Evaluación SEA

Bodegas Sustancias Peligrosas FG

Rol 2163245108
SEA · DIA · Aprobado · 2025-10-20 · Región de Antofagasta · FG LOGÍSTICA SpA.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”

Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”, presentado por FG LOGÍSTICA SpA., con fecha 04 de octubre de 2024 y admitido a trámite con fecha 09 de octubre de 2024, su Adenda de fecha 29 de mayo de 2025 y su Adenda Complementaria de fecha 01 de septiembre de 2025.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”.

3°. El Acta de Evaluación 20250210622 de fecha 18 de febrero de la Sesión Nº01/2025 del Comité Técnico de la Región de Antofagasta, de fecha 04 de febrero del 2025.

4°. El Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) N° 202502109150 del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” de fecha 26 de septiembre de 2025

5°. El acuerdo N°43/2025 de la sesión ordinaria N°22/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 06 de octubre de 2025.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución TRA 119046/1/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta; en el Decreto Supremo Nº 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 20-10-2025 12:46:12:205 UTC -03:00 Razón: Lugar:

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CONSIDERANDO:

1°. Que, FG LOGÍSTICA SpA. (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes

Nombre o razón social FG LOGÍSTICA SpA. RUT 76.634.430-5 Domicilio Av. Las Nevadas 28, lote 1 B, Parque Industrial Nudo Uribe, km 13, Antofagasta, Chile Teléfono (+56) 2 2399 1200 Nombre del representante legal Ingrid Rodas Krause RUT 15.636.518-1 Correo electrónico Titular o representante legal jfarias@fglogistica.cl; irodas@empresasfg.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de septiembre de 2025, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de fecha 06 de octubre de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de septiembre de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en la construcción y operación de cuatro bodegas, de tipo separadas y exclusivas para el almacenamiento de sustancias peligrosas dentro de una superficie de aproximadamente 12.700 m2, ubicadas al interior del recinto de propiedad del Titular.

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4.1. ANTECEDENTES GENERALES Descripción general del Proyecto El Proyecto consistirá en la construcción y operación de cuatro bodegas para el almacenamiento de sustancias peligrosas independientes y exclusivas, diseñadas sin divisiones interiores. Las sustancias almacenadas dentro de estas bodegas están clasificadas según la normativa NCh 382:2017 como Clase 5, División 5.1 "Sustancias Comburentes" y Clase 8 "Sustancias Corrosivas". En la Tabla 1 siguiente se presentan las sustancias peligrosas a almacenar.

Tabla.1 Sustancias Peligrosas a Almacenar en las Bodegas.

Fuente: Tabla 1-11 del Capítulo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): ñ) “Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.” Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 50 años, considerando sus tres fases: construcción, operación y cierre. Mano de Obra La mano de obra máxima en cada fase se describe a continuación: - Construcción: 10 - Operación: 16 - Cierre: 10 Monto de inversión USD $ 3.500.000.- Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El hito que dará inicio al Proyecto será la “Habilitación y/o despeje del área de la bodega B-1 y área de las instalaciones de apoyo” con objeto de implementar las condiciones físicas que permitan desarrollar la construcción de estas obras. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se ejecutará por etapas.

X Si No El Proyecto no modificará un Proyecto o actividad existente.

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4.1. ANTECEDENTES GENERALES Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

X Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No El Proyecto no modificará un Proyecto con RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD División político-administrativa El Proyecto se localizará en la Región, Provincia y Comuna de Antofagasta, específicamente a 1 kilometro (“km”) del desvío Salar del Carmen por la Ruta 26 a la altura del km 13 de la Comuna de Antofagasta, Provincia y Región de Antofagasta. Justificación de la localización La ubicación del Proyecto tiene su justificación dado que el terreno donde se proyectan las bodegas es parte del predio que actualmente usa y administra el Titular del Proyecto, bajo los servicios logísticos integrales y de transporte, además de almacenaje de cargas, entre otros servicios de logística realiza en el área. Superficie El Proyecto utilizará una superficie total aproximada de 21.416 m2 considerando todas las partes y obras físicas que formaran parte del Proyecto. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Polígono del Proyecto en UTM WGS 84 huso 19 corresponden a las siguientes: Tabla 2: Coordenadas del Polígono del Proyecto. ID Coordenadas Este Norte 1 367.899,85 7.386.109,55 2 368.093,33 7.386.133,22 3 368.092,59 7.386.170,32 4 368.267,17 7.386.209,40 5 368.318,88 7.386.010,11 6 368.074,53 7.385.962,10 7 368.068,92 7.385.920,04 8 367.957,64 7.385.920,27 Las de coordenadas de referencia del emplazamiento de las Bodegas del Proyecto se describe en la Tabla 1-6 de la DIA. Caminos o vías de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta 26 iniciando en la ciudad de Antofagasta hasta llegar a la calle Las Nevadas y continuar 800 metros aproximadamente por ésta, para luego hacer ingreso al área del Proyecto. Para más detalles ver Tabla 1-9 de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones. Los Planos georreferenciados y las referencias actualizadas de los Mapas, Planos, SHP/kmz se describen en la Anexo 01 de la Adenda Complementaria de la DIA.

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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de Faena. Se implementará un espacio destinado al desarrollo de las actividades asociadas a la construcción de las obras definitivas, con una superficie total de 2.121 m². Este sector considera las siguientes instalaciones provisorias: - Contenedor para bodega de materiales. - Patio de salvataje. - Contenedor oficina. - Baños químicos.

Acondicionamient o del terreno y movimiento de tierras. Los principales movimientos de tierra se realizarán en las siguientes obras; 1. Readecuación de Caminos internos. 2. Áreas de Bodegas. 3. Patio de salvataje. 4. Baños y sala de cambios. 5. Área Patio de maniobras. 6. Infraestructuras temporales durante la construcción. Para más detalles ver Anexo 02 de la Adenda Complementaria de la DIA. Preparación de la Superficie para las Bodegas a Construir Limpieza, nivelación, retiro de escombros y control de polvo. Construcción de Pavimentos para las Bodegas a Construir La losa de las bodegas, serán de hormigón, con el objetivo de garantizar el control sobre las emisiones producto de la circulación de camiones. Para el diseño se considerará la siguiente normativa: 1. Hormigón armado: NCh 430 of.2008. 2. Cargas y Sobrecargas: NCh 1537 of.2009. 3. Disposiciones generales y Combinaciones de carga: NCh 3171 of.2010. 4. Design guide for concrete parking lots: ACI 330R-01. 5. Manual de carreteras. Construcción de Bodegas de Sustancias Peligrosas, B-1, B2, B-3 y B-4 Para la construcción el Titular considerará lo siguiente: 1. Estructura de acero de las bodegas a construir. 2. Muros perimetrales de las bodegas a construir. 3. Estructura de techumbres de las bodegas a construir. 4. Sistema de contención en caso de derrames de sólidos. 5. Sistema de contención en caso de derrames líquido. 6. Sistema de extinción de incendio. 7. Revestimiento a la losa con resina poliuretano o epóxico, de alta resistencia química. 8. Sistema de detección de incendios. 9. Ventilación natural. Para más detalles ver Plano de Planta y Elevación de las Bodegas B-1, B-2, B-3 y B-4 y especificaciones técnicas del Anexo 1.3 y Tablas 8 y 9, todos de la Adenda complementaria de la DIA.

Para más detalles ver la Tabla 4.6.1.2 “Acciones” fase de construcción del ICE. Recursos naturales renovables El Proyecto no extraerá o explotará recursos naturales renovables.

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Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas:

Las fuentes de emisión identificadas para la fase de construcción del Proyecto están relacionadas a las actividades de movimientos de tierra, construcción de instalaciones, construcción de caminos internos y privado, transporte de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión interna de motores de vehículos y maquinarias y uso de generadores eléctricos.

El material particulado será generado mayormente por el tránsito por caminos no pavimentados. En cuanto a los gases de combustión el mayor generador de emisiones es la combustión de la maquinaria.

Gases de Efecto Invernadero: Respecto de la estimación de emisiones de GEI en específico el CO2, CH4 y el N2O, generadas por las fuentes fijas y móviles como son la combustión de maquinaria, grupos electrógenos y combustión proveniente de los motores de vehículos, en la fase de construcción. La Tabla continuación describe la estimación de GEI para la fase de construcción.

Tabla 4: Estimación de GEI para la fase de construcción.

b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes del uso de baños químicos, los que serán retirados por una empresa que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria correspondiente.

c) Ruido.

Las fuentes de ruido corresponderán principalmente al funcionamiento de maquinarias para la construcción de las obras del Proyecto (excavación y movimiento de tierra, nivelación de terreno, construcción de fundaciones y montaje de estructuras). Cabe mencionar que, respecto a la evaluación en receptores humanos, ya definida el AI, (en adelante “AI”) se identificaron cuatro (7) receptores, ubicados en la comuna de Antofagasta, en los sectores más próximos al emplazamiento del Proyecto, donde se efectuaron mediciones de ruido para objeto de obtener una caracterización. Los niveles de presión acústica obtenidos para la fase de construcción fueron evaluados de acuerdo con el máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA, verificando el cumplimiento en todos los receptores sensibles, en periodo diurno. Para la fase de construcción en la componente fauna, el Titular consideró la distancia a la cual los niveles decaen hasta 68 dB(A), que corresponde a afectación conductual mamíferos y aves (distancia de 142m), la distancia hasta los niveles

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decae hasta 72 dB(A) para anfibios (distancia 106) y la distancia hasta donde los niveles decaen hasta 75 dB(C), que corresponde a afectación conductual reptiles (distancia de 66m). Para más detalles ver el Anexo 2.2 del Cap. 2 de la DIA, se entregan los informes del estudio Ruido y Vibraciones. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que provendrán desde diversas áreas y serán retirados con una frecuencia de a lo menos tres (3) veces por semana a sitios de disposición final autorizados. Se generará una cantidad de 0,24 t/mes.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos (maderas de embalaje, restos de tuberías, plásticos), los que serán trasladados desde las zonas de generación hacia un patio cerrado para su almacenamiento, el cual contará con autorización sanitaria. Se generará una cantidad de 0,7 t/ mes

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que estarán compuestos de restos de envases usados vacíos con restos de pintura, envases usados de diluyentes u otros, EPP, paños, guantes, guaipe y otros similares impregnados. La cantidad estimada de residuos peligrosos durante esta fase de cada bodega será de 0,25 t/bodega construida, estos serán trasladados desde las zonas de generación hacia el sitio de almacenamiento de RESPEL al interior de las dependencias del Proyecto, para posteriormente ser retirados por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Bodegas de almacenamiento, PTAS, Patio de Salvataje; Patio de maniobras, Vías internas, Baños y salas de cambio. Descritas en la tabla 4.2 del ICE. Recepción de Camiones Cargados con Sustancias Peligrosas Las sustancias peligrosas llegarán a la bodega en camiones provenientes desde las instalaciones del Proveedor/Cliente con una carga de entre 18 y 23 t de sustancias peligrosas cada uno. Todos los camiones que ingresen a la zona de las bodegas deberán registrarse en portería indicando antecedentes, el encargado de recepción de camiones se encargará de realizar una inspección visual tanto del camión como su carga antes de autorizar el ingreso del camión a cada zona de descarga. Para más detalles ver el numeral 1.7.1.1 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Descarga y Almacenaje de Sustancias Peligrosas El almacenamiento/apilamiento de los maxisacos se realizará sobre pallet de madera sobre el suelo para este fin, se permitirá un máximo de 2 maxisacos de altura por pila. En caso de que el coordinador no pueda determinar una actividad segura, el maxisacos no se descargará y será devuelto en el mismo camión del cliente.

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Despacho de Sustancias Peligrosas Para el despacho de las sustancias peligrosas a clientes el encargado recibirá un listado con el detalle del material requerido con anticipación, con el fin de disponer las sustancias que serán despachadas con el debido cuidado y tiempo. Un operador calificado se encargará de reunir el listado utilizando una grúa horquilla. Para más detalles ver el numeral 1.7.1.3 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Inspección y mantención de las bodegas de sustancias peligrosas 1. Inspección visual. 2. Mantención en sistemas de alerta automática en caso de incendios. 3. Comprobación del sistema de protección contra incendios. 4. Mantención de pictogramas de seguridad y señalética general. Mantenimiento preventivo caminos internos. Recursos naturales renovables El Proyecto no extraerá o explotará recursos naturales renovables. Productos generados El Proyecto generará el almacenamiento de sustancias peligrosas como servicio de almacenamiento de uno o varios clientes. Los camiones traerán una carga de entre 18 y 23 toneladas de sustancias peligrosas cada uno. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: Las principales fuentes de emisión identificadas para la fase de operación del Proyecto están relacionadas a las actividades de tránsito de vehículos y la combustión de los motores de estos, además de la combustión de maquinaria de carga y descarga. Las emisiones generadas se detallan en la Tabla N°3 a continuación:

Tabla N°3. Emisiones Atmosféricas del Proyecto

Fuente: Tabla 1-22 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Las medidas específicas a implementar son las siguientes: • Humectación de caminos interiores y de acceso, con frecuencia ajustada a las condiciones meteorológicas, para minimizar la generación de polvo. • Aplicación de supresores de polvo en superficies no pavimentadas, priorizando áreas de mayor tránsito. • Instalación de malla Rachell perimetral en el límite del área de almacenamiento para reducir la dispersión de partículas hacia predios vecinos. • Mantención preventiva de camiones y maquinaria, asegurando que cuenten con revisión técnica vigente y sistemas de control de emisiones en óptimas condiciones. • Operaciones de carga y descarga exclusivamente al interior de las bodegas, evitando la manipulación de materiales a la intemperie. • Uso de transporte cerrado para el traslado de materiales susceptibles de generar emisiones difusas. Para más detalles ver respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

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Gases de Efecto Invernadero: Respecto de la estimación de emisiones de GEI en específico el CO2, CH4 y el N2O, generadas por las fuentes fijas y móviles como son la combustión de maquinaria, grupos electrógenos y combustión proveniente de los motores de vehículos, en la fase de operación. Tabla 6. Estimación de GEI para la fase de operación.

Fuente: Tabla 1-24 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Para más detalle ver el Anexo 2.3.1, del Cap. 2 de la DIA el informe de “Estimación de Emisiones” y respuesta 4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos: Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios, se estima que son de aproximadamente 2,4 m3/día, en base en esta estimación, la planta de tratamiento se diseñará con la capacidad de recuperar el 90% de las aguas servidas. Posteriormente, estas aguas tratadas serán destinadas para riego de áreas verdes y/o humectación. Es importante destacar que la calidad del agua tratada cumplirá con los estándares establecidos en la normativa NCh 1333, la cual define los requisitos de calidad del agua para diversos usos.

c) Ruido: Durante esta fase las emisiones de ruido estarán asociadas a la utilización de las máquinas para el movimiento de sustancias peligrosas, cabe señalar que dicha operación se ejecutará dentro de las bodegas. El Titular realizó la modelación de emisiones proyectadas e identificó 07 receptores en ninguno de ellos se superarán los límites establecidos en la normativa vigente. En el Estudio de Ruido el Titular presentó los mapas para la fase de operación del Proyecto, las fuentes más cercanas emisoras de ruido, como empresas industriales establecidas en el sector, se describen en la Tabla 7 a continuación. Tabla 7: Estimación y evaluación de ruido, fase de operación. Periodo diurno.

Fuente: Tabla 1-25 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA

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Los niveles de presión acústica obtenidos para la fase de operación fueron evaluados de acuerdo con el máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA, verificando el cumplimiento en todos los receptores sensibles, en periodo diurno. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generará una cantidad de 384 kg/mes de residuos, estos serán retirados diariamente de los frentes de trabajo, posteriormente serán transportados y almacenados temporalmente en un patio de acopio de residuos asimilables a domésticos y enviados a rellenos sanitarios autorizados a través de transporte autorizado con una frecuencia de 3 veces por semana.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Los residuos serán manejados y traslados desde las zonas de generación hacia un patio cerrado para su almacenamiento seguro, el cual contará con autorización sanitaria, para posteriormente ser trasladados por terceros con una frecuencia de una vez cada 6 meses para su disposición final autorizada. Se generará una cantidad estimada de 50 kg/mes.

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán RESPEL (debido a limpieza y mantención de máquinas además de eventualidades o accidentes que involucren derrame de sustancias peligrosas en superficies). El Proyecto generará una cantidad de 60 kg/mes. Los residuos peligrosos del Proyecto serán recolectados y almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos de las dependencias del Proyecto. Estos serán retirados por terceros que asegurarán su disposición final autorizadas para tal efecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Instalación de Faena Se implementará un espacio destinado al desarrollo de las actividades asociadas a la construcción de las obras definitivas, con una superficie total de 2.121 m². Este sector considera las siguientes instalaciones provisorias: - Contenedor para bodega de materiales. - Patio de salvataje. - Contenedor oficina. - Baños químicos. Para más detalles ver Tabla 6 de la Adenda Complementaria de la DIA. Habilitación del polígono y Habilitación de la instalación de faenas La IF para la fase de cierre se ubicará en el mismo polígono donde fue ubicado la IF de la fase de construcción, esta contará con un comedor y servicios higiénicos. La capacidad de la instalación será definida para albergar al peak máximo de personal proyectado durante el cierre del Proyecto (10 personas). Desenergización de las Bodegas Un operador autorizado SEC, se encargará de interrumpir el suministro de electricidad de toda la bodega como primer hito de la fase de cierre del Proyecto. Desmontaje y desmantelamiento. El Titular desmantelará todas las estructuras. Los escombros y materiales que se obtengan producto del desmantelamiento serán transportados a una zona de acopio temporal para ser clasificadas y transportadas a un depósito autorizado por la autoridad. Si dentro del material clasificado se encuentran materiales que puedan

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ser reutilizados serán comercializadas o dispuestas en otra faena donde sean requeridas. Demolición y Cobertura de fundaciones Respecto de la losa, las fundaciones y soportes de concreto, estos serán demolidos hasta el nivel del terreno y bajo la cota 0, en base a ello no quedarán fundaciones (hormigón y enfierraduras). Los escombros serán transportados fuera del área del Proyecto para su disposición de acuerdo con la normativa ambiental vigente. Limpieza general El Titular realizará la limpieza del sitio, su entorno y los caminos de acceso. Las emisiones de material particulado generadas se controlarán con humectación. Restauración geomorfológica de las áreas afectadas por el Proyecto Una vez retiradas todas las obras e instalaciones en superficie, el Titular acondicionará a fin de mantener las geoformas del terreno. Para ello se rellenará las excavaciones, descompactará zonas previamente compactadas para el emplazamiento de las obras y cubrirá con material las fundaciones para mantener el nivel del terreno natural. Prevención de futuras emisiones No existirán instalaciones futuras que constituyan fuente de emisiones. Mantención, conservación y supervisión. Debido a que las instalaciones del Proyecto serán desmanteladas, no existirán instalaciones futuras que requieran mantención, conservación o supervisión. Recursos naturales renovables El Proyecto no extraerá o explotará recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas:

Para la fase de cierre se prevé que las emisiones de material particulado y gases no superarán las emisiones estimadas para la fase de construcción, toda vez que el nivel de actividad y movimiento de materiales será menor; por lo mismo se prevé que el impacto sobre la calidad del aire durante esta fase no superará los valores estimados para ambas fases. Las emisiones durante esta fase se asocian principalmente al tránsito de maquinara por caminos no pavimentados. En cuanto a los gases de combustión el mayor generador de emisiones es la combustión de la maquinaria. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones de gases de efecto invernadero GEI:

Tabla 8: Resumen de emisiones de GEI fase de cierre.

Fuente: Tabla 1-29. Emisiones de GEI del Anexo 2 de la Adenda complementaria de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos: Para el cierre se harán uso de baños químicos. La empresa proveedora de servicio, deberá tener su resolución vigente por la autoridad. Se estima que se generarán 30 m3/mes (desmantelamiento de 01 bodega).

c) Ruido:

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En la fase de cierre se realizará el desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro de aerogeneradores, levantamiento de radieres y concretos superficiales, restauración del terreno, entre otros. Para ello se utilizará, en igual o menor cantidad, maquinaria similar a la utilizada en la fase de construcción, por lo que no existirá una mayor emisión de ruido. Los resultados las modelaciones de ruido indican que los niveles acústicos sobre los receptores de medio humano hasta 70 [dB(A)] para la fase de construcción, dando cumplimiento con los límites normativos. Respecto de las vibraciones el Titular identificó 04 receptores, los valores de velocidad peak de partículas (PPV) fluctúan entre 0,039940 y 0,005295 [pulgadas/s], mientras que los valores de Nivel de Vibración (Lv) varían entre 74 y 56 [VdB] lo cuales no superarán los valores para el criterio de daño estructural y molestia en los receptores evaluados y de acuerdo a los límites considerados. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 2.2 del Cap. 2 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios:

Se generarán residuos sólidos domiciliarios. Se generará una cantidad de 0,24 t/mes. El almacenamiento temporal será realizado en contenedores plásticos herméticos con tapa, para luego ser transportados por empresas autorizadas a sitios de disposición final autorizados.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:

El Proyecto generará una cantidad de 0,7 t/mes, de residuos sólidos industriales no peligrosos, estos serán almacenados al interior de contenedores plásticos o metálicos, o sobre suelo. El proyecto contará con un Área de acopio temporal de Residuos Industriales asimilables a domésticos, desde el cual los residuos serán retirados hasta su posterior retiro y disposición final autorizados.

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán RESPEL, los que estarán compuestos de tarros de pintura, EPP contaminada, paños y huaipes contaminados. Se generará una cantidad de 0,25 t/semestre de RESPEL, los cuales serán almacenados, para posteriormente ser llevados a sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto.

¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL P ROYECTO O ACTIVIDAD 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio 4to Trimestre 2025 B-1 (readecuación). 2do Trimestre 2028 B-2. 2do Trimestre 2029 B-3. 4to Trimestre 2030 B-4. Parte, obra o acción que establece el inicio Carta aviso al SMA de Instalación de faenas de cada bodega con autorización del permiso de obras provisorias autorizada por la Dirección de Obras de la Municipalidad Antofagasta.

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Fecha estimada de término 1er Trimestre 2026 B-1. 2do Trimestre 2028 B-2. 2do Trimestre 2029 B-3. 1er Trimestre 2031 B-4. Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la instalación de faena, de cada bodega. Carta aviso al SMA de término de construcción de Proyecto. 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio 1er Trimestre 2026 B-1. 2do Trimestre 2028 B-2. 2do Trimestre 2029 B-3. 1er Trimestre 2031 B-4. Parte, obra o acción que establece el inicio Carta aviso al SMA de Inicio de Operaciones de cada bodega con autorización del Recepción definitiva de cada bodega autorizada por la Dirección de Obras de la Municipalidad Antofagasta. Fecha estimada de término 1er Trimestre 2071 B-1. 2do Trimestre 2073 B-2. 2do Trimestre 2074 B-3. 1er Trimestre 2076 B-4. Parte, obra o acción que establece el término Desenergización de la instalación de cada bodega e instalaciones auxiliares. Carta aviso al SMA término de operación. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio 1er Trimestre 2071 B-1. 2do Trimestre 2073 B-2. 2do Trimestre 2074 B-3. 1er Trimestre 2076 B-4. Parte, obra o acción que establece el inicio Desenergización de la instalación de cada bodega e instalaciones auxiliares y carta aviso al SMA de término de operaciones de cada bodega, con autorización de Permiso de demolición de cada bodega, autorizada por la Dirección de Obras de la Municipalidad Antofagasta. Fecha estimada de término 1er Trimestre 2071 B-1. 2do Trimestre 2073 B-2. 2do Trimestre 2074 B-3. 1er Trimestre 2076 B-4. Parte, obra o acción que establece el término Restauración del área del Proyecto en relación con geomorfología inicial y aviso carta a la SMA informado término de cierre de Proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD YCALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

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Impacto no significativo El Proyecto no generará Riesgo a la Salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, como son las emisiones atmosféricas.

El Proyecto se localizará en la comuna de Antofagasta, en Av. Las Nevadas 28, Lote 1B del Parque Industrial Nudo Uribe, a la altura del km 13 de la Ruta 26 y a aproximadamente 1 km del desvío Salar del Carmen. Se emplazará en un recinto de propiedad del Titular, dentro de una superficie aproximada de 12.700 m², destinada a la construcción y operación de cuatro bodegas independientes para el almacenamiento de sustancias peligrosas. Las emisiones de contaminantes atmosféricos generadas por el Proyecto durante la fase de operación se concentran principalmente en las generadas producto del transporte de sustancias mediante el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y pavimentados. De la revisión del informe de Modelación de emisiones (Anexo 2.3.2 de la DIA Modelación atmosférica), se observa que el Titular identificó 16 receptores, en relación al punto de máxima concentración (PMC), en ella se observa que los PMC de material particulado respirable, sedimentable y el dióxido de nitrógeno se registran en un sector eriazo ubicado a 640 metros al noroeste del Proyecto aproximadamente, mientras que el resto de los gases el punto de máxima concentración se ubica a 160 metros al norte del Proyecto.

El Proyecto generará un aumento de las concentraciones el escenario evaluado, para el material particulado y los gases. El aporte máximo se generará principalmente en el Material Particulado y no superará el 3% de la norma; El Titular considerará las siguientes medidas de control: - Humectación de los frentes de trabajo, áreas de faena. - Supresor de polvo en camino interior. - Los vehículos utilizados tendrán la revisión técnica al día. - Prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. - Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. - El Titular mantendrá las medidas de control, las que incluyen la humectación de caminos, restricción de velocidad vehicular, trabajo a bodegas cerradas e instalación de malla Rachell.

Para más detalle ver Anexo 2-8 “Caracterización de Clima Meteorología y Calidad del Aire” y Anexo 2-3 “Emisiones Análisis”, ambas de la DIA. Respecto de las emisiones de ruido, se prevé la generación de ruido durante la fase de construcción, operación y cierre

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procedentes principalmente para la fase de construcción y cierre de las actividades de transporte, movimientos de tierra, uso de maquinarias y equipos.

La delimitación geográfica del AI considera el territorio donde el nivel de presión sonora generado por el Proyecto se iguala al menor de los niveles que caracterizan la situación basal (ruido de fondo).

En base a los resultados obtenidos del informe "Ruido humano y fauna" presentado en el Anexo 2-2 de esta Adenda complementaria de la DIA. Los resultados indican que las emisiones de ruido proyectadas para todas las fases del Proyecto, incluyendo construcción, operación y cierre, cumplen con los máximos permitidos establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). Se concluye que el Proyecto cumple con la normativa vigente, por lo que no se prevén efectos adversos significativos relacionados con las emisiones de ruido.

El Proyecto no generará impactos significativos por la exposición a contaminantes, ni por el manejo de residuos líquidos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, dado que estos serán manejados conforme a la normativa vigente, según lo descrito en las Tablas 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.5 del Informe Consolidado de Evaluación. Se generarán residuos sólidos peligrosos y no peligrosos en todas las fases del Proyecto, los cuales serán manejados conforme a la normativa vigente. Por otro, lado, tal como se describió en las Tablas 4.6.4.2, 4.7.5.2 y 4.8.4.2 del ICE. Se generarán residuos líquidos en todas las fases del Proyecto, específicamente, aguas servidas, las cuales serán manejadas conforme a la normativa vigente. El Proyecto no considera la liberación de ningún efluente al medio ambiente, por lo tanto, no generará ni presentará riesgo a la salud de la población por exposición a emisiones y efluentes sobre recursos naturales renovables. Adicionalmente el Titular consideró en el Plan de Prevención de Contingencia la Situación de Riesgo o Contingencia: Derrames en suelo y Derrame o dispersión de Sustancia Peligrosa al interior de las Bodegas. De acuerdo con lo anterior, no existirá exposición a contaminantes debido al impacto generado por la generación de emisiones atmosférica, el manejo de residuos líquidos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, toda vez que, estos serán manejados conforme a la normativa vigente. Por lo que se descarta una afectación a la salud de la población a partir del desarrollo del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos.

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Combustión de vehículos. Generación de residuos por actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1 y 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo Pérdida de suelo: De la revisión del Estudio de Edafología de Suelos (ver Anexo C2-2) y los valores naturales o background de contaminantes de interés, considerando la tipología del Proyecto se determinó que los suelos presentes en el AI corresponden a suelos de Clase VII y VIII, caracterizados por ser muy fuertemente sódicos y extremadamente salinos. En relación con las instalaciones para el almacenamiento de sustancias peligrosas estas contarán con las siguientes características constructivas: Piso continúo impermeabilizado, con capacidad de retención de derrames. Dada las medidas de control preventivas descritas, se concluye que el Proyecto no generará pérdida o degradación significativa del recurso suelo en ninguna de sus fases. a) Ausencia de manipulación directa sobre terreno natural: No se realizarán actividades que impliquen el manejo directo de sustancias peligrosas sobre suelo natural. b) Todas las operaciones se desarrollan en áreas adecuadamente preparadas y protegidas. Adicionalmente, el Plan de Prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular actualizado en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA, incluyó procedimientos específicos para contención inmediata, limpieza y disposición adecuada de residuos en caso de un eventual derrame. Dada las medidas de control preventivas descritas, se concluye que el Proyecto no generará pérdida o degradación significativa del recurso suelo en ninguna de sus fases.

El Proyecto no generará afectación sobre el recurso hídrico: El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos y en el AI del Proyecto no existe la presencia de zonas de vegas y/o bofedales, ni humedales. Por otra parte, el Proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas o superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del Proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos, no se prevén impactos sobre este componente.

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Con estos antecedentes se puede establecer que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso hídrico.

Alteración de la calidad del aire: En el entorno del Proyecto no existe norma secundaria de calidad del aire. Se encuentra desprovista de vegetación, y de especies sensibles que puedan quedar expuestas a las emisiones del Proyecto.

Se efectuó un inventario de emisiones de material particulado y gases, adicionalmente en el informe de modelación de calidad del aire presentado en el Anexo 2-3, de la DIA, se analizaron las concentraciones proyectadas de Material Particulado Sedimentable (MPS) generadas por el Proyecto durante las fases de construcción, operación y cierre. Los resultados indican que las tasas de sedimentación de MPS se encuentran considerablemente por debajo de los límites establecidos en la normativa vigente para todas las fases del Proyecto.

En este contexto el AI para los receptores secundarios consideró la curva de isodepositación del MPS y que corresponde al 0,5% (1,0 mg/m2 -día) respecto de la norma anual de referencia y en la cual se encuentran las obras y partes del Proyecto. Dado que este punto se encuentra dentro del área de emplazamiento y no en áreas naturales relevantes, se descarta cualquier afectación significativa a recursos naturales renovables, tales como suelo, agua, flora o fauna. Por lo tanto, considerando que las concentraciones proyectadas de MPS se mantienen por debajo de los límites considerados como perjudiciales para el medio ambiente, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables relacionados la superación de normas secundarias. El aporte máximo de MPS en los receptores agrícolas (R_9 a R_14) fue de 2,54 mg/m²-día, equivalente al 1,3% de la norma secundaria, lo que demuestra una baja incidencia sobre los suelos agrícolas ubicados al norte del Proyecto. Asimismo, los valores de MP10 y MP2,5 en todos los receptores evaluados no superan el 20% de las normas primarias, incluso considerando la línea de base más el aporte del Proyecto. Se concluyó que el Proyecto no generará impacto en los receptores de vegetación cercana al Proyecto, debido a que sus aportes de material particulado sedimentables (tanto en su criterio anual como mensual) no superan en más de un 0,5% para todas las normativas ambientales vigentes en calidad de aire.

El Proyecto no generará afectación sobre flora.

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El Titular realizó la caracterización de la fauna mediante un muestreo en toda el área de estudio, entre los días 13 al 15 de diciembre del 2023. El Estudio Flora y Fauna (ver Anexo 2-4 y 2-6 respectivamente) de la DIA, actualizados en Anexos 5.3 de la Adenda Complementaria de la DIA), identificó que el AI directa se encuentra mayoritariamente desprovista de vegetación, con presencia limitada de especies de arbustos y herbáceas restringidas a ciertos sectores específicos. La campaña de terreno de tres días consecutivos de duración, entre el 28 y 30 de septiembre de 2021, y su validación de la información en terreno se realizó la Campaña de Verano 2024 con los días de 28, 29, 30 y 31 de enero y 01 de febrero de 2024, tanto en el área de intervención directa como en el área circundante, donde se ejecutaron 16 puntos de muestreo (PM). Estos puntos son réplicas de la Campaña anterior de invierno 2023 identificó que el AI directa se encuentra mayoritariamente desprovista de vegetación, con presencia limitada de especies de arbustos y herbáceas restringidas a ciertos sectores específicos. Lo anterior determinó la existencia de especies de flora casi nula al interior del predio donde se encuentra las bodegas de sustancias peligrosas y todas las demás instalaciones. No obstante, lo anterior, en el humedal existente cuyo titular es Aguas de Antofagasta S.A., que se encuentra fuera del área del Proyecto, se han registrado algunas especies de flora, destacando por su mayor abundancia la asociación de Cortaderia speciosa y otras especies de menor dominancia, como Baccharis juncea y Tessaria absinthioides (EcoMinería, 2010, 2011 y 2013; Ministerio Medio Ambiente, 2021). Cabe señalar que todas estas especies se encuentran en estado de conservación NC sido evaluado por el sistema de clasificación de especies. Este entorno árido, sin vegetación significativa o con presencia limitada de especies comunes, reduce la probabilidad de generar impactos sobre la flora local.

El Proyecto no generará afectación sobre fauna terrestre. El Titular realizó la caracterización de la fauna mediante un muestreo en toda el área de estudio, entre los días 13 al 15 de diciembre del 2023 (Anexo 2-6 de la DIA y campaña del verano 2024 (Anexo 3.5 de la Adenda Complementaria de la DIA). Adicionalmente, realizó una revisión de antecedentes bibliográficos existentes para la fauna terrestre presente en el área de estudio, de manera de establecer el marco biogeográfico. Para la definición del AI de Fauna terrestre se consideró el espacio geográfico que comprende las obras, partes y acciones del Proyecto, constituyendo para esta Caracterización de Fauna terrestre el búffer utilizado para la determinación de su AI, en rango de 100 m a la redonda.

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Al término de las campañas de terreno, fue posible observar un total de sólo 7 especies de aves, 5 (84,3%) Nativas y 1 (15,7%) Introducida; en esta oportunidad, los representantes de aves fueron: Clase Aves, 3 Órdenes y 6 Familias, destacando entre estas últimas la Familia Columbidae con 2 especies. El Estado de Conservación de las especies observadas no ha sido evaluado a través del Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente. En efecto, en el AI del Proyecto, en las campañas de terreno realizadas no se detectó la presencia de especies de fauna de vertebrados e invertebrados en categoría de conservación “Amenazada” o “Casi amenazada”; no se registraron especies de fauna endémicas a nivel nacional, ni regional; las especies de fauna observada, tienen una amplia distribución en todo el territorio nacional; ninguna de las especies registradas presenta baja movilidad, condición que las haría más susceptibles frente a potenciales alteraciones al poseer un territorio localizado.

Tabla 8: Estado de Conservación de las especies observadas.

Fuente 3.5 de la Adenda complementaria de la DIA.

Para todos los residuos e insumos (peligrosos y no peligrosos), el Proyecto considera medidas de almacenamiento (bodegas temporales) y manejo según normativa vigente, por lo que, no se generarán efectos negativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, atendido el manejo que se implementará a los insumos y residuos generados. Respecto a la forma de manejo de los residuos sólidos, ver apartados 4.6.5, 4.7.6 y 4.8.5 del presente documento. Y en relación con forma de manejo de los residuos líquidos, ver apartados 4.6.4.2, 4.7.5.2 y 4.8.4.2 del ICE del Proyecto. De acuerdo con lo anterior, no se prevé un impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos o residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Parte, obra o acción que lo genera El transporte de insumos y de personal, uso de maquinarias y equipos, almacenamiento se SUSPEL.

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Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2 y 6.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales sobre reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos (en adelante SVCGH).

El Proyecto se localizará en la comuna de Antofagasta, en Av. Las Nevadas 28, Lote 1B del Parque Industrial Nudo Uribe, a la altura del km 13 de la Ruta 26 y a aproximadamente 1 km del desvío Salar del Carmen. Se emplazará en un recinto de propiedad del Titular, dentro de una superficie aproximada de 12.700 m², destinada a la construcción y operación de cuatro bodegas independientes para el almacenamiento de sustancias peligrosas. El área corresponde a una Zona de Reserva Industrial (ZUDC-09), definida por el Plan Regulador Comunal de Antofagasta para usos de tipo industrial.

En el AI se identificaron cuatro viviendas habitadas y tres sectores de cultivo, uno de ellos colindante al Proyecto. En reunión realizada en el marco del artículo 86 del RSEIA, se constató que estos cultivos constituyen una fuente de sustento económico para la familia propietaria. Asimismo, colindante al Proyecto se encuentra la residencia de un miembro de la Asociación Indígena de Regantes y Agricultores del Kilómetro 12 del Pueblo Indígena Aymara, quien precisó que en ese lugar no se desarrollan actividades de la organización, las cuales tienen lugar en la ciudad de Antofagasta

Respecto a las emisiones atmosféricas, los antecedentes presentados en la DIA y sucesivas adendas que incluyeron inventarios, modelaciones y estimaciones de gases de efecto invernadero— concluyeron que los niveles de MP10, MP2,5, NO₂, CO y SO₂ se mantienen bajo los valores máximos normados, con aportes inferiores al 20% de las normas primarias. En el caso de material particulado sedimentable, el aporte máximo corresponde al 1,3% de la norma secundaria, con baja incidencia en suelos agrícolas. A ello se suman medidas preventivas en fases de construcción y operación, tales como humectación de caminos, uso de supresores de polvo, restricción de velocidad vehicular, uso de transporte cerrado e instalación de mallas corta viento tipo Rachell.

El abastecimiento de agua potable se realizará mediante camiones aljibe, sin intervenir cuerpos de agua superficiales, ni subterráneos. El Titular realizará el transporte de insumos,

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residuos y personal utilizando únicamente la Ruta 26 y Calle Nevada, en horario diurno, junto con la habilitación de 640 metros lineales de caminos interiores para circulación interna. Cabe destacar que el área carece de transporte público y servicios básicos, por lo que no se prevé afectación a la movilidad ni al acceso a equipamientos comunitarios.

De acuerdo con la información presentada por el Titular y contrastada en reunión realizada en el marco del artículo 86 del RSEIA, se constató que el emplazamiento de las obras corresponde a un sector industrial, donde no existe transporte público, ni servicios básicos que pudieran verse obstaculizados por el tránsito asociado al Proyecto. Asimismo, considerando la duración y frecuencia del uso de rutas, se concluye que no habrá afectación al desplazamiento de las personas que habitan en las cuatro viviendas del sector.

Por otra parte, se verificó que los grupos humanos que residen y desarrollan actividades agrícolas en el área se trasladan mediante medios de transporte particulares, lo que refuerza el descarte de impactos significativos en la movilidad local.

En cuanto a la mano de obra, el Proyecto contempla una dotación máxima de 10 trabajadores en construcción, 16 en operación y 10 en cierre, cifras no significativas en términos de contratación. No obstante, el Titular ha comprometido un Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) CAV - 1. “Priorización en la contratación de Mano de obra y servicios locales” para priorizar la contratación de personal local, contribuyendo a la empleabilidad regional.

En virtud de lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos sobre los recursos naturales renovables, incluidos los paños agrícolas cercanos utilizados por grupos humanos o comunidades indígenas. Asimismo, se descarta afectación conforme al literal a) del artículo 7 del RSEIA, toda vez que no contempla extracción ni explotación de recursos naturales en ninguna de sus fases y asegura el cumplimiento de las normas de calidad del aire.

El Proyecto no generará impactos significativos asociados al uso de rutas de acceso y caminos internos, descartándose afectación conforme a lo establecido en el literal b) del Artículo 7 del RSEIA.

Finalmente, considerando la ubicación del Proyecto en un sector industrial, la ausencia de servicios comunitarios en el AI, la verificación de que las actividades culturales y tradicionales se concentran en la ciudad de Antofagasta y el cumplimiento normativo de las modelaciones de emisiones, ruido y vibraciones, se descartan impactos significativos en los receptores cercanos y, en particular, en el desarrollo de actividades tradicionales o comunitarias.

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Dicho lo anterior, el Proyecto no generará reasentamiento de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas o alteración significativa de los SVCGH, en ninguna de sus fases. Parte, obra o acción que lo genera Desarrollo de obras del Proyecto, en fase de Construcción, operación y cierre. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3. y 6.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales respecto a la localización y valor ambiental del territorio. El AI del Proyecto no presenta ocupación actual, ni efectiva por parte de comunidades indígenas u otros grupos humanos protegidos. Asimismo, el Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en ninguna de sus fases. De acuerdo con los estudios realizados en la línea de base (Anexo 2-5, Caracterización del Entorno y Medio Humano), no se registraron áreas o zonas de uso tradicional o cultural que pudieran ser afectadas por las actividades del Proyecto. Colindante al Proyecto se encuentra a 47 metros de una vivienda en la que reside un miembro activo de la Asociación Indígena de Regantes y Agricultores del Kilómetro 12 del Pueblo Indígena Aymara. En atención a ello, se efectuó una reunión en el marco del artículo 86 del RSEIA, instancia en la que el propio integrante de la Asociación precisó que el lugar corresponde únicamente a su residencia particular, sin desarrollarse allí actividades vinculadas a la organización. Asimismo, señaló que las prácticas tradicionales de la Asociación se llevan a cabo en la ciudad de Antofagasta.

El Proyecto se ubica a una distancia lineal más cercana de aproximadamente 145 metros y la más lejana a 215,8 metros de los deslindes oficiales del Humedal Urbano Salar Del Carmen., Humedal urbano Declarado, según procedimiento establecidos en los Títulos IV y V del D.S N° 15/2020. Cabe destacar que el proyecto en ninguna de sus fases realizará o ejecutará actividades dentro del perímetro del humedal Urbano Salar del Carmen.

El Titular reconoce la proximidad a 145 m del Proyecto. Sin embargo, de la revisión del análisis ecosistémico realizado por el Titular (Anexo 2-9 de la DIA) señala que con relación a la Extensión: La intervención se restringe al área delimitada para actividades logísticas y de almacenamiento, sin

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expandirse hacia ecosistemas sensibles, ni corredores biológicos.

No existirá superposición espacial entre el Proyecto y el polígono oficial del humedal. En relación con la Magnitud, las obras y acciones del Proyecto no implicarán la extracción de recursos naturales, modificación de cuerpos de agua, ni alteración de componentes ambientales de valor. Las emisiones atmosféricas y acústicas fueron modeladas y se encuentran bajo los umbrales normativos establecidos en el D.S. N° 38/2011 que Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes Fijas, Elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

La actividad por desarrollar no hará que su área pierda su condición de humedal, debido que las obras o actividades no llevarán a la pérdida de la fuente de agua que sustenta el humedal, y que provoque que las condiciones al interior del humedal se modifiquen producto de la ejecución de las partes, obras y acciones del Proyecto Adicionalmente se ha estableció en la Tabla 8.2.3.de la presente Resolución de Calificación Ambiental la Exigencia: Protección y Conservación del Humedal Salar del Carmen, con el objetivo de Realizar un monitoreo de biodiversidad del Humedal Salar del Carmen. Por lo anterior, el Proyecto no afectará el valor ambiental del territorio, ya que, las obras y actividades tendrán lugar dentro de un área espacialmente acotada a la superficie de Proyecto, sin alterar los objetos de conservación de las unidades de protección ambiental cercana. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 y 6.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales sobre el valor paisajístico o turístico de la zona.

El Proyecto se encuentra localizado en la Comuna de Antofagasta, específicamente a 90 km ubicada en la Macrozona Norte Grande, en la Subzona de la Cordillera de la Costa. Esta zona no presenta atributos que otorguen un valor paisajístico relevante, según la clasificación establecida por él SEA.

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El Proyecto se emplazará en un paisaje desértico dominante, donde no se evidencian atributos biofísicos de alto valor o destacables, presentando características de calidad y fragilidad visual comunes y recurrentes en la zona, por lo que en ningún caso se verían intervenidos entornos de gran valor paisajístico.

El Proyecto no se interpone en la línea de vista principal del humedal, ni modifica su entorno inmediato. Además, se observa la presencia de una zona altamente intervenida con infraestructura de carácter industrial. En base a lo anterior, y considerando la duración acotada de la fase de construcción, la compatibilidad visual de la fase de operación con el entorno industrial, y la restauración geomorfológica prevista en la fase de cierre, se descarta la generación de impactos significativos sobre el valor paisajístico del humedal urbano

El Proyecto no generará obstrucción significativa a la visibilidad de una zona con valor paisajístico, ya que las instalaciones proyectadas no sobresalen en altura ni modifican de manera relevante el horizonte visible. según los puntos de observación descritos.

Con base en lo anterior, el Proyecto no generará o presentará alteración significativa del valor paisajístico en el AI descrita, considerando la valoración realizada sobre las unidades de paisaje identificadas.

El Proyecto no se encuentra localizado en ningún Destino Turístico de aquellos definidos por SERNATUR (2018) para la región de Antofagasta. El AI no posee valor turístico dentro de su entorno debido a la ausencia de flujo de visitantes o turistas, lo cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico, de acuerdo con lo indicado en el artículo 9 del RSEIA y en la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017), tampoco posee valor cultural debido a la ausencia de atractivos turísticos culturales y tampoco presenta valor patrimonial, ya que, el área de estudio sólo presenta servicios relativos a restaurantes y servicios de arriendo de vehículos asociados al carácter industrial de la zona, por lo que, no corresponden a servicios turísticos; además, hay ausencia de actividades turísticas en el área de estudio (ver Anexo 2-5 de la DIA). De esta manera, las partes, obras y/o actividades del Proyecto no presentarán alteración significativa del valor turístico, tampoco obstruirá el acceso, ni alterará zonas con valor turístico. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de construcción, operación y cierre.

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Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.5. y 6.5 del ICE

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales sobre sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Al interior del AI del Proyecto, así como en las áreas cercanas a este, no se emplaza ningún monumento declarado bajo la categoría de Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y/o Zonta Típica o Pintoresca al interior del AI del Proyecto.

De acuerdo con los antecedentes bibliográficos existentes, como un complemento a la prospección arqueológica realizada, no se reportó la presencia de objetos patrimoniales en el AI del Proyecto. Sin embargo, existen referencias de sitios arqueológicos y hallazgos en áreas próximas de data histórica y prehispánica y que han sido publicados en estudios de impacto ambiental ingresados al SEIA (Velásquez 2012; Illanes 2018; Vergara 2016 y Mengozzi 2020).

La inspección visual realizada por el Titular (ver Anexo 2-1 de la DIA) tuvo una cobertura en ambas áreas en AI directa y zonas aledañas que presento las particularidades dadas a conocer en los resultados. Es posible afirmar y descartar la presencia de elementos o hallazgos patrimoniales de valor arqueológico protegidos por la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales en los sectores en donde se emplazará el Proyecto.

Por lo tanto, no se prevé la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación permanente de ningún Monumento Nacional por parte de las obras o actividades del Proyecto.

Cabe mencionar que, para el componente arqueología, este Servicio estableció las siguientes exigencias: las que detallan en el numeral 11.2.1 Informe Mensual Arqueológico del presente ICE.

a) El Titular deberá realizar charlas de inducción, impartidas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo, dirigidas a las y los trabajadores del proyecto. Estas charlas se efectuarán antes del inicio de cada obra y estarán orientadas a

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informar sobre la presencia potencial de hallazgos arqueológicos en el área, así como sobre los procedimientos establecidos a seguir en caso de identificarse alguno, conforme a la normativa vigente.

b) El Titular implementará un monitoreo arqueológico permanente, a cargo de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología por cada frente de trabajo. Este se realizará durante las obras de limpieza, escarpe y en toda actividad que implique remoción de superficie o excavación subsuperficial, como medida preventiva y en resguardo del patrimonio arqueológico, conforme a la normativa vigente.

Conforme a los antecedentes expuestos anteriormente, el Proyecto no es susceptible de alterar significativamente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288.

Colindante al Proyecto se encuentra una vivienda en la que reside un miembro activo de la Asociación Indígena de Regantes y Agricultores del Kilómetro 12 del Pueblo Indígena Aymara. En atención a ello, se efectuó una reunión en el marco del artículo 86 del RSEIA, instancia en la que el propio integrante de la Asociación precisó que el lugar corresponde únicamente a su residencia particular, sin desarrollarse allí actividades vinculadas a la organización. Asimismo, señaló que las prácticas tradicionales de la Asociación se llevan a cabo en la ciudad de Antofagasta.

Por lo anterior, el Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

Para más detalles ver el Anexo 8 de la Adenda Complementaria de la DIA y Tabla 8.2.1. de la presente Resolución de Calificación Ambiental. Conforme a los antecedentes expuestos anteriormente, el Proyecto no es susceptible de alterar significativamente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6. y 6.6 del ICE.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

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6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas de 3 m3 de capacidad con sistema de infiltración del efluente mediante drenes.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3-1 de la DIA, actualizados en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Existen condiciones o exigencias, las que se detallan en el numeral 8.3.1 de la presente Resolución. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0991 fecha 23 de septiembre de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 138 de forma condicionada. Referencia al ICE para mayores detalles. Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción y cierre: para un sitio de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y un sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos para instalación de faena temporal. Fase de operación: para un sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos para instalación de faena permanente. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3-2 de la DIA, actualizados en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0991 fecha 23 de septiembre de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción y cierre: para un sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos para instalación de faena temporal.

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6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del reglamento del SEIA. Fase de operación: para un sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos para instalación de faena permanente.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3-3 de la DIA, y Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0991 fecha 23 de septiembre de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.

6.1.4. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA. Parte u obra a la que aplica El Proyecto constituye uso de suelo de industrial (art 2.1.29 de la OGUC). El Proyecto, conforme a Certificado de Informaciones Previa CIP, emitido por la Dirección de Obras Municipales, indica que este se ubica en Zona Urbanizable de Desarrollo Condicionado ZUDC-09 el que permite Actividades Productivas Peligrosas Molestas e Inofensivas. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA. Calificación de la parte u obra Se califican como “Molesta” las partes y obras que implican este Proyecto. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento Existen condiciones o exigencias, las que se detallan en el numeral 8.3.2 de la presente Resolución. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0991 fecha 23 de septiembre de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando la Calificación Técnica como “Molesta”. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.4 del ICE del Proyecto.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Uso de suelo y planificación territorial/Ordenamiento Territorial. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Otros cuerpos legales -Decreto Supremo N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.

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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento La construcción de las bodegas, se realizarán según lo indicado en este cuerpo legal, su Reglamento y las normas técnicas aplicables, según la ubicación de las bodegas (predio) y sus indicaciones en el seccional, lo que dará cumplimiento con la OGUC. Indicador que acredita su cumplimiento La aprobación del Proyecto ante la Dirección de Obras de la Municipalidad. Forma de control y seguimiento Recepción final de obras por parte de la Municipalidad de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. Componente/materia: Uso de suelo y planificación territorial/Ordenamiento Territorial. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones Otros cuerpos legales -Decreto Supremo N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento La construcción de las bodegas, se realizarán según lo indicado en este cuerpo legal, su Reglamento y las normas técnicas aplicables, según la ubicación de las bodegas (predio) y sus indicaciones en el seccional, lo que dará cumplimiento con la OGUC. Además, las bodegas y obras anexas (sistema de agua potable y servida, etc.), se construirán en una zona cuyo uso permitido es ZUDC-9. Indicador que acredita su cumplimiento La aprobación del Proyecto ante la Dirección de Obras de la Municipalidad. Forma de control y seguimiento Recepción final de obras por parte de la Municipalidad de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.2 del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Componente/materia: Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Norma - Decreto Supremo N°144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. - Decreto Nº 114/03 del MINSEGPRES. Establece norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno (NO2). - D.S Nº 55/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. - D.S Nº 54/94 del MTT, establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto.

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7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas y calidad del aire. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Los principales contaminantes hacia la atmósfera que se originará el Proyecto son debido al tránsito de camiones y al proceso de descarga y carga de estos insumos al interior de las bodegas, por lo que por su cantidad no es significativa. Durante la fase de Construcción del Proyecto se mantendrá en buen estado los vehículos y maquinarias a utilizar, además de minimizar las emisiones de material particulado respirable, humedeciendo las áreas de trabajo en la fase de Construcción. Indicador que acredita su cumplimiento La operación de carga y descarga genera emisiones menores a la atmósfera, ya que es realizado por grúas horquillas, las que contarán con sus revisiones técnicas al día. Las revisiones técnicas al día también serán solicitadas a los camiones del transporte. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá un Registro de Revisión Técnica y Mantenimiento de Vehículos y Maquinarias en formato físico y/o electrónico, para su revisión por parte de la autoridad competente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº138/2005. Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°38/2021 del Ministerio del Medioambiente. Establece norma de emisión para grupos electrógenos. D.S. N° 1/2013, del MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular entregará la información solicitada y cantidades y tipo de emisión que genere el grupo electrógeno de emergencia, según lo estipula esta norma, proporcionándose anualmente, antes del 1º de mayo de cada año, a través de la página web del MINSAL o del dominio www.declaracionemision.cl por medio del software dispuesto para tales efectos en ellas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3º del D.S. N.º 138/05 del MINSAL, modificado por el D.S. N.º 90/2010 del MINSAL (Diario Oficial del 20 de enero de 2011). Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá un Registro del certificado de declaración de emisiones presentado anualmente a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RECT). Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruidos Norma D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

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7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruidos Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo con el Plan Regulador Vigente, el Proyecto se ubica en una Zona ZUDC-9, con uso de suelo industrial, con industria peligrosa, inofensiva y/o molesta, cuyo nivel presión sonora (NPC) entre las 7 a 21 horas es de 70 dB(A) y entre las 21 y 7 horas de 70 dB(A). En la fase de Construcción, los niveles de ruidos serán menores ya que se realizarán obras de construcción y montaje en una zona industrial (zona IV), fuera del radio urbano. En la fase de operaciones, solo habrá un movimiento menor de camiones y de grúas horquillas, en lo relacionado a la carga y descarga de los insumos para las bodegas, por lo que la emisión de ruidos molestos será menor. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará un monitoreo acústico sólo en caso de reclamos o denuncias de vecinos y/o a requerimiento de la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Informe de monitoreo acústico en caso de ser necesaria la realización, ya sea por algún reclamo o a solicitud de la autoridad competente y aplicar acciones de control en caso de ser necesarias. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma Decreto Supremo N°148/03. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto objeto de evaluación generará residuos peligrosos en todas sus fases. Forma de cumplimiento En la fase de Construcción, la generación de Residuos Peligrosa será mínima, siendo de unos 100 kg/meses aproximados de tarros vacíos, los que serán de responsabilidad de la empresa constructora su manejo y disposición final. En la fase de Operación, el titular contará con contenedores autorizados para el almacenamiento temporal dentro del patio de salvataje, área al interior del predio de FG Logística. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con zonas de acopio para el almacenamiento de residuos peligrosos, por lo que en el Anexo 5, Subanexo 5.3.1 de la DIA presentada, se adjuntaron los antecedentes para la obtención del permiso PAS 142. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá el registro del almacenamiento y envío de los residuos peligrosos generados y enviados a empresas externas autorizadas para su disposición final fuera del predio A la vez, se mantendrán registros de los comprobantes de declaración emitidos por el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4 del ICE del Proyecto.

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7.7. COMPONENTE /MATERIA: Contaminación Lumínica/ Cielo nocturno. Norma D.S. N.º 43/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686 de 1998. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrado de Exteriores, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Supremo N° 43, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Forma de cumplimiento Se implementarán las siguientes medidas para cumplir con las restricciones lumínicas establecidas en la normativa vigente:

El Proyecto se ubicará la Región de Antofagasta por lo que rige el presente decreto que establece ciertas condiciones lumínicas para preservar la calidad astronómica de los cielos durante la etapa de operación del Proyecto, se considera el uso de iluminación artificial para actividades nocturnas. No obstante, se implementarán las siguientes medidas:

1.- Las iluminarias dispondrán de dispositivos para dirigir la iluminación directamente a las áreas de trabajo y no hacia arriba o hacia los costados. 2.- Se apagarán las luminarias cuando se concluyan las actividades propias de la instalación de faena, operacionales y cierre. 3.- Se adoptarán por sistema de iluminación Led. 4.- Se evitará que las instalaciones materiales reflectantes de luz y pisos que produzcan el mismo efecto.

Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual y registro fotográfico de las medidas implementadas. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados y disponibles en formato digital y/o físico en instalaciones ante la solicitud de los órganos del estado con competencia de fiscalización y monitoreo de las medidas implementadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Sustancia Peligrosas Norma Decreto Nº 43/2016 del Ministerio de Salud, que “Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas". Otros cuerpos legales asociados D.F.L. Nº725 del 31-01-1968. Ministerio de Salud Pública. Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto asociadas a la operación. Forma de cumplimiento - Durante la fase de Operación, serán requeridas diferentes sustancias peligrosas, las cuales serán almacenadas cumpliendo con los

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7.8. COMPONENTE/MATERIA: Sustancia Peligrosas requerimientos indicados en el Decreto, dando cabalidad en su cumplimiento. - Se contará con un sistema de control de derrames también se dispondrá de un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados. - Se dispondrán de las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas. Indicador que acredita su cumplimiento La Autorización Sanitaria de la Seremi de Salud que aprueba el Proyecto y su funcionamiento. Forma de control y seguimiento El cumplimiento de esta norma puede ser Inspeccionada o fiscalizada visualmente por parte de los servicios competentes, así como de su resolución sanitaria y municipal. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Sustancia Peligrosas. Norma NCh 2245/15 Sustancias Químicas, Hojas de datos de Seguridad – Requisitos. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las Hojas de seguridad (HDS) estarán a la vista durante todas las partes, obras y acciones asociadas al almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Se le solicitará al proveedor las HDS completa y en idioma español, por cada sustancia química almacenada. Las HDS deberán estar visiblemente clara y debe contener toda la información técnica, de seguridad, salud y medio ambiente necesaria y actualizada. Indicador que acredita su cumplimiento Las HDS estarán a la mano de cada trabajador que la requiera en el ingreso de cada bodega. Forma de control y seguimiento El cumplimiento de esta norma puede ser Inspeccionada o fiscalizada visualmente por parte de los servicios competentes. Además, esta situación será inspeccionada por parte de la jefatura, una vez almacenados los insumos al interior de cada bodega. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley N°4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. (El texto de la Ley N°4.601 fue sustituido por la Ley N°19.473), publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1996. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°5/1998 Aprueba Reglamento de la Ley de Caza. Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones, sin embargo, en el presente Proyecto, principalmente durante sus fases de construcción y cierre, dado el número de trabajadores presentes en dicha faena, no se consideran actividades asociadas a la caza o captura de fauna silvestre. Forma de cumplimiento -El Titular capacitará al personal a fin de que adquiera conocimientos básicos para el manejo de fauna que pueda

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7.10. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. eventualmente llegar al área del Proyecto, así como se instruirá la prohibición de alimentar y cazar fauna silvestre de cualquier clase. -Ante cualquier evento con fauna (herida o con pérdida de orientación), en todas las fases del Proyecto, el Titular deberá coordinar las acciones directamente con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). Indicador que acredita su cumplimiento - Registro del aviso a la autoridad, en caso de advertir la presencia de fauna, y su traslado a un sitio adecuado. Forma de control y seguimiento Envío de informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1. del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma El Decreto Supremo 6 del 26 de abril de 2022 del Ministerio del Medio Ambiente establece que el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad propuso al Presidente de la República el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de las Golondrinas de Mar del Norte de Chile. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, pero principalmente durante sus fases de construcción y cierre, dado el número de trabajadores presentes en dicha faena. Forma de cumplimiento El Titular considera un Plan de Contingencia y Emergencia de Fauna. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde al Registro de Incidentes asociado a fauna silvestre. Forma de control y seguimiento Evalúa regularmente los resultados y la efectividad del plan, identificando áreas de mejora y ajustando el plan según sea necesario. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2. del ICE del Proyecto.

7.12. Ley N° 21.455 Ley Marco de Cambio Climático. Componente/materia: Cambio Climático, Norma Ley Nº 21.455 Ley Marco de Cambio Climático. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y partes que componen el Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete a evaluación ambiental mediante una Declaración de Impacto Ambiental, dado que no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N.º 19.300, e incluye de forma transversal la variable de cambio climático en su presentación, con énfasis en los siguientes Anexos:

- Anexo 2-6 Fauna. - Anexo 2-4 Flora y Vegetación. - Anexo 2-3 Emisiones.

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El Titular cumplirá con la obligación de reportar anualmente sus emisiones, principalmente para emisiones de gases de efecto invernadero, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC habilitado para tal efecto, una vez dictado el reglamento y demás instrumentos y normas que establezcan las obligaciones de esta Ley. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) Favorable del Proyecto. - Comprobante de ingreso de declaración anual de Emisiones. Forma de control y seguimiento El Registro de la RCA de calificación favorable Mantener el registro de al menos la última declaración anual (año vencido). Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.3. del ICE del Proyecto.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica. Norma D.S. N°2/2023 del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que “Declara Áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica”. Otros cuerpos legales Ley N°21.162, que modifica la ley N°19.300, que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para exigir la elaboración de un estudio de impacto ambiental en los Proyectos que puedan generar contaminación lumínica en las zonas que indica. D.S. N°1/2022 Norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores, elaborada a partir de la revisión del D.S N°43/2012, del Ministerio de Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y partes que componen el Proyecto y que se ubiquen en superficie. Forma de cumplimiento Las luminarias con las que cuenta el Proyecto cumplen los estándares de emisión establecidos por la norma de emisión, para evitar la proyección de luminosidad hacia los cielos. Por tanto, el Proyecto corresponde a una fuente emisora existente, de acuerdo con el D.S. N°1/2022 Norma de emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores, elaborada a partir de la revisión del D.S. N°43 de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente. Por otro lado, puesto que el Proyecto se encuentra dentro de un área de protección especial (Áreas con Valor Científico y de Investigación para la Observación Astronómica), se deben cumplir los límites de radiancia espectral de la Tabla 2 de la norma de emisión. Así, respecto a las nuevas instalaciones superficiales (instalaciones de faena), las nuevas luminarias cumplirán con el nuevo límite normado. El resto de las instalaciones, que corresponden a fuentes de emisión existentes, tienen un plazo de 5 años desde la entrada en vigor de la norma (hasta octubre de 2028) para dar cumplimiento a los límites establecidos en la Tabla 2 de ley, de acuerdo a lo establecido en los Art. 11 y 20 del D.S. N°1/2022 MMA. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificados que acreditan el cumplimiento de las especificaciones técnicas. - De incorporar nueva iluminaria, se procederá a su certificación por un laboratorio autorizado por la SEC. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá un registro al interior de la faena de las condiciones técnicas de las luminarias del Proyecto. Copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la SEC respecto a la nueva luminaria (certificado de control luminométrico), el cual será remitido al RETC conforme a la presente norma. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.4. del ICE del Proyecto.

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8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios, exigencias y condiciones:

8.1. Compromiso ambiental voluntario (en adelante, “CAV”).

El Titular del Proyecto ha propuesto los siguientes CAV:

8.1.1. CAV - 1. Priorización en la contratación de Mano de obra y servicios locales Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorización en la contratación de trabajadores locales y con paridad de género, si y solo si, hay oferta local, en caso contrario se buscará en la Comuna de Antofagasta, lo anterior, se realizará promoviendo la paridad de género a través de la priorización en la contratación de mujeres de la región de Antofagasta.

Descripción: La contratación de servicios de proveedores locales y mano de obra necesaria se dará aviso por medios de canales de la Municipalidad de Antofagasta https://omil.municipalidadantofagasta.cl/index.php/ofertas- laborales. Cabe señalar que la distribución según nivel de formación (profesionales, técnicos y trabajadores de oficio) dependerá de las necesidades del Proyecto y, sobre todo, de la disponibilidad de trabajadores al momento de la contratación. En caso de no encontrar mano de obra requerida (local y mujeres), se ampliará la búsqueda para concretar los puestos disponibles.

Justificación: Fomentar la oferta de trabajo disponible en la comuna y región de Antofagasta, contribuyendo a la calidad de vida de la población aledaña al Proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia de medio humano del Proyecto, Comuna de Antofagasta. En caso de no existir disponibilidad, se extenderá a la provincia y a la región de Antofagasta.

Forma: El Titular elaborará un catastro de servicios y de requerimientos de mano de obra por parte del Titular.

Oportunidad: El programa de empleo a mano de obra local, con criterio de paridad de género se mantendrá activo durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. La invitación a participar por parte de empresas contratistas y subcontratistas de la región, se mantendrá activo durante los años que dure la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Lista de personas capacitadas con certificado, indicando mujeres participantes y sus respectivas firmas. - Cartas de recepción conforme de catastro de personas interesadas en trabajar en el Proyecto, por parte de empresas contratistas. - Catastro de servicios locales pertenecientes a la región de Antofagasta. - Carta de recepción conforme del catastro de servicios y mano de obra local de las empresas contratistas.

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8.1.1. CAV - 1. Priorización en la contratación de Mano de obra y servicios locales - Al final de cada fase (4) de construcción se presentará un informe general que dé cuenta del personal y servicios contratados y su localidad o sector de origen, distinguiendo por género. Forma de control y seguimiento El Titular elaborará un informe con una frecuencia mensual en la fase de construcción y cierre y con frecuencia semestral en operación, que dé cuenta de los avances e indicadores mencionados anteriormente, el cual será reportado a la frecuencia señalada a la Municipalidad de Antofagasta. Estos informes también estarán disponibles en las oficinas administrativas del Titular, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.1 del ICE del Proyecto.

8.1.2 CAV - 2: 2 Charlas de inducción sobre buenas prácticas a trabajadores del Proyecto. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Concientizar a los trabajadores del Proyecto, sobre las buenas prácticas para el buen vivir y sana convivencia en el territorio en donde se emplazará el Proyecto Descripción: Se realizarán charlas de inducción de carácter informativo a los trabajadores del Proyecto durante las fases de construcción, operación y cierre, sobre comportamiento social y la sana convivencia por parte de trabajadores directos y personal contratista. Justificación: Dado el entorno en donde se desarrolla el Proyecto y la probabilidad de que personas no pertenecientes a la región de Antofagasta se integren a las obras, se hace necesario que los trabajadores se encuentren concientizados sobre la importancia de conocer el ambiente en donde realizarán labores, además, de conocer buenas prácticas en torno al medio ambiente, stakeholders y tener un comportamiento adecuado y libre de discriminación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas de inducción se realizarán en las instalaciones del Proyecto o vía telemática para tales efectos.

Forma: La realización de las charlas informativas se realizará durante las fases de construcción, operación y cierre. Estas charlas tendrán alcances detallados en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Oportunidad: Las charlas de Inducción se realizarán a los trabajadores del Proyecto en las fases de construcción, operación y cierre. La ejecución de las charlas se realizará durante la inducción del personal contratado que ingresa al Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistentes, los que estarán disponibles en las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Informe tendrá una frecuencia 10 días antes del inicio de cada fase y en la operación debe estar 10 días antes con la inducción antes de ingresar a sus labores.

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8.1.2 CAV - 2: 2 Charlas de inducción sobre buenas prácticas a trabajadores del Proyecto. - Será reportado a la frecuencia señalada a la Municipalidad de Antofagasta. - Estos informes también estarán disponibles en las oficinas administrativas del Titular, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles - Para mayor detalle ver Tabla 11.1.2 del ICE del Proyecto.

8.1.3 CAV - 3: Reposición insumos Bomberos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reponer aquellos insumos de Bomberos utilizados, producto de alguna emergencia asociada a las fases de construcción, operación y/o cierre del Proyecto. Descripción: En la eventualidad que Bomberos acuda a alguna emergencia asociada al Proyecto, el Titular procederá a la reposición de los insumos utilizados. Justificación: Reponer insumos utilizados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Compañía de Bomberos correspondiente a la atención de la emergencia. Forma: Se deberá verificar previamente el estado de los insumos. Oportunidad: Después de haber ocurrido la emergencia. Indicador que acredite su cumplimiento El detalle de los insumos utilizados y la recepción de la reposición firmada por la compañía de Bomberos que ha acudido a la emergencia Forma de control y seguimiento Informe por evento y/o cuando aplique, manteniendo copias de los detalles de los insumos utilizados y la recepción de la reposición firmada por el representante de la Compañía de Bomberos que ha acudido a la emergencia. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.3 del ICE del Proyecto.

8.1.4. CAV – 4: Plan de Comunicación y Relacionamiento Comunitario Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Construcción de vínculos e información transparente y oportuna a los miembros de grupos humanos identificados en el AI del Proyecto. Propiciar relaciones colaborativas a largo plazo entre el titular y los grupos humanos. Establecer canales de comunicación claros, efectivos y pertinentes.

Descripción: Existirá una persona encargada responsable de mantener contacto permanente con las organizaciones del área, un Encargado de

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8.1.4. CAV – 4: Plan de Comunicación y Relacionamiento Comunitario Relacionamiento Comunitario, quien será el vínculo entre el Proyecto y la Comunidad.

Justificación: Mantener informados a los grupos humanos en torno al Proyecto, respecto al desarrollo de este. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se comunicará, a través de canales establecidos con los stakeholders del área, el inicio de obras y actividades durante cada fase del Proyecto

Oportunidad: Previo al inicio de cada una de las fases de Proyecto, se actualizará protocolo de coordinación y mecanismo de comunicación durante la fase Indicador que acredite su cumplimiento Disposición de correo electrónico y/o mensajería WhatsApp actualizado sobre acciones vigentes. Forma de control y seguimiento Informe de implementación de CAV, se realizará al inicio y término de la construcción de cada bodega y cierre de estas y, en la fase de operación será realizada semestralmente. El informe se remitirá a la Municipalidad de Antofagasta, indistintamente estos informes también estarán disponibles en las oficinas administrativas del Titular, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Se iniciará 15 días antes al inicio de cada fase y 15 días posterior al término de cada fase. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.4 del ICE del Proyecto.

8.1.5. CAV - 5: Uso de agua industrial Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir las emisiones de material particulado durante el desarrollo del Proyecto, tanto para los caminos de accesos e interiores, como para los frentes de trabajo que requieran movimiento de tierra. Descripción: Durante las actividades de movimiento de tierra (excavaciones, transferencia de material, resuspensión por tránsito de vehículos) y combustión de motores (vehículos, maquinaria fuera de ruta, grupos electrógenos) se producirán emisiones durante 1 meses, periodo que se tiene planificado para cada fase de construcción del Proyecto. Con el fin de reducir las emisiones de material particulado durante el desarrollo del Proyecto, se tomarán medidas de manejo ambiental para reducir dichas emisiones de material particulado, las cuales también se replicarán para el transporte de materiales, escombros y residuos. Tales medidas como las siguientes: - Humectación de caminos o uso de supresores de polvo tales como bischofita o similar. - Restricción de velocidad al interior del Proyecto con un máximo de 20 km/h. - Revisión técnica al día de la maquinaria y vehículos.

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8.1.5. CAV - 5: Uso de agua industrial

Instalación de lona para los camiones que transiten con material correspondiente a áridos u otros elementos que puedan generar emisiones de polvo. - Humectación de áreas de trabajo para reducir el levantamiento de polvo.

Justificación: Existe una afectación en el AI respecto del movimiento de vehículos definidos para la Fase de Construcción, la cual no será significativa dadas las cantidades de contaminantes emitidos, y el carácter temporal y limitado de la etapa de construcción del Proyecto, estimado en 1 meses por cada fase. Sin perjuicio, a que la generación no es significativa, el Titular contempla el desarrollo de medidas de manejo ambiental para mantener y reducir estas emisiones de material particulado con el objeto de que este impacto ambiental se mantenga como no significativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las medidas de control correspondientes a humectación o el uso de supresor de polvo, en las áreas del Proyecto donde se realicen obras que generen emisiones de polvo y sea necesaria su aplicación.

Forma: Con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases durante el desarrollo del Proyecto, se tomarán las siguientes medidas de control: En los diferentes frentes de trabajo, en los casos que sean necesarios, se realizará el proceso de humectación mediante agua o el uso de supresor de polvo; Los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Todos los vehículos contarán con su revisión técnica al día y la maquinaria utilizada no tendrá una antigüedad superior a 10 años, a modo de asegurar un funcionamiento adecuado

Oportunidad: Durante la construcción del Proyecto, estimada en 1 mes por cada fase. Las aplicaciones serán, de ser necesarias, por las mañanas, antes de las 12:00 PM. Indicador que acredite su cumplimiento Para dar cumplimiento al porcentaje de eficiencia comprometido el Titular realizará la verificación de la mantención más los registros de humectación (dando cumplimiento a lo indicado en la DIA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro en terreno con la aplicación de la medida y se entregará un informe semestral a DGA, que incluya el volumen mensual suministrado por cada proveedor, así como, las autorizaciones que avalen la extracción de dicho insumo. Se entregará un primer informe al inicio de la fase de construcción, y luego en forma trimestral. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.5 del ICE del Proyecto.

8.1.6. CAV - 6: Capacitación a personal frente a incidentes de fauna Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

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8.1.6. CAV - 6: Capacitación a personal frente a incidentes de fauna Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un protocolo de acción para prevenir y controlar sucesos no planificados pero previsibles que puedan afectar a la fauna silvestre en el área del Proyecto.

Descripción: Se realizarán charlas a todos los trabajadores involucrados en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto con relación a la conservación de Fauna Silvestre. Esto incluye diferentes asuntos como la prevención de atropello de animales, no alimentar a la Fauna silvestre e implementar señaléticas, entre otros. En el caso que ocurra un accidente con un ejemplar de fauna silvestre, como por ejemplo un atropello o caída de un ave, se debe iniciar el protocolo. Este consiste en una secuencia de procedimientos estandarizados para optimizar y agilizar la atención del animal afectado.

Justificación: Se considera necesario sensibilizar y educar al personal del Proyecto sobre la fauna existente en el área, para así disminuir la posibilidad de incidentes y entregar las instrucciones necesarias en caso de que algún accidente ocurra debe actuar de forma inmediata. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se debe implementar acciones de apoyo para Fauna Silvestres (Anexo 6-4 de la DIA) e instruir a los trabajadores del Proyecto sobre este, para que todos tengan el conocimiento de las acciones de prevención ahí indicadas.

Oportunidad: Durante todas las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrán registros de las capacitaciones realizadas con fecha, firma de los participantes y contenidos tratados, a modo de generar un seguimiento en el tiempo de todas las charlas realizada. - Informes anuales que consoliden la cantidad de charlas realizadas, el tiempo total de capacitación a personal y fotografías donde se indique el lugar y la fecha del registro. - En cuanto a las señaléticas, el indicador de cumplimiento será la entrega de un informe a la SMA al final de la fase de construcción, que dé cuenta de la instalación de la señalética, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instaladas y el registro fotográfico y de posicionamiento (UTM WGS 84 Huso 19) de ella. - Informes anuales de los incidentes con fauna silvestre ocurridos en el año, con Animales Silvestres (Anexo 7-1 de la DIA). Forma de control y seguimiento •Informe tendrá una frecuencia mensual y será reportado a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre la implementación de las medidas. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.6 del ICE del Proyecto.

8.2. Exigencias

Las exigencias para ejecutar el Proyecto son las siguientes:

8.2.1. Informe Mensual Arqueológico Impacto asociado No aplica.

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8.2.1. Informe Mensual Arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contar con un seguimiento arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Se deberán realizar charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a los/as trabajadores/as del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Descripción: 1.-Informe al CMN y una vez visado por este organismo. 2.-Realización de Charlas de inducción arqueológica dirigidas a la totalidad de trabajadores del Proyecto. Justificación: Resguardar el patrimonio arqueológico y garantizar el cumplimiento normativo durante el desarrollo del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área del Proyecto. Forma:

El informe mensual tendrá: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: f.1. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). f.2.Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. f.3. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. f.4. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios protocolos/planilla-registro-sitiosarqueologicos g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá

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8.2.1. Informe Mensual Arqueológico solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. j) En relación con la actividad de tendido de Cables ubicados en el eje de la LTE del Proyecto: Se solicita al Titular realizar monitoreo arqueológico, debido a que esta actividad podría afectar aquellos sitios ubicados en el eje de la LTE del Proyecto.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento - Informes mensuales de monitoreo arqueológico, firmados por el/la arqueólogo/a responsable, con evidencia fotográfica, y registros según lo requerido por la normativa vigente. - Registros de asistencia a las charlas de inducción arqueológica, indicando nombre completo, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada trabajador/a, junto con el contenido de la inducción y material gráfico presentado. Forma de control y seguimiento - El Titular remitirá un informe mensual al CMN de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles. - Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del (los/as) trabajador (es/as), el (los) informe(s) de charla de inducción. Referencia al ICE para mayores detalles - Para mayor detalle ver Tabla 11.2.1. del ICE del Proyecto.

8.2.2. Exigencia: Instalación de Malla Rachel. Impacto asociado Sin impacto ambiental asociado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la contaminación de hortalizas, instalando una barrera perimetral protectora, que controle y detenga las partículas, evitando la propagación de polvo.

Descripción: Implementar Malla Rachell de forma perimetral, cubriendo la dirección Norte y Sur, es decir, hacia el HU y el AI del grupo humano colindante.

Justificación: Debido a la cercanía al Humedal y los Cultivos, se propone la presente medida para proveer protección a dichos puntos en particular, así asegurar su conservación y calidad Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Perímetro del Proyecto, en forma de L y dirección Sur Este.

Forma: Se construirá de manera in situ con calidad 65%, de color verde.

Oportunidad: Proteger y resguardar el entorno. Indicador que acredite su cumplimiento Boleta de compra. Registro fotográfico de instalación. Forma de control y seguimiento Revisión periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.2.2. del ICE del Proyecto.

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8.2.3. Exigencia: Protección y Conservación del Humedal Salar del Carmen. Impacto asociado Sin impacto ambiental asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un monitoreo de biodiversidad del Humedal Salar del Carmen.

Descripción: Observar, registrar y analizar sistemáticamente los cambios en, las especies, los ecosistemas, la diversidad de los componentes ambientales presentes en el Humedal, a lo largo del tiempo, con la finalidad de conocer si este ha sufrido variabilidad y las posibles causas, para aplicar medidas de protección.

Justificación: Conservar y proteger la biodiversidad, a través de un estudio que verifique su estado a lo largo del tiempo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Humedal Colindante al Proyecto.

Forma: Será realizada por especialistas los primeros 4 años de desarrollo del Proyecto, duración mínima de 3 días por subcampaña, con una variación en periodos estacionales distintos (temporada húmeda – temporada seca). El análisis de los datos recolectados en terreno se estructura según los componentes evaluados, aplicando herramientas de estadística descriptiva y análisis multivariado para evaluar abundancia relativa, dominancia, y variaciones en la composición específica con el objetivo de identificar su evolución temporal y espacial. Esta metodología permite interpretar el estado ecológico del humedal y detectar posibles transformaciones relevantes, comparando entre campañas para identificar tendencias de aumento, disminución o posibles fluctuaciones de riqueza y abundancia. A contar del quinto año, cuando el Proyecto se encuentre exclusivamente en fase de operación, se remitirán informes de seguimiento cada tres años, con el objetivo de mantener la trazabilidad ambiental del Proyecto. Esta frecuencia podrá ser redefinida en función de los resultados obtenidos y la evaluación técnica de los indicadores ambientales, asegurando una gestión adaptativa y conforme a la normativa vigente.

Oportunidad: Medir las características evolutivas del Humedal, con la finalidad de conocer su avance temporal, y en caso de ser necesario, actuar preventivamente. Indicador que acredite su cumplimiento • El Titular elaborará un informe por especialista que a lo menos contenga: a) Las metodologías utilizadas por taxa. b) Periodos y temporalidades de monitoreo de los diferentes taxones. c) Frecuencia del monitoreo. d) La metodología de análisis de los datos obtenidos. e) Componentes ambientales que propone para el cumplimiento de su compromiso. f) Área que será monitoreada. g) Presentar los antecedentes actuales del área a monitorear de manera tal de contar con la información base para comparar los resultados de los monitoreos futuros. Forma de control y seguimiento Reemitir informe a través de plataforma SSA. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.2.3. del ICE del Proyecto.

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8.3. Las condiciones para ejecutar el Proyecto son las siguientes:

8.3.1. Condición N°1: PAS 138:

Previo a la fase de operación del Proyecto, el Titular deberá presentar a la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta un informe de prueba de infiltración realizado acorde al D.S. N°236/26 del Minsal, tal que este cuente con un coeficiente de infiltración de 85 l/m2/día. Para tal efecto, podrá presentar cambio de suelo (granulometría), y/o modificación de ubicación u otra alternativa establecida en la normativa sanitaria.

8.3.2. Condición N°2: Pronunciamiento 161 : Previo a la fase de construcción del Proyecto, el Titular deberá presentar a la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, memoria técnica de características de construcción y ampliación del Proyecto o actividad, según las características constructivas descritas en las Tablas 8 y 9 de la Adenda Complementaria de la DIA.

9.1 Planes de seguimiento de las variables ambientales de la DIA.

El Proyecto no contempla Planes de seguimiento de las variables ambientales.

9.1.2 Monitoreos Participativos.

El Proyecto no contempla Monitoreos Participativos.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS:

10.1.1.: Situación de Riesgo o Contingencia: Actividad sísmica Riesgo o contingencia Actividad sísmica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) Implementará, delimitará y demarcará las zonas seguras dentro de la instalación de faena. b) Tendrá identificada la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y capacitar a personal responsable de cortar su paso. c) Implementará señaléticas de vías de escape que conduzcan a la zona segura, deben ser legibles y de fácil identificación. d) Charlas y simulacros asociados a cómo enfrentar un sismo y las acciones a seguir. e) Mantener en buen estado de conservación las instalaciones eléctricas, de cumplimiento al reglamento correspondiente. f) Listado actualizado del personal que trabaja durante la ejecución del Proyecto en las diferentes áreas y asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación, en caso de quedar obstruidas por el sismo.

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10.1.1.: Situación de Riesgo o Contingencia: Actividad sísmica g) Mantener en buen estado las linternas para utilizar en caso de corte de luz. Forma de control y seguimiento - Mantener pasillos despejados y libres de obstáculos. - Registró físico de las charlas y simulacros. - Definir encargados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.1.2.: Situación de Riesgo o Contingencia: Hallazgo de fauna Riesgo o contingencia Hallazgo de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ruta de acceso a Proyecto Bodega de sustancias peligrosas y dentro de las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) Mantendrá cerrados los sitios de almacenamiento de residuos a fin de impedir el ingreso de fauna con capacidad de excavación o trepar al área del Proyecto. b) Realizará charlas informativas de protección para Fauna Silvestre, educar respecto a la presencia de fauna potencial, y comunicar medidas de buenas prácticas ambientales en caso de eventual interacción. c) Ante eventos de fauna silvestre herida y/o en estado de desorientación se dará aviso de inmediato al Centro de Rescate y Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. d) Limitará la velocidad de vehículos a 20 km/h, previniendo el siniestro de tránsito, implementando señaléticas de tránsito y señalética de fauna silvestre. Estará estrictamente prohibido el uso de bocinas de vehículos que se dirijan al recinto. Forma de control y seguimiento - Se prohibirá la caza y captura de fauna - No se permite el ingreso animales domésticos - Se mantendrán los contenedores de basura con tapa y bolsa cerrados, para evitar la proliferación de vectores y malos olores. - Instalación de señaléticas. - Se prohibirá el uso de bocinas de vehículos; Límite de Velocidad; Cruce de Fauna silvestre. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.1.3.: Situación de Riesgo o Contingencia: Temporal de vientos Riesgo o contingencia Temporal de vientos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) Mantener en buen estado las linternas para utilizar en caso de corte de luz.

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10.1.3.: Situación de Riesgo o Contingencia: Temporal de vientos b) Radio portátil. c) Las actividades de cargas y descargas se realizan con compuertas cerradas. Forma de control y seguimiento - Verificar la magnitud del temporal. - Resguardar la seguridad del personal. - Mantener la zona de seguridad despejada, limpia y bien señalizada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.

10.1.4.: Situación de Riesgo o Contingencia: Remoción de masa. Riesgo o contingencia Remoción de masa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) Utilizará de mapas de riesgo y estudios geotécnicos para identificar zonas vulnerables. b) Implementará de sistemas de alerta temprana para evacuar a las personas en peligro. (Alarma, megáfono). Forma de control y seguimiento - Revisión constante de las instrucciones del estado frente a Estado de Emergencia. - Mantener visible los números de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.1.5.: Situación de Riesgo o Contingencia: Derrames en suelo Riesgo o contingencia Derrames en suelo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Incidente de derrame sobre el suelo por combustibles de maquinaria y vehículos, insumos, o contenido de baños químicos utilizados durante la vida útil del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) Los insumos que contengan productos líquidos que puedan derramarse se ubicarán en zonas impermeabilizadas o en terraplenes, para evitar en caso de derrame, el contacto directo con el suelo. b) Revisará y mantención periódica de los baños químicos por empresa autorizada. c) Realizará revisiones técnicas y mantenciones al día, de vehículos y maquinarias. d) Capacitará al personal respecto de la forma de proceder ante un derrame. e) De ser necesario, uso de barreras absorbentes para cercar y contener derrames, tales como: bolsas o baldes de arena y/o aserrín, trapos u otro elemento absorbente, los elementos contaminados serán trasladados a la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faena. f) Habilitará Kit antiderrame.

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10.1.5.: Situación de Riesgo o Contingencia: Derrames en suelo Forma de control y seguimiento - Limpieza y retiro periódico de baños químicos. - Se mantendrán en distintos puntos de la obra recipientes con arena y/o aserrín para contener posibles derrames. - Se desarrollar los análisis en laboratorios certificados por el Instituto INN. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.1.6.: Situación de Riesgo o Contingencia: Accidente de tránsito Riesgo o contingencia Accidente de tránsito Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Accidentes de tránsito vehicular dentro y fuera de la instalación de faena, asociadas al transporte de insumos hacia la instalación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular:

Si el evento se produce fuera de la instalación de faena, el Titular realizará las siguientes acciones: - Realizará una capacitación certificada por la ACHS o la Mutual de Seguridad sobre seguridad de tránsito dirigido a todos los conductores del Proyecto. Llamar inmediatamente a su encargado de trabajo. - Los camiones que transporten materiales o residuos serán revisados constantemente tanto mecánica como físicamente, contando en todo momento con su revisión técnica al día. - Las cargas serán bien estibadas y además los camiones contarán con lonas que irán al ras del borde de la tolva, jamás llevarán cargas que sobrepasen dichos bordes - Los choferes de los camiones deberán contar con sus licencias de conducir al día. - Los camiones contarán con un kit de emergencia, el cual contendrá extintor, material absorbente, luces de emergencia y señalética de emergencia. Forma de control y seguimiento - En la instalación de faena se mantendrá un listado de los camiones encargados del transporte de material y residuos. - En la portería de la instalación de faena habrá un encargado de revisar que los camiones que entren o salgan cuenten con sus respectivas carpas o lonas y que la tolva se encuentre limpia, sin signos de percolación. - En este punto es importante mencionar que existirá dentro de la IF y durante la operación del Proyecto un lavado de neumáticos de camiones, con el fin de no ensuciar las calles aledañas al área de emplazamiento del Proyecto. - El prevencionista de riesgo deberá velar porque siempre dentro de la instalación de faena se cuente con material absorbente (arena inerte), como también, de mantener un registro de los choferes, sus números de contacto y numero de emergencia área de emplazamiento del Proyecto.

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10.1.6.: Situación de Riesgo o Contingencia: Accidente de tránsito Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.1.7.: Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio Riesgo o contingencia Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: a) En las bodegas donde se almacenan sólidos inflamables se deberán cumplir las condiciones de almacenamiento establecidas en los Títulos I y II cuenta con las condiciones descritas en el D.S. 43 Reglamento de almacenamiento de Sustancias Peligrosas. b) Cuenta con sistemas fijos de extinción y sistemas manuales, cortafuegos con una Resistencia al fuego (RF) mínima de 180 y los muros externos deberán tener una RF mínima de 120. c) Todos los muros deberán ser de material no combustible y deberán contar con techo con cubierta liviana. d) Se capacitará anualmente a todo el personal que trabaje en la instalación. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación. Simulacros. Registro de manteniendo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.1.8.: Situación de Riesgo o Contingencia: Incidentes en carguío y despacho Riesgo o contingencia Incidentes en carguío y despacho Fase del Proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividad principal realizada en bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - La actividad de carga y descarga de camiones se realizará dentro de las Bodegas con las compuertas cerradas. - Las Bodegas de almacenamiento de sustancias cuentan con las especificaciones técnicas según el D.S. 43. - Se instalan señaléticas visibles según su peligrosidad y clase. - Se mantendrá el documento físico de las HDS. Se exigirá al acceso a bodegas el uso de EPP. - Se recomienda revisar al menos una vez al mes las estanterías o lugares de almacenamiento con el fin de verificar el estado de las repisas, estantes, piso y envases, generar registro. - Se capacitará trimestralmente al personal que manipule sustancias peligrosas. - Está estrictamente prohibido fumar dentro del recinto Logístico FG. Forma de control y seguimiento - Procedimiento de manejo de Sustancias Peligrosas.

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10.1.8.: Situación de Riesgo o Contingencia: Incidentes en carguío y despacho - Planilla de control de sustancias almacenadas (cantidad, clase de peligro, fecha). - Plan de manejo de Residuos Peligrosos. - Registro de entrega de EPP. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.

10.1.9.: Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame o dispersión de Sustancia Peligrosa al interior de las Bodegas Riesgo o contingencia Derrame o dispersión de Sustancia Peligrosa al interior de las Bodegas. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Incidente de derrame o dispersión de Material al interior de las Bodegas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular: - Se habilitará Kit antiderrame para sustancias sólidas. - Revisión periódica del estado de los recipientes (maxisacos). - Sistema de contención de derrame sólido. - Sistema de contención de derrame líquido. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los maxisacos cerrados. Se realizarán la operación de carga y descarga al interior de las bodegas con puertas cerradas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS:

10.2.1. Situación de Riesgo o Contingencia: Actividad sísmica Riesgo o contingencia Actividad sísmica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular: a) Define acciones durante el movimiento télurico. - Mantendrá la calma, controlando posibles casos de pánicoSi es posible se cortará o apagarán sistemas eléctricos, motores de equipos, etc. - No tratar de salvar objetos arriesgando la vida. - Si el movimiento sísmico es demasiado fuerte y los trabajadores no puedan mantenerse en pie, se deberá solicitar que se sienten en el suelo y esperar que deje de temblar para poder pararse. Alejarse de ventanas o elementos susceptibles de caer. - Si el movimiento lo permite y no representa riesgo, deberá dirigirse a la zona de seguridad establecida.

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10.2.1. Situación de Riesgo o Contingencia: Actividad sísmica b) Después del movimiento telúrico: - Evacuará al personal hacia la zona de seguridad establecida “P.E.E” - Permanecerá en alerta, se debe recordar que después de un sismo seguirá temblando o habrá nuevas réplicas. - Verificará que el personal se encuentra en su totalidad y en buen estado. - Evaluará la necesidad de solicitar ayuda. - Tendrá extremo cuidado con cables eléctricos que por efectos del movimiento hayan caídos desde su tendido, los objetos que se encuentran en contacto con ellos, u otros que puedan provocar un posible puente eléctrico y/o exista un contacto directo del personal con dichos cables. - Posteriormente una vez que finalice el movimiento telúrico no pueden volver a su puesto de trabajo sin la autorización, se debe verificar que todo el personal se encuentre bien físicamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente en un plazo de 24 horas ocurrida la emergencia, a través de un reporte de evaluación de daños y estado de infraestructura. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1. del ICE del Proyecto.

10.2.2. Situación de Riesgo o Contingencia: Hallazgo de fauna Riesgo o contingencia Hallazgo de fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ruta de acceso a Proyecto Bodega de sustancias peligrosas y dentro de las instalaciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular define acciones:

a) Durante el hallazgo de especie silvestre: Evaluación de la Movilidad, Aviso e Identificación, Rescate y Captura, Acciones previas al traslado. b) Después del hallazgo de especie silvestre. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante eventos de fauna silvestre herida y/o en estado de desorientación se dará aviso de inmediato al Centro de Rescate y Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. Además, se informará al SMA respecto al rescate el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental. (Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registro fotográfico, carta de aviso).

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10.2.2. Situación de Riesgo o Contingencia: Hallazgo de fauna Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2. del ICE del Proyecto.

10.2.3. Situación de Riesgo o Contingencia: Temporal de vientos Riesgo o contingencia Temporal de vientos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular:

a) Durante el temporal de vientos:

En la intemperie el personal se protegerá o resguardará dentro de instalaciones o dentro del equipo hasta el término del temporal y se prohíbe cualquier maniobra. - Mantener cerradas las compuertas de las bodegas. - No operar por ningún motivo la carga o descarga de materiales durante el eventual. - Informar al personal sobre las medidas a proceder.

b) Después del temporal de vientos:

Identificar daños y evaluar peligros.

Corregir o reparar potenciales daños. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente en un plazo de 24 horas ocurrida la emergencia, a través de un reporte de incidentes, tomando en cuenta el procedimiento abarcado y los posibles daños generados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3. del ICE del Proyecto.

10.2.4. Situación de Riesgo o Contingencia: Remoción de masa. Riesgo o contingencia Remoción de masa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Al interior de las instalaciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular establece acciones:

a) Durante el derrumbe:

Detendrá la operación de la obra y dirigirse a zona segura. - Evacuará la zona de trabajo de manera controlada.

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10.2.4. Situación de Riesgo o Contingencia: Remoción de masa.

Luego de superada la emergencia evaluará los posibles daños.

b) Después del derrumbe: Si la magnitud del derrumbe no genera riesgos para los trabajadores ni sus instalaciones, podrán volver a su puesto de trabajo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través de un reporte. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4. del ICE del Proyecto.

10.2.5. Situación de Riesgo o Contingencia: Derrames en suelo Riesgo o contingencia Derrames en suelo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Incidente de derrame sobre el suelo por combustibles de maquinaria y vehículos, insumos, o contenido de baños químicos utilizados durante la vida útil del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Durante el incidente: - En caso de derrame, se procederá a contener el elemento derramado con material absorbente, tales como: Bolsas o baldes de arena y/o aserrín, trapos u otro elemento absorbente. - Una vez contenido, se eliminará el material absorbente como residuo asimilable a domicilio o peligrosos, según corresponda. - Si el material derramado tiene características inflamables, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, evitando en todo momento cualquier fuente de calor o que genere chispas. - Posteriormente se limpiará la zona del derrame, esta acción puede ser manual o mecánica dependiendo de la envergadura del derrame y siempre se llevará a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acción. - Respecto a los residuos generados a partir del derrame, estos se dispondrán en un sitio apto y autorizado por la autoridad sanitaria, según disponga la legislación vigente y se mantendrá un registro de disposición respalde el oportuno cumplimiento de las medidas de manejo.

Después del incidente:

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10.2.5. Situación de Riesgo o Contingencia: Derrames en suelo

En aquellos casos en que ocurra un derrame sobre cobertura natural, se deberá realizar una toma de muestra posterior a las labores de limpieza, la cual deberá ser ejecutada por laboratorios certificados por el Instituto Nacional de Normalización (INN). Este procedimiento deberá llevarse a cabo conforme a lo establecido en la “Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes” del Ministerio del Medio Ambiente, así como en las normas NCh 3400/1 y NCh 3400/2. Revisará la ocurrencia del incidente y eliminar su causa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se enviará el informe de muestreo por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5. del ICE del Proyecto.

10.2.6. Situación de Riesgo o Contingencia: Accidente de tránsito Riesgo o contingencia Accidente de tránsito Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Accidentes de tránsito vehicular dentro y fuera de la instalación de faena, asociadas al transporte de insumos hacia la instalación. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular:

a) Durante un accidente de tránsito:

Avisar a carabineros y/o ambulancia si corresponde. - Comunicar lo ocurrido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo. - Si con ocasión del accidente se produce un derrame se aplicarán las medidas descritas en el procedimiento ante derrames. - Si debido al accidente se ocasionarán daños en la vía pública y la responsabilidad sea del chofer del camión transportador, el titular responderá.

b) Después de un accidente de tránsito: Una vez pase la emergencia se averigua la causa del accidente y se generará un informe para enviar a las autoridades correspondientes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará y dejará constancia de los hechos en primera instancia a Carabineros y se procederá a informar a la SMA a través de un reporte de

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10.2.6. Situación de Riesgo o Contingencia: Accidente de tránsito incidente, al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla f) del Anexo 04 de la Adenda Complementaria de la DIA.

10.2.7.: Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio Riesgo o contingencia Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular:

a) Durante el amago de incendio:

- Evalué la magnitud del incendio, si no es posible apagarlo con un extintor manual se deberá comunicar rápidamente al supervisor, quien coordinará con el Prevencionista de Riesgo la llegada de equipos de emergencia. - Actuar con extintor solo en caso de estar capacitado para hacerlo. Dirigir el chorro a la base del fuego, especialmente si se trata de líquidos o sólidos inflamables a modo de barrido y avanzar a medida se extingue. - Active la alarma de incendio tirando la palanca en la estación manual. - Identifique el número de naciones unidas de cuatro dígitos. o El rombo de clase NCH 382. o Rombo de la Nch 1411/4 (NFPA 704). - Si el fuego está fuera de control, evacue inmediatamente por las vías de evacuación hacia los puntos de encuentro de emergencias (PEE). - En caso de haber sustancias peligrosas, tomar las precauciones de acuerdo con la guía de respuestas a emergencias con sustancias peligrosas. - Verificar constantemente la dirección del viento. - Instalar un comando de incidentes en escena en lugar seguro y estratégico. (Chalecos reflectante, megáfono, señaléticas). - Mantener constantemente comunicación efectiva con el director de la emergencia. - El supervisor a cargo debe verificar que esté todo su personal a salvo.

b) Después del amago de incendio. • Realizar informe de reportabilidad de emergencias.

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10.2.7.: Situación de Riesgo o Contingencia: Incendio • Informar a la SMA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través del Reporte de Incidentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7. del ICE del Proyecto.

10.2.8. Situación de Riesgo o Contingencia: Incidentes en carguío y despacho Riesgo o contingencia Incidentes en carguío y despacho Fase del Proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Actividad principal realizada en bodegas de sustancias peligrosas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular: - Durante la actividad de Trasvasije, carguío y despacho de Sustancias Peligrosas. - Una vez recibido el producto, se deberá revisar la etiqueta, verificar y comprobar que coincida el material o el compuesto con su etiqueta y HDS. - Ubicación de los materiales peligrosos en los sitios de trabajo y cuáles son los peligros específicos. - El personal a cargo será responsable del mantenimiento de orden, limpieza y seguridad de sus áreas de almacenamiento. - Deberá existir un registro escrito o electrónico del ingreso de las sustancias almacenadas a bodega. - Las sustancias que sobrepasan la fecha de vencimiento o de detectar la existencia de sustancias desconocidas o sin rótulo, deben ser dispuestas como residuos obsoletos. - Al manipular cualquier sustancia peligrosa se debe utilizar todos los Elementos de Protección Personal que indica la HDS de la misma. - Si se produce derrame de sustancia peligrosa, se deberá identificar la sustancia y proceder de acuerdo con el “Procedimiento de control de derrames de Sustancias Químicas Después la actividad de Trasvasije, carguío y despacho de Sustancias Peligrosas: - Mantener actualizado el registro entrada y salida de las sustancias almacenadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente cuando sucedan, a través del Reporte de Incidentes.

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10.2.8. Situación de Riesgo o Contingencia: Incidentes en carguío y despacho Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8. del ICE del Proyecto.

10.2.9.: Situación de Riesgo o Contingencia: Derrame o dispersión de Sustancia Peligrosa al interior de las Bodegas Riesgo o contingencia Derrame o dispersión de Sustancia Peligrosa al interior de las Bodegas. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Incidente de derrame o dispersión de Material al interior de las Bodegas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular:

a) Durante el incidente:

Identificará el origen del derrame y el producto derramado. - Aislamiento: Aísla el área afectada para evitar la propagación del material. - Reportan al Prevencionista de riesgo. - Equipamiento de protección personal (EPP): Utiliza EPP adecuado para protegerte. - Contención: Barrido y vertido en un contenedor de residuos adecuado. - Limpieza y descontaminación: Limpieza adecuada del área y descontaminación del material.

b) Después del incidente:

Revisar la ocurrencia del incidente y eliminar su causa. - Realizar Registro de Incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se enviará el informe de muestreo por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9. del ICE del Proyecto.

11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado. La DIA del Proyecto “Bodegas Sustancias Peligrosas FG” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 04 de noviembre de 2024 y en el diario Extracto Legal con igual fecha. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Carnaval FM 96.5 FM, entre los días 05 de noviembre de 2024 y 09 de noviembre de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 11 de noviembre de 2024 emitido por Radio Carnaval FM. Con fecha 16 de diciembre de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Durante dicho periodo se recibió un total de 1 solicitud de inicio de proceso

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de participación ciudadana que cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, el cual fue emitido por 1 personas jurídica. Con fecha 23 de diciembre de 2024 se dictó la Resolución N° 202402001194 por parte de Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, mediante la cual se resuelve denegar la solicitud de apertura de un proceso de participación ciudadana, por cuanto no se da cumplimiento a los requisitos señalados en el artículo 30 bis, inciso 1° de la Ley N°19.300, correspondiente al mínimo de solicitudes para dar inicio al proceso de participación ciudadana, ya sean dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica o como mínimo diez personas naturales directamente afectada. 12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4º de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

15°. Que, para que el proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG”, presentada por FG Logística SpA.

2°. Certificar que el Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

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3°. Certificar que el Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “BODEGAS SUSTANCIAS PELIGROSAS FG” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4º del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.

Karen Behrens Navarrete Delegada Presidencial Regional Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Tomás Andrés Ballesteros Cohen Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

GGP/JFM/JCG/jcg

Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.10.20 17:55:07 -03'00'

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Distribución:

• Titular. • Superintendencia de Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Antofagasta. • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA.

Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 20-10-2025 12:46:04:867 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC