Evaluación SEA

Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto

Rol 2162453963
SEA · DIA · Aprobado · 2025-01-14 · Región de Atacama · Inmobiliaria D&M SPA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto”

Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 10 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria de 09 de diciembre de 2024, del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” presentado por Inmobiliaria D&M SpA. con fecha 01 de julio de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto”.

3°. El Acta de Evaluación N° 202403106166 de 30 de diciembre de 2024 del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” de 30 de diciembre de 2024.

5°. El acuerdo adoptado en sesión del 08 de enero de 2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y el D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (Reglamento del SEIA), publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Ley N° 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N° 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el/la Directora/a Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/347/2022 del 25 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombre a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución N° de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 14-01-2025 12:32:12:288 UTC -03:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria D&M Spa. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria D&M SpA. Rut 76.055.515-0 Domicilio Colipí 484. Oficina 607, Copiapó. Teléfono +56988292436 Nombre representante legal Luis Alejandro José del Valle Aldunate Rut representante legal 8.715.654-0 Domicilio representante legal Colipí 484. Oficina 607, Copiapó. Teléfono representante legal +56988292436 Correo electrónico Titular o representante legal adelvalle@dyminversiones.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de diciembre de 2024, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión del 08 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de diciembre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo satisfacer la demanda habitacional de la comuna de Copiapó, perteneciente a la Región de Atacama, mediante la construcción y habilitación de 80 unidades habitacionales de tipo casa, además de la vialidad interna, espacios de equipamientos, áreas verdes, vialidad de declaratoria a Bien Nacional de Uso Público, junto a sus respectivas obras de urbanización en una superficie de 1,34 hectáreas. Las viviendas que considera el Proyecto se suman a las 240 unidades habitacionales en proceso de construcción que corresponden a la situación basal de este. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos lotes o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Vida útil Indefinida. Monto de inversión USD $ 5.607.919 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Cierre perimetral del terreno. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Copiapó. Descripción de la localización El área donde se emplazarán las partes y obras del Proyecto está ubicada dentro de los límites urbanos de la Comuna de Copiapó, específicamente en la Zona Mixta de vivienda, equipamientos, talleres y almacenamiento inofensivo (Zona B), acorde al PRC, que permite el uso habitacional, lo anterior se verifica en el Certificado de Informaciones Previas (Anexo 2.2 de la DIA). Como consiguiente, el Proyecto se adapta al uso territorial planificado. Superficie 1,34 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del vértice considerado para el Proyecto se presentan en la Tabla 1.1 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria Caminos de acceso Calle 2 Oriente y Calle 1B. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 2.9 de la DIA y Anexo 1.3 de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Parte/ Obra Caminos de acceso temporales y permanentes Los caminos temporales corresponden aquellos que permiten realizar las actividades de la fase de construcción, permitiendo el tránsito de vehículos y maquinaria al interior del emplazamiento posibilitando las faenas constructivas. La materialidad de estos caminos será de suelo natural, siendo humectados como medida de control de emisiones. Los caminos de acceso permanentes del Proyecto, corresponde a la Calle 2 Oriente, que forma parte de la macrourbanización ejecutada por SERVIU. Dicho acceso se constituye como el acceso principal al predio del Proyecto en fase de construcción. Obras o instalaciones para el manejo de aguas servidas Para el manejo de las aguas servidas durante la fase de construcción, el Proyecto cuenta con un empalme provisorio que le permite abastecerse de agua potable y disponer de sus aguas servidas a través de la empresa sanitaria del sector correspondiente a Nueva Atacama S.A (véase Anexo 1.2 de la Adenda). Instalaciones de apoyo a las actividades de la fase de construcción Se contempla para el desarrollo del Proyecto la implementación de una instalación de faenas. Esta instalación será necesaria para la construcción de todas las obras relacionadas al Proyecto. La instalación de faenas se compone principalmente por el sitio de acopio de residuos no peligrosos, bodegas comunes y de bodega de residuos peligrosos, servicios higiénicos y oficinas, entre otros. Cabe destacar que, el presente Proyecto hará uso de la misma instalación de faena que se contempla para la situación basal del proyecto, localizados en los lotes AV12 y AV13. Bodega Principal Bodega destinada al manejo de insumos, tales como equipos, pinturas, materiales, elementos de protección personal, herramientas, entre otros. Posee una superficie aproximada de 144 m² y una capacidad máxima de 259 m³. Talleres Bodega o recinto destinado a la preparación de materiales antes de la llegada a su sitio de instalación. Se caracteriza por una superficie aproximada de 144 m² y una capacidad máxima de 259 m³. Bodega de Residuos Peligrosos (RESPEL) Bodega donde se almacenarán los residuos peligrosos que se generarán por las actividades constructivas de la fase de construcción. Contará con una puerta de acceso, y alimentación de energía de la red eléctrica existente. Posee una superficie aproximada de 12 m² y una capacidad máxima de 24 m³. Sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos Sitio donde se acopiarán transitoriamente los residuos provenientes de la materialización de las viviendas, es decir, residuos no peligrosos (inertes), para posteriormente ser trasladados a un sitio autorizado de disposición final. Se caracteriza por una superficie aproximada de 50 m² y una capacidad máxima de 90 m³. Bodega de residuos asimilables a domiciliarios Bodega temporal destinada al almacenamiento de los residuos asimilables a domiciliarios. Dichos residuos serán acumulados en contenedores de 200 L de capacidad, debidamente identificados. Estos serán recolectados, transportados y dispuestos en un lugar de disposición final autorizado por la autoridad sanitaria por un tercero autorizado, con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana. Se caracteriza por una superficie aproximada de 9 m2 y una capacidad máxima de 16 m3. Bodega de Sustancias Peligrosas (SUSPEL) Bodega donde serán almacenadas las sustancias peligrosas generadas por el Proyecto, tales como pinturas, adhesivos, sellantes, entre otros. Se caracteriza por una superficie aproximada de 12 m² y una capacidad máxima de 24 m³. Bodega de combustible Bodega destinada al almacenamiento de combustible requerido por el proyecto. Corresponde a una instalación de radier de hormigón con un pretil para contener cualquier derrame accidental. El estaque de almacenamiento de combustible será de alta resistencia y estructural, certificado para petróleo de acuerdo con estándares nacionales e internacionales. El volumen no superará los 1.000 litros y se cumplirá en todo momento con lo dispuesto en el D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía. Se caracteriza por una superficie aproximada de 12 m². Sistema de lavado de ruedas y canoas de camiones mixer Se contará con un sistema de lavado de ruedas de camiones y de lavado de canoas de los camiones mixer. Posee una superficie aproximada de 54 m². Garita Guardia Área destinada al control de acceso a las faenas constructivas, donde se contará con un sistema de registro manual de acceso. Se caracteriza por una superficie aproximada de 12 m². Comedor Se habilitarán comedores (2) destinados sólo para el consumo de alimentos, el cual contará con mobiliario para atender a los trabajadores. Se caracterizan por una superficie aproximada de 36 m² cada uno. Baños y vestidores Existirán (2) camarines y baños habilitados para la mano de obra en general, separados para hombres y mujeres. Poseen una superficie aproximada de 12 m² cada uno. Oficinas Se contará con (3) oficinas construidas mediante contendores, instalaciones las cuales se habilitarán con mobiliario de oficina. Poseen una superficie aproximada de 36 m² cada una. Salas de reuniones Se contará con una sala de reunión construida mediante contenedores, instalaciones las cuales se habilitarán con mobiliario de oficina. Posee una superficie aproximada de 144 m². Estacionamientos Se habilitará un área de estacionamientos para la destinada a la maquinaria y vehículos utilizados durante la fase de construcción. Se caracterizan por una superficie aproximada de 100 m². Acciones Acondicionamiento del terreno Demolición de soleras y veredas ubicadas dentro del área de emplazamiento del Proyecto. Los escombros serán dispuestos por un tercero autorizados a fin de minimizar focos sanitarios. Se estima que la cantidad a demoler corresponde a 2.561,02 m³. Respecto al escarpe, este se realiza mediante el uso de maquinaria típica para este tipo de faenas en una construcción. Se realizará hasta una profundidad de 0,30 metros Movimientos de tierra Los movimientos de tierra (cortes y/o relleno) que se realizarán durante la fase de construcción estarán relacionados principalmente con la urbanización, es decir, pavimentación, obras de aguas lluvia, alcantarillado, agua potable, entre otros, los cuales serán destinados a sitios de disposición de terceros autorizados. Este material se irá disponiendo a un costado de la zanja de excavación para posteriormente rellenar la misma zanja. Para el emparejamiento y nivelación de terreno se realizarán cortes y relleno en un volumen total de 7.000 m³. Habilitación y uso de instalaciones de apoyo a las faenas de construcción El Proyecto cuenta con una instalación de faena, la cual se hace necesaria para la construcción de las unidades habitacionales y urbanizaciones. La instalación de faena se localiza en los lotes denominados AV 12 y AV 13. Cierre de las instalaciones de apoyo a las faenas de construcción Una vez finalizadas las obras de construcción, se procederá a realizar el desmantelamiento de la instalación de faena. Dicho desmantelamiento consiste en el retiro de los contenedores que conforman gran parte de la instalación de faena. Así se realiza el retiro del mobiliario, maquinarias y equipos que se hayan utilizado durante las faenas de construcción. Construcción de caminos Para la ejecución del Proyecto, inicialmente se habilitarán caminos temporales no permanentes, los cuales se utilizarán hasta que esté construida la vialidad interna de este, pues después se utilizarán esas vías para el tránsito asociado a las obras de construcción del mismo. Los ingresos y egresos a la faena de construcción serán por calle 2 Oriente, instalaciones que se encuentran localizadas en la situación basal (AV12 y AV13). Por lo tanto, en el polígono del Proyecto que se presenta a evaluación (Lote 1) no se contempla la habilitación de una instalación de faena. Para el caso de las obras de pavimentación, éstas se ceñirán de acuerdo con lo establecido en la OGUC, sin perjuicio del cumplimiento de las demás exigencias que sobre la misma materia se deriven de la aplicación de las normativas relacionadas. Mantenimiento de caminos temporales Por las características del Proyecto, al camino temporal no se le realizará mayor mantenimiento, sólo se humectará para evitar el polvo en suspensión. La humectación se realizará con agua potable cuando la humectación sea requerida. Respecto a la vialidad interna del Proyecto, al Titular le corresponde la mantención hasta antes de la recepción definitiva de las viviendas, pues desde ese momento, pasan a ser de tuición pública, por tanto, su mantención recae en los organismos con tal facultad. Cierre de caminos Para el caso particular de este Proyecto, el camino temporal se irá deshabilitando y será reemplazados por la vialidad interna del mismo. Dependiendo de la ubicación del camino temporal, las obras para su deshabilitación estarán asociadas a aquellas necesarias para construir las edificaciones, espacios comunes o estacionamientos según corresponda. Tránsito y funcionamiento de maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto Para el desarrollo de las obras asociadas a la fase de construcción, es necesaria la utilización de vehículos y maquinarias, estos transitarán al interior del predio de emplazamiento del Proyecto, razón por la cual habrá restricción en la velocidad, siendo ésta de 30 km/h. Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del predio El traslado de la mano de obra se realizará a través de movilización propia o transporte público, por lo cual, el Proyecto no tendrá injerencia alguna en sus dinámicas ni medios de desplazamiento. En cuanto al transporte de insumos y residuos fuera del predio esta actividad se realizará según las distintas rutas de los proveedores, a través del camino de conexión del Proyecto, el cual corresponde a la calle Pedro de Valdivia. Construcción de sistema de agua potable La construcción de la red de agua potable corresponde a la implementación de las partes y obras presentadas en el proyecto de agua potable (Anexo 3.1 de la DIA), de acuerdo con el avance de las obras de construcción del Proyecto. El método constructivo consiste en la conexión de agua potable existente mediante la excavación de la zanja donde se ubicarán las cañerías que se conectarán a la matriz existente hasta la alimentación del estanque de acumulación de agua potable del Proyecto. Construcción de sistema de aguas servidas El método constructivo consiste en la conexión de aguas servidas existente mediante la excavación de la zanja donde se ubicarán las cañerías que conectarán a la cámara pública para dar en el colector existente. Para la dotación de alcantarilla (aguas servidas) durante la fase de construcción, el Proyecto cuenta con un empalme provisorio que le permitirá disponer de sus aguas servidas a través de la empresa sanitaria del sector Nueva Atacama S.A (véase Anexo 1.2 de la Adenda). Construcción de sistema de aguas lluvias La construcción de la infraestructura de aguas lluvias corresponde a la implementación de un sistema de infiltración de agua provenientes de las lluvias a través de un sumidero interconectado a una cámara sedimentadora, permitiendo la evacuación de dichas aguas hacia las zanjas de infiltración, la cual se encontrará fuera del lote del Proyecto. Construcción vialidad interna Para el caso de las obras de pavimentación, cabe destacar que estas se ciñen a lo establecido en la OGUC, sin prejuicio del cumplimiento de las demás exigencias que sobre la misma materia se deriven de la aplicación de las normativas relacionadas. Áreas verdes Corresponden a superficies destinadas preferentemente al esparcimiento o circulación peatonal, conformada por especies decorativas y otros elementos complementarios. Las áreas verdes contarán con máquinas de ejercicios, juegos infantiles, mobiliario y especies arbóreas. Construcción de la edificación Esta etapa consiste en la materialización de las unidades habitacionales proyectadas, las cuales se encuentran sujetas a sus respectivos cronogramas de actividades. Estas se constituyen principalmente de las siguientes acciones: • Obras de urbanización. • Obra gruesa. • Terminaciones. • Exteriores y espacios comunes. • Recepción municipal. Recursos naturales renovables El Proyecto requiere de la intervención de 7.000 m³ de suelo y 1,34 ha de capa vegetal. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican:

MPS MP10 MP2,5 10,88 3,35 0,69

NOₓ SO₂ CO₂ CO COV CH₄ N₂O 4,04 0,27 0,17 1,82 0,36 0,03 0,01

Frente a lo anterior, se implementarán las siguientes medidas de control: • Verificar periódicamente el registro de las revisiones técnicas y certificado de emisiones de todos los vehículos y camiones. • Mantenciones periódicas a los vehículos y maquinarias. • Límite de velocidad de los vehículos de 30 km/h. • Encarpado de todos los camiones que transporten materiales. • Cierre perimetral. • Implementación de barreras móviles. • Humectación de caminos internos no pavimentados.

Ruido y vibraciones Estas emisiones serán generadas principalmente por las actividades de urbanización e infraestructura y obra gruesa, siendo el escenario más desfavorable entre los meses 1 y 6, donde se toparán las obras constructivas del Proyecto en evaluación con el caso base, presentando el mayor nivel de potencia sonora equivalente a 119,1 dB(A).

Efluentes: Se estima la generación de 4.840 m³/año de emisiones líquidas generadas por los servicios higiénicos y 0,51 m³/día de efluentes provenientes del lavado para ruedas y camiones. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RSD: Correspondiente a restos orgánicos, papeles, plásticos y documentos de oficina. Se estima que se generarán 20,96 ton/año de estos residuos. RINP: Estos residuos serán principalmente ladrillos, tejas, azulejos, restos de hormigón, armaduras de acero, perfiles y restos de madera, papeles y cartones, fierros, plásticos, sacos de cemento y cajas, entre otros residuos mezclados como escombros, tierras y piedras.La estimación de estos residuos se puede observar en la siguiente Tabla:

RESPEL: La estimación de la generación de residuos peligrosos es de 0,92 ton/año para el año 1, tomando en consideración el Proyecto en evaluación y los generados por la situación basal (Proyecto Conjunto Habitacional Mirador del Valle y Proyecto Conjunto Habitacional Vista del Norte). Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.6.1.1 Partes y obras Tabla 4.6.1.2 Acciones Tabla 4.6.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas Tabla 4.6.4.3 Ruido Tabla 4.6.5.1 Residuos no peligrosos Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Lotes Se consideran tres tipos de viviendas, dos viviendas del tipo C1, 6 viviendas del tipo C2 y 72 viviendas del tipo pareada. Por lo tanto, la superficie total edificada de las unidades habitacionales corresponde a 4.640,80 m². Vialidad interna Caminos internos de circulación de los vehículos particulares a los respectivos estacionamientos, ubicados en el primer piso. El Proyecto contempla la proyección de dos calles, las cuales constituyen una superficie aproximada de 1.235 m². Vialidad externa Corresponde a la materialización de las Calles 1B y Calle Auxiliar Oriente, además de sus respectivas veredas proyectadas, las cuales constituyen una superficie aproximada de 3.552,13 m². Áreas verdes Superficies destinadas preferentemente al esparcimiento o circulación peatonal, conformada por especies decorativas y otros elementos complementarios. El Proyecto contempla la habilitación de 512,71 m² de áreas verdes, acordes a las ordenanzas municipales, planes reguladores y normativa aplicable. Áreas de estacionamientos de usos comunes o visitas Se construirán 82 estacionamientos en el predio del Proyecto, de los cuales 2 corresponden a estacionamientos exclusivos para movilidad reducida. A su vez, se contempla la creación de 42 estacionamientos propuestos exclusivos para bicicletas. La superficie total de los estacionamientos vehiculares corresponde aproximadamente a 1.025 m², mientras que la superficie total de los bicicleteros corresponde a 34 m² aproximadamente. Sede social Superficie destinada al desarrollo de equipamiento correspondiente a una sede social, la cual corresponde a una superficie de 72,25 m² aproximadamente. Infraestructura de agua potable La dotación o conexión de agua potable del Proyecto corresponderá a la infraestructura pública de agua potable, donde se cuenta con un certificado de Factibilidad Sanitaria otorgada por parte de la empresa sanitaria Nueva Atacama S.A. Infraestructura de aguas servidas Para la dotación de alcantarillado (aguas servidas) se cuenta con un certificado de Factibilidad Sanitaria otorgada por la empresa sanitaria Nueva Atacama (véase Anexo 2.3.1 de la DIA). Infraestructura de aguas lluvias Sistema de infiltración de agua provenientes de las lluvias a través de un sumidero interconectado a una cámara sedimentadora, permitiendo la evacuación de dichas aguas hacia zanjas de infiltración. Infraestructura de electricidad, gas y telecomunicaciones La conexión se realizará a la red existente, a partir de la factibilidad eléctrica otorgada por la empresa CGE S.A (véase Anexo 2.3.2 de la DIA), cumpliendo con los estándares dispuestos tanto por la empresa eléctrica que opera en la zona, así como la normativa aplicable. Acciones Tránsito o circulación por movilidad de la población Durante la fase de operación existirá desplazamiento en modo vehículo particular, desplazamiento en modo peatonal y desplazamiento en modo bicicletas/biciclos, por parte de los habitantes y visitantes de los conjuntos habitacionales. Operación del sistema de alcantarillado de aguas servidas Las aguas servidas generadas durante la fase de operación serán descargadas al alcantarillado público. Tal como se mencionó con anterioridad, el Proyecto cuenta con Factibilidad Sanitaria por la empresa Nueva Atacama S.A. Operación del sistema de aguas lluvias La evacuación de aguas consiste básicamente en la conducción de las aguas hacia distintos sumideros de descarga que captan las aguas superficiales para luego ser conducidas a través de tuberías a las zanjas de infiltración. Productos generados Debido al tipo de Proyecto, no se generarán productos durante su fase de operación. Recursos naturales renovables Debido al tipo de Proyecto no se extraerán, explotarán ni utilizarán recursos naturales durante su fase de operación. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (ton/fase) que a continuación se indican:

MPS MP10 MP2,5 7,41 1,42 0,34

NOₓ SO₂ NH₃ CO COV CH₄ N₂O CO₂ 1,16 0 0 8,81 1,19 0,07 0 0,23

Ruido y vibraciones Las emisiones de ruido serán generadas principalmente por el flujo vehicular generado por los habitantes, considerando la condición más desfavorable en el que los viajes diarios coinciden un mismo día. La tasa estimada para el R4 es de 50,3 dB (A), lo cual cumple con los límites de la norma suiza OPB 814.41.

Efluentes: Serán recolectadas y tratadas por la empresa sanitaria concesionaria del sector correspondiente a Nueva Atacama S.A. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RSD: Se estima una tasa de generación de 554 ton/año.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.7.1.1 Partes y obras Tabla 4.7.1.2 Acciones Tabla 4.7.3 Productos generados Tabla 4.7.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas o efluentes Tabla 4.7.5.3 Ruido Tabla 4.7.6.1 Residuos no peligrosos Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y obras No aplica

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación del terreno. Fecha estimada de término Segundo semestre 2025. Parte, obra o acción que establece el término Recepción Municipal. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega de las unidades habitacionales a los propietarios. Fecha estimada de término No aplica. Parte, obra o acción que establece el término No aplica. 4.4.3. FASE DE CIERRE No aplica

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido. Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente en la construcción de la edificación, escarpe y excavaciones. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Emisión de contaminantes atmosféricos. Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente en la construcción de la edificación, escarpe y excavaciones. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. El Proyecto generará emisiones atmosféricas y de ruido durante las fases de construcción y operación. En el caso de la primera, debido a las actividades constructivas, transporte y maquinarias, mientras que, en el caso de la fase de operación, estas emisiones se darán principalmente por los habitantes del Proyecto.

Para la estimación de la generación de las emisiones atmosféricas, se elaboró el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas, adjunto en el Anexo 3.2 de la Adenda. El estudio concluye que las mayores emisiones de material particulado se generan durante el primer año del Proyecto (fase de construcción), ascendiendo a 3,47 ton/año de MP10, mientras que, para el MP2,5 alcanza 0,72 ton/año. Por otro lado, en términos de emisión de gases, durante el primer año se aprecia la máxima tasa de NOx, estimada en 4,13 ton/año; mientras que para SO2 es de 0,27 ton/año. Los aportes estimados se encuentran bajo los niveles considerados como significativos, por lo tanto, no generaron un impacto significativo en la salud de la población en ninguna de las fases del proyecto. A pesar de lo anterior, el Titular consideró en la fase de construcción la implementación de las siguientes acciones de abatimiento y control: - Verificar el registro de las revisiones técnicas y certificado de emisiones de todos los vehículos y camiones que operen durante la fase de construcción. - Mantenciones periódicas a los vehículos y maquinarias. - Límite de velocidad de circulación máxima de 30 km/h al interior del área del Proyecto. - Encarpado de todos los camiones que transporten materiales. - Cierre perimetral de 5 metros de altura.

Para la estimación de la generación de ruido y vibraciones, se presentó en el Anexo 4.2 de la DIA el “Informe de Emisiones Acústicas y Vibraciones”. Dentro de este estudio, se determinaron 6 receptores humanos sensibles externos, así como también a 3 receptores nuevos pertenecientes a los habitantes de los avances constructivos finalizados y recepcionados. Al respecto, es importante mencionar que el receptor R6 es utilizado únicamente para evaluar el ruido producido por el tránsito vehicular en la fase de construcción para el traslado de los materiales e insumos requeridos para el desarrollo del Proyecto. En base a lo anterior, se determinó que los niveles de ruido y vibraciones en evaluación cumplen con los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA y las normativas de referencia FTA, se concluye que las emisiones de ruido y vibraciones no tienen la capacidad de generar algún ECC del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 5º letra b) del D.S. Nº40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente.

En relación con el efecto sobre la salud de la población producto de efluentes de origen sanitario, se indica que todos residuos generados por el Proyecto serán manejados conforme a la normativa aplicable, situación que se evidencia en la solicitud de los Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en los Artículos 140 y 142 del D.S. N° 40/2012 del MMA. Debido a lo anterior, los residuos generados cumplirán en todo momento con el marco normativo respectivo y un manejo adecuado en el almacenamiento, transporte y disposición final, de manera tal que no constituirá un impacto ni representarán efectos significativos sobre los recursos naturales renovables.

En virtud de los antecedentes recién expuestos, se confirma que el Proyecto no presenta exposición de contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos que produzca riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Remoción de la capa vegetal. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Pérdida de la capacidad de sostener biodiversidad. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Escarpe, construcción de la edificación, construcción de la urbanización. Impacto ambiental Emisión de contaminantes atmosféricos Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire. Parte, obra o acción que lo genera Durante toda la fase de construcción en sus distintas actividades, principalmente en la construcción de la edificación, escarpe y excavaciones. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Según los datos entregados en el informe de “Flora y Vegetación” del Anexo 4.5 de la DIA, se determinó que en el área del Proyecto se ha experimentado una fuerte perturbación (movimientos de tierra, habilitación de caminos y acumulación de escombros, etc). Como resultado de dicha perturbación, el sector de emplazamiento del Proyecto carece de cobertura vegetal casi en la totalidad de su extensión, encontrándose individuos muy aislados de las especies de flora endémica Tetragonia angustifolia y Nolana sedifolia. No obstante, dichas especies no se encuentran en categoría de conservación según la RCE, así como tampoco se encuentran protegidas por regulaciones especiales. Debido a esto, el Proyecto no generará una pérdida significativa del recurso suelo ni de su capacidad para sostener biodiversidad, durante la fase de construcción y operación, no generarán la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes en los términos del artículo 6 letra a) del RSEIA.

En base a lo anterior y en consideración de que el área del Proyecto presenta con una escasa cobertura vegetacional en la totalidad de su extensión, es posible concluir que el proyecto habitacional no generará afectación significativa al componente flora y vegetación en el área de influencia del proyecto.

Por otro lado, para el componente fauna, según el análisis realizado en el área considerada para el emplazamiento del Proyecto, se registró una abundancia total de 32 individuos. En cuanto a los parámetros comunitarios, el Informe de Fauna (Anexo 4.6 de la DIA) señala que el Índice de Biodiversidad de Shannon presentó un valor de 1,013, lo que indica la baja diversidad dentro del área de emplazamiento del Proyecto. En cuanto al Índice de Equidad de Pielou (J’), se determinó un valor equivalente a 0,9221, lo cual se traduce en que las comunidades son equitativas en relación con la abundancia de especies presentes. Dado que el predio del Proyecto presenta un alto grado de intervención sin presencia de especies que presenten singularidades ni vulnerabilidad, no constituyen ser un recurso escaso, único o representativo susceptible de ser afectada, por lo que se descarta cualquier impacto significativo como consecuencia de la ejecución del Proyecto a la diversidad biológica identificada.

Para el caso del componente aire, el Proyecto cumplirá con las distintas normativas de calidad del aire usada como referencia, sus emisiones serán de baja magnitud y la dispersión de los contaminantes estimados estarán sujetas a las cercanías del Proyecto, siendo estas por tanto de baja o casi nula cuantía, toda vez las máximas concentraciones modeladas muestran niveles muy bajo respecto a las normas de calidad utilizadas como de referencia.

Se descarta la afectación del componente agua debido a que el Proyecto en ningún caso extraerá agua desde cuerpos de agua superficiales o subterráneo. Además, en ninguna de sus fases el Proyecto considera realizar la recarga artificial de un acuífero y, por consiguiente, no se solicitarán derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas con cargo a obras de recarga. Sumado a lo anterior, se hace presente que las aguas servidas generadas en los baños químicos sólo serán utilizados durante las fases de construcción, en ninguna circunstancia serán vertidas en cauces y/o quebradas.

Para el manejo de residuos en las diferentes fases del Proyecto, se concluye que el Proyecto dará un manejo adecuado a cada uno de los residuos generados, dando cumplimiento en todo momento a la normativa sanitaria aplicable, donde se obtendrán las autorizaciones que la Autoridad sectorial (asociadas al PAS 140 y 142) y ambiental requiere, por lo que la ejecución del Proyecto no generará impactos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. Por otro lado, con relación a los productos o insumos químicos, estos serán marginales a lo largo de todas las fases del Proyecto y serán almacenados en la bodega común separados de los otros residuos y utilizando la señalética adecuada.

Finalmente, de acuerdo con los objetivos y la tipología del Proyecto, no se contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de las fases de desarrollo del Proyecto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No aplica. Parte, obra o acción que lo genera Ninguna parte, obra o acción del Proyecto genera el impacto mencionado. Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. En el AIMH se detectó la presencia de dos actividades productivas relacionadas con recursos naturales, estas son la Viña Fajardo con cultivos agrícolas y una mina de extracción de cobre. La ubicación de ambas actividades se puede visualizar en la Figura 54 de la Adenda.

Según los antecedentes presentados en el punto 6.1 de la Adenda, se concluye que las acciones del Proyecto, tales como emisión de material particulado sedimentable (MPS) no afectarán los cultivos presentes en el AIMH, al consignar un amplio cumplimiento de la normativa ambiental sobre MPS de la Ordenanza de la Confederación Suiza.

De acuerdo con los antecedentes presentados en el punto 6.2 de la Adenda, se concluye que las obras y acciones del Proyecto, tales como transporte, tampoco afectarían ni obstruirían las actividades productivas de la mina de extracción de cobre, ubicada a unos 600 metros en línea recta al Norte del área de emplazamiento del Proyecto.

Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Según lo señalado en la Tabla 9 de la Adenda Complementaria, el Proyecto aportará 34 viajes diarios ida y vuelta durante su fase de construcción, en el peor escenario. Esto se traduce en 4 viajes ida y vuelta por hora. A lo anterior se suman algunos compromisos ambientales que buscan minimizar las posibles molestias que pueda generar el flujo de transporte del Proyecto en su fase de construcción en el AIMH. Algunos de estos compromisos son aquellos denominados “Plan Comunicacional”, “Buenas prácticas viales” y “Reducir el impacto sobre las dinámicas de movilidad local”, todos detallados en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

En relación con el análisis realizado para la fase de operación del Proyecto, se presentó un estudio vial Ambiental actualizado en el Anexo 3.4 de la Adenda, en el cual se señala que, en cuanto a los niveles de saturación, dada la incorporación del proyecto, los arcos de la red de análisis aumentan su grado de saturación, pero a un valor muy por debajo del umbral definido del 85%. De hecho, ninguno de los arcos supera el umbral del 85% y se presenta un máximo grado de saturación de 21,8%. Además, del análisis de tiempos de desplazamiento se concluye que los aumentos de los tiempos son poco significativos, considerando que el máximo aumento esperado para la situación con Proyecto corresponde a una variación de 0,6 segundos.

En cuanto al análisis peatonal, cabe mencionar que las rutas no están obstruidas, por lo que les permite la libre circulación a los peatones sin generar conflicto peatonal. Del análisis de flujo se concluye que en situación con Proyecto seguirán las condiciones de tránsito libre en las rutas peatonales.

Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

En relación con una posible alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica; y considerando que el Proyecto en su fase de construcción tendrá un máximo de 85 trabajadores/as, se concluye que el Proyecto en dicha fase no generará los efectos indicados en el presente literal.

Por otro lado, de acuerdo con lo señalado en el punto 4.5.1 del Anexo 3.5 del Adenda, el Proyecto en su fase de operación proyecta una cantidad de habitantes de 1.024 personas aproximadamente, y se asume que la población nueva se comportará de manera similar a lo observado a partir del análisis censal del área de influencia. En este sentido, si se consideran los porcentajes de consulta médica, se tendría que el 57,25% del total de la población que llegara a habitar el Proyecto (434 personas aproximadamente) preferirían la atención Municipal. Así también el porcentaje restante de personas que habitaran el Proyecto preferirían la atención en centros de salud privados.

Para evaluar la capacidad de atención se consideraron los CESFAM más cercanos al Proyecto, es decir, el CESFAM Manuel Rodríguez con 18.451 personas asignadas. Además, según el Ministerio de Salud, la capacidad de atención de los CESFAM o consultorios se encuentra entre los 20.000 a 50.000 usuarios y usuarias. Considerando lo anterior y de acuerdo con la población modelada que habitaría el Proyecto en su fase de operación, se puede indicar que el CESFAM Manuel Rodríguez sí tendría la capacidad de absorber a la población habitante del Proyecto. Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto en su fase de operación no generará los efectos indicados en el presente literal.

Según lo indicado en el punto 6.4 de la Adenda, las obras y acciones del Proyecto, tales como emisiones atmosféricas, ruido, vibraciones, transporte, entre otras, no afectarán las manifestaciones culturales y fiestas tradicionales propias de Copiapó, tales como la Fiesta Religiosa Virgen de La Candelaria de Copiapó, la Fiesta Costumbrista del Pueblo de San Fernando, Día del Minero Regional, Fiesta de la Primavera, Fiesta de la Challa, Año Nuevo Indígena, Aniversario de Copiapó, etc. Lo anterior debido a que, tal como se puede observar en la Figura 87 de la Adenda, las fiestas tradicionales identificadas se desarrollan fuera del área de influencia del Proyecto y fuera del alcance de los factores generadores de impacto (emisiones atmosféricas, ruido, vibraciones y transporte). Además, con el objetivo de aminorar cualquier molestia que los flujos vehiculares puedan generar durante la fase de construcción del Proyecto, se privilegiará que la circulación se realice fuera del horario punta, tal como se detalla en el compromiso ambiental denominado “Reducir el impacto sobre las dinámicas de movilidad local”, detallado en el capítulo de los Compromisos Ambientales Voluntarios del presente documento.

Finalmente, de acuerdo con lo expuesto en el punto 6.5 de la Adenda, las obras y acciones del Proyecto tampoco afectarán las actividades que se realizan en las sedes sociales, zonas de equipamiento y áreas verdes del AIMH.

Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Durante el proceso de evaluación ambiental, se identificó a la Asociación Indígena Lautaro dentro del área de influencia de medio humano (AIMH) y a la Comunidad Diaguita Canihi cercana al AIMH. La ubicación de ambos grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) se puede visualizar en la Figura 95 de la Adenda. Estos dos GHPPI son los más cercanos al Proyecto. Según lo indicado en los puntos 6.6 y 6.7 de la Adenda, el Titular realizó varios esfuerzos para obtener información sobre dichos GHPPI. En la Tabla 150 de la Adenda se detalla cada uno de los acercamientos y contactos que el Titular realizó para recopilar información sobre estos GHPPI, y cuyo medio de verificación se encuentra en el Anexo 3 del Informe de Medio Humano, presentado en el Anexo 3.5 de la Adenda. De esta forma, según lo señalado en el acápite 4.3 Dimensión antropológica del Informe de Medio Humano, presentado en el Anexo 3.5 de la Adenda, y a partir de los criterios de saturación teórica de la información, es posible señalar que en todas las entrevistas realizadas en terreno no se identificaron actividades y/o manifestaciones culturales de GHPPI en el área de influencia de medio humano.

Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos sobre áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales y/o sitios prioritarios para la conservación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Según lo indicado en los puntos 6.6 y 6.7 de la Adenda, el Titular realizó varios esfuerzos para obtener información sobre los GHPPI más cercanos al Proyecto. En la Tabla 150 de la Adenda se detalla cada uno de los acercamientos y contactos que el Titular realizó para recopilar información sobre estos GHPPI, y cuyo medio de verificación se encuentra en el Anexo 3 del Informe de Medio Humano, presentado en el Anexo 3.5 de la Adenda. De esta forma, según lo señalado en el acápite 4.3 Dimensión antropológica del Informe de Medio Humano, presentado en el Anexo 3.5 de la Adenda, y a partir de los criterios de saturación teórica de la información, es posible señalar que en todas las entrevistas realizadas en terreno no se identificaron actividades y/o manifestaciones culturales de GHPPI en el área de influencia de medio humano. Debido a lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI.

El Proyecto se encuentra alejado de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados por el Proyecto o por sus áreas de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, esto se encuentra respaldado por la serie de estudios que se realizaron en el terreno y en la áreas de influencia de cada uno de los componentes ambientales analizados en la presente DIA, cuyo detalle se puede encontrar en el Anexo 4 “Componentes Ambientales”.

El Proyecto, considerando una distancia radial de 1 km, no se encuentra emplazada en ninguna área bajo protección oficial. Además, el Proyecto no contempla la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas que puedan será afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales, teniendo en consideración el área de emplazamiento del Proyecto, siendo el más cerca el Humedal Río Copiapó, ubicado a 2,26 km.

Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifican impactos. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor paisajístico y turístico. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. No existen zonas de interés turístico declaradas a la fecha cercana al área del Proyecto, la más próxima al Proyecto es la Zona de Interés Turístico (ZOIT) Bahía Inglesa – Caldera a unos 63,8 km, también se encuentra a unos 130 km del Salar de Maricunga – Volcán Ojos del Salado.

Sobre la base de la delimitación del área de influencia, referido a la calidad visual que presenta el área y sobre la base de la evaluación de características de atributos biofísicos, estéticos y estructurales, se determinó que la calidad visual de la UP es baja, debido al alto nivel de intervención que ésta presenta. En este contexto, la calidad visual de todos los atributos fue valorada como baja, ya que no presenta características naturales sobresalientes que se constituyan como un elemento único y representativo en la escena. Se puede concluir que, de acuerdo a los antecedentes que justifican el Artículo 9 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, se señala que el proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración al componente patrimonio cultural. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de la edificación. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Según la información levantada en el área de influencia del Proyecto, no se presenta materialidad de valor arqueológico o patrimonial (protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales) visible en la superficie del terreno.

Por otro lado, el desarrollo del Proyecto no afectará a los Monumentos Históricos con declaratoria, siendo el más cercano al emplazamiento del Proyecto la Estatua de Mármol y Fuente Central de la Plaza de Armas ubicada a 4,45 km.

Con respecto al componente paleontológico, se realizó un Informe paleontológico (véase Anexo 3.8 de la Adenda), permitiendo determinar que, en el área de emplazamiento tanto del Proyecto en evaluación como su situación basal, no se identificaron hallazgos paleontológicos en la superficie del terreno.

Considerando lo anteriormente expuesto y dado que no existen monumentos nacionales de aquellos señalados en la Ley N° 17.288 en el área de influencia del Proyecto, es posible descartar el efecto señalado en el literal a) del artículo 10 del D.S. N° 40/2012.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica Acopio temporal de residuos domésticos y no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron.

Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 22900 de fecha 21 de diciembre de 2024, la SEREMI de Salud se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron.

Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 22900 de fecha 21 de diciembre de 2024, la SEREMI de Salud se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 47/1992 OGUC, establece una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones producto de la construcción de viviendas y urbanizaciones contempladas dentro del Proyecto. Forma de cumplimiento - Los vehículos contarán con sus revisiones técnicas al día. - Se transportarán los materiales en camiones con carga cubierta. - Se humectarán los caminos no pavimentados. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. - Registro de humectación de caminos. - Señalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1 D.S. N° 47/1992.

7.2 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 144/1961, en su Artículo 1° se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen, daños o molestias. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las obras de urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento - Los vehículos contarán con sus revisiones técnicas al día. - Se transportarán los materiales en camiones con carga cubierta. - Se humectarán los caminos no pavimentados. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. - Registro de humectación de caminos. - Señalética asociada al control de velocidad. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2 D.S. N° 144/1961 del Ministerio de Salud.

7.3 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 75/1987, en su Artículo 2° se establece que los vehículos que transporten los desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Fase del proyecto a la Construcción. que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto los camiones que transporten materiales susceptibles de emisión de material particulado cubrirán su carga con lonas o plásticos, lo que impedirá la dispersión de estos materiales al aire. Indicador que acredita su cumplimiento Registro a la entrada y salida de los camiones con el encargado. Forma de control y seguimiento El personal de guardia que se encuentre en el acceso al Proyecto no permitirá el acceso ni la salida de camiones que transporten material y no cuenten con sus respectivas carpas o lonas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3 D.S. N° 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

7.4 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 4/1994, regula la emisión de contaminantes del tubo de escape de los vehículos motorizados de encendido por chispa de 2 y 4 tiempo, respecto a los cuales no se hayan establecido normas de emisión y determina los procedimientos para su medición. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento El Titular deberá velar que los vehículos motorizados que operen durante la fase de construcción del Proyecto cuenten con sus certificados de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificados de revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4 D.S. N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

7.5 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 55/1994, este Decreto establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. En el Artículo 4° se establece los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado (MP). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, Durante la fase de construcción. emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento El Titular deberá velar que los vehículos pesados que operen durante la fase de construcción del Proyecto cuenten con sus certificados de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificados de revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5 D.S. N° 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

7.6 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 211/1991, en su artículo 4° se establecen los niveles máximos de emisión de contaminantes para vehículos motorizados livianos, tales como monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas. En el Artículo 4° bis se establecen los niveles de emisión de acuerdo con la fecha de inscripción en el registro de vehículos motorizados con respecto a la fecha de publicación del D.S. N° 58/2003. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento El Titular deberá velar que los vehículos motorizados livianos que operen durante la fase de construcción del Proyecto cuenten con sus certificados de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6 D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

7.7 COMPONENTE/ MATERIA: Emisiones Atmosféricas Norma Decreto N° 138/2005 del Ministerio de Salud, establece obligación de declarar emisiones que indica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Uso de grupo electrógeno durante fase de construcción. Forma de cumplimiento Declaración de emisiones generadas por el grupo electrógeno a través del RETC. Indicador que acredita Registros RETC. su cumplimiento Forma de control y seguimiento Registros RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7 Decreto N° 138/2005 del Ministerio de Salud.

7.8 COMPONENTE/ MATERIA: Ruido y vibraciones Norma D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, establece normas de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento A través de la implementación de medidas de control durante la fase de construcción, se dará cumplimiento al presente decreto. Lo anterior se respalda en el informe acústico, el cual se adjunta en el Anexo 4.2 de la DIA, donde se establece que se cumple con los límites dispuestos en el Decreto Supremo N° 38/2011. Indicador que acredita su cumplimiento Resultados de informe de emisiones acústicas presentado en la presente DIA. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8 D.S. N° 38/2011, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N°146 del 1997, MINSEGPRES.

7.9 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos sólidos no peligrosos de la construcción. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se generarán residuos industriales no peligrosos y estos serán acopiados transitoriamente para posteriormente ser retirados y dispuestos en relleno sanitario autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso Ambiental Sectorial 140. Forma de control y seguimiento Registro de retiro de la empresa externa autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9 D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud

7.10 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma D.F.L. N° 725/1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud Pública Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción los residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente para luego ser llevados hasta un lugar que cuente con autorización sanitaria, por el servicio de recolección de la comuna. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación de sectores señalizados en donde se encuentren los contenedores de residuos domiciliarios o asimilables. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10 D.F.L. N° 725/1967.

7.11 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento El Titular velará por que los residuos peligrosos generados en la fase de construcción sean almacenados transitoriamente en las bodegas de residuos peligrosos y que estos sean dispuestos en lugares autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de aprobación de la bodega RESPEL. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11 D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud.

7.12 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma Decreto N° 1/2013 RECT Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos peligrosos, no peligrosos de la construcción y emisiones atmosféricas. Forma de cumplimiento Se declarará a través de la ventanilla única del RETC, según corresponda, las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados en el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones de emisiones, efectuadas en vía ventanilla única (RETC). Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica: Copia de las declaraciones de emisiones, efectuadas en vía ventanilla única (RETC). Se remitirá información a SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12 Decreto N° 1/2013 RECT

7.13 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma D.S. N° 43/2015 del Ministerio de Salud, aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Cumplimiento del reglamento mediante el almacenamiento en bodega común de las sustancias peligrosas a utilizar en el desarrollo de la fase de construcción del Proyecto, se ajustará a lo señalado por la O.G.U.C. respecto a su diseño y características de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Se tendrá un registro de las sustancias peligrosas que entran y salen de la bodega SUSPEL, así como también de las actividades a realizar. Se contará con una hoja de datos de seguridad que detalle las características de cada sustancia peligrosa a utilizar. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13 D.S. N° 43/2015 del Ministerio de Salud.

7.14 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma Decreto N° 57/2019 del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Cumplimiento del reglamento mediante la clasificación, etiquetado, notificación y evaluación del riesgo de las sustancias y mezclas peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Se tendrá un registro de las sustancias peligrosas a utilizar, así como también su clasificación. Registro de existencia de hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa almacenada en bodega. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14 Decreto N° 57/2019 del Ministerio de Salud

7.15 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Norma Resolución Exenta N° 777/2021 del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento Cumplimiento mediante la clasificación de las sustancias listadas y clasificadas en el presente reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con un listado de las sustancias químicas peligrosas a utilizar, haciendo alusión a su clasificación. Registro de existencia de hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa almacenada en bodega. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.15 Resolución Exenta N° 777/2021 del Ministerio de Salud

7.16 COMPONENTE/ MATERIA: Residuos Líquidos Norma Tabla 8.2.16 D.S. N° 595/1999 del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Residuos líquidos provenientes de los servicios sanitarios y del lavado de ruedas. Forma de cumplimiento En la fase de construcción se generarán residuos líquidos. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación del sistema de lavado de ruedas. Conexión de la IF a la red de alcantarillado (conexión provisoria). Forma de control y seguimiento Registro de retiro de la empresa externa autorizada (En el caso del agua de lavado de ruedas). Libro de Obra. Boletas del servicio sanitario. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.16 D.S. N° 595/1999 del Ministerio de Salud

7.17 COMPONENTE/ MATERIA: Higiene y Salud Ocupacional Norma D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega Común, Bodega RESPEL. Forma de cumplimiento Implementación de un registro y catastro de sustancias y residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso Ambiental Sectorial 142. Forma de control y seguimiento Registro de retiro de la empresa externa autorizada. Registro de sustancias peligrosas Hojas de datos de seguridad de sustancias peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.17 D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud

7.18 COMPONENTE/ MATERIA: Higiene y Salud Ocupacional Norma 8.2.18 D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Se prohibirá de forma expresa la mantención de animales domésticos (perros y gatos) al interior de las obras del Proyecto durante el desarrollo de la construcción. Se implementará un cartel indicativo de prohibición de tenencia de mascotas dentro de obras. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de cartel indicativo de prohibición de tenencia de animales domésticos (perros y gatos) al interior del predio en el que se desarrollan las obras de construcción. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.18 D.S. N° 594/ 1999 del Ministerio de Salud

7.19 COMPONENTE/ MATERIA: Energía eléctrica Norma Decreto N° 8/2019 del Ministerio de Energía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de las viviendas. Forma de cumplimiento Las instalaciones eléctricas darán cumplimiento a los pliegos de normas técnicas vigentes para la elaboración de proyecto. De la misma manera, se cumplirán con los estándares de calidad del suministro que establece el reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con las copias de las declaraciones sobre la instalación de consumo de energía eléctrica acorde a los pliegos de normas técnicas de la Superintendencia.

Forma de control y seguimiento Mantención de registros y toda documentación que respalde el cumplimiento oportuno de la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.19 Decreto N° 8/2019 del Ministerio de Energía

7.20 COMPONENTE/ MATERIA: Energía eléctrica Norma Decreto N° 92/1983 del Ministerio de Economía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de las viviendas. Forma de cumplimiento El Titular velará por dar cumplimiento de todas las normas legales y reglamentarias que se establecen.

Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con las licencias de los instaladores eléctricos del proyecto, así como documentación general de estos. Forma de control y seguimiento Mantención de registros y toda documentación que respalde su oportuno cumplimiento, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.20 Decreto N° 92/1983 del Ministerio de Economía.

7.21 COMPONENTE/ MATERIA: Energía eléctrica Norma Resolución Exenta N° 1128/2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de las viviendas. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento de los procedimiento y plazos de tramitación de la declaración de instalación eléctrica interior (TE1). Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con la documentación y formularios necesarios para la inscripción de la declaración de instalación eléctrica interior (TE1) ante la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC). Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el cumplimiento oportuno de la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.21 Resolución Exenta N° 1128/2006.

7.22 COMPONENTE/ MATERIA: Energía eléctrica Norma Resolución Exenta N° 610/1982 del Ministerio del Interior. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de las viviendas. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento de la norma no haciendo uso de los bifenilospoliclorinados (PCB) para el funcionamiento de equipos eléctricos. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con la documentación necesaria que acredite que para el funcionamiento de equipos eléctricos no se están utilizando los PCB. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el cumplimiento oportuno de la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.22 Resolución Exenta N° 610/1982.

7.23 COMPONENTE/ MATERIA: Ley de tránsito. Norma Ley N° 18.290, Ley de Tránsito del Ministerio de Justicia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción del Proyecto los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenciones y certificado revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.23 Ley N° 18.290.

7.24 COMPONENTE/ MATERIA: Vialidad y Transporte Norma D.F.L N° 50/1998 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos livianos y de carga. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto, se exigirá a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos. Además, se indica que se generarán menos de 60.000 toneladas en el predio por obras del Proyecto, y que, por lo tanto, no se requerirán las medidas asociadas al artículo 5.3° del presente cuerpo normativo. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente. Registro de materiales y residuos que ingresen y egresen del Proyecto. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.24 D.F.L N° 50/1998.

7.25 COMPONENTE/ MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma D.S. N° 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Circulación de vehículos livianos y de carga. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto, se exigirán a los camiones el cumplimiento de esta norma, para lo cual se ajustarán a los límites de peso establecidos. Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de contrato con proveedores donde se exija utilizar camiones que den cumplimiento a la normativa de peso vigente. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.25 D.S. N° 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas.

7.26 COMPONENTE/ MATERIA: Patrimonio Cultural Norma Ley N° 17.288 de 1970, legisla sobre Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Excavaciones y movimientos de tierra. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos y/o paleontológicos, se seguirá el procedimiento expuesto a continuación: 1) Se detendrán las obras y/o actividades en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. En caso de un hallazgo múltiple se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, será necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. 2) Se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del Proyecto. 3) Se delimitará y señalizará correctamente el área para su protección. El Titular dispondrá de señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. 4) Se avisará a Carabineros, y al Consejo de Monumentos Nacionales, a este último por escrito indicando las coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). Dicha notificación será realizada por el profesional encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavaciones D.S. N° 484 de 1990. Asimismo, este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los trabajadores del Proyecto tomando en cuenta para ello la Guía para evaluación de informes paleontológicos del CMN (www.monumentos.cl) según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4). Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de aviso a carabineros. Comprobante de aviso a CMN Registro de hallazgos y fotografías de medidas implementadas. Forma de control y seguimiento Mantención de registros de cumplimiento y toda documentación que respalde el oportuno cumplimiento de las medidas a implementar, así como su verificación periódica. En caso hallazgos no previstos, dicho reporte se remitirá al CMN y SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1 Ley N° 17.288 de 1970.

7.27 COMPONENTE/ MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma D.S. N° 484/1991 del Ministerio de Educación, reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la urbanización y construcción de viviendas. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se activará protocolo para estos eventos. Ante el escarpe y movimientos de tierra, se realizarán charlas arqueológicas a los trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Informe de prospección arqueológica. Forma de control y seguimiento En caso de algún hallazgo de restos arqueológicos se procederá de acuerdo con lo indicado en la normativa vigente y se generará un informe realizado por un profesional del área. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2 D.S. N°484/1991 del Ministerio de Educación

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

Tabla 8.1 Plan Comunicacional Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proveer a los vecinos de comunidades aledañas de un canal de comunicación con el Titular del Proyecto.

Descripción: Se instalará en el frontis del Proyecto información gráfica del proyecto, incluyendo un número de contacto y correo electrónico, para que estos puedan canalizar sus inquietudes, sugerencias y/o reclamos.

Justificación: El Proyecto se encuentra cercano a zonas pobladas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Acceso al Proyecto.

Forma: Se instalará información del Proyecto, en cuanto a cronograma de este y su respectivo permiso de edificación. Además de un número y correo de contacto para que los vecinos puedan comunicarse con el Titular del Proyecto. Esto sumado a la implementación de libro de reclamos, denuncias y/o sugerencias en la instalación de faenas.

Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de señalética asociada. • Registro de contactos. • Registro en el Libro de reclamos, denuncias y/o sugerencias en la instalación de faenas. Forma de control y seguimiento • Registros de llamadas y correos electrónicos. • Se mantendrá el libro de reclamos en la instalación de faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local

Tabla 8.2 Reducir el impacto sobre las dinámicas de movilidad local Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Con el objetivo de evitar detenciones que puedan provocar conflictos en los modos de transporte vehicular y peatonal que generen alteración a los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos dentro del área de influencia del Proyecto durante las horas con más flujo vehicular, la circulación por las principales vías utilizadas por el Proyecto se realizará en horario fuera de punta, lo que contribuirá a minimizar las molestias por parte de la comunidad aledaña al Proyecto.

Descripción: Se implementarán medidas orientadas a optimizar la gestión del flujo vehicular durante la fase de construcción del Proyecto.

Justificación: Aminorar el alto flujo vehicular en horario peak. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de influencia del Proyecto.

Forma: Se implementará un registro que será debidamente completado por el guardia que este a cargo del control de acceso y egreso a las obras del área de emplazamiento del Proyecto. El guardia tendrá la labor de controlar el acceso a la obra verificando que los camiones ingresen y egresen fuera de los horarios puntas, lo cual deberá ser correctamente planificado.

De manera adicional, los vehículos contarán con un sistema GPS para verificar el correcto funcionamiento de la medida y para controlar la velocidad máxima de circulación, la cual deberá respetar en todo momento la velocidad establecida en la vía pública a transitar.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de acceso y salida del horario de los camiones que trasladen materiales e insumos requeridos por el Proyecto. • Implementación de sistema GPS. Forma de control y seguimiento El guardia que esté en el acceso al Proyecto verificará la correcta implementación de la medida, llevando un registro de acceso y egreso de los camiones que trasladen materiales e insumos requeridos por el Proyecto.

Se mantendrá en obra las copias del registro para su revisión en caso de fiscalización.

El sistema GPS generará un registro respecto a los horarios y velocidades de circulación, el cual estará disponible en obra para su revisión de caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 Compromiso ambiental voluntario Reducir el impacto sobre las dinámicas de movilidad local.

Tabla 8.3 Buenas prácticas viales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo principal es resguardar la salud mental de la población residente aledaña a las vías de acceso al área de emplazamiento del Proyecto, evitando perturbaciones que se puedan generar debido a malas prácticas durante la circulación de vehículos para el traslado de materiales e insumos y/o disposición de residuos en sitios autorizados para su disposición.

Descripción: Durante la fase de construcción del Proyecto, se implementarán diversas acciones, las cuales deberán ser implementadas tanto al interior del Proyecto, como en el sector más próximo a su área de emplazamiento.

Justificación: Mediante la implementación de las acciones de control indicadas, se considera el resguardo de la salud mental de la población residente aledaña a las vías de acceso al área de emplazamiento del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto y sectores aledaños.

Forma: Implementación de una serie de acciones de control

Se deberá tener informada a la comunidad de horarios en los que se genere el paso de vehículos de carga de materiales e insumos. - Durante la circulación de vehículos que trasladen materiales e insumos y/o disposición de residuos en sitios autorizados, se restringirá el uso de bocinas, salvo frente a situaciones de emergencia. - Se instalarán en el acceso a la instalación de faenas señaléticas “No tocar bocina”.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registros que den cuenta de la coordinación entre el Titular con la comunidad. • Registro fotográfico de la instalación de señaléticas. Forma de control y seguimiento Registros disponibles en instalación de faenas de las medidas anteriormente señaladas y/o verificación visual en terreno en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local

Tabla 8.4 Implementación acciones de control IMIV Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo principal es reducir el impacto sobre las dinámicas de movilidad locales producto del aumento de flujo vehicular por parte de los futuros propietarios de las unidades habitacionales del Proyecto en evaluación y su situación basal, con el fin de no generar efectos en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Descripción: Durante la fase de construcción del Proyecto, se implementarán diversas acciones de control permanentes en términos de vialidad para la fase de operación, en cuanto a uso vial, teniendo en consideración las dinámicas de movilidad de la población aledaña al Proyecto.

Justificación: Mediante la implementación de las acciones de control aprobadas en las Resoluciones Exentas N° 0000000009/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Vista del Norte), N° 0000000013/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Mirador del Valle) y N° 0000000012/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto), se considera la disminución de los efectos en la movilidad y dinámica vial de la comunidad aledaña al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de instalación del proyecto, acceso del Proyecto y principales rutas con posibilidad de afectación.

Forma: Implementación de una serie de acciones de control aprobadas en las Resoluciones Exentas N° 0000000009/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Vista del Norte), N° 0000000013/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Mirador del Valle) y N° 0000000012/2023 (Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto).

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Recepción de las obras por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la Ilustre Municipalidad de Copiapó. Forma de control y seguimiento Registros en obra de la recepción de las obras por parte de la DOM para su revisión en caso de fiscalización.

Tabla 8.5 Contratación de mano de obra de la comuna de Copiapó Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Brindar oferta laboral preferente a vecinos de la comuna de Copiapó, mediante la contratación de mano de obra durante la fase de construcción del Proyecto.

Descripción: Se priorizará la mano de obra y/o empleos preferentemente de vecinos de la comuna, lo anterior mediante la publicación de la oferta laboral en la Oficina Municipal de Información Laboral (OMIL) de la comuna de Copiapó. Sin embargo, la contratación de trabajadores dependerá de los requerimientos y calificaciones que necesite la empresa constructora del Proyecto.

Justificación: El Proyecto generará empleo para personas de la comuna de Copiapó, de tal forma de contribuir a la oferta de empleos y desarrollo de la comuna. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Habitantes de la comuna de Copiapó.

Forma: Se publicará la oferta laboral en OMIL de la comuna de Copiapó.

Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción del Proyecto, según la necesidad de mano de obra de la empresa constructora. Indicador que acredite Registros que dan cuenta de dicha coordinación y acreditación de lugar de su cumplimiento residencia de los trabajadores. Forma de control y seguimiento Reporte de planilla con personal contratado al inicio de la fase de construcción a SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Superintendencia del Medio Ambiente e Ilustre Municipalidad de Copiapó.

Tabla 8.6 Contratación proveedores autorizados de la comuna de Copiapó y control sobre posibles deudas que se puedan generar Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar el abastecimiento de materiales, insumos y/o servicios requeridos durante la fase de construcción del Proyecto. En caso de no contar con proveedores locales de la comuna de Copiapó se ampliará el rango de búsqueda dentro de las comunas aledañas a la del Proyecto. Adicionalmente, se establecerán una serie de medidas para minimizar los impactos negativos en la generación de deudas con los proveedores contratados.

Descripción: Se priorizará el abastecimiento de materiales, insumos y/o servicios preferentemente de proveedores autorizados de la comuna, según necesidades y requerimientos de la empresa constructora del Proyecto.

Justificación: El Proyecto generará empleo a los proveedores locales, de tal forma de contribuir al desarrollo de la comuna. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Proveedores locales de la comuna de Copiapó.

Forma: Se contará con un registro de proveedores que prestarán servicios durante la fase de construcción del Proyecto. Adicionalmente se establecerán las siguientes acciones para disminuir la generación de deudas con los proveedores. - Se establecerán contratos de prestación de servicios, donde se indique claramente la forma y detalles de pagos. - Se contará con Facturas y/o boletas de pago de los servicios contratados según los plazos legales indicados en los contratos de prestación de servicios.

Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción del Proyecto, según la necesidad de materiales, insumos y servicios por parte de la empresa constructora. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro físico y digital de los contratos de prestación de servicios. • Registro de boletas, facturas y pago de los servicios contratados dentro de los plazos legales que se estipulan en los contratos de prestación de servicios. Forma de control y seguimiento Registro en obra de los contractos, boletas, facturas y pagos para su revisión en caso de fiscalización.

Tabla 8.7 Incorporación de señalética en vehículos propios de la empresa constructora Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar a los vehículos propios de la empresa constructora, a fin de mantener comunicación fluida con la comunidad cercana en caso de posibles reclamos. A su vez, las empresas contratistas.

Descripción: Incorporar señalética de identificación con letra y tamaño adecuada para facilitar la lectura por parte de las comunidades aledañas (visible al menos a 20 metros), en todos los vehículos propios de la empresa consultora, donde se identificará claramente al Titular, Proyecto en cuestión y número de contacto para atención de posibles reclamos.

Justificación: Mediante la instalación de señalética de identificación en los vehículos propios de la empresa constructora del Proyecto, se comunicarán las vías de contacto a fin de mantener comunicación fluida con la comunidad cercana en caso de posibles reclamos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Vehículos propios de la empresa constructora.

Forma: Se implementará una señalética de identificación en todos los vehículos propios de la empresa constructora, el cual debe tener letra y tamaño adecuado para facilitar la lectura al menos a 20 metros.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico del cumplimiento de la medida en todos los vehículos propios de la empresa constructora y empresas contratistas. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico digital y físico en obra para su revisión en caso de fiscalización.

Tabla 8.8 Monitoreo arqueológico permanente Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso busca velar por la protección del patrimonio cultural que se pudiese encontrar en el área del Proyecto.

Descripción: Realizar monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área de emplazamiento del Proyecto.

Justificación: Medida preventiva que busca evitar la alteración al patrimonio cultural mediante el presente compromiso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren remoción de superficie y/o excavación subsuperficial en el área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Implementación de un monitoreo arqueológico permanente en actividades de la fase de construcción que impliquen escarpe, remoción de la superficie y/o excavación subsuperficial, este monitoreo deberá ser desarrollado por un Arqueólogo y/o licenciado en arqueología y registrado en un informe mensual mientras duren las obras de excavación, escarpe o movimientos de tierra, o cualquier actividad que considere remoción de superficie del terreno.

Oportunidad: Se realizará durante las actividades que impliquen escarpe de terreno y remoción de suelo superficial y/o excavación subsuperficial en la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite Se emitirá un informe mensual de monitoreo remitido a la Superintendencia del su cumplimiento Medio Ambiente en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, elaborado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología.

Al finalizar las actividades remoción de tierra, se entregará un informe final de monitoreo que dé cuenta de las actividades realizadas y rescate correspondiente, de acuerdo con el Art. 7 de la Ley 17.288, de los cuales se deberá incluir una revisión bibliográfica de la zona. Junto con un análisis y conservación de los materiales correspondientes.

De recuperarse materiales arqueológicos, la destinación se indicará al momento de entregar este informe final para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. Forma de control y seguimiento Informe mensual de monitoreo presente en oficinas de instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones y remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes.

Informe final de monitoreo que dé cuenta de las actividades realizadas y rescate correspondiente de acuerdo con el Art. 7 de la Ley N° 17.288, presente en oficinas de instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones y remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Tabla 8.9 Charlas Arqueológicas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la protección del patrimonio cultural que se pudiese hallar en el área del Proyecto

Descripción: Se realizará charla a los trabajadores del Proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Lo anterior, deberá ser realizado por un/a profesional arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología.

Justificación: El Proyecto durante su fase de construcción considera como actividad el movimiento de tierras. Si bien, la inspección visual superficial realizada por el especialista arqueólogo no detecto hallazgos en esta, y en la zona no se han detectado sitios arqueológicos. Durante las actividades de movimiento de tierras podrían reportarse hallazgos, para ello se debe indicar a los trabajadores los componentes arqueológicos que se podrían encontrar en el área de emplazamiento del Proyecto, el marco legal de protección y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Se realizarán charlas a los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área de emplazamiento del Proyecto, el marco legal de protección y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo arqueológico no previsto. Estas charlas deben ser realizadas por un/a profesional arqueólogo/a y/o licenciado/a, quien deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe de charla de inducción.

En caso de evidenciarse restos arqueológicos, se procederá de acuerdo con lo establecido en el Art. 26 de la Ley 17.288 y se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Art. 7 del Reglamento de Excavación, establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Oportunidad: Previo a la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de Charla. • Informe de Charla realizado por el/la profesional arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán los informes y registros de charlas en formato físico y digital para su fiscalización. • Se remitirá informe de charla a la SMA.

Tabla 8.10 Charlas de Inducción Paleontológica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la protección del patrimonio cultural que se pudiese hallar en el área del Proyecto.

Descripción: Se realizará charla a los trabajadores del Proyecto previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal que estén involucrados durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial. Lo anterior, supervisado por un/a profesional paleontólogo/a aprobado por el CMN para estos fines.

Justificación: El Proyecto durante su fase de construcción considera obras de escarpe, remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área de emplazamiento. Si bien, la inspección visual superficial realizada por el especialista paleontólogo no detecto hallazgos en esta. Durante las actividades de movimientos de tierra podrían reportarse hallazgos paleontológicos, para ello se debe indicar a los trabajadores los componentes paleontológicos que se podrían encontrar en el área de emplazamiento del Proyecto, el marco legal de protección y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo no previsto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Previo a la fase de construcción del Proyecto se realizarán charlas de inducción paleontológica a los trabajadores del proyecto que estén involucrados durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área de emplazamiento del Proyecto. Estas charlas de inducción deberán informar acerca de conceptos generales de paleontología, la legislación vigente y las acciones a seguir en caso de un hallazgo paleontológico no previsto.

Oportunidad: Previo a la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de Charla. • Informe de Charla realizado por el/la profesional paleontólogo/a y/o licenciado/a en paleontología. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán los informes y registros de charlas en formato físico y digital para su fiscalización. • Se remitirá informe de charla a la SMA.

Tabla 8.11 Monitoreo Paleontológico Semanal Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la protección de hallazgos paleontológicos que se pudiesen encontrar bajo la superficie del área de emplazamiento del Proyecto.

Descripción: Realizar monitoreo paleontológico de carácter semanal con posibilidad de transformarse en permanente, en caso de hallar fósiles. Este monitoreo deberá realizarse en todos los frentes de excavación con revisiones en las áreas de trabajo antes y durante las excavaciones.

Justificación: Medida preventiva que busca evitar la alteración de hallazgos paleontológicos que se pudiesen encontrar mediante el presente compromiso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Monitoreo paleontológico semanal con posibilidad de transformarse en permanente, en caso de hallar fósiles. Este monitoreo se realizará en todas las áreas de trabajo donde se ejecuten actividades de excavaciones dentro del área de emplazamiento del Proyecto, de manera previa y durante las excavaciones.

Forma: Implementación de un monitoreo paleontológico de carácter semanal con posibilidad de transformarse en permanente, en caso de hallar fósiles. Lo anterior de manera previa y durante la realización de excavaciones en el área de emplazamiento del Proyecto.

El informe elaborado y suscrito por el/la paleontólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en paleontología a cargo, deberá ser remitido de manera mensual.

En cuanto a las charlas de inducción al personal, estas serán dictadas por un paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines y se encuentre habilitado, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal asociado a las actividades de excavación. Los informes de esta actividad deberán ser suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad mensual y deberán incluir un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla.

Oportunidad: Se realizará durante las actividades que impliquen escarpe de terreno y remoción de suelo superficial y/o excavación subsuperficial en la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Se emitirá un informe mensual de monitoreo remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, elaborado y suscrito por el/la paleontólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en paleontología a cargo. • Se emitirá un registro de inducciones paleontológicas (que incluirán un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla). Forma de control y seguimiento • Informe mensual de monitoreo presente en oficinas de instalación de faenas ante posibles fiscalizaciones y remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, elaborado por el/la arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. • Registro de inducciones paleontológicas (que incluirán un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla).

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

9.1.1. Ocurrencia de sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización Acciones o medidas a implementar - Implementación de una zona segura dentro de la instalación de faena. - Tener identificada la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y capacitar a personal responsable de cortar su paso. - Implementación y señalización de vías de escape que conduzcan a la zona segura. - Charlas y simulacros asociados a cómo enfrentar un sismo y las acciones a seguir. Forma de control y seguimiento - Mantener la zona de seguridad despejada, limpia y bien señalizada. - Registros físicos de las charlas asociadas a cómo enfrentar un sismo. - El personal identificado como encargado, llamará a la calma y gestionará el proceso de evacuación hacia zona de seguridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 Riesgo o contingencia ante ocurrencia de sismo

9.1.2. Situación de riesgo o contingencia ante ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar Medidas preventivas fase de construcción: - Se mantendrán los sistemas de escurrimiento y canalización de aguas lluvias siempre despejados y en buenas condiciones - Ante el conocimiento de un frente de mal tiempo se inspeccionarán las obras del punto anterior - Realizar una supervisión de sistemas de escurrimiento de aguas lluvias cuando se pronostiquen lluvias - En la instalación de faena colocar croquis con vías de evacuación, zonas de seguridad, de inundación y restricción. Medidas preventivas fase de operación: - Se implementará por parte de los organismos con competencia un programa de mantenimiento preventivo de las obras o zonas que podrían generar situaciones de anegamiento. - Se mantendrán los sumideros y canaletas siempre despajados, libre de obstrucciones que impidan el escurrimiento de agua Forma de control y - Inspecciones periódicas a las estructuras conductoras y receptoras de seguimiento aguas lluvias - Cuando ocurra un frente de mal tiempo con características de temporal, se monitoreará la evacuación de las aguas lluvias constantemente y se tendrá listo un plan de acción en caso de inundación. - Prohibición de botar basura o residuos en canaletas/sumideros u otras obras asociadas a las descargas de aguas lluvias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.3. Situación de riesgo o contingencia ante deslizamiento de tierra o desprendimiento de material Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar - Identificar zonas de riesgo ante el posible deslizamiento de material, así como también las respectivas zonas seguras. - Implementar una malla de contención que reduzca o evite el riesgo por desprendimiento de material ante un sismo. Forma de control y seguimiento - Inspecciones periódicas a la malla de contención. - Se tendrá listo un plan de acción en caso de deslizamiento de tierra o desprendimiento de material. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias

9.1.4. Situación de riesgo o contingencia ante contaminación del suelo por derrame de insumos, contenido de baños químicos o combustibles de maquinarias y vehículos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización.

Acciones o medidas a implementar - Los elementos que contengan productos que puedan derramarse se ubicarán en zonas impermeables o en terraplenes, para evitar en caso de derrame, el contacto directo con el suelo. - Revisión periódica de los contenedores de sustancias, asegurándose que estén bien cerrados y en buenas condiciones. - Revisión y mantención periódica de los baños químicos (por una empresa sanitaria). - Revisiones técnicas y mantenciones al día, de vehículos y maquinarias. - Se capacitará al personal respecto de la forma de proceder ante un derrame. Forma de control y seguimiento - Limpieza y retiro periódico del contenido de baños químicos. - Se mantendrán en distintos puntos de las obras recipientes con arena y/o aserrín para contener posibles derrames. - Se harán recambios de envases cuando sea necesario. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.5. Situación de riesgo o contingencia ante derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización Acciones o medidas a implementar - Se usarán contenedores y basureros que además estarán provistos de bolsas de basura. - Revisión constante de contenedores y basureros. Forma de control y seguimiento - Retiro de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios 2-3 veces por semana. - Recambio de contenedores y basureros en mal estado. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.6. Situación de riesgo o contingencia proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar - Implementación de basureros y contenedores con tapa y herméticos. - Aplicación de productos para desratizar, en la instalación de faena (por una empresa especializada).

Forma de control y seguimiento - Prohibición de botar basura en lugares diferentes a los contenedores. - Retiro de dichos residuos una empresa autorizada para dicho fin, 2 veces por semana. - Recambio de contenedores y basureros en mal estado. Referencia al ICE o documentos del expediente de Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

evaluación que contenga la descripción detallada

9.1.7. Situación de riesgo o contingencia ante incendio de residuos o materiales en la instalación de faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización.

Acciones o medidas a implementar - Segregación de residuos en combustibles y no combustibles - Charlas para reconocer un producto que pudiese ocasionar un incendio, para manipular extintores y otras acciones a seguir en caso de incendio. - En días con altas temperaturas se mantendrán las zonas de almacenamiento de residuos humectadas. Forma de control y seguimiento - Prohibición de fumar dentro la instalación de faena. - En el sector de contenedores se mantendrán baldes con arena para controlar cualquier amago de incendio, además de contará en todo momento con sistemas manuales de abatimiento de incendio (exterior). - Se prohibirá botar residuos incandescentes a la basura. - Se capacitará a los trabajadores respecto a cómo actuar ante un principio de incendio. - Se realizarán simulacros a intervalos regulares que permitan familiarizar al personal con la ubicación de extintores y operación de estos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.8. Riesgo o contingencia ante derrame de sustancias o residuos peligrosos dentro del predio en donde se llevará a cabo la construcción del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización.

Acciones o medidas a implementar - Cumplir con lo indicado en la normativa respecto del almacenamiento de sustancias peligrosas (D.S. N°43/2015) y residuos peligrosos (D.S. N°148/2004). Respecto al almacenamiento, señalizaciones, manipulación, transporte y disposición final. - Mantener en un sitio de fácil acceso las hojas de seguridad y residuos peligrosos presentes en la instalación de faena. - Charlas al personal que manipule las sustancias y/o residuos peligrosos. - Las mantenciones de maquinarias y vehículos se harán fuera de las obras en talleres mecánicos. - Revisión periódica de las bodegas de sustancias y residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento - La bodega de residuos peligrosos deberá contar con resolución de aprobación (PAS 142). - Se implementaron pretiles de contención en las bodegas, además de contará con baldes de arena y/o aserrín como material de contención. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.9. Situación de riesgo o contingencia ante derrames y/o accidentes de tránsito dentro y fuera de la instalación de faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar Si el evento se produce fuera de la instalación de faena: - Los camiones que transporten materiales o residuos serán revisados constantemente tanto mecánica como físicamente, contando en todo momento con su revisión técnica al día y procurando cumplir con todos los criterios técnicos de funcionamiento. - Las cargas serán bien estibadas y además los camiones contarán con lonas que irán al ras del borde de la tolva, jamás llevarán cargas que sobrepasen dichos bordes. - Los choferes de los camiones deberán contar con sus licencias de conducir al día. - Los camiones contarán con un kit de emergencia, el cual contendrá extintor, material absorbente, luces de emergencia y señalética de emergencia. - Se capacitará al personal sobre los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames tanto en el suelo como en aguas superficiales. Si el evento se produce dentro de la instalación de faena: - Se controlará la velocidad a la que transitan los vehículos al interior de la instalación de faena a través de la implementación de señaléticas. - Dentro de la instalación de faena se mantendrá material absorbente o contenedor. - Se capacitará al personal sobre los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames tanto en el suelo como en aguas superficiales. Forma de control y seguimiento - En la instalación de faena se mantendrá un listado de los camiones encargados del transporte de material y residuos. - En la portería de la instalación de faena habrá un encargado de revisar que los camiones que entren o salgan cuenten con sus respectivas carpas o lonas y que la tolva se encuentre limpia, sin signos de percolación. En este punto es importante mencionar que existirá dentro de la IF un lavado de neumático de camiones, con el fin de no ensuciar las calles aledañas al área de emplazamiento del Proyecto. - El prevencionista de riesgo deberá velar porque siempre dentro de la instalación de faena se cuente con material absorbente. - Registro de capacitaciones y charlas informativas realizadas. - Registro de eventos de derrame de sustancias o insumos al interior y exterior de la obra Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.10. Situación de riesgo o contingencia ante alumbramiento y/o derrames menores de aceites, combustibles o sustancias peligrosas en o cerca de la napa Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar - El área de excavación será previamente señalizada dejando una zona limpia para el movimiento de maquinaria y tránsito de personal autorizado. - Las maquinarias involucradas en las excavaciones contarán con sus revisiones técnicas al día, además serán previamente revisada para evitar derrames de combustibles y/o aceite. - Como se indicó anteriormente las mantenciones, cambios de aceite y carga de combustible, se realizarán fuera del área del Proyecto en sitios autorizados. - Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames. Forma de control y seguimiento - En las obras de excavaciones sólo trabajará personal autorizado y capacitado. - Registro de capacitaciones y charlas informativas. - Registro de sustancias y residuos peligrosos al interior de la obra. - Registro de eventos de derrame de sustancias peligrosas y residuos al interior de la obra. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.11. Situación de riesgo o contingencia ante corte de suministro de servicios básicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones o medidas a implementar Se mantendrán bidones con agua apta para el consumo humano durante la fase de construcción. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un stock de bidones en caso de falta de suministro de agua potable. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.12. Situación de riesgo o contingencia ante impedimento en la disposición de aguas servidas en la red pública de alcantarillado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizarán inspecciones periódicas a los sistemas de alcantarillado y empalme provisorio a fin de detectar fallas u obstrucciones. - Se fomentará mediante capacitaciones a los trabajadores de la faena el uso adecuado de los sistemas de alcantarillado, evitando la disposición de grasas, objetos u otros objetos. Forma de control y seguimiento - Registro de las inspecciones realizadas al empalme provisorio y sistema de alcantarillado. - Registro de capacitaciones y charlas informativas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.13. Situación de riesgo o contingencia ante efectos de olas de calor en salud humana Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Charlas y/o talleres sobre acciones para enfrentar un evento de calor. - Reducir actividad física. - Utilizar ropa de trabajo de tejidos naturales, ligera y holgada. - Utilización de protector solar. - Permanecer en espacios ventilados o acondicionados. - Hidratación adecuada. Forma de control y seguimiento - Registro de asistencia a charlas y/o talleres. - Registro y reposición de ropa de trabajo y protector solar. - Mantención de sistemas de ventilación. Referencia al ICE o documentos del Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

9.1.14. Situación de riesgo o contingencia ante inundación por desborde de ríos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Implementación de una zona segura dentro de la instalación de faena. - Implementación y señalización de vías de escape que conduzcan a la zona segura. - Charlas y simulacros asociados a cómo enfrentar una inundación por desborde de río y las acciones a seguir. Forma de control y seguimiento - Mantener señalizadas las vías de evacuación. - Verificar constantemente que no se encuentren obstaculizadas las vías y rutas de evacuación. - Prohibición de botar basuras o residuos en canaletas u otras obras asociadas a las descargas de aguas lluvias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.15. Situación de riesgo o contingencia ante ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Durante la habitabilidad de las viviendas. Acciones o medidas a implementar - Se implementará por parte de los organismos con competencia un programa de mantenimiento preventivo de las obras o zonas que podrían generar situaciones de anegamiento. - Se mantendrán los sumideros y canaletas siempre despajados, libre de obstrucciones que impidan el escurrimiento de agua. - De manera complementaria, se informará a los habitantes del Proyecto recomendaciones, acciones y/o medidas preventivas ante posibles anegamientos por lluvias. Forma de control y seguimiento - Inspecciones periódicas a las estructuras conductoras y receptoras de aguas lluvias. - Cuando ocurra un frente de mal tiempo con características de temporal, se monitoreará la evacuación de las aguas lluvias constantemente y se tendrá listo un plan de acción en caso de inundación. - Prohibición de botar basura o residuos en canaletas /sumideros u otras obras asociadas a las descargas de aguas lluvias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.16. Situación de riesgo o contingencia ante deslizamiento de tierra o desprendimiento de material Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Habitabilidad de las viviendas. Acciones o medidas a implementar - Se identificarán las áreas susceptibles de ser afectadas por deslizamientos de tierra o material, y se establecerán áreas de restricción de ser necesario. - De igual manera se identificarán las zonas seguras para la población. - Se definirán estrategias para la segura evacuación de los habitantes ante el posible riesgo - De manera complementaria, se informará a los habitantes del Proyecto recomendaciones, acciones y/o medidas preventivas ante posibles anegamientos por lluvias. Forma de control y seguimiento Se contará con un plan de acción en caso de deslizamiento de tierra o desprendimiento de material. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.1.17. Situación de riesgo o contingencia ante fallas constructivas en la vivienda Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Funcionamiento de las viviendas. Acciones o medidas a implementar - La construcción de las viviendas se hará según lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) de manera de prevenir fallas. - Las construcciones contarán con inspecciones de calidad que permita asegurar que el proceso de construcción se llevó a cabo según los objetivos del Sistema de Gestión de Calidad (SGC). Forma de control y seguimiento - Revisión constante de los trabajados asociados a la construcción de las viviendas. - Certificación y aprobación de las distintas entidades que permitan asegurar una construcción acorde a la normativa.

Referencia al ICE o Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada emergencias

9.2. PLAN DE EMERGENCIAS

9.2.1. Ocurrencia de sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización Acciones a implementar - Ante un sismo, los encargados o supervisores de patio llamarán a la calma y procederán a indicar al personal que vaya a la zona de seguridad. - Los encargados deberán desconectar los circuitos energizados. - Quien esté cercano a estructuras metálicas, ventanales u otros objetos que puedan caer o romperse, deberá alejarse de dichas estructuras. - En el caso de encontrarse operando alguna maquinaria, apagar y abandonar de inmediato el vehículo o maquinaria que se esté manejando; y procurar llegar lo antes posible a la zona de seguridad del Proyecto. - Una vez finalizado el sismo, se deberá hacer un reconocimiento de los posibles daños personales y/o materiales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 Riesgo o contingencia ante ocurrencia de sismo

9.2.2. Situación de riesgo o contingencia ante ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar En caso de producirse un anegamiento en fase de construcción: - Al producirse un anegamiento, se procederá a evacuar la zona inundada. - Se desconectarán los circuitos eléctricos. - Se llamará a emergencias o bomberos de ser necesario. En caso de producirse un anegamiento en fase de operación: - Se desconectarán los circuitos eléctricos de las unidades habitacionales. - Los organismos o servicios (municipalidad, SENAPRED, carabineros, u otro) revisarán en terreno los puntos críticos de anegamiento. - Se informará a los habitantes los medios de comunicación sobre la emergencia. - Se evacuarán a los habitantes de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.3. Situación de riesgo o contingencia ante deslizamiento de tierra o desprendimiento de material Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar - Ante el deslizamiento de material provocado por un sismo o lluvia intensa, los encargados o supervisores de patio, llamarán a la calma y procederán a indicar al personal que vaya a la zona de seguridad. - Quien esté cercano a las zonas de riesgo identificadas, deberá alejarse de dicho lugar. - Una vez finalizado el deslizamiento de tierra, se deberá hacer un reconocimiento de los posibles daños personales y/o materiales. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.4. Situación de riesgo o contingencia ante contaminación del suelo por derrame de insumos, contenido de baños químicos o combustibles de maquinarias y vehículos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización.

Acciones a implementar - Se procederá a contener el líquido o sustancia con material absorbente. - Una vez contenido el líquido o sustancia, se eliminará el material absorbente como residuos asimilables a domiciliario o peligrosos, según corresponda. - Si el material derramado tiene características inflamables, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado, evitando en todo momento cualquier fuente de calor o que genere chispas. - Posteriormente se limpiará la zona del derrame, esta acción puede ser manual o mecánica dependiendo de la envergadura del derrame y siempre se llevará a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acción. - Finalmente se investigará cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunicará a la Superintendencia de Medio Ambiente, lo anterior en un plazo no superior a 15 días. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.5. Situación de riesgo o contingencia ante derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización Acciones a implementar - Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto según corresponda - Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, activación del Plan lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.6. Situación de riesgo o contingencia proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar - Se llamará de inmediato a la empresa encargada de eliminar plagas y se coordinará una visita a la brevedad. - Se le informará al personal para que tomen las precauciones y resguardos necesarios para no verse afectados por los vectores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.7. Situación de riesgo o contingencia ante incendio de residuos o materiales en la instalación de faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización.

Acciones a implementar - Si no es posible apagarlo con un extintor, se deberá comunicar rápidamente al supervisor, quien coordinará con el Prevencionista de Riesgo la llegada de equipos de emergencia. - Se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al punto de encuentro de emergencia definido en cada faena de trabajo. - El jefe de terreno y el prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal. - Sólo se regresa al lugar de trabajo cuando se dé la señal de retorno a cargo del jefe de terreno. - Al declararse fuego en las oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.8. Situación de riesgo o contingencia ante derrame de sustancias o residuos peligrosos dentro del predio en donde se llevará a cabo la construcción del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción.

Acciones a implementar - Se deberá detener inmediatamente la actividad que provocó el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando la zona. - Restringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido el derrame. - Proceder a controlar el derrame en la fuente, reparando las mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando llaves o válvulas abiertas, según sea el motivo de la contingencia. - Disponer de material absorbente sobre el derrame con el fin de minimizar la extensión de éste e infiltración en el suelo desprotegido. - Una vez absorbido la sustancia o residuos, se deberá retirar el material absorbente contaminado para disponer en recipientes apropiados y herméticos, como tambores, los que serán llevados a la bodega RESPEL y finalmente a un lugar de disposición final autorizado. - Remover la capa de suelo contaminado y disponerlo de la misma manera que para el material absorbente contaminado. - Recuperar el suelo perdido disponiendo de suelo limpio en el lugar alterado si fuese necesario. - Finalmente se investigará cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunicará a la Superintendencia de Medio ambiente, lo anterior en un plazo no superior a 15 días. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.9. Situación de riesgo o contingencia ante derrames y/o accidentes de tránsito dentro y fuera de la instalación de faena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar En caso de generarse un derrame en el suelo: - El chofer con el peoneta procederá a contener el derrame con el material absorbente. Posteriormente darán aviso de lo sucedido al administrador de la obra y el prevencionista de riesgo describiendo el hecho, el lugar en donde ocurrió, el material o residuo derramado y en base a ellos se activarán las acciones a seguir. Las acciones a seguir van a depender de la envergadura del derrame, estas acciones pueden incluir evaluación de la situación en terreno, limpieza exhaustiva de la zona en donde se produjo el derrame, retiro del material o residuo derramado para su posterior disposición final en sitio autorizado, aviso y coordinación con la Dirección Regional de Vialidad. Además, se deberá investigar la causa que ocasionó el derrame y en base a ello emitir un informe a las autoridades correspondientes. En caso de un accidente de tránsito: - El chofer o peoneta procederán a avisar a carabineros y/o ambulancia si corresponde, además deberán comunicar lo ocurrido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo. - Si con ocasión del accidente de produce un derrame se aplicarán las medidas descritas en el apartado anterior. - Si debido al accidente se ocasionaran daños en la vía pública y la responsabilidad sea del chofer del camión transportador, el titular responderá. - Una vez pase la emergencia se averiguará la causa del accidente y se generará un informe para enviar a las autoridades correspondientes. En caso de un derrame sobre un cauce natural o artificial: - Se detendrán las actividades que se estén realizando en el área - Se dará aviso inmediato a la Superintendencia de Medio Ambiente - Con la utilización de una bomba extraer el agua contaminada - Revisar la maquinaria y la causa de la falla - Verificar la calidad del agua a través de muestras puntuales, si se identifica la existencia de contaminación de las aguas avisar a la Dirección General de Aguas y a la Superintendencia de Medio Ambiente en un plazo menor a 48 horas, acerca de la ocurrencia del evento y detener por completo la faena hasta evaluar la magnitud del suceso. - Adicionalmente, se realizará una investigación preliminar que considera la recopilación de los antecedentes existentes y el levantamiento de información adicional sobre el cauce con potencial presencia de contaminante. Dicho esto, se efectuará una investigación confirmatoria, la cual tiene por objetivo determinar si existe una contaminación significativa en el cauce, para lo cual se ejecutarán las siguientes actividades: • Revisión de información existente • Plan de muestreo, ejecución y análisis, el cual contempla dentro de sus actividades el muestreo del agua, envío de muestras a un laboratorio para someterlas a un análisis in-situ. Cabe destacar que la toma de muestras se debe realizar tomando las respectivas precauciones. • Una vez se cuenta con la concentración de contaminantes, se procede a definir si las concentraciones son significativas o pueden provocar un eventual impacto, en este caso, para la salud de la población, tomando como referencia valores nacionales o internacionales. • Se presentará un informe con las conclusiones de la investigación, a modo de descartar el agua/cauce como posiblemente contaminada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.10. Situación de riesgo o contingencia ante alumbramiento y/o derrames menores de aceites, combustibles o sustancias peligrosas en o cerca de la napa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar - Se deberán detener las actividades que se estén realizando en el área - Se dará aviso inmediato a la Superintendencia de Medio Ambiente, señalando toda la información necesaria respecto al afloramiento, es decir, ubicación, fecha, hora, cantidad aproximada de agua que aflora y acciones que fueron implementadas según sea el caso. - Para la reanudación de las actividades en el área afectada, se quedarán a la espera de las indicaciones señaladas por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.11. Situación de riesgo o contingencia ante corte de suministro de servicios básicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Construcción de infraestructura asociada y urbanización. Acciones a implementar Si se produce un corte de agua potable: - Se dispondrán los bidones en los frentes de trabajo. - Posteriormente se averiguará con el proveedor la causa de dicho corte y en base a esa información se determinará la continuación o cese de las faenas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.12. Situación de riesgo o contingencia ante impedimento en la disposición de aguas servidas en la red pública de alcantarillado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones a implementar - Se realizará una inspección en la zona afectada para determinar si hay obstrucciones, grietas, roturas o cualquier otro tipo de problema. - De forma temporal, se contarán con bombas para evacuar las aguas residuales antes de que lleguen a áreas públicas, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado. - Se tomará contacto con la Superintendencia de Servicios Sanitarios, señalando toda la información necesaria respecto al impedimento de la disposición de las aguas servidas a la red pública. - Para la reanudación de las actividades en el área afectada, se quedará a la espera de las indicaciones señaladas por parte de la SISS/SMA. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.13. Situación de riesgo o contingencia ante efectos de olas de calor en salud humana Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones a implementar - Se dará aviso al prevencionista de riesgos y/o encargado de medio ambiente, quien dará aviso a las autoridades transcurridas 24 horas. - Llamar a los contactos de emergencia para solicitar asistencia de las personas afectadas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.14. Situación de riesgo o contingencia ante inundación por desborde de ríos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Parte, obra o acción asociada Durante la construcción de las viviendas del Proyecto. Acciones a implementar - Al producirse una inundación por desborde de río, se procederá a evacuar la zona. - Se desconectarán los circuitos eléctricos. - Se llamará a emergencias o bomberos de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2.5 de la DIA: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.15. Situación de riesgo o contingencia ante ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Durante la habitabilidad de las viviendas. Acciones a implementar - Se desconectarán los circuitos eléctricos de las unidades habitacionales - Los organismos o servicios (municipalidad, SENAPRED, carabineros, u otro) revisarán en terreno los puntos críticos de anegamiento. - Se informará a los habitantes los medios de comunicación sobre la emergencia. - Se evacuarán a los habitantes de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y emergencias descripción detallada

9.2.16. Situación de riesgo o contingencia ante deslizamiento de tierra o desprendimiento de material Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Habitabilidad de las viviendas. Acciones a implementar - Se evacuarán los sectores tanto afectados como los susceptibles a ser afectados ante el deslizamiento. - Se informará a los habitantes los medios de comunicación sobre la emergencia. - Se habilitará una zona destinada a albergues en caso de ser necesario Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 6 de la Adenda: Plan de contingencias y emergencias.

9.2.17. Situación de riesgo o contingencia ante fallas constructivas en la vivienda Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Funcionamiento de las viviendas. Acciones a implementar Ante la ocurrencia de alguna falla en las casas se contará con un fono emergencias, además el Titular cuenta con una cuadrilla especializada para tender rápidamente cualquier emergencia asociada a este tipo de fallas y efectuar las gestiones necesarias para subsanarlas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) según lo indicado en Res. Ex. N° 885/2016, cuando sucedan, a través de un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental de la RCA del Proyecto habilitado en el sitio web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Además, de ser necesario se enviará copia a otras autoridades competentes según el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de Anexo 5 de la Adenda Complementaria: Plan de contingencias y emergencias evaluación que contenga la descripción detallada

10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

14°. Que, para que el “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto”, de Inmobiliaria D&M SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Conjunto Habitacional Nuevo Desierto” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

CRC/FSH/FGV Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Fecha: 2025.01.14 11:11:17 -03'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2025.01.14 12:10:59 -03'00'

Distribución: Sr. Luis Alejandro José Del Valle Aldunate, en representación de Inmobiliaria D&M SPA. CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Copiapó SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia del Medio Ambiente