Evaluación SEA

Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte

Rol 2163225770
SEA · DIA · Aprobado · 2025-07-22 · Región de Antofagasta · SQM Industrial S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”

Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 31 de enero de 2025 y su Adenda Complementaria de 30 de mayo de 2025, del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”, presentado por SQM Industrial S.A. con fecha 25 de septiembre de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”.

3°. El Acta de Evaluación N° 202402106205 de la Sesión Nº06/2024 del Comité Técnico de la Región de Antofagasta, de fecha 24 de octubre de 2024.

4°. El Informe Consolidado de Evaluación N° 20250210970 de fecha 27 de junio de 2025 (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”.

5°. El acuerdo N°27/2025 de la sesión ordinaria N°14/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 07 de julio de 2025.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”.

7°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417 (en adelante “Ley N°19.300”); en el Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que implementa el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el Decreto Supremo N°30/2023 del mismo Ministerio (en adelante “RSEIA”); en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, Estatuto Administrativo, que establece orden legal de subrogación:

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 22-07-2025 15:46:27:114 UTC -04:00 Razón: Lugar: 2 de 68

CONSIDERANDO:

1°. Que, SQM Industrial S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social SQM Industrial S.A. RUT 79.947.100-0 Domicilio Los Militares N° 4290, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Teléfono 224252575 Nombre del representante legal (1) Rodrigo Vera Diaz RUT 9.120.446-0 Nombre del representante legal (2) Pablo Altimiras Ceardi RUT 13.657.862-6 Domicilio del representante legal Los Militares N° 4290, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Teléfono representante legal 224252575 Correo electrónico Titular o representante legal sandra.araya@sqm.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de junio de 2025, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de 07 de julio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 27 de junio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo habilitar una nueva área para el acopio de sales de descarte (compuesta por tres [3] secciones) provenientes de la faena minera Pampa Blanca. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA):

i.3) “Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se disponga residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves, escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más proyectos de desarrollo minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una capacidad de extracción considerada en la letra i.1) anterior”. 3 de 68

Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 3 años y 9 meses considerando los años de sus tres fases: construcción, operación y cierre. Monto de inversión USD $ 2.581.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que dará inicio al Proyecto será la habilitación de Instalación de Faena (IIFF), en donde cada una tendrá una duración máxima de diez 10 semanas para la sección N°1 y de 8 semanas (dos [2] meses) para las secciones 2 y 3. El hito de termino a la fase se construcción corresponde al retiro de la 3er instalación de faena correspondiente a la 3era sección del área de acopio. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No sección Fecha de inicio Duración semanas Actividad de inicio Actividad de termino 1 Mes 1 año 1 10 Habilitación IIFF Retiro IIFF 2 Mes 21 año 2 8 Habilitación IIFF Retiro IIFF 3 Mes 38 año 4 8 Habilitación IIFF Retiro IIFF X

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente Si No El Proyecto modificará un Proyecto o actividad existente. X

Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No El Proyecto modificará la RCA N°021/1999 que califica favorable ambientalmente el Proyecto “Pozas de Evaporación Solar Florencia”. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza en la comuna de Sierra Gorda, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, aproximadamente 100 km al noreste de la ciudad de Antofagasta y 25 km al noreste de la localidad de Baquedano, con ingreso por la Ruta 5 norte km 1.463, a una altura de aproximadamente 1.100 m.s.n.m. Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica debido a que, dentro de las instalaciones pertenecientes al Titular, se cuenta con la superficie necesaria para la implementación de una nueva área de acopio de sales de descarte en el área industrial de la faena minera Pampa Blanca. Superficie El Proyecto utilizará una superficie de 14 ha aproximadamente. Esta superficie incluirá un área de acopio de sales de descartes (habilitada en tres [3] secciones), un [1] camino proyectado a construir, un [1] sistema eléctrico (compuesto por una [1] Línea de Baja Tensión, ocho [8] Postes y un [1] Transformador) y una [1] Instalación de Faena (IF), considerada para la habilitación de cada sección del área de acopio durante la fase de construcción. En la Tabla 1-5 del Anexo 1.1 de la Adenda complementaria de la DIA, se presenta el detalle con las superficies que abarcará cada una de las obras consideradas en el Proyecto. Coordenadas UTM en Datum WGS84 El Titular presentó las coordenadas de referencia del área de emplazamiento del Proyecto en el Anexo 1.1 de la Adenda complementaria de la DIA, específicamente en la Tabla 1-10 (obras existentes), Tabla 1-11 (obras temporales), en la Tabla 1-17 (obras permanentes) y su representación cartográfica se muestra en la Figura 1-2. Además, en el Anexo 1.4 de la Adenda 4 de 68

Complementaria se presenta la cartografía digital del Proyecto en formato shapefile y kmz. Caminos de acceso El acceso principal a la nueva área de acopio de sales de descarte corresponde al camino existente “Camino existente 1” (Tramo A-B Norte), que presenta su punto de inicio al este del Proyecto, desde la intersección con la Ruta 5 Norte. Además, el Proyecto contempla el uso de cuatro [4] caminos secundarios existentes adicionales al mencionado, los cuales se denominan Camino existente 2, Camino existente 3, Camino existente 5 y Camino existente 8. Por otra parte, el Proyecto contempla un [1] camino a construir, denominado “Camino Proyectado 1”. La representación cartográfica del camino de acceso al Proyecto y de los caminos secundarios existentes se visualiza en la Figura 1-3, mientras que sus coordenadas se presentan en la Tabla 1-6 del Anexo 1.1 de la Adenda complementaria de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones El listado de Referencia con los mapas, planos, cartografía digital (shape, kmz) se presentan en la Tabla 1-15 de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalaciones de Faena El Proyecto contempla la habilitación temporal de una IIFF al lado este de la nueva área de acopio proyectada, la cual será habilitada al inicio de la fase de construcción de cada una de las tres [3] secciones que componen el área total del Proyecto, y deshabilitada al momento de entrar en operación cada una de ellas. La Instalación de Faena será utilizada como centro de operaciones del personal del Titular y de los contratistas a cargo de la ejecución de las obras, la cual se instalará previo a la habilitación de cada una de las secciones del área de acopio de sales de descartes. Para la implementación de las instalaciones de faena se procederá a realizar la preparación del terreno, es decir, movimiento de tierra, escarpe y compactación del terreno. Todo esto, con el fin de contar con una superficie adecuada para el funcionamiento de las diferentes instalaciones. La superficie requerida será de 2.500 m2. Tras la habilitación del terreno, se comenzará con la implementación de las instalaciones, las cuales serán de carácter temporal, utilizadas exclusivamente durante la Fase de Construcción de cada una de las secciones constructivas del Proyecto. Estarán equipadas con lo necesario para dar cumplimiento a lo establecido en la legislación sobre higiene y seguridad en los lugares de trabajo (D.S. N°594/1999 del MINSAL). La ejecución de las actividades de las Sección 1 durará 10 semanas, debido a que se considera la construcción y habilitación del sistema eléctrico y camino proyectado. Las secciones 2 y 3 tendrán una duración de 8 semanas. Liberación ambiental Dentro de las actividades de la fase de construcción en las secciones 1, 2 y 3, se implementará la actividad de Liberación Ambiental del área como mecanismo de control para la protección de los recursos arqueológicos, tal como se describe y detalla el Titular en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA (Permiso Ambiental Sectorial “PAS” 132). Al respecto, se indica que la actividad de liberación ambiental de la sección 1 y 2 del área de acopio no se encuentra sujeta a la obtención del PAS 132. Área de acopio de sales de descarte Para la construcción del área de acopio de sales de descarte, se realizarán movimientos de tierra que contemplan escarpe y compactación del terreno con maquinaria pesada. Se realiza escarpe, que considera el retiro de capas superficiales sueltas que no pueden compactarse. Se estima que corresponde a una profundidad promedio de 0,5 m. Finalmente, a lo largo de la superficie del área de acopio, mediante una motoniveladora y siguiendo la rasante del terreno, se compactará la superficie del terreno con un rodillo. Loa superficie y volumen 5 de 68

total de escarpe de área de acopio de sales de descarte, se detalla en la Tabla a continuación:

Fuente: Tabla 1-11 de la Adenda complementaria de la DIA.

El material que será dispuesto sobre el área de acopio de sales de descarte corresponde mayoritariamente a compuestos cristalizados, con bajo contenido de humedad (5%), no obstante, ante la eventual generación de efluentes líquidos, en cada una de las secciones de las áreas de acopio de sales de descarte, se considera la implementación de piscinas de acumulación de aguas lluvias y escurrimientos eventuales provenientes del estruje de las sales de descarte. El fluido recuperado será recirculado al proceso productivo mediante bombas centrifugas o bomba PIT, de 120 KW c/u. La capacidad de cada piscina de acumulación se presenta en la Tabla 14 del Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria y ha sido determinada en función del cálculo hidrológico del volumen generado por la eventual precipitación caída sobre las nuevas áreas de acopio de sales de descarte proyectadas. El detalle al respecto de este cálculo, se presentó en el Anexo 1.6, Capítulo 1 de la DIA. Por otra parte, para impermeabilizar el área de acopio, se dispondrá en toda la superficie interna un geotextil y sobre éste, una carpeta de HDPE y/o PVC.

Respecto al geotextil, este material actuará protegiendo las carpetas de HDPE/PVC (geomembrana), impidiendo que se produzcan daños mecánicos de abrasión o punzonamiento. En relación con la carpeta de HDPE/PVC y/o similar será de 0,5 a 0,7 mm, cuyo propósito será aislar la superficie del suelo del material de descarte que será depositado, otorgando impermeabilización tanto en el fondo como en las paredes de las áreas de acopio de sales de descarte. Una vez que se instale la geomembrana en la base, se realizará una inspección visual e inspección mediante método geoeléctrico. Para capturar el escurrimiento asociado a las precipitaciones estás se dirigen hacia una canaleta de 1x0,5m que presentará una pendiente de 1,5% y que conducirá estas soluciones a una piscina de acumulación, la piscina y la canaleta son recubiertas con la misma lámina y tienen en su fondo una capa geotextil de 150 gr (para mayor detalle ver Apéndice 1 del Anexo 3.8a de la Adenda de la DIA). Una vez terminada la instalación de la carpeta de HDPE y/o PVC, se procederá con las pruebas de estanqueidad, para asegurar que la instalación de esta haya quedado soldada correctamente en sus uniones y no tenga filtraciones de líquidos, reparándola en caso de ser necesario en aquellos puntos donde se detecte problemas de soldadura y filtración. Ver más detalles en tabla 1-10 de la Adenda complementaria de la DIA. Caminos Se construirá un [1] camino de acceso a las áreas de acopio de nuevas sales de descarte desde los caminos existentes de la Faena minera Pampa Blanca. Se contempla la construcción de un Camino Proyectado (Tramo ED), correspondiente al camino del sistema eléctrico, el cual también permitirá el acceso las secciones 1, 2 y 3 de la nueva área de acopio. Este camino tendrá un ancho de 8 metros y una longitud de 770 metros. Se indica que el tipo de carpeta será bischofita tal como indica el Titular en el Acápite 1.7.3.3 del Capítulo 1, Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Sistema eléctrico

Camino proyectado 1 (Tramo ED) Para la construcción del sistema eléctrico, se habilitará un camino de forma paralela y a un costado del trazado de la línea de baja tensión, esto, para permitir 6 de 68

la construcción de la instalación eléctrica. Este camino tendrá una longitud de 770 m y 8 m de ancho, el cual será de tierra, estabilizado y compactado de forma natural debido a las características naturales del suelo salino. Ver detalles en el acápite 1.7.3.3 del Capítulo 1, Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para la construcción del camino se considerará la actividad de movimiento de tierra, escarpe y nivelación con el fin de nivelar la topografía para la obra proyectada y evitar la generación de factores de erosión del suelo.

Replanteo de postes El replanteo de postes será la primera actividad por ejecutar para la construcción de la línea de transmisión eléctrica. Esta, tendrá por objeto definir la ubicación de cada poste de hormigón, mediante estacas que señalan el centro de esta, el eje de la línea de transmisión eléctrica y el eje perpendicular a este. Luego se procederá a despejar el área de intervención de cada poste.

Construcción de línea y Transformador Los conductores eléctricos de la línea serán instalados sobre la respectiva ferretería (aisladores, crucetas, diagonal) que lleva cada poste de hormigón. El transformador será instalado a tierra dado su tamaño de 750 KVA. En el caso de éstas últimas, la construcción de fundaciones contempla las siguientes actividades: • Excavación local, movimiento de tierra: Se estima un total de 35 m3. • Instalación de loza con pretil de contención de derrame, canalizaciones subterráneas con salida de escalerillas, conexión al aire o a celda, cierre perimetral y malla a tierra. • Colocación de hormigón. • Verificación por parte de personal de topografía. • Instalación de pernos de anclajes. • Relleno con hormigón.

Montaje de postes Corresponderá al montaje de ocho [8] postes, que irán enterrados aproximadamente 3 m de profundidad y serán ubicados de acuerdo con lo indicado en la Tabla 1-12 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Montaje de cadenas de aisladores, tendido de conductores y cable de guardia En un extremo del tramo a tender, se ubicará el freno y el carrete conteniendo el conductor. En el otro extremo, se ubicará un winche. Se instalarán las cadenas de aisladores, las cuales, en sus extremos, tendrán poleas por donde pasará el conductor. Instaladas las cadenas, se pasará un cable guía por las poleas, desde el winche al freno, donde se une al conductor. Con el winche se comenzará a estirar el cable. Con el freno se controlará la tensión del conductor, de modo que este vaya a una distancia uniforme del suelo de aproximadamente 4 m. Una vez que el conductor se haya extendido entre dos estructuras de anclaje, se procederá a tensarlo hasta la tensión y altura de diseño. Montaje de Equipos en transformador y equipos ubicados en la Línea de Media Tensión Existente En el área destinada a la instalación del transformador se construirá mediante camión pluma, donde se procederá al montaje de equipos de mayor volumen y peso como transformadores de corriente, de potencial, de poder, aisladores tipo pedestal, interruptores. Además, de los desconectadores que van ubicados en la Línea de Media Tensión existente. Toda el área correspondiente al transformador llevará un cerco perimetral de malla con los respectivos letreros 7 de 68

de precaución. Rellenos compactados En torno a cada poste de hormigón y en las zonas donde se colocará la malla de tierra, se requieren rellenos compactados. Este material de relleno procederá directamente de las excavaciones realizadas de manera previa en la instalación de cada poste. Rellenos compactados En torno a cada poste de hormigón y en las zonas donde se colocará la malla de tierra, se requieren rellenos compactados. Este material de relleno procederá directamente de las excavaciones realizadas de manera previa en la instalación de cada poste. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera Las fuentes de emisión identificadas para la fase de construcción del Proyecto están relacionadas a las actividades de movimientos de tierra, construcción de caminos, transporte de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión interna de motores de vehículos y maquinarias y uso de generadores eléctricos.

Tabla N°1. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/fase) MPS MP10 MP2.5 NOx SOx CO Construcción 27,67 6,81 2,70 2,30 0,04 0,99 Fuente: Tabla 1-18 de la Adenda complementaria de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Aplicación de bischofita, con una eficiencia del 80% con una frecuencia indicada por el proveedor. - Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. - Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. - Los vehículos utilizados fuera de la faena Pampa Blanca para el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar dispersión en el camino, circularán cubriendo los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.

b) Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes del uso de baños químicos. Se estima que se generará una cantidad de 3,75 m3/día. Estas aguas serán manejadas y retiradas por una empresa contratista que cumpla con las autorizaciones correspondientes.

c) Ruido Las fuentes de ruido corresponderán principalmente al funcionamiento de maquinarias para la construcción de las obras del Proyecto (excavación y movimiento de tierra, nivelación de terreno y transporte de trabajadores. Cabe mencionar que, respecto a la evaluación en receptores humanos, ya definida el Área de Influencia, (en adelante “AI”) se observa que no existen receptores humanos dentro de la misma, por lo que se descarta una afectación en receptores humanos. Para ver más detalle ir al Anexo 2.5 Estudio de impacto 8 de 68

acústico de la DIA y tabla 1-28 de la Adenda complementaria de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos asimilables a domésticos Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que provendrán desde diversas áreas (baños, comedores, oficinas). El acopio temporal de residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto se realizará en un patio de acopio, el cual estará ubicado en el interior de la superficie destinada a la instalación de faenas (permaneciendo habilitado durante todas las fases del proyecto).

Se generará una cantidad de 0,3 t/mes por persona. Para más detalles ver el numeral 1.8.8.2.1 del Anexo 1.1 de la Adenda complementaria de la DIA del Proyecto.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que estarán compuestos de a escombros, neumáticos, elementos de protección personal (EPP), chatarra metálica y HDPE. Estos residuos serán dispuestos en patio de acopio de RSINP al interior de la IF que se habilitará durante la fase de construcción y se mantendrá durante toda la vida útil del Proyecto. El retiro y transporte a su disposición final será realizado por una empresa autorizada, cumpliendo toda normativa vigente. El retiro será realizado con frecuencia de 1 a 3 veces por semana. Se generará una cantidad de 2 t/mes.

c) Residuos sólidos peligrosos Se generará una cantidad de 0,7 t/mes de RESPEL. Los residuos peligrosos serán almacenados en la bodega RESPEL existente al interior de faena, que consta de una superficie útil de 181,1 m2, no superando un tiempo máximo de 6 meses de almacenamiento y/o 12.000 toneladas de acumulación, para posteriormente ser retirados semestralmente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Habilitación del Área de acopio de sales de descarte El área de acopio se utilizará en sectores de forma sucesiva, conforme a su requerimiento. En primera instancia se utilizará la sección 1 del área de acopio, que cuenta con una capacidad de 755.553 m3 totales, una vez utilizada dicha capacidad, se habilitará la sección 2 del área de acopio, con una capacidad total de 583.961 m3 y consecutivamente, una vez utilizada su capacidad, se habilitará y depositarán sales de descarte en la sección 3, el cual contempla una capacidad de 222.838 m3. La altura máxima de cada sección de acopio será de 24 metros y un talud proyectado en un ángulo de 34°, una zanja perimetral de ancho promedio de 1,1 metros y un pretil de altura promedio de 1,1 metros. Respecto a las medidas, el "Sector 1 de Acopio" tendrá una superficie de 40.645 m2; "Sector 2 de Acopio" tendrá 34.316 m2 y el "sector 3 de Acopio" tendrá una superficie de 117.854 m2. De acuerdo con lo anterior, la superficie total del área de acopio será de 93.287 m2. Carga de sales de descarte Se utilizará la misma metodología aprobadas por la RCA N°021/1999, es decir, luego de la remoción y formación de pequeñas pilas de sales de descarte contenidas en las pozas de evaporación, estas serán cargadas a un camión Tolva o articulado, para luego ser trasladadas al área de acopio. Transporte de sales de descarte Una vez cargadas las sales de descarte en camión tolva o articulado, estas serán trasladadas utilizando caminos habilitados y por habilitar al interior de faena Pampa Blanca, hacia el área de acopio. Ver detalle en Acápite 1.3.8.4 del Capítulo 1, Anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. 9 de 68

Descarga de sales de descarte Una vez ingresado el camión tolva o articulado al área de acopio, se procederá con la descarga de las sales de descarte al interior del área. La descarga de las sales se realizará desde el talud del muro perimetral que enmarca el área de acopio de sales. A medida que se hayan depositado las primeras sales, éstas serán extendidas mediante bulldozer para formar una rampa de trabajo que tendrá por lo menos un metro de espesor. Sobre la rampa transitarán los camiones cargados con descarte de sales de tal manera que vayan aumentando el tamaño de la rampa en forma secuencial a medida que se disponga las sales de descarte. Se considera un ancho de 8 metros, permitiendo así el tránsito simultáneo de dos [2] camiones por diferentes calzadas. La base del área de acopio será impermeabilizada con una lámina de HDPE/PVC de 0,5 mm de espesor. Para proteger la impermeabilización, el Proyecto considera un piso de sales de descarte no menor a 50 cm de espesor para evitar cualquier posibilidad de daño que se pueda provocar en la carpeta de impermeabilizado de HDPE. Durante la operación, la configuración geométrica de las nuevas canchas de sales de descarte considerará una altura máxima para el acopio de 24 metros, dispuesta en un solo talud continuo. Durante esta fase en caso de ocurrir escurrimientos o eventos de precipitación la solución salina resultante será acumulada en las piscinas de acumulación y recirculada a las pozas de evaporación solar existentes. Recursos naturales renovables Las partes, acciones y obras del Proyecto en la fase de operación no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera Las principales fuentes de emisión identificadas para la fase de operación del Proyecto están relacionadas a las actividades de movimientos de tierra y transporte de maquinarias, equipos y materiales. Tabla N°2. Emisiones Atmosféricas del Proyecto Fase/Contaminante (t/fase) MPS MP10 MP2.5 NOx SOx CO Operación 304,41 98,46 14,63 44,43 0,09 4,05 Fuente: Tabla 1-18 de la Adenda complementaria de la DIA. Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Aplicación de bischofita, con una eficiencia del 80% con una frecuencia indicada por el proveedor. - Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. - Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. - Los vehículos utilizados fuera de la faena Pampa Blanca para el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar dispersión en el camino, circularán cubriendo los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.

b) Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos y serán tratados mediante 10 de 68

sistema particular de aguas servidas de alcantarillado existente y aprobado ambientalmente, localizado en el área industrial de la Faena Pampa Blanca, tratados en la nueva PTAS.

c) Ruido Durante la Fase de Operación se generarán ruidos y vibraciones, asociadas principalmente al funcionamiento de maquinaria y tránsito de vehículos y camiones. Respecto a la evaluación en receptores humanos, ya definida el AI se observa que no existen receptores humanos dentro de la misma, por lo que se descarta una afectación en receptores humanos. Para ver más detalle ir al Anexo 2.5 Estudio de impacto acústico de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos asimilables a domésticos Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que provendrán desde diversas áreas (baños, comedores, oficinas). El acopio temporal de residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto se realizará en un patio de acopio, el cual estará ubicado en el interior de la superficie destinada a la instalación de faenas (permaneciendo habilitado durante todas las fases del proyecto). Los residuos serán retirados de 1 a 3 veces por semana. Se generará una cantidad de 0,5 t/mes por persona. Para más detalles ver el numeral 1.9.10.2.1 del Anexo 1.1 de la Adenda complementaria de la DIA del Proyecto.

b) Residuos industriales no peligrosos Se generarán residuos sólidos peligrosos, los que estarán compuestos de a escombros, neumáticos, elementos de protección personal (EPP), chatarra metálica y HDPE. Estos residuos serán dispuestos en patio de acopio de RSINP al interior de la IF que se habilitará durante la fase de construcción y se mantendrá durante toda la vida útil del Proyecto. El retiro y transporte a su disposición final será realizado por una empresa autorizada, cumpliendo toda normativa vigente. El retiro será realizado con frecuencia de 1 a 3 veces por semana. Se generará una cantidad de 9,3 t/mes.

c) Residuos peligrosos Se generará una cantidad de 0,1 t/mes de RESPEL. Los residuos peligrosos serán almacenados en la bodega RESPEL existente al interior de faena, que consta de una superficie útil de 181,1 m2, no superando un tiempo máximo de 6 meses de almacenamiento y/o 12.000 toneladas de acumulación, para posteriormente ser retirados semestralmente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Acciones y medidas de cierre Se consideran las siguientes actividades de desmantelamiento: Acopio de sales de descarte: Las sales de descartes permanecerán en el lugar. Desenergización de las instalaciones: Se dejarán sin energía eléctrica todas las instalaciones. Estructuras metálicas, paneles, sistema eléctrico y equipos: Las estructuras localizadas al interior de la planta serán desmanteladas y retiradas del lugar de emplazamiento, al igual que el cercado de piscinas de acumulación y patios de acopio temporal de residuos sólidos. Dependiendo de las condiciones imperantes, los materiales retirados podrán ser vendidos, utilizados en otras instalaciones, o bien, enviados a un depósito cercano que, a 11 de 68

dicha fecha, esté autorizado para su recepción.

Sistema de cañerías y bombas: Dependiendo de las condiciones de mercado, se intentará su venta o utilización en otras instalaciones, en cuyo caso se retirará el sistema de cañerías desde pozas de almacenamiento y bombas asociadas.

Cierre de caminos: Al momento del término de la operación de la faena minera, se cerrarán los accesos a las instalaciones, de modo de evitar el ingreso a ésta y la protección de las estructuras remanentes.

Señalizaciones: Se instalarán las señalaciones correspondientes en las áreas abandonadas. El Titular realizará la mantención (reposición) únicamente de las señaléticas de prohibición de acceso con periodicidad de 5 años, siendo un compromiso a perpetuidad.

Para asegurar la estabilidad física del área de acopio de sales de descarte al término de la Fase de Operación se considerará la estabilización y perfilamiento de taludes, reforzamiento o sostenimiento de estos y compactación del depósito, lo cual permitirá mejorar las condiciones o características geotécnicas de estos acopios. Acciones y medidas de post- cierre

El Titular implementará el recambio de señalética para el área de la Faena Pampa Blanca, que se realizará cada 5 años y este compromiso es a perpetuidad. Restauración de la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del Proyecto o actividad. Se restablecerán las condiciones iniciales del lugar y se reciclará la mayor cantidad de componentes. Recursos naturales renovables Las partes, acciones y obras del Proyecto en la fase de cierre no contemplan la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera Para la fase de cierre se prevé que las emisiones de material particulado y gases no superarán las emisiones estimadas para la fase de construcción y operación, toda vez que el nivel de actividad y movimiento de materiales será menor; por lo mismo se prevé que el impacto sobre la calidad del aire durante esta fase no superará los valores estimados para ambas fases. Se prevé que las emisiones de material particulado y gases no superarán las emisiones estimadas para la fase de operación, fundamentalmente debido a que las emisiones durante esta fase se asocian principalmente al tránsito de vehículos y combustión interna de los motores de vehículos que se utilizarán. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales: Tabla N°3. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/fase) MPS MP10 MP2.5 NOx SOx CO 12 de 68

Cierre 0,18 0,04 0,01 0,01 0,00 0,00 Fuente: Tabla 1-18 de la Adenda complementaria de la DIA. Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Aplicación de bischofita, con una eficiencia del 80% con una frecuencia indicada por el proveedor. - Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. - Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. - Los vehículos utilizados fuera de la faena Pampa Blanca para el transporte de material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar dispersión en el camino, circularán cubriendo los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.

b) Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) Se utilizará el sistema particular de aguas servidas de alcantarillado aprobado ambientalmente y existente en el área industrial de la Faena Pampa Blanca.

c) Ruido Para la fase de cierre se realizará el desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 3-2 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos asimilables a domésticos Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que provendrán desde diversas áreas (baños, comedores, oficinas). El acopio temporal de residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto se realizará en un patio de acopio, el cual estará ubicado en el interior de la superficie destinada a la instalación de faenas (permaneciendo habilitado durante todas las fases del proyecto). Los residuos serán retirados de 1 a 3 veces por semana.

b) Residuos industriales no peligrosos Se generarán residuos sólidos peligrosos, los que estarán compuestos de a escombros, neumáticos, elementos de protección personal (EPP), chatarra metálica y HDPE. Estos residuos serán dispuestos en patio de acopio de RSINP al interior de la IF que se habilitará durante la fase de construcción y se mantendrá durante toda la vida útil del Proyecto. El retiro y transporte a su disposición final será realizado por una empresa autorizada, cumpliendo toda normativa vigente. El retiro será realizado con frecuencia de 1 a 3 veces por semana. Se generará una cantidad de 6 t/mes.

c) Residuos sólidos peligrosos Se generará una cantidad de 0,1 t/mes de RESPEL. Los residuos peligrosos serán almacenados en la bodega RESPEL existente al interior de faena, que consta de una superficie útil de 181,1 m2, no superando un tiempo máximo de 6 meses de almacenamiento y/o 12.000 toneladas de acumulación, para posteriormente ser retirados semestralmente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto. 13 de 68

detalles sobre esta fase.

Tabla 4.4. Cronología de las fases del Proyecto o actividad 4.4.1 Fase de Construcción Sección 1 Fecha estimada de inicio Tercer trimestre – 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faena. Fecha estimada de término Primer trimestre – 2026. Parte, obra o acción que establece el término Desarme y retiro de instalaciones temporales. Sección 2 Fecha estimada de inicio Segundo trimestre – 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faena. Fecha estimada de término Segundo trimestre – 2027. Parte, obra o acción que establece el término Desarme y retiro de instalaciones temporales. Sección 3 Fecha estimada de inicio Tercer trimestre – 2028. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faena. Fecha estimada de término Primer trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el término Desarme y retiro de instalaciones temporales. 4.4.2 Fase de Operación Sección 1 Fecha estimada de inicio Primer trimestre – 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo operación Sección 1 de área de acopio de sales de descarte. Fecha estimada de término Segundo trimestre – 2027. Parte, obra o acción que establece el término Cese de operaciones Sección 1 de área de acopio de sales de descarte. Sección 2 Fecha estimada de inicio Segundo trimestre – 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo operación Sección 2 de área de acopio de sales de descarte. Fecha estimada de término Primer trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el término Cese de operaciones Sección 2 de área de acopio de sales de descarte. Sección 3 Fecha estimada de inicio Primer trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo operación Sección 3 de área de acopio de sales de descarte. Fecha estimada de término Segundo trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el término Cese de operaciones Sección 3 de área de acopio de sales de descarte. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Segundo trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el inicio Cese de operación de toda el área de acopio de sales de descarte. 14 de 68

Fecha estimada de término Segundo trimestre – 2029. Parte, obra o acción que establece el término Cierre del acceso hacia la totalidad el área de acopio.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impactos no significativos De acuerdo con lo presentado por el Titular en el Anexo 1.9 de la Adenda Complementaria de la DIA y Anexo 5.12 de la Adenda Complementaria de la DIA, durante todas las fases del Proyecto se generarán emisiones de material particulado y gases al medio ambiente, principalmente por el funcionamiento de maquinaria y equipos, transporte de insumos y de personal, y grupos electrógenos, sin embargo, de acuerdo a los resultados obtenidos en la Modelación de Dispersión de contaminantes atmosféricos utilizando el software CALPUFF, se verifica que en ninguna de las fases del proyecto se superan los valores de concentraciones y periodos establecidos por la norma primaria de calidad vigente.

Por lo anterior, los aportes del Proyecto no implicarán la superación de los valores de las concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo Suelo Durante la fase de construcción, la pérdida de suelo estará dada por la habilitación de terreno para la instalación de las obras permanentes y temporales del Proyecto. Mientras que para la fase de operación la perdida de suelo está dada por el acopio de sales de descarte. Se estima que la magnitud del impacto producto de la materialización del Proyecto en relación con la condición de línea base del suelo no será significativa, dada su baja capacidad productiva y para sustentar vida silvestre. Los resultados de la caracterización de suelo (Anexo 2.8 de la DIA) indican que no hay presencia de suelos escasos, únicos o representativos; en efecto, el área que será intervenida por el Proyecto corresponde al tipo de suelo Clase VII sin aptitud agrícola, ni capacidad para sustentar biodiversidad

Agua 15 de 68

El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos y en el AI del Proyecto no existe la presencia de zonas de vegas y/o bofedales, ni humedales. Por otra parte, el Proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas o superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del Proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos, no se prevén impactos sobre este componente. Con estos antecedentes se puede establecer que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso agua.

Aire El Proyecto no generará efectos adversos significativos debido a emisiones atmosféricas, efluentes o residuos que puedan ocasionar una superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes. En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas MPS y gases de combustión, derivadas principalmente del tránsito de vehículos y las actividades de mantención. La mayor emisión de material particulado será en la fase de construcción, estimándose un aporte anual y diario nulos en el receptor más cercano.

Flora y vegetación El AI del Proyecto corresponde a un territorio desprovisto totalmente de vegetación, donde no se registró la presencia de ninguna especie de flora y, por lo tanto, no hay presencia de ninguna formación vegetacional con características particulares o que amerite su protección y, del mismo modo, tampoco se encuentran especies de flora vascular clasificadas en alguna categoría de conservación o protegidas por regulaciones especiales (Anexo 2.9 de la DIA), tampoco se relaciona con el componente de algas y hongos y líquenes. En conclusión, el Proyecto no generará efectos adversos sobre la flora y vegetación.

Fauna De acuerdo con la caracterización de Animales Silvestres presentada en el Anexo 2.11-A de la DIA, mediante el muestreo en las temporadas de verano, otoño e invierno (2024) se corroboró la ausencia de especies en categoría de conservación, por lo tanto, se descarta la generación de un efecto adverso significativo sobre este componente.

Por lo tanto, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS 16 de 68

Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Conforme a lo descrito en el Anexo 2.19 del Capítulo 2 de la DIA y a lo señalado en la respuesta a la observación 5.18 de la Adenda de la DIA, en el área de influencia del Proyecto existen dos localidades (entidades censales), estas son: Localidad de Baquedano y localidad El Oasis, el cual, se caracteriza por tener población rotativa, considerada un lugar de paso para las operaciones mineras que se encuentran en el territorio. De acuerdo con la caracterización del medio humano (Anexo 2.19 de la DIA) y en la respuesta a la observación 5.18 de la Adenda de la DIA, en el Área de Influencia del Proyecto no existe registro de Grupos Humanos Pertenecientes a pueblos Indígenas. Las obras, partes y acciones del Proyecto se emplazan en una zona industrial en actual operación, por lo que todas las actividades se desarrollan fuera del Área del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo Alteración de Áreas Astronómicas: El Proyecto no se emplazará en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica y zona con valor ambiental. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto, en ninguna de sus fases, generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. De acuerdo con los resultados incluidos en el Anexo 2.14 de la DIA, se tiene que el área del Proyecto presenta solo un elemento o atributo que permite asignarle Valor Paisajístico, el que corresponde a “Suelo” caracterizado por “Rugosidad baja”. Este atributo es una característica generalizada de los ambientes desérticos, debido a la existencia de coberturas superficiales de arenas. Los restantes atributos son inexistentes no otorgando valor al paisaje. 17 de 68

El área de estudio no posee valor turístico dentro de su entorno. Ante la ausencia de servicios de alojamiento turístico y registros de pernoctaciones es posible indicar la inexistencia de flujo de visitantes o turistas, el cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No Aplica Parte, obra o acción que lo genera No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.5 del ICE.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo Alteración Monumentos arqueológicos El Proyecto en ninguna de sus fases generará alteración de Monumentos Arqueológicos. De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.13 de la DIA, el Titular realizó una caracterización ambiental, en el Área de Influencia del Proyecto, detectando 4 hallazgos arqueológicos, clasificados en tres [3] rasgos lineales correspondientes a huellas de carreta de cronología histórica, y un [1] hallazgo aislado que corresponde a un evento de talla acotado de cronología prehispánica. El Titular contempla como parte de sus actividades de diseño la liberación ambiental de la sección N°3 del Área de acopio a fin de realizar la recolección superficial del evento talla de forma previa a las actividades de construcción. Por su parte, los rasgos lineales serán registrados a través de aerofotogrametría y una ficha especializada por rasgo. Para ello, en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria (PAS 132) se presentan los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 132, en relación con el hallazgo aislado y con los 3 rasgos lineales identificados en el área del Proyecto. En conformidad a lo anterior, el Proyecto no removerá, destruirá o alterará en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de material. Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6 del ICE

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. 18 de 68

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Área de acopio de sales de descarte, Sección N°3. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecen condiciones, ni exigencias para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 03198-2025 de fecha 21 de junio de 2025 el CMN se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda complementaria de la DIA. El Titular presenta todos los antecedentes para acreditar la forma de cumplimiento del PAS 132. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2. Permiso para Establecer un Botadero de Estériles o Acumulación de Mineral según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera área de acopio de sales de descarte. Los requisitos para su otorgamiento, los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.8-a de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°1156 fecha 19 de junio de 2025 el SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 136. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera área de acopio de sales de descarte.

Los requisitos para su otorgamiento, los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.8-b de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento 1. Mediante Ord. N°1156 de fecha 19 de junio de 2025 del SERNAGEOMIN región de Antofagasta, se pronunció conforme con exigencias a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda de la DIA: “(…) las siguientes exigencias que deben ser aplicadas en la tramitación del Plan de Cierre y sus actualizaciones: • Las medidas de cierre en la tramitación sectorial, y las actualizaciones del Plan de Cierre, podrán ajustarse conforme a futuras evaluaciones de riesgo, cambios tecnológicos, es decir motivos de carácter técnico. 19 de 68

6.1.3. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA. • Con respecto a las medidas de post cierre, téngase presente que la frecuencia, periodicidad, cubicación, materialidad y otros detalles de las medidas de post cierre, serán requeridos en su tramitación sectorial.”

Al respecto, esta Autoridad señala lo siguiente: Se acoge la condición, por lo cual, el Titular al momento de tramitar el permiso sectorial, deberá tener presente que las medidas de cierre en la tramitación sectorial, y las actualizaciones del Plan de Cierre, podrán ajustarse conforme a futuras evaluaciones de riesgo, cambios tecnológicos, es decir motivos de carácter técnico. De igual forma con respecto a las medidas de post cierre, téngase presente que la frecuencia, periodicidad, cubicación, materialidad y otros detalles de las medidas de post cierre, serán requeridos en su tramitación sectorial. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°1156 fecha 19 de junio de 2025 el SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme con exigencia a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 137. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.

6.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase., según se establece en el artículo 140 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica - Sitio de almacenamiento de residuos domiciliarios: 24 m2 - Sitio de almacenamiento residuos no peligrosos: 18 m2 Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.3 Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 0619 fecha 12 de junio de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.4 del ICE del Proyecto.

6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos., según se establece en el artículo 160 del reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Edificaciones temporales, correspondientes a la IIFF durante la fase de construcción. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan 20 de 68

6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos., según se establece en el artículo 160 del reglamento del SEIA. actualizados en el Anexo 3-5 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento 1. Mediante Ord. N°237 de fecha 17 de febrero de 2025 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda de la DIA condicionado a: “Se indica que el Titular presentó los antecedentes requeridos en la letra b) del artículo 160, Reglamento del SEIA, adjuntando planos a nivel esquemáticos para edificaciones, todo lo cual deberá precisar al momento de tramitar el permiso sectorial, según artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, ante la Seremi MINVU, correspondiente al Informe Favorable de Construcción, ante la Seremi MINVU, según el artículo 5.1.5., mencionado en el artículo 2.1.19, ambos de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, como requisitos para un anteproyecto.”

Al respecto, esta Autoridad señala lo siguiente: Se acoge la condición, por lo cual, el Titular al momento de tramitar el permiso sectorial, deberá presentar planos de ingeniera en detalle para las edificaciones.

  1. Mediante Ord. N°199 de fecha 10 de junio de 2025 el SAG Región de Antofagasta, se pronunció con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda complementaria de la DIA: “Respecto al PAS 160, se solicita descartar los baños químicos ya que no aplican a este PAS, y declarar sólo la superficie edificable de las obras (oficinas, taller de herramientas y sala de cambio) no el polígono general del área donde se ubicarán.”

Al respecto, esta Autoridad señala lo siguiente: Se acoge la observación, por lo cual, el Titular al momento de tramitar el permiso sectorial, deberá descartar los baños químicos ya que no aplican a este PAS, y declarar sólo la superficie edificable de las obras (oficinas, taller de herramientas y sala de cambio) no el polígono general del área donde se ubicarán.” Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 237 fecha 17 de febrero de 2025 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme con condiciones a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160.

Mediante ORD N° 199 fecha 10 de junio de 2025 el SAG, Región de Antofagasta, se pronuncia con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.5 del ICE del Proyecto.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Uso de suelo y planificación territorial/Ordenamiento Territorial. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones 21 de 68

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto se ubica dentro de zona rural establecida para la comuna de Sierra Gorda, Región de Antofagasta. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla instalaciones fuera del límite urbano de la comuna de Sierra Gorda, se solicitará el permiso establecido en el artículo N°160 del Reglamento del SEIA en el Anexo 3.5 de la Adenda Complementaria de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento 1. Obtención de PAS Mixto 160. 2. Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción (IFC). de la SEREMI de Agricultura.

Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados y disponibles en formato digital y/o físico en instalaciones ante la solicitud de los órganos del estado con competencia de fiscalización lo siguiente: • Un registro interno del contenido del PAS establecido en el Artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. • Resoluciones Sectoriales del MINVU y SAG, que otorgan el Informe Favorable para la Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: El Proyecto generará Material Particulado (MP30, MP10 y MP 2,5) relacionado a actividades de movimientos de tierra y transporte de maquinarias, equipos y materiales. Por otro lado, también existen emisiones de gases, principalmente CO, NOx y SOx, que generarán los motores de combustión de los vehículos, maquinarias y equipos electrógenos que serán usados en la Fase de Construcción.

Fase de Operación: El Proyecto generará Material Particulado (MP30, MP10 y MP2,5) relacionado a actividades de movimientos de tierra y transporte de maquinarias, equipos y materiales. Por otro lado, también existen emisiones de gases, principalmente CO, NOx y SOx, que generarán los motores de combustión de los vehículos y maquinarias que serán usados en la Fase de Operación.

Fase de Cierre: El Proyecto generará material particulado en las actividades que consideren transporte de materiales, así como el traslado de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados. Del mismo modo se generarán emisiones gaseosas (SO2, CO, NO2) debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones y de la maquinaria utilizada en esta fase. Forma de cumplimiento A fin de controlar las emisiones atmosféricas, el titular adoptará las siguientes medidas: a) Los camiones contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá a las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción. Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape. 22 de 68

b) Sólo se utilizará maquinaria en buen estado, la que tendrá sus mantenciones correspondientes al día. c) Los vehículos que transiten en caminos públicos fuera de la Faena Pampa Blanca y que transporten material propenso a generar emisión de material particulado y aquel que pudiera significar derrames en el camino, circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas u otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. d) Durante la ejecución del proyecto se considera la aplicación de bischofita en la totalidad de caminos internos a utilizar por el Proyecto. Se considera una eficiencia del 80% para la bischofita como medida de control de emisiones.

Para mayores antecedentes, revisar Anexo 1.9 Inventario de Emisiones y Anexo 1.12 Modelación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de documentos vehiculares vigentes. - Registro de mantenciones vigentes (en lugar externo autorizado). - Registro de la revisión del uso de lona u otro sistema para cubrir cargas susceptibles de dispersarse en el aire para vehículos que transiten en caminos públicos fuera de la Faena Pampa Blanca. - Registro de aplicación de bischofita en los caminos internos a utilizar por el Proyecto. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados los registros indicados, y disponibles en formato digital y/o físico en instalaciones dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.

El Titular revisará periódicamente que vehículos y equipos cuente con su acreditación vigente y conductores con su licencia interna. En caso de que no se cumpla con esta condición, se dará aviso de inmediato al encargado para que regularice la situación de forma inmediata. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº138/2005. Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones de material particulado y gases que generarán los equipos electrógenos del Proyecto.

Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción el Proyecto se generarán emisiones por el uso de un [1] grupo electrógeno de 18 KVA, con una estimación de utilización de 12 hr/día.

Para las fases de operación y cierre el Titular no considera la utilización de grupos electrógenos. Forma de cumplimiento Los generadores eléctricos que contempla el Proyecto serán registrados en la plataforma RFP del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificados de Declaración de emisiones en formulario N°138. • Copia de la Declaración Jurada Anual del año que corresponda para disponibilidad y fiscalización de la Autoridad. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados los siguientes registros:

Se revisará, previo al término del plazo de declaración, la declaración de las emisiones de los grupos electrógenos en el Sistema del RETC.

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Disposición de la información requerida para las declaraciones de emisiones en el RETC, conservando una copia de las declaraciones disponible en las instalaciones del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas/ Ruido Norma D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Las emisiones acústicas estarán asociadas al funcionamiento de vehículos y maquinaria, actividades de movimientos de tierra y montaje de la infraestructura de las obras del Proyecto.

Fase de Operación: Las emisiones estarán asociadas al funcionamiento de vehículos y maquinaria, asociadas a la operación del Proyecto.

Fase de Cierre: Las emisiones acústicas estarán asociadas al funcionamiento de vehículos y maquinaria, y actividades de desmontaje de las obras. Forma de cumplimiento El Titular realizó una caracterización de Ruido y Vibraciones incorporado en el Anexo 2.4 de la DIA y una Modelación de Ruido y Vibraciones incorporados en el Anexo 2.5 de la DIA.

De acuerdo con los resultados, el Proyecto dará cumplimiento a la norma de emisión en todos los receptores sensibles evaluados en las distintas fases del Proyecto.

Previo al inicio de las actividades de construcción, se entregará a la municipalidad correspondiente, y/o cualquier autoridad competente, un programa de trabajo de ejecución que indique lo señalado en la norma. Para mayores antecedentes ver Caracterización de Ambiental de Ruido y Vibraciones incorporado en el Anexo 2.4 del Capítulo 2 de la DIA y la Modelación de Ruido y Vibraciones incorporados en el Anexo 2.5 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro de mantenciones y revisiones técnicas de maquinaria, equipos y vehículos. • Registro de Charlas de inducción a los trabajadores. Forma de control y seguimiento

• Disposición de los registros asociados al cumplimiento de esta normativa. • Se mantendrá copia de los registros de inducción y capacitación. • Seguimiento y fiscalización de la RCA por la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos y emisiones líquidas. Norma Decreto Supremo N°594 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, residuos 24 de 68

emisión, residuo o sustancias a la que aplica industriales no peligrosos y residuos líquidos (aguas servidas).

Forma de cumplimiento Fase de Construcción: El Proyecto habilitará dos [2] baños químicos en la Instalación de Faena por cada sección correspondiente a la Fase de Construcción. Los baños químicos móviles serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Cabe señalar que los baños químicos serán utilizados en un periodo de tiempo acotado no mayor a 6 meses, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable. Fase de Operación y Cierre: Durante la Fase de Operación no se considera la generación de nuevos residuos domiciliarios líquidos dado que se mantiene la mano de obra que opera actualmente. Para el tratamiento de las aguas servidas se utilizará la PTAS existente en la faena Minera Pampa Blanca, cuya construcción fue autorizada por la SEREMI de Salud mediante R.E. N°232298523/2023 (actualmente se encuentra en trámite la autorización de funcionamiento de dicha instalación, la cual fue requerida por el Titular mediante solicitud N°2502146957/2025 (adjuntas en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria de la DIA)). Indicador que acredita su cumplimiento - Copia del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los servicios higiénicos y disposición final de las aguas servidas. - Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. - Copia vigente Resolución Exenta N°232298523/2023 y Resolución N°2502146957/2025 del Ministerio de Salud. Forma de control y seguimiento - El Titular mantendrá los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. - El Titular mantendrá copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4 del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Gestión de Residuos. Norma Ley 20.920. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos correspondientes a productos prioritarios.

El Proyecto generará residuos industriales no peligrosos en todas sus fases, debido a la ejecución de las distintas obras y actividades, que incluye papeles, cartones, maderas, plásticos, entre otros.

Se generarán productos establecidos en el artículo 10 de la Ley considerados como prioritarios, asociados a las distintas actividades de realizar por fase, entre ello se identifican aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, pilas, entre otros. Sin embargo, para este proyecto en particular no aplican las obligaciones establecidas en la norma, asociadas al cumplimiento 25 de 68

de metas a través de un Sistema de Gestión, dado que según el art. 3 N°21, el productor es aquél que introduce en el mercado el bien de consumo envasado y, o embalado, lo cual no forma parte del presente Proyecto. Forma de cumplimiento Se promoverá la disminución en la generación de residuos y respecto de aquellos que sean potencialmente valorizables, se reutilizarán o reciclarán dentro de la misma obra, en caso de no ser factible estos serán entregados a gestores autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento • Cantidad de residuos generados, de productos prioritarios, que sean susceptibles de valorizar, en relación con los residuos en general.

• Retiro de los residuos a reciclar se realizará por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes y el certificado que acredite dicha acción. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados y disponibles los documentos que acrediten la realización de valorización de los residuos, de productos prioritarios, como boletas o recibos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma Decreto Supremo N°148/03. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto objeto de evaluación generará residuos peligrosos en todas sus fases. Forma de cumplimiento • El Titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final de los residuos peligrosos.

• En función de dicha autorización y conforme a lo establecido en el titulo final del presente decreto supremo, el Titular actualizará de manera sectorial el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento 1. Copia Resolución N°2302677107/2025 del MINSAL y documento solicitud N°2502273883/2025. 2. Copia Plan de Manejo una vez aprobado sectorialmente. 3. Autorización Sanitaria de empresa transportista. 4. Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. 5. Registro de residuos. 6. Retiro de la declaración de Residuos Industriales en Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá actualizados y disponibles en los lugares de almacenamiento de acuerdo con lo que estipula la normativa y se mantendrán a disposición de la autoridad fiscalizadora los registros y permisos correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. (en adelante, SUSPEL) Norma Decreto Supremo N° 43/2016, Ministerio de Salud. que Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción el Proyecto contempla el manejo de sustancias peligrosas tales como combustible, pintura, diluyente, aceite, lubricantes, entre otros. Forma de cumplimiento El almacenamiento de dichas sustancias se realizará en bodegas de 26 de 68

sustancias peligrosas de carácter temporal dispuestas al interior de las instalaciones de faena, las cuales darán cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°43/16 del MINSAL (Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas) y a las Normas Chilenas NCh 382 Of. 2004 y NCh 2190 Of. 2003 respecto de su clasificación y señalización respectivamente Indicador que acredita su cumplimiento 1. Contrato de prestación de servicios con empresas autorizadas para el transporte de combustibles y sustancias peligrosas, que incluya las disposiciones técnicas y legales del presente reglamento. 2. Autorización sanitaria de la empresa que realice el transporte de combustibles y sustancias peligrosas. 3. Registro en faena de guías de tránsito de combustibles y sustancias peligrosas. Hojas de Seguridad (Anexo 1.3 del Capítulo 1 de la DIA y Anexo 1.24 de la Adenda de la DIA) en Bodega SUSPEL. 4. Capacitaciones a trabajadores sobre manejo de SUSPEL. Forma de control y seguimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad fiscalizadora los registros de indicadores de cumplimiento atingentes a la normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos (Domiciliarios, Industriales y Peligrosos) Norma Decreto Supremo Nº1/2013, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos en todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento En consideración con la cantidad de residuos a generar, en todas las fases del Proyecto, el Titular realizará las Declaraciones correspondientes en el sistema de ventanilla única o el establecido por el RETC. Indicador que acredita su cumplimiento 1. Registro de declaración de residuos (SINADER) en RETC. 2. Resolución de autorización sanitaria para los sectores de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios, no peligrosos y peligrosos. 3. Resolución de autorización de empresas autorizadas para transporte de residuos Forma de control y seguimiento Estarán a disposición de las instituciones fiscalizadoras los registros de declaraciones realizadas en RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad Minera Norma Decreto Supremo N°132/2002 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Supremo N°72/1985 Ministerio de Minería. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. El Proyecto contempla la generación de emisiones atmosféricas producto de las distintas actividades de construcción, operación y cierre de la faena minera. Además, considera la generación de aguas servidas y otros residuos en las distintas fases del Proyecto. Forma de cumplimiento 1. Para dar cumplimiento a los establecido en el Reglamento de Seguridad Minera, el Titular considera las siguientes formas de cumplimiento:

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2. Mantendrá actualizado un sistema documentado de los procedimientos de trabajo para las distintas actividades consideradas por el Proyecto.

3. Realizará de capacitaciones al personal en torno a la prevención de riesgos y a la seguridad en las faenas. Estas actividades estarán a cargo de un experto en prevención de riesgos.

4. Entregará a los trabajadores de Elementos de Protección Personal (EPP) adecuados a la función que desempeñen, como: casco de seguridad, lentes de seguridad, zapatos de seguridad, guantes de seguridad, chaleco reflectante y trompa con filtro para polvo, gases o mixto.

  1. La ejecución de los trabajos se realiza en conformidad a las normas señaladas en el Reglamento, normativa dictada por los organismos competentes nacionales y, en subsidio, por normas técnicas internacionalmente aceptadas. Presentar a SERNAGEOMIN los permisos que sean aplicables. Además de acreditar ante SERNAGEOMIN el cumplimiento de normativa vigente en los procesos de fiscalización. Indicador que acredita su cumplimiento
  2. Registro de entrega de Elementos de Protección Personal a los trabajadores, según las funciones que desempeñen.
  3. Resoluciones de los permisos asociados a la operación mina.
  4. Registro de capacitaciones y actividades de prevención de riesgos realizadas a los trabajadores. Forma de control y seguimiento
  5. Registros que acrediten cumplimiento de la normativa con tal que los compromisos y exigencias requeridas por esta sean fiscalizados.
  6. Se mantendrá la información del Proyecto actualizada en la plataforma señalada por la SMA, de acuerdo a las instrucciones que ésta establezca. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.9 del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N°4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. (El texto de la Ley N°4.601 fue sustituido por la Ley N°19.473), publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1996. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones asociadas a las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Los antecedentes presentados en la Caracterización Ambiental de Fauna adjuntos en el Anexo 2.11 del Capítulo 2 de la DIA, el Titula entrega los resultados para establecer la singularidad del territorio y todos los procesos de clasificación de especies vigente. De acuerdo con dicha caracterización, se indica que mediante el muestreo en las temporadas de verano, otoño e invierno (todas del año 2024) se corroboró la ausencia de especies en categoría de conservación. Sin embargo, adicionalmente, se desarrollan las siguientes medidas tendientes a no afectar a fauna silvestre que pudiese dirigirse al sector, el Titular realizar a las siguientes acciones: 1. Capacitación al personal de la fauna presente en el Proyecto (Charla de hombre nuevo) 2. Instalación de señalética relacionada. Medidas de contingencia y emergencia en caso de accidente asociados a fauna. Los movimientos vehiculares se harán al interior del área de 28 de 68

emplazamiento del Proyecto, a través del uso de los caminos o huellas existentes. Durante la construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. 3. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área del Proyecto. Se implementará señalética que den a conocer a los trabajadores sobre dichas prohibiciones. 4. Habrá prohibición de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. 5. Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores relativas a la fauna silvestre y la prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres en el sector Indicador que acredita su cumplimiento 1. Demarcación de las vías internas por las que transitarán los vehículos al interior de la zona de emplazamiento del Proyecto. 2. Señalética que señalen la prohibición de cazar. 3. Registro de las capacitaciones que contendrá a lo menos, nombre, firma, fecha y tiempo que duro la inducción. 4. Registro de ocurrencia de accidentes y medidas tomadas en caso de contingencias y emergencias relacionadas a fauna silvestre. Forma de control y seguimiento 1. El Titular mantendrá un profesional encargado de verificar la demarcación de las rutas y los letreros que señalen la prohibición de cazar. Se realizarán registros de lo anterior. 2. Se mantendrá copia de los registros de inducción y capacitación. 3. Se mantendrán copias del registro de ocurrencia de accidentes relacionados a fauna silvestre. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto 6, Ministerio del medio ambiente, “Aprueba Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de las Golondrinas de Mar del Norte de Chile”. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El área donde se desarrollará de las partes y obras del Proyecto corresponde a un ambiente altamente intervenido producto de las actividades propias de la actual operación y no representan un hábitat particular o de concentración de especies de fauna. Conforme a la caracterización ambiental de animales silvestres, en efecto en el área de influencia no existe presencia ni registro de directo de ningún grupo taxonómico (ver Anexo 2.11 del Capítulo 2 de la DIA). El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra inserto en la superficie delimitada para el presente Plan. Forma de cumplimiento De acuerdo con las materias y amenazas que aborda el Plan, el presente Proyecto tiene relación con la actividad minera, no obstante, tal como se corrobora en el Anexo 2.11 de la DIA, el Proyecto se encuentra inserto en un área industrial, previamente intervenida, donde no existen características que posibiliten la presencia ni permanencia de las especies consideradas en el Plan. En cuanto a las amenazas restantes, cabe señalar que el Proyecto no considera actividades en horario nocturno, por lo tanto, no contempla la instalación de luminaria en exteriores. En todo caso, se considerará en las instalaciones existentes de la Faena, las medidas que disponga la Mesa Público – Privada de trabajo de la región, a que se refiere la presente norma, respecto de la temática lumínica y demás medidas que se consideren apropiadas por la Mesa, así como por las Ordenanzas Municipales que se dicten en consideración del presente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de las Golondrinas del Norte de Chile. Indicador que acredita su El proyecto incluirá las directrices resultantes del Plan RECOGE. 29 de 68

cumplimiento Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2 del ICE del Proyecto.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural Norma Ley N° 17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto realizará movimientos de tierra y excavaciones para su fase de construcción, para la materialización de las obras. Forma de cumplimiento El Proyecto realizará movimientos de tierra y excavaciones para su fase de construcción, para la materialización de las obras.

Arqueología y Patrimonio Cultural: La Caracterización Ambiental de Arqueología, presentada por el Titular en el Anexo 2.12, Capítulo 2 de la DIA, se indica que existen cuatro [4] sitios de relevancia arqueológica, compuesto por tres [3] rasgos lineales y un [1] evento talla, compuesto por piedras siliceas. Por lo anterior —tal como se describe en el Capítulo 1 de la DIA— el Titular contemplará como parte de sus actividades de diseño la liberación ambiental de la sección N°3 del Área de acopio a fin de realizar la recolección superficial del evento talla de forma previa a las actividades de construcción. Por su parte, los rasgos lineales serán registrados a través de aerofotogrametría y una ficha especializada por rasgo. Para ello, en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA, se presentan todos los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 132, en relación al hallazgo aislado y con los 3 rasgos lineales identificados en el área del Proyecto. En base a lo anterior, en el Anexo 8.1 de la Adenda Complementaria de la DIA –Capítulo 7. Compromisos Ambientales Voluntarios, Condiciones y/o exigencias actualizado –. El Titular del Proyecto implementará dos [2] Condiciones y/o Exigencia asociados al componente arqueología durante la Fase de Construcción relacionados a: • CE-4: Monitoreo Arqueológico Permanente. • CE-5: Charlas de inducción en Arqueología., con el objetivo de prevenir la intervención de hallazgos arqueológicos al interior del área de emplazamiento del Proyecto, durante las obras de movimientos de tierra se implementarán monitoreos arqueológicos permanentes y charlas de inducción arqueológica. Paleontología:

El Titular contempla la elaboración de un protocolo de hallazgos asociados al patrimonio cultural, que contemplen al menos las siguientes acciones: a) Detendrá las obras en el lugar del hallazgo, los hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos serán protegidos estableciéndose una franja de seguridad (buffer) en torno a cada uno de los perímetros y puntos detectados, con un mínimo de 2 m de radio desde el límite del hallazgo 30 de 68

paleontológico, y un mínimo de 10 de radio para hallazgo arqueológico. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que éste es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. c) Deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Notificará al CMN acerca del hallazgo, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación establecido en el Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación. e) Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3. f) Charlas de inducción a los trabajadores, donde se haga alusión a la relevancia de los temas Arqueológicos y Patrimoniales eventuales en el AI del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento 1. Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto que acredite cumplimiento normativo 2. Protocolo de hallazgos imprevistos. 3. Aprobación Ambiental del PAS 132 otorgada mediante RCA. 4. Aprobación Sectorial otorgada por el Consejo de Monumentos Nacionales. 5. Registro fotográfico con fechas y listas de asistencia de cada una de las charlas de inducción ejecutadas, firmadas por cada trabajador/a. 6. Registro del reporte enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente al efectuar monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento - En el caso de algún eventual hallazgo improvisto, el Titular cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto se solicitará el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. - El Titular mantendrá disponibles registros de las charlas de inducción. - Se remitirá el informe mensual de monitoreo elaborado por el(la) arqueólogo(a) dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, para ser visado por el Consejo de Monumentos Nacionales; a su vez, se presentará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), el comprobante de 31 de 68

ingreso del informe al CMN para su visación, juntamente con el informe ingresado. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.3 del ICE del Proyecto.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1 Exigencias

8.1.1 Exigencia: “Identificación de vehículos de carga liviana y pesada, transporte de personal y equipos en general” Impacto asociado No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar vehículos y equipos que participen en todas las fases del Proyecto. Descripción: El Titular se compromete a la identificación de todos los vehículos de carga liviana y pesada, transporte de personal y, equipos en general, que participen en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, y contarán con señalética que identifique al Titular y al Proyecto. Cabe señalar que esta condición y/o exigencia aplicará únicamente a aquellos vehículos y equipos en general que sean de propiedad del Titular; lo anterior en atención a que esta condición no es factible de ejecutar en vehículos y equipos que pertenecen a terceros (subcontratos) con los que trabajará el Titular, dado que estos vehículos y equipos pueden ser utilizados por otros Proyectos al cual el subcontrato pueda prestar servicios. Justificación: El Proyecto contempla acciones que requiere de vehículos y equipos para la materialización de sus partes, obras y actividades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las instalaciones del Proyecto. Forma: Identificar con señalética que identifique al Titular y al Proyecto a vehículos y equipos utilizados en todas sus fases, con excepción de aquellos que pertenezcan a terceros (subcontratos). Oportunidad: Una vez iniciada cada fase del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de vehículos y equipos con señalética. Fotografías que acrediten la señalética en vehículos y equipos. Forma de control y seguimiento Respaldo de registro de vehículo y equipos que hayan sido identificados con el Proyecto una vez comenzada cada fase. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.1 del ICE del Proyecto.

8.1.2. Exigencia: “Convivencia local, historia y desarrollo”. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir una alteración al sistema de vida y costumbres de las localidades cercanas, y prevenir situaciones de eventual acoso callejero, entre otras externalidades de índole negativa ocasionadas por la mano de obra del Proyecto. Descripción: El compromiso busca implementar medidas integrales que promuevan una convivencia respetuosa y armoniosa entre el personal del 32 de 68

8.1.2. Exigencia: “Convivencia local, historia y desarrollo”. proyecto y las comunidades locales. Justificación: Incorporar medidas que promuevan la protección de las costumbres, cultura local y bienestar de las comunidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región de Antofagasta, comuna de Sierra Gorda. Forma: Se desarrollarán acciones específicas que incluyen: • Realizar capacitación al personal, que incluirá la historia de la localidad, su dinámica social y uso de los espacios públicos, las expectativas que tiene la población local del comportamiento de personas ajenas a la localidad. La capacitación será dictada por un habitante de la zona de emplazamiento del Proyecto (perteneciente a la comuna de Sierra Gorda y/o Región de Antofagasta). • Se realizarán capacitaciones para promover el respecto al entorno y cuidado medioambiental, considerando buenas prácticas sociales y culturales. • Se realizarán capacitaciones en temáticas vinculadas a Política de Equidad de Género, respecto de las conductas de hombres en grupo, al estar en sus tiempos de recreación con el objetivo de evitar probables conductas de acoso callejero, piropos y ocupación de espacios públicos para beber alcohol. • Se realizarán capacitaciones basadas en las políticas internas de SQM: Política de Diversidad e inclusión y Política de Sostenibilidad ética y de derechos huma-nos. Oportunidad: La inducción se llevará a cabo para todos los trabajadores y trabajadoras en cada una de las fases del Proyecto. Asimismo, se realizará de manera individual cada vez que una persona nueva se incorpore al equipo de trabajo. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de la Realización de capacitaciones a trabajadores y trabajadoras. • Reducción en las quejas o incidentes reportados por la comunidad en relación con el acoso callejero o comportamientos inapropiados. • Registro de compromisos individuales firmados por los trabajadores sobre conductas éticas y respetuosas. Forma de control y seguimiento Informes ejecutados al final de cada fase del Proyecto sobre la efectividad de las medidas implementadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.2 del ICE del Proyecto.

8.1.3. Exigencia: Reposición y/o reparación de insumos utilizados en emergencias por Bomberos de Chile. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reposición y/o reparación de aquellos insumos que haya utilizado Bomberos de Chile exclusivamente para el control de eventuales emergencias ocurridas desde el inicio de la fase de construcción hasta finalizar la fase de cierre del Proyecto. Descripción: El Titular se compromete a la devolución de los materiales y costos incurridos para el apoyo en eventos de emergencias. Justificación: El Proyecto contempla acciones que pueden ser susceptibles a eventuales emergencias en las cuales sean utilizados recursos públicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las inmediaciones del Proyecto. Forma: El Titular del Proyecto ejecutará una campaña informativa a las compañías de bomberos identificadas en la comuna de Sierra Gorda que podría prestar servicios en caso de emergencia donde se presentará esta 33 de 68

8.1.3. Exigencia: Reposición y/o reparación de insumos utilizados en emergencias por Bomberos de Chile. exigencia al inicio de la primera parte de la Fase de Construcción, esta campaña será realizada por el equipo de relacionamiento comunitario del titular. Además, el Titular se compromete a reunirse con la institución encargada de atender la emergencia asociada al Proyecto en todas sus fases con el fin de evaluar ayuda en el recambio y/o reposición de insumos necesarios en la institución respectiva. Oportunidad: Posterior a cualquier eventualidad de una emergencia que requiera apoyo de Bomberos de Chile para su contención. Los plazos de reposición dependerán exclusivamente de la cantidad de insumos y/o elementos que hayan sido utilizados para la contención de la emergencia. Los plazos serán acordados directamente con el encargado de la Brigada de Emergencia de Faena Pampa Blanca. Indicador que acredite su cumplimiento • Respaldo de informes técnicos tras la ocurrencia de emergencias. Boletas y/o facturas de insumos y/o reparaciones de materiales. Forma de control y seguimiento Informe técnico que dé cuenta de la ocurrencia de la emergencia, una vez ocurrida una emergencia dentro de las inmediaciones del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.3 del ICE del Proyecto.

8.1.4. Exigencia: Monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la intervención de hallazgos arqueológicos al interior del área de emplazamiento del proyecto, durante las obras de movimientos de tierra. Descripción: Se realizará la implementación de actividades de monitoreo arqueológico permanente durante las actividades de movimiento de tierra realizadas durante la Fase de Construcción de cada sección del área de acopio. Ante la eventual aparición de restos arqueológicos no previstos, durante la ejecución de las obras, se avisará a las autoridades competentes procediendo según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre excavaciones y Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas. Además, se realizará lo señalado en la respuesta a la observación 3.1 de la Adenda Complementaria, a saber: Si en el tramo a intervenir de los rasgos lineales se registraran materiales arqueológicos asociados, éstos se deberán recolectar antes del inicio de las obras, para lo cual un/a arqueólogo/a titulado/a deberá remitir un “Formulario Solicitud Arqueológica”, siguiendo con lo estipulado por el artículo 7° del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas al Consejo de Monumentos Nacionales. Por último, se efectuará un estudio historiográfico de los mismos, a partir de la revisión de bibliografía especializada, mapas, u otro tipo de documentos que permitan contextualizar su función, temporalidad, puntos de conexión, contexto social, económico y político de ser posible, entre otros. Justificación: El monitoreo arqueológico permitirá establecer posibles hallazgos (en caso de existir) para facilitar las acciones a seguir dentro de la normativa vigente. Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Se realizará un monitoreo permanente, en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación 34 de 68

8.1.4. Exigencia: Monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción. implementación subsuperficial en el área del Proyecto. Forma: Se contará con la presencia de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología durante el desarrollo de las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del Proyecto. Junto con ello, se inspeccionarán las áreas a intervenir. De esta forma, se generará un informe arqueológico mensual elaborado por el Arqueólogo a cargo. Oportunidad: Se realizará el monitoreo durante todos los eventos de movimientos de tierra considerados durante la Fase de Construcción de cada sección del área de acopio, generando un informe mensual. Adicionalmente, se contemplan reuniones al finalizar la fase de construcción para informar hallazgos, en caso de presentarse. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de monitoreo arqueológico mensual elaborado por Arqueólogo a cargo. Forma de control y seguimiento Forma de control y seguimiento: Se remitirá el informe mensual de monitoreo elaborado por el(la) arqueólogo(a) al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, para ser visado por esta Autoridad, el que incluirá los siguientes antecedentes: a. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: • Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. • Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. • Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h. Informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gas-tos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Se presentará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), el comprobante de ingreso del informe al CMN para su visación, conjuntamente con el informe ingresado. Frecuencia: El informe de monitoreo será enviado en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes respectivo, el que deberá incluir 35 de 68

8.1.4. Exigencia: Monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción. los siguientes antecedentes: • Dar cuenta de actividades realizadas. • Información de rescate correspondiente. • Revisión bibliográfica. • Análisis de hallazgo por tipo de materialidad. • Conservación material arqueológico. Permiso de intervención arqueológica. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.4 del ICE del Proyecto.

8.1.5. Exigencia: Charlas de inducción en arqueología. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la intervención de hallazgos arqueológicos al interior del Área de influencia definida, durante las actividades de movimientos de tierra. Descripción: Se realizarán charlas de inducción patrimonial, cuyos contenidos contemplan el componente arqueológico. La charla será realizada por un/a arqueólogo/a con perfil profesional aprobado por el CMN, y entregará los conocimientos para la detección oportuna de hallazgos no previstos y el resguardo de dicho patrimonio. Justificación: El Proyecto contempla actividades de movimientos de tierra durante su Fase de Construcción, la cual consta de tres secciones, asociadas a la habilitación de la nueva área de acumulación de sales de descarte. Debido a ello, se contempla la realización de charlas de inducción a los/las trabajadores/as que ejecuten actividades de movimientos de tierra y/o excavaciones en el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas de inducción serán impartidas en un sector habilitado dentro de la Instalación de Faena, con capacidad de personal para realizar la charla de inducción. Forma: Al inicio de cada Fase de Construcción, se procederá a capacitar a los/las trabajadores/as que participen en actividades asociadas a movimientos de tierra. En caso de ingreso de nuevos/as trabajadores/as, se realizarán nuevas inducciones. Se consideran los siguientes tópicos: • Definición de Patrimonio Cultural. • Descripción del marco legal que rige sobre la protección patrimonial. • Breve historia cultural de la zona. • Tipos de evidencia arqueológica susceptibles de ser encontradas en el Área de Estudio del Proyecto. • Reconocimiento de factores de riesgo sobre sitios o elementos patrimoniales. • Procedimiento a seguir ante nuevos hallazgos y ante eventuales efectos sobre elementos arqueológicos del área del Proyecto. Oportunidad: Las charlas se impartirán a todo/a trabajador/a nuevo/a que trabaje en actividades relativas a movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico con fechas y listas de asistencia de cada una de las charlas de inducción ejecutadas, firmadas por cada trabajador/a. Forma de control y seguimiento Forma de control y seguimiento: Se mantendrán disponibles los siguientes antecedentes en caso de que la Autoridad lo requiera: • Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. • Contenidos de la inducción realizada. • Copia del material gráfico presentado a los asistentes. 36 de 68

8.1.5. Exigencia: Charlas de inducción en arqueología. • Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. • Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los/as asistentes. • Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá ser debidamente firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. Frecuencia: Las charlas se impartirán previo al inicio de la Fase de Construcción de cada sección del área de acopio, y a todo/a trabajador/a nuevo/a que labore en actividades relativas a movimientos de tierra. El registro de las inducciones se realizará todas las veces que estás sean implementadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.5 del ICE del Proyecto.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario: Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover preferentemente la contratación de mano de obra local, considerando la equidad de género y diversidad al momento de la selección de la mano de obra. Descripción: Se implementarán medidas de contratación que promuevan la inclusión de trabajado-res y trabajadoras locales de la comuna de Sierra Gorda (localidad de Baquedano y Sierra Gorda) y/o de la Región de Antofagasta. Justificación: La implementación de Mano de obra local se inclina principalmente por el Lineamiento N°5 “Integración Social y Calidad de la Vida”, específicamente a su Objetivo Estratégico N°2 “. Generar y promover empleos de calidad para hombres y mujeres de la Región de Antofagasta” incluido en la Estrategia Regional de Desarrollo 2009 – 2020 de la Región de Antofagasta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Sierra Gorda y/o Región de Antofagasta en su totalidad. Forma: Se implementarán medidas que buscarán preferentemente promover la contratación de trabajadores y trabajadoras locales, entre ellas: • Publicación de avisos de trabajo en medios digitales tales como: https://www.empleo-region.cl/ y https://www.trabajaensqm.com/ • Se trabajará con organismos públicos competentes, tales como: la Oficina Municipal de Inserción Laboral (OMIL) de la comuna de Sierra Gorda y otros. • Contactos de la OMIL de la Municipalidad de Sierra Gorda corresponden a: +569 552685834 – omil@munisg.cl y/o dideco@munisg.cl El Titular realizará dichas contrataciones en función del cumplimiento de los requisitos para desarrollar cada una de las funciones. La metodología de contratación será mediante publicación en los medios señalados previamente. A partir de las postulaciones recibidas, se 37 de 68

9.1. Compromiso ambiental voluntario: Contratación de Mano de Obra Local seleccionarán candidatos/as que cumplan los requerimientos técnicos, velando por una participación equitativa de componente de genero (hombres y mujeres), los cuales serán entrevistados conforme al proceso de selección y estándar de la compañía, basado en las políticas internas de SQM: Política de Diversidad e inclusión1 y Política de Sostenibilidad ética y de derechos humanos. En dicho proceso se ponderará como prioritario la procedencia geográfica del postulante. En caso de existir solo una vacante, se priorizarán las aptitudes y experiencia para el cargo, así como la procedencia geográfica del postulante, lo cual se podrá verificar mediante el expediente de los postulantes y resultados de exámenes de selección.

Oportunidad: Previo al inicio de la Fase de Construcción, asociada a cada sección del área de acopio, y ante cualquier necesidad de contrataciones relacionadas con las obras y/o actividades del presente Proyecto. Cuando sea requerido tras casos fortuitos en las fases de Operación y Cierre. Indicador que acredite su cumplimiento • Medios de verificación asociados a las publicaciones y gestiones efectuadas por el Titular y/o Municipalidad para dar cumplimiento al objetivo propuesto. • Documentación (digital y/o física) que respalda la contratación de un mínimo de 20% de mano de obra local (considerando a nivel comunal y/o Regional); cabe señalar que esta condición será ejecutada siempre y cuando la mano de obra a contratar cumpla con los requerimientos técnicos necesarios; en caso contrario este porcentaje puede ser menor. Forma de control y seguimiento Forma de control y seguimiento: • Elaboración de registro de publicaciones y gestiones efectuadas por el Titular y/o Municipalidad, disponibles para la Autoridad cuando lo estime pertinente. • Informe final al termino de cada fase del Proyecto, que incorpore indicado-res de mano de obra contratada. Frecuencia: Una vez previo al inicio de la Fase de Construcción asociada a cada sección del área de acopio y cuando sea requerido tras casos fortuitos en las fases de Operación y Cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.1 del ICE del Proyecto.

9.2. Compromiso ambiental voluntario: Mecanismo de comunicación con los grupos humanos de Baquedano y El Oasis (Carmen Alto) Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los grupos humanos de las localidades de Baquedano y El Oasis (Carmen Alto) respecto de los principales trabajos, obras y actividades durante la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Mediante un Boletín informativo físico se comunicará a los habitantes de Baquedano y El Oasis (Carmen Alto) sobre las principales obras y actividades que se contemplan durante las fases del Proyecto, siempre y cuando dichas actividades coincidan con las fechas de las festividades detalladas en la respuesta 5.16 de la presente Adenda. El 38 de 68

9.2. Compromiso ambiental voluntario: Mecanismo de comunicación con los grupos humanos de Baquedano y El Oasis (Carmen Alto) boletín incluirá las características de las obras o actividades, su duración y fecha de término. Justificación: Evitar perturbaciones que puedan intervenir con festividades relacionadas con la localidad de Baquedano y Caserío el Oasis en las fechas 6 y 7 de junio; 16 de julio y 10 de agosto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Baquedano y caserío de El Oasis (Carmen Alto). Forma: La comunicación de las actividades se realizará mediante un boletín informativo que se entregará de forma presencial a los representantes de organizaciones en la localidad de Baquedano a través del área de relacionamiento comunitario de SQM. En el caso de El Oasis (Carmen Alto), en consideración de que sus habitantes son trabajadores de los servicios locales (dos restaurantes y una estación de servicios), esto se realizará a través del contacto directo con sus habitantes. Oportunidad: La comunicación de las actividades del Proyecto se realizará cuando existan actividades del Proyecto coincidentes con las festividades relacionadas con la localidad de Baquedano y Caserío el Oasis en las fechas 6 y 7 de junio; 16 de julio y 10 de agosto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de entrega de boletín informativo a los representantes de la localidad de Baquedano y habitantes de El Oasis (Carmen Alto) durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Informe al final al término de cada fase del proyecto (construcción, operación y cierre) con el detalle de las comunicaciones realizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.2 del ICE del Proyecto.

9.3. Compromiso ambiental voluntario: Canal de requerimientos y reclamos. Impacto asociado Sin impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Gestionar formalmente las consultas, observaciones y denuncias que realice la población durante todas las fases del Proyecto. Descripción: El Titular cuenta con un mecanismo de canalización de las observaciones, consultas y denuncias de los grupos humanos de las localidades cercanas al Proyecto, para aplicar los procedimientos más apropiados a fin de gestionar formalmente la relación y actividades entre la población local y el Titular. Justificación: Desarrollar acciones para asegurar el ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios o actividades relacionadas con los sentimientos de arraigo y cohesión social de los grupos humanos en el Área de Influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Baquedano y caserío de El Oasis (Carmen Alto). Forma: El mecanismo para la gestión de consultas, observaciones y denuncias comunitarias se realizará a través del canal de requerimientos y reclamos de SQM, el cual ya se encuentra operativo: (https://portaldecomunidades.sqm.com/portal/s/?lan-guage=es). Este mecanismo está orientado a identificar, controlar y dar seguimiento a situaciones o actividades que estén produciendo una afectación a la población local, para así gestionar soluciones. Este canal será informado a los actores locales de la localidad de Baquedano y del caserío El Oasis (Carmen Alto) al inicio de la fase de construcción del Proyecto, señalando que éste se encontrará operativo durante toda la vida útil del Proyecto. Oportunidad: La gestión de las denuncias y observaciones de los grupos 39 de 68

9.3. Compromiso ambiental voluntario: Canal de requerimientos y reclamos. humanos se realizará permanentemente durante todas las fases del Proyecto a través del canal de requerimientos y reclamos de SQM. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de consultas, observaciones y denuncias de los grupos humanos de la localidad de Baquedano y habitantes de El Oasis (Carmen Alto), durante todas las fases del Proyecto. • Registro de respuestas y acciones generadas como resultado del levantamiento de consultas, observaciones y denuncias, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Informes generados al final de cada fase del Proyecto sobre la gestión de las consultas, observaciones y denuncias registradas a través del canal de requerimientos y reclamos de SQM. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.3 del ICE del Proyecto.

9.4. Compromiso ambiental voluntario: Seguimiento de Calidad de Agua Subterránea. Impacto asociado Sin impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar la ausencia de infiltración de escurrimientos hacia el acuífero Sierra Gorda. Descripción: Se construirán dos pozos de monitoreo hidroquímico, los cuales estarán sujetos a un monitoreo de nivel con frecuencia mensual y calidad química con frecuencia trimestral. Justificación: El monitoreo de parámetros de calidad química permitirá identificar la ocurrencia de infiltraciones provenientes de las secciones de acopio de sales de descarte hacia el acuífero Sierra Gorda y de esta forma, verificar el funcionamiento del sistema de impermeabilización y/o el cumplimiento del Plan de prevención y el plan de contingencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los pozos contemplados en la construcción tendrán lugar dentro de dos polígonos, los cuales se encuentran aguas arriba y aguas abajo del Proyecto abarcando las secciones laterales 1 y 3, así como áreas de acopio de sales. Las coordenadas de dichos polígonos se presentan a continuación:

El punto exacto dentro de las áreas tentativas de construcción de ambos pozos será determinado por el mandante según las condiciones del terreno. Debido a esto, las coordenadas serán informadas previo a la construcción a la DGA y SMA.

Forma: Se realizarán tomas de muestra de agua, para posterior análisis en laboratorio certificado y acreditado. Los parámetros contemplados en la analítica son los siguientes: • Sulfato. • Carbonato. • Bicarbonato. 40 de 68

9.4. Compromiso ambiental voluntario: Seguimiento de Calidad de Agua Subterránea. • Cloruro. • Calcio. • Sodio. • Potasio. • Magnesio. • Fosfatos. • Amoniaco. • Nitratos. • Nitrito.

Además, se medirán los parámetros in situ de conductividad eléctrica, pH, Temperatura y ORP, junto con la profundidad de la obtención de la muestra. Por medio de tres mediciones consecutivas previo a la operación.

Oportunidad: El monitoreo de nivel se realizará de forma mensual. Por otra parte, la medición de calidad se realizará de forma trimestral. Ambas mediciones se realizarán durante toda la vida útil del proyecto incluida la fase de cierre. Indicador que acredite su cumplimiento • Se realizarán informes trimestrales de análisis con los resultados obtenidos en el monitoreo en el periodo, en el cual se indique las coordenadas exactas de los pozos, se describa la metodología utilizada en el muestreo y los resultados de los análisis de laboratorio y de los parámetros medidos in situ. • Se remitirá el informe trimestral con los resultados de monitoreo, para ser visado por la DGA. Forma de control y seguimiento • Informes trimestrales remitidos a la DGA que den cuenta de los resultados de monitoreos trimestrales de calidad química y mensuales de nivel. • Se presentará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), el comprobante de ingreso del informe a la DGA para su visación, conjuntamente con el informe ingresado. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.4 del ICE del Proyecto.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo de Sismos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas: - Mantener limpias, ordenadas y despejadas las áreas de trabajo y vías de evacuación. - El diseño de las obras del Proyecto deberá estar acorde a la normativa chilena en materia de sismos. - Se realizará una capacitación a los trabajadores sobre los procedimientos de trabajo seguro en caso de sismo. - Se contará con planes de evacuación, de manera que cada trabajador conozca exactamente la función y tarea que debe cumplir al momento de ocurrir la emergencia. Los planes serán debidamente difundidos a todos los trabajadores durante el proceso de inducción que recibirá todo nuevo trabajador. - Se contará con zonas de seguridad y vías de 41 de 68

10.1.1. Riesgo de Sismos evacuación debidamente señalizadas para hacer uso de ellas al ocurrir esta u otras emergencias que ameriten resguardar la seguridad del personal en un lugar destinado a evitar accidentes y lesiones. - Se realizarán periódicamente simulacros de sismos, de manera que los trabajadores mantengan conciencia del presente Plan de Prevención de Contingencias y Emergen-cias, y así, estar preparados ante la ocurrencia de esta emergencia. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las actividades de simulacro realizadas, plano y/o fotografías con la identificación de las zonas de seguridad y actividades de capacitación del personal, el cual contará con la firma de los trabajadores involucrados. El registro será actualizado mensualmente y se encontrará en la Instalación de faena y/o instalaciones del Proyecto. - Se mantendrá una copia de un Plan de evacuación que incluye todas las medidas señaladas en este riesgo identificado, en Instalación de faenas y/o instalaciones dentro del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.1.2. Riesgo de inundaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas: - Mantener limpias, ordenadas y despejadas las áreas de trabajo y vías de evacuación. - Establecimiento de zonas de seguridad, las cuales se mantendrán demarcadas, señalizadas y libre de obstáculos. - Se realizará una capacitación a los trabajadores sobre los procedimientos de trabajo seguro en caso de inundaciones. - Se contará con planes de evacuación con medidas detalladas a llevar a cabo, de manera que cada trabajador conozca exactamente la función y tarea que debe cumplir al momento de ocurrir la emergencia. Los planes serán debidamente difundidos a todos los trabajadores durante el proceso de inducción que recibirá todo nuevo trabajador. - Se contará con zonas de seguridad y vías de evacuación debidamente señalizadas para hacer uso de ellas al ocurrir esta u otras emergencias que ameriten resguardar la seguridad del personal en un lugar destinado a evitar accidentes y lesiones. - Se realizarán periódicamente simulacros, a modo de que, en caso de ocurrencia, los trabajadores ya estén familiarizados con el riesgo. - El proyecto será desarrollado estructuralmente considerando eventos de inundaciones. - Comunicación estable y constante con SENAPRED y Dirección Meteorológica de Chile para la coordinación de alertas tempranas o preventivas de condiciones meteorológicas de amenazas vinculadas a 42 de 68

10.1.2. Riesgo de inundaciones. precipitaciones. - Coordinar e informar alertas a él/la encargado/a ambiental durante las diferentes fases del Proyecto para activar el plan de comunicaciones con el equipo de trabajo en terreno, evitando la presencia de trabajadores durante estos eventos extremos de precipitaciones, principalmente en las zonas de riesgo medio y alto. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones a trabajadores. - Registro de simulacros. - Chequeo en terreno de instalación de señaléticas en zonas de evacuación y zonas de seguridad, mediante registro fotográfico. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.1.3. Riesgo de remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas: - Mantener limpias, ordenadas y despejadas las áreas de trabajo y vías de evacuación. - El diseño de las obras del Proyecto deberá estar acorde a estándares. - Se realizará una capacitación a los trabajadores sobre los procedimientos de trabajo seguro en caso de remoción de masa. - Se contará con planes de evacuación con medidas detalladas a llevar a cabo, de manera que cada trabajador conozca exactamente la función y tarea que debe cumplir al momento de ocurrir la emergencia. Los planes serán debidamente difundidos a todos los trabajadores durante el proceso de inducción que recibirá todo nuevo trabajador. - Se contará con zonas de seguridad y vías de evacuación debidamente señalizadas y libre de obstáculos para hacer uso de ellas al ocurrir esta u otras emergencias que ameriten resguardar la seguridad del personal en un lugar destinado a evitar accidentes y lesiones. - Se realizarán periódicamente simulacros. - Mantención de vías y caminos de acceso. Forma de control y seguimiento - Se capacitará al personal presente en el área del Proyecto, para lo cual se dejará un registro firmado de los asistentes a dicha capacitación. - Existirá registro de simulacros realizados periódicamente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.3 del ICE del Proyecto.

10.1.4. Situación de riesgo por calor extremo. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. 43 de 68

10.1.4. Situación de riesgo por calor extremo. Acciones o medidas a implementar De acuerdo con lo establecido por la Subsecretaria de Prevención Social: - Se mantendrán exámenes de personal actualizados, enfocados en personal con alta exigencia física. - El Titular deberá proveer, mantener y asegurar al menos 3 litros de agua fresca por persona diariamente. - Disponer de recipientes higiénicos y accesibles, evitando más de 75 metros de distancia. - Se proveerá ropa de trabajo holgada de ser requerida, así permitir buena movilidad y transpirables, para una buena regulación térmica del cuerpo. - El Titular deberá dotar de recipientes portátiles individuales para mantención de agua fresca en caso de realizar trabajos alejados de los puntos de hidratación establecidos. - Se deberá informar a los trabajadores sobre alertas de altas temperaturas emitidas por las autoridades competentes. - Se impartirán capacitaciones sobre medidas preventivas. - Se elaborará material informativo, el cual será dispuesto en todas las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro de entrega de ropa, recipientes portátiles para trabajadores alejados de pun-tos de hidratación. - Registro de capacitaciones, firmadas por cada trabajador. - Material informativo sobre olas extremas de calor y altas temperaturas, físicos y digitales. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.1.5. Situación de riesgo por amago Incendio en instalaciones o equipos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas: - Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o posible ignición. - Los materiales combustibles o inflamables deberán ser almacenados en bodega de sustancias peligrosas, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº43/2016 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” - Establecer prohibición de encender fuegos al interior del Proyecto. - Mantener teléfonos de emergencia visibles en todas las instalaciones. - Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo. - Instalar extintores en cada frente de trabajo, instalaciones y equipos a combustión - Mantener los extintores permanentemente en buen estado de operación y con la respectiva señalética. - Mantener claramente señalizados los equipos contra incendios, con sus accesos despejados y libres de obstáculos. - Los trabajadores deben estar instruidos en el empleo, 44 de 68

10.1.5. Situación de riesgo por amago Incendio en instalaciones o equipos. uso y ubicación de los extintores. - Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajado- res conozcan la Zona Segura. - Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios y realizar simulacros en caso de incendio y/o explosión. - Prohibición de fumar al interior de toda la instalación, así como prohibición de prender fuego en todas las instalaciones, caminos y áreas de acopio del Proyecto. - Almacenamiento adecuado de sustancias peligrosas al interior de la bodega. - En todos los lugares de trabajo, faena e instalaciones se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, además de los extintores portátiles, tales como mangueras, tambores con arena, herramientas manuales, etc. - Los extintores deberán ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. - Se realizarán capacitaciones en uso de extintores a todo el personal de la compañía y contratistas. - Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las capacitaciones de Prevención y Control de incendio y sobre el Uso y manejo de extintores. Contará con la firma de los asistentes y será actualizado cada vez que se realice una capacitación respecto al tema. El registro se encontrará en la Instalación de faena y/o instalaciones del Proyecto. - Monitoreo semestral del estado de señaléticas, manteniendo en obra y/o instalaciones del Proyecto un registro fotográfico del monitoreo realizado. - Se controlará la evolución de los accidentes, detectando si los cambios experimenta- dos son debidos a una fluctuación aleatoria o a un nuevo factor que ha modificado las condiciones de seguridad. De acuerdo a los resultados que se obtengan, se tomarán las medidas correctivas correspondientes. - Se mantendrá en todo momento herramientas y elementos necesarios para el combate de incendios. - Registro de las mantenciones periódicas realizadas a los extintores señalando la descripción de cada extintor presente. Dicho registro se mantendrá en las Instalaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.1.6. Situación de riesgo o Contingencia por rotura de sistemas de impermeabilización. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Áreas de Acopio de Sales de Descartes Acciones o medidas a implementar - En la base de las secciones se aplicará una capa de material fino y estéril, el cual reducirá la velocidad de 45 de 68

10.1.6. Situación de riesgo o Contingencia por rotura de sistemas de impermeabilización. eventuales infiltraciones. - Se considera la instalación de un sistema de impermeabilización por medio de láminas HDPE o PVC u otro material similar y geotextil, que tendrán un grosor adecuado para cada obra del Proyecto. Una vez terminada la instalación de la carpeta de HDPE y/o PVC, se procederá con las pruebas de estanqueidad, para asegurar que la instalación de esta haya quedado soldada correctamente en sus uniones y no tenga filtraciones de líquidos, reparándola, en caso de ser necesario, en aquellos puntos donde se detecte problemas de soldadura y filtración. - Se implementarán sistemas en las secciones impermeabilizadas que permitan detectar fugas y de esta forma controlarlas (canaletas de contorno y piscinas de acumulación ubicadas en cada sección de las áreas de acopio de sales de descartes). - El Proyecto considera un sistema de drenaje perimetral por cada sección del área de acopio de sales de descartes, el cual permitirá la eventual recolección de soluciones producto del estruje o escurrimiento generado por soluciones de impregnación, las que serán canalizadas en una piscinas de acumulación, que luego será bombeada a través de bombas PIT hacia las pozas de evaporación, y, por otro lado, el sistema de drenaje será utilizado para canalizar eventuales aguas lluvias, correspondientes a la única fuente de agua sobre los depósitos de estériles (ver Apéndice 1 y 3 del Anexo 3.8a de la Adenda Complementaria de la DIA). Se mantendrán inspecciones periódicas, a fin de observar potenciales accidentes en los sistemas y así, tomar acciones correctivas. Forma de control y seguimiento Para verificar el cumplimiento del plan se mantendrá en faena un Reporte de mantenimiento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.1.7. Situación de riesgo o Contingencia por manejo de residuos no peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto que se considere almacenamiento y manejo de residuos. Acciones o medidas a implementar - El Proyecto contará con área de acopio de residuos sólidos no peligrosos. Los residuos serán debidamente ordenados y clasificados según tipo de residuo. - Se mantendrán los contenedores en buenas condiciones, reemplazando aquellos contenedores que no estén en correctas condiciones y que pudieran significar un riesgo de esparcimiento de residuos o cuya manipulación sea insegura. - En caso de que ocurra un aumento en la generación de residuos, se aumentará la frecuencia de retiro determinada para las distintas categorías de residuos. En caso de que la empresa de retiro falle se contactará a otra empresa autorizada para realizar el servicio, la cual estará previamente identificada. - El transporte será sólo a través de empresas debidamente autorizadas. 46 de 68

10.1.7. Situación de riesgo o Contingencia por manejo de residuos no peligrosos. - Capacitar al personal del Proyecto frecuentemente en el manejo adecuado de los residuos sólidos. - Mantener y proveer de EPP a todo personal que se encuentre capacitado para el almacenamiento y manejo de residuos. - Evitar la acumulación de residuos en el exterior o fuera de los contenedores establecidos. - Prohibir el uso del fuego en las áreas destinada al acopio de residuos. - Mantener una frecuencia de retiro permanente y programado de los residuos de las distintas áreas de acopio. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro del retiro y disposición final de residuos sólidos no peligrosos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.1.8. Situación de riesgo o Contingencia por derrame y/o contacto con Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte y zonas de almacenamiento de residuos peligrosos, asociado a obras temporales y permanentes propias del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán revisiones y mantenciones periódicas de los sistemas de contención de derrame, estado de estanques y bodegas, según corresponda. - Se contará con material absorbente o kit de control antiderrames, el cual contendrá material absorbente y los elementos de protección personal (EPP) necesarios, ade- más, se dispondrá de una cantidad de arena. - El o los encargados de la bodega RESPEL y de sustancias peligrosas recibirán las capacitaciones correspondientes para el manejo de estos residuos. - En caso de generarse derrames fuera de las zonas con superficies impermeables se contará con un kit de control para derrames, el cual contendrá material absorbente y los Elementos de Protección Personal (EPP) necesarios. - En caso de que el derrame produzca un incendio se contará con vías de escape ac- cesibles y extintores de incendio cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos, se determinará en base a los materiales combustibles e inflamables que sean depositados en ella. El número total de extintores, su ubicación y señalización se definirá según lo dispuesto en el D.S. N°594/1999 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. - El transporte de los residuos peligrosos hasta el sitio de disposición final será reali- zado por una empresa que cuente con autorización por parte de la SEREMI de Salud para dicho efecto. - Cada vez que se efectúe el retiro de residuos peligrosos, se generará el “Documento de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos” de acuerdo con lo establecido en el Título VII del 47 de 68

10.1.8. Situación de riesgo o Contingencia por derrame y/o contacto con Residuos Peligrosos. D.S. N°148/03 del MINSAL, de manera que el transportista esté informado del tipo de residuo que trasporta y las medidas a tomar en caso de un derrame. - El retiro de los residuos peligrosos se realizará como máximo cada 6 meses y como mínimo cada mes. - Los residuos peligrosos serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud, asegurando de este modo que los procesos se realizarán cumpliendo la normativa ambiental. - Se mantendrán las Hojas de Seguridad (HDS) al día en sectores seleccionados de las instalaciones, correspondiente a cada uno de los residuos peligrosos que se involucra en cada fase del Proyecto. Estas HDS deberán entregarse al transportista encargado del retiro de los residuos peligrosos. - Se cumplirá con el límite de velocidad máximo establecido. Forma de control y seguimiento - Se realizará una revisión mensual de los sistemas de contención y mantención en buen estado de las HDS, manteniendo un registro en la zona de almacenamiento de sustancias y RESPEL que indique fecha y responsable de la revisión. - Se realizarán capacitaciones al personal encargado de las bodegas, para lo cual se mantendrá un registro de ellas junto con las firmas del responsable y los trabajadores que asistieron a la capacitación. Este registro se mantendrá en la Bodega. - Como medida adicional, se promoverá que los vehículos asociados al Proyecto (vehículos, buses, camiones, camionetas) cuenten con una señalética que identifique al Proponente y al Proyecto, con el objeto de ser identificables en caso de accidentes o colisiones en la ruta. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.8 del ICE del Proyecto.

10.1.9. Situación de riesgo o Contingencia por derrames y/o contacto con sustancias peligrosas o combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Se cumplirá con lo estipulado por el marco legal vigente al respecto del traslado, almacena- miento, manipulación y disposición de sustancias combustibles o peligrosas, así como lo indicado en las hojas de seguridad respectivas de cada sustancia.

El transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas, incluidos los combustibles líquidos, se realizará cumpliendo con las siguientes medidas mínimas de seguridad:

Medidas para el transporte:

  • El transporte para el abastecimiento de combustible será realizado por empresas autorizadas para ello. 48 de 68

10.1.9. Situación de riesgo o Contingencia por derrames y/o contacto con sustancias peligrosas o combustibles. - Todos los vehículos de transporte utilizados en el Proyecto se encontrarán en buenas condiciones y deberán cumplir con la normativa y regulaciones de tránsito vigentes. - El transportista o conductor poseerá la licencia de conducir adecuada según el tipo de vehículo a utilizar, en conjunto con la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. - La empresa encargada del transporte de combustible deberá contar con un plan de acción ante derrames que se pudiesen generar durante el transporte. - Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el D.S. N°160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. - Respecto a las sustancias peligrosas, se incorporará cláusulas que indiquen la obligación por parte del proveedor de adjuntar a cada lote o partida de materiales identificados como sustancias peligrosas la hoja de datos de seguridad (HDS. NCh 2245 Of. 2003) en idioma español, rotular e identificar los envases de acuerdo a la Norma Chilena (NCh 2190 Of. 2003). - Se exigirá y asegurará que el equipo y las condiciones de transporte de la sustancia peligrosa desde el proveedor hasta las instalaciones del Proyecto cumplan con la nor- mativa vigente (D.S. 298/1994, NCh 2190 Of. 2003, NCh 2245 Of. 2003). - Los vehículos de transporte de sustancias peligrosas o combustibles deberán contar con un sistema de radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celu- lar de cobertura nacional. - Los vehículos que transporten combustible contarán con la declaración ante la SEC para el transporte menor de combustible. - Estará estrictamente prohibido el transporte de estos materiales juntamente con ani- males; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados. - Se deberá entregar la Hoja de Seguridad correspondiente al transportista por cada sustancia peligrosa que lleve en el transporte. - Se cumplirá con el límite de velocidad máximo establecido.

Medidas para el almacenamiento:

  • Se capacitará al personal que manipule el combustible, sobre la carga in situ de combustible dentro de las instalaciones del Proyecto.
  • La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción se hará en un área previamente definida y claramente demarcada, la cual debe mantener a la entrada del sector las Hojas de Seguridad de cada sustancia peligrosa que se almacene. 49 de 68

10.1.9. Situación de riesgo o Contingencia por derrames y/o contacto con sustancias peligrosas o combustibles. - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, para esto se mantendrá un kit de control antiderrames, el cual contendrá material absorbente y los Elementos de Protección Personal (EPP) necesarios, además, se dispondrá de una cantidad de arena. Como indicador de cumplimiento, se mantendrá registro fotográfico en Instalación de Faenas, en caso de que la autoridad lo requiera durante una fiscalización. - Los estanques de almacenamiento de combustible cumplirán con lo establecido en el D.S. Nº160/2009, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. - Las sustancias peligrosas se almacenarán en bodegas de carácter temporal, de acuerdo con lo estipulado en el D.S. N°43/2016 del Ministerio de Salud. Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de la capacitación a los trabajadores encargados de la manipulación de sustancias peligrosas al interior del Proyecto, el cual contará con la firma de los asistentes. El registro se encontrará en Instalación de faenas. - Se mantendrá en registro la autorización para el transporte de sustancias peligrosas de la empresa externa encargada y su plan de acción ante derrames. Dicho registro contará con la copia de la licencia de conducir del chofer de la empresa transportista de combustible. Se mantendrá el registro en instalación de faenas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.9 del ICE del Proyecto.

10.1.10. Situación de riesgo o Contingencia en instalaciones sanitarias – Baños Químicos y Sistema particular de Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Baños Químicos en Fase de Construcción y Sistema particular de aguas servidas en Fase de Operación y Cierre. Acciones o medidas a implementar - Los baños químicos se dispondrán en terreno nivelado, con el objetivo de evitar inclinación del sistema. - Realizar las mantenciones, inspecciones y limpieza a los baños químicos y/o Sistema particular de aguas servidas existente en Faena Pampa Blanca por empresa que cumpla con las autorizaciones respectivas otorgadas por la Autoridad Sanitaria. - En caso de ocurrir alguna falla operacional, se avisará de inmediato al contratista que preste los servicios de mantenimiento, el que se hará cargo de atender la falla pre- sentada. - Los baños químicos y Sistema particular de aguas servidas contaran con autorización sanitaria de 50 de 68

10.1.10. Situación de riesgo o Contingencia en instalaciones sanitarias – Baños Químicos y Sistema particular de Aguas Servidas. funcionamiento, previo a su uso. - El retiro de los lodos generados será realizado periódicamente por una empresa que cuente con autorización sanitaria y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. - El personal deberá conocer las acciones en caso de emergencia y reconocer los lugares en que se guarden los kits en caso de rebalse del sistema sanitario, y como deben ser utilizados. Estos Kits deben contener productos que permitan la absorción y con- tención del rebalse del sistema sanitario. Forma de control y seguimiento - En instalación de faenas se mantendrá registro de las mantenciones y/o inspecciones realizadas a los baños químicos y/o Sistema particular de aguas servidas existente, las cuales se realizarán de forma semanal, o según sea requerido en base a la cantidad de personal que esté en faena. El registro contará con firma del responsable, fecha y descripción de las actividades realizadas. - Registro de mantenciones de baños químicos y Sistema particular de aguas servidas existente de Faena Pampa Blanca. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.10 del ICE del Proyecto.

10.1.11. Riesgo de afectación de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Transporte de personal, insumos, materiales y residuos. Acciones o medidas a implementar - Se instalarán cartillas a la vista del personal con la identificación de las especies que potencialmente podría registrarse en sectores del proyecto y cómo operar en caso de accidente. - Desarrollo de fichas específicas de planes de acción para mamíferos (Lycalopex sp.). - En caso de que el accidente de una especie sea en la fase de construcción, operación o cierre se suspenderán las actividades en el sector hasta que se haya trasladado a la especie a un centro debidamente registrado y autorizado. - Se realizarán charlas informativas al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos y huellas públicos y/o del Proyecto. - Se realizarán inducciones al personal donde se informe sobre las buenas prácticas para la protección de la fauna silvestre. - Se prohibirá alimentar a animales. - Se limitará la circulación de vehículos a los lugares y caminos habilitado para ello. - Se instalarán señaléticas provisionales indicando el límite de velocidad máxima permitida y la advertencia de presencia de fauna nativa. - Los residuos orgánicos se dispondrán en contenedores con tapa hermética para evitar la atracción de fauna silvestre hacia los lugares de trabajo. 51 de 68

10.1.11. Riesgo de afectación de fauna. - Se prohibirá la tenencia de mascotas domesticas al interior de las inmediaciones del Proyecto. - El Titular del Proyecto implementará una malla, a modo de cierre perimetral, en el perímetro de las piscinas de acumulación para evitar la caída accidental de fauna.

Rescate: - En caso de encontrarse un animal herido por parte de un trabajador y/o personal asociado al Proyecto, estos deberán dar aviso al encargado de medio ambiente del Proyecto, quien será el responsable de realizar una primera evaluación del estado del individuo. El Titular deberá coordinar las acciones directamente con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). - Será responsabilidad del Titular el traslado del animal herido hacia una clínica veterinaria o centro de rehabilitación de fauna silvestre que esté debidamente registrado y autorizado para su recuperación, en coordinación con el encargado de medio ambiente del Proyecto. Este será realizado dentro de las primeras 24 horas luego de su detección. Se privilegiará el uso de centros de rehabilitación cercanos al área del Proyecto (certificados por SAG). Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de charlas de inducción realizadas junto con las firmas del responsable y asistentes. El registro se encontrará en Instalación de faenas. - Registro fotográfico de la señalética con velocidad de circulación al interior del Proyecto en buen estado y de la malla, a modo de cierre perimetral, instalada en las piscinas de acumulación. - Registro fotográfico de cuadrillas al interior del recinto del Proyecto. - Se dispondrá de un registro de accidentes de fauna que se mantendrá disponible en Faena. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.11 del ICE del Proyecto.

10.1.12. Riesgo de intervención patrimonial. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a las obras del Proyecto donde se requiera realizar excavaciones. Acciones o medidas a implementar Se contempla realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de: - Procedimientos por seguir en caso de eventuales hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos, estableciendo los canales de comunicación adecuados para ello. - Inducciones arqueológicas las que serán realizadas por un/a arqueólogo/a o licen- ciado/a en arqueología, según corresponda (ver Tabla 7.12 del Anexo 8.1 - Capítulo 7. CAV y Condiciones y Exigencias Actualizado). 52 de 68

10.1.12. Riesgo de intervención patrimonial. - Durante las actividades de movimientos de tierra se contará con la presencia de un especialista en arqueología quien será el encargado(a) de monitorear las actividades. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal. El registro contará con la firma de los asistentes y del profesional que realice la actividad (arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, según corresponda). El registro se encontrará en Instalación de faenas. - Se remitirá el informe mensual de monitoreo elaborado por el(la) arqueólogo(a) al CMN en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes de monitoreo, el documento visado por el Consejo de Monumentos Nacionales será remitido a la SMA en cuanto se encuentre disponible. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.12 del ICE del Proyecto.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Situación de Sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar Ante la ocurrencia de un sismo, el personal deberá proceder de la siguiente manera:

Mantener la calma, resguardarse en sectores seguros. Evaluar la situación. Dar aviso de evacuación. Solicitar silencio radial. Dirigirse a puntos de encuentro de evacuación (PEE). Realizar conteo del personal en punto de encuentro. Coordinación entre jefe Planta y Brigada de Emergencias para conteo de personal en el PEE más cercano y estatus de estos. Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO. Comunicar a Garita PB/Gabinete Esachs PB/Hospital María Elena/ACHS Antofagasta. En caso de que exista personal afectado: Proceder a rescatar lesionados o atrapados. Trasladado de lesionados a Gabinete Esachs, Hospital ME, ACHS Antofagasta. Finalizada la emergencia: Evaluación de riesgos del área. Evaluación de daños. Reinicio de operaciones. Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo 53 de 68

10.2.1. Situación de Sismos. siguiente: ▪Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, duración del evento, acciones de control asu-midas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (fauna). ▪Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Si producto de la ocurrencia de un sismo se genera una situación de emergencias que conduzca a la afectación de recursos naturales y/o a la salud de la población aledaña al Proyecto, se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en un plazo no mayor a 24 horas en la plataforma digital dispuesta por la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.2.2. Riesgo de Inundaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas:

  • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado.
  • Prepararse para una eventual evacuación, esto será definido por el encargado de la emergencia.
  • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se pausarán las actividades y obras hasta la liberación del área afectada. Finalizada la emergencia:
  • Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. 54 de 68

10.2.2. Riesgo de Inundaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Si producto de la ocurrencia de un evento de inundación se genera una situación de emergencia que conduzca a la afectación de recursos naturales y/o a la salud de la población aledaña al proyecto, deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA una vez finalizada la situación de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.2.3. Remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar El Titular realizará implementará las siguientes acciones y/o medidas:

  • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado.
  • Prepararse para una eventual evacuación, esto será definido por el encargado de la emergencia.
  • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se pausarán las actividades y obras hasta la liberación del área afectada.

Finalizada la emergencia:

  • Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas, como por ejemplo remoción de suelos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Si producto de la ocurrencia de un evento de remoción en masa se genera una situación de emergencia que conduzca a la afectación de recursos naturales y/o a la salud de la población aledaña al proyecto, deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA una vez finalizada la situación de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.3 del ICE del Proyecto. 55 de 68

10.2.4. Olas de calor extremo. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medida a implementar En cuanto se evidencie un trabajador o trabajadores con rasgos de agotamiento o deshidratación por calor, se realizarán las siguientes acciones: - Dar aviso de inmediato al servicio de salud más cercano en cuanto se vea el primer signo de insolación. - Trasladar a la persona a un lugar más fresco. - Enfriar rápidamente el cuerpo de la persona, sumergiéndola hasta el cuello en agua fría si es posible. En caso contrario, rociar a la persona con agua fría, o cúbrala con toallas frías y húmedas o con bolsas de hielo. - Llevar al afectado al servicio asistencial más cercano, solo por personas capacitadas.

Finalizada la emergencia: - Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI de Salud Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular comunicará de forma oportuna vía mail o telefónica a la Seremi de Salud de Antofagasta y a SINAPRED, en un plazo no superior a 48 horas la activación del Plan en caso de una emergencia con consecuencia a la salud de las personas. Finalmente, una vez que concluya la investigación de la emergencia, se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA una vez finalizada la situación de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.2.5. Incendio en instalaciones o equipos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar Detección y control de amago de incendio:

  • Comunicar el amago al jefe de Planta.
  • Uso de extintores portátiles (solo personal capacitado). 56 de 68

10.2.5. Incendio en instalaciones o equipos - Comunicar a Brigada de Emergencias. - Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO.

Incendio declarado:

  • Dar alarma de emergencia al jefe de Planta.
  • Detención total de la planta o área.
  • Cortar energía en CCM ubicados en planta.
  • Solicitar silencio radial.
  • Aislar el área.
  • Comunicar a Brigada de Emergencias.
  • Control del siniestro.
  • Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO.
  • Comunicar a Garita PB/Gabinete Esachs PB/Hospital María Elena.

Evacuación del personal:

  • Dar aviso de evacuación.
  • Dirigirse a puntos de encuentro de evacuación (PEE).
  • Realizar conteo de personal en punto de encuentro más cercano y estatus de estos.

Rescate de afectados o lesionados:

  • Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO.
  • Comunicar a Garita PB/Gabinete Esachs PB/Hospital María Elena.
  • Proceder a rescatar lesionados o atrapados.
  • Traslado de lesionados a Gabinete Esachs/Hospital ME/ACHS Antofagasta.

Finalizada la emergencia:

  • Evaluación de riesgos del área y del personal.
  • Evaluación de daños del área.
  • Reinicio de operaciones del área.
  • Investigación de siniestro del área.
  • Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. 57 de 68

10.2.5. Incendio en instalaciones o equipos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir un incendio en el cual se requiera de asistencia de bomberos, se avisará a la SMA, SEREMI de Medio Ambiente y a la autoridad competente en materia ambiental, en el caso de algún componente afectado (agua, aire, suelo), y/o a la salud de las personas, respecto de la activación del plan de emergencias aplicado. Para lo anterior, se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA una vez finalizada la situación de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.2.6: Riesgos o Contingencia por rotura de sistemas de impermeabilización. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de Acopio de Sales de Descartes Acciones o medida a implementar - Uso de sistemas geo eléctricos para la detección del punto de infiltración en las piscinas de acumulación. - Reparación o remplazo del sistema de impermeabilización. - Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Para verificar el cumplimiento del plan se mantendrá en faena una copia del registro de la infiltración en los sistemas de impermeabilización en canaletas de contorno y piscinas de acumulación ubicadas en cada sección de las áreas de acopio de sales de descartes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.2.7. Emergencia por manejo de residuos no peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto que se considere almacenamiento y manejo de residuos. Acciones o medida a implementar En caso de precipitaciones intensas, inundaciones o deslizamientos, asociado a riesgo natural:

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10.2.7. Emergencia por manejo de residuos no peligrosos. - Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del Proyecto. - Se procederá al retiro de inmediato, a través de una empresa autorizada, de los con- tenedores y residuos hacia lugar de disposición final.

En caso de rotura de contenedores:

  • En caso de rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza del área y la recolección de los residuos, para ello se dispondrá de elementos de protección personal a las personas a cargo de esta actividad.
  • Se dará aviso al director de emergencias y/o encargado de prevención de riesgos y medio ambiente, y se analizarán medidas para evitar futuras emergencias de este tipo. En caso de falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos:

  • En caso de que esté colmatado el sitio de almacenamiento transitorio durante la fase de construcción o bien se haya generado una falla en la frecuencia del retiro por parte de la empresa contratada, el Titular se compromete a exigir a la empresa contratista a cargo del retiro que realicen el servicio de inmediato. En caso de que ello no ocurra, se invertirá en la contratación de otra empresa que efectúe el retiro de emergencia inmediatamente.

  • Se realizará investigación y registro del incidente.

En caso de aumento de cantidad generada:

  • Contactar con listado de otras empresas (previamente definidas y autorizadas) para solicitar el retiro de los residuos una vez identificado el aumento en la generación de éstos.

Finalizada la emergencia:

  • Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Si producto de la superación en la capacidad de almacenamiento se produce la afectación de recursos naturales, se deberá generar un reporte de acuerdo con 59 de 68

10.2.7. Emergencia por manejo de residuos no peligrosos. los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA. Este informe será remitido a la SMA, SEREMI de Medio Ambiente y a la autoridad competente en materia ambiental en el caso de algún componente afectado (agua, aire, suelo) en un período no superior a las 48 horas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.2.8 Derrame y/o contacto con Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte y zonas de almacenamiento de residuos peligrosos, asociado a obras temporales y permanentes propias del Proyecto. Acciones o medida a implementar En caso de derrame de RESPEL (transporte, almacenamiento, manejo de residuos peligrosos): -

- En caso de producirse un evento durante el traslado de RESPEL, el conductor dará aviso inmediato a su jefatura directa quien solicitará los equipos y entidades de apoyo y respuesta a la emergencia (carabineros, bomberos, ambulancia). Del mismo modo, se le dará aviso al Titular del Proyecto y a la Autoridad Ambiental, en el más breve plazo posible. De ser necesario, se cerrará temporalmente el camino y se evacuarán las personas ajenas a la atención de la emergencia. - En caso de producirse derrame en el recinto de almacenamiento de RESPEL, el personal que lo detecte deberá avisar a su supervisor directo, quién evaluará, según la magnitud del evento los equipos y el personal requeridos para realizar la limpieza del derrame. De ser necesario, el supervisor avisará a las autoridades o entidades de apoyo (carabineros, bomberos, ambulancia) requeridas para atender la emergencia. - Se aislará la zona del accidente mediante cintas de peligro y conos de advertencia a fin de advertir el riesgo y evitar el ingreso de personas ajenas a la emergencia. Aislar el sector de manera inmediata, en caso de fuga considerar aislación de 10 m como mínimo. - Al detectar derrame o fuga, el trabajador deberá identificar la sustancia consultando la hoja de seguridad en el envase, lo que permitirá identificar especificaciones o características fisicoquímicas, riesgo a la salud, toxicidad, inflamabilidad y reactividad. - No tocar y limpiar si el material se mezcló con otros productos, tales como papel, otras sustancias o si está reaccionando o emitiendo ruidos sibilantes o agudos, borbotea, humea, emite gas o se está quemando. - Se asegurará el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. - Se debe evitar tocar y caminar sobre la sustancia 60 de 68

10.2.8 Derrame y/o contacto con Residuos Peligrosos derramada. - Se evitará el esparcimiento del material, empleando materiales absorbentes como turba u otro material. - Se evaluará el límite físico del derrame. - Se deberá contener el derrame y absorber o neutralizar con material de acuerdo con el tipo de residuo derramado, formando círculos desde afuera hacia adentro evitando salpicar o esparcir la sustancia derramada. - Se definirá el equipo necesario para realizar la limpieza del área afectada. - Se recogerá el material derramado de acuerdo con lo especificado en la hoja de seguridad. - El material contaminado se colectará y envasará. - Remover la fuente de contaminación. - Se descontaminarán todas las áreas afectadas. - El suelo contaminado y/o los escombros serán removidos, y se tomarán muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) y en una estación control para verificar la efectividad de la medida aplicada. Los análisis deberán realizarse en laboratorios certificados por el INN. Se tomará en cuenta la Guía Metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de contaminantes o las NCh 3400/1: Calidad de Sue- los: Directrices para el diseño de programas de muestreo y la NCh 3400/2: Calidad de Suelos: Directrices sobre técnicas de muestreo. - Los equipos y materiales afectados o empleados en la limpieza serán descontaminados. - Se dispondrá el material envasado en lugares autorizados. Una vez retirado el mate- rial de contención de derrame se enviarán los residuos a bodega RESPEL y mantener en observación el área posibles efectos o reacciones retardadas. - Se realizará investigación y registro del incidente - En caso de que el derrame altere la libre circulación vehicular y/o peatonal, se debe informar inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio, al director regional de Vialidad y al SEREMI de Obras Públicas.

Finalizada la emergencia:

  • Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. 61 de 68

10.2.8 Derrame y/o contacto con Residuos Peligrosos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de generarse una emergencia por derrame de SUSPEL o RESPEL, ya sea por parte de personal directo o indirecto del Proyecto, se comunicará el hecho inmediatamente a la Autoridad Sanitaria y se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indica- dos en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.8 del ICE del Proyecto.

10.2.9. Derrames y/o contacto con sustancias peligrosas o combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medida a implementar En caso de ocurrir un derrame durante el transporte o almacenamiento de sustancias peli- grosas, incluidos los combustibles líquidos, se implementarán las siguientes medidas de respuesta:

Detección de emergencia mayor con sustancias peligrosas: - Comunicar la emergencia al jefe de Planta. - Solicitar silencio radial. - Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO. - Comunicar al Garita PB/Brigada de Emergencia/Gabinete Esachs PB. - Comunicar al área de Medio Ambiente Pampa.

Control de emergencia: - Evacuar si es necesario. - Aislación y delimitación del área. - Solicitar hoja de seguridad (HDS) de sustancia peligrosa. - Contención o confinamiento de la sustancia peligrosa según lo indicado en la HDS.

Evacuación de personal: - Dar aviso de evacuación. - Dirigirse a puntos de encuentro de evacuación (PEE). - Realizar conteo del personal en punto de encuentro.

Rescate de afectados o lesionados: - Coordinación entre jefe Planta y Brigada de Emergencias para conteo del personal en el PEE más cercano y estatus de estos. - Comunicar al Gerente/Superintendente/Asesor GRSSO. - Comunicar a Garita PB/Gabinete Esachs PB/Hospital ME/ACHS Antofagasta. - Proceder a rescatar lesionados o atrapados. - Traslado de lesionados a Gabinete Esachs/Hospital ME/ACHS Antofagasta. - 62 de 68

10.2.9. Derrames y/o contacto con sustancias peligrosas o combustibles. Tratamiento de residuos peligrosos: - Eliminación de residuos peligrosos, de acuerdo a lo indicado por el Área de Medio Ambiente.

Finalizada la emergencia: - Evaluación de riesgos del área y del personal. - Evaluación de daños del área. - Reinicio de operaciones del área. - Investigación del siniestro de área. - Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo) se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en un plazo no mayor a 24 horas en la plataforma digital dispuesta por la SMA.

Se considera el aviso inmediato a las siguientes entidades externas al Proyecto:

  • Director Regional de Vialidad Región de Antofagasta (Fono: +55 242 2036)
  • SEREMI de Obras Públicas (Fono: +55 242 2025)
  • En caso de un accidente que presente riesgo o peligro para la población y/o centros pobla- dos cercanos informar a:
  • Municipalidad de Sierra Gorda: Fono: +56 55 268 5800
  • Concesionaria de ruta correspondiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.9 del ICE del Proyecto.

10.2.10. Emergencia en instalaciones sanitarias – Baños Químicos y Sistema particular de Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Baños Químicos en Fase de Construcción y Sistema particular de aguas servidas en Fase de Operación y Cierre. Acciones o medida a implementar En caso de rebalse del sistema sanitario: - El personal que identifique el rebose dará aviso inmediato a su supervisor directo. - Se aislará la zona de derrame para impedir la 63 de 68

10.2.10. Emergencia en instalaciones sanitarias – Baños Químicos y Sistema particular de Aguas Servidas. contaminación del suelo y/o cauces cercanos en caso de existir. - En caso de que sea un problema puntual, se dejará inhabilitado el baño para el uso del personal y se intentará por medios propios de solucionar el problema. En caso contrario, se llamará directamente a una empresa externa autorizada que proceda a solucionar el problema. - En caso de que se presente un problema general, de todo el sistema sanitario, el jefe o supervisor a cargo de área suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo o bien a su residencia. - Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en con- tacto con las aguas servidas. - Se realizará investigación y registro del incidente. - Se realizarán las actividades de limpieza lo más pronto posible, para esto se utilizarán materiales absorbentes sobre el suelo, pavimento y hormigón para recoger los líquidos derramados. - Se dispensarán materiales absorbentes para cubrir los derrames. - Una vez que haya sido absorbida el agua derramada, en los casos de derrames pequeños, se colocará el agua con el material absorbente al interior de una bolsa de poliuretano con una escobilla y un recogedor, mientras que, en los casos de derrames grandes, se deberá depositar en un recipiente hermético. - Retiro de materiales contaminados mediante transportista autorizado y disposición final en un sitio autorizado.

En caso de falla del sistema: - Se dará aviso de inmediato al jefe de Operaciones y de Obras mediante los canales de comunicación establecidos para tal fin, y éste tomará las acciones tendientes a minimizar el tiempo en que el sistema se encuentre con fallas y vuelva a operar en las condiciones establecidas. - Se suspenderá el uso de forma indefinida hasta que se encuentre solucionada la emergencia En caso de malos olores: - El personal que detecte la generación de malos olores deberá avisar a su supervisor o jefe directo, quién coordinará una cuadrilla para que revise posibles anomalías en los baños químicos y Sistema particular de aguas servidas existente.

Finalizada la emergencia: - Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de 64 de 68

10.2.10. Emergencia en instalaciones sanitarias – Baños Químicos y Sistema particular de Aguas Servidas. sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo) se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA una vez resuelta la situación de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.10 del ICE del Proyecto.

10.2.11. Afectación de fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Transporte de personal, insumos, materiales y residuos. Acciones o medida a implementar - El conductor y/o acompañante dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias del Proyecto acerca de la emergencia, quien se contactará con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el RNTFS. - El conductor detendrá el vehículo en un lugar adecuado, con la señalización correcta, con el fin de poder alertar a otros conductores. - El conductor y/o acompañante mantendrán distancia del animal afectado y espera-rán en el sitio del suceso la llegada del jefe de Emergencia o del personal del SAG o Carabineros en el sector. - Como medida adicional, se promoverá que los vehículos asociados al Proyecto (vehículos, buses, camiones, camionetas) cuenten con una señalética que identifique al Proponente y al Proyecto, con el objeto de ser identificables en caso de accidentes o colisiones en la ruta. - Se recomendará, en caso de corresponder, el traslado del individuo a algún centro de rescate de fauna (debidamente registrado y autorizado).

Finalizada la emergencia:

Una vez concluidas las acciones de emergencia, el titular deberá entregar un documento a la SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta, indicando al menos lo siguiente:

▪ Antecedentes de la emergencia (fecha, hora, tipo de emergencia, causa de la emergencia, tipo de sustancia o residuo relacionada con la emergencia, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas durante la emergencia, entre otros). 65 de 68

10.2.11. Afectación de fauna. ▪ Antecedentes de los componentes afectados por la emergencia, como recursos naturales (suelo, agua y aire) y biodiversidad (flora y fauna). ▪ Antecedentes de los procedimientos y acciones ejecutadas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de ocurrir un atropello de fauna silvestre, se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA. El informe será remitido a la SMA y SAG. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.11 del ICE del Proyecto.

Tabla 7.1.12.: Riesgo de intervención patrimonial. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociado a las obras del Proyecto donde se requiera realizar excavaciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso que se produzcan hallazgos arqueológicos al momento de ejecutar las actividades de escarpe, se deberá: - Detener las obras en el frente de trabajo donde se hayan detectado estos hallazgos. - Solicitar la presencia inmediata de un profesional idóneo para evaluar el daño y tomar acciones a seguir. Dar aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Se establece como plazo máximo de aviso 3 días hábiles desde el hallazgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez ocurrido el hallazgo, se oficiará al CMN de lo ocurrido para coordinar los pasos a seguir. Se deberá generar un reporte de acuerdo con los lineamientos indicados en la R.E. N°885/2016 SMA. Dicho reporte deberá ser cargado en la plataforma digital dispuesta por la SMA. El informe será remitido a la SMA y CMN. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ver numeral 7.1.12 del ICE del Proyecto.

11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:

La DIA del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 04 de noviembre de 2024 y en el diario Extracto Legal con fecha 04 de noviembre de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Carnaval FM 96.5, entre los días 05 de noviembre de 2024 y 11 de noviembre de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 11 de noviembre de 2024 emitido por la Sociedad José Enrique Gaete y Compañía Limitada.

Con fecha 16/12/2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana requeridos por la Ley N° 19.300. 66 de 68

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

16°. Que, para que el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental II Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte”, de SQM Industrial S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

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3°. Certificar que el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 136, 137, 140 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Modificación Faena Minera Pampa Blanca mediante la Incorporación de nueva área de acopio de sales de descarte” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

KAREN ELIZABETH BEHRENS NAVARRETE Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

JENNY EDITH FRÍAS MIRANDA Directora Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

KBN/RMM/JFM/VRA/JFM/MDF/mdf

Distribución:

• Titular. • Superintendencia de Medio Ambiente. Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.07.22 16:23:10 -04'00' 68 de 68

• CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda. • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado Digitalmente por Jenny Frías Miranda Fecha: 22-07-2025 15:46:17:240 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC