Evaluación SEA

Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice

Rol 2163054365
SEA · DIA · Aprobado · 2025-07-10 · Región de Atacama · GR Trapananda SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” < Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12 de marzo de 2025 y su Adenda Complementaria de 30 de mayo de 2025, del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice”, presentado por GR Trapananda SpA con fecha 30 de agosto de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice”.

3°. El Acta de Evaluación N° 20250310672 del 24 de junio de 2025, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” de 24 de junio de 2025.

5°. El acuerdo adoptado en sesión del 02 de julio de 2025, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice”.

7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; La Resolución Exenta RA N°119046/347/2022 del 25 de Noviembre de 2022 de la Dirección Ejecutiva, que nombra como Directora Regional a Doña Verónica Ossandón Pizarro y la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 10-07-2025 11:00:30:296 UTC -04:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:

1°. Que, GR Trapananda SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social GR Trapananda SpA Rut 77.798.474-8 Domicilio Isidora Goyenechea 2800 Of. 37-2 Teléfono 56232519400 / 56957094789 Nombre representante legal Antonio Francisco Ros Mesa Rut representante legal 13.831.549-5 Domicilio representante legal Avenida Isidora Goyenechea N°2800, oficina 3702 Teléfono representante legal 56232519400 / 56957094789 Correo electrónico Titular o representante legal rosantonio@grenergy.eu

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de junio de 2025, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 02 de julio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 24 de junio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Instalar un sistema de almacenamiento de energía mediante baterías BESS modulares, que retiren energía, para posteriormente reinyectarlos al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), situación que contribuirá al descongestionamiento de la matriz energética nacional. La capacidad de almacenamiento permite desplazar los horarios de inyección de la energía, entregando una mayor flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades del SEN, un aspecto relevante en la política de descarbonización de la matriz energética nacional. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje b.2) Subestaciones Vida útil 41 años y 6 meses. Monto de inversión USD $ 143.500.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de instalación de faenas. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No -

X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No -

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Caldera. Descripción de la localización El emplazamiento del proyecto fue definido debido a las condiciones de cercanías a líneas de distribución eléctrica de CGE Distribución S.A. y existencia de la Subestación Eléctrica Elevadora Caldera CGE con disponibilidad de conexión eléctrica, lo cual facilita la viabilidad técnica y económica del Proyecto. Adicionalmente, en el área de emplazamiento del proyecto no existen Instrumentos de Planificación territorial que indiquen incompatibilidades para la construcción de Proyectos de almacenamiento, elevación y transmisión de energía eléctrica. Superficie 14,36 ha, con 9,22 ha construidas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas correspondientes a las principales obras se indican a continuación: Obra Vértice

Coordenadas Datum WGS 84 Proyección UTM 19 S Este (m) Norte (m) Cerco perimetral sector BESS A 323.937,62 7.002.907,31 B 324.198,77 7.002.907,96 C 324.198,15 7.002.631,79 D 323.951,59 7.002.631,32 Área de Subestación Elevadora A 323.985,43 7.002.813,49 B 323.985,43 7.002.879,49 C 324.028,43 7.002.879,49 D 324.028,43 7.002.813,49 Inicio Línea de Transmisión - 324.000,80 7.002.879,45 Fin Línea de Transmisión - 321.260,75 7.002.443,37

Mayor detalle de las coordenadas del proyecto se presentan en el Anexo 1 Archivos Digitales de la Adenda. Caminos de acceso Se habilitarán dos caminos de acceso para ingresar a las instalaciones que permanecerán durante toda la vida útil del Proyecto, tal como se detallan a continuación: Camino de acceso principal hacia el sector de almacenamiento al cual se accede desde la ruta C-351 a la altura de la estructura N° 9. Camino de acceso hacia el sector de la SE en el cual se accede desde la ruta 5 a la estructura N° 19 y al punto de conexión. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 1 de la DIA Anexo 1.1 Layout de la Adenda Anexo 1.2 Coordenadas y superficies de la Adenda

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Parte/obra Zona de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Se contempla la disposición temporal de residuos domiciliarios en un lugar especialmente delimitado y señalizado al costado de la IF en una superficie total de 16 m², donde se dispondrán en 4 contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. Sector de acopio de residuos industriales no peligrosos Se contempla la disposición temporal de residuos industriales no peligrosos en un lugar especialmente delimitado y señalizado para este fin, el que estará ubicado, de forma permanente, al costado de la IF en una superficie total de 100 m², donde se dispondrá de un contenedor de 10 m³ de capacidad para el almacenamiento transitorio de RSINP. Bodega de Residuos Industriales Peligrosos (RESPEL) y Bodega de Residuos Industriales Peligrosos de Baterías (RESPEL Baterías) Se instalará una bodega de 6,96 m² de superficie para el acopio temporal de residuos industriales peligrosos generados en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Además, se habilitará una bodega RESPEL de baterías para el almacenamiento temporal de racks de baterías durante todas las fases del Proyecto, la que contará con una superficie de 40 m². Las Bodegas RESPEL cumplirán con lo establecido en el D.S N° 148/03 MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Además, estas bodegas contarán con acceso restringido y señalética que la identifique, conforme con lo establecido por la NCh N° 2.190 Of. 93. Bodega de Sustancias Peligrosas (SUSPEL)

El Proyecto generará sustancias peligrosas durante las fases de construcción y operación, por esto, se habilitará una bodega de 20 m², la cual tendrá como objetivo el almacenamiento de sustancias peligrosas en caso de que se requiera. La Bodega cumplirá con lo establecido en el D.S N°43/2016 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Zona de almacenamiento temporal de materiales Se habilitará una zona para almacenar materiales para la construcción. Esta zona tendrá una superficie de 100 m² y se utilizará para el almacenamiento temporal de materiales y/o equipos que no correspondan a RESPEL, RSD o RSINP. Grupos electrógenos Se dispondrá de dos grupos electrógenos de 20 kVA cada uno y de cuatro grupos electrógenos de 60 kVA cada uno, al interior de la instalación de faenas. Estos se encontrarán montados sobre una superficie impermeable y un pretil para la contención de eventuales derrames de combustible que pudieran ocurrir durante la carga de este. Estacionamiento de vehículos livianos Área para estacionar vehículos livianos señalizada para uso exclusivo del personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción y cierre del Proyecto, cuya dimensión total será de 40 m². Estacionamiento de vehículos pesados Se considera un área para estacionar vehículos pesados y maquinarias señalizada, cuya dimensión total será de 100 m². Esta zona será de uso exclusivo para maquinaria pesada y equipos de mayor envergadura y se encontrará debidamente delimitada y señalizada para estos efectos. Caseta de control de acceso Habilitación de una caseta al interior de la IF en una superficie de 36 m². En dicha caseta se ubicará un trabajador autorizado, el cual llevará un registro de ingreso y salida del personal, insumos, maquinaria, vehículos, entre otros. Esta corresponde a un módulo prefabricado tipo contenedor, los que tendrán fundaciones prefabricadas. Oficinas La IF contará con oficinas en contenedores modulares prefabricado con fundaciones prefabricadas aislada, habilitados como oficinas y servicio de apoyo durante la construcción del Proyecto, tanto para contratistas como para el personal exclusivo del Proyecto. Estas oficinas ocuparán una superficie 36 m² y contarán con equipos de calefacción/aire acondicionado, fotocopiadora, red computacional, entre otras. Comedores Al interior de la IF se habilitarán comedores, que corresponde a una construcción modular prefabricada tipo contenedor que cuenta con fundaciones prefabricadas también aisladas, la cual ocupará una superficie de 36 m². Se utilizará como sitio de alimentación por los trabajadores y estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental. Estará provisto con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza. Estanques de agua potable Se proyecta la habilitación de un área de estanques de agua potable, para el abastecimiento principal de dicho recurso en las fases de construcción del Proyecto. Dicha área contará con una superficie de 11,7 m², y considera la implementación 2 estanques de agua potable, con una capacidad total de 10 m³ cada uno, consideradas para el uso en duchas, lavamanos y consumo. PTAS temporal Se contempla la habilitación de una PTAS con mecanismo de lodos activados para la gestión de las aguas residuales generadas durante la fase de construcción por los trabajadores que contempla el Proyecto. Cabe señalar que, contará con una superficie de 42,12 m². Zona de Carga y descarga de Materiales y equipos Se ha considerado la habilitación de un área carga y descarga de materiales (abastecidos por terceros autorizados), equipos y otros materiales de aplicación directa tales como áridos, armaduras, maderas, cemento, entre otros, por lo que se habilitará en un Patio dentro de la IF, ocupando una superficie de 100 m². Frentes de trabajos móviles Para la construcción del Proyecto se utilizarán frentes de trabajo móviles, los que avanzarán de forma paralela al avance de construcción de las obras. La cantidad de frentes de trabajo dependerá de la programación de las actividades simultáneas, y estarán destinados únicamente a la construcción de la LTE por un período máximo de 4 meses. En estos frentes de trabajo móviles se dispondrán de insumos básicos tales como: agua en bidones, extintor, botiquín, baños químicos, elementos de protección personal, equipos, herramientas de uso diario y contenedores de residuos. En ningún caso constituyen centros a de acopio o IF debido a su carácter transitorio/envergadura y movilidad. Cada frente contará con un baño químico por cada 10 trabajadores, es decir, si la cuadrilla tiene más de 10 personas se colocará un baño adicional. Estos equipamientos se irán trasladando a medida que avance la construcción. En caso de que el Proyecto contemple mano de obra femenina, se contará con un baño adicional sólo para mujeres. Acciones Acondicionamiento de terreno Para proceder a la construcción de obras se requerirá de la habilitación del terreno, tanto para las obras temporales como permanentes, la cual será realizada una vez al inicio de la fase de construcción del Proyecto. El acondicionamiento de terreno implica las siguientes actividades: 1. Limpieza superficial y remoción de material: Para esta actividad, se considera la demarcación de las áreas trabajo, identificando los sitios donde se emplazarán las obras con el fin de intervenir sólo las áreas proyectadas. Posteriormente se realizará la remoción de cobertura vegetal mediante corta, despeje y descepado de la vegetación (8,3 ha). En cuanto a la corta, y despeje de vegetación, esta se realizará principalmente de forma manual y utilizando maquinaria cuando esto sea requerido. 2. Nivelación: La nivelación alcanzará una superficie de 35.402 m². 3. Compactación: La compactación alcanzará una superficie de 35.402 m². Esta actividad no contempla la generación de residuos. 4. Excavaciones de terreno: Para la construcción del Proyecto será necesario realizar trabajos de excavación para la instalación de diferentes obras. Adicionalmente, se contemplan excavaciones asociadas a la nivelación del terreno. En virtud de lo anterior se estima un volumen total de excavación 9.223,4 m³. Los volúmenes de suelo a excavar serán redistribuidos dentro del área del Proyecto, por lo que no se generarán residuos adicionales de esta actividad. Habilitación de instalación de faenas Se habilitará la IF durante las fases de construcción y cierre del proyecto, cuya ejecución se llevará a cabo vez que se instalen todos los contenedores (edificaciones modulares), junto a suministros de energía y agua potable. Estas obras tendrán un carácter temporal ya que serán desmontadas al finalizar la fase de construcción. Esta actividad considera el montaje de containers y su habilitación con muebles, estanterías y otros implementos requeridos para el apoyo administrativo de la construcción. Adicionalmente, se habilitará la PTAS y servicios higiénicos conectados a la misma, bodegas, zonas de estacionamiento, zonas de descarga de materiales y sectores para el acopio temporal de residuos entre otras instalaciones. Debido a estas actividades, se generarán residuos de tipo líquidos domésticos, RSD, RSINP y RESPEL, los cuales serán acopiados, diferenciándolos según la tipología de residuo lo cual, implica la existencia de zonas segregadas de manera de evitar posibles mezclas de residuos. A su vez, se considerarán aspectos de seguridad, calidad, salud y medio ambiente. Habilitación de Frentes de Trabajo Se habilitarán frentes de trabajo móviles que funcionarán de manera simultánea durante la fase de construcción y se ubicarán geográficamente en función del avance constructivo de las obras del Proyecto, los que serán desmantelados respondiendo al avance de este. Los frentes de trabajo contarán con unidades de baños químicos móviles, dispensadores de agua, estación de sombra, entre otras instalaciones básicas para el uso de los trabajadores, los cuales solo estarán 4 meses para la construcción de la LAT. Debido a estas actividades, se generarán residuos de tipo líquidos Domésticos, RSD, RSINP y RESPEL, los cuales serán acopiados, diferenciándolos según la tipología de residuo lo cual, implica la existencia de zonas segregadas de manera de evitar posibles mezclas de residuos. A su vez, se considerarán aspectos de seguridad, calidad, salud y medio ambiente. Para mayor detalle ver PAS 138, PAS 140 y PAS 142 en los Anexos 6.2, 6.3 y 6.4 de la Adenda. Construcción de cierre perimetral Al comienzo de la fase de construcción, se instalará un cerco perimetral el cual limitará el área de emplazamiento del Proyecto y permanecerá durante la vida útil del Proyecto para evitar la intromisión de agentes externos, como animales o personas ajenas al Proyecto. Este cerco tendrá un perímetro total de 1.060,22 m y se construirá con acero galvanizado de malla acma o similar, con fundaciones de hormigón cada 2,5 metros y pilares de acero con tapa cubre agua. Se considera realizar pequeñas excavaciones para instalar los pilares del cierre que estarán distanciados con una separación aproximada de 2,5 m. Transporte de personal La movilización del personal hacia las IF se realizará mediante buses y/o minibuses y camionetas. La movilización hacia los distintos frentes de trabajo partirá desde la instalación de faena, y se realizará igualmente en camionetas y minibuses. Habilitación de caminos La actividad de habilitación de caminos y accesos consiste en realizar cortes de terreno, perfilar y habilitar los caminos que permitan el acceso de las cuadrillas, materiales y equipos a las estructuras, los cuáles serán construidos con pendientes y anchos compatibles con los vehículos que transitarán durante la construcción y mantención de los contenedores. Los caminos por habilitar tendrán un ancho promedio de 6 m y serán construidos una vez al inicio de la fase de construcción del Proyecto. En total los caminos consideran una longitud de 4,77 km. Aplicación de supresor de polvo Se realizarán aplicaciones mensuales de Supresor de Polvo Biodegradable sobre los caminos habilitados, tanto de acceso como internos, con el objetivo de retener y evitar la suspensión de Material particulado generado a partir del tránsito vehicular. Esta actividad se realizará durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Construcción de zanjas de cableado subterráneo Se excavarán zanjas durante la fase de construcción del proyecto para la canalización del cableado de baja y alta tensión que conectará el sistema BESS con los CT, Servicios Auxiliares primarios y secundarios, y posteriormente a la SE. El material extraído será acopiado en un costado de la zanja, pues servirá de material de relleno una vez posicionado el cable. Montaje mecánico de estructuras del Sistema BESS y SE El montaje mecánico de los conteiner del sistema BESS se realizará durante la fase de construcción del proyecto. Dicha actividad involucra la implementación de pilotes de hormigón armado de 0,5 m de altitud, sobre los sitios previamente habilitados, entregan una superficie de soporte adicional de 4,2 m² aproximadamente por container de batería. Las estructuras quedarán fijadas mediante un soporte de acero. Solamente se considerarán actividades de excavación en caso de que las condiciones del suelo no permitan realizar la base de hormigonado con maquina simple. Montaje y conexión a la Línea de Alta Tensión 110 kV El montaje mecánico de la SE elevadora se realizará durante la fase de construcción del proyecto. Dicha actividad involucra la implementación de pilotes de hormigón armado de 0,5 m de altitud, sobre los sitios previamente habilitados. Las estructuras quedarán fijadas mediante un soporte de acero. Para la evacuación de la energía, se realizará una conexión Línea de Alta Tensión 110 kV para conectarse a la SE Caldera SGE (existente, propiedad de un tercero). Para llevar a cabo lo anterior, dentro de las obras del Proyecto, se proyectan 19 estructuras de suspensión y anclaje de tipo metálica reticulada, con fundaciones de hormigón armado con una profundidad de 3,5 m de profundidad. - Fundaciones: Para las torres proyectadas, se realizarán fundaciones de hormigón armado con una profundidad de 3,5 m de profundidad como máximo. - Instalación de malla a tierra: Las estructuras que evacuarán la energía de 110 kV, llevarán una malla de puesta a tierra, en base a platinas de acero galvanizado, cuyo valor de resistencia será tal que permita la correcta operación de las protecciones del sistema. Las estructuras se instalarán en el fondo a 60 cm de una zanja excavada en terreno no removido, dispuesta en forma diagonal desde cada una de las barras de fundación de la estructura. Se considerará una malla de tierra acorde al tipo de estructura a utilizar, cuya resistencia de puesta a tierra deberá ser verificado durante la construcción del tramo de línea correspondiente. - Montaje: El montaje de las estructuras que componen las torres del Proyecto tendrá lugar en la instalación de faena. Ésta podrá efectuarse pieza por pieza, o por secciones. Las piezas se almacenarán en las instalaciones de faena desde donde se trasladarán mediante un camión pluma hasta su punto de armado en terreno. Para realizar el armado se considera un grupo de montaje que se subirá a las torres e irá uniendo las distintas piezas mediante pernos de conexión. Además, en este paso se considera el montaje de los aisladores y ferretería. - Instalación de aisladores y poleas: Corresponde a los elementos encargados de aislar eléctricamente la estructura del conductor eléctrico. Sostienen los conductores por medio de un material que no conduce la electricidad. Se utilizarán en general aisladores de vidrio templado, con acoplamiento de bola y rótula. - Tendido de conductores y cable de guardia: Una vez terminado el montaje de las estructuras, se procederá con la instalación de conductores y el cable de guardia. Esta actividad se realizará con tensión mecánica a través de los equipos de tendido. Montaje de inversores y centros de transformación Los inversores por utilizar por el proyecto serán del tipo descentralizados y contenidos individualmente en cabinas metálicas, que integran en su interior protección anti-isla, protección contra sobrecargas, protección contra polaridad inversa, y protección contra sobretensiones. Dado el menor tamaño de este tipo de inversores en comparación al tipo centralizado, su transporte no presenta complejidad alguna, y su instalación se realiza a corta distancia de los contenedores de Baterías. En el caso de los CT estos corresponderán a unidas prefabricadas y acondicionadas al interior de un contenedor marítimos, en donde se dispone espacio para el transformador, sus protecciones, celdas y cuadros eléctricos. Estos se colocan apernados a las fundaciones y se procede al conexionado de las partes. Pruebas de energización y puestas en marcha Para finalizar este paso de construcción del Proyecto, se procederá a realizar las pruebas y puesta en marcha del Sistema BESS instalado. El objetivo de las pruebas es garantizar el correcto funcionamiento de las celdas de baterías ion-litio, tanto para la carga como para la descarga. Se realizan tanto pruebas internas como pruebas de conexión a la red. Las acciones que se ejecutarán para la verificación y puesta en marcha inicial son: - Verificación de parámetros y puesta en marcha del Sistema BESS. - Pruebas finales de puesta en servicio de los inversores, transformadores y celdas de baterías. - Prueba de conexión a la red del SEN. - Prueba de tendido eléctrico. Desmontaje de instalación de faenas y limpieza Se procederá al retiro de las instalaciones de faenas y de las áreas temporales de trabajo. Una vez que se hayan retirado las instalaciones temporales, se realizarán las actividades para restaurar la superficie original. Para esta actividad se retirarán las instalaciones temporales como containers y otros, utilizados para esta fase. Lo anterior se realizará de manera manual y cuando corresponda, mediante el uso de una grúa pluma. Adicionalmente, se realizará una limpieza general del terreno. Conexión y puesta en marcha Aprobadas las pruebas de funcionamiento, se procede a la autorización de energización e interconexión con el sistema de distribución respectivo. Recursos naturales renovables Se ha estimado que la superficie de intervención total al suelo corresponderá a 3,5 ha. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican: MP2,5 MP10 MPS 0,8869 2,2985 7,9481

SO2 NOₓ CO NH₃ COV CO₂ CH₄ N₂O 0,472 0,00 2 0,40 3 0,071 0,0003 1.292, 8 0,07 1 0,41 2

Ruido y vibraciones Se generarán emisiones de ruido principalmente por el uso de maquinarias y las actividades constructivas de las obras. Sus valores con respecto al cumplimiento del D.S. N° 38/11 del MMA para período diurno, se observan en la siguiente tabla:

Receptor NPS Estimado [dB(A)] Límites máximos permisibles [dB(A)] R1 34 43 R2 33 45 R3 47 51 R4 63 64 R5 56 65 R6 59 65 R7 44 65 R8 45 65 R9 55 65 R10 49 65 R11 50 65 De la tabla anterior, se observa que los valores R3 y R4 se encuentran muy cercanos a la norma, por lo que se incorpora como acción de control un monitoreo preventivo para dichos receptores. Para el caso de vibraciones, se analizaron las Velocidades Peak de Partículas y los Niveles de Vibración estimados en los receptores del proyecto, cumpliéndose para ambos criterios los valores de referencia para daño estructural y molestia, sin la necesidad de acciones de control. Efluentes Se estima una generación máxima de 4,5 m³/días de residuos líquidos domésticos provenientes del funcionamiento de la PTAS. Este cálculo proviene de una mano de obra 30 trabajadores, una dotación de 150 L/día y un factor de recuperación de 1. No se considera la generación de residuos líquidos industriales debido a las características del proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RSD Estarán compuesto de residuos orgánicos, papeles, plástico, entre otros residuos. Durante esta fase se estima una generación máxima de 0,6 t/mes de RSD. Este cálculo proviene de una tasa de generación equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 30 trabajadores y un periodo de trabajo de 20 días/mes. Dado lo anterior, se estima una generación de 7,2 t/fase (12 meses). RSINP Estarán compuestos por sobrantes de cables, tornillos, alambres, restos de embalaje, restos de maderas, y cualquier otro desecho proveniente de la construcción del proyecto. Además de lo anterior, se requiere el uso de hormigón. En base a lo anterior, durante esta fase se estima una generación máxima de 4,5 m³/mes de RSINP, es decir, 54 m³/fase durante la fase completa (12 meses). RESPEL Corresponderán, principalmente, grasas usadas, aceites usados, huaipes, EPPs contaminados, envases vacíos de productos químicos, pilas y baterías, contenedores BESS. Durante esta fase se estima una generación máxima de 883,2 kg/fase de RESPEL más 1 contendor BESS. Sustancias peligrosas Las sustancias peligrosas que se utilizarán y manejarán en el Proyecto corresponden a desmoldante (0,25 m³/mes), pintura (0,5 m³/mes), diluyentes (0,025 m3/mes), aceite dieléctrico mineral (0,18 m³/mes), combustible (2 m³/mes), WD-40 en aerosol (0,02 m³/mes), espuma de poliuretano (0,04 m³/mes), lubricantes (0,03 m³/mes), gel de sílice (0,09 m³/mes). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.6.1, Partes, obras y acciones. Tabla 4.6.3, Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar. Acápite 4.6.4, Emisiones y efluentes. Acápite 4.6.5, Residuos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Parte/Obra Zona de Baterías BESS Se realizará la construcción de un Sistema de Almacenamiento en base a baterías de ion-litio (Sistema BESS) de 105 MW de potencia nominal y con 6 horas de almacenamiento, teniendo una capacidad total de almacenamiento de 630 MWh. El sistema de almacenamiento propuesto consiste en la instalación de 156 contenedores de baterías de 20 pies y 26 Centros de transformación (CT). En cada CT habrá 2 inversores, teniendo un total de 52 inversores, además de una agrupación de equipos de baja y alta tensión (transformador y Switchgear de hasta 33 kVA). Cada CT estará conectado a 6 contenedores de 20 pies y cada contendor tendrá 10 racks de baterías. Cada conteiner tendrá 10 racks; en el interior de los racks se ubicarán las celdas de ion-litio cada uno con sus respectivos sistemas de gestión de baterías (BMS). Cada rack contendrá 416 celdas de ion-litio. Se contará con 9 Casetas de Servicios Auxiliares primarios, y con 26 casetas de servicios auxiliares secundarios. Adicionalmente, el sistema contará con las siguientes obras: - Cámaras de inspección. - Inversores y centros de transformación. - Línea soterrada. - La superficie de intervención sobre el suelo estimada para la zona de baterías es 0,30 ha. Subestación Eléctrica Elevadora La Subestación elevadora tiene como objetivo elevar la energía generada de 33 kV a 110 kV, para luego inyectarla al SEN través de la línea de conexión de 1x110 kV hasta la subestación eléctrica Elevadora Caldera SGE de 110 kV, la cual, extraerá energía en horario de baja demanda energética, mientras que, en el horario de alta demanda, inyectará la energía almacenada mediante la línea de simple circuito 1x110 kV a través de dicha Subestación. Línea de Transmisión (LAT 110 kV) Se proyecta la construcción de una línea de transmisión de 110 kV desde la Subestación Eléctrica Elevadora a la SE eléctrica Caldera SGE existente, con una extensión aproximada de 3,42 km. Cada circuito contempla una capacidad de 105 MVA. Para la implementación del nuevo trazado se proyecta la construcción de 19 estructuras, con un vano medio entre ellas de 170 metros. La LAT presenta, por sus características técnicas, una serie de estructuras tipo torre que requieren de excavaciones y fundaciones que alcanzan hasta los 3,5 metros de profundidad. Se instalarán dispositivos anticolisión giratorios u otro que demuestre efectividad similar, en el cable de mayor altitud del tendido, la que serán de color amarillo y rojo o similar. Conexiones eléctricas soterradas Se contempla la interconexión de los polígonos del sistema BESS y la SE, a través de los CT, mediante conexiones subterráneas. Estas serán distribuidas dentro del sector de baterías. Caminos de acceso al proyecto - Camino de acceso principal hacia el sector de Almacenamiento en el cual se accede desde la ruta C-351 a la altura de la estructura N° 9. Este camino contará con una obra de protección de acueducto a los 350 metros, correspondiente a una tubería de 60 cm de diámetro, que alcanza un eje de 190 cm, con el fin de evitar cualquier tipo de afectación y favorecer el transporte de las baterías. - Camino de acceso hacia el sector de la SE en el cual se accede desde la ruta 5 a la estructura N° 19 y al punto de conexión. Para la construcción y mantenimiento de la línea, se implementará un camino de acceso bajo la LTE, la cual se habilitará en su totalidad, y tendrán una longitud de 1.67 km. Cabe señalar que, los caminos de acceso tendrán un ancho de 6 m y tendrán una superficie total de 19.943,82 m². Bodega de materiales Se habilitarán cuatro Bodegas de Materiales que tendrán por objetivo el almacenamiento de materiales y herramientas que se requieran durante la fase de operación del Proyecto, necesarios para mantener el buen funcionamiento de las obras. Se dispondrá de una superficie de 29,74 m² cada una para su disposición, la cual será del tipo container. Sala de monitoreo Se habilitará una Sala de Monitoreo que tendrá por objetivo el estado y monitoreo del Proyecto. Se dispondrá de una superficie de 29,74 m² para su disposición, la cual será del tipo container. Almacenamiento de residuos Se contempla la disposición temporal de residuos domiciliarios en un lugar especialmente delimitado y señalizado al costado de la IF en una superficie total de 16 m², donde se dispondrán en 4 contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, con capacidad mínima de 120 litros, del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, contando además con tapa y sistema de ruedas con freno. Sector de acopio de residuos industriales no peligrosos Se contempla la disposición temporal de residuos industriales no peligrosos en un lugar especialmente delimitado y señalizado para este fin, el que estará ubicado, de forma permanente, al costado de la IF en una superficie total de 100 m², donde se dispondrá de un contenedor de 10 m³ de capacidad para el almacenamiento transitorio de RSINP. Acciones Operación remota Se supervisará y controlará de manera remota, a través del sistema SCADA, todo el proceso de almacenamiento de energía eléctrica, transmisión y posterior inyección al SEN en esta fase. Retiro, almacenamiento e inyección de energía eléctrica al SEN. La actividad de Retiro, almacenamiento e inyección de energía eléctrica al SEN considera los siguientes pasos: - Paso 1: Retiro de energía. - Paso 2: Transmisión e inyección de la Energía. Actividades de mantención y conservación Para el correcto funcionamiento de todos los componentes del Sistema BESS se consideran el monitoreo y control remoto del mismo, mantenciones preventivas, correctivas y reparaciones de emergencia, cada una de estas actividades se mencionan a continuación: 1. Mantenimiento del Sistema BESS 2. Mantenimiento eléctrico preventivo. 3. Almacenaje de Materiales y Recambios (Registro Semestral). 4. Mantenimiento Correctivo (24 h). 5. Actividades de Corta de Vegetación. 6. Reparaciones de Emergencia. Productos generados Debido a las características del proyecto, este no contempla la generación de productos. Recursos naturales renovables Debido a las características del proyecto, durante esta fase no se contempla la extracción o explotación de recursos naturales. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/año) que a continuación se indican: Emisiones por año fase de operación (ton/año) MP2,5 MP10 MPS 0,0075 0,0577 0,2147

SO2 NOₓ CO COV CO₂ CH₄ N₂O 0,000 1 0,026 5 0,005 1 0,001 1 2,452 7 0,000 1 0,000 1

Para el año 20 de operación, se considera un cambio en las baterías, por lo que durante ese período se considera un aumento en las emisiones atmosféricas: Emisiones año 20 fase de operación (ton/año) MP2,5 MP10 MPS 0,2021 1,5027 5,6075

SO2 NOₓ CO NH₃ COV CO₂ CH₄ N₂O 0,002 0,02 6 0,17 3 0,0003 0,034 82,57 0,00 4 0,00 4

Ruido y vibraciones Se generarán emisiones de ruido principalmente por el funcionamiento de los equipos. Sus valores con respecto al cumplimiento del D.S. N° 38/11 del MMA para período diurno, se observan en la siguiente tabla:

Receptor NPS Estimado [dB(A)] Límites máximos permisibles [dB(A)] R1 28 43 R2 30 45 R3 31 51 R4 31 64 R5 24 65 R6 23 65 R7 22 65 R8 22 65 R9 23 65 R10 22 65 R11 22 65 Efluentes Se estima una generación máxima de 1,35 m³/día de residuos líquidos domésticos provenientes del funcionamiento de la PTAS. Este cálculo proviene de una mano de obra 9 trabajadores, una dotación de 150 L/día y un factor de recuperación de 1. No se considera la generación de residuos líquidos industriales debido a las características del proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RSD Estarán compuesto de residuos orgánicos, papeles, plástico, entre otros residuos. Durante esta fase se estima una generación máxima de 0,18 t/mes de RSD. Este cálculo proviene de una tasa de generación equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 9 trabajadores y un periodo de trabajo de 20 días/mes. Dado lo anterior, se estima una generación de 86,5 t/fase (40 años). RSINP Estarán compuestos restos de embalajes, cartones, y maderas, en general, desechos provenientes de las actividades de limpieza y mantenimiento de la línea de alta tensión y el sistema de almacenamiento BESS. En base a lo anterior, durante esta fase se estima una generación máxima de 0,24 m³/mes de RSINP. RESPEL Corresponderán a aceites dieléctricos (1.848 kg/año), envases usados (144 kg/año), paños contaminados (144 kg/año), contenedores BESS (2 contenedores). Durante el año 20 de operación, se realizará un recambio de tecnología donde se reemplazarán los contenedores de baterías. Este recambio implica la remoción de 2 contenedores por semana, los que serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL de baterías. En consideración de lo anterior, durante esta fase se estima una generación 2.136 kg/año de RESPEL para la operación en general y 178 kg/año para el año 20. Sustancias peligrosas Las sustancias peligrosas que serán empleadas durante las actividades de mantención son SF6 (0,2 m³/mes), diluyentes (0,025 m3/mes), aceite dieléctrico mineral (0,18 m³/mes), combustible (0,0625 m³/mes), WD-40 en aerosol (0,05 m³/mes), espuma de poliuretano (0,05 m³/mes), lubricantes (0,05 m³/mes), gel de sílice (0,09 m³/mes). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.7.1, Partes, obras y acciones. Tabla 4.7.3, Productos generados. Tabla 4.7.4, Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar. Acápite 4.7.5, Emisiones y efluentes. Acápite 4.7.6, Residuos. 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes/obras Instalación de faenas Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Frente de trabajo móviles Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Almacenamiento de residuos Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Sector de acopio de residuos industriales no peligrosos Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Bodega de RESPEL y RESPEL de baterías Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Bodega SUSPEL Contará con las mismas características descritas para fase de construcción. Baños químicos Se implementarán baños químicos en la instalación de faenas durante la fase de cierre del Proyecto, ocupando una superficie de 28 m². Se dispondrán de baños con lavamanos, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, porta toalla de papel y ventilación. De manera complementaria, se habilitarán baños químicos durante los cuatro meses de construcción de la línea de alta tensión durante la fase de construcción, empleados en las cercanías de los frentes de trabajo de la LAT. Dichos servicios higiénicos se encontrarán a no más de 75 metros de distancia del área de trabajo. Acciones Habilitación de la instalación de faenas y frentes de trabajo Se requiere habilitar la IF y frentes de trabajo con el fin de otorgar apoyo a las obras de desarme del Proyecto en cuanto a servicios higiénicos, vestidores, comedor junto a suministros de energía y agua potable. La IF se llevará a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de construcción descrita en este documento. Las áreas de emplazamiento corresponderán a las mismas de la fase de construcción, incluyendo las mismas instalaciones y ubicaciones descritas para la fase de construcción, a excepción del sistema de solución de aguas servidas, el cual consistirá únicamente en baños químicos, en virtud del número de trabajadores (25 máximo) y la duración de la fase (6 meses). Desmantelamiento del proyecto Desmantelamiento de las Baterías BESS - Desmontaje de estructuras. - Desmontaje de Baterías BESS. Desmontaje eléctrico Se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada del cableado de alta tensión, transformadores, equipos de medida y demás componentes. El resto de los elementos, se transportarán a un gestor para su tratamiento y reutilización. Desmontaje CT e inversión Se dispondrán en un lugar destinado para ello, desde el cual serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a una empresa autorizada para su tratamiento, reciclaje o disposición final. Luego se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada de los equipos eléctricos y para finalmente trasladarlos a un gestor para su tratamiento y reutilización. Desmontaje de las Obras de operación y mantenimiento Se procederá a la desconexión y desmontaje de los equipos asociados al sector del centro de operaciones. Para ello se dispondrá de un lugar en donde serán cargados a un camión para su transporte definitivo a una empresa autorizada para su tratamiento, reciclaje o disposición final. Transporte de insumos, residuos y mano de obra El transporte estará asociado al traslado del personal, transporte de agua, y retiro de escombros y otros materiales generados durante el desmantelamiento de las infraestructuras. La entrada y salida del predio será realizada de igual modo que en la fase de operación, y se prevén flujos similares a la fase de construcción. Restauración de las geoformas o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental Se removerán las estructuras de forma superficial, con la finalidad de que ninguna de estas quede a la vista. Adicionalmente, se considera descompactar y nivelar las superficies que fueron compactadas previamente. Posteriormente se revegetará con especies del Matorral y Herbazal conforme se establece en el Anexo 7.3 plan de restauración de la Adenda. El Plan tendrá una duración total de 6 meses para su ejecución y posterior monitoreo durante 3 años. Desmantelamiento de obras temporales Todos los equipos, estructuras y demás instalaciones existentes serán desmanteladas y retiradas del área del proyecto. Dichos materiales serán embalados y retirados por empresas debidamente autorizadas para su reciclaje, tratamiento y/o disposición final. Finalmente, se procederá con la limpieza general de la superficie completa del Proyecto, eliminando los desechos propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican: MP2,5 MP10 MPS 0,4598 1,5840 5,8183

SO2 NOₓ CO NH₃ COV CO₂ CH₄ N₂O 0,036 4,40 3 1,63 6 0,0016 0,252 564,40 8 0,03 1 0,16 61

Ruido y vibraciones Se generarán emisiones de ruido principalmente por el uso de maquinarias y las actividades de esta fase. Sus valores con respecto al cumplimiento del D.S. N° 38/11 del MMA para período diurno, se observan en la siguiente tabla:

Para el caso de vibraciones, se analizaron las Velocidades Peak de Partículas y los Niveles de Vibración estimados en los receptores del proyecto, cumpliéndose para ambos criterios los valores de referencia para daño estructural y molestia, sin la necesidad de acciones de control. Efluentes El proyecto generará aguas servidas producto de la solución sanitaria considerada para esta fase, es decir, el uso de baños químicos, cuya dotación será instalada de acuerdo con las condiciones establecidas en el D.S. Nº594/1999 MINSAL. Posteriormente, serán trasladados para disposición final en sitio autorizado por medio de contratista a cargo. Receptor NPS Estimado [dB(A)] Límites máximos permisibles [dB(A)] R1 37 43 R2 37 45 R3 50 51 R4 63 64 R5 57 65 R6 59 65 R7 54 65 R8 53 65 R9 55 65 R10 49 65 R11 50 65 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RSD Estarán compuesto de residuos orgánicos, papeles, plástico, entre otros residuos. Durante esta fase se estima una generación máxima de 0,5 t/mes de RSD. Dado lo anterior, se estima una generación de 3 t/fase (12 meses). RSINP Estarán compuestos por restos de cables, estructuras, elementos de protección personal desechados, entre otros. En base a lo anterior, durante esta fase se estima una generación máxima de 1.012 m³/mes de RSINP, es decir, 6.072 m³/fase durante la fase completa (12 meses). RESPEL Corresponden a paños contaminados, envases, entre otros. La tasa de generación de los RESPEL durante la fase de cierre es de 73,6 kg/mes. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.8.1, Partes, obras y acciones.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faenas Fecha estimada de término Junio 2027 Parte, obra o acción que establece el término Conexión al SEN 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Julio 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Aviso al SEN e inicio de almacenamiento de energía eléctrica Fecha estimada de término Julio 2067 Parte, obra o acción que establece el término Aviso al SEN de la desconexión del Sistema BESS 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Agosto 2067 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faenas Fecha estimada de término Febrero 2068 Parte, obra o acción que establece el término Desarme y retiro de las instalaciones temporales

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Emisión de contaminantes atmosféricos Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente relacionadas con movimientos de tierra, construcción de las estructuras. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente relacionadas con movimientos de tierra, construcción de las estructuras. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.1 y Tabla 6.1. Con respecto a las emisiones atmosféricas, los principales aportes provendrán de las actividades de tránsito vehicular por caminos no pavimentados con más del 36,8% de las emisiones totales de MP10 (2,2985 t/fase). A su vez, las principales fuentes emisoras de gases de combustión son los motores de vehículos destinados a las labores de construcción del proyecto (CO₂: 1.292,8073 t/fase). Se realizó una Modelación de la Dispersión de contaminantes, para determinar los aportes en concentraciones de material particulado y gases de combustión provenientes de las distintas fases, mediante la cual se concluye lo siguiente: - Los aportes a las concentraciones de material particulado y gases en el año de mayor emisión del Proyecto, es decir, durante la fase de construcción, presentan sus mayores valores en el receptor R4, a excepción de los contaminantes NO₂ y CO, donde el mayor aporte lo recibe el receptor R3. - En función de los resultados expuestos, para el caso del MP (MP10, MP2,5 y MPS) y gases (NO₂, CO y SO₂) se puede inferir que los aportes del Proyecto en puntos receptores no son significativos, debido a que, la situación proyectada muestra que, en ninguno de estos parámetros se supera el límite de latencia o saturación. El mayor valor modelado se presenta en el receptor R3 con un máximo del 15,65% de la norma primaria horaria de NO₂, valor que se encuentra por debajo del límite máximo permitido, por lo que no se considera perjudicial para la salud de la población. De esta manera, con los antecedentes expuestos, es posible indicar que las concentraciones y tasas de depositación asociadas al Proyecto, no generan efectos significativos en su entorno. Además, cabe recalcar que las mayores emisiones corresponden a la fase de construcción del Proyecto, las cuales no son permanentes, puesto que se generan durante un plazo acotado de 1 año, pasando posteriormente a la fase de operación, donde las emisiones son consideradas como marginales. En base a lo anterior, se concluye que el proyecto no generará afectación significativa a la salud de las personas indicadas por detrimento de la calidad del aire en el área de influencia. Con respecto a las emisiones de ruido, para su evaluación asociada a la ejecución del Proyecto en receptores humanos, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante D.S. Nº38/11 MMA). De acuerdo con los resultados presentados, se identificaron 11 receptores en el sector aledaño al Proyecto, los cuales se encuentran en Zona Rural y Zona III del D.S. Nº38/11 del MMA, según los usos de suelo permitidos en el PRC de la comuna de Caldera. Además, se estimaron los niveles de ruido asociados a la ejecución del Proyecto, en escenarios desfavorables, cuyos valores se encuentran bajo los límites permisibles. Siendo los receptores más cercanos a la norma R3 y R4, para los cuales se planteó un monitoreo de ruido en receptores humanos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración del suelo. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto, además de actividades de compactación. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Alteración de la hidrogeología del sector por intercepción de cauces. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aguas superficiales. Parte, obra o acción que lo genera Equipos del Sistema BESS, Subestación Elevadora, Línea de Transmisión y caminos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Emisión de contaminantes atmosféricos. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente relacionadas con movimientos de tierra, construcción de las estructuras. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Alteración de Flora Vascular y Vegetación Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Alteración de fauna (incluye mamíferos, micromamíferos, reptiles, aves, amphibia, entre otras). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna. Parte, obra o acción que lo genera Intervención del área por faenas constructivas, operación del Sistema BESS, Subestación Elevadora y LAT. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5.2 y Tabla 6.2. Suelo Los suelos presentes en el polígono corresponden al Orden de los Aridisoles, su proceso de formación normalmente es en las zonas áridas en donde las reacciones físicas y químicas de alteración de las rocas se presentan con una menor intensidad que en las zonas húmedas donde la temperatura y precipitación favorecen muchos de estos procesos. La meteorización física es el principal proceso formador (expresado en las expansiones y contracciones térmicas de los constituyentes minerales del suelo a lo largo del día). Debido a lo anterior, el suelo no posee ninguna capacidad de sustentar un cultivo económicamente productivo ya que no posee ninguna opción de ser regado de manera artificial en la actualidad, y las limitantes químicas y físicas descritas anteriormente son difíciles de solucionar con manejos agronómicos. Si se toma a la Pauta para Estudios de Suelos (SAG,2011), se debe asociar a todos los suelos del área de estudio a una Capacidad de Uso de Suelo Clase VI. Respecto a la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad, se indica que este es dominado por la clase textural arenosa, lo que provoca un bajo almacenamiento de agua, teniendo un drenaje excesivo. No se evidencia actividad biológica debido a la falta de humedad y materia orgánica. Conforme a lo anterior, la intervención generada por las actividades de nivelación, compactación y excavación no producirá una pérdida en la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad, principalmente debido a las condiciones biológicas actuales del suelo, las cuales dan cuenta de nula actividad biológica debido a la falta de humedad, que se estima en un 5%, y materia orgánica considerada en un nivel muy bajo con un valor de 0,5%. Se ha estimado que la superficie de intervención total al suelo corresponderá a 35.424,41 m² (3,5 ha), lo cual corresponde al 24,65% respecto al área total del Proyecto. Aguas superficiales Conforme a los resultados de la caracterización, dada la distancia entre las aguas subterráneas y las obras del Proyecto (estructuras a 3,5 metros de profundidad y drenes de infiltración de PTAS), es que se descarta cualquier efecto adverso a la cantidad y calidad de las aguas subterráneas. Flora Para caracterizar la flora en el área de influencia se realizaron cuatro campañas correspondientes a las temporadas de otoño, invierno, primavera y verano, donde fue posible identificar 27 especies. Todas las especies registradas pertenecen solo la división Magnoliophyta. La clase con el mayor número de familias registradas corresponde a Magnoliopsida con 13 familias, seguida de la clase Liliopsida con 3 familias (Asparagaceae, Dioscoreaceae y Poaceae). Para las especies clasificadas con un nivel de amenaza que se encuentran dentro del área del Proyecto se realizó un microrruteo en toda el área de influencia. Los resultados de los microrruteos realizados, se exponen en el Apéndice VI Censo de especies en categoría de conservación y originarias del país (Anexo 4.1 de la Adenda). De acuerdo con las formaciones vegetales registradas e identificadas en el área de influencia del Proyecto, los métodos de muestreo ejecutados, y parcelas de medición; en virtud de las definiciones indicadas en la Ley N° 20.283, y su reglamento, se determinó la existencia de Formaciones xerofíticas que cumplirían con los requerimientos para la aplicación del permiso ambiental sectorial mixto del art. 151 del RSEIA. Estas formaciones corresponden a Zonas de vegetación muy escasa, es decir, con presencia de vegetación, pero con una cobertura menor al 5%, donde hay ejemplares de especies originarias del país, particularmente Skytanthus acutus. Estas áreas corresponden a 9 unidades cartográficas, que suman 4,25 ha en el área de influencia, de las cuales 1.16 ha están afectas al PAS 151 (ver Anexo 6.5 de la Adenda). Vegetación se determinó la cobertura de suelo, formaciones y tipos vegetales, junto con sus respectivas superficies. La vegetación es poco abundante, como en general es para la zona, con elementos de flora desarrollándose esporádicamente o en sitios puntuales, principalmente donde se evidencian escurrimientos superficiales de agua en temporadas favorables. Adicionalmente, los elementos de la vegetación presentan características de bajo vigor, secos, con morfología reducida, lo cual es propio de sus ciclos vitales en la zona. Fauna En el área de influencia se describen potencialmente 75 especies de vertebrados, distribuidos en: 2 especies de anfibios, 8 reptiles, 51 aves y 14 mamíferos. De acuerdo con los reconocimientos directos e indirectos de fauna hechos en terreno, se registró un total de 22 especies de vertebrados, las que se desglosan en 2 especies de reptiles, 8 mamíferos y 12 especies de aves. Se considera un descarte en la afectación de fauna, debido a la superficie acotada que presenta el área de BESS del Proyecto, mientras que el resto de la superficie a utilizar es de carácter lineal, correspondiente al área de la línea de transmisión.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identificaron impactos sobre grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3. El Proyecto no considera el reasentamiento de comunidades humanas, ni implica el desplazamiento o reubicación de grupos humanos que habiten en el área de emplazamiento o en su zona de influencia.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos sobre áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales y/o sitios prioritarios para la conservación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) No aplica. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4. El Proyecto no se emplaza en proximidad inmediata a Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI). La Comunidad Indígena Diaguita Emma Piñones Hijos de Juan Godoi, ubicada a aproximadamente 2 kilómetros al norte de las obras proyectadas, constituye el GHPPI más cercano, sin que exista superposición territorial ni afectación directa a sitios de significación cultural. De acuerdo con la ubicación geográfica del área del Proyecto, declarada en la DIA, éste no se encuentra cercano a Áreas Protegida de la Región de Atacama o algún Sitio Prioritario de conservación. Por lo tanto, el Proyecto y sus obras, no afectará glaciares, humedales ni territorios con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración valor paisajístico, visibilidad, calidad de paisaje. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor paisajístico Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Intervención con sitios de interés turístico. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor turístico Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5. No se ubican atractivos turísticos al interior del área de influencia del Proyecto (el Atractivo más cercano corresponde al Cementerio Laico de Caldera, ubicado a aproximadamente 4,3 km del área del Proyecto y a 1,42 km del área de influencia). Sobre la base de la delimitación del área de influencia, referido a la calidad visual que presenta el área y sobre la base de la evaluación de características de atributos biofísicos, estéticos y estructurales, se determinó que la calidad visual de la UP es baja. Sumado a lo anterior, en los puntos donde los observadores se encuentran cercanos a las partes y obras del Proyecto, en específico la Línea de Transmisión Eléctrica, se caracterizan por ser paisajes altamente intervenidos, con la presencia de infraestructura eléctrica preexistente, por lo que la instalación de las obras del Proyecto no generará un detrimento adicional al valor paisajístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración sobre componente paleontológico. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Alteración sobre componente arqueológico. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y obras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6. Paleontología Las obras y actividades del Proyecto se realizarán sobre unidades fosilíferas. Por lo tanto, con el propósito de evitar esto último, una vez iniciada las obras de construcción, se realizará un monitoreo paleontológico de las zonas con intervención (excavaciones, movimiento de material o cualquier manejo que altere el sitio paleontológico) en áreas fosilíferas; realización de charlas de capacitación paleontológica a los trabajadores del Proyecto para la difusión del protocolo antes hallazgos paleontológicos, y además de establecer un protocolo de hallazgos paleontológicos. Debido a lo anterior, se presenta el PAS 132 del RSEIA en el Anexo 6.1 de la Adenda. En este permiso, se indica que los hallazgos fosilíferos registrados en la prospección paleontológica de terreno y sujetos al PAS 132, corresponden a bioclastos de invertebrados marinos, los cuales se atribuyen a bivalvos, gastrópodos y cirrípedos. Este material presenta un estado de preservación deficiente a moderada con evidencias de procesos de abrasión y fragmentación. En base a lo anterior y en consideración de la baja superficie considerada por el proyecto, se descarta una posible afectación al componente paleontológico. Arqueología De acuerdo con la revisión de la base de datos del CMN realizada en el Anexo 2.12 sobre Caracterización del Patrimonio Cultural y Arqueológico de la DIA se evidencia que la comuna de Caldera presenta 4 monumentos nacionales con declaratoria actualizado hasta enero del 2024. De estos el más cercano se localiza a 2,5 km del área del Proyecto y corresponde al Cementerio Laico de Caldera (Código 00658_MH_03102) categorizado como Monumento Histórico. Debido a lo anterior, se confirma que el Proyecto no interviene o modifica ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra, excavaciones, cortes de taludes, desmontes.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 1846, de fecha 28 de marzo de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1, Capítulo 9.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica PTAS temporal y PTAS permanente. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 6103, de fecha 01 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2, Capítulo 9.

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o deposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Área de almacenamiento de residuos domiciliarios y asimilables, área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 6103, de fecha 01 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3, Capítulo 9.

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 6103, de fecha 01 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4, Capítulo 9.

6.1.5. Permiso para corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 53-EA/2025, de fecha 17 de junio de 2025, CONAF de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5, Capítulo 9.

6.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Línea de transmisión eléctrica (estructuras soportantes) y caminos de acceso (badenes). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 210, de fecha 24 de marzo de 2025, DGA de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.6, Capítulo 9.

6.1.7. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Pretil perimetral. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 210, de fecha 24 de marzo de 2025, DGA de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. A través de Of. Ord. N° 247, de fecha 16 de junio de 2025, DOH de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.7, Capítulo 9.

6.1.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Oficinas, comedores, caseta de control e ingreso, estanque de agua, baños, estacionamiento vehículos livianos, estacionamiento maquinaria, zona de descarga materiales, zona almacenamiento temporal de materiales, grupo electrógeno, baños químicos, sala de monitorio, bodegas de materiales, sala de servicios generales, bodega RESPEL, zona de almacenamiento residuos domiciliarios, sector de acopio residuos no peligrosos, bodega SUSPEL, salas eléctricas baterías, casetas servicios auxiliares, salas de baterías. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No aplica. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 000295, de fecha 24 de marzo de 2025, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. A través de Of. Ord. N° 144, de fecha 27 de marzo de 2025, SAG de la Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.8, Capítulo 9.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 144/1961, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción Se generarán emisiones a la atmósfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación se concentrarán por el tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, tránsito de vehículos por el movimiento de tierra (preparación de los caminos) y transporte de materiales (contenedores y otras estructuras), así como el funcionamiento de grupos electrógenos. Fase de Operación Se generarán emisiones muy reducidas, relacionadas principalmente a la circulación de vehículos menores para realizar labores de mantenimiento de la línea de transmisión y BESS. Fase de Cierre Las emisiones atmosféricas están asociadas al desmantelamiento de las instalaciones y al tránsito de vehículos, así como el funcionamiento de grupos electrógenos. Forma de cumplimiento - Se aplicará supresor de polvo biodegradable en los caminos internos no pavimentados del proyecto (solo fase de construcción y cierre). - Se exigirá a los contratistas que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados deban detener sus motores. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. - El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. - La mantención de la maquinaria será realizada de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Velocidad restringida para los vehículos, con una velocidad máxima de 30 km/h en caminos internos. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de aplicación de supresor de polvo biodegradable (solo fase de construcción y cierre). - Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. - Registro de señalética sobre restricción de velocidad. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado en obra quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta y registros de aplicación de supresor de polvo actualizados (solo fase de construcción y cierre). - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2 D.S. N° 144/1961, MINSAL.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S N° 4/1994, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos, transporte de trabajadores, materiales e insumos. Fase de Operación Se generarán bajas cantidades y concentraciones de gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención de la línea de trasmisión y BESS. Fase de Cierre Se generarán emisiones asociadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales, instalaciones desmanteladas y de residuos. Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados que serán utilizados durante la ejecución del Proyecto cumplirán con la norma de emisión vigente, tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán sus respectivas mantenciones periódicas. Respecto a la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado de revisión técnica al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Certificado de mantenciones, para la maquinaria que o requiera de revisión técnica. Forma de control y seguimiento - Periódicamente se revisarán los certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de mantenciones. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3, D.S N° 4/1994, MTT

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma D.S. N° 55/1994, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos, transporte de trabajadores, materiales e insumos. Fase de Operación Se generarán bajas cantidades y concentraciones de gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención de la línea de trasmisión y BESS. Fase de Cierre Se generarán emisiones asociadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales, instalaciones desmanteladas y de residuos. Forma de cumplimiento - Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S N° 54/1994, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación de emisiones se concentrarán en el tránsito de vehículos por transporte del personal, insumos y materiales. Fase de operación No se considera el uso de vehículos pesados dado que las mantenciones de la línea de trasmisión y BESS se proyectan únicamente con vehículos livianos. Fase de cierre Las principales fuentes de generación de emisiones se concentrarán en el tránsito de vehículos por traslado de materiales, desmantelamiento de instalaciones y residuos. Forma de cumplimiento - Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto contar con el permiso de circulación y la revisión técnica al día. - Los vehículos motorizados portarán el sello verde autoadhesivo que acredite la certificación relativa al cumplimiento de los límites de emisiones establecidos. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.F.L N° 1/2007, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos, transporte de trabajadores, materiales e insumos. Fase de Operación Se generarán bajas cantidades y concentraciones de gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención de la línea de trasmisión y BESS. Fase de Cierre Se generarán emisiones asociadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales, instalaciones desmanteladas y de residuos. Forma de cumplimiento - Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto contar con la revisión técnica al día. - Se exigirá para todos los vehículos motorizados pesados contar con mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Periódicamente se revisarán los registros y/o certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 211/1991, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos, transporte de trabajadores, materiales e insumos. Fase de Operación Se generarán bajas cantidades y concentraciones de gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención de la línea de trasmisión y BESS. Fase de Cierre Se generarán emisiones asociadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales, instalaciones desmanteladas y de residuos. Forma de cumplimiento Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 75/1987, MTT. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción Ante la eventualidad de que las actividades del Proyecto requieran de materiales e insumos enumerados en el Artículo 2 del presente cuerpo legal, estos serán transportados mediante carga cubierta. Fase de Operación La operación de la línea de trasmisión y BESS no requerirá de insumos u otro material que deba ser transportado de forma permanente. Fase de Cierre Las actividades el Proyecto que requerirán posiblemente de materiales e insumos enumerados en el Artículo 2 del presente cuerpo legal, los que transportados por las rutas de acceso al Proyecto. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre El Titular realizará el trasporte de los materiales señalados precedentemente, cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Raschel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga. - Cubierta, en la que conste: fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro disponible en las dependencias del proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 47/1992, MINVU Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas la partes y obras del Proyecto Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Se realizará aplicación de supresor de polvo biodegradable. - Todos los materiales serán trasladados con carga cubierta. - No se depositarán materiales y elementos de trabajo en el espacio público. - Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra. - Revisión e inspección de todos los vehículos y maquinarias utilizados durante la construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. - Registro de aplicación de supresor de polvo biodegradable. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre - Se asignará un encargado quien verificará los registros de aplicación de supresor de polvo biodegradable, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta y registros de aplicación de supresor de polvo en caminos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 138/2005, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción Durante la fase de construcción se utilizarán 2 grupos generadores de 20 kV y 4 grupos generadores de 60 kVA, en la instalación de faenas. Fase de Operación No se contempla la utilización de grupos electrógenos. Fase de Cierre Durante la fase de cierre se utilizarán 2 grupos generadores de 20 kV y 4 grupos generadores de 60 kVA, en la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Se declararán las emisiones correspondientes a los 6 grupos electrógenos que serán utilizados en la fase de construcción y en la fase de cierre del Proyecto. En efecto, se entregará anualmente al Ministerio del Medio Ambiente los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de grupos electrógenos, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento - Comprobante de inscripción en sistema de declaración F-138 a través de la Ventanilla Única del RETC, según las disposiciones de la Resolución Exenta N°1.139/2013 del MMA. - Registro Anual de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Registro Certificados de Declaración decepcionada conforme por la SEREMI de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma Decreto N° 279/1983, MINSAL Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción Las principales fuentes de generación se concentrarán en el tránsito de vehículos, transporte de trabajadores, materiales e insumos. Fase de Operación Se generarán bajas cantidades y concentraciones de gases de combustión de forma esporádica y reducida producto de tránsito de vehículos por labores de mantención de la línea de trasmisión y BESS. Fase de Cierre Se generarán emisiones asociadas al tránsito vehicular, relacionado al transporte de materiales, instalaciones desmanteladas y de residuos. Forma de cumplimiento Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día, con registro de las patentes respectivas de cada vehículo en ruta. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas Norma D.S. N° 38/2011, MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y a la construcción de las obras permanentes, entiéndase por estas; utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, trasporte de materiales, excavaciones, entre otras. Dichas actividades contemplan la utilización de retroexcavadoras, cargador frontal, camión grúa, generador eléctrico, camión mixer, camión tolva, camión aljibe, entre otras. Fase de Operación Se consideran como fuentes de ruido el módulo BESS, inversor, CT. Forma de cumplimiento Se identifican 11 receptores, de los cuales cuatro (4), a saber: R1, R2, R3 y R4, se encuentran fuera del límite urbano, en tanto, los receptores restantes se emplazan en la zona U-14 según PRC y zona III según el presente cuerpo normativo. Los niveles basales de ruido advierten que los niveles de presión sonora equivalente fluctúan entre 32,9 y 60,5 dB(A), en período diurno; y entre 31,5 y 49,2 dB(A), en período nocturno, donde las principales fuentes de ruido corresponden a Tránsito vehicular lejano y animales domésticos. De acuerdo con los antecedentes presentados en este Estudio de Ruido y Emisiones del Anexo 5.6.1 de la Adenda y sus resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y por lo tanto no generan riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en el Artículo 5 y 6 del Reglamento del SEIA (D.S Nº40/2012 del MMA). Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en Anexo 5.6.1 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el estudio de ruido y vibraciones en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas Norma D.S. N° 47/1992, MINVU. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento En cumplimiento de la norma, el Titular presentará a las Direcciones de Obras Municipales de la comuna de Caldera: a) Los horarios de funcionamiento de la obra. b) La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) El nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de carta conductora dirigida a la DOM, dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos y de la información a la que se refiere el punto anterior. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros y la copia de carta de entrega a la DOM disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Agua en cauces naturales. Norma Res. N° 135, DGA Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto cuenta con un total de 13 cruces y 5 obras puntuales; los cuales corresponden a badenes de camino contra el suelo natural compactado, para su anclaje sobre cauces (camino de acceso) y 5 estructuras reticuladas soportantes de la línea de alta tensión (obras puntuales) que intervienen a las quebradas del Corralillo (estructuras N°4 y N°5) y Quebradas sin nombre (estructuras N°12, N°14 y N°16). Estas tienen una profundidad de fundación de 3,5 m y llegan hasta los 23,8 m de altura y les aplica el PAS 156 (Anexo 6.6 de la Adenda). Por otra parte, se considera la construcción de un pretil perimetral proyectado en la zona de inundación de la quebrada del Corralillo (Q1), el cual tiene como finalidad defender y desviar el agua de los brazos secundarios de dicha quebrada. Este pretil tiene una longitud total de principio a fin de 766 m, aproximadamente, una altura constante de 1,0 m y aplica al PAS 157 (Anexo 6.7 de la Adenda). Forma de cumplimiento Las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas durante la etapa de construcción de las obras del PAS 156 son las siguientes: - Evitar el manejo y derrame de sustancias como aceites, petróleo, gasolina, grasas en el sector de las quebradas. - A las maquinarias que se utilizarán en la construcción, se les realizarán chequeos periódicos de sus empaquetaduras y sellos, así como sus revisiones técnicas de tal manera de evitar botar aceites, grasas u otros elementos contaminantes a los cauces. - En caso de producirse una contaminación en la zona de emplazamientos de las obras, se procederá rápidamente a sacar la tierra contaminada del lecho del cauce y trasladarla al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un relleno autorizado por la Autoridad competente. El plan de seguimiento de la calidad de las aguas de los cauces a los cuales se construyan e implementen obras del tipo estructuras soportantes (obras puntuales) y obras de atravieso (badenes) se realizará a través de mediciones de parámetros de calidad de agua tanto aguas arriba como aguas debajo de las obras. Se considera disponer de dos puntos de medición de calidad de agua, uno 10 m aguas arriba de las obras y otro 10 m aguas abajo de las obras para cada uno de los cauces intervenidos. Así en se dispondrán de un total de 30 puntos de medición de calidad de agua. Los parámetros por monitorear serán los indicados en la norma NCh 1.333, en especial los requisitos de agua destinados para la vida acuática. En el caso del pretil perimetral se considerarán las siguientes acciones: - La construcción de la obra se realizará durante periodos secos, reduciendo al mínimo la probabilidad de generación de escorrentía en la quebrada intervenida. Para ello se revisará de manera periódica el pronóstico de precipitaciones, con el objetivo de programar adecuadamente las distintas actividades asociadas a la construcción de las obras. - Evitar el derrame de sustancias como aceites, petróleo, gasolina, grasas de todo equipo o maquinarías que participen en la etapa de construcción. - Se prohibirá el depósito de residuos sobre los cursos de agua eventuales, estos serán dispuestos en los sitios que sean aprobados sectorialmente, los que estarán debidamente habilitados para tales efectos. De esta manera se impide el escurrimiento de sustancias contaminantes que pudieran afectar la calidad de las aguas en la quebrada de la zona del Proyecto. - Se prohibirá cualquier tipo de reparación y/o mantención de vehículos y/o maquinarias dentro de los deslindes del Proyecto o en algún cauce dentro de la zona de estudio. - Las maquinarias que se utilizarán en la construcción deberán contar con su revisión técnica al día. Además, se les realizarán chequeos periódicos de sus empaquetaduras y sellos, de tal manera de evitar botar aceites, grasas u otros elementos contaminantes al lecho de los cauces. En caso de producirse una contaminación en la zona de emplazamientos de las obras, se procederá rápidamente a sacar la tierra contaminada del lecho del cauce y trasladarla al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un relleno autorizado por el Servicios de Salud para estos fines. Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución de Aprobación del Proyecto de modificación de cauce (PAS 156). - Resolución de Aprobación del Proyecto de obra de defensa (PAS 157). - Copia de recepción definitiva de obras de modificación de cauce. Forma de control y seguimiento Copia de autorizaciones otorgadas por la DGA disponibles en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma D.F.L. N° 1.122. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto cuenta con un total de 10 cruces, los cuales corresponden a badenes de camino contra el suelo natural compactado, para su anclaje sobre cauces (camino de acceso) y 11 estructuras reticuladas soportantes de la línea de alta tensión (obras puntuales) que intervienen a las quebradas del Corralillo (estructuras N°1 a la N°6) y Quebradas sin nombre (estructuras N°8, N°13, N°14, N°16 y N°18). Estas tienen una profundidad de fundación de 3,5 m y llegan hasta los 23,8 m de altura y les aplica el PAS 156 (Anexo 6.6 de la Adenda). Por otra parte, se considera la construcción de un pretil perimetral proyectado en la zona de inundación de la quebrada del Corralillo (Q1), el cual tiene como finalidad defender y desviar el agua de los brazos secundarios de dicha quebrada. Este pretil tiene una longitud total de principio a fin de 766 m, aproximadamente, una altura constante de 1,0 m y aplica al PAS 157 (Anexo 6.7 de la Adenda). Forma de cumplimiento Las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas durante la etapa de construcción de las obras del PAS 156 son las siguientes: - Evitar el manejo y derrame de sustancias como aceites, petróleo, gasolina, grasas en el sector de las quebradas. - A las maquinarias que se utilizarán en la construcción, se les realizarán chequeos periódicos de sus empaquetaduras y sellos, así como sus revisiones técnicas de tal manera de evitar botar aceites, grasas u otros elementos contaminantes a los cauces. - En caso de producirse una contaminación en la zona de emplazamientos de las obras, se procederá rápidamente a sacar la tierra contaminada del lecho del cauce y trasladarla al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un relleno autorizado por la Autoridad competente. El plan de seguimiento de la calidad de las aguas de los cauces a los cuales se construyan e implementen obras del tipo estructuras soportantes (obras puntuales) y obras de atravieso (badenes) se realizará a través de mediciones de parámetros de calidad de agua tanto aguas arriba como aguas debajo de las obras. Se considera disponer de dos puntos de medición de calidad de agua, uno 10 m aguas arriba de las obras y otro 10 m aguas abajo de las obras para cada uno de los cauces intervenidos. Así en se dispondrán de un total de 30 puntos de medición de calidad de agua. Los parámetros por monitorear serán los indicados en la norma NCh 1.333, en especial los requisitos de agua destinados para la vida acuática. En el caso del pretil perimetral se considerarán las siguientes acciones: - La construcción de la obra se realizará durante periodos secos, reduciendo al mínimo la probabilidad de generación de escorrentía en la quebrada intervenida. Para ello se revisará de manera periódica el pronóstico de precipitaciones, con el objetivo de programar adecuadamente las distintas actividades asociadas a la construcción de las obras. - Evitar el derrame de sustancias como aceites, petróleo, gasolina, grasas de todo equipo o maquinarías que participen en la etapa de construcción. - Se prohibirá el depósito de residuos sobre los cursos de agua eventuales, estos serán dispuestos en los sitios que sean aprobados sectorialmente, los que estarán debidamente habilitados para tales efectos. De esta manera se impide el escurrimiento de sustancias contaminantes que pudieran afectar la calidad de las aguas en la quebrada de la zona del Proyecto. - Se prohibirá cualquier tipo de reparación y/o mantención de vehículos y/o maquinarias dentro de los deslindes del Proyecto o en algún cauce dentro de la zona de estudio. - Las maquinarias que se utilizarán en la construcción deberán contar con su revisión técnica al día. Además, se les realizarán chequeos periódicos de sus empaquetaduras y sellos, de tal manera de evitar botar aceites, grasas u otros elementos contaminantes al lecho de los cauces. En caso de producirse una contaminación en la zona de emplazamientos de las obras, se procederá rápidamente a sacar la tierra contaminada del lecho del cauce y trasladarla al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un relleno autorizado por el Servicios de Salud para estos fines. Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución de Aprobación del Proyecto de modificación de cauce (PAS 156). - Resolución de Aprobación del Proyecto de obra de defensa (PAS 157). - Copia de recepción definitiva de obras de modificación de cauce. Forma de control y seguimiento Copia de autorizaciones otorgadas por la DGA disponibles en la IF. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.15.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma D.F.L. N° 725/1967, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, durante todas sus fases, contempla la habilitación de sitios y bodegas de almacenamiento temporal de residuos, ya sean peligrosos o no peligrosos (RSINP y RSD). Específicamente, se contará con: - Un sector de acopio de RSINP, el que se encontrará un costado de la instalación de faenas (este). - Una zona de almacenamiento de RSD, la que se encontrará emplazada al norte del sector de acopio de RSINP. - Una bodega RESPEL al interior de la instalación de faena, la que mantendrá dicha ubicación en las fases de construcción, operación y cierre. - Una bodega RESPEL para racks de Baterías, la que se habilitará en el costado este de la instalación de faena. - Para mayores antecedentes ver Anexo 6.3 de la Adenda sobre PAS 140 y Anexo 6.4 de la Adenda sobre PAS 142. Forma de cumplimiento - Los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos serán enviados a la Bodega Temporal para tales residuos, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado para su disposición final. - Los residuos peligrosos serán enviados a la Bodega RESPEL en la cual se podrán almacenar por un periodo máximo de 6 meses, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado para su disposición final. - Se harán inspecciones que corroboren la correcta segregación de los residuos y la capacidad de almacenamiento. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación sectorial del PAS 140 y 142. - Aprobación y autorización sanitaria del lugar de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos. - Registro de retiro de residuos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. - Registro de retiro de residuos sólidos peligrosos - Autorización sanitaria de empresa encargada para retiro de residuos industriales no peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada para retiro de residuos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada del transporte de residuos peligrosos y no peligrosos. Forma de control y seguimiento - Copia de RCA. - Copia registro de retiro de residuos peligrosos y no peligrosos. - Copia Autorización sanitaria para retiro de residuos industriales no peligrosos del predio. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.16.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma D.S. N° 594/1999, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto, durante todas sus fases, contempla la habilitación de sitios y bodegas de almacenamiento temporal de residuos, ya sean peligrosos o no peligrosos (RSINP y RSD). Para mayores antecedentes ver Anexo 6.3 de la Adenda sobre PAS 140 y Anexo 6.4 de la Adenda sobre PAS 142. Forma de cumplimiento - Los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos serán enviados a la Bodega Temporal de Residuos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado para su disposición final. - Los residuos peligrosos serán enviados a la Bodega RESPEL, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado para su disposición final. - Se harán inspecciones que corroboren la correcta segregación de los residuos y la capacidad de almacenamiento. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación sectorial del PAS 140 y 142. - Aprobación y autorización sanitaria del lugar de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos. - Registro de retiro de residuos domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. - Registro de retiro de residuos sólidos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada para retiro de residuos industriales no peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada para retiro de residuos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada del transporte de residuos peligrosos y no peligrosos. - Registro de inspección periódica de las áreas de segregación. Forma de control y seguimiento - Copia de RCA. - Copia registro de retiro de residuos peligrosos y no peligrosos. - Copia Autorización sanitaria para retiro de residuos peligrosos e industriales no peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.17.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma D.S. N° 148/2003, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación y funcionamiento de dos (2) Bodegas de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos. Una (1) emplazada al interior de la Instalación de Faenas y otra, al costado este de la IF. Esta última bodega estará destinada solo al almacenamiento temporal de racks de baterías BESS. Ambas bodegas tienen carácter permanente, por lo que se encontrarán habilitadas en todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento - Los residuos peligrosos serán enviados a las respectivas Bodegas RESPEL, donde se podrán almacenar por un periodo máximo de 6 meses, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado para su disposición final. - Se harán inspecciones que corroboren la correcta segregación de los residuos y la capacidad de almacenamiento. Indicador que acredita su cumplimiento - Aprobación sectorial del PAS 142. - Aprobación y autorización sanitaria de los lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. - Registro de retiro de residuos sólidos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada para retiro de residuos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada del transporte de residuos peligrosos. - Registro de inspección periódica del área de segregación. Forma de control y seguimiento - Copia de RCA. - Copia registro de retiro de residuos peligrosos. - Copia autorización sanitaria para retiro de residuos peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.18.

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma D.S. N° 1/2013, MMA. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán residuos peligrosos y no peligrosos producto de las obras, acciones y actividades de la línea de transmisión y BESS, los que se almacenarán temporalmente en la bodega específica para cada residuo. Para mayores antecedentes ver Anexo 6.3 de la Adenda sobre PAS 140 y Anexo 6.4 de la Adenda sobre PAS 142. Forma de cumplimiento Anualmente se declararán residuos a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento - Comprobante de inscripción en sistema de ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N°1.139/2013 MMA que aprueba Norma Básica para aplicación del Reglamento del RETC. - Certificado de Declaración de residuos en el sistema sectorial correspondiente (SINADER y SIDREP). - Archivo en donde consten los “Certificados de Declaración con recepción conforme”. - Declaración jurada anual. Forma de control y seguimiento - Copia comprobante de inscripción en sistema de ventanilla única RETC. - Copia declaración de residuos SINADER y SIDREP. - Copia Certificados de Declaración con recepción conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.19.

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma Ley N° 20.920/2016, MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la generación de “Aparatos eléctricos y electrónicos” y “Envases y embalajes” en todas las fases del Proyecto, cuyo el manejo y disposición será realizado como residuo industrial, informando a la Autoridad la cantidad generada y lugar de disposición final mediante la ventanilla única del RETC. Forma de cumplimiento El Titular se compromete a cumplir la obligación de informar a la Autoridad, todas las obligaciones derivadas del Articulo 2 de la presente Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Se informará a la Autoridad la cantidad generada y lugar de disposición final mediante la ventanilla única del RETC (D.S. N°1/2013 MMA), para lo cual: - Ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N°1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. - Obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Realizará la declaración de emisiones pertinentes. - Mantendrá el registro generado por el sistema. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Se registrarán los comprobantes de la declaración. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.20.

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma D.S. N° 12/2020, MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se prevé generación de residuos sólidos industriales no peligrosos, asociados principalmente a sobrantes de tornillos, cables, restos de embalaje, entre otros. Dichos residuos serán almacenados temporalmente dentro de contenedores metálicos, los que se encontrarán al interior de un sitio de acopio habilitado especialmente para este propósito. Para más información, en el Anexo 6.3 de la Adenda, se entregan los requerimientos técnicos y formales estipulados en el artículo 140 del D.S. N°40/2012, modificado por D.S. N°30/2023, para la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial N°140 para el almacenamiento transitorio de RSINPRSD. Forma de cumplimiento El Proyecto, en todas sus fases, valorizará los residuos con un porcentaje igual o mayor al que se estipula en los art 21 y 23 de dicho decreto (sobre metas de valorización de residuos domiciliarios y no domiciliarios, respectivamente). Para los demás residuos que no cuenten aún con un decreto que establezca metas de recolección y valorización, se maximizarán los esfuerzos de reutilización y reciclaje de acuerdo con las mejores técnicas disponibles y mejores prácticas ambientales posibles. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de inspección de patio de salvataje y bodega de RESPEL. - Se adoptará la medida de separación en origen de los residuos para facilitar el reciclaje de la porción valorizable y disminuir, de esta forma, la disposición final en relleno controlado. - Registro del retiro de los productos por parte de recolectores que cuenten con la debida autorización sanitaria en lugares de disposición final de residuos. - Registro de las autorizaciones sanitarias de los transportistas. Forma de control y seguimiento Los registros de indicadores de cumplimiento se encontrarán disponibles para su revisión, en las oficinas administrativas del Proyecto, cuando la autoridad lo solicite para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.21.

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma D.F.L. N° 725/1967, MINSAL. Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con drenes de infiltración a un costado de la Instalación de Faenas en fase de construcción y aquella ubicada en el costado oeste de la subestación elevadora en fase de operación. En tanto, para la fase de cierre se contempla el uso exclusivo de baños químicos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles para la construcción de la LAT y se habilitará una PTAS con drenes de infiltración para la construcción del sistema BESS. La capacidad de operación de la PTAS será de 6,3 m3, cifra compatible con la dotación de personal que trabajará diariamente en la IF considerando un consumo aproximado de 150 l/día. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Fase de Operación - Para los servicios sanitarios se considera la implementación de una PTAS con drenes de infiltración, la cual estará acoplada a los baños. Su disposición provisoria será mediante el retiro de lodos y drenes de infiltración al suelo. - La capacidad de operación de la PTAS propuesta será de 3,0 m3 aproximadamente, considerando una demanda máxima de 5 trabajadores/día, con un consumo de 150 l/día. Es importante señalar que la cantidad de trabajadores será esporádica, ya que la Línea de transmisión y BESS será operada de forma remota. Fase de Cierre - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles e instalación de faenas. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Los antecedentes técnicos para dichas PTAS se indican en Anexo 6.2 de la Adenda sobre el PAS 138. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. - Registro limpieza de lodos y efluente de la PTAS. - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). Fase de Operación - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). - Registro limpieza de lodos y efluente de la PTAS. Fase de cierre - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. Forma de control y seguimiento Copia disponible en la Instalación de faenas de la RCA, resoluciones sanitarias, comprobantes de limpieza de baños químicos y PTAS, certificados sanitarios de sectores de disposición final de aguas servidas disponibles para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.22.

7.22. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma D.S. N° 594/1999, MINSAL. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con drenes de infiltración a un costado de la Instalación de Faenas en fase de construcción y aquella ubicada en el costado oeste de la subestación elevadora en fase de operación. En tanto, para la fase de cierre se contempla el uso exclusivo de baños químicos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles para la construcción de la LAT y se habilitará una PTAS con drenes de infiltración para la construcción del sistema BESS. La capacidad de operación de la PTAS será de 6,3 m3, cifra compatible con la dotación de personal que trabajará diariamente en la IF considerando un consumo aproximado de 150 l/día. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Fase de Operación - Para los servicios sanitarios se considera la implementación de una PTAS con drenes de infiltración, la cual estará acoplada a los baños. Su disposición provisoria será mediante el retiro de lodos y drenes de infiltración al suelo. - La capacidad de operación de la PTAS propuesta será de 3,0 m3 aproximadamente, considerando una demanda máxima de 5 trabajadores/día, con un consumo de 150 l/día. Es importante señalar que la cantidad de trabajadores será esporádica, ya que la Línea de transmisión y BESS será operada de forma remota. Fase de Cierre - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles e instalación de faenas. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Los antecedentes técnicos para dichas PTAS se indican en Anexo 6.2 de la Adenda sobre el PAS 138. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. - Registro limpieza de lodos y efluente de la PTAS. - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). Fase de Operación - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). - Registro limpieza de lodos y efluente de la PTAS. Fase de cierre - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. Forma de control y seguimiento Copia disponible en la Instalación de faenas de la RCA, resoluciones sanitarias, comprobantes de limpieza de baños químicos y PTAS, certificados sanitarios de sectores de disposición final de aguas servidas disponibles para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.23.

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma D.S. N° 236/1926, Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica PTAS con drenes de infiltración a un costado de la Instalación de Faenas en fase de construcción y aquella ubicada en el costado oeste de la subestación elevadora en fase de operación. En tanto, para la fase de cierre se contempla el uso exclusivo de baños químicos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles para la construcción de la LAT y se habilitará una PTAS con drenes de infiltración para la construcción del Sistema BESS. - La capacidad de operación de la PTAS será de 6,3 m3, cifra compatible con la dotación de personal que trabajará diariamente en la IF considerando un consumo aproximado de 150 l/día. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Fase de Operación - Para los servicios sanitarios se considera la implementación de una PTAS con drenes de infiltración, la cual estará acoplada a los baños. Su disposición provisoria será mediante el retiro de lodos y drenes de infiltración al suelo. La capacidad de operación de la PTAS propuesta será de 2,2 m3 aproximadamente, considerando una demanda máxima de 5 trabajadores/día, con un consumo de 150 l/día. Es importante señalar que la cantidad de trabajadores será esporádica, ya que la Línea de transmisión y BESS será operada de forma remota. Fase de Cierre - El Proyecto generará aguas servidas en función de la mano de obra que se proyecta, por lo que, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles e instalación de faenas. - La disposición final de los efluentes provenientes de las duchas y lavamanos será gestionada a través de una empresa autorizada, la cual retirará los residuos líquidos hacia un destinatario autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. - Registro limpieza de lodos y efluente de las PTAS. - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). Fase de Operación - Aprobación sectorial del PAS 138. - Autorización sanitaria sistema de PTAS otorgada de forma sectorial (post RCA). - Registro limpieza de lodos y efluente de las PTAS. Fase de Cierre - Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. - Registro limpieza de baños químicos. - Autorización sanitaria sitio disposición final aguas servidas baños químicos. Forma de control y seguimiento Copia de la RCA disponible en la sala de monitoreo, al interior de la subestación eléctrica resoluciones sanitarias, comprobantes de limpieza de baños químicos y PTAS, certificados sanitarios de sectores de disposición final de aguas servidas disponibles para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.24.

7.24. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte Norma D.F.L. N° 850/1998, MOP. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales, insumos, sustancias y residuos. Por otra parte, Forma de cumplimiento El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo con los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo con el vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Por otra parte, no se ocuparán las vías públicas como estacionamiento evitando atochamientos y atascos en las rutas. En tanto, el Proyecto considera un atravieso en la Ruta 5, debido al trazado de la línea de alta tensión proyectada. Asimismo, el sistema de almacenamiento BESS requerirá solicitar factibilidad de acceso en la Ruta 5 y en la Ruta C-351. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas mediante el controlador de acceso. - Comprobante de Resolución Exenta (RE) aprobatoria de uso de la faja vial de camino público. - Certificado de correcta ejecución de obra (atravieso). - Resolución favorable de solicitud de acceso a Ruta 5 y Ruta C-351. Forma de control y seguimiento - Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. - Mantener registro de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas. - Se mantendrá una copia física de la RE que aprueba, emitida por la Dirección de Vialidad, el proyecto de atravieso de faja vial de camino público. Dicha copia se encontrará disponible en la instalación de faena durante la construcción y cierre del Proyecto, y en la sala de monitoreo durante la fase de operación, ante una eventual fiscalización por parte de la Autoridad. - Se mantendrá una copia física de la resolución favorable de solicitud de acceso a Ruta 5 y Ruta C-351. Dicha copia se encontrará disponible en la instalación de faena durante la construcción y cierre del Proyecto, y en la sala de monitoreo durante la fase de operación, ante una eventual fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.25.

7.25. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma Decreto N° 43/2015, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica En la fase de operación, las sustancias peligrosas, serán utilizadas en pequeñas cantidades, específicamente será empleados para la mantención de equipos de la subestación elevadora del Proyecto. Pese a que no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas, durante la fase de operación se habilitará una bodega SUSPEL, de 20 m” de superficie, donde se podrá almacenar, de manera transitoria y solo si es estrictamente necesario, sustancias que se utilicen en mantenciones. Las características constructivas y la forma de almacenamiento cumplirán con lo establecido en el Párrafo II del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Cualquier insumo que sea requerido para el correcto desarrollo de las actividades de mantenimiento, deberá ser proporcionado por la empresa externa a cargo de dichas labores (empresas contratistas). Lo anterior quedará estipulado en los contratos de trabajo que se elaborarán para las contratistas, donde además se establecerá la restricción de almacenar productos o sustancias químicas en las instalaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Cada 3 meses se inspeccionará la bodega de sustancias peligrosas. La inspección tendrá en consideración lo siguiente: - Verificación de existencia de sistema de control de derrames (paños, arena, bandejas, etc.) y estado de este. - Verificación de existencia de extintores manuales compatibles con los productos almacenados, en cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento conforme a lo indicado en el D.S. N°594/2000 del Ministerio de Salud. - Verificación de que la cantidad de sustancias no sobrepasen los 600 kg o l, y que, además, se cumple con límites de cantidades máximas por clase y división de peligro. - Verificación de que envases menores o iguales a 5 kg o l, y los de vidrio, se almacenen en estanterías que cumplan con los requisitos del Art. 23 del D.S. N°43/2016 del MINSAL. - Verificación de que la estantería cuente con la señalización de peligro de las sustancias que almacena conforme con la NCh. 2190/2003. - Verificación de la existencia de las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias que se almacenen. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros los que se mantendrán en la instalación de faenas para estar disponibles en caso de auditorías y/o fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.27

7.26. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma D.S. N° 160/2008, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Debido a que el Proyecto utilizará combustibles en las Instalaciones de Faena, se ha considerado provisión por empresa autorizada, mediante camión surtidor de combustible, para abastecer a los grupos generadores, máquinas y equipos estacionarios o de baja movilidad en un área de abastecimiento. No se ha considerado el almacenamiento de combustibles y/o lubricantes en las Instalaciones de Faena. Los vehículos livianos como camionetas, furgones, mini-buses y camiones que serán utilizados para el transporte de personal y materiales entre otros, se abastecerán en los centros de servicios existentes en la comuna. El consumo de combustible previsto para la ejecución de las obras de construcción y cierre del proyecto será abastecido en servicentros locales y a través de camión surtidor de combustibles. Forma de cumplimiento - Habilitación y uso del área de carga de combustible en la instalación de faenas. Cabe recalcar que, dicha área se encuentra distante de los cauces naturales intermitentes y de vías de escurrimiento de agua, evitando, de esta forma, cualquier tipo de contaminación por derrame de hidrocarburos sobre cuerpos o cursos de agua. - Capacitaciones del procedimiento de carguío de combustible. - Se aplicarán las consideraciones técnicas y de seguridad que establezca la normativa. - Copia de autorizaciones y resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) asociado a la empresa distribuidora. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de habilitación y uso del área de carga de combustible en la instalación de faenas. - Se exigirá y mantendrá copia las autorizaciones y resoluciones de la SEC asociado a la empresa distribuidora, que abastezca de combustible. - Registro de capacitaciones del procedimiento de carguío de combustible Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones, autorizaciones y certificaciones obtenidas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.28.

7.27. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma D.S. N° 57/2019, MINSAL. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica En la fase de operación, las sustancias peligrosas, serán utilizadas en pequeñas cantidades, específicamente será empleados para la mantención de equipos de la subestación elevadora del Proyecto. Pese a que no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en ninguna de las fases del Proyecto, durante la fase de operación se habilitará una bodega SUSPEL, de 20 m2 de superficie, donde se podrá almacenar, de manera transitoria y solo si es estrictamente necesario, sustancias que se utilicen en mantenciones. Las características constructivas y la forma de almacenamiento cumplirán con lo establecido en el Párrafo II del D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Cualquier insumo que sea requerido para el correcto desarrollo de las actividades de mantenimiento, deberá ser proporcionado por la empresa externa a cargo de dichas labores (empresas contratistas). Lo anterior quedará estipulado en los contratos de trabajo que se elaborarán para las contratistas, donde además se establecerá la restricción de almacenar productos o sustancias químicas en las instalaciones del Proyecto. Se solicitará al proveedor que, cada sustancia peligrosa que sea adquirida deberá tener su Hojas de Datos de Seguridad (HDS), así como su correspondiente etiquetado, claro y legible, tal como lo establece el presente cuerpo normativo. Las HDS se presentan en el Anexo 7.2 de la Adenda. Durante la fase de operación, y solo si corresponde, las sustancias que eventualmente serán almacenadas, se considerará las características y criterios de peligrosidad de cada sustancia almacenada, evitando, de esta forma, reacciones no previstas que generen contaminación y/o daño a la salud de la población como al medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Cada 3 meses se inspeccionará la bodega de sustancias peligrosas. La inspección tendrá en consideración lo siguiente: - Verificación de existencia de sistema de control de derrames (paños, arena, bandejas, etc.) y estado de este. - Verificación de existencia de extintores manuales compatibles con los productos almacenados, en cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento conforme a lo indicado en el D.S. N°594/2000 del Ministerio de Salud. - Verificación de que la cantidad de sustancias no sobrepasen los 600 kg o l, y que, además, se cumple con límites de cantidades máximas por clase y división de peligro. - Verificación de que envases menores o iguales a 5 kg o l, y los de vidrio, se almacenen en estanterías que cumplan con los requisitos del Art. 23 del D.S. N°43/2016 del MINSAL. - Verificación de que la estantería cuente con la señalización de peligro de las sustancias que almacena conforme con la NCh. 2190/2003. - Verificación de la existencia de las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias que se almacenen. Forma de control y seguimiento Verificación de los respectivos registros los que se mantendrán en la instalación de faenas para estar disponibles en caso de auditorías y/o fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.29.

7.28. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.F.L. N° 4/2007, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a instalaciones de almacenamiento y transmisión de energía eléctrica contempladas en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular se encargará de mantener las instalaciones del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que estable la Ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones de manera tal de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente e infraestructura. Además, se informará oportunamente a la SEC la puesta en servicio de las obras del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones autorizadas por la SEC. Forma de control y seguimiento Registro de certificaciones obtenidas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.30.

7.29. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Ley N° 20.936/2016, Ministerio de Energía. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a instalaciones de almacenamiento y transmisión de energía eléctrica contempladas en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular se encargará de mantener las instalaciones del Proyecto, en conformidad con las prescripciones que estable la Ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones de manera tal de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente e infraestructura. Además, se informará oportunamente a la SEC la puesta en servicio de las obras del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones autorizadas por la SEC. Forma de control y seguimiento Registro de certificaciones obtenidas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.31.

7.30. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 327/1998, Ministerio de Minería. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a instalaciones de almacenamiento y transmisión de energía eléctrica contempladas en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular tramitará los permisos correspondientes para la instalación y operación de la Línea de transmisión y BESS, según lo indicado en la normativa. Asimismo, previa puesta en servicios de las obras, estas serán debidamente comunicadas a la autoridad competente, considerando las exigencias y plazos indicados por la presente norma. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de permisos respectivos para el funcionamiento general del Proyecto. Forma de control y seguimiento Tramitación, certificación y obtención de documentos que acrediten el funcionamiento en estricto cumplimiento de los parámetros obtenidos por la presente norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.32.

7.31. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 1.261/1957, Ministerio del Interior. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto no presenta puntos de cruce entre tendidos de corriente fuerte, pero sí se contemplan paralelismos con respecto a LAT existente en Ruta C351, desde la postación 9 a la 18 por aproximadamente 1,6 km. En cuanto a la infraestructura ferroviaria, se aclara que el Proyecto no contempla el cruce ni paralelismo al trazado de la red, siendo la más cercana al proyecto el Ramal Toledo-Calera a 1,7 km en línea recta. Forma de cumplimiento En caso de paralelismo se deberá cumplir con la distancia entre conductores y conductores de mayor tensión deberán, colocarse por encima de los otros de menor tensión. Las LAT en lo posible deben ser colocadas por encima de las líneas de baja tensión. Indicador que acredita su cumplimiento - Registros de vías de comunicación previo a la construcción de postaciones con los propietarios de las líneas aéreas existentes (de aplicar los que no son tutela del Titular). - Registros del posicionamiento de las torres, con respecto a los paralelismos de corrientes fuertes y débiles. Forma de control y seguimiento - Comunicación previa y durante la construcción de postaciones con los propietarios de las líneas aéreas existentes (de aplicar). - Inspección y registro del posicionamiento de las torres, con respecto a los paralelismos de corrientes fuertes y débiles. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.33.

7.32. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 4.188/1995, Ministerio del Interior. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica en la utilización de instalaciones de almacenamiento y transmisión de energía eléctrica contempladas en el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular tramitará los permisos correspondientes para la instalación y operación de la Línea de transmisión y Sistema BESS, según lo indicado en la normativa. Asimismo, previa puesta en servicios de las obras, estas serán debidamente comunicadas a la autoridad competente, considerando las exigencias y plazos indicados por la presente norma. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de permisos respectivos para el funcionamiento general del Proyecto. - Comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio. Forma de control y seguimiento Tramitación, certificación y obtención de documentos que acrediten el funcionamiento en estricto cumplimiento de los parámetros obtenidos por la presente norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.34.

7.33. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.F.L. N° 4/20.018. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Subestación eléctrica elevadora y línea de alta tensión. Forma de cumplimiento Se solicitará a la autoridad competente la aprobación de las nuevas instalaciones. Asimismo, las nuevas instalaciones de generación eléctrica serán diseñadas e instaladas de acuerdo con la normativa de la SEC, y serán registradas y poseerán todos los elementos de seguridad adecuados de acuerdo con las normas técnicas aplicables Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de registro de instalación según estándar SEC. Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones disponibles para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.35.

7.34. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 327/1997, Ministerio de Minería. Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Subestación eléctrica elevadora y línea de alta tensión. Forma de cumplimiento El Proyecto cumplirá en todo momento con los requisitos legales, reglamentarios y demás normas técnicas del citado reglamento, de manera de cautelar la seguridad de las personas y sus bienes, el respeto a la propiedad privada y contribuir a la preservación del entorno natural en que se inserta. Antes de poner en servicio el Proyecto y sus partes, éste será comunicado a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acompañando todos los antecedentes requeridos. Indicador que acredita su cumplimiento - Aviso a la SEC sobre la puesta en servicio de las obras de transmisión del Proyecto. - Registro de mantenciones correctivas y preventivas realizadas a las instalaciones del Proyecto. - Certificado de cualificación eléctrica de categoría de instalador autorizado del personal especialista del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registros de los certificados o documentos técnicos disponibles en la sala de servicios generales durante la fase de operación del Proyecto ante posibles fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.36.

7.35. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Res. Ex. N° 610/1982, Ministerio del Interior. Otros cuerpos legales D.S. N° 327/1997 del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto no considera el empleo de transformadores con bifenilos policlorados (PCB) como fluido dieléctrico. Estos serán aislados en seco, o bien con aceite dieléctrico libre de tales sustancias. Forma de cumplimiento Uso de equipos eléctricos libres de PCB. Indicador que acredita su cumplimiento Especificaciones técnicas y certificaciones de los equipos a utilizar por el Proyecto. Forma de control y seguimiento Registros de los certificados o documentos técnicos disponibles en la sala de servicios generales durante la fase de operación del Proyecto ante posibles fiscalizaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.37.

7.36. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 109/2018, Ministerio de Energía. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Subestación eléctrica elevadora, sistema de almacenamiento BESS y línea de alta tensión. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con un programa de monitoreo y mantenciones preventivas de las instalaciones eléctricas, y un procedimiento para desmantelar las instalaciones cuando se identifique que puedan constituir un peligro para las personas o las cosas. Este procedimiento se elaborará en conformidad con la normativa vigente. Se contará además con un procedimiento de comunicación a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en caso de accidentes e incidentes relacionados con la operación de los equipos e instalaciones eléctricos del Proyecto. Esta comunicación y los informes que se envíen a la Superintendencia contendrán la información que se especifica en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá una copia disponible del procedimiento para desmantelar instalaciones eléctricas en caso de constituir un peligro para las personas o las cosas en las oficinas del Proyecto. - Copia de la comunicación a la SEC en caso de accidentes e incidentes, y del envío de informes requeridos. Forma de control y seguimiento Revisión de documentos de comunicación a la SEC en caso de accidentes e incidentes, y del envío de informes requeridos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.38.

7.37. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma D.S. N° 8/2019, Ministerio de Energía. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Subestación eléctrica elevadora, sistema de almacenamiento BESS y línea de alta tensión. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto será responsable de mantener y conservar las instalaciones de consumo eléctrico del sistema de almacenamiento de energía BESS en buen estado y con una operación segura. Dichas instalaciones serán ejecutadas de acuerdo con un proyecto técnicamente elaborado, el que será ejecutado y dirigido por un instalador eléctrico autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Las instalaciones cumplirán a cabalidad, además, con los pliegos de normas técnicas dictados por la SEC, a saber: Pliego Técnico Normativo RIC N°01 al N°19, según lo indica el artículo 12° del presente cuerpo normativo. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá una copia disponible de las declaraciones sobre la instalación de Consumo de Energía Eléctrica a que se refieren los pliegos de normas técnicas de la Superintendencia, que incluya empalmes y medidores, según corresponda, para fiscalización de la SEC. Forma de control y seguimiento Revisión de documentos de declaraciones sobre la instalación de consumo de energía eléctrica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.39.

7.38. COMPONENTE/MATERIA: Energía Norma Instrucción técnica RGR N° 06/2021, Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sistema de almacenamiento BESS. Forma de cumplimiento El sistema de almacenamiento será diseñado en conformidad con el presente cuerpo normativo. Todas las baterías y sistemas de almacenamiento cumplirán con la norma IEC 62619 o al estándar UL 1973 o UL 9540 y serán autorizadas por la SEC para tales efectos. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá una copia disponible de los certificados de conformidad de los equipos según la norma IEC 62619, el estándar UL 1973 o UL 9540 (Ver Memoria técnica BESS, contenida en el Anexo 7.2 de la Adenda), según corresponda para fiscalización de la SEC. Forma de control y seguimiento Revisión de documentos de certificaciones de baterías y sistemas de baterías de litio. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.40.

7.39. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica Norma D.S. N° 1/2023, MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la instalación de luminarias en todas sus fases. Además, mediante D.S. N°2/2023 del Ministerio de Ciencia, tecnología, conocimiento e innovación, se declara a la comuna de Caldera, lugar de emplazamiento del Proyecto, como Área con valor científico y de investigación para la observación astronómica o “áreas astronómicas”. Dicha área se encuentra sujeta a las regulaciones del presente cuerpo normativo. Forma de cumplimiento La luminaria que será utilizada por el Proyecto, en sus distintas fases, estará diseñada e instalada de acuerdo con los requerimientos establecidos en este cuerpo legal, cumpliendo con los límites máximos de emisión con respecto a luminancia, iluminancia y radiancia para alumbrado peatonal, vehicular e industrial. Indicador que acredita su cumplimiento - Declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la que indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias. - El Titular reportará a la SMA el formulario establecido por la R.E. N°2.475/2020, de la SMA que deroga la R.E. N°475/2016 de la SMA, dicta instrucciones generales sobre deberes de remisión de información para fuentes emisoras reguladas por el D.S. N°43/2012, del Ministerio del Medio Ambiente y aprueba nueva modalidad de reporte. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las instalaciones que dan cumplimiento a la normativa y de los certificados presentados a la SEC. - Se mantendrá un registro de los reportes remitidos a la SMA, en virtud del formulario establecido por la R.E. N°2.475/2020, de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.41.

7.40. COMPONENTE/MATERIA: Suelo Norma D.S. N° 47/1992, MINVU Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes y temporales afectas a PAS 160: Instalación de Faenas, Sistema BESS, Subestación Elevadora y Área de Operación y Mantención. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza en un área rural, fuera de los límites urbanos definidos por los Planes Reguladores existentes. En este contexto, contempla solicitar informe favorable para la construcción para edificaciones temporales y permanentes, requeridas para la construcción y operación del Proyecto. En este escenario, en el marco de la presente evaluación, los antecedentes técnicos y formales indicados en el artículo 160 del RSEIA. Previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicitará la aprobación sectorial del Informe Favorable para la Construcción en la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)/SEREMI del MINVU de la Región de Atacama. Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S. N°40/2012 MMA, mediante RCA. - Obtención de Informe de Factibilidad para Construcciones Ajenas a la Agricultura en Área Rural (IFC) por parte del SAG/SEREMI del MINVU de la Región de Atacama. Forma de control y seguimiento - Los antecedentes del PAS 160, se encontrarán disponibles en la página del e-SEIA para revisión de la Autoridad. - Los antecedentes del IFC se encontrarán disponibles en la instalación de faenas ante eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1.

7.41. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Decreto Ley N° 3.557/1981, MINAGRI. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en todas sus fases generará residuos peligrosos, no peligrosos y domésticos, y efluentes (aguas servidas). Forma de cumplimiento Existirá un acopio temporal de residuos no peligrosos, los que serán manejados apropiadamente según la normativa aplicable. En cuanto al manejo de residuos peligrosos, el Proyecto contará con 2 bodegas RESPEL, una de las cuales almacenará exclusivamente racks de baterías BESS. Para los servicios sanitarios de la fase de construcción y operación del Proyecto, se considera la implementación de un sistema de manejo de las aguas servidas, compuesto por Planta de Tratamiento de Aguas Servidas con drenes de infiltración, el cual estará acoplado a los baños correspondientes. En fase de cierre, se contempla solo el uso de baños químicos debido a que su duración es de 6 meses. Indicador que acredita su cumplimiento - Contrato de retiro de residuos peligrosos y residuos sólidos domiciliarios con empresa especializada. - Presentación y aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria del área para el almacenamiento de RESPEL y RSD. - Habilitación del área de almacenamiento de residuos peligrosos de acuerdo con el proyecto aprobado por la Autoridad Sanitaria. - Planilla de registro de ingreso/salida de vehículos recolectores de residuos. - Declaración RETC. - Aprobación ambiental, mediante RCA de PAS 138, PAS 140 y PAS 142. - Autorización sectorial de instalaciones asociadas a PAS 138, PAS 140 y PAS 142. - Todos los residuos serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados en todas las fases del Proyecto, de manera de evitar, éstos serán almacenados temporal y posteriormente retirados por empresas autorizadas. Forma de control y seguimiento - Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, se mantendrán las copias de los contratos y autorizaciones en la Instalación de Faenas para que estén disponibles en caso de fiscalizaciones. - Para la fase de operación, la documentación correspondiente a copias físicas de contratos y autorizaciones, se mantendrán en la sala de servicios generales, al interior de la subestación eléctrica para fiscalizaciones, si la Autoridad lo requiere. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2.

7.42. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma D.S. N° 68/2008, MINAGRI. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de cumplimiento Se ejecutaron 4 campañas. El levantamiento de información en terreno corresponde a parcelas de muestreo, microrruteo, COT e inventario de flora, mediante lo cual, se concluye lo siguiente: - Con la información recabada en terreno y el trabajo de gabinete se logró determinar que la mayor parte de la superficie, 82,4%, corresponde a zonas sin vegetación (44,52 ha). Aunque de ellas 32,77 ha presentan algunos elementos vegetales, pero de muy baja abundancia (menor al 5% de cobertura). Las formaciones vegetales identificadas, aun siendo de muy baja cobertura (5 al 10%) alcanzan las 3,14 ha (5,8% del área de influencia), y corresponden a 2 tipos: Matorral de Nolana carnosa y Herbazal de Cistanthe spp. Por su parte, 44,52 ha corresponde a sitios sin vegetación o denominados también Zonas de vegetación escasa, representando el 82,4% del área de influencia. Finalmente, se observó áreas con suelo intervenido, caminos y zonas industriales, las que en su conjunto suman 6,34 ha (11,7% del AI). - La riqueza florística del AI alcanza las 27 especies. La mayor parte de la flora registrada posee un hábito arbustivo, existiendo 15 especies (55,6%), el hábito herbáceo está representado por 9 especies (33,3%), con 6 especies de hierbas anuales y 3 especies de hierbas perennes. Se registraron 2 especies arbóreas dentro del área de influencia del Proyecto (Eucalyptus globulus y Schinus areira), estas últimas registradas dentro de un área industrial cercada. - Respecto del origen, el 48,2% (13) de las especies registradas son endémicas de Chile, mientras que el 37% (10 especies) es de origen nativo y el 11,1%, correspondiente a 3 especies, son introducidas. - Respecto al estado de conservación, se registró una (1) especie clasificada en alguna categoría, según los decretos de clasificación vigentes, la que corresponde a Copiapoa leonensis I. Schaub. & Keim. Clasificada como “En peligro crítico” (CR) en el décimo noveno proceso de clasificación de especies silvestres (D.S. N°02/2024 del MMA). - De los criterios de singularidad evaluados para el componente, se corrobora la presencia de 5 de ellos en el área de influencia del Proyecto - Por último, se determinó la presencia de formaciones xerofíticas en 1,16 ha del área de influencia, debido a la presencia de la especie originaria del país Skytanthus acutus, por lo que se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 151 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de inducciones a trabajadores; - Autorización ambiental mediante obtención de RCA. Forma de control y seguimiento - Copia Registro de inducciones a trabajadores. - Copia de RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.3.

7.43. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley de Caza N° 19.473/1996, MINAGRI. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se realizaron 3 campañas de terreno para el componente de fauna terrestre y 3 campañas de terreno para invertebrados terrestres durante abril de 2024 (otoño), julio-agosto de 2024 (invierno) y octubre de 2024 (primavera), lo que arrojó los siguientes resultados: - En el AI se describen potencialmente 75 especies de vertebrados, distribuidos en: 2 especies de anfibios, 8 reptiles, 51 aves y 14 mamíferos. De acuerdo con los reconocimientos directos e indirectos de fauna hechos en terreno, se registró un total de 22 especies de vertebrados, las que se desglosan en 2 especies de reptiles, 8 mamíferos y 12 especies de aves. - La Clase Reptilia registra en el AI a 2 especies, Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra) y Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama). - Las 2 especies de reptiles encontradas en el AI se encuentra en Categoría de Conservación de acuerdo con los instrumentos legales vigentes (Ley de Caza y su Reglamento, SAG 2018 y El Reglamento de Clasificación de especies Silvestres (RCE) en su Proceso 18°/2023). Al respecto, las especies Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha) y Liolaemus atacamensis (lagartija de atacama), se encuentran calificadas en categoría “Casi amenazada” (NT), según el RCE y, como “Vulnerable” (V), de acuerdo con la Ley de caza y su Reglamento (SAG, 2018). - De la información levantada del grupo Phylum Arthropoda, resulta el registro de 9 especies durante la campaña de otoño, compuestos por 8 representantes de la Clase Insecta y uno de la Clase Arachnida. En tanto que, durante la campaña de invierno, se registran 40 especies de invertebrados, compuestos por 32 representantes de la Clase Insecta y 8 de la Clase Arachnida. En la campaña de primavera, resulta el registro de 30 especies de invertebrados, compuestos por 25 representantes de la Clase Insecta y 5 de la Clase Arachnida. - De las especies registradas del grupo Phylum Arthropoda en el área de influencia durante la campaña de otoño, invierno y primavera del 2024, ninguna de ellas está calificada en alguna Categoría de Conservación, según la normativa vigente. - De las especies de invertebrados registradas en el área de influencia, la de mayor abundancia correspondió a las especies Dorymyrmex sp., y Atacamita asperata las más abundantes con 73 y 72 registros, respectivamente. Forma de cumplimiento En función de la fauna que se identificó durante la prospección realizada en terreno se propone realizar, previo a los movimientos de tierra, actividades de Perturbación Controlada en Vertebrados de Baja Movilidad en Categoría de Conservación (Reptiles). El detalle del Plan se encuentra en el Apéndice A del Anexo 3.4 Actualización Capítulo 6 CAV. Para la protección de la avifauna el Proyecto considera la implementación de Desviadores de vuelo en la LAT (Anexo 3.4 Actualización Capítulo 6 de la Adenda CAV-05 anticolisión y CAV- 06 aisladores eléctricos). Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción: - Registro de asistencia de capacitaciones de todos los trabajadores en obra y registro de señalética (implementación y verificación de estado). - Ejecución de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles. - Informes con resultados de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles. Fase de Operación Registro fotográfico de implementación de medida de desviadores de vuelo. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción: - Registro de capacitaciones y registro fotográfico de implementación y verificación de estado de señaléticas en obra. - Informe de resultados de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles será reportado semestralmente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Fase de Operación: Mantención de registro fotográfico de implementación de desviadores de vuelo en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.4.

7.44. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma D.S. N° 5/1998, MINAGRI. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se realizaron 3 campañas de terreno para el componente de fauna terrestre y 3 campañas de terreno para invertebrados terrestres durante abril de 2024 (otoño), julio-agosto de 2024 (invierno) y octubre de 2024 (primavera), lo que arrojó los siguientes resultados: - En el AI se describen potencialmente 75 especies de vertebrados, distribuidos en: 2 especies de anfibios, 8 reptiles, 51 aves y 14 mamíferos. De acuerdo con los reconocimientos directos e indirectos de fauna hechos en terreno, se registró un total de 22 especies de vertebrados, las que se desglosan en 2 especies de reptiles, 8 mamíferos y 12 especies de aves. - La Clase Reptilia registra en el AI a 2 especies, Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra) y Liolaemus atacamensis (lagartija de Atacama). - Las 2 especies de reptiles encontradas en el AI se encuentra en Categoría de Conservación de acuerdo con los instrumentos legales vigentes (Ley de Caza y su Reglamento, SAG 2018 y El Reglamento de Clasificación de especies Silvestres (RCE) en su Proceso 18°/2023). Al respecto, las especies Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha) y Liolaemus atacamensis (lagartija de atacama), se encuentran calificadas en categoría “Casi amenazada” (NT), según el RCE y, como “Vulnerable” (V), de acuerdo con la Ley de caza y su Reglamento (SAG, 2018). - De la información levantada del grupo Phylum Arthropoda, resulta el registro de 9 especies durante la campaña de otoño, compuestos por 8 representantes de la Clase Insecta y uno de la Clase Arachnida. En tanto que, durante la campaña de invierno, se registran 40 especies de invertebrados, compuestos por 32 representantes de la Clase Insecta y 8 de la Clase Arachnida. En la campaña de primavera, resulta el registro de 30 especies de invertebrados, compuestos por 25 representantes de la Clase Insecta y 5 de la Clase Arachnida. - De las especies registradas del grupo Phylum Arthropoda en el área de influencia durante la campaña de otoño, invierno y primavera del 2024, ninguna de ellas está calificada en alguna Categoría de Conservación, según la normativa vigente. - De las especies de invertebrados registradas en el área de influencia, la de mayor abundancia correspondió a las especies Dorymyrmex sp., y Atacamita asperata las más abundantes con 73 y 72 registros, respectivamente. Forma de cumplimiento En función de la fauna que se identificó durante la prospección realizada en terreno se propone realizar, previo a los movimientos de tierra, actividades de Perturbación Controlada en Vertebrados de Baja Movilidad en Categoría de Conservación (Reptiles). Para la protección de la avifauna el Proyecto considera la implementación de Desviadores de vuelo en la LAT (Anexo 3.4 Actualización Capítulo 6 de la Adenda CAV-05 anticolisión y CAV- 06 aisladores eléctricos). Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción: - Registro de asistencia de capacitaciones de todos los trabajadores en obra y registro de señalética (implementación y verificación de estado). - Ejecución de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles. - Informes con resultados de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles. Fase de Operación Registro fotográfico de implementación de medida de desviadores de vuelo. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción: - Registro de capacitaciones y registro fotográfico de implementación y verificación de estado de señaléticas en obra. - Informe de resultados de actividades de Perturbación Controlada para Reptiles será reportado semestralmente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Fase de Operación: Mantención de registro fotográfico de implementación de desviadores de vuelo en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.5.

7.45. COMPONENTE/MATERIA: Fauna íctica Norma Decreto Exento N° 878/2011, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción y habilitación de obras temporales y permanentes, las que se ubicarán sobre un área inundable, según los antecedentes presentados en el Anexo 6.7 Actualización PAS 157 de la Adenda. Por este motivo, el titular del Proyecto presenta obras de defensa de cauce, específicamente la instalación de un pretil perimetral que protegerá las obras de eventuales crecidas, además de cruces de cauce, por lo que se presentan los antecedentes para solicitar el PAS 156 (Anexo 6.6 de la Adenda). Cabe señalar que, la quebrada aportante corresponde a Corralillo, la que posee carácter esporádico, por lo que solo cuenta con presencia de agua cuando se producen precipitaciones de cierta intensidad, las que generan escorrentía directa. El resto del año se mantienen sin flujo (quebrada sin escorrentía permanente). Forma de cumplimiento El titular aclara que, en ninguna de las campañas realizadas en terreno, bajo el contexto de caracterización de fauna vertebrada, se ha evidenciado la presencia de ictiofauna. Esto, debido a que los cauces de la quebrada Corralillo son intermitentes. Por otra parte, cabe indicar que, el Proyecto, en ninguna de sus fases contempla la extracción de recursos hídricos, ni especies de ictiofauna. Indicador que acredita su cumplimiento No aplica. El Proyecto no contempla la extracción de recursos hídricos, ni especies de ictiofauna. Forma de control y seguimiento No aplica. El Proyecto no contempla la extracción de recursos hídricos, ni especies de ictiofauna. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.6.

7.46. COMPONENTE/MATERIA: Fauna íctica Norma Ley N° 18.892, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción y habilitación de obras temporales y permanentes, las que se ubicarán sobre un área inundable, según los antecedentes presentados en el Anexo 6.7 Actualización PAS 157. Por este motivo, el titular del Proyecto presenta obras de defensa de cauce, específicamente la instalación de un pretil perimetral que protegerá las obras de eventuales crecidas, además de cruces de cauce, por lo que se presentan los antecedentes para solicitar el PAS 156 (Anexo 6.6 de la Adenda). Cabe señalar que, la quebrada aportante corresponde a Corralillo, la que posee carácter esporádico, por lo que solo cuenta con presencia de agua cuando se producen precipitaciones de cierta intensidad, las que generan escorrentía directa. El resto del año se mantienen sin flujo (quebrada sin escorrentía permanente). Forma de cumplimiento El Titular aclara que, en ninguna de las campañas realizadas en terreno, bajo el contexto de caracterización de fauna vertebrada, se ha evidenciado la presencia de ictiofauna. Esto, debido a que los cauces de la quebrada Corralillo son intermitentes. Por otra parte, cabe indicar que, el Proyecto, en ninguna de sus fases contempla la extracción de recursos hídricos, ni especies de ictiofauna. Sin perjuicio de lo anterior, se contemplan las siguientes medidas para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas abajo del lugar de construcción del Proyecto. - Las obras se construirán solamente en días donde no exista precipitaciones en el área del Proyecto. - Se verificará constantemente el pronóstico meteorológico para el cumplimiento del punto anterior. En caso de que existiesen precipitaciones en el momento en que las obras ya se encuentren en construcción, se depositarán todos los materiales de construcción en un sector especialmente habilitado fuera del lecho de inundación (caudal máximo de porteo), con lo cual se evitará cualquier contacto posible de estos materiales con el agua que pudiese, eventualmente, escurrir. Se verificará lo anterior por personal calificado in situ (ITO de la obra). - De ocurrir lo indicado en el punto anterior, se dejará de efectuar la construcción hasta que pase el fenómeno de precipitación y las aguas dejen de escurrir por el terreno del Proyecto. - En caso de derramamiento de combustibles, hidrocarburos o cemento líquido en terreno seco, se procederá a su retiro en forma inmediata, colocando el suelo contaminado en un depósito impermeable, para posteriormente ser retirado hacia lugares habilitados para tales efectos. Lo anterior será de conocimiento de todos los trabajadores presentes en la construcción de la obra, para su proceder inmediato. De todas formas, cada acontecimiento será informado a personal autorizado quienes llevarán el control de la situación y a las autoridades competentes. - No se permitirá el lavado de materiales en la denominada zona de inundación posible (de período de retorno de 100 años). - Con respecto a riesgo de derrame de residuos peligrosos y/o sustancias peligrosas, en el Anexo 7.1 de la Adenda se presentan las medidas de contingencia y emergencia que el Titular realizará en caso de ocurrencia. Sin embargo, es necesario aclarar que cada bodega, tanto de RESPEL como SUSPEL, cuenta con medidas estructurales para contener posibles derrames al interior de estas, según lo establece el D.S. N°148/2003 y el D.S. N°43/2015, ambos del MINSAL. - Todo material de residuo o escombro será retirado de forma inmediata del sector a lugares autorizados. - No se permitirá el paso de personas no habilitadas al sector o al lugar de la faena. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de inicio y término de construcción de obras sobre áreas de inundación de quebradas que considere al menos: obra a construir, fecha y condiciones meteorológicas. - Registro de instrucción a trabajadores sobre el manejo de residuos y sustancias en o sobre un cauce natural. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará: registros de inicio y término de construcción de obras y registro de instrucción a los trabajadores. - Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.7.

7.47. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural, Arqueológico y Paleontológico Norma Ley N° 17.288/1970, Ministerio de Educación Pública. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones del Proyecto (permanentes y temporales) que requieran movimientos de tierra, en términos generales. Forma de cumplimiento Arqueología En caso de registrar hallazgos arqueológicos durante las actividades o ejecución de las obras, se deberán paralizar las actividades en el área del hallazgo y dar aviso inmediatamente al CMN que es el organismo que determinará los pasos a seguir. Además, en caso de hallazgo arqueológico no previsto, se implementará un protocolo, el que contendrá, al menos, las siguientes acciones: a) Detendrá las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional arqueólogo/a o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de medio ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. c) Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo arqueológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional arqueólogo/a, encargado/a de medio ambiente, u otro/a representante del/la titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. e) Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/las trabajadores/as del proyecto tomando en cuenta para ello la “guía de procedimientos arqueológicos”, del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Paleontología En caso de hallazgo paleontológico no previsto, se implementará un protocolo, el que contendrá, al menos, las acciones que se listan a continuación: a) Detendrá las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo/a o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de medio ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. c) Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de medio ambiente, u otro/a representante del/la titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/las trabajadores/as del proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Indicador que acredita su cumplimiento - Charlas asociadas a las componentes de arqueología y paleontología. - Monitoreo permanente de paleontología. - Protocolo ante hallazgos arqueológicos y paleontológicos. - Aprobación Ambiental del PAS 132 Paleontológico. Forma de control y seguimiento - Registro de charlas de inducción arqueológica y paleontológica de trabajadores. - Registro de los contenidos de las charlas de inducción, que incorpore protocolos de hallazgos no previstos, tanto de arqueología como de paleontología. - Informe mensual y final del monitoreo paleontológico remitido a SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales de manera independiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.8.

7.48. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural, Arqueológico y Paleontológico Norma Reglamento N° 484/1990, Reglamento de la Ley N° 17.288, Ministerio de Educación Pública. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones del Proyecto (permanentes y temporales) que requieran movimientos de tierra, en términos generales. Forma de cumplimiento Arqueología La evaluación de las condiciones del terreno en el área prospectada permitió definir que existe una buena visibilidad general del terreno tanto para el área del Sistema BESS del Proyecto como también para la extensión de la línea de evacuación eléctrica y caminos de servicio, así como también hay una baja obstrusividad que facilita la detección de hallazgos arqueológicos y con una accesibilidad relativamente buena con caminos ya existentes. El recorrido de este polígono y su respectiva línea eléctrica y caminos de servicio se logró realizar sin inconvenientes sobre su accesibilidad y nivel de obstrusividad (nula) lo cual permitió una adecuada observación de la superficie dado que además existe una casi nula presencia de vegetación permitiendo así una excelente visibilidad del área. Estas condiciones, adecuadas y en línea con la metodología empleada permitió, por un lado, realizar el recorrido efectivo del área de estudio (100%) y por otro lado permitió descartar la presencia, en superficie, de materiales arqueológicos. Se recomienda implementar como medida de prevención, la ejecución de charlas de inducción atingente al componente arqueológico, destacando a su vez las acciones necesarias al momento de un eventual hallazgo arqueológico durante el desarrollo de las obras. En caso de registrar hallazgos arqueológicos durante las actividades o ejecución de las obras, se deberán paralizar las actividades en el área del hallazgo y dar aviso inmediatamente al CMN que es el organismo que determinará los pasos a seguir. Paleontología Según lo presentado en la Caracterización Paleontológico en el Anexo 2.13 de la DIA el Área de Influencia del Proyecto se emplaza sobre una terraza marina conformada por las unidades Depósitos aluviales y Estratos de Caldera, además de la subyacente Formación Bahía Inglesa. Ambas unidades consisten en depósitos sedimentarios con abundantes antecedentes paleontológicos en el área de estudio, siendo corroborada en terreno la presencia de malacofauna pleistocénica y holocena. De esta forma, se les cataloga como unidades con alta probabilidad de contener fósiles. En conclusión, las obras y actividades del Proyecto se realizarán sobre unidades fosilíferas, pudiendo generar afectación a la componente patrimonio paleontológico. Por lo tanto, con el propósito de evitar esto último, una vez iniciada las obras de construcción, se considerarán las siguientes recomendaciones: monitoreo paleontológico de las zonas con intervención (excavaciones, movimiento de material o cualquier manejo que altere el sitio paleontológico) en áreas fosilíferas; realización de charlas de capacitación paleontológica a los trabajadores del Proyecto para la difusión del protocolo ante hallazgos paleontológicos, y además de establecer un protocolo de hallazgos paleontológicos. Con el fin de llevar a cabo tales acciones, se hace necesaria la solicitud de contenidos ambientales del Permiso Ambiental Sectorial 132 del reglamento SEIA (PAS 132 Anexo 3.1 de la DIA, actualizado en el Anexo 6.1 de la Adenda). Una vez obtenida la RCA del proyecto, se tramitará sectorialmente el permiso. Indicador que acredita su cumplimiento - Charlas asociadas a las componentes de arqueología y paleontología. - Monitoreo permanente de paleontología. - Protocolo ante hallazgos arqueológicos y paleontológicos. - Aprobación Ambiental del PAS 132 Paleontológico. Forma de control y seguimiento - Registro de charlas de inducción arqueológica y paleontológica de trabajadores. - Informe mensual y final del monitoreo paleontológico remitido a SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales de manera independiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.9.

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 CAV-01: Inducciones para Cuidado Medio Ambiente General Impacto asociado No hay impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir eventuales afectaciones al medio ambiente generadas por la mano de obra durante ejecución de las obras del Proyecto. Descripción: Se realizarán inducciones a los trabajadores respecto a los componentes flora y fauna identificados en el sector, conservación del medio ambiente, Ley de caza, prohibición de uso de fuego y quemas, correcto manejo y separación de residuos, entre otros. Además, se orientará a los trabajadores respecto de los lineamientos del Proyecto en cuanto al comportamiento con la población aledaña. Justificación: Se realizará con el fin de prevenir daños al medio ambiente en cuanto a relacionamiento con la comunidad y manejo de residuos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de faenas y frentes de trabajo. Forma: Posterior a la vinculación de los trabajadores, se realizará una inducción (una única vez, al momento de que se haya realizado el ingreso de trabajador) a los componentes flora y fauna identificados en el sector, se explicará el correcto manejo y separación de residuos, prohibición de fuegos y quemas para prevenir incendios forestales, conservación del medio ambiente, entre otros. Oportunidad: Las inducciones se realizarán al momento de la vinculación de cada trabajador. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las inducciones realizadas a los trabajadores. Forma de control y seguimiento El registro de las inducciones realizadas a los trabajadores se mantendrá en la IF en caso de ser solicitado en una eventual fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1

8.2 CAV-02: Aplicación Supresor de Polvo Impacto asociado No hay impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir eventuales afectaciones a la calidad del aire generadas ejecución de las obras del Proyecto, específicamente por el tránsito vehicular en caminos no pavimentados al interior del área del Proyecto, considerando un abatimiento del 85%. Descripción: Se aplicará Supresor de Polvo con periodicidad mensual en los caminos a habilitar y/o construir de acuerdo con las recomendaciones del proveedor y las condiciones meteorológicas que justifiquen dicha medida. El supresor de polvo será suministrado por un proveedor autorizado listo para su aplicación, mediante un camión de aljibe de capacidad de 10 m3. Justificación: Se realizará con el fin de prevenir molestias y eventuales afectaciones de la calidad del aire debido a la generación de emisiones MP10; MP2,5 por parte de la ejecución de obras del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en los caminos a habilitar y/o construir y existentes a mejorar, de acceso al Sistema BESS e internos de las instalaciones los que cuentan con una longitud y superficie: Área Superficie (ha) Longitud (km) Caminos de Acceso 1,99 3,32 Caminos Interiores 0,76 1,45 Total 2,75 4,77 Forma: Se realizará la aplicación de supresor de polvo (con una eficiencia del 85%), en el inicio de la fase de construcción y cierre. Posteriormente, se realizará la mantención de esta medida una vez al mes mediante camión aljibe con capacidad de 10 m3. El supresor de polvo será suministrado por un proveedor listo para su aplicación, por lo que no se requiere de agua industrial. De acuerdo con las recomendaciones del proveedor y las condiciones meteorológicas que justifiquen dicha medida. Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción y cierre, manteniendo durante el tiempo de duración de dichas fases. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de aplicación de supresor de polvo, donde se indicará: fecha, hora, patente camión y cantidad de supresor de polvo a utilizar. Forma de control y seguimiento - Se realizarán inspecciones mensuales en terreno para verificar el éxito de la medida. - Ante eventuales fiscalizaciones, se dispondrá del registro de la aplicación de supresor de polvo en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2

8.3. CAV-03: Charlas Arqueológicas Impacto asociado Hallazgo arqueológico imprevisto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el daño al patrimonio cultural arqueológico, mediante la impartición de charlas de inducción a todos/as los/las trabajadores/as del Proyecto sobre el componente arqueológico que podría encontrarse en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo no previsto, antes del inicio de las obras. Descripción: Realización de charlas de inducción – por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología – a todos/as las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos, antes del inicio de cada obra, mientras duren los movimientos de tierra en la fase de construcción del Proyecto. Cabe precisar que, en caso de hallazgo arqueológico no previsto, se deberán paralizar las obras alrededor del hallazgo, implementar un buffer transitorio de 10 m, aproximadamente, y dar aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que, dicho organismo indique el procedimiento a seguir respecto del hallazgo. Justificación: Al capacitar al personal sobre cómo actuar frente a un hallazgo de patrimonio cultural o arqueológico, se minimiza el daño que puede haber sobre este componente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de faena. Forma: Se realizarán charlas de inducción a todo trabajador antes que ingrese a obra mientras se realicen excavaciones y movimientos subsuperficiales. Se tratarán temas relacionados a los aspectos del patrimonio cultural arqueológico y cuerpos normativos asociados, haciendo hincapié en el marco legal de protección y procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Dichas charlas serán dictadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología – a todos/as las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área. Se dejará constancia del contenido de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador. Los contenidos mínimos de las charlas incluirán lo siguiente: - Presencia e importancia de los hallazgos arqueológicos en el área de emplazamiento del Proyecto. - Respeto y cuidados de los hallazgos. Cabe precisar que, en caso de hallazgo arqueológico no previsto, se deberán paralizar las obras alrededor del hallazgo, implementar un buffer transitorio de 10 m, aproximadamente, y dar aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que, dicho organismo indique el procedimiento a seguir respecto del hallazgo. Oportunidad: Antes de ejecutarse las actividades asociadas a movimientos de tierra y excavaciones del Proyecto, durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Emisión de informe de charla de inducción arqueológica elaborado por el profesional a cargo, en un plazo máximo de 15 días hábiles a la SMA desde el ingreso de los trabajadores a la obra, el que contendrá: - Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. - Contenidos de la inducción realizada. - Copia del material gráfico presentado a los asistentes. - Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los asistentes. - Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la que deberá estar debidamente firmada por cada uno de los trabajadores. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en la dependencia del Proyecto, ante eventual fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3

8.4. CAV-04: Charla y Monitoreo Paleontológico Permanente Impacto asociado Alteración de posibles sitios con valor paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre (movimientos de tierra). Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir eventual afectación a los elementes patrimoniales paleontológicos que pudieran estar presentes en el subsuelo de las superficies de intervención del Proyecto, y evitar la generación de efectos sobre el patrimonio paleontológico que pudiese existir en el área de influencia del Proyecto, por efecto de las actividades que impliquen movimientos de tierra. Descripción: Se impartirán charlas de inducción al inicio de la fase de construcción y cierre a los trabajadores que realicen las actividades de movimiento de tierra (excavaciones). Se realizará un monitoreo paleontológico de manera mensual a cargo de un Paleontólogo/a, con el objetivo de verificar que durante las obras que impliquen excavaciones o movimientos de tierra asociadas a las obras del proyecto no se afecte a niveles patrimoniales no identificados en bibliografía ni en terreno. Es necesario mencionar que la información curricular de las charlas estará acorde con la R.E. N°650/2022 sobre la “Actualización de antecedentes de profesionales para la obtención de permisos de intervención paleontológica y realización de trabajos en paleontología aplicada en materias de competencia del Consejo de Monumentos Nacionales”. Dentro de los contenidos de la charla se encontrará el protocolo de hallazgos no previstos, el que incluirá, al menos, los siguientes puntos: 1. Detendrá las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. 2. Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo/a y/o arqueólogo/a o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de medio ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. 3. Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. 4. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo paleontológico y/o arqueológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada por el/la profesional arqueólogo/a, encargado/a de medio ambiente, u otro/a representante del/la titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. 5. Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los/las trabajadores/as del proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” y “guía de procedimientos arqueológicos”, ambos del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Justificación: La implementación de este CAV se justifica debido a la existencia de los sectores donde afloran las unidades con potencial paleontológico susceptible en el área del proyecto puesto que el sedimento que lo conforma es el proveniente de las unidades fosilíferas, presentes en las cercanías inmediatas conforme lo dispuesto en el Anexo 2.13 Caracterización de Paleontología de la DIA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en las instalaciones de faenas y el monitoreo se realizará en todas las áreas del proyecto en las que se involucren movimientos de tierra. Forma: Al inicio de las actividades de movimiento de tierras superficiales y subsuperficiales, específicamente antes de las faenas de excavación, se llevará a cabo una charla de inducción y capacitación a los trabajadores y profesionales encargados de estas faenas, donde se especifiquen conceptos tales como la normativa aplicable para la protección del patrimonio paleontológico y la forma de reconocimiento de potenciales hallazgos no identificados. Esta capacitación contará con una presentación o folleto, la firma de los participantes y fotografías de esta. Por otro lado, se considera un monitoreo permanente durante las actividades de excavación por parte del especialista, con tal de proteger y salvaguardar los potenciales hallazgos no identificados debido al movimiento de la capa superficial y subsuperficial de suelo producto de las excavaciones (zanjas de cableado y centros de transformación). Ambas actividades, tanto capacitación como monitoreo, serán realizadas por paleontólogo/a o licenciado/a en paleontología, según lineamiento establecidos por el Consejo de Monumentos Nacionales. Durante el monitoreo se registra/describe: a) Coordenada geográfica en UTM y descripción de la obra que se está ejecutando con la maquinaria. Tomar registro fotográfico (con escala métrica). Recordar describir los distintos frentes de excavación y la profundidad de estos. Descripción de la matriz en los frentes de trabajo monitoreado: Esto implica detallar la litología o sedimento expuesto y tomar un registro fotográfico panorámico y de detalle (con escala métrica y orientación de la foto). b) De evidenciarse restos paleontológicos, se incorporará: - Ficha de registro paleontológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. Oportunidad: Durante las fases de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento - Copia de asistencia a charlas de inducción con firma de los trabajadores asistentes y especialista a cargo que incluirá: • Nombre y firma del profesional que realizó la charla de inducción. • Contenidos de la inducción realizada. • Copia del material gráfico presentado a los asistentes. • Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. • Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas a los/las asistentes. • Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, rut y fecha de ingreso a la obra de cada asistente, la cual deberá ser debidamente firmada por cada uno/a de los/as trabajadores/as. - Registro fotográfico de las charlas de inducción. - Informes mensuales de los monitoreos paleontológicos según lo establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. - Informe final del monitoreo paleontológico según lo establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en obra copia de asistencia a charlas de inducción. - Se mantendrá en obra registro fotográfico de las charlas de inducción. - Reporte mensual de los informes a la SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4

8.5. CAV-05: Instalación de Dispositivos Anticolisión Impacto asociado Fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de la colisión con el tendido eléctrico de las especies que transitan el espacio aéreo del proyecto. Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos anticolisión en la Línea de Alta Tensión del proyecto. Se utilizará dispositivos anticolisión giratorios los cuales serán instalados cada 10 metros a lo largo de toda la línea de alta tensión (3,42 kilómetros de longitud). Los disuasores de vuelo cuentan con las siguientes características: - Se balancea con el viento y refleja la luz del sol para alertar a las aves. - Es visible tanto de día como de noche. - Brilla hasta 10 horas (aproximadamente) después de la puesta de sol y/o bajo condiciones de poca luz. Esto es de particular interés para especies de vuelo nocturno. - De fácil aplicación y permite movilidad. Justificación: Evitar colisiones de aves mediante la instalación de disuasores de vuelo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los disuasores serán instalados en la línea de alta tensión de 3,42 kilómetros de longitud, cada 10 metros entre cada dispositivo. Forma: Se instalarán dispositivos anticolisión giratorios u otro que demuestre efectividad similar, en el cable de mayor altitud del tendido, la que serán de color amarillo y rojo o similar. A continuación, se presenta una imagen referencial de un dispositivo anticolisión giratorio que se propone:

Fuente: PLP Spain. Oportunidad: Los disuasores serán instalados en la fase de construcción, el monitoreo se realizará anualmente en la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de los dispositivos anticolisión será la entrega a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) un informe que dé cuenta de la instalación de estos, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico. Luego de la instalación, se realizará un monitoreo anual durante la fase de operación del Proyecto para verificar el estado de los dispositivos instalados. En caso de daños de los dispositivos serán repuestos por el titular. Posteriormente, se realizará la entrega de los informes de monitoreo anual reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG), dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término del seguimiento o según sea indicado por la Autoridad. Forma de control y seguimiento Se comprobará en terreno anualmente durante la fase de operación, la instalación y permanencia de los dispositivos anticolisión, que recorrerán toda la línea eléctrica, en el cual se verificará el estado de los dispositivos instalados. Posteriormente, se realizará la entrega de los informes de monitoreo anual reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG), dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término del seguimiento o según sea indicado por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5

8.6. CAV-06: Instalación de dispositivos aisladores eléctrico (antielectrocución) Impacto asociado Fauna. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de electrocución de las especies presentes en el área de influencia. Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos antielectrocución en la LTE del proyecto, estos dispositivos serán de al menos 1,3 m de largo (Birdlife International 2013), y estarán fabricados preferentemente con algún polímero dada su mejor propiedad de aislación (SAG, 2015). Estos dispositivos serán instalados a lo largo de todo el trazado eléctrico, en cada una de las torres de sujeción de los conductores. Justificación: La medida se justifica en su capacidad para reducir la muerte potencial de individuos de las especies de aves que utilizan el espacio aéreo y que pueden percharse en las estructuras de soporte del tendido eléctrico, ya que la aislación de las partes energizadas de un tendido eléctrico evita que el ave pueda hacer puente entre dos conductores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de implementación de la medida será en todas las estructuras de soporte (torres) del trazado eléctrico (3,42 kilómetros de longitud). Forma: El lugar de implementación de la medida será en todas las estructuras de soporte (torres) del trazado eléctrico. A continuación, se presenta una imagen referencial de un dispositivo para la prevención de electrocución de aves que se propone:

Oportunidad: Los dispositivos antielectrocución serán instalados en la fase de construcción y se mantendrá durante la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de los dispositivos antielectrocución será la entrega a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) un informe que dé cuenta de la instalación de estos, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico. Luego de la instalación, se realizará un monitoreo anual durante la fase de operación del Proyecto para verificar el estado de los dispositivos instalados. En caso de daños de los dispositivos serán repuestos por el titular. Posteriormente, se realizará la entrega de los informes de monitoreo anuales reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG), dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término del seguimiento o según sea indicado por la Autoridad. Forma de control y seguimiento Se comprobará en terreno anualmente durante la fase de operación, la instalación y permanencia de los dispositivos antielectrocución, que recorrerán toda la línea eléctrica, en el cual se verificará el estado de los dispositivos instalados. Posteriormente, se realizará la entrega de los informes de monitoreo anual reportados a la SMA y al SAG, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término del seguimiento o según sea indicado por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6

8.7. CAV-07: Generación de Instancias que permitan favorecer la contratación de mano de obra local Impacto asociado No hay impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Previo al inicio de las fases de construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Otorgar oportunidad laboral a personas calificadas de las zonas aledañas al Proyecto, así como utilizar servicios locales de alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria y combustible. Descripción: Se enviará perfiles de cargos necesitados de forma previa al inicio de las fases de construcción y cierre a la OMIL de la Municipalidad de Caldera, la que entregará currículums a la empresa para que esta se contacte con los interesados. De manera adicional, se dará prioridad a instancias de contratación local de servicios (alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinaria, combustible u otro tipo de servicios) en la medida que estos sean adecuados a los requisitos de trabajo. Justificación: Generar empleabilidad en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Caldera, primero en oficinas del municipio y luego en la zona de emplazamiento del Proyecto. Forma: Para llevar a cabo las contrataciones, se trabajará con organismos públicos competentes, entiéndase por estos; Municipalidad de Caldera y/u Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) Caldera. Se les entregará un

Fuente: Elaboración propia. listado de cargos requeridos junto con las formas de recepción de los antecedentes de cada postulante y proveedores locales de servicios (alimentación, alojamiento, arriendo de vehículos, maquinarias, entre otros). Las vacantes estarán disponibles durante un cierto periodo de selección y serán consideradas en la medida que los postulantes cumplan con las competencias necesarias para los distintos cargos. Una vez seleccionados, los trabajadores participarán en charlas sobre temas atingentes a la actividad, tanto en aspectos de seguridad y salud ocupacional como en los temas técnicos y ambientales requeridos para el Proyecto. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto y previo al inicio de la fase de cierre de este. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de requerimiento de currículums de trabajadores a la OMIL. - Ante uso efectivo de servicios o contratación de mano de obra local por parte del Proyecto, presentación de acta de declaración de servicio y/o boletas. Forma de control y seguimiento - Registro trabajadores locales que vayan ingresando a la obra durante su fase de construcción. - Registro de boletas y/o actas de declaración de entrega de servicios, ante eventual uso efectivo de servicios locales. - El registro correspondiente se encontrará en oficina de instalación de faena del Proyecto, manteniéndose disponible para su revisión por parte de la Autoridad. Sin perjuicio de ello, los registros serán enviados a la Ilustre Municipalidad de Caldera, SEREMI de Desarrollo Social y Familia y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). - Registro de gestiones realizadas para la contratación de mano de obras local (por ejemplo: carta o correo a OMIL de Caldera con la descripción de los puestos de trabajo). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7

8.8. CAV-08: Plan de Perturbación Controlada en Vertebrados de Baja Movilidad en Categoría de Conservación: Reptiles y Micromamíferos Impacto asociado No hay impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Previo al inicio de la fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inducir el desplazamiento de individuos de especies de baja movilidad que se encuentren en el área de intervención directa del Proyecto, de acuerdo con lo mencionado en el informe de Caracterización de Fauna Terrestre (Anexo 4.2 de la Adenda) y las especies registradas e identificadas dentro del área de influencia del Proyecto. Descripción: El Plan de Perturbación Controlada (PPC) se implementará en el área de intervención del Proyecto, previo al inicio de la fase de construcción. Esto con la finalidad de evitar que ejemplares de reptiles y micromamíferos reingresen al área de intervención y se produzca repoblamiento del sector. El Plan de Perturbación Controlada se realizará no más allá de 5 días previo a comenzar la actividad de despeje de vegetación o de los movimientos de tierra en la zona areal y tramo de obras lineales del Proyecto, involucrando éstas últimas al camino de acceso y Línea de transmisión eléctrica. Las especies objetivo del PPC corresponden a 2 especies endémicas de reptiles, Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha) que se encuentra calificada en categoría “Casi amenazada” (NT), y la especie Liolaemus atacamensis (lagartija de atacama), clasificada en categoría “Preocupación menor” (LC), según el RCE. La abundancia absoluta de las especies de reptiles registradas durante las campañas de otoño, invierno y primavera del 2024, entregan la cantidad de 88 ejemplares avistados directamente en el área de influencia del Proyecto, siendo 74 de ellos correspondientes a las especies Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha) y 14 a la especie Liolaemus atacamensis (lagartija de atacama). La otra especie de baja movilidad registrada en el área de influencia del Proyecto corresponde a Eligmodontia dunaris (ratoncito de las dunas), con una abundancia registrada de 4 individuos. Esta especie no se encuentra calificada en ninguna de las categorías de conservación dispuestas en la normativa ambiental vigente, Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) en su 19º Proceso (2024), ni en la Ley 19.743 y su Reglamento (SAG, 2018). Sin embargo, por su origen endémico e importancia ecológica con relación a otras especies, se plantea el compromiso voluntario de perturbación controlada como medida para disminuir su potencial afectación. Es menester indicar que, el detalle del presente compromiso ambiental voluntario se presenta en el Apéndice A del Anexo 3.4 de la Adenda. Justificación: La implementación de esta medida se justifica en la presencia de especies de baja movilidad (reptiles y micromamíferos) y que presentan alguna singularidad ambiental. En este caso en particular se realizará sobre las especies registradas en el área de influencia en base a los resultados registrados la caracterización de Fauna terrestre. En la siguiente tabla se detallan las especies objetivo de dicho plan y su categoría de conservación. Tabla. Reptiles de baja movilidad y que presentan categoría de conservación en base a la legislación nacional y Mamíferos de origen endémico Nombre científico de la especie Nombre común Origen Categoría de conservación Decreto que lo indica Liolaemus atacamensis Lagarto de Atacama E Preocupación Menor DS 16/2016 MMA Liolaemus nigromaculatus Lagarto de mancha negra E Casi Amenazada DS 16/2016 MMA Eligmodontia dunaris Ratoncito de las dunas E Sin Clasificar - E: Endémica. Una de las principales ventajas de la perturbación controlada, en relación con el rescate y relocalización, es que no involucra la manipulación de individuos, evitando de esta forma su captura, el estrés asociado al manejo, los riesgos sanitarios y la posibilidad de muerte en el procedimiento. Otra ventaja de implementar esta medida es que los individuos desplazados se mantienen en un ambiente conocido, con una alta probabilidad de encontrar refugio y alimento altamente similar al de su área de origen. También existe una alta probabilidad que los individuos mantengan relaciones familiares, territorialidad e interacciones con otras comunidades y especies, y se mantenga la configuración genética de la población. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La aplicación de esta medida se realizará en el área de intervención directa de las obras y partes del Proyecto. Forma: El PPC se ejecutará, siguiendo, en orden cronológico, las siguientes actividades: - El procedimiento será realizado por especialistas con experiencia en este tipo de actividades, más uno o dos apoyos en terreno. En jornada previo al comienzo de las labores de perturbación controlada de fauna de baja movilidad, se realizará un microrruteo por el área de intervención del proyecto, con la finalidad de determinar abundancia e identificar los sectores donde se registren las especies objetivo de este PPC, ya sean áreas de descanso, asoleamiento, madrigueras, entre otros. Una vez obtenida esta información, se dirigirán los esfuerzos a estos sectores. En simultáneo, se identificarán los potenciales hábitats presentes en el área receptora. - Posteriormente, una vez asegurada la disponibilidad de nuevos hábitats, se producirán perturbaciones en el área definida, mediante la remoción manual de potenciales refugios (madrigueras, roqueríos menores, rocas, etc.). Esta actividad se sugiere ejecutar entre los meses de enero y agosto, considerando no intervenir en su periodo reproductivo y de cría, así ́ como, estados de letargo o sopor, entre otros, en horario diurno con temperatura adecuada para las actividades diarias de las especies, es decir entre las 10:00 a 16:00 hrs. Es necesario realizar el hincapié, que una vez que se remueven los potenciales refugios, el individuo perturbado será inducido a su huida hacia las áreas receptoras, fuera del área de intervención del Proyecto e idealmente hacia los hábitats ya mejorados, si esto fuera necesario incorporar en el área. - Es importante mencionar que esta medida no debe ser entendida como un “ahuyentamiento” aleatorio, pues debe desarrollarse de modo que entregue certezas mínimas sobre la dirección del desplazamiento de los individuos y el lugar hacia donde se dirigirán, siendo necesario aumentar el esfuerzo empleado en la perturbación y sus objetivos planteados. El destino de los animales perturbados depende de las características del hábitat, condiciones para el desplazamiento y los requerimientos propios de cada especie, todo esto asociado a las temperaturas que sean superiores a 20°C para reptiles, específicamente. - En reptiles, animales ectotermos, la capacidad de emigrar en invierno es menor que en primavera-verano. La efectividad de la medida está condicionada por el breve lapso entre la aplicación de la perturbación y la implementación de la intervención definitiva del proyecto (1–5 días máximos), para evitar la recolonización por los mismos u otros individuos en la zona. Los reptiles, de forma similar a los anfibios, por su tamaño pequeño y su condición ectoterma, son un grupo con ámbitos de hogar reducidos y menor capacidad para desplazarse. Sin embargo, los reptiles tienen una amplia capacidad ecológica que les ha permitido ocupar diversos ambientes a lo largo de todo el país. En los reptiles, la perturbación controlada es aplicable para proyectos de extensión lineal y para proyectos areales pequeños, en áreas más grandes puede ser realizada solo si la intervención se realiza en forma gradual. - Esto debido a que, al intervenir una franja de hábitat o áreas reducidas, los individuos tienen la posibilidad de escapar y de moverse a los sectores contiguos. Por esto, que la metodología de perturbación controlada se llevará a cabo mediante el uso de cuadrantes, abarcando una superficie de 1 ha por jornada de perturbación en la zona areal del proyecto, mientras que en el tramo lineal se considerará un kilómetro por jornada. - En cuanto a la perturbación de la especie Eligmodontia dunaris (ratoncito de las dunas), se realizará en horario nocturno durante 2 jornadas, con el uso de linternas para la búsqueda vía pedestre de la especie objetivo. Aquellos ejemplares avistados serán ahuyentados hacia el exterior del área de intervención del proyecto en su zona areal, sector en donde se registró esta especie de micromamífero, desplazándoles hacia sectores externos al área de intervención en su polígono de ubicación de baterías BESS. - La liberación del área estará a cargo de un especialista, los que trabajarán en grupos a razón de número hectáreas por día, conforme se establece en la “Guía Técnica para implementar medidas de Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada. Fauna Silvestre” (Torres-Mura, 2014). En paralelo, se mantendrá un registro de las especies avistadas que migren, donde se anotará: especie, Nº de ejemplares, dirección de migración. - El Plan de Perturbación Controlada se realizará no más allá de 5 días previo a comenzar la actividad de despeje de vegetación o de los movimientos de tierra en el tramo o área en donde se hayan registrado las especies objetivo. - Posterior a las actividades de perturbación, se realizará un recorrido a pie diurno o nocturno, según corresponda, con la finalidad de verificar la ausencia de ejemplares de las especies objetivo de este Plan. De este modo, el indicador de cumplimiento consiste en la ausencia de individuos en el área perturbada. Por lo tanto, el presente PPC será considerado efectivo, cuando, al realizar el recorrido de verificación no se observen ejemplares de las especies objetivos. - En caso de registrar individuos durante el recorrido de verificación, se implementará nuevamente la metodología de perturbación y posterior recorrido de verificación hasta que el área esté completamente liberada. - El área se dará por liberada cuando el especialista a cargo estime que se cumple con los requisitos de la Guía de Torres-Mura en lo que se refiere a la riqueza de especies del ensamble y/o abundancia específica de especies en el área que ha sido liberada. Luego de ello se habilitará el paso de maquinarias para la realización de actividades de despeje y preparación de terreno. - Una vez que el área sea declarada “liberada”, los trabajos de remoción de superficie deben comenzar dentro de los próximos 5 días siguientes, como máximo. Oportunidad de implementación: Previo al inicio de la fase de construcción, específicamente, antes de la realización de tareas de despeje y corta de vegetación y movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en la ausencia de individuos en el área perturbada durante el recorrido de verificación. Por lo tanto, el PPC será considerado efectivo cuando al realizar el recorrido de verificación no se observen ejemplares de las especies objetivos. Es decir, los parámetros a considerar en este Proyecto, que deberán evaluarse para determinar el éxito de la medida son la Riqueza de especies del ensamble (antes/después de la aplicación de la medida) y la Abundancia especifica de especies. (SAG, Torres- Mura, 2014). Se considerarán como indicadores de éxito la riqueza de especies, donde después del proceso de perturbación controlada no deberían encontrarse las ́ especies objetivo en el área perturbada. Se considerará como indicador de cumplimiento de la medida aplicada en el sector hacia donde fueron ahuyentados los individuos perturbados, los resultados obtenidos debieran permitir evidenciar que la población receptora se ha mantenido en el tiempo, o que presenta un aumento respecto a su condición original previa a la aplicación de la perturbación controlada. Forma de control y seguimiento - Posterior a la aplicación de la perturbación controlada, se deberá realizar el seguimiento de la población receptora, la cual deberá considerar al menos dos ciclos reproductivos de la especie objetivo de forma que permita realizar comparaciones interanuales, considerando el periodo de mayor actividad de fauna. - Previo al inicio de las obras, se procederá a la revisión del área perturbada de forma de asegurar la inexistencia de la especie objetivo y que no existe recolonización. - Al día siguiente de ejecutada la perturbación, se realizará un primer seguimiento evaluando de forma visual actividad de las especies objetivo en el área de destino, así como la eventual presencia de ejemplares enfermos, estresados o muertos. - Se realizará un seguimiento semanal el primer mes, a través de métodos no invasivos (sin captura) que permitan determinar, además de su presencia, su actividad de ocupación de refugios o madrigueras tanto naturales como producto del enriquecimiento de hábitat. - Se realizarán mediciones cuantitativas al segundo y tercer mes, y en la época de mayor actividad, que permitan estimar la abundancia y densidad de la población. - Se realizará un monitoreo anual, en época de primavera, posterior al ciclo reproductivo de las especies objetivos, durante 2 años consecutivos, posterior al término de la medida aplicada. - Los resultados obtenidos deberán permitir evidenciar que la población receptora se ha mantenido en el tiempo, o que presenta un aumento respecto a su condición original previa a la aplicación de la perturbación controlada. - En caso de registrar muerte de ejemplares, se deberá notificar al SAG antes de 24 horas hábiles y analizar en conjunto las medidas pertinentes a tomar con los ejemplares y con el seguimiento. Cada una de las actividades deberá ser informada 45 días después de realizada a las autoridades competentes según sea el caso (SAG, SMA, CONAF), acompañada de evidencia fotográfica junto con información georreferenciada. - Como éxito de la medida aplicada a la herpetofauna, se espera, a lo menos, registrar durante las campañas de monitoreo o seguimiento una abundancia mínima igual a la obtenida durante el levantamiento de línea de base, es decir, 74 individuos de la especie Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha) y 14 a la especie Liolaemus nigromaculatus atacamensis (lagartija de atacama). Lo anterior, debe demostrar el aumento de la densidad y abundancia de la población receptora o que ésta se mantenga sin variación a través del tiempo hasta el término del seguimiento, de forma tal que asegure la sobrevida de la población residente. - Como éxito de la medida aplicada a la especie de micromamífero, se espera, a lo menos, registrar durante las campañas de monitoreo o seguimiento una abundancia mínima igual a la obtenida durante el levantamiento de línea de base, es decir, 4 individuos de la especie Eligmodontia dunaris (ratoncito de las dunas). Lo anterior, debe demostrar el aumento de la densidad y abundancia de la población receptora o que ésta se mantenga sin variación a través del tiempo hasta el término del seguimiento, de forma tal que asegure la sobrevida de la población residente. Para la campaña de seguimiento, se considera elaborar un informe, el cual deberá contener al menos los siguientes parámetros de seguimiento: - Riqueza de especies. - Abundancia específica. - Área proyectada para la perturbación versus área efectivamente perturbada. - Riqueza y abundancia de otros grupos de fauna que conviven con las especies objetivo. - En caso de observar individuos durante este recorrido, se implementará nuevamente la metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los ejemplares que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo, la medida debe aplicarse hasta liberar por completo el área a intervenir. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8

8.9. CAV-09: Alianza con cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera Impacto asociado No hay impacto asociado. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar una alianza entre el Titular y Bomberos de Chile para la capacitación respecto al manejo y uso de insumos para el control de eventuales emergencias en el sistema de baterías. Descripción: Se realizarán capacitaciones al cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, sobre la instalación y operación del sistema BESS, presentando el Plan de Emergencias y procedimientos ante riesgo de explosión e incendio de las baterías, y los métodos más idóneos para la extinción de incendios, para evitar la propagación de vapores y gases tóxicos al medio ambiente. Paralelamente, el titular se compromete a realizar el recambio y/o reposición de insumos necesarios a la institución de bomberos que sean utilizados para el control de alguna emergencia ocurrida en las instalaciones del proyecto. Justificación: Tener una coordinación oportuna con el cuerpo de bomberos de la comuna para dar respuesta a eventuales emergencias de incendios en el área del proyecto, y asegurar la reposición de los insumos necesarios para abordar la emergencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Proyecto e Institución de Cuerpo de Bomberos de la comuna de Caldera. Forma: La capacitación se realizará de la siguiente manera: - Se coordinará con los servicios de bomberos de la comuna de Caldera para programar sesiones de capacitación antes del inicio de las operaciones del sistema BESS. - Se desarrollará un programa de capacitación integral que incluya la información del Plan de Emergencias y Contingencias presentado por el Titular en el Anexo3.1 de la Adenda Complementaria. Los contenidos serán al menos los siguientes: • Riesgos de explosión e incendio. • Presentación de procedimientos y planes de emergencias. • Métodos más idóneos para la extinción de incendio, para evitar la propagación de vapores y gases tóxicos al medio ambiente. - Se llevarán a cabo sesiones teóricas y prácticas, que pueden incluir simulacros de emergencia con el fin de dar a conocer al cuerpo de bomberos el área de proyecto, partes, obras y equipos del sistema BESS. - Se proporcionará al cuerpo de bomberos material didáctico y acceso a expertos técnicos para abordar cualquier inquietud o pregunta que puedan tener. - Se confeccionará un inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. Oportunidad de implementación: Durante la construcción del proyecto, se coordinará con el cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, las fechas y horarios en que se llevarán a cabo las capacitaciones para garantizar su participación efectiva y preparación adecuada para responder ante cualquier emergencia. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de asistencia a las capacitaciones del cuerpo de bomberos de la Comuna de Caldera. - Registro de Inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. - Acta firmada por parte del cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, donde reciban conforme los insumos acordados en el inventario (solo en caso de que ocurra una emergencia). Forma de control y seguimiento - Se mantendrá dentro de las instalaciones del proyecto, las fichas con registro de asistencia a cada una de las actividades de capacitación, ante eventual fiscalización de la autoridad. - Se mantendrá dentro de las instalaciones del proyecto, el registro de inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. - Se entregará una copia al cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, con el registro de inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. - En caso de una eventual emergencia, registro de acta firmada por parte del cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, donde reciban conforme los insumos acordados en el inventario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9

8.10. CAV-10: Plan de Comunicación Impacto asociado Evitar cualquier afectación a los Sistemas de Vida y Costumbres de los Grupos Humanos identificados. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Poder identificar al titular y nombre del proyecto en cada uno de los vehículos y maquinarias vinculadas al Proyecto, y establecer un canal de comunicación para la resolución de reclamos, comentarios o sugerencias ante la eventual obstrucción de caminos u otros asuntos. Descripción: Se incorporará una señalización que identifique al titular y nombre del proyecto en todos los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos del proyecto. La señalética tendrá las siguientes características: • Será incorporada en los costados de vehículos al inicio de cada fase. • Será visible al menos a 20 metros. Por otro lado, se dispondrá en obra un libro autocopiativo, en instalación de faenas durante las fases de construcción y cierre, y en la entrada de acceso al proyecto durante la fase de operación, para registrar por escrito los comentarios de la comunidad y en este se deberá proporcionar soluciones en caso de ser necesario, las cuales también se documentarán en dicho libro. Justificación: Facilitar la identificación del titular y del proyecto en caso de que los Grupos Humanos del Área de Influencia necesiten presentar reclamos, comentarios o sugerencias relacionados con la obstrucción de caminos u otros asuntos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los vehículos, buses, equipos, camiones, camionetas, y el área del proyecto. Forma: Se incorporará la señalética en los costados de los vehículos al inicio de cada fase, en el cual se distinguirá el nombre del titular y del proyecto, y del contratista en caso de aplicar, asegurándose de que sea visible al menos desde 20 m. Además, se dispondrá de un libro autocopiativo en el área de proyecto, en la instalación de faenas durante las fases de construcción y cierre, y en la entrada de acceso al proyecto durante la fase de operación, para registrar por escrito los comentarios, sugerencias o quejas de la comunidad. El jefe de obra será el encargo de revisar el libro de manera mensual y gestionar la resolución del conflicto a través de los especialistas correspondientes. Luego, deberá dejar por escrito en el libro las soluciones y/o respuestas sobre cada caso. Oportunidad de implementación: Al inicio de la fase de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de instalación de letreros identificando la patente. - Registro fotográfico de disposición del libro en el área de proyecto. Forma de control y seguimiento - Registros se mantendrán en oficina de Instalación de Faenas (Fases de construcción y Cierre) y en la entrada de acceso al Proyecto (Fase de Operación), ante eventual fiscalización por parte de la autoridad. - Revisión mensual del Mecanismo de Comunicaciones Comunitarias (libro) para comprobar la existencia de observaciones y dar respuesta a la mismas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10

8.11. CAV-11: Promoción de la riqueza paleontológica de la comuna de Caldera Impacto asociado Afectación de elementos fosilíferos en el área de influencia del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Exponer la riqueza Paleontológica de Caldera como parte de su identidad cultural, a través de la promoción ilustrativa de sus elementos fosilíferos, según la caracterización paleontológica presentada en el Anexo 2.13 de la DIA. Descripción: Se tomará contacto con la Ilustre Municipalidad de Caldera para la determinación de un lugar estratégico, para luego definir un panel informativo e ilustrativo que promueva la riqueza paleontológica de la zona según los registros encontrados en el área de influencia del Proyecto. Justificación: Caldera se caracteriza por ser una comuna con un alto potencial fosilífero debido a su cercanía costera con abundante fauna fósil, los cuales forman de la identidad cultural de quienes habitan y es importante promoverla y masificarla. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Lugar estratégico a definir con la Ilustre Municipalidad de Caldera, el cual debe ser cercano al área del Proyecto. Forma: Al inicio de la fase de operación se tomará contacto con la Ilustre Municipalidad de Caldera para la determinación de un lugar estratégico donde se pueda exhibir información relevante respecto al potencial paleontológico de la zona. Posteriormente, se establecerá un panel informativo en el cual se presente la riqueza paleontológica registrada en el Anexo 2.13 de la DIA, correspondiente principalmente a vertebrados e invertebrados marinos como bioclastos fragmentados de gastrópodos, bivalvos y cirrípedos. La materialidad del panel será resistente a condiciones climáticas tales como: humedad, viento, exposición al sol, entre otros. Oportunidad: Fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros de comunicaciones con la Municipalidad de Caldera. - Registro fotográfico del panel instalado. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en la Sala de Servicios Generales de la subestación eléctrica del Proyecto ante eventual fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11

8.12. CAV-12: Protección de individuos de Copiapoa Leonensis Impacto asociado Afectación de especie en categoría de protección. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección de los ejemplares de Copiapoa leonesis, que se encuentran dentro del área de influencia del Proyecto y que se encuentren dentro del área de influencia del Proyecto, evitando su daño y la posible deposición de material particulado sedimentable (MPS). Descripción: La medida consiste en la instalación de protecciones por individuo de Copiapoa leonesis registrados dentro del área de influencia del Proyecto, mediante malla tipo raschel. La malla tipo raschel es una medida de protección ampliamente utilizada como protección de plantas ante condiciones ambientales y la posible afectación de deposición de MPS generado durante las actividades de la fase de construcción. Adicionalmente, se velará porque no se acumule polvo en exceso en el cierre habilitado. Para esto, se procederá a su inspección durante la ejecución de las obras y actividades de construcción en el entorno de los individuos objeto de protección. Una vez que el frente de trabajo se desplace y avance, la medida será retirada. En la siguiente figura se presenta la ubicación de los 20 individuos identificados dentro del área de influencia del Proyecto: Figura. Ubicación geográfica de los individuos de Copiapoa leonensis

Fuente: Apéndice VIII del Anexo 4.1 de la Adenda. Justificación: Para dar resguardo a la especie Copiapoa leonensis al momento de la construcción y la posible deposición de MPS proveniente de las actividades realizadas durante la fase de construcción, se instalarán protecciones individuales, las que consistirán en un cercado con malla raschel al 30%. Se velará por la limpieza de esta protección, con el fin de asegurar las condiciones de luz y fotosíntesis de las plantas y evitar afectaciones negativas del uso de este tipo de cierre. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida contempla la instalación de protecciones que se instalarán de forma separada a cada uno de los 20 individuos de la especie Copiapoa leonensis, que se encuentran dentro del área de influencia ya georreferenciados producto del censo realizado (Apéndice VI, Anexo 4.1, Adenda del Proyecto) para su monitoreo posterior a la ejecución de la medida. Estos individuos se ubican cercanos a las torres 15 y 12. Forma: Las actividades, procedimientos o acciones se implementarán en 3 etapas, de la siguiente manera: 1. Etapa de preparación: a) Microrruteo para obtener información de detalle actualizada al momento de implementación de la medida, en la que se identificará cada individuo y se registrarán los datos que describen su condición fitosanitaria, esto es: confirmación de coordenadas, medición de altura, diámetro y estado fitosanitario. b) Preparación del área, consistente en la limpieza del área para la instalación de las protecciones. Las actividades requeridas para esta contemplan: soltar la tierra, el despeje de obstáculos para la aplicación de la medida. En esta etapa se utilizarán materiales como chuzos, palas. 2. Etapa de implementación: Se instalará un cercado con malla raschel al 30%. Esta malla se implementará en forma angular alrededor de los ejemplares, donde ésta deberá cubrir por completo al ejemplar y considerar al menos 30 centímetros por sobre su altura. En esta etapa se establecerían las mallas y pilares para protección física de los ejemplares. Como materiales, también se utilizará pala, malla raschel al 30% y cercado, coligues o similar para la instalación de la estructura de protección. 3. Etapa de seguimiento y evaluación: Se realizarán inspecciones regulares de seguimiento y evaluación a la protección de las especies objeto del resguardo mientras dure la construcción de las obras, esto con el fin de verificar el estado de los individuos protegidos. Se verificará, además, el estado del cercado y se procederá a su reparación si fuese necesario. Durante esta etapa de construcción se limpiarán la malla raschel de forma manual, esto se efectuará con una o más personas, las cuales revisarán cada una de las plantas cubiertas por este tipo de protección, se tomará la malla y se llevará a un lugar con la menor cantidad de vegetación posible, luego se sacudirán hasta quitar el exceso de polvo que se haya acumulado, procurando que el material no se deposite sobre el individuo en consideración a la dirección del viento, para finalmente volver a instalar la malla en la planta que estaba protegiendo. Una vez finalizada la construcción de las obras en el sector, se procederá al despeje de los elementos de protección y a la limpieza del área de todo material o residuo ajena al lugar. Oportunidad: Esta medida será ejecutada previo a la fase de construcción de las obras dentro del Proyecto, la implementación de la medida se realizará de forma previa a que se las obras y se extenderán hasta el termino de las obras de construcción. La limpieza de las mallas se realizará durante todo el periodo de construcción, el cual corresponde al momento en que es posible que se levante la mayor cantidad de polvo, esta tarea se ejecutará una vez cada dos semanas durante esta etapa del Proyecto. El tiempo estimado para la implementación de la medida es de 1 mes previo a la fase de construcción. Luego, el seguimiento y evaluación se extiende durante la fase de construcción con una frecuencia mensual hasta el despeje del área. Indicador que acredite su cumplimiento - Reporte de preparación, el que estará disponible en las instalaciones del Titular del Proyecto en caso de ser requerido por la Autoridad, el que incluirá la identificación y caracterización de cada uno de los individuos reconocidos al momento de ejecución de la medida y cartografía complementaria. - Reporte de implementación, incluyendo una descripción de lo realizado, número de cercados implementados, identificación, fotografías, etc. - Registro de seguimiento y de estado de los individuos protegidos, en el que se constatará el retiro de MPS en caso de que sea necesario. - Reporte de Seguimiento y Evaluación, este reporte incluirá los reportes y seguimientos realizados mientras se ejecuten las obras de construcción y medidas adoptadas dejando registro fotográfico y evaluación del estado fitosanitario de los individuos de Copiapoa leonensis. Forma de control y seguimiento - Todos los informes generados en el ámbito de este compromiso estarán disponibles en las instalaciones del Titular del Proyecto en caso de que la Autoridad lo requiera. - Reporte de monitoreo a la SMA, que será incluido dentro del reporte de protección de Copiapoa leonensis. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12

8.13. CAV-13: Monitoreo de especies propias del Desierto Florido previo construcción Impacto asociado Susceptible afectación de ejemplares de flora y vegetación propias del fenómeno Desierto Florido. Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer las líneas de acción orientadas a evitar o minimizar eventuales efectos adversos sobre especies geófitas propias del desierto florido que, eventualmente, podrían estar presentes en las áreas de obra del Proyecto, mediante un Plan de Manejo Biológico (PMB; Apéndice B, Anexo 3.4, Adenda del Proyecto) que se activará en caso de identificar la presencia de estas especies previo al inicio de las obras de la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Previo al inicio de la construcción del Proyecto, se efectuará un Monitoreo en busca de individuos de especies geófitas que se encuentren en estado de floración o en estado latente, dentro del área de las obras del Proyecto, específicamente en el sector de emplazamiento de estructuras de la LAT. En caso de identificar algún individuo geófito, el Titular activará un Plan de Manejo Biológico (PMB de flora y vegetación) para la evitar y minimizar afectación sobre los individuos de las especies identificadas. El PMB se realizó utilizando como referencia la especie Oziroë biflora que no fue detectada dentro de las obras del Proyecto, pero si en el área de influencia, de esta forma el PMB podrá ser utilizado para otra especie de hábito de crecimiento similar. El Plan de Manejo Biológico se aplicará solo en el caso de que se compruebe la presencia in situ de alguna especie geófita propia del desierto florido, en las obras directas del Proyecto. Justificación: El Proyecto se ubica en la región Vegetacional del Desierto (Gajardo, 1994), distanciado a 5,86 km del Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad Zona del Desierto Florido. La vegetación es poco abundante, con elementos de flora desarrollándose esporádicamente o en sitios puntuales, principalmente donde se evidencian escurrimientos superficiales de agua en temporadas favorables. De los antecedentes indicados y conforme los resultados de la Actualización de la Caracterización de Flora y Vegetación (Anexo 4.1 de la Adenda), en los sectores aledaños al Proyecto, se registró la existencia de una especie geófita, Oziroë biflora, la cual se distribuye entre la Región de Tarapacá y llega hasta la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, por su parte, no se encuentra clasificada en categoría de conservación según el RCE. Sin embargo, se considera parte de los elementos propios del Desierto Florido dado su hábito geófito. Por lo tanto, en caso de registrar individuos dentro de las obras se aplicará esta medida de rescate y relocalización definida en el PMB. Es menester señalar que, el desierto florido posee la condición de ser un recurso escaso, único o representativo, por lo que ahí radica la importancia de resguardar este tipo especies de este ecosistema. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las obras del Proyecto que se encuentran dentro de las 7,32 ha del área de influencia del Proyecto en las cuales se emplazarán las estructuras de la Línea de Transmisión Eléctrica y caminos de acceso. Forma: Previo a la construcción del Proyecto, en particular, previo al inicio de la construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica y Habilitación del Camino de acceso a las torres de alta tensión, se implementará un Monitoreo de flora y vegetación enfocado en la búsqueda de especies geófitas propias del Desierto Florido, el cual será realizado por un especialista en la materia, a saber: ingeniero forestal, ingeniero en recursos naturales, biólogo, agrónomo u otro afín. Solo en el escenario de identificarse la presencia de especies geófitas del Desierto, el Titular activará el Plan de Manejo Biológico (PMB de flora y vegetación) para evitar la afectación de los individuos identificados. Se llevarán a cabo las siguientes actividades dentro del Plan de Manejo Biológico en caso de aplicarse. Para el detalle de cada una de estas actividades revisar el Anexo 3.4 CAV, Apéndice B “Medidas ante la Identificación de Especies del Desierto Florido en Estado de Floración o en Estado Latente - Plan de Manejo de Especies Geófitas detectadas previo a la construcción” de la Adenda: - Rastreo de individuos - Realización de escarpe - Extracción de geófitas - Manipulación de geófitas en terreno - Acondicionamiento y cicatrización - Almacenamiento - Relocalización - Seguimiento Se implementarán medidas complementarias al PMB, tales como: - Se realizarán charlas de inducción a todos los trabajadores, que incluya temas de protección ambiental y conocimiento básico de flora local en categoría de conservación. - Para evitar la afectación por polvo en suspensión, el límite de velocidad de conducción en áreas cercanas a los individuos será de 30 km/h. Finalmente, toda actividad será debidamente supervisada y a cargo de un especialista en flora. Oportunidad: Previo al inicio de construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica y Habilitación del Camino de acceso a las torres de alta tensión. Indicador que acredite su cumplimiento - Tras la ejecución del monitoreo, se mantendrá, en la instalación de faenas, el registro fotográfico que acredite la realización de esta actividad. Además, y como respaldo digital, se contará con el track que realicen los especialistas al momento de llevar a cabo el monitoreo y, en caso de hallazgos de individuos, estos serán registrados mediante GPS, generando una capa con dicha información. - Se elaborará un informe de Monitoreo de flora, el cual se encontrará disponible en faena y será enviado a la SMA. Dicho informe detallará las fechas de ejecución del monitoreo, profesional(es) a cargo del monitoreo, especies identificadas y georreferenciación de los individuos registrados, si corresponde. - En caso de aplicar el PMB, se elaborarán informes con el detalle de su ejecución, el cual será enviado a la SMA. - En caso de aplicar un PMB, se mantendrá un registro fotográfico de la implementación del PMB en faena. Forma de control y seguimiento - Registros fotográficos y digitales del Monitoreo de Flora disponibles en la instalación de faena del Proyecto. - En caso de aplicar PMB, Informe de Ejecución de PMB de los programas a implementar. - En caso de aplicar PMB, tanto el seguimiento como la forma de control de cada programa, serán debidamente reportadas a la Autoridad. En caso de aplicar PMB, como indicador de éxito de su ejecución, se verificará que al final del último monitoreo de cada programa se hayan cumplido sus objetivos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13

8.14. CAV-14: Monitoreo de ruido en receptores humanos R3 y R4 Impacto asociado Afectación a la salud de la población debido a niveles de ruido sobre normativa regulada por D.S. N°38/2012 del MMA. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: La implementación de monitoreos permitirá asegurar la no afectación a la salud sobre receptores humanos, específicamente sobre los receptores R3 y R4. Esto, debido a que, la modelación de ruido efectuada, en el contexto de la Adenda (Anexo 5.6 de dicho documento) arrojó, dentro de sus resultados que, los receptores antes singularizados presentan valores próximos a la normativa. Descripción: Durante la fase de construcción del Proyecto se realizarán monitoreos de ruido en terreno sobre receptores humanos, específicamente sobre R3 y R4 para el período diurno. Se situará un (1) punto de medición sobre cada receptor, identificando los siguientes descriptores: - Nivel de presión sonora continuo equivalente (NPSeq). - Nivel de presión sonora máximo (NPSmáx). - Nivel de presión sonora mínimo (NPSmín). Los niveles basales de ruido se obtendrán usando como referencia el procedimiento definido en el D.S. N°38/2011 del MMA, es decir, se medirá NPSeq de forma continua, descartando ruidos ocasionales tales como bocinas, sirenas de ambulancias, ladridos de perros, etc., registrando su valor cada cinco (5) minutos hasta la estabilización de la lectura (diferencia aritmética entre dos (2) registros consecutivos menores o igual a 2 dB), considerando como valor el último de los niveles registrados. La frecuencia de dichos monitoreos será trimestral. Justificación: Este compromiso nace de la necesidad de mantener las emisiones de ruido bajo lo estipulado por la normativa (D.S. N°38/2011 de MMA), con la finalidad de garantizar la no afectación a la salud humana a razón de las partes, obras y acciones del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las coordenadas geográficas de la ubicación de los receptores R3 y R4 se encuentran en la Tabla a continuación. Receptor Descripción

Distancia del Proyecto [m] Coordenadas UTM Huso 19 S – WGS84 Este [m] Norte [m] R3 Vivienda 1 piso material ligero, Caletera paralela a Ruta C-351, Caldera. 260 323.158 7.001.909 R4 Planta tratamiento aguas servidas, estructura sólida, calle interior perpendicular a Ruta C-351, Caldera. 25 323.176 7.002.434 Fuente: Anexo 5.6.1 Ruido y vibraciones MH, Adenda. Forma: Durante la fase de construcción del Proyecto se realizará un monitoreo de ruido sobre los receptores humanos R3 y R4. para el período diurno. Se situará un (1) punto de medición sobre cada receptor, identificando los siguientes descriptores: - Nivel de presión sonora continuo equivalente (NPSeq). - Nivel de presión sonora máximo (NPSmáx). - Nivel de presión sonora mínimo (NPSmín). Los niveles basales de ruido se obtendrán usando como referencia el procedimiento definido en el D.S. N°38/2011 del MMA, es decir, se medirá NPSeq de forma continua, descartando ruidos ocasionales tales como bocinas, sirenas de ambulancias, ladridos de perros, etc., registrando su valor cada cinco (5) minutos hasta la estabilización de la lectura (diferencia aritmética entre dos (2) registros consecutivos menores o igual a 2 dB), considerando como valor el último de los niveles registrados. La frecuencia de dichos monitoreos será trimestral. Los equipos utilizados para realizar el monitoreo son: - Sonómetro integrador clase 2, marca Larson Davis, modelo LxT2 - Calibrador acústico Larson Davis, modelo CAL 150 - Pantalla anti-viento - Trípode 1,5m - GPS Garmin - Cámara fotográfica digital - Anemómetro / Termómetro Oportunidad: El monitoreo se implementará durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, ya que, es el peor escenario en cuanto a emisiones de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento - Tras la ejecución del monitoreo, se mantendrá, en la instalación de faenas, el registro fotográfico que acredite la realización de esta actividad. - Se elaborará un informe de Monitoreo de ruido, el cual se encontrará disponible en faena y será enviado a la SMA. Dicho informe detallará las fechas de ejecución del monitoreo, profesional(es) a cargo del monitoreo, mediciones, fuentes de ruido, así como la evaluación de resultados. Además, se anexarán los certificados de calibración de los instrumentos empleados en las mediciones. - Las mediciones contenidas en el informe indicarán que, para ambos receptores, las emisiones sonoras se encuentran bajo lo estipulado en el D.S. N°38/2011 de MMA, según el uso de suelo permitido en el Instrumento de Planificación territorial (IPT) respectivo. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos y comprobante de ingreso de informe de la ejecución del Monitoreo de ruido en la SMA, disponibles en la instalación de faena del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.14

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

9.1.1. Riesgo ante sismos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera: - No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la subestación y/o trazado de la línea de transmisión, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Forma de control y seguimiento - Existirá registro de inducciones realizadas, este documento se encontrará en las dependencias de la Instalaciones de Faenas. - Se realizarán simulacros de sismo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1.

9.1.2. Riesgo ante vientos fuertes, trombas y torbellinos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. - Producido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en activos y medio ambiente. - En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de las estructuras y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Forma de control y seguimiento - Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de las capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en la instalación de faenas. - Registro posterior del área de trabajo con el fin de evidenciar como se encuentra el lugar. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2.

9.1.3. Riesgo de remoción en masa Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - El personal al momento de detectar la emergencia debe informar inmediatamente al Jefe del área. - El Jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento y de aplicar se dará aviso de inmediato a carabineros y unidades de rescate. - El personal será evacuado a zonas seguras ya previamente estipuladas, a la espera de rescate. - Una vez finalizada la emergencia se analizará la situación e instalaciones a fin de regresar a obra de manera segura. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de inducciones periódicas de procedimientos y/o protocolos de seguridad ante condiciones climáticas adversas, haciendo hincapié en el riesgo de remociones en masa. - Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3.

9.1.4. Contingencia de Falla en sistema de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales No Peligrosos. - Área de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos. Acciones o medidas a implementar Residuos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos: - Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la emergencia. - Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. - Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita. - Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado. - El jefe de obra se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos Peligrosos: - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Definir el equipo necesario y el plan de acción. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. - Colectar y envasar el material contaminado. - Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado para comparar los daños generados. - Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN). - Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): - Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. - Descontaminar todos los equipos. - Envasar todo el material contaminado para descarte. - Colectar muestras para certificación. - Acciones Finales: Documentación (Reporte Final). - Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. - Mapa o dibujo del lugar. - Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. - Fotografías. - Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. Forma de control y seguimiento - Se elaborarán registros de inducciones al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. - Se harán inspecciones con el fin de identificar tempranamente alguna condición insegura. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4.

9.1.5. Contingencia de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada - Todas las áreas del Proyecto. - Habilitación de estructuras soportantes de la línea de transmisión y badenes para paso vehicular. - Pretil perimetral de BESS. Acciones o medidas a implementar Acciones para contención de derrames: - Ante la detección de un eventual derrames de residuos y sustancias peligrosas, los trabajadores deberán dar aviso jefe de Emergencias, quien deberá llevar a cabo los protocolos establecidos en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, además, se deberá contactar con la empresa distribuidora de los contenedores para su reposición. - La ocurrencia de un derrame en un curso de agua implicará el trabajo de control y limpieza aguas abajo del área del derrame, donde la probable concentración de los contaminantes se producirá en bajos anegables. En estos sectores se realizarían las labores de extracción de las sustancias contaminantes mediante elementos succionadores (bombas de lodo) o recipientes, resguardándolas en sistemas de contención hasta su disposición final (tambores de 200 L). - En caso de producirse una contaminación en la zona de emplazamientos de las obras, se procederá rápidamente a sacar la tierra contaminada del lecho del cauce y trasladarla al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un relleno autorizado por el Servicios de Salud para estos fines. - Posterior a la limpieza del área, se realizará una evaluación de la magnitud de los daños residuales en el área. A continuación, según la envergadura del daño, se aplicarán procedimientos de descontaminación necesarios para restaurar el área. Acciones Finales: - Se elaborará un informe con lo siguiente: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos de calidad del agua (NCh N°1333) inmediatos en el área de influencia. De esta forma, si es necesario, se implementará un monitoreo de calidad de las aguas mediante la toma de muestras de agua, el cual corresponderá el siguiente procedimiento: ▪ Se tomarán muestras de aguas arriba y aguas abajo considerando los pozos existentes más cercanos luego del vertimiento de SUSPEL. ▪ Se monitoreará la calidad de las aguas considerando parámetros de: Integridad biológica, Química, Física, Hábitat, Toxicidad. o Para realizar el monitoreo de la calidad del agua se utilizan instrumentos como: • pH-metros. • Medidores de conductividad. • Fotómetros. • Turbidímetros. • Termómetros. • Equipos químicos de control ▪ En caso de que se evidencie presenta de la Sustancia Peligrosa derramada en las aguas subterráneas, se implementarán medidas correspondientes atendiendo las Medidas de Contingencia y Emergencias ante riesgos de derrame de combustibles, Residuos Peligrosos y Sustancias Peligrosas del presente Plan (ver acápite 8.2.11, 8.2.12, 8.2.13). - Los monitoreos se realizarán semestralmente durante 3 años, en caso de ocurrencia del evento. - En caso de ser necesario, un Programa de Acciones de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos preventivos a seguir. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5.

9.1.6. Contingencia de incendio general Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. En el caso de un incendio generado dentro de la Subestación, se utilizará el estanque de agua industrial para el control del fuego, el cual será rellenado por completo en una única vez posterior a la emergencia. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros, y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de comunicación con bomberos y de las capacitaciones que se realizarán a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios mediante los siguientes indicadores: - Registro de asistencia a las capacitaciones del cuerpo de bomberos de la Comuna de Caldera. - Registro de Inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. - Acta firmada por parte del cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, donde reciban conforme los insumos acordados en el inventario (solo en caso de que ocurra una emergencia). Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en la instalación de faenas del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6.

9.1.7. Contingencia de incendio en baterías del sistema BESS Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Área sistema de almacenamiento BESS Acciones o medidas a implementar - En caso de un alza de tensión, se desconectará la unidad de manera automática, previniendo el alza de temperatura. - En caso de un alza de temperatura, se activará el sistema de alarma, de esta forma, el personal autorizado y que cuente con la inducción podrá acercarse a la zona y evaluar el nivel de la emergencia. - Si hay trabajadores en el área del Proyecto en el momento que ocurra la emergencia, estos darán aviso inmediato al Supervisor o jefe de Terreno. En tanto, si no hay trabajadores en el área del Proyecto, el guardia de turno se comunicará inmediatamente con el Supervisor o jefe de Terreno, quién informará al equipo de apoyo de emergencias. - Se reunirá a todo el personal que se encuentre presente en el área del Proyecto en zonas seguras, se hará un recuento y se revisará que ningún trabajador permanezca en las dependencias. - Se efectuará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia del equipo de respuesta a emergencias, quienes contarán con inducción en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, solo si el siniestro es controlable. Es menester señalar que, se utilizará extintores especiales para baterías de litio. - En caso de que no sea posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y a Carabineros (133). Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de comunicación con bomberos y de las inducciones que se realizarán a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios mediante los siguientes indicadores: - Registro de asistencia a las inducciones del cuerpo de bomberos de la Comuna de Caldera. - Registro de Inventario con los insumos requeridos para abordar las emergencias, para posterior reposición en caso de ser utilizadas. - Acta firmada por parte del cuerpo de bomberos de la comuna de Caldera, donde reciban conforme los insumos acordados en el inventario (solo en caso de que ocurra una emergencia). Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en la instalación de faenas del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. - Se mantendrá un registro de las mantenciones programadas al sistema BESS al interior de la sala de monitoreo del Proyecto, donde se especifique qué sector del área BESS fue inspeccionado. - Se dejará registro físico de las charlas de inducciones realizadas a los trabajadores, con la firma de los asistentes y del profesional a cargo de impartirlas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación Tabla 7.1.7. que contenga la descripción detallada

9.1.8. Riesgo de explosión proveniente de los racks de baterías Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Área BESS. Acciones o medidas a implementar - En caso de una fuga térmica, se activará el sistema de alarma, de esta forma, el personal autorizado y debidamente inducido podrá acercarse a la zona y evaluar el nivel de la emergencia. La fuga térmica puede propiciar una explosión química de las baterías, lo que deriva en liberación de vapores tóxicos que, en contacto con la piel pueden causar irritación y quemaduras en la piel, así como daño ocular. - El personal debidamente inducido deberá contar con EPPs específicos para este tipo de emergencia, a saber: ropa resistente a sustancias químicas, lentes, zapatos de seguridad, guantes, mascarillas, etc. - Si hay trabajadores en el área del Proyecto en el momento que ocurra la emergencia, estos darán aviso inmediato al Supervisor o jefe de terreno. En tanto, si no hay trabajadores en el área del Proyecto, el guardia de turno se comunicará inmediatamente con el Supervisor o jefe de terreno, quién informará al equipo de apoyo de emergencias. - Se reunirá a todo el personal que se encuentre presente en el área del Proyecto en zonas seguras, se hará un recuento y se revisará que ningún trabajador permanezca en las dependencias. - Se efectuará el procedimiento contra explosiones, que incluye la presencia del equipo de respuesta a emergencias, quienes estarán debidamente habilitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, en caso de ocurrencia, o de disminuir la temperatura del sector, solo si el siniestro es controlable. Es menester señalar que, se utilizará extintores especiales para baterías de litio. - En caso de que no sea posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y a Carabineros (133), toda vez que se tendrá una coordinación oportuna con el cuerpo de bomberos de la comuna para dar respuesta a eventuales emergencias de incendios en el área del Proyecto, y asegurar la reposición de los insumos necesarios para abordar la emergencia. Paralelamente, el Proponente realizará el recambio y/o reposición de insumos necesarios a la institución de bomberos que sean utilizados para el control de alguna emergencia ocurrida en las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un registro de las mantenciones programadas al sistema BESS al interior de la sala de monitoreo del Proyecto, donde se especifique qué sector del área BESS fue inspeccionado. - Se dejará registro físico de las inducciones realizadas a los trabajadores, con la firma de los asistentes y del profesional a cargo de impartirlas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8.

9.1.9. Riesgo de incendio en bodega RESPEL de Baterías de Litio Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Bodega RESPEL de baterías. Acciones o medidas a implementar - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros, y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. Lo anterior, toda vez que se tendrá una coordinación oportuna con el cuerpo de bomberos de la comuna para dar respuesta a eventuales emergencias de incendios en el área del proyecto, y asegurar la reposición de los insumos necesarios para abordar la emergencia. - Paralelamente, el Proponente realizará el recambio y/o reposición de insumos necesarios a la institución de bomberos que sean utilizados para el control de alguna emergencia ocurrida en las instalaciones del proyecto. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Forma de control y seguimiento - Se elaborarán registros de comunicación con bomberos y de las inducciones que se realizarán a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. - Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en la instalación de faenas del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9.

9.1.10. Riesgo de accidentes de Tránsito Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos que se utilicen en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se informará al superior inmediato o jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. - Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Forma de control y seguimiento Registro de inducciones a todos los trabajadores del Proyecto durante la Fase de Construcción del Proyecto. Las inducciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente. De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10.

9.1.11. Riesgo de derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Parte, obra o acción asociada PTAS de los servicios higiénicos de la instalación de faenas y de la subestación elevadora. Acciones o medidas a implementar - Se detendrá el funcionamiento del sistema y se dará aviso al encargado de la instalación. - Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione la contingencia, habilitando baños químicos en su reemplazo. - Se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. - Luego de la restitución del servicio, se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Inducción acerca de los Planes de Emergencias. - Informe de registro de inspecciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.11.

9.1.12. Riesgo de emisión de olores en sectores de PTAS Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Parte, obra o acción asociada PTAS de lodos activados de los servicios higiénicos de la instalación de faenas y aledaño a la Subestación Elevadora. Acciones o medidas a implementar - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Una vez detectada la falla en la PTA, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpiafosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos. - El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y avisará a SEREMI de Salud de Atacama lo ocurrido. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá en el área de proyecto una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de las PTAS para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrá en el área de proyecto la Aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la SEREMI de la Región de Atacama ante eventuales fiscalizaciones. - Se mantendrán disponibles los informes de registros de las inspecciones de las PTAS. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas detenciones de PTAS, recambio de cámaras, estanques de bombeo, drenes de infiltración, etc. - Se mantendrán en el área de proyecto los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida. - Se mantendrán en el área de proyecto los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud Regional) y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.12.

9.1.13. Riesgo ante falla en el funcionamiento de PTAS Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Parte, obra o acción asociada PTAS de los servicios higiénicos de la instalación de faenas y de la subestación elevadora. Acciones o medidas a implementar En caso de detectar algún tipo de fuga o derrame se deberán realizar las siguientes acciones: - Suspender el uso de servicios higiénicos. - Movilizar baños químicos al área del Proyecto. - Al identificarse una zona de derrame, se deberán seguir las labores de control de derrame. Previamente el personal encargado de la contingencia deberá poner el equipo de protección personal adecuado. - La detención del derrame se realizará de manera inmediata. - Primero se detectarán las causas del derrame o fuga y se colocará en el lugar un recipiente para recuperar las aguas servidas que se están fugando. - Se realizarán las actividades de limpieza lo más pronto posible, para esto se utilizarán materiales absorbentes sobre el suelo, pavimento y hormigón para recoger los líquidos derramados. - Una vez que haya sido absorbida el agua derramada, en los casos de derrames pequeños, se colocará el agua con el material absorbente al interior de una bolsa de poliuretano con una escobilla y un recogedor, mientras que, en los casos de derrames grandes, se deberá depositar en un recipiente hermético. - Retiro de materiales contaminados y disposición final en un sitio autorizado. A su vez se consideran la emergencia descrita en el PAS 138: - Se suspenderá el uso de los baños. - Se contactará al servicio limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y lodos de la PTA y los envíe a un sitio de disposición autorizado. - Se investigará el origen del problema y se procederá a su reparación o eventualmente al recambio de la pieza o parte del sistema defectuoso. - Si el problema se hubiere originado por insuficiencia de drenaje, se ampliará el sistema de drenes de infiltración manteniendo el mismo diseño. - Durante la contingencia se instalarán baños químicos provisoriamente. Forma de control y seguimiento - En la instalación de faenas se mantendrá el informe de registro de las mantenciones y/o inspecciones de las PTAS según corresponda, las cuales se realizarán de forma mensual. El registro contará con firma del responsable, fecha y descripción de las actividades realizadas. - En la instalación de faenas se contará con el listado de proveedores de baños químicos en caso de ser requerido en una inspección por la autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.13.

9.1.14. Riesgo de derrame de combustible Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada - Caminos interiores del Proyecto. - Rutas de acceso al Proyecto. - Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar - Si hay un derrame de combustible se tratará de detener, sin poner en riesgo la propia seguridad. - Se deberá eliminar todas las fuentes de ignición. - Se formará un dique de contención con material absorbente inerte (arena o tierra seca). - Se prohibirá la manipulación y transitar sobre el material derramado. - Se mantendrá los materiales combustibles lejos del material derramado. - El material utilizado para la contención del derrame será dispuesto en conjunto con el suelo removido a causa del probable derrame y acopiados en la bodega RESPEL. Estos residuos serán mantenidos en la bodega por un período no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados y enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá un kit antiderrame en el camión surtidor que distribuirá el combustible. Como indicador de cumplimiento, se mantendrá registro fotográfico en instalación de faenas en caso de que la autoridad lo requiera durante una fiscalización. - Se mantendrá en registro la autorización para el transporte de combustible de la empresa externa encargada y el plan de acción ante derrames de la empresa externa encargada del transporte de combustible. Dicho registro contará con la copia licencia de conducir del conductor de empresa transportista de combustible. - Se mantendrán registros en faena del abastecimiento de combustible, la que se encontrará en óptimas condiciones. - Se mantendrán registros de las difusiones ante derrame de combustible y el modo de actuar y manejo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.14.

9.1.15. Riesgo de derrame de residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada - Caminos interiores del Proyecto. - Rutas de acceso al Proyecto. Instalación de Faenas, zonas de acopio y bodega. Acciones o medidas a implementar Evaluación preliminar del sitio - Se realizará una evaluación preliminar Sitio específica del Riesgo de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes conforme se establece en la Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes”, 2013 de MMA, con la finalidad de identificar una potencial contaminación del suelo producto de la operación del Proyecto e identificar si es necesaria la implementación de acciones adicionales que pudiesen hacerse cargo de una potencial contaminación de esta matriz. Derrame de Residuos Peligrosos: - Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado. - Definir el equipo necesario y el plan de acción. - Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo. - Colectar y envasar el material contaminado. - Muestrear y analizar los alrededores del suelo, superficie contaminada para determinar los residuos de contaminación. - Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): - Remover el suelo contaminado y escombros si requiere. - Descontaminar todos los equipos. - Envasar todo el material contaminado para descarte. - Colectar muestras para certificación. - Acciones Finales: Documentación (Reporte Final): - Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos. - Mapa o dibujo del lugar. - Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar. - Fotografías. - Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de inducciones al personal específico sobre la manipulación de residuos, estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.15.

9.1.16. Riesgo en el manejo y derrame de sustancias peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Parte, obra o acción asociada - Caminos interiores y rutas de acceso al Proyecto. - Instalación de Faenas. - Bodega de SUSPEL. - Frentes de trabajo. - Subestación Eléctrica Elevadora. - Obras cercanas a cauces naturales existentes en el AI del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Derrame de sustancias peligrosas: - Aislar el sector de manera inmediata, en caso de fuga considerar aislación de 10 m como mínimo. - Al detectar derrame o fuga, el trabajador deberá identificar la sustancia consultando la hoja de seguridad en el envase, lo que permitirá identificar especificaciones o características fisicoquímicas, riesgo a la salud, toxicidad, inflamabilidad y reactividad. - Se debe evitar tocar y caminar sobre la sustancia derramada. - No tocar y limpiar si el material se mezcló con otros productos, tales como papel, otras sustancias o si está reaccionando o emitiendo ruidos sibilantes o agudos, borbotea, humea, emite gas o se está quemando. - Se deberá contener el derrame y absorber o neutralizar con material de acuerdo con el tipo de residuo derramado, formando círculos desde afuera hacia adentro evitando salpicar o esparcir la sustancia derramada. - Una vez retirado el material de contención de derrame se enviarán los residuos a bodega RESPEL y mantener en observación el área posibles efectos o reacciones retardadas. Derrame de sustancias peligrosas sobre cauces intermitentes en caso de no portar agua: - Aislar el sector de manera inmediata, en caso de fuga considerar aislación de 10 m como mínimo. - Al detectar derrame o fuga, el trabajador deberá identificar la sustancia consultando la hoja de seguridad en el envase, lo que permitirá identificar especificaciones o características fisicoquímicas, riesgo a la salud, toxicidad, inflamabilidad y reactividad. - Se debe evitar tocar y caminar sobre la sustancia derramada. - No tocar y limpiar si el material se mezcló con otros productos, tales como papel, otras sustancias o si está reaccionando o emitiendo ruidos sibilantes o agudos, borbotea, humea, emite gas o se está quemando. - Se deberá contener el derrame y absorber o neutralizar con material de acuerdo con el tipo de residuo derramado, formando círculos desde afuera hacia adentro evitando salpicar o esparcir la sustancia derramada. - Una vez retirado el material de contención de derrame se enviarán los residuos a bodega RESPEL y mantener en observación el área posibles efectos o reacciones retardadas. Derrame de Sustancias Peligrosas sobre cauces naturales intermitentes en caso de portar agua: - Si el derrame es menor (menor a 200 litros) se tomarán las siguientes medidas: Utilizar los elementos de contención de derrames pequeños -tapones- a fin de detener el vertimiento del producto. - Se avisará al supervisor correspondiente de la obra, quien determinará las acciones a seguir para limpiar el área afectada y evitar la dispersión de la Sustancia aguas abajo. - Se tomarán muestras 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo, para determinar si existe afectación, además de tomar una muestra de suelo en el lugar del derrame una vez realizada la limpieza y reparación propiamente tal. - Se mantendrá un registro -ficha- indicando la información mínima que permita dimensionar el derrame producido, el cual será validado y estará disponible a partir de 48 horas luego de producido el derrame. Si el derrame es mayor (mayor a 200 litros) se tomarán las siguientes medidas: - Previamente a las acciones de contención, se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame o trabajadores que hayan estado laborando en el área del accidente. - Si es así, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. - El Proponente determinará la necesidad de requerir servicios externos para apoyar en la contención del derrame (bomberos, carabineros, contratistas, etc.). El Proponente deberá avisar a las autoridades ambientales, así como a carabineros de la contingencia. - De ser requerido, se tomará contacto con las autoridades competentes, para informar sobre los incidentes según su naturaleza. - Si es necesario, se implementará un monitoreo de calidad de las aguas mediante la toma de muestras de agua, el cual corresponderá el siguiente procedimiento: • Se tomarán muestras de aguas arriba y aguas abajo considerando los pozos existentes más cercanos luego del vertimiento de SUSPEL. • Se monitoreará la calidad de las aguas considerando parámetros de: Integridad biológica, Química, Física, Hábitat, Toxicidad. o Para realizar el monitoreo de la calidad del agua se utilizan instrumentos como: ▪ pH-metros ▪ Medidores de conductividad ▪ Fotómetros ▪ Turbidímetros ▪ Termómetros ▪ Equipos químicos de control En caso de que se evidencie presenta de la Sustancia Peligrosa derramada en las aguas subterráneas, se implementarán medidas correspondientes. o Los monitoreos se realizarán semestralmente durante 3 años, en caso de ocurrencia del evento. Forma de control y seguimiento - Se elaborarán registros de inducciones al personal sobre la manipulación de sustancias peligrosas. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por la autoridad fiscalizadora. - Se mantendrá un kit antiderrame en el camión surtidor que distribuirá el combustible. Como indicador de cumplimiento, se mantendrá registro fotográfico en instalación de faenas en caso de que la autoridad lo requiera durante una fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.16.

9.1.17. Riesgo de afectación a la fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - El causante de la contingencia o quien encuentre un animal herido deberá informar inmediatamente al coordinador de emergencia. - Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (registro) las circunstancias de este (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona) a objeto de prevenir la ocurrencia de nuevos atropellos. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias del proyecto, según la disponibilidad inmediata con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de estrés. - En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate para que se hagan cargo de su retiro. - Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programas protección de fauna silvestre. - El Proponente gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. - Respecto a la avifauna, en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado de un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. Forma de control y seguimiento - Registro de las actividades de inducción del personal. - Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.17.

9.1.18. Riesgo de colisión y electrocución de aves con líneas eléctricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Línea de alta tensión (LAT) Acciones o medidas a implementar - En caso de detectarse la colisión o electrocución de avifauna y si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar las circunstancias de este (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona). - Si el ejemplar presenta problemas de salud y/o movilidad debido a la colisión y/o electrocución deberá ser trasladado a un centro inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) del SAG. - Para el traslado a un centro inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) del SAG, se contemplan, primeramente, acciones de captura, evitando perturbar al ejemplar lesionado y utilizando Elementos de Protección Personal (EPP). - Una vez capturado el ejemplar, este será mantenido en un sector apropiado. Se velará por que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de estrés. - En el caso que el personal no pueda realizar la captura del ejemplar con seguridad se dará aviso al Centro del Rescate autorizado por el SAG. - En caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, el encargado definirá, según el grado de lesión del/los individuo/s y a la especie afectada, si es necesario el traslado a un centro inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) del SAG. - Todas estas acciones frente a una contingencia de este tipo se reportarán a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al SAG, y serán de exclusiva responsabilidad del Proponente. Forma de control y seguimiento - Registro de las actividades de inducciones del personal. - Registro fotográfico de disuadores de vuelo de anticolisión y antielectrocución. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.18.

9.1.19. Riesgo de ocurrencia de afloramiento de napa freática Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras que requieran actividades de excavación Acciones o medidas a implementar Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción y Cierre del proyecto, tanto el Proponente y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: - Detención inmediata de las faenas constructivas en el área de ocurrencia del evento. - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Proponente diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. - Enviar los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. Dicho informe se enviará como máximo 15 días posterior a la realización del monitoreo de napa. A su vez, se acompañarán imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409 y Nch 1.133), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - En caso de que la medición de la calidad de las aguas se encontrase fuera de alguno de los rangos de los parámetros establecido en la NCh 1.333/78 se paralizarán las obras en el respectivo frente de trabajo y se enviarán los resultados a la Dirección General de Aguas del MOP (DGA) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), organismos con los cuales se definirá los pasos a seguir ante dicha eventualidad. - En caso de afloramiento de aguas, estas serán bombeadas y vertidas lejos de la obra en la cual se está realizando la actividad de agotamiento de napa. - El Proponente deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 48 h. - Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Proponente deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos a seguir ante un posible afloramiento de la napa y de inducciones realizadas. Este registro se encontrará presente en planta y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.19.

9.1.20. Riesgo de Hallazgos Arqueológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo/paleontólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al equipo del Museo Paleontológico de Caldera en conjunto con el CMN, para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo o paleontólogo) previa visación del Consejo. Finalmente, hay que señalar que, en caso de registrar un hallazgo paleontológico no previsto, el área de emplazamiento del hallazgo será temporalmente protegida mientras se realicen las labores técnicas de excavación. Para ello, se instalará un cercado y señalética indicando la restricción de acceso al lugar y la información relativa a las normativas legales que rigen para la protección del patrimonio arqueológico o paleontológico según se desprende de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Asimismo, se considera un protocolo de hallazgos paleontológicos no previstos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y que contemplará al menos las siguientes acciones, tanto para la fase de construcción como de operación del Proyecto: i. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. ii. Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el paleontólogo/a a cargo, él mismo deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalización, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. iv. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontólogo/a, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Este organismo determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Forma de control y seguimiento Registro de inducciones al personal con relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.20.

9.1.21. Riesgo de Hallazgos Paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo/paleontólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al equipo del Museo Paleontológico de Caldera en conjunto con el CMN, para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo o paleontólogo) previa visación del Consejo. Finalmente, hay que señalar que, en caso de registrar un hallazgo paleontológico no previsto, el área de emplazamiento del hallazgo será temporalmente protegida mientras se realicen las labores técnicas de excavación. Para ello, se instalará un cercado y señalética indicando la restricción de acceso al lugar y la información relativa a las normativas legales que rigen para la protección del patrimonio arqueológico o paleontológico según se desprende de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Asimismo, se considera un protocolo de hallazgos paleontológicos no previstos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y que contemplará al menos las siguientes acciones, tanto para la fase de construcción como de operación del Proyecto: i. Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. ii. Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo/a, o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el paleontólogo/a a cargo, él mismo deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalización, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. iv. Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontólogo/a, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Este organismo determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Forma de control y seguimiento - Registro de inducciones al personal con relación a la componente Patrimonio Cultural. - Informe mensual y final del monitoreo paleontológico. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.21.

9.1.22. Riesgo de ocurrencia de sucesos no previstos en el transporte, instalación y/o almacenamiento de baterías Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada - Caminos interiores y rutas de acceso al Proyecto. - Bodega RESPEL Baterías. - Área de BESS. - Bodegas de Materiales e IF. Acciones o medidas a implementar - Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. - Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente. - Registro de cada inducción donde se presente el sistema de almacenamiento BESS y los riesgos asociados, que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo, y registro fotográfico. Forma de control y seguimiento En el caso de caída de la batería o golpes fuertes durante su transporte e instalación: - Si una batería tiene daños evidentes u olores anormales, se evacuará al personal de inmediato, se llamará a los servicios de emergencias y contacte con profesionales. Los profesionales deben utilizar elementos de seguridad para contener los daños y luego instalar la Batería dañada en la Bodega RESPEL de baterías temporalmente hasta su retiro. - Si el aspecto no se ve deformado ni dañado, si no hay olores anormales, ni vertimientos se evacuará al personal, se hará que los trabajadores que cuenten con inducción se trasladen la batería a un lugar abierto y seguro utilizando herramientas mecánicas, y se pondrá en contacto con los ingenieros de servicio de la empresa. Se dejará la batería durante una hora y asegúrese de que su temperatura esté dentro del rango de temperatura ambiente (tolerancia: ±10 °C) antes de manipularla. En caso de la ocurrencia de fallas en las baterías durante su instalación o en el lugar de instalación del Sistema BESS que pudieran generar derrames: - El personal que identifique el derrame dará aviso inmediato al jefe de emergencias. - El personal autorizado deberá hacer uso de un EPP para contener el derrame. - Se realizará la aislación del sector de almacenamiento de las baterías BESS. - Se realizarán acciones destinadas a contener el derrame utilizando materiales adecuados de acuerdo con el tipo de sustancia o residuo derramado. - En la eventualidad que el derrame fuere significativo, alcanzando el subsuelo, se avisará a las autoridades involucradas (SEREMI de Salud, DGA, SAG) con el objeto de notificarlas sobre la posible contaminación del suelo y napas subterráneas; de esta manera, se podrán adoptar las medidas de resguardo necesarias. - Una vez terminada la emergencia, se evaluarán los efectos sobre el suelo y recurso hídrico (napas subterráneas); además, se realizará un muestro con la finalidad de identificar contaminantes presentes en el suelo y agua. - Todos los elementos y materiales utilizados para contener el derrame serán retirados de manera inmediata y llevados hasta un sitio autorizado para su disposición final. - Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos del sistema de baterías. - En todo momento se seguirán las instrucciones establecidas en el Manual de usuario del sistema BESS. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.22.

9.1.23. Riesgo de fallas en el Sistema BESS que pudiesen generar emanaciones de elementos hidro reactivos al suelo y subsuelo Fase del Proyecto a la que aplica Riesgo de ocurrencia de derrame de elementos hidro reactivos al suelo y subsuelo. Parte, obra o acción asociada Construcción, operación y cierre. Acciones o medidas a implementar En el caso de caída de la batería o golpes fuertes: - Si una batería tiene daños evidentes u olores anormales, o si genera humo o llamas, se evacuará al personal de inmediato, se llamará a los servicios de emergencias y contacte con profesionales. Los profesionales deben utilizar elementos de extinción de incendios para apagar el fuego con protección y seguridad. - Si el aspecto no se ve deformado ni dañado, si no hay olores anormales, humo ni llamas evidentes, se evacuará al personal, se hará que los trabajadores que cuenten con inducciones trasladen la batería a un lugar abierto y seguro utilizando herramientas mecánicas, y se pondrá en contacto con los ingenieros de servicio de la empresa. Se dejará la batería durante una hora y asegúrese de que su temperatura esté dentro del rango de temperatura ambiente (tolerancia: ±10 °C) antes de manipularla. En caso de la ocurrencia de fallas en las baterías que pudieran generar derrames: - El personal que identifique el derrame dará aviso inmediato al jefe de emergencias. - El personal autorizado deberá hacer uso de un EPP para contener el derrame. - Se realizará la aislación del sector de almacenamiento de las baterías BESS. - Se realizarán acciones destinadas a contener el derrame utilizando materiales adecuados de acuerdo con el tipo de sustancia o residuo derramado. - En la eventualidad que el derrame fuere significativo, alcanzando el subsuelo, se avisará a las autoridades involucradas (SEREMI de Salud, DGA, SAG) con el objeto de notificarlas sobre la posible contaminación del suelo y napas subterráneas; de esta manera, se podrán adoptar las medidas de resguardo necesarias. - Una vez terminada la emergencia, se evaluarán los efectos sobre el suelo y recurso hídrico (napas subterráneas); además, se realizará un muestro con la finalidad de identificar contaminantes presentes en el suelo y agua - Todos los elementos y materiales utilizados para contener el derrame serán retirados de manera inmediata y llevados hasta un sitio autorizado para su disposición final. - Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos del sistema de baterías. En todo momento se seguirán las instrucciones establecidas en el Manual de usuario del sistema BESS. Forma de control y seguimiento - Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. - Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.23.

9.1.24. Riesgo de atentado o intervención de terceros que genere residuos no previstos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área de Proyecto. Acciones o medidas a implementar En el caso de atentado o intervención que genere residuos: - Personal autorizado se dirigirá de inmediato al lugar de los hechos para diagnosticar los daños. - En caso de la generación de residuos no previstos del tipo RSD o RSINP se procederá de manera inmediata a disponerlos en las Bodegas y sitios de acopio correspondientes. Posteriormente se procederá a su retiro por parte de una empresa Autorizada de la región de Atacama. - En caso de la generación de residuos no previstos del tipo RESPEL o SUSPEL, el personal autorizado y debidamente equipado procederá según lo siguiente: • Aislar el sector de manera inmediata, en caso de fuga considerar aislación de 10 m como mínimo. • Al detectar derrame o fuga, el trabajador deberá identificar la sustancia o residuos peligroso consultando la hoja de seguridad en el envase, lo que permitirá identificar especificaciones o características fisicoquímicas, riesgo a la salud, toxicidad, inflamabilidad y reactividad. • Se debe evitar tocar y caminar sobre la sustancia derramada o residuo vertido. • No tocar y limpiar si el material se mezcló con otros productos, tales como papel, otras sustancias o si está reaccionando o emitiendo ruidos sibilantes o agudos, borbotea, humea, emite gas o se está quemando. • Se deberá contener el derrame y absorber o neutralizar con material de acuerdo con el tipo de residuo derramado, formando círculos desde afuera hacia adentro evitando salpicar o esparcir la sustancia derramada. • Una vez retirado el material de contención de derrame se enviarán los residuos a bodega RESPEL o SUSPEL y mantener en observación el área posibles efectos o reacciones retardadas. - Si una bodega de RESPEL o SUSPEL tiene daños evidentes se evacuará al personal de inmediato del área de Bodegas, se procederá con la reparación de la Bodega y/o su reemplazo en caso de que sea pertinente. - Se procederá a la reparación y/o reemplazo de obras dañadas que puedan seguir vertiendo residuos o SUSPEL. Forma de control y seguimiento - Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. - Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.24.

10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

14°. Que, para que el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental III Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice”, de GR Trapananda SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 151, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Línea de Transmisión y Sistema BESS Cálice” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

CRC/JES/VPM

Distribución:

Sr. Antonio Francisco Ros Mesa, en representación de GR Trapananda SpA. CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Copiapó SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama Verónica Ossandó n Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Ossandón Pizarro Fecha: 2025.07.09 16:10:43 -04'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2025.07.10 08:58:27 -04'00' SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia del Medio Ambiente