirará el componente líquido de la piscina de decantación por medio de una empresa externa debidamente autorizada.

Justificación: Existencia de fase líquida que no logra evaporarse, acumulándose en la piscina generando el requerimiento de su retiro externo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Piscina de recolección de riles del lavado de canoas.

Forma: Los camiones mixer descargarán el agua liberada para el lavado de la canoa dentro de un contenedor que se dispondrá al interior de la piscina. Cuando gran parte del agua se haya evaporado, se retirará el material sólido endurecido, mientras que el excedente de agua que no haya logrado evaporarse, será retirado por el servicio de una empresa técnica autorizada, la cual será responsable la disposición final de los riles.

Oportunidad: Al término de las obras que impliquen el uso de hormigón o en caso de ser requerido con anterioridad. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá registro de boletas y facturas del servicio de la empresa encargada del retiro de la fase líquida de la piscina de decantación, además del certificado que acredite que la empresa está capacitada y autorizada para ejecutar el retiro y disposición final del residuo. C Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 50 de 76 Forma de control y seguimiento Constante verificación de la piscina mientras se desarrollen las actividades de lavado de canoas.

7.6.- Compromiso ambiental voluntario Charla Arqueológica Tabla 7.6.- Compromiso ambiental voluntario Charla Arqueológica Impacto asociado Posible afectación ante eventual hallazgo de un material arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores sobre el componente arqueológico y sobre los procedimientos en caso de hallazgos.

Descripción: Previo al inicio de actividades de movimiento de tierras se realizará una inducción a los trabajadores de la obra, con el fin de capacitarlos sobre el componente arqueológico y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos. Estas charlas deben ser realizadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. En caso de evidenciarse restos arqueológicos, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Art. 26 de la Ley 17.288.

Justificación: A través de la charla los trabajadores estarán capacitados para realizar los procedimientos correspondientes frente a un posible hallazgo arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro de la instalación de faenas.

Forma: Se realizará una charla dentro de la instalación de faenas a los trabajadores en donde se capaciten sobre el componente arqueológico y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos. Esta será realizada por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología previo al inicio de la actividad de movimientos de tierra del Proyecto.

Oportunidad: Previo a las actividades de movimientos de tierra, tal como limpieza, escarpe y excavaciones sub-superficiales. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de capacitación donde se indique los contenidos de la inducción realizada, una constancia de asistentes a la misma, junto a sus firmas y una síntesis de los comentarios, observaciones y preguntas realizadas durante el desarrollo de las mismas. Forma de control y seguimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales el informe correspondiente una vez que se haya realizado.

7.7.- Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de calidad del agua y fauna íctica Tabla 7.7.- Compromiso ambiental voluntario Monitoreo de calidad del agua y fauna íctica Impacto asociado Fauna íctica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las actividades asociadas a las descargas de aguas lluvias al estero no generen un impacto negativo significativo sobre el cuerpo de agua.

Descripción: Se realizará un muestreo semestral contrastante de calidad de agua y fauna íctica, los cuales servirán de parámetro para corroborar que la calidad del agua no se ha visto afectada con las actividades asociadas al proyecto.

Justificación: Se realizó una caracterización de ictiofauna, donde se detectó una especie nativa con categoría de conservación: Nematogenys inermis. En este sentido, y dado que se descargarán las aguas lluvias al Estero Chanquico, se realizará un monitoreo de la calidad del agua considerando los parámetros establecidos en la NCh 1333 of. 78, en específico los referidos a aguas destinadas a vida acuática, además de un monitoreo de fauna íctica. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 51 de 76 Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: las actividades de muestreo para el seguimiento de fauna íctica serán realizadas en las estaciones de monitoreo ejecutadas en las campañas de caracterización basal con la finalidad de poder contrastar la información obtenida.

Figura. Puntos de monitoreo en área del proyecto. Consultor: Carta: Escala: Simbología:

PUNTOS DE MONITOREO FAUNA ICTICA Y CALIDAD DE AGUA 1:3.500 Área Proyecto Instalación de Faenas Área de Influencia Proyección: Humedal Estero Chanquico WGS 84 UTM H19S Puntos de Monitoreo Descargas de Agua Lluvia

Tabla. Coordenadas geográficas puntos de muestreo Ictiofauna. Puntos muestreo Coordenadas UTM WGS 84 H19 Norte Este P1 6056453 253625 P2 6056466 253434 P3 6056659 253258 Fuente: Elaboración Propia.

Forma: Se realizarán tomas de muestras de agua y fauna íctica que serán analizadas y comparadas con la información basal obtenida de la caracterización limnológica, además de verificar que la calidad del agua cumpla con los valores de la tabla N°4 de la NCh 1333. Para cada monitoreo a realizar, se espera obtener resultados similares o con leves variaciones a los registrados durante la caracterización de especies para la componente limnológica del proyecto.

Oportunidad: Se propone realizar un monitoreo semestral (2 al año) durante el primer año de funcionamiento del proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Finalizados los muestreos, su resultado y análisis será materializado en un informe que incluya registro de las actividades realizadas en terreno. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 52 de 76 Forma de control y seguimiento Los informes con los resultados de muestreo de calidad de agua serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente 20 días hábiles posterior a la realización del monitoreo.

7.8.- Compromiso ambiental voluntario Monitoreo arqueológico permanente Tabla 7.8.- Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico permanente Impacto Posible hallazgo de un material arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir una posible afectación en hallazgos de material arqueológico, en caso de ocurrir.

Descripción: Se implementará un monitoreo arqueológico permanente exclusivamente en las actividades que impliquen obras de limpieza, escarpe y remoción de superficie y/o excavación. El monitoreo será acompañado de charlas de inducción e informe el cual será remitido ante las autoridades competentes en la materia.

Justificación: Evitar una posible afectación de material arqueológico que se pueda presentar en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obras de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto.

Forma: Implementación de un monitoreo arqueológico permanente, el cual se realizará exclusivamente en actividades de la fase de construcción que impliquen obras de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del proyecto. Este monitoreo deberá ser desarrollado por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. Además, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores del proyecto previo a las actividades de movimientos de tierra, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Estas charlas deben ser realizadas por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. En caso de evidenciarse restos arqueológicos, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Art. 26 de la Ley 17.288.

Oportunidad: Se realizará en todas las actividades que impliquen limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual de monitoreo mientras duren las actividades de limpieza, escarpe de terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación en el área del Proyecto. El informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por el arqueólogo y enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, que deberá incluir los siguientes antecedentes:

 Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

 Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

 Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

 Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

 Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajadora.

 De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 53 de 76

 Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).

 Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto.  Medidas de protección y/o conservaciones implementadas.

 Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

 Se deberá efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).

 Entrega de un informe final de monitoreo que dé cuenta de las actividades realizadas y rescate correspondiente, de acuerdo con el Art. 7 de la Ley 17.288, de los cuales se deberá incluir una revisión bibliográfica de la zona. Junto con un análisis y conservación de los materiales correspondientes.

 En caso de rescates de hallazgos no previstos, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Art. 7 del Reglamento de Excavación, establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

De recuperarse materiales arqueológicos, la destinación se indicará al momento de entregar este informe final para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento Informe de monitoreo presente en oficinas de instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones y remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por un/a(s) arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, y será enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes.

8°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes

8.1.- Riesgo 1. Incendio o amago de incendio Riesgo o contingencia Este tipo de riesgo se encuentra asociado a las distintas fases del proyecto dada la presencia de materiales y sustancias inflamables, por lo cual se consideran prevención y minimización de contingencias. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la Fase de Construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Todas las estructuras para el almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos contarán con las medidas de prevención de incendios establecidas en la normativa vigente.

 Todas las instalaciones eléctricas se diseñarán para la carga máxima a la que será sometida.

 Como medida de detección de incendios, se utilizará la vigilancia móvil, esta será realizada principalmente a pie por los jefes de obra o prevencionista de riesgos, aunque también se consideran rondas en vehículo, sobre todo en época estival.

Se consideran como mínimo dos rondas por rutas planificadas, a pie en los frentes de trabajos correspondientes y dos en vehículo, las que tendrán rutas planificadas a seguir por el perímetro del proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 54 de 76 Tabla. Registro de rondas de vigilancia para detección de fuego. Nombre del trabajador a cargo Medio de transporte Fecha Hora de inicio

 Se dispondrá en las áreas de trabajo todos los elementos básicos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).

 Para evitar un principio de incendio, se dispondrán de extintores en lugares estratégicos, accesibles y bien señalados, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N.º 594/1999. Según las características del fuego que se desea extinguir como se muestra en la Tabla siguiente. Además, se contará con un sistema de mantención preventiva y se capacitará a todo el personal para su uso correcto.

Tabla. Tipos de extintores. Tipo de Fuego Agente de Extinción CLASE A: Combustibles sólidos comunes tales como madera, papel, género, etc. Agua presurizada- Espuma-Polvo químico seco ABC. CLASE B: Líquidos combustibles o inflamables, grasas y materiales similares. Espuma-Dióxido de carbono (CO2) – Polvo químico seco ABC. CLASE C: Inflamación de equipos que se encuentran energizados eléctricamente. Dióxido de carbono (CO2)-Polvo químico seco ABC.

 El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y llevarán a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.

 Además, se contará protocolo general que establezca canales de comunicación tanto internos como externos ante este tipo de eventos.

Canal de información interno: Comienza inicia con el reporte de los testigos y/o involucrados al jefe de obras el que será el encargado de contactar a su superior el cual finalmente tendrá la responsabilidad de informar a las autoridades correspondientes externas al proyecto.

Canal de información externo: Se refiere a la comunicación del encargado en terreno del proyecto con las distintas autoridades, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y llevarán a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona.

Las principales autoridades a las que se les dará aviso en caso de un evento de este tipo son las que se muestran a continuación:

Tabla. Listado de autoridades a dar aviso. Autoridades Contacto Bomberos 132 Carabineros 133 CONAF Maule / Provincia de Linares 130 / (56) 712671249 / (56-73) 210 109 Línea de emergencia para aviso a la Ilustre Municipalidad de San Javier 800 45 13 13

 Se deberá evaluar la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 55 de 76  Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se deberá considerar el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando:

  • Trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento deberá dar en la espalda del personal que combate el incendio.
  • Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego.
  • Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua.

 Si no es posible controlar el incendio se deberá evacuar el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información que soliciten y la ayuda que requieran. Acciones a implementar para controlar la emergencia  La persona que detecte el siniestro deberá inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor

 Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se debe proceder a combatir el fuego con los extintores existentes en el recinto.

 Si no se puede controlar se debe comunicar inmediatamente a bomberos 132.

 Seguidamente se debe comunicar al jefe directo o gerencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes.

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la fase de construcción que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases. Del mismo modo, se prohibirá fumar en las instalaciones del proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.2.- Riesgo 2. Derrame de Hidrocarburos y/o fluidos Riesgo o contingencia Existe el riesgo de que se produzca derrame de hidrocarburos y/o fluidos debido al manejo de maquinaria (combustibles) y fluidos por derrames de residuos de pinturas, diluyentes, barnices entre otros. Por algún evento no considerado en vías públicas, instalaciones de faenas, caminos interiores y el área de influencia del proyecto. Asimismo, se busca prevenir el derrame de hidrocarburos y/o fluidos sobre la calidad de las aguas subterráneas y superficiales, de existir. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 56 de 76 Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la Fase de construcción del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  El jefe directo, se encargará de verificar y actualizar el registro de la maquinaria utilizada, las que se mantendrán archivadas en la oficina de administración.

 Se dispondrá de una bodega de combustible debidamente señalizada en la instalación de faenas.

 Los tambores que contengan productos líquidos (combustibles, desmoldantes, etc.) deberán estar montados sobre atriles metálicos para permitir un trasvasije seguro y deberán estar provistos de una llave de corte rápido.

 Los equipos menores son llevados a la bodega de combustibles y se trasvasijan con una bomba manual.

 En el caso del generador se carga por intermedio de los tambores de almacenaje y estos son abastecidos por los camiones cisterna de la empresa proveedora de combustible.

 Para evitar derrame en el suelo al momento del trasvasije se colocará una bandeja metálica para recoger las goteras.

 Los camiones de carga deberán circular a velocidad controlada (30 km/h) dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día.

 No se realizará la mantención a los equipos en las zonas de trabajo.

 Se evitarán en lo posible choques o colisiones, manteniéndose una velocidad máxima de tránsito de 30 km/h en el área de construcción.

 Las descargas de aguas servidas en fase de construcción, proveniente de las actividades diarias de los trabajadores, serán dispuestas a través de servicios sanitarios los que serán retirados del lugar, por una empresa autorizada sanitariamente.

 Respecto a la generación de residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos, se contará con contenedores, zona de acopio temporal y bodega RESPEL en el área de instalación de faenas, respectivamente, con la finalidad de dar una adecuada disposición final y además evitar la disposición de escombros y basuras en el área de emplazamiento del proyecto. Acciones a implementar para controlar la emergencia  De forma inmediata se deberá detener el derrame de hidrocarburos, en el caso de producirse derrames con combustible se deberá encerrar en un círculo de arena para evitar la propagación y para absorber el material se comenzará a cubrir con arena.

 Se debe aplicar materiales absorbentes con el fin de evitar la dispersión del derrame.

 Se debe retirar el material impregnado con ropa de seguridad, utensilios y envases adecuados.

 Se debe limpiar la zona del derrame, retirando la totalidad del derrame.

 Eliminar los envases con residuos en un sitio seguro de disposición final.

 El suelo contaminado y retirado deberá ser colocado en una zona impermeable para que sea remediado mediante técnicas de Biorremediación In Situ como Bioventilación, Biodegradación In Situ, Bioestimulación o Biomentación, en caso de ser posible y recomendado por el especialista.

 Dejar registro en un archivo del volumen derramado, y los métodos utilizados para su limpieza.

 Dar aviso a las autoridades competentes sobre el tema, de ser necesario. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 57 de 76

 Tomar muestras y análisis de la zona afectada por el derrame según NCh 3.400/1 y NCh 3.400/2, ambas del año 2016. Esto se realizará de manera posterior a la limpieza del área afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes.

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento  Señalética de velocidad de los vehículos en el interior de la instalación de faenas.

 Registro de ingreso y egreso de camiones, con información del cumplimiento de la carga y documentación necesaria, cuenten con sus respectivas carpas o lonas. Respecto al camión mixer se encuentre limpia. En este punto es importante mencionar que existirá dentro de la IF un lavado de rueda de ruedas.

 En la instalación de faena se mantendrá un listado de los camiones encargados del transporte de material y residuos.

 Material absorbente en caso de derrame.

 Se mantendrá a mano un extintor.

 Se contará con equipo de protección adecuado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.3.- Riesgo 3. Derrame de sustancias peligrosas o residuos peligrosos Riesgo o contingencia Derrame de sustancias o residuos peligrosos dentro del área de emplazamiento del Proyecto: corresponden a los riesgos asociados a la manipulación (carga, descarga y transporte) y al almacenamiento de sustancias peligrosas, residuos peligrosos que pudiesen generar contaminación en los suelos o cursos de agua. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la Fase de Construcción del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se prohíbe la manipulación, descarga de residuos y/o sustancias peligrosas en zonas ubicadas fuera de las instalaciones definidas para ellas, es decir, en caminos de circulación o acceso, cauce de río, canales, entre otros.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 58 de 76  Los residuos peligrosos se almacenarán en el sector destinado para este fin y cumplirá con los requerimientos dispuesto en el D.S. N°43/2016 del MINSAL que “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” y en el D.S. N°148/2013 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre el manejo de Residuos Peligrosos”.

 El retiro de los residuos peligrosos será realizado por un tercero autorizado y dispuestos en un lugar autorizado sanitariamente

 Capacitaciones al personal sobre cómo actuar en caso de derrame de sustancias y residuos peligrosos.

 Mantener envases bien cerrados y rotulados.

 Usar y manejar correctamente el producto.

 Evitar la entrada de la sustancias y residuos peligrosos en desagües y cursos de agua.

 Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

 Las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán fuera de las obras en talleres mecánicos debidamente autorizados.

 Registro de los residuos peligrosos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Se deberá detener inmediatamente la actividad que provocó el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria, equipo o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando.

 Dar aviso oportuno al jefe de obra y restringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido el derrame.

 Identificar el área susceptible y la ruta del derrame.

 Disponer de material absorbente sobre el derrame con el fin de minimizar la extensión de éste e infiltración en el suelo desprotegido.

 Una vez absorbido la sustancia o residuo, se deberá retirar el material absorbente contaminado para disponer en recipientes apropiados y herméticos, los que serán llevados a la bodega de residuos peligrosos y finalmente aun lugar de disposición autorizado por un tercero autorizado. Remover la capa de suelo contaminado y disponerlo de la misma manera que para el material absorbente contaminado.

 Posterior a la realización de las medidas detalladas, se deberá realizar un muestreo del suelo afectado y en una estación de control se verificará la efectividad de las gestiones y medidas aplicadas. Los análisis serán realizados en laboratorios certificados por el INN el cual deberá realizarse de acuerdo a NCH 3400/1 (Calidad de suelos: diseño de programas de muestreo) y NCH 3400/2 (Calidad de suelos: directrices sobre técnicas de muestreo) ambas del año 2016.

 En el caso particular que el derrame se produzca en un cuerpo de agua, se deberá realizar toma de muestra de calidad de agua posterior a ocurrido el incidente, el cual deberá incluir parámetros biológicos, físicos y químicos.

 Finalmente se investigará cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame, elaborando un informe con el detalle de los resultados de la investigación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes, en el caso particular, que derrame llegará a involucrar un cuerpo de agua se dará aviso al Servicio Nacional de Pesca Regional (SiacMaule@sernapesca.cl). Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 59 de 76 activación del Plan de Emergencia La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Y, en el caso de que el derrame involucre un cuerpo de agua el reporte será remitido a Subpesca. Forma de control y seguimiento  Registro de las hojas de seguridad de todas las sustancias almacenadas (se deberá exigir al proveedor).

 Correcto almacenamiento en la bodega de SUSPEL.

 Capacitación al personal sobre el manejo, uso y transporte de las sustancias peligrosas.

 Los transportistas deberán contar con las condiciones de seguridad para el adecuado transporte y una velocidad máxima de 30 km/h, al interior del Proyecto.

 Verificación e inspección continua por personal autorizado de las instalaciones en donde se almacenarán temporalmente los residuos y sustancias peligrosas. Además, que no exista ningún residuo y sustancia fuera de los lugares previamente establecidos para dichos fines, es decir, la bodega de residuos peligrosos y sustancias peligrosas.

 Se contará con baldes con arena y/o aserrín como material de contención. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.4.- Riesgo 4. Golpes eléctricos Riesgo o contingencia Lesiones producidas por el defecto de una corriente eléctrica en el ser humano. Las actividades constructivas implican el uso de herramientas eléctricas y para ello los operadores deben tomar medidas de protección. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes, etc.) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica.

 Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas.

 Maniobrar de manera adecuada y siguiendo las rutas establecidas dentro del área del proyecto vehículos pesados, para no pasar a llevar instalaciones eléctricas (postes, cables). Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 60 de 76 Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Prestación de primeros auxilios al momento de ser rescatado el accidentado.

 Comunicación inmediata con el servicio de emergencias al 131 (ambulancia). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes.

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento Las maquinarias se mantendrán alejadas de instalaciones eléctricas, con ruta demarcada al interior del proyecto. Será tarea del jefe directo vigilar que se respeten las rutas trazadas.

Durante la habilitación de electricidad en oficinas y otros, los trabajadores deberán utilizar equipo de protección aislante, la supervisión para cumplimiento estará encargada del jefe directo y en caso de contar con uno también al prevencionista de riesgo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.5.- Riesgo 5. Volcamientos de vehículo y/o maquinaria Riesgo o contingencia Puede obedecer a las características topográficas del terreno, fallas de operación como sobrepeso y las condiciones mecánicas de la maquinaria y camiones a utilizar. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se debe evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad y sobrecargar la maquinaria y camiones.

 La maquinaria y camiones deben circular a una distancia prudente entre sí.

 Mantener la revisión técnica de la maquinaria y camiones al día.

 Los conductores de las maquinarias deben tener licencia de conducir acorde. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Paralización de todas las obras

 Si alguien está aprisionado debajo del vehículo o maquinaria, no debe ser retirado a menos que haya suficientes personas con fuerza para hacerlo.

 No debe moverse de la posición original a las víctimas. Si es posible, es conveniente examinarlas tomando el pulso en el cuello o la muñeca, observando su respiración. Debe visualizarse heridas, fracturas o hemorragias atendiéndolas con seguridad. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 61 de 76

 Prestar primeros auxilios al operador de la maquinaria.

 Comunicación inmediata al 131. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes.

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento Delimitación de ruta dentro del área del proyecto de la cual el jefe directo se encargará de supervisar, al igual que el flujo y distancia de la maquinaria.

Se mantendrá en oficina los documentos que respalden la revisión técnica de la maquinaria y camiones, al igual que una copia de las licencias de conducir de los operadores conductores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.6.- Riesgo 6. Movimientos sísmicos Riesgo o contingencia Debido a la alta incidencia de movimientos telúricos en Chile y sus condiciones sísmicas requieren ser consideradas en la fase de construcción del proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Capacitar al personal con los pasos a seguir ente esta situación de riesgo.

 Verificar que los objetos más pesados se encuentren almacenados en las estanterías inferiores para darle estabilidad a los muebles, se debe evitar mantener elementos metálicos sueltos.

 Mantener señalizada la zona de seguridad hacia donde puede desplazarse en caso de una emergencia, se debe mantener además despejadas las vías de circulación hacia las zonas de seguridad.

 Mantener en buen estado de conservación las instalaciones eléctricas, de cumplimiento al reglamento correspondiente.

 Mantener en buen estado de uso una linterna para utilizarla en caso de corte de luz.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 62 de 76  Listado actualizado del personal que trabaja durante la ejecución del proyecto en las diferentes áreas y asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación, en caso de quedar obstruidas por el sismo, además de asignar personar de cortar el suministro eléctrico, agua y gas.

 Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Se deberá mantener la calma, no correr ni desplazarse en forma precipitada.

 Se deben des-energizar todas las máquinas o equipos eléctricos. Cortar suministros de gas, electricidad y otras fuentes alimentadoras de materiales, combustibles o cualquier otro tipo de energía.

 Alejarse de estructuras elevadas a una distancia mínima de 1,5 veces la altura de la estructura.

 No afirmarse de circuitos energizados ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico.

 Alejarse de ventanas y abrir las puertas

 No encender fósforos ni encendedores.

 Si se encuentra cercano a estructuras metálicas y no es posible desplazarse hacia la zona de seguridad, ubicarse de espalda a vidrios, con la cabeza inclinada hacia el pecho y las dos manos sobre la cabeza cubriendo los oídos para evitar una lesión.

 Las personas asignadas deben cerciorarse de que no existan incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de murallas, pisos, cableado eléctrico, etc., para que con esta información los mandos altos puedan determinar si las actividades se suspenden o se reinician parcial o totalmente.

 Si no se observan daños en los servicios de electricidad, agua y gas se debe reponer en forma gradual los servicios para prevenir fugas y/o accidentes.

 Si se encuentra dentro de una excavación, trate de salir lo antes posible a la superficie.

 Si va conduciendo; deténgase a un costado de la pista, encienda las luces de emergencia y espere el término del movimiento telúrico.

Procedimientos después del sismo en fase de construcción:

 Una vez finalizado el sismo desplazarse hacia la zona de seguridad, evitar pisar pozas de aguas, ya que si hubiera algún conductor energizado puede estar en contacto con él y generar un problema mayor de electrocución.

 Si se tiene conocimiento de Primeros Auxilios brindar la ayuda al personal lesionado, posteriormente llamar a mutualidad asociada, si se requiere de atención médica.

 Cortar los suministros de los gases, de proceder, presiones que están en uso cerrando las válvulas de los cilindros a presión y posteriormente colocando el gorro para proteger la válvula de algún daño.

 Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente, proceder a brindarle los Primeros Auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial, mientras llega ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes.

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 63 de 76

 Datos del accidente (fecha, lugar y descripción).

 Caracterización de área afectada y su extensión.

 Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento En fase de construcción:

 Existencia de una zona de seguridad señalada, con las vías de circulación despejadas.  Que no existan líneas eléctricas improvisadas.  Existencia de un perímetro señalizado en las pilas de acopio.  Capacitaciones al personal sobre cómo actuar en caso de sismo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.7.- Riesgo 7. Afloramiento y/o intersección de la napa freática y/o colgada Riesgo o contingencia Posible afloramiento y/o intersección de la napa. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto que incluyan movimientos de tierra y excavaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se capacitará al personal que ejecute obras de excavación en el área del proyecto, para contar con los conocimientos sobre cómo actuar ante un posible afloramiento de la napa freática y/o colgada.

 Las excavaciones se efectuarán no mayores a la profundidad requerida por las fundaciones de los edificios y las demás obras que impliquen movimientos de tierra en el área del proyecto.

 Las obras que impliquen excavaciones en el proyecto se ejecutarán en días que no exista precipitación y en caso de ejecutarse en días posteriores a los que se presente precipitación, solo se ejecutarán excavaciones en los sitios en donde el terreno se presente completamente seco, con la finalidad de que no se presente una confusión con un posible afloramiento de la napa y la humedad producto de la precipitación.

 Las fundaciones de los edificios no se llevarán a cabo en caso de presentarse un afloramiento de la napa, o en caso de presentarse humedad, no se llevarán a cabo hasta la identificación de la procedencia de ésta y su descenso. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Persona que detecte una anomalía un afloramiento de la napa en el sector donde se ejecute la excavación, deberá dar aviso inmediatamente al jefe de obra y detener las obras.

 Se delimitará el área, debidamente señalizada, en el cual se produzca afloramiento de la napa.

 Se restringirá el acceso y contacto con el afloramiento por todo el personal, maquinaria, material y residuo generado dentro de la obra.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 64 de 76  Se observará si, previamente a la delimitación del área, el afloramiento ha tenido contacto con algún producto, insumo u otro, que pudiese afectar la calidad del recurso. De ser el caso, se deberá contener el agua con un material absorbente, el cual será depositado en un contenedor debidamente señalizado y almacenado en el sector de la instalación de faenas según corresponda en relación a las características del producto en contacto, el cual posteriormente será retirado por una empresa autorizada para su disposición final.

 No se reanudarán las obras hasta que el nivel freático descienda naturalmente. De no ser el caso, se deberá:

- Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.

- Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.

- Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh www.mho.cl 56 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).

- Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.

- El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

- Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.

 Excavar por el costado de las obras en el que se presente el alumbramiento de la napa, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. En caso de que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario), previo a la verificación de la calidad del agua para su infiltración, hasta que el nivel freático descienda naturalmente y el tiempo que sea necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 Detalles de cada acción y medida de gestión/control utilizadas durante el evento. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 65 de 76

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento Se revisará constantemente la presencia de humedad en maquinarias, material extraído y sitios de excavación en las obras que impliquen movimientos de tierra y excavaciones, que puedan dar indicio de la cercanía de las acciones de las obras con el nivel freático de la napa subterránea, además de la supervisión de estas obras por jefe de obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.8.- Riesgo 8. Incendios vegetacionales Riesgo o contingencia Este riesgo puede presentarse en las áreas de trabajo en terrenos y zonas aledañas que presenten pastizales, árboles, matorrales entre otros. Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se prohíbe realizar fogatas o quemas en las áreas de trabajo, siendo el jefe directo de cada área de trabajo, el responsable de dar cumplimiento e instrucción de esta disposición a sus trabajadores y subcontratados.

 Se prohíbe fumar dentro del área de emplazamiento del proyecto, donde se instalarán señaléticas indicando esta orden, especialmente en las áreas donde predominen las zonas vegetacionales.

 Capacitación constante al personal frente a la prevención de incendios de vegetación, programando actividades durante el periodo que dure el proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Dar aviso al jefe directo o encargado de obras

 Paralización de todo tipo de obras del proyecto

 Evacuar y aislar el área afectada

 El primer ataque al fuego se realizará con los recursos disponibles en terreno

 El personal solo actuará ante un amago de incendio fuego incipiente que se produzca dentro del área de trabajo, delimitada por los cercos y se limitará en dar aviso en caso de divisar algún siniestro del área de trabajo

 En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se procederá a contener el avance del fuego con cortafuegos y humectación del área con el agua disponible. Paralelamente, se dará aviso a:

Tabla. Listado de autoridades a dar aviso. Autoridades Contacto Bomberos 132 Carabineros 133 Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 66 de 76 CONAF Maule / Provincia de Linares 130 / (56) 712671249 / (56-73) 210 109 Línea de emergencia para aviso a la Ilustre Municipalidad de San Javier 800 45 13 13 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 Detalles de cada acción y medida de gestión/control utilizadas durante el evento. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento El jefe directo inspeccionará durante la fase de construcción que se cumpla la prohibición del uso de fuego. Del mismo modo, la prohibición de fumar en las instalaciones del proyecto, con mayor énfasis en las cercanas a vegetación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.9.- Riesgo 9. Riesgo de electrocución de la fauna silvestre Riesgo o contingencia Riesgo de afectación de ejemplares de fauna por electrocución Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Montaje instalaciones eléctricas y/o equipos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se capacitará a todos los trabajadores de la obra en relación con la fauna existente en el área del Proyecto, junto a los respectivos procedimientos en caso de ocurrir un hallazgo de fauna herida o muerta.

 Las instalaciones eléctricas se deberán realizar con una empresa y profesionales certificados por la SEC, los cuales deberán cumplir con el uso obligatorio de elementos de protección personal para este tipo de trabajo.

 Prueba de cada uno de los equipos con su sentido de giro.

 Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área para lo cual se considera la inspección preventiva de tableros eléctricos cada 6 meses y a cada vez que presente una falla. Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 67 de 76 Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Quien encuentre fauna herida deberá informar inmediatamente al encargado o jefe de obra.

 Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (mediante registro) las circunstancias de este (lugar, hora, responsables, entre otras).

 En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate y/o veterinaria para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el jefe de obra, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario.

 Una vez capturado el animal, este será mantenido en una jaula o contenedor transparente a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress.

 En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate y al SAG para que se hagan cargo de su retiro.

 Cortar la energía eléctrica del tablero general del área afectada, de ser necesario.

 Interrumpir el circuito de alimentación del equipo o instalación, abriendo las protecciones.

 Monitoreo del voltaje por parte del jefe de obra y/o especialista, antes de habilitar el suministro eléctrico. Al término de la emergencia, se chequean los equipos apagados para evitar cualquier falla con la reconexión del suministro eléctrico y se habilita automático general y automáticos internos por área uno a uno.

 Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 Detalles de cada acción y medida de gestión/control utilizadas durante el evento. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 68 de 76 Forma de control y seguimiento  Registro de ejecución de charlas de fauna silvestre

 Registro de las instalaciones eléctricas realizadas por una empresa y profesional certificado por la SEC.

 Planilla de inspección de las instalaciones eléctricas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.10.- Riesgo 10. Riesgo de incremento de temperaturas Riesgo o contingencia Riesgo de incremento de temperaturas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El proyecto en su totalidad Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Informar a los trabajadores sobre el índice de Radiación UV de forma periódica.

 Reducir actividad física.

 Utilizar ropa de trabajo de tejidos naturales, ligera y holgada.

 Utilización de protector solar.

 Utilización de sombrero de ala ancha, que proteja el cuello, las orejas, os ojos, la frente, la nariz y el cuello cabelludo.

 Utilización de anteojos de sol con protección contra rayos UV.

 Permanecer en espacios ventilados o acondicionados.

 Hidratación adecuada. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia  Trasladar a la/s persona/s afectada/s hasta un lugar ventilado, con sombra y dar algún líquido para hidratar.

 Evitar multitud de personas alrededor de la/s persona/s afectada/s.

 Se dará aviso al jefe de obras, quien dará aviso a las Autoridades transcurridas 24 horas.

 Llamar a asistencia de salud (131).

 Llamar e informar a los contactos de emergencia de la/s persona/s afectada/s. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 Detalles de cada acción y medida de gestión/control utilizadas durante el evento. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 69 de 76  Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento  Registros de asistencias a charlas y/o talleres

 Registro y reposición de ropa de trabajo y protector solar.

 Mantención de sistemas de ventilación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

8.11.- Derrame de sustancias o residuos peligrosos Riesgo o contingencia Contacto entre sustancias nocivas y/o materiales y los cursos de agua en la zona del proyecto, debido al manejo de maquinaria, actividades propias de la construcción o por algún evento no considerado en vías públicas, instalaciones de faenas, caminos interiores y/o el área de influencia del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Se prohíbe la manipulación, descarga de residuos y/o sustancias peligrosas en zonas ubicadas fuera de las instalaciones definidas para ellas, es decir, en caminos de circulación o acceso, cauce de río, canales, entre otros.

 Los residuos peligrosos se almacenarán en el sector destinado para este fin y cumplirá con los requerimientos dispuesto en el D.S. N°43/2016 del MINSAL que “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” y en el D.S. N°148/2013 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario sobre el manejo de Residuos Peligrosos”.

 El retiro de los residuos peligrosos será realizado por un tercero autorizado y dispuestos en un lugar autorizado sanitariamente

 Capacitaciones al personal sobre cómo actuar en caso de derrame de sustancias y residuos peligrosos.

 Mantener envases bien cerrados y rotulados.

 Usar y manejar correctamente el producto.

 Evitar la entrada de la sustancias y residuos peligrosos en desagües y cursos de agua.

 Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 70 de 76

 Las mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán fuera de las obras en talleres mecánicos debidamente autorizados.

 Registro de los residuos peligrosos. Acciones a implementar para controlar la emergencia Se detendrán inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con el derrame o con su entorno inmediato.

De ser posible se retirará la fuente del derrame a una zona lejana a los cuerpos de agua presentes en el proyecto o su entorno inmediato.

Se procederá a controlar el derrame en la fuente, reparando o conteniendo de manera provisoria fugas, efluentes u otros según sea el motivo de la emergencia.

Dispondrá material absorbente sobre el área del derrame en tierra (arena, tierra u otro) con el fin de minimizar lo máximo posible la extensión e infiltración de éste.

 Una vez absorbida la sustancia, se retirará el material absorbente contaminado y se dispondrá en recipientes, herméticos, como tambores, los que serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos y llevados trasladados a la brevedad posible a un lugar de disposición final autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento a los organismos competentes. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte que contenga:

 Datos del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 Detalles de cada acción y medida de gestión/control utilizadas durante el evento. Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.

 Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.

 Protocolo de manejo de residuos generados.

 En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 El reporte será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.ssa.sma.gob.cl). Forma de control y seguimiento  Registro de las hojas de seguridad de todas las sustancias almacenadas (se deberá exigir al proveedor).

 Correcto almacenamiento en la bodega de SUSPEL.

 Capacitación al personal sobre el manejo, uso y transporte de las sustancias peligrosas.

 Los transportistas deberán contar con las condiciones de seguridad para el adecuado transporte y una velocidad máxima de 30 km/h, al interior del Proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 71 de 76  Verificación e inspección continua por personal autorizado de las instalaciones en donde se almacenarán temporalmente los residuos y sustancias peligrosas. Además, que no exista ningún residuo y sustancia fuera de los lugares previamente establecidos para dichos fines, es decir, la bodega de residuos y sustancias peligrosos.

 Se contará con baldes con arena y/o aserrín como material de contención. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga descripción detallada Anexo 13 de la Adenda Complementaria

9°. PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

10°. Que, las condiciones acordadas por la COEVA Región del Maule para la aprobación del proyecto son las siguientes:

10.1.- Delimitación del Humedal Urbano Estero Chanquico Impacto asociado Eventual afectación a los recursos naturales presentes en el Humedal Urbano Estero Chanquico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Delimitación del Humedal Urbano Estero Chanquicó, en base a los criterios establecidos en la Ley 21.202 y la metodología presentada en la “Guía para la Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos del Ministerio del Medio Ambiente”, en el área de influencia del proyecto, indicando, además, las medidas de mitigación a adoptar para asegurar que se mantendrán las condiciones del ecosistema y no se afectarán los servicios ecosistémicos que el humedal provee

Descripción: Entregar a la SEREMI de Medio Ambiente un informe con los siguientes antecedentes:

a.- Delimitación del Humedal Urbano Estero Chanquicó en base a los criterios establecidos en la Ley 21.202 y en la metodología presentada en la “Guía para la Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos del Ministerio del Medio Ambiente”

b.- Medidas de mitigación a adoptar.

c.- Los medios fiscalizables de verificación y registro que acrediten la presentación ante la SEREMI de Medio Ambiente

Justificación: Acreditar que el proyecto no genera afectación a los recursos naturales presentes en el Humedal Urbano Estero Chanquico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del proyecto

Forma: Entrega de informe a la SEREMI de Medio Ambiente.

Oportunidad: Fase de Construcción Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 72 de 76 Indicador que acredite su cumplimiento Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de la documentación que acredite la presentación del informe ante la SEREMI de Medio Ambiente.

10.2.- Que las obras civiles ejecutadas por el titular sean las mismas a las autorizadas en la ingeniería de detalle aprobada por los servicios competentes del MOP Impacto asociado Eventual afectación a la salud de las personas.

Eventual afectación al recurso natural agua superficial en el Humedal Urbano Estero Chanquico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las intervenciones en el cauce y área de inundación del Estero Chanquico no generan afectación a la calidad de aguas ni al libre escurrimiento de estas.

Descripción: Resolver la tramitación sectorial de los PAS 156 y 157 de forma que las obras civiles ejecutadas por el titular sean las mismas a las autorizadas en la ingeniería de detalle y aprobadas por los servicios competentes del Ministerio de Obras Públicas, Región del Maule (MOP).

Justificación: Que las obras ejecutadas en el marco de los PAS 156 y 157 deberán ser coherentes entre sí, de tal forma que la Fase de Construcción no afecte la calidad de aguas ni el libre escurrimiento de estas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del proyecto

Forma: Presentación a tramitación sectorial de los PAS 156 y 157 de tal forma que las obras civiles ejecutadas por el titular sean las mismas a las autorizadas en la ingeniería de detalles aprobada por los servicios competentes del MOP

Oportunidad: Fase de Construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega a la SMA de la aprobación de los PAS 156 y 157, por los organismos sectoriales competentes.

10.3.- El titular deberá presentar, antes de iniciar obras, los antecedentes del PAS 119 de forma completa y ordenada, además de presentar una planificación clara de monitoreo de fauna íctica con frecuencia semestral y medidas de acción acordadas con SUBPESCA por al menos 3 años. Impacto asociado Posible afectación al recurso natural fauna íctica del Humedal Urbano Estero Chanquico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Fase de Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las intervenciones en el cauce y área de inundación no generan afectación a la fauna íctica identificada en el Humedal Urbano Estero Chanquico

Descripción: Resolver la tramitación sectorial del PAS 119 en forma previa al inicio de la Fase de Construcción

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 73 de 76 Justificación: Acreditar que el proyecto no afecta la fauna íctica presente en el Humedal Urbano Estero Chanquico Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del proyecto

Forma: Ejecución del monitoreo y las medidas de acción según el informe entregado a la SEREMi de Medio Ambiente

Oportunidad: Fase de Construcción y Fase de Operación Indicador que acredite su cumplimiento Entregar a la SMA la resolución de SUBPESCA que acredite la aprobación sectorial final y completa de la tramitación del PAS 119

10.4.- Entregar un análisis técnico y fundado con metodologías validadas, de las medidas de contingencias y emergencias a implementar ante eventos por desbordes del estero y afloramiento de la napa freática, durante el año.

Impacto asociado Posible afectación a la salud de las personas ante la posibilidad de inundación por crecidas en el Estero Chanquico Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Fase de Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que el proyecto no afecta salud de las personas por desbordes del Estero Chanquico

Descripción: Entregar a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia la siguiente información:

Informe del análisis técnico respecto del riesgo de inundación por afloramiento de la napa freática o desbordes del Estero Chanquico.

Justificación: Acreditar que el proyecto no afecta la salud de los habitantes Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del proyecto

Forma: Ejecución del monitoreo según el informe presentado a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia

Oportunidad: Fase de Construcción y Fase de Operación Indicador que acredite su cumplimiento Entrega a la SMA de la documentación que acredite la presentación del informe ante la SEREMI de Desarrollo Social y Familia

11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Resolución de Calificación Ambiental “PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER”. Página 74 de 76

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1.- de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

15°. Que, para que el PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER, de FAI SUR SpA.

2°. Certificar que el PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el PROYECTO DE EMERGENCIA HABITACIONAL DS49, SAN GERÓNIMO SUR B1, SAN JAVIER cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 156 y 157 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.