Evaluación SEA

Planta Fotovoltaica Perales

Rol 2162173612
SEA · DIA · Aprobado · 2025-07-29 · Región de Atacama · ENERGÉTICA SOLAR PERALES SPA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 31 de enero de 2025 y su Adenda Complementaria de 12 de junio de 2025, del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”, presentado por Energética Solar Perales SpA con fecha 03 de junio de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”.

3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 20250310675 de 07 de julio de 2025 del Comité Técnico de la Región de Atacama.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” de 7 de julio de 2025.

6°. El acuerdo adoptado en la sesión del 15 de julio de 2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”.

8°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; La Resolución Exenta RA N°119046/347/2022 del 25 de Noviembre de 2022 de la Dirección Ejecutiva, que nombra como Directora Regional a Doña Verónica Ossandón Pizarro y la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 29-07-2025 16:44:52:118 UTC -04:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:

1°. Que, Energética Solar Perales SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Energética Solar Perales SpA. Rut 77.177.023-1 Domicilio Augusto Leguía Norte100 Of. 410, Las Condes Teléfono 56 9 3399 8609 Nombre representante legal Juan Pablo Sebastián Cárcamo Mundaca Rut representante legal 19.087.168-1 Domicilio representante legal Marchant Pereira 150, oficina 502 Teléfono representante legal 56 9 3399 8609 Correo electrónico Titular o representante legal desarrollo.chile@idenergy.group

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de julio de 2025, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 15 de julio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 7 de julio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la generación de energía eléctrica a partir de la radiación solar suministrando su energía generada a la red de distribución existente fomentando la descarbonización, avanzando en la sostenibilidad del sector energético y permitiendo participar en potenciales oportunidades. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil 35 años. Monto de inversión USD $ 18.000.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Acondicionamiento del terreno para la habilitación de la instalación de faenas en el área del Proyecto. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2013, se declara que el Proyecto no será desarrollado por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2013, se declara que el Proyecto corresponde a un proyecto nuevo no contemplando ninguna modificación de algún proyecto o actividad.

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2013, se declara que el Proyecto no modifica otra(s) RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubica en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, comuna de Vallenar. Descripción de la localización La justificación de emplazamiento del Proyecto responde a las siguientes condiciones: • La existencia de índices de radiación solar que permiten la generación de energía mediante paneles fotovoltaicos. • La factibilidad de evacuar la energía eléctrica generada y cercanía a la red de distribución existente. • La disponibilidad de terrenos con características factibles para el emplazamiento de este tipo de tecnología. • La inexistencia de elementos significativos desde el ámbito ambiental y social que sea necesario preservar y que puedan verse afectados por el desarrollo del Proyecto. • Compatibilidad territorial, dado que, de acuerdo con las características del Proyecto, este corresponde a un uso denominado infraestructura energética regulado en el artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y, por tanto, este tipo de uso se reconoce como uno que no puede verse prohibido en un territorio. Superficie La superficie total del polígono donde se desarrollará el Proyecto corresponde a 18,31 ha. Dentro de dicha superficie, se considera la implementación de obras e instalaciones tanto temporales como permanentes, referidas a las actividades de construcción/cierre y operación del Proyecto, respectivamente; incluyendo la línea eléctrica que considera un trazado de 84,43 m y la instalación de cuatro postes de hormigón. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Proyecto en datum WGS84 19S se presentan en: Tabla 1.5.1. Coordenadas de ubicación y superficie del área de la IF, del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.2. Superficies de Obras y Partes Temporales, del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.3. Superficies Obras y Partes permanentes del Proyecto, del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.4. Coordenadas y superficies de las obras y partes de la CSF (Áreas de Paneles fotovoltaicos), del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.5 Coordenadas y superficies de las obras y partes de la CSF (Cantainer Baterías), del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.6. Coordenadas y superficies de las obras y partes de la CSF (PCS ES Perales), del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.7. Coordenadas y superficies de las obras y partes de la CSF (Centros de Transformación ES Perales), del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 1.5.8. Coordenadas y superficies de las obras y partes de la CSF (Caminos internos ES Perales), del Capítulo 1 de la DIA. Caminos de acceso Los caminos de acceso a utilizar en todas las fases del proyecto tanto para insumos o materiales, residuos, etc., se determinan desde la Ruta 5 Norte - Ruta C-522 hasta el punto de acceso del proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1.2 Layout Proyecto PDF, de la DIA. Anexo 1.3 Layout Proyecto KMZ, de la DIA. Anexo 01 Actualización Layout, de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y obras Caseta de control Se habilitará una caseta de control para la supervisión y control del personal, vehículos livianos y pesados que ingresen y salgan del predio del Proyecto en fase de construcción y cierre. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de maniobras y descarga materiales Sector que se acondicionará como vialidad interna del Proyecto para la circulación de vehículos y maquinarias, considerando también un área habilitada para la descarga de los materiales necesarios para la construcción. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de insumos y materiales Se contempla la habilitación de una zona de acopio temporal de materiales para la fase de construcción: Principalmente se distinguirán tres sectores: • Acopio de Paneles Fotovoltaicos: 150 m2. • Acopio de Materiales Eléctricos: 200 m2. • Acopio de perfiles metálicos: 150 m2 Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega de insumos Sector destinado al almacenamiento de materiales que no puedan dejarse al aire libre durante las fases de construcción y cierre. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Lockers Container acondicionado para utilizarse como Locker/vestidores. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de manejo de combustibles Zona destinada a los procesos de recarga de los grupos electrógenos y/o maquinaria mediante un camión surtido a través de una empresa autorizada por la SEC. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de seguridad Sector sin cierre perimetral, que se utilizará en caso de que ocurra una emergencia y se necesite una zona segura. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Grupo electrógeno Sector habilitado para la instalación de los grupos electrógenos utilizados durante la fase de construcción y cierre del proyecto, de una superficie de 5,8 m2, ubicado al interior de la instalación de faena. Se contemplan 1 fijo de 10 kVA y dos móviles de 5 kVA cada uno. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estanque de agua potable Zona para almacenar un estanque de agua potable de 10 m³. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de lavado de canoas de hormigón Sector destinado para el lavado de canoas de camiones mixer. Contempla una piscina para el lavado de las canoas, utilizadas para descargar el hormigón. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Comedor Existirá un comedor para la alimentación de los trabajadores, será del tipo contenedor con adaptaciones adecuadas para que cumpla la su función siguiendo los requisitos establecidos por el MINSAL. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Baños químicos Los servicios higiénicos provisionales serán a través de baños químicos con lavamanos incluidos los que serán provistos y mantenidos por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Oficinas Containers acondicionados para utilizarse como sector de oficina. Se considera el uso de containers de 20 pies. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de residuos no peligrosos Se destinará un Patio de Salvataje, el cual corresponde a un área no cubierta, cuyo perímetro este cercado por malla de simple torsión, a una altura de 1,8 m y con postes metálicos para su sujeción. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos livianos Esta instalación contará con una capacidad para 14 vehículos livianos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos pesados Esta instalación contará con una capacidad para 5 vehículos pesados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega de repuestos Mismo recinto utilizado en las fases de construcción y cierre para el almacenamiento de insumos, que será utilizado en fase de operación para almacenar repuestos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL La bodega contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL paneles dañados Se contempla una bodega especialmente utilizada para el almacenamiento de paneles dañados (quebrados, que es cuando se activa la peligrosidad extrínseca), los cuales califican como residuos peligrosos extrínsecos, contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Sala de control Se instalará un (1) contenedor acondicionado como sala de control, en el cual se habilitarán las conexiones de los diferentes equipos de medición de la planta que permiten el control a distancia de la misma. Contará con rack de comunicaciones, sala de tableros de control y un puesto de operador, en caso de que se tenga que deba revisar algo in situ. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de residuos domiciliarios Los residuos domiciliarios se almacenarán en bolsas plásticas dentro de contenedores debidamente rotulados, con capacidad aproximada de 200 L. Poseerán una tapa del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Caminos Internos Se construirán los caminos internos del proyecto, considerando un camino perimetral de 10 m de ancho y otros que conectan la central de 5 m de ancho. En ambos casos se realizarán actividades de nivelación y compactación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Cerco Perimetral Para el área del parque solar se implementará un cierre perimetral con el fin de resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros. Los cercos perimetrales serán de malla acma o similar con postes metálicos y galvanizados y una altura mínima de 2,31 m. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Tendido eléctrico aéreo La línea de evacuación aérea contara con 4 postes, con una longitud total de 84,43 m en 13,2 kV. Los postes por instalar tendrán una altura de 11,5 m y una distancia variable entre 8 y 10 metros. Su estructura será de hormigón y contarán con crucetas de acero galvanizado para la suspensión de los conductores. La franja de seguridad de la línea de media tensión será de 2 m por lado, es decir, 4 m en total de ancho. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Acciones Acondicionamiento del terreno para la habilitación de la instalación de faenas Se acondicionará el terreno al inicio de la Fase de Construcción para habilitar la infraestructura (Instalación de Faena) que servirá como apoyo durante las primeras labores de preparación del terreno y de las obras posteriores durante la fase. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Corta de flora y vegetación Esta actividad consistirá en la preparación del terreno mediante la limpieza, despeje y corte de la vegetación existente en parte del área donde se pretende emplazar las partes y obras del Proyecto. Esta se realizará de forma manual y mediante el uso de maquinarias. Se requerirá el retiro de vegetación de toda la superficie del proyecto, la cual corresponde a 18,31 ha. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Movimientos de tierra Se realizarán excavaciones para la implementación de conductores de energía eléctrica, es decir todas las conexiones soterradas que requieren canalización, para los BESS, Bodegas de RESPEL, fosa séptica y drenes de infiltración, lo que equivale a un volumen de 1,638 m³. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Compactación y nivelación en la zona de paneles y en los caminos internos del proyecto Se realizará compactación y nivelación en ciertos sectores de la zona de paneles, en caso de que sea necesario para que queden firmes los hincados. En caso de que se requieren las actividades en toda el área en la que se implementarán los módulos fotovoltaicos, esta área corresponde a 127.954 m² o 12,8 ha aproximadamente. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Instalación de Cierre perimetral Para el área del parque solar se implementará un cierre perimetral con el fin de resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros. Los cercos perimetrales serán de malla acma o similar con postes metálicos y galvanizados y una altura mínima de 2,31 m. Tendrá una longitud de 1.786,75 m. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Construcción y mantenimiento de caminos de acceso y cierre de caminos temporales Se construirán los caminos internos del proyecto, considerando un camino perimetral de 10 m de ancho y otros que conectan la central de 5 m de ancho. En ambos casos se realizarán actividades de nivelación y compactación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Habilitación, uso y cierre de la instalación de apoyo Esta actividad tiene por objetivo la habilitación de las instalaciones que serán utilizadas como centros de operación por los contratistas a cargo a las faenas de construcción de la ejecución de las obras de construcción. Los contenedores que conforman la instalación de faena no requieren de fundaciones, ya que éstas se apoyarán directamente sobre canastillos de madera o apoyos sobrepuestos de hormigón. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Construcción de edificaciones de servicios y administración Los containers acondicionados para el uso de oficinas será trazada y demarcada en el predio, previa nivelación y compactación, para luego montar la estructura sobre apoyos de cemento u otro material de apoyo. La superficie del sector de oficinas corresponde a 30 m². Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Construcción, uso y cierre de la obra o instalación para el manejo de aguas servidas Se trazará y delimitará el sector en el que se ubicarán los baños químicos en la instalación de faenas. El sector estará nivelado y compactado, luego la empresa proveedora del servicio realizará la instalación en el sector demarcado con anterioridad. Utilizando un área de 9,7 m² y a una distancia no mayor a 75 m de los sitios de trabajo. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Tránsito de vehículos al interior del emplazamiento del Proyecto Los trabajadores se movilizarán en vehículos privados, proporcionado por la empresa contratista. Para el traslado de los trabajadores se deberán realizar 2 viajes diarios considerando 5 días en la semana y 22 días laborales al mes. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Transporte de insumos, residuos y mano de obra Se considera el tránsito de camiones destinados al transporte de materiales, componentes e insumos del parque, buses y vehículos livianos para el transporte del personal. Todos los insumos transportados son de fácil cabotaje, por lo que no se requiere ninguna medida ni vehículo sobredimensionado, o con sobrepeso, para el traslado hacia el lugar de la obra. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Instalaciones para el almacenamiento de agua Se utilizará almacenamiento de agua potable en un estanque de 10 m³, el cual estará ubicado en el sector de instalación de faenas. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Habilitación de Líneas o tendidos eléctricos La línea de evacuación aérea contara con 4 postes, con una longitud total de 84,43 m en 13,2 kV. Los postes por instalar tendrán una altura de 11,5 m y una distancia variable entre 8 y 10 metros. Su estructura será de hormigón y contarán con crucetas de acero galvanizado para la suspensión de los conductores. La franja de seguridad de la línea de media tensión será de 2 m por lado, es decir, 4 m en total de ancho. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Habilitación Líneas o tendidos eléctricos subterráneos. Se realizan excavaciones para las canalizaciones internas del parque fotovoltaico. Los conductores eléctricos conectan en cadena los módulos fotovoltaicos hasta llegar a un punto en común conocido como String Combiner Box. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA Habilitación de Edificios o salas de operación y control Se instalará un (1) contenedor acondicionado como sala de control, en el cual se habilitarán las conexiones de los diferentes equipos de medición de la planta que permiten el control a distancia de la misma. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Construcción de las fundaciones del campo solar El montaje de las estructuras de los Paneles Solares se realizará a través del uso de las máquinas de hincado, las cuales se utilizarán para insertar los pilares que soportan las estructuras de los paneles solares en la tierra. Estos pilares se colocarán directamente en el suelo, manteniendo una distancia mínima entre las estructuras de los paneles para evitar el sombreado entre ellos. La estructura metálica, construida de acero galvanizado, se apoyará sobre postes o perfiles metálicos, que se hincarán directamente en el suelo sin necesidad de construir cimientos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Construcción e instalación de equipos eléctricos, inversores y sistemas BESS. Cada centro de transformación está compuesto por un inversor y un transformador, los cuales están contenidos dentro de contenedores de 20 pies. De igual manera, los sistemas BESS, que incluyen inversores, transformadores y baterías, se encuentran alojados dentro de contenedores de 40 pies. Estos contenedores serán transportados en camiones y luego instalados mediante camiones grúa. La ubicación de los contenedores será preparada previamente con cimientos de hormigón, así como las canalizaciones necesarias para las conexiones eléctricas. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Desmontaje de instalación de faena Se deshabilitará la infraestructura asociada a la instalación de faena, entre ellas contenedores y se retirarán las maquinarias, además, se realizará una limpieza general del área. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Pruebas de operación Se trata de la prueba de los equipos y sistemas instalados en la fase de construcción para su posterior interconexión con el sistema de distribución y operación, para dar inicio a la puesta en marcha. Se realizan inspecciones finales a las obras, procurando que todos los equipos, accesorios y complementos se encuentren instalados acorde a las especificaciones técnicas y normativa vigente. Finalmente, se realizan pruebas de conexión en supervisión de la empresa distribuidora en las cuales se verifica las respuestas en frecuencia, tensión, pruebas de protecciones, aislamiento, anti-isla, puesta a tierra, entre otros. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de DIA. Recursos naturales renovables Suelo: Respecto de la extracción del recurso suelo, esta se enmarca en el contexto de labores de movimiento de tierra. El Proyecto no se relaciona con su extracción ni con su explotación, sin embargo, el Proyecto considera una afectación menor sobre el componente, debido a las excavaciones que se realizarán en las obras del Parque Solar, de un volumen aproximado de 1.638 m³. El material que se requiera remover por efectos de excavaciones será utilizado como relleno. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA.

Agua: En cuanto a utilización de recurso hídrico para suministros básicos y labores constructivas, no se contempla la extracción de agua de cauces o pozos cercanos, en tanto el agua potable se considera un insumo a adquirir mediante terceros autorizados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA.

Aire: En cuanto a aire, el Proyecto no guarda relación con afecciones sobre este recurso. Las emisiones atmosféricas se producirán en mayor medida en las fases de construcción y cierre, sin embargo, estas serán acotadas en el tiempo y no significativa (Ver detalles en Anexo N°1.5 de la DIA y Anexo 04 de la Adenda). Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas:

MP10: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP10 debido principalmente a las actividades de excavación, compactación, nivelación, carguío y volteo de material, transito pavimentado, transito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 2,896 ton/año las emisiones de MP10. Al respecto, se considera como forma de abatimiento y control de emisiones atmosféricas de MP10 la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso, que será aplicada durante la duración de las obras preliminares/movimientos de tierra y obra gruesa. Más detalles de la aplicación del supresor de polvo en la Tabla 6 de la Adenda.

MP2,5: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP2,5 debido principalmente a las actividades de excavación, compactación, nivelación, carguío y volteo de material, transito, pavimentado, tránsito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 0,742 ton/año las emisiones de MP2,5. Al respecto, se considera como medida de abatimiento la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso. Más detalles de la aplicación del supresor de polvo en la Tabla 6 de la Adenda.

MPS: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MPS debido principalmente a las actividades de excavación, compactación, nivelación, carguío y volteo de material, transito, pavimentado, tránsito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 9,193 ton/año las emisiones de MPS. Al respecto, se considera como medida de abatimiento la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso. Más detalles de la aplicación del supresor de polvo en la Tabla 6 de la Adenda.

NOₓ: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de NOx debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 1,684 ton/año las emisiones de NOx. No se consideran medidas de control para la emisión de NOx.

SOₓ: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de SOx debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,038 ton/año las emisiones de SOx No se consideran medidas de control para la emisión de SOx.

CO: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de CO debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,888 ton/año las emisiones de CO. No se consideran medidas de control para la emisión de CO.

COV/HC: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de COV/HC debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,141 ton/año las emisiones de COV/HC. No se consideran medidas de control para la emisión de COV/HC.

NH₃: Durante la Fase de Construcción del Proyecto se generarán emisiones de NH₃ debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,002 ton/año las emisiones de NH₃. No se consideran medidas de control para la emisión de NH₃.

Ruido: La emisión de ruido durante la fase de construcción corresponde a 6 meses, donde se generará ruido producto de la operación de maquinarias en los frentes de trabajo, con una estimación de 82 dB a 10 m. El detalle para cada maquinaria se presenta en la Tabla 21 del Anexo 08 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 08 de la Adenda y respuesta 1.6 de la Adenda complementaria. Vibraciones: Respecto de la componente de vibraciones, se contempla la emisión de vibraciones durante los 6 meses de duración de la fase, producto de la operación de maquinarias en los frentes de trabajo, dentro de las cuales figuran: Motoniveladora, Rodillo compactador, Hincadora, Cargador frontal, Camión grúa y Retroexcavadora. La principal fuente de vibraciones corresponde al rodillo compactador con una estimación de 0,21 PPV (pulgadas/s) y 94 Lv total (VdB). El detalle para cada maquinaria se presenta en la Tabla 30 del Anexo 08 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 08 de la Adenda y respuesta 1.6 de la Adenda complementaria.

Residuos líquidos domiciliarios: Se contempla la generación de 132 m³/mes de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos provisionales a través de baños químicos con lavamanos incluidos, los que serán provistos y mantenidos por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. La mantención y retiro de lodos será dos veces por semana, por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Mayores antecedentes en Anexo 10 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD): Se estima una generación de 1200 kg/mes de RSD consistentes en papel, restos orgánicos, vidrio, plásticos, etc. Estos residuos serán almacenados en bolsas plásticas en contenedores plásticos con tapa de 200 litros, en la zona de almacenamiento de residuos domiciliarios dentro de la instalación de faenas. Se enviarán a sitio de disposición final autorizado, con frecuencia de retiro de al menos tres veces por semana. Se tendrá registro de retiro y disposición final de los residuos, emitidos por las empresas encargadas y autorizadas para esto. Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Sólidos Industriales: Se estima una generación de 12 m³/mes de residuos sólidos industriales consistentes en embalaje, Cartones, Cables, Maderas, Despuntes, etc. Estos residuos serán almacenados en el sitio de almacenamiento temporal destinado dentro de la instalación de faenas, separados por tipo y con control de ingreso. Se enviarán a sitio de disposición final autorizado, con frecuencia de retiro de al menos una vez al mes. Se tendrá registro de retiro y disposición final de los residuos, emitidos por las empresas encargadas y autorizadas para esto. Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Peligrosos (RESPEL): Se estima una generación de 47 kg/mes, compuesto principalmente de envases, restos y residuos de lubricantes y adhesivos, trapos, otras telas y tierra contaminados con hidrocarburos, paneles solares dañados, etc. El almacenamiento en recipientes herméticos y debidamente identificados en la bodega RESPEL, separados según peligrosidad. Los paneles solares dañados serán almacenados en su propia bodega RESPEL.

Los RESPEL serán retirados por una empresa externa que deben cumplir con que los residuos sean transportados a través de transportistas que cuenten con autorización sanitaria, para disposición final autorizado, con frecuencia de retiro no mayor a 6 meses. Los medios de verificación para el cumplimiento de la acción estarán disponibles en faena para cuando la Autoridad lo requiera. Mayores antecedentes en PAS 142 Anexo 02 de la Adenda complementaria y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Productos Químicos: Combustible: Clase de sustancia NCh382.Of2004: Clase 3. Cantidad requerida fase de construcción: 12.632 l/mes; 12,6 m3/mes. Cantidad a almacenar: no se almacenará en ninguna fase, será proporcionado mediante camión tanque o surtidor. Forma de provisión: tercero autorizado. Destino: utilización en maquinarias, grupo electrógeno y herramientas menores. Hoja de datos de seguridad: Se adjunta en Anexo 22 de la Adenda.

Lubricante Aerosol: Clase de sustancia NCh382.Of2004: Clase 1 y 3. Cantidad requerida fase de construcción: 7 kg. Cantidad a almacenar: 7 kg. Forma de provisión: tercero autorizado. Almacenamiento: latas en gaveta SUSPEL en bodega común. Destino: utilización en maquinarias y herramientas menores.

Grasa lubricante: Clase de sustancia NCh382.Of2004: Clase 2. Cantidad requerida fase de construcción: 283 kg. Cantidad a almacenar: 283 kg. Forma de provisión: tercero autorizado. Almacenamiento: latas en gaveta SUSPEL en bodega común. Destino: utilización en maquinarias y herramientas menores. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.6.1.1 Partes y obras Tabla 4.6.1.2 Acciones Tabla 4.6.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas o efluentes Tabla 4.6.4.3 Emisiones de Ruido Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones (vibraciones) Tabla 4.6.5.1 Residuos no peligrosos Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Zona de residuos no peligrosos Se destinará un Patio de Salvataje, el cual corresponde a un área no cubierta, cuyo perímetro este cercado por malla de simple torsión, a una altura de 1,8 m y con postes metálicos para su sujeción. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos livianos Esta instalación contará con una capacidad para 14 vehículos livianos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos pesados Esta instalación contará con una capacidad para 5 vehículos pesados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega de repuestos Mismo recinto utilizado en las fases de construcción y cierre para el almacenamiento de insumos, que será utilizado en fase de operación para almacenar repuestos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL La bodega contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL paneles dañados Se contempla una bodega especialmente utilizada para el almacenamiento de paneles dañados (quebrados, que es cuando se activa la peligrosidad extrínseca), los cuales califican como residuos peligrosos extrínsecos, contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Sala de control Se instalará un (1) contenedor acondicionado como sala de control, en el cual se habilitarán las conexiones de los diferentes equipos de medición de la planta que permiten el control a distancia de la misma. Contará con rack de comunicaciones, sala de tableros de control y un puesto de operador, en caso de que se tenga que deba revisar algo in situ. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de residuos domiciliarios Los residuos domiciliarios se almacenarán en bolsas plásticas dentro de contenedores debidamente rotulados, con capacidad aproximada de 200 litros. Poseerán una tapa del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Baños permanentes Se contempla la habilitación de baños. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Fosa séptica Para el tratamiento de los residuos líquidos, se contempla la implementación de un sistema de recolección, que se basará en una red de tuberías de PVC sanitario, las que conducirán las aguas residuales desde los servicios higiénicos hasta la fosa séptica. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Área Paneles Solares 01 – 07 El campo solar fotovoltaico está compuesto por múltiples módulos o paneles fotovoltaicos, los cuales captan la luz solar y generan electricidad en corriente continua. Estos módulos pueden ser conectados y distribuidos en forma paralela y serie según los requerimientos eléctricos. Para el proyecto se utilizarán módulos bifaciales de silicio tipo monocristalino de 650Wp, los cuales en conjunto sumarán una potencia total de 6.999 kWp con un total de 10.769 módulos. Los módulos fotovoltaicos son instalados sobre trackers, los cuales se inclinan realizando un seguimiento de la posición del sol de este a oeste. Los hincados de los trackers tienen una profundidad de 1,5 m, mientras que el soporte de los paneles alcanza una altura de 1,5 m. Esta estructura está fabricada con acero de alta resistencia para poder soportar el peso de la cadena de los módulos y las condiciones ambientales. Los módulos instalados en los trackers tienen una altura variable dependiendo de la posición solar, pero al estar inclinados pueden alcanzar una altura máxima de 2,4 m y una altura mínima respecto al suelo de 0,5 m. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Área de Baterías Se contempla un área destinada para el emplazamiento de los contenedores de Baterías conectadas a los Power Convertion System (PCS). Se contempla la habilitación de un total de 16 contenedores de Baterías y 7 PCS. La superficie de cada contenedor de Baterías es de 16 m2 y de cada PCS es de 15 m2. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Centros de Transformación 1 – 3 Se utilizarán 3 Power Station, lo que significa que la potencia total utilizando 3 inversores y 3 transformadores es de 9000 kW y 9900 kVA, respectivamente. Además, cada Power Station estará asociado a una cantidad específica de módulos fotovoltaicos, los cuales suman una potencia de 9009 kWp. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Caminos Internos Se construirán los caminos internos del proyecto, considerando un camino perimetral de 10 m de ancho y otros que conectan la central de 5 m de ancho. En ambos casos se realizarán actividades de nivelación y compactación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Cerco Perimetral Para el área del parque solar se implementará un cierre perimetral con el fin de resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros. Los cercos perimetrales serán de malla acma o similar con postes metálicos y galvanizados y una altura mínima de 2,31 m. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Tendido eléctrico aéreo La línea de evacuación aérea contara con 4 postes, con una longitud total de 84,43 m en 13,2 kV. Los postes por instalar tendrán una altura de 11,5 m y una distancia variable entre 8 y 10 metros. Su estructura será de hormigón y contarán con crucetas de acero galvanizado para la suspensión de los conductores. La franja de seguridad de la línea de media tensión será de 2 m por lado, es decir, 4 m en total de ancho. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Acciones Comienzo de inyección de energía al Sistema eléctrico nacional (SEN) El proceso de operación comienza con la inyección de energía al SEN, posterior a la puesta en marcha de los equipos y sistemas instalados en la fase de construcción, los cuales se verificaron de su buen funcionamiento, para la generación de energía. La operación continúa en forma remota, monitoreando las 24 horas del día mediante un enlace de internet inalámbrico que permita conectarse al sistema SCADA, controlando el nivel de energía inyectado a la red.Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Manejo de las aguas servidas La limpieza, mantenimiento y retiro de lodos que generará el sistema de tratamiento estará a cargo de una empresa externa debidamente autorizada. La frecuencia de retiro será la recomendada por el fabricante del sistema de tratamiento. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento del Campo Solar Las actividades al realizar un mantenimiento preventivo se pueden clasificar en limpieza, inspección visual y mediciones de variables eléctricas y térmicas. En el caso del presente proyecto se realizarán todas las indicadas previamente mantenciones dos veces en el año (o cada 6 meses).

La frecuencia o periodicidad de las inspecciones y mantenimientos del campo solar se establecen según las condiciones del emplazamiento, requerimientos de los equipos y la estación del año. Las actividades al realizar un mantenimiento preventivo se pueden clasificar en limpieza, inspección visual y mediciones de variables eléctricas y térmicas. En el caso del presente proyecto se realizarán todas las indicadas previamente mantenciones dos veces en el año (o cada 6 meses).

La actividad de limpieza corresponde principalmente a la limpieza de los paneles fotovoltaicos, la cual se realizará con agua desmineralizada (o desionizada) con materiales suaves, a temperatura ambiente y durante las mañanas o tardes, con la finalidad de evitar dados en la cubierta del panel. Si en la limpieza se detectan paneles dañados, estos se deben excluir de la actividad y notificar, para realizar su cambio. La inspección visual permite detectar daños en los componentes de los paneles, permitiendo la gestión de su reemplazo, los daños a identificar usualmente corresponden a: quemaduras, fracturas de laminación, entre otros. También permite verificar si es necesaria la limpieza de otros quipos y de las estructuras que los soportan, identificando si es que poseen piezas sueltas, trabadas u oxidadas, corrosión galvánica, etc.

La mantención de los transformadores de potencia, tableros y celdas de media tensión debe ser realizado por personal calificado y en supervisión. Los transformadores particularmente son sometidos a pruebas de aceite, presión interna y temperatura. Las inspecciones más sencillas buscan comprobar mediante mediciones simples de tensión y corriente que la operación del equipo este dentro de los limites esperados. Mediante termografía se detectan puntos calientes que indican suciedad, sulfatación, falta de apriete en terminales que pueden incurrir en fallas.

Los materiales necesarios para su reemplazo se coordinarán con la empresa encargada de la operación y/o mantención de la planta fotovoltaica. Sin perjuicio de lo anterior, las piezas que en general se deben reemplazar en estos casos tienen relación a la estructura y conexión de los paneles fotovoltaicos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Inspección visual de la línea de media tensión Revisión exhaustiva de las estructuras de soporte, los aisladores, conductores y las conexiones eléctricas para detectar posibles daños, desgastes o deterioros, que pudieran afectar la operación de la línea. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Limpieza de la línea de media tensión Las actividades de limpieza se deben realizar con cuidado de no dañar aisladores y conductores y así garantizar un correcto funcionamiento de la línea de media tensión. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Pruebas de resistencia eléctrica Pruebas de resistencia dieléctrica en los cables, equipos de la línea, con la finalidad de verificar asilamiento y detectar posibles fallas. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Reemplazo de aisladores defectuosos La inspección de los aisladores permite identificar el daño o desgate para proceder a su cambio. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Verificación de conexiones eléctricas Revisión y ajuste de las conexiones eléctricas de la línea de media tensión, asegurando así un contacto adecuado, previniendo problemas de resistencia o calentamiento excesivo. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de las líneas o tendidos eléctricos: Poda de vegetación cercana a la línea de media tensión Considerar distancia de seguridad entre vegetación y la línea de media tensión para prevenir cortocircuitos y garantizar la eficiencia de la transmisión de energía. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Mantenimiento de caminos permanentes Los caminos permanentes corresponden a los caminos internos de la planta, a los cuales se les realizará como actividad de mantención limpieza de posible vegetación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Transporte de insumos, productos, residuos y mano de obra El transporte de insumos y productos será realizado por empresas externas autorizadas para transportar su correspondiente carga. En el caso de los residuos (no peligrosos y peligrosos) se contempla el retiro, transporte y disposición final autorizado, lo que será realizado por empresas externas especialmente autorizadas. Durante la fase de operación la mano de obra corresponderá al personal que realiza mantenciones en el campo solar. Las actividades de mantención serán desarrolladas por una empresa externa la que proveerá transporte de su personal. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Desconexión eléctrica del parque solar Corresponde al hito final de la fase de operación, donde se deja de inyectar energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Productos generados Electricidad: La potencia nominal del parque corresponde a 7 MW, cuyo objetivo corresponde al destino principal de la energía eléctrica. El destino de la energía eléctrica es el autoabastecimiento y los sistemas eléctricos interconectados, con un enfoque en la generación distribuida, según lo establecido en el marco legal del D.S. N°88/2020 del Ministerio de Energía. Este decreto clasifica el proyecto como Pequeño Medio de Generación Distribuida (PMGD). Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Recursos naturales renovables Durante la fase de operación del Proyecto no se explotarán ni extraerán recursos naturales renovables incluidos suelo, agua y aire. Sólo realizará la explotación de la energía solar, mediante el uso de paneles fotovoltaicos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas:

MP10: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP10 debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,6013 ton/año las emisiones de MP10, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años. Al respecto no se requiere de alguna medida de control para la emisión de polvo toda vez que el tránsito de vehículos será muy acotado solo enfocado a las mantenciones periódicas de los paneles, sistemas eléctricos y otros relacionados.

MP2,5: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP2,5 debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,0629 ton/año las emisiones de MP2,5, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años. Al respecto no se requiere de alguna medida de control para la emisión de polvo toda vez que el tránsito de vehículos será muy acotado solo enfocado a las mantenciones periódicas de los paneles, sistemas eléctricos y otros relacionados.

MPS: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MPS debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 1,7806 ton/año las emisiones de MPS, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años. Al respecto no se requiere de alguna medida de control para la emisión de polvo toda vez que el tránsito de vehículos será muy acotado solo enfocado a las mantenciones periódicas de los paneles, sistemas eléctricos y otros relacionados.

NOₓ: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado NOₓ debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,0127 ton/año las emisiones de NOₓ, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años.

SOₓ: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado SOₓ debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,00004 ton/año las emisiones de SOₓ, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años.

CO: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado CO debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,0006 ton/año las emisiones de CO, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años.

COV/HC: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado COV/HC debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,0001 ton/año las emisiones de COV/HC, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años.

NH₃: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado NH₃ debido principalmente a las actividades de tránsito pavimentado, tránsito no pavimentado y combustión de motores de vehículos. Se estima en 0,00009 ton/año las emisiones de NH₃, dichas emisiones serán emitidas por un período de 35 años.

Ruido: Las actividades de operación del Proyecto suponen la emisión de ruido, producto de la operación de los equipos CT, Trackers, Baterías y la línea eléctrica (efecto corona), cuyos valores se detallan en la Tabla 21 del Anexo 08 de la Adenda, siendo el equipo de mayor generación de ruido los CT con 67 dB(A) a 10 m de la fuente. Mayores antecedentes en el Anexo 08 de la Adenda y respuesta 1.6 de la Adenda complementaria.

Emisiones Electromagnéticas: Respecto del tendido eléctrico de media tensión, las magnitudes de campo eléctrico existentes a un metro de altura sobre el suelo en torno a la línea aérea de 23 kV, considerando una situación más restrictiva que los 13,2 kV, ascienden hasta máximo los 2,1024 kV/m a 10 metros de distancia del eje. A partir de esta, el campo eléctrico disminuye encontrándose por debajo de 2 kV/m a más de 10 m. Por lo tanto, los valores de campo eléctrico emitidos por la línea estarían muy por debajo de los límites de 5 y 10 kV/m (público y laboral respectivamente) establecidos por las normas internacionales. Respecto a la magnitud del campo magnético a un metro de altura sobre el suelo en torno a una línea aérea de 23 kV, considerando una situación más restrictiva que los 13,2 kV, este presenta valores máximos de 18,6517 T a 1 metro de distancia del eje, disminuyendo su intensidad a mayor distancia de este (siendo inferior a 11 mT a distancias mayores a 10 metros del eje de la línea).

Para mayor detalle respecto de las emisiones electromagnéticas durante la fase de operación del Proyecto, ver Anexo N°1.6 Emisiones de Campo Eléctricos de la DIA.

Residuos líquidos domiciliarios: Se contempla una generación de 0,6 m3/mes, estos residuos serán evacuados a través de una red de tuberías de PVC que se conectará con el sistema de tratamiento que estará comprendido por una fosa séptica con drenes de infiltración. La fosa será revisada cada 6 meses con el objeto de verificar el nivel de lodos. De acuerdo con ello, se decidirá la extracción de los lodos, la que se hará mediante empresas autorizadas. Esta limpieza o extracción de lodos deberá ejecutarse como mínimo cada año, aun cuando el nivel de lodos no esté bloqueando. Mayores antecedentes en Anexo 10 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD): Se estima una generación de 6 kg/día de RSD consistentes en papel, restos orgánicos, vidrio, plásticos, etc. Estos residuos se almacenarán en bolsas plásticas en contenedores plásticos con tapa de 200 litros, en la zona de almacenamiento de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro será inmediata, una vez finalizada la mantención en la planta fotovoltaica, la cual tiene una duración de 4 días y se realiza cada 6 meses. Tras la finalización de estas actividades, los residuos serán retirados por el personal y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado para la recepción de este tipo de residuos. Mayores antecedentes en Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Sólidos Industriales: Se estima una generación de 1,7 kg/mes, corresponden a paños de limpieza de paneles, bidones vacíos de agua desionizada, entre otros. Estos residuos serán dispuestos en un sitio de almacenamiento temporal destinado dentro de la instalación de faenas, separados por tipo y con control de ingreso. Se retirarán a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama una vez finalizadas las mantenciones y retiradas por el personal. Mayores antecedentes en Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Peligrosos (RESPEL): Se estima una generación de 45,57 kg/mes, tales como: sólidos, tierra, arena y aserrines contaminados con hidrocarburos, paneles solares dañados, baterías etc. El almacenamiento se realizará en recipientes herméticos y debidamente identificados en la bodega RESPEL, separados según peligrosidad. Los paneles solares dañados serán almacenados en su propia bodega RESPEL. Se retirarán los residuos cada 6 meses como máximo y se dispondrán en un relleno de seguridad a cargo de una empresa externa autorizada. En el caso que alguna de las baterías del sistema BESS presente falla, se considerará residuo peligroso, por lo que su manejo será el adecuado a su tipo, es decir, se almacenará temporalmente en la bodega de residuos peligrosos correspondiente, hasta que se coordine el retiro a un sitio de disposición final. El transporte al sitio de disposición final será realizado por una empresa externa autorizada, de la cual se mantendrán los documentos (facturas, boletas y/o certificados) que acrediten su autorización. El sitio de disposición final también será autorizado y se mantendrán los documentos (facturas, boletas y/o certificados) que acrediten su autorización. Mayores antecedentes en Anexo 2; respuesta 1.9 y Tabla 14 de la respuesta 1.8 de la Adenda complementaria.

Productos Químicos: Aceite mineral: Clase de sustancia NCh382.Of2004: Clase 3. Cantidad requerida: 1500 litros Cantidad a almacenar: no se almacena Forma de provisión: tercero autorizado. Almacenamiento: se utiliza directamente en la mantención de transformadores. Destino: correcto funcionamiento de transformadores, utilizado en mantención. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.7.1.1 Partes y obras Tabla 4.7.1.2 Acciones Tabla 4.7.3 Productos generados Tabla 4.7.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas Tabla 4.7.5.3 Emisiones de Ruido Tabla 4.7.5.4 Otras emisiones (Emisiones Electromagnéticas) Tabla 4.7.6.1 Residuos no peligrosos Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y obras Caseta de control Se habilitará una caseta de control para la supervisión y control del personal, vehículos livianos y pesados que ingresen y salgan del predio del Proyecto en fase de construcción y cierre. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de insumos y materiales Se contempla la habilitación de una zona de acopio temporal de materiales para la fase de construcción: Principalmente se distinguirán tres sectores: • Acopio de Paneles Fotovoltaicos: 150 m². • Acopio de Materiales Eléctricos: 200 m². • Acopio de perfiles metálicos: 150 m². Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega de insumos Sector destinado al almacenamiento de materiales que no puedan dejarse al aire libre durante las fases de construcción y cierre. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Lockers Container acondicionado para utilizarse como Locker/vestidores. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de manejo de combustibles Zona destinada a los procesos de recarga de los grupos electrógenos y/o maquinaria mediante un camión surtido a través de una empresa autorizada por la SEC. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de seguridad Sector sin cierre perimetral, que se utilizará en caso de que ocurra una emergencia y se necesite una zona segura. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Grupo electrógeno Sector habilitado para la instalación de los grupos electrógenos utilizados durante la fase de construcción y cierre del proyecto, de una superficie de 5,8 m2, ubicado al interior de la instalación de faena. Se contemplan 1 fijo de 10 kVA y dos móviles de 5 kVA cada uno. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estanque de agua potable Zona para almacenar un estanque de agua potable de 10 m³. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Comedor Existirá un comedor para la alimentación de los trabajadores, será del tipo contenedor con adaptaciones adecuadas para que cumpla la su función siguiendo los requisitos establecidos por el MINSAL. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Baños químicos Los servicios higiénicos provisionales serán a través de baños químicos con lavamanos incluidos los que serán provistos y mantenidos por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Oficinas Containers acondicionados para utilizarse como sector de oficina. Se considera el uso de containers de 20 pies. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de residuos no peligrosos Se destinará un Patio de Salvataje, el cual corresponde a un área no cubierta, cuyo perímetro este cercado por malla de simple torsión, a una altura de 1,8 m y con postes metálicos para su sujeción. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos livianos Esta instalación contará con una capacidad para 14 vehículos livianos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Estacionamientos vehículos pesados Esta instalación contará con una capacidad para 5 vehículos pesados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega de repuestos Mismo recinto utilizado en las fases de construcción y cierre para el almacenamiento de insumos, que será utilizado en fase de operación para almacenar repuestos. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL La bodega contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Bodega RESPEL paneles dañados Se contempla una bodega especialmente utilizada para el almacenamiento de paneles dañados (quebrados, que es cuando se activa la peligrosidad extrínseca), los cuales califican como residuos peligrosos extrínsecos, contará con una base impermeable de hormigón impermeabilizado con bermas, pretiles antiderrames capaz de contener el 100% del contenedor de mayor volumen, y recipiente para conducir el derrame. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Sala de control Se instalará un (1) contenedor acondicionado como sala de control, en el cual se habilitarán las conexiones de los diferentes equipos de medición de la planta que permiten el control a distancia de la misma. Contará con rack de comunicaciones, sala de tableros de control y un puesto de operador, en caso de que se tenga que deba revisar algo in situ. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Zona de residuos domiciliarios Los residuos domiciliarios se almacenarán en bolsas plásticas dentro de contenedores debidamente rotulados, con capacidad aproximada de 200 litros. Poseerán una tapa del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Caminos Internos Se construirán los caminos internos del proyecto, considerando un camino perimetral de 10 m de ancho y otros que conectan la central de 5 m de ancho. En ambos casos se realizarán actividades de nivelación y compactación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Cerco Perimetral Para el área del parque solar se implementará un cierre perimetral con el fin de resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros. Los cercos perimetrales serán de malla acma o similar con postes metálicos y galvanizados y una altura mínima de 2,31 m. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Acciones Habilitación de instalación de faena Al inicio de la Fase de Cierre se habilitará la infraestructura (Instalación de Faena) que servirá como apoyo durante las labores de desmantelamiento y retiro de las obras temporales del Proyecto. No se utilizarán frentes de trabajo móvil, sin embargo, se mantendrá la cantidad de baños químicos disponible a la distancia máxima permitida para los trabajadores. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Desenergización de las instalaciones Se realizará la desenergización de las instalaciones mediante la interrupción del paso de energía desde los paneles solares. Este procedimiento se efectuará mediante el uso de interruptores de apagado emplazados en los centros de transformación. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Desmantelamiento y retiro de las obras permanentes Desmantelamiento de las obras permanentes que sirvieron de apoyo para el funcionamiento de la central solar. Cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo terreno. Luego de ello, serán retiradas del área mediante camiones hasta los sitios de disposición final correspondientes. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Limpieza general del área Se desmovilizarán y se retirará todo el equipamiento de la Instalación de Faena, así como los equipos de apoyo utilizados durante la Fase de Cierre. Además, se procederá a realizar una inspección visual del lugar, en caso de que exista una estructura que deba retirarse y no se haya realizado y que aquellos sectores queden sin ningún tipo de residuo. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Restauración La restauración de la morfología busca establecer las actividades necesarias para el cierre del proyecto y volver en medida de lo posible a las condiciones naturales del predio, previo a la ejecución del proyecto. A continuación, se presentan las actividades a desarrollar: • Desmantelamiento de las instalaciones del campo solar. • Estándares y verificadores de desempeño para cada actividad. Mayores antecedentes en Capítulo 1 de la DIA. Prevención de futuras emisiones Considerando el tipo de Proyecto, tras desenergizar las instalaciones, y luego de desmontar y desmantelar las estructuras, el cierre del Proyecto no guarda relación con futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión. Tampoco se utilizarán sustancias durante la fase de operación que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición. Del mismo modo, una vez retirados los residuos producto del desmantelamiento de estructuras en la fase de cierre, no existirá ningún tipo de residuo bajo ningún tipo o forma de acopio que implicase la generación de futuras emisiones en el área. Mantención, conservación y supervisión El Proyecto considera el desmantelamiento y retiro de toda la infraestructura permanente, por tanto, una vez finalizada la fase de cierre, no existirán obras remanentes en el área, así como tampoco existirá la generación de emisiones, efluentes y residuos. Conforme a lo anterior y dada la baja intervención de las obras del Proyecto, sumado al carácter modular de sus obras, no se considera la implementación de acciones orientadas a la mantención, conservación y supervisión. Recursos naturales renovables Durante esta fase el Proyecto no considera la explotación o extracción de recursos naturales renovables ni ningún otro recurso existente en el sector del emplazamiento. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: MP10: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP10 debido principalmente a las actividades de excavación, carguío y volteo de material, transito pavimentado, tránsito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 1,276 ton/año las emisiones de MP10. Al respecto, se considera como forma de abatimiento y control de emisiones atmosféricas de MP10 la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso.

MP2,5: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MP2,5 debido principalmente a las actividades de excavación, carguío y volteo de material, transito pavimentado, tránsito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 0,366 ton/año las emisiones de MP2,5. Al respecto, se considera como forma de abatimiento y control de emisiones atmosféricas de MP2,5 la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso.

MPS: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado MPS debido principalmente a las actividades de excavación, carguío y volteo de material, transito pavimentado, tránsito no pavimentado, combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria fuera de ruta y grupos electrógenos. Se estima en 3,888 ton/año las emisiones de MPS. Al respecto, se considera como forma de abatimiento y control de emisiones atmosféricas de MPS la aplicación de supresor de polvo en el camino de acceso.

NOₓ: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de NOx debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 1,090 ton/año las emisiones de NOx. No se requiere de alguna medida de control para la emisión de NOx.

SOₓ: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de SOx debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,036 ton/año las emisiones de SOx. No se requiere de alguna medida de control para la emisión de SOx.

CO: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de CO debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,497 ton/año las emisiones de CO. No se requiere de alguna medida de control para la emisión de CO.

COV/HC: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de COV/HC debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,090 ton/año las emisiones de COV/HC. No se requiere de alguna medida de control para la emisión de COV/HC.

NH₃: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán emisiones de NH₃ debido principalmente a la combustión de motores de vehículos, combustión de motores de maquinaria y de grupos electrógenos. Se estima en 0,001 ton/año las emisiones de NH₃. No se requiere de alguna medida de control para la emisión de NH₃.

Ruido: La emisión de ruido durante la fase de cierre corresponde a 6 meses, donde se generará ruido producto de la operación de maquinarias en los frentes de trabajo, con una estimación de 76 dB a 10 m. El detalle para cada maquinaria se presenta en la Tabla 21 del Anexo 08 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 08 de la Adenda y respuesta 1.6 de la Adenda complementaria. Vibraciones: Respecto de la componente de vibraciones, se contempla la emisión de vibraciones durante los 6 meses de duración de la fase de cierre, producto de la operación de maquinarias en los frentes de trabajo, dentro de las cuales figuran: Cargador frontal, Camión grúa y Retroexcavadora. La principal fuente de vibraciones corresponde al rodillo compactador con una estimación de 0,2 PPV (pulgadas/s) y 94 Lv total (VdB). El detalle para cada maquinaria se presenta en la Tabla 30 del Anexo 08 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Anexo 08 de la Adenda y respuesta 1.6 de la Adenda complementaria.

Residuos líquidos domiciliarios: Se contempla la generación de 88 m³/mes de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos provisionales a través de baños químicos con lavamanos incluidos, los que serán provistos y mantenidos por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama. La mantención y retiro de lodos será dos veces por semana, por una empresa acreditada por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama, se mantendrá en faena registro de retiros de lodos. Mayores antecedentes en Anexo 10 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD): Se estima una generación de 800 kg/mes de RSD consistentes en papel, restos orgánicos, vidrio, plásticos, etc. Estos residuos serán en almacenados en bolsas plásticas en contenedores plásticos con tapa de 200 litros, en la zona de almacenamiento de residuos domiciliarios dentro de la instalación de faenas. Se enviarán a sitio de disposición final autorizado, con frecuencia de retiro de al menos tres veces por semana. Se tendrá registro de retiro y disposición final de los residuos, emitidos por las empresas encargadas y autorizadas para esto. Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Sólidos Industriales: Se estima una generación de 12 m³/mes de residuos sólidos industriales consistentes en embalaje, Cartones, Cables, Maderas, Despuntes, etc. Estos residuos serán almacenados en el sitio de almacenamiento temporal destinado dentro de la instalación de faenas, separados por tipo y con control de ingreso. Se enviarán a sitio de disposición final autorizado, con frecuencia de retiro de al menos una vez al mes. Se tendrá registro de retiro y disposición final de los residuos, emitidos por las empresas encargadas y autorizadas para esto. Mayores antecedentes en PAS 140 Anexo 11 de la Adenda y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Residuos Peligrosos (RESPEL): Se estima una generación de 70.448 kg/mes, compuesto principalmente de restos de aceites, grasas, paños y materiales absorbentes contaminados con aceites y grasas lubricantes, envases vacíos contaminados, entre otros. Además, se consideran dentro de estos residuos los contenedores de baterías que serán desmantelados, los cuales serán retirados directamente, no requiriendo su almacenamiento en la Bodega de Residuos Peligrosos.

Los RESPEL se almacenarán temporalmente en una bodega que se habilitará para tal fin al interior de la Instalación de Faena. Los RESPEL se mantendrán en contenedores de 200 l, identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2019 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11° del D.S. N°148/2003, hasta su eliminación.

Los RESPEL serán retirados por una empresa externa que deben cumplir con que los residuos sean transportados a través de transportistas que cuenten con autorización sanitaria, para disposición final autorizado, con frecuencia de retiro no mayor a 6 meses. Los medios de verificación para el cumplimiento de la acción estarán disponibles en faena para cuando la Autoridad lo requiera. Mayores antecedentes en PAS 142 Anexo 02 de la Adenda complementaria y respuesta 1.9 de la Adenda complementaria.

Productos Químicos: Combustible: Clase de sustancia NCh382.Of2004: Clase 3. Cantidad requerida fase de construcción: 12.632 l/mes; 12,6 m³/mes. Cantidad a almacenar: no se almacenará en ninguna fase, será proporcionado mediante camión tanque o surtidor. Forma de provisión: tercero autorizado. Destino: utilización en maquinarias, grupo electrógeno y herramientas menores. Hoja de datos de seguridad: Se adjunta en Anexo 22 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.8.1.1 Partes y obras. Tabla 4.8.1.2 Acciones.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Julio 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Acondicionamiento del terreno para la habilitación de la instalación de faenas. Fecha estimada de término Enero 2027. Parte, obra o acción que establece el término Pruebas de operación. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Febrero 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo de inyección de energía al Sistema eléctrico nacional (SEN). Fecha estimada de término Febrero 2062. Parte, obra o acción que establece el término Desconexión eléctrica del parque solar. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo 2062. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Septiembre 2062. Parte, obra o acción que establece el término Limpieza general del área.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y actividades de excavación y compactación y combustión de maquinarias y vehículos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental 2 Alteración en los niveles de ruido asociados a receptores sensibles. Parte, obra o acción que lo genera Uso de maquinarias y equipos. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Calidad del aire: Respecto de la fase de construcción, las emisiones de material particulado se generan principalmente por tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y actividades de excavación y compactación. Respecto de la emisión de gases durante esta fase, se tiene que la fuente con mayor tasa de emisión de CO, HC/COV, SOx y NOx corresponde a la combustión de motores de maquinarias. Cabe señalar que estas emisiones serán temporales considerando una duración de 6 meses de la fase.

Respecto de la fase de operación, las emisiones se deben netamente al tránsito por caminos pavimentados y no pavimentados, y la combustión de vehículos. El resumen de emisiones para la fase de operación es la siguiente: 0,0629 t/año de MP2,5; 0,6013 t/año de MP10; 1,7806 t/año de MPS; 0,0127 t/año de NOx; 0,00004 t/año de SOx; 0,006 t/año de CO; 0,0001 t/año de COV y 0,00009 t/año de NH3.

El resumen de emisiones para el último año de vida útil del Proyecto (6 últimos meses de fase de operación y 6 meses de fase de cierre) es la siguiente: 0,398 t/año de MP2,5; 1,577 t/año de MP10; 4,778 t/año de MPS; 1,096 t/año de NOx; 0,036 t/año de SOx; 0,497 t/año de CO; 0,090 t/año de COV y 0,001 t/año de NH3.

Por otra parte, se efectúo una modelación de la calidad del aire mediante el software calpuff, utilizando la meteorología generada por el modelo WRF. Como resultado de la modelación, el aporte de material particulado MP10 y MP2,5; y gases NO2, CO, SO2 no sobrepasan los valores límites permisibles para cada contaminante en todos los receptores evaluados. El aporte de MP10 y MP2,5 en el receptor más cercano, se encuentran bajo los límites permisibles tanto para el promedio anual como para el percentil 98 diario, donde los aportes se encuentran bajo el 3,57% de los valores de las normas. Respecto de los gases, los aportes se encuentran bajo los límites permisibles, con un aporte máximo de NO2 de la norma anual de 4,77%. Respecto al Punto de Máximo Impacto (PMI) este se encuentra ubicado al interior del predio del Proyecto, por lo que no corresponde a un receptor sensible.

Ruido: Para afectos de evaluar los efectos del ruido generado por el Proyecto se utilizó el software DGMR iNoise V2023.1. El escenario modelado considera una fuente puntual con la suma energética de todas las fuentes de ruido posibles, en el punto más cercano a los receptores, lo que constituye el escenario más desfavorable. Con la implementación de las medidas de control dentro del diseño del Proyecto, existe cumplimiento normativo en todos los puntos receptores evaluados para los límites establecidos por el D.S. N°38/2011 del MMA en todas las fases del Proyecto.

Respecto de la componente de vibraciones, se evaluaron los escenarios más desfavorables en términos de emisiones sobre todos los receptores humanos durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, estimando cumplimiento en base a los criterios señalados en la normativa de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration – USA – 2018”, utilizada para daño estructural y molestia. Por otra parte, respecto al efecto corona, es pertinente señalar que se descarta afectación, dado que, la estimación es de 22 dB(A) a 13 m de la fuente.

Por todo lo anterior, y sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no tendrá efectos adversos significativos sobre el riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones de material particulado sedimentable. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Excavación, compactación, nivelación, carguío y volteo de material, transito pavimentado, tránsito no pavimentado Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Respecto al componente suelo, el proyecto generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, principalmente en la actividad de movimiento de tierra para el proceso de nivelación que debe realizarse al momento de la implantación de los pilotes del que sostienen los paneles fotovoltaicos. El predio estuvo dedicado a hortalizas y hoy se encuentra en barbecho; la cobertura actual es mayoritariamente suelo desnudo con parches dispersos de vegetación nitrófila ruderal (< 20 % de cobertura) y hierbas anuales de baja diversidad. No se identificaron unidades de vegetación endémicas ni singulares; las especies observadas son comunes del desierto marginal y su dinámica depende de precipitaciones esporádicas. La alta pedregosidad, el bajo contenido de materia orgánica y la limitada humedad utilizable restringen la micro- y mesofauna edáfica. Por lo demás, la perturbación adicional asociada a la instalación de paneles tiende a ser acotada y reversible a largo plazo.

Respecto de la componente flora y vegetación, para el levantamiento de información del área de influencia, se realizaron 3 campañas, como resultado de las campañas realizadas, se pudo comprobar que el área de influencia del Proyecto cuenta con una baja diversidad de especies de flora vascular, donde fue posible identificar veintinueve (29) especies, ninguna de ellas en alguna categoría de conservación. Se presenta una tasa de endemismos de un 27,59% de las especies registradas al igual que las especies nativas. Mientras que un 31,03% corresponden a especies exóticas. Además de lo anterior, fue posible identificar una formación vegetacional, denominada como Pradera de Mesembryanthemum crystallinum, la cual abarca gran parte del AI del proyecto con aproximadamente 18,44 ha. Si bien se identificaron especies de carácter xerofítico del D.S. N°68/2009 (Baccharis linearis), esta unidad vegetal no cumple con la definición de formaciones xerofíticas reguladas por la Ley N° 20.283, puesto que presenta un recubrimiento arbustivo escaso. Dentro del Área de Influencia del Proyecto no se identificaron especies arbóreas, y debido a su escaso desarrollo vegetacional, esta no se encuentra regulada en referencia a la Ley N° 20.283.

Respecto a las singularidades ambientales solo se logró identificar una sensibilidad clara, la cual corresponde al emplazamiento del Proyecto dentro del Sitio Prioritario “Río Huasco”. Este hecho no afecta la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, puesto que, como se menciona en el análisis, la superficie a intervenir por el Proyecto equivale al 0,011% del total de la superficie del Sitio Prioritario mencionado. Además, la formación ahí presente corresponde a una zona agrícola en desuso y con un escaso desarrollo vegetal.

Respecto de la componente fauna, de acuerdo a los resultados de la caracterización presentada en el Anexo 2.5 de la DIA, en sentido general, las especies observadas muestran niveles de resiliencia a perturbaciones continuas del hábitat, aunque por este motivo, las abundancias son bajas especialmente para fauna de movilidad reducida. Los resultados obtenidos durante las campañas de terreno muestran una baja riqueza y abundancia de especies en relación a las especies potenciales esperadas. La abundancia de fauna de baja movilidad registradas en terreno como reptiles, concentró su actividad hacia las pircas y los extremos del área de paneles que están contiguas a otras parcelas agrícolas con la presencia de vegetación arbustiva y canales de regadío existentes. Por último, dado que se identificó la presencia de especies de baja movilidad, se presenta un plan de rescate y relocalización para las especies Liolaemus platei (Lagartija de Plate) y Liolaemus nitidus (Lagarto nítido).

Para efectos de evaluar los efectos del ruido en la fauna nativa se identificó un (1) punto receptor. Los umbrales de afectación identificados fueron de 68 dB(A) para avifauna, mamíferos y anfibios, para el caso de reptiles el umbral de afectación definido fue de 75 dB(C). En dicho sentido, los niveles obtenidos en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto no superarán en ningún caso el límite antes señalado, por lo que existe cumplimiento normativo para fauna.

En relación al componente agua, en cuanto a la utilización de recurso hídrico para suministros básicos y labores constructivas, no se contempla la extracción de agua de cauces o pozos cercanos, en tanto el agua potable se considera un insumo a adquirir mediante terceros autorizados, durante las diferentes fases del Proyecto. Además, las aguas servidas generadas en los baños químicos durante las fases de construcción y cierre serán manejadas acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, siendo las aguas retiradas por empresas transportistas autorizadas y dispuestas en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Por su parte, durante la fase de operación, las aguas servidas serán manejadas mediante una fosa séptica con drenes de infiltración.

En relación al componente aire, durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado sedimentable, siendo los principales aportes en el año 1 (6 meses construcción + 6 primeros meses de operación). Se modelaron las emisiones y se evaluaron 3 receptores cercanos, se estimó el aporte del Proyecto en el receptor más cercano en 1,16 mg/m² día de aporte anual y 3,84 mg/m² de aporte mensual, lo que corresponde a un 1,16% y 2,56% respectivamente, de la norma anual y mensual del Decreto N°4/1992 de MINAGRI, cuyo valor límite es de 100 mg/m2-día para el estadístico anual y 150 mg/m2-día para el estadístico mensual.

En conclusión, y sobre la base de los antecedentes analizados en detalle en el punto 6.2 del ICE, se descarta la existencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identificaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. De acuerdo con la información tenida a la vista durante la evaluación ambiental respecto a las actividades dependientes del uso o extracción de recursos naturales, en el área de influencia se identificó la presencia de actividades agrícolas y ganaderas de pequeña escala, desarrolladas por parte de los residentes de las Quebradas Valparaíso y El Membrillo. Se identificó además el uso de vertientes y canales como fuentes de agua para riego y usos domésticos. Cabe señalar que el proyecto no considera la intervención de predios productivos ni la utilización de recursos hídricos locales, ya que el abastecimiento de agua se realiza mediante la obtención de terceros autorizados. Tampoco contempla acciones que impidan el acceso de los residentes a los recursos naturales utilizados como sustento económico. Además, no se intervendrá, hará uso o restringirá el acceso a recursos naturales utilizados como sustento económico de grupos humanos o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Los grupos humanos que habitan las Quebradas Valparaíso y El Membrillo se conectan a la ciudad de Vallenar principalmente a través de la Ruta C-522, lo que permite el acceso a servicios básicos y actividades económicas. El proyecto no contempla intervenciones en la Ruta C-522 ni en los caminos interiores existentes, y tampoco implica un aumento significativo en el flujo vehicular que pudiera provocar congestión, obstrucciones o mayores tiempos de traslado. Las actividades propias de la fase de construcción y operación de la planta fotovoltaica utilizarán las rutas actualmente disponibles, sin interferir con la circulación habitual de la población local. Según los niveles de flujo vehicular estimados y conforme a lo establecido en el Reglamento del SEIA, el Análisis de Flujo Vial y Movilidad (Anexo 06 del Adenda complementaria), concluye que la operación de la Ruta C- 522 no se verá afectada. Esto significa que se mantendrán los actuales tiempos de desplazamiento, velocidades de circulación y grados de saturación de la vía. Por lo tanto, se descarta que el desarrollo del proyecto implique restricciones a la conectividad, a la libre circulación o incrementos relevantes en los tiempos de desplazamiento en el acceso de bienes y servicios de la población.

Los bienes y servicios básicos a los que acceden los residentes del área de influencia (agua, electricidad, salud, educación, transporte, etc.) se encuentran principalmente en la ciudad de Vallenar. El proyecto no contempla uso de estos servicios ni genera una presión adicional sobre ellos, ya que cuenta con infraestructura propia para satisfacer sus requerimientos operacionales. Tampoco se generarán emisiones o afectaciones que alteren su calidad o disponibilidad.

No se identificaron prácticas culturales colectivas ni manifestaciones tradicionales que se desarrollen de forma periódica en el territorio. Las actividades culturales de mayor convocatoria se realizan en la ciudad de Vallenar y no se vinculan directamente con los sectores rurales del proyecto. El proyecto no contempla afectación sobre viviendas ni espacios de encuentro comunitario ni genera condiciones ambientales que pudieran alterar la vida cotidiana (emisiones, ruido, tránsito).

Con relación a la posibilidad de afectar el Paisaje, el Titular entrega una actualización de la Caracterización Ambiental de Paisaje (Anexo 6 de la Adenda), en la cual incorpora en los análisis de valor paisajístico la visibilidad desde dos puntos con sensibilidad comunitaria establecidos dentro del área de Influencia de Paisaje. Los fotomontajes realizados desde el sector de la CID Chipasse Ta Coa y el callejón de trashumancia, muestran que la distancia hacia el Proyecto es mayor a 1,3 km, sobre la cual existen diferencias orográficas, vegetación espontánea y cultivos diversos.

En conclusión, y sobre la base de los antecedentes analizados en detalle en el punto 6.3 del ICE, se descarta la existencia de alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identificaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. De acuerdo a la información presentada en el Anexo 2.9 de la DIA, dentro del AI del Proyecto, no se encuentran recursos ni áreas protegidas, así como tampoco existen dentro Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Monumentos Naturales, Santuarios de la Naturaleza, Parques Marinos, Reservas Marinas, Acuíferos, Áreas Marinas Costeras Protegidas, Sitios Ramsar, ni Reservas de Zonas Vírgenes.

Los resultados presentados en la Anexo 6 de la Adenda “Caracterización Ambiental de Paisaje” permitieron descartar una alteración sobre el valor paisajístico del área de influencia, por tanto, se descarta afectación al paisaje relevante para este GHPPI.

Por otra parte, considerando que el Proyecto se llevará a cabo en un terreno de carácter privado con fines agrícolas, se estima que las expresiones culturales que desarrolla la Comunidad Indígena Chipasse Ta Coa en sus sitios significativos (ex escuela de Longomilla, ex estación de Trenes, Callejón de Trashumancia, ribera del Rio Huasco, predio de la Comunidad) no experimentarán cambios significativos con respecto a su condición actual. Esto abarca tanto la posibilidad de ejercerlas libremente sin afectar el sentimiento de arraigo o la cohesión social de la misma Comunidad.

Con respecto a los sitios prioritarios para la conservación, un tramo del camino de acceso existente (y su área de influencia evaluada) a utilizar por el Proyecto, queda inserto al interior del sitio prioritario “Zona del Desierto Florido”, correspondiente a un área prioritaria considerada para efectos del SEIA. Al respecto, cabe señalar que el Proyecto no considera intervención alguna en el camino de acceso existente a utilizar, por lo tanto, no se prevé afectación de la zona del área de influencia asociada a este tramo del camino de acceso que se inserta en este sitio prioritario. Adicionalmente, es importante mencionar que dicho sector corresponde a un área actualmente intervenida por la presencia de vialidad existente (existencia de la Ruta C-522, vía con la que conecta el camino de acceso existente y la presencia de caminos prediales interiores) y por antiguos terrenos usados para cultivos agrícolas.

Por último, la comuna de Vallenar forma parte de uno de aquellos territorios comunales declarados como “Áreas con Valor Científico y de Investigación para la Observación Astronómica” (también denominadas como “áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica” o “áreas astronómicas”), que se encuentran señalados en el según el Decreto N° 2/2023 del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Investigación y que tienen como objetivo la protección los cielos ubicados en zonas cercanas a observatorios astronómicos, producto de la contaminación lumínica. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que los observatorios astronómicos más cercanos al Proyecto corresponden, por un lado, al observatorio Las Campanas, ubicado en el límite sur de la comuna de Vallenar, a una distancia aproximada de 56 km al suroriente de las instalaciones del Proyecto; y, por otro lado, al observatorio La Silla, localizado en la comuna de La Higuera, Región de Coquimbo, a una distancia aproximada de 80,65 km, al suroriente de las instalaciones del Proyecto. Por otro lado, el Proyecto no considera la incorporación de equipos de iluminación, salvo aquel alumbrado exterior de seguridad en lugares que resulten indispensables, el que dará cumplimiento en todo momento sobre la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, generada por alumbrados exteriores establecidas en el Decreto N° 43 del año 2013 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identificaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona El Proyecto se emplazaría íntegramente sobre la UP2, unidad que no presenta atributos especiales desde la perspectiva del valor paisajístico. Así mismo, la visibilidad del Proyecto será menor, dado que no existen núcleos de observadores con mayor proximidad, y las rutas de mayor flujo visual se encuentran al sur del río Huasco, con visibilidad interrumpida por vegetación, infraestructura antrópica, entre otros.

Respecto de la perdida de atributos biofísicos y estéticos, producto de que la superficie ya se encuentra intervenida por el reemplazo de la cobertura original por praderas de cultivo y plantaciones agrícolas, no se considera una pérdida significativa de los atributos del paisaje.

Dentro del AI no se encuentran zonas o sectores que posean valores Paisajísticos, Turísticos, Culturales o Patrimoniales considerados por SERNATUR o Zonas de Interés Turísticas (ZOIT) de la Ley Nº20.423/10 y el D.S. Nº172/12 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Además, no existen Parques Nacionales, Santuarios de la Naturaleza, Monumentos Naturales, Reservas Nacionales, ni Sitios Prioritarios para la conservación. Así como tampoco posee valor cultural ni patrimonial, y no atrae flujos de visitantes o turistas hacia ella. De igual forma, el “Catastro de Atractivos Turísticos” señala que existen 15 atractivos turísticos culturales dentro de la comuna de Vallenar, sin embargo, ninguno de ellos se encuentra al interior del área de influencia, siendo el más cercano, la ciudad de Vallenar, ubicada a una distancia lineal aproximada de 8,3 km del área del Proyecto.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No se identificaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Por medio de los resultados de la prospección arqueológica en terreno realizada en el área del Proyecto, no se registraron elementos de carácter patrimonial que se encuentran protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales.

Durante la prospección paleontológica del área del Proyecto no se documentó la presencia de material paleontológico. Se asignó a la unidad gravas del río Huasco (Mioceno-Plioceno) el carácter de “susceptible” debido al tipo de depósito y cercanía a áreas fosilíferas asociadas a la formación Punta del Cobre (Segerstrom y Ruiz, 1962), aunque no se hayan encontrado hallazgos fósiles.

El Proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

El Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS:

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Fosa séptica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 3.758/2025 de fecha 26 de febrero de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica La zona de almacenamiento de residuos domiciliarios tendrá contenedores con capacidad aproximada de 200 litros, para el depósito de residuos en bolsas plásticas. Para los residuos sólidos industriales no peligrosos se destinará un Patio de Salvataje, para el almacenamiento temporal de residuos, los que se almacenarán en forma segregada. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 3.758/2025 de fecha 26 de febrero de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega RESPEL general: bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, con una capacidad máxima de almacenamiento de 2,5. Bodega RESPEL paneles dañados: bodega especialmente utilizada para el almacenamiento de paneles dañados con una superficie de 7,5 m2. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 13678/2025 de fecha 07 de julio de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

6.1.4. Permiso para para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Corresponde a la actividad de rescate y relocalización de fauna de baja movilidad registrada en campañas de fauna vertebrada terrestre, las especies son: Liolaemus platei y Liolaemus nitidus. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 306/2025 de fecha 27 de junio de 2025, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4. Permiso para para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA

6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Obras dentro de instalación de faena, centros de transformación, containers de baterías, power station y paneles solares. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 152 de fecha 17 de febrero de 2025, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. A través del Ord. N° 306/2025 de fecha 27 de junio de 2025, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme a los antecedentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Suelo. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, 13 de abril de 1976, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se emplaza en un área rural, fuera de los límites urbanos definidos por el PRC. En este contexto, contempla solicitar cambio de uso de suelo para edificaciones temporales y permanentes, requeridas para la construcción y operación del Proyecto. Forma de cumplimiento La norma indicada se relaciona con el Permiso Ambiental Sectorial señalado en el Artículo 160º del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental – RSEIA (D.S. Nº 40/12), ante lo cual, el Titular entrega, en el marco de la presente evaluación, los antecedentes técnicos y formales indicados en el artículo 160 del RSEIA (Ver Anexo N° 3.5 PAS 160 de la DIA). Posterior a la obtención de la RCA del Proyecto, y previo al inicio de la construcción de las edificaciones, se solicitará el Informe de Factibilidad para la Construcción ante la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, previamente a la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales. Indicador que acredita su cumplimiento • Presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial Nº160 dentro de los plazos estipulados en la presente DIA. • Posterior a la evaluación ambiental del Proyecto, se solicitará sectorialmente el Informe de Factibilidad para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. • Permisos de edificación y de recepción de obras. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible para la autoridad un registro interno del contenido del PAS establecido en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, junto con la copia del Permiso de Edificación y de la Recepción Definitiva de Obras. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1 Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1976

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases durante todas las fases de del Proyecto, como consecuencia de la remoción de materiales (tierra), movimientos de maquinaria, flujo de vehículos, resuspensión de polvo por tránsito en rutas pavimentadas y no pavimentadas y por la combustión interna tanto de maquinaria y grupos electrógenos, como de los vehículos que forman parte de éste. Las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas y, serán acotadas al tiempo de duración de la fase de construcción, operación y cierre. El cálculo de emisiones se presenta en el Anexo N° 1.5 Inventario de Emisiones Atmosféricas de la DIA actualizado en el Anexo 04 de la Adenda. Por otro lado, dado la tipología del Proyecto, el reducido volumen de población atendida por parte del Proyecto en cualquiera de sus fases y la frecuencia de retiro de estos residuos, no se generarán malos olores que molesten a grupos humanos presentes y/o cercanos al Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto, adoptando medidas que impiden el escurrimiento de materiales y la dispersión de polvos. Sin perjuicio de que las emisiones atmosféricas no son de gran magnitud y se acotan a un breve periodo de tiempo, a continuación, se listan los siguientes procedimientos para ser implementados durante todas las fases del Proyecto: • Se utilizarán vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. • Recubrimiento de la tolva de los camiones. Se exigirá que todos los Camiones que transporten material de relleno o cualquier tipo, tengan una lona que permita el cubrimiento total de sus tolvas, con el fin de disminuir la emisión de material particulado. Además, estos camiones serán llenados hasta 10 cm bajo el límite de la tolva. • Limitación de velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos del Proyecto en caminos internos del parque solar. • Aplicación de aglomerante como supresor de polvo para reducir las emisiones de material particulado como consecuencia del tránsito por el camino de acceso durante la fase de construcción y cierre Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrá en faena un registro con la inspección visual de los vehículos con carga que salgan de la faena o instalaciones del Proyecto. • Se mantendrá una bitácora con las copias de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos, las cuales se mantendrán en la faena. • Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de mantenciones y revisiones técnicas disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1 Decreto Supremo N°144 de 1961

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de tres (3) grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre (1 fijo de 10 kVA y 2 móviles de 5 kVA cada uno, en instalación de faenas). Forma de cumplimiento El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las distintas fases del proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl). Se informará sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los artículos 1°, 2° y 3°. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro a disposición de la Autoridad que incorpore: 1. Elaboración del Formulario 138 (RUEA). 2. Obtención de certificado de declaración de emisiones según lo indica este Decreto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2 Decreto Supremo N°138 de 2005.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire Norma D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y sus modificaciones posteriores. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de tres (3) grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre (1 fijo de 10 kVA y 2 móviles de 5 kVA cada uno, en instalación de faenas). Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC. Se completará el formulario electrónico asociado a la resolución, disponible en la página web http://www.sma.gob.cl. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán registros de los comprobantes de ingreso al RETC y de declaración de emisiones y residuos en faena, los que estarán disponibles para cuando la SMA lo requiera. • El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. • Elaboración del formulario electrónico asociado a la resolución del D.S. N° 1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, disponible en la página web http://www.sma.gob.cl Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones, por parte de fiscalizaciones de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.3 Decreto Supremo N°1 de 2013.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire Norma Decreto Supremo N° 211 de 1991, Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Movimiento de vehículos para el transporte de personal de faenas y personal técnico durante las fases de construcción y cierre. Respecto de la fase de operación, las emisiones atmosféricas corresponden al movimiento de vehículos debido al transporte de personal que realizará las actividades de mantención del parque. Para todas las fases del Proyecto, se considera que estas emisiones atmosféricas son poco significativas y acotadas en el tiempo. Si bien la temporalidad del cierre del Proyecto es similar a la fase de construcción, se considera un menor número de actividades a ejecutar. Ver Anexo N° 1.5 Inventario de Emisiones Atmosféricas. Forma de cumplimiento El Titular verificará que todo vehículo motorizado esté inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y el Titular exigirá a los contratistas y de terceros que apoyen en las labores del Proyecto que cumplan con las normas, contando con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, además de revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.4. Decreto Supremo Nº 211 de 1991.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire Norma Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica, 8 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto empleará vehículos indicados en la normativa para el transporte de insumos, residuos materiales y personas. En este contexto el Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos cumplan con esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Se verificará que cumplan las siguientes medidas en la fase de construcción y cierre: • Se utilizarán vehículos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día. • Recubrimiento de la tolva de los camiones. Se exigirá que todos los Camiones que transporten material de relleno o cualquier tipo, tengan una lona que permita el cubrimiento total de sus tolvas, con el fin de disminuir la emisión de material particulado. Además, estos camiones serán llenados hasta 10 cm bajo el límite de la tolva. • Limitación de velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos del Proyecto en caminos internos del parque solar. • Aplicación de aglomerante como supresor de polvo para reducir las emisiones de material particulado como consecuencia del tránsito por el camino de acceso durante la fase de construcción y cierre Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro con las copias de las revisiones técnicas de los vehículos al día, las cuales se mantendrán en las oficinas de la instalación de faena. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.5. Decreto Supremo Nº 54 de 1994.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire Norma Decreto Supremo Nº 279 de 1983, Aprueba Reglamento para el control de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna, 15 de julio de 1983, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto para sus distintas fases requerirá la utilización de vehículos motorizados, por lo que exigirá a todos los vehículos involucrados los registros de revisiones técnicas Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos del proyecto. Contratos con proveedores de vehículos y empresas transportistas que contemplen la obligación de contar con su revisión técnica y mantenciones al día Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.6. D.S. Nº279 de 1983.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica Norma Decreto Supremo N° 1 de 2023, Establece Norma de Emisión de luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N° 43, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, 05 de enero de 2022, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la instalación de luminarias, en todas su fases, las que cumplirán con las disposiciones contenidas en esta norma, especialmente en cuanto a límites máximos de emisión de intensidad luminosa, de radiancia espectral, de iluminancia; condiciones de cumplimiento y de emisiones generales; plazos de cumplimiento y metodología de medición y control; por cuanto se considera el uso de ampolletas de baja intensidad y luminarias que apunten al suelo; y la certificación, previa a la instalación del cumplimiento de los límites de emisión. Dicha certificación será realizada previa a la instalación, mediante laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Forma de cumplimiento Revisión de que las documentaciones se encuentren vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento Se entregará al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la SEC y se informará la cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar, en los términos establecidos por la Resolución Exenta N°2475/2020 de la SMA, que dicta instrucciones generales sobre deberes de remisión de información para fuentes emisoras reguladas por la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica. De esta manera, la información será remitida a través de un módulo de reporte disponible en el Sistema de Seguimiento Atmosférico ("SISAT"), dentro de los 15 días hábiles previos a la puesta en servicio de la instalación, de la manera indicada en la Resolución Exenta N° 2475/2020, antes mencionada. Forma de control y seguimiento Copia del certificado emitido por el laboratorio autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, disponible en las instalaciones del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.7. Decreto Supremo N°1 de 2023.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma Decreto Supremo Nº 38 de 2012, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las fuentes de emisión de ruido más relevantes durante la fase de construcción y cierre serán las provenientes del movimiento de tierra, el tránsito vehicular de vehículos pesados y funcionamiento de equipos generadores. Por su parte, en la fase de operación, las emisiones sonoras estarán asociadas al funcionamiento de los trackers correspondiente a los paneles fotovoltaicos, centros de transformación, la línea de transmisión, el funcionamiento del generador y el tránsito de vehículos menores producto de las labores de mantenimiento. Se estimaron y evaluaron las situaciones más desfavorables en términos de la generación de ruido para las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto sobre los receptores humanos, obteniendo niveles de presión sonora que superan los límites normativos en período diurno en la fase de construcción, cierre y en la operación nocturna. Por lo anterior, dentro de su diseño, el Proyecto implementará las siguientes medidas con las que asegurarán el cumplimiento normativo en período diurno durante la fase de Construcción del Proyecto: Fase de Construcción y Cierre: Barreras acústicas fijas, móviles y restricción de maquinaria. Forma de cumplimiento De acuerdo a los resultados expuestos en el Anexo N° 2.3 de la DIA, el Proyecto da cumplimiento a la norma en todas sus fases. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenimiento de la maquinaria y equipos. Registro fotográfico de implementación de paneles acústicos. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y copia física de los informes de monitoreos de ruido comprometidos, disponibles en la instalación de faenas (fases de construcción y cierre) y en el Centro de Control (en operación). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.8. Decreto Supremo N° 38 de 2011.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos y sólidos Norma Decreto Nº 236 de 1926, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, 30 de abril de 2026, del entonces Ministerio de Higiene. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En la fase de construcción las aguas servidas domésticas generadas por el Proyecto serán recolectadas en estanques incorporados a los baños químicos habilitados en la Instalación de Faena y en los frentes de trabajo, los que serán contratados a una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud, los cuales serán mantenidos periódicamente, por una empresa acreditada, encargada del retiro y disposición final de los efluentes. La fase de operación del Proyecto no requiere de trabajadores in situ de forma permanente, ya que el personal técnico realizará la operación del parque de manera remota. No obstante, se considera la utilización de los servicios higiénicos permanentes que estarán disponibles para el personal de mantenimiento y/o limpieza, en conformidad a lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 594/00 del Ministerio de Salud. Estas instalaciones sanitarias estarán conectadas al sistema particular de alcantarillado donde las aguas servidas serán conducidas hacia la fosa séptica. En la fase de cierre, la generación de aguas servidas tendrá características equivalentes a la fase de construcción, pero en menor magnitud en comparación con esta última. Su manejo y disposición final también será de acuerdo a lo descrito para la fase de construcción.

Para mayor detalle ver Anexo 10 “PAS 138” de la Adenda. Forma de cumplimiento Obtención de la Autorización Sectorial Fosa Séptica. Para la construcción, operación y cierre, se mantendrán en la faena, copias de los contratos relativos a la obligación de la instalación y mantención de los baños químicos, retiro y disposición final de aguas servidas y lodos. Indicador que acredita su cumplimiento • Autorización Sectorial Fosa Séptica. • Contrato de provisión y mantenimiento de baños químicos en la fase de construcción, operación y cierre. • Contrato de retiro y disposición final de lodos en la fase de construcción, operación. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.9. Decreto Supremo Nº 236 de 1926.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos y sólidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 11 de diciembre de 1967, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos Líquidos En la fase de construcción las aguas servidas domésticas generadas por el Proyecto serán recolectadas en estanques incorporados a los baños químicos habilitados en la Instalación de Faena y en los frentes de trabajo, los que serán contratados a una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud, los cuales serán mantenidos periódicamente, por una empresa acreditada, encargada del retiro y disposición final de los efluentes. La fase de operación del Proyecto no requiere de trabajadores in situ de forma permanente, ya que el personal técnico realizará la operación del parque de manera remota. No obstante, se considera la utilización de los servicios higiénicos permanentes que estarán disponibles para el personal de mantenimiento y/o limpieza, en conformidad a lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 594/00 del Ministerio de Salud. Estas instalaciones sanitarias estarán conectadas al sistema particular de alcantarillado donde las aguas servidas serán conducidas hacia la fosa séptica. En la fase de cierre, la generación de aguas servidas tendrá características equivalentes a la fase de construcción, pero en menor magnitud en comparación con esta última. Su manejo y disposición final también será de acuerdo a lo descrito para la fase de construcción.

Residuos Sólidos El Proyecto generará residuos sólidos durante todas sus fases. En este contexto indistintamente del tipo de residuo se contempla su manejo a través de la habilitación de áreas y facilidades para el almacenamiento temporal de estos residuos hasta su retiro, transporte y disposición final realizado por una empresa autorizada, como se detalla a continuación: Los Residuos Sólidos asimilables a domésticos (RSD) serán almacenados en un área habilitada para ello, al interior de contenedores debidamente rotulados y estancos, al interior de bolsas plásticas, de manera de evitar la propagación de vectores y la generación de olores; lo que también se verá resguardado por la frecuencia de retiro semanal por una empresa autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado. Los residuos sólidos industriales no peligrosos (RISES) se acopiarán y almacenarán temporalmente en un patio de salvataje la cual se encontrará cercada y descubierta, ubicada al interior de la instalación de faena. Los Residuos Industriales Peligrosos (RESPEL) serán almacenados en receptáculos cerrados dentro de la bodega RESPEL, ubicada al interior de la instalación de faena. Dicha bodega cumplirá con las exigencias contenidas en el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento Sanitario. Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Para más detalles ver Anexo N° 3.1 PAS 138, Anexo N° 3.2 PAS 140 y Anexo N° 3.3 PAS 142. Forma de cumplimiento Obtención de todos los Permisos Sectoriales. Se mantendrán en la faena, copias de los contratos relativos a la obligación de la instalación y mantención de los baños químicos (fases de construcción y cierre) y del retiro y disposición final de aguas servidas y retiro de lodos de la fosa séptica (fase de operación). Se mantendrán en la planta, copias de los contratos relativos a la empresa de residuos domésticos y de la misma forma se mantendrá copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista de los residuos industriales. En ningún caso se descargarán residuos líquidos en cursos de aguas cercanos al área del Proyecto o dentro de él. Los lugares de trabajo se mantendrán limpios de residuos y olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de los trabajadores. El Titular exigirá y supervisará al contratista el uso de equipos de protección personal para todos sus trabajadores. Por otra parte, es importante destacar, que la infraestructura sanitaria se implementará de acuerdo a lo establecido en esta norma, en concordancia con el Proyecto, controlando de esta forma todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, (Para más detalles ver Anexo N° 3.1 PAS 138, Anexo N° 3.2 PAS 140 y Anexo N° 3.3 PAS 142.). Indicador que acredita su cumplimiento • Contratos relativos a la obligación de instalar, mantener y limpiar baños químicos y retiro de lodos de la Fosa Séptica. • Contratos relativos a la empresa de residuos domésticos • Contrato y autorización sanitaria de la empresa transportista de los residuos industriales. • Obtención de RCA y los permisos sectoriales correspondientes PAS 138, 140 y 142, a modo de cumplir con los requisitos de la normativa. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.10. Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos y sólidos Norma Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril de 2000, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Servicios Higiénicos y Aguas Servidas Durante la fase de construcción, en la instalación de faena y frentes de trabajo, se contará con baños químicos que estarán disponibles durante toda la fase, en cantidades suficientes según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud. Las aguas servidas domésticas generadas durante esta fase serán almacenadas temporalmente en un contenedor incorporado a cada baño. Los que serán contratados y mantenidos por una empresa externa autorizada por la Seremi de Salud de la Región de Atacama. En la fase de operación se considera la utilización de los servicios higiénicos permanentes que estarán disponibles para el personal de mantenimiento y/o limpieza, en conformidad a lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 594/00 del Ministerio de Salud. Estas instalaciones sanitarias estarán conectadas al sistema particular de alcantarillado donde las aguas servidas serán conducidas hacia la fosa séptica y pozo de absorción. En la fase de cierre se hará uso de baños químicos en la instalación de faena y en los frentes de trabajo en la cantidad suficiente según lo establecido en el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, los que serán contratados y mantenidos por una empresa externa autorizada para estos fines. La instalación de baños químicos, independientemente de la fase del Proyecto, respetará una disposición de un (1) baño químico por cada diez (10) trabajadores, según lo dispuesto por el D.S. 594/99 del MINSAL. Para mayor información ver Anexo N° 3.1 PAS 138.

Agua Potable El agua potable para el consumo de los trabajadores será abastecida en una cantidad de 100 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N° 594/99 del MINSAL. Durante la fase de construcción, la cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores en la faena, sin embargo, el período de máxima mano de obra para la fase de construcción se estima en 60 trabajadores, momento en que el consumo será de 6.000 l/día. La provisión de agua potable será suministrada mediante un estanque de agua potable para los servicios higiénicos y, para el consumo humano, se proveerá agua envasada a los trabajadores y se contará con dispensadores de agua en la instalación de faena. Durante la operación la provisión de agua potable será suministrada mediante el estanque de agua potable para los servicios higiénicos y, para el consumo humano, la provisión será embotellada. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de realizar las mantenciones y /o limpieza de paneles, será el contratista el responsable de abastecer a los trabajadores con agua potable en cantidad y calidad de acuerdo a la normativa vigente. Para la fase de cierre, la cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores de las obras, sin embargo, el período de máxima mano de obra para esta fase se estima en 40 trabajadores, momento en que el consumo será de 4.000 L/día y se almacenará en contenedores con capacidad suficiente y especialmente diseñados para dicho propósito. En este sentido, la empresa contratada para abastecer dicho insumo mediante camiones aljibe, contará con autorización de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud, emitida en rigor a lo estipulado por el Decreto Supremo N°41/2018 del Ministerio de Salud (MINSAL), "Reglamento sobre Condiciones Sanitarias para la Provisión de Agua Potable Mediante el Uso de Camiones Aljibe”. Además, se proveerá de agua envasada a los trabajadores y se contará con dispensadores de agua en la instalación de faena.

Residuos Sólidos El Proyecto generará residuos sólidos durante todas sus fases. En este contexto indistintamente del tipo de residuo se contempla su manejo a través de la habilitación de áreas y facilidades para el almacenamiento temporal de estos residuos hasta su retiro, transporte y disposición final realizado por una empresa autorizada, como se detalla a continuación: Los Residuos Sólidos asimilables a domésticos (RSD) serán almacenados en un área habilitada para ello, al interior de contenedores debidamente rotulados y estancos, al interior de bolsas plásticas, de manera de evitar la propagación de vectores y la generación de olores; lo que también se verá resguardado por la frecuencia de retiro semanal por una empresa autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado. Los residuos sólidos industriales no peligrosos (RISES) se acopiarán y almacenarán temporalmente en un patio de salvataje la cual se encontrará cercada y descubierta, ubicada al interior de la instalación de faena. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente normativa en análisis, en cuanto a que proveerá a los trabajadores de servicios higiénicos y de agua potable necesaria.

Servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas: Como medida de cumplimiento de los artículos 21º al 26º, para la fase de operación se considera una fosa séptica con drenes de infiltración, la que contará con la debida autorización por parte de la SEREMI de Salud respectiva. Para las fases de construcción y cierre se mantendrá baños químicos en instalación de faenas y en los frentes de trabajo, los cuales serán contratados a una empresa autorizada. El Titular exigirá el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria. Una vez finalizada se exigirá al contratista reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba el baño químico, para evitar así la proliferación de vectores, malos olores, contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes ocasionados por la instalación. La cantidad de baños químicos cumplirá con lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

Provisión de Agua Potable: En la fase de construcción y cierre la provisión de agua potable será suministrada mediante un estanque de agua potable para los servicios higiénicos y, para el consumo humano, se proveerá agua envasada a los trabajadores y se contará con dispensadores de agua en la instalación de faena. Durante la operación la provisión de agua, para el consumo humano, será embotellada, considerando que la presencia de personal es esporádica para efecto de actividades de mantenimiento. La provisión de agua potable corresponderá a una dotación de 100 l/día/persona. Para todas las fases del Proyecto se solicitará autorización sanitaria para el almacenaje de residuos en las instalaciones del Proyecto y también para el retiro de los residuos fuera del predio, de acuerdo con el artículo 19 del D.S. N° 594/99 del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán en la planta, las autorizaciones sanitarias para almacenaje de residuos en las instalaciones y para el retiro de ellos fuera del predio por transportista autorizado y disposición final autorizado, además copias de los contratos relativos a la empresa que proporcionará y mantendrá los baños químicos y agua potable y del camión limpia fosas, así como formularios de retiros de estos y/o residuos asociados en el contexto del sistema de ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de las autorizaciones sanitarias y de los retiros de residuos en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.11. Decreto Supremo Nº 594 de 1999.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos y sólidos Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Los residuos peligrosos que generará el Proyecto en las fases de construcción y cierre, se refieren en forma general a combustibles, lubricantes, envases contaminados, huaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros. Estos residuos serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos que se encontrará en la Instalación de Faena durante las fases de construcción y cierre. Dichas bodegas cumplirán con las exigencias contenidas en el D.S. Nº 148/03 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Durante la fase de operación del Proyecto, se contempla una menor generación de residuos, ya que no habrá trabajadores en el área de Proyecto, siendo operado el Parque Fotovoltaico de manera remota. Respecto de las mantenciones, éstas serán realizadas por empresas contratistas externas, donde los RESPEL generados por sus actividades, serán acopiados en la bodega de almacenamiento dispuesta en las instalaciones permanentes, los que, una vez finalizadas las actividades, y según las frecuencias de retiro estipuladas, serán retirados por empresas contratistas autorizadas para su disposición final en sitio autorizado. Para mayor detalle ver Anexo 02 “PAS 142” de la Adenda Complementaria. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán identificados y etiquetados, de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh. Nº 2190 of. 1993 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”. Se tomarán todas las precauciones para evitar accidentes producto del mal manejo de residuos peligrosos, como el uso de EPP. Así como también se tomarán las precauciones y medidas necesarias para prevenir su reacción, y para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. El almacenamiento de los residuos se hará según compatibilidad, en contenedores herméticos y debidamente rotulados y luego serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en Anexo N° 3.3 PAS 142. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor. Los residuos peligrosos generados por el Proyecto serán almacenados y trasladados a disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente. El transporte y disposición final será realizada por una empresa calificada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de RCA y permiso ambiental sectorial PAS 142, a modo de cumplir con los requisitos de un lugar de disposición de residuos peligrosos para la fase de construcción y operación. Forma de control y seguimiento Autorización de Proyecto y funcionamiento de la bodega de RESPEL y registro de inducción a los trabajadores en estas materias. Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.12. Decreto Supremo Nº 148 de 2003.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos y sólidos Norma Ley N° 20.920 de 2016, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, 17 de mayo de 2016, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Al ser el Titular un Productor Prioritario, la Ley aplica al proyecto dado que generará residuos relacionados a aparatos eléctricos y electrónicos, los cuales constituyen parte de los residuos prioritarios de la citada normativa, debiendo gestionar a través de los proveedores o de manera directa Forma de cumplimiento El Titular se compromete a informar a través del Sistema REP (www.mma.gob.cl) disponible en la ventanilla única del RETC, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Esto conforme al Artículo segundo transitorio de la Ley 20.920 y una vez que los respectivos reglamentos de envases y embalaje como de aparatos eléctricos y electrónicos, se encuentren vigentes se cumplirá la normativa de acuerdo a las reglas establecida en ellos. El retiro y disposición de paneles fotovoltaicos en desuso será realizado priorizando en todo momento el reciclaje de los mismos a través de una empresa autorizada para estos efectos. Indicador que acredita su cumplimiento • Comprobante de carga de información a RETC en la que se verificará la entrega de los residuos antes mencionados a un gestor autorizado. • Certificado que verifica el reciclaje y/o disposición final de los paneles, el cual se encontrará en todo momento disponible en faena para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.13. Ley N° 20.920 de 2016.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Decreto Supremo N° 43, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En cuanto a productos químicos y otras sustancias que pudieran afectar el medio ambiente, el funcionamiento del Proyecto se relaciona con estas sustancias, consideradas como peligrosas conforme a la NCh. Nº 382/04, tales como en lo referido a grasas y aceites para el mantenimiento de maquinarias y vehículos, además del combustible requerido para su funcionamiento. En la fase de construcción, el combustible será provisto por un camión surtidor a través de una empresa autorizada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). La zona de carga de combustible cumplirá con el D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Para el caso de aceites y grasas, se contará con una bodega de almacenamiento de materiales, que cumplirá con lo señalado en el D.S. Nº 78/2009 del Ministerio de Salud, el cual Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Durante la fase de operación, no se considera realizar el almacenamiento de productos químicos y sustancias peligrosas al interior de las dependencias del Proyecto. Los insumos requeridos para la realización de las actividades de mantención serán provistos en función de la necesidad y tipo de reparación requerida por parte de la empresa externa destinada a dichas labores. Se exigirá que todos los insumos requeridos sean almacenados de acuerdo a la normativa ambiental vigente al momento de realizar dichas mantenciones. El generador contemplado para la fase de operación es de funcionamiento de emergencia, por lo que será abastecido con bidones de manera puntual según su uso. bidones se almacenarán de acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 160/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. Para la fase cierre, las sustancias peligrosas serán equivalentes a la fase de construcción (grasas y aceites para el mantenimiento de maquinarias y vehículos, además del combustible requerido para su funcionamiento), aunque en menor proporción. Forma de cumplimiento Se instalará una bodega de almacenamiento común, que podrá almacenar de sustancias peligrosas que cumpla con todos los requerimientos presentes en el D.S. N° 43/15, de acuerdo a sus características y sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o l. Rotulación de insumos y residuos de carácter peligrosos de acuerdo a lo establecido en la NCh. Nº 1.411/78. Asimismo, se dará cumplimiento a las indicaciones del D.S. N° 43/15. Indicador que acredita su cumplimiento • Cada envase con sustancia peligrosa se encontrará debidamente rotulado y registro de las sustancias peligrosas almacenadas. • Se realizarán capacitaciones a los trabajadores encargados de manejar sustancias peligrosas. • Almacenamiento acondicionado para el almacenaje de pequeñas cantidades Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.14. Decreto Supremo N° 43 de 2015.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma Ley N° 20.283 de 2008. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Decreto Supremo N° 93 de 2008, Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, 26 de noviembre de 2008, Ministerio de Agricultura. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto no contempla la intervención de formaciones arbóreas catalogadas como bosque nativo ni bosque nativo de preservación, Si bien se identificaron especies de carácter xerofítico del D.S. N°68 (Baccharis linearis), esta unidad vegetal no cumple con la definición de formaciones xerofíticas reguladas por la Ley N° 20.283, puesto que presenta un recubrimiento arbustivo escaso. La información recabada en la Caracterización Ambiental de Flora y Vegetación (Anexo N° 2.4) da cuenta de una zona con una baja diversidad de especies de flora vascular, donde fue posible identificar diecisiete (24) especies. Presenta una tasa de endemismos del 12,5% de las especies registradas, y un 25% de especies nativas, siendo superada por la presencia de especies exóticas con un 29,17% del AI del Proyecto. No se identificaron especies en categoría de conservación y fue posible identificar una unidad vegetal, denominada como Pradera anual de la especie exótica Mesembryanthemum crystallinum, la cual abarca gran parte del AI del proyecto con aproximadamente 16,25 ha. Respecto a las singularidades ambientales del componente Flora y Vegetación, solo se logró identificar una sensibilidad clara, la cual corresponde al emplazamiento del Proyecto dentro del Sitio Prioritario “Río Huasco”. Este hecho no afecta significativamente la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, puesto que, como se menciona en el análisis, la superficie a intervenir por el Proyecto equivale al 0,011% del total de la superficie del Sitio Prioritario mencionado. Además, la formación ahí presente corresponde a una zona agrícola en desuso y con un escaso desarrollo vegetal. Para mayor detalle ver Anexo N°2.4 de la DIA. Forma de cumplimiento No aplica. Indicador que acredita su cumplimiento No aplica. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.1 Ley N° 20.283 de 2008.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N° 19.473 de 1996, Sustituye Texto de la Ley N° 4.601, Sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil, 4 de septiembre de 1996, Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto para la componente fauna vertebrada terrestre presenta una baja riqueza y abundancia de especies en relación a las especies potenciales esperadas. Se registró un total de cuarenta y cuatro (44) especies, de las cuales treinta y cinco (35) correspondieron a avifauna, siete (7) a mamíferos, dos (2) a reptiles y sin hallazgos de especies de anfibios. Del total de registros, seis (6) especies presentan categorías de conservación vigentes según el Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCES), y correspondieron a Theresticus melanopis (Bandurria), Liolaemus platei (Lagartija de Plate) y Liolaemus nitidus (Lagarto nítido). Tadarida brasiliensis (murciélago de cola libre), Lasiurus cinereus (murciélago ceniciento) y Myotis atacamensis (Murciélago de Atacama). También se observó actividad de Lepus europaeus (Liebre), Canis familiaris (Perro) y Passer domesticus (Gorrión), especies introducidas/exóticas al interior del Área de Influencia del Proyecto. En términos generales, el área de influencia representa un ecosistema de alta intervención, donde el nivel de degradación de hábitat está relacionado principalmente al uso agrícola que existe en el lugar. La abundancia de fauna de baja movilidad registradas en terreno como reptiles, concentró su actividad hacia las pircas y los extremos laterales del área de paneles que están colindantes a otras parcelas agrícolas con la presencia de vegetación arbustiva y esteros de regadío existentes, lo que propicia refugio para reptiles y micromamíferos, sin descartar la presencia de anfibios. Cabe señalar que, de acuerdo a los resultados obtenidos en la caracterización de fauna de vertebrados terrestres, no se observan a través del Área de Influencia la presencia de aspectos críticos para el desarrollo del Proyecto. Para conocer más detalles ver Anexo N°2.5 de la DIA. Forma de cumplimiento • Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. • Se realizarán capacitaciones en la fase de construcción, operación y cierre al personal contratista. Indicador que acredita su cumplimiento • Registros charlas de capacitación relativas al resguardo y cuidado de la fauna. • Registro de ejecución del Plan de Perturbación Controlada de Fauna y su presentación a la Autoridad Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.2. Ley N° 19.473 de 1996.

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Según lo señalado en el Anexo N°2.7 Caracterización Patrimonio Cultural Arqueológico, a partir de las labores de prospección arqueológica realizadas en febrero 2024, en el área de influencia del Proyecto, no se registraron elementos de carácter patrimonial, ni registro de Monumentos Históricos, próximos al Proyecto, que se encuentran protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Finalmente, en caso de realizar hallazgos de índole arqueológico durante la ejecución del proyecto, el Titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, para que este organismo disponga los pasos a seguir. Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el Proyecto no genera la alteración significativa de Monumentos Nacionales de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.288. De acuerdo a la magnitud del Proyecto no se removerá, destruirá, excavará, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará de forma permanente ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la ley Nº 17.288. Forma de cumplimiento Llevar a cabo un monitoreo arqueológico de carácter permanente cuando se realicen actividades de movimiento de tierra. Implementar un programa de charlas o inducciones referentes al componente patrimonial al personal que ejecutara labores en terreno en la fase de construcción. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (en adelante, “CMN”), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. Paleontología: Protocolo de hallazgos imprevistos 1. Se detendrá las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, será necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. 2. Se dará aviso de manera inmediata al/la profesional paleontólogo/a o en su ausencia al/la jefe/a de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el/la paleontólogo/a a cargo, él mismo deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. 3. Se procederá a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se dispondrá para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. 4. Se notificará al Consejo de Monumentos Nacionales acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro/a representante del/la Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N° 484 de 1990. 5. Este protocolo se incluirá en las charlas de inducción a los/as trabajadores/as del proyecto tomando en cuenta para ello la “Guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.cl) Indicador que acredita su cumplimiento Se tendrá registro de las charlas realizadas a los trabajadores, indicando los temas tratados y cada vez que ingrese un nuevo trabajador, se deberá inducir en estos temas. Registros de Informes al Consejo de Monumentos en caso de producirse un hallazgo patrimonial. Los registros, en caso de producirse un hallazgo, consisten en: • Informe de hallazgo suscrito por un arqueólogo. • Envió de informe al CMN. • Pronunciamiento del CMN. Forma de control y seguimiento Verificación del registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante eventuales hallazgos y delimitación del área. Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.3.3 Ley Nº 17.288 de 1970.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. El Titular, de forma previa a la construcción de la Fosa séptica, deberá presentar a la DGA, Región de Atacama, un Plan de Contingencias y Emergencias asociado a fallas o mal funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas, el cual deberá ser visado por dicho servicio.

8.2. Se incorpora en la Tabla 9.1.6 “Plan Comunicacional” de este documento, dentro de las organizaciones a ser informadas del inicio de las fases y obras del Proyecto a la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Coa y la obligación del Titular de dar respuesta en un plazo no mayor a 10 días a las quejas, denuncias o reclamos presentados.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1.1. Charlas de inducción sobre patrimonio cultural arqueológico y paleontológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la protección del patrimonio cultural a través de charlas de inducción patrimonial a los trabajadores, sobre el manejo ante eventuales hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos.

Descripción: Se realizará un programa de capacitación ambiental para los trabajadores y contratistas del Proyecto, en la que se realizarán charlas de inducción en arqueología y paleontología para conocimiento en caso de un eventual avistamiento de un hallazgo arqueológico o paleontológico. A través de las capacitaciones, se busca concientizar sobre la importancia del patrimonio cultural arqueológico y paleontológico, poniendo énfasis en la importancia de seguir protocolos y programas en caso de un hallazgo. Estas capacitaciones estarán enfocadas principalmente a los trabajadores cuyas labores estén asociadas con realizaras tareas de movimiento de tierra.

Justificación: Los trabajadores y contratistas del Proyecto deben estar concientizados sobre la importancia de seguir protocolos y programas, con el objetivo de evitar alteraciones sobre el patrimonio cultural arqueológico y paleontológico en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las actividades relacionadas con la capacitación, se realizarán en el área de instalación de faenas.

Forma: Se realizarán charlas de inducción para trabajadores y contratistas del Proyecto, previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal. Estas charlas serán supervisadas por un profesional aprobado por el CMN para estos fines Durante las charlas se hará entrega de material de difusión educativo sobre el patrimonio cultural del área de influencia, indicando el procedimiento a seguir en caso de hallazgo, el cual consistirá en detener la obra específica de movimiento de tierra asociada al hallazgo y dar aviso al encargado ambiental que se encuentre en faena. Como parte del contenido mínimo de las charlas, se incluirán los siguientes temas: • Presencia e importancia de los hallazgos arqueológicos y paleontológicos en el área de emplazamiento del Proyecto. • Respeto y cuidados de hallazgos. Se realizará un informe mensual de las charlas el que contendrá registro fotográfico de las actividades, además de las listas de asistencia firmadas por los trabajadores para cada charla.

Oportunidad: Las charlas serán llevadas a cabo al inicio de la fase de construcción. Por otra parte, se tendrá especial énfasis en la realización de la charla a cada contratista, trabajador nuevo que ingrese a la faena, y cuyas labores estén asociadas a movimientos de tierras. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá los siguientes registros a disposición de la autoridad, los que se encontrarán en la instalación de faena durante la fase de construcción: • Registro del contenido de las charlas asociadas al componente arqueológico • Registro de asistencia de los trabajadores Forma de control y seguimiento • Revisión de los reportes de realización de charlas de inducción anual y entrega de material educativo, de forma actualizada. • Revisión de los reportes de realización de charlas de inducción a trabajadores nuevos que ingresen a faena, y cuyas labores estén asociadas a movimientos de tierra. • Envío mensual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) los registros de charlas de inducción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1 Charlas de inducción sobre patrimonio cultural arqueológico y paleontológico.

9.1.2 Contratación de mano de obra local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Considerando el requerimiento de mano de obra de parte del Proyecto, se generarán instancias para promover la contratación de mano de obra local en las Comunas de Vallenar, Freirina y Huasco.

Descripción: Se ocuparán plazas de puestos laborales del Proyecto, empleando mano de obra local disponible, que provenga de la Comunas de Vallenar, Freirina y Huasco.

Justificación: Generar empleo en la Región, mediante puestos de trabajo en el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comunas de Vallenar, Freirina y Huasco.

Forma: El Titular se compromete a desarrollar en conjunto con las Municipalidades de Vallenar, Freirina y Huasco a través de la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL), un proceso de llenado de vacantes laborales, que permitan cubrir puestos de trabajo de mano de obra calificada para los trabajos requeridos. Además, se presentarán vacantes laborales para estudiantes de las comunas mencionadas que deban realizar su práctica profesional. Este proceso se desarrollará en forma previa al inicio de las fases de construcción y cierre, ante lo cual el Titular desarrollará un diagnóstico de los puestos de trabajo que requerirá.

Oportunidad: Esta medida se realizará previo al inicio de las fases de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá los siguientes registros a disposición de la autoridad, los que se encontrarán en la instalación de faena durante la fase de construcción y cierre: • Registro de publicación de vacantes en la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la I. Municipalidad de Vallenar, I. Municipalidad de Freririna e I. Municipalidad de Huasco. • Actas de reuniones con la OMIL de cada comuna, en caso de su realización. • Registros de contrataciones de mano de obra local (con origen y/o residencia). • Catastro de mano de obra, realizado con información de la mano de obra disponible en la OMIL de cada comuna. • Mecanismo de selección e intermediación de potenciales trabajadores. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe al inicio de las fases de construcción y cierre, que será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), y a las Ilustre Municipalidad de Vallenar, Freirina y Huasco, dando cuenta de la contratación de mano de obra local. Cada informe contendrá lo siguiente: • Registro de publicación de vacantes en las unidades de empleo a través de la OMIL de cada comuna. • Actas de reuniones con la OMIL de cada comuna, en caso de su realización. • Registros de contrataciones de mano de obra local. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2 Contratación de mano de obra local

9.1.3 Promoción y fortalecimiento de la cultura energética en comunidades educativas Impacto asociado No aplica.

Fase del Proyecto a la que aplica Operación.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instruir y sensibilizar a la comunidad educativa acerca de temáticas relativas a la sostenibilidad y la generación y uso de energías renovables.

Descripción: El Titular dispondrá anualmente de una jornada educativa, que podrá ser solicitada y posteriormente acordada con el coordinador académico u otra figura encargada de la planificación curricular en establecimientos educacionales de las comunas de Vallenar, Freirina y Huasco, generando consigo una convocatoria abierta para posteriormente evaluar con cada entidad educacional interesada, la factibilidad de la iniciativa. La jornada mencionada incorporara actividades pedagógicas y prácticas, orientadas a la transmisión de conocimientos relacionados con la generación de energías renovables y la sensibilización en torno a los conceptos de sustentabilidad y cuidado del medio ambiente. Además, se entregará la información asociada a la generación de residuos y su reciclaje.

Justificación: Necesidad de contribuir directamente a la promoción de la innovación y la tecnología en materias energéticas, desde un enfoque pedagógico y práctico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias del parque fotovoltaico.

Forma: Durante la fase de operación, el Titular, dispondrá al establecimiento educacional, la realización de una jornada pedagógica y practica en torno a la generación, importancia y usos de la energía fotovoltaica. La instancia previamente descrita contara con la siguiente estructura: • Presentación y Charla educativa acerca de la sustentabilidad en Chile y la importancia actual de las Energías Renovables • Entrega de material informativo • Visita guiada a la Planta Fotovoltaica Perales

Oportunidad: Durante la fase de operación del proyecto, previa solicitud. Indicador que acredite su cumplimiento • Acta de registro de asistentes. • Registro fotográfico. Forma de control y seguimiento Actas de registro de asistentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3 Promoción y fortalecimiento de la cultura energética en comunidades educativas.

9.1.4 Monitoreo arqueológico permanente Impacto asociado Potencial hallazgo arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear el potencial hallazgo arqueológico en el área del proyecto durante excavaciones y movimientos de tierra.

Descripción: Se mantendrá monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación en el área del proyecto durante la fase de construcción. De dicho monitoreo se elaborará un informe donde se dé cuenta de las actividades realizadas en los frentes de trabajo y, en caso de presentarse hallazgos arqueológicos, se incorporarán las fichas de su descripción. De igual manera, el profesional dictará charlas de inducción al persona, al inicio de cada obra sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

Justificación: Valorización del potencial patrimonio arqueológico que pudiese ser encontrado en los frentes de trabajo. Con los resultados obtenidos de la supervisión y monitoreo, el profesional elaborará un informe técnico detallando sus observaciones y las actividades realizadas en los frentes de trabajo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida aplica al área de emplazamiento del proyecto, en los frentes de trabajo de excavaciones y movimientos de tierra durante la construcción del proyecto.

Forma: Las charlas de inducción serán realizadas antes del inicio de las obras. La supervisión y monitoreo será realizada durante la realización de las actividades en los frentes de trabajo.

Oportunidad: El monitoreo se ejecutará durante la fase de construcción del proyecto, de manera mensual. Indicador que acredite su cumplimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo el cual dará cuenta de las actividades realizadas, y, de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información de rescate correspondiente. Además, se entregará el informe de las charlas de inducción realizadas. Forma de control y seguimiento El informe se entregará a la SMA a través de la página web, 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4 Monitoreo arqueológico permanente

9.1.5 Monitoreo Paleontológico Semanal Impacto asociado Potencial hallazgo paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir cualquier tipo de daño al patrimonio paleontológico que pudiera estar presente en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: El monitoreo paleontológico permanente será ejecutado por un profesional (paleontólogo/a) que cumpla con el estándar aprobado por el CMN para esta finalidad (disponible en https://www.monumentos.gob.cl/). Dicho monitoreo se efectuará en los sectores donde se realicen obras que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra durante la fase de construcción, con inspecciones antes y durante la intervención, de manera semanal.

Justificación: Implementar una medida preventiva para evitar la eventual afectación daño al patrimonio cultural paleontológico, lo que se logrará con la presencia de un profesional de la paleontología durante las actividades de remoción de suelo y excavaciones, permitiendo identificar oportunamente posibles elementos fosilíferos enterrados y, de esta manera, evitar su afectación por las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las inspecciones serán en el área de emplazamiento del Proyecto, particularmente en las áreas donde existan obras que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra, con revisiones que sean efectuadas antes y durante la intervención.

Forma: El monitoreo paleontológico semanal será ejecutado en el Área de paneles y áreas asociadas al trazado de la LTE, específicamente en los sectores donde se realizarán obras de movimiento de tierra y excavaciones, con inspecciones antes y durante la intervención.

Oportunidad: Antes del inicio y durante las obras asociadas a movimientos de tierra y excavaciones. El monitoreo será de carácter semanal en las zonas consideradas como Susceptible, con posibilidad de transformarse en permanente en caso de hallar fósiles. Indicador que acredite su cumplimiento Se enviará un informe de Monitoreo con frecuencia mensual (y frecuencia semanal para las zonas consideradas como susceptible), suscrito por el profesional paleontólogo/a Titular del permiso de excavación y/o prospección. El Informe de Monitoreo será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y al Gobierno Regional de Atacama. Forma de control y seguimiento Cada informe será enviado en un plazo no mayor a 7 días hábiles desde la actividad de supervisión del paleontólogo. Se mantendrá el registro de los informes en las dependencias del Proyecto, en caso de que la autoridad lo requiera en alguna fiscalización Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5 Monitoreo Paleontológico Semanal.

9.1.6. Plan Comunicacional Impacto asociado Alteración de los sistemas de vida y costumbres de Grupos Humanos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proporcionar información a la comunidad local con el fin de familiarizarlos con el desarrollo del Parque Fotovoltaico, especialmente durante la fase de construcción.

Descripción: La implementación del CAV se integrará en la estrategia de relaciones comunitarias del Titular. Se llevará a cabo mediante la entrega de información, representada por el presidente designado por la comunidad. La definición de este representante se acordará en una reunión conjunta con los vecinos Longomilla y Quebrada Valparaíso. Además, de la directiva de la CID Chipasse Ta Coa. Se fortalecerán los canales de comunicación directa entre la comunidad y la empresa, lo que incluirá un mecanismo de tratamiento y respuesta para quejas, denuncias o reclamos, los cuales deberán ser respondidos en un plazo no mayor a 10 días. La entrega de información a la comunidad tiene como objetivo presentar las características del Parque Fotovoltaico y el cronograma de actividades planificadas para su desarrollo.

Justificación: El proceso de diálogo que se implementará se inserta en la creación de canales de comunicación con la comunidad después de completar los trámites ambientales del Proyecto con el propósito de informar de manera adecuada a las comunidades o grupos humanos involucrados en las diversas fases de ejecución del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comunidades aledañas al Proyecto, incluyendo las juntas de vecinos Longomilla y Quebrada Valparaíso y la CID Chipasse Ta Coa.

Forma: El Titular notificará el inicio de las fases y obras al presidente designado por la comunidad. Junto con ello, se dará comunicación acerca de: • Tipo de obra a realizar. • Cronograma de las obras • Puntos a intervenir • Plazos estimados de inicio y conclusión de la faena. • Responsable de las obras. • Canales de comunicación • Libro de reclamos y sugerencias. La información será suministrada de manera continua, antes del inicio de cada fase del Proyecto. La difusión se realizará con un tiempo máximo de anticipación de 2 semanas antes de cada fase.

Oportunidad: Antes de la implementación de cada fase del proyecto, se informará sobre las fechas de inicio y término estimadas. En todas las fases, se mantendrá una comunicación continua a través del correo electrónico y el Fono Consultas. Indicador que acredite su cumplimiento Se elaborará un informe que documentará las consultas y respuestas a través de diversos canales, que incluyen: • Libro de Consultas y Ficha de Registro de Reclamos: Un registro físico y detallado de las consultas y reclamos presentados. • Fono Consultas: Un número de contacto dedicado para consultas, garantizando una vía directa de comunicación. • Correo Electrónico de Consultas: Un medio electrónico para recibir y responder preguntas de manera eficiente. • Registro de Asistencia a Reuniones Informativas. Forma de control y seguimiento Los canales de comunicación permanecerán activos. Además, se llevará un registro de todas las comunicaciones efectuadas, así como de cada consulta y reclamo recibido y las respuestas enviadas a la Comunidad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6. Plan Comunicacional.

9.1.7. Monitoreo de Ruido Impacto asociado Aumento de las emisiones de ruido. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las actividades de construcción del Proyecto cumplan la normativa legal vigente, según el D.S N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Descripción: Se realizará monitoreo de nivel de presión durante la fase de construcción y cierre de forma mensual y en periodo diurno con el uso habitual de la maquinaria ruidosa, considerando el escenario más desfavorable para los receptores R1 y R2. Junto con ello, se realizará mantención de las medidas de control de ruido (barreras acústicas) a utilizar.

Justificación: Verificar el cumplimiento de la norma en los receptores R1 y R2 y llevar a cabo medidas adicionales de control de ruido en caso de ser necesario. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará monitoreo mensual de ruido en los receptores R1 y R2.

Forma: Se realizará monitoreo mensual (durante la fase de construcción) con la maquinaria funcionando en forma habitual en horario diurno, para los receptores R1 y R2. Además, se realizará la mantención de las barreras acústicas para asegurar su correcto estado y efectividad y, en caso de daños, se reemplazarán los paneles.

Oportunidad: El monitoreo de ruido se implementará mensualmente durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe técnico mensual que dé cuenta del cumplimiento del D.S N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente en los receptores monitoreados “R1” y “R2”. Este informe se realizará de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D.S. N°38/2011, aplicando R.E. 693/2015 el cual contendrá las fichas de información de medición de ruido, ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido, ficha de medición de niveles de ruido y ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente. Este informe será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente en un plazo de 10 días hábiles de finalizado el monitoreo. Correcto estado de las barreras acústicas, mediante registro fotográfico. Forma de control y seguimiento • Informe de la campaña mensual de medición. • Registro fotográfico del estado de las barreras acústicas). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7. Monitoreo de Ruido.

9.1.8. Protección de Ejemplares de Athene Cunicularia Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que los ejemplares de la especie Athene cunicularia (pequén) nacidos en la temporada anterior tengan la capacidad de vuelo para poder desplazarse a otras galerías junto al resto de la colonia

Descripción: Restricción de construcción del Proyecto entre los meses de octubre y marzo (periodo reproductivo descrito para la especie), por ende, la fase de construcción debe comenzar entre los meses de abril y septiembre.

Justificación: La justificación del compromiso corresponde a su capacidad de evitar la afectación de huevos o polluelos de la especie, permitiendo que estos tengan desarrollada la capacidad de volar, al momento de comenzar la construcción, para así poder desplazarse a otras galerías junto al resto de la colonia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se realizará en el área de intervención del proyecto, específicamente en el sector en que se considera la construcción e instalación de paneles fotovoltaicos y otras obras anexas.

Forma: Se realizará una campaña durante 3 jornadas de terreno en el mes de noviembre para identificar la o las madrigueras que pudiesen estar presentes en el área del Proyecto. Cabe indicar que de acuerdo con lo indicado por el Anexo N°2.5 de Fauna Vertebrada Terrestre de la DIA, en el área del Proyecto, no se evidenció actividad de la especie Athene cunicularia (pequén), tanto en los recorridos realizados durante horario diurno, como tampoco se obtuvo respuesta de la especie a través de la metodología de Play back, en horario crepuscular nocturno. Sin embargo, a modo de prevención se ejecutará este CAV. En caso de ser identificadas las madrigueras, estas serán georreferenciadas para su seguimiento. Se realizarán campañas mensuales de seguimiento durante 3 jornadas de trabajo, durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo para evaluar la actividad reproductiva de la madriguera y corroborar que los polluelos sean capaces de volar durante el último monitoreo. Una vez que se compruebe que los polluelos pueden volar se procederá a la intervención del área. En caso de que a finales de marzo los polluelos aún no vuelen, no se podrá dar inicio a la fase de construcción hasta que éstos sean capaces de desplazarse por sus propios medios. Esto implicará extender los monitoreos los meses que sean necesarios.

Oportunidad: El compromiso se implementará entre los meses de noviembre y marzo o durante los meses que sean necesarios, de forma previa al inicio de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Presencia de actividad reproductiva. • Observación de polluelos. • Observación de polluelos en vuelo. Estos resultados serán entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de un informe que dé cuenta de las actividades realizadas. Este informe incluirá además planos con la identificación de las madrigueras de Athene cunicularia (pequén) dentro del área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se considerará que el compromiso ha sido exitoso cuando las crías de la especie objetivo puedan volar y hagan abandono del área de intervención del Proyecto. Estos resultados serán entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de un informe que dé cuenta de cada una de las actividades realizadas en un plazo no mayor a los 45 días. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8. Protección de Ejemplares de Athene Cunicularia

9.1.9. Aumento Productivo y Seguridad Hídrica Impacto asociado No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Elaborar un compromiso ambiental voluntario (CAV) productivo debido a la pérdida de suelo de alta prioridad agrícola y escasos, dada la vocación territorial del valle del Huasco, en una relación de 1:1 hectáreas para suelos con Capacidad de Uso Clase IV.

Descripción: Como una alternativa de enmendar la pérdida de productividad que generaría el Proyecto Planta Fotovoltaica Perales, se propone la construcción de un tranque acumulador de agua, junto con obras de arte en su carga y descarga; y la interconexión de los recursos hídricos superficiales cercanos de los Canales anteriormente mencionados. Se calcula un riego potencial en un punto crítico de la temporada, con el fin de poder suplir dicho ápice de riego y así poder llegar al final de la temporada, sin que el tranque reciba ningún tipo de carga hídrica. Estimar de esta forma la capacidad de un acumulador de agua, tiene como ventaja la adaptación a un posible sistema de turnos de riego que se han ido implementando últimamente en el Valle.

Justificación: La justificación de la medida refiere a la necesidad de requerir un compromiso ambiental voluntario (CAV) producto a la pérdida de suelo de alta prioridad agrícola y escasos, dada la vocación territorial del valle del Huasco. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El Compromiso Ambiental Voluntario se emplazará en el predio propiedad de Agro-Frutícola Corseen Hermanos Alto del Carmen, ROL de propiedades 978-7; 978-20 y 978-21 inscritos en el conservador de bienes raíces de la comuna.

Forma: En primer lugar, se procede a tomar la topografía de la totalidad del predio, junto con ello se analizan rendimientos, edades de los huertos, potenciales productivos, derechos de aprovechamiento de aguas y títulos de propiedad. Posterior a la topografía la información se llevó a un sistema de información geográfico, en donde se determinaron huertos existentes, proyectados y el espacio en donde se establecería el acumulador, el cual es parte de la solución productiva propuesta dentro del predio. Posteriormente, se procede a realizar el diseño del acumulador propuesto, se encuentra emplazado entre el Huerto 3 y el Proyecto B, ocupando un espacio aproximado de 3.500m2, tendrá una capacidad de 7.650 m3, La fuente de agua corresponde a los canales: El Pedregal 2 (Por la Parte alta del Predio) y El Retamo (Por la Parte Baja del Predio), ambos atraviesan el predio. La topografía se realizó con levantamiento Aero fotogramétrico, utilizando tecnología de última generación, que consiste en la captura de imágenes de la zona solicitada a través de un vehículo no tripulado (UAS) con Multirotor Mavic 3 RTK. El multirotor, trabaja con señal GNSS, para así, obtener coordenadas precisas en Datum WGS 84. Huso 19 H (Ubicación de la zona geográfica del predio, Alto del Carmen, III Región). Además, se reforzo el trabajo con la toma de puntos con GPS-GEOMAX Zenith 10-20, (precisión Milimétrica). Todos los datos tomados, se procesaron con Software TBC y Modulo de Fotogrametría METASHAPE. En cuanto a los muros, se construyen con material proveniente de la poza o vaso de inundación, se concluye que el material presente es apto para la construcción de los muros del tranque, y que este material se encuentra en cantidad y extensión suficiente para el desarrollo del proyecto y su futura construcción se adjunta Tabla con el Cálculo de Volumen de Cortes y Rellenos. Los taludes se proyectaron los muros con taludes interiores 1:1 y taludes Exteriores de 1:1, las dimensiones (Poza o Vaso) del tranque son:

Corte A – A Base superior: 81.00 m Base inferior: 74.00 m

Corte B – B Base superior: 37.00 m Base inferior: 30.00 m

Dentro del diseño del acumulador se crea un sifón de descarga, para así realizar las labores de limpieza de forma más amigable y eficiente, ya que el limo, arena y otras impurezas presentes en el agua de riego, serán eliminadas por escorrentía cuando se deba vaciar el tranque para realizar las labores culturales. Este tipo de diseño ayuda en los tranque con geomembrana, ya que no es posible el ingreso de maquinaria para su limpieza, siendo fundamental la limpieza gravitacional. Se estima un informe final realizado por Inspector Técnico de Obras (ITO), con el fin de que la construcción del acumulador cumpla con todos los requisitos técnicos descritos dentro del CAV. Además de lo anterior, se compromete un acta de recepción de obras, la cual será firmada por el Titular y el propietario beneficiado con el mejoramiento, dentro de esta acta de recepción aparecerán los detalles incorporados más adelante de este informe, en relación a la mantención de la medida. El acumulador además debe llevar dos tipos de coberturas, debido principalmente a la cantidad de pedregosidad presente en el suelo, en primer lugar, se estima una cobertura con Geotextil y posteriormente con una Geomembrana de al menos 1,5mm de espesor, esto con el fin de evitar punzadas que provoquen daños irreparables a los muros proyectados dentro del proyecto, así como también evitar la pérdida de agua. Por consecuente, el Titular propone un seguimiento trienal de las condiciones de la geomembrana que se instalaría en el acumulador propuesto, dentro de este seguimiento se analizarán posibles punciones del material rocoso angular característico de la zona de Alto del Carmen, así como también posibles rajaduras provocadas por maquinarias de mantención, mal uso, o provocadas por mismo material anteriormente nombradas. En caso de existir daños en la geomembrana, se procederá a soldar y parchar las zonas afectadas para así no tener pérdidas de agua al subsuelo, ni tampoco levantamientos del geotextil y membrana, lo que puede provocar fugas importantes del recurso hídrico. Cada 5 años se deben chequear por parte del Titular los daños acumulados en el período, si los paños de geomembrana de un sector del acumulador están notoriamente dañados, y no es posible arreglarlos mediante la técnica de soldadura y revestidura, se procederá al cambio del paño completo del sector dañado desde la corona del acumulador, en donde encuentra anclada en la membrana. Por recomendación del fabricante, la vida útil de la geomembrana es de 20 años, por tanto, si en el punto anterior existen sectores que no han sido cambiados hasta cumplir los 20 años, deben ser cambiados en el invierno, para así lograr cumplir con los 10 años restantes del proyecto solar.

Oportunidad: Fase de construcción. Para más detalle ver Anexo 1 CAV Aumento Productivo y Seguridad Hídrica de la Adenda complementaria. Indicador que acredite su cumplimiento • Infraestructura de Acumulación Operativa • Superficie de Riego • Productividad Para más detalle ver Anexo 1 CAV Aumento Productivo y Seguridad Hídrica de la Adenda Complementaria Forma de control y seguimiento • Se debe verificar una vez al año, durante la vida útil del proyecto, con visita inspectora al predio o declaración del dueño del predio, indicando que las obras se encuentran en buen estado y operativas. • Se deberá indicar de forma anual, la superficie regada en cada temporada con el acumulador utilizado. Se emitirá una declaración del agricultor, o encuesta en terreno por parte del Titular o a quien designe, indicando: superficie regada debe ser como mínimo 14,02 ha. • Se debe producir en promedio como mínimo un 80% de lo indicado en el Cuadro 8, indicador Producción con seguridad hídrica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9. Aumento Productivo y Seguridad Hídrica.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo Causas naturales (Sismos y Terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar • El diseño de ingeniería y construcciones del Proyecto estarán acorde a normas y estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. • Se establecerán zonas de seguridad y evacuación, las que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos, considerando su ubicación aislada de fuentes de peligro. • Todas las áreas de trabajo se mantendrán en condiciones de orden y limpieza para asegurar una rápida evacuación frente a sismos en caso de ser necesario. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible y de fácil acceso. • Se realizarán simulacros de emergencia para la evaluación de respuesta del personal. • Se elaborará una ficha de actuación en caso de ocurrir esta contingencia. • Se realizarán capacitaciones y entrenamientos al personal asociado a labores de rescate, primeros auxilios y emergencia. • Se realizarán capacitaciones y entrenamientos de plan y alarmas al entorno. • Se creará una brigada de emergencia. Forma de control y seguimiento • Plano de zona de seguridad y vías de evacuación. • Registro de simulacros realizados. • Registro de capacitaciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación y fecha. • Registro de constitución de brigada de emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 Riesgo Causas naturales (Sismos y Terremotos) del ICE. Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria.

10.1.2. Riesgo anegamiento superficial y desborde del Canal San José por eventos de precipitaciones intensas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Interior del área del proyecto. Acciones o medidas a implementar • Establecimiento de zonas de seguridad tanto al interior del área del Proyecto. • Realización de simulacros basados en un plan de evacuación de las instalaciones a zonas seguras. • Capacitación del personal respecto al procedimiento de actuación en caso de riesgo de lluvias intensas. • Mantenerse al pendiente de las condiciones meteorológicas • Inspecciones periódicas a servicios higiénicos y fosas sépticas, comprobando su adecuado funcionamiento. • Supervisiones e inducción a los trabajadores: Se realizarán inducciones al personal que participará en la construcción de las obras, con el fin de informar las prohibiciones y prevenir la contaminación de cauce, a modo de evitar derrames de insumos, materiales o sustancias contaminantes al mismo. • Los trabajadores contarán con supervisión permanente en los frentes de trabajo, por parte de la Inspección Técnica de Obra prevista por el Titular. • En todas las fases no se dejarán materiales de construcción de origen sedimentológico u otro que puedan ser arrastrados por un eventual desborde del cauce artificial o anegamiento del predio, modo de evitar cualquier modificación sedimentológica al cauce natural (Río Huasco). • Para la fase de construcción se contará con baños químicos portátiles acordes al D.S 594/1999 para el uso de los trabajadores y personal en la fase de construcción, los cuales estarán dispuestos fuera de toda área de inundación TR 100 años y/o área causada por el desborde de un cauce artificial, vale decir, fuera de todo cauce natural o artificial identificado en la carta IGM o no. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación y fecha. • Registro de las inspecciones a servicios higiénicos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 Riesgo anegamiento superficial y desborde del Canal San José por eventos de precipitaciones intensas del ICE Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria.

10.1.3. Riesgo de Accidente en transporte, manejo, derrame de sustancias y residuos domiciliarios, similares a domiciliarios y no peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Asociada a las instalaciones de faenas temporales y permanente, específicamente a las actividades de construcción, mantenimiento y cierre del Parque. Acciones o medidas a implementar Las medidas de prevención y minimización para esta situación de riesgo son: • Instruir al personal del Proyecto y a los contratistas encargados, sobre generación de residuos del Proyecto, disposición final y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación como charlas y reuniones. Estas capacitaciones se harán previo al inicio de la fase de construcción, en la oficina de la instalación de faenas, dónde el indicador de cumplimiento será el registro de asistencia a la capacitación de los trabajadores. • Dentro del parque fotovoltaico, se mantendrá en la bodega de materiales y herramientas, elementos de contención tales como, palas, escobillas, tambores vacíos, guantes, etc. • Existirá un registro de salida de residuos, con el fin de controlar que el sistema de retiro de los residuos se esté realizado de la manera correcta. • Existirá una correcta señalización y delimitación de las zonas de almacenamiento temporal de residuos • Se revisará la rotulación de los contenedores, los cuales deben estar en línea con el tipo de residuo almacenado. • El personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con implementos de protección personal adecuados, como guantes resistentes, delantal impermeable y botas de seguridad. • Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos se almacenarán en bolsas plásticas dentro de contenedores debidamente rotulados, con capacidad aproximada de 200 litros, poseerán una tapa del tipo hermético para evitar la percolación de lixiviados, para las tres fases. • Para evitar la generación de vectores, los residuos domiciliarios y asimilables serán retirados dos a tres veces por semana en cada una de las fases de construcción y cierre y en fase de operación el retiro se hará una vez se realice la mantención (dos veces al año), preocupándose además de no obstruir los caminos y vías de ingreso a las zonas de almacenamiento temporal. • Los residuos industriales no peligrosos se pondrán al interior de contenedores o en áreas especiales para su depósito temporal, el cual estará debidamente señalizado. Posteriormente, será retirado una vez al mes para las distintas fases. Esta labor siempre será realizada por una empresa con la debida autorización para manejar este tipo de residuos. Forma de control y seguimiento • Se controlará la evolución de los accidentes, detectando si los cambios experimentados son debidos a una fluctuación aleatoria o a un nuevo factor que ha modificado las condiciones de seguridad. De acuerdo a lo resultados que se obtengan, se tomarán las medidas correctivas correspondientes. • Control periódico de las condiciones de trabajo e instalaciones de almacenamiento de residuos domiciliarios, similares a domiciliarios y No peligrosos. • Se velará por la mejora continua de los procedimientos de trabajo de cada una de las actividades asociadas al Proyecto. • Se mantendrá un registro que entregue la trazabilidad desde la generación del residuo hasta el ingreso hasta su disposición final, incluyendo sus registros y declaraciones en el SIDREP. • Registro de capacitaciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación y fecha. • Registro de entrega de EPP al personal encargado del transporte y manejo de residuos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 Riesgo de Accidente en transporte, manejo, derrame de sustancias y residuos domiciliarios, similares a domiciliarios y no peligrosos del ICE. Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria.

10.1.4. Riesgo de derrame de residuos asociados al lavado de canoa de camiones mixer (Sustancia y/o residuos no peligrosos) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de faena. Piscina de decantación para el lavado de canoas de camiones. Acciones o medidas a implementar • Capacitar a las personas que supervisarán el lavado de canoa, ya que quienes estarán a cargo del traslado de hormigón serán de una empresa externa. • Contar con elementos para la contención y recolección de derrames tales como, arena y palas. • El contratista será responsable de proveer a los trabajadores los elementos de protección personal (EPP) requeridos Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación y fecha. • Registro de entrega de EPP al personal encargado del transporte y manejo de residuos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.4 Riesgo de derrame de residuos asociados al lavado de canoa de camiones mixer (Sustancia y/o residuos no peligrosos) del ICE.

10.1.5. Riesgo de accidente en Transporte Manejo y Almacenamiento de Sustancias o Residuos Peligrosos, contaminación de suelos o cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Asociada a las actividades de construcción, mantenimiento y cierre del Parque. Acciones o medidas a implementar • Cumplimiento de los requerimientos del Decreto Nº298/94, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. • Uso de distintivos de seguridad, según NCh. Nº2190 “Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”. • Se exigirá a las empresas a cargo del transporte de sustancias que cuenten con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, para prevenir derrames o filtraciones durante el transporte a las faenas del proyecto durante sus fases de construcción y operación. Se exigirá, además, que los transportistas dispongan de un Plan de emergencias, procedimientos y equipamiento necesario para atender eventuales incidentes y accidentes que pudieran ocurrir en la ruta. • El sistema de abastecimiento de combustible y control de residuos peligrosos estará a cargo de un distribuidor autorizado.

Para el manejo de sustancias peligrosas (lubricantes, aceites y combustible, etc.) y residuos peligrosos: • Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. Nº43/2015 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias peligrosas” y D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, “Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. • Capacitación al personal que tenga relación con el manejo de SUSPEL en Hojas de Datos de Seguridad, especialmente asociada a las sustancias que se manipularán en el Proyecto. • Los contenedores de residuos peligrosos (aceite, pinturas y diluyentes) se dispondrán sobre pallets con contención de derrames u otros dispositivos de contención con el objetivo de facilitar su transporte y no pueden estar en contacto directo con el suelo, para evitar la humedad o corrosión de estos. • Capacitación al personal que manipule y almacene sustancias peligrosas. • Disposición de las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones. • Inspección periódica a los recintos de almacenamiento de sustancias peligrosas. • Se implementarán los distintivos de seguridad, según la NCh. 2190 “Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”. • Mantención del inventario y control de sustancias y residuos. • Aviso oportuno a los transportistas de sustancias y/o residuos peligrosos sobre aguas lluvias generadas por condiciones climatológicas adversas, para no realizar dicha labor y poner en riesgo el cauce del río Huasco.

Se considera el siguiente kit ante la ocurrencia de derrame tanto suelo como en cauce natural: • Guantes plásticos • Palo • Saco con arena, tierra o aserrín • Cordones absorbentes o paños absorbentes • Botas impermeables • Recipientes impermeables • Mascarillas o cubrebocas Forma de control y seguimiento • Se controlará la evolución de los accidentes, detectando si los cambios experimentados son debidos a una fluctuación aleatoria o a un nuevo factor que ha modificado las condiciones de seguridad. De acuerdo a lo resultados que se obtengan, se tomarán las medidas correctivas correspondientes. • Control periódico de las condiciones de trabajo e instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas y combustibles. • Se mantendrá un registro que entregue la trazabilidad desde la generación del residuo y desde el ingreso de la sustancia hasta su disposición final, incluyendo sus registros y declaraciones en el SIDREP. • Registro de capacitaciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación y fecha. • Registro de entrega de EPP al personal encargado del transporte y manejo de residuos y sustancias peligrosas. • Copia del Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos y Plan de Emergencia de las empresas externas contratadas. • Mantención del Kit para control de derrames. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.5 Riesgo de accidente en Transporte Manejo y Almacenamiento de Sustancias o Residuos Peligrosos, contaminación de suelos o cauces naturales del ICE.

10.1.6. Riesgo de incendios forestales y/o de vegetación Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Fases de construcción y cierre: • Al inicio de las actividades de construcción y cierre, se extraerá y eliminará la vegetación seca que se encuentre al interior del área de emplazamiento del Proyecto. Asimismo, se realizará una mantención mensual para el control de malezas y/o vegetación seca. • Se identificarán las zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas. • Se implementará un sistema de permisos de trabajos, en el que se pueda evaluar las medidas de control caso a caso cuando se ejecuten actividades con llama abierta o partículas incandescentes. • Se mantendrá un control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario. • Se instalarán señaléticas en distintas partes del Proyecto, con el objetivo de concientizar a los trabajadores y promover la prevención de incendios forestales. • Los materiales combustibles e inflamables serán almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos” y en el D.S. Nº 43/2015 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”. • Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. • Para la fase de construcción, todos los trabajadores que realizarán las actividades de instalación de paneles, tableros, cableados, entre otros, serán debidamente capacitados. • Se realizará una inspección visual de cada uno de los paneles que conformarán las áreas de paneles con el objetivo de verificar que no existan anomalías. • Capacitación a trabajadores sobre la prevención de incendios forestales y el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios. • Se mantendrá comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de incendio. • Se realizarán inspecciones periódicas a todas las instalaciones que pueda provocar un incendio, principalmente a las instalaciones eléctricas, con el objeto de realizar medidas correctivas en caso de encontrar algún desperfecto. • Todos los residuos serán clasificados y almacenados en las áreas habilitadas para cada tipo de residuo, desde donde serán retirados por terceros para su transporte a lugares de disposición final autorizados.

Fase de Operación: • • Se identificarán las zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas. • El Proyecto contará con una Sala de Control, la cual estará acondicionada para albergar los equipos de comunicación y control del Proyecto, en especial el sistema SCADA, el cual permite operar las instalaciones de manera remota. En caso de fallas, este sistema emitirá una alarma, situación en que la empresa a cargo es automáticamente alertada y le permitirá tomar las acciones correspondientes para atender una contingencia. • El Proyecto considera vigilancia y control de acceso durante las 24 horas del día de manera remota. • Se instalarán señaléticas en distintas partes del Proyecto, con el objetivo de concientizar a los trabajadores y promover la prevención de incendios forestales. • Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente. • Se mantendrá comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de incendio. • Se considera realizar mantenimiento preventivo y correctivo a las instalaciones. Forma de control y seguimiento • Registro del control de malezas y/o vegetación seca. • Registro de la instalación de señaléticas. • Registro de la disposición de los elementos de extinción de incendios y de sus mantenciones. • Registro de la capacitación a los trabajadores sobre la prevención de incendios forestales y el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios, con registro de asistencia. • Registro de las inspecciones a las instalaciones que puedan provocar un incendio. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.6. Riesgo de incendios forestales y/o de vegetación del ICE.

10.1.7. Riesgo de accidente con Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Interior del área del Proyecto, ya sea en faenas temporales o permanentes, considerando todas las fases de éste. Acciones o medidas a implementar • Se realizarán charlas de inducción y capacitación de persona nueva a todo el personal del Proyecto y contratistas acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. • Se establecerá un control de la velocidad para todos los vehículos del Proyecto, informando los límites de velocidad permitidos tanto en caminos internos como externos. • Se considerará la instalación de carteles informativos. • Prohibición de alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al área del Proyecto. • Se prohibirá la caza y captura de animales. • Se prohibirá la tenencia de mascotas, (perros y gatos), que pueda atentar contra la fauna silvestre del sector. Forma de control y seguimiento • Se controlará la evolución de los accidentes, detectando si los cambios experimentados son debidos a una fluctuación aleatoria o a un nuevo factor que ha modificado las condiciones de seguridad. De acuerdo a lo resultados que se obtengan, se tomarán las medidas correctivas correspondientes. • Control periódico de las instalaciones y sus alrededores, basado principalmente en inspecciones de terreno. • Se mantendrá el registro de las capacitaciones e inducciones realizadas que indique nombre y cargo del personal que ha participado, contenido de la capacitación/inducción y fecha. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.7. Riesgo de accidente con Fauna Silvestre.

10.1.8. Riesgo Alteración de Restos y Sitios Arqueológicos o Paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Todo el proyecto. Acciones o medidas a implementar • Para el resguardo de los recursos arqueológicos protegidos con cercado perimetral, se propone tener un Monitoreo Arqueológico Permanente que incorpore lo siguiente: • Elaboración de un protocolo de acción en relación a posibles hallazgos arqueológicos no previstos con anterioridad. Junto con la anterior, se elaborarán informes de los hallazgos arqueológico no previstos, dónde se incluirán Fichas de registro de cada uno con fotografías y especificaciones detalladas de su estado de conservación. • En el caso de que exista afectación de los hallazgos no previstos por algunas de las obras del proyecto, se deben implementar medidas de protección y/o conservación, junto con la Constancia de aviso de hallazgo a este Consejo, de acuerdo con lo que establece el art. 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Lo anterior debe estar expresado en las fichas de cada hallazgo incluidas en el informe de hallazgos arqueológicos no previstos. • Mantener un seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si es que corresponde. • Se deberá reenviar a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo elaborado por el o la arquéologo/a en un plazo máximo de 10 días hábiles luego de terminado el mes, el cual deberá incluir: i. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha ii. Descripción de matriz y materialidad encontrada en casa obra de excavación iii. Plan mensual de trabajo de la constructora donde registre los días dónde fueron efectuados los monitoreos por el arqueólogo/a encargado/a. iv. Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. v. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a con el fin de tenerlo como verificador. • Se realizarán capacitaciones de persona nueva al personal del Proyecto contratistas que participen en la fase de construcción, acerca del reconocimiento de restos arqueológicos de la zona y del procedimiento a seguir en caso de hallazgo histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. Se tomará como referencia la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN. • Se contará con un profesional arqueólogo durante la fase de construcción, específicamente en las asociadas a nivelación y compactación del suelo y de cercado perimetral, durante un total de cuatro semanas, el que deberá prospectar el área a intervenir, y de acuerdo a lo observado, emitirá un informe. Forma de control y seguimiento • Control periódico de las zonas de trabajo y sitios arqueológicos identificados en la caracterización arqueológica. • Se velará por la mejora continua de los procedimientos de trabajo de cada una de las actividades asociadas al Proyecto. • Elaboración de informes de monitoreo mensuales. Los resultados obtenidos durante los trabajos de monitoreo serán recogidos en informes mensuales, tal y como señala el CMN en sus respectivas Guías. El plazo de entrega de los informes es de 15 días hábiles después del último monitoreo del mes. • Elaboración del informe de la colección museográfica. Cuando la colección paleontológica/arqueológica esté lista, con las piezas preparadas y la base de datos completa, se elaborará un informe descriptivo que se entregará al CMN. Este informe irá acompañado del inventario, la base de datos fotográfica y la carta de aceptación del museo que se hará cargo de ella; esta carta es la misma que se presenta junto con la solicitud del PAS. Una vez obtenida la aprobación del CMN, se procederá al envío de la colección a la institución receptora. • Informe final. En esta etapa se integrará la información estratigráfica recabada en terreno para generar un modelo sedimentario y un completo análisis del material paleontológico/arqueológico (integrado a la información estratigráfica). El documento final incluirá además fotos y figuras generales y en detalle. Dicho documento pasará por una etapa de edición y otra de revisión. • Registro de capacitaciones realizadas que incluya el nombre y cargo del personal capacitado, contenido de la capacitación y fecha de realización. • Copia de protocolo de acción en caso de hallazgos arqueológicos y paleontológicos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.8. Riesgo Alteración de Restos y Sitios Arqueológicos o Paleontológicos del ICE.

10.1.9. Riesgo de Emisión de olores desagradables (fosa séptica) Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar estarán enfocada al correcto funcionamiento de la fosa séptica, razón por la cual se contempla: • El retiro y disposición final de los lodos será realizado cada seis [6] meses hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. • Se considera la inspección periódica de las fosas séptica, de forma semestral. Las inspecciones contemplan las siguientes actividades: revisión de cámaras y estanques de bombeo, verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general. • Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final. • Se llevará registro de las inspecciones realizadas a la fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto. • Finalmente se aclara que las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá en el Parque una copia del Permiso Ambiental Sectorial 138 que apruebe el uso de la fosa séptica para el tratamiento de las aguas servidas ante eventuales fiscalizaciones. • Se mantendrá en el Parque la aprobación Sectorial del PAS 138 otorgado por la SEREMI respectiva ante eventuales fiscalizaciones. • Se mantendrán disponibles los registros de las inspecciones de la fosa séptica. Asimismo, y ante la existencia de eventuales fallas, se mantendrán los registros de las reparaciones realizadas, entre estas detenciones de fosa, recambio de cámaras, estanques de bombeo etc. • Se mantendrán en el Parque los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida. • Se mantendrán en el Parque los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados (Autorizadas por la SEREMI de Salud Regional) y se mantendrá́ copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.9. Riesgo de Emisión de olores desagradables (fosa séptica) del ICE.

10.1.10. Riesgo de derrame de aguas servidas (Fosa Séptica) Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones o medidas a implementar Se realizará inspecciones particulares a las fosas sépticas, de forma semestral; las cuales contemplan las siguientes actividades: revisión de cámaras y estanques de bombeo, verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de las fosas sépticas en general.

Se realizarán capacitaciones al personal respecto a las acciones a ejecutar en caso de una emergencia de este tipo.

Se considera el siguiente kit ante la ocurrencia de derrame tanto en suelo como en cauce natural: • Guantes plásticos • Palo • Saco con arena, tierra o aserrín • Cordones absorbentes o paños absorbentes • Botas impermeables • Recipientes impermeables. Forma de control y seguimiento • Registro de capacitaciones realizadas que incluya el nombre y cargo del personal capacitado, contenido de la capacitación y fecha de realización. • Registro de inspecciones a la fosa séptica. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.10. Riesgo de derrame de aguas servidas (Fosa Séptica).

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Riesgo Causas naturales (Sismos y Terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones a implementar En caso de que se produzca un sismo/terremoto, se llevarán a cabo las siguientes acciones: • Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. • En caso de sismo/terremoto se realizará la evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el plan de prevención de contingencias del Proyecto. • Realizar inspección de las faenas u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. • Durante la ejecución del Proyecto, ya sea en la fase de construcción, operación o cierre, se suspenderán todas las actividades hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. • Durante la fase de operación, en caso de daño en las estructuras o equipos de la planta, se detendrá la generación de energía y se realizará una inspección para identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.1 Riesgo Causas naturales (Sismos y Terremotos) del ICE.

10.2.2. Riesgo anegamiento superficial y desborde del Canal San José por eventos de precipitaciones intensas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Interior del área del proyecto. Acciones a implementar • Se dará aviso inmediato al Jefe/Encargado de las Faenas, quién informará a los encargados de prevención de riesgos y Equipo de Intervención de Emergencia, dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán las obras y eventualmente podría producirse la evacuación de la obra. • En la eventualidad que las bodegas puedan verse afectadas por un evento de lluvia extrema, se solicitará el retiro inmediato de los residuos almacenados por parte de una empresa autorizada. • En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la SMA, SEREMI Medio Ambiente y DGA, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.2 Riesgo anegamiento superficial y desborde del Canal San José por eventos de precipitaciones intensas

10.2.3. Riesgo de Accidente en transporte, manejo, derrame de sustancias y residuos domiciliarios, similares a domiciliarios y no peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Asociada a las instalaciones de faenas temporales y permanente, específicamente a las actividades de construcción, mantenimiento y cierre del Parque. Acciones a implementar A continuación, se indican las medidas de emergencia que se deberán desarrollar en caso de fallas en el sistema de manejo y almacenamiento de residuos industriales sólidos no peligrosos y residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. • Emanación de olores y proliferación de vectores: Se solicitará inmediatamente a la empresa externa encargada del retiro de los residuos, el cumplimiento de sus funciones a partir de la emergencia. Si es posible, se realizarán mantenciones a todos los contenedores y/o basureros que se encuentren dañados. En el caso de que estos no puedan ser reparados, se proporcionarán nuevos inmediatamente. En el caso de la aparición de vectores, se contratará a la brevedad a una empresa externa fumigadora para su eliminación. • Falla de frecuencia de retiro por empresa externa: Se contactará y solicitará a alguna empresa externa que se dedique al retiro de residuos en la región y que tenga su respectiva autorización sanitaria para dicha labor, que cumpla sus labores en caso de necesitarla. • Colapso de los sitios de almacenamiento de residuos: Se fomentará la reutilización de los residuos sólidos industriales, dentro de lo posible. Se comunicará al personal en general la orden de reducir al mínimo la generación de residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.3 Riesgo de Accidente en transporte, manejo, derrame de sustancias y residuos domiciliarios, similares a domiciliarios y no peligrosos del ICE.

10.2.4. Riesgo de derrame de residuos asociados al lavado de canoa de camiones mixer (Sustancia y/o residuos no peligrosos) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada Instalación de faena. Piscina de decantación para el lavado de canoas de camiones. Acciones a implementar En el caso de derrame de cualquier sustancia peligrosa, los pasos a seguir para su control son: • Una vez que se detecte el derrame, se avisará inmediatamente a la Administración. • Avisar al personal capacitado para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados. • Hacer uso de los equipos de protección personal apropiado para manejar el derrame. • Contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente (arena). • Limpiar los equipos de protección y equipo de emergencia empleado. • El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en cilindros manejándolo como Residuo Industrial No Peligroso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.4 Riesgo de derrame de residuos asociados al lavado de canoa de camiones mixer (Sustancia y/o residuos no peligrosos) del ICE.

10.2.5. Riesgo de accidente en Transporte Manejo y Almacenamiento de Sustancias o Residuos Peligrosos, contaminación de suelos o cauces naturales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Asociada a las actividades de construcción, mantenimiento y cierre del Parque. Acciones a implementar En el caso de derrame de cualquier sustancia o residuo peligroso, los pasos a seguir para su control son: • Una vez se detecte el derrame y/o identificada la sustancia, avisar al Director de Emergencias, quien es el encargado de Activar el Plan de Emergencia. • Avisar al Equipo de Intervención para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados. En base a las HDS de la sustancia derramada. • Hacer uso de equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame. • Contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente, desde afuera hacia adentro para evitar su dispersión. • En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia. • Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos. • Descontaminar los equipos de protección, limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado. • Si es posible, recoger las sustancias y/o residuos derramados, evitando su vertido al suelo o a las aguas. • En aquellos lugares donde los derrames se contuviesen tras una berma o dentro de un área de depresión, todos los fluidos se bombearán hacia un estanque de retención y, posteriormente, se enviarán, por camión, a lugar autorizado para realizar su eliminación o disposición final. • El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en cilindros para su posterior traslado y disposición final en un depósito de seguridad autorizado. • Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Encargado de Activar el Plan de Emergencia, decretando éste el final de la misma. • Se realizará un seguimiento de la emergencia, recopilando toda la información sobre el tamaño, contenido y ubicación del derrame, además de las medidas de respuesta que se hayan tomado. Esto, para tener un plan de acción a futuro, evitando errores y mejorando los tiempos de respuesta. • Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Además, se deberá dar aviso a las autoridades o servicios competentes, así como notificar a la Superintendencia de Medio Ambiente. • En el caso de que se produzca un derrame sobre el suelo, se deberá remover el suelo contaminado hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado. Posteriormente, se restituirá las condiciones iniciales de éste utilizando como indicador el sector inmediatamente aledaño a la obra del Proyecto.

En caso de que el derrame de sustancias peligrosas se ocasione sobre un curso de agua, se considerará lo siguiente para controlar la emergencia: • En la eventualidad que el derrame fuere significativo y alcance un curso de agua, se dará aviso inmediato a las autoridades involucradas (Dirección Regional de ONEMI, Seremi de Salud, DGA, SAG, Asociación de Canalistas, juntas de vigilancia u otras involucradas) o usuarios que estén aguas abajo desde el punto de la emergencia, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas si existieran o bien el desvío del curso de agua a otra área), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones de los canales contaminados, y para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. • Realizar las labores de contención con paños absorbentes para evitar que el derrame se propague en el curso de agua. • En caso de que el derrame se produzca por la empresa transportista, el conductor informará a su empresa para la limpieza del curso de agua, y al Titular del proyecto. • En el caso de que el derrame en un cauce natural, cuya magnitud sea de carácter significativo al punto de poner en riesgo a calidad del recurso hídrico, se implementarán acciones de seguimiento posterior (monitoreos de calidad), con el objeto de verificar el alcance del derrame y la efectividad de las medidas de contingencia implementadas. • Para descontaminar el agua subterránea o superficial afectada, se contempla un sistema de bombeo y tratamiento convencional, el cual consiste en extraer aguas contaminadas mediante el uso de uno o varios pozos de extracción, y posteriormente tratarlas en la superficie, con tecnologías adecuadas al tipo de contaminantes presentes. Las aguas tratadas podrán luego ser reinyectadas al subsuelo dependiendo del caso. • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.5 Riesgo de accidente en Transporte Manejo y Almacenamiento de Sustancias o Residuos Peligrosos, contaminación de suelos o cauces naturales del ICE.

10.2.6. Riesgo de incendios forestales y/o de vegetación Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar En caso de la ocurrencia de un incendio forestal: • Se informará al Jefe de Emergencias el cual activará la Brigada de Emergencias. • Se paralizarán las actividades operativas en la zona del incendio y se evacuará al personal. • Sólo en casos donde el evento aún tiene la característica de amago de incendio, el personal cercano utilizará extintores, los que deberán ser adecuados al tipo de fuego, según se indica en la norma NCh 1430. Of 97 sobre Extintores portátiles – Características y Rotulación. • La Brigada de Emergencias realizará el primer ataque contra el fuego con los recursos disponibles. En caso de requerirse mayores recursos, se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente. • De acuerdo a la magnitud que alcance la emergencia, se comunicará a los centros de salud cercanos para solicitar el apoyo necesario y, en caso de haber personas lesionadas, llevarlas a los centros asistenciales. • Se establecerá un perímetro de seguridad en torno al foco de incendio, instalando señalética y barreras mientras se realiza el control de la emergencia, si es requerido. • Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y a la organización vecinal que hubiere, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.6. Riesgo de incendios forestales y/o de vegetación del ICE.

10.2.7. Riesgo de accidente con Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Interior del área del Proyecto, ya sea en faenas temporales o permanentes, considerando todas las fases de éste. Acciones a implementar En caso de que una contingencia afecte a fauna silvestre, se procederá al rescate inmediato de las especies que estuvieran o pudiesen verse afectadas para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre, autorizado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies al lugar de origen. En paralelo, se dará aviso al SAG de lo ocurrido. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre.

La empresa remitirá, dentro de un plazo de 30 días a las autoridades y organismos competentes, un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente: • Origen de la emergencia. • Acción de respuesta. • Efectividad de la acción. • Conocimiento del impacto o daño ambiental producido. • Daños o pérdidas de recursos. • Costos involucrados. • Medidas de mitigación y/o compensación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.7. Riesgo de accidente con Fauna Silvestre

10.2.8. Riesgo Alteración de Restos y Sitios Arqueológicos o Paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Todo el proyecto. Acciones a implementar • En caso de hallazgo de elementos arqueológicos; distintos a los identificados en la caracterización ambiental, al momento de realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto, se definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos: • Se procederá según lo establecido en la Ley Nº 17.288 del Ministerio de Educación Pública que “Legisla sobre monumentos nacionales”. • Se paralizarán los trabajos en el sector del hallazgo. • Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para que éste disponga los pasos a seguir, así como al Gobernador Provincial y a Carabineros para su vigilancia. • Se notificará el hallazgo no previsto utilizando coordenadas UTM y registro fotográfico de buena resolución, máximo cinco días hábiles desde la fecha del descubrimiento del Hallazgo. • Se contará con la asesoría de un arqueólogo, que elaborará un informe de la situación y de las medidas realizadas, para su entrega a la autoridad correspondiente. • En caso de que el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) resuelva que se debe rescatar el sitio y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate arqueológico, de acuerdo a la normativa vigente y aplicable. • Los trabajos en la zona del hallazgo se retomarán con la conformidad del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.8. Riesgo Alteración de Restos y Sitios Arqueológicos o Paleontológicos del ICE.

10.2.9. Riesgo de Emisión de olores desagradables (fosa séptica) Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones a implementar • En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. • Una vez detectada la falla en la fosa, el encargado de la seguridad y ambiente dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpiafosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado. Se suspenderá́ el uso de los servicios higiénicos. • El encargado de seguridad y ambiente elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud de lo ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 24 horas se emitirá́ por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declarada los organismos competentes (SMA y SEREMI Salud respectiva). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria. Tabla 7.1.9. Riesgo de Emisión de olores desagradables (fosa séptica)

10.2.10. Riesgo de derrame de aguas servidas (Fosa Séptica) Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Fosa séptica. Acciones a implementar • Se detendrá el funcionamiento del sistema y se dará́ aviso al encargado de la instalación. • Se indicará a los trabajadores que los servicios higiénicos no podrán ser utilizados hasta que se solucione la contingencia, habilitando baños químicos en su reemplazo. • Se realizará la inspección del sistema para verificar la causa del problema y se tomarán las medidas correspondientes para solucionar el imprevisto. • Una vez solucionado el problema y comprobado el funcionamiento del sistema, se comunicará a los trabajadores que los servicios higiénicos se encuentran habilitados. • Luego de la restitución del servicio, se evaluará si el sistema requiere alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. • En caso de que el derrame de aguas servidas se ocasione sobre un curso de agua, se considerará lo siguiente para controlar la emergencia: • En la eventualidad que el derrame fuere significativo y alcance un curso de agua, se dará aviso inmediato a las autoridades involucradas (Dirección Regional de ONEMI, Seremi de Salud, DGA, SAG, Asociación de Canalistas, Dirección Regional de SEA, juntas de vigilancia u otras involucradas) o usuarios que estén aguas abajo desde el punto de la emergencia, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones de los canales contaminados, y para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. • Se deberá construir un dique o barrera para contener el derrame, utilizando material inerte como tierra o arena, o bien con baldes para evitar que el derrame se propague en el curso de agua. • Para descontaminar el agua subterránea o superficial afectada, se contempla un sistema de bombeo y tratamiento convencional. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA y SEREMI de Salud de la Región de Atacama dentro de las primeras 24 horas. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: • Fecha, hora y lugar de ocurrencia. • Motivo de la contingencia. • Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc. • Alcance de la contingencia. • Acciones de control realizadas. • Acciones de reparación realizadas. • Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de la DIA. Anexo 19 de la Adenda. Anexo 03 de la Adenda complementaria.

11°. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

16°. Que, para que el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta Fotovoltaica Perales”, de Energética Solar Perales SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Perales” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

JES/EVS

Distribución: Sr. Juan Pablo Sebastián Cárcamo Mundaca Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama Verónica Ossandón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Ossandón Pizarro Fecha: 2025.07.29 10:14:32 -04'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2025.07.29 14:53:55 -04'00' SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Vallenar Superintendencia del Medio Ambiente