Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco
1/90 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Ríos Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” Valdivia VISTOS: 1º. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 02 de enero de 2025 y su Adenda Complementaria de 14 de mayo de 2025, del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”, presentado por Compañia Forestal y Maderera Panguipulli S.A con fecha 30 de abril de 2024. 2º. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”. 3º. El Acta N° 2 de fecha 30 de mayo de 2024, la cual constata la inexistencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4º. El Acta de Evaluación N° 01 de fecha 26 de junio de 2024, del Comité Técnico de la Región de Los Ríos. 5º. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” de 12 de junio de 2025. 6º. El Acta N° 10 de 07 de Julio de 2025, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de los Ríos. 7º. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”. 8º. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (“Ley Nº19.300”); en el Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“RSEIA”); en el D.F.L. N°1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado (“Ley N°19.880”); los artículos 79 y 80 del D.F.L. N°29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, que establecen orden legal de subrogación; en la Resolución N°36 de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 07-07-2025 10:55:15:248 UTC -04:00 Razón: Lugar:
2/90 Razón; y en el Decreto Supremo N°361 de fecha 01 de diciembre de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Los Ríos. CONSIDERANDO: 1º. Que, Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A. Rut 96.536.830-2 Domicilio Isidora Goyenechea 3120 Piso 8 Teléfono 998417930 Nombre representante legal Víctor Alejandro Segundo Espinoza Martínez Rut representante legal 9292209-K Domicilio representante legal Isidora Goyenechea 3120, piso 8 Teléfono representante legal 998417930 Correo electrónico Titular o representante legal inspira.ambiental@gmail.com 2º. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de junio de 2025, el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental XIV Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3º. Que, en sesión de 23 de junio de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 12 de junio de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4º. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto o actividad corresponde a la realización de las Actividades Cierre de Zanjas para restituir la geoforma del terreno intervenido y sus condiciones ambientales originales previas a las excavaciones, en la ladera de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones p) “Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita”.
3/90 Vida útil Se estima que la vida útil de Proyecto tenga una duración máxima de 15 días. Cabe mencionar que no existe una fase propiamente tal de operación, debido a que el proyecto solo consiste en la reapertura del Punto C. Las actividades de cierre corresponden a un conjunto de acciones puntuales tendientes a restaurar las geoformas del lugar a una condición lo más cercana a la original. En razón a esto, la vida útil se estima como un máximo de 15 días, en los cuales los primeros 10 días corresponden a gestiones de manera remota con autoridades y capacitaciones al personal y los últimos 5 días restantes se ejecutarán las labores en las áreas de trabajo. A continuación, se presentan los cronogramas de las fases de Construcción y Cierre, ya que como se mencionó anteriormente el Proyecto no contempla una fase de Operación como tal, ya que solo se centra en la reapertura del Punto C. Cuadro 1. Cronograma de actividades Fase Construcción ACTIVIDADES ABRIL MAYO 1 DÍA 1 DÍA Traslado de maquinaria
Construcción Zanja A
Construcción Punto C
Construcción Zanja B
Retiro Maquinaria
Fuente: Cuadro 1 Anexo 6 Adenda complementaria. Cuadro 2. Cronograma de actividades Fase Cierre ACTIVIDADES MARZO ABRIL SEMANA 3 SEMANA 4 SEMANA 1 Gestión con autoridades
Charla de inducción
Cierre Zanjas A y B
Retiro de las instalaciones de apoyo
Fuente: Cuadro 2 Anexo 6 Adenda complementaria. Es importante señalar que, aunque los cronogramas señalan días de operación, en la práctica las actividades constructivas se llevaron a cabo en pocas horas tal como se indica a continuación. - Fase de Construcción: La construcción de la Zanja A se realizó aproximadamente en 2 horas y la ejecución del bloqueo del Punto C tuvo una duración estimada de 1 hora, en cuanto al tiempo de apertura de la Zanja B se llevó a cabo durante un periodo de 2 horas. - Fase de Operación: La reapertura del Punto C se ejecutó en periodo
4/90 diurno, durante 1 hora, de acuerdo con lo señalado en el Anexo 1 Descripción de Proyecto. - Fase de Cierre: El cierre de la zanja A y B se realizará en un máximo de 5 días de trabajo, empleando para ello 15 horas de trabajo con la excavadora y 6 horas con el vibro apisonador, utilizándose siempre de manera separada, nunca en forma simultánea. Monto de inversión USD $ 320.000,000 Requerimiento de ingreso derivado de un Programa de Cumplimiento Ambiental En abril y mayo de 2020, la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A (COFOMAP en adelante) excavó dos zanjas en la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco, desviando parcialmente el curso de las aguas del glaciar Mocho Chonshuenco. En abril de 2021, COFOMAP se autodenunció ante la DGA, lo que llevó a una fiscalización. La empresa también fue denunciada ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que inició un proceso sansionatorio por elusión al SEIA, resultando en un Programa de Cumplimiento Ambiental aprobado en febrero de 2023. Este programa incluyó una consulta al Servicio de Evaluación Ambiental sobre si las actividades de cierre de las zanjas debían ser evaluadas ambientalmente. En diciembre de 2022, el SEA determinó que esta actividad debía someterse a evaluación ambiental, lo que motivó la presentación del proyecto actual para su evaluación. Proceso sancionatorio ROL D-264-2021 por elusión al SEIA, en cuyo marco se presentó un Programa de Cumplimiento Ambiental, aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente por Resolución Ex. N°5/ROL D- 264-2021 de febrero 2023, el cual se encuentra actualmente en desarrollo. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Gestión y coordinación con la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y la Dirección General de Aguas (DGA). Para ello se realizará una solicitud formal a la CONAF a fin de que autorice el ingreso de vehículos, maquinaria y trabajadores a la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. Una vez obtenida la autorización se avisará a la DGA y a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) sobre el inicio de las actividades de cierre de las zanjas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[ ] [X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[] [X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[ ] [X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Los Ríos, Provincia de Valdivia, comuna de Panguipulli, localidad de Neltume. Descripción de la El Proyecto se desarrollará en la ladera nororiente del Volcán Mocho
5/90 localización Choshuenco que se encuentra al interior de la Reserva Nacional del mismo nombre, a una altura aproximada de 1.800 m.s.n.m, en la localidad de Neltume, comuna de Panguipulli, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos. La localización corresponde a una desprovista de vegetación, de anillos concéntricos de rocas, escoria volcánica y gravilla suelta de diferente granulometría. Zona que están en constante cambio a causa de la acumulación de nieve invernal y posterior derretimiento estival, lo anterior de acuerdo a lo señalado en la Resolución N° 529/2009, CONAF, Ministerio de Agricultura. El proyecto consiste en restaurar las geoformas y su condición ambiental a la condición más cercana a la original, en el sector donde fueron construidas las zanjas realizadas en el año 2020 por e COFOMAP. Esto de acuerdo con lo ordenado por la DGA en la Resolución N°335/21, el cual establece “Ordenar a Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A. que destruya lo que ellos denominan Zanja A, de modo que se restituya la conexión hidráulica hacia la cuenca del río Blanco, dejando en la condición original el flujo de agua, en la comuna de Panguipulli. La restitución del flujo y destrucción de la obra deberá ser realizada apenas se den las condiciones climáticas para lo cual se deberá realizar la coordinación correspondiente con la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y la Dirección General de Aguas, en un plazo que no supere el mes de noviembre del año 2021. Con respecto a lo que denominan Zanja B se ordena sea destruida dejando en la misma condición que se encontraba originalmente”. Por lo anterior, es que se justifica que las actividades deben realizarse en ese sector. Superficie Tipo de superficie unidad áreas de trabajo 0,84 ha Coordenadas UTM en Datum WGS84 Cuadro 3. Coordenadas de las obras del proyecto ÁREA VÉRTICE COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 84 ESTE NORTE Zanja A A1 756.171 5.575.923 A2 759.199 5.575.964 Punto C PC 756.162 5.575.907 Zanja B B1 756.289 5.576.159 B2 756.359 5.576.150 Área de Trabajo Zanja A A1 756.192 5.575.903 A2 756.142 5.575.914 A3 756.209 5.575.994 A4 756.258 5.575.994 A5 756.226 5.575.944 Área de Trabajo Zanja B B1 756.374 5.576.131 B2 756.326 5.576.122 B3 756.284 5.576.137 B4 756.289 5.576.165 B5 756.355 5.576.162 Estacionamiento 1 756.245 5.575.991 2 756.247 5.575.997 3 756.254 5.575.988 4 756.256 5.575.994 Zona de comedor 1 756.244 5.575.981 2 756.245 5.575.984 3 756.247 5.575.980 4 756.248 5.575.983
6/90 Fuente Cuadro N° 3 del Anexo 6 de la Adenda. Caminos de acceso La ruta de acceso principal al Proyecto se realiza desde la localidad de Neltume mediante la Ruta CH 203 donde se encuentra el Portal de ingreso a la Reserva Biológica Huilo Huilo. Desde el punto de ingreso se recorre aproximadamente 15 km por caminos y huellas existentes de agregado pétreo, hasta llegar a los 1.800 m.s.n.m. donde se encuentra el sector de las actividades. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Figura 2.7 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Caminos El proyecto considera la utilización de camino de agregado pétreo desde la Reserva Biológica Huilo Huilo y posterior huella, ambos existentes desde hace décadas para acceder a las áreas de trabajo. Esto se utilizarán principalmente para el traslado de personal y maquinaria Área de trabajo Corresponden a las zonas en las cuales se encuentran contempladas las zanjas, el espacio necesario para llevar a cabo el cierre y el material extraído que será utilizado para volver a taparlas y devolver la morfología sobre este sector. En estas áreas se limitarán los trabajos a realizar y el movimiento de la maquinaría que se utilizará para las actividades a realizar. El área de trabajo en torno a la Zanja A tiene una superficie 0,54 ha, mientras que la de la Zanja B es de 0,301 ha. Zona de estacionamiento Área restringida en la cual se podrá estacionar las camionetas que trasladará los trabajadores que desarrollarán las actividades de cierre zanjas. Al finalizar la jornada este sector se utilizará para estacionar la maquinaria en el caso que no se pueda mantener en las Áreas de Trabajo definidas. Zona de comedor Se implementará un área que se utilizará como comedor, para que los trabajadores puedan comer los alimentos que serán trasladados diariamente. Este sector estará provisto por un toldo, mesa y sillas Acciones Traslado de maquinaria Traslado de personal y traslado de máquina excavadora que fue utilizada para las excavaciones de zanjas y tapón de punto C. Este traslado fue realizado desde la localidad de Neltume hacia áreas del proyecto. para ello se utilizó el tramo de la Ruta CH 203 y luego por los caminos privados dentro de la
7/90 Reserva Biológica Huilo Huilo. Lo vehículos utilizados se presentan en el siguiente cuadro Cuadro 4. Maquinaria fase de construcción. Fase/actividad Actividad Vehículo Cantidad de vehículo Días viaje toda la fase Total viaje ida y vuelta toda la fase Realización de las Zanjas y bloqueo del Punto C Traslado de personal Camioneta pick 1 2 4 Traslado Excavadora Excavadora 1 2 4 Fuente: Cuadro N° 2.7 Anexo 1 de la Adenda. Construcción de zanja A Mediante máquina excavadora se realizó una excavación en el área ubicada en la ladera nororiente del volcán Mocho Choshuenco. Para dicha construcción se removieron aproximadamente 270 m3 de material, el cual fue dispuesto adyancente al sur de la zanja. Sus dimensiones fueron de 1,3 m de profundidad, 1,5 m de ancho y una longitud de 76 m. El tiempo de construcción se estimó en dos (2) horas. Cabe hacer presente que al momento de desbloquear el Punto C y el bloqueo del inicio de la Zanja A, la longitud de la Zanja A cambió a 50 m, manteniendo los valores promedio de su ancho y profundidad. Construcción Punto C Una parte del material removido al inicio de la Zanja A se utilizó para crear un bloqueo del escurrimiento natural de las aguas, dirigiéndolas hacia la zanja A. Este punto, denominado Punto C, se localizó aproximadamente a 10 m del inicio de la Zanja A. Se estima que se trasladaron 90 m³ de material para formar este tapón, y las actividades en este punto tuvieron una duración de una (1) hora. Construcción zanja B Se construyó la Zanja B, ubicada 200 m aguas abajo (en dirección noroeste) de la Zanja A. El acceso a este sector se realizó a través de un camino existente, siguiendo la pendiente sin necesidad de generar caminos adicionales. La Zanja B tiene una longitud aproximada de 71 m, un ancho promedio de 2 m y una altura promedio de 1,5 m. Se estima que el movimiento de material producido por la excavación de esta zanja fue de 324 m³, el cual fue dispuesto en el sector norte adyacente a la misma. Las actividades en esta área se llevaron a cabo durante un periodo de dos (2) horas. Retiro de maquinaria Una vez finalizadas las actividades en el área, se realiza el retiro de la maquinaria de la zona de trabajo para ser trasladada hacia el sector de Neltume. Este traslado inicia en el frente de trabajo del Proyecto, para pasar por la huella de acceso hacia el camino privado dentro de la RN Huilo Huilo, para tomar el tramo de la Ruta CH-203. Este traslado cuenta con un tiempo total de 5 horas.
8/90 Recursos naturales renovables: Suelo; Durante la fase de construcción se extrajo material del suelo del lugar, debido al movimiento de tierra realizado para construir ambas zanjas y ejecutar el bloqueo del Punto C. Cabe destacar que este material fue depositado de manera aledaña a ambas zanjas, por lo que se mantuvo en el área de intervención. Los volúmenes de material desplazados corresponden a 270 m3 para la Zanja A, 90 m3 para el Punto C y 324m3 para la Zanja B. Suelo reapertura del Punto C; Se extrajo suelo en el movimiento de material para la reapertura del Punto C. Este material corresponde al mismo material existente en el lugar, el cual fue trasladado para bloquear el inicio de la Zanja A. En términos de magnitud, se estima que el movimiento de material alcanzó los 90 m3. Emisiones Emisiones atmosféricas MP30, MP10, MP2,5, CO, COV/HC, NOX, NOx, SOx, NH3 Durante la fase de construcción las emisiones a la atmósfera que generará el proyecto corresponderán a emisiones ligadas a las actividades de carguío, excavación y volteo de material, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados, combustión interna por caminos no pavimentados y combustión interna de motores de maquinaria. La mayor emisión de MP30 para esta fase, proviene del tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, configurando una emisión de 0,4122 toneladas/fase, correspondiendo al 65,8% del total de emisiones de MP30 de esta fase. Mientras que, para el MP10 para esta fase, proviene del tránsito de vehículos por caminos no pavimentados intrínsecamente relacionado con el tránsito de la camioneta pick up y la maquinaria asociada al Proyecto, configurando una emisión de 0,1262 toneladas/fase, correspondiendo al 66% del total de emisiones de MP10 de esta fase. El siguiente cuadro presenta las emisiones durante la etapa de construcción. Cuadro 5. Emisiones atmosféricas fase de construcción. Actividad EMISIONES (t/fase) MP2,5 MP10 MP30 NOx CO SOx HC/COV NH3 Excavación 0,0222 0,0637 0,2114 - - - - - Carguío y volteo de material 0,0002 0,0011 0,0023 - - - - - Tránsito de vehículos por caminos pavimentados 0,000007 0,00003 0,00014 - - - - - Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados 0,0126 0,1262 0,4122 - - - - - Combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados 6 x10-8 6 x10-8 6 x10-8 1,292x x10-5 5 x10-7 2 x10-8 1,5 x10-7 2 x10-8
9/90 Combustión interna de motores de vehículos por caminos no pavimentados 6x10-8 6x10-8 6x10-8 6,687 x10-5 4,36 x10-6 1,4 x10-7 2,04 x10-6 1,1 x10-7 Combustión interna de motores de maquinaria 1,2x10-4 1,2x10-4 1,2x10-4 1,13x10-3 0 1,1x10-3 1,2x10-4 1,2x10-6 TOTAL 0,035114 0,191132 0,626187 0,001214 0,000007 0,0011 0,000125 0,000001 Fuente: Cuadro 19 de la Adenda y Cuadro N° 1.1 de la Adenda Complementaria. Carbono Negro y MPS Según los resultados obtenidos se determinó que el receptor de máximo impacto (R1) de emisión de CN del proyecto ocurre a una distancia de 28 m del área de trabajo del proyecto. Para evaluar dicha depositación se utilizó documentación relativa a estudios realizados por Flanner et al. (2007)1 y Qian et al. (2011)2,quienes sugirieron que concentraciones entre 10–50 μg/m² de carbono negro en la superficie de nieve o hielo pueden reducir el albedo en un 1-3%, lo cual es suficiente para causar un incremento significativo en el derretimiento. Los resultados obtenidos fueron comparados con lo señalado por los autores citados y se presentan a continuación: Cuadro 6. Tasa de depositación CN Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares CN (μg/m²) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 1,2 x 10-3 27 R2 Glaciarete 3 6,3x10-5 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 2,0x10-5 153 R4 Glaciar de montaña 2 1,5x10-5 263 R5 Glaciarete 5 9,1x10-5 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 9,0x10-5 304 R7 Glaciar de montaña 1 1,3x10-5 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.8 del Anexo N° 9 de la Adenda. Por otra parte, para analizar la depositación de MP30, se consideró una densidad conservadora de los glaciares, con un valor de 0,14 g/cm3 (Patel et al., 2020), junto con los resultados de Modelo CALPUFF, se establece que durante la fase de construcción del Proyecto, se produce una
1 Flanner, M. G., Zender, C. S., Randerson, J. T., & Climatology, M. (2007). Present-day climate forcing and response from black carbon in snow. Journal of Geophysical Research: Atmospheres, 112 (D11). 2 Qian, Y., Flanner, M. G., Leung, L. R., & H. Wang (2011). Impact of black carbon on snow and ice albedo in the Tibetan Plateau: A case study using the regional climate model WRF-ARW. Environmental Research Letters, 6 (3)
10/90 deposición total de MPS de 0,049 mm en el receptor de máximo impacto, en la fase de operación una deposición de MPS de 0,0023 mm y en la fase de cierre se genera un depositación de 0,0407 mm, como se presenta en el siguiente cuadro: Cuadro 7. Depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares (mm) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,0498 27 R2 Glaciarete 3 0,0074 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,0046 153 R4 Glaciar de montaña 2 0,0030 263 R5 Glaciarete 5 0,0018 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0018 304 R7 Glaciar de montaña 1 0,0018 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.9 del Anexo N° 9 de la Adenda. Para la evaluación de la depositación de MPS sobre los glaciares, se utilizó los criterios señalados por Ostrem (1959), Evatt et al. (2015), Nicholson et al. (2018), los cuales establecen que una capa de unos pocos mm o cm de material particulado puede influir en la ablación del hielo. Sin embargo, debido a la baja magnitud de MPS que genera el Proyecto, no se alcanza a formar una capa consistente, ni siquiera con un espesor de 1 mm. Respecto de la tasa de deposición de MPS, la máxima diaria dio como resultado 0,6975 g/m² durante toda la fase de construcción. A continuación, se presentan los resultados obtenidos para cada uno de los receptores evaluados Cuadro 8. Tasa de depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares MPS (g/m2) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,697 27 R2 Glaciarete 3 0,1039 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,0648 153 R4 Glaciar de montaña 2 0,0423 263 R5 Glaciarete 5 0,0258 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0256 304 R7 Glaciar de montaña 1 0,0257 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.10 del Anexo N° 9 de la Adenda. Efluentes
11/90 Aguas servidas; Uso del baño químico por parte de los trabajadores. Estos residuos serán manejados acorde a lo establecido en el D.S. N°594/00 del MINSAL y se subcontrata una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio por parte de la SEREMI de Salud. Para la fase de construcción se contempla una tasa de generación de 5 litros diarios de aguas servidas por trabajador, lo que equivale a 20 litros de aguas servidas para esta fase, considerando una dotación de 2 trabajadores en un período de 2 días hábiles. Ruido Durante la fase de construcción las fuentes de ruido fueron las actividades de apretura de zanja A, Zanja B y bloqueo de punto C, dichas actividades se realizaron un tiempo aproximade de una (1) a dos (2) horas y se llevaron a cabo con una maqui excavadora. La fase de construcción considera tres (3) frentes de trabajo distintos: apertura de la Zanja A, apertura de la Zanja B y bloqueo del Punto C (detalles en la Figura 9 del Anexo 5 de la Adenda). Para cada uno de estos escenarios, se elaboró un mapa de ruido, considerando la operación de una (1) única excavadora por frente de trabajo. Para el área asociada a la Zanja A, el frente de trabajo se ubicó lo más cerca posible del glaciar vinculado al volcán Mocho Choshuenco. Por su parte, en el área asociada a la Zanja B, el frente de trabajo se posicionó lo más próximo a la zona poblada más cercana, correspondiente a la localidad de Neltume, presentando una distancia aproximada de 9,4 km a esta zona poblada. En cuanto al Punto C, el frente de trabajo se estableció directamente sobre sus coordenadas. Sin embargo, a modo de referencia, se presentó una proyección para un receptor representativo del lugar ubicado en la localidad de Neltume, específicamente en su punto más expuesto al proyecto: el portal de ingreso al Salto Huilo Huilo. El presente cuadro resume la proyección de ruido durante la etapa de construcción del proyecto. Cuadro 9. Nivel de ruido proyectado a receptores más cercano. Receptor Este (m) Huso: 19H Norte (m) Huso: 19H Límite de emisión según DS N°38/11 MMA Nivel Proyectado Portal acceso Salto Huilo Huilo 247.429 5.584.253 35 dB(A) (Zona Rural) 0 dB(A) Fuente: Tabla 6 Anexo 5 de la Adenda Ruido Fauna Tras las campañas de identificación de especies, se registraron 11 especies en total, distribuidas entre aves, mamíferos y un reptil. La mayoría de estas especies presenta alta movilidad, y durante las campañas no se observaron polluelos, nidos, crías ni juveniles. En consecuencia, no se identificaron áreas de concentración de fauna nativa asociadas a sitios de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación, ni zonas con protección oficial o reconocimiento por su valor ambiental dentro del Área de Influencia. Sin perjuicio de lo anterior, se realizaron proyección de ruido cuyas curvas isofónicas proyectadas representan los umbrales relativos a los grupos taxonómicos de Aves, Mamíferos y Reptiles, para lo anterior se utilizó como guía el “Criterio de Evaluación de Impactos por Ruido sobre Fauna Nativa, SEIA 2022”. De acuerdo con las proyecciones realizadas, las AI asociadas a los umbrales de la curva A (aves y mamíferos) tienen un radio máximo de 60 metros desde la fuente hasta el inicio del umbral de 58 dB(A). En cuanto a los umbrales de la curva C (reptiles), las áreas de influencia no exceden los 34 metros de distancia desde la fuente hasta el inicio del umbral de 75 dB(C). Detalles se presentan en el Anexo 5 de la Adenda Vibraciones
12/90 Para estimar los niveles de vibraciones durante la fase de construcción, se utilizó como referencia el manual "Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual" de la Federal Transit Administration (FTA), publicado en 2018. Como receptor sensible se identifica un glaciar asociado al volcán Mocho Choshuenco, a una distancia aproximada de 52 metros del frente de trabajo más cercano (vibroapisonador operando en zanja más cercana al glaciar: Zanja A). En ese sentido, se determinó el AI para el componente vibraciones proyectando los niveles de vibración hasta igualar el umbral de 90 VdB, correspondiente al umbral de probabilidad de daño a estructuras extremadamente susceptibles al daño estructural según los lineamientos de la FTA (ver tabla 4 del Anexo 5 de la Adenda). Para la proyección de vibraciones se consideró la operación de una (1) excavadora. Los resultados de la estimación de vibraciones para la fase de construcción indica una distancia de 6,1 m alrededor del área de trabajo, correspondiente a la distancia en la cual la excavadora emite vibraciones sobre los 90 vB. Este valor corresponde al criterio de daño estructural para estructuras extremadamente susceptibles a vibraciones por la FTA, siendo para este caso el Glaciar. Es decir, que dentro de dicha área se sobrepasa el límite de referencia (90 vB), y pasado de los 6,1 m existe cumplimiento de la normativa, por tanto, no hay afectación estructural sobre el Glaciar, ubicado a 38 m. Cuadro 10. Distancias proyectadas para vibraciones, desde ubicación de frentes de trabajo. Criterio VdB Descripción Buffer proyectado desde áreas de trabajo (m) 90 VdB Daño estructural Estructuras extremadamente susceptibles 6,1 Fuente: Tabla 9 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD); correspondientes principalmente a restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, entre otros, asociados al personal de trabajo. Cabe destacar que las jornadas de trabajo se realizaron en un período acotado de tiempo y espacio. Durante la fase de construcción se estima que se genera un máximo de 2,8 kg/fase de RSD, proveniente de una tasa de generación equivalente a 0,7 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 2 trabajadores/día y un periodo de trabajo de 1 día hábil en el área de emplazamiento del Proyecto. Residuos Industriales No Peligrosos (RISES); Corresponden a EPP desechados por los trabajadores, tanto en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Durante la fase de construcción se genera un total de 2 kg para toda la fase con una tasa de generación de 1 kg/trabajador/fase. Estos residuos fueron almacenados en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas, para posteriormente entregarlos, previa coordinación, a una empresa autorizada para realizar su disposición final. De acuerdo a lo presentado durante todo el proceso de evaluación el proyecto no se generó algún tipo de residuos peligrosos, esto debido a las características de las actividades que se realizaron. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
13/90 Caminos El proyecto considera la utilización de camino de agregado pétreo desde la Reserva Biológica Huilo Huilo y posterior huella, ambos existentes desde hace décadas para acceder a las áreas de trabajo. Esto se utilizarán principalemtne para el traslado de personal y maquinaria Punto C Corresponde al lugar donde se bloqueó el paso del agua, cercano a la zanja A, el cual estuvo afecto a las actividades de desbloqueo, ordenadas por la medida Cautelar decretada por el Tercer Tribunal Ambiental en causa D-6-2021, realizadas en enero de 2023. De acuerdo con esto, actualmente el bloqueo es inexistente. Zanja A Corresponde a la zanja horadada, aledaña al Punto C. Las dimensiones originales de esta zanja corresponden a las siguientes: 76 m de largo, ancho en promedio de 2 m y altura promedio de 1 m. Zanja B Corresponde a la Zanja horadada aproximadamente 200 m aguas abajo de la Zanja A. Esta Zanja tiene una longitud de 71 m aproximadamente, con un ancho promedio de 2 m y una profundidad promedio de 1,5 m. Esta es la situación actual que presenta la zanja y su entorno, previa a su modificación por medio del presente proyecto. Acciones Desvío caudal Se canalizaron las aguas de escurrimiento de los deshielos que bajan del volcán Mocho Choshuenco. Para lo anterior se bloqueó un punto denominado Punto C y se habilitaron dos Zanjas (A y B). La Zanja A, tenía como fin canalizar y conducir dichas aguas hacia la Zanja B que se encontraba aproximadamente a 200 m. El desvío se realizó durante 2 a 3 años, escurriendo aproximadamente entre 20 a 30 L/s de agua, hacia una piscina de acumulación de agua (piscina que no fue construida). En enero de 2023, se realizaron las actividades de desbloqueo del denominado Punto C, de acuerdo con la medida cautelar ordenada por el Tercer Tribunal Ambiental (Causa Rol D-6-2021). Detalles en el Anexo 1.6 de la DIA. Prueba de infiltración inicial Previo a que se efectuara la reapertura del Punto C, se realizó una prueba de infiltración en el punto del inicio de la Zanja A. Esta fue la primera actividad de la mañana y duró aproximadamente dos (2) horas. Reapertura del Punto C Tuvo una duración de un (1) día, la cual consistió en remover el material con el cual se había bloqueado dicho punto donde se comenzó con el desvío de las aguas. Para esto se instalaron bloques de hormigón previo al Punto C, para que la excavadora trasladará el material de bloqueo en este punto hacia un área aledaña a la Zanja A, para posteriormente ser trasladado en el punto de inicio de ésta y ser compactado de manera tal de que éste quedara lo más cercano posible a como se veía el terreno de forma natural. De esta manera se efectuó el desbloqueo del punto C que restauró de manera inmediata el curso natural de las aguas. Prueba de infiltración final Posterior al bloqueo y compactación del material dispuesto en el inicio de la Zanja A, se realizó una nueva prueba de infiltración.
14/90 Abandono del lugar Como última actividad del día se retiró cualquier tipo de residuo que se encontrara en el sector producto de las actividades diarias realizadas. Flujo de transporte El mayor traslado de flujo vehicular se realizó al momento de desbloquear el punto C, donde se estimó un total de 6 vehículos diarios. Productos generados No se generaron productos durante la fase de operación del proyecto. Recursos naturales renovables Extracción de agua; desde la ejecución de las zanjas y bloqueo del Punto C hasta su reapertura, existió desvío del curso natural del agua del afluente del río Pillanleufú. Sin embargo, este fue de una magnitud acotada (20 a 30 L/s), solo en temporadas de deshielos (noviembre-abril) y de manera puntual en el día (con temperaturas que permiten el deshielo). Además, este flujo de agua a medida que transitaba por la zanja A se infiltraba de manera completa debido a las características de alta permeabilidad (gravas y arenas) de la misma. Suelo; se extrajo suelo en el movimiento de material para la reapertura del Punto C, no obstante, este material corresponde al mismo material existente en el lugar, el cual fue trasladado para bloquear el inicio de la Zanja A. En términos de magnitud, se estimó que el movimiento de material alcanzó los 90 m3. Emisiones MP2,5, MP10, MP30, NOX, CO, SOX, HC/COV y NH3 Durante esta fase las principales emisiones provienen de actividades ligadas a excavación, carguío y volteo de material, compactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, Combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados, Combustión interna por caminos no pavimentados y combustión interna de motores de maquinaria. Los resultados se presentan en el cuadro a continuación. Los receptores evaluados fueron los mismos señalados en el Cuadro 4 del ICE. Cuadro 11. Emisiones atmosféricas fase de operación ACTIVIDAD EMISIONES (t/fase) MP2,5 MP10 MP30 NOx CO SOx HC/COV NH3 Excavación 0,0029 0,0084 0,0278 - - - - - Carguío y volteo de material 0,00002 0,0001 0,0003 - - - - - Compactación 0,0006 0,0016 0,0053
Tránsito de vehículos por caminos pavimentados 5 x10-6 1,9 x10-5 9,8 x10-5 - - - - - Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados 0,0112 0,1125 0,3675 - - - - - Combustión 4x10-8 4x10-8 4x10-8 1,428 7,6 x10-7 3 x10-8 3,1 x10-7 2 x10-8
15/90 interna de motores de vehículos por caminos pavimentados x10-5 Combustión interna de motores de vehículos por caminos no pavimentados 1,5 x10-7 1,5 x10-7 1,5 x10-7 1,6719 x10-4 1,090 x10-5 3,5 x10-7 5,09 x10- 6 2,8 x10-7 Combustión interna de motores de maquinaria 0,00002 0,00002 0,00002 0,00023 0,00000 0,00022 0,00002 0,00000 TOTAL 0,014780 0,122670 0,401056 0,000408 0,000012 0,000220 0,000030 0,0000004 Fuente: Cuadro 19 de la Adenda y cuadro 1.1 de la Adenda Complementaria Carbono negro y MPS Glaciar Los resultados se presentan en los siguientes cuadros: Cuadro 12. Tasa de depositación CN Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares CN (μg/m²) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 1,1 x 10-4 27 R2 Glaciarete 3 8,6x10-5 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 7,1x10-5 153 R4 Glaciar de montaña 2 5,4x10-5 263 R5 Glaciarete 5 9,1x10-4 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 9,1x10-5 304 R7 Glaciar de montaña 1 6,2x10-5 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.8 del Anexo N° 9 de la Adenda. Cuadro 13. Depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares (mm) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,0023 27 R2 Glaciarete 3 0,0005 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,0007 153
16/90 R4 Glaciar de montaña 2 0,0003 263 R5 Glaciarete 5 0,0001 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0001 304 R7 Glaciar de montaña 1 0,0002 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.9 del Anexo N° 9 de la Adenda. Cuadro 14. Tasa de depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares MPS (g/m2) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,0325 27 R2 Glaciarete 3 0,0069 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,0092 153 R4 Glaciar de montaña 2 0,0048 263 R5 Glaciarete 5 0,0018 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0018 304 R7 Glaciar de montaña 1 0,0030 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.10 del Anexo N° 9 de la Adenda Emisiones Aguas Servidas; se contempló la generación de Residuos Líquidos Domésticos producto del uso del baño químico por parte de los trabajadores. Estos residuos fueron manejados acorde a lo establecido en el D.S. N°594/00 del MINSAL y se subcontrata una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio por parte de la SEREMI de Salud. durante la reapertura del Punto C, se empleó un total de 8 trabajadores, cuya actividad se realizó en 1,5 días, siendo el primer día en el que se realizaron las actividades de reapertura y el día siguiente se retiró la máquina excavadora. Se estimó que se generó 40 litros aproximadamente de aguas servidas por el personal, eso tomando en consideración el cálculo de 5 litros por cada uno. Ruido Cabe hacer presente que, durante los dos años de operación del proyecto, no se generaron emisiones acústicas. Sin embargo, al final del desbloqueo del punto C, se utilizó una maquinaria (excavadora) con el fin de remover el suelo que bloqueaba dicho punto, por lo que se realizó una modelación de dicha actividad. Los resultados obtenidos indican que, la emisión de ruido de esta actividad se reduce igualmente a niveles bajo 25 dBA a una distancia aproximada de 1.100 m en dirección al sector de Neltume, toda vez que se está considerando la misma maquinaria que en la etapa de construcción. Neltume se ubica a más de 9 Km del área del Proyecto, por lo que se concluye que las actividades de operación no generan impacto sobre la salud de las personas. Cuadro 15. Ruido generado durante la etapa de operación. Actividad Acción generadora Emisión (DBA) Horas de Sistema de
17/90 Fuente: Cuadro 1.3 de la Adenda Complementaria de emisión trabajo control Reapertura Punto C Operación excavadora. Lw 105,5 1 N/A Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD); correspondientes principalmente a restos de comida, papeles, envases y envoltorios de comida, entre otros, asociados al personal de trabajo. Para la fase de operación se genera un máximo 5,6 kg/fase de RSD; esto proviene de una tasa de generación equivalente a 0,7 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 8 trabajadores/día y un periodo de trabajo de 1 día hábil en el área de emplazamiento del Proyecto. Residuos Industriales No Peligrosos (RISES); corresponden a EPP desechados por los trabajadores para la fase de operación, se generan un total de 8 kg para toda la fase, con una tasa de generación correspondiente a 1 kg/trabajador/fase. El manejo se realizó almacenándolos en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas, para posteriormente entregarlos, previa coordinación, a una empresa autorizada para realizar su disposición final. No se generaron residuos peligrosos durante la fase de operación del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Detalles en el Numeral 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Caminos El proyecto considera la utilización de camino de agregado pétreo desde la Reserva Biológica Huilo Huilo y posterior huella, ambos existentes desde hace décadas para acceder a las áreas de trabajo. Esto se utilizarán principalmente para el traslado de personal y maquinaria Área de trabajo Corresponden a las zonas en las cuales se encuentran contempladas las zanjas, el espacio necesario para llevar a cabo el cierre y el material extraído que será utilizado para volver a taparlas y devolver la morfología sobre este sector. En estas áreas se limitarán los trabajos a realizar y el movimiento de la maquinaría que se utilizará para las actividades a realizar. El área de trabajo en torno a la Zanja A tiene una superficie 0,54 ha, mientras que la de la Zanja B es de 0,301 ha. Zona de estacionamiento Área restringida en la cual se podrá estacionar las camionetas que trasladará los trabajadores que desarrollarán las actividades de cierre zanjas. Al finalizar la jornada este sector se utilizará para estacionar la maquinaria en el caso que no se pueda mantener en las Áreas de Trabajo definidas Zona de comedor Se implementará un área que se utilizará como comedor, pata que los trabajadores puedan comer los alimentosa que serán trasladados diariamente. Este sector estará provisto por un toldo, mesa y sillas Acciones Gestiones con autoridades para Considerando que la Reserva Nacional Mocho Choshuenco corresponde a un área administrada por CONAF, previo a la realización de las actividades se
18/90 el desarrollo de actividades realizarán las coordinaciones respectivas para el ingreso al área. Monitoreo previo Se realizará un monitoreo con el objetivo de registrar documentadamente la condición de la morfología del terreno previa al acomodo del material en las zanjas A y B. Este registro se realizará mediante fotografías y se consolidará un informe, que será entregado 60 días después de la actividad realizada, en conjunto con el informe del Monitoreo N°1 de la fase de cierre. Este documento será entregado a las siguientes entidades públicas: Dirección General de Aguas (DGA), Corporación Nacional Forestal (CONAF) y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Habilitación de la zona de comedor Se habilitará una zona con toldo, mesa y sillas como comedor para los trabajadores, debido a que, por las características del lugar, su categoría de Reserva Nacional y lo acotado de las actividades, no se contempla la instalación o construcción de ninguna obra techada. Considerando que el toldo no corresponde a una obra permanente, este será instalado cada día al momento de ser utilizado y desinstalado una que vez que se termine de utilizar. Cierre Zanja A y B El cierre de las zanjas (A y B) no se realizará de forma simultánea, las actividades de cierre comenzarán por la Zanja A, para una vez terminadas las actividades en este sector, se procederá a realizar actividades de cierre en la Zanja B. Para lograr el cierre de las zanjas, se utilizará el material que se encuentra aledaño a las mismas y que corresponde al que se depositó al momento de realizar la excavación. Este material será trasladado por medio del uso de una excavadora, la cual realizará el traslado del material hacía el interior de la zanja. Una vez depositado el material, este será compactado con un vibro pisón cada vez que se vierta una palada, con el objetivo de lograr una adecuada compactación. Adicionalmente se contará con el apoyo de trabajadores que irán perfeccionando de manera manual el trabajo realizado por la excavadora, por medio del uso de palas y rastrillos. Este procedimiento se repetirá hasta conseguir que la morfología del terreno quede de la forma más natural posible a lo largo de ambas zanjas. Una vez realizado el cierre de la Zanja A, se trasladará la máquina excavadora, así como también el equipo de trabajo manual, hacia el Área de Trabajo de la Zanja B en donde se realizará el mismo procedimiento antes descrito. Retiro de las Instalaciones de apoyo Posterior al cierre de las zanjas y nivelación del terreno, se destinará un día para el retiro de las instalaciones de apoyo utilizadas y habilitadas para los trabajadores del Proyecto. Esto implica el baño químico y limpieza del lugar. Esta actividad se realizará enfocado en dejar el área del Proyecto de la forma más prístina posible. Retiro de vehículos y maquinaria Una vez concluida la fase de cierre, se procederá a realizar el retiro de la excavadora en un horario que no esté asociado a horas peak de movilización de los habitantes de la localidad, para no generar alteraciones en los flujos vehiculares, no obstante que en el área son bajos. Las camionetas se retirarán del lugar cuando acaben las labores de limpieza y se corrobore el termino de todas las actividades. Considerando que las actividades que contempla el Proyecto son acotadas, la fase de cierre, no excediendo en ningún caso los 5 días.
19/90 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Suelo; el suelo que se utilizará para cubrir el canal horadado que conforma la zanjas, corresponde al mismo excavado cuando se realizó la zanja. En este sentido, las actividades de movimiento de tierra son puntuales en tiempo (5 días hábiles máximo) y superficie, y están orientadas a recomponer la morfología natural del terreno, por lo que considerando las características de este y la materialidad existente (material morrénico que presenta una disposición natural caótica y sin una clara estratificación), el suelo no presenta horizontes claros con materia orgánica que sustente una vegetación abundante. Emisiones MP2,5, MP10, MP30, NOX, CO, SOX, HC/COV y NH3 Durante esta fase las principales emisiones provienen de actividades ligadas a excavación, carguío y volteo de material, compactación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, Combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados, Combustión interna por caminos no pavimentados y combustión interna de motores de maquinaria. Los resultados se presentan en el siguiente cuadro: Cuadro 16. Emisiones atmosféricas fase de operación ACTIVIDAD EMISIONES (t/fase) MP2,5 MP10 MP30 NOx CO SOx HC/COV NH3 Excavación 0,0029 0,0084 0,0278 - - - - - Carguío y volteo de material 0,00002 0,0001 0,0003 - - - - - Compactación 0,0006 0,0016 0,0053
Tránsito de vehículos por caminos pavimentados 0,000005 0,000019 0,000098 - - - - - Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados 0,0112 0,1125 0,3675 - - - - - Combustión interna de motores de vehículos por caminos pavimentados 4x10-8 4 x10-8 4 x10-8 1,428 x10- 5 7,6 x10-7 3 x10-8 3,1 x10-7 2 x10-8 Combustión interna de motores de vehículos por caminos no pavimentados 1,5 x10-7 1,5 x10-7 1,5 x10-7 1,6719 x10-4 1,090 x10- 5 3,5 x10-7 5,09 x10-6 2,8 x10-7 Combustión interna de motores de maquinaria 0,00002 0,00002 0,00002 0,00023 0,00000 0,00022 0,00002 0,00000
20/90 TOTAL 0,014780 0,122670 0,401056 0,000408 0,000012 0,000220 0,000030 0,0000004 Fuente: Cuadro 19 de la Adenda y cuadro 1.1 de la Adenda Complementaria. Carbono Negro y MPS; los resultados obtenidos se presentan en los cuadros a continuación: Cuadro 17. Tasa de depositación CN Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares CN (μg/m²) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 1,3 x 10-4 27 R2 Glaciarete 3 5,8x10-5 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 6,1x10-5 153 R4 Glaciar de montaña 2 4,3x10-5 263 R5 Glaciarete 5 2,6x10-4 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 2,5x10-4 304 R7 Glaciar de montaña 1 1,8x10-5 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.8 del Anexo N° 9 de la Adenda. Cuadro 18. Depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares (mm) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,0407 27 R2 Glaciarete 3 0,0165 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,0146 153 R4 Glaciar de montaña 2 0,0082 263 R5 Glaciarete 5 0,0050 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0049 304 R7 Glaciar de montaña 1 0,0048 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.9 del Anexo N° 9 de la Adenda. Cuadro 19. Tasa de depositación MPS Glaciares N° TIPO RECEPTOR Depositación glaciares MPS (g/m2) Distancia a las obras del proyecto (m) R1 Glaciar VOLCAN MOCHO A (IPG) 0,5693 27 R2 Glaciarete 3 0,2307 105 R3 Glaciar VOLCAN MOCHO (IPG) 0,2040 153 R4 Glaciar de montaña 2 0,1144 263 R5 Glaciarete 5 0,0698 304 R6 Glaciar VOLCAN MOCHO B (IPG) 0,0692 304
21/90 R7 Glaciar de montaña 1 0,0666 355 Fuente: Elaborado en base a Tabla 8.10 del Anexo N° 9 de la Adenda Emisiones líquidas Aguas Servidas; se generarán Residuos Líquidos Domésticos producto del uso del baño químico por parte de los trabajadores. Estos residuos fueron manejados acorde a lo establecido en el D.S. N°594/00 del MINSAL y se subcontrata una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio por parte de la SEREMI de Salud. Se contempla una tasa de generación de 5 litros diarios de aguas servidas por trabajador, lo que equivale a 150 litros de aguas servidas para esta fase, considerando una dotación de 6 trabajadores en un período de 5 días hábiles como máximo. Esto quiere decir que el Proyecto generará un total máximo de 210 litros de aguas servidas para llevar a cabo las acciones, obras y partes proyectadas. Ruido Se realizó una estimación y proyección de niveles de ruido, mediante el uso de una excavadora y un vibro apisonador en forma diferenciada, generando los siguientes cuatro (4) escenarios de modelación. Cabe hacer presente que no se llevarán trabajos simultáneos, ni entre la maquinaria ni entre los frentes de trabajo: - Cierre Zanja A mediante excavadora. - Reposición del terreno Zanja A mediante vibro apisonador. - Cierre Zanja B mediante excavadora. - Reposición del terreno Zanja B mediante vibro apisonador. Los resultados obtenidos indican que, la emisión de ruido de estas actividades se reduce a niveles bajo 25 dBA a la misma distancia aproximada de 1.100 m en dirección al sector poblado más cercano de Neltume, a más de 9 Km del Proyecto (detalles de receptores cercanos se presentan en el Cuadro 4 del ICE). Sin embargo, a modo de referencia, se presentó una proyección para un receptor representativo ubicado en la localidad de Neltume, específicamente en su punto más expuesto al Proyecto: el portal de ingreso al Salto Huilo Huilo. Para esta proyección, se consideran los frentes de trabajo en la Zanja B, por ser el más cercano a dicha localidad (aproximadamente 9,4 km de distancia), considerando la operación simultánea de la excavadora y vibroapisonador, con el fin de simular el peor escenario acústico. Cuadro 20. Ruido generado durante la etapa. Fuente: Cuadro 13 del Anexo 5 de la Adenda Ruido Fauna Las proyecciones de resultados para la fauna nativa durante la etapa de operación se basan en las mismas consideraciones descritas en el numeral 5.1.1.3 del Anexo 5 de la Adenda y descrito en el Numeral ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del ICE, con la salvedad que se incorpora al modelo un (1) vibroapisonador. Es importante destacar que, según los mapas de ruido indicados para Fauna Nativa, las áreas de influencia asociadas a los umbrales de la curva A (aves y mamíferos) tienen un radio máximo de 60 metros desde la fuente hasta el inicio del umbral de 58 Receptor Este (m) Huso: 19H Norte (m) Huso: 19H Límite de emisión según DS N°38/11 MMA Nivel Proyectado Portal acceso Salto Huilo Huilo 247.429 5.584.253 35 dB(A) (Zona Rural) 0 dB(A)
22/90 dB(A). En cuanto a los umbrales de la curva C (reptiles), las áreas de influencia no exceden los 34 metros de distancia desde la fuente hasta el inicio del umbral de 75 dB(C) (detalles se presentan en el Numeral 5.1.1.3 del Anexo 5 de la Adenda). Vibraciones Para proyectar los niveles de vibraciones durante la fase de cierre, se utilizó como referencias los siguientes equipos: - "Large Bulldozer" (Excavadora), el cual representa un nivel de 87 VdB a una distancia de 25 pies. - “Vibratory Roller” (Vibroapisonador), el cual representa un nivel de 94 VdB a una distancia de 25 pies. Los resultados de la estimación de vibraciones para la fase de cierre indica una distancia de 11 m alrededor de las áreas de trabajo, correspondiente a la distancia en la cual la excavadora y el vibro pisón, al unísono, emiten vibraciones sobre los 90 vB. Este valor corresponde al criterio de daño estructural para estructuras extremadamente susceptibles a vibraciones por la FTA, siendo para este caso el Glaciar. Es decir, que dentro de dicha área se sobrepasa el límite de referencia (90 vB), y pasado de los 11 m existe cumplimiento de la normativa, por tanto, no hay afectación estructural sobre el Glaciar. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD); la fase de cierre se estima una generación de un máximo 21kg/fase de RSD; esto proviene de una tasa de generación equivalente a 0,7 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 6 trabajadores/día y un periodo de trabajo de un máximo de 5 días hábiles en el área de emplazamiento del Proyecto. El manejo de los RSD generados consiste en el almacenamiento en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas y son retirados del área del Proyecto al concluir las actividades, para posteriormente ser depositados en un contenedor de la localidad donde son retirados por un recolector municipal y llevados a un relleno sanitario autorizado. Residuos Industriales No Peligrosos (RISES); corresponden a EPP desechados por los trabajadores, se estima una generación total de 6 kg para toda la fase, con una tasa correspondiente a 1 kg/trabajador/fase. El manejo de los RISES generados comienza con el almacenamiento en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas, para posteriormente entregarlos, previa coordinación, a una empresa autorizada para realizar su disposición final. No se generarán residuos peligrosos durante la fase de cierre del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio El período estimado en el cual se ejecutó la etapa de construcción del Proyecto corresponde a un día de abril para la apertura de la Zanja A y a un día de mayo para la apertura de la Zanja B. Parte, obra o acción que establece el inicio La acción que inició la fase de construcción corresponde al traslado de la maquinaria al área de Proyecto Fecha estimada de término Se estima que concluyó durante el mes de mayo de 2020
23/90 Parte, obra o acción que establece el término La acción que concluyó la fase fue el retiro de la maquinaria del área del Proyecto 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Periodo en el cual se mantuvo el Punto C bloqueado y el agua escurría intermitentemente por la Zanja A, para luego infiltrarse en algún punto. Así como también se considera el periodo en el cual se realizó la reapertura del Punto C por orden de la DGA. La fecha fue mayo de 2020, luego en febrero de 2023 se realizó el desbloqueo del Punto C. Parte, obra o acción que establece el inicio Posterior al término de la fase de construcción y una vez retirada la maquinaria, no se realizó ninguna actividad en el área, razón por la cual no existe una obra que le inicie la fase de operación. Esto hasta febrero de 2023, que se realizó, por orden de la DGA, el desbloqueo del Punto C y cierre del inicio de la Zanja A, en donde la parte, obra o acción que estableció el inicio de esta actividad correspondió al traslado de la maquinaria hacia el área aledaña al punto C. Fecha estimada de término Hasta la fecha aún existen las zanjas físicamente, aunque no escurre aguas por ella. El desbloqueo del Punto C y cierre del inicio de la Zanja A, tuvo una duración de 1 día y finalizó el 24 de febrero de 2023. Comienzo de cierre de zanjas Ay B marzo de 2026. Parte, obra o acción que establece el término Retiro de las instalaciones de apoyo, limpieza del sector y posterior retiro de la maquinaria del área del Proyecto 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio El hito que iniciará la fase de cierre corresponderá a la obtención por medio de una solicitud formal de autorización a CONAF para la realización de las actividades de cierre de las zanjas Fecha estimada de término Esta fecha se encuentra condicionada por el inicio de la fase, ya que se contempla una duración máxima de un mes, por lo que, si el Proyecto inicia en marzo, se espera como fecha de cierre el mes de abril de 2026. Parte, obra o acción que establece el término Retiro de las instalaciones de apoyo utilizadas en la presente fase. 5º. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración potencial sobre la calidad de las aguas del estero Tranca del Toro utilizada para consumo humano La Cabecera del estero Tranca del Toro (estero sobre el cual se extrae agua para el APR Neltume) podría verse afectado por el arrastre de sedimento que se generó en el momento de la construcción de las zanjas y se podría generar al momento del cierre de las zanjas. Parte, obra o acción que lo genera Excavación y remoción de suelo.
24/90 Remoción de suelo cierre de zanjas. Fase en que se presenta Construcción y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.1 y 6.1 del ICE La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. En base a la información tenida a la vista durante el proceso de evaluación es posible concluir que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población por cuanto no existen grupos humanos en el AI del proyecto que pudiesen ser impactados. Cabe hacer presente que la población más cercana al proyecto se encuentra a 9 km aproximadamente (Ver cuadro 4 del ICE). Sin perjuicio de lo anterior, se ha descartado la posible afectación que pudiese generar el arrastre de sedimento sobre las aguas del estero del Toro, estero de donde se extrae agua para el APR de Neltume. Para lo anterior se realizó una modelación de arrastre de sedimento (Anexo 16 de la Adenda), donde se utilizó como base la estimación de caudales de las microcuencas río Pillanleufú y Truful para distintos periodos de retorno (25, 50 y 100 años) y características granulométricas del área, en donde se utilizó los supuestos indicados, es decir que el agua circulaba por la zanja A y B. Si bien los resultados indican valores de tasa de arrastre por desvío ejecutado, estos representan una situación desfavorable con crecidas que en la realidad las zanjas no lograrían captar en su totalidad, debido a su geometría y la velocidad del flujo (torrente) aguas arriba del desvío. Además, las pendientes de ambas zanjas son menores al cauce de donde proviene el escurrimiento, por tanto, la velocidad de arrastre dentro de las zanjas va disminuyendo por la menor pendiente que estas presentan, facilitando la retención de sedimentos en suspensión. Se recalca que la situación modelada corresponde a valores probabilísticos con ocurrencia excepcional y no a una condición permanente, que en contraposición a la realidad el escurrimiento desviado fue de una acotada magnitud con carácter temporal de manera anual e intermitente durante el día. De acuerdo con lo anterior y en la eventualidad de que el agua hubiese llegado al estero Tranca del Toro, es posible indicar que no existió afectación sobre la calidad del agua debido al casi inexistente arrastre de sedimento que pudiese haber afectado de alguna forma los usos antrópicos existentes aguas abajo. El Proyecto no contempla el empleo de sustancias químicas ni productos químicos, por lo que no existirá afectación a los recursos naturales renovables, cualquier tipo de mantención que requiera los vehículos y maquinaria involucrada en el Proyecto, se realice por un tercero fuera del área del Proyecto. Los residuos sólidos serán almacenados en contenedores y trasladados diariamente para su disposición final en un relleno sanitario autorizado. En base a todo lo expuesto es dable señalar que el Proyecto no generará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Alteración de la cantidad del agua superficial por el desvío del escurrimiento nival y glaciar Desvío de cauce estacional de escurrimiento nival y glacial. Se desvió durante 2 a 3 años un caudal de entre 20 a 30 L/s. Posible pérdida de masa de agua del glaciar Debido a la suspensión de material particulado por las excavaciones y movimientos de tierra durante la construcción y cierre de las zanjas
25/90 Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera Desvío de caudal/Excavación y movimientos de tierra Fase en que se presenta Operación/ Construcción, operación (desbloqueo punto C) y cierre Impacto ambiental Aumento en la concentración de material particulado y gases. Emisiones provenientes del flujo vehicular maquinaria y actividades propias de la construcción y cierre de las zanjas, tales como movimientos de tierra, compactación de terreno, entre otros. Componente ambiental afectado Aire Parte, obra o acción que lo genera Construcción Zanjas, reapertura Punto C y cierre de zanjas. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración sobre especies de fauna baja movilidad La caracterización de Fauna de Vertebrados realizada en el área del Proyecto definió como ambiente principal áreas “sin vegetación”. De las campañas realizadas se identificó una riqueza total de 11 especies correspondientes a 1 reptil, 5 aves y 5 mamíferos, y una abundancia total de 24 individuos. En cuanto a especie de baja movilidad se identificó la presencia del reptil Liolaemus pictus. Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Construcción de zanjas y cierre de zanjas A y B. Ingreso de maquinaria Fase en que se presenta Construcción y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.2 y 6.2 del ICE. La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del literal b) del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. En relación con la fauna del lugar, Se identificaron 11 especies (1 reptil, 5 aves, 5 mamíferos, incluyendo una especie introducida) con una baja diversidad, siete especies están clasificadas en alguna categoría (como "Casi amenazada" o "Preocupación menor"), pero ninguna es considerada un recurso escaso. Como especie de interés se evidenció la presencia del cóndor andino (Vultur gryphus), clasificado como Monumento Natural y "Casi amenazada", sin embargo, no se identificaron áreas de reproducción o nidificación afectadas. Por otro lado, el reptil Liolaemus pictus se considera sensible por su baja movilidad. Respecto a la interacción del proyecto con las especies, es posible señalar que las obras son temporal y espacialmente acotadas, minimizando la interacción. Cabe destacar que el Titular se ha comprometido a realizarán charlas de inducción sobre la fauna local y la importancia de su conservación, implementar un Plan de Perturbación Controlada para el reptil Liolaemus pictus antes de la intervención, así como también establecer un límite de velocidad de 20 km/h para vehículos. Respecto al componente agua, si bien ocurrió un desvío año 2020-2023, de aproximadamente 20 – 30 L/s, fue de magnitud y temporalidad acotada (noviembre – abril), a mayor abundamiento, dicha agua se infiltraba posterior al desvío, lo anterior debido a la alta permeabilidad del suelo, por lo que no hubo una modificación significativa en el volumen de agua de la cuenca. Respecto al arrastre de sedimento la modelación hidráulica mostró que la restitución geomorfológica
26/90 redujo las tasas de arrastre significativamente. La velocidad del flujo en las zanjas disminuye por las pendientes menores, facilitando la retención de sedimentos, descartando con ello una afectación significativa a la calidad del agua por arrastre de sedimento. Respecto a las emisiones y la posible afectación sobre el glaciar la deposición de material particulado sedimentable (MPS) sobre los glaciares es inferior a 1 mm en todas las fases (máximo 0,049 mm en construcción, 0,0023 mm en operación, 0,0407 mm en cierre), lo cual es insignificante para causar fusión del hielo según la literatura (requiere capas de mm o cm). La tasa máxima diaria es de 0,6975 g/m², muy por debajo del umbral de 100 g/m² asociado a ablación significativa. La deposición de carbono negro (CN) sobre los glaciares es menor a 1 µg/m² en todas las fases, lo que no causa una reducción significativa del albedo del hielo (se requieren 10-50 µg/m² para una reducción del 1-3%). Las emisiones atmosféricas no tendrán una afectación significativa en la calidad del aire o en los glaciares, ya que son puntuales, acotadas y no superan los límites normativos de referencia. Se establecerá un límite de velocidad máxima para reducir la suspensión de material particulado. En consideración a todo lo anteriormente expuesto es posible inferir que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambie ntal Aumento potencial en tiempos de desplazamiento en rutas a emplear por el proyecto. El proyecto, por sus características de baja escala, utiliza maquinaria y vehículos de manera acotada tanto en cantidad como en tiempo de operación. Lo anterior implica un aporte vehicular muy bajo y controlado, cuya situación más desfavorable correspondería a que las 3 camionetas y la maquinaria suban y desciendan cada día de trabajo, lo que en resumidas cuentas implicaría un flujo vehicular de 7 viajes al día. Parte, obra o acción que lo genera Traslado e ingreso de maquinaria Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración potencial en cantidad y calidad de agua en APR. La cabecera del estero Tranca del Toro (estero sobre el cual el APR Neltume cuenta con derechos de aprovechamiento de 15 l/s) se ubica aledaño al área del Proyecto, específicamente aledaño a la Zanja B. Parte, obra o acción que lo genera Construcción Zanja A Construcción del Punto C Construcción Zanja B Procedimiento de Reapertura del Punto C Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.3 y 6.3 del ICE La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del literal c) del artículo 11 de la
27/90 Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso a recursos naturales utilizados como sustento por parte de algún grupo humano presente en el área de influencia, toda vez que se emplazará en un predio privado. Al respecto, acorde a los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, se puede señalar que las obras del proyecto, las zanjas A y B, se insertan en la microcuenca de cabecera río Pillanleufú y río Truful respectivamente, el estero Tranca del Toro, se ubica inmediatamente al sur del río Truful y sigue un recorrido de 10 km hasta confluir igualmente con el río Fuy. En cuanto al río Pillanleufú, nace también desde los nevados de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco siguiendo un recorrido de 11 km hasta la confluencia con el río Blanco. En el tramo asociado al Río Pillanleufú hasta la confluencia con el Río Blanco, no se identifica ningún tipo de uso antrópico. Este sector se inserta por completo al interior de la Reserva Biológica Huilo Huilo, en donde todas las actividades existentes corresponden al tipo turísticas y ninguna de ellas están relacionadas con el recurso hidrológico. Considerando que el tramo analizado se encuentra al interior de un previo particular, cuyo acceso se encuentra controlado, no existen usos informales del recurso hídrico. Al respecto se identificaron 7 derechos de agua de uso no consuntivo en el área de influencia, no obstante que ninguno de ellos se encuentra actualmente en uso (respuesta 84, Cuadro 4.30 de la Adenda). Respecto a la afectación por parte de la construcción, operación y cierre del Proyecto, a los usos del Estero Tranca del Toro confluencia río Fuy es posible indicar que si bien la cabecera del Estero Tranca del Toro se ubica aledaño a la Zanja B, no se vio afectado por las actividades del Proyecto, toda vez que al momento de desviar el cauce natural del agua y que este siguiera el recorrido por la Zanja A, el agua infiltró a los pocos metros y no alcanzó a llegar a la Zanja B, y por consiguiente tampoco al Estero Tranca del Toro. Razón por los usos antrópicos existentes aguas abajo (APR de Neltume y Central de Pasada Truful) tampoco sufrieron ninguna afectación. Con relación a la posible afectación debido al arrastre de sedimento, la modelación de arrastre de sedimento utilizó como base la estimación de caudales de las microcuencas río Pillanleufú y Truful para distintos periodos de retorno (25, 50 y 100) y características granulométricas del área, en donde se utilizó los supuestos indicados, es decir que el agua circulaba por la zanja A y B. Si bien los resultados indican valores de tasa de arrastre por desvío ejecutado, estos representan una situación desfavorable con crecidas que en la realidad las zanjas no lograrían captar en su totalidad, debido a su geometría y la velocidad del flujo (torrente) aguas arriba del desvío. Además, las pendientes de ambas zanjas son menores al cauce de donde proviene el escurrimiento difuso, por tanto, la velocidad de arrastre dentro de las zanjas va disminuyendo por la menor pendiente que estas presentan, facilitando la retención de sedimentos en suspensión. El proyecto, por sus características de baja escala, utiliza maquinaria y vehículos de manera acotada tanto en cantidad como en tiempo de operación. Durante la fase de construcción, se emplea 1 camioneta y 1 excavadora; en la fase de operación, 2 camionetas y 1 excavadora; y en la fase de cierre, 3 camionetas, 1 excavadora y 1 vibro pisón. Estas cifras evidencian una actividad controlada y limitada, lo que implica un impacto mínimo en la circulación vehicular. Lo anterior implica un aporte vehicular muy bajo y controlado, cuya situación más desfavorable correspondería a que las 3 camionetas y la maquinaria suban y desciendan cada día de trabajo, lo que en resumidas cuentas implicaría un flujo vehicular de 7 viajes al día. En consideración a todo lo expuesto es posible inferir que el proyecto o actividad no d genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
28/90 PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Alteración del Objeto de Protección de la RN Mocho Choshuenco Decreto N° 55/1994 “Crea la Reserva Nacional Mocho- Choshuenco, en la provincia de Valdivia, décima región de Los Lagos” del Ministerio de Agricultura establece la creación de la reserva en las laderas de los volcanes Mocho y Choshuenco, en la Provincia de Valdivia, debido a su alto valor paisajístico y natural. El proyecto ocupa el 0,84 ha (0,01% de la reserva), en un sector denominado “Corridas de lava y escoriales” es catalogado con una fragilidad estable, unicidad baja, carente de recursos ecosistémicos y de formaciones naturales que presenten escasez o representatividad. Las obras construidas Zanjas A y B y punto C, y el desvío de agua proveniente de un escurrimiento Nival y glacial pueden alterar los objetos de protección de la reserva, que consiste en preservar el ambiente natural junto con facilitar la realización de estudios científicos, educación ambiental y recreación primitiva. Detalles en la Resolución N° 529/2009, CONAF, Ministerio de Agricultura. Componente ambiental afectado Reserva Nacional Parte, obra o acción que lo genera Traslado de Maquinaria, construcción Zanja A, construcción del Punto C, construcción Zanja B, procedimiento de reapertura del punto C, ingreso de maquinaria, cierre Zanja A y B, retiro de Vehículos y Maquinaria Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Potencial afectación sobre glaciar En el área de influencia del Proyecto se encuentran dos glaciares de montaña y tres glaciaretes. El glaciar más cercano al área de trabajo es el Glaciar de Montaña Volcán Mocho A, ubicado a aproximadamente 38 metros lineales del área de trabajo de la Zanja A en la fase de cierre y a 28 metros lineales del área de trabajo de la misma zanja en la fase de construcción. Estos pueden ser afectados debido a las vibraciones, material particulado sedimentable y carbono negro (CN). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor ambiental Parte, obra o acción que lo genera Excavación, movimientos de tierra y tránsito de maquinaria Fase en que se presenta Construcción, operación (reapertura Punto C) y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.4, 5.5 y 6.4 del ICE. La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del literal d) del artículo 11 de la
29/90 Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. El proyecto se encuentra dentro de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. No obstante, las actividades consisten en la restauración de geoformas y no en una nueva construcción. La superficie de intervención es mínima, abarcando solo 0,84 ha, lo que representa un 0,01% de la reserva total. Las actividades son de corta duración (aproximadamente 5 días de trabajo directo en terreno) y se realizarán cuidadosamente, el fin de esta actividad es restaurar el relieve a su forma original, lo que es coherente con el objeto de protección de la Reserva. Adicionalmente se destaca que el proyecto se encuentra en una zona glaciológica, siendo el Glaciar de Montaña Volcán Mocho A el más cercano, a unos 27 m del área de trabajo en fases de construcción/operación y 38 m en la fase de cierre, sin embargo, no existirá un contacto directo del proyecto con el glaciar. Además, las actividades son limitadas en el tiempo y espacio (8 días de trabajo total en el área con maquinaria). Las vibraciones generadas por la maquinaria (excavadora y vibroapisonador) no afectarán estructuralmente el glaciar, ya que los límites de vibración que podrían causar daño (6,1m - 11m) son superados por la distancia del glaciar a las obras (>38m). Por otro lado, las emisiones atmosféricas (Material Particulado Sedimentable - MPS y Carbono Negro - CN) se evaluaron con modelos, mostrando que las concentraciones son significativamente bajas. La deposición de CN es menor a 1 µg/m² y la de MPS es inferior a 1 mm. Estos niveles están muy por debajo de los umbrales (10-50 µg/m² para CN, 100 g/m² para MPS, y capas de mm/cm para afectar la ablación) que podrían causar un derretimiento significativo o impacto adverso en los glaciares Respecto de la afectación sobre el valor ambiental del territorio, es posible señalar que el área el proyecto se caracteriza por una intervención antrópica previa (existencia de huellas de acceso), clasificada de acuerdo con el plan de manejo como de "Corridas de lava y escoriales", teniendo una unicidad baja y estable, adicionalmente, es posible que señalar que no presenta elementos que provean servicios ecosistémicos relevantes para poblaciones humanas, ya que no hay asentamientos en el área. La geomorfología predominante en el sitio del proyecto (colinas y depresiones en cono volcánico) es abundante en la reserva, y la calidad/fragilidad visual del paisaje es "Media", lo que indica que el proyecto no se sitúa en un sector único o altamente representativo. Finalmente es posible destacar que el proyecto es una actividad de restauración que busca devolver el área a su condición natural, lo que se alinea con la protección ambiental. Cabe destacar además que se implementarán compromisos ambientales voluntarios como charlas de sensibilización sobre el valor de las áreas protegidas dirigidas tanto al personal como a los grupos humanos en el área de influencia Con todo lo anterior expuesto es posible inferir que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedal.es protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como tampoco a un área con valor ambiental
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración de atributos que determinan el valor paisajístico del área El Proyecto se inserta en la Unidad de Paisaje Volcán Mocho Choshuenco caracterizada por la presencia del Volcán con el mismo nombre y su glaciar en la cumbre del complejo volcánico. Conforme con las características de los atributos biofísicos, estructurales y estéticos, la Unidad de Paisaje Volcán Mocho Choshuenco presenta una calidad visual baja; es decir, que esta unidad contiene muy poca variedad de atributos y que estos se valoran en calidad baja.
30/90 Componente ambiental afectado Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Construcción Zanja A, construcción del Punto C, construcción Zanja B, procedimiento de Reapertura del Punto C y cierre Zanja A y B Fase en que se presenta Construcción, operación (apertura Punto C) y cierre. Impacto ambiental Alteración de atributos que determinan el valor turístico del área El proyecto se emplaza en un área que cuenta con atractivo turístico, centrado principalmente en el senderismo y la visita al glaciar y volcán Mocho Choshuenco, el cual podría verse afectado por las partes y obras del proyecto. Componente ambiental afectado Turismo Parte, obra o acción que lo genera Traslado de Maquinaria, construcción Zanja A, construcción del Punto C, construcción Zanja B, procedimiento de Reapertura del Punto C, ingreso de Maquinaria, cierre Zanja A y B, retiro de Vehículos y Maquinaria Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.6 y 6.5 del ICE. La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del literal e) del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. El proyecto se inserta en la Unidad de Paisaje Volcán Mocho Choshuenco, la cual, según la caracterización de paisaje, presenta una calidad visual baja. Esto significa que contiene muy poca variedad de atributos y que estos se valoran en una calidad baja. Considerando todo lo anterior expuesto es posible inferir que el proyecto o actividad no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico del área. De los siete puntos de observación identificados para el proyecto, cinco se encuentran a más de 7 km de distancia y están fuera del alcance visual de un observador (aproximadamente 3,5 km). Los dos puntos restantes, ubicados a menos de 1 km, requieren un permiso especial de CONAF para el acceso a la Reserva Nacional, ya que no es un área abierta al público. Las acciones del proyecto, especialmente en la fase de cierre, tienen como objetivo restaurar el relieve a una forma lo más similar posible a la condición original del área, la cual fue modificada en la fase de construcción y operación desde 2020. Por lo tanto, no se busca modificar significativamente el relieve existente, sino devolverlo a su estado natural, para ello las actividades del proyecto son de corta duración y de baja magnitud. Esto implica que no se producirá un bloqueo visual significativo del paisaje. Respecto al valor turístico, la comuna de Panguipulli tiene un alto valor turístico y la Reserva Nacional Mocho Choshuenco es un atractivo, el área específica del proyecto en la ladera nororiente del volcán no es de acceso público y requiere un permiso especial de CONAF. Además, en el área del proyecto no se identifica infraestructura turística ni lugares de manifestaciones culturales relevantes para la Zona de Interés Turístico (ZOIT) Panguipulli. Por otro lado, las obras de cierre del proyecto se llevarán a cabo en la temporada baja de turismo (fines de marzo – inicio de abril). El flujo vehicular asociado será acotado y controlado, minimizando cualquier impacto en el tránsito de turistas. Considerando todo lo anterior expuesto es posible inferir que el proyecto o actividad no genera
31/90 alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico del área.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El AI del proyecto se emplaza en áreas cubiertas por detritos de las erupciones del Mocho Choshuenco de 1864 y 1937, por lo que durante la inspección visual no se registraron elementos patrimoniales, arqueológicos ni paleontológicos. Se determinó un potencial paleontológico Estéril (nulo a bajo) para aquellos sectores que se constituyen por litologías de depósitos volcánicos y morrénico glaciar provenientes del volcán Mocho y afloramientos de andesitas a dacitas. Por lo que por la naturaleza de los materiales (productos volcánicos de alta temperatura y energía) permite desestimar la presencia de material paleontológico en profundidad. Parte, obra o acción que lo genera Fase en que se presenta Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Numeral 5.7 y 6.7 del ICE. La Comisión de Evaluación señala que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y no genera los efectos, características o circunstancias del literal f) del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. El área de las obras, partes y acciones del Proyecto fue estudiada mediante transectos pedestres de inspección, durante la cual no se registraron elementos arqueológicos, patrimoniales y/o culturales bajo la protección de la Ley N°17.288, por otro lado, y de acuerdo con los antecedentes bibliográficos, no existen registros de hallazgos paleontológicos en las unidades geológicas reconocidas en el área de influencia del Proyecto. Las unidades geológicas presentes tienen un potencial paleontológico estéril (nulo a bajo), ya que la naturaleza de los materiales (productos volcánicos de alta temperatura y energía) permite desestimar la presencia de material paleontológico en profundidad. En consideración a todo lo anterior expuesto es posible señalar que el proyecto no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. 6º. Que, al proyecto no le es aplicable ninguno de los permisos ambientales sectoriales señalados en el Título VII del Reglamento del SEIA. 7º. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1 COMPONENTE/MATERIA: Normativa de Carácter General Norma Ley N°19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la República “Aprueba Ley Sobre Bases del Medio Ambiente” Otros cuerpos legales Ley 20417/2010 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
32/90 “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica. De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley N°19.300, los proyectos o actividades que se listan en el Artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. En esta línea, se establece como tipología de ingreso el literal p) del Artículo 10, correspondiente a “Ejecución de obras, programas o actividades en parques naciones, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas, humedales urbanos o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita”. Por su parte, en el presente documento, se analizan los efectos, características o circunstancias descritas en el Artículo 11 de la Ley, que definen la pertinencia de ingresar al SEIA a través de una DIA. El ingreso del Proyecto bajo dicho instrumento se justifica debido a la inexistencia de los efectos, características y circunstancias descritas en los literales del Artículo 11 de la Ley. Forma de cumplimiento La actividad que se presenta a evaluación responde a la respuesta obtenida por parte del SEA en la RE Nº202214101167 y lo comprometido en con la Superintendencia del Medio Ambiental en el Programa de Cumplimiento de la Causa Rol D-264-2021. Es relevante mencionar que no existe un proyecto como tal, sino más bien una actividad tendiente a restaurar la morfología del terreno natural en el área donde se realizaron dos zanjas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. El Titular da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N°19.300, mediante su ingreso al SEIA, a través de una DIA, dado que la actividad a realizar no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley, tal como se detalla y se concluye en esta DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de la Declaración de Impacto Ambiental Forma de control y seguimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.1
7.2 COMPONENTE/MATERIA: Normativa de Carácter General Norma Decreto Supremo N°40/12, modificado por el Decreto N°30/24, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
33/90 Otros cuerpos legales Ley N°19.300, modificada por Ley N°20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras, acciones, emisiones, residuos y sustancias que aplique al proyecto, en estricto cumplimiento del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Forma de cumplimiento Se acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente mediante la presentación de la presente DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación de cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto. Forma de control y seguimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.2
7.3 COMPONENTE/MATERIA: Normativa de Carácter General Norma Ley N°21.455/2022 DEL Ministerio de Medio Ambiente “aprueba Ley Marco de Cambio Climático” Otros cuerpos legales Ley N°19.300, modificada por Ley N°20.417, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras, acciones, emisiones, residuos y sustancias que aplique al Proyecto. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento incorporando la variable cambio climático de forma general y transversal en el desarrollo del presente Proyecto. Analizando la posible existencia de una sinergia negativa entre los efectos provocados por la ejecución del proyecto y los efectos adversos del cambio climático sobre los componentes ambientales que son objeto de protección en el SEIA. Además de las posibles emergencias y situaciones de riesgo, potenciadas por el cambio climático Indicador que acredita su Verificación de cumplimiento de la Resolución de Calificación
34/90 cumplimiento Ambiental del Proyecto. Forma de control y seguimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.3
7.4 COMPONENTE/MATERIA: Áreas protegidas Norma Decreto N°101/2018 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Adecúa plan de acción de la Zona de Interés Turístico Panguipulli Otros cuerpos legales D.S. N°18/2022 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo Prórroga de Zona de Interés Turístico Panguipulli Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las áreas de trabajo de cierre de zanjas (A y B) del Proyecto, está inserta dentro una zona de interés turístico (ZOIT), específicamente la ZOIT Panguipulli. Esta ZOIT cuenta con un Plan de Acción vigente actualizado el año 2018. Forma de cumplimiento El plan de acción de ZOIT Panguipulli nombra una acción a desarrollar dentro de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, y corresponde a mantener y mejorar los caminos y senderos emplazados por el acceso Enco. El acceso al Proyecto se realiza desde Neltume, y se caracteriza por ser restringido, necesitando un permiso especial de ingreso por parte de CONAF. Si bien el Proyecto no se relaciona con la acción indicada en la ZOIT, se desarrollarán charlas informativas a los trabajadores donde se indique las infraestructuras turísticas existentes en la Reserva Nacional, en conjunto del cuidado e importancia que tiene esta unidad. Cabe mencionar que las actividades en las áreas de trabajo son acotadas en tiempo (5 días hábiles como máximo) y de baja magnitud, asimismo estas no contemplan un proyecto en su amplitud, sino más bien solo una actividad que es el cierre de las Zanjas A y B, por lo tanto, los residuos y emisiones son menores. Además, las áreas de trabajo están localizadas en una zona que no es de libre acceso público, por lo que no está ligada a las acciones de turismo de la Reserva. De esta forma las actividades no afectan de ninguna manera a ZOIT Panguipulli. Indicador que acredita su cumplimiento Charla de capacitación a los trabajadores. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a las capacitaciones
35/90 Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.4
7.5 COMPONENTE/MATERIA: Áreas protegidas Norma Decreto N°55/1994 del Ministerio de Agricultura, “Crea la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, en la provincia de Valdivia, Décima Región de Los Lagos” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las áreas de trabajo de cierre de zanjas (A y B) del Proyecto se encuentran en la ladera nororiente de la Reserva Nacional Mocho- Choshuenco. El área protegida cuenta con un Plan de Manejo del año 2009, actualizado el 2012. Forma de cumplimiento Los predios fiscales que forman parte de la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco quedan bajo la tuición, administración y manejo de CONAF. Debido a que el Proyecto requiere ejecutar actividades dentro de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, será necesario contar con un permiso de la CONAF para su ingreso y para realizar actividades al interior de esta. Cabe mencionar que las actividades son acotadas en tiempo en las áreas de trabajo de ambas zanjas (5 días hábiles como máximo) y de baja magnitud, asimismo estas no contemplan un proyecto en su amplitud, sino más bien solo una actividad que es el cierre de las Zanjas A y B, por lo tanto, todas las acciones que se contemplan desarrollar son breves, y a pesar de ello serán muy cuidadosamente realizadas para evitar cualquier tipo de afectación. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de CONAF o su sucesor legal (SBAP) para la realización de las actividades. Forma de control y seguimiento Carta informativa a CONAF o su sucesor legal (SBAP) de inicio de las actividades. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.7
7.6 COMPONENTE/MATERIA: Áreas protegidas Norma Resolución N°529/2009 del Ministerio de Agricultura, “Apruebase plan de manejo de la reserva nacional Mocho Choshuenco. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, Las áreas de trabajo de cierre de zanjas (A y B) del Proyecto se
36/90 emisión, residuo o sustancias a la que aplica encuentran dentro de los límites de la Reserva Nacional Mocho- Choshuenco. El área protegida cuenta con un Plan de Manejo del año 2009, actualizado el 2012. Forma de cumplimiento Según el Plan de Manejo (2012), el Proyecto se inserta en una zonificación de uso público, definida como un área de baja o nula intervención antrópica, que tiene por objetivo desarrollar actividades recreativas y educación ambiental sin instalaciones. Así mismo, tiene un uso compatible sin limitaciones, excepto con el uso de administración e instalación y administración de obras públicas, cuyo desarrollo está prohibido. Las actividades por realizar no corresponden a un Proyecto propiamente tal, sino que a una acción tendiente de recuperar la morfología del lugar por medio del cierre de las zanjas. En esta línea las actividades corresponden a unas acotadas en tiempo y espacio. Por otra parte, y considerando que está en un área con acceso restringido es de baja probabilidad que el Proyecto interactúe de manera alguna con turistas que acudan a la Reserva a desarrollar actividades recreativas y a su vez que exista algún tipo de afectación a la misma. De ningún modo el Proyecto se desarrollará en una zonificación distinta a la indicada. Adicionalmente, es importante indicar que todas las actividades se llevarán a cabo con los permisos y coordinación correspondiente con CONAF que son los administradores formales del área Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de CONAF o su sucesor legal (SBAP) para la realización de las actividades. Forma de control y seguimiento Carta informativa a CONAF o su sucesor legal (SBAP) de inicio de las actividades. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.8
7.7 COMPONENTE/MATERIA: Áreas protegidas Norma Resolución Exenta N°137/2012 de Ministerio de Economía, Fomento y Turismo Lleva a efecto acuerdo del Comité de Ministros del Turismo que Prioriza Áreas Silvestres Protegidas Del Estado Para Efectos De Lo Dispuesto Por El Título V De La Ley N°20.423 Otros cuerpos legales asociados Ley N°20.423 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Del Sistema Institucional para el desarrollo del turismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las áreas de trabajo de cierre de zanjas (A y B) del Proyecto se encuentran dentro de los límites de la Reserva Nacional Mocho- Choshuenco. La Reserva Nacional corresponde a un área protegida priorizada para su desarrollo turístico, la cual podrá ser utilizada para dichos fines cuando las actividades sean compatibles con el
37/90 objetivo y se ajusten al plan de manejo. El área protegida cuenta con un Plan de Manejo del año 2009, actualizado el 2012. Forma de cumplimiento Según el Plan de Manejo (2012), el Proyecto se inserta en una zonificación de uso público, definida como un área de baja o nula intervención antrópica, que tiene por objetivo desarrollar actividades recreativas y educación ambiental sin instalaciones. Así mismo, tiene un uso compatible sin limitaciones, excepto con el uso de administración e instalación y administración de obras públicas, cuyo desarrollo está prohibido. Debido a la magnitud del Proyecto, tanto temporal (5 días hábiles máximo en las áreas de trabajo) como espacialmente, es poco probable que las acciones que se realicen interactúen de forma alguna con turistas que acuden a la Reserva, ya que su acceso es restringido y controlado por CONAF. Asimismo, las acciones a realizar no son un Proyecto como tal, más bien es solo una actividad acotada al cierre de zanjas A y B cuyo objetivo es recuperar la morfología del lugar. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso de CONAF o su sucesor legal (SBAP) para la realización de las actividades. Forma de control y seguimiento Carta informativa a CONAF o su sucesor legal (SBAP) de inicio de las actividades. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.1.9
7.8 COMPONENTE/MATERIA: Transporte Norma Ley N°18.290/84 del Ministerio de Justicia, Ley de tránsito Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El tránsito de vehículos por vías públicas debe contemplar el cumplimiento de la ley. Forma de cumplimiento Todo vehículo que forme parte del presente Proyecto dará cumplimiento al marco legal, considerando también a sus respectivos conductores, los cuales contarán con su licencia de conducir al día para dar cumplimiento a la normativa. Se contempla capacitaciones a los trabajadores, basadas en el cumplimiento de esta Norma y sus respectivos seguimientos. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas de los vehículos al día. Capacitación a los trabajadores sobre la ley en lo que tiene relación a las actividades del Proyecto.
38/90 Licencia de conducir de los trabajadores al día Forma de control y seguimiento Revisiones técnicas de los vehículos Registro de la capacitación. Mantener licencia de conducir al día. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.1
7.9 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°211, de 1991, modificado por el Decreto N°29, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla y contempló el empleo de vehículos motorizados livianos, asociados al transporte de personal e implementos de trabajo. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos tengan sus mantenciones al día y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones en lo referido a revisión técnica y gases. Indicador que acredita su cumplimiento Permisos de circulación y revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Registros de revisiones técnicas y permiso de circulación. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.2
7.10 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre
39/90 Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas, debido a que las actividades que producen contaminantes atmosféricos corresponden al tránsito vehicular, combustión de vehículos maquinaria y traslado de material, las que se desarrollarán durante un acotado tiempo en las áreas de trabajo (5 días hábiles como máximo). Asimismo, en cuanto a la normativa primaria vigente, todas las emisiones están bajo un 58 % comparado con el límite máximo establecido y para la normativa secundaria las emisiones están bajo un 18%. Cabe mencionar que no hay receptores humanos en el área del Proyecto. El cálculo de emisiones que generará la actividad a realizar se presenta en el Anexo N°3 Inventario de Emisiones Atmosféricas de Adenda. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto, adoptando medidas que impiden la dispersión de material particulado en tiempo y espacio. En específico, respecto de las emisiones gaseosas, vapores y humos, el Titular implementará las siguientes acciones para la fase de cierre presentada a evaluación. • En lo que respecta a emisiones por motores, el Titular del Proyecto se compromete a fiscalizar el cumplimiento de las normas de emisión aplicables. • Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día y aquellos vehículos que no cumplan con este requisito no podrán ser admitidos en las diferentes fases y actividades del Proyecto. Cabe mencionar que el tránsito y sus emisiones serán limitados, ya que la duración y la magnitud de las actividades es baja y acotada (5 días hábiles como máximo en las áreas de trabajo). Indicador que acredita su cumplimiento Bitácora con las copias de las revisiones técnicas de los vehículos, las cuales se mantendrán en la faena. Forma de control y seguimiento Bitácora con las copias de las revisiones técnicas de los vehículos, las cuales se mantendrán en la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.3
7.11 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Otros cuerpos legales N/A
40/90 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica. El desarrollo de la actividad contempla el uso de vehículos motorizados, los cuales emiten gases de combustión por el tránsito por calles pavimentadas y no pavimentadas. Forma de cumplimiento La forma de cumplir consistirá en exigir y verificar la revisión técnica y el certificado de emisiones contaminantes aprobados de vehículos, y que tengan sus mantenciones respectivas según el kilometraje de los vehículos motorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas de los vehículos. Forma de control y cumplimiento Copias de las revisiones técnicas de los vehículos. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.4
7.12 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (modificado por el Decreto Supremo N°4/2012). Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se utilizará un vehículo motorizado pesado, que producirá emisiones atmosféricas acotadas (5 días hábiles como máximo en las áreas de trabajo) y en bajas cantidades, correspondientes a material particulado y gases de efecto invernadero que se encuentran bajo los límites establecidos en las normas de emisión. Forma de cumplimiento Se mantendrá bitácora con las copias de las revisiones técnicas del vehículo a utilizar en el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Registro de la revisión técnica y gases al día. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.5
41/90
7.13 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto N°54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción a la que aplica El tránsito de vehículos por vías públicas debe contemplar el cumplimiento de la ley. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases de emisión. Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, serán las establecidas en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas de los vehículos al día - Capacitación a los trabajadores sobre la ley en lo que tiene relación a las actividades del Proyecto Forma de control y s Se verificará y registrará que todos los vehículos señalados que concurran tengan sus revisiones técnicas al día y se tendrá un registro de la capacitación respecto de la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.5
7.14 COMPONENTE/MATERIA: Transporte Norma D.S. Nº 75/87 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Que Establece Condiciones Para el Transporte de Carga Que Indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica al transporte de los contenedores destinados para los residuos generados por las actividades de cierre de zanjas, desde el punto de generación hasta el punto donde serán dispuestos temporalmente, para su posterior traslado al sitio de disposición final autorizado por parte del municipio y empresa autorizada.
42/90 Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento transportando los contenedores provistos de dispositivos de fijación que inmovilicen el contenedor por los esquineros inferiores. Estos no sobresaldrán del extremo delantero o trasero de la camioneta pick up que los transporta y se apoyarán solamente sobre sus esquineros o en las zonas reforzadas de la estructura de la base. Antes de iniciar el transporte se verificará la eficacia de los dispositivos de fijación. Las tapas de los contenedores serán de carácter hermético, impidiendo la salida de su contenido. Indicador que acredita su cumplimiento Fotografía de los dispositivos de fijación y de los contenedores previo al transporte donde se logre evidenciar su correcta instalación. Forma de control y seguimiento Registros fotográficos de las medidas de fijación y de su eficacia al llegar a destino. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.7
7.15 COMPONENTE/MATERIA: Residuos y Efluentes Norma Decreto Fuerza de Ley N°725/67 del Ministerio de Salud, Código sanitario. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará diversos tipos de residuos, sólidos y líquidos, asociados a las actividades rutinarias del Proyecto. Forma de cumplimiento RSD: Corresponderán a residuos asimilables a domiciliarios que se generan en el comedor y en menor cantidad en los frentes de trabajo. Corresponde a residuos tales como envases de papel, plásticos, entre otros, los que se generarán en las diferentes fases (construcción y cierre) del Proyecto. Los RSD generados en la fase de cierre del Proyecto serán almacenados en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas y serán retirados todos los días del área del Proyecto para posteriormente ser depositados en un contenedor de la localidad de donde serán retirados por un recolector municipal y llevados a un relleno sanitario autorizado. RISES. El Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos que provengan de los elementos de protección personal EPP desechados. Estos EPP quedarán a disposición del personal para continuar usándolos. RESPEL. El Proyecto no contempla la generación de residuos
43/90 peligrosos. RLD: Se contempla la generación de Residuos Líquidos Domésticos debido al uso del baño químico por parte de los trabajadores. Estos residuos serán manejados acorde a lo establecido en el D.S. N°594/99 del MINSAL y se subcontratará una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio por parte de la SEREMI de Salud. El retiro se realizará una vez finalizado el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico del manejo de los residuos generados Forma de control y seguimiento Registros de contratos con terceros con la cláusula consignada. Factura arriendo baño químico. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.8
7.16 COMPONENTE/MATERIA: Residuos y Efluentes Norma Decreto Supremo N°594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Otros cuerpos legales Decreto Fuerza de Ley N°725/67 del Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos no peligrosos y residuos asimilables a domésticos, además de residuos líquidos domiciliarios Forma de cumplimiento RSD: Corresponderán a residuos asimilables a domiciliarios que se generan en el comedor y en menor cantidad en los frentes de trabajo. Corresponde a residuos tales como envases de papel, plásticos, entre otros, los que se generarán en las diferentes fases (construcción y cierre) del Proyecto. Los RSD generados en la fase de cierre del Proyecto serán almacenados en contenedores tipo baúl, disponibles en el pick up de las camionetas y serán retirados todos los días del área del Proyecto para posteriormente ser depositados en un contenedor de la localidad de donde serán retirados por un recolector municipal y llevados a un relleno sanitario autorizado. RISES. El Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos que provengan de los elementos de protección personal EPP desechados. Estos EPP quedarán a
44/90 disposición del personal para continuar usándolos. RESPEL. El Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos. RLD: Se contempla la generación de Residuos Líquidos Domésticos debido al uso del baño químico por parte de los trabajadores. Estos residuos serán manejados acorde a lo establecido en el D.S. N°594/99 del MINSAL y se subcontratará una empresa de servicios sanitarios autorizada para la prestación de este servicio por parte de la SEREMI de Salud. El retiro se realizará una vez finalizado el Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico del manejo de los residuos generados Forma de control y seguimiento Registros de contratos con terceros con la cláusula consignada. Factura arriendo baño químico. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.9
7.17 COMPONENTE/MATERIA: Residuos y Efluentes Norma Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Debido a las características de las actividades a realizar y lo acotado de las mismas, el Proyecto no generará residuos peligrosos, en la eventualidad que estos se generen serán correctamente almacenados y sellados en un contenedor tipo baúl que será retirado el mismo día. Forma de cumplimiento Durante la fase de cierre, el Proyecto no generará residuos peligrosos, sin embargo, ante la posibilidad mencionada, estos serían en cantidades bajas, es decir, 1 kg máximo por cada fase, por lo que no se requiere contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos aprobado por la autoridad sanitaria pertinente. Indicador que acredita su cumplimiento Factura o Guía de Despacho de la disposición final de los residuos. Forma de control y seguimiento Registro de catastro de residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.2.10
45/90
7.18 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto Supremo N°29/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la primera campaña, otoño 2023, se identificó en el área de influencia del Proyecto una riqueza de tres (3) especies, y durante la segunda campaña de terreno, verano 2024, se identificó un total de diez (10) especies, Es decir, que para la totalidad de ambas campañas se identificó una riqueza de once (11) especies correspondientes a 1 reptil, 5 aves y 5 mamíferos, y una abundancia total de 24 individuos. Uno de los mamíferos corresponde a una especie introducida, la que no se contabilizó en la caracterización de otros parámetros. De la totalidad de especies identificada, siete (7) se encuentran clasificadas bajo alguna categoría de conservación según la legislación nacional vigente, correspondientes al ave (Vultur gryphus “Casi amenazada, NT”), al reptil (Liolaemus pictus “Preocupación menor, LC”), y cinco (5) mamíferos (Lasiurus cinereus “Datos insuficientes, DD”; Tadarida brasiliensis “Preocupación menor, LC”; Myotis chiloensis “Preocupación menor, LC”; Histiotus montanus “Preocupación menor, LC” Lycalopex culpaeus “Preocupación menor LC”). Ninguna de estas especies se encuentra en categoría de amenaza. Forma de cumplimiento Las especies identificadas en el área de influencia del Proyecto y que se encuentran en algún estado de conservación de acuerdo con el DS 29/12, no se verán afectadas por el Proyecto. Lo cual está dado principalmente, porque por una parte su identificación no fue realizada en las áreas de trabajo propiamente tal, adicionalmente las especies corresponden a unas de alta movilidad que eventualmente podrían ocupar estas áreas como tránsito para su desplazamiento, ya que tampoco existen recursos alimenticios por la baja cobertura de vegetación. No obstante, lo anterior, se implementarán las siguientes medidas preventivas generales para evitar cualquier tipo de afectación a la fauna. • Protocolos para uso de caminos establecidos. • Plan de contingencia frente a la accidentabilidad de fauna. • Disposición de residuos antrópicos en contenedores seguros y herméticos.
46/90 • Prohibición de especies domésticas en el área de influencia del Proyecto. • Prohibición de cualquier tipo de actividad relacionada con Caza Además, se deberá respetar una velocidad máxima de 20 km/h en el camino de acceso de la Reserva Biológica Huilo Huilo, huella de acceso a la Reserva Nacional Mocho Choshuenco y áreas de trabajo. Todas las medidas señaladas anteriormente serán reforzadas mediante charlas de capacitación que aborden la temática. Indicador que acredita su cumplimiento Charlas de capacitación a trabajadores. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de capacitación a trabajadores. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.1
7.19 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto Supremo N°2/2096 del Ministerio de Agricultura. Declara monumento natural a las especies de fauna silvestre: huemul, chinchilla costina, chinchilla cordillerana, cóndor, picaflor de Arica y picaflor de Juan Fernández. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la campaña de otoño 2023 y verano 2024, en el área de influencia del Proyecto se identificó a una (1) especie considerada como monumento natural específicamente el cóndor andino (Vultur gryphus). Forma de cumplimiento La especie Vultur gryphus no se verá afectada por el Proyecto, esto ya que es una especie móvil que fue identificada fuera del área de las áreas de trabajo que se utilizarán para las actividades del cierre de las zanjas, es altamente probable que solo sea un área de desplazamiento, ya que tampoco existe recursos alimenticios. Asimismo, las actividades son acotadas en tiempo (5 días hábiles como máximo en las áreas de trabajo de ambas zanjas) y en un espacio reducido. No obstante, se implementarán las siguientes medidas preventivas generales para evitar cualquier tipo de afectación: • Protocolos para uso de caminos establecidos. • Plan de contingencia frente a la accidentabilidad de fauna.
47/90 • Deposición de residuos antrópicos en contenedores seguros y herméticos. • Prohibición de especies domésticas en el área de influencia del Proyecto. • Prohibición de cualquier tipo de actividad relacionada con Caza Además, se deberá respetar una velocidad máxima de 20 km/h en el camino de acceso, huella de acceso y área de trabajo. Todas las medidas señaladas anteriormente serán reforzadas mediante charlas de capacitación, que aborden la temática. Indicador que acredita su cumplimiento Realización de charlas de capacitación a trabajadores para indicar la importancia de no afectar especies de fauna y cumplir las medidas indicadas. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de capacitación a trabajadores. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.2
7.20 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la primera campaña, otoño 2023, se identificó en el área de influencia del Proyecto una riqueza de tres (3) especies, y durante la segunda campaña de terreno, verano 2024, se identificó un total de diez (10) especies, Es decir, que para la totalidad de ambas campañas se identificó una riqueza de once (11) especies correspondientes a 1 reptil, 5 aves y 5 mamíferos, y una abundancia total de 24 individuos. Uno de los mamíferos corresponde a una especie introducida, la que no se contabilizó en la caracterización de otros parámetros. De la totalidad de especies identificada, siete (7) se encuentran clasificadas bajo alguna categoría de conservación según la legislación nacional vigente, correspondientes al ave (Vultur gryphus “Casi amenazada, NT”), al reptil (Liolaemus pictus “Preocupación menor, LC”), y cinco (5) mamíferos (Lasiurus cinereus “Datos insuficientes, DD”; Tadarida brasiliensis “Preocupación menor, LC”; Myotis chiloensis “Preocupación menor, LC”; Histiotus montanus “Preocupación menor, LC” Lycalopex culpaeus “Preocupación menor LC”). Ninguna de estas especies se encuentra en categoría de amenaza. Se identificó una (1) especie de interés, Vultur gryphus, y tres (3) especies sensibles correspondientes a Lycolapex culpaeus, Liolemus pictus y Melanodera xanthogramma.
48/90 Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla la afectación de ningún tipo de especie, ya que las actividades de caza o interacción con cualquier tipo de especie posible existente en el área de influencia del Proyecto estará prohibida. Por otra parte, es importante indicar que las especies identificadas no fueron identificadas en el área donde se realizarán las actividades. Adicionalmente estamos frente a especies que presentan una gran movilidad, por lo que las actividades a realizar no tendrán interacción alguna con afectación a la fauna ni a los recursos disponibles para la misma. Sin embargo, se tomarán las siguientes medidas preventivas generales para evitar cualquier tipo de afectación a la fauna. • Protocolos para uso de caminos establecidos. • Plan de contingencia frente a la accidentabilidad de fauna. • Deposición de residuos antrópicos en contenedores seguros y herméticos. • Prohibición de especies domésticas en el área de influencia del Proyecto. • Prohibición de cualquier tipo de actividad relacionada con Caza Además, se deberá respetar una velocidad máxima de 20 km/h en el camino de acceso, huella de acceso y área de trabajo. Todas las medidas señaladas anteriormente serán reforzadas mediante charlas de capacitación que aborden la temática. Indicador que acredita su cumplimiento Realización de charlas de capacitación a trabajadores para indicar la importancia de no afectar especies de fauna y cumplir las medidas indicadas. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de capacitación a trabajadores. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.3
7.21. COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1.122 del Ministerio de Justicia. "Fija texto del Código de Aguas", publicado en el Diario Oficial el 29 de octubre de 1981. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere de agua potable para consumo de los trabajadores, la cual se obtendrá en formato de botellas individuales y bidones. Forma de cumplimiento Las actividades asociadas al Proyecto no requieren del uso de agua
49/90 para su ejecución. El único requerimiento asociado, tiene que ver con el consumo de agua por parte de los trabajadores. En esta línea, considerando las características de la actividad a realizar y lo acotado en el tiempo, se asegurará el consumo de agua para hidratación de los trabajadores por medio de la disposición de agua embotellada (botellas individuales y bidones de 20 l). Esta agua será obtenida mediante un tercero debidamente autorizado, por lo que se garantiza que no se extraerá agua de cursos de agua existentes, así como tampoco se verán afectados de ninguna manera por las actividades a realizar. Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra del suministro de agua para consumo humano. Forma de control y seguimiento Copia de la factura de compra del agua embotellada. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.4
7.22 COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725/67. Ministerio de Salud. Código Sanitario. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante todo el Proyecto, se requerirá de abastecimiento de agua potable y de bebida para la mano de obra de la faena, lo que se realizará por medio de entrega de botellas de agua individuales y disposición de bidones de 20 L. Por otra parte, existirá generación acotada de residuos sólidos domiciliarios (RSD) y residuos líquidos domiciliarios (RLD) asociados a la realización de actividades básicas como la alimentación y la utilización de baños. Todos estos residuos serán retirados a disposición final por un tercero debidamente autorizado. Las aguas residuales que se generen durante el Proyecto se dispondrán en un baño químico y serán trasladadas a disposición final por un tercero autorizado. Así mismo, el baño químico contará con disposición de agua para el lavado de manos (lavatorio). Forma de cumplimiento Considerando las características de la actividad a realizar y lo acotado en el tiempo de esta, para dar cumplimiento a la normativa indicada se asegurará el consumo de agua para bebida de los trabajadores por medio de la disposición de agua embotellada (botellas individuales y bidones) la cual será obtenida desde terceros con la autorización respectiva para su
50/90 comercialización Los residuos líquidos domiciliarios de los baños químicos serán retirados por un tercero autorizado. De esta manera se evitará el contacto de los residuos con fuentes de agua próximas, impidiendo la contaminación del recurso. Todos los residuos serán almacenados temporalmente en el pick up de la camioneta en contenedores tipo baúl y serán retirados todos los días del área de actividades para ser llevado a un sitio temporal en el cual se realizará su recolección por parte del municipio y su posterior traslado a un relleno sanitario autorizado. De esta manera se evitará el contacto de los residuos con fuentes de agua próximas, impidiendo la contaminación del recurso. Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones). Factura de arriendo de baño químico. Registro fotográfico de la forma de manejo de los residuos. Forma de control y seguimiento Copia de factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones de 20 L). Factura con la empresa autorizada de la provisión de baño químico. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.5
7.23 COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Norma Chilena N°409/1. OF 2005, “Calidad de agua para uso potable”. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante el desarrollo del Proyecto los trabajadores obtendrán agua potable embotellada en porciones individuales y bidones de 20 L, recurso que será adquirido mediante terceros autorizados. Forma de cumplimiento La disposición de agua embotellada para consumo de bebida provendrá desde un tercero autorizado para su comercialización, de acuerdo con esto el agua cumplirá con los estándares para consumo humano. Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra del suministro de agua para consumo humano
51/90 Forma de control y seguimiento Copia de factura de compra del agua embotellada. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.6
7.24 COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Decreto Supremo N°594 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, publicado en el Diario Oficial el 29 de abril de 2000. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las fases del Proyecto, el agua para consumo humano por parte de los trabajadores fue y será suministrada a través de botellas individuales y bidones, adquiridos a través de terceros debidamente autorizados. Además, existirá un baño químico disponible con lavamanos, el cual se obtendrá mediante una empresa autorizada. En este, el agua será provista desde un dispensador de agua que estará habilitado. Forma de cumplimiento Se garantizará que las condiciones sanitarias básicas en el lugar de trabajo sean según el decreto. Esto será cumplido con las siguientes medidas: -Se contará con un mínimo de 30 litros de agua potable por trabajador al día. El cuál será suministrada a cada uno de ellos. -El agua para bebida de los trabajadores será en formato botellas individuales y bidones de 20 L, suministrados según la necesidad del personal de trabajo. -Inclusión de agua en lavamanos del baño químico. Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones) Factura de arriendo de baño químico. Forma de control y seguimiento Copia de factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones) Factura con la empresa autorizada de la provisión de baño químico. Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.7
52/90 7.25 COMPONENTE/MATERIA: Agua Norma Decreto Supremo N°735/69 (modificado por el Decreto Supremo N°10/94) Ministerio de Salud Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las fases del Proyecto, el agua potable para consumo humano por parte de los trabajadores fue y será suministrada a través de botellas individuales y bidones, adquiridos a través de terceros debidamente autorizados. Forma de cumplimiento Debido a lo acotado de las actividades del Proyecto en evaluación en tiempo (5 días hábiles como máximo en las áreas de trabajo), la baja magnitud (actividades solo para realizar cierre de Zanjas A y B) y para asegurar agua para consumo humano, se dispuso y dispondrá de botellas de aguas individuales y bidones de manera diaria durante todas las fases para los trabajadores, cuya procedencia de compra corresponde a terceros debidamente autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones de 20 L). Forma de control y seguimiento Copia de factura de compra de agua embotellada (botellas individuales y bidones de 20 L). Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.8
7.26 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural Norma Ley N°17.288/70 del Ministerio de Educación, Legisla sobre monumentos nacionales; (modifica las Leyes N°16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley N°651/25). Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se realiza un estudio tanto arqueológico como paleontológico en donde se indica en sus resultados registros de posibles hallazgos. Sin prejuicio de lo anterior, conforme a lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N°17.288, en caso de verificarse la presencia de un hallazgo arqueológico o paleontológico, se dará aviso inmediato al Gobernador Provincial y al Consejo de
53/90 Monumentos Nacionales. Forma de cumplimiento Se realizó una caracterización arqueológica en el área de influencia del Proyecto, en donde no se registró elementos del patrimonio cultural. Se realizó una caracterización paleontológica del área de influencia del Proyecto, cuyos resultados indican que no se registraron hallazgos paleontológicos en superficie. Además, el área posee un potencial paleontológico estéril (nulo a bajo), lo que permite desestimar la presencia de material paleontológico en profundidad. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante el Proyecto, se paralizarán las obras en el sector intervenido y se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 y en los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley N°17.288. Esto será informado mediante una inducción a los trabajadores previo a las actividades de cierre de zanjas. La implementación de los procedimientos a seguir en caso de un hallazgo arqueológico o paleontológico, determinados por el CMN, estará a cargo del titular del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se detendrán las actividades y se procederá de acuerdo con lo establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 y en los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley N°17.288. Forma de control y seguimiento Registro de la detención de actividades Registro de la información entregada al CMN y a la SMA Informe de las actividades realizadas Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 8.3.9 8º. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1. Condición o exigencia: Implementación mantas de control de erosión Impacto asociado Arrastre de sedimento Fase del Proyecto a la que aplica Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar arrastre de sedimento por escorrentía superficial Descripción: el titular deberá cubrir los sitios de acopio de sedimento temporales con mantas de control de erosión. Justificación: con la cobertura de sedimento se evitará haya arrastre de
54/90 sedimento por escorrentía superficial que pueda afectar la calidad del agua de los ecosistemas acuáticos y su biodiversidad (microcuenca del río Pillanleufú y río Truful). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de acopio de sedimentos. Forma: utilizando mantas de control de erosión. Oportunidad: cuando las condiciones climáticas lo permitan y previo al momento de iniciar el cierre de las zanjas. Indicador que acredite su cumplimiento Fotografías de los sitios de acopio de sedimento con sus respectivos mantos y fotografías posterior al cierre de las zanjas. Forma de control y seguimiento Como la actividad de cierre de zanjas es de carácter temporal con una duración aproximada de 3 semanas, deberá realizar un informe previo y posterior al cierre de las zanjas, el cual deberá contener las fotografías solicitadas de los sitios de acopio. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.1 del ICE.
8.2. Complementar monitoreo de calidad de agua Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Posterior a la fase de cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar monitoreo de la calidad del agua, con el objeto de verificar que no existirá arrastre de sedimento. Descripción: De acuerdo con el OF. ORD. N°03572/2025 de fecha 06 de junio de 2025 de la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, se plantean las siguientes modificaciones al monitoreo comprometido (Ver Numeral 9.3 de la presente Resolución): a. Respecto de los parámetros: Monitorear los siguientes parámetros. b. Sólidos sedimentables c. Sólidos disueltos d. Sólidos suspendidos totales e. Turbidez f. Conductividad. g. Respecto de los límites permitidos: Se solicita que, con el objetivo de evaluar si se generar efectos sobre la calidad del agua, se compare el valor de cada parámetro, de forma posterior a la intervención, con el valor de la concentración natural, es decir de forma previa a la ejecución de las obras. Es decir, deberá comparar los valores obtenidos de las muestras con los
55/90 valores presentados de la caracterización basal de los cuerpos de agua monitoreados. Justificación: verificar que no existirá arrastre de sedimento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: ubicación señalada en la Tabla 9.3 de la presente Resolución. Forma: de acuerdo con la metodología presentada en la Tabla 9.3 de la presente Resolución. Oportunidad: posterior a la fase de cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de laboratorio indicando fecha y hora de muestreo. Forma de control y seguimiento reporte de condiciones del sitio a la SMA. 9º. PLANES DE SEGUIMIENTO DE LAS VARIABLES AMBIENTALES 9.1 Inspección visual de la restauración de la geomorfología del terreno. Fase Fase de construcción Impacto asociado No aplica Componente ambiental objeto de medición y control Suelo Medida asociada Inspección visual de la restauración de la geomorfología de la Zanja A y B Ubicación de los puntos/zonas de medición y control La zona donde se desarrolla el monitoreo corresponde a toda la extensión de la Zanja A y B, cuyas coordenadas de inicio y fin se presentan a continuación. ÁREA VÉRTICE COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 89 ESTE NORTE Zanja A A1 765.171 5.575.923 A2 759.199 5.575.964 Zanja B B1 756.289 5.576.159 B2 756.359 5.576.150 Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente Se verificará como se encuentra la situación previa a las actividades de cierre de las zanjas para establecer documentadamente la morfología del terreno. Esta caracterización inicial se realizará mediante inspección visual directa, complementada con registros fotográficos georreferenciados que permitan documentar el relieve superficial y las condiciones geomorfológicas existentes. Los parámetros a considerar incluyen la continuidad del perfil topográfico, la estabilidad de taludes, la presencia de erosión superficial y otras evidencias de procesos morfodinámicos activos. La evolución del componente será evaluada
56/90 mediante la comparación entre los registros iniciales y posteriores al cierre de las zanjas, con el objetivo de verificar tendencias hacia la estabilización del terreno y la restauración progresiva del microrelieve hacia condiciones similares a las originales. Límites permitidos o comprometidos No aplica Duración y frecuencia de la medición de cada parámetro Este monitoreo se realizará por una única vez. Método o procedimiento de medición de cada parámetro La metodología a utilizar corresponde a una verificación visual, la cual será acompañada de registros fotográficos. Plazo y frecuencia de entrega de informes Periodo: Considera el monitoreo que se realizará previo a las actividades de Cierre de las Zanjas Plazo: Se entregará 60 días después de realizada la actividad (en conjunto con el informe del Monitoreo N°1.) Frecuencia: No aplica, ya que solo se considera la entrega de un informe. Organismo (s) destinatario (s) de informes Dirección General de Aguas (DGA) Corporación Nacional Forestal (CONAF) o su sucesor legal, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo N°2.3 de la DIA: Caracterización Geológica, Geomorfológica y Riesgos Naturales
9.2 Restauración de la geomorfología del terreno a un estado similar al original. Fase Posterior a la fase de cierre Impacto asociado No aplica Componente ambiental objeto de medición y control Suelo Medida asociada Restauración de la geomorfología de la Zanja A y B
57/90 Ubicación de los puntos/zonas de medición y control La zona donde se desarrolla el monitoreo corresponde a toda la extensión de la Zanja A y B, cuyas coordenadas de inicio y fin se presentan a continuación:
ÁREA VÉRTICE COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 89 ESTE NORTE Zanja A A1 765.171 5.575.923 A2 759.199 5.575.964 Zanja B B1 756.289 5.576.159 B2 756.359 5.576.150 Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente Se monitoreará los parámetros de pendiente y el acomodo de material dentro de las Zanjas A y B. La pendiente se utilizará para verificar la uniformidad del perfil topográfico y la ausencia de irregularidades que puedan favorecer procesos erosivos o inestabilidad. El acomodo del material, en tanto, será observado para asegurar una distribución homogénea, sin socavaciones o desplazamientos, apoyado de la debida compactación. Estos parámetros permitirán identificar si el terreno evoluciona hacia una condición estable, con una restitución adecuada de la morfología original, o si existen desviaciones que requieran medidas correctivas. La evolución será documentada a través de monitoreos periódicos acompañados de registros fotográficos que posibiliten el análisis comparativo respecto del estado inicial post-cierre de las zanjas. Límites permitidos o comprometidos Pendientes similares a la topografía natural más cercana, correspondiente a un rango entre 0 a 27%. Acomodo aproximado de la totalidad de material removido para la apertura de las zanjas A y B, correspondientes a 293 m3 y 324 m3 aproximadamente. Duración y frecuencia de la medición de cada parámetro Monitoreo N°1: Se realizará un monitoreo inmediatamente después que finalice la fase de cierre. Monitoreo N°2: Se realizará un monitoreo anual, una vez finalice cada verano siempre y cuando las condiciones climáticas lo ameriten, con una frecuencia de 7 años consecutivos. Método o procedimiento de medición de cada parámetro Tanto para la pendiente, como para el acomodo del material, se registrarán fotografías de las zanjas y se compararán con las áreas aledañas más cercanas que representen la topografía natural del lugar. Adicionalmente se utilizará un levantamiento topográfico previo a la intervención por el Proyecto y uno generado posteriormente para realizar el análisis topográfico respectivo. Para evaluar el éxito del relleno de las zanjas se realizará un análisis comparativo pre y post relleno, con imágenes y datos antes y después del proceso de relleno, incluyendo parámetros como la estabilidad del suelo y características geométricas.
58/90 Plazo y frecuencia de entrega de informes Período: Todos los años que se ejecuten los monitoreos. Plazo: Los plazos para la entrega de los informes corresponde a 60 días posteriores a la realización del monitoreo. Frecuencia: La frecuencia de la entrega corresponde a una vez al año. Organismo (s) destinatario (s) de informes Dirección General de Aguas (DGA) Corporación Nacional Forestal (CONAF) o su sucesor legal, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo N°2.3 de la DIA: Caracterización Geológica, Geomorfológica y Riesgos Naturales
9.3 Monitoreo de la calidad del agua Fase Posterior a la fase de cierre Impacto asociado N/A Componente ambiental objeto de medición y control Agua Medida asociada Monitoreo de la calidad del agua Ubicación de los puntos/zonas de medición y control La zona donde se desarrolla el monitoreo corresponde a los dos puntos de muestreo emplazados en el cauce de cabecera del río Pillanleufú. VÉRTICE COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 89 ESTE NORTE CA1 765.175 5.575.897 CA2 759.139 5.575.908
Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente Se monitoreará los parámetros indicados en la Norma Chilena 1.333. La evolución del componente será determinada mediante una campaña de monitoreo en puntos representativos, permitiendo comparar los resultados con los límites establecidos en la Norma Chilena 1.333 y con la caracterización limnológica del Proyecto, para detectar eventuales alteraciones atribuibles a las intervenciones en el área. Esto facilitará la verificación del cumplimiento normativo y la implementación oportuna de medidas correctivas si fuese necesario. En línea con lo anterior, y de acuerdo con lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente en su pronunciamiento OF. ORD. N°03572/2025 de fecha 06 de junio de 2025, deberá complementar el presente seguimiento de acuerdo con lo siguiente: a. Respecto de los parámetros: Monitorear los siguientes parámetros.
59/90 b. Sólidos sedimentables c. Sólidos disueltos d. Sólidos suspendidos totales e. Turbidez f. Conductividad. g. Respecto de los límites permitidos: Se solicita que, con el objetivo de evaluar si se generar efectos sobre la calidad del agua, se compare el valor de cada parámetro, de forma posterior a la intervención, con el valor de la concentración natural, es decir de forma previa a la ejecución de las obras. Límites permitidos o comprometidos Los límites permitidos para calidad del agua corresponden a los indicados en las tablas Norma Chilena 1.333. Los resultados también se compararán con los valores resultantes de las muestras de la caracterización limnológica. Duración y frecuencia de la medición de cada parámetro Se realizará un monitoreo, en cada punto de muestreo, inmediatamente después que finalice la fase de cierre. Método o procedimiento de medición de cada parámetro Las metodologías de referencia a utilizar dependerán de cada parámetro. A continuación, se presentan las metodologías de referencia a emplear y que tienen relación con la toma de datos y análisis de línea de base. ANÁLISIS METODOLOGÍA DE REFERENCIA Temperatura en terreno PMM-001 Rev.12 pH en terreno Oxígeno disuelto en terreno Conductividad en terreno Aluminio SM 3030 F, 3120 B Boro Cadmio Bario Berilio Cinc Cobalto Cobre Cromo Hierro Litio Manganeso Molibdeno Níquel Plata Plomo Vanadio Calcio Magnesio Potasio
60/90 Sodio Litio cítrico Arsénico SM 3030 F, 3114 B Selenio Cianuro SM 4500 CN C, E Cloruro SM 4500 Cl B Fluoruro SM 4500 F, C pH SM 4500 H B Nitrato SM 4500 NO3 D Sulfatos SM 4500 SO4 C Conductividad SM 2510 B Aceites y grasas flotantes SM 2530 C Aceites y grasas emulsionados Sólidos disueltos totales SM 2540 C Sólidos sedimentables SM 2540 F Temperatura SM 2550 B Dureza total SM 2340 B Alcalinidad Turbiedad SM 2130 B Color SM 2120 B Mercurio SM 3112 B Determinación de Coliformes fecales SM 9221 E.1 El desarrollo del informe se realizará desarrollando una comparativa y discusión de los resultados obtenidos con los límites de la NCh 1.333, así como también con los resultados obtenidos en las muestras de la caracterización limnológica. Plazo y frecuencia de entrega de informes Período: Considera una única toma de muestras, que se realizará posterior a la fase de cierre. Plazo: El plazo para la entrega del informe corresponde a 60 días posteriores a la realización de toma de muestras. Frecuencia: No aplica, ya que solo se considera la entrega del informe en conjunto con el Monitoreo N°1. Organismo (s) destinatario (s) de informes Dirección General de Aguas (DGA) Corporación Nacional Forestal (CONAF) o su sucesor legal, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles - Anexo N°2.4 de la DIA: Caracterización Hidrológica - Anexo N°2.5 de la DIA: Caracterización limnológica
9.4 Monitoreo de la calidad del agua Fase Previo y posterior a las actividades de la fase de cierre Impacto asociado N/A
61/90 Componente (s) ambiental (es) objeto de medición y control Agua Medida asociada Monitoreo de la calidad del agua Ubicación de los puntos/zonas de medición y control La zona donde se desarrolla el monitoreo corresponde a dos puntos de muestreo emplazados en el afluente aledaño al Proyecto, en las cuencas correspondientes al río Pillanleufu y Truful respectivamente. PUNTO COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 84 ESTE NORTE 1 756595 5575849 2 756895 5576401
Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente Se monitoreará los parámetros para sólidos sedimentables indicados en la Norma Chilena 1.333. La evolución del componente será determinada mediante el monitoreo en los puntos representativos, permitiendo comparar los resultados con los límites establecidos en la Norma Chilena 1.333, la condición previa al inicio de las actividades y una vez concluidas. Límites permitidos o comprometidos Los límites permitidos para calidad del agua corresponden a los indicados en las tablas Norma Chilena 1.333 y metodologías de referencia. Los resultados también se compararán con los valores obtenidos en la campaña de calidad del agua previa fase de cierre. Duración y frecuencia de la medición de cada parámetro Se realizará un monitoreo previo a las actividades de cierre de zanjas y otro monitoreo una vez concluida la fase, en los dos puntos de muestreo. El monitoreo de esta variable se mantendrá por un periodo de tres años. Método o procedimiento de Las metodologías de referencia a utilizar dependen de cada
62/90 medición de cada parámetro parámetro. A continuación, se presentan las metodologías de referencia a emplear y que tienen relación con la toma de datos y análisis de línea de base. PARÁMETRO METODOLOGÍA DE REFERENCIA Caudal Molinete o ADCP TSS (Sólidos Suspendidos) SM 2540 D (gravimétrico) Sedimentables SM 2540 F (cono Imhoff) Turbidez Turbidímetro El desarrollo del informe se realizará desarrollando una comparativa y discusión de los resultados obtenidos con los límites de la NCh 1.333 y metodologías de referencia, así como también con los resultados obtenidos previo y posterior a la ejecución del cierre de ambas zanjas. Plazo y frecuencia de entrega de informes Período: Se realizarán tomas de muestras al momento de realizar las actividades de cierre (antes y después), y monitoreos posteriores por un periodo de tres años. Plazo: El plazo para la entrega del informe corresponde a 60 días posteriores a la realización de toma de muestras. Frecuencia: Se realizará un monitoreo previo a las actividades de cierre, y otro al término de las actividades de cierre. Adicionalmente se realizará un seguimiento de la variable por un periodo de tres años. Organismo (s) destinatario (s) de informes Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Dirección General de Aguas (DGA) Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles - Anexo N°2.4 de la DIA: Caracterización Hidrológica de la DIA.
9.5 Riqueza y Cobertura de las formaciones vegetacionales Fase Posterior a la Fase de cierre Impacto asociado No aplica Componente (s) ambiental (es) objeto de medición y control Flora y Vegetación Terrestre Medida asociada Monitoreo de especies y de formaciones vegetacionales posterior a la intervención en el área de trabajo de las zanjas y sobre éstas posterior a ser tapadas.
63/90 Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Los puntos de medición y control serán los mismos que se emplearon en la caracterización de la presente componente, a modo de generar una concordancia entre la toma de datos y sus resultados. Estas coordenadas se encuentran en las áreas de trabajo de ambas Zanjas, y corresponden a las siguientes.
PUNTO DE MUESTREO COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 89 ESTE NORTE M01 756.251 5.575.971 M02 756.224 5.575.995 M03 756.196 5.575.967 M04 756.163 5.575.926 M05 756.219 5.575.936 M06 756.356 5.576.141 M07 756.302 5.576.145 Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente - Cobertura vegetal de las formaciones vegetacionales - Presencia de especies Se realizará el monitoreo del porcentaje de cobertura vegetal en las distintas formaciones vegetacionales, tanto en la etapa previa como posterior a la intervención. Este indicador es clave para evaluar el grado de recuperación ecológica y la capacidad de regeneración natural de la vegetación tras el cierre de las zanjas. En cuanto a la presencia de especies, se llevará a cabo un monitoreo de la composición florística para identificar y registrar las especies presentes, tanto nativas como invasoras, con el fin de evaluar la dinámica de la regeneración natural de la flora. Este monitoreo se realizará a través de levantamientos botánicos periódicos que incluirán el registro de especies y su cobertura. La evolución de este parámetro permitirá evaluar la efectividad de las acciones de restauración y determinar si la vegetación y las especies nativas se estabilizan adecuadamente. Límites permitidos o comprometidos Los límites comprometidos para las formaciones vegetacionales corresponden a las siguientes coberturas: -Herbazal de Poa Obvallata: Cobertura vegetal del 1 a 2%. -Gaultheria pumilia y Senecio bipontinus: Cobertura muy clara (10-25%). Los limites comprometidos para las especies corresponden a la identificación de las mismas especies identificadas en la Caracterización de Flora y Vegetación de la DIA.
Especie Familia Forma de vida Adesmia longipes Fabaceae Herbácea Gaultheria pumila Ericaceae Arbustiva Lucilia araucana Asteraceae Herbácea Nassauvia dentata Asteraceae Arbustiva Nassauvia lagascae Asteraceae Arbustiva Poa obvallata Poaceae Herbácea Polystichum andinum Dryopteridaceae Helecho Senecio bipontinii Asteraceae Arbustiva Duración y frecuencia de la medición de cada parámetro Monitoreo N°1: Se realizará un monitoreo anual, una vez finalice cada verano siempre y cuando las condiciones climáticas lo
64/90 ameriten, con una frecuencia de 3 años consecutivos. Método o procedimiento de medición de cada parámetro Los monitoreos serán realizados por un especialista de flora y vegetación, el cual cumplirá con la metodología de muestreo mediante una inspección pedestre intensiva directa en los puntos de muestreo identificando las especies presentes y su porcentaje de cobertura dentro de las áreas de trabajo de ambas zanjas una vez llenadas, a modo de evaluar efectivamente los resultados obtenidos. Además, se realizarán tomas fotográficas desde los puntos de muestreo de la caracterización de flora y vegetación con el objetivo de generar una comparativa de la evolución de las especies posterior al llenado de ambas Zanjas. Plazo y frecuencia de entrega de informes Período: Todos los años que se ejecuten los monitoreos. Plazo: Los plazos para la entrega de los informes corresponde a 60 días posteriores a la realización del monitoreo. Frecuencia: La frecuencia de la entrega corresponde a una vez al año. Organismo (s) destinatario (s) de informes Corporación Nacional Forestal (CONAF) o su sucesor legal, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Anexo N°2.8 de la DIA: Caracterización de Flora y Vegetación de la DIA. 10º. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 10.1 Charlas de inducción respecto a componentes ambientales Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Concientizar, prevenir e informar sobre las componentes ambientales de relevancia del área del Proyecto, tales como la fauna, arqueología y el valor de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. Descripción: De manera previa al inicio del Proyecto se realizarán charlas de capacitación al personal de trabajo, en donde se traspasará la importancia de las temáticas ambientales que se relacionan con el Proyecto. En relación a la Fauna se inducirá en la importancia de su preservación. Para ello, se les indicará la importancia de evitar cualquier tipo de afectación, por lo que se les traspasará las siguientes medidas: -Protocolo para el uso de caminos establecidos -Plan de contingencia frente a accidentes de fauna -Deposición de residuos antrópicos en contenedores seguros y herméticos -Prohibición de especies domésticas en el área de influencia del Proyecto -Prohibición de cualquier tipo de actividad que tenga relación con
65/90 la Caza o captura de ejemplares de fauna. - Establecimiento de una velocidad máxima de 20 km/hr. Por otra parte, se informará respecto de la condición de realizar las actividades asociadas al Proyecto al interior de una Reserva Nacional y los cuidados que se requiere para ello. La importancia de realizar las obras en las áreas específicamente autorizadas y bajo las condiciones establecidas, con el objetivo de evitar cualquier tipo de afectación. En relación a los sitios arqueológicos, se capacitará en relación a la prohibición de remover, destruir, excavar, trasladar, intervenir o modificar monumentos nacionales definidos por la Ley N°17.288. Si bien en el área del Proyecto no se identificó sitios arqueológicos, se inducirá respecto a la forma de actuar ante un hallazgo. Justificación: Informar a los trabajadores sobre los componentes ambientales del área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en la localidad de Neltume, en un espacio definido previamente por la persona encargada de las capacitaciones. En el caso de las charlas de inducción del componente arqueológico, estas serán reforzadas al inicio de la obra. Forma: Las capacitaciones se realizarán de forma presencial y oral, antes del comienzo de la ejecución del Proyecto. En el caso de las charlas del componente arqueológico que se podría encontrar en el área del proyecto, serán del tipo inducción, realizadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Estas charlas incluirán información respecto a: sitios y hallazgos cercanos, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Oportunidad: De forma previa a la fase de construcción se realizarán charlas de capacitación a cargo de la persona designada por la empresa. Indicador que acredite su cumplimiento -Registro de charlas de capacitación firmado de los trabajadores que participaron de las charlas, donde constarán los temas abordados. -Registro del material utilizado durante las charlas (PPT, videos, etc) - Aviso del inicio de la medida y la entrega de un informe que dé cuenta de las charlas a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). - Para las charlas de inducción del componente arqueológico se remitirá a la SMA en un plazo máximo de 15 días hábiles del ingreso de los trabajadores), el informe de charla de inducción, elaborado por el/la arqueólogo/a, el cual contendrá: i. Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. ii. Contenidos de la inducción y copia del material gráfico
66/90 presentado. iii. Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. iv. Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por las/los asistentes. v. Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente. Forma de control y seguimiento Registros de capacitación firmadas por los trabajadores participantes, donde constarán los temas abordados en las charlas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1 del ICE
10.2 Perturbación controlada reptil Liolaemus pictus Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la instalación de elementos de apoyo en el área de trabajo. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es evitar la afectación de ejemplares de Liolaemus pictus, mediante la inducción del desplazamiento desde zonas de hábitats que serán intervenidas por partes y obras del Proyecto, hacia zonas inmediatamente adyacentes sin intervención. La medida se debe aplicar a las áreas de trabajo de la Zanja A y B en conjunto de un buffer de 15 m extendido alrededor de estas áreas, así como al tramo de huella de acceso que se dirige hacia la Zanja B junto a un buffer de 2,5 m. Es importante señalar que ambas áreas de trabajo poseen tramo de huella vehicular y el área de trabajo de la Zanja A contiene a la zona de estacionamiento y comedor, todas sujetas a Perturbación Controlada. Descripción: La perturbación controlada tiene por objetivo provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de la fauna de baja movilidad (reptiles), desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte del proyecto o actividad. En esta oportunidad la perturbación controlada se realizará únicamente para individuos de la especie objetivo Liolaemus pictus. La metodología se describe a continuación: • De acuerdo con el avance del Proyecto, se removerán y retirarán rocas, troncos, vegetación y todo aquello que pueda servir como refugio para la especie objetivo. Esta actividad será desarrollada por un grupo de jornales liderado por un especialista de fauna terrestre. Para ejecutar estas actividades podrán ser utilizadas herramientas, tales como: palas, chuzos, desmalezadora, motosierra u otra que no implique movimiento de maquinarias dentro del área a perturbar.
67/90 • Las rocas de mediano a gran tamaño removidas serán posicionadas en áreas aledañas (fuera del área a intervenir), de manera de generar nuevos refugios para los ejemplares perturbados y relocalizados. Las piedras serán dispuestas formando pircas, a lo menos una pirca por cada área liberada. De manera previa a la perturbación controlada, un especialista de fauna terrestre deberá evaluar la presencia y/o ausencia del reptil en las zonas a intervenir, con la finalidad de determinar parámetros ecológicos de densidad estimada o abundancia relativa. Estos datos serán relevantes luego del compromiso para determinar la efectividad de las actividades. Una vez aplicada la perturbación propiamente tal, se realizarán recorridos y/o puntos de muestreo, con el objetivo de identificar la “Abundancia de la especie objetivo” y “Densidades estimadas”, para verificar el éxito de esta medida, observándose y/o verificándose que no esté presente la especie sometida a la perturbación, aceptándose como efectivo el compromiso una disminución de al menos un 85% de la densidad y abundancia de individuos previo a la actividad. Justificación: Esta medida se justifica por la presencia de la especie reptil Liolaemus pictus, caracterizada por una baja capacidad de desplazamiento. El área donde se aplica la medida se debe a que corresponden a las áreas que serán directamente intervenidas por el Proyecto, específicamente el movimiento de tierra, así como la zona de emplazamiento del sector de comedor y estacionamiento. Así mismo, se agrega un buffer de 15 m a las áreas de trabajo, con el objetivo de incluir los individuos que posiblemente estén en las orillas y que pudiesen trasladarse las áreas de trabajo. También se aplica sobre las huellas vehiculares existentes dentro de las áreas de trabajo, junto a un tramo de huella que permite el ingreso hacia la Zanja B, debido a que son lugares donde transitará la maquinaria (retroexcavadora) y no están notablemente marcadas en el terreno. La selección de la medida se basa en la “Guía técnica para implementar medidas de rescate/relocalización y perturbación controlada del Servicio Agrícola Ganadero” (Torres Mura et al, 2014), la cual indica que la perturbación controlada se realiza en superficies menores a 3 ha. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este compromiso ambiental se llevará a cabo en las áreas de trabajo de la Zanja A y B, así como en el área buffer de 15 m que lo contiene. También contempla un área buffer para un tramo de huella de tránsito que dirige hacia la Zanja B. A continuación, se presenta una figura de lo indicado.
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Forma: El procedimiento para desarrollar la medida contempla: • La cantidad de especialistas que implementarán la medida dependerá de la tasa de avance de las actividades de cierre de las zanjas, pero dentro del equipo deberá considerarse al menos un especialista en fauna silvestre que lidere todo el proceso y un grupo de cuatro jornales. • La perturbación se llevará a cabo en las áreas de trabajo de las zanjas A y B, junto al área buffer de 15 m que las contiene. Dentro del área de trabajo de la Zanja A, se incluye la zona de estacionamiento y comedor. Así mismo, se ejecutará la medida en el tramo de huella que dirige hacia la Zanja B. • La perturbación controlada considera la remoción y retiro manual de refugios potenciales para reptiles, esto incluye, rocas, troncos, vegetación, entre otros. • La aplicación de la medida implica el recorrido exhaustivo del área a intervenir, recorrido en el cual se identificará y procederá a la remoción de refugios. La remoción implicará principalmente remoción de arbustos, material vegetal, rocas de tamaño pequeño y medio. • El despeje debe realizarse principalmente de forma manual o con herramientas de uso manual (motosierra, desmalezadora u otro) y el material retirado se dejará en las zonas contiguas al área de despeje, de manera de proveer refugio en las zonas a las que se desplazarán los individuos. • Al día siguiente de realizada la perturbación se debe recorrer el área en que se realizó la remoción de refugios, para verificar la ausencia de especies de baja movilidad. En caso de observar actividad, se reforzará la remoción de posibles refugios que no hayan sido identificados y removidos previamente Oportunidad: La medida se implementará de manera previa a la instalación de elementos de apoyo de la actividad de cierre de zanjas.
69/90 Indicador que acredite su cumplimiento Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de perturbación controlada, en el que se dé cuenta de la superficie de aplicación de la medida y del indicador de cumplimiento. Se dará aviso del inicio de la medida y se hará entrega de un informe que dé cuenta de las actividades de perturbación controlada a la Superintendencia del Medio Ambiente donde se detallará la metodología, plazos, especie objetivo y seguimiento de la presente medida. Forma de control y seguimiento La verificación del cumplimiento de la medida se llevará a cabo mediante la realización de transectos en las áreas de aplicación, previo a la perturbación y posterior a ella, de manera de registrar la presencia/ausencia de individuos de baja movilidad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2 del ICE
10.3 Límite de velocidad máxima establecido Impacto asociado Generación de Material Particulado Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de la medida es disminuir la suspensión de material particulado en el camino y huella de acceso al área del Proyecto, potencialmente generado por el tránsito vehicular. Descripción: Se establecerá un límite de velocidad máxima de 20km/hr para transitar en los caminos de acceso no pavimentados desde el acceso al Portal Huilo Huilo hasta el área en el cual se realizarán los trabajos de cierre de ambas zanjas. Justificación: Esta medida se justifica por el tipo de camino existente desde Portal Huilo Huilo hasta el área del Proyecto y por la generación de material particulado proveniente del tránsito vehicular, al implementar esta medida se busca evitar el material particulado en suspensión y reducir la potencial afectación a la calidad del aire del sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Camino y huella de acceso desde Ruta CH 203 hacia las áreas de trabajo. Forma: Se realizará una charla al personal presente durante la fase de cierre en la cual se les indicará la restricción de velocidad del tránsito vehicular en el interior de la Reserva Huilo Huilo y Reserva Nacional Mocho Choshuenco. Indicador que acredite su cumplimiento Tránsito en caminos no pavimentados a un máximo de 20km/hr Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de la charla de inducción realizada, una evaluación que represente la comprensión por parte del personal y una fiscalización interna para asegurar el debido cumplimiento de la medida. Referencia al ICE para Tabla 11.1.3 del ICE
70/90 mayores detalles
10.4 Retiro de material de desecho proveniente del refugio de montaña Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Devolver a la Reserva Nacional su condición previa a las actividades de diversificación de servicios turísticos realizadas en el sector, específicamente en el área destinada a estacionamiento. Descripción: De manera previa al inicio de la fase de cierre del Proyecto se realizará una limpieza del sector donde se habilitará el estacionamiento de vehículos que se ocuparán para el traslado de personal, de contenedores de residuos y del baño químico y, de maquinarias que se utilizarán para las actividades de cierre de las zanjas (excavadora pequeña y vibro pisón). Los residuos que se retirarán provienen del desarme de un refugio de montaña que había sido implementado en el año 2018, que fue denominado “campamento de montaña El Mocho”. Este refugio incluía un par de galpones, un par de domos y un baño. Justificación: Este compromiso se justifica en dejar el área donde se emplazará el sitio de estacionamiento sin residuos provenientes del refugio de montaña. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La limpieza del área corresponde al área donde se había implementado el “campamento de montaña El Mocho”, que corresponde al sitio que se proyecta como el estacionamiento del actual Proyecto, correspondiente a las actividades del cierre de zanjas. Las coordenadas de las obras del proyecto correspondientes al sitio estacionamiento se presentan en el cuadro siguiente: ÁREA VÉRTICE COORDENADAS UTM 18S DATUM WGS 84 ESTE NORTE Estacionamiento 1 756.245 5.575.991 2 756.247 5.575.997 3 756.254 5.575.988 4 756.256 5.575.994 Superficie: 0,006 ha Forma: La zona de estacionamiento es un área delimitada exclusivamente para el destino de los vehículos y maquinaria, en este sector se realiza la carga y descarga de materiales e insumos necesarios para llevar a cabo la fase correspondiente. Cuenta con un área de 60m2 y
71/90 en ella se dejará estacionada la maquinaria hasta su retiro al concluir las actividades. Los residuos generados del desarme del refugio de montaña corresponden principalmente a plásticos, clavos, alambres, lonas, entre otros. Estos residuos, serán separados por tipo de material y serán acumulados en un lugar plano cercano al sitio de donde provienen, luego serán compactados y trasladados a los contenedores dispuestos en las camionetas pick up para su posterior disposición en un sitio autorizado para este fin. Oportunidad: De forma previa a la fase de cierre se realizará la limpieza del sector donde se emplazará el estacionamiento del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos y de videos previos y posteriores a la limpieza del sector destinado a estacionamiento del Proyecto. Forma de control y seguimiento Los registros fotográficos y de videos serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4 del ICE
10.5 Difusión y sensibilización en temática áreas protegidas Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre y posterior a ésta. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Sensibilizar a los grupos humanos en el área de influencia sobre la importancia de las áreas protegidas. Descripción: Implementar programas de difusión y actividades educativas dirigidas a turistas, residentes y operarios turísticos sobre los beneficios de las áreas protegidas y su aporte al bienestar humano y al desarrollo sostenible. Justificación: Este compromiso busca aumentar la conciencia ambiental en la comunidad local, fomentando la preservación y el respeto por la Reserva Nacional Mocho Choshuenco. La sensibilización contribuirá a la reducción de impactos negativos y reforzará el valor ecológico de la zona, lo que ayudará a proteger el patrimonio natural de la región a largo plazo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Reserva Biológica Huilo Huilo y áreas adyacentes donde interactúan turistas, residentes y operarios turísticos, como por ejemplo en las áreas habilitadas para excursiones. Forma: Se implementarán campañas de sensibilización mediante infografía en puntos de información, en los senderos habilitados para excursión, dentro de las instalaciones turísticas, etcétera. Además, se colaborará con las autoridades locales para garantizar la integración de estas acciones con otras iniciativas de conservación. Oportunidad: La implementación debe iniciarse al inicio del proyecto y mantenerse de forma continua. Este CAV tendrá un seguimiento anual para evaluar la efectividad y reforzar los
72/90 mensajes de conservación. Indicador que acredite su cumplimiento - Registros fotográficos de la infografía. -Encuestas de satisfacción a la comunidad local y turistas, que evalúen la comprensión y la efectividad de la información presentada. Forma de control y seguimiento El seguimiento se realizará a través de fotografías de la infografía y las encuestas de evaluación. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5 del ICE
10.6. Promoción de actividades preventivas Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre y posterior a ésta. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover actividades preventivas y periódicas que sensibilicen al personal de la COMPAÑÍA FORESTAL Y MADERERA DE PANGUIPULLI S.A. y de la Reserva Privada Huilo-Huilo sobre el valor ambiental y social de las áreas protegidas. Descripción: Realizar actividades educativas periódicas (charlas, talleres, capacitaciones) para concientizar al personal sobre la importancia ecológica, social y económica de las áreas protegidas y su rol en los sistemas de vida de los grupos humanos. Justificación: Este compromiso tiene como finalidad fortalecer el conocimiento y la internalización de la importancia de las áreas protegidas en el personal de la empresa, para que actúen con responsabilidad y compromiso hacia su conservación y sostenibilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de la Reserva Privada Huilo-Huilo. Forma: Las actividades incluirán charlas informativas, talleres participativos y capacitación continua en formato presencial. Se utilizarán materiales educativos como folletos, presentaciones y videos. Además, se promoverá la discusión entre los participantes sobre el valor ambiental y social de las áreas protegidas. Oportunidad: Las actividades de sensibilización se implementarán de forma permanente y periódica, con una frecuencia anual de al menos 3 sesiones de capacitación a lo largo del año. Se realizarán también actividades puntuales cuando haya cambios significativos en la legislación ambiental o en las prácticas operacionales de la empresa. Indicador que acredite su cumplimiento Registros de las actividades realizadas, como minutas, fotografías, asistencia de los trabajadores y evaluaciones realizadas por los participantes, como encuestas de satisfacción sobre la comprensión del valor ambiental y social de las áreas protegidas. Forma de control y El seguimiento se realizará mediante informes semestrales, que
73/90 seguimiento documentarán las actividades realizadas, su asistencia y evaluación. El control incluirá un registro de las evaluaciones de satisfacción de los empleados y su retroalimentación. Los informes serán entregados a la SMA y a otros organismos competentes si es necesario. La frecuencia de los informes será semestral y se entregarán dentro de los primeros 15 días de cada semestre. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6 del ICE 11º. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS 11.1.1 Riesgo por actividad sísmica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de emplazamiento del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Definición de zonas o áreas de seguridad. -Confección de mapa con vías de evacuación y zonas de seguridad. - Realización de charlas y simulacros. Forma de control y seguimiento -Registro que dé cuenta de la realización las actividades de inducción por parte del Prevencionista de Riesgo. -Elaborar registro de asistencias a las charlas y/o simulacros realizados por el Prevencionista de Riesgos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de producirse un sismo de gran magnitud, se deben llevar a cabo las siguientes acciones: - Se activará la alarma y se procederá con la evacuación hacía la zona de seguridad determinada por el Prevencionista de Riesgos - Se suspenderán todas las actividades hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. - Una vez pasado el sismo y posterior a la evacuación se debe realizar una inspección del área y maquinaria, con el fin de verificar su estado
74/90 y descartar la existencia de peligro. - En caso de daño en el suelo o equipos, se detendrán los trabajos y se realizará una inspección para identificar las áreas y equipos afectados, los que serán reparados o reemplazados según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia que afecte los recursos naturales (suelo, agua y aire) y la biodiversidad (flora y fauna) se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo que causo la contingencia. - Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc.) - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA.
11.1.2 Riesgos de accidentes Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Caída de mismo nivel -No obstaculizar los lugares de trabajo, tránsito y áreas de uso común. -Evitar distractores cuando se desplacen en el área de Proyecto. -Uso de Zapatos adecuado. Caída de distinto nivel -Utilizar los caminos y huellas vehiculares existentes.
75/90 -No situarse en pendientes pronunciadas. -Limitar el tránsito de trabajadores área de trabajo establecida. Caída de objetos por desplome o de cargas suspendidas -No posicionarse en lugares que pueda haber movimiento de tierra. -Evitar transitar por áreas cercanas al brazo mecánico de la excavadora. Atrapamiento por vuelco de maquinarias o vehículos -Capacitación de conducción segura y responsable para los trabajadores. -Uso de chalecos reflectantes en lugares donde circulen vehículos. - Mantenimiento preventivo para vehículos y maquinarias. Corte por objetos y/o herramientas -Capacitación para el correcto uso de las herramientas de trabajo -Prohibición de intervenir, modificar o retirar las protecciones de correas, engranajes o cualquier parte removible de las maquinarias o herramientas que impliquen riesgo de atrapamiento. -Uso correcto de los elementos de protección personal (EPP). Accidentes Vehiculares -Capacitar al personal sobre conducción de tránsito interno. -Aplicar reglamento interno de conducción de tránsito interno. -Mantenimiento de vehículos. -Solo personal capacitado y autorizado puede conducir en el área del Proyecto. -Cumplir con la velocidad máxima permitida de 20 km/h en el área del Proyecto. Intoxicación por ingesta de alimentos -Adecuado manejo y manipulación de alimentos para trabajadores y proveedores. - Medidas preventivas de higiene para el consumo y preservación de alimentos. Forma de control y seguimiento Caída de mismo nivel -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riegos. -Uso adecuado de EPP Caída de distinto nivel -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos -Tránsito solo por lugares establecidos. Caída de objetos por desplome o de cargas suspendidas -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos
Atrapamiento por vuelco de maquinaria o vehículos
76/90 -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos Corte por objetos y/o herramientas -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos Accidentes vehiculares -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos Intoxicaciones -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Una vez que se detecte una situación de emergencia provocada por un accidente laboral, el Prevencionista de Riesgos deberá evaluar rápidamente lo siguiente: - Número de lesionados. -Condiciones especiales (atrapamiento, aplastamientos, suspendidos, quemaduras, etc.). - Tipo de lesiones. - Riesgos inminentes del lugar (peligro de caída, derrame, etc.). Una vez sean evaluados, el Prevencionista de Riesgo indicará si es necesario el traslado de los accidentados al centro de salud más cercano para completar la atención médica. El traslado debe ser mediante el transporte adecuado de acuerdo con el grado de gravedad del accidente. En el lugar de atención de emergencias que se encuentre más cercano, el médico procederá a evaluar la emergencia e iniciará el tratamiento que estime conveniente y necesario. En conformidad con lo dispuesto en el Art. 76º de la Ley N°16.744, en caso de que ocurra un accidente del trabajo grave o fatal, la empresa deberá cumplir con las siguientes obligaciones: - Suspender de forma inmediata las faenas donde se produjo y, de ser necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. - Informar inmediatamente de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de los Ríos. - En caso de Situación de Emergencia que involucre riesgo para la salud de las personas, todo el personal deberá seguir las instrucciones que indique el Prevencionista de Riesgo. De esta forma se evitan exposiciones innecesarias. En caso de accidentes graves o fatal la comunicación externa será efectuada por Gerente General o Gerente del Proyecto o quién él designe. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de En caso de calificar como accidente grave o fatal, se informará de lo ocurrido dentro de las 24 horas a la Inspección del Trabajo y a la
77/90 la activación del Plan de Emergencia Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de los Ríos e implementar los protocolos para ello establecidos. Luego, en un plazo no superior a cinco (5) días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo que causo la contingencia. - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA.
11.1.3 Riesgo asociado a incendio forestal Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las cercanías del camino interior de la Reserva Biológica Huilo- Huilo que comienza en la Ruta 203CH y que dirige hacia la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Se prohíbe fumar y encender fuego. -Mantener los dispositivos de extinción de incendios en las camionetas. -Capacitación a los trabajadores para enfrentar un incendio forestal. -Capacitación a los trabajadores del correcto uso de extintores -No acumular basura. -Limitar el tránsito de los trabajadores al área de emplazamiento de las obras. Forma de control y seguimiento -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riegos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las zonas con una mayor probabilidad de que pueda producirse un incendio son: - Zonas de bosques aledañas al camino de acceso al Proyecto. -Depósito de residuos por acumulación de elementos de fácil
78/90 combustión En estos casos se actuará de acuerdo con lo descrito a continuación: -Se paralizarán las obras y una vez que se detecte el incendio, se debe avisar al Prevencionista de Riesgo, el cual avaluara si es necesario activar el Plan de Emergencia. Además, se debe avisar a los números de emergencias de CONAF, 130 y el número 63-2311025 de la Central de Operaciones del Departamento de Prevención de Incendios Forestales. - Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; se procederá a apagar el fuego un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el viento de cara. - En caso de no poder extinguir el siniestro, se debe activar del Plan de Emergencia y evacuación de la zona. Se paralizarán todas las actividades y se realizarán las siguientes acciones: - Paralizar el funcionamiento de maquinarias o vehículos que pueden provocar un punto de ignición - Evacuar a la zona de peligro y se limitará el acceso solo al personal autorizado, que deberá contar con los elementos de seguridad necesarios. - El área de peligro debe estar vigilada por el personal autorizado hasta la llegada de la CONAF y el Departamento de Prevención de Incendios Forestales - Cubrir nariz y boca con trapo húmedo. - No intentar cruzar las llamas. - Si se prende la vestimenta, se debe tirar al suelo y rodar sobre él, cubriendo el rostro. - Se debe mantener la seguridad del personal, disponiendo de una vía de retirada en todo momento y utilizando los agentes extintores y EPP adecuados contra el incendio. Si la situación reviste de gravedad, se comunicará el hecho a la compañía de bomberos. - Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente. - Una vez controlada la situación de emergencia, el prevencionista de riesgos informará del hecho al jefe de Operaciones/ Gerente General, decretando éste el final de la misma.
79/90 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de calificar como accidente grave o fatal, se informará de lo ocurrido dentro de las 24 horas a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana e implementar los protocolos para ello establecidos. Luego, en un plazo no superior a cinco (5) días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo que causo la contingencia. - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA
11.1.4 Riesgo de accidente con fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Impartición de charlas de al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, el resguardo de esta, y el procedimiento de actuación en caso de un avistamiento. -Se prohibirá alimentar a animales para evitar su domesticación, así como evitar atraerlos permanentemente al sector del Proyecto. -Resguardar los almacenamientos de alimentos y residuos, evitando que la fauna existente en la zona tenga acceso a éstos. Forma de control y seguimiento -Registro de capacitación y difusión del cuidado de la fauna. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia -Cualquier persona que presencie avistamiento o encuentre fauna afectada debe dar aviso inmediato al Prevencionista de Riesgo, quien deberá comunicarse con la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para que éste, o bien una institución avalada por esta Autoridad esté enterada para que posteriormente el Titular proceda a rescatar y trasladar a la especie afectada al centro de rescate de fauna silvestre
80/90 más cercano. El Titular se encargará de los costos asociados al traslado y rehabilitación de los individuos afectados. - Se llevará un registro al día, de todos los traslados de ejemplares de fauna a centros asistenciales, en el que además se mantendrá actualizado su evolución y resultados del tratamiento. - Se implementarán todas las medidas descritas en el Informe de investigación del accidente, a objeto de prevenir la ocurrencia de un evento de similares características. - Se realizará difusión a los trabajadores del evento ocurrido para reforzar el compromiso por el cuidado de la fauna. - Se mantendrá un listado actualizado de los centros de tratamiento al que serán derivadas las especies afectadas por una emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia se informará, a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo de la contingencia. - Especie de fauna la cual fue afectada. - Alcance que tiene la contingencia. - Acciones de control realizadas en el lugar. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA
11.1.5 Riesgo por hallazgo de sitios arqueológicos o paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Se realizarán charlas al personal sobre el procedimiento de actuación en el caso de un hallazgo arqueológico o paleontológico. -En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N°17.288 Sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones y el artículo 23° del Decreto Supremo N°484 de 1990, del Ministerio de Educación. Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas,
81/90 Antropológicas y Paleontológicas. Lo anterior se realizará paralizando toda obra, cercando el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este último determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. -Las actividades se reanudarán una vez que se haya realizado el rescate, con la asesoría de un profesional (arqueólogo, paleontólogo, entre otros) y cuando las Autoridades correspondientes lo precisen. Forma de control y seguimiento -Copia del informe de monitoreo arqueológico o paleontológico -En caso de hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se hará envío de un informe de hallazgos elaborado por un arqueólogo o paleontólogo, el cual será entregado al Consejo de Monumentos Nacionales y SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de encontrarse con un hallazgo de elementos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier remoción de terreno en el área del Proyecto, se definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos: - Se procederá según lo establecido en la Ley N.º 17.288 del Ministerio de Educación Pública que “Legisla sobre Monumentos Nacionales”. - Se paralizarán los trabajos en el sector que haya sido encontrado el hallazgo y se realizara un cerco perimetral alrededor del sitio. - Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para que éste disponga los pasos a seguir, así como al Gobernador Provincial y a Carabineros para su vigilancia. - Se contará con la asesoría de un profesional, que elaborará un informe de la situación y de las medidas realizadas, para su entrega a la autoridad correspondiente. - En caso de que el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) resuelva que se debe rescatar el sitio y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate, de acuerdo a la normativa vigente y aplicable. - Los trabajos se retomarán con la conformidad del Consejo de Monumentos Nacional (CMN). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante una emergencia se informará inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Además, se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), SEREMI Medio Ambiente y SEREMI Salud, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos:
82/90 - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo de la contingencia. - Alcance que tiene la contingencia. - Acciones de control realizadas en el lugar. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5 del ICE Anexo N°7. Plan de Contingencia y Emergencia
11.1.6 Riesgo de remoción de masas Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Se realizarán capacitaciones al personal sobre y medidas de prevención ante un desprendimiento en masa y uso de equipamiento de protección personal. -Limitar el tránsito de los trabajadores al área de emplazamiento de las obras y caminos, evitando zonas de fuertes pendientes. -Antes de comenzar las obras, se efectuará el retiro de las rocas y escombros y todo material suelto presente suelo. Forma de control y seguimiento -Registro de capacitaciones -Revisión periódica de vehículos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia -Se avisará a el encargado de la obra y al encargado de prevención de riesgos -Dependiendo de la magnitud del evento se paralizarán las obras y si es pertinente se evacuará al personal fuera de la zona de peligro. De ser necesario el Prevencionista de Riesgo evaluara si activar el Plan de Emergencia. -En el caso de registrarse heridos, estos serán llevados a un centro de atención médica y se informará a números de emergencia como, bomberos, carabineros o servicios de salud indicando la ocurrencia del accidente y la gravedad. -En caso de calificar como accidente grave o fatal, se informará de lo ocurrido dentro de las 24 horas a la Inspección del Trabajo y a la
83/90 Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Ríos e implementar los protocolos para ello establecidos. Luego, en un plazo no superior a cinco (5) días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo que causo la contingencia. - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia -Se inspeccionará el área y se demarcaran las áreas de riesgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a los números de emergencia a las autoridades con competencia en la materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
11.1.7 Riesgo de accidente a la población Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Camino interior de la Reserva Biológica Huilo-Huilo que comienza en la Ruta 203CH y que dirige hacia la Reserva Nacional Mocho- Choshuenco; y la huella de acceso al interior de la Reserva Mocho- Choshuenco que dirige hacia las obras de la Actividad Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Todos los vehículos deben contar con su documentación al día. -Los conductores deben contar con la licencia adecuada al vehículo a utilizar. -En caso de contar con carga, esta no puede exceder el peso máximo que estable la ficha técnica del vehículo. -Todos los conductores deben respetar la señalización de tránsito, además de realizar una conducción segura la que implica no obstruir caminos ni arrojar basura. Forma de control y seguimiento -Registro de capacitaciones -Revisión periódica de vehículos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga Tabla 7.1.7 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
84/90 la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de producirse un accidente, los accidentados serán trasladados a centros de atención médica, en el cual carabineros será informado del accidente -Se dimensionará la emergencia y de ser necesario se informará a Bomberos y Carabineros la ocurrencia del accidente y la gravedad de este, identificando a los trabajadores, pobladores y los vehículos involucrados. -Se evaluará la gravedad en la que se encuentra el trabajador o peatón afectado, si fuera este el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Por último, se dará aviso oportuno a la compañía de seguros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El jefe es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia en la materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.7 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
11.1.8 Riesgo asociado al derrame de hidrocarburos Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Zona de trabajo de la maquinaria y estacionamiento de vehículos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Mantenciones al día de la maquinaria y vehículos que sean utilizados durante el desarrollo de la actividad -Se realizarán charlas al personal sobre qué hacer en el caso de derrames de combustible. -Mantener en la camioneta elementos de contención de derrames como paños, recipientes metálicos y guantes. Forma de control y seguimiento -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia -El personal designado deberá realizar la limpieza de área y de ser posible se extraerá con una pala la capa de suelo contaminada -El suelo contaminado o elementos utilizados para contener el derrame de aceite serán depositados en contenedores con tapa.
85/90 -Los restos de aceites recuperados serán e entregados a una empresa externa especializada para el reciclaje de estos residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que la situación sea de gravedad se informará dentro de las primeras 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y SEREMI Medio Ambiente, vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, se enviará un informe de la emergencia, el cual contendrá a lo menos: - Fecha, hora y lugar de ocurrencia. - Motivo que causo la contingencia. - Aspectos ambientales involucrados (suelo, emisiones atmosféricas, fauna, etc.) - Alcance de la contingencia. - Acciones de control realizadas. - Acciones de reparación realizadas. - Acciones de prevención que se implementarán para evitar una nueva ocurrencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias y Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
11.1.9 Riesgo asociado a eventos volcánicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo de ambas Zanjas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se implementarán medidas para el manejo adecuado de residuos sólidos y líquidos generados durante las actividades, asegurando que no contaminen el recurso hídrico. - Se realizarán inducciones para explicar al personal las áreas definidas de trabajo con el objeto de evitar una potencial afectación fuera de éstas. - Se realizarán charlas de capacitación para orientar al personal a utilizar los caminos existentes, prevenir, controlar y notificar la emergencia. Forma de control y seguimiento -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias Acciones o medida a -Se suspenderán actividades en áreas afectadas para evitar la
86/90 implementar para controlar la emergencia exacerbación de la contaminación. Esta acción busca contener los efectos generados por las actividades que contribuyeron a la contaminación del recurso hídrico. -Se llevarán a cabo actividades de limpieza del terreno y restauración de la zona afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.9 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias
11.1.10 Riesgo de accidente que comprometa los recursos hídricos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de trabajo de ambas Zanjas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se implementarán medidas para el manejo adecuado de residuos sólidos y líquidos generados durante las actividades, asegurando que no contaminen el recurso hídrico. - Se realizarán inducciones para explicar al personal las áreas definidas de trabajo con el objeto de evitar una potencial afectación fuera de éstas. - Se realizarán charlas de capacitación para orientar al personal a utilizar los caminos existentes, prevenir, controlar y notificar la emergencia. Forma de control y seguimiento -Registro interno por parte del encargado de Prevención de Riesgos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga Tabla 7.1.10 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda y Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
87/90 la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se suspenderán actividades en áreas afectadas para evitar la exacerbación de la contaminación. Esta acción busca contener los efectos generados por las actividades que contribuyeron a la contaminación del recurso hídrico. - Se llevarán a cabo actividades de limpieza del terreno y restauración de la zona afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.10 del ICE, Anexo N°7. Plan de Contingencias y Emergencias de la Adenda y Anexo 3 de la Adenda Complementaria. 12º. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada, donde se constata que no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto. 13º. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 14º. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
88/90 15º. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 16º. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 17º. Que, para que el proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 18º. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 19º. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental XIV Región de Los Ríos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 20º. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 21º. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1º. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco”, de Compañia Forestal y Maderera Panguipulli S.A. 2º. Certificar que el proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3º. Certificar que el proyecto “Modificación Proyecto Piloto Factibilidad de Abastecimiento de Agua para futuro Centro de Nieve - Actividades Cierre Zanjas ubicadas al interior de la Reserva Nacional Mocho Choshuenco” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 4º. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 5º. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de
89/90 Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Jorge Ignacio Alvial Pantoja Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Ríos
Leonardo Rodríguez Rodríguez Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Ríos CGO/VPG Distribución: • Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A. • Superintendencia del Medio Ambiente • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (XIV) CONADI, Región de Los Ríos • (XIV) CONAF, Región de Los Ríos • (XIV) DGA, Región de Los Ríos • (XIV) Dirección de Vialidad, Región de Los Ríos • (XIV) DOH, Región de Los Ríos • (XIV) SAG, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Energía, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Minería, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Salud, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos • (XIV) SEREMI MOP, Región de Los Ríos Jorge Ignacio Alvial Pantoja Firmado digitalmente por Jorge Ignacio Alvial Pantoja Fecha: 2025.07.04 15:07:43 -04'00'
90/90 • (XIV) SERNAGEOMIN, Zona Sur (Región de los Ríos) • (XIV) SERNATUR, Región de Los Ríos Firmado por: Leonardo Rodriguez Rodriguez Fecha: 07/07/2025 10:55:12 CLT