Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Zaldivar

Rol 2162020978
SEA · DIA · Aprobado · 2024-05-13 · Región de Antofagasta · ZAPALERI SPA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” Antofagasta

Resolución Exenta N*%20250200112 Antofagasta 22 de enero de 2024

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar”, presentado por ZAPALERI SpA , con fecha 06 de mayo de 2024 y admitido a trámite con fecha 13 de mayo de 2024, su Adenda de fecha 28 de agosto de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 03 de diciembre de 2024.

2". Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar”

3”. El Acta de Evaluación 20240210698 de la Sesión N*04/2024 del Comité Técnico de la Región de Antofagasta, de fecha 17 de junio del 2024.

4%. El ICE de la DIA de fecha 30 diciembre de 2024 del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar”.

5%. La Resolución Exenta N* 20250210118 de fecha 09 de enero de 2025, que rectifica y complementa el ICE de la DIA de fecha 30 diciembre de 2024.

6”. El acuerdo N? 02/2025 de la sesión ordinaria N* 02/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 10 de enero de 2025.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldivar”.

8”. Lo dispuesto en la Ley N? 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40,de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.834, Estatuto Administrativo, que establece orden legal de subrogación; en el Decreto Supremo N* 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1”. Que, ZAPALERI SpA (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ((en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social ZAPALERI SpA

Rut 77.460.368.9

Domicilio Avenida Apoquindo 3721, oficina 173, Las Condes. Teléfono +56995036130

Nombre representante legal Gonzalo Andrés Madrid Gálvez

Rut representante legal 16.253.991-4

Domicilio representante legal Génova 2016, of. 11, Providencia

Teléfono representante legal +56 2 269 943 53

Correo electrónico Titular o representante legal

gmadrid(Orgsabogados.cl

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de octubre de 2024, el Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable,

b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión de fecha 10 de enero de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 diciembre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Adicionalmente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó otorgar de forma favorable el permiso ambiental sectorial mixto contemplado en los artículos 132 y 138 del RSEIA (para mayor detalle, ver considerando 9 de la presente Resolución). Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El Proyecto tiene por objetivo generar energía eléctrica a partir de Energía Renovable No Convencional (en adelante “ERNC>”). La generación de energía eléctrica se realizará a partir de la obtención y conversión de radiación solar por medio de un Parque Fotovoltaico de aproximadamente 250 MW de potencia nominal, la cual será incorporada a través de una Línea de alta tensión (en adelante “LAT”) de 220 kV al Sistema Eléctrico Nacional (en adelante “SEN”.

Objetivo general

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA):

c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

Vida útil

El Proyecto tendrá una vida útil de 37 años y 6 meses.

Monto de inversión

USD 238.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito que dará inicio al Proyecto será la habilitación de la instalación de faenas.

Proyecto se desarrolla por

Si No | El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto

etapas

7] por etapas

Proyecto modifica un

El Proyecto no modifica un proyecto o actividad

Si No . existente

proyecto o actividad

Proyecto modifica otra(s) Si No

RCA

El Proyecto no modifica otras RCA.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El Proyecto se localizará a 122 km hacia el este de la ciudad de Antofagasta, en la comuna, provincia y Región de Antofagasta.

Justificación de la localización

La localización de este Proyecto se justifica en función de la existencia de radiación solar que permite la generación de energía eléctrica gracias a las características del sector.

Superficie

El Proyecto ocupará una superficie de 536,52 ha.

Coordenadas UTM en Datum

WGS84

El Layout del Proyecto se presenta en el Anexo 1 de la Adenda de la DIA.

Caminos o vías de acceso

El acceso al Proyecto desde Antofagasta se realizará desde la ruta 28 para luego conectar con el Camino a Minera Escondida (ruta pavimentada pero no enrolada por la Dirección de Vialidad), para finalmente empalmar con la Ruta B-55,

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Los Planos georreferenciados se presentan en la Tabla N*1 “Actualización Cartográfica de archivos georreferenciados” de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Habilitación de instalación de faenas

El Proyecto contempla la implementación de la infraestructura de apoyo, como el montaje de edificaciones, utilizando principalmente modulares del tipo container o estructuras prefabricadas.

Se considera la instalación de tres (3) IIFF, las cuales serán de carácter temporal, y se emplazarán en una superficie de 2,32 ha, siendo utilizadas para instalar oficinas, bodegas, estacionamientos, bodegas de materiales, bodegas de residuos, acopios, entre otros. Para lo anterior el Proyecto requerirá realizar las siguientes acciones:

  • Actividades preliminares.

  • Preparación del Terreno.

  • Movimientos de tierra.

  • Habilitación de caminos e instalación de cerco perimetral.

Desmantelamien | Una vez finalizadas las labores de construcción y las actividades de prueba y

to de obras JIEF | puesta en marcha del Proyecto, el Titular procederá a desmantelar y retirar todos los elementos que no pertenezcan al terreno y que hayan sido utilizados en las instalaciones temporales de construcción.

Recursos El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.

naturales

renovables

Emisiones y|3 Emisiones atmosféricas:

efluentes Las mayores emisiones estarán relacionadas con movimientos de tierra y las

actividades de uso de maquinaria. Las emisiones estimadas se detallan en la siguiente tabla: Tabla N*1. Emisiones Atmosféricas del Proyecto.

Fase/Contaminan | MPio | MP, | MPS | NOx |SO | NH | CO | COV te (t/año) 5 x 3 Ss Construcción 1024, | 123, (3546, | 148, 12,3 |7.0 |65, |65

1 6 5 5 7

Fuente: Tabla 31 de la ADENDA de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:

  • Revisión técnica al día de los vehículos de transporte.

  • Se realizarán inspecciones visuales

  • Se realizarán inspecciones visuales antes de la salida de cada vehículo, documentando con fotografías que la carga de áridos o tierra está cubierta correctamente con carpas resistentes.

  • Ficha de registro de aplicación de supresor de polvo

  • Registro fotográfico

  • Ficha de registro de humectación de caminos internos del área de paneles.

  • Se implementará un sistema de control de velocidad mediante GPS, que permitirá registrar y monitorear las velocidades de los vehículos del Proyecto.

  • Se realizarán inspecciones periódicas de la malla anti-viento para evaluar su estado estructural.

Para más detalle ver Tabla 32 “Medidas de control emisiones atmosféricas - Fase Construcción” de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos ubicados al interior de las TIFF. Se estima que se generará una cantidad de 1.980 m'/mes.

Se contempla el uso de Plantas tratamiento de aguas servidas con capacidad diaria de 90 m?, con 50% recuperación, estanques de fabricación horizontal. Cabe señalar, que están cumplirán con lo establecido en la norma chilena NCh 1.333 sobre calidad del agua para diferentes usos, en este caso, destinada a humectación de caminos.

c) Lodos:

Se generará una cantidad de 2.376 kg/mes de lodos proveniente de la PTAS.

Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

d) Ruido:

Las fuentes de ruido que se contemplan corresponden principalmente al funcionamiento de maquinarias necesarias para la construcción.

No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 2-8 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos domiciliarios:

Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos ¡inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros.

Se generará una cantidad de 34.320 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados, los cuales serán retirados dos a tres veces por semana o en la medida que sea necesario por una empresa autorizada hasta su disposición final en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán

compuestos básicamente de materiales de las obras de construcción como: escombros, restos metálicos, maderas, plásticos, despuntes metálicos, entre otros.

Se generará una cantidad de 29.555 kg/mes, los cuales serán ordenados y segregados, en el sector acopio residuos no peligrosos, para posteriormente ser llevado_a_un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de

Antofagasta.

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que

estarán compuestos básicamente de residuos de aceites y filtros, restos de aceites y grasas, tonner y cartridges, baterías, envases y tubos de silicona, pinturas, envases y huaipes contaminados, entre otros.

Se generará una cantidad de 225 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en contenedores metálicos o bins al interior de la Bodega de residuos peligrosos para posteriormente ser retirados semestralmente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Puesta en Servicio y Operación de la Planta fotovoltaica.

Posterior a la puesta en marcha, una vez que se estabilicen todas las variables, se procederá a la introducción del primer kWh producido al SEN. Al respecto, el Proyecto contempla la generación media anual estimada de 806.463,647 MWh. En paralelo a la operación del Proyecto, se realizará un monitoreo del estado de las instalaciones fotovoltaicas con el fin de detectar diferencias de producciones y, por tanto, posibles defectos en alguna instalación, ya sea módulos, inversores, como parte del mantenimiento preventivo y labores de operación del Parque Fotovoltaico. Cada una de las actividades de mantención a realizar, será documentada mediante reportes, disponibles para la autoridad pertinente en el edificio administrativo.

Las actividades relacionadas al mantenimiento y limpieza serán las siguientes:

  • Mantención Planta fotovoltaica.

  • Mantención Subestaciones.

  • Mantención de la Línea de Transmisión.

Para más detalle ver Tabla 81 de la Adenda de la DIA.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.

Productos generados

El Proyecto contempla generar energía eléctrica e inyectarla al SEN utilizando la radiación solar como fuente de ERNC, a través de la operación de un Parque Fotovoltaico de una potencia nominal de 250 MW.

Emisiones y efluentes

a Emisiones atmosféricas:

Durante la fase de operación se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de tránsito en caminos internos no pavimentados y combustión de vehículos. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:

Tabla N*2. Emisiones Atmosféricas del Proyecto

Fase/Contaminante | MP1o | MP»s | MPs | NOx | SOx | NH | CO | COVs (año) Operación 16,7 [2,3 57,6 | 6,5 0,2 ¡0,7 |2,0 ¡0,2

Fuente: Tabla 31 de la ADENDA de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:

  • Revisión técnica al día de los vehículos de transporte.

  • Se realizarán inspecciones visuales

  • Se realizarán inspecciones visuales antes de la salida de cada vehículo, documentando con fotografías que la carga de áridos o tierra está cubierta correctamente con carpas resistentes.

  • Ficha de registro de aplicación de supresor de polvo

  • Registro fotográfico

  • Ficha de registro de humectación.

  • Se implementará un sistema de control de velocidad mediante GPS, que permitirá registrar y monitorear las velocidades de los vehículos del Proyecto, Para más detalle ver Tabla 33. “Medidas de control emisiones atmosféricas - Fase Construcción” de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos:

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos ubicados al interior de las TIFF. Se estima que se generará una cantidad de 83 m'/mes.

Se contempla el uso de Plantas tratamiento de aguas servidas con capacidad diaria de 7,5 m', con 50% recuperación, estanques de fabricación horizontal. Cabe señalar, que están cumplirán con lo establecido en la norma chilena NCh 1.333 sobre calidad del agua para diferentes usos, en este caso, destinada a humectación de caminos.

c) Lodos:

Se generará una cantidad de 99 kg/mes de lodos proveniente de la PTAS. Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

d) Ruido:

Conforme a las características del Proyecto, las emisiones de ruido estarán asociadas al tránsito de vehículos en caminos pavimentados y en caminos no pavimentados. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 2-8 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos domiciliarios:

Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros.

Se generará una cantidad de 1.430 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados. La frecuencia de retiro será de dos a tres veces por semana o en la medida que sea necesario, por una empresa autorizada, que dispondrá los Residuos sólidos domiciliarios en sitios de disposición final autorizados.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán compuestos básicamente de materiales de las obras de construcción como: escombros, restos metálicos, maderas, plásticos, despuntes metálicos, entre otros.

Se generará una cantidad de 160 kg/mes, los cuales serán ordenados y segregados, en el sector acopio residuos no peligrosos, para posteriormente ser llevado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, la frecuencia de retiro será de 2 veces al mes o según necesidad.

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que

estarán compuestos básicamente de residuos de aceites y filtros, restos de aceites y grasas, tonner y cartridges, baterías, envases y tubos de silicona, pinturas, envases y huaipes contaminados, entre otros.

Se generará una cantidad de 2,4 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en contenedores metálicos o bins al interior de la Bodega de residuos peligrosos para posteriormente ser llevados a sitio de disposición correspondiente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. El periodo de almacenamiento desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT), en ningún caso excederá los 6 meses,

AS

Referencia al TICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Habilitación de la FF

Previo al desmantelamiento de las instalaciones, el Titular procederá con la habilitación de las TIFF, la cual contará con todas las instalaciones necesarias para servir tanto a trabajadores como a las obras de cierre, contando con comedor, baños, bodegas de almacenamiento temporal de residuos, área de acopio de residuos no peligrosos y domésticos, baños, oficinas, entre otros.

  • Además, debido a la lejanía a centros poblados, se requerirá la habilitación de un campamento para albergar a los trabajadores durante la fase de cierre.

Desmantelamien | Durante la fase de cierre, se procederá a retirar todas las estructuras que formen to . . de parte del proyecto, las cuales se mencionan a continuación: edificaciones . . - Desmantelamiento de la planta fotovoltaica. - Desmantelamiento de la Subestación elevadora. - Desmantelamiento de la Línea de transmisión eléctrica. - Desmantelamiento de cerco perimetral e instalación de faenas. Restaurar la | Durante el desmantelamiento de las obras, se garantiza una mínima afectación al geomorfa. suelo y la gsoforma, asegurando que el lugar quedará completamente restaurado a su estado anterior, Recursos El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. naturales renovables Emisiones y|3 Emisiones atmosféricas: efluentes

Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de demolición, carguío y volteo, nivelación, tránsito en caminos internos no pavimentados y combustión de vehículos y de grupos electrógenos. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:

Tabla N*3. Emisiones Atmosféricas del Proyecto

Fase/Contaminant | MPio | MP2 | MPS | NO |SO | NH |CO | COV

e (t/añio) 5 x x 3 Ss

Cierre 379, | 46,4 | 1327, |30,6 | 0,2 [0,8 | 10, | 1,4 3 9 0

Fuente: Tabla 34 de la ADENDA de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:

  • Revisión técnica al día de los vehículos de transporte.
  • Se realizarán inspecciones visuales

  • Se realizarán inspecciones visuales antes de la salida de cada vehículo, documentando con fotografías que la carga de áridos o tierra está cubierta correctamente con carpas resistentes.

  • Ficha de registro de aplicación de supresor de polvo

  • Registro fotográfico
  • Ficha de registro de humectación.

  • Se implementará un sistema de control de velocidad mediante GPS, que permitirá registrar y monitorear las velocidades de los vehículos del Proyecto.

  • Se realizarán inspecciones periódicas de la malla anti-viento para evaluar su estado estructural.

Para más detalle ver Tabla 33. Medidas de control emisiones atmosféricas - Fase Construcción de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos:

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos ubicados al interior de las FF. Se estima que se generará una cantidad de 495 m3/mes.

Se contempla el uso de Plantas tratamiento de aguas servidas con capacidad diaria de 45 mi, con 50% recuperación, estanques de fabricación horizontal. Cabe sefíalar, que están cumplirán con lo establecido en la norma chilena NCh 1,333 sobre calidad del agua para diferentes usos, en este caso, destinada a humectación de caminos.

c) Lodos:

Se generará una cantidad de 594 kg/mes de lodos proveniente de la PTAS. Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

d) Ruido:

Las fuentes de ruido que se contemplan durante la fase de construcción corresponden principalmente a la operación de la maquinaria requerida para las para las actividades de cierre. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 2-8 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos domiciliarios:

Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros.

Se generará una cantidad de 8.580 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados. La frecuencia de retiro será de dos a tres veces por semana o en la medida que sea necesario, por una empresa autorizada, que dispondrá los Residuos sólidos domiciliarios en sitios de disposición final autorizados.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán

compuestos básicamente de materiales de las obras de construcción como: escombros, restos metálicos, maderas, plásticos, despuntes metálicos, entre otros.

Se generará una cantidad de 1.446 kg/mes, los cuales serán ordenados y segregados, en el sector acopio residuos no peligrosos, para posteriormente ser llevado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. La frecuencia de retiro será de 2 veces al mes o según necesidad.

c) Residuos sólidos peligrosos:

Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que estarán compuestos básicamente de residuos de aceites y filtros, restos de aceites y grasas, tonner y cartridges, baterías, envases y tubos de silicona, pinturas, envases y huaipes contaminados, entre otros.

Se generará una cantidad de 102 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en contenedores metálicos o bins al interior de la Bodega de residuos peligrosos para posteriormente ser llevados a sitio de disposición correspondiente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio

autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. El periodo de almacenamiento desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT), en ningún caso excederá los 6 meses.

Referencia al | Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4,4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Tercer Trimestre de 2025

Parte, obra o acción que establece el inicio

Habilitación de la instalación de faenas

Fecha estimada de término

Primer trimestre 2027

Parte, obra o acción que establece el término

Desmantelamiento de obras HFF.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Segundo trimestre 2027

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en Servicio

Fecha estimada de término

Segundo trimestre 2062

Parte, obra o acción que establece el término

Cese de la producción y desconexión

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Tercer trimestre del 2062

Parte, obra o acción que

Cese de inyección de energía al SEN

establece el inicio

Fecha estimada de | Tercer trimestre del 2063

término

Parte, obra o acción que | Limpieza del área intervenida

establece el término

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?

19.300:

5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

El Proyecto se localizará a unos 114 km de la localidad de Peine, a 122 km al este de la ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 12 km de la operación de Mina Escondida.

Las principales emisiones a la atmósfera serán generadas durante la fase de construcción y éstas corresponderán principalmente a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos. La fase de construcción tendrá una duración de 18 meses.

El Proyecto no generará la superación de los valores de las

concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las partes, obras o acciones del Proyecto.

Fase en que se presenta

Todas las fases del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

Pérdida de suelo:

Durante la fase de construcción, la pérdida de suelo estará dada por la habilitación de terreno para la instalación de las obras permanentes y temporales del Proyecto. Se estima que la magnitud del impacto producto de la materialización del Proyecto en relación con la condición de línea base del suelo no será significativa, dada su baja capacidad productiva y para sustentar vida silvestre,

El Proyecto no generará afectación sobre el recurso hídrico:

El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos y en el área de influencia del Proyecto no existe la presencia de zonas de vegas y/o bofedales, ni humedales. Por otra parte, el proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas O superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos ni aguas superficiales y dada la lejanía de éstos, no se prevén impactos sobre este componente.

Con estos antecedentes se puede establecer que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso agua.

Alteración de la calidad del aire:

El Proyecto no generará efectos adversos significativos debido a emisiones atmosféricas, efluentes o residuos que puedan ocasionar una superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.

En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, derivadas principalmente del tránsito de vehículos y las actividades de mantención.

La mayor emisión de material particulado será en la fase de construcción, estimándose un aporte anual y diario nulos en el receptor más cercano.

Perdida de Flora

El área de Influencia del Proyecto no posee vegetación alguna y, por lo tanto, no hay presencia de ninguna formación vegetacional con características particulares o que amerite su protección y, del mismo modo, tampoco se

encuentran especies de flora vascular clasificadas en alguna categoría de conservación o protegidas por regulaciones especiales,

El Proyecto no generará afectación sobre fauna.

De acuerdo con la información presentada por el Titular en el Anexo 2-5 “Fauna Terrestre” de la DIA, se puede indicar que el Titular realizo dos campañas de terreno (primavera 2022 y otoño 2023). Al respecto durante los muestreos realizados en el Al no se avistaron reptiles, ni tampoco se identificaron sitios potenciales para albergar anfibios. Dentro del Al se registró solo una especie de mamífero, el cual corresponde a un quiróptero, el cual fue registrado durante la campaña de primavera. En ninguna de las dos campañas hubo registro de macro y mesomamíferos en las cámaras trampa instaladas en el Área de Influencia del Proyecto. Por último, mediante el recorrido pedestre y utilizando la metodología específica, durante la campaña de primavera no se evidenciaron registros de invertebrados terrestres en el Área de Influencia. Sin embargo, en la campaña de otoño a partir del método “registro de encuentros visuales”, se registraron 15 individuos de la especie Vanessa carye (Mariposa colorada), perteneciente a la Familia Nymphalidae, dentro del Orden Lepidoptera.

De lo anterior, se indica que en el área de estudio durante la campaña primavera se evidenciaron solo 2 especies en total, 1 ave correspondiente a la especie Geositta marítima (Minero chico) registrada de manera directa, y 1 mamífero de la especie Tadarida brasiliensis (Murciélago cola de ratón) registrada mediante el uso de una grabadora ultrasonido.

De las especies mencionadas solo el Tadarida brasiliensis (Murciélago cola de ratón) se encuentra en categoría de conservación Preocupación menor (LC). Por otro parte, durante la campaña de otoño solo se registró la especie de invertebrados Vanessa carye, evidenciándose 15 individuos tanto en el sector de la planta fotovoltaica y la LAT.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las partes, obras o acciones del Proyecto.

Fase en que se presenta

Todas las fases del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección 6.2 del ICE

5.3. REASENTAMIENTO DE

COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN

SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, nia grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Las partes, obras y acciones del Proyecto no estarán emplazadas sobre oO cercanas a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante “GHPPI”) que puedan verse afectados.

No se registran GHPPI en el área de influencia (AD) del Proyecto, ni en sus inmediaciones, así como tampoco Áreas de Desarrollo Indígena (en adelante “ADP”), Tierras Indígenas, ni existe uso del territorio por parte de comunidades y asociaciones indígenas. La comunidad indígena más cercana corresponde a la Comunidad

Atacameña de Peine, ubicada a aproximadamente 114 km del Proyecto, fuera del Al de este. Por otra parte, el asentamiento humano no indígena más cercano corresponde a la ciudad de Antofagasta, la cual se ubica a aproximadamente 122 km del Proyecto. En este contexto, el Proyecto se emplazará en las entidades censales “Estación Zaldívar” y “Escondida”, fuera de la zona urbana de la comuna de Antofagasta, los cuales corresponden a sectores deshabitados, sin presencia de grupos humanos asentados o con permanencia fija, sino más bien, a campamentos orientados a la pernoctación de trabajadores pertenecientes a las faenas mineras, los cuales cuentan con sus propios equipamientos y servicios,

Dado lo anteriormente expuesto, es posible descartar la ocurrencia de impactos significativos sobre la libre circulación, conectividad o el aumento en los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos presentes en el AI del Proyecto. Del mismo modo, es posible descartar la ocurrencia de impactos significativos relacionados a la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo, o para cualquier otro uso tradicional, por parte de los grupos humanos presentes en el Al del Proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 6.3 del ICE. detalles sobre este impacto específico

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo El Proyecto no se emplazará en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica y zona con valor

ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 6.4 del ICE. detalles sobre este impacto específico

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo El Proyecto, en ninguna de sus fases, generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, puesto que en su área de influencia no existen zonas de este tipo.

El área de estudio no posee valor turístico dentro de su entorno. Ante la ausencia de servicios de alojamiento turístico y registros de pernoctaciones es posible indicar la inexistencia de flujo de visitantes o turistas, el cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico.

Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto.

Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto,

Referencia al ICE para mayores | Sección 6.5 del ICE detalles sobre este impacto específico

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 12 “Actualización Línea Base de arqueología” de la Adenda de la DIA y el Anexo 6 de la Adenda complementaria de la DIA, se puede indicar que el Al del Proyecto se identificaron 16 lugares con evidencias arqueológicas, 14 de ellos responden a la categoría de sitio arqueológico (SA), mientras que 2 a la categoría de hallazgo aislado (HA). Dentro de los sitios arqueológicos 3 evidencias corresponden a rasgos lineales (RL).

Cabe mencionar que durante la prospección paleontológica en terreno se identificaron restos fósiles de invertebrados marinos en ocho de los 27 puntos inspeccionados. Los hallazgos se realizaron en rodados de caliza y arenisca, registrándose posibles artejos de pedúnculos de crinoideos, fragmentos calcáreos de valvas de bivalvos muy mal preservados y secciones de amonites mal preservados. Cabe mencionar que, para arqueología, así como para paleontología, el Titular propone la ejecución de las siguientes acciones:

— Charlas de Inducción Arqueológica y paleontológica. — Monitoreos durante la fase de construcción.

— Protección de hallazgos Arqueológicos.

— Obtención del PAS 132,

Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de material

Fase en que se presenta Fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores | Sección 6.6 del ICE detalles sobre este impacto específico

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual | Construcción y operación corresponde

Parte, obra o acción a la que | Movimientos de tierra y cerco perimetral.

aplica Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 14 de la Adenda de la DIA, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias | Existen condiciones asociadas a este permiso, para más detalle ver específicas para su | numeral 9.2 del presente documento. otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

El CMN mediante ORD N*6622 de fecha 13 de diciembre de 2024 se pronunció con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Por lo tanto, ya que el Titular presentó todos los antecedentes para acreditar la forma de cumplimiento del PAS 132, la Comisión de Evaluación, aprueba y otorga favorablemente el PAS 132 del RSEIA.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza, según 'se establecen en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Todas las fases del proyecto

Parte, obra o acción a la que aplica

PTAS

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones O especificas otorgamiento

exigencias para su

Existen condiciones asociadas a este permiso, para más detalle ver numeral 9.3 del presente documento.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Antofagasta mediante ORD N N 1211 fecha 23 de diciembre de 2024 se pronunció con observaciones a los antecedentes presentados por el Titular en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Por lo tanto, ya que el Titular presentó todos los antecedentes para acreditar la forma de cumplimiento del PAS 138, la Comisión de Evaluación, aprueba y otorga favorablemente el PAS 138 del RSEIA.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establecen en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Todas las fases del proyecto

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de RSD y patio de salvataje.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias. especificas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano

Mediante ORD N* 1211 fecha 23 de diciembre de 2024 la

competente SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140.

Referencia al ICE para] Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.

mayores detalles

6.1.4. Permiso: para: todo :sitio establecen en el artículo 142: del

destiriado- al almacenamiento. de residuos peligrosos, según se Reglamento del SELA:

Fase del proyecto a la cual corresponde

Todas las fases del proyecto

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de RESPEL

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias. específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N* 1211 fecha 23 de diciembre de 2024 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 142,

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1,4 del ICE del Proyecto.

6.1.5. Permiso: para :efectuar: modificaciones :de cauce, «según se establece en el artículo 156 del

reglamento del SELA:

Fase del proyecto a la cual corresponde

Fase de Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Caminos del proyecto necesarios para acceder a las torres de alta tensión de la línea que cruzan quebradas intermitentes.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 18 de la Adenda de la DIA.

Condiciones específicas otorgamiento

o exigencias

para su

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N* 328 fecha 09 de septiembre de 2024 la Dirección General de Aguas, Región de Antofagasta, se pronuncia

conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 156.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1.5 del ICE del Proyecto.

6.1.6.: Permiso: para efectuar O

bras de. regularización o: defensa de cauces -naturales., según se

establece eñ el artículo157 del reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Fase de Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Parque fotovoltaico

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 3-6 de la DIA.

Condiciones específicas

o exigencias

para su

No existen condiciones o exigencias.

otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N? 381 fecha 09 de septiembre de 2024 la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 157,

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1.6 del ICE del Proyecto.

6.1.7..Permiso para subdividir: y: urbanizar terrenos o construcciones fuera de los limites urbanos, según se establecen en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Todas las fases del proyecto

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las obras constructivas.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 19 de la Adenda de la DIA.

Condiciones O específicas otorgamiento

exigencias para su

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD N* 1150 fecha 09 de septiembre de 2024 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160.

Mediante ORD N? 426 fecha 17 de diciembre de 2024 el Servicio Agrícola Ganadero, Región de Antofagasta, se pronuncia

conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 10.1.7 del ICE del Proyecto.

7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N* 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las obras y/o instalaciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla instalaciones fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta, se solicitará el permiso establecido en el artículo N*160 del Reglamento del SEIA (Anexo 19 de la Adenda de la DIA).

Indicador que acredita su

Aprobación del PAS N*160 y Resolución sectorial que aprueba la

cumplimiento habilitación de las instalaciones. Forma de control y| El Titular mantendrá copias de las autorizaciones disponibles para seguimiento fiscalización de la Autoridad.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire.

47

Norma

Decreto Supremo N* 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza,

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto

Forma de cumplimiento

  • Se exigirá una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva.

  • Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máxima 30 km/h).

  • Durante las fases de construcción y cierre se empleará un supresor de polvo en los caminos no pavimentados, correspondientes al camino de acceso existente y a los caminos internos del parque solar.

  • Durante la fase de operación, los vehículos que circulen lo harán con su revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registros de revisiones técnicas al día.

  • Registro de mantención de maquinaria y equipos.

  • Registro de humectación al interior del Proyecto. Registro de cubierta de camiones

Forma de control

seguimiento

y

  • Los vehículos que sean parte del proyecto deberán ser acreditados, contando con los certificados de revisión técnica y gases al día.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.1. del ICE del Proyecto.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire.

Norma

Decreto Supremo N*138/2005. Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica,

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto contempla el uso grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

El Titular del Proyecto proporcionará la declaración anual de las emisiones del grupo electrógeno, a través de la plataforma de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, generada para estos fines.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del Formulario de Declaración de Emisiones de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable.

Forma de control

seguimiento

y

Revisión anual de cada declaración de emisiones realizada.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire.

Norma

Decreto N”12/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para material particulado respirable MP10,

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto

Forma de cumplimiento

El Titular asegurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados, ya sean propios o de terceros sean las establecidas en la presente normativa. Lo anterior se verificará mediante revisiones técnicas al día y mantenciones con la periodicidad exigida legalmente, si es aplicable y/o de los registros de mantenciones al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinaria utilizados a lo largo del desarrollo del proyecto y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta,

Forma de seguimiento

control y

Revisión mensual de revisiones técnicas y mantenciones al día.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.

Norma

Decreto Supremo N.? 38/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto

Forma de cumplimiento

  • Se verificará que la maquinaria y camiones a utilizar se encuentren con su revisión técnica al día,

  • Dada la distancia existente entre el área del Proyecto y potenciales receptores, no se superará el límite establecido en la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Inspección visual de la implementación de las medidas señaladas.
  • Chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos.

Forma de seguimiento

control y

  • Se asignará un encargado quien verificará semestralmente el registro de las maquinarias y vehículos a utilizar. Los antecedentes del Estudio de Ruido y de Vibraciones estarán disponibles en la plataforma del e-SEIA para revisión de la Autoridad.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.4. del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos solidos.

Norma

Decreto Supremo N*594 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos líquidos.

Forma de cumplimiento

  • Se solicitará la autorización sanitaria para el almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos.

  • En el Anexo 7-8 y 9 de la Adenda Complementaria de la DIA se presentan los antecedentes actualizados para el PAS 138, 140 y 142 respectivamente.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización sanitaria de empresa transportista.
  • Autorización sanitaria de lugar de disposición final.

  • Registro de empresas de transporte y disposición final de residuos.

  • Registro de ingreso/retiro de residuos.

  • Registro de la declaración de Residuos en el Sistema Ventanilla Única del RETC.

. Autorización Sectorial sanitaria del sitio de alanceamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos, otorgada por la SEREMI de Salud correspondiente.

Forma de seguimiento

control y

  • Mantención de los registros y autorizaciones indicadas en terreno.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERÍA: Residuos sólidos.

Norma

Resolución exenta N*1.139 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba norma básica para aplicación del reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará residuos correspondientes a productos prioritarios.

Forma de cumplimiento

  • El Titular dará cumplimiento a lo establecido en el presente cuerpo legal en lo que respecta a la declaración de residuos generados durante sus distintas fases, siguiendo los requisitos y protocolos descritos a través del “Sistema de Ventanilla Única”.

  • Se declararán los residuos generados a través del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER), en los cuales se declararán los paneles solares que sean tratados como residuos.

Indicador que acredita su

Registro de la declaración de Residuos en el Sistema Ventanilla

cumplimiento Única del RETC.

Forma de control y|- Mantención de los registros y autorizaciones indicadas en seguimiento terreno.

Referencia al ICE para | Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto.

mayores detalles

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos.

Norma

Decreto Supremo N*148/03. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos los que serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento destinado para estos fines.

Forma de cumplimiento

El almacenamiento de los residuos se hará temporalmente y según compatibilidad, en contenedores herméticos y debidamente rotulados, luego serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Los residuos peligrosos generados por el Proyecto serán almacenados y trasladados a disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente. El transporte y disposición final será realizada por una empresa calificada.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá en faena información sobre la cantidad de residuos dispuestos de forma mensual, así como también los comprobantes de retiro de residuos peligrosos mediante el Sistema de

Seguimiento y Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP) o el sistema que la autoridad sanitaria disponga, todo a modo de verificador de cumplimiento.

Forma de seguimiento

control y

  • Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación.
  • Verificación de la Resolución Sanitaria.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.7. del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERÍA: Contaminación Lumínica

Norma

D.S N.* 1/2022 Norma de Emisión de Luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

La luminaria se instalará para que el personal en terreno pueda realizar las labores de construcción, operación y cierre de las obras del Proyecto.

Forma de cumplimiento

  • La iluminación artificial del Proyecto se ajustará a lo dispuesto en el D.S N*43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, utilizando instalaciones que cumplan con el rango de emisión lumínica permitida para áreas sensibles.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Certificado emitido por un Organismo de Certificación, a partir de las mediciones efectuadas por un laboratorio, ambos organismos autorizados por la SEC.

  • Certificados de control luminoméftricos.

Registros de instalación de pantallas atenuadoras.

Forma de seguimiento

control y

  • Copias de la documentación que acredite la instalación de la luminaria acorde a los requisitos establecidos.

  • Inspección y Registro visual y fotográfico de las luminarias.

  • Reemplazo de luminarias con nuevos equipos que cumplan con los estándares de la norma.

  • Registro autorizado de las copias de formularios en las oficinas del Proyecto.

  • Remitir un informe a la SMA mediante la plataforma web Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT).

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.

7.10, COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas.

Norma

D.S N*4/2009, Ministerio de Salud. Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto requerirá proveer de servicios higiénicos a los trabajadores y, por consiguiente, se generarán aguas servidas.

Forma de cumplimiento

Durante todas las fases del Proyecto se generarán aguas servidas las cuales serán tratadas en una planta de tratamiento, cuyo efluente tratado será enviado a un lugar de disposición final autorizado o utilizado para la humectación de caminos internos del Proyecto,

En el Anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA se presentan los antecedentes actualizados para el PAS 138.

Indicador que acredita su cumplimiento

El Sistema de Tratamiento de Aguas contará con su autorización respectiva y se realizará monitoreos y muestreos periódicos del

efluente.

Forma de seguimiento

control y

Se contará con Resolución Sanitaria de Sistema de Tratamiento de Agua.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Ver numeral 9.2,9 del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Fauna.

Norma

Ley N4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. (El texto de la Ley N4.601 fue sustituido por la Ley N*19.473), publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1996.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto prohibirá a sus trabajadores, así como a los contratistas, toda forma de caza y/o captura de fauna silvestre.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros charlas de capacitación relativas al resguardo y cuidado de la fauna.

Forma de control y | Revisión de los registros de las inducciones realizadas. seguimiento Referencia al ICE para | Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

mayores detalles

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Norma Decreto Supremo N*6/2022 Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de las Golondrinas del Mar del Norte de Chile.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Proyecto no se encuentra inserto en sectores donde se indica la presencia de colonias y nidificación de golondrinas de mar, sin embargo, se implementarán programas de educación y sensibilización para la conservación de las golondrinas de mar.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros charlas de capacitación relativas al resguardo y cuidado de la fauna, aumento en el conocimiento y de la actitud positiva para con las especies y su hábitat,

Forma de control y | Revisión de los registros de las inducciones realizadas. seguimiento Referencia al ICE para | Ver numeral 9.3.2 del ICE del Proyecto.

mayores detalles

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Decreto Supremo N*19/2020 Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la Chinchilla de cola corta.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

Forma de cumplimiento

A partir del levantamiento de información en la caracterización de fauna silvestre, no se identificó la especie objetivo en ninguna de las campañas en terreno. Sin embargo, se implementarán medidas asociadas al tránsito de vehículos (límite de velocidad) y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa que podría interactuar con el Proyecto.

Indicador que acredita su

Registros charlas de capacitación relativas al resguardo y cuidado

mayores detalles

cumplimiento de la fauna.

Forma de control y|Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del seguimiento Proyecto para fiscalización de la Autoridad.

Referencia al ICE para | Ver numeral 9.3.3 del ICE del Proyecto.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural

Norma

Ley N” 17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Actividades de movimientos de tierra.

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ejecución del Proyecto, se paralizará toda obra en el sector del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al CMN, para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Indicador que acredita su

Se considera la realización de dos tipos de rescate: recolecciones

cumplimiento de superficie y registro de rasgos inmuebles. Forma de control y|- Revisión de los registros de cumplimiento de las acciones seguimiento y obligaciones en caso de hallazgo arqueológico o paleontológico.

  • Registro de capacitaciones que acrediten el cumplimiento de la presente Ley, y que estarán a disposición del CMN.

  • En caso de hallazgo, se notificará al CMN y se enviará una copia a la SMA.

Referencia al ICE para

mayores detalles

Ver numeral 9.3.4 del ICE del Proyecto.

8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios y Exigencias:

8.1. Compromiso ambiental voluntario.

8.1.1. Compromiso ambiental voluntario: Instalación de dispositivos disuasores de vuelo

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación

Objetivo, descripción justificación

y

Objetivo: Implementar medidas para disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisiones y electrocuciones de avifauna con el tendido eléctrico de la Línea de Alta Tensión.

Descripción: Se implementarán medidas para prevenir colisiones y electrocuciones de avifauna, tales como disuasores de vuelo. Estas medidas se implementarán en la Línea de Alta Tensión, específicamente en las zonas identificadas de mayor riesgo. Considerando la estructura Tl a T9 (3465 m), TI8 a T29 (4516 m) y T34 a T36 (669 m) de la LAT, con un distanciamiento de 30 metros aproximadamente entre cada disuasor.

Justificación: Debido a la información bibliográfica presente, a unos

LO

kilómetros del proyecto se han identificado sitios de nidificación de avifauna en categoría de conservación y de gran relevancia para el norte de chile, específicamente Golondrinas de mar y Leucophaeus modestus (Gaviota Garuma), las cuales se podrían ver afectadas por la presencia de las estructuras, especificamente el tendido eléctrico de la LAT.

Lugar: Estas medidas se aplicarán en el tendido eléctrico de las estructuras Tl a T9 (3465 m), T18 a T29 (4516 m) y T34 a T36 (669 m) de la LAT, con un distanciamiento de 30 metros aproximadamente entre cada disuasor.

Forma: Se instalarán disuasores de vuelo en el tendido de la LAT. El tamaño de los disuasores será de aproximadamente 20 cm, visibles de día y noche y cumplirán con las recomendaciones de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG.

Oportunidad: La Instalación se realizará durante la fase de construcción, tomando en consideración la distancia de las estructuras y distanciamiento de 30 m aprox. entre cada disuasor.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento

  • Registro de actividad de ejecución de la medida.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de instalación de disuasores de vuelo,

  • El Titular realizará un programa de monitoreo considerando las recomendaciones establecidas en la Guía del SAG (2015), a lo largo de la extensión de la Línea de Alta Tensión, cuya frecuencia será de 2 veces al año (otoño - primavera).

Informe al término de cada periodo de monitoreo de posible colisión de avifauna el cual será enviado a la SMA y al SAG.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para mayor detalle ver Tabla 11.1.1 del ICE del Proyecto.

8.1.2. Compromiso ambiental voluntario: Plan de Monitoreo de Avifauna

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación

Objetivo: implementar un programa de monitoreo durante la fase de construcción y operación del Proyecto, con el fin de evaluar de manera continua el impacto en la avifauna, particularmente en relación con las colisiones de aves contra las estructuras de la Línea de Transmisión.

Descripción: El plan de monitoreo consiste en realizar un seguimiento periódico de los parámetros poblacionales y conductuales de las aves durante la fase de construcción y operación del Proyecto.

Justificación: Durante las campañas de Fauna, solo se identificó la presencia de una especie de avifauna, correspondiente a la especie Geositta marítima (Minero chico). Sin embargo, de acuerdo con la bibliográfica actualizada, a unos kilómetros del proyecto se han identificado sitios de nidificación de avifauna en categoría de conservación y de gran relevancia para el norte de chile, especificamente Golondrinas de mar y Leucophaeus modestus (Gaviota Garuma), Buscando prevenir cualquier impacto negativo en la avifauna local, se ha propuesto la implementación de artefactos de anticolisión en la LAT.

Objetivo, descripción y justificación

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: La medida abarcará toda la extensión de la LAT. No obstante, a partir del análisis bibliográfico y considerando variables relevantes de las especies objetivo, se han identificado ciertos tramos de la LAT como áreas de mayor riesgo de colisión. Estos segmentos presentan un mayor riesgo debido a su proximidad a sitios de nidificación y las características específicas de estas áreas en la región.

Los tramos donde se implementarán dispositivos anticolisión son los

siguientes:

  • Ti a T9 (Área de mayor riesgo)

  • T18 a T29 (Área de mayor riesgo)

  • T34 a T36 (Intercepta con red hidrográfica)

Es importante destacar que la instalación de dispositivos no se realizará a lo largo de toda la línea, con el propósito de evaluar la efectividad de las medidas implementadas mediante la comparación entre secciones con y sin dispositivos anticolisión. Esto permitirá obtener datos más precisos sobre la eficacia de las intervenciones en la mitigación de colisiones de avifauna.

Forma: El Plan de monitoreo de avifauna considera las siguientes actividades:

  • Monitoreo de instalación de equipamiento: Se desarrollará a través de una inspección visual y respaldo fotográfico. En el caso de detectar disuasores faltantes, éstos serán instalados según sea el caso. Este monitoreo podrá ser realizado por personal de mantención del Proyecto. El monitoreo se documentará mediante ficha de registro.

  • Monitoreo de individuos afectados: Será llevado a cabo por profesionales especialistas de avifauna mediante recorrido pedestre. Se establece un “área de monitoreo” que comprende el trazado completo de la Línea de Transmisión con un radio de 50 m. Como criterio preventivo, inicialmente se asumirá para todos los ejemplares afectados detectados en el “área de monitoreo”, que la afectación se debe a desorientación o a colisión y es causada por las obras del Proyecto; este supuesto podrá ser analizado caso a caso por el especialista a cargo del monitoreo para descartar afectaciones que puedan estar relacionadas con otras causas no atribuibles al Proyecto.

  • En caso de encontrar individuos afectados (muertos o heridos), se realizará el registro fotográfico y de coordenadas de ubicación del hallazgo.

Para más detalle ver Tabla 15 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Indicador que acredite su cumplimiento

Para la definición de indicadores de cumplimiento y éxito de la medida, se utilizarán como referencia los datos obtenidos en estudios previos similares. El parámetro base será un umbral máximo de colisiones permitidas o comprometidas, establecido en 16 colisiones anuales. Este valor funcionará como límite crítico para evaluar la necesidad de implementar acciones correctivas adicionales.

En caso de que se evidencien impactos negativos sobre las poblaciones de aves debido a la presencia del proyecto en el Área de Influencia, como colisiones o electrocuciones, se procederá a implementar de manera inmediata medidas correctivas. Así, el indicador de éxito de esta medida será que el número de aves afectadas sea menor a dieciséis (<16) individuos al año.

De acuerdo con lo anterior se establecerá un porcentaje de efectividad de los disuasores: 0% efectividad (>16 colisiones), 50% (8 colisiones al año) y 100% (no hay colisiones), específicamente en los tramos con dispositivos. Lo que se espera es tener un porcentaje de efectividad del 90%.

Forma de control y seguimiento

  • Semestrales y Anuales a la SMA y SAG de la región de Antofagasta: estos informes están orientados a un análisis temporal, identificando los cambios poblacionales y conductuales dentro del periodo y mostrar tendencias en la interacción de las aves con la línea de transmisión (especies, número de individuos, numero de carcasas, registros específicos). Informe Final: Consolidado de la implementación del Plan de Monitoreo de

Aves, para ser entregada a la autoridad ambiental. Los informes serán remitidos a la SMA y SAG.

Referencia al ICE

para detalles

mayores

Para mayor detalle ver Tabla 11.1.2 del ICE del Proyecto.

8.1.3, Compromiso ambiental voluntario: Medidas de protección a través de cercos y señaléticas

Previa fase de construcción

Objetivo: Proteger $ evidencias arqueológicas identificadas la prospección arqueológica realizada en la Declaración de Impacto ambiental y actualizadas de acuerdo con la presentación del PAS132, mediante un cerco perimetral y señalética.

Descripción; Para este proyecto se requiere el cercado de 8 evidencias arqueológicas). De ellas, 2 corresponden a rasgos lineales (PFZ-03 y PFZ- 15), por lo que debe cercarse aquellas porciones que no serán intervenidas y que quedarán adyacentes a las áreas de intervención o de influencia del proyecto. Por su parte, también se deberá cercar aquellos elementos inmuebles que quedarán dentro o en los límites del área de influencia del parque fotovoltaico y de la LAT, pero que no serán intervenidas por el desarrollo del proyecto. Las evidencias arqueológicas deberán ser protegidas con cercos y con letreros que indique la protección legal de dichas áreas arqueológicas,

Justificación: El hallazgo de evidencias arqueológicas en el área del parque y trazado de la línea.

Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.

Forma: Previo inicio de la fase de construcción se procederá a delimitar las zonas presentadas en la siguiente tabla, mediante un cerco perimetral con un buffer de 10 m entre éste y los límites del sitio que está protegiendo y se instalará señalética que indique la presencia de evidencias arqueológicas. El cerco tendrá una altura de 1,20 metros y será cubierto con malla.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción.

  • Se remitirá un informe con la actividad realizada en un plazo máximo de 15 días hábiles al término de la instalación del cerco perimetral., al CMN. Una vez visado por el CMN, se enviará a la SMA.

  • Resolución con la aprobación por parte de CMN del informe que da cuenta de la medida de resguardo de los hallazgos patrimoniales,

  • Otorgamiento del PAS 132.

  • Se efectuará el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).

Se realizará registro fotográfico de la medida.

Fase del Proyecto a la que aplica Objetivo, descripción y justificación

Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento Forma de control y seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles

Para mayor detalle ver Tabla 11.1.3 del ICE del Proyecto.

8.2. Exigencias:

8.2.1. Exigencia: Contratación de mano de obra local

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del proyecto

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Para la dotación de mano de obra calificada y no calificada, directa o subcontratada, el Titular del Proyecto considerará a trabajadores de la comuna de Antofagasta y/o centros urbanos más cercanos al área del Proyecto.

Descripción: Se privilegiará la contratación y subcontratación de mano de obra local durante todas las fases del Proyecto, ya sea para mano de obra calificada como no calificada. Se considerarán a personas y empresas de la comuna con el fin de promover la generación de empleo. Asimismo, la incorporación de mano de obra local y femenina para la fase de

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

11.1.6. Falla sistema de almacenamiento y transporte de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar

  • Los tambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de estos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo.

  • Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud, los cuales consisten en materiales absorbentes (arenas, paños absorbentes, entre otros) y barreras de contención, junto con extintores compatibles con los productos almacenados.

  • Los recintos de acopio contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias y residuos, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.

  • Se realizarán capacitaciones a los trabajadores asociadas a la correcta manipulación, manejo y almacenamiento de residuos peligrosos.

  • Los trabajadores contaran con sus EPP adecuados para la manipulación, manejo y almacenamiento de residuos peligrosos.

  • Los aceites de cambio y otros desechos de hidrocarburos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores.

Se mantendrá un registro de las sustancias almacenadas, que estará a disposición del personal autorizado para ingresar a las bodegas, organismos externos y personal de bomberos.

Forma de control y seguimiento

Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.

11.1.7. Riesgo por rotura de paneles fotovoltaicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción y Cierre.

Parte, obra o acción asociada

Área de Paneles de Paneles fotovoltaicos.

Acciones o medidas a implementar

Se capacitará al personal de obra, para dar aviso inmediato ante desperfectos de paneles, los cuales serán retirados por la empresa proveedora del servicio o encargada de reciclaje.

Forma de control y seguimiento

Se elaborarán registros de las capacitaciones realizadas al personal específico sobre la revisión del estado de los paneles fotovoltaicos y aviso de recambio en caso de ser necesario.

Se elaborarán registros de las inspecciones de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.

11.1.3. Riesgo hallazgos Arqueológicos/Paleontológicos no previstos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción,

Parte, obra o acción asociada

Movimientos de tierra por excavaciones, preparación de caminos e hincado de pilotes.

Acciones o medidas a implementar

Realizar capacitaciones a todo el personal de la obra, antes del inicio de las faenas para instruir al contratista y su equipo de trabajo, respecto la Ley N*17.288.

Realizar un monitoreo arqueológico permanente (presencia permanente de un arqueólogo) para la supervisión de los movimientos de tierra con el propósito de determinar la presencia y ausencia de depósitos arqueológicos bajo la superficie no detectados con anterioridad.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas al personal de obra respecto a Patrimonio Cultural.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.

11.1.9. Riesgo por derrame de aguas servidas

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra o acción asociada

Sistema de Tratamientos de Aguas Servidas y Servicios Higiénicos

Acciones o medidas a implementar

  • Ante cualquier falla, ya sea de baños químicos o fosa, se dejará inmediatamente de usar el servicio y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto.

  • Se deberá verificar periódicamente el buen estado de los baños químicos.

  • Se solicitará a la empresa encargada del servicio la mantención al menos dos veces por semana de los baños químicos.

  • Se instalará una cubierta impermeable bajo cada uno de los baños químicos, para evitar el contacto directo con el suelo desnudo, para que, en caso de falla, prevenir la afectación al recurso suelo por escurrimiento o infiltración.

  • Se deberá informar a todos los trabajadores que ingresen a la faena del Plan de Contingencia ante la mantención de los baños químicos.

  • El tratamiento y recolección de aguas servidas estarán a cargo de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria responsable de su provisión, mantenimiento y manejo de residuos, con una frecuencia de retiro de a lo menos una (1) vez por semana.

  • El retiro y disposición final de los lodos será realizado de forma mensual durante fase de construcción hacia un sitio Autorizado por la SEREMI de Salud de la región de Antofagasta.

  • Se considera la inspección periódica de la fosa séptica. Las inspecciones contemplan las siguientes

actividades; revisión de cámaras y estanques de bombeo;

verificación de la cobertura de los estanques e inspección y verificación de correcto funcionamiento de la fosa séptica en general.

Se llevará el registro del retiro y disposición de los lodos, así como las copias de las Autorizaciones de los sitios de destino final.

Se llevará registro de las inspecciones realizadas al a fosa séptica, así como eventuales actividades correctivas que puedan realizarse debido a algún desperfecto.

Las autorizaciones sanitarias de transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá un registro con el listado de las mantenciones a los baños químicos.

Se mantendrá un listado de los trabajadores que participaron en la charla asociada a este riesgo.

Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto.

Se mantendrá en Faena la Aprobación Sectorial del PAS 138.

Se mantendrán en Faena los registros de las inspecciones de la fosa séptica.

Se mantendrán en Faena los registros de los retiros de los lodos con la periodicidad comprometida (mensual durante la fase de construcción).

Se mantendrán en Faena los registros de las empresas que provean el transporte de los lodos generados.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.

11.1.10. Riesgo de Ingreso de fauna silvestre al interior del proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar

Se procederá a capacitar al personal en faena, acerca de la prohibición de alimentar y tenencia de animales domésticos y, sobre todo, de fauna silvestre.

Forma de control y seguimiento

Registro de las actividades de capacitación del personal.

Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación, o información relacionada a la fauna potencial.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto,

11.1.11. Riesgo de atropello de fauna s

ilvestre

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Desplazamiento de vehículos y maquinaria tanto al interior como al exterior de las instalaciones del Proyecto, o cualquier otra acción que pudiese afectar a fauna silvestre.

Acciones o medidas a implementar

  • Se habilitará un sistema de GPS en los vehículos que formen parte del Proyecto de manera de monitorear la velocidad de estos en las zonas de faena con la finalidad de no sobrepasar los 20-30 km/h, informando al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos al interior del área del Proyecto.

  • Se instalarán letreros en áreas específicas, principalmente en lugares lineales, que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales, las cuales serán visibles, legibles, fáciles de entender, que permitan dar tiempo suficiente al usuario para responder adecuadamente.

Cualquier trabajador que observe un ejemplar bajo circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información que será entregada en capacitación y/o inducción respecto a fauna silvestre) deberá indicar inmediatamente al supervisor ambiental.

Forma de control y seguimiento

  • Registro y reporte del monitoreo de los límites de velocidad entregados por el dispositivo.

  • Se mantendrá un registro en faenas de las actividades de capacitación al personal.

  • Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación.

  • Se mantendrá un registro en faenas con el comprobante de recepción del procedimiento para enfrentar atropello de fauna silvestre por parte del conductor.

  • Se mantendrá listado con nombre de conductores y copia de sus licencias de conducir. Registro de los eventos con información sobre la fecha y

hora del episodio, lugar del evento, tipo de incidente, especie afectada, registro fotográfico.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto,

11.1.12. Riesgo de Colisión y electrocución de aves con líneas eléctricas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Operación

Parte, obra o acción asociada

Línea eléctrica de Alta Tensión (LAT) junto a sus respectivos postes.

Acciones o medidas a implementar

  • Se implementarán medidas para prevenir colisiones y electrocuciones de avifauna, tales como disuasores de vuelo. Estas medidas se implementarán en la Línea de Alta Tensión, especificamente en las zonas identificadas de mayor riesgo.

  • Se instalarán peinetas o guardaperchas en las Líneas eléctricas.

El tamaño de los disuasores será de aproximadamente 20 cm, visibles de día y noche.

Forma de control y seguimiento

  • Supervisión in situ e Informe (con registros fotográficos), que den cuenta de la instalación de disuasores y peinetas.

  • En la fase de operación, se implementará un plan de mantención anual de cada uno de los disuasores de vuelo y guardaperchas instaladas.

  • El Titular del Proyecto considera un Plan de

monitoreo de avifauna. Para más detalle ver Tabla 15 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.

  • En caso de encontrar individuos afectados (muertos o heridos), se realizará el registro fotográfico y de coordenadas de ubicación del hallazgo.

La ficha de registro, se destacará información tal como: fecha, hora, estación climática, coordenadas, especie, sexo, edad, diagnóstico visual y palpar del individuo para determinar el tipo de incidente, descripción del hábitat circundante: flora dominante, topografía, grado de artificialización.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.

11.2. PLAN DE EMERGENCIAS:

11.2.1. Riesgos de Sismo

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esta acción constituye un riesgo.

  • Alejarse de cables eléctricos, postes o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos.

  • Buscar refugio al interior de edificios, bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc., pero siempre alejándose de ventanas y ventanales.

  • No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado.

  • Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

  • Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones.

  • El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales.

Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias del Parque Fotovoltaico, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

El Jefe de la Brigada de Emergencia, generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA antes de 48 horas de ocurrida la emergencia, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia ante Sismos en las instalaciones.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.

11.2,2. Riesgo de Condiciones Climáticas adversas

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto.

VA

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • Prohibir el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante un evento climático, ordenando además que el personal se mantenga alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas.

  • Detención de faenas en caso de ser necesario.

  • El jefe de área indicará la detención de todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento.

  • De producirse un fenómeno de remoción en mása, todo el personal será evacuado inmediatamente a la zona segura y de ser posible se realizará la evacuación completa del parque.

  • No se atravesarán zonas inundadas, ya que se podría ser arrastrado por el agua.

  • Si la situación lo amerita, se debe refugiar al personal en sectores más elevados.

  • Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante un evento climático, ordenando además que el personal se mantenga alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas.

  • Ante desbordes o inundaciones, se procederá a contener la emergencia mediante el encauzamiento de las aguas y posterior desvío a los puntos más bajos donde pueda escurrir en forma natural o gravitacional.

Para disminuir la velocidad de la inundación se utilizará arena y se habilitarán barreras de contención con materiales adecuados para ello.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

El Jefe de la Brigada de Emergencia, generará un informe preliminar para ser entregado a la SMA antes de 24 horas de ocurrida la emergencia, para que esté en conocimiento de la activación del Plan de Emergencia frente a eventos climáticos extremos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.

11.2.3. Riesgos de Incendios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuegos, extintores, agua, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos.

  • Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias.

  • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad.

  • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos, Si este fuera el caso, se trasladará

de inmediato hasta un centro asistencial.

Todas las líneas de transmisión eléctrica estarán protegidas con un sistema de control y protección, por lo que, en caso de ocurrir una incidencia, el sistema instalado actuará en el sentido de garantizar la desenergización de la línea.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto,

11.24. Riesgo por Derrame o escurrimiento de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • Los encargados de asistir la contingencia deberán contar con los EPP exigidos de la sustancia o residuo peligroso en cuestión.

  • Se delimitará un perímetro para absorber el líquido y evitar su avance, utilizando arena, aserrín u otro similar, evitando que el producto derramado se disperse o llegue a algún cuerpo de agua.

  • En caso de que derrame sea por una fuga en alguna maquinaria o equipo, se deberá sellar esta fuga con una cinta de goma o similar.

  • Se procederá a limpiar la zona afectada, en caso de presencia de contaminación al suelo, este deberá ser retirado.

  • Los residuos generados producto de derrames y/o fugas, tales como, residuos peligrosos, serán manejados de acuerdo con el D.S, N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evalvación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.

11.2.5. Riesgo de falla en sistema de almacenamiento de residuos no peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • Dar aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a

la brigada de emergencia.

  • Se evaluará la magnitud del incidente y se activará el plan de emergencia. Dependiendo de la magnitud del evento:

  • Paralizar inmediatamente las obras asociadas y si es pertinente se evacuará el personal del sector, hacia áreas seguras,

  • Activar el Plan de Comunicaciones Internas, que especifica, según la magnitud del accidente, a quienes informar.

  • Delimitar de forma inmediata un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado.

Personal entrenado, debe inspeccionar el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.

11.2.6. Falla sistema de almacenamiento

y transporte de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • Dar aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia.

  • Se evaluará la magnitud del incidente y se activará el plan de emergencia. Dependiendo de la magnitud del evento:

  • Paralizar inmediatamente las obras asociadas y si es pertinente se evacuará el personal del sector, hacia áreas seguras.

  • Delimitar de forma inmediata un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado.

Un especialista en prevención de riesgo debe inspeccionar el área, demarcando las áreas de riesgo y determinando si es conveniente relocalizar las instalaciones.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el eventual suceso de una emergencia que sobrepase los límites establecidos para el Proyecto (área del Proyecto), o dentro del área del mismo, calificándose ésta como emergencia general, se comunicará a la autoridad Sanitaria y SMA la situación a través de un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.

11.2.7. Riesgo por rotura de paneles fotovoltaicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción y Cierre.

Parte, obra o acción asociada

Área de Paneles de Paneles fotovoltaicos,

Acciones a implementar

Tras haber detectado en el Área del Proyecto uno o más paneles fotovoltaicos con desperfectos, roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se informará al Jefe de Operación y Mantenimiento y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de éste, por uno en adecuadas condiciones.

Los paneles fotovoltaicos catalogados como residuo peligroso serán almacenados retirados por la misma empresa proveedora del servicio o por una empresa recicladora.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 48 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.

11.2.8. Riesgo hallazgos Arqueológicos/Paleontológicos no previstos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Movimientos de tierra por excavaciones, preparación de caminos e hincado de pilotes.

Acciones a implementar

  • Se suspenderán los trabajos que se estén desarrollando y se dará aviso al CMN, para que visite el área afectada, evalúe la intervención del sitio y defina acciones y medidas que se deberán tomar para rescatar y/o revalorizar el sitio.

  • Posteriormente, se aplicarán las medidas que determine el CMN. El Titular privilegiará la reubicación de caminos o estructuras, sin embargo, de ser necesario un rescate de material, se elaborará un Plan de Rescate arqueológico que será presentado al Consejo de Monumentos Nacionales para obtener autorización de realizar el rescate y traslado de los recursos de valor arqueológico hasta los lugares designados por dicha autoridad.

  • El Plan de Rescate considerará al menos los siguientes aspectos: un área suficientemente amplia que permita excavar y obtener un adecuado registro sin dañar las evidencias arqueológicas, la recopilación de muestras para ser enviadas a un laboratorio especializado para su lavado, clasificación y embalaje y el envío de los elementos arqueológicos a lugares designados por la autoridad. Estas labores serán llevadas a cabo por un especialista calificado.

Se elaborará un informe de las acciones realizadas y los resultados alcanzados, el cual será entregado al CMN y la Superintendencia del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando

las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.

11.2.9. Riesgo por derrame de aguas servidas

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto.

Parte, obra o acción asociada

Sistema de Tratamientos de Aguas Servidas y Servicios Higiénicos

Acciones a implementar

  • Durante el proceso, los baños químicos que no se haya realizado su correcta mantención y/o presente símbolos de daño o deterioro serán cerrados sin posibilidad de ser utilizados, esto sin dejar de dar cumplimiento al D.S. 594/99 del MINSAL.

  • En caso de derrame, se delimitará el área donde ocurrió el accidente y se descontaminará la zona a través de material absorbente (arenas y paños absorbentes).

  • Una vez se realicen las mantenciones de los baños químicos, el prevencionista verificará que cuente con las condiciones necesarias de salud para poder volver a ser utilizados.

  • En caso de detectarse una falla en la Fosa séptica, personal del proyecto dará el aviso del desperfecto y se comunicará con un camión limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y las derive a un sitio de disposición autorizado.

  • Si se produce fuga de aguas no tratadas, se mantendrá una retroexcavadora en el área para crear pretiles de contención y prevenir fuga del efluente de la fosa siniestrada.

  • Personal del proyecto se comunicará con el fabricante para solicitar la reparación o reposición de la Fosa séptica afectada.

  • Durante la contingencia, además del retiro de las aguas servidas, se contratará a una empresa autorizada para que instale baños químicos mientras dure la contingencia.

  • Una vez superada la contingencia se recolectará el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a un sitio de disposición autorizado.

Personal del Proyecto elaborará un informe de la contingencia cuantificando volúmenes de aguas, lodos y otros materiales involucrados y dará aviso a SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta y SMA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9 del ICE del

expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Proyecto,

11.2.10. Riesgo de Ingreso de fauna silve.

stre al interior del proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Todas las áreas del Proyecto.

Acciones a implementar

  • Cualquier persona que detecte o encuentre fauna afectada, dará aviso inmediato al Jefe de la Emergencia, quien deberá comunicarse con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que proceda a rescatar a la especie afectada y trasladarla hasta los centros de rescates y rehabilitación que deben estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados.

  • Se llevará un registro al día de los todos los traslados de ejemplares de fauna a centros asistenciales, en el que además se mantendrá actualizado su evolución y resultados del tratamiento.

  • Se implementarán todas las medidas descritas en el Informe de investigación del accidente, con objeto de controlar la ocurrencia de un evento de similares características.

Se realizará difusión del evento ocurrido para reforzar

en los trabajadores y comunidad el compromiso por el cuidado de la fauna.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.10 del ICE del Proyecto.

11.2.11. Riesgo de atropello de fauna silvestre

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto

Parte, obra o acción asociada

Desplazamiento de vehículos y maquinaria tanto al interior como al exterior de las instalaciones del Proyecto, o cualquier otra acción que pudiese afectar a fauna silvestre.

Acciones a implementar

  • El causante de la contingencia o quien encuentre un animal herido deberá informar inmediatamente al encargado de medio ambiente de turno, o al coordinador de emergencia en caso de que el primero no sea ubicable.

  • Cualquier persona que detecte o encuentre fauna afectada, dará aviso inmediato al Jefe de la Emergencia, quien deberá comunicarse con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que proceda a rescatar a la especie afectada y trasladarla hasta los centros de rescates y rehabilitación que deben estar inscritos en el Registro

Ñ

Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS). El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados.

El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.11 del ICE del Proyecto.

11.2.12. Riesgo de Colisión y electrocución de aves con líneas eléctricas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Operación

Parte, obra o acción asociada

Linea eléctrica de Alta Tensión (LAT) junto a sus respectivos postes.

Acciones a implementar

Cualquier persona que detecte o encuentre fauna afectada, dará aviso inmediato al Jefe de la Emergencia, quien deberá comunicarse con un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, para que proceda a rescatar a la especie afectada y trasladarla hasta los centros de rescates y rehabilitación que deben estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTES). El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se elaborará un informe de emergencia, el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Para mayor detalle ver Tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.

122, Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19,300, A continuación, se indica lo realizado:

La DIA del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario de circulación regional Vive País, ambos con fecha 03 de junio de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la RADIO CARNAVAL, FM 96.5 MHz, entre los días 04 de junio de 2024 y 10 de junio de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 11 de junio de 2024 emitido por la misma radio.

Con fecha 17 de julio de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N* 19.300.

13%. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIEA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.

15". Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

16”. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz,

17”, Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18*, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19%. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20?. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA.

  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar”, presentada por ZAPALERI SpA.

2”. Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3%, Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132,138, 140, 142,156, 157 y 160 del D.S, N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”, Certificar que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Zaldívar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dar origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4" del presente acto,

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el/la Director/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al Titular y Archivese,

iguel Ballesteros Candia do Presidencial Regional (S)

TOMÁS ANDRÉS BALLESTEROS COHEN irector (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

MRS RA ITZA

Distribución:

Titular.

Superintendencia de Medio Ambiente.

CONAF, Región de Antofagasta.

DGA, Región de Antofagasta,

Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.

DOH, Región de Antofagasta.

Gobernación Marítima de Antofagasta.

Gobierno Regional, Región de Antofagasta.

lustre Municipalidad de Antofagasta.

Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. SAG, Región de Antofagasta.

SEC, Región de Antofagasta.

SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.

SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.

SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. SEREMI MOP, Región de Antofagasta.

SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.

Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. Consejo de Monumentos Nacionales.

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Secretaría Comisión de Evaluación. Archivo SEA.

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 58]