Parque Las Alamedas I, II y III
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS
Califica Ambientalmente el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”
Rancagua
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”) y sus Anexos, Admitida a Trámite con fecha 8 de agosto de 2024, su Adenda incluidos sus Anexos de fecha 20 de marzo de 2025 y su Adenda Complementaria incluidos sus Anexos de fecha 19 de junio de 2025, del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, presentado por la Sociedad Inmobiliaria Koyam SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y sus Adendas, incluidos sus Anexos, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE”) de la DIA del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”.
3°. El Acta de Evaluación N°18 de la Sesión Nº12 del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, de fecha 30 de junio de 2025.
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, de fecha 18 de julio de 2025.
5°. El Acta de la sesión extraordinaria N°4, de fecha 28 de julio de 2025 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de O’Higgins”).
6°. La Resolución Exenta Nº202406001198, de fecha 15 de octubre de 2024, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, correspondiente al id _expediente=2162787539, cuyo enlace electrónico es el siguiente: https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=normal&id_expediente=2162787539
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, del 30 de octubre de 2012, y sus modificaciones posteriores; del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023, de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Resolución TRA N°119046/2/2025, de fecha 13 de mayo de 2025, del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra a Yamal Karim Suez Muñoz en el cargo de Director Regional del SEA de la Región de O’Higgins; en la Resolución N°36, de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de toma de razón; y en el Decreto Supremo N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio López Aguilera como Delegado Presidencial Regional de la Región de O’Higgins.
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CONSIDERANDO:
1°. Que la Sociedad Inmobiliaria Koyam SpA. (en adelante, “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” (en adelante, “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inmobiliaria Koyam SpA.
Rut 76.199.577-4
Domicilio Av. Francisco Bilbao N°1902, comuna de Providencia, Región Metropolitana
Teléfono +56 228969410
Nombre representante legal Luis Felipe Noziglia Parga
Domicilio representante legal Av. Francisco Bilbao N°1902, comuna de Providencia, Región Metropolitana
Teléfono representante legal +56 228969410
Correo electrónico Titular o representante legal fnoziglia@cvital.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de julio de 2025, el Director del SEA de la Región de O’Higgins ha recomendado Aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 de este documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables (PASM 140 y 142 del Reglamento del SEIA) identificados en la sección 10 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión extraordinaria N°4, de fecha 28 de julio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de julio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos; en su Adenda y sus Anexos; y, en su Adenda Complementaria y sus anexos respectivos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II Y III”, declarado por el Titular, es proveer nuevas soluciones habitacionales en la comuna de Rancagua, para satisfacer la demanda actual de viviendas en el sector.
Este consiste en la Construcción de 633 departamentos, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas. Los metros cuadrados totales a construir son 42.388,65 m2 en un predio de 26.340 m2.
El Proyecto se enmarca en la postulación del Titular a los subsidios asociados al D.S. N°19/2016 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (en adelante “MINVU”), correspondiente al Programa de Integración Social y Territorial, declarando que la totalidad de las viviendas, o sea que las 633 viviendas, son parte de este programa, tal como lo acreditan los Certificados N°54,55 y 56 del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins (presentado en Anexo N°3 de la ADENDA). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Según se detalla en la siguiente tabla: Fuente: Mayor detalle ver Tabla 1 de la ADENDA.
Descripción general del Proyecto Se presenta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto inmobiliario denominado “Parque Las Alamedas I, II y III”, el cual consiste en la Construcción y Operación de tres edificios de 9 pisos, el cual contempla un total de 633 departamentos, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
El Proyecto presenta una superficie de Construcción de 42.388,65 m2 y una superficie predial de 26.340 m2.
El Proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tiene una duración de 24 meses cada una y que se evalúan íntegramente en la presente DIA.
A continuación, se presentan la descripción de cada etapa.
Etapa N°1: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°2: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°3: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 9.285,6 m2.
Adicionalmente, el Proyecto forma parte del Plan de Emergencia Habitacional, de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. N°19/2016 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo “Programa de Integración Social y Territorial”.
Los certificados que acreditan dicha situación se encuentran en el Anexo N°3 de la ADENDA.
Conforme lo dispone la “Guía para la Acción del Transporte Terrestre en el SEIA”, elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental cuya vigencia se tuvo presente conforme lo dispone la Resolución Exenta N°1292, del 22 de noviembre de 2017, la presente DIA incorpora como parte de la descripción de Proyecto, la ejecución de una medida de urbanización establecida en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) que se detalla a continuación:
✓ Se elabora y ejecuta el Proyecto de materialización de un retorno ubicado en calle 25, al sur de Av. Libertador Bernardo O´Higgins, con el propósito de generar un retorno para los vehículos que circulan por la calzada oriente de calle 25. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones De acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 19.300, "Los Proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley".
A su vez, el artículo 10 de la citada Ley enumera la lista de “los Proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus Fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental”, los cuales son precisados, en cuanto a sus características y dimensiones, en el artículo 3° del D.S. N°30/2024, que modifica el D.S. N°40/2012, ambos del Ministerio de Medio Ambiente (en adelante “MMA”).
De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3° del D.S. N°30/2024, que modifica el D.S. N°40/2012, ambos del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente al Reglamento del SEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la Construcción de trescientas (300) o más viviendas.
Debido a que el Proyecto se ubica en la Región Libertador Bernardo O’Higgins, al interior de la comuna de Rancagua, la cual esta inserta dentro de la Zona Saturada por Material Particulado Respirable, según D.S. N° 7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (en adelante “MINSEGPRES”), y, por consiguiente dentro del Plan de Descontaminación Ambiental para el Valle Central de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de O “Higgins”) mediante el D.S. N°1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente; sumado además a la ejecución de un Proyecto del tipo inmobiliario, que contempla la Construcción de 633 viviendas y se encuentra en un predio de 2,63 hectáreas aproximadamente, es posible concluir que el Proyecto debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) por tipificar dentro de lo establecido por el legislador en el artículo 3°, literal h), sub-literal el literal h.1.3) del D.S. N°30/2024, que modifica el D.S. N°40/2012, ambos del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.
La presentación al SEIA se realiza mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), ya que el Titular declara que el Proyecto no genera ningún efecto, característica o circunstancia de las señaladas en el Artículo 11 de la Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, pormenorizados en los artículos del 5 al 11 del D.S. N°30/2024, que modifica el D.S. N°40/2012, ambos del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, lo que se describe con detalle en los Capítulos N°5 y N°6 del presente Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”).
Vida útil El Proyecto considera una vida útil indefinida toda vez que se trata de construcciones de hormigón armado y de obras de vialidad urbana y paisajismo que, mediante una adecuada mantención que realicen sus habitantes, están destinadas a perdurar en el tiempo.
Monto de inversión USD$ 53.500.000
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Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución En conformidad a lo señalado en el Artículo 16 del Reglamento del SEIA, “Estudio o Declaración de Impacto Ambiental debe indicar la gestión, acto o faena mínima que, según la naturaleza y tipología del proyecto o actividad, dé cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente”.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del RSEIA, se indica que la primera faena que da cuenta el inicio de la Fase de Construcción del Proyecto corresponde a la materialización del cierre perimetral, el cual es instalado de manera permanente y posee una altura que va de 2,4 [m] a 6,0 [m]. Dicho cierre tiene características de barrera acústica, cuyo material cumple con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] y las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Dicha actividad es considerada como inicio de la ejecución del Proyecto para efectos del artículo 25 ter de la Ley N° 19.300
Proyecto se desarrolla por etapas Sí No De acuerdo con el artículo 14 del RSEIA, se informa que el proyecto NO es desarrollado en etapas.
X Proyecto modifica un Proyecto o actividad Sí No De acuerdo con el artículo 12 del RSEIA, se señala que el Proyecto corresponde a un proyecto nuevo y, por tanto, no se trata de una modificación de un proyecto existente.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Sí No De acuerdo con el artículo 12 del RSEIA, se señala que el Proyecto corresponde a un proyecto nuevo y, por tanto, no modifica Resoluciones de Calificación Ambiental anteriores.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se encuentra en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins, lote 2B, en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, de la Región de O’Higgins.
En el Anexo N°4 de la ADENDA se incluyen los KMZ de las partes y obras del Proyecto.
Justificación de la localización El Proyecto se emplaza en la comuna de Rancagua, en calle Av. Libertador Bernardo O’Higgins Lote 2B, Rancagua.
La localización del Proyecto se justifica debido al aumento de demanda habitacional en la comuna y el crecimiento de ella.
Referente a los Instrumentos de Planificación Territorial existentes y según a la información indicada en el Certificado de Informaciones Previas (CIP), que se adjunta en el Anexo N° 19 de la Primera ADENDA, el Proyecto se emplaza en un sector definido como EX2, entre los usos permitidos, se admite residencial, equipamiento, actividades productivas, transporte y áreas verdes.
Es importante indicar que la comuna de Rancagua cumple un rol de zona nueva urbana, zona de oferta de suelo residencial que son las que demandan crecientemente nuevas áreas de mercado, pero también y de manera importante, cuenta con una amplia zona con suelo comercial y de servicios generales.
Superficie El Proyecto presenta una superficie de Construcción de 42.388,65 m2 y una superficie predial de 26.340 m2, donde se incorporan 3.123 m2 de áreas verdes con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios.
El Proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tiene una duración de 24 meses, a continuación, se detallan las superficies de intervención para cada una de las Etapas asociadas a la Fase de Construcción: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Etapa N°1: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 1 local comercial, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°2: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 1 local comercial, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°3: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 1 local comercial, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 9.285,6 m2.
En respuesta 1.14 de la ADENDA se presenta de manera actualizada se presenta una tabla actualizada donde se incorporan las coordenadas geográficas en Datum WGS 84 Huso 19S.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 2 de la ADENDA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Es importante, indicar que en el Anexo 4 de la ADENDA se entrega el KMZ de las obras y partes del Proyecto, para facilitar la revisión de los polígonos solicitados.
El KMZ mencionado incluye:
− Polígono de las Etapas del Proyecto. − Polígono del trazado de alcantarillado, aguas lluvias, agua potable, suministro eléctrico, accesos y estacionamientos. − Polígono de la Instalación de Faenas (Obras Temporales). − Polígono de la Obras Permanentes (incluidos áreas verdes y vías internas). − Polígono de Áreas Verdes. − Polígono de vías internas.
En Anexo N°4 de la ADENDA, se encuentran los planos de los lotes con su respectivo deslinde.
El IMIV fue aprobado el 06 de enero de 2025 según consta la Resolución Exenta N° 44/2025 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, por lo que las medidas de mitigación son consideradas como parte integral del Proyecto. Además, se ha actualizado el análisis incorporando una versión corregida del estudio de movilidad, considerando el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado mediante Resolución Exenta del 6 de enero de 2025, disponible en el Anexo N°6 de la ADENDA, y que, las planillas con toda la información recopilada en terreno se encuentran disponibles en la carpeta denominada «Mediciones», adjunta en los anexos del Estudio de Movilidad del Anexo N°7 de la ADENDA.
Se concluye que el Proyecto se emplaza en predio que tiene una superficie de 26.340 m2. Las superficies la Fase de Construcción del Proyecto se presentan a continuación:
Fuente: Mayor detalle ver en Anexo 16 Fichas, del ADENDA Complementaria
Coordenadas UTM en Datum WGS84 En respuesta 1.8 de la ADENDA Complementaria el Titular declara en detalle las coordenadas geográficas en Datum WGS 84 Huso 19S., de las partes y obras del Proyecto, las cuales se exponen a continuación:
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Fuente: Mayor detalle ver Tabla 1 de la ADENDA Complementaria.
Caminos o vías de acceso Para la Fase de Construcción del Proyecto hay un acceso para cada etapa.
Todos estos están ubicados por Avenida Libertador Bernardo O´Higgins y consideran accesos de vehículos livianos, flujo peatonal y vehículos pesados.
A continuación, se listan las vías de acceso y egreso al Proyecto y sus características según la siguiente tabla:
Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 11 de la ADENDA.
Acceso Norte
Rutas de ingreso
Norte: Av. Salvador Allende dirección sur-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Sur: Av. Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto.
Poniente: Santa Elena al oriente – Av. Salvador Allende dirección norte. Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Acceso al Proyecto. Camino San Ramón Oriente-Avenida Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto.
Oriente: Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-retorno-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto. Av. General Baquedano dirección poniente- Av. Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto La Unión dirección sur- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto. El Palqui dirección oriente- La Unión dirección sur-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto. Mauque dirección sur- Av. Libertador bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto.
Rutas de egreso
Poniente: Proyecto-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Retorno-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente.
Oriente Proyecto-Av.- Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Punitaqui dirección norte.
Acceso Sur
Rutas de ingreso Sur: Av. Salvador Allende dirección norte-Proyecto.
Poniente San Ramón dirección oriente-Av. Salvador Allende dirección norte-Proyecto.
Oriente: Av. General Baquedano dirección poniente-Av. Salvador Allende dirección norte- Acceso al Proyecto.
Rutas de egreso Poniente: Proyecto-Av. Salvador Allende dirección norte-Santa Elena dirección poniente.
Oriente: Proyecto-Av. Salvador Allende dirección Norte-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente.
Rutas de egreso Poniente: Proyecto- Calle 25 dirección sur-Retorno-Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Proyecto – Calle 25 dirección sur- Calle Totihue dirección Oriente-Caletera Av. Salvador Allende dirección norte-Av. Salvador Allende dirección norte-Santa Elena dirección poniente.
Oriente: Proyecto-Calle 25 dirección sur- Retorno. Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto-Calle 25 dirección sur- Retorno- Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección norte- Punitaqui dirección norte.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Respuestas Capítulo 1 de la ADENDA, Anexo 4, 6 y 7 de la ADENDA, Capítulo 1 de la ADENDA Complementaria, Anexos 1, 2, 4, 8, 9, 10, 11, 16.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
En el Anexo N°2 de la ADENDA Complementaria, la cartografía correspondiente a las obras y trazados del Proyecto, elaborada en formato PDF, tamaño plano A2, mientras que los kmz se presentan en Anexo N°1 Estudio de movilidad, Anexo N°2 Kmz, Shape y Cartografías.part1, Anexo N°2 Kmz, Shape y Cartografías.part2, Anexo N°4 Planos, Anexo N°9 Proyecto de Aguas Lluvias, Anexo N°10 Plano de Instalación de Faenas, Anexo N°11 IMIV y KMZ, Anexo N°12 Plano Topográfico, Anexo N°17 Certificado DGAC y Plano de altura, Anexo N°19 PAS; todos del ADENDA Complementaria.
Para las otras obras de urbanización se considera lo presentando en Anexo N°9 Proyecto áreas verdes parte 1, Anexo N°9 Proyecto áreas verdes parte 2, Anexo N°9 Proyecto áreas verdes parte 3, Anexo N°11 Proyecto Acceso universal, de la ADENDA.
A continuación, se adjunta el plano que representa el conjunto habitacional correspondiente a cada etapa de forma separada. Adicionalmente, se incorpora una tabla con los vértices georreferenciados de cada uno de los polígonos. También se incluye el número de soluciones habitacionales por tipo, correspondiente a cada etapa del Proyecto."
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 25 de la ADENDA Complementaria.
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Las Coordenadas partes y obras Etapa 1 – Datum WGS84 Huso 19S. Parte u obra Este Norte Caminos internos 337.107,25 6.218.745,19 337.105,20 6.218.740,70 337.097,52 6.218.744,21 337.082,52 6.218.711,40 337.090,20 6.218.707,89 337.103,92 6.218.737,91 337.108,44 6.218.735,85 337.094,72 6.218.705,83 337.099,23 6.218.703,76 337.096,82 6.218.698,50 337.075,59 6.218.708,20 337.093,00 6.218.746,28 337.029,28 6.218.775,38 337.004,47 6.218.721,13 336.999,96 6.218.723,20 337.024,75 6.218.777,41 337.014,80 6.218.781,96 336.990,02 6.218.727,74 336.985,49 6.218.729,80 337.012,35 6.218.788,53 337.107,25 6.218.745,19 Áreas Verdes 337.032,48 6.218.709,53 337.079,73 6.218.688,81 337.085,37 6.218.686,25 337.090,79 6.218.698,19 337.085,73 6.218.700,49 337.086,28 6.218.701,70 337.092,82 6.218.698,73 337.085,61 6.218.682,88 336.980,04 6.218.729,42 336.980,46 6.218.730,39 336.994,11 6.218.724,28 337.019,39 6.218.780,00 337.020,30 6.218.779,59 336.994,99 6.218.723,86 337.008,67 6.218.717,94 337.012,17 6.218.725,61 337.012,21 6.218.725,59 337.013,25 6.218.727,87 337.014,28 6.218.730,14 337.015,32 6.218.732,42 337.015,28 6.218.732,43 337.031,89 6.218.768,82 337.051,50 6.218.759,98 337.049,44 6.218.755,35 337.089,46 6.218.737,21 337.088,81 6.218.735,78 337.080,64 6.218.739,55 337.079,86 6.218.738,10 337.077,14 6.218.739,38 337.066,62 6.218.714,63 337.068,69 6.218.713,77 337.066,70 6.218.709,14 337.065,37 6.218.709,74 337.067,32 6.218.714,02 337.063,59 6.218.715,72 337.062,97 6.218.714,37 337.066,71 6.218.712,67 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.065,73 6.218.710,52 337.062,55 6.218.711,96 337.062,20 6.218.711,19 337.058,50 6.218.712,86 337.058,65 6.218.713,19 337.059,12 6.218.714,20 337.033,11 6.218.726,04 337.032,49 6.218.724,68 337.031,55 6.218.725,11 337.033,04 6.218.728,39 337.031,95 6.218.728,89 337.031,94 6.218.728,89 337.030,45 6.218.725,61 337.030,24 6.218.725,70 337.032,52 6.218.730,80 337.034,08 6.218.730,04 337.048,12 6.218.759,33 337.031,68 6.218.766,60 337.019,56 6.218.739,39 337.012,02 6.218.722,79 337.012,14 6.218.722,73 337.010,55 6.218.719,15 337.012,23 6.218.718,42 337.012,22 6.218.718,39 337.032,36 6.218.709,24 337.032,48 6.218.709,53 337.113,51 6.218.735,01 337.104,38 6.218.713,23 337.099,83 6.218.715,31 337.108,56 6.218.736,17 337.104,62 6.218.737,91 337.103,36 6.218.735,15 337.101,09 6.218.736,19 337.088,67 6.218.708,88 337.087,77 6.218.709,06 337.100,63 6.218.737,61 337.102,34 6.218.736,86 337.104,29 6.218.741,37 337.105,34 6.218.740,90 337.104,37 6.218.739,01 337.113,51 6.218.735,01 Edificios 337.078,08 6.218.742,85 337.089,93 6.218.737,43 337.077,35 6.218.709,92 337.072,68 6.218.712,06 337.071,44 6.218.709,35 337.084,95 6.218.703,17 337.079,53 6.218.691,31 337.044,67 6.218.707,26 337.044,26 6.218.706,36 337.015,60 6.218.719,47 337.017,22 6.218.723,01 337.015,42 6.218.723,84 337.035,46 6.218.767,66 337.047,31 6.218.762,24 337.043,19 6.218.753,23 337.042,58 6.218.753,51 337.041,60 6.218.751,38 337.042,22 6.218.751,10 337.032,51 6.218.729,87 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.030,59 6.218.725,68 337.032,60 6.218.724,77 337.033,48 6.218.726,71 337.067,50 6.218.711,15 337.069,44 6.218.715,40 337.066,20 6.218.716,88 337.078,08 6.218.742,85 Etapa 1 (Sector) 337.009,94 6.218.795,20 336.977,37 6.218.723,51 337.087,24 6.218.673,64 337.120,23 6.218.746,35 337.009,94 6.218.795,20 Acceso 337.098,60 6.218.694,64 337.098,76 6.218.695,08 337.098,84 6.218.695,54 337.098,83 6.218.696,01 337.098,75 6.218.696,47 337.098,58 6.218.696,91 337.098,35 6.218.697,31 337.098,04 6.218.697,67 337.097,68 6.218.697,96 337.097,28 6.218.698,19 337.096,83 6.218.698,40 337.099,22 6.218.703,64 337.099,67 6.218.703,44 337.100,07 6.218.703,29 337.100,48 6.218.703,21 337.100,90 6.218.703,19 337.101,32 6.218.703,25 337.101,73 6.218.703,36 337.102,11 6.218.703,54 337.102,46 6.218.703,77 337.102,77 6.218.704,06 337.103,02 6.218.704,39 337.103,23 6.218.704,76 337.098,60 6.218.694,64 Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 8 de la ADENDA Complementaria.
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 26 de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Las Coordenadas partes y obras Etapa 2 – Datum WGS84 Huso 19S. Parte u obra Este Norte Caminos Internos Etapa 2 337.136,62 6.218.809,71 337.134,57 6.218.805,22 337.126,88 6.218.808,74 337.111,88 6.218.775,93 337.119,56 6.218.772,42 337.133,29 6.218.802,44 337.137,81 6.218.800,38 337.124,08 6.218.770,35 337.128,60 6.218.768,29 337.126,19 6.218.763,02 337.104,96 6.218.772,73 337.122,36 6.218.810,80 337.058,65 6.218.839,91 337.033,84 6.218.785,65 337.029,32 6.218.787,72 337.054,11 6.218.841,94 337.044,17 6.218.846,48 337.019,38 6.218.792,27 337.014,86 6.218.794,32 337.041,72 6.218.853,06 337.136,62 6.218.809,71 Áreas Verdes Etapa 2 337.062,39 6.218.775,31 337.109,63 6.218.754,59 337.115,27 6.218.752,03 337.120,69 6.218.763,97 337.115,63 6.218.766,27 337.116,18 6.218.767,48 337.122,72 6.218.764,51 337.115,51 6.218.748,66 337.009,94 6.218.795,20 337.010,36 6.218.796,17 337.024,01 6.218.790,06 337.048,83 6.218.844,67 337.049,74 6.218.844,26 337.024,89 6.218.789,64 337.038,57 6.218.783,72 337.042,07 6.218.791,39 337.042,11 6.218.791,37 337.043,15 6.218.793,65 337.044,18 6.218.795,92 337.045,22 6.218.798,20 337.045,18 6.218.798,21 337.061,29 6.218.833,51 337.080,91 6.218.824,67 337.078,87 6.218.820,02 337.118,87 6.218.801,90 337.118,71 6.218.801,56 337.110,54 6.218.805,33 337.109,76 6.218.803,88 337.107,04 6.218.805,16 337.096,52 6.218.780,41 337.098,59 6.218.779,55 337.096,60 6.218.774,92 337.095,28 6.218.775,52 337.097,22 6.218.779,80 337.093,49 6.218.781,50 337.093,02 6.218.780,39 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.096,72 6.218.778,71 337.095,63 6.218.776,30 337.092,45 6.218.777,74 337.092,10 6.218.776,97 337.088,40 6.218.778,64 337.088,55 6.218.778,97 337.089,02 6.218.779,98 337.063,01 6.218.791,82 337.062,39 6.218.790,46 337.061,45 6.218.790,89 337.062,94 6.218.794,17 337.061,85 6.218.794,67 337.061,85 6.218.794,67 337.060,35 6.218.791,39 337.060,14 6.218.791,48 337.062,42 6.218.796,58 337.063,98 6.218.795,82 337.077,55 6.218.824,39 337.061,58 6.218.831,79 337.049,46 6.218.805,17 337.041,92 6.218.788,57 337.042,04 6.218.788,51 337.040,45 6.218.784,93 337.042,13 6.218.784,20 337.042,12 6.218.784,17 337.062,26 6.218.775,02 337.062,39 6.218.775,31 337.142,95 6.218.799,68 337.133,81 6.218.777,90 337.129,27 6.218.779,98 337.138,00 6.218.800,84 337.134,05 6.218.802,58 337.132,80 6.218.799,82 337.130,52 6.218.800,86 337.118,11 6.218.773,55 337.117,20 6.218.773,73 337.130,07 6.218.802,28 337.132,35 6.218.801,25 337.134,41 6.218.805,80 337.135,37 6.218.805,31 337.134,44 6.218.803,41 337.142,95 6.218.799,68 Edificio Etapa 2 337.107,44 6.218.807,06 337.119,30 6.218.801,63 337.106,72 6.218.774,13 337.102,04 6.218.776,27 337.100,80 6.218.773,56 337.114,32 6.218.767,38 337.108,89 6.218.755,52 337.074,04 6.218.771,46 337.073,63 6.218.770,57 337.044,96 6.218.783,68 337.046,59 6.218.787,22 337.044,78 6.218.788,04 337.064,82 6.218.831,87 337.076,68 6.218.826,45 337.072,56 6.218.817,43 337.071,94 6.218.817,72 337.070,97 6.218.815,59 337.071,58 6.218.815,31 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.061,87 6.218.794,07 337.059,96 6.218.789,89 337.061,96 6.218.788,97 337.062,85 6.218.790,91 337.096,86 6.218.775,36 337.098,81 6.218.779,61 337.095,57 6.218.781,09 337.107,44 6.218.807,06 Etapa 2 (Sector) 337.039,34 6.218.859,87 337.009,94 6.218.795,20 337.120,23 6.218.746,35 337.149,06 6.218.810,31 337.039,34 6.218.859,87 Acceso Etapa 2 337.128,16 6.218.759,27 337.128,29 6.218.759,71 337.128,35 6.218.760,16 337.128,34 6.218.760,61 337.128,24 6.218.761,06 337.128,07 6.218.761,48 337.127,84 6.218.761,87 337.127,54 6.218.762,22 337.127,19 6.218.762,50 337.126,79 6.218.762,73 337.126,34 6.218.762,94 337.128,74 6.218.768,18 337.129,19 6.218.767,98 337.129,58 6.218.767,83 337.130,00 6.218.767,75 337.130,42 6.218.767,74 337.130,84 6.218.767,79 337.131,24 6.218.767,90 337.131,62 6.218.768,08 337.131,97 6.218.768,31 337.132,28 6.218.768,60 337.132,54 6.218.768,93 337.132,74 6.218.769,30 337.128,16 6.218.759,27 Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 9 de la ADENDA Complementaria.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 27 de la ADENDA Complementaria.
Las Coordenadas partes y obras Etapa 2 – Datum WGS84 Huso 19S. Parte u obras Este Norte Camino interno Etapa 3 337.166,20 6.218.874,11 337.164,15 6.218.869,63 337.156,47 6.218.873,14 337.141,47 6.218.840,33 337.149,15 6.218.836,82 337.162,88 6.218.866,84 337.167,40 6.218.864,78 337.153,67 6.218.834,75 337.158,18 6.218.832,69 337.155,77 6.218.827,42 337.134,55 6.218.837,13 337.151,95 6.218.875,20 337.088,23 6.218.904,31 337.063,43 6.218.850,06 337.058,91 6.218.852,12 337.083,70 6.218.906,34 337.073,76 6.218.910,88 337.048,97 6.218.856,67 337.044,45 6.218.858,72 337.071,30 6.218.917,46 337.166,20 6.218.874,11 Áreas Verdes Etapa 3 337.091,78 6.218.839,98 337.139,03 6.218.819,26 337.144,66 6.218.816,70 337.150,09 6.218.828,64 337.145,03 6.218.830,94 337.145,58 6.218.832,15 337.152,12 6.218.829,18 337.144,91 6.218.813,32 337.039,34 6.218.859,87 337.039,76 6.218.860,84 337.053,41 6.218.854,73 337.078,22 6.218.909,34 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.079,13 6.218.908,92 337.054,29 6.218.854,31 337.067,97 6.218.848,39 337.071,47 6.218.856,06 337.071,51 6.218.856,04 337.072,55 6.218.858,32 337.073,58 6.218.860,59 337.074,62 6.218.862,87 337.074,58 6.218.862,88 337.090,69 6.218.898,18 337.110,31 6.218.889,34 337.108,27 6.218.884,69 337.148,27 6.218.866,57 337.148,11 6.218.866,23 337.139,94 6.218.870,00 337.139,15 6.218.868,55 337.136,44 6.218.869,83 337.125,92 6.218.845,08 337.127,99 6.218.844,22 337.126,00 6.218.839,59 337.124,67 6.218.840,19 337.126,62 6.218.844,47 337.122,89 6.218.846,17 337.122,42 6.218.845,06 337.126,12 6.218.843,38 337.125,03 6.218.840,97 337.121,85 6.218.842,41 337.121,49 6.218.841,63 337.117,80 6.218.843,31 337.117,95 6.218.843,64 337.118,42 6.218.844,65 337.092,41 6.218.856,49 337.091,79 6.218.855,13 337.090,84 6.218.855,56 337.092,34 6.218.858,84 337.091,24 6.218.859,34 337.091,24 6.218.859,34 337.089,75 6.218.856,06 337.089,54 6.218.856,15 337.091,81 6.218.861,25 337.093,38 6.218.860,49 337.106,95 6.218.889,06 337.090,97 6.218.896,46 337.078,86 6.218.869,84 337.071,32 6.218.853,24 337.071,44 6.218.853,18 337.069,85 6.218.849,60 337.071,52 6.218.848,87 337.071,51 6.218.848,84 337.091,65 6.218.839,69 337.091,78 6.218.839,98 337.172,38 6.218.864,36 337.163,24 6.218.842,58 337.158,70 6.218.844,66 337.167,43 6.218.865,51 337.163,48 6.218.867,25 337.162,23 6.218.864,50 337.159,95 6.218.865,53 337.147,54 6.218.838,22 337.146,63 6.218.838,41 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
337.159,50 6.218.866,96 337.161,78 6.218.865,92 337.163,84 6.218.870,47 337.164,80 6.218.869,99 337.163,87 6.218.868,08 337.172,38 6.218.864,36 Edificio Etapa 3 337.136,81 6.218.871,26 337.148,67 6.218.865,84 337.136,09 6.218.838,34 337.131,41 6.218.840,47 337.130,17 6.218.837,76 337.143,69 6.218.831,58 337.138,26 6.218.819,73 337.103,41 6.218.835,67 337.103,00 6.218.834,77 337.074,33 6.218.847,88 337.075,95 6.218.851,43 337.074,15 6.218.852,25 337.094,19 6.218.896,08 337.106,05 6.218.890,65 337.101,93 6.218.881,64 337.101,31 6.218.881,92 337.100,34 6.218.879,79 337.100,95 6.218.879,51 337.091,24 6.218.858,28 337.089,99 6.218.855,49 337.091,99 6.218.854,58 337.092,22 6.218.855,12 337.126,23 6.218.839,56 337.128,18 6.218.843,81 337.124,94 6.218.845,29 337.136,81 6.218.871,26 Etapa 3 (Sector) 337.067,87 6.218.925,43 337.039,34 6.218.859,87 337.149,06 6.218.810,31 337.178,08 6.218.874,97 337.067,87 6.218.925,43 Acceso etapa 3 337.157,68 6.218.823,57 337.157,84 6.218.824,01 337.157,92 6.218.824,47 337.157,91 6.218.824,94 337.157,83 6.218.825,40 337.157,67 6.218.825,83 337.157,43 6.218.826,24 337.157,13 6.218.826,59 337.156,76 6.218.826,89 337.156,36 6.218.827,12 337.155,91 6.218.827,33 337.158,30 6.218.832,57 337.158,77 6.218.832,40 337.159,27 6.218.832,30 337.159,77 6.218.832,28 337.160,27 6.218.832,34 337.160,75 6.218.832,47 337.161,21 6.218.832,68 337.161,63 6.218.832,96 337.162,00 6.218.833,30 337.162,31 6.218.833,69 337.157,68 6.218.823,57 Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 10 de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En las siguientes cartografías, se muestran los polígonos que conforman cada una de las etapas del Proyecto:
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 28 de la ADENDA Complementaria.
Etapa Este Norte Superficie (m2) Etapa 1 337.009,94 6.218.795,20 9.285,60 336.977,37 6.218.723,51 337.087,24 6.218.673,64 337.120,23 6.218.746,35 Etapa 2 337.039,34 6.218.859,87 8.527,2 337.009,94 6.218.795,20 337.120,23 6.218.746,35 337.149,06 6.218.810,31 Etapa 3 337.067,87 6.218.925,43 8.527,2 337.039,34 6.218.859,87 337.149,06 6.218.810,31 337.178,08 6.218.874,97 Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 11 de la ADENDA Complementaria.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Obras de Instalaciones para el manejo de aguas servidas Durante la Fase de Construcción, los trabajadores cuentan con servicios higiénicos, para el cual el predio donde se emplaza el Proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESBBIO S.A.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Sin perjuicio a lo anterior, en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios higiénicos fijos, se dispone de sanitarios químicos en número Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
acorde con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud) en donde su mantención y limpieza están a cargo de terceros, que cuenten con los permisos vigentes otorgados por la Autoridad Sanitaria, la que se realiza al menos dos veces por semana.
Instalaciones de apoyo a las actividades de la Fase de Construcción Esta instalación tiene una superficie de 1.390 m2 la cual está conformada por contenedores, los que se retiran una vez terminada la Fase de Construcción del Proyecto.
La instalación considera: oficinas administrativas, comedores, baños, vestidores, bodega de acopio de materiales, bodega de RESPEL, área de RESCON, planta de hormigón área de residuos domiciliarios, zona de lavado de canoas, rodiluvio y zona de carga y descarga.
Comedores Al interior de la instalación de faena, existe un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Se indica que no se considera la preparación de alimentos en la instalación de faena.
Los alimentos para los trabajadores son provistos por sí mismos y el comedor cumple con los requisitos establecidos por el artículo 28 del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, tiene una superficie de 312 m2.
Baños, duchas y vestidores En la Instalación de Faenas se dispone de un sector destinado a servicios higiénicos que cuenta con baños y duchas. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existen baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud).
Estacionamientos La instalación de faenas cuenta con disponibilidad de estacionamientos para 5 vehículos en su interior de 2,5 m por 5 m cada uno.
Oficinas Son de tipo prefabricado, equipados con todos los servicios necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades asociadas (sistema hídrico, de iluminación, servicios higiénicos, etc.).
La utilidad de las oficinas es mantener un orden de toda la documentación que debe estar en obra, por otro lado, mantener una buena coordinación entre profesionales y trabajadores.
Zona de carga y descarga Se considera un área de carga y descarga de materiales al interior del predio a efecto de evitar el uso de veredas y calles aledañas. Esta se ubica al interior del patio de materiales y tiene una superficie de 200 m2.
Sector de acopio temporal de RESCON Los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la Construcción en una superficie de 28,5 m2.
Estos residuos son almacenados en contenedores metálicos de 10 m3 para posteriormente ser transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad sanitaria de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
Sector de acopio temporal de residuos domiciliarios y asimilables Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispone de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en 3 contenedores de 1.100 L.
Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, donde se implementa un área de 9 m2 para almacenamiento provisorio para estos residuos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos Se cuenta con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 12 m2, la que se ubica dentro del área del Proyecto, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N° 10 de la ADENDA Complementaria y que considera las siguientes características:
− Posee cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personal no autorizado a la bodega.
− Tiene una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumple con las especificaciones del D.S. N°47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, del D.S. N°148/2003, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud.
− Los contenedores están debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor es de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, es a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo.
− En la bodega se colocan en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega.
− La bodega tiene un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.
Grupos electrógenos La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faenas y los equipos asociados a ella es proporcionada mediante un grupo electrógeno de potencia nominal de 200 KVA el cual está implantado dentro de dicha instalación hasta obtener empalme eléctrico.
Bodegas de materiales La bodega de materiales se ocupa para guardar los materiales que se utilizan en la Construcción del Proyecto. Se almacenan menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP).
Por este motivo, se utiliza una bodega provisoria común que cumple con las exigencias del D.S. N°43/2016, del Ministerio de Salud (Art 25 al 32 del párrafo II “De las Bodegas Comunes”).
Rodiluvio En el caso del lavado de ruedas de los camiones que abandonen el área de trabajo, el sistema que se implementa para el lavado de neumáticos consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm.
Las aguas residuales son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacena aguas de lavado.
Lavado de canoas Se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2x2x0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra.
En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta es limpiada con camiones a medida que se vaya Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
completando. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas y lavado de canoas proviene de la red de ESBBIO S.A.
Lavado de canoas Se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2x2x0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra.
En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta es limpiada con camiones a medida que se vaya completando. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas y lavado de canoas proviene de la red de ESBBIO S.A.
Infraestructura de agua potable Durante la Fase de Construcción del Proyecto se utiliza la red de agua potable existente en el predio, pero cabe destacar que, para la Fase de Operación, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESBBIO S.A, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 8 de la ADENDA Complementaria.
El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Infraestructura de aguas servidas El predio donde se emplaza el Proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESBBIO S.A, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº8 de la ADENDA Complementaria. Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público.
Durante este tiempo se utilizan baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Sin perjuicio de lo anterior, en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios higiénicos fijos, se dispone de sanitarios químicos en número acorde con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud) en donde su mantención y limpieza están a cargo de terceros, que cuenten con los permisos vigentes otorgados por la Autoridad Sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana.
Infraestructura de aguas lluvias Para dar solución a los requerimientos sobre las aguas lluvias, el Proyecto considera captar, retener e infiltrar el 100% de las aguas mediante la captación e interceptación, de aquellas aguas que no puedan ser absorbidas producto de la impermeabilización del suelo natural.
Para realizar el diseño del sistema de saneamiento se utilizó el Método Racional para el cálculo de caudales, con datos y procedimientos del Manual de Carreteras Volumen 3 y del Manual del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: “Técnicas Alternativas para Soluciones de Aguas Lluvias en Sectores Urbanos. Guía de Diseño”.
El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la Construcción del Proyecto. Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la Construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores.
Infraestructura de electricidad, gas y telecomunicaciones Se solicita empalme eléctrico provisorio a la empresa ENEL.
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Las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, son declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. Nº 92, de 1983 “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” modificada por el reglamento N° 258 Of 1984, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
Caminos de acceso temporales y permanentes
Los caminos de accesos son aquellos que son necesarios para acceder a las partes, obras y actividades del Proyecto, ya que estos permiten el tránsito de vehículos al interior del emplazamiento y también el transporte de mano de obra, residuos, insumos y productos fuera del área del Proyecto.
En la Fase de Construcción el camino de acceso temporal al Proyecto es por Av. El Valle.
A continuación, se listan las vías de acceso y egreso al Proyecto y sus características según la siguiente tabla:
Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 11 de la ADENDA.
Acceso Norte
Rutas de ingreso
Norte: Av. Salvador Allende dirección sur-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto.
Sur: Av. Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto.
Poniente: Santa Elena al oriente – Av. Salvador Allende dirección norte. Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Acceso al Proyecto. Camino San Ramón Oriente-Avenida Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Proyecto.
Oriente: Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-retorno-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto. Av. General Baquedano dirección poniente- Av. Salvador Allende dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
La Unión dirección sur- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto. El Palqui dirección oriente- La Unión dirección sur-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto. Marque dirección sur- Av. Libertador bernardo O’Higgins dirección poniente-Retorno-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Proyecto.
Rutas de egreso
Poniente: Proyecto-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente-Retorno- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente.
Oriente Proyecto-Av.- Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente- Punitaqui dirección norte.
Acceso Sur
Rutas de ingreso Sur: Av. Salvador Allende dirección norte-Proyecto.
Poniente San Ramón dirección oriente-Av. Salvador Allende dirección norte- Proyecto.
Oriente: Av. General Baquedano dirección poniente-Av. Salvador Allende dirección norte- Acceso al Proyecto.
Rutas de egreso Poniente: Proyecto-Av. Salvador Allende dirección norte-Santa Elena dirección poniente.
Oriente: Proyecto-Av. Salvador Allende dirección Norte-Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente.
Rutas de egreso Poniente: Proyecto- Calle 25 dirección sur-Retorno-Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección poniente. Proyecto – Calle 25 dirección sur- Calle Totihue dirección Oriente-Caletera Av. Salvador Allende dirección norte-Av. Salvador Allende dirección norte-Santa Elena dirección poniente.
Oriente: Proyecto-Calle 25 dirección sur- Retorno. Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección oriente. Proyecto-Calle 25 dirección sur- Retorno- Calle 25 dirección norte- Av. Libertador Bernardo O’Higgins dirección norte- Punitaqui dirección norte.
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Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 18 de la ADENDA Complementaria
Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo Dado que el 100% del terreno se encuentra cubierto de cemento, no hay superficie de escarpe en este Proyecto.
Durante la actividad de escarpe se hace retiro de 4.741,20 m3 considerando un esponjamiento del 20% en una superficie total de 26.340 m2. La siguiente tabla contiene el detalle de superficies y coordenadas del sitio donde se realiza dicha actividad.
Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 70 de la ADENDA Complementaria
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Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 14 de la ADENDA Complementaria
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 15 de la ADENDA Complementaria
Corta de flora y vegetación Dentro de la flora y vegetación a intervenir, en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliosida presenta 1 familia y dos especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida cuenta con 8 familias y 10 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67%), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
Dentro del área de influencia se identificó una unidad vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV| (2,53 ha) que corresponde a un sitio eriazo con vegetación herbácea.
El material por descartar es dispuesto como residuo en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria.
Movimientos de tierra Excavaciones: Esta partida está referida a la excavación masiva del Proyecto, donde se retira material arcilloso con gravas y grava arenosa. Cierto volumen excavado es dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realiza con máquinas excavadoras y camiones. Todo camión que salga Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
de la obra está encarpado para evitar caídas de materiales al suelo y que se levante polvo durante su circulación.
El volumen total por excavar es de 6.213 m3, y considerando un esponjamiento de 20%, el volumen de material que es dispuesto en el botadero es de 7.455,60 m3.
Por otro lado, el porcentaje de finos es de 8,5 y la humedad del material es de 6,5. Estos valores se obtienen por defecto en la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de la RM.
Otras acciones de acondicionamiento de terreno Cierre perimetral: Como primera actividad se procede con la Construcción de un cierre perimetral acústico para delimitar el área de trabajo. Este cierre está compuesto por una estructura de placas OSB de cuya altura es 2,4 a 6,0 m.
Los escombros de la demolición son manejados como RESCON, siendo transportados y dispuestos por empresas con Resolución Sanitaria y dispuestos en botaderos autorizados.
Habilitación y operación de las instalaciones de apoyo a las faenas de Construcción En las Tablas 16, 17 y 18 de la ADENDA Complementaria se detalla la ubicación en coordenadas geográficas de las partes y obras asociadas a cada etapa, a utilizar en la Fase de Construcción.
INSTALACIÓN DE FAENAS: Esta instalación tiene una superficie de 1.390 m2, la cual está conformada por contenedores, los que se retiran una vez terminada la Fase de Construcción del Proyecto.
La instalación considera: vestuario, oficinas, comedores, baños, bodega de acopio de materiales, incluyendo sustancias peligrosas, bodega de RESPEL, área de RESCON, área de residuos domiciliarios y administración.
USO DE LAS INSTALACIONES:
OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS. Son de tipo prefabricado, contenedor marítimo, equipados con todos los servicios necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades asociadas (sistema hídrico, de iluminación, servicios higiénicos, etc.). La utilidad de las oficinas es mantener un orden de toda la documentación que debe estar en obra y por otro lado, mantener una buena coordinación entre profesionales y trabajadores.
Mantenimiento: Se efectúa todos los días aseo y limpieza de las oficinas administrativas, estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los papeleros.
BAÑOS, DUCHAS Y VESTIDORES En la Instalación de Faenas se dispone de un sector destinado a servicios higiénicos que cuenta con baños, duchas y vestidores. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existen baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. 594/1999, del Ministerio de Salud).
Mantenimiento: Se efectúa dos veces al día el aseo de las duchas, vestidores y WC. Estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los contenedores de basura
BODEGA DE MATERIALES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
La bodega de materiales se ocupa para guardar los materiales que se utilizan en la Construcción del Proyecto. Se almacenan menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se utiliza una bodega provisoria común que cumple con las exigencias del D.S. N° 43 (Art 25 al 32 del párrafo II “De las Bodegas Comunes”).
Mantenimiento: Se realiza una vez a la semana la limpieza y aseo de la bodega, esta consiste en: barrer, ordenar y sacudir, y diariamente o según necesidad se retiran los residuos de los contenedores de basura. Además de verificar el stock de los materiales que en ella se guardan.
COMEDORES Al interior de la instalación de faena, existe un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Con el fin de que los trabajadores se alimenten en un lugar con las condiciones óptimas.
Mantenimiento: Se efectúa dos veces al día el aseo de los comedores. Estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los contenedores de basura.
SECTOR DE ACOPIO TEMPORAL DE RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS El área de acopio temporal de residuos asimilable a domiciliarios se utiliza para almacenar los RSD que se generan a partir de la mano de obra en la Fase de Construcción del Proyecto. Estos residuos son retirados por la municipalidad 3 veces por semana o cuando se requiera.
Mantenimiento: Se realiza 3 veces a la semana o cuando sea necesario el aseo de la zona de acopio. Además de limpiar los contenedores y colocar en su interior las nuevas bolsas de basura.
SECTOR DE ACOPIO TEMPORAL DE RESCON En la zona de residuos de la Construcción se almacenan todos los residuos que se generen en la Fase de Construcción de Proyecto, es decir, escombros, maderas, restos de cartones, plásticos, ladrillos, metales, etc. Estos residuos son transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria del Libertador General Bernardo O´Higgins.
Mantenimiento: Este sector es limpiado y ordenado todos los días y una vez que sean retirados los escombros por transportistas autorizados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
BODEGA DE ACOPIO TEMPORAL DE RESPEL En la bodega de residuos peligrosos se almacenan de forma temporal los residuos que se generen en la Fase de Construcción. Estos residuos son envases de pegamentos, solventes, envases de pintura, entre otros. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N° 7 de la DIA.
Mantenimiento: Esta bodega es limpiada y ordenada una vez al día, esta actividad consiste en mantener los contenedores de residuos con sus respectivas etiquetas, actualizar las hojas de seguridad, verificar la existencia de algún derrame y si es necesario realizar disposición de los residuos con una empresa con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 16 de la ADENDA Complementaria
Cierre de las instalaciones Al momento de terminar la última etapa del Proyecto, se van retirando los equipos más grandes (que no se pueden auto desplazar por las vías públicas de circulación) en camiones grúa o en camiones con cama baja, diseñados para transportar equipos de gran tamaño o pesados.
Una vez que se este próximo a la entrega del Proyecto, o cuando se pueda, se van retirando los muros provisorios del cierre perimetral, manualmente con el apoyo de camiones plumas para ir cargando las estructuras en los camiones, y enviar a la central de la empresa constructora. Todos los residuos que se generen son enviados a disposición final de acuerdo con su materialidad.
Con respecto a las bodegas de sustancias peligrosas, se desmantela manualmente, y las partes que se puedan volver a utilizar se envían a la central de la empresa constructora, y los elementos que deban ser eliminados, se envían a sitio de disposición final de acuerdo con su materialidad. Es decir, de encontrar materiales contaminados con sustancias peligrosas, se disponen en sitio autorizado para residuos peligrosos.
Con respecto a la bodega de residuos peligrosos, se desmantela manualmente la parte superior, y es cargada mediante el uso de camión pluma, para luego ser enviada a la central de la constructora. La base sólida, es dispuesta como residuo peligroso, en el caso que no pueda ser empleada en otro Proyecto.
Al finalizar la entrega de la última etapa, se retiran paulatinamente los contenedores de oficinas, baños, duchas, bodegas. Los que se son cargados por el camión pluma en su carrocería, para despachar a la empresa dueña de los contenedores.
Partes y obras permanentes propias de la urbanización
En las Tablas 12, 13, y 14 se muestran la ubicación en coordenadas geográficas WGS 84 Datum 19 Huso S, de los trazados asociados a las urbanizaciones, del ADENDA Complementaria.
ÁREAS VERDES
La superficie de áreas verdes que incorpora la Construcción del Proyecto es de 3.123 m2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En las Tablas 20, 21 y 22 de la ADENDA Complementaria se presenta la ubicación de los sectores que considera el Proyecto en cada etapa para las áreas verdes.
ÁREAS DE ESTACIONAMIENTOS DE USOS COMUNES O VISITAS Se consideran un total de 648 estacionamientos vehiculares, de los cuales 6 son estacionamientos de visitas, 3 para comercio y 9 para personas discapacitados. Por otra parte, se consideran 30 estacionamientos para bicicletas. En la siguiente tabla se presenta el resumen de estacionamientos.
Detalle estacionamientos Cantidad Residentes 627 Visitas 6 Discapacitados 9 Comercio 6 Bicicletas 30 Total estacionamientos vehiculares 648 Total estacionamientos bicicletas 30
INFRAESTRUCTURA DE AGUA POTABLE Durante la Fase de Construcción del Proyecto se utiliza la red de agua potable existente en el predio, pero cabe destacar que, para la Fase de Operación, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESBBIO S.A., cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
En el Anexo N°4 de la ADENDA se adjuntan los planos de los suministros de agua potable y alcantarillado, los cuales se encuentran georreferenciados en formato KMZ con lo cual se puede medir la distancia de los suministros.
En el Anexo N°4 de la presente ADENDA se adjuntan las especificaciones técnicas con el detalle del suministro de agua potable y alcantarillado.
Se indica la autoridad que la superficie utilizada para las cañerías del suministro de agua potable corresponde a 32 m2 (considerando un diámetro de 110 mm y una longitud de 288 metros). Por otro lado, el suministro de alcantarillado posee una superficie de 134 m2 (considerando un diámetro de cañería de 200 mm y una longitud de 670 metros. Para mayor detalle, en el Anexo N°4 de la ADENDA se encuentran los suministros de agua potable y alcantarillado.
INFRAESTRUCTURA DE AGUAS SERVIDAS
El predio donde se emplaza el Proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESBBIO S.A. cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº5 de la DIA.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Sin perjuicio de lo anterior, en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios higiénicos fijos, se dispone de sanitarios químicos en número acorde con lo establecido en la normativa vigente (Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud) en donde su mantención y limpieza están a cargo de terceros, que cuenten con los permisos vigentes otorgados por la Autoridad Sanitaria, la que se realiza a lo menos dos veces por semana.
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La cantidad de artefactos que tiene la obra según el número de trabajadores se presenta en la siguiente tabla.
N° de Trabajadores N° Excusados con taza de WC N° Lavatorios N° Duchas 1 – 10 1 1 1 11 – 20 2 2 2 21 – 30 2 2 3 31 – 40 3 3 4 41 – 50 3 3 5 51 – 60 4 4 6 61 – 70 4 3 7 71 – 80 5 5 8 81 – 90 9 9 9 91 – 100 6 6 10 Fuente: Artículo 23 del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud
Cuando existan más de cien trabajadores por turno se agrega un excusado y un lavatorio por cada quince y una ducha por cada diez trabajadores. En caso de reemplazar los lavatorios individuales por colectivos se considera el equivalente a una llave de agua por artefacto individual.
Los servicios higiénicos y camarines en conjunto se ubican en el terreno del Proyecto de acuerdo en la etapa en que se encuentre la Construcción tal como se muestra en el plano de instalación de faenas del Anexo N°2.
En el Anexo N°4 de la ADENDA se adjuntan los planos de los suministros de agua potable y alcantarillado, los cuales se encuentran georreferenciados en formato KMZ con lo cual se puede medir la distancia de los suministros.
En el Anexo N°4 de la presente ADENDA se adjuntan las especificaciones técnicas con el detalle del suministro de agua potable y alcantarillado.
Se indica la autoridad que la superficie utilizada para las cañerías del suministro de agua potable corresponde a 32 m2 (considerando un diámetro de 110 mm y una longitud de 288 metros). Por otro lado, el suministro de alcantarillado posee una superficie de 134 m2 (considerando un diámetro de cañería de 200 mm y una longitud de 670 metros. Para mayor detalle, en el Anexo N°4 de la ADENDA se encuentran los suministros de agua potable y alcantarillado.
INFRAESTRUCTURA DE AGUAS LLUVIAS
Para dar solución a los requerimientos sobre las aguas lluvias, el Proyecto considera captar, retener e infiltrar el 100% de las aguas mediante la captación e interceptación, de aquellas aguas que no puedan ser absorbidas producto de la impermeabilización del suelo natural.
Para realizar el diseño del sistema de saneamiento se utilizó el Método Racional para el cálculo de caudales, con datos y procedimientos del Manual de Carreteras Volumen 3 y del Manual del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: “Técnicas Alternativas para Soluciones de Aguas Lluvias en Sectores Urbanos. Guía de Diseño”.
El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la Construcción del Proyecto. Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la Construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores. En el Anexo N°5, se encuentra adjunto todas las especificaciones técnicas del Proyecto de aguas lluvias.
En la Tabla N° 1: Coordenadas zanjas de infiltración, de la ADENDA Complementaria se presenta la ubicación de las zanjas de infiltración.
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INFRAESTRUCTURA DE ELECTRICIDAD, GAS Y TELECOMUNICACIONES. Se solicita empalme eléctrico provisorio a la empresa Enel.
Las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, son declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. Nº 92, de 1983 “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” modificada por el reglamento N° 258 Of 1984, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
Fuente: Mayor detalle ver en Cartografía 18 de la ADENDA Complementaria
Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del Proyecto Durante la Fase de Construcción, se incluye el tránsito y funcionamiento de vehículos maquinarias al interior del lugar de emplazamiento del Proyecto para el desarrollo de las actividades de esta Fase.
El Proyecto cuenta con solo una ruta de acceso temporal, la cual tiene por nombre “Ruta no pavimentada – Instalación de faenas” La longitud de este camino es de 120 metros. El ancho del camino no pavimenta es de 6 metros. Este es un camino temporal, que es trazado junto con la instalación de faenas. Se indica que no se trata de un camino público. Se indica que no se trata de una vía urbana. Se indica que el Proyecto cuenta con un solo camino temporal, el cual corresponde a “Ruta no pavimentada – Instalación de faenas”, por otro lado, el camino de carácter permanente es el medio perfil faltante de calzada y vereda de calle El Palqui, entre El Águila y La Unión, definido por Asesoría Urbana de la Ilustre Municipalidad de Rancagua. Esta medida de mitigación sólo es ejecutada si se encuentra la faja disponible a BNUP. En caso contrario, no es posible ejecutar.
Para mayor detalle revisar el Anexo N°4 de la ADENDA que contiene un archivo KMZ con los caminos no pavimentado.
Se indica a la autoridad que, en la Fase de Construcción, dentro del predio del Proyecto, los límites de velocidad para vehículos pesados son de 20 km/h. Por otro lado, se considera un cierre perimetral, el cual es instalado de manera permanente y posee una altura que va de 2,4 [m] a 6,0 [m]. Dicho Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
cierre tiene características de barrera acústica, cuyo material cumple con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] y las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del predio Durante la Fase de Construcción, se requiere del transporte de insumos y residuos fuera del área de emplazamiento del Proyecto, los cuales son realizados dentro de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins con una velocidad promedio de 20 km/hr.
El transporte de los insumos, equipos y maquinaria de Construcción se efectúa principalmente a través de camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. Nº 1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de tránsito.
El Flujo inducido de los vehículos motorizados del Proyecto en su etapa de Construcción se determina considerando las características del Proyecto utilizando las estimaciones de flujos vehiculares para el cálculo de emisiones ambientales. En el siguiente cuadro se aprecia el flujo mensual:
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 67 de la ADENDA Complementaria.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 68 de la ADENDA Complementaria.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 69 de la ADENDA Complementaria.
En lo que respecta al flujo mensual, el máximo flujo ocurre en el mes 9 con un total de 168 vehículos durante el mes, lo cual corresponde a un flujo máximo de 1 vehículos pesados por hora ingresando al Proyecto. Dado los factores de conversión los vehículos pesados equivalen a dos vehículos livianos por ende los 1vehículos pesados corresponde a 2 vehículos livianos por hora.
Las rutas consideradas son las siguientes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Cartografía 89 de la ADENDA Complementaria.
Construcción de la edificación Estructuras: Luego de las excavaciones, se procede con la Construcción de fundaciones y obras de hormigón, muros y losas de la edificación.
El acero para el hormigón armado es cortado de acuerdo a la necesidad e incorporado en la Construcción.
Por su parte, los moldajes, en general metálicos, se arriendan y llegan a las obras listas para ser utilizados. Finalmente, el hormigón se encarga a una planta proveedora, y llega a faena en camiones mixer, conforme a los programas y requerimientos de la obra.
Terminaciones: Este ítem se refiere a las terminaciones de las propiedades y de los espacios comunes, así como también de la fachada de la edificación. Los principales materiales por usar son cerámicas, adhesivos para cerámicas, planchas de yeso-cartón (tipo volcanita) y perfiles de acero galvanizado (tipo metalcom) para los tabiques. Todos estos materiales llegan en camión a la obra los que son descargados con minicargador o con la grúa torre, de acuerdo a disponibilidad de los equipos.
Edificios habitacionales en altura o de varias viviendas El Proyecto denominado “Parque Las Alamedas I, II y III” ubicado la calle Av. Libertador Bernardo O’Higgins Lote 2B, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, contempla la Construcción y operación de tres edificios de 9 pisos, el cual contempla un total de 633 departamentos, 3 locales comerciales, un total de 648 estacionamientos vehiculares 30 estacionamientos para bicicletas.
El Proyecto presenta una superficie de Construcción de 42.388,65 m2 y una superficie predial de 26.340 m2, donde se incorporan 3.123 m2 de áreas verdes con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios.
El Proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tiene una duración de 24 meses cada una y que se evalúan íntegramente en la presente DIA. A continuación, se presentan la descripción de cada etapa.
Etapa N°1: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°2: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°3: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 9.285,6 m2.
Estacionamientos: El diseño de los espacios para los estacionamientos y su disposición respecto a las áreas destinadas a este fin se realizaron de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Las dimensiones mínimas corresponden a 2,5 x 5,0 m, con una superficie de 12,5 m2 para la Fase de Construcción. Para la Fase de Operación, las áreas de estacionamiento están separadas entre estacionamientos para propietarios, visitas y discapacitados. En la siguiente tabla se presenta un resumen con los estacionamientos proyectados.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 10 de la DIA.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 45 de la ADENDA.
Por otro lado, el Proyecto considera 30 estacionamientos para bicicletas.
Salas de Basuras: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
El Proyecto cuenta con dos salas de basura A y B por edificio.
Cada una cuenta con paredes, pisos y cielos de material liso, lavable, no absorbente y resistente a golpes, además de sistemas de ventilación en puertas, iluminación, provisión de agua para lavado del recinto, depósitos y desagües.
Su espacio es suficiente para la manipulación de los recipientes de basura, asegurando el fácil acceso al recinto y el aislamiento del resto de las dependencias. Tiene acceso restringido. Los ductos de ventilación tienen rejillas para impedir el ingreso de insectos, roedores y demás vectores de interés sanitario. La ubicación de las salas de basura es en el primer piso.
Cada sala cuenta con contenedores de 360 litros, ubicadas en el primer piso con una superficie de 76,29 m2. Desde estas salas son retirados los residuos a la zona de precarguío ubicada en el piso 1 del edificio.
Para mayores detalles, ver anexo N° 8 PAS N° 140 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Imagen 11 de la DIA, y Anexo 12 de la ADENDA.
El Proyecto de accesibilidad universal fue desarrollado en conformidad con el Manual de Accesibilidad Universal del SENADIS. Para mayor detalle, en el Anexo N°11 de la ADENDA, se adjunta el Proyecto antes mencionado para su revisión.
Instalaciones Sanitaria de las viviendas:
Se indica a la autoridad que los artefactos sanitarios son instalados con sellado de silicona fungicida en sus respectivos muros de adosamiento y deben ubicarse centrados según el eje indicado en los planos del Proyecto:
Inodoro: Enlozado, con tapa y estanque asentado sobre la taza. También se pueden utilizar inodoros de una pieza.
Lavamanos: Enlozado con pedestal del mismo material.
Tina: De acero enlozado. Para viviendas con adultos mayores o personas con discapacidad, puede ser reemplazada por una ducha hecha in situ en el primer piso.
Lavaplatos: De acero estampado inoxidable, montado sobre un mueble base de placa melanina.
Lavadero: De plástico, modelo Astra de Fanalosa o similar.
Lavadora: Se instalan dos llaves para agua fría y caliente, con descarga propia a la red de alcantarillado.
Ventilación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Se considera ventilación pasiva con filtro de material particulado MP 2.5 – 85% de eficiencia. Es de fábrica, tipo Jonas o equivalente, con al menos una por recinto.
Por su parte, el tipo de conexión a la infraestructura pública de alcantarillado de aguas servidas es de PVC con diámetro 200 mm cuya conexión es en Calle La Unión.
Paisaje En el Anexo N°9 de la ADENDA, se adjunta el Proyecto de paisajismo donde está contenido el detalle de este, indicando que fue realizado en conformidad con la normativa anteriormente mencionada.
Edificaciones de equipamiento
El Proyecto denominado “Parque Las Alamedas I, II y III” ingresado a evaluación por medio de la presente DIA, ubicado en Av. Libertador Bernardo O’Higgins Lote 2B, comuna de Rancagua, Región de O’Higgins, contempla la Construcción y operación de tres edificios de 9 pisos y tres locales comerciales, el cual contempla un total de 633 departamentos, y un total de 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
A continuación, se presenta el desglose del cálculo de estacionamientos, considerando espacios destinados a residentes del Proyecto, visitas, personas en situación de discapacidad y locales comerciales.
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 44 de la ADENDA
Asimismo, se aclara que no se han contemplado estacionamientos para las áreas verdes, ya que la ordenanza establece su exigencia únicamente cuando estas corresponden a espacios de equipamiento.
Otras acciones. Obras exteriores: Se refiere a los cierres definitivos del Proyecto y a la materialización de acuerdo al estándar municipal de las aceras que enfrentan al Proyecto.
Control de vectores: Durante la Fase de Construcción se realiza control de vectores de interés sanitario (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
la implementación de un cordón sanitario alrededor del Proyecto. Este incluye la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud de esta región.
El Titular del Proyecto mantiene un registro de las aplicaciones efectuadas para el control de vectores sanitarios, incluyendo los sitios de aplicación, productos utilizados, dosis y fecha de aplicación. Dicho registro está siempre disponible en las oficinas dentro de la instalación de faenas para la fiscalización de los organismos competentes.
La aplicación de los plaguicidas se lleva a cabo por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, y que cuente con personal capacitado para efectuar dicha labor, como lo indica el Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico D.S. N°157/2005 del Ministerio de Salud.
Suministros básicos
Energía
Se solicita empalme eléctrico provisorio con la finalidad de proveer de energía eléctrica para la Construcción del Proyecto. Este servicio provisorio es retirado una vez finalizada la Construcción del conjunto.
Las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, son declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. Nº92, de 1983 “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” modificada por el reglamento N°258 Of 1984, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N°1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
Los grupos electrógenos considera cada uno 220 kWh, estos se ubican preferiblemente cerca de la bodega RESPEL, en un lugar abierto para evitar o prevenir la acumulación de monóxido de carbono en base a lo indicado en el D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud. No se considera el almacenamiento de combustible, sino que es comprado a un proveedor externo.
Agua Potable y Alcantarillado
Durante la Fase de Construcción, se requiere del abastecimiento de agua para el consumo humano de los trabajadores, así como también para el lavado de ruedas de los camiones que abandonen el área de trabajo.
Se indica que el cálculo de consumo diario de agua se realizó considerando los valores máximos de trabajadores, es decir, 300 personas. Adicionalmente, se informa que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESBBIO S.A.
Mientras se lleva a cabo la conexión al sistema, se disponen bidones de agua al interior de la faena, y el suministro de agua potable para el consumo humano en los frentes de trabajo se realiza mediante la instalación de dispensadores de agua purificada de 20 litros, los cuales cuentan con certificación de autoridad sanitaria. Para garantizar las condiciones de uso de agua potable, se implementa un sistema de verificación y cumplimiento de los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre esta materia.
El predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable y alcantarillado administrado por ESBBIO., cuyo certificado se adjunta en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Anexo Nº 8 de la ADENDA Complementaria. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Mientras se lleve a cabo la conexión se utilizan baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada y son dispuestos bidones al interior de la faena.
Dentro de las actividades que utilizan agua es el lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo. El sistema que se implementa para el lavado de neumáticos consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacena las aguas de lavado.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESBBIO. A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, se concluye que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo provenientes de esta actividad.
Agua Industrial
El Titular declara que no se hace uso de agua industrial para las partes y obras del Proyecto, por lo que no es necesario contar con suministro de agua industrial.
Servicios Higiénicos
El predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESBBIO, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº8 de la ADENDA Complementaria. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Mientras se lleve a cabo la conexión al sistema de agua potable, son dispuestos bidones al interior de la faena, con el fin de cumplir con las exigencias sobre cantidad y calidad del recurso según lo establecido en el D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud.
El agua potable para consumo en los frentes de trabajo se realiza mediante la instalación de dispensadores de agua purificada de 20 L.
La cantidad total de agua potable a consumir varía en función de la curva ocupacional de la Construcción de las obras. Esta agua es adquirida a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins, a razón de 100 (litros/persona/día), cumpliendo de esta manera con lo estipulado en el Artículo 14 del D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud. Se verifica que el agua potable cumpla con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia.
Los servicios higiénicos y vestidores en conjunto tienen una superficie de 197 m2. Su ubicación se muestra en el plano de instalación de faenas del Anexo N°10 de la ADENDA Complementaria.
Alimentación
Los alimentos no son provistos por el titular del Proyecto. Cada trabajador, lleva sus propios alimentos preparados, los que son consumidos en el comedor habilitado para tales efectos.
El personal que trabaja en la Construcción del Proyecto tiene disponible para el consumo de sus alimentos un comedor de una superficie estimada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
de 312 m2, el que está equipado con: mesas, sillas, refrigerador, cocinilla, microondas y lavaplatos, entre otros, de manera que puedan conservar y calentar sus alimentos; y posteriormente lavar sus utensilios.
Su ubicación se muestra en el plano de instalación de faenas del Anexo Nº10 de la ADENDA Complementaria.
Alojamiento
Considerando la ubicación del Proyecto, el personal que trabaje en la obra llega y se retira de las faenas por sus propios medios, no considerándose el suministro de alojamiento para los trabajadores.
Transporte
Debido a la ubicación del Proyecto no se considera el transporte por traslado de mano de obra, ya que se considera que ellos llegan al lugar por sus propios medios.
A continuación, se muestra el flujo de camiones para cada etapa del Proyecto:
Fuente: Mayor detalle ver Tablas 64, 65 y 66 de la ADENDA
El Flujo inducido de los vehículos motorizados del Proyecto en su etapa de Construcción se determina considerando las características del Proyecto utilizando las estimaciones de flujos vehiculares para el cálculo de emisiones ambientales.
En el siguiente cuadro se aprecia el flujo mensual. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 67 de la ADENDA
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 68 de la ADENDA
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 69 de la ADENDA
En lo que respecta al flujo mensual, el máximo flujo ocurre en el mes 9 con un total de 168 vehículos durante el mes, lo cual corresponde a un flujo máximo de 1 vehículos pesados por hora ingresando al Proyecto. Dado los factores de conversión los vehículos pesados equivalen a dos vehículos livianos por ende los 1vehículos pesados corresponde a 2 vehículos livianos por hora.
Las rutas consideradas son las siguientes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Cartografía 89 de la ADENDA
Se tiene presente que todo el transporte de maquinaria pesada desde o hacia la obra debe ser realizada en carros de arrastre, impidiendo su tracción propia.
Como indicadores de medidas de control se tiene:
− Mantenciones periódicas a los camiones, vehículos y maquinarias: Se cuenta con una carpeta en obra con los certificados de mantención donde se indique fecha, lugar, tipo de vehículo y mantención realizada. − Revisiones técnicas y certificados de emisiones al día de camiones, vehículos y maquinarias: Se cuenta con una carpeta en obra con los certificados de revisión técnica y de emisiones de gases de cada camión, vehículo y maquinaria utilizada en obra.
Camiones que transporten materiales: Se cuenta con una ficha donde se indique cada camión que ingrese y egrese de la obra y, en caso de los camiones tolva, se cuenta con registro fotográfico donde se evidencie que la carga esté correctamente cubierta al momento de egresar de la obra.
Materiales para la Construcción
La cantidad del material transportado en toneladas y metros cúbicos, junto con el tipo de vehículo que lo transporta, como se puede observar en la tabla a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Tabla 63 de la ADENDA
Mano de Obra La Fase de Construcción del Proyecto considera una dotación máxima de 300 personas.
Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Durante la actividad de escarpe se hace retiro de 4.741,20 m3 considerando un esponjamiento del 20% en una superficie total de 26.340 m2. La siguiente tabla contiene el detalle de superficies y coordenadas del sitio donde se realiza dicha actividad.
Fuente: Mayor detalle ver en Tabla 70 de la ADENDA Complementaria
Cabe indicar que en los últimos 5 años no se realizaron actividades de explotación de cultivos en el predio.
Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP, MP10, MP2,5, MPS, CO, COV, NOx, SOx, NH3 y HC
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En Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria, se presenta de manera ampliada y actualizada las emisiones a la atmosfera a generar por el Proyecto en sus diferentes Fases.
Cronograma general
El Proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tiene una duración de 24 meses cada una. Para la correcta realización de la estimación de emisiones, se utilizó como referencia el siguiente cronograma de actividades.
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
Los hitos relevantes presentados en el cronograma se describen a continuación:
• Cierre perimetral: Como primera actividad se procede con la instalación de un cierre perimetral para delimitar el área de trabajo. Este cierre está compuesto por una estructura de placas OSB. Esta actividad no genera emisiones atmosféricas.
• Demolición: Previo a la ejecución de la medida de mitigación que consiste en la materialización de un retorno ubicado en la calle 25, al sur de Av. Libertador Bernardo O´Higgins, con el propósito de generar un retorno para los vehículos que circulan por la calzada oriente de calle 25. Esta demolición se realiza en la Etapa 3 del Proyecto.
• Escarpe Se efectúa la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, considerando el 100% de la superficie del terreno, considerando un esponjamiento del 20%.
• Excavación: Posterior al escarpe se procede a excavación del Proyecto. El volumen excavado es dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realiza con máquinas retroexcavadoras y camiones. Todo camión que salga de la obra debe estar encarpado para evitar caídas de materiales al suelo y que se levante polvo durante su circulación.
El volumen total por excavar es de 6.213 m3 y considerando un esponjamiento de 20%, el volumen de material que es dispuesto en el botadero es de 7.455,60 m3.
• Obra gruesa: Luego de las excavaciones, se procede con la Construcción de los edificios. Los principales materiales requeridos para la Construcción de ellas es el hormigón, acero y moldajes.
• Terminaciones e instalaciones: Se refiere a las terminaciones de los departamentos. Los principales materiales por usar son pinturas, cerámicas, adhesivos para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
cerámicas, planchas de volcanita y perfiles de metalcom para estructurar los tabiques.
• Recepción final: Las obras que dan cuenta del término de la Fase de Construcción corresponden a la recepción de obras por parte de la I. Municipalidad de Rancagua.
A continuación, se presenta la metodología propuesta para estimar las emisiones atmosféricas del Proyecto, la que se estructura de la siguiente forma: • Identificación de las actividades del Proyecto que generan emisiones atmosféricas: o Actividades que generan emisiones en la Fase de Construcción. o Actividades que generan emisiones en la Fase de operación. • Consideraciones para la estimación de emisiones. • Estimación de emisiones en la Fase de Construcción. o Selección de ecuaciones y factores de emisión. o Valor estimado de emisiones asociadas a la Fase de Construcción.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES O FUENTES EMISORAS
El Proyecto considera una etapa constructiva, la cual tiene una duración de 21 meses en total. Para la correcta realización de la estimación de emisiones, se utilizó como referencia el siguiente cronograma de actividades.
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
Cálculo de emisiones de Fase de Construcción
Para la estimación de las emisiones de material particulado, se utilizaron las ecuaciones y factores de emisión (fórmulas empíricas) desarrollados por la EPA (Environmental Protection Agency, Reporte AP-42, Quinta Edición, Volumen I, Actualizada en 2006), la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios en la Región Metropolitana” (Enero, 2012) y la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Metropolitana” (Junio, 2020) ambas elaboradas por SEREMI del Ministerio del Medio Ambiente de la Región Metropolitana.
RESUMEN EMISIONES POR AÑO CRONOLÓGICO PARA CADA ACTIVIDAD – FASE DE CONSTRUCCIÓN Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
Resumen de emisiones por año cronológico y Fase del Proyecto
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
SISTEMA DE ABATIMIENTO O CONTROL
Aplicación ripio en los caminos donde haya tránsito de camiones o de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al Proyecto que no se encuentren pavimentadas.
La frecuencia del supresor de polvo es cada 3 meses y es implementada durante la actividad de escarpe y finaliza con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material.
Además, se debe llevar registro de la aplicación del supresor.
Producto Duración Día/ Hora Cantidad Quien aplica Firma Supervisor Firma
− Realizar cierre perimetral, el cual está compuesto por una estructura de placas OSB. − Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. − El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. − Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
− Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. − Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación son manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. − Se exige que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. − Se prohíbe la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. − Los escombros se retiran con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de esta región. Estos se cubren con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
ANÁLISIS NORMATIVO DEL ARTÍCULO 40 del D.S. N°1/2021 DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Luego, analizando los resultados según lo dispuesto en el artículo Nº40 del decreto mencionado, el Proyecto no supera los límites, por lo que no debe presentar un Plan de compensación de emisiones, y por lo tanto, no requiere compensar.
La Fase de Construcción del Proyecto genera emisiones atmosféricas que corresponden, principalmente, a material particulado (MP10 y MP2,5) producido durante las actividades de escarpe, excavación, demolición, movimientos de tierra (carga y descarga de materiales) y circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, así como gases de combustión (NOx, CO y NH3) de los motores de vehículos de carga y maquinaria de Construcción y uso de grupo electrógeno de emergencia.
Emisiones de Ruido y Vibraciones
En Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria se presenta de manera ampliada y actualizad las emisiones de Ruido y Vibraciones a generar por el Proyecto.
El objetivo general del informe es presentar de manera detallada los antecedentes técnicos que permiten demostrar que las emisiones de ruido y vibraciones asociadas a la ejecución del Proyecto bajo evaluación, dan cumplimiento a los límites máximos permisibles, de acuerdo con la normativa vigente o criterios internacionales según corresponda y, por lo tanto, no generan riesgo para la salud de la población en virtud de lo señalado en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente).
ÁREA DE INFLUENCIA RUIDO RECEPTORES HUMANOS
Para la identificación de los receptores, se establece primeramente el área de influencia (en adelante AI), el cual se define en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA” como la distancia en la cual los niveles proyectados se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal.
De acuerdo con lo anterior, para determinar el área de influencia considerando las mediciones de registro basal: • Se consideran frentes de trabajo de Construcción tipo con una emisión de 78 dB(A) a 10 m representativos de la mayor emisión esperada durante la ejecución del Proyecto. • Se adopta un límite de 45 dB(A) correspondiente al límite más bajo existente en zona urbana.
De lo anterior, se obtiene que la emisión de ruido de los frentes de trabajo desfavorables se atenúa lo suficiente para igualar al menor límite en zona Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
urbana tras recorrer una distancia de 447m en el caso de las obras del Proyecto.
Se debe tener en cuenta que, como la propagación de las ondas sonoras implica que disminuye el nivel a medida que aumenta la distancia, es posible señalar con certeza que la mayor exposición al ruido se verifica en los receptores más cercanos.
ÁREA DE INFLUENCIA VIBRACIONES
Tal como se mencionó en el apartado anterior, para el uso de maquinaria pesada la normativa de referencia utilizada para la evaluación de vibraciones establece metodologías, descriptores y límites distintos para el análisis de los efectos sobre las estructuras y para la posible “molestia” de la comunidad.
Al respecto, para efectos de determinar el AI de un Proyecto es adecuado concentrarse en el más restrictivo dichos criterios.
Al igual que el ruido la forma de determinar el AI de vibración dice relación con el cálculo de la distancia a la cual los niveles que podría generar el Proyecto bajo la condición más desfavorable de emisión se igualan al criterio de evaluación, que, para estos efectos, considerando sectores sensibles a vibraciones y eventos frecuentes, es un nivel de Vibración de 65 VdB.
La distancia que define el AI de vibración se obtiene considerando las emisiones de una excavadora cuyas emisiones corresponden a 0,089 in/s a 25 pies (7,62m) y un límite de 65 VdB.
RECEPTORES HUMANOS
Para la determinación de los puntos sensibles se considera lo descrito por el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente como receptor a “toda persona que habite, resida o permanezca en un recinto, ya sea un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Los receptores corresponden principalmente a viviendas. En la siguiente se puede observar la ubicación de los receptores en conjunto con el Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES
Ruido D.S N°38/2011 Ministerio del Medio Ambiente
Para evaluar los niveles de ruido estimados del Proyecto en receptores, se deben considerar los límites máximos permisibles de acuerdo con los criterios de evaluación planteados en el capítulo 3.1.1 del Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria.
En la siguiente tabla se indica la zonificación para cada receptor según el PRC de la comuna de Rancagua y su respectiva homologación y límites según D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Ruido por flujo vehicular
En la siguiente tabla se muestran los incrementos máximos permitidos antes de “Impacto Moderado” e “impacto Severo” a partir de la exposición existente en los receptores, el cual se obtiene a partir de la modelación los flujos vehiculares actuales los cuales se indican en el apartado 5.3.3 del Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
VIBRACIÓN
Para efectos del presente estudio, el criterio de daño se definió para la categoría de edificación III, con un máximo de referencia de 0,2 [pulgadas/s]. Por otra parte, para el criterio de molestia se definió con un máximo de referencia de Categoría 2 para los receptores que corresponden a viviendas, cuyo nivel máximo de vibraciones corresponde a 72 [VdB], mientras que para los receptores que corresponden a instituciones cuyo uso de suelo es prioritariamente diurno, la referencia es Categoría 3 con un nivel máximo de vibración de 75 [VdB]. Para ambos casos se considera una cantidad de eventos frecuentes y se evalúa exclusivamente en período diurno en un escenario bastante conservador en cada punto de evaluación.
En la siguiente tabla se resume lo anteriormente descrito:
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Layout y Cronograma del Proyecto
El Proyecto contempla la Construcción y operación de una solución habitacional de tres edificios de 9 pisos, el cual considera un total de 633 departamentos, 3 locales comerciales y 648 estacionamientos vehiculares y 90 estacionamientos para bicicletas. El Proyecto presenta una superficie de Construcción de 42.388,65 m2 y una superficie predial de 26.340 m2, con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios.
FUENTES DE RUIDO EN FASE DE CONSTRUCCIÓN
A continuación, se presenta la maquinaria que se utiliza en la Construcción del Proyecto. Se indica la actividad en la cual está presente y el(los) escenario(s) de modelación en los cuales se incluye. El detalle de los escenarios de modelación se indica en el apartado 5.5.1 del Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Flujos vehiculares
En las siguientes tablas se indican los flujos de vehículos pesados y livianos del escenario actual, Fase de Construcción y Fase de Operación del Proyecto a través de las rutas del Proyecto (Av. Libertador Bernardo O’Higgins.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
FUENTES DE VIBRACIÓN
La estimación del impacto de vibración del Proyecto en su Fase de Construcción se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad.
Para estimar los niveles de vibración en esta Fase del Proyecto, se utiliza el algoritmo establecido por la FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Dicho manual define niveles de vibración promedio para distintos tipos de maquinaria utilizadas generalmente en faenas de Construcción, los cuales fueron medidos a 25 [ft] de distancia.
Para efectos de proyección de vibraciones, y como se señala en el estándar de referencia FTA se considera la maquinaria que genera mayores emisiones hacia los receptores, con la finalidad de representar y evaluar un escenario desfavorable. En ese sentido, la siguiente tabla presenta el listado de maquinaria a utilizar por el Proyecto.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Como se puede apreciar, la maquinaria con mayor emisión en el área de Construcción corresponde a la excavadora (PPV de 0,089pulgadas/s). Se utilizaron dichos niveles para las proyecciones de vibraciones a las respectivas distancias de los receptores.
ESCENARIO DE MODELACIÓN
Escenario Temporal
El escenario de modelación considerado para la Fase de Construcción representa la emisión del Proyecto en horario diurno ya que se contempla la ejecución de trabajos exclusivamente en dicho horario. Si bien, dependiendo de la participación de maquinarias, existe una emisión variable durante la jornada y conforme avanzan las distintas faenas, para efectos de simulación de la condición más desfavorable, vale decir, un instante ficticio en que se encuentren operando simultáneamente frentes de trabajo compuestos por una unidad de cada tipo de maquinarias cada uno, distribuidos conforme se señala en el apartado siguiente.
Es importante señalar que los escenarios contemplados para la Fase de Construcción del Proyecto consideran el escenario más desfavorable para los receptores identificados, donde se incluyen actividades, excavación, obra gruesa a nivel suelo y altura, urbanización y terminaciones en altura.
Por su parte, para la operación del Proyecto, se considera solo la descarga de los grupos electrógenos de respaldo.
Escenario Espacial
Las faenas realizadas en cada Fase del Proyecto se modelan como fuentes puntuales, fuentes móviles y como fuentes distribuidas en áreas horizontales y verticales, estas representan el funcionamiento simultaneo en un instante ficticio de tiempo de conjuntos de maquinarias representadas como fuentes equivalentes de área, verticales y móviles, y maquinas individuales representadas como fuentes puntuales.
Estas fuentes se encuentran localizadas en sus respectivos sectores de funcionamiento, pero con especial interés en las zonas donde las faenas se aproximan hacia los receptores identificados, a modo de representar los escenarios más desfavorables.
Es importante mencionar que en los escenarios evaluados se adicionan nuevos receptores a los ya identificados durante el levantamiento de línea base y que estos se relocalizan para una mejor caracterización de las emisiones de ruido hacia todos los sectores. Los puntos de evaluación de receptores se encuentran ubicados en los lugares más cercanos al Proyecto con tal de representar la situación más desfavorable en términos de exposición al ruido, también se consideran las alturas respectivas de los receptores para representar viviendas o edificios de 2 pisos o más.
Para la evaluación por flujo vehicular se consideran los flujos a través de Av. Libertador Bernardo O’Higgins para Fase de Construcción y Fase de Operación.
Por otra parte, se incluyeron receptores adicionales los cuales corresponden a edificaciones cercanas a la ruta del Proyecto (R5 y R6).
Información meteorológica utilizada en el Modelo
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Dentro de la configuración de cálculo del modelo debe considerarse los parámetros registrados durante la campaña de terreno los cuales son ingresados al modelo para determinar la absorción atmosférica, donde se considera la humedad relativa, la temperatura y la presión atmosférica, esta información determina la absorción del aire por banda de frecuencia que es considerada dentro del cálculo de la estimación de ruido. En la siguiente figura se puede apreciar la configuración para la obtención de la absorción atmosférica en el Software Predictor v2022.01.
TASA DE EMISIÓN RUIDO:
A continuación, se presenta la tabla de evaluación normativa sobre los receptores. Para más detalle ver Informe de Acústica actualizado en el Anexo Nº 13 de la ADENDA Complementaria.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Los mapas de ruido asociados a las estimaciones preliminares se incluyen en el Apéndice 3 del Proyecto.
Ruido por flujo vehicular
En la siguiente tabla y figura, se presentan los resultados y mapa de ruido asociados al cambio de flujo vehicular que genera el Proyecto, en su Fase de Construcción y Fase de Operación, en todos los receptores.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria TASA DE EMISIÓN VIBRACIONES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Vibración
Para la estimación de vibraciones es considerado el escenario constructivo más desfavorable en términos de emisiones de vibraciones hacia los receptores del Proyecto evaluado, considerado las maquinarias que mayores emisiones de vibraciones producen, esto es excavadora/retroexcavadora. En la tabla a continuación se muestra la menor distancia de cada punto receptor hacia el frente de trabajo más cercano del Proyecto y las Velocidades de Partículas (PPV) estimadas, considerando todos los evaluados. Los valores que se encuentren sobre los límites máximos se marcan con color rojo.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Medidas de Control Ruido Incorporadas en la Modelación
Cierres Perimetrales permanente
El Proyecto contempla implementar un cierre perimetral permanente entre 2,4 [m] y 6,0 [m] de altura en toda la Fase de Construcción del Proyecto. Este cierre perimetral tiene características de barrera acústica cuyo material cumple con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
La atenuación por difracción sonora de esta medida la calcula de manera interna el software usado para las modelaciones, aplicando la norma ISO 9613, no obstante, dicho procedimiento se puede resumir a través de la relación establecida por Maekawa
Las siguientes figuras detallan la ubicación y alturas de los cierres perimetrales que deben ser implementados durante toda la extensión de la Fase de Construcción del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Por otra parte, se implementan barreras internas de 6 m las cuales separan las etapas construidas y habitadas de las etapas en Construcción. Dichas barreras están ubicadas a un máximo de 5m desde el área de la etapa en Construcción, como se aprecia en la siguiente imagen.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Cierre de Vanos
Para el caso de faenas de Construcción en altura, se implementa el cierre de vanos que consiste en confinar emisión de ruido de trabajos al interior de la obra gruesa construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos de la obra gruesa con planchas de madera o similar que cumpla con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor). Esta medida se va desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio, como se muestra en la siguiente figura referencial:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
La atenuación sonora provista por esta medida se determina a través del programa INSUL, obteniendo la atenuación por banda indicada en la siguiente figura:
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Barreras acústicas modulares en losas avance.
Durante las faenas de obra gruesa del Proyecto, se prevé que en las losas de avance (donde no existen vanos) se realicen trabajos o utilicen herramientas ruidosas. Es importante que estas pantallas cubran los sectores hacia donde se ubiquen los receptores, entendiéndose que estas deben estar lo más cerca posible del frente de trabajo y cubrir el frente de forma de evitar la dispersión de la energía sonora por las laterales de la pantalla modular.
Se implementa un semi encierro de cuatro caras, es de la misma naturaleza de los cierres perimetrales, es decir, poseer condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), y contar con material absorbente en su cara interna (lana mineral o fibra de vidrio, forrada con malla raschel para mantención). Sus medidas son como mínimo de 2,4m de largo, 2,4 ancho y 2,4 m de alto. Se tiene particular atención de utilizarlas sobre todo cuando las zonas de trabajo estén cercanas a receptores. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Paneles Acústicos Modulares
En adición a lo anterior, se recomienda la utilización de los Paneles Acústicos Modulares de al menos 2,4 [m] de altura, construidos con material que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente).
Al igual que las barreras perimetrales, las junturas de los paneles que conformen las barreras nodulares deben ser herméticos, tanto entre ellos como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, ya que esta medida de control tiene el objetivo de obstaculizar directamente las emisiones generadas en el foco de ruido, o el frente de trabajo, y su ubicación puede abarcar todo el frente de trabajo o bien, se puede ir desplazando a lo largo, en frente de cada uno de estos.
Las dimensiones de cada barrera modular consideran tres (3) paneles de 1,5 [m] de largo, formando una especie de “biombo” acústico (tipo corchete).
Por otra parte, estas barreras modulares pueden estar compuestas por material de relleno, como lana de fibra de vidrio de 50 [mm] de espesor, de manera tal que se configure un panel más absorbente y que proporciona una mayor atenuación a cada frente de trabajo.
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Es importante mencionar que estas barreras se pueden utilizar tanto a nivel de suelo, como también para los momentos en que se ejecuten actividades en pisos superiores o incluso sobre la losa superior (losa de avance) del edificio, ubicándolas cercanas a las actividades ruidosas obstaculizando directamente sus emisiones.
Se recomienda generar y mantener registro (con fotografías, fecha y georreferenciación) de cada implementación de estas barreras.
Cabe destacar que, para efectos de modelación con medidas de control, se mantiene la ubicación del frente de trabajo a nivel de suelo, y los receptores que correspondan se evalúan a la altura crítica, donde la barrera acústica pierde su efecto. Y, por otro lado, el frente de altura se extiende a toda la altura del edificio en Construcción de manera de evaluar el escenario más desfavorable.
El esquema recién descrito se presenta mediante la siguiente figura:
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Restricción de Maquinaria
Para las faenas de excavación de todas las etapas se debe tener la precaución que solo exista solo un camión en el área del Proyecto (tolva o aljibe) evitando que ambos coincidan y que operen en conjunto con las excavadoras. Por otra parte, se debe utilizar solo una máquina excavadora simultáneamente (excavadora o retroexcavadora)
Además, para las faenas de obra gruesa y terminaciones para todas las etapas, el camión mixer no debe operar en las cercanías de los receptores. Para esta faena se considera que debe operar en el centro del terreno en cada una de las etapas de la Fase de Construcción como se aprecia en la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Silenciador escape Grupos Electrógenos
Considerando las características del Proyecto y con el objetivo de proteger de las emisiones de ruido a los habitantes de las torres, la descarga del grupo electrógeno cuenta con un silenciador tipo industrial que provee al menos 20 dB de pérdida por inserción, de manera conservadora, considerando las especificaciones técnicas que se muestran en la siguiente figura.
Consideran la implementación de este elemento de control de ruido en cada uno de los tres (3) grupos electrógenos modelados.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
MEDIDAS DE GESTIÓN
Si bien no se consideran en los cálculos para la evaluación normativa, adicionalmente el Proyecto contempla implementan algunas medidas de gestión durante la Fase de Construcción, a cargo de personal capacitado para supervisar el cumplimiento de ellas, las cuales no son evaluables cuantitativamente, pero contribuyen principalmente a disminuir las posibles molestias a la comunidad. Éstas se indican a continuación:
• Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños. • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización. • Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y máquinas de hormigonado durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido. • Todos los equipos utilizados en el sitio de la Construcción tienen los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo y tienen sus mantenciones al día. • Configurar la faena de Construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
PLAN DE MONITOREO
Se propone la realización de un plan de monitoreo de ruido durante toda la Fase de Construcción en los receptores cercanos al área del Proyecto definidos en el estudio de ruido y vibraciones. Dicho monitoreo se realiza con periodicidad trimestral y se genera el informe técnico respectivo con toda la información requerida por cada monitoreo realizado. Adicionalmente en los informes técnicos se incluye un apartado referido al estado de todas las barreras acústicas existentes. En dicho apartado se debe incluir evidencia a través de imágenes tanto de la correcta instalación como integridad de las barreras y en caso de existir deterioro de alguna barrera se debe proceder a su reparación o reemplazo.
Todos los informes generados deben estar disponibles en caso de ser requeridos por la Autoridad.
MEDIDAS DE CONTROL DE VIBRACIONES
Dado que los niveles de velocidad de vibración (Lv) estimados en receptores se encuentran sobre el criterio de evaluación de molestia, se deben tener las siguientes consideraciones como medidas de control.
La excavadora debe operar a más de 24 m de cualquier de cualquier vivienda. Con lo anterior, se determinan las siguientes distancias de restricción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
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Dentro de estas áreas el rodillo puede ser reemplazado por maquinaria de menores emisiones como por ejemplo retroexcavadora o excavadora de menores dimensiones y potencia.
En la siguiente figura se presenta las áreas de restricción donde no pueden operar las maquinarias mencionadas.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
RESULTADOS Y EVALUACIÓN CON MEDIDAS DE CONTROL
Tasa de emisión:
A continuación, se presenta la tabla de evaluación normativa sobre los receptores. Para más detalle ver Informe de Acústica actualizado en el Anexo Nº 13 de la ADENDA Complementaria.
Estimaciones ruido – Escenario 1. Con medidas de Control Receptor Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimiento D.S. Nº38/2011 MMA EX1-2 EX 3 EX 4 Diurno R1_A 1.50 38 37 36 60 Cumple R2_A 1.50 41 35 34 60 Cumple R2_B 10.00 59 53 51 60 Cumple R2_C 20.00 58 52 51 60 Cumple R3_A 1.50 39 46 40 60 Cumple R3_B 10.00 52 54 52 60 Cumple R3_C 20.00 51 60 52 60 Cumple R4_A 1.50 35 35 35 60 Cumple
Estimaciones ruido – Escenario 2. Con medidas de Control Receptor Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimiento D.S. Nº38/2011 MMA OG1-2 OG3 OG4 Diurno R1_A 1.50 40 40 42 60 Cumple R2_A 1.50 56 35 40 60 Cumple R2_B 10.00 58 38 55 60 Cumple R2_C 20.00 57 42 54 60 Cumple R3_A 1.50 37 51 37 60 Cumple R3_B 10.00 39 55 38 60 Cumple R3_C 20.00 42 58 43 60 Cumple R4_A 1.50 41 39 41 60 Cumple
Estimaciones ruido – Escenario 3. Con medidas de Control Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Receptor Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimiento D.S. Nº38/2011 MMA EX1-2 EX 3 EX 4 Diurno R1_A 1.50 39 39 40 60 Cumple R2_A 1.50 41 40 37 60 Cumple R2_B 10.00 59 58 54 60 Cumple R2_C 20.00 58 57 53 60 Cumple R3_A 1.50 25 26 26 60 Cumple R3_B 10.00 26 26 27 60 Cumple R3_C 20.00 31 31 38 60 Cumple R4_A 1.50 37 37 38 60 Cumple Rint E1_A 1.50 45 46 38 60 Cumple Rint E1_B 10.00 53 51 52 60 Cumple Rint E1_C 20.00 59 57 52 60 Cumple
Estimaciones ruido – Escenario 4. Con medidas de Control Receptor Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimiento D.S. Nº38/2011 MMA OG1-2 OG 3 D.S.38 Diurno R1_A 1.50 40 38 43 60 Cumple R2_A 1.50 55 43 40 60 Cumple R2_B 10.00 59 60 54 60 Cumple R2_C 20.00 59 59 54 60 Cumple R3_A 1.50 32 32 31 60 Cumple R3_B 10.00 32 33 31 60 Cumple R3_C 20.00 37 37 36 60 Cumple R4_A 1.50 43 42 44 60 Cumple Rint E1_A 1.50 44 52 36 60 Cumple Rint E1_B 10.00 52 55 40 60 Cumple Rint E1_C 20.00 56 60 41 60 Cumple
Estimaciones ruido – Escenario 5. Con medidas de Control Receptor Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimiento D.S. Nº38/2011 MMA EX1 -2 EX 3 EX 4 Diurno R1_A 1.50 46 41 42 60 Cumple R2_A 1.50 37 30 30 60 Cumple R2_B 10.00 43 37 43 60 Cumple R2_C 20.00 46 39 46 60 Cumple R3_A 1.50 20 23 22 60 Cumple R3_B 10.00 22 24 24 60 Cumple R3_C 20.00 34 26 36 60 Cumple R4_A 1.50 40 40 41 60 Cumple Rint E1_A 1.50 28 28 28 60 Cumple Rint E1_B 10.00 41 34 41 60 Cumple Rint E1_C 20.00 44 35 44 60 Cumple Rint E2_A 1.50 37 46 39 60 Cumple Rint E2_B 10.00 51 50 52 60 Cumple Rint E2_C 20.00 50 57 51 60 Cumple
Estimaciones ruido – Escenario 6. Con medidas de Control Recept or Altura [m] NPS Modelado dB(A) Limite D.S. N° 38/2011 MMA Cumplimie nto D.S. Nº38/2011 MMA OG1-2 OG3 OG4 Diurno R1_A 1.50 42 38 44 60 Cumple R2_A 1.50 39 36 36 60 Cumple R2_B 10.00 49 43 48 60 Cumple R2_C 20.00 50 44 49 60 Cumple R3_A 1.50 31 28 31 60 Cumple R3_B 10.00 31 28 31 60 Cumple R3_C 20.00 37 33 37 60 Cumple R4_A 1.50 41 45 43 60 Cumple Rint E1_A 1.50 37 31 36 60 Cumple Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Rint E1_B 10.00 40 32 36 60 Cumple Rint E1_C 20.00 44 36 42 60 Cumple Rint E2_A 1.50 55 52 55 60 Cumple Rint E2_B 10.00 56 55 54 60 Cumple Rint E2_C 20.00 60 60 55 60 Cumple
Tiempo y lugar donde se generan: Estas son generadas en la Construcción durante todo el período que dure esta Fase.
Sistema de abatimiento o control: Se consideran las siguientes medidas de control:
Barreras acústicas: Debido a que los niveles estimados de ruido asociados a la ejecución del Proyecto superan el límite máximo permisible en todos los receptores, se implementan barreras acústicas perimetrales cuya altura es entre 2,4 y 6 [m]. Esta barrera está compuesta de material cuya densidad superficial sea igual o superior a 10 kg/m2 (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera son herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Cierres de vanos: confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con planchas de madera o similar que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor).
Barreras acústicas modulares en losas de avance: Se implementa un semi encierro de cuatro caras, que es de la misma naturaleza de los cierres perimetrales, es decir, poseer condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente); y contar con material absorbente en su cara interna (lana mineral o fibra de vidrio, forrada con malla raschel para mantención). Sus medidas son como mínimo de 2,4 m de largo, 2,4 m de ancho y 2,4 m de alto. Se tiene particular atención de utilizarlas sobre todo cuando las zonas de trabajo estén cercanas a receptores.
Paneles acústicos modulares: Se recomienda la utilización de los paneles acústicos modulares de al menos 2,4 [m] de altura, construidos con material que cumpla con condiciones de densidad superior igual o superior a 10 kg/m2 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Al igual que las barreras perimetrales, las junturas de los paneles que conformen las barreras nodulares deben ser herméticos, tanto entre ellos como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad, ya que esta medida de control tiene el objetivo de obstaculizar directamente las emisiones generadas en el foco de ruido, o el frente de trabajo, y su ubicación puede abarcar todo el frente de trabajo o bien, se puede ir desplazando a lo largo en frente de cada uno de estos.
Aguas servidas
Tasa de emisión:
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Etap a N° Trabajadores Consumo diario en L/día1 Generación Aguas servidas en L/día Generación Aguas servidas en m3/día 1 300 100 30.000 30 2 300 100 30.000 30 3 300 100 30.000 30 Total 90.000 90
Tiempo y lugar donde se generan: Se generan en instalación de faenas, durante todo el período de la Fase de Construcción.
Sistema de abatimiento o control:
Para la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos, que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas son descargadas a dicha red.
Los sanitarios móviles son transportados y dispuestos por empresas que posean autorización del SEREMI de salud.
En la obra se mantienen las facturas del transporte y disposición de las aguas servidas provenientes de los sanitarios móviles. Una vez realizado el empalme a la red de alcantarillado, las aguas servidas son dispuestas a través de esta.
Residuos líquidos industriales
Tasa de emisión: 10 litros de agua por camión para el lavado de canoas y 150 l/semana para el lavado de ruedas.
Tiempo y lugar donde se generan: Se generan durante el lavado de ruedas y canoas, en la Fase de Construcción.
Sistema de abatimiento o control: Lavado de ruedas: durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de pvc a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESBBIO.
A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas:
Se indica que se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad,
1 Información obtenida de Reglamento Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado. (Texto incluye últimas modificaciones realizadas por: Decreto MOP N° 752 del 21.07.2003, publicado el 20.11.2003 y Decreto MOP N° 130 del 20.02.2004). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra.
Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retira la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual es desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminan, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad.
En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta es limpiada con camiones a medida que se vaya completando.
Otras emisiones Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta
En Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria, se presenta de manera ampliada y actualizada las emisiones a la atmosfera a generar por el Proyecto en sus diferentes Fases.
Los Gases de Efecto Invernadero GEI y forzantes climáticos de vida corta, en atención a lo establecido en el artículo 19° del D.S. N°40/2012 RSEIA, se consideraron los factores de emisión establecidos por el DEFRA (Department for Environment Food and Rural Affairs, Reino Unido), por tratarse de factores validados, actualizados y que se alinean con las directrices del IPCC, el CHG Protocol, la EPA y Huella Chile. Los contaminantes climáticos que fueron considerados son: Dióxido de Carbono (CO2), Metano (CH4), Óxido Nitroso (N2O) y Carbon Black (BC) como forzante climático de vida media corta, según lo indicado en la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA” (2023).
En base a los niveles de actividad declarados en este informe para cada actividad, maquinaria y vehículo, se obtuvo que las emisiones de gases de efecto invernadero asociados al Proyecto se presentan en la siguiente tabla:
Fuente: Mayor detalle ver Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria
VIBRACIONES
Tasa de emisión: A continuación, se presentan los resultados de la proyección de vibraciones sobre los receptores, para las faenas de Construcción: Fuente PPV a 25 pies (7,62 m.) [pulgadas/s] por unidad Lv [VdB] (ref. 10-6 [pulgadas/s]) Excavadora Retroexcavadora 0,089 87 Camiones (tolva, mixer, rampa) 0,076 86 Minicargador 0,003 58 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Placa compactadora manual Fuente: Informe de ruido y vibraciones Anexo Nº 13 de la ADENDA Complementaria.
Sistema de abatimiento o control
La excavadora debe operar a más de 24 m de cualquier vivienda.
El rodillo puede ser reemplazado por maquinaria de menores emisiones como por ejemplo retroexcavadora o excavadora de menores dimensiones y potencia.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios (RSD) y asimilables.
Cantidad: Durante la Fase de Construcción, se generan Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando la Línea Base Diagnóstico y Catastro de RSD año 2018, realizado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, disponible en el sitio web el que indica para la comuna de Rancagua, una tasa de generación de 1,06 Kg de residuos por habitante al día. Los valores resultantes de la determinación de residuos se muestran en la siguiente tabla.
Nº Perso nas Tasa de Generación Kg RSD/día Kg RSD/ día Densidad RSD Kg/m3 Volumen en m3 RSD/día 300 1,06 318 300 1,06
Manejo: se disponen de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente. son vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro es de 3 veces por semana o cuando se requiera.
Transporte: El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realiza una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, con una frecuencia de tres veces por semana o cuando se requiera. La disposición final se efectúa en un relleno Sanitario autorizado.
Disposición: La disposición final se efectúa en un relleno Sanitario autorizado. El titular del Proyecto realiza la declaración de residuos industriales y asimilables a domiciliarios que se efectúa en el SINADER (Sistema Nacional de Declaración de Residuos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes).
Residuos Inertes de la Construcción y Escombros (RESCON)
Cantidad: La autoridad sanitaria de la Región Metropolitana indica que este tipo de Proyecto produce 0,25 m3 por metro cuadrado construido y 0,5 m3 por metro cuadrado demolido. De esta forma, se estima que para este Proyecto se generan en total 10.597,16 m3 de residuos de la Construcción (incluye m3 generados por la demolición).
Manejo: Los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON. Posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins
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La frecuencia de retiro de estos residuos es 2 veces a la semana o cuando sea necesario.
Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales son gestionados por una empresa que se encarga de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.
Transporte: El transporte de los RESCON los efectúa una empresa autorizada y se realiza 2 veces a la semana o cuando sea necesario.
Disposición: Los residuos son derivados a disposición final autorizada, para lo cual se mantiene un registro permanente en obra similar al graficado en el capítulo Nº 1 de la presente DIA, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acredite la disposición final. En conjunto, se realiza la respectiva declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios en la ventanilla única RETC.
En Anexo 19 de la ADENDA Complementaria el Titular presenta de manera actualizada los antecedente técnicos y formales asociados al permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Para la Fase de Construcción se presenta la siguiente instalación asociado al almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.
Descripción y plano del sitio
El Proyecto que se somete a evaluación consiste en la Construcción y operación de tres edificios de 9 pisos el cual contempla un total de 633 departamentos, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
El Proyecto presenta una superficie de Construcción de 42.388,65 m2 y una superficie predial de 26.340 m2, donde se incorporan, con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios.
El Proyecto considera tres etapas constructivas, la cual tiene una duración de 24 meses cada una y que se evalúan íntegramente en la presente DIA. A continuación, se presentan la descripción de cada etapa.
Etapa N°1: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°2: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 8.527,2 m2.
Etapa N°3: Consiste en la Construcción y operación de un edificio de 9 pisos de 211 departamentos, 216 estacionamientos vehiculares y 10 estacionamientos para bicicletas. Posee una superficie de Construcción es de 14.129,55 m2 en un predio de 9.285,6 m2.
Por otra parte, se hace presente desde ya que el Proyecto no constituye un Proyecto de aquellos que se ejecutan por etapas según lo indica el Art. 14 del D.S. N° 40/2012, ya que la DIA considera la evaluación de la totalidad de las obras que se pretenden ejecutar y que son descritas en el presente documento.
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Residuos sólidos de la Construcción (RESCON).
Para el caso del Proyecto presentado a evaluación, los RESCON se almacenan en un área de acopio temporal, la que tiene las siguientes características:
− La superficie de la zona de acopio de los RESCON es 28,5 m2. Se ubica dentro del predio. − son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión − Solo se acopian residuos sólidos industriales no peligrosos provenientes de la Construcción y está estrictamente prohibido el almacenamiento de otro tipo de residuo. − Tiene registro de ingreso y egreso de residuos. − La bodega tiene un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan RESCON. − Además de una base sólida y continua. − Los contenedores se encuentran sobre una base de radier de hormigón impermeabilizado para prevenir el contacto con el suelo natural, cumpliendo así con la característica de poseer una base sólida y fija al suelo.
Es necesario precisar que no se consideran obras para el área de acumulación de los RESCON más que las necesarias para cercar el perímetro, toda vez que se utiliza el sector antes descrito para la acumulación de estos residuos. Adicionalmente, durante la Fase de Construcción no se considera la valorización o reciclaje de los residuos que potencialmente son valorizables.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Para almacenar temporalmente los residuos domiciliarios y asimilables, se dispone de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en 3 contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, donde se implementa un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tiene las siguientes características:
- Superficie aproximada de 9 m2. - Delimitada por rejas malla acma para impedir el acceso de vectores. - Acceso controlado. - Suelos impermeables y lavables (hormigón impermeabilizado). - Se encuentra identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. - Cuenta con un letrero de no fumar. - Señalización de los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. - Posee un extintor para casos de emergencias. - Se contempla arena absorbente como medida de contención de emergencia.
Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno de la respectiva etapa de Construcción
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Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 140 de la ADENDA Complementaria.
En el Anexo N°4 de la ADENDA se adjunta el plano de la instalación de faenas.
ESTIMACIÓN Y CARACTERIZACIÓN CUALITATIVA Y CUANTITATIVA DE LOS RESIDUOS A TRATAR.
Residuos sólidos de la Construcción RESCON.
Los residuos sólidos de la Construcción RESCON son residuos básicamente inertes, constituidos por: tierras y áridos mezclados, piedras, restos de hormigón, restos de pavimentos asfalticos, materiales refractarios, ladrillos, vidrios, plásticos, yesos, acero, cobre, maderas y, en general, todos los desechos que se producen por la Construcción de edificaciones nuevas y obras de infraestructura.
La producción de los Residuos Sólidos de Construcción (RESCON) que se generan por el Proyecto puede estimarse a partir de información extraída del Ministerio del Medio Ambiente, donde se especifica que para este tipo de Proyectos se genera en promedio de 1,5 ton/m3.
Por otra parte, la autoridad sanitaria de la Región Metropolitana indica que este tipo de Proyecto produce 0,25 m3 por metro cuadrado construido y 0,5 m3 por metro cuadrado demolido. De esta forma, se estima que para este Proyecto se generan en total 10.602,16 m3 de residuos de la Construcción. En la siguiente tabla se muestran los residuos de la Construcción desglosados por actividad.
Item Superficie (m2) Cantidad RESCON (m3) Construcción de edificios año 1 5.818,05 1.454,51 Construcción De Edificios Año 2 8.311,50 2.077,88 Construcción De Edificios Año 3 6.649,20 1.662,30 Construcción De Edificios Año 4 7.480,35 1.870,09 Construcción De Edificios Año 5 6.649,20 1.662,30 Construcción De Edificios Año 6 7.480,35 1.870,09 Demolición Para Implementación Medida De Mitigación 10 5 Total 10.602,76 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 140 de la ADENDA Complementaria
Riles proveniente de los procesos industriales
Fase de Construcción:
Lavado de ruedas:
Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de Aguas ESBBIO S.A. a partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas: El lavado de canoas se realiza en una zona excavada de 4 m2 y una profundidad de 0,6 m, la cual está cubierta por un polietileno de alta densidad con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Esta piscina es utilizada para lavar y verter la lechada de cemento restante de las canoas de los camiones mixer y/o máquina de bombeo de hormigón. Se realiza todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado.
Cuando el pozo se encuentre lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se retira con un minicargador frontal y es trasladada a un contenedor de basura el cual se lleva a la zona de escombros. Posteriormente estos restos se eliminan, por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad.
Los residuos generados por el Lavado de ruedas son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta es limpiada con camiones a medida que se vaya completando.
Además, en obra se mantiene un registro de disposición final de estos residuos, el cual es emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genere el traslado de ellos. El encargado de mantener el registro es designado por el Titular y se encuentra disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite.
Excedentes de tierra. Se retiran 12.196,80 m3 aproximadamente de material que es dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realiza con máquina retroexcavadora y camiones. Todo camión que salga de la obra debe estar encarpado para evitar caídas de materiales al suelo y que se levante polvo durante su circulación. El plazo para esta actividad está estimado en 8 meses por etapa.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios. El 2012 Hoornweg y Bhada-Tata, en el informe titulado What a Waste: A Global Review of Solid Waste Management, realizado para el Banco Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Mundial, determinaron que la composición de los residuos sólidos asimilables a domiciliario tenía una directa relación con los recursos económicos de quienes los generan. De esta forma, para un país en desarrollo, determinaron que el 54% corresponde a materia orgánica, 14% a papel, 11% plástico, 5% vidrio, 3% metal y 13% a otros. Del mismo modo la tabla N° 2 del Estudio de Caracterización de Residuos sólidos domiciliarios en la Región Metropolitana, realizado por la PUCV para la CONAMA Metropolitana de Santiago, el año 2006, indica que en el año 2004 este tipo de residuos estaba compuesto por un 54,23% de materia orgánica, 18,03% de papel y cartón, 7,49% de plástico, 0,92% de metales, 9,89% correspondiente a vidrios y el restante a otros.
De esta forma es posible estimar que la composición de los residuos asimilables a domiciliarios está compuesta en su mayoría por materia orgánica, papel, plástico, vidrio y metales. Luego, su composición porcentual puede variar dada a la variabilidad económica experimentada por la sociedad chilena entre los años 2012 y la actualidad, aunque es posible afirmar que está compuesto mayoritariamente por materia orgánica.
Durante la Fase de Construcción, se generan Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando la Línea Base Diagnóstico y Catastro de RSD año 2018, realizado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, disponible en el sitio web2 el que indica para la comuna de Rancagua, una tasa de generación de 1,06 Kg de residuos por habitante al día.
Los valores resultantes de la determinación de residuos se muestran en la siguiente tabla. N° Personas /día Tasa de Generación Kg RSD/día Kg RSD/día Densidad RSD Kg/m3 Volumen en m3 RSD/día Volumen en L RSD/día 300 1,06 318 300 1,06 1.060 Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 140 de la ADENDA Complementaria
Control y manejo de residuos.
Generación de escombros
Manejo Los residuos son almacenados temporalmente dentro de un área específica al interior de la obra, para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
El área de almacenamiento de RESCON tiene las siguientes características:
− La superficie de la zona de acopio de los RESCON es 28,5 m2. Se ubica dentro del predio. − Son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión − Solo se acopian residuos sólidos industriales no peligrosos provenientes de la Construcción y está estrictamente prohibido el almacenamiento de otro tipo de residuo. − Tiene registro de ingreso y egreso de residuos. − La bodega tiene un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan RESCON.
2 http://www.subdere.gov.cl/sites/default/files/4.1_diagnostico_introduccion_agosto_2018.pdf Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
− Además de una base sólida y continua, es decir, los contenedores se encuentran sobre una base de radier de hormigón para prevenir el contacto con el suelo natural, cumpliendo así con la característica de poseer una base sólida y fija al suelo.
Es necesario precisar que no se consideran obras para el área de acumulación de los RESCON más que las necesarias para cercar el perímetro, toda vez que se utiliza el sector antes descrito para la acumulación de estos residuos. Adicionalmente, durante la Fase de Construcción no se considera la valorización o reciclaje de los residuos que potencialmente son valorizables.
Transporte. El transporte de los RESCON los efectúa una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins y los dispone en un sitio autorizado por la misma autoridad.
La frecuencia de retiro de los residuos se efectúa 2 veces a la semana o cuando sea necesario, considerando que no se debe superar la capacidad máxima del contenedor.
Disposición Final. Los residuos son derivados a disposición final autorizada, para lo cual se mantiene un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remite a la Superintendencia del Medio Ambiente, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros. Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 140 de la ADENDA Complementaria
El titular del Proyecto realiza una vez al mes la declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios en el SINADER, por medio de la ventanilla única RETC. Además de un informe consolidado donde se certifique la disposición final de los escombros.
Excedente de tierra.
Manejo Los excedentes de la excavación son retirados diariamente, ante la eventualidad que se requiera el acopio del material por más de 1 día se dispone un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel, humectando en caso de ser necesario.
Transporte El transporte de tierra se lleva a cabo en camiones cubiertos con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.
Disposición. Los excedentes de excavación son derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantiene un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final.
El titular de Proyecto realiza una vez al mes la declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios, que se realiza en el SINADER por medio de la ventanilla única RETC. Además de un informe consolidado donde se certifique la disposición final de los escombros.
Nombre superviso r Nombre operado r Tipo residuos Kg residuos Fecha ingres o Fecha egreso Empresa transportis ta Sitio disposición
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Residuos asimilables a domiciliarios.
Manejo El Proyecto genera 1,06 m3/día de RSD durante su Fase de Construcción.
Para almacenar temporalmente los residuos, se disponen de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en 3 contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios.
Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno de la respectiva etapa - Superficie aproximada de 9 m2. - Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores. - Acceso controlado. - Suelos impermeables y lavables. - Se encuentra identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. - Cuenta con un letrero de no fumar. - Señalización de los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. - Posee un extintor para casos de emergencias.
Transporte El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realiza una empresa autorizada por el Seremi de Salud. Se estima que el retiro de los residuos se efectúa tres veces a la semana o cuando se requiera.
Disposición Los residuos son derivados a un lugar de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins.
Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantiene en obra un registro del retiro mediante boleta, factura o el documento que corresponda.
El titular de Proyecto realiza una vez al mes la declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios, que se realiza en el SINADER por medio de la ventanilla única RETC. Además de un informe consolidado donde se certifique la disposición final de los escombros.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
Residuos sólidos de la Construcción RESCON.
Los residuos de la Construcción se almacenan en un área de acopio temporal, la que tiene las siguientes características:
− La superficie de la zona de acopio de los RESCON es 28,5 m2. Se ubica dentro del predio. − Son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión − Solo se acopian residuos sólidos industriales no peligrosos provenientes de la Construcción y está estrictamente prohibido el almacenamiento de otro tipo de residuo. − Tiene registro de ingreso y egreso de residuos. − La bodega tiene un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan RESCON. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
− Además de una base sólida y continua.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Para almacenar temporalmente los residuos, se dispone de contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, donde se implementa un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tiene las siguientes características:
− Superficie aproximada de 9 m2. − Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores. − Acceso controlado. − Suelos impermeables y lavables. − Se encuentra identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. − Cuenta con un letrero de no fumar. − Señalización de los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. − Posee un extintor para casos de emergencias. − Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno de la respectiva etapa de Construcción.
Capacidad máxima de almacenamiento
Residuos sólidos de la Construcción RESCON. La superficie destinada para el almacenamiento temporal de RESCON es de 28,5 m2, los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios Los residuos domiciliarios se disponen en 3 contenedores de 1.100 L de capacidad cada uno, que son retirado tres veces a la semana del recinto o cuando sea necesario por el servicio municipal. Por lo tanto la capacidad máxima de almacenamiento del sector de acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios es de 3.300 litros.
Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
Residuos sólidos de la Construcción RESCON. Debido a las características de este tipo de residuos, su almacenamiento es a granel.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios Los residuos son dispuestos en contenedores de plástico de 360 L de capacidad, los cuales son vaciados todos los días en contenedores de 1.110 L.
A continuación, se muestra tabla resumen con caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos sólidos, tanto Residuos de la Construcción como Residuos Asimilables a Domiciliarios generados por el Proyecto en sus Fases de Construcción y operación. Dicha Tabla indica condiciones de almacenamiento, frecuenta de retiro y disposición final
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Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 140 de la ADENDA Complementaria
Residuos Peligrosos (RESPEL)
El Proyecto en su Fase de Construcción genera residuos peligrosos correspondientes a envases de solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. No se considera la generación de tintas de impresoras ya que se considera la utilización de cartuchos recargables, no se almacenan baterías de equipos, puesto que de reponerse, el proveedor retira de forma inmediata la batería descompuesta.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº148 del 2003 Ministerio de Salud. Cabe señalar, que los residuos acopiados en ningún caso se almacenan por un período mayor a 6 meses.
Manejo: Estos residuos son almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, en contendedores de 200 litros de metal, donde el personal a cargo de la bodega debe llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indica el lugar de disposición final y empresa de transporte.
La frecuencia de recolección de los RESPEL es cuando el titular indique que es necesario, pero cabe destacar que este tiempo de almacenamiento no supera los 6 meses Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº 6 de la ADENDA complementaria.
Transporte y disposición: Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 Ministerio de Salud.
El titular del Proyecto efectúa la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantiene en obra una copia de esta declaración.
En Anexo 19 de la ADENDA Complementaria el Titular presenta de manera actualizada los antecedente técnicos y formales asociados al permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Para la Fase de Construcción se presenta la siguiente instalación asociado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Descripción del sitio de almacenamiento.
Durante la Fase de Construcción, se lleva a cabo el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, esto al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados. Estos son dispuestos al interior de una bodega ubicada según se indica en la Imagen Nº 1, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad.
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Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 142 de la ADENDA Complementaria
En el Anexo N°4 de la ADENDA se adjunta el plano de la instalación de faenas.
Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
Se cuenta con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos para el Proyecto. Tiene una superficie aproximada de 12 m2, se ubican dentro del sitio destinado al acopio de residuos. Consideran las siguientes características:
− Posee cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personal no autorizado a la bodega. − Tiene una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumple con las especificaciones del D.S. Nº 47. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y del D.S. N°148/2003, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. − Los contenedores están debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor es de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, es a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo. − En la bodega se colocan en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega. − La bodega tiene un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.
En la Imagen N°2 se presenta una bodega tipo de residuos peligrosos que se implementa en la Fase de Construcción del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 142 de la ADENDA Complementaria
Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento.
El Proyecto en su Fase de Construcción genera residuos peligrosos correspondientes a envases de solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. No se considera la generación de tintas de impresoras ya que se considera la utilización de cartuchos recargables, no se almacenan baterías de equipos, puesto que, de reponerse, el proveedor retira de forma inmediata la batería descompuesta.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº148 del 2003 Ministerio de Salud. Cabe señalar que los residuos acopiados en ningún caso se almacenan por un periodo mayor a 6 meses, toda vez que se estima una frecuencia de retiro de a lo menos una vez por semana. Además, se mantiene en el Proyecto los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud.
En las siguientes tablas, se estiman las cantidades de residuos peligrosos durante la Fase de Construcción: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 142 de la ADENDA Complementaria
Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.
La bodega de residuos peligrosos tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
Resumen Generación de Residuos
A continuación, se muestra tabla resumen con caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos peligrosos generados por el Proyecto en su Fase de Construcción. Dicha Tabla indica condiciones de almacenamiento, frecuenta de retiro y disposición final.
Fuente: Ver detalle en ANEXO 19, PASM 142 de la ADENDA Complementaria
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Fase. Capítulo N°4 del ICE, numeral 4.6. Fase de Construcción. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Edificios El Proyecto contempla la Construcción y operación de 3 edificios de 9 pisos el cual considera en total 633 departamentos, 3 locales comerciales 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas en la comuna de Rancagua, Región de O’Higgins.
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Control de acceso El Proyecto considera accesos controlados al área residencial, los cuales están ubicados en el acceso peatonal.
Salas de basura El Proyecto cuenta con dos salas de basura por edificio con paredes, pisos y cielos de material liso, lavable, no absorbente y resistente a golpes, además de sistemas de ventilación en puertas, iluminación, provisión de agua para lavado del recinto, depósitos y desagües. Su espacio serpa suficiente para la manipulación de los contenedores de basura, asegurando el fácil acceso al recinto y el aislamiento del resto de las dependencias.
Tiene acceso restringido y los ductos de ventilación tienen rejillas para impedir el ingreso de insectos, roedores y demás vectores de interés sanitario.
Cada sala cuenta con contenedores de 360 litros, ubicadas en el primer piso con una superficie total de 76,29 m2 aproximadamente.
Aguas Lluvias Para dar solución a los requerimientos sobre las aguas lluvias, el Proyecto considera captar, retener e infiltrar el 100% de las aguas mediante la captación e interceptación, de aquellas aguas que no puedan ser absorbidas producto de la impermeabilización del suelo natural.
Para realizar el diseño del sistema de saneamiento se utilizó el Método Racional para el cálculo de caudales, con datos y procedimientos del Manual de Carreteras Volumen 3 y del Manual del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: “Técnicas Alternativas para Soluciones de Aguas Lluvias en Sectores Urbanos. Guía de Diseño”.
El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la Construcción del Proyecto.
Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la Construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores.
En el Anexo N°9 de la ADENDA Complementaria se adjuntan la memoria de Construcción, especificaciones técnicas y planos.
Estacionamientos Se consideran 648 estacionamientos distribuidos en superficie.
Áreas verdes El Proyecto considera la habilitación de áreas verdes, donde se implementan 3.123 m2 de áreas verdes.
Locales comerciales El Proyecto contempla la Construcción de 3 locales comerciales que se encuentran en el primer piso.
Punto Limpio Durante la Fase de Operación se considera la materialización de un punto limpio el cual dispone de una zona de acopio de plásticos, vidrio y cartón.
Dicho punto limpio se encuentra en el primer edificio.
Mantenimiento Áreas Verdes Se efectúan mantenciones mensuales a las áreas verdes de los edificios del conjunto inmobiliario por una empresa capacitada.
Suministros básicos Agua potable y alcantarillado
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El predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable por ESBBIO, cuyo certificado en el Anexo Nº8 de la ADENDA Complementaria. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Energía
El suministro de energía eléctrica es proporcionado por una empresa eléctrica, está de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, son declaradas ante la SEC, y realizadas por instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente y autorizados por ésta según lo establecido en el D.S. Nº 92/1983. Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos.
Cabe destacar que el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior” es entregado junto con la Solicitud de Recepción Final de Obras, ante la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Rancagua. Dicho certificado indica la capacidad instalada en KVA.
Alimentación
Al interior del conjunto habitacional existe un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Cabe hacer presente que no se considera la preparación de alimentos en la instalación. Los alimentos para los trabajadores son provistos por sí mismos.
Alojamiento
Considerando la ubicación del Proyecto, el personal que trabaje en la obra llega y se retira de las faenas por sus propios medios, no considerándose el suministro de alojamiento para los trabajadores.
Transporte
Para esta etapa del Proyecto se consideran solo vehículos livianos pertenecientes a los dueños de los departamentos. Por otra parte, el personal que trabaje en el conjunto habitacional se traslada a él utilizando sus propios medio transporte.
Mano de obra
La Fase de Operación del Proyecto no considera dotación de mano de obra.
Productos y servicios generados El Proyecto contempla la Construcción y operación de 3 edificios de 9 pisos el cual considera en total 633 departamentos, 3 locales comerciales 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
Debido a las características del proyecto no se generan productos y servicios.
Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar El proyecto no contempla en su Fase de Operación, la extracción ni explotación de recursos renovables, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de estos.
Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP, MP10, MP2,5, MPS, CO, COV, NOx, SOx, NH3 y HC
En Anexo N°20 Emisiones atmosféricas de la ADENDA Complementaria, se presenta de manera ampliada y actualizada las emisiones a la atmosfera a generar por el Proyecto en sus diferentes Fases.
Para le traslape de la Fase de Construcción de la Etapa 2 en Construcción y de la Etapa 1 en Operación considerar lo señalado en el Capítulo 4.6.4 del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
ICE, y así también para el traslape de la Etapa 3 en Construcción con las Etapas 1 y 2 en Operación.
Tasa de emisión: A continuación, se presentan las emisiones totales del proyecto durante esta Fase.
Etapa Emisiones Ton/año MP10 MP2,5 CO NH3 NOX SOx Operación Total 1,2309 0,299 3,459 0,057 0,160 0,003 Límite permisible según D.S. N°1/2021 1,5 1 - - 8 10
Tiempo y lugar donde se generan: Estas se generan durante la Fase de operación debido a la circulación de vehículos livianos por caminos pavimentados.
Sistema de abatimiento o control: Durante esta Fase no se utilizan medidas de abatimiento y control.
Emisiones Líquidas o Efluentes
Aguas servidas
Tasa de emisión: Según el Censo 2017 el promedio regional metropolitano es de 3,1 habitantes por hogar, por lo tanto, se utiliza dicho valor para el número de habitantes.
Origen Cantidad Consumo diario en L/día Generación Agua servidas en L/día Generación Aguas servidas en m3/día Habitacional 1.963 personas 100 196.300 196,3 trabajadores 12 100 1.200 1,2 Total 197,5
Tiempo y lugar donde se generan: Se generan en la Fase de operación corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), provenientes de los baños, lavamanos, duchas de las viviendas y comercio.
Sistema de abatimiento o control: El predio cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable, por lo que las aguas servidas son descargadas al alcantarillado.
Para le traslape de la Fase de Construcción de la Etapa 2 en Construcción y de la Etapa 1 en Operación considerar lo señalado en el Capítulo 4.6.4 del ICE, y así también para el traslape de la Etapa 3 en Construcción con las Etapas 1 y 2 en Operación.
Emisiones de Ruido
En Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria se presenta de manera ampliada y actualizad las emisiones de Ruido y Vibraciones a generar por el Proyecto.
Para el traslape de la Fase de Construcción de la Etapa 2 en Construcción y de la Etapa 1 en Operación considerar lo señalado en el Capítulo 4.6.4 del ICE, y así también para el traslape de la Etapa 3 en Construcción con las Etapas 1 y 2 en Operación.
En Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria se presenta de manera ampliada y actualizad las emisiones de Ruido y Vibraciones a generar por el Proyecto.
Otras emisiones Vibraciones
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Dada la naturaleza del Proyecto y las condiciones de Operación de un conjunto habitacional, se asume que éstas no generan emisiones vibratorias o bien, tienen una magnitud inferior a las estimadas para la Fase de Construcción.
Para el traslape de la Fase de Construcción de la Etapa 2 en Construcción y de la Etapa 1 en Operación considerar lo señalado en el Capítulo 4.6.4 del ICE, y así también para el traslape de la Etapa 3 en Construcción con las Etapas 1 y 2 en Operación.
En Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria se presenta de manera ampliada y actualizad las emisiones de Ruido y Vibraciones a generar por el Proyecto.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Asimilables a Domiciliarios
Para le traslape de la Fase de Construcción de la Etapa 2 en Construcción y de la Etapa 1 en Operación considerar lo señalado en el Capítulo 4.6.4 del ICE, y así también para el traslape de la Etapa 3 en Construcción con las Etapas 1 y 2 en Operación.
Cantidad: Durante la Fase de Operación, se generan Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes y visitantes de las viviendas, provenientes principalmente de las cocinas y baños. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando una tasa de generación de 1,06 kg de residuos por habitante al día.
Según el Censo 2017 el promedio regional metropolitano es de 3,1 habitantes por hogar, por lo tanto, se utiliza dicho valor para el número de habitantes en cada etapa. Los valores resultantes de la determinación de residuos por etapa del proyecto se muestran en la siguiente tabla:
Origen Carga ocupacional Tasa de Generación Kg/hab/día Kg RSD/día Densidad RSD Kg/m3 Volumen en m3 RSD/día Viviendas 1963 1,06 2.080,78 300 6,935 Trabajadores 12 1,06 12,72 300 42,4 Total 6,977
Manejo:
En cuanto al almacenamiento de los residuos provenientes de las viviendas, son almacenados de forma particular en cada una de las viviendas. Posteriormente la basura es trasladada hacia afuera de las viviendas, hasta donde pueden acceder los camiones municipales.
Transporte y disposición:
Los residuos son retirados del Proyecto por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro es de 3 veces a la semana o cuando se determine en el municipio de Rancagua. Los residuos domiciliarios son dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
Para mayor información ver Anexo Nº 19 de la ADENDA Complementaria donde se presenta PAS N°140 permiso para acumulación de residuos.
Residuos peligrosos
Debido a la naturaleza del Proyecto, no se generan residuos de carácter peligroso durante esta Fase.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Fase. Capítulo N°4 del ICE, numeral 4.7. Fase de Operación.
4.3.3. FASE DE CIERRE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla Fase de Cierre.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2025
Parte, obra o acción que establece el inicio Ejecución del cierre perimetral del terreno. Fecha estimada de término Septiembre 2028
Parte, obra o acción que establece el término La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Rancagua.
4.4.2 FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Octubre 2028
Parte, obra o acción que establece el inicio La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Rancagua.
Fecha estimada de término Dada la naturaleza del Proyecto, no se considera un término de la Fase de Operación.
Parte, obra o acción que establece el término Dada la naturaleza del Proyecto, no se considera parte, obra o acción que establezca el término de la Fase de Operación.
4.4.3 FASE DE CIERRE Dada la naturaleza del Proyecto, no se considera Fase de Cierre.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Aire Impacto ambiental - Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros).
Determinación y justificación del área de influencia El área de influencia simulada para el Proyecto se evaluó utilizando la concentración percentil 99 de NOX horario, obteniéndose como resultado que el área de influencia llega a concentraciones de 1 µg/m3, esto considera un área de aproximadamente 176 ha, la cual considera todos los receptores de interés. A continuación, en la siguiente Figura se presenta el área de influencia del Proyecto para la componente aire (emisiones atmosféricas).
Área de influencia del Proyecto, componente aire (emisiones atmosféricas) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 84 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°20 de ADENDA Complementaria Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, circulación vehicular y transporte de maquinarias.
Fase en que se presenta Fase de Construcción y operación
Justificación que no es un impacto significativo Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Material particulado (MP10 y MP2,5) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
-
MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
-
MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO) - NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
-
CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
-
SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Impacto ambiental Emisiones de gases precursores de efecto invernadero
Determinación y justificación del área de influencia El área de influencia simulada para el Proyecto se evaluó utilizando la concentración percentil 99 de NOX horario, obteniéndose como resultado que el área de influencia llega a concentraciones de 1 µg/m3, esto considera un área de aproximadamente 176 ha, la cual considera todos los receptores de interés. A continuación, en la siguiente Figura se presenta el área de influencia del Proyecto para la componente aire (emisiones atmosféricas).
Área de influencia del Proyecto, componente aire (emisiones atmosféricas)
Fuente: Figura 84 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria. . Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°20 de ADENDA Complementaria Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, circulación vehicular y transporte de maquinarias. Fase en que se presenta Fase de Construcción y operación
Justificación que no es un impacto significativo Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Material particulado (MP10 y MP2,5) - MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
- MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO) - NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
-
CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
-
SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Ruido Impacto ambiental Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto.
Determinación y justificación del área de influencia Para la identificación de los receptores, se establece primeramente el área de influencia (en adelante AI), el cual se define en la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA” como la distancia en la cual los niveles proyectados se igualan al menor de los niveles que caracterizan la situación basal.
De acuerdo con lo anterior, para determinar el área de influencia considerando las mediciones de registro basal:
Se consideran frentes de trabajo de Construcción tipo con una emisión de 78 dB(A) a 10 m representativos de la mayor emisión esperada durante la ejecución del proyecto.
Se adopta un límite de 45 dB(A) correspondiente al límite más bajo existente en zona urbana.
De lo anterior, se obtiene que la emisión de ruido de los frentes de trabajo desfavorables se atenúa lo suficiente para igualar al menor límite en zona urbana tras recorrer una distancia de 447m en el caso de las obras del proyecto.
La siguiente figura muestra una representación gráfica del AI de ruido considerada, sobre la imagen satelital del sector. En ella se identifican los puntos más cercanos hacia los distintos deslindes del área del proyecto que representan los potenciales receptores más desfavorables, que son considerados para la evaluación.
Se debe tener en cuenta que, como la propagación de las ondas sonoras implica que disminuye el nivel a medida que aumenta la distancia, es posible señalar con certeza que la mayor exposición al ruido se verifica en los receptores más cercanos.
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Representación Gráfica del Área de Influencia de ruido
Fuente: Figura 5 del Anexo N°13 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo. Anexo N°13 de la ADENDA Complementaria – Estudio de Ruido y Vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de preparación de terreno, obra gruesa y terminaciones donde se utilice maquinaria que genere ruido
Fase en que se presenta Fase de Construcción y operación
Justificación que no es un impacto significativo Se identificaron cuatro (4) receptores en el levantamiento basal, principalmente con usos residenciales, ubicados en el sector aledaño al Proyecto en Zona II del D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente según los usos de suelos permitidos en el PRC de Rancagua.
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Se efectuaron modelaciones acústicas y estimación de vibración configurando escenarios lo más desfavorables posible, para la Fase de Construcción, donde, se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en el área de intervención más cercana a los receptores.
Los resultados de modelaciones sonoras preliminares arrojan niveles sobre los receptores de hasta 77 [dB(A)] para la Fase de Construcción en periodo diurno, por lo que el proyecto implementa medidas de control según se detalla en el Capítulo 6 del Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo N°13 de la ADENDA Complementaria). Estas medidas incorporadas permiten dar cumplimiento con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Vibraciones Impacto ambiental Emisiones de vibración asociada a la maquinaria
Determinación y justificación del área de influencia Al igual que el ruido la forma de determinar el AI de vibración dice relación con el cálculo de la distancia a la cual los niveles que podría generar el proyecto bajo la condición más desfavorable de emisión se igualan al criterio de evaluación, que, para estos efectos, considerando sectores sensibles a vibraciones y eventos frecuentes, es un nivel de Vibración de 65 VdB.
La distancia que define el AI de vibración se obtiene considerando las emisiones de una excavadora cuyas emisiones corresponden a 0,089in/s a 25 pies (7,62m) y un límite de 65 VdB.
El cálculo se desarrolla despejando la variable D de la siguiente ecuación definida en el documento de la FTA:
𝐿𝑣 (𝐷) = 𝐿𝑣 (25𝑓𝑡) − 30 𝑙𝑜𝑔(𝐷/25) donde:
𝐿𝑣 (𝐷) serían los 65 VdB considerados como criterio restrictivo y 𝐿𝑣 (25 𝑓𝑡) es el nivel de vibración a 25 pies correspondiente a la fuente desfavorable considerada.
Aplicando lo señalado, se obtiene una distancia que constituye el radio del AI correspondiente a 40m, propagación que no considera ningún tipo de obstáculo o efecto del suelo (escenario de propagación desfavorable).
La siguiente figura muestra una representación gráfica del AI de vibración considerada, sobre la imagen satelital del sector.
Imagen aérea de influencia de Vibraciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 7 del Anexo N°13 de la Adenda Complementaria
A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto, los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 19H), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.
Fuente: Ver detalle en Anexo N°13 Estudio de Ruido y vibraciones de la ADENDA Complementaria
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo. Anexo N°13 de la ADENDA Complementaria – Estudio de Ruido y Vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de preparación de terreno, obra gruesa y terminaciones donde se utilice maquinaria que genere vibraciones
Fase en que se presenta Fase de Construcción
Justificación que no es un impacto significativo Se estimó la velocidad de vibración peak asociados al Proyecto en receptores, bajo los escenarios más desfavorables donde se concluye que no se superan los límites establecidos en el criterio de referencia de la Federal Transit Administration (USA) adoptado, considerando un área de restricción para mantener 24 m de distanciamiento entre las obras y los receptores más Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
cercanos y reemplazo por maquinaria con menor emisión o manuales dentro de dicha zona. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tabla N°5.1. Salud de la Población.
Capítulo N°6 del ICE, Tabla N°6.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
El Proyecto inmobiliario Parque Las Alamedas I, II y III, durante las Fases de Construcción y operación, genera emisiones de material particulado y de gases. Las actividades que potencian la generación de dichas emisiones durante la Fase de Construcción son, demolición, escarpe, excavación, transferencia de material, circulación camiones por vías internas y externas pavimentadas y no pavimentadas, así como también por combustión interna de fuentes móviles y puntuales. En la Fase de operación están asociados a la circulación de vehículos livianos.
El análisis realizado es en base a lo dispuesto en el D.S. Nº 1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins. Durante esta Fase los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases no superan los límites establecidos por el PPDA en su Fase de Construcción, por lo que no se debe elaborar un Plan de Compensación de Emisiones.
De todas formas, en la Fase de Construcción, se emplean medidas de abatimiento y control de emisiones, las cuales se encuentran en el Informe de Estimación de Emisiones en el Anexo Nº20 de la ADENDA complementaria.
Por otro lado, en la Fase de operación las emisiones son generadas por la circulación de vehículos livianos. Los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases no superan los límites establecidos.
Con respecto a los riesgos climáticos presentados en el Atlas de Riesgo Climático ARClim, se realizó un análisis de las diferentes cadenas de impacto relacionadas a Salud y Bienestar Humano, teniendo como resultado que, si bien existe un leve aumento en relación con las cadenas de impacto analizadas, estas no representan un riesgo a la salud de la población significativo.
Para lo anterior se realizó una modelación de emisiones, adjunta en el Anexo N°20 de la ADENDA complementaria. El documento realizado proporcionó una evaluación de la concentración de emisiones generadas durante el primer año de Construcción del Proyecto “Proyecto Parque Las Alamedas I, II y III” (correspondiente al año en que el Proyecto genera la mayor cantidad de emisiones, con el fin de evaluar un escenario desfavorable). En este estudio, se modelaron las emisiones de MP10 y MP2,5, así como los gases NOX, SO2 y CO. El objetivo fue determinar las concentraciones de estos contaminantes en la atmósfera, evaluar su contribución a la línea de base y prever posibles efectos negativos en la salud de las personas.
Se utilizó una grilla de 50 km X 50 km, tanto para la modelación de emisiones como para el modelo meteorológico WRF, con una resolución de 1 km.
Para determinar la condición basal del área de emplazamiento del Proyecto se utilizó la información proporcionada por la estación Rancagua II. Para el MP10 se registró un cumplimiento del 98,33% de la norma anual y un 112,27% de la norma diaria. En el caso del MP2,5, se tiene un 127,9% de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
norma anual y un 174% de la norma diaria. Es fundamental destacar que las emisiones de la condición basal no están relacionadas con el Proyecto, ya que corresponden exclusivamente a la línea base actual de la zona, influenciada por fuentes de contaminación preexistentes.
Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Material particulado (MP10 y MP2,5)
- MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
- MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO)
-
NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
-
CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
-
SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Es relevante mencionar que, la estación de calidad de aire utilizada para evaluar la condición basal, corresponde a la estación Rancagua II y se encuentra a aproximadamente 3,03 km del Proyecto, siendo la estación más cercana al Proyecto con datos válidos, la cual cumple con el criterio mínimo de contar con un 75% de los datos, de acuerdo con el numeral 4.3.1 de la Guía para el uso de modelos de Calidad del Aire en el SEIA
Respecto a la evaluación del impacto de las emisiones atmosféricas del material particulado respirable MP10 y MP2,5 en zonas saturadas, se tiene que el escenario más desfavorable corresponde al tercer año del Proyecto. Además, se evalúan las emisiones resultantes de la modelación, obteniendo que el receptor 1 posee los valores más altos para el MP10 y el MP2,5. No obstante, estos se encuentran muy por debajo de lo establecido en la Tabla 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
de la Guía “Criterio de evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado respirable fino MP2,5”.
En base a lo anterior, se puede inferir que el Proyecto no genera una alteración significativa y negativa en la calidad del aire en la condición basal.
Por lo tanto, cabe destacar que no se genera riesgos a la salud de la población por la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes por las emisiones y descargas generadas por el proyecto.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Como se ha señalado precedentemente, en el Capítulo 1 y Anexo Nº 13 de la ADENDA complementaria en el informe de emisiones acústicas, el proyecto en su Fase de Construcción, incluyendo las medidas de control que forman parte de su diseño, mantiene los niveles de emisión sonora bajo los límites máximos permisibles establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para los períodos diurno.
En la Fase de Operación no se considera la utilización de maquinaria pesada, ya que corresponde a un proyecto de viviendas.
Es por esto por lo que, según la metodología utilizada y las proyecciones realizadas, el proyecto no supera los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Por tanto, no existe superación de los valores de ruido señalados en la normativa vigente, por lo que no existen riesgos a la salud de la población con la ejecución del proyecto según el literal presente.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Emisiones Atmosféricas
Fase de Construcción: Durante esta Fase, los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases no superan el límite permitido por el PPDA (Decreto Nº 1/2021), por lo tanto, no se presenta un Plan de Compensación de Emisiones.
Fase de Operación: Las principales emisiones atmosféricas de esta Fase se encuentran asociadas a la circulación y motores de vehículos livianos, junto con el funcionamiento del Grupo electrógeno de emergencia.
Emisiones Acústicas
Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción las fuentes de emisión de ruido provienen directamente de las maquinarias utilizadas para las distintas actividades de la Construcción el Proyecto, tales como establecimiento de contenedores para la instalación de faenas, demolición, uso de camiones tolva y retroexcavadoras. El Proyecto contempla como parte de su diseño, la implementación de medidas de control de ruidos usuales para este tipo de obra, estas son cierres perimetrales y restricción de maquinaria.
Los valores de ruido se encontrarían por debajo de los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7º del D.S. Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, por lo que no existe riesgo para la salud a la población por la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones sobre los recursos naturales renovables. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Los valores de ruido se encontrarían por debajo de los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7º del D.S. Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, por lo que no existe riesgo para la salud a la población por la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones sobre los recursos naturales renovables.
Efluentes
Fase de Construcción
Aguas servidas: Son provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. Para la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos, que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.
Riles proveniente de los procesos industriales
Fase de Construcción
Lavado de ruedas:
Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESSBIO A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas:
Se indica que se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retira la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual es desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminan, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad.
En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta es limpiada con camiones a medida que se vaya completando.
Fase de Operación
Aguas servidas: Provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas, las cuales descargan al alcantarillado público para lo cual se cuenta con certificado de factibilidad. Ver Anexo Nº 8 de la ADENDA Complementaria.
Riles proveniente de los procesos industriales: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En el Proyecto Parque Las Alamedas I, II y III no se generan aguas provenientes de ningún proceso industrial.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos Solidos
Fase de Construcción
Residuos de la Construcción: Con una generación total de 10.602,76 m3 (RESCON por Construcción y demolición.).
Residuos asimilables a domiciliarios: Estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor, los baños y oficinas administrativas de la faena. Se estima una cantidad de 1,06 m3/días generados por los trabajadores de la obra.
Residuos Peligrosos: Con una generación promedio de 2,29 m3/mes de envases de pinturas, solvente, paños impregnados en solventes y grasas, tarros con residuos de aceites lubricantes.
Los residuos generados en esta Fase son almacenados según lo establece la normativa ambiental vigente. En el Anexo Nº 19 de este documento, se presentan los permisos respectivos (PAS 140 y 142).
Fase de Operación
Residuos asimilables a domiciliarios: Se generan 6,97 m3/días provenientes de los habitantes y locatarios. Estos residuos son almacenados en cada vivienda. Los residuos son retirados por el camión municipal de la comuna. La frecuencia de retiro es de 3 veces a la semana.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Suelo Impacto ambiental Exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos y usos de sustancias químicas.
Determinación y justificación del área de influencia El terreno donde se emplaza el proyecto que posee una superficie de 2,63 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizable según lo establece el Plan Regulador de Rancagua, el cual establece que para la zona EX2 y entre los usos permitidos se admite el de vivienda, equipamiento de escala regional, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afecta a la condición de línea de base.
Como se mencionó anteriormente, a modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptan medidas preventivas durante la Fase de Construcción, en relación con los residuos sólidos y las sustancias peligrosas a utilizar, y durante la Fase de Operación, en cuanto a los residuos sólidos domiciliarios, solicitando los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo N°19 ADENDA Complementaria).
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación Anexo N°19 ADENDA Complementaria – Permisos Ambientales Sectoriales. 140 y 142. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo. Parte, obra o acción que lo genera Manejo, traslado y almacenamiento de sustancias peligrosas y residuos. Fase en que se presenta Fase de Construcción
Justificación que no es un impacto significativo El Proyecto en su Fase de Construcción genera residuos peligrosos correspondientes a envases de solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. No se considera la generación de tintas de impresoras ya que se considera la utilización de cartuchos recargables, no se almacenan baterías de equipos, puesto que, de reponerse, el proveedor retira de forma inmediata la batería descompuesta.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del Proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº148 del 2003 Ministerio de Salud. Cabe señalar que los residuos acopiados en ningún caso se almacenan por un periodo mayor a 6 meses, toda vez que se estima una frecuencia de retiro de a lo menos una vez por semana. Además, se mantiene en el proyecto los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud.
Impacto ambiental Pérdida de suelo. Compactación de suelo. Activación de procesos erosivos o erosión del suelo. Cambio de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (cambios en la textura, estructura, patrón de aireación, régimen hídrico) de las aguas superficiales y subterráneas.
Determinación y justificación del área de influencia El terreno donde se emplaza el proyecto que posee una superficie de 2,63 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizable según lo establece el Plan Regulador de Rancagua, el cual establece que para la zona EX2 y entre los usos permitidos se admite el de vivienda, equipamiento de escala regional, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afecta a la condición de línea de base.
Como se mencionó anteriormente, a modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptan medidas preventivas durante la Fase de Construcción, en relación con los residuos sólidos y las sustancias peligrosas a utilizar, y durante la Fase de Operación, en cuanto a los residuos sólidos domiciliarios, solicitando los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo N°19 ADENDA Complementaria).
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo. Anexo N°15 ADENDA Complementaria – Mecánica de Suelos. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe, excavaciones y movimientos de tierra en general Fase en que se presenta Fase de Construcción
Justificación que no es un impacto significativo El terreno donde se emplaza el proyecto que posee una superficie de 2,63 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizable según lo establece el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Plan Regulador de Rancagua, el cual establece que para la zona EX2 y entre los usos permitidos se admite el de vivienda, equipamiento de escala regional, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afecta a la condición de línea de base.
Agua Impacto ambiental Cambios en las propiedades físicas, químicas y microbiológicas del agua.
Determinación y justificación del área de influencia Durante la Fase de Construcción del proyecto se utiliza la red de agua potable existente en el predio, y para la Fase de Operación, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESSBIO, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº8 de la ADENDA
El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
En cuanto a recursos hídricos subterráneos, éstos no se ven afectados en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellos. Según el informe de mecánica de suelos adjunto en el Anexo N° 15 de la ADENDA complementaria, no se encontró el nivel freático en las profundidades exploradas 2,5 m. Adicionalmente, el proyecto considera menos 2,5 m de excavaciones, por lo que se puede asumir que el proyecto no afecta a recursos hídricos subterráneos.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°19 ADENDA Complementaria – PAS 140 y 142. Parte, obra o acción que lo genera Lavado de canoas y ruedas, generación de aguas servidas y bodega RESPEL Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo Respecto de las aguas servidas, el proyecto cuenta factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESSBIO., tanto en la Fase de Construcción como en la Fase de Operación.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESSBIO. A partir del sistema de lavado de ruedas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas: Se indica que se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retira la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual es desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminan, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad. En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros, la que es limpiada con camiones a medida que se vaya llenando.
De igual forma, no se acumula agua en exceso ya que resulte con restos de hormigón es eliminada como escombros, ya que hay una solidificación de los restos. Si particularmente hay una cantidad excesiva de residuos líquidos, estos son retirados por una empresa de manejo de RILES que cuente con una resolución sanitaria, según disponibilidad.
En consideración a los antecedentes señalados, no se superan los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.
Impacto ambiental Alteración Calidad de las aguas subterráneas.
Determinación y justificación del área de influencia Durante la Fase de Construcción del proyecto se utiliza la red de agua potable existente en el predio, y para la Fase de Operación, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESSBIO, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 8 de la ADENDA complementaria. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
En cuanto a recursos hídricos subterráneos, éstos no se ven afectados en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellos. Según el informe de mecánica de suelos adjunto en el Anexo N°15 de la presente ADENDA complementaria, no se encontró el nivel freático en las profundidades exploradas 2,5 m. Adicionalmente, el proyecto considera menos 2,5 m de excavaciones, por lo que se puede asumir que el proyecto no afecta a recursos hídricos subterráneos.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°19 ADENDA Complementaria – PAS 140 y 142. Parte, obra o acción que lo genera Lavado de canoas y ruedas, generación de aguas servidas y bodega RESPEL Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo Respecto de las aguas servidas, el proyecto cuenta factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESSBIO., tanto en la Fase de Construcción como en la Fase de Operación. Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESSBIO. A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas: Se indica que se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retira la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual es desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminan, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad. En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros, la que es limpiada con camiones a medida que se vaya llenando.
De igual forma, no se acumula agua en exceso ya que resulte con restos de hormigón es eliminada como escombros, ya que hay una solidificación de los restos. Si particularmente hay una cantidad excesiva de residuos líquidos, estos son retirados por una empresa de manejo de RILES que cuente con una resolución sanitaria, según disponibilidad.
En consideración a los antecedentes señalados, no se superan los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.
Aire Nombre del Impacto Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros).
Determinación y justificación del área de influencia El área de influencia simulada para el Proyecto se evaluó utilizando la concentración percentil 99 de NOX horario, obteniéndose como resultado que el área de influencia llega a concentraciones de 1 µg/m3, esto considera un área de aproximadamente 176 hectáreas, la cual considera todos los receptores de interés.
A continuación, en la siguiente Figura se presenta el área de influencia del Proyecto para la componente aire (emisiones atmosféricas).
Área de influencia del Proyecto, componente aire (emisiones atmosféricas) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 84 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°20 de ADENDA Complementaria Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, circulación vehicular y transporte de maquinarias. Fase en que se presenta Fase de Construcción y Fase de Operación
Justificación que no es un impacto significativo Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Material particulado (MP10 y MP2,5) - MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
- MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO) - NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
- CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
- SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Nombre del Impacto Emisiones de gases precursores de efecto invernadero
Determinación y justificación del área de influencia El área de influencia simulada para el Proyecto se evaluó utilizando la concentración percentil 99 de NOX horario, obteniéndose como resultado que el área de influencia llega a concentraciones de 1 µg/m3, esto considera un área de aproximadamente 176 hectáreas, la cual considera todos los receptores de interés. A continuación, en la siguiente Figura se presenta el área de influencia del Proyecto para la componente aire (emisiones atmosféricas).
Área de influencia del Proyecto, componente aire (emisiones atmosféricas)
Fuente: Figura 84 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°20 de ADENDA Complementaria Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, circulación vehicular y transporte de maquinarias. Fase en que se presenta Fase de Construcción y Fase de Operación
Justificación que no es un impacto significativo Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Material particulado (MP10 y MP2,5) - MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
- MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO) - NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
-
CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
-
SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Flora y Vegetación Nombre del Impacto Intervención de flora y vegetación sustento de alimentación
Determinación y justificación del área de influencia El proyecto se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, por lo que el Área de Influencia para el componente de Flora y Vegetación, corresponden a los límites prediales en donde se emplazan las obras del proyecto (2,63 hectáreas).
Área de Influencia – Flora. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 de la DIA – Línea Base Flora. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo La presente caracterización ambiental de Flora y Vegetación analiza el área de emplazamiento de obras correspondientes al proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que consiste en la Construcción de viviendas en un predio de 2,63 hectáreas. El proyecto está ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificaron una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 ha) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliopsida presenta 1 familias y 2 especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67 %), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
En base a las características del Proyecto, es posible establecer que la ejecución del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presenta escasa susceptibilidad a generar impactos asociados al componente flora y vegetación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de una población.
Determinación y justificación del área de influencia El proyecto se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, por lo que el Área de Influencia para el componente de Flora y Vegetación, corresponden a los límites prediales en donde se emplazan las obras del proyecto (2,63 ha).
Área de Influencia – Flora.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 de la DIA – Línea Base Flora. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo La presente caracterización ambiental de Flora y Vegetación analiza el área de emplazamiento de obras correspondientes al proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que consiste en la Construcción de viviendas en un predio de 2,63 hectáreas. El proyecto está ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificaron una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 ha) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliopsida presenta 1 familias y 2 especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67%), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En base a las características del Proyecto, es posible establecer que la ejecución del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presenta escasa susceptibilidad a generar impactos asociados al componente flora y vegetación.
Impacto ambiental Perdida de hábitat
Determinación y justificación del área de influencia El proyecto se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, por lo que el Área de Influencia para el componente de Flora y Vegetación, corresponden a los límites prediales en donde se emplazan las obras del proyecto (2,63 hectáreas).
Área de Influencia – Flora.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 de la DIA – Línea Base Flora. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo La presente caracterización ambiental de Flora y Vegetación analiza el área de emplazamiento de obras correspondientes al proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que consiste en la Construcción de viviendas en un predio de 2,63 hectáreas. El proyecto está ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificaron una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 hectáreas) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliopsida presenta 1 familias y 2 especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67%), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
En base a las características del Proyecto, es posible establecer que la ejecución del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presenta escasa susceptibilidad a generar impactos asociados al componente flora y vegetación.
Impacto ambiental Modificación o pérdida de hábitat para la flora o vegetación.
Determinación y justificación del área de influencia El proyecto se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, por lo que el Área de Influencia para el componente de Flora y Vegetación, corresponden a los límites prediales en donde se emplazan las obras del proyecto (2,63 hectáreas).
Área de Influencia – Flora.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 de la DIA – Línea Base Flora. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo La presente caracterización ambiental de Flora y Vegetación analiza el área de emplazamiento de obras correspondientes al proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que consiste en la Construcción de viviendas en un predio de 2,63 hectáreas. El proyecto está ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
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Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificaron una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 hectáreas) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliopsida presenta 1 familias y 2 especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67 %), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
En base a las características del Proyecto, es posible establecer que la ejecución del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presenta escasa susceptibilidad a generar impactos asociados al componente flora y vegetación.
Impacto ambiental Pérdida de una comunidad de flora o vegetación.
Determinación y justificación del área de influencia El proyecto se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, por lo que el Área de Influencia para el componente de Flora y Vegetación, corresponden a los límites prediales en donde se emplazan las obras del proyecto (2,63 ha).
Área de Influencia – Flora.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 de la DIA – Línea Base Flora. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción.
Justificación que no es un impacto significativo La presente caracterización ambiental de Flora y Vegetación analiza el área de emplazamiento de obras correspondientes al proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que consiste en la Construcción de viviendas en un predio de 2,63 hectáreas. El proyecto está ubicado en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificaron una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada de forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 hectáreas) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecientes a la división taxonómica Magnoliophyta. La clase Liliopsida presenta 1 familias y 2 especies, en cuanto a la clase Magnoliopsida cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67 %), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
En base a las características del Proyecto, es posible establecer que la ejecución del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presenta escasa susceptibilidad a generar impactos asociados al componente flora y vegetación.
Fauna Impacto ambiental Perturbación de la fauna por emisiones de ruido y vibración.
Determinación y justificación del área de influencia Para el caso de la fauna, se determinó en el área de influencia potencial considerando la distancia a la cual el nivel de ruido esperado asociado a la emisión de un frente de trabajo tipo para la Construcción de 78dB(A) a 10m (equivalente a un NPS de 87dB(Z) a 10m y 86dB(C) a 10m) se atenúa hasta alcanzar 41dB(A) (equivalente a 63dB(C) y 74dB(Z)) que sería al menor nivel basal medido en terreno, obteniéndose Áreas de Influencia para cada curva de ponderación con distintas extensiones, tal como se muestra en la siguiente tabla.
Extensión del AI de fauna para distintas curvas de ponderación Frente de trabajo límite Extensión AI [m] 78dB(A) 41dB(A) 708 86dB(C) 63dB(C) 141 87dB(Z) 74dB(Z) 45
Fuente: Tabla 9 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
La siguiente figura muestra una representación sobre la imagen satelital las AI Calculadas.
Área de Influencia (AI) de ruido en fauna Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 4.1-6 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria. .
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°13 de la ADENDA Complementaria – Estudio de Ruido y Vibraciones Parte, obra o acción que lo genera Excavación y movimientos de tierra, Montaje instalación de faenas, obra gruesa, urbanización y equipamiento.
Fase en que se presenta Construcción
Justificación que no es un impacto significativo En relación con fauna, se definieron diversas zonas con presencia de avifauna, mamíferos y reptiles todas ellas asociadas a zonas de trabajo agrícola. Debido a que su ubicación se encuentra dentro del área del Proyecto, se realizaron modelaciones de forma de establecer los buffers de afectación conductual y fisiológico. A partir de las modelaciones realizadas es posible apreciar que las áreas de afectación producidas por el Proyecto no se superponen con las áreas de fauna consideradas, de esta forma es posible descartar impactos por ruido sobre las áreas de fauna nativa consideradas.
Impacto ambiental Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre Determinación y justificación del área de influencia En la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define área de influencia como:
“El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”
Para efectos de la delimitación del área de influencia del componente fauna, como señala la Guía sobre el Área de Influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA, 2017), se consideran las unidades vegetacionales presentes en el área de estudio, las áreas donde se produce corta de vegetación y por lo tanto, perdida de hábitat, y las áreas circundantes que represente hábitat para fauna propensa a recibir impactos significativos, ya sea por ruido, material particulado u otro mecanismo.
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Considerando lo anterior, el elemento del medio ambiente para el cual se determina el área de influencia es la fauna de vertebrados terrestres.
Los principales mecanismos de impacto sobre la fauna son la corta y eliminación de vegetación, los cuales están relacionados con la Construcción y operación del proyecto. En particular, los principales impactos identificados son la perdida de hábitat y la perdida de individuos.
Dado que las obras del proyecto se emplazan en una matriz urbana altamente intervenida, donde no se aprecian formaciones vegetacionales naturales significativas, se prevé que tanto la presencia de fauna nativa como la disponibilidad de hábitats naturales son escasos en las zonas circundantes. Por lo tanto, el área de influencia para el componente fauna se restringe a los límites del proyecto.
Área de influencia Fauna.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Línea Base Fauna Silvestre. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción
Justificación que no es un impacto significativo El proyecto considera una superficie de 2,6 hectáreas para la Construcción de 633 departamentos distribuidos en 3 edificios, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
Dadas las características del proyecto y las características ambientales del entorno adyacente a las obras del proyecto, se consideró que el área de influencia se circunscribe a los límites de la operación y obras del proyecto. Superficie que fue prospectada mediante metodologías adecuadas para la detección de vertebrados terrestres.
En total se registraron 6 especies, 5 correspondientes a la clase Aves y 1 a la clase Reptilia. No hubo registro de anfibios ni mamíferos. Del total de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
especies, hay 1 introducida y 5 nativas. No hay registro de especies endémicas ni amenazadas.
En relación con el análisis de singularidades y evaluación de impactos del proyecto, es posible señalar que la ejecución y operación de las obras del proyecto presentan escasa susceptibilidad de generar efectos adversos sobre la fauna silvestre presente en el área del proyecto
Impacto ambiental Pérdida de individuos o ejemplares de una población. Determinación y justificación del área de influencia En la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define área de influencia como:
“El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”
Para efectos de la delimitación del área de influencia del componente fauna, como señala la Guía sobre el Área de Influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA, 2017), se consideran las unidades vegetacionales presentes en el área de estudio, las áreas donde se produce corta de vegetación y por lo tanto, perdida de hábitat, y las áreas circundantes que represente hábitat para fauna propensa a recibir impactos significativos, ya sea por ruido, material particulado u otro mecanismo.
Considerando lo anterior, el elemento del medio ambiente para el cual se determina el área de influencia es la fauna de vertebrados terrestres.
Los principales mecanismos de impacto sobre la fauna son la corta y eliminación de vegetación, los cuales están relacionados con la Construcción y operación del proyecto. En particular, los principales impactos identificados son la perdida de hábitat y la perdida de individuos.
Dado que las obras del proyecto se emplazan en una matriz urbana altamente intervenida, donde no se aprecian formaciones vegetacionales naturales significativas, se prevé que tanto la presencia de fauna nativa como la disponibilidad de hábitats naturales son escasos en las zonas circundantes. Por lo tanto, el área de influencia para el componente fauna se restringe a los límites del proyecto.
Área de influencia Fauna.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Línea Base Fauna Silvestre. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción
Justificación que no es un impacto significativo El proyecto considera una superficie de 2,6 hectáreas para la Construcción de 633 departamentos distribuidos en 3 edificios, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
Dadas las características del proyecto y las características ambientales del entorno adyacente a las obras del proyecto, se consideró que el área de influencia se circunscribe a los límites de la operación y obras del proyecto. Superficie que fue prospectada mediante metodologías adecuadas para la detección de vertebrados terrestres.
En total se registraron 6 especies, 5 correspondientes a la clase Aves y 1 a la clase Reptilia. No hubo registro de anfibios ni mamíferos. Del total de especies, hay 1 introducida y 5 nativas. No hay registro de especies endémicas ni amenazadas.
En relación con el análisis de singularidades y evaluación de impactos del proyecto, es posible señalar que la ejecución y operación de las obras del proyecto presentan escasa susceptibilidad de generar efectos adversos sobre la fauna silvestre presente en el área del proyecto
Impacto ambiental Fraccionamiento de hábitat, producto del cierre del terreno y cerco perimetral Determinación y justificación del área de influencia En la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define área de influencia como:
“El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”
Para efectos de la delimitación del área de influencia del componente fauna, como señala la Guía sobre el Área de Influencia en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA, 2017), se consideran las unidades vegetacionales presentes en el área de estudio, las áreas donde se produce corta de vegetación y por lo tanto, perdida de hábitat, y las áreas circundantes que represente hábitat para fauna propensa a recibir impactos significativos, ya sea por ruido, material particulado u otro mecanismo.
Considerando lo anterior, el elemento del medio ambiente para el cual se determina el área de influencia es la fauna de vertebrados terrestres.
Los principales mecanismos de impacto sobre la fauna son la corta y eliminación de vegetación, los cuales están relacionados con la Construcción y operación del proyecto. En particular, los principales impactos identificados son la perdida de hábitat y la perdida de individuos.
Dado que las obras del proyecto se emplazan en una matriz urbana altamente intervenida, donde no se aprecian formaciones vegetacionales naturales significativas, se prevé que tanto la presencia de fauna nativa como la disponibilidad de hábitats naturales son escasos en las zonas circundantes. Por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
lo tanto, el área de influencia para el componente fauna se restringe a los límites del proyecto.
Área de influencia Fauna.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Línea Base Fauna Silvestre. Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento de terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto
Fase en que se presenta Construcción
Justificación que no es un impacto significativo El proyecto considera una superficie de 2,6 hectáreas para la Construcción de 633 departamentos distribuidos en 3 edificios, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
Dadas las características del proyecto y las características ambientales del entorno adyacente a las obras del proyecto, se consideró que el área de influencia se circunscribe a los límites de la operación y obras del proyecto. Superficie que fue prospectada mediante metodologías adecuadas para la detección de vertebrados terrestres.
En total se registraron 6 especies, 5 correspondientes a la clase Aves y 1 a la clase Reptilia. No hubo registro de anfibios ni mamíferos. Del total de especies, hay 1 introducida y 5 nativas. No hay registro de especies endémicas ni amenazadas.
En relación con el análisis de singularidades y evaluación de impactos del proyecto, es posible señalar que la ejecución y operación de las obras del proyecto presentan escasa susceptibilidad de generar efectos adversos sobre la fauna silvestre presente en el área del proyecto
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tabla N°5.2. Recursos naturales renovables. Capítulo N°6 del ICE, Tabla N°6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
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Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Flora y vegetación
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
Suelo
El terreno donde se emplaza el proyecto que posee una superficie de 2,63 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizable según lo establece el Plan Regulador de Rancagua, el cual establece que para la zona EX2 y entre los usos permitidos se admite el de vivienda, equipamiento de escala regional, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afecta a la condición de línea de base.
Como se mencionó anteriormente, a modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptan medidas preventivas durante la Fase de Construcción, en relación con los residuos sólidos y las sustancias peligrosas a utilizar, y durante la Fase de Operación, en cuanto a los residuos sólidos domiciliarios, solicitando los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo N°19 ADENDA Complementaria).
a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Acorde al Instrumento de Planificación Territorial aplicable, el Proyecto inmobiliario se emplaza en un sitio que se encuentra inmerso en la matriz periurbana de la comuna, en la cual los elementos del suelo han sido modificados intensivamente por actividades antrópicas, removiendo por completo la vegetación original. Es por esto que, el desarrollo del Proyecto no afecta la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional a futuro y no altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso (debido a la previa alteración de este), producto de que se emplaza en una zona urbana regulada.
En relación con el impacto por procesos erosivos o pérdida de fertilidad, se señala que el Proyecto no modifica los usos actuales del suelo. Además, debido a la intervención intensiva, se evidencia una disminución completa de su capacidad de sustento para la vida u otras funciones en el ecosistema, por lo tanto, la Construcción y operación del proyecto no atenta a las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies.
A modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptan medidas preventivas durante la Fase de Construcción en relación a los residuos sólidos, líquidos y las sustancias peligrosas a utilizar, disponiendo de zonas de almacenamiento acondicionadas para evitar el derrame de contaminantes, para lo cual se solicita los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo Nº19 del presente documento).
Durante la Fase de Operación los residuos son almacenados en cada una de las viviendas, posteriormente son conducidas a través de los shaft hacia las salas de basuras ubicadas en el primer piso. Finalmente, y previo al retiro municipal, la basura queda trasladada en contenedores de 1.100 L con ruedas hacia las zonas de precarguío hasta donde pueden acceder los camiones municipales.
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Es por los motivos mencionados que Parque Las Alamedas I, II y III no genera pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no genera efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 6º letra a) del D.S. 40.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se debe considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Según el estudio realizado de Flora y Vegetación, presente en el Anexo Nº 4 Descripción del predio, el área de estudio se encuentra inmerso en la matriz periurbana de la comuna, en la cual los elementos del componente flora y vegetación han sido modificados intensivamente por actividades antrópicas, removiendo por completo la vegetación original.
Dentro del Área de Influencia del proyecto se identificó una Unidad Vegetacional, cuya estructura y composición ha sido intervenida y transformada en forma antrópica. La unidad predominante es la UV 1 (2,53 ha) que corresponde a sitio eriazo con vegetación herbácea.
Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 12 especies de flora vascular terrestre, todas ellas correspondientes a la división taxonómica Magnoliophyta.
La clase Liliopdida presenta 1 familia y 2 especies, en cuando a la clase Magnoilopsida cuenta con 8 familias y 10 especies. La familia con mayor representación es Asteraceae con 3 especies (25%), seguida por Poaceae con 2 especies (16,67%), todas las familias restantes contienen una especie (8,33% cada una).
El 91,67% de las especies encontradas corresponden a especies introducidas (11 especies), un 8,33% a especies nativas (1 especie) y no se presentaron especies de origen endémico. Ninguna especie se encuentra en categoría de conservación.
En relación a los riesgos climáticos, se hizo revisión de las diferentes cadenas de impacto asociadas a biodiversidad en el sitio web ARClim, teniendo como resultado que la Construcción y operación del proyecto no manifiesta singularidades ambientales, presentando escasa susceptibilidad a generar impactos asociados a la componente flora y vegetación.
c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Suelo
El terreno donde se emplaza el proyecto que posee una superficie de 2,63 hectáreas, el cual se encuentra en una zona urbanizable según lo establece el Plan Regulador de Rancagua, el cual establece que para la zona EX2 y entre los usos permitidos se admite el de vivienda, equipamiento de escala regional, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afecta a la condición de línea de base.
Como se mencionó anteriormente, a modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptan medidas preventivas durante la Fase de Construcción, en relación con los residuos sólidos y las sustancias peligrosas a utilizar, y durante la Fase de Operación, en cuanto a los residuos sólidos domiciliarios, solicitando los permisos ambientales sectoriales correspondientes (Anexo Nº 19 de la ADENDA complementaria).
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Agua
Durante la Fase de Construcción del proyecto se utiliza la red de agua potable existente en el predio, y para la Fase de Operación, el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESSBIO, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 8 de la ADENDA complementaria. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
En cuanto a recursos hídricos subterráneos, éstos no se ven afectados en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellos. Según el informe de mecánica de suelos adjunto en el Anexo N° 4, no se encontró el nivel freático en las profundidades exploradas 2,5 m. Adicionalmente, el proyecto considera menos 2,5 m de excavaciones, por lo que se puede asumir que el proyecto no afecta a recursos hídricos subterráneos.
Por lo que la magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el componente, no lo afectan de manera significativa.
Aire
El Proyecto genera emisiones de material particulado y de gases durante la Fase de Construcción, las cuales no superan los límites establecidos en el D.S. N°1/2021 (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosféricas (PPDA)), del Ministerio del Medio Ambiente.
Por su parte, durante la Fase de Operación, las emisiones son provenientes de la circulación de vehículos livianos, éstas son acotadas y se encuentran bajo los límites establecidos.
En el Informe de Estimación de Emisiones del Proyecto (Anexo Nº20 de la ADENDA complementaria), se presentan medidas de control con el fin de disminuir las emisiones generadas por el Proyecto.
En base al análisis realizado, se indica que el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre el suelo, agua o aire, ya que no afecta la permanencia de los componentes, no altera la capacidad de regeneración o renovación de ellos y no alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considera la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Emisiones Atmosféricas
El Proyecto genera emisiones de material particulado y de gases durante la Fase de Construcción y operación proveniente de las actividades de demolición, escarpe, excavaciones, movimiento de tierra (carga y descarga), circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
Estas emisiones, en la Fase de Construcción no sobrepasan los límites establecidos por el D.S. N°1/2021 del Ministerio del Medio Ambiente. Además, el Proyecto ha considerado emplear las medidas de abatimiento y control de emisiones, las cuales se presentan en el Anexo Nº 20 de la ADENDA complementaria de Emisiones Atmosféricas.
Efluentes Líquidos
Respecto de las aguas servidas, el proyecto cuenta factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado administrado por ESSBIO., tanto en la Fase de Construcción como en la Fase de Operación.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
baños químicos, que son manejados por una empresa autorizada. En las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generan residuos líquidos industriales. Para esto se implementa un sistema que consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacena las aguas de lavado. Los residuos generados son tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente y en caso de contener aceites, grasas o algún otro contaminante, se efectúa su disposición final en conformidad a la normativa aplicable.
El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente proviene de la red de ESSBIO. A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
Lavado de canoas: Se indica que se genera una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre está cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retira la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual es desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminan, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad. En cuanto a las aguas residuales, se generan aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que son almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros, la que es limpiada con camiones a medida que se vaya llenando.
De igual forma, no se acumula agua en exceso ya que resulte con restos de hormigón es eliminada como escombros, ya que hay una solidificación de los restos. Si particularmente hay una cantidad excesiva de residuos líquidos, estos son retirados por una empresa de manejo de RILES que cuente con una resolución sanitaria, según disponibilidad.
En consideración a los antecedentes señalados, no se superan los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Según el Informe de Fauna presentado en el Anexo Nº 4 de la DIA, se constató la presencia 6 especies, 5 correspondientes a la clase Aves y una a la clase Reptilia. No hubo registro de Anfibios ni mamíferos. Del total de especies hay 1 introducida y 5 y no hay registro de especies endémicas ni amenazadas.
Finalmente, las áreas protegidas oficiales y sitios prioritarios más cercanas al área de estudio son el Sitio Prioritario La Roblería/Cordillera de la Costa Norte y Cocalo (4,9 km), el Sitio Prioritario el Cordón de Cantillana (13,9 km), la Reserva Nacional Roblería del Cobre de Loncha (13,4 km) y el Parque Nacional Palmas de Cocalán (28,3 km)
En relación con esto, es posible establecer que las obras del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” presentan escasa susceptibilidad de generar efectos adversos sobre el componente de Fauna Silvestre.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
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así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Productos Químicos: El proyecto no afecta a los recursos naturales renovables por el manejo de sustancias peligrosas, ya que en la Fase de Construcción del proyecto son almacenados menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se almacenan en una bodega común (provisoria en la Fase de Construcción) que cumple con las exigencias del D.S. N° 43/2016.
Residuos Sólidos
Durante la Fase de Construcción se generan los siguientes residuos:
Residuos de Construcción:
Se generan aproximadamente 10.602,76 m3 de RESCON, correspondientes a la demolición y Construcción de las viviendas, los que son almacenados provisoriamente en el sector destinado para ello. Tiene una superficie de 28,5 m2 el cuál se presenta en el plano de instalación de faena en el Anexo Nº 10 de la ADENDA complementaria. Este se encuentra demarcado y señalizado. En el Anexo Nº12 de la ADENDA, se entrega más información sobre el manejo, transporte y disposición de estos residuos (PAS 140).
Residuos Peligrosos:
Se generan aproximadamente 1,06 m3/mes de residuos peligrosos durante toda la Construcción del proyecto, los que son almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL de aproximadamente 12 m2. Su ubicación se encuentra en el plano de instalación de faena en el Anexo Nº4 de la ADENDA. En el Anexo Nº12 de la ADENDA, se entrega más información sobre el manejo, transporte y disposición de estos residuos (PAS 142 actualizado en Anexo 19 del ADENDA Complementaria).
Residuos Asimilables a Domiciliarios:
Estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor, los baños y oficinas administrativas de la faena. Se estima una cantidad de 2,29 m3/día generado por los trabajadores de la obra. Para almacenar temporalmente los residuos, se disponen de 6 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 240 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente. son vaciados todos los días en contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. En el Anexo Nº19 de la ADENDA complementaria, se entrega más información sobre el manejo, transporte y disposición de estos residuos (PAS 140 actualizado en Anexo 19 del ADENDA Complementaria).
Fase de Operación:
Se generan 6,97 m3/día de residuos asimilables a domiciliarios provenientes de los habitantes y locatarios. Estos residuos son almacenados en cada vivienda. Los residuos son retirados por el camión municipal de la comuna. La frecuencia de retiro es de 3 veces a la semana.
Los residuos son almacenados en cada una de las viviendas, posteriormente son conducidas a través de los shaft hacia las salas de basura ubicadas en el primer piso. Finalmente, y previo al retiro municipal, la basura queda trasladada en contenedores de 1.100L con ruedas hacia las zonas de precarguío hasta donde pueden acceder los camiones municipales.
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Los residuos son retirados del Proyecto por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro es de 3 veces a la semana o cuando se determine en el municipio de Rancagua. Los residuos domiciliarios son dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
Residuos Líquidos
Fase de Construcción
Aguas servidas asimilables a domésticas: Estas son provenientes de baños, lavamanos, duchas y comedor. Para la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos, que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas son descargadas a dicha red.
Riles provenientes de los procesos industriales: Se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo. El sistema que se implementa para el lavado de neumáticos consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenara las aguas de lavado. Estas son retiradas para ser reutilizadas en la humectación de terreno. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas proviene de la red de ESSBIO.
A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existe infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad.
También existe un lavado de canoas, el cual de describe en el punto 1.10.7 del Capítulo N° 1.
Fase de Operación:
Aguas servidas asimilables a domésticas:
Provenientes de los servicios higiénicos, duchas y comedor, las cuales descargan al alcantarillado público, por lo tanto, se tiene el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado.
Riles provenientes de los procesos Industriales:
Debido a que el proyecto es residencial, no se generan aguas provenientes de ningún proceso industrial durante la Fase de operación. (PAS 140 actualizado en Anexo 19 del ADENDA Complementaria).
Debido a los antecedentes presentados, el Proyecto no genera impactos que puedan afectar a los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y/o sustancias.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
El Proyecto no contemplara la intervención y/o explotación de recursos hídricos.
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otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto debe considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. g.1) No aplica. El predio donde se emplaza el proyecto no contiene aguas fósiles. g.2) No aplica, el predio donde se emplaza el proyecto no contiene cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3) No aplica, el sitio donde se construye el proyecto no posee vegas y /o bofedales que pudieran verse afectadas por las actividades de Construcción y operación. g.4) No aplica, el proyecto no afecta los niveles de aguas subterráneas o superficiales que irriguen a zonas de humedales, estuarios y turberas. g.5) No aplica, el proyecto no se emplaza en las proximidades o superficies de glaciares. g.6) No aplica, en la Construcción del proyecto no se introducen especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
Del análisis efectuado es posible señalar que el proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
No aplica, ya que el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” no introduce especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Grupos Humanos Impacto ambiental Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos por aumento de las emisiones de ruido y vibración
Determinación y justificación del área de influencia El Área de Influencia (en adelante AI) se conforma por parte del sector urbano y rural de la comuna de Rancagua. Estas últimas corresponden a Grupos Humanos emplazados en la localidad de Santa Elena, distribuidos en la Parcela-Hijuela Colonia Santa Elena y la Parcela-Hijuela La Moranina, ambas entidades pertenecientes al Distrito Censal 13.
En el sector urbano, el Área de Influencia se encuentra conformada por la Zona Censal 1, correspondiente al Distrito 13, que abarca la Manzana censal 5 y el Distrito 15 que contempla específicamente las Manzanas censales 1, 2 y 3; la Zona Censal 2, pertenece al Distrito 11 y abarca las Manzanas del 1 al 10; finalmente, la Zona Censal 4, del Distrito 11, se compone por un total de 50 manzanas. La siguiente figura grafica los límites Censales anteriormente mencionados en el contexto del Área de Influencia del Medio Humano:
Área de Influencia de Medio Humano Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fuente: Figura 6 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Informe Medio Humano. Parte, obra o acción que lo genera Operación Maquinaria Pesada Fase en que se presenta Construcción
Justificación que no es un impacto significativo Se identificaron cuatro (4) receptores en el levantamiento basal, principalmente con usos residenciales, ubicados en el sector aledaño al Proyecto en Zona II del D.S. Nº38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente según los usos de suelos permitidos en el PRC de Rancagua.
Se efectuaron modelaciones acústicas y estimación de vibración configurando escenarios lo más desfavorables posible, para la Fase de Construcción, donde, se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en el área de intervención más cercana a los receptores.
Los resultados de modelaciones sonoras preliminares arrojan niveles sobre los receptores de hasta 77 [dB(A)] para la Fase de Construcción en periodo diurno, por lo que el proyecto implementa medidas de control según se detalla en el Capítulo 6 del Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo N°13 de la ADENDA Complementaria). Estas medidas incorporadas permiten dar cumplimiento con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Impacto ambiental Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento en la concentración de contaminantes a emitir a la atmósfera y su relación con los grupos humanos presentes en el área de influencia
Determinación y justificación del área de influencia El Área de Influencia (en adelante AI) se conforma por parte del sector urbano y rural de la comuna de Rancagua. Estas últimas corresponden a Grupos Humanos emplazados en la localidad de Santa Elena, distribuidos en la Parcela-Hijuela Colonia Santa Elena y la Parcela-Hijuela La Moranina, ambas entidades pertenecientes al Distrito Censal 13. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
En el sector urbano, el Área de Influencia se encuentra conformada por la Zona Censal 1, correspondiente al Distrito 13, que abarca la Manzana censal 5 y el Distrito 15 que contempla específicamente las Manzanas censales 1, 2 y 3; la Zona Censal 2, pertenece al Distrito 11 y abarca las Manzanas del 1 al 10; finalmente, la Zona Censal 4, del Distrito 11, se compone por un total de 50 manzanas. La siguiente figura grafica los límites Censales anteriormente mencionados en el contexto del Área de Influencia del Medio Humano:
Área de Influencia de Medio Humano
Fuente: Figura 6 del Anexo 4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Informe Medio Humano Anexo N°20 ADENDA Complementaria – Modelación Emisiones Atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Uso de maquinaria pesada y vehículos livianos Fase en que se presenta Construcción y Operación
Justificación que no es un impacto significativo Se realizó una modelación de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases se combustión, utilizando la situación más desfavorable, correspondiente al tercer año del Proyecto, donde se consideró un total de 1,317 ton/año de MP10, 0,316 ton/año de MP2,5, 1,466 ton/año de NOx, 0,004 ton/año de SO2 y 1,700 ton/año de CO.
De acuerdo con los resultados obtenidos, se tienen las siguientes conclusiones por categoría y contaminantes:
Material particulado (MP10 y MP2,5)
- MP10: El mayor aporte promedio diario de MP10 corresponde al Receptor 4, con una concentración de 0,576 µg/m³ diario y el Receptor 1 con 0,115 µg/m³ anual. Estos valores representan solo el 0,44% de la norma diaria (130 µg/m³) y el 0,2% de la norma anual (50 µg/m³). Esto significa que el aporte del proyecto está un 99,56% por debajo del límite diario y un 99,77% por debajo del límite anual.
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- MP2,5: El mayor aporte de MP2,5 se registra en el Receptor 1 con una concentración de 0,304 µg/m³ diario y 0,080 µg/m³ anual. Estos valores equivalen al 0,61% de la norma diaria (50 µg/m³) y al 0,40% de la norma anual (20 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,39% por debajo del límite diario y un 99,60% por debajo del límite anual.
Gases de combustión (NOx, SO2 y CO) - NOx: El Receptor 1 recibe el mayor aporte de NOx, con una concentración de 20,79 µg/m³ horario, 6,65 µg/m³ diario y 1,59 µg/m³ anual. Estos valores corresponden al 10,40% de la norma horaria (200 µg/m³), 6,65% de la norma diaria (100 µg/m³) y al 3,95% de la norma anual (40 µg/m³), lo que significa que el aporte del proyecto está un 89,6% por debajo del límite horario, 93,35% por debajo del límite diario y un 96,05% por debajo del límite anual.
-
CO: En el caso del CO, el Receptor 1 recibe un aporte de 7,95 µg/m³ horario y 3,80 µg/m³ cada 8 horas. Estos valores representan solo el 0,03% de la norma horaria (30.000 µg/m³) y el 0,04% de la norma cada 8 horas (10.000 µg/m³), lo que indica que el aporte del proyecto está un 99,97% y 99,96% por debajo de los límites respectivos.
-
SO2: Para el dióxido de azufre (SO2), el mayor aporte lo recibe el Receptor 1, con una concentración de 0,029 µg/m³ horario, equivalente al 0,01% de la norma horaria (350 µg/m³), un aporte de 0,009 µg/m³ diario con un 0,01% de la norma diaria (150 µg/m³) y 0,002 µg/m³ anual con un 0,004% de la norma horaria (60 µg/m³). Esto significa que el aporte del Proyecto está un 99,99%, 99,99% y 99,996% por debajo de los límites horario, diario y anual, respectivamente.
Impacto ambiental Conectividad o aumentos en los tiempos de desplazamientos
Determinación y justificación del área de influencia La metodología para un IMIV mayor, artículo 3.2.1 b) del Decreto N°30/2017, señala que el área de influencia está determinada por todas las rutas vehiculares de entrada al proyecto y de salida del mismo, la cual se extiende a todo el espacio público destinado a circulación vehicular, incluido la envolvente conformada por la unión de los extremos de tales rutas
De acuerdo a las rutas definidas, conformadas por las 5 intersecciones para las rutas de ingreso y egreso, y considerando el área envolvente obtenida como parte del área de influencia, se involucran los siguientes ejes principales dentro del área y que corresponden a:
Salvador Allende (Ruta H-210) Av. Libertador Bernardo O´Higgins Baquedano Cam. San Ramón Ruta H-200
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Área de Influencia del Transporte Privado Motorizado
Fuente: Figura 3.5 del Anexo N°1 de la Adenda Complementaria
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°1 ADENDA Complementaria – Estudio de Movilidad. Parte, obra o acción que lo genera Circulación de vehículos y maquinaria. Fase en que se presenta Construcción y Operación
Justificación que no es un impacto significativo Dados los antecedentes presentados en el Estudio de Transporte adjunto en Anexo Nº1 de la ADENDA Complementaria, es posible observar que el proyecto no presenta alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, ya que no se incorpora cierre ni desvío de veredas o calzadas en ninguna de sus etapas.
En lo relativo a la movilidad de los futuros residentes del proyecto, se debe considerar que se cuenta con una importante oferta de transporte público a través de la cercanía con el transporte público. Desde el punto de vista del transporte en vehículo particular, se considera que no se producen alteraciones significativas a la libre circulación de los actuales y futuros residentes del área de influencia del proyecto, debido a la poca participación de este tipo de viajes en el total de los viajes generados por el proyecto.
Desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, se puede tener presente que estos no ven afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados.
Durante la etapa de Construcción no se espera ningún tipo de alteración en los tiempos de desplazamiento, ya que los vehículos pesados durante la Construcción representan un flujo que puede ser absorbido sin problemas por la vialidad existente, por lo que se considera que no provocan aumentos significativos en los tiempos de viaje.
Todo lo anterior permite asegurar que este proyecto enfocado a familias que buscan desplazarse de manera rápida en transporte público en desmedro del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
vehículo particular, con lo cual finalmente, se puede concluir que el proyecto no impacta de significativa en su entorno, en particular en relación a lo expuesto en el artículo 7 del decreto supremo 40 de 2012, en particular lo señalado en el acápite b).
Impacto ambiental Recarga en los servicios de salud, educación, entre otros
Determinación y justificación del área de influencia El Área de Influencia (en adelante AI) se conforma por parte del sector urbano y rural de la comuna de Rancagua. Estas últimas corresponden a Grupos Humanos emplazados en la localidad de Santa Elena, distribuidos en la Parcela-Hijuela Colonia Santa Elena y la Parcela-Hijuela La Moranina, ambas entidades pertenecientes al Distrito Censal 13.
En el sector urbano, el Área de Influencia se encuentra conformada por la Zona Censal 1, correspondiente al Distrito 13, que abarca la Manzana censal 5 y el Distrito 15 que contempla específicamente las Manzanas censales 1, 2 y 3; la Zona Censal 2, pertenece al Distrito 11 y abarca las Manzanas del 1 al 10; finalmente, la Zona Censal 4, del Distrito 11, se compone por un total de 50 manzanas. La siguiente figura grafica los límites Censales anteriormente mencionados en el contexto del Área de Influencia del Medio Humano:
Área de Influencia de Medio Humano
Fuente: Figura 6 del Anexo N°4 de la DIA.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°4 DIA – Informe Medio Humano Parte, obra o acción que lo genera Acceso a la salud y/o educación Fase en que se presenta Fase de Operación
Justificación que no es un impacto significativo Respecto a los servicios de salud, según datos disponibles sobre afiliados al Fondo Nacional de Salud, FONASA, señalan que en la comuna de Rancagua para el 2022 existían 211.211 personas afiliadas al Servicio de Salud Municipal, lo que implica un 85% de la población total de la comuna, en relación a los resultados del Censo del año 2017. Con el supuesto del escenario más desfavorable y suponiendo que la población potencial asociada a los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
proyectos inmobiliarios ingresados al SEA mantiene la misma tasa de afiliación al sistema público de salud, se estima que la población nueva corresponde a 11.573 personas, lo que equivale al 5,47% del total comunal afiliado en el 2022.
Considerando los porcentajes de cobertura de los últimos años de la comuna de Rancagua indican que el 83,11% de la población hace uso del sistema público de salud, se estima que 11.316 nuevos habitantes hacen uso de este sistema de salud. En este sentido, los establecimientos de salud públicos más cercanos al proyecto son el Hospital Regional de Rancagua y el CESFAM N°1 Enrique Dintrans. De estos establecimientos, el CESFAM N°1 se encuentra por sobre su capacidad de atención. Sin embargo, la capacidad de atención de los establecimientos de salud públicos municipales restantes es de 27.890 usuarios, lo que significaría una carga de un lo que significaría una carga de un 40,57% en la capacidad de atención sólo considerando los establecimientos públicos municipales, sin considerar la capacidad de los demás establecimientos.
Respecto a educación, el primer paso para analizar las potenciales cargas que la nueva población del proyecto generaría al sistema de educación pública de la comuna de Rancagua, es estimar la población en edad escolar:
Si suponemos que la población del Proyecto tiene una composición etaria similar a la de la población comunal, podemos estimar que cuando el Proyecto entre en su etapa de operación y en relación a los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA, un 26,91% del total de la población proyectada se encuentra en edad escolar, entre 0 y 19 años, debido a que, es la edad más habitual para realizar la educación escolar.
Respecto a las vacantes y matrículas de los establecimientos educacionales cercanos al área del proyecto (en torno a 3 km del emplazamiento), a continuación, en la siguiente Tabla se entrega el detalle de dicha información. Es preciso indicar, que debido a que los cupos por nivel no son fijos y varían año a año según el establecimiento, y dado que la información no es divulgada, se trabajó con la información disponible en la plataforma Admisión Escolar 2024 del Ministerio de Educación:
Se señala que los establecimientos educacionales de Rancagua en las inmediaciones del área de influencia del proyecto cuentan con 3.928 matrículas vacantes disponibles para niños y jóvenes. En función de la matrícula actual y la capacidad instalada, se concluye una cifra que permitiría acoger a la totalidad de la potencial nueva población en edad escolar (3.452 personas) que aporta a la comuna este Proyecto en evaluación y los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA.
Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación
Determinación y justificación del área de influencia La metodología para un IMIV mayor, artículo 3.2.1 b) del Decreto N°30/2017, señala que el área de influencia está determinada por todas las rutas vehiculares de entrada al proyecto y de salida de este, la cual se extiende a todo el espacio público destinado a circulación vehicular, incluido la envolvente conformada por la unión de los extremos de tales rutas
De acuerdo a las rutas definidas, conformadas por las 5 intersecciones para las rutas de ingreso y egreso, y considerando el área envolvente obtenida como parte del área de influencia, se involucran los siguientes ejes principales dentro del área y que corresponden a:
Salvador Allende (Ruta H-210) Av. Libertador Bernardo O´Higgins Baquedano Cam. San Ramón Ruta H-200
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Área de Influencia del Transporte Privado Motorizado
Fuente: Figura 3.5 del Anexo N°1 de la Adenda Complementaria Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°1 ADENDA Complementaria – Estudio de Movilidad. Parte, obra o acción que lo genera Circulación de vehículos y maquinaria. Fase en que se presenta Construcción y Operación
Justificación que no es un impacto significativo Dados los antecedentes presentados en el Estudio de Transporte adjunto en Anexo Nº1 de la ADENDA Complementaria, es posible observar que el proyecto no presenta alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, ya que no se incorpora cierre ni desvío de veredas o calzadas en ninguna de sus etapas.
En lo relativo a la movilidad de los futuros residentes del proyecto, se debe considerar que se cuenta con una importante oferta de transporte público a través de la cercanía con el transporte público. Desde el punto de vista del transporte en vehículo particular, se considera que no se producen alteraciones significativas a la libre circulación de los actuales y futuros residentes del área de influencia del proyecto, debido a la poca participación de este tipo de viajes en el total de los viajes generados por el proyecto.
Desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, se puede tener presente que estos no ven afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados.
Durante la etapa de Construcción no se espera ningún tipo de alteración en los tiempos de desplazamiento, ya que los vehículos pesados durante la Construcción representan un flujo que puede ser absorbido sin problemas por la vialidad existente, por lo que se considera que no provocan aumentos significativos en los tiempos de viaje.
Todo lo anterior permite asegurar que este proyecto enfocado a familias que buscan desplazarse de manera rápida en transporte público en desmedro del vehículo particular, con lo cual finalmente, se puede concluir que el proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
no impacta de significativa en su entorno, en particular en relación a lo expuesto en el artículo 7 del decreto supremo 40 de 2012, en particular lo señalado en el acápite b).
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tabla N°5.3. Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Capítulo N°6 del ICE, Tabla N°6.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
En base a la información recopilada y la obtenida en terreno, se establece que en el sitio del proyecto no existe evidencia de la existencia de recursos naturales usados como sustento económico de los grupos humanos que residen en el área de influencia. Del mismo modo, no se intervienen recursos utilizados para usos tradicionales, medicinales ni espirituales o culturales, dado que este tipo de recursos no ha sido identificado en terreno. Se recalca que, según el Plan Regulador vigente en la comuna de Rancagua, dentro del territorio comprendido por el área de influencia es de uso urbano, catalogada como EX2, en el cual se permite el uso del suelo con destino habitacional.
En relación a la Fase de Construcción, los materiales e insumos utilizados vienen de áreas industriales habilitadas para el almacenamiento del tipo de materiales utilizados en las construcciones, en cuanto a los residuos generados estos son llevados a sitios de disposición final autorizados para el almacenamiento de residuos inertes y/o peligrosos según sea la naturaleza de cada tipo de residuo generado por el proyecto.
Por otro lado, se establece que el proyecto no altera el acceso ni las operaciones comerciales que se llevan a cabo dentro del área de influencia, indicando además la existencia del hospital Regional de Rancagua, la Vega Baquedano, el Cementerio N°2 de Baquedano, restaurantes o locales de venta de alimentos, farmacias, entre otros. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 7º letra a) del Decreto Supremo Nº 40/2012.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Dados los antecedentes presentados en el Estudio de Transporte adjunto en Anexo Nº 1 de la ADENDA complementaria, es posible observar que el proyecto no presenta alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, ya que no se incorpora cierre ni desvío de veredas o calzadas en ninguna de sus etapas.
En lo relativo a la movilidad de los futuros residentes del proyecto, se debe considerar que se cuenta con una importante oferta de transporte público a través de la cercanía con el transporte público. Desde el punto de vista del transporte en vehículo particular, se considera que no se producen alteraciones significativas a la libre circulación de los actuales y futuros residentes del área de influencia del proyecto, debido a la poca participación de este tipo de viajes en el total de los viajes generados por el proyecto
Desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
se puede tener presente que estos no ven afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados.
Durante la etapa de Construcción no se espera ningún tipo de alteración en los tiempos de desplazamiento, ya que los vehículos pesados durante la Construcción representan un flujo que puede ser absorbido sin problemas por la vialidad existente, por lo que se considera que no provocan aumentos significativos en los tiempos de viaje.
El Proyecto cuenta con IMIV aprobado el 6 de enero de 2025 según consta en la Resolución Exenta N°44/2025 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de O’Higgins, por lo que las medidas de mitigación son consideradas como parte integral del Proyecto. Además, se ha actualizado el análisis incorporando una versión corregida del estudio de movilidad, considerando el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) aprobado mediante Resolución Exenta del 6 de enero de 2025, disponible en el Anexo N°6 de la ADENDA, y que, las planillas con toda la información recopilada en terreno se encuentran disponibles en la carpeta denominada «Mediciones», adjunta en los anexos del Estudio de Movilidad del Anexo N°7 de la ADENDA.
Todo lo anterior permite asegurar que este proyecto enfocado a familias que buscan desplazarse de manera rápida en transporte público en desmedro del vehículo particular, con lo cual finalmente, se puede concluir que el proyecto no impacta de significativa en su entorno, en particular en relación a lo expuesto en el artículo 7 del decreto supremo 40 de 2012, en particular lo señalado en el acápite b).
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Tanto en la Fase de Construcción como de operación del Proyecto, no se espera intervenir ni afectar el acceso o la calidad de ningún bien, servicio, equipamiento o infraestructura básica. En el caso de la Construcción, para llevar adelante su ejecución existen normativas y procedimientos que son obligatorios de cumplir y que aseguran la no intervención de servicios básicos como agua potable, alcantarillado o red eléctrica y, en caso de producirse algún tipo de consecuencia no prevista por causa del proceso constructivo, existe un protocolo de contingencias y emergencias que se debe seguir, tanto en relación a las acciones a implementar por el Titular como por las empresas proveedoras de servicios.
Del mismo modo, las medidas de control referentes a la emisión de ruidos, material particulado y otras materias propias de una Construcción de gran envergadura, cumplen con las normativas y los estándares vigentes en nuestro país.
Asimismo, el Proyecto, al estar situado en una ciudad como Rancagua, no contempla que en su Fase de Construcción se produzcan desplazamientos de mano de obra para residir en la comuna, por lo que no se construyen campamentos ni ninguna clase de infraestructura habitacional para los trabajadores de la obra. Además, esto implica que no se espera que los trabajadores ejerzan algún tipo de presión sobre los servicios sociales básicos.
Respecto a la Fase de Operación del Proyecto, se espera que el aumento de la población sea de un máximo de 13.616 personas, considerando los proyectos identificados al interior del área de influencia con RCA aprobada y recepción final, cuyo total contempla 4.395 viviendas, y considerando que el promedio regional metropolitano de 3,1 habitantes por hogar, según el Censo 2017, ya que puede ser considerado como un parámetro correcto para estimar las cargas de población de proyectos inmobiliarios bajo el escenario más desfavorable.
Respecto a los servicios de salud, según datos disponibles sobre afiliados al Fondo Nacional de Salud, FONASA, señalan que en la comuna de Rancagua para el 2022 existían 211.211 personas afiliadas al Servicio de Salud Municipal, lo que implica un 85% de la población total de la comuna, en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
relación con los resultados del Censo del año 2017. Con el supuesto del escenario más desfavorable y suponiendo que la población potencial asociada a los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA mantiene la misma tasa de afiliación al sistema público de salud, se estima que la población nueva corresponde a 11.573 personas, lo que equivale al 5,47% del total comunal afiliado en el 2022.
Considerando los porcentajes de cobertura de los últimos años de la comuna de Rancagua indican que el 83,11% de la población hace uso del sistema público de salud, se estima que 11.316 nuevos habitantes hacen uso de este sistema de salud. En este sentido, los establecimientos de salud públicos más cercanos al proyecto son el Hospital Regional de Rancagua y el CESFAM N°1 Enrique Dintrans. De estos establecimientos, el CESFAM N°1 se encuentra por sobre su capacidad de atención. Sin embargo, la capacidad de atención de los establecimientos de salud públicos municipales restantes es de 27.890 usuarios, lo que significaría una carga de un lo que significaría una carga de un 40,57% en la capacidad de atención sólo considerando los establecimientos públicos municipales, sin considerar la capacidad de los demás establecimientos.
Capacidad de atención centros de salud públicos municipales, 2022 Tipo de Establecimiento Total usuarios inscritos Porcentaje Inscritos Capacidad de atención Porcentaje Atención Distancia al Proyecto CECOSF Dr Eduardo De Geyer 763 0,3% 5.000 1,9% 3.349 m CECOSF San Rafael 1.735 0,7% 5.000 1,9% 1.421 m CECOSF Ciudad de Paju 769 0,3% 5.000 1,9% 4.292 m CESFAM N°1 - Enrique Dintrans 45.230 19,1% 30.000 11,3% 925 m CESFAM N°2 - Eduardo Geyter 28.691 12,1% 30.000 11,3% 3.349 m CESFAM N°3 - Abel Zapata 26.236 11,1% 30.000 11,3% 5.411 m CESFAM N°4 - María Latiffe 46.882 19,8% 60.000 22,6% 2.836 m CESFAM N°5 - Juan Chiorrini 28.812 12,2% 30.000 11,3% 4.846 m CESFAM N°6 - Ignacio Caroca 25.988 11,0% 30.000 11,3% 5.485 m CESFAM N°8 – Nicolás Díaz 32.000 13,5% 40.000 15,1% 3.292 m Total 237.106 100% 265.000 100% - Fuente: Informe Medio Humano, Anexo Nº 18 de la ADENDA
Estas cifras permiten sostener que el impacto de la población potencial de los proyectos inmobiliarios del área de influencia, bajo el supuesto de escenario más desfavorable, no sería significativo respecto a la cantidad actual de afiliados al sistema de salud público para los habitantes de la comuna y del área de influencia.
A mayor abundamiento, y según inscritos válidos y capacidad máxima de atención de los establecimientos de salud pública de la comuna de Rancagua, se concluye que la capacidad de atención permite atender la población estimada por los proyectos emplazados al interior del área de influencia, debido a que el Centro de Salud Público más próximo se encuentran exento de limitación respecto de la capacidad máxima de atención.
En cuanto a la capacidad de atención de establecimientos privados presentes en el área de influencia, se infiere que una empresa privada ajusta el nivel de atención de pacientes de acuerdo a la regulación económica de oferta y demanda, así como también de las capacidades instaladas a nivel físico y profesional en cada lugar.
Respecto a educación, el primer paso para analizar las potenciales cargas que la nueva población del proyecto generaría al sistema de educación pública de la comuna de Rancagua, es estimar la población en edad escolar:
Edad en tramos relativos a niveles educacionales (población en AI CENSO 2017) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Tramo de edad Población en AI Porcentaje población en AI (Censo 2017) 0 a 5 años (preescolar) 325 6,4% 6 a 14 años (básica) 628 12,41% 15 a 19 años (media) 333 8,1% 19 años o más 3.774 74,6% Total 5060 100% Fuente: Informe Medio Humano, Anexo Nº 18 de la ADENDA
Si suponemos que la población del Proyecto tiene una composición etaria similar a la de la población comunal, podemos estimar que cuando el Proyecto entre en su etapa de operación y en relación a los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA, un 26,91% del total de la población proyectada se encuentra en edad escolar, entre 0 y 19 años, debido a que, es la edad más habitual para realizar la educación escolar. La tabla a continuación detalla la información mencionada:
Estimación de población en edad escolar del proyecto y proyectos inmobiliarios ingresados al SEA Tramo de edad Porcentaje población Población estimada 0 a 5 años (preescolar) 6,4% 668 6 a 14 años (básica) 12,41% 1689 15 a 19 años (media) 8,1% 1.102 19 años o más 74,6% 10.157 Total 100% 13.616 Fuente: Informe Medio Humano, Anexo Nº 18 de la ADENDA
Al cruzar los datos de la tabla anterior con los de la información de matrículas escolares en la comuna, podemos tener una noción de cuáles son los niveles de carga que el Proyecto al interior del área de influencia y los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA generarían sobre el sistema educacional de Rancagua en la Fase de operación, Considerando que la proyección de personas en edad escolar en la comuna para el AIMH es de un total de 3.452 personas entre los 0 a 19 años, tal como se aprecia en la tabla a continuación:
Porcentaje de población estimada de proyecto en edad escolar Tramo de edad Población estimada 0 a 5 años (preescolar) 668 6 a 14 años (básica) 1689 15 a 19 años (media) 1.102 Total 3.452 Fuente: Informe Medio Humano, Anexo Nº 18 de la ADENDA
Respecto a las vacantes y matrículas de los establecimientos educacionales cercanos al área del proyecto (en torno a 3 km del emplazamiento), a continuación, en la siguiente Tabla se entrega el detalle de dicha información. Es preciso indicar, que debido a que los cupos por nivel no son fijos y varían año a año según el establecimiento, y dado que la información no es divulgada, se trabajó con la información disponible en la plataforma Admisión Escolar 2024 del MINEDUC:
Disponibilidad de establecimientos de educación en un radio de 3 km del proyecto, 2024 Nombre Establecimiento Matrícu la total 2023 Disponibilida d Matrícula Niveles de enseñanza Distancia del Proyecto (m) Escuela Especial Los Colores 71 Sin información TEL 2471 Colegio Manuel Rojas 177 30 Básica 2713 Colegio Leonardo Da Vinci 1127 191 Básica y media 2420 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Escuela Municipal Carlos Miranda 197 21 Básica 2697 Jardín Infantil Eben Ezer Eirl 6 Sin Información Jardín Infantil 1865 Saint Moritz College 586 27 Básica y media 1730 Colegio Don Bosco 904 98 Básica y media 2632 Instituto O´Higgins 2114 555 Básica y media 2797 Escuela Especial Palabritas 107 Sin Información TEL 1706 Liceo Adultos Francisco Tello 484 Sin Información Básica y media 2773 Escuela Especial El Castillo De Ignacia 67 Sin Información TEL 1367 Jardín Infantil Pequeños Gigantes 35 Sin Información Jardín Infantil 1350 Escuela Especial El Castillo De Vicente 58 Sin Información TEL 1372 Colegio Santo Tomas 600 174 Básica 2516 Escuela Municipal Jean Piaget 414 93 Básica 1499 Colegio República Argentina 816 180 Básica y media 2171 Escuela Municipal Moisés Mussa 623 220 Básica 2124 Liceo De Niñas De Rancagua 561 225 Media 2674 Escuela Especial Fray Ave María 56 Sin Información Sin Informació n 1491 Colegio Santa María 623 Sin Información Básica 1355 Jardín Infantil Semillita Canelo 90 Sin Información Jardín Infantil 1088 Colegio Alonso De Ercilla 134 Sin Información Básica y media 2437 Liceo Integrado Simón Bolívar 835 180 Básica y media 1124 Colegio Tecnológico Pulmahue 272 111 Básica y media 2752 Instituto Sewell 229 35 Básica y media 2073 Colegio Particular Whipple School 435 74 Básica y media 2749 Colegio Infantes De O´Higgins 823 104 Básica y media 2504 Escuela Duende Melodía 250 Sin Información Básica y media 2345 Colegio Ayelén 1232 150 Básica y media 834 Centro Leng. Choin Rayen 100 Sin Información Básica y media 1540 Liceo Comercial Jorge Alessandri R. 447 200 Básica y media 2281 Colegio Eduardo De Geyter 505 465 Básica y media 2376 Centro Educ. Int. De Adultos Semper 134 Sin Información Básica y media 2528 Escuela Especial Crecer 95 Sin Información Básica y media 2274 Colegio Providencia Jardín Infantil 0 Sin Información Jardín Infantil 2838 Colegio Rancagua 262 Sin Información Básica y media 2606 Jardín Semillita De Sabiduría 26 Sin Información Jardín Infantil 146 Colegio Cristiano Resurrección 371 Sin Información Básica y media 2376 Aula Hospitalaria 32 Sin Información Básica y media 272 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Hospital Rancagua Colegio Interamericano 555 127 Básica y media 1266 Escuela Municipal El Cobre 450 30 Básica 2120 Col. José A. Manso De Velasco Y S. 344 350 Básica y media 2516 Escuela Municipal J.M. Balmaceda 244 35 Básica 738 Colegio El Cobre De Los Andes 234 157 Básica 2638 Escuela Particular Buen Pastor 50 96 Básica 2617 Total 8.918 3.928 Fuente: Informe Medio Humano, Anexo Nº 18 de la ADENDA
Se señala que los establecimientos educacionales de Rancagua en las inmediaciones del área de influencia del proyecto cuentan con 3.928 matrículas vacantes disponibles para niños y jóvenes. En función de la matrícula actual y la capacidad instalada, se concluye una cifra que permitiría acoger a la totalidad de la potencial nueva población en edad escolar (3.452 personas) que aporta a la comuna este Proyecto en evaluación y los proyectos inmobiliarios ingresados al SEA.
Tal como se puede concluir de la Tabla 44, la población estimada en el AI ocuparía un 87,19% de las matrículas disponibles dentro de los establecimientos educacionales a un radio de 3 km del Proyecto la población aportada por el proyecto y por los proyectos inmobiliarios del área de influencia no saturan los establecimientos educacionales, quedando aún gran cantidad de cupos disponibles para otros usuarios.
La Guía para la Descripción de Proyectos Inmobiliarios en el SEIA (SEA, 2019) indica lo siguiente a describir y estimar la potencial recarga de los equipamientos de educación: “En el caso de ciudades intermedias, grandes y áreas metropolitanas (por ejemplo, Santiago, Valparaíso, Concepción) para el análisis de cobertura o capacidad de carga de los servicios de salud y educación, el titular podrá ampliar el área de influencia a otras comunas.
Lo anterior, en el contexto de una ciudad compuesta por varios municipios con sus respectivos instrumentos de planificación territorial, y en el escenario que dichos servicios podrían ser atendidos en otras comunas, lo que implicará necesariamente considerar en forma razonable y estimativamente viajes desde el proyecto hacia dichos equipamientos y el potencial aumento en los tiempos de desplazamiento, en las vías utilizadas desde el proyecto hacia los servicios. La utilización de instrumentos de planificación territorial puede considerarse para identificar áreas destinadas a la instalación de servicios de salud, educación y equipamiento en general” (pág. 30)
En este contexto, es necesario considerar que la demanda educativa conformada por la población escolar que atiende la comuna, según datos del Censo 2017, es conformada por 56.666 estudiantes de Educación Parvulario, educación General Básica, Enseñanza Media, y modalidades de Educación Especial y de Adultos en 145 establecimientos educacionales.
En el apartado 3.5.2 del presente informe señala que los establecimientos educacionales de Rancagua que se encuentran en las inmediaciones del área del Proyecto, donde el más cercano se encuentra a 200 metros, el segundo más cercano a 250 m, y a los cuales la población puede acceder por medio de la disponibilidad de oferta de transporte público o privado.
Dado lo anterior, y con el fin de completar el análisis de capacidad de carga del equipamiento educacional, se consideró un área de influencia ampliada que integra parte significativa de los barrios residenciales del sector poniente de la comuna de Rancagua, debido a que atrae parte importante de los viajes cotidianos de la población. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
El resultado muestra que, a pesar de incorporar un nuevo flujo vehicular al sector, los tiempos de desplazamiento con respecto a la situación sin proyecto no se ven mayormente alterados, incluso se en algunos casos se ven disminuidos. Es importante destacar que el proyecto prueba que no se generan afectaciones significativas a los sistemas de vida, ni a los desplazamientos al interior del área de influencia. Igualmente, todos aquellos desplazamientos que ocurran fuera del área de influencia, no se ven afectados en sus tiempos de desplazamiento, pues, cualquier posible modificación en los tiempos de desplazamiento se encuentra íntegramente suscrita al área de influencia del proyecto
A partir del análisis de antecedentes técnicos fue posible descartar que las partes, obras y acciones del Proyecto no generan efectos sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Al no existir efectos sobre los distintos modos de transporte, es posible afirmar que la población proyectada puede acceder sin problemas a los establecimientos de salud y educación de la comuna, y en general a la totalidad de equipamiento de salud y educación que dispone la ciudad de Rancagua descartando efectos según establece el literal c) artículo 7 del Reglamento del SEIA.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Dentro del Área de Proyecto no se detectó la realización de ningún tipo de prácticas tradicionales o culturales por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo de manera previa. En el levantamiento de información se constató que la gente del sector no reconoce poseer ningún tipo de vínculo especial con este predio ni le otorga relevancia cultural, social o histórica
Las tradiciones observadas en el área de influencia dicen relación con la existencia de eventos ligados a la comunidad, quienes realizan sus eventos en sus sedes comunales y/o parques propios de las poblaciones, eventos religiosos llevados a cabo dentro del área de influencia del proyecto y a los eventos realizados por la Ilustre Municipalidad de Rancagua.
En base a las tradiciones observadas en el área de influencia, estas se vinculan con las dinámicas enlazadas a las juntas de vecinos del sector, las cuales realizan sus eventos en sedes comunales, y/o plazas dentro de los sectores residenciales, o parques asociados al barrio; además de actividades a cargo de la Ilustre Municipalidad de Rancagua como la conmemoración de la Batalla de Rancagua desarrollada en el Estadio El Teniente, Fiesta Huasa y el Festival Folklórico Chile Canta a Chile, ambas desarrolladas en la Plaza Los Héroe (a una distancia de 2.700 metros del Proyecto), Campeonato Nacional de Rodeo desarrollado en la Medialuna Monumental de Rancagua (emplazada a 2.000 metros del Proyecto). Además, es importante destacar la cercanía del Proyecto con el Cementerio N°2 de Baquedano.
Por otra parte, de acuerdo con la CONADI no se registra ninguna comunidad indígena dentro de la comuna de Rancagua, sin embargo, existen dos asociaciones indígenas “Newen Mapu” y “Rayen Pewen” ubicadas a aproximadamente a 1,5 km y 2,3 km del emplazamiento del proyecto, ambas afuera del área de influencia del Medio Humano. Es importante destacar que ninguna de estas asociaciones se encuentra dentro del área de influencia del proyecto, tal como se ha indicado en el acápite N°5.4.4. del ICE.
Sin perjuicio de lo anterior, se ubican espacialmente ambas asociaciones indígenas registradas en la CONADI, encontrándose lejanas al área del proyecto, sin ser afectadas por la ruta de camiones ni ruidos y vibraciones.
Durante la Fase de Operación y pese a la llegada de población, no se identifica posible afección o impedimento para el ejercicio o la manifestación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
tradiciones culturales, o intereses comunitarios en relación a la operación de las partes y obras del proyecto
En cuanto a la realización de ferias libres, y luego de corroborar información secundaria y primaria, se registran ferias libres fuera del área de influencia del Proyecto, pero que no se ven afectadas por las obras durante el periodo de Construcción.
Por su parte, respecto a los potenciales impactos negativos que la Fase de Construcción podría tener sobre el interés personal y comunitario de vivir en un entorno tranquilo, se evitan mediante el cumplimiento de las normativas vigentes de Construcción, además de la implementación de medidas adicionales de control de ruido y polvo.
Por todos los elementos señalados, es posible sostener que se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia del Proyecto.
Por todos los elementos señalados, es posible sostener que se descartan impactos negativos significativos que puedan dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos presentes en el Área de Influencia del Proyecto.
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considera la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
Según datos del Censo de Vivienda y Población 2017, el 6,37% de la población del área de influencia declara sentirse perteneciente a un pueblo originario, predominando los de la etnia mapuche.
De las personas que respondieron afirmativamente respecto a pertenencia a un pueblo originario, el 88.5% dijo ser Mapuche, un 1,6% Aymara y 1,1% Quechua, un 1,1% Diaguita entre otros.
Según información provista por el Sistema Integrado de Información CONADI (SIIC) actualizada a la fecha, no se registran organizaciones indígenas emplazadas al interior del área de influencia. Así mismo, no se identifica la presencia de actividades de carácter tradicional que se realicen en el área de influencia por parte de algún grupo indígena, así como tampoco existen sitios señalados con algún grado de significación.
De esta manera, el emplazamiento del Proyecto no se encuentra en o cercano a tierras indígenas, ni cuenta con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que puedan verse afectados significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte de su Construcción y operación.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No Aplica
El proyecto no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que está inserto en la comuna de Rancagua, en un área urbanizada del cual entre los usos de suelos permitidos se encuentra el de residencial y equipamiento.
Con respecto a las áreas protegidas y sitios prioritarios más cercanos, el área de emplazamiento de las obras se encuentra cercano a La Roblería/Cordillera de la Costa Norte y Cocalan (4,9 km) Reserva Natural Protegida Altos de Cantillana (13,9km), la Reserva Nacional Roblería del Cobre de Loncha (13,4 km) y el Parque Nacional Palmas de Cocalán (28,3 km) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Dado lo anterior, es posible determinar que el área de influencia del proyecto inmobiliario no se encuentra dentro, colindante o cercano a los sitios prioritarios para la conservación.
Dentro del Área de Proyecto no se detectó la realización de ningún tipo de prácticas tradicionales o culturales por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo de manera previa. En el levantamiento de información se constató que la gente del sector no reconoce poseer ningún tipo de vínculo especial con este predio ni le otorga relevancia cultural, social o histórica.
Las tradiciones observadas en el área de influencia dicen relación con la existencia de eventos ligados a la comunidad, quienes realizan sus eventos en sus sedes comunales y/o parques propios de las poblaciones, eventos religiosos llevados a cabo dentro del área de influencia del proyecto y a los eventos realizados por la Ilustre Municipalidad de Rancagua.
En base a las tradiciones observadas en el área de influencia, estas se vinculan con las dinámicas enlazadas a las juntas de vecinos del sector, las cuales realizan sus eventos en sedes comunales, y/o plazas dentro de los sectores residenciales, o parques asociados al barrio; además de actividades a cargo de la Ilustre Municipalidad de Rancagua como la conmemoración de la Batalla de Rancagua desarrollada en el Estadio El Teniente, Fiesta Huasa y el Festival Folklórico Chile Canta a Chile, ambas desarrolladas en la Plaza Los Héroe (a una distancia de 2.700 metros del Proyecto), Campeonato Nacional de Rodeo desarrollado en la Medialuna Monumental de Rancagua (emplazada a 2.000 metros del Proyecto). Además, es importante destacar la cercanía del Proyecto con el Cementerio N°2 de Baquedano.
Por otra parte, de acuerdo a la CONADI no se registra ninguna comunidad indígena dentro de la comuna de Rancagua, sin embargo, existen dos asociaciones indígenas “Newen Mapu” y “Rayen Pewen” ubicadas a aproximadamente a 1,5 km y 2,3 km del emplazamiento del proyecto, ambas afuera del área de influencia del Medio Humano. Es importante destacar que ninguna de estas asociaciones se encuentra dentro del área de influencia del proyecto, tal como se ha indicado en el acápite N°5.4.4. del ICE.
Sin perjuicio de lo anterior, se ubican espacialmente ambas asociaciones indígenas registradas en la CONADI, encontrándose lejanas al área del proyecto, sin ser afectadas por la ruta de camiones ni ruidos y vibraciones.
Durante la Fase de Operación y pese a la llegada de población, no se identifica posible afección o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones culturales, o intereses comunitarios en relación a la operación de las partes y obras del proyecto
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tablas N° 5.4. Áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación. Capítulo N°6 del ICE, Tabla N° 6.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. A partir de la información contenida en la DIA, Adenda y Adenda Complementaria, no se identifica la presencia de población protegida por leyes especiales, que se agrupe u organice en términos socioculturales, o que desarrolle actividades celebrativas en el área de influencia del Proyecto, por lo cual no existe susceptibilidad de afectación a ella. Dado lo anterior es posible señalar, que el Proyecto no produce efectos, características o circunstancias o afectación a población protegida por leyes especiales.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considera la extensión, magnitud o El proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como no afecta el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
En base a todo lo antes indicado se concluye que el Proyecto, no produce efectos adversos significativos sobre este literal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Paisaje y Turismo Impacto ambiental No Aplica
No aplica, ya que el proyecto se emplaza dentro de la macrozona Centro, correspondiente a la subzona Cuencas y Valles. El entorno del proyecto hay sectores residenciales compuestos por viviendas entre uno y dos pisos. No existe ninguna zona con valor paisajístico y no se obstruye la visibilidad del sector.
Los terrenos donde se desarrolla el Proyecto se emplazan al interior de los límites urbanos de la comuna de Rancagua, el cual se encuentra normado por el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente, específicamente en la zona EX2 donde se admite el uso de vivienda, equipamiento de escala regional e interurbana, comunal y vecinal de salud, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, deportes, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Adicionalmente, el área de Proyecto no se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N°1.224, siendo las más cercanas la ZOIT Lago Rapel emplazada a 34,45 km de distancia. Por tanto, el Proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor turístico, y no se contrapone a lo que existe actualmente en su entorno.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tabla N°5.6. Valor paisajístico y turístico. Capítulo N°6 del ICE, Tabla N°6.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
No aplica, ya que el proyecto se emplaza dentro de la macrozona Centro, correspondiente a la subzona Cuencas y Valles. El entorno del proyecto hay sectores residenciales compuestos por viviendas entre uno y dos pisos. No existe ninguna zona con valor paisajístico y no se obstruye la visibilidad del sector.
Los terrenos donde se desarrolla el Proyecto se emplazan al interior de los límites urbanos de la comuna de Rancagua, el cual se encuentra normado por el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente, específicamente en la zona EX2 donde se admite el uso de vivienda, equipamiento de escala regional e interurbana, comunal y vecinal de salud, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, deportes, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales.
Adicionalmente, el área de Proyecto no se encuentra emplazado en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N°1.224, siendo las más cercanas la ZOIT Lago Rapel emplazada a 34,45 km de distancia. Por tanto, el Proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor turístico, y no se contrapone a lo que existe actualmente en su entorno.
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De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 9° letra a) del D.S. N°40/2012.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
No aplica, ya que no se reconocen elementos de especial valor paisajístico o turístico que puedan ser alterados por el proyecto.
De lo anterior, se concluye que la Construcción y operación de un proyecto inmobiliario no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
c) La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
No hay obstrucción de los accesos o zonas con valor turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Determinación y justificación del área de influencia El área de influencia del terreno del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” se emplaza en un terreno llano, salvo algunos sectores con remoción de tierra y montículos con escombros.
Se observan diversos elementos antropológicos en la zona del proyecto; el sector sur se encuentra parcialmente pavimentado, con instalaciones de contenedores, depósito de pallets, tuberías, tambores, además de escombros y basura en la superficie; también hay presencia leve de pastizal en los límites del área del proyecto. Por otro lado, el sector norte está cubierto casi a totalidad por vegetación herbácea seca en el centro y caminos de tierra en los perímetros noreste y noroeste. Además, se observó remoción de tierra y montículos con escombros de más de 150 cm en el área.
El área del proyecto muestra una geografía regular, las condiciones climáticas fueron optimas, se pudo tener buena accesibilidad a gran parte de los lugares a inspeccionar, excepto algunos tramos del sector norte que presentaron muy alta densidad de vegetación, imposibilitando el acceso a estos.
En cuanto al principio de visibilidad, esta es baja; el área presenta vegetación herbácea de 50 a 180 cm de altura aproximadamente, alta y densa en el sector norte y, en baja densidad en el sur, que ya se encuentra en buena parte intervenido. Respecto a la obstrusividad, esta es nula.
Documentos partes en la evaluación ambiental donde se encuentra la información de respaldo considerada para la justificación y determinación del área de influencia y de la justificación de la inexistencia de impacto significativo Anexo N°5 DIA – Línea Base Arqueología. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra: escarpes y excavaciones. Fase en que se presenta Construcción
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Justificación que no es un impacto significativo Según la información recabada mediante la inspección visual realizada, puede señalarse que no se identificó superficialmente evidencia de materiales culturales o sitios arqueológicos superficiales en el área de influencia directa del futuro proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” que pudiesen presentar o generar algún efecto, característica o circunstancia de aquellos señalados en la letra f) del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre bases Generales del Medio Ambiente y que se encuentren protegidos por la Ley N°17.288. Cabe destacar que no se identifican en su cercanía inmediata hallazgos arqueológicos ni monumentos históricos o públicos que se vean afectados por el proyecto.
Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El emplazamiento y operación del proyecto no conlleva alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo N°5 del ICE, Tabla N°5.7 Patrimonio Cultural. Capítulo N° 6 del ICE, Tabla N° 6.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
A partir de los resultados obtenidos por la inspección visual realizada, puede señalarse que no se identificó evidencia de materiales culturales o sitios arqueológicos superficiales en el área de influencia directa del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, que pudiesen presentar o generar algún efecto, característica o circunstancia de aquellos señalados en la letra f) del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre bases Generales del Medio Ambiente y que se encuentren protegidos por la Ley N°17.288.
Cabe destacar que tampoco se identifican en su cercanía inmediata monumentos históricos o públicos que se vean afectados por el proyecto.
Por lo tanto y bajo los antecedentes presentados, el Proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación en forma permanente de los Monumentos Nacionales mencionados.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
No aplica, ya que el proyecto no conlleva el deterioro o modificación permanente de algún lugar o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la comuna de Rancagua. La revisión de antecedentes bibliográficos para el área del proyecto indica que no existen bienes patrimoniales y culturales protegidos por ley en el área directa del proyecto. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la Teniendo en consideración además de lo indicado en los Capítulos 1, 4, 5, 9 y 11 del ICE se declara que:
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cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. El Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” se realiza en terrenos en los cuales no se llevan a cabo prácticas grupales que puedan ser calificadas de tradicionales o como parte de la cultura o de los intereses comunitarios.
Fuera del terreno mismo del proyecto, dentro del Área de Influencia definida en este estudio, no se detectaron prácticas colectivas que puedan ser consideradas como expresiones de tradiciones, culturas o intereses comunitarios que se efectúen en el espacio público y que sean susceptibles de verse afectadas por la Construcción o la operación del proyecto.
6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto habilita zonas de acopio transitorio de residuos no peligrosos, el cual permite contener residuos domésticos e industriales no peligrosos.
Antecedentes técnicos y formales No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el Anexo 19 del ADENDA Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 140, a saber:
a) Generales a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1.Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Titular presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°344, de fecha 7 de abril de 2025, de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
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Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 “Permisos Ambientales Sectoriales” del ICE, numeral 10.1.1.
6.1.2. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, es el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº148 de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. 6.1.2. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, es el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto habilita bodega de almacenamiento, la cual permite contener residuos peligrosos.
Antecedentes técnicos y formales No hubo condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el Anexo 19 del ADENDA Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales del PAS 142, a saber:
a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia.
De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto ambiental del Proyecto el Titular presentó los antecedentes para su otorgamiento, consistente en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ord. N°344, de fecha 7 de abril de 2025, de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 “Permisos Ambientales Sectoriales” del ICE, numeral 10.1.2.
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia: Normativa de carácter general
Norma Constitución Política de la República de Chile.
Conforme lo establecido en la Carta Fundamental, el Titular del Proyecto debe desarrollar su actividad económica dando cumplimiento a la normativa que le resulta aplicable, así como a las limitaciones y condiciones que las normas imponen para la ejecución del Proyecto y la protección del medio ambiente.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento Fase de Construcción y Operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de cumplimiento Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del proyecto al SEIA, y el reconocimiento de la institucionalidad creada para el efecto.
En este sentido, el Proyecto se ajusta a todas las disposiciones constitucionales, sometiéndose al sistema de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la Ley.
El Titular da cumplimiento al texto constitucional, mediante el ingreso del Proyecto al SEIA para su calificación por parte de la Autoridad, dando así cumplimiento de la totalidad de normativa vigente en el país.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica mediante la presentación del Proyecto, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”), para su calificación y posterior obtención de una RCA favorable, otorgada por la Comisión de Evaluación Ambiental.
Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.1. Normas de carácter general aplicable al Proyecto.
7.2. Ley N° 19.300, Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8, 9 y 10 Componente/materia: Normativa de carácter general
Norma Ley N°19.300, Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8, 9 y 10
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°30/2024 que modifica el D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, ubicado en la Av. Libertador Bernardo O´Higgins, lote 2B Rancagua, Comuna de Rancagua, Región de O “Higgins, contempla la construcción y operación de una solución habitacional de 3 edificios de 9 pisos, el cual contempla 633 departamentos y 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
De acuerdo al artículo 8° de la Ley Nº19.300, "Los Proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley".
A su vez, el artículo 10 de la citada Ley enumera la lista de “los Proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus Fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental”, los cuales son precisados, en cuanto a sus características y dimensiones, en el artículo 3° del Reglamento del SEIA.
De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3° del Reglamento del SEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y concluye en el Capítulo Nº2 de esta DIA.
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Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquella tipificada en el artículo 10 letra a) y h) de la Ley N° 19.300.
De esta forma, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la LBGMA, mediante el ingreso del presente proyecto al SEIA, a través de un DIA, dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y concluye en el Capítulo Nº 2 de esta DIA. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.1. Normas de carácter general aplicable al Proyecto.
7.3. D.S. N°30/2024 que modifica el D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA Componente/materia: Normativa de carácter general Norma D.S. N°30/2024 que modifica el D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA Otros cuerpos legales asociados Ley N°19.300, Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Artículos 8, 9 y 10
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La modificación que se somete a evaluación por medio de la presente DIA, ubicada en la Av. Libertador Bernardo O ‘Higgins, lote 2B Rancagua, Comuna de Rancagua, Región de O ‘Higgins, contempla la construcción y operación de una solución habitacional de 3 edificios de 9 pisos, el cual contempla 633 departamentos y 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas.
De acuerdo con el artículo 8° de la Ley Nº 19.300, "Los Proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley".
A su vez, el artículo 10 de la citada Ley enumera la lista de “los Proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus Fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental”, los cuales son precisados, en cuanto a sus características y dimensiones, en el artículo 3° del Reglamento del SEIA.
De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3° del RSEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, el Proyecto ingresa al SEIA en virtud del literal h.1.3 ya descrito, en tanto éste consiste en un proyecto inmobiliario que comprende 633 viviendas.
A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, lo que se describe con detalle en el Capítulo Nº 2 de la presente DIA. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 3 letra h.1.3) del RSEIA.
Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del presente proyecto al SEIA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Reglamento del SEIA.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable.
Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.1. Normas de carácter general aplicable al Proyecto.
7.4. Norma Ley N° 21.455 del Ministerio de Medio Ambiente, Ley Marco de Cambio Climático Componente/materia: Normativa de carácter general
Norma Ley N° 21.455 del Ministerio de Medio Ambiente, Ley Marco de Cambio Climático. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” ingresado a evaluación ambiental por medio de la presente DIA, considera durante su Fase de Construcción la emisión de gases de efecto invernadero, a causa de la operación de maquinaria y el tránsito de vehículos livianos, por lo cual, en base a lo establecido en la Ley, los proyectos o actividades que se sometan a evaluación de impacto ambiental de acuerdo a la Ley, consideran la variable cambio climático conforme lo disponga el reglamento respectivo.
Forma de cumplimiento El titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 3 letra h.1.3) del RSEIA.
Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del presente proyecto al SEIA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del RSEIA.
La DIA elaborada contiene la estimación y cálculo de emisiones contaminantes generadas durante las Fases del proyecto, de modo que se puede contrastar si los valores obtenidos superan las normas de emisión de gases de efecto invernadero estipuladas por la presente ley y a su vez, en conformidad a las normas establecidas por otros instrumentos de gestión del cambio climático y de calidad del aire, incluidos los planes de prevención y descontaminación.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable.
Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.1. Normas de carácter general aplicable al Proyecto.
7.5. D.F.L. Nº 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Ordenamiento territorial.
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Norma D.F.L. Nº 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC)
Otros cuerpos legales
D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El área del Proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador Comunal de Rancagua. Forma de cumplimiento Según el Plan Regulador Comunal de Rancagua, el terreno donde se emplaza el proyecto se encuentra en la Zona EX2, el cual admite dentro de sus usos permitidos el residencial.
El titular da cumplimiento a estas exigencias mediante la obtención del permiso de edificación, cumpliendo con lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Rancagua.
Una vez finalizada la Fase de Construcción, se da cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción definitiva de Obra otorgada por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo indicado en la RCA, permiso de edificación y recepción definitiva.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.6. D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Ordenamiento territorial.
Norma D.S. N°47/1992 que Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Artículo 1.4.1 “La construcción de obras de urbanización o de edificación de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señala esta Ordenanza”.
El artículo 1.4.2. establece que los documentos y requisitos exigidos en aquella ley son las únicas exigencias que deben cumplirse, salvo otras exigencias que se encuentren explícitamente en otras leyes. Además, señala que la DOM correspondiente debe entregar un comprobante debidamente timbrado y fechado por cada ingreso. En caso de que los ingresos sean rechazados, se debe entregar un comprobante debidamente fundamentado en el que se precise la causal del rechazo.
Artículo 1.4.3. Las DOM deberán entregar un formulario único nacional para cada actuación elaborado por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el cual contiene la lista de antecedentes que conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y a la Ordenanza deban presentarse.
Artículo 1.4.15. Toda obra de urbanización o edificación deberá ejecutarse con sujeción estricta a los planos, especificaciones y demás antecedentes aprobados por la DOM. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
El artículo 2.2.1. señala que “Se entiende por urbanización la ejecución o ampliación de las obras de infraestructura y ornato señaladas en la Ley General de Urbanismo y Construcción, que se ejecuten en el espacio público existente, al interior de un predio en las vías contempladas en un proyecto de loteo, o en el área del predio que estuviera afecta a utilidad pública por el Instrumento de Planificación Territorial respectivo.”
En el artículo 2.2.4 señala los casos en que los propietarios están obligados a ejecutar obras de urbanización.
En el artículo 3.1.1. se indica que la subdivisión, loteo y la urbanización de loteos existentes requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales.
Mientras que en el artículo 3.1.7. se establece el procedimiento para la subdivisión y urbanización del suelo en terrenos ubicados fuera del límite urbano establecido por un Instrumento de Planificación Territorial . En cuanto a la recepción de las obras, en el artículo 3.4.1. se indica que una vez terminadas todas las obras que contempla un permiso de ejecución de obras de urbanización o parte de él que pueda habilitarse independientemente, se solicitara su recepción definitiva al Director de Obras Municipales.
A su vez el artículo 3.4.1. bis establece que tratándose de una solicitud de recepción definitiva total o arcial que comprenda uno o más terrenos cedidos para equipamiento, deberá adjuntarse certificado del Conservador de Bienes Raíces respectivo que acredite que el terreno se encuentra libre de prohibiciones, hipotecas y gravámenes y los correspondientes certificados que acrediten que está libre de deudas por servicios de utilidad pública y de contribuciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.4.3. se entenderá recibido un loteo, cuando el Director de Obras Municipales emita el correspondiente certificado de recepción definitiva de las obras de urbanización
Otros cuerpos legales D.F.L. Nº 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El área del Proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador Comunal de Rancagua. Forma de cumplimiento El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 1.4.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, autoriza las obras de urbanización y construcción del proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del proyecto. Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del proyecto.
El titular da cumplimiento a estas exigencias, mediante la obtención del anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales y permiso de edificación. Una vez finalizada la Fase Construcción se da cumplimiento a las exigencias mediante la Recepción Municipal de Obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
Indicador que acredita su cumplimiento Recepción Municipal de Obra y Permiso de Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.7. Ordenanza Local sobre Diseño y Construcción del Espacio Público, Áreas Verdes y Parques en la Comuna de Rancagua. - Municipalidad de Rancagua Componente/materia: Ordenamiento territorial: Diseño, ejecución y recepción de espacios públicos, áreas verdes y parques urbanos.
Norma Ordenanza Local sobre Diseño y Construcción del Espacio Público, Áreas Verdes y Parques en la Comuna de Rancagua. - Municipalidad de Rancagua
Otros cuerpos legales D.S. Nº47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Diseño, urbanización, ejecución de áreas verdes, parques, plazas, arbolado urbano y espacio público asociado a proyectos de urbanización o edificación. Forma de cumplimiento Presentación de proyecto paisajístico, de alumbrado, arborización, riego, accesibilidad universal, mobiliario urbano, y ornato, conforme a los lineamientos del Manual e Instructivo de la Ordenanza, en conjunto con las exigencias del Plan Regulador Comunal y la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Indicador que acredita su cumplimiento Permiso otorgado por la Dirección de Obras Municipales. Certificado de ejecución de obras de plantación y ornato (Art. 65). Certificados de aprobación de alumbrado, riego y mobiliario. Recepción provisoria y definitiva (Art. 70).
Forma de control y seguimiento Fiscalización técnica por la Dirección de Obras Municipales y la Dirección de Gestión Ambiental (Art. 58). Inspección en terreno. Revisión documental (planos, certificados de ejecución y visaciones de servicios básicos). Seguimiento de cumplimiento del Manual e Instructivo correspondiente. Recepción de obras según planos y especificaciones técnicas.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento y Fiscalización de RCA, Permiso de Edificación y Recepciones Municipales.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.8. Plan Regulador Comunal Rancagua y sus modificaciones posteriores. Componente/materia: Ordenamiento Territorial
Norma Plan Regulador Comunal Rancagua y sus modificaciones posteriores.
Otros cuerpos legales D.S. Nº47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto se emplaza dentro de zonas EX2, conforme al instrumento de planificación territorial comunal. La zona EX2 permite, entre otros, uso residencial, infraestructura, comercio, áreas verdes y servicios
Forma de cumplimiento El uso de suelo del terreno donde se ubica el proyecto es compatible con las disposiciones del PRC Rancagua. El diseño y ejecución del proyecto se ajustan a las normas urbanísticas vigentes, como uso permitido, densidad, altura y distancias mínimas.
Indicador que acredita su cumplimiento La compatibilidad del proyecto con las zonas designadas por el PRC se verifica mediante la admisibilidad urbanística y el cumplimiento de sus restricciones normativas.
Forma de control y seguimiento Obtención y registro del permiso de edificación y recepción de obras emitido por la Dirección de Obras Municipales de Rancagua.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.9. Resolución Exenta N° 203/2010 del Gobierno Regional de la Región de O’Higgins; Plan Regulador Intercomunal de Rancagua Componente/materia: Ordenamiento Territorial
Norma Resolución Exenta N°203/2010 del Gobierno Regional de la Región de O’Higgins; Plan Regulador Intercomunal de Rancagua.
Otros cuerpos legales D.S. Nº47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El polígono del proyecto se encuentra en una zona de extensión urbana denominada ZUC (Zona Urbana Consolidada), en donde se permite el destino habitacional.
Forma de cumplimiento El proyecto se rige por las condiciones de edificación dispuestos en el Artículo 10 de la presente resolución.
Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto Inmobiliario “Parque Las Alamedas I, II y III” corresponde a un proyecto de carácter inmobiliario. El polígono de este se encuentra en una zona de extensión urbana denominada ZUC (Zona Urbana Consolidada), en donde se permite el destino habitacional. Según el Artículo 40 de la Res. N°52/2010 GORE O’Higgins para el caso de la Zona Urbana Consolidada (ZUC), las condiciones de desarrollo urbano están dadas por el respectivo Plan Regulador Comunal respectivo (PRC Rancagua para la zona de emplazamiento del proyecto), sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones sobre restricciones, vialidad intercomunal, actividades productivas y/o económicas de carácter industrial y condiciones especiales para la localización de actividades de impacto al sistema intercomunal y equipamiento que establece la presente Ordenanza, las que prevalecen sobre las de nivel comunal o local. Por lo tanto, el “Proyecto Inmobiliario Parque Las Alamedas I, II y III” posee compatibilidad territorial con el PRI de Rancagua.
Forma de control y seguimiento Mantener registros de la autorización de obras preliminares y permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Rancagua. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.10. Decreto Exento N°4706/2017, modificado por Decreto Exento N°4365, de 23.11.2018. Ordenanza Municipal de Iluminación Pública de Rancagua Componente/materia: Ordenamiento territorial Iluminación pública en espacios públicos, áreas verdes, urbanizaciones y vías
Norma Decreto Exento N°4706/2017, modificado por Decreto Exento N°4365/2018. Ordenanza Municipal de Iluminación Pública de Rancagua.
Otros cuerpos legales Plan Regulador Comunal Rancagua y sus modificaciones posteriores.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción, en proyectos de urbanización, habilitación de espacios públicos, vialidades, y operación de conjuntos habitacionales que incluyan alumbrado público.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de iluminación. Forma de cumplimiento Presentación de proyecto de alumbrado público ante la Dirección de Obras Municipales, incluyendo memoria, planos, especificaciones técnicas, simulación lumínica, y certificado SEC. Uso de tecnología LED u otra de eficiencia energética. Cumplimiento de especificaciones técnicas (artículos 3, 4, 6, 7, 8 y 10). Recepción provisoria y definitiva de obras.
Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de aprobación del proyecto emitido por la Dirección de Obras Municipales y Departamento de Ingeniería Eléctrica. Recepción provisoria y conforme de la instalación. Verificación de niveles de iluminación (lux) mediante mediciones en terreno.
Forma de control y seguimiento Recepción municipal. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.11. Ley N° 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento (D.S. N° 46/2023 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo) Componente/materia: Ordenamiento territorial
Norma Ley N°21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento
Otros cuerpos legales D.S. N° 46/2023 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplicación al conjunto de edificaciones del proyecto, que comparten bienes comunes tales como circulaciones, accesos, áreas verdes, instalaciones eléctricas y redes de servicios.
Forma de cumplimiento Se elabora una escritura pública de Reglamento de Copropiedad, que es visada por la Dirección de Obras Municipales (DOM) e inscrita en el Conservador de Bienes Raíces (CBR). Esta escritura incluye: delimitación de unidades de dominio exclusivo, definición de bienes comunes, normas de uso, administración y contribuciones de gastos comunes, conforme al artículo 8° de la Ley. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Indicador que acredita su cumplimiento Copia de la escritura del Reglamento de Copropiedad firmada ante notario, copia del plano de copropiedad aprobado por la DOM, y comprobante de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
Forma de control y seguimiento Revisión documental en etapa de calificación y en Fase de recepción municipal. Verificació el reglamento esté debidamente registrado y que las áreas comunes estén habilitadas con proyecto aprobado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.12. D.S. N° 1/2021 que Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Emisiones a la Atmosfera
Norma D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Otros cuerpos legales Ley N°19.300 y sus modificaciones
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Durante la Fase de Construcción, el Proyecto contempla actividades que generan emisiones de material particulado y gases a la atmósfera, entre ellas, demolición, movimientos de tierra, tránsito de vehículos y excavaciones para fundaciones, junto con el uso de maquinaria, equipos, y vehículos diésel.
Durante la Fase de Operación, se utilizan grupos electrógenos, los que generan emisiones atmosféricas, así como el tránsito de vehículos livianos.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los cálculos preliminares indican que las emisiones de MP10, MP2,5 y gases derivados de la Fase de Construcción del proyecto exceden los umbrales establecidos por el PPDA (Decreto N° 1/2021) en cuanto a MP10, lo que obliga a la implementación de un plan de compensación de emisiones. Adicionalmente, se aplican medidas de mitigación para minimizar la dispersión de partículas y prevenir impactos ambientales, tales como:
Medidas durante la Construcción:
▪ Control de vehículos y maquinaria: Solo se permite el uso de equipos con mantención vigente, revisión técnica y certificados de emisiones actualizados. ▪ Riego de caminos: Se humedecen las vías no pavimentadas para evitar la resuspensión de polvo. ▪ Restricción de velocidad: Señalización que establece un máximo de 20 km/h para todos los vehículos. ▪ Protección de cargas: Los camiones deben cubrir sus materiales con lonas para evitar fugas de partículas. ▪ Registro y monitoreo: Se lleva un control detallado del tránsito de camiones, con archivos disponibles en obra durante toda la Fase. ▪ Prohibición de quemas: No se permite la combustión de madera, basura u otros materiales, reforzado con señalética y capacitaciones.
Para la Fase de Operación:
Restricción de calefactores: Se veta el uso de sistemas de calefacción a leña o similares en edificios residenciales. Forma de cumplimiento Artículo I. Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones atmosféricas correspondan a aquellas que han sido estimadas.
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Artículo II. Recepción final con copia de los certificados de ensayos vigentes.
Artículo III. Análisis con las exigencias del Plan de Descontaminación Ambiental de Rancagua.
Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de las exigencias realizadas a los Forma de control y seguimiento contratistas, registro del cumplimiento en las distintas acciones asociadas al control de emisiones atmosféricas durante la Fase de Construcción.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno de las exigencias realizadas a los Forma de control y seguimiento contratistas, registro del cumplimiento en las distintas acciones asociadas al control de emisiones atmosféricas durante la Fase de Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.13. D.S. N°30/2017 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de crecimiento urbano Componente/materia: Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local
Norma D.S. N°30/2017 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de crecimiento urbano
Otros cuerpos legales Ley General de Urbanismo y Construcción y sus modificaciones posteriores.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto Parque Las Alamedas I, II y III, dado su tipología de proyecto debe mitigar y/o aportar conforme a las reglas de la presente ley, los impactos relevantes sobre la movilidad local que deben ser mitigadas a través de un IMIV en concordancia a los principios d Universalidad, proporcionalidad y predictibilidad estipulados en la ley.
Forma de cumplimiento El proyecto cuenta con IMIV aprobado el 06 de enero de 2025 según consta la resolución exenta N°44/2025, por lo que las medidas de mitigación son consideradas como parte integral del proyecto.
Cumplimiento de lo establecido por el Título IV, Capítulo V del Reglamento del D.S. N°30/2019 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución de las medidas de mitigación del IMIV y permiso de edificación Forma de control y seguimiento Recepción Definitiva que dé cuenta de la ejecución de las medidas de mitigación
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.2. Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.
7.14. D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia: Emisiones a la Atmosfera
Norma D.S. Nº47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
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Otros cuerpos legales D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
ase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La Construcción del Proyecto involucra movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la Construcción como material excedente de la faena. Por lo anterior, las disposiciones de este cuerpo reglamentario le son aplicables.
Forma de cumplimiento Registros de aplicación de supresor de polvo. Mantener registros sobre: La instalación de cierre perimetral Mantener una velocidad igual o menor a 20 km/hr. Mantener los acopios de escombros y/o materiales tapados o en contenedores cerrados, en caso de que se acopien en el exterior, dependiendo el estado de avance retirar y llevar a botadero autorizado inmediatamente. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Barrido de calles adyacentes a la obra Uso de equipos y maquinarias con precaución y a velocidad moderada. Mantención y revisión técnica al día de los vehículos. Se prohíbe la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Los escombros se retiran con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubren con malla raschel para evitar polvo en suspensión.
Indicador que acredita su cumplimiento Registros de aplicación de supresor de polvo. Mantener en obra registros sobre: la instalación de cierre perimetral. Mantener velocidad igual o menor a 20 km/hr. Mantener los acopios de escombros y/o materiales tapados o en contenedores cerrados. Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta. Barrido de calles adyacentes a la obra. Uso de equipos y maquinarias con precaución y a velocidad moderada. Mantenciones y revisión técnica al día de los vehículos. Prohibición quema de maderas, basuras u otros materiales combustibles. Retiro de escombros y cubierta con malla raschel.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas para su revisión.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.15. D.S. Nº144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Componente/materia: Emisiones a la Atmosfera
Norma D.S. Nº144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: las principales emisiones atmosféricas se encuentran asociadas a las siguientes actividades:
Demolición Escarpe. Excavaciones. Movimientos de tierra (carga y descarga de tierra). Circulación de vehículos por caminos pavimentados. Circulación de vehículos por caminos no pavimentados. Motores de vehículos y maquinaria de Construcción. Grupo electrógeno.
Por otra parte, se generan gases propios de la combustión de maquinarias y equipos utilizados en las diversas actividades de esta Fase.
Fase de Operación: Emisiones asociadas a la circulación y combustión de vehículos livianos y grupos electrógenos de emergencia.
Forma de cumplimiento Fase de Construcción:
El cálculo de la estimación de emisiones del Proyecto se realizó aplicando los factores de emisión y fórmulas propuestas por la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU. en el documento “AP-42 5th Edición”, complementando esta información con la indicada por SEREMI RM del Ministerio del Medio Ambiente en el documento “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios” (Enero, 2012) y “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Metropolitana” (Junio, 2020).
Para mayor detalle, se adjunta en Anexo Nº 20 de la ADENDA Complementaria, la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto.
Los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases, asociadas a la Fase de Construcción del proyecto no superan el límite permitido por el PPDA, establecido en el D.S. N°1/2021 en MP10, por lo cual no se elabora un Plan de Compensación de Emisiones.
Durante el desarrollo de las obras se implementan medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del proyecto, y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso. Esto se realiza mediante:
Aplicación ripio en la zona de tránsito de camiones o de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas.
La frecuencia del supresor de polvo es cada 3 meses y es implementada durante la actividad de escarpe y finaliza con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material.
Realizar cierre perimetral, el cual está compuesto por una estructura de placas OSB.
Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca.
El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr.
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Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra.
Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación son manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado.
Se exige que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.
Se prohíbe la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
Los escombros se retiran con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubren con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.
Fase de Operación:
Durante la Fase de Operación las principales emisiones de atmosféricas se encuentran asociadas a la circulación y combustión de vehículos livianos por caminos pavimentados y el grupo electrógeno de emergencia. Los valores estimados de emisiones atmosféricas para esta Fase no superan el límite permitido, por lo que no dé debe elaborar un plan de compensación de emisiones.
Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción:
Así mismo, se lleva un registro de la aplicación del supresor de polvo en caminos no pavimentados, en donde se indica: Producto; Duración; Día/hora; Cantidad; Quien aplica y firma; Supervisor y firma. Este registro está disponible en obra para su fiscalización.
Además, se capacita al personal con respecto a la generación de emisiones y las medidas de control asociadas. Mantener en obra registros asociados a: • Instalación de cierre perimetral. • Mantener velocidades iguales o menores a 20 km/hr. • Mantener los acopios de escombros y/o materiales tapados o en contenedores cerrados.Prohibición quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Retiro de escombros y cubierta con malla raschel.
Este registro está disponible en obra para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Mantención del registro de humectaciones en obra para fiscalización por parte de la autoridad.
Revisión de registros y mantenciones.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.16. D.S. Nº138/2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Componente/materia: Aire-Emisiones a la atmósfera
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Norma D.S. Nº138/2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto utiliza grupos electrógenos de emergencia durante la Fase de Construcción y Operación. Forma de cumplimiento El titular cumple con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº1/2013 Reglamento del RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresa a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 Ministerio del Medio Ambiente que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.
Declaración del año que corresponda para disponibilidad y fiscalización de la autoridad.
Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos. Contar con las declaraciones correspondientes, acreditando el cumplimiento ante la SMA, mediante el portal RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.17. D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control Componente/materia: Aire-Emisiones a la atmósfera
Norma D.S. Nº4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, el transporte de los insumos, equipos y maquinaria de Construcción se efectúa principalmente a través de camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. N°1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito.
Durante la Fase de Construcción se disponen de estacionamientos para maquinaria de Construcción y vehículos menores. Cada uno de estos es señalizado conforme lo disponga el prevencionista de riesgos.
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Forma de cumplimiento Se exige que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acredita a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantiene un registro de las revisiones técnicas al día.
Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las Fases del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las Fases del proyecto.
Se exige a cada proveedor y personal de obra que utilice vehículos motorizados contar con el permiso de circulación al día
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.18. D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que indica Componente/materia: Aire-emisiones a la atmósfera
Norma D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que indica Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la Fase de Construcción del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados (camiones). Forma de cumplimiento La normativa establece que los límites máximos de emisión permisibles para vehículos motorizados pesados, definiéndose como tal aquellos destinados al transporte de personas o carga que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 3.600 kg.
Se cumple con las normas de emisión y se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cumplan con estas normas, lo que se verifica con el certificado de revisión técnica y de gases, además del permiso de circulación al día.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Se exige que cada proveedor que utilice vehículos pesados (camiones), cuente con su permiso de circulación al día.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
7.19. D.S. N°54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que indica Componente/materia: Aire-emisiones a la atmósfera
Norma D.S. N°54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que indica Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma (automóviles). Forma de cumplimiento Se cumple con las normas de emisión y se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verifica con el certificado de revisión técnica y de gases.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Se exige que cada proveedor que utilice vehículos medianos cuente con su permiso de circulación al día.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.20. D.S. Nº211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Componente/materia: Aire-emisiones a la atmósfera
Norma Modifica el D.S. Nº211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
Se establecen los niveles máximos de emisión de contaminantes para vehículos motorizados livianos, tales como monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas.
Se establecen los niveles de emisión de acuerdo con la fecha de inscripción en el registro de vehículos motorizados con respecto a la fecha de publicación del D.S. N°41/2020
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados durante la Fase de Construcción y Operación del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exige que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acredita a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación es cumplida por el Titular y sus terceros contratistas.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Contar con los permisos de circulación al día.
Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Se exige a cada proveedor y personal de obra que utilice vehículos livianos contar con su permiso de circulación al día.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.21. D.S. N°4/1992 del Ministerio de Salud Ministerio de Salud que Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes estacionarias puntuales y grupales (grupo electrógeno) Componente/materia: Aire-emisiones a la atmósfera
Norma D.S. N°4/1992 del Ministerio de Salud Ministerio de Salud que Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes estacionarias puntuales y grupales (grupo electrógeno)
Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Uso de grupo electrógeno Forma de cumplimiento El titular realiza la respectiva declaración de emisiones atmosféricas para el grupo generador de emergencia, considerado para la etapa de operación del Proyecto. La declaración de emisiones se realiza a través del sistema de Ventanilla Única del RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Registros de comprobantes de declaración en Ventanilla Única. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.22. D.S. Nº75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica Componente/materia: Aire-Emisiones a la atmósfera
Norma D.S. Nº75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se considera el uso de vehículos, el transporte de estructuras, equipos, materiales y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto cumple las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos (camiones)y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de estos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones.
Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. Se mantiene registro de la inspección de ingreso y salida.
Forma de control y seguimiento Prohibición de la salida o entrada de camiones que transporten material y no cuenten con sus respectivas lonas o carpas para evitar la caída de material. Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas. Se mantiene registro de la inspección de ingreso y salida.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.23. D.S. N°279/1983 del Ministerio de Salud, Reglamento para el control de la Emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna Componente/materia: Aire-emisiones a la atmósfera
Norma D.S. N°279/1983 del Ministerio de Salud, Reglamento para el control de la Emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna
Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 1/2021 que Establece Plan de Prevención Y Descontaminación Atmosférica para la Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins (PPDA), del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En la Fase de Construcción y operación del proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados de combustión interna Forma de cumplimiento Todos los vehículos deben contar con su certificado de emisión de gases, revisión técnica y permisos de circulación al día.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de todos los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Permiso de circulación al día.
Forma de control y seguimiento Se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cuenten con el certificado de revisión técnica y de gases al día, así como su permiso de circulación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
7.24. D.S. Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica. Componente/materia: Ruido.
Norma D.S. Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de Construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
En la etapa de operación del proyecto se contempla el uso de grupos electrógenos de emergencia y de automóviles, estos equipos no generaran inmisiones sonoras en dB(A) que superen los límites máximos permisibles de acuerdo a las zonas en que se encuentran ubicados los receptores. Forma de cumplimiento En la Fase de Construcción, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Parque Las Alamedas I, II y III, cumple con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para Zona I y II horario diurno.
En la Fase de Operación, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Parque Las Alamedas I, II y III, cumple con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente para las Zonas I y II horario diurno y nocturno
Por tanto, se concluye que el ruido generado por el proyecto no supera los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones acústicas correspondan a aquellas que han sido estimadas. Ejecución y mantención de las medidas de control de ruido adoptadas.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y fiscalización de las medidas de control de ruido por parte de la autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.25. Ley N° 19.525. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias Componente/materia: Aguas Lluvias
Norma Ley N° 19.525. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.
Otros cuerpos legales asociados
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción/Operación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto de Urbanización Aguas Lluvias. Forma de cumplimiento Para este proyecto las aguas lluvias son captadas mediante sumideros los que descargan a una cámara decantadora, la que entrega los aportes captados a un dren de infiltración. Indicador que acredita su cumplimiento Proyecto de Aguas Lluvias (Anexo N°10 de la ADENDA) Forma de control y seguimiento Aprobación Proyecto por parte del SERVIU Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.26. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Agua potable.
Norma D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario D.S. N° 735/1969, del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las Fases de Construcción y Operación. Forma de cumplimiento Considerando que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado por ESSBIO S.A. el suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos los cuales son manejados por una empresa autorizadas, en las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Para el consumo de agua potable, se almacena agua en contenedores conectados a los servicios higiénicos, en cantidad y calidad según lo establecido en el D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud.
El agua potable para consumo en los frentes de trabajo se realiza mediante la instalación de dispensadores de agua purificada de 20 L. La cantidad total de agua potable a consumir varía en función de la curva ocupacional de la Construcción de las obras. Esta agua es adquirida a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de O” Higgins, a razón de 100 (litros/persona/día), cumpliendo de esta manera con lo estipulado en el Artículo 14 del D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Se verifica que el agua potable cumpla con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia (Ver Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado en el Anexo Nº 1 de la ADENDA).
Durante la Fase de Operación del proyecto se considera un medidor que va conectado a la red de distribución pública que posee un diámetro de 250 mm, según se indica en certificado de factibilidad emitido por ESSBIO S.A. que se encuentra en Anexo Nº 1 de la ADENDA.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual debe verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.27. D.S. N° 735/1969, del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano Componente/materia: Agua potable
Norma D.S. N°735/1969, del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las Fases de Construcción y Operación. Forma de cumplimiento Considerando que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado por ESSBIO S.A. el suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizan baños químicos los cuales son manejados por una empresa autorizadas, en las oficinas de faenas se tiene un registro de su disposición o facturas.
Para el consumo de agua potable, se almacena agua en contenedores conectados a los servicios higiénicos, en cantidad y calidad según lo establecido en el D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud.
El agua potable para consumo en los frentes de trabajo se realiza mediante la instalación de dispensadores de agua purificada de 20 L. La cantidad total de agua potable a consumir varía en función de la curva ocupacional de la Construcción de las obras. Esta agua es adquirida a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, a razón de 100 (litros/persona/día), cumpliendo de esta manera con lo estipulado en el Artículo 14 del D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Se verifica que el agua potable cumpla con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia (Ver Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado en el Anexo Nº 1 de la ADENDA).
Durante la Fase de Operación, se indica que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por ESSBIO, cuyo certificado que se adjunta en Anexo Nº1 de la ADENDA. El suministro se realiza mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad.
Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual debe verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.28. D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario Componente/materia: Residuos líquidos
Norma D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L N°1 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción del proyecto se generan aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor.
No se generan residuos industriales líquidos, ya que no se realiza ningún tipo de proceso industrial en esta Fase del proyecto. Además, no se ejecuta lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementa justo antes de la salida del predio.
Durante la Fase de Operación del conjunto habitacional se generan aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de los edificios, las cuales descargan al alcantarillado público. No se generan residuos industriales líquidos.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción, en la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos, que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.
El sistema que se implementa para el lavado de neumáticos consiste en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara. Dicha cámara cuenta con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos son retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantiene un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Durante la Fase de Operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto son descargadas a la red de alcantarillado pública.
Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Fase de Operación Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Operación, por parte del servicio de aseo municipal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Registro del pago de contribuciones para el derecho del servicio de recolección municipal de basura.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.29. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos líquidos
Norma D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción del proyecto se generan aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generan residuos industriales líquidos, ya que no se realiza ningún tipo de proceso industrial en esta Fase del proyecto. Además, no se ejecuta lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementa justo antes de la salida del predio.
Durante la Fase de Operación del proyecto se generan aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de los edificios, las cuales descargan al alcantarillado público. No se generan residuos industriales líquidos.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción, en la instalación de faenas, se implementan servicios higiénicos fijos, que están conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispone de sanitarios químicos móviles, los que son abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.
En el caso del lavado de ruedas de los camiones que abandonen el área de trabajo, el sistema que se implementa para el lavado de neumáticos consiste en una zona que cuenta con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, son conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacena las aguas de lavado.
Durante la Fase de Operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto son descargadas a la red de alcantarillado pública.
Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención.
Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas.
Se mantiene un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.30. D.S. N°34/2020 del Ministerio de Energía Componente/materia: Combustibles y sustancias peligrosas.
Norma D.S. N°34/2020 del Ministerio de Energía que modifica el D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
Otros cuerpos legales asociados D.S. Nº160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, los combustibles y lubricantes requeridos en faena, son suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional.
No se realiza suministro de combustibles ni de lubricantes en los lugares de faena. Todos los equipos son cargados en sitios habilitados, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Durante la Fase de Operación se considera el almacenamiento de combustible en los estanques del grupo electrógeno de esta Fase.
Forma de cumplimiento Todos los equipos son cargados en sitios habilitados en los poblados cercanos, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Los estanques de combustibles requeridos para la operación del Proyecto cumplen con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento es previamente informado a la SEC.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad.
Forma de control y seguimiento Copia física de los certificados de los estanques de combustibles provistos por instalador autorizado por la SEC y copia física de los registros indicados.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.31. D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Combustible y sustancias peligrosas
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Norma D.S. Nº 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud D.F.L N°1 del Ministerio de Salud
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción se requieren sustancias peligrosas de clasificación inflamable (adhesivos y pinturas). Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción del Proyecto se requieren de sustancias peligrosas las cuales son abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes.
Las sustancias peligrosas son almacenadas dentro de la bodega de materiales la cual debe cumplir con las exigencias del D.S. N°43/2016, donde se almacenan menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas. Dicha bodega debe ser cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, cuyo diseño y características de Construcción deben ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
La zona de almacenamiento de sustancias peligrosas debe estar claramente señalizada con letreros, cuenta con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas. Se prohíbe fumar y no se realizan mezclas ni reenvasados, sólo se permite fraccionar cuando se requiera para el proyecto o cuando existan estanques fijos.
Indicador que acredita su cumplimiento Las sustancias peligrosas son almacenadas dentro de la bodega de materiales la cual debe cumplir con las exigencias del D.S. N°43/2016, donde se almacenan menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas. Dicha bodega debe ser cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, cuyo diseño y características de Construcción deben ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
La zona de almacenamiento de sustancias peligrosas debe estar claramente señalizada con letreros, cuenta con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas. Se prohíbe fumar y no se realizan mezclas ni reenvasados, sólo se permite fraccionar cuando se requiera para el proyecto o cuando existan estanques fijos.
Además, se verifica en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa.
Adicionalmente, se lleva un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.32. Resolución N°610/1982, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos Componente/materia: Combustible y sustancias peligrosas
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Norma Resolución N°610/1982, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla el uso de grupos electrógenos en su Fase de Construcción y Operación. Forma de cumplimiento El Titular cumple con la prohibición del uso de binefilos policlorados (PCB), como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento es la no utilización en el Proyecto de bifenilos policlorinados (PCB) por parte del titular.
Forma de control y seguimiento Copia de las especificaciones técnicas de los equipos utilizados en el Proyecto y Acta de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.33. D.S. N°298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por cargas y caminos” Componente/materia: Combustible y sustancias peligrosas
Norma D.S. N°298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por cargas y caminos”
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de sustancias y residuos desde y hacia la obra Forma de cumplimiento Todo transporte de sustancias peligrosas es realizado en vehículos que cumplan con esta norma. Para el caso del transporte de residuos peligrosos, se contrata a una empresa especializada que cuente con las respectivas autorizaciones sanitarias y con camiones adecuados según el residuo a transportar.
Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de despacho o factura para validar la propiedad de los camiones. Forma de control y seguimiento Registro diario de los camiones que ingresan y egresan de la obra junto con la copia de autorización o permiso respectivo.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.34. Código Sanitario Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos).
Norma D.F.L. Nº725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción se generan residuos no peligrosos, tales como RESCON y los RSD provenientes principalmente del comedor y los baños. También se generan residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Durante la Fase de Operación se generan residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción:
- Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables, se disponen de 2 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en contenedores de 360 L que están en la sala de basura general. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios.
Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno.
- Los residuos de la Construcción
Los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la Construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de O’Higgins. Estos residuos no pueden contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantiene un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no pueden ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales son gestionados por una empresa que se la encarga de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.
- Para el manejo de los residuos peligrosos,
Estos residuos son almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega debe llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indica el tipo de tratamiento que se realiza al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº2 de la ADENDA.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 Ministerio de Salud.
El titular del proyecto efectúa la declaración y seguimiento de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la Ventanilla Única del RETC y mantiene en obra una copia de esta declaración.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA.
Adicionalmente, el titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
Copia de la autorización sectorial que otorgue los PAS 140 y 142. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.35. D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos).
Norma D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.
Otros cuerpos legales asociados Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción se generan residuos no peligrosos, tales como RESCON y los RSD provenientes principalmente del comedor y los baños. También se generan residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Durante la Fase de Operación se generan residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción:
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Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables, se disponen de 2 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en contenedores de 360 L que están en la sala de basura general. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno.
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Los residuos de la Construcción Los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la Construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de O’Higgins. Estos residuos no pueden Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantiene un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no pueden ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales son gestionados por una empresa que se la encarga de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.
- Para el manejo de los residuos peligrosos, Estos residuos son almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega debe llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indica el tipo de tratamiento que se realiza al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº2 de la ADENDA.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº148 del 2003 Ministerio de Salud.
El titular del proyecto efectúa la declaración y seguimiento de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la Ventanilla Única del RETC y mantiene en obra una copia de esta declaración.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA.
Adicionalmente, el titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
Copia de la autorización sectorial que otorgue los PAS 140 y 142.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.36. D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos)
Norma D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Código Sanitario Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción se generan residuos sólidos domiciliarios por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. Asimismo, se generan residuos sólidos no peligrosos consistentes en madera, cartones, metales, etc. Por último, se generan residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Durante la Fase de Operación se generan residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas.
Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción:
- Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se disponen de 2 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales son vaciados todos los días en contenedores de 360 L que están en la sala de basura general. Estos contenedores se encuentran en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios.
Es importante mencionar que los contenedores están distribuidos uniformemente al interior del terreno.
- Los residuos de la Construcción Los residuos son almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la Construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de O “Higgins Estos residuos no pueden contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantiene un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no pueden ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales son gestionados por una empresa que se la encarga de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.
- Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos son almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega debe llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indica el tipo de tratamiento que se realiza al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo Nº 2 de la ADENDA.
Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 Ministerio de Salud.
El titular del proyecto realiza la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la ventanilla única del RETC y se mantiene en obra una copia de esta declaración.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Adicionalmente, el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deben estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.37. D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos)
Norma D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Código Sanitario D.S. Nº594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la Fase de Construcción, se generan residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.
Forma de cumplimiento Estos residuos son almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega debe llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indica el tipo de tratamiento que se realiza al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.
En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplica el procedimiento de emergencia para derrames.
El titular del proyecto se asegura que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 Ministerio de Salud. El titular del proyecto efectúa la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantiene en obra una copia de esta declaración. Se solicita el PAS 142 para la autorización de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos es contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, establecido en el artículo 142 del Reglamento.
Adicionalmente, el titular mantiene un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.38. D.S. N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) /Emisiones a la Atmosfera
Norma D.S. N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”.
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N°1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Código Sanitario D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. D.S. N°1/2023 del Ministerio del Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto genera residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento Se declara la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Contar con todos los registros de envío de residuos a sitios de disposición final y realizar las declaraciones mensuales y anuales que corresponda, durante el periodo que dure la Fase de Construcción del proyecto Revisión de los registros y declaraciones.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.39. D.S. N°18/1993, del Ministerio de Obras Públicas, “Reglamento para las empresas generadoras de carga que se refiere el inciso 5º del Artículo 54 del Decreto M.O.P. Nº 294, de 1984, modificado por la Ley 19.171.” Componente/materia: Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos)
Norma D.S. N°18/1993, del Ministerio de Obras Públicas, “Reglamento para las empresas generadoras de carga que se refiere el inciso 5º del Artículo 54 del Decreto M.O.P. Nº 294, de 1984, modificado por la Ley 19.171.”.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto genera residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento “Empresa Generadora de Carga es aquella que anualmente produce 60.000 toneladas o más en cada lugar de embarque o de recepción”
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En las tablas siguientes se presenta más detalles sobre los materiales que ingresan y egresan del predio, con el fin de evaluar si califican en la categoría de “Empresa Generadora de Carga”.
Material que ingresa al predio Material (ton) Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Acero 387,67 221,53 443,05 166,15 443,05 166,15 Hormigón 8150,4 4665,6 9316,8 3499,2 9331,2 3499,2 Moldajes 4040,0 0 2320,0 0 4620,00 1740,0 0 4620,00 1740,00 Total 12578, 1 7207,1 3 14379,85 5405,3 5 14394,25 5405,35
Material que egresa al predio Material (ton) Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 RESCON 2181,77 3116,8 1 2493,4 5 2805,1 3 2493,4 5 2805,13 RSD 83,95 83,95 83,95 83,95 83,95 83,95 RESPEL 560 800 640 720 640 720 Total 2825,72 4000,7 6 3217,4 0 3609,0 8 3217,4 0 3609,08
Debido a lo presentado en las tablas anteriores, se indica que el titular no se encuentra dentro de la categoría de Empresas Generadoras de Carga, por lo que cumple con lo establecido en D.S. N°18/1993 del MOP.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC.
Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.40. Resolución Exenta N°359/2005 del Ministerio de Salud. Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos; y Resolución Exenta N°499/2006 del Ministerio de Salud, Aprueba Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos Peligrosos
Norma Resolución Exenta N°359/2005 del Ministerio de Salud. Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos; y Resolución Exenta N°499/2006 del Ministerio de Salud, Aprueba Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos
Otros cuerpos legales asociados D.F.L. N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Código Sanitario D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. D.F.L. N°1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Disposición final de los residuos Forma de cumplimiento Efectuar a través de terceros contratados, las declaraciones de transporte y disposición final de estos elementos por vía electrónica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante SIDREP Forma de control y seguimiento SIDREP Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.41. D.S. N°50/2003, Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado Componente/materia: Agua Potable
Norma D.S. N°50/2003, Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación domiciliaria de agua potable y de alcantarillado Forma de cumplimiento En el proyecto, tanto las instalaciones sanitarias como las viviendas están conectadas a la red de pública agua potable y a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. Se adjunta el certificado de factibilidad sanitaria en el Anexo N°8 de la presente ADENDA Complementaria
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del certificado de instalaciones de agua potable y de alcantarillado Forma de control y seguimiento Recepción de las instalaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.
7.42. Ley N°19.525. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias. Tabla 9.3.29 Norma Ley N° 19.525. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias. Componente/materia: Aguas Lluvia
Norma Ley N°19.525. Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción/Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Proyecto de Urbanización Aguas Lluvias. Forma de cumplimiento Para este proyecto las aguas lluvias son captadas mediante sumideros los que descargan a una cámara decantadora, la que entrega los aportes captados a un dren de infiltración. Indicador que acredita su cumplimiento Proyecto de Aguas Lluvias (Anexo N°9 de la ADENDA Complementaria) Forma de control y seguimiento Aprobación del SERVIU Proyecto de Aguas Lluvias Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.3. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
7.43. Ley N°4.601, que establece las disposiciones que se regirá la caza en el territorio de la Republica Componente/materia: Fauna Norma Ley N°4.601, que establece las disposiciones que se regirá la caza en el territorio de la Republica.
Otros cuerpos legales D.S. Nº5/1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras correspondientes a la etapa de Construcción. Forma de cumplimiento Se establece la prohibición de cazar durante las actividades en faena, lo cual es comunicado a los trabajadores mediante señalética visible en las zonas de trabajo y a través de instrucciones entregadas en terreno por el encargado ambiental o de seguridad.
Indicador que acredita su cumplimiento La información es reforzada por el encargado correspondiente durante reuniones operativas breves o al momento de ingreso a la obra.
Forma de control y seguimiento Se deja constancia de la entrega de estas instrucciones en un registro firmado por los trabajadores. Esta constancia, está disponible en la oficina administrativa para su fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.44. D.S. Nº5/1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza Componente/materia: Fauna Norma D.S. Nº5/1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza
Otros cuerpos legales asociados Ley N°4.601, que establece las disposiciones que se regirá la caza en el territorio de la Republica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras correspondientes a la etapa de Construcción. Forma de cumplimiento Se establece la prohibición de cazar durante las actividades en faena, lo cual es comunicado a los trabajadores mediante señalética visible en las zonas de trabajo y a través de instrucciones entregadas en terreno por el encargado ambiental o de seguridad.
Indicador que acredita su cumplimiento La información es reforzada por el encargado correspondiente durante reuniones operativas breves o al momento de ingreso a la obra.
Forma de control y seguimiento Se deja constancia de la entrega de estas instrucciones en un registro firmado por los trabajadores. Esta constancia, está disponible en la oficina administrativa para su fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.45. D.L. Nº3.557, de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola Componente/materia: Flora y Suelo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Norma D.L. Nº3.557, de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento El Titular asegura que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requiere su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exige en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma.
Asimismo, se da aviso al SAG para que este ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto.
Los residuos son almacenados en cumplimiento de las normas aplicables y se cuenta con copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento.
Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto, y copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento de residuos.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.46. Resolución Exenta N°2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero que modifica a la R.E. Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera Componente/materia: Vegetación y suelo
Norma Resolución Exenta N°2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero que modifica a la R.E. Nº133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento El Titular asegura que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requiere su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exige en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Asimismo, se da aviso al SAG para que éste ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique.
Indicador que acredita su cumplimiento Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto y actas del SAG.
Forma de control y seguimiento Se mantiene disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto y acta de visita del SAG (de corresponder).
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.47. Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 Componente/materia: Patrimonio cultural y paisaje.
Norma Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.
Según el artículo 26 de la Ley 17.288 señala que “Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él…”
Adicionalmente, el artículo 27 indica que “Las piezas u objetos serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento”
Por su parte, el artículo 29, señala que “Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas”.
Por otra parte, en el artículo 38 se indica que “El que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con una pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales”
La norma del artículo 23, del Reglamento Nº 484 de la Ley N° 17.288, reitera los contenidos del artículo 26, en los mismos términos expresados.
Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 484/1991 sobre excavaciones y/o prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidencio la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de cumplimiento En el caso que durante la Construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procede según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas y el artículo 23 del D.S. N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informa de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
Indicador que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.
Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.48. D.S. N° 484/1991 sobre excavaciones y/o prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Componente/materia: Patrimonio cultural y paisaje.
Norma D.S. N° 484/1991 sobre excavaciones y/o prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas
Otros cuerpos legales asociados Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y operación del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras.
Forma de cumplimiento En el caso que durante la Construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procede según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas. Además, se informa de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
Indicador que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.
Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.4. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural).
7.49. D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia: Vialidad y transporte Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Norma D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos.
Otros cuerpos legales asociados No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases de Construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran.
Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, junto con el pago previo de los derechos respectivos.
El Titular exige contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hace el seguimiento de estricto cumplimiento.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos.
Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.50. Resolución N° 1, de 1995, Ministerio de Obras Públicas, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica Componente/materia: Vialidad y transporte
Norma Resolución N° 1, de 1995, Ministerio de Obras Públicas, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.
Otros cuerpos legales asociados
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases de Construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran.
Forma de cumplimiento Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustan a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunica lo pertinente a Carabineros de Chile.
Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantiene un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.51. Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total Componente/materia: Vialidad y transporte
Norma Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases de Construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran.
Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utiliza vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicita autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.
El Titular exige contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hace el seguimiento de estricto cumplimiento.
Indicador que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.52. Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Vialidad y transporte
Norma Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases de Construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.53. D.F.L. N°1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte Componente/materia: Vialidad y transporte Norma D.F.L. N°1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte.
Art 78.- Establece que los vehículos motorizados deben estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Quedaran exceptuado de lo dispuesto en el inciso anterior los vehículos pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos y aquellos utilizados por el Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Cuando Carabineros constate técnicamente que un vehículo ha superado dichos índices, puede retirarlo de la circulación, poniéndolo a disposición del tribunal competente en los lugares habilitados por las Municipalidades, de los cuales únicamente puede ser retirado con autorización del juez, que le otorgará con el objeto de que el infractor solucione el problema de contaminación denunciado. En estos casos se aplicará el artículo 156 de esta ley.
El juez puede absolver al conductor que, denunciado por conducir un vehículo con emanación de gases, acreditare haber reparado el vehículo y subsanado la causa de la emanación a la fecha de su comparecencia al Tribunal, mediante certificado expedido por un establecimiento competente.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las Fases de Construcción y operación, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran
Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables.
Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización.
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Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.54. D.S. N°414/2015, que complementa el Decreto N°158/1980, Que fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos, Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Transporte
Norma D.S. N°414/2015, que complementa el Decreto N°158/1980, Que fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos, Ministerio de Obras Públicas.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las obras o acciones asociadas a la Fase de Construcción Forma de cumplimiento El proponente solicita a las empresas de transporte que los vehículos utilizados cumplan con los límites de peso por eje establecidos.
Indicador que acredita su cumplimiento Se cuenta con documentación (como contratos u órdenes de compra) que respalde que dicha exigencia ha sido formalmente establecida a los proveedores de transporte.
Forma de control y seguimiento Se cuenta con documentación (como contratos u órdenes de compra) que respalde que dicha exigencia ha sido formalmente establecida a los proveedores de transporte. Estos están disponibles en obra para su fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.55. D.S. N°200/1993, del Ministerio de Obras Publicas Componente/materia: Transporte
Norma D.S. N°200/1993, del Ministerio de Obras Publicas
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las obras o acciones asociadas a la Fase de Construcción Forma de cumplimiento Los vehículos destinados al transporte cumplen con los límites de peso máximo establecidos en la normativa legal vigente, exigencia que es requerida a las empresas transportistas involucradas.
Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de circular por las vías urbanas del país
Forma de control y seguimiento Las Municipalidades, a quienes corresponde aplicar la disposición de tránsito anterior dentro de la respectiva comuna, deben hacerlo con sujeción a las normas sobre control de pesaje establecidas o que establezca el Ministerio de Obras Públicas.
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Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.56. D.S. N°1/1995 “Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica”, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Componente/materia: Transporte
Norma D.S. N°1/1995 “Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica”, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todas las obras o acciones asociadas a la Fase de Construcción Forma de cumplimiento La flota de transporte contemplada en el Proyecto es contratada a empresas externas, a las cuales se les requiere que los camiones utilizados se ajusten a las dimensiones máximas establecidas en la presente Resolución (largo, ancho y altura).
Indicador que acredita su cumplimiento Se cuenta con documentación (como contratos u órdenes de compra) que respalde que dicha exigencia ha sido formalmente establecida a los proveedores de transporte.
Forma de control y seguimiento Se cuenta con documentación (como contratos u órdenes de compra) que respalde que dicha exigencia ha sido formalmente establecida a los proveedores de transporte. Estos están disponibles en obra para su fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
7.57. NCh Elec. 4/2003 conforme al D.S. N°115/2004 del Ministerio de Economía Componente/materia: Energía
Norma NCh Elec. 4/2003 conforme al D.S. N°115/2004 del Ministerio de Economía.
Otros cuerpos legales asociados - Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se consideran instalaciones eléctricas interiores en baja tensión seguras, con tableros y canalizaciones que respetan distancias mínimas y materiales normados.
Forma de cumplimiento El titular se compromete a la implementación de protecciones diferenciales, puesta a tierra y certificación SEC para cada instalación nueva.
Indicador que acredita su cumplimiento Informe técnico eléctrico, declaración de conformidad ante SEC, y certificado de instalación eléctrica emitido por instalador autorizado.
Forma de control y seguimiento Informe técnico eléctrico, declaración de conformidad ante SEC, y certificado de instalación eléctrica emitido por instalador autorizado. Recepción Definitiva Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°9 del ICE, Numeral N°9.5. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas).
8°. Que, para ejecutar el Proyecto no se requiere el cumplimiento de condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso Ambiental Voluntario: Plan de Comunicación para la Gestión de Reclamos por Emisiones de Material Particulado. Impacto no significativo asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Implementar un Plan de Comunicación estructurado para la recepción, registro, gestión y respuesta a reclamos relacionados con emisiones de material particulado durante la Fase de Construcción, asegurando el cumplimiento de la normativa ambiental y la disponibilidad de registros para fiscalización.
Descripción:
El Plan de Comunicación incluye las siguientes acciones:
- Letrero informativo: Instalación de un letrero en el acceso principal a la obra, con información sobre:
- Nombre del proyecto y responsable.
- Duración estimada de la Fase de Construcción.
- Medidas de control de emisiones de material particulado (riego de vías, uso de cortinas antipolvo, cobertura de materiales, entre otros).
- Canales de contacto exclusivos (teléfono y correo electrónico) para presentar reclamos.
- Libro de reclamos: Implementación de un registro físico y digital de reclamos, que incluye:
- Fecha y hora del reclamo.
- Detalle del reclamo (tipo de emisión, ubicación, descripción del evento). – Datos del reclamante (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico). – Acciones tomadas y resolución del reclamo.
- Encargado ambiental: Designación de un profesional responsable de la gestión de reclamos, quien debe:
- Recibir y registrar los reclamos en un plazo máximo de 24 horas desde su recepción.
- Implementar acciones correctivas o preventivas en un plazo máximo de 48 horas.
- Dar seguimiento hasta la resolución del reclamo.
- Reuniones informativas: Realización de reuniones trimestrales con representantes de la comunidad y autoridades locales para informar sobre:
- Avances del proyecto.
- Resultados del monitoreo de material particulado.
- Reclamos recibidos y acciones implementadas.
Justificación:
Este Plan de Comunicación permite cumplir con los requerimientos de la Autoridad en materia de gestión de reclamos, asegura la trazabilidad de las denuncias y facilita la implementación de medidas correctivas en caso de incumplimiento de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
estándares de calidad del aire. Además, contribuye a la prevención de conflictos con la comunidad al establecer canales formales de comunicación.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
El letrero informativo está ubicado en el acceso principal a la obra.
El libro de reclamos está disponible en las oficinas de faena y en formato digital.
Forma:
El encargado ambiental gestiona cada reclamo y documenta las acciones correctivas o preventivas implementadas.
Se generan informes trimestrales con el detalle de los reclamos recibidos y acciones tomadas.
Oportunidad:
El Plan de Comunicación se implementa desde el inicio de la Fase de Construcción, una vez finalizado el cierre perimetral de la obra.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro digital y físico de reclamos recibidos y gestionados, con evidencia de las acciones tomadas. - Informes trimestrales que incluyan: número de reclamos y acciones correctivas. - Disponibilidad del libro de reclamos para fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Forma de control y seguimiento - Supervisión periódica por parte del encargado ambiental, quien verifica el cumplimiento de los plazos de respuesta y la implementación de acciones correctivas. - Entrega de informes trimestrales a la SMA, con el detalle de los reclamos recibidos y acciones tomadas.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°11, Numeral 11.1. del ICE “Compromiso Ambiental Voluntario”.
9.2 Compromiso Ambiental Voluntario: Monitoreo arqueológico y Charlas de inducción arqueológica durante el escarpe y excavación del predio. Impacto no significativo asociado Patrimonio Cultural Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
- Supervisar las actividades de escarpe y excavación del terreno para resguardar el patrimonio arqueológico ante eventuales hallazgos durante la Fase de Construcción del proyecto.
- Capacitar a los trabajadores del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área, asegurando las precauciones correspondientes.
Descripción:
- El Titular se compromete a implementar un monitoreo arqueológico supervisado por un arqueólogo o licenciado en arqueología durante las actividades de escarpe y excavación sub-superficial.
Este monitoreo asegura la identificación y protección de posibles restos arqueológicos, documentando los resultados mediante registros fotográficos, fichas técnicas y un informe final que incluye medidas adoptadas en caso de hallazgos.
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- Adicionalmente, se realizan charlas de inducción a los trabajadores del proyecto, impartidas por un arqueólogo o licenciado en arqueología, al inicio de la Fase de Construcción. Estas charlas incluyen contenidos sobre el componente arqueológico y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos.
Justificación:
- El monitoreo arqueológico es necesario para resguardar el material arqueológico ante un eventual hallazgo durante las faenas de escarpe y excavación.
- Las charlas de inducción son esenciales para que los trabajadores conozcan los procedimientos a seguir en caso de hallazgos, garantizando la protección del patrimonio arqueológico.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
En cada frente de trabajo donde se realicen actividades de escarpe y excavación dentro del área del proyecto.
Forma:
- El monitoreo es realizado por un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien supervisa las actividades de escarpe y excavación, documenta hallazgos mediante registros fotográficos y fichas técnicas, y coordina las acciones necesarias en caso de identificar restos arqueológicos.
- Las charlas de inducción son impartidas antes del inicio de cada etapa de la Fase de Construcción, en las obras de limpieza y escarpe del terreno, y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial.
Oportunidad:
- Monitoreo arqueológico: Desde el mes 2 hasta el mes 4 de la Fase de Construcción.
- Charlas de inducción: Se realizan al inicio de la Fase de Construcción y antes de cada etapa que implique remoción de tierras.
- El informe final es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro de los primeros 15 días hábiles posteriores a la finalización del monitoreo.
Indicador que acredite su cumplimiento El informe final de monitoreo arqueológico elaborado por el/la profesional responsable, el cual debe incluir:
a. Descripción de las actividades en todos los frentes de escarpe y excavación con fecha. b. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: i. Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). ii. Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. iii. Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. iv. Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. v. Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formularios-protocolos/planilla- registrositios-arqueologicos g. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h. El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluye una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se debe solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes debe ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora.
Forma de control y seguimiento - El control y seguimiento del compromiso se realiza mediante la presentación del informe final de monitoreo arqueológico a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro de los plazos establecidos. - La SMA verifica el cumplimiento del compromiso a través de la revisión del informe y la constatación de las medidas adoptadas en caso de hallazgos. - Se mantiene un registro actualizado de las medidas de protección implementadas y su estado de conservación. - La presencia en obra del informe de registro de seguimiento arqueológico y su emisión a la SMA son los principales mecanismos de control.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°11, Numeral 11.1. del ICE “Compromiso Ambiental Voluntario”.
9.3 Compromiso Ambiental Voluntario: Charla Informativa sobre uso eficiente del agua. Impacto no significativo asociado Agua Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Entregar información práctica a los trabajadores sobre el uso eficiente del agua en las actividades de Construcción.
Descripción:
Se realiza una charla informativa dirigida a los trabajadores que desarrollen actividades en faenas y utilicen las instalaciones del proyecto, enfocada en identificar situaciones de consumo ineficiente de agua y en cómo implementar medidas para optimizar su uso.
Justificación:
La charla permite que los trabajadores conozcan acciones concretas para reducir el desperdicio de agua en instalaciones de obra (baños, duchas, comedores, etc.) y durante las actividades en faena, contribuyendo a un uso más responsable del recurso.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
Instalación de faenas del proyecto.
Forma: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Charla presencial impartida por un integrante del equipo ambiental del proyecto o un profesional con experiencia en gestión de recursos hídricos en obras.
Uso de material visual simple (afiches, láminas o una breve presentación) con ejemplos concretos de buenas prácticas en instalaciones y faenas.
Oportunidad:
La charla se lleva a cabo al inicio de la Fase de Construcción, como parte del proceso de inducción obligatoria para todos los trabajadores antes de comenzar sus actividades.
Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de asistencia de los participantes. - Acta de realización de la charla con fecha, contenidos tratados y nombre del relator. - Copia del material de apoyo utilizado en la charla.
Forma de control y seguimiento Verificación del registro de asistencia y del acta de la charla y su remisión a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°11, Numeral 11.1. del ICE “Compromiso Ambiental Voluntario”.
9.4 Compromiso Ambiental Voluntario: Contratación de mano de obra residente en la comuna de Rancagua. Impacto no significativo asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Priorizar la contratación de la mano de obra requerida que se encuentre efectivamente residiendo en la comuna, con la finalidad de asegurar que sean trabajadores locales y así potenciar los niveles de empleabilidad en la comuna de Rancagua.
Descripción:
Se prioriza que la mano de obra a contratar es destinada a ser suplida por trabajadores locales residentes de la comuna de Rancagua, las cuales se asocian a labores constructivas tales como: albañiles, asistentes de obra, carpinteros, pintores, operadores de maquinaria, instalador eléctrico, concretero, enfierrador, capataz, trazador, entre otros, con requisitos de niveles de educación técnica o experiencia comprobable en obras de Construcción, siempre considerando el proceso de reclutamiento de personal por parte de la empresa constructora.
Justificación:
Es necesario potenciar los niveles de empleabilidad en la comuna y contribuir con la integración y desarrollo a nivel local.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar:
En las instalaciones de la obra y en la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la comuna de Rancagua.
Forma:
Se acude a la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la comuna de Rancagua para focalizar las vacantes de trabajo definidas para trabajadores locales.
Oportunidad: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Desde el inicio de la Fase de Construcción y durante todo su desarrollo hasta alcanzar la cantidad de vacantes reservadas.
Indicador que acredite su cumplimiento La contratación efectiva de personal residente en la comuna de Rancagua, siendo corroborable en base a la nómina de trabajadores y los contratos de trabajo firmados.
Forma de control y seguimiento Informe en obra de la nómina de trabajadores y contratación de personal. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°11, Numeral 11.1. del ICE “Compromiso Ambiental Voluntario”.
9.5 Compromiso Ambiental Voluntario: Instalación de cortinas vegetales, casas anideras y bebederos para aves Impacto no significativo asociado Pérdida de hábitat de aves Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo:
Instalación de al menos 2 casas anideras, un bebedero y cortinas vegetales en las áreas verdes del proyecto con especies nativas para brindar hábitat a las aves existentes.
Descripción:
El arbolado de las áreas verdes está compuesto especies de flora nativa, arbóreas y arbustivas, del tipo forestal local, correspondiente al bosque espinoso mediterráneo interior de Acacia caven – Prosopis chilensis. Las potenciales especies para plantar se proponen a continuación: Quillaja saponaria, Maytenus boaria, Acacia caven, Prosopis chilensis, Colliguaja odorífera, Baccharis linearis.
Además, se implementan al menos 2 casas anideras y un bebedero para fomentar sitios de reproducción y refugio.
Justificación:
Brindar hábitat a las especies de aves beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria y/o beneficiosas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: área del proyecto.
Forma: Instalación de al menos 2 casas anideras, un bebedero y la plantación de especies vegetales nativas en las áreas verdes del proyecto.
Oportunidad: Durante la etapa de Construcción.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de las actividades de plantación. Forma de control y seguimiento Mediante reporte de la SMA, una vez finalizada la Construcción de áreas verdes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo N°11, Numeral 11.1. del ICE “Compromiso Ambiental Voluntario”.
10° Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Riesgo: Derrame de sustancias y residuos peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Riesgo o contingencia Derrame de sustancias y residuos peligrosos
Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Identificar las sustancias peligrosas con sus respectivas fichas.
-
Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias.
-
Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos.
-
Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames.
-
Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos.
-
Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames.
-
Implementar planes de contención y reparación del suelo contaminado por derrame de sustancias.
-
Vigilar de manera permanente los recipientes contenedores de basura tipo domiciliaria y peligrosa, con la finalidad de verificarlos y en caso de deterioro proceder al recambio.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa, debe informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez da aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Encargado de Calidad especificando el sector o lugar donde ha ocurrido.
• Revise la Hoja de Seguridad (HDS) del producto derramado y verifique las medidas de control especificada tanto para el personal como para el ambiente. El Administrador de la Obra, autoriza una intervención una vez cumplidos los requisitos de resguardo y protección indicados en HDS. El material neutralizado, según las especificaciones mencionadas en la HDS correspondiente, se recoge del lugar para disposición final en vertedero autorizado.
• No intentar acercarse al lugar. Procurar aislar el sector con cinta de peligro.
• Se requiere la participación de personal especializado.
• Debe quitarse inmediatamente la ropa contaminada y lavarse la piel con agua.
• Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, debe colocarse los EPP adecuados al riesgo de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos debe alejarse de la zona de derrame.
• No se debe limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa.
• Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable).
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• Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas.
• Detener la fuga o el derrame lo antes posible, regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga, o colocando en el lugar un recipiente para recuperar el producto.
• Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame.
• De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deben ser almacenados en contenedores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos.
• Los residuos recuperados y almacenados son dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un registro de la disposición final en obra. Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se debe informar de forma inmediata a carabineros y bomberos.
• Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se debe retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural.
• Se debe evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame.
• En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deben tomar las siguientes acciones:
-
El material de contención debe ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso, e identificando claramente el residuo que contiene.
-
Todo el equipo de contención, limpieza y de protección personal debe ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, debe desecharse como residuo peligroso.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneo y/o superficiales, se debe informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas de la Región señalando lo siguiente:
-
Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
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Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
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Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
En caso de ser necesario, implementar un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, incluyendo metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes).
Referencia al ICE o documentos del expediente de Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.1. y Anexo 6 del Adenda complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
evaluación que contenga la descripción detallada
10.1.2. Riesgo: Incendio en instalación de faenas o en la ejecución de las obras. Riesgo o contingencia Incendio en instalación de faenas o en la ejecución de las obras.
Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada - Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles.
-
Almacenamiento de químicos a granel.
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Acumulación de materiales de desecho combustibles.
-
Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural).
-
Cableado y equipos eléctricos.
-
Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza.
- Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente.
-
Especial preocupación por el orden y aseo, especialmente en faenas donde se desarrollen actividades generadoras de residuos peligrosos.
-
Verificar que las vías de evacuación y los sistemas y equipos de combate de incendio se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados.
-
Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, debe contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen.
-
El número total de extintores depende de la superficie a proteger. Para mayor detalle, ver artículo 46° del D.S. 594/1999 - Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
-
Los extintores ubicados a la intemperie se ubican en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. Puede tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia.
-
Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan.
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Vigilar que el almacenamiento y transporte de sustancias combustibles e inflamables, cumplan con las normas establecidas, envases metálicos, rotulados y con tapa cierre de seguridad.
-
Realizar simulacros para comprobar la Planificación.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar humo o llama, se da aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.).
• Conserve la calma.
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Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deben, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. En forma paralela se debe llamar a Bomberos.
• Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay.
• No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende.
• Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen.
• Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procede a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que es presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe debe incluir los siguientes puntos:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual debe considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.2. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.3. Riesgo: Accidentes vehiculares en caminos tanto internos como externos Riesgo o contingencia Accidentes vehiculares en caminos tanto internos como externos
Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Rutas internas y externas del proyecto, principalmente en los accesos y egresos de la obra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los vehículos que transporten maquinaria deben contar con las señalizaciones requeridas por la legislación actual.
-
En los ingresos y egresos de la obra se establece la implementación de señalética, demarcación de seguridad espejo convexo y un banderero.
-
El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr.
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El peso de los camiones que transportan maquinaria e insumos, no exceden el peso permitido en las vías por las cuales circulen. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Se cuenta con un procedimiento ante una emergencia que estipule el oportuno aviso a las autoridades correspondientes (SAMU, Carabineros, equipo de rescate de bomberos si fuera necesario).
Forma de control y seguimiento - Registro de permisos y de aviso a las autoridades en caso de que aplique.
- Registro de revisión técnica al día de los vehículos.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de volcamiento de vehículos o camiones, verifique posible presencia de derrames de alguna sustancia y/o llamas en el vehículo.
• Busque e identifique la cantidad aproximada de lesionados y la cantidad de personas que viajaban en el vehículo.
• Llamar inmediatamente a servicio de emergencias para asistencia médica profesional.
Si uno o más vehículos está en llamas y si hay víctimas con riesgos de quemaduras, utilice un extintor de Polvo Químico Seco (PQS).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Activación de procedimiento ante una emergencia que estipule el oportuno aviso a las autoridades correspondientes (SAMU, Carabineros, equipo de rescate de bomberos si fuera necesario)
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.3. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.4. Riesgo: Incendios en asentamientos urbanos Riesgo o contingencia Incendios en asentamientos urbanos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada - Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles.
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Almacenamiento de químicos a granel.
-
Acumulación de materiales de desechos combustibles.
-
Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural).
-
Cableado y equipos eléctricos.
-
Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza.
- Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantener maquinarias y equipos de trabajo bajo las normas de seguridad existente. - Tener especial preocupación por el orden y aseo, especialmente en faenas donde se desarrollen actividades generadoras de residuos peligrosos.
-
Verificar que las vías de evacuación y los sistemas y equipos de combate de incendio se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados.
-
Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, debe contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
-
El número total de extintores depende de la superficie a proteger. Para mayor detalle, ver el artículo 46° del D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
-
Los extintores ubicados a la intemperie se ubican en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. Puede tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia.
-
Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan.
-
Vigilar que el almacenamiento y transporte de sustancias combustibles e inflamables, cumplan con las normas establecidas, envases metálicos, rotulados y con tapa de cierre de seguridad.
-
Realizar simulacros para comprobar la planificación.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas, para cuando la autoridad lo solicite.
Para tales efectos se establece la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente queda en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, la cual contiene los siguientes documentos:
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Registro fotográfico de los equipos de extinción portátiles con accesos despejados y libres de obstáculos.
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Registro fotográfico de las jornadas de capacitación al personal.
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Registros de las jornadas de simulacros tendientes a ser realizados en la zona de Construcción.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • En caso de detectar humo o llama, se da aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.).
• Conserve la calma. Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deben, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados.
En forma paralela se debe llamar a Bomberos. • Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay.
• No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende.
• Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen.
Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 24 horas, se procede a elaborar un “Informe preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que es presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio ambiente. El informe debe incluir los siguientes puntos:
- Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo, causa fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.)
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o accione(s) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual debe considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.4. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.5. Riesgo: Olas de calor Riesgo o contingencia Olas de calor Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a la radiación UV de origen solar y sus medidas de control.
- Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.
Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales son registradas para cuando la autoridad lo solicite.
Para tales efectos, se establece la formulación de una carpeta en posesión de la empresa constructora y que posteriormente queda en posesión del titular para los efectos del cumplimiento de las normas, condiciones i exigencias establecidas en la RCA, con el fin de poder transparentar la información y el avance de las medidas a implementar para prevenir la contingencia.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 24 horas, se procede a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que es presentado a la Superintendencia del Medio ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe debe incluir los Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.)
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 24 horas, se procede a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que es presentado a la Superintendencia del Medio ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe debe incluir los Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.)
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.5. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.6. Riesgo: Incendio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Riesgo o contingencia Incendio
Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitación del Plan de Contingencia y Emergencia a los dueños y arrendatarios de las viviendas.
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Verificar las instalaciones por el personal del departamento de bomberos.
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Rutas de salida demarcadas.
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Mantener con sus mantenciones al día los detectores de humo, red húmeda y seca.
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Evite sobrecargar los cables con extensiones o equipos de alto consumo.
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Cambie cables eléctricos siempre que este perforados o con peladuras.
Forma de control y seguimiento No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Dar la alarma.
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Verificar de inmediato el punto exacto y magnitud de la emergencia.
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Usar extintor o Red Húmeda si es posible.
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Apagar equipos eléctricos y cortar suministro de gas (locales).
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Cerrar puertas, ventanas y cualquier acceso de aire.
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El Coordinador de Seguridad o el conserje llaman a Bomberos.
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Procure calmar a los más nerviosos.
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Los líderes deben iniciar la evacuación.
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Los Líderes deben revisar su piso y asegurarse que no quedan personas rezagadas o refugiadas en espacios como baños o shaft.
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Los Líderes, antes de salir a las escaleras, comprueban el estado de la vía de evacuación. Es importante ir cerrando puertas y ventanas para retrasar la acción del fuego.
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En caso de quedar atrapado por el fuego debe utilizarse el siguiente procedimiento: “Atrapamiento en Caso de Incendio”.
Atrapamiento en caso de incendio:
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Cierre las puertas de su dependencia.
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Acumule toda el agua que sea posible.
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Moje frazadas o toallas y colóquelas por dentro para sellar las junturas.
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Retire las cortinas y otros materiales combustibles de la cercanía de ventanas y balcones.
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Trate de destacar su presencia desde la ventana. Llame a conserjería o a Bomberos para indicarles donde se encuentra, aunque ellos ya hayan llegado.
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Mantenga la calma, el rescate puede llegar en unos momentos.
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Si debe abandonar las dependencias, recuerde palpar las puertas antes de abrirlas. A medida que avanza, cierre puertas a su paso.
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Si encuentra un extintor en su camino, llévelo consigo.
-
Si el sector es invadido por el humo, arrástrese tan cerca del suelo como sea posible, recomendándose proveerse de una toalla mojada o pañuelo para cubrir la boca y nariz.
Si su vestimenta se prendiera con fuego ¡no corra!, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez hasta sofocar las llamas, cúbrase el rostro con las manos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.6. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.7. Riesgo: Sismo Riesgo o contingencia Sismo Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Recuerde que las viviendas se diseñaron a prueba de terremotos.
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Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua.
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Informarse sobre el Plan de Emergencia.
-
Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Bomberos, Asistencia Sanitaria o Carabineros.
Forma de control y seguimiento No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Recuerde que las casas se diseñaron a prueba de terremotos. • • Mantenga la calma y trasmítasela a los demás ocupantes. • • Ayudar a menores, ancianos y discapacitados a desplazarse a un lugar seguro.
• Si fuera necesario evacuar se avisa oportunamente.
• Aléjese de ventanas y elementos colgantes.
• Aléjese de lugares donde existan objetos en altura, que pudieran caer.
• Si alguna persona se encuentra en otra zona, queda sujeto a las instrucciones del Líder de Zona en que se encuentra.
• Apague equipos eléctricos y artefactos a gas. Aléjese de cables cortados ya que pueden estar energizados.
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• Si ha habido derrumbes y hay personas lesionadas, pida la presencia de personas que puedan prestar primeros auxilios y para que sean trasladados para su Atención Médica.
Espere la autorización por parte del personal de servicio y/o la administración para volver a utilizarlo normalmente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.7. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.8. Riesgo: Fuga de gas Riesgo o contingencia Fuga de gas
Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de gas de las viviendas. Forma de control y seguimiento No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - No encienda ni apague ninguna luz o equipo eléctrico, la chispa del interruptor o rotor del motor podría encender los gases acumulados.
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Ventile inmediatamente el lugar, abriendo puertas y ventanas.
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El personal del edificio debe cortar el suministro de gas, si es necesario.
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Nunca busque fugas con fuego.
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De ser necesario, inicie la Evacuación del edificio.
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Llame a la empresa de gas abastecedora del edificio.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.8. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
10.1.9. Riesgo: Fuga de agua o inundación Riesgo o contingencia Fuga de agua o inundación
Fase del proyecto a la que aplica Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de agua de las viviendas. Forma de control y seguimiento No aplica. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Cortar el suministro de agua y eléctrico de la zona afectada.
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Personal del edificio debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la empresa sanitaria para que solucione la situación.
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Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua, en especial aparatos eléctricos.
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Se debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la Municipalidad que se encargue de la situación.
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Dependiendo de la magnitud de la inundación, ordenar la Evacuación de la parte afectada.
-
Si está dentro de su hogar: Escuche la radio o televisión para estar informado de la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo.
Corte la luz, agua y gas y evacue su hogar si la situación lo amerita o las autoridades lo indican.
- Si está en el exterior: Suba a un lugar alto y permanezca allí.
Evite caminar por aguas en movimiento. Hasta 15 centímetros de agua en movimiento pueden hacerle caer.
-
Si está en la calle, tenga precaución al caminar sobre agua, ya que las tapas de las cámaras de agua suelen salirse debido a la presión, y usted puede caer en dicha apertura.
-
Si está en un auto: Si llega a un área inundada, dé la vuelta y tome otra dirección.
Si el auto se detiene o se atasca, abandónelo de inmediato y suba a un lugar alto.
-
Si la situación lo amerita o las autoridades lo indican, evacue su hogar lo antes posible.
-
Escuche una radio a pilas para saber sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.9. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
10.1.10. Riesgo: Afloramiento de aguas subterráneas Riesgo o contingencia Afloramiento de aguas subterráneas
Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción del Proyecto Forma de control y seguimiento No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Detener las actividades en el frente de trabajo.
-
Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.
-
En caso de que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construye un pozo de absorción (o más de ser necesario).
-
Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.
-
Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se pueden retomar las actividades constructivas.
Ante la eventualidad se da aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Del Libertador General Bernardo O’Higgins, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea, en conjunto se sigue el protocolo dispuesto por la Dirección General de Aguas ante una emergencia de este tipo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se debe proceder considerando las siguientes actividades:
i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analiza la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular debe informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular debe incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo N°8 del ICE, numeral 8.1.10. y Anexo 6 del Adenda complementaria.
11°. Que, la DIA del proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” (en adelante Proyecto), cuyo Titular es Inmobiliaria Koyam SpA, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el Diario de circulación nacional digital Extracto Legal, ambos con fecha 2 de septiembre de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la siguiente radio “Rancagua” dial 99.5 de Rancagua. Entre los días 3, 4, 5, 6 y 9 de septiembre de 2024, entre los horarios 09:00 y las 20:00 horas, según consta en el certificado del 10 de septiembre de 2024 emitido por la misma radio.
Con fecha 11 de octubre de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para que los ciudadanos soliciten la realización de un proceso de participación ciudadana en la declaración de impacto ambiental que se presentó a evaluación.
Cabe destacar que 2 de las solicitudes presentadas, corresponden a Organizaciones con personalidad Jurídica Vigente y debidamente representadas, agregando la documentación necesaria que así lo acredite, quienes presentaron su solicitud acorde a lo requerido.
Con fecha 15 de octubre 2024 se dictó la Resolución Exenta N°202406001198 por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins, mediante la cual acoge las solicitudes presentadas y se ordena el inicio del proceso de Participación Ciudadana.
Con fecha 25 de octubre de 2024 en el Diario Oficial y en el Diario de Circulación Regional Las últimas noticias es publicado el Extracto de la Resolución de Apertura del procedimiento de Participación Ciudadana, iniciándose esta al día siguiente de la publicación indicada.
11.1 Actividades de Participación Ciudadana
Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y discusión con el titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:
Tabla 1: Actividades de Participación Ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Apresto Pasaje Tesino 740 Villa Suiza 29.10.2024 2 Taller Sede JJVV Villa Corazón, calle Circunvalación N°211, Rancagua 08.11.2024
11.2 Observaciones ciudadanas
Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, no se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del proyecto y sus antecedentes.
12°. Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las exigencias, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular debe remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
13°. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N°4.1 de la presente Resolución.
14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las Fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción de éste.
15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, puede aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
16°. Que, para que el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sea aplicable.
17°. Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18°. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA.
20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, las cuales deben ser implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III”, de la Sociedad Inmobiliaria Koyam SpA.
2°. Certificar que el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales, que se señalan en los artículos 140 y 142, todos del Decreto Supremo Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el Proyecto “Parque Las Alamedas I, II y III” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N°4.1 y N°4.4.1 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967
Notifíquese y Archívese
Fabio Andrés López Aguilera Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
Yamal K. Suez Muñoz Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
YSM/NAR/LSP/LARF
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Luis Felipe Noziglia Parga fnoziglia@cvital.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins oscar.galdames@conaf.cl DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins dayanna.aravena@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins ernesto.perez@mop.gov.cl DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CESAR.ACEVEDO@MOP.GOV.CL Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins pablo.silva.amaya@goreohiggins.cl Ilustre Municipalidad de Rancagua diego.riquelme@rancagua.cl SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins eric.guital@sag.gob.cl SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins flerzundi@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cristian.silva@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cguajardo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins nahumadah@desarrollosocial.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2165999967 Firmado por: Yamal Karim Suez Muñoz Fecha: 07/08/2025 15:45:12 CLT Fabio Andrés López Aguilera Firmado digitalmente por Fabio Andrés López Aguilera Fecha: 2025.08.08 16:19:50 -04'00' SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cmartinez@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins carolina.torrespinto@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fgonzalezu@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins lbarboza@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins alyson.hadad@mineduc.cl SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maria.latorre.e@mop.gov.cl SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <franca.murialdo@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins mecontrerasc@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cescobar@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales jplacencia@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena kriquelme@conadi.gov.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado Participación Ciudadana agonzalez.6@sea.gob.cl Mary Olivares Murgas mary.olivares@sea.gob.cl Oficial de Partes de la Región aacuna.6@sea.gob.cl