Evaluación SEA

Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola

Rol 2162114265
SEA · DIA · Aprobado · 2025-04-11 · Región de Atacama · MINERA ALTAIR S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” Copiapó

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de diciembre de 2024 y su Adenda Complementaria de 20 de febrero de 2025, del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, presentado por MINERA ALTAIR S.A. con fecha 31 de mayo de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”.

3°. El Acta de Evaluación N° 20250310635 del 20 de marzo de 2025, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” de 21 de marzo de 2025.

5°. El acuerdo adoptado en sesión del 31 de marzo de 2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama

6°. La Resolución Exenta Nº 202403001123, del 07 de octubre de 2024 de la Dirección Regional Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”.

8° Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; La Resolución Exenta RA N°119046/347/2022 del 25 de Noviembre de 2022 de la Dirección Ejecutiva, que nombra como Directora Regional a Doña Verónica Ossandón Pizarro y la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 11-04-2025 16:37:10:210 UTC -04:00 Razón: Lugar: CONSIDERANDO:

1°. Que, MINERA ALTAIR S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social MINERA ALTAIR S.A. Rut 77.447.003-4 Domicilio PRINCIPE DE GALES 5921 OF 1302 Teléfono 56224339627 Nombre representante legal Manuel Matta Velasco Rut representante legal 8770517-k Domicilio representante legal Av. Príncipe de Gales 5921 oficina 1302 Teléfono representante legal 56224339627 Correo electrónico Titular o representante legal contacto@altairmineria.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de marzo de 2025, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 31 de marzo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de marzo de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Producir aproximadamente 90.000 toneladas métricas (t) secas anuales de concentrados de cobre con contenido de oro, a un ritmo de procesamiento de minerales de 15.000 toneladas métricas secas por día. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes. Vida útil 17 años y 2 meses. Monto de inversión USD $ 260.000.000,000. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de Instalación de Faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Tierra Amarilla.

Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica por la existencia de un yacimiento de cobre con contenido de oro compuesto por las concesiones mineras que serán explotadas: “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 al 31” y “María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60”, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”. Por lo tanto, la justificación de la localización del Proyecto obedece principalmente a la existencia del orden de 78 Mt a 0,53% CuT (cobre total) y 0,10 g/t Au (oro) como reservas probables de mineral. Además, la apropiada accesibilidad y las características geográficas del entorno del área del Proyecto permiten una adecuada construcción de las instalaciones requeridas para continuar la explotación del yacimiento. Superficie 353 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del Proyecto se presentan en la Tabla 4.1 del ICE. Caminos de acceso Para acceder al Proyecto, desde Tierra Amarilla, se arriba al by- pass de Nantoco por ruta C-33; para continuar por la ruta C-411 y recorrer aproximadamente 6 km hasta conectar con la ruta C-529, que alrededor del km 4 se intercepta con el ingreso al Proyecto. En la Figura 1-6 del capítulo 1 de la DIA, se visualiza el acceso descrito. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo A de la Adenda Complementaria se presenta la ubicación del Proyecto en archivo KMZ.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Parte/Obra Caminos Camino Público Ruta C-529: Corresponde a un camino existente que permite el acceso al proyecto, el cual conecta con la ruta C- 411. Desde el empalme de la ruta C-411 hasta el acceso a la faena, tiene una longitud aproximada de 4,5 km y un ancho de 7 m. Alcanza una superficie aproximada de 31.500 m2. La carpeta de rodado considera un revestimiento asfáltico denominado Cape Seal. Caminos interiores del proyecto (Área Planta e Instalaciones auxiliares): Corresponde a caminos a construir para interconectar todas las áreas del proyecto. Considera la aplicación de un revestimiento asfáltico denominado Cape Seal. El largo total de los caminos proyectados es de aproximadamente 5,21 km y consideran un ancho de 7 m. Alcanzan una superficie aproximada de 36.442 m². Caminos de Acceso al Rajo y DRF: Corresponde a los caminos que conectan el rajo con el chancador primario y el Depósito de Relave Filtrado (DRF), destinados para la circulacióń de camiones que transportarán el mineral para alimentar la planta de procesamiento y/o el material de empréstito para la construccióń del DRF. La longitud de estos caminos corresponde a 2,56 km aproximadamente y considera un ancho de 15 m. Alcanzan una superficie aproximada de 38.445 m². Caminos Interior Mina y Rampas: Corresponde a caminos internos en el área del rajo que permiten el acceso a los frentes de extracción, tienen una longitud aproximada de 7,1 km y un ancho de 25 m, con excepción de los últimos 3 a 5 bancos (en profundidad) donde se diseñaron rampas de vía única de 15 m de ancho. Estos caminos alcanzan una superficie aproximada de 177.500 m². Durante el periodo de construcción y operacióń, se considera la humectacióń del camino con supresor de polvo, para controlar la emisión de material particulado. Dado que corresponden a caminos que se generan dinámicamente según el desarrollo del rajo, no se indican coordenadas referenciales de inicio y término. Edificio o galpón de chancado primario Este galpón estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Su superficie será de 366.563 m. Estará sobre la plataforma unidad de chancado primario y secundario. Edificio o galpón de chancado secundario. Estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 180 m². Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de chancado primario y secundario. Edificio o galpón de Harneros Secundario. Estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 226 m². Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de chancado primario y secundario. Edificio o Galpón de Silo Subterráneo. Estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 400 m². Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de chancado primario y secundario. Edificio o galpón de chancado Terciario (HPGR). Estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 224 m². Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de chancado terciario. Edificio o Galpón de Harneros Terciarios.

Se considera el encapsulamiento del área de Harneros Terciarios, incluyendo el área de traspaso desde correa transportadora CT-16 a CT-17, mediante un galpón compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 540 m2. Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de chancado terciario. Edificio o Galpón de Filtración de Relaves

Estará compuesto por una estructura metálica con revestimiento de PVC. Superficie: 2.500 m². Este galpón estará sobre una plataforma de la unidad de filtración de relaves. Taller de camiones y maquinaria mina

Considera un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC y radier de hormigón. Se instalarán 2 (dos) contenedores de oficinas al interior del galpón y 4 (cuatro) contenedores como bodegas al exterior del galpón. Este taller será destinado a hacer solamente mantenciones menores a vehículos, equipamiento y maquinaria, como, por ejemplo, reemplazo de componentes por falla, cambios de aceite, soldaduras, cambio y reparación de neumáticos, cambio de componentes menores. Superficie:360 m². Se ubicará en la Plataforma de Infraestructura Área Mina. Taller de equipos y componentes menores

Será un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC, con radier de hormigón, donde se realizarán actividades como reparaciones de equipos menores (bombas y válvulas), además de la fabricación de componentes y piezas menores. Este recinto contará con dos oficinas y un baño modular. Superficie: 600 m². Se ubicará en la Plataforma de Taller y Servicios. Losa de Lavado de Ruedas

Infraestructura Mina: Considera una losa para el lavado de equipos de alto tonelaje, la cual se conectará a un sistema de separación de sólidos e hidrocarburos con el fin de recircular el agua clarificada. Superficie: 247 m². Se ubicará en la Plataforma de Infraestructura Área Mina. Unidad de Manejo de Concentrado: Considera una losa para el lavado de ruedas de camiones y vehículos menores, la cual se conectará a un sistema de separación de sólidos e hidrocarburos con el fin de recircular el agua clarificada. Superficie: 247 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Manejo de Concentrado. Losa de Lavado de Contenedores de Basura Esta losa se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Superficie: 36 m². Testigoteca Será un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC y en su interior contará con 2 (dos) módulos de oficinas tipo contenedor. En este lugar se almacenarán los testigos de sondajes y muestras geológicas obtenidas. Superficie: 1.500 m². Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Área Mina. Bodega de materiales y Pañol Será un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC y un radier de hormigón. Se instalará 01 contenedor tipo oficina al interior. Se destinará para guardar elementos de proteccióń personal, artículos de oficina, instrumentos, herramientas, entre otros similares. Superficie: 360 m². Se ubicará en la Plataforma Barrio Cívico Bodega de Aceites y Grasas (SUSPEL) Será una estructura metálica, recubierta con zinc, sobre radier cubierto con pintura epóxica, techada. Contará con canaletas de contención de pendiente de 5% y pozo de contención de derrames, ventilación natural, con portón de acceso metálico, corredizo y, además, con puerta antipánico. Toda la estructura estará protegida con pintura intumescente RF120. Superficie: 30 m². Se ubicará en la Plataforma Taller y Servicios. Bodega para Gases Comprimidos (SUSPEL) Será una estructura metálica, sobre radier cubierto con pintura epóxica. Contará con 3 (tres) separaciones: una para el almacenamiento de envases o bombonas vacías y los otros dos para el almacenamiento de envases llenos. Los muros laterales serán muros corta fuego RF 120. Tendrá cubierta techada con 2,5 m de altura, 10 m de largo y 3 m de ancho. El cierre del almacenamiento se realizará con malla ACMA protegido con pintura intumescente RF-120. Superficie: 30 m². Se ubicará en la Plataforma Taller y Servicios. Bodega de SUSPEL Será una estructura metálica, recubierta con zinc, sobre radier cubierto con pintura epóxica, techada. Contará con canaletas de contención de pendiente de 5% y pozo de contención de derrames, ventilación natural, con portón de acceso metálico abatible. Toda la estructura estará protegida con pintura intumescente RF120. Superficie: 70 m². Se ubicará en la Plataforma Taller y Servicios. Estación de Abastecimiento de Combustible Será un estanque enterrado de 40 m³, con 2 dispensadores de combustible. Superficie: 220 m². Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Área Mina. Bodega de Repuestos (Chancado Primario y Secundario) Será un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC y un radier de hormigón. Se instalará 1 (dos) contenedores tipo bodega al interior. Serán para guardar elementos de desgaste de chancadores (mantos y conos entre otros), mallas de harneros, repuestos de los sistemas de extracción de polvo, además de elementos de correas tales como polines y cintas. Superficie: 400 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Chancado Primario y Secundario. Bodega de Repuestos (Chancado Terciario HPGR) Será un galpón de estructura metálica con revestimiento de PVC y un radier de hormigón. Se instalará 1 (dos) contenedores tipo bodega al interior. Serán para guardar elementos de desgaste del HPGR (juegos de rodillos y placas), mallas de harneros, repuestos de los sistemas de extracción de polvo, ademá s de elementos de correas tales como polines y cintas. Superficie: 400 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Chancado Terciario. Bodega de Repuestos (Molienda y flotación) Considera la construcción de un galpón de estructura metá lica con revestimiento de PVC, losa de hormigó n. Se destinará para guardar revestimientos de molinos, repuestos de equipos de flotación y repuestos de bombas, entre otros. Superficie: 200 m². Se ubicará en la Plataforma de Unidad de Molienda y Flotación. Bodega de RESPEL- Mina Considera 2 (dos) bodegas de tipo modular, la que permite el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos provenientes del mantenimiento de camiones del á rea de la infraestructura mina. Estas contarán con un sistema de contención de derrame, a través de bateas de retencióń incorporadas en cada bodega, con lo que se da cumplimiento a que el volumen de contención no sea menor que el contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, de acuerdo con lo indicado por la norma sanitaria. 34 m². Se ubicará en la Plataforma de Infraestructura Área Mina. Bodega de RESPEL -Centro de Manejo de Residuos) Serán 02 bodegas de tipo modular, la que permite el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos provenientes del á rea de la planta de procesamiento de minerales. Estas contarán con un sistema de contención de derrame, a través de bateas de retención incorporadas en cada bodega, con lo que se da cumplimiento a que el volumen de contención no sea menor que el contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, de acuerdo con lo indicado por la norma sanitaria. Superficie: 34 m². Se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Patio de Residuos Industriales Solidos No Peligrosos (RISNP) El recinto de residuos estará́́́ cercado con una malla tipo bizcocho galvanizada de 2,5 m de altura y tendrá́́́ una capacidad máxima de almacenamiento de 400 m³. Además, tendrá́́́ 4 subdivisiones de acuerdo con las características y tipos de residuos; cada división contará con un portó n de acceso de 6 m, compuesto de 2 hojas batientes, con sus respectivos candados, de tal manera de mantener un acceso restringido y evitar el posible ingreso de animales. Superficie: 200 m². Se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Bodega de Residuos Domésticos y Asimilables Considera una bodega sobre un radier, con un cierre de malla galvanizada tipo bizcocho, será techada y con acceso restringido, donde se almacenarán temporalmente los residuos domésticos provenientes de las diferentes áreas. Estos residuos se almacenará n en bolsas al interior de contenedores plásticos cerrados. Superficie: 17 m². Se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Bodega de Residuos Reciclables Considera una bodega del tipo container sobre un radier, acceso controlado y ventilación natural. Se destinará para almacenar residuos tales como papeles de oficina, cartones, envases plásticos, latas de bebidas. Superficie: 17 m². Se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Patio de Neumáticos Usados (Patio RISES Mina) Considera la habilitación de un patio de almacenamiento transitorio de neumáticos usados, el cual contará con un cierre perimetral construido con malla tipo bizcocho galvanizada de 2,5 m de altura, sujeto con pilares y, además, tendrá un portón de acceso de 10 m, compuesto de 2 hojas batientes, con sus respectivos candados, de tal manera de mantener un acceso restringido y evitar el posible ingreso de animales. Superficie: 120 m². Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Área Mina. Patio de salvataje Considera la habilitación de un patio de almacenamiento transitorio de escombros utilizados en la faena durante la fase de construcción, antes de su disposición final mediante un gestor autorizado. Luego, considera la habilitación de un patio de almacenamiento transitorio de piezas y partes utilizadas en la faena durante la fase de operación antes de su disposición final mediante un gestor autorizado. Contará con cierre perimetral de malla Bizcocho y acceso controlado. Superficie: 300 m². Se ubicará en la Plataforma Centro de Manejo de Residuos. Garita de Acceso Principal Corresponde a instalación del tipo modular, consistente en 04 contenedores considerando una oficina de control, servicios higiénicos personal (1 unidad) y comunes (2 WC, 2 lavamos), una sala de testeo y una sala de inducción en el caso que se requiera realizar charlas de seguridad y salud ocupacional para el ingreso a la faena Superficie: 75m². Se ubicará en la Plataforma Garita de Acceso. Estanques de Agua Potable (Garita de Acceso) Corresponde a 1 (un) estanque de 20.000 L. Mediante cañerías permitirán el abastecimiento de baños, lavado, etc. Superficie: 16 m². Se ubicará en la Plataforma Garita de Acceso. Bodega de Almacenamiento de Concentrado Considera la construcción de un galpón de estructura metá lica con revestimiento de PVC, losa de hormigón. Se destinará para almacenamiento de concentrado. Superficie: 2.400 m². Romana Considera la instalación de una romana para pesaje de camiones en el á rea de manejo de concentrado. Superficie 275 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Manejo de Concentrado Garita Control de Despacho de Concentrado. Considera la instalación de garita del tipo modular para controlar el ingreso y salida de los camiones que retiran el concentrado final. Superficie: 15 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Manejo de Concentrado. Oficinas Generales y Sala de Primeros Auxilios en Barrio Cívico Considera la instalación de oficinas y sala de primeros auxilios del tipo modular, consistente en 16 contenedores. Estas oficinas albergará n personal administrativo, prevencionista de riesgos, personal de medio ambiente, una sala de reuniones, servicios higiénicos personales (4 unidades) y comunes (Hombres: 3 WC, 3 Urinarios, 2 Lavamanos; Mujeres: 3 WC, 2 Lavamanos) y una sala de primeros auxilios. Superficie: 276 m². Se ubicará en la Plataforma Barrio Cívico. Oficina Operaciones Planta Considera la instalación de oficinas del tipo modular, consistente en 16 contenedores. Las que albergarán al personal de mantenimiento eléctrico, mantenimiento mecánico, instrumentación y operaciones de la concentradora. Además, contará con salas de reuniones, servicios higiénicos personales (4 unidades) y comunes (Hombres: 3 WC, 3 Urinarios, 2 Lavamanos; Mujeres: 3 WC, 2 Lavamanos). Superficie: 276 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Espesamiento de Relaves Sala de Control Planta Considera la instalación de oficinas del tipo modular, consistente en 2 (dos) contenedores. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Espesamiento de Relaves. Oficinas y otros

Oficina de Geología: oficinas del tipo modular, consistente en 6 contenedores. Las que albergarán al personal de geología y control de mineral en terreno. Esta área contará con oficinas y servicios higiénicos personales (2 unidades). Superficie: 108 m². Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Mina. Oficina de Contratistas Mina: Considera la instalación de oficinas del tipo modular, consistente en 12 contenedores que albergarán al personal de planificación minera, operaciones mina, mantenimiento mina y topografía. Superficie: 216 m². Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Mina. Comedores: módulos prefabricados, consistentes en 18 contenedores, que habilitarán comedores con capacidad de atender aproximadamente a 160 personas. Además, el recinto contará con lavamanos, zonas de desconche, una despensa, servicios higiénicos para el personal (2 unidades, uno para hombres y otro para mujeres) y comunes (Hombres: 3 WC, 2 Lavamanos; Mujeres: 2 WC, 2 Lavamanos) y zonas para guardar los elementos de protección personal (EPP) y una oficina del contratista a cargo del servicio de alimentación. No incluirá zona de manipulación y/o elaboración de alimentos, ya que estos serán provistos por una empresa externa del tipo “Local de expendio de alimentos con consumo al paso”. Superficie: 324 m². Se ubicará en la Plataforma Barrio Cívico. Estacionamientos: En la plataforma de Barrio Cívico, se ubicarán zonas de estacionamientos. Habrá zonas para estacionamiento de vehículos menores que ocuparán una superficie de 400 m² y otra para buses que ocupará una superficie de 300 m². Solución sanitaria: En la plataforma de Barrio Cívico, se ubicarán 2 módulos de contenedores, uno destinado para hombres y otro para mujeres. Acondicionados tanto como servicios higiénicos y sala de cambio. Módulo de Hombres: 3 duchas; 3 WC; 3 Lavamanos; 2 Urinarios y lockers. Módulo de Mujeres: 2 Duchas; 2 WC; 2 lavamanos y lockers. Superficie: 36 m². Estanques de agua potable Corresponden a 2 estanques de 20.000 L. Mediante cañerías permitirán el abastecimiento de baños, duchas, lavado, lavaplatos, etc. Se ubicará en la Plataforma Barrio Cívico. Superficie: 36 m². Infraestructura Mina: Corresponde a 2 estanques de 20.000 L. Mediante cañerías permitirán el abastecimiento de baños, duchas, lavado, lavaplatos, etc. Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Mina. Superficie: 36 m². Chancado Primario y Secundario: 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Unidad de Chancado Primario y Secundario. Superficie: 16 m². Chancador Terciario: 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Unidad de Chancado Terciario. Superficie: 16 m². Molienda y Flotación: 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Unidad de Molienda y Flotación. Superficie: 16 m². Espesamiento de Relaves: 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Unidad de Espesamiento de Relaves. Superficie: 16 m². Filtrado de Relaves: Corresponde a 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Unidad de Filtración de Relaves. Superficie: 16 m². Polvorín: 1 estanque de 20.000 L. Se ubicará en la Plataforma Polvorín. Superficie: 16 m². Soluciones sanitarias Infraestructura Mina: consiste en 5 módulos de contenedores, cuatro destinados para hombres y uno para mujeres. Acondicionados tanto como servicios higiénicos y sala de cambio. 14 duchas; 14 WC; 13 Lavamanos; 9 Urinarios 2 lavamanos y lockers. Se ubicará en la Plataforma Infraestructura Mina. Superficie: 90 m². Chancado Primario y Secundario: consiste en 2 módulos de contenedores, con servicios higiénicos y sala de cambio. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad Chancado Primario y Secundario. Chancado Terciario – HPGR: consiste en 2 módulos de contenedores, con servicios higiénicos y sala de cambio. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Chancado Terciario. Molienda y Flotación: consiste en 2 módulos de contenedores, con servicios higiénicos y sala de cambio. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de Molienda y Flotación. Espesamiento de Relaves: consiste en 2 módulos de contenedores, con servicios higiénicos y sala de cambio. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma Unidad de espesamiento de relaves. Filtrado de Relaves: consiste en 2 módulos de contenedores, con servicios higiénicos y sala de cambio. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma de Filtración de Relaves. Polvorín: consiste en 1 módulo de contenedor, acondicionados tanto como servicios higiénicos y sala de cambio. Contará con 1 ducha; 1 WC; 1 Lavamanos y lockers. Superficie: 36 m². Se ubicará en la Plataforma de Polvorín. Planta de tratamiento de aguas servidas Estará compuesta por compuesta por: Estanque de Elevación; Cámara de regulación de flujo; Estanque reactor; Estanque sedimentador; Estanque digestor de lodos; Estanque de desinfección y Estanques de Acumulación de Agua Tratada. Superficie: 395 m². Se ubicará en la Plataforma Barrio Cívico. Red de distribución eléctrica interna en V Se trata de un sistema que estará compuesto por: • Una Sala Eléctrica Barrio Cívico 5120-ER-01 ubicada en la Plataforma Barrio Cívico y que contendrá de 1 transformador 12: 0,15 MVA 23/0,4 kV. Superficie: 88 m². • Una línea de 23 kV aérea y subterránea, desde la Sala Eléctrica para la alimentación de las instalaciones unitarias ubicadas en las distintas plataformas. • Sala eléctrica Infraestructura Mina (1420-ER-01): ubicada en la Plataforma Infraestructura Mina con 1 Transformador 11: 0,25 MVA 23/0,4 kV. Superficie: 72 m². • Sala Eléctrica Molienda y Flotación (3150-ER-01): Sala Eléctrica Principal de la subestacióń planta La Farola donde se ubican los interruptores principales de llegada (puntos de conexión) de 2 líneas independientes de 23 kV desde la subestación Cardones. La sala eléctrica será del tipo modular, y se ubicará en la Plataforma Unidad de Molienda y Flotación y se compone de 3 transformadores Transformador 1: 10 MVA 23/4,16 kV; Transformador 15: 2,5 MVA y 4,16/0,4 kV; y Transformador 16: 2,5 MVA y 4,16/0,4 kV. Superficie: 449 m². • Sala Eléctrica Molienda (3150-ER-: 02) Molino Bolas: del tipo modular, ubicada en Plataforma Unidad de Molienda y Flotación y se compone de 3 transformadores: Transformador 02: 8 MVA 23/3,0 kV; Transformador 03: 8 MVA 23/3,0 kV; Transformador 04: 2 MVA 4,16/3,0 kV. Superficie: 259 m². • Sala Eléctrica Molienda y Clasificación Terciaria. HPGR (2750-ER-01): del tipo modular, ubicada en Plataforma Unidad de Chancado Terciario y se compone de 4 transformadores: Transformador 07: 6 MVA 23/4.16 kV; Transformador 10: 1 MVA 4,16/0,4 kV; Transformador 08: 2,5 MVA 4,16/3,0 kV; Transformador 09: 2,5 MVA 4,16/3,0 kV. Superficie: 427 m². • Sala Eléctrica Chancador Primario/Chancador Secundario (2740- ER-01): tipo modular, ubicada en Plataforma Unidad de Chancado Primario y Secundario y se compone de 1 Transformador 13: 1 MVA 23/0,4 kV. Superficie: 110 m². • Sala Eléctrica Separación Magnética, Espesamiento y Filtración de Relaves (4170-ER-01) del tipo modular, ubicada en Plataforma Unidad de Filtración de Relaves y se compone de 2 transformadores: Transformador 05A: 2 MVA 23/0,4 kV. Transformador 05B: 2 MVA 23/0,4 kV. Superficie: 224 m². • Sala Eléctrica Espesamiento, Filtración y Almacenamiento de Concentrado (3470- ER-01): del tipo modular, ubicada en Plataforma Unidad de Manejo de Concentrado y se compone de 1 Transformador 06: 1 MVA 23/0,4 kV. Superficie: 112 m². Grupos Electrógenos Diésel Se consideran grupos electrógenos tipo diésel para el respaldo eléctrico, los que serán utilizados para entregar energía a las cargas críticas de proceso en caso de pérdida del suministro eléctrico desde la red, disponiendo de estanques con capacidad suficiente para permitir 12 h de operación continua. Superficie: 60 m². Polvorín Explosivos: Instalación del tipo container de estructura metá lica de 20 pies (6,1 m de largo y 2,44 m ancho) con paredes y piso de planchas metálicas de 2 mm de espesor. Superficie: 15 m². Accesorios: instalación del tipo container de estructura metá lica de 20 pies (6,1 m de largo y 2,44 m ancho) con paredes y piso de planchas metá licas de 2 mm de espesor. Superficie 15 m². Se ubicará en la Plataforma de Polvorín. Oficinas Polvorín: oficinas del tipo modular, las que consisten en 4 contenedores y albergarán al personal del polvorín. Se ubicará en la Plataforma de Polvorín. Superficie: 72 m². Bodegas Polvorín: bodegas del tipo container de estructura metá lica de 20 pies (6,1 m de largo y 2,44 m ancho) con paredes y piso de planchas metálicas de 2 mm de espesor. Se ubicará en la Plataforma de Polvorín. Superficie: 30 m² Silos Polvorín: tendrán sus respectivos sistemas de impulsión para la carga y descarga. También contará con escaleras y pasillos de inspeccióń que estarán montados sobre un radier de hormigón que permita la función de pretil de contención. Se ubicará en la Plataforma de Polvorín. Superficie: 80 m². Canales colectores Camino mina oriente (Obras para el manejo y disposición del agua de escorrentía de superficie): captará las precipitaciones provenientes de las quebradas N°8 y N°9 en su parte alta, para luego descargar las aguas no contactadas de forma natural a la Quebrada Las Pintadas. Este canal será revestido en hormigón proyectado de 6 cm de espesor con malla ACMA, en sectores donde fluyen caudales superiores a 0,5 m³/s y pendientes mayores al 5%. tendrá un ancho basal constante en todo el desarrollo del canal de 0,5 m. Longitud 2.500 m. Principal (Obras para el manejo y disposición del agua de contacto): Intercepta el agua desde las quebradas N°1 a la N°7 y descarga directamente sobre la piscina por el sector oeste. Este canal será revestido en hormigón proyectado de 8 cm de espesor con malla ACMA, ancho basal entre 0,7 y 1,5 m. Longitud 2.377m. Secundario (Obras para el manejo y disposición del agua de contacto): Intercepta el agua de la quebrada n°9 y descarga a la piscina por el sector este. Este canal será revestido en hormigón proyectado de 8 cm de espesor con malla ACMA, ancho basal entre 0,7 y 1,5 m. Longitud 266 m. Camino Mina Poniente (Obras para el manejo y disposición del agua de contacto): Captará las aguas de la parte alta de las quebradas N°1, 3, 4, 5 y 6, para luego descargarlas por medio de tuberías de acero corrugado en el comienzo y final del trazado del canal hacia el canal colector principal. Este canal será revestido en hormigón proyectado de 6 cm de espesor con malla ACMA, solo en los sectores donde fluyen caudales superiores a 0,5 m3/s y pendientes mayores al 5%, mientras que el ancho basal será constante de 0,5 m. Longitud 1.809 m. Piscina Recolectora para el manejo y disposición del agua de contacto Tendrá una capacidad de 47.000 m3, será de forma trapecial y estará excavada en tierra. Dimensión basal de 51x109,2 m, altura de 7,2 m, dimensión superior 82,3 x 140,5 m aproximadamente. La piscina será revestida con una primera capa de carpeta de HDPE de 1 mm de espesor dispuesto sobre geotextil de 200 g/ m², posteriormente, se instalará un liner de HDPE de 2 mm de espesor. Entre el liner de 1 mm y de 2 mm de espesor se instalarán tubos para monitorear posibles roturas. Rajo Dimensión inicial: 0. Dimensión final Este-Oeste: 1550 m. Dimensión final Norte – Sur: 820 m. Ángulo caro de banco: 85°. Ángulo Inter – Rampa: 60°. Ángulo Global: 45° - 55°. Cota inicial de mina: 1280 msnm. Cota final fondo de mina: 940 msnm. Unidad de Chancado de Mineral Chancador Primario: 1 Chancador del tipo Mandíbula 63” x 47”. Superficie: 56 m². Pan Feeder: Uno de 1,6 x 6,1 m. Superficie: 56 m². Harneros Secundarios: 2 de 3,0 x 8,5 m. Doble Deck. Superficie: 306 m². Chancadores Secundarios: 2 de 800 HP. Superficie: 88 m². Chancador Terciario HPGR: Un HPGR 18x18. tipo WEIR Enduron. Superficie: 208 m². Harneros Terciarios: 2 de tipo Enduron DBHG24/61. Superficie: 440 m². Correas El Proyecto considera un sistema de correas para el transporte interno de material, las coordenadas de descarga cada una se ubican en la Tabla 1.1-6 de la Adenda. Unidad de acopio de mineral chancado Silo: Sección: 14x15 m. Largo: 30 m. Capacidad de Almacenamiento: 10.300 ton. Túnel: Sección: 5x5 m. Largo: 105 m. Materialidad: Roca. Unidad de molienda y flotación El sistema de Molienda y flotación está compuesto unidad de molienda, clasificación, flotación rougher, flotación scavenger, remolienda y conjunto de bombas. Superficie: 3.363 m². Además, contará con una planta de preparación de lechada de cal, que se ubicará en plataforma Unidad de Molienda y Flotación. Superficie: 84 m². Unidad de Espesamiento de Relaves Sistema de Espesamiento de Relaves Se compone de tres espesadores de relave de 35 m de diámetro que permiten la recuperación de agua. Superficie: 5.100 m². Además, contará con una planta de Floculante. Superficie: 46 m². Sistema de Separación Magnética (Unidad de Separación Magnética) Se compone de tambores magnéticos y bombas de transporte de. Superficie: 1.684 m². - Separador Magnético, Cantidad: 3. - Bombas de relave, Cantidad: 4. Sistema de Filtrado de Relaves (Unidad de Filtrado de Relaves) Se compone de filtros de relave, estanque de acondicionado de relave, estanque de recuperación de aguas y correa de descarga de filtro. Superficie: 2.500 m². - Filtros de Relaves, Cantidad: 5. Capacidad de filtrado: 260 ton/h por filtro. - Estanque de Acondicionamiento de Relaves, Cantidad: 1. Capacidad: 60 m³. - Estanque de Recuperación de Aguas, Cantidad: 1 Capacidad: 60 m³. - Correa Descarga de Filtro, Cantidad: 1 Capacidad de transporte: 1.072 ton/h. Sistema de Espesamiento de Concentrado Se compone de 2 espesadores de concentrado, que permiten la recuperación de agua. Superficie: 800 m². Serán 2 espesadores de Concentrado. Diámetro: 14 m. Sistema de Filtrado de Concentrado Se compondrá de filtros para la recuperación de agua, estanque de acondicionamiento de concentrado, estanque de almacenaje de agua recuperada y correa de descarga concentrado. Superficie: 1.187 m². Planta de Reactivos Se ubicará en plataforma Unidad de Molienda y Flotación. Superficie: 60 m². Planta de Floculante (Unidad de Manejo de Concentrado) Superficie: 46 m².

Partes del sistema de distribución de agua industrial Piscina de Agua Fresca: Capacidad:10.000 m³. Superficie: 3.339 m². Piscina de Agua Recuperada: Capacidad: 10.000 m³. Superficie: 3.339 m². Depósito de Relaves Filtrados (DRF) - Ancho de berma: 5 m. - Ancho de desacoples: 20 m. - Altura de las capas que forman los bancos: 2,5 m. - Número total de las capas por banco: 4 - Altura de cada banco: 10 m. - Número total de bancos de 10 m. de altura: 24 - Altura máxima interrampa: 50 m. - Ángulo de cara de banco: 37° - Ángulo interrampa: 29° - Ángulo global del DRF: 26° - Altura máxima del DRF: 270 m. - Superficie total del DRF: 116 ha. Total, material de empréstito para la construcción de la plataforma base, franjas de fricción y muros perimetrales del DRF: 72 Mm³. Total, relaves filtrados depositados provenientes de la planta de filtrado: 38,3 Mm³. Obras para Manejo de Drenajes y Filtraciones Para monitorear las eventuales filtraciones del DRF, se llevará a cabo la construcción de pozos de monitoreo con los siguientes equipos: Piezómetro de cuerda vibrante (Plataforma Base) Cantidad: 4. Piezómetro de cuerda vibrante (Terreno Natural), Cantidad: 3. Perforaciones destinadas a ensayos TDR convencionales, Cantidad: 2. Acciones Habilitación de Instalación de Faenas Centro Manejo de residuos: En el inicio de la fase de construcción, se retirará los residuos ya existentes en el área del Proyecto, que son producto de actividades previas y ajenas al Proyecto. Previo al retiro de los residuos existentes en el área, se tramitará ante la SEREMI de Salud de Atacama la Disposición de los Residuos fuera del predio industrial, siendo el Titular del proyecto responsable del Manejo de Residuos desde la generación hasta la disposición final, para lo cual se contratará una empresa externa especializada en el retiro, transporte y disposición final de residuos, que contará con todas las autorizaciones, certificaciones y permisos exigidos por la ley. Topografía y Replanteo: Se replanteará el trazado definido en los planos de ingeniería, mediante el estacado en terreno, de: - Caminos interior Planta. - Plataformas para instalación de equipos e infraestructura. - Piscinas de Agua Fresca de 10.000 m³ - Piscina de Agua Recuperada de Proceso de 10.000 m³. - Piscina recolectora de aguas lluvias de 47.000 m³. - Canales de captación de aguas lluvias. - Piscinas de Lavado de canoas de camiones mixer. Escarpe: Posterior al replanteo, se procederá a ejecutar el escarpe o extracción de la capa superficial del suelo, con la finalidad de retirar una porción de suelo con el apoyo de una motoniveladora. Esta acción se realizará tanto para los caminos como las plataformas, tendrá un carácter temporal y se desarrollará de acuerdo con el cronograma de la fase de construcción. Perforación para Tronadura: Durante la fase de construcción y de carácter temporal, para la construcción de caminos, plataformas, piscinas y canales, se requiere el uso de explosivos para lo cual es necesario realizar perforaciones de tronadura; para ello se utilizará la perforadora Roc L8 o similar con una velocidad efectiva de perforación 13,6 m/h. Las características de la malla de perforación serán según la altura de corte que sea necesaria para lograr la cota requerida. Baños: Esta Instalación contará con servicios higiénicos de acuerdo con las exigencias del D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud. Las aguas servidas serán recolectadas por un sistema de tuberías enterradas y cámaras de alcantarillado, y serán conducidas hasta la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), del tipo Aerobic - 600, que tiene una capacidad de tratamiento para 600 usuarios con un caudal medio diario de 81 m³/día. Tronadura Posterior a la perforación, se procederá a ejecutar las tronaduras para la construcción de caminos, plataformas, piscinas y canales, las cuales son de carácter temporal. Movimiento de tierra y compactación Consiste en la ejecución de corte y relleno con el apoyo de camiones tolva, bulldozer, excavadoras. Es importante destacar que el material de corte de plataformas, caminos, piscinas y canales será empleado específicamente para rellenar y nivelar las plataformas, así como pretiles de seguridad. El volumen del movimiento de tierra se indica en la Tabla 1-32 Anexo Capítulo 1 de la Adenda. Luego, durante el proceso de relleno se irá compactando el terreno con apoyo de rodillo compactador para alcanzar el 95% de la Densidad Seca Máxima Proctor Modificada (DMCS) según NCh 1534 II D, o el 80% de la densidad relativa según NCh 1726, según corresponda. Para alcanzar la compactación requerida, se estima que cada capa a compactar no deberá superar los 30 cm de espesor. Humectación Durante el proceso de escarpe, perforación, tronadura y movimiento de tierra, los sectores serán humectados con el apoyo de camión aljibe con el objeto de minimizar la emisión de material particulado. Esta acción es de carácter permanente, durante toda la construcción. Preparación Subrasante Durante la fase de construcción y de carácter temporal, es necesario realizar la preparación de la subrasante, la cual consiste en nivelar la superficie de rodado con el aporte de material de empréstito con el apoyo de motoniveladora y de rodillo compactador. Aplicación de Revestimiento asfáltico (Cape Seal) En la construcción de caminos, se aplicará un revestimiento asfaltico tipo Cape Seal. Una vez que la subrasante se encuentra ejecutada, se procederá a la colocación de la base granular, la cual consiste en la aplicación de una capa de gravilla de 3/4" y sobre esta se coloca la lechada asfáltica (Slurry) para luego sellarla a través de la aplicación de mortero asfáltico. Esta acción se realizará durante la fase de construcción, y posterior a ello, se realizará mantención durante la fase de operación. Aplicación de Revestimiento de Hormigón En la construcción de caminos, se aplicará un revestimiento asfaltico tipo Cape Seal. Una vez que la subrasante se encuentra ejecutada, se procederá a la colocación de la base granular, la cual consiste en la aplicación de una capa de gravilla de 3/4" y sobre esta se coloca la lechada asfáltica (Slurry) para luego sellarla a través de la aplicación de mortero asfáltico. Esta acción se realizará durante la fase de construcción, y posterior a ello, se realizará mantención durante la fase de operación. Construcción de piscinas Una vez finalizado el movimiento de tierra para la construcción de la plataforma respectiva, se llevarán a cabo las excavaciones localizadas para las piscinas de Agua Fresca, Agua Recuperada y Piscina de recolección de aguas lluvias. Estas excavaciones se realizarán con el apoyo de excavadoras, camiones tolva y herramientas manuales. Esta actividad será de carácter temporal en la fase de construcción. La Excavación de las Piscinas de Agua Fresca y Agua Recuperada, tendrá un tiempo de ejecución de 2,5 meses. Mientras que la excavación de la Piscina de Recolección de Aguas Lluvias tomará un tiempo de ejecución de 3,5 meses. Posterior a la ejecución de la excavación respectiva, se procederá a impermeabilizar las piscinas de aguas de proceso (Agua Fresca y Recuperada) y piscina recolectora de aguas lluvias. Para ello, se procederá a la instalación de geotextil 200 g/m²; una primera capa de carpeta de HDPE de 1 mm de espesor, posteriormente, se instalarán los tubos para detectar posible rotura de la segunda carpeta y, finalmente, se instalará la segunda carpeta de HDPE de 2 mm de espesor. Esta acción será de carácter temporal, pero su revisión y mantención será permanente durante la fase de operación. La impermeabilización de las Piscinas de Agua Fresca y Agua Recuperada tendrá un tiempo de ejecución de 0,5 meses. Mientras que la impermeabilización de la Piscina de Recolección de Aguas Lluvias tomará un tiempo de ejecución de 0,5 meses. Construcción de estructuras Posterior a la nivelación de las plataformas, se procederá a replantear las fundaciones, banco de ducto, y ubicación de infraestructura auxiliar, definida en layout general, mediante el estacado en terreno. Esto permitirá definir el contorno de las excavaciones localizadas para las fundaciones. Una vez que se tenga la plataforma construida, se ejecutarán las excavaciones localizadas para las fundaciones, con el apoyo de máquina excavadora, camión tolva y herramientas manuales. Luego, se procederá a la colocación de la enfierradura, la cual vendrá dimensionada y doblada desde el taller externo por parte del contratista. Por lo cual, no es necesario la instalación de ensamblaje y armado de estructuras de acero. La cantidad de acero se estima en 3.430.300 kg. En seguida, se procederá a la colocación del moldaje (madera o metálico) de acuerdo con el diseño de la fundación, verificando que queden bien ajustados, nivelados y alineados para evitar deformaciones y asegurar la precisión geométrica durante la colocación del hormigón. Una vez recepcionada las partidas de enfierradura y moldajes, se procederá al hormigonado de las fundaciones, poyos de soporte para oficinas modulares, radieres y revestimiento de canales. Este hormigón será provisto por una empresa externa y transportado mediante camiones mixer desde la planta de hormigón hasta el lugar de la obra. Se realizará el montaje de estructuras metálicas para el soporte de equipos. Además de estructuras secundarias que permitirán acceso para su mantenimiento (escaleras, barandas y pasarela). Esta acción será ejecutada con el apoyo de grúas y camión pluma, asegurando su alineación y verticalidad. Montajes De Equipos: Una vez ejecutadas las fundaciones y el montaje de estructuras de soporte, se procederá a montar los equipos de la planta de procesamiento de mineral (Chancadores, Pan Feeder, Harneros, Correas Transportadoras, Tolvas, Colectores de polvo, Molinos, Celdas de flotación, Espesadores, Filtros, Batería de Hidrociclones, Estanques y Bombas). Así también, se realizará el montaje de instalaciones modulares (Oficinas, SSHH, Bodegas, Estanques, Salas Eléctricas, Subestación, G.Generador, entre otros) según layout de proyecto. Esta actividad se realizará con el apoyo de grúa y camión pluma. De Piping: El montaje de cañerías se realizará de acuerdo con el trazado y características especificadas (materialidad, diámetro). Mientras que el proceso de unión se desarrollará mediante soldadura (termofusión, al arco) y flanges. Esta acción será ejecutada con el apoyo de camión pluma, tecles, soldadoras, entre otros. De Instrumentación: Durante la construcción y de carácter temporal, se ejecutará el montaje de la instrumentación e instalación de todos los adaptadores necesarios para asegurar las conexiones a conduits eléctricos y piping, según su disposición indicada en los planos, considerando criterios y buenas prácticas para el montaje. Esta acción se realizará mediante personal calificado con el apoyo de herramientas manuales. Eléctrico: Durante la fase de construcción y de carácter temporal, se ejecutará el montaje eléctrico correspondiente al cableado, instalación de canalización, instalación de escalerillas y conexionado de la red de distribución eléctrica (Subestación, Salas Eléctricas, Grupo Generadores y Equipos). Además, considera el montaje de postes para alimentación eléctrica entre las distintas plataformas. Pruebas en Vacío Posterior al montaje y conexionado de los equipos, se realizarán las pruebas preoperacionales, sin estar sometido a carga o material de proceso, con el fin de verificar el funcionamiento de todos los componentes mecánicos, eléctricos, hidráulico o neumáticos. En este tipo de pruebas se verifican todos los sistemas de seguridad y protección, se miden parámetros importantes (velocidad, vibraciones, temperatura, presión, consumo eléctrico, caudal de lubricación) y se detectan ruidos y vibraciones (desalineamiento, piezas mal ajustadas o problemas con las transmisiones). Construcción y mantenimiento de caminos de accesos y cierre de caminos Se contempla la construcción de caminos nuevos y la habilitación de caminos existentes con el fin de asegurar el acceso y la movilidad en las diferentes áreas de trabajo de forma segura. temporales Ningún camino nuevo implicará el cruce o atravesamiento de cauces, ni caminos enrolados. Los caminos del Proyecto serán mantenidos en óptimas condiciones para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas. Se llevarán a cabo acciones de humectación y aplicación de supresor de polvo de manera continua en los caminos ubicados dentro del rajo abierto, siempre que se requiera. En cuanto a los caminos que se encuentren en la planta e instalaciones auxiliares, se realizará mantenimiento preventivo y cuando se requiera correctivo, con el propósito de mantener la cubierta Cape Seal en las mejores condiciones posibles. Todo esto se llevará a cabo siguiendo la normativa ambiental aplicable. Durante la fase de construcción, los caminos existentes dentro del área del Proyecto que no sean utilizados durante su vida útil serán cerrados. Construcción y uso del polvorín o almacén de explosivos El presente Proyecto contempla la construcción de una planta de suministro de explosivos y polvorines, que cumplirán con las exigencias establecidas en la Ley N°17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, y la Resolución Nº9010/71, de 2011, de la Dirección General de Movilización Nacional. Las principales acciones constructivas de esta planta de servicios corresponden a: instalación de faenas y movimientos de tierra (despeje, nivelaciones, parapetos y caminos), montaje de silos y módulo, montaje de polvorines, montaje oficinas, instalación y montaje sistema de alcantarillado, trabajos eléctricos en silos y polvorines, instalación de cerco perimetral; por último, se realizará su puesta en marcha, pre-comisionamiento y comisionamiento. Estas instalaciones prestarán servicio durante toda la vida útil del Proyecto. Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto El tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del Proyecto deberá ser realizado de manera segura y eficiente, cumpliendo con las normas de tránsito y de seguridad ocupacional correspondientes, además de las que serán impartidas internamente por la compañía. Se establecerán rutas de circulación claramente señalizadas y se designarán áreas específicas para el estacionamiento y mantenimiento de los vehículos y maquinarias dentro de los recintos correspondientes para tales efectos. Además, se llevará un registro diario del uso de los vehículos y maquinarias, incluyendo horas de operación y mantenimiento, con el objetivo de optimizar su uso y minimizar los efectos que pudiesen desarrollarse durante la construcción y operación del Proyecto. La información correspondiente para estimar las emisiones atmosféricas de material particulado y gases que generan el tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias en la fase de construcción se describe en el Anexo 1.10 de la DIA. Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del área de emplazamiento del proyecto El transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del área de emplazamiento del Proyecto se realizará mediante vehículos autorizados y en cumplimiento de las normas y regulaciones vigentes. Se llevará un control estricto del flujo de entrada y salida de estos elementos, asegurando que no se excedan los límites establecidos por la normativa. Asimismo, se implementarán medidas de seguridad para prevenir incidentes durante el transporte, tales como la identificación clara de la carga, el uso de contenedores adecuados y la capacitación del personal encargado del manejo y traslado de estos elementos. Todo esto se realizará en cumplimiento de las normas y regulaciones aplicables al Proyecto. Construcción de piscinas de lavado de las canoas de los camiones mixer La construcción de las cuatro piscinas de lavado de canoas de camiones mixer contempla la conformación de un pretil perimetral de 0,7 m de altura, elaborado con material de relleno proveniente de los cortes y movimientos de tierra. Las dimensiones de las piscinas se encuentran detalladas en la tabla 1.1-3, "Capacidades y dimensiones de piscinas de lavado de canoas de camiones mixer", de la Adenda. Una vez finalizada la construcción del pretil perimetral, se procederá a la instalación de una carpeta de HDPE de 1,5 mm de espesor para impermeabilizar la piscina. La revisión y mantención de la impermeabilización será permanente durante toda la fase de construcción. La construcción de las cuatro piscinas de lavado de canoas de los camiones mixer, tendrá una duración de 1 mes. Transporte instalación de material de empréstito El material de empréstito producido durante el pre-stripping será transportado a una tasa de aproximadamente 30.000 tpd por camiones de alto tonelaje (100 t a 130 t) desde el rajo hacia el sector donde se construirá el DRF. En primera instancia, este material será transportado desde la mina hasta un punto donde se construirá una plataforma de giro para que los camiones puedan realizar las maniobras y así instalar el material de manera secuencial, distribuyéndolo y compactándolo con bulldozers hasta completar la base del depósito de relaves filtrados. Los caminos usados en esta actividad serán humectados con agua y supresor de polvo mediante camiones aljibes. Esta medida está orientada al control de la emisión de material particulado. Construcción y habilitación de las partes y obras asociadas a las unidades de acopio, chancado y transporte del mineral Una vez preparado el terreno, mediante actividades de corte y relleno y nivelación de plataformas, se construirá las fundaciones necesarias para soportar los equipos de chancado. El hormigón requerido se comprará a una empresa externa que lo transportará mediante camiones mixer directamente a los frentes de trabajo. Posteriormente, se realizará el montaje de los equipos de chancado y transporte de mineral. Estos corresponden a: chancadores primario y secundario, harneros, correas transportadoras, tolvas, HPGR y sistemas colectores de polvo, entre otros. Construcción y habilitación de la unidad de acopio de mineral chancado (silo subterráneo y túnel) La secuencia de construcción de la unidad de almacenamiento de material chancado secundario es la siguiente: - Preparación de plataforma y corte para construcción de brocal (salida) del túnel. - Perforación, tronadura y transporte de material extraído del túnel en un largo de 105 m. El material extraído será depositado en la zona de relleno más cercana. - Construcción de plataforma donde se ubicará la sección superior (entrada vertical) del silo. - Construcción de perforación piloto desde la plataforma hasta el eje del túnel. - Escariado con máquina Raise borer con un diámetro de 3 m a 5 m y extracción de material mediante carguío y transporte hasta zona de relleno más cercana. - Desquinche mediante perforación y tronadura contra la cara libre generada por la chimenea construida con el Raise borer hasta alcanzar las dimensiones de aproximadamente 14 m x 15 m y una altura de 30 m. El material extraído por el túnel será depositado en la zona de relleno más cercana. - Construcción de la base del silo y sistema de alimentadores vibratorios. - Construcción de correa transportadora CT-RF. - Construcción de estructura de encapsulamiento en la parte superior del silo. Construcción y habilitación de las partes o unidades específicas de la concentración de minerales mediante flotación Una vez preparado el terreno, mediante actividades de corte y relleno y nivelación de plataformas, se construirán las fundaciones necesarias para soportar los equipos de la concentración de minerales mediante flotación. El hormigón requerido se comprará a una empresa externa que lo transportará mediante camiones mixer directamente a los frentes de trabajo. Posteriormente, se realizará el montaje de los equipos para la concentración de minerales mediante flotación. Estos corresponden a: molino de bolas, celdas de flotación, espesadores y filtros (tanto de concentrados como de relaves). Construcción de las partes u obras del transporte de relaves Para transportar los relaves desde la unidad de filtración de relaves hasta el DRF, se habilitarán correas transportadoras móviles tipo stacker o grasshopper en la plataforma correspondiente. Construcción y habilitación de las partes o unidades del depósito de relaves (Base del DRF) Durante la construcción, se construirá la base del DRF en su sector norte mediante una plataforma de giro para que los camiones puedan realizar las maniobras y así poder instalar el material de empréstito de manera secuencial, distribuyéndolo y compactándolo con bulldozers. Pruebas con Carga Al final de la fase de construcción y previo a la fase de operación, se realizarán las pruebas con carga para verificar el rendimiento de los equipos bajo condiciones operativas reales. La prueba se inicia agregando pequeña fracción de la carga total, para luego ir incrementándolo hasta alcanzar los niveles máximos de operación de diseño, verificando que el equipo puede manejar la carga o el material del proceso sin presentar desalineamiento o sobrecargas y detectar problemas que solo pueden aparecer bajo condiciones de carga y permitan asegurar que la emisión de polvo en correas, puntos de traspaso, chancadores se encuentren dentro de los parámetros de emisiones indicadas en la DIA. También, se mide el rendimiento operativo en términos de capacidad, consumo eléctrico, temperatura, presión entro otros. Esta acción será de carácter temporal, pero su revisión y mantención será permanente durante la fase de operación. Además, construcción o habilitación, uso y cierre de la instalación de apoyo a la fase de Construcción: Durante la fase de construcción del Proyecto, se llevará a cabo la construcción, habilitación, uso y cierre de instalaciones de apoyo correspondiente. Para ello, se llevarán a cabo diversas acciones, tales como la construcción de las estructuras necesarias, la instalación de equipos y maquinarias y la habilitación de áreas de trabajo. Se llevarán a cabo las medidas necesarias para asegurar la eficiencia en el uso de los recursos, minimizar la influencia con el entorno y cumplir con la normativa vigente. Una vez finalizada la fase de construcción, se procederá al cierre y desmantelamiento de todas las instalaciones de apoyo que se hayan utilizado para la construcción, dejando el lugar en las condiciones adecuadas y en cumplimiento con las regulaciones correspondientes. Recursos naturales renovables Flora y vegetación en categoría de amenaza y especies propias del Desierto Florido: De las especies singulares detectadas, el proyecto afectará 280 individuos de la especie Pintoa chilensis, 30 individuos de la especie Aphyllocladus denticulatus y, 45 individuos de la especie Eriosyce confinis. El Plan de Manejo Biológico propone ejecutar rescate y relocalizaciones (Eriosyce confinis), y plantaciones (de individuos de las especies Pintoa chilensis y Aphyllocladus denticulatus). Aquellos individuos que no sean intervenidos por obras y actividades del proyecto serán delimitados mediante cerco temporal e incluidos en el proceso de monitoreo. El Plan de Manejo Biológico también incluye el rescate y relocalización de tubérculos y rizomas asociados a especies del ecosistema Desierto Florido, para lo cual se aprovecharán las labores de escarpe de terreno. Recurso hídrico: El Proyecto considera un total de agua potable para esta fase de 93 m³/d y de 180 m³/d de agua industrial, lo que implica un total de 56.544 m³ y 109.440 m³ de agua potable e industrial, respectivamente, por toda la fase de construcción Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: - MP10: Se considera una emisión de 17,21 ton/año de MP10. Su emisión se asocia a las actividades de perforación, tronadura, tránsito por camino no pavimentado, escarpe, compactación, maquinaría, erosión eólica, excavación, carga y descarga de material, tránsito por camino pavimentado, nivelación, motor vehículos y grupos electrógenos. - MP2,5: Se considera una emisión de 5,67 ton/año de MP2.5. Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. - MPS Se considera una emisión de 53,06 ton/año de MPS. Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. Para el caso de las emisiones de material particulado se consideran acciones de abatimiento, tales como: Actividad Acción de control % de abatimiento Perforaciones Cición o similar en Descarga Perforado 90% Escarpe y excavación Humectación 84% Tránsito de caminos no pavimentados Supresor de polvo 90%

El detalle de todas las acciones de control se encuentra en el Capítulo 5 de la Adenda Complementaria “Compromisos Ambientales Voluntarios”. - Gases de Combustión (CO, NOx, SO₂ y COV) Se considera una emisión de 62,48 ton/año de CO; 62,57 ton/año de NOx; 11,24 ton/año de SO₂ y 4,70 ton/año de COV. Su emisión se asocia a la operación de maquinaria, principalmente al motor de vehículos y grupos electrógenos. Emisiones de ruido: El ruido será generado por el uso de maquinaría (camiones, rodillo compactador, bulldozer (3), pala hidráulica, Wheel Loader, camión aljibe, cargador frontal, generador 1000 kVa (2)) utilizada en los frentes de trabajo a una altura de 1,5 [m], generando en el peor escenario 111 [dB(A)]. Emisiones líquidas o efluentes: Aguas servidas: Durante los primeros 6 meses de la fase de construcción, (posteriormente, la planta de tratamiento de aguas servidas comenzará su funcionamiento), se distribuirán 10 baños portátiles en los distintos frentes de trabajo. En la fase de construcción se estima un caudal de 81 m3/día de este efluente, para lo cual se utilizará una Planta de Tratamiento de Aguas servidas que considera esta cantidad, esta PTAS considera un Factor de Recuperación del 90 %. Los detalles de esta PTAS se presentan en Anexo PAS 138 de la Adenda Complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Lodos secos: La generación de lodos secos provenientes de la PTAS se estima en 0,88 Ton/mes, los cuales serán enviados a disposición final cada seis meses a empresa que cuente con autorización sanitaria vigente. La declaración de lodos se realizará a través del módulo específico del SINADER. Residuos domésticos: Correspondientes a residuos provenientes de las oficinas (tales como, envoltorios, restos de papeles, etc.), residuos provenientes de los basureros de los servicios higiénicos y guardarropía, restos de embalaje, restos de alimentos provenientes de los comedores. Se estima una generación de 19,8 ton/mes de residuos asimilables a domésticos, considerando una mano de obra máxima de 600 personas en total por día. Residuos Industriales no peligrosos: Corresponderían a restos de materiales de construcción tales como chatarras, maderas de embalaje y excedentes metálicos. En la siguiente tabla se detallan los residuos generados durante la fase de construcción y los residuos existentes en el área a intervenir. Nombre del residuo Generación estimada (kg/mes) Despuntes de madera 300 Despuntes de fierro 100 Excedentes de construcción 200 Excedentes de embalajes 300 Restos de PVC, HDPE 50 Total 950

Residuos peligrosos: Corresponden a paños, huaipes, ropa de trabajo contaminado, lodos con hidrocarburos, envases y residuos contaminados con pintura, latas de aerosoles vacías, con una generación anual aproximada de 5,040 ton/año. Éstos se dispondrán en contenedores habilitados en las diferentes áreas, y cada vez que se generen se trasladarán hacia la Bodega de Residuos Peligrosos ubicada en el Centro de Manejo de Residuos, para darles disposición final cada 4 o 6 meses de acuerdo con el D.S. Nº148/2003. El destalle se encuentra en Anexo PAS 142 de la Adenda Complementaria. Sustancias peligrosas tratamiento de aguas: Hipoclorito de calcio es un compuesto químico de fórmula Ca (ClO)2. Será utilizado en el tratamiento de agua servidas, se recepcionará en tambores de 200 litros, y se almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida será de 372 kg/mes. El sulfito de sodio, compuesto químico de fórmula Na2SO3, para tratamiento de aguas servidas. Se transportará en tambores de 200 litros, se almacenará en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 14,4 kg/mes. El hipoclorito de sodio es un compuesto químico de fórmula NaClO. Será utilizado para la desinfección (cloración) de agua potable, se recepcionará en tote de 1.000 litros, y se almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 400 l/mes. Explosivos: Los explosivos y sus consumos por utilizar en la etapa de construcción son: 25 t/mes de Nitrato de Amonio, 20 t/mes de Matriz (emulsión), 6 cajas de 30 unidades/mes de Iniciadores (booster) tipo APD Cil. 450, 4 cajas de 100 unidades/mes de Nonel EzDet® (detonador), 1 caja de 100 unidades/mes de Nonel EzTL® (detonador) y 2 cajas de 2 unidades/mes de Nonel LeadLine (detonador). Otras sustancias químicas: Sustancia Clase (NCh382.Of2004) Cantidad requerida Petróleo 3 289 m³/mes Oxígeno comprimido 2.2 30 cilindros/fase Gas licuado 2.2 180 kg/mes Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.6 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Parte/Obra Para la fase de operación se consideran las mismas partes y obras de la fase de construcción descritas en el acápite 4.3.1 del presente documento. Acciones Mantención de caminos de accesos El programa de mantenimiento para los caminos internos de la mina y aquellos que conectan con la planta y las instalaciones auxiliares es una pieza clave en la gestión operativa y de seguridad del Proyecto. Para la supresión de polvo, se emplearán camiones cisterna con capacidad de 20 m³, complementados por una flota de bulldozers del tipo CAT D10, D9, y D8, junto con camiones cisterna de mayor capacidad, 40 m³, destinados a apoyar las operaciones y el mantenimiento dentro de la mina. Estas actividades incluyen el mantenimiento del área de carga, la limpieza en áreas de perforación, la remoción de desmonte, y la limpieza de cortes, asegurando así la continuidad operativa y la seguridad en el sitio. Perforación y tronadura (Extracción material) Para la explotación de bancos de 12 m de altura, divididos en dos subniveles de 6 m cada uno, se han definido parámetros específicos de producción para las actividades de perforación y tronadura. Se utilizarán barrenos de 6,5” de diámetro para el mineral, con un patrón de perforación de 4,0 m x 4,5 m, y de 6,5” para los materiales de empréstito, con un patrón de 5,0 m x 5,5 m, añadiendo una pasadura de 1,0 m y 1,3 m respectivamente. Las mallas de perforación y tronadura podrán sufrir modificaciones dependiendo del tipo de roca en lo que respecta a su dureza y densidad. Esta estrategia de perforación permite obtener materiales con una granulometría específica, los cuales se utilizarán en la construcción de la base, los muros perimetrales y las franjas de fricción del depósito de relaves filtrados (DRF), con lo que se optimiza la gestión de los relaves y reduce las áreas de intervención del Proyecto. Para minimizar las vibraciones y la dispersión de polvo, se planificarán las tronaduras siguiendo la normativa aplicable y considerando las condiciones meteorológicas, utilizando una estación meteorológica local para determinar el momento óptimo de ejecución, siempre en horario diurno y considerando la dirección del viento. Un aspecto crucial en la fragmentación de la roca es el tamaño de los fragmentos resultantes; se requiere que el 80% del material (P80) tenga un diámetro igual o inferior a 30 cm, según la curva ROM definida por Minera Altair para el mineral a planta. El diseño de la malla de perforación y tronadura se basó en el uso de ANFO, considerando la ausencia de acuíferos tal como indican los estudios hidrológicos e hidrogeológicos realizados por ITASCA (2024). Estos estudios confirmaron la ausencia de niveles freáticos en sondajes recientes e históricos y en las galerías subterráneas existentes, asegurando así que las operaciones del Proyecto, situadas por encima de los 940 m s.n.m., no generarán impactos en los recursos hídricos subterráneos. Extracción de material Carguío de mineral y material de empréstito: Los camiones que transportarán estos materiales serán cargados por maquinaria de alto rendimiento, similares a las palas Komatsu PC2000, y contarán con el apoyo de un cargador comparable al CAT 992 para optimizar el proceso de carga. Plan Minero: Movimiento de materiales Total Mineral Tonelaje (kt) 78.292 Ley CuT (%) 0,53 Ley CuS (%) 0,11 Ley Au (g/t) 0,1 Ley FeM (%) 11,32 Recuperación Cu (%) 75 Distancia transporte promedio (km) 0,86 Material de empréstito Tonelaje (kt) 148.287 Distancia transporte promedio (km) 1,97 Total materiales Tonelaje 256.579 Otras actividades (complementarias a la extracción de material) Durante la operación del rajo abierto, se implementarán múltiples actividades paralelas al proceso principal de extracción, las que son fundamentales para el adecuado desarrollo y mantenimiento de la operación minera. Estas actividades incluyen: - Sondajes Mineros. - Iluminación de la Mina. - Mantenimiento de Equipos. - Control de Polvo en Frentes de Extracción. - Humectación de Caminos y Aplicación de Supresor de Polvo. - Actividades de Mapeo y Planificación. - Manejo de Cavidades. Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto Se establecerán rutas de circulación claramente señalizadas y se designarán áreas específicas para el estacionamiento y mantenimiento de los vehículos y maquinarias dentro de los recintos correspondientes para tales efectos. Además, se llevará un registro diario del uso de los vehículos y maquinarias, incluyendo horas de operación y mantenimiento, con el objetivo de optimizar su uso y minimizar los efectos que pudiesen desarrollarse durante la construcción y operación del Proyecto. Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del área de emplazamiento del proyecto Se llevará un control estricto del flujo de entrada y salida de estos elementos, asegurando que no se excedan los límites establecidos por la normativa. Asimismo, se implementarán medidas de seguridad para prevenir incidentes durante el transporte, tales como la identificación clara de la carga, el uso de contenedores adecuados y la capacitación del personal encargado del manejo y traslado de estos elementos. Todo esto se realizará en cumplimiento de las normas y regulaciones aplicables al Proyecto. Manejo y disposición del agua de escorrentía de superficie El canal colector mina oriente operará durante toda la vida útil del Proyecto. Para su adecuado mantenimiento, se realizarán inspecciones y monitoreo mensual al estado del canal. La operación de los canales está supeditada a la ocurrencia de eventos meteorológicos que involucren una escorrentía suficiente para descargar los caudales a través de la obra. En los periodos del año en que no se producen eventos de lluvia o cuando éstos son de baja y/o mediana intensidad, se considera que el personal de operación visite el sector con una frecuencia mensual para evaluar la necesidad de realizar el mantenimiento de las obras. Las visitas mensuales cobran relevancia previa a los meses de otoño e invierno, época donde se concentran los eventos de lluvia, y posterior a la ocurrencia de cada evento meteorológico de magnitud relevante. Manejo y disposición del agua de contacto El sistema de canales colectores (principal y secundario), la piscina de acumulación y el canal colector camino mina poniente operarán durante toda la vida útil del Proyecto. Para ello, se realizarán inspecciones y monitoreo mensual al estado de los canales, de la piscina y de las obras de confluencia de las quebradas. La operación del sistema de canales estará supeditada a la ocurrencia de eventos meteorológicos que involucren una escorrentía suficiente para descargar los caudales a través de las obras. En los periodos del año en que no se produzcan eventos de lluvia o cuando éstos sean de baja y/o mediana intensidad, se considerará que el personal de operación visite el sector con una frecuencia mensual para evaluar la necesidad de realizar el mantenimiento de las obras. Las visitas mensuales cobran relevancia previa a los meses de otoño e invierno, época donde se concentran los eventos de lluvia, y posterior a la ocurrencia de cada evento meteorológico de magnitud relevante. Transporte de mineral Durante la fase operativa de la mina, el transporte de mineral a una tasa de aproximadamente 15.000 tpd se efectuará de manera eficiente y segura, utilizando una flota entre 5 a 10 camiones mineros con capacidades entre 100 t y 130 t, dependiendo de los requerimientos de movimiento de material en la mina (de acuerdo con el Plan minero). El movimiento de estos materiales se realizará a través de una red de caminos internos de la mina, diseñados y construidos para cumplir con los estándares de seguridad del SERNAGEOMIN y minimizar la generación de material particulado. Los caminos principales, utilizados para el tránsito de los camiones mineros, presentan un ancho de 25 m y una pendiente máxima del 10%, facilitando el transporte hacia los distintos destinos asignados. En el caso del mineral extraído, será trasladado hacia el chancador primario utilizando caminos de doble vía, con un ancho de 25 m, lo que facilita el flujo continuo y eficiente hacia el inicio del proceso de procesamiento. La red de caminos internos de la mina (Figura 1-54 Anexo Capítulo 1 de la Adenda) está diseñada para soportar la frecuencia y el volumen de viajes diarios de los camiones (Tabla 1-82 Anexo Capítulo 1 de la Adenda), con un esquema operativo que varía entre 4,500 y 6,000 horas anuales. La eficiencia operativa de este sistema de transporte se estima entre el 46% y el 68%, dependiendo de los requerimientos de movimiento de material en la mina. En Adenda se presentó un detalle de los mantenimientos de los caminos utilizados por el Proyecto. Transporte e instalación de material de empréstito El material de empréstito, tras ser tronado según una malla específica y una vez verificadas sus características granulométricas y geotécnicas, se transportará utilizando los mismos camiones y la misma red de caminos internos de la mina descritos en el ítem anterior y, al salir del rajo, por caminos de 15 m de ancho hacia el depósito de relaves filtrados. Aquí, el material de empréstito será instalado por bulldozers y/o excavadoras para construir los muros perimetrales y franjas de fricción del DRF. Lavado de ruedas El agua residual que proviene de los procesos de lavado de equipos (camiones y maquinarias), ingresará a un estanque de ecualización y bombeo de 10 m3. Luego, el flujo ingresará a un estanque sedimentador y, posteriormente, pasará a un estanque separador de hidrocarburos. Cabe señalar que los sedimentos serán manejados como Residuos Peligrosos (RESPEL), de acuerdo con lo estipulado en el D.S. N°148, de 2004, del Ministerio de Salud, considerando que pueden presentar trazas de aceites, grasas e hidrocarburos. Chancado primario y secundario El mineral extraído del rajo se alimentará a una tasa de 15.000 tpd a un chancador de mandíbula del tipo C160 de 63” x 47” con una potencia instalada de 250 kW. En esta etapa de chancado primario, se reducirá de tamaño el mineral bajo 200 mm (8”) que subsecuentemente se transportará vía correas encapsuladas a la etapa de chancado secundario dispuesta en circuito cerrado inverso. En la etapa de chancado secundario, el material se clasificará usando dos harneros de doble piso (del tipo MF3085-2) con una apertura de 50 mm. La fracción gruesa se dirigirá hacia dos chancadores de cono estándar del tipo MP 800, con uno en operación y el otro en espera (standby), para alcanzar un producto final de tamaño de 50 mm. El material resultante de la fase de chancado secundario, combinado con la producción del chancado primario, se recircula a los harneros secundarios, con lo que se cierra efectivamente el ciclo, y se asegura un producto con la granulometría apropiada para alimentar el HPGR. Las áreas de chancado primario-secundario estarán cubiertas en edificios (ítems 1.4.2.3.1 y 1.4.2.3.2 Anexo Capítulo 1 de la Adenda) para prevenir la dispersión de polvo fuera de las mismas. Además, se instalarán colectores de polvo en cada punto de transferencia o fuente de emisión, donde el polvo colectado se mezclará con agua y enviará al área de molienda húmeda (slurry maker). Almacenamiento en silo subterráneo El material clasificado por los harneros como fracción fina o bajo- tamaño se almacenará en un silo subterráneo que actuará como “pulmón” (buffer) entre las etapas de chancado primario- secundario y chancado terciario, lo que permitirá la continuidad operacional de ambos procesos. El silo tendrá una capacidad viva de 15 horas y estará cubierto para prevenir la dispersión de polvo durante la operación de las correas de descarga, como se puede observar en la Figura 1-55 Anexo Capítulo 1 de la Adenda. Chancado terciario y clasificación El material proveniente del silo subterráneo, a través de un túnel de sección de 5m x 5m y largo de 105 m, se descargará en un circuito cerrado directo que usa un HPGR (del inglés High Pressure Grinding Rolls) para la etapa de chancado terciario. El material chancado se envía a la tolva de alimentación del chancador terciario HPGR del tipo WEIR Enduron RPM 20 180/180 con una potencia instalada de 3.976 kW. El material alimentado se reducirá a un tamaño menor que 12 mm. El producto de esta etapa de chancado se envía a la tolva de alimentación de dos harneros terciarios tipo banana que clasificarán el material en una fracción gruesa y otra fina. La fracción gruesa se recirculará a la tolva del HPGR mientras que la fracción fina (80% pasante bajo 4 mm) se alimentará a la etapa de molienda. Control y abatimiento de polvo Para garantizar el cumplimiento de la normativa medioambiental y minimizar las emisiones de polvo, todos los equipos del área seca se alojarán en edificios (galpones) equipados con colectores de polvo. Estos colectores están diseñados para capturar y controlar el polvo generado durante el funcionamiento de los equipos. Además, se tendrán en cuenta las siguientes medidas de control del polvo para cada etapa de chancado: - Se instalarán atomizadores de agua de supresión en los puntos de descarga de material ROM a la tolva del chancador primario. La tolva de descarga al chancador primario estará bajo zona techada para minimizar el arrastre de material por efecto del viento (Figura 1-57 Anexo Capítulo 1 actualizado de la Adenda). - Todos los chancadores, harneros, tolvas, correas transportadoras y chutes de descarga estarán encapsulados (Figura 1-58, Figura 1-59 y Figura 1-60 Anexo Capítulo 1 de la Adenda). En el caso de los alimentadores y harneros, estos serán cubiertos con membrana vinílica de alta resistencia y, en el caso de las correas, estas serán cubiertas con estructuras metálicas corrugadas de mediacaña o de fibra de vidrio. - Los puntos de alimentación y descarga de todos los equipos del área seca se conectarán a sistemas dedicados de captación de polvo. El polvo recolectado se mezclará con agua para formar un lodo con un 50% de sólidos en peso (slurry maker), el que a continuación se transportará al cajón de la bomba de molienda. El diseño de las correas transportadoras de la planta La Farola considerará el uso de correas encapsuladas y sobredimensionadas que operen a una velocidad de 1 m/s, que es un tercio de la velocidad normalmente aplicada. Con este diseño se pretende proteger eficazmente las correas transportadoras y evitar la emisión de partículas y el derrame de material. Transporte del mineral chacado a otras unidades de proceso o beneficio del mineral Este transporte se realizará mediante correas transportadoras encapsuladas y sobredimensionadas que operarán a una velocidad del orden de 1 m/s como se indicó en el ítem 1.6.3.2.14 Capítulo 1 actualizado de la Adenda Complementaria. El detalle de todas las correas transportadoras de la planta se presenta en el ítem 1.4.2.20 Capítulo 1 actualizado de Adenda Complementaria. Molienda de bolas y clasificación El producto resultante del chancado terciario se alimentará a una tasa de 15.000 tpd a un único molino de bolas de 22,5 pies x 37,5 pies con una potencia instalada de 12.400 kW que operará en circuito cerrado inverso con siete hidrociclones de 26”. De los hidrociclones saldrá un producto con un 80% pasante de 135 micrones, que se alimentará a la etapa de flotación. Flotación y remolienda El material molido se mezclará con agua y reactivos (colectores y espumantes) en un tanque agitador de alimentación para producir una pulpa de 30% de sólidos en peso. A continuación, esta pulpa se alimentará a seis celdas de flotación mecánica en serie del tipo off OK e300, que producirán un concentrado rougher con una ley promedio de cobre de 8%y un relave rougher que da cuenta del 90% de la masa alimentada a esta etapa. El proceso de flotación operará a pH natural en un rango de 7,5 a 8,0. El concentrado rougher se bombeará usando bombas centrífugas hacia un único molino de remolienda (del tipo 3500 / 23000 HIG Mill), en el que el tamaño de partícula se reducirá a un 80% pasante bajo 25 micrones. El concentrado remolido se enviará entonces hacia un circuito de flotación cleaner-scavenger, que consiste en nueve celdas de flotación mecánica del tipo off OK e100 y una columna de flotación de 3,5 m x 8 m. Este circuito producirá un concentrado final que contendrá 21% a 28% de cobre, junto con un relave scavenger. En esta etapa, se añadirá lechada de cal para mantener un nivel de pH de la pulpa de aproximadamente 11,5. Espesamiento, Filtración y Almacenamiento de concentrado Después de la etapa de flotación, el concentrado final se dirige hacia un tanque y luego se alimenta a dos espesadores de 14 m de diámetro para producir una pulpa de 63% de sólidos en peso. Consiguientemente, este concentrado espesado se transportará vía bombas centrífugas hacia dos filtros de prensa con 42 placas de 1m x 1m (del tipo DELKOR FP OH1000/42/40/7/M15/O) para producir un concentrado con un contenido de humedad bajo 10%. El agua recuperada en esta etapa se recirculará a la flotación rougher. El concentrado final de cobre con contenido de oro se transportará vía correas encapsuladas hacia un área de almacenamiento. Aquí, estará listo para ser vendido y transportado fuera del sitio por el comprador. La producción máxima de concentrado se estima en 375 tpd. Separación magnética, Espesamiento y Filtración de relaves Los relaves rougher producidos durante la etapa de flotación se dirigirán a un cajón de distribución, que ofrece dos rutas distintas de tratamiento basado en la cantidad de hierro magnético contenido en los relaves: a) una etapa de espesamiento de relaves o b) una etapa de separación magnética húmeda de baja intensidad (LIMS por su sigla en inglés: Low-intensity wet Magnetic Separation). En la etapa LIMS, la pulpa de relaves se alimentará en contracorriente hacia tres tambores magnéticos de dimensiones 1.200 mm x 3.660 mm cada uno. Estos tambores magnéticos producirán un relave rougher magnético. Todos los relaves producidos durante el proceso de flotación se dirigirán hacia los tres espesadores de relaves de 37 m. El objetivo de separar el relave en fracciones magnética y no- magnética es optimizar la eficiencia de recuperación de agua ante la presencia ocasional de magnetita, de modo de recuperar la mayor cantidad de agua en el proceso. Si bien se generará un relave magnético y otro no-magnético, ambos se depositarán indistintamente en el mismo DRF. Se espera que la descarga de los espesadores de relaves contenga 63% de sólidos en peso. El agua recuperada durante este proceso se recirculará gravitacionalmente hacia la piscina de agua recuperada. El producto de cada espesador de relave se alimentará a cinco filtros de prensa consistentes en 162 placas de 2,5 m x 2,5 m (del tipo DELKOR FO OH2500/166/40/10/M15/O). El objetivo de estos filtros es alcanzar un producto filtrado final con un contenido de humedad menor al 20%. El agua recuperada de este proceso de filtración también se recirculará hacia la piscina de agua recuperada. Los relaves filtrados se transportarán vía correas transportadoras al DRF. Pesaje y venta de concentrado de mineral El proceso de pesaje y venta del concentrado de cobre con contenido de oro se llevará a cabo en las instalaciones de manejo de concentrado. Se empleará una romana para la medición del peso de los camiones cargados con concentrado. El concentrado final, previamente almacenado, se trasladará al área de despacho. Una vez en la romana, se realizará la medición precisa del peso del concentrado, con lo que se asegura la cantidad del producto a ser comercializado. Este proceso de pesaje y venta del concentrado se realizará dentro de las instalaciones de Minera Altair S.A. que cumple con los estándares y normas de la industria minera para garantizar la transparencia y confiabilidad en las transacciones comerciales. Antes de salir del recinto, los camiones pasarán a través de un sistema de lavado de ruedas. Transporte del relave Debido a que se generará relaves filtrados, el transporte se efectuará mediante correas transportadoras encapsuladas dispuestas de manera tal de permitir la disposición según la configuración del DRF. La tasa de transporte será entre 600-800 t/h. Acondicionamiento del relave Antes de su disposición, los relaves se someterán a un proceso de espesamiento y filtración para asegurar un contenido de humedad menor al 20%. Más detalles del acondicionamiento del relave se describen en el ítem Separación magnética, Espesamiento y Filtración de relaves de esta misma tabla. Disposición del relave en el depósito La operación del Depósito de Relaves Filtrados (DRF) constituye un pilar fundamental en la estrategia de gestión ambiental y operativa del Proyecto, pues implementa una tecnología avanzada que optimiza el proceso productivo y se destaca por una eficiencia notable en la reducción del consumo de agua, reactivos y energía eléctrica, además de minimizar el contenido de agua en el relave filtrado. El DRF ha sido diseñado para albergar los relaves filtrados provenientes de la planta a un ritmo promedio aproximado de 14.700 tpd secas más un contenido de humedad menor al 20%. El diseño del DRF incluye una base y muros perimetrales junto con franjas de fricción internas que forman "celdas de confinamiento", optimizadas para mejorar la estabilidad física del depósito. Estas estructuras, los muros perimetrales y las franjas de fricción, fundamentales para la estabilidad física del DRF, se construirán durante toda la vida útil del DRF y de manera secuencial cada 25 m a 30 m, de tal modo de generar una estructura estable en la que se depositará el relave filtrado. Estas estructuras se construirán a través de camiones mineros, seguido de una distribución y compactación por bulldozers y el paso de equipo pesado. El diseño del muro perimetral variará en función de la orientación de potenciales superficies de falla, con anchuras de 20 m para los lados frontal y trasero y 80 m para los laterales, lo que refleja un enfoque preventivo ante distintas condiciones geotécnicas y que se evidencian en los factores de seguridad calculados para esta estructura (ver Tabla 1-85 de la DIA). La distribución de los relaves filtrados dentro de las celdas se realizará mediante correas móviles tipo stacker o grasshopper, seguida de una compactación efectuada con rodillos compactadores. La utilización de material de empréstito en la construcción y operación del DRF permite una gestión eficiente de los recursos, ya que reduce tanto el consumo de materiales tradicionales de la construcción como la intervención de áreas. Las propiedades geotécnicas de los materiales, consideradas para diseñar del DRF y realizar los respectivos análisis de estabilidad, se detallan en la Tabla 1-85 Anexo Capítulo 1 de la Adenda. Se tiene planificado cubrir un área de 116 ha por el DRF con una capacidad total de disposición de relaves de 38 Mm3, para lo que se construirán 24 niveles de 10 m cada uno sobre una base de 30 m de altura (ver base del DRF en ítem 1.5.3.2.23.1 de la DIA), lo que culmina en una estructura de 270 m de altura máxima con un ángulo de talud global entre 25° a 26°. La metodología de construcción de todos y cada uno de los niveles es la siguiente: ▪ Cada nivel se iniciará generando una rampa con dirección norte- sur, que tendrá una altura igual a la cota. Además, la rampa deberá contenerse en la capa a construir y ser cercana al lado oeste del depósito, para no retrasar la puesta en marcha de la planta. ▪ La rampa se irá construyendo de sur a norte, hasta el inicio del muro perimetral. El material será instalado por bulldozers y/o excavadoras, terminando así una capa (altura de 2,5 metros) de la franja de fricción. En la Figura 1-61 Anexo Capítulo 1 de la Adenda se observa la secuencia mencionada. ▪ Una vez completada la primera capa de la franja de fricción se podrá rellenar hacia ambos extremos (oeste y este). Posteriormente y a medida que se completa el muro perimetral en ambas direcciones, se podrá avanzar con el resto de las franjas de fricción de manera simultánea al muro perimetral hasta completar la primera capa del nivel. Al tener construido el sector oeste del depósito y siempre que haya dos franjas de fricción consecutivas, se podrá depositar el relave filtrado, que tendrá una humedad inferior a 20% y una DMCS (Densidad Máxima Compactada Seca alcanzada por el Proctor modificado) de 2,08 t/m³. El grasshopper (correa transportadora) iniciará su recorrido en la planta, que está ubicada a 1,1 km del depósito, y deberá ingresar por el lado oeste del DRF, a través de una rampa, que será reubicada cada vez que se comience un nuevo nivel (cota más elevada). A continuación, el grasshopper se instalará en la primera franja de fricción que permita vaciar relave filtrado en ambos sentidos (oeste y este); de esta forma no será necesario reubicar el grasshopper hasta completar dos franjas de relave filtrado. Luego, con el apoyo del equipo compactador de suelos vibratorios y el bulldozer se acomodará el material de relave filtrado, con lo que se alcanzará un nivel de compactación cercano al 100% del Proctor Modificado. Finalmente, la secuencia de disposición de relave filtrado se mantendrá hasta completar el nivel. En la Figura 1-63 Anexo Capítulo 1 de la Adenda, se observa el inicio de la disposición de relave filtrado y en la Figura 1-64 Anexo Capítulo 1 actualizado de la Adenda cómo se verá esta disposición dentro del DRF; mientras que en la Tabla 1-86 Anexo Capítulo 1 de la Adenda se presenta el plan de crecimiento anual del DRF. Manejo de drenajes y filtraciones Cantidad de agua drenada recuperada: El manejo de las aguas de contacto del depósito de relaves filtrados proviene de tres fuentes: - Los caudales y volúmenes proveniente de las cuencas afluentes. - Los volúmenes de agua que se generan debido a la precipitación que cae sobre el depósito en sí. - El volumen de agua debido a la humedad proveniente del empréstito y relave utilizado para su construcción. Debido a su granulometría, se observa que el empréstito es altamente permeable en comparación con el relave. Esta característica permite que las franjas de fricción y la base del depósito de relaves filtrados, que son construidas con material de empréstito, sirvan como sistema de drenaje para las aguas de contacto. Estas aguas de contacto permean a través de las franjas de empréstito y son conducidas hacia los canales colectores Principal y Secundario ubicados en el punto más bajo del depósito. El sistema de drenaje basado en empréstito (muros perimetrales y franjas de fricción) permite contener todo el volumen proveniente de las cuencas, el generado por la precipitación sobre el depósito y el asociado al contenido de humedad de los materiales depositados en el DRF. De manera conservadora, se ha considerado únicamente la acumulación de agua en una capa de empréstito con una altura de 10 m, lo que conduce a las cotas de agua sobre las franjas que se indican en la Tabla 1-89 Capítulo 1 actualizado de la Adenda. Programa de monitoreo de pozos: Se considera el monitoreo de 3 pozos. La frecuencia del monitoreo de cada pozo será trimestral para el muestreo de calidad de aguas, mientras que, para la medición de nivel freático, el monitoreo tendrá una frecuencia quincenal. En el caso de identificar la presencia de aguas en cada pozo, el monitoreo de calidad de las aguas subterráneas se realizará analizando los parámetros indicados en la Tabla 4.1 del Anexo M de la Adenda. Productos generados El proyecto producirá aproximadamente entre 233 tpd a 300 tpd de concentrado de cobre con contenido de oro. Recursos naturales renovables Agua industrial: El consumo de agua industrial para esta fase se estima en un máximo de 40 l/s. El agua para uso industrial será agua de mar desalada o de rechazo de su sistema de producción (salmuera) y será adquirida a una empresa autorizada. La provisión de agua industrial será entregada con los respectivos permisos y autorizaciones en el reservorio del Proyecto por la empresa finalmente seleccionada. El agua industrial contará con medidores de caudal a la salida del estanque principal y se instalarán medidores de caudal en las áreas de mayor consumo. La lectura se realizará en forma diaria y quedará registro de éstas en el libro de novedades, además de un sistema digital. Agua potable destinada a consumo humano: Respecto del agua bebestible (agua envasada de 20 l), se comprará en las comunas de Tierra Amarilla y/o Copiapó. Se contará con el registro semanal y/o quincenal de los bidones de 20 l ingresados a la faena y cómo se distribuyen por área, considerando un consumo aproximado de 5 l/día por trabajador. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: - MP10: Se considera una emisión de 49,2 ton/año de MP10 para el año 9 (peor escenario). Su emisión se asocia a las actividades de perforación, tronadura, chancador, tránsito por camino no pavimentado, escarpe, compactación, maquinaría, erosión eólica, excavación, traspasos, carga y descarga de material, tránsito por camino pavimentado, nivelación, motor vehículos y grupos electrógenos. - MP2,5: Se considera una emisión de 8,96 ton/año de MP2.5 para el año 9 (peor escenario). Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. - MPS Se considera una emisión de 193,08 ton/año de MPS para el año 9 (peor escenario). Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. Para el caso de las emisiones de material particulado se consideran acciones de abatimiento, tales como: Actividad Acción de control % de abatimiento Perforaciones Cición o similar en Descarga Perforado 90% Chancadores Encapsulado + circuito húmedo + aspirado dentro de su edificio 99,7% Traspaso Encapsulado + circuito húmedo + aspirado dentro de edificio 90% Carga y descarga de material Canon nebulizador 95% Tránsito de caminos no pavimentados Supresor de polvo 90%

El detalle de todas las acciones de control se encuentra en el Capítulo 5 de la Adenda Complementaria “Compromisos Ambientales Voluntarios”. - Gases de Combustión (CO, NOx, SO₂ y COV): Se considera una emisión de 49,2 ton/año de CO; 80,29 ton/año de NOx; 0,43 ton/año de SO₂ y 4,28 ton/año de COV. Su emisión se asocia a la operación de maquinaria, principalmente al motor de vehículos y grupos electrógenos. Emisiones de ruido: El ruido será generado por el uso de maquinaría (Chancador Primario, Chancador Secundario, harneros, HPGR, correas transportadoras, motores correas, molino de bolas, batería hidrociclones, celdas flotación (inc blower), bombas, blowers, filtros), generando en el peor escenario 111 [dB(A)]. En Adenda se señala que los horarios de las tronaduras serán entre las 08:00 a 18:00 horas y no coincidirán con otras tronaduras de proyectos mineros presentes en la comuna. Emisiones líquidas o efluentes: Efluentes Sanitarios (agua servida tratada): Las aguas servidas tratadas corresponden a una generación estimada mensual de 1.215 m³/mes, las que cumplirán la NCh 1333, y serán reutilizadas diariamente en la humectación de caminos internos del proyecto. Se considera que estarán en el estanque de recuperación un periodo no mayor a 48 horas. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domésticos: Correspondientes a residuos provenientes de las oficinas (tales como, envoltorios, restos de papeles, etc.), residuos provenientes de los basureros de los servicios higiénicos y guardarropía, restos de alimentos provenientes de los comedores. A partir de la mano de obra máxima 300 trabajadores por día y considerando una tasa de generación de 1,1 kg/día-persona, se estima una generación de residuos sólidos domésticos de 9,9 ton/mes durante la fase de operación. Residuos industriales no peligrosos: Corresponderán principalmente a despuntes de madera, chatarras de fierro, restos de gomas y plásticos y correas en mal estado. Se estima la generación de aproximadamente 900 kg/mes de residuos no peligrosos. Neumáticos usados: Se estima la generación de aproximadamente 20 ton/mes de neumáticos usados. serán retirados cada vez que se generen desde los puntos de generación hacia el Patio de almacenamiento temporal. Residuos peligrosos Planta – Taller – Bodega de SUSPEL: Los residuos corresponden a Maxi sacos vacíos de óxido de calcio, baterías de níquel cadmio usadas, tubos fluorescentes y ampolletas, tóner y cartuchos de tinta, pilas y baterías alcalinas en desuso, material contaminado con residuos reactivos, aceite usado en mantenimiento, aceite dieléctrico, filtros de aceite de equipos, tierra, paños, huaipes y ropa de trabajo contaminada con hidrocarburos, residuos contaminados con pintura, latas de aerosoles vacías, envases con residuos de floculante. Se estima una generación anual aproximada de 2 ton/año y se dispondrán en contenedores habilitados en las diferentes áreas, y cada vez que se generen se trasladarán hacia la Bodega de Residuos Peligrosos ubicada en el Centro de Manejo de Residuos, para darle disposición final cada 4 a 6 meses de acuerdo con el D.S. No148/2003. Residuos Peligrosos Mina – Taller Mina: Corresponden a aceites usados, filtros de aceite, tierra, paños, huaipes y ropa de trabajo contaminado con hidrocarburos, envases contaminados con grasa, latas de aerosoles vacías, baterías de ácido plomo. Se estima una generación anual aproximada de 2,8 ton/año y se dispondrán en contenedores habilitados en las diferentes áreas, y cada vez que se generen se trasladarán hacia la Bodega de Residuos Peligrosos ubicada en el Centro de Manejo de Residuos, para darle disposición final cada 4 a 6 meses de acuerdo con el D.S. 148. Sustancias peligrosas tratamiento de aguas: El hipoclorito de calcio es un compuesto químico de fórmula Ca (ClO)₂. Será utilizado en el tratamiento de agua servidas, se recepcionará en tambores de 200 litros, y será almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida será de 186 kg/mes. El sulfito de sodio, compuesto químico de fórmula Na2SO3, para tratamiento de aguas servidas. Se transportará en tambores de 200 litros, se almacenará en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 7,2 kg/mes El hipoclorito de sodio es un compuesto químico de fórmula NaClO. Será utilizado para la desinfección (cloración) de agua potable, se recepcionará en tote de 1.000 litros, y será almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 200 l/mes. Aceites y grasa de lubricación: Para la mantención preventiva de maquinaria pesada y camiones durante la fase de operación será aproximadamente de 102 ton/año. Otras sustancias químicas: Sustancia Clase (NCh382.Of2004) Cantidad requerida Petróleo 3 869 m³/mes Oxígeno comprimido 2.2 5 cilindros/mes Gas licuado 2.2 2 cilindros de 45 kg/mes Nitrato de Amonio 5.1 250 ton/mes Matriz (emulsión) 5.1 200 ton/mes Iniciadores (booster) tipo APD Cil. 450 1 58 cajas de 30 unidades/mes Nonel EzDet® (detonador) 1 35 cajas de 100 unidades/mes Nonel EzTL® (detonador) 1 9 cajas de 100 unidades/mes Nonel LeadLine® (detonador) 1 16 cajas de 2 unidades/mes Isopropil xantato de sodio 4.2 5 ton/mes Metil isobutil carbinol 4.2 5 ton/mes Polipropilenglicol 4.2 5 ton/mes Floculante N/A 2 ton/mes Óxido de calcio 4.2 122 ton/mes Grasa lubricante 9 2.080 kg/mes Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.7 4.3.3. FASE DE CIERRE Parte/Obra Para la fase de cierre se consideran las mismas partes y obras de la fase de construcción descritas en el acápite 4.3.1 del presente documento. Acciones Desmantelamiento de equipos de planta Se procederá a desmontar y retirar los equipos empleados durante la operación de la planta de procesamiento de minerales, con el apoyo de grúas y camiones de transporte. Tanto los equipos como las partes y piezas de la planta serán reutilizadas y recicladas en algún otro proyecto o venta a terceros. Desmantelamiento de estructuras de soporte de equipos Se procederá a desmantelar y retirar las estructuras metálicas de soporte de equipos empleados durante la operación de la planta de procesamiento de minerales, con el apoyo de grúas, herramientas manuales y camiones de transporte. Estas estructuras serán reutilizadas y recicladas en algún otro proyecto o venta a terceros. Demolición de estructuras de hormigón Se procederá a demoler las estructuras de hormigón que cumplían alguna función durante la fase de operación, con el apoyo de excavadora, martillos hidráulicos y camiones tolva. Toda fundación que se encuentre sobre superficie será demolida y los escombros serán enviados a un lugar de disposición final autorizado al momento del cierre. Nivelación de terreno Se procederá a nivelar el terreno con el apoyo de bulldozer, motoniveladora, excavadoras y camiones tolva. En el caso de haber suelo contaminado, este será retirado y dispuesto en tambores y enviado a un relleno de seguridad. Retiro de explosivos Se procederá a retirar por parte de la empresa externa autorizada a cargo de la tronadura, la totalidad de los explosivos sobrantes, así como también la bodega destinada a almacenamiento de explosivos. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de camión pluma. Retiro de sustancias y residuos peligrosos Será retirada la totalidad de las sustancias y residuos peligrosos que resulten del desmantelamiento de la planta e instalaciones auxiliares, a través de una empresa externa autorizada para luego ser enviados a un patio de disposición final autorizado. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de camión pluma. Retiro de instalaciones enterradas Se desenterrarán y retirarán todos los ductos de agua potable, PTAS, ductos y cables eléctricos para su reutilización. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de excavadora y camión grúa. Retiro de estación de combustibles Se procederá a desmantelar la estación de combustible, para lo cual el combustible sobrante, los equipos dispensadores y el estanque de almacenamiento serán retirados por la empresa proveedora. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de excavadora, grúa y camión pluma. Desmontaje y retiro de instalaciones modulares Serán retiradas las instalaciones modulares tipo contenedor para su almacenamiento y posterior reutilización en otro proyecto o venta a terceros. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de grúa y camión pluma y camiones de transporte. Desmantelamiento de talleres y bodegas Se procederá a desmantelar los talleres, compuestos principalmente por galpones de estructuras metálicas con revestimiento de PVC. Estos galpones serán desmantelados, retirados y reutilizados o vendidos. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de herramientas manuales, grúa y camión pluma y camiones de transporte. Desmantelamiento de subestación eléctrica Se procederá a desenergizar, desmontar y retirar la subestación para su reutilización en otro lugar o venta a terceros. Esta acción se efectuará con el apoyo principalmente de herramientas manuales, grúa, camión pluma y camiones de transporte Cierre de accesos a caminos y plataformas Los accesos a caminos y plataformas serán cerrados instalando bloqueos en forma de camellón, con el apoyo de excavadoras y bulldozer. Impidiendo así el paso de vehículos. Esta acción es de carácter temporal. Instalación de señalética Se instalará señalética que advierta el peligro y prohíba el acceso al área del proyecto. Esta acción es de carácter temporal. Recursos naturales renovables Agua potable para servicios higiénicos: El agua para baños y duchas será adquirida a un tercero autorizada. Dada la dotación en esta fase, se considera un consumo de 4,5 m³/día de agua para baños. Se llevará un registro diario de la recepción de agua potable en camión aljibe, y el estanque contará con un sensor de nivel y se instalará además un flujómetro (medidor de caudal) en la salida para el control de los volúmenes. Agua potable bebestible: El agua potable para bebida será suministrada en botellas y botellones adquiridos en el comercio establecido. Dada la dotación en esta fase, se considera un consumo de 150 l/día de agua para bebida. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas: - MP10: Se considera una emisión de 2,89 ton/año de MP10. Su emisión se asocia a las actividades de tránsito por camino no pavimentado, demolición, erosión eólica, excavación, carga y descarga de material, tránsito por camino pavimentado, motor vehículos y maquinaria y grupos electrógenos. - MP2,5: Se considera una emisión de 0.55 ton/año de MP2.5. Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. - MPS Se considera una emisión de 9,54 ton/año de MPS. Su emisión se asocia a las mismas acciones y utilización de maquinarias que para MP10. Para el caso de las emisiones de material particulado se consideran acciones de abatimiento, tales como: Actividad Acción de control % de abatimiento Carga y descarga de material Cañón nebulizador 95% Tránsito caminos no pavimentados Supresor de polvo 90%

El detalle de todas las acciones de control se encuentra en el Capítulo 5 de la Adenda Complementaria “Compromisos Ambientales Voluntarios”. - Gases de Combustión (CO, NOx y COV) Se considera una emisión de 0,36 ton/año de CO; 1,68 ton/año de NOx y 0,07 ton/año de COV. Su emisión se asocia a la operación de maquinaria, principalmente al motor de vehículos y maquinaria. Emisiones de ruido: Para esta fase se considera la misma estimación que para la fase de construcción, considerando que esta tiene una duración menor. Emisiones líquidas o efluentes: Aguas servidas: se considera el uso de seis baños químicos, durante un periodo de seis meses. Se estima una generación de 0,21 m³/día de Aguas Servidas. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domésticos: Generados en cada una de las áreas de trabajo durante la fase de cierre corresponden aproximadamente a 0,9 ton/mes, y serán almacenados en bolsas de basura al interior de contenedores, diariamente se trasladarán a la Bodega de Residuos Domésticos ubicada en el Centro de Manejo de Residuos (CMR), donde serán retirados periódicamente con una frecuencia de dos a tres veces por semana, hacia disposición final a Relleno Sanitario Autorizado. Residuos Industriales no peligrosos: Corresponderían principalmente a chatarra, escombros y otros que puedan resultar del desmantelamiento de las instalaciones como piezas eléctricas en desuso y cables. Se privilegiará la reutilización y reciclaje de estos residuos, a través de una empresa especializada y serán retirados por la misma empresa o por un subcontratista. Nombre del residuo Generación estimada (kg/mes) Estructuras de fierro 95.333 Correas transportadoras 1.167 Polines 213 HDPE (tuberías) 3.417 HDPE (carpetas) 10.833 Hormigón 8.833 Cubiertas de PVC 417 Cables eléctricos 500 Escombros de demoliciones 8.333 Total 130.713

Residuos reciclables: Adicional a despuntes y chatarra de fierro, los residuos reciclables tales como envases de bebestibles, cartones y papeles de oficina, cuya generación mensual se estima en 0,100 Ton/mes, se dispondrán en contenedores habilitados en las diferentes áreas, y diariamente se trasladarán hacia la Bodega de Residuos Reciclables, para transportarlos y disponerlos con un(os) gestor(es) validado(s) por la SEREMI de Salud de Atacama una vez al mes, o trimestralmente. Residuos peligrosos: Corresponden a paños, huaipes, ropa de trabajo contaminado, lodos con hidrocarburos, envases y residuos contaminados con pintura, latas de aerosoles vacías, con una generación anual aproximada de 5,040 ton/año. El destalle se encuentra en Anexo PAS 142 de la Adenda Complementaria. Sustancias peligrosas tratamiento de aguas: Hipoclorito de calcio es un compuesto químico de fórmula Ca (ClO)2. Será utilizado en el tratamiento de agua servidas, se recepcionará en tambores de 200 litros, y se almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida será de 372 kg/mes. El sulfito de sodio, compuesto químico de fórmula Na2SO3, para tratamiento de aguas servidas. Se transportará en tambores de 200 litros, se almacenará en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 14,4 kg/mes. El hipoclorito de sodio es un compuesto químico de fórmula NaClO. Será utilizado para la desinfección (cloración) de agua potable, se recepcionará en tote de 1.000 litros, y se almacenada en Bodega común de sustancias peligrosas. La cantidad requerida; 400 l/mes. Explosivos: Los explosivos y sus consumos por utilizar en la etapa de construcción son: 25 t/mes de Nitrato de Amonio, 20 t/mes de Matriz (emulsión), 6 cajas de 30 unidades/mes de Iniciadores (booster) tipo APD Cil. 450, 4 cajas de 100 unidades/mes de Nonel EzDet® (detonador), 1 caja de 100 unidades/mes de Nonel EzTL® (detonador) y 2 cajas de 2 unidades/mes de Nonel LeadLine (detonador). Petróleo: Líquido denso, viscoso, de colores que tienden a negro o amarillo, que será utilizado como combustible. Según la NCh382.Of2004 se encuentra en la Clasificación 3. Se requerirán 6 m³/mes. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.8

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio 1 de abril de 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas. Fecha estimada de término Noviembre de 2026. Parte, obra o acción que establece el término Primera prueba con carga. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio 1 de diciembre de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Energización y puesta en marcha de la planta concentradora. Fecha estimada de término 30 de noviembre 2041. Parte, obra o acción que establece el término Cese de las actividades de explotación y procesamiento de minerales, que estará determinado por el cese de la planta de proceso y las actividades de disposición de relaves. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio 1 de diciembre de 2041. Parte, obra o acción que establece el inicio Retiro de las instalaciones y el desmantelamiento de la infraestructura. Fecha estimada de término Mayo 2042. Parte, obra o acción que establece el término Nivelación final del terreno

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de los niveles de material particulado en el área de influencia. Parte, obra o acción que lo genera • Tronadura. • Movimiento de Tierra y Compactación. • Construcción de piscinas, estructuras y obras en general. • Construcción y mantenimiento de caminos de accesos. • Transporte en general. • Perforación y de Tronadura (Extracción material). • Extracción de material. • Otras actividades (complementarias a la extracción de material). • Chancado primario, secundario y terciario. • Molienda de bolas y clasificación. • Pesaje y venta de concentrado de mineral. • Disposición del relave en el depósito. • Desmantelamiento de Estructuras, talleres, bodegas y subestación. • Nivelación de Terreno. Fase en que se presenta Construcción, Operación y Cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.1. Se estimaron y evaluaron las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) asociados a la ejecución del Proyecto, cuyos valores cumplen con el criterio de referencia internacional para la evaluación de daño estructural y molestia. Respecto a la calidad del aire por emisiones atmosféricas, el proyecto se encuentra ubicado dentro del área saturada por Material Particulado PM10, tanto diario como anual, declarada a través del Decreto 15 del MMA publicada en el D.O. con fecha 18 de octubre 2021. La Tabla 4.1-4 de la Adenda presenta un resumen de las concentraciones medias diarias de MP10 obtenidas en la zona de estudio, comparando los valores obtenidos en el estadístico del Percentil 98 del promedio diario en el trienio 2021 – 2023 con la normativa vigente, se observa que en las estaciones de monitoreo Sívica, Ojanco y Nantoco las concentraciones diarias (24 horas) se encuentran bajo el límite máximo permitido de 130 μg/m3N y las estaciones de Tierra Amarilla (RED ENAMI) y TAMA, tienen las concentraciones superiores (101,5% y 100,4%, respectivamente) del límite máximo establecido por la normativa vigente. Para el caso de la norma anual que corresponde a 50 μg/Nm3 (la mayoría de las estaciones se encuentran sobre el límite máximo establecido para la norma primaria anual. Sin embargo, en la estación Nantoco, más cercana al Proyecto, dicho valor es equivalente al 90% del valor máximo establecido. Como resultado de la modelación de calidad del aire, que se presentaron en las tablas de la 83 a la 85 del Anexo 1-10 de la DIA, considerando los peores escenarios en las distintas fases del proyecto (construcción, operación y cierre), se puede observar que los aportes de todas las concentraciones de calidad del aire para material particulado en los 16 receptores de interés definidos, las concentraciones para la Norma Anual se encuentran bajo 1 μg/m3N, y bajo los 2,0 μg/m3N para norma diaria, lo que implica que estos valores están bajo los límites de los incrementos de concentración establecidos en la Tabla N°1 del documento “Criterio de evaluación en el SEIA. En consecuencia, el Proyecto no presenta ni genera riesgo para la salud de la población debido a sus emisiones. Para el caso del PM2,5 (Tabla 4.1-6 y Tabla 4.1-7, ambas de la Adenda) se desprende que ninguna estación de la zona se encuentra por sobre los valores de la normativa de calidad del aire, así como tampoco entre el 80% y 100% de dicha norma de MP2,5 para la norma de 24 horas. Para los distintos estadísticos de SO₂ (Tabla 4.1-8, Tabla 4.1-9, Tabla 4.1-10, Tabla 4.1-11, Tabla 4.1-12 y Tabla 4.1-13, todas de la Adenda), todas las estaciones se presentan con valores por debajo de los límites de la normativa. Se identificaron y evaluaron cuatro (4) receptores asociados a asentamientos humanos de uso residencial e industrial, ubicados en los sectores aledaños al Proyecto, emplazados en Zona Rural del D.S. N°38/11 del MMA, según el límite urbano de la comuna de Tierra Amarilla. Se realizaron mediciones en los receptores identificados para obtener los niveles de ruido basal, los cuales fluctuaron entre 41 y 48 [dB(A)] en periodo diurno y 36 y 58 [dB(A)] en período nocturno. Se efectuaron modelaciones acústicas configurando escenarios desfavorables, para la fase deconstrucción, operación y cierre, en los cuales se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en los sectores del Proyecto más cercanos a los receptores. Los resultados de dichas modelaciones acústicas en los receptores humanos y sectores identificados con fauna nativa permiten estimar que durante las fases de construcción operación y cierre del Proyecto las emisiones de ruido no superarán la norma para humanos y fauna nativa. Se realizó una modelación de niveles de vibración producto del uso de explosivos durante la fase de operación, cuyos niveles se encuentran por debajo del umbral de daño establecido. A partir de los residuos que se generarán durante las fases de construcción, operación y cierre, se concluye que el Proyecto manejará sus residuos de forma tal que no debería generarse exposición a contaminantes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental 1 Afectación a niveles y calidad de agua subterránea. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Agua de alumbrada. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes del proyecto. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental 2 Afectación a cursos de agua superficial. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Causes de agua.

Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental 3 Aumento de los niveles de material particulado en el área de influencia. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire. Parte, obra o acción que lo genera • Tronadura. • Movimiento de Tierra y Compactación. • Construcción de piscinas, estructuras y obras en general. • Construcción y mantenimiento de caminos de accesos. • Transporte en general. • Perforación y de Tronadura (Extracción material). • Extracción de material. • Otras actividades (complementarias a la extracción de material). • Chancado primario, secundario y terciario. • Molienda de bolas y clasificación. • Pesaje y venta de concentrado de mineral. • Disposición del relave en el depósito. • Desmantelamiento de Estructuras, talleres, bodegas y subestación. • Nivelación de Terreno. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental 4 Perdida de individuos de Eriosyce confinis y Pintoa chilensis. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación. Parte, obra o acción que lo genera • Depósito de Relaves Filtrados. • Caminos. • Canal colector oriente. • Canal colector primario y secundario aguas contactadas. • Unidad de manejo de concentrado. • Unidad de filtrado de relaves. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental 5 Perdida de especies de flora propia del Desierto Florido. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras y acciones del proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental 6 Afectación a individuos de fauna de baja movilidad en Categoría de Conservación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna. Parte, obra o acción que lo genera Depósito de relaves filtrados. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.2. En el Anexo 2-4 de la DIA se presenta un estudio de suelo realizado, donde se constata que el suelo del área del Proyecto corresponde a un sustrato de ladera de cerro del desierto de Atacama. En toda el área donde se desarrollará el Proyecto no existe uso agrícola y se encuentra altamente intervenida por actividades mineras. En efecto, existen rajos, socavones, botaderos, caminos, instalaciones auxiliares como estación de combustible, oficinas, etc. En relación con la calidad del suelo, se presenta con escaso valor, ya que corresponde a un sustrato rocoso y material de acarreo, con escasa formación y casi nulo proceso patogenético. Corresponden a suelos de Capacidad de Uso VIII con limitaciones físicas y químicas, con escasa a nula materia orgánica, con ausencia de microfauna. Se realizaron 50 puntos de muestreo y no se encontró biota del suelo. En Adenda se aclaró que el mecanismo utilizado para producir el relave filtrado del Proyecto considera una etapa de “squeezing” o compresión, donde una membrana de goma es inflada con agua o aire, ejerciendo presión sobre el relave para formar un “queque”. Este mecanismo permite que el relave sea estrujado en una etapa previa a su depositación final en el DRF, lo que evita que se produzca el efecto esponja. Adicionalmente, tal como se describe en las secciones d.5 (Etapas de construcción del depósito) y d.6.1 (Método de Construcción) del Anexo PAS 135 de la DIA, el relave filtrado, con una humedad inferior al 20%, será depositado y compactado en capas de 2,5 metros. Posteriormente, con el apoyo de equipos como compactadores de suelos vibratorios y bulldozers, se distribuirá y consolidará el material, logrando un nivel de compactación cercano al 100% del Proctor Modificado. Este proceso de compactación evita la condición de saturación, permitiendo que el agua contenida no se acumule en la base del depósito y se evapore. En conclusión, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables, debido a pérdida de Suelo o de su Capacidad para Sustentar Biodiversidad por Degradación, Erosión, Impermeabilización, Compactación o Presencia de Contaminantes.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.3. El Proyecto se encuentra ubicado a una distancia aproximada de 10 kilómetros al sur poniente de la localidad de Nantoco, comuna de Tierra Amarilla, en un área intervenida por pequeñas explotaciones mineras. Así, en el AIMH se encuentran cinco (5) portales de pequeña minería actualmente en operación, cercanas a la ruta C-529, y también se encuentran algunos viñedos en las cercanías de la ruta C-411. Según los antecedentes presentados en el punto 4.3.3 de la Adenda, se concluye que el proyecto cumple con la normativa ambiental de emisiones atmosféricas y ruido respecto a los cinco (5) portales de pequeña minería cercanos al proyecto y también respecto a los receptores vinculados con cultivos de vid. Además, según los antecedentes presentados en el punto 4.2.2 de la Adenda Complementaria, se concluye que el proyecto cumple con la normativa ambiental de vibraciones por tronaduras (incluyendo los criterios de daño y molestia) respecto a los cinco (5) portales de pequeña minería cercanos al proyecto. Con todo lo anterior, se concluye que los grupos humanos que realizan labores de pequeña minería subterránea en el AIMH no serán afectados por el presente proyecto y que este no genera intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional o cultural. Según lo indicado en las tablas 4.3-1, 4.3-2 y 4.3-3 de la Adenda, el Proyecto aportará un flujo de 115 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de construcción, un flujo de 82 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de operación y un flujo de 35 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de cierre, respectivamente, en el peor escenario. De acuerdo con los antecedentes presentados en el punto 4.2.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto utilizará la ruta C-33 (que cruza la ciudad de Tierra Amarilla) solo para transporte de personal y alimentos en la fase de construcción, con un aporte total de 16 viajes/día, cifra marginal respecto del flujo total que recibe esta ruta pública. En las fases de operación y cierre solo se utilizará la ruta C-33 para transporte de alimentos y de residuos no peligrosos, lo que suma 4 viajes/día, cifra marginal para el flujo total de la ruta. Además, el Proyecto estableció como compromiso ambiental voluntario suscribir un convenio con la Dirección Regional de Vialidad para el mejoramiento de la ruta C-529 con Cape Seal, en el tramo que va desde el cruce con la ruta C-411 hasta el acceso al proyecto. Con todo lo anterior, se concluye que el proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En relación con el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica; y considerando que la mano de obra del proyecto será de un máximo de 1.200 personas durante la fase de construcción (según lo señalado en la Tabla 1-28 del Capítulo 1 de la DIA), un máximo de 600 personas durante la fase de operación (según lo señalado en la Tabla 1-76 del Capítulo 1 de la DIA) y un máximo de 30 personas durante la fase de cierre (según lo señalado en el punto 1.7.2 del Capítulo 1 de la DIA), y considerando también que se priorizará la contratación de mano de obra local, evitando así la conformación de campamentos, es que se concluye que el Proyecto no genera efectos sobre este literal. En el Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA, se describieron las principales festividades de la comuna de Tierra Amarilla. Por ejemplo, la fiesta más importante de carácter comunal, dentro de la región de Atacama, es la Fiesta del Toro Pullay, celebrada año a año a fines del mes de febrero. Esta corresponde a una antigua fiesta costumbrista, en la cual la comunidad realiza comparsas por las calles de Tierra Amarilla con personajes disfrazados que generalmente caracterizan el bien y el mal. Otra festividad importante es la Fiesta de la Virgen del Carmen, una fiesta religiosa tradicional que se vive con mucho fervor durante el mes de julio en toda la región de Atacama. Al respecto, estas festividades se realizan fuera del área de influencia de medio humano (AIMH). De todas formas, se estableció un compromiso ambiental voluntario, denominado “Consideración fiestas religiosas de Tierra Amarilla”, cuyo objetivo es evitar una potencial afectación del transporte del proyecto en las festividades religiosas de Tierra Amarilla, por medio del desvío del transporte de pasajeros y camionetas que transiten por las calles de Tierra Amarilla hacia o desde el Proyecto, cuando se realicen estas festividades. Es importante aclarar que el transporte de materiales, partes, piezas y producción del Proyecto no utilizará rutas al interior de la zona poblada de la comuna de Tierra Amarilla. Otro aspecto que se consideró en la evaluación ambiental fue la posible afectación del ruido y vibraciones por tronaduras sobre los sistemas de vida y costumbres de los sectores poblados más cercanos al proyecto, tales como Nantoco y Alianza. Según lo señalado en el punto 4.2.3 de la Adenda Complementaria, los niveles de presión sonora y vibraciones por tronaduras, proyectados para la operación del proyecto sobre las localidades de Nantoco y Alianza, se encuentran por debajo de los máximos referenciales para molestia según la norma australiana AS2187-2. Además, se estableció un compromiso ambiental voluntario, denominado “Comunicación de tronaduras”, cuyo objetivo es informar de los horarios de las tronaduras de producción a la comunidad local. Dicho compromiso señala que los horarios de las detonaciones serán entre las 08:00 y las 18:00 horas y que no coincidirán con otras detonaciones de proyectos mineros presentes en la comuna, previa coordinación. Con todo lo anterior, se concluye que el proyecto no genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Según lo señalado en el Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA, se detectaron dos (2) grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) cuyas rutas de trashumancia tendrían interacción con el área de influencia de medio humano (AIMH). Tal como se puede observar en la Figura 14 del Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA, la Comunidad Indígena Diaguita Huillanco y la Comunidad Indígena Colla Serranía Poblete cuentan con rutas de trashumancia históricas que llegan al AIMH del proyecto. En el caso de la CID Huillanco, su Ruta de Trashumancia Sur está a 59 metros desde el contorno del área de Proyecto y su Ruta de Trashumancia Norte está a 536 metros desde el contorno del área de Proyecto. En el caso de la CIC Serranía Poblete, su ruta de trashumancia más cercana está a 6,62 km del proyecto, la que también cruza con la Ruta 5, en el tramo utilizado por el Proyecto y que se incluye en el AIMH. De todas formas, las sedes e integrantes de ambas Comunidades se encuentran alejadas del AIMH del proyecto, tal como se puede visualizar en la Figura 13 del Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA. Por todo lo anterior, durante la evaluación ambiental del proyecto se levantó información a través de fuentes primarias con ambas Comunidades. Al respecto, en el punto 4.4.2 de la Adenda, se señala que no se identifican sitios de significación patrimonial asociados a los segmentos de rutas de trashumancia de la CID Huillanco, considerando su uso como de tránsito histórico y no de estancia. Además, se señala que la CID Huillanco indicó no utilizar esas rutas de trashumancia históricas debido a la lejanía de estas rutas con respecto a la actual localización de la sede de la Comunidad y de sus sitios de significancia. El Informe de la CID Huillanco, la validación de dicho informe y el nuevo mapa de rutas validadas se encuentran en el Anexo S de la Adenda. En relación con la CIC Serranía Poblete, en la Figura 4.4-3 de la Adenda se puede visualizar su ruta de trashumancia de uso actual (en color azul) y sitios de posturas asociados a esta ruta, y también se puede visualizar las rutas de trashumancia de uso histórico (en color rojo) y su relación con el AIMH del Proyecto. De esta forma, según los antecedentes aportados por los dirigentes de la CIC Serranía Poblete, la ruta de trashumancia que cruza el tramo de la Ruta 5 usado por el proyecto no se está utilizando, situación que aleja el uso de las actuales rutas de trashumancia de la Comunidad Serranía Poblete con el AIMH del Proyecto. Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Localización próxima área protegida. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes y otras del proyecto. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.4. Según lo señalado en el Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA, se detectaron dos (2) grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) cuyas rutas de trashumancia tendrían interacción con el área de influencia de medio humano (AIMH). Tal como se puede observar en la Figura 14 del Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA, la Comunidad Indígena Diaguita Huillanco y la Comunidad Indígena Colla Serranía Poblete cuentan con rutas de trashumancia históricas que llegan al AIMH del proyecto. En el caso de la CID Huillanco, su Ruta de Trashumancia Sur está a 59 metros desde el contorno del área de Proyecto y su Ruta de Trashumancia Norte está a 536 metros desde el contorno del área de Proyecto. En el caso de la CIC Serranía Poblete, su ruta de trashumancia más cercana está a 6,62 km del proyecto, la que también cruza con la Ruta 5, en el tramo utilizado por el Proyecto y que se incluye en el AIMH. De todas formas, las sedes e integrantes de ambas Comunidades se encuentran alejadas del AIMH del proyecto, tal como se puede visualizar en la Figura 13 del Anexo 2-1 Informe caracterización medio humano, de la DIA. Por todo lo anterior, durante la evaluación ambiental del proyecto se levantó información a través de fuentes primarias con ambas Comunidades. El Parque Nacional Desierto Florido es el más cercano al Proyecto y se ubica a 6 Km del Proyecto, por otro lado, el Sitio Prioritario Desierto Florido (sitio que se encuentra descrito en el Oficio ORD. D.E. N°100143 de fecha 15 de noviembre del 2010.) se ubica a menos de 1,5 km del área del Proyecto. Respecto a la CID Huillanco, en el punto 4.4.2 de la Adenda, se señala que no se identifican sitios de significación patrimonial asociados a los segmentos de rutas de trashumancia de esta Comunidad, considerando su uso como de tránsito histórico y no de estancia. Además, se señala que la CID Huillanco indicó no utilizar esas rutas de trashumancia históricas debido a la lejanía de estas rutas con respecto a la actual localización de la sede de la Comunidad y de sus sitios de significancia. El Informe de la CID Huillanco, la validación de dicho informe y el nuevo mapa de rutas validadas se encuentran en el Anexo S de la Adenda. En relación con la CIC Serranía Poblete, en la Figura 4.4-3 de la Adenda se puede visualizar su ruta de trashumancia de uso actual (en color azul) y sitios de posturas asociados a esta ruta, y también se puede visualizar las rutas de trashumancia de uso histórico (en color rojo) y su relación con el AIMH del Proyecto. De esta forma, según los antecedentes aportados por los dirigentes de la CIC Serranía Poblete, la ruta de trashumancia que cruza el tramo de la Ruta 5 usado por el proyecto no se está utilizando, situación que aleja el uso de las actuales rutas de trashumancia de la Comunidad Serranía Poblete con el AIMH del Proyecto. Por todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI. En relación con el Parque Nacional Desierto Florido, y como ya se ha dicho en el análisis en función a la componente ambiental flora y vegetación, el efecto de las emisiones de MPS están confinadas al área interna del proyecto y la modelación demuestra que la dispersión de MPS, con valores de concentración de 86,4 mg/m2-día, se encuentra aproximadamente a 5,55 km de distancia del límite más cercano del PNDF y a 0,88 km del SPDF. Esto indica que el proyecto no generará intervención directa con ninguna de sus partes, obras o actividades con el Ecosistema Matorral Desértico Mediterráneo Interior de Skykanthus acutus y Atriplex desertícola, lo que corrobora que no se afectará en modo alguno el ecosistema de matorral desértico. Respecto del Sitio Prioritario, se realizó un análisis de impacto sobre éste por parte del Proyecto, concluyendo que: 1. El proyecto no afectará negativamente el Patrimonio Natural, ya que no se emplaza en su ecosistema. 2. El proyecto no afectará negativamente el Patrimonio Natural y por otro lado en el lugar del emplazamiento del Proyecto no ocurre este evento, ya que es una zona altamente antropizada. El Proyecto no se ubica en ninguno de los territorios de alta importancia para su gestión (PN Pan de Azúcar, PN Llanos de Challe, Punta Morro- Desembocadura del Río Copiapó, Quebrada de Leones, Llanos de Travesía, Llanos de Caldera, Totoral, Hacienda Castilla, la Serranías Costeras de Chañaral, los sectores de Copiapó, Freirina, Huasco y V alienar, Pajaritos, Carrizalillo, Peralillo, Punta Alcalde)

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.5 El análisis de los atributos de los valores paisajísticos, culturales, patrimoniales y afluencia de turística que fueron presentados en Anexo 2-9 de la DIA Informe Atractivos Naturales y Culturales se resumen en la Tabla 10 de dicho informe y que señala una Magnitud del Valor tanto paisajística, como cultural, patrimonial (en servicios y actividades turísticas) y por atracción de flujo de visitantes o turistas, que son los criterios que definen el valor turístico de la zona en donde se emplaza el Proyecto, se evidencia que 2 tipos de atractivos presentan valor turístico medio y todos los demás tienen valor turístico bajo (12). Uno de los atractivos con valoración media es el Museo de Sitio Mina Tránsito que es lugar más cercano al área del proyecto, a una distancia aproximada de 7 kilómetros, el cual no será intervenido por el Proyecto. Finalmente, y a partir de los lineamientos de la Guía de Evaluación de impacto Ambiental Valor Turístico en el SEIA (2017), se determinó que la magnitud del valor turístico del área del proyecto es baja. Según lo analizado en Anexo 2-9 de la DIA Informe de Paisaje, y tras la descripción y valoración de los atributos biofísicos que aplican y componen el paisaje del Área del Proyecto, se concluye que la zona posee valor paisajístico bajo y que se sustenta principalmente en que el relieve es el atributo visual biofísico a destacar en el área; no obstante sus principales geoformas muestran niveles de intervención que las desnaturalizan, manteniéndose como foco principal en la configuración visual de la escena, físicamente ya descrita. La combinación de zonas llanas y onduladas correspondiente a cerros, escasa vegetación arbustiva y herbácea de estratos bajos, asociados a cursos de quebradas secas y enmarcados en sus fondos, representan un paisaje profusamente representado en la zona y en la región. Por lo tanto, el relieve y sus variaciones de elevación no logran otorgar mayor valor a la escena y se determinó que el paisaje asociado al Proyecto no presenta atributos biofísicos que determinen la existencia de valor paisajístico, lo cual se fundamenta en que, si bien el Proyecto se ubica en un área de atractivos naturales y escénicos propios de ambientes montañosos y semi áridos, el grado de intervención histórica de sus atributos de relieve desmejoran este potencial.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental 1 Afectación a elementos con valor patrimonial. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Arqueología. Parte, obra o acción que lo genera Depósito de relaves filtrados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.6 En el área del Proyecto existen 16 elementos arqueológicos, los cuales corresponden a vestigios de data histórica tardía e indeterminada, representante de contextos habitacionales y productivos de carácter estacional, en donde se observan estructuras de pernocte y otras ligadas a las actividades pirquineras de la zona, que se han ejecutado desde al menos 140 años atrás en el área concreta de estudio. Estos corresponden a correspondientes a 13 sitios arqueológicos y tres (3) rasgos lineales. Entre los primeros destacan estructuras aisladas (1), estructura con material (4), estructuras con material (3), hitos mineros (2), área extractiva tipo rajo (1) y piques mineros (2), en donde uno corresponde a un pique-túnel. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: De los 16 elementos encontrados, 15 serán objeto de rescate, ya que el sitio MFSA01 queda fuera del área de afectación. La Tabla 1 del Anexo PAS 132 EPMF de la Adenda Complementaria Detalla los elementos evidenciados sujetos al PAS correspondiente. Las obras que generan alteración de los sitios evidenciados corresponden al Depósito de relaves filtrados y un camino interno, por lo que se requiere realizar acciones de rescate que involucran el registro en detalle, recolecciones superficiales y excavaciones arqueológicas en los sitios evidenciados en el área de influencia del Proyecto. Para el caso del sitio que no se verá afectado (MFSA01), se ejecutarán acciones de protección, consistente en cercado perimetral del sitio mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo junto con la instalación de señalética informando la presencia de sitio arqueológico. El cercado se implementará dejando un buffer de 10 metros alrededor del hallazgo. Este cerco será instalado previo al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y será permanente y, por lo tanto, permanecerá durante toda la fase de operación. Esta actividad será supervisada por un/a arqueólogo/a o Licenciado/a en Arqueología quien emitirá al CMN un informe, el cual incluirá fotografías del cercado y el sitio. En el área del Proyecto no se encontraron construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. En el área del Proyecto no se encontraron lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA, del artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Excavaciones en áreas intervenidas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº1.491 de fecha 14 de marzo de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1.

6.2.2. Permiso para la construcción y operación de depósitos de relaves según se establece en el artículo 135 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Excavación, construcción y operación del Depósito de relaves filtrados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento “Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial PAS 135, dado que se cumple con la presentación de los contenidos técnicos y formales de carácter ambiental establecidos en el artículo N°135 del D.S. N°40/2012. Lo anterior sin perjuicio a las siguientes exigencias para la tramitación sectorial del depósito: • Efectuar un análisis de estabilidad, que considere los parámetros geotécnicos acreditados mediante ensayos de laboratorio para todos los materiales. Presentar los respaldos técnicos que permitan verificar lo aseverado. • Se deberá presentar un “Programa de seguimiento de estabilidad física y química” durante su construcción y operación, el cual considere monitoreos con instrumentación y metodologías específicas adecuadas, el cual deberá ser aprobado por Sernageomin durante la tramitación Sectorial. El objetivo de este programa es asegurar que se cumplan las condiciones y parámetros de diseño y dar certeza del debido resguardo de la seguridad a las personas y al medio ambiente.” Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 629 de fecha 18 de marzo de 2025, el SERNAGEOMIN de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2.

6.2.3. Permiso para la ejecución del plan de cierre de una faena minera, será el establecido en el artículo 6º de la Ley 20.551, de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Escarpe, desmantelamiento, desarme de todas las instalaciones del proyecto excluyendo el DRF. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento “Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial PAS 137, dado que se cumple con la presentación de los contenidos técnicos y formales de carácter ambiental establecidos en el artículo N°137 del D.S. N°40/2012, Lo anterior sin perjuicio a las siguientes exigencias que deben ser aplicadas en la tramitación del Plan de Cierre y sus actualizaciones: • En relación con las medidas especificadas en la tabla 3.3-1 “Actividades y duración correspondiente en la fase de post cierre” de la adenda complementaria, todas las medidas de seguimiento y control que tengan como objetivo identificar cualquier desviación o fallo en las medidas de cierre, se deben trasladar de la fase de post cierre a la fase de cierre. Dichas medidas deberán ejecutarse hasta que se demuestre que la instalación se encuentre estable física y químicamente. • Todos los monitoreos correspondientes a establecer la mantención de la estabilidad química y física de las medidas de cierre ejecutadas deberán ser traspasados a la etapa de cierre. La ejecución de estas debe ser efectuadas con posterioridad a la aplicación de las medidas de cierre y previo al post cierre. • Téngase presente que las medidas de cierre en la tramitación sectorial, y las actualizaciones del Plan de Cierre, podrían ajustarse conforme a futuras evaluaciones de riesgo, cambios tecnológicos, es decir motivos de carácter técnico. • Con respecto a las medidas de post cierre, téngase presente que la frecuencia, periodicidad, cubicación, materialidad y otros detalles de las medidas de post cierre, serán requeridos en su tramitación sectorial." Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 629 de fecha 18 de marzo de 2025, el SERNAGEOMIN de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3.

6.2.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a Tratamiento de efluentes sanitarios generados por los SSHH y salas de la que aplica cambio del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 4864 / 2025 de fecha 17 de marzo de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4.

6.2.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Todas las actividades asociadas a la generación de residuos no peligrosos y domésticos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 4864 / 2025 de fecha 17 de marzo de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.5.

6.2.6. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Todas las actividades asociadas a la generación de residuos peligrosos, en especial al mantenimiento de maquinaria, camiones, y equipos móviles. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 4864 / 2025 de fecha 17 de marzo de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 0.

6.2.7. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las áreas intervenidas por el proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 5/2025 de fecha 3 de enero de 2025, el SAG de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.7.

6.2.8. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Canal Colector Principal, Canal Colector Secundario y Piscina de Acumulación de Aguas Contactadas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 186 de fecha 7 de marzo de 2025, la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.8.

6.2.9. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Cruces de los 9 cauces naturales de régimen intermitente durante el trazado de los Canales Colectores inferiores y piscina, Canal Colector Camino Mina oriente y poniente. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante Oficio ORD. Nº 186 de fecha 7 de marzo de 2025, la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.9.

6.2.10. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o construcciones fuera del límite urbano según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faena y construcciones. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente Mediante los Oficios ORD. Nº 5/2025 de fecha 3 de enero de 2025 y N°194 de fecha 05 de marzo de 2025, tanto el SAG como la SEREMI del MINVU de la Región de Atacama, respectivamente, se pronunciaron conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.10.

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Atacama, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando todas las partes y obras del proyecto como molesto.

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Cierre de faenas mineras Norma Ley N° 20.551, del Ministerio de Minería, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera en el cierre de sus faenas mineras actividades y medidas que tienden a minimizar el riesgo para la salud de las personas y el medio ambiente. Forma de cumplimiento Una vez concluida la vida útil del Proyecto, se dará curso a las actividades establecidas para el cierre de la faena minera. Las actividades de cierre se han planificado de acuerdo con las regulaciones vigentes y las prácticas aceptadas en la industria. Sin perjuicio de las medidas de cierre específicas que se implementen, se ha establecido el criterio general del desarme, demolición, retiro y disposición de las instalaciones superficiales. El Proyecto contempla solicitar el PAS del artículo 137 para las instalaciones y actividades incorporadas en esta DIA, para así velar por la estabilidad física y química de las faenas de la industria extractiva minera, de manera de otorgar el debido resguardo a la vida y salud de las personas y medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento - Carta de Ingreso de la solicitud de permiso. - Resolución de SERNAGEOMIN que aprueba plan de Cierre. - Pago de Garantía. - Auditoría auditorías periódicas al Plan de Cierre de Faena a realizarse cada cinco años. - Auditoría final Plan de Cierre. Forma de control y seguimiento Durante la fase de cierre se mantendrá en faena a disposición de la SMA y SERNAGEOMIN: - Registro fotográfico de las obras de cierre. - Carta que comunica el inicio de la fase cierre. - Contratos de servicios. - Registros de disposición final de residuos Se enviará a la SMA y SERNAGEOMIN. - Informe auditorías periódicas al Plan de Cierre de Faena a realizarse cada cinco años. - Informe de Auditoría final Plan de Cierre. - Una vez terminada la fase de cierre se emitirá un informe con todas las medidas implementadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1 ICE.

8.2. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. N° 38 de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146 de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto la emisión de ruido estará dada por tronaduras y el tránsito los vehículos y equipos asociados a esta fase. En la fase de operación, la generación de ruido está relacionada con el funcionamiento de la planta y las tronaduras. Además, dado el transporte de insumos, minerales y producto, la generación de ruido también estará dada por el tránsito de camiones, generador eléctrico, retroexcavadora, camionetas y minibuses. Durante la fase de cierre se considera la generación de ruido asociada a las actividades de cierre, tránsito de camiones y desmantelamiento de instalaciones. Forma de cumplimiento Para evaluar la incidencia del proyecto respecto a la emisión de ruido, se elaboró un modelo de propagación sonora desde los sectores generadores de sonido hacia los puntos considerados como receptores, esto para todas las fases del proyecto. El proyecto cumple con los niveles de emisión sonora en todas las fases del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de ruido y vibraciones.

Forma de control y seguimiento El informe de ruido y vibraciones estará disponible para la SMA y SSA en formato digital en la oficina administrativa del proyecto, así como en la página del SEA disponible para todas las OECAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1 ICE.

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. N° 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción la emisión de ruido estará dado por los vehículos y equipos asociados a la construcción de la planta de chancado, restauración y mantención eléctrica de la misma, implementación de la planta de concentración magnética y habilitación de las instalaciones anexas junto al taller de mantención. En la fase de operación, la generación de ruido está relacionada con el funcionamiento de la planta de chancado y planta de concentración magnética. Además, dado el transporte de insumos, minerales y producto, la generación de ruido también estará dada por el tránsito de camiones, generador eléctrico, equipos mineros, camionetas y minibuses. Durante la fase de cierre se contempla la generación de ruido asociada a las actividades de cierre, transporte de camiones y al desmantelamiento de instalaciones. Forma de cumplimiento Previo al inicio de la obra se entregará un programa de trabajo de ejecución de las obras a la Dirección de Obras Municipales, elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 5.8.3. del D.S. N°47, de 1992. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación de la presentación del programa de trabajo de ejecución de las obras a la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena disponible para la SMA, SSA, MINVU, Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, Dirección del Trabajo: - Informes de Ruido en formato digital oficina administrativa del proyecto. - Libro de novedades vigente que contenga: • Horarios de funcionamiento de la obra. • Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. • Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra o correo electrónico Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2 ICE.

8.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 144 de 1961, Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto se generarán emisiones atmosféricas debido a la combustión de maquinaria y vehículos de transporte, emisiones por actividades de transporte, emisiones por movimientos de tierra, entre otros, así como tronaduras. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción los indicadores que acreditan el cumplimiento de la normativa en comento son: - Registro de revisión técnica al día de vehículos livianos, medianos y pesados. - Señalética que indique el límite de velocidad máxima dentro del proyecto. - Humectación frentes de trabajo. - Registro físico (planilla) de humectación de caminos en donde se especifique el origen del agua utilizada; horas del día en la cual se realizó la humectación; frecuencia y distancia humectada. - Registro de normas internas de velocidades. - Registro del monitoreo de calidad de aire. - Aplicación de carpeta de cape seal. Para la fase de operación los indicadores que acreditan el cumplimiento de la normativa en comento son: - Registro de revisión técnica al día de maquinaria, vehículos livianos, medianos y pesados. - Señalética que indique el límite de velocidad máxima dentro del proyecto. - Humectación en frentes de trabajo. - Aplicación de supresor de polvo en caminos internos. - Mantención de caminos con cape seal. - Encapsulamiento de correas, supresor de polvo, captación. - Silo subterráneo. - Registro físico (planilla) de humectación de caminos. - Registro del monitoreo de calidad de aire. Para la fase de cierre, los indicadores que acreditan el cumplimiento de la normativa en comento son: - Registro de revisión técnica al día de maquinaria, vehículos livianos, medianos y pesados. - Señalética que indique el límite de velocidad máxima dentro del proyecto. - Registro de normas internas de velocidades. - Registro de las campañas de monitoreo de calidad de aire. Indicador que acredita su cumplimiento - Contratos de servicios u obras. - Facturas de compra de supresor de polvo. - Planillas de registros de humectación. - Monitoreo de Calidad del aire. - Programa de mantención de medidas de control. - Informes de monitoreo de calidad del aire. - Programa anual de mantención preventiva y reparativa de caminos. - Revisiones técnicas al día. - Señalética. - Declaración de fuentes fijas. - Ingreso de informes al SNIFA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena a disposición de la SMA, en las diferentes fases del proyecto: - Check list anual de los registros de vehículos, que considera revisión técnica al día. - Registros mensuales de las planillas humectación de caminos con supresor de polvo. - Registro fotográfico de la señalética instalada. - Registros de contratos de servicios y órdenes de compra vigentes. - Certificado anual de declaración en RECT. - Comprobante de envío del informe a la SMA Se subirán a la SNIFA, para disposición de la SMA, SSA, los: - Informe anual de mantención de equipos de control de polvo. - Informe anual de mantención preventiva de caminos. - Informes mensuales de monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.3 ICE.

8.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 138 de 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Operación de fuentes fijas de emisiones, motores y generadores. Forma de cumplimiento Se entregará la declaración de emisiones de los equipos electrógenos a utilizar (superiores a 25 KVA), según el formulario 138 de ventanilla única RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración Anual de Emisiones en el Sistema de Ventanilla Única del RETC del Ministerio del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena a disposición de la SMA y SSA: - Bitácoras anuales actualizadas de horas de funcionamiento del o los generadores. - Certificado anual vigente de Declaración en RETC. - Se reportará anualmente a la SMA mediante informe Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.4 ICE.

8.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 75 de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que se Indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Caminos. Forma de cumplimiento La tolva de los camiones que entren o salgan del área del proyecto deberán estar cubiertos por lonas. Indicador que acredita su cumplimiento - Se instalarán carteles indicadores visibles al interior de la faena donde se indicará el cumplimiento obligatorio de este Decreto Supremo. - Se prohibirá el ingreso o la salida de la faena minera de todo camión que pudiendo generar emisiones de material particulado no tenga su carga cubierta. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena para disposición de la SMA y STT registros: - Registros mensuales de Evidencia fotográfica del transporte de carga cubierta al entrar y salir de los camiones la faena. - Check list mensuales de la inspección de ingreso y salida de camiones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5 ICE.

8.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 279 de 1983, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Los sectores donde se genere tránsito vehicular. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados sean sometidos a mantenciones periódicas, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica y de emisión de gases al día, junto al respectivo permiso de circulación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Parque vehicular asociado al Proyecto con permiso de circulación y la revisión técnica y de emisión de gases al día, los que se encontrarán disponibles para su inspección al interior de cada vehículo. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena a disposición de la SMA y STT: - El registro anual de las revisiones técnicas y de emisión de gases al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.6 ICE.

8.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 211 de 1991, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados livianos durante todas sus fases principalmente para el transporte del personal. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena a disposición de la SMA y STT - El registro anual de las revisiones técnicas y de emisión de gases al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.7 ICE.

8.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 54 de 1984, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Modificado por el D.S. N° 117 de 2022, Establece Normas de Emisión Aplicables a los Vehículos Motorizados Medianos que Indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados medianos durante todas sus fases principalmente para el transporte del personal, insumos entre otros. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena a disposición de la SMA y STT: - El registro anual de las revisiones técnicas y de emisión de gases al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.8 ICE.

8.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 4 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Modifica Decreto N° 55 de 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, operación y cierre. cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto realizará el transporte de materiales al interior de la faena minera, además de recibir insumos durante la fase de construcción, posteriormente, en la fase de operación, transportará concentrado y recibirá insumos, además de transportar residuos en las tres fases. Forma de cumplimiento La empresa verificará que los camiones y maquinarias pesadas cuenten con su revisión técnica al día. Aquellos vehículos que no cumplan con este requisito no podrán ser admitidos en las diferentes fases y actividades del proyecto. Asimismo, debe considerar un Rótulo sobre componente necesario para el funcionamiento en los vehículos a los que le aplique esta legislación. Indicador que acredita su cumplimiento - Mantención de camiones y maquinarias. - Revisión técnica al día de camiones. - Medición de gases maquinaria pesada. Forma de control y seguimiento En las distintas fases del proyecto se mantendrán a disposición de la SMA, STT: - Copia de Permisos de circulación, control de gases, revisiones técnicas vigentes. - Registro de las mantenciones anuales de vehículos y maquinarias pesadas a las que le aplique esta legislación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.9 ICE.

8.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Control de Emisiones Atmosféricas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las partes, obras y acciones principales del proyecto que generan emisiones a la atmósfera son los caminos de acceso temporales y permanentes, las áreas de chancado de la planta de procesamiento, la operación del rajo, la planta y el DRF. Forma de cumplimiento El proyecto considera que todos los equipos del área seca de la planta procesadora estén instalados bajo galpones con colectores de polvo; un sistema de correas transportadoras encapsuladas con cintas sobredimensionadas, que operarán a baja velocidad; un silo subterráneo que actúa como “pulmón” para la etapa de chancado terciario, dispuesto en un circuito cerrado directo con harneros; un depósito de relaves filtrados que minimiza la exposición del relave a la erosión eólica y lo encapsula progresivamente en la medida que crece; el camino de acceso al Proyecto y los caminos internos de la Planta y área cívica se pavimentarán con Cape Seal y los caminos mina se humectarán con supresor de polvo; en la carga y descarga e material se utilizarán cañones nebulizadores de agua para abatir polvo; también se considera lavado de ruedas y equipos. Indicador que acredita su cumplimiento - Tramitación de permisos mixtos, ambientales y sectoriales. - Carta de inicio de fases del proyecto. - Evidencias fotográficas. - Contratos de Servicios y obras, órdenes de servicio. - Planillas de control de aplicación de supresor de polvo y humectación. - Planillas de lavado de ruedas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá toda la documentación en faena a disposición de la SMA, SSA, en las diferentes fases del proyecto: - Resoluciones que autorizan permisos mixtos, ambientales y sectoriales. - Orden de compra vigentes de supresor de polvo para caminos. - Registros mensuales de Planillas de lavado de ruedas y planillas de humectación con supresor de polvo. - Copia de Contratos de Servicios y obras, vigentes. - Mensualmente se emitirá un informe a la SMA con evidencias fotográficas de las medidas implementadas Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.10 ICE.

8.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisión lumínica Norma D.S. N° 43 de 2013, del Ministerio de Economía, Estable Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N° 686 de 1998. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Las instalaciones del proyecto contarán con luminarias a objeto de facilitar el trabajo durante horarios nocturnos y resguardar la seguridad del trabajador. Forma de cumplimiento Las luminarias requeridas por el proyecto contarán con la certificación previa a la instalación a que hace referencia el Título III, artículo 13 del D.S. N°43, de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente, garantizando de esta forma el cumplimiento de las exigencias de la norma. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de las luminarias a utilizar en el proyecto en la Superintendencia de electricidad y Combustible. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena Archivos durante todas las fases del proyecto del certificado de las luminarias a utilizar en el proyecto a disposición de la SMA y Superintendencia de electricidad y Combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.11 ICE.

8.13. COMPONENTE/MATERIA: Emisión lumínica Norma D.S. N° 1 de 2022, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Luminosidad Artificial generada por Alumbrados de Exteriores, Elaborada a partir de la Revisión del D.S. N° 43 de 2012. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requerirá instalar iluminación externa para el desarrollo de sus actividades. Forma de cumplimiento Todo el sistema de luminarias del Proyecto cumplirá con esta disposición legal. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de los artefactos de alumbrado en relación con la regulación de la contaminación lumínica autorizado por la SEC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena Archivos durante todas las fases del proyecto del certificado de las luminarias a utilizar en el proyecto a disposición de la SMA y Superintendencia de electricidad y Combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.12 ICE.

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Emisión lumínica Norma D.S. N° 2 de 2003, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Declara Áreas con Valor Científico y de Investigación para la Observación Astronómica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto requerirá instalar iluminación externa para el desarrollo de sus actividades. Forma de cumplimiento Todo el sistema de luminarias del Proyecto cumplirá con esta disposición legal. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de los artefactos de alumbrado en relación con la regulación de la contaminación lumínica autorizado por la SEC. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena Archivos durante todas las fases del proyecto del certificado de las luminarias a utilizar en el proyecto a disposición de la SMA y Superintendencia de electricidad y Combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.13 ICE.

8.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisión lumínica Norma Ley N° 21.162, del Ministerio del Medio Ambiente, Modifica la Ley N° 19.300, que Aprueba Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre se generarán emisiones de luz desde el proyecto ubicado en la comuna de Tierra Amarilla, declarada como “área astronómica”. Forma de cumplimiento Utilización de luminarias exteriores certificadas junto con una potencia instalada menor a la exigida para respetar la distancia del área de propagación o AI, descrita en los criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas del SEA. Indicador que acredita su cumplimiento Ejecución del proyecto en cumplimiento de los “criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas en el SEA”. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena a disposición de la de la SMA y Superintendencia de electricidad y Combustible, Certificados de luminarias exteriores para todas las fases del proyecto, así como de la potencia instalada del proyecto (KW) para la etapa de operación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.14 ICE.

8.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S N° 1, del 2013, Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular efectuará anualmente en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) la Declaración de Emisiones de Fuentes Fijas, correspondiente a cada periodo anual anterior. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones realizada en el sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento - Se mantendrán en faena a disposición de la SMA, SSA, SMMA, los Certificados de Declaración Anuales vigentes de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). - Mensualmente se emitirá un informe a la SMA con todos los antecedentes que forman parte del seguimiento ambiental del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.15 ICE.

8.17. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma D.F.L N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario, Aguas Servidas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará aguas servidas durante toda su vida útil. Forma de cumplimiento - El proyecto instalará una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) cuyo efluente cumplirá con la NCh 1.333 que permitirá su utilización para el riego de caminos no pavimentados. - Programa de Monitoreo. - El proyecto constará de una solución sanitaria en los sectores donde no es posible la conexión de efluentes de aguas servidas hacia la PTAS. - El servicio de baños químicos se contratará a una empresa externa quien gestionará su instalación, mantenimiento y retiro y disposición final de los efluentes. Indicador que acredita su cumplimiento - Cumplimiento de la norma en el efluente de la PTAS que permita el riego de caminos. - Contrato con la empresa especializada en el servicio de baños químicos. - Documentación que faculta a la empresa para la gestión de baños químicos. - Certificados de monitoreo de aguas, de laboratorio acreditado. - Retiro de excedentes de lodos provenientes de la PTAS, por empresa autorizada. Forma de control y seguimiento - Las planillas de registro mensual de la mantención de la planta y sistema de alcantarillado, junto con los registros de mantención semanales de baños químicos, y registros de retiro de lodos, se encontrarán en faena disponibles para fiscalización, para la SMA y SSA. - Mensualmente los certificados de monitoreo de la PTAS serán enviados a la SMA, a través de la SNIFA (Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental) y SSA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.16 ICE.

8.18. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas Norma D.S. N° 236 de 1926, del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo. Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará aguas servidas durante toda su vida útil. Forma de cumplimiento - El proyecto instalará una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) cuyo efluente cumplirá con la NCh 1.333 que permitirá su utilización para el riego de caminos no pavimentados. - Programa de Monitoreo. - El proyecto constará de una solución sanitaria en los sectores donde no es posible la conexión de efluentes de aguas servidas hacia la PTAS. - El servicio de baños químicos se contratará a una empresa externa quien gestionará su instalación, mantenimiento y retiro y disposición final de los efluentes. Indicador que acredita su cumplimiento - Cumplimiento de la norma en el efluente de la PTAS que permita el riego de caminos. - Contrato con la empresa especializada en el servicio de baños químicos. - Documentación que faculta a la empresa para la gestión de baños químicos. - Certificados de monitoreo de aguas, de laboratorio acreditado. - Retiro de excedentes de lodos provenientes de la PTAS, por empresa autorizada. Forma de control y seguimiento - Las planillas de registro mensual de la mantención de la planta y sistema de alcantarillado, junto con los registros de mantención semanales de baños químicos, y registros de retiro de lodos, se encontrarán en faena disponibles para fiscalización, para la SMA y SSA. - Mensualmente los certificados de monitoreo de la PTAS serán enviados a la SMA, a través de la SNIFA (Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental) y SSA Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.17 ICE.

8.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Código Sanitario, Artículos 79 y 80. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica - La ejecución del Proyecto presupone la generación de residuos para cada una de sus fases, asociados a las actividades propias industriales, así como también asociadas a los trabajadores. - Se generarán de residuos asimilables a domésticos, correspondientes a envases, papeles, envoltorios, restos de alimentos, y materiales de oficina. Forma de cumplimiento - Los residuos serán dispuestos en contenedores específicos para ello, con bolsa plástica en su interior, los contenedores permanecerán tapados, por lo que no emitirán emisiones de olor ni líquidos dadas las características impermeables de los contenedores. Se realizará un registro cada vez que se realice el retiro de los residuos y sean trasladados al Relleno Sanitario. - Declaración del retiro en SINADER. Indicador que acredita su cumplimiento - En una planilla estándar se registrará el retiro de los residuos. - Check list de estado de contenedores. - Guías de despacho. - Boleta de pesaje. - Resoluciones de autorización de transporte y disposición final. - Certificado de Declaración mensual del retiro de residuos a través del SINADER. Forma de control y seguimiento - Los registros de las planillas mensuales y Check list se mantendrán en faena disponibles para revisión de la SMA y SSA. - Los certificados de declaración se mantendrán archivados de manera digital disponibles para fiscalización, de la SMA y SSA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.18 ICE.

8.20. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Ley N° 20.920 del 2016, Misterio del Medio Ambiente. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica En las fases del proyecto, todos los residuos sólidos generados serán clasificados por tipo de residuo, y almacenados temporalmente, cumpliendo las condiciones y requerimientos específicos de cada uno. Posteriormente, serán trasladados y dispuestos en sitios autorizados o manejados de acuerdo con la normativa legal vigente, por empresas debidamente autorizadas. Forma de cumplimiento En las fases del proyecto, se dará cumplimiento a la presente normativa gestionando sus residuos de manera que cumplan con la norma vigente. Se realizará la segregación de os residuos en los puntos de origen y se dispondrán en bodegas de residuos reciclables para el caso de papeles de oficinas en desuso, cartones no contaminados, y envases de bebestibles limpios. Los despuntes de chatarra de fierro, cintas transportadoras con valor comercial serán almacenados en patios de almacenamiento temporal para estos fines. Declaración del retiro en SINADER. Indicador que acredita su cumplimiento - En una planilla estándar se registrará el retiro de los residuos. - Check list de estado de contenedores. - Guías de despacho Boleta de pesaje. - Resolución de Bodegas y patios de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos Resoluciones de autorización de transporte y disposición final. - Certificado de Declaración mensual del retiro de residuos a través del SINADER. - Procedimiento de manejo de residuos. Forma de control y seguimiento - Los registros de las planillas mensuales y Check list se mantendrán en faena disponibles para revisión de la SMA y SSA. - Los certificados de declaración se mantendrán archivados de manera digital disponibles para fiscalización, de la SMA y SSA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.19 ICE.

8.21. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.F.L. N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica En las distintas fases del Proyecto se generarán residuos industriales no peligrosos en sus respectivas áreas. Forma de cumplimiento - Los residuos industriales sólidos que se generen en las distintas áreas del proyecto se almacenarán temporalmente en los Patios de residuos no peligrosos. - Tramitación de la autorización sanitaria del proyecto de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y funcionamiento de estos. - Solicitud de Autorización sanitaria para la disposición final de residuos no peligrosos fuera del predio industrial. - Procedimiento de manejo de residuos Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución Sanitaria, que autoriza el funcionamiento de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. - Resolución Sanitaria, que autoriza la disposición de residuos fuera del predio industrial. - Planilla de registro de ingreso y retiro de los residuos. - Guías de despacho. - Boleta de pesaje. - Resoluciones de autorización de transporte y disposición final. - Charla del procedimiento de manejo de residuos. Forma de control y seguimiento Las Resoluciones sanitarias, registros anuales de charlas de capacitación y las planillas con los registros mensuales de ingreso y retiro de residuos se mantendrán en faena disponibles para la SMA y SSA. Anualmente se remitirá a la SSA un informe con el registro de residuos dispuestos fuera del predio industrial, con las respectivas boletas de pesajes, guías de despacho y resoluciones sanitarias correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.20 ICE.

8.22. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla la generación de residuos industriales no peligrosos en todas sus fases. Forma de cumplimiento - Los residuos industriales sólidos que se generen en las distintas áreas del proyecto se almacenarán temporalmente en los Patios de residuos no peligrosos. - Tramitación de la autorización sanitaria del proyecto de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos y funcionamiento de estos. - Solicitud de Autorización sanitaria para la disposición final de residuos no peligrosos. fuera del predio industrial. - Procedimiento de manejo de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento - Resolución Sanitaria, que autoriza el funcionamiento de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos. - Resolución Sanitaria, que autoriza la disposición de residuos fuera del predio industrial. Planilla de registro de ingreso y retiro de los residuos. - Guías de despacho. - Boleta de pesaje. - Resoluciones de autorización de transporte y disposición final. - Charla del procedimiento de manejo de residuos. Forma de control y seguimiento Las Resoluciones sanitarias, registros anuales de charlas de capacitación y las planillas con los registros mensuales de ingreso y retiro de residuos se mantendrán en faena disponibles para la SMA y SSA. Anualmente se remitirá a la SSA un informe con el registro de residuos dispuestos fuera del predio industrial, con las respectivas boletas de pesajes, guías de despacho y resoluciones sanitarias correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.21 ICE.

8.23. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N° 148 de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Los residuos peligrosos que se generarán durante todas las fases del proyecto son los siguientes: baterías, paños de limpieza contaminados con aceites, grasas, pintura entre otros, además de filtros, aceites usados y grasas. Forma de cumplimiento Los residuos industriales serán clasificados como peligrosos, de acuerdo con lo establecido en el D.S. Nº148, de 2004, del Ministerio de Salud. Los residuos sólidos industriales peligrosos serán almacenados en tambores y/o contenedores ubicados en los frentes de trabajo, desde donde serán recolectados y llevados al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, desde donde serán retirados, como máximo cada 6 meses, siendo posteriormente transportados a disposición final autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de retiro y disposición final de residuos en sitio autorizado. - En el caso de los Residuos Peligrosos, se realizará la Declaración de Residuos Peligrosos en RETC (SIDREP, http://sidrep.minsal.gov.cl). - Contar con las autorizaciones sanitaras correspondiente a cada instalación. - Plan de Manejo de residuos peligrosos. - Capacitación del manejo de residuos Forma de control y seguimiento Los registros en cada fase del proyecto se encontrarán en faena disponibles para la SSA y SMA: - Registro mensual de retiro y disposición final de residuos industriales peligrosos en sitio autorizado. - Resoluciones de Autorizaciones Sanitarias actualizados para revisión de la Autoridad. - Certificados de la Declaración a través de la Ventanilla única en el SIDREP. - Registro anual de capacitaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.22 ICE.

8.24. COMPONENTE/MATERIA: Transporte Norma D.S. N° 298 de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará residuos industriales clasificados como Peligrosos en las distintas fases y áreas del proyecto, en particular en las referidas a las de mantención. Forma de cumplimiento Los residuos industriales serán clasificados como peligrosos, de acuerdo con lo establecido en el D.S. Nº148, de 2004, del Ministerio de Salud. Los residuos sólidos industriales peligrosos serán almacenados en tambores y/o contenedores ubicados en los frentes de trabajo, desde donde serán recolectados y llevados al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, desde donde serán retirados, como máximo cada 6 meses, siendo posteriormente transportados a disposición final autorizada. Indicador que acredita su cumplimiento - En una planilla estándar se registrará el retiro de los residuos. Estas planillas se mantendrán disponibles para revisión de la autoridad, en caso de requerirlo. Además, se contará con un registro de los residuos que ingresarán y serán retirados del sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. - Declaración en SIDREP del retiro y transporte de residuos peligrosos en página web del MINSAL. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles en faena para revisión de la SSA y SMA: - Las planillas mensuales de registro de control, que incluyen el Nº de resolución sanitaria que autoriza el transporte de residuos peligrosos. - Certificado de declaración del Sidrep. - Anualmente se enviará un informe a la SSA con el resumen de la generación y disposición final de residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.23 ICE.

8.25. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N° 132 de 2002, del Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de Seguridad Minera. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará Residuos Industriales clasificados como Peligrosos en las distintas fases y áreas del proyecto, en particular en las referidas a las de mantención. Forma de cumplimiento - En una planilla estándar se registrará el retiro de los residuos. Estas planillas se mantendrán disponibles para revisión de la autoridad, en caso de requerirlo. Además, se contará con un registro de los residuos que ingresarán y serán retirados del sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. - Declaración en SIDREP del retiro y transporte de residuos peligrosos en página web del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento - Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. - Declaración SIDREP. Forma de control y seguimiento El Dpto. de Prevención de Riesgos mantendrá de manera permanente los registros a disposición de la SMA y SERNAGEOMIN: • Observaciones de parte del Servicio en libro Manifold, con sus respectivas acciones para dar cumplimiento a los hallazgos identificados. • Registro Anual del DAS • Registros Anual de charlas de inducción y evaluación de Procedimientos Seguros de trabajo, así como del Plan de prevención de contingencias y emergencias • Registro Anual de identificación de peligrosos y riesgos asociados por área de trabajo • Registros Anual de entrega de EPP, por trabajador. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.24 ICE. 8.26. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Ley N° 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto considera la habilitación de un Depósito de Relaves Filtrados, emplazado en una superficie habilitada para tal efecto. Forma de cumplimiento El cumplimiento se garantiza mediante las siguientes acciones en la ejecución del proyecto: - Informar al personal de los riesgos y peligros relacionados con el trabajo. - Elaborar y aplicar reglamentos internos específicos para la actividad minera, en estricto cumplimiento de todas las disposiciones del Reglamento, dando además cumplimiento respecto de las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. - Elaborar un Plan de Prevención de Contingencias y de Emergencias asociado a la operación del Depósito de Relaves Filtrados (DRF). - Mantener un sistema documentado de los procedimientos de trabajo para las distintas actividades consideradas por el Proyecto. - Distribuir a los trabajadores elementos de protección personal adecuados a sus funciones. - Presentar de manera sectorial al SERNAGEOMIN, los proyectos técnicos a fin de obtener los permisos correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento La faena contará con libro de tipo Manifold que dé cuenta de las observaciones realizadas por SERNAGEOMIN en visitas inspectoras. Además, contará con las autorizaciones sectoriales de competencia del Servicio. Forma de control y seguimiento Registro de observaciones de parte del SERNAGEOMIN en libro Manifold, con sus respectivas acciones para dar cumplimiento a los hallazgos identificados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.25 ICE.

8.27. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N° 41 de 2012, Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto considera un depósito de relaves filtrados, emplazado en una superficie habilitada para tal efecto, Mina a rajo abierto y área de Manejo de Explosivos. Forma de cumplimiento - El depósito de relaves filtrados está diseñado a objeto de que sus obras de cierre sean las adecuadas para dar seguridad y estabilidad tanto física como química a la instalación minera cerrada. - Tramitación ante SERNAGEOMIN de Permiso Ambiental Sectorial Mixto 137 “Plan de Cierre”. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación de Permiso Ambiental Sectorial Mixto 137. Posterior a obtención de RCA favorable, presentación a Sernageomin del proyecto de ingeniería de detalle para el cierre de faena minera que incluye el Depósito de Relaves Filtrado. Forma de control y Seguimiento a la evaluación y aprobación del permiso ambiental sectorial en Sernageomin. seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.26 ICE.

8.28. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma Resolución Exenta N° 31 de 2022, Ministerio de Medio Ambiente, Aprueba “Instrucción General para la Vigilancia Ambiental del Componente Agua en la relación con Depósitos de Relaves. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Relaves. Forma de cumplimiento El DRF considera un sistema colector al pie del muro, además de una piscina de acumulación y colección de estas aguas de precipitación directa sobre el área del DRF (aguas de contacto). Las aguas contactadas serán conducidas hacia una piscina colectora para luego ser recirculadas a proceso. Tal como se indica en los siguientes párrafos, correspondiente a la descripción de la operación del depósito DRF, se construirán pozos de monitoreo aguas abajo y aguas arriba de manera tal que se verifique que no existirá ningún tipo de infiltración desde el depósito DRF. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Monitoreo Hidrogeológico del Proyecto” indicado en el ANEXO 6 del PAS 135. Forma de control y seguimiento Informes de Monitoreo Hidrogeológico del proyecto, ingresado en SNIFA y disponible para la SMA, DGA y SERNAGEOMIN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.27 ICE.

8.29. COMPONENTE/MATERIA: Agua potable Norma D.S. N° 132 de 2002, Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de Seguridad Minera. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto requerirá agua para el consumo de los trabajadores en sus fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Para toda la vida útil del proyecto el agua potable de la faena será suministrada vía camión aljibe autorizado sanitariamente, que se encuentre en condiciones óptimas para el transporte de agua potable. El agua potable se almacenará en un estanque de fibra de vidrio con un sistema de cloración para mantener su potabilidad. Esta agua será utilizada para lavamanos, duchas y otros usos en que se requiera agua potable, para el caso específico de bebida, se entregará agua embotellada o a través de bidones. Indicador que acredita su cumplimiento Trimestralmente se realizarán tomas de muestras de agua, a objeto de verificar que los parámetros físicos, químicos y biológicos se encuentren dentro de los rangos permitidos por la legislación sanitaria. El indicador de cumplimiento será el registro de los análisis de las muestras de agua cumpliendo norma de potabilidad. Forma de control y seguimiento Trimestralmente los informes de monitoreo se subirán a través del SNIFA a disposición de la SEREMI de Salud y SMA. Referencia al ICE para Tabla 9.2.28 ICE. mayores detalles

8.30. COMPONENTE/MATERIA: Energía eléctrica Norma D.F.L. N° 4 de 2007, del Ministerio de Economía, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.F.L. N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos en Materia de Energía Eléctrica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto instalará y operará maquinarias, instrumentos, aparatos, equipos y artefactos y materiales eléctricos de distinta naturaleza. Forma de cumplimiento La empresa comunicará a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles las especificaciones técnicas de sus equipos e instalaciones eléctricas. En particular, se diseñarán y operarán estas instalaciones en cumplimiento con la legislación chilena vigente y sus reglamentos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones de los equipos generadores e instalaciones eléctricas realizadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). Forma de control y seguimiento Se mantendrá un archivo en faena de las declaraciones de los equipos generadores e instalaciones eléctricas realizadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), a disponibilidad de la SMA y SEC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.29 ICE.

8.31. COMPONENTE/MATERIA: Energía eléctrica Norma D.S. N° 327 de 1997, del Ministerio de Minería, Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto instalará y operará maquinarias, instrumentos, aparatos, equipos y artefactos y materiales eléctricos de distinta naturaleza en normal funcionamiento y seguros, conforme a normas técnicas y reglamentos vigentes. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones de los equipos generadores e instalaciones eléctricas realizadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). Forma de control y seguimiento Se mantendrá un archivo de las declaraciones de los equipos generadores e instalaciones eléctricas realizadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.30 ICE.

8.32. COMPONENTE/MATERIA: Combustible Norma D.S. N° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto en todas sus fases requiere consumo de combustible. Forma de cumplimiento Se contará con una estación de abastecimiento de combustible la cual corresponderá a un estanque enterrado de 40 m3, instalado por una empresa del rubro, la que realizará las tramitaciones correspondientes ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). El tipo de combustible que será utilizado para las camionetas, camiones, maquinarias y generadores será el petróleo diésel, para su abastecimiento se contratará a una empresa externa, debidamente autorizada por los organismos pertinentes. La zona contará con suelo impermeable (hormigón) en el área de carga del combustible y sistema colector de derrames. Previo a la contratación del servicio, la empresa externa deberá acreditar que cumple con las regulaciones y normativas establecidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). La mencionada instalación de tipo permanente estará operativa tanto en la fase de construcción como en la de operación. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de abastecimiento de los estanques de combustible, además se contará con la certificación de cada estanque de combustible. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena archivos de los registros mensuales de abastecimiento de los estanques de combustible, además se contará con la certificación de cada estanque de combustible. Disponibles para la SMA y SEC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.31 ICE.

8.33. COMPONENTE/MATERIA: Combustible Norma D.S. N° 298 de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por calles y Caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto en todas sus fases requiere consumo de Combustible, tanto para el abastecimiento de los equipos generadores de energía como para las distintas maquinarias y vehículos requeridos para el desarrollo de cada fase. Adicionalmente la planta requerirá del abastecimiento de otras SUSPEL. Forma de cumplimiento Utilización de transporte autorizado que cumpla con el citado D.S. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de verificación semestral del cumplimiento del D.S. N°298 por parte de los transportistas de combustible y otras SUSPEL, tales como reactivos de flotación y Cal. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena registros mensuales de revisión o auditoría interna a los transportistas de combustible y las demás SUSPEL a disposición de la SMA, SSA y SEC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.32 ICE.

8.34. COMPONENTE/MATERIA: Explosivos Norma D.S. N° 400 de 1977, del Ministerio de Defensa Nacional, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistemático de la Ley N° 17.798, Sobre Control de Armas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla una instalación destinada al almacenamiento de explosivos y accesorios requeridos para realizar la actividad de tronadura. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto cumplirá con lo establecido por la normativa, respecto de las distancias de seguridad y demás requisitos exigidos en la normativa en relación con la construcción del polvorín y la manipulación de explosivos, adoptando las medidas necesarias para tales efectos. El polvorín tendrá acceso restringido, controlado mediante una garita de acceso al polvorín. El manejo de los explosivos se realizará por manipuladores de explosivos que cuentan con la licencia correspondiente de la autoridad sectorial. De acuerdo con la normativa, el Titular renovará anualmente esta autorización y mantendrá actualizado el listado de manipuladores. El transporte de los explosivos se realizará en vehículos que cuentan con las autorizaciones correspondientes y por personal autorizado, tal como se señaló en el proyecto aprobado. En la fase de cierre, la limpieza del sector y la disposición de las sustancias remanentes que no hayan sido utilizadas se hará por personal que cuente con los permisos correspondientes de la autoridad sectorial. Los residuos serán manejados como residuos peligrosos y serán Indicador que acredita su cumplimiento - Permiso de funcionamiento de polvorín. - Reglamento de Manejo de Explosivos. - Licencias de manipuladores de explosivos. - Inscripción de consumidor habitual. - Charla a trabajadores. - Identificación de explosivos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena disponible para la SERNAGEOMIN: - Copia de permiso de polvorín. - Reglamento de Manejo de explosivos aprobado. - Registro de capacitación de los trabajadores. - Copia de licencia de los manipuladores de explosivos. - Copia de registro de inscripción como consumidor habitual. - HDS de explosivos actualizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.33 ICE.

8.35. COMPONENTE/MATERIA: Explosivos Norma D.S. N° 83 de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, Aprueba Reglamento Complementario de la Ley N° 17.798, Sobre Control de Armas y Elementos Similares. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla una instalación destinada al almacenamiento de explosivos y accesorios requeridos para realizar la actividad de tronadura. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto cumplirá con lo establecido por la normativa, respecto de las distancias de seguridad y demás requisitos exigidos en la normativa en relación con la construcción del polvorín y la manipulación de explosivos, adoptando las medidas necesarias para tales efectos. El polvorín tendrá acceso restringido, controlado mediante una garita de acceso al polvorín. El manejo de los explosivos se realizará por manipuladores de explosivos que cuentan con la licencia correspondiente de la autoridad sectorial. De acuerdo con la normativa, el Titular renovará anualmente esta autorización y mantendrá actualizado el listado de manipuladores. El transporte de los explosivos se realizará en vehículos que cuentan con las autorizaciones correspondientes y por personal autorizado, tal como se señaló en el proyecto aprobado. En la fase de cierre, la limpieza del sector y la disposición de las sustancias remanentes que no hayan sido utilizadas se hará por personal que cuente con los permisos correspondientes de la autoridad sectorial. Los residuos serán manejados como residuos peligrosos y serán enviados a disposición final de acuerdo con la normativa ambiental vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Permiso de funcionamiento de polvorín. - Reglamento de Manejo de Explosivos. - Licencias de manipuladores de explosivos. - Inscripción de consumidor habitual. - Charla a trabajadores. - Identificación de explosivos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en faena disponible para la SERNAGEOMIN: - Copia de permiso de polvorín. - Reglamento de Manejo de explosivos aprobado. - Registro de capacitación de los trabajadores. - Copia de licencia de los manipuladores de explosivos. - Copia de registro de inscripción como consumidor habitual. - HDS de explosivos actualizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.34 ICE.

8.36. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma D.S. N° 43 de 2015, del Ministerio de Salud, Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto para su ejecución y cierre utilizará diversas sustancias peligrosas tal como Gas Acetileno, Oxígeno, Disolventes y Pinturas en Aerosol, las que serán almacenadas debidamente como lo exige la norma. Forma de cumplimiento El proyecto para su ejecución y cierre utilizará diversas sustancias peligrosas tal como Gas Acetileno, Oxígeno, Disolventes y Pinturas en Aerosol, las que serán almacenadas debidamente como lo exige la norma. Indicador que acredita su cumplimiento - Se dispondrá de bodegas para almacenar las sustancias peligrosas a utilizar por el proyecto. Contará con las especificaciones técnicas establecidas en la normativa. Se tramitará la autorización Sanitaria del Almacenamiento de óxido de Calcio. - Procedimiento de manejo de sustancias peligrosas. - Capacitación a los trabajadores. - Estas sustancias serán manejadas bajo condiciones de seguridad apropiadas para el tipo de compuesto, considerando medidas de control permanente y plan de emergencia frente a contingencias, con las capacitaciones adecuadas al personal correspondiente. Forma de control y seguimiento Se mantendrán en faena a disposición de la SSA: - Autorización Sanitaria para el Almacenamiento de óxido de calcio. - Registro de las sustancias almacenadas correctamente en la bodega del tipo común destinada para tal efecto. - Hojas de Datos de Seguridad vigente. - Registros de charlas de inducción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.35 ICE.

8.37. COMPONENTE/MATERIA: Depósitos de relave Norma D.S. N° 248 de 2006, del Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento para la Aprobación de Proyectos de Diseño, Construcción, Operación y Cierre de los Depósitos de Relaves. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto ejecutará y operará un Depósito de Relaves Filtrado (DRF). Forma de cumplimiento El proyecto que se presente debe incluir, entre otros, la descripción de las obras, planos, memorias de cálculo, especificaciones de construcción, planes de control y monitoreo, normas de operación, etc. Las etapas del proyecto deben ejecutarse en forma secuencial, continua e integrada, de manera de permitir la evaluación, la realimentación y la optimización de las obras. En la operación del Depósito de Relaves, el operador deberá monitorear y controlar las instalaciones para verificar que ellas cumplan las especificaciones y requerimientos impuestos por las respectivas Autoridades Fiscalizadoras. El usuario comunicará al Servicio la fecha de inicio de las obras y el programa de actividades que involucran las distintas etapas de construcción (cronograma). En todo caso, la ejecución de la obra debe iniciarse en un plazo no superior a seis (6) meses desde la aprobación del proyecto. Si ello no ocurriese, se deberá informar al Servicio para que se verifique que las condiciones del lugar no han sufrido variaciones, respecto a lo aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que aprueba el proyecto (PAS 135).

Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá registros en la Gerencia de Minas a disposición del SERNAGEOMIN y SMA de: - Fecha de inicio de las obras y programa de actividades (cronograma). - Presentación de planos de las obras iniciales construidas dentro del plazo de un (1) mes, contado desde la fecha de término de la construcción o desde el inicio de la depositación de relaves. Por otro lado, el Titular contará con los registros disponibles para el SERNAGEOMIN de: - Comunicado cuando las obras señaladas en el proyecto se hayan concluido y antes de comenzar a depositar los relaves. - Comunicado de la fecha exacta de la puesta en operación del depósito de relaves, y cualquier alteración que se produzca respecto al cronograma propuesto, con el fin de obtener el visto bueno del Servicio. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.36 ICE.

8.38. COMPONENTE/MATERIA: Suelo Norma D.F.L N° 3.557 de 1980, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto no generará pérdida de suelo debido a que el área donde se ubicará la faena minera no presenta condiciones de calidad suficiente como para sustentar un uso agrícola o semejante. Forma de cumplimiento Informe de suelo que forma parte del permiso ambiental sectorial PAS 160, y aplicación de medidas correctivas y preventivas ante la eventualidad de derrames en el suelo establecidas en el Plan de Emergencia y Contingencia para Sustancias Peligrosas y Plan de Emergencia y Contingencia de Residuos Peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de ocurrir un evento donde se pudiese generar impacto sobre la calidad de suelo, se registrará un proceso de remediación según lo establecido en los planes de emergencia, cuyo registro se mantendrá disponible en las oficinas administrativas para revisión de la autoridad, en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento Ante la eventualidad de un impacto sobre el suelo, se aplicará las medidas establecidas en el Plan de Contingencia y Emergencia, para lo cual se informará en un plazo no mayor de 24 horas a la SMA para posteriormente emitir un informe con las medidas adoptadas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.1 ICE.

8.39. COMPONENTE/MATERIA: Áreas protegidas y biodiversidad Norma Ley N° 21.600/2023, Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Mediante la presentación de la DIA, se adjunta caracterización de Fauna Terrestre, Flora y Vegetación, y de los Sitios Prioritarios relacionados al Proyecto. El proyecto en su etapa de construcción se utilizará el espacio geográfico determinado como área de proyecto, en el cual se modificarán aspectos estructurales, debido a la instalación de equipamiento, sin embargo, el presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, no obstante se presenta el PAS 146 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso. Respecto de la corta de flora y vegetación en categoría de protección se establecerá un Plan de Manejo Biológico a través de un compromiso ambiental. Forma de cumplimiento PAS 146 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso. Respecto de la corta de flora y vegetación en categoría de protección se establecerá un Plan de Manejo Biológico a través de un compromiso ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del pronunciamiento favorable del SAG referido al PAS N°146. Forma de control y seguimiento Monitoreo trimestral durante la fase de construcción que permita determinar las siguientes variables biológicas: - Períodos reproductivos. - Longevidad de individuos. - Periodos de copulas. - Número de crías - Individuos por madrigueras. - Estado sanitario de las poblaciones. - Determinar tasa de natalidad y mortalidad El informe del monitoreo trimestral se subirá a la plataforma SNIFA, quedando a disposición de la SMA, SAG y SMMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.3 ICE.

8.40. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma D.S. N° 29 de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En el área del proyecto no se registró la presencia de animales silvestres clasificados como Extinta, Extinta en estado silvestre, En Peligro crítico, En Peligro ni Vulnerable. Solamente se encontró especie clasificada como casi amenazada (e.g. Iguana chilena). Forma de cumplimiento Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial N°146, para evitar que el Proyecto afecte individuos de la especie indicada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del pronunciamiento favorable del SAG referido al PAS N°146. Forma de control y seguimiento Monitoreo trimestral durante la fase de construcción que permita determinar las siguientes variables biológicas: - Períodos reproductivos. - Longevidad de individuos. - Periodos de copulas. - Número de crías. - Individuos por madrigueras. - Estado sanitario de las poblaciones. - Determinar tasa de natalidad y mortalidad El informe del monitoreo trimestral se subirá a la plataforma SNIFA, quedando a disposición de la SMA, SAG y SMMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.5 ICE.

8.41. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N° 19.473, Sustituye Texto de la Ley 4.601, sobre Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En el área del proyecto no se registró la presencia de animales silvestres clasificados como Extinta, Extinta en estado silvestre, En Peligro Crítico, En Peligro ni Vulnerable. Solamente se encontró especie clasificada como casi amenazada (e.g., Iguana chilena). Forma de cumplimiento Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial N°146, para evitar que el proyecto afecte individuos de la especie indicada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del pronunciamiento favorable del SAG referido al PAS N°146. Forma de control y seguimiento Monitoreo trimestral durante la fase de construcción que permita determinar las siguientes variables biológicas: - Períodos reproductivos. - Longevidad de individuos. - Periodos de copulas. - Número de crías. - Individuos por madrigueras. - Estado sanitario de las poblaciones. - Determinar tasa de natalidad y mortalidad El informe del monitoreo trimestral se subirá a la plataforma SNIFA, quedando a disposición de la SMA, SAG y SMMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.6 ICE.

8.42. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma D.S. N° 5 de 1998, del Ministerio de Agricultura, Aprueba Reglamento de la Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En el área del proyecto no se registró la presencia de animales silvestres clasificados como Extinta, Extinta en estado silvestre, En Peligro crítico, En Peligro ni Vulnerable. Solamente se encontró una especie clasificada como casi amenazada (e.g., Iguana chilena). Forma de cumplimiento Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial N°146, para evitar que el proyecto afecte individuos de la especie indicada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del pronunciamiento favorable del SAG referido al PAS N°146. Forma de control y seguimiento Monitoreo trimestral durante la fase de construcción que permita determinar las siguientes variables biológicas: - Períodos reproductivos. - Longevidad de individuos. - Periodos de copulas. - Número de crías. - Individuos por madrigueras. - Estado sanitario de las poblaciones. - Determinar tasa de natalidad y mortalidad El informe del monitoreo trimestral se subirá a la plataforma SNIFA, quedando a disposición de la SMA, SAG y SMMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.7 ICE.

8.43. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley N° 17.288, Legisla Sobre Monumentos Nacionales y Normas Relacionadas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica En el área de emplazamiento del proyecto no se encuentran elementos culturales, correspondientes a hallazgos arqueológicos y a sitios arqueológicos. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la citada Ley de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del DS N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto.” En caso de hallazgo paleontológico: a) Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej.) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. b) Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. En caso de encontrarse el paleontólogo a cargo, él mismo deberá evaluar si las obras deben ser paralizadas en un perímetro superior al propuesto en el punto anterior. c) Delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. d) Notificar al Consejo de Monumentos Nacionales acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el/la profesional paleontólogo/a, encargado/a de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavaciones DS N° 484 de 1990. e) Este protocolo deberá incluirse en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto tomando en cuenta para ello la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.cl), según lo estipulado en el Etapa 3 (acápite 3.2.4). Indicador que acredita su cumplimiento Notificación emitida por la Gobernación Provincial de Copiapó y al Consejo de Monumentos Nacionales, en caso de que se realice algún hallazgo durante el desarrollo del proyecto. Forma de control y seguimiento - Informe paleontológico emitido al CMN y SMA. - Registro fotográfico de los hallazgos y sitios arqueológicos que llegasen a ser cercados en el área del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.8 ICE.

9° Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Contratación preferencial de trabajadores calificados que habiten en la comuna de Tierra Amarilla y Región de Atacama, con énfasis en la contratación de jóvenes y mujeres Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Privilegiar la contratación de personal competente que resida en las comunas de Tierra Amarilla o en la Región de Atacama, con foco en incorporar jóvenes y mujeres. Descripción: Se contactará a la Oficinas Municipales de Intermediación Laboral (OMIL) de Tierra Amarilla y de la Región de Atacama, para solicitar un registro de aspirantes calificados para trabajar en la empresa. Esta gestión se realizará para todas las fases del proyecto. Justificación: Privilegiar la contratación de mano de obra local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla y comunas de la Región de Atacama. Forma: Por medio del contacto periódico con las OMIL de Tierra Amarilla y de las comunas de la Región de Atacama. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción y semestralmente durante toda la vida útil del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Estadística de mano de obra local, joven y de mujeres en poder de la Gerencia de Recursos Humanos de Minera Altair. Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1

9.2. Capacitación ambiental de trabajadores contratados por la Compañía Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fortalecer la conciencia ambiental de las y los trabajadores. Descripción: Se establecerá un programa de capacitación para todo el personal que desempeñe labores en las diferentes fases del proyecto, de manera de interiorizar en todos los trabajadores una conducta de respeto por el medio ambiente. Justificación: Fortalecer la conciencia ambiental de las y los trabajadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de faena. Forma: Charlas dictadas por profesionales del área ambiental de la Compañía. Oportunidad: Durante el proceso de inducción corporativa y anualmente. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de capacitación del personal propio y contratista.

Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2

9.3. Abastecimiento preferente de productos y servicios con proveedores de la comuna de Tierra Amarilla y Región de Atacama Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fortalecer el tejido industrial de bienes y servicios a nivel local y la cadena de valor comunal y regional, así como generar empleos indirectos. Descripción: El Titular del Proyecto se abastecerá preferencialmente de productos o servicios con proveedores de la Región. Estos servicios serán aquellos de apoyo a la construcción, operación y cierre, tales como, traslado de personal, alimentación, montaje, movimiento de tierras, entre otros. Justificación: Fomentar la generación de bienes y servicios a nivel local, aportando a la generación de empleos indirectos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región de Atacama. Forma: Publicación de requerimientos en página web o medios de comunicación locales del bien o servicio a adquirir, dando prioridad a proveedores locales. Se considerará en la evaluación de las ofertas un puntaje especial a proveedores locales. También se ponderará positivamente a empresas cuyas oficinas principales sean de las comunas de la Región de Atacama y paguen sus patentes comerciales en la Región. Oportunidad: Durante el proceso de licitación de bienes y servicios para el Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de contratistas e inversión en proveedores locales.

Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3

9.4. Desarrollar un Estudio en conjunto con la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla para instalar un poder de compra de minerales de baja ley para la pequeña minería de la zona del Proyecto Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el desarrollo de la pequeña minería de Tierra Amarilla, especialmente la cercana al Proyecto, generando un poder de compra para minerales de baja ley. Descripción: El proyecto considera el estudio, en conjunto con la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla, de la apertura de un poder de compra de minerales de cobre de baja ley. Justificación: Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de faena del proyecto y/o lugar acordado con la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla. Forma: Por medio de reuniones de trabajo y la formalización del estudio. Oportunidad: Durante la etapa de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de reuniones realizadas entre Minera Altair y la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla. Acuerdo firmado por Minera Altair y la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA una vez firmado el acuerdo, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4

9.5. Cooperación con los pequeños mineros de la zona del Proyecto en materias de prospección de sus yacimientos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Colaborar con pequeños mineros cercanos al Proyecto para que puedan realizar prospección de sus minas, actividad fundamental para sus labores de explotación. Descripción: La Compañía colaborará mediante estudios geológicos, mineros y metalúrgicos para que los pequeños mineros puedan tener mejor información técnica de sus yacimientos. Justificación: Fomentar buenas relaciones con los vecinos del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Provincia de Copiapó. Forma: Por medio de reuniones de trabajo y la formalización de los acuerdos. Oportunidad: El plan de cooperación se ejecutará durante todas las etapas del Proyecto. Las reuniones de trabajo se iniciarían 8 meses después de iniciada la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de reuniones realizadas entre Minera Altair y pequeños mineros. Ejecución de los aportes comprometidos por Minera Altair con los pequeños mineros. Forma de control y seguimiento Reportes anuales a la SMA con la ejecución de los acuerdos, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5.

9.6. Señalización vehículos del Proyecto Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar los vehículos propios o de terceros asociados al Proyecto que transiten por las calles y caminos de la provincia de Copiapó. Descripción: Los vehículos propios y de terceros relacionados con el proyecto que circulen por las calles y caminos de la provincia de Copiapó contarán con señalización visible. Esta incluirá la identificación del Titular, el nombre del proyecto y un número de contacto que indique el área operativa. Además, todos los vehículos del proyecto estarán equipados con un sistema GPS, con el objetivo de monitorear y controlar su velocidad. Justificación: Los vehículos relacionados con el proyecto deben contar con su debida identificación, en caso de que vecinos necesiten realizar una queja y/o comentario con el Titular. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región de Atacama. Forma: Instalación de señalética visible y control de velocidad en los vehículos asociados al Proyecto. Oportunidad: La señalética visible y control de velocidad en vehículos asociados al proyecto partirá al inicio de la etapa de construcción y hasta el término de la etapa de cierre. Indicador que acredite Registro de porte de señalética visible en garita de acceso. su cumplimiento Registro de velocidades de los vehículos. Forma de control y seguimiento Reportes de uso de señalética y reportes del registro de velocidades de los vehículos, disponibles en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6.

9.7. Consideración fiestas religiosas de Tierra Amarilla Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la potencial afectación del transporte del proyecto en las festividades religiosas de Tierra Amarilla. Descripción: La comuna de Tierra Amarilla cuenta con festividades religiosas arraigadas en la comunidad que de preferencia se realizan al aire libre en las calles de la comuna. Justificación: Evitar la potencial afectación del transporte del proyecto en las festividades religiosas de Tierra Amarilla. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Calles y caminos de la comuna de Tierra Amarilla. Forma: Por medio del desvío del transporte de pasajeros y camionetas que transiten por las calles de Tierra Amarilla hacia o desde el Proyecto. Es importante destacar que el transporte de materiales, partes, piezas y producción del Proyecto no utilizará rutas al interior de la zona poblada de la comuna de Tierra Amarilla. Oportunidad: Los desvíos se realizarán en cada oportunidad que se realicen fiestas religiosas en Tierra Amarilla y que se relacionen con el transporte de pasajeros o camionetas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de vías alternativas, fechas de festividades religiosas e instrucción de uso de dichas vías. Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA con la ejecución de este compromiso, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7.

9.8. Convenio de colaboración para contratación de médicos que presten servicios en CESFAM de Tierra Amarilla Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Colaborar para la contratación de médicos que presten servicios en CESFAM de Tierra Amarilla. Descripción: Minera Altair propondrá un convenio con la Universidad de Atacama y la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla con el propósito de que 2 médicos jóvenes egresados de esa Universidad o de otra de la región presten servicios en el CESFAM de Tierra Amarilla. Justificación: Fortalecer el CESFAM de Tierra Amarilla. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: CESFAM de Tierra Amarilla. Forma: Por medio de la ejecución del acuerdo explícito entre Minera Altair, UDA o de otra universidad y el municipio de Tierra Amarilla. Oportunidad: El acuerdo y la ejecución del Convenio partirá durante la fase de construcción del proyecto, finalizando al término de la etapa de operación de este. Indicador que acredite su cumplimiento Acuerdo firmado entre las partes y la disposición de profesionales de la salud prestando sus servicios en el CESFAM de Tierra Amarilla. Forma de control y seguimiento Reporte anual a la SMA con la ejecución de este compromiso, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.8.

9.9. Formación de mesa de trabajo o convenio con Comunidad Indígena Diaguita Huillanco, con sede en km 29 baipás sector de Toledo, Copiapó, con objetivo de rescatar la cultura minera Diaguita Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar a rescatar la cultura minera Diaguita. Descripción: Minera Altair por medio de una mesa de trabajo o convenio a celebrar con la Comunidad Diaguita Huillanco para desarrollar, a través de consultor experto, un levantamiento de la cultura minera Diaguita. Justificación: Fomentar la recuperación de la cultura minera Diaguita. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: km 29 baipás sector de Toledo. Forma: A través de un profesional de las ciencias sociales en colaboración con la Comunidad Indígena Diaguita Huillanco. Oportunidad: La instalación de la mesa de trabajo o convenio se realizará durante el primer año de la etapa de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizarán reportes/minutas luego de cada reunión de la mesa de trabajo/convenio en los cuales se indicarán los acuerdos con la comunidad, resumiendo las ideas rescatadas, fotografías y listas de asistencia de cada evento. También se redactará un libro en el que se expongan los resultados de la experiencia. Este último informe deberá ser presentado y validado por la comunidad, en el taller de cierre de actividades asociadas al CAV. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA una vez finalizado el libro, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA). Mantención de registro de indicadores señalados en el ítem anterior, disponible en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.9.

9.10. Comunicación de Tronaduras Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar del horario de tronadura de producción durante la fase de operación. Descripción: Se mantendrá un sistema de comunicación con la comunidad para informar de los horarios de las tronaduras de producción. Los horarios de las detonaciones serán entre las 08:00 a 18:00 horas y no coincidirán con otras detonaciones de proyectos mineros presentes en la comuna, previa coordinación. Minera Altair informará al municipio del horario de las tronaduras y sus características (cantidad e intensidad), con el objetivo de que la autoridad comunal pueda exhibirla en sus dependencias y/o comunicarla a las organizaciones sociales de la comuna. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: comuna de Tierra Amarilla. Forma: Para la difusión de las tronaduras, se utilizará la página web institucional del proyecto y el medio de comunicación local Tierramarillano. Para la implementación de este compromiso, se revisará semanalmente el calendario de tronaduras que lleva la Municipalidad de Tierra Amarilla, de forma de fijar las tronaduras de Minera Altair sin coincidir con las tronaduras publicadas por otras empresas. Oportunidad: Se enviará la planificación semanalmente a la Municipalidad de Tierra Amarilla. Indicador que acredite su cumplimiento Plan de comunicaciones de tronaduras. Forma de control y seguimiento Registro mensual de comunicaciones de tronaduras realizadas, disponibles en instalaciones de faena para fiscalización de la Autoridad Ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.10.

9.11. Visitas guiadas de centros educacionales de la comuna de Tierra Amarilla. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer el proyecto minero y su desarrollo, a través de visitas guiadas y entrega de reporte escrito a centros educacionales de la comuna. Descripción: Como parte del monitoreo participativo Minera Altair informará especialmente a los estudiantes de la comuna de Tierra Amarilla sobre el Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales y su estado de desarrollo. Minera Altair, especialmente comprometida con el respeto a la comunidad y al medio ambiente, ha desarrollado su proyecto bajo principios de precaución y eficiencia en el uso de los recursos naturales y la biodiversidad. Junto con lo anterior, las visitas guiadas no solamente estarán enfocadas en la operación minera sino que también tendrán una charla entregada por un profesional del Titular, que incorporará todas las medidas que el Titular ha tomado para desarrollar un proyecto minero responsable, vale decir, las medidas de mitigación, manejo de residuos, resultados de los monitoreos de calidad del aire y otros conceptos de minería responsable a través de una charla que se realizará durante la visita guiada. Justificación: Instruir a la comunidad estudiantil sobre los procesos mineros y la minería responsable Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto. Forma: Se agendará una (1) actividad al año y se informará a los establecimientos educacionales de la Comuna de Tierra Amarilla. Oportunidad: Una vez al año a partir de la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrá un registro de ingreso, donde se identifiquen los establecimientos educacionales. - Lista con nombres de los asistentes. - Registro fotográfico de la actividad realizada. - Registro de contenidos de la Actividad Realizada. Forma de control y seguimiento Se entregará a la SMA de forma anual un informe donde se indiquen los establecimientos educacionales que visitaron el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.11. 9.12. Visitas guiadas de juntas de vecinos y autoridades de la comuna de Tierra Amarilla Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer el proyecto y su estado de desarrollo a través de visitas guiadas a Juntas de Vecinos y autoridades de la comuna de Tierra Amarilla. Descripción: Como parte del monitoreo participativo se considera que estas visitas guiadas se enmarcan en el compromiso del desarrollo sostenible que Minera Altair tiene con la comunidad de Tierra Amarilla y la Región de Atacama, de manera de mostrar abiertamente a la comunidad el estado de desarrollo del proyecto, así como las medidas de control ambiental y de seguridad que se implementarán desde el inicio del proyecto. Las visitas serán dirigidas por profesionales de la compañía, donde se mostrará el estado de avance del proyecto y se entregará un reporte escrito. Justificación: Mostrar a la comunidad la ejecución del proyecto desde su inicio y evidenciar las medidas de control ambiental. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto. Forma: Para el desarrollo del MAP se conformará un equipo que acompañe el monitoreo de aire durante las distintas fases del Proyecto, "El Equipo MAP", junto a la difusión de información tanto de su convocatoria como de su desarrollo. El equipo MAP estará formado por (2) representante del Titular y máximo (3) representantes de la comunidad. Para la elección de dichos representantes, se convocará al equipo MAP, mediante una convocatoria vía correo a Juntas de Vecinos y APR para que elijan a un representante de Tierra Amarilla y de Nantoco. Además, se invitará vía correo a alguna autoridad de Nantoco. Además, la empresa propondrá de manera consensuada por el equipo MAP, un estatuto del funcionamiento del MAP. Oportunidad: La realización del Monitoreo Ambiental Participativo del componente de Calidad de Aire se realizará una (1) vez al año a partir de la fase de operación del Proyecto. Implementación: La convocatoria del equipo MAP es un proceso que se iniciará a contar del inicio de la fase de construcción del proyecto, junto con el hito de habilitación de Instalación de Faena -fechado para abril del 2025-. A partir de dicho hito, se darán 30 días para realizar la convocatoria para formar el equipo MAP. No obstante, la implementación de MP-04, será a partir de la fase de operación del proyecto. Capacitación: El equipo MAP será capacitado respecto a la descripción del proyecto y los conocimientos para poder analizar los resultados del monitoreo de aire, esto quiere decir: Contexto, alcance del monitoreo, metodología, procedimientos, frecuencias y umbrales aceptables. Dicha capacitación se realizará 30 días posterior al inicio de la fase de operación del proyecto Una vez al año a partir de la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrá un registro de visitas al proyecto. - Lista con el nombre de los asistentes. - Registro fotográfico de la actividad realizada. Forma de control y seguimiento Se entregará a la SMA un informe de forma anual que indique todos los indicadores que acrediten el cumplimiento del Monitoreo Participativo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.12.

9.13. Instalación de estación de monitoreo de calidad de aire y meteorología Impacto asociado Aumento de los niveles de material particulado en el área de influencia. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la calidad de aire y meteorología en la localidad de Nantoco, ubicada dentro del polígono de zona saturada de Tierra Amarilla - Copiapó. Descripción: El Titular instalará una estación de monitoreo de calidad de aire MP10 y MP2,5 y meteorología en la localidad de Nantoco. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Nantoco. Forma: Por medio de la instalación y operación de la estación de monitoreo de calidad de aire y meteorología. Oportunidad: La instalación de la estación de monitoreo será realizada previo al inicio de la etapa de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informes mensuales de monitoreo elaborados por laboratorio ambiental acreditado. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA al mes siguiente de realizado el monitoreo Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.13.

9.14. Instalación de estación de monitoreo de MPS Impacto asociado Aumento de los niveles de material particulado en el área de influencia. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la calidad de aire por MPS a fin de constatar que no habrá afectación a los puntos R15 y R16. Descripción: El Titular instalará una estación de monitoreo de MPS cercano a la actividad agrícola en un lugar próximo a los puntos R15 y R16, en lugar autorizado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Nantoco. Forma: Por medio de la instalación y operación de la estación de monitoreo de MPS. Oportunidad: La instalación de la estación de monitoreo será realizada tan pronto se obtenga las autorizaciones de los dueños del terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Informes mensuales de monitoreo elaborados por laboratorio ambiental acreditado. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA al mes siguiente de realizado el monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.14.

9.15. Mejoramiento de la Ruta de acceso al Proyecto (C-529) con tratamiento asfáltico tipo Cape Seal Impacto asociado Aumento de los niveles de material particulado en el área de influencia. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Intervenir la carpeta de rodado de la ruta C-529 para disminuir emisiones de material particulado. Descripción: El Titular propondrá a la Dirección Regional de Vialidad suscribir un convenio para el mejoramiento de la Ruta C-529 con Cape Seal, en el tramo que va desde el cruce con la ruta C-411 hasta el acceso al proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta C-529. Forma: Posterior a la suscripción del mencionado convenio, se mejorará la carpeta de la Ruta C529 con Cape Seal. Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Mejoramiento del camino recepcionado por la Dirección Regional de Vialidad. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA una vez finalizado el mejoramiento del camino y recepcionado por la DR de Vialidad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.15.

9.16. Establecer convenio con algunos centros de rescate y rehabilitación de fauna silvestre al inicio del proyecto Impacto asociado Afectación a fauna silvestre. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar la factibilidad de crear una red de colaboración con centros de rescate y rehabilitación de fauna silvestre en regiones cercanas a la Región de Atacama para asegurar la atención continua ante contingencias y emergencias de fauna. Descripción: Dado que actualmente no existen centros de rescate y rehabilitación de fauna en la Región de Atacama, y considerando que algunos centros operan únicamente durante los días laborales, el Titular buscará establecer convenios con centros cercanos a la región. Es importante señalar que estos centros de rescate y rehabilitación de fauna estarán informados de los compromisos ambientales voluntarios del proyecto, respecto a las contingencias y emergencias de fauna, en las cuales pudiera tener participación. Además, se solicitará a estos centros que aseguren disponibilidad para atender tanto en días laborales como no laborales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Centro cercano a la Región de Atacama. Forma: Mediante convenio entre el centro de rescate y el Titular. Oportunidad: Las gestiones se realizarán al inicio del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Formalización del convenio entre el centro de rescate y Minera Altair en el cual se garantice atención continua en caso de contingencias y emergencias de fauna silvestre. Forma de control y seguimiento El convenio solicitará informes regulares detallando las acciones realizadas, los animales atendidos, y el progreso de la rehabilitación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.16.

9.17. Plan de Manejo Biológico para especies de flora y vegetación en categoría de amenaza y de especies propias del Desierto Florido que puedan encontrarse, tales como tubérculos y rizomas Impacto asociado Pérdida de individuos de Eriosyce confinis y Pintoa chilensis Pérdida de especies de flora propia del Desierto Florido. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar rescate y reubicación de germoplasma con fines reproductivos de flora en categoría de amenaza desde individuos de especies afectadas por obras del proyecto y de semillas y geófitas como tubérculos y rizomas característicos del fenómeno de Desierto Florido. Descripción: De las especies singulares detectadas, el proyecto afectará 280 individuos de la especie Pintoa chilensis, 30 individuos de la especie Aphyllocladus denticulatus y, 45 individuos de la especie Eriosyce confinis. El Plan de Manejo Biológico propone ejecutar rescate y relocalizaciones (Eriosyce confinis), y plantaciones (de individuos de las especies Pintoa chilensis y Aphyllocladus denticulatus). Aquellos individuos que no sean intervenidos por obras y actividades del proyecto serán delimitados mediante cerco temporal e incluidos en el proceso de monitoreo. El Plan de Manejo Biológico también incluye el rescate y relocalización de tubérculos y rizomas asociados a especies del ecosistema Desierto Florido, para lo cual se aprovecharán las labores de escarpe de terreno. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Toda el área de Proyecto. Forma: Rescate y relocalización de individuos de Eriosyce confinis y colecta de germoplasma de Pintoa chilensis y Aphyllocladus denticulatus mediante semillas y esquejes, estos serán viverizados para reproducir individuos que permitan completar la plantación comprometida, y para el grupo de individuos de especies en categoría de conservación de amenaza localizados fuera de las áreas de intervención directa del proyecto se propone cercado temporal mientras dure la fase de construcción. Oportunidad: El rescate y relocalización de cactáceas y el rescate de germoplasma de arbustivas se realiza en forma previa a la construcción del proyecto, en caso de que dicha época no coincida con la época de primavera y/ o verano (por el mayor vigor de las especies y la producción de semillas), se colectará germoplasma de los individuos más cercanos al área de proyecto. El rescate de cactáceas es previo al inicio de construcción del proyecto y su relocalización una vez que se logre la cicatrización. El cercado temporal de individuos localizados fuera del área de intervención directa se realiza al menos 1 semana previo al inicio de obras. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizarán reportes: - Reporte formato 223 y 343 SMA de Rescate y Relocalización de cactáceas. - Reporte de colecta de germoplasma. - Reporte trimestral de viverización. - Reporte de cercado temporal de individuos localizados fuera de las áreas de intervención directa, georreferenciados. - Reporte mensual de monitoreo de cactáceas relocalizadas por el primer trimestre luego de ejecutada la relocalización, posteriormente se realiza reportes trimestrales los 2 primeros años y semestrales el año 3. Los años 4 y 5 son reportes anuales de seguimiento de la medida. - Reporte de plantación de individuos viverizados. - Reporte mensual de seguimiento y monitoreo de plantación arbustiva el primer año, trimestral el segundo año y semestrales el año 3. Los años 4 y son reportes anuales de seguimiento de la medida. Forma de control y seguimiento Todos los reportes serán cargados al SNIFA y de esta forma reportados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.17.

9.18. Mecanismo de restitución de las aguas naturales captadas por las obras de saneamiento hidráulico del proyecto Impacto asociado Afectación a niveles y calidad de agua subterránea. Fase del Proyecto a la que aplica Operación.

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restituir la cantidad de aguas que serán captadas por las obras hidráulicas del Proyecto. Descripción: Se restituirán aguas naturales captadas por las obras de saneamiento hidráulico del proyecto, mediante un aporte equivalente a 11,7 m³/día (4,280 m³/año), superando el volumen medio anual de un año hidrológico normal con una probabilidad de excedencia del 8%, es decir, asociado a un año húmedo o (lluvioso) y para el cambio climático del orden del 9%. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Nantoco. Forma: Camión aljibe equivalente a 25.000 l cada dos días. Previo a la fase de operación del Proyecto, el Titular deberá definir un receptor para la ejecución de la medida de restitución. Para ello, deberá realizar un análisis y caracterización de la situación hídrica de la localidad de Nantoco, a fin de identificar los potenciales receptores. Con dichos antecedentes podrá seleccionar a quien restituir el agua y gestionar dicha acción para su ejecución, informando tal determinación Antes de comenzar la mencionada fase a la Autoridad Ambiental. Oportunidad: Cada dos días. Indicador que acredite su cumplimiento Fotografías georeferenciadas de los puntos de descarga

Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA y a la DGA una vez decidido el o los receptores del beneficio y, luego, una vez al año, para verificar la continuidad de la acción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.18.

9.19. Informar a la comunidad sobre el Proyecto y su estado de desarrollo Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer el proyecto minero y su estado de desarrollo a la comunidad de Tierra Amarilla mediante exposiciones informativas y entrega de reporte escrito. Descripción: Como parte del proceso de monitoreo participativo, Minera Altair se compromete a llevar a cabo exposiciones informativas dirigidas a la comunidad de Tierra Amarilla. Estas tienen como objetivo proporcionar una información de calidad y transparente sobre el avance del Proyecto, asegurando de esta manera, que la comunidad esté plenamente informada sobre el cumplimiento de los compromisos establecidos por la empresa dentro del marco legal. Justificación: Es fundamental que la comunidad esté al tanto de los progresos y medidas adoptadas por la empresa minera en el Proyecto, con el propósito de generar confianza y respaldo mutuo entre las partes involucradas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sede de la Asociación de Pirquineros de Tierra Amarilla. Forma: Se realizará una exposición al año, previa coordinación con autoridades comunales y vecinales. Para esto se convocará a las dos uniones comunales de Tierra Amarilla, estas son Unión Comunal de Tierra Amarilla y Unión Comunal Siglo XXI. La exposición será pública, es decir, abierta a todo aquel que desee participar. Oportunidad: Una vez al año a partir de la Fase de Construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Se mantendrá un registro de ingreso a la exposición. - Lista con el nombre de los asistentes y firma. - Registro fotográfico de la actividad realizada. - Registro de contenidos de la Exposición Realizada. Forma de control y seguimiento Se entregará a la SMA de forma anual un informe donde se indique el listado de participantes de la comunidad que asistieron a la exposición, el contenido y los compromisos acordados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.19

9.20. Monitoreo Ambiental Participativo del componente de calidad del aire Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar y capacitar a la comunidad de Nantoco y Tierra Amarilla de los monitoreos del componente de calidad del aire. Descripción: Corresponde a la participación informativa de la comunidad de Nantoco, Tierra Amarilla, autoridades y el Titular en específico en el componente de Calidad del Aire. Justificación: La difusión de la información sobre los monitoreos ambientales, incluyendo su objetivo, metodología, uso y participación de la comunidad aporta certezas frente a la desinformación de la población en el manejo de los componentes ambientales señalados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La ubicación de dicho monitoreo será en la Escuela Paul Harris de Nantoco, ya que allí está localizada la estación de monitoreo. Forma y Oportunidad: Para el desarrollo del MAP se conformará un equipo que acompañe el monitoreo de aire durante las distintas fases del Proyecto, "El Equipo MAP", junto a la difusión de información tanto de su convocatoria como de su desarrollo. El equipo MAP estará formado por (2) representante del Titular y máximo (3) representantes de la comunidad. Para la elección de dichos representantes, se convocará al equipo MAP, mediante una convocatoria vía correo a Juntas de Vecinos y APR para que elijan a un representante de Tierra Amarilla y de Nantoco. Además, se invitará vía correo a alguna autoridad de Nantoco. Además, la empresa propondrá de manera consensuada por el equipo MAP, un estatuto del funcionamiento del MAP. Oportunidad: La realización del Monitoreo Ambiental Participativo del componente de Calidad de Aire se realizará una (1) vez al año a partir de la fase de operación del Proyecto. Implementación: La convocatoria del equipo MAP es un proceso que se iniciará a contar del inicio de la fase de construcción del proyecto, junto con el hito de habilitación de Instalación de Faena -fechado para abril del 2025-. A partir de dicho hito, se darán 30 días para realizar la convocatoria para formar el equipo MAP. No obstante, la implementación de MP-04, será a partir de la fase de operación del proyecto. Capacitación: El equipo MAP será capacitado respecto a la descripción del proyecto y los conocimientos para poder analizar los resultados del monitoreo de aire, esto quiere decir: Contexto, alcance del monitoreo, metodología, procedimientos, frecuencias y umbrales aceptables. Dicha capacitación se realizará 30 días posterior al inicio de la fase de operación del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Cada instancia de reunión y difusión será registrada estableciendo para estos mecanismos de verificación que den cumplimiento de cada actividad, como lo son, registros fotográficos, actas de reunión, listado de asistencia, entre otras que podrán ser acordadas por el equipo MAP, si así correspondiera. Forma de control y seguimiento Se entregará a la SMA un informe de forma anual que indique todos los indicadores que acrediten el cumplimiento del Monitoreo Ambiental Participativo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.20

10° Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo o contingencia Fenómeno natural - Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras y partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Designación de responsables para evacuar al personal, rescatar la documentación, materiales y maquinas (si es posible). - Puntos de Encuentro de emergencias definidos y señalizados. - Toda instalación contará de vías de escape claramente señalizadas y se identificará “puntos seguros” de encuentro, para que el personal evacuado se resguarde mientras espera instrucciones. - Se cuenta con alto parlante y frecuencia radial definida para entregar el aviso. - Coordinador de emergencia recibirá la información e instrucciones por parte de la autoridad. - Capacitar al personal propio como contratista respecto de cómo proceder ante situaciones de contingencias, así como de las vías de evacuación y de los puntos seguros. - Difundir los procedimientos de respuesta y planes de evacuación del personal en caso de producirse estos eventos naturales catastróficos. - Realizar simulacros de emergencia en las instalaciones del proyecto. Forma de control y seguimiento - Revisión periódica de registro de mantenciones a equipos. - Registro de capacitaciones al personal. - Registro de mantenciones periódicas a señaléticas y demarcaciones de seguridad. - Registro de mantenciones a los sistemas eléctricos y de corte de energía. - Programa de Capacitación. - Procedimientos de Emergencias y Planes de Evacuación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.1 ICE

10.1.2. Riesgo o contingencia eventos climáticos extremos de lluvias intensas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras y partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Toda instalación contará de vías de escape claramente señalizadas y se identificará “puntos seguros” de encuentro para que el personal evacuado se resguarde mientras espera instrucciones. - El personal tanto propio como contratista, será capacitado en estos procedimientos de respuesta y planes de evacuación. - Difundir los procedimientos de respuesta y planes de evacuación del personal en caso de producirse estos eventos naturales catastróficos. - Realizar mantenciones periódicas a las señaléticas de las vías de escapes y a de los “puntos seguros”. - Capacitar al personal propio como contratista respecto de cómo proceder ante situaciones de contingencias, así como de las vías de evacuación y de los puntos seguros. - Actualizar periódicamente los procedimientos de emergencia ante eventos climatológicos extremos de lluvia. - Realizar simulacros de emergencia en las instalaciones del proyecto. - Mantención de sistemas de corte de energía. - Mantención y revisión periódica en sectores de almacenamiento de minerales concentrado. Forma de control y seguimiento - Revisión periódica de registro de mantenciones a equipos. - Registro de capacitaciones al personal. - Registro de mantenciones periódicas a señaléticas y demarcaciones de seguridad. - Registro de mantenciones a los sistemas eléctricos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.2 ICE

10.1.3. Riesgo o contingencia de Derrame de combustible Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Surtidor de combustibles y salas de grupos generadores. Acciones o medidas a implementar - Inspección de sala de bombas y grupos generadores. - Capacitación a colaboradores de procedimientos de trabajo. - Mantener HDS actualizada en áreas de trabajo. - Kit de limpieza de derrames. - Contenedores para residuos peligrosos. - Mantener los procedimientos de manejo de residuos para todos aquellos elementos utilizados para el confinamiento y posterior contención del derrame, los cuales serán manipulados y dispuestos como residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento - Revisión periódica de registro de mantenciones a equipos. - Registro de capacitaciones al personal. - Registro de HDS actualizadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.3 ICE

11.0.4. Riesgo o contingencia de Derrame de relaves Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Parte, obra o acción asociada Operación de depósito de relaves filtrados. Acciones o medidas a implementar Por la naturaleza del material del relave filtrado y su sistema de transporte, es poco factible que ocurran derrames directamente sobre las quebradas. En casos extremos, los riesgos asociados estarían relacionados con fallas operativas o del sistema de correas. Se tiene considerado tomar las siguientes medidas: - Dar cumplimiento a los programas de mantenimiento preventivo de los sistemas de transporte del relave filtrado. - Inspecciones visuales de los sistemas de transporte. - Instalación de sensores tipo zero speed las correas para identificar cortes de cinta. - Monitoreo mediante sistema de CCTV. - Mantenimiento programado de los equipos de transporte y sus elementos: Guarderas, protecciones, cubiertas, sensores. - Inspecciones periódicas en sectores donde podría haber acumulación de material. - La correa que cruza la quebrada 6 está instalada sobre una plataforma de 100 metros de ancho, lo que refuerza su seguridad. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación. - Controles operacionales. - Registros de mantenimiento. - Monitoreo mediante sistema de CCTV. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.4 ICE.

10.1.5. Riesgo o contingencia de Falla por inestabilidad geotécnica en el depósito de relaves filtrados Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Depósito de relaves filtrados. Acciones o medidas a implementar - Monitoreo piezométrico: piezómetros de cuerda vibrante para identificar potencial acumulación de agua al interior del depósito. - Sistema de Monitoreo Geotécnico DRF o Monitoreo subsuperficial: se proponen 2 perforaciones con cables TDR convencional ubicadas en la cota superior del depósito. - Monitoreo superficial: Red de aproximadamente 40 prismas en cada una de las caras del depósito. o Monitor de vibraciones: 2 acelerógrafos instalados a distintas alturas del depósito, 1 acelerógrafo de referencia instalado en terreno natural y un sismógrafo instalado en terreno natural. - Monitoreo piezométrico: 7 piezómetros de cuerda vibrante, 3 de ellos instalados sobre plataforma base y 4 en terreno natural. - Realizar inspecciones rutinarias semanalmente de las variables de monitoreo. - Elaboración de un Plan de Acción, considerando los niveles de alerta gatillantes: • Nivel de alerta en precaución: Comportamiento lineal de los desplazamientos superficiales o umbral de velocidad media entre 10 a 30 mm/mes. • Nivel de alerta en Crítico: Comportamiento acelerado de los desplazamientos superficiales o umbral de velocidad media mayor a 30 mm/mes. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación. - Controles operacionales. - Registros de mantenimiento. - Informes de Monitoreo implementados. - Evidencia fotográfica de los Monitoreos implementados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.5 ICE

10.1.6. Riesgo o contingencia sobre el recurso hídrico subterráneo Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las obras y partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Elaboración de un plan de acción ante pronósticos de lluvias que consideran el área del proyecto. - Inspeccionar periódicamente los canales de contorno de aguas superficiales y contactadas. - Inspección de las instalaciones, asegurando la adecuada evacuación de aguas. - Identificación de áreas críticas posibles de afectar por erosión. - Mantener mínima cantidad de agua al interior de la piscina de aguas contactadas. - Controlar nivel piezométrico. - Monitoreo trimestral de pozos. - Establecer umbrales de activación: • Valor máximo: media histórica + (2 * desviación estándar). • Valor mínimo (para pH): media histórica – (2 * desviación estándar). Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación. - Controles operacionales. - Registros de limpieza y mantenimiento. - Informes de Monitoreo implementados. - Evidencia fotográfica de estado de canales y piscinas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.6 ICE

10.1.7. Riesgo o contingencia ante Riesgo Antrópico: Derrame de sustancias peligrosas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte, almacenamiento y manipulación de algunos materiales potencialmente peligrosos tales como reactivos químicos de agua, reactivos químicos para flotación, aceite para maquinarias, solventes y otros químicos. Acciones o medidas a implementar Para los derrames se aplicarán las siguientes medidas de contingencias durante el transporte: - El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. - Se llevará un registro en la obra, que permita cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y en stock. Asimismo, el transportista llevará un registro de las cantidades que transporta. - El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. - Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: - El almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas se realizará de acuerdo a la normativa vigente. - Se mantendrán en las bodegas las HDS actualizadas de las sustancias peligrosas. - Capacitación del personal que manipule y almacene estas sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento - Copia del registro de ingreso y salida de sustancias peligrosas y combustible. - Copia de las planillas con los hallazgos y observaciones levantados en las inspecciones, y se registrará en ellas las acciones llevadas a cabo para subsanarlos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.7 ICE

10.1.8. Riesgo o contingencia por afectación de fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Tránsito vehicular, almacenamiento de residuos y sustancias, alimentación. Acciones o medidas a implementar A continuación, se indica el procedimiento a desarrollar para prevenir accidentes (principalmente atropellos) con especies de fauna vertebrada terrestre en la zona de emplazamiento del Proyecto: - Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al supervisor ambiental en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto, el Supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo, deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal. - Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (500 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino. Forma de control y seguimiento Registros de capacitación y difusión del cuidado de la fauna. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.8 ICE

10.1.9. Riesgo o contingencia ante riesgo antrópico: Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada El incendio podría producirse en diversas instalaciones del Proyecto, como bodegas, oficinas, estanque de combustible, correas transportadoras, etc. Acciones o medidas a implementar - Mantención de áreas de trabajo limpias, ordenadas y libres de obstáculos. - Prohibición de fumar. - Implementación de Extintores en las diferentes áreas de trabajo según carga de combustible. - Mantención y control de extintores. - Realización de Análisis de Riesgos operacional autorizada por Jefatura directa en actividades de riesgo de incendio. - Capacitación uso de extintores. - Mantenciones periódicas a instalaciones eléctricas. - Vías de evacuación y puntos de encuentros correctamente señalizados. - Los trabajadores/a deberán estar capacitados en uso de extintores y plan de contingencias y emergencia. - Vías de evacuación y puntos de reunión. - HDS actualizadas en Bodegas de Suspel y Respel. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación. - Registros de mantenimiento. - Capacitación de procedimientos de trabajo seguro. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.9 ICE

10.1.10. Riesgo o contingencia ante riesgo antrópico: Derrame de residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Acciones o medidas a implementar - Las bodegas de almacenamiento de residuos peligrosos serán contenedores del tipo modular, con resistencia al fuego RF 120, con portón de acceso restringido. - Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados. - Los residuos industriales peligrosos se almacenarán dentro de contenedores adecuados con tapa. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. - Se implementarán HDS actualizadas. - El retiro de los residuos peligrosos a disposición final no podrá esperar a que los contenedores superen el 70% de su capacidad, por lo que se considera que esto se realice cada 4 a 6 meses. - Cada bodega tendrá una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores. La contención será mediante bandejas ubicada en la base. - Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. - Contará con extintor para rápida acción en caso de incendios. - Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado. - Se realizarán inspecciones periódicas para corroborar el cumplimiento de las medidas señaladas, y se registrarán todos los hallazgos y observaciones en una planilla, para ser subsanados según corresponda. Forma de control y seguimiento - Copia del registro de ingreso y salida de residuos. - Copia de las planillas con los hallazgos y observaciones levantados en las inspecciones, y se registrará en ellas las acciones a cabo para subsanarlos. - HDS de seguridad actualizadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.10 ICE

10.1.11. Riesgo o contingencia ante riesgo antrópico: Falla en el funcionamiento de la PTAS Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas. Acciones o medidas a implementar - Se contempla mantener un grupo electrógeno de respaldo, que evitará la detención de la planta ante un corte de energía. - Para el caso de lluvias, la PTAS considera la utilización de drenes de respaldo para disponer las aguas tratadas, considerando un mínimo de 50% del caudal diario de tratamiento según normativa aplicable (D.S. N° 236/26 MINSAL), los cuales tendrán configuración similar a los drenes de fase de operación y tendrán dimensiones acordes a los caudales generados en cada etapa. - Los sistemas de tratamiento de aguas servidas no generan emanación de malos olores producto de su buen funcionamiento, por lo que, en caso de detectar generación de olores y atracción de vectores, el efluente no será usado para humectación, y se verificará el correcto funcionamiento de la PTAS realizando los ajustes y mantenciones necesarios. - Capacitación de personal. - Se contará con extintores manuales en zonas definidas y debidamente señalizadas por el personal responsable. - El operador encargado de las PTAS realizará todos los días al inicio de su jornada de trabajo una inspección de la PTAS, para corroborar que se cumplan las condiciones para evitar contingencias. - Sus hallazgos y observaciones serán registradas en un libro de novedades, en la cual se indicará además la medida a adoptar y el plazo para subsanarlos. - Mantendrá registro de las variables de operación de la PTAs. Forma de control y seguimiento - Planilla de inspección elaborada por el operador al comienzo de cada jornada. - Monitoreo de afluentes y efluentes. - Registro de Capacitación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.11 ICE

10.1.12. Riesgo o contingencia ante accidente de tránsito en transporte de materiales, sustancias y residuos asociados al proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades asociadas al transporte de materiales, insumos y residuos en rutas y caminos de acceso al Proyecto y al interior de la faena. Acciones o medidas a implementar - Cumplimiento de los requerimientos del Decreto Nº298/94, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. - Elaboración de procedimiento de trabajo para el transporte de sustancias y residuos peligrosos. - Capacitación a todo el personal relacionado con el transporte de sustancias y residuos peligrosos, considerando, además, respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias/residuos transportados. - Prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. - Revisión diaria de los equipos de conducción, así como revisiones periódicas de los equipos móviles, en las que se deberá pedir los check list diarios de los equipos y se deberá revisar la presencia o no de ruedas de repuesto, gatas, cuñas, extintores, etc. - La carga no podrá exceder el peso máximo que las características técnicas de los vehículos permitan y deberá estar asegurada de manera que se evite el riesgo de caída desde el vehículo. - El personal contratado para manejar los camiones y maquinarias será personal que se encuentre calificado, con licencia de conducir vigente. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito N°18.290. - Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº2190 “Transporte de sustancias peligrosas. - Distintivos para identificación de riesgos”. - Las instalaciones del Proyecto contarán con señaléticas que indicarán la velocidad máxima permitida (30 km/h). Forma de control y seguimiento - Certificado de autorización como transportista otorgado por la Seremi de Salud. - Registros de capacitaciones de los trabajadores de contratistas, respecto a procedimiento de trabajo para el transporte de sustancias y residuos peligrosos y respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias/residuos transportados. - Certificados de mantenciones de vehículos y maquinarias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.12

10.1.13. Riesgo o contingencia ante generación de un Pit Lake en el fondo del rajo Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades asociadas a la operación del Rajo. Acciones o medidas a implementar - El área de Medio ambiente deberá mantener informado al Gerente del área Mina, antes pronósticos de lluvias intensas. - Inspecciones periódicas del estado del rajo. - Implementar un sistema de bombeo para la extracción de aguas. Forma de control y seguimiento - Registros de Pronósticos meteorológicos. - Implementación sistema de bombeo. - Registros de inspecciones al Rajo

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.13 ICE.

10.1.14. Riesgo o contingencia Intervención o afectación a bienes patrimoniales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Parte, obra o acción asociada Actividades asociadas al despeje, escarpe y nivelación de terreno. Acciones o medidas a implementar Las medidas específicas para la prevención de contingencias que se implementarán son las siguientes: Fase de Construcción: - Se realizarán charlas de inducción de paleontología a los trabajadores del proyecto, dictadas por un paleontólogo o geólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.cl), previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal nuevo. Los informes de esta actividad deberán ser suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad mensual, y deberán incluir un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla. Estas charlas tendrán por objetivo presentar mediante material audiovisual conceptos generales de la paleontología, los fósiles como patrimonio nacional y aspectos referentes a la ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. - Se realizará un monitoreo paleontológico de carácter permanente (modalidad diaria), durante los primeros 15 días de excavaciones y/o movimiento de tierra, para posteriormente pasar a un monitoreo de carácter quincenal. Estos monitoreos deben ser efectuado por un paleontólogo o geólogo especialista en paleontología. Se entregarán informes de monitoreo paleontológico mensual a la autoridad (CMN) para informar del cumplimiento del monitoreo paleontológico. - Se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante la fase inicial de construcción del Proyecto o mientras se extiendan las actividades de excavación, escarpe o movimientos de tierra masivos, previo a la ejecución de obras civiles. Forma de control y seguimiento Registro de inducción arqueológica al personal que ejecutará trabajos en obra Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.14 ICE.

10.1.15. Riesgo o contingencia ante atentados (robos, huelgas, toma de carreteras) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades asociadas al traslado del personal y labores en las diferentes áreas del proyecto durante todas las fases. Acciones o medidas a implementar Los asesores en Prevención de Riesgos en conjunto con las gerencias definirán diversas medidas para evitar la ocurrencia robos y de medidas preventivas ante movilizaciones que consideren la toma de carreteras, y que interrumpan las labores normales en las diferentes fases del proyecto. - Todos los trabajadores asistirán a capacitaciones respecto de las medidas preventivas que la CIA. Implementará ante este tipo de hechos. - Para la prevención de robos la empresa considera la implementación de un cierre perimetral en las áreas de mayor exposición. - El concentrado de cobre se almacenará en una bodega exclusiva con un sistema de vigilancia con cámaras y control de acceso con personal de vigilancia. Forma de control y seguimiento - Registros de las capacitaciones y charlas de seguridad firmados por los asistentes. - Fotografías, registros y certificado de retiro de residuos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.15 ICE.

10.1.16. Riesgo o contingencia ante accidentes laborales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Actividades asociadas al traslado del personal y labores en las diferentes áreas del proyecto durante todas las fases. Acciones o medidas a implementar Los asesores en Prevención de Riesgos en conjunto con las gerencias definirán diversas medidas para evitar la ocurrencia de incidentes y/o accidentes, producto de los trabajos que se llevarán a cabo durante la ejecución del Proyecto. - Todos los trabajadores asistirán a capacitaciones sobre dichas medidas, en las cuales se les reforzará además la importancia del trabajo seguro y el uso correcto de los implementos de seguridad y sobre todo el Derecho a saber. - Elaboración de procedimientos de trabajo seguro. - Antes de cada tarea se deberán realizar los Análisis de Riesgos Operacionales. Forma de control y seguimiento Registros de las capacitaciones y charlas de seguridad firmados por los asistentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.16 ICE.

10.1.17. Riesgo o contingencia por eventual conexión hidráulica entre el macizo rocoso y el acuífero del río Copiapó Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Rajo. Acciones o medidas a implementar - Construcción de pozos de monitoreos de aguas subterráneas. - Monitoreo de Pozos: LP-1, LP-2, LP-3 a través de instrumentación (Piezómetros). - Monitoreo de pozos en sala de control con activación de alarma en caso de presencia de agua en los pozos. - Realizar inspecciones cada dos meses al estado general de los pozos e instrumentación a través de piezómetro portátil. - Inspección de paredes del rajo ante presencia de humedad. Forma de control y seguimiento - Registro Monitoreo de pozos. - Informe de Laboratorio. - Registros de inspecciones al Rajo Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 8.1.17 ICE.

11° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1 Actividades de Participación Ciudadana

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:

Tabla 13.2 Actividades de Participación Ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Puerta a puerta Sector urbano de Tierra Amarilla, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama. 24-10-2024 2 Taller de apresto y encuentro Titular/ciudadanía Municipalidad de Tierra Amarilla, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama. 28-10-2024

11.2 Observaciones Ciudadanas

Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.2.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones formuladas por la ciudadanía durante el periodo de Participación Ciudadana cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA.

11.2.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

11.2.2.1 OBSERVANTE: Alexandra Sofía León Álvarez.

Observación: El expediente menciona la restauración, pero no se describen los criterios científicos de selección de especies. ¿Qué estudios edáficos y de capacidad de carga ecológica se han realizado para seleccionar las especies nativas más adecuadas para la restauración, y cómo se ha modelado la regeneración natural en zonas de alta degradación mediante técnicas de simulación ecológica (LANDIS-II u otra)? ¿Se utilizarán técnicas de bioingeniería para estabilizar suelos y evitar la erosión en áreas de reforestación?

Evaluación técnica de la observación: Se consideran la observación pertinente toda vez que hace referencia a las acciones de control consideradas por el proyecto para el componente de flora y vegetación. Al respecto, se informa al observante que en el Plan de Manejo Biológico se indica el rescate y relocalización de individuos en categoría de conservación, cuya selección de especies responde a los criterios establecidos en los procesos incluidos en el Reglamento de Clasificación de Especies. En relación con los sitios que serán empleados para la plantación, esta será determinada en función de la disponibilidad de sitios idóneos, principalmente fondos de quebrada estrechos y en pendiente para el caso de Pintoas y fondos de quebrada y llanos para el Aphyllocladus, y conforme los resultados de presencia de la especie obtenidos en este proceso de evaluación ambiental y la factibilidad técnica de localización. Cabe considerar que, respecto a los sitios de relocalización, se entrega cartografía georreferenciada en formato KML y Shapefile en sistema de coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S, tanto de los sitios destinados a la relocalización, como de la ubicación de cada uno de los ejemplares plantados diferenciados por especie. Además, el sitio estará debidamente cercado, teniendo especial cuidado en que el cerco a utilizar no sea de alambre de púas y evite de forma segura el ingreso de fauna mayor, dado el riesgo de ramoneo y la atracción que ejerce la Pintoa para caballares, mulares y caprinos. Al respecto, el sitio tendrá señalética apropiada de prohibición de ingreso en los vértices poligonales de manera de alertar adecuadamente acerca del requerimiento de conservación del lugar. En cuanto a la identificación de individuos, se instalarán identificadores metálicos afirmados con piedras que serán lo más visible posible para un examinador ajeno, pero con experiencia de terreno, con la finalidad de distinguir entre individuos propios del área de relocalización y aquellos trasplantados.

11.2.2.2 OBSERVANTE: Compañía Contractual Minera Ojos del Salado.

Observaciones:

PRIMERA OBSERVACIÓN:

Existe una omisión en la Declaración de Impacto Ambiental de la existencia de concesiones mineras, propiedad de mi representada, que se superponen con el Proyecto presentado, generando un vicio en el procedimiento de evaluación ambiental. En efecto, el “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” se encuentra parcialmente en concesiones mineras de nuestra representada las que se superponen al proyecto minero en cuestión, las concesiones sobre las que se superpone son las siguientes: a) Pertenencia minera “Hércules 35 al 60” ubicadas en la Sierra Las Pintadas, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, inscrita a fojas 610 número 87 del Registro de Propiedad correspondiente al año 1990 del Conservador de Minas de Copiapó. b) Pertenencia minera “Hércules 63 al 90” ubicadas en la Sierra Las Pintadas, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, inscrita a fojas 1.903 vta número 327 del Registro de Propiedad correspondiente al año 1990 del Conservador de Minas de Copiapó. c) Pertenencia minera “Toro 121 al 133” ubicadas en la Sierra Quebrada Los Toros, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, inscrita a fojas 645 número 163del Registro de Propiedad correspondiente al año 1989 del Conservador de Minas de Copiapó. Como muestra la figura a continuación, el Proyecto en cuestión se encuentra parcialmente en las pertenencias mineras Hércules 35-60, Hércules 63-90 y Toro 121-133, todas de propiedad de mi representada:

Figura:

Fuente: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2024/11/13/ae2b- 119b-4369-be8d-879738f5bfc5

Por tanto, existe una omisión en la Declaración de Impacto Ambiental de la existencia de concesiones mineras, propiedad de mi representada, que se superponen con el Proyecto presentado, generando un vicio en el procedimiento de evaluación ambiental.

SEGUNDA OBSERVACIÓN:

Asimismo, el capítulo sobre el plan de cumplimiento de la normativa ambiental de la DIA no señala de qué forma se cumplirá con la normativa relevante en materias de títulos de ocupación de terrenos, considerando la señalada superposición del Proyecto con las concesiones mineras de que es Titular nuestra representada. En efecto, el Reglamento del SEIA obliga a que dentro de los contenidos mínimos de una DIA se incluya un “plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable” que incluye la identificación de las normas ambientales aplicables al proyecto y la descripción de la forma en que se dará cumplimiento a dichas obligaciones. Pues bien, en el presente caso, la DIA del proyecto minero en cuestión no describe de ninguna forma como se hará cargo de estas superposiciones, situación que además se encuentra normada bajo el derecho chileno.

TERCERA OBSERVACIÓN:

El instrumento de evaluación ambiental no señala si el proyecto en cuestión se trata de uno nuevo, corresponde a una modificación de alguno que esté en actual ejecución, una reactivación de un proyecto ya ejecutado. Con los antecedentes entregados esta circunstancia no queda totalmente clara, considerando los antecedentes históricos de explotaciones en el área y al historial de ingresos infructuosos al SEIA que se señalan más arriba. Cabe agregar que no es primera vez que este proyecto busca aprobación ambiental en el SEIA; muy por el contrario, es el último de una serie de infructuosos intentos desplegados por su Titular, como lo arroja una rápida revisión en el sistema público del SEIA:

Figura:

Fuente: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2024/11/13/ae2b- 119b-4369-be8d-879738f5bfc5

En efecto: a) El primer ingreso data del 04 de agosto de 2023 bajo la DIA “Continuidad Operacional La Farola”, el cual fue desistido por su Proponente, teniéndose por tal el 11 de agosto de 2023 mediante Resolución Exenta Nº 20230300160. b) Un segundo intento fue ingresado nuevamente mediante una DIA, el 07 de agosto de 2023, también bajo el nombre “Continuidad Operacional La Farola” y mediante DIA. Este proyecto declarado inadmisible el 11 de agosto de 2023, mediante Resolución Exenta Nº 20230300161, por no presentar los contenidos mínimos que exige el Reglamento del SEIA (según lo señalado en la Resolución Exenta ya individualizada, la autoridad señaló que en relación al artículo 19 letra c) del Reglamento del SEIA, relativo al plan de cumplimiento de legislación aplicable, el proyecto: (i) no incluía el listado de permisos y pronunciamientos sectoriales aplicables al proyecto; (ii) indicaba la aplicabilidad del PAS 132, pero no presentaba los antecedentes respecto al literal e) del art. 132; (iii) indicaba la aplicabilidad del PAS 135, pero no adjuntaba los antecedentes técnicos y formales que acreditan el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y; (iv) indicaba la aplicabilidad del pronunciamiento del art. 161 del RSEIA, sin embargo no se presentan antecedentes respecto a su literal b). Luego, ingresó por tercera vez con fecha 31 de agosto de 2023, con el mismo nombre: “Continuidad Operacional La Farola”, bajo DIA. No obstante ello, el 24 de octubre del mismo año el SEA de la Región de Atacama, mediante Resolución Exenta N° 202303101188, puso término anticipado al procedimiento de evaluación del Proyecto por carecer de información relevante y esencial que no es susceptible de ser subsanada. Por lo mismo, pese a que el Proponente derechamente señala que su proyecto es un proyecto nuevo, que no considera modificación de proyectos o actividades existentes (p.ej., DIA, Cap. 1, sección 1.2.8 “Modificación de un proyecto o actividad”, pág. 28), en los ingresos anteriores que fueron declarados inadmisibles o bajo término anticipado, el Proponente había señalado en forma expresa que el proyecto -en cada caso- correspondía a una continuidad de la explotación.

CUARTA OBSERVACIÓN:

No hay claridad acerca de los títulos de ocupación que amparan las actividades de explotación y beneficio que se pretenden con el Proyecto, cuestión que es esencial para determinar su viabilidad ambiental. Como ya fue señalado, esta declaración de impacto ambiental es el cuarto de una serie de (infructuosos) intentos por parte de su Proponente de obtener autorización ambiental. En las tentativas anteriores, el proponente había señalado en forma expresa que el proyecto -en cada caso- correspondía a una continuidad de la explotación y beneficio de sus concesiones mineras de explotación. Y en tal sentido, en la declaración de impacto ambiental “Continuidad Operacional La Farola”, señalaba: “El Proyecto “Continuidad Operacional La Farola”, en adelante también e indistintamente “El Proyecto”, de Minera Altair S.A., en adelante también e indistintamente “Altair” o “El Titular”, considera la continuidad de la explotación y beneficio de las concesiones mineras de explotación “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 AL 31 y María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”, en adelante también “Las Concesiones” o “El Yacimiento”, que en su conjunto abarcan 359 hectáreas y están ubicadas a 1100 m s.n.m, a una distancia aproximada de 10 kilómetros al suroriente de la localidad de Nantoco, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.” (Cap. 1, sección 1.1 “Introducción”, pág. 7). Sin embargo, en la presente declaración de impacto ambiental nada de eso señala el proponente. Por una parte, el instrumento de evaluación (a) no indica sobre qué concesiones mineras se ejecutará las actividades explotación y beneficio, y; (b) por la otra, derechamente señala que su proyecto es un proyecto nuevo, que no considera modificación de proyectos o actividades existentes (p.ej., DIA, Cap. 1, sección 1.2.8 “Modificación de un proyecto o actividad”, pág. 28). Por tanto, estamos frente a incongruencia en la información presentada, y que no logra ser clarificada de la lectura de la DIA del Proyecto.

QUINTA OBSERVACIÓN:

El Titular ha dividido artificialmente su proyecto, haciendo que el mismo carezca de información relevante y esencial para su evaluación, al dejar fuera de la evaluación ambiental toda la actividad de transporte, almacenamiento y embarque de concentrado. En efecto, en diversas partes de la Declaración de Impacto Ambiental se señala que el concentrado será vendido a un tercero, y será entregado en la planta para que éste lo retire, por lo que deberá ser él quién cuente con todos los permisos administrativos procedentes. En la sección 1.2.2 del Capítulo 1 se señala: “Es decir, el producto final vendido se le entrega al comprador en la planta para que lo retire; por lo tanto, el comprador debe contar con todos los permisos necesarios para las operaciones de retiro del producto, otorgados por las autoridades correspondientes, requisito que será una exigencia contractual del Titular” (DIA, Cap. 1, sección 1.2.2 “Descripción breve del proyecto”, pág. 24). Esto lo repite en la sección 1.4 del Capítulo 1: “El procesamiento del mineral se realizará mediante una planta de procesamiento de minerales y la venta de concentrados se hará en las instalaciones del Proyecto, el que será vendido en condición ‘Ex-Planta’, en virtud de lo cual el producto final vendido se le entrega a un comprador en la planta para que lo retire con recursos propios” (DIA, Cap. 1, sección 1.4 “Partes y obras”, pág. 37). Sin embargo, posteriormente señala que el transporte de concentrado hasta las bodegas que tiene en Tierra Amarilla será incluido en la evaluación ambiental: “Por otra parte, el concentrado final será retirado por el comprador en camiones encarpados y sellados, y conducido hasta sus bodegas en Tierra Amarilla (fuera de las instalaciones del Proyecto), por caminos pavimentados, evitando su paso por zonas pobladas, de modo de evitar congestión de tránsito y emisión de material particulado” (DIA, Cap. 1, sección 1.4.2.28 “Partes del transporte de concentrado de mineral”, pág. 91). Y que, por lo anterior, “las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado a las instalaciones del comprador son estimadas por el Proyecto y su efecto es cuantificado.” (DIA, Cap. 1, sección 1.2.2 “Descripción breve del proyecto”, pág. 24). Por lo mismo, en la DIA se señala que este concentrado será entregado en la bodega de Impala, en Tierra Amarilla. Así se señala con claridad en la Tabla N° 107 (pág. 209). Debido a esto, no se comprende que todas las obras y actividades de transporte, almacenamiento y embarque de concentrado de mineral queden fuera de la evaluación ambiental por una decisión unilateral del propio proponente, y que busque justificarse tal decisión sólo en base a la idea de que el concentrado se venderá a terceros. Ello, especialmente si se considera que la cantidad de producción no es para nada despreciable, y que el proponente ya tiene definida parte importante de la logística de su operación al día de hoy. En la misma línea, cabe remarcar que el proponente tampoco ha declarado que su proyecto vaya a ser ejecutado “por etapas”, al amparo del artículo 14 del Reglamento del SEIA (DIA, Cap. 1, sección 1.2.9 “Desarrollo de proyectos o actividades por etapa”, pág. 28). Lo señalado deriva en que hay una parte importante del proyecto que se encuentra artificialmente dejada fuera de la evaluación ambiental para todos los efectos legales.

SEXTA OBSERVACIÓN:

En el capítulo de descripción de proyecto se señala, a propósito de los insumos para la fase de operación, que la “distribución de energía dentro del Proyecto se llevará a cabo mediante una subestación eléctrica, ubicada dentro del recinto de Minera Altair S.A.” (DIA, Cap. 1, sección 1.6.4.2.3, pág. 177). Sin embargo, tal obra no se describe dentro de las obras del proyecto ni dentro de las actividades de construcción, operación y cierre.

SÉPTIMA OBSERVACIÓN:

Todo lo señalado en la observación anterior, impide que el instrumento de evaluación ambiental pueda entregar antecedentes fundados que permitan descartar la concurrencia de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. En efecto, la descripción insuficiente del Proyecto en el instrumento de evaluación impide evaluar adecuadamente sus impactos en una serie de componentes ambientales, por ejemplo, ruido, vibraciones, flujo vial, impactos en camino (i.e. rotura y desgaste de las carpetas), emisiones atmosféricas, entre otros. Ello, toda vez que hay una parte considerable del Proyecto relativa al transporte, descarga, almacenamiento y embarque de concentrado, que se ha dejado fuera del presente procedimiento de evaluación.

Evaluación técnica de la observación: En relación con la primera y segunda observación, ambas se consideran no pertinentes, debido a que la evaluación ambiental del SEIA evalúa solo componente ambientales y no temas de propiedad. De hecho, la Constitución Política del Estado, la Ley N°18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras o el Código de Minería, respecto de las disposiciones con las que ambas normas regulan el derecho de dominio, los gravámenes, las limitaciones al dominio, contratación minera, las concesiones y servidumbres mineras, no son normas que pudieran considerarse de carácter ambiental para los efectos de su inclusión en el documento respectivo que se somete a evaluación ambiental ante el SEIA. Además, ni la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente o el Decreto Supremo Nº 40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, imponen una obligación como la que se denuncia incumplida por el observante, en atención a que la regulación de concesiones y servidumbres mineras no constituye normativa ambiental. Entre la normativa ambiental aplicable a la evaluación ambiental de un proyecto, la Resolución Exenta N°0039, de fecha 16 de enero de 2017, del Director Ejecutivo del SEA, que aprueba la Guía para la Descripción de Proyectos de Desarrollo Minero de Cobre y Oro-Plata en el SEIA, contiene una alusión a las concesiones mineras. En ese sentido, el citado documento señala: “2.3.3 Justificación de la localización Se debe indicar las razones que justifican o determinan la localización del proyecto. En general el emplazamiento de los proyectos de desarrollo minero está determinado por la ubicación de la concesión minera otorgada. Se debe indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto, adjuntando el plano general de la ubicación del proyecto dentro de dicha concesión.” En ese sentido, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, contiene en su Capítulo 1, Descripción del proyecto, lo siguiente: “1.3.3 Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica por la existencia de un yacimiento de cobre-oro compuesto por las concesiones mineras que serán explotadas: “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 al 31” y “María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60”, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”, que se señalan en la Figura 1-8. Entonces, el Proyecto realizará la explotación y procesamiento de los minerales contenidos en el yacimiento que se caracteriza por su gran volumen de roca mineralizada con leyes de cobre, el que se encuentra mayoritariamente contenido en sulfuros primarios, específicamente calcopirita; también, se pueden encontrar trazas de oro dentro de la mineralización. Estas características hacen que el mineral sea procesable mediante procesos convencionales de concentración por molienda y flotación, de modo de obtener concentrados de cobre con contenido de oro. […] Por lo tanto, la justificación de la localización del Proyecto obedece principalmente a la existencia del orden de 78 Mt a 0,53% CuT (cobre total) y 0,10 g/t Au (oro) como reservas probables de mineral. Además, la apropiada accesibilidad y las características geográficas del entorno del área del Proyecto permiten una adecuada construcción de las instalaciones requeridas para continuar la explotación del yacimiento. El Proyecto explotará el mineral existente en el yacimiento, para lo cual la totalidad de las obras se instalarán en la zona cubierta por las concesiones mineras y servidumbres de Minera Altair S.A. (Anexo 1-3). Asimismo, dentro de esta zona, la localización de las instalaciones ha sido seleccionada sobre la base de estudios previos técnicos, ambientales, sociales y económicos, relevando la importancia de la comunidad, las condiciones de seguridad de las obras y privilegiando la utilización de áreas intervenidas. Todo ello, de manera de generar el menor impacto ambiental posible.” Como se puede apreciar, en la Declaración de Impacto Ambiental se cumple con las exigencias normativas de justificar la localización del Proyecto e indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto. Por todo lo anterior, ambas observaciones se consideran no pertinentes, debido a que constituyen una materia que no se resuelve al interior del SEIA, sino en otra sede, a través de los mecanismos regulados por las normas especiales aplicables a la actividad minera, más todavía si ellas no versan sobre aspectos ambientales ni de cambio climático.

En relación con la tercera observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto de la DIA. Al respecto, se aclara al observante que el Proyecto en evaluación es un proyecto nuevo, según lo señalado en la DIA, en el acápite 1.2.8 citado en la consulta. No es una modificación de algún Proyecto que esté en actual ejecución, ni una reactivación de un proyecto ya ejecutado. Según lo señalado por el Proponente, la denominación que se utilizó en su momento de “continuidad operacional”, sólo se utilizó para representar en la mina La Farola la explotación de los antiguos yacimientos Las Pintadas, que data de 1882. De hecho, este yacimiento Las Pintadas se ha explotado durante más de 140 años por diversas personas y empresas mediante minería subterránea, y según lo señalado por el mismo Proponente, el presente “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” es diferente a las explotaciones anteriores al ser mediante un rajo abierto. En consecuencia, el “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” es un nuevo proyecto y no una regularización ni una modificación o reactivación de otro proyecto o actividad.

En relación con la cuarta observación, esta se considera no pertinente, debido a que la evaluación ambiental del SEIA evalúa solo componente ambientales y no temas de propiedad. De hecho, la Constitución Política del Estado, la Ley N°18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras o el Código de Minería, respecto de las disposiciones con las que ambas normas regulan el derecho de dominio, los gravámenes, las limitaciones al dominio, contratación minera, las concesiones y servidumbres mineras, no son normas que pudieran considerarse de carácter ambiental para los efectos de su inclusión en el documento respectivo que se somete a evaluación ambiental ante el SEIA. Además, ni la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente o el Decreto Supremo Nº 40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, imponen una obligación como la que se denuncia incumplida por el observante, en atención a que la regulación de concesiones y servidumbres mineras no constituye normativa ambiental. Entre la normativa ambiental aplicable a la evaluación ambiental de un proyecto, la Resolución Exenta N°0039, de fecha 16 de enero de 2017, del Director Ejecutivo del SEA, que aprueba la Guía para la Descripción de Proyectos de Desarrollo Minero de Cobre y Oro-Plata en el SEIA, contiene una alusión a las concesiones mineras. En ese sentido, el citado documento señala: “2.3.3 Justificación de la localización Se debe indicar las razones que justifican o determinan la localización del proyecto. En general el emplazamiento de los proyectos de desarrollo minero está determinado por la ubicación de la concesión minera otorgada. Se debe indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto, adjuntando el plano general de la ubicación del proyecto dentro de dicha concesión.” En ese sentido, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, contiene en su Capítulo 1, Descripción del proyecto, lo siguiente: “1.3.3 Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica por la existencia de un yacimiento de cobre-oro compuesto por las concesiones mineras que serán explotadas: “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 al 31” y “María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60”, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”, que se señalan en la Figura 1-8. Entonces, el Proyecto realizará la explotación y procesamiento de los minerales contenidos en el yacimiento que se caracteriza por su gran volumen de roca mineralizada con leyes de cobre, el que se encuentra mayoritariamente contenido en sulfuros primarios, específicamente calcopirita; también, se pueden encontrar trazas de oro dentro de la mineralización. Estas características hacen que el mineral sea procesable mediante procesos convencionales de concentración por molienda y flotación, de modo de obtener concentrados de cobre con contenido de oro. […] Por lo tanto, la justificación de la localización del Proyecto obedece principalmente a la existencia del orden de 78 Mt a 0,53% CuT (cobre total) y 0,10 g/t Au (oro) como reservas probables de mineral. Además, la apropiada accesibilidad y las características geográficas del entorno del área del Proyecto permiten una adecuada construcción de las instalaciones requeridas para continuar la explotación del yacimiento. El Proyecto explotará el mineral existente en el yacimiento, para lo cual la totalidad de las obras se instalarán en la zona cubierta por las concesiones mineras y servidumbres de Minera Altair S.A. (Anexo 1-3). Asimismo, dentro de esta zona, la localización de las instalaciones ha sido seleccionada sobre la base de estudios previos técnicos, ambientales, sociales y económicos, relevando la importancia de la comunidad, las condiciones de seguridad de las obras y privilegiando la utilización de áreas intervenidas. Todo ello, de manera de generar el menor impacto ambiental posible.” Como se puede apreciar, en la Declaración de Impacto Ambiental se cumple con las exigencias normativas de justificar la localización del Proyecto e indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto. Por todo lo anterior, la observación se considera no pertinente, debido a que constituye una materia que no se resuelve al interior del SEIA, sino en otra sede, a través de los mecanismos regulados por las normas especiales aplicables a la actividad minera, más todavía si ellas no versan sobre aspectos ambientales ni de cambio climático.

En relación con la quinta observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto y sus posibles impactos ambientales. Efectivamente, el Proponente señala que el material de concentrado producido por el Proyecto será vendido en las instalaciones de la planta La Farola para ser retirado por el comprador, quien, cumpliendo con los requisitos impuestos por el Proponente (quien es el responsable del proyecto en evaluación), deberá contar con todos los permisos necesarios para el transporte y almacenamiento de concentrado, y cumplirá con toda la normativa correspondiente que le sea aplicable. Por solicitud de la Dirección Regional de Atacama del SEA, se ha incorporado en la evaluación ambiental y cuantificado el efecto de las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado de dicho tercero hasta sus instalaciones, tomando en consideración una ruta que recorre únicamente caminos pavimentados por C-411 y Ruta 5, de manera de no transitar por la calle principal de la comuna de Tierra Amarilla. Este análisis, sin embargo, no es posible hacerlo hasta el punto final de embarque, como sugiere la observación, pues no es posible instruir al dueño del concentrado ni anticipar el destino que el comprador vaya a darle a su concentrado, lo que no obsta, y así lo ha señalado el Proponente, que el comprador deba respaldar su operación de transporte y almacenamiento de concentrado, con los instrumentos de gestión ambiental que correspondan, complementando adecuadamente el nivel de cumplimiento normativo que se ha descrito en esta DIA. En consecuencia, todas las actividades de transporte se encuentran descritas en la presente evaluación y sus efectos ambientales fueron adecuadamente caracterizados mediante el análisis de impacto vial e informes de emisiones atmosféricas y acústicas. Además, según lo señalado por el Proponente, se ha acordado con el tercero que comprará el concentrado y lo transportará y almacenará en sus instalaciones, preservar el estándar de cumplimiento ambiental que el Proyecto describe para su operación. Finalmente, aun cuando es un tercero el que ejecutará el transporte del concentrado, el Proyecto ha evaluado y cuantificado las emisiones o efectos que pudiera tener esta actividad en el mismo proceso de evaluación de impacto ambiental.

En relación con la sexta observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, se aclara que la distribución de energía eléctrica en el sitio del Proyecto se realizará mediante dos líneas de 23 kV, suministradas por una empresa autorizada. La conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) se llevará a cabo mediante un switchgear principal ubicado en la sala eléctrica principal 3150-ER-01 de la subestación planta La Farola, tal y como se indica en el ítem 1.4.2.6 “Partes del sistema eléctrico de distribución planta” del Capítulo 1 de la DIA, concretamente, en el subítem 1.4.2.6.1 “Punto de conexión” del mencionado capítulo. El Proponente ha rectificado la nominación de dicha sala eléctrica, que debe ser 3150-ER-01 Molienda y Flotación, componente principal de la subestación planta La Farola, como se indica en el ítem 1.4.2.6.3 Salas eléctricas, de Capítulo 1 de la DIA. Las salas eléctricas en áreas de proceso serán del tipo modular. Los partidores de motores y sus controladores serán instalados en salas eléctricas. Se exceptúan de este requisito los partidores para bombas dosificadoras y los equipos y sistemas mecánicos que deban incorporar sus propios tableros o gabinetes locales (p. ej. compresores). El plano de la Figura 1-22 de la DIA muestra la distribución de las diferentes salas eléctricas consideradas. Estas son: • 2740-ER-01 Chancador Primario/Canchador Secundario. • 2750-ER-01 Molienda y Clasificación Terciaria (HPGR). • 3150-ER-01 Molienda y Flotación. • 3150-ER-02 Molienda (Molino Bolas). • 4170-ER-01 Separación Magnética, Espesamiento y Filtración de Relaves. • 3470-ER-01 Espesamiento, Filtración y Almacenamiento de Concentrado. • 1420-ER-01 Infraestructura Mina. • 5120-ER-01 Barrio Cívico

En relación con la séptima observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto y posibles impactos ambientales. Durante la presente evaluación ambiental, y conforme las aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de información solicitadas al Proponente en dos ICSARA emitidos por este Servicio, sí se pudo descartar de forma fundada los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. En el apartado denominado “Descripción de proyecto” del presente documento, el observante podrá encontrar una síntesis de los antecedentes recopilados durante toda la evaluación ambiental que describen el proyecto de forma completa y adecuada. Luego, en el apartado denominado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental” del presente documento, se puede consultar el detalle de cómo se descarta de forma fundada cada uno de los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300. Durante la evaluación ambiental se consideraron diversos componentes, tales como ruido, vibraciones, flujo vial, impactos en caminos (por ejemplo, rotura y desgaste de las carpetas), emisiones atmosféricas, entre otros. En la evaluación de emisiones atmosféricas se incluyó la venta y transporte de concentrado. El concentrado de cobre, como producto final, será comercializado en las instalaciones de la planta La Farola. Así, las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado a las instalaciones del comprador sí fueron estimadas por el Proyecto y su efecto fue evaluado y cuantificado. Por su parte, el embarque no forma parte de este proyecto toda vez que no es una actividad de este. Además, en la Sección 1.4.2.28 de la DIA se informa que el concentrado final será retirado por el comprador en camiones encarpados y sellados, y conducido hasta sus bodegas ubicadas en la comuna de Tierra Amarilla (fuera de las instalaciones del Proyecto), por caminos pavimentados, evitando su paso por zonas pobladas, de modo de evitar congestión de tránsito y emisión de material particulado. Por lo anterior, el proceso, actividades, partes y obras asociadas a la producción de concentrado se ejecuta en su totalidad en el recinto del Proyecto La Farola, tal como se señala en el Capítulo de Descripción de Proyecto de la DIA. Asimismo, las actividades de transporte realizadas por terceros se encuentran descritas en la presente evaluación y sus efectos ambientales fueron caracterizados mediante el análisis de impacto vial e informes de emisiones atmosféricas y acústicas.

11.2.2.3 OBSERVANTE: Compañía Contractual Minera Candelaria

Observación:

PRIMERA OBSERVACIÓN:

El Proyecto no considera los proyectos que cuentan con resolución de calificación ambiental para efectos de descartar adecuadamente y con fundamentos la concurrencia de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. Esto además importa una vulneración a los contenidos mínimos de toda DIA que se regulan en el Reglamento del SEIA. En efecto, en el Anexo 1-10 “Estimación de Emisiones y Modelación Atmosférica” se incluyen los supuestos aportes de otros proyectos (sección 8.4) en base a la revisión de la plataforma del SEIA. El resultado de este ejercicio se evidencia en la Tabla 92 “Estado de Proyectos Aprobados por la Autoridad en Área de Estudio”. Dicha tabla incorpora la RCA N° 202303101169, de fecha 26 de septiembre de 2023, que califica ambientalmente favorable el Proyecto “Optimización y Continuidad Operacional Minera Candelaria”. No obstante ello, la revisión realizada desconoce que este corresponde a un proyecto de continuidad de la operación minera con un periodo mayor al año 2030 de la última autorización obtenida. En ese sentido, se omite la existencia de la RCA N°133/2015 que calificó favorablemente el proyecto “Candelaria 2030-Continuidad Operacional”, bajo la cual se ampara la operación del citado proyecto. De esta forma, el “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” de Minera Altair SpA adolece de una manifiesta deficiencia: la omisión del proyecto aprobado por la RCA N° 133/2015 en el listado de aquellos que se encuentran operando en el área denota una deficiencia en la evaluación, pues es cuestionable que la modelación de emisiones haya sido realizada de manera correcta si solo considera la reducción de emisiones del proyecto de continuación y extensión operacional aprobado en el año 2023, pero del proyecto aprobado en el año 2015 y que se encuentra en etapa de operación.

SEGUNDA OBSERVACIÓN:

El instrumento de evaluación ambiental no señala si el Proyecto en cuestión se trata de uno nuevo, corresponde a una modificación de alguno que esté en actual ejecución, o es derechamente una reactivación de un proyecto ya ejecutado. Con los antecedentes entregados esta circunstancia no queda totalmente clara, considerando los antecedentes históricos de explotaciones en el área y al historial de ingresos infructuosos al SEIA que se señalan más arriba. Cabe agregar que no es primera vez que este proyecto busca aprobación ambiental en el SEIA; muy por el contrario, es el último de una serie de infructuosos intentos desplegados por su Proponente, como lo arroja una rápida revisión en el sistema público del SEIA: El primer ingreso data del 04 de agosto de 2023 bajo la DIA “Continuidad Operacional La Farola”, el cual fue desistido por su Proponente, teniéndose por tal el 11 de agosto de 2023 mediante Resolución Exenta N° 20230300160, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama. Un segundo intento fue ingresado nuevamente mediante una DIA, el 07 de agosto de 2023, también bajo el nombre “Continuidad Operacional La Farola” y mediante DIA. Este proyecto declarado inadmisible el 11 de agosto de 2023, mediante Resolución Exenta N° 20230300161, de la misma autoridad ambiental, por no presentar los contenidos mínimos que exige el Reglamento del SEIA, D.S. N° 40/2012, Ministerio del Medio Ambiente (según lo señalado en la Resolución Exenta ya individualizada, la autoridad señaló que en relación al artículo 19 letra c) del Reglamento del SEIA, relativo al plan de cumplimiento de legislación aplicable, el proyecto: (i) no incluía el listado de permisos y pronunciamientos sectoriales aplicables al proyecto; (ii) indicaba la aplicabilidad del PAS 132, pero no presentaba los antecedentes respecto al literal e) del art. 132; (iii) indicaba la aplicabilidad del PAS 135, pero no adjuntaba los antecedentes técnicos y formales que acreditan el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y; (iv) indicaba la aplicabilidad del pronunciamiento del art. 161 del RSEIA, sin embargo no se presentan antecedentes respecto a su literal b). Luego, ingresó por tercera vez con fecha 31 de agosto de 2023, con el mismo nombre: “Continuidad Operacional La Farola”, bajo DIA. No obstante ello, el 24 de octubre del mismo año el SEA de la Región de Atacama, mediante Resolución Exenta N° 202303101188, del SEA Región de Atacama, puso término anticipado al procedimiento de evaluación del Proyecto por carecer de información relevante y esencial que no es susceptible de ser subsanada. Por lo mismo, pese a que el proponente derechamente señala que su proyecto es un proyecto nuevo, que no considera modificación de proyectos o actividades existentes (p.ej., DIA, Cap. 1, sección 1.2.8 “Modificación de un proyecto o actividad”, pág. 28), en los ingresos anteriores que fueron declarados inadmisibles o bajo término anticipado, el proponente había señalado en forma expresa que el proyecto -en cada caso- correspondía a una continuidad de la explotación. Debido a lo anterior, se solicita clarificar la información aportada.

TERCERA OBSERVACIÓN:

No hay claridad acerca de los títulos de ocupación que amparan las actividades de explotación y beneficio que se pretenden con el Proyecto, cuestión que es esencial para determinar su viabilidad ambiental. Como ya fue señalado, esta declaración de impacto ambiental es el cuarto de una serie de (infructuosos) intentos por parte de su proponente de obtener autorización ambiental. En las tentativas anteriores, el proponente había señalado en forma expresa que el proyecto -en cada caso- correspondía a una continuidad de la explotación y beneficio de sus concesiones mineras de explotación. Y en tal sentido, en la declaración de impacto ambiental “Continuidad Operacional La Farola”, señalaba: “El Proyecto “Continuidad Operacional La Farola”, en adelante también e indistintamente “El Proyecto”, de Minera Altair S.A., en adelante también e indistintamente “Altair” o “El Titular”, considera la continuidad de la explotación y beneficio de las concesiones mineras de explotación “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 AL 31 y María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”, en adelante también “Las Concesiones” o “El Yacimiento”, que en su conjunto abarcan 359 hectáreas y están ubicadas a 1100 m.s.n.m, a una distancia aproximada de 10 kilómetros al suroriente de la localidad de Nantoco, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.” (Cap. 1, sección 1.1 “Introducción”, pág. 7). Sin embargo, ahora nada de eso señala el proponente. Por una parte, no indica sobre qué concesiones mineras se ejecutará las actividades explotación y beneficio; por la otra, derechamente señala que su proyecto es un proyecto nuevo, que no considera modificación de proyectos o actividades existentes (DIA, Cap. 1, sección 1.2.8 “Modificación de un proyecto o actividad”, pág. 28). Por tanto, estamos frente a incongruencia en la información presentada, y que no logra ser clarificada de la lectura de la DIA del Proyecto.

CUARTA OBSERVACIÓN:

El proponente ha dividido artificialmente su proyecto, haciendo que el mismo carezca de información relevante y esencial para su evaluación, al dejar fuera de la evaluación ambiental toda la actividad de transporte, almacenamiento y embarque de concentrado. En efecto, en diversas partes de la declaración de impacto ambiental se señala que el concentrado será vendido a un tercero, y será entregado en la planta para que éste lo retire, por lo que deberá ser él quién cuente con todos los permisos administrativos procedentes. En la sección 1.2.2 del Capítulo 1 se señala: “Es decir, el producto final vendido se le entrega al comprador en la planta para que lo retire; por lo tanto, el comprador debe contar con todos los permisos necesarios para las operaciones de retiro del producto, otorgados por las autoridades correspondientes, requisito que será una exigencia contractual del Titular.” (DIA, Cap. 1, sección 1.2.2 “Descripción breve del proyecto”, pág. 24) Esto lo repite en la sección 1.4 del Capítulo 1: “El procesamiento del mineral se realizará mediante una planta de procesamiento de minerales y la venta de concentrados se hará en las instalaciones del Proyecto, el que será vendido en condición ‘Ex-Planta’, en virtud de lo cual el producto final vendido se le entrega a un comprador en la planta para que lo retire con recursos propios” (DIA, Cap. 1, sección 1.4 “Partes y obras”, pág. 37). Sin embargo, posteriormente señala que el transporte de concentrado hasta las bodegas que tiene en Tierra Amarilla será incluido en la evaluación ambiental: “Por otra parte, el concentrado final será retirado por el comprador en camiones encarpados y sellados, y conducido hasta sus bodegas en Tierra Amarilla (fuera de las instalaciones del Proyecto), por caminos pavimentados, evitando su paso por zonas pobladas, de modo de evitar congestión de tránsito y emisión de material particulado” (DIA, Cap. 1, sección 1.4.2.28 “Partes del transporte de concentrado de mineral”, pág. 91). Y que, por lo anterior, “las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado a las instalaciones del comprador son estimadas por el Proyecto y su efecto es cuantificado.” (Cap. 1, sección 1.2.2 “Descripción breve del proyecto”, pág. 24). Por lo mismo, en la DIA se señala que este concentrado será entregado en la bodega de Impala, en Tierra Amarilla. Así consta con claridad en la Tabla N° 107 (pág. 209). Debido a esto, no se comprende que todas las obras y actividades de transporte, almacenamiento y embarque de concentrado de mineral queden fuera de la evaluación ambiental por una decisión unilateral del propio proponente, y que busque justificarse tal decisión sólo en base a la idea de que el concentrado se venderá a terceros. Ello, especialmente si se considera que la cantidad de producción no es para nada despreciable, y que el proponente ya tiene definida parte importante de la logística de su operación al día de hoy. En la misma línea, cabe remarcar que el proponente tampoco ha declarado que su Proyecto vaya a ser ejecutado “por etapas”, al amparo del artículo 14 del Reglamento del SEIA (DIA, Cap. 1, sección 1.2.9 “Desarrollo de proyectos o actividades por etapa”, pág. 28). Lo señalado deriva en que hay una parte importante del Proyecto que fue dejada fuera de la evaluación ambiental para todos los efectos legales.

QUINTA OBSERVACIÓN:

En el capítulo de descripción de proyecto se señala, a propósito de los insumos para la fase de operación, que la “distribución de energía dentro del Proyecto se llevará a cabo mediante una subestación eléctrica, ubicada dentro del recinto de Minera Altair S.A.” (DIA, Cap. 1, sección 1.6.4.2.3, pág. 177). Sin embargo, tal obra no se describe dentro de las obras del proyecto ni dentro de las actividades de construcción, operación y cierre.

SEXTA OBSERVACIÓN:

Todo lo señalado en la observación anterior, impide que el instrumento de evaluación ambiental pueda entregar antecedentes fundados que permitan descartar la concurrencia de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. En efecto, la descripción insuficiente del Proyecto en el instrumento de evaluación impide evaluar adecuadamente sus impactos en una serie de componentes ambientales, por ejemplo, ruido, vibraciones, flujo vial, impactos en camino (i.e. rotura y desgaste de las carpetas), emisiones atmosféricas, entre otros. Ello, toda vez que hay una parte considerable del Proyecto relativa al transporte, descarga, almacenamiento y embarque de concentrado, que se ha dejado fuera del presente procedimiento de evaluación.

SÉPTIMA OBSERVACIÓN:

En relación con el tema de monitoreo hidrogeológico, la cantidad de pozos propuestos es insuficiente para identificación temprana de alguna pluma de infiltración, por lo tanto, se hace necesario que incluya pozos de monitoreo adicionales para verificar el funcionamiento del Depósito de Relaves tanto aguas arriba como aguas abajo del área del proyecto. Adicionalmente, en caso de la calidad de agua subterránea, el Proponente deberá incluir medidas concretas en caso de superación de umbrales que den cuenta de una pluma de infiltraciones desde las obras del proyecto, las que pueden afectar a pozos de terceros, como los denominados WM-16 y WM-15 de propiedad de Minera Candelaria. Finalmente, cabe indicar que dado que la información presentada por el Proponente se basa en información que consta en la evaluación del proyecto de Minera Candelaria relativa a los pozos de control de titularidad de esta última (información relacionada a pozos WM-16 y WM-15), la autoridad podría establecer (situación que ya se está generando según consta en Of. 338 de 1 de julio de 2024 de la DGA emitido en el marco de la evaluación ambiental del Proyecto Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola) obligaciones respecto pozos e infraestructura de Minera Candelaria, lo cual generaría una afectación a esta misma.

Evaluación técnica de la observación: En relación con la primera observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto y posibles impactos ambientales. Al respecto, se informa al observante que, de acuerdo con la “Guía para el uso de modelos de calidad del aire en el SEIA” (versión IV) de febrero 2023, se indica que “corresponde considerar los proyectos con RCA favorable que no hayan sido ejecutados y que sus áreas de influencia de la componente aire confluyan” (Capítulo 5, ítem 5.9, c) Tablas de concentración del contaminante). En el caso de la RCA 133/2015, ésta corresponde a un proyecto que se encuentra actualmente en ejecución (específicamente, en operación) y, por tal motivo, el aporte a la calidad del aire de las emisiones de dicho proyecto a que se refiere la RCA 133/2015, forman parte de la caracterización base del presente proyecto y, por tanto, han sido efectivamente consideradas en la modelación de calidad del aire presentada como parte de la DIA. Así, para la modelación se consideró el peor escenario de los 3 años de mediciones que se han realizado en las estaciones SIVICA, TAMA (Candelaria), Ojanco, Nantoco y Tierra Amarilla (Red ENAMI) y que incluye a los años 2021, 2022 y 2023.

En relación con la segunda observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto de la DIA. Al respecto, se aclara al observante que el Proyecto en evaluación es un proyecto nuevo, según lo señalado en la DIA, en el acápite 1.2.8 citado en la consulta. No es una modificación de algún Proyecto que esté en actual ejecución, ni una reactivación de un proyecto ya ejecutado. Según lo señalado por el Proponente, la denominación que se utilizó en su momento de “continuidad operacional”, sólo se utilizó para representar en la mina La Farola la explotación de los antiguos yacimientos Las Pintadas, que data de 1882. De hecho, este yacimiento Las Pintadas se ha explotado durante más de 140 años por diversas personas y empresas mediante minería subterránea, y según lo señalado por el mismo Proponente, el presente “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” es diferente a las explotaciones anteriores al ser mediante un rajo abierto. En consecuencia, el “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” es un nuevo proyecto y no una regularización ni una modificación o reactivación de otro proyecto o actividad.

En relación con la tercera observación, esta se considera no pertinente, debido a que la evaluación ambiental del SEIA evalúa solo componente ambientales y no temas de propiedad. De hecho, la Constitución Política del Estado, la Ley N°18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras o el Código de Minería, respecto de las disposiciones con las que ambas normas regulan el derecho de dominio, los gravámenes, las limitaciones al dominio, contratación minera, las concesiones y servidumbres mineras, no son normas que pudieran considerarse de carácter ambiental para los efectos de su inclusión en el documento respectivo que se somete a evaluación ambiental ante el SEIA. Además, ni la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente o el Decreto Supremo Nº 40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, imponen una obligación como la que se denuncia incumplida por el observante, en atención a que la regulación de concesiones y servidumbres mineras no constituye normativa ambiental. Entre la normativa ambiental aplicable a la evaluación ambiental de un proyecto, la Resolución Exenta N°0039, de fecha 16 de enero de 2017, del Director Ejecutivo del SEA, que aprueba la Guía para la Descripción de Proyectos de Desarrollo Minero de Cobre y Oro-Plata en el SEIA, contiene una alusión a las concesiones mineras. En ese sentido, el citado documento señala: “2.3.3 Justificación de la localización Se debe indicar las razones que justifican o determinan la localización del proyecto. En general el emplazamiento de los proyectos de desarrollo minero está determinado por la ubicación de la concesión minera otorgada. Se debe indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto, adjuntando el plano general de la ubicación del proyecto dentro de dicha concesión.” En ese sentido, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, contiene en su Capítulo 1, Descripción del proyecto, lo siguiente: “1.3.3 Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica por la existencia de un yacimiento de cobre-oro compuesto por las concesiones mineras que serán explotadas: “Farola”, “Generosa”, “María Elisa 1 al 31” y “María Elisa 32a, 33, 34a, 35, 36a, 37, 38a, 39, 40a, 41, 42a y 43 al 60”, “Pintadas 1 al 12” y “Engaño Feliz”, que se señalan en la Figura 1-8. Entonces, el Proyecto realizará la explotación y procesamiento de los minerales contenidos en el yacimiento que se caracteriza por su gran volumen de roca mineralizada con leyes de cobre, el que se encuentra mayoritariamente contenido en sulfuros primarios, específicamente calcopirita; también, se pueden encontrar trazas de oro dentro de la mineralización. Estas características hacen que el mineral sea procesable mediante procesos convencionales de concentración por molienda y flotación, de modo de obtener concentrados de cobre con contenido de oro. […] Por lo tanto, la justificación de la localización del Proyecto obedece principalmente a la existencia del orden de 78 Mt a 0,53% CuT (cobre total) y 0,10 g/t Au (oro) como reservas probables de mineral. Además, la apropiada accesibilidad y las características geográficas del entorno del área del Proyecto permiten una adecuada construcción de las instalaciones requeridas para continuar la explotación del yacimiento. El Proyecto explotará el mineral existente en el yacimiento, para lo cual la totalidad de las obras se instalarán en la zona cubierta por las concesiones mineras y servidumbres de Minera Altair S.A. (Anexo 1-3). Asimismo, dentro de esta zona, la localización de las instalaciones ha sido seleccionada sobre la base de estudios previos técnicos, ambientales, sociales y económicos, relevando la importancia de la comunidad, las condiciones de seguridad de las obras y privilegiando la utilización de áreas intervenidas. Todo ello, de manera de generar el menor impacto ambiental posible.” Como se puede apreciar, en la Declaración de Impacto Ambiental se cumple con las exigencias normativas de justificar la localización del Proyecto e indicar el nombre y ubicación de la concesión donde se contempla ejecutar el proyecto. Por todo lo anterior, la observación se considera no pertinente, debido a que constituye una materia que no se resuelve al interior del SEIA, sino en otra sede, a través de los mecanismos regulados por las normas especiales aplicables a la actividad minera, más todavía si ellas no versan sobre aspectos ambientales ni de cambio climático.

En relación con la cuarta observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto y sus posibles impactos ambientales. Efectivamente, el Proponente señala que el material de concentrado producido por el Proyecto será vendido en las instalaciones de la planta La Farola para ser retirado por el comprador, quien, cumpliendo con los requisitos impuestos por el Proponente (quien es el responsable del proyecto en evaluación), deberá contar con todos los permisos necesarios para el transporte y almacenamiento de concentrado, y cumplirá con toda la normativa correspondiente que le sea aplicable. Por solicitud de la Dirección Regional de Atacama del SEA, se ha incorporado en la evaluación ambiental y cuantificado el efecto de las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado de dicho tercero hasta sus instalaciones, tomando en consideración una ruta que recorre únicamente caminos pavimentados por C-411 y Ruta 5, de manera de no transitar por la calle principal de la comuna de Tierra Amarilla. Este análisis, sin embargo, no es posible hacerlo hasta el punto final de embarque, como sugiere la observación, pues no es posible instruir al dueño del concentrado ni anticipar el destino que el comprador vaya a darle a su concentrado, lo que no obsta, y así lo ha señalado el Proponente, que el comprador deba respaldar su operación de transporte y almacenamiento de concentrado, con los instrumentos de gestión ambiental que correspondan, complementando adecuadamente el nivel de cumplimiento normativo que se ha descrito en esta DIA. En consecuencia, todas las actividades de transporte se encuentran descritas en la presente evaluación y sus efectos ambientales fueron adecuadamente caracterizados mediante el análisis de impacto vial e informes de emisiones atmosféricas y acústicas. Además, según lo señalado por el Proponente, se ha acordado con el tercero que comprará el concentrado y lo transportará y almacenará en sus instalaciones, preservar el estándar de cumplimiento ambiental que el Proyecto describe para su operación. Finalmente, aun cuando es un tercero el que ejecutará el transporte del concentrado, el Proyecto ha evaluado y cuantificado las emisiones o efectos que pudiera tener esta actividad en el mismo proceso de evaluación de impacto ambiental.

En relación con la quinta observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, se aclara que la distribución de energía eléctrica en el sitio del Proyecto se realizará mediante dos líneas de 23 kV, suministradas por una empresa autorizada. La conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) se llevará a cabo mediante un switchgear principal ubicado en la sala eléctrica principal 3150-ER-01 de la subestación planta La Farola, tal y como se indica en el ítem 1.4.2.6 “Partes del sistema eléctrico de distribución planta” del Capítulo 1 de la DIA, concretamente, en el subítem 1.4.2.6.1 “Punto de conexión” del mencionado capítulo. El Proponente ha rectificado la nominación de dicha sala eléctrica, que debe ser 3150-ER-01 Molienda y Flotación, componente principal de la subestación planta La Farola, como se indica en el ítem 1.4.2.6.3 Salas eléctricas, de Capítulo 1 de la DIA. Las salas eléctricas en áreas de proceso serán del tipo modular. Los partidores de motores y sus controladores serán instalados en salas eléctricas. Se exceptúan de este requisito los partidores para bombas dosificadoras y los equipos y sistemas mecánicos que deban incorporar sus propios tableros o gabinetes locales (p. ej. compresores). El plano de la Figura 1-22 de la DIA muestra la distribución de las diferentes salas eléctricas consideradas. Estas son: • 2740-ER-01 Chancador Primario/Canchador Secundario • 2750-ER-01 Molienda y Clasificación Terciaria (HPGR) • 3150-ER-01 Molienda y Flotación • 3150-ER-02 Molienda (Molino Bolas) • 4170-ER-01 Separación Magnética, Espesamiento y Filtración de Relaves • 3470-ER-01 Espesamiento, Filtración y Almacenamiento de Concentrado • 1420-ER-01 Infraestructura Mina • 5120-ER-01 Barrio Cívico

En relación con la sexta observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto y posibles impactos ambientales. Durante la presente evaluación ambiental, y conforme las aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de información solicitadas al Proponente en dos ICSARA emitidos por este Servicio, sí se pudo descartar de forma fundada los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300. En el apartado denominado “Descripción de proyecto” del presente documento, el observante podrá encontrar una síntesis de los antecedentes recopilados durante toda la evaluación ambiental que describen el proyecto de forma completa y adecuada. Luego, en el apartado denominado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental” del presente documento, se puede consultar el detalle de cómo se descarta de forma fundada cada uno de los literales del artículo 11 de la Ley N° 19.300. Durante la evaluación ambiental se consideraron diversos componentes, tales como ruido, vibraciones, flujo vial, impactos en caminos (por ejemplo, rotura y desgaste de las carpetas), emisiones atmosféricas, entre otros. En la evaluación de emisiones atmosféricas se incluyó la venta y transporte de concentrado. El concentrado de cobre, como producto final, será comercializado en las instalaciones de la planta La Farola. Así, las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado a las instalaciones del comprador sí fueron estimadas por el Proyecto y su efecto fue evaluado y cuantificado. Por su parte, el embarque no forma parte de este proyecto toda vez que no es una actividad de este. Además, en la Sección 1.4.2.28 de la DIA se informa que el concentrado final será retirado por el comprador en camiones encarpados y sellados, y conducido hasta sus bodegas ubicadas en la comuna de Tierra Amarilla (fuera de las instalaciones del Proyecto), por caminos pavimentados, evitando su paso por zonas pobladas, de modo de evitar congestión de tránsito y emisión de material particulado. Por lo anterior, el proceso, actividades, partes y obras asociadas a la producción de concentrado se ejecuta en su totalidad en el recinto del Proyecto La Farola, tal como se señala en el Capítulo de Descripción de Proyecto de la DIA. Asimismo, las actividades de transporte realizadas por terceros se encuentran descritas en la presente evaluación y sus efectos ambientales fueron caracterizados mediante el análisis de impacto vial e informes de emisiones atmosféricas y acústicas.

En relación con la séptima observación, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto y posibles impactos ambientales. De acuerdo con lo señalado en el Capítulo 1 de Descripción de Proyecto de la DIA, el depósito de relaves será de tipo filtrado, por lo que su potencial de infiltración es bajo y, por consiguiente, la posibilidad de que se genere una pluma de infiltraciones, aun menor. Además, como se describió en la Caracterización de Hidrogeología de la DIA, en el área del Proyecto no hay registros de agua subterránea en la unidad de roca y tampoco en el relleno aluvial. No obstante, el Proyecto ha considerado como medida de control el seguimiento de la posible presencia de agua subterránea en dos (2) pozos habilitados en el relleno aluvial de la quebrada Las Pintadas, ubicados inmediatamente aguas abajo de las obras e instalaciones proyectadas, además de un tercer pozo ubicado aguas arriba por la misma quebrada Las Pintadas que permita identificar eventuales flujos provenientes de dicho sector. En estos pozos se realizará monitoreo de niveles y de química en la medida que se detecte agua. Adicionalmente, tal como se indica en la sección k.2.1. Sistema de Monitoreo del PAS 135 de la DIA, se describen los diversos elementos y acciones de control que permiten monitorear una eventual infiltración. Por su parte, en caso eventual de identificar agua en los pozos LP a construir aguas abajo del Proyecto y que tenga como origen las instalaciones del mismo, se ejecutarán las acciones que están descritas en el Anexo 1-6: “ITASCA-INF-4047.001.03-Plan de Monitoreo Hidrogeológico Altair- R4” de la Adenda, que describe el Plan de Monitoreo Hidrogeológico actualizado y que, en resumen, consiste en que si se detecta agua en los pozos LP se dará aviso a la DGA y se realizará un análisis causal para determinar la fuente de las infiltraciones al subsuelo (que podría eventualmente también deberse a eventos de precipitación en la zona). Este análisis causal estará disponible en un plazo de un mes desde el aviso a la autoridad. Respecto a la parte final de la observación que señala “Finalmente, cabe indicar que dado que la información presentada por el Titular se basa en información que consta en la evaluación del proyecto de Minera Candelaria relativa a los pozos de control de titularidad de esta última (información relacionada a pozos WM-16 y WM-15), la autoridad podría establecer (situación que ya se está generando según consta en Of. 338 de 1 de julio de 2024 de la DGA emitido en el marco de la evaluación ambiental del Proyecto Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola) obligaciones respecto pozos e infraestructura de Minera Candelaria, lo cual generaría una afectación a esta misma”, es necesario señalar que el “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” utiliza información pública del e-SEIA, entre otras fuentes secundarias y primarias, para caracterizar los distintos componentes ambientales relevantes y esenciales. En relación con el tema de monitoreo hidrogeológico, se ha incluido pozos existentes para verificar el funcionamiento del Depósito de Relaves aguas arriba y aguas abajo del área del proyecto. Lo anterior en ningún caso implica afectaciones a terceros, toda vez que son puntos de monitoreo.

11.2.2.4 OBSERVANTE: Gonzalo Roque Antonio Matas Quilodrán

Observaciones:

Observación 1:

La línea base del proyecto y su descripción, los distintos alcances en las componentes del proyecto sometido a evaluación, especialmente medio humano y riesgos asociados al proyecto, como asimismo, las interacciones del proyecto con actores del sector, NO consideran a la faena minera “La Escondida 2 al 19 ”y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros, conforme se puede apreciar en la siguiente figura:

Figura:

Fuente: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2024/11/14/03c7- aeef-4111-a159-c8f8fb311603

Observación 2:

En base a lo anterior, en el Capítulo 2 de la Declaración de Impacto Ambiental (Descripción del Proyecto) “Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley”, no fue considerada la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros, por lo que al no haber sido considerados en dicho capítulo, no se pueden descartar los efectos, características o circunstancias que establece el artículo 11 de la Ley 19.300 en sus todos sus literales, por lo que el proyecto tiene claramente un problema en su origen respecto a no haber sido considerado lo anterior, en el análisis para descartar un Estudio de Impacto Ambiental, por lo que no puede ser evaluado ambientalmente con la omisión antes señalada.

Observación 3:

En base a lo anterior, el Plan de Prevención de Contingencias y emergencias del Proyecto, no considera en su diseño y contenido a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 4:

En base a lo anterior, el Capítulo 6 de la Declaración de Impacto Ambiental “Plan de Seguimiento de las Variables Ambientales”, no considera en su diseño y contenido a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 5:

En base a lo anterior, el Capítulo 3 de la Declaración de Impacto Ambiental “Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable”, no considera en su diseño y contenido a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 6:

El proyecto no se manifiesta ni considera las relaciones sinérgicas que existen en el lugar y sus zonas aledañas, especialmente no explica cómo se relacionan estructuralmente las tronaduras del rajo con la estabilidad estructural de las labores existentes y la seguridad de la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 7:

En caso de emergencias por desplazamientos masivos de los relaves, los cuales tienen, según proyecto, un 20% de humedad, no se encuentra considerada la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 8:

El proyecto no considera la alteración de los cursos de agua, aluviones, lluvias centenarias, lluvias milenarias, con un modelo predictivo fiable y científicamente aceptado, que se modifican absolutamente con el rajo, el depósito de relaves, instalaciones y caminos, que puedan afectar a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 9:

El proyecto no considera como receptor de material particulado a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 10:

Que se explique por parte del Proponente, la relación de explotación estéril mineral (REM) y así justifique adecuadamente que no se producirá una sobre generación de material de empréstito, ya que se entiende que todo el material estéril se utilizará en la cobertura del DRF. Pero en caso de que la REM cambie o simplemente existan variantes de diseño por temas geomecánicos, disposición de los cuerpos, variaciones de ley, condiciones de mercado, etc., el Proponente debe de justificar estas contingencias mediante un estudio fundado en donde se indique en forma clara cuáles serían las zonas de Acopio que no interfieran con las áreas dispuestas en el Proyecto. Además, cuál va a ser la superficie disponible para el acopio en la eventualidad de producirse esta “sobre generación de material”. Teniendo muy presente que la disposición de los mantos no es regular debido entre otras condiciones, la existencia de Diques los que son muy característicos en la zona. Estando estos siempre asociados, intersectándolos generalmente y produciendo interfaces con desplazamientos Normales (saltos). Lo que valida lo anteriormente indicado, siendo muy probable que esto pueda repercutir en un diseño de rajo, que como todos sabemos, no permite muchas modificaciones en su diseño. Es por eso que este Yacimiento por más de casi 80 años siempre fue explotado en forma subterránea, previendo justamente estas características de este tipo de yacimientos y así controlando la sobre generación de material estéril. El proyecto no considera las variables ambientales necesarias en cuanto a la declaración de Zona Saturada Copiapó-Tierra Amarilla por material particular respirables MP10, sus interacciones y sinergias.

Observación 11:

El proyecto no se refiere a las afectaciones al Desierto Florido en el lugar donde se emplazará e intervendrá.

Observación 12:

El proyecto no se refiere a las interacciones y trastornos viales, con los subsecuentes controles de riesgos en el sector, especialmente respecto de la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, en el Sector Las Pintadas, ubicada a menos de 500 metros de distancia donde se emplazará el proyecto que se encuentra en evaluación ambiental, compuesto por un grupo humano relevante de trabajadores y mineros.

Observación 13:

La explotación mensual, según se indica, involucra un ritmo de 15.000 tons/mes de mineral. Conociendo que el tipo de Explotación es mediante un Rajo con una REM teórica que suponemos (no se indica en el Proyecto) de 1/2, la cual creemos difiere bastante a la real (1/5) que se ajusta a terreno, según lo expuesto en la observación N° 10. El Proponente debe de presentar, considerando lo anterior, la memoria de cálculos y modelamientos empleados en donde justifique y aclare cuál sería las superficies reales destinadas en donde el material estéril más el RF tendría como disposición final. Considerando que solamente en el año uno el total del tonelaje depositado debería de ser del orden de 16.200.000 toneladas (menos 230.000 ton correspondiente al mineral).

Observación 14:

Solicitamos al Titular aclare, mediante un Estudio de Riesgos Fundados, en el cual se nos dé la seguridad y nos garanticen que un desplazamiento de los millones de toneladas que se señalan en el párrafo anterior, no se desplazaría hacia el Norte, afectando la Quebrada de Las Pintadas, la que siempre ante fenómenos climáticos ha quedado demostrado que ha actuado como una especie de “Canalón o Colector Fluvial”. Ahora habría que considerar un posible efecto “Tapón” o simplemente, en caso de existir solo escurrimiento, un arrastre de sólidos muy por sobre lo que ha sido a la fecha. El Titular debe de incluir Memoria de Cálculo.

Observación 15:

Las dos líneas de 23 Kv que se mencionan, ya existiría acuerdo con terceros por donde se realizaría la postación, favor indicar trazado y áreas a intervenir.

Observación 16:

Al igual que la pregunta anterior, favor aclarar trazado por donde se emplazará el ducto de agua a utilizar en el procesamiento de minerales.

Observación 17:

Según se menciona a un tercero encargado de recepcionar y comprar el concentrado que se produce. Este incremento no menor, en las instalaciones de este tercero, ustedes tienen considerados que esta “Ampliación de stock”, ¿no tendría una sumatoria a la afectación que hoy tenemos en Tierra Amarilla?

Observación 18:

Conforme a la descripción del botadero de estériles en el 1.4.2.18 del Capítulo 1 “Descripción del Proyecto”, se indica que “El Proyecto no considera la habilitación de un botadero de estériles, ya que el material que no sea enviado a la planta de procesamiento de minerales se utilizará para producir material de empréstito con una granulometría y características geotécnicas específicas, que son el resultado de una malla de tronadura especialmente diseñada y más cerrada que la comúnmente utilizada en la industria. Este material de empréstito se destinará a la construcción de la base, muros perimetrales y franjas de fricción internas para la estabilidad del depósito de relaves filtrados”. En base a esta descripción, especialmente lo indicado sobre una malla de tronadura especialmente diseñada y más cerrada que la comúnmente utilizada en la industria. El Titular debe de presentar no solo la malla de perforación, sino que debe de incluir las memorias de cálculos respectivas también de la tronadura. Incluso ni siquiera dentro del proyecto, se indican factores de carga a utilizar en las diversas zonas del rajo. De igual forma no indica la relación de estéril y mineral.

Observación 19:

El Titular debe de indicar cuáles van a ser las afectaciones directas con este “Diseño especial” de una mayor concentración de carga producto de un espaciamiento menor entre tiro y tiro. Todo esto repercutiendo directamente a quienes trabajamos a menos de 500 metros en Mina Escondida. Sabemos que existe una transmisión mayor en las ondas P y S en el sector por el tipo de composición en el macizo rocoso. Todo esto se traduce en vibraciones mayores y en caso de superficie, una mayor generación de polvos, posibles proyecciones tipo “Fly rock”, etc. Siendo el ruido una afectación que es más fácil de controlar con un daño menor. Sin embargo, es muy importante que el Titular asegure que no afectará a las labores subterráneas en donde trabaja el personal de Mina La Escondida. Se solicita al Titular un estudio en detalle del monitoreo de vibraciones en las áreas afectadas, que determine el grado de afectación real y no conceptual como el expuesto en el Proyecto.

Observación 20:

En base a la pregunta anterior, ¿por qué no se indica perforación secundaria?

Observación 21:

En base a las preguntas anteriores, explicitar y explicar la relación de estéril y mineral del proyecto en la explotación rajo.

Evaluación técnica de la observación: En relación con la observación 1, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto, su caracterización de medio humano y posibles impactos ambientales. La faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones se aborda en detalle en el Anexo 2-1: “Informe Antropológico Mineros Proyecto La Farola”, de la DIA, específicamente en las páginas 17 a 21. Este informe caracteriza el componente de medio humano, proporcionando características de las faenas de pequeña minería más cercanas al proyecto (incluida La Escondida), registros de su ubicación, utilización de fuentes primarias y un análisis de su interacción con el entorno del Proyecto en evaluación. En la siguiente figura, se muestra la ubicación precisa de todos los portales de pequeña minería cercanos al Proyecto, mientras que en la siguiente tabla se especifican las coordenadas y distancias de cada portal, evidenciando que el centroide del Proyecto se encuentra a 1,5 km de la faena de La Escondida.

Figura: Faenas pequeña minería cercanas al Proyecto

Fuente: Figura 1 del Anexo PAC de la Adenda.

Tabla: Distancias entre el Proyecto y portales de pequeña minería en quebrada Las Pintadas

Fuente: Tabla 2 del Anexo PAC de la Adenda.

Además, el Anexo 2-1: “Informe Antropológico Mineros Proyecto La Farola”, de la DIA, incluye entrevistas al jefe de turno de faena minera La Escondida, M.H., junto con documentación fotográfica fechada el 19 de diciembre de 2023. Este registro abarca las características socioculturales de la faena y del grupo humano que la conforma, como parte de la caracterización de medio humano que describe las relaciones existentes en el sector Las Pintadas. Con todo lo anterior, se aclara al observante que la faena minera La Escondida sí fue considerada en la caracterización de medio humano presentada en la DIA. Además, dicha faena de pequeña minería también fue considerada en el análisis de medio humano realizado en la presente evaluación ambiental.

En relación con la observación 2, esta se considera pertinente dado que se refiere a la caracterización de medio humano y posibles impactos ambientales. Al respecto, se aclara al observante que la faena minera “La Escondida 2 al 19” sí fue considerada en la caracterización de medio humano de la DIA y en la evaluación ambiental del Proyecto. Según lo señalado en el apartado denominado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del presente documento, específicamente en el ítem “Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, se concluye que el proyecto cumple con la normativa ambiental de emisiones atmosféricas y ruido respecto a los cinco portales de pequeña minería cercanos al proyecto (entre los que está incluida la faena La Escondida). Además, también se concluyó que el proyecto cumple con la normativa ambiental de vibraciones por tronaduras (incluyendo los criterios de daño y molestia) respecto a los mismos cinco portales de pequeña minería cercanos al proyecto. Además, respecto al transporte aportado por el proyecto, y según lo indicado en las tablas 4.3-1, 4.3-2 y 4.3-3 de la Adenda, el Proyecto aportará un flujo de 115 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de construcción, un flujo de 82 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de operación y un flujo de 35 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de cierre, respectivamente, en el peor escenario. De acuerdo con los antecedentes presentados en el punto 4.2.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto utilizará la ruta C-33 (que cruza la ciudad de Tierra Amarilla) solo para transporte de personal y alimentos en la fase de construcción, con un aporte total de 16 viajes/día, cifra marginal respecto del flujo total que recibe esta ruta pública. En las fases de operación y cierre solo se utilizará la ruta C-33 para transporte de alimentos y de residuos no peligrosos, lo que suma 4 viajes/día, cifra marginal para el flujo total de la ruta. Además, el Proyecto estableció como compromiso ambiental voluntario suscribir un convenio con la Dirección Regional de Vialidad para el mejoramiento de la ruta C-529 con Cape Seal, en el tramo que va desde el cruce con la ruta C-411 hasta el acceso al proyecto. Con todo lo anterior, se concluye que los grupos humanos que realizan labores de pequeña minería subterránea en el área de influencia de medio humano, entre los que se incluye la faena La Escondida, no son afectados por el presente proyecto.

En relación con las observaciones 3 y 7, ambas se consideran pertinentes dado que se refieren al Plan de prevención de contingencias y emergencias del proyecto. Al respecto, se aclara que el Plan de prevención de contingencias y emergencias del proyecto sí contempla desplazamientos masivos. De acuerdo con los antecedentes presentados en la sección J, “Determinación del área de riesgo potencialmente afectada en caso de colapso o remoción del muro del depósito de relaves”, incluida en el PAS 135 de la DIA, se concluye que las distancias de riesgo son de 64 metros, según el análisis pseudoestático, y de 75 metros, según el análisis dinámico. Los estudios que respaldan la estabilidad física del Depósito de Relaves Filtrados (DRF) del proyecto están detallados en el PAS 135 y son los siguientes: • Informe de Estabilidad Física del DRF, E-MINING TECHNOLOGY S.A., 2024. • Ensayos de laboratorio para determinación de propiedades resistentes y elásticas de roca intacta, Proyecto La Farola, FF GEOMECHANICS, 2022. • Estudio sísmico La Farola, GENSIS INGENIERÍA SPA, 2023. • Predicción granulométrica La Farola, Berger, Eduardo, 2023. • Predicción de niveles de vibración de campo lejano generado por tronaduras, La Farola, Berger, Eduardo, 2024. • Informe de Ensayos N° 11489-0-23, Laboratorio ONE GEOTECNIA SpA, 2022. • Reporte 11525-23 Ensayos de Laboratorio Relaves Filtrados, Laboratorio ONE GEOTECNIA SpA, 2022. • Pruebas de sedimentación y filtración a presión sobre relaves, TAKRAF 2023, TR 03-23 Final – Rev 1.

En relación con la observación 4, esta se considera pertinente dado que se refiere al Plan de seguimiento de variables ambientales del proyecto. Al respecto, se aclara al observante que según las conclusiones de la presente evaluación ambiental no corresponde incorporar a la faena “La Escondida 2 al 19” en el Plan de seguimiento de variables ambientales, ya que dicha faena de pequeña minería fue efectivamente considerada en la caracterización de medio humano de la Declaración de Impacto Ambiental y en el análisis realizado durante la evaluación ambiental no se identificaron impactos adversos significativos que requieran seguimiento.

En relación con la observación 5, esta se considera pertinente dado que se refiere a la Normativa Ambiental Aplicable, correspondiente al proyecto. Al respecto, se aclara que el Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable está orientado exclusivamente al cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Según lo señalado por e Proponente, la normativa ambiental aplicable ha sido verificada para la faena de pequeña minería La Escondida, en cumplimiento de las guías metodológicas del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). En consecuencia, el Capítulo 3 de la Declaración de Impacto Ambiental, “Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable”, considera en su diseño y contenido a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones.

En relación con la observación 6, esta se considera pertinente dado que se refiere a los posibles impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se informa que el Proyecto considera las relaciones sinérgicas que existen en el lugar y sus zonas aledañas, conforme consta en el Estudio de Ruido y Vibraciones, de abril de 2024, de Gearing Ingeniería Colaborativa (incluido en el Anexo 1-11 de la DIA). En materia de tronaduras, se informa al observante que se estableció un compromiso ambiental denominado “Comunicación de tronaduras”, en el cual el Proyecto se compromete a mantener un sistema de comunicación con la comunidad local para informar de los horarios de las tronaduras de producción. El compromiso ambiental también señala que los horarios de las detonaciones serán entre las 08:00 y 18:00 horas y no coincidirán con otras detonaciones de proyectos mineros presentes en la comuna, previa coordinación. Según lo señalado en el mismo compromiso ambiental, la difusión de las tronaduras se realizará a través de la página web institucional del Proyecto y del medio de comunicación local Tierramarillano. En relación con la estabilidad estructural de las labores existentes y la seguridad de la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones, los diferentes tópicos tratados en el Estudio de Ruido y Vibraciones, de abril de 2024, de Gearing Ingeniería Colaborativa (incluido en el Anexo 1-11 de la DIA), permiten concluir que no hay afectaciones a la estabilidad estructural de la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones. Además, según los antecedentes presentados en el punto 4.2.2 de la Adenda Complementaria, se concluye que el proyecto cumple con la normativa ambiental de vibraciones por tronaduras (incluyendo los criterios de daño y molestia) respecto a los cinco (5) portales de pequeña minería cercanos al proyecto, entre los cuales se incluye la faena La Escondida.

En relación con la observación 8, esta se considera pertinente dado que se refiere a los posibles impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se aclara que en los antecedentes presentados en los PAS 135, 155, 156 de la DIA y en el Anexo 1-6 de la DIA, cuyo Plan de Monitoreo Hidrogeológico se presenta actualizado en el Anexo M de la Adenda, se considera la eventual alteración de los cursos de agua, aluviones, lluvias centenarias, lluvias milenarias, utilizando metodologías de cálculo aceptadas por la Dirección General de Aguas (DGA). Adicionalmente, en dichos anexos se indica que las obras del rajo, infraestructura del proyecto y DRF, se relacionan con las cuencas en el sentido que reducen su dimensión, generando un volumen de escorrentía menor y que, en el peor caso, las obras de saneamiento hidráulico que capturan las aguas contactadas del proyecto evitan su descarga a la quebrada Las Pintadas, sin afectar a las instalaciones de la faena La Escondida.

En relación con la observación 9, esta se considera pertinente dado que se refiere a los posibles impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se aclara que el proyecto sí considera como receptor de material particulado a la faena minera “La Escondida 2 al 19” y sus instalaciones. Según los antecedentes presentados en el punto 4.3.3 de la Adenda, el proyecto cumple con la normativa ambiental de emisiones atmosféricas respecto a los cinco portales de pequeña minería cercanos al proyecto, entre ellos incluido la faena La Escondida. Además, en el informe denominado “ATM111-23_Informe Final de Emisiones y Modelación_vfinal”, presentado en el Anexo 1-10 de la DIA, también se identificó a la faena minera La Escondida como receptor R12 (coordenadas UTM: E 365.887 y N: 6.948.730). En la Figura 18 del informe mencionado, se muestra la ubicación de los Puntos de Interés entre los cuales la faena minera La Escondida está efectivamente considerada como R12. En las tablas 83, 84 y 85 del mismo informe, se presentan los resultados de las modelaciones de calidad de aire en cada receptor, considerando el peor escenario en cada fase del Proyecto, tal como lo estable la Guía Metodológica aplicable para estos efectos, resultados con los que se puede descartar riesgo para la salud de la población o efectos adversos significativos.

En relación con la observación 10, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción de proyecto y sus posibles impactos ambientales. Al respecto se informa que, según lo señalado por el Proponente, los parámetros geométricos establecidos en el diseño del rajo no permiten la disposición de acopios transitorios de material de empréstito o mineral dentro de su zona de operación. El material de empréstito se utiliza para construir la base, muros perimetrales, franjas de fricción y cierre de niveles del Depósito de Relaves Filtrados. Estas franjas poseen un ancho variable entre 30 y 35 metros, y se disponen de tal forma de construir celdas de confinamiento destinadas al almacenamiento de los relaves filtrados. El diseño del depósito demuestra flexibilidad al considerar un ancho variable de las franjas de fricción (30-35 metros), lo que permite adaptarse a posibles variaciones en la relación estéril- mineral (REM) que puedan surgir durante la operación del rajo. Estos rangos de tolerancia, además de mantener la continuidad operativa del depósito, permiten proyectar que ni la capacidad de almacenamiento del relave filtrado ni la estabilidad estructural y su seguridad se vean comprometidas. Con respecto a la geología, se aclara que, en este caso, no se encuentran mantos sino cuerpos de skarns compuestos por anfíbola-piroxeno, granate y magnetita. Estos estudios están respaldados por un mapeo geológico realizados en los 46 kilómetros de túneles interior mina, actividad por lo demás necesaria en el proceso de desarrollo del proyecto minero. En cuanto al método de explotación, este está determinado por su selectividad frente las leyes del yacimiento. Durante más de 80 años, la mina fue operada mediante métodos subterráneos selectivos debido a la presencia de altas leyes. Sin embargo, actualmente solo permanecen remanentes de baja ley, lo que hace necesario optar por un método masivo como lo es la explotación a rajo abierto. Respecto a lo señalado en la observación 10, esto es “las variables ambientales necesarias en cuanto a la declaración de Zona Saturada Copiapó-Tierra Amarilla por material particular respirables MP10, sus interacciones y sinergias”, el proyecto contempla dicha variable ambiental inherente a la zona, como se indica en el capítulo 2 de la Declaración de Impacto Ambiental presentada. En particular, el informe denominado “ATM111-23_Informe Final de Emisiones y Modelación_vfinal”, presentado en el Anexo 1-10 de la DIA, incluye lo señalado en la observación ciudadana. Al respecto, dicho Informe de estimación de emisiones y modelación atmosférica analiza y considera efectivamente la situación de Zona Saturada, y no solo se consideran para la modelación de Calidad del Aire la variable de MP10, sino que además MP2,5; SO2, MPS, NO2 y CO, resultados que se pueden observar en las tablas 83, 84 y 85, que forman parte de informe denominado “ATM111-23_Informe Final de Emisiones y Modelación_vfinal”, presentado en el Anexo 1-10 de la DIA. Así, en las tablas 83, 84 y 85 recién mencionadas, se presentan los resultados de las modelaciones de calidad de aire en cada receptor, considerando el peor escenario en cada fase del Proyecto, tal como lo estable la Guía Metodológica aplicable para estos efectos, resultados con los que se puede descartar riesgo para la salud de la población o efectos adversos significativos.

En relación con la observación 11, esta se considera pertinente dado que se refiere a los posibles impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se informa que el proyecto no contempla instalaciones, obras ni actividades que se construyan, emplacen o desarrollen en el Parque Nacional Desierto Florido ni en el Sitio Prioritario Desierto Florido o que pudieran constituir alguna especie de afectación sobre ellos. El análisis de susceptibilidad y descarte de efectos adversos significativos sobre el Sitio Prioritario Desierto Florido se puede ver con mayor detalle en el apartado denominado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del presente documento, específicamente en el ítem “Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”, incluido en la tabla 6.4 del presente documento.

En relación con la observación 12, esta se considera pertinente dado que se refiere a los posibles impactos ambientales del proyecto. Al respecto, se informe que en el Anexo 1-8 de la DIA se encuentra el Estudio de Impacto Vial que contiene el análisis de los potenciales impactos viales que podría generar el proyecto y que concluye lo siguiente: • Fase de Construcción: el Análisis Operacional, con modelación Sidra, indica que para la Fase de Construcción no se generan efectos adversos significativos, ya que es imperceptible al usuario considerando los indicadores operacionales obtenidos e incrementos que se produce entre la situación base y con proyecto. • Fase de Operación: el Análisis Operacional, con modelación Sidra, indica que para la Fase de Operación no se generan efectos adversos significativos, ya que es imperceptible al usuario debido a los indicadores operacionales obtenidos e incrementos que se produce entre la situación base y con proyecto. • Impactos Físicos o al Medio Humano: de los indicadores obtenidos, se descarta una alteración al Medio Humano en el área de influencia, así como también impactos físicos en la infraestructura vial. En general, dada la ubicación en un sector rural y la tipología de proyecto, la infraestructura vial no posee mayores problemas operacionales, puesto que los caminos poseen una extensa continuidad operacional, sin detenciones en su eje principal. Además, según lo indicado en las tablas 4.3-1, 4.3-2 y 4.3-3 de la Adenda, el Proyecto aportará un flujo de 115 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de construcción, un flujo de 82 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de operación y un flujo de 35 viajes diarios ida y vuelta durante la fase de cierre, respectivamente, en el peor escenario. De acuerdo con los antecedentes presentados en el punto 4.2.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto utilizará la ruta C-33 (que cruza la ciudad de Tierra Amarilla) solo para transporte de personal y alimentos en la fase de construcción, con un aporte total de 16 viajes/día, cifra marginal respecto del flujo total que recibe esta ruta pública. En las fases de operación y cierre solo se utilizará la ruta C-33 para transporte de alimentos y de residuos no peligrosos, lo que suma 4 viajes/día, cifra marginal para el flujo total de la ruta. Además, el Proyecto estableció como compromiso ambiental voluntario suscribir un convenio con la Dirección Regional de Vialidad para el mejoramiento de la ruta C-529 con Cape Seal, en el tramo que va desde el cruce con la ruta C-411 hasta el acceso al proyecto. Con todo lo anterior, en la evaluación ambiental se concluye que el proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

En relación con la observación 13, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. En este sentido, se aclara que el ritmo de producción del proyecto es de 15.000 toneladas por día. Por otro lado, el Proyecto no considera la generación de estériles, sino que produce material de empréstito con una granulometría y características geotécnicas específicas, que son el resultado de una malla de tronadura especialmente diseñada y que es más cerrada que la comúnmente utilizada en la industria para generar estéril. Este material de empréstito se destinará a la construcción de la base, muros perimetrales y franjas de fricción internas para la estabilidad del depósito de relaves filtrados (más detalles en el ítem 1.4.2.31 del Capítulo 1 de la DIA). El detalle del plan de explotación se encuentra en la Tabla 1-79 del Capítulo 1 de la DIA, titulada “Detalle del plan de producción de mina La Farola”, y que se muestra a continuación:

Detalle del plan de producción de mina La Farola

Fuente: Tabla 1-79 del Capítulo 1 de la DIA.

Las producciones de material de empréstito y mineral presentadas en la tabla anterior coinciden con lo señalado en la Tabla 5, “Plan de crecimiento anual del depósito de relave filtrado (acumulado)”, del informe denominado “LFDIA-PAS135-GEN-REP-0001 Rev 2”, del PAS 135 de la DIA.

Plan de crecimiento anual del depósito de relave filtrado (acumulado)

Fuente: Tabla 5 del informe denominado “LFDIA-PAS135-GEN-REP-0001 Rev 2”, del PAS 135 de la DIA.

En relación con la observación 14, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, se informa que conforme a lo presentado en la sección J, “Determinación del área de riesgo potencialmente afectada en caso de colapso o remoción del muro del depósito de relaves”, incluida en el PAS 135 de la DIA, se concluye que las distancias de riesgo son de 64 metros, según el análisis pseudoestático, y de 75 metros, según el análisis dinámico, descartándose la probabilidad de ocurrencia de las situaciones que se señalan en la observación. En efecto, los estudios que respaldan la estabilidad física del Depósito de Relaves Filtrados (DRF) están detallados en los siguientes antecedentes que constituyen el PAS 135: • Informe de Estabilidad Física del DRF, E-MINING TECHNOLOGY S.A., 2024. • Ensayos de laboratorio para determinación de propiedades resistentes y elásticas de roca intacta, Proyecto La Farola, FF GEOMECHANICS, 2022. • Estudio sísmico La Farola, GENSIS INGENIERÍA SPA, 2023. • Manejo de aguas de contacto y no contacto, Permiso Sectorial PAS 135 (208001-PAS-135), EIC INGENIEROS CONSULTORES, 2024. • Predicción granulométrica La Farola, Berger, Eduardo, 2023. • Predicción de niveles de vibración de campo lejano generado por tronaduras, La Farola, Berger, Eduardo, 2024. • Informe de Ensayos N° 11489-0-23, Laboratorio ONE GEOTECNIA SpA, 2022. • Reporte 11525-23 Ensayos de Laboratorio Relaves Filtrados, Laboratorio ONE GEOTECNIA SpA, 2022. • Pruebas de sedimentación y filtración a presión sobre relaves, TAKRAF 2023, TR 03-23 Final – Rev 1. En cuanto a la interacción de aguas pluviales con el DRF, se ha indicado que la granulometría del material utilizado en su construcción posee una permeabilidad adecuada para canalizar eficientemente las aguas generadas por una crecida centenaria hacia las obras hidráulicas diseñadas para el proyecto: piscina de acumulación de aguas de contacto y canales colectores principales y secundarios, ubicados en la zona norte y baja del DRF. La capacidad de conducción de cada franja de fricción es de 175 L/s, y las obras hidráulicas descritas en el Capítulo 1, PAS 155 y PAS 156 de la DIA consideran los efectos de crecidas centenarias, permitiendo descartar los riesgos consultados en la observación. Finalmente, según lo señalado por el Proponente en la respuesta número 6 del Anexo PAC de la Adenda, las memorias de cálculo solicitadas se incluyen en el Anexo presentado para la Adenda en “ANEXO PARA RESPUESTAS ICSARA - ICSARA 1 – DIA LA FAROLA - 208001-DIA-EIC” preparado por EIC Ingenieros.

En relación con la observación 15, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Respecto de la distribución de energía eléctrica en el sitio del Proyecto, esta se realizará mediante dos líneas de 23 kV, suministradas por una empresa autorizada, que aún no es seleccionada y que deberá definir la forma de conducción, trazado y áreas a intervenir.

En relación con la observación 16, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, el agua para uso industrial o de proceso se obtendrá a partir de agua desalada o de rechazo de su sistema de producción (salmuera) y se adquirirá a una empresa autorizada. Según lo señalado por el Proponente, el Proyecto tiene acuerdos con dos proveedores autorizados aprobados por las autoridades pertinentes: Aguas CAP y Aguas Nueva Atacama, ambos capaces de entregar agua a las instalaciones de la planta a través de un contrato BOO (del inglés Build, Own, Operate que en español se traduce construir, poseer, operar). El proveedor autorizado que se seleccione suministrará agua en un punto de conexión en el Proyecto, el trazado del ducto de agua hasta el punto de entrega será definido por el proveedor autorizado que se seleccione al efecto.

En relación con la observación 17, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto y sus posibles impactos ambientales. Efectivamente, el Proponente señala que el material de concentrado producido por el Proyecto será vendido en las instalaciones de la planta La Farola para ser retirado por el comprador, quien, cumpliendo con los requisitos impuestos por el Proponente (quien es el responsable del proyecto en evaluación), deberá contar con todos los permisos necesarios para el transporte y almacenamiento de concentrado, y cumplirá con toda la normativa correspondiente que le sea aplicable. Por solicitud de la Dirección Regional de Atacama del SEA, se ha incorporado en la evaluación ambiental y cuantificado el efecto de las emisiones atmosféricas del transporte de concentrado de dicho tercero hasta sus instalaciones, tomando en consideración una ruta que recorre únicamente caminos pavimentados por C-411 y Ruta 5, de manera de no transitar por la calle principal de la comuna de Tierra Amarilla. Este análisis, sin embargo, no es posible hacerlo hasta el punto final de embarque, como sugiere la observación, pues no es posible instruir al dueño del concentrado ni anticipar el destino que el comprador vaya a darle a su concentrado, lo que no obsta, y así lo ha señalado el Proponente, que el comprador deba respaldar su operación de transporte y almacenamiento de concentrado, con los instrumentos de gestión ambiental que correspondan, complementando adecuadamente el nivel de cumplimiento normativo que se ha descrito en esta DIA. En consecuencia, todas las actividades de transporte se encuentran descritas en la presente evaluación y sus efectos ambientales fueron adecuadamente caracterizados mediante el análisis de impacto vial e informes de emisiones atmosféricas y acústicas. Además, según lo señalado por el Proponente, se ha acordado con el tercero que comprará el concentrado y lo transportará y almacenará en sus instalaciones, preservar el estándar de cumplimiento ambiental que el Proyecto describe para su operación. Aun cuando es un tercero el que ejecutará el transporte del concentrado, el Proyecto ha evaluado y cuantificado las emisiones o efectos que pudiera tener esta actividad en el mismo proceso de evaluación de impacto ambiental. Finalmente, la “ampliación de stock” en las instalaciones de un tercero señalada en la observación ciudadana, no formaría parte del Proyecto en evaluación, por lo tanto, excede las temáticas ambientales del presente proyecto.

En relación con la observación 18, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, se indica que las características de perforación y tronadura se detallan en la sección e.1.5 del PAS 135 de la DIA, donde se señala que el Depósito Relaves Filtrados (DRF) utilizará para su construcción material de empréstito proveniente de la mina, el cual se produce con una malla especial de perforación y tronadura de 5,0 x 5,5 de 6,5 pulgadas de diámetro, con 12 metros de profundidad y una pasadura de 1,3 metros, con un factor de carga de 285 gr/ton de ANFO pesado 945, que da forma a un material con una granulometría adecuada para ser útil en las obras de construcción del DRF, garantizando su estabilidad física. Según lo señalado por el Proponente en la respuesta número 9 del Anexo PAC de la DIA, el diseño y memorias de cálculo se incluyen en el informe de E. Berger (Anexo 1-11. Predicción Nivel de Vibraciones para Mina Farola), incluido en el Anexo PAC de la Adenda.

En relación con las observaciones 19 y 20, ambas se consideran no pertinentes debido a que no tratan asuntos ambientales o de cambio climático del presente proceso de evaluación de impacto ambiental, sino que se refieren a materias sectoriales que se conocen por SERNAGEOMIN en otra instancia. De todas formas, el Estudio de Ruido y Vibraciones, de abril de 2024, de Gearing Ingeniería Colaborativa (Anexo 1-11 de la DIA), capítulo 6.3, “Vibración por tronadura”, específicamente en el subcapítulo 6.3.1, “Fase de Operación”, explica cómo se calcula la vibración, indicando los resultados pertinentes. Asimismo, en el señalado estudio se puede apreciar que, las velocidades peak de partícula (PPV) generadas por las tronaduras del proyecto, incluidas las velocidades medidas en los receptores evaluados, como el receptor R3 - Mina Escondida, ubicado a 1,5 km de la fuente, se encuentran por debajo de los niveles máximos permitidos, según los estándares de la normativa australiana A.S. 2187.2-2006 “Explosives-Storage and Use- Use of Explosives”, que establece que para una tronadura de roca la velocidad peak de partículas no deberá superar los 5 (mm/s) para operaciones con duración de más de 12 meses. A continuación, se presenta la tabla 39 del Estudio de Ruido y Vibraciones, de abril de 2024, de Gearing Ingeniería Colaborativa (Anexo 1-11 de la DIA), que presenta la evaluación de la Velocidad Peak de Partículas (PPV) por el uso de distintas cargas explosivas (factores de carga):

PPV estimados en receptores para carga de 259 [kg] – Fase de Construcción

Fuente: Tabla 39 del Estudio de Ruido y Vibraciones, del Anexo 1-11 de la DIA.

Como se aprecia en la tabla anterior, los PPV resultantes de las proyecciones de tronaduras para la faena Escondida dan un valor de 1.6 mm/s, que es 3.1 veces menor que el límite permitido de 5 mm/s. Por lo tanto, no se vislumbra que estas vibraciones afecten las labores subterráneas, teniendo en cuenta que los valores propios de sus tronaduras son superiores a este nivel de vibración. Finalmente, el Proponente señala en la respuesta número 21 del Anexo PAC de la Adenda que no se realizarán perforaciones secundarias.

En relación con la observación 21, esta se considera pertinente dado que se refiere a la descripción del proyecto. Al respecto, el Proponente señala que el presente Proyecto no genera estéril, sino que produce material de empréstito, y la relación empréstito y mineral es de 1 tonelada de mineral por 1,9 toneladas de empréstito, esto es, REM 1,9:1. Estos valores son resultado de la planificación minera en la vida útil del proyecto, tal como se indica en la Tabla 1-79 del Capítulo 1 de la DIA, que se presenta a continuación:

Detalle del plan de producción de mina La Farola

Fuente: Tabla 1-79 del Capítulo 1 de la DIA.

12° Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13° Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el 3° de la presente Resolución.

14° Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

16° Que, para que el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18° Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19° Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20° Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola”, de MINERA ALTAIR S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 135, 137, 138, 140, 142, 146, 155, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Atacama, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó todas las partes, obras y acciones del proyecto como molesto.

5°. Certificar que el proyecto “Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 3° del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

CRC/JES/VPM Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Eufemia Ossadón Pizarro Fecha: 2025.04.09 15:31:45 -04'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2025.04.11 15:29:05 -04'00'

Distribución: Manuel Matta Velasco, en representación de Minera Altair S.A. CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia del Medio Ambiente Alexandra Sofía León Álvarez (observante ciudadana) Gonzalo Roque Antonio Matas Quilodrán (observante ciudadano) Compañía Contractual Minera Ojos del Salado (observante ciudadano) Compañía Contractual Minera Candelaria (observante ciudadano)