Evaluación SEA

Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte

Rol 2162229068
SEA · DIA · Aprobado · 2025-02-14 · Región de Antofagasta · MINERA ESCONDIDA LIMITADA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta

Califica Ambientalmente el proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del Proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte”, presentada por MINERA ESCONDIDA LIMITADA, con fecha 02 de junio del 2024 y admitida a trámite con fecha 08 de junio 2024, su Adenda de fecha 30 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria del 31 de diciembre de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte”.

3°. El Acta de Evaluación N°202402106131 de fecha 22 de agosto de 2024 de la Sesión del Comité Técnico N°05/2024, de fecha 12 de agosto de 2024.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” de 23 de enero de 2025.

5° La Resolución Exenta N°20250210190 de fecha 12 de febrero de 2025, que modifica el ICE de la DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” de 23 de enero de 2025.

6°. El acuerdo N°05/2025 de la sesión ordinaria N° 04/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 31 de enero de 2025.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, que establece orden legal de subrogación; en el Decreto Supremo Nº 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 13-02-2025 11:21:07:364 UTC -03:00 Razón: Lugar:

CONSIDERANDO:

1°. Que, MINERA ESCONDIDA LIMITADA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Minera Escondida Limitada Rut 79.587.210-8 Domicilio Avenida de la Minería N°501, Antofagasta Teléfono 56-55-2201662 Nombre representante legal Ana Zúñiga Sanzana Rut representante legal 8.398.303-5 Domicilio representante legal Avenida de la Minería N°501, Antofagasta Teléfono representante legal 56-55-2201290 Correo electrónico Titular o representante legal ana.zuniga1@bhp.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de enero de 2025, el Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

b) Ha identificado permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.

c) No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de fecha 31 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de enero de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta propuso establecer condiciones al Proyecto, las cuales se detallan en el numeral 9 de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del Proyecto es implementar y sustentar el proceso de electrificación de la operación de los camiones mineros de alto tonelaje empleados en el rajo Escondida Norte de la faena Minera Escondida, mediante su conversión de diésel a híbridos (diésel-eléctrico). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Vida útil El Proyecto contempla una vida útil de 25 años. Monto de inversión USD 250.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que dará inicio al Proyecto corresponde a la habilitación de la Instalación de Faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto no modifica un proyecto o actividad existente.

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto no modifica otras RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza al interior de Minera Escondida, en la región de Antofagasta, provincia de Antofagasta, comuna de Antofagasta, aproximadamente a 160 km de la comuna de Antofagasta. Descripción de la localización El área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un sector industrial, al interior de Minera Escondida, alejado de centros poblados. Dicha área de emplazamiento cuenta con conectividad eléctrica, debido a las líneas de transmisión y distribución existentes en el sector, situación que favorece la implementación de la tecnología de electrificación proyectada a operar en Minera Escondida Superficie 102,41 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del emplazamiento del Proyecto se detallan en el Anexo 2.1 “Actualización Capítulo 1 Descripción de Proyecto” de la Adenda complementaria de la DIA. Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta B-55 a aproximadamente 160 kilómetros de la localidad de Antofagasta. (Ver Figura 1-13 del Anexo 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA). Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Para mayor detalle de los Planos georreferenciados ver Anexo 1.1 “Archivos kmz y shp” y Tabla N°2 de la Adenda complementaria de la DIA; y Figura 1-1 del Anexo 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA donde se muestra la ubicación general del Proyecto en sistema UTM Datum WGS84 19S.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Prueba del Sistema de Electrificación de Camiones Para la prueba del sistema de electrificación se contempla la ejecución de: - Montaje de infraestructura para rampas de prueba - Operación de rampas de prueba. - Desmontaje de infraestructura de rampas de prueba. Habilitación de la Instalación de Faenas El Proyecto realizará el cierre perimetral del área destinada para la instalación de faenas, ubicada al sur de la subestación eléctrica ENTA. Se realizarán trabajos de limpieza y demarcación del área. Luego se realizará la nivelación de la superficie mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Posteriormente, se realizará el montaje de los contenedores que serán habilitados como oficinas, taller, bodegas, etc. Desmovilización de la Instalación de Faenas Se recolectarán y retirarán los equipos, herramientas y materiales utilizados durante la construcción, así como el desmontaje de estructuras como oficinas móviles, cercas de seguridad y áreas de almacenamiento temporal.

La desmovilización se llevará a cabo una vez concluida la construcción de la Subestación ENTA. Habilitación de caminos de acceso El Proyecto contempla la habilitación de caminos de acceso a las estructuras de la Línea de Alta Tensión de 220 kV y de la Línea de Media Tensión de 33kV. Los caminos serán habilitados mediante la nivelación y compactación del terreno natural. Construcción Línea de Alta Tensión de 220kV

Para la construcción de la Línea de Alta Tensión de 220kV se consideran las siguientes acciones: - Habilitación de Canchas de tendido de cables. - Movimiento de tierra y construcción de fundaciones. - Instalación de malla de puesta a tierra. - Preensamblado y montaje de estructuras. - Tendido de conductores. - Empalme (Tie-Ins). Construcción Líneas de Media Tensión de 33 kV

Para la construcción de la Líneas de Media Tensión de 33 kV se consideran las siguientes acciones: - Movimientos de Tierra y fundaciones. - Instalación de malla de puesta a tierra. - Preensamblado y montaje de estructura. - Tendido de conductores. Construcción Subestación ENTA El terreno de la subestación estará cubierto con grava como medio aislante para el personal que transite en el interior de este recinto. Para la construcción de la Subestación se consideran las siguientes acciones: - Movimientos de tierra. - Malla de tierra. - Fundaciones. - Montaje estructural. - Montaje de equipos. Instalaciones asociadas al sistema al interior del Rajo Para la construcción de las instalaciones asociadas al sistema al interior del Rajo se consideran las siguientes acciones: - Preparación de rampas. - Montaje de infraestructura. - Instalación de módulos de poder. - Tendido de cableado. - Comisionamiento (postes, rieles, cables, módulos de poder). Habilitación de patio de maniobras. Se habilitarán los patios de maniobra preparando y acondicionando el área designada. Puesta en Marcha Las pruebas de puesta en marcha consistirán en la verificación de las condiciones físicas y eléctricas de las instalaciones. Para más detalle ver Anexo 2.1 de la Adenda complementaria de la DIA. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de construcción para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: Las mayores emisiones estarán relacionadas tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, además de la combustión de motores y las emisiones asociadas a los movimientos de tierra y a la utilización de grupos electrógenos o generadores eléctricos. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla: Tabla 1: Resultados Estimación de Emisiones Fase de Construcción (peor escenario, año 2027) (t/año) Fuente: Tabla 8, Adenda complementaria de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: MP10 MP2,5 CO HC NOx SOx 20,29 3,69 13,33 1,71 13,43 0,58

Tabla 2: Medidas de control de contaminantes atmosféricos, fase de construcción. Proceso involucrado Medidas de control Nivel de Eficiencia (%) Frecuencia de mantención Medio de verificación Movimientos de tierra Humectación de material 50 3 veces al día Registros e informes Tránsito vehicular por caminos no pavimentados Humectación de caminos 50 3 veces al día Registros e informes Fuente: Tabla 9 de la Adenda complementaria de la DIA.

b) Emisiones líquidas o efluentes: Se generarán residuos líquidos domésticos, en cantidades máximas de 24 m3/día (Anexo 3.1. Actualización PAS 138, Adenda complementaria de la DIA) provenientes de los sanitarios implementados en la Instalación de Faenas. Dichos residuos serán enviados a dos Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas para su respectivo manejo, Cada una de estas plantas tendrá una capacidad de tratamiento de 12 m3/día máximo diaria, logrando una capacidad de tratamiento total de 24 m3/día para la fase de construcción (Anexo 3.1. Actualización PAS 138, Adenda complementaria de la DIA), los efluentes tratados en la PTAS, serán enviados al estanque de almacenamiento para su uso principal como agua para riego de caminos y frentes de trabajo. El Proyecto no generará residuos industriales líquidos.

c) Ruido: Durante esta fase se generarán emisiones de ruido debido al funcionamiento de maquinaria y equipos que ejecutarán las actividades de esta fase. No existen receptores asociados a población humana dentro del Área de Influencia del Proyecto. Al respecto, el Proyecto dará cumplimiento a los niveles de emisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante MMA). En cuanto a las vibraciones generadas por el Proyecto, estas no superarán los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Para mayor detalle del estudio de emisiones de ruido y vibraciones, ver el Anexo 4.2 de la Adenda de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: El Proyecto generará residuos domésticos y asimilables a domésticos, los principales residuos generados corresponderán a residuos de papel y cartón, botellas plásticas y de aluminio, envoltorios de comida y materia orgánica. Se estima una generación de estos residuos en 4.800 kg/mes. Estos residuos serán retirados con una frecuencia mínima de 3 veces por semana, transportados por camiones autorizados al Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015, modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas de la SEREMI de Salud Antofagasta.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, los cuales corresponden principalmente despuntes y embalajes de madera, moldajes, pallets de madera, bobinas de madera, restos de hormigón, carretes de cables acero y cable madera,

chatarras, plásticos varios, metales, cables, tornillos y clavos, alambres y lechada producto de restos de lavado de camiones mixer, estimándose en 12,1 t/mes.

Estos serán almacenados en un sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, y tendrán una frecuencia de retiro semanal, siendo transportados por camiones autorizados al Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015, modificado por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas resoluciones emitidas por la SEREMI de Salud Antofagasta.

c) Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos generados corresponderán principalmente a trapos contaminados; EPP contaminados con aceites y grasa; guaipes contaminados; envases, tinetas, tarros y latas de pintura; remanentes de pintura y desmoldantes e impermeabilizantes, tierras contaminadas con hidrocarburos; cartones, brochas y rodillos contaminados con hidrocarburos y pintura, estimándose en 1.990 kg/mes. Estos residuos serán almacenados en un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. El transporte y disposición final será fuera de faena y se realizará por empresas debidamente autorizadas para tal efecto y cumpliendo con el D.S. N°148/2003 del MINSAL.

d) Productos químicos Los productos químicos requeridos para las labores constructivas serán desmoldantes, membranas de curado, pinturas, pinturas de galvanizado en frío, diluyente de pinturas acido muriático, adhesivo PVC, grasa lubricante, entre otros. Se estima se requerirá una cantidad aproximada de 700 kg/mes.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver sección 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Adecuación del sistema de electrificación El proyecto contempla una flota total de 52 camiones. Dichos camiones corresponderán a camiones existentes, los que serán acondicionados de diésel a diésel-eléctricos. Respecto a la transferencia de energía eléctrica al camión, esta se realizará a través de un pantógrafo, el que será instalado para todos los camiones. Escalamiento del sistema de electrificación El sistema de electrificación incluye postes a instalar al interior del rajo, tendido de cables mineros, rampas para camiones, rieles y módulos de poder. Cada rampa se encuentra asociada a tres módulos de poder. Las infraestructuras energizadas donde se conectará el brazo lateral de los camiones CAEX se ubicarán cada 40 metros. Funcionamiento Línea de Alta y Media Tensión La Línea de Transmisión Eléctrica de Alta Tensión permitirá abastecer de energía eléctrica a la SE ENTA. Las líneas de 33 kV distribuirán la energía a los módulos de poder. Mantención y conservación de equipamiento eléctrico Se llevarán a cabo inspecciones regulares, mantenimiento preventivo y correctivo de los componentes clave de las líneas de transmisión y distribución eléctrica. Funcionamiento SE ENTA La Subestación ENTA comenzará a operar el año 2027. La SE será una instalación comandada y monitoreada de manera remota, a través del sistema SCADA existente en Minera Escondida, el que permite controlar y supervisar a distancia. Funcionamiento del Patio de Maniobras Los patios de maniobras tienen como función principal facilitar la conexión y desconexión del sistema eléctrico entre la línea aérea de distribución de media tensión y el cable minero que se conecta con los módulos de poder que permiten electrificar los rieles en las rampas.

Mantención y conservación de caminos Se realizarán labores de mantenimiento y conservación de los caminos de acceso a las obras incorporadas por el Proyecto para garantizar condiciones seguras y adecuadas. Productos generados El Proyecto no considera la generación de productos. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de operación para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera: Se generará emisiones a la atmósfera producto de actividades como transporte de personal y uso de maquinarias. Las emisiones estimadas en el año de mayor emisión durante la ejecución del Proyecto se detallan en la siguiente tabla:

Tabla 3: Resultados Estimación de Emisiones Fase de Operación (peor escenario, año 2047) (t/año) Fuente: Tabla 8, Adenda complementaria de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:

Tabla 4: Medidas de control de contaminantes atmosféricos, fase de operación. Proceso involucrado Medidas de control Nivel de Eficiencia (%) Frecuencia de mantención Medio de verificación Movimientos de tierra Humectación de material 50 3 veces al día Registros e informes Tránsito vehicular por caminos no pavimentados Humectación de caminos 50 3 veces al día Registros e informes Fuente: Tabla 9 de la Adenda complementaria de la DIA

b) Emisiones líquidas o efluentes: Se mantiene el uso de instalaciones sanitarias existentes y aprobadas de Minera Escondida, las cuales tienen la capacidad para recibir la generación adicional de efluentes líquidos producto de la dotación requerida por el Proyecto. Se estima una generación de Residuos Líquidos Domésticos de 2 m3/día, totalizando 60 m3/mes. Dada las características del Proyecto no se considera la generación de residuos industriales líquidos durante la fase de operación.

c) Emisiones de Ruido: El Proyecto dará cumplimiento a los niveles de emisión de ruido máximo permitido por el D.S. N°38/2011 del MMA. En cuanto a las vibraciones generadas por el Proyecto, estas no superarán los niveles de vibración establecidos por la norma de referencia “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Para mayores detalles ver los Anexo 4.2 de la Adenda del Proyecto.

MP10 MP2,5 CO HC NOx SOx 4,63 0,56 0,62 0,54 0,40 0,003 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan a) Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: El Proyecto generará residuos domésticos y asimilables a domésticos los cuales corresponden a desechos de alimentos (residuos orgánicos),

afectar el medio ambiente. plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, en cantidades de 600 kg/mes.

Estos residuos serán enviados de manera directa a disposición final en Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015, modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas de la SEREMI de Salud Antofagasta.

b) Residuos industriales no peligrosos: El Proyecto generará Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RISNP), en cantidades de 50 kg/mes.

Estos residuos serán enviados de manera directa a disposición final en Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015, modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas de la SEREMI de Salud Antofagasta.

c) Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos generados corresponderán principalmente a residuos que se pudieran generar actividades de mantención. que se estiman en aproximadamente 80 kg/mes.

Estos residuos, serán transportados de manera directa al sitio de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos autorizado de Escondida, denominado “CTR1”, que cuenta con Resolución Exenta N°842/2008 SEREMI de Salud Antofagasta. La disposición final fuera de faena se realizará por empresas autorizadas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver sección 4.7. del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Habilitación de Instalación de faenas Se habilitará una instalación de faenas, que brindará apoyo a la fase de cierre del proyecto, la cual estará conformada por instalaciones modulares tipo contenedor. Desenergización de equipos eléctricos Previo al retiro de los equipos, se procederá a la desenergización de todas sus instalaciones (línea de 220 kV, líneas de 33 kV, subestación eléctrica, módulos de poder), tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en esta actividad. Desconexión de líneas y equipos Se realizará la detención y desconexión de los equipos y maquinarias que componen el Proyecto. Los materiales y equipos que puedan ser reutilizados o reciclados serán valorizados con terceros autorizados. Los materiales que no puedan ser valorizados serán enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria. Desmantelamiento de instalaciones Se retirarán las instalaciones superficiales existentes, incluyendo el mobiliario y equipos. Para el caso de la línea de transmisión y las líneas de distribución, se retirarán los conductores y cable de guardia. Limpieza y restauración del terreno Se realizará el retiro de todos los residuos generados por el desmantelamiento de las instalaciones, éstos serán transportados y dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria y Ambiental. Se realizará un reperfilado general del terreno, que corresponde a un emparejamiento de todas las superficies asociadas al proyecto, con el fin de homogeneizar el terreno una vez finalizadas las obras.

Retiro de instalación de faenas Consiste en las actividades necesarias para el desarme y retiro de la instalación de faenas, frentes de trabajo y área de acopio de materiales. Todas las acciones están orientadas a dejar el terreno en condiciones similares a las iniciales Recursos naturales renovables El Proyecto no realizará la extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre. Emisiones y efluentes a) Emisiones a la atmósfera: Se generará emisiones a la atmósfera producto de actividades operación de grupos eléctricos, y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados internos. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla:

Tabla 5: Resultados Estimación de Emisiones Fase de Cierre (t/año)

Fuente: Tabla 87, Actualización Estudio y de estimación de Emisiones y Modelación Atmosférica, Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:

Tabla 6: Medidas de control de contaminantes atmosféricos, fase de cierre. Proceso involucrado Medidas de control Nivel de Eficiencia (%) Frecuencia de mantención Medio de verificación Tránsito vehicular por caminos no pavimentados Humectación de caminos 50 3 veces al día Registros e informes Fuente: Tabla 9 de la Adenda complementaria de la DIA.

b) Emisiones líquidas o efluentes: Durante la fase de cierre se generarán aguas servidas, en cantidades máximas de 5,85 m3/día (Anexo 3.1. Actualización PAS 138, Adenda complementaria de la DIA), estás serán manejadas en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas habilitada en la Instalación de Faenas para esta fase.

c) Ruido Las emisiones de ruido asociadas a la etapa de cierre del Proyecto serán principalmente producto del desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro de edificaciones, levantamiento de radieres y concretos superficiales y restauración del terreno, entre otros, las cuales son homologadas a la fase de construcción. MP10 MP2,5 CO HC NOx SOx 7,23 1,53 11,08 1,51 12,22 0,56 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: El Proyecto generará residuos domésticos y asimilables a domésticos los cuales corresponden a papeles, cartones, plásticos, envases, residuos orgánicos. Durante la fase de cierre se generarán 1.170 kg/mes de estos residuos, siendo almacenados en contendedores con tapa, garantizando de esta manera una disposición adecuada y segura. Estos se enviarán al Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015 Modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas resoluciones emitidas por la SEREMI de Salud Antofagasta.

b) Residuos industriales no peligrosos:

La generación de residuos industriales no peligrosos del Proyecto corresponde a 6.000 kg/mes, como resultado del desmantelamiento de las obras. Estos serán enviados al Relleno Sanitario de Minera Escondida, aprobado mediante la Resolución N°0344 del 2015, modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas resoluciones emitidas por la SEREMI de Salud de Antofagasta.

c) Residuos peligrosos: El Proyecto generará residuos peligrosos durante la fase de cierre, para lo cual se contempla habilitar una bodega de residuos peligrosos en la Instalación de Faenas, estimando unos 1.000 kg/mes, los cuales serán retirados y enviados a disposición final por empresas autorizadas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver sección 4.8 del ICE del Proyecto.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de la Instalación de Faenas Fecha estimada de término Segundo semestre 2034 Parte, obra o acción que establece el término Término de construcción de Línea de Media Tensión Tramo B 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Primer Semestre 2027 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación y Operación de Rampas Fecha estimada de término Segundo Semestre 2049 Parte, obra o acción que establece el término Deshabilitación de Rampas 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Primer Semestre 2050 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de la Instalación de Faenas Fecha estimada de término Segundo Semestre 2050 Parte, obra o acción que establece el término Retiro de Instalación de Faenas

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo De acuerdo con la modelación de emisiones atmosféricas presentada en el Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA, el Titular modeló el año de mayores emisiones, correspondiente al año 2027, año en que ocurren simultáneamente fase de construcción y fase de operación, y, específicamente, la habilitación de la rampa 2 y la construcción de la subestación eléctrica, línea de alta tensión y línea de media tensión.

Por otro lado, los receptores Humanos cercanos, ubicados a 21 km de distancia del proyecto corresponden a sitios de interés Comunidad Atacameña de Peine en el Salar de Punta Negra, habitado de forma esporádica. Como resultado de la modelación, se indica que, en todos los puntos receptores incluidos en la modelación del escenario más desfavorable, los aportes del Proyecto no representan aportes significativos.

A mayor abundamiento, el Punto de Máximo Impacto se registró en el sector de faena del proyecto. En atención a lo anterior, los receptores Humanos, se ubican fuera del área de influencia. En consecuencia, el proyecto no representa riesgo a la salud de la población. Parte, obra o acción que lo genera Obras y actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.1 y 6.1 del ICE del Proyecto.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación al suelo. De acuerdo con los resultados del estudio de suelo del Anexo 2.6 de la DIA, el terreno donde se construirá el proyecto en la actualidad presenta en su totalidad el mismo uso de suelo definido como “Área industrial minera”.

Se identificaron 4 Unidades Homogéneas, la capacidad de uso de estos suelos está limitada a clase VI, VII y VIII, se caracterizan por presentar extrema aridez, ausencia significativa de humedad, con escasas propiedades edafológicas de interés para la actividad silvoagropecuaria o que sustente hábitats de interés para la biodiversidad, además de tener un carácter predominantemente industrial e intervenido en el sector donde se proyectas las partes, obras y acciones del Proyecto.

En virtud de lo anteriormente expuesto, se desprende que el Proyecto no generará efectos adversos significativos relacionados a la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, toda vez que el suelo no posee la capacidad para sustentar biodiversidad, y porque los residuos no tendrán contacto directo con este componente.

El Proyecto no generará alteración del recurso hídrico. El Proyecto no considera la extracción de agua, como tampoco generará descargas a cuerpos o cursos de aguas superficiales y/o subterráneas. La napa freática, se ubica a una profundidad mayor a la cual se instalarán las obras del Proyecto.

El Proyecto no atraviesa cursos de agua, el acuífero Protegido más cercano denominado como “Imilac” se localiza a más de 21 km de distancia, donde es preciso señalar que el Proyecto no considera extraer recursos hídricos como tampoco considera descargar residuos industriales líquidos.

Los requerimientos de agua potable e industrial para la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, será suministrada en las instalaciones sanitarias existentes de Minera Escondida. El agua para consumo en los frentes de trabajo se suministrará mediante dispensadores y/o agua embotellada. Respecto al agua industrial, se requerirá para la humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajos asociados provendrá desde el efluente de las PTAS de la instalación de faenas y/o de otras fuentes autorizadas de Minera Escondida.

El Proyecto no generará afectación a la flora y vegetación. A partir del levantamiento de información de terreno desarrollado en el área de Influencia del Proyecto, presentado en el Anexo 2.3 de la DIA, se registraron 4 especies de flora, de las cuales 2 son endémicas (Adesmia atacamensis, Oxalis eremobia) y el 2 son especies nativas (Cistanthe salsoloides) y 1 especie que fue identificada solo a nivel de género (Adesmia).

La especie Oxalis eremobia presenta categoría de conservación Casi Amenazada según la RCE, donde se estima que los individuos intervenidos directa (15 individuos en las torres de la LAT y sus caminos de acceso) y potencialmente (50 individuos correspondiente al buffer de los 5 metros alrededor de las zonas de corte) por las obras del proyecto corresponden a un total de 65, respecto de 360 individuos identificados en el área de influencia del Proyecto.

Para lo anterior, debido a la potencial intervención de Oxalis eremobia, se incorporan Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV) asociados a la componente, cuyo detalle se presenta en el Anexo 2.4 de la Adenda Complementaria.

El Proyecto no generará afectación de Fauna: De acuerdo con los resultados presentados en el Anexo 4.3 de la Adenda de la DIA, se puede indicar que el Titular realizó dos campañas de terreno (primavera 2023 y verano 2024), en las campañas se registraron 3 especies de fauna: chirihue verdoso, Lycalopex culpaeus y un reptil (Liolaemus audituvelatus).

Del total de especies registradas, el Zorro culpeo (Lycalopex culpaeus) y la Lagartija de oído cubierto (Liolaemus audituvelatus) se encuentran categorizadas bajo un estado de conservación o criterio de protección, según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) o, por la Ley de Caza y su Reglamento del Ministerio de Agricultura (MINAGRI), respectivamente.

Debido a las singularidades ambientales presentes en el AI por la presencia del Zorro culpeo y la Lagartija de oído cubierto, se presentan los Compromisos Ambientales Voluntarios que se hacen cargos de los impactos no significativos, los que son detallados en el Anexo 2.4 de la Adenda Complementaria de la DIA. Entre ellos, se realizará perturbación controlada de ejemplar de fauna de baja movilidad (Liolaemus audituvelatus) y compromiso para evitar domesticación de fauna silvestre.

En consecuencia, sobre la base de los antecedentes expuestos anteriormente, desde el punto de vista de flora y vegetación y fauna silvestre, el Proyecto no generará efectos significativos sobre la superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Parte, obra o acción que lo genera Obras del Proyecto. Fase en que se presenta Fases de construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.2 y 6.2 del ICE del Proyecto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante “GHPPI”). Las partes, obras y acciones del Proyecto no estarán emplazadas sobre o cercanas a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) que puedan verse afectados. No se registran GHPPI en el área de influencia (AI) del Proyecto, ni en sus inmediaciones, así como tampoco Áreas de Desarrollo Indígena (ADI), Tierras Indígenas, ni existe uso del territorio por parte de comunidades y asociaciones indígenas. Por otra parte, el asentamiento humano no indígena más cercano corresponde a la ciudad de Antofagasta, la cual se ubica a aproximadamente 160 km al sureste del Proyecto.

Las partes, obras y acciones del Proyecto se localizan fuera de la zona urbana de la comuna de Antofagasta, al interior de la actual zona de operación minera de la empresa Escondida. En ese sentido, estas se emplazan en zonas ya intervenidas y en operación actual, por lo que corresponden a sectores deshabitados, sin asentamientos de GHPPI, ni de ningún otro tipo. Del mismo modo, no existe ocupación actual y efectiva por parte de ningún GHPPI en el AI del Proyecto. En ese sentido, y considerando además que el

Proyecto no contempla la explotación ni extracción de ningún tipo de recurso natural renovable, no se prevé ningún tipo de intervención o restricción al uso o acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, por parte de GHPPI, así como tampoco por parte de grupos humanos no indígenas. Por otro lado, cabe señalar que la mano de obra contemplada para la fase de construcción del Proyecto se alojará en los actuales campamentos de Escondida ya autorizados, donde harán uso de ellos para su alimentación, servicios básicos, pernoctación y atención médica primaria, por lo cual, el Proyecto no utilizará los servicios de alojamiento, alimentación u otro tipo de equipamiento e infraestructura básica de centros poblados cercanos. Asimismo, para la fase de operación, no se contempla la contratación de nuevos trabajadores, sino que estos corresponden a mano de obra ya autorizada para la operación actual de Minera Escondida.

Por último, es posible afirmar que el Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos no indígenas, así como de GHPPI. Esto porque, Las partes, obras y acciones del Proyecto se localizan fuera de la zona urbana de la comuna de Antofagasta, en sectores deshabitados, sin asentamientos de GHPPI, ni de ningún otro tipo. Del mismo modo, en su zona de emplazamiento, no existe ocupación actual y efectiva por parte del GHPPI, ni de ningún otro tipo, por lo que no existen manifestaciones culturales como celebraciones, ritos o cualquier tipo de actividad tradicional dentro del AI del Proyecto, que pudiese verse afectada por este. Asimismo, no se identifican sitios de interés y/o uso comunitario en el AI del Proyecto, siendo el más cercano el Salar de Punta Negra (en el cual la Comunidad Atacameña de Peine realiza actividades de monitoreo y manejo ambiental), localizado a aproximadamente 21 km del Proyecto.

Dicho lo anterior, es posible afirmar que el Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos, presentes en el AI del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.3 y 6.3 del ICE del Proyecto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales respecto a la localización y valor ambiental del territorio. El Proyecto se localiza al interior de la actual operación de Minera Escondida, la cual se emplaza en un territorio con un uso consolidado de carácter minero-industrial. El ADI más

cercano al Proyecto es “Atacama la Grande” que abarca la comuna de San Pedro de Atacama, y se encuentra a una distancia aproximada de 44 km en línea recta del punto más cercano. El Proyecto tampoco se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio de valor ambiental susceptibles de ser afectados. La distancia al área de influencia del Proyecto más cercana, respecto de un área bajo protección oficial de la Región Antofagasta, corresponde al Sitio Prioritario Regional Salar de Punta Negra, ubicado a unos 21 km del Proyecto. El acuífero protegido para la conservación de la biodiversidad más cercano al Proyecto corresponde al Acuífero Imilac a una distancia de aproximadamente 21 km y por último al Parque Nacional Llullaillaco con una distancia aproximada de 52,5 km. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.4 y 6.4 del ICE del Proyecto.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El área en la que se localizarán las obras y actividades del Proyecto posee en la actualidad un carácter minero industrial, debido a la presencia de las operaciones mineras e industriales de Minera Escondida, por lo que se emplaza en áreas carentes de interés turístico o paisajístico, y con ausencia de diversidad en atributos biofísicos. Además, no se emplaza en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional (ZOIT). La ZOIT más cercana al Proyecto corresponde a “Área San Pedro de Atacama- Cuenca Geotérmica el Tatio”, que se ubica a más de 50 km. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.5 y 6.5 del ICE Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.5 de la DIA, de la superficie total del Área de Influencia (AI) de Arqueología (234,2 ha), a partir de la inspección visual efectuada en el AI de Arqueología, en las áreas prospectables, no se reconocieron restos de valor arqueológico y/o histórico en la superficie del Proyecto. Respecto de la presencia de Monumentos Nacionales con declaratoria, los más cercanos al AI del Proyecto corresponden a Monumentos Históricos pertenecientes a la

localidad de Peine, ubicados a 115 km al NE en la comuna de San Pedro de Atacama. En cuanto a los antecedentes paleontológicos presentados por el Titular en el Anexo 2.7 de la DIA, se determinó un potencial bajo a medio y una categoría paleontológica Susceptible.

No se realizaron hallazgos de objetos paleontológicos durante las labores de terreno, como medida preventiva, se realizará la implementación de charlas de inducción paleontológica en caso de eventuales hallazgos fortuitos. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ver sección 5.6 y 6.6 del ICE del Proyecto.

6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza., según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.1 Actualización PAS 138 de la Adenda complementaria de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. 0070 de fecha 22 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE para mayores detalles Ver sección 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, y residuos sólidos industriales no peligrosos.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.2 Actualización PAS 140 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.

Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. 0070 de fecha 22 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE para mayores detalles Ver sección 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.3 Actualización PAS 142 de la Adenda complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Ord. 0070 de fecha 22 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, se pronunció con observaciones a la Adenda complementaria de la DIA (para más detalle ver Tabla 3.8.3 del ICE del Proyecto).

Sin perjuicio de lo anterior, mediante Ord. 0093 de fecha 27 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, se pronunció conforme a los antecedentes presentados por el Titular, para las fases de construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles Ver sección 10.1.3 del ICE del Proyecto.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Obras del Proyecto que conformarán la Instalación de Faena y Subestación Eléctrica. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3.4 Actualización PAS 160 de la Adenda de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Respecto a las obras declaradas en el PAS 160, se aprueba un total de 12 obras con una superficie de 1.485,32 m², de las cuales 879,32 m² son temporales y 606 m² son permanentes. (Ver Considerando 9.1 de la presente RCA)

Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD Nº 63 de fecha 10 de enero de 2025, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, se pronunció conforme a la Adenda complementaria de la DIA con condiciones (para más detalle ver considerando 9 de la presente RCA). Mediante ORD Nº 471 de fecha 08 de enero de 2025, el SAG de la Región de Antofagasta, se pronunció conforme a la Adenda Complementaria de la DIA del Proyecto otorgando el PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Ver sección 10.1.4 del ICE del Proyecto.

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma D.F.L. N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. El Proyecto se emplazará dentro de la faena minera de Escondida, fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta. El Proyecto habilitará una Subestación eléctrica e instalación de faenas. Forma de cumplimiento Dado que todas las instalaciones del Proyecto se emplazarán en un área rural, fuera del límite urbano de la comuna. En el Anexo 3.4 de la Adenda Complementaria de la DIA el Titular presenta la actualización actualizada de los antecedentes técnicos y formales para acreditar el cumplimiento del Permiso ambiental sectorial del artículo 160 del Decreto Supremo Nº 40/2012 MMA. Una vez obtenida la RCA, el Titular se tramitará en forma sectorial el Informe Favorable para la Construcción (IFC), previo a la ejecución de cualquier parte u obra del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Informe Favorable para la Construcción (IFC). Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá una copia del Informe Favorable para la Construcción, el que se mantendrá disponible en las instalaciones del Proyecto para fiscalización de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones a la atmósfera. Norma Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, las emisiones estarán asociadas, principalmente, a movimientos de tierra, tránsito de vehículos, uso de maquinaria y equipos para las distintas actividades contempladas durante el desarrollo de estas fases. En la fase de operación: Se producirán emisiones de material particulado generadas por el tránsito de vehículos y maquinaria por caminos no pavimentados, para mantenimientos programados. En cuanto a la fase de cierre del Proyecto, las emisiones estarán asociadas principalmente al desmantelamiento de las obras y sus actividades relacionadas. Forma de cumplimiento El Titular entregará la información referida a las emisiones atmosféricas generadas por el Proyectos a través del Sistema de Ventanilla Única y Registro de Emisiones de Contaminantes.

  • Humectación en las principales vías por utilizar durante la fase de construcción.
  • Los camiones que circulen por estas vías deberán contar con lona o carpa para evitar la dispersión de material.
  • Se restringirá la velocidad de circulación por caminos no pavimentados y se realizará el mantenimiento adecuado de la

maquinaria para disminuir las emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades durante las fases de construcción, operación y cierre. Por otro lado, sólo se utilizará maquinaria que tenga sus mantenciones correspondientes al día. Indicador que acredita su cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: - Registro de mantenciones y de revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del proyecto. - Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día y emisiones de gases contaminantes vigentes. - Certificado de homologación individual vigente, de cada vehículo a utilizar durante las fases del Proyecto. - Registro de humectación según corresponda. - Certificados de Declaración de emisiones en Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA) actual formulario 138. Fase de Operación - Registro de mantenciones y de revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del proyecto. - Registro de mantenciones y certificado de revisiones técnicas al día y emisiones de gases contaminantes vigentes. - Certificado de homologación individual vigente, de cada vehículo a utilizar durante las fases del Proyecto. - Registro de humectación según corresponda. (Para mayor detalle ver tabla 3.3.1.4 del Anexo 2.3 de la Adenda complementaria de la DIA) Forma de control y seguimiento - Actualización anual de la planilla de control o registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica, de gases y mantenciones al día. - El Titular mantendrá toda la documentación necesaria, y los registros asociados al indicador de cumplimiento en las dependencias del Proyecto a disposición de la autoridad fiscalizadora Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones a la atmósfera. Norma D.S. N° 75/1987 Establece condiciones para el transporte de carga que indica del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaria de Transportes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos de carga que desarrollen esta actividad tanto en la fase de construcción y cierre. Las actividades de construcción y cierre del Proyecto requerirán el traslado de maquinaria, materiales e insumos indicados en el cuerpo legal analizado, los cuales serán transportados por las rutas de acceso al Proyecto. Forma de cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: - El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, circulen cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente. - El Titular exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad considerable lo realicen en camiones estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo.

  • Durante el transporte, el Titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto en lo que respecta a las dimensiones de la carga, sujeción adecuada de la misma y adopción de medidas para impedir el escurrimiento de materiales y evitar la dispersión de polvo. Los camiones que transporten residuos del Proyecto serán habilitados de forma de prevenir derrames y caídas de material.
  • El Titular realizará una inspección visual aleatoria de los vehículos que entren con carga del área del Proyecto, a modo de verificar que el material esté con la debida sujeción. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener bitácora con la información de las inspecciones visuales indicadas en la forma de cumplimiento. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá la copia de contrato u orden de compra de prestación de servicio con cláusula de cumplimiento normativo y/o registros de chequeo de camiones a disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones a la atmósfera. Norma D.S. N° 211/1991 Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos livianos, medianos y motorizados de combustión interna. que desarrollen diversas actividades tanto en la fase de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento El Titular exigirá por medio de cláusula contractual que todos los vehículos motorizados livianos medianos y de combustión interna y maquinarias propios como de contratistas, deberán contar con su plan de mantención al día, incluyendo la revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado de revisión técnica al día de vehículos y maquinaria automotriz. - Registro de mantenciones al día de vehículos y maquinaria automotriz. Forma de control y seguimiento - Los vehículos y maquinarias contarán con el certificado de revisión técnica al día y registro de mantenciones disponible en todo momento. - El Titular actualizará anualmente la planilla de control o registro de los documentos que certifiquen que los vehículos se encuentran con revisión técnica, de gases y mantenciones al día. - El Titular mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma D.S. N°38/2011 Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica del Ministerio de Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones de ruido debido a los motores de los vehículos y de la maquinaria y por el funcionamiento de un grupo

electrógeno de 120 kVA en las fases de construcción y cierre del Proyecto. En la fase de Operación se producirá niveles de ruido por el funcionamiento de equipos y maquinarias para realizar las actividades de mantenimiento de las instalaciones. En la fase de cierre las principales fuentes de emisión de ruidos consideradas se relacionan con el funcionamiento de equipos y maquinarias para el desmantelamiento de las instalaciones. Forma de cumplimiento El Proyecto tiene asociada la emisión de ruido y vibración en todas sus fases. De acuerdo con los antecedentes presentados en el Estudio de Impacto Acústico y Vibraciones del Anexo 4.2 de la Adenda de DIA, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables, no superarán los valores establecidos por la normativa ambiental vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Se utilizarán camiones y maquinaria con revisión técnica al día. - Registro de mantenciones periódicas de equipos y maquinaria que contengan la fecha, estado y aprobación de cada mantención realizada. - Informe “Estudio De Impacto Acústico y Vibraciones” Anexo 2.2 de la DIA, Actualizado en el Anexo 4.2 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Se mantendrá una copia del Informe “Estudio De Impacto Acústico y Vibraciones” a disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4 del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos peligrosos y no peligrosos. Norma D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos no peligrosos: La generación de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, ocurrirá durante todas las fases del Proyecto.

Residuos peligrosos: Durante las fases de construcción y cierre se generarán residuos peligrosos producto de las actividades propias de la construcción, este tipo de residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de Residuos Peligrosos que se habilitará en la Instalación de Faenas. En la fase de operación, los residuos peligrosos serán almacenados de manera temporal en el CTR1. Forma de cumplimiento Residuos No Peligrosos: El proyecto, para la fase de construcción y cierre, solicitará las autorizaciones sectoriales necesarias que permitan el cumplimiento normativo del presente cuerpo legal, adicionalmente en la DIA, se entregan los antecedentes del PAS 140 (Actualizados en el Anexo 3.2 de la Adenda Complementaria).

Para la fase de operación del Proyecto, los residuos generados serán enviados de manera directa a disposición final.

El transporte y manejo de los residuos se realizará de acuerdo con la normativa vigente, siendo recolectados y dispuestos en el Relleno Sanitario de MEL, aprobado mediante la Resolución N°0344/2015 modificada por la Resolución N°3374/2016 y ampliado mediante la Res. N°2402197932/2024, todas resoluciones emitidas por la SEREMI de Salud de Antofagasta.

Residuos Peligrosos: Los RESPEL serán almacenados en la Bodega RESPEL en la Instalación de Faenas para posteriormente, ser transportados a disposición final a sitios autorizados. El transporte de estos para su disposición final, fuera de faena, se realizará por empresas debidamente autorizadas para tal efecto y cumpliendo con el D.S. N°148/2003 del MINSAL. En el Anexo 3.3 de la DIA se adjunta el PAS 142 (actualizado en el Anexo 3.3 de la Adenda Complementaria) el cual contiene los antecedentes para la solicitud del permiso.

En la fase de operación del Proyecto, se usarán las bodegas existentes y autorizadas de Escondida Norte. Por tanto, los RESPEL serán segregados, trasladados y almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos de MEL, denominado “CTR 1” autorizado mediante Resolución Exenta N°842/2008 SEREMI de Salud Antofagasta. El transporte de estos para su disposición final, fuera de faena, se realizará por empresas debidamente autorizadas y cumpliendo con el D.S. N°148/2003 del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento Residuos No Peligrosos. - Autorización sanitaria de sitios de almacenamiento de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, otorgada por la SEREMI de Salud. - Autorización sanitaria de empresa de transporte de residuos y del del sitio de disposición final. - Registro interno de retiro de residuos. - Comprobante de declaración SINADER en sistema de Ventanilla Única del RETC.

Residuos Peligrosos - Autorización Sanitaria de bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos otorgada por SEREMI de Salud. - Autorización Sanitaria del CTR-1. - Autorización Sanitaria de la empresa transportista y del del sitio de disposición final de residuos peligrosos. - Registros del retiro de los residuos peligrosos. - Registro de la declaración SIDREP de Residuos Industriales Peligrosos en Sistema Ventanilla Única del RETC, en caso de generarse más de 12 toneladas de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Residuos No Peligrosos: - El Titular mantendrá disponible la copia de las resoluciones sanitarias que autorizan el almacenamiento de residuos no peligrosos, en faena o en las instalaciones del Proyecto, según corresponda. - El Titular mantendrá disponible copia de las resoluciones sanitarias que autorizan al tercero para transporte de residuos, sitio de disposición final, registro de residuos y comprobantes de declaraciones SINADER.

Residuos Peligrosos: - El Titular mantendrá copias de las autorizaciones y los registros de declaración disponibles en las instalaciones para ser fiscalizados por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Ley 20.920 Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos (RISNP). Forma de cumplimiento En sus fases de construcción, operación y cierre, los residuos sólidos industriales no peligrosos (RISNP) (envases y embalajes, entre otros) considerados productos prioritarios generados por el Proyecto serán clasificados y almacenados temporalmente por tipo, cumpliendo las condiciones y requerimientos específicos de cada uno, para luego ser gestionados, en caso de corresponder, a través de gestores autorizados para su disposición final, y su reporte a través de la ventanilla única del RETC según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de las autorizaciones sanitarias de los lugares de disposición final de residuos. - Registro de las autorizaciones sanitarias de los transportistas de residuos. - Comprobantes de declaraciones en sistema de Ventanilla Única del RETC. - Certificado/Comprobante valoración de residuos a través de gestores autorizados. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá la información disponible y actualizada asociada a los indicadores de cumplimiento, en caso de ser requerida para su fiscalización, de acuerdo a las instrucciones que imparta la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos. Norma D.F.L. N°725/1968 Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de servicios sanitarios utilizados durante todas las fases del proyecto. Forma de cumplimiento Durante la Fase de Construcción y Cierre se utilizarán baños químicos por un periodo inferior a 6 meses. Adicionalmente, en la instalación de faenas para tratar las aguas servidas se habilitarán dos (2) Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) para la fase de construcción y una (1) PTAS para la fase de cierre.

Los efluentes de las PTAS serán reutilizados en humectación de caminos y frentes de trabajo. Las PTAS además contarán con un sistema de infiltración a modo de contingencia, en caso de que el efluente no pueda ser reutilizado.

Durante la fase de operación se contempla el uso de instalaciones sanitarias existentes, éstas cuentan con la autorización respectiva y tienen la capacidad para recibir la generación adicional de efluentes líquidos producto de la dotación requerida por el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de la mantención de baños químicos y retiro de lodos de la PTAS por empresa autorizada. - Autorizaciones sanitarias de empresa encargada de proveer el servicio de baños químicos. - Registro de mantención de las instalaciones sanitarias. - Resolución sanitaria aprobatoria del sistema particular de tratamiento de aguas servidas fase de construcción y cierre. - Resolución Sanitaria de funcionamiento de sistema de tratamiento de aguas servidas existente.

Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre: El Titular mantendrá el registro de la contratación del servicio de baños químicos y de la resolución sanitaria de la empresa a cargo y copia de Resolución sanitaria de funcionamiento del sistema particular de tratamiento de aguas servidas.

Fase de Operación: El Titular mantendrá disponible en las instalaciones una copia de la resolución sanitaria de funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas existente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica. Norma D.S. N° 1/2022, Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Luminosidad Artificial Generada por Alumbrados de Exteriores.43/2012 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, del Ministerio del Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las actividades de la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se realizarán los trabajos en sistema de turnos en horario diurnos y nocturnos. Forma de cumplimiento - El Titular utilizará luminarias acordes a lo establecido en la presente norma. La luminaria utilizada por el Proyecto cumplirá con los límites máximos de emisión establecidos en el Título II del presente cuerpo normativo. - Se utilizarán aquellas que se encuentren certificadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). - Previo a la instalación de la luminaria se certificará mediante laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante SEC, el cumplimiento de los límites de emisión. - La iluminación se proyectará hacia el suelo. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificados del fabricante o Superintendencia de Electricidad y Combustibles de la iluminación instalada, verificando que sus características, los ángulos y los niveles de luminancia estén en cumplimiento con la presente norma. - Copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. - Registro fotográfico por tipo de luminaria, una vez sean instaladas (Para mayor detalle ver Tabla 3.3.2. del Anexo 2.3 de la Adenda complementaria de la DIA) Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá toda la documentación necesaria y la asociada a los indicadores de cumplimiento a disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.9 del ICE del Proyecto.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento Sustancias Peligrosas (SUSPEL). Norma D.S. N° 43/2016 Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de combustible (petróleo diésel) para la operación de vehículos, maquinarias y equipos. Forma de cumplimiento Durante todas las fases el Titular cumplirá con los estándares de seguridad exigidos en el presente Reglamento, entre los cuales se encuentran: tener acceso controlado, distancia adecuada, señalética, pictogramas, material incombustible del sitio, sistemas de extinción de incendios, sistema de contención de derrames, planes de emergencia, entre otros: En el caso específico de los combustibles líquidos, en todas las fases del Proyecto, el Titular cumplirá con todos los estándares de seguridad exigidos en el presente cuerpo normativo, específicamente en el artículo 18°, al cual se da cumplimiento a través del Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo (SGSR). Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria de la bodega en caso de que aplique por las cantidades almacenadas - Registro de las sustancias químicas que ingresan y salen de la bodega. - Hojas de datos de seguridad (HDS) en sitios de almacenamiento. - Capacitaciones a trabajadores sobre manejo de SUSPEL. - Registro de las autorizaciones de los camiones surtidores de combustible líquidos. - Procedimiento de carga y descarga de combustible líquidos desde camión a equipos Forma de control y seguimiento - El Titular mantendrá disponibles para su fiscalización, copia de la autorización de bodega SUSPEL (si corresponde), Hojas de Datos de Seguridad en sitios de almacenamiento, registro de capacitaciones realizadas a los trabajadores. - Registro y revisión de sectores de almacenamiento existentes y abastecimiento de combustibles. - El Titular mantendrá disponible en las instalaciones copia de las autorizaciones de camiones surtidores de combustible y procedimiento de carga y descarga de combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.10 del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ley N°17.288 sobre monumentos nacionales. Norma Ley N°17.288 sobre monumentos nacionales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requerirá ocupar nuevas áreas para el emplazamiento de sus partes y obras, por lo que considera realizar movimientos de tierra durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las actividades asociadas a la fase de construcción, operación y cierre, propias del Proyecto, se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se paralizarán todas las actividades y se notificará inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales dando cuenta del hallazgo. Luego de ello se esperará hasta que la Autoridad indique los pasos a seguir.

Conforme lo acordado en sesión de fecha 31 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta se establecieron las siguientes condiciones: 1. Respecto al Componente Arqueológico. Se hace presente al titular que las charlas de inducción arqueológica deberán ser realizadas a todos los/as trabajadores al momento de su ingreso a la obra.

  1. Respecto al Componente Paleontológico. El titular debe incorporar de manera independiente la medida de implementación de charlas de inducción en paleontología. (Para más detalle ver considerando 9.2 y 9.3 de la presente RCA). Indicador que acredita su cumplimiento Informes asociados al eventual hallazgo, dando aviso de la existencia y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros, documentos de certificación y aprobación en las dependencias del proyecto, a disposición de la autoridad fiscalizadora. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Decreto N°6/2022, Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba plan de recuperación, conservación y gestión de las golondrinas de mar del norte de Chile. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El polígono definido en el Plan RECOGE de Golondrinas de mar del norte de Chile correspondería a un Área de Protección Especial, si bien el Proyecto no está dentro del polígono comprendido por este Plan, puesto que se encuentra a 23 km aproximadamente del polígono. Forma de cumplimiento - El Titular evitará la emisión de luz directa hacia el cielo y en ángulos cercanos al horizonte. - Las luminarias que se usarán estarán dirigidas hacia abajo, con un nivel de apuntamiento (dirección de la intensidad máxima) con ángulos inferiores a 70º y una proyección de flujo de 0% al hemisferio superior, respecto al flujo total saliente de la luminaria. También evitará el flujo enviado cerca del horizonte (los primeros 10º y 20º ángulo). - El Titular utilizará luminarias con radiaciones inferiores a los 500 nanómetros. - El Titular reducirá o eliminarán fuentes de luz blanca o de onda larga innecesarias en las actividades nocturnas del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Ficha técnica de luminarias y reporte de instalación, según indicaciones antes mencionadas. - Las luminarias que se instalen serán certificadas por laboratorio autorizado por la SEC. - Realización de charlas de capacitación ambiental. Forma de control y seguimiento - El Titular mantendrá toda la documentación necesaria y la asociada a los indicadores de cumplimiento a disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2 del ICE del Proyecto.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma Decreto Supremo N.º 4.363/1931, modificado por Ley 20.653/2013, Ley de Bosques; Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal; y Decreto N° 93/2008, del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento Prohibición de la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos de las especies vegetales nativas clasificadas, de conformidad con el artículo N° 37 de la Ley N° 19.300 y su reglamento, en las categorías de "en peligro de extinción", "vulnerables", "raras", "insuficientemente conocidas" o "fuera de peligro", que formen parte de un bosque nativo, como asimismo la alteración de su hábitat. Cabe señalar que la presente norma se incluye de manera referencial ya que no habrá afectación de las especies vegetales nativas clasificadas en el artículo N° 37 antes citado. Adicionalmente, para el componente de Flora y Vegetación se presenta “CAV 4: Compromiso de Microrruteo y Recolección de Germoplasma (semillas) de la Especie Oxalis Eremobia” y “CAV-5: Compromiso para capacitación Entorno, medio ambiente y buenas prácticas sociales y culturales” en el Capítulo 6 de la DIA, actualizado en el Anexo 2.4 de la Adenda complementaria de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de las áreas a intervenir que muestren la inexistencia de especies protegidas susceptibles de ser afectadas por el Proyecto. El indicador de cumplimiento aplica para las fases de Construcción, Operación y cierre Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá toda la documentación necesaria asociada al indicador de cumplimiento disposición de la autoridad fiscalizadora en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.3 del ICE del Proyecto.

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios y Exigencias:

8.1 Compromiso ambiental voluntario

8.1.1 Compromiso Perturbación controlada de ejemplar de fauna de baja movilidad (Reptil Liolaemus audituvelatus). Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la potencial afectación sobre la especie de baja movilidad (Liolaemus audituvelatus) y la pérdida de ejemplares en el área del Proyecto, induciendo el desplazamiento hacia zonas adyacentes específicamente desde el área de intervención del Proyecto. Descripción: La especie objetivo corresponde a la lagartija de oído cubierto (Liolaemus audituvelatus), de acuerdo con el D.S. N°16/2016 del MMA, la especie presenta un estado de conservación Vulnerable. El Titular identificó un individuo en las cercanías de la franja de las obras eléctricas, pero fuera del área de influencia. La perturbación controlada busca inducir el desplazamiento gradual de los individuos considerados de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas adyacentes. Previo a la fase de construcción del Proyecto, se realizará un microrruteo, si se detecta la presencia de uno o más individuos de esta especie, se adoptará la medida de perturbación controlada; si no, se avanzará con las obras de construcción. Justificación: La presente medida se considera como una acción que permite el desplazamiento natural de los reptiles existentes en el área del proyecto, evitando la afectación de estos individuos en las áreas a intervenir. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El área donde se realizará el Plan de Perturbación Controlada (PPC) será en el área de la Línea de Alta tensión (LAT).

Forma: El área donde se realizará la perturbación controlada corresponde a una superficie total de 1,91 hectáreas, este procedimiento será llevado a cabo por 2 profesionales especialistas y con experiencia en el manejo y monitoreo de fauna silvestre. La perturbación, se realizará en horario diurno, entre las 8:00 y 17:00 horas y en temporada donde no se interfiera con su época reproductiva, previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto. Oportunidad: Se realizará de manera única previo al inicio de la fase de construcción del proyecto y estará a cargo de un profesional con experiencia en la actividad de perturbación controlada. Indicador que acredite su cumplimiento Informe que acredite la realización del microrruteo. En caso de que se determine la aplicabilidad del procedimiento de perturbación controlada, se verificará su cumplimiento, considerando: - Cumple: no se observan individuos de las especies objetivo en el sector donde se realizó la perturbación controlada. - No cumple: se observan individuos de las especies objetivo en el sector donde se realizó la perturbación controlada. Para evaluar el éxito de la medida, se contempla el siguiente indicador: Indicador de éxito: aumento de la densidad o abundancia de individuos en la población receptora o que se mantenga sin variación significativa en el tiempo hasta el final del seguimiento. Forma de control y seguimiento - Seguimiento al día siguiente de ejecutada la perturbación. - Seguimientos semanales durante el primer mes de la actividad de perturbación controlada, se realizarán mediciones cuantitativas para estimar la abundancia y densidad de la población de Liolaemus audituvelatus. - Informe final que será remitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.1 del ICE del Proyecto.

8.1.2 Compromisos Anticolisión de Aves. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar y/o reducir colisiones de aves con las líneas de transmisión eléctrica de alta tensión (LAT) durante la fase de operación del Proyecto. Descripción: Se instalarán dispositivos desviadores de vuelo en los cables del trazado de la LAT, para evitar colisiones diurnas y nocturnas de aves. Justificación: Aumentar la visibilidad de los cables conductores en el trazado de la línea eléctrica de alta tensión (LAT), disminuyendo el riesgo de mortalidad de avifauna por colisión con el tendido eléctrico, esto debido a la eventual presencia de aves en el área de influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los dispositivos serán instalados en todo el trazado de la línea eléctrica de alta tensión (LAT). Forma: Los dispositivos serán instalados en la línea eléctrica de alta tensión (LAT) en todo el largo de la línea. Si se evidencia su mal estado se remplazarán por dispositivos nuevos. Oportunidad: Instalación de los dispositivos durante la fase de construcción del Proyecto, para que se encuentren operativos en la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Inspección mensual en la época de primavera-verano. - Inspección visual mensual del estado de los dispositivos. Informe anual, donde se detalle el estado de los dispositivos desviadores de vuelo y los resultados de la inspección de la línea de transmisión. Forma de control y seguimiento Se realizará un seguimiento mensual al estado de los desviadores durante los dos primeros años de operación del proyecto. Se emitirá un informe anual donde se detalle el estado de los dispositivos desviadores de vuelo y los

8.1.2 Compromisos Anticolisión de Aves. resultados de la inspección de las líneas de transmisión, indicando la eventual presencia de aves afectadas, incluyendo el registro fotográfico de los dispositivos instalados y sus coordenadas geográficas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.2 del ICE del Proyecto.

8.1.3. Compromiso para evitar domesticación de fauna silvestre. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar domesticación de fauna silvestre durante la ejecución del Proyecto. Descripción: Se capacitará a personal para prohibir la alimentación de fauna silvestre, al inicio de la fase de construcción, especialmente a carnívoros de hábitos generalistas como el zorro culpeo (Lycalopex culpaeus). Se dispondrán y mantendrán los receptáculos de residuos domésticos que serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos. Justificación: Se debe instruir a los trabajadores sobre la protección y resguardo de especies de fauna nativa, tales como mamíferos y reptiles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento del Proyecto. Forma: - Capacitación a trabajadores involucrados en actividades de terreno al Proyecto. Se mantendrá registro de capacitación realizada. - Almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables en contenedores herméticos. Oportunidad: Antes del ingreso de nuevos trabajadores al Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de capacitaciones. - Registro de capacitación y Procedimiento de Manejo de residuos que indique claramente la forma adecuada de gestión de residuos domésticos. Forma de control y seguimiento Seguimiento periódico al estado de ejecución de los compromisos por parte del encargado de la ejecución de los compromisos ambientales del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.3 del ICE del Proyecto.

8.1.4. Compromiso para capacitación “Entorno, medio ambiente y buenas prácticas sociales y culturales”. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar, tanto al personal de Minera Escondida como empresas colaboradoras del Proyecto, del respeto con el entorno y el cuidado del medio ambiente, buenas prácticas sociales y culturales, y la ubicación de servicios básicos de las localidades. Descripción: Se capacitará al personal abordando las buenas prácticas sociales y culturales, cuidado del medio ambiente, respeto con el entorno y sus instalaciones. Justificación: Las capacitaciones permitirán llevar un control de que el personal esté correctamente capacitado con respecto al entorno, medio ambiente, buenas prácticas sociales y culturales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalación de Faena del Proyecto. Forma: La capacitación se realizará al inicio de cada una de las fases del Proyecto a todo personal y empresas colaboradoras involucradas en las actividades. Se mantendrá registro de capacitación realizada.

8.1.4. Compromiso para capacitación “Entorno, medio ambiente y buenas prácticas sociales y culturales”. Oportunidad: Al inicio de cada una de las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerará capacitar al 100% del personal involucrado en las actividades del proyecto para el cumplimiento de este compromiso, el cual se podrá verificar con los registros internos de la capacitación realizada. Forma de control y seguimiento El control se realizará mediante los registros internos de las capacitaciones realizadas que respaldará Escondida, y se verificará que las exigencias se hagan efectivas para la mano de obra del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.1.4 del ICE del Proyecto.

8.2 Exigencias:

8.2.1 Compromiso de Microrruteo y Recolección de Germoplasma (semillas) de la especie Oxalis Eremobia. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la potencial afectación sobre la especie de Oxalis Eremobia y la pérdida de ejemplares en la Línea de Alta Tensión (LAT) del Proyecto. Descripción: Ejecución de un microrruteo, previo a la fase de construcción del Proyecto, a lo largo del trazado de la LAT, obra en donde se identificó la mayor densidad de los individuos de esta especie. En base a los resultados del microrruteo se planificará la Recolección de germoplasma (semilla) de Oxalis eremobia en función de su indicador de cumplimiento. Justificación: La propuesta se justifica por las singularidades que presenta la especie: categoría de conservación Casi Amenazada, ser endémica de Chile, distribución restringida y su localización en el proyecto cerca del límite de distribución geográfica de la especie. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: A lo largo del trazado de la LAT. Forma: El compromiso se desarrollará previo a las actividades de construcción del Proyecto, consistente en el plan de rescate de germoplasma. Oportunidad: En Primavera y Previo al inicio de la fase de construcción Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Rescatar germoplasma del 80% de la población de Oxalis Eremobia que se encuentra intervenida por el proyecto definida en la campaña de microrruteo. - Entrega del material colectado a centros académicos o de investigación. Forma de control y seguimiento - Informe de micrroruteo a lo largo del trazado de la LAT a realizar previo a la fase de construcción del proyecto. - Registro de envío de Reporte a la SMA. - Informe de registros de la colecta de germoplasma. - Informe de registros de la entrega del material colectado a un centro académico o de investigación. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.1 del ICE del Proyecto.

8.2.2 Compromiso para capacitación “Equidad de género y conductas sociales”. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar al personal sobre las temáticas vinculadas a la política de equidad de género y respecto de las conductas de los trabajadores. Descripción: Se capacitará al personal abordando la política de equidad de género y conductas sociales de los trabajadores en tiempos de recreación.

8.2.2 Compromiso para capacitación “Equidad de género y conductas sociales”. Justificación: Las capacitaciones permitirán llevar un control de que el personal esté correctamente capacitado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obras del Proyecto. Forma: La capacitación se realizará al inicio de cada una de las fases del Proyecto a todo personal y empresas externas involucradas en las actividades. Se mantendrá registro de capacitación realizada. Oportunidad: Al inicio de cada una de las fases del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerará capacitar el al 100% del personal involucrado en las actividades del proyecto para el cumplimiento de este compromiso, el cual se podrá verificar con los registros internos de la capacitación realizada. Forma de control y seguimiento - El control se realizará mediante los registros internos de las capacitaciones realizadas que respaldará Escondida, y se verificará que las exigencias se hagan efectivas para la mano de obra del Proyecto. - El seguimiento sobre el cumplimiento estará a cargo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.2 del ICE del Proyecto.

8.2.3 Compromiso para reposición y/o reparación de aquellos insumos que utilice Bomberos de Chile en caso de dar respuesta a una contingencia generada por el Proyecto. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reponer y/o reparar el 100% de los insumos que utilice Bomberos de Chile en caso de dar respuesta a una contingencia generada por el Proyecto. Descripción: El Titular se compromete a garantizar la reposición efectiva de todos los insumos utilizados por Bomberos de Chile durante la atención de una eventual emergencia generada por el Proyecto. Justificación: Hacerse cargo de la reposición efectiva de insumos utilizados durante una eventual emergencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Compañía de Bomberos correspondiente a la atención de la emergencia. Forma: La identificación de insumos y equipos utilizados se realizará mediante un listado proporcionado por la Compañía de Bomberos al finalizar la emergencia. Oportunidad: El presente compromiso se hará efectivo después de haber ocurrido el siniestro o emergencia en que se requiera de la presencia de Bomberos de Chile para su contención. Indicador que acredite su cumplimiento Reposición o reparación del 100% de los insumos y equipos utilizados por Bomberos durante la emergencia. Forma de control y seguimiento - Listado de insumos y equipos utilizados proporcionado por Bomberos al finalizar la emergencia. - Copias de facturas y/o boletas que acrediten la reposición de insumos. - Registros de la recepción de la reposición validada por el representante de la Compañía de Bomberos que ha acudido a la emergencia. - El cumplimiento del compromiso será monitoreado y documentado al cierre de cada contingencia. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.3 del ICE del Proyecto.

8.2.4 Compromiso de Promoción de Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación.

8.2.4 Compromiso de Promoción de Contratación de Mano de Obra Local Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover la contratación de mano de obra local, acorde con las capacidades del mercado laboral regional. Descripción: Se implementarán acciones que estimulen la inclusión de trabajadores locales en empresas colaboradoras que participen del Proyecto. Justificación: En vista del “Lineamiento N°5 Integración Social y Calidad de Vida” de la Estrategia Regional de Desarrollo 2009 – 2020 de la Región de Antofagasta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Faena Minera de Escondida, Región de Antofagasta. Forma: A través de la implementación de las siguientes medidas, el Titular buscará generar y promover el empleo de trabajadores locales: - Se establecerá una exigencia de contratación de mano de obra local en las bases técnicas de los procesos de licitación. - Se incluirá como criterio de evaluación en los procesos de licitación la valorización positiva de empresas. - Se difundirá en la comunidad información sobre las oportunidades laborales disponibles, en conjunto con las empresas contratistas. Oportunidad: Durante la fase construcción y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Porcentaje de mano de obra local por contrato contratada respecto al total de trabajadores involucrados en las fases de construcción y cierre. - Registros anuales del número de contrataciones de mano de obra local proporcionados por las empresas contratistas. Forma de control y seguimiento El Titular, mantendrá los registros indicados asociados a los indicadores de cumplimientos a disposición de las Autoridades competentes. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 11.2.4 del ICE del Proyecto.

9° Que para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

La Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:

9.1. Respeto a las obras declaradas en el PAS 160, se aprueba un total de 12 obras con una superficie de 1.485,32 m², de las cuales 879,32 m² son temporales y 606 m² son permanentes.

9.2. Las charlas de inducción arqueológica deberán ser realizadas a todos los/as trabajadores al momento de su ingreso a la obra.

9.3. El Titular deberá incorporar de manera independiente la medida de implementación de charlas de inducción en paleontología, las cuales deberán ser dictadas por un/a profesional asesor/a en Paleontología cuya información curricular sea acorde con la Res. Ex. CMN N°650 de 2022, previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal. Además, los reportes de esta actividad deberán tener periodicidad trimestral y remitirse al CMN y a la SMA, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el último día de actividad de período correspondiente.

10° Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto indica que no contempla la realización de un Plan de Seguimiento de Variables ambientales, ni monitoreos participativos.

11° Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

11.1.1. Precipitaciones intensas e inundaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. Se dispondrá de planes de evacuación del personal ante este tipo de eventos, donde se delimitará y señalará los puntos de encuentro. - Se asignará un líder de evacuación quien asegurará el traslado del personal a los puntos de encuentro. - Se realizarán simulacros en los que participarán los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de capacitaciones y simulacros realizados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE y tabla 5 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.2. Remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todos los sectores de emplazamiento de las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - A continuación, se plantean las siguientes medidas de prevención asociadas a este riesgo: - Se implementarán medidas de protección a la infraestructura del Proyecto que pueda verse afectada ante eventos de inestabilidades del terreno o desprendimientos de rocas, en aquellos sectores con mayor susceptibilidad de ocurrencia. Para ello, se considerarán medidas de ingeniería tales como la instalación de mallas de contención para caídas de rocas, u otras soluciones que se estimen convenientes. - Se mantendrán profesionales capacitados para responder ante situaciones de contingencias. - Se evaluarán las posibles situaciones: de riesgo, personas involucradas, posibles daños ambientales o de materiales. - Se mantendrán actualizados los procedimientos de emergencia ante sismos. - Se mantendrán señalizadas las salidas de emergencias o salidas hacia la zona de seguridad. Forma de control y seguimiento - Revisión periódica. - Registro de simulacros. - Informes y registros de capacitación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto y tabla 6 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.3. Sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - Se realizarán simulacros en los que participarán los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia al menos una vez al año. - En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de todas las capacitaciones y simulacros realizados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto y tabla 7 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.4. Derrames de sustancias peligrosas (incluidos aceites y combustibles) o residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Manejo de sustancias y/o residuos peligrosos en las áreas del Proyecto, como bodegas, carga y descarga y traslado por vías internas. Acciones o medidas a implementar - Toda faena deberá poseer un archivo con Hojas de Seguridad (HDS) de productos según norma NCh 2190 y D.S. N°43/2015 MINSAL. - Será responsabilidad del Encargado de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente del Proyecto asegurar que las HDS estén disponibles en los lugares de trabajo. - Realización de simulacros de emergencia, manteniendo registro de estos. - Respecto al almacenamiento de SUSPEL y RESPEL, se inspeccionarán permanentemente que las bodegas cumplan con los siguientes aspectos: o Señaléticas correspondientes de uso y seguridad. o Sistema de control de derrame. o Condiciones de orden e higiene. o Almacenar los envases menores o iguales a 5 kg (o 5 litros) en estantes de material liso, no absorbente y con barreras antivuelco. o Los RESPEL deberán almacenarse acorde a su compatibilidad, es decir, no se mezclarán residuos peligrosos que sean incompatibles entre ellos. o La bodega deberá estar provista de señales que informen respecto de las características de peligrosidad de las sustancias. o La bodega deberá contar con las Hojas de Datos de Seguridad (HDS). - Se mantendrán separados los residuos peligrosos incompatibles del grupo A-2 y B-2. - Se verificará que los vehículos que transporten sustancias peligrosas cumplan con las disposiciones reglamentarias del D.S. N° 298 de 1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. - El transformador de la subestación tendrá un sistema de contención secundaria impermeabilizado que debe contener el equivalente al 110% de la capacidad del estanque. Forma de control y seguimiento - Se revisarán periódicamente los registros de mantenciones e inspecciones de equipos. - Se verificará que la recarga de combustible se realice de acuerdo con los procedimientos asociados, evitando el rebalse de combustible.

  • Se mantendrá un registro de almacenamiento y despacho de sustancias y/o residuos peligrosos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto y tabla 8 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.5. Incendio en instalaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Oficinas, Bodegas y dependencias del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se prohibirá fumar en el área de trabajo. - Las labores de soldadura se realizarán a una distancia segura y con biombos para aislar de los elementos inflamables. - Se dispondrá de extintores en un área señalizada y accesible. Disponer con al menos 30 m3 de agua en uno o varios estanques dentro de las obras. Forma de control y seguimiento Verificar que los extintores se encuentren en correctas condiciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto y tabla 9 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.6. Emisión de olores en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar - El retiro y disposición final de los lodos será realizado de forma semestral durante la fase de construcción y cierre hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. - Se considera la inspección periódica de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, de forma mensual durante la fase de construcción y cierre. - Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. Forma de control y seguimiento - Mantener una copia de Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138 que apruebe el uso de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas ante eventuales fiscalizaciones. - Registros de las inspecciones de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas. - Mantener los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida. - Mantener los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud Regional), así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final. Referencia al ICE o documentos del expediente de Para mayor detalle ver tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto y tabla 10 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

evaluación que contenga la descripción detallada

11.1.7. Falla operacional y/o alteración de la calidad del efluente del sistema de manejo de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar - Mantenimiento de los sistemas de manejo de aguas servidas según la frecuencia establecida por el fabricante. Realización de charla al personal a cargo de la PTAS, referente a la implementación de buenas prácticas Forma de control y seguimiento - Registro de mantenciones de la PTAS. - Registro de charlas a operarios de la PTAS. - Se mantendrá una copia del Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138 que apruebe el uso de la PTAS para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto y tabla 11 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.8. Derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar - Se considera la inspección periódica de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, de forma mensual durante la fase de construcción y cierre. - Cualquier mantención o reparación deberá ser ejecutada por el proveedor autorizado del servicio. Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema de tratamiento de aguas servidas, en caso de obstrucción o deterioro de alguna de sus unidades. Forma de control y seguimiento - Mantener un registro que permita verificar la realización de limpiezas y mantenciones de la PTAS. - Capacitar al personal en los Planes de Contingencias y Emergencias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto, tabla 12 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y Anexo 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.1.9. Corte de energía eléctrica-PTAS. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas.

Acciones o medidas a implementar En caso de cortes o fallas en el suministro de energía eléctrica, se deberá contar con un grupo electrógeno de respaldo capaz de suministrar la energía necesaria para no afectar la continuidad operativa del sistema de tratamiento de aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Registro de mantenciones de la PTAS. - Registro de charlas a operarios de la PTAS. - Se mantendrá una copia del Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138 que apruebe el uso de la PTAS para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto y tabla 13 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.10. Filtraciones o rotura de cañerías del sistema. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar - Aislar la unidad o tubería afectada y de ser necesario detener el funcionamiento de la PTAS. - Bloquear el uso de los servicios sanitarios asociado a la red afectada, y suspender las labores en sus dependencias. - Redireccionar las aguas servidas mediante el uso de bombas al estanque de acumulación de aguas servidas. - En caso de que la emergencia persista por un período mayor a un día de operación a máxima capacidad, las aguas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, que las llevará a un sitio de disposición final igualmente autorizado. - Revisar todos los baños de las instalaciones conectados al sistema de evacuación de aguas servidas, con el propósito de identificar si es un problema puntual o general de todo el sistema sanitario. - Se procederá a la reparación mediante el cambio de las piezas afectadas, en períodos fuera de operación. - Todas las áreas que puedan haber sido afectadas deberán contar con desinfección mediante una empresa certificada. Se informará de inmediato al Encargado de Medio Ambiente del Proyecto Forma de control y seguimiento - Registro de mantenciones de la PTAS. - Registro de charlas a operarios de la PTAS. Se mantendrá una copia del Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138 que apruebe el uso de la PTAS para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto y tabla 14 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.11. Afectación de Fauna Silvestre por atropello. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar - Se realizará conducción al interior de áreas operativas respetando los límites de velocidad establecidos. - Se instruirá a los conductores sobre la relevancia de respetar los límites de velocidad tanto en horario diurno como nocturno. - Las charlas de inducción impartidas por un especialista tendrán el fin de difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la protección de la fauna silvestre. - Se prohibirá alimentar a animales silvestres. - Se prohibirá cazar o capturar especies de fauna silvestre. - Se informará a todo el personal que participe del Proyecto respecto de la fauna silvestre presente en el área del Proyecto. - Los vehículos contarán con algún medio de comunicación que permita informar de manera inmediata alguna afectación a la fauna silvestre. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán los registros de la documentación vigente de los choferes, vehículos y maquinarias. - Registros de velocidades de circulación en áreas críticas y el cumplimiento a los límites de velocidad. - Registro de asistencia a las charlas de inducción. - Informe anual con resumen de las charlas realizadas. - Registro formal de reportes de avistamiento, indicando fecha, lugar, especie observada, y acciones realizadas. - Se revisarán en forma permanente las señales de prevención fauna en las áreas de faenas, obras e instalaciones. - Señalética o infografías asociadas a la prohibición de alimentar o cazar fauna en los reglamentos internos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto y tabla 15 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.12. Colisión de aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Línea de transmisión eléctrica. Acciones o medidas a implementar - Capacitación al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto para las aves heridas. - Instalación de disuadores de vuelo en la LAT. Forma de control y seguimiento - Registro de las actividades de capacitación del personal sobre medidas de gestión del Proyecto para las aves heridas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto y tabla 16 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.13. Presencia de zorro (Lycalopex culpaeus). Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todos los sectores de emplazamiento de las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Se consideran las siguientes acciones preventivas para evitar un encuentro con un zorro:

  • No caminar solo en terrenos silvestres. Si encuentra signos de la presencia de un zorro, tales como heces, huellas o carcasas de animales con signos de haber sido comido o arrastrado por un zorro, mantenga la distancia y vuelva a un lugar seguro. Forma de control y seguimiento
  • Registro de las actividades de capacitación del personal sobre acciones preventivas para evitar un encuentro con un zorro. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.13 del ICE del Proyecto y tabla 17 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.1.14. Hallazgo de fauna silvestre en estado de desorientación o herida. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizará conducción al interior de áreas operativas respetando límites de velocidad. Se instruirá a los choferes sobre la relevancia de respetar los límites de velocidad tanto en horario diurno como nocturno. - Las charlas de inducción impartidas por un especialista tendrán el fin de difundir la zona donde se emplaza el Proyecto, y una sección que considere la protección de la fauna silvestre. - Se prohibirá alimentar a animales silvestres. - Se prohibirá cazar o capturar especies de fauna silvestre. - Se informará a todo el personal que participe del Proyecto respecto de la fauna silvestre presente en el área del Proyecto. - Se les indicará a los choferes la disminución de velocidad en áreas en las que se tenga registro de tránsito de fauna. - Los vehículos contarán con algún medio de comunicación que permita informar de manera inmediata alguna afectación a la fauna silvestre presente. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de trabajadores. - Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de afectación de fauna en las áreas de faenas, obras e instalaciones. - Se llevará registro de los avistamientos/hallazgos reportados, cuya información estará disponible para el Servicio Agrícola y Ganadero en caso de requerirse. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.14 del ICE del Proyecto y tabla 18 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS

11.2.1. Precipitaciones intensas e inundaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones y obras del Proyecto. Acciones a implementar - El personal al momento de detectar la contingencia debe informar inmediatamente al Líder de Emergencias. - Si hay inundaciones que afecten la seguridad de los trabajos, se suspenderán todas las actividades en las faenas y se trasladará al personal

a una zona de seguridad o evacuará si es necesario. Tras finalizar la emergencia se analizará la situación e instalaciones para regresar a las actividades en forma segura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), dentro de 24 horas, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.1 del ICE y tabla 19 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.2.2. Remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todos los sectores de emplazamiento de las obras del Proyecto. Acciones a implementar - Dependiendo de la magnitud del evento se activará una alarma y se ordenará la evacuación hacia zonas de seguridad. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones. - El Líder de Emergencias procederá a evaluar los posibles daños en la estructura física de los elementos del Proyecto, estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. Si hay daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se pausarán las actividades y obras hasta liberar el área afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto y tabla 20 del Anexo 4 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.3. Sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se llevarán a cabo las siguientes acciones: - Inspección de las instalaciones u obras de las instalaciones, para verificar su estado y descartar daños. - Se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver la tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto y tabla 21 Anexo 4 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.4. Derrames de sustancias peligrosas (incluidos aceites y combustibles) o residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Manejo de sustancias y/o residuos peligrosos en las áreas del Proyecto, como bodegas, carga y descarga y traslado por vías internas. Acciones a implementar El personal que detecte un derrame de sustancias o residuos peligrosos deberá dar aviso inmediato al Líder de Emergencia, quien deberá dar inicio al siguiente procedimiento: - Paralizar inmediatamente las tareas en el sector del derrame. - Evaluar la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. - Se deberán suprimir fuentes de ignición circundantes y evitar el contacto con material combustible. - Contener el derrame con un dique con arena o tierra, luego absorber con material inerte. - Todo el material contaminado, será dispuesto en la bodega de residuos peligrosos. - Se realizará 1 muestreo posterior al incidente con el objetivo de verificar el éxito de la medida implementada en el lugar y la toma de muestras en sectores no afectados por la emergencia, para obtener valores de comparación. Los análisis se enviarán a un laboratorio certificado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para más información ver tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto y tabla 22 del Anexo 4 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.5. Incendio en instalaciones. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Oficinas, Bodegas y dependencias del Proyecto. Acciones a implementar Cuando se detecte la presencia de humo o incendio en el área de instalaciones, se procederá a realizar lo siguiente: - Se comunicará de inmediato a todo el personal cercano al área afectada para evacuarlo a una zona segura. - Se organizará y dotará de herramientas al personal capacitado para acudir al amague de incendio. - Si las condiciones lo ameriten, se solicitará apoyo a bomberos o a las unidades de emergencia respectivas. - Si el Líder de Emergencias establece la necesidad de evacuación de los trabajadores, se dirigirán a las zonas de seguridad definidas. Finalizada la emergencia, se verificarán posibles daños en las instalaciones de las obras.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para más información ver tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto y tabla 23 del Anexo 4 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.6. Emisión de olores en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones a implementar - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a suspender el uso de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. - Una vez detectada la falla en la PTAS, el líder de emergencia dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. - Finalmente, se limpiará el área con agua industrial tratada, cuyas aguas serán recolectadas y se enviarán a un sitio de disposición autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para más información ver tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto y tabla 24 del Anexo 4 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.7. Falla operacional y/o alteración de la calidad del efluente del sistema de manejo de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones a implementar - Detener el funcionamiento del sistema en caso de falla operacional y/o alteración de la calidad del efluente, el cual se dará aviso al Jefe de Emergencia y se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. En su reemplazo se habilitarán baños químicos para solucionar la emergencia. - Realizar la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez detectada una falla y/o alteración de la calidad del efluente en la PTAS, personal de las obras dará el aviso y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, como también, de la calidad del efluente, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto, tabla 25 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y Anexo 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.8. Derrame de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones a implementar - Detener el funcionamiento del sistema y se dará aviso al Líder de Emergencias, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Indicar a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione el problema. - Se habilitarán baños químicos para solucionar la emergencia. - Realizar la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. - Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 26 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y Anexo 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.9. Corte de energía eléctrica-PTAS. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones a implementar El jefe de turno inmediatamente deberá verificar que todos los componentes que requieran alimentación eléctrica para el funcionamiento normal de la PTAS estén operando con el grupo electrógeno de respaldo. Luego de superada la emergencia deberá registrar adecuadamente en la bitácora de la PTAS, los problemas de corte y sus causas. También indicar las acciones o medidas aplicadas para subsanarlos adecuadamente Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Para mayor detalle ver tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto y tabla 27 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y Anexo 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

contenga la descripción detallada

11.2.10. Filtraciones o rotura de cañerías del sistema Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada PTAS Instalación de Faenas. Acciones a implementar El jefe de turno inmediatamente deberá realizar las siguientes acciones: - Aislar la unidad o tubería afectada y de ser necesario detener el funcionamiento de la PTAS. - Bloquear el uso de los servicios sanitarios asociado a la red afectada, y suspender las labores en sus dependencias. - Redireccionar las aguas servidas mediante el uso de bombas al estanque de acumulación de aguas servidas. - En caso de que la emergencia persista por un período mayor a un día de operación a máxima capacidad, las aguas serán retiradas por una empresa autorizada, que las llevará a un sitio de disposición final autorizado. - Revisar todos los baños de las instalaciones conectados al sistema de evacuación de aguas servidas. - Se procederá a la reparación mediante el cambio de las piezas afectadas, en períodos fuera de operación. - Todas las áreas que puedan haber sido afectadas deberán contar con desinfección mediante una empresa certificada. - Se informará de inmediato al Encargado de Medio Ambiente del Proyecto. - Luego de superada la emergencia deberá registrar adecuadamente en la bitácora de la PTAS, los problemas de filtración. También indicar las acciones o medidas aplicadas para subsanarlos adecuadamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto y tabla 28 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y Anexo 3.1 de la Adenda complementaria de la DIA.

11.2.11. Afectación de Fauna Silvestre por atropello. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones a implementar En caso de atropello a fauna silvestre que no ocasione la muerte del individuo se adoptarán las siguientes medidas: - El trabajador deberá avisar al especialista ambiental, informando sobre el lugar, condición general y situación en la que se encuentra el ejemplar. - Ante evento con fauna silvestres el especialista de medio ambiente coordinará las acciones directamente con un Centro de Rescate y Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. - Los costos asociados al procedimiento de evaluación y posterior rehabilitación serán asumidos por el Titular. - En caso de accidentes en fauna silvestre en categoría de conservación se deberá dar aviso inmediato al SAG y se tomará contacto directo con un

Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna. En caso de que el atropello ocasione la muerte accidental del individuo, se contemplan las siguientes medidas: - Se deberá informar al asesor ambiental del área, quien procederá a registrar el hecho como incidente ambiental. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 29 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.2.12. Colisión de aves. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Línea de transmisión eléctrica. Acciones a implementar - Quien encuentre aves heridas deberá informar inmediatamente al Líder de Emergencia. - Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (mediante registro) las circunstancias de este (lugar, hora, medidas existentes en la zona). - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido. - Una vez capturado el animal, éste será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. - Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental. - Minera Escondida gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA, dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto y tabla 30 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.2.13. Presencia de zorro (Lycalopex culpaeus). Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todos los sectores de emplazamiento de las obras del Proyecto.

Acciones a implementar - Se consideran las siguientes acciones en caso de un encuentro directo con un Zorro: - Mantener precauciones, no descender del vehículo, no correr y no acercarse al animal. - Dar aviso radial en caso de avistamiento, siguiendo el protocolo de comunicaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG), dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.13 del ICE del Proyecto y tabla 31 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

11.2.13. Hallazgo de fauna silvestre en estado de desorientación o herida. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones a implementar Ante el hallazgo de fauna silvestre herida, enferma o desorientada, se deberá: - El trabajador deberá avisar al especialista ambiental, informando sobre el lugar, condición general y situación en la que se encuentra el ejemplar, quedando prohibido cualquier interacción con el individuo para evitar estrés en el animal y no interferir en su entorno natural. - El especialista de medio ambiente si así lo determina, coordinará con el especialista en fauna o veterinario la visita al sitio del hallazgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG), dentro de las primeras 24 horas tras ocurrida la emergencia, la ocurrencia de cualquier contingencia y emergencia operacional. Lo anterior se realizará a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver tabla 7.1.14 del ICE del Proyecto y tabla 32 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

12°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:

La DIA del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01 de agosto de 2024 y en el diario electrónico Extracto Legal con igual fecha. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Carnaval 96.5 FM, entre los días 02 de agosto de 2024 y 06 de agosto de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 07 de agosto de 2024 emitido por la Sociedad José Gaete y Cia. Ltda.

Con fecha 13 de septiembre de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Durante dicho periodo se recibió un total de 1 solicitud de inicio de proceso de participación ciudadana que cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, el cual fue emitido por 1 persona jurídica.

Con fecha 02 de octubre de 2024 se dictó la Resolución N° 202402001151 por parte de Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, mediante la cual se resuelve denegar la solicitud de apertura de un proceso de participación ciudadana, por cuanto no se da cumplimiento al artículo 30 bis, inciso 1° de la Ley N°19.300, correspondiente al mínimo de solicitudes para dar inicio al proceso de participación ciudadana, ya sean dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

16° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  1. Que, para que el proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte”, MINERA ESCONDIDA LIMITADA.

2°. Certificar que el proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Implementación de Sistema de Electrificación de Camiones Mineros en Escondida Norte” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.

KAREN ELIZABETH BEHRENS NAVARRETE Delegada Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

TOMÁS ANDRÉS BALLESTEROS COHEN Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

KBN/RMM/TBC/VRA/JFM/FGO

Distribución: • Titular. • Superintendencia del Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada y Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.02.14 09:45:37 -03'00'

• Ilustre Municipalidad de Calama. • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado por: Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 13/02/2025 11:21:43 CLST