Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 18 de febrero de 2025 y su Adenda Complementaria de 22 de abril de 2025, del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”, presentado por Fundación Invica con fecha 6 de agosto de 2024.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”.
3°. El Acta de Evaluación N° 20251010663 de 29 de mayo de 2025, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” de 16 de mayo de 2025.
5°. El acuerdo de sesión de fecha 27 de mayo de 2025, de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA N°119046/83/2025 de fecha 18 de febrero de 2025 de la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre renovación de nombramiento de director regional del Servicio para la Región de Los Lagos; y la Resolución Nº36, del 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Fundación Invica (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Fundación Invica Rut 81.719.700-0 Domicilio Cienfuegos 67, Santiago Teléfono 226900670 Nombre representante legal Mario Guillermo Cáceres González Rut representante legal 8142209-5 Domicilio representante legal Cienfuegos 67, Santiago Teléfono representante legal 226900670 Correo electrónico Titular o representante legal mcaceres@invica.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 16 de mayo de 2025, el Director Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto.
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 27 de mayo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 16 de mayo de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Objetivo general El objetivo del Proyecto es la construcción de un conjunto habitacional, el cual viene a responder a la demanda habitacional en la comuna de Puerto Montt. Descripción general del proyecto El proyecto consiste en un conjunto habitacional acogido al D.F.L N°2 y al D.L. N°1552 de 1979, con un total de 865 viviendas, 946 estacionamientos vehiculares, 6 salas múltiples y 4 locales comerciales, que se desarrolla en 3 lotes. Las etapas ejecutadas y recibidas constan de un total de 232 viviendas, 237 estacionamientos y 4 locales comerciales emplazados en el Lote W2 (etapas A y B). El Proyecto en evaluación corresponde a la construcción y operación de la etapa C (casas) en el lote W3-A, y las etapas D, E, F y G (departamentos) en el Lote W3-B, que ambos vienen a sumar 633 viviendas y 711 estacionamientos vehiculares a las etapas ejecutadas y recepcionadas del Lote W2. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones h.1) Proyectos inmobiliarios Vida útil Indefinida Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Monto de inversión USD $ 40.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA El acto o faena mínimo que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto, referido a la construcción del Lote W3-A corresponde a la actividad de excavación masiva del predio. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El proyecto en evaluación es la continuación de una etapa ya ejecutada y recibida, la que consta de un total de 232 viviendas, 237 estacionamientos y 4 locales comerciales que se ubican en el lote W2. [X]
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2.- UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Lagos, provincia de Llanquihue, comuna de Puerto Montt Justificación de la localización La localización del Proyecto obedece esencialmente a que el sitio de emplazamiento no presenta restricciones para ello. Tal como se mencionó en el ítem 1.5.1 del cap. 1 de la DIA, El Proyecto consta de un permiso de edificación aprobado N°00608 de fecha 02 de septiembre del 2019 para el Lote W2. De acuerdo con el Instrumento de Planificación Territorial aplicable, el Proyecto obedece al Plan Regulador Comunal de Puerto Montt. Superficie La superficie bruta de terreno corresponde a 121.737 m2 La superficie edificada total 51.400 m2 Coordenadas UTM en Datum WGS84 El titular adjunta la siguiente información de las coordenadas del proyecto (página 16 de la DIA:
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Caminos o vías de acceso -El acceso al predio del Proyecto durante la fase de construcción tanto del Lote W3-A como para el Lote W3-B se realizará por la red vial existente, correspondiente a Calle Los Notros.
-Durante la fase de operación, tanto el acceso vehicular como el peatonal del Proyecto se realizará por Av. Los Notros Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En la página 17 de la DIA se expone plano de ubicación del proyecto:
4.3.- PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO Nombre Descripción Carácter
Fase Caminos de acceso El camino interior de acceso a la obra para vehículos livianos y pesados corresponde a un camino temporal, carpeta: compactado con estabilizado. En la Figura 1-5 y en la Tabla 1-10 de la DIA se representan las distancias hacia el interior de la instalación de faenas y hacia la zona de carga/descarga. En el Informe de emisiones atmosféricas y modelación de contaminantes versión final adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria. Se presentan las rutas al interior del Proyecto. Temporal Construcción Cierre perimetral El titular expone que dispondrá de la instalación de barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB Temporal Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo. Para disminuir los niveles de ruido en los receptores analizados, se instalarán barreras semi-perimetrales en algunos deslindes del proyecto. Más detalles en la sección 6.10.4 del informe de ruido y vibraciones versión final adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria. Para los trabajos en altura, como medida de control de ruido, cubrir por completo los vanos con una placa de OSB, o similar, de 15 mm de espesor, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al interior de la estructura en construcción y a medida que los trabajos avancen en altura. Como medida de control, se implementará, también, la restricción de fuentes de ruido, estas fuentes de ruido no podrán operar en simultaneo bajo ninguna condición (véase en tabla 38: Maquinaria de uso restringido del Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.) Por otro lado, se contempla las siguientes de medidas de gestión para el ruido.
a) Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido. b) Se prohibirá el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y se instalará frente al portón una señalética con el texto “No Tocar Bocina”. c) Realizar capacitación al personal de la obra en relación con los aspectos fundamentales del D.S. Nº38/11 del MMA y al manejo de las medidas de control de ruido a implementarse en la obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
d) Informar a la comunidad vecina la programación de faenas especialmente críticas (perforación, demoliciones). Lo anterior, según lo indicado en el Informe de ruido y vibraciones, adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria. Instalación de faenas El Proyecto contempla la instalación de obras provisorias correspondientes a la instalación de faenas que apoyarán la construcción del conjunto habitacional. Esta obra consiste en la instalación de contenedores metálicos del tipo marítimo, destinados a diferentes usos. La distribución dentro de ella es la indicada a continuación: 1. Bodega de insumos. Ver Tabla 1-17 del cap.1 de la DIA. Características bodega de insumos 2. Zona acopio movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones. 3. Instalación para el manejo de residuos sólidos domiciliarios. Ver Tabla 1-18 del cap.1 de la DIA. Características área de acopio RSD. 4. Instalación para el manejo de residuos inertes y residuos industriales no peligrosos. Ver Tabla 1-19 cap. 1 de la DIA. Características área de acopio residuos inertes y residuos industriales no peligrosos 5. Bodega de residuos peligrosos. Ver Figura 1-18. Bodega de Residuos Peligrosos y Tabla 1-20. Características de la bodega residuos peligrosos del cap. 1 de la DIA 6. Bodega de sustancias peligrosas y químicos. Ver Tabla 1-21 del cap.1 de la DIA. Características bodega sustancias peligrosas y químicos 7. Oficinas administrativas. Las partes de la instalación de faenas se presentan en la Figura 1-5 del cap. 1 de la DIA y en la Tabla 1-15 y Tabla 1-16 del cap. 1 de la DIA se presentan las superficies estimadas de las instalaciones de faenas. Dentro de las instalaciones temporales, además se considera: - Caseta de Vigilancia – Corresponde a un recinto ubicado en el acceso al sector de instalación de faenas, destinado a labores de control de acceso y vigilancia del Proyecto. Temporal Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
- Sector de Estacionamientos – Se habilitarán sectores de estacionamiento destinados al estacionamiento de vehículos livianos y pesados - Sector de lavado de ruedas: El sistema de lavado propuesto está conformado por superficie impermeable de hormigón o ripio cuya pendiente mínima será de 4%, con el fin que el agua del lavado de ruedas escurra hacia la cámara decantadora, la cual estará conectada a una piscina de acumulación impermeable de capacidad de 2 m3. Se informa que, el agua residual generados en el lavado de ruedas durante la fase de construcción serán llevados al colector de aguas servidas de la empresa sanitaria del sector. Se indica que, las aguas de lavado de ruedas cumplirán con los parámetros de descarga establecidos en el D.S. N°609/98 del MOP que Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillados. Además, se indica que se dará cumplimiento a la Norma de Calidad para el Recurso Agua según el uso dado en el cuerpo o masa de agua usado como receptor. Fija los límites máximos para los diferentes parámetros considerados como requisitos de calidad (N.Ch. 1.333/78, aprobado por D.S. MOP Nº867/78). En este sentido, el Titular dará cumplimiento a los valores indicados en la tabla 1. Uso para Riego previa descarga al alcantarillado público.
A continuación, se describe el sistema de lavado de canoas mixer: Se excavará una piscina de 4 m2 de superficie y una profundidad de 0,5 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación. • Esta piscina será utilizada para lavar y verter el cemento restante del lavado de las canoas de los camiones mixer. • En los procesos de lavado de las canoas mixer y ruedas, y considerando las medidas preventivas, se estima un consumo de 200 L/día de agua proveniente de la conexión a la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
red existente de agua potable. Se estima que se retire aproximadamente un total de 1,5 m3/mes de escombros que serán destinado a botadero autorizado. • Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra. En caso de no evaporarse el agua residual del lavado de camiones betoneros, se tratarán como residuos peligrosos y dispuesto en lugar autorizado. • Se estima de 0,8 m3/mes de agua residual de lavado de ruedas y canoas.
El sistema de lavado se detalla a continuación:
Ubicación de piscina en instalación de faenas
Además, se adjunta el archivo KMZ con la ubicación de la piscina de acumulación en el Anexo A -02 de la Adenda y en Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
Obras o instalacion es para el El Proyecto se conectará al empalme de alcantarillado y agua potable existente de la empresa SURALIS. Temporal/Permane nte Construcción/Opera ción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
manejo de aguas servidas y agua potable Esta obra será de carácter permanente tanto para la fase de construcción como operación y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA). El Proyecto cuenta con certificado de factibilidad sanitaria Nº21797 de la empresa ESSAL S.A con el fin de abastecer de agua potable y alcantarillado de aguas servidas para las propiedades que conforman el Proyecto de fecha 24 de marzo de 2023, adjunto en Anexo A-02 de la Adenda
Edificios y viviendas El proyecto inmobiliario en evaluación corresponde a la construcción y operación de la etapa C (casas) en el lote W3-A, y las etapas D, E, F y G (departamentos) en el Lote W3-B, que ambos vienen a sumar 633 viviendas y 709 estacionamientos vehiculares a las etapas ejecutadas y recepcionadas. En total con las etapas ya ejecutas el proyecto contará con un total de 865 viviendas, 984 estacionamientos vehiculares, 6 salas múltiples y 4 locales comerciales, que se desarrolla en 3 lotes. La primera y corresponde a las etapas A y B del Lote W2, la cuales se encuentran ejecutadas y recibidas por la Dirección de Obras Municipales de Puerto Montt. Las etapas ejecutadas y recibidas constan de un total de 232 viviendas, 237 estacionamientos y 4 locales comerciales. Las etapas constructivas se muestran a continuación:
El resumen de las etapas es:
Temporal/permane nte Construcción/operac ión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
En cuanto a las viviendas propuestas están se detallan en la siguiente imagen: En cuanto a los edificios estos se detallan en la siguiente imagen:
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Obras de vialidad interna El proyecto contempla la pavimentación de calles y pasajes internos dentro del loteo, los cuales pueden apreciarse en el plano de Máster Plan Adjunto en el Anexo AC- 03 de la Adenda Complementaria, en donde se presenta la actualización del plano. Temporal/permane nte Construcción/operac ión Obras de servicio de electricida d El proyecto contará con servicio eléctrico según se dispone en la normativa vigente
Operación Obras de aguas lluvias El proyecto contará con un sistema de aguas lluvias. Al respecto se tiene que en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria, se adjuntan las resoluciones de la DGA, se aclara que el Loteo Bosquemar ha tenido 2 modificaciones de cauce en el desarrollo de su Loteo. La primera de ella es una modificación del año 2013 cuyo código es VP1003- 55 y la segunda es del año 2021 con el código VP 1003-265.- La disposición final de este sector es el estero Las Camelias red primaria de tuición de la DOH. 1.- VP1003-55.- 2013 La modificación de cauce se refiere a disponer las aguas del terreno Loteo Bosquemar en el Estero Las Camelias mediante una red de colectores en el Loteo, atravieso Ruta 5, esteros S/N antes de conectarse al Estero Las Camelias. La Dirección de Obras Municipales, en el año 2017, ante el requerimiento de la Contraloría General de la República, paralizo todas las entregas y recepción de obras de este macro Loteo sin tener una autorización oficial de la disposición final de aguas lluvias. Esta se logró el año 2018 con la recepción de las obras de la VP1003-55, mediante la Resolución DGA 219 de fecha 16.04.2018 recibiendo conforme las obras de la Md Cauce lo que permitió que la DOM pudiese autorizar todos los loteos pendientes del sector. Esta obligación se hacía extensiva a todos los Loteos que evacuaban sus aguas hacia el Oriente. Por lo anteriormente expuesto, el cumplimiento de tener una disposición final autorizada ha sido exigencia municipal desde el año 2017 para este sector 2.- VP 1003 -265.-2021 Temporal/permane nte Construcción/operac ión Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Esta Modificación de Cauce se origina en la necesidad de modificar el trazado de los cursos antes recibidos y conducir las aguas lluvias a través del Loteo Puerta Sur, tramo entre la Ruta 5 y el estero Las Camelias, por lo que se modificó la M. de cauce antes aprobada instalando un ducto o cajón de hormigón armado siguiendo la vialidad proyectada cuyas aprobaciones fueron otorgadas en DGA Santiago. En efecto por ser una obra mayor se derivó su presentación a nivel central. Se adjunta Resolución DGA Santiago 76 del 21.01.2021 por la aprobación del proyecto de M de Cauce VP 265-265 Se adjunta Res DGA Santiago 606 del 31.03.2022 con la recepción conforme de la M de Cauce Vp 1003-265. Por las razones dadas, SERVIU ha aprobado los proyectos de evacuación de aguas lluvias de sus redes secundarias conforme a la Ley. Ver figura de la respuesta 1.10 de Adenda Complementaria. Áreas verdes El Proyecto contará con áreas verdes, fomentando y facilitando el acceso a actividades al aire libre. Las áreas verdes del Proyecto se describen en el proyecto de paisajismo, que está adjunto en el Anexo AC-03 de la Adenda Complementaria.
Temporal/permane nte Construcción/operac ión
4.4.-CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 4.4.1 Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Segundo trimestre de 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faenas Fecha estimada de término 2031 Parte, obra o acción que establece el término Recepción final por parte de la DOM de Puerto Montt y/o entrega de viviendas a sus dueños 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Cuarto Trimestre de 2031 Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega y habitación de viviendas por parte de sus dueños Fecha estimada de término No se considera por ser un proyecto de carácter indefinido. Parte, obra o acción que establece el término No se considera por ser un proyecto de carácter indefinido. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio No se contempla una fase de cierre por considerarse un proyecto de carácter indefinido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
4.5. Fase de construcción
4.5.1. Partes, obras y acciones
4.5.1.1. Partes y obras Tabla 4.5.1.1 Partes y obras Nombre
Caminos de acceso Cierre perimetral Instalación de faenas Edificios y viviendas Obras de vialidad interna Obras de aguas lluvias Áreas verdes
4.5.1.2. Acciones Tabla 4.5.1.2 Acciones Nombre Descripción Limpieza del terreno Previo a la obra se realizará la limpieza y escarpe del terreno con el objetivo de dejar el terreno libre de cualquier vegetación y/o escombros presentes en el lugar.
La superficie por escarpar para el Proyecto corresponde a 72.153,65 m2.
Año Volumen esponjado (m3) ton/año Disposic ión final 1 3.568,8 7.137,62 Sitios autoriza dos. 2 949,24 1.898,47 3 0,00 0,00 4 907,84 1.815,68 5 891,13 1.782,26 6 0,00 0,00 7 883,94 1.767,87 8 0,00 0,00 Total 7.200,96 14.401,9 1
El transporte del material extraído, hacia los sitios de disposición final autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, se realizará mediante camiones tolva y la carga del material será directamente con la retroexcavadora hacia los camiones tolva. El lugar de disposición se identifica en la Figura 1 7 del cap. 1 de la DIA. Construcción de cierros provisorios Se realizará la instalación de barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
respecto al suelo, según lo indicado en el Estudio de ruido y vibraciones versión final, adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria. Empalmes provisorios Se conectará a un empalme provisorio mientras se materializa la conexión definitiva a red eléctrica. Excavación Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los Planos de arquitectura. El material procedente de las excavaciones será dispuesto en botadero autorizado por la autoridad pertinente.
Las horas ocupadas para realizar el proceso de excavación la cual se obtuvieron a través del rendimiento de la maquinaria y el volumen a excavar. Se utilizará una retroexcavadora cuyo rendimiento es de 54,27 m3/h.
Año Volumen esponjado (m3) ton/año Disposic ión final 1 334,8 669,60 Sitios autoriza dos. 2 3780 7.560 3 0 0,00 4 3780,00 7.560 5 2520,00 5.040 6 1260,00 2.520 7 3780,00 7.560 8 0,00 0,00 Total 12.052,7 30.909,6 El Titular mantendrá en el frente de trabajo un registro de la cantidad retirada y las boletas y/o facturas del receptor final, dicha información deberá estar disponible para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización. Respecto al Estudio de Mecánica de Suelos adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA la situación de la napa freática, esta se midió a través de la excavación de 9 calicatas a 3,0 m de profundidad. Cabe señalar, que en los pozos P4, P7, P8 y P9 se observó presencia de agua subterránea en las paredes de los pozos, esta agua emergente corresponde a agua posada de origen pluvial, almacenada en torno a los puntos de excavación mencionados Se aclara que el proyecto no se requerirá ejecución de obras de drenaje permanente o agotamiento puntual de la napa. Ver Figura 1-26 del cap. 1 de la DIA. Registro nivel freático. El transporte del material extraído, hacia los sitios de disposición final autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, se realizará mediante camiones tolva y la carga del material será directamente con la retroexcavadora hacia los camiones tolva. El lugar de disposición se identifica en la Figura 1-7 del cap.1 de la DIA. Movimiento de maquinarias y equipos Se contempla el desplazamiento de maquinaria, dentro de los cuales, se considera el movimiento de: retroexcavadora, rodillo compactador, motoniveladora, minicargador, generador 100 kVA, bomba hormigonera, camiones tolva, mixer, además de vehículos livianos. La velocidad de la maquinaria y vehículos al interior de la obra será de máximo 10 Km/h. Ver Tabla 1-26 del cap. 1 de la DIA. Listado de maquinaria utilizado durante la fase de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
En la Tabla 1-7 del cap. 1 de la DIA se presenta un resumen de viajes (ida y vuelta) de los vehículos durante la fase de construcción del Proyecto (año cronológico). Obra gruesa Esta actividad corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta del edificio y fundaciones, la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra, en el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta caracterización geotécnica del área donde indica el sello de fundaciones para los departamentos de 5 pisos, nivel freático y respuesta sísmica del suelo. Ver documento “Estudio de mecánica de suelos, lote W3-B. Se indica en el Estudio de mecánica de suelos complementaria lo siguiente “Que se estaría en presencia de roca blanda o fracturada, o un suelo muy denso o muy compactado. Por lo que la probabilidad de licuefacción del suelo es nula y el peligro geológico asociado al área de influencia del Proyecto también nulo.” La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-20 del cap. 1 de la DIA). En el Anexo 1.3 de la DIA se adjunta las especificaciones técnicas para ejecutar las obras y partes del Proyecto. Terminaciones actividad selecciona diversos insumos para cada uno de los diferentes sitios presentes en los edificios conforme las especificaciones técnicas para ejecutar las obras y partes del Proyecto. La duración de la actividad se presenta en la Carta Gantt (ver Figura 1-20 del cap. 1 de la DIA). Entrega Corresponde a la recepción final otorgada por la Dirección de Obras Municipales de Puerto Montt. La duración de la actividad corresponde a la indicada en el cronograma de actividades (ver Figura 1-20 del cap. 1 de la DIA).
4.5.2. Suministros básicos Tabla 4.5.2 Suministros básicos Nombre Descripción Agua potable El abastecimiento de agua potable durante la fase de construcción se realizará mediante la conexión a la red existente perteneciente a la empresa sanitaria del sector. Conforme lo anterior, el Titular se hará cargo del pago del consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas durante la fase de construcción del Proyecto. Se estima una demanda máxima de agua potable de 100 litros totales por día por trabajador, con lo cual, el titular del Proyecto garantiza el abastecimiento de agua potable consignado en el artículo 14° del D.S. N°594/199 del MINSAL. El Titular se hace responsable de cancelar la facturación del servicio, dicho comprobante se encontrará disponible en la instalación de faena ante una eventual fiscalización por parte de la autoridad. Es importante indicar que, las etapas anteriores A y B (Bosquemar I, Lote W2, 232 viviendas) cuentan con dotación de la empresa Essal. Se adjunta para la etapa A, el Certificado de recepción de obras de Urbanización N°1597 de fecha 26-ene-2021 y el Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°12 de fecha 20-ene-2021. Para etapa B se adjunta el Certificado de recepción de obras de urbanización N°1740 de fecha 11-oct-2022, y Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°1740 de fecha 12-oct-2022. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Mientras que para las etapas siguientes (D, E, F y G, Lote W3-B, 480 departamentos) se adjunta el Certificado de factibilidad pública de servicio de agua potable y alcantarillado N°23413 de fecha 23-oct-2024, completando el total de las 865 viviendas. La documentación antes mencionada se encuentra disponible en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria. Servicios Higiénicos Se dispondrán baños químicos en la obra, además de servicios sanitarios (baños, duchas, lavatorios) los cuales serán conectados a la red de alcantarillado existente. Se estima un volumen de agua servidas máximo de 12 m3/día. Se implementará un registro en obra de viajes de los residuos líquidos efluentes de éstos, además de la resolución tanto del transportista como el destinatario final. Alimentación Según las dimensiones del Proyecto, se contempla instalaciones de comedores para la alimentación de los trabajadores. De todas maneras, los trabajadores podrán hacer uso del comercio cercano durante el horario de colación. Energía Eléctrica Durante la fase de construcción se realizará un empalme a la red existente. Combustible Durante estas actividades de construcción del Proyecto, el abastecimiento de combustible necesario para el funcionamiento de maquinaria de construcción y equipo electrógeno será provisto de manera autónoma, en la estación de servicio próxima al punto de acceso de vehículos hacia el área del Proyecto. Se contempla la implementación de una bodega de combustible en obra conforme a las condiciones indicadas a continuación: i. Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral ii. Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3. El volumen máximo de combustible será de 1 m3. iii. Se dará cumplimiento al capítulo 4° del Decreto 160 que Aprueba Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Hormigón El hormigón necesario para el Proyecto se producirá en obra o se solicitará a través de empresas contratistas con las certificaciones de producto. Los viajes de hormigón se presentan en la Tabla 1-10 del cap. 1 de la DIA. Sustancias peligrosas Respecto a este tipo de sustancias y químicos, el Titular se asegurará que la empresa que preste el servicio de transporte cumpla con las disposiciones generales del Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Ver Tabla 1-33 del cap.1 de la DIA. Estimación y caracterización de sustancias peligrosas a utilizar durante la fase de construcción El titular tendrá que en ninguna circunstancia se pueden poner en contacto entre sí residuos que sea de naturaleza incompatible. Para lo anterior, debe considerar las instrucciones proporcionadas en la correspondiente hoja de datos de seguridad, y la tabla de incompatibilidades del artículo 87° del D.S. N°148/2003 de MINSAL; en el caso de los tubos fluorescentes y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
ampolletas eficientes, éstos se deben mantener separados de residuos inflamables o explosivos. De lo contrario existe el riesgo de emisión de sustancias tóxicas en caso de fuego o explosión. Otros insumos En la Tabla 1-34 del cap. 1 de la DIA se detalla las cantidades de los principales insumos necesarios para las obras de construcción del conjunto. En caso de considerar compra de extracción de áridos, se realizará en empresas que cuenten con autorización ambiental aprobada (RCA).
4.5.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.5.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción Recurso suelo Respecto a las acciones del Proyecto durante su fase de construcción relacionadas con las actividades de escarpe, excavación, compactación y nivelación, carga y descarga de material, entre otras, se realizará el retiro de la cobertura de suelo (capa de tierra vegetal de espesor variable entre 0,20 y 0,70 m de acuerdo con el Informe de mecánica de suelos adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA) para la construcción de las casas emplazadas en el lote W3-A y de los edificios emplazados en el lote W3-B. La superficie por escarpar para el Proyecto corresponde a 72.153,65 m2. En total en m3 se retirará 7.200 m3 de suelo correspondiendo a 14.401,91 toneladas. Esta pérdida de suelo no implica la perdida de recursos escasos, únicos o representativos.
4.5.4. Emisiones y efluentes
4.5.4.1. Emisiones a la atmósfera: Tabla 4.5.4.1 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción MP10 total, MP2,5 total, NOx, otros En proyectos inmobiliarios, la fase de construcción es la que genera la mayor cantidad de contaminantes, destacando dentro de las emisiones directas la actividad de excavación, otras fuentes de emisión directa presentes en el proyecto son la actividad de carga y descarga de material, tránsito de vehículos por distintos tipos de superficie, emisión de combustión por el funcionamiento de maquinaria, entre otras. Se aclara que, se consideran las emisiones de operación del Lote W2, desde el año 1 de la construcción del Lote W3-A y Lote W3-B. En el Anexo AC.02 de la Adenda Complementaria se adjunta versión final del Informe de emisiones atmosféricas.
4.5.4.2. Emisiones líquidas o efluentes: Tabla 4.5.4.2 Emisiones líquidas Nombre Descripción Aguas servidas Las aguas servidas provenientes de servicios higiénicos serán conducidas hacia la red de alcantarillado existente. Se ha estimado una generación de aguas servidas equivalente a 12 m3/día. Durante la fase de operación el agua potable será abastecida por la empresa sanitaria del sector. Es importante indicar que las etapas anteriores A y B (Bosquemar I, Lote W2, 232 viviendas) cuentan con dotación de la empresa Essal. Se adjunta para la etapa A, el Certificado de recepción de obras de Urbanización N°1597 de fecha 26-ene-2021 y el Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°12 de fecha 20-ene-2021. Para etapa B se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
adjunta el Certificado de recepción de obras de urbanización N°1740 de fecha 11-oct-2022, y Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°1740 de fecha 12-oct-2022. Mientras que para las etapas siguientes (D, E, F y G, Lote W3-B, 480 departamentos) se adjunta el Certificado de factibilidad pública de servicio de agua potable y alcantarillado N°23413 de fecha 23-oct-2024, completando el total de las 865 viviendas. La documentación antes mencionada se encuentra disponible en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
4.5.4.3. Emisiones de Ruido Tabla 4.5.4.3 Ruido Nombre Descripción Ruido Las emisiones de ruido en la fase de construcción del Proyecto se encuentran asociadas al uso de maquinaria para los frentes de trabajo de: obras preliminares, edificación y exteriores. Los puntos fueron seleccionados de acuerdo con su cercanía con las obras y actividades que involucra el Proyecto. La identificación de cada uno de ellos se encuentra disponible en el Informe de ruido y vibraciones disponible en el Anexo 1.5 de la DIA. Tanto para receptores humanos como para fauna. En el Anexo 1.3 de la DIA se presenta el plano y en el Anexo 1.2 de la DIA se presenta el archivo KMZ de instalación de faenas, que incluye el punto de carga y descarga, donde se ubicarán principalmente la maquinaria pesada, en especial los camiones, con la finalidad de no generar molestias en los receptores cercanos productos del movimiento vibratorio generado por su tránsito. En el capítulo 1 de la DIA, se presentan los niveles de ruido en dB(A), sin medidas de control generados durante la fase de construcción del Proyecto y, por consiguiente, cada uno de los escenarios que ésta considera. Además, se aclara que para obtener los niveles de ruido en cada receptor se consideró la condición más desfavorable, localizando los frentes de trabajo en las mínimas distancias entre los límites del polígono del Proyecto y la ubicación de los receptores. Con la implementación de las medidas propuestas, se verifica que la construcción del Proyecto cumple con los máximos establecidos en el D.S. Nº38/2012 del MMA durante la fase de construcción. En el capítulo 1 de la DIA, se presentan los niveles de ruido en dB(A), con medidas de control propuestas. A pesar de que con las medidas de control propuestas se cumple con los máximos permitidos según D.S. Nº38/2011 MMA, estas generan un incumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) en los receptores internos Rin-2, Rin-4, Rin-5 y Rin-7 según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA (SEA, 2019)”, por lo que el titular, con el objeto de evaluar los niveles de ruido generados en la fase de construcción del proyecto, se compromete a implementar un plan de monitoreo de ruido. El objetivo de este plan voluntario es verificar que las actividades de trabajo cumplan la normativa legal vigente, según el D.S N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Lo anterior se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión durante la fase de construcción en periodo diurno en horario laboral (sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para todos receptores con énfasis en los receptores que presentan incumplimiento normativo sin Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
medidas de control, durante el desarrollo de la construcción de cada etapa, respectivamente. Mayor detalle se encuentra disponible en el Informe de ruido y vibraciones disponible en el Anexo 1.5 de la DIA.
4.5.4.4. Otras emisiones Tabla 4.5.4.4 Otras emisiones Nombre Descripción Vibraciones La magnitud de las vibraciones generadas por la maquinaria que se utilizará durante la fase de construcción del Proyecto ha sido obtenida a partir de la Tabla 12-2 Vibration Source Levels for Construction Equipment (From measured data), del documento de referencia de la Administración Federal de Tránsito de Estados Unidos. Estos niveles representan el nivel de velocidad de partícula generada por la maquinaria (Lv en [VdB]), medido a 25 pies de distancia desde el punto de emisión. Los puntos fueron seleccionados de acuerdo con su cercanía con las obras y actividades que involucra el Proyecto. La identificación de cada uno de ellos se encuentra disponible en el informe de ruido y vibraciones disponible en el Anexo 1.5 de la DIA. En el del cap. 1 de la DIA, se muestra la evaluación de las emisiones vibratorias asociadas a la fase de construcción, considerando los criterios de daño según lo detallado en el Anexo 1.5 de la DIA. De los resultados de las tablas anteriormente mencionadas ningún receptor supera el límite de referencia para molestias en receptores humanos y daño estructural, de la guía técnica FTA al modelar la fase de construcción en su solape de actividades más energético, con el “criterio de condición más desfavorable”, por tanto, en todos los receptores se genera cumplimiento normativo.
4.5.5. Residuos
4.5.5.1. Residuos no peligrosos Tabla 4.5.5.1 Residuos no peligrosos Nombre Descripción Residuos domiciliarios Los residuos domiciliarios generados en la fase de construcción, se instalarán contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, siendo retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. Respecto de los volúmenes de residuos a generar, se estiman en 1,00 kg/día por trabajador (dotación máxima de 150 trabajadores), alcanzando aproximadamente 150 kg de residuos domésticos al día (equivale a 1,00 m3/día; densidad 150 kg/L).
Ver Tabla 1-57 del cap.1 de la DIA. Resumen estimación de residuos. Fase de construcción
En el Capítulo 6 adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PAS del artículo 140 del Reglamento del SEIA: “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”, durante esta fase. Residuos industriales no peligrosos e inertes Corresponden a residuos de la construcción, principalmente trozos de plástico, madera, fierro, restos de hormigón, entre otros los que serán almacenados en contenedores cerrados y serán retirados por una empresa autorizada, según sea necesario. Se estima que se generarán 623,95 m3/total de escombros de la obra y 95,8 m3/total de escombros de la calzada durante la fase de construcción.
Ver Tabla 1-57 del cap.1 de la DIA. Resumen estimación de residuos. Fase de construcción
Cabe señalar que, se implementará un registro que dé cuenta de los residuos generados en la fase de construcción, el cual indicará cantidades mensuales generadas enviadas a destino autorizado, conforme al formato presentado en la Tabla 1-55 del cap.1 de la DIA.
Se contempla la implementación además de un sector de acopio para la selección de la fracción valorizable de los siguientes residuos (cartón y papeles, despuntes de madera, descarte de fierro, plásticos y vidrio) con señalización para el manejo de los trabajadores. Se privilegiará la reutilización y/o envío de residuos a empresas valorizadoras autorizadas. El titular en su fase de construcción implementará charlas educativas del manejo racional de los residuos, para promover el uso de utensilios reutilizables, con el objetivo de generar menos residuos sólidos en la obra. El titular considerará en todo momento el manejo de residuos será de exclusiva responsabilidad del generador o bien del Titular, por lo que se implementará y capacitará sobre el manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición. Lo anterior, será aplicado para todo el tipo de residuos sólidos generados en la fase de construcción y operación del Proyecto.
El titular se hará cargo de los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y escombros, generados en la fase de construcción sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final, manteniendo un registro de la disposición final y su chequeo que no existe algún tipo de contaminación por residuos peligrosos.
En el Capítulo 6 adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PAS del artículo 140 del Reglamento del SEIA.
4.5.5.2. Residuos peligrosos Tabla 4.5.5.2 Residuos peligrosos Nombre Descripción Residuos peligrosos Los residuos sólidos considerados como peligrosos corresponden principalmente a envases vacíos de aceites, pinturas, lubricantes, huaipes y elementos de protección personal usados. Estos residuos serán almacenados temporalmente en un recinto ubicado en la instalación de faena, la cual dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. En el Capítulo 6 adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos técnicos y formales para la solicitud del PASM del artículo 142 del Reglamento del SEIA: “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Ver Tabla 1-56 del cap.1 de la DIA. Estimación y caracterización de residuos peligrosos. Fase de construcción. En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la fase de construcción, se almacenarán los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria, dando cumplimento a lo indicado en el D.S. N°148 de 2003 del MINSAL, que “APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS”.
4.5.5.3. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Tabla 4.5.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción Sustancias peligrosas Respecto a este tipo de sustancias, el Titular se asegurará que la empresa que preste el servicio de transporte cumpla con las disposiciones generales del Decreto Supremo Nº298/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La bodega de sustancias peligrosas y químicos corresponde a recinto para el almacenamiento de líquidos inflamables, combustible, gases, pinturas, solventes, pegamentos, barnices, entre otros.
Ver Tabla 1-26 del cap. 1 de la DIA. Características bodega sustancias peligrosas y químicos.
Se contempla además la implementación de una bodega de combustible en obra conforme a las condiciones indicadas a continuación:
• Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral.
• Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3. El volumen máximo de combustible será de 1 m3.
Se dará cumplimiento al capítulo 4° del Decreto 160 que Aprueba Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
4.6. Fase de operación
4.6.1. Partes obras y acciones
4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.1 Partes y obras Nombre
Edificios y viviendas Obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas y agua potable Obras de aguas lluvias Dotación de obras de electricidad Vialidad interna Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Áreas verdes
4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.1.2 Acciones Nombre Descripción Tránsito o circulación por movilidad de la población La puesta en marcha del proyecto contempla el movimiento de transeúntes, principalmente desde y hacia los paraderos de la locomoción colectiva. En la Figura 1-12 del Cap 1 de la DIA se presenta la ubicación de paraderos de buses. Operación de sistemas de saneamiento Agua potable:
El Proyecto se conectará al empalme de agua potable existente de la empresa ESSAL. Esta obra será de carácter permanente tanto para la fase de construcción como operación y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDDA). Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad sanitaria Nº21797 de la empresa ESSAL S.A con el fin de abastecer de agua potable y alcantarillado de aguas servidas para las propiedades que conforman el Proyecto de fecha 24 de marzo de 2023, adjunto en Anexo A-02 de la Adenda.
Alcantarillado de aguas servidas:
El Proyecto se conectará al empalme de alcantarillado existente de la empresa del sector. Es importante indicar que el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad sanitaria Nº21797 de la empresa ESSAL S.A con el fin de abastecer de agua potable y alcantarillado de aguas servidas para las propiedades que conforman el Proyecto de fecha 24 de marzo de 2023, adjunto en Anexo A-02 de la Adenda
Sistema de aguas lluvias:
En el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria, se adjuntan las resoluciones de la DGA, se aclara que el Loteo Bosquemar ha tenido 2 modificaciones de cauce en el desarrollo de su Loteo. La primera de ella es una modificación del año 2013 cuyo código es VP1003-55 y la segunda es del año 2021 con el código VP 1003-265.- La disposición final de este sector es el estero Las Camelias red primaria de tuición de la DOH.
1.- VP1003-55.- 2013 La modificación de cauce se refiere a disponer las aguas del terreno Loteo Bosquemar en el Estero Las Camelias mediante una red de colectores en el Loteo, atravieso Ruta 5, esteros S/N antes de conectarse al Estero Las Camelias. La Dirección de Obras Municipales, en el año 2017, ante el requerimiento de la Contraloría General de la República, paralizo todas las entregas y recepción de obras de este macro Loteo sin tener una autorización oficial de la disposición final de aguas lluvias. Esta se logró el año 2018 con la recepción de las obras de la VP1003-55, mediante la Resolución DGA 219 de fecha 16.04.2018 recibiendo conforme las obras de la Md Cauce lo que permitió que la DOM pudiese autorizar todos los loteos pendientes del sector. Esta obligación se hacía extensiva a todos los Loteos que evacuaban sus aguas hacia el Oriente. Por lo anteriormente expuesto, el cumplimiento de tener una disposición final autorizada ha sido exigencia municipal desde el año 2017 para este sector
2.- VP 1003 -265.-2021
Esta Modificación de Cauce se origina en la necesidad de modificar el trazado de los cursos antes recibidos y conducir las aguas lluvias a través del Loteo Puerta Sur, tramo entre la Ruta 5 y el estero Las Camelias, por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
lo que se modificó la M. de cauce antes aprobada instalando un ducto o cajón de hormigón armado siguiendo la vialidad proyectada cuyas aprobaciones fueron otorgadas en DGA Santiago. En efecto por ser una obra mayor se derivó su presentación a nivel central. Se adjunta Resolución DGA Santiago 76 del 21.01.2021 por la aprobación del proyecto de M de Cauce VP 265-265 Se adjunta Res DGA Santiago 606 del 31.03.2022 con la recepción conforme de la M de Cauce Vp 1003-265. Por las razones dadas, SERVIU ha aprobado los proyectos de evacuación de aguas lluvias de sus redes secundarias conforme a la Ley.
Ver figura de la respuesta 1.10 de Adenda Complementaria.
Operación del sistema de aires acondicionados, grupos electrógenos, calderas u otros equipos de combustión Se instalarán generadores para los edificios. Dicho grupo será insonorizado marca SDMO, FGWILSON o Lureye, con motor Cummins o Perkins y alternador Stamford o Leroy Somer, con transferencia automática en potencia Prime de 72kW equivalente a 90kVA.
Además, se considera estufa a pellets Alcázar P-1800 para las casas como sistema de calefacción, en cuanto a los departamentos no se considera calefacción. Acciones de mantención de obras Respecto a las viviendas y departamentos, se expone que se dará cumplimiento a la Ley de Calidad de la Vivienda y Normativa, en el cual existen plazos de garantías y fallas según sea el caso.
En cuanto al CAV N°9, se expone que se considera la mantención en las áreas verdes del trasplante y enriquecimiento de plantas helófitas durante el 1er año de operación del Conjunto Habitacional (ver detalle en capitulo de Compromisos Ambientales Voluntarios).
4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.2 Suministros básicos Nombre Descripción Agua potable y alcantarillado de aguas servidas Durante la fase de operación el agua potable será abastecida por la empresa sanitaria del sector. Es importante indicar que, las etapas anteriores A y B (Bosquemar I, Lote W2, 232 viviendas) cuentan con dotación de la empresa Essal. Se adjunta para la etapa A, el Certificado de recepción de obras de Urbanización N°1597 de fecha 26-ene-2021 y el Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°12 de fecha 20-ene-2021. Para etapa B se adjunta el Certificado de recepción de obras de urbanización N°1740 de fecha 11-oct-2022, y Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°1740 de fecha 12-oct-2022. Mientras que para las etapas siguientes (D, E, F y G, Lote W3-B, 480 departamentos) se adjunta el Certificado de factibilidad pública de servicio de agua potable y alcantarillado N°23413 de fecha 23-oct-2024, completando el total de las 865 viviendas. La documentación antes mencionada se encuentra disponible en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria. Energía Durante la fase de operación la energía eléctrica será abastecida por la empresa del sector. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanente, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. N°92/83 referido al reglamento de instaladores eléctricos y electricistas de recintos de espectáculos públicos y de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta N° Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
1128, de 2006 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1, “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”
4.6.3. Productos generados Tabla 4.6.3 Productos generados Nombre Descripción Conjunto habitacional que considera entre Casas y departamentos En su conjunto el proyecto considera un total de 865 viviendas, 946 estacionamientos vehiculares, 6 salas múltiples y 4 locales comerciales, que se desarrolla en 3 lotes. Las etapas ejecutadas y recibidas constan de un total de 232 viviendas, 237 estacionamientos y 4 locales comerciales emplazados en el Lote W2 (etapas A y B). Así mismo se expone que el Proyecto en evaluación corresponde a la construcción y operación de la etapa C (casas) en el lote W3-A, y las etapas D, E, F y G (departamentos) en el Lote W3-B, que ambos vienen a sumar 633 viviendas y 711 estacionamientos vehiculares a las etapas ejecutadas y recepcionadas del Lote W2.
4.6.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción No se contempla en la fase de operación la extracción de naturales a extraer, explotar o utilizar
4.6.5. Emisiones y efluentes
4.6.5.1. Emisiones a la atmósfera: Tabla 4.6.5.1 Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción MP10 total, MP2,5 total, NOx, otros Durante esta fase, las emisiones a la atmósfera se generarán por el tránsito de vehículos de los residentes y visitas, el funcionamiento de grupos electrógenos de emergencia para las etapas de edificios (Etapas D, E, F y G del lote W3-B) y el sistema de calefacción, correspondiente a estufas a pellet de las casas (Etapa C del lote W3-A). Se aclara que, se consideran las emisiones de operación del Lote W2, desde el año 1 de la construcción del Lote W3-A y Lote W3-B. En el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria se adjunta la versión final del Informe de emisiones atmosféricas.
4.6.5.2. Emisiones líquidas o efluentes: Tabla 4.6.5.2 Emisiones líquidas Nombre Descripción Aguas servidas Durante esta fase, existirán residuos líquidos que serán conducidos a la red de alcantarillado del sector de acuerdo con lo indicado en el numeral 1.7.2.4 del cap. 1 de la DIA. Durante la fase de operación el agua potable será abastecida por la empresa sanitaria del sector. Es importante indicar que, las etapas anteriores A y B (Bosquemar I, Lote W2, 232 viviendas) cuentan con dotación de la empresa Essal. Se adjunta para la etapa A, el Certificado de recepción de obras de Urbanización N°1597 de fecha 26-ene-2021 y el Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°12 de fecha 20-ene-2021. Para etapa B se adjunta el Certificado de recepción de obras de urbanización N°1740 de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
fecha 11-oct-2022, y Certificado de instalaciones de agua potable y alcantarillado N°1740 de fecha 12-oct-2022. Mientras que para las etapas siguientes (D, E, F y G, Lote W3-B, 480 departamentos) se adjunta el Certificado de factibilidad pública de servicio de agua potable y alcantarillado N°23413 de fecha 23-oct-2024, completando el total de las 865 viviendas. La documentación antes mencionada se encuentra disponible en el Anexo AC-01 de la Adenda Complementaria.
4.6.5.3. Emisiones de Ruido Tabla 4.6.5.3 Ruido Nombre Descripción Ruido Durante la fase de operación se consideran dos grupos electrógenos, de los cuales se instalará en las zonas correspondientes a los edificios, en el primer piso. Dichos grupos serán equipos insonorizados marca SDMO, FGWILSON o Lureye, con motor Cummins o Perkins y alternador Stamford o Leroy Somer, con transferencia automática en potencia Prime de 72kW equivalente a 90kVA. Las características acústicas de estos generadores se presentan a continuación:
Para la modelación, se distribuyeron las fuentes de acuerdo con lo expuesto en la siguiente figura, en concordancia a la función de cada equipo y posicionándolos lo más cercano a los receptores sensibles.
En la tabla 41 del Informe de ruido y vibraciones se muestran los niveles proyectados de la fase de operación periodo diurno, En tabla 42 niveles proyectados de la fase de operación periodo nocturno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
En figura 32 y figura 33 del Informe de ruido y vibraciones se presenta el mapa de ruido para ambos periodos. Para el receptor fauna se tiene:
En figura 35, figura 36, figura 37 y figura 38 del Informe de ruido y vibraciones se presentan sus respectivos mapas de ruido. Estos resultados muestran que no se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del MMA, en periodo diurno, en los receptores Rin-7 y Rin-8 y en los receptores Rin-6, Rin-7 y Rin-8 durante el periodo nocturno, por lo que se requieren medidas de reducción de ruido para generar cumplimiento normativo. Además, se observa que, a pesar de no existir sitios de relevancia en el área de influencia del Proyecto, las proyecciones de ruido en el receptor de fauna nativa no supera el umbral para efectos conductual y fisiológicos en los grupos taxonómicos con presencia en el área de influencia del proyecto. Medidas de Control de Ruido Según se indicó en el apartado anterior, los niveles de ruido generados en la fase de operación del proyecto, para los receptores representativos evaluados Rin-6, Rin-7 y Rin-8, superan el límite establecido por el D.S Nº38/2011 del MMA, al considerar un “contexto de condición más desfavorable”. Por lo tanto, se implementarán medidas de reducción de ruido para asegurar el cumplimiento normativo. Es necesario mencionar que las medidas descritas a continuación deben mantenerse durante el tiempo que dure la fase de operación. Grupo Electrógeno - Escape de gases La evacuación de gases de combustión es, generalmente, la fuente más ruidosa en este tipo de equipos. Para disminuir su emisión, es necesario incorporar un silenciador de grado residencial, con una atenuación de ruido de entre 20 – 25 dB(A). Esta medida, deberá considerar la perdida de carga, máxima contrapresión del equipo y una ventilación adecuada, la cual deberá ser validada por un especialista acústico.
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Se presenta en la tabla 9 y tabla 10 del Informe de ruido y vibraciones el nivel proyectado con medidas de control periodo diurno y nocturno, en conjunto con sus respectivos mapas. Estos resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del MMA, en periodo diurno y nocturno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas. Cabe señalar que la columna de atenuación en las tablas precedentes indica, para cada escenario, la atenuación total de todas las medidas de control de ruido aplicadas en simultáneo, y no únicamente la atenuación de una medida exclusivamente. Finalmente se expone que los valores negativos proyectados en algunos receptores durante la fase de operación indican que los niveles de inmisión de ruido son imperceptibles, debido a que la presión sonora que llega a estos receptores es menor que la mínima presión sonora audible por el ser humano, resultando en una relación logarítmica negativa.
4.6.5.4. Otras emisiones Tabla 4.6.5.4 Otras emisiones Nombre Descripción Vibraciones Para la fase de operación, existirán dos grupos electrógenos funcionando en el primer piso de los lotes E y F. La simbología que se utilizará para representar cada fuente se presenta en la siguiente tabla:
Simbología maquinaria para modelación de la condición más desfavorable para la fase de operación El escenario modelado se muestra a continuación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
En la tabla 78 del informe de ruido y vibraciones se puede observar los resultados de proyección de vibración De acuerdo con la tabla mencionada se aprecia que, en todos los receptores, se genera cumplimiento de los límites por molestia de la guía técnica FTA. Así mismo, en todos los receptores se genera cumplimiento en cuanto a daño estructural de las edificaciones. El cálculo de estos valores junto a las distancias fuente- receptor se encuentra en el Anexo 11 del informe de ruido y vibraciones.
4.6.6. Residuos
4.6.6.1. Residuos no peligrosos Tabla 4.6.6.1 Residuos no peligrosos Nombre Descripción Residuos domiciliarios (domésticos) Durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto, habrá generación de residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, el cual indica, para la comuna de Puerto Montt, una tasa de generación de 1,40 kg/día de residuos. Además, se considera un promedio de 4 habitantes por vivienda. De acuerdo con la información presentada a continuación, se detalla la determinación de residuos por parte del proyecto inmobiliario Residuos sólidos domiciliarios Para el almacenaje de estos residuos, previo a la recolección del camión municipal, el Proyecto ha considerado instalación de contenedores, los cuales estarán distribuidos por todo el conjunto.
4.6.6.2. Residuos peligrosos Tabla 4.6.6.2 Residuos peligrosos Nombre Descripción Residuos peligrosos No se generarán residuos peligrosos en la etapa de operación
4.6.6.3. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Tabla 4.6.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Nombre Descripción Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente No se generan productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente durante la fase de operación
4.7. Fase de cierre
No se contempla una fase de cierre por considerarse un proyecto de carácter indefinido.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1.-SOBRE LA INEXISTENCIA DE RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Según los antecedentes analizados en el proceso de evaluación, se puede concluir que si existe población en el área de influencia del proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Emisiones atmosféricas. Las emisiones durante la fase de construcción corresponden fundamentalmente a material particulado y gases de combustión generados por los movimientos de tierra y por el tránsito de vehículos y maquinarias. Respecto a la fase de operación, las actividades que generan emisiones a la atmósfera corresponden a tránsito y combustión de vehículos de los residentes por camino pavimentados, combustión de 4 grupos electrógenos de emergencia para los edificios y combustión de estufas a pellet para las casas. Más detalle en el del Informe de emisiones atmosféricas disponible en Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria. En el Informe de modelación de emisiones atmosféricas adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria se pueden observar los valores de las concentraciones de dispersión de los contaminantes, modelados mediante CALPUFF. Respecto a los resultados obtenidos en los capítulos anteriores de la modelación de la calidad del aire usando CALPUFF se puede concluir lo siguiente: Contaminantes Norma de Calidad Primaria Las mayores concentraciones obtenidas se encuentran en los receptores cercanos al Proyecto, ya que para el año 7 ocurre la actividad de construcción y para el año 9 se modelan las chimeneas de los calefactores a pellets del Proyecto. Área de Influencia Como se puede ver el área de influencia del Proyecto para los contaminantes del aire es local, cerca de las inmediaciones del proyecto y corresponde al contaminante en saturación MP2,5. Análisis Normativo Al comparar los resultados de los aportes del proyecto para el año 7 y año 9 con los límites de impacto significativo del “Criterio de Evaluación en el SIEA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5”, podemos observar que no se superan estos límites en todos los receptores evaluados.
Puntos de Máximo Impacto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Los puntos de máximo impacto para el escenario de construcción y operación se encuentran en zonas no habitadas de la construcción del proyecto o en zonas no habitadas.
Isoconcentraciones
Respecto a las isoncentraciones, están son preferentemente cercanas al proyecto, y la mayoría de las líneas de concentración no supera el 1 μg/m3 para los contaminantes evaluados.
Finalmente, se puede concluir que los aportes del proyecto son bajos en ambos escenarios donde no presentan grandes aportes porcentuales respecto a la norma y que a pesar de modelar en el peor escenario no se sobrepasan los límites de impacto significativo b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Ruido. Los procesos propios de la construcción generan emisiones de ruidos los cuales se evalúan si cumplen con la normativa vigente aplicable.
Los niveles de ruido generados por las fases de construcción, considerando las medidas de control cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el Decreto Supremo Nº38/211 del Ministerio del Medio Ambiente para el período diurno. Las medidas de atenuación se describen en el Informe de ruido y vibraciones (ver Anexo 1.5 de la DIA). No existiendo un riesgo para la salud de la población por las emisiones de ruido.
Medidas de control
▪ Barrera acústica: Se propone la instalación de barreras acústicas temporales, por lo tanto, dado que serán barreras acústicas temporales, se pueden confeccionar de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Dichos paneles de OSB deben estar, además, protegidos de factores climáticos (principalmente humedad y lluvia), a través de la aplicación de pintura hidrorrepelente, tales como las pinturas tipo siloxane, látex, acrílico o similares. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo.
▪ Aislamiento acústico: Para la reducción de ruido, se deben implementar, además, medidas de control basadas en el cálculo del aislamiento acústico. Para una pared simple, la cual se compone de una sólida capa de algún material, el aislamiento acústico bajo la frecuencia crítica está determinado fundamentalmente por la densidad superficial de masa. El aislamiento acústico aumenta a medida que se incrementa la masa por unidad de superficie de una pared. Un aumento de masa igual al doble implica un mejoramiento de 6 dB en el aislamiento acústico (Ley de la masa o Ley de Berger). Sobre la frecuencia crítica influye también la rigidez y el amortiguamiento de la pared. A continuación, se muestra la curva de aislamiento por banda de frecuencia de una placa de OSB de 15 mm de espesor.
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▪ Cubre Vanos: Para los trabajos de terminaciones en altura, se debe implementar como medida de control de ruido cubrir por completo los vanos con una placa de OSB, o similar, de 15 mm de espesor, a medida que los trabajos avanzan en altura, para reducir el nivel de ruido generado por la actividad constructiva al interior de las construcciones.
▪ Encierros acústicos: Se especifican encierros para controlar el ruido producido por el funcionamiento de herramientas manuales. Estos encierros pueden ser construidos con paredes de placa de OSB espesor 15 mm o similar técnico. Las dimensiones del encierro pueden ser de 2 metros de largo, 2 metros de ancho y 2,7 metros de alto según recomendaciones de la norma BS 5228-1/09. Para fines del presente informe se considera el valor del índice de aislamiento acústico para una placa de OSB, correspondiente al valor de atenuación al implementar un encierro acústico.
La ubicación de esta cabina debido a las características del Proyecto puede ser variable, sin embargo, se recomienda instalarla lo más alejado de los receptores y que se pueda trasladar según la aplicación de interés.
▪ Restricción de maquinaria: Como medida de control, se implementará, también, la restricción de fuentes de ruido, estas fuentes de ruido no podrán operar en simultaneo bajo ninguna condición, la siguiente tabla indica estas fuentes de ruido:
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No operara este tipo de maquina en el área de restricción. Además, esta área se delimitará con cintas de prevención. La forma de verificar esta medida de control será mediante un breve reporte el que contendrá un registro fotográfico de esta medida y la duración de esta medida. Esta medida se implementará en lo que dure toda la fase de construcción. Se indica que, se realizará una programación de trabajo con el administrador de obra y la constructora con el objeto de cumplir con las restricciones de equipos y maquinaria indicadas en la Tabla 1-41. Maquinaria de uso restringido del cap.1 de la DIA. Los resultados muestran que se cumple con el límite máximo permitido según D.S. Nº38/2011 del MMA, en periodo diurno, en todos los receptores estudiados, al incorporar las medidas de control propuestas. Cabe señalar que la columna de atenuación en las tablas precedentes indica, para cada escenario, la atenuación total de todas las medidas de control de ruido aplicadas en simultáneo, y no únicamente la atenuación de una medida exclusivamente. A pesar de que con las medidas de control propuestas se cumple con los máximos permitidos según D.S. Nº38/2011 MMA, estas generan un incumplimiento con el rango de seguridad de 3 dB(A) en los receptores internos Rin-2, Rin-4, Rin-5 y Rin-7 según la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por ruido y vibración en el SEIA (SEA, 2019)”, por lo que el titular, con el objeto de evaluar los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, se compromete a implementar un plan de monitoreo de ruido.
Con el objeto de evaluar los niveles de vibraciones generados en la fase de construcción del proyecto, se propone como monitoreo un plan voluntario para verificar que las actividades de trabajo cumplan con los límites establecidos en la guía técnica FTA. Lo anterior se realizará en base a una campaña de monitoreo de vibraciones en periodo diurno (entre las 08:00 am y las 18:00 horas sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal). La frecuencia del monitoreo será de forma trimestral, el cual deberá realizarse durante los meses de mayor emisión del proyecto (solape más energético). Se utilizará acelerómetro triaxial. Con los resultados obtenidos en la campaña se elaborará un informe técnico indicando, en el caso que llegaran a existir, medidas de mitigación de vibraciones que permitan cumplir con los límites máximos, el cual consistirá en lo siguiente:
• Ficha de información de medición de vibraciones.
• Ficha de georreferenciación de los puntos de medición.
• Ficha de evaluación de los niveles medidos.
Los medios de verificación con los cuales se acreditará la implementación de dicha medida.
La medida de control de vibraciones consiste en aumentar la distancia fuente-receptor mediante un área de restricción el cual se delimitará con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
cintas de prevención. La forma de verificar esta medida de control será mediante un breve reporte el que contendrá un registro fotográfico de esta medida y su duración. Es importante mencionar que esta medida se implementará durante toda la fase de construcción.
Se presenta Compromiso Ambiental Voluntario “Plan de monitorio de niveles de Ruido” en el Capítulo 7. Compromisos ambientales voluntarios versión final adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria y el capítulo de Compromisos en este Informe.
Respecto a las vibraciones los niveles estimados para todas las fases del Proyecto cumplen con los límites máximos propuestos, de acuerdo con la normativa de referencia empleada, Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA - May 2006.
La fase de operación se consideran grupos electrógenos de emergencia para los edificios del Proyecto. Dadas las características de los grupos electrógenos mencionados y la posición de éstos en el Proyecto, no se considera que sean susceptibles de generar vibraciones y no requiere evaluación.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
El Proyecto en evaluación no presenta un riesgo para la salud de la población producto de la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, considerando además la ubicación del Proyecto, la cual corresponde a un sector urbano. A continuación, se justifica lo anterior para el componente aire, suelo y agua. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Debido a actividades propias de la construcción y operación se generarán residuos, sin embargo, el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población producto de la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, ya que éstos serán tratados según lo establecido en la legislación vigente, siendo trasladados de manera adecuada a lugares debidamente autorizados.
5.2.-SOBRE LA INEXISTENCIA DE EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.
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a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Considerando lo expuesto en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: efectos adversos sobre recursos naturales renovables” y respecto a los impactos potenciales sobre la cantidad y calidad del recurso suelo, cabe indicar lo siguiente: Flora y Vegetación: De acuerdo con el Informe de caracterización de flora y vegetación adjunto en el Anexo 3.4 de la DIA, se identificaron un total de 26 especies de plantas vasculares, de las cuales el 54% corresponden a taxas adventicios, lo cual determina que el área posee un índice de antropización de altamente intervenido de acuerdo con lo establecido por la metodología de González (2000), lo que se condice con la fuerte presión antrópica que ha sufrido el área de estudio y sus sectores colindantes en los últimos años producto de la expansión del desarrollo inmobiliario. El tipo biológico predominante corresponde a especies herbáceas y arbustivas. En relación con la vegetación registrada en el área de emplazamiento del Proyecto, de los parches que quedan en el mismo, corresponden mayoritariamente a matorral de Ulex europeaus, especies invasora adventicia colonizadora que desplaza vegetación nativa y endémica en sus áreas de distribución natural.
En el Anexo A-01 de la Adenda se presenta la versión corregida del Plan de corta de Ulex europeaus.
En relación con las sensibilidades que presenta el área del Proyecto a con la componente Flora y Vegetación se registraron las que se mencionan a continuación:
• Presencia se especies clasificadas en categoría de conservación; se registró 01 especie de planta vascular clasificada en categoría de conservación correspondientes a Blechnum chilense (Preocupación Menor D.S. N°19/2012 MMA).
• Presencia de especies endémicas: se registró una especie de origen geográfico endémico correspondiente a Gaultheria linifolia.
La determinación y justificación del área de influencia para el componente vegetación y flora vascular ha sido realizada considerando la definición establecida en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. N 40/2012, MMA), considerando las dimensiones y alcances del Proyecto y las características vegetaciones a escala local.
Para tales efectos de evaluación fueron revisados los antecedentes existentes para el área correspondientes a la línea de base de flora y vegetación vascular del Proyecto, y de forma complementaria se efectuó una campaña de terreno por parte de 02 especialistas Ingenieros Forestales bajo la metodología de campo señalada por el MMA-ONU (2022) el día 29 de julio de 2023. De acuerdo con lo anterior, el Área de Influencia se ha establecido a partir de la utilización de los siguientes criterios: - Espacio geográfico de emplazamiento, el cual considera el conjunto de partes, obras y/o acciones del Proyecto que implican la transformación total o parcial de los sistemas o formaciones vegetales presentes en el área de El Proyecto. - Efectos o riesgos de operación, representado por la superficie de sistemas naturales o formaciones vegetales que puedan sufrir Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
perturbaciones debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos generados por el Proyecto. De esta manera, el Área de Influencia ha sido definida y justificada para el estudio de flora y vegetación terrestre tomando en consideración los eventuales impactos ambientales que el Proyecto tiene para este componente, así como el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del Proyecto.
Con relación a la presencia de contaminantes que pudiesen impactar de forma adversa al componente suelo, se adoptarán las medidas establecidas en los numerales 1.8.8 y 1.9.9 del cap. 1 de la DIA, y además lo indicado en el en el Capítulo 2. Plan de prevención de contingencias y emergencias versión final adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria, además como se explica en el numeral 1.8.8 del cap. 1 de la DIA, los residuos generados por el Proyecto (domiciliarios, inertes, no peligrosos y peligrosos) serán almacenados en contenedores adecuados y dispuestos en lugares debidamente autorizados por la autoridad sanitaria. De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 6º letra a) del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. En cuanto al catastro de fauna potencial adjunto en el Anexo 3.3 de la DIA, el área de influencia del Proyecto corresponde a un espacio semiantropizado, ya que se encuentra con vegetación bastante densa en la mayor parte, sin embargo, se encuentra rodeado por caminos, construcciones y suelos removidos. Particularmente la zona de caminos y construcciones presenta casas, suelos pavimentados y sólo se avistó fauna típica de las ciudades. El catastro de fauna potencial arrojó un total de 194 especies de todos los taxones. De estas, quince (15) especies corresponden a anfibios (7,7% del total potencial), cuatro (4) especies corresponden a reptiles (2,1% del total potencial), 141 especies son aves (72,7% del total potencial) y 33 especies de mamíferos (17,5% del total potencial). Respecto al origen biogeográfico, 172 son nativas (88,7% del total potencial), 7 son endémicas (3,6 % del total potencial) y 15 son Introducidas (7,7 %). Al establecer categoría de conservación según la legislación aplicable y vigente, se tiene que 66 especies se encuentran bajo categoría de conservación (34% del total potencial), mientras que las 128 especies restantes no han sido evaluadas (66% del total potencial). De las especies evaluadas, 38 especies presentan categoría “Preocupación menor” (LC, 19,6% del total potencial), diez (10) como “Vulnerable” (VU, 5,2% del listado potencial), una (1) como Datos insuficientes (DD 0,5% del total potencial), doce (12) como “Casi amenazada” (NT, 6,2% del listado potencial) y cinco (5) como “En Peligro” (EN, 2,6% del listado potencial). Cabe destacar, que algunas especies potenciales presentan naturalmente densidades poblacionales bajas y sus registros son poco frecuentes, por lo que también su probabilidad de encuentro es baja. Ante esto, la riqueza efectivamente encontrada en la campaña corresponde al 10,3% del total potencial, de las cuales hay 1 especie de anfibio, 17 especies de aves y 2 especies de mamíferos. De la prospección en terreno, ningún reptil fue encontrado.
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El anfibio registrado corresponde a la especie Sapo espinoso (R. spinulosa) especie nativa que en nuestro país tiene una distribución que va desde Caquena (región de Arica y Parinacota) hasta Tilomonte (región de Antofagasta) y luego desde Portillo (región de Valparaíso) hasta el P.N. Vicente Pérez Rosales (región de los Lagos) y tiene la categoría de Preocupación menor (LC) según (D.S. 41, 2011). Es importante señalar que, si bien se registró la presencia de anfibios, estos no serían afectados por las obras del proyecto debido a la distancia entre el emplazamiento de las obras y el sitio de avistamiento. Otra especie de interés registrada en el sitio del proyecto es el micromamífero capturado. Ratón lanudo (A. longipilis) especie nativa con distribución en Argentina y chile. En nuestro país su distribución abarca desde la región de coquimbo a la región de Magallanes. Su categoría de conservación corresponde a preocupación menor (LC) según (D.S. 19, 2012).
Como se mencionó con anterioridad, no hubo registro de reptiles en el lugar, esto puede deberse a que en la zona no hay abundancia de reptiles debido al tipo de clima, más frio y húmedo, incluso en verano, por lo que son difíciles de ver. Sobre los índices de diversidad. El índice de Shannon es bajo en 2 de los 3 ambientes registrados, salvo en el ambiente “matorral” que se registró una riqueza de 2,6. El índice de Jaccard indica una baja similitud entre los ambientes del área del proyecto. De las aves registradas, son especies generalistas y de amplia distribución en el país, donde ninguna de ellas presenta categoría de conservación.
Finalmente, considerando la información levantada en terreno y las partes, obras y acciones que involucra el Proyecto, se concluye que conjunto habitacional no ejercerá efectos adversos significativos a la componente fauna silvestre, mientras se efectúen las medidas necesarias y mencionadas para controlar los efectos directos e indirectos sobre las especies que actualmente habitan el lugar. Se adoptarán las siguientes medidas:
• No circular a velocidades superiores a 20 km/h en vehículos motorizados en cualquiera de las fases del Proyecto. • No intervenir el perímetro para mantener el resguardo de las especies de reptiles que habitan el lugar en zonas de pastizales altos. • No impedir la circulación de fauna a través de otros sectores. • No manipular ni alimentar a la fauna silvestre en cualquiera de las fases del Proyecto, para impedir su acostumbramiento a la subvención humana.
Como se indica en el Informe de propuesta de delimitación de humedal y área de influencia adjunto en el Anexo A-04 de la Adenda, en estudios previos se definieron 2 polígonos con indicadores de humedal urbano según criterios hidrológicos, vegetacionales y edáficos conforme a los lineamientos de la Guía de delimitación y caracterización de humedales urbanos de Chile” (MMA y ONU, 2022).
Como resultado se obtiene que la superficie que cumplen con los criterios de vegetación hidrófila, régimen hidrológico y suelo hídrico dentro del área del Proyecto corresponde a una superficie de 2.078,6 m2 (0,21 ha), lo que corresponde al 1,78% del área del Proyecto. A continuación, se identifica los posibles factores de generadores de impacto (FGEI) sobre objetos de protección de acuerdo con la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Guía para la predicción y evaluación de impactos ambientales en humedales en el SEIA (SEA, 2023) y la Guía de evaluación de efectos adversos significativos en los recursos naturales renovables (SEA, 2023). Los principales FGEI corresponden a las actividades asociadas a la fase de construcción y que se presentan en la Figura 1-32 de la DIA. Cronograma de actividades para las etapas C, D, E, F y G del Lote W3. Fase construcción y en el acápite 1.8.1. del cap. 1 de la DIA. a) Limpieza de terreno: Previo a la obra se realizará la limpieza y escarpe del terreno con el objetivo de dejar el terreno libre de cualquier vegetación y/o escombros presentes en el lugar. b) Cierros provisorios: Como cierre perimetral durante la fase de construcción se propone la instalación de barreras acústicas temporales, se confeccionarán de madera OSB de 15 mm de espesor, cerradas herméticamente entre sí con espuma expansiva y mediante vigas de madera o metálicas para evitar la deformación por eventualidades climáticas. Otro aspecto importante, es que se debe nivelar el terreno donde se instalarán las barreras acústicas. Una vez instaladas, se debe cubrir la parte baja con el material extraído de la nivelación, todo esto, para asegurar la hermeticidad con respecto al suelo. c) Instalación de faena: el Proyecto contempla la instalación de obras provisorias correspondientes a la instalación de faenas que apoyarán la construcción del conjunto habitacional. Esta obra consiste en la instalación de contenedores metálicos del tipo marítimo, destinados a diferentes usos. d) Empalmes provisorios: Se conectará a un empalme provisorio mientras se materializa la conexión definitiva a red eléctrica. e) Excavaciones: Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los Planos de arquitectura. Se utilizará una retroexcavadora. f) Nivelación: Corresponde a la actividad de asegurar un cierto nivel sobre una superficie, ya sea horizontal o con cierta pendiente, mediante el uso de maquinaria (motoniveladora). g) Movimiento de vehículos y maquinaria: Se contempla el desplazamiento de maquinaria, dentro de los cuales, se considera el movimiento de: retroexcavadora, rodillo compactador, motoniveladora, minicargador, generador 100 kVA, bomba hormigonera, camiones tolva, mixer, además de vehículos livianos. h) Actividades de Obra gruesa: Esta actividad corresponde a las actividades de construcción de pilares, muros, cubierta de los edificio y fundaciones, la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra.
En la “Guía de evaluación de efectos adversos sobre recursos naturales renovables” para la predicción y evaluación de impactos sobre los humedales se establecen dos tipos de criterios: generales y específicos, ambos basados en las consideraciones espaciales y temporales del proceso de evaluación ambiental.
Criterios de generales:
• Criterio de permanencia • Criterio de regeneración • Criterio de condición
Como se indicaba anteriormente, la superficie que cumplen con los criterios de vegetación hidrófila, régimen hidrológico y suelo hídrico dentro del área del Proyecto corresponde a una superficie de 2.078,6 m2 (0,21 ha), el cual se encuentra dentro del predio y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
será intervenida por las obras, acciones y partes del Proyecto, específicamente por alas actividades de escarpe, excavación y nivelación del terreno.
La superficie antes señalada será retirada como parte del sustrato futuro del área verde con individuos de las especies Blechnum chilense, Blechnum hastatum, Gaultheria y demás acompañantes presentadas en el Proyecto de paisajismo adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA.
En cuanto al criterio de permanencia el, Proyecto considera una propuesta de conservación para la especie Blechnum chilense, Blechnum hastatum, Gaultheria mucronata y otras acompañantes que serán trasplantadas y monitoreadas dentro del área verde del conjunto habitacional, asegurando de este modo su permanencia en el tiempo. En ese mismo sentido la regeneración se asegura mediante el plan de monitoreo detallado en la propuesta indicando frecuencia, oportunidades de registro y verificación de niveles de cobertura óptimos que aseguren una correcta regeneración y renovación de las especies vegetales. Por último, la misma propuesta busca asegurar la mantención de las condiciones óptimas para el crecimiento de las especies, enfocándose en los aspectos técnicos relacionados al sustrato, su humedad y presencia de nutrientes, como manteniendo un control riguroso que evite el crecimiento y la proliferación de especies invasoras del área verde del conjunto habitacional, cabe recordar que actualmente las especies a trasplantar se encuentran bajo una fuerte presión de la especie Ulex europaeus, la cual coloniza rápidamente eliminando a los individuos de las especies del lugar, de modo que también se asegura la generación y mantención de las condiciones que hacen posible la permanencia y desarrollo de las especies.
Por lo tanto, a partir de la evaluación de los criterios generales respecto a la generación o presencia de efectos adversos significativos sobre la calidad o cantidad de los humedales, se tiene que la alteración generada por las obras, acciones y partes del Proyecto sobre la superficie con criterios de humedal presentada en la Figura 28 del Informe de propuesta delimitación humedal y área de influencia adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda, no afecta su estado de permanencia, regeneración y condición, por lo que se califica como no significativa.
Los criterios generales del artículo 6° del Reglamento del SEIA indican cómo evaluar si se generan impactos significativos sobre la cantidad y calidad de los componentes de humedales. Siguiendo la lógica de la “Guía de evaluación de efectos adversos sobre recursos naturales renovables” (SEA, 2023b), se presentan a continuación nueve consideraciones o criterios específicos para los ecosistemas de humedal que se describen a continuación:
Criterios específicos:
• Características propias del proyecto o actividad • Recursos escasos, únicos y representativos • Biodiversidad • Especies clasificadas según estado de conservación • Magnitud y duración del impacto en relación con la condición inicial • Capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración • Combinación o interacción de contaminantes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• Normas de calidad ambiental y de emisión • Servicios ecosistémicos
Características propias del proyecto o actividad
De acuerdo con este criterio, se deben tener en consideración las características propias del Proyecto que pueden tener como consecuencia la generación de un efecto adverso significativo sobre la cantidad y calidad de los componentes de humedales y del ecosistema, sus características y su funcionamiento. Según el inciso 2° del artículo 6° del Reglamento del SEIA, dentro de estas características se incluyen:
a) Extracción de recursos naturales renovables, lo que incluye el suelo hídrico, agua y biota en general b) Emplazamiento de las partes, obras o acciones del proyecto o actividad. c) Emisiones, efluentes o residuos del proyecto o actividad.
Según los antecedentes disponibles y el levantamiento de terreno, las características que hacen posible la existencia de suelo hídrico son las precipitaciones y la capa de arcilla arenosa, cercana a la superficie, la cual actúa como una base impermeable que permite la acumulación de agua sobre ella.
Los sectores húmedos pequeños reconocidos dentro del Proyecto se han evaluado anteriormente con escaso valor ambiental, dado sus dimensiones (<500 m2 en total) y que sus características no son diferentes a las características presentes ampliamente en la región. Estas zonas además se encuentran desconectados de escorrentías y drenajes secundarios.
En relación con la biota del predio, el Informe de caracterización de fauna silvestre adjunto en el Anexo 3.3 de la DIA no evidencia fauna silvestre asociada a las áreas con criterios de humedal dentro del Proyecto. Asimismo, se indica que de acuerdo con el Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo 1.5 de la DIA no se superan los umbrales de afectación para fauna nativa, establecidos en conformidad con el documento técnico “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa “(SEA, 2022).
En ese sentido, se descarta este criterio, ya que el Proyecto no contempla la extracción de agua o suelos hídricos permanentes y biota en el área con criterios de humedal. Asimismo, el Titular contempla manejo de residuos peligrosos y no peligrosos durante la fase de construcción. Mayores antecedentes se presentan en los contenidos de los PAS 140 y 142 de la versión final del Capítulo 6. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental adjunto Anexo AC-04 de la Adenda Complementaria.
Recursos escasos, únicos y representativos
Este criterio surge de la indicación expresa del inciso 2° del artículo 6° del Reglamento del SEIA, que señala “(...) deberá ponerse especial énfasis en aquellos recursos propios del país que sean escasos, únicos o representativos”. Se debe tener presente que los OP pueden ser considerados como escasos, únicos o representativos independiente de que estén o no clasificados según estado de conservación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N°19.300. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Los resultados del estudio florístico realizado en el área de Proyecto, muestra la presencia de un total de 42 especies, de las cuales 17 especies son introducidas que representan el 41% de las especies registradas y un 59% de especies nativas (24 spp). Las formas de vida predominantes son: Hemicriptófitos (20 spp.) que comprende hierbas y malezas, Helófitos (8 spp.) todas nativas entre hierbas y subarbusto, y 7 spp. de Nanofanerófitos. Dentro de las especies registradas se encuentran en categoría de conservación por el D.S. N°19/2012 MMA: LC (preocupación menor) Asplenium dareoides Desv. - Blechnum chilense (Kaulf.) Mett.; NT (casi amenazada) Blechnum hastatum (Kaulf.). En ese sentido, se descarta la presencia de los siguientes recursos:
Recursos Escasos: • Especies clasificadas en categorías de conservación: En peligro crítico (CR), En peligro (EN), Vulnerable (VU), Casi amenazada (NT) e Insuficientemente conocida (DD). • Especie, poblaciones y comunidades de flora reliquia, que corresponden a especies paleoendémicas o epibióticas, cuya presencia localizada en áreas reliquias no se explican por las condiciones actuales, sino que la ocupación debió realizarse bajo condiciones diferentes que reinaron en un pasado más o menos remoto (Sarmiento, 2001). • Comunidad de flora remanente o relicta, que corresponden a un remanente de vegetación que permanece, al desaparecer la mayor parte de la masa vegetal original (Sarmiento, 2001). • Aguas subterráneas de sectores acuíferos que alimentan vegas y bofedales a los que se refiere el artículo 63 del Código Nacional de Aguas. • Aguas subterráneas de acuíferos que alimenten humedales en zonas declaradas como de prohibición o áreas de restricción, de acuerdo con los artículos 63 y 65 del Código de Aguas, respectivamente. • Agua superficial o subterránea de una zona de escasez declarada por el Ministerio de Obras Públicas y que alimenten humedales. • Recursos genéticos endémicos del humedal. • Especie de flora o fauna de distribución geográfica restringida. Recursos únicos: • Aguas fósiles que alimenten humedales. • Especies endémicas presentes en el humedal. • Especies que se encuentran en el límite o borde de su rango de distribución geográfica. • Vegetación azonal tales como vegas y bofedales. Recursos representativos: • Especies endémicas presentes en el humedal. • Vegetación azonal tales como vegas y bofedales. • Biota de humedales de zonas áridas, semiáridas y subhúmedas. • Especie clave. • Especie representativa: por ejemplo, el musgo Sphagnum asociado a una turbera o el pez liza asociado a un estuario. • Especies declaradas monumento natural.
Biodiversidad
En el artículo 41 de la Ley Nº19.300 se establece que los recursos naturales son susceptibles de uso y aprovechamiento por el ser humano, pero que dicho uso y aprovechamiento debe efectuarse asegurando su capacidad de regeneración y la diversidad biológica asociada al mismo, en especial, pero no exclusivamente, de aquellas especies clasificadas según el artículo 37 de la Ley Nº19.300. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
De acuerdo con la definición de diversidad biológica, esta se representa a diferentes escalas de organización, donde se distinguen tres niveles: diversidad genética, diversidad específica (incluyendo poblaciones) y diversidad ecosistémica (incluyendo paisajes).
En cada uno de estos niveles de organización se pueden reconocer tres atributos: composición (identidad, cantidad y variedad de los elementos); estructura (forma de organización de los elementos) y función (interacción entre los elementos).
A partir de esto, se descarta la ocurrencia de efectos adversos significativos ya que no hay presencia de diversidad biológica sobre la superficie con criterios de humedal presentada en la Figura 28 del Informe de propuesta delimitación humedal y área de influencia adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda, descartándose una alteración de la composición, estructura o función de la biodiversidad.
Es importante destacar que, el titular ejecutará un proyecto de conservación de la especie Blechnum chilense y acompañantes (Gaultheria mucronata, Blechnum hastatum y entre otras inidentificadas en el área con criterios de humedal) al interior del conjunto habitacional con el objetivo mantener las condiciones de vegetación con plantas helófitas y su sustrato natural al interior del Proyecto y resguardar la permanencia de biodiversidad.
Especies clasificadas según estado de conservación
La letra b) del artículo 6° del Reglamento del SEIA establece que para evaluar si se genera un efecto adverso significativo en la cantidad y calidad de un recurso biótico se debe considerar la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación.
De acuerdo con el Informe de caracterización fauna silvestre adjunto en el Anexo 3.3 de la DIA, Informe de caracterización de flora y vegetación adjunto en el Anexo 3.4.1 de la DIA e Informe delimitación humedal_criterio vegetación hidrófila (actualización) adjunto en el Anexo A-05 de la Adenda, no se registra fauna asociada al área con criterios de humedal y respecto a la especie Blechnum chilense se encuentra registrada en categoría de conservación por el D.S. N°19/2012 MMA: LC (preocupación menor). Magnitud y duración del impacto en relación con la condición inicial
Se debe predecir y evaluar el impacto según su estado final, en términos de calidad y cantidad, en referencia a su estado inicial. La diferencia relativa indicará la magnitud del impacto y señalará la significancia de este.
Respecto de los umbrales a considerar, la letra c) del artículo 6° del Reglamento del SEIA indica que se debe considerar “la magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre e suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base” (énfasis agregado). En la letra d) del mismo artículo se señala que “se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base” (énfasis agregado), esto en el caso que no sea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
posible evaluar el impacto por medio de normas secundarias de calidad ambiental.
Además, los impactos pueden ser permanentes o transitorios, lo que se debe comparar con la condición previa a la ejecución del proyecto o actividad.
En este caso, debido a que corresponde a un proyecto inmobiliario, se tiene que el impacto asociado a las actividades de la fase de construcción es transitorio, mientras que la fase de operación se considera impactos permanentes. En términos de magnitud, la superficie con criterios de humedal es de 2.078,6 m2 (0,21 ha), lo que corresponde al 1,78% del área del Proyecto. Es importante recalcar que, la Línea de base de flora y vegetación versus la registrada en el periodo 2023-2024 por medio de levantamiento florístico e imágenes Dron, permitieron delimitar el área actual de la formación de Blechnum chilense, registrando actualmente un área de 1.850 m2 aproximadamente, de la cual 750 m2 aprox. se encuentra dentro de los límites del Proyecto (0,60% aprox. de la superficie del Proyecto y 1.100 m2 aprox. se encuentran en el área de influencia).
Este cambio de cobertura estaría asociada a la presión que genera la especie invasora Ulex europaeus, la cual ha ido cubriendo mayormente el área, secando el suelo y con ello generando mortalidad de especies hidrofitas, dando paso en algunos casos a especies propias de pradera, como lo registro el alto porcentaje de cobertura vegetal registrada en los polígonos A y B del Informe criterio HU, criterio hidrología y suelos hídrico adjunto en el Anexo 3.5.2 de la DIA.
Como se ha mencionado anteriormente, se considera generar r un proyecto de conservación de la especie Blechnum chilense en un ambiente propicio para su crecimiento, al interior del proyecto habitacional “Conjunto habitacional Don Vicente-Bosquemar”, en un área total de 926,6 m2. Lo anterior con el objetivo de mantener las condiciones de vegetación con plantas helófitas al interior del Proyecto y resguardar la permanencia de biodiversidad.
Capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración El inciso sexto del artículo 6° del Reglamento del SEIA indica que la “evaluación de los efectos sobre los recursos naturales renovables deberá considerar la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de dichos recursos en el área de influencia del proyecto o actividad (…)”.
Estas características son clave respecto de la potencial contaminación de los componentes ambientales a causa de emisiones, efluentes y residuos. Además, estos impactos suelen tener una afectación directa sobre los componentes estructurantes de los humedales (suelo, agua, aire) y tener consecuencias indirectas (por ingesta, respiración o contacto) con la biota e incluso con grupos humanos.
Con respecto al Proyecto se aclara que a inicios de la fase de construcción se consideran baños químicos (de carácter transitorio) para luego disponer servicios sanitarios como baños, duchas y lavatorios conectados directamente a la red de alcantarillado existente. demás, se menciona que tanto para la fase de construcción como operación que los residuos, sean estos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
domiciliarios, líquidos o sólidos, inertes, peligrosos, etc. serán correctamente manejados según lo indicado en la presente DIA, por lo que se descartan posibles afectaciones sobre los componentes de suelo, agua y aire por parte del Proyecto. Combinación o interacción de contaminantes
El inciso 7° del artículo 6° del Reglamento del SEIA establece que la evaluación de los impactos significativos sobre los OP debe considerar “los efectos que genere la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes del proyecto o actividad”.
Dadas las características del Proyecto y sus emisiones proyectadas se puede descartar que la combinación o interacción simultanea de contaminantes pueda provocar un efecto conjunto mayor que la suma de los efectos que producirían cada uno por separado (efectos sinérgicos o sinergia). Servicios ecosistémicos
Según el artículo 2° del Reglamento de humedales urbanos, los servicios ecosistémicos (SSEE) se definen como “la contribución directa e indirecta de los ecosistemas al bienestar humano”, lo cual depende de sus componentes ambientales y el desarrollo de funciones ecosistémicas. Entre los servicios que los ecosistemas de humedal proveen se encuentran el abastecimiento y depuración del agua, tanto para consumo humano como para la agricultura y ganadería; control de inundaciones; protección del litoral; provisión de fibras útiles; fuente de inspiración espiritual y cultural; y el desarrollo del turismo.
Considerando la superficie con criterio de humedal reconocidos en el área de influencia del Proyecto humedal presentada en la Figura 28 del Informe de propuesta delimitación humedal y área de influencia adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda, no prestan servicios ecosistémicos locales relevantes.
Por otra parte, sus ecosistemas o formaciones naturales no presentan características de unicidad, escasez o representatividad en la zona. Recalcar además que, hacia el suroeste del área del Proyecto, se identifican 3 polígonos como humedales, pero no se encuentran declarados o en proceso de declaración de Humedal Urbano. (ver Figura 3. Identificación preliminar de áreas de humedales del Informe de propuesta delimitación humedal y área de influencia adjunto en el Anexo AC-04 de la Adenda).
De acuerdo con el Informe delimitación humedal_criterio vegetación hidrófila (actualización) adjunto en el Anexo A-05 de la Adenda, el área HPU-10-09 presenta una cobertura homogénea con especies que dominan el paisaje como Gaultheria mucronata, la cual cubre la mayor parte del área, creando un paisaje achaparrado que no supera el metro de altura, acompañada de Blechnum penna-marina y Blechnum chilense, especies propias de sectores húmedos, acompañada de especies arbóreas como Embothrium coccineum, Lomatia hirsuta y en sus alrededores la especie invasora Ulex europaeus.
Al realizar una comparación con las coberturas y especies encontradas en el área del Proyecto con las descritas en el HPU- 10-09, se presenta similitud en algunas especies vegetales tales como: Gaultheria mucronata, Blechnum penna-marina, Blechnum chilense, Juncus proceru, pero que, sin embargo, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
difieren en las coberturas que presenten cada una en su sitio de descripción.
Por lo tanto, considerando las escazas funciones ecosistémicas que brinda el área con criterio de humedal, la potencialidad de afectarlo en magnitud y duración es nula, conllevando a que las obras, partes y acciones del Proyecto no generan afectaciones en los SSEE ni, por ende, al valor ambiental del territorio.
Se concluye finalmente que, los criterios para resguardar los recursos naturales (desprendidos de los artículos 1° y 2° de la Ley N°19.300) de permanencia, regeneración y condición, respecto a la generación o presencia de efectos adversos significativos sobre la calidad o cantidad de los recursos hídricos, suelo y biota, resultan en que la alteración generada por las obras, partes y acciones del Proyecto sobre el sistema hídrico no es significativa.
c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Debido a que corresponde a un proyecto inmobiliario, se tiene que el impacto asociado a las actividades de la fase de construcción es transitorio, mientras que la fase de operación se considera impactos permanentes. En términos de magnitud, la superficie con criterios de humedal es de 2.078,6 m2 (0,21 ha), lo que corresponde al 1,78% del área del Proyecto. Es importante recalcar que, la Línea de base de flora y vegetación versus la registrada en el periodo 2023-2024 por medio de levantamiento florístico e imágenes Dron, permitieron delimitar el área actual de la formación de Blechnum chilense, registrando actualmente un área de 1.850 m2 aproximadamente, de la cual 750 m2 aprox. se encuentra dentro de los límites del Proyecto (0,60% aprox. de la superficie del Proyecto y 1.100 m2 aprox. se encuentran en el área de influencia).
Este cambio de cobertura estaría asociada a la presión que genera la especie invasora Ulex europaeus, la cual ha ido cubriendo mayormente el área, secando el suelo y con ello generando mortalidad de especies hidrofitas, dando paso en algunos casos a especies propias de pradera, como lo registro el alto porcentaje de cobertura vegetal registrada en los polígonos A y B del Informe criterio HU, criterio hidrología y suelos hídrico adjunto en el Anexo 3.5.2 de la DIA.
Por lo que se considera generar un proyecto de conservación de la especie Blechnum chilense en un ambiente propicio para su crecimiento, al interior del proyecto habitacional “Conjunto habitacional Don Vicente-Bosquemar”, en un área total de 926,6 m2. Lo anterior con el objetivo de mantener las condiciones de vegetación con plantas helófitas al interior del Proyecto y resguardar la permanencia de biodiversidad. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el Según los antecedentes analizados en este procedimiento de evaluación no hay impacto sobre este componente.
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artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Como se explica en el numeral 3.2.1 Fauna silvestre de la DIA, el área de influencia del proyecto corresponde a un espacio antropizado, dado que se encuentra rodeado de caminos y construcciones. En el Informe de ruido y vibraciones (disponible en el Anexo 1.5 DIA) se presentan las formas de cumplimiento de la normativa vigente asociada a ruido para receptores humanos.
En consecuencia según los antecedentes analizados en este procedimiento de evaluación no hay impacto sobre este componente. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. No se generarán impactos significativos que puedan afectar los recursos naturales renovables. De todos modos, durante la fase de construcción del Proyecto se dará cumplimiento a las disposiciones del Decreto Supremo N°43/2016 del Ministerio de Salud. Reglamento de Sustancias Peligrosas.
En el numeral 1.8.8.3 Sustancias peligrosas y químicos del cap. 1 de la DIA se indica que serán almacenados menos de 3 toneladas de sustancias inflamables, por lo cual serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del citado reglamento.
Respecto de los residuos (domiciliarios, inertes, peligrosos y no peligrosos), estos serán transportados y dispuestos conforme a las disposiciones actuales vigentes. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta estudio de hidrología y se concluye lo siguiente: • El área del proyecto se encuentra circunscrita en la cuenca del río Maullín, en el dominio hidrográfico Cuencas e Islas entre Río Bueno y Río Puelo, en la subcuenca Costeras e Islas entre Río Maullín y Río Chamiza, y en la subsubcuenca Costeras entre Punta Ilque y Río Chamiza. • El cuerpo de agua superficial principal más cercano al área de estudio se encuentra ubicado entre la ciudad de Puerto Montt y la Isla Tenglo y corresponde al Canal de Tenglo. • El cuerpo de agua superficial secundario más cercano al área de estudio, parcialmente canalizado y entubado, corresponde al Estero las Camelias, cuya mayor cercanía alcanza 1 km al norte del Proyecto. • Se reconoce desconexión hidráulica entre humedales inventariados y Proyecto. • Se reconoce que las dos pequeñas zonas húmedas dentro del Proyecto no poseen conexión con otro elemento hídrico superficial ni con las aguas subterráneas que se encuentran 20 m a profundidad. • Se identifican los sectores húmedos AH-A y AH-B como sin relevancia ambiental (Díaz, 2023). • El análisis morfológico muestra que las aguas de lluvia, que fluyen a favor de la pendiente, toman una dirección noreste en el sector del Proyecto, y en menor medida noroeste, con lo que la mayor parte de estas aguas serán captadas por canaletas y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. captadores de aguas lluvias y la menor parte infiltrada por el suelo del sector. • No se reconocen en el sector del Proyecto ni en sus inmediaciones canales artificiales o zanjas, y no se encuentra ningún antecedente de su posible existencia en los registros de la Comisión Nacional de Riego. • El Proyecto no interfiere con ningún cauce, ni natural ni artificial, en la zona de estudio ni alrededores. De esta manera, el Proyecto no genera ninguna afectación significativa al componente Recurso Hídrico superficial. En el Anexo A-01 de la Adenda se adjunta estudio de hidrogeología y se concluye lo siguiente: •El área del Proyecto se encuentra circunscrita en la cuenca del río Maullín, en el dominio hidrográfico Cuencas e Islas entre Río Bueno y Río Puelo, en la subcuenca Costeras e Islas entre Río Maullín y Río Chamiza, y en la subsubcuenca Costeras entre Punta Ilque y Río Chamiza. • Geológicamente, el proyecto está sobre la unidad Depósitos Morrénicos de la Glaciación Llanquihue (Plm1). Esta unidad se compone por depósitos de till con facies que varían entre clasto soportado a matriz soportado, granulometrías de gravas gruesas a finas, y matriz entre arenas y limos. Estos depósitos son muy compactos y duros (Caracterización Hidrogeológica de la cuenca del río Maullín, 2015). • En la cuenca hay predominancia de los suelos “Trumaos de Ñadis”. Los suelos “Ñadis” corresponden a un grupo de suelos de “Trumao” que poseen un mal drenaje y la presencia de un hard pan férrico, conocido por los agricultores como “fierrillo”. • Los acuíferos en la cuenca del río Maullín, son predominantemente de tipo granular y se encuentran principalmente, en depósitos de origen glacial y fluvio-glacial. • El Proyecto se emplaza sobre la secuencia hidrogeológica A1//A2//C2, que forma parte de la denominada Unidad y secuencias hidrogeológicas. • Esta secuencia A1//A2//C2 es de alto potencial hidrogeológico (Sernageomin, 2015 b), y la capa superior A1, que es la que está en contacto con la superficie del terreno en el área de Proyecto, conforma predominantemente acuíferos libres caracterizados por una alternancia de estratos de arenas y gravas e intercalaciones menores de capaz arcillosas, tal como se observó en el área del Proyecto. • Las profundidades del nivel freático de esta unidad fluctúan entre 20,5 (más superficial) y 23,5 m de profundidad (más profundo). • Dado el análisis hidrogeológico del área del Proyecto y alrededores, y habiendo reconocido que no existe ningún tipo de afectación posible por parte del Proyecto hacia el componente Recursos Hídricos, en específico a las aguas subterráneas, es que se afirma que este Proyecto no genera ningún impacto significativo al componente hídrico subterráneo. El Titular no realizará extracciones de aguas subterráneas y evitará alumbramientos de ellas durante todas las fases del Proyecto, a fin de no ocasionar impactos negativos en la calidad y niveles del recurso hídrico. Respecto al Estudio de Mecánica de Suelos adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA la situación de la napa freática, esta se midió a través de la excavación de 9 calicatas a 3,0 m de profundidad (P1 a P9). Cabe señalar, que en los pozos P4, P7, P8 y P9 se observó presencia de agua subterránea en las paredes de los pozos, esta agua emergente corresponde a agua posada de origen pluvial, almacenada en torno a los puntos de excavación mencionados, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
debido a que ellas son muy permeables en relación a los estratos cementados consolidados subyacentes. Por tanto, no se debe infiltrar en el subsuelo del predio, las aguas lluvias directas que precipiten sobre el área del proyecto. Se aclara que el proyecto no se requerirá ejecución de obras de drenaje permanente o agotamiento puntual de la napa.
Según la Memoria explicativa de aguas lluvia, adjunta en el Anexo 1.4 de la DIA, se establece que las aguas lluvias proveniente de los pavimentos de calzadas interiores serán recolectadas por medio de sumideros, colectores y cámaras para ser trasladadas por gravitación hacia los estanques de regulación proyectados. Dicha memoria establece el dimensionamiento mínimo que deben cumplir todos los elementos componentes del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias. El dimensionamiento se puede revisar en detalle en el anexo mencionado anteriormente. En el Anexo 1.2 de la DIA, se adjuntan las resoluciones de la DGA, se aclara que el Loteo Bosquemar ha tenido 2 modificaciones de cauce en el desarrollo de su Loteo. La primera de ella es una modificación del año 2013 cuyo código es VP1003- 55 y la segunda es del año 2021 con el código VP 1003-265.- La disposición final de este sector es el estero Las Camelias red primaria de tuición de la DOH.
Además, ninguna de las partes, obras o acciones del Proyecto afectará recursos hídricos según lo ilustrado en la Figura 3-4 del cap. 3 de la DIA. “Profundidad del nivel estático del nivel de en la cuenca en relación con la ubicación del Proyecto” En síntesis, el Proyecto no hará intervención o explotación de recursos hídricos superficiales y subterráneos en ninguna de sus fases. El abastecimiento de agua potable durante la fase de construcción se realizará mediante la conexión a la red existente perteneciente a la empresa sanitaria del sector y para la fase de operación cuenta con Certificado de factibilidad sanitaria de la misma empresa. Por tanto, el Proyecto no afectará la permanencia del recurso hídrico, asociado a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro, aplicado a la calidad y cantidad de recursos hídricos superficiales y subterráneos. Asimismo, el Proyecto no alterará la capacidad de regeneración o renovación del recurso hídrico, referido a la alteración de cauces y álveos de aguas superficiales. Por consiguiente, es posible señalar que: g.1. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de nivel. g.3. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de la superficie o volumen de un glaciar susceptible a modificarse.
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h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Debido a la tipología del Proyecto, no se considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
5.3.-SOBRE LA INEXISTENCIA DE REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Existencia de grupos humanos en el área de influencia Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que existen grupos humanos en el área de influencia. Reasentamiento de comunidades humanas Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que noexistirá reasentamiento de comunidades humanas Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente alárea de influencia del Proyecto. Sumado a lo anterior, no se identificaron en las visitas a terreno ni en el levantamiento de información secundaria, prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieron a utilización de recursos naturales en el Área de influencia y en especial en el área del proyecto. También, considerando la no presencia de comunidades indígenas en el área de influencia, se descarta aún más la alteración a ciertos usos de los RRNN. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. A partir de los antecedentes revisados y los análisis realizados, se puede concluir que el Proyecto no provocará pérdida o menoscabo de la infraestructura vial/de transporte y de la red de comunicación asociada, ni aumentos en los tiempos de desplazamiento en los diferentes modos de transporte analizados, no generado obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. A partir del análisis de antecedentes técnicos fue posible descartar que las partes, obras y acciones del Proyecto generarán efectos sobre la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en el área de influencia. Al no existir efectos sobre los distintos modos de transporte, es posible afirmar que la población futura del Proyecto y de los proyectos con RCA aprobada, permiso de edificación y recepción final de obras emplazados al interior del área de influencia podrá acceder sin problemas a los establecimientos de salud educación de la comuna, y en general a la totalidad de equipamiento de salud y educación que dispone la ciudad de Puerto Montt, descartando efectos según establece el literal c) artículo 7 del RSEIA. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que el proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, esto es la inexistencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, es dable concluir que no se generará impacto sobre este componente.
5.4.-SOBRE LA INEXISTENCIA DE LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Existencia de poblaciones protegidas Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que no existen poblaciones protegidas en el área de influencia. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental Según los antecedentes analizados en el área de influencia del proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental que puedan verse afectados. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, esto es la inexistencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, es dable concluir que no se generará impacto sobre este componente. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que no se afectará este componente.
5.5.-SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Impacto ambiental Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Existencia de valor turístico Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que no existen valor turístico. Existencia de valor paisajístico Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que no existe valor paisajístico De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El Proyecto se emplaza en una zona con uso de suelo residencial y equipamiento, definida por el Plan Regulador Comunal de puerto Montt. Debido a las características del Proyecto, es posible afirmar que no se genera una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico de la zona. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que el proyecto no afectará este componente. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que el proyecto no afectará este componente.
5.6.- SOBRE LA INEXISTENCIA DE ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que el proyecto no afectará este componente en consideración a la inexistencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Según el Informe de prospección arqueológica se presentan en el Anexo 3.2 de la DIA, la revisión de antecedentes bibliográficos del área aludida al proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras, quedando pendiente la actividad de prospección pedestre dentro de las influencias del proyecto. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, Como se indica en el numeral 3.2.5 del Cap 3 de la DIA. La inspección patrimonial bibliográfica realizada, demuestran potencialmente que la zona a emplazar el Proyecto no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Por lo tanto, es dable concluir que, según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, no se afectará este componente c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. Según lo analizado en el procedimiento de evaluación del proyecto, es dable concluir que el proyecto no afectará este componente
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.-PERMISO SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 140 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, y operación Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción:
El acopio temporal de residuos corresponde a la instalación para el almacenamiento transitorio de los residuos sólidos domésticos, residuos industriales no peligrosos e inertes generados en la faena.
Fase de operación:
Para los residuos sólidos domiciliarios, de la etapa C del lote W3-A (casas) serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, y se tendrán contenedores. con respecto a las etapas D, E, F y G (lote W3-B) (edificios) se contarán con salas de basuras en el primer piso, diseñada especialmente para la acumulación de residuos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En fase construcción: El acopio temporal de residuos corresponde a la instalación para el almacenamiento transitorio de los residuos sólidos domésticos, residuos industriales no peligrosos e inertes generados en la faena, con la finalidad de ser enviados posteriormente a destinatarios autorizados, en cumplimiento con los estándares y plazos que manda la normativa vigente. El sitio de almacenamiento temporal de residuos se ubicará en un sector de terreno contiguo a la zona de faena. Las demarcaciones para utilizar para el acopio de estos residuos (no peligrosos) serán del tipo malla raschel o similar, empleando, adicionalmente, señalética altamente visible. En el numeral 1.7.1.3 Descripción de las partes y obras temporales, se presentan la ubicación de las áreas de acopio de residuos no peligrosos.
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En fase de operación en anexo A-03 de la Adenda el titular adjunta los antecedentes específicos corregidos para la obtención de este permiso Pronunciamiento del órgano competente Ordinario N° 9081/2025 de fecha 11 de mayo de 2025 de la SEREMI de Salud, el cual da conformidad a los antecedentes del permiso
6.2.- PERMISO SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 142 DEL REGLAMENTO DEL SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El sitio de almacenamiento temporal de residuos se ubicará en un sector de terreno contiguo a la zona de faena. En esta área existirá una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, la cual se instalará sobre una base de hormigón, cumpliendo los requerimientos del Decreto Supremo Nº148/2003 del Ministerio de Salud y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción En Anexo A-03 de la Adenda el titular presenta los antecedentes corregidos para la obtención de este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Ordinario N° 9081/2025 de fecha 11 de mayo de 2025 de la SEREMI de Salud, el cual da conformidad a los antecedentes del permiso
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
7.1.1. Norma: Ley 19.300 Norma Ley 19.300 de Bases Generales Sobre el Medio Ambiente Componente/materia: Ley 19.300 de Bases Generales Sobre el Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento El Titular del proyecto da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 19.300, mediante el ingreso del proyecto al SEIA, presentando para su evaluación todos los antecedentes que permitan acreditar que el Proyecto cumple en todas sus fases con la normativa ambiental vigente, entre estos la normativa ambiental aplicable, los antecedentes de que no requiere un estudio de impacto ambiental, los requisitos para cumplir con la obtención de los permisos ambientales sectoriales, entre otros antecedentes. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.
7.1.2. Norma DS 40 /2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Norma Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Componente/materia: Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la participación de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental de conformidad a los preceptos establecidos en la Ley 19.300. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Forma de cumplimiento Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto ambiental cumpliendo con todos los requisitos establecidos en este cuerpo legal. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental Forma de control y seguimiento Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.
7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
7.2.1. Norma DFL 725/67 Código Sanitario Norma DFL 725/67 Código Sanitario Componente/materia: Manejo de residuos Otros cuerpos legales D.F.L N°725 de 1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Regula la higiene y la seguridad en los lugares de trabajo. En este sentido, se controlan los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y el bienestar de las personas. El artículo 67 dispone que la Autoridad sanitaria velará porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.
En el artículo 78 se fijan las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, recolección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios.
El artículo 80, indica que es labor del Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Una vez aprobada la autorización, el servicio definirá las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas.
En artículo 81 señala que los vehículos y sistemas de transporte de materiales que, a juicio de la SEREMI de Salud, puedan significar un peligro o molestia a la población y los de transporte de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza, deberán reunir los requisitos que señale dicho servicio. Forma de cumplimiento Autorizaciones de la Autoridad Sanitaria que den cuenta del cumplimiento de lo normado. Indicador que acredita su cumplimiento Resoluciones sanitarias entre estas, de la bodega de acopio temporal de residuos no peligrosos y de la bodega de residuos peligrosos, así como también copia de la autorización sanitaria de la empresa de transporte y disposición final de los residuos generados por el proyecto. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente como también de la Autoridad Sanitaria.
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7.2.2. Norma D.S N°594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Norma D.S N°594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Residuos y emisiones En Guía SEIA se establece que solo los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 24 inciso segundo, 26 y 42 del DS. N° 594/1999 es normativa de carácter ambiental aplicable a los proyectos y actividades que se someten al SEIA. Otros cuerpos legales asociados DFL 725/67 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades asociadas a los trabajadores. Forma de cumplimiento Los trabajadores del Proyecto contarán con todos los implementos de protección personal necesarios para las actividades que ejecuten. Indicador que acredita su cumplimiento Para todas las fases se mantendrán las autorizaciones sanitarias de los lugares del proyecto.
Se mantendrá en el predio un registro digital y/o en papel de las guías de despacho de envío de residuos sólidos al lugar de disposición final autorizado.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente como de la Autoridad Sanitaria.
7.2.3. Norma DS 148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Norma Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia: Establece normas sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto tiene contemplado para la fase de construcción un lugar para acopiar los residuos peligrosos que se generarán durante la fase de construcción, estos se almacenarán transitoriamente en una bodega RESPEL. Por lo anterior se tramitará el permiso ambiental sectorial N°142 para lugares de almacenamiento de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 1993, o la que la reemplace. Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Forma de cumplimiento Obtención de permiso ante la autoridad sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado sanitario del PAS 142
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Forma de control y seguimiento Se mantendrá en obra copia de las resoluciones indicadas en formato físico o digital.
Fiscalizaciones de la autoridad competente.
7.2.4. Norma Decreto Supremo Nº75/1987 Norma Decreto Supremo Nº75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Componente/materia: Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales. Forma de cumplimiento Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto serán controlados en cuanto a su nivel de carga Indicador que acredita su cumplimiento Exigencia contractual. Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno deben estar encarpados.
Fiscalizaciones de los servicios competentes
7.2.5. Norma Decreto Supremo N.º 38/2011 Norma Decreto Supremo Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Distintas obras y equipos que generan emisiones de ruido. Forma de cumplimiento En la fase de construcción y operación se adoptarán medidas de mitigación a fin de no superar los límites de ruido normados. Dichas medidas se detallan en el Informe de ruido y vibraciones. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en obra de la correcta ejecución de las medidas de control propuestas en el Informe de ruido y vibraciones. Forma de control y seguimiento Registro en obra de la implementación de las medidas dispuestas en el Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo 1.5 de la DIA.
-Realización de Fiscalizaciones de la SMA.
7.2.6. Norma Decreto Supremo Nº24/2020 Norma Decreto Supremo Nº24/2020, del Ministerio del Medio Ambiente, Declara zona saturada por material particulado (MP2,5) como concentración de 24 horas, a la comuna de San Pablo y a la macrozona centro-norte de la Región de Los Lagos Componente/materia: Contaminación Atmosférica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Distintas obras y equipos que generan emisiones a la atmosfera.
Se generarán emisiones de material particulado durante la fase de construcción, producto del acondicionamiento del terreno, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
construcción de las obras de urbanización y de la edificación, transporte de materiales y equipos. Además, la utilización de maquinaria y camiones en obra implica la generación de gases y partículas desde los tubos de escape, producto del funcionamiento de los motores de combustión interna.
En operación se producirá emisiones producto de la calefacción de las viviendas y de los vehículos que transiten. Forma de cumplimiento . Se realizó la estimación de emisiones con el objetivo evaluar el efecto en la calidad de aire de las distintas fases. El Informe de emisiones atmosféricas y modelación de contaminantes se adjunta en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria
Indicador que acredita su cumplimiento Construcción: Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas por el titular en la DIA y Adendas Forma de control y seguimiento Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio Atmosférico
Fiscalizaciones de la SMA
7.2.7. Norma DS 1/2013 Reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.
Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. Componente/materia: Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos durante la fase de construcción, los cuales serán almacenados temporalmente en obra en sitios específicamente implementados para tales fines, tal como da cuenta el Anexo 8 de la Adenda (PAS 140) y el Anexo 4.3 de la DIA (PAS 142). Forma de cumplimiento e dará cumplimiento a las disposiciones indicadas en el artículo 25 (D.S. N° 1/2013) y el Artículo N° 9 (R.E. N° 144/2020). Los establecimientos que generen anualmente más de 12 toneladas de residuos no sometidos a reglamentos específicos estarán obligados a declarar al 30 de marzo de cada año sus residuos generados el año anterior, a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC). Aquellos establecimientos, incluyendo las instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos, que generan y/o reciben anualmente más de 12 toneladas de residuos no sometidos a reglamentos específicos, deberán ingresar mensualmente la información acerca de dichos residuos al Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) de forma tal de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 25 y 27 del Reglamento.
Adicionalmente, los establecimientos que gestionen residuos deberán indicar aquellos que son enviados a terceros para su eliminación, valorización y/o pretratamiento.
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Los generadores serán responsables de disponer sus residuos sólo con destinatarios autorizados y registrados en el marco de la normativa vigente, debiendo para ello reportar su generación en el SINADER y asegurar que el destinario acepte la recepción de sus residuos y cierre el reporte.
Asimismo, las Municipalidades deberán ingresar mensualmente, a través de SINADER, la información acerca de los residuos recolectados por éstas o por terceros contratados por éstas, con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 26 del Reglamento Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de declaración de residuos emitido por la plataforma electrónica del RETC. Forma de control y seguimiento Registro de despacho de todos los residuos generados durante la construcción del Proyecto y su posterior declaración en el sitio web del RETC.
7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
7.3.1. Norma Ley 17.288 y DS 484/1990 Norma Ley 17.288 y DS 484/1990 Componente/materia: Patrimonio Cultural Otros cuerpos legales Reglamento DS 484/1990 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica A todo el proyecto. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional tipificado en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 del 1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a carabineros, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto. Ante hallazgos no previsto, el titular realizar charlas de inducción por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a los/as trabajadores/as del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, con una (1) charla antes del comienzo de las obras de remoción y escarpe del terreno, y luego con periodicidad quincenal hasta el término de las obras de excavación. El informe de la actividad debe ser mensual y remitido a la SMA y al CMN. En el informe se deberán remitir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Indicador que acredita su cumplimiento Informe que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en el caso que corresponda). Registro de paralización de obra, en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Forma de control y seguimiento -Registro en obra de hallazgos declarados. -Control y seguimiento por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, así como también la SMA
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1.1. Compromiso ambiental voluntario “Plan de difusión tipo para la comunidad y municipio” Compromiso ambiental voluntario “Plan de difusión tipo para la comunidad y municipio” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comunicar e informar a la comunidad sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del Proyecto, además de canalizar consultas o reclamos de las personas.
Descripción: El Titular contempla realizar un compromiso ambiental voluntario vinculado a la comunicación con los vecinos del sector a intervenir. Este Plan de difusión corresponde a cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto, así como también la instalación de un aviso dirigido a la comunidad aledaña.
Además, se informará a los vecinos del sector y al Municipio, al menos 30 días antes, del inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P.
Justificación: Informar a la comunidad aledaña con los trabajos que se estén desarrollando en el interior del previo al inicio de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cartel informativo al ingreso del sector de obras y entrega de cartillas/folletos a la comunidad, y carta de aviso municipio por inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P.
Forma: El Plan contendrá la siguiente información: ● Duración de las obras. ● Horario de las obras. ● Días de la semana en los cuales se trabajará. ● Actividades que generan residuos, ruidos y/u olores molestos. ● E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias.
Oportunidad: Se aplicará al inicio de la fase de construcción, señalando las actividades a realizar y las medidas de mitigación a aplicar, durante toda la fase de construcción del Proyecto.
Además, se informará a los vecinos del sector y al Municipio, al menos 30 días antes del inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P. Indicador que acredite su cumplimiento - Se generará un registro Visual/fotográfico. -Envío Carta de aviso al municipio por inicio de trabajos a realizar dentro del B.N.U.P. Forma de control y seguimiento Generación de un informe de lo visualizado más un álbum fotográfico de la implementación del cartel informativo dispuesto en el acceso a la obra. Además, registro de entrega de cartillas/folletos a la comunidad aledaña. Asimismo, de la entrega de la carta de aviso al municipio por inicio de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
trabajos a realizar dentro del B.N.U.P. Lo anterior será comunicado a la SMA
8.1.2. Compromiso ambiental voluntario “Reunión con bomberos” Compromiso ambiental voluntario “Reunión con bomberos” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los accesos del Proyecto en caso de emergencia.
Descripción: Realizar una reunión previa con Bomberos con la finalidad que certifique a través de un acta de observaciones las condiciones generales de seguridad previstas para el plan de evacuación.
Justificación: El Titular realizará una reunión con bomberos en la cual se presentarán los accesos al Proyecto para verificar que permitan el ingreso de unidades de emergencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará una reunión en donde convengan ambas partes, se proponen las oficinas del Titular o en la compañía de bomberos
Forma: Se desarrollará una reunión entre las partes.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Acta de observaciones a las condiciones generales de seguridad previstas para el plan de evacuación. Forma de control y seguimiento Informe/acta de la reunión realizada, que el Titular tendrá a disposición de la Autoridad y que se enviará a la SMA
8.1.3. Compromiso ambiental voluntario “Sistema de disposición y recolección de residuos diferenciado (Punto Verde)” Compromiso ambiental voluntario Sistema de disposición y recolección de residuos diferenciado (Punto Verde) Impacto asociado Impacto sobre suelo por residuos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar la realización de separación de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, producidos por los habitantes de los edificios.
Descripción: Construir y habilitar un Punto Verde para los residentes del Proyecto, para realizar separación de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos; y respecto de estos últimos, su separación, por ejemplo: papel, plástico y vidrio en coordinación con el organismo competente y el municipio, posibilitando la gestión de retiro diferenciado.
Justificación: Promover e incentivar un sistema de reciclaje y tratamiento de residuos sólidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: lugar por definir en el área residencial.
Forma: se propone la implementación de punto verde.
Oportunidad: el Proyecto se desarrollará en la fase de construcción previo a la recepción final del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Indicador que acredite su cumplimiento Informe con Registro fotográfico del Punto Verde enviado a la SMA Forma de control y seguimiento Fiscalización de SMA y servicios competentes
8.1.4. Compromiso ambiental voluntario “Capacitaciones sobre prevención ante alumbramiento de napa” Compromiso ambiental voluntario “Capacitaciones sobre prevención ante alumbramiento de napa” Impacto asociado Contaminación a aguas subterráneas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: prevenir un posible alumbramiento de napa, capacitando al personal sobre las acciones preventiva.
Descripción: Se capacitará al personal en la fase de construcción, respecto a las medidas preventivas para evitar cualquier posible alumbramiento de la napa. Ante un posible alumbramiento se capacitará en los procedimientos que se deben llevar a cabo.
Justificación: El proyecto realizará perforaciones hasta 2 metros, y como medida preventiva se capacitarán a los trabajadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se suscribe a todo el predio del proyecto, y en específico las zonas donde se realizarán perforaciones.
Forma: Previo a los trabajos de perforación o movimientos de tierras, se capacitará al personal, cobre los cuidados y prevenciones para evitar un posible afloramiento de la napa.
Ante un eventual afloramiento de aguas durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas darán aviso de inmediato a la Superintendencia de Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. De manera preliminar se procederá a:
• Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez, el Titular acompañará imágenes fotográficas (con fecha) describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Oportunidad: Se realizará en la fase de construcción, previo a los trabajos de movimientos de tierras, y una durante las mismas, llegando a un total de 2 capacitaciones de prevención. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las capacitaciones, con sus respetivas fichas de registros formadas, y presentación de los temas a tratar. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe con los registros de los indicadores de cumplimiento, el cual será debidamente informado a la SMA por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA).
8.1.5. Compromiso ambiental voluntario “Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP) y charla de inducción arqueológica” Compromiso ambiental voluntario “Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP) y charla de inducción arqueológica” Impacto asociado Alteración a patrimonio cultural arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar el Patrimonio Histórico y Cultural
Descripción: Se realizarán charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada actividad/faena.
Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes:
a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
- Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto.
- Medidas de protección y/o conservación implementadas.
- Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.”
Justificación: Resguardo del Patrimonio Cultural Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obra asociada al Proyecto
Forma: Informe de Monitoreo Arqueológico y acta de charlas de inducción arqueológica.
Oportunidad: Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en la propiedad. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de monitoreo mensual y charlas arqueológica de inducción (charlas correspondientes previo al inicio de la actividad/faena) Forma de control y seguimiento Comprobantes de remisión de informes y charlas de inducción arqueológica al Sistema de Seguimiento Ambiental RCA (SSA) de la SMA. Remisión del Informe de cumplimiento al Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA en un plazo no mayor a 30 días.
8.1.6. Compromiso ambiental voluntario “Capacitaciones sobre distintos riesgos del Plan de Contingencia y Emergencia” Compromiso ambiental voluntario “Capacitaciones sobre distintos riesgos del Plan de Contingencia y Emergencia” Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al personal sobre las acciones preventivas y ante un posible riesgo
Descripción: Se capacitará al personal en la fase de construcción, respecto a los siguientes riesgos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
- Actividad Sísmica: Se capacitará y entrenará al personal en labores de rescate y emergencia. - Derrame de Residuos o sustancias peligrosas: Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias en la IIFF. - Hallazgo arqueológico y/o paleontológico: Se informará y capacitará a los trabajadores del cuidado ante un posible hallazgo. - Posible afloramiento de la napa: Previo al movimiento de tierras, se llevará a cabo una capacitación el personal, con el objetivo de prevenir un mal uso de la maquinaria que pueda generar un posible afloramiento.
Justificación: Que el personal este debidamente capacitado en los distintos riesgos del Plan de Contingencia y Emergencia Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se suscribe a todo el predio del proyecto.
Forma: Previo a los trabajos, se capacitará al personal, sobre los cuidados y prevenciones para evitar un posible riesgo
Oportunidad: Se realizará en la fase de construcción, previo a los trabajos y una durante las mismas, llegando a un total de 2 capacitaciones de prevención por riesgo Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las capacitaciones, con sus respetivas fichas de registros formadas, y presentación de los temas a tratar. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe con los registros de los indicadores de cumplimiento, el cual será debidamente informado a la SMA por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA).
8.1.7. Compromiso ambiental voluntario “Plan de monitoreo niveles de ruido” Compromiso ambiental voluntario “Plan de monitoreo niveles de ruido” Impacto asociado Ruido
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Medir los niveles de ruido de los receptores indicados en el acápite 6.12.3 de la versión final del informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.
Descripción: Se realizará un monitoreo de nivel de presión durante la fase de construcción en periodo diurno en horario laboral (sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal), con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para todos receptores con énfasis en los receptores que presentan incumplimiento normativo sin medidas de control.
La frecuencia del monitoreo será trimestral, el cual realizará con la maquinaria funcionando en forma habitual. Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 o 2, con respuesta lenta y filtro de ponderación “A”, que cumpla con los requisitos establecidos en el del D.S. N°38/2011 del MMA.
Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011, aplicando R.E. N°693/2015 SMA el cual consistirá en lo siguiente: • Ficha de información de medición de ruido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido. • Ficha de medición de niveles de ruido. • Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente
Justificación: Cumplir con los límites establecido según D.S. Nº38/2011 del MMA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los receptores de ruido indicados en el punto 6.12.3 de la versión final del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria. Receptores representativos evaluados R1, R3, R4, Rin-1, Rin-2, Rin-3, Rin-4, Rin-5, Rin-6, Rin-7 y Rin-8.
Forma: Se realizarán mediciones trimestrales en los puntos a determinar en los receptores de ruido indicados en la versión final del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.
Oportunidad: Se llevará a cabo durante la fase de construcción para los receptores representativos evaluados R1, R3, R4, Rin-1, Rin-2, Rin-3, Rin- 4, Rin-5, Rin-6, Rin-7 y Rin-8. Indicador que acredite su cumplimiento Informe técnico ETFA de medición de ruido Forma de control y seguimiento Reporte del Informe de medición de ruido a la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA), con un plazo no mayor a 15 días hábiles, desde realizada la medición.
8.1.8. Compromiso ambiental voluntario “Plan de gestión y medidas de control de ruido” Compromiso ambiental voluntario “Plan de gestión y medidas de control de ruido” Impacto asociado Ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar medidas de control y de gestión indicados en el acápite 6.12.3 de la versión final del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.
Descripción: Se realizará inspección y mantención de las medidas de control de ruido, barreras acústicas y cubre vanos. Se detalla a continuación:
• Inspección trimestral de barreras acústicas. • La revisión debe incluir un breve reporte donde se indique un registro fotográfico de las barreras acústicas indicando fecha de los registros, detallando: − El estado de la pintura de las barreras acústicas. − El estado de las uniones herméticas tanto entre paneles como la unión hermética con respecto al suelo, la cual se debe mantener cerrada con material producto de la obra. − El estado de la estructura que dará soporte a las barreras. − Registro fotográfico que indique el ángulo general de la barrera, el cual debe estar perpendicular al suelo, esto, para evitar que la barrera pierda efectividad al disminuir su altura por posible inclinación con respecto al receptor y a las fuentes de ruido. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• En caso de paneles de OSB dañados recambiarlos e indicar en el reporte esta eventualidad, indicando fecha de recambio con registro fotográfico del antes y después del recambio. • En caso de que se detecte deterioro en la pintura volver a aplicar una nueva película de pintura resistente a la lluvia. • Los cubre vanos que estén expuestos a la lluvia y que puedan sufrir deterioro por las condiciones climáticas, también deben estar bajo este plan de mantenimiento, los que se deberán pintar con la misma pintura resistente a la lluvia y humedad, realizando un registro fotográfico del estado de la pintura, revisando la unión hermética con respecto a la estructura y el estado general. En caso de paneles dañados estos se deberán cambiar e indicar fecha de recambio en el reporte con registro fotográfico del antes y después del recambio. • El encargado de este plan de mantenimiento será el jefe de obra del proyecto, quien deberá entregar a la autoridad los reportes.
Justificación: Cumplir con los límites establecido según D.S. Nº38/2011 del MMA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acápite 6.12.3, Acápite 6.12.4 y Acápite 6.15 de la versión final del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.
Forma: Se realizarán inspecciones trimestrales de las medidas de control.
Oportunidad: Se llevará a cabo durante la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de la implementación de las medidas e informes de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Reporte del Informe de cumplimiento a la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA, con las inspecciones efectuadas, con un plazo no mayor a 15 días hábiles, desde realizada la medición.
8.1.9. Compromiso ambiental voluntario “Trasplante de plantas helófitas en áreas verdes del Proyecto” Compromiso ambiental voluntario “Trasplante de plantas helófitas en áreas verdes del Proyecto” Impacto asociado Suelo y vegetación
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar el trasplante y su sustrato original de plantas helófitas identificadas en el Informe de criterio de HU componente vegetación (2°campaña) adjunto en el Anexo 3.4.2 de la DIA de las áreas húmedas identificadas de los polígonos A y B en las áreas verdes del Proyecto como se presenta en el Proyecto de paisajismo adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA Generar un proyecto de conservación de la especie Blechnum chilense en un ambiente propicio para su crecimiento, al interior del proyecto habitacional “Conjunto habitacional Don Vicente-Bosquemar”, en un área total de 926,6 m2.
Mantener las condiciones de vegetación con plantas helófitas al interior del Proyecto y resguardar la permanencia de biodiversidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Descripción: Se considera el trasplante y su sustrato original de plantas helófitas identificadas en el Informe de criterio de HU componente vegetación hidrófila y enriquecimiento con especies acompañantes en las áreas verdes presentadas en el Proyecto de paisajismo adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA. Asimismo, mantener las condiciones de permanencia del proyecto de conservación de Blechnum chilense y flora acompañante según los criterios técnicos indicados en el Informe de diseño de conservación de Blechnum chilense adjunto en el Anexo A-05 de la Adenda.
Además, se considera un plan de monitoreo durante al menos 3 años del área verde con el trasplante de plantas helófitas y acompañantes.
Ver Figura 6. Plan de seguimiento y monitoreo área verde de Blechnum chilense y acompañantes de la Adenda Complementaria.
Justificación: Se plantea además la realización de 3 charlas a la comunidad enfocadas en educación medio ambiental, relacionada con la vegetación presente en la Región de Los Lagos y abordando además el cuidado, uso y mantención de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
las áreas verdes del conjunto en donde se materializará el proyecto de conservación del Blechnum chilense. Estas instancias serán efectuadas por un profesional vinculado al proyecto, quien entregará estos contenidos a los futuros propietarios de las viviendas una vez estas sean entregadas, y dentro del 1° semestre desde esa fecha Lugar, forma y oportunidad de implementació n Lugar: Mantener las condiciones de vegetación hidrófila en las áreas verdes del Proyecto a través del proyecto de conservación de la especie Blechnum chilense en un área verde total de 926,6 m2. Mantener las características vegetacionales de las áreas con indicados de HU presentadas en la actualización Informe de criterio de HU componente vegetación hidrófila adjunto en el Anexo A-05 de la Adenda.
Forma: Se realizará la remoción sustrato de suelo y de especies helófitas Blechnum chilense, Gaultheria mucronata, Blechnum hastatum y entre otras inidentificadas, en el Informe de criterio de HU componente vegetación hidrófila e Informe técnico de diseño de conservación de Blechnum chilense y flora acompañante adjunto en el Anexo A-05 de la Adenda.
Oportunidad: Durante la construcción de las áreas verdes indicadas en el Proyecto de paisajismo adjunto en el Anexo 1.4 de la DIA y previo la recepción final Indicador que acredite su cumplimiento -Informe de monitoreo anual de acuerdo con el plan de seguimiento presentada en la Figura 6. Plan de seguimiento y monitoreo área verde de Blechnum chilense y acompañantes de la Adenda Complementaria. Ver Figura 6. -Plan de seguimiento y monitoreo área verde de Blechnum chilense y acompañantes de la Adenda Complementaria. -Registro fotográfico de las áreas verdes con especies trasplantadas y sustrato original. Registro de charla a la comunidad (acta de participación en la charla educativa Forma de control y seguimiento Reporte de los informes de monitoreo (anual) y charlas a la comunidad a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA
8.1.10. Compromiso ambiental voluntario “Restricción maquinaria pesada y medición de vibraciones” Compromiso ambiental voluntario “Restricción maquinaria pesada y medición de vibraciones” Impacto asociado Vibraciones
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aumentar la distancia fuente-receptor mediante un área de un área de restricción el cual se delimitará con cintas de prevención para la maquinaria (de al menos 15 m de distancia): Camión Tolva y cortadora de pavimento indicada en la tabla 79 del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo 1.5 de la DIA.
Evaluar los niveles de vibraciones generados en la fase de construcción del Proyecto, se propone como monitoreo para verificar que las actividades de trabajo cumplan con los límites establecidos en la guía técnica FTA.
Descripción: Para evitar generar un impacto por vibración en los receptores anteriormente señalados, se propone como medida de control aumentar la distancia fuente-receptor hacia una zona de trabajo seguro donde la maquinaria detallada a continuación pueda operar: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Tabla 79 del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo 1.5 de la DIA
Figura 1. Área de restricción maquinaria (vibraciones)
Con el objeto de evaluar los niveles de vibraciones generados en la fase de construcción del Proyecto, se propone además un monitoreo de vibraciones para verificar que las actividades de trabajo cumplan con los límites establecidos en la guía técnica FTA. Lo anterior se realizará en base a una campaña de monitoreo de vibraciones en periodo diurno (entre las 08:00 am y las 18:00 horas sin considerar mediciones en horario de colación o almuerzo del personal). La frecuencia del monitoreo será de forma anual, el cual deberá realizarse durante los meses de mayor emisión del Proyecto (solape más energético). Se utilizará acelerómetro triaxial. El solape más energético se da entre los meses 8 y 14 tanto para ruido como para vibraciones. Con los resultados obtenidos en la campaña se elaborará un informe técnico indicando, en el caso que llegaran a existir, medidas de mitigación de vibraciones que permitan cumplir con los límites máximos, el cual consistirá en lo siguiente:
• Ficha de información de medición de vibraciones. • Ficha de georreferenciación de los puntos de medición. • Ficha de evaluación de los niveles medidos.
Justificación: Cumplir con los límites por molestia de la guía técnica FTA, al implementar las medidas de control de vibraciones Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las áreas de restricción de maquinaria se presentan en la tabla 80 del Informe de ruido y vibraciones adjunto en el Anexo 1.5 de la DIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Forma: Se delimitará con cintas de prevención para la maquinaria. Se calcula una distancia de seguridad que tiene que ser de al menos 49 ft (15 m) para la maquinaria descrita, medida desde el deslinde del receptor. Lo anterior permite generar un área de restricción (franja de seguridad) para la operación de dicha maquinaria. Oportunidad: Durante la construcción de las etapas D, E, F y G según lo ilustrado en la Figura 1. Área de restricción maquinaria (vibraciones). Indicador que acredite su cumplimiento La forma de verificar la medida de control de vibraciones (restricción de maquinaria) será mediante un breve reporte el que contendrá un registro fotográfico de esta medida y su duración. Es importante mencionar que esta medida se implementará durante toda la fase de construcción de las etapas D, E, E y F. Se realizará un reporte bimensual del registro de restricción de la medida.
Se generará un Informe técnico de medición de vibraciones durante los meses de mayor emisión (solape más energético). Se expone que el solape más energético se da entre los meses 8 y 14 tanto para ruido como para vibraciones. Forma de control y seguimiento Reporte de la medida de restricción de maquinaria y medición de vibraciones de forma anual a la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA), con un plazo no mayor a 15 días hábiles, desde realizada la medición.
8.1.11. Compromiso ambiental voluntario “Plan de gestión control de emisiones” Compromiso ambiental voluntario “Plan de gestión control de emisiones” Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspeccionar medidas de control de polvo resuspendido indicados en el acápite 8 del Informe de emisiones atmosféricas versión final adjunto en el Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria.
Descripción: Se realizará inspección y mantención de las medidas de control de emisiones atmosféricas. Se detalla a continuación: • Se realizarán capacitaciones semestrales a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas. • Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• Se realizará el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. • Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo raschel, pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. • Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas). • El recinto de la obra contará con una barrera semi-perimetral del tipo malla raschel u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, Ésta se instalará hacia los sectores donde se identificaron receptores. • Se instalarán barreras de 2,44 m de altura como mínimo, de materialidad con densidad superficial de masa de 660 kg/m3 (como paneles OSB de 15 mm o equivalente). • Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. • Se reforzarán las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, PreEmergencia y Emergencia Ambiental.
Justificación: Mantener el ambiente limpio y adecuado para la salud de los trabajadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Faena constructiva.
Forma: Se realizarán inspecciones trimestrales de las medidas de control.
Oportunidad: Se llevará a cabo durante la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de la implementación de las medidas e informes de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Reporte del Informe de cumplimiento a la SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA, con las inspecciones efectuadas, con un plazo no mayor a 15 días hábiles, desde realizada la medición.
9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes:
9.1 Riesgo “Actividad Sísmica”
Actividad Sísmica, (El riesgo hace referencia a la ocurrencia de un evento sísmico de magnitud superior a 7,0 en escala de Richter y que tenga ocurrencia ambiental) Fase del proyecto a la que le aplica Fases de construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo o superficie del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción:
• Las estructuras y el emplazamiento de las instalaciones de faenas cumplirán con las especificaciones técnicas del proyecto las que se han definido en conformidad con normativa chilena. • Se capacitará y entrenará al personal en labores de rescate y emergencia. • A modo general se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada contrato. • Se dispondrá de señal ética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. • Se realizarán simulacros al personal. En caso de derrames de sustancias peligrosas y/ derrames de hidrocarburo se contará con bodega antiderrames, que permitirá el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación. . • . Además, se realizarás capacitaciones sobre el manejo de estas sustancias, siempre será el personal autorizado y capacitado el encargado del manejo. • Se mantendrá un registro (en español) de las sustancias almacenadas, que estará a disposición del personal autorizado para ingresar a las bodegas, organismos externos y personal de bomberos. Este registro estará de acuerdo con lo establecido en la NCh 382 Of2004 o la que la sustituya.
Fase de operación: • Conjunto Habitacional Don Vicente-Bosquemar, cumplirán con las especificaciones técnicas del proyecto las que se han definido en conformidad con normativa chilena. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia. • Se dispondrá de señal ética en distintos puntos estratégicos, indicando zona de seguridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal. En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Fase de construcción y operación: • Si se produce un movimiento sísmico de gran magnitud. Se dará alerta de manera inmediata, para que se active el plan de emergencia y la evacuación del personal. • Paralización de toda maniobra, en el uso de maquinarias y/o equipos; a fin de evitar accidentes. De ser el caso, proceder a cortar la energía eléctrica de las faenas, talleres y toda instalación. • Se activará la alarma de Sismo y se activará el sistema automático de corte de equipos necesarios en el caso de la operación del proyecto. • Se suspenden las actividades en general. • Se suspende el suministro de energía. • Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el proyecto. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el sismo haya cesado, así mismo como las réplicas venideras. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
activación del plan de emergencia u otros organismos conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Sismo. Lo anterior se activa en caso de un evento sísmico de magnitud superior a 7,0 en escala de Richter y que tenga ocurrencia ambiental, previo evaluación interna y valoración del mismo para ser informado. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
9.2 Riesgo: Incendio forestal Riesgo: Incendio forestal Fase del proyecto a la que le aplica Fases de construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo o superficie del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción: • Se capacitará y entrenará al personal en labores de amago de incendio e incendio forestal. • Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad. • Se prohibirá el uso de cigarrillos al interior de la IF y de cualquier área del Proyecto. Fase de operación: • Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos, indicando medidas para preventivas contra incendios y teléfonos de emergencia. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores de la obra. En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Fase de construcción y operación: • Llamar a los números de emergencia informados. • Evacuar las zonas cercanas a la emergencia. • Se suspenden las actividades en general. • Se suspende el suministro de energía. • Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el proyecto. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que la emergencia haya cesado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante inundaciones y/o lluvias extremas. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
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9.3 Riesgo: Lluvia extrema, inundaciones fluviales e inundaciones repentinas e inundaciones por tormenta Riesgo: Lluvia extrema, inundaciones fluviales e inundaciones repentinas e inundaciones por tormenta Fase del proyecto a la que le aplica Fases de construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo o superficie del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción: • Se capacitará y entrenará al personal en prevención de acciones riesgosas en caso de lluvias e inundaciones • Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos de las partes y obras del proyecto, indicando zona de seguridad.
Fase de operación: • Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos, indicando medidas y/o acciones seguras en caso de lluvia o inundaciones y teléfonos de emergencia.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal de la obra. En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Lluvia o inundación: • Dependiendo de la intensidad de las lluvias e inundación, se activará una alarma y de ser pertinente, se evacuará hacia zonas de seguridad. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. • Una vez producido este fenómeno, el titular procederá a evaluar los daños al personal y en la estructura física. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante incendio. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia • Revisión de registros de emergencia con el fin de evaluar la respuesta ante la emergencia • Registro de comunicación a la SMA.
9.4 Riesgo: Sequías y Olas de calor Riesgo: Sequías y Olas de calor Fase del proyecto a la que le aplica Fases de construcción, operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo o superficie del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción: • Se dispondrá se sectores con bidones de agua potable y bloqueador solar para los trabajadores. • Se habilitarán sectores con sombreaderos. • Se entregarán EPPs para evitar la radiación solar. • Se capacitará y entrenará al personal en temas de sequias, olas de calor y uso eficiente del agua. Fase de operación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
• Se dispondrá de señalética en distintos puntos estratégicos, indicando medidas para preventivas contra sequias, olas de calor y uso eficiente del agua. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las capacitaciones a los trabajadores de la obra. En cuanto a la documentación estará presente en obra para su fiscalización, la que será actualizada anualmente. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Fase de construcción y operación: • Llamar a los números de emergencia de salud informados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos El jefe del equipo de respuesta a emergencias generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante sequias y/u olas de calor. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
9.5 Riesgo “Incendio en el Área en edificaciones y presencia especie Ulex europaeus”
Riesgo: Incendio en el Área en edificaciones y presencia especie Ulex europaeus Fase del proyecto a la que le aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a la instalación de faenas para el caso de la fase de construcción. En la fase de operación del Conjunto Habitacional. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción y operación: • El contratista o personal (según fase del Proyecto) se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por el Titular para minimizar el riesgo de incendio y las que establece la ley. • Tanto en la fase de construcción, el prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. Se mantendrá un registro en obra de forma semanal de la inspección de los elementos de seguridad contra incendios en la fase de construcción. • Estas inspecciones se realizarán en el área de instalación de faena, semanalmente a inicio de cada jornada laboral se mantendrán registro de las inspecciones internas. • Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas de la fase de construcción, y en la operación del proyecto, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). A su vez en la operación se instalarán sensores de detección de incendios. • El contratista o personal constituirá un equipo que da respuesta a emergencias, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. Se escogerán los trabajadores que cuenten con las aptitudes mínimas para conformarla. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Riesgo: Incendio en el Área en edificaciones y presencia especie Ulex europaeus Estos trabajadores serán informados de los procedimientos de Contingencia y Emergencia, además de los teléfonos de emergencia a los cuales deben dirigirse dependiendo de la situación que acontezca. • Se dispondrá de extintores en cada fase del Proyecto, ubicados estratégicamente. • A su vez se generará de un plan de control de emergencias, conformando la cadena de mando y brigada contra incendio. • Se tendrá disponible y visible el equipo de Protección Personal (EPP) cuando lo requieran las tareas que desempeñan. • Se realizará capacitaciones cada 1 año, en control de incendio, uso y manejo de extintores en la fase de construcción y operación. • Se tendrá de manera visible para el personal el layout del predio, tanto de la fase de construcción y operación, indicando la ubicación y tipo de sustancias peligrosas e inflamables a manejar para facilitar el control de emergencias. • Se contará con un plan de corta de la especie Ulex europaeus (Chacay) para evitar el riego de incendio forestal, previo al inicio de la faena de construcción a cargo de un Ingeniero Forestal. Ver Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria, el Plan de corta de por etapa constructiva Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las inspecciones internas que realice el prevencionista de riesgos de la empresa, que se mantendrá en obra de forma semanal a disposición de la autoridad en caso de que lo requiera.
Además, se mantendrá un documento con la firma de los trabajadores, de charla general de riesgos, donde se indicará, entre otros, cuáles son los elementos básicos para combatir un incendio y el lugar donde estarán disponibles.
Se mantendrá identificadas las áreas de presencia de la especie Ulex europaeus y el programa de plan de corta en obra. Se contará con un plano en obras de las áreas de corte por etapa de construcción. Ver Anexo AC-02 de la Adenda Complementaria, el Plan de corta de Ulex europaeus.
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Riesgo: Incendio en el Área en edificaciones y presencia especie Ulex europaeus Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Para las fases de construcción y operación, se mantendrá las siguientes acciones: • Se activará la alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al equipo de respuesta a emergencias. • Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia del equipo de respuesta a emergencias, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132), y CONAF y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro. • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.
Se mantendrán los siguientes requisitos de seguridad: • Previo a dar inicio a las actividades de revisión, se deberá comprobar si es posible acercarse al sector de siniestro. • En todo momento el personal de la brigada de emergencia estará en obligación del uso de todos los EPP pertinentes: Casco clase B, Lentes de seguridad, Guantes protectores, Ropa ignifuga y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Riesgo: Incendio en el Área en edificaciones y presencia especie Ulex europaeus Calzado de seguridad. Durante la ejecución de las actividades mantener el material y equipo organizado. Procedimiento ante la activación de alarma de incendio: - Al activarse la alarma de incendio (sonora), este es reconocida y validad por el personal, por lo que el personal de turno acudirá al lugar donde se realiza la detección para constatar el siniestro para constatar si se trata de un amago o un incendio declarado. - Proceder a reportar situación a supervisor inmediato. - Caso de amago de incendio: o Localizar el extintor manual más cercano, retirar el seguro de activación y usar el equipo para apagar el amago de incendio activando la palanca manual y dirigiendo la acción del extintor hacia la base de la llama hasta que se logre controlar y apagar. o De ser posible, desenergizar el sector abriendo interruptores de baterías, interruptores de servicios auxiliares y desconectando el suministro de combustible. o Con el amago controlado, generar reporte correspondiente y registrar incidente. o Aislar la zona de afectación, contactar a contratista para evaluar daños. - En caso de incendio declarado: o Llamar a Bomberos a través del número 132. o Llamar a CONAF en caso de incendio forestal. o Activar protocolo de evacuación de emergencia. o Proceder a apagado de emergencia de rama de energía asociada (previamente deberá ser validado con jefaturas en función del alcance del incendio). o Despejar la zona de afectación. o Validar la disponibilidad de hidrantes perimetrales asociados al sistema de extinción de incendios (usar si es necesario). o Una vez controlado y apagado el incendio generar reporte correspondiente y registrar incidente. o Aislar la zona de afectación, contactar a contratista para evaluar daños o Una vez controlado y mitigado el siniestro, proceder a investigar las causas que originaron el incidente para su análisis, corrección y/o mejora correspondiente. Generar un informe con detalles de lo acontecido que incluya descripción y alcance de daños, cronología de eventos, registro fotográfico y plan de acción.
9.6 Riesgo “Atracción de vectores, generación de olores molestos, etc., por irrupción de retiro de residuos domésticos”
Riesgo: Atracción de vectores, generación de olores molestos, etc., por irrupción de retiro de residuos domésticos Fase del proyecto a la que le aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada al retiro por recolección municipal de residuos domésticos e industriales no peligrosos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de construcción y operación. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores, con el objetivo principal de entregar indicaciones sobre el correcto manejo y acopio temporal de los residuos industriales no peligrosos y domésticos.
En el caso de que no sean recolectados, la zona que será designada para el almacenamiento temporal tendrá contenedores y tambores herméticamente cerrados y lavables, evitando las posibles emisiones de material particulado, de olores molestos, de efluentes líquidos y la atracción de vectores sanitarios;
Se instalarán señalética adecuada en los sectores de acopio temporal, tanto de residuos domésticos como residuos industriales no peligrosos;
Se designará una empresa autorizada para el retiro de los residuos y se mantendrá número en obra en caso de acumulación e interrupción de retiro. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar para evitar riesgo con residuos domésticos e industriales. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Fase de construcción y operación:
- En el caso de que haya acumulación, y que pueda generar vectores, olores molestos, lixiviados o en mal estado el personal dará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y al equipo de respuesta a emergencias, para evaluación y correspondiente accionar, dando aviso inmediatamente a empresa encargada autorizada para el retiro:
• Se solicitará el retiro inmediato por parte de un camión autorizado de los residuos involucrados. • Se reforzará la limpieza y barrido de las zonas involucradas, a modo de eliminar cualquier trozo de material, donde las larvas de moscas puedan refugiarse y cumplir su ciclo de propagación. • Fumigación de las instalaciones con insecticidas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan u otros organismos Se evaluará la magnitud del incidente, y en caso de que su valoración sea de magnitud se activará el plan de emergencia. Se dará́ aviso a la SMA una vez que se haya atendido la emergencia y se preparará un informe preliminar del procedimiento realizado. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885- 2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
9.7 Riesgo “Derrame de residuos o sustancias peligrosas”
Riesgo Derrame de residuos o sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que le aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Asociada a las áreas de almacenamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Respecto al almacenamiento de combustible, se contempla la implementación de una bodega de combustible en obra conforme a las condiciones indicadas en el artículo 52° del D.S: N°43/2016 del MMA:
“-. Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro. - Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3.
En el caso de almacenarse sustancias incompatibles, se deberá contar con sistemas de contención separados. Adicionalmente, tanto las bodegas que almacenen líquidos como sólidos, deberán contar con agentes de absorción y/o neutralización.”
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: - Las sustancias peligrosas se almacenarán en una bodega que cumpla con las directrices del D.S. N°43/2016 del MINSAL, Reglamento de Sustancias Peligrosas. Estos productos químicos serán entregados con control de bodega, en porciones debidamente conferidas bajo registro. Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. - Los tambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de estos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. - Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - Los recintos de acopio de estas sustancias contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. - Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. - Se mantendrá un registro (en español) de las sustancias almacenadas, que estará a disposición del personal autorizado para ingresar a las bodegas, organismos externos y personal de bomberos. Este registro estará de acuerdo con lo establecido en la NCh 382 Of2004 o la que la sustituya. - Croquis con la ubicación de las sustancias al interior de la bodega. Para los residuos peligrosos, se contará con una bodega de RESPEL, que dará cumplimiento a las directrices establecidas en D.S. N°148/03 del MINSAL.
Forma de control y seguimiento Se mantendrá́ un registro con el listado y firma de asistencia de los trabajadores a charla acerca de las medidas de seguridad a adoptar en caso de derrame de sustancia y/o residuos peligrosos y se informará del lugar y tipo de elementos para la contención de derrames. Además, se instruirá́ acerca de la manipulación y almacenamiento de este tipo de sustancias. Capacitación en la fase de construcción cada 6 meses. Duración: mínimo 40 minutos.
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Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Fase de construcción Para el caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos al suelo, se aplicará como mínimo: - Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. - Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. - Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. - Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. - Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N°148/03, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: o Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. o Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y debidamente autorizada. o Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro. - En caso de derrame de gran magnitud se procederá a contactar al personal especializado (sección 1 y 4 de Hoja de Datos de Seguridad), además: o CITUC, 2 2247 3600 (Emergencias químicas) o Bomberos, fono 132 - Mantenga aislada la zona afectada del derrame, evacuando al personal que no presta un apoyo especializado en la emergencia. En caso de que ocurra alguna afectación o contaminación a las napas subterráneas, (solo si la magnitud es evaluada de mayores envergaduras), se informará de inmediato a la SMA, en un plazo no mayor a 24 horas, señalando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento, como también los principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, como también el resultado de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
- En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobada por la autoridad (sólo en casos de accidentes).
Adicional a lo anterior, el titular procederá a lo siguiente:
a. Identificar los puntos de agua subterránea a muestrear (pozos existentes dentro o en las proximidades del área de proyecto). Deberá señalar las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de cada punto, los cuales deben ser representativos del área de proyecto y representarlas en archivo digital kmz. b. Efectuar un monitoreo inicial del agua subterránea, tanto de nivel freático como calidad fisicoquímica, considerando los parámetros de la NCh 409 incluyendo Hidrocarburos totales, Aceites y Grasas, pH, Temperatura, Conductividad Eléctrica. c. Se realizará un monitoreo al inicio, y luego cada dos semanas, hasta que se dé por terminada la emergencia.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos Luego de avisar a las autoridades competentes, dependiendo del tipo de derrame, se realizará un informe preliminar que se entregará a la SMA con el procedimiento de contención, material utilizado y lugar de disposición final de los residuos producidos en la acción de contención. Se evaluará la magnitud del incidente, y en caso de que su valoración sea de magnitud se activará el proceso de información.
Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA.
9.8 Riesgo “Alteración accidental de hallazgos o sitios arqueológicos y/o paleontológicos no previstos”
Riesgo Alteración accidental de hallazgos o sitios arqueológicos y/o paleontológicos no previstos Fase del proyecto a la que le aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de Tierras de la fase de construcción. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se informará a los trabajadores del cuidado ante un posible hallazgo. Se capacitará al personal con el objetivo de poder identificar posibles hallazgos. Se comunicará el plan de acción ante un hallazgo y su normativa asociada. Forma de control y seguimiento Capacitación al personal. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Si en el transcurso de la construcción, se encontrasen evidencias como artefactos, utensilios, completos y/o fragmentados, y que potencialmente hacen presumir que corresponden a restos arqueológicos, se actuará de la siguiente manera: - Detener los trabajos y/o obras que se estuvieran ejecutando en terreno. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
- Aislar el área donde se encuentren los restos arqueológicos y/o paleontológicos por medio de una cinta o cerco perimetral, cuando las condiciones del hallazgo lo ameriten.
- Registro preliminar fotográfico y de georreferencia satelital (GPS, Datum WGS84, Sur, Huso 19).
- Los encargados o responsables de los trabajos y/obras de terreno deberán informar a sus autoridades superiores, quienes deberán contactarse con una autoridad competente en la materia a nivel local o regional. Las regiones cuentan con visitadores especiales regionales del Consejo de Monumentos Nacionales, los que a su vez forman parte de una Comisión Regional de este Consejo
- Se debe solicitar una inspección visual de los hallazgos a este visitador, y de acuerdo con la importancia de estos, se establecerán las acciones necesarias para su conservación (registro pormenorizado, prospección, sondeo de excavación, y salvataje de ser necesario). Los resultados de este proceso deben formalizarse mediante un documento (informe).
- Dependiendo de las recomendaciones del especialista o Visitador, implementar recomendaciones: prospección sistemática, excavaciones, levantamiento de proyecto de puesta en valor, museo de sitio, y todas aquellas en el ámbito de la conservación y uso público del patrimonio cultural.
- En caso de hallazgo, distinto a los registrados en la línea de base de arqueología, durante la realización de las actividades del Proyecto, se procederá de acuerdo con lo señalado en este cuerpo legal, siendo la primera medida la detención de las obras en el área del hallazgo, de acuerdo a las exigencias establecidas por la Ley N°17.288 Monumentos Nacionales y su reglamento.
- En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos Ante algún hallazgo se avisará a la SMA y CMN. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad ambiental de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA.
9.9 Riesgo “Posible afloramiento de napa”
Riesgo Posible afloramiento de napa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
Fase del proyecto a la que le aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de Tierras Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Previo al movimiento de tierras, se llevará a cabo una capacitación el personal, con el objetivo de prevenir un mal uso de la maquinaria que pueda generar un posible afloramiento. Forma de control y seguimiento Capacitación al personal. Acciones o medidas a implementar en caso de emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. De manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. - Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. - Se aclara que el proyecto no se requerirá ejecución de obras de drenaje permanente o agotamiento puntual de la napa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del plan de emergencia u otros organismos En caso de que ocurra la emergencia, se dará aviso a la SMA, y se llevara el registro de todas las acciones para su resolución inmediata. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia Se mantendrá el registro de las acciones llevadas a cabo en el caso que active la emergencia, y se comunicará a la SMA por medio del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Lo anterior acredita su seguimiento y control, dando información inmediata a la autoridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682
ambiental de acuerdo con lo estipulado en la Resolución Exenta N°885-2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a Través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA.
10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
13°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
14°. Que, para que el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental X Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
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RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar”, de Fundación Invica.
2°. Certificar que el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Conjunto habitacional Don Vicente Bosquemar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1.del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Paulina Lorena Muñoz Molina Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos
JHS/MSA/LFAB
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Mario Guillermo Cáceres González mcaceres@invica.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2165482682 Firmado por: Sergio Ernesto Sanhueza Triviño Fecha: 09/06/2025 15:32:07 CLT Paulina Lorena Muñoz Molina Firmado digitalmente por Paulina Lorena Muñoz Molina Fecha: 2025.06.18 11:09:02 -04'00' SERNAGEOMIN, Zona Sur <gabriela.mino@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> CONADI, Región de Los Lagos murbano@conadi.gob.cl CONAF, Región de Los Lagos marco.inarejo@conaf.cl DGA, Región de Los Lagos fabiola.pizarro@mop.gov.cl DOH, Región de Los Lagos rodrigo.valenzuela@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Los Lagos alejandro.santana@goreloslagos.cl Ilustre Municipalidad de Puerto Montt alcaldia@puertomontt.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Lagos ejaramillo@desarrollosocial.cl SEREMI de Salud, Región de Los Lagos <sofia.torres@redsalud.gov.cl, carlos.herrera@redsalud.gov.cl> SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos pjoost@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos fnail@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos adelafuente@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región de Los Lagos fernando.alvarado@mop.gov.cl Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos lhurtado@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ssdg@monumentos.gob.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargada Medio Humano Carmen.Larraguibel@sea.gob.cl