Evaluación SEA

Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu

Rol 2162084684
SEA · DIA · Aprobado · 2025-02-18 · Región del Maule · SAE Volcan Melimoyu SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Maule

Califica Ambientalmente el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”

RCA N°20250700119

Talca, 10 de febrero de 2025

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria de 30 de diciembre de 2024, del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”, presentado por Constructora Nuevos Aires S.A. con fecha 10 de mayo de 2024.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”.

3°. El Acta de Evaluación N° 01 del 23 de enero de 2025, del Comité Técnico de la Región de del Maule.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” de 27 de enero de 2025.

5°. El acuerdo alcanzado en la Comisión de Evaluación de la región del Maule, de fecha 04 de febrero de 2025.

  1. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.

7°. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional”, y establece su nuevo texto, el que incluye la antes señalada modificación.

9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA) y sus modificaciones; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°218.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Número 83 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Humberto Antonio Aqueveque Díaz como Delegado Presidencial Regional de la región del Maule; en la Resolución Exenta RA N°119046/252/2024, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 11 de octubre de 2024, que nombra en calidad de titular a don Roberto Felipe Olave Astudillo como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y en la Resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, SAE Volcán Melimoyu SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social SAE Volcán Melimoyu SpA Rut 77.851.026-K Domicilio Longitudinal Sur km 280 s/n, Villa Alegre, Región del Maule Teléfono +569 44065850 Nombre representante legal Guillermo Hernández Martínez Rut representante legal 24.780.947-3 Domicilio representante legal Cerro El Plomo 5420, Zócalo -1, CO-WORK LATAM, Oficina 2, Vitacura, Región Metropolitana Teléfono representante legal +569 44065850 Correo electrónico representante legal ghernandez@biworenovables.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de enero de 2025, el director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: • El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; • El Proyecto cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; • El Proyecto no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y • El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 04 de febrero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 27 de enero de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Construcción y operación de un Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) mediante baterías del tipo BESS (Battery Energy Storage System), con una capacidad máxima de 40 MWh (por hasta 5 horas), para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones La tipología del proyecto corresponde a la indicada en el literal b) del artículo 10 de la Ley N° 19.300, esto es: - “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”. En relación con lo dispuesto en el D.S. N°40/2012 MMA, la tipología principal corresponde a la indicada en el literal b.1 del artículo 3°, a saber: “b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Por su parte, la tipología secundaria del proyecto corresponde a la indicada en el literal b.2 del artículo 3° del DS N°40/2012 MMA, a saber: b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte”. Descripción general del Proyecto El Proyecto se emplaza en la comuna de Molina, rol Nº 623-75 en la Provincia de Curicó, Región del Maule, y contempla la construcción y operación de un SAE del tipo BESS con una capacidad máxima de 40 MWh de almacenamiento (por hasta 5 horas), con la infraestructura complementaria necesaria, esto es, una Subestación Eléctrica (S/E) elevadora de 23/66kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) de circuito simple de 66kV de192,7 m y un área para instalaciones de faena temporal y permanente. Todo lo anterior, en una superficie de 1,6 hectáreas aproximadamente, incluyendo un camino de 1.124 metros por 5 metros de ancho, y una LTE de 192 metros de longitud, la cual conecta a la S/E Itahue, ya existente y adyacente al Proyecto. Vida útil 30 años - Al final de este período se evaluará su permanencia a través de una renovación tecnológica previa consulta al organismo con competencia ambiental o bien su cierre definitivo. Monto de inversión USD $ 45.000.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito que da inicio corresponde a la habilitación de baños químicos Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto de lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas.

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto existente.

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto existente y en consecuencia no modifica ninguna RCA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región del Maule, Provincia de Curicó, Comuna de Molina. Descripción de la localización El proyecto se ubicará en la región del Maule, Provincia de Curicó, Comuna de Molina, al interior del predio rol Nº 623-75. La localización del proyecto se justifica por su proximidad a infraestructura eléctrica ya existente, cual es el caso de la S/E Itahue, que conectará al proyecto con el SEN mediante una LTE de 192,7 mts. de longitud. Superficie El lugar de emplazamiento del proyecto en evaluación, Sistema de Almacenamiento de Energía SEA Volcán Melimoyu, se justifica por la existencia de la Subestación Itahue ubicada en predio contiguo al sur del predio del proyecto, permitiendo servirle de apoyo con el almacenamiento de energía. La Subestación Itahue es existente y no pertenece al proyecto.

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 4.2.1. Coordenadas referenciales del Cerco Perimetral Detalles Vértice COORDENADAS UTM Datum WGS 84 HUSO 19 H E (m) N (m) Polígono A 284401.96 6109218.48 B 284484.58 6109200.80 C 284519.71 6109250.86 D 284593.82 6109205.08 E 284481.96 6109117.85 F 284362.02 6109149.13 LT G 284428.79 6109139.24 H 284424.69 6109124.41 I 284525.58 6109091.12 J 284499.23 6109046.74 Camino de Acceso K 284577.62 6109960.47 L 284405.08 6109710.50 M 284077.78 6109232.76 F 284362.02 6109149.13 Fuente: Numeral 1.3.2 de la DIA. Caminos de acceso El acceso al área del proyecto se efectuará desde la Ruta 5 Sur, de acuerdo a las siguientes rutas: - Desde el norte: tránsito por Ruta 5 dirección al sur. Acceder por salida Pulmodón, Itahue. Ruta K-170 y camino acceso al proyecto (por construir) - Desde el sur, tránsito por Ruta 5 Sur dirección norte, salida hacia Pulmodón Itahue, ruta K-170 y camino de acceso al proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones • Figura 1-1; Tabla 1-1 y Tabla 1-2 de la DIA. • Anexo 2 de la DIA, planos y KMZ.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Oficinas 1, 2, 3 y 4 Se trata de 4 unidades tipo contenedor, de 14,7 m2 cada una, previamente habilitado para el uso previsto, equipadas con unidad AC, iluminación y mobiliario. Estas unidades serán montadas sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo nivelado y compactado. La energía eléctrica necesaria será provista por el generador eléctrico (GE) contemplado para la fase de construcción. Mayores antecedentes: Plano 03 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda Complementaria.

Tabla 4.3.1.1. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Detalles Este (m) Norte (m) Oficina 1 284.384 6.109.153 284.390 6.109.151 284.389 6.109.149 284.383 6.109.150 Oficina 2 284.390 6.109.151 284.396 6.109.149 284.395 6.109.147 284.389 6.109.149 Oficina 3 284.389 6.109.149 284.395 6.109.147 284.394 6.109.145 284.389 6.109.146 Oficina 4 284.389 6.109.149 284.383 6.109.150 284.389 6.109.146 284.383 6.109.148 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Caseta de Guardia Se trata de una unidad de 14,7 m2 tipo contenedor, previamente habilitado para el uso previsto y equipada con unidad AC. Mayores antecedentes: Plano 03 del Anexo 1 Planimetría de la Adenda Complementaria.

Tabla 4.3.1.2. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.376 6.109.148 284.378 6.109.149 284.375 6.109.154 284.373 6.109.152 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Comedor Se trata de una unidad tipo contenedor previamente habilitado al uso previsto, será montado sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo nivelado y compactado. Se trata de una unidad de 14,7 m2 lista para ser instalada y usada, equipada con unidad AC. Mayores antecedentes: Plano 03 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda Complementaria.

Tabla 4.3.1.3. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.396 6.109.144 284.398 6.109.150 284.400 6.109.149 284.398 6.109.144 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Bodega de materiales 2 Se trata de una unidad de 14,7 m2 del tipo contenedor previamente habilitado para el uso previsto. Se utilizará para el acopio de materiales y herramientas principalmente. La bodega será montada sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo que ya se encuentra nivelado y compactado. Mayores antecedentes: Plano 03 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda Complementaria.

Tabla 4.3.1.4. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.392 6.109.159 284.389 6.109.164 284.391 6.109.166 284.394 6.109.161 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Bodega residuos domiciliarios Consistente en una zona cercada sobre el suelo ya nivelado y compactado, de 8 m2, con portón para control de acceso y techada para protección ambiental. Permitirá ubicar en su interior hasta 5 contenedores de basura de 200 l aproximadamente, estancos y con tapa hermética. Mayores antecedentes: Plano 06 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda Complementaria. Se adjunta PAS 140 en Anexo 13.2 de la DIA.

Tabla 4.3.1.5. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.404 6.109.168 284.404 6.109.166 284.400 6.109.167 284.400 6.109.169 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Patio de acopio de residuos industriales 1 Consistente en una zona cercada, de 29,25 m2, con portón para control de acceso, extintor e instalación de la señalética correspondiente. Se privilegiará el almacenamiento temporal de aquellos residuos industriales no peligrosos que puedan ser valorizados, reutilizados o reciclados. Aquellos residuos que no presenten valor comercial serán dispuestos temporalmente, hasta su retiro por una empresa autorizada que lo transportará hacia un sitio autorizado para su disposición final. Los detalles se encuentran en plano 07 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda. Se adjunta PAS 140 en Anexo 13.2 de la DIA. El patio de acopio de residuos industriales 1 contempla suelo compactado y nivelado. No se considera la construcción de radier u otra estructura de piso.

Tabla 4.3.1.6. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.405 6.109.167 284.410 6.109.166 284.408 6.109.159 284.404 6.109.161 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Las fundaciones de la cerca perimetral, portón batiente y pilares de la estructura tendrán una profundidad de 60 cm. Su materialidad corresponderá a barras de acero A63-42 H, Hormigón tipo G20 y G05. El referido Patio de acopio de residuos Industriales 1 no contempla estructura de techumbre. Grupo electrógeno 1 (19 KVA) Grupo electrógeno de 19 KVA. Corresponde la instalación de un grupo electrógeno de uso exclusivo para la fase de construcción. Se contempla la instalación de este equipo directamente sobre el suelo ya nivelado y compactado.

Tabla 4.3.1.7. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.392 6.109.152 284.394 6.109.151 284.394 6.109.152 284.392 6.109.152 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA El protocolo de carga de combustible se incluye en Anexo 2 de la Adenda Complementaria, Plan de Contingencias y Emergencias actualizado (Tabla 7 del PCE). Respecto a la carga de combustible asociado al Grupo electrógeno, el protocolo estará disponible en la faena de construcción del proyecto, y será considerado en la capacitación del personal en esta materia. El documento dará cuenta, entre otros, de lo siguiente:

• Definición de responsabilidades • Elementos de seguridad necesarios (extintor, arena, contenedor de residuos, etc.) • Señalética que indique que está procediendo la carga de combustible • Instrucciones de seguridad antes de comenzar la carga de combustible • Instrucciones de uso del dispensador de combustible (según el estanque que se utilice) • Instrucciones en caso de goteos Estanque de combustible y área de carga Se contempla un estanque de combustible de 1000 litros para abastecer maquinarias y grupos electrógeno en la obra. La zona de estanque de combustible y su zona de carga de combustible corresponde a una zona de 30 m2 que será preparada para contener posibles derrames o goteos durante el proceso de carga de combustible, construyendo un pretil de contención, instalando una lámina gruesa de polietileno y cubriéndola con arena. El estanque de combustible de 1000 litros de capacidad será instalado en un extremo de esta zona, tal como describe el plano 03 de Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda Complementaria.

Tabla 4.3.1.8. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.388 6.109.165 284.385 6.109.163 284.391 6.109.155 284.394 6.109.157 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Tanto el estanque de combustible como la zona de carga son obras que van instaladas en superficie, no requieren excavaciones. En específico, el estanque de combustible corresponde a una obra temporal (solo en la fase de construcción), de tipo comercial (viene prearmada, incluyendo dispensador) estanca de 1 m3 de capacidad, del tipo comercial. El estanque de combustible es una unidad de polietileno con doble pared, donde la pared exterior hace de pretil antiderrame, tal como lo exige la normativa. Baños químicos Se contratará el servicio de provisión y mantención de 4 unidades de baños químicos, equipados con lavadero y agua potable para el lavado de manos. Serán instalados en la zona de Instalación de Faenas, sobre suelo nivelado y compactado en una superficie de 5,6 m2.

Tabla 4.3.1.9. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.403 6.109.163 284.403 6.109.164 284.399 6.109.166 284.398 6.109.165 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Bodega 1 Se trata de una unidad de 14,76 m2 del tipo contenedor previamente habilitado para el uso previsto. Se utilizará para el acopio de materiales y herramientas principalmente. La bodega será montada sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo que ya se encuentra nivelado y compactado. Los detalles se encuentran en plano 03 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda complementaria.

Tabla 4.3.1.10. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.391 6.109.166 284.394 6.109.161 284.396 6.109.162 284.392 6.109.167 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA La Bodega 1 es una obra que se instala para la construcción y permanece en su lugar para la fase de operación del proyecto. Se utilizará para el acopio de materiales y herramientas principalmente. Bodega de residuos no peligrosos Se trata de una bodega para residuos industriales no peligrosos permanente para la fase de operación, correspondiente a una bodega tipo contenedor de 9 m2, habilitada con señalética apropiada y extintor. La ubicación de la bodega de residuos industriales no peligrosos permanente se presenta en plano 04 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Los detalles se encuentran en plano 07 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se incluye en el PAS 140 presentado en Anexo 13.2 de la DIA.

Tabla 4.3.1.11. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.397 6.109.167 284.400 6.109.168 284.398 6.109.171 284.395 6.109.169 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Bodega Respel La Bodega RESPEL contemplada para el proyecto corresponde a una unidad comercial, prefabricada que cumple todos los requisitos de la normativa chilena aplicable. Tendrá 7,2 m2 de superficie, capacidad para 12 tambores de 200 litros cada uno, RF90 mínimo. Estará construida en acero, con techumbre incluida y contará con ventilación natural. Será montada sobre poyos de hormigón. Estará equipada con extintor en su gabinete, kit antiderrame, lavaojos, detector de humo, buzón para HDS y bomba manual de extracción.

En cuanto a la materialidad de la bandeja de contención, esta será de Acero ASTM A36 de 3 mm – Soldadura MIG AWS ER70D-6. El volumen de contención es de 1780 litros. Respecto a la “válvula de despiche”, la bodega de RESPEL cuenta con una bomba de extracción que se le conecta, la que permite evacuar los eventuales derrames desde la bandeja de contención, desde donde serán bombeados directamente hacia un tambor o contenedor apropiado externo, el que, una vez terminada la faena, será enviado a la misma bodega de RESPEL para su manejo como residuos peligrosos. Los detalles de encuentran en plano 06 del Anexo 1 Planimetría de la Adenda complementaria y en PAS 142 presentado en Anexo 13.3 de la DIA.

Tabla 4.3.1.12. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m 284.393 6.109.167 284.395 6.109.165 284.397 6.109.166 284.395 6.109.169 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Estacionamientos Zona de estacionamiento para 5 vehículos livianos, medianos y pesados, consistente en una superficie de 72 m2 del suelo ya nivelado y compactado. Se contempla la delimitación de esta zona de estacionamiento en el suelo e instalación de señalética. Será utilizado por el personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones, y por vehículos de servicios requeridos para la construcción del Proyecto. La delimitación del estacionamiento se realizará mediante la instalación de señalética indicativa y estacas o banderines. Detalles en plano 04 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda complementaria.

Tabla 4.3.1.13. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H. Este (m) Norte (m) 284.375 6.109.154 284.384 6.109.162 284.388 6.109.157 284.379 6.109.150 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Caminos internos Habrá 3 tipos de caminos internos: • El camino tipo 1 será de 8 m de ancho y aproximadamente 120 m de largo, suelo natural compactado. • El camino tipo 2 será de 3 m de ancho, y aproximadamente 590 m de largo, suelo natural compactado, se ubicará entre los contenedores de baterías. • El camino tipo 3 será de 5 m de ancho y unos 42 m de largo, suelo natural compactado, ubicándose desde el portón de acceso hasta el interior del predio. Los caminos serán suelo natural nivelado y compactado con una capa de áridos para su estabilización. Detalles de los caminos se encuentran en plano 02 de Lay out general del proyecto, adjunto en Anexo 1 Planimetría Actualizada de la Adenda complementaria.

Ver Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H en la tabla de “Camino Tipo 1 (8 m ancho x 120 largo) “, “Camino Tipo 2 (3 m ancho x 590largo aprox.) “, “Camino Tipo 3 (5 m ancho x 42 largo) “ del Anexo 4. Fichas resumen actualizadas Camino de Acceso al proyecto El proyecto requiere de la construcción de un camino de acceso de aproximadamente 1124 m de longitud y 5 m de ancho para permitir flujo bidireccional. Los primeros 300 m corresponden a un camino existente que requiere ser mejorado y los restantes 824 m corresponden a camino nuevo. La construcción de este camino contempla la excavación de 10 cm para efectos de nivelación, luego una compactación y la aplicación de material granular para terminado estabilizado. El proyecto no considera el paso por Bienes Nacionales, si no que considera un contrato de arriendo con el propietario del predio asociado al tramo a construir. Se incluye en Anexo 1 de la presente Adenda el “Plano trazado del camino.pdf”, donde se detallan los deslindes del camino con las parcelas. Detalles constructivos: Según el Manual de Carreteras Volumen 3, una carretera debe ser diseñada de manera tal que el conductor cuente siempre con una visibilidad suficiente para ejecutar con seguridad las diversas maniobras a que se ve obligado o decida efectuar. En el caso presente, el proyecto considera un mejoramiento (cambio de estándar) del camino en su primer tamo, para una circulación máxima de 40 km/hr, con las siguientes características: • Carpeta de Rodadura Base Granular Chancada, CBR >= 100%, e= 15 cm. • Sub- Base Granular Chancada, CBR >= 80%, e= 25 cm. • Mejoramiento Granular Bajo 4”, CBR >= 30 %, espesor variable (Mínimo 20 cm.) Detalles de los caminos se encuentran en plano 02 de Layout general del proyecto, adjunto en Anexo 1 Planimetría Actualizada de la Adenda complementaria.

Tabla 4.3.1.14. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Camino acceso Este (m) Norte (m) Tramo 1 a mejorar 284.579 6.109.955 284.404 6.109.708 Tramo 2 a construir 284.404 6.109.708 284.214 6.109.426 284.331 6.109.353 284.223 6.109.195 284.367 6.109.152 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Cerco perimetral del proyecto Se contará con un cerco perimetral de aproximadamente 450 mm de longitud de mallas electrosoldadas del tipo ACMAFOR, el cual estará presente durante toda la vida útil del Proyecto. El objetivo del cerco es restringir la entrada de personas no autorizadas al área del Proyecto, con objetivo mantener en todo momento la máxima seguridad, tanto para la planta como para el entorno. Se proyecta un cercado de altura aproximada de 1,8 m, mas 3 líneas de alambre de púas, con postes de acero galvanizado distanciados cada 3 m máximo, hincados sobre fundaciones de hormigón del orden de 50 cm de profundidad. Los detalles del cercado a implementar se pueden revisar en plano 09 Detalle de cercos en el Anexo 1. Planimetría Actualizada de la Adenda complementaria.

Tabla 4.3.1.15. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.361 6.109.151 284.484 6.109.116 284.565 6.109.181 284.437 6.109.211 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Cerco S/E interna El proyecto requiere de dos cercos internos que delimiten el acceso a las instalaciones de la Subestación Eléctrica interna. El primer cerco interior corresponde a un cerco del patio de alta tensión de la subestación será construido en malla metálica tipo Acmafor. Contará con pilares metálicos empotrados o apernados a fundaciones de hormigón, reja metálica, puertas y portones para acceso peatonal y vehicular. El cierre del tipo ACMAFOR será de 143 m de longitud.

Tabla 4.3.1.16. Cerco interno S/E interna, tipo ACMAFOR Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.419 6.109.147 284.466 6.109.132 284.468 6.109.133 284.472 6.109.147 284471 6109149 284.425 6.109.162 284.423 6.109.161 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA El segundo cerco interior corresponde a un cerco tipo Bulldog (pandereta) que delimita la zona de la S/E interna. El cierre externo corresponde al tipo bulldog o pandereta y tendrán una longitud de 210 m. Los detalles del cercado a implementar se pueden revisar en plano 09 Detalle de cercos en el Anexo 1. Planimetría de la Adenda.

Tabla 4.3.1.17. Cerco perimetral S/E interna, tipo Bulldog Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.412 6.109.173 284.481 6.109.154 284.471 6.109.120 284.403 6.109.139 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Instalación de faenas preliminares Esta etapa contempla la instalación de baños químicos y la construcción del cercado perimetral del área del proyecto. Se instalará un cerco perimetral de 450 m lineales, del tipo malla electrosoldada, con pilares cada 3 metros con fundaciones de hormigón. El cercado llevará una franja superior con 3 líneas de alambres de púa, separados 10 cm entre sí. Para la instalación del cerco perimetral se requerirá de excavaciones aproximadas por 47 m3 para instalación de postes de soporte y portón de acceso. El plano 09 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda se indican las especificaciones del cerco perimetral. Los recursos necesarios para esta actividad son: - Retroexcavadora - Grúa horquilla - Traslado de baños químicos hasta la obra - Traslado de materiales de construcción del cercado perimetral - Provisión de hormigón para la instalación de los postes del cercado perimetral

Los trabajos de construcción se realizarán a partir de frentes de trabajo móviles, distribuidos en la zona que será intervenida por el Proyecto. Estos dependerán en gran medida de los avances de las obras. Los frentes de trabajo constituyen sitios aledaños a los puntos de construcción, donde se disponen insumos básicos, tales como EPP, botiquín, extintor, baño químico, dispensador de agua, herramientas y equipos menores de uso diario. Cuando el frente de trabajo móvil se encuentre a más de 75 m de la instalación de faena, se instalarán baños químicos, dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N°594/1999 del MINSAL. Cabe señalar que para este servicio se contratará a proveedores debidamente autorizados, los cuales también realizarán el retiro, transporte y disposición de las aguas servidas generadas por el uso de baños modulares. El número de frentes de trabajo será variable, dependiendo de la evolución de la fase de construcción. Preparación del terreno Consiste en la realización del escarpe, nivelación y compactación del terreno a usar por el proyecto. Para establecer el contexto, y en términos generales, la superficie del proyecto se subdivide en 3 grandes zonas más el camino de acceso:

Tabla 4.3.1.18. Superficie de escarpe, Fase de construcción Zona Superficie m2 Instalación de faenas 1.073 Sub-Estación interna 2.413 Almacenamiento de energía en baterías 4.486 Camino acceso. 5.500 Total 13.472 Fuente: Tabla 1-6 de la DIA

Escarpe: se procederá al retiro de piedras y escarpe de aproximadamente 5 cm del terreno de 7.972 m2 más los 5.500 m2 de superficie del camino de acceso a construir. En plano 02 Layout general adjunto en Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda, se presentan los detalles de las zonas y superficies mencionadas. Se utilizará maquinaria retroexcavadora para esta actividad. Los residuos del escarpe serán usados en la nivelación de la superficie y los excedentes, estimados en aproximadamente 250 toneladas, serán trasladados a destino final autorizado. Nivelación: una vez realizado el escarpe, se procederá a realizar la nivelación del terreno, utilizando maquinaria Bulldozer. La superficie por nivelar corresponde los mismos sometidos a escarpe. No se espera la generación de excedentes de material por esta actividad, justificado en que el material excedente se debe esparcir en el mismo terreno. Compactación: Concluida la nivelación se realizará la compactación del terreno, utilizando maquinaria compactadora sobre los mismos metros cuadrados de escarpe. Los recursos necesarios para esta actividad son: - Bulldozer - Retroexcavadora - Compactadora - Transporte de excedentes a destino final Instalación de Faenas 1 caseta de guardia, (temporal) será montada sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo natural que ya se encuentra nivelado y compactado. Se trata de una unidad de 14,7 m2 lista para ser instalada y usada, equipada con unidad AC. Los detalles se encuentran en plano 05 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se requerirá el uso de una grúa para su instalación. 4 oficinas, (temporal) tipo contenedor previamente habilitado, serán montadas sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo que ya se encuentra nivelado y compactado. Se trata de 4 unidades de 14,7 m2 cada una de ellas listas para ser instaladas y usadas, equipada con unidad AC. Los detalles se encuentran en plano 05 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se requerirá el uso de una grúa para su instalación. 1 Comedor, (temporal) tipo contenedor previamente habilitado, será montado sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo que ya se encuentra nivelado y compactado. Se trata de una unidad de 14,7 m2 lista para ser instalada y usada, equipada con unidad AC. Los detalles se encuentran en plano 06 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se requerirá el uso de una grúa para su instalación. 2 bodegas de materiales, (temporal) tipo contenedor previamente habilitado, serán montadas sobre poyos de hormigón comprados, sobre el suelo que ya se encuentra nivelado y compactado. Se trata de 2 unidades de 14,7 m2 cada una de ellas listas para ser instalada y usada. Se requerirá el uso de una grúa para su instalación. Los detalles se encuentran en plano 06 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. 1 bodega RESPEL, (permanente) del tipo comercial, de 7,2 m2, que será montada sobre poyos de hormigón. La bodega estará equipada con extintor en su gabinete, kit antiderrame, lavaojos, detector de humo, buzón para HDS y bomba manual de extracción. Los detalles de encuentran en plano 6 del Anexo 1 de la Adenda complementaria y en PAS 142 presentado en Anexo 13.3 de a DIA. Se requerirá del uso de una grúa para su instalación. 1 patio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, (temporal) consistente en una zona cercada, de 29,25 m2, con portón para control de acceso, extintor e instalación de la señalética correspondiente. Los detalles se encuentran en plano 7 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se adjunta PAS 140 en Anexo 13.2 de la DIA. 1 bodega de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y asimilables (temporal), consistente en una zona cercada sobre el suelo ya nivelado y compactado, de 8 m2, con portón para control de acceso y techada para protección ambiental. Permitirá ubicar en su interior hasta 5 contenedores de basura de 200 litros aproximadamente, estancos y con tapa hermética. Los detalles se encuentran en plano 6 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se adjunta PAS 140 en Anexo 13.2 de la DIA 1 estanque de agua potable y su sistema de presión: consiste en una zona de 11,05 m2 que albergará la instalación de un estanque de 10 m3 para agua potable, comprado listo para instalar y su sistema de presión. La instalación del estanque requerirá de un radier de 11,05 m2 para su correcto soporte. Asociado al estanque de agua potable se instalará un sistema de presión consistente en una bomba de impulsión del agua potable desde el estanque a la sala de baño proyectada. El sistema de bombeo requerirá de un cercado simple y la instalación de un grupo electrógeno de 3 KVA para su funcionamiento. Se requerirá de una grúa para montaje del estanque, hormigón para el radier estimado en 5 m3 aproximadamente y materiales para el cercado. Detalles de su ubicación en plano 04 y detalles de planta y elevaciones en plano 7 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. Se adjunta PAS 138 en Anexo 3 de la Adenda. Construcción de fosa séptica y drenes de infiltración: (permanente) Se estiman excavaciones para: - instalación de la fosa séptica: 11 m3 - sistema de drenes, estimados en 18 m3. Se requerirá de gravilla y loseta de hormigón para el fondo de la excavación donde se instalará la fosa. - construcción de la línea de descarga, estimada en aproximadamente 3 m3. Los detalles de diseño se encuentran en plano 14 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. 1 zona de estacionamiento para 5 vehículos menores (permanente) consistentes en una zona de 72 m2 del suelo ya nivelado y compactado. Se contempla la delimitación de esta zona de estacionamiento en el suelo e instalación de señalética. Los detalles se encuentran en plano 4 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. 1 zona de estanque de combustible y su zona de carga de combustible: (temporal) Corresponde a una zona de 30 m2 que será preparada para contener posibles derrames o goteos durante el proceso de carga de combustible instalando una lámina gruesa de polietileno y cubriéndola con arena. El estanque de combustible será instalado en un extremo de esta zona, tal como describe el plano 3 del Anexo 1 de la Adenda complementaria. 1 zona de grupo electrógeno de 19 KVA. (temporal) Corresponde la instalación de un grupo electrógeno de uso exclusivo para la fase de construcción. Se contempla la instalación de este equipo directamente sobre el suelo ya nivelado y compactado. Los detalles de su ubicación se encuentran en plano 3 del Anexo 1 de la Adenda complementaria Construcción de caminos interiores: se considera la habilitación de 3 tipos de caminos interiores: - caminos de 8 metros de ancho - caminos de 3 metros de ancho, - caminos de 5 metros de ancho Dado que el terreno se encontrará nivelado y compactado, solo considera la aplicación de áridos para su estabilización, por un volumen estimado de 570 m3. El detalle de la ubicación de los caminos y sus tipos se encuentra en plano 2 del Anexo 1 de la Adenda complementaria Excavaciones y construcción de fundaciones En esta etapa se realizarán las excavaciones necesarias para la construcción de las fundaciones para los equipos y unidades que componen el proyecto. La primera etapa será el tizado de las zonas a excavar en el suelo, luego usando maquinaria retroexcavadora se realizará la excavación propiamente tal, se procederá a ejecutar el emplantillado, instalación de mallas cuando aplique y aplicación del hormigón, todo de acuerdo con las dimensiones y especificaciones de diseño de cada equipo y estructura. Las excavaciones necesarias pueden agruparse en los siguientes ítems:

Tabla 4.3.1.19. Volumen de excavaciones, fase de construcción Excavaciones Fase de Construcción Volumen m3 Fundación Transformador de Poder 111,6 Fundación Interruptor 7,5 Fundación Desconectador 15,0 Fundación TTCC 11,0 Fundación Pararrayos 10,0 Fundación Sala de Control 169,0 Fundación Pilar Marco de Línea 18,0 Fundación Pilar Marco de Barra 18,0 Fundación Soporte de Mufas 7,5 Sistema fosa + drenes 32,0 Canalizaciones 375,0 Fundación Contenedores de Batería 106,0 Fundaciones Centros de Transformación 106,0 Fundaciones Torres Línea de Transmisión 30,0 Excavaciones Fundaciones Cerco Perimetral (ACMAFOR) 47,0 excavaciones cierre Bulldog 3,0 excavaciones camino acceso 1980,0 Total sin esponjamiento 3046,6 Fuente: Tabla 1-7 de la DIA

La cantidad de hormigón estimada que se requerirá para todas las fundaciones se estima según el detalle de la siguiente tabla:

Tabla 4.3.1.20. Hormigón requerido, fase de construcción Estructura que requiere fundación Volumen m3 Transformador de Poder 61,6 Interruptor 7,5 Desconectador 15,0 TTCC 10,8 Pararrayos 9,8 Sala de Control 169,0 Fundación Pilar Marco de Línea 18,0 Fundación Pilar Marco de Barra 18,0 Fundación Soporte de Mufas 7,5 Fundación Contenedores de Batería 106,0 Fundaciones Centros de Transformación 106,0 Excavaciones Fundaciones Cerco Perimetral. 47 Total excavaciones que requieren hormigón 576 Total de hormigón requerido (60% app. del total de excavaciones) 350 Fuente: Tabla 1-8 de la DIA

Recursos necesarios:

Grúa horquilla

Grúa

Retroexcavadora

Traslado de materiales emplantillados

Provisión de hormigón Montaje SAE y obras anexas Montaje de contenedores de baterías 66 unidades y 8 unidades de centros de transformación más PCS. Son contenedores por instalar sobre las fundaciones ya construidas. Se requerirá el uso de grúa para el montaje. Esta actividad contempla también la realización de canalizaciones y tendido de conductores.

La instalación de contenedores de baterías contabiliza 66 unidades, de las cuales solo 58 se instalarán en la fase de construcción. Los 8 restantes corresponden a contenedores de baterías llamados de “compensación”, que se instalarán sólo en caso de que los 58 iniciales bajen su eficiencia de almacenamiento y se requiera “compensar” la capacidad de almacenamiento agregando más unidades. Estos contenedores de baterías son iguales y no presentan ninguna diferencia técnica con los 58 iniciales. Cabe enfatizar que cuando proceda la instalación de un contenedor de baterías de compensación implica una adición de unidades sin el retiro ni reemplazo de otros. En otras palabras, durante toda la vida útil del proyecto no se retirarán contenedores de baterías ni baterías individuales.

Dentro de esta actividad se contempla el montaje de la sala de control del sistema de almacenamiento de energía en baterías. Esta Sala de control se detalla en plano 04 del Anexo 1 Planimetría de la Adenda, y consiste en una sala tipo contenedor pre-acondicionado para oficina y sala de baño. El proceso de control del SAE se realizará mediante la instalación de un computador especialmente diseñado para esta función.

La sala de baño proyectada para la fase de operación estará conectada a la fosa séptica con sistema de drenaje y al estanque de agua potable, también proyectados para la fase de operación. En esta actividad de la fase de construcción se requerirán excavaciones menores de zanjas para las tuberías de agua potable y línea de descarga de las aguas servidas hacia la fosa séptica y sistema de drenes. Se estiman excavaciones de 32 m3 para todo el sistema (fosa, drenes, tuberías). Construcción Subestación La subestación contempla las siguientes instalaciones: Patio de 66 kV El patio de 66 kV tiene una configuración de barra simple, en este patio se realizará la conexión de la línea de transmisión desde el sistema BESS y el transformador de poder de 66/23 kV. Adicionalmente el diseño considera espacio disponible para la ampliación de la barra y la conexión de paños futuros. A continuación, se presenta el listado de equipos a instalar en el patio de 66 kV.

Tabla 4.3.1.21. Listado de equipos para Patio de 66KV, fase de construcción Descripción Cantidad Transformadores de potencial 72,5 kV, 69/√3;0,115/√3;0,115/√3;0,115/√3 3 3 Interruptor trifásico 72,5 kV, 1250 A, 40 kA 1 Desconectador tripolar S.P.T. 72,5 kV, 1250 A ,40 kA 2 Desconectador tripolar C.P.T. 72,5 kV, 1250 A ,40 kA 1 Transformadores de corriente 72,5 kV 3 Pararrayos 72,5 kV, Ur; 54 kV, In: 10kA 6 Fuente: Tabla 1-9 de la DIA

Transformador de poder El transformador de poder tiene como objetivo modificar y establecer los niveles de tensión necesarios para el transporte de la energía desde los dispositivos BESS y posteriormente reducirla para ser inyectada al sistema. El transformador de poder trifásico a instalar corresponde a un transformador de relación de transformación 66/23 kV capacidad 24-32-40 MVA (ONAN-ONAF I-ONAF II) con grupo de conexión Ynd11 con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC). El alcance del proyecto incluye la conexión del transformador en ambos niveles de tensión.

Parrón 23 kV Hacia el lado de media tensión del transformador de poder a instalar en la subestación se construirá un parrón de 23 kV que permitirá la bajada subterránea, a través de mufas, hacia la sala de celdas. Sobre esta estructura se instalarán 3 barras rígidas montadas sobre aisladores “station post” de 23 kV, también se instalarán los pararrayos de media tensión del paño de conexión del transformador de poder, las mufas de media tensión y el equipamiento necesario para la conexión del transformador de SSAA y el transformador Zigzag. A continuación, se presenta un listado de equipos primarios a instalar en el parrón de 23 kV:

Tabla 4.3.1.22. Listado de equipos primarios Parrón de 23 KV, Fase de construcción Descripción Cantidad Pararrayos 23 kV, Ur; 24 kV, In: 10kA 3 Desconectador monopolar de accionamiento manual 23 kV 400 A 1 Transformador Zig-Zag 150 kVA, 23 kV 1 Transformador de Servicios Auxiliares 100 kVA, 23/0,4- 0,23 kV 1 Desconectador fusible 23 kV 2,5 A 1 Fuente: Tabla 1-10 de la DIA

Servicios auxiliares El proyecto considera la instalación de un Transformador SSAA de 23/0,4 kV - 100 kVA conectado al parrón de 23V destinado a la alimentación de SSAA de corriente alterna de la nueva subestación. La capacidad de este transformador debe ser ratificada en memoria de cálculo de SS/AA de CA durante el desarrollo de la ingeniería de detalles del proyecto. Para la alimentación de las cargas esenciales de corriente alterna se considera el respaldo de energía mediante la instalación de un Grupo Generador al costado de la sala proyectada, inicialmente se considera un grupo de emergencia de 380/220 Vca de una capacidad de 65 kVA, la cual debe ser validada con los respectivos estudios en la ingeniería de detalles. Para alimentación de los servicios auxiliares de corriente continua se considera la instalación de un banco de baterías sellado, libre de mantenimiento y cargador de baterías en la sala de baterías, la capacidad del banco y cargador de baterías debe ser respaldada por la respectiva memoria de cálculo en la ingeniería de detalles. Forma parte del alcance del proyecto la instalación de un tablero de distribución de corriente alterna y un tablero de distribución de corriente continua en la Sala de Control.

Salas El alcance del proyecto considera la construcción de un edificio de albañilería que contendrá tres salas: Sala de Control, Sala de Celdas y Sala de Baterías. El edificio contará con los correspondientes sistemas de climatización y detección y extinción de incendios, y todas las instalaciones comunes necesarias para el correcto funcionamiento de los equipos a instalar.

Sala de Control En la sala de control se instalarán los gabinetes de acuerdo con los planos de disposición, estos serán de doble puerta que permitan intervención frontal y posterior para la instalación de los nuevos equipos. Se realizarán las comunicaciones interiores y adaptaciones que permitan la instalación de todos los equipos de control, protecciones, comunicaciones y SS/AA del proyecto. Se tendrá acceso de cables por trincheras y canalizaciones interiores para la conexión de cables hacia los nuevos gabinetes.

Sala de celdas El proyecto considera la construcción de una sala de celdas de 23 kV, en configuración barra simple en la cual se conectará al nuevo transformador, contemplándose un (1) paño de entrada del transformador a la barra principal, tres (3) paños para alimentadores, y un (1) paño para equipos de medida. Las medidas de la sala serán de aproximadamente 8 x 4.6 metros.

Sala de baterías El proyecto considera la construcción de una sala de baterías, con cargador de baterías y tablero de distribución con todos los elementos de control, protecciones y medidas. La capacidad del banco de baterías será definida en la etapa de ingeniería de detalles con la respectiva memoria de cálculo.

Canalizaciones eléctricas Las obras contemplan todas las canalizaciones necesarias para el tendido de los conductores de control, fuerza, alumbrado, comunicaciones y poder desde los equipos de patio hacia la nueva sala. Las características y cantidades de ductos, bandejas, escalerillas, soportes y en general de todos los elementos que se requieran para ejecutar las canalizaciones eléctricas incluidas en este proyecto serán las obtenidas en los estudios de diseño realizados en la etapa de ingeniería de detalle. El diseño de las canalizaciones impedirá la acumulación de agua en estas, así como los sellos y obturaciones necesarias que impidan el acceso de roedores y animales pequeños, y la transferencia de humo o gases hacia o desde la Sala de Comando. El diseño contemplará canalizaciones independientes para los cables de fuerza, control, telecomunicaciones y fibra óptica, o bien permitirá una segregación adecuada para dichos servicios en canalizaciones comunes.

Sistema de alumbrado y enchufes Se considera la instalación de todos los equipos de iluminación y enchufes requeridos en cumplimiento con lo establecido en las normativas vigentes resultado del diseño correspondiente en el patio de la subestación y en la sala. Las luminarias deberán ser aptas para las características ambientales de la instalación y los correspondientes criterios de diseño de la subestación. Se debe considerar la instalación de alumbrado de emergencia para el área de nueva sala. Dentro de la sala de comando se deberá considerar la utilización de equipos autónomos de alumbrado de emergencia, así como las instalaciones, cableados y accesorios necesarios para el correcto funcionamiento de estos equipos.

Malla de puesta a tierra La subestación considera la construcción de la malla de puesta a tierra y la conexión a dicha malla de todos los equipos y estructuras que correspondan. Se ejecutará un estudio de resistividad del terreno para realizar un diseño que permita cumplir con la normativa vigente. Se considera la conexión de los equipos de maniobra, estructuras metálicas altas, soportes y todos los equipos que correspondan. Adicionalmente se considera la conexión a la malla de puesta a tierra de todos los gabinetes, celdas y estructuras en la casa de servicios generales y casetas de control que sean necesarias. Dichas conexiones se realizarán a través de chicotes de cobre blando desnudo 4/0 AWG directamente, sin derivaciones a otros equipos. Los demás equipos de patio y sus estructuras soportes asociadas se conectarán a través de chicotes de cobre blando desnudo 2/0 AWG. El material de relleno deberá ser compactado de modo que el relleno adquiera una densidad igual o mayor que la del terreno natural adyacente.

Letreros Se diseñarán, construirán e instalarán todos los letreros de paños y transformadores definidos en unilineales, asimismo de advertencias y peligros tanto para la etapa de construcción como en la etapa de Operación de las nuevas instalaciones. También se considerarán todos los letreros y planchuelas dentro de la Sala y gabinetes.

Sistema técnico de seguridad y televigilancia Se instalará un sistema de televigilancia para resguardar la seguridad del patio de la subestación y las Salas de Control, Celdas y Baterías.

Plataforma Se realizará la construcción de la plataforma de la subestación, en hormigón, sobre el suelo ya escarpado, nivelado y compactado.

Camino interior de la SE. Se realizará la construcción de vías de circulación interiores para acceso al patio de la subestación para labores de operación y mantenimiento dentro de las nuevas instalaciones. El camino interior tendrá un ancho de 4 a 7 metros y rodeará el patio de alta tensión de la subestación.

Estructuras Las estructuras altas y las estructuras de soporte de equipos serán reticuladas, galvanizadas en caliente y certificadas, deberán cumplir con las exigencias sísmicas establecidas en la normativa vigente y serán diseñadas basadas en los materiales indicados en los criterios de diseño y especificaciones técnicas apropiadas

Estructuras altas Se considera la construcción de dos marcos de línea de 66 kV para la conexión de la línea de 66kV proveniente del BESS y el lado de 66 kV del transformador de poder. Adicionalmente, se considera la construcción de dos marcos de barra de 66 kV para la instalación de la barra de 66 kV en conductor desnudo flexible. Para el lado de media tensión se construirá un parrón de 23 kV donde se instalará una barra rígida para permitir la conexión del transformador de SS/AA, el transformador Zigzag y las mufas de 23 kV para la bajada subterránea hacia la sala de celdas desde el lado de media tensión del transformador de poder.

Estructuras bajas Se considera la construcción de las estructuras bajas para el montaje de los equipos primarios de 66 kV, ubicados en el patio de alta tensión.

Cerco y cierre perimetral El cerco del patio de alta tensión de la subestación será construido en malla metálica tipo Acmafor. Contará con pilares metálicos empotrados o apernados a fundaciones de hormigón, reja metálica, puertas y portones para acceso peatonal y vehicular. El cierre perimetral de la subestación será construido en base a placas reforzadas de hormigón y fundación corrida para todo el perímetro, considerando además pilares bardas, anti-escalamientos y concertinas si corresponde. Pruebas y puesta en marcha Las pruebas corresponden a una de las últimas actividades a realizar, previo a la puesta en servicio del proyecto, las cuales se harán según los protocolos propios y de acuerdo con los estándares establecidos por los organismos reguladores. De lo anterior se indica que una vez la Subestación interna se encuentre revisada tanto en la iteración de sus componentes como en detalles constructivos, se iniciarán las pruebas correspondientes para verificar que las instalaciones se encuentren en condiciones de funcionar y así ponerlas en servicio. Término de la fase de construcción En la medida en que vayan concluyendo las faenas de construcción, los contratistas deberán hacer retiro de sus instalaciones, incluyendo contenedores, estructuras, bodegas y otros, dejando el área libre de residuos y materiales. Los residuos que puedan ser reciclables se venderán a terceros, ya que muchas de las estructuras que se hayan usado durante esta fase podrán ser reutilizadas por los contratistas en otras faenas; y el resto serán dispuestos en lugares autorizados. Se contempla: - Construcción del patio de acopio de residuos industriales no peligrosos permanente para la fase de operación, correspondiente a una zona de 9 m2, cercada y con portón de acceso, habilitada con señalética apropiada y extintor. El detalle del cercado a usar se encuentra en plano 09 del Anexo 1 de la Adenda. - Retiro de las unidades tipo contenedor: 4 oficinas, 1 comedor, 1 caseta de guardia y 1 bodega de materiales y los poyos de hormigón. Las unidades tipo contenedor se devolverán al proveedor del arriendo de estas. Los poyos de hormigón se dispondrán como escombros en sitio final autorizado. - Retiro del cercado del patio de residuos no peligrosos temporal y limpieza de la zona. - Retiro del estanque de combustible, de la lámina de polietileno y de la arena usada para protección de filtraciones. La lamina de polietileno se dispondrá como respel y la arena será dispuesta como escombro (sujeto a que no presenta restos de ningún derrame). Las arenas que pudiesen haber contenido un derrame de combustible serán manejadas como respel. - Retiro final de los residuos industriales no peligrosos. Si bien se realizarán retiros de estos residuos 1 vez por semana, se realizará una última limpieza y retiro al término de la fase de construcción. - Retiro de los respel acumulados en los 6 meses de la fase construcción en la bodega respel. Se considera la contratación de transportista autorizado para envío a destino final autorizado. - Retiro de baños químicos Recursos necesarios: - Grúa horquilla - Grúa - Traslado de residuos a destino final. Otras actividades En forma complementaria, durante la fase de construcción se realizarán, las siguientes actividades: - Mantención de baños químicos con frecuencia semanal, por proveedor autorizado - Retiro de residuos domiciliarios con frecuencia 2 veces por semana, por proveedor autorizado. - Retiro de residuos industriales no peligrosos con frecuencia semanal, por proveedor autorizado, - Provisión de agua potable envasada, por proveedor autorizado con frecuencia semanal. - Provisión de combustible, por proveedor autorizado, para carga del estanque de combustible, desde donde se abastecerán maquinarias de la obra y grupo electrógeno. - Provisión de agua industrial, mediante proveedor autorizado, con frecuencia semanal, cuando sea necesario para humectación de caminos interiores. Suministros básicos Energía eléctrica: Para faenas de construcción y oficina, suministrada por Grupo Electrógeno de 19 KVA y Grupo Electrógeno de 3 KVA para el frente de trabajo móvil. Agua Potable: para 45 trabajadores, con consumo estándar de 100 L/persona día para servicios higiénicos, 2,5 l/día para la bebida. Alimentación: El proyecto no proveerá alimentación Alojamiento: El proyecto no proveerá alojamiento Transporte: El proyecto no proveerá transporte. Áridos: 570 m3, para la habilitación de caminos interiores. Hormigón: 374 toneladas Pintura galvanizada: 30 gal Aceite: 100 litros Grasa: 12 kg Lubricante WD40: 3 litros Recursos naturales renovables Por las características de sus partes, obras y acciones, el proyecto no considera extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Las emisiones atmosféricas de la construcción del proyecto provendrán principalmente del movimiento de tierras, faenas propias de construcción y tránsito de vehículos que transportarán las unidades y equipos que conformarán la planta SAE. Por emplazarse en el valle central de la región del Maule, el proyecto se ubica en una zona declarada como saturada para MP 2,5, según indica el Decreto 7/2021 del MMA. Ahora bien, atendido el resultado de las modelaciones de calidad del aire presentado en Anexo 3.2 de la DIA, es posible concluir que las emisiones atmosféricas del proyecto no generan un aporte a las estaciones usadas para la declaratoria de saturación en MP2,5, no habiendo receptores susceptibles de ser afectados por material particulado, en materia de salud de la población. A continuación se ofrece una síntesis de la modelación de emisiones atmosféricas de la fase de construcción del proyecto, cuyos antecedentes en detalle se encuentran en los Anexos 3.1 y3.2 de la DIA.

Tabla 4.3.1.23. Emisiones GEI equivalentes, fase de construcción CO2 (T/año) CH4 (T/año) N20 (T/año) CO2 eq (T/año) 181,0573 0,016565 0,014741 185,97 Fuente: Tabla 101, Anexo 3.1 de la DIA

Tabla 4.3.1.24. Emisiones atmosféricas directas, fase de construcción Emisiones Directas, t/año MP 2,5 MP 10 NO x SO x NH3 CO COV Excavaciones 0,021 04 0,04 100 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Nivelación 0,000 62 0,00 588 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Compactación 0,001 68 0,00 328 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Escarpe 0,004 11 0,02 741 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Carguío y Volteo 0,000 96 0,00 633 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Resuspensión por tránsito en Caminos no pavimentados 0,112 88 1,12 881 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Resuspensión por tránsito en 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Caminos pavimentados Combustión de vehículos 0,000 05 0,00 005 0,00 295 0,00 000 0,000 02 0,000 14 0,000 01 Combustión de maquinaria fuera de ruta 0,046 25 0,04 625 0,76 955 0,00 180 0,000 38 0,457 28 0,070 22 Grupos electrógenos 0,006 84 0,00 684 0,23 435 0,00 039 0,000 61 0,053 61 0,027 54 Total 0,187 60 1,25 901 0,77 251 0,00 180 0,000 39 0,457 42 0,070 23 Fuente: Tabla 80, Anexo 3.1 de la DIA

Tabla 4.3.1.25. Emisiones atmosféricas indirectas, fase de construcción Emisiones Indirectas, t/año MP 2,5 MP 10 NO x SO x NH3 CO COV Excavaciones 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Nivelación 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Compactación 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Escarpe 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Carguío y Volteo 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Resuspensión por tránsito en Caminos no pavimentados 0,045 19 0,45 195 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Resuspensión por tránsito en Caminos pavimentados 0,015 29 0,06 319 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Combustión de vehículos 0,001 22 0,00 122 0,06 654 0,00 000 0,000 36 0,003 21 0,000 31 Combustión de maquinaria fuera de ruta 0,000 00 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 0,000 00 Total 0,061 70 0,51 635 0,06 654 0,00 000 0,000 36 0,003 21 0,000 31 Fuente: Tabla 81, Anexo 3.1 de la DIA

Emisiones líquidas Aguas servidas: Se generarán aguas residuales de origen doméstico asociada a la mano de obra, las que serán manejadas mediante el uso de baños químicos. 45 personas, 150 L/personas, 6,75 m3/mes, durante 6 meses. Otras: No se contempla el lavado de camiones, ruedas o maquinaria al interior del predio.

Ruido: Basándose en el cronograma Fase de Construcción, se considera como la peor condición de las Obras las actividades de “Excavaciones y construcción de fundaciones”, “Montaje SAE y obras anexas”, “Construcción Subestación” y “Construcción Línea Alta Tensión” a realizarse en el 4to mes, junto a los trabajos correspondientes a la construcción del camino de acceso, debido a que en ellas se presentan la mayor cantidad de fuentes de ruido operando en simultáneo en los frentes de trabajo del Proyecto. Los antecedentes de detalle sobre del estudio de ruido para receptores humanos y fauna se encuentran en Anexo 3 de la Adenda Complementaria, cuya síntesis de resultados se presenta a continuación: - Receptores humanos: En vista de las obras cercanas al Receptor R4, se considera el empleo de una pantalla acústica cercana a la obra de OSB 18mm, su longitud será de 148m por 3.2m de alto. En este escenario, la siguiente tabla muestra la comparación de los niveles de ruido diurnos proyectados por el Proyecto en relación con los límites máximos del D.S. N°38/2011 MMA.

Tabla 4.3.1.26. Ruido y receptores humanos, fase de construcción Receptor

Nivel de Ruido Proyectado, dB(A) Límite Diurno DS 38, dB(A) ¿Cumple DS 38? R1 52 55 Si R2 53 55 Si R3 53 55 Si R4 52 55 Si R5 53 55 Si Fuente: Tabla 17, Anexo 3 de la Adenda complementaria

- Receptores fauna: La proyección de niveles de ruido sobre el “receptor fauna” considera receptores de Avifauna, Mamíferos, Anfibios y Reptiles, considerando para ello el uso, durante la fase de construcción, de 2 pantallas móviles de 6x2.4m a una distancia de 1m de la fuente emisora. Sobre dicho escenario, los resultados de la modelación efectuada indican que los niveles de ruido para la fase de construcción no superan los límites establecidos en el documento “Criterio de evaluación para la evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022). Lo anterior, según se ilustra a continuación:

Tabla 4.3.1.27. Ruido y avifauna, fase de construcción Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(A) ¿Cumple? Cambio de frecuencia en vocalizacione s Continua (ruido ambiental) 57 60 promedio Si Disminución del éxito reproductivo Continua (ruido ambiental) 57 58 promedio Si Disminución del éxito reproductivo Intermitente (ruido de construcción, transporte) 57 68 promedio Si Aumento del estado de alerta y vigilancia Impulsiva (militar o tronaduras) 57 63 promedio Si Daño auditivo directo Impulso único (tronaduras) 57 140 máx. Si Desplazamie nto temporal del umbral auditivo Impulsos múltiples (construcción, martillo neumático por ej.) y ruido de transporte 57 93 máx. Si Fuente: Tabla 18, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.1.28. Ruido y mamíferos, fase de construcción Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(A) ¿Cumple? Interrupción en la búsqueda del Continua- intermitente 57 80 promedio Si alimento en murciélagos (transporte) Reducción de eficiencia reproductiva Continua- Intermitente (construcción, industrial) 57 68 promedio Si Fuente: Tabla 19, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.1.29. Ruido y reptiles, fase de construcción Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(C) ¿Cumple? Dificultad para localización Continua- intermitente (transporte) 61 75 promedio Si Fuente: Tabla 20, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.1.30. Ruido y anfibios, fase de construcción Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral ¿Cumple? Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Continua (ruido ambiental) 61 62 dB(C) promedio Si Reducción en duración de cantos en anuros machos Continua- intermitente (transporte) 57 72 dB(A) promedio Si Fuente: Tabla 21, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Vibraciones: Considerando que en la Fase de Construcción se utilizará maquinaria que puede generar vibraciones, la evaluación de la emisión contempla los valores de referencia (VdB) indicados en Anexo 3, Informe de Ruido y Vibraciones Actualizado de la Adenda Complementaria, y la distancia entre los receptores y el frente de trabajo del Proyecto, con el fin de calcular el nivel de vibración proyectado en las zonas receptoras., en función de los límites establecidos por la “Transit Noise and vibration Impact Assessment” (FTA, 2006), a saber:

Tabla 4.3.1.31. Vibraciones, escarpe y excavaciones, fase de construcción Receptor

Lv Proyectado (VdB) Limite Lv FTA (VdB) ¿Cumple? R1 48 72 Si R2 49 72 Si R3 46 72 Si R4 42 72 Si R5 50 72 Si Fuente: Tabla 23, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Considerando una Placa Compactadora como fuente de vibración para el frente de trabajo del Camino de Acceso, junto a las distancias Camino-Receptor mencionadas en la tabla N°6 del informe de ruido y vibraciones se tiene que los niveles de vibración proyectados en comparación con el límite establecido por “Transit Noise and vibration Impact Assessment” (FTA, 2006) son:

Tabla 4.3.1.32. Vibraciones, construcción camino de acceso, fase de construcción Receptor

Lv Proyectado (VdB) Limite Lv FTA (VdB) ¿Cumple? R1 41 80 Si R2 46 80 Si R3 60 80 Si R4 <80 80 Si R5 47 80 Si Fuente: Tabla 23, Anexo 3 de la Adenda complementaria

La tabla anterior muestra que, para la emisión de Vibraciones en las Obras de Construcción del Camino de Acceso, los niveles proyectados bajo las consideraciones descritas no sobrepasan el nivel máximo exigido por la Normativa.

Si bien no habrá superación de la normativa, el titular adquiere el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Comunicaciones”, cuyo objetivo es generar un plan de información y difusión permanente con la comunidad (entre estos los 5 Receptores evaluados específicamente), que considere estrategias de información adecuadas, generando las instancias y mecanismos necesarios para canalizar en forma oportuna información e inquietudes desde y hacia la comunidad. Además, se considera informar a los receptores identificados en estudio de ruido y vibraciones de forma previa al uso de maquinaria en la construcción del camino que podría generar ruidos y/o vibraciones, el que se incorpora en el Anexo Fichas resumen actualizadas de la Adenda Complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD) Los RSD a generar durante la fase de construcción corresponden a restos de comida, papeles, plásticos, etc., asociados a la actividad diaria de la mano de obra, considerando un máximo de 45 personas en la fase de construcción y una tasa promedio de generación de 0,8 kg/trabajador/día, por un periodo de trabajo de 20 días/mes, se estima una generación de residuos de 0,8 ton/mes. Cabe señalar que el área de almacenamiento temporal contará con sistema de control de vectores. A continuación, se presenta tabla con los RSD estimados para la fase de construcción del proyecto, su disposición, transporte y periodicidad de retiro:

Tabla 4.3.1.33. Residuos sólidos domiciliarios, fase de construcción

Almacena miento temporal Canti dad Disposició n final Transporte Retiro Restos de comida y envoltorio s, botellas de aguas o jugo. Almacenad os en contenedor e s dispuestos en el patio de residuos domiciliari os 0,8 ton /mes Retiro por parte del servicio municipal disponible en sitio autorizado Camión municipal 1 vez por semana Fuente: Tabla 3, Anexo 13.2. (PAS 140) de la DIA

Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Durante la fase de construcción se generarán RSINP tales como restos de plásticos, trozos de PVC, despuntes de pallets, maderas, restos de embalajes, cables, etc., provenientes de las actividades de construcción, los que serán acopiados temporalmente en área destinada al efecto. Los residuos de menor tamaño irán en contenedor hermético con tapa y debidamente rotulado. Los residuos de mayor tamaño irán almacenados a piso, sobre pallets de ser apropiado. Estos residuos de construcción serán enviados a sitio de disposición final autorizado por empresa contratista que cuente con la resolución sanitaria correspondiente. El volumen estimado a generar es de 2 ton/mes. Durante la fase de construcción también se realizará labores excavación, generando excedentes estimados en 250 ton en toda la fase. A continuación, se presenta tabla con los residuos estimados para la fase de construcción del proyecto, su disposición, transporte y periodicidad de retiro:

Tabla 4.3.1.34. Residuos sólidos industriales no peligrosos, fase de construcción

Almacena miento Temporal Canti dad Disposició n final Transporte Retiro Restos de plásticos, trozos de PVC, despuntes de pallets, maderas, restos de embalajes, cables, etc. Serán almacenad os y segregados por tipo en el patio de acopio temporal de residuos industriale s no peligrosos. 2 ton/ mes Sitio de disposición final autorizado Transporte autorizado 1 vez por semana Residuos de excavacio nes Carga directa en camión tolva para envío a destino final autorizado 250 m3 totale s

Sitio de disposición final autorizado Transporte autorizado 1 vez por semana Fuente: Tabla 3, Anexo 13.2. (PAS 140) de la DIA

Residuos Peligrosos Durante la fase de construcción del proyecto se generarán residuos peligrosos del tipo envases con restos de pinturas y/o solventes, envases contaminados y paños con grasa, papeles con grasa, guantes usados contaminados y otros de esta misma naturaleza, que serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados con tapa segura y puestos en bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, indicando su característica de peligrosidad según el D.S.148. El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la bodega, en ningún caso excederá de 6 meses. La siguiente tabla resume la generación, almacenamiento y disposición final de residuos peligrosos para la fase de construcción del proyecto:

Tabla 4.3.1.35. Residuos peligrosos, fase de construcción

Categoría Cantidad Disposici ón final Transpor te Retiro Restos de solventes y pintura Inflamable, A4070, Lista I.12 100 kg/mes Sitio de disposici ón final autorizad o Transpor te autorizad o 1 vez cada 6 meses Envases contamina dos Inflamable, A4070, Lista I.12 100 kg/mes Sitio de disposici ón final autorizad o Transpor te autorizad o 1 vez por semana Paños y guaipes contamina dos Inflamable, A4060, Lista I.9 50 kg/mes Sitio de disposici ón final autorizad o Transpor te autorizad o 1 vez por semana Fuente: Tabla 1, Anexo 13.3. (PAS 142) de la DIA Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Apartado 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Sala de control sistema de almacenamiento de energía en baterías La Sala de control de 14,76 m2 consiste en una unidad tipo contenedor habilitada al uso previsto: instalación de un escritorio y computadores, además de una sala de baño que contempla la instalación de 1 WC y 1 lavamanos, consistente y suficiente para el máximo de 8 personas que esporádicamente visitarán el proyecto con motivos de mantención de las instalaciones. Los detalles se encuentran en plano 04 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda complementaria.

Tabla 4.3.2.1. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.501 6.109.152 284.500 6.109.150 284.506 6.109.148 284.507 6.109.151 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Fosa séptica Fosa Séptica de 2.300 litros de capacidad total, de polietileno lineal LLDPE, diseñada para un máximo de 11 habitantes. Emplazada en una superficie de 2,9 m2. Estará conectada a un repartidor de drenes y los drenes propiamente tal. La fosa séptica recibirá las aguas servidas generadas en la sala de baño disponible para la fase de operación, durante la cual se espera un máximo de 8 personas presentes esporádicamente para efectos de mantención. No tendrá uso continuo, justificado en la ausencia de personal permanente durante la fase de operación. La profundidad de instalación de la fosa será de 1.45 m. El detalle de la obra se presenta en el Plano 14 Detalle fosa IT del Anexo 3 de la Adenda, PAS 138 actualizado.

Tabla 4.3.2.2. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.509 6.109.139 284.508 6.109.140 284.509 6.109.141 284.510 6.109.140 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Drenes de infiltración Corresponde a un sistema de drenes, conformado por 3 líneas con el objetivo de la infiltración de las aguas servidas tratadas que se evacúan desde la fosa séptica. Se emplaza en una superficie de 25 m2. Mayores antecedentes en planos 04 y 07 del Anexo 1 Planimetría de la Adenda complementaria. Se adjunta PAS 138 en Anexo 3 de la Adenda.

Tabla 4.3.2.3. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.498 6.109.134 284.502 6.109.137 284.505 6.109.133 284.501 6.109.130 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Sala equipos Subestación Eléctrica interna La sala de equipos de la S/E se emplaza en una superficie de 80,51 m2. Su emplazamiento se muestra en el plano 04 del Anexo 1, Planimetría actualizada, de esta Adenda. A continuación se presenta una descripción de la sala de equipos, de la SE y la SE en sí: Sala de control En la sala de control se instalarán los gabinetes de acuerdo con los planos de disposición, estos serán de doble puerta que permitan intervención frontal y posterior para la instalación de los nuevos equipos. Se realizarán las comunicaciones interiores y adaptaciones que permitan la instalación de todos los equipos de control, protecciones, comunicaciones y SS/AA del proyecto. Se tendrá acceso de cables por trincheras y canalizaciones interiores para la conexión de cables hacia los nuevos gabinetes. En específico, se trata de una S/E elevadora y reductora a la vez, ya que deberá reducir la tensión de la energía para ser almacenada y posteriormente elevarla para ser inyectada al sistema.

Sala de celdas El proyecto considera la construcción de una sala de celdas de 23 kV, en configuración barra simple en la cual se conectará al nuevo transformador, contemplándose un (1) paño de entrada del transformador a la barra principal, tres (3) paños para alimentadores, y un (1) paño para equipos de medida. Las medidas de la sala serán de aproximadamente 8 x 4.6 metros.

Sala de baterías El proyecto considera la construcción de una sala de baterías, con cargador de baterías y tablero de distribución con todos los elementos de control, protecciones y medidas. La capacidad del banco de baterías será definida en la etapa de ingeniería de detalles con la respectiva memoria de cálculo.

Por otro lado, la S/E de transformación tiene como objetivo modificar y establecer los niveles de tensión necesarios para el transporte de la energía desde la S/E Itahue hacia los dispositivos BESS y desde los dispositivos BESS hacia el SEN. En este caso, es una S/E elevadora y reductora a la vez, ya que deberá reducir la tensión de la energía para ser almacenada y posteriormente elevarla para ser inyectada al sistema. La SE estará compuestas por las siguientes partes: - Patio de 66 KV - Transformador de poder - Parrón 23 KV - Servicios auxiliares - Sala de control - Sala de celdas - Sala de baterías - Canalizaciones eléctricas - Sistema de alumbrado y enchufes - Malla puesta a tierra - Letreros - Sistema de seguimiento y televigilancia - Plataforma - Camino interior - Estructuras altas y bajas - Cerco y cierre perimetral

Tabla 4.3.2.4. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.412 6.109.168 284.416 6.109.167 284.412 6.109.150 284.407 6.109.151 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Estanque de agua potable y Consiste en una zona de 11,05 m2 que albergará la instalación de un grupo de presión estanque de 10 m3 para agua potable, comprado listo para instalar y su sistema de presión. La instalación del estanque requerirá de un radier de 11,05 m2 para su correcto soporte, materializado en hormigón H-20, a una profundidad de 33 cm. Asociado al estanque de agua potable se instalará un sistema de presión consistente en una bomba de impulsión del agua potable desde el estanque a la sala de baño proyectada. El sistema de presión se abastecerá de energía eléctrica desde la misma planta (subestación interna) sin necesidad de grupo electrógeno.

Las tuberías de agua potable que se instalen al exterior de los módulos quedarán enterradas a 0,60 metros del nivel superior del terreno, medidos desde la clave de la tubería. Se emplearán para las instalaciones de agua potable exteriores e interiores a los módulos sanitarios según se indique en los planos, tuberías de polipropileno copolímero random (PPR), con presión de servicio PN-10. Serán construidos en fábrica en conformidad a las normas ASTM o DIN que apliquen. En las uniones de las tuberías y piezas especiales se utilizarán aleaciones de cobre en accesorios o conexiones para uniones de tuberías de cobres y accesorios tendrán que cumplir con la norma NCh 396. Se rectifica lo declarado originalmente en la DIA, en consideración a que el sistema de agua potable no contempla un cercado simple ni otro de ninguna especie. Detalles en planos 04 y 07 del Anexo 1 Planimetría actualizada de la Adenda complementaria. Se adjunta PAS 138 actualizado en Anexo 3 de la Adenda.

Tabla 4.3.2.5. Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H Este (m) Norte (m) 284.503 6.109.148 284.501 6.109.149 284.500 6.109.145 284502 6109144 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Contenedores de almacenamiento de energía en baterías. El proyecto contempla la instalación y operación de 66 unidades de contenedores de almacenamiento de energía en baterías, de las cuales 8 corresponden a baterías de compensación que se irán agregando en el futuro en la medida que baje la eficiencia de almacenamiento de las 58 iniciales. Se destaca que no habrá recambio de contenedores de baterías ni retiros de contenedores de baterías, así como tampoco retiros de baterías como unidades independientes. Cada contenedor de batería tiene una superficie de 14,7 m2.

Las baterías o BESS (por sus siglas en inglés, Battery Energy Storage System) corresponden a dispositivos que almacenan energía electroquímica en celdas, mediante reacciones químicas. La unidad básica de este sistema se denomina celda, reservando el nombre de batería a la unión de dos o más celdas conectadas en serie o en paralelo en un módulo, para conseguir la capacidad y tensión deseadas. A su vez, varios módulos se disponen en un rack, y varios racks se sitúan en un contenedor.

Baterías: Las baterías a usar por proyecto consisten en un cátodo de óxido de metal con litio y un ánodo de grafito. Cuando la batería se carga, los átomos de litio en el cátodo se convierten en iones y migran hacia el ánodo de grafito, donde se combinan con electrones externos y se depositan entre las capas de carbono. El proceso inverso ocurre durante la descarga

Tabla 4.3.2.6. EET de las baterías: Ítem Especificación Unidad Tipo de batería LFP (litio ferro fosfato) - Dimensiones 173,9 x 71,7 x 207,2 mm Peso 5,4 kg Capacidad nominal 280 Ah Energía de diseño normal 896 Wh E- Density Gravimetric 167 Wh/Kg Volumen 252 Wh/L Voltaje Máximo 3,65 V Voltaje Nominal 3,2 V Voltaje Mínimo 2,5 V Fuente: Tabla 1-5 de la DIA

Tabla 4.3.2.7. EETT del módulo de baterías Ítem Especificación Unidad Energía de diseño normal 43.008 kWh Poder contino 21.504 kWh Voltaje Máximo 153,6 V Voltaje de operación 120 – 172,8 V Dimensiones 1050 x 765 x 245 mm Peso 310 kg Método de enfriamiento Refrigeración líquida - Método supresión de fuego Supresión de incendios por fluoro

Temperatura de trabajo 30° - 55° °C Fuente: Tabla 1-5 de la DIA

Tabla 4.3.2.8. EETT del Rack Ítem Especificación Unidad Cantidad de bandejas 8 N° Capacidad nominal 280 Ah Energía nominal 344.064 kWh Voltaje nominal 1228.8 Vdc Voltaje de operación 960 – 1401.6 Vdc Fuente: Tabla 1-5 de la DIA

Contenedores: Cada contenedor de batería cuenta 3440 kWh de capacidad, refrigeración líquida + refrigeración por aire sistema, sistema de extinción de incendios y otros dispositivos auxiliares en el interior. El contendor estará equipado con un sistema de enfriamiento y sistema para el control de incendios. El primero utilizará una tecnología que está compuesto por un líquido (etilenglicol) refrigerante para eliminar el calor de las piezas calentadas. El sistema de refrigeración líquida se compone principalmente de tuberías, bombas, intercambiadores de calor y compresores. El sistema BESS está equipado con control de incendios, sistema de extinción de gas, sistema de extinción de incendios por agua, sistema de extinción de humo, detector de temperatura y detector de gas combustible. Ver en Tabla Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H “Contenedor de baterías “, “Contenedor de baterías de compensación” del Anexo 4. Fichas resumen actualizadas

Tabla 4.3.2.9. EETT del Contenedor. Ítem Especificación Unidad Capacidad nominal 3,44 MWh Voltaje de operación 960 – 1401.6 V Temperatura de operación 30° - 55° °C Dimensiones 6058 x 2438 x 2896 mm Peso 34 T Fuente: Tabla 1-5 de la DIA. Centros de transformación Los centros de transformación son parte del sistema de almacenamiento de energía en baterías y comparten el uso de la superficie georreferencia más abajo.

Los centros de transformación ocupan una superficie de 20,13 m2 cada uno, siendo 6 unidades cuya función es elevar la tensión de la potencia generada. Los centros de Transformación son unidades prefabricadas y ensambladas por el fabricante listas para instalar y solamente conectar. Su instalación requiere de un suelo plano, compactado y la construcción de un radier y pretil. Se informa que aún no se cuenta con la ingeniería de detalle para el proyecto, no obstante, se puede informar que las fundaciones para el centro de transformación podrían alcanzar como máximo 1,5 m de profundidad y que serían utilizadas barras de acero A63-42 H, Hormigón tipo G20 y G05.

Los centros de transformación son unidades fabricadas para uso a la intemperie, siendo protegidas ante las condiciones ambientales y aisladas acústicamente, por lo que no es necesario instalar al interior de las “salas eléctricas”.

Tabla 4.3.2.10. EETT del centro de transformación. Ítem Especificación Unidad Capacidad nominal 3.44 MWh Voltaje de operación 960 – 1401.6 V Temperatura de operación 30° - 55° °C Dimensiones 6058 x 2438 x 2896 mm Peso 34 T Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Ver Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H en la tabla de Centros de Transformación del Anexo 4. Fichas resumen actualizadas Línea de Alta de Tensión Una línea de transmisión de 66kV conectará el proyecto con la S/E Itahue existente y tendrá una longitud de 192,7 m., considerando un tramo aéreo y otro soterrado, según se indica a continuación:

Tabla 4.3.2.11. LAT entre el proyecto y S/E Itahue Coordenadas de ubicación, Datum WGS84, Huso 19H

Tipo Este (m) Norte (m) ML1 (origen) Aéreo 45,85 m 284.505 6.109.037 Estructura E1 284.534 6.109.073 Estructura E1 Soterrado 24,11 m 284.534 6.109.073 C1: cámara soterrada 284.543 6.109.095 C1: cámara soterrada Soterrado 70 m 284.543 6.109.095 C2: cámara soterrada 284.476 6.109.116 C2: cámara soterrada Soterrado 27,6 m 284.476 6.109.116 C3: cámara soterrada 284.493 6.109.137 C3: cámara soterrada Soterrado 8,14 m 284.493 6.109.137 Estructura E2 284.485 6.109.139 Estructura E2 Aéreo 16,9 m 284.485 6.109.139 ML2 (término) 284.469 6.109.144 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA

Los trazados ML1 – E1 y C1-C2 se emplazan al interior de la S/E Itahue existente y no corresponden al proyecto, sin embargo, se describen para facilitar la explicación de la forma de conexión del proyecto con al S/E Itahue. Los trazados C2-C3, C3-E2 y E2-ML2 son parte del proyecto a excepción el punto C2 que corresponde a una cámara soterrada ubicada en el predio de la S/E Itahue. La Línea de transmisión descrita será de 66kV.

Tabla 4.3.2.12. Características de la Línea Aérea: Ítem Valor N° de circuitos 3 Potencia nominal 40 MVA N° de conductores por fase 1 Tipo de conductor AAAC Alliance 125 mm2 Temperatura máxima de servicio del conductor 75° C Fuente: Tabla 1-5 de la DIA Pruebas de energización Los equipos, sistemas y subsistemas descritos serán probados en forma individual y colectiva de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos durante la operación del Proyecto. Se realizarán pruebas con cargas, las que incluyen la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y pruebas mecánicas de todos los equipos e instrumentos. Las actividades de pruebas estarán supervisadas por los trabajadores desde la sala de control. Puesta en marcha Una vez terminadas las pruebas se procederá a la puesta en marcha de la operación de la Subestación. La puesta en servicio será informada previamente, conforme a lo indicado en la normativa vigente, a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, según lo dispuesto en artículo 223 del D.F.L. N°4/2007, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica. Almacenamiento de energía Desde el punto de conexión del SEN (S/E Itahue existente) se suministrará la energía al Proyecto en 66 KV, la cual es transformada mediante la S/E del Proyecto de 66 kV a 23 kV, para luego ser enviada al SAE, en donde será transformada de corriente alterna a corriente continua a través de los conversores bidireccionales que poseen las baterías. De esta forma los dispositivos serán capaces de acumular energía para entregarla al SEN se requiera. Para la reinyección de la energía al sistema, los mismos conversores bidireccionales vuelven a convertir la corriente continua en alterna, para que la S/E Transformadora tome esta corriente, la transforme a una tensión de 66 kV y sea inyectada nuevamente al SEN. La operación del SAE será comandada y monitoreada a través de un enlace de telecomunicaciones de control remoto. El sistema de comunicación BESS consta de tres partes principales: - Monitoreo y control a nivel de subestación. - Monitorización y control de estaciones PCS y MT. Monitoreo y control de batería y monitoreo y control de otros subsistemas. Contenedores de baterías de compensación Cabe señalar que, durante la vida útil de la fase de operación, se irán adosando contenedores de baterías de compensación, cada aproximadamente 4 o 5 años, hasta llegar a 8 contenedores de baterías de compensación en total antes que finalice la vida útil, a fin de mantener en el tiempo la capacidad de almacenamiento del Proyecto. La adición de los llamados “contenedores de baterías de compensación” no implica el recambio ni el retiro de otros contenedores de baterías, son una adición de unidades con el fin suplir las bajas en eficiencia que podrían presentar las baterías en funcionamiento. Monitoreo El sistema de comunicación BESS realiza monitoreo de batería y sistema PCS, sistema de enfriamiento, FFS y otros equipos auxiliares de monitoreo y control, asignación de energía entre subsistemas, protección y gestión de alarmas, equilibrio de subsistemas. El sistema de comunicación BESS consta de tres partes principales: - Monitoreo y control a nivel de subestación - Monitorización y control de estaciones PCS y MT - Monitoreo y control de batería y monitoreo y control de otros subsistemas Productos generados Operación de un Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) mediante baterías del tipo BESS (Battery Energy Storage System), con una capacidad máxima de 40 MWh (por hasta 5 horas), para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), Suministros básicos Agua potable

Para agua potable embotellada se considera una provisión mediante bidones con dispensador, suministrados por empresa autorizada para tal efecto. Se considera una provisión de 2 litros/persona-día de agua envasada para bebida estrictamente, es decir, 5 personas x 2 l/día x 5 días/mes = 50 litros/mes Por su parte, el agua potable para los servicios sanitarios será abastecida por camión aljibe de proveedor autorizado, almacenada en estanque de agua potable de 10 m3, con sistema de bombeo alimentado con grupo electrógeno de 3 KVA. Para el estanque de agua potable de los sistemas sanitarios, se consideran 100 l/personas- día. Esto es 100 l/personas-día x 2 personas x 2 días/mes = 0,4 m3 totales. Se mantendrá en estanque de agua potable, con reposición cada 3 meses.

Combustible

Se estima un consumo de 0,39 m3/mes a utilizar para la operación del grupo electrógeno, que será provisto por estaciones de servicio cercanas y llevada al área del Proyecto cuando se requiera. En el caso de los vehículos menores que transporten al personal encargado de realizar las actividades de mantención, éstos serán abastecidos directamente en las estaciones de servicio ubicadas en las cercanías del proyecto.

Energía eléctrica Se requerirá de un grupo electrógeno de 3 KVA para alimentar el sistema del bombeo de agua potable asociado a la sala de baño. La operación de las salas eléctricas será alimentada mediante el autoabastecimiento en la red existente. Se contará con un grupo electrógeno de respaldo para mantener en operación las salas eléctrica en caso de falla de la red de provisión.

Servicios higiénicos Para la fase de operación se construirá una sala de baño (1 lavamanos y 1 excusado) conectada a una fosa séptica de 2 m3 con sistema de drenes o zanjas de drenaje. Para el abastecimiento de agua potable, se considera la habilitación de un estanque de 10 m3.

Transporte El personal que operará el proyecto, 5 personas mensuales por máximo 5 días al mes se trasladará por sus medios al lugar de trabajo.

Alimentación No se considera preparación ni consumo de alimentos dentro del área del Proyecto, por lo tanto, la alimentación será provista a los trabajadores en locales habilitados y autorizados para el expendio de alimentos ubicados en las cercanías del área del Proyecto, lo cual se definirá previo contrato con las empresas contratistas.

Sustancias químicas

Pintura galvanizada: 1 galón cada 5 años Aceite: 24 litros al año Grasa: 24 kilos al año Lubricante WD40: 6 litros al año Recursos naturales renovables El Proyecto no considera extraer, explotar o utilizar recursos naturales durante la fase de operación. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Los resultados obtenidos para la fase de operación, en cuanto a material particulado y gases de combustión se detallan en el anexo 3 de la DIA, y se resumen en las tablas siguientes:

Tabla 4.3.2.13. Emisiones GEI equivalentes, fase de operación Emisión CO2 (T/año) Emisión CH4 (T/año) Emisión N20 (T/año) Emisión CO2 eq (T/año) 8,9292 0,003626 0,003261 40,02 Fuente: Tabla 101, Anexo 3.1 de la DIA

Tabla 4.3.2.14. Emisiones atmosféricas directas, fase de operación

Emisiones Directas, t/año MP 2,5 MP 10 NO x SO x NH 3 CO COV Resuspensión caminos no pavimentados 0,01 050 0,10 497 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 Resuspensión caminos pavimentados 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 Combustión de vehículos 0,00 000 0,00 002 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 0,000 00 Combustión maquinaria fuera de ruta 0,00 899 0,00 899 0,16 153 0,00 040 0,00 008 0,102 31 0,015 67 Grupos electrógenos 0,00 222 0,00 222 0,01 878 0,00 003 0,00 020 0,004 30 0,006 72 Total 0,02 171 0,11 620 0,18 032 0,00 043 0,00 029 0,106 61 0,022 38 Fuente: Tabla 82, Anexo 3.1 de la DIA

Tabla 4.3.2.15. Emisiones atmosféricas indirectas, fase de operación

Emisiones Indirectas, t/año MP 2,5 MP 10 NO x SO x NH 3 CO COV Resuspensión caminos no pavimentados 0,04 169 0,41 694 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 Resuspensión caminos pavimentados 0,00 339 0,01 402 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 Combustión de vehículos 0,00 067 0,00 067 0,00 852 0,00 000 0,00 008 0,00 042 0,000 00 Combustión maquinaria fuera de ruta 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,00 000 0,000 00 Total 0,04 576 0,43 163 0,00 852 0,00 000 0,00 008 0,00 042 0,000 00 Fuente: Tabla 83, Anexo 3.1 de la DIA

Emisiones líquidas Los efluentes líquidos que se generarían durante la fase de operación corresponden a aguas servidas provenientes de baños para las personas que realicen mantención de las instalaciones, 1 vez al mes, las que desaguarán al sistema particular de fosa séptica y sistema de drenes. Se estima una generación de aguas servidas basada en la presencia de 5 personas por 5 días al mes de: 150 l/persona x 5 personas x 5 días/mes = 3,75 m3/mes

Ruido En Anexo 3 de la Adenda complementaria se presenta el estudio de Ruido y vibraciones actualizado del proyecto, concluyéndose que durante la fase de operación se da cumplimiento a la normativa y criterios de evaluación aplicables para receptores humanos y fauna, según se ilustra a continuación: - Receptores humanos:

Tabla 4.3.2.16. Niveles de Ruido Diurno Proyectado y Limite D.S N°38/11 Receptor

Nivel de Ruido Proyectado dB(A) Límite Diurno DS 38 dB(A) ¿Cumple? R1 33 55 Si R2 34 55 Si R3 32 55 Si R4 30 55 Si R5 35 55 Si Fuente: Tabla 27, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.2.17. Niveles de Ruido Nocturno Proyectado y Limite D.S N°38/11 Receptor

Nivel de Ruido Proyectado dB(A) Límite Diurno DS 38, dB(A) ¿Cumple? R1 33 50 Si R2 34 50 Si R3 32 50 Si R4 30 50 Si R5 35 50 Si Fuente: Tabla 28, Anexo 3 de la Adenda complementaria

- Receptores fauna: Tabla 4.3.2.18. Ruido y avifauna, fase de operación Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(A) ¿Cumple? Cambio de frecuencia en vocalizacio nes Continua (ruido ambiental) 41 60 promedio Si Disminució n del éxito reproductiv o Continua (ruido ambiental) 41 58 promedio Si Disminució n del éxito reproductiv o Intermitente (ruido de construcción , transporte) 41 68 promedio Si Aumento del estado de alerta y vigilancia Impulsiva (militar o tronaduras) 41 63 promedio Si Daño auditivo directo Impulso único (tronaduras) 41 140 máx. Si Desplazami ento temporal del umbral Impulsos múltiples (construcció n, martillo 41 93 máx. Si auditivo neumático por ej.) y ruido de transporte Fuente: Tabla 29, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.2.19. Ruido y mamíferos, fase de operación Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(A) ¿Cumple? Interrupción en la búsqueda del alimento en murciélagos Continua- intermitente (transporte) 41 80 promedio Si Reducción de eficiencia reproductiv a Continua- Intermitente (construcción, industrial) 41 68 promedio Si Fuente: Tabla 30, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.2.20. Ruido y reptiles, fase de operación Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyectado F Umbral dB(C) ¿Cumple? Dificultad para localización Continua- intermitente (transporte) 51 75 promedio Si Fuente: Tabla 31, Anexo 3 de la Adenda complementaria

Tabla 4.3.2.21. Ruido y anfibios, fase de operación Efecto Tipo de fuente

Nivel total proyecta do F Umbral ¿Cumple?? Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Continua (ruido ambiental) 51 62 dB(C) promedio Si Reducción en duración de cantos en anuros machos Continua- intermitente (transporte) 41 72 dB(A) promedio Si Fuente: Tabla 32, Anexo 3 de la Adenda complementaria Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos asimilables a domésticos (RSD) Durante la fase de operación se generarán RSD producto de las labores de inspección y mantenimiento, correspondiente a restos de alimentos y embalaje (cajas cartón, papeles, plásticos, vidrios y metales). Se estima una generación máxima de 17,5 kg/mes de RSD. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 0,5 kg/trabajador/día, considerando una dotación de 5 trabajadores y un periodo de trabajo de una vez al mes durante 5 días seguidos, durante ese período se generará aproximadamente un total de 2,5 kg/día. No se prevé almacenamiento de RSD en el área del Proyecto durante la fase de operación, éstos serán retirados por el personal al término de cada jornada de mantención y se dispondrán los residuos fuera de las instalaciones en un lugar autorizado.

Tabla 4.3.2.22. Residuos sólidos asimilables a domésticos (RSD), fase de operación Característ icas Almacenami ento Temporal Cantidad Disposició n final Transp orte Retiro Restos de Contenedor 0,04 ton Retiro por Camión 1 veces comida y envoltorio s, botellas de aguas o jugo. de basuras de 200 l, estanco, con tapa y bolsa de basura /mes parte del servicio municipal disponible en sitio autorizado munici pal por semana Fuente: Tabla 3, Anexo 13.2 de la DIA

Residuos industriales no peligrosos Durante la fase de operación los residuos industriales no peligrosos se vinculan a las actividades de mantención, como restos de plásticos, trozos de PVC, maderas, restos de embalajes, cables, etc. Estos residuos serán almacenados temporalmente en patio de residuos industriales 2, diseñado para la fase de operación. Estos residuos serán enviados a sitio de disposición final autorizado- sanitaria y ambientalmente con transporte también autorizado. Dado el bajo nivel de actividad mensual asociado a la mantención, la generación se estima en un total de 20 kg/mes. Los residuos de menor tamaño irán almacenados en contenedores estancos debidamente rotulados y los de gran tamaño irán a piso sobre pallets.

Tabla 4.3.2.23. Residuos industriales no peligrosos, fase de operación Característ icas Almacena miento Temporal Cantidad Disposició n final Transporte Reti ro Restos de plásticos, trozos de PVC, maderas, restos de embalajes, cables, etc. Serán almacenad os y segregados por tipo en el patio de acopio temporal de residuos industriale s no peligrosos. 0,02 ton/ mes Sitio de disposición final autorizado en sitio autorizado Transporte autorizado 1 vez por mes Fuente: Tabla 3, Anexo 13.2 de la DIA

Residuos Peligrosos Durante la fase de operación se generarán escasos residuos peligrosos, principalmente residuos de mantención como guantes o elementos de protección personal contaminados con aceites, los cuales se almacenarán en la bodega de residuos peligrosos.

Todos los Respel serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos por un período máximo de 6 meses, tal como lo establece el DS 148/2003 MINSAL. Su retiro y disposición final será gestionado por medio de empresa externa autorizada.

Cabe destacar que no se contempla el almacenamiento de baterías defectuosas o en desuso en la bodega Respel, justificado en que no habrá recambio o reemplazo de estas unidades y se mantendrán durante la vida útil del proyecto en su lugar de uso.

Tabla 4.3.2.24. Residuos peligrosos, fase de operación Característica s Categoría de peligrosidad Cantidad estimada Almacenamiento y disposición final Restos de solventes y pintura Inflamable, A4070, Lista I.12 0,005 T/mes Los residuos peligrosos serán almacenados dentro de la bodega Respel. Serán dispuestos en lugar autorizado, utilizando un Envases contaminados Inflamable, A4070, Lista 0,005 T/mes I.12 transporte también autorizado. Retiro 1 vez cada 6 meses. Paños y guaipes contaminados Inflamable, A4060, Lista I.9 0,005 T/mes Fuente: Tabla 2, Anexo 13.3 de la DIA Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Apartado 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Instalación de faenas Se habilitará una instalación de faenas que considera principalmente la habilitación de baños químicos, una zona para el almacenamiento y depósito de materiales, una zona para el estacionamiento de maquinarias. Se utilizará la oficina de control y monitoreo de la fase de operación como oficinas para contratistas. Estas áreas serán definidas previo al cierre de la planta. Desenergización y Desconexión Esta actividad se realizará por personal contratista, según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes, cumpliendo con los lineamientos de los planes de contingencia de la planta, implementados por el titular. Desmontaje/ retiro infraestructura Actividad que contempla el retiro de equipos, fundaciones, cableado aéreo y soterrado y retiro cerco perimetral. Una vez terminado el retiro de toda la infraestructura, se procederá a una limpieza general del área, para proceder al levantamiento de la instalación de faenas, con excepción de los baños químicos, que se mantendrán hasta terminar la restauración de la geoforma (suelo).

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Septiembre 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación baños químicos Fecha estimada de término Marzo 2026 Parte, obra o acción que establece el término Conexión a la red de distribución 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio almacenamiento energía Fecha estimada de término Septiembre 2055 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión de la red 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Septiembre 2055 Parte, obra o acción que establece el inicio Desenergización y desconexión Fecha estimada de término Diciembre 2055 Parte, obra o acción que establece el término Retiro baños químicos

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento de las emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera En todas las actividades en las fases constructivas. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre el riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra a) de la Ley N°19.300:

Emisiones atmosféricas de MP10 y gases Los resultados de la modelación de calidad del aire del Proyecto muestran que el aporte de MP10, MP2,5, NO2, SO2 y CO en receptores cercanos, es de baja cuantía respecto a los umbrales de la normativa de calidad del aire usada como referencia. Además, no sobrepasan los valores establecidos en la tabla 1 y 2 del documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” (SEA 2023), en receptores cercanos. Por lo tanto, se descarta la significancia de los aportes de estos contaminantes respecto al aumento de concentraciones de MP10 y M2,5 sobre receptores humanos en la zona saturada, como lo es la comuna de Molina, según lo establece el D.S.7/2023 MMA. Para mayores antecedentes sobre la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto, véase el Anexo 3.1 de la DIA.

Ruido: Los niveles de ruido proyectados sobre los receptores cercanos al proyecto, durante la fase de construcción, operación y un eventual cierre, se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa vigente D.S. N°38/2011 MMA. En este aspecto, los niveles de ruido generados por la construcción, operación y cierre cumplirán con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para el período diurno. Para mayores antecedentes véase el estudio de ruido y vibraciones del Anexo 3 de la Adenda complementaria.

Vibraciones Durante las actividades de construcción del camino de acceso se empleará maquinaria susceptible de generar impacto por vibraciones, motivo por el que evalúa dicho impacto en el Anexo 3 de la Adenda complementaria, en función de los límites establecidos por la “Transit Noise and vibration Impact Assessment” (FTA, 2006), concluyéndose que los niveles proyectados no sobrepasan el nivel máximo exigido por la Normativa. Si bien no habrá superación de la normativa, el titular adquiere el Compromiso Ambiental Voluntario (CAV) “Plan de Comunicaciones”, cuyo objetivo es generar un plan de información y difusión permanente con la comunidad (entre estos los 5 Receptores evaluados específicamente), que considere estrategias de información adecuadas, generando las instancias y mecanismos necesarios para canalizar en forma oportuna información e inquietudes desde y hacia la comunidad. Además, se considera informar a los receptores identificados en estudio de ruido y vibraciones de forma previa al uso de maquinaria en la construcción del camino que podría generar ruidos y/o vibraciones, el que se incorpora en el Anexo Fichas resumen actualizadas de la Adenda Complementaria.

Efluentes líquidos Los efluentes líquidos del proyecto corresponden a aguas servidas, que serán manejadas adecuadamente y en cumplimiento con la normativa. Más específicamente, para las fases de construcción y cierre se considera el uso de baños químicos para el manejo de aguas servidas generadas por la mano obra temporal contratada para tal efecto. Por su parte, para la fase de operación se construirá una sala de baño (1 lavamanos y 1 excusado) conectada a una fosa séptica de 2 m3 con sistema de drenes o zanjas de drenaje, cuyos antecedentes de detalle se informan en el Anexo 3 de la Adenda, referidos al Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 138, cuyo requisito de otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población, y sobre el cual la Seremi de Salud Maule manifiesta su conformidad mediante Of. Ord. N°917/2024, de fecha 13 de noviembre de 2024.

Residuos: De acuerdo con lo señalado el Capítulo 1 de la DIA, la disposición de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios se efectuará en una zona de acopio transitorio y en contenedores rotulados. El detalle para el manejo y disposición de estos residuos, se presentan en el Anexo 4.1 del Adenda, correspondiente al Permiso Ambiental Sectorial N°140. Se contempla el almacenamiento de residuos peligrosos, en una bodega construida especialmente para ello y que cumple con todos los requisitos normados en el D.S. N°148/03 del MINSAL. En el Anexo 4.3 de la DIA, se presentan los contenidos técnicos y formales del Permiso Ambiental Sectorial N°142. El manejo de los residuos y sustancias peligrosas (transporte y disposición), será realizado por empresas autorizadas cuando corresponda y dispuestas en sitios autorizados.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 5º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo Pérdida de suelo. Componente ambiental afectado Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Todas las actividades en fase de construcción que contemplen movimientos de tierra. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2 del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra b) de la Ley N°19.300:

Suelo La pérdida de suelo se estima a consecuencia del emplazamiento de las obras permanentes del proyecto, como subestación, contenedores de baterías y centros de transformación, para cuya instalación se requerirá del escarpe y compactación del terreno. Se descarta que este efecto sea significativo basado en que no se afectará suelos de alta productividad agrícola, interviniéndose sólo suelos que poseen clase de capacidad de uso IV. En base a los resultados de Caracterización de Suelo, contenidos en el Anexo 7.4. de la DIA, se estima una pérdida de 1,45 ha de suelos CUS IV. Dadas las características de los suelos a utilizar y la acotada superficie que será intervenida por el Proyecto, se considera que no será significativa desde el punto de vista de la biodiversidad, considerando que son suelos de tipo zonal, comunes en la zona, y que no sustentan en su superficie hábitats únicos como podrían ser sistemas de vegetación hidrófila o únicas en el área. Por su parte, la compactación de suelo ocurrirá en la misma superficie que ha sido considerada que ocurrirá pérdida de suelo, asociada al emplazamiento de las obras permanentes del proyecto. En término de propiedades físicas de los suelos, durante la fase de construcción del Proyecto, el tránsito de maquinaría afectará la estructura y aireación por efecto de compactación. Se descarta que dicho impacto sea significativo basado en que no se afecta suelos de alta productividad agrícola, interviniéndose sólo suelos que poseen clase de capacidad de uso IV. Cabe señalar que para la fase de cierre se contempla la excavación y retiro de todo elemento construido (cables, tubos, fundaciones, pilotes, etc.) y la restauración de toda la superficie, descompactando con buldócer, escarificador y posterior nivelación del terreno.

Flora y fauna En base a los resultados y conclusiones del estudio presentado en Anexo 8 de la DIA, la materialización del Proyecto no tendrá efectos negativos sobre la Flora y Vegetación, ya que los posibles efectos sobre los componentes serán marginales dada la baja diversidad de especies registrada. Respecto a la componente Fauna (Anexo 9 de la DIA), al estar inserta el área en una matriz destinada a monocultivos agrícolas e industriales, la fauna silvestre presente se ve influenciada por la dinámica propia de las labores y actividades de los rubros mencionados. Es importante señalar que, si bien hubo hallazgos dentro del área de influencia, los ambientes disponibles para fauna silvestre, específicamente para fauna singular de baja movilidad, se encuentran ampliamente representados en el entorno del Proyecto, existiendo una continuidad entre ambientes, lo que favorece el libre desplazamiento de ejemplares de fauna singular entre ambientes. Por otra parte, de acuerdo con los resultados y el análisis expuesto de las emisiones de ruido sobre el receptor fauna (Anexo 3 de la Adenda complementaria), las emisiones de ruido del Proyecto cumplirán con los requerimientos exigidos por el D.S. N°38 de MMA y los límites establecidos en “Criterio de Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa del SEIA (2022)”, sobre el receptor Fauna. Con los antecedentes y análisis expuestos para el Proyecto, se concluye que el hábitat tiene una relevancia baja y está ampliamente representado en el entorno del proyecto, no afectando la permanencia de la componente fauna terrestre, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro o la capacidad de regeneración o renovación del recurso, o bien, se alteren las condiciones que hacen posible su presencia y desarrollo. Cabe señalar que, para evitar la electrocución de Fauna Voladora, el titular contrae compromiso ambiental voluntario (CAV) de realizar la instalación de peinetas en las torres metálicas, lo que permite disuadir a las aves de percharse o posarse sobre ellas, previniendo una eventual electrocución.

Agua El proyecto no interviene cursos de agua ni requiere de extracción de agua de ningún tipo, por lo tanto, es este aspecto no hay afectación del proyecto a este recurso natural. Por otro lado, el proyecto no genera riles en ninguna de sus fases (construcción, operación o cierre), y solo generará aguas servidas en los baños químicos contratados a empresa autorizada (construcción y cierre) y aguas servidas, debidamente manejadas en operación. Por lo tanto, puede afirmarse que el proyecto no genera impacto sobre el recurso natural agua.

Aire Los resultados de la modelación de calidad del aire del Proyecto muestran que el aporte de MP10, MP2,5, NO2, SO2 y CO en receptores cercanos, es de baja cuantía respecto a los umbrales de la normativa de calidad del aire usada como referencia. Además, no sobrepasan los valores establecidos en la tabla 1 y 2 del documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5” (SEA 2023), en receptores cercanos. Por lo tanto, se descarta la significancia de los aportes de estos contaminantes respecto al aumento de concentraciones de MP10 y M2,5 sobre receptores humanos en la zona saturada, como lo es la comuna de Molina, según lo establece el D.S.7/2023 MMA. Para mayores antecedentes sobre la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto, véase el Anexo 3.1 de la DIA.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 6º del Decreto Supremo Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 del ICE, sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto o actividad no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 11° letra b) de la Ley N°19.300:

El proyecto se emplazará en un predio que se encuentra en una zona rural de acuerdo con el Plan Regulador Comunal vigente. De acuerdo con el informe de medio humano (Anexo 6 de la DIA), es posible establecer que, dentro del área de influencia del Proyecto, no existen actividades productivas de subsistencia asociadas a sustento económico o tradicional. Por su parte, las rutas utilizadas no pasarán por sectores donde se realicen actividades o manifestaciones culturales, ya que se hará uso exclusivo de la Ruta 5 Sur, la ruta K-170 y un camino interior del proyecto.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 7º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.4 del ICE, sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA:

El Proyecto no se ubica cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o zonas con valor ambiental.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 8º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.5 del ICE, sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: Paisaje En el área de influencia del Proyecto se identificó la unidad de paisaje denominada Agrícola, la cual contiene una pequeña extensión del territorio y alcanzó una superficie de 0,21 ha. Respecto de la evaluación de los efectos del Proyecto sobre el paisaje, se realizó una simulación desde el punto de observación 4 que permitieron identificar que la construcción de las obras del Proyecto causará una baja intrusión visual en el paisaje. El bloqueo de vistas será acotado en los distintos puntos de observación. Si bien existirá artificialidad producida por los nuevos elementos antrópicos y modificación de atributos estéticos, estos tendrán un efecto bajo, ya que el Proyecto se desarrollará en aledaño a infraestructura energética, siendo interpretadas por un eventual observador como una continuación lo existente. Como se indicó anteriormente, el Proyecto se establecerá en una UP Agrícola catalogada con calidad visual baja. De acuerdo con el análisis de efectos del Proyecto realizado para el punto de observación, se considera que se mantendrá la calidad, dado que las características biofísicas del sector no disminuirán visualmente por las nuevas construcciones, conformando una condición común y presente en el territorio. Turismo El área de influencia presenta un Valor turístico bajo, ya que se emplaza en una unidad donde no se identificaron atractivos turísticos culturales, servicios turísticos, actividades turísticas y Zonas de Interés Turístico (ZOIT), con presencia de valor paisajístico de calidad visual baja, que otorgaron una calificación de Valor Turístico Bajo. El Proyecto no altera atributos de alguna zona con valor turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de atractivos turísticos insertos en el radio de 3,0 km correspondiente al Área de influencia.

De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 9º del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.6 del ICE, sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural del ICE. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: El proyecto se desarrollará dentro de un predio privado donde no existen monumentos nacionales según lo definido por la Ley 17.288, de acuerdo con el levantamiento arqueológico cuyo informe se incluye en Anexo 5 de la DIA. La prospección arqueológica efectuada en el terreno (Anexo 5 de la DIA) descartó la presencia de sitios con algún valor perteneciente al patrimonio cultural. Monumentos y otros del patrimonio cultural cercanos se ubican distantes, fuera del área de influencia para la componente. Cabe señalar que se incluye protocolo frente a hallazgos imprevistos en aquellas faenas que impliquen remoción de suelo en el Plan de Contingencias y Emergencias, presentado en Anexo 12 de la DIA. Finalmente, el desarrollo de este proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en términos que estos no existen en el área de influencia del proyecto. Lo anterior, justificado en las conclusiones de los Anexos 5 y 6 de la DIA, Informe de Evaluación Arqueológica y Caracterización de Medio Humano, respectivamente De acuerdo con lo anterior, no se evidencia que, el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. PAS 138. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que Sistema particular de tratamiento de aguas servidas (fosa séptica y aplica sistema de drenes de infiltración) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Los antecedentes técnicos y formales del PASM 138, se encuentran en el Anexo 3 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule, a través del ORD. N° 917 del 13 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso.

6.1.2. PAS 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de Residuos para almacenar temporalmente residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los antecedentes técnicos y formales del PASM 140 se encuentran en el anexo 13.2 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule, a través del ORD. N° 917 del 13 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso.

6.2.3. PAS 142. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los antecedentes técnicos y formales del PASM 142 se encuentran en el anexo 13.3 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule, a través del ORD. N° 917 del 13 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso.

6.2.4 PAS 160. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los antecedentes para el PASM 160 se encuentran en el Anexo 13.4 de la DIA. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud del Maule, a través del ORD. N° 917 del 13 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso. La SEREMI de Agricultura del Maule, a través del ORD. N° 300 del 14 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo del Maule, a través del ORD. N° 1659 del 15 de noviembre de 2024, se pronunció conforme sobre Adenda, por lo que se entiende que otorga el permiso.

7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Tabla 7.1 Ley 19.300/1994, MINSEGPRES, de Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº 20.417/2010. Componente/materia: Medio Ambiente Otros cuerpos legales D.S. N°47/1992, del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Norma Ley 19.300/1994, MINSEGPRES, de Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº 20.417/2010. La Ley 19.300 constituye, como su nombre lo indica, el marco legal básico de referencia general de toda la normativa ambiental sectorial de nuestro país. Ella procura regular y desarrollar las instituciones e instrumentos necesarios para la protección del medio ambiente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19, Nº 8 de la Constitución Política Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Otros cuerpos legales D.S. N°40/2012, MMA, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el DS 30/2023 MMA Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental Forma de cumplimiento De acuerdo al Art. 8 de la Ley, los proyectos o actividades que se listan en su Artículo 10, podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. Considerando que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” cuyo objetivo es “implementar un sistema de almacenamiento de energía, para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), cuando este lo requiera”, corresponde a una nueva actividad, cuyo alcance está señalada en el literal b) del Art. 3 del D.S. N°40/2012 MMA, a saber: Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquella que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. De acuerdo a lo anterior, considerando que el proyecto para su operación contempla una línea de alta tensión, actividad señalada en el literal b.1 como tipología principal, además de lo señalado en el literal b.2. como tipología secundaria. De este modo, el proyecto ingresa obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la tipología b.2). De este modo, el proyecto se ingresa obligatoriamente al SEIA para dar cumplimiento a esta disposición. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Admisibilidad del proyecto Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de evaluación en el SEA, y fiscalización de la RCA por la Autoridad.

Tabla 7.2 Resolución Nº1518/2014, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta Nº574/2012. Componente/materia: Medioambiente Norma Resolución Nº1518/2014, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Exenta Nº574/2012. Esta Resolución establece la información que debe ser entregada por los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental calificadas favorablemente, además del plazo, modo y forma en el que debe ser entregada. El artículo segundo establece el plazo de entrega de la información requerida: Los titulares de RCA favorables que se otorguen desde el 28 de febrero de 2014 en adelante deberán cargar en la plataforma web creada por esta Superintendencia la información requerida dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la respectiva RCA. Sin perjuicio de lo anterior, la Resolución establece que los titulares de RCA deberán informar a la Superintendencia toda modificación en la información requerida dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación del acto en que autorice su modificación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular dentro del plazo de 15 días desde que se le notifique la Resolución, ingresará a http://www.sma.gob.cl y se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Envío de la información requerida por la presente Resolución, en el formulario electrónico señalado y disponible en la página web http://www.sma.gob.cl. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro de los comprobantes de remisión de la información a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Tabla 7.3 Resolución Nº855 /2016, del Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Medioambiente Norma Resolución Nº855 /2016, del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del sistema de seguimiento ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto informará a la SMA los avisos, incidentes y contingencias, acorde a lo requerido por la presente Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de información en formulario electrónico de la SMA. Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los comprobantes de la SMA que den cuenta del ingreso de la información.

Tabla 7.4 DS 30/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación Componente/materia: Medioambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y el titular decida optar por esta vía. Asimismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Registros tales informes de los programas de cumplimiento adquiridos, comprobantes de autodenuncias realizadas y planes de reparación adquiridos, todo esto cuando haya ocurrido y aplique. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.5 DS 31/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Componente/materia: Medioambiente Norma DS 31/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Artículo 8: otorga información y datos que deberán entregar el titular y/o representante legal a la Superintendencia. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Una vez obtenida RCA favorable, el titular entregará la información requerida por la SMA, dejando registro en el SNIFA. Para todas las fases del Proyecto: El Titular proporcionará a la SMA los antecedentes identificados en el Párrafo 2° del presente Decreto Supremo, en conformidad con el artículo 8, 9 y 10 de la misma. Los plazos, forma y modo de proporcionar la información se realizarán de acuerdo con las instrucciones de carácter general de la SMA, privilegiando los medios electrónicos Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante digital conseguido posteriormente a la entrega o carga de información en la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Revisión de la información solicitada y registro de comprobantes de información entregada.

Tabla 7.6 R.E. 144/2020, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba norma básica para implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Componente/materia: Medioambiente Norma R.E. 144/2020, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba norma básica para implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). La actualización de razón social, cambio de titularidad, cese de funciones o cierre de establecimiento, y envío de documentación en formato digital, se hará a través del sistema de ventanilla única del RETC. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental Forma de cumplimiento El Titular se compromete a realizar las actualizaciones que sean aplicables sobre cambio de razón social, cambio de titularidad, cese de funciones o cierre de establecimiento, y envío de documentación en formato digital a través de la plataforma d ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de información al sistema VU/RETC Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores

Tabla 7.7 R.E. 1.139/2020, del Ministerio del Medio Ambiente. Dicta instrucciones sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental. Componente/materia: Medioambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Otros cuerpos legales No Aplica Parte, obra, acción a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental Forma de cumplimiento El Titular se compromete a elaborar un plan de seguimiento de las variables ambientales, informes de seguimiento ambiental y remitir la información correspondiente al sistema electrónico de seguimiento Ambiental, cuando se determine aplicable al proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de ingreso de información al sistema de seguimiento ambiental. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.8 Ley 21.455/ 13 junio 2022 MMA. Ley Marco Cambio Climático Componente/materia: Medioambiente Norma Ley 21.455/ 13 junio 2022 MMA. Ley Marco Cambio Climático. La presente ley, establece un marco jurídico para hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, con la finalidad de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050. Para alcanzar dicha meta de mitigación, la ley establece instrumentos de gestión a nivel nacional, regional y local; determina la institucionalidad ambiental para el cambio climático, asignando funciones y responsabilidades específicas a cada uno de los órganos nacionales, regionales y colaboradores que la componen, siendo el Ministerio del Medio Ambiente la autoridad nacional en esta materia. Adicionalmente, crea un Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático que será administrado y coordinado por el Ministerio del Medio Ambiente, y establece lineamientos y mecanismos financieros para enfrentar el cambio climático. Por su parte, se indica que el Ministerio de Obras Públicas deberá elaborar los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, con el fin de contribuir con la gestión hídrica, identificar las brechas hídricas de agua superficial y subterránea, establecer el balance hídrico y sus proyecciones. Cada cuenca del país deberá contar con un Plan Estratégico de Recursos Hídricos, el cual será público, deberá revisarse cada cinco años y actualizarse cada diez. Finalmente, la ley efectúa una serie de modificaciones a distintos cuerpos legales con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico vigente a esta nueva normativa. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental. Forma de cumplimiento El titular ha adherido a la metodología de la Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, incorporándola en los Capítulos de la DIA y Anexos pertinentes, mediante la inclusión general y transversal de la variable cambio climático en el proyecto que se somete a evaluación, tanto en la descripción del mismo y su localización como en la identificación, predicción y evaluación de impactos, así como también en aquello aplicable en los planes de prevención de contingencias y emergencias. De acuerdo al análisis realizado en base a la metodología de la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA (2023)”. Se concluye que la información obtenida en la predicción de impactos define la significancia de estos, categorizándolos como “no significativos”. En esta etapa se obtuvieron todos los antecedentes para justificar que el proyecto no genera impactos significativos, utilizando la herramienta https://arclim.mma.gob.cl para la comuna de Retiro, provincia de Linares, región del Maule. Indicador que acredita su cumplimiento Inclusión de la variable cambio climático en los capítulos de la DIA correspondientes a Localización del proyecto, descripción del proyecto, análisis de impactos y plan de contingencia y emergencia Forma de control y seguimiento Revisión de la DIA y su expediente de evaluación ambiental

Tabla 7.9 Decreto Supremo D.S. N°144/1961, MINSAL establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza Componente/materia: Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N°144/1961, MINSAL establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud. Artículo 1: Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción a la que aplica Aplica al todas las partes, obras y acciones del proyecto sometido a evaluación ambiental. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción: Utilizar maquinaria y equipos de apoyo que cuenten con sus mantenciones al día. Camiones con sus revisiones técnicas al día. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible. Para la fase de operación se considera: Camiones con sus revisiones técnicas al día. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible. Durante la fase de cierre: Utilizar maquinaria y equipos de apoyo que cuenten con sus mantenciones al día. Camiones con sus revisiones técnicas al día. Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que evidencie la prohibición de quemar residuos o materiales (letrero u otro). Registro de revisión técnica al día de los camiones que circulen dentro de la planta. Registro de mantención de maquinaria y equipos propios Forma de control y seguimiento Verificación de los registros antes mencionados

Tabla 7.10 Decreto Supremo Nº 54/1994, Mintratel Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados que indica. Componente/materia: Emisiones Atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 54/1994, Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados que indica Artículo 1: Normas de emisión: valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. Vehículo motorizado mediano: vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción a la que aplica Vehículos usados por el proyecto en todas sus fases cuyos pesos brutos sean igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. Forma de cumplimiento El titular exigirá a las empresas contratadas durante la fase de construcción, operación y cierre, que la flota de transporte cuente con su revisión técnica al día y certificado de gases aprobado, con lo que se asegurará el cumplimiento de los límites de emisión señalados por el presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el titular de la Planta ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento del presente Decreto. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros antes mencionados

Tabla 7.11 Decreto Supremo Nº 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra, acción a la que aplica Vehículos pesados usados en la fase de construcción y de cierre del proyecto. Forma de cumplimiento El titular exigirá a las empresas contratadas durante la fase de construcción y la fase de cierre, que la flota de transporte cuente con mantenciones periódicas y su revisión técnica al día, con lo que se asegurará el cumplimiento de los límites de emisión señalados por el presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el titular de la Planta ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento del presente Decreto. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros antes mencionados.

Tabla 7.12 Decreto Supremo Nº 4/1994 Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control Componente/materia Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 4/1994, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Artículo 1: Establece las concentraciones máximas que no se pueden exceder para vehículos motorizados que no cuenten con normas de emisión de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Vehículos y maquinarias utilizados en todas las fases del proyecto. Forma de cumplimiento El titular exigirá a las empresas contratadas durante la fase de construcción y la fase de cierre, que la flota de transporte cuente con mantenciones periódicas y su revisión técnica al día, con lo que se asegurará el cumplimiento de los límites de emisión señalados por el presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el titular de la Planta ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento del presente Decreto. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros antes mencionados.

Tabla 7.13 Decreto Supremo Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Modificado por Decreto 7 del 28/sept/2023. Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones. Componente/materia Emisiones Atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Artículo 5.8.3: Establece las medidas de mitigación de emisiones de polvo que el responsable de la ejecución de las obras debe implementar en todo Proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Actividades con potencial de emisión de polvo tales como excavaciones, escarpe, tránsito de vehículos por vías no pavimentadas en las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento Las medidas para cumplir el Art. 5.8.3 de la ordenanza son: Humectar el terreno donde se realicen las faenas de escarpe y excavación Transportar los áridos en camiones con la carga cubierta. Humectación de caminos internos cuando sean susceptibles de levantar polvo a la atmosfera por circulación de vehículos o maquinarias. Restricción de la velocidad de circulación a 20km/h en los caminos internos del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de humectación de zonas de escarpe y excavaciones, indicando fechas y superficies humectadas. Registros fotográficos fechados y georreferenciados del transporte de áridos usando cubierta sobre la carga de áridos. Registros de humectación de caminos interiores, escarpe y excavaciones, indicando Registros fotográficos de la señalética de restricción de velocidad al interior del proyecto Forma de control y seguimiento Verificación de los registros antes mencionados.

Tabla 7.14 Decreto Supremo Nº 44/2019, Decreto Supremo N°44/2017 del MMA. Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Provincia de Curicó. Componente/materia Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo Nº 44/2019, MMA Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la provincia de Curicó. Artículo 28. Desde la entrada en vigencia del presente decreto, todos aquellos proyectos o actividades, incluidas sus modificaciones, que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y que generen directa o indirectamente emisiones de MP iguales o superiores a 1 ton/año, deberán compensar dichas emisiones en un 120% del monto total anual de emisiones de la actividad o proyecto, respecto de su situación base. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Actividades con potencial de emisión de polvo tales como excavaciones, escarpe, tránsito de vehículos por vías no pavimentadas en las fases de construcción y cierre Y gases de combustión de maquinarias y vehículos. Forma de cumplimiento En Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA se presentan el inventario de emisiones y la modelación de la dispersión de los contaminantes. De ellos se concluye que las emisiones del proyecto son de baja cuantía y no se supera el límite establecido por este decreto en su Art. 28, en ninguna de sus fases y por lo tanto no requiere compensar sus emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Informes de Inventario de emisiones y modelación en Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA. Forma de control y seguimiento Revisión de los informes de Inventario de emisiones y modelación en Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA. Forma de cumplimiento En Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA se presentan el inventario de emisiones y la modelación de la dispersión de los contaminantes. De ellos se concluye que las emisiones del proyecto son de baja cuantía y no se supera el límite establecido por este decreto en su Art. 28, en ninguna de sus fases y por lo tanto no requiere compensar sus emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Informes de Inventario de emisiones y modelación en Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA. Forma de control y seguimiento Revisión de los informes de Inventario de emisiones y modelación en Anexos 3.1 y 3.2 de la DIA.

Tabla 7.15 D. S 38/2012. Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica Componente/materia Ruido Norma Decreto Supremo Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Uso de maquinarias, tránsito de vehículos y actividades asociadas a las fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto durante su fase de construcción no superará los límites máximos establecidos para las zonas donde se emplazan los receptores cercanos. Lo anterior se respalda en el estudio acústico, el cual se adjunta en el Anexo 3 de la Adenda complementaria, se establece que se cumple con los límites dispuestos en el Decreto Supremo N°38/2011 Indicador que acredita su cumplimiento Informe de ruido presentado en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Forma de control y seguimiento Revisión del informe de ruido presentado en Anexo 3 de la Adenda Complementaria

Tabla 7.16 Decreto Supremo N°1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Componente/materia Residuos y Sustancias Norma D.S. 1/2013 MMA Aprueba Reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RTEC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Actividades del proyecto que generen residuos peligrosos, residuos industriales no peligrosos, residuos domiciliarios y asimilables, productos prioritarios. Forma de cumplimiento El titular realizará las declaraciones de sus residuos en las plataformas SINADER, SIDREP, toda vez que le aplique y corresponda. El titular también hará las declaraciones de sus productos prioritarios en el sistema REP de la VU/RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones de los distintos sistemas sectoriales (SINADER, SIDREP, RUEA, REP, etc., según corresponda.) Forma de control y seguimiento Se mantendrá el comprobante de ingreso de información correspondiente, disponible para su presentación en caso de ser solicitado por la autoridad.

Tabla 7.17 Decreto Supremo 148/2003 MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Componente/materia Residuos peligrosos Norma D.S. 148/2003 MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Manejo y disposición de los Residuos peligrosos generados. Forma de cumplimiento Los Residuos Peligrosos serán almacenados transitoriamente en bodega de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos serán transportados a destino final usando un transporte autorizado Los residuos peligrosos serán dispuestos en sitio final autorizado. Se presenta PAS 142 en Anexo 13.3 de esta DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria del funcionamiento de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Registro de la autorización sanitaria del transporte usado para envío a destino final de los Respel Registro de la autorización sanitaria del sitio de disposición final de los Respel. Registro de declaración en SIDREP Forma de control y seguimiento Revisión de los documentos: Aprobación/autorización de la bodega Respel Autorización sanitaria del transporte usado para envío a destino final de los Respel Registro de la autorización sanitaria del transporte usado para envío a destino final de los Respel Revisión de los registros declaración SIDREP

Tabla 7.18 DFL Nº725/1967 MINSAL Código Sanitario. Modificado por R.E.19333 del 3 de octubre 2023. Ministerio de Salud Pública Componente/materia Residuos Sólidos – autorización sanitaria para disposición de basuras Norma DFL Nº725/1967 MINSAL Código Sanitario. Rectificación: 06 de febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública Art. 78 El reglamento fijará las condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios. Art. 81: Los vehículos y sistemas de transporte de materiales que, a juicio del Servicio Nacional de Salud, puedan significar un peligro o molestia a la población y los de transportes de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza, deberán reunir los requisitos que señale dicho servicio, el que, además, ejercerá vigilancia sanitaria sobre ellos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos domiciliarios Forma de cumplimiento Para el manejo de residuos domésticos, se contará con contenedores herméticos debidamente identificados, que serán recolectados por empresa externa autorizada para su disposición final en sitio autorizado. Se presenta PAS 140 en Anexo 13.2 de esta DIA Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de autorización para el transporte de residuos domiciliarios a destino final Resolución de aprobación del funcionamiento del sitio de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios (PAS 140) Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.19. D.S. Nº594/2000, MINSAL, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 18. Ministerio de Salud Pública. Componente/materia Residuos Industriales Norma D.S. Nº594/2000, MINSAL, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 18: La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos industriales Forma de cumplimiento Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados transitoriamente a la espera de su transporte hacia sitio de disposición final, para lo cual se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades. Se presenta PAS 140 en Anexo 13.2 de esta DIA Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria para el sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos. (PAS 140) Forma de control y seguimiento Revisión de la autorización sanitaria para el sitio de almacenamiento de residuos sólidos industriales no peligrosos

Tabla 7.20 D.S. Nº594/2000, MINSAL, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 19 Componente/materia Residuos Industriales Norma D.S. Nº594/2000, MINSAL, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 19: Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos industriales Forma de cumplimiento El titular solicitará los antecedentes que acrediten que la empresa contratista seleccionada para realizar el transporte de residuos industriales no peligrosos, así como el sitio de disposición final, cuentan con autorizaciones sanitarias vigentes correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de Resolución Sanitaria del vehículo de transporte y del sitio de disposición final. Forma de control y seguimiento Revisión de la copia de las autorizaciones sanitarias del transportista e institución de destino final de los residuos sólidos no peligrosos.

Tabla 7.21 Ley Nº 20.879/2015, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Componente/materia Residuos Sólidos Norma Ley Nº 20.879/2015, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Disposición final de residuos. Forma de cumplimiento Los residuos generados durante las fases de construcción, operación y cierre serán dispuestos en sitios autorizados al efecto, utilizando transportes autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de declaración en RETC y comprobantes de recepción de los residuos en el sitio de disposición final. Autorización vigente del sitio de disposición final. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros comprometidos.

Tabla 7.22 Ley N°20.920/2016 MMA. Establece Marco para la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, en materia de etiquetado de productos prioritarios. Componente/materia Residuos Sólidos Norma LEY REP: Ley 20.920/2016. MMA. Artículo 34.- De las obligaciones de los consumidores. Todo consumidor estará obligado a entregar el residuo de un producto prioritario al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por éstos e informadas a todos los involucrados. Sin perjuicio de lo anterior, los consumidores industriales podrán valorizar, por sí mismos o a través de gestores autorizados y registrados, los residuos de productos prioritarios que generen. En este caso, deberán informar al Ministerio, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, sobre la valorización efectuada. Los consumidores industriales que generen una cantidad de residuos superior a la señalada en el decreto supremo que establezca las metas y otras obligaciones asociadas y no den cumplimiento a lo dispuesto en los incisos anteriores serán sancionados en conformidad a la presente ley. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto importará baterías, las instalará y las usará en la fase de operación del proyecto. En la fase de cierre dará disposición final autorizada a las baterías en desuso o con término de vidas útil de acuerdo con este cuerpo normativo Forma de cumplimiento Se contará con un procedimiento de manejo de baterías que dé cumplimiento a este cuerpo normativo. El procedimiento incluirá entre otros:

Registro en el catastro público de productos prioritarios Descripción del manejo de las baterías en desuso defectuosas Entrega de las baterías en desuso a gestor autorizado

El titular realizará la Declaración anual a través de la plataforma ventanilla única del Ministerio del Medio Ambiente de los siguientes antecedentes:

Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior. Actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo. Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso. Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva Indicador que acredita su cumplimiento Procedimiento de manejo de baterías Registro o comprobante de declaración en VU de los PP Tickets de entrega a gestor autorizado. Forma de control y seguimiento Revisión del procedimiento, registros de entrega de baterías en desuso al gestor autorizado, comprobantes de declaración en VU.

Tabla 7.23 D.S. Nº 735/1969 MINSAL, Modificado por decreto 76 del 30 de julio 2010. Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano. Componente/materia Agua Potable Norma D.S. Nº 735/1969 MINSAL, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano Establece que todo servicio de agua potable deberá proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo además asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones o de su explotación. DIA: Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu 84 En cuanto a la calidad del agua, establece concentraciones máximas de sustancias o elementos químicos que pueda contener el agua para consumo humano y establece procesos de tratamiento para que el agua sea considerada apta para el consumo humano. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Provisión agua potable. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre: el agua potable será suministrada embotellada para la bebida de trabajadores, comprada a proveedores autorizados Fase de operación: Para bebida será proporcionada embotellada, comprada a proveedores autorizados. Para abastecimiento de los servicios higiénicos se contará con estanque de almacenamiento de agua potable, que será comprada y transportada en camión aljibe, a proveedores autorizados. Se presenta PAS 138 en Anexo 3 de la Adenda Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra de agua potable PAS 138 autorizado. Forma de control y seguimiento Revisión de las facturas de agua potable.

Tabla 7.24 DFL Nº725/1967 MINSAL Código Sanitario. Modificado por R.E.19333 del 3 de octubre 2023. Ministerio de Salud Pública. Componente/materia Residuos Líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/67 Código Sanitario El Articulo 71 letra b) dispone que la SEREMI de Salud de la Región correspondiente, le corresponde aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Agrega que antes de su puesta en funcionamiento deberá́ ser autorizado por la SEREMI de Salud respectiva. El Artículo 73 del Código Sanitario prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Aguas servidas Forma de cumplimiento Durante la Fase de construcción y Fase de cierre se contará con baños químicos contratados a empresa autorizada, que también realizará la mantención de las unidades y retiro de las aguas servidas. Durante la fase de operación se contará con instalaciones de sala de baño y fosa séptica. Se presenta PAS 138 en Anexo 13.1 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldo de la contratación de baños químicos y comprobantes de mantención de estos. Aprobación del PAS 138. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.25 D.S. Nº594/2000, MINSAL, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 18. Componente/materia Servicios sanitarios en lugar de trabajo Norma D.S. Nº 594/2000 MINSAL. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Art. 12 al 14 y 21 al 26: Establece las condiciones sanitarias y ambientales mínimas en los lugares de trabajo, referidas a dotación de servicios sanitarios Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Aguas servidas Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción y operación se contará con baños químicos provistos por empresa autorizada. La misma empresa u otra autorizada realizarán la mantención de los baños químicos y retiro de las aguas servidas. Durante la fase de operación se contará con una fosa séptica. Se presenta el PAS 138 en Anexo 3 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldo de la contratación de baños químicos y comprobantes de mantención de los mismos. Aprobación del PAS 138. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.26 D.S. Nº 236/1926, Modificado por Decreto 75 del 26 de julio 2004. Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias Componente/materia Fosa Séptica Norma D.S. Nº 236/1926 MINSAL. Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Ultima modificación 26-JUL-2004 - Decreto 75. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Fosa séptica Forma de cumplimiento El diseño de la fosa séptica a utilizar, su forma de operación y manejo de las aguas servidas estarán en cumplimiento con este cuerpo legal. Se presenta el PAS 138 en Anexo 3 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del PAS 138. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores.

Tabla 7.27 D.S. 160/2009, Ministerio de economía, fomento y reconstrucción; subsecretaría de economía, fomento y reconstrucción. Modificado por Decreto 34 del 27 enero 2020 Componente/materia Sustancias peligrosas Norma D.S. 160/2009, Ministerio de economía, fomento y reconstrucción; subsecretaría de economía, fomento y reconstrucción. Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Estanque de almacenamiento de combustible líquido (petróleo) de 1000 litros para abastecer grupo electrógeno. Forma de cumplimiento Se instalará un estanque de almacenamiento de petróleo solo durante la fase de construcción del proyecto. El estanque cumplirá las exigencias de este cuerpo normativo. El petróleo será suministrado por proveedor autorizado. Se contará con un procedimiento que incluirá la forma y medidas de seguridad asociadas al llenado o recarga del estanque cuando llegue el proveedor, así como la forma y medidas de seguridad para recarga del grupo electrógeno Indicador que acredita su cumplimiento Procedimiento de carga de combustible Registros de carga de combustible indicando cantidades y fechas. Forma de control y seguimiento Revisión del procedimiento y registros asociados

Tabla 7.28 D.F. L 4/2007 Ministerio de Economía, fomento y reconstrucción fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de minería, de 1982, ley general de servicios eléctricos, en materia de energía eléctrica. Componente/materia Normativa eléctrica Norma D.F.L 4/2007 Ministerio de Economía, fomento y reconstrucción FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE MINERIA, DE 1982, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS, EN MATERIA DE ENERGIA ELECTRICA Artículo 1°.- La producción, el transporte, la distribución, el régimen de concesiones y tarifas de la energía eléctrica y las funciones del Estado relacionadas con estas materias se regirán por la presente ley Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Subestación por construir y operar. Forma de cumplimiento Se solicitará a la autoridad competente la aprobación de las nuevas instalaciones. Las instalaciones de almacenamiento de energía eléctrica así como la conexión entre la Subestación La Palma existente serán diseñadas, instaladas y operadas de acuerdo con la normativa técnica aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado SEC. Forma de control y seguimiento Revisión de certificado.

Tabla 7.29 D.F. L 327/1997 Ministerio de Minería, Modificado por Decreto 68 del 14 Junio 2021. Componente/materia Normativa eléctrica Norma D.F.L 327/1997 Ministerio de Minería, Ultima versión Junio 2021. Fija Reglamento de la Ley general de Servicios Eléctricos. Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán, en lo pertinente, a:

Las empresas de generación de electricidad; las empresas de transporte de electricidad; las empresas concesionarias que efectúen servicio público de distribución; los Centros de Despacho Económico de Carga, en adelante CDEC; y a los usuarios de energía e instalaciones eléctricas. Para los efectos de este reglamento, se entenderá como conceptos sinónimos el transporte y la transmisión de energía eléctrica. Las instalaciones de generación, de transporte, subestaciones de transformación e instalaciones de distribución de energía eléctrica, y las demás instalaciones eléctricas. Las relaciones de las empresas eléctricas con el Estado, con las Municipalidades, con otras entidades de servicio eléctrico y con los particulares Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto cumplirá en todo momento con los requisitos legales, reglamentarios y demás normas técnicas del citado reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Aviso a la SEC sobre la puesta en servicio de las obras de transmisión del Proyecto. Registro de mantenciones correctivas y preventivas realizadas a las instalaciones del Proyecto. Certificado de cualificación eléctrica de categoría de instalador autorizado del personal especialista del Proyecto Forma de control y seguimiento Revisión de los registros anteriores

Tabla 7.30 Ley N° 17.288, Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el decreto ley 651, de 17 de octubre de 1925. Componente/materia Monumentos cultural Norma Ley N° 17.288, LEGISLA SOBRE MONUMENTOS NACIONALES; MODIFICA LAS LEYES 16.617 Y 16.719; DEROGA EL DECRETO LEY 651, DE 17 DE OCTUBRE DE 1925. Define y establece la protección de los Monumentos Nacionales. Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a informar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales Decreto 484/1991, MINEDUC, Reglamento de la Ley 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Parte, obra o acción a la que aplica Excavaciones y faenas que impliquen remoción de suelo. Forma de cumplimiento 1) Charla de inducción arqueológica previa al inicio de las obras, dirigida a la totalidad de trabajadores/as del Proyecto, quienes recibirán la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra, la que será dictada por profesional competente. Respecto a la charla de inspección arqueológica, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso del/de los trabajador/es, el/los informe/s de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a, el cual contendrá: Nombre y firma del/de la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología (profesional competente) que realizó la charla de inducción. Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuada por las/los asistentes. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente Durante la fase de construcción, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Respecto a las charlas de inducción, Registro del envío a la SMA del Informe de la capacitación efectuada, en el formato señalado Respecto a hallazgos no previstos, registro de envío de informe Aviso al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de algún hallazgo. Forma de control y seguimiento Registro de informes enviados

Tabla 7.31 D.S. 158/80 MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, del Ministerio de Obras Públicas Componente/materia Vialidad y Transporte. Norma Decreto Supremo Nº158/1980, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de las unidades que conforman el Sistema de Almacenamiento de baterías durante la construcción. Forma de cumplimiento El medio de transporte contratado al efecto cumplirá la exigencia de no sobrepasar los pesos máximos establecidos en el del DS 158/70 MOP. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldo del peso con carga del camión Forma de control y seguimiento Revisión del registro

Tabla 7.32 D.S. 200/93 MOP Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia Vialidad y transporte Norma DS 200/93 MOP Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país, del Ministerio de Obras Públicas. Artículo 1°: Establécese como pesos máximos permitidos a los vehículos de cualquier tipo para circular por las vías urbanas del país, los fijados en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Otros cuerpos legales No aplica Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de las unidades que conforman el Sistema de Almacenamiento de baterías durante la construcción Forma de cumplimiento El medio de transporte contratado al efecto cumplirá la exigencia de no sobrepasar los pesos máximos establecidos en el del DS 158/70 MOP. Indicador que acredita su cumplimiento Respaldo del peso con carga del camión Forma de control y seguimiento Revisión del registro

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

No se establecen condiciones o exigencias adicionales.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto se comprometió voluntariamente a:

Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Áridos autorizados para el hormigón Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que los áridos utilizados en el hormigón provengan de fuentes autorizadas. Descripción: este CAV consiste en solicitar al proveedor de hormigón que los áridos utilizados cuenten con documentación que acredite el origen autorizado de los mismos. Justificación: Se presenta este CAV en respuesta a la solicitud de la autoridad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: este CAV deberá implementarse en la oficina donde se lleve la administración de la construcción del proyecto Forma: al contratar los áridos, se incluirá el requisito de presentar documentación que acredite el origen autorizado de los áridos utilizados por el proveedor de hormigón Oportunidad: el CAV debe ejecutarse durante la Fase de Construcción al momento de contratar la provisión de hormigón. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el certificado o documento que acredite el origen de los áridos utilizados en la preparación del hormigón. Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA con los indicadores de cumplimiento del CAV, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de la fase de construcción.

Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Limpieza de Canal Ramírez Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar una limpieza del Canal Ramírez 100 m. aguas arriba y 100 m. aguas abajo del atravieso durante la fase de operación del proyecto. Descripción: Entre el 15 de mayo y 15 de septiembre de cada año, se realizará limpieza 100 m aguas arriba y 100 m de aguas abajo, para evitar la obstrucción del canal en épocas en donde tenga presencia de aguas. Para las actividades se consideran las siguientes medidas: - Durante la fase de operación del proyecto se despejarán periódicamente las obras de atravieso de residuos o materiales que puedan ser arrastrados aguas abajo. - Se realizarán reunión de coordinación con los Canalistas para programar actividad de limpieza anual. - Durante la ejecución de los trabajos no se realizarán de mantenciones que puedan afectar la actividad de limpieza - Se realizarán charlas de inducción al personal a cargo de las actividades. - Terminada la construcción de la obra de atravieso, se tendrá especial cuidado en retirar todos los moldajes utilizados en la construcción. Al mismo tiempo, se considera prohibir botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos similares. Justificación: Este compromiso tiene como objetivo evitar la afectación y libre escurrimiento de las aguas, por motivo del atravieso y trabajos en el sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Canal Ramírez, 100 m. aguas arriba y 100 m. aguas debajo de su atravieso con el proyecto. Forma: La limpieza se realizará anualmente, y contendrá: registro de actividades; medidas adoptadas y reporte de actividad. Oportunidad: Este compromiso tiene como objetivo evitar la afectación y libre escurrimiento de las aguas, por motivo del atravieso y trabajos en el sector. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de las actividades de limpieza del canal. - Registro de reuniones con Canalistas para coordinación de limpieza Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA con los indicadores que acreditan el cumplimiento del CAV, a contar del inicio de la fase de operación del proyecto, con una frecuencia trianual (cada 3 años).

Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Plan de Comunicaciones Impacto asociado Ruido y vibraciones Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar un plan de información y difusión permanente con la comunidad, que considere estrategias de información adecuadas, generando las instancias y mecanismos necesarios para canalizar en forma oportuna información e inquietudes desde y hacia la comunidad. Además se considera informar a los receptores identificados en estudio de ruido y vibraciones de forma previa al uso de maquinaria en la construcción del camino que podría generar ruidos y/o vibraciones. Descripción: Este plan de comunicación se realizará previo al inicio de las obras, y contendrá: - Los puntos intervenidos por etapas (frente de trabajo, avance de faenas, etc.) - La naturaleza de la intervención y las formas específicas de alteración de los accesos; - Los tiempos estimados de intervención. - Los canales de comunicación para la recepción de quejas y sugerencias. Por otro lado, este CAV consiste en informar de manera personal y anticipada a los receptores identificados en el estudio de ruido y vibraciones, mediante una carta, el uso de maquinaria en la construcción del camino de acceso. La carta se generará en duplicado, una para entrega al vecino receptor y una para el titular, la cual contará con firma de quien recibe la carta a modo de evidencia de la entrega de esta. Justificación: Se presenta este CAV en respuesta a la solicitud de la autoridad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el aviso anticipado del uso de maquinarias en la construcción del camino de acceso se informará personalmente a los receptores ya identificados mediante la entrega de una carta. Forma: la forma es el aviso mediante una carta a los vecinos receptores, respecto del uso de maquinaria en la construcción del camino de acceso. Oportunidad: el CAV debe ejecutarse durante la Fase de Construcción, en particular para la actividad de construcción del camino de acceso, entregando la carta de aviso de uso de maquinaria con al menos 2 días de anticipación Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de charlas de inducción. - Copia de material gráfico presentado - Lista de asistencia, indicando nombre, cargo, Rut y firma. - Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA con los indicadores de cumplimiento del CAV, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de la fase de construcción.

Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Sistema prevención de colisión y/o electrocución de Fauna voladora por la línea de alta tensión. Impacto asociado Fauna Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el potencial riesgo de mortandad de aves por colisión con el tendido eléctrico y/o por electrocución producto de la percha de aves en las torres. Descripción: En forma general, se contemplan solo dos estructuras de 13,5 m de alto y el resto del tramo por vía soterrada. Cabe mencionar que el riesgo de colisión y/o electrocución está relacionado directamente con la distancia de los conductores y su relación al ave con mayor envergadura registrada. El área del proyecto se registró la especie denomina Cathartes aura con un rango de vuelo y envergadura de 1,7 a 2 metros aproximadamente. Para evitar la electrocución de Fauna Voladora, se realizará la instalación de peinetas en las torres metálicas, lo que permite disuadir a las aves de percharse o posarse sobre ellas, previniendo una eventual electrocución. Para reducir la colisión de la Fauna Voladora con los cables de la LAT, se realizará la instalación de disuadores/desviadores de vuelo en los cables de guarda, tales como: desviadores de vuelo de neopreno con cintas luminiscentes, espirales desviadoras de vuelo, u otro similar. Estos permiten hacer visibles los cables conductores y cable de guarda para las aves, de modo que logran esquivar la línea, disminuyendo el riesgo por colisión con éstos. Justificación: Considerando la dificultad de algunas especies para distinguir el tendido eléctrico y el posible uso de las torres como percha, se implementarán acciones para evitar la pérdida de individuos de aves, disminuyendo la posibilidad de colisión y electrocución con la LAT. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se instalará en las 2 torres proyectadas en la LAT. Forma: La instalación de los dispositivos se implementará en el cable de guardia del tendido eléctrico con una separación tomando en consideración un distanciamiento de 10 m entre cada disuasor. Algunas características recomendadas por la autoridad SAG (2015) para el dispositivo son: - Poseer color altamente contrastante - Su tamaño sea lo suficientemente grande como para aumentar el grosor de la línea al menos 20 cm. - Los dispositivos tengan movimiento (su fijación al cable les permita oscilar con el viento). - Resistencia ante condiciones ambientales. Oportunidad: Los disuasores de vuelo deberán estar instalados al terminar la construcción de la LAT. Luego de la instalación, una vez al año, se realizará una revisión del estado de cada uno de estos elementos. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico y georreferenciación de la instalación de disuasores de vuelo Forma de control y seguimiento Reporte a la SMA con los indicadores que acreditan el cumplimiento del CAV, a contar del inicio de la fase de operación del proyecto, con una frecuencia trianual (cada 3 años).

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

Tabla 10.1 Riesgo o contingencia 1: riesgo de sismos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Mantener limpias, ordenadas y despejadas las áreas de trabajo y vías de evacuación. - El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales en materia de sismos. - El Proyecto contará con procedimientos para dar respuesta en caso de Sismo, donde se indican normas y pasos estandarizados diseñados para controlar y minimizar los riesgos de lesiones las personas expuestas, se minimice el daño a equipos o instalaciones y disminuya algún impacto ambiental; - Se realizará una capacitación a los trabajadores sobre los procedimientos de trabajo seguro en caso de sismo. - Se contará con zonas de seguridad y vías de evacuación debidamente señalizadas para hacer uso de ellas al ocurrir esta u otras emergencias que ameriten resguardar la seguridad del personal en un lugar destinado a evitar accidentes y lesiones. - Se realizarán periódicamente simulacros de sismos, de manera que los trabajadores mantengan conciencia del presente Plan de prevención de contingencias y emergencias, y así, estar preparados ante la ocurrencia de esta emergencia. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Copia del Plan de evacuación - Registro de plano y/o fotografías con la identificación de las zonas de seguridad - Registro de las actividades de capacitación del personal. - Registro realización de actividades de simulacro. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante la ocurrencia de un sismo, el personal deberá proceder de la siguiente manera: - Mantener la calma y evitar aglomeraciones. - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado. - Si el trabajador va en carretera sobre un vehículo, aléjese de puentes y vías elevadas y detenga el vehículo. - Al aire libre, el trabajador deberá mantenerse lejos de cornisas, cables eléctricos y de letreros. colgantes y similares, se debe buscar zonas despejadas. - Producido un sismo, el Jefe de Área procederá a evaluar los daños en la estructura física de las distintas instalaciones. - Concluido el sismo, y en función de los daños ocasionados por éste, se deberá determinar la conveniencia de abandonar el lugar de trabajo, tal definición será tomada por el Jefe de Área en conjunto con el prevencionista de riesgos. - Durante la fase de operación, en caso de daño en las estructuras o instalaciones eléctricas interiores, se detendrá la generación de energía y se realizará una inspección general y de puntos críticos para identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según corresponda Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Si producto de la ocurrencia de un sismo se genera una situación de emergencias sobre el medio ambiente, como es un derrame que conduzca a la afectación de recursos naturales, se elaborará un informe el cual será remitido a la SMA, SEREMI de Medio Ambiente y a la autoridad competente en materia ambiental en el caso de algún componente afectado (agua, aire, suelo) en un período no superior a las 48 h. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.2 Riesgo o contingencia 2: incendios Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo de incendio está asociado principalmente a las áreas de emplazamiento y de almacenamiento de sustancias combustibles, e inflamables, o bien en el traslado de maquinaria o vehículos que los porten. Además, se aplica a las áreas de instalación de faenas y salas eléctricas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Todas las edificaciones del Proyecto, como bodegas y oficinas, serán construidas con elementos estructurales resistentes al fuego; • Cada contenedor de baterías contará con control de temperatura ambiente al interior de este, y un sistema de control y extinción de incendios, este sistema contempla equipos de detección de: humo, detector de cambio de los niveles de temperatura, y detector de gases inflamables. Así como, ventilación, alarma sonora y acústica, y un sistema de extinción automático de incendios con extintor adecuado a la química de las baterías y agua. • La subestación elevadora contará con sistema de detección de humo, temperatura y llama, alarmas y sistema automático de extinción de incendio. • Se realizará pruebas y mantenimiento de los sistemas de detección y extinción de incendio durante toda la operación del proyecto, de acuerdo con las especificaciones del proveedor. • Capacitación a los trabajadores, con el objeto de mantener debidamente instruido al personal respecto a medidas de prevención de incendios. Las capacitaciones contemplan medidas de prevención de incendios, y procedimientos de emergencia en caso de incendio, que serán parte de las charlas de salud y seguridad que se dicten. Se mantendrá registro de charlas y capacitaciones. • Plan de prevención de incendios: - Se contará con extintores, instalados en lugares señalizados, identificables, de fácil acceso y libres de obstáculo. Además, estarán debidamente señalizados, dando así cumplimiento a lo establecido por los Artículos N° 44 y siguientes del Decreto Supremo Nº 594/99 Ministerio de Salud; - Los extintores serán sometidos a revisiones preventivas por lo menos una vez al año, disponiendo de extintores de reemplazo durante las mantenciones; - Todos los empleados serán capacitados en el uso de extintores; - Se prohibirá fumar en áreas de trabajo; - Inspección regular de estanques, según las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N° 160/08. - El trabajador debe ingresar al lugar donde desarrolla la actividad con todos sus elementos de protección personal. - Si se produce un incendio, se actuará tal y como se recoge en el Plan de Emergencias. - Se capacitará la Protección Activa mediante el refuerzo de los siguientes aspectos: Mantener las zonas de paso y salidas libres de obstáculos. No obstruir puertas o salidas de emergencia. Se desarrollarán simulacros para preparar al personal frente a estas situaciones de emergencia. - Se instalará señalética indicando las salidas de emergencias. Forma de control y seguimiento a implementar para prevenir la contingencia Para verificar el cumplimiento de las medidas anteriores se mantendrá en el Proyecto registro de las charlas, cursos y/o capacitación realizados; registro de entrega de EPP; y Certificados de Inspección de estanques de almacenamiento de combustible. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de incendio industrial, se actuará de acuerdo con lo descrito a continuación: - Ante un eventual inicio o que exista peligro de producirse un incendio, comunicar alarma a viva voz y tratar de sofocarlo inmediatamente con los medios que estén al alcance y que correspondan según procedimientos. - El Director de Emergencia o encargado deberá decidir si es necesario solicitar la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos). - En caso de amagos eléctricos (grupo electrógeno, sala eléctrica, equipos eléctricos en general) utilizar extintor de CO2 en primera instancia, de lo contrario utilizar extintor de PQS. - En caso de amagos por materiales combustibles comunes utilizar extintores PQS o red húmeda. - En caso de que el fuego no pueda ser controlado (incendio) deberá darse el aviso de emergencia al supervisor más cercano, para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la zona. Se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida. - Una vez que el Director de Emergencia active el Plan, el Equipo de Intervención se desplegará para controlar el incendio. - Si debido a la emergencia se producen lesiones o daños a personas, el Director de emergencias dará aviso, a los servicios externos de emergencia tales como ambulancia, bomberos, carabineros, etc. - Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente. Una vez controlada la situación de emergencia, el Encargado de prevención de riesgo y medio ambiente informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de esta. Para el caso de incendios forestales aledaños a las áreas de trabajo y, dada la magnitud de dichos eventos, se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente y, paralelamente, evacuar al personal que pudiese estar presente en el proyecto. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Informe de emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante informe escrito. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlados los riesgos críticos y realizados la atención de primeros auxilios, el Director de la Emergencia dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.3 Riesgo o contingencia 3: Derrame de combustible o aceite. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Grupo electrógeno 1 (19 KVA) Zona de almacenamiento de combustible. Caminos interiores del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas para el almacenamiento de combustible: - Se capacitará al personal que manipule el combustible. - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción se hará en un área previamente definida y claramente demarcada. - Se dispondrán en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. - El estanque de almacenamiento de combustible cumplirá con lo establecido en el D.S. Nº160/2009. - Medidas para el transporte de combustible - El transporte para el abastecimiento de combustible será realizado por empresas autorizadas para ello. - El transportista o conductor poseerá licencia de conducir adecuada según el tipo de vehículo a utilizar, en conjunto con la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame del combustible transportado. - La empresa encargada del transporte de combustible deberá contar con un plan de acción ante derrames que se pudiesen generar durante el transporte. Medidas para el manejo de aceite del transformador de la Subestación - Las instalaciones cuentan con sistema de monitoreo y detección de fallas, en caso de falla de un trasformador se generará una alarma a la central de operación. - Como medidas de prevención de derrame, el transformador se ha diseñado con depósito de aceite que cuenta con estanque de doble pared, y adicionalmente se construye un foso de contención capaz de contener un 120% del volumen del estanque. Con esto, el sistema cuenta con doble protección en caso de falla en el depósito de aceite del equipo. Medidas para el almacenamiento de combustible - El grupo electrógeno será cargado manualmente siempre y cuando se encuentre vacío, con ayuda de los asideros laterales del depósito. - Si esta con contenido este deberá ser cargado con el manipulador frontal, por el lado donde se encuentran los asideros ya que estos cuentan con la elevación necesaria que necesita la uñeta del transpaleta. - El grupo electrógeno deberá portar siempre sus sistemas de señalización, extintor PQS 20 KG e instalados por un HDPE. - En caso de producirse un derrame se debe suspender de inmediato la descarga, esparcir arena o tierra, para contener el esparcimiento del combustible impidiendo que fluya. Deberá a continuación retirar el material contaminado y depositarlo en una bolsa de polietileno, para su posterior deposición en los tambores de residuos peligrosos. - En casos en que las condiciones climáticas sean extremadamente adversas (fuertes vientos, lluvia, nieve, mal estado del terreno, poca visibilidad, amenaza de tormenta eléctrica, frente de mal tiempo), que ocasionen problemas para trasladarse o abastecer, no se cargará combustible. Forma de control y seguimiento a implementar para prevenir la contingencia - Registro de capacitación de trabajadores encargados de la manipulación de combustibles al interior del Proyecto. - Registro de autorización para el transporte de combustible de empresa externa de carga. - Registro de plan de acción ante derrames de la empresa externa encargada del transporte de combustible. - Copia licencia de conducir del conductor de la empresa transportista de combustible. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o intoxicadas si las hubiere. - Se tratará de detener el derrame, sin poner en riesgo la seguridad propia. - Se deberán eliminar todas las fuentes de ignición. - Se formará un dique de contención con material absorbente inerte (arena o tierra seca). - Se deberá prohibir el tocar y transitar sobre el combustible derramado. - Se deberá mantener los materiales combustibles lejos del material derramado. - El material utilizado para la contención del derrame será dispuesto en conjunto con el suelo removido a causa del probable derrame, y acopiado en la bodega RESPEL. Estos residuos serán mantenidos en la bodega por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados y enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria. - El aceite proveniente de la rotura de estanque del transformador será retirado y enviado a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria, y mediante un transportista autorizado. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo), se elaborará un breve reporte respecto de la activación y aplicación del Plan de Emergencias. Dicho reporte será enviado a la SMA en un plazo máximo de 48 horas luego de reestablecidas las actividades normales del Proyecto Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.4 Riesgo o contingencia 4: Derrame de sustancias y residuos peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zonas de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los residuos peligrosos almacenados estarán debidamente rotulados, contarán con las hojas de seguridad respectivas y se mantendrán en correctas condiciones de almacenamiento conforme a lo indicado en la normativa y contará con un sistema de contención de derrames con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Se realizarán revisiones y mantenciones periódicas de los sistemas de contención de derrame, estado de la bodega. - Se contará con material absorbente o kit antiderrames a disposición para el control del derrame. - El o los encargados de la bodega RESPEL recibirán las capacitaciones correspondientes para el manejo de estos residuos. - En caso de generarse derrames fuera de las zonas con superficies impermeables se contará con un kit de control para derrames, el cual contendrá material absorbente y los elementos de protección personal (EPP) necesarios. - Ambas zonas tendrán una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados. Forma de control y seguimiento a implementar - Revisión periódica de los sistemas de contención. - Registro de residuos que se almacenen. para prevenir la contingencia - Mantención de las HDS en buen estado. - Registros de capacitaciones realizadas al personal encargado de la bodega. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Aislar el sector de manera inmediata, en caso de fuga considerar aislación de 10 m como mínimo. - Al detectar derrame o fuga, el trabajador deberá identificar la sustancia consultando la hoja de seguridad en el envase, lo que permitirá identificar especificaciones o características fisicoquímicas, riesgo a la salud, toxicidad, inflamabilidad y reactividad. - Se debe evitar tocar y caminar sobre la sustancia derramada. No tocar y limpiar si el material se mezcló con otros productos, tales como papel, otras sustancias o si está reaccionando o emitiendo ruidos sibilantes o agudos, borbotea, humea, emite gas o se está quemando. - Se deberá contener el derrame y absorber o neutralizar con material de acuerdo al tipo de residuo o sustancia derramada, formando círculos desde afuera hacia adentro evitando salpicar o esparcir la sustancia derramada. - Una vez retirado el material de contención de derrame se enviarán los residuos a bodega RESPEL y mantener en observación el área posibles efectos o reacciones retardadas Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo) se elaborará un breve reporte respecto de la activación y aplicación del Plan de emergencias. Dicho reporte será enviado a la SMA, en un plazo máximo de 48 horas luego de reestablecidas las actividades normales del Proyecto Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.5 Riesgo o contingencia5: Intervención patrimonial Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto donde se requiera la realización de excavaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se contempla realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de procedimientos a seguir en caso de eventuales hallazgos arqueológicos no previstos, de acuerdo a lo descrito en la Ley de Monumentos Nacionales Nº17.288, estableciendo los canales de comunicación adecuados para ello. Forma de control y seguimiento implementar para prevenir la contingencia Registro de capacitación al personal que participará en el movimiento de tierra y labores constructivas Acciones o medida a Durante las fases de construcción y cierre, en el caso eventual que se produzcan hallazgos arqueológicos no previstos al implementar para controlar la emergencia momento de ejecutar las excavaciones, se deberá: - Detener las obras en el frente de trabajo donde se haya detectado el hallazgo no previsto. - Solicitar la presencia inmediata de un profesional idóneo para evaluar el daño y tomar acciones a seguir. - Dar aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez ocurrido el hallazgo, se oficiará al CMN de lo ocurrido para coordinar los pasos a seguir. Dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, se notificará a la SMA respecto de lo ocurrido, señalando los procedimientos realizados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.6 Riesgo o contingencia 6: Superación en la capacidad de almacenamiento de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de almacenamiento de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, Industriales no peligrosos y bodega de residuos peligrosos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de que ocurra un incremento en la generación de residuos, se tomarán los resguardos necesarios, mediante el aumento de la frecuencia de retiro determinada para la categoría de residuos. Forma de control y seguimiento a implementar para prevenir la contingencia - Registro de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos almacenados al interior del Proyecto. - Registro de retiro y disposición final de residuos sólidos en todas sus categorías. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Contactar a empresas de retiro, previamente definidas y autorizadas, para solicitar el retiro de los residuos una vez que se identifique el aumento en la generación de éstos. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo) se elaborará un breve reporte respecto de la activación y aplicación del Plan de emergencias. Dicho reporte será enviado a la SMA, en un plazo máximo de 48 horas, luego de reestablecidas las actividades normales del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.7 Riesgo o contingencia 7: Falla en fosa séptica y baños químicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Baños químicos (fases de construcción y cierre) Fosa séptica (fase de operación) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Operar el sistema sólo bajo las condiciones establecidas por el fabricante. - Revisión y mantención periódica de la fosa séptica, lo que permitirá verificar el nivel de acumulación de lodos, evitando la superación del 80% de la capacidad. Antes de llegar a este porcentaje o bien cuando se detecte la generación de olores molestos, se coordinará el retiro de lodos con camión limpia fosas que cuenten con autorización sanitaria. - Realizar las mantenciones y limpiezas vigentes conforme a lo establecido por la empresa fabricante del sistema o especializada en el servicio. - Realizar el correcto control de lodos con el objeto de asegurar y evitar el desgaste de válvulas de la fosa. - Supervisión y control de los flujos que ingresan y salen del sistema proyectado, a objeto de no superar la capacidad de diseño de la fosa séptica. - Realizar las mantenciones y limpiezas conforme a lo establecido por la empresa fabricante del sistema o especializada en el servicio. - Conservar listado de proveedores de servicio de arriendo y mantención de baños químicos. Forma de control y seguimiento a implementar para prevenir la contingencia - Registro de mantenciones y/o inspecciones. - Listado de proveedores de baños químicos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de detectar algún tipo de fuga o derrame se deberán realizar las siguientes acciones: - Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos y se instalarán baños químicos, o bien se realizará el reemplazo del baño químico afectado. - El trabajador que identifique el derrame o falla de la fosa séptica o baño químico, deberá comunicar inmediatamente a viva voz la emergencia a las personas que se encuentran a su alrededor. Además, se avisará de la situación al superior inmediato o al Jefe de Área/Turno. - Detener el derrame lo más pronto posible cerrando el contenedor con fuga o colocando en el lugar un recipiente que permita recuperar y/o contener el agua servida que se esté fugando. - Para proceder con las labores de control del derrame, el personal encargado de la contingencia utilizará los implementos de protección personal apropiados. - Se realizarán los trabajos de limpieza, mediante el uso de bombas de piso y/o materiales absorbentes sobre el suelo, para contener las aguas servidas derramadas y posteriormente realizar su recolección. En caso de utilizar material absorbente, éste será dispersado en círculos desde fuera hacia el centro del derrame, para evitar salpicaduras o esparcir el agua servida derramada. En caso de utilizar bombas de piso, una vez que el mayor volumen del derrame sea bombeado a un contenedor sellado se realizará una limpieza final con material absorbente. - Posteriormente, luego que el agua servida derramada haya sido absorbida por el material absorbente, los residuos generados serán recolectados con una escobilla y recogedor y, en caso de derrames pequeños, dispuestos en una bolsa de poliuretano, mientras que, en caso de derrames grandes, los residuos serán dispuestos en un recipiente plástico con tapa y revestimiento de polietileno. - Se contactará al servicio de limpieza para que realice el retiro inmediato de las aguas de los baños químicos y lodos de la fosa y los envíe a un sitio de disposición autorizado. - Se investigará el origen del problema y se procederá a su reparación o eventualmente al recambio de la pieza o parte del sistema defectuoso. - Si el problema de la fosa séptica hubiere originado por insuficiencia de drenaje, se ampliará el sistema de drenes de infiltración manteniendo el mismo diseño. - Durante la contingencia de la fosa séptica se instalarán baños químicos provisoriamente. - El responsable de la implementación de estas medidas será el Jefe de Área/Turno. - En caso de detectar problema de olores que no se hayan solucionado con las medidas de control, el Jefe de Área/Turno será el responsable de proceder a la aplicación de supresores de olores químicos recomendados por el proveedor del sistema de tratamiento de aguas servidas Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo) se elaborará un breve reporte respecto de la activación y aplicación del Plan de emergencias. Dicho reporte será enviado a la SMA, en un plazo máximo de 48 horas luego de reestablecidas las actividades normales del Proyecto. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.8 Riesgo o contingencia 8: Afectación sobre recursos naturales (suelo, agua, aire y biodiversidad). Fase del proyecto a la que aplica Fase de cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Desmontaje de obras, partes e instalaciones del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir La actividad de desmontaje contempla el retiro de equipos, fundaciones, cableado aéreo y soterrado y retiro cerco perimetral. Una vez terminado el retiro de toda la infraestructura, se procederá la contingencia a una limpieza general del área, para proceder al levantamiento de la instalación de faenas, con excepción de los baños químicos, que se mantendrán hasta terminar la restauración de la geoforma. Sobre las actividades específicas se considera: - Se realizará la desconexión de la LTE y el desmontaje y retiro de las estructuras o torres por medio de maquinaria. - Se realizará la desconexión del cableado eléctrico y el desmontaje y retiro de la infraestructura del SAE y S/E por medio de maquinaria. - Se retirará todo el mobiliario y equipos de oficinas, bodegas y otras instalaciones existentes. Para disminuir la posible afectación sobre los recursos naturales (suelo, agua, aire y biodiversidad), se consideran las siguientes actividades: - Se utilizarán los baños químicos utilizados durante la fase de construcción los cuales estarán instalados conforme la normativa vigente. - Se retirarán los residuos generados durante esta Fase mediante una empresa externa autorizadas para dichas actividades. - Se realizará una descompactación del suelo a objeto de recuperar sus características originales. - En caso de ser necesario para evitar impactos en el componente aire, se humectarán los caminos para evitar las emisiones de Material Particulado. - Se realizará la limpieza general del terreno, de manera que al momento del abandono se encuentre en las mismas condiciones que se recibió al inicio de la fase de construcción. A continuación, se describen las actividades y medidas que se llevarán a cabo en la fase de cierre para garantizar la recuperación del recurso suelo a su condición natural. - Medida: Descompactación y Aireación Se utilizará una máquina bulldozer con escarificador (equipo auxiliar del tractor que permite romper las capas del terreno compactadas y poder removerlas) de una profundidad de al menos 60 cm, con el fin de soltar la tierra y mejorar la profundidad efectiva del suelo. Hay que mencionar que, en las zonas donde se deba retirar cableado enterrado se considera el relleno de excavaciones con el mismo material que se remueva para retirar los componentes. Forma de control y seguimiento a implementar para prevenir la contingencia - Se mantendrá un registro de las actividades. - Registro de inspecciones de los sectores durante la fase. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Breve reporte de la emergencia. - Se avisará a la SMA dentro de un plazo de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante breve reporte del incidente. Forma de control y seguimiento de las acciones o medidas para controlar la emergencia En el caso de ocurrir una emergencia en que algún componente se vea afectado (agua, aire, suelo), se elaborará un breve reporte respecto de la activación y aplicación del Plan de Emergencias. Dicho reporte será enviado a la SMA en un plazo máximo de 48 horas luego de reestablecidas las actividades normales del Proyecto Oportunidad y vías de Se elaborará un informe el cual será remitido a la SMA, SEREMI comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia de Medio Ambiente y a la autoridad competente en materia ambiental en el caso de algún componente afectado (agua, aire, suelo) en un período no superior a las 48 h. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla 10.9 Riesgo o contingencia Atropello y/o colisión de fauna nativa Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de personal, insumos, materiales, residuos y Línea Eléctrica. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Implementación de señalética con velocidad máxima de circulación para todos los vehículos del Proyecto. - Realización de charlas informativas al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos y huellas públicas y/o del Proyecto. - Realización de inducciones al personal donde se informe sobre las buenas prácticas para la protección de la fauna nativa. - Recorrido del trazado de la línea eléctrica del Proyecto para identificar la presencia de carcasas de aves cada 6 meses durante la fase de operación. - Para evitar la electrocución de la fauna se considera dispositivos anti-percha en la LAT aérea a objeto de evitar que aves aniden en la LMT, como también, la probabilidad de que las usen como posaderos - Se consideran las siguientes acciones: Área Objetivo Acciones Zonas del proyecto y caminos Fauna terrestre - Control estricto de velocidad (30 km/h en zonas del proyecto y caminos de acceso) - Instalación de letreros de velocidad permitida - Capacitación del personal sobre medidas de gestión de fauna Zonas públicas pavimentadas Fauna terrestre - Control de velocidad según la permitida en la vía - Uso de encarpados en camiones que transporten material árido. Áreas de construcción Fauna terrestre y aérea - Prohibición de arrojar basuras y uso de depósitos adecuados. - Prohibición de fogatas y uso de fuego para eliminar vegetación. Caminos de acceso y internos Especies carroñeras (atracción por carcazas) emoción sistemática de carcazas para evitar atraer especies carroñeras. Líneas de transmisión Fauna aérea (riesgo de colisión o -.Informar y coordinar con el SAG en caso de atropello, colisión o electrocución. -Contactar con centros de rescate de electrocuc ión) fauna en caso de heridos. Centro de Rescate Fauna silvestre herida -Traslado de ejemplares heridos a centros de rescate (UFAS, CRFS, zoológico nacional). -Emitir informes técnicos de las emergencias. Transporte y maquinaria Fauna terrestre (riesgo de atropello) -Informar inmediatamente al encargado de medio ambiente en caso de encontrar fauna herida. -Capacitar al personal sobre medidas preventivas. Forma de control y seguimiento - Registro de charlas de inducción. - Registro fotográfico señalética con velocidad de circulación al interior del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia para controlar la emergencia - El conductor y/o acompañante dará aviso inmediato al Jefe de Emergencias del Proyecto acerca de la emergencia, quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG. - El conductor detendrá el vehículo en un lugar adecuado, con la señalización correcta, con el fin de poder alertar a otros conductores. - El conductor y/o acompañante mantendrán distancia del animal nativo atropellado y esperarán en el sitio del incidente la llegada del Jefe de Emergencia en el sector. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En el caso de ocurrir un atropello de fauna nativa en un plazo máximo de 48 horas se emitirá un reporte al SAG y SMA sobre los pasos realizados ante la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 2 del Adenda complementaria.

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1.- Margarita Del Carmen Bravo León Observación 1 Vengo en presentar mis argumentos por qué estoy en contra el proyecto "Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu, Sector Itahue.

Primero que todo, soy una ciudadana de 64 años, funcionaria pública de la Subsecretaria de Salud Pública de Salud, con 34 años en el ejercicio vocacional, a portas de acogerme a jubilación, con arraigo de 51 años en Itahue. Propietaria de un lote de 6 hectáreas (ROL 616-89) recién subdividido producto de la herencia dejada por mis padres, colindante inmediata de donde se proyecta instalar las baterías de almacenamiento.

Con profunda tristeza, vemos amenazado nuestro entorno, claudicándonos a las malas políticas ambientales ejercidas por los gobiernos de turno, estropeando la naturaleza, dando paso que las zonas agrícolas se transformen en zonas de sacrificio. Hace 50 años atrás en el sector se producía remolacha, trigo, cosechas de porotos, garbanzos, mi padre tenía una pequeña lechería, ovejas. Hoy en el presente hemos seguido con crianza de ovino y bovino, abejas, gallinas para el sustento de mis dos hermanos que viven con sus familias en el lugar.

La flora y fauna de las chiriguas, torcazas, tortolitas, zorzales del sector que hacen del lugar un paraíso. El ruido que generará el citado proyecto terminará por acabar con la esperanza de una población de tercera edad que han regresado al lugar, como es lo que tengo planificado hacer con mi último ciclo de vida. Las razones técnicas las tienen los profesionales, yo solamente puedo regañar desde el punto de vista ambiental, lo que significará tener torres de alta tensión y el baile de contenedores que se instalarán en beneficio de la captura de energía.

Evaluación Técnica 1 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a la evaluación de impacto del proyecto. A este respecto se indica que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, respecto al proyecto sometido a evaluación ambiental.

Respecto de su consulta y su preocupación por la “fauna” se indica que, en forma general, se contemplan dos estructuras de Líneas de Alta Tensión (LAT) de 13,5 m de alto y el resto del tramo por vía soterrada. Cabe mencionar que el riesgo de colisión y/o electrocución está relacionado directamente con la distancia de los conductores y su relación al ave con mayor envergadura registrada. Para reducir la colisión de la Fauna Voladora con los cables de la LAT, se realizará la instalación de disuadores/desviadores de vuelo en los cables de guarda, tales como: desviadores de vuelo de neopreno con cintas luminiscentes, espirales desviadoras de vuelo, u otro similar. Estos permiten hacer visibles los cables conductores y cable de guarda para las aves, de modo que logran esquivar la línea, disminuyendo el riesgo por colisión con éstos.

Por otra parte, en relación con su otra preocupación del ruido, se indica que las “emisiones de ruido” que provendrán del tránsito y las faenas de construcción no sobrepasan los límites del DS 38. Lo mismo ocurre para la etapa de operación. Sin perjuicio de ello, el proponente, como compromiso voluntario, va a generar un plan de información y difusión permanente con la comunidad, que considere estrategias de información adecuadas, generando las instancias y mecanismos necesarios para canalizar en forma oportuna información e inquietudes desde y hacia la comunidad. Además, se considera informar a los receptores identificados en estudio de ruido y vibraciones de forma previa al uso de maquinaria en la construcción del camino que podría generar ruidos y/o vibraciones.

11.2.- Consejo Ecológico Comunal de Molina, representado por Angela Catalina Arroyo Navarro Observación 1 Se solicitar señalar cuál la vinculación entre el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” y el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Altair”, ambos en evaluación en el SEIA. Los dos proyectos se emplazan prácticamente en el mismo sector y cumplen objetivos similares:

Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu: El objetivo del proyecto es implementar un sistema de almacenamiento de energía, para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), cuando este lo requiera.

Sistema de Almacenamiento de Energía Altair: El objetivo del Proyecto consiste en la implementación de un sistema de almacenamiento de energía para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), cuando sea requerido. La capacidad de almacenamiento permite desplazar los horarios de inyección de la energía, entregando una mayor flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades del SEN, un aspecto relevante en la política de descarbonización de la matriz energética nacional.

En caso de que exista vinculación se solicita evaluar sus impactos en conjunto.

Evaluación Técnica 1 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a la evaluación de impacto del proyecto. A este respecto se aclara que no existe vinculación alguna entre el proyecto motivo de evaluación “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”, ingresado al SEIA el 14 de mayo del 2024, del proponente SAE Volcán Melimoyu SpA, legalmente representado por Guillermo Hernández Martínez; con el proyecto ingresado a trámite posteriormente el 25/07/2024 “Sistema de Almacenamiento de Energía Altair”, del proponente SPH BESS Itahue SpA, representado legalmente por Eduardo Morice Soffia. Cabe destacar que, si bien la naturaleza de los proyectos es similar (ambos contemplan sistemas de almacenamiento de energía, para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) cuando este lo requiera), la revisión de los expedientes de evaluación respectivos permite afirmar que además de no estar relacionados, no coinciden en temporalidad (inicio de obras “SAE Volcán Melimoyu” estimado para 30/09/2025, duración 6 meses; “Sistema de Almacenamiento de Energía Altair” estimado para 01/07/2027, duración 7 meses) ni en extensión, contemplando el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” una superficie mucho más pequeña (1,55 ha) que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía Altair” con 7,19 ha.

Observación 2 En el “Anexo 3. Inventario y modelación de emisiones” se desarrolla la modelación de material particulado y gases utilizando el Modelo Aermod, señalando que se encuentra dentro los Softwares recomendados por la “Guía para Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEA” del Servicio de Evaluación Ambiental, 2023. Sin embargo, la Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA (segunda edición, 2023) señala en la sección 3.2 los criterios y casos de selección de modelo, donde el segundo caso (letra b, página 27), indica: “b) Contaminantes primarios – alcance de los impactos de las emisiones en un rango mayor a los 5 km En el caso que los impactos de las emisiones abarquen un rango mayor a los 5 km desde la(s) fuente(s) de emisión, lo más adecuado es utilizar un modelo que permita simular la meteorología heterogénea. Los modelos capaces de esta representación son los del tipo puff y Eulerianos. Los modelos Eulerianos recomendados corresponden a WRF-Chem, CAMx y CMAQ, mientras que el modelo tipo puff recomendado es CALPUFF” (página 27). Considerando las viviendas más cercanas se encuentran a 18 metros del proyecto y que los cerros se encuentran entre 1,68 km al norte y a 2,3 km al oeste configurando una condición de terreno complejo (ver imágenes inferiores), se solicita justificar el uso del modelo basado en los criterios de la Guía del SEA vigente y actualizarlo por uno que permita simular meteorología compleja como Calpuff.

Evaluación Técnica 2 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos de la evaluación ambiental del proyecto. A este respecto se indica que en efecto, la Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA (segunda edición, 2023) señala en la sección 3.2 los criterios y casos de selección de modelo, siendo para el caso “b) Contaminantes primarios – alcance de los impactos de las emisiones en un rango mayor a los 5 km” lo más adecuado es utilizar uno que permita simular la meteorología heterogénea, como son los del tipo puff y Eulerianos (los modelos Eulerianos recomendados corresponden a WRF-Chem, CAMx y CMAQ, mientras que el modelo tipo puff recomendado es CALPUFF”. Sin embargo, la situación para el proyecto en evaluación “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” no corresponde al “caso b)”, si no al a) señalado en la misma Guía, “a) Contaminantes primarios – alcance de los impactos de las emisiones en un rango menor o igual a 5 km”, donde la misma Guía indica que es aceptable tanto la utilización de un modelo Gaussiano como un modelo tipo puff. Tal como se muestra en figura 5.1 del “Anexo 3. Inventario y modelación de emisiones” (la que se reproduce a contiuación para mayor claridad”, el área de influencia para emisiones atmosféricas resulta algo inferior a 2 km de díámetro, muy inferior al alcance de 5 km desde el punto de emisión que la Guía utiliza como criterio:

Se destaca, de cualquier modo, que el período de mayor generación de emisiones corresponde a la fase de construcción, de 6 meses de duración, y que las emisiones calculadas son además de muy baja magnitud. Finalmente, ni la SEREMI de Medio Ambiente ni la SEREMI de Salud del Maule, ambas con competencia ambiental en la evaluación de eventuales impactos sobre la componente calidad de aire, presentan observaciones al modelo utilizado ni sobre los resultados y conclusiones de la modelación, lo que en conjunto con lo señalado en la Guía respectiva (caso a) Contaminantes primarios – alcance de los impactos de las emisiones en un rango menor o igual a 5 km) permiten avalar la elección del modelo. En el contexto anterior, no resulta necesario actualizar el Informe y reemplazar el modelo por uno que permita simular meteorología compleja como Calpuff, ya que el uso de Aermod está justificado.

Observación 3 Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley Proyectos futuros En el capítulo 4, solamente se presenta la vinculación con proyectos con RCA aprobada para la componente de ruido. Al consultar el mapa del proyecto del e-SEIA, se aprecia lo siguiente:

Por lo anterior, se solicita revisar en términos temporales y espaciales las áreas de influencia de proyectos aprobados y/o en evaluación para evaluar sus efectos sinérgicos y/o acumulativos con el proyecto en trámite.

Evaluación Técnica 3 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos de la evaluación ambiental del proyecto. A este respecto se indica que la publicación del Servicio de Evaluación Ambiental “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación del Efecto Sinérgico Asociado a Impactos por Ruido Sobre la Salud de la Población” (SEA, abril 2022), cuyo objetivo es entregar lineamientos técnicos o criterios para la evaluación ambiental de los efectos sinérgicos por ruido y posterior análisis de lo señalado en el literal a), del artículo 11, de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante, “Ley N°19.300”), esto es, “Riesgo para la salud de la población”, establece, en primera instancia, que “Para la evaluación de impactos sinérgicos se deberán considerar los proyectos o actividades que cuenten con calificación ambiental vigente”, es decir, aquellos proyectos que cuenten con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), descartando por tanto la pertinencia de efectuar el análisis para proyectos en evaluación. En este contexto, tal como se indica en el documento técnico elaborado por el SEA, se presentó en la DIA (Anexo 4 Estudio de Ruido, el que se actualiza en la Adenda con las mismas conclusiones respecto a sinergía) un análisis de la eventual vinculación con proyectos con RCA aprobada para la componente de ruido, encontrándose dentro del área de influencia del proyecto en evaluación (para la fase de construcción, de seis meses de duración, etapa más adversa desde el punto de vista de ruido) sólo dos proyectos con RCA, tal como se muestra en imagen a continuación (extraída de https://sig.sea.gob.cl/mapadeproyectos/):

Figura Proyectos dentro del Área de Influencia del proyecto SAE Volcán Melimoyu Los proyectos mostrados dentro del área de influencia corresponden a "Operación de Turbogrupos, Subestación ltahue, VII Región del Maule" (Res. Ex. 037/1999) y "Operación de Turbogrupos Sector ltahue, (2° Etapa-Central Los Robles”, Comuna de Molina, Provincia de Curicó, VII Región del Maule" (Res. Ex. 127/199), operativos desde principios de siglo. Como es evidente, los proyectos son bastante antiguos, y las emisiones acústicas asociado a ellos fueron medidas como parte del proyecto en actual evaluación como parte del ruido de fondo, por tanto consideradas para efectos de la superposición de emisiones acústicas con el proyecto en evaluación, determinándose que la normativa ambiental se cumple para los receptores evaluados dentro del área de influencia, descartándose efectos que pudieran considerarse un riesgo para la salud de la población.

Respecto al análisis para proyectos en evaluación, si bien no corresponde de acuerdo al Criterio del SEA, cabe destacar que, en particular con el proyecto Altair, este último ingresó al SEIA en fecha posterior al de SAE Volcán Melimoyu SpA, desconociéndose su existencia para todo efecto. Sin embargo, la revisión de los expedientes de evaluación respectivos permite afirmar que no coinciden en absoluto en temporalidad (inicio de obras “SAE Volcán Melimoyu” estimado para 30/09/2025, duración 6 meses; “Sistema de Almacenamiento de Energía Altair” estimado para 01/07/2027, duración 7 meses), por lo que no existiría superposición alguna de áreas de influencia, en específico durante la fase de mayores emisiones acústicas (fase de construcción).

Observación 4 ¿Como se puede asegurar que el área de influencia de emisiones de ruido afecta solo a los sectores que señalan durante las tres fases que se indican en la DIA? se hicieron estudios de desplazamiento de aves, mamíferos menores, reptiles, anfibios o polinizadores que se vean afectados por las emisiones de ruido? ¿No creen que sería apropiado un estudio más a fondo en este aspecto?

Evaluación Técnica 4 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos de estudio de la componente ruido dentro de la evaluación ambiental del proyecto. A este respecto se indica que el área de influencia fue proyectada en términos de la “Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido y Vibración en el SEIA” (2019) del Servicio de Evaluación Ambiental, cuyo objetivo, según señala el mismo documento en su Presentación, es que “permite informar y conducir respecto de la presentación de criterios y recomendaciones en cuanto a la suficiencia y calidad de la información que debe ser presentada en una Declaración de Impacto Ambiental”. En el contexto anterior, para la proyección de ruido producido por el proyecto se utilizó como referencia la Norma ISO 9613:1996, indicada en la Guía del SEA, lo que permite entregar certeza y uniformidad al momento de evaluar proyectos. En el contexto anterior, se puede asegurar que el área de influencia de emisiones de ruido está acotada a los sectores mostrados para cada una de las fases, para los cuales se hace una comparación con la normativa ambiental aplicable (DS 38/2011), mostrándose que los niveles de emisión de ruido CUMPLEN, lo que permite descartar impactos adversos significativos sobre la salud de la población:

Tabla: Niveles de ruido proyectados para cada fase del proyecto sobre componente medio humano Receptor Límite D.S. 38/11 MMA, dB(A) Nivel proyectado (fase construcción) dB(A) Nivel proyectado (fase operación) dB(A) Nivel proyectado (fase cierre) dB(A) R1

55 53 33 52 R2 53 34 53 R3 52 32 51 R4 52 30 48 R5 53 35 51 Fuente: Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Ruido Actualizado

Respecto a la evaluación de ruido sobre fauna, este aspecto se incluye en el Estudio de Ruido, actualizado en Anexo 4 de la Adenda, evaluación desarrollada de acuerdo a los lineamientos establecidos en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Evaluación de Impactos por Ruido Sobre Fauna Nativa” (SEA, 2022), que señala los antecedentes e información necesaria que deben presentar los titulares para la evaluación ambiental de los impactos por ruido sobre fauna nativa terrestre, de modo de considerar lo señalado en la letra e) del artículo 6° del D.S. MMA N°40, en donde, existiendo una diferencia de niveles de ruido entre la situación con y sin proyecto, se establecerán umbrales de referencia específicos para la evaluación de potenciales impactos significativos sobre fauna asociados a ruido. En este contexto, a continuación, se presentan los resultados de evaluación de ruido sobre fauna, además del análisis efectuado que permite descartar efectos adversos significativos sobre la componente:

Tabla: Umbrales de Referencia para la evaluación de impacto por ruido sobre Fauna Especie– Grupo Taxonómico Descripción del Efecto Tipo de Efecto Tipo de Fuente Umbral Referencia

Anfibios Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Conductual Continua (ruido ambiental) 62 dB(C) promedio Shieh, et al., 2012. Reducción en duración de cantos en anuros machos

Conductual Continua- intermitente (transporte) 72 dB(A) promedio Shannon et al., 2015.

Reptiles Dificultad para localización

Conductual Continua- Intermitente (transporte) 75 dB(C) promedio Shannon et al., 2015.

Avifauna Cambio de frecuencia en vocalizaciones Conductual Continua

(ruido ambiental) 60 dB(A) promedio Dooling et al., 2007.

Disminución del éxito reproductivo

Conductual Continua

(ruido ambiental) 58 dB(A) promedio

Shannon et al., 2015. Intermitente (ruido de construcción, transporte) 68 dB(A) promedio Efectos sobre la fisiología y desarrollo

Fisiológico Continua- intermitente (transporte)

60 dB(A) máx

Aumento del estado de alerta y vigilancia

Conductual

Impulsiva (militar o tronaduras) 80 dB(A) máx

63 dB(A) promedio Daño auditivo directo

Fisiológico Impulso único (tronaduras) 140 dB(A) máx

Dooling et al., 2007.

Desplazamiento temporal

del umbral auditivo Impulsos múltiples (construcción, martillo neumático por ej.) y ruido de transporte

93 dB(A) máx

Mamíferos Interrupción en

la búsqueda del alimento en murciélagos

Conductual Continua- intermitente (transporte) 80 dB(A) promedio

Shannon et al., 2015.

Reducción de eficiencia reproductiva

Conductual Continua- Intermitente (construcción, industrial)

68 dB(A) promedio Incremento de ritmo cardiaco y alteración de dinámicas de descanso y movilidad en ungulados

Fisiológico – Conductual

Impulsiva (militar)

85 dB(Z) promedio Fuente: Tabla Nº12 del Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Ruido Actualizado.

De este modo al Receptor Medio Fauna, y lo señalado en los hallazgos resultantes del estudio de fauna efectuado (Anexo 9 de la DIA), se considera que los principales receptores expuestos al ruido del Proyecto corresponden a la categoría de Avifauna, Anfibios, Mamíferos, y Reptiles.

Conforme a la Tabla N°12 del Anexo 4 de la Adenda, para Avifauna, los límites aplicables a ruidos de Construcción corresponden a 58 dB(A) para ruidos continuos (Disminución del éxito reproductivo)

Para los Mamíferos, el criterio establece un límite de 68 dB(A) para ruidos continuos (Reducción de eficiencia reproductiva)

Para los Anfibios, el criterio establece un límite de 62 dB(C) para ruidos continuos (Cambio de frecuencia en las vocalizaciones), y 72 dB(A) para continuos-intermitentes (Reducción en duración de cantos en anuros machos).

Por último, para Reptiles se establece un límite equivalente a los 75 dB(C) para ruidos continuos (Dificultad para localización).

En los términos anterior, los resultados resumidos del Estudio para fauna son los siguientes:

Tabla: Evaluación de ruido en fauna, fase de Construcción Descripción del Efecto Tipo de Fuente Nivel total Proyectado F Umbral ¿Cumple con Criterio? AVIFAUNA Cambio de frecuencia en vocalizaciones Continua (ruido ambiental)

57 60 dB(A) promedio Si Disminución del

éxito reproductivo Continua (ruido ambiental) 58 dB(A) promedio Si Intermitente (ruido de construcción, transporte) 68 dB(A) promedio Si Aumento del estado de alerta y vigilancia Impulsiva (militar o tronaduras) 63 dB(A) promedio Si Daño auditivo directo Impulso único (tronaduras) 140 dB(A) máx Si Desplazamiento temporal del umbral auditivo Impulsos múltiples (construcción, martillo neumático por ej.) y ruido de transporte 93 dB(A) máx

Si MAMÍFEROS Interrupción en

la búsqueda del alimento en murciélagos Continua-intermitente (transporte)

57 80 dB(A) promedio

Si Reducción de eficiencia reproductiva Continua-Intermitente (construcción, industrial) 68 dB(A) promedio Si REPTILES Dificultad para localización Continua-Intermitente (transporte)

61 75 dB(C) promedio

Si ANFIBIOS Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Continua (ruido ambiental) 61 62 dB(C) promedio Si Reducción en duración de cantos en anuros machos Continua-intermitente (transporte) 57 72 dB(A) promedio Si

Fuente: Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Ruido Actualizado.

Tabla: Evaluación de ruido en fauna, fase de Operación Descripción del Efecto Tipo de Fuente Nivel total Proyectado F Umbral ¿Cumple con Criterio? AVIFAUNA Cambio de frecuencia en vocalizaciones Continua (ruido ambiental)

60 dB(A) promedio Si Disminución del éxito reproductivo Continua (ruido ambiental) 58 dB(A) Si

41 promedio Intermitente (ruido de construcción, transporte) 68 dB(A) promedio Si Aumento del estado de alerta y vigilancia Impulsiva (militar o tronaduras) 63 dB(A) promedio Si Daño auditivo directo Impulso único (tronaduras) 140 dB(A) máx Si Desplazamiento temporal del umbral auditivo Impulsos múltiples (construcción, martillo neumático por ej.) y ruido de transporte 93 dB(A) máx

Si MAMÍFEROS Interrupción en la búsqueda del alimento en murciélagos Continua-intermitente (transporte)

41 80 dB(A) promedio

Si Reducción de eficiencia reproductiva Continua-Intermitente (construcción, industrial) 68 dB(A) promedio Si REPTILES Dificultad para localización Continua-Intermitente (transporte)

51 75dB(C) promedio

Si ANFIBIOS Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Continua (ruido ambiental) 51 62dB(C) promedio Si Reducción en duración de cantos en anuros machos Continua-intermitente (transporte) 41 72dB(A) promedio Si Fuente: Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Ruido Actualizado.

Tabla: Evaluación de ruido en fauna, fase de Cierre Descripción del Efecto Tipo de Fuente Nivel total Proyectado F Umbral ¿Cumple con Criterio? AVIFAUNA Cambio de frecuencia en vocalizaciones Continua (ruido ambiental)

53 60 dB(A) promedio Si Disminución del

éxito reproductivo Continua (ruido ambiental) 58 dB(A) promedio Si Intermitente (ruido de construcción, transporte) 68 dB(A) promedio Si Aumento del estado de alerta y vigilancia Impulsiva (militar o tronaduras) 63 dB(A) promedio Si Daño auditivo directo Impulso único (tronaduras) 140 dB(A) máx Si Desplazamiento temporal del umbral auditivo Impulsos múltiples (construcción, martillo neumático por ej.) y ruido de transporte 93 dB(A) máx

Si MAMÍFEROS Interrupción en

la búsqueda del alimento en murciélagos Continua-intermitente (transporte)

53 80 dB(A) promedio

Si Reducción de eficiencia reproductiva Continua-Intermitente (construcción, industrial) 68 dB(A) promedio Si REPTILES Dificultad para localización Continua-Intermitente (transporte)

61 75 dB(C) promedio

Si ANFIBIOS Cambio de frecuencia en las vocalizaciones Continua (ruido ambiental) 61 62 dB(C) promedio Si Reducción en duración de cantos en anuros machos Continua-intermitente (transporte) 53 72 dB(A) promedio Si Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Ruido Actualizado.

Observación 5 ¿Cuentan con un mapa de riesgos de desastres para toda el área de influencia? y ¿Cómo este proyecto agrega o quita factores de riesgo tanto a la población humana como al ecosistema circundante frente a la presencia de alguna emergencia o desastre?

Evaluación Técnica 5 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a eventuales emergencias y contingencias del proyecto en evaluación. En referencia a ello, se indica que el desarrollo del proyecto incluye un mapa de riesgos, donde se identifican y caracterizan los riesgos antrópicos y naturales (los que constituyen riesgo de desastres), del que se ha generado un Plan de contingencias y Emergencias, tal como exige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (el que se presenta actualiza en Anexo 8 de la Adenda). En base a este documento, en la Tabla a continuación se presenta identificados del Proyecto que podrían implicar efectos sobre el medio ambiente o bien a la población interna y externa al proyecto en cada una de sus fases:

Tabla Riesgos identificados en cada fase del Proyecto Origen Riesgo Situaciones de Contingencia y/o emergencia Obra o acción relacionada Fase Natural Sismo Pérdidas y daños por sismo de gran magnitud Todas las partes y obras Todas las fases Anegamiento por aguas lluvias Anegamiento por afloramiento de aguas Pérdidas y daños por inundaciones de precipitaciones extremas Todas las partes y obras Todas las fases Antrópico Incendio Incendio general en las instalaciones del Proyecto Incendio en Bodega RESPEL Todas las partes y obras Todas las fases Intervención patrimonial Hallazgos arqueológicos o paleontológicos no previstos Todas las obras del Proyecto donde haya excavaciones Construcció n y cierre Derrames de combustible o aceite Derrame de combustible durante el transporte y almacenamiento Derrame de combustibles o aceite por falla de equipos Zona de almacenamiento de combustible y caminos interiores del Proyecto Transformadores Todas las fases Derrame de sustancias y residuos peligrosos Derrame de sustancias y/o residuos peligrosos durante el transporte. Derrame de sustancias y/o residuos peligrosos en el área de almacenamiento Zona de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos Todas las fases Superación en la capacidad de almacenamiento Superación de la capacidad de almacenamiento de residuos sólidos asimilables a Área de almacenamiento de residuos sólidos Todas las fases

o de residuos no peligrosos y peligrosos domiciliarios e industriales no peligrosos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y bodega RESPEL

Falla en la fosa séptica y baños químicos Derrame de aguas servidas en el funcionamiento de fosa séptica y baños químicos Baños químicos (fase de construcción y cierre) Fosa séptica (fase de operación) Todas las fases Atropello y/o colisión de fauna nativa Atropello y/o colisión de fauna nativa Transporte de personal, insumos, equipos, materiales y residuos Línea eléctrica de alta tensión Todas las fases (atropello) Fase de operación (colisión, línea Transmisión ) Afectación de los recursos naturales (suelo, agua, aire y biodiversidad) por desmontaje. - Afectación de los recursos naturales (suelo, agua, aire y biodiversidad) Desmontaje del proyecto Fuente: Plan de contingencia y emergencia actualizado, Anexo 8 de la Adenda.

En particular, respecto a riesgos de desastres, se ha evaluado el riesgo de deslizamiento de tierra (asociados principalmente a sismos), concluyendo que el proyecto no se emplaza en una zona propensa. En efecto, tras analizar las características topográficas del área, se ha determinado que las pendientes presentes en el área del proyecto son horizontales a suaves (0° a 5°) según los umbrales morfodinámicos propuestos por Araya y Borgel (1972) dificultando la ocurrencia de deslizamientos, tal como se presentó en el capítulo 9.1 del Anexo 7.2 de la DIA Geología, Hidrogeología y Riesgo (Ver figura a continuación):

Figura Mapa de pendientes en umbrales morfodinámicos.

Fuente: Anexo 7.2. de la DIA (Chagual, 2024), desarrollo a partir de umbrales morfodinámicos propuestos por Araya y Borgel (1972).

En cuanto al riesgo de inundación, el proyecto se encuentra a 561 [m] al noroeste del río Claro, a una distancia considerable de los cauces naturales cercanos (ver Figura 4 a continuación), lo que reduce significativamente el riesgo de afectación por crecidas. Además, la diferencia de cota existente entre el área del proyecto (230 [m s.n.m.]) y los cauces cercanos, como el río Claro (217 [m s.n.m.]), también minimiza el riesgo de erosión o desplazamiento de material. La diferencia de nivel actúa como una barrera natural, impidiendo que el proyecto esté expuesto a un riesgo significativo de inundación (ver figura 5 a continuación):

Figura Hidrografía SAE Volcán Melimoyu. Fuente: Chagual, 2024 en base a DGA 2024

Figura Perfil de elevación, sector SAE Volcán Melimoyu. Fuente: Elaboración Google Earth.

La hoya hídrica local del área es de 55,6 [ha], con un flujo de desagüe preferente hacia el suroeste (SW). Este análisis asegura que no existe riesgo significativo de afectación hídrica o desbordes en el área de influencia del proyecto (ver figura 6), dado el bajo respaldo hídrico de cuenca. La diferencia de nivel entre el proyecto y el cauce del Río Claro asegura que no exista una vulnerabilidad significativa ante un evento de crecida.

Figura Hoyas hídricas asociadas al sector SAE Volcán Melimoyu.

Fuente: Chagual, 2024. Elaboración a partir de modelo digital de elevación Alos Palsar 2011.

Por su parte, la red hídrica local está compuesta por dos canales de regadío. La Asociación de Canalistas del canal Ramírez de la Rinconada, Registro DGA N°648 del 2 de abril de 2007, informó que el porteo máximo de estos canales corresponde a 0,052 [m³/s] y 0,345 [m³/s], mientras que en terreno se estimó un porteo de 0,120 [m³/s] y 0,378 [m³/s].

Tanto los canales como una acequia menor al interior del predio presentarán atraviesos con el camino de acceso, por lo que existe el compromiso mediante carta con la Asociación de Canalistas de realizar la limpieza del canal en el sector del atravieso, con el fin de evitar cualquier tipo de alteración a la dinámica hídrica actual que pueda generar una perturbación o riesgo. La infraestructura y la distancia a los grandes ríos de la región contribuyen a que la zona del proyecto no esté expuesta a inundaciones relevantes.

De este modo, con base en el análisis topográfico y la información hidrológica disponible, se determina que no existe riesgo significativo de deslizamientos de tierra o inundaciones en el área de influencia del proyecto.

Observación 6 Al encontrarse la comuna de Molina en una zona saturada de material particulado fino, pedimos que la planta cuente con una estación de monitoreo de calidad del aire para asegurar a la población que no estaría afectando en gran medida a la contaminación atmosférica.

Evaluación Técnica 6 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos de normativa aplicable. A este respecto se indica que en referencia a la declaratoria y las obligaciones de las fuentes emisoras respecto a contaminantes normados, el proyecto SAE Volcán Melimoyu se ubica geográficamente bajo la declaratoria de zona saturada establecida por el Decreto 7/2021 del MMA, que declara zona saturada por material particulado fino MP2.5 en sus concentraciones de 24 horas y anual, al Valle central de la región del Maule. Se efectuó un completo inventario de emisiones y la modelación de las mismas (Anexo 3 de la DIA), resultando que las emisiones del proyecto, para cada una de las sus fases, son de baja magnitud y no generan un aporte a las estaciones de calidad del aire usadas para la declaratoria de saturación en MP2,5, tal como se muestra en tabla a continuación:

Tabla Aporte del proyecto sobre las estaciones de calidad del aire usadas para la declaratoria de saturación en MP2,5, año 1 (6 meses construcción + 6 meses operación). Estación Aporte MP2,5 Anual MP2,5 24 hrs P98 U. de Talca 0,00 0,00 UC del Maule 0,00 0,00 La Florida 0,00 0,00 Linares 0,00 0,00 Fuente: Tabla 4.5, Anexo 3.2. de la DIA.

En este contexto, y considerando lo establecido en el documento “Criterio de Evaluación en el SEIA: Impacto de emisiones en zonas saturadas por material particulado respirable MP10 y material particulado fino respirable MP2,5”, los resultados de la modelación del año de mayor emisión (que corresponden al año 1, compuesto por los 6 meses de Fase de Construcción y 6 meses de Operación) señalan que el Proyecto no presenta valores de significancia respecto al aumento de concentraciones de MP10 y M2,5 sobre receptores, y por lo tanto se puede concluir que no se presenta una afectación a la salud a la población. De este modo, no resulta pertinente implementar una estación de monitoreo de calidad del aire.

Observación 7 De acuerdo al N° 1.4.2. Respecto a la obra permanente “Drenes de infiltración”, queremos saber, si saben la capacidad de infiltración del suelo, qué materiales serán infiltrados, a qué profundidad, y si afecta a algún curso de agua superficial o subterránea, y si ocurre esta afectación, detallar sus características. Además, detallar que tipo de riesgo de afectación sufre la flora y fauna del área de influencia de esa obra

Evaluación Técnica 7 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos descriptivos de la evaluación ambiental del proyecto. A este respecto se indica que respecto a la obra permanente “Drenes de infiltración” se efectuó ensayo de infiltración en terreno, cuyos resultados se entregan en Anexo 3 de la Adenda, con un resultado medido en terreno de 43,8 l/m2-día. Por lo tanto, el cálculo de los drenes de infiltración necesarios es el siguiente:

Los drenes serán utilizados para infiltrar las aguas servidas tratadas generadas por el proyecto, que equivalen a un máximo de 750 l/día. Respecto a la eventual afectación a algún curso de agua superficial o subterránea, se presenta una caracterización en la DIA, en los Anexos 7.2. Caracterización de Hidrología y 7.3. Geológica, Geomorfológica, Hidrogeológica y de Riesgos Geológicos y Geomorfológicos con los siguientes resultados:

En base Caracterización Hidrológica (Anexo 7.2 de la DIA), se establece que el proyecto se localiza en la gran cuenca del Río Maule, subcuenca Río Claro (Cod: 0737) específicamente en la subsubcuenca Río Claro Entre Estero Carretón y Estero El Pangue (Cod: 07372), entre el Río Claro y el Estero el Rincón. Según la distribución administrativa que realiza la DGA, la zona de estudio está contenida en el SHAC sector acuífero Maule Medio Norte (IT SDT N°362), el que tiene una extensión aproximada de 3.210[km²] y se ha calculado una recarga neta de 15.000 [l/s] (DGA, 2014). Este sector tiene 548 derechos de agua otorgados por un total de 11.560 [l/s] (DGA, 2020). Para definir a escala local las escorrentías superficiales, se utilizó la información presente en la carta IGM para el área Itahue (F-041-SE) a escala 1:25.000 y complementada con observaciones de campo. El sector presenta una dirección preferente NE-SW para todas las aguas. Se ubica a 561 [m] al noroeste del Río Claro y a 1,8 [km] del Estero el Rincón. Por su parte, el Proyecto intercepta infraestructura de acequias de regadío local, las que fue posible observar en visita a terreno, determinándose que la totalidad de las aguas provienen de un mismo canal, tomando las aguas a diferentes alturas. Cabe señalar que los drenes de infiltración se encuentran a más de 100 m de la acequia más cercana.

En cuanto al régimen de precipitaciones, se ha calculado una precipitación media anual de 689,4 [mm/año], determinada en función de la suma de las precipitaciones promedio mensuales de la estación “El Guindo” en 55 años de funcionamiento continuo. A su vez existe un registro máximo de 116,5 [mm/día] a la fecha 18/02/2012 y máximo mensual acumulado de 438,9 [mm/mes] para junio de 2000. El rango de isoyetas en el área de influencia (750 a 800 [mm]), consistentes a lo observado mediante la estación de monitoreo DGA. Los registros en las estaciones DGA muestran que las precipitaciones se concentran principalmente durante el final del otoño, entre los meses de mayo y junio. Respecto a los valores promedios, se presenta un valor máximo en el mes de mayo con un valor para todo el registro de 135,1 [mm] y de 102,0 [mm] para los últimos 10 años. En el sector se observa una dirección preferente NE-SW para todas las aguas superficiales. El AI se emplaza 561 [m] al noroeste del Río Claro y a 1,8 [km] del Estero el Rincón. Por otra parte, el AI cruza 2 canales, los que tienen un caudal de 0,085[m3/s] para el canal 1 y 0,081[m3/s] para el canal 2 (ver figura anterior) en el momento de la visita a terreno, y una capacidad máxima de 0,262[m3/s] y 0,132[m3/s], respectivamente. Estas acequias que se definieron no representan algún riesgo o impedimento para el desarrollo del Proyecto ya que se utilizan con fines de riego agrícola, y, como se ha dicho, los drenes de infiltración se encuentran a más de 100 m de la acequia más cercana. En la simulación futura, se observa una tendencia de disminución en las precipitaciones acumuladas anuales, con un decremento del 17,92 % en comparación con los valores históricos. Además, se proyecta una disminución en el promedio diario máximo de 20,83 % en los próximos 40 años. Asimismo, las lluvias máximas diarias muestran un decremento del 2,83 % en el escenario predictivo. Por último, se estima un descenso de 4,62 [días] con precipitaciones máximas en la predicción.

Finalmente, respecto a riesgos de afectación sobre la flora y fauna del área de influencia de la obra de drenes de infiltración, esta se ubicará en un área donde no hay vegetación a intervenir, y donde sólo hubo un hallazgo de un ejemplar de fauna (lagartija), de muy rápida relocalización natural dentro del entorno. Durante la etapa de operación, la obra operará enterrada, por lo que no afectará en modo alguno a la componente.

Observación 8 Pedimos explicar de manera simple para que quieran almacenar energía, sabemos que Chile produce más energía de la que utiliza, por tanto, no entendemos la necesidad de este proyecto, puesto que tenemos energía de sobra y no es necesario acumularla, puesto que atendiendo a las condiciones de crisis ambiental, lo que debemos hacer es colaborar para disminuir los consumos energéticos. Por lo que, si no es necesario el proyecto, no debería llevarse a cabo.

También pensando en el desastre ecológico que está dejando la sobreexplotación del Litio en el norte de Chile, lo que provoca que se lleven nuestros recursos naturales para que después vuelvan hechos baterías que no necesitamos y que son fuente de riesgos humanos y ambientales para los territorios, como riesgos de incendios, por ejemplo.

Pedimos una buna justificación del proyecto, que muestre la necesidad imperiosa de llevarlo a cabo.

Evaluación Técnica 8 Este Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente la observación dado que se refiere a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Al respecto se indica que el proyecto “Sistema de almacenamiento de energía (SAE) Volcán Melimoyu” tiene por objetivo implementar un sistema de almacenamiento de energía, para su posterior inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), cuando este lo requiera.

Este tipo de proyectos se hace necesario considerando la posibilidad de que el suministro de energía experimente fluctuaciones debido al clima, los períodos del día o del año, las lluvias, los apagones etc., de modo que los usuarios tengan un flujo de energía continuo. Las baterías pueden mitigar la naturaleza intermitente de la energía renovable, almacenando la energía solar, por ejemplo, producida durante el día para su uso nocturno, garantizando así un suministro constante de energía en todo momento. De este modo, proyectos como el en evaluación hacen que las energías renovables sean más confiables y, por tanto, más viables. El suministro de energía solar y eólica puede fluctuar, por lo que los sistemas de almacenamiento en batería son cruciales para «suavizar» este flujo y proporcionar un suministro continuo de energía almacenada cuando se necesita en todo momento, sin importar si brilla el sol o hay viento, respectivamente.

Los sistemas de almacenamiento en batería permiten mejorar la eficiencia, además:

Menores costes energéticos: almacenar energía barata y consumirla en las horas punta, cuando las tarifas eléctricas son más altas, permite al usuario desplazar el consumo y evitar cargos más elevados, ahorrando dinero. - Menos dependencia de la red: los sistemas de almacenamiento en batería garantizan un suministro continuo de energía, incluso en momentos en que la red energética es inestable debido a picos de demanda o condiciones meteorológicas extremas. - Suministro permanente: el sol no está siempre «encendido» y no siempre hay viento, por ejemplo. Un sistema de almacenamiento en batería funciona cuando es necesario, por lo que compensa cualquier fluctuación en el suministro de energía almacenando los excesos en el sistema. - Resiliencia: un sistema de almacenamiento en batería ofrece una solución de emergencia en caso de corte del suministro eléctrico, garantizando la continuidad de la aspectos de la evaluación ambiental del proyecto.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y al objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  5. Que, para que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido e n el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  9. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  10. Que, en atención a las consideraciones expuestas,

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu”, de SAE Volcán Melimoyu SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) Volcán Melimoyu” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Distribución: • Guillermo Hernandez Martinez • DGA, Región del Maule • Dirección de Vialidad, Región del Maule • DOH, Región del Maule • Gobierno Regional, Región del Maule • Ilustre Municipalidad de Molina • SAG, Región del Maule • SEC, Región del Maule • SEREMI de Agricultura, Región del Maule • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Maule • SEREMI de Energía, Región del Maule • SEREMI de Salud, Región del Maule • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule • SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule • SEREMI MOP, Región del Maule • Servicio Nacional Turismo, Región del Maule • CONADI, Región del Biobío • Consejo de Monumentos Nacionales • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Catalina Arroyo Navarro • Consejo Ecológico Comunal de Molina • Margarita del Carmen Bravo León

CC: • Encargada Participación Ciudadana • Oficial de Partes