Parque Fotovoltaico Emú
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGION DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”
Rancagua,
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”) presentada con fecha 30 de abril de 2024, y admitida a trámite con fecha 08 de mayo de 2024, su Adenda de fecha 05 de noviembre de 2024, y su Adenda Complementaria de 28 de marzo de 2025, del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, presentado por Emú SpA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”.
3°. El Acta de Evaluación N°19 de 18 de noviembre de 2024, del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “Región de O’Higgins”).
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” de 25 de abril de 2025.
5°. La sesión extraordinaria N°2 de fecha 06 de mayo de 2025, de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins.
6°. La Resolución Exenta Nº202406001153, de 06 de agosto de 2024 de la Dirección Regional de la Región de O’Higgins, que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. La Resolución Exenta N°20250610124 de fecha 22 de enero de 2025, que resuelve el cambio de representante legal del Proyecto, y su representante legal al señor Roberto Mayol Brierley.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”.
- Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40 de 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°202306101347/2023 de fecha 11 de septiembre de 2023, que Aprueba Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en el Registro en plataforma SIAPER N°6204629, de fecha 25 de marzo de 2025, del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra a Yamal Karim Suez Muñoz en el cargo de Director Regional del SEA Región de O’Higgins; y en la Resolución N°36, de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención a Trámite de Toma de Razón; y en el Decreto Supremo N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio López Aguilera como Delegado Presidencial Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Emú SpA, (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Emú SpA Rut 77.641.256-6 Domicilio Avenida Príncipe de Gales N°5921, oficina 1602, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana de Santiago. Nombre representante legal Roberto Mayol Brierley Correo electrónico Titular o representante legal roberto.mayol@gmail.com; Rmayol@tikuna.cl.
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de abril de 2025, el Director Regional de la Región de O’Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables correspondiente a los permisos ambientales sectoriales mixtos establecidos en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del Reglamento del SEIA; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 06 de mayo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 25 de abril de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto denominado “Parque Fotovoltaico Emú” (en adelante “Proyecto”) tiene por objetivo la construcción y operación de una nueva Central Solar Fotovoltaica con una potencia nominal 9 Megawatts (MW) para generar energía eléctrica a partir del aprovechamiento de la energía solar mediante la implementación de paneles solares, e inyectar al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) la energía generada, a través de una línea de media tensión de 13,2 kilovoltios (kV). Cabe señalar que la inyección de energía al SEN contribuye al cumplimiento de las metas de descarbonización y diversificación en la matriz energética nacional, destacando la contribución con la Política Energética 2050, del Ministerio de Energía, que busca contar con una matriz donde las Energías Renovables No Convencionales (ERNC) tengan una representación del 70%, en conformidad a lo establecido por la Ley N°20.698. Así mismo, contribuye en la reducción de las emisiones de gases nocivos a la atmósfera (CO2, SOx, NOx) mediante la utilización de recursos naturales para la generación de energía, junto con satisfacer la demanda energética creciente mediante la inyección de energía al SEN. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Considerando las características del Proyecto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, los proyectos o actividades indicados en el artículo 10° de dicha Ley solo pueden ejecutarse o modificarse tras someterse a una evaluación de impacto ambiental. Tanto el artículo 10° de la Ley N°19.300 como el artículo 3° del Reglamento del SEIA (en adelante “Reglamento SEIA”) establecen los tipos de proyectos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
susceptibles de generar impacto ambiental en alguna de sus fases, deben ingresar al SEIA. Tras analizar los literales del artículo 3° del RSEIA, se ha determinado que el presente Proyecto se enmarca en la tipología establecida en el literal c) que corresponde a: Art. 3°, Letra c) del RSEIA: Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. El Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” corresponde a una central generadora de energía eléctrica a partir de fuentes renovables no convencionales, específicamente energía solar. Este proyecto cuenta con una potencia instalada de 10,8 MWp y una inyección nominal de 9 MW al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), superando el umbral de 3 MW definido en la normativa. Para lograr esta capacidad, el proyecto contempla la instalación de 18.630 paneles fotovoltaicos bifaciales, los cuales son responsables de la generación principal de energía. Además, incluye tres (3) centros de transformación, que convierten la electricidad generada en una forma apta para su transporte, y una línea de media tensión de 13,2 kV, diseñada para evacuar de manera eficiente la energía al SEN. Como complemento, se considera un sistema de almacenamiento de energía modular (BESS), que contribuye a la estabilidad y continuidad del suministro energético. Además de las obras principales, el Proyecto incluye infraestructura adicional como el campo fotovoltaico, un edificio de operaciones y mantenimiento, y caminos internos que facilitan el acceso y la circulación. Durante la etapa de construcción, que tiene una duración de seis (6) meses, se instalan obras temporales destinadas a servicios básicos y almacenamiento de materiales, esenciales para la ejecución de una iniciativa de esta envergadura. Este conjunto de características técnicas y funcionales sitúan al proyecto dentro de la tipología definida por el literal c) del artículo 3° del Reglamento del SEIA.
En función de los antecedentes presentados, se ha optado por ingresar el Proyecto al SEIA mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), ya que no se generan efectos, características o circunstancias mencionadas en el artículo 11 de la Ley N°19.300 ni en los artículos 5 al 11 del Reglamento del SEIA.
El Proyecto cumple con los criterios establecidos en el literal c) del artículo 3° del Reglamento del SEIA. Su potencia instalada, infraestructura técnica y capacidad de evacuación de energía justifican plenamente esta clasificación, ya que demuestran que está diseñado para operar como una central generadora mayor a 3 MW. Además, su ingreso mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es adecuado, dado que no presenta características, efectos o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 ni en los artículos 5 al 11 del Reglamento del SEIA.
Respecto a lo establecido en la letra b) del artículo 3 del Decreto Supremo N°40/2012, del MMA, donde identifica los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental, tales como: b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones: b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.
El Proyecto únicamente contempla la habilitación de una línea de media tensión (LMT) de 13,2 kV para la conexión entre el parque fotovoltaico y la subestación existente "Nueva Trinidad”. Por lo anterior, no califica como línea de alta tensión, ya que el voltaje es menor a 23kV. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Respecto a la letra p) del artículo 3° del Reglamento del SEIA, que señala: p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.
El Proyecto no se ubica en áreas protegidas ni en territorios con clasificación oficial de protección ambiental, tales como áreas del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), Zonas de Interés Turístico (ZOIT), Santuarios de la Naturaleza o Áreas Protegidas Privadas (APP). Tampoco se emplaza en zonas declaradas como humedales urbanos ni sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad.
En las siguientes figuras se observan la relación de la ubicación geográfica del proyecto y las zonas de áreas protegidas bajo alguna categoría oficial.
Fuente: Figura 2 del Adenda Complementaria. Áreas SNASPE cerca del emplazamiento del Proyecto (Fuente: Elaboración propia en base Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Ministerio de Agricultura, 2016). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 3 del Adenda Complementaria. Sitios prioritarios cercanos al proyecto considerando un buffer de 25 km.
Por lo tanto, las tipologías mencionadas en las letras b) y p) del artículo 3° no aplican al Proyecto, conforme a la descripción técnica y normativa presentada.
Vida útil El Proyecto considera una vida útil de 40 años, a los cuales se agregan 10 meses de la fase de construcción y 6 meses de la fase de cierre. Monto de inversión El monto estimado de inversión para la ejecución del Proyecto es de aproximadamente USD$ 12.000.000 (doce millones de dólares estadounidenses). Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la habilitación del camino principal de acceso al interior del parque solar para proceder con el emplazamiento de las instalaciones de faenas temporales del proyecto. Cabe indicar que la construcción de las obras se ejecuta una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del Proyecto y los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) correspondientes.
Asimismo, el acto que da cuenta del inicio del proyecto corresponde a la habilitación del camino principal de acceso, el cual se acredita mediante: - Un acta formal de inicio de obras, firmada por el representante del Proponente y las autoridades correspondientes. - Un registro fotográfico que documente el estado inicial de las obras.
Estos documentos se entregan a los organismos pertinentes como evidencia del cumplimiento de los requisitos legales. Se garantiza que todas las actividades se realicen conforme a la normativa vigente, bajo un riguroso control del cumplimiento de los permisos y resoluciones exigidos para el correcto desarrollo del proyecto. De este modo, aseguramos que el “Parque Solar Fotovoltaico Emú” cumple con todas las obligaciones legales previas a su construcción, lo que permite un adecuado seguimiento y fiscalización por parte de las autoridades competentes. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se desarrolla por etapas.
X Si No El Proyecto no modifica a un proyecto o actividad existente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Proyecto modifica un proyecto o actividad
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplaza en la Región del Libertador General Bernardo O Higgins, Provincia de Cardenal Caro, comuna de Marchigüe. El acceso al Proyecto se realiza por la Ruta H-76, tal como muestra la siguiente figura:
Fuente: Figura 1 del Anexo 3 del Adenda Complementaria.
Descripción de la localización Chile es un país privilegiado en radiación solar. Esto da la oportunidad y el privilegio de desarrollar un liderazgo de nivel mundial en generación solar. Bajo este escenario el Proyecto es un aporte para el desarrollo de tecnologías e innovación relacionada con la industria solar, promueve de forma directa las energías renovables en la matriz eléctrica del país, reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en el sector energético del país y aprovecha el recurso solar disponible de la zona donde se instala.
La localización del proyecto se justifica según los siguientes criterios: • Resultados favorables de radiación solar corroborados mediante simulaciones de producción con los datos de radiación de diversas bases de datos certificadas los cuales permiten proyectar una operación económica rentable. • El lugar se encuentra cercano a una futura subestación Trinidad, lo que hace factible desde un punto de vista económico y técnico el desarrollo del proyecto y la evacuación de la energía eléctrica generada por el mismo. • Las condiciones topográficas del sector facilitan la instalación del parque fotovoltaico, al tratarse de un terreno predominantemente plano. • La disponibilidad de un terreno posible de ser arrendado para ser destinado a generación de energía, generando ingresos al propietario del predio. • La inexistencia de elementos significativos desde el ámbito ambiental, patrimonial y social que sea necesario preservar y que impidan el desarrollo del Proyecto. • Los suelos utilizados para el área de emplazamiento del parque solar corresponden a suelos Clase IV y VI. • El Proyecto presenta compatibilidad territorial, debido a que se emplaza fuera del Límite Urbano establecido para la comuna de Marchigüe. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Conforme a los antecedentes recién expuestos, la ubicación del Proyecto se justifica técnica y ambientalmente debido a que el área de emplazamiento resulta favorable para la implementación de este tipo de tecnología.
Condición de Riesgo Climático de la Zona Se utilizo la herramienta ARClim (Atlas de riesgos climáticos), para identificar los posibles riesgos climáticos en el área del proyecto, donde se consideraron los mapas de riesgos del sector energía eléctrica, en específico la cadena de “Impacto de aumento de temperatura sobre líneas de transmisión” y “Impacto del cambio en radiación solar”, lo cual se muestra en las figuras y tablas a continuación:
Mapa Descripción Interpretación Valores comuna de Marchigüe Riesgo por impacto de aumento de temperatura sobre líneas de transmisión Representa la inclinación de las comunas a variar su costo marginal promedio debido al cambio de los costos marginales de las subestaciones que la conectan que sido afectadas por una variación de capacidad en las líneas de transmisión debido al aumento de temperaturas. La operación del sistema eléctrico. El índice cobra valores mayores en comunas con alta densidad de consumo eléctrico, alta incidencia de días de altas temperaturas y líneas altamente sensibles a los cambios térmicos. La comuna presenta un índice de 0.081, lo que significa que posee un riesgo muy bajo, incluso a no presentar cambios del SEN (Sistema eléctrico nacional), lo que se puede interpretar que la comuna sufrirá un impacto muy bajo en el aumento de los costos marginales y la cantidad de demanda de consumo de energía del SEN. Fuente: Tabla 1-18 de la DIA.
Fuente: Figura 1-11 de la DIA. Riesgos por Impacto de aumento de temperatura sobre líneas de transmisión comuna de Marchigüe.
Mapa Descripción Interpretación Valores comuna de Marchigüe Riesgo por impacto del cambio en radiación solar Representa la inclinación de las comunas a registrar cambios sistemáticos en la red eléctrica (reflejado principalmente por las variaciones de los costos marginales promedio) en consecuencia de la variación de la radiación solar en el sistema. La comuna de Marchigüe presenta un riesgo bajo de -0.12 lo que nos indica que la variación de la radiación solar en el sistema es leve. Fuente: Tabla 1-19 de la DIA. Riesgos por impacto de cambio en radiación solar comuna de Marchigüe.
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Fuente: Figura 1-12 de la DIA. Riesgos por impacto de cambio en radiación solar comuna de Marchigüe.
El Proyecto no posee factores que generen impactos negativos relacionado al cambio climático, debido a que el área de influencia del Proyecto se encuentra en la comuna de Marchigüe cuyos índices de riesgos y amenazas son muy bajos con un valor de 0,081 para el impacto de aumento de temperatura sobre líneas de transmisión y -0,12 de índice de riesgo para impacto del cambio en radiación solar.
Superficie El Proyecto comprende distintas obras y partes, las que se emplazan en un polígono con una superficie de 19,09 hectáreas y una Línea de Media Tensión (en adelante “LMT”) aérea para evacuar la energía generada e inyectarla al SEN a través de la subestación Nueva Trinidad, de 23 m de longitud.
En la siguiente tabla se indica la superficie de las obras temporales y permanentes, las cuales se ubican dentro del área del parque fotovoltaico:
Tipo de Obra Obra Superficie de intervención Vértice Coordenadas vértices UTM Huso 19s Este Norte
Temporal
Baños 14,88 V1 264.313 6.197.895 V2 264.318 6.197.891 V3 264.316 6.197.889 V4 264.311 6.197.893 Duchas 14,88 V1 264.309 6.197.891 V2 264.314 6.197.887 V3 264.313 6.197.885 V4 264.308 6.197.889 Bodega de Materiales e Insumos 1 16,94 V1 264.352 6.197.926 V2 264.357 6.197.923 V3 264.355 6.197.920 V4 264.350 6.197.924 Bodega de Materiales e Insumos 16,95 V1 264.349 6.197.903 V2 264.354 6.197.899 V3 264.352 6.197.897 V4 264.347 6.197.901 Caseta Control Acceso 7,72 V1 264.401 6.197.966 V2 264.399 6.197.964 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
V3 264.397 6.197.967 V4 264.399 6.197.968 Comedor 15,16 V1 264.361 6.197.937 V2 264.363 6.197.936 V3 264.359 6.197.931 V4 264.357 6.197.932 Oficina 15,17 V1 264.357 6.197.932 V2 264.359 6.197.930 V3 264.355 6.197.925 V4 264.353 6.197.927 Patio de Maniobras 150,00 V1 264.373 6.197.920 V2 264.362 6.197.929 V3 264.368 6.197.937 V4 264.380 6.197.927 Vestidores 15,18 V1 264.365 6.197.942 V2 264.367 6.197.941 V3 264.363 6.197.936 V4 264.361 6.197.938 Zona Acopio Materiales 130,00 V1 264.365 6.197.909 V2 264.357 6.197.916 V3 264.365 6.197.926 V4 264.373 6.197.919 Zona de Lavado de Camiones 150,00 V1 264.353 6.197.919 V2 264.365 6.197.909 V3 264.358 6.197.901 V4 264.347 6.197.911
Permanente
BESS 556,23 V1 264.330 6.197.849 V2 264.305 6.197.868 V3 264.316 6.197.882 V4 264.341 6.197.863 Bodega de almacenamiento Residuos No Peligrosos 20,25 V1 264.294 6.197.912 V2 264.291 6.197.909 V3 264.288 6.197.911 V4 264.291 6.197.915 Bodega de Materiales e Insumos 14,24 V1 264.284 6.197.919 V2 264.289 6.197.915 V3 264.287 6.197.913 V4 264.282 6.197.917 Bodega de Residuos Peligrosos 7,35 V1 264.294 6.197.910 V2 264.296 6.197.909 V3 264.294 6.197.907 V4 264.292 6.197.908 Estacionamientos 220,00 V1 264.339 6.197.912 V2 264.347 6.197.906 V3 264.333 6.197.889 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
V4 264.326 6.197.895 Estanque de Agua Potable 14,37 V1 264.305 6.197.901 V2 264.309 6.197.898 V3 264.308 6.197.896 V4 264.303 6.197.899 PTAS 10,00 V1 264.296 6.197.876 V2 264.299 6.197.874 V3 264.298 6.197.872 V4 264.295 6.197.874 Oficina y Sala de Control 15,29 V1 264.297 6.197.907 V2 264.302 6.197.904 V3 264.300 6.197.902 V4 264.296 6.197.905 Transformador 1 15,70 V1 264.329 6.197.830 V2 264.331 6.197.830 V3 264.331 6.197.824 V4 264.329 6.197.824 Transformador 2 15,70 V1 264.469 6.197.912 V2 264.472 6.197.912 V3 264.472 6.197.906 V4 264.469 6.197.906 Transformador 3 15,70 V1 264.639 6.198.007 V2 264.639 6.198.001 V3 264.637 6.198.001 V4 264.637 6.198.007 Total, Obras Temporales 546,89 m2 Total, Obras Permanentes 904,82 m2 Total, Superficie Intervenida 6,04 ha Total, Superficie Predial 19,09 ha Fuente: Tabla 1-3 del Adenda.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla, se presentan las coordenadas geográficas de ubicación de los vértices del trazado de la Línea de Media Tensión (LMT).
Instalación Vértice Coordenadas UTM Huso 19s Este Norte Línea de Evacuación Eléctrica (LMT) V1 264.362 6.197.931 V2 264.343 6.197.945 Fuente: Tabla 1-5 del Adenda.
Por su parte, la siguiente figura muestra la ubicación georreferenciada de las instalaciones del Proyecto:
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Fuente: Figura 1-1 del Adenda.
En el Anexo 1.2 sobre “Planos” se encuentran planos de las instalaciones temporales; en tanto, en el Anexo 1.3 de la DIA sobre “Archivos Digitales”, se encuentra el archivo kmz del layout del Proyecto, donde puede verse la ubicación de estas obras.
Las obras temporales del Proyecto refieren a aquellas áreas e instalaciones que son empleadas durante la fase de construcción. Como su nombre lo indica, corresponden a instalaciones temporales que son retiradas tras la construcción. Éstas se emplazan dentro del polígono del parque solar del Proyecto. Las obras permanentes del Proyecto son todas aquellas obras que permanecen durante la fase de operación del mismo.
En la siguiente tabla se indican las coordenadas de ubicación de las obras temporales y permanentes asociadas a la operación y mantenimiento del parque fotovoltaico:
Tipo de Obra Obra Superficie de intervención Vértice Coordenadas vértices UTM Huso 19s Este Norte
Temporal
Baños 14,88 V1 264.313 6.197.895 V2 264.318 6.197.891 V3 264.316 6.197.889 V4 264.311 6.197.893 Duchas 14,88 V1 264.309 6.197.891 V2 264.314 6.197.887 V3 264.313 6.197.885 V4 264.308 6.197.889 Bodega de Materiales e Insumos 1 16,94 V1 264.352 6.197.926 V2 264.357 6.197.923 V3 264.355 6.197.920 V4 264.350 6.197.924 Bodega de Materiales e Insumos 16,95 V1 264.349 6.197.903 V2 264.354 6.197.899 V3 264.352 6.197.897 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
V4 264.347 6.197.901 Caseta Control Acceso 7,72 V1 264.401 6.197.966 V2 264.399 6.197.964 V3 264.397 6.197.967 V4 264.399 6.197.968 Comedor 15,16 V1 264.361 6.197.937 V2 264.363 6.197.936 V3 264.359 6.197.931 V4 264.357 6.197.932 Oficina 15,17 V1 264.357 6.197.932 V2 264.359 6.197.930 V3 264.355 6.197.925 V4 264.353 6.197.927 Patio de Maniobras 150,00 V1 264.373 6.197.920 V2 264.362 6.197.929 V3 264.368 6.197.937 V4 264.380 6.197.927 Vestidores 15,18 V1 264.365 6.197.942 V2 264.367 6.197.941 V3 264.363 6.197.936 V4 264.361 6.197.938 Zona Acopio Materiales 130,00 V1 264.365 6.197.909 V2 264.357 6.197.916 V3 264.365 6.197.926 V4 264.373 6.197.919 Zona de Lavado de Camiones 150,00 V1 264.353 6.197.919 V2 264.365 6.197.909 V3 264.358 6.197.901 V4 264.347 6.197.911
Permanente
BESS 556,23 V1 264.330 6.197.849 V2 264.305 6.197.868 V3 264.316 6.197.882 V4 264.341 6.197.863 Bodega de almacenamiento Residuos No Peligrosos 20,25 V1 264.294 6.197.912 V2 264.291 6.197.909 V3 264.288 6.197.911 V4 264.291 6.197.915 Bodega de Materiales e Insumos 14,24 V1 264.284 6.197.919 V2 264.289 6.197.915 V3 264.287 6.197.913 V4 264.282 6.197.917 Bodega de Residuos Peligrosos 7,35 V1 264.294 6.197.910 V2 264.296 6.197.909 V3 264.294 6.197.907 V4 264.292 6.197.908 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Estacionamientos 220,00 V1 264.339 6.197.912 V2 264.347 6.197.906 V3 264.333 6.197.889 V4 264.326 6.197.895 Estanque de Agua Potable 14,37 V1 264.305 6.197.901 V2 264.309 6.197.898 V3 264.308 6.197.896 V4 264.303 6.197.899 PTAS 10,00 V1 264.296 6.197.876 V2 264.299 6.197.874 V3 264.298 6.197.872 V4 264.295 6.197.874 Oficina y Sala de Control 15,29 V1 264.297 6.197.907 V2 264.302 6.197.904 V3 264.300 6.197.902 V4 264.296 6.197.905 Transformador 1 15,70 V1 264.329 6.197.830 V2 264.331 6.197.830 V3 264.331 6.197.824 V4 264.329 6.197.824 Transformador 2 15,70 V1 264.469 6.197.912 V2 264.472 6.197.912 V3 264.472 6.197.906 V4 264.469 6.197.906 Transformador 3 15,70 V1 264.639 6.198.007 V2 264.639 6.198.001 V3 264.637 6.198.001 V4 264.637 6.198.007 Total, Obras Temporales 546,89 m2 Total, Obras Permanentes 904,82 m2 Total, Superficie Intervenida 6,04 ha Total, Superficie Predial 19,09 ha Fuente: Tabla 1-4 del Adenda.
A continuación, la siguiente figura muestra la ubicación georreferenciada de los predios donde se emplaza el Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-2 del Adenda.
En Anexo 1.2 de la DIA sobre “Planos” se encuentran planos de las instalaciones permanentes; en tanto, en el Anexo 1.3 de la DIA sobre “Archivos Digitales” se encuentra el archivo kmz del layout del Proyecto, donde puede verse la ubicación de estas obras. Caminos de acceso El acceso al Proyecto se realiza desde la ruta H-76 ya sea dirección Sur o Norte. En el caso de venir desde el este se ingresa desde la Ruta H-20 para luego Tomar la Ruta H-76. Cabe destacar que el acceso al Proyecto se realiza directamente desde la ruta hasta el camino de acceso dentro del predio. A continuación, se muestran las coordenadas del punto de acceso:
Obras Coordenadas UTM Huso 19 S Este Norte Acceso 264.357 6.198.042 264.391 6.197.972 264.397 6.197.977 264.363 6.198.047 264.321 6.198.080 Fuente: Tabla 1-17 de la DIA.
A continuación, la siguiente figura muestra las rutas de acceso al Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-9 del Adenda.
El Proyecto se encuentra emplazado en el Lote D-1B, identificado con el Rol 136-638. Para garantizar el acceso, contamos con una servidumbre eléctrica y de tránsito, la cual está constituida dentro del Lote D-1C (Rol 136-639). Esta servidumbre pertenece a la misma propietaria del terreno del proyecto y también se extiende hacia predios vecinos, asegurando una conexión territorial y jurídica continua. El camino de acceso al proyecto se conecta directamente con la Ruta H-76, que es un bien nacional de uso público, garantizando así un acceso seguro y regulado. Las coordenadas del punto de acceso son las siguientes: •Este: 264.316 •Norte: 6.198.075
Finalmente, se adjunta en el Anexo 15 del Adenda, información complementaria denominada “Apéndice 1. Obs 1.5 Roles Predio”, donde se adjuntan los planos del predio, con los roles actualizados, bajo el nombre de “Plano Predio Proyecto PF Emu” y el documento del SII bajo el nombre de “Asignación de Roles” el cual respalda la información aquí presentada.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexos 1, 7 y 8 de la DIA, complementados en Anexos 1, 8 y 9 del Adenda, y Anexo 1 del Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Habilitación de instalaciones de faenas Previo a la habilitación de cada uno de los componentes de la Instalación de Faenas, se prevén trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Posterior al acondicionamiento del terreno, se procede al montaje de las estructuras modulares tipo contenedor que conforman la instalación de faenas. Preparación de terreno y movimientos de tierra Previo a los movimientos de tierras, se realiza una demarcación de la superficie donde se instalan los módulos. Luego se marcan los puntos en donde se ubican las estructuras de soporte que sostienen a los módulos o paneles. Posteriormente, se realizan los trabajos de movimientos de tierras para la adecuación de caminos, zanjas por las que discurre el cableado de la planta y nivelación de algunos sectores. Se procede a la limpieza del terreno en las zonas que sea necesario, actividad que consiste en un despeje superficial, referido al despedregado de piedras de gran magnitud. La eliminación de la pedregosidad superficial se realiza mediante métodos mecánicos y manuales, las piedras recogidas son acopiadas y cargadas a un camión mediante retroexcavadora. Al respecto, se aclara que el material excavado no se acumula en sitios, sino que se dispone en su gran mayoría en los bordes de la superficie donde se va a excavar, para luego ser utilizado como material de relleno en el mismo sitio, tal como se muestra en la fotografía 1-1 de la DIA. Conforme lo expuesto, la tierra excavada se utiliza en el relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas) y en la nivelación del mismo terreno, no generando excedentes que deban ser acopiados y trasladados a otros sectores fuera del parque. Es preciso indicar que durante la ejecución de las labores de excavación o cualquier otra asociada a la construcción, no se contempla el uso de explosivos. La habilitación de los paneles, por su parte, se realiza mediante hincado directo de los perfiles de las estructuras de soporte. Cabe indicar que no se realiza escarpe para habilitar los paneles. Se presenta fotografía 1-2 de la DIA, referencial de hincado directo de perfiles. El volumen de escarpe y excavaciones asociado a cada obra o actividad del Proyecto, así como otras actividades de acondicionamiento de terreno como compactación y nivelación, se muestran en las tablas a continuación:
Fuente: Tabla 1-25 de la DIA.
Instalación de faenas El Proyecto considera la implementación de un sector destinado a las obras de apoyo a la construcción o instalación de faenas. La instalación de faenas esta encargada de albergar las instalaciones temporales de apoyo necesarias para la construcción de las obras permanentes del Proyecto, específicamente las relacionadas con la generación/almacenamiento eléctrico y obras auxiliares como cercos perimetrales y caminos internos. Cabe señalar que las instalaciones asociadas al manejo mediante almacenamiento temporal de residuos corresponden a obras permanentes habilitadas y empleadas durante la fase de construcción y permanecen durante las fases de operación y cierre; del mismo modo, el tratamiento de las aguas servidas domiciliarias mediante sistema particular de alcantarillado y su disposición final mediante drenes de infiltración, corresponden a obras permanentes que son habilitadas y empleadas durante la fase de construcción y permanecen durante las fases de operación y cierre.
A continuación, se presentan las partes asociadas a las obras temporales:
a) Baños Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El área de la instalación de faenas cuenta con servicios higiénicos los cuales consisten en contenedores sanitarios con servicios higiénicos. Para el caso de los frentes de trabajo las instalaciones sanitarias consisten en baños químicos y no permanecen en un mismo lugar por más de 6 meses ya que estos corresponden a frentes de trabajo móviles. Los baños químicos son manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales según las disposiciones del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. La superficie de esta obra es de 14,88 m².
En la siguiente imagen se muestra los servicios higiénicos (baños) de la instalación de faenas:
Fuente: Figura 1-13 de la DIA.
b) Duchas El área de la instalación de faenas cuenta con servicios higiénicos: Duchas. Los mismos son estructuras prefabricadas, de tipo container o similar, y están equipados respetando las indicaciones del Decreto Supremo N°594/2000, del Ministerio de Salud. La superficie de esta obra es de 14,88 m². En la siguiente imagen se muestra los servicios higiénicos (duchas) de la instalación de faenas:
Fuente: Figura 1-14 de la DIA.
c) Bodega de Materiales e Insumos 1 y 2 El Proyecto contempla la instalación de dos (2) bodegas de materiales e insumos prefabricada tipo contenedor de 16,94 m², que cuenta con fundaciones también prefabricadas aisladas. Dicha bodega es utilizada para almacenar insumos y equipos para la construcción. Dentro de esta se almacenan pequeñas cantidades de sustancias peligrosas, de acuerdo con lo establecido en el Párrafo I, artículo 19 del Decreto Supremo N°43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. En la siguiente imagen se muestra la ubicación de la bodega de materiales e insumos de la instalación de faenas:
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Fuente: Figura 1-15 de la DIA.
d) Caseta Control Acceso Se consideran casetas control de acceso. La caseta tiene una superficie de 7,72 m2. Esta se utiliza por personal de seguridad para el control y registro de ingresos y egresos de personal de obras, proveedores, contratistas u otros que ingresen a la faena. Esta corresponde a un módulo prefabricado tipo contenedor, el que tiene fundaciones prefabricadas. En la siguiente imagen se muestra la ubicación de la caseta de control de acceso de la instalación de faenas:
Fuente: Figura 1-17 de la DIA.
e) Comedor Al interior de la Instalación de Faenas existen dos áreas destinadas a la alimentación de los trabajadores. Dichas instalaciones están dotadas de agua potable, sistemas de refrigeración, bodega y sanitario. Es importante mencionar que esta instalación no considera la preparación de alimentos, ya que éstos son provistos a través de un servicio externo que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. La instalación proyectada cumple con todos los requisitos establecidos en el Artículo 28 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. El comedor contempla una superficie de 15,16 m2. En la siguiente imagen se muestra la ubicación del comedor de la instalación de faenas:
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Fuente: Figura 1-18 de la DIA.
f) Oficina En la instalación de faena se dispone un contenedor modular prefabricados con fundaciones prefabricadas aisladas, habilitados como oficinas y servicio de apoyo durante la construcción del Proyecto, tanto para contratistas como para el personal exclusivo de la planta. Se considera una superficie de oficina de 15,17 m2. En la siguiente imagen se muestra la ubicación de la oficina en la instalación de faenas:
Fuente: Figura 1-19 de la DIA.
g) Patio de Maniobras El Patio de maniobras tiene una superficie de 150 m2 el que permite realizar las maniobras de carga y descarga de materiales e insumos.
h) Vestidores El área de instalación de faenas contara con vestidores. Los mismos son estructuras prefabricadas, de tipo container o similar, y están equipados respetando las indicaciones del Decreto Supremo N°594/2000, del Ministerio de Salud. La superficie de esta obra es de 15,18 m².
La siguiente figura muestra la ubicación de los vestidores en la instalación de faenas del Proyecto:
Fuente: Figura 1-20 de la DIA.
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i) Zona Acopio Materiales Se cuenta con dos sectores contiguos habilitados como acopio temporal de materiales, estructuras y paneles para la construcción del Proyecto. La superficie ocupada por estas áreas corresponde a una superficie de 130 m2. La siguiente figura muestra una distribución en planta de las zonas asociadas a la zona de acopio de materiales, manejo de insumos y residuos que se encuentran en la instalación de faenas.
Fuente: Figura 1-21 de la DIA.
j) Zona de Lavado de Camiones En la instalación de faenas también se instala un área de lavado de camiones que tiene una superficie de 150 m2. Cabe mencionar que el lavado de camiones se realiza de manera manual.
Cerco Perimetral Se considera un cierre perimetral en todo el perímetro del Proyecto con el fin de proteger las instalaciones y a las personas, donde se considera un perímetro de 204.354 metros de una malla metálica de acero galvanizado o similar con una altura aproximada de 2 metros con pilares de acero con tapa cubre agua cada 3 metros aproximados. Cabe mencionar que el cierre perimetral presenta una superficie de 190.917,57 m2 equivalente a 19,09 hectáreas. En la siguiente figura se muestra el cerco perimetral del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-22 de la DIA.
Cabe señalar que, considerando la existencia de quebradas intermitentes en el área de emplazamiento del parque fotovoltaico, se considera el levantamiento del cerco perimetral en estas zonas, lo cual permite además el paso de fauna, en particular de meso mamíferos. A continuación, se presenta una imagen referencial de lo proyectado en el sector donde el cerco perimetral se superpone con cauces esporádicos. En la siguiente figura se puede visualizar el tipo de cerco perimetral en cruce con quebradas intermitentes:
Fuente: Figura 1-23 de la DIA.
Construcción de caminos nuevos o habilitación de caminos existentes A continuación, se expone una descripción actualizada y detallada de las obras de atravieso proyectadas en el área de emplazamiento del Proyecto, derivadas tanto de la habilitación de caminos internos como de la ejecución del tendido eléctrico.
El Proyecto considera cuatro obras de atravieso (ver figura siguiente), identificadas como OA 01, OA 02, OA 03 y OA 04, las cuales cruzan los cauces C_01 y C_02, según se detalla en los antecedentes técnicos incluidos en la Memoria, Análisis Hidrológico y Memoria de Hidráulica del Permiso Ambiental Sectorial PAS 156. Estas obras han sido diseñadas para asegurar la continuidad del escurrimiento superficial, evitando alteraciones en la morfología o dinámica natural de los cauces. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 8 del Adenda Complementaria. Ubicación de cauces y obras PAS 156.
Las obras se materializan mediante la instalación de alcantarillas de cajón prefabricadas de hormigón armado, en conformidad con lo establecido en el Manual de Carreteras (MOP, 2020). Estas estructuras incluyen muros de cabecera y alas en sus extremos, y fueron dimensionadas considerando los caudales máximos estimados a partir del análisis hidrológico del área, asegurando así su estabilidad hidráulica. De las cuatro obras, dos de ellas permiten el cruce de caminos internos del Proyecto, mientras que las otras dos atraviesan únicamente el cerco perimetral. Ninguna de estas intervenciones modifica directamente el curso natural de los cauces. En cuanto a la infraestructura eléctrica, tanto la red de distribución de baja tensión como la línea de media tensión (13,2 kV) se diseñaron considerando la presencia de estos cauces. En sectores donde el trazado eléctrico interactúe con cauces, se utilizan soluciones sobreelevadas, utilizando postes ubicados fuera del borde superior del cauce, fuera del área de inundación, garantizando la no intervención directa del lecho y el cumplimiento de las distancias de seguridad eléctrica y los criterios hidráulicos establecidos en la normativa vigente.
Para prevenir impactos sobre la calidad del agua y la funcionalidad hidráulica, se implementan las siguientes medidas de control ambiental: •Instalación de barreras de retención de sedimentos aguas arriba y abajo de los sectores intervenidos. •Monitoreo de calidad de agua, con puntos de control en los cauces C_01 y C_02. •Mantenimiento periódico de las obras de drenaje, evitando obstrucciones o alteraciones en su capacidad hidráulica.
Toda esta información se encuentra desarrollada en los contenidos técnicos presentados en el Anexo 11. Actualización del PAS 156 de la Adenda Complementaria, presentado conforme al artículo 156 del Reglamento del SEIA, y da cumplimiento a los requerimientos específicos señalados por la Dirección Regional de Aguas de la Región de O’Higgins.
Caminos Internos Para el desplazamiento al interior del parque fotovoltaico se proyectan caminos internos, que tienen por objetivo conectar los distintos componentes del parque destinados a las actividades de mantención. Estos caminos tienen un área aproximada de 8.245,50 m2, cuya distancia es de 2.750,61 metros con un ancho promedio es de 6 metros. A continuación, se presenta figura de los caminos internos del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-24 de la DIA. Durante las fases de construcción y cierre se contempla aplicar supresor de polvo en los caminos internos del parque fotovoltaico. La aplicación se realiza en función del avance de las áreas de trabajo. Se considera una mantención mensual del supresor de polvo. Durante la fase de operación, se contempla aplicar supresor de polvo en el camino interno del parque solar de mayor flujo para acceder a la zona de operación y mantenimiento, considerando una mantención mensual del supresor de polvo. A continuación, se indica el programa de aplicación del supresor de polvo:
Medida de control Aplicación de supresor de polvo Componente Calidad del Aire. Objetivo Minimizar las emisiones de material particulado respirable generados por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Lugar de implementación Fase de construcción y cierre: Caminos internos del parque fotovoltaico. Frecuencia Fase de Construcción y Cierre: Primera aplicación: Una única vez previo al inicio de la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto. La aplicación se realiza en función del avance de las áreas de trabajo. Se considera una mantención mensual del supresor de polvo. Mantención: Aplicación de supresor de polvo una (1) vez por mes mientras duren las faenas constructivas y de cierre. Tiempo ejecución de la medida Fase de Construcción (10 meses) y Fase de Cierre (6 meses). Mantención mensual. Provisión de material a utilizar La aplicación del Supresor de Polvo no requiere de “agua industrial” ya que su abastecimiento se realiza por un proveedor listo para para su aplicación. Además, la aplicación del supresor no requiere que el camino sea humectado previo a la aplicación del supresor. Tipo de vehículos a utilizar Camión aljibe Medio de verificación El Proponente se compromete a utilizar el agua industrial mediante proveedores autorizados conforme a lo siguiente: a. Indicador que acredita cumplimiento: ▪ Registro de aplicación de supresor de polvo con fecha y hora de aplicación, metros lineales o superficies aproximadas de aplicación. ▪ Registro fotográfico de la implementación de la medida. b. Forma de control y seguimiento: ▪ Ante eventuales fiscalizaciones, se mantienen copias de los registros de aplicación y monitoreos realizados en las oficinas de la instalación de faena. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 1-20 de la DIA. Por otra parte, cabe indicar que los caminos a habilitar al interior del parque solar realizan atraviesos de cauces naturales correspondientes a quebradas intermitentes asociadas a la red hídrica IGM, por tanto, las obras de atraviese requieren del PAS 156 el cual se presenta en el Anexo 8.6 PAS 156 de la DIA, complementado en Anexo 11 del Adenda Complementaria. La siguiente figura muestra los puntos de cruce de caminos con cauces esporádicos:
Fuente: Figura 1-25 de la DIA.
Respecto de las coordenadas de ubicación de los atraviesos de camino con cauces esporádicos, estos se muestran en la siguiente tabla:
Tipo Puntos Obra Asociada Coordenadas DATUM WGS 84 UTM 19 S Este Norte Punto de Cruce de Camino con Cauce Esporádico C1 Camino Interno Parque Fotovoltaico 264.410 6.197.981 C2 Camino Interno Parque Fotovoltaico 264.532 6.198.074 C3 Camino Interno Parque Fotovoltaico 264.867 6.197.820 C4 Camino Interno Parque Fotovoltaico 264.486 6.197.699 C5 Camino Interno Parque Fotovoltaico 264.597 6.198.025 Fuente: Tabla 1-21 de la DIA.
En las siguientes figuras se pueden visualizar las obras Tipo Badén, y la vista en corte y planta: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-26 de la DIA.
Obras civiles Las obras civiles corresponden a la instalación del cerco, habilitación del caminos internos y fundaciones de hormigón.
a) Instalación cerco perimetral El cierre perimetral de la planta alcanza una superficie de 19,09 hectáreas y se construye en acero galvanizado de malla Acmafor o similar con una altura de 1,8 metros con fundaciones de hormigón cada 3,0 metros y pilares de acero con tapa cubre agua.
b) Habilitación caminos internos Se habilitan caminos internos. Se utilizan principalmente para el movimiento de componentes en la construcción y para efectos de mantenciones esporádicas durante la fase de operación. Los caminos internos tienen un ancho de 6 metros, una distancia de 2.638,63 m y un área de 7.784,14 m2, para ellos se utiliza base estabilizadora y grava y van desde el camino de acceso (camino existente).
c) Fundaciones Para las fundaciones se utiliza hormigón (H25), preparado y abastecido mediante proveedores autorizados para estos efectos, privilegiando los proveedores regionales. Dicho material se utiliza en las siguientes instalaciones permanentes: • Fundación de centros de transformadores • Fundación de oficina y sala de control. • Fundación de bodega de materiales e insumos. • Fundación de bodega residuos no peligrosos. • Fundación de bodega de residuos peligrosos. • Fundación servicios higiénicos. • Fundación sector de almacenamiento BESS.
Para la construcción de fundaciones se utilizan encofrados metálicos o de madera, barras de acero de refuerzo de calidad apropiada y con la dosificación adecuada de hormigón para obtener la resistencia que se especifica en la ingeniería de detalles. La armadura de refuerzo es la que especifique la ingeniería de detalles, la que puede ser cortada y doblada en sitio o desde fábrica. Los pernos de anclaje y los insertos para las estructuras soportes de equipos, son de acero de la calidad adecuada e indicada en la ingeniería de detalles. El hormigón es del tipo premezclado suministrado desde planta por medio de camiones mixer desde una empresa proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin. Se utilizan canoas y mangas de lona para evitar la segregación del hormigón al movimiento del vaciado. Para el vibrado se utilizan vibradores eléctricos o con motor a combustión interna o neumático.
d) Alcantarillas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Se construyen alcantarillas de cajón de hormigón armado para permitir el libre escurrimiento de aguas en los cauces naturales del área del proyecto. Se consideran: • OA 01: Alcantarilla bajo camino interno, con una sección de 2.0 x 1.5 m y una longitud de 15.1 m. • OA 03: Alcantarilla bajo cerco perimetral, con una sección de 2.0 x 1.5 m y una longitud de 7.0 m. Estas estructuras permiten mantener el flujo natural del agua sin afectar la estabilidad de los caminos y el cerco perimetral.
Montaje instalaciones permanentes Luego de realizadas las fundaciones y los movimientos de tierra correspondientes para las obras permanentes, se procede con el montaje de estas. Dentro de esta etapa también se instalan los inversores eléctricos, los que están repartidos en centros de inversión-transformación dentro del parque fotovoltaico. Su función es convertir la corriente continua generada por los paneles solares en corriente alterna para su posterior transmisión y distribución. Estos inversores son conectados a la red interna de la planta fotovoltaica y sometidos a pruebas de funcionamiento antes de la puesta en marcha. Paneles Fotovoltaicos Para el diseño del sistema se ha seleccionado un módulo bifacial con potencia de 580 w, de dimensiones y características eléctricas y mecánicas standard de mercado. Esto permite la elección de una amplia gama de estructuras y el diseño de las cadenas con diferentes marcas y modelos de inversores. Se utilizan 18.630 paneles con una superficie total de 49.166,73 m2, en las figuras 1-27 y 1-28 de la DIA, se presentan sus especificaciones y diagramas mecánico de los paneles fotovoltaicos. Es importante mencionar que los módulos fotovoltaicos están diseñados para absorber la mayor parte del espectro solar, con el fin de convertir la energía radiante en electricidad. Los niveles de reflectividad de los paneles solares son inferiores a los del vidrio estándar o el acero galvanizado, por lo que su reflexión es ínfima y no representa ningún riesgo para las personas y su salud. Se ha demostrado que no existe riesgo de deslumbramiento a aquellas aeronaves que sobrevuelen en las inmediaciones de la planta fotovoltaica, ya que la reflectividad de los módulos fotovoltaicos está por debajo de otros elementos como áreas residenciales o superficies reflectantes comúnmente usadas como tejados metálicos, depósitos de agua, entre otros. Hincado de pilotes y montaje estructuras y paneles a) Hincado de Pilotes Habilitado el terreno, se procede al hincado de los perfiles de las estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos. La profundidad de hincado, así como el perfil a utilizar, depende de las características del suelo y de la carga a soportar; sin embargo, se calcula una profundidad entre 1 a 3 m. Los perfiles que se utilizan son metálicos, del tipo galvanizado en caliente. En el caso que las características mecánicas del suelo no sean idóneas, la instalación de las estructuras de soporte se complementa con hormigón, adquirido mediante terceros autorizados (camión mixer).
b) Ensamble de seguidores e instalación de módulos Montada la estructura de soporte, básicamente perfilados de aluminio anclados a los postes hincados en el suelo para crear una plataforma horizontal, se procede a la instalación de los paneles fotovoltaicos, estos se trasladan hasta el sector de instalación en un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hidráulica y son instalados manualmente. Estructuras de Soporte Los paneles solares se instalan sobre estructuras de soporte metálico de acero galvanizado, los que están fijados al terreno con seguimiento solar con eje norte-sur cada una, y dispuestas en filas paralelas, adyacentes entre sí, en dirección este-oeste. Estaán dispuestos en forma lineal uno al lado del otro, formando una fila compuesta de varias cadenas. Dicha estructura tiene la función principal de servir de soporte y fijación segura de los módulos fotovoltaicos, así como proporcionarles una inclinación y orientación adecuada, con el fin de obtener un máximo aprovechamiento de la energía solar incidente. Cabe destacar, que las estructuras de seguimiento solar estacional en un eje, también conocidas como “Tracker”, generan un aumento en la producción energética de la Planta, dado que la radiación solar incidente en la placa se acerca al óptimo, pues el seguidor Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
busca constantemente la perpendicularidad de los rayos solares, a diferencia de una estructura fija que está diseñada para maximizar la radiación generada al medio día. El soporte metálico de los módulos fotovoltaicos se fija directamente a la tierra (hincado) por un poste o un tornillo metálico, estimándose una profundidad aproximada de 1 a 3 metros. En la siguiente figura, a modo de ejemplo, se muestra un esquema de una sección del seguidor y su hincado en el terreno:
Fuente: Figura 1-29 de la DIA.
Habilitación de caminos internos y zanjas para conductores de energía eléctrica Los cauces son naturales y fueron identificados en cartografía IGM 1:50.000, donde son representados como quebrada intermitente y no poseen nombre. Los resultados de inundación de cada cauce se encuentran georreferenciados para facilitar su ubicación. Para más detalles, revisar el Anexo 2. Actualización Estudio de inundación Memoria, Sección 3.2. Las obras son cuatro alcantarillas de cajón de hormigón y se ubican en los cauces indicados en la respuesta en la figura a continuación:
Fuente: Figura 5 del Adenda Complementaria. Identificación cauces IGM.
Dos de las obras corresponden a un atravieso bajo camino interior más cerco perimetral, mientras que las otras dos corresponden a un atravieso solo bajo cerco perimetral. Cada cauce posee un atravieso bajo camino más cerco y un atravieso solo bajo cerco. Para más detalles, revisar el Anexo 11. Actualización PAS 156 Memoria, de la Adenda Complementaria Capítulo 3. Además, una tabla resumen de las características de las obras se encuentra en el PAS 156, Memoria, Sección 3.5. Se copia tabla resumen:
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Fuente: Tabla 3 de la Adenda Complementaria. Características y dimensiones básicas de las obras.
Además, antes de la tabla resumen, se incluyen las dimensiones en el Anexo 11. Actualización PAS 156, Memoria de la Adenda Complementaria, Sección 3.1. Se copia tabla de dimensiones:
Fuente: Tabla 5 de la Adenda Complementaria. Características y dimensiones básicas de cajones de hormigón. Donde A: altura sección, B: base sección, e: espesor, L: largo alcantarilla.
Las obras de atravieso fueron diseñadas para conducir, por lo menos, sus caudales de diseño y verificación, permitiendo el libre escurrimiento de las aguas y sin que la entrada de las obras acumule carga hidráulica. Para más detalles sobre los caudales de cada obra, revisar el Anexo 11. Actualización PAS 156 de Adenda Complementaria, Apéndice 1. Análisis hidrológico. La tabla resumen de caudales es la siguiente:
Fuente: Tabla 6 de la Adenda Complementaria. Características de los cauces intervenidos y caudales máximos en la ubicación de las obras.
A pesar de que, de acuerdo con documentos como el Manual de Carreteras, las alcantarillas se pueden diseñar con condiciones de carga hidráulica a la entrada, en este caso se optó por evitar la carga en la entrada. Al respecto, se estableció una altura libre en la alcantarilla, que cumple con una relación altura-diámetro de y/D ≤ 0.85. Para más detalles se revisar los modelos hidráulicos de las obras para condición Con Proyecto. Por otro lado, respecto a la seguridad de las obras, en el Anexo 11. Actualización PAS 156 Memoria, se establecen medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, tal como lo solicita la normativa vigente. Entre ellas, se destaca la inspección de las obras para evaluar su correcto funcionamiento y la ejecución de eventuales labores de limpieza. Estas inspecciones se realizan al menos una vez al año y, de forma adicional, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
después de un evento extremo de precipitación o crecida. Para más detalles sobre estas y otras medidas, revisar el Anexo 11. Actualización PAS 156, Memoria, Capítulo 5.
Se incluye en el Anexo 11. Actualización PAS 156 de la Adenda Complementaria toda la información solicitada. Los archivos se encuentran en la carpeta Apéndice 5. “Laminas y archivos GIS”.
Finalmente, se aclara que, el Proyecto no contempla la ejecución de obras de regularización ni defensa del cauce, sino que se limita exclusivamente a la construcción de alcantarillas de cajón de hormigón armado, diseñadas para permitir el libre escurrimiento de las aguas sin generar alteraciones significativas en la hidrodinámica del sistema. En este sentido, es relevante señalar que no se realizan modificaciones en el trazado, sección ni pendiente natural del cauce, ni se contemplan intervenciones tales como encauzamientos, protección de márgenes o dragados. Adicionalmente, los resultados obtenidos a partir del modelo hidráulico confirman que el comportamiento hidrológico del sistema se mantiene sin impactos relevantes en caudales, niveles o velocidades, asegurando así la estabilidad de las condiciones preexistentes (Anexo 11. Actualización PAS 156 de la Adenda). Asimismo, se destaca que las alcantarillas han sido dimensionadas en función de los caudales de diseño y verificación, respetando la morfología y dinámica natural del flujo, garantizando de esta manera la continuidad del escurrimiento sin afectaciones a la funcionalidad del cauce. Considerando lo anterior y en concordancia con los criterios establecidos en la Guía PAS 157 (SEA, 2022), se confirma que este permiso no resulta aplicable al proyecto, toda vez que la intervención propuesta no implica modificaciones en el régimen de escurrimiento del cauce, ni la ejecución de obras de defensa de márgenes o control de erosión. Asimismo, no se generan alteraciones en la capacidad hidráulica del cauce ni desviaciones en su curso natural, dado que las estructuras proyectadas corresponden estrictamente a obras de atravieso, las cuales se encuentran reguladas bajo el PAS 156. De esta forma, y considerando lo establecido en el artículo 156 del Reglamento del SEIA, se incluye en el capítulo de legislación ambiental aplicable los contenidos técnicos y formales requeridos para acreditar el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) correspondiente. Dichos contenidos se desarrollan conforme a lo indicado en la Guía para la Evaluación del PAS 156 – Obras que contemplen modificación de cauces (Servicio de Evaluación Ambiental, 2014a), lo que se presenta en la sección correspondiente del capítulo de legislación ambiental, Actualización Plan de Cumplimiento Legislación Ambiental Aplicable.
Habilitación de cableado soterrado La red de media tensión canalizada subterráneamente interconecta los centros de transformación con la línea aérea de conectar con la subestación Nueva Trinidad, permitiendo evacuar la energía total generada por la planta a través de esta, tras su elevación a 13,2 kV en los transformadores. Las zanjas para líneas de media tensión son de 1,0 m de profundidad por un ancho de 1,0 m aproximadamente y son rellenadas con capas de arena. La primera capa es de arena y sobre ella van apoyados los tubos corrugados, los que también son recubiertos con arena, seguido de hormigón y posteriormente material de relleno, su extensión es de 12,83 m. Habilitación línea de media tensión (LMT) Para evacuar la energía generada por el Proyecto se habilita una línea de transmisión eléctrica de media tensión (LMT) de 13,2 kilovoltios (kV) la cual se conecta a la subestación Nueva Trinidad, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. La longitud de la línea de media tensión aérea hasta el punto de conexión donde se inyecta la energía al SEN es de 109,775 m. Referente al montaje de la línea de media tensión (LMT) de 13,2 kV, incluyendo las subactividades necesarias, las dimensiones de las excavaciones, la metodología empleada, implementos, los parámetros eléctricos asociados a las pruebas previas a la energización, y el cronograma de ejecución. La LMT del proyecto está compuesta por un tramo aéreo y un tramo soterrado, utilizando un poste de hormigón armado de entre 9 y 12 metros de altura, diseñado para soportar los conductores eléctricos de media tensión y garantizar el cumplimiento de las distancias de seguridad establecidas en la normativa vigente. Su altura ha sido definida conforme a los estándares de seguridad eléctrica, asegurando la separación reglamentaria con el suelo y otras estructuras, en cumplimiento con la normativa aplicable para líneas de media tensión. El sistema de transmisión utiliza conductores de aluminio con aislamiento XLPE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
(polietileno reticulado), diseñados conforme a la norma IEC 60502-2, reconocida en Chile por el Pliego Técnico Normativo RPTD N°04 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Para la instalación del sistema, se han definido excavaciones específicas que incluyen la fundación del poste con una profundidad de 1,2 metros y un diámetro de 0,6 metros, y zanjas de 1 metro de ancho por 1 metro de profundidad para el tramo soterrado, asegurando la estabilidad y protección del cableado mediante la aplicación de capas de arena, tubos corrugados y hormigón protector. La metodología de instalación de la LMT se desarrolla en tres fases principales. En la primera fase, correspondiente a la habilitación del sitio, se realiza la delimitación del trazado, el despeje del área de trabajo y la ejecución de las excavaciones controladas para la instalación del poste y el tendido soterrado. Posteriormente, en la segunda fase, se ejecuta el montaje de la LMT, lo que involucra la instalación y alineación del poste, la fijación de aisladores poliméricos y herrajes para el tendido aéreo de los conductores, así como la colocación de tubos corrugados y cableado en las zanjas del tramo soterrado. Finalmente, en la tercera fase, se realizan las pruebas eléctricas y la puesta en servicio, lo que incluye la inspección del sistema de conexión a tierra, la ejecución de pruebas de integridad eléctrica y aislamiento, y la verificación del cumplimiento de los protocolos de seguridad antes de la energización de la línea. Previo a la puesta en servicio de la LMT, se llevan a cabo una serie de pruebas técnicas para asegurar el correcto funcionamiento del sistema. Entre ellas se encuentran la prueba de rigidez dieléctrica, que evalúa la resistencia del aislamiento de los conductores mediante la aplicación de una tensión superior a la nominal, conforme a la IEC 60502-2 reconocida en Chile a través del Pliego Técnico Normativo RPTD N°04 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); la medición de resistencia de puesta a tierra, que verifica la continuidad del sistema de tierras según los requisitos establecidos en la NSEG 5 y NCh 4/2003; y la prueba de relación de transformación, en caso de que se incluya un transformador en la instalación, siguiendo lo estipulado en la IEC 60076-1 referenciada en el Pliego Técnico Normativo RPTD N°13 de la SEC. El proceso de construcción de la LMT se ejecuta en un período de tres meses, distribuyéndose las actividades de la siguiente manera: el primer mes está destinado a la habilitación del sitio y excavaciones, el segundo mes incluye la instalación del poste y el tendido de conductores, y el tercer mes se enfoca en el conexionado, las pruebas eléctricas y la energización del sistema. Estas actividades se desarrollan dentro de la planificación general del proyecto, por lo que su ejecución es trazable con el cronograma de la fase de construcción.
A continuación, se presenta el desglose detallado de las actividades específicas de la LMT, seguido del cronograma general de construcción, en el cual la instalación de la LMT se encuentra integrada dentro de las etapas correspondientes. Este cronograma da cumplimiento a lo requerido permitiendo la trazabilidad de las subactividades vinculadas al montaje de la línea de evacuación de media tensión:
Fuente: Tabla 11 del Adenda Complementaria. Cronograma específico de la LMT.
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Fuente: Tabla 12 del Adenda Complementaria. Cronograma fase de construcción.
Línea de Media Tensión (LMT) La energía generada por la planta fotovoltaica se evacua desde el Proyecto a través de una línea de transmisión eléctrica de media tensión (LMT) de 13,2 Kilovoltios (kV), que se conecta a la Subestación Nueva Trinidad, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. En cuanto a las especificaciones técnicas de la línea, se aclara que los conductores son unipolares debidamente protegidos contra la corrosión y tienen una resistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos a que puedan estar sometidos. La longitud total la línea de media tensión hasta el punto de conexión donde se inyecta la energía al SEN es de 23 metros de longitud. Este tramo corresponde completamente a una línea aérea elevada, la cual se conecta a la subestación Nueva Trinidad. En la zona de quebradas, donde el soterramiento no es viable debido a la geografía del terreno, se proyecta una línea aérea de media tensión con dos pasadas de aproximadamente 30 y 60 metros de longitud. La infraestructura cuenta con cuatro postes de hormigón armado de entre 9 y 12 metros de altura, diseñados para garantizar estabilidad y seguridad. Se emplean conductores de aluminio con alma de acero (ACSR), adecuados para media tensión, junto con aisladores poliméricos, mejorando el desempeño en condiciones ambientales adversas. A mayor abundamiento, en Adenda Complementaria, se amplía la información sobre la Línea de Media Tensión (LMT) de 13,2 kV, considerando tanto el trazado soterrado como el aéreo. Adicionalmente, se aclara que, además del tramo de 23,45 m mencionado anteriormente, el cual corresponde a 23 m de línea aérea, existen otros sectores del trazado de la LMT donde, debido a las condiciones del terreno (zona de quebradas), se han proyectado estructuras adicionales para el tendido aéreo. En la siguiente figura se muestra la línea de media tensión aérea y soterrada del Proyecto:
Fuente: Figura 7 de la Adenda Complementaria.
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Para el trazado soterrado, en el cuadro a continuación, se presenta información con la ubicación georreferenciada del inicio y fin de la línea. Las coordenadas UTM Huso 19 Sur de los vértices de la línea de media tensión (LMT) son:
Coordenada Este Coordenada Norte 264.335 6.197.856 264.338 6.197.854 264.371 6.197.894 264.402 6.197.912 264.421 6,197,923 264.422 6,197,942 264.475 6.197.923 264.475 6.197.927 264.479 6.197.930 264.478 6.197.996 264.545 6.198.049 264.570 6.198.040 264.570 6.198.021 264.637 6.198.013 264,649 6,198,016 264,649 6,198,010 264,362 6,197,931 264.369 6.197.939 264.331 6.197.830 264.331 6.197.845 264.470 6.197.923 Fuente: “Ubicación georreferenciada del inicio y fin de la línea” de la Adenda Complementaria.
La línea de media tensión tiene la función de evacuación de energía generada por el parque fotovoltaico y su inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Largo: 496,04 Ancho: 1,0 metro. Profundidad: 1,0 metro. La canalización soterrada se realiza mediante zanjas rellenadas en capas de arena. Se usan tubos corrugados o similar, cubiertos con arena, seguido de hormigón y posteriormente material de relleno. Se presenta el Plano de diseño y ubicación de las obras en coordenadas (Datum WGS 84, proyección UTM, Huso 19 Sur) en el Anexo 1 dentro del Apéndice 6, el Plano PDF solicitado se presenta en el Apéndice 3 – “Planos” de la Adenda complementaria. El archivo se encuentra en formato PDF tamaño A1, bajo el nombre "Plano Pregunta 1.21 letra e). Para el trazado aéreo, en el cuadro a continuación, se presenta información con la ubicación georreferenciada del inicio y fin de la línea. Las coordenadas UTM Huso 19S del trazado de la Línea de Media Tensión son:
Coordenada Este Coordenada Norte 264.583 6.198.018 264.637 6.198.008 264.444 6.197.929 264.470 6.197.913 264.362 6.197.931 264.343 6.197.945 Fuente: “Ubicación georreferenciada del inicio y fin de la línea, Trazado aéreo” de la Adenda Complementaria. La línea de transmisión eléctrica de media tensión (LMT) es un circuito simple de 13,2 kV. Para el circuito aéreo no se consideran torres, se sostiene por postes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En el Proyecto no se contemplan torres, ya que la línea de media tensión (LMT) para el tramo aéreo se considera la instalación de postes de hormigón armado de entre 9 y 12 metros de altura, diseñado para soportar los conductores eléctricos de media tensión y garantizar el cumplimiento de las distancias de seguridad establecidas en la normativa vigente. La profundidad de cimentación del poste es de aproximadamente 1 metro, conforme a los estándares estructurales aplicables. Respecto a la faja de seguridad y servidumbre, se informa que la línea de media tensión proyectada no requiere una servidumbre adicional, ya que su infraestructura se encuentra en un área sin restricciones normativas en cuanto a distancias de seguridad. No obstante, en cumplimiento con lo establecido en el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07 de la SEC, se debe mantener una franja libre de vegetación, garantizando una distancia mínima de 2 metros entre la copa de las especies arbóreas o arbustivas y el conductor de la línea, considerando además un incremento del 20% sobre la altura máxima proyectada de la vegetación. En este sentido, se confirma que el Proyecto cumple con dicha exigencia, dado que no existe vegetación cercana al poste, y el arbusto más próximo se encuentra a una distancia aproximada de 3 metros, asegurando así el cumplimiento del criterio normativo sin necesidad de intervenciones adicionales. El Proyecto contempla caminos internos para la construcción, operación y mantenimiento de sus instalaciones. Estos caminos tienen una longitud total de 2,12 km y un ancho de 3 metros.
Instalación de línea aérea en quebradas Instalación de una línea aérea en sectores donde el soterramiento no es viable debido a la geografía del terreno. Comprende 4 postes de hormigón armado (9-12 m de altura), junto con conductores de aleación de aluminio (AAAC) y aisladores cerámicos o de vidrio, asegurando estabilidad estructural, eficiencia en la transmisión de energía y optimización de costos. Conductores de energía eléctrica La red de media tensión canalizada subterráneamente interconecta los centros de transformación con el primer poste de la línea de evacuación, permitiendo evacuar la energía total generada por la planta a través de esta, tras su elevación a 13,2 kV en los transformadores. Las zanjas para líneas de media tensión son de 1,0 m de profundidad por un ancho de 1,0 m aproximadamente y son rellanadas en capas de arena. La primera capa es de arena y sobre ella van apoyados los tubos corrugados o de similar material, los que también son recubiertos con arena, seguido de hormigón y posteriormente material de relleno. Respecto al tipo de cableado que utilizara el Proyecto, se identifican dos (2) en corriente continua y en corriente alterna, que se especifican a continuación: Corriente continua (DC): Se utilizan cables unipolares blindados de sección 240 mm², con una tensión nominal de 1500 VDC. Se emplean dos cables por cada PCS, uno para el polo positivo y otro para el negativo. Corriente alterna (AC): Se utilizan cables blindados de cobre o aluminio de 5 conductores, con secciones entre 25 mm² y 150 mm² para L1, L2 y L3, y entre 25 mm² y 95 mm² para el neutro (N) y el conductor de protección (PE), con una tensión nominal de 400 V
Los cables tienen capa de blindaje y deben cumplir con requisitos de separación mínima de 30 mm entre cables de diferente tipo, evitando interferencias electromagnéticas. Se utilizan cables con protección mecánica y resistencia a la radiación UV para condiciones adversas. Estos cumplen con requisitos de aislamiento reforzado y resistencia a altas temperaturas, en particular, cumple con los requisitos de aislamiento y grado de protección establecidos en la Norma Chilena NCh Elec. 4/2003, alineada con la normativa internacional IEC 60364-5-52. Los cables utilizados son seleccionados conforme a las exigencias de seguridad, resistencia y eficiencia, garantizando su adecuado desempeño en las condiciones de operación previstas.
Finalmente, es dable señalar que el diseño del Proyecto ha sido modificado para evitar cualquier cruce o intervención de los cableados y canalizaciones con cursos de aguas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
superficiales en el área de intervención, asegurando así la protección de estos cauces. Para poder realizar el cruce de las dos quebradas que aparecen se realiza una subida a poste, lo que permite un cruce aéreo en cada quebrada. En el Anexo 1, Apéndice 6. Archivos digitales se encuentra el KMZ Emú, donde se encuentran los conductores de energía mencionados y su ubicación georreferenciada.
Centros de Transformadores Los diferentes elementos que constituyen el sistema de conexión a red, generalmente se disponen dentro de un container o cabina prefabricada, donde se alojan los inversores, cuadros de entradas DC, cuadro de salidas MT, cuadro y equipos de monitorización y control, transformador auxiliar para consumos propios, UPS, transformadores BT/MT, Celdas de MT y las diferentes protecciones y elementos necesarios para su operación. El inversor de conexión a red es el dispositivo usado para poder convertir la corriente continua en corriente alterna, y que dispone de una serie de protecciones y elementos de control, tanto para proteger a las personas y equipos de funcionamientos incorrectos y fallas, como también para generar e inyectar la energía en las condiciones requeridas por la empresa distribuidora eléctrica a la que se interconecta la instalación fotovoltaica. El transformador de potencia, o MT, es el equipo encargado de elevar la tensión para cumplir con el nivel de voltaje al que se interconecta la planta fotovoltaica. En este caso en particular eleva la tensión de salida del inversor hasta los 13,2 kV requeridos para la conexión a la red de distribución. El Proyecto cuenta con tres transformadores para el parque fotovoltaico, los que tienen una superficie de 15,70 m2 cada uno. La configuración de los centros de transformación se presenta en la tabla a continuación:
TRANSFORMADORES Fabricante Sungrow Modelo MVS3200/4480-LV Potencia 3,2 MW Datasheet DS MVS3200-LV_MVS4480-LV Fuente: Tabla 1-22 de la DIA. La ficha técnica del centro de transformación "LUNA2000-4.5MWH-2H1 Smart String ESS", presentada en el Anexo 1.4 del Adenda, ha sido traducida al idioma español y se encuentra disponible en el Anexo 1, Apéndice 3 “fichas técnicas” de la Adenda Complementaria para facilitar su revisión y correcta observancia.
En la siguiente figura se presenta la ubicación de los transformadores dentro del Proyecto:
Fuente: Figura 1-31 de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Inversores La corriente generada por los paneles fotovoltaicos es del tipo continua, por lo tanto, es necesario convertirla en corriente alterna para su inyección a la red. Los inversores están a cargo de cumplir esta función. Mediante el uso de un inversor, la corriente continua se convierte en corriente alterna y luego, a la salida del inversor, su tensión se eleva través de un transformador con tal de tener el nivel de tensión de la red de Media Tensión. Los diferentes elementos de la planta se agrupan en bloques que permitan la interconexión de estos en baja tensión y posteriormente en media tensión. Los bloques están formados por un campo solar asociado, 3 centros de transformación y 27 inversores. En base a las especificaciones técnicas los inversores poseen una potencia nominal unitaria equivalente a 250 kW, es decir, 0,25 MW. Tomando en cuenta que el Proyecto contempla el uso de 27 inversores, se estima una potencia nominal conjunta de 6,75 MW. La superficie unitaria es de 0,381 m² por inversor, mientras que la superficie total corresponde a 10,287 m² (0,00103 ha) para los 27 inversores. Los inversores son instalados dentro de cabinas prefabricadas o contenedores, donde se alojan junto con otros equipos eléctricos esenciales para la operación del sistema, tales como cuadros de entrada DC, cuadro de salidas MT, equipos de monitorización y control, transformador auxiliar para consumos propios, UPS, transformadores BT/MT, celdas de MT y diversas protecciones y elementos necesarios para su correcto funcionamiento. El diseño del sistema contempla la disposición de estos componentes en bloques, lo que permite optimizar la interconexión eléctrica y mejorar la eficiencia en la distribución de la infraestructura del parque solar. La altura de la edificación donde se instalan los inversores no supera los 1,5 metros, ya que estos equipos pueden ser montados a la misma altura de los paneles fotovoltaicos. Las dimensiones de cada inversor son 1,051 m de ancho, 0,66 m de alto y 0,363 m de profundidad, asegurando su instalación dentro de la altura máxima indicada. En cuanto a la profundidad de las fundaciones, estas dependen del método de instalación, que puede incluir estructuras ancladas al suelo o montadas sobre soportes existentes. En el caso de hincado de pilotes u otro método de fijación, se garantiza que las estructuras cumplan con las condiciones de estabilidad y seguridad requeridas para la instalación.
Los inversores eléctricos han sido incorporados en la actualización del layout del Proyecto. La información se encuentra disponible en el Anexo 1, Apéndice 2 de la Adenda Complementaria, donde se adjuntan archivos digitales en formato KMZ y SHP (bajo el nombre "KMZ Emú") con la ubicación detallada de los inversores. En la tabla a continuación, se presenta la información solicitada:
Tipo de Obra Obra Superficie de Intervención Vértice Coordenadas vértices UTM Huso 19s Este Norte Inversores
Inversor 1 0,38 m2 V1 264.221 6.197.906 V2 264.222 6.197.906 V3 264.222 6.197.906 V4 264.221 6.197.906 Inversor 2 0,38 m2 V1 264.280 6.197.864 V2 264.281 6.197.864 V3 264.281 6.197.864 V4 264.280 6.197.864 Inversor 3 0,38 m2 V1 264.400 6.197.844 V2 264.401 6.197.844 V3 264.401 6.197.844 V4 264.400 6.197.844 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Inversor 4 0,38 m2 V1 264.366 6.197.750 V2 264.366 6.197.750 V3 264.366 6.197.750 V4 264.366 6.197.750 Inversor 5 0,38 m2 V1 264.341 6.197.783 V2 264.341 6.197.783 V3 264.341 6.197.782 V4 264.341 6.197.782 Inversor 6 0,38 m2 V1 264.426 6.197.791 V2 264.426 6.197.791 V3 264.426 6.197.791 V4 264.426 6.197.791 Inversor 7 0,38 m2 V1 264.375 6.197.696 V2 264.376 6.197.696 V3 264.376 6.197.696 V4 264.375 6.197.696 Inversor 8 0,38 m2 V1 264.436 6.197.728 V2 264.437 6.197.728 V3 264.437 6.197.727 V4 264.436 6.197.727 Inversor 9 0,38 m2 V1 264.476 6.197.928 V2 264.476 6.197.928 V3 264.476 6.197.928 V4 264.476 6.197.928 Inversor 10 0,38 m2 V1 264.535 6.197.974 V2 264.535 6.197.974 V3 264.536 6.197.974 V4 264.536 6.197.974 Inversor 11 0,38 m2 V1 264.556 6.197.912 V2 264.557 6.197.912 V3 264.557 6.197.912 V4 264.556 6.197.912 Inversor 12 0,38 m2 V1 264.495 6.197.877 V2 264.496 6.197.877 V3 264.496 6.197.877 V4 264.495 6.197.877 Inversor 13 0,38 m2 V1 264.565 6.197.841 V2 264.566 6.197.841 V3 264.566 6.197.841 V4 264.565 6.197.841 Inversor 14 0,38 m2 V1 264.506 6.197.818 V2 264.506 6.197.818 V3 264.506 6.197.818 V4 264.506 6.197.818 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Inversor 15 0,38 m2 V1 264.516 6.197.759 V2 264.516 6.197.759 V3 264.516 6.197.759 V4 264.516 6.197.759 Inversor 16 0,38 m2 V1 264.591 6.197.786 V2 264.591 6.197.786 V3 264.591 6.197.785 V4 264.591 6.197.785 Inversor 17 0,38 m2 V1 264.590 6.197.852 V2 264.591 6.197.852 V3 264.591 6.197.852 V4 264.590 6.197.852 Inversor 18 0,38 m2 V1 264.591 6.197.919 V2 264.591 6.197.919 V3 264.591 6.197.918 V4 264.591 6.197.918 Inversor 19 0,38 m2 V1 264.651 6.197.853 V2 264.652 6.197.853 V3 264.652 6.197.853 V4 264.651 6.197.853 Inversor 20 0,38 m2 V1 264.711 6.197.821 V2 264.711 6.197.821 V3 264.711 6.197.821 V4 264.711 6.197.821 Inversor 21 0,38 m2 V1 264.705 6.198.031 V2 264.706 6.198.031 V3 264.706 6.198.031 V4 264.705 6.198.031 Inversor 22 0,38 m2 V1 264.725 6.198.022 V2 264.726 6.198.022 V3 264.726 6.198.022 V4 264.725 6.198.022 Inversor 23 0,38 m2 V1 264.645 6.198.015 V2 264.646 6.198.015 V3 264.646 6.198.015 V4 264.645 6.198.015 Inversor 24 0,38 m2 V1 264.766 6.198.001 V2 264.766 6.198.001 V3 264.766 6.198.000 V4 264.766 6.198.000 Inversor 25 0,38 m2 V1 264.785 6.197.988 V2 264.786 6.197.988 V3 264.786 6.197.988 V4 264.785 6.197.988 V1 264.826 6.197.967 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Inversor 26 0,38 m2 V2 264.826 6.197.967 V3 264.826 6.197.966 V4 264.826 6.197.966 Inversor 27 0,38 m2 V1 264.845 6.197.954 V2 264.846 6.197.954 V3 264.846 6.197.954 V4 264.845 6.197.954 Fuente: Tabla 9 del Adenda Complementaria. Información Inversores Eléctricos.
Sistema de Almacenamiento BESS El Proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía basado en baterías BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System), cuyo objetivo es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la prestación de servicios complementarios, como, por ejemplo, la regulación de frecuencia. Esto es producto de los recientes avances tecnológicos desarrollados para la administración de la generación eléctrica fotovoltaica. De esta manera, el sistema BESS permite adaptar la oferta de electricidad a la demanda, permitiendo almacenaje en los picos de producción para inyectar a la red cuando sea necesario. Potencia nominal de cada batería BESS: 3,44 MW. El sistema contempla 16 contenedores, lo que da una potencia nominal total de: Potencia total BESS = 16 contenedores × 3,44 MW/contenedor = 55,04 MW. Sin embargo, la potencia de inyección máxima al Sistema Eléctrico Nacional está limitada por los inversores a 9 MW, según el diseño del proyecto. Potencia máxima instalada de la planta de generación al sumar la potencia nominal del conjunto de paneles y la potencia nominal del total de baterías BESS es 65,84 MW. Cada contenedor tiene una capacidad de almacenamiento de 3,44 MWh. Para los 16 contenedores, la capacidad total del sistema BESS es: 55,04 MWh, con un tiempo de autonomía 5 horas. Las baterías del sistema BESS tienen una vida útil estimada de 15 años. Finalmente, se adjuntan las fichas técnicas del sistema de almacenamiento BESS en idioma español, asegurando su disponibilidad y comprensión por parte de la comunidad y la autoridad ambiental.
Para su funcionamiento, las baterías están equipadas con un sistema de gestión y control (medidas de disminución de riesgos) que permite el monitoreo en tiempo real de su temperatura, voltaje y estado general. Dicho sistema incorpora mecanismos de balance activo entre celdas, asegurando una distribución uniforme de carga y optimizando su rendimiento. En relación con las medidas de seguridad implementadas, el sistema cuenta con detección y monitoreo continuo mediante sensores de gas, detectores térmicos y detectores de humo, los cuales permiten la identificación temprana de anomalías en la operación de las baterías. Para la contención de eventos no deseados, se ha dispuesto un sistema de ventilación de deflagración, junto con la instalación de dispositivos de extinción basados en FM200, Novec 1230 o Aerosol, además de una red de tubería seca de agua que permite la activación de rociadores en caso de ser requerido. La gestión térmica ante posibles incrementos de temperatura de las baterías se complementa con un sistema de ventilación forzada, que mantiene la temperatura homogénea dentro del contenedor, asegurando un diferencial térmico menor a 2,5°C. Adicionalmente, el sistema incorpora modos de refrigeración líquida, optimizando el consumo energético auxiliar y garantizando estabilidad en su operación. El diseño y la configuración de seguridad del sistema de almacenamiento energético consideran los lineamientos establecidos en normativas internacionales aplicables, tales como la NFPA 855/2020, orientada a la instalación y operación segura de sistemas de almacenamiento de energía. En ese contexto, el Proyecto incorpora los dispositivos de control, extinción y ventilación adecuados para su correcto funcionamiento, asegurando que su operación se realice en condiciones óptimas y bajo estándares de seguridad acordes con la tecnología implementada. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Respecto a la NFPA 855/2020 donde se presentan los estándares para la instalación de Sistemas Estacionarios de Almacenamiento de Energía, se aclara que dicho standard forma parte de los protocolos a implementar cuando se realicen las acciones de montaje, instalación y habilitación de las baterías. Cabe señalar que los sistemas de detección, extinción y ventilación descritos se encuentran instalados a nivel de contenedor, dado que las baterías se agrupan en este formato en el diseño del sistema BESS. Esta configuración permite una respuesta integral ante eventuales eventos térmicos, emisiones gaseosas o incendios, en línea con los lineamientos de la NFPA 855/2020 para instalaciones por contenedor. La información técnica detallada de las baterías proyectadas, incluyendo características y especificaciones, se encuentra adjunta en el Anexo 1, Apéndice 3 Fichas técnicas bajo el nombre “Sistema de Almacenamiento - Anexo N°5 BROCHURE SUNTERA 3.4MWH - V2-EN”, de la Adenda Complementaria.
Los contenedores descritos vienen preensamblados desde fábrica, requiriendo en su proceso de instalación sólo su conexión eléctrica y su anclaje a las respectivas fundaciones. La parte principal, y de mayor volumen al interior de los contenedores, corresponde a las baterías de iones de litio. Éstas poseen cátodos de óxidos metálicos de litio y ánodos de grafito inmersos en disoluciones de sales de litio. Es en estos dispositivos donde ocurren las reacciones que permiten convertir la energía eléctrica en energía química y viceversa, según se aplique entre sus terminales una corriente de carga o de descarga. Los módulos de baterías se conectan en un rack de baterías para formar una cadena compatible con el rango de tensión de entrada del convertidor de potencia. La cadena de baterías cuenta con elementos de monitorización, control y protección, en las figuras 1-33 y 1-34 de la DIA, se muestran imágenes referenciales de los strings de baterías. Los racks de baterías se conectan en paralelo dentro de un contenedor para obtener la potencia y energía deseada. El contenedor cuenta con elementos de monitorización, control, protección y detección de incendios y aire acondicionado.
En relación con el manejo de las baterías en desuso, el Proyecto contempla un procedimiento que asegura su correcta gestión conforme a la normativa vigente. El sistema de almacenamiento de energía considera el uso de baterías de fosfato de hierro y litio (LFP), modelo Suntera JKS-3440AL, las cuales cuentan con sistemas de seguridad incorporados, tales como sensores de gas, ventilación para deflagraciones y sistemas de protección contra incendios mediante FM200, Novec 1230 o Aerosol, además de tuberías de agua seca para la supresión de incendios. Para el almacenamiento temporal de las baterías que sean retiradas por recambio o desperfecto, se dispone un área dentro de la bodega de residuos peligrosos (RESPEL) del Proyecto, la cual es acondicionada para este propósito. Dicho espacio cuenta con superficie impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, ventilación adecuada y acceso restringido a personal autorizado por medio de un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Asimismo, se implementan bandejas con rejillas bajo las baterías, destinadas a la contención de posibles fugas de líquidos, asegurando condiciones de almacenamiento apropiadas, permitiendo también resguardar los residuos de periodos de lluvias y radiación solar, además del ingreso de personas no autorizadas. La bodega de residuos peligrosos tiene una superficie de 7,35 m2 y una altura de 2,79 metros, los que resulta en una capacidad volumétrica total de 20,51 m3.
El manejo de las baterías en desuso se realiza en conformidad con la Ley N° 20.920 sobre Gestión de Residuos y Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), que establece que los fabricantes e importadores son responsables del retiro y disposición final de las baterías al término de su vida útil. En cumplimiento de esta normativa, el Proyecto coordina con los proveedores para la recolección de las baterías en desuso y su entrega a gestores autorizados, quienes proceden con su valorización o disposición final, conforme a la reglamentación aplicable. Adicionalmente, el procedimiento de almacenamiento y manejo de baterías en desuso cumple con lo establecido en el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, el cual regula el almacenamiento de residuos peligrosos, y con la Norma Chilena NCh Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
2979.Of2006, que establece disposiciones sobre el embalaje y transporte terrestre de sustancias peligrosas. En consideración a lo anterior, se asegura que la gestión de las baterías en desuso se lleva a cabo bajo estándares adecuados de almacenamiento, control y disposición, conforme a la normativa vigente y las mejores prácticas para este tipo de equipamiento. Para más información revisar el Anexo 9 de la Adenda Complementaria, sobre la actualización del PAS 142.
Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinaria al interior del emplazamiento A continuación, se entrega la información detallada sobre las actividades que incluyen el tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del lugar de emplazamiento del Proyecto y en las áreas donde se realizan las faenas, en particular, relacionadas con el funcionamiento de máquinas excavadoras para movimiento de tierra, tránsito de camiones con áridos, hormigón y otros insumos. Se presenta la información diferenciada por fase de construcción, operación y cierre. (Para más detalles ver Anexo 3. Actualización Emisiones Atmosféricas, de la Adenda Complementaria). A continuación, se describe la información solicitada:
Fase de construcción En esta fase, se contempla el tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinaria para actividades como escarpe, nivelación, compactación, excavación, transferencia de material, carga/descarga y transporte de insumos.
a) Lista de actividades y maquinaria asociada: • Movimiento de tierra: preparación del terreno, nivelación y compactación. - Maquinaria: Excavadoras, bulldozers y compactadoras. • Excavación: apertura de zanjas y fundaciones. - Maquinaria: Excavadoras, retroexcavadoras. •Carguío y volteo de material: áridos y residuos de construcción. - Vehículos: Camiones tolva (18 a 32 toneladas). •Transporte de insumos: traslado de áridos, hormigón, componentes fotovoltaicos, agua y combustibles. - Vehículos: Camiones mixer, camiones cisterna, camiones con rampla, camionetas 4x4. b) Distancia recorrida por vehículos y maquinaria (km/mes) •Distancia interna: Las rutas dentro del emplazamiento tienen una longitud total de 3,53 km. • Distancia externa: Según el tipo de carga transportada: - Transporte de áridos y hormigón: 25 km por viaje, con un flujo de aproximadamente 200 viajes mensuales, sumando 5.600 km/mes. • Transporte de residuos peligrosos: 1.818 km por fase ≈ 303 km/mes. • Camionetas para traslado de personal: hasta 172.060 km por fase ≈ 28.676 km/mes. c)Tiempo de operación de maquinaria y vehículos (hr/mes) • Excavadoras y compactadoras: 640 hr/fase ≈ 107 hr/mes. • Motoniveladora: 320 hr/fase ≈ 53 hr/mes. • Hincadora: 2.880 hr/fase ≈ 480 hr/mes. • Minicargador: 320 hr/fase ≈ 53 hr/mes.
La fase de construcción concentra la mayor carga operacional y es la principal fuente de emisiones fugitivas y ruido. Se implementan medidas como humectación de caminos y control de velocidad para minimizar efectos asociados al tránsito y uso de maquinaria.
Oficina y Sala de Control El control del parque fotovoltaico se lleva a cabo de manera totalmente remota a través de la sala de control, que corresponde a una estructura modular prefabricada y está dedicada a la gestión de la operación, monitoreo y coordinación de mantenciones. La sala de 15,29 m2 consiste en una estructura para albergar puestos de trabajo y una sala de reuniones (para utilizar cuando se realicen las mantenciones periódicas). Esta instalación esta acondicionada para albergar los equipos de comunicación y control del parque fotovoltaico, para que el Proyecto pueda operar de forma remota. En la siguiente figura se muestra la planta de la oficina y sala de control del Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-35 de la DIA.
Bodega de Almacenamiento Residuos No Peligrosos Esta instalación permanente se habilita y se utiliza durante la fase de construcción y permanece útil durante la operación y cierre del Proyecto, esta tiene una superficie de 20,25 m2. Se habilita una bodega de residuos no peligrosos para almacenar de manera temporal los residuos que se generen durante las mantenciones del parque fotovoltaico, correspondientes a residuos industriales no peligrosos y residuos domiciliarios y asimilables donde se contempla un retiro al término de cada mantención para la bodega. En la siguiente figura se muestran las dimensiones de la bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos del Proyecto:
Fuente: Figura 1-36 de la DIA.
Cabe resaltar que el retiro y disposición final de estos residuos, se realiza por empresas y sitios debidamente autorizados conforme a lo expresado en el Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. Debido a que la habilitación y funcionamiento de esta zona requiere del Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo 140 del Reglamento del SEIA, sus características junto con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento del citado permiso se presentan en el “Anexo 8 PAS 140” adjunto en la Adenda Complementaria, actualizado. Su disposición dentro del Proyecto se presenta en la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-37 de la DIA.
Bodega de Materiales e Insumos Se dispone de una bodega de tipo modular prefabricada para el periodo de operación del parque, de 14,24 m2. Esta se utiliza para el adecuado almacenaje de componentes, repuestos e insumos que sean necesarios para el mantenimiento del parque y que no se puedan almacenar a la intemperie. En la siguiente figura se puede visualizar la planta de la Bodega de Materiales e Insumos del Proyecto:
Fuente: Figura 1-38 de la DIA.
En la siguiente figura se presenta la ubicación de la Bodega de Materiales e Insumos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-39 de la DIA.
Bodega de Residuos Peligrosos Respecto al almacenamiento de residuos peligrosos, en el área de obras permanentes se ubica una Bodega de residuos peligrosos, con su respectivo cerco perimetral con acceso controlado. Al igual que el sector de almacenamiento de bodega de residuos no peligrosos, esta bodega de residuos peligrosos se habilita y se utiliza durante la fase de construcción y permanece útil durante las fases de operación y cierre del Proyecto. En la siguiente figura se muestra la planta de la Bodega de Residuos Peligrosos del Proyecto:
Fuente: Figura 1-40 de la DIA.
Esta bodega esta encargada de almacenar temporalmente elementos residuales como huaipes contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas, lubricantes y eventualmente unidades de paneles defectuosos. La bodega tiene una superficie de 7,35 m2 y esta identificada con su nombre correspondiente y con los rombos de seguridad que identifique los tipos de residuos peligrosos de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2019. El transporte y disposición final de los residuos peligrosos, se realiza por una empresa autorizada y en sitios que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud. La bodega que forma parte del área de almacenamiento de residuos peligrosos está separada de otras instalaciones conforme indica el Decreto Supremo N°148/03 y cuenta con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles antiderrames, capaz de contener el 110% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame. Las principales características de la Bodega de residuos peligrosos son las siguientes: • Tiene una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
• Esta techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar; • Tiene un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados; • Cuenta con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2019. • Tiene vías de escape accesibles en caso de emergencia y cuenta con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos se determina en función de los materiales combustibles o inflamables que existan. El número total de extintores, su ubicación y señalización depende de la superficie total a proteger en la Bodega y se define según lo dispuesto en los artículos pertinentes del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Los residuos peligrosos que se almacenan en la bodega, junto con su identificación y característica de peligrosidad según el D.S. N° 148/2003, son los siguientes: •Aceites Usados: Clasificados con peligrosidad crónica (I.8) debido a su toxicidad acumulativa. •Paños y Elementos de Protección Personal (EPP) Contaminados: Incluyen huaipes, paños, guantes y otros elementos que hayan estado en contacto con aceites, combustibles o lubricantes, también clasificados como peligrosos bajo la categoría de toxicidad crónica (I.8). •Paneles Fotovoltaicos Averiados o en Desuso: Considerados residuos peligrosos bajo la categoría de toxicidad crónica (II.8). •Tubos Fluorescentes: Clasificados como residuos peligrosos bajo el criterio de toxicidad aguda (II.11). •Pilas y Baterías: Clasificadas como residuos peligrosos bajo la categoría de toxicidad crónica (II.8). •Envases de Pintura, Solventes y Tóners: Clasificados como residuos peligrosos bajo el criterio de inflamabilidad (I.12).
La cantidad y el volumen de residuos peligrosos generados varían según la fase del proyecto, tal como se detalla en la tabla siguiente denominada “Capacidad de almacenamiento de residuos peligrosos”. Las fases de construcción y cierre tienen una duración estimada de 6 meses cada una, con una generación mensual de 0,195 toneladas de residuos peligrosos. Durante la fase de operación, la generación estimada es de 0,025 toneladas por mes. Para calcular el espacio requerido en la bodega, se ha considerado una densidad de 0,7 toneladas por metro cúbico, permitiendo estimar el volumen ocupado por los residuos en cada etapa del proyecto. La bodega de residuos peligrosos, con una capacidad volumétrica de 20,51 m³, ha sido diseñada para garantizar un almacenamiento seguro y ordenado hasta su retiro programado, el cual se realiza de manera semestral por empresas autorizadas inscritas en el Registro de Manejo de Residuos Peligrosos de la SEREMI de Salud y cumpliendo con la normativa del Decreto Supremo N° 148/2003, del Ministerio de Salud. En la siguiente tabla se presenta el detalle de la cantidad de residuos generados, su volumen estimado y la capacidad de almacenamiento disponible en cada fase del proyecto:
Fase del proyecto Cantidad Estimada de Residuos Generados (t/mes) Volumen Estimado de Residuos Generados (m³/mes) Capacidad Volumétrica Estimada de la Bodega (m³) Frecuencia de Retiro de Residuos Construcción 0,195 toneladas/mes 0,28 m³/mes 20,51 m³ Semestral Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Operación 0,025 toneladas/mes 0,036 m³/mes 20,51 m³ Semestral Cierre 0,195 toneladas/mes 0,28 m³/mes 20,51 m³ Semestral Fuente: Tabla 10 de la Adenda Complementaria. Capacidad de almacenamiento de residuos peligrosos.
Para mayor detalle, en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria se presenta el PAS 142 actualizado, con los antecedentes necesarios sobre la generación y almacenamiento temporal de este tipo de residuos durante la fase de construcción, operación y cierre. Su disposición se presenta a continuación en la Figura:
Fuente: Figura 1-41 de la DIA.
Estacionamientos Se considera un sector de estacionamientos de vehículos con capacidad para 8 autos y 4 camiones, que abarca una superficie de 220 m2, para exclusivo uso del personal administrativo-operativo que se encargue de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción, operación y cierre del Proyecto. Para los estacionamientos no se considera radier de hormigón ni techumbre, corresponden a un área demarcada en el suelo, sin infraestructura adicional. Estanque de Agua Potable Se habilitación de un área de 14,37 m2 para la instalación de un estanque de agua potable, para el abastecimiento de agua potable a las instalaciones sanitarias y baños durante la fase de operación. PTAS Se considera la implementación de una (1) fosa séptica como parte de las instalaciones permanentes. Esta presenta geometría cilíndrica horizontal y son fabricada en polietileno virgen de alta resistencia a impactos. La fosa está diseñada con un manto estructural ondulado, lo que le confiere una mayor resistencia mecánica y por ende una mayor vida útil. El tratamiento de las aguas servidas mediante este sistema contempla el retiro de los lodos residuales cada seis (6) meses, y la infiltración de las aguas efluentes al subsuelo mediante drenes de infiltración considerando para ello una superficie de 64,95 m2. La superficie destinada para fosa séptica es de 10 m2. Tanto la fosa séptica como los drenes de infiltración se habilitan y son utilizados durante la fase de construcción y permanece útil durante las fases de operación y cierre del Proyecto. Para la tramitación de la solución sanitaria, los antecedentes se presentan en el Anexo 8.1 de la DIA, complementado en Anexo 7 del Adenda Complementaria, PAS 138. En la siguiente figura se presenta la ubicación de la fosa séptica y zona de drenes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1-42 de la DIA.
Pruebas de funcionamiento Para finalizar la fase de construcción del Proyecto, se procede a realizar las pruebas y puesta en marcha de la planta fotovoltaica construida. El objetivo de las pruebas es garantizar el correcto funcionamiento de la planta fotovoltaica. Se realizan tanto pruebas internas como pruebas de conexión a la red. Las acciones que se ejecutan para la verificación y puesta en marcha inicial son: • Verificación de parámetros y puesta en marcha de los seguidores. • Pruebas finales de puesta en servicio de los seguidores, inversores, transformadores y celdas. • Prueba de conexión a la red de distribución. Desmontaje instalación de faenas y limpieza Se estima que, terminada la fase de construcción, se procede al retiro de las instalaciones de faenas y de las áreas temporales de trabajo. Una vez que se hayan retirado las instalaciones temporales, se realizan las actividades para restaurar la superficie original. Se ejecuta una limpieza exhaustiva del área, verificando que en las áreas de trabajo no queden vestigios de ningún tipo de residuo.
Conexión y puesta en marcha Aprobadas las pruebas de funcionamiento por el organismo competente se procede a la autorización de energización de la planta e interconexión con el sistema de distribución respectivo.
A continuación se detalla el cronograma de conexión y puesta en marcha del Parque Fotovoltaico Emú, asegurando su trazabilidad con la fase de construcción y la transición a la fase de operación. La puesta en marcha se inicia en enero de 2026 y concluye en febrero de 2026, asegurando que todas las pruebas y verificaciones necesarias se realicen dentro del plazo estimado de un mes.
Fuente: Tabla 13 del Adenda Complementaria. Cronograma de Conexión y Puesta en Marcha del Parque Fotovoltaico Emú.
Durante esta fase, se llevan a cabo distintas actividades esenciales para garantizar el correcto funcionamiento de la planta. Inicialmente, se realiza la instalación y conexión de los sistemas eléctricos y mecánicos, incluyendo la integración de paneles fotovoltaicos, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
inversores, transformadores y centros de transformación. Una vez completada esta etapa, se procede con las pruebas de verificación de parámetros eléctricos, donde se evalúa el desempeño del sistema conforme a la normativa vigente, asegurando el cumplimiento de los estándares de seguridad y eficiencia. En paralelo, se efectúa el montaje y conexión de la línea de media tensión (LMT), asegurando su correcta integración con el Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Posteriormente, se realiza una inspección final de seguridad y pruebas operacionales, verificando la estabilidad y el correcto desempeño de todos los equipos antes de la energización. Finalmente, se llevan a cabo las pruebas de energización y conexión al SEN, las cuales permiten validar la estabilidad de la inyección de energía y garantizar que el sistema opere de manera eficiente y segura. De manera complementaria, se desarrollan actividades específicas para la puesta en marcha del sistema de almacenamiento de energía (BESS), compuesto por 16 contenedores de baterías distribuidos en una superficie de 556,23 m². La implementación de este sistema contempla la instalación y conexión de las baterías, seguida de una serie de pruebas de integridad estructural y aislamiento eléctrico. Luego, se procede con la configuración del sistema de monitoreo y gestión de energía (EMS), lo que permite optimizar el almacenamiento y la distribución de energía dentro de la planta. Para finalizar, se realizan pruebas de seguridad y respuesta ante eventos operacionales, así como pruebas finales de integración y estabilidad, asegurando la correcta sincronización del BESS con el parque fotovoltaico.
Mano de obra Durante la fase de construcción se estima llegar a una mano de obra máxima de 100 personas y un promedio de 80. Se trabajan 22 días al mes, de lunes a viernes en horario diurno. La mano de obra está compuesta principalmente por supervisores, personal administrativo, personal especialista en obras civiles, en obras eléctricas, montaje de estructuras y tendido de conductores, clasificándose en capataces, maestros y ayudantes. El Titular instruye al contratista a cargo de las obras para que los puestos de trabajo de mano de obra con menor grado de calificación sean ofertados preferentemente a trabajadores o empresas de las zonas cercanas al emplazamiento del Proyecto. Suministros básicos Agua potable Para el consumo directo de agua potable de los trabajadores, se contempla el suministro mediante bidones de agua embotellada a través de un proveedor autorizado por la SEREMI de Salud. Se le exige a la empresa proveedora que el agua suministrada cumpla con los niveles de calidad indicados en el Título II del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. En cuanto a la cantidad, el Proponente da cumplimiento a las disposiciones del artículo 15 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. La cantidad total máxima de agua potable a consumir durante la fase de construcción se estima considerando un consumo de 150 l/día por trabajador. Por lo que el agua potable a utilizar durante toda la fase de construcción corresponde a 1.290 m3 contemplando la mano de obra máxima. Además, se cuenta con dispensadores de agua para beber en la Instalación de faenas adquiridos en el comercio establecido autorizado por la respectiva SEREMI de Salud, los cuales son etiquetados para su identificación y se provee de agua envasada para el consumo de agua a los trabajadores en los frentes de trabajo móviles.
Agua industrial El abastecimiento de agua para uso industrial se realiza mediante camión aljibe, y no se contempla la extracción de agua de ninguna fuente natural. Su uso esta principalmente destinado a la ejecución de zanjas y excavaciones de fundaciones y para eventuales limpiezas de maquinaria menor y herramientas, así como para el curado de hormigones. Para esta actividad se estima que en la fase de construcción el consumo de agua industrial sea de aproximadamente 30 m³/fase. Cabe señalar que no se contempla la humectación de caminos de ningún tipo, razón por la cual no se requiere agua industrial para estos efectos. En este sentido, se aclara que el Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo en los caminos internos. No se contempla el uso de agua industrial para la ejecución de perforaciones durante las faenas constructivas (necesarias para hincado de estructuras). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Servicios higiénicos En las instalaciones de faenas se cuenta con servicios higiénicos, en tanto, en los frentes de trabajo se implementan baños químicos portátiles, los que integran en la misma unidad lavamanos y estanque destinado a la provisión de agua para aseo de las manos. La cantidad de baños químicos se calculan según lo establecido en los artículos 23 y 24 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud.
El servicio de instalación y mantención de baños químicos se contrata a una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud, existiendo en instalación de faenas, el certificado de factibilidad que acredite la disposición del servicio, y un registro con las fechas de mantención. En detalle, esta empresa es la encargada de retirar el agua servida generada y de trasladarla hacia un sitio autorizado para su tratamiento. La responsabilidad del Proponente se manifiesta en generar y hacer cumplir el contrato de arriendo de este servicio y en verificar el registro de entrada y salida de los camiones encargados del retiro de aguas servidas.
La mantención de los baños químicos y el retiro de los residuos líquidos generados por los servicios higiénicos móviles se realiza por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Antes de iniciado el contrato con dicha empresa, se le exigen que presente todas las acreditaciones para realizar todas las labores necesarias en este tipo de servicios. La frecuencia del retiro de los residuos se realiza en conformidad a la capacidad. Adicionalmente, se cuenta con servicios higiénicos y vestidores (lockers) en las zonas de oficinas, los que se rigen de acuerdo con las disposiciones de los artículos del Párrafo V del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Salud. Estas dependencias son cerradas, cómodas y en número apropiado a la cantidad de trabajadores máximo contemplado durante la fase de construcción. La cantidad necesaria de estas instalaciones, así como también de duchas y vestidores, está acorde a lo indicado en el artículo 23 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud.
Suministro eléctrico Para la fase de construcción del Proyecto se requieren cinco (5) grupos electrógenos de 5 kVA. Estos utilizan petróleo diésel como combustible. Estos equipos están ubicados en la instalación de faena, en función de la herramienta o maquinaria que precise de electricidad. Los generadores o grupos electrógenos son de tipo compacto, con chasis de alta resistencia y de fácil transporte. El Proponente se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, para dar cumplimiento a la normativa vigente y de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/).
Alimentación Los trabajadores disponen de comedores habilitados al interior de la instalación de faenas para que se puedan alimentar. Esta infraestructura cumple con las disposiciones del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, estando completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental y reservado para comer. El comedor esta provisto con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza.
Alojamiento Respecto del alojamiento, el Proyecto no contempla la habilitación de campamento, ya que los trabajadores provienen, mayoritariamente, de las localidades y centros urbanos cercanos, desde donde se traslada a diario el personal desde y hacia la faena. Los trabajadores se hospedan en las ciudades más cercanas, en sus propias casas o en hospedajes autorizados para tal función.
Hormigón El hormigón se utiliza para obras permanentes tales como la losa de cimentación de los centros de transformación e inversión, sala de control, bodega de almacenamiento, bodega residuos no peligrosos, bodega de residuos peligrosos, baños y el sector de almacenamiento BESS. El consumo estimado para la fase de construcción es de 224 m³. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El hormigón es provisto por camiones mixer desde una empresa proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin.
Áridos La mayor parte de los áridos son aprovechados de la propia tierra excavada para las obras del Proyecto. Los áridos que no puedan ser provistos de la tierra excavada, son comprados a terceros que cuenten con todas las autorizaciones respectivas, las cuales están a la vista al momento de las fiscalizaciones. El total de áridos necesario para la habilitación y mejora de los caminos de acceso, caminos principales y zanjas eléctricas, el consumo estimado para la fase de construcción es de 357,125 m³.
Maquinarias, equipos y vehículos Durante la fase de construcción se considera el tránsito de camiones destinados al transporte de materiales, componentes e insumos de la planta fotovoltaica y vehículos livianos para el transporte de personal. La maquinaria considerada se indica en la tabla a continuación:
Fuente: Tabla 1-27 de la DIA.
Luego en la tabla a continuación se presentan los flujos de vehículos y frecuencias de transporte: Actividad Origen Ruta Destino Ruta Tipo de Vehículo Veh km/fase Transporte personal (bus) San Fernando Instalación de faena Buses / Buses urbanos estándar / HD Euro III - 2000 34.512,00 Trasporte personal (Camioneta) San Fernando Instalación de faena Vehículos livianos / Diésel <3,5 [t] “Diesel” / PC Euro 3 - 98/69/EC I 172.560,00 172.560,00 Transporte de agua industrial San Fernando Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 7,5 - 16 [t] / HD Euro III - 2000 14.840,16 Transporte de agua potable San Fernando Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 7,5 - 16 [t] / HD Euro III - 2000 6.212,16 Transporte de movimiento de tierra San Fernando Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro II - 91/542/EEC II 1.380,48 Transporte de combustible San Fernando Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 7,5 - 16 [t] / HD Euro III - 2000 172,56 Transporte de material de construcción Puerto de Valparaíso Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro III - 2000 5.289,08 Transporte de residuos no peligrosos Relleno sanitario Las Quilas Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro III - 2000 2.223,36 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Transporte de residuos peligrosos Empresa Geobarra Exins Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro III - 2000 1.823,00 Transporte de paneles Puerto de Valparaíso Instalación de faena Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro III - 2000 18.166,84 Aplicación de supresor de polvo Proyecto Camino interno Vehículos pesados / Diésel 7,5 - 16 [t] / HD Euro III - 2000 70,60 Trasporte personal dentro del Proyecto Proyecto Camino interno Vehículos livianos / Diésel <3,5 [t] “Diesel” / PC Euro 3 - 98/69/EC I 103,84 Transporte de paneles dentro del Proyecto Proyecto Camino interno Vehículos pesados / Diésel 16 - 32 [t] / HD Euro III - 2000 12,98 Fuente: Tabla 1-28 de la DIA.
Para mayor detalle respecto de los flujos proyectados y las rutas utilizadas, ver Anexo 3 del Adenda Complementaria, actualizado correspondiente a la Estimación de Emisiones del Proyecto.
Recursos naturales renovables Agua Durante la fase de construcción se utiliza agua para uso industrial para los movimientos de tierra, que se adquiere a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Dicha exigencia es requisito ineludible para la firma de contrato con las empresas proveedoras.
Flora y vegetación Se contempla la remoción de vegetación como parte de la preparación del terreno mediante el corte de la vegetación de Bosque Nativo, con una superficie de 2,66 hectáreas existente en el área donde se pretende emplazar las partes, obras y acciones del Proyecto, a saber: área módulos fotovoltaicos, sector almacenamiento BESS, caminos e instalación de faenas.
Suelo Las actividades constructivas del proyecto requieren la extracción de 550 m3 de suelo proveniente de las excavaciones necesarias para la instalación de las obras permanentes. Parte de este material se reutiliza en los rellenos de las mismas excavaciones. La ubicación de la extracción de suelo corresponde al área de cableado subterráneo, fundaciones, cerco perimetral y postaciones de la línea de evacuación. También se realiza escarpe en el área de los caminos internos.
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas Con el objetivo de estimar el aporte de las emisiones atmosféricas generados por el Proyecto se desarrolló un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas, el cual fue desarrollado utilizando las directrices de lo estipulado en la “Guía para la estimación de emisiones atmosféricas en la Región Metropolitana” (SEREMI del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, octubre 2020) y el informe final de B&S Consultores (2015) denominado “Servicio de Recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental” que se encuentra a disposición en el sitio web del Servicio de Evaluación Ambiental - www.sea.gob.cl. Cuando los informes señalados no contuvieron antecedentes sobre factores de emisión para la determinación de contaminantes específicos a las actividades del Proyecto, se consideraron los factores de emisión y criterios de cálculo descritos en el documento “Compilation of Air Pollutant Emission Factors (AP-42)” de la U. S. Environmental Protection Agency (EPA). Las principales fuentes de emisión de material particulado del Proyecto corresponden a las relativas a las actividades de construcción de las obras: movimientos de tierra, resuspensión de polvo por tránsito vehicular (maquinaria de construcción, tránsito de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
camiones y vehículos livianos) y emisiones por combustión (generadores y tránsito de camiones). A continuación, en la siguiente tabla se muestra las distintas actividades promotoras de emisiones atmosféricas para la fase de construcción del Proyecto, identificando las acciones especifica.
Fuente: Tabla 1 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Actividades generadoras de emisiones. Mientras que en la siguiente tabla se describe los tipos de fuente de emisiones para la fase de construcción del Proyecto:
Fuente: Tabla 3 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Descripción de las fuentes de emisiones. Plan de control de polvo Como medida de abatimiento se considera la aplicación de un supresor de polvo a base de aceites vegetales reciclados y aditivos que permiten fijarse a las partículas de polvo, el cual se suministra directamente como solución durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor es tal, que permita que la capa granular acabada se mantenga completamente homogeneizada asegurando la correcta distribución entre el supresor y el suelo granular para el espesor de capa de diseño, garantizando una excelente condición estructural y de rodadura. Junto a lo anterior, se contempla realizar un mantenimiento preventivo establecido por su proveedor, que permite garantizar como mínimo un porcentaje de eficiencia del 90% de control de emisiones. En el Apéndice 5 del Anexo 3 del Adenda Complementaria, se presenta la ficha técnica de un biosupresor de polvo de este tipo. Cabe señalar que la ficha del producto se presenta a modo de ejemplo, para constatar la existencia de biosupresores de polvo con la eficiencia de abatimiento considerada en este inventario de emisiones (90%). Sin embargo, cuando se ejecute el Proyecto, se espera poder utilizar este u otro biosupresor de polvo disponible en el mercado que presente, al menos, una eficiencia de abatimiento del 90%. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Se indica que, se mantiene un registro de las actividades de mantención para la aplicación del supresor durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Respecto de la forma de aplicación, se prepara con anterioridad la superficie desde un punto de vista topográfico y de geometría. A continuación, se procede a extender con una motoniveladora la capa granular de suelo seleccionado de base para la capa de rodadura, y se aplica el riego superficial del supresor de polvo, una vez aplicado, se homogeniza la mezcla asegurando la óptima distribución entre el supresor de polvo y el suelo granular. Finalmente, se enfatiza que, se mantiene un registro de aplicación del supresor detallando fecha y hora de aplicación, tramo involucrado y la empresa a cargo del procedimiento. En las siguientes tablas se especifica las medidas de control.
Fuente: Tabla 4 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Medidas de control de emisiones durante la fase de construcción y cierre.
Fuente: Tabla 5 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Programa de aplicación de supresor de polvo.
Los caminos considerados para la aplicación del supresor de polvo contemplan una distancia de 3,53 km, (los caminos considerados para las aplicaciones del supresor de polvo ser revisado en el apéndice 4 “Rutas del Proyecto”). La metodología y resultados del cálculo de emisiones atmosféricas se presentan en el Anexo 3.14 de la DIA, y complementado en Anexo 3 del Adenda Complementaria. A continuación, se entrega el resumen de la estimación de emisiones del Proyecto durante su vida útil: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 73 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se presenta una tabla resumen con el total de emisiones atmosféricas (Ton/año) estimadas para cada año cronológico según el cronograma general del Proyecto.
Fuente: Tabla 74 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Emisiones generadas por el Proyecto al año.
Emisiones líquidas o efluentes
Residuos Líquidos Domésticos Se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la instalación de faenas. Las aguas servidas domiciliarias son tratadas mediante fosa séptica y el efluente tratado se dispone en el terreno mediante drenes de infiltración. Además, se usan baños químicos en los frentes de trabajo. Los residuos líquidos provenientes de dichas instalaciones son manejados acorde lo establecido en el Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, y se subcontrata a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha empresa es la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. El Proponente exige al contratista que durante el desarrollo de la fase de construcción se mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la disposición final de las aguas servidas. Se estima la generación máxima de 15 m3/día de residuos líquidos domésticos durante el periodo de mayor contratación de mano de obra, lo anterior considerando una dotación máxima de 100 trabajadores y 150 l/día/trabajador, además de un factor de recuperación del 100%. El Proponente lleva un estricto control del retiro de los baños químicos móviles, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. El procedimiento de control consiste en: • Mantener el registro del retiro de los baños químicos en el libro de obra. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
• El registro cuenta con “hojas de envío de residuos a terceros para su eliminación”. • Las hojas de envío precisan la siguiente información: - Fecha de envío. - Numeración y/o denominación interna del residuo. - Cantidad o volumen. - Nombre de la instalación de eliminación. - Fecha de recepción en la instalación de eliminación.
Residuos Líquidos Industriales Debido a las características propias del Proyecto, no se contempla la generación de residuos industriales líquidos.
Emisiones de Ruido En las cercanías del Proyecto se identificaron 7 receptores que pudiesen corresponder a potenciales receptores de ruido. De acuerdo con la zonificación del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, el Proyecto y algunos de los receptores se homologan a Zona Rural, ya que se encuentran fuera del límite urbano preestablecido de la comuna de Marchigüe. Por su parte, los receptores ubicados al oeste del Proyecto se encuentran dentro del límite urbano. Los receptores evaluados corresponden a aquellos puntos más cercanos al proyecto y representativos del entorno. A continuación, se presenta la distribución de los receptores identificados respecto de la ubicación del Proyecto:
Fuente: Tabla 1-31 de la DIA.
Para la predicción de los niveles de ruido, se realiza el cálculo a través de la normativa ISO 9613. La proyección se realiza agrupando la maquinaria en una fuente fija según cada frente de trabajo, ubicándolos en el modelo considerando el escenario más desfavorable para los receptores. A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido se obtienen los siguientes resultados para la fase de construcción del parque solar fotovoltaico. Ya que todas las actividades durante la fase de construcción se realizan durante el periodo diurno, sólo se realiza la evaluación normativa en dicho periodo: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 1-32 de la DIA.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto, podrían sobrepasar la normativa en los receptores R1, R2, R2-B, R2-C y R2-D durante los tres meses de construcción evaluados. El escenario anterior considera los frentes de trabajo sin incorporar barrera acústica de ningún tipo y considerando que toda la maquinaria se encuentra operando en el sector más cercano a cada receptor, es decir que se considera el escenario más desfavorable. Ya que en la fase de construcción se pueden superar los límites establecidos por el Decreto Supremo N°38/2011, se deben incorporar medidas de control ambiental. Estas se detallan a continuación:
a) Barrera acústica móvil Durante la Fase de Construcción, se deben utilizar barreras acústicas móviles, siempre que se realicen trabajos a menos de 200 [m] de cualquier receptor. La barrera acústica móvil debe tener una altura de 3 [m] y largo de al menos 10 [m], asegurando que se cubra toda la extensión de la maquinaria. El material de la barrera acústica móvil debe ser de planchas de OSB de 15 [mm] de espesor y densidad superficial de al menos 10 [kg/m2], por otro lado, debe incorporar un revestimiento interior como material absorbente acústico del tipo lana mineral de roca, de 50 [mm] de espesor y densidad de 80 [kg/m3], para de esta forma asegurar una aislación mínima de Rw igual a 30 [dB]. A continuación, se presentan ejemplos de barrera acústica móvil:
Fuente: Figura 1-43 de la DIA.
La pantalla acústica móvil debe ubicarse al menos a 2 [m] de distancia de la fuente de ruido, entre ésta y el límite del Proyecto, utilizándose en todo momento de funcionamiento de la maquinaria. No es necesaria la utilización de la barrera acústica móvil cuando la maquinaria se encuentre a más de 200 [m] de cualquier receptor.
b) Restricción de funcionamiento simultaneo de maquinaria Además del uso de barreras acústicas, se deben tomar medidas de carácter administrativo durante toda la Fase de Construcción. De esta forma se establece un radio de seguridad de 150 [m] desde cualquier receptor. Dentro de este radio de seguridad se restringe el funcionamiento simultáneo de maquinaria, es decir que, dentro de este radio, sólo puede Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
operar una (1) maquinaria a la vez. Esta medida debe implementarse al inicio de la Fase de Construcción y se mantiene durante toda la duración de esta fase.
c) Predicción de los niveles de ruido considerando medidas Para verificar el cumplimiento normativo de las medidas a implementar, se realiza una nueva modelación, incorporando dichas medidas en el modelo.
A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido y las medidas de control incorporadas al modelo, se obtienen los siguientes resultados para la Fase de Construcción:
Fuente: Figura 1-33 de la DIA.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, luego de la aplicación de las medidas de control ambiental, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según Decreto Supremo N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, durante el periodo diurno, en el cual se desarrollan las actividades de construcción, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto.
Vibraciones Para el estudio de este Proyecto y tomando en cuenta que los receptores corresponden principalmente a viviendas de uso habitacional y ocupacional, se consideran los receptores en términos de molestia según impacto de vibraciones en la Categoría 2, por lo tanto, el nivel máximo de impacto de vibraciones es de 72 [VdB]. Por otro lado, para la evaluación del criterio de daño estructural y a modo de representar un escenario conservador, se consideran todas las edificaciones en Categoría IV, es decir Edificios muy susceptibles al daño por vibraciones. De esta forma se considera un nivel máximo de velocidad peak de partícula (PPV) de 0,12 [in/s]. Para la verificación de la normativa “FTA Report No. 0123/18” se evalúa el nivel de vibración en cada receptor considerando el escenario más desfavorable, es decir calculando el nivel de vibración en los receptores generado por la actividad con mayor nivel vibratorio, es decir la actividad “Preparación de Terreno y Movimiento de Tierras”. Para considerar un escenario conservador, se considera que cada maquinaria de la actividad a evaluar se encuentra en funcionamiento simultáneo, incorporando su ubicación más cercana a cada receptor. A partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable, de la siguiente forma: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 1-34 de la DIA.
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia en todos los receptores.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos Se estima que durante la fase de construcción se generan 10,92 toneladas de residuos sólidos domiciliarios, compuestos principalmente por restos orgánicos, papeles y plásticos. Estos residuos son almacenados temporalmente en una bodega de 20,25 m², con una capacidad total de 56,30 m³.
Tipo de Residuo Descripción Cantidad Estimada Manejo Frecuencia de Retiro Disposición Final Domiciliarios y asimilables a domiciliarios Restos orgánicos, papeles y plásticos. 10,92 (total fase/ton) Contenedores plásticos Almacenamiento temporal en Bodega de 20,25 m² (capacidad 56,50 m³) 1 veces por semana a cargo de empresa autorizada. Sitio de disposición final autorizado Fuente: Tabla 8 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 del Adenda, y Anexo 8 del Adenda Complementaria.
Residuos Industriales No Peligrosos El Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje.
La cantidad y manejo de este tipo de residuos se detalla en la tabla a continuación:
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Residuos Industriales No Peligrosos Restos de embalaje de madera 1,35 Almacenamiento temporal en Área de almacenamiento de residuos no peligrosos habilitada con estos fines en la Instalación de Faenas. 1 vez por semana a cargo de empresa autorizada. Sitio de disposición final autorizado Despuntes metálicos (sobrantes, cables, tornillos, alambres) 1,38 Papel, cartones, envases plásticos 0,45 Fuente: Tabla 8 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Las empresas que realicen este servicio extienden un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 del Adenda, y Anexo 8 del Adenda Complementaria.
Residuos peligrosos Durante la fase de construcción se estima la generación de residuos peligrosos, por lo cual se implementa una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas.
La cantidad y manejo de este tipo de residuos se indica en la tabla a continuación:
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Residuos Peligrosos Envases de pintura en spray 0,12 BAT Semestral Relleno de Seguridad Autorizado Lubricantes y grasas usadas 0,30 BAT Envases de diluyente, huaipes y EPP contaminados 0,36 BAT Paneles fotovoltaicos dañados 0,12 Sitio de acopio de paneles fotovoltaicos Arena y tierra contaminada con hidrocarburos 0,27 BAT Fuente: Tabla 5 del Anexo 9 del Adenda Complementaria. Generación de residuos peligrosos fases del Proyecto.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 del Adenda, y Anexo 9 del Adenda Complementaria.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Combustible El abastecimiento de combustible se realiza en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Además, se almacena combustible en el área del Proyecto para requerimientos de funcionamiento de maquinaria, equipos y grupos electrógenos. El combustible que se almacena en el área del Proyecto es suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor para abastecer el área de depósito (almacenamiento y carga) de combustible proyectado en las instalaciones de faenas. El personal de obras se capacita sobre la carga adecuada de combustible y los riesgos y medidas de prevención de riesgos en esta materia. La zona de almacenamiento y carga de combustible se construye conforme a los lineamientos definidos en el Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo N°160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, tales medidas van acompañadas de señalética correspondiente.
De acuerdo con la ficha técnica de los grupos electrógenos y las características operacionales del Proyecto se ha determinado el consumo de combustible para las distintas fases del proyecto.
En la fase de construcción, con una duración de seis meses, se contempla el uso de cinco grupos electrógenos, con un régimen de operación de 8 horas diarias, 22 días al mes y un consumo unitario de 1,7 litros de diésel por hora, lo que representa un consumo total de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
14.960 litros de diésel en la fase. En la fase de cierre, también de seis meses de duración, se utilizan tres grupos electrógenos, con el mismo régimen de operación, alcanzando un consumo total de 5.386 litros de diésel en esta etapa. En cuanto al abastecimiento, se confirma que el suministro de combustible se realiza exclusivamente en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), sin almacenamiento permanente en faena. El abastecimiento de los grupos electrógenos en el sitio del Proyecto se efectúa mediante camión surtidor autorizado, asegurando un suministro eficiente y cumpliendo con las regulaciones aplicables. Dado que el consumo total proyectado es relativamente bajo y que cada generador tiene una autonomía aproximada de 14,7 horas con 25 litros de diésel, el abastecimiento en faena se realiza únicamente en caso de necesidad operativa, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente. Para garantizar un abastecimiento seguro, el suministro mediante camión surtidor se realiza bajo estrictos protocolos de seguridad, conforme al Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo N°160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Se implementan medidas de control como la aplicación de procedimientos de carga segura en faena, medidas de prevención de derrames y su contención, así como la supervisión del suministro por parte de personal capacitado en seguridad. Finalmente, se destaca que no se contempla el uso de grupos electrógenos en la fase de operación, ya que la planta fotovoltaica cuenta con su propia fuente de generación energética, eliminando la necesidad de abastecimiento de combustible en esta etapa.
Sustancias peligrosas Debido a las características propias del Proyecto, se requieren pequeñas cantidades de Sustancias Peligrosas, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 19 del Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, donde señala que “Podrán almacenarse sustancias peligrosas envasadas sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L”. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados son realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones externas autorizadas para estos efectos, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas para estos fines.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6 del Capítulo IV del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Central solar fotovoltaica El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque fotovoltaico y una línea de media tensión de 13,2 KV. El Parque Fotovoltaico considera una potencia total instalada de 10,8 MWp para inyectar 9 MW de potencia nominal. Para ello se considera la instalación de 18.630 paneles solares de 580 Wp de potencia cada uno. La tecnología de la planta corresponde a seguidores a un eje y módulo bifacial. Para adaptar la potencia generada en corriente continua por los paneles fotovoltaicos a corriente alterna se utilizan 3 centros de transformación y 27 inversores que están repartidos en centros de inversión-transformación dentro del parque fotovoltaica, los cuales incluyen un sistema de almacenamiento de energía modular de 16 Baterías. Para el diseño del sistema se ha seleccionado un módulo bifacial con potencia de 580 w, de dimensiones y características eléctricas y mecánicas standard de mercado. Esto permite la elección de una amplia gama de estructuras y el diseño de las cadenas con diferentes marcas y modelos de inversores. Se utilizan 18.630 paneles con una superficie total de 52.164,67 m2. Los paneles solares se instalan sobre estructuras de soporte metálico de acero galvanizado, los que están fijados al terreno con seguimiento solar con eje norte-sur cada una, y dispuestas en filas paralelas, adyacentes entre sí, en dirección este-oeste. Están dispuestos en forma lineal uno al lado del otro, formando una fila compuesta de varias cadenas. Dicha estructura tiene la función principal de servir de soporte y fijación segura de los módulos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
fotovoltaicos, así como proporcionarles una inclinación y orientación adecuada, con el fin de obtener un máximo aprovechamiento de la energía solar incidente. La corriente generada por los paneles fotovoltaicos es del tipo continua, por lo tanto, es necesario convertirla en corriente alterna para su inyección a la red. Los inversores están a cargo de cumplir esta función. Mediante el uso de un inversor, la corriente continua se convierte en corriente alterna y luego, a la salida del inversor, su tensión se eleva través de un transformador con tal de tener el nivel de tensión de la red de Media Tensión. El Proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía basado en baterías BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System), cuyo objetivo es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la prestación de servicios complementarios, como, por ejemplo, la regulación de frecuencia. Esto es producto de los recientes avances tecnológicos desarrollados para la administración de la generación eléctrica fotovoltaica. Cabe señalar que los módulos solares retirados son considerados, de manera precautoria, como Residuos Peligrosos, en conformidad con el ORD. 2516 del 1 de junio de 2022, del Ministerio de Salud. Estos residuos son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos Peligrosos del Proyecto hasta que se determine su clasificación final. La bodega de residuos peligrosos tiene una superficie de 7,35 m² y una altura de 2,79 metros, lo que resulta en una capacidad volumétrica total de 20,51 m³. Una vez iniciada la fase de construcción, se realiza una caracterización de los paneles solares a emplear, a través de un laboratorio autorizado para la caracterización de residuos peligrosos. Esta caracterización tiene como objetivo demostrar que los paneles solares no presentan ninguna de las características de peligrosidad estipuladas en el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. El resultado de esta caracterización se informa a la autoridad, SEREMI de Salud y la Superintendencia del Medio Ambiente. En función de estos resultados, se determina si los paneles en desuso siguen siendo manejados como residuos peligrosos (RESPEL) o como residuos no peligrosos (RINPEL), y esta clasificación se comunica a la autoridad. En caso de que los módulos solares no sean clasificados como residuos peligrosos, son ubicados en la bodega de residuos no peligrosos, la cual tiene una superficie de 20,25 m² y una capacidad volumétrica de 50,56 m³. Durante la fase de construcción, se estima un volumen de 650 kg de paneles en desuso, los cuales son almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos Peligrosos hasta su disposición final en un sitio autorizado o su devolución al proveedor según las garantías aplicables. Este volumen se encuentra dentro de la capacidad de la bodega, lo que asegura una gestión eficiente durante esta fase. En la fase de operación, el recambio de módulos fotovoltaicos se lleva a cabo únicamente en caso de fallas o desperfectos, estimándose un total de 2 módulos averiados por mes (aproximadamente 65 kg al año). Estos paneles son almacenados en la bodega de Residuos Peligrosos señalada en el Anexo 9. Actualización PAS 142 de la Adenda Complementaria y retirados semestralmente por una empresa autorizada. Para atender estas eventualidades, el Parque mantiene en stock siete módulos solares como repuestos, y en caso de requerir más unidades, son solicitados directamente al fabricante. El proceso de recambio se ejecuta por una empresa externa con los permisos correspondientes y conforme a las normativas aplicables. Considerando las dimensiones de los paneles solares (2278 mm x 1134 mm x 35 mm), lo que equivale a un volumen de aproximadamente 0,0904 m³ por panel, se puede concluir que la capacidad de las bodegas es suficiente para almacenar los paneles durante las fases de construcción y operación. La bodega de residuos peligrosos, con una capacidad de 20,51 m³, tiene espacio más que suficiente para almacenar temporalmente los paneles en desuso, dado que el volumen estimado para estas fases (1,86 m³ en construcción y 0,19 m³ anuales en operación) es considerablemente menor a la capacidad total disponible. Por lo tanto, no se prevé ningún problema de acumulación en la bodega durante estas etapas. Para la fase de cierre, se estima un volumen total de 961,740 kg correspondiente al retiro completo de los módulos fotovoltaicos al final de su vida útil. Estos paneles son cargados in situ y transportados de inmediato por una empresa autorizada, priorizando su reutilización o reciclaje a través de empresas especializadas como Pañiwue Sustentable Ltda, Solarix u otras similares. Durante esta fase, los paneles solares no se acumulan en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
bodega; en su lugar, son retirados de forma continua y transportados sin demora, asegurando que no permanezcan almacenados en el sitio. Este proceso garantiza que los paneles en desuso sean gestionados adecuadamente, ya sea para su disposición final, reciclaje o reutilización en un sitio autorizado. La siguiente tabla resume la información de forma estructurada:
Fuente: Tabla 8 de la Adenda Complementaria. El volumen de paneles de recambio una vez transcurrida su vida útil.
Operación parque fotovoltaico La fase de operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico, que se transmite en corriente continua de baja tensión, para luego ser invertida (corriente continua/corriente alterna), transformada y conducida a través los sistemas de conexión internos al centro de distribución para finalmente ser inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Todo el proceso de generación en la fase de operación ser supervisa y controla de manera remota, por lo que no se considera personal técnico permanente presente en el área del Proyecto, que controla y verifica la instalación fotovoltaica y el correcto funcionamiento de las partes y obras. Adicionalmente, se requiere personal técnico para el mantenimiento programado del parque fotovoltaico o en caso de emergencia. Almacenamiento de energía BESS El sistema de almacenamiento de energía BESS (Battery Energy Storage System) del Parque Fotovoltaico Emú se alimenta directamente a partir de la generación del parque fotovoltaico durante las horas de producción. Este sistema está diseñado para adaptarse a la demanda energética almacenando la energía generada en momentos de baja demanda y liberando cuando sea necesario, maximizando la eficiencia operativa y contribuyendo a la estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Durante la fase de operación, el BESS está compuesto por 16 contenedores de baterías preensamblados, equipados con módulos de batería de Fosfato de Hierro y Litio (LiFePO4), reconocidos por su alta densidad energética, seguridad y larga vida útil. La configuración modular del sistema permite la optimización del balance activo entre celdas, asegurando estabilidad y eficiencia. El sistema BESS opera con una potencia de 5 MVA y una capacidad de 3,44 MWh. Este sistema está diseñado para interactuar eficientemente con los inversores modelo SG350HX, que convierten la energía continua generada por los paneles fotovoltaicos en corriente alterna, necesaria para alimentar tanto el sistema de almacenamiento como la red eléctrica. Además, se implementa un sistema de monitoreo continuo y ventilación activa para mantener un diferencial térmico adecuado, y un sistema de enfriamiento líquido que asegura la estabilidad operativa incluso en condiciones máximas de carga y descarga. La alimentación del sistema está garantizada por los transformadores y centros de transformación del parque, diseñados específicamente para manejar la energía generada y almacenada. Mantenimiento parque fotovoltaico Para el correcto funcionamiento de todos los componentes del parque fotovoltaico se consideran el monitoreo y control remoto del parque, mantenciones preventivas, correctivas, reparaciones de emergencia y limpieza de los paneles, cada una de estas actividades se describen a continuación:
a) Monitoreo y control del parque fotovoltaico Esta actividad se realiza mediante un sistema de seguridad monitoreado de manera remota. El parque cuenta con un sistema de vigilancia compuesto por un conjunto de cámaras de video térmicas, con capacidad para detectar movimiento y emitir alarmas. Estas alarmas están conectadas con una central receptora de alarmas central con personal especializado que monitorea el parque las 24 horas del día. En caso de eventos de seguridad el personal ejecuta protocolos de emergencia que incluyen el contacto con las autoridades locales (carabineros, bomberos, entre otros). Las labores de monitoreo y control corresponden Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
principalmente a todas aquellas relacionadas con los chequeos de todas las partes y obras del parque solar fotovoltaico. Cabe destacar que esta actividad no considera mano de obra permanente diaria, ya que el parque se monitorea y controlado de forma remota. Como medio de verificación de la actividad se tienen las siguientes medidas: - Certificado de compra de las cámaras de video térmicas y alarmas. - Registro de mantención de las cámaras de vigilancia y alarmas. - Registro de monitoreo diario del parque. -Contrato de trabajo del personal.
b) Mantenimientos preventivos generales Se trata de un mantenimiento programado efectuado con el propósito de mantener condiciones seguras y preestablecidas de operación, prolongar la vida útil y evitar accidentes. Este mantenimiento tiene la finalidad de evitar que el parque falle durante el periodo de su vida útil. Corresponde a la ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta y la línea de transmisión. Se incluye además el mantenimiento anual de los inversores, centros de transformación y las unidades de almacenamiento de energía. Las actividades de mantenimiento preventivo pueden ser de tipo mensual, trimestral, semestral y/o anual, según se describe a continuación: • En las actividades bimensuales se contempla: la limpieza de paneles solares. Para ello se contemplan tres (3) trabajadores por cinco (5) días de manera bimensual, es decir, seis (6) limpiezas totales al año. • En las actividades cuatrimestrales se contempla: la revisión de las estructuras e integridad de paneles solares, revisión de extintores y limpieza de la caseta de centros de transformación (eliminación de polvo) y mantención de vegetación en el área de Proyecto. Para las mantenciones preventivas se consideran tres (3) trabajadores por tres (3) días, de igual manera para el corte y desbrozado de hierbas, se consideran tres (3) trabajadores por tres (3) días. • Las actividades anuales revisión de equipos de media tensión para verificar su correcto funcionamiento. Para estas actividades tampoco se requiere más de 2 a 3 horas diurnas en promedio de trabajo.
Se considera la emisión de residuos de agua con polvo y residuos vegetales. Como medio de verificación de la actividad se tienen las siguientes medidas: •Registro de asistencia del personal de mantenimiento. •Registro de compra de los implementos básicos de limpieza. •Registro fotográfico de las instalaciones y equipos.
c) Mantenimiento correctivo En caso de mantenimiento correctivo, causado por fallas o averías, se coordina directamente con personal técnico local o empresas contratistas para su pronta resolución dependiendo de la severidad. Consiste en la reparación realizada a los materiales, equipos o servicios de la instalación una vez se ha producido el fallo con el objetivo de restablecer el funcionamiento y eliminar la causa que ha producido la falla. Este mantenimiento tiene el objetivo de reemplazar los elementos o equipos averiados y que no pueden funcionar operativamente. Como medio de verificación de la actividad se tienen las siguientes medidas: -Registró de informe de daño. -Plan de comunicaciones. -Envío del informe a la SMA para una eventual fiscalización.
d) Reparaciones de emergencia Las reparaciones de emergencia corresponden a reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por terceros o provocados por fenómenos naturales. Las actividades que comprenden las reparaciones de emergencia no son predecibles, por lo cual no son programadas y se realizan de acuerdo con la evaluación del daño y a la ocurrencia de los eventos antes señalados. Como medio de verificación de la actividad se tienen las siguientes medidas: -Registro de informe de daño. -Plan de comunicaciones. -Envío del informe a la SMA para una eventual fiscalización. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
e) Limpieza de paneles Los paneles solares fotovoltaicos deben mantenerse limpios de polvo. Para ello se realiza su limpieza durante todo el año, empleando agua industrial sin ningún tipo de aditivo o detergente. Se utiliza una cantidad aproximada de 1 litro de agua industrial por panel seis (6) veces al año. No se utilizan detergentes en el proceso de limpieza. El agua residual corresponde a agua mezclada con restos de polvo, por lo que su caracterización es semejante a la que se genera con agua de lluvia sobre superficie que se encuentre expuesta a las partículas en suspensión y que se van depositando en el tiempo. Es por ello por lo que esta agua no necesita tratamiento previo pues no contiene parámetros contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo o aguas subterráneas. Como medio de verificación de la actividad se tienen las siguientes medidas: -Registro y certificado del lavado de los paneles. -Registro fotográfico del antes y después de realizada la limpieza. -Certificado del agua industrial firmado por el proveedor.
A continuación, se presenta la tabla actualizada de acciones de mantenimiento, con los medios de verificación y las emisiones/efluentes asociados, los cuales se mantienen en niveles no significativos:
Fuente: Tabla 18 del Adenda Complementaria. Acciones de mantenimiento del parque fotovoltaico.
Finalmente, se aclara que todas estas actividades de mantenimiento están consideradas para ejecutarse durante los 40 años de vida útil del Proyecto, incluyendo el primer año de operación. Por tanto, se confirma que tanto el análisis acústico como de emisiones atmosféricas considera la totalidad de las actividades de operación y mantenimiento, y que sus efectos son trazables y han sido debidamente evaluados en los informes correspondientes.
Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinaria al interior del emplazamiento En la fase de operación, el tránsito vehicular es significativamente menor y se limita al mantenimiento del parque fotovoltaico.
a) Lista de actividades y maquinaria asociada: • Mantenimiento preventivo y correctivo de paneles solares y equipos eléctricos. • Vehículos: Camionetas 4x4 y vehículos de servicio técnico.
b) Distancia recorrida por vehículos y maquinaria (km/mes) • Tránsito interno: Estimado en 1.500 km/mes para recorridos de mantenimiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
• Tránsito externo: No relevante en términos de impacto ambiental.
c) Tiempo de operación de maquinaria y vehículos (hr/mes) • Vehículos de mantenimiento: 250 hr/mes.
Esta fase implica un tránsito liviano y ocasional, sin impactos significativos. Las rutas internas se mantienen estabilizadas, y el mantenimiento se planifica con bajo requerimiento de maquinaria.
Productos generados Energía eléctrica El Proyecto contempla la generación nominal de 3 MW de energía eléctrica, entregada al Sistema Eléctrico Nacional. Mano de obra Al interior de la planta fotovoltaica no se considera mano de obra diaria permanente, ya que el parque es monitoreado y controlado de forma remota. Las actividades de limpieza, mantenciones e inspecciones son tercerizadas y llevadas a cabo por periodos de tiempo puntuales y acotados. Se estima una mano de obra máxima de 5 personas. El Titular instruye al contratista a cargo de las obras para que los puestos de trabajo de mano de obra con menor grado de calificación sean ofertados preferentemente a trabajadores o empresas de las zonas cercanas al emplazamiento del Proyecto. Suministros básicos Agua potable Para el consumo directo de agua potable de los trabajadores, se contempla el suministro mediante bidones de agua embotellada a través de un proveedor autorizado por la SEREMI de Salud. Se le exige a la empresa proveedora que el agua suministrada cumpla con los niveles de calidad indicados en el Título II del Decreto Supremo N°735/69 del Ministerio de Salud, “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. En cuanto a la cantidad, el Proponente da cumplimiento a las disposiciones del artículo 15 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. La cantidad total máxima de agua potable a consumir durante la fase de operación es de 0,45 m3/día. Por otro lado, aledaño al área de servicios higiénicos se dispone de un estanque de agua potable, con sistema de cloración simple el cual surte el comedor y baños que son utilizados durante la fase de operación. El agua se adquiere y transportada a través de camión aljibe por un proveedor autorizado y abastecida en una cantidad de150 litros por persona/día, cumpliendo con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos, conforme a lo indicado por el Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. El Proponente mantiene en la instalación de faena la documentación que acredite la compra y trasporte de agua a un proveedor autorizado.
Agua industrial Se contempla la limpieza de los paneles solares seis veces al año, mediante el uso de un sistema de hidrolavado de alta presión utilizando agua sin aditivos (desionizada). El agua desionizada se adquiere de proveedores que cuenten con las correspondientes autorizaciones. El agua desionizada o agua desmineralizada es aquella a la que se le han extraído cationes como el sodio, el calcio, el hierro, el cobre y otros, y aniones tales como el carbonato, el fluoruro, el cloruro y otros, mediante un proceso de intercambio iónico, no tiene ningún tipo de aditivo o producto contaminante. Cabe mencionar que el sistema de limpieza contemplado requiere el uso de agua sin ningún tipo de aditivos ni detergentes (agua desionizada). Asimismo, dado que se utilizan sistemas de agua a alta presión se contempla que aproximadamente el 70% del agua se evapora en el proceso, mientras que el 30 % restante cae junto con el polvo de los paneles al suelo debajo de los mismos. Se estima que en la fase de operación el consumo de agua industrial sea de 30 m³ /año.
Servicios higiénicos Durante la fase de operación del Proyecto, existen servicios sanitarios permanentes para los trabajadores a cargo de las mantenciones esporádicas y limpieza de paneles. Para esto se contempla el uso de baños que cuentan con una un sistema de fosa séptica con drenes de infiltración. Se considera la implementación de una fosa de geometría cilíndrica horizontal de 2.500 litros y fabricada en polietileno virgen de alta resistencia a impactos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
La fosa está diseñada con un manto estructural ondulado, lo que le confiere una mayor resistencia mecánica y por ende una mayor vida útil. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 138 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.1 de la DIA, complementado en Anexo 7 del Adenda Complementaria.
Suministro eléctrico No se contempla el requerimiento de energía eléctrica externa para la operación del Proyecto, debido a que considera el autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada por el propio parque. No obstante, en caso de alguna contingencia, el parque está habilitado para abastecerse de energía del SEN.
Alimentación Durante la fase de operación, la alimentación a los trabajadores no se realiza al interior de las obras del parque fotovoltaico, los trabajadores acuden a un sitio fuera del parque que cuente con autorización sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud.
Maquinarias, equipos y vehículos El flujo vehicular consta del transporte de personal de planta, transporte de residuos y transporte de agua (potable e industrial). A continuación, se detalla la actividad asociada a cada transporte, vehículos a utilizar y frecuencia de viajes:
Fuente: Tabla 1-40 de la DIA.
Para mayor detalle respecto de los flujos proyectados y las rutas utilizadas, se presentan en Anexo 3 del Adenda Complementaria, correspondiente a la Estimación de Emisiones actualizada del Proyecto.
Alojamiento Respecto al alojamiento, el Proyecto no contempla la habilitación de campamento, ya que los trabajadores encargados de realizar el manteniendo y limpieza del parque provienen, mayoritariamente, de las localidades y centros urbanos cercanos, desde donde se traslada a diario el personal desde y hacia la faena. Los trabajadores se hospedan en las ciudades más cercanas, en sus propias casas o en hospedajes autorizados para tal función.
Recursos naturales renovables Agua El agua industrial y potable son adquiridas a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Dicha exigencia es requisito ineludible para la firma de contrato con las empresas proveedoras. No se utilizan otros recursos naturales renovables durante la operación. El agua potable se utiliza para los servicios higiénicos. Se estima el uso de 30 m3/año durante la fase de operación.
Radiación solar Durante la fase de operación, se utiliza es la radiación solar para la producción de energía eléctrica. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Debido a las características propias del Proyecto, no se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la operación del parque fotovoltaico, toda vez que su operación se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
realiza en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento se realiza según requerimiento. La presentación de la metodología y resultados del cálculo de emisiones atmosféricas se presentan en el Anexo 3.14 de la DIA, complementado en Anexo 3 del Adenda Complementaria. A continuación, se entrega el resumen de la estimación de emisiones del proyecto en su fase de operación:
Fuente: Tabla 1-42 de la DIA.
Emisiones líquidas o efluentes
Residuos Líquidos Domésticos Se generan residuos líquidos domésticos provenientes de los baños, los cuales son gestionados mediante una fosa séptica con drenes con sistema de infiltración; donde se infiltran las aguas efluentes al subsuelo, y los lodos residuales son retirados por una empresa de servicios sanitarios, que cuente con las resoluciones correspondientes, otorgadas por la SEREMI de Salud. Se estima la generación máxima de 0,30 m3/día de residuos líquidos domésticos, lo anterior considerando una dotación máxima de 3 trabajadores. La fosa es instalada y mantenida por una empresa del rubro que cuente con las autorizaciones respectivas vigentes.
Residuos Líquidos Industriales Debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de Residuos Industriales Líquidos. Es importante señalar que no se generan efluentes producto de la limpieza de los paneles, el agua utilizada se evapora desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta cae a la superficie del terreno y se absorbe. Dicha agua (que se absorbe) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y por tanto no presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Al respecto, se aclara que los paneles fotovoltaicos, en ninguna circunstancia liberan sustancias contaminantes producto de desperfectos o roturas. Lo anterior, debido a que el material principal del cual están conformadas las celdas (Silicio Monocristalino), permite garantizar seguridad e imposibilidad de generar derrames de sustancias peligrosas.
Ruido En el caso de la fase de operación se generan ruidos provenientes de las instalaciones eléctricas, y de las actividades de mantenimiento. Se verifica la contribución de la fase de operación de la siguiente forma:
Fuente: Tabla 1-43 de la DIA.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las actividades planificadas para la Fase de Operación del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Vibraciones Durante la Fase de Operación del Proyecto, no se identifican fuentes que generen vibraciones significativas.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos no peligrosos
Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios Durante la fase de operación, se generan 21.900 kg de residuos sólidos domiciliarios, incluyendo restos de comida, envoltorios y papeles. Estos son almacenados en una bodega de 20,25 m² (capacidad 56,50m³) para su posterior disposición en instalaciones autorizadas, cumpliendo con la normativa ambiental. La cantidad y manejo de residuos del Proyecto se indica en la Tabla a continuación:
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Domiciliarios y asimilables a domiciliarios Restos orgánicos, papeles y plásticos. 21.900 total /kg Contenedores plásticos Almacenamiento temporal en Bodega de 20,25 m² (capacidad 56,50m³) 2 veces por semana a cargo de empresa autorizada. Sitio de disposición final autorizado Fuente: Tabla 8 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos.
Las empresas que realicen el servicio de retiro de residuos extienden un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. En el Anexo 8.2 PAS 140 del DIA se presentan los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial indicado en el Artículo 140 del RSEIA.
Residuos Industriales No Peligrosos El Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos durante la fase de operación.
Residuos Peligrosos Durante la Fase de Operación se generan residuos sólidos peligrosos producto de los residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como: aceites usados, huaipes, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados con aceite, combustible, lubricantes, etc.; los cuales son almacenados temporalmente en la Bodega de residuos peligrosos, en espera a su disposición final en un lugar autorizado. Con relación a los paneles, se prioriza su reciclaje mediante empresas autorizadas para estos efectos, siendo verificado mediante un Certificado emitido por dicha empresa. La cantidad y manejo de este tipo de residuos se indica en la tabla a continuación:
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Residuos Peligrosos Paneles averiados o en desuso, Aceites usados, huaipes, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados con aceite, combustible, lubricantes, etc. 0,025 t/mes Almacenamiento temporal en Bodega de residuos peligrosos ubicada en la Instalación de Faenas. Relleno de Seguridad Autorizado. Relleno de Seguridad Autorizado Fuente: Tabla 5 del Anexo 9 del Adenda Complementaria. Generación de residuos peligrosos fases del Proyecto.
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En la Bodega de residuos peligrosos se mantienen los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. El piso de la bodega es de base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible, con pendiente no inferior al 0,5%. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regulariza mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Cabe mencionar que las mantenciones de vehículos de traslado del personal son realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de residuos peligrosos por esta actividad. Por otra parte, cabe indicar que los paneles averiados o en desuso son considerados de manera precautoria como residuos peligrosos, conforme al ORD. 2516 del 01 de junio de 2022 del Ministerio de Salud. Una vez iniciada la fase de construcción, se realiza una caracterización al panel solar a emplear a través de un laboratorio de caracterización de residuos peligrosos autorizado, para demostrar que los paneles a emplear no presentan ninguna de las características de peligrosidad estipuladas en el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. El resultado de esta caracterización se informa a la autoridad, SEREMI de Salud y Superintendencia del Medio Ambiente. En función de lo señalado, se determina si los paneles en desuso siguen siendo manejados como residuos peligrosos (RESPEL), o como residuo no peligroso (RISES), conforme al resultado de dicha caracterización, lo cual es comunicado a la autoridad. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 del Adenda, y Anexo 9 del Adenda Complementaria.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Combustible El abastecimiento de combustible se realiza en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena.
Sustancias peligrosas Debido a las características propias del Proyecto, se requieren pequeñas cantidades de sustancias peligrosas, las que se utilizan para las actividades de mantenimiento, estás son provistas por la empresa que realiza las mantenciones. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados son realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones externas autorizadas para estos efectos, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas para estos fines. No se contemplan instalaciones exclusivas para almacenar SUSPEL, según lo indicado en el artículo 19 del Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud, donde señala que “Podrán almacenarse sustancias peligrosas envasadas sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L”.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo VI del ICE, numeral 4.7.
4.3.3. FASE DE CIERRE Instalación de faenas La instalación de faenas estará encargada de albergar las instalaciones temporales de apoyo necesarias para el cierre de las obras del Proyecto. Las partes asociadas a las obras temporales. a) Baños b) Duchas c) Bodega de Materiales e Insumos 1 d) Bodega de Materiales e Insumos 2 e) Caseta Control Acceso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
f) Comedor g) Oficina h) Patio de Maniobras i) Vestidores j) Zona Acopio Materiales k) Zona de Lavado de Camiones Habilitación instalación de faenas de cierre Corresponde a la habilitación de áreas para instalaciones de contratistas. Estas se llevarán a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de construcción descrita en este documento. El área de emplazamiento y las dependencias que conformarán la instalación de faenas corresponderá a las misma de la fase de construcción. Durante la fase de cierre se realizará el desmontaje y retiro de todas las estructuras que formen parte del Proyecto. Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinaria al interior del emplazamiento Durante el desmantelamiento y restauración del área del proyecto, se considera el tránsito de maquinaria y vehículos pesados para retiro de estructuras y limpieza del sitio.
a) Lista de actividades y maquinaria asociada. • Desmontaje de estructuras y paneles. - Maquinaria: Grúas, montacargas. • Retiro de material y residuos. - Vehículos: Camiones tolva, camiones de residuos peligrosos. • Rehabilitación del suelo: Subsolado y restauración. - Maquinaria: Tractores, motoniveladoras.
b) Distancia recorrida por vehículos y maquinaria (km/mes). • Tránsito interno: Se estima una distancia total de 3 km por viaje, con aproximadamente 120 viajes mensuales. • Tránsito externo: Similar a la fase de construcción, con rutas de 25 km por viaje para disposición de residuos.
c) Tiempo de operación de maquinaria y vehículos (hr/mes) • Maquinaria pesada (grúas, montacargas): 500 hr/mes. • Camiones de transporte: 350 hr/mes. Esta fase, aunque acotada en el tiempo, implica actividad de maquinaria pesada para el retiro de infraestructura. Se controlará la generación de polvo, y los residuos serán retirados a gestores autorizados, conforme a los planes de cierre y restauración del proyecto.
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se realizará el desmontaje de las estructuras de soporte, las que se apilarán en un lugar destinado para ello desde el cual serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a una empresa autorizada para su tratamiento de reutilización. Luego se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada de centros de transformación e inversión y equipos eléctricos y para finalmente trasladarlos a un gestor para su tratamiento y reutilización. Desmontaje de paneles Se realizará la desconexión de los paneles. Posteriormente, y sin otro medio que el manual, se desmontarán los paneles y se cargarán a un camión para su transporte y entrega a una empresa autorizada para su correcto tratamiento y reciclado. Desmontaje eléctrico Las actividades a ejecutar consisten en que se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada del cableado de baja y media tensión, transformadores, equipos de medida y demás componentes, el resto de los elementos se transportarán a un gestor para su tratamiento y reutilización. Una vez realizadas estas tareas se restituirán las condiciones del terreno, a las condiciones del terreno previas a su intervención. Desmontaje centros de transformación Se realizará el desmontaje de las estructuras de los CIT y contenedores de baterías, los que se dispondrán en un lugar destinado para ello, desde el cual serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a una empresa autorizada para su tratamiento de reutilización. Luego se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada de los equipos eléctricos y para finalmente trasladarlos a un gestor para su tratamiento y reutilización. Desmontaje empalme línea de media tensión Una vez terminada la vida útil del Proyecto, se deberá realizar desmonte de los conductores, para luego proceder a la restitución del terreno. Esta actividad se desarrollará mediante la ayuda de una pluma cuando sea posible, para luego trasladar dichas partes a la base del contratista y posteriormente venderlas o disponerlas en algún lugar autorizado de acuerdo con la legislación ambiental que rija al momento del desarme. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Desmontaje instalación de faenas y limpieza Finalmente, se procederá con el desmontaje de las instalaciones prefabricadas tipo contenedor y la limpieza general de la superficie completa del Proyecto, eliminando los desechos propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados. Restauración Dado el tipo de proyecto correspondiente a un parque solar fotovoltaico, y considerando el hincado directo sobre el suelo mediante pernos de anclaje de las estructuras soportantes de los módulos solares, obra de mayor ocupación de superficie del proyecto, la afectación sobre la geoforma será mínima. Considerando lo señalado, en cuanto a la morfología del terreno el lugar quedará similar al estado anterior previo al desarrollo del Proyecto, una vez desmanteladas y retiradas las obras. Por otra parte, cabe indicar que, bajo los paneles solares, durante la fase de operación del Proyecto seguirá creciendo vegetación herbácea, sin embargo, considerando que debido a la altura de la vegetación se podría generar sombra sobre los paneles disminuyendo su rendimiento, se realizará durante la fase de operación control de vegetación mediante tijeras o herramientas manuales para que la altura de la vegetación no sobrepase la altura de los paneles. Por lo tanto, en la fase de cierre del Proyecto la vegetación continuará creciendo de manera natural en el área de emplazamiento de los paneles. De esta manera, el crecimiento de vegetación, junto además con el desmantelamiento y retiro de las obras, permitirá recuperar los atributos visuales del paisaje del área de emplazamiento de las obras del Proyecto. Subsolado del suelo El Proponente se compromete a restaurar la geoforma levemente alterada producto de los movimientos de tierra realizados para las distintas partes y obras del Proyecto, dejando el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geoforma, mediante técnicas mecánicas como el arado. Prevención de futuras emisiones Con el cierre del Proyecto, la desenergización de los componentes para el posterior el desmantelamiento y retiro de sus obras y partes, así como el retiro de los residuos a cargo de terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado, el área no se relaciona con emisiones futuras que puedan provocar afectación del ecosistema incluido el aire, el suelo y el agua. Por tanto, considerando lo señalado y dadas las características propias del Proyecto, no se contempla realizar acciones para prevenir futuras emisiones ni ningún tipo de medición y/o seguimiento a variables ambientales como emisiones o residuos. Mantención, conservación y supervisión Las obras serán desmanteladas y retiradas, al igual que los residuos, a cargo de terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado. De esta manera, una vez desmanteladas y retiradas las obras y residuos, el lugar de emplazamiento del Proyecto no se relacionará con la existencia de obras remanentes que ameriten actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del proyecto posterior al cierre del mismo. Registros del cierre La fase de cierre será informada a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reportando según corresponda los registros relativos a información que evidencie la ejecución de esta fase, tales como documentos, planos y fotografías, según corresponda, que den cuenta de la finalización de esta fase del Proyecto. Mano de obra Durante la fase de cierre se estima llegar a una mano de obra máxima de 75 personas y un promedio de 50 personas. Se trabajarán 22 días al mes, de lunes a viernes en horario diurno. La mano de obra estará compuesta principalmente por supervisores, personal administrativo, personal especialista en obras civiles, en obras eléctricas, desmontaje de estructuras, maestros y ayudantes. El Titular instruirá al contratista a cargo de las obras para que los puestos de trabajo de mano de obra con menor grado de calificación sean ofertados preferentemente a trabajadores o empresas de las zonas cercanas al emplazamiento del Proyecto. Suministros básicos Agua potable Para el consumo directo de agua potable de los trabajadores, seguirá siendo provista en botellones a través de un proveedor autorizado por la SEREMI de Salud. Se le exige a la empresa proveedora que el agua suministrada cumpla con los niveles de calidad indicados en el Título II del Decreto Supremo N°735/1969 del Ministerio de Salud, “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En cuanto a la cantidad, el Titular dará cumplimiento a las disposiciones del artículo 15 del Decreto Supremo N°594/2000. La cantidad total máxima de agua potable a consumir durante la fase de cierre es de 1.290 m3. Además, se contará con dispensadores de agua para beber en la Instalación de faenas adquiridos en el comercio establecido autorizado por la respectiva SEREMI de Salud, los cuales serán etiquetados para su identificación y se proveerá de agua envasada para el consumo de agua a los trabajadores en los frentes de trabajo móviles.
Agua industrial No considera utilizar agua industrial para la fase de cierre del Proyecto. Cabe señalar que no se contempla la humectación de caminos de ningún tipo, razón por la cual no se requiere agua industrial para estos efectos. En este sentido, se aclara que el Proyecto considera la aplicación de supresor de polvo en los caminos internos.
Servicios higiénicos En las instalaciones de faenas se contará con servicios higiénicos, en tanto, en los frentes de trabajo se implementarán baños químicos portátiles, los que integrarán en la misma unidad lavamanos y estanque destinado a la provisión de agua para aseo de las manos. La cantidad de baños químicos se calcularán según lo establecido en los artículos 23 y 24 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. El servicio de instalación y mantención de baños químicos será contratado a una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud, existiendo en instalación de faenas, el certificado de factibilidad que acredite la disposición del servicio, y un registro con las fechas de mantención. En detalle, esta empresa será la encargada de retirar el agua servida generada y de trasladarla hacia un sitio autorizado para su tratamiento. La responsabilidad del Titular se manifiesta en generar y hacer cumplir el contrato de arriendo de este servicio y en verificar el registro de entrada y salida de los camiones encargados del retiro de aguas servidas. La mantención de los baños químicos y el retiro de los residuos líquidos generados por los servicios higiénicos móviles será realizada por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Antes de iniciado el contrato con dicha empresa, se le exigen que presente todas las acreditaciones para realizar todas las labores necesarias en este tipo de servicios. La frecuencia del retiro de los residuos se realiza en conformidad a la capacidad.
Suministro eléctrico Al igual que en la fase de construcción, en la fase de cierre del Proyecto se requerirán cuatro (3) grupos electrógenos de 5 kVA. Estos utilizarán petróleo diésel como combustible. Estos equipos estarán ubicados en la instalación de faena, en función de la herramienta o maquinaria que precise de electricidad. Los generadores o grupos electrógenos son de tipo compacto, con chasis de alta resistencia y de fácil transporte. El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, para dar cumplimiento a la normativa vigente y de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/).
Alimentación Los trabajadores dispondrán de comedores habilitados al interior de la instalación de faenas para que se puedan alimentar. Esta infraestructura cumplirá con las disposiciones del Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud, estando completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental y será reservado para comer. El comedor estará provisto con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza.
Maquinarias, equipos y vehículos Para las labores de desmantelamiento de la infraestructura del Proyecto se requiere el tránsito y funcionamiento de maquinaria dentro del Proyecto. Las características, tipo de maquinaria y actividad asociada se presentan a continuación:
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Fuente: Tabla 1-49 de la DIA. Maquinaria del Proyecto - fase de cierre.
Tabla 1-50. Flujo vehicular fase de cierre.
Para mayor detalle respecto de los flujos proyectados y las rutas utilizadas, ver Anexo 3.14 de la DIA, actualizado en Anexo 3 de la Adenda Complementaria, correspondiente a la Estimación de Emisiones del Proyecto.
Alojamiento Respecto al alojamiento, el Proyecto no contempla la habilitación de campamento, ya que los trabajadores provendrán, mayoritariamente, de las localidades y centros urbanos cercanos, desde donde se trasladará a diario el personal desde y hacia la faena. Los trabajadores se hospedarán en las ciudades más cercanas, en sus propias casas o en hospedajes autorizados para tal función.
Combustible El abastecimiento de combustible será realizado en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por tanto, el Proyecto no contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena.
Sustancias peligrosas Debido a las características propias del Proyecto, no se requerirán Sustancias Peligrosas para la fase cierre. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados serán realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones externas autorizadas para estos efectos, por lo cual no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Recursos naturales renovables Durante la fase de cierre se utilizará agua potable para los servicios higiénicos, estimándose un máximo de 1.260 m3 por fase. No se estima extraer o explotar ningún otro recurso natural renovable durante esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Las principales fuentes de emisión de material particulado a generar durante el cierre del Proyecto corresponden a las relativas a las actividades de desmantelamiento de las obras: movimientos de tierra, resuspensión de polvo por tránsito vehicular (maquinaria de construcción, tránsito de camiones y vehículos livianos) y emisiones por combustión (generadores y tránsito de camiones). La presentación de la metodología y resultados del cálculo de emisiones atmosféricas se presentan en el Anexo 3.14 de la DIA, actualizado en Anexo 3 de la Adenda Complementaria. A continuación, se entrega el resumen de la estimación de emisiones del proyecto en su fase de cierre:
Fuente: Tabla 1-51 de la DIA. Emisiones atmosféricas en la fase de cierre del Proyecto (ton/fase).
Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular se compromete a mantener las mismas medidas para el control de emisiones que en la fase de operación: • Aplicación de un biosupresor de polvo de manera mensual en los caminos internos. • Se exigirá una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. • Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h). • El grupo electrógeno y maquinaria considerado tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante.
Emisiones Acústicas Dado que la maquinaria y el flujo vehicular para la fase de cierre es similar a la utilizada en la fase de construcción, no se llevará a cabo una evaluación acústica adicional, ya que ambas fases son homologables en magnitud acústica. De esta forma, a modo de dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente, se establece que durante la fase de cierre se implementarán las mismas medidas de control ambiental utilizadas durante la fase de construcción.
Vibraciones Dado que la maquinaria y el flujo vehicular para la fase de cierre es similar a la utilizada en la fase de construcción, no se llevará a cabo una evaluación vibratoria adicional, ya que ambas fases son homologables en magnitud vibratoria. De esta forma, a modo de dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente, se establece que durante la fase de cierre se implementarán las mismas medidas de control ambiental utilizadas durante la fase de construcción.
Emisiones líquidas o efluentes
Residuos líquidos domésticos Se estima la generación máxima de 11,25 m3/día de residuos líquidos domésticos durante el periodo de mayor contratación de mano de obra, lo anterior considerando una dotación máxima de 75 trabajadores y 150 l/día/trabajador, además de un factor de recuperación del 80%.
Residuos líquidos industriales No se contempla la generación de residuos industriales líquidos durante la fase de cierre.
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Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios Se estima que se generará un máximo de 1,65 t/mes de residuos sólidos domiciliarios en la fase de cierre en los momentos de mayor requerimiento de mano de obra. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 75 trabajadores y un periodo de trabajo de 22 días/mes.
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Domiciliarios y asimilables a domiciliarios Restos orgánicos, papeles y plásticos 10,92 total fase/ton Contendor plástico Almacenamiento temporal en Bodega de 20,25 m² (capacidad 56,50 m³) 1 veces por semana a cargo de empresa autorizada. Sitio de disposición final autorizado Fuente: Tabla 1-52 de la DIA. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios Fase de Cierre.
Se hace la aclaración de que el Proyecto no considera tratamiento de residuos, sólo se realizará almacenamiento temporal y posteriormente serán enviados a un sitio de disposición final autorizado. Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados y dispuestos en la bodega de almacenamiento de residuos no peligrosos de la instalación de faenas, considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud (y sus modificaciones). La recolección interna de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal la zona de residuos a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Estos residuos serán retirados periódicamente, al menos 1 ves por semana, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Las empresas que realicen este servicio extenderán un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Residuos Industriales No Peligrosos Los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RISES) considerados para la fase de cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros. La cantidad y manejo de este tipo de residuos se detalla en la Tabla a continuación.
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Residuos Industriales No Peligrosos Restos de embalaje de madera 1,35 Contenedores plásticos Almacenamiento temporal en Área de almacenamiento de residuos no peligrosos habilitada con estos fines en la Instalación de Faenas. 1 veces por semana a cargo de empresa autorizada. Sitio de disposición final autorizado Despuntes metálicos (sobrantes, cables, tornillos, alambres) 1,38 Papel, cartones, envases plásticos 0,45 Fuente: Tabla 1-53 de la DIA. Generación de Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Fase de Cierre.
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Las empresas que realicen este servicio extenderán un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 de la Adenda, y Anexo 8 de la Adenda Complementaria.
Residuos Peligrosos Durante la fase de cierre se estima la generación de residuos peligrosos, por lo cual se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. La cantidad y manejo de este tipo de residuos se detalla en la tabla a continuación.
Tipo de residuo Descripción Cantidad estimada Manejo Frecuencia de retiro Disposición final Residuos Peligrosos Envases de pintura en spray 0,12 BAT Semestral Relleno de Seguridad Autorizado Lubricantes y grasas usadas 0,30 BAT Envases de diluyente, huaipes y EPP contaminados 0,36 BAT Paneles fotovoltaicos dañados 0,12 Sitio de acopio de paneles fotovoltaicos Arena y tierra contaminada con hidrocarburos 0,27 BAT Fuente: Tabla 1-54 de la DIA. Generación de Residuos Peligrosos Fase de Construcción.
En la Bodega residuos peligrosos se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. El piso de la bodega será con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible, con pendiente no inferior al 0,5%. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Cabe mencionar que las mantenciones de vehículos y maquinarias serán realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de RESPEL por esta actividad. Por otra parte, cabe indicar que los paneles averiados o en desuso serán considerados de manera precautoria como residuos peligrosos, conforme al ORD. 2516 del 01 de junio de 2022 del MINSAL. Se privilegiará la devolución de los paneles solares al fabricante o su destino a reciclaje. Sin embargo, una vez iniciada la fase de construcción, se realizará una caracterización al panel solar a emplear a través de un laboratorio de caracterización de residuos peligrosos autorizado, para demostrar que los paneles a emplear no presentan ninguna de las características de peligrosidad estipuladas en el D.S. N°148/2003, del Ministerio de Salud. El resultado de esta caracterización será informado a la autoridad, SEREMI de Salud y Superintendencia del Medio Ambiente. En función de lo señalado, se determinará si los paneles en desuso seguirán siendo manejados como residuos peligrosos (RESPEL), o como residuo no peligroso (RISES), conforme al resultado de dicha caracterización, lo cual será comunicado a la autoridad.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 de la Adenda, y Anexo 9 de la Adenda Complementaria.
Respecto de los paneles solares en buen estado, estos serán devueltos al proveedor, sin embargo, se privilegiará su venta o envío a un centro de reciclaje para su reutilización. Cabe señalar que, ante la eventualidad de no llevar los paneles a reciclaje, venta o ser devueltos al proveedor, estos serán trasladados a cargo de empresas autorizadas rumbo a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
un sitio de disposición final autorizado, siendo retirados a medida que se van desmontando las estructuras de soporte. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV del ICE, numeral 4.8.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Julio del año 2025 Parte, obra o acción que establece el inicio Emplazamiento de la instalación de faena. Fecha estimada de término Enero del año 2026 Parte, obra o acción que establece el término Conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Febrero del Año 2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Evacuación de energía al Sistema Eléctrico Nacional Fecha estimada de término Febrero del año 2066 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del Sistema Eléctrico Nacional 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo del año 2066 Parte, obra o acción que establece el inicio Desconexión y Habilitación de Instalación de Faena para el desmantelamiento del Proyecto Fecha estimada de término Septiembre del 2066 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de instalación de faena de cierre
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración ambiental de material particulado (MP10, MP2.5, u otros) y gases (NOx, CO, SO2, u otros). Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, movimiento de tierras, excavaciones, nivelación, compactación, carga y descarga de materiales, operación de maquinaria y generación de polvo en actividades de construcción. Todas estas fuentes fueron consideradas en el Anexo 3 “Actualización de estimación de emisiones atmosféricas y modelación SCREEN” de la Adenda Complementaria. Fase en que se presenta Construcción y cierre (obras temporales), Operación (obras permanentes) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Impacto ambiental Emisiones de gases precursores de efecto invernadero Parte, obra o acción que lo genera Acondicionamiento del terreno para construir o habilitar partes y obras del proyecto. Movimiento de tierras por carguío y volteo de material y por excavación, nivelación, compactación. Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto. Transporte de insumos, sustancias peligrosas, residuos y mano de obra fuera del área de emplazamiento del proyecto. Restitución de las características del terreno. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada No existe población cercana cuya salud pudiera verse afectada. A mayor abundamiento, en la siguiente tabla se identifican las distancias hacia los distintos receptores que se identificaron para el Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto:
Fuente: Tabla 4 sobre “Caracterización receptores catalogados como sensibles” del Anexo 3.15 de la DIA.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. La fase del Proyecto asociada a mayores emisiones atmosféricas corresponde a la fase de construcción, cuya duración estimada corresponde a 6 meses, asociado a la construcción del parque solar cuya superficie corresponde a 19,09 ha para una potencia peak de 10,8 MW.
Durante la fase de operación, debido a las características propias del Proyecto, no se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, donde las emisiones están asociadas al flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento que se realiza según requerimiento. El funcionamiento del parque solar tiene relación con la generación de energía eléctrica a partir de energía solar mediante el uso de paneles solares para su posterior transmisión mediante una línea eléctrica, correspondiente a Energías Renovables No Convencionales (ERNC) referido a la operación de una Central Solar Fotovoltaica (CSF), por tanto, el funcionamiento del parque solar en cuando a generación y transmisión de energía no se relaciona con la emisión de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida; sin embargo, el Proyecto genera emisiones primarias, directas desde sus fuentes, propias de las actividades a tener lugar durante la fase de operación, estando estas actividades asociadas principalmente a las generadas por el tránsito de vehículos, el cual está relacionado principalmente con el traslado de personal para actividades de mantención del parque solar y línea eléctrica de alta tensión, no habiendo otras actividades asociadas a las emisiones de gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta.
En la fase de construcción, el Proyecto genera emisiones primarias, directas desde sus fuentes, propias de las actividades a tener lugar durante la fase de construcción, estando estas actividades asociadas principalmente a movimientos de tierra, a la combustión en los motores de las maquinarias y a las generadas por el tránsito de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
vehículos, dada la resuspensión y la combustión, relacionadas con las actividades requeridas para la habilitación y construcción del parque solar y la línea eléctrica de alta tensión.
Para la cuantificación del Material Particulado (MPS, MP10 y MP2,5) y gases derivados de emisiones directas e indirectas (NOx, SO2, NH3, CO, COV), se utilizaron los factores y fórmulas de emisión para fuentes transversales presentadas en la Guía para la estimación de emisiones atmosféricas en la Región Metropolitana (SEREMI RM, Octubre, 2020) y el informe final de B&S Consultores (2015) denominado “Servicio de Recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental” que se encuentra a disposición en el sitio web del Servicio de Evaluación Ambiental -www.sea.gob.cl. Cuando los informes señalados, no contuvieron antecedentes sobre factores de emisión para determinado contaminante, especifico a las actividades del proyecto, se consideraron los factores de emisión y criterios de cálculo descritos en el documento “Compilation of Air Pollutant Emission Factors (AP-42)” de la U. S. Environmental Protection Agency (EPA).
A continuación, se presenta el resumen general de las emisiones de todos los contaminantes por fase y sus respectivas fuentes:
Fuente: Tabla 737 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Emisiones totales del Proyecto.
Las emisiones estimadas del proyecto fueron modeladas con el programa Screening Air Dispersion Model (SCREEN View) y luego fueron comparados con los valores impuestos por las Normas Primarias y Secundaria de Calidad de Aire. Considerando que el modelo SCREEN sólo entrega concentraciones horarias, se estimaron las concentraciones diarias, anuales y 8 horas de acuerdo con el procedimiento indicado por la referencia “Screening Procedures for Estimating the Air Quality Impact of Stationary Sources 17”, de la EPA de los Estados Unidos. En este caso, para estimar concentraciones de 8 horas, diarias (24 horas) y anuales, los valores horarios entregados por el modelo deben ser multiplicados por 0,7, 0,4 y 0,08, respectivamente.
Periodo Factor de Corrección 8 horas 0,7 24 horas 0,4 Anual 0,08 Fuente: Tabla 75 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria sobre “Emisiones generadas por el Proyecto al año”.
El ingreso de información al programa requiere de la transformación de los resultados a la unidad de medida g/s/m2. La transformación de las tasas de emisiones de ton/fase, a g/s/m2, consideran el área del Proyecto de 19,08 hectáreas equivalente a un cuadrado de 436,81 m x 436,81 m. Se evalúa en el periodo de mayores emisiones del Proyecto, correspondiente al año 1 del resumen de emisiones ajustado al cronograma de la Tabla 74 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. En cuanto al terreno, en el modelo se ha considerado la opción de terreno simple y plano siendo la situación más conservadora dado que los receptores se encuentran en similares Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
cotas de la fuente. El área de estudio se consideró del tipo rural, y se asumió una altura de emisión de 0,5 m.
En la siguiente tabla se muestra la transformación de ton/fase, a g/s/m2:
Contaminante Emisión (ton/año) Tasa (g/s-m2) MP10 1,27 6,42E-07 MP2,5 0,39 1,96E-07 SO2 0,08 3,94E-08 NO2 2,80 1,42E-06 CO 1,50 7,57E-07 Fuente: Tabla 76 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Conversión de tasas de emisiones del año 1 del Proyecto”.
A partir de la tabla anterior se estimaron las concentraciones y dispersión en el entorno circundante del cierre perimetral del proyecto entre 1 y 5.000 metros, considerando las correcciones horarias y las normas de calidad primaria y secundaria se obtuvo lo siguiente:
D.S. N° 59/98 (Norma de calidad primaria de MP10):
Fuente: Tabla 77 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para MP10 en el año 1”.
D.S. N°12/11 (Norma de calidad primaria de MP2,5):
Fuente: Fuente: Tabla 78 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para MP2.5 en el año 1”.
D.S. N° 113/02 (Norma de calidad primaria de SO2):
Fuente: Tabla 79 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para SO2 en el año 1”.
D.S. N° 22/10 (Norma de calidad secundaria de SO2):
Fuente: Tabla 80 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para SO2 (norma secundaria) en el año 1”.
D.S. N° 114/02 (Norma de calidad primaria NO2): Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 81 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para NO2 en el año 1”.
D.S. N° 115/02 (Norma de calidad primaria CO):
Fuente: Tabla 82 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria. “Evaluación del cumplimiento para CO en el año 1”.
Los resultados indican que aproximadamente a los 326 metros del Proyecto se alcanza el punto de máxima concentración de emisiones para todos los contaminantes analizados, donde no se supera ninguna norma de calidad, esto implica que no existe superación para ningún otro punto tanto dentro como fuera del proyecto.
En virtud de los resultados presentados en el Anexo 3.14 de la DIA, complementados en el Anexo 3 del Adenda Complementaria, es posible señalar que las emisiones de contaminantes generadas por el Proyecto tienen un carácter puntual y acotadas a las zonas de los paneles fotovoltaicos, donde la actividad más contaminante es la actividad de tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.
Los cálculos se hicieron considerando distancias reales, clasificadas de acuerdo con sus niveles de carga de finos, caminos pavimentados y no pavimentados, y flujos de transporte y carga de materiales e insumos para las distintas fases del proyecto.
Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Proponente considera las siguientes medidas: •Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. •Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h). •Se aplica supresor de polvo en el camino de acceso no pavimentado.
Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: •El grupo electrógeno y maquinaria considerado tienen sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante.
Finalmente, todos los vehículos y maquinarias cuentan con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto. Respecto a las emisiones de campos electromagnéticos, el Proyecto no considera la implementación de una línea de alta tensión, al respecto, se habilita una línea de media tensión de 13,2 kV de tensión por lo que no se generan campos electromagnéticos relevantes. Por otra parte, la longitud de esta línea de media tensión (LMT) es de 24 metros y no hay receptores sensibles cercanos a esta obra.
En base a todo lo antes indicado se concluye que el Proyecto, no produce efectos adversos significativos sobre la calidad del aire ni sobre la salud de la población del área de influencia del Proyecto ni modificación a las actuales condiciones de calidad del aire que impidan dar cumplimiento a la normativa vigente. La superación de los valores de ruido Durante la fase de construcción, y cierre, las emisiones de ruido se originan principalmente por la maquinaria, considerando maquinaria pesada y generadores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. eléctricos para la construcción y cierre, y el funcionamiento de las instalaciones eléctricas durante la fase de operación y el tránsito de vehículos. De acuerdo con la zonificación del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, el proyecto y los receptores se homologan a zona rural, ya que se encuentran fuera del límite urbano preestablecido de la comuna de Marchigüe.
Fase de Construcción Para la predicción de los niveles de ruido, se realiza el cálculo a través de la normativa ISO 9613. La proyección se realiza agrupando la maquinaria en una fuente fija según cada frente de trabajo, ubicándolos en el modelo considerando el escenario más desfavorable para los receptores, es decir, ubicando todas las fuentes de ruido en el sector suroeste del Proyecto, escenario que, si bien es poco realista en una faena de construcción, representa la condición más desfavorable hacia los receptores. Respecto a las condiciones ambientales, a modo de presentar un escenario conservador se establecen parámetros asociados a una condición de menor absorción en el aire. A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido se obtienen los siguientes resultados para la Fase de Construcción del Proyecto. Ya que todas las actividades durante la Fase de Construcción se realizar durante el periodo diurno, sólo se realiza la evaluación normativa en dicho periodo.
Mes de Construcción Receptor NPSPROYECTADO (dB(A)) D.S. N°38/11 Zonificación Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento MES N°2 R1 52,3 Zona Rural 50 Supera R2 63,9 Zona Rural 55 Supera R2-B 63,6 Zona Rural 55 Supera R2-C 65,0 Zona Rural 55 Supera R2-D 63,1 Zona Rural 55 Supera R3 59,3 Zona Rural 59 Cumple R4 57,7 Zona Rural 65 Cumple MES N°3 R1 50,7 Zona Rural 50 Supera R2 58,2 Zona Rural 55 Supera R2-B 59,0 Zona Rural 55 Supera R2-C 58,4 Zona Rural 55 Supera R2-D 58,1 Zona Rural 55 Supera R3 55,0 Zona Rural 59 Cumple R4 51,7 Zona Rural 65 Cumple MES N°4 R1 48,9 Zona Rural 50 Cumple R2 57,2 Zona Rural 55 Supera R2-B 57,4 Zona Rural 55 Supera R2-C 57,7 Zona Rural 55 Supera R2-D 56,8 Zona Rural 55 Supera R3 52,9 Zona Rural 59 Cumple R4 51,7 Zona Rural 65 Cumple Fuente: Tabla 24 del Anexo 3.14 de la DIA. Verificación Cumplimiento D.S. N°38/11 – Fase de Construcción.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto, pueden sobrepasar la normativa en los receptores R1, R2, R2-B, R2-C y R2-D durante los tres (3) meses de construcción evaluados. El escenario anterior considera los frentes de trabajo sin incorporar barrera acústica de ningún tipo y considerando que toda la maquinaria se encuentra operando en el sector más cercano a cada receptor, es decir que se considera el escenario más desfavorable. Ya que en la Fase de Construcción se pueden superar los límites establecidos por el Decreto Supremo N°38/11, del Ministerio del Medio Ambiente, se deben incorporar medidas de control ambiental. Se incorpora barreras acústicas móviles, siempre que se realicen trabajos a menos de 200 [m] de cualquier receptor. No es necesaria la utilización de la barrera acústica móvil cuando la maquinaria se encuentre a más de 200 [m] de cualquier receptor. Además del uso de barreras acústicas, se deben tomar medidas de carácter administrativo durante toda la Fase de Construcción. De esta forma se establece un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
radio de seguridad de 150 [m] desde cualquier receptor. Dentro de este radio de seguridad se restringe el funcionamiento simultáneo de maquinaria, es decir que, dentro de este radio, sólo puede operar una (1) maquinaria a la vez. Esta medida debe implementarse al inicio de la Fase de Construcción y se mantiene durante toda la duración de esta fase. Para verificar el cumplimiento normativo de las medidas a implementar, se realiza una nueva modelación, incorporando dichas medidas en el modelo.
A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido y las medidas de control incorporadas al modelo, se obtienen los siguientes resultados para la Fase de Construcción:
Mes de Construcción Receptor NPSPROYECTADO (dB(A)) D.S. N°38/11 Zonificación Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento MES N°2 R1 46,7 Zona Rural 50 Cumple R2 52,6 Zona Rural 55 Cumple R2-B 52,9 Zona Rural 55 Cumple R2-C 53,6 Zona Rural 55 Cumple R2-D 52,2 Zona Rural 55 Cumple R3 50,3 Zona Rural 59 Cumple R4 50,1 Zona Rural 65 Cumple MES N°3 R1 46,6 Zona Rural 50 Cumple R2 53,0 Zona Rural 55 Cumple R2-B 53,8 Zona Rural 55 Cumple R2-C 53,3 Zona Rural 55 Cumple R2-D 52,7 Zona Rural 55 Cumple R3 51,1 Zona Rural 59 Cumple R4 50,8 Zona Rural 65 Cumple MES N°4 R1 42,8 Zona Rural 50 Cumple R2 48,8 Zona Rural 55 Cumple R2-B 49,9 Zona Rural 55 Cumple R2-C 48,5 Zona Rural 55 Cumple R2-D 48,9 Zona Rural 55 Cumple R3 46,0 Zona Rural 59 Cumple R4 46,2 Zona Rural 65 Cumple Fuente: Tabla 25 del Anexo 3.14 de la DIA. Verificación Cumplimiento D.S. N°38/11 – Fase de Construcción, Con Medidas de Control.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, luego de la aplicación de las medidas de control ambiental, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, durante el periodo diurno, en el cual se desarrollan las actividades de construcción, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto.
En cuanto a la verificación del OPB 814.41 para Tránsito Vehicular, se presentan los resultados obtenidos mediante el método RLS-90 y modelado mediante el software iNoise v2024. La evaluación se realiza mediante valores considerados por la normativa OPB 814.41. El resultado de la evaluación, según la aplicación de la norma Suiza OPB 814.41 se presenta en la siguiente tabla:
Receptor NPSPROYECTADO (dB(A)) Normativa Suiza OPB 814.41 Grado de Sensibilidad Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento R1 15,1 Grado II 60 Cumple R2 21,6 Grado II 60 Cumple R2-B 20,7 Grado II 60 Cumple R2-C 22,3 Grado II 60 Cumple R2-D 21,1 Grado II 60 Cumple Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
R3 26,8 Grado II 60 Cumple R4 35,1 Grado II 60 Cumple Fuente: Tabla 26 Anexo 3.14 de la DIA. Verificación cumplimiento OPB 814.41 – Fase de construcción – Tránsito vehicular.
Como se puede apreciar, el aporte del tránsito vehicular proyectado mediante el método alemán RLS-90 y evaluado mediante normativa Suiza OPB 814.41, cumple con el estándar de referencia, en los receptores evaluados, asegurando así el cumplimiento en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta. Respecto de las vibraciones, para el estudio de este Proyecto y tomando en cuenta que los receptores corresponden principalmente a viviendas de uso habitacional y ocupacional, se consideran los receptores en términos de molestia según impacto de vibraciones en la Categoría 2, por lo tanto, el nivel máximo de impacto de vibraciones es de 72 [VdB]. Por otro lado, para la evaluación del criterio de daño estructural y a modo de representar un escenario conservador, se consideran todas las edificaciones en Categoría IV, es decir, edificios muy susceptibles al daño por vibraciones. De esta forma se considera un nivel máximo de velocidad peak de partícula (PPV) de 0,12 [in/s]. Para la verificación de la normativa “FTA Report No. 0123/18” se evalúa el nivel de vibración en cada receptor considerando el escenario más desfavorable, es decir calculando el nivel de vibración en los receptores generado por la actividad con mayor nivel vibratorio, es decir la actividad “Preparación de Terreno y Movimiento de Tierras”. Para considerar un escenario conservador, se considera que cada maquinaria de la actividad a evaluar se encuentra en funcionamiento simultáneo, incorporando su ubicación más cercana a cada receptor. A partir de los resultados obtenidos por cada maquinaria en los receptores, se evalúa el cumplimiento normativo, considerando el escenario más desfavorable (es decir el mayor valor obtenido).
Receptor PPV Total Calculado [in/s] LV Total Calculado [VdB] Evaluación Daño Estructural por Vibración Evaluación Molestia por Vibración Categoría PPV Límite [in/s] Cumplimiento Categoría LV Límite [VdB] Cumplimiento R1 3,565E-03 53,0 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R2 1,279E-02 64,1 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R2-B 1,335E-02 64,5 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R2-C 1,611E-02 66,1 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R2-D 1,087E-02 62,7 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R3 7,488E-03 59,5 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple R4 7,838E-03 59,9 Categoría IV 0,12 Cumple Categoría 2 72 Cumple Fuente: Tabla 29 del Anexo 3.15 de la DIA. “Evaluación de Molestia y Daño Estructural por Vibración”.
Como se puede apreciar, el impacto generado por vibraciones, proyectado y evaluado mediante el documento “Transit Noise and Vibration-Impact Assesment FTA Report No.0123/18” de la Administración federal de tránsito (FTA: Federal Transit administration), cumple con el estándar de referencia en todos los receptores.
Fase de Operación La operación del parque fotovoltaico considera el funcionamiento de distintos dispositivos, los cuales son necesarios para captar, transformar y transportar la energía eléctrica generada. En esta sección se evalúa el efecto que el ruido de dichos dispositivos tiene sobre los receptores catalogados como sensibles. El Proyecto considera 3 Centros de Inversión y Transformación (CIT) para lo cual se contempla una estación combinada de inversión-transformación. El transformador corresponde a un dispositivo que aumenta la tensión de operación y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
eleva las condiciones de la red eléctrica de distribución existente a la cual se conecta la planta, radiando un ruido cuya sensación característica es de un “zumbido eléctrico”. Por otro lado, el inversor es un dispositivo eléctrico que convierte la Corriente Continua en Corriente Alterna a una determinada frecuencia. El inversor cuenta con ventilación forzada ya que durante su operación se produce aumento de temperatura propio de la electrónica de potencia del sistema y la temperatura ambiente. Esta ventilación es incorporada para evitar la desconexión del inversor por aumento de temperatura. Los inversores emiten nivel de presión sonora debido a la extracción y admisión de aire del sistema de ventilación. Para almacenar la energía generada, el Proyecto contempla la utilización de un Sistema de Almacenamiento por medio de baterías, lo que se conoce comúnmente como “BESS” (por su sigla en inglés Battery Energy Storage System). El sistema cuenta con 10 contenedores de BESS de 4,5 [MVA] cada uno. Se verifica la contribución de la Fase de Operación de la siguiente forma:
Receptor NPSPROYECTADO (dB(A)) D.S. N°38/11 Zonificación Periodo Diurno Periodo Nocturno Límite Máximo Permisible [Db(A)] Cumplimiento Límite Máximo Permisible [Db(A)] Cumplimiento R1 24,7 Zona Rural 50 Cumple 43 Cumple R2 30,4 Zona Rural 55 Cumple 42 Cumple R2-B 31,2 Zona Rural 55 Cumple 42 Cumple R2-C 30,5 Zona Rural 55 Cumple 42 Cumple R2-D 30,4 Zona Rural 55 Cumple 42 Cumple R3 27,0 Zona Rural 59 Cumple 47 Cumple R4 26,1 Zona Rural 65 Cumple 47 Cumple Fuente: Tabla 36 del Anexo 3.15 de la DIA. Verificación Cumplimiento D.S. N°38/11 – Fase de Operación.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, las actividades planificadas para la Fase de Operación del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto. En cuanto a los resultados obtenidos mediante el método RLS-90 y modelado mediante el software iNoise v2024, la evaluación se realiza mediante valores considerados por la normativa OPB 814.41 para tránsito vehicular. El resultado de la evaluación, según la aplicación de la norma Suiza OPB 814.41 se presenta en la siguiente tabla:
Receptor NPSPROYECTADO (dB(A)) Normativa Suiza Opb 814.41 Grado de Sensibilidad Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento R1 12,0 Grado II 60 Cumple R2 18,6 Grado II 60 Cumple R2-B 17,6 Grado II 60 Cumple R2-C 19,2 Grado II 60 Cumple R2-D 18,0 Grado II 60 Cumple R3 23,7 Grado II 60 Cumple R4 32,0 Grado II 60 Cumple Fuente: Tabla 37 del Anexo 3.15 de la DIA. Verificación cumplimiento OPB 814.41 – Fase de operación – Tránsito vehicular.
Como se puede apreciar, el aporte del tránsito vehicular proyectado mediante el método alemán RLS-90 y evaluado mediante normativa Suiza OPB 814.41, cumple con el estándar de referencia, según los datos entregados por el Proponente, en los receptores evaluados, asegurando así el cumplimiento en cualquier otro receptor que se encuentre en la ruta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En cuanto a vibraciones, durante la Fase de Operación del Proyecto, no se identifican fuentes que generen vibraciones significativas.
Fase de Cierre Dado que la maquinaria y el flujo vehicular para la fase de cierre es similar a la utilizada en la Fase de Construcción, no se lleva a cabo una evaluación acústica ni vibratoria adicional, ya que ambas fases son homologables en magnitud acústica y vibratoria. De esta forma, a modo de dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente, se establece que durante la Fase de Cierre se implementan las mismas medidas de control ambiental utilizadas durante la Fase de Construcción.
A mayor abundamiento, en las siguientes tablas se presenta la actualización del CAV N°8 “Monitoreo de ruido Fase de Construcción” y del CAV N°11 “Monitoreo de Ruido Fase de Cierre”, incorporando la indicación sobre la entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente el cronograma de ambos monitoreos, pormenorizando horario, fechas y coordenadas UTM de aquellas zonas en donde se ejecutan las mediciones:
CAV-8: MONITOREO DE RUIDO FASE DE CONSTRUCCIÓN Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto Fase del Proyecto Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruido y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Descripción: Realización de mediciones de ruido en receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, durante la fase de construcción del Proyecto.
Justificación: Conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, se identificó posible incumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en fase de construcción en algunos receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, en función de lo cual se incorporaron medidas de control referidas a pantallas acústicas, para luego realizar una nueva modelación verificando el cumplimiento normativo con las medidas consideradas. De esta manera, el monitoreo de ruido se justifica en verificar el cumplimiento normativo durante la fase de construcción, en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar.
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Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de ruido se lleva a cabo en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar, los cuales corresponden a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, R3 y R4. Al respecto, cabe indicar que conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruido y Vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, las medidas de control se asocian a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, sin embargo, el monitoreo de ruido para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, se realiza en todos los receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar. A continuación, se presentan las coordenadas de cada receptor:
Fuente: Tabla 19 del Adenda Complementaria. CAV N°8 – Monitoreo de ruido Fase de Construcción.
Forma: Se realizan mediciones discretas con sonómetro integrador – promediador considerando las disposiciones del del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
Oportunidad de implementación: El monitoreo de ruido se realiza durante la fase de construcción, de manera bimensual. De esta manera, teniendo en cuenta la duración de 6 meses de la fase de construcción, se considera la realización de 3 monitoreos.
El monitoreo comienza durante el primer mes de construcción y los horarios en que se realiza va variando según las actividades a realizar, tomando en cuenta la cercanía de las obras a los receptores.
Indicador de cumplimiento Se lleva registro de la realización de cada monitoreo. De manera posterior a cada monitoreo, se genera un informe con los resultados obtenidos. Forma de control y seguimiento - Registro de realización de monitoreo de ruido bimensual durante fase de construcción. - Previo a la realización del monitoreo, se entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente el cronograma de cada monitoreo, pormenorizando horario, fechas y coordenadas UTM de aquellas zonas en donde se ejecutan las mediciones. - Envío de Informe a SMA reportado a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). El informe se envia en un plazo de 30 días posterior a la realización de cada monitoreo. Fuente: Tabla 19 del Adenda Complementaria. CAV N°8 – Monitoreo de ruido Fase de Construcción.
CAV-11: MONITOREO DE RUIDO FASE DE CIERRE Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto Fase del Proyecto Cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruido y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Descripción: Realización de mediciones de ruido en receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, durante la fase de cierre del Proyecto.
Justificación: Conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, se identificó posible incumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en fase de construcción en algunos receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, en función de lo cual Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
se incorporaron medidas de control referidas a pantallas acústicas, para luego realizar una nueva modelación verificando el cumplimiento normativo con las medidas consideradas. De esta manera, el monitoreo de ruido se justifica en verificar el cumplimiento normativo durante la fase de cierre, en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de ruido se lleva a cabo en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar, los cuales corresponden a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, R3 y R4. Al respecto, cabe indicar que conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudio de Ruido y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, las medidas de control se asocian a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, sin embargo, el monitoreo de ruido para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, se realiza en todos los receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar. A continuación, se presentan las coordenadas de cada receptor:
Fuente: Tabla 20 del Adenda Complementaria. CAV N°11 – Monitoreo de ruido Fase de Cierre
Forma: Se realizan mediciones discretas con sonómetro integrador – promediador considerando las disposiciones del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
Oportunidad de implementación: El monitoreo de ruido se realiza durante la fase de cierre, de manera bimensual. De esta manera, teniendo en cuenta la duración de 6 meses de la fase de construcción, se considera la realización de 3 monitoreos.
El monitoreo comienza durante el primer mes de cierre y los horarios en que se realiza va variando según las actividades a realizar, tomando en cuenta la cercanía de las obras a los receptores.
Indicador de cumplimiento Se lleva registro de la realización de cada monitoreo. De manera posterior a cada monitoreo, se genera un informe con los resultados obtenidos. Forma de control y seguimiento - Registro de realización de monitoreo de ruido bimensual durante fase de cierre. - Previo a la realización del monitoreo, se entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente el cronograma de cada monitoreo, pormenorizando horario, fechas y coordenadas UTM de aquellas zonas en donde se ejecutan las mediciones. - Envío de Informe a SMA reportado a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). El informe se envia en un plazo de 30 días posterior a la realización de cada monitoreo. Fuente: Tabla 20 del Adenda Complementaria. CAV N°11 – Monitoreo de ruido Fase de Cierre.
De esta manera, conforme al análisis realizado, se cumple con el máximo permitido por el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en todos los receptores y en todas las fases del Proyecto. Por lo anteriormente expuesto, se descarta el riesgo a la salud de la población debido a que las emisiones de ruido del Proyecto se ajustan a los máximos permitidos por el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Suelo El Proyecto realiza un adecuado manejo y gestión de los residuos en todas sus fases, considerando sitios de almacenamiento temporal según tipo de residuo para su posterior disposición final en lugar autorizado, y sistema particular de alcantarillado para el tratamiento de las aguas servidas domiciliarias provenientes de los servicios higiénicos, por tanto, se asegura que no se presenten situaciones que generen un riesgo a la salud de la población a causa del manejo y disposición final de sus residuos. De esta manera, no se prevé la generación de impactos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, considerando el manejo que se realiza a los residuos, por tanto, no se genera exposición a contaminantes que generen riego a la salud de la población a causa del manejo de residuos. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 138 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.1 de la DIA, complementado en Anexo 7 del Adenda Complementaria.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 del Adenda, y Anexo 9 del Adenda Complementaria.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 del Adenda, y Anexo 8 del Adenda Complementaria.
En cuanto a posible riesgo para la salud de la población debido al impacto de emisiones y efluentes sobre el recurso natural renovable suelo, debido al tipo de proyecto, referido a la construcción y operación de un parque solar y una línea eléctrica, las distintas fases del Proyecto no se relacionan con emitir efluentes o contaminantes al suelo. Por otra parte, se realiza un adecuado manejo de residuos en las distintas fases, contando con áreas habilitadas para el almacenamiento temporal de los distintos tipos de residuos, desde donde son trasladado por terceros autorizados hacia un sitio de disposición final autorizado.
Aire Respecto a las emisiones de ruido, el Anexo 3.14 presentado en la DIA, actualizado en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, concluye en el cumplimiento durante todas las fases del Proyecto de los valores establecidos en el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, para todos los receptores ubicados en las cercanías del Proyecto. Asimismo, cabe indicar que, para asegurar el cumplimiento de la norma, se considera la utilización de barreras acústicas y medidas administrativas en las labores de construcción en particular para ciertos receptores identificados.
En cuanto a las emisiones atmosféricas estas son menores y puntuales, circunscritas principalmente a la fase de construcción y cierre que tienen una duración acotada en el tiempo correspondiendo respectivamente a 6 y 6 meses cada una. Estas emisiones son controladas mediante una serie de medidas, como reducción de la velocidad al interior del Proyecto, transporte de camiones con sus cargas encarpadas, revisiones técnicas al día, aplicación de supresor de polvo en camino interno del parque solar. También se aclara que las emisiones para la fase de construcción fueron modeladas y comparadas con las normas primarias de calidad de aire (MP10, MP2,5, SO2, NO2 y CO), evidenciando que no existe superación de los valores establecidos en dichas normas. Durante la fase de operación del Proyecto no se generan emisiones relevantes, las cuales se relacionan con emisiones provenientes de vehículos encargados de la operación y mantención del parque fotovoltaico. Finalmente, para la fase de cierre, se estima que las emisiones generadas, en su peor condición alcancen valores similares a los generados durante la fase de construcción. De esta manera, el Proponente señala que la magnitud de emisiones a ser generadas y el manejo de las emisiones propuesto asegura la no afectación de la salud de la población.
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Respecto de las emisiones de Campos Electromagnéticos Respecto a las emisiones de campos electromagnéticos, el Proyecto no considera la implementación de una línea de alta tensión, al respecto, se habilita una línea de media tensión de 13,2 kV de tensión por lo que no se generan campos electromagnéticos relevantes. Por otra parte, la longitud de esta línea de media tensión (LMT) es de 24 metros y no hay receptores sensibles cercanos a esta obra.
Agua El Proyecto realiza un adecuado manejo y gestión de los residuos en todas sus fases, considerando sitios de almacenamiento temporal según tipo de residuo para su posterior disposición final en lugar autorizado, y sistema particular de alcantarillado para el tratamiento de las aguas servidas domiciliarias provenientes de los servicios higiénicos, por tanto, se asegura que no se presenten situaciones que generen un riesgo a la salud de la población a causa del manejo y disposición final de sus residuos. De esta manera, no se prevé la generación de impactos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, considerando el manejo que se realiza a los residuos, por tanto, no se genera exposición a contaminantes que generen riego a la salud de la población a causa del manejo de residuos. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 138 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.1 de la DIA, complementado en Anexo 7 del Adenda Complementaria. En cuanto a posible riesgo para la salud de la población debido al impacto de emisiones y efluentes sobre el recurso natural renovable agua, considerando el tipo de proyecto referido a la construcción y operación de un parque solar y una línea eléctrica, las distintas fases del Proyecto no se relacionan con emitir efluentes o contaminantes al agua. A su vez, se realiza un manejo adecuado de los residuos generados. El Proyecto no genera residuos industriales líquidos, y los efluentes generados corresponden a las aguas servidas domiciliarias provenientes de los servicios higiénicos durante la construcción, operación y cierre. Para todos estos casos, estas aguas servidas son manejadas mediante la implementación de un sistema de tratamiento que conduce las aguas residuales hacia una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). En esta planta, el tratamiento primario permite la sedimentación de sólidos, asegurando que el efluente tratado sea almacenado en un estanque de acumulación de 15 m³. Finalmente, la disposición del efluente tratado se gestiona en un lugar autorizado conforme a la normativa vigente. Los contenidos técnicos del sistema de tratamiento y disposición de las aguas servidas se presentan en el Anexo 7 PAS 138 de la Adenda Complementaria. Por otra parte, en las fases de construcción y cierre también se emplean baños químicos, para cuya limpieza y mantención se contrata a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región que dispone dichos residuos en un lugar de disposición final autorizado. Por lo anteriormente expuesto, y dado el manejo de las aguas servidas mediante el retiro de los efluentes de los baños químicos y la implementación de sistemas de tratamiento de aguas servidas considerando un estanque de acumulación de 15 m³ para la gestión y disposición final del efluente tratado en un lugar autorizado, se descarta el riesgo para la salud de la población debido al manejo de efluentes.
La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Si bien existe la generación de residuos, el manejo que adopta el Proyecto, el cual se encuentra acorde a lo descrito en la normativa nacional vigente, evita que se puedan generar efectos negativos sobre el medio ambiente. A continuación, se entrega el detalle de los residuos generados durante todas las fases del Proyecto.
Fase de construcción Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos Se estima que se genera un máximo de 10,92 t/fase de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Construcción en los momentos de mayor requerimiento de mano de obra. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 100 trabajadores y un periodo de trabajo de 22 días/mes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos El Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos, alambres y restos de embalaje. Las empresas que realicen este servicio extienden un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Residuos peligrosos Durante la fase de construcción se estima la generación de residuos peligrosos, por lo cual se implementa una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas.
Fase de operación Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos Se estima que se genera un máximo de 21,9 t/fase de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Operación. Esta estimación proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 3 trabajadores asociados a actividades de mantención de mayor demanda de mano de obras y un periodo de trabajo de 22 días/mes. Las empresas que realicen el servicio de retiro de residuos extienden un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Residuos peligrosos Durante la Fase de Operación se generan residuos sólidos peligrosos producto de los residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como: aceites usados, huaipes, paños y elementos de protección personal (EPP) contaminados con aceite, combustible, lubricantes, etc.; los cuales son almacenados temporalmente en la Bodega de residuos peligrosos, en espera a su disposición final en un lugar autorizado En relación a los paneles, se prioriza su reciclaje mediante empresas autorizadas para estos efectos, siendo verificado mediante un Certificado emitido por dicha empresa.
Fase de cierre Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos Se estima que se genera un máximo de 10,92 t/fase de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de cierre en los momentos de mayor requerimiento de mano de obra. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios equivalente a 1 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 75 trabajadores y un periodo de trabajo de 22 días/mes.
Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos Los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos (RISES) considerados para la fase de cierre corresponden principalmente a restos de materiales provenientes del desmantelamiento de las obras del Proyecto, correspondientes a cartones, maderas, escombros, fierros, pernos, herramientas, entre otros.
Residuos peligrosos Durante la fase de cierre se estima la generación de residuos peligrosos, por lo cual se implementa una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas.
En la siguiente tabla se detalla la estimación y caracterización cualitativa de los residuos a ser almacenados temporalmente, para el caso de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables (RSD), e industriales no peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 8 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 del Adenda, y Anexo 8 del Adenda Complementaria.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 del Adenda, y Anexo 9 del Adenda Complementaria.
En cuanto al riesgo a la salud de la población a causa del manejo de los residuos dado, el Proponente considera las siguientes medidas de gestión: En primer lugar, el Proyecto cuenta con áreas y sitios destinados al almacenamiento temporal de los residuos en sus distintas fases. Estas áreas cuentan con autorización sanitaria por lo que en la Adenda Complementaria se adjuntan los antecedentes técnicos y formales para la solicitud de los permisos ambientales sectoriales (PAS) mixtos del Artículo 140 (Anexo 8 de la Adenda Complementaria) para el almacenamiento temporal de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos, y del Artículo 142 (Anexo 9 de la Adenda Complementaria) para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos. En cuanto a los residuos líquidos domiciliarios provenientes de los servicios higiénicos, estos son tratados mediante un sistema particular de alcantarillado considerando drenes de infiltración para la disposición final de efluente tratado, para lo cual se presentan los antecedentes del PAS 138 en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Por otra parte, también se emplean baños químicos, para cuya limpieza y mantención se contrata a una empresa autorizada por la SEREMI de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Salud de la Región, que dispone dichos residuos en un sitio de disposición final autorizado.
El manejo y gestión de los residuos por parte del Proyecto en todas sus fases asegura que no se presenten las situaciones que generen un riesgo a la salud de la población a causa del manejo y disposición final de sus residuos. De esta manera, considerando el manejo que se realiza a los residuos, no se prevé la generación de impactos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, por tanto, por tanto, no se genera exposición a contaminantes que generen riego a la salud de la población debido al manejo de residuos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.1. En consecuencia, no es necesario presentar un EIA para el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, dado que no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, bastando la presentación de una DIA.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental - Perturbación de la fauna por emisiones de ruido y vibración. - Modificación o pérdida de hábitats para la fauna terrestre. - Pérdida de individuos o ejemplares de una población. - Fraccionamiento de hábitat, producto del cierre del terreno y cerco perimetral. - Intervención de flora y vegetación sustento de alimentación. - Pérdida de hábitat. - Modificación o pérdida de hábitat para la flora o vegetación. - Pérdida de una comunidad de flora o vegetación. - Exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos y usos de sustancias químicas. - Pérdida de suelo. - Compactación de suelo. - Activación de procesos erosivos o erosión del suelo. - Cambio de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (cambios en la textura, estructura, patrón de aireación, régimen hídrico) de las aguas superficiales y subterráneas. - Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (patrón de aireación). - Alteración Calidad de las aguas subterráneas. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Agua. Aire. Flora y vegetación. Fauna. Parte, obra o acción que lo genera Habilitación y operación de los caminos. Excavación de zanjas de circuitos de media tensión. Áreas de intervención directa. Fase en que se presenta Fase de construcción para toda el área de intervención directa y en operación solo acotado al sector de caminos, ya que bajo los paneles y sobre las zanjas mantendrá una cobertura vegetal que mantendrá la condición de desprotección original. Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. No se reconocen recursos de naturales renovables que sean únicos o representativos en el área del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Suelos presentes en el Área de Influencia Para la determinación del área de influencia sobre el componente suelo se analizaron todas las partes del Proyecto susceptibles de generar impactos sobre el suelo como son los caminos, baterías, trackers de paneles, zanjas eléctricas y todas las obras del Proyecto en donde se interviene el suelo, considerando obras permanentes y temporales. De acuerdo a la caracterización edafológica y descripción de las clases de uso de los suelos en el área de influencia (AI) del Proyecto realizada en la caracterización ambiental del componente suelo presente en el Apéndice A Anexo 3.5 informe edafológico de la Adenda, la cual fue realizada en conforme con la “Pauta para estudio de suelos”. En el área de influencia, se observan las variaciones de la Serie de Suelo Lo Vásquez (LVZ) descritas por CIREN, presentes en el área de influencia del proyecto. Se identifican la variación 1 (LVZ-1) con una Capacidad de Uso de Suelo (CCUS) VIIe1, la variación 4 (LVZ-4) con una CCUS IVe1 y la variación 6 (LVZ-6) con una CCUS VIe3. En la siguiente figura se grafica la Serie Lo Vásquez (LVZ): LVZ-6; LVZ-7.
Figura 6 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Variaciones CIREN presentes en el área de influencia (Anexo 3.5 Suelos de la DIA).
Según la clasificación establecida, la totalidad del área de influencia corresponde a suelos de Capacidad de Uso IV. En específico, los suelos con CCUS IV abarcan 19,00 ha, lo que representa el 100% de la superficie del área de influencia de suelos. No se observó uso agrícola en el área de influencia del proyecto, y el suelo se encuentra en barbecho prolongado debido a la baja pluviometría de los últimos años.
Por otra parte, conforme al Análisis de Riesgo de Activación de Procesos Erosivos, documento presente en el Anexo 16 de la Adenda Complementaria, los resultados indican que la superficie del área de influencia de suelos presenta las siguientes clases de riesgo de activación de procesos erosivos: riesgo “bajo” en un 15,68% de la superficie (3,008 ha), riesgo “medio” en un 59,09% de la superficie (11,336 ha), y riesgo “alto” en un 25,23% de la superficie (4,84 ha). En una situación con obras, las clases de riesgo se modifican levemente, alcanzando un 11,61% de la superficie en la categoría de riesgo “bajo” (2,227 ha), un 61,64% en la categoría de riesgo “medio” (11,824 ha) y un 26,76% en la categoría de riesgo “alto” (5,133 ha). De este modo, en una situación con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Proyecto, considerando sus características, se observa un leve aumento en las clases de riesgo “medio” y “alto” debido a la intervención del suelo.
Con respecto al componente ambiental suelo y su relación con el cambio climático, podría verse afectado en cuanto a su riesgo de activación de procesos erosivos toda vez que este depende, entre otros factores, del régimen de precipitación, que eventualmente va a sufrir variaciones. En ese sentido se calculó el índice de Fournier en un escenario de cambio climático, usando los datos de la plataforma ARCLIM que proyecta las precipitaciones para los años 2035-2065 en el escenario RCP 8.5 para la comuna de Marchigüe, donde se localiza el Proyecto.
De este modo, al considerar los datos proyectados en un escenario de cambio climático, el Índice de Fournier (IF), se mantiene en los rangos presentados para la situación con proyecto, que califica toda el área de influencia con una agresividad climática baja. Dado lo anterior, en un escenario con cambio climático no hay variación en la clase de agresividad climática y, subsecuentemente, no hay variación en el riesgo de activación de procesos erosivos presentados para la situación con obras.
Análisis de la Afectación del Recurso Suelo La afectación del recurso suelo es acotada en superficie estando asociada a las obras que requieren intervención de terreno para su habilitación como es el caso de las zanjas de cableado soterrado, escarpe y compactación de caminos y habilitación de instalaciones temporales e instalaciones permanentes, además de la ocupación de superficie de suelo como es el caso de los paneles solares los cuales están montados en estructuras soportantes que son hincadas al suelo.
La superficie de intervención de suelo para el emplazamiento de obras temporales es del orden de 546,89 m2 (0,05 ha), asociado a la habilitación de las instalaciones que conforman la instalación de faenas: bodegas, baños, oficinas, etc.
Por su parte, la superficie de intervención de suelo para la habilitación de instalaciones permanentes en el parque solar es del orden de 0,09 ha, asociado principalmente con la habilitación de baterías BESS (0,05 ha), así como las demás instalaciones permanentes, que incluyen 3 transformadores, bodegas, oficinas, estacionamiento, estanque de agua potable y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Es decir, la superficie asociada a intervención de suelo por emplazamiento de instalaciones temporales y permanentes al interior del polígono del parque solar es del orden de 0,14 ha. Al respecto, cabe indicar que esta superficie corresponde aproximadamente al 0,9 % respecto de las 19 ha de superficie del polígono de parque solar (cierre perimetral).
Al respecto, durante la fase de cierre se considera como actividad la descompactación de suelos con subsolado o arado, en la superficie donde fueron emplazadas las instalaciones permanentes y en los caminos internos del Proyecto, esto con el objetivo de hacer una recuperación de estos suelos, realizando des compactación para dar condiciones físicas de suelo que promuevan y faciliten la revegetación natural de la superficie de terreno que haya sido ocupada por estas obras.
A su vez, el material de las excavaciones para habilitar fundaciones de instalaciones y excavación de zanjas se emplea como relleno en las obras del Proyecto, o se esparce de manera homogénea en la superficie del terreno colindante a cada obra, es decir, todo el material excavado o escarpado queda en el mismo terreno.
En tanto, para la obra de mayor ocupación de superficie al interior de las 19 ha del polígono del parque solar, correspondiente a los paneles solares, su habilitación se realiza por hincado directo de los perfiles de las estructuras que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
soportan los paneles, es decir, para su habilitación no se realiza escarpe, ni compactación ni otra actividad de preparación de terreno. Debido al hincado directo de las estructuras que soportan paneles, la habilitación del parque solar no guarda relación con la impermeabilización y compactación del suelo bajo los paneles solares; en la superficie bajo los paneles el suelo continúa manteniendo su labor de infiltración de agua de lluvia.
De esta manera, la no realización de escarpe para la habilitación de los paneles solares, obra de mayor ocupación de superficie en este tipo de proyectos, implica que no se remueve el horizonte superficial u horizonte A, por tanto, no se remueve el denominado horizonte vegetal, que corresponde a la estrata más superficial del perfil de suelo que además es la capa más activa biológicamente. Por tanto, se preserva el horizonte de mayor valor ecológico. De esta manera el recurso suelo mantiene su funcionalidad, por lo que no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso; y no se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. De esta manera, no se altera el aprovechamiento racional futuro.
Como complemento a lo indicado, se indica que, durante los 40 años de duración de la fase de operación del Proyecto, crece vegetación herbácea en la superficie de terreno bajo los paneles. Sin embargo, se debe hacer mantención de la vegetación en el sentido de que la vegetación no sobre pase la altura de los paneles, pues la sombra que provocaría la vegetación disminuya la eficiencia de la conversión de la energía solar en energía eléctrica. Al respecto, cabe indicar que la mantención de la vegetación se realiza de forma mecánica mediante herramientas manuales sin considerar el uso de herbicidas. Cabe señalar que los herbicidas perjudican directamente las propiedades físicas del suelo, e indirectamente son dañinos para poblaciones de microorganismos que habitan el suelo; por tanto, el no uso de herbicidas para el control de la vegetación en el parque de energía solar, contribuye al resurgimiento de las especies vegetales herbáceas y a la germinación de semillas que se encuentran alojadas en el suelo, o que sean traídas por macroorganismos como pájaros. Estas especies vegetales espontáneas se transforman en hospederos de diferentes macroorganismos, así como también sus raíces lo son para los microorganismos del suelo.
Por consiguiente, el suelo bajo los paneles solares mantiene sus funciones edáficas y de infiltración de agua, y el tipo de obras (paneles solares) permite el crecimiento de vegetación herbácea en el terreno durante toda la fase de operación del Proyecto. Considerando lo señalado, el parque solar no genera cambios adversos importantes y sustanciales sobre el recurso suelo, manteniendo el suelo bajo los paneles solares, la misma Clase de Capacidad de Uso de Suelo (CCUS), por lo que, una vez finalizado el proyecto y retiradas sus parte y obras, el suelo mantiene su capacidad para sustentar biodiversidad, y, acorde a la capacidad de uso de los suelos presentes, puede ser utilizado para otros usos asociados a uso de suelo antrópico. En complemento, como ha sido indicado, se realiza descompactación de suelo en la superficie del terreno ocupada por instalaciones, una vez estas sean desmanteladas y retiradas, y en los caminos internos.
En cuanto a presencia de contaminantes, el Proyecto realiza un adecuado manejo de residuos contando con áreas habilitadas para su acopio temporal y posterior traslado a sitios de disposición final autorizados. Por lo tanto, el Proyecto no se relaciona con verter ningún tipo de contaminante sobre el suelo. Teniendo en cuenta los antecedentes señalados, en relación a los efectos, características y circunstancias indicados en el Artículo 11 de la Ley 19.300, y lo señalado en el literal a del Artículo 6 del RSEIA, es dable considerar que no se afecta la permanencia del recurso suelo, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro; no se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso; y no se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
A su vez, considerando la Capacidad de Uso de Suelo de los suelos presentes, el área de emplazamiento del parque solar se encuentra completamente sobre suelos de Clase IV, los cuales no representan un recurso único o altamente productivo dentro de la región. Cabe indicar que estos suelos presentan limitaciones relacionadas con la pendiente y el drenaje, lo que restringe su aptitud agrícola. Además, no se identificaron humedales, turberas ni permafrost en el área de influencia que pudieran actuar como sumideros importantes de carbono.
Considerando lo indicado, el Proyecto no genera cambios adversos importantes sobre el recurso suelo, por lo que una vez finalizado el proyecto el suelo asociado al emplazamiento del Proyecto, mantiene la capacidad para sustentar biodiversidad, y puede seguir siendo utilizado acorde a la capacidad de uso de los suelos presentes. La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Flora y vegetación Conforme a la Caracterización de Flora y Vegetación presente en el Anexo 3.6 presentado en la DIA, en el área de influencia (AI) del Proyecto se emplaza en una superficie de 21,2 hectáreas, donde se identificaron cinco (5) formaciones vegetales correspondientes a bosque nativo, formación arbórea, pradera, pradera con árboles y quebrada. Adicionalmente se identificaron formaciones no vegetales correspondiente a otros usos de suelo como caminos o huellas transitables.
Según las formaciones vegetacionales identificadas, es posible distinguir la dominancia de las áreas correspondientes a las formaciones de bosque nativo (7,11 ha) con un porcentaje de representatividad del 33,57% de la totalidad de superficie del área de influencia del Proyecto, seguida de la formación pradera con árboles (6,84 ha) con un 32,29% de representatividad y pradera (6,39 ha) con una representatividad del 30,17%. Adicionalmente se identificó una formación no vegetal, correspondiente a otros usos de suelo como caminos interiores (0,79 ha) la cual representa un 3,75% del área de influencia y canal de regadío (0,04 ha) correspondiente al 0,2% del área de influencia. De esta forma, se concluye que la mayor parte del área de influencia del Proyecto se emplaza en áreas con presencia de bosque nativo y pradera con árboles. A continuación, se presenta en la siguiente figura la representación gráfica de las formaciones vegetales y otros usos de suelos identificados en el área de influencia del Proyecto:
Fuente: Figura 3 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. “Formaciones vegetales y otros usos de suelo en AI del Proyecto”.
En relación a la diversidad florística presente en el área de influencia se registró una riqueza de noventa y ocho (98) especies, distribuidas en tres (3) divisiones: Gnetophyta, Magnoliophyta y Pteridophita; y cuatro (4) clases: Gnetopsida, Liliopsida, Magnoliopsida, y Polypodiopsida. En cuanto a las familias, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
registró un total de cuarenta y cinco (45) presentes en el área de influencia del Proyecto, siendo las familias Asteraceae y Poaceae las de mayor riqueza de especies, representando el 12,24%, y 11,22% del total de especies, respectivamente.
En el contexto vegetacional, según Gajardo (1994) el área de influencia del Proyecto se localiza en la región biogeográfica del “Matorral y del Bosque Esclerófilo”, sub-región del “Del Matorral y del bosque espinoso”, específicamente en la formación vegetal “Matorral espinoso del secano costero”
Por otra parte, y considerando lo expuesto por Luebert y Pliscoff (2017) el área de influencia del Proyecto se enmarca en el piso vegetacional “Bosque espinoso mediterráneo costero de Acacia caven – Maytenus boaria” . Para la flora potencial, se realizó una revisión bibliográfica sobre la composición florística del área de influencia, que implica especies representativas, acompañantes, comunes y ocasionales de las comunidades vegetales indicadas por Gajardo (1994) y Luebert y Pliscoff (2017), de acuerdo a ello el listado de especies potenciales asciende a treinta y una (31) especies de plantas vasculares.
En relación a la abundancia para las especies registradas en el área de influencia del Proyecto, da cuenta que las especies con mayor abundancia corresponden mayormente corresponden mayormente a las especies herbáceas como Avena barbata, Poa sp., Erodium cicutarium y Vulpia bromoides, en su totalidad de origen alóctono. En el estrato arbóreo las especies más representativas corresponden a Lithraea caustica, Peumus boldus y Vachellia caven.
Según el origen fitogeográfico, un 38,78% es de origen alóctono, seguido de un 31,63% especies de origen nativo. Las especies de origen representan un 22,49% y un 5,1% del total de especies registradas corresponden a un origen indeterminado por identificarse sólo a nivel genérico. Con respecto a los tipos biológicos identificados, se destaca que la composición florística y estructura vegetacional presente en el área de influencia, está definida principalmente por especies del tipo herbáceo con el 75,51% de las especies, seguido por los tipos arbustivo con un 15,31% de las especies, luego el tipo arbóreo con 6,12% de las especies, subarbustivo 2,04% y suculento 1,02%.
Del total de especies prospectadas, nueve (9) se encuentran en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura).
En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, se registró en el área de influencia del Proyecto, cuatro (4) especies que se encuentran actualmente en alguna categoría de conservación correspondiente a Adiantum chilense. var chilense (LC; DS N°19/2012 MMA), Calydorea xiphioides (NT; DS N°02/2024 MMA), Cheilanthes mollis (LC; DS N°38/2015 MMA) y Echinopsis chiloensis (NT; DS N°41/2011 MMA).
Según los antecedentes recopilados en gabinete y tras la campaña realizada en terreno, se identificaron áreas con la presencia de formaciones afectas a la ley Nº20.283 y Fomento Forestal en el área de influencia del Proyecto correspondientes a:
• Bosque Nativo, De acuerdo con los antecedentes expuestos, se identificó dicha formación en el área de influencia del Proyecto presentando una superficie de 7,11 hectáreas con el 33,57% de representatividad del área de influencia del Proyecto. La intervención de formaciones de bosque nativo requerirá de la presentación de los antecedentes técnicos y formales del PASM 148.
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• Flora leñosa y suculenta clasificadas en los listados nacionales de especies silvestres en estado de conservación: De acuerdo con los antecedentes expuestos, se identificó una especie de Flora leñosa y suculenta clasificadas en los listados nacionales de especies silvestres en estado de conservación, el cual corresponde Echinopsis chiloensis (NT; Casi amenazado, D.S. N°41/2011, del MMA).
En cuanto a las consideraciones del cambio climático en el componente de flora y vegetación, es posible señalar que el área de influencia del Proyecto se encuentra localizado en el ecosistema terrestre “Bosque espinoso mediterráneo costero de “Acacia caven – Maytenus boaria” donde las proyecciones climáticas indican que para el escenario climático más desfavorable, es decir el RCP8.5, de acuerdo al promedio de este escenario, se proyecta una tendencia al alza de la temperatura, con una anomalía positiva de 2,1° hacia finales del 2065 y de 3,4°C hacia los años 2093 y 2094. Y de acuerdo con los datos proporcionados por ARClim, a partir de datos históricos y futuros, para la comuna de Marchigüe, se proyecta un aumento de temperatura de 1,5°C, es decir menor a lo proyectado para el ecosistema terrestre.
En relación al riesgo por pérdida de Flora por cambios de temperatura, la comuna de Marchigüe presenta un índice de riesgo de 0,5, es decir una categoría “Alto”. En cuanto al riesgo por pérdida de Flora por cambios de precipitación, la comuna presenta un índice de riesgo de 0,79, es decir una categoría “Alto”.
Según, la probabilidad de presencia de especies dentro del área de influencia del Proyecto en el futuro mediano (año 2035 – 2065) es posible señalar que, de la totalidad de especies en categoría de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto, dos (2) se registran en el Mapa de especies de ARClim. Para las especies Adiantum chilense y Cheilanthes mollis, los resultados indican que la tendencia en el futuro mediano (año 2035 – 2065) de probabilidad de presencia de las especies dentro del área de influencia del Proyecto son positivas de un 6,1%, y 26,1% respectivamente.
Finalmente, de acuerdo con el análisis de las singularidades ambientales identificadas para el área de influencia del Proyecto, se destaca el registro de cuatro (4) de ellas, las que corresponden a: 1) Presencia de especies endémicas: Según los antecedentes expuestos, se identificaron veinticuatro (24) especies endémicas en el área de influencia del Proyecto, lo que representa un 24,49% del total de las especies registradas. 2) Presencia de especies en categoría CITES: Se identificó la especie Echinopsis chiloensis en categoría CITES II. 3) Localización en o próxima al límite de distribución geográfica de la especie: De acuerdo con los antecedentes expuestos, se identificaron tres (3) especies en el área de influencia del Proyecto al límite de su distribución geográfica: Chorizanthe virgata en su límite sur, Petrorhagia prolifera y Trifolium arvense en el límite norte. 4) Localización en o próxima al límite altitudinal de la especie: De acuerdo con los antecedentes expuestos, el área de influencia del Proyecto se encuentra ubicado en un rango de altura con respecto al nivel del mar, entre los 180 y 210 m. en este sentido se identificaron tres (3) especies en o próxima al límite de distribución altitudinal: Azara serrata, Oziroe arida y Plantago hispidula. 5) Presencia de especies clasificadas en categorías de conservación: De acuerdo con los antecedentes expuestos, se identificaron cuatro (4) especies bajo categoría de conservación: Adiantum chilense, Calydorea xiphioides, Cheilanthes mollis y Echinopsis chiloensis.
Análisis de Intervención; Flora y vegetación En relación con la formación de bosque nativo, esta corresponde a un ambiente natural, con fisionomía de bosque la cual ha sido determinada de acuerdo con la definición de bosque contenida en el artículo 2° de la Ley N°20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Presenta una superficie Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
de 7,11 ha, que representa un 33,57% del área de influencia del Proyecto. Para esta unidad se presentan cuatro (4) asociaciones, las que corresponden a:
Formación Vegetal Asociación Bosque nativo Lithraea caustica Lithraea caustica - Vachellia caven Quillaja saponaria - Lithraea caustica Vachellia caven Fuente: Tabla 6 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. “Asociaciones formación vegetal Bosque nativo”.
El área de reforestación debe realizarse en un terreno de aptitud preferentemente forestal. Los criterios y definiciones de Terreno de aptitud preferentemente forestal (APF) como también, relativos a la reforestación, se realiza de acuerdo con lo estipulado en la Guía de Evaluación Ambiental CONAF (2014), oficializada a través de la Resolución N°158 del 25 de abril de 2012 de la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y reforzado en el ORD. N°69/2019 el cual instruye sobre la determinación de la Aptitud Preferentemente Forestal de un terreno.
El Proponente se compromete a que las áreas destinadas para efectuar la reforestación son ubicadas en un terreno de Aptitud Preferentemente Forestal, en el mismo predio o en su defecto, en predios cercanos a definir durante la tramitación sectorial. El polígono presenta buen acceso y calidad APF. El sitio de reforestación no debe presentar bosque u matorral denso, siendo el ideal la presencia de escasa vegetación, considerado un buen patrón para establecer la vegetación.
Se toma como referencia el máximo valor de densidad registrado en las parcelas del inventario vegetacional levantado en el área de afectación, con el fin de replicar la distribución espacial del bosque esclerófilo. En este caso, se establece una densidad de reforestación de 750 ind/ha. Se realiza preferentemente con especies del mismo tipo forestal intervenido (esclerófilo), tales como Lithrea caustica, Maytenus boaria, Peumus boldus, Quillaja Saponaria y Vachellia caven. Además, se evalúa la inclusión de especies arbustivas y suculentas típicas del bosque esclerófilo y presentes en el área del Proyecto, tales como Berberis chilensis, Baccharis linearis y Echinopsis chiloensis, con el objetivo de recrear la composición natural de la vegetación intervenida. Se establecen prescripciones técnicas para asegurar una sobrevivencia de al menos el 75% de las especies plantadas, con monitoreos regulares hasta un período máximo de 10 años. Una vez transcurridos dos años desde la reforestación, se realiza un replante compensatorio en caso de mortalidad, complementando el número de individuos plantados hasta alcanzar nuevamente los 750 ind/ha.
En el numeral 11.1.7. del Informe Consolidado de Evaluación se presenta como Compromiso Ambiental Voluntario la implementación de un Plan de Manejo Biológico de Quisco, cuyo objetivo es minimizar las alteraciones al componente flora y vegetación mediante la implementación de medidas de rescate y relocalización de individuos de Echinopsis chiloensis afectados por las obras del Proyecto.
Asimismo, en el numeral 11.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación se presenta como Compromiso Ambiental Voluntario la implementación de Un Plan de Manejo Biológico para la especie Tahay, cuyo objetivo es ejecutar el rescate y relocalización de individuos de flora y vegetación adyacentes a las obras del Proyecto, y la reposición de los individuos de especies de flora en categoría de conservación que sean intervenidos producto de la ejecución del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Proyecto, para minimizar las alteraciones no significativas a dichas especies, como Calydorea xipioides.
Finalmente, se presentan los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 148 del Reglamento del SEIA, para la corta de bosque nativo por las partes, obras y acciones del Proyecto, el cual espera como cumplimiento reforestar considerando una densidad de plantación de 750 árb/ha. Dichos antecedentes se detallan en numeral 10.2.7 del Informe Consolidado de Evaluación.
Fauna silvestre Conforme al Anexo 3.7 Caracterización de Fauna presentado en la Adenda, mediante la caracterización del área de influencia, tanto en terreno como bibliográficamente, se identificaron 6 ambientes para la fauna silvestre, los que corresponden a: bosque nativo, formación arbórea, pradera, pradera con árboles, quebrada y otros usos de suelo. De estos, los más representativo corresponden a pradera con árboles, con un 38% del total y pradera con un 36,1%. Cabe destacar que los ambientes registrados corresponden a los ambientes descritos por el mapa de formaciones vegetales del área de influencia de Flora y Vegetación.
Durante las campañas de terreno se registró dentro del área de influencia un total de 48 especies de vertebrados terrestres. Estos corresponden a 4 reptiles, 38 aves y 6 mamíferos. Respecto del origen geográfico de las especies, se tiene que 40 son nativas, 6 son endémicas y 2 es introducida. En cuanto a la abundancia, durante la campaña de invierno 2023 en cuanto a los reptiles, destaca la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) con una abundancia relativa del 100% y densidades de 1 ind/ha en ambiente de quebrada. En cuanto a las aves, destacan la tenca (Mimus thenca), la loica (Leistes loyca) y la diuca (Diuca diuca), con abundancias de 15,2%, 15,2% y 14,4% respectivamente.
En cuanto a la campaña de primavera 2023, en la clase de reptiles Liolaemus lemniscatus y Liolaemus tenuis presentan una abundancia relativa del 50%. En cuanto a las aves, destaca la loica (Leistes loyca), con una abundancia relativa del 14,6% y densidades de 2,55 ind/ha. También destacan el tordo (Curaeus curaeus) y la diuca (Diuca diuca), con abundancias relativas del 10,6% respectivamente.
En cuanto a la diversidad en general, los ambientes obtuvieron valores de diversidad medios bajos (entre 1 y 3), sin registrarse valores muy altos (cercanos a 5), lo que indica que, en general, no hubo ambientes con una diversidad notoriamente mayor al resto, ni tampoco hubo dominancia absoluta de especies. Asimismo, cabe destacar que el ambiente de quebrada y bosque nativo registraron la mayor diversidad en ambas campañas.
Se registró el 36,4% de las especies potencialmente presentes en el área de influencia del Proyecto, destacándose los reptiles, con un 44,4% de representatividad. Le siguen las aves, con un 42,5%, y los mamíferos con un 21,7%.
En cuanto a las especies en categoría de conservación, se registraron 8 especies, correspondientes a 4 reptiles y 4 mamíferos. De éstas 7 se encuentran en categoría Preocupación menor (LC) y una en Datos insuficientes (DD). Cabe señalar que no se registraron especies en categoría de amenaza, incluyendo las Casi Amenazadas.
Identificación de Especies de Fauna Terrestre en Categoría de Conservación. Nombre Científico Nombre Común Origen Categoría de Conservación Referencia REPTILES Galvarinus chilensis Culebra de cola corta Endémico LC D.S. N° 16/2016 MMA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Liolaemus chiliensis Lagarto llorón Nativo LC D.S. N° 19/2012 MMA Liolaemus lemniscatus Lagartija lemniscata Nativo LC D.S. N° 19/2012 MMA Liolaemus tenuis Lagartija esbelta Endémico LC D.S. N°19/2012 MMA MAMÍFEROS Lycalopex griseus Zorro chilla Nativo LC D.S. N°33/2011 MMA Tadarida brasiliensis Murciélago cola de ratón Nativo LC D.S. N°6/2017 MMA Lasiurus villosissimus Murciélago ceniciento Nativo DD D.S. N°16/2016 MMA Spalacopus cyanus Cururo Endémico LC D.S. N°16/2016 MMA Fuente: Elaboración propia En base a Reglamento de Clasificación de especies (RCE). LC: Preocupación menor, DD: Insuficientemente conocida).
Cabe indicar que, mediante análisis previo a realización de campañas de terreno, se evaluó la eventual presencia de sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y/o alimentación de fauna nativa mediante la superposición de las áreas de protección oficial con el área de influencia del Proyecto y, por otra parte, la identificación de quebradas o cuerpos de agua que potencialmente pudiesen presentar reproducción de especies de anfibios en categorías de amenaza (VU Vulnerable, EN - En Peligro, CR En peligro crítico), considerando también las Casi Amenazadas.
Durante las campañas de terreno en los hábitats de la fauna silvestre dentro del área de influencia del Proyecto, no se identificaron áreas de protección oficial en superposición con el área de influencia del proyecto, por otro lado, aun cuando se encuentra el hábitat de quebrada, no se registraron anfibios en categoría de conservación de amenaza incluyendo NT. Por lo tanto, se determina que no existen hábitat relevancia para la nidificación, reproducción y/o alimentación de fauna en el área de influencia del proyecto.
En cuanto a la situación basal del riesgo de pérdida de fauna por efectos del cambio climático, se observa que en el área de influencia del Proyecto existe un riesgo moderado de “pérdida de fauna por cambios de precipitaciones” y “pérdida de fauna por cambios de temperatura”.
Análisis de Intervención; Fauna de vertebrados terrestres En cuanto a las especies en categoría de conservación, se registraron 8 especies, correspondientes a 4 reptiles y 4 mamíferos. De éstas 7 se encuentran en categoría Preocupación menor (LC) y una en Datos insuficientes (DD).
Cabe señalar que no se registraron especies en categoría de amenaza, incluyendo las Casi Amenazadas, asociado a lo cual, tampoco se registró presencia de sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y/o alimentación de fauna nativa. Por otra parte, como aspecto normativo, en el Anexo 8.4 de la Adenda se presentan los contenidos asociados al Permiso Ambiental Sectorial 146, asociado a Plan de Rescate y Relocalización de Reptiles, con el objetivo de reubicar a los ejemplares que pudiesen verse afectados por las actividades asociadas a la etapa de construcción del Proyecto. Lo anterior, considerando que, dentro del Área de Influencia del Proyecto, en específico en el área de emplazamiento de las obras dentro del cerco perimetral, se identificaron 3 especies de reptiles en estado de conservación Preocupación menor (LC, correspondientes a Liolaemus lemniscatus (lagartija lemniscata), L. tenuis (lagartija esbelta) y L. chiliensis (lagarto chileno), las cuales son susceptibles de ser afectadas en la fase de construcción.
Cabe indicar que, si bien la habilitación de los paneles solares requiere el despeje de la vegetación arbustiva y arbórea, no se realiza escarpe para la habilitación de esta obra que corresponde a la obra de mayor ocupación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
superficie en este tipo de proyectos y habilitada mediante hincado directo, lo cual quiere decir que no se remueve el horizonte superficial de suelo, y que en la superficie de terreno bajo los paneles crece la vegetación herbácea presente en el lugar.
Considerando lo señalado, si bien el área de emplazamiento de las obras del proyecto, en particular del parque solar, se asocia a una superficie asociada a intervención por actividades antrópicas, fue posible reconocer ambientes asociados a fauna. Al respecto, dada el tamaño del Proyecto, el tipo de intervención y las características del recurso natural fauna silvestre presente en el área de influencia, se concluye que no existen efectos adversos significativos sobre el recurso natural fauna dado que no se manifiestan las siguientes condicionantes que gatillan una afectación significativa del recurso:
-
No se afecta la permanencia del recurso natural fauna silvestre, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro. Al respecto, el emplazamiento de las obras del Proyecto se asocia con especies de reptiles de en categoría de conservación Preocupación Menor (LC), susceptibles de ser afectadas en la fase de construcción, asociado a lo cual se presenta como aspecto normativo el Permiso Ambiental Sectorial 146, asociado a Plan de Rescate y Relocalización de Reptiles; de esta manera, se descarta que el proyecto ponga en peligro la permanencia del recurso y dada la ausencia de registros de especies asociadas a planes de Recuperación, Conservación y Gestión, la ejecución del proyecto no pone en peligro la disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro de este recurso;
-
No se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso fauna silvestre dado que las obras no se ubican en hábitats de relevancia;
- Tampoco se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas; al respecto, cabe señalar que el Proyecto en el sector del parque solar, salvo por los atraviese de caminos, no se habilitan obras en las principales quebradas intermitentes presentes en el lugar, es decir no se habilitan paneles solares ni otras instalaciones en las quebradas principales, lo que permite conexión de ambientes. En tanto, la habilitación de los paneles solares, obra de mayor ocupación de superficie, se ejecuta mediante hincado directo sin realización de escarpe, por tanto, en la superficie de terreno bajo los paneles crece la vegetación herbácea presente en el lugar.
En numeral 11.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación se presenta como compromiso ambiental Voluntario un Plan de Perturbación Controlada de Cururos, cuyo objetivo de disminuir el riego de afectación sobre la especie mediante el desplazamiento autónomo de los ejemplares hacia los sectores aledaños.
El recurso natural fauna silvestre presente en el área de influencia no es un recurso natural escaso, único o representativo, esto lo demuestra la ausencia de especies asociadas a planes de recuperación. La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Suelo Si bien se considera una afectación de suelo producto de la implementación de las obras del Proyecto, la superficie de intervención esta principalmente relacionada a la habilitación de instalaciones temporales y permanentes, excavación de zanjas, y escarpe de la capa superficial y compactación para habilitar caminos.
En términos de superficie, la superficie de intervención de suelo para el emplazamiento de obras temporales es del orden de 546,87 m² (0,05 ha), asociado a la habilitación de las instalaciones que conforman la instalación de faenas: bodegas, baños, oficinas, etc.
Por su parte, la superficie de intervención de suelo para la habilitación de instalaciones permanentes en el parque solar es del orden de 0,09 ha, asociado principalmente con la habilitación de baterías BESS (0,05 ha), así como las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
demás instalaciones permanentes, que incluyen 3 transformadores, bodegas, oficinas, estacionamiento, estanque de agua potable y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS).
Es decir, la superficie asociada a intervención de suelo por emplazamiento de instalaciones temporales y permanentes al interior del polígono del parque solar es del orden de 0,14 ha. Al respecto, cabe indicar que esta superficie corresponde aproximadamente al 0,7 % respecto de las 19 ha de superficie del polígono del parque solar (cierre perimetral). Al respecto, durante la fase de cierre se considera como actividad la descompactación de suelos con subsolado o arado, en la superficie donde fueron emplazadas las instalaciones permanentes y en los caminos internos del Proyecto, esto con el objetivo de hacer una recuperación de estos suelos, realizando des compactación para dar condiciones físicas de suelo que promuevan y faciliten la revegetación natural de la superficie de terreno que haya sido ocupada por estas obras.
A su vez, el material de las excavaciones para habilitar fundaciones de instalaciones y excavación de zanjas es empleado como relleno en las obras del Proyecto, o se esparce de manera homogénea en la superficie del terreno colindante a cada obra, es decir, todo el material excavado o escarpado queda en el mismo terreno. En tanto, para la obra de mayor ocupación de superficie al interior de las 19 ha del polígono del parque solar, correspondiente a los paneles solares, su habilitación se realiza por hincado directo de los perfiles de las estructuras que soportan los paneles, es decir, para su habilitación no se realiza escarpe, ni compactación ni otra actividad de preparación de terreno. Debido al hincado directo de las estructuras que soportan paneles, la habilitación del parque solar no guarda relación con la impermeabilización y compactación del suelo bajo los paneles solares.
De esta manera, la no realización de escarpe para la habilitación de los paneles solares, obra de mayor ocupación de superficie en este tipo de proyectos, implica que no se remueve el horizonte superficial u horizonte A, por tanto, no se remueve el denominado horizonte vegetal, que corresponde a la estrata más superficial del perfil de suelo que además es la capa más activa biológicamente. Por tanto, se preserva el horizonte de mayor valor ecológico.
Como complemento a lo indicado, se indica que, durante los 40 años de duración de la fase de operación del Proyecto, crece vegetación herbácea en la superficie de terreno bajo los paneles. Sin embargo, se debe hacer mantención de la vegetación en el sentido de que la vegetación no sobre pase la altura de los paneles, pues la sombra que provoca la vegetación disminuye la eficiencia de la conversión de la energía solar en energía eléctrica. Al respecto, cabe indicar que la mantención de la vegetación se realiza de forma mecánica mediante herramientas manuales sin considerar el uso de herbicidas.
Por consiguiente, el suelo bajo los paneles solares se mantiene en una condición similar a la línea base. En relación con lo señalado, el suelo bajo los paneles solares mantiene la misma Clase de Capacidad de Uso de Suelo (CCUS) actual, por lo que, una vez finalizado el proyecto y retiradas sus parte y obras, el suelo tiene capacidad de sustentar biodiversidad o de ser utilizado para otros usos antrópicos de suelo acorde con la capacidad de uso de los suelos presentes.
Agua El Proyecto requiere el uso de agua potable e industrial, recurso que se adquiere a terceros autorizados. Considerando lo señalado y el tipo de Proyecto correspondiente a la construcción y operación de un parque solar fotovoltaico, el diseño del Proyecto no considera extracciones ni descargas desde ni hacia aguas superficiales ni subterráneas.
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Durante la fase de construcción, se utiliza agua potable para los servicios higiénicos y consumo de personal, la cual se adquiere a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. En cuanto al agua industrial, esta se adquiere a empresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. Respecto de la red hídrica, el emplazamiento de las obras del Proyecto se asocia a la presencia de quebradas intermitentes que no presentan agua de manera continua. Al respecto, durante la fase de construcción del Proyecto, se requiere la habilitación de obras de atravieso de caminos sobre quebradas intermitentes. Al respecto, se consideran las siguientes acciones para la habilitación de las obras de cruce, por lo que no se prevé un efecto sobre el agua de las quebradas involucradas. A su vez, la habilitación de las obras de atravieso se realiza manteniendo la limpieza en el lugar y retirando los residuos que se generen a las áreas de acopio temporal.
- La habilitación de las obras de atraviese en las quebradas intermitentes se realiza en período sin presencia de lluvia y sin presencia de escurrimiento de agua en las quebradas.
- Durante las labores de habilitación, no se permite ningún tipo de depósito de residuos líquidos, residuos domésticos o residuos industriales en quebradas o cursos de agua.
- Durante las labores de habilitación se minimiza la intervención exclusivamente a lo requerido para la habilitación de cada obra de atravieso.
Cabe señalar que el Proyecto genera residuos de distinto tipo, los cuales son acopiados temporalmente en sitios habilitados con este fin para su posterior traslado a sitios de disposición final autorizado. De esta manera, contemplando un manejo adecuado, el Proyecto no se relaciona con verter residuos a las quebradas intermitentes presentes en el lugar. Considerando lo señalado, las actividades del proyecto no se relacionan con afectar la condición del recurso agua.
Aire En cuanto a las emisiones atmosféricas, estas son puntuales y su mayor generación esta acotada a la fase de construcción. Conforme a lo indicado en el presente documento en el literal a) del análisis del Artículo 5 del RSEIA, los resultados de la estimación de emisiones indican que en el punto de máxima concentración de emisiones para todos los contaminantes analizados, no se supera ninguna norma de calidad, esto implica que no existe superación para ningún otro punto tanto dentro como fuera del Proyecto, por tanto, los aportes del Proyecto en su fase más desfavorable son poco significativos dada su magnitud relativa a la norma, extensión y duración en el tiempo (6 meses) por lo que no modifican las actuales condiciones de calidad del aire de su entorno. Por su parte, la fase de operación del Proyecto tiene emisiones considerablemente menores que la fase de construcción, lo anterior teniendo en cuenta que durante la fase de operación el funcionamiento del parque solar está relacionado principalmente con la generación de energía eléctrica a partir de paneles fotovoltaicos donde las emisiones están asociadas al flujo vehicular del transporte del personal para actividades de mantención del parque solar.
Tal como se ha señalado, la magnitud de la intervención del Proyecto y la duración del impacto sobre los recursos suelo, agua y aire no afectan de manera significativa la condición de línea de base, por tanto, no configuran impactos significativos. La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o En base a la estimación de emisiones atmosféricas presentadas en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, las emisiones estimadas del proyecto fueron modeladas con el programa Screening Air Dispersion Model (SCREEN View) y luego fueron comparados con los valores impuestos por las Normas Secundaria de Calidad de Aire para SO2. Considerando que el modelo SCREEN sólo entrega concentraciones horarias, se estimaron las concentraciones anuales de acuerdo con el procedimiento indicado por la referencia “Screening Procedures for Estimating the Air Quality Impact of Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Stationary Sources 17”, de la EPA de los Estados Unidos. En este caso, para estimar concentraciones anuales, por tanto, los valores horarios entregados por el modelo deben ser multiplicados por 0,08.
El ingreso de información al programa requiere de la transformación de los resultados a la unidad de medida g/s/m2. La transformación de las tasas de emisiones de ton/fase, a g/s/m2, consideran el área del Proyecto de 19,08 Ha equivalente a un cuadrado de 436,81 m x 436,81 m. Se evalúa el periodo de mayores emisiones del Proyecto correspondiente a la fase de construcción. En cuanto al terreno, en el modelo se ha considerado la opción de terreno simple y plano siendo la situación más conservadora dado que los receptores se encuentran en similares cotas de la fuente. El área de estudio se consideró del tipo rural, y se asumió una altura de emisión de 0,5 m.
Los resultados indican que aproximadamente a los 326 metros del Proyecto se alcanza el punto de máxima concentración de emisiones, donde el aporte del Proyecto es menor al 1% de la norma; siendo este el punto de máxima concentración, esto implica que no existe superación para ningún otro punto tanto dentro como fuera del proyecto, lo que descarta la presencia de afectación significativa sobre los recursos naturales renovables.
Por otra parte, conforme a lo indicado, se considera como área de influencia para la norma secundaria SO2, el área de intervención directa del Proyecto, es decir, el emplazamiento de sus obras y el cerco perimetral del parque fotovoltaico.
De acuerdo con lo antes expuesto y los resultados obtenidos se demuestra que los aportes del Proyecto, en su fase más desfavorable, son poco significativos dada su magnitud relativa a la norma, extensión y duración en el tiempo, por lo que no modifican las actuales condiciones de calidad del aire de su entorno.
Además, cabe indicar que el proyecto ha considerado la adopción de acciones para el control de emisiones las cuales se detallan a continuación: - Aplicación de un supresor de polvo en camino interno del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h).
El grupo electrógeno, vehículos y maquinaria considerado cuentan sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Mediante análisis previo a realización de caracterización de fauna en terreno, se evaluó la eventual presencia de sitios de relevancia para la nidificación, reproducción y/o alimentación de fauna nativa mediante la superposición de las áreas de protección oficial con el área de influencia del Proyecto y, por otra parte, la identificación de quebradas o cuerpos de agua que potencialmente pudiesen presentar reproducción de especies en categorías de amenaza (VU Vulnerable, EN - En Peligro, CR En peligro crítico), considerando también las Casi Amenazadas.
Durante las campañas de terreno en los hábitats de la fauna silvestre dentro del Área de Influencia del Proyecto, no se identificaron áreas de protección oficial en superposición con el área de influencia del proyecto, por otro lado, aun cuando se encuentra el hábitat de quebrada, no se registraron especies categoría de conservación de amenaza incluyendo NT.
Por lo tanto, se determina que no existen hábitat relevancia para la nidificación, reproducción y/o alimentación de fauna en el área de influencia del proyecto.
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En cuanto a las especies en categoría de conservación, se registraron 8 especies, correspondientes a 4 reptiles y 4 mamíferos; De éstas 7 se encuentran en categoría Preocupación menor (LC) y una en Datos insuficientes (DD). El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. El Proyecto considera el almacenamiento Sustancias Peligrosas o productos químicos que pueden afectar los recursos naturales renovables, éstas corresponden principalmente a aceite de motor, y Grasa lubricante, que son empleados en las fases de construcción y cierre del proyecto o para reparaciones menores y mantenciones durante la fase de operación.
En cuanto a combustible, el abastecimiento de combustible se realiza en instalaciones externas autorizadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Además, se almacena combustible en el área del Proyecto para requerimientos de funcionamiento de maquinaria, equipos y grupos electrógenos. El combustible que se almacena en el área del Proyecto suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor para abastecer el área de depósito (almacenamiento y carga) de combustible proyectado en las instalaciones de faenas. El personal de obras es capacitado sobre la carga adecuada de combustible y los riesgos y medidas de prevención de riesgos en esta materia.
Las sustancias peligrosas se encuentran almacenadas en sus respectivos recipientes de origen y están correctamente etiquetadas, y se dispone de la hoja de datos de seguridad de cada producto químico almacenado. Debido a las características propias del Proyecto, se requieren pequeñas cantidades de Sustancias Peligrosas. De esta manera, considerando su uso y manejo, el Proyecto no se relaciona con causar impactos debido a las sustancias a ser empleadas.
En cuanto al manejo de residuos durante la fase de construcción, operación y cierre, este se realiza mediante la implementación de áreas específicas para su almacenamiento transitorio desde donde son trasladados por empresas autorizadas rumbo a un sitio de disposición final autorizado. Para estas instalaciones se tramita su autorización de funcionamiento ante la SEREMI de Salud y, en el caso de la bodega de residuos peligrosos, se cumple con las disposiciones del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. Los antecedentes de estas instalaciones se presentan en los Anexos 8 y 9 de la Adenda Complementaria, PASM 140 y PASM 142 respectivamente.
Por lo anterior y considerando el manejo conforme a la legislación vigente en instalaciones autorizadas para tales fines, no se prevé generar efectos sobre los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos y residuos. Adicionalmente, se presenta el Anexo 5 de la Adenda Complementaria el cual contiene el Plan de prevención de contingencias y de emergencias del Proyecto, de manera de contar con protocolos de acción ante contingencias y emergencias asociadas con la utilización y manejo de sustancias y residuos. El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá El Proyecto requiere el uso de agua potable e industrial, recurso adquirido a terceros autorizados. Considerando lo señalado y el tipo de Proyecto correspondiente a la construcción y operación de un parque solar fotovoltaico, el diseño del Proyecto no considera extracciones ni descargas desde ni hacia aguas superficiales ni subterráneas. Así mismo, el Proyecto no se relaciona con el transvase de caudal de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra.
Por otra parte, cabe indicar que la profundidad máxima de excavaciones asociadas al parque solar está en el orden de los 1,0 metros de profundidad para las zanjas de cableado. A su vez, para los pernos de anclaje de las estructuras soportantes de paneles solares, se considera una profundidad de 1 a 3 m como máximo, lo cual corresponde a hincado directo.
Respecto de la red hídrica, el emplazamiento de las obras del Proyecto se asocia a la presencia de quebradas intermitentes que no presentan agua de manera Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. continua. Al respecto, durante la fase de construcción del Proyecto, se requiere la habilitación de obras de atravieso de caminos sobre quebradas intermitentes.
Considerando lo señalado, el Proyecto no se relaciona con la generación de impacto por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales.
Respecto a los considerandos g1), g2), g3), g4) y g5), se señala que en el área de influencia no se encuentran dichas condiciones por lo que no se evalúa el impacto bajo esas circunstancias. Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no introduce especies exóticas al territorio nacional. Respecto a los embalajes provenientes del extranjero, el Proponente exige que presenten la certificación que avale que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. N°133 Ext. del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y sus modificaciones (Res. N°2859/2007 Ext). En consecuencia, considerando lo anteriormente señalado, se concluye que el Proyecto no genera efectos por la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados y, por lo tanto, no se generan impactos respecto de la letra h) del Artículo 6 del Reglamento del SEIA.
Los impactos generados por pérdida de resiliencia climática de los ecosistemas. Las principales formaciones vegetales a ser intervenidas por el Proyecto corresponden a pradera con árboles y pradera, en un sitio donde en el predio de emplazamiento del parque solar se presenta evidencia de estar sometido a la intervención antrópica producto de la ganadería y prácticas agrícolas. Por otra parte, cabe señalar que el tamaño del proyecto en cuanto a la superficie del polígono del parque solar corresponde a 20 ha, siendo que este tipo de formaciones se encuentra presente en una superficie más extensa que el área asociada al emplazamiento de las obras del proyecto.
Por otra parte, si bien el emplazamiento de las obras del parque solar requiere el despeje de vegetación, cabe indicar que para la habilitación de la obra del Proyecto de mayor ocupación de superficie, correspondiente a los paneles solares, su habilitación se realiza mediante hincado directo en el suelo de las estructuras soportantes de los paneles, es decir, se requiere el despeje de la vegetación arbustiva y arbórea, sin embargo no se requiere del despeje de la vegetación herbácea, a la vez que no se realiza escarpe ni otra actividad de movimiento de tierra, por lo que la habilitación de esta obra no se relaciona con la compactación o impermeabilización del suelo, es decir, el suelo bajo los paneles mantiene su función de infiltración y almacenamiento de agua, lo cual se relaciona además con que bajo los paneles solares continua creciendo la vegetación herbácea presente en el lugar.
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Por otra parte, uno de los aspectos asociados a la resiliencia climática de los ecosistemas corresponde a la biodiversidad. Al respecto, cabe indicar en relación a la biodiversidad de fauna, que se presenta como aspecto normativo el Permiso Ambiental Sectorial 146, asociado a Plan de Rescate y Relocalización de Reptiles en el sector del parque solar, lo cual permite la relocalización de los ejemplares en áreas cercanas a la ubicación del parque solar del Proyecto; las acciones señaladas se relacionan con la mantención de la biodiversidad de la fauna del lugar de emplazamiento del Proyecto y su entorno.
Por su parte, asociado a la biodiversidad de flora del lugar, si bien se presentan individuos de 4 especies en categoría de conservación, 2 de estas especies corresponde a categoría LC (Preocupación menor), mientras que se considera la realización de un plan de rescate y relocalización tanto para la especie suculenta en categoría NT (Casi amenazada) como para la especie geófita en categoría VU (vulnerable); las acciones señaladas se relacionan con la mantención de la biodiversidad de la flora del lugar de emplazamiento del Proyecto y su entorno. En tanto, cabe señalar la ausencia de especies asociadas a un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies.
Por otra parte, otro aspecto a considerar en relación a la ubicación de las obras del Proyecto, es que en las quebradas intermitentes presentes en el sector de emplazamiento del parque solar, el Proyecto no habilita en estas quebradas obras tales como paneles solares, centros de inversión y transformación ni edificaciones tales como oficinas o bodegas ya sea temporales o permanentes, es decir que las quebradas intermitentes presentes en el lugar se mantienen como están, salvo por la habilitación de atraviese de caminos que permitan acceder a los distintos lugares de la planta fotovoltaica. Este aspecto asociado a áreas sin habilitación de obras por parte del Proyecto permite la conexión de ambientes entre las quebradas intermitentes presentes en el área del Proyecto, y el entorno del parque solar.
Considerando lo señalado, no se espera que el Proyecto genere una pérdida de resiliencia climática del ecosistema al que pertenece, ni en el entorno en el que se emplaza. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.2. En consecuencia, no es necesario presentar un EIA para el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, ya que este no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, bastando la presentación de una DIA.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental - Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento de emisiones a la atmosfera, emisiones de ruido y emisiones de vibración. - Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento en la concentración de contaminantes a emitir a la atmósfera y su relación con los grupos humanos presentes en el área de influencia. - Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre por el aumento de emisiones odoríferas. - Obstrucción o restricción a la libre circulación. - Conectividad o aumento en los tiempos de desplazamiento. Existencia de grupos humanos en No existen grupos humanos en el área de influencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
el área de influencia Reasentamiento de comunidades humanas No existe reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. En primer lugar, cabe señalar que el Proyecto se desarrolla en predios privados donde no hay utilización pública o comunitaria de recursos naturales, ni tampoco es utilizado en cualquier otro tipo de actividad pública, ya sea de carácter tradicional, cultural o eventual. De este modo, la construcción, operación y cierre del Proyecto no provoca detrimento a las comunidades en este sentido. Adicionalmente, ninguna de las partes y obras del Proyecto afecta la disponibilidad o el uso de alguno de los recursos naturales presentes en el área. Esto, en base a la información primaria obtenida en terreno, conforme al Anexo 3.13 de Caracterización de Medio Humano de la DIA, ya que en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto no se ubican recursos naturales que sean utilizados para un uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. De esta manera, ni las fuentes laborales, ni las actividades dependientes de recursos naturales se ven alteradas.
El área de influencia se ubica en un sector históricamente dedicado a la agricultura y ganadería, rubros que se han tenido que saber reinventar dada la escasez hídrica, pero que se mantienen hasta la actualidad. Estas actividades se encuentran fuera del área de instalación del Proyecto, por lo que ninguna de las partes, acciones y/o obras de este se relaciona con las actividades que caracterizan a la localidad. Sin embargo, el terreno que utiliza el Proyecto se encuentra en el Fundo Los Maitenes y ocupa una porción de este en la cual no hay con explotación agrícola ni uso ganadero en la actualidad. Por otro lado, en el fundo se encuentra la lechería Los Maitenes, la cual sigue funcionando y manteniendo las actividades productivas y educativas que realiza en la actualidad. En consecuencia, no existe modificación significativa en las condiciones que hoy existen en el predio.
En conclusión, el Proyecto producto de sus obras y actividades y en sus distintas fases no genera la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Con respecto a las rutas, el Proyecto utiliza la ruta H-76 en las fases de construcción y cierre, por lo que se contempla un mayor flujo vehicular en estos periodos. No obstante, esto no genera un aumento de flujo vehicular significativo en la ruta y, por ende, no hay obstrucción o restricción a la libre circulación en el camino.
Con respecto a la ruta de acceso, se contempla un mayor flujo vehicular en las fases de construcción y cierre. Ambas constituyen periodos de tiempo acotados, en los que el Proyecto no genera un aumento en el flujo vehicular que pueda significar una obstrucción o restricción a la libre circulación.
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Fuente: Caminos de Acceso Proyecto.
La ruta H-76, de acuerdo al Censo Vial 2021, tiene una TMDA (Tránsito Medio Diario Anual) es de 9.844 vehículos promedio considerando los valores registrados en la estación de medición N°107. Durante la fase de construcción, la cual representa el período de mayor flujo vehicular, se estima un promedio de 14 viajes diarios asociados al proyecto, lo que equivale a un 0,14 % del TMDA de la ruta H-76 y representa aproximadamente 1 viaje por hora. A su vez, en la fase de operación, el flujo vehicular del proyecto es aún menor, con un estimado de 8 viajes diarios destinados principalmente a labores de mantenimiento y limpieza. Considerando estos datos, se puede afirmar que el proyecto no obstruye la libre circulación, conectividad ni genera un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento en la vialidad local.
En consecuencia, considerando lo anteriormente señalado, se concluye que el Proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El Proyecto se desarrolla en predios privados sin provocar alguna restricción al desplazamiento libre de las comunidades. Con respecto a la dimensión de Bienestar Social Básico, no se encuentran establecimientos de salud ni educación al interior del área de influencia del Proyecto. Los establecimientos públicos de mayor complejidad de salud y educación media a los que puede acudir la población se encuentran el centro urbano de la comuna de Marchigüe o a las afueras de este si se quiere optar por salud y/o educación privada. Por otro lado, el Proyecto no implica un aumento en la población que pueda generar una mayor demanda de los servicios básicos mencionados anteriormente. Es por esto por lo que se descarta la alteración al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica del área de influencia del Proyecto producto de las actividades, partes y/o obras del Proyecto.
Por otro lado, el Proyecto no implica un aumento en la población que pudiera generar mayor demanda de los distintos servicios identificados. Al respecto, cabe indicar que la fase de construcción tiene una duración de 6 meses, y la mano de obra requerida durante esta fase es de 100 trabajadores en los momentos de mayor demanda, lo cual se acota a ciertos meses dentro de la duración de la fase de construcción. En cuanto al agua potable, este insumo es suministrado por el Proponente mediante empresas autorizadas, por lo que no se utiliza la red de agua del área de influencia de Medio Humano por lo que no se compromete el servicio para la población; así mismo, la alimentación para el personal es suministrada por terceros autorizados.
En cuanto a los servicios básicos de educación e infraestructura comunitaria cercanos al Proyecto, los trabajadores del Proyecto no hacen uso de esta Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
infraestructura puesto que solo corresponde a población adulta la que asiste a trabajar al Proyecto. En caso de requerir alguna atención de salud, se utilizan servicios de salud de los servicios de urgencia de las urbes más cercanas, fuera del área de influencia del Proyecto. En cuanto a la fase de operación, la mano de obra asociada al Proyecto es acotada y se considera un requerimiento de 3 trabajadores asociado a labores de mantención, por lo que la fase de operación tampoco se asocia con generar mayor demanda de los distintos servicios identificados. De esta forma, se descarta alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica producto de las actividades, partes y/o obras del Proyecto.
En consecuencia, considerando lo anteriormente señalado, se concluye que al Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.3. De acuerdo con lo anterior se puede concluir que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, no generan reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al área del proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica. Existencia de poblaciones protegidas No aplica. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental En el área de influencia donde se emplaza el proyecto NO existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto no se localiza en o próximo a Áreas de Desarrollo Indígena. De acuerdo con lo anterior, y a partir de la información disponible en el Sistema Integrado de Información CONADI, no existen Áreas de Desarrollo Indígena en la comuna de Marchigüe, ni cercanas a ésta. De acuerdo con el Sistema Integrado de Información de CONADI no se han otorgado Títulos de Merced a personas naturales en la comuna de Marchigüe, así como tampoco se han subvencionado compras de tierra por el Artículo 20 de la Ley N°19.253. A su vez, de acuerdo con la información entregada por el sitio Web de CONADI, no existen Comunidades ni Asociaciones Indígenas dentro de la comuna de Marchigüe. Considerando lo señalado, el emplazamiento de las obras del Proyecto no se relaciona con población protegida, por lo que se descarta su afectación. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
El Proyecto no se relaciona con recursos protegidos colocados bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental. Por lo anteriormente señalado, el proyecto no presenta susceptibilidad alguna de afectar recursos protegidos.
Las partes y obras del Proyecto, así como su área de influencia no se encuentran en o próximas a áreas protegidas, áreas colocadas bajo protección oficial o sitios prioritarios para la conservación incluidos dentro del artículo 10 letra p) y artículo 11 de la Ley 19.300 LBGMA y que tengan efectos para el SEIA.
La ubicación del Proyecto no se relaciona con la presencia de humedales protegidos ni glaciares.
El lugar de emplazamiento del Proyecto no corresponde a un territorio con nula o baja intervención antrópica y que provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población. Cabe señalar que el emplazamiento del parque solar del Proyecto se asocia a un predio privado al interior del cual las principales formaciones vegetales a ser intervenidas por el Proyecto, corresponden a pradera con árboles y pradera, formaciones naturales que no presentan características de unicidad, escasez o representatividad; por otra parte, cabe indicar que en el lugar de emplazamiento del parque solar se presenta evidencia de estar sometido a la intervención antrópica producto de la ganadería y prácticas agrícolas. Por otra parte, cabe señalar que el tamaño del proyecto en cuanto a la superficie del polígono del parque solar corresponde a 20 ha, siendo que este tipo de formaciones se encuentra presente en una superficie más extensa que el área asociada al emplazamiento de las obras del proyecto.
Por otra parte, cabe reiterar que el emplazamiento del proyecto no se asocia con áreas protegidas ni sitios prioritarios para la conservación que otorguen valor ambiental al territorio en que se emplaza el Proyecto.
En síntesis, el Proyecto no afecta ni se emplaza próximo a población, recursos ni áreas protegidas, no afectando al valor ambiental del territorio, lo anterior sustentado en las siguientes consideraciones del artículo 8 del Reglamento del SEIA: • Respecto a la evaluación de afectación a población protegida, el Proyecto no interviene áreas donde habitan poblaciones protegidas. • Respecto a la susceptibilidad de afectación de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, el Proyecto y no se emplaza en estas áreas. • El Proyecto no se emplace en un sector que posea características que le otorguen valor ambiental al territorio, por cuanto no corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y que provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.4. En consecuencia, no es necesario presentar un EIA para el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” debido a que no se localiza próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, bastando la presentación de una DIA.
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5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No existe impacto ambiental en el valor paisajístico o turístico de la zona. Existencia de valor turístico No existe valor turístico. Existencia de valor paisajístico No existe valor paisajístico. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo a lo indicado en el Anexo 3.9 “Caracterización de Paisaje y Estudio de Impacto Paisajístico” presentado en la DIA, a partir de once (11) puntos de observación (PO) determinados, donde es posible tener visibilidad hacia las partes y obras del Proyecto fue posible identificar el área de intervisibilidad.
En el presente análisis, se identificaron cinco (5) unidades de paisaje: Bosque Nativo y Mixto (UP1), Plantación Forestal (UP2), Cuerpos de agua (UP3), Praderas y Matorrales (UP4) y Terrenos Agrícolas (UP5). Se estableció que la UP4 de Praderas y Matorrales es la que cuenta con una mayor superficie del total definido para el área de influencia, con un 60% (301,1 ha). A esta unidad le sigue la UP1 de Bosque Nativo y Mixto con un 26,9% (133,1 ha) de la superficie del área de influencia. La UP5 de Terrenos Agrícolas es la que continúa en tercer lugar con un 11,2% (55,5 ha) de la superficie del área de influencia, seguido de la UP2 de Plantación Forestal con un 0,6% (3,3 ha) del área de influencia. Finalmente, las UP más pequeñas corresponden a Cuerpos de Agua (UP3) con un 0,4% (0,4 ha) de la superficie del área de influencia.
De esta forma, la Unidad de Paisaje 4 de “Praderas y Matorrales” es la que tiene mayor extensión dentro del área de influencia, donde el paisaje está dominado por sectores intervenidos con infraestructura eléctrica, de tipo torres de media tensión.
Conforme a la caracterización realizada y relacionado a la calidad visual del paisaje se obtuvo que para el conjunto de las cinco (5) unidades de paisaje analizadas, su valoración de calidad visual paisajística es “Media”. En conformidad a lo señalado en la Guía Para La Evaluación De Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA (2019), si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual media. Para ello, se considera que los paisajes de calidad media son aquellos que contienen variedad de atributos y además no presentan atributos de valoración alta o destacada y que sean singulares en el paisaje. Del total de 55 atributos identificados, 29 corresponden a valoraciones bajas, 17 a valoraciones medias, 9 a valoraciones altas. En términos de superficie, se tiene que el 12,2% de la superficie del área de influencia presenta una calidad visual baja, 60% de la superficie tiene calidad visual media y 26,9% tiene calidad visual alta.
Al examinar el área de influencia en comparación entre la condición sin Proyecto y la condición con Proyecto, a través de la elaboración de seis (6) fotomontajes, se concluye que, aunque se introducen nuevos elementos en la percepción visual de la escena, estos son de baja altura, puesto que la principal obra del Proyecto corresponde a la instalación de paneles que no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo, lo que evita generar obstrucciones visuales significativas o capacidad de bloqueo visual en la totalidad del paisaje. Considerando este hecho, junto con las características particulares de las cuencas visuales identificadas (generalmente alta compacidad y dimensiones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
reducidas de las cuencas), ninguna estructura o componente del Proyecto obstruye por completo la vista de los observadores. Además, se destaca la presencia marcada de infraestructura energética en el área, que incluye líneas de media tensión y parques fotovoltaicos. Por lo tanto, se concluye que el Proyecto no causa alteraciones significativas en el valor paisajístico del área de implantación.
Considerando lo expuesto se concluye que, si bien el área de influencia presenta atributos biofísicos, estéticos y estructurales, estos poseen una calidad visual generalmente media, en menor medida baja y escasos atributos con calidad alta, donde el paisaje según sus atributos visuales, no son considerados suficientes para definir al área de influencia como una zona única, singular ni representativa. Lo anterior, está determinado por la ausencia de atributos que tengan algún tipo de relevancia y/o importancia en el contexto territorial en el que se encuentran insertos.
En consecuencia, el Proyecto no genera alteración del valor paisajístico del área de emplazamiento de acuerdo con las disposiciones del Artículo 9 del Reglamento del SEIA. Lo anterior, permite descartar la generación de una alteración significativa, por parte del Proyecto, del valor paisajístico presente en el área de influencia. La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. De acuerdo con lo indicado en el Anexo 3.9 sobre Caracterización de Paisaje y Estudio de Impacto Paisajístico presentado en la DIA, el área de estudio se enmarca en la subzona de Paisaje Borde Costero con rasgos compartidos con la subzona de Cordillera de la Costa, perteneciente a la Macrozona Centro del país. A partir de las características evidenciadas en terreno, se puede mencionar que el área de emplazamiento del Proyecto se caracteriza por presentar una escasa accesibilidad, donde predominan extensos predios de praderas y matorral, bosque nativo y mixto, terrenos agrícolas y plantaciones forestales, con conjuntos habitacionales dispersos y un núcleo urbano mayor que estas fuera del área de influencia. Junto con ello, fue posible identificar infraestructura de carácter energético, tales como paneles fotovoltaicos y líneas de media tensión y también otras infraestructuras de tipo agrícola.
Sin perjuicio de lo indicado, se puede afirmar que el área de influencia del Proyecto exhibe un valor paisajístico gracias a la combinación de atributos biofísicos, como el relieve, el agua y la vegetación. En contraste, los atributos estéticos y estructurales no contribuyen al valor paisajístico del área. El relieve donde se ubican las obras permanentes del Proyecto es semiplano, con un fondo de valle que se rodea de pequeñas colinas de bajo relieve. En relación con la vegetación, la mayor parte es de origen natural, concentrándose en áreas cercadas, dado esto, la vegetación presente en las praderas y matorrales posee valor paisajístico debido a su temporalidad y a los diversos estratos que presenta. Finalmente, en términos del atributo biofísico del agua, se observa vegetación en el embalse, los cuales son estacionales.
Si bien el área de influencia presenta atributos biofísicos, estéticos y estructurales, estos poseen una calidad visual generalmente media, en menor medida baja y escasos atributos con calidad alta, donde el paisaje según sus atributos visuales, no son considerados suficientes para definir al área de influencia como una zona única, singular ni representativa. Lo anterior, está determinado por la ausencia de atributos que tengan algún tipo de relevancia y/o importancia en el contexto territorial en el que se encuentran insertos.
Considerando lo señalado, se debe tener en cuenta respecto del bloqueo de vistas, las principales obras y/o partes del Proyecto (paneles solares) corresponden a instalaciones que no superan los 2 metros de altura desde la superficie del suelo que no logran bloquear la vista general del paisaje desde ninguno de los puntos de observación, considerando además que su distribución espacial dispersa y horizontal evita que se destaquen de manera prominente en la vista de los observadores. En este sentido, los fotomontajes muestran que ninguna parte u obra del Proyecto bloquea por completo una vista Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
del paisaje, lo que significa que no se produce una pérdida de la capacidad de acceder visualmente a los atributos que presenta el paisaje en el área de influencia. Por otra parte, este enfoque se respalda por la delimitación de las cuencas visuales, donde no es posible avistar el Proyecto en su totalidad desde ninguno de los puntos de observación designados, debido al relieve y barreras visuales presentes, al respecto, es importante señalar que actualmente, la obstrucción visual es considerable en varios puntos debido a cercas vivas o cortinas vegetales, como se observa en la densa vegetación cerca del Proyecto.
Si bien, las características morfológicas de las obras pueden generar un grado de artificialidad en el paisaje, no implican una alteración significativa o perdida parcial de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales que le dan valor paisajístico al área de influencia. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Conforme a la información desprendida de la Caracterización de Turismo, presentada en el Anexo 3.11 de la DIA, a partir de la información desprendida sobre los recursos turísticos asociados al área de emplazamiento del Proyecto y cercanos a éste en la comuna de Marchigüe, es posible señalar que el área de influencia del Proyecto presenta un valor turístico bajo, del cual es posible señalar lo siguiente:
De acuerdo con la determinación del valor paisajístico desprendido de la caracterización ambiental del componente Paisaje, el área donde se emplaza el Proyecto está inmersa dentro de una zona que presenta valor Paisajístico. Junto con ello, su calidad visual a partir de las cinco (5) unidades de paisaje definidas, considerando los atributos biofísicos, estéticos y estructurales es “Media”. De acuerdo con el SEA (2019), si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría “Media”, entonces el paisaje asume esa condición de calidad visual media. Por su parte, es necesario considerar que el atributo del valor paisajístico se complementa con la identificación de los atractivos turísticos de categoría “Sitios Naturales” identificados por SERNATUR. El área de estudio no cuenta con atractivos en la categoría de “Sitios Naturales”, por lo que el atributo de valor paisajístico se le otorga un valor “Bajo”.
En cuanto a la determinación del valor cultural que presenta la comuna y considerando el catastro oficial de atractivos turísticos de SERNATUR, en área de estudio existen atractivos turísticos relacionados al valor cultural. En este sentido, se pudo establecer que los atractivos presentes en el área de estudio del Proyecto corresponden a 17, de los cuales solo uno (1) de ellos se encuentra inserto dentro del área de influencia del Proyecto, correspondiente a al “Lechería Los Maitenes”. Este atractivo solo representa un 5% de los atractivos turísticos que están dentro de la comuna de Marchigüe, por lo que se ha determinado un valor cultural “Media”.
Un aspecto importante, tiene que ver con la proporción de atractivos turísticos a nivel regional con los comunales y los que están dentro del área de influencia. Con respecto a la región de O’Higgins, esta indica que se presenta un total de 334 atractivos turísticos, mientras que en la comuna de Marchigüe existe un total de 17 atractivos turísticos, y solo se presenta uno (1) en el área de influencia del Proyecto, esto quiere decir que solo un 0,29% de los atractivos regionales se encuentra interceptado por el área de influencia.
En relación con la determinación del valor patrimonial y de acuerdo con el registro nacional de servicios turísticos de SERNATUR, si existen servicios turísticos al interior de la comuna caracterizada, que cuenta con 6 tipos de servicios. Estos guardan relación con servicios de alojamiento turístico, restaurantes y similares, esparcimiento, artesanías, servicios culturales y transporte de pasajeros por vía terrestre. De esta forma, con respecto a los servicios turísticos dentro del área de influencia, estos corresponden a dos (2): la “Hacienda histórica Marchigüe”, en el que no se presenta un daño en la visualización del paisaje de acuerdo con el Anexo 3.9. y sus actividades, y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
“Leche Los Maitenes” que está relacionado al atractivo turístico “Lechería Los Maitenes”.
Con respecto a las actividades turísticas identificadas en el área de estudio, se caracterizan por ser puntuales durante el año, los cuales corresponden a eventos programados de carácter religioso o bien de tradiciones locales. De esta forma, al interior del área de influencia no presenta un registró de la realización de actividades turísticas, dado a la ausencia de información y contabilización, tanto de las actividades como de los atractivos turísticos en el área de influencia. Considerando los servicios y las actividades turísticos a realizar en el área de influencia, se le otorga un valor patrimonial “Bajo”. Otro aspecto relevante es que, la ZOIT más cercana correspondiente al “Valle de Colchagua” no interfiere con el área de influencia del Proyecto, puesto que se ubica a una distancia de 10,3 kilómetros hacia al sur de instalaciones del Proyecto.
Con respecto al flujo de visitantes o turistas en el Área de Influencia, éste se asocia directamente al flujo de visitantes de los atractivos turísticos, como también de la capacidad de alojamiento de estos mismos servicios. El área de influencia cuenta con la presencia de un solo servicio de alojamiento, sin embargo, pese a que no se cuenta con la información de la cantidad de pernoctaciones que se dan en los distintos periodos, este no se interfiere por el Proyecto. Debido a lo anterior, se otorga un valor bajo a la capacidad de atraer turistas o visitantes que posee el área de influencia del Proyecto.
Con respecto a las consideraciones del cambio climático sobre el componente turístico y de acuerdo con las estimaciones presentadas en el Atlas de Riesgo Climático (ARClim), en una escala del 0 al 1, donde 0 es el riesgo mínimo y 1 el riesgo máximo, se observa que el riesgo de pérdida de atractivos turísticos por incendios forestales presenta una valoración que recae en la categoría “Muy bajo” para la comuna que conforma el área de estudio, presentando un valor de 0. Dicho análisis representa el aumento de riesgo de pérdida del patrimonio turístico y paisaje natural, debido al aumento de incendios (producto del cambio climático) en bosque nativo. Cabe señalar que dicho índice se encuentra disponible a una escala comunal y que las obras principales del Proyecto, es decir los paneles fotovoltaicos, se encuentran situados mayoritariamente en formaciones de pradera con árboles y pradera.
De este modo, el valor turístico del Área de Influencia del Proyecto se clasifica como "Bajo", basado en la identificación y descripción de sus atributos paisajísticos, culturales y patrimoniales, así como en su capacidad para atraer turistas o visitantes. Según lo anterior, se concluye que el Proyecto no afecta de ninguna manera a los servicios ni atractivos turísticos que reciben esta valoración, ya que no interfiere con el acceso a los lugares de interés turístico cercanos ni se superpone con ninguno de los servicios turísticos disponibles. Esto se debe a que el Proyecto se ubica en una zona rural de la comuna, alejada en su mayoría de los atributos que confieren un alto valor turístico.
Conforme lo señalado, se determina que el Proyecto no afecta a los servicios ni atractivos turísticos que otorgan esta valoración, puesto que este no obstruye el acceso a los atractivos turísticos cercanos, ni se interfiere alguno de los servicios turísticos ofrecidos, debido a que se emplaza en un sector rural de la comuna y dentro de predios particulares. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.5. En consecuencia, no es necesario presentar un EIA para el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona, bastando la presentación de una DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Impacto ambiental Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. Conforme a la caracterización del componente arqueológico presente en el Anexo 3.8 sobre “Arqueología” de la DIA, de acuerdo con el registro de UTA- MOP, en el área de influencia del proyecto no se encuentran hallazgos arqueológicos, tanto para el área de influencia del Proyecto como en un radio de 5 km. En tanto, tras la revisión de proyectos desarrollados en el marco del SEIA, en torno al emplazamiento del Proyecto en un radio de 5 km a la redonda se revisaron 8 proyectos, ninguno de los cuales presentó hallazgos arqueológicos, sin embargo, en proyecto Planta Fotovoltaica Portezuelo PMG se identificó un tramo de cerco histórico; al respecto su ubicación no se relaciona con la ubicación de las obras del Proyecto en evaluación. En tanto, los resultados de la prospección arqueológica realizada en terreno en el emplazamiento de las obras y partes del Proyecto no arrojaron hallazgos arqueológicos y/o históricos en el área prospectada.
De acuerdo con los antecedentes del área de estudio y de proyectos cercanos, no existen antecedentes de hallazgos arqueológicos para la zona, por lo que el potencial arqueológico es bajo.
De esta manera, la habilitación de las obras del Proyecto no implica que se remueva destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, por lo tanto, no es aplicable la letra a) del Artículo 10 del Reglamento del SEIA.
Pese a lo anterior, no es posible constatar y/o descartar la presencia de material arqueológico en subsuelo, razón por la cual el Proyecto considera la realización de charlas de inducción al personal que ejecuta labores de movimiento de tierra, sobre patrimonio arqueológico y sobre los recaudos y procedimiento a ejecutar en caso de hallazgo no previsto, en cumplimiento a lo indicado por el artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. La charla de inducción se dicta por un/a licenciado/a en Arqueología o Arqueólogo/a acompañada de algún material gráfico educativo. Se realiza antes de iniciar la construcción y en la medida que nuevo personal asociado a labores de movimiento de tierra se integre a la faena. Se emite un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales con los contenidos y la frecuencia de la o las inducciones realizadas.
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Por tanto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico durante la fase de construcción del Proyecto, se procede según lo establecido en los artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y N°23 del Reglamento del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación debe ser efectuada por el Proponente del proyecto. La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Conforme a la caracterización del componente arqueológico presente en el Anexo 3.8 de la DIA, de acuerdo con el registro de UTA-MOP, en el área de influencia del proyecto no se encuentran hallazgos arqueológicos. En tanto, los resultados de la prospección arqueológica realizada en terreno en el emplazamiento de las obras y partes del Proyecto no arrojaron hallazgos arqueológicos y/o históricos en el área prospectada.
Conforme a lo anterior, el Proyecto no provoca modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
Respecto de este último aspecto, cabe indicar que conforme a lo señalado en el Artículo 8 del RSEIA en función de la información asociada al Anexo 3.13 Caracterización del Medio Humano de la DIA, respecto a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), se da cuenta de la ausencia de estos grupos al interior del Área de Influencia (AI) de Medio Humano, así como la inexistencia de manifestaciones culturales propias de pueblos originarios no identificándose ningún tipo de actividad ceremonial o tradicional en el sector de emplazamiento de las obras del proyecto.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. En primer lugar, cabe señalar que el Proyecto se desarrolla en predios privados donde no hay utilización pública o comunitaria de recursos naturales, ni tampoco es utilizado en cualquier otro tipo de actividad pública, ya sea de carácter tradicional, cultural o eventual. De este modo, la construcción, operación y cierre del Proyecto no provoca detrimento a las comunidades en este sentido.
Adicionalmente, ninguna de las partes y obras del Proyecto afecta la disponibilidad o el uso de alguno de los recursos naturales presentes en el área. Esto, en base a la información primaria obtenida en terreno, ya que en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto no se ubican recursos naturales que sean utilizados como sustento económico de un grupo humano o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
A partir de la información primaria obtenida en terreno, así como a través de la revisión de información secundaria disponible, no se observaron o evidenciaron prácticas tradicionales, culturales o intereses comunitarios asociados al emplazamiento de las obras del Proyecto cuya manifestación o ejercicio pudieran verse alterados por el Proyecto.
En cuanto a pueblos indígenas, considerando los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI), se da cuenta de la ausencia de estos grupos al interior del Área de Influencia (AI) de Medio Humano, así como la inexistencia de manifestaciones culturales propias de pueblos originarios en el sector no identificándose ningún tipo de actividad ceremonial o tradicional en el emplazamiento de las obras del proyecto.
Considerando lo señalado, el Proyecto no genera afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE, numeral 6.6. En consecuencia, no es necesario presentar un EIA para el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, debido a que este no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, bastando la presentación de una DIA.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL Que al Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” no le son aplicables permisos sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la implementación de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con un estanque de acumulación de 15 m³, en todas sus fases. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que debe contener para acreditar su cumplimiento son:
a) Descripción del sistema de recolección y tratamiento El sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas está diseñado para asegurar un manejo óptimo de los residuos generados por las instalaciones sanitarias. Este sistema atiende a los servicios higiénicos que utilizan aproximadamente 80 trabajadores. El proceso de recolección comienza con la captación de las aguas residuales a través de un sistema de tuberías de PVC de 110 mm de diámetro, que conducen las aguas desde los puntos de generación (baños, lavamanos, etc.) hasta la planta de tratamiento.
La planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) es el corazón del sistema. Se trata de una estructura cilíndrica horizontal de 16.000 litros de capacidad, fabricada en polietileno lineal de baja densidad (LLDPE), un material que ofrece alta resistencia mecánica y a impactos. Este material, además de su resistencia, es impermeable, lo que garantiza que no haya filtraciones que puedan contaminar el suelo. La estructura cuenta con un diseño ondulado que le otorga mayor solidez estructural, permitiendo soportar presiones internas y externas, prolongando su vida útil.
El tratamiento que se lleva a cabo en la PTAS es de tipo primario, donde las aguas residuales ingresan a la planta y pasan por un proceso de sedimentación. En este proceso, los sólidos más pesados se depositan en el fondo del tanque, mientras que los líquidos más ligeros quedan en la parte superior. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Este sistema de separación facilita la posterior disposición del agua tratada, que es almacenada temporalmente en un estanque diseñado específicamente para este fin. El sistema incluye un sistema de ventilación compuesto por tubos de PVC también de 110 mm de diámetro. Estos tubos permiten la liberación controlada de gases generados durante el proceso de tratamiento, como el metano, evitando la acumulación de gases peligrosos y asegurando la eficiencia del sistema.
Finalmente, las aguas tratadas son almacenadas en un estanque de acumulación, desde donde pueden ser dispuestas de manera segura conforme a la normativa vigente, protegiendo el medio ambiente y cumpliendo con los estándares de calidad para la disposición de aguas tratadas. Este proceso garantiza una operación eficiente del sistema de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas en las instalaciones. Durante todas las fases del Proyecto, los residuos líquidos generados corresponden a residuos de tipo doméstico, principalmente asociados al funcionamiento de las instalaciones. Para su tratamiento, se implementa un sistema de recolección basado en una red de tuberías de PVC sanitario, las cuales conducen las aguas residuales desde los servicios higiénicos, tanto temporales como permanentes, hasta la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) durante las fases de construcción, operación y cierre.
En cuanto a la PTAS, que se utiliza en las fases de construcción, operación y cierre, esta funciona con las siguientes operaciones unitarias: pretratamiento y tratamiento primario mediante sedimentación en un sistema cilíndrico de 16.000 litros de capacidad. El diseño se enfoca en la recolección, sedimentación de sólidos y almacenamiento de aguas tratadas, sin incluir tratamiento secundario ni recirculación de lodos. Se estima un caudal de 150 litros de agua por persona al día, en la siguiente tabla se presentan el detalle de los parámetros para el diseño de las soluciones sanitarias del Proyecto:
Fuente: Tabla 2-1 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Caudal generado a tratar para las fases del Proyecto.
a.1. Breve descripción del sistema de tratamiento, mediante un diagrama de flujo o modelo conceptual, que incluya las etapas de recolección, tratamiento y eliminación, y las unidades que componen cada una de dichas etapas.
A continuación, se presenta diagrama de flujo del sistema de tratamiento de aguas servidas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1 del Anexo 7 del Adenda Complementaria. Diagrama de sistema de tratamiento de aguas servidas.
a.2 Entregar información georreferenciada del lugar de emplazamiento del sistema de recolección y/o tratamiento, mediante una tabulación.
A continuación, se presentan las coordenadas de ubicación de la PTAS:
Fuente: Tabla 2-2 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Coordenadas de Ubicación la PTAS.
b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas En la siguiente figura se presenta el esquema de la ubicación de la PTAS a emplear durante la fase de construcción y cierre del proyecto y su ubicación en relación con otras obras del proyecto. Durante el periodo de operación la Planta queda inoperativa para volver a ser utilizada en la fase de cierre. Se adjunta el plano correspondiente en el documento Apéndice 4 Plano PAS 138. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 2 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Plano ubicación PTAS.
Fuente: Figura 3 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Ubicación PTAS Respecto de Obras Temporales y Permanentes.
b.1 Cartografía de emplazamiento general del sistema de tratamiento, que incluya instalaciones vulnerables del entorno, internas o externas (centros de salud, viviendas, establecimientos educacionales, instalaciones de alimentos, etc.), y el distanciamiento de éste a cursos de agua con uso sanitario conocido.
Cabe indicar el sector de ubicación de la PTAS corresponde a un predio privado, y no se encuentran en el entorno centros de salud, establecimientos educacionales, instalaciones de alimentos, etc; ni cursos de agua con uso sanitarios; respecto de esto último, además cabe indicar que en el entorno de ubicación tanto del Proyecto como de la PTAS a ser habilitadas, los cursos de agua presentes corresponden a quebradas intermitentes de origen pluvial que presentan escurrimiento de agua únicamente en caso de lluvias.
En las siguientes figuras se presenta la ubicación georreferenciada de las obras del proyecto en relación con las edificaciones cercanas. La primera figura se destaca la ubicación de la única vivienda cercana al proyecto, señalando su proximidad específica, que corresponde a 172,15 m. En la segunda figura, se muestra la posición del sistema de tratamiento (PTAS) en relación con Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
edificaciones próximas, las cuales incluyen algunas bodegas y otras construcciones sin uso habitacional.
Fuente: Figura 4 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Emplazamiento general del sistema de tratamiento respecto de instalaciones del entorno.
Fuente: Figura 5 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Ubicación PTAS relativo a receptores de ruido del entorno.
b.2 Cartografía que grafique el distanciamiento existente entre el sistema de tratamiento y cualquier edificación emplazada en sus inmediaciones (sistemas de tratamiento para 50 o más personas). Considerando lo señalado en el punto anterior (b.1), la figura anterior grafica la ubicación georreferenciada entre la PTAS y las viviendas más cercanas. Por su parte, la siguiente tabla indica la distancia entre el sistema de tratamiento y estas viviendas:
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Fuente: Tabla 2-3 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Distancia del sistema de tratamiento respecto de instalaciones (viviendas) del entorno.
Por otra parte, en la tabla a continuación, se presenta la distancia de la PTAS respecto a la ubicación del resto de las obras temporales y permanentes a ser habilitadas por el Proyecto:
Fuente: Tabla 2-4 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Distancia aproximada de PTAS Fase de Construcción respecto de las obras temporales.
Fuente: Tabla 2-5 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Distancia aproximada de PTAS Fase de Operación respecto de las obras permanentes.
b.3 Plano de planta y elevación del sistema de tratamiento, evacuación y eliminación de aguas servidas, con el detalle de cada una de las unidades que lo conforman y el equipamiento considerado. A continuación, se muestra un esquema mostrando los componentes de la PTAS mostrando las unidades que lo conforman:
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Fuente: Figura 6 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Componentes que conforma la PTAS.
b.4 Plano de curvas de nivel del área de emplazamiento del sistema de tratamiento, indicando el distanciamiento existente entre las curvas de nivel en metros. Las figuras a continuación muestran el emplazamiento del sistema de tratamiento (PTAS) respectivamente para la fase de construcción (obras temporales) y fase de operación (obras permanentes), mostrando las curvas de nivel del terreno y su cota (distanciamiento vertical entre curvas), y mostrando además una regla en metros que permite apreciar la distancia horizontal entre curvas:
Fuente: Figura 7 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Plano de curvas de nivel ubicación de PTAS.
En el Apéndice 3 kmz obras sistema de tratamiento se presentan un archivo kmz indicando las obras asociadas al PASM 138 tanto temporales como permanentes relacionadas con la PTAS y las curvas de nivel presentes en el sector de estas obras.
c) Generación de aguas servidas. c.1 Estimación de caudales máximos, mínimos y promedios generados en el sistema. Se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes. Las aguas servidas domiciliarias son tratadas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
mediante una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de geometría cilíndrica horizontal, con una capacidad útil de 16.000 litros. Esta planta tratamiento está construida con polietileno de alta resistencia a impactos y cuenta con un sistema de ventilación y salida de aguas tratadas hacia un estanque de acumulación.
Además, se usan consistentes en baños químicos en los frentes de trabajo. Los residuos líquidos provenientes de dichas instalaciones son manejados acorde lo establecido en el Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud, y se subcontrata a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Dicha empresa es la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado.
El Proponente exige al contratista que durante el desarrollo de la fase de construcción se mantenga un registro y copia de la documentación que acredite la disposición final de las aguas servidas. Se estima la generación máxima de 15 m3/día de residuos líquidos domésticos durante el periodo de mayor contratación de mano de obra, lo anterior considerando una dotación máxima de 100 trabajadores y 150 l/día/trabajador, además de un factor de recuperación del 80%.
El Proponente lleva un estricto control del retiro de los baños químicos móviles, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado. Durante la fase de operación del Proyecto, existen servicios sanitarios permanentes para los trabajadores a cargo de las mantenciones esporádicas y limpieza de paneles. Para esto se contempla el uso de baños que cuentan con un sistema de planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Se considera la implementación de una planta de geometría cilíndrica horizontal de 16.000 litros, fabricada en polietileno de alta resistencia a impactos. La planta está diseñada con un manto estructural ondulado, lo que le confiere mayor resistencia mecánica y durabilidad. Durante la fase de cierre se estima la generación máxima de 11,25 m3/día de residuos líquidos domésticos durante el periodo de mayor contratación de mano de obra, lo anterior considerando una dotación máxima de 75 trabajadores y 150 l/día/trabajador, además de un factor de recuperación del 80%. A continuación, en la tabla siguiente se indica la cantidad de agua servida a generar en cada una de las fases del Proyecto:
Fase Caudal a tratar (m3/día) Construcción 15 Operación 0,45 Cierre 11,25 Fuente: Tabla 2-6 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Caudal máximo de aguas servidas a generar en durante la vida útil del Proyecto.
Cabe mencionar que los cálculos de estimación aquí indicados corresponden a los momentos de dotación máxima de trabajadores para cada fase. A continuación, se indica la cantidad promedio de agua servida a generar en cada una de las fases del Proyecto:
Fase Caudal a tratar (m3/día) Construcción 9,0 Operación 0,27 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Cierre 6,75 Fuente: Tabla 2-7 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Caudal promedio de aguas servidas a generar en durante la vida útil del Proyecto.
Cabe mencionar que los cálculos de estimación de caudal consideran un coeficiente de recuperación de 1.
c.2 Población abastecida, que deberá incluir el número máximo de usuarios del sistema considerados en el proyecto, incluyendo a los que desempeñen labores en frentes de trabajo móviles.
La siguiente tabla indica la población máxima a ser abastecida en las distintas fases del Proyecto:
Fase N° de Trabajadores Máximo Construcción 100 Operación 3 Cierre 75 Fuente: Tabla 2-7 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Población máxima a ser abastecida durante las distintas fases del Proyecto.
c.3 Indicar la dotación de agua potable en litros por habitante al día (l/hab./día). La dotación de agua potable considerada es de 150 l/día/persona.
d) Características físico - químicas de las aguas servidas. Las aguas residuales domiciliarias que se generan durante la fase de construcción, la fase de operación y fase de cierre presentan las características propias de las aguas residuales domiciliarias, las que se muestran a continuación:
Parametro Unidad Valor esperado DBO5 mg/L 120-300 Detergentes mg/L SAAM 1 Fosforo total mg/L P 10 Nitratos mg/L-NO3 0,03 Nitritos mg/L-NO2 <0,01 Nitrogeno amoniacal mg/L N-NH3 15-30 Nitrogeno total mg/L N 30-60 pH
7,5-8,0 Solidos suspendidos totales mg/L 100-250 Temperatura °C 10-12 Aceites y grasas totales mg/L A y G 25-50 Nitrogeno Kjeldahl mg/L N 30-60 Coliformes fecales NMP/100 ml E+06-E+07 Fuente: Tabla 2-9 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Características fisicoquímicas típicas de las aguas servidas.
e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. e.1 Memoria descriptiva, que incluya el detalle con las especificaciones técnicas del sistema de recolección, operaciones unitarias involucradas en el tratamiento y disposición final de aguas servidas. 1. Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) Sistema de recolección: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El sistema de recolección utiliza tuberías de PVC de 110 mm para la entrada y salida de las aguas servidas. Estas tuberías transportan las aguas residuales desde los puntos de origen hacia la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), ubicada en el área de faena.
Dimensiones de la PTAS Largo 7.700 mm Diámetro 1.500 mm Altura 1.500 mm Tapa 600 mm de diámetro Material de fabricación Polietileno lineal LLDPE Entrada y salida con gomas y coplas incorporadas 110 mm de diámetro Fuente: Tabla 2-10 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Dimensiones de la PTAS.
- Operaciones unitarias involucradas en el tratamiento Pretratamiento Incluye una etapa básica de pretratamiento donde se retienen algunos sólidos grandes que pueden afectar el sistema. Este pretratamiento evita el ingreso de materiales que pudieran causar obstrucciones.
Tratamiento Primario La PTAS tiene una configuración cilíndrica horizontal con una capacidad de 16.000 litros, fabricada en polietileno de alta resistencia, diseñada para soportar impactos y condiciones ambientales. En esta etapa, ocurre principalmente la sedimentación de sólidos, permitiendo que los materiales más densos se depositen en el fondo del tanque.
Disposición Final de Aguas Servidas: Una vez completado el proceso de tratamiento, el agua tratada se almacena en un estanque de acumulación con una capacidad de 15 m³. Desde allí, el efluente tratado se conduce para su disposición final en un lugar autorizado, cumpliendo con la normativa sanitaria vigente. Los lodos resultantes del proceso de clarificación y tratamiento son retirados de manera periódica por una empresa de servicios especializada, que se encarga de su disposición final en conformidad con las normativas ambientales y sanitarias aplicables.
e.2 Memoria de cálculo detallada del sistema de tratamiento, que incluya las bases de cálculo consideradas para el diseño, capacidad de tratamiento, dotación, caudales estimados, carga contaminante, población a atender y proyección de crecimiento. A continuación, se indica los datos considerados para el cálculo del diseño de la PTAS de cada fase del Proyecto.
Fase N° de Trabajadores Máximo Dotación por Persona (Litros/persona-día) Caudal a Tratar (m3/día) Construcción 100 150 15 Operación 3 150 0,45 Cierre 75 150 11,25 Fuente: Tabla 2-11 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Caudal máximo de aguas servidas a generar en durante la vida útil del Proyecto.
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Cabe mencionar que los cálculos de estimación aquí indicados corresponden a los momentos de dotación máxima de trabajadores para cada fase y considerando un coeficiente de recuperación de 1.
e.3 Especificaciones del tratamiento y del sistema de eliminación del efluente tratado. La especificación del sistema de tratamiento se ha indicado anteriormente, por su parte, el efluente tratado se dispone en el terreno estanque de acumulación de 15 m³ y gestionado para su disposición en un lugar autorizado.
e.4 Descripción de las medidas de control o mitigación de olores, que serán implementadas en el sistema de tratamiento, cuando sea necesario. Las medidas asociadas a manejo de olores se indican en la Tabla 2-15 del Anexo 7 del Adenda Complementaria, presentes en el acápite del Plan de contingencias, del permiso.
e.5 Si el sistema de tratamiento que se adopte contempla lagunas u otros depósitos de los efluentes, tratados o sin tratar, se deberá incluir información del sistema de impermeabilización de estos depósitos. Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. Para la disposición final de aguas servidas (efluente tratado), se considera el empleo de un estanque de acumulación de 15 m³, sin contemplar lagunas o depósitos, y su disposición en un lugar autorizado conforme a la normativa vigente.
f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. f.1 Caracterización del punto de descarga del efluente tratado y del vertedero de tormenta, si corresponde. Esta caracterización corresponde a presentar la ubicación georreferenciada del punto de descarga, el tipo de curso de descarga y nombre, si corresponde. Para la disposición final del efluente tratado, no se contempla un vertedero de tormenta ni descarga a cuerpos de agua, ya que el sistema utiliza un estanque de acumulación de 15 m³ (15.000 L) y el efluente se gestiona para su disposición en un lugar autorizado, sin afectar cursos de agua cercanos. La fabricación del estanque se basa en criterios técnicos de resistencia y durabilidad, utilizando materiales de alta calidad conforme a las especificaciones establecidas en el diseño. La ficha técnica del estanque se encuentra adjunta en el Apéndice 2 Memoria de Cálculo.
f.2 Caudal y condiciones contempladas para la descarga. El caudal considerado para la descarga del efluente tratado corresponde al caudal máximo de diseño de la PTAS, el cual es de 15 m³/día. Este caudal se maneja mediante un estanque de acumulación de 15 m³ y se dispone en un lugar autorizado, asegurando el cumplimiento de las normativas vigentes para cada fase del proyecto.
f.3 En el caso de considerar la disposición del efluente tratado mediante emisario submarino fuera de la zona de protección litoral, se deberá incluir dispositivos de desbaste de sólidos finos, con paso no superior a 0,6 cm, automatizado. Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. Para la disposición final de aguas servidas (efluente tratado), se considera el empleo de un estanque de acumulación de 15 m³ (15.000 L) y su posterior gestión en un lugar autorizado, sin contemplar un emisario submarino ni dispositivos de desbaste.
f.4 En el caso de considerar descarga a un cuerpo de agua superficial, continental o marino, además de lo señalado en los puntos f.1) y f.2), se deberá Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
indicar el nombre y detallar el tipo de flujo del cuerpo receptor (continuo, discontinuo), si corresponde. Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. Para la disposición final de aguas servidas (efluente tratado), se considera el empleo de un estanque de acumulación de 15 m³ (15.000 L) y su posterior gestión en un lugar autorizado, sin contemplar un emisario submarino ni dispositivos de desbaste.
f.5 En el caso de considerar la eliminación mediante obras de infiltración, señalado en los puntos f.1) y f.2), se deberá presentar, además: a) Índice de infiltración (l/m2/día), obtenido conforme a las definiciones del artículo 5° del Decreto Supremo N°236/1926, del Ministerio de Salud, superficie requerida para infiltrar y profundidad de la napa, medida en el punto de infiltración, en su nivel más desfavorable, sobre la base de análisis o estudios técnicos.
Cálculo de índice de infiltración Se realizó un ensayo para determinar el índice de absorción del terreno, se llevó a cabo el siguiente procedimiento según lo señalado en “Normativa General de Instalaciones Públicas y Domiciliarias”. 1) Realizar una excavación de 30 x 30 cm de superficie y 20 cm de profundidad en el punto de interés. 2) Llenar la excavación con agua limpia hasta una altura de 12 cm desde el fondo. 3) Permitir que el volumen de agua introducido infiltre completamente. De esta manera, se obtienen condiciones similares a un dren en operación. 4) Llenar la excavación con agua limpia hasta una altura de 15 cm desde el fondo, teniendo precaución de verter el agua lentamente para no afectar el comportamiento del suelo del fondo de la excavación. 5) Medir el tiempo que se demora el nivel de agua en descender una altura de 2,5 cm (1 pulgada) desde el nivel inicial. 6) Tiempo de descenso como dato, se verifica el índice de absorción asociado en el gráfico de drenaje de índice de absorción. Teniendo como resultado un tiempo de descenso de 2,5 cm del nivel de agua ocurrió en 4:49.55 minutos, que de acuerdo con el reglamento de alcantarillados particulares el índice de absorción corresponde a 90 l/m2/día. Se adjunta en el Apéndice 1 Ensayo de Infiltración realizado. En la Figura 8 del Anexo 7 del Adenda Complementaria, se puede visualizar el resultado gráfico de drenaje de índice de absorción.
Área de infiltración Para obtener el efluente tratado proveniente de la Fosa séptica se envía al sistema de disposición final que está constituido por zanjas con drenes de infiltración. Considerando el coeficiente de infiltración de 90 lt/m2/día, la dotación y el número de usuarios del sistema, se determina la superficie necesaria para infiltrar el caudal medio diario la superficie necesaria para infiltrar el efluente desde la fosa séptica se realiza el siguiente cálculo.
S= Q/K Donde: S: Área de infiltración, en m2. Q: Caudal total de las aguas a infiltrar (12.000 l/día). K: Coeficiente de absorción (90 l/m2/día). Aplicando la ecuación se obtiene un área de infiltración de 133,33 m2.
Largo de la franja de infiltración Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Para el cálculo del largo de los drenes se utiliza la siguiente fórmula: L= Q/A*K.
Donde: L: Largo de la zanja para el dren en metros. A: ancho de la zanja para el dren en metros 1.0 m.
Aplicando la ecuación se obtiene un largo total de los drenes de 140 m, se proyecta 7 drenes de 20 m. Cabe mencionar que los cálculos de estimación indicados se presentan en el Apéndice 2 Memoria de Calculo.
b) Clasificación de vulnerabilidad del acuífero, emitido por la Dirección General de Aguas, sólo en el caso de que la instalación califique como fuente emisora según Decreto Supremo N°46/2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. La instalación no califica como fuente emisora según el Decreto Supremo N°46/2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, ya que el sistema de disposición de aguas servidas utiliza un estanque de acumulación de 15 m³, con disposición final en un lugar autorizado, sin afectar acuíferos cercanos.
c) Altura de caída libre y altura útil de absorción (pozo absorbente). Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. Para la disposición final de aguas servidas (efluente tratado), se considera el empleo de un estanque de acumulación.
d) Diseño del sistema de drenes (largo, ancho, profundidad y distribución). Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. El sistema de tratamiento de aguas servidas no contempla el uso de drenes para la disposición del efluente tratado, ya que se utiliza un estanque de acumulación de 15 m³ y el efluente se gestiona para su disposición en un lugar autorizado conforme a la normativa vigente.
e) Distanciamiento desde el área de infiltración a cualquier fuente destinada a la producción de agua para consumo humano (formal o informal). Esta indicación no se relaciona con el Proyecto, ya que no se contempla un sistema de infiltración para la disposición del efluente tratado. El Proyecto utiliza un estanque de acumulación de 15 m³, y el efluente se gestiona y dispuesto en un lugar autorizado, sin afectar fuentes de agua destinadas al consumo humano.
f.6 En caso de considerar reutilización del efluente tratado: Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. No se considera reutilización del efluente tratado.
g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. No Aplica. El Proyecto no contempla adición de aguas lluvias a los sistemas de tratamiento presentados en este documento, ya que no existen interconexión con sistemas de desagüe de aguas lluvias.
h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. El sistema de tratamiento de aguas servidas implementado utiliza una Planta de Tratamiento de Aguas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Servidas (PTAS) con un estanque de acumulación de 15 m³, y no una fosa séptica. El efluente tratado se gestiona y dispone en un lugar autorizado según la normativa vigente.
i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. i.1 Descripción de la línea de lodos, nivel de tratamiento alcanzado y condiciones de manejo de lodos en la instalación (almacenamiento, secado, encalado, transporte u otros). Esta indicación no se relaciona con el Proyecto. El sistema de tratamiento de aguas servidas implementado utiliza una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), donde los lodos generados son retirados periódicamente por una empresa de servicios sanitarios autorizada. No se contempla almacenamiento, secado, encalado o manejo de lodos en sitio, ya que su disposición final se realiza en un lugar autorizado conforme a la normativa vigente.
i.2 Estimación de la cantidad de lodos generados en el sistema de tratamiento. La cantidad de lodos generados en el sistema de tratamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), se prevé de un 20% del caudal tratado, de acuerdo con lo indicado en el proyecto. Dado que la PTAS tiene un caudal máximo de 15 m3/día, se estima que la generación de lodos es de 3 m3/días. Estos lodos son retirados y gestionados periódicamente por una empresa autorizada, conforme a la normativa. La estimación de generación de lodos del Proyecto se indica en las tablas a continuación:
Parámetro Valor Volumen excluyendo los lodos = 80 x 150 12.000 Lts Volumen de lodos = 20% 2.400 Lts Volumen total 14.400 Lts Fuente: Tabla 2-12 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Cálculo Lodos y volumen de aire.
De esta manera se determina que la capacidad mínima de la PTAS debe ser de 14.400 Lts, por lo cual se utiliza una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con una capacidad de 16.000 litros, asegurando que el sistema pueda manejar tanto el volumen de aguas servidas como los lodos generados.
i.3 Capacidad de retención, frecuencia de retiro, forma y medios de transporte de los lodos. El retiro de los lodos se encarga a una empresa que cuente con autorización sanitaria vigente y se exige mediante certificados y registros que los lodos hayan sido enviados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Se considera retiros semestrales por una empresa autorizada de los lodos durante la fase de construcción, operación y cierren. Los registros de la disposición de los lodos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud se consideran como medio de verificación de la correcta implementación del sistema.
i.4 Alternativa de disposición final o eliminación. La disposición final de lodos considera el retiro de lodos por terceros autorizados. Se mantiene en faena el registro del número de contacto de otras empresas de retiro tipo camión limpia PTAS, de manera de contar con alternativas de retiro en caso de alguna circunstancia con la empresa encargada del retiro de lodos.
j) Programa de monitoreo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
j.1 Descripción del programa de monitoreo, acorde a la solución de eliminación del efluente proyectada (cumplimiento norma de emisión o de norma de referencia). Para asegurar el correcto funcionamiento de la PTAS, se realizan inspecciones periódicas de manera que se prevengan posible falla tendiente a prevenir fallas o contingencias. Se verifica que no existan roturas, filtraciones o debilidad de material; frente a cualquiera de estos casos se procede a reparar el componente dañado o a remplazarlo. Se consideran retiros de los lodos con una periodicidad cada 48 horas. Los registros de la disposición de los lodos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud se consideran como medio de verificación de la correcta implementación del sistema.
j.2 Parámetros de interés incluidos en el monitoreo, puntos de monitoreo, frecuencia de medición, tipo de muestra, instrumentos a utilizar para llevar a cabo el monitoreo y registro. Para asegurar el correcto funcionamiento de los sistemas de tratamientos de aguas servidas, se realizan mantenciones periódicas de manera que se prevengan posibles fallas. De las partes que componen la PTAS tendiente a prevenir fallas o contingencias. Se verifica que no existan roturas, filtraciones o debilidad de material; frente a cualquiera de estos casos se procede a reparar el componente dañado o a remplazarlo.
j.3 Vías de comunicación. Se entrega un reporte del monitoreo semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente con una frecuencia semestral.
k) Plan de contingencias. El Plan de Contingencias es una herramienta de prevención, mitigación, control y respuesta a posibles contingencias generadas en la construcción y operación del sistema de tratamiento de aguas servidas. Dentro de los riesgos asociados se encuentran aquellos originados por eventos naturales y los originados por fallas operacionales. Dentro de las situaciones de contingencias identificadas se encuentran; riesgo de eventos sísmico, riesgo de fallas en el sistema de tratamiento, derrame de aguas servidas que se puede deber a distintas causas como ruptura de la infraestructura, rebalse, ejecución de un mal procedimiento en el trasvasije o transporte.
k.1 Identificación de posibles contingencias que impidan el normal funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas Las principales posibles contingencias asociadas específicamente con el normal funcionamiento de la PTAS corresponden a las siguientes: • Riesgo de Sismos. • Derrame de Aguas Servidas. • Emisión de Olores.
k.2 Descripción de las medidas que permitan abordar y controlar dichas contingencias. A continuación, se indican las acciones a seguir ante los riesgos identificados.
RIESGO DE OCURRENCIA DE SISMOS Nombre de riesgo o contingencia Sismos de gran magnitud que puedan dañar o poner en peligro al personal o infraestructura del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia •Se realiza una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución de este Plan. Por otra parte, las instalaciones del Proyecto se diseñan según lo establecen las normas y/o estándares nacionales e internacionales para la resistencia sísmica. Tras lo anteriormente mencionado, se establecen las siguientes medidas de prevención de contingencia ante riesgo sísmico. •Establecimiento de zonas de seguridad, demarcadas y libres de obstáculos. •Cada área o frente de trabajo cuenta con un Líder de evacuación asignado. •Se mantienen las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. •Se mantienen planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identifica las vías de escape y zonas de seguridad. •Disposición de respaldo de energía para los sistemas críticos o relevantes para la continuidad operacional y para la prestación de primeros auxilios. Forma de control y seguimiento Plan de emergencias disponible en obras con definición e identificación de las zonas de seguridad. Registros de ejecución de capacitaciones. Registros visual o fotográfico del estado de las áreas de trabajo, vías de circulación y señalización (zonas de seguridad y vías de evacuación). Fuente: Tabla 2-13 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Medidas de Contingencias – Riesgo de Sismos.
RIESGO DE DERRAME DE AGUAS SERVIDAS Nombre de riesgo o contingencia Mal funcionamiento de PTAS, fosas sépticas y/o derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema particular de alcantarillado y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas a las aguas servidas asociado al sistema particular de alcantarillado: • Se realiza periódicamente el mantenimiento de unidades y equipos del sistema particular de alcantarillado de aguas servidas. • Se verifica continuamente los parámetros de funcionamiento. • Inspección periódica de los sistemas de tubería de sistema particular de alcantarillado. • El sistema de evacuación de aguas servidas cuenta con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso. • El diseño del sistema de evacuación de aguas servidas considera el máximo de trabajadores que se desempeñan en cada fase del proyecto. • Se realiza periódicamente una inspección visual/fotográfico con el objeto de verificar que no existan problemas operativos del sistema particular de alcantarillado, como fisuras, roturas o fugas. •Se mantienen repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades. •El retiro de los lodos generados se realiza periódicamente por una empresa que cuente con autorización sanitaria y se llevan a un sitio de disposición final autorizado. Forma de control y seguimiento •Registros de inspección periódica de los sistemas sanitarios operantes. •Registro fotográfico del sector de emplazamiento del sistema particular de alcantarillado. •Registro del retiro de lodos. Fuente: Tabla 2-14 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Acciones, Formas de Control y Seguimiento Ante Derrame de Aguas Servidas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Emisión de olores Nombre de riesgo o contingencia Emisión de olores Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de generación de aguas servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realiza las siguientes medidas: - Los servicios higiénicos se conectan a un sistema particular de tratamiento de aguas servidas. Forma de control y seguimiento - Se lleva un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantiene copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. -Se mantiene un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual debe ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Fuente: Tabla 2-15 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Medidas de Prevención de Contingencias en el Manejo de Emisión de Olores.
k.3 Instalaciones de seguridad o respaldo contempladas, de acuerdo con las contingencias identificadas. Conforme al Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias el cual se encuentra en el Capítulo 6 de la DIA, previo al inicio de la fase de construcción, se establecen zonas de seguridad, demarcadas y libres de obstáculos, y se mantienen planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identifica las vías de escape y zonas de seguridad.
l) Plan de emergencia. l.1 Identificación de las situaciones de emergencia que puedan presentarse en el sistema de tratamiento de aguas servidas. Las principales posibles situaciones de emergencia asociadas específicamente con el funcionamiento de la fosa séptica corresponden a las siguientes: •Movimiento Sísmico. •Derrame de Aguas Servidas. •Emisión de Olores.
I.2 Acciones que se implementarán en cada caso, enfocadas en el control de la emergencia y minimización de sus efectos, especialmente de aquellos que causen externalidades negativas en la comunidad. El proyecto presenta un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencia donde se abordan distintas situaciones que se pueden relacionar de manera indirecta con el funcionamiento de la fosa séptica; sin embargo, en específico para las situaciones de emergencia en el funcionamiento del sistema particular de la fosa séptica se procede de la siguiente manera:
RIESGO DE OCURRENCIA DE SISMOS Nombre de riesgo o contingencia Sismos de gran magnitud que puedan dañar o poner en peligro al personal o infraestructura del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se opera de la siguiente manera: • Los lideres de evacuación toman el control de la situación e indican la forma de proceder del personal, así como la forma de evacuar de manera ordenada y la forma de contención a las personas. Fase de construcción y cierre: • Llevar a cabo una inspección de las instalaciones, y descartar existencia de daños estructurales. • Suspensión de faenas hasta comprobar que no se registraron daños estructurales que pongan en riesgo la salud de personal de faena. De ser necesario, se evacua a personal hasta las zonas de emergencia estipulados para el Proyecto. Fase de operación: • Llevar a cabo una inspección de las instalaciones, y descartar existencia de daños estructurales. • En caso de existir daño en las instalaciones del Proyecto, se detiene el funcionamiento del parque y se realiza una inspección para identificar las infraestructuras que pudieron haber sufrido daños, las que son posteriormente reparadas o reemplazadas según sea el caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisa posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Fuente: Tabla 2-16 del Anexo 7 del Adenda Complementaria. Medidas de Control de Emergencia Ante Movimiento Sísmico.
RIESGO DE DERRAME DE AGUAS SERVIDAS Nombre de riesgo o contingencia Mal funcionamiento de PTAS, fosas sépticas y/o derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema particular de alcantarillado y baños químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ante la ocurrencia de un mal funcionamiento de PTAS, con eventuales derrame de dichas aguas, se procede a: En caso de desbordamiento del sistema sanitario: •El personal que identifique el rebose da aviso inmediato al jefe de emergencias. •Se aísla la zona de derrame para impedir la contaminación del suelo o de los cauces existentes en el predio. •Se revisan todos los baños de las instalaciones conectados al sistema de evacuación de aguas servidas, con el propósito de identificar el origen del problema. •Se suspende el uso de los servicios higiénicos asociados a la situación de derrame. •En caso de que sea un problema puntual, se deja inhabilitado el baño para el uso del personal y se intenta por medios propios de solucionar el problema. En caso de no desobstruir el baño, se llama directamente a una empresa externa que proceda a solucionar el problema. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•En caso de que se presente un problema general, de todo el sistema sanitario, el jefe de emergencias o supervisor a cargo de área suspende las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo o bien a su residencia. Paralelamente se llama a la empresa a cargo del mantenimiento del sistema particular de alcantarillado para que evalúe todo el sistema y proceda a dar solución a la emergencia. •Un equipo procede a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. •Se realiza investigación y registro del incidente. En caso de filtraciones o roturas en las cañerías del sistema de tratamiento de aguas servidas: •El personal que identifique la filtración da aviso inmediato a su Líder de emergencia. •Para detener la generación de aguas servidas, se debe evacuar el área, por tanto, el jefe de emergencias o supervisor a cargo de esta suspende las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo, o bien, a su lugar de residencia. A su vez, se llama a la empresa externa a cargo del mantenimiento del sistema, para que identifique, arregle o reemplace las piezas que se encuentren en mal estado. • En el caso que el sistema de tratamiento requiera mantenimiento, un camión limpia-fosas realiza una limpieza de emergencia. • Un equipo procede a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. • En caso de que la contingencia persista por un periodo mayor a medio día de operación, se suspende la ocupación de las instalaciones asociadas, hasta que la emergencia sea solucionada. • Movilizar baños químicos de manera provisoria al área del Proyecto en caso de que la situación lo requiera. • Una vez que el sistema de tratamiento de aguas servidas haya sido reparado, el jefe de emergencias o supervisor a cargo tiene la responsabilidad de autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. • Se realiza investigación y registro del incidente.
En caso de Olores: • El personal que detecte la generación de malos olores debe dar aviso al Líder de emergencias, quién coordinara una cuadrilla para que revise posibles anomalías en el sistema de tratamiento de aguas servidas. Una vez identificado el problema, se procede de acuerdo con lo señalado en los puntos anteriores, según sea el caso. Ante la ocurrencia de un mal funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas, con eventuales derrame de dichas aguas, se procede a: • Suspender uso de servicios higiénicos. • Generar pretiles de contención. • Retiro de aguas por camión limpia fosas. • Movilizar baños químicos al área del proyecto. • Retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado. • Se realiza investigación y registro del incidente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Fuente: Tabla 2-17 del Anexo 7 del Adenda Complementaria. Medidas de Control de Emergencia Ante Derrame de Aguas Servidas.
EMISIÓN DE OLORES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Nombre de riesgo o contingencia Emisión de Olores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de generación de aguas servidas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procede a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitan baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notifica de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emite por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Formas de control y seguimiento Una vez ocurrida la emergencia y aplicada las medidas, se realiza el seguimiento por personal asignado generando un reporte sobre el estado de la instalación. Fuente: Tabla 2-18 del Anexo 7 del Adenda Complementaria. Medidas de Control de Emergencia Ante Emisión de Olores.
l.3 Oportunidad y vías de comunicación a organismos sectoriales (Superintendencia del Medio Ambiente, Ministerio de Salud, Superintendencia de Servicios Sanitarios u otros). En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente.
En Apéndice 1 del Anexo 7 del Adenda Complementaria se adjunta Ensayo de Infiltración. En Apéndice 2 del Anexo 7 del Adenda Complementaria se adjunta Memoria Técnica. En Apéndice 3 del Anexo 7 del Adenda Complementaria se adjunta kmz obras sistema de tratamiento En Apéndice 4 del Anexo 7 del Adenda Complementaria se adjunta Plano de localización PTAS.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 138 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.1 de la DIA, complementado en Anexo 7 del Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°375 de fecha 14 de abril de 2025, formalizado con fecha 21 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.1.
6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre, el Proyecto genera residuos sólidos de carácter domiciliario, asimilables a domiciliarios, e industriales no peligrosos. Todos los residuos son manejados según la normativa aplicable y son acopiados temporalmente en sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos, a la espera de su transporte y posterior disposición final en sitio autorizado. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Generales a.1. Descripción y planos del sitio. Durante la fase de construcción, se contempla la habilitación de una instalación permanente para el acopio de residuos industriales no peligrosos y residuos domiciliarios y asimilables, que se mantiene habilitada durante todas las fases del Proyecto (operación y cierre). Esta cuenta con 20,25 m2 de superficie. Cabe resaltar que el retiro y disposición final de estos residuos, se realiza por empresas y sitios debidamente autorizados conforme a lo expresado en el Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. A continuación, se presenta la Figura 1, que indica la ubicación dentro del Proyecto de la bodega almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y residuos domiciliarios y asimilables.
Fuente: Figura 1 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Ubicación de bodega de Almacenamiento de Residuos No Peligrosos.
En la siguiente tabla se presentan las coordenadas de ubicación de la bodega de almacenamiento de Residuos No Peligrosos:
Fuente: Tabla 1 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Coordenadas Bodega de Almacenamiento de Residuos No Peligrosos.
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a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. Temperatura La temperatura en el área de emplazamiento del Proyecto, en los meses de invierno, alcanzan máximas por lo general que oscilan en valores cercanos a los 11,0°C, mientras que las mínimas se aproximan a los 6,4°C; el promedio de temperaturas en los meses invernales es de 8,92°C. Luego, las máximas temperaturas se registran en la época estival, alcanzando temperaturas máximas mensuales cercanas a los 21,1°C y mínimas mensuales que bordean los 15,0°C. El mes más cálido del período estudiado es enero, con una temperatura promedio de 21,8°C; mientras que el mes más frío es julio con un promedio de 9,27°C. La estación meteorológica más cercana al área de estudio corresponde a la estación Marchigüe. En la figura 3 del Anexo 8 del Adenda Complementaria se presenta un gráfico que representa lo señalado. Se presenta tabla 2 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, se detalla la temperatura mensual promedio (°C) desde el año 2019 hasta el 2023 en la estación de Marchigüe.
Precipitaciones En relación con las precipitaciones, en comportamiento a lo largo de los años es relativamente similar, donde dentro del periodo de estudio la media anual varia desde los 0 a 0,1 mm para el periodo de 2019 – 2023. La zona se caracteriza por concentrar el mayor volumen de precipitaciones durante los meses de otoño e invierno, mientras que en los meses de verano el volumen disminuye a 0. El período estival presenta eventos de lluvia muy puntuales y aisladas, los cuales se concentran a fines de éste. En la tabla 3 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, es posible observar que, a lo largo de todo el período de estudio en los meses de diciembre, enero y febrero, en los años 2019 a 2023 el promedio de precipitaciones fue de 0 mm caídos.
Régimen de Vientos La velocidad del viento es una variable que representa la velocidad de la masa de aire en la atmosfera. Para el área de estudio, se observa un aumento de la velocidad durante el mes de febrero del año 2022, cuyo valor oscilo en 3,2 km/h; por otro lado, durante todo el año la velocidad del viento no sobrepasa los 3 km/h, manteniéndose en un rango entre 1,1 y 2,8 km/h. Si bien la variación es mínima, según los datos registrados en la Tabla 4 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, el año que presentó una velocidad promedio más alta fue el año 2021 con 0,49 km/h.; mientras que el año con velocidad promedio más baja ha sido el 2022 hasta la fecha, con una cifra de 0,07 km/h. La velocidad promedio anual del viento para el período 2019-2023 corresponde a 0,27 km/h. Otra cualidad importante de los regímenes de viento es su dirección predominante. En la Figura 6 se muestra la rosa de los vientos en el área de influencia del proyecto en la comuna de Marchigüe donde el informe de viento generado a través del explorador de energía eólica indica que “Rosa de la velocidad de viento a 95 metros. Las barras azules indican el porcentaje de los valores horarios según la dirección del viento. Las barras rojas indican el rango inter-quartil de velocidad de viento para cada intervalo de dirección. La dirección de viento es un ángulo que indica el sector desde donde proviene el viento. En particular: para 0 el viento viene del Norte; para 90 se tiene viento del Este; en el caso de 180 el viento es del Sur; y para 270 se tiene viento del Oeste”.
Radiación La radiación solar es la medición de la intensidad con la cual la radiación solar alcanza una superficie horizontal. Dicha medición es una sumatoria de los efectos de la radiación directa del sol (onda corta) junto con la radiación reflejada por el resto de los componentes atmosféricos (onda larga). En tal sentido, la radiación en el área de estudio posee un comportamiento regular y cíclico. El período estival, durante los años 2019 a 2023 presenta un promedio cercano a los 337,63 MJ/m2. La situación opuesta ocurre en los meses invernales, donde el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
promedio durante los años 2019, 2020, 2021 y 2022 fue de 150,08 MJ/m2, Por otra parte, los valores mínimos bordearon los 92.1 MJ/m², mientras que los valores máximos fueron de 414,2 MJ/m². Desde abril la disminución es sostenida hasta julio, posteriormente el aumento es sostenido desde agosto hasta marzo, hay una periodicidad en los niveles de radiación. Durante los períodos 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, el valor anual promedio más bajo fue en el año 2020 con 92,1 MJ/m2 y el año con promedio anual más alto fue en el mismo año con 414,2 MJ/m2. Por último, se concluye que la radiación promedio anual del período 2019-2023 es de 242,83 MJ/m².
Humedad Relativa Este elemento climático y meteorológico tiene relación con la cantidad de vapor de agua presente en la atmósfera, más específicamente corresponde al porcentaje de vapor de agua que, en un momento dado y a determinada temperatura, contiene el aire en relación con la máxima cantidad de vapor que a esa temperatura puede tener. El vapor proviene de la evaporación de los mares, océanos, lagos, aguas superficiales u otros cuerpos de agua. De acuerdo con los datos presentados en la Figura 8 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, se observa un patrón de comportamiento bastante regular para la zona de estudio. Hay una humedad intermedia entre 50 % y 80 % durante todo el período analizado. A partir de los meses de diciembre/enero (cercano a 50 % de humedad) las humedades relativas aumentan sistemáticamente hasta alcanzar su peak en los meses de junio/julio (sobre el 80 % de humedad), para luego comenzar a descender y alcanzar nuevamente mínimos en diciembre. De acuerdo con la Tabla 6 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, para el período estudiado, se presentan valores mínimos de 51,0 % de humedad y valores máximos de 89,7 %. La humedad relativa del aire entre los años 2019-2023 tiene un promedio de 61,81 % durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo, mientras que en los meses de invierno se registra un promedio de 86,43 %. Finalmente, la cifra promedio de humedad relativa para todo el período 2019-2023 es de 72,85 %.
Presión Atmosférica La presión atmosférica guarda relación con la presión ejercida por el peso de la atmosfera sobre un área específica. Esta, en el área de emplazamiento del Proyecto no es constante a lo largo de los años de estudio, presentando un rango de 616 – 1004,5 milibares, siendo es bastante perceptible la variación.
De los valores presentados en la Tabla 7 del Anexo 8 del Adenda Complementaria, se concluye que en verano existe menor presión atmosférica, donde en el período de estudio, su promedio fue de 968,39 milibares; por contraparte, los meses de invierno, arroja un promedio de 999,95 milibares. Esto nos muestra que existe un mínimo cambio de variación durante el año. El valor promedio anual del período 2019-2023 es de 990,60 milibares.
a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. Durante la fase de construcción, se estima la generación de 10,92 toneladas de residuos sólidos domiciliarios, los cuales incluyen restos orgánicos, envoltorios, papeles y cartón. Estos residuos son almacenados temporalmente en una bodega de 20,25 m² con una capacidad de 56,50 m³. Asimismo, se generan 3,18 toneladas de residuos industriales no peligrosos, compuestos por 1,35 toneladas de restos de embalaje de madera, 1,38 toneladas de despuntes metálicos (cables, tornillos, alambres) y 0,45 toneladas de papel, cartón y envases plásticos. Estos residuos son manejados de acuerdo con las normativas vigentes y transportados a sitios de disposición autorizados. A su vez, los retiros de los residuos son progresivos durante toda la fase, por lo que no se prevé acumulación de materiales, asegurando un retiro semanal. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Para la fase de operación, se estima la generación de 21,9 toneladas (21.900 kg) de residuos sólidos domiciliarios, con características similares a las de la fase de construcción. Estos residuos son almacenados en la misma bodega de 20,25 m2 con capacidad de 56,50 m³, asegurando su correcta segregación y posterior retiro por empresas especializadas. No obstante, el almacenamiento se realiza de manera progresiva, por lo que, una vez finalizada la fase de construcción, la bodega solo contiene los residuos generados en la operación, sin coexistencia de residuos de fases anteriores. Asimismo, los retiros de residuos son constantes, asegurando una gestión eficiente y evitando acumulaciones innecesarias.
En la fase de cierre, la cantidad de residuos sólidos domiciliarios se mantiene en 10,92 toneladas, almacenados en la misma bodega. Respecto a los residuos industriales no peligrosos, se genera nuevamente un total de 3,18 toneladas, con la misma distribución de materiales que en la fase de construcción. Además, se implementan medidas específicas para la disposición final de estos residuos, asegurando su adecuado manejo. El almacenamiento sigue un enfoque progresivo, es decir, una vez iniciada la fase de cierre, la bodega se utiliza exclusivamente para los residuos de esta etapa, sin coexistencia con residuos de operación o construcción. Se mantiene un esquema de retiro semanal, evitando acumulaciones en el sitio.
En todas las fases del proyecto, el almacenamiento es temporal y los residuos son retirados periódicamente para su disposición final en sitios autorizados. De esta forma, la bodega nunca contiene simultáneamente residuos de construcción, operación y cierre, sino que se adapta a cada fase, asegurando el correcto manejo y minimización de impactos ambientales. El Proyecto no contempla el tratamiento de residuos, sino su almacenamiento temporal y posterior traslado a un sitio de disposición autorizado por terceros. En la siguiente tabla se detalla la estimación y caracterización cualitativa de los residuos a ser almacenados temporalmente, para el caso de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables (RSD), e industriales no peligrosos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 8 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Generación de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos.
a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. No se realiza tratamiento a los residuos. El Proyecto solamente considera el almacenamiento temporal en áreas e instalaciones habilitadas con este fin; posteriormente se contempla trasladar dichos residuos por empresas autorizadas a un sitio de disposición final aprobado por la autoridad sanitaria. A continuación, se presenta un diagrama de la generación y disposición de residuos domiciliarios y no peligrosos.
Fuente: Figura 10 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Flujograma de la Generación de Residuos Domiciliarios y No Peligrosos.
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a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. El almacenamiento de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos se mantiene en todo momento ordenado y limpio en los lugares de almacenamiento acorde al tipo de residuo. Debido a las características de los residuos acopiados y al corto tiempo de almacenamiento temporal de los residuos domiciliarios, no se esperan emisiones que puedan ocasionar molestias. Por otra parte, el Proyecto contempla las siguientes acciones relacionadas con el abatimiento de emisiones de residuos. • Se prohíbe la quema de residuos y materiales combustibles (madera, material vegetal, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). • El almacenamiento de residuos domiciliarios se realiza en contendedores herméticos, con la finalidad de evitar olores y generación de vectores. •Los camiones con carga que se desplacen fuera de la obra son cubiertos con lonas para evitar el desprendimiento de material. •Se realiza una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinarias y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. •La maquinaria utilizada cuenta con su documentación al día, especialmente en lo referido a los certificados de emisiones y revisión técnica. •Los camiones que se encuentren detenidos al interior de las obras por un tiempo prolongado deben mantener sus motores apagados.
Manejo de residuos: Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) Los RSD son almacenados temporalmente en contenedores de 200 y 1.100 litros de capacidad hermético, ubicados en la bodega de acopio temporal de 20,25 m² (capacidad 56,50 m³). Estos tienen una frecuencia de retiro distinta para cada fase del Proyecto: para la fase de construcción y cierre se realiza una vez por semana; durante la fase de operación se realiza (2) dos veces por semana, a cargo de una empresa autorizada para posteriormente ser trasladados al sitio de disposición final autorizado. En la figura 11 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria, se presentan imágenes referenciales de los contenedores a utilizar. Para evitar la aparición de vectores sanitarios, las zonas destinadas a almacenamiento de residuos se mantienen limpias y ordenadas. La recolección interna de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables está a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales recolectan las bolsas de residuos y las llevan a contenedores secundarios para su almacenamiento temporal, a la espera de su retiro. Las bolsas que contienen los residuos son cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva se realiza inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. El personal a cargo cuenta con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregan los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Estos residuos son retirados por empresas autorizadas de manera periódica, 1 vez por semana, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Las empresas que realicen este servicio extienden un certificado al momento de retirar los residuos para llevar a su disposición final; de modo que se constituya el medio de verificación o indicador de cumplimiento de la legislación vigente.
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos El primer componente de gestión se realiza directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos son seleccionados y acopiados. En este lugar se determina la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso de que ello no sea posible, los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
residuos son enviados a la bodega de residuos no peligrosas en la fase de operación. Lo anterior, representa el segundo componente del sistema. En esta área los residuos son segregados por tipo, y son almacenados a granel en la bodega de residuos no peligrosas. Los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos son manejados durante la fase de construcción y operación mediante el almacenamiento temporal en la bodega de residuos de la zona de operación y mantenimiento. Para la fase de cierre, estos son retirados en la medida que se generen con el avance del desmantelamiento de las instalaciones. Se estima realizar retiros diarios o semanales durante toda la Fase de Cierre.
a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. El Proyecto solamente considera almacenamiento temporal de residuos para su posterior retiro por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado, por lo tanto, no existen procesos de tratamiento que generen rechazos. Aun así, como medidas de control se establecen las siguientes consideraciones: •Se establece un manejo diferenciado entre aquellos residuos peligrosos y no peligrosos. •Se establece dentro de los procedimientos de manejo que los residuos sólidos no peligrosos y RSD la prohibición de mezclar éstos con residuos peligrosos o con otras sustancias o materiales. •En cada contenedor se deposita sólo el tipo de residuo para los cuales está definido, estos están debidamente rotulados. •Se capacita a los trabajadores para un correcto manejo de residuos •El personal responsable de la zona de acopio temporal de residuos mantiene un adecuado orden en la operación de los residuos, y registrar todos los retiros de los residuos, ya sea valorizados, reciclados o destinados a disposición final.
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. No se considera el tratamiento de residuos. Cabe mencionar que la disposición final de los residuos está a cargo de una empresa autorizada para tal fin.
a.8. Plan de contingencias. El plan de contingencias tiene el propósito de establecer un programa de acciones organizadas, planificadas y coordinadas ante la ocurrencia de una contingencia o emergencia que pueda ocasionarse durante la ejecución del Proyecto. Este plan contiene las siguientes medidas, las cuales son aplicables en todas las fases del Proyecto:
RIESGO POR ACUMULACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS (RSD) E INDUSTRIALES NO PELIGROSOS (RSINP). Contingencia
Riesgo por acumulación de residuos sólidos domiciliarios (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitios de almacenamiento de RSD y RSINP Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para prevenir una falla por acumulación de RSD y RSNIP en el área de faenas, se adoptan las siguientes medidas de prevención de contingencias: •Se realizan charlas de capacitación al personal sobre materias prevención de higiene (en el caso de residuos sólidos domiciliarios) y seguridad (en residuos industriales no peligrosos) en el área del Proyecto. Estas charlas se realizan al inicio de cada fase y cada vez que ingrese personal nuevo a trabajar al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Para que el sitio de almacenamiento no llegue a su máximo de capacidad los residuos son retirados con la frecuencia necesaria. •Se tiene un listado de contratistas que presten el servicio de retiro y disposición de RSD y RSINP, en caso de que el servicio contratado no pueda llevarse a cabo por la empresa que con la se hubieran contratado los servicios. Para evitar malos olores, los residuos domésticos, están en bolsas plásticas y se disponen dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno y se respeta la frecuencia de retiro. Forma de control y seguimiento •Registro firmado de capacitaciones, los cuales se encuentran en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. •Registro de los retiros de residuos. •Registro fotográfico de los sitios de almacenamiento, los cuales se encuentran en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. Fuente: Tabla 9 del Anexo 8 del Adenda Complementaria. Plan de Contingencia – Riesgo por acumulación de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos.
Las medidas recién señaladas forman parte del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Proyecto, incorporado en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
a.9. Plan de emergencia. En el Plan de Emergencias incluido en la DIA del Proyecto, se presentan las acciones generales a implementar en caso de emergencia, incluyendo los sitios de acumulación transitoria de residuos. El plan de emergencia corresponde a la planificación de un conjunto de actividades, acciones y procedimientos, elaborados para hacer frente a una eventual emergencia con los residuos, como consecuencia de los mayores volúmenes de residuos a manejar. A continuación, se indican alcances de este plan en materia de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos:
RIESGO POR ACUMULACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS (RSD) E INDUSTRIALES NO PELIGROSOS (RSINP). Riesgo
Riesgo por acumulación de residuos sólidos domiciliarios (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sitios de almacenamiento de RSD y RSINP Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de colapso del sitio de almacenamiento (de RSD o RSINP): •Detener faena u operación al momento de completar 90% de capacidad de los sitios de almacenamiento. •Solicitar retiro inmediato de los residuos y envío a sitio de disposición final autorizado. Si la emergencia corresponde a malos olores asociados a RSD: •Se revisa estado de contenedores •En caso de requerirse, se solicita el retiro anticipado de estos residuos. •Se realiza investigación y registro del incidente Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos: •El personal de obras o, en su defecto, la empresa a cargo del retiro de residuos procede a la limpieza y retiro de residuos los que son enviados al área de acopio. •En el caso de que el contratista no pueda proceder de manera inmediata a controlar la emergencia, se llama a otro contratista del listado que pueda prestar el servicio y cuente con todas las competencias legales para realizarlo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Dadas las características sólidas de los residuos no peligrosos a manejar, se descarta el riesgo de derrames. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Fuente: Tabla 10 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Descripción del Plan de Emergencia en caso de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) e Industriales No Peligrosos (RSINP)
Las medidas recién señaladas forman parte del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Proyecto, incorporado en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9) e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Las especificaciones técnicas de las características constructivas de las áreas de almacenamiento permanente de la bodega de residuos no peligrosos se especifican a continuación:
•Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos: -Los residuos domiciliarios y asimilables son acopiados temporalmente en contenedores al interior del área de acopio temporal a la espera de su traslado y disposición final. Esta área esta delimitada y contiene letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. Las características referenciales de estos contenedores, se presenta a continuación en la siguiente tabla:
Elemento Cantidad Capacidad 200 L y 1.100 L Instalación Sobre explanada, posee ruedas y tapa Materialidad HDPE o Fierro Fuente: Tabla 11 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Características de contenedores secundarios referenciales.
-En las afueras se instala letrero que señalice el nombre del área correspondiente. -Los contenedores son herméticos para evitar generación de vectores sanitarios. -Existe un registro de ingreso y salida de residuos.
•Almacenamiento Temporal de Residuos No Peligrosos: Los residuos no peligrosos se depositan en contenedores diferenciados. En el Apéndice 1 Planos PAS 140 se presenta la planimetría de la bodega de almacenamiento de residuos domiciliarios (RSD) e industriales no peligrosos (RISNP).
•Medidas de protección de condiciones ambientales El almacenamiento de residuos domiciliarios se realiza en bolsas plásticas al interior de contenedores que se mantienen tapados para evitar la emisión de olores molestos, derrames de líquidos y de atracción de vectores sanitarios. Estos contenedores están dispuestos en una zona cerrada para evitar el ingreso de perros, ratones y otros vectores. Por su parte la frecuencia del retiro para las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
de construcción y cierre se realiza una vez por semana, mientras que la de operación se realiza 2 veces por semana de los RSD, lo que permite mantener el lugar de acopio temporal en buenas condiciones de higiene. Por otra parte, los residuos industriales no peligrosos son almacenados en la bodega de residuos no peligrosos. Esta área de almacenamiento está cerrada y cuenta con acceso controlado dentro de la instalación de faenas. Por otro lado, el Proponente se compromete a mantener en buenas condiciones de orden y limpieza los lugares de generación y almacenamiento temporal de residuos, especialmente en los sectores donde se colocan contenedores o acopian escombros. De la misma forma, se induce a todos los trabajadores a un manejo responsable de los residuos industriales no peligrosos y residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Complementando estas medidas se realiza un sistema de control de vectores ejecutado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins. Este sistema incluye actividades de desratización, desinfección y sanitizaciones en todas las instalaciones de manera periódica. A continuación, se describe el sistema de control de vectores de interés sanitario.
1.Establecimiento del cordón sanitario El cordón sanitario actúa como barrera física y química que limita la proliferación y propagación de vectores dentro de la obra. Por ende, este sistema se implementa en el perímetro de la obra. a) Desratización Se usar trampas mecánicas y cebos rodenticidas en el perímetro de la obra, así como en áreas internas estratégicas como bodegas, contenedores de basura, y otras zonas donde se detecten roedores. b) Desinsectación Se aplican insecticidas en forma de aerosoles o nebulizadores en el perímetro y áreas propensas a la presencia de insectos (zonas húmedas, áreas de descanso, baños). Para controlar la resistencia de los insectos es imperante rotar los productos químicos utilizados. Se usan barreras físicas, al colocar mallas mosquiteras en ventanas y puertas, sellar grietas y hendiduras que puedan ser utilizadas como refugio de insectos. c) Sanitización Se implementa un programa de limpieza, incluyendo la sanitización de superficies de trabajo, baños y áreas comunes. Uso de desinfectantes que cubran un amplio espectro de microorganismos patógenos. Se establece un cronograma del control de vectores que incluya las actividades específicas a realizar en distintos periodos. •Semanalmente: Verificación y mantenimiento de trampas y estaciones de cebo y aplicación de insecticidas en las áreas previamente definidas. •Mensualmente: Sanitización profunda de las instalaciones y evaluación del cumplimiento del programa y ajustes según sea necesario. Por último, se debe capacitar a todo el personal para identificar vectores y reportar problemas. El personal de limpieza y seguridad debe ser instruido en el manejo de productos químicos y el uso de equipos de protección personal.
e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. La capacidad máxima de almacenamiento de la bodega los residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos se presenta a continuación:
Fase Instalación Capacidad Máxima de Almacenamiento Construcción Bodega de almacenamiento de 56,50 m3 de capacidad de almacenamiento en total.
Operación Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
residuos no peligrosos (RSD y RSINP) Fuente: Tabla 12 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Capacidad Máxima de Almacenamiento.
e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores Al interior de la bodega, los residuos son dispuestos en forma ordenada, dentro de contenedores y a granel.
•Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios Este tipo de residuos se dispone en contenedores secundarios herméticos con capacidad de 200 L y 1.100 L cada uno con tapas apropiadas para impedir el ingreso de vectores sanitarios y la proliferación de olores molestos. Y están señalizados como “Basura Domiciliaria”. Dichos recipientes una vez que alcancen su capacidad son retirados desde el punto de generación y traslados al sitio temporal de almacenamiento de residuos.
•Residuos Industriales No Peligrosos Los residuos industriales no peligrosos son almacenados temporalmente a granel de manera segregada y ordenada y/o en contenedores tipo tolva, dentro del área de acopio temporal. Para el transporte y la disposición final se contratan los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 140 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.2 de la DIA, complementado en Anexo 8.2 de la Adenda, y Anexo 8 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°375 de fecha 14 de abril de 2025, formalizado con fecha 21 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.2.
6.2.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera un sitio para la acumulación temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a) Descripción del sitio de almacenamiento. El Proyecto considera la habilitación de una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) a fin de almacenar en los residuos peligrosos generados en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, los cuales requieren de autorización previa por parte de la Autoridad Sanitaria. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos se cuenta con una bodega de RESPEL. Allí, se mantienen los residuos en contenedores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. Este etiquetado se mantiene desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. A continuación, en la Tabla siguiente se presentan las coordenadas de ubicación de las bodegas de residuos peligrosos.
Fase Vértice Coordenadas (UTM WGS 84 HUSO 19 S) Superficie (m2) Este (m) Norte (m) Fase de construcción, operación y cierre.
1 264.294 6.197.910 7,35
2 264.296 6.197.909 3 264.294 6.197.907 4 264.292 6.197.908 Fuente: Tabla 1 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Coordenadas de bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
En la siguiente figura se muestra la ubicación de la bodega RESPEL:
Fuente: Figura 1 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Ubicación Bodega RESPEL.
En la siguiente figura se muestra la ubicación de las obras permanentes y temporales del Proyecto:
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Fuente: Figura 2 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Obras Temporales y Permanentes.
b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. El recinto para el acopio temporal corresponde a una bodega de residuos peligrosos que cuenta con las características establecidas en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 148/2003, del Ministerio de Salud. Esta bodega ocupa una superficie aproximada de 7,35 m2 permitiendo resguardar los residuos de periodos de lluvias y de radiación solar, además del ingreso de personas no autorizadas. Es de acceso restringido y mantiene señalética que la identifique, conforme a lo establecido por la NCh N° 2.190 Of. 93, considerando las siguientes características: •Tiene una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. •Cuenta con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. •Estructura techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. •Garantizar que se minimiza la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. •Sistema colector para el caso de eventuales derrames, exclusivo para la bodega de RESPEL, con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. •Cuenta con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.
El sitio de almacenamiento tiene acceso restringido, en términos que sólo puede ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación El manejo de los residuos dentro de la bodega se regulariza mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos.
Cabe mencionar que las mantenciones de vehículos y maquinarias son realizadas fuera del área del Proyecto, en instalaciones autorizadas para estos efectos, razón por la cual no se contempla la generación de RESPEL por esta actividad. Cabe señalar que todo residuo almacenado está claramente identificado y etiquetado de acuerdo con la Norma Chilena Oficial NCh.2190 Of. 93 (Marcas para información de Riesgo), en la cual se hace referencia a las características establecidas por la Norma Chilena Oficial NCh 382 (terminología y clasificación general de sustancias peligrosas), utilizando un rotulo aplicable a la característica de peligrosidad del residuo. Las medidas de protección de condiciones ambientales van de la mano con el manejo detalladas anteriormente, y que considera el acopio temporal de los residuos al interior de contenedores herméticos al interior de la Bodega RESPEL, para su posterior retiro por empresa autorizada rumbo a un sitio de disposición final autorizado. Por otra parte, se consideran medidas asociadas a contingencia y emergencia indicadas anteriormente. A continuación, se muestran las dimensiones que contempla la bodega de Residuos Peligrosos: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 3 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Bodega de Residuos Peligrosos.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. Para todas fases del Proyecto los residuos peligrosos son almacenados temporalmente al interior de la Bodega RESPEL y se mantienen por un plazo máximo de 6 meses según lo establecido en el art. 31 del Decreto Supremo N°148/2013 del Ministerio de Salud, período en el cual son retirados por empresas externas autorizadas y posteriormente llevados a disposición final en sitios especialmente habilitados para ello y autorizados por la Autoridad sanitaria. Todos los residuos son dispuestos al interior de contenedores los que están sobre pallets al interior de la Bodega RESPEL, rotulados e identificados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece el Título II del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. Durante la construcción, operación y cierre del proyecto, se generan residuos y sustancias peligrosos que son almacenadas temporalmente en la Bodega RESPEL. Estos residuos están debidamente identificados y rotulados según su clasificación de peligrosidad, y su almacenamiento no puede exceder los 6 meses, en conformidad con el artículo 31 del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. A continuación, se detallan los tipos de residuos peligrosos generados en cada fase del proyecto, junto con su manejo y frecuencia de retiro.
FASE DE OPERACIÓN- RESIDUOS SÓLIDOS Tipo Residuo Detalles Cantidad total (kg) Sitio Almacenamiento Residuos Peligrosos Guaipes usados, envases de pinturas y diluyentes 0,025 t/mes Tambores metálicos con tapa y rotulados según lo establece la NCh 2190 Of. 03. Fuente: Tabla 3 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Fase de construcción- Residuos sólidos y Sustancias peligrosas.
FASE DE CIERRE- RESIDUOS SÓLIDOS Tipo Residuo Detalles Cantidad total (Ton) Sitio Almacenamiento Residuos Peligrosos Envases de pintura en spray 0,12 BAT Lubricantes y grasas usadas 0,30
BAT Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Envases de diluyente, huaipes y EPP contaminados 0,36
BAT Paneles fotovoltaicos dañados 0,12
Sitio de acopio de paneles fotovoltaicos (RESPEL) Arena y tierra contaminada con hidrocarburos 0,27
BAT FASE DE CIERRE - SUSTANCIAS PELIGROSAS Sustancia Peligrosa Consumo Total (fase de construcción) Grasas 7,22 Huaipes 2,06 Aceites 5,15 Envases 49,48 Fuente: Tabla 4 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Fase de cierre - Residuos sólidos.
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la bodega, en ningún caso excede de 6 meses.
Fuente: Tabla 5 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Generación de residuos peligrosos fases del Proyecto.
La bodega de residuos peligrosos tiene una superficie de 7,35 m2 y una altura de 2,79 metros, los que resulta en una capacidad volumétrica total de 20,51 m3. A continuación, se detalla la compatibilidad de esta capacidad con la cantidad de residuos peligrosos estimados en cada fase del proyecto, junto con la frecuencia de retiro de estos residuos.
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Fase del proyecto Cantidad Estimada de Residuos Generados (t/mes) Capacidad Volumétrica Estimada de la Bodega (m³) Frecuencia de Retiro de Residuos Construcción 0,195 toneladas/mes 20,51 m³ Semestral Operación 0,025 t/mes 20,51 m³ Semestral Cierre 0,206 toneladas/mes 20,51 m³ Semestral Fuente: Tabla 6 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Capacidad de almacenamiento de residuos peligrosos.
La información de la Tabla 6, indica la capacidad volumétrica de la bodega, donde se asegura el almacenamiento seguro de los residuos peligrosos durante las distintas fases del proyecto, con retiros programados de manera semestral. Por su parte, la siguiente Tabla 7 indica las características de peligrosidad de los residuos peligrosos a ser acopiados temporalmente en la Bodega RESPEL.
Fuente: Tabla 7 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Características de peligrosidad RESPEL a Almacenar.
Respecto de la peligrosidad de los paneles, cabe indicar que los paneles averiados o en desuso son considerados de manera precautoria como residuos peligrosos, conforme al ORD. N°2516, del 01 de junio de 2022, del Ministerio de Salud. Una vez iniciada la fase de construcción, se realiza una caracterización al panel solar a emplear a través de un laboratorio de caracterización de residuos peligrosos autorizado, para demostrar que los paneles a emplear no presentan ninguna de las características de peligrosidad estipuladas en el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud. El resultado de esta caracterización se informa a la autoridad, SEREMI de Salud y Superintendencia del Medio Ambiente. En función de lo señalado, se determina si los paneles en desuso se manejan como residuos peligrosos (RESPEL), o como residuo no peligroso (RESNPEL), conforme al resultado de dicha caracterización, lo cual se comunica a la autoridad. Adicionalmente, el Proyecto como generador de residuos peligrosos a razón de la definición del Artículo 3 del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, cumplirá las disposiciones del Artículo 27 del Citado Decreto, en tanto (literal) a) Retirar y transportar los residuos peligrosos a través de transportistas que cuenten con autorización sanitaria, b) Realizar la eliminación de sus residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria y c) Proporcionar oportunamente la información correspondiente al Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos y entregar al transportista las respectivas Hojas de Seguridad para el Transporte de Residuos Peligrosos. De la misma forma cumplirá con las disposiciones del Título VII en cuanto al procedimiento declaración y seguimiento de residuos peligrosos generados por el Proyecto.
Volumen y almacenamiento de paneles solares A lo largo de las fases del proyecto, se prioriza la gestión continua de los paneles solares en desuso, evitando su acumulación prolongada en la bodega. El cálculo del volumen de estos paneles se basa en sus dimensiones especificadas (2.278 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
mm x 1.134 mm x 35 mm), lo que equivale a un volumen unitario aproximado de 0,0899 m³ por panel.
Fase de construcción Durante la fase de construcción, se estima la generación de 650 kg de paneles solares en desuso. Estos son almacenados temporalmente a granel en la Zona de Almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL), ubicada en la Instalación de Faenas. Su retiro se realiza de manera semestral, asegurando una adecuada gestión de los residuos hasta su disposición final en un sitio autorizado o su devolución al proveedor, según garantías aplicables.
Fase de Operación En la fase de operación, el recambio de módulos fotovoltaicos se realiza únicamente en caso de fallas o desperfectos, con una estimación de 2 módulos averiados por mes, lo que equivale a 65 kg anuales. Estos paneles son almacenados en contenedores dentro de la Zona de RESPEL y retirados con una frecuencia semestral por una empresa autorizada. Para garantizar la operatividad del sistema, el parque cuenta con un stock de siete (7) módulos solares como repuestos. En caso de requerir más unidades, estas se solicitan directamente al fabricante. El proceso de recambio se ejecuta por una empresa externa con los permisos correspondientes, cumpliendo con la normativa aplicable.
Fase de cierre Al finalizar la vida útil de los paneles solares, se estima un volumen total de 961.740 kg de paneles en desuso. Estos son cargados in situ, durante esta fase, los paneles solares no se acumulan en la bodega; en su lugar, son retirados de forma continua y transportados sin demora, asegurando que no permanezcan almacenados en el sitio. Este proceso garantiza que los paneles en desuso sean gestionados adecuadamente, ya sea para su disposición final, reciclaje o reutilización en un sitio autorizado, a través de empresas especializadas como Pañiwue Sustentable Ltda, Solarix, u otras equivalentes. En caso de no ser posible su reciclaje, los residuos son enviados a un sitio de disposición final autorizado. Los paneles solares retirados son considerados, de manera precautoria, como Residuos Peligrosos, conforme a lo establecido en el ORD. N°2516 del 1 de junio de 2022 del Ministerio de Salud.
A continuación, se presenta la información consolidada en la siguiente tabla, donde se detalla la cantidad estimada de paneles en desuso, el tipo de almacenamiento y la frecuencia de retiro en cada fase del proyecto:
Fase del Proyecto Volumen Estimado (kg) Tipo de Almacenamiento Frecuencia de Retiro Construcción 650 A granel, en la Zona de RESPEL Semestral Operación
65/año (2 paneles) En contenedores, en la Zona de RESPEL Semestral
Cierre
961.740
A granel, en la Zona de RESPEL Diario Fuente: Tabla 8 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. El volumen de paneles de recambio una vez transcurrida su vida útil.
El manejo de estos residuos se lleva a cabo bajo estrictos estándares ambientales, asegurando su disposición final adecuada y el cumplimiento de las normativas vigentes.
Capacidad de almacenamiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
La Zona de Residuos Peligrosos (RESPEL) cuenta con la capacidad suficiente para manejar los volúmenes estimados en cada fase del proyecto, considerando las frecuencias de retiro planificadas. Durante la fase de cierre, los retiros diarios aseguran que no se excedan las capacidades de almacenamiento temporal, evitando acumulaciones prolongadas en el sitio. Considerando las dimensiones de los paneles solares (2278 mm x 1134 mm x 35 mm), lo que equivale a un volumen de aproximadamente 0.0904 m³ por panel, se puede concluir que la capacidad de las bodegas es suficiente para almacenar los paneles durante las fases de construcción y operación. La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, RESPEL, tiene una superficie de 7,35 m², con dimensiones de 3,10 m x 2,30 m y una altura máxima de 2,79 m, como se detalla en los planos técnicos. Esto proporciona un volumen total disponible de 20,51 m³, destinado al almacenamiento temporal de los residuos peligrosos generados en las distintas fases del Proyecto dado que el volumen estimado para estas fases (1,86 m³ en construcción y 0,19 m³ anuales en operación) es considerablemente menor a la capacidad total disponible. Por lo tanto, no se prevé ningún problema de acumulación en la bodega durante estas etapas.
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Las medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población, están asociadas al manejo y acopio temporal de los residuos. Los residuos son trasladados a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (RESPEL) especialmente habilitada con estos fines. Allí, se mantienen los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo. Este etiquetado se mantiene desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regulariza mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos. El lugar para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el Proyecto cuenta con la autorización correspondiente de la Seremi de Salud para su funcionamiento. Los residuos peligrosos tales como aceites y grasas, paños, guaipes usados, etc., se depositan en contenedores primarios debidamente etiquetados en los frentes de trabajo y oficinas. Periódicamente, estos residuos son retirados y dispuestos en la bodega RESPEL, para luego ser trasladados a sitios de disposición final autorizados siendo transportados por una empresa autorizada. Se lleva un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia la bodega RESPEL y desde la bodega de almacenamiento temporal hacia el sitio de disposición final autorizado. Se lleva el registro de los certificados de recepción de los residuos peligrosos. Las medidas de manejo anteriormente descritas, sumada a la materialidad de la RESPEL que cumple las disposiciones del Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud, aseguran la no afectación de los componentes ambientales (agua, suelo, aire) y aseguran que no se pone en riesgo la salud de la población.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. La bodega de residuos peligrosos cuenta con un sistema de contención de derrames con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, tal como señala el Decreto Supremo N°148/2003, del Ministerio de Salud.
f) Plan de contingencias. CONTINGENCIA MEDIDAS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En el caso de manejo y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos, se han de implementar las siguientes medidas de prevención de contingencia: • Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. • Establecer de manera previa los canales de comunicación, contando con los números telefónicos de emergencia. • Mantener limpieza y orden de las bodegas RESPEL. • Todo personal que manipule y almacene este tipo de sustancias y residuos peligrosos debe estar debidamente capacitado y apto para llevar a cabo las tareas. • Realización de inspecciones preventivas a las bodegas de residuos peligrosos. Dentro de las actividades a realizar, se verifica el estado de almacenamiento de las bodegas, con la finalidad de evitar que se sobrepase la capacidad de almacenamiento. • No se obstruyen vías de ingreso a la bodega para el retiro de residuos y/o sustancias peligrosas. • Las bodegas de almacenamiento de residuos tienen separaciones entre tipos o categorías de residuos, y estos están debidamente señalizados y delimitados. • Se deben realizar retiros periódicos de los residuos peligrosos generados por el Proyecto los cuales no deben sobrepasar los 6 meses de almacenamiento estipulados por el Decreto N°148/2003 del MINSAL. • Se disponen de elementos de contención y limpieza de derrames. • Contar con un listado de proveedores de contenedores para disponer de alternativas para recambio de contenedores, en caso de ocurrencia de rotura de algún contenedor. Riesgo Incendio de RESPEL. • Prohibición de fumar en las áreas de acopio de RESPEL. • Contar con elementos para combatir fuego (extintores manuales). • Capacitar al personal en el uso de extintores. • Ingreso a las áreas solamente de personal autorizado. Fuente: Tabla 9 del Anexo 9 del Adenda Complementaria. Plan de contingencia.
g) Plan de emergencia.
En la siguiente tabla se presentan las posibles emergencias y las medidas correspondientes a realizar.
EMERGENCIA MEDIDAS En caso de ocurrir una falla en la frecuencia de retiro de residuos peligrosos: • El jefe de faenas o encargado HSE se contacta a empresa autorizada más cercana para llevar a cabo el retiro inmediato de residuos peligrosos de la bodega RESPEL. En el caso de que ocurra un colapso en el sitio de almacenamiento: • El encargado HSE se comunica a la brevedad con la empresa a cargo para realizar el retiro de los residuos peligrosos de la bodega RESPEL. En el caso que esta empresa no pueda llevar a cabo el retiro de residuos, se debe contactar a otra empresa, también autorizada por la autoridad sanitaria, para que realice el retiro de los residuos. • Se aumenta la frecuencia de las inspecciones y limpieza de las bodegas RESPEL, de manera tal de evitar una nueva ocurrencia de colapso de residuos peligrosos en dicha bodega. En caso de ocurrir un derrame de residuos peligrosos • Se debe dar aviso al jefe de Faenas o encargado HSE sobre el tipo de RESPEL derramado y el lugar en donde ocurrió el derrame. Este encargado es quién active el procedimiento de emergencia y evalúe, según la magnitud del evento, los equipos y el personal requeridos para realizar la limpieza del derrame. • Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. • Personas no autorizadas tienen prohibido el ingreso a la zona afectada. • Mantener operativos los canales de comunicación, para evitar que exista descoordinación entre personal y autoridades en caso de ser necesario. • El personal que se encarga de manejar el derrame debe tener implementados sus EPP correspondientes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
• Se disponen de los elementos de contención de derrame que sean necesarios. • En caso de derrame de residuos peligrosos sobre el suelo se procede inmediatamente a la incorporación de material de contención, donde todo el material contaminado se dispone en contenedores herméticos dentro de la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro. • En caso de que el derrame se encuentre de forma dispersa en el suelo, se debe esparcir material absorbente, para luego mezclarse con el suelo, el que posteriormente debe ser dispuesto en contenedores herméticos dentro de la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro y disposición final en depósito de seguridad autorizado por el SEREMI de Salud, cumpliendo con el Decreto Supremo N°148/2004 del Ministerio de Salud. • Reponer a la brevedad el equipo de emergencia utilizado para neutralizar la emergencia. Una vez controlado el derrame, se debe reconocer sus causas, lugar del derrame, cantidad y tipo de residuo, fotografías y las medidas correctivas y de protección ambiental aplicadas para combatir y neutralizar la emergencia, y para evitar que vuelva a ocurrir. En caso de incendio • Dar aviso inmediato del evento a la Administración, para establecer las medidas requeridas. • Combatir el fuego con los elementos correspondientes: extintores y arena. • Dada las cantidades y condiciones de almacenamiento, no se prevé la ocurrencia de fuego en grandes proporciones, sin embargo, si el fuego no puede ser combatido con los elementos presentes en el área, el personal se debe retirar a un área segura, a la espera de la llegada de bomberos. Fuente: Tabla 10 del Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Plan de emergencia.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 142 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.3 de la DIA, complementado en Anexo 8.3 de la Adenda, y Anexo 9 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°375 de fecha 14 de abril de 2025, formalizado con fecha 21 de abril de 2025, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.3.
6.2.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación para realizar rescate y relocalización. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) De tratarse de caza o captura para fines de investigación, se presentará un proyecto de investigación científica que contendrá: a.1. Descripción del proyecto El Proyecto se localiza en la comuna de Marchigüe (provincia de Cardenal Caro, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins), y aprovecha el recurso solar existente en el territorio mediante la construcción y operación de una central solar fotovoltaica, cuya energía se conecta a la subestación Nueva Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Trinidad correspondiente al punto de conexión con el Sistema Eléctrico Nacional (SEN). a través de una línea de media tensión (LMT) de 13,2 Kilovolts (KV). Adicionalmente el Proyecto considera un sistema de almacenamiento de energía por medio de baterías, sistema SAE o BESS por sus siglas en inglés (Battery Energy Storage System), la cual permite inyectar energía al sistema en horas donde no se cuente con radiación solar.
a.2. Especies, sexo y número de ejemplares estimados a cazar o capturar. Las especies de baja movilidad susceptibles de ser afectadas por el Proyecto corresponden a 3 reptiles, los que cumplen con los criterios para la aplicación de un PAS146 de rescate y relocalización (SEA, 2022). Dichas especies corresponden a la lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), lagarto chileno (Liolaemus chiliensis) y la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis). Las dos primeras de origen nativo, mientras que la siguiente es endémica. Asimismo, las tres especies se encuentran en la categoría “Preocupación menor” (LC) (Tabla 1). Cabe destacar que, si durante la ejecución de este plan se observan otras especies de reptiles, se procede a la captura y eventual rescate independiente de si hayan sido registradas durante la caracterización de fauna silvestre de la Declaración de Impacto Ambiental (con autorización del permiso de captura). Lo anterior en consideración de que el objetivo principal de esta medida es la conservación de biodiversidad y evitar su afectación. Por otra parte, no es posible determinar a priori el sexo de los ejemplares a rescatar, sin embargo, se maximiza el rescate tanto de machos como de hembras.
Fuente: Tabla 1 del Anexo 8.4 de la Adenda. Especies objetivo del plan de rescate y relocalización, y su estado de conservación.
En la caracterización basal del componente fauna terrestre (línea de base) se estimó el número de ejemplares de reptiles que se encuentra en el área de influencia basado en la siguiente formula:
Para determinar la densidad poblacional de reptiles dentro del sitio de captura, se estimó un área de 1.600 m2 por transecto (calculado en base a una línea recta de 200 metros por 8 de ancho), utilizando la información de los transectos ejecutados en el Anexo 3.7 del Adenda. Asimismo, se consideran relevantes para este estudio las densidades calculadas en los ambientes en donde existe intervención directa de obras dentro del cerco perimetral del Proyecto. Para el cálculo de la cantidad de individuos a rescatar se utilizó un promedio de la mayor y menor densidad registrada por especie, por ambiente. Asimismo, la abundancia potencial de individuos dentro del sitio de captura se estimó como la sumatoria de la multiplicación entre la densidad poblacional de cada especie objetivo por ambiente y la superficie de dicho ambiente. Se estima que del total de individuos potenciales dentro del sitio de captura se debe rescatar y relocalizar al menos el 80% de los individuos (Tabla 2). Cabe mencionar que para la especie L. chiliensis, no es posible estimar densidad debido a que fue registrada de forma puntual, por lo que se considera la cantidad de individuos registrados, correspondiente a 1.
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Fuente: Tabla 2 del Anexo 8.4 de la Adenda. Densidades de reptiles dentro del sitio de rescate y número mínimo de individuos a rescatar.
a.3. Estado de la población a intervenir. Liolaemus tenuis (Duméril & Bibron 1837) - Lagartija esbelta. Es una especie endémica de Chile, presentando un rango de distribución que comprende desde Coquimbo (IV región) a Los Lagos (XIV región), desde el nivel del mar hasta 1.800 msnm (Veloso & Navarro 1988). Mella (2005) informa a esta especie como muy frecuente y abundante. En Río Clarillo presenta una abundancia relativa de 12% (99 individuos de 807 lagartijas observadas) y 16,6% en Cerro La Campana (35 individuos de 211 lagartijas observadas) (Jerez & Ortiz, 1975), en esta última localidad, reportan una abundancia relativa de 15%. Sus poblaciones presentan tendencias estacionarias. Sus hábitats preferenciales son arborícolas, sin embargo, también se adapta a construcciones humanas que presentan perchas, como son las murallas. Además, la temperatura corporal de los individuos al sol ronda los 37°C (Labra, 1998). En el Área de Influencia del Proyecto se registró en el ambiente de quebrada.
Liolaemus lemniscatus (Gravenhorst 1838) – Lagartija lemniscata. La especie está presente en Chile y Argentina. En Chile presenta un rango de distribución que va desde Huentelauquén, frente a Illapel (IV región) (31º37'S 71º11'W) a Valle del Pino Hachado en Lonquimay (IX región) (38º26’S 71º14’W) (Donoso-Barros 1966, Mella 2005), desde el nivel del mar hasta los 2.000 msnm (Ortiz et al., 1994). De acuerdo con Mella (2005), esta sería la especie de lagartija más abundante del valle central, con una abundancia relativa de 35% a 52% en el Cerro la Campana y de 49% en el Río Clarillo (porcentaje de la especie registrada, respecto del total de lagartijas observadas en el estudio). Es una de las pocas especies que se ha adaptado bien a la acción antrópica y a los cambios de hábitats. Su hábitat predilecto son los lugares de vegetación corta, en general seca. Prefiere las matas de cardo de las orillas de los caminos y faldas de los cerros (Donoso-Barros, 1966), y todas las praderas de vegetación herbácea (Mella, 2005). Igualmente, se le encuentra al interior de plantaciones silvícolas de especies de pino y eucaliptos. En el área de influencia del Proyecto se observó en los ambientes de pradera con árboles y quebrada. Esta especie es ovípara, su período de apareamiento comienza en septiembre y a fines de octubre la hembra deposita tres a cuatro huevos elípticos, que se incuban sin protección parental (Mella, 2005). Además, la temperatura corporal de los individuos al sol ronda los 35°C (Labra, 1998)
Liolaemus chiliensis (Lesson 1830) – Lagarto chileno. Es una especie nativa de Chile, presentando un rango de distribución que comprende desde Coquimbo (IV región) a Los Ríos (XIV región), desde los 100 msnm hasta los 1.200 msnm (Veloso & Navarro 1988). Mella (2017) indica que es una especie frecuente, aunque poco abundante. 1,4 % de lagartos observados en cerro La Campana. En la RN Los Queules presente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
en un 2,9%. En plantaciones de pino jóvenes hay mayor densidad 4 ind/ha que en plantaciones adultas <1 ind/ha. Sus hábitats preferenciales son áreas con matorrales xerofíticos y esclerófilos, también se encuentra en ambientes con vegetación introducida (Eucaliptos, pinos y zarzamoras) (Mella, 2017). En el área de influencia del Proyecto se registró en el ambiente de pradera.
a.4. Metodologías de caza, captura y manejo. Para el rescate y relocalización, se siguen los lineamientos propuestos por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, 1996) y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG, 2004). Cabe destacar que previo a las capturas se obtiene el permiso correspondiente, otorgado por el Departamento de Protección de los Recursos Naturales, del Servicio Agrícola y Ganadero para dar cumplimiento a la Ley de Caza. La búsqueda y captura de reptiles se realiza captura manual, con lazo corredizo y/o redes de mano, a través recorridos activos y/o búsqueda dirigida de las especies objetivo, en los hábitats en que esté presente este grupo en el área de intervención directa del Proyecto. Las labores de captura se desarrollaron en horario diurno entre las 09:00 am y 17:00 pm, tiempo en que los individuos presentan mayor actividad. El tiempo de cautiverio de cada individuo es de 1,75 horas aproximadamente, considerando un tiempo de captura y rescate de 60 minutos y un tiempo de traslado y localización de 45 minutos.
a.5. Lugar de captura y destino de los animales. a.5.1) Área de rescate El sitio de captura de reptiles corresponde al área de emplazamiento de las obras del Proyecto dentro del cierre perimetral del parque solar, más un área buffer de 2 metros. Los ambientes registrados en este sitio corresponden a Bosque nativo, Pradera, Pradera con árboles, quebradas y menor medida formación arbórea y otros usos de suelo. En total, el sitio de captura de reptiles posee una superficie de 19,19 hectáreas, de las cuáles 7,239 hectáreas corresponde a pradera, 7,174 hectáreas a pradera con árboles, 2,785 hectáreas a bosque nativo, 1,394 hectáreas a quebrada, 0,394 hectáreas a otros usos de suelo y 0,197 a formación arbórea. En la Figura 1 se presenta la ubicación geográfica georreferenciada de los polígonos donde se encuentran los sitios de captura de reptiles.
Fuente: Figura 1 del Anexo 8.4 de la Adenda. Ubicación del sitio de captura de reptiles.
a.5.2) Área de relocalización Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Para determinar el área de destino de los ejemplares se evaluaron los posibles sitios cercanos al área de intervención en función de la metodología propuesta por Bustamante et al., 2009. Por lo tanto, para la caracterización de dichas áreas se incluyeron los siguientes criterios: - Área (superficie): el hábitat receptor debe ser al menos del mismo tamaño que el hábitat original intervenido. - Distancia: la ubicación del sitio de relocalización no debe estar alejado de la distribución histórica de las especies. Se sabe además que los individuos relocalizados tienen mayor probabilidad de sobrevivencia cuando están en un ambiente con recursos a los que están familiarizados (SAG, 2014). - Perturbaciones: el grado de perturbaciones antrópicas debe ser similar en el sitio de relocalización, ya que la susceptibilidad de las especies amenazadas puede influir en las posibilidades de que se establezcan exitosamente en el nuevo hábitat. Por lo que los sitios definidos deben presentar similitud entre sus perturbaciones. Adicionalmente, se debe evaluar la presencia de otros proyectos cercanos que pudiesen influir en el hábitat receptor. - Depredadores: la presencia de depredadores puede afectar negativamente en la sobrevivencia de los individuos, es por ello por lo que en cada sitio potencial se debe identificar las especies tope o depredadores próximos. - Representatividad de ambientes: los ambientes del polígono original deben ser similares al sitio a relocalizar.
En este sentido, se definió un sitio de relocalización para reptiles localizado al Suroeste del cerco perimetral del Proyecto. El ambiente del sitio de relocalización corresponde a los ambientes de bosque nativo, pradera y pradera con árboles. La superficie total del sitio de relocalización es de 20,2 hectáreas, ubicándose a una distancia de aproximadamente 1.124 m entre la zona más cercana del polígono del sitio de captura y el sitio de relocalización, hasta aproximadamente 2.108 m de distancia entre la zona más alejada del polígono del sitio de captura y el sitio de relocalización. En la Figura 2 se presenta la ubicación geográfica georreferenciada del sitio de relocalización de reptiles.
Fuente: Figura 2 del Anexo 8.4 del Adenda. Sitio de relocalización respecto del sitio de captura.
Respecto a los ambientes en el sitio de relocalización, corresponde a un ecosistema en donde predomina la pradera con árboles, bosque nativo y pradera. Dichos ambientes son similares en cuanto a estructura vegetal y composición florística que los descritos en el Anexo 3.7 de Caracterización de Fauna Silvestre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
de la Adenda. En la Fotografía 1 del Anexo 8.4 de la Adenda, se presentan los ambientes del sitio de relocalización. Para caracterizar el sitio de relocalización se realizó una campaña de muestreo en primavera de 2023, aplicando metodologías específicas para las especies objetivo. Se realizaron 5 transectos diurnos de 300 metros de largo por 8 metros de ancho, realizando búsqueda activa de reptiles. Así, la densidad calculada para los reptiles registrados en el sitio de relocalización se estimó con un área de 2.400 m2 por transecto. En la Figura 3 se presenta la ubicación de dichos transectos. Mediante la metodología aplicada se registró la presencia de dos de las tres especies objetivo. En la Tabla 3 se presentan los resultados de esta campaña. Se registró un total de 2 individuos de Liolaemus lemniscatus, con una densidad de 1,67 ind/ha y 2 individuos de L. tenuis, con una densidad de 1,67 ind/ha.
Fuente: Figura 3 del Anexo 8.4 de la Adenda. Ubicación transectos en el sitio de relocalización.
ESPECIE ABUNDANCIA DENSIDAD Liolaemus lemniscatus 2 1,67 Liolaemus tenuis 2 1,67 Fuente: Tabla 3 del Anexo 8.4 de la Adenda. Resultados campaña de reptiles en el sitio de relocalización.
Considerando lo anteriormente descrito, se puede señalar que el área de relocalización cumple con los siguientes requisitos: - La superficie del sitio de relocalización (20,2 hectáreas) es mayor al sitio de captura (19,18 hectáreas). De acuerdo con lo indicado en “Criterios Técnicos para la realización de Rescate y Relocalización” (SEA, 2022), se estima que el sitio de relocalización, siendo de mayor o igual superficie a la del sitio de captura, puede asegurar que las densidades poblacionales de las especies objetivo pueden ser albergadas y mantenerse durante el tiempo en el sitio de relocalización. - El hábitat del área de relocalización es similar a los sitios de rescate de las especies objetivo, con disponibilidad de alimento y refugios. - El sitio de relocalización presenta hábitats idóneos para la presencia de reptiles, presentando ambientes similares a los del sitio de captura. - El área de relocalización se encuentra a una distancia que permite la continuidad del hábitat de las especies a relocalizar.
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a.6. Condiciones de transporte e instalaciones de cautiverio. Los ejemplares se depositan en contenedores con suficiente ventilación (estilo caja Wenbox con mango) con elementos en su interior que permitan simular el hábitat de las especies capturadas y su estadio (hojarasca, artificios, agua, etc). Cada especie tiene su caja en particular (en caso de encontrarse otras y según lo permita la resolución) y son separadas por grupo etario. Además, se busca respetar la temperatura corporal de los especímenes encontrados, evitando la superación de los 35°C dentro los contenedores. Las cajas con individuos rescatados deben colocarse en lugares con ventilación, sombra, lejos de cualquier elemento que pueda ser perjudicial para la integridad de los ejemplares. El transporte se realiza de forma pedestre en el caso de que los individuos se encuentren cerca del sitio de relocalización, y en vehículo hacia el acceso del sitio de relocalización en el caso de los individuos rescatados en áreas más alejadas de éste, a una velocidad no mayor a 20 km/hora, con el fin de minimizar perturbaciones como ruido y altas vibraciones. Para todas las especies se utilizan protocolos de bioseguridad, tanto para el animal, evitando de esta manera la contaminación cruzada, como para los investigadores, evitando contagio por hongos o virus.
a.7. Cronograma de actividades a realizar y periodo en el que se solicita el permiso. La autorización de captura debe solicitarse, en forma previa a las labores de rescate y relocalización, a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de O´Higgins. Esta solicitud contiene la información actualizada al momento de realizar la operación y, como resultado, el SAG emite una resolución exenta que autorice la captura y de reptiles para la realización del plan.
Los profesionales a cargo de las labores de rescate deben cumplir con lo indicado en la Resolución Exenta que permita la captura. Por lo tanto, de forma previa al comienzo de la actividad, se debe dar aviso de captura al SAG, con la cantidad de días hábiles de anticipación que estipule dicha resolución.
El Rescate y Relocalización de reptiles se ejecuta mediante campañas de terreno programadas en conjunto con los frentes de trabajo (relacionados con la construcción de obras dentro del cierre perimetral del Proyecto). Son llevadas a cabo por 1 profesional más 4 asistentes durante al menos 4 días efectivos (en total), con un trabajo promedio de 10 horas diarias por persona, totalizando un esfuerzo de trabajo de al menos 200 horas de trabajo. Así, se considera un avance diario promedio de 1 ha por trabajador.
La campaña se debe realizar de forma previa (7 días antes como máximo) a la intervención y/o al avance de la maquinaria de construcción, idealmente realizado justo antes de la ejecución de la remoción de roce y despeje de vegetación durante la etapa de construcción. Lo anterior, permite que se evite o se disminuya el repoblamiento del área de captura del Proyecto, con las especies objetivo.
El inicio de las actividades anteriormente mencionadas queda supeditadas a las fechas de solicitud y otorgamiento de los permisos de captura necesarios, ya que el objetivo es realizar las actividades lo más cercano posible al inicio de la etapa de construcción, para evitar cambios en las condiciones ambientales que comprometan los resultados del rescate. El esfuerzo efectivo se adapta al cronograma de los frentes de construcción, y, por lo tanto, la intervención de cada área del sitio de captura. Adicionalmente, el cronograma de captura se ajusta preferentemente al periodo en que las especies objetivo se encuentren activas y fuera de su periodo reproductivo (entre septiembre y noviembre, y entre enero y marzo). En la tabla 4 se detalla el cronograma asociado a las actividades consideraras en el documento. A modo de resumen se estima que las actividades de captura y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
relocalización tienen una duración de al menos 4 días efectivos. El permiso debe ser pedido por al menos el periodo de duración de la fase de construcción (10 meses).
Monitoreo y éxito de la medida de manejo De manera de verificar el éxito de la medida se realiza un monitoreo para evaluar el estado de las poblaciones en el sitio de relocalización. El monitoreo contempla el seguimiento de reptiles dentro de la zona de relocalización. El monitoreo se realiza en 2 campañas al año en épocas contrastantes durante los primeros 3 años de la aplicación de la medida, totalizando 6 campañas. Cada campaña de monitoreo de reptiles tiene un esfuerzo de muestreo de 40 horas/hombre, llevada a cabo por 2 profesionales durante 2 días (10 horas de trabajo/día/profesional), por lo que el total de las campañas de monitoreo de reptiles tiene un esfuerzo de muestreo de 240 horas de monitoreo. El éxito de la medida se da cuando se mantengan o aumenten (de manera no drástica) las poblaciones de las especies objetivo en el sitio de relocalización respecto al escenario previo al rescate. Para corroborar lo anterior se compara abundancias y densidades de los seguimientos con la situación base.
Reporte autoridad ambiental Finalizadas las acciones de rescate y relocalización, se debe realizar un informe que dé cuenta de las labores realizadas y de la verificación o éxito de la medida. Este informe debe ser entregado a la autoridad ambiental a los 5 meses como máximo después de realizar el plan. Este informe sigue los lineamientos establecidos en la Resolución Exenta N°223/2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, y debe contener entre otros lo siguiente: • Fotografías del proceso de rescate y relocalización, porcentaje de individuos relocalizados. • El nombre y profesión de los especialistas a cargo junto con el esfuerzo realizado en la campaña. • Conclusiones sobre el éxito de la medida. • Anexos de los permisos de capturas y ficha de registro del SAG.
Los informes de monitoreo (3) deben por su parte dar cuenta de la riqueza, abundancia y densidad poblacional de las poblaciones objetivo (reptiles), además de su ubicación para cumplir a su vez con la información requerida para la elaboración de reportes de biodiversidad. Se considera tanto para la ejecución del rescate y relocalización, como sus seguimientos, el reporte de datos biodiversidad a la Superintendencia del Medio Ambiente (Resolución Exenta N°343/2022).
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 146 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.4 de la DIA, complementado en Anexo 8.7 del Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°571 de fecha 14 de abril de 2025, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la Región de O’Higgins, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.4.
6.2.5. Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148 del Reglamento del SEIA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere la corta de bosque nativo para la habilitación de algunas de sus obras. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Antecedentes del o los predios objeto de intervención. El Proyecto se desarrolla en la región del Libertador General Bernardo O´Higgins, provincia de Cardenal Caro, comuna de Marchigüe, requiriéndose la intervención de tres (3) predios. Los predios considerados para el Permiso Ambiental Sectorial Nº148 se detallan a continuación:
Fuente: Tabla 1 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Rol, Predio, Comuna, Provincia y Región incluidos en el Plan de Manejo.
Fuente: Tabla 2 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Coordenadas UTM (DATUM WGS84 HUSO 19 S) y Punto de Referencia de los predios incluidos en el Plan de Manejo.
Fuente: Tabla 3 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Superficie total de los predios (ha) incluidos en el Plan de Manejo.
Nota: (1) y (2) Predio con asignación de roles aprobada por SII, actualmente en regularización en CBR de Pichilemu.
Fuente: Tabla 4 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Vías de acceso de los predios incluidos en el Plan de Manejo.
b) Descripción de las obras asociadas a la intervención. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El objetivo de la corta es la habilitación de áreas cubiertas con bosques nativos del tipo esclerófilo, subtipo espinal, para la construcción del proyecto denominado “Parque Fotovoltaico Emú”. Las obras asociadas que provocan esta intervención corresponden a la implementación de caminos internos, módulos fotovoltaicos y cerco perimetral. Dichas obras requieren de la intervención de 2,66 ha de Bosque Nativo.
Fuente: Tabla 5 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Detalle de superficies a intervenir de bosque nativo.
La superficie utilizada para el emplazamiento del proyecto es de 11,6 hectáreas distribuidas en obras permanente y temporales, tales como, paneles fotovoltaicos, instalaciones, cercos perimetrales y caminos internos, de las cuales 2,66 hectáreas de bosque nativo, se ven afectas a corta y descepado de acuerdo con la legislación vigente Las actividades mencionadas anteriormente contemplan en total la corta de 2,66 hectáreas de bosque nativo a nivel del suelo (tala rasa), contemplando las siguientes actividades: 1. Destronque, descepado y limpieza de la vegetación. 2. Emplazamiento construcciones de obras Proyecto. 3. Reforestación por compensación de las cortas y descepado estipulado en el presente plan.
c) Descripción del área y especies a intervenir. •Marco Biogeográfico de Vegetación En el contexto vegetacional, de acuerdo con la clasificación “La Vegetación Natural de Chile: Clasificación y Distribución Geográfica” de Gajardo (1994), el área de influencia del Proyecto se ubica en la región biogeográfica del “Matorral y del Bosque Esclerófilo”, sub-región del “Del Matorral y del bosque espinoso”, específicamente en la formación vegetal “Matorral espinoso del secano costero”, como lo muestra la Figura 1 del Anexo 10 del Adenda Complementaria. Formación vegetal, Gajardo (1994) en área de influencia del Proyecto. Por otra parte, y considerando lo expuesto por Luebert y Pliscoff (2017) en su “Sinopsis bioclimática y vegetacional de Chile”, el área de influencia del Proyecto se enmarca en el piso vegetacional “Bosque espinoso mediterráneo costero de Acacia caven – Maytenus boaria”, como se puede ver en la Figura 2 del Anexo 10 del Adenda Complementaria. Piso vegetacional, Luebert y Pliscoff (2017) en área de influencia del Proyecto.
•Caracterización de la Vegetación A partir de los cincuenta y seis (56) puntos de muestreo fue posible abarcar todas las unidades vegetacionales existentes en el área de influencia del Proyecto, en donde se identificaron tres (3) formaciones vegetacionales, de las cuales una de ellas corresponde a bosque nativo, tal como se muestra en la siguiente figura: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 3 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Formaciones vegetales y otros usos de suelo en AI del Proyecto.
En relación con la formación de bosque nativo, esta corresponde a un ambiente natural, con fisionomía de bosque la cual ha sido determinada de acuerdo con la definición de bosque contenida en el artículo 2° de la Ley N°20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Presenta una superficie de 7,11 hectáreas, que representa un 33,57% del área de influencia del Proyecto. Para esta unidad se presentan cuatro (4) asociaciones, las que corresponden a:
FORMACIÓN VEGETAL ASOCIACIÓN Bosque nativo Lithraea caustica Lithraea caustica – Vachellia caven Quillaja saponaria – Lithraea caustica Vachellia caven Fuente: Tabla 6 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Asociaciones formación vegetal Bosque nativo.
Bosque nativo de Lithraea caustica Bosque nativo que posee una extensión de 2,5 hectáreas, presenta una cobertura abierta (25 – 50%). Se encuentra dominado por la especie Lithraea caustica, con ejemplares de altura promedio de hasta 5 metros. Como especies acompañantes se encuentra Peumus boldus y Vachellia caven. En el estrato arbustivo se encuentran especies como Baccharis linearis, Berberis chilensis, Muehlenbeckia hastulata, Calceolaria dentata y Rubus ulmifolius. El estrato herbáceo se encuentra dominado por especies como Avena barbata, Erodium cicutarium y Chaetanthera moenchioides. En esta formación se encontró presencia de la especie Calydorea xiphioides, en categoría NT (Casi amenazada).
Bosque nativo de Lithraea caustica – Vachellia caven Bosque nativo que posee una extensión de 3,44 hectáreas, presenta una cobertura abierta (25 – 50%). Se encuentra dominado por la especie Lithraea caustica y Vachellia caven, con ejemplares de altura promedio de 3 metros, con alturas máximas de 10 metros. Como especies acompañantes se encuentra Peumus boldus, Maytenus boaria y Quillaja saponaria. En el estrato arbustivo se encuentran especies como Azara serrata, Baccharis linearis, Berberis chilensis, Muehlenbeckia hastulata y Proustia cuneifolia. El estrato herbáceo se encuentra dominado por especies como, Erodium cicutarium, Aira caryophyllea e Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Hypochaeris radicata. En el estrato suculento se encuentran ejemplares de Echinopsis chiloensis, con alturas de hasta 3,5 metros de altura. En esta formación se encontró presencia de las especies Calydorea xiphioides y Echinopsis chiloensis en categoría NT (Casi amenazada).
Bosque nativo de Quillaja saponaria – Lithraea caustica Bosque nativo que posee una extensión de 0,38 hectáreas, presenta una cobertura abierta (25 – 50%). Se encuentra dominado por las especies Quillaja saponaria y Lithraea caustica, con ejemplares de altura promedio de 2,4 metros, con alturas máximas de 14 metros. Como especies acompañantes se encuentra Peumus boldus y Maytenus boaria. En el estrato arbustivo se encuentran especies como Baccharis linearis, Berberis chilensis y Muehlenbeckia hastulata. El estrato herbáceo se encuentra dominado por especies como Bromus sp., Erodium cicutarium e Hypochaeris radicata. En el estrato suculento se encuentran ejemplares de Echinopsis chiloensis, con alturas promedio de 2,4 metros de altura. En esta formación se encontró presencia de la especie Echinopsis chiloensis en categoría NT (Casi amenazada).
Bosque nativo de Vachellia caven Bosque nativo que posee una extensión de 0,79 hectáreas, presenta una cobertura abierta (25 – 50%). Se encuentra dominado por la especie Vachellia caven, con ejemplares de altura promedio de 3 metros, con alturas máximas de 4,5 metros. Como especies acompañantes se encuentra Peumus boldus y Lithraea caustica. En el estrato arbustivo se encuentran especies como Baccharis linearis y Proustia cuneifolia. El estrato herbáceo se encuentra dominado por especies como Bromus sp., Hordeum murinum, Erodium cicutarium y Bromus hordaceus. En esta formación se encontró presencia de la especie Calydorea xiphioides, en categoría NT (Casi amenazada).
En la Tabla siguiente, se muestra el detalle de los rodales a intervenir: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 7 del Anexo 19 de la Adenda Complementaria. Descripción de vegetación – Plan de manejo de bosque nativo.
Por otro lado, en las tablas siguientes se describe las condiciones de suelo, recursos hídricos y fauna potencial en el sector.
Suelos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 8 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Descripción de suelos – Plan de manejo de bosque nativo.
Recursos Hídricos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 9 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Descripción de Recursos hídricos - Plan de manejo de bosque nativo.
Fauna con problemas de conservación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 10 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Descripción fauna con problemas de conservación - Plan de manejo de bosque nativo.
d) Condiciones de la reforestación. El área de reforestación debe realizarse en un terreno de aptitud preferentemente forestal. Los criterios y definiciones de Terreno de aptitud preferentemente forestal (APF) como también, relativos a la reforestación, se realiza de acuerdo con lo estipulado en la Guía de Evaluación Ambiental CONAF (2014), oficializada a través de la Resolución N°158 del 25 de abril de 2012 de la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y reforzado en el ORD. N°69/2019 el cual instruye sobre la determinación de la Aptitud Preferentemente Forestal de un terreno. EL Proponente se compromete a que las áreas destinadas para efectuar la reforestación son ubicadas en un terreno de Aptitud Preferentemente Forestal, en el mismo predio o en su defecto, en predios cercanos a definir durante la tramitación sectorial. El polígono presenta buen acceso y calidad APF. El sitio de reforestación no debe presentar bosque u matorral denso, siendo el ideal la presencia de escasa vegetación, considerado un buen patrón para establecer la vegetación. Se toma como referencia el máximo valor de densidad registrado en las parcelas del inventario vegetacional levantado en el área de afectación, con el fin de replicar la distribución espacial del bosque esclerófilo. En este caso, se establece una densidad de reforestación de 750 ind/ha y se realiza preferentemente con especies mismo tipo forestal intervenido (esclerófilo), tales como Lithrea caustica, Maytenus boaria, Peumus boldus, Quillaja Saponaria y Vachellia caven. Además, se considera la inclusión de especies arbustivas y suculentas típicas del tipo forestal esclerófilo y presentes en el área del proyecto, tales como, Berberis chilensis, Baccharis linerais, Echinopsis chiloensis, para poder recrear el tipo de vegetación que se ve intervenida por las obras del proyecto y se establecen las prescripciones técnicas que permitan asegurar la sobrevivencia de al menos el 75% de las especies utilizadas en un lapso no mayor a diez (10) años. Una vez transcurrido dos (2) años desde la reforestación, se realiza un replante de carácter compensatorio en caso de presencia de mortalidad, en dicha ocasión se complementa el N° individuos plantados durante la reforestación hasta volver al número de ejemplares iniciales (750 ind/ha).
e) Medidas de protección.
Medidas de protección: •Los trabajos que se ejecutan en la implementación de las obras incluyen la aplicación de las medidas técnicas necesarias para evitar daños en el suelo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•El tránsito de vehículos y maquinarias se realiza por los trazados de caminos de acceso definidos razón por la cual se minimiza la compactación de suelos producto del tránsito vehicular y se evita la afectación de las áreas no declaradas. •Tanto en la etapa de construcción, como en la operación, los residuos domésticos (bolsas plásticas, envases de comida y bebida, papeles) son depositados en áreas especialmente habilitadas para tal efecto, por lo que el suelo no recibe ningún tipo de contaminante. Todos los residuos operacionales (filtros, cadenas, envases y otros). •Se dispone de áreas exclusivas para la recarga de combustibles para las motosierras, utilizando alguna capa protectora en el suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de petróleo y aceite, entre otros. •No se permite la manipulación de lubricantes y combustibles en un área diferente a la establecida por la compañía. En caso de falla mecánica y potencial fuga de estos elementos hacia el suelo, se recoge el material contaminado y se dispone en contenedores cerrados y rotulados, hasta su disposición final en botadero autorizado. •Se ejecutan los trabajos exclusivamente en las áreas señaladas para las obras. La corta de vegetación esta específicamente acotada al área del proyecto no interviniendo, en ningún caso, áreas de vegetación de bosques (u otra formación) adicionales a las proyectadas. •Los troncos son desramados y trozados en longitudes que permitan ser movidos con facilidad, afectando lo menos posible el suelo. •De ninguna manera se permiten despejes de vegetación a través de quemas o con métodos químicos. •Tampoco se permiten las quemas de los residuos vegetales.
Medidas de protección: •Se transita con maquinaria sólo sobre las áreas demarcadas y que se involucran directamente en el área de proyecto. •Sólo se corta la vegetación que sea estrictamente necesaria para las obras. •Durante las faenas no se permite vaciar o depositar basuras ni otro tipo de residuos líquidos o sólidos en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. De igual modo, no se realizan obras que originen derrames de material a los cursos de agua. •Los residuos líquidos de carácter domésticos se generan exclusivamente en baños químicos, evitando todo tipo de efluentes de construcción a los cauces naturales. •Se dispone de áreas exclusivas para el manejo de combustibles y materiales contaminantes, las que cuentan con una capa protectora y aislante, de manera de evitar la contaminación por derrame e infiltración de combustible a las napas freáticas. •Los conductores de los vehículos de transporte cuentan con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan para control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). •El material de desecho no se deposita en sectores próximos a quebradas y cursos de agua, para no provocar diques o atascamientos de los flujos de agua. Además, se evita que los materiales de la corta caigan sobre estas zonas. •Capacitación de los trabajadores sobre la importancia de no contaminar los cauces que se están interviniendo, prohibiendo la eliminación de desechos, así como los planes de prevención y desinfección que se implementan. •Se implementa una delimitación de los arroyos, determinando previo a la fase de construcción un área de protección, donde se prohíbe la corta o intervención de cualquier tipo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Se realiza un monitoreo permanente a los arroyos insertos en el área de proyecto y sus áreas de protección planteadas durante toda vida del proyecto, en específico durante la fase de construcción se realiza semestralmente, durante la operación anual y finalmente, durante el cierre del Proyecto se ejecuta semestral. Posterior a la finalización de cada monitoreo, se reporta al SMA y CONAF anualmente indicando mediante un informe el estado de los arroyos y las acciones que se hayan implementado para su protección durante la operación del proyecto.
Medidas de protección: •La corta de vegetación se realiza únicamente en los sectores de intervención los que son debidamente demarcados, de manera de restringir la corta a lo estrictamente necesario. •La vegetación que se ve afectada por la corta, corresponde a formaciones de bosque nativo del tipo esclerófilo, subtipo espinal y rodales mixtos, este presenta una clara evidencia de intervención antrópica pasada. •Se capacita a los trabajadores para la protección de la flora nativa del bosque nativo asociado al tipo forestal Esclerófilo, existente en el área del proyecto, identificando áreas de singularidad ambiental, e instruyendo al manejo y cuidado de especies. Para el cumplimiento de esta medida se contempla la realización de charlas de capacitación al personal que participa en las actividades del Proyecto, con el propósito de dar a conocer el rol de la vegetación de estos tipos forestales en el ecosistema, motivar la protección y conservación de la flora nativa. •Se prohíbe la corta de la vegetación asociada a cursos de aguas. Con respecto a las especies identificadas que se encuentran en categoría de conservación, en este caso Echinopsis chiloensis y Calydorea xiphioides, se consideran las siguientes medidas de protección: •Se capacita a los trabajadores asociados a las obras del proyecto para que reconozcan las especies mencionadas, con el fin de protegerlas y que no sean intervenidas. •Antes de comenzar las obras, se marcan aquellos sectores en donde exista presencia de Calydorea xiphioides, que son intervenidos por la corta de bosque nativo y que no se encuentren dentro del plan de rescate y relocalización por afectación directa. •Se prohíbe cualquier intervención de la vegetación aledaña a las obras, que no se encuentre incorporada en el plan de manejo respectivo. •Se prohíbe el uso de fuego y/o quema de cualquier tipo. •Para ambas especies se diseñaron estrategias como medida de protección y preservación debido a la ejecución del proyecto, que se presenta en el Anexo 13: CAV, detalladas para, Calydorea xiphioides, en Apéndice 3 Plan de manejo biológico de Calydorea xiphioides y para Echinopsis chiloensis en Apéndice 2 Plan de manejo biológico de Echinopsis chiloensis.
Medidas de protección: •El acceso al predio se restringe solo al personal involucrado en las obras de construcción y supervisión de estas. •Está prohibido cazar, portar armas o artes de caza, tanto al personal del contratista como para el de la empresa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Se tiene especial control con la fauna doméstica que ingrese al área de faena, esto con el propósito de evitar caza de animales silvestres. •No se permite molestar a la fauna silvestre, ni recolectar huevos o crías de especies nativas. Además, deben dar aviso al Encargado Ambiental, si encuentran animales heridos, crías y/o huevos. •En el área de reforestación no se utiliza veneno para efectuar el control de lagomorfos (conejos), ya que estos productos también pueden afectar a especies de la fauna silvestre.
B. Protección al establecimiento de la reforestación •El predio de reforestación debe estar lo más cercano al ecosistema intervenido para que permita que el establecimiento de la reforestación se adapte de mejor manera hasta el punto de auto mantenerse ecológica y funcionalmente. •Al ingreso del área de reforestación se instala un letrero que contenga los antecedentes de la reforestación, tales como RCA asociada, nombre del proyecto, interesado, especies utilizadas y reseñas de resguardo. El estado de este cartel se considera en la supervisión permanente de las otras señaléticas dispuestas en el área del proyecto con el fin de verificar su condición y ser cambiado de ser necesario. •El predio cuenta con cerco perimetral por lo que no existe ingreso de ganado al interior de las áreas de reforestación ni personal ajeno a las faenas. Previo a las labores de plantación, el cerco perimetral se revisa de manera tal de asegurar la exclusión efectiva de la presencia de ganado. Sin embargo, lo anterior, se cercan los rodales de reforestación de manera de proteger la reforestación del ataque de ganado. •Se efectúa una preparación previa del suelo pudiendo realizarse subsolado, casillas mecánicas o manuales, según lo permita la pendiente y topografía, para de esta manera asegurar que la plántula tenga un sustrato mullido al momento de efectuar la plantación y de esta manera favorecer su desarrollo radicular y la captación de agua de precipitaciones. •La plantación se efectúa después de las primeras lluvias de invierno, para asegurar que la cantidad de agua en el suelo sea suficiente y no inducir un estrés hídrico a las plantas. •Se aplica fertilizante (NPK forestal, 8-20-16) granulado a cada planta. Este fertilizante se aplica en una sola dosis de 100 gramos por planta, aplicado al momento de la plantación en dos hoyos ubicados a 20 cm de la base de la planta y a 20 cm de profundidad. No se acepta productos ni dosis diferentes. •Las plantas a utilizar son producidas en vivero, ubicado en la región de O`Higgins, a modo de asegurar que el germoplasma de origen sea similar al de los sitios de intervención, de manera tal que los ejemplares a plantar estén adaptados a las condiciones ambientales de la zona. Previo a la época de plantación, los ejemplares deben ser endurecidos o aclimatados para la plantación, es decir entregarles condiciones similares a las que tienen en los sectores de reforestación, especialmente en lo referente a estrés hídrico. •Se instala una protección a cada ejemplar plantado, confeccionada con Malla Raschel o similar. Esta protección evita el ramoneo de los ejemplares por la fauna residente como lagomorfos y roedores, además de conferir protección contra la radiación, barrera contra el viento y mitigar la pérdida de humedad del suelo y del ejemplar. •Cada ejemplar cuenta con una tasa de riego de a lo menos 50 cm de diámetro de manera de asegurar la mayor superficie de captación de aguas lluvias. El diseño de la plantación se realiza de manera aleatoria intercalando especies arbóreas y arbustivas, además de manera excepcional se integran la especie suculenta Echinopsis chiloensis, de manera de no hacer bosquetes monoespecíficos y recrear la naturalidad de los bosques intervenidos •Durante la mantención de la reforestación se implementan técnicas para la rehabilitación ecológica que permite al hábitat alterado degradado donde se realiza la reforestación, recuperar sus funciones ecológicas. Para ello inicialmente, se utilizan especies propias del ambiente y la localidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
vegetacional donde se emplaza el Proyecto, de esta forma se favorece que las especies formen parte de una red ecológica funcional. Se realizan de ser necesario control de erosión o estabilización de suelo, control de especies invasoras y medidas que involucren a la comunidad que permitan el cuidado y gestión de la reforestación en el tiempo. •De este modo, la mantención de la reforestación se realiza al menos durante dos años de manera semestral a contar de la plantación de los rodales, posteriormente una vez al año, en un máximo de 5 años, hasta establecer la auto sustentabilidad ecológica. Adicionalmente se realiza un monitoreo cada dos (2) años por toda la vida útil del proyecto para evaluar la sobrevivencia general de la plantación, esta medida busca evaluar en qué estado se cuenta la plantación y proponer nuevas medidas de ser necesario que permitan asegurar la sobrevivencia por el periodo indicado. •Al cabo de dos años de mantención, se realiza un estudio de prendimiento de manera de poder estimar el éxito de la reforestación y la necesidad de replante. Se debe considerar la fertilización de todos los ejemplares plantados, tanto originales como de replante durante el segundo año de mantención. Al cabo del primer año de la reforestación se realiza un informe del estado de las reforestaciones y se remite a la CONAF. •Los sectores o rodales que posean una supervivencia inferior al 75% de la densidad inicial de plantación, son replantados en la siguiente temporada invernal, con el número de plantas necesario para recuperar la densidad inicial comprometida.
Medidas de Prevención y Mitigación: Como el presente plan de manejo considera la construcción de obras civiles, el programa de protección de incendios prioriza y focaliza acciones de protección en las áreas a reforestar y en las medidas de prevención, mitigación y control a implementar durante el desarrollo de la faena de corta. Durante los trabajos de corta de la vegetación, especialmente cuando se realicen en períodos de menor abundancia de lluvias, se adoptan las siguientes medidas de prevención: i) Vigilancia •Existe una inspección técnica a cargo del Proponente de manera semanal permanente mientras duren los trabajos de corta. Dentro de sus funciones esta la detección permanente de acciones y condiciones inseguras que estén ocurriendo durante el desarrollo de las faenas. •Mantener patrullaje de las formaciones boscosas durante la construcción de las obras contempladas en el proyecto, especialmente durante la época estival. ii) Control de riesgo •No se permite el acceso a las faenas a personas ajenas a éstas. •Mantener las vías de acceso y caminos interiores libres de material combustible. •Se define dentro del o los predios zonas prioritarias de riesgo. iii) Reducción del peligro de ocurrencia •La ordenación de combustible comprende el apilado ordenado de troncos durante la faena de corta dentro de la faja para ser retirados posteriormente. Las ramas y hojas de árboles, así como los restos de la corta de arbustos ordenado en fajas y dispuestos a orilla de camino para ser retirados. •Retiro manual del material vegetal producto del roce de vegetación para la construcción de las obras asociadas al Proyecto. El material de diámetros mayores a 5 cm dimensionado y extraído del lugar (entregado a propietarios y/o habitantes del lugar, según lo que se define en el proceso de negociación con los propietarios), mientras que el de diámetros menores chipeado para posteriormente ser incorporado al suelo, en sectores fuera de las áreas del Proyecto. Se definen canchas de acopio para materiales vegetales de mayor dimensión. Estos materiales no pueden permanecer más de 30 días en las canchas de acopio, para evitar focos de incendio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Se prohíbe el uso del fuego para cualquier actividad (despeje de vegetación, quema de basura, quema de residuos, calentar alimentos, asados, etc.). •Despejar el material combustible alrededor de campamentos, depósitos de combustibles u otros lugares donde se puedan originar incendios. iv) Comportamiento básico del personal en el proyecto •Los operarios tienen prohibido fumar durante las faenas de corta. •Los operarios tienen prohibición absoluta de hacer fogatas. •Capacitaciones y charlas al personal en el inicio de la jornada, con respecto a seguridad y técnicas de combate de incendios forestales, para efectuar un primer ataque a un foco de incendio de ser necesario. v) Herramientas y equipos de combate •En época estival se mantienen equipos y herramientas de incendio en instalaciones de faena para que estén disponibles en caso de cualquier amago de incendio. vi) Maquinaria y equipo de apoyo •La maquinaria de apoyo es la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto. •En la instalación de faena se implementa un letrero indicando la prohibición de fumar o encender fogatas. Por otro lado, las medidas de prevención y mitigación a implementar en el área de reforestación son: •Construcción de cercos entorno a las reforestaciones con el objetivo de evitar el tránsito de personas ajenas al predio. •Instalación de letreros indicando actividades prohibidas y números de emergencia en cada sector de reforestación. •Construcción de fajas libres de vegetación. El ancho de los cortafuegos es de 10 m y son mantenidos regularmente de manera de asegurar su funcionalidad sobre todo en temporada de incendios. Una vez determinados los rodales de plantación se le asigna a cada rodal un grado de vulnerabilidad y se establecen los parámetros a utilizar en la construcción de Fajas Libres de Vegetación Plantación (FLV) y Fajas Corta combustible (FCC). Para ello, es necesario tener en cuenta la distancia de los rodales a las zonas de interfaz, la continuidad vegetal y el tipo de vegetación presente en el área.
Medidas de Control Durante los trabajos de corta de la vegetación, especialmente cuando se realicen en períodos de menor abundancia de lluvias, se considera adoptar las siguientes medidas de control: i) Detección oportuna •Contar con el equipamiento de comunicación para recibir las instrucciones para iniciar el combate. ii) Organización de medios de combate En caso de ocurrir un siniestro, se adoptan, inicialmente, las siguientes medidas: •El personal que se encuentre más cerca del incendio, da aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporciona todos los antecedentes que sean necesarios, tales como: tipo de combustible que se está quemando, cantidad de combustible y recursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso al lugar, estimación de la superficie afectada hasta ese momento, topografía del lugar, condiciones meteorológicas locales, especialmente dirección y fuerza del viento y, en especial si se requiere de más personal para el combate. •El personal capacitado que se encuentre disponible más cerca del lugar del incendio comienza a combatir de inmediato, construyendo las líneas de control que sean necesarias. En primera instancia, asume la responsabilidad el técnico o capataz encargado de las faenas que primero llegue al lugar del incendio. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•La persona encargada de las operaciones comunica de inmediato a CONAF (130), la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste y demás antecedentes, además se informa la situación a los vecinos para que tomen los resguardos necesarios. El encargado de las comunicaciones da primera prioridad a las referidas al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del incendio en el caso que sea necesario o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. •El jefe de cuadrilla da primera prioridad al incendio y dispone el traslado del personal al lugar del siniestro, si fuese necesario, o lo alerta para que se mantenga atento a instrucciones. •Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre en el lugar se pone a las órdenes del jefe de incendio. iii) Capacitación del personal •Se instruye al personal que efectúe la corta, sobre los riesgos que implica esta faena. Además, se le entregan nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales. iv) Herramientas y Equipos de Combate •Además de los equipos y herramientas que se utilicen para realizar la faena de corta, hay herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio, tales como palas, rozones, rastrillos y bombas de espalda, ubicados en las instalaciones del proyecto, además se realiza una capacitación respecto al uso de estas herramientas. •Cada trabajador cuenta con el siguiente equipo de protección: Casco, Antiparras transparente, Bototos de seguridad, Chaqueta manga larga de tela no plástica como algodón o similar, Pantalón de tela no plástica como algodón o similar, Guantes, etc. v) Maquinaria y Equipos de Apoyo La maquinaria de apoyo es la misma utilizada en las obras de construcción del proyecto, es decir, camiones, retroexcavadoras y bulldozers. vi) Comunicaciones •Se dota de un teléfono celular o equipo de radio al jefe de cada cuadrilla que esté realizando faenas en los diversos frentes de trabajo, con el propósito de comunicar de inmediato cualquier emergencia que se pudiese producir durante las faenas. •Dentro de la estructura de operaciones del proyecto, se designa una persona que tiene por objeto recibir información de las cuadrillas de trabajo, disponer o instruir el traslado de mayores recursos y personal si fuere necesario, así como realizar la coordinación con CONAF para solicitar la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. Esta persona está equipada con un teléfono celular o equipo de radio cumpliendo, además, otras funciones que le sean asignadas. vii) Manipulación de combustibles Considerando que para cortar la vegetación se emplean motosierras, que utilizan combustibles altamente inflamables: •Se instruye al personal para que el combustible que utilicen para motosierras sea manipulado de manera cuidadosa y bajo altos estándares de seguridad. •Los combustibles no son almacenados en la faena. El transporte de combustible a los lugares de las faenas se realiza usando envases estancos, sellados y seguros. •La recarga de los estanques de las motosierras en el bosque se realiza en un lugar desprovisto de vegetación. Si no existe, se despeja un área de a lo menos dos metros cuadrados, cuidando de no derramar combustible, el área debe ser impermeabilizada para tal actividad procurando que dichas áreas estén lejos de cursos de agua tanto temporales como permanentes. viii) Programa de capacitación y difusión en prevención de incendios: •Instalación de letreros en puntos estratégicos que concentran el movimiento de personal.
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f) Cartografía georreferenciada. Se adjunta a este documento el Apéndice 2 Plano predial donde se detalla el área de corta. También se adjunta Apéndice 3 los archivos digitales que permitieron elaborar este estudio en formato Shapefile.
g) Indicador de cumplimiento Previo a las labores de despeje, el Proponente del Proyecto debe tramitar sectorialmente el Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles, el cual debe de ser aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). En Apéndice 1 se incorpora Formulario CONAF para “Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles” (Para efecto del Artículo 21, Ley 20.283).
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 148 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.5 de la DIA, complementado en Anexo 8.5 del Adenda, y Anexo 10 del Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°21-EA de fecha 09 de abril de 2025, formalizado 11 de abril de 2025, de la Corporación Nacional Forestal de la Región de O‘Higgins, indica: “Para la presentación final del PAS 148 a tramitación ante CONAF, se solicita que la cartografía asociada a la solicitud a presentar se base en los requerimientos técnicos indicados en el documento: “REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA PRESENTACIÓN DE CARTOGRAFÍA ANTE CONAF”, versión 6.0 de fecha marzo de 2025, disponible en la página de internet: https://www.conaf.cl/tramites/permisos-bosque-nativo-y-formaciones- xerofiticas/ documentación asociada”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.5.
6.2.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere la habilitación de obras de atravieso de caminos sobre quebradas intermitentes. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que se presentan para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
a. Descripción del lugar de emplazamiento de la obra 2.1. Ubicación general El proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” se ubica en la comuna de Marchigüe, Provincia Cardenal Caro, en la Región de O’Higgins, a aproximadamente 9 km hacia el oriente de la zona urbana de dicha comuna.
La Figura 2-1 muestra en cartografía la ubicación de las componentes del proyecto y la Tabla 2-1 muestra una coordenada representativa de los sectores, ambas del Anexo 11 de la Adenda Complementaria.
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Fuente: Figura 2-1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Ubicación general y componentes del proyecto.
Fuente: Tabla 2-1 del Anexo 11 del Adenda Complementaria. Coordenadas representativas del proyecto.
2.2. Identificación de los cauces De acuerdo con la delimitación oficial de la Dirección General de Aguas (DGA) y su Banco Nacional de Aguas (BNA), el proyecto se emplaza sobre la cuenca Río Rapel y en las subcuencas mostradas en la Tabla 2-2.
Fuente: Tabla 2-2 del Anexo 11 del Adenda Complementaria. Cuencas según BNA.
Los cauces de las Cartas IGM se complementaron con una red de drenaje generada mediante herramientas GIS. Para ello, se utilizó un modelo de elevación digital (DEM, en inglés) del producto ALOS PALSAR RTC (ASF DAAC, 2011). Es importante señalar que la red de drenaje generada es una representación del camino que recorre una gota de agua al seguir la mayor pendiente sobre la superficie de terreno. Esta red se obtuvo a partir de herramientas geoespaciales, empleando la información georreferenciada de elevación de terreno que se encuentra en el DEM. Siendo así, la red de drenaje solamente es un resultado geoespacial relacionado con el camino de mayor pendiente en un modelo de elevación. Por lo tanto, no necesariamente representa la ubicación de un cauce y, a lo más, solo es un indicador de la posible existencia de uno, lo que debe contrastarse con cartografía oficial, imágenes satelitales u otra fuente de información. En la Figura 2-2 del Anexo 11 del Adenda Complementaria, se presenta la red de drenaje en la zona de emplazamiento del proyecto, incluyendo los cauces que son intervenidos, objetos de este permiso. Los cauces en la zona no poseen un Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
nombre oficial, asique se les asignó un código único a los cauces que son modificados.
Fuente: Figura 2-2 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Red de drenaje y cauces.
2.3. Ubicación de las obras El Proyecto contempla, entre otras obras, la construcción de caminos internos y un cerco perimetral. Algunas de estas obras atraviesan los cauces identificados anteriormente o se emplazan en sus zonas de inundación, haciendo necesaria la implementación de obras hidráulicas que permiten mantener el libre escurrimiento del flujo, sin afectar la calidad de aguas ni poner en riesgo a la población o a la infraestructura del proyecto. En la zona de emplazamiento del proyecto se proyectan cuatro obras de atravieso, de las cuales dos se encuentran sobre el cauce C_01 (OA 01 y OA 03) y otras dos sobre el cauce C_02 (OA 02 y OA 04). Las ubicaciones de las obras antes mencionadas se presentan en la Figura 2-3 del citado Anexo, mientras que la Tabla 2-3 se indica el tipo de obra y sus respectivas coordenadas.
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Fuente: Figura 2-3 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Ubicación de cauces y obras.
Fuente: Tabla 2-3 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Ubicación y coordenadas de las obras. Coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S.
2.4. Características de los cauces 2.4.1. Generalidades En términos generales, el Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” se caracteriza por concentrar un nivel de vegetación medio, conformado principalmente por pastizales y arbustos, tal como se pudo revisar en imágenes satelitales y en la visita a terreno realizada en febrero del 2025 (Figura 2-4 y Figura 2-5 del Anexo 11 del Adenda Complementaria). Esta información se comparó con bases de datos de uso y cobertura de suelo como el producto “Sentinel-2 land cover time series 2017-2021” (Karra, y otros, 2021). El uso de suelo según este último producto se observa en la Figura 2-6. Además, en la Tabla 2-4 del Anexo 11 del Adenda Complementaria, se muestra una descripción escrita de las características generales de cada cauce, la cual es representativa de, por lo menos, 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo desde el punto de ubicación de las obras.
Fuente: Figura 2-6 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Uso de suelo de la zona del proyecto.
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Fuente: Tabla 2-4 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Características de cada cauce.
2.4.2. Caudales máximos Se efectuó un análisis hidrológico con el fin de determinar los caudales máximos en la zona de cada obra de atravieso proyectada, cuya metodología y resultados se presentan en el Apéndice 1 de este documento. El principal objetivo de este análisis es contribuir a la caracterización de los cauces y establecer los caudales de diseño y verificación de cada obra. Es relevante señalar que se delimitaron las cuencas con punto de cierre aguas abajo de cada obra para plantear un escenario conservador en lo referente al cálculo de caudales. Las cuencas de los sectores se encuentran en las siguientes figuras:
Fuente: Figura 2-7 del Anexo11 de la Adenda Complementaria. Delimitación de cuencas aportantes.
Cabe señalar que el área aportante de las cuencas C_01_00 y C_02_00 contienen a las cuencas C_01_01 y C_02_01, respectivamente.
Para determinar el caudal asociado a cada obra, en este caso alcantarillas, se consideró para su diseño y verificación los caudales máximos asociados a periodos de retorno de 50 y 100 años, de acuerdo con lo indicado en la “Guía metodológica para proyectos de modificación de cauces” (DGA, 2016). En la tabla siguiente se muestran las características de cada cauce intervenido y los caudales máximos para los periodos de retorno de 50 y 100 años en el sector asociado a cada obra, con énfasis en los caudales considerados para el diseño de cada una de ellas: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 2-5 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Características de los cauces intervenidos y caudales máximos en la ubicación de las obras.
2.4.3. Modelos hidráulicos Para ofrecer una caracterización cuantitativa de los cauces y dimensionar las obras correspondientes, se construyeron modelos hidráulicos bidimensionales para cada obra proyectada utilizando el software HEC-RAS. En cada caso se evaluó las condiciones sin y con proyecto, con una extensión suficiente para abarcar, al menos, 130 m aguas arriba y aguas abajo de cada modificación. A continuación, se muestran los resultados de profundidad máxima de los cauces asociados a cada obra para su caudal de diseño en la condición Con Proyecto. El detalle de los modelos hidráulicos, metodología empleada, consideraciones para su construcción y sus resultados en condiciones sin y con proyecto, se entregan en el Apéndice 3 (Modelo hidráulico). En la Figura 2-8 del Anexo 11 de la Adena Complementaria se pueden visualizar los resultados de profundidad máxima para las obras OA 01 y OA 03. Caudal de diseño. Cauce C_01. Incluye layout del proyecto (color negro). Mientras que en la figura 2-9 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria, se muestran los resultados de profundidad máxima para las obras OA 02 y OA 04. Caudal de diseño. Cauce C_02.
ID obra Profundidad máxima [m] Descripción OA 01 y OA 03 1.36 El modelo presenta una condición de borde aguas arriba, una condición de borde intermedia y una condición de borde aguas abajo de la obra. El sentido principal del flujo del modelo completo es de sureste a noroeste. El caudal de crecida está contenido completamente a lo largo de la sección del cauce. OA 02 y OA 04 2.4 El modelo presenta una condición de borde aguas arriba, una condición de borde intermedia y una condición de borde aguas abajo de la obra. El sentido principal del flujo del modelo completo es de sureste a noroeste. El caudal de crecida presenta un pequeño desborde aguas abajo de la obra OA 02 debido a que la sección del cauce no está bien definida en un tramo. Sin embargo, las profundidades del desborde son muy pequeñas y en su mayoría la superficie inundada es contenida por la obra proyectada, impidiendo que la inundación entre en contacto con la zona de paneles. En el resto del cauce el caudal de crecida se encuentra contenido por su sección. Fuente: Tabla 2-6 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Descripción de los modelos.
El detalle de los resultados obtenidos y la comparativa entre condición Con y Sin Proyecto se presenta en el Anexo 2 (Modelo hidráulico)
b. Descripción de la obra y sus fases A continuación, se presenta una descripción detallada de las obras mencionadas en la Tabla 2-3, junto con sus fases de construcción, operación y cierre.
3.1. Descripción de las obras Las alcantarillas están conformadas por cajones prefabricados de hormigón. Poseen muros de cabecera y alas en su entrada y salida, los que se proyectan según los planos de obras tipo del Manual de Carreteras (MOP, 2020). En particular, se considera las láminas 4.103.001 y 4.103.201 de cajones simples con muros rectos y muros de cabecera y alas, respectivamente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En las figuras siguientes se muestran los detalles tipo de las alcantarillas de cajón de hormigón proyectadas para dos tipos de atravieso: (1) Atravieso de cerco y (2) Atravieso de cerco y camino. En los planos tipo de las obras del Apéndice 2 se muestran más detalles.
Fuente: Figura 3-1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Perfil longitudinal alcantarilla bajo cerco perimetral.
Fuente: Figura 3-2 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Perfil longitudinal alcantarilla bajo camino interno y cerco perimetral.
Fuente: Figura 3-3 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Planta muro de boca para un cajón de hormigón bajo cerco perimetral. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 3-4 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Planta muros de cabecera y alas alcantarilla simple de cajón prefabricado de hormigón bajo camino interno y cerco perimetral.
Fuente: Figura 3-5 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Perfil transversal alcantarilla de un cajón prefabricado de hormigón bajo cerco perimetral.
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Fuente: Figura 3-6 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Perfil transversal alcantarilla de un cajón prefabricado de hormigón bajo camino interno y cerco perimetral.
En la tabla a continuación se presentan las características de los cajones de hormigón, como sus dimensiones básicas y la obra del proyecto asociada:
Fuente: Tabla 3-1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Características y dimensiones básicas de cajones de hormigón
Fase de construcción Generalidades La construcción de todas las obras se realiza en periodo de estiaje para facilitar los trabajos, proteger a los trabajadores y no afectar la calidad de las aguas en los cauces. En todos los casos las primeras actividades a considerar son el despeje del terreno, mediante extracción de vegetación y escarpe de la primera capa de suelo. Posteriormente se procede a excavar, rellenar y nivelar el terreno de acuerdo con las cotas y pendientes definidas para cada obra. Una vez terminados y aprobados los trabajos de despeje y nivelación del terreno, el procedimiento de trabajo es el siguiente:
Excavación de zanjas y preparación del sello de fundación Los cajones prefabricados se instalan en zanjas previamente excavadas y debidamente preparadas para dicho efecto. El ancho de las zanjas es el mínimo necesario para que los cajones puedan ser colocados, para que las uniones sean sellados adecuadamente y para asegurar una buena compactación posterior del relleno. Este ancho es igual al ancho del cajón más 50 cm a ambos lados. Las zanjas se excavan hasta una profundidad mínima de 12 cm por debajo de la base de los cajones, para dar cabida a una cama de apoyo definida según el numeral 5.612.204 del Manual de Carreteras. El sello de las excavaciones se compacta en una profundidad mínima de 20 cm, hasta alcanzar como mínimo un 90% de la DMCS.
Instalación de cajones prefabricados de hormigón En el caso de que el tipo de alcantarilla sea de cajones de hormigón, antes de la instalación de cajones se debe colocar una base de nivelación de arena gruesa o gravilla, de espesor entre 5 y 8 cm y ancho mínimo igual al ancho exterior del cajón más dos espesores de pared. La colocación de los cajones se inicia por el extremo de aguas abajo, de manera que cada sección quede con el extremo hembra hacia aguas arriba, enfrentando el flujo. Todas las juntas de unión de los cajones deben ser selladas para prevenir posteriores filtraciones de agua o la introducción de materiales no deseados.
Construcción de muros de entrada y salida Los muros rectos y de cabecera y alas son construidos con apoyo de moldajes y según las especificaciones de cada obra. Los muros sin armadura llevan hormigón G-20 y los muros con armadura llevan hormigón G-30 y armaduras de acero A63-42H.
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Relleno El material, colocación y compactación de relleno estructural se rige por lo establecido en el numeral 5.206 del Manual de Carreteras. Los rellenos se colocan en capas horizontales uniformes, cuyo espesor compactado no excede los 20 cm. En forma simultáneas y pareja a ambos lados de la alcantarilla y de su parte superior, hasta alcanzar como mínimo los 60 cm desde la clave.
Fase de operación En la fase de operación del Proyecto se realizan labores de mantenimiento preventivo en la planta en lapsos variables de manera mensual. Dentro de esas labores se encuentra la mantención de caminos internos y de acceso a la planta. A las principales actividades de mantención de caminos, como son la limpieza de la carpeta de rodado, revisión y compactación de baches, se suma la revisión y mantención de las obras de drenaje. En las obras tipo alcantarilla se chequea el estado de los hormigones de los muros rectos y de cabecera y alas, la existencia de socavaciones bajo los muros, el estado del relleno estructural sobre las alcantarillas y la depositación de sedimentos dentro de los cajones. En el camino de acceso se examina el estado de las capas que conforman el camino, analizando los posibles daños que pueden desarrollarse productos de las crecidas y el transporte de sedimento que estas conllevan. Cualquier inconveniente o falla menor de las obras se repara a la brevedad para asegurar su correcto funcionamiento. Además, posterior a la ocurrencia de eventos de precipitaciones importantes se realiza un chequeo a todas las obras de atravieso, verificando y reparando cuando corresponda los elementos antes descritos que se hayan visto afectados por las crecidas.
Fase de cierre Al término de la vida útil del proyecto, se decide si éste continúa mediante la mejora de las instalaciones para extender su operación, o si se procede a su desmantelamiento, implementando entonces la fase de cierre para dejar disponible el terreno para otras actividades. Si se cierra el proyecto, las obras so removidas y se restituye el cauce natural a su condición original en caso de que el propietario no quiera darles un uso posterior. Para esto se realizan actividades de demolición, retiro de rellenos y escombros y movimientos de tierra, con la ayuda de maquinaria y en periodo de estiaje. Los escombros y partes desechadas de las obras son vendidas o dispuestas en lugares autorizados de acuerdo con la legislación ambiental vigente al momento del cierre.
Resumen de las obras En la siguiente tabla se presenta un resumen de las obras y cauces modificados: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 3-2 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Características y dimensiones básicas de las obras.
c. Estimación de los plazos y periodos de construcción de las obras En la figura siguiente se muestran los plazos aproximados de construcción de cada obra de atravieso:
Fuente: Figura 4-1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Cronograma Alcantarilla de cajones de hormigón.
d. Medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras Se consideran las siguientes medidas para minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas: •Se capacita a los trabajadores sobre la importancia de no contaminar los cauces que se están interviniendo, prohibiendo la eliminación de desechos en los cauces e instruyéndolos respecto a los planes de prevención y desinfección que se implementan. •Se almacenan los insumos y materiales a distancias conservadoras de los cauces durante todas las fases del Proyecto, con el fin de evitar el arrastre de desechos y contaminantes por eventuales precipitaciones. •Los residuos líquidos de carácter doméstico se generan exclusivamente en baños químicos y PTAS, evitando todo tipo de efluentes a los cauces naturales que no cumplan con los parámetros establecidos en la normativa vigente. •Se realizan inspecciones a los cortes de taludes y terraplenes de tal manera de detectar deficiencia en el manejo de taludes, que puedan dar origen a situaciones de riesgo. •Se capacita a los conductores de los vehículos de transporte en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan para control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). •Se utiliza solo maquinaria y camiones con mantenciones al día, con el fin de evitar derrames en el área de trabajo debido a fallas mecánicas. •Se evitan los lavados de maquinaria en zonas cercanas a los cauces. Se limitan a los sectores acondicionados dentro del Proyecto para el caso de lavado de canoas de camiones mixer y en lugares autorizados para otro tipo de limpiezas, donde sea posible contener los residuos líquidos provenientes de esta actividad. •Se realiza un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de las mismas. Este catastro se realiza durante la etapa de construcción, además de cada vez que ocurran eventos extremos, enviando esta información a la SMA. •Se realiza como mínimo una revisión anual de todas las obras hidráulicas para identificar posibles obstrucciones o afectaciones a las aguas producto de acumulación de materia vegetal. Adicionalmente se realizan revisiones luego de eventos extremos de precipitación y crecida. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•En caso de existir obstrucción producto de acumulación vegetal en las obras, se ejecutan labores de limpieza para asegurar el libre escurrimiento de las aguas •Las labores de construcción y mantención de las obras se ejecutan en periodos de estiaje. Sin embargo, en el caso que los cauces presenten escurrimiento, se efectúa un desvío temporal de las aguas dentro del mismo cauce. Para lo anterior, se solicita la respectiva aprobación por parte de la Dirección Regional de Aguas. En caso de que exista escurrimiento al momento de la construcción, el efecto de las medidas antes descritas son la no afectación de la calidad de las aguas, aguas abajo de todas las obras de atravieso y de protección proyectadas.
e. Plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción Con el objetivo de resguardar la calidad de las aguas durante la fase de construcción, el plan de seguimiento contempla las siguientes actividades: a. Se realiza el monitoreo de las aguas de cada cauce, ante la presencia de escurrimiento. b. Se toma muestra en un punto aguas arriba y otra agua abajo de la posición de cada obra de atravieso proyectada en cada cauce. Los puntos de muestreo considerados son los indicados en la siguiente tabla:
Fuente: Tabla 6-1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria. Ubicación de puntos de muestreo. Coordenadas UTM WGS 84 Huso 19.
c. En cada muestra se consideran todos los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of 78 de Calidad de agua para riego. d. Se efectúa un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en cada cauce, a fin de establecer la condición basal, y ante la presencia de escurrimiento. e. Se efectúa un monitoreo semanal para los cauces y se comparan los resultados con la condición basal. f. Se registra en fotografías con fecha, la no presencia de agua en el cauce en la semana respectiva (si así ocurre), como medio de verificación de la no aplicación de monitoreo. g. Se realiza un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de las obras en el cauce. Este catastro forma parte del Informe a ser enviado a la SMA. h. Una vez terminada la ejecución de cada obra de cruce, se cierra el monitoreo nuevamente con una muestra en los sectores definidos en el punto b. (aguas arriba y aguas abajo de cada intervención) según NCh. 1333 OF. 78. i. Se elabora un informe el cual se envía a la SMA con una frecuencia quincenal desde el inicio del monitoreo y se elabora en conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considera un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual se presenta en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica a continuación.
Por otra parte, el Informe además da cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N°894, de 24 de junio de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 156 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.6 de la DIA, complementado en Anexo 11 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°154 de fecha 14 de abril de 2025, la Dirección General de Aguas de la Región de O’Higgins, se pronunció conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.6.
6.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para la construcción fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera instalaciones de tipo industrial y se implementa en suelo rural, por lo que debe solicitar el permiso para para construcciones fuera de los límites urbanos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:
b) De tratarse de construcciones: b.1. Destino de la edificación Las edificaciones que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano tienen como destino el equipamiento de un sector rural, y corresponden a las instalaciones temporales y permanentes del Proyecto. El Proyecto se desarrolla sobre un polígono de 19,09 hectáreas correspondiente al parque solar. Al interior del parque solar se habilitan instalaciones temporales de apoyo para la fase de construcción e instalaciones permanentes asociadas a la operación del parque solar. Cabe indicar que se han establecido áreas de paneles para definir los polígonos usados en esta obra. En la siguiente tabla se indican las distintas instalaciones tanto temporales como permanentes del Proyecto, considerando aquellas asociadas a PAS 160 para la solicitud del permiso, se indican el destino de la edificación y su superficie.
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Fuente: Tabla 1 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Superficie Instalaciones del Proyecto Afecta a PAS 160.
El destino de las instalaciones temporales dentro de la instalación de faenas corresponde a satisfacer todas las necesidades constructivas de la obra durante su construcción, incluyendo instalaciones para el personal como comedor, bodegas de residuos, oficinas administrativas, entre otras.
Sin perjuicio de lo indicado en la Tabla anterior, el Permiso se solicita para toda la superficie del parque solar, el cual se compone de un polígono correspondiente al cerco perimetral cuya superficie se indica en la Tabla a continuación, y al interior de los cuales se ubican las distintas instalaciones temporales y permanentes.
INSTALACIÓN SUPERFICIE (ha) Parque Solar (Cierre Perimetral) 19,09 Fuente: Tabla 2 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Superficie del Proyecto Afecta a PAS 160.
b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público El Proyecto se localiza en la Región Libertador General Bernardo O'Higgins, Provincia Cardenal Caro, comuna de Marchigüe a continuación, se presentan la siguiente figura con la ubicación regional, comunal y local del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 1 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Ubicación regional y comunal del proyecto.
Por su parte, en la siguiente Figura se observa la ubicación del Proyecto respecto de los terrenos colindantes y del espacio público.
Fuente: Figura 2 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Ubicación del Proyecto.
En las siguientes figuras se indica respectivamente la ubicación georreferenciada de las instalaciones temporales y permanentes del Proyecto.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 3 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Ubicación Instalaciones Temporales del Proyecto.
Fuente: Figura 4 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Ubicación Instalaciones Permanentes del Proyecto.
b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones En el Apéndice 1 Plano de emplazamiento de las edificaciones de obras temporales y permanentes de este documento, se presenta el plano general de las obras del Proyecto. En las siguientes figuras se muestra la ubicación georreferenciada de las instalaciones temporales y permanentes asociadas a PAS 160. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Figura 5 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Ubicación Instalaciones obras temporales y permanentes relacionadas al PAS 160.
b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Se adjunta en el Apéndice 1 los Planos del documento, los planos de arquitectura esquemática de las instalaciones temporales y permanentes del Proyecto. En las siguientes tablas se presentan las coordenadas de las obras temporales y permanentes del Proyecto, sujetas a PAS 160.
Fuente: Tabla 3 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Coordenadas Instalaciones Temporales Asociadas al PAS 160.
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Fuente: Tabla 4 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Coordenadas Instalaciones Permanentes Asociadas al PAS 160.
b.5. Caracterización del suelo La caracterización de suelo se encuentra en el Apéndice A Anexo 3.5 que contiene el Informe Edafológico de la Adenda. El Proyecto se emplaza en el pie de monte de colinas de la Cordillera de la Costa de la región de O’Higgins, constituida fundamentalmente por batolito granítico. Son suelos de profundidad variable, generalmente con texturas franco arcillosas en superficie, variando en profundidad, aumentando la fracción gruesa. La estructura se mantiene de bloques subangulares a través de los perfiles y generalmente se hace maciza inmediatamente sobre el sustrato.
Dentro de la clasificación CIREN para series de suelo, el área de influencia determinada para el proyecto establece que corresponden a suelos observan las series de suelo: La Serie Lo Vásquez es un miembro de la Familia franca fina, mixta, térmica de los Ultic Haploxeralfs (Alfisol), en el área de estudio se encuentran las variaciones Serie Lo Vásquez (LVZ): LVZ-6; LVZ-7. A continuación, se detallan las características de estas variaciones: • LVZ-6: Clasificación de capacidad de uso VIe3, con drenaje clase 5 y categoría de riego 6, sin erosión significativa. Su aptitud agrícola es baja (clasificación 6), y la frutal se clasifica como E. Esta variación se encuentra en pendientes del 8- 15%, con una textura franco arcillosa en superficie. Es adecuada para prácticas agrícolas no intensivas y cultivos con menores requerimientos hídricos. • LVZ-7: Clasificación de capacidad de uso IVe, con drenaje clase 4 y categoría de riego 5, indicando un drenaje moderadamente adecuado y pendiente media. La aptitud agrícola es moderada, permitiendo ciertos usos con limitaciones, y la aptitud frutal se clasifica como D. Esta variación, presente en pendientes moderadas, muestra mejor capacidad para soportar cultivos frutales y agrícolas que toleren las condiciones del terreno. Son suelos evolucionados, derivados de rocas graníticas, moderadamente profundos a profundos, de los cerros de la Cordillera de la Costa de Región Central. De color pardo rojizo oscuro en el tono 5 YR y textura franco arcillo arenosa en la superficie, arcillosa en profundidad, con un contenido de casquijos de cuarzo que se incrementa junto con la proximidad de la roca descompuesta, donde toma un color rojizo amarillento en el tono 5 YR y pardo amarillento oscuro en el tono 7.5 YR, siendo la textura arcillo arenosa. Los materiales se encuentran bien estructurados en los primeros 40 o 50 cm. y no presenta estructuras en profundidad. Por otro lado, el substrato está constituido por rocas graníticas descompuestas. (CIREN, 2010) En la siguiente tabla se describe un perfil típico de la Serie Lo Vásquez (LVZ), ubicado en la Cordillera de la Costa de la Región Metropolitana.
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Fuente: Tabla 5 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Descripción de un pedón típico de la Serie Lo Vásquez.
Las variaciones de la Serie Lo Vásquez en el área del proyecto muestran texturas predominantemente arcillosas en profundidad y franco arcillo arenosa en superficie. Estas texturas, en combinación con la presencia de roca madre en ciertas profundidades, limitan el drenaje del suelo y afectan su capacidad para soportar cultivos intensivos, siendo los niveles de drenaje clasificados como clase 5 en varias áreas. Estas características deben tomarse en cuenta en la planificación de cualquier actividad agrícola o de construcción que pueda verse afectada por la movilidad del agua en el suelo.
En la siguiente figura se grafica la Serie Lo Vásquez (LVZ): LVZ-6; LVZ-7.
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Figura 6 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Variaciones CIREN presentes en el área de influencia (Anexo 3.5 Suelos de la DIA).
Se llevó a cabo un estudio detallado de suelos en las 19 hectáreas del proyecto, ubicado en la comuna de Marchigüe, Región de O'Higgins. El 30 de agosto de 2024 se excavaron un total de 14 calicatas (ver figura 7) utilizando una retroexcavadora, con el objetivo de evaluar las características físicas y morfológicas del suelo. Las muestras obtenidas fueron analizadas en un laboratorio autorizado bajo los lineamientos del SAG.
Fuente: Figura 7 del Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Distribución de calicatas en PFV Emú (Extraído de Apéndice A Anexo 3.5 Informe Edafológico).
El estudio reveló que el área del proyecto está dominada por la Serie de Suelos Lo Vásquez, clasificada en Clase IV de capacidad de uso agrícola, con problemas de drenaje insuficiente (W2-W3) y profundidad limitada (D2-D3). La textura superficial es mayormente arcillosa, con signos frecuentes de características redoximórficas, lo que indica la existencia de anegamiento periódico, especialmente en las áreas donde la roca madre se encuentra cerca de la superficie, limitando la infiltración efectiva. Los perfiles de suelo muestran texturas arcillosas con suelos moderadamente poco profundos, lo que limita su potencial agrícola. Se observaron indicadores frecuentes de drenaje insuficiente, como anegamientos, especialmente en los horizontes más profundos. Los suelos son moderadamente profundos, con pendientes que oscilan entre 2% y 10%. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Los análisis granulométricos mostraron una alta proporción de partículas finas, lo que contribuye a la escasa movilidad del agua y posibles problemas de compactación. El área se encuentra en su mayoría sin uso agrícola intensivo debido a estas limitaciones, siendo el uso predominante actual pastizales en barbecho. En los siguientes puntos se detallan las características fisico-químicas del suelo.
a) Criterios de aproximación - Profundidad: La profundidad de los suelos varía entre 30 cm y 110 cm, dependiendo del perfil. En muchos casos, el suelo está limitado por una capa arcillosa o la roca madre en proceso de meteorización. - Pendiente: Las pendientes del terreno varían entre un 2% y un 10%, lo que influye en la capacidad de uso del suelo y el riesgo de erosión. - Pedregosidad superficial: La mayoría de los perfiles no presentan pedregosidad superficial significativa, salvo algunos perfiles donde se encuentra gravilla de cuarzo aislada. - Drenaje: Los suelos en el área tienen drenaje imperfecto a pobre, con signos de rasgos redoximórficos y concreciones ferromanganésicas en algunos perfiles, sugiriendo limitaciones de drenaje a partir de los 30-40 cm de profundidad.
b) Criterios de definición - Textura: La textura del suelo varía, pero generalmente es franco-arcillosa en los primeros 30 cm, mientras que en profundidad puede volverse más arcillosa. - Humedad aprovechable: Algunos perfiles mantienen humedad en los primeros 30 cm, pero la capacidad de retención se ve limitada por la pedregosidad subsuperficial y los horizontes arcillosos compactos en profundidad. - Pedregosidad subsuperficial: En algunos perfiles se observa una mayor presencia de pedregosidad subsuperficial, especialmente gravilla de cuarzo. - Erosión: No se evidencian signos significativos de erosión en la mayoría de los perfiles; sin embargo, la inclinación y el mal drenaje podrían contribuir a riesgos de erosión en el futuro.
c) Criterios especiales: - Inundación: No se observan riesgos significativos de inundación en la zona, aunque algunos perfiles muestran señales de drenaje imperfecto. - Salinidad: No se detectaron problemas de salinidad en el suelo. - Sodicidad: No se registraron niveles altos de sodicidad en los análisis del suelo. - Alcalinidad: Los suelos presentan un pH ligeramente ácido, sin indicaciones de alcalinidad significativa. d) En casos excepcionales, según las características del área del emplazamiento del proyecto o actividad, se solicita incluir además los parámetros que se enuncian a continuación: - Materia orgánica: Se observó un contenido moderado de materia orgánica en los horizontes superiores de los perfiles. - Densidad aparente: No se menciona explícitamente en el documento. - pH: El pH de los suelos varía de ligeramente ácido a moderadamente ácido en los horizontes superficiales, lo cual es típico de suelos de esta región. El perfil 3, situado cerca de las áreas donde se desarrollan las obras, resulta fundamental para la planificación de estas. A continuación, se presentan las características detalladas de este perfil:
Ubicación Geográfica 19H 264343.33 m E 6197883.04 m S Profundidad 30cm Pendiente del terreno 5% Uso actual del suelo Barbecho Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Descripción superficial del perfil y alrededores: Pasturas que han sido utilizadas para la ganadería.
Fuente: Tabla 6 del Anexo 12 del Adenda Complementaria. Descripción del Pedón.
El suelo posee 25 cm de profundidad, en el horizonte B aparecen rasgos redoximórficos que son sugerentes de drenaje insuficiente, sin embargo, no son abundantes. A partir de los 25cm aparece una estrata de origen granítico típico de la Serie Lo Vásquez. Esta composición limita la Capacidad de Uso, restringiéndola a una Clase IV.
Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial mixto estipulado en el artículo 160 del Reglamento del SEIA se presentan en el Anexo 8.7 de la DIA, complementado en Anexo 8.7 de la Adenda, y Anexo 12 del Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Oficio Ord. N°118 de fecha 07 de abril de 2025, formalizado con fecha 08 d abril de 2025, la SEREMI de Agricultura de la Región de O’Higgins, se pronunció conforme. Mediante el Oficio Ord. N°571 de fecha 14 de abril de 2025, el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de O’Higgins, se pronunció conforme. Mediante el Oficio Ord. N°693 de fecha 16 de abril de 2025, formalizado con fecha 22 de abril de 2025, la SEREMI de Vivienda y urbanismo de la Región de O’Higgins, se pronunció conforme Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo X del ICE, numeral 10.2.7.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Ley N°19.300, modificada por Ley N° 20.417. Ley de bases generales del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica De acuerdo al Artículo 8º de la Ley N° 19.300 (modificada por la Ley Nº20.417), los proyectos o actividades que se listan en su Artículo 10º, sólo pueden ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. El Proyecto que se somete a evaluación mediante la DIA, analiza los efectos, características Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
o circunstancias descritas en el Artículo 11º de la Ley, que definen la pertinencia de ingresar al SEIA a través de una DIA. El Proyecto considera la instalación de un parque fotovoltaico donde se incluyen todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones, residuos y sustancias. Según estos antecedentes el Proyecto potencia el desarrollo de Energías Renovables No Convencionales, a partir del uso del recurso solar, contribuyendo a una reducción en las emisiones de gases de efecto invernadero. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de una actividad indicada en el Artículo 10, letra c) conforme a lo siguiente: Letra c) Centrales generadoras de energía de más de 3 MW. Indicador que acredita su cumplimiento Se presenta el Proyecto a evaluación del Servicio de Evaluación Ambiental. Una vez obtenida la RCA, se procede de acuerdo a los compromisos y exigencias estipuladas, permitiendo su fiscalización. Forma de control y seguimiento - Seguimiento a condiciones indicadas en la RCA. - Informes enviados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.1.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Decreto Supremo N°40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de una actividad indicada en el Artículo 10, letra c) conforme a lo siguiente: Letra c) Centrales generadoras de energía de más de 3 MW. Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de una Declaración de Impacto Ambiental, en donde el Proponente indica que cumple con la legislación ambiental vigente, además de todos los requisitos establecidos por los diversos artículos aplicables a las evaluaciones de impacto ambiental. La Evaluación de Impacto Ambiental se presenta al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins. Indicador que acredita su cumplimiento - La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA); - Proceder de acuerdo a los términos estipulados en la RCA, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específicos de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria. - El cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos que adquiera el Proponente en el proceso de evaluación ambiental. Cabe indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y, luego de generado, podría consultarse en todo momento en el SEIA electrónico o en las oficinas del SEA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins. Forma de control y seguimiento Realizar la identificación y el cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecidas en la de la RCA para ello se realiza lo siguiente. - Se mantiene una copia impresa de todos los antecedentes de la evaluación ambiental del proyecto, junto con su RCA respectiva en el área de planta del Proyecto. - Esta disponible el expediente en la plataforma electrónica del SEIA los antecedentes de la evaluación del Proyecto y las condiciones bajo las cuales se autoriza su ejecución. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.2.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Normativa de carácter general. Norma Ley Marco de Cambio Climático - Ley N°21455 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Todas las fases del Proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la Declaración de Impacto Ambiental, en donde el Proponente indica que cumple con la legislación ambiental vigente, además de todos los requisitos establecidos por los diversos artículos aplicables a las evaluaciones de impacto ambiental. La Evaluación de Impacto Ambiental se presenta al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de del Libertador Bernardo O’Higgins. A su vez, se incluyen en la presentación del DIA los contenidos asociados al cambio climático indicados por el Decreto 30 de 2024 que Aprueba modificación al Decreto Supremo Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento La obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA); - Proceder de acuerdo con los términos estipulados en la RCA, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específicos de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria. - El cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos que adquiera el Proponente en el proceso de evaluación ambiental. Cabe indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y, luego de generado, podría consultarse en todo momento en el SEIA electrónico o en las oficinas del SEA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins. Forma de control y seguimiento Realizar la identificación y el cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecidas en la de la RCA, así como la entrega de información según corresponda de acuerdo al Decreto 31 de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.3.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica La habilitación del Proyecto se asocia con el emplazamiento y construcción de instalaciones temporales y permanentes. Estas instalaciones se encuentran emplazadas fuera del límite urbano de la comuna de Marchigüe. Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta Ley, el Proponente del Proyecto solicita, previamente la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales y del propietario, para la construcción, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
reconstrucción, reparación, alteración, ampliación, demolición de edificios y obras de cualquier naturaleza, el informe favorable para la construcción de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero. Ninguna obra puede ser habitada o destinada al uso señalado antes de obtener su certificado de recepción definitiva parcial o total de la Dirección de Obras Municipales. Asociado a lo anterior, en el Anexo 12 de la Adenda Complementaria, los contenidos del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
A mayor abundamiento, el proyecto fue evaluado en la plataforma SEIM, utilizando la información técnica y descriptiva proporcionada en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Se simuló su categorización para determinar si el proyecto genera crecimiento urbano por extensión o densificación, considerando los criterios establecidos en el artículo 170 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su reglamento asociado. La simulación concluyó que el proyecto no genera crecimiento urbano por extensión ni densificación, debido a: •Naturaleza del Proyecto: La instalación de paneles fotovoltaicos sobre pilotes no implica la creación de infraestructura urbana (calles, áreas verdes, servicios básicos, entre otros) ni el incremento en la densidad habitacional del área de emplazamiento. •Ubicación del Proyecto: El proyecto se localiza en un área rural que no se encuentra dentro del límite urbano definido por los instrumentos de planificación territorial vigentes. Además, no afecta áreas de desarrollo urbano proyectadas. •Impacto en Infraestructura Existente: No genera demanda adicional de servicios urbanos ni modifica las condiciones de uso de suelo en el área. Con base en el análisis realizado, se concluye que el proyecto no corresponde a una Iniciativa de Modificación de Infraestructura Urbana (IMIV), de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 170 y 171 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Además, el proyecto se encuentra exento de presentar un Informe de Mitigación de Impacto Vial, conforme a los resultados obtenidos en la simulación de flujos vehiculares y de otros modos de transporte. Finalmente, en el Anexo 15. de Información complementaria, bajo el nombre “Apéndice 10. Obs 2.7 que corresponde al Informe de Categorización de Proyecto en SEIM se encuentra el documento emitido desde la plataforma SEIM, donde se respalda lo aquí mencionado.
Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del PAS 160. Informe Favorable para Construcción emitido por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Permiso de edificación . Certificado de recepción definitiva. Posterior a obtener RCA favorable: Solicitud sectorial del Informe Favorable para la Construcción y permiso de la Dirección de Obras Municipales para las obras de edificación que lo requieran. Forma de control y seguimiento Registro y control de la obtención del PAS 160. Registro y control de la Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción y del de la Dirección de Obras Municipales. Autorización conformada por el informe de la SEREMI MINVU y SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.4.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Norma Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Emplazamiento de instalaciones temporales y permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento Como se establece en el artículo 2.1.29 del decreto, el Proyecto clasifica como Infraestructura Energética y los trazados de infraestructura se entienden siempre admitidos y se sujetan a las disposiciones que establezcan los organismos competentes. La instalación debe ser calificada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Libertador Bernardo O’Higgins, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 4.14.2. de esta Ordenanza, de acuerdo a los riesgos que su funcionamiento pueda causar en los trabajadores, vecindario y comunidad. La actividad debe responder a una actividad inofensiva.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 5.8.3, el Proponente considera las siguientes medidas para mitigar las emisiones de polvo y material para las distintas fases:
Fase de Construcción Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Proponente considera las siguientes medidas: - Aplicación de supresor de polvo en caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h).
Para el control de emisiones de gases, se consideran las siguientes medidas: - El grupo electrógeno considerado durante la fase de construcción tiene sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. - Todos los vehículos y maquinarias cuentan con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.
Fase de Operación Durante la fase de operación no se consideran emisiones significativas, ya que las únicas emisiones generadas corresponden a labores de operación y mantención del parque. No obstante, lo anterior, los vehículos que se utilicen para dichas actividades cuentan con revisión técnica al día.
Fase de Cierre - Aplicación de supresor de polvo en camino caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h). - En relación con lo señalado en el decreto y considerando que el área de emplazamiento del Proyecto se encuentra en un área Rural, se solicita el Permiso Ambiental Sectorial Nº160 “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos”. Los antecedentes técnicos y formales requeridos para la obtención de este permiso se encuentran detallados en el Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Indicador que acredita su cumplimiento - Obtención del PAS 160. - Calificación favorable “inofensivo” de la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Libertador Bernardo O´Higgins como establecimiento. - Solicitud sectorial del Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran. - Registro de Aplicación de supresor de polvo. - Todos los vehículos motorizados deben mantener su revisión técnica al día: Los vehículos motorizados cuentan con certificado de revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento - Registro y control de la obtención del PAS 160. - Registro y control de la Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción. - Registro y control de la calificación favorable de la SEREMI respectiva. - Se mantienen los registros disponibles de revisiones técnicas, mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, y registro de aplicación de supresor de polvo en caminos, en la instalación de faena, para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.1.5.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°144/1921, del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo la generación de emisiones. En la fase de construcción se generan emisiones atmosféricas producto del tránsito de camiones y camionetas por caminos no pavimentados; operaciones de carga y descarga de materiales, movimientos de tierra, escarpe, excavación, compactación y operación del grupo electrógeno, además del funcionamiento de la maquinaria que realiza estas labores. camiones. En la fase de operación, las emisiones atmosféricas son menores y se circunscriben al uso de camionetas para labores de operación y supervisión del parque, transporte de residuos y de agua para consumo. En la fase de cierre las actividades relacionadas con emisiones atmosféricas corresponden fundamentalmente a acciones que forman parte del desmantelamiento de las obras: Excavación, movimiento de tierra, levantamiento de polvo por tránsito vehicular (maquinaria de construcción, tránsito de camiones y vehículos livianos) y emisiones por combustión (generadores y tránsito de camiones).
Forma de cumplimiento Fase de Construcción Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Proponente considera las siguientes medidas: - Aplicación de supresor de polvo en camino de acceso y caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h).
Para el control de emisiones de gases, se consideran las siguientes medidas: - El grupo electrógeno considerado durante la fase de construcción tiene sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Todos los vehículos y maquinarias cuentan con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.
Fase de Operación Durante la fase de operación no se consideran emisiones significativas, ya que las únicas emisiones generadas corresponden a labores de operación y mantención del parque. No obstante, lo anterior, los vehículos que se utilicen para dichas actividades cuentan con revisión técnica al día.
Fase de Cierre - Aplicación de supresor de polvo en camino de acceso y caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h). Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de Aplicación de supresor de polvo. - Todos los vehículos motorizados deben mantener su revisión técnica al día: Los vehículos motorizados cuentan con certificado de revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Se mantiene los registros disponibles de revisiones técnicas, mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, y registro de aplicación de supresor de polvo en caminos, en la instalación de faena, para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.1.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto N°1/2021, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Es relevante indicar que el Proyecto no se encuentra emplazado dentro de la zona asociada al Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Las comunas contempladas en el PDA corresponden a: Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua y Placilla; e incluye parcialmente a las comunas de Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo, de acuerdo con los límites que se establecen en dicho decreto. Al respecto, cabe señalar que, si bien el Proyecto considera viajes ida y vuelta desde Requínoa y San Fernando y hacia Rancagua, ya sea por el traslado de insumos o residuos, estos tramos son por tiempos acotados. Forma de cumplimiento El Proyecto no se encuentra emplazado dentro de la zona asociada al Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. La metodología y resultados del cálculo de emisiones atmosféricas se presentan en el Anexo 3.14 de la DIA, y complementado en Anexo 3 del Adenda Complementaria. A continuación, se entrega el resumen de la estimación de emisiones del Proyecto durante su vida útil: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fuente: Tabla 73 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
Plan de control de polvo Como medida de abatimiento se considera la aplicación de un supresor de polvo a base de aceites vegetales reciclados y aditivos que permiten fijarse a las partículas de polvo, el cual se suministra directamente como solución durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. La frecuencia de aplicación del supresor permite que la capa granular acabada se mantenga completamente homogeneizada asegurando la correcta distribución entre el supresor y el suelo granular para el espesor de capa de diseño, garantizando una excelente condición estructural y de rodadura. Junto a lo anterior, se contempla realizar un mantenimiento preventivo establecido por su proveedor, que permite garantizar como mínimo un porcentaje de eficiencia del 90% de control de emisiones. En el Apéndice 5 del Anexo 3 del Adenda Complementaria, se presenta la ficha técnica de un biosupresor de polvo de este tipo. Cabe señalar que la ficha del producto se presenta a modo de ejemplo, para constatar la existencia de biosupresores de polvo con la eficiencia de abatimiento considerada en este inventario de emisiones (90%). Sin embargo, cuando se ejecute el Proyecto, se espera poder utilizar este u otro biosupresor de polvo disponible en el mercado que presente, al menos, una eficiencia de abatimiento del 90%. Se indica que, se mantiene un registro de las actividades de mantención para la aplicación del supresor durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Respecto de la forma de aplicación, se prepara con anterioridad la superficie desde un punto de vista topográfico y de geometría. A continuación, se procede a extender con una motoniveladora la capa granular de suelo seleccionado de base para la capa de rodadura, y se aplica el riego superficial del supresor de polvo., una vez aplicado, se homogeniza la mezcla asegurando la óptima distribución entre el supresor de polvo y el suelo granular. Finalmente, se enfatiza que, se mantiene un registro de aplicación del supresor detallando fecha y hora de aplicación, tramo involucrado y la empresa a cargo del procedimiento. En las siguientes tablas se especifica las medidas de control.
Fuente: Tabla 4 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Medidas de control de emisiones durante la fase de construcción y cierre.
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Fuente: Tabla 5 del Anexo 3 del Adenda Complementaria. Programa de aplicación de supresor de polvo.
Los caminos considerados para la aplicación del supresor de polvo contemplan una distancia de 3,53 km, (los caminos considerados para las aplicaciones del supresor de polvo ser revisado en el apéndice 4 “Rutas del Proyecto”).
Sin embargo, y con objeto de evitar o reducir la emisión de polvo, se ejecutan las siguientes formas de abatimiento y control:
Fase de Construcción Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Proponente considera las siguientes medidas: - Aplicación de supresor de polvo en caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h).
Para el control de emisiones de gases, se consideran las siguientes medidas: - El grupo electrógeno considerado durante la fase de construcción tiene sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. - Todos los vehículos y maquinarias cuentan con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.
Fase de Operación Durante la fase de operación no se consideran emisiones significativas, ya que las únicas emisiones generadas corresponden a labores de operación y mantención del parque. No obstante, lo anterior, los vehículos que se utilicen para dichas actividades cuentan con revisión técnica al día.
Fase de Cierre - Aplicación de supresor de polvo en camino caminos internos del parque solar. - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h).
Indicador que acredita su cumplimiento - Registro y seguimiento de la Aplicación de supresor de polvo. - Todos los vehículos motorizados deben mantener su revisión técnica al día: Los vehículos motorizados cuentan con certificado de revisión técnica y gases al día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento Se mantienen los registros disponibles de revisiones técnicas, mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, y registro de aplicación de supresor de polvo en caminos (construcción y cierre), en la instalación de faena, a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a través del Sistema de Seguimiento Ambiental para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.2.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se usan de camionetas, buses para el traslado del personal, y diversas maquinarias.
Durante la fase de operación se utilizan principalmente camionetas para las actividades de mantención y limpieza de paneles.
En la fase de cierre, se utilizan camionetas, buses para el traslado del personal, y diversas maquinarias.
Forma de cumplimiento El Proponente del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo, ya que exige que los vehículos motorizados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se exige por el Proponente a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
Adicionalmente se implementan medidas tales como: - Se exige una cobertura a los materiales que sean transportados en camiones tolva. - Se exige velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 km/h). - Aplicación de supresor de polvo en camino de acceso y caminos internos del parque solar en fases de construcción y cierre. - Prohibición de quemar cualquier tipo de material dentro del área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de aplicación de supresor de polvo. - Todos los vehículos motorizados deben mantener su revisión técnica al día: Registro de control de vehículos motorizados que incorpore el certificado de revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Se mantienen los registros disponibles de revisiones técnicas, mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos y aplicación de supresor de polvo en caminos, en la instalación de faena para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.3.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°138/2005, del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre. Fase de construcción: Se utilizan 5 grupos electrógenos de 5 kVA en instalación de faena. Fase de cierre: Se utiliza 3 grupo electrógeno de 5 kVA el cual está emplazado en la instalación de faena. Parte, obra o acción a la que aplica El Proponente se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las fases de construcción y cierre del Proyecto, de acuerdo con los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/). Se informa sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los Artículos 1°, 2° y 3°. Además, el grupo electrógeno tiene sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Forma de cumplimiento Formulario ingreso de declaración de emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantienen los registros de las declaraciones de emisiones realizadas en la instalación de faena. Forma de control y seguimiento El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre Fase de construcción: Se utilizan 5 grupos electrógenos de 5 kVA en instalación de faena. Fase de cierre: Se utiliza 3 grupo electrógeno de 5 kVA el cual estará emplazado en la instalación de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.4.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°31/2018, del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla utilizar grupos electrógenos durante las fases de construcción y cierre.
Fase de construcción: Se utilizan 5 grupos electrógenos de 5 kVA en la instalación de faena.
Fase de cierre: Se utiliza 3 grupos electrógenos de 5 kVA que esta emplazado en la instalación de faena. Forma de cumplimiento El Proponente se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de las fases de construcción y cierre del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (https://portalvu.mma.gob.cl/). Se informa sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los Artículos 1°, 2° y 3°. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Indicador que acredita su cumplimiento Registro que acredite el ingreso de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se mantiene registro de las declaraciones de emisiones realizadas en la instalación de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.5.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Resolución Exenta N°144/2020, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Norma Básica para la Implementación de Modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto genera emisiones de polvo y gases durante su ejecución, se trata de un Proyecto sujeto a la obtención de una RCA favorable, por lo que debe declarar sus emisiones. Forma de cumplimiento El Proponente declara anualmente las emisiones del Proyecto a través del sistema de ventanilla única del RETC del Ministerio de Medio Ambiente. El acceso a dicho sistema de ventanilla única del RETC se puede establecer por medio del enlace: https://portalvu.mma.gob.cl/ Indicador que acredita su cumplimiento Formulario ingreso de declaración de emisiones. Forma de control y seguimiento Se mantienen los registros de las declaraciones de emisiones y transferencias de contaminantes realizadas en sistema de ventanilla única (VU-RETC) en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.6.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°4/1994, y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos, principalmente durante las fases de construcción y cierre, asociados al transporte de materiales y personal. Durante la etapa de operación los viajes son esporádicos y están asociados a labores de mantención. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos utilizados en el Proyecto. Se mantiene el registro de la inspección de las revisiones técnicas actualizadas en la instalación de faena del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.7.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°279/1983, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Las fases de Construcción, Operación y Cierre del Proyecto consideran la utilización de vehículos y camiones para el transporte de materiales, personal y maquinarias. Forma de cumplimiento Se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con esta norma, lo que se verifica con el correspondiente certificado de revisión técnica, emisiones y mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permite verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día. Se crea un registro de control antes de comenzar cada fase del Proyecto. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.8.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°54/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de ejecución, el Proyecto puede utilizar vehículos motorizados medianos. Por tanto, se producen emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases como consecuencia de los movimientos de maquinaria y flujo de vehículos. Forma de cumplimiento Se exige que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verifica con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases, para aquellos vehículos que les corresponda. Por otro lado, se solicita a los contratistas contar con las mantenciones periódicas, de tal manera que se cumpla con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permite verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento Los registros de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados se encuentran disponibles para su control y verificación en la instalación de faenas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.9.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Normas de emisiones de vehículos motorizados livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto durante todas sus fases considera la utilización de vehículos motorizados livianos para el traslado de personal de faena, entre otros. Forma de cumplimiento Se verifica que los vehículos motorizados livianos estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de septiembre de 1994 y que porten el sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones. Aquellos que no lo porten no son admitidos. Indicador que acredita su cumplimiento Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permite verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día. Se crea un registro de control antes de comenzar cada fase del Proyecto. Forma de control y seguimiento Los registros de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados se encuentran disponibles para su control y verificación en la instalación de faena del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.10.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto durante todas sus fases considera la utilización de vehículos motorizados pesados para diferentes funciones tales como traslado de insumos, materiales y otros. Forma de cumplimiento Los vehículos motorizados pesados que participen en la ejecución del Proyecto para transportar personal o insumos cuentan con la revisión técnica al día, debiendo, además, contar con el correspondiente certificado de emisión de gases, para dar cumplimiento a la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permite verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Registros de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados se encuentran disponibles para su control y verificación en la instalación de faena del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.11.
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°12/2011, del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Material particulado MP2,5 generado por obras y acciones del Proyecto principalmente en las fases de construcción y cierre. La ejecución de las obras y actividades del Proyecto tiene como consecuencia la generación de emisiones contaminantes a la atmósfera. Dichas emisiones, en ninguna de las fases, superan los límites establecidos por la presente norma primaria de calidad. Forma de cumplimiento En estas fases se contemplan las siguientes medidas de abatimiento: - Transporte de materiales de construcción se realiza en camiones encarpados con lona cerrada, impermeable y sujeta a la carrocería, el cual es visado a la salida de la faena. - Todos los vehículos cuentan con revisión técnica al día. La maquinaria se encuentra en buen estado, y tiene sus mantenciones al día. Durante la fase de operación no se consideran emisiones significativas, ya que las únicas emisiones generadas corresponden a labores de operación y mantención del parque. No obstante, lo anterior, los vehículos que se utilicen para dichas actividades cuentan con revisión técnica al día.
Cabe señalar que en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se encuentra la Estimación de emisiones atmosféricas actualizada. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantienen los registros disponibles de revisiones técnicas, mantención mecánica de equipos, maquinaria, en la instalación de faena del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.12.
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°12/2022, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Material particulado MP10 generado por obras y acciones del Proyecto principalmente en las fases de construcción y cierre. La ejecución de las obras y actividades del Proyecto tiene como consecuencia la generación de emisiones contaminantes a la atmósfera. Dichas emisiones, en ninguna de las fases, superan los límites establecidos por la presente norma primaria de calidad. Forma de cumplimiento En estas fases se contemplan las siguientes medidas de abatimiento: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Transporte de materiales de construcción se realiza en camiones encarpados con lona cerrada, impermeable y sujeta a la carrocería, el cual es visado a la salida de la faena.
- Todos los vehículos cuentan con revisión técnica al día. La maquinaria se encuentra en buen estado, y tiene sus mantenciones al día.
- Aplicación de supresor de polvo en caminos internos del parque solar.
- Todos los vehículos motorizados deben mantener su revisión técnica al día: Los vehículos motorizados cuentan con certificado de revisión técnica y gases al día. Durante la fase de operación no se consideran emisiones significativas, ya que las únicas emisiones generadas corresponden a labores de operación y mantención del parque. No obstante, lo anterior, los vehículos que se utilicen para dichas actividades cuentan con revisión técnica al día. Cabe señalar que en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se encuentra la Estimación de emisiones atmosférica actualizada. Indicador que acredita su cumplimiento
- Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas.
- Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto.
- Registro de aplicación supresor de polvo. Forma de control y seguimiento Los registros de la certificación técnica y emisión de gases de los vehículos utilizados se encuentran disponibles para su control y verificación en la instalación de faena del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.13.
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto Supremo N°75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la Fase de Construcción, el Proyecto requiere de materiales e insumos, tales como arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos. En la Fase de Operación del Parque se realiza en forma remota, y no requiere de insumos u otro material que deba ser transportado de forma permanente, salvo piezas de recambio de manera periódica conforme a las mantenciones del parque solar. Durante la Fase de Cierre, el Proyecto requiere del transporte de materiales, insumos y residuos. Forma de cumplimiento El transporte de materiales e insumos está a cargo de las empresas contratistas, las que de manera contractual acreditan el cumplimiento de este Decreto. Los vehículos que transporten, desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales que produzca polvo, tales como escombros, cemento, etc., debe efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. Indicador que acredita su cumplimiento - Se verifica que no se produzca desprendimiento de material de los camiones que circulen por caminos públicos y enrolados mediante inspección visual. Sin perjuicio de ello, así como de carga cubierta cuando corresponda - Se verifica los equipos e implementos que se utilizan en los métodos de transporte. Forma de control y seguimiento - Inspección visual al ingreso y/o Salida del Proyecto respecto de que todo vehículo que transporte carga cuente con tolva de protección según corresponda, y la carga esté bien transportada para evitar caídas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Registro de control de equipos e implementos de transporte. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.14.
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se asocia a emisiones de gases durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto debido al tránsito de camiones y vehículos menores. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen su revisión técnica al día y se realizan mantenimientos regulares. Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exige bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, mantención, limpieza y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre licencias de conducir, mantenciones y revisiones técnicas vigentes. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos utilizados en el Proyecto. Se mantiene el registro de la inspección de las revisiones técnicas actualizadas en la instalación de faena del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.15.
7.21. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas. Norma Decreto Supremo N°38/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción Durante esta fase se produce la mayor emisión de ruido del Proyecto, ya que involucra maquinaria pesada para el movimiento de tierra en la excavación de canalizaciones y para la disposición de los paneles solares en los terrenos pertenecientes al Proyecto. Las actividades consideran Movimiento de Tierras, el Acondicionamiento de Terreno; Construcción de caminos internos, Habilitación de instalaciones de faenas. Por otro lado, se consideran “Obras Civiles”, el cual corresponde a todas las actividades de construcción del parque solar fotovoltaico. Cabe destacar que todas las actividades y faenas durante esta fase se desarrollan durante periodo diurno por lo que la evaluación normativa se aplica durante dicho periodo de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Tal como se puede observar en la tabla 1-32 de la DIA, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto, podrían sobrepasar la normativa en los receptores R1, R2, R2-B, R2-C y R2-D durante los tres meses de construcción evaluados. El escenario anterior considera los frentes de trabajo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
sin incorporar barrera acústica de ningún tipo y considerando que toda la maquinaria se encuentra operando en el sector más cercano a cada receptor, es decir que se considera el escenario más desfavorable. Ya que en la fase de construcción se pueden superar los límites establecidos por el Decreto Supremo N°38/2011, se deben incorporar medidas de control ambiental. Estas se detallan a continuación:
a) Barrera acústica móvil Durante la Fase de Construcción, se deben utilizar barreras acústicas móviles, siempre que se realicen trabajos a menos de 200 [m] de cualquier receptor. La pantalla acústica móvil debe ubicarse al menos a 2 [m] de distancia de la fuente de ruido, entre ésta y el límite del Proyecto, utilizándose en todo momento de funcionamiento de la maquinaria. No es necesaria la utilización de la barrera acústica móvil cuando la maquinaria se encuentre a más de 200 [m] de cualquier receptor.
b) Restricción de funcionamiento simultaneo de maquinaria Además del uso de barreras acústicas, se deben tomar medidas de carácter administrativo durante toda la Fase de Construcción. De esta forma se establece un radio de seguridad de 150 [m] desde cualquier receptor. Dentro de este radio de seguridad se restringe el funcionamiento simultáneo de maquinaria, es decir que, dentro de este radio, sólo puede operar una (1) maquinaria a la vez. Esta medida debe implementarse al inicio de la Fase de Construcción y se mantiene durante toda la duración de esta fase.
c) Predicción de los niveles de ruido considerando medidas Para verificar el cumplimiento normativo de las medidas a implementar, se realiza una nueva modelación, incorporando dichas medidas en el modelo. A continuación, se presentan los resultados de la predicción de los niveles de ruido luego de incorporada la medida de control ambiental propuesta. A través de los resultados obtenidos de la predicción de los niveles de ruido y las medidas de control incorporadas al modelo, se obtienen los siguientes resultados para la Fase de Construcción:
Fuente: Figura 1-33 de la DIA.
Tal como se puede observar en la tabla anterior, luego de la aplicación de las medidas de control ambiental, las obras y actividades planificadas para la Fase de Construcción del Proyecto cumplen con los máximos permitidos según Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, durante el periodo diurno, en el cual se desarrollan las actividades de construcción, en todos los receptores evaluados, verificando así el cumplimiento en otros receptores más alejados al Proyecto. En numeral 11.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación se presenta como Compromiso Ambiental Voluntario la realización de un Plan de Monitoreo para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
la Fase de Construcción del Proyecto, cuyo objetivo es Verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Fase de operación La operación del parque solar fotovoltaico considera el funcionamiento de distintos dispositivos, los cuales son necesarios para captar, transformar, almacenar y transportar la energía eléctrica generada.
Fase de cierre Dado que la maquinaria y el flujo vehicular para la fase de cierre es similar a la utilizada en la Fase de Construcción, son homologables en magnitud acústica. En numeral 11.1.11 del Informe Consolidado de Evaluación se presenta como Compromiso Ambiental Voluntario la realización de un Plan de Monitoreo para la Fase de Cierre del Proyecto, cuyo objetivo es Verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Mayor información se encuentra en el Anexo 3.15 de la DIA, correspondiente al Estudio de ruido y vibraciones.
Forma de cumplimiento El resultado del estudio de ruido y vibraciones que se presenta en el Anexo 3.15 de la DIA, indica que la predicción de los niveles de ruido del Proyecto cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, no produciendo impacto acústico significativo para las comunidades y viviendas cercanas al Proyecto.
Durante la ejecución del Proyecto se procede conforme a los supuestos establecidos en el estudio de impacto acústico: - Se verifica que las maquinarias no funcionen de manera simultánea en el mismo punto. - Se realizan las obras de construcción en período diurno. - Se utilizan barreras acústicas en receptores determinados. - Se verifica el correcto estado de los vehículos y maquinarias a utilizar durante la ejecución del Proyecto, manteniendo sus respectivos registros. - Se realizan monitoreos de ruido en todos los receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Se lleva registro de la realización de cada monitoreo. De manera posterior a cada monitoreo, se genera un informe con los resultados obtenidos. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto no supera los niveles máximos establecidos en la presente norma no produciendo impacto acústico significativo en la comunidad receptora del lugar, cumpliéndose la normativa vigente tanto en receptores cercanos, como también en receptores más alejados durante todas las fases del Proyecto. Durante todas las etapas del Proyecto el personal que se encuentre trabajando en áreas expuestas a la generación de ruido dispone de elementos de protección auditiva y se cumple con los tiempos de exposición en función de las presiones sonoras. Forma de control y seguimiento Mantener registro de uso de elementos de protección personal ante realización de Fiscalización que la autoridad competente realice al Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.16.
7.22. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Norma Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las fases de construcción, operación y cierre, los trabajadores están expuestos a niveles de ruido producto de las actividades propias del Proyecto .
Fase de Construcción Durante esta fase se produce la mayor emisión de ruido del Proyecto, ya que involucra maquinaria pesada para el movimiento de tierra en la excavación de canalizaciones y para la disposición de los paneles solares en los terrenos pertenecientes al Proyecto.
Fase de operación La operación del parque solar fotovoltaico considera el funcionamiento de distintos dispositivos, los cuales son necesarios para captar, transformar, almacenar y transportar la energía eléctrica generada.
Fase de cierre Dado que la maquinaria y el flujo vehicular para la fase de cierre es similar a la utilizada en la Fase de Construcción, son homologables en magnitud acústica. Forma de cumplimiento Tanto el Proponente como sus contratistas entregan a su personal las protecciones auditivas adecuadas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, o permanecer en dichas zonas por más del tiempo establecido en esta normativa. En ningún caso se permite que trabajadores carentes de protección auditiva personal estén expuestos a niveles de presión sonora continuos equivalentes superiores a 85 dB(A) lento, cualquiera sea el tipo de trabajo Indicador que acredita su cumplimiento Se exige a los operarios de todas las áreas asociadas al Proyecto, la utilización de los Elementos de Protección Personal correspondientes según corresponda (EPP) conforme a la labor realizada. Forma de control y seguimiento Registros en faena de capacitaciones y entrega de EPP con nombre y firma del trabajador Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.17.
7.23. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas o efluentes. Norma Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Se considera la generación de aguas servidas, durante la fase de construcción y cierre en los frentes de trabajo en baños químicos, así como en los servicios higiénicos en las dependencias de la instalación de faenas. En la fase de operación se generan aguas servidas en los servicios higiénicos. Forma de cumplimiento Se da cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Proponente realiza las siguientes acciones: - Durante todas las fases del proyecto (construcción, operación y cierre), se utilizan baños químicos, los cuales son mantenidos y retirados por una empresa autorizada, asegurando la disposición final de los residuos en un lugar autorizado. Además, se implementa una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) para tratar las aguas servidas generadas en las instalaciones de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
faena y servicios higiénicos. El efluente tratado se almacena en un estanque de acumulación de 15 m³ y gestionado para su disposición final en un lugar autorizado, cumpliendo con la normativa vigente. Se presentan antecedentes de la solicitud del PAS 138 en Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación PAS 138. Autorización de SEREMI de Salud de del Libertador Bernardo O’Higgins a empresa de baños químicos. Forma de control y seguimiento Registros en instalación de faenas del retiro y disposición final de residuos de baños químicos por empresa autorizada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.18.
7.24. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas o efluentes. Norma Decreto Supremo N°46/2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento No aplica en ninguna fase; Se menciona la norma solo como referencia. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto no está afecto a esta norma, dado que las aguas servidas generadas en todas sus fases (construcción, operación y cierre) son tratadas en una PTAS antes de su disposición final en un estanque de acumulación de 15 m³, desde donde son gestionadas para su disposición en un lugar autorizado. El sistema no contempla la infiltración del efluente en el suelo, ni el uso de zanjas, drenes, lagunas o pozos de infiltración, por lo que el proyecto no califica como fuente emisora conforme al artículo 4 del D.S. N°46/2002 y no queda sujeto a esta regulación. Además, el proyecto no descarga residuos líquidos industriales ni genera impactos sobre aguas subterráneas. Forma de cumplimiento El Proyecto cumple con la normativa sanitaria aplicable, asegurando que las aguas servidas generadas sean tratadas mediante una PTAS, y su efluente tratado sea gestionado conforme a la normativa vigente en un sitio autorizado. Dado que el proyecto no es una fuente emisora conforme al D.S. N°46/2002, no queda sujeto a la norma ni a la Resolución Exenta N°483/2017. Por su parte, para verificar que se mantienen estas condiciones, se consideran lo siguiente: En las PTAS: Se implementa un autocontrol mediante un monitoreo mensual para verificar cumplimiento de los parámetros físico-químicos de la NCh 1.333, que define “Requisitos para el Agua para Diferentes Usos”, además de realizar chequeos diarios del pH, olor y color del agua tratada previo a su uso para humectación. Adicionalmente se realizan controles mensuales de equipos PTAS para verificar su correcto funcionamiento, y control anual de exceso de lodos. Se mantiene un registro de todos estos controles y se emite un informe semestral a la autoridad sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento - Tratamiento de aguas servidas mediante PTAS con sistema de almacenamiento en estanque de acumulación de 15 m³. - Monitoreo del efluente tratado para asegurar cumplimiento normativo. - Mantención del sistema de tratamiento en óptimas condiciones operativas. - Certificación de disposición final en un lugar autorizado. Forma de control y seguimiento Se mantienen registros de monitoreo del efluente tratado, certificaciones de disposición final y mantenimiento de la PTAS en la oficina administrativa del proyecto, disponibles para fiscalización de la Autoridad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.19.
7.25. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas o efluentes. Norma Decreto Supremo Nº236/1926, del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento No aplica. Se menciona la norma solo como referencia. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto no contempla el uso de fosas sépticas ni cámaras absorbentes, por lo que esta norma no le es aplicable. Durante la fase de construcción, se utilizan baños químicos, los cuales son manejados por una empresa autorizada con permisos sanitarios, en conformidad con el Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. Durante la fase de operación y cierre, el tratamiento de aguas servidas se realiza mediante una PTAS con estanque de acumulación de 15 m³, cuyo efluente se gestiona conforme a la normativa sanitaria vigente. Forma de cumplimiento El proyecto cumple con la normativa sanitaria aplicable mediante la implementación de una PTAS y el uso de baños químicos en la fase de construcción. Dado que no se utilizan fosas sépticas ni alcantarillados particulares, el D.S. N° 236/1926 no aplica. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato de provisión y mantenimiento de baños químicos. Aprobación del PAS 138.
Forma de control y seguimiento Contrato de provisión y mantenimiento de baños químicos en las oficinas del proyecto. Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud. Obtención de RCA y los permisos sectoriales correspondientes PAS 138, a modo de cumplir con los requisitos de la normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.20.
7.26. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones líquidas o efluentes. Norma Código Sanitario. (Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968 del Ministerio de Salud). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Se considera la generación de aguas servidas, en la fase de construcción y cierre, en los servicios higiénicos en las dependencias de la instalación de faenas, y en baños químicos en los frentes de trabajo. En la fase de operación se generan aguas servidas en los servicios higiénicos. Forma de cumplimiento Se da cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Proponente realiza las siguientes acciones: Fase de Construcción y Cierre: Se cuenta con baños químicos para los trabajadores en los frentes de trabajo, de acuerdo con lo indicado por el Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud. Estos son mantenidos y retirados por una empresa autorizada para ello. Se implementa una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con una capacidad de 16.000 litros, diseñada para operar durante las fases de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
construcción y cierre del proyecto. Su efluente tratado se almacena en un estanque de acumulación de 15 m³ y gestionado para su disposición final en un lugar autorizado. En la fase de operación se utiliza la misma PTAS instalada en la fase de construcción para el tratamiento de las aguas servidas domiciliarias. Durante esta fase, el sistema de tratamiento permanece operativo para los trabajadores encargados de la mantención del parque. El efluente tratado se almacena en un estanque de acumulación y transportado a un sitio autorizado, sin descarga en cuerpos de agua ni infiltración en el suelo. Se presentan antecedentes de la solicitud del PAS 138 en Anexo 7 de la Adenda complementaria Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación PAS 138. Resolución sanitaria de autorización de Proyecto y funcionamiento del sistema particular de alcantarillado. Forma de control y seguimiento Se implementa un programa de monitoreo y mantención periódica de la PTAS para garantizar su correcto funcionamiento. Se registra la gestión de residuos líquidos y el retiro de lodos, asegurando su correcta disposición final en cumplimiento con la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.21.
7.27. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos. Norma Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto: Estos corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de materia orgánica, papeles, bolsas, envases de alimentos, entre otros.
Residuos sólidos no peligrosos generados por el Proyecto: Estos residuos corresponden a Chatarra ferrosa (plásticos), Restos de cables, Embalajes plásticos, Madera (pallet), Embalajes cartón, entre otros. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a RD: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado.
Residuos sólidos no peligrosos: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado. En función de lo indicado, en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes asociados al PAS 140. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria. Autorización de transportistas. Aprobación de PAS 140. Forma de control y seguimiento Registro y control sobre la cantidad y tipo de residuos dispuestos temporalmente en los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.22.
7.28. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos. Norma Decreto Supremo N°594/1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto: Estos corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de materia orgánica, papeles, bolsas, envases de alimentos, entre otros.
Residuos sólidos no peligrosos generados por el Proyecto: Estos residuos corresponden a Chatarra ferrosa (plásticos), Restos de cables, Embalajes plásticos, Madera (pallet), Embalajes cartón, entre otros. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a RD: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado.
Residuos sólidos no peligrosos: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado. En función de lo indicado, en el Anexo 8.2 se presentan los antecedentes asociados al PAS 140. Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación de PAS 140. Autorización sanitaria. Autorización de transportistas. Forma de control y seguimiento Registro y control sobre la cantidad y tipo de residuos dispuestos temporalmente en los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos. Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.23.
7.29. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos. Norma Decreto Supremo N°1/2013, del Ministerio de Medio Ambiente. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica En las fases construcción, operación y cierre, todos los residuos sólidos generados son clasificados por tipo de residuo, y almacenados temporalmente en sitios destinados para tal fin, cumpliendo las condiciones y requerimientos específicos de cada uno. Posteriormente, son trasladados y dispuestos en sitios autorizados o manejados de acuerdo con la normativa legal vigente, por empresas debidamente autorizadas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de cumplimiento El Proponente del Proyecto realiza la declaración de sus residuos, emisiones y productos prioritarios (paneles y embalajes) a través de la plataforma de Ventanilla Única del RETC según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones anuales de Registros de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Forma de control y seguimiento Registro o copia de la Declaración anual en RETC realizada en la plataforma de RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.24.
7.30. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos. Norma Ley N°20.920/2016. Establece Marco para la Gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, en materia de etiquetado de productos prioritarios. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto genera residuos asimilables a domésticos, y residuos no peligrosos, los cuales algunos corresponden a productos prioritarios, donde califica especialmente la generación de residuos por parte de los paneles fotovoltaicos dañados o deteriorados. Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental favorable se acoge a las indicaciones de esta Ley y en los casos que sea aplicable. Indicador que acredita su cumplimiento El Proponente exige que el retiro de los residuos a reciclar se realice por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes y el certificado que acredite dicha acción. Planilla con registro de envío de residuos a reciclaje: el registro incluye sitio de destino, volumen de carga a reciclar, nombre de encargado y fecha de reciclaje. Forma de control y seguimiento Se mantiene el registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.25.
7.31. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/1990, Ministerio de Salud. Materias que requieren autorización sanitaria expresa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados por el Proyecto: Estos corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de materia orgánica, papeles, bolsas, envases de alimentos, entre otros.
Residuos sólidos no peligrosos generados por el Proyecto: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Estos residuos corresponden a Chatarra, plásticos, Restos de cables, Embalajes plásticos, Madera (pallet), Embalajes cartón, entre otros. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a RD: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado.
Residuos sólidos no peligrosos: Estos residuos son acopiados temporalmente al interior de contenedores en sitio habilitado para estos fines, desde donde son retirados por terceros autorizados rumbo a un sitio de disposición final autorizado. En el Anexo 8 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos del PAS 140. Indicador que acredita su cumplimiento Copias de los contratos relativos a la empresa de residuos y de la misma forma se mantiene copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista de los residuos industriales. Obtención del PAS 140, a modo de cumplir con los requisitos de la normativa. Solicitud y obtención de autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento Mantener los registros de cantidad y tipo de residuos de residuos dispuestos en los sitios de disposición final en la instalación de faena del Proyecto. Mantención de faena de las autorizaciones sanitarias. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.26.
7.32. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de residuos peligrosos durante las fases de construcción, operación y cierre. En el Anexo 9 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos del PAS 142. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos generados en las distintas fases son almacenados en una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Allí se mantienen los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N° 148/2003. Este etiquetado se mantiene desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. Los residuos peligrosos a generar por el Proyecto para todas sus fases son los siguientes:
Características de peligrosidad RESPEL a Almacenar
Nombre del Residuo Peligroso Clasificación de peligrosidad artículo 18, D.S. 148/04 Clasificación de peligrosidad artículo 90, D.S. 148/04 Características de peligrosidad Aceites Usados I.8 A 3020 Toxicidad crónica Paños y EPP Contaminados con Aceite, Filtros usados I.8 A 3020 Toxicidad crónica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Tubos Fluorescentes II.11 A1180 Toxicidad crónica Pilas y Baterías II.8 A1180 Toxicidad crónica Envases de pintura y solvente, Tóners. I.12 A 4070 Toxicidad crónica Paneles Fotovoltaicos II.8 A 1180 Toxicidad crónica
Durante la fase de construcción (6 meses) Se prevé la generación de residuos peligrosos como aceites lubricantes usados, paños contaminados, filtros de maquinaria, envases con restos de pintura, disolventes, tóners y pilas. Estos se originan principalmente en actividades de montaje y mantenimiento de equipos. Su manejo se realiza en el área de bodega RESPEL temporal, segregando residuos según tipo y compatibilidad química. Durante la fase de operación (40 años), la generación de residuos peligrosos está asociada al mantenimiento periódico del sistema eléctrico y del sistema BESS. Se incluyen aceites usados, filtros contaminados, luminarias con mercurio, baterías deterioradas y eventualmente paneles dañados. Todos estos residuos son manipulados bajo procedimientos estandarizados del proyecto, registrados y controlados mediante sistema trazable (RETC). Durante la fase de cierre (6 meses), se proyecta una mayor generación de residuos peligrosos por el desmantelamiento de módulos fotovoltaicos, retiro de baterías, residuos eléctricos y electrónicos. Por criterio precautorio y conforme al ORD. N°2516 del Ministerio de Salud, los módulos son tratados como residuos peligrosos. El plan de cierre considera la segregación, almacenamiento seguro y traslado a gestores autorizados.
Respecto de la peligrosidad de los paneles, cabe indicar que los paneles averiados o en desuso son considerados de manera precautoria como residuos peligrosos, conforme al ORD. 2516 del 01 de junio de 2022 del Ministerio de Salud.
El manejo de los residuos dentro de la bodega se regulariza mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Se exige que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos cuente con autorización sanitaria vigente. El almacenamiento en la bodega de residuos peligrosos como máximo 6 meses. según lo establecido en el artículo 31 del Decreto Supremo N°148/2013, del Ministerio de Salud, período en el cual son retirados por empresas externas autorizadas y posteriormente llevados a disposición final en sitios especialmente habilitados para ello y autorizados por la Autoridad sanitaria. Para el manejo de los paneles en desuso, durante la fase de construcción se estima la generación de 650 kg de paneles solares en desuso y su retiro se realiza de manera semestral, asegurando una adecuada gestión de los residuos hasta su disposición final en un sitio autorizado o su devolución al proveedor, según garantías aplicables. Durante la fase de operación el recambio de módulos fotovoltaicos se realiza únicamente en caso de fallas o desperfectos, con una estimación de 2 módulos averiados por mes, lo que equivale a 65 kg anuales, por lo que la frecuencia de retiro se realiza de manera semestral y al finalizar la vida útil de los paneles solares (fase de cierre), se estima un volumen total de 961.740 kg de paneles en desuso. Estos son cargados in situ y transportados de inmediato por una empresa autorizada, priorizando su reutilización o reciclaje a través de empresas especializadas como Pañiwue Sustentable Ltda, Solarix, u otro equivalente.
Manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos: • Los residuos peligrosos generados se almacenan temporalmente en una bodega diseñada conforme a los requerimientos del Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. Estos residuos están en contenedores etiquetados e Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
identificados según la normativa vigente, desde el almacenamiento hasta su disposición final. El retiro y disposición final se realiza por empresas externas autorizadas, con un período máximo de almacenamiento de 6 meses, según lo establecido en el artículo 31 del Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. La disposición final se lleva a cabo en sitios especialmente habilitados y autorizados por la Autoridad Sanitaria. •El manejo dentro de la bodega se regula mediante fichas de ingreso y egreso de residuos, garantizando un control periódico. Además, los sitios de disposición final seleccionados deben contar con autorización sanitaria vigente. Indicadores de cumplimiento: •Oficios de la SEREMI de Salud que autorizan el Proyecto y el funcionamiento de la bodega de residuos peligrosos. •Contratos o certificados de empresas autorizadas para el transporte y disposición de residuos peligrosos.
Forma de control y seguimiento: •Registros de recepción de residuos emitidos por la empresa encargada de la disposición final. •Copia de los certificados de retiro y disposición final. •Declaraciones de generación de residuos peligrosos realizadas a través del Sistema de Ventanilla Única en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).
En el Anexo 9 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos del PAS 142, actualizados. Indicador que acredita su cumplimiento Oficios de SEREMI de Salud que autoriza Proyecto y funcionamiento de la Bodega de residuos peligrosos. Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Copia del registro de los certificados de retiro y disposición final de residuos peligrosos en lugar autorizado mediante transportistas autorizado y declaraciones de generación de residuos peligrosos realizado a través del Sistema de Ventanilla Única en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.2.27.
7.33. COMPONENTE/MATERIA: Agua. Norma Código de Aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la construcción de alcantarillas tipo cajón de hormigón armado en los puntos de cruce del camino y cerco perimetral sobre un cauce natural identificado en la zona de emplazamiento. Estas estructuras están diseñadas para permitir el escurrimiento del agua considerando periodos de retorno de 50 y 100 años. No se contempla la extracción ni explotación de aguas superficiales o subterráneas, ni la eliminación de aguas servidas o residuos industriales líquidos en cauces o por infiltración. Forma de cumplimiento El Proyecto no considera la extracción y/o explotación de aguas de cauces superficiales ni aguas subterráneas. Tampoco considera la eliminación de aguas servidas o residuos industriales líquidos en cauces o infiltración. Por la naturaleza del Proyecto, la cual considera la instalación de paneles fotovoltaicos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
sobre pilotes, no se altera la capacidad de recarga del acuífero o la capacidad de escurrimiento. Para el consumo de agua potable por parte del personal, se utilizan bidones de agua embotellada provistos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, cumpliendo lo indicado en el Título II del Decreto Supremo N°735/1969 y el artículo 13 del Decreto Supremo N°594/2000 del Ministerio de Salud. El agua para uso industrial se abastece mediante camiones aljibe, sin realizar extracciones desde fuentes naturales. Se mantienen registros actualizados de contratos, guías de despacho y permisos de los proveedores. Adicionalmente, el Proyecto contempla la construcción de obras de atravieso en puntos donde caminos internos y el cerco perimetral intersectan con el cauce C_01 (ver figura a continuación). Estas obras corresponden a alcantarillas de cajón de hormigón armado (OA 01 y OA 03), las cuales han sido diseñadas según los requisitos establecidos en el Permiso Ambiental Sectorial N°156 del Reglamento del SEIA, en conformidad con el Código de Aguas.
Fuente: Figura 10 del Adenda Complementaria. Ubicación de cauces y obras PAS 156.
El diseño hidráulico se desarrolló mediante modelación bidimensional utilizando el software HEC-RAS 6.5, considerando caudales máximos instantáneos para los periodos de retorno de 50 y 100 años, obtenidos mediante el método racional. El análisis completo se encuentra en el Anexo 2. Actualización Estudio de Inundación, Apéndice 1. Análisis Hidrológico EI y Apéndice 2. Memoria Hidráulica, mientras que la infraestructura diseñada se incluye en el Anexo 11. Actualización PAS 156. Estas medidas aseguran que el proyecto no altera negativamente el régimen hidráulico de los cauces ni la morfología del lecho, garantizando el cumplimiento de los artículos 41 y 171 del DFL N°1122/81 del Ministerio de Justicia (Código de Aguas). Indicador que acredita su cumplimiento El otorgamiento del PAS 156 del Reglamento del SEIA, previo al inicio de las obras y la ejecución de estas según corresponda y Resolución DGA para la construcción de las obras y su recepción definitiva. Forma de control y seguimiento Copia física e integra del PAS 156 del Reglamento del SEIA, en las dependencias del Proyecto y revisión en terreno de la ejecución de las obras según lo establecido en la evaluación ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.1.
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7.34. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación. Norma Decreto Supremo N°4.363/1931, del Ministerio de Tierras Colonización. Aprueba Texto Definitivo de la Ley de Bosques; Decreto Ley N° 2565/1979 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el Decreto Ley N° 701/74; y Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica La Habilitación de las obras del Proyecto durante la fase de construcción, se asocia con la corta de plantación forestal. La implementación de caminos internos, módulos fotovoltaicos y cerco perimetral, requieren de la intervención de 2,66 ha de Bosque Nativo.
Detalle de superficies a intervenir de bosque nativo
Obra Superficie (ha) Superficie de intervención de bosque nativo (ha) Área de paneles 10,63 2,07 Caminos 0,73 0,35 Cerco perimetral 0,10 0,11 Instalaciones 0,14 0,10 Total 11,60 2,66 Fuente: Anexo 10 de la Adenda Complementaria
En Anexo 10 de la Adenda Complementaria, se presentan los contenidos asociados al PAS 148. Forma de cumplimiento Aprobación de PAS 148 y por la autoridad competente basado en la legislación vigente. Reforestación con especies del mismo tipo forestal Esclerófilo intervenido, cuya densidad total es de 750plantas/ha. Se corta la vegetación exclusivamente aprobada y autorizada para la construcción de las obras del Proyecto. Se realiza control mecánico o manual de malezas en el lugar de plantación, durante los primeros años de modo de evitar la competencia de la planta, para de esta manera favorecer su desarrollo radicular y la captación de agua de precipitaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso Ambiental Sectorial N° 148 del Reglamento del SEIA. Previo a las labores de despeje, el Proponente del Proyecto debe tramitar sectorialmente el Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles, el cual debe de ser aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). En Apéndice 1 del Anexo 10 de la Adenda complementaria, se incorpora Formulario CONAF para “Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles” (Para efecto del Artículo 21º, Ley 20.283). Se establecen las prescripciones técnicas que permitan asegurar la sobrevivencia de al menos el 75% de las especies utilizadas en un lapso no mayor a diez (10) años. Los sectores o rodales que posean una supervivencia inferior al 75% de la densidad inicial de plantación, son replantados en la siguiente temporada invernal, con el número de plantas necesario para recuperar la densidad inicial comprometida. Forma de control y seguimiento Tramitación sectorial del PAS 148 una vez obtenida la RCA aprobatoria del Proyecto. La mantención de la reforestación se realiza al menos durante dos (2) años a contar de la plantación de los rodales, posteriormente una vez al año, en un máximo de 5 años, hasta establecer la auto sustentabilidad ecológica. Adicionalmente se realiza un monitoreo cada dos años por toda la vida útil del proyecto para evaluar la sobrevivencia general de la plantación, esta medida Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
busca evaluar en qué estado se cuenta la plantación y proponer nuevas medidas de ser necesario que permitan asegurar la sobrevivencia por el periodo indicado. Al cabo de dos años de mantención, se realiza un estudio de prendimiento de manera de poder estimar el éxito de la reforestación y la necesidad de replante. Se debe considerar la fertilización de todos los ejemplares plantados, tanto originales como de replante durante el segundo año de mantención. Al cabo del primer año de la reforestación se realiza un informe del estado de las reforestaciones y se remite a la CONAF.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.2.
7.35. COMPONENTE/MATERIA: Flora y fauna. Norma Decreto N°29/2012, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica AI Flora y vegetación: En el Área de Influencia se detectaron cinco (5) formaciones vegetacionales, correspondientes a las formaciones de pradera con árboles, pradera, bosque nativo, quebrada y formación arbórea. Adicionalmente se identificó una formación no vegetal, correspondiente a caminos. Acorde a las estipulaciones contenidas en la Ley N° 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y según lo descrito en el Ordinario N° 528/2001 de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), dentro del área de influencia se encontró la presencia de Bosque Nativo, por lo que se presenta el Permiso Ambiental Sectorial N°148 en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Por otro lado, ninguna de las unidades de vegetación descritas corresponde a plantaciones forestales, comunidades de formación xerofítica o bosque nativo de preservación por el art. 19° o 22°, por lo que se descarta la necesidad de presentar los PAS 149, 150, 151 y 152. El estado de conservación de las especies registradas se estableció según los resultados oficiales de los 19 procesos de clasificación de especies (Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, MMA, 2023). De acuerdo con ello, se identificaron cuatro (4) especies en el área de influencia del proyecto que se encuentran en alguna categoría de conservación, correspondientes a Adiantum chilense (preocupación menor), Calydorea xiphioides (vulnerable), Cheilanthes mollis (preocupación menor) y Echinopsis chiloensis (casi amenazada). El Proyecto implica la intervención sobre ejemplares de Calydorea xiphioides, por lo tanto, se presenta un manejo biológico de la especie herbácea endémica Calydorea xiphioides, la cual se encuentra actualmente en categoría de conservación Vulnerable-Rara (VU-R), de acuerdo al reglamento de clasificación de especies (RCE), Decreto Supremo N°50/2008, del MINSEGPRES. Además, el Proyecto también implica la intervención sobre ejemplares de Echinopsis chiloensis, por lo que se presenta un manejo biológico de la especie suculenta en categoría de conservación Casi amenazada (NT) de acuerdo al reglamento de clasificación de especies (RCE), Decreto Supremo N°41/2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
AI Fauna: Durante las campañas de terreno se registró dentro del área de influencia del Proyecto un total de 48 especies de vertebrados terrestres silvestres. Estos corresponden a 0 anfibios, 4 reptiles, 38 aves y 6 mamíferos. De las 48 especies registradas, 08 se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), 4 reptiles y 4 mamíferos. Estas corresponden a Galvarinus chilensis, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus, Liolaemus tenuis, Lycalopex griseus, Tadarida brasiliensis y Spalacopus cyanus clasificadas como preocupación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
menor (LC) y la especie Lasiurus villosissimus clasificada como insuficientemente conocida (DD). Se registraron siete (7) especies de origen endémico. Estas corresponden a 2 reptiles, 3 aves y 2 mamíferos (Galvarinus chilensis, Liolaemus tenuis, Nothoprocta perdicaria, Pseudasthenes humicola, Scytalopus fuscus, Spalacopus cyanus y Myotis arescens). En el Proyecto e se cuenta con el registro de madrigueras activas de cururos susceptibles de ser afectadas por las actividades de construcción del Proyecto, en sitios en donde se emplazan las obras, por ende, se establecerá dentro de sus Compromisos Ambientales Voluntarios, la realización de un Plan de Perturbación Controlada de cururos (Spalacopus cyanus). Forma de cumplimiento Presentación PAS 148. Plan de manejo biológico Tahay. Plan de manejo biológico Quisco. Plan de Perturbación Controlada de cururos (Spalacopus cyanus). Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación del PAS 148 El Plan de Perturbación Controlada de cururos cuenta con dos indicadores de éxito: Posterior a las actividades de perturbación, se realiza un recorrido pedestre en los sectores en los cuales se realizó la actividad de perturbación controlada, con la finalidad de verificar si se observa presencia de individuos o señales de actividad de la especie objetivo de este Plan en las madrigueras activas en las que se realizó la perturbación. Por lo tanto, la perturbación controlada se considera efectiva, cuando, al realizar el recorrido de verificación, no se observen individuos ni signos de actividad en áreas en donde se registraron madrigueras activas, tales como registros auditivos, remoción reciente de tierra, huellas, entre otros. En caso de no lograr dicha efectividad, se debe implementar nuevamente la metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los ejemplares que se encuentren aún en el lugar o que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo, se da por liberada el área al alcanzarse la efectividad esperada, permitiendo el ingreso de maquinaria para el roce y despeje de vegetación y/o acondicionamiento de suelo para el inicio de la construcción de las obras. Para evaluar el éxito de la implementación de la perturbación controlada, se contempla la verificación de mayor actividad de la especie objetivo y presencia de madrigueras activas, en los sitios de destino de forma tal de registrar la presencia y actividad de la población residente.
Del Plan de manejo biológico de Tahay El indicador de cumplimiento del Plan de Manejo Biológico de Calydorea xiphioides se establece en función de la tasa de sobrevivencia de los individuos relocalizados, fijando un umbral de éxito del 50% de supervivencia. En caso de evidencias de depredación por fauna silvestre, este criterio se ajusta a una tasa del 30%, considerando que la herbivoría es un proceso natural en la zona del proyecto. Para asegurar la efectividad de la medida, se contempla el trasplante de un 25% adicional de individuos obtenidos mediante el rescate de germoplasma y viverización. El cumplimiento de este criterio se evalúa mediante monitoreos periódicos y la elaboración de informes que incluye la tasa de supervivencia, registros de depredación y medidas correctivas si es necesario. En caso de no alcanzarse los porcentajes establecidos, se ejecutan acciones adicionales de reubicación y manejo para garantizar la estabilidad de la población relocalizada.
Del Plan de manejo biológico Quisco: El indicador de cumplimiento del plan de rescate y relocalización de Echinopsis chiloensis corresponde a una tasa de establecimiento favorable del 90% de los ejemplares trasplantados. Para evaluar este indicador, se realizarán monitoreos estacionales durante un período de cinco años, analizando variables como el estado sanitario, vigor, incidencia de plagas o enfermedades, daño por depredación y estado fenológico de los individuos reubicados. En caso de que el porcentaje de sobrevivencia sea inferior al 90%, se implementan medidas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
correctivas, como la replantación de nuevos ejemplares mediante material viverizado, hasta alcanzar el umbral de éxito definido.
Forma de control y seguimiento Plan de Perturbación Controlada: Seguimiento semanal (4) del primer mes: presencia de las especies objetivo en el sitio de destino y ocupación del enriquecimiento de hábitat. Seguimiento al segundo, tercer mes y época de mayor actividad (3): número de madrigueras activas de la especie objetivo en el sitio de destino. Conclusiones sobre el éxito observado del Plan finalizadas las campañas de seguimiento. Además, se adjuntan las planillas de reportes de biodiversidad en la versión que se solicite en el momento de la ejecución del Plan de Perturbación Controlada.
El Plan de manejo biológico: Para el caso de Calydorea xiphioides, se contemplan los siguientes monitoreos, los cuales van a ser emitidos a la SMA: • Informe de Rescate: Se envía a la SMA un mes después de finalizado el almacenamiento de los ejemplares. Este informe documenta las labores de recolección, almacenamiento y secado, incluyendo registros fotográficos y parámetros técnicos específicos. • Informe de Relocalización: Se envía a la SMA un mes después de la finalización de la relocalización. Contiene información sobre las labores de reubicación, imágenes del proceso, coordenadas del sitio de relocalización y señalización del área. • Primer monitoreo: Se realiza 30 días después de la plantación y relocalización para verificar el estado de los ejemplares y el cumplimiento de las medidas de protección. El informe correspondiente se envía a la SMA 30 días después de la inspección. • Segundo monitoreo: Se lleva a cabo dos años después del primer monitoreo, en primavera, para evaluar la adaptación y desarrollo de los individuos relocalizados. • Medidas correctivas: Si la tasa de éxito no se cumple, se aplican medidas de ajuste y un tercer monitoreo al quinto año para evaluar la efectividad de estas acciones. • Monitoreo final: Se ejecuta dos años antes del cierre del proyecto, con el objetivo de verificar la persistencia de la población reubicada y, si es necesario, aplicar nuevas medidas compensatorias
En el caso de la especie Echinopsis chiloensis, se contemplan los siguientes monitoreos, los cuales van a ser emitidos a la SMA: • Primer monitoreo: Se realiza 30 días después de la relocalización, con entrega de informe dentro de los 30 días posteriores. • Monitoreos estacionales: Evaluación trimestral (otoño, invierno, primavera y verano) durante cinco años, verificando: - Número de ejemplares establecidos. - Estado sanitario (incidencia de hongos, plagas o enfermedades). - Daño por depredación. - Vigor y crecimiento. - Altura y estado fenológico (floración, fructificación, dispersión de semillas). • Monitoreo previo al cierre del proyecto: Dos años antes del fin de la operación, para verificar la tasa de éxito y aplicar medidas correctivas si es necesario. • Entrega de informes: - Trimestrales a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). - Anual consolidado posterior a los monitoreos del mismo año. - Informe final con evaluación global del programa y tasa de éxito. • Acciones correctivas: Si la tasa de supervivencia es menor al 90%, se realizará replantación con material viverizado hasta alcanzar el umbral de éxito. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.3. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
7.36. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación. Norma Decreto Supremo N°41/2023, del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba y oficializa clasificación de especies, según su estado de conservación, sexto proceso. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Áreas de emplazamiento de las obras del Proyecto que requieren de intervención directa de la vegetación, tales como, patio de maniobras, cerco perimetral, caminos internos y paneles solares, cubriendo una superficie total de 19,09 ha. En dichas áreas fue posible registrar la presencia de la Especie en Categoría de Conservación Casi amenazada (NT), Echinopsis chiloensis. El registro se obtuvo a través del levantamiento de flora y vegetación del Proyecto, la cual fue actualizada en el Anexo 3.6 de la Adenda, por medio de las campañas de muestreo y microruteo realizado en el área de influencia del Proyecto. Forma de cumplimiento Se elabora un programa de rescate y relocalización de la especie Echinopsis chiloensis que se ve intervenida por el emplazamiento del Proyecto, permitiendo rescatar y relocalizar a los ejemplares en sectores del predio que no son intervenidos por las obras y/o partes del Proyecto, el cual se encuentra en el Anexo 13 Apéndice 2 plan de manejo biológico Quisco de la Adenda Complementaria.
Previo al inicio de la etapa de construcción, las cuales garantizan la protección y conservación de la flora y vegetación presentes en el área del Proyecto, se realizan las siguientes actividades:
Charlas de Inducción Ambiental realizada por profesional acreditado El personal se informa del deber de proteger la flora que se presenta en el área del Proyecto. Se prohíbe el tránsito de vehículos por lugares que no correspondan a los caminos del proyecto.
Por otra parte, se incluyen temas asociados a la prevención de incendios, en las charlas de capacitación a emplear con el personal que trabaje en las labores de rescate y relocalización de quiscos, considerando: - Prohibición del uso del fuego en áreas de trabajo, así como las instrucciones de práctica básica sobre el combate de incendios. - Utilización de los equipos y herramientas que se utilizan para realizar la limpieza de vegetación, para el combate inicial de un incendio, tales como palas, rozones, rastrillos, entre otros. - Se realiza un procedimiento escrito que indique como actuar en caso de incendio, el primer paso es avisar a los organismos pertinentes, dicho documento debe siempre encontrarse de forma física y ser de fácil acceso, y debe contar con los números telefónicos de emergencias de Bomberos (132), Carabineros (133) y CONAF (130).
Ante la eventualidad de un incendio forestal y/o vegetación, se debe priorizar el resguardo de las vidas humanas, privilegiando que el combate sea efectuado por personal especializado de CONAF, Bomberos, etc.
Respecto al plan de manejo biológico: Durante la campaña de Microruteo, se identifica y marca a los ejemplares de la especie objetivo sujetos a relocalización por emplazarse en sectores de obras permanentes y temporales del Proyecto y se debe entregar un informe durante el plazo de 30 días hábiles con los siguientes contenidos: - Fecha de la campaña. - Metodología de Microruteo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Identificación, cuantificación y georreferenciación de los ejemplares de Echinopsis chiloensis.
- El área de relocalización corresponde a las mismas unidades vegetacionales identificadas en el área de influencia. Indicador que acredita su cumplimiento
- Aprobación del rescate y relocalización de la Echinopsis Chiloensis
- Charlas de inducción al personal aprobadas.
- El indicador de cumplimiento del plan de rescate y relocalización de Echinopsis chiloensis corresponde a una tasa de establecimiento favorable del 90% de los ejemplares trasplantados. Para evaluar este indicador, se realizan monitoreos estacionales durante un período de cinco años, analizando variables como el estado sanitario, vigor, incidencia de plagas o enfermedades, daño por depredación y estado fenológico de los individuos reubicados. En caso de que el porcentaje de sobrevivencia sea inferior al 90%, se implementan medidas correctivas, como la replantación de nuevos ejemplares mediante material viverizado, hasta alcanzar el umbral de éxito definido.
Forma de control y seguimiento • Primer monitoreo: Se realiza 30 días después de la relocalización, con entrega de informe dentro de los 30 días posteriores. • Monitoreos estacionales: Evaluación trimestral (otoño, invierno, primavera y verano) durante cinco años, verificando: - Número de ejemplares establecidos. - Estado sanitario (incidencia de hongos, plagas o enfermedades). - Daño por depredación. - Vigor y crecimiento. - Altura y estado fenológico (floración, fructificación, dispersión de semillas). • Monitoreo previo al cierre del proyecto: Dos años antes del fin de la operación, para verificar la tasa de éxito y aplicar medidas correctivas si es necesario. • Entrega de informes: - Trimestrales a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). - Anual consolidado posterior a los monitoreos del mismo año. - Informe final con evaluación global del programa y tasa de éxito. • Acciones correctivas: Si la tasa de supervivencia es menor al 90%, se realiza replantación con material viverizado hasta alcanzar el umbral de éxito. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.4
7.37. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación. Norma Decreto N°50/2008, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Aprueba y oficializa nómina para el segundo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El área de rescate corresponde a las áreas de emplazamiento de las obras del Proyecto que requieren de intervención directa de la vegetación herbácea, que implique la realización de movimientos de tierra, tales como los caminos internos, cerco perimetral, o instalación de edificaciones como bodegas, estacionamientos y BESS, al interior del Proyecto, el cual abarca una superficie total de 19,1 ha. En dichas áreas fue posible registrar la presencia de la Especie en Categoría de Conservación Casi vulnerable (VU), Calydorea xiphioides. El registro se obtuvo a través del levantamiento de flora y vegetación del Proyecto, la cual fue actualizada en el Anexo 3.6 de la Adenda, por medio de las campañas de muestreo realizado en el área de influencia del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de cumplimiento Se elabora un plan de manejo biológico de la especie Calydorea xiphioides que se ve intervenida por el emplazamiento del Proyecto, permitiendo rescatar y relocalizar a los ejemplares en sectores del predio que no son intervenidos por las obras y/o partes del Proyecto, el cual se encuentra en el Anexo 13 Apéndice 2 Plan de Manejo Biológico de Tahay de la Adenda Complementaria.
• Marcaje de Individuos: Se delimitan polígonos en el área del proyecto con estacas fosforescentes antes del inicio de la construcción.
• Colecta de Germoplasma: Se rescatan semillas y bulbos en fechas posteriores a la floración. Si la dispersión de semillas no ocurre naturalmente antes del inicio del proyecto, se realiza una excavación de 20-25 cm para extraer órganos caulinares.
• Almacenamiento Temporal: En caso de que la relocalización no se realice de inmediato, los bulbos se almacenan en bolsas de papel a 17°C para evitar deshidratación o congelamiento.
• Reubicación: Se recomienda la plantación de los individuos después de las primeras lluvias, antes del movimiento de tierras del proyecto. Los bulbos deben ser enterrados a una profundidad de 20-25 cm, con riego manual dos veces al mes en primavera y verano.
• Protección y Señalética: Se instalan cercos perimetrales para evitar el ingreso de vehículos y fauna, junto con señaléticas informativas. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento del Plan de Manejo Biológico de Calydorea xiphioides se establece en función de la tasa de sobrevivencia de los individuos relocalizados, fijando un umbral de éxito del 50% de supervivencia. En caso de evidencias de depredación por fauna silvestre, este criterio se ajusta a una tasa del 30%, considerando que la herbivoría es un proceso natural en la zona del proyecto. Para asegurar la efectividad de la medida, se contempla el trasplante de un 25% adicional de individuos obtenidos mediante el rescate de germoplasma y viverización. El cumplimiento de este criterio se evalúa mediante monitoreos periódicos y la elaboración de informes que incluyen la tasa de supervivencia, registros de depredación y medidas correctivas si es necesario. En caso de no alcanzarse los porcentajes establecidos, se ejecutan acciones adicionales de reubicación y manejo para garantizar la estabilidad de la población relocalizada. Forma de control y seguimiento • Informe de Rescate: Se envía a la SMA un mes después de finalizado el almacenamiento de los ejemplares. Este informe documenta las labores de recolección, almacenamiento y secado, incluyendo registros fotográficos y parámetros técnicos específicos. • Informe de Relocalización: Se envía a la SMA un mes después de la finalización de la relocalización. Contiene información sobre las labores de reubicación, imágenes del proceso, coordenadas del sitio de relocalización y señalización del área. • Primer monitoreo: Se realiza 30 días después de la plantación y relocalización para verificar el estado de los ejemplares y el cumplimiento de las medidas de protección. El informe correspondiente se envía a la SMA 30 días después de la inspección. • Segundo monitoreo: Se lleva a cabo dos años después del primer monitoreo, en primavera, para evaluar la adaptación y desarrollo de los individuos relocalizados. • Medidas correctivas: Si la tasa de éxito no se cumple, se aplican medidas de ajuste y un tercer monitoreo al quinto año para evaluar la efectividad de estas acciones. • Monitoreo final: Se ejecuta dos años antes del cierre del proyecto, con el objetivo de verificar la persistencia de la población reubicada y, si es necesario, aplicar nuevas medidas compensatorias. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.5.
7.38. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación. Norma Ley Nº20.283, Ley de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Las obras asociadas a la fase de construcción del proyecto corresponden a la implementación de caminos internos, módulos fotovoltaicos y cerco perimetral. Dichas obras requieren de la intervención de 2,66 ha de Bosque Nativo.
Detalle de superficies a intervenir de bosque nativo Obra Superficie (ha) Superficie de intervención de bosque nativo (ha) Área de paneles 10,63 2,27 Caminos 0,73 0,36 Cerco perimetral 0,10 0,02 Instalaciones 0,14 0,01 Total 11,60 2,66 Fuente: Anexo 10 de la Adenda Complementaria.
En Anexo 10 de la Adenda Complementaria se presenta los contenidos asociados al PAS 148. Por su parte, en el Anexo 3.6 de la Adenda, se encuentra la Actualización de la caracterización de Flora y Vegetación.
Forma de cumplimiento Las especies de flora y vegetación tanto nativa como alóctona son detalladas en el Anexo 3.6 de la Adenda “Caracterización ambiental flora y vegetación”. Con relación a la flora y vegetación intervenida, las especies, cantidad, actividades asociadas a su intervención y las medidas de control y manejo ambiental, estas se encuentran descritas en el Anexo 10 de la Adenda complementaria: Actualización PAS 148, tal como se indica a continuación: Especies nativas intervenidas: Vachellia caven, Lithraea caustica, Quillaja saponaria, Berberis chilensis, Baccharis linearis, Echinopsis chiloensis. Cantidad: La densidad promedio de los rodales afectos a corta es de 632 plantas /ha. Lo comprometido para la reforestación es en una densidad de 750 plantas/ha. Actividades asociadas a su intervención: El objetivo de la corta es la habilitación de áreas cubiertas con bosques nativos del tipo esclerófilo, subtipo espinal, para la construcción del proyecto. Las obras asociadas que provocan esta intervención corresponden a la implementación de caminos internos, módulos fotovoltaicos, cerco perimetral e instalaciones. Dichas obras requieren de la intervención de 2,66 ha de Bosque Nativo. Medidas de control y manejo ambiental: Se presenta un plan de manejo biológico para las dos especies en categoría de conservación Casi Amenazadas: Calydorea xiphioides y Echinopsis chiloensis.
Para el caso de Calydorea xiphioides, el Plan de Manejo Biológico se encuentra en Apéndice 3. del Anexo 13. Actualización Compromisos Ambientales Voluntarios de la presenta Adenda Complementaria, y el verificador de cumplimiento de acuerdo con experiencias asociadas a entes especializados (INIA La Cruz), es un indicador de sobrevivencia del 50% de los ejemplares relocalizados (parámetro de éxito de relocalización). Este parámetro se considera únicamente en caso de no presentarse evidencias de depredación por la fauna silvestre de la zona. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En este último caso, se considera como parámetro la sobrevivencia del 30% de los ejemplares relocalizados, entendiendo que la depredación herbívora sobre las geófitas corresponde a un proceso natural y registrado en el área del Proyecto previo a su ejecución.
Se contemplan los siguientes monitoreos, los cuales van a ser emitidos a la SMA:
Informe de Rescate: se detallan las labores de rescate, secado y almacenamiento de los individuos rescatados, con los registros de los parámetros detallados en el punto 2.5.1 del Apéndice 3 Plan de manejo biológico de Tahay y con fotografías que respalden dichas labores. El informe debe ser entregado durante el primer mes posterior al almacenamiento de los ejemplares.
Informe de Relocalización: se detallan las labores de relocalización con imágenes que respalden las labores, el registro de los parámetros detallados en el punto 2.5.1 Apéndice 3 Plan de manejo biológico de Tahay, las coordenadas del sitio de relocalización e imágenes que detallen la señalización de dicho sitio. El informe debe ser entregado durante el primer mes posterior a finalizadas las labores de relocalización.
Informe de Monitoreo: se detallan los porcentajes de sobrevivencia, evidencias de depredación por herbivoría y medidas complementarias de relocalización en caso de no cumplir con los porcentajes de sobrevivencia. Este informe debe ser entregado en mes posterior al monitoreo efectuado a finales de la temporada estival sucesiva a la relocalización de los ejemplares. Se entrega un segundo informe de Monitoreo en caso de realizarse las medidas complementarias de relocalización. Dicho informe debe detallar los mismos antecedentes enunciados en el presente literal y debe ser entregado durante un mes luego de haber cumplido las tasas de sobrevivencia establecidas. La entrega de informes se realiza a través de la siguiente frecuencia:
Medida Monitoreo y/o Entrega de Informes Rescate
Envío a SMA del informe de rescate un mes posterior a finalizar el almacenamiento de los ejemplares. Relocalización Entrega a SMA de informe un mes posterior a la finalización de la relocalización. Monitoreo * El primer monitoreo se realiza a los 30 días siguientes finalizado el proceso de plantación y relocalización de los individuos, para verificar el estado de los ejemplares y del cumplimiento de las medidas de protección propuestas para el área. Se entrega un informe a SMA 30 días posteriores a la realización del monitoreo. Se realiza un segundo monitoreo durante la época de primavera, a dos años del primer monitoreo. De no haberse cumplido el éxito de la medida propuesta, se aplican las medidas correctivas de reemplazo de individuos y se completa un tercer monitoreo al 5to año sucesivo a la relocalización de los ejemplares para aplicar medidas correctivas en caso de ser necesario y cumplir con el índice de éxito propuesto Se realiza un último monitoreo unos dos años previos, en época de primavera, al inicio de la etapa de cierre del Proyecto, para aplicar las medidas correctivas correspondientes y así asegurar el éxito comprometido. Segundo informe: sólo en caso de requerir medidas complementarias. Este informe se entrega a SMA en el plazo de un mes luego de cumplir con la tasa de sobrevivencia. Fuente: Tabla 22 del Adenda Complementaria. Monitoreo y seguimiento de rescate y relocalización.
En el caso de la especie Echinopsis chiloensis el plan de manejo biológico se encuentra en Apéndice 2 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria. Compromisos Ambientales Voluntarios, y el verificador de cumplimiento Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
corresponde al 90% del establecimiento favorable de los ejemplares trasplantados. Al término del segundo período de monitoreo se evalúa nuevamente este indicador, si este valor demuestra que los resultados de establecimiento arrojan valores menores a 90%, se consideran acciones correctivas que consisten en un plan de revegetación con individuos viverizados y se continua con el programa hasta obtener el 90% del establecimiento favorable de los ejemplares trasplantados.
Se contemplan los siguientes monitoreos, los cuales van a ser emitidos a la SMA: Se realiza un seguimiento de todas las variables que den cuenta del establecimiento exitoso de los ejemplares removidos y trasplantados. Se miden para estos propósitos los siguientes parámetros: - Número de ejemplares. - Estado sanitario: incidencia de hongos, plagas o enfermedades. - Daño por depredación: existencia o no de daño por depredación. - Vigor. - Altura. - Estado fenológico (floración, fructificación, dispersión de semillas).
El monitoreo se realiza por un período de dos años, evaluando los parámetros anteriormente señalados y a través de la frecuencia indicada en la tabla siguiente. Los informes son entregados a la Superintendencia de Medio ambiente (SMA).
Medida Monitoreo y/o Entrega de Informes Rescate de Germoplasma
Monitoreo de desarrollo de semillas 15 días después de ocurridas las primeras lluvias significativas. Entrega de informe en el primer año de construcción. Monitoreo y entrega a SMA de informes con periodicidad cuatrimestral (año 1). Entrega informe consolidado anual a SMA (año 1). Monitoreo y entrega de informe consolidado anual a SMA (año 2). Relocalización *Primer monitoreo se debe realizar 30 días posteriores a la relocalización de los ejemplares. El informe correspondiente a este monitoreo debe entregarse 30 días luego de realizada la visita. - Se deben realizar monitoreos estacionales durante un periodo de 5 años para verificar el estado y prendimiento de la plantación. En caso de no cumplir con el índice de éxito indicado, se deben aplicar las medidas correctivas correspondientes. Se deben entregar informes anuales consolidados posterior a los monitoreos realizados el mismo año a SMA - Se realiza un monitoreo 2 años anteriores al inicio de la fase de cierre del proyecto para verificar el prendimiento de los ejemplares. En caso de no cumplir con el índice propuesto, se aplican las medidas correctivas. Se entrega un informe a SMA luego de realizar el replante. Fuente: Tabla 23 de la Adenda Complementaria. Monitoreo y seguimiento de rescate y relocalización.
Las medidas de control y seguimiento de estas especies están alineadas con los compromisos ambientales voluntarios establecidos en el Anexo 13, incluyendo monitoreos periódicos, reubicación de ejemplares cuando corresponda y la implementación de planes de mitigación conforme a las directrices de la SMA y el SAG. Con estas medidas, el proyecto garantiza que las actividades de intervención y reforestación se realizan bajo los estándares establecidos en la Ley N°20.283 y en conformidad con el PAS 148. Con respecto a lo señalado en el artículo 11 de la Ley 19.300, en el Anexo 4 (Análisis del Artículo 11 de la Adenda Complementaria) se detallan los antecedentes que justifican la inexistencia de impactos significativos para el proyecto, lo que se ve reflejado también en el Anexo 3.6 (Caracterización Flora y Vegetación PFV Emú presentado en la DIA), en donde la caracterización del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
área de influencia muestra que la afectación sobre la sitio no es significativa y las medidas que se adoptan resultan de compromisos voluntarios que adquiere el proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación del PAS 148. Reforestación con especies del mismo tipo forestal Esclerófilo intervenido, cuya densidad total es de 750 plantas/ha. Se corta vegetación exclusivamente aprobada y autorizada para la construcción de las obras del Proyecto. Se realiza control mecánico o manual de malezas en el lugar de plantación, durante los primeros años de modo de evitar la competencia de la planta, para de esta manera favorecer su desarrollo radicular y la captación de agua de precipitaciones. Obtención del Permiso Ambiental Sectorial N° 148 del reglamento del SEIA. Previo a las labores de despeje, el Proponente del Proyecto debe tramitar sectorialmente el Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles, el cual debe de ser aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). En Apéndice 1 del Anexo 10 de la Adenda complementaria, se incorpora Formulario CONAF para “Plan de Manejo Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles” (Para efecto del Artículo 21º, Ley 20.283). Se establecen las prescripciones técnicas que permitan asegurar la sobrevivencia de al menos el 75% de las especies utilizadas en un lapso no mayor a diez (10) años. Los sectores o rodales que posean una supervivencia inferior al 75% de la densidad inicial de plantación, son replantados en la siguiente temporada invernal, con el número de plantas necesario para recuperar la densidad inicial comprometida. Forma de control y seguimiento Tramitación sectorial del PAS 148 una vez obtenida la RCA aprobatoria del Proyecto. La mantención de la reforestación se realiza al menos durante (2) años a contar de la plantación de los rodales, posteriormente una vez al año, en un máximo de 5 años, hasta establecer la auto sustentabilidad ecológica. Adicionalmente se realiza un monitoreo cada dos años por toda la vida útil del proyecto para evaluar la sobrevivencia general de la plantación, esta medida busca evaluar en qué estado se cuenta la plantación y proponer nuevas medidas de ser necesario que permitan asegurar la sobrevivencia por el periodo indicado. Al cabo de dos años de mantención, se realiza un estudio de prendimiento de manera de poder estimar el éxito de la reforestación y la necesidad de replante. Se debe considerar la fertilización de todos los ejemplares plantados, tanto originales como de replante durante el segundo año de mantención. Al cabo del primer año de la reforestación se realiza un informe del estado de las reforestaciones y se remite a la CONAF. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.6.
7.39. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación. Norma Decreto Supremo N°93/2008, del Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica La Habilitación de las obras del Proyecto durante la fase de construcción, se asocia con la corta de bosque nativo. En función de lo indicado, en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria se presentan los contenidos asociados al PAS 148. Por su parte, en el Anexo 3.6 de la Adenda, se encuentra la caracterización de Flora y Vegetación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de cumplimiento Aprobación de PAS 148 y por la autoridad competente basado en la legislación vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso Ambiental Sectorial 148. Forma de control y seguimiento Tramitación sectorial del PAS 148 una vez obtenida la RCA aprobatoria del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.7.
7.40. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación. Norma Decreto N°68/2009, del Ministerio de Agricultura. Establece, Aprueba y Oficializa Nómina de Especies Arbóreas y Arbustivas Originarias del País. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica La Habilitación de las obras del Proyecto durante la fase de construcción, se asocia con la corta de vegetación para la habilitación de las obras del Proyecto. Forma de cumplimiento La caracterización de flora y vegetación presente en el Anexo 3.6 de la Adenda anterior, señala en el listado de la flora, las especies indicadas en este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Anexo 3.6 de la Adenda se encuentra la caracterización de Flora y Vegetación. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.8.
7.41. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación. Norma Decreto N°82/2010, del Ministerio de Agricultura. Aprueba Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento No Aplica Parte, obra o acción a la que aplica Construcción Forma de cumplimiento Producto de la construcción del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento No Aplica Forma de control y seguimiento No Aplica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.9.
7.42. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Ley N°19.473/1996 – Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, pero principalmente durante sus Fases de Construcción y Cierre, dado el número de trabajadores presentes en dicha faena. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especifica contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre o recolectar huevos o crías si existiesen en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementan otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Estas últimas hacen referencia a respetar velocidad máxima de tránsito al interior del área del Proyecto, y transitar con precaución respetando el posible tránsito de algún ejemplar de fauna. Las capacitaciones son realizadas por una vez al inicio de cada Fase. Indicador que acredita su cumplimiento Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de fauna. Formulario de capacitaciones realizadas en cada fase a trabajadores, con fecha y firma de asistentes. Forma de control y seguimiento Registro de realización de capacitaciones, con fecha y firma de asistentes. Los registros elaborados se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.10.
7.43. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Decreto Supremo N°5/1998, del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica La construcción y cierre del Proyecto implica intervenir sectores donde es posible encontrar especies de fauna silvestre (durante la fase de cierre en menor grado). Por otra parte, durante la fase de operación, no se habilitan nuevas obras ni se intervienen áreas adicionales a la intervención realizada durante la fase de construcción. Se requiere para la fase de construcción realizar un plan de perturbación controlada de cururos (Spalacopus cyanus) en el área de intervención directa de obras en la fase de construcción, con el objeto de disminuir los riesgos de posible afectación sobre la especie objetivo. Mediante la ejecución del plan, se pretende el desplazamiento autónomo de los ejemplares hacia los sectores aledaños. Apéndice 1 de la DIA, Plan de Perturbación Controlada de Cururos, de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Cabe señalar que la medida no contempla la caza ni captura de ejemplares, ya que su propósito es promover el desplazamiento autónomo de la especie mediante acciones no invasivas. Forma de cumplimiento El Proponente presenta, como medida de cumplimiento, la ejecución de charlas de capacitación, cuyo objetivo permite minimizar la afectación de la fauna en la zona de influencia, debido a las actividades desarrolladas por parte de los trabajadores del Proyecto.
Para el caso de la perturbación controlada: - Caracterización considerando número de madrigueras activas del sitio de origen y destino al momento de la ejecución del plan. - Registros de cururos y sus madrigueras, previo a la ejecución de la perturbación controlada. - Registros de la remoción de madrigueras dentro del sitio de origen. - Registro del enriquecimiento del sitio de destino y su ocupación.
El plan de perturbación controlada se encuentra en el Anexo 13 de la Adenda complementaria correspondiente a la Actualización de los CAVs, en el Apéndice 1. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones: - Registros realizados en cada fase a trabajadores, con fecha y firma de asistentes. Para el caso de la perturbación controlada: - Los resultados y principales hallazgos del plan de perturbación controlada. - Conclusiones sobre el éxito de las actividades de perturbación controlada. - La perturbación controlada se considera efectiva, cuando, al realizar el recorrido de verificación, no se observen individuos ni signos de actividad en áreas en donde se registraron madrigueras activas, tales como registros auditivos, remoción reciente de tierra, huellas, entre otros. - Verificación de mayor actividad de la especie objetivo y presencia de madrigueras activas, en los sitios de destino de forma tal de registrar la presencia y actividad de la población residente. Forma de control y seguimiento - Registro de realización de capacitaciones, con fecha y firma de asistentes. Los registros elaborados se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad.
Para el caso de la perturbación controlada: - Seguimiento semanal (4) del primer mes: presencia de las especies objetivo en el sitio de destino y ocupación del enriquecimiento de hábitat. - Seguimiento al segundo, tercer mes y época de mayor actividad (3): número de madrigueras activas de la especie objetivo en el sitio de destino. - Conclusiones sobre el éxito observado del Plan finalizadas las campañas de seguimiento. - Planillas de reportes de biodiversidad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.11.
7.44. COMPONENTE/MATERIA: Fauna. Norma Resolución Exenta Nº133, del Ministerio de Agricultura. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Insumos y materiales a ser utilizados por el Proyecto que se encuentren embalados en embalajes de madera. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de cumplimiento El Proponente exige a la o las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la certificación que avalúe que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. N°133. Indicador que acredita su cumplimiento Registro fotográfico de embalajes con marcas de haber sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados o certificado de embalaje según corresponda. Forma de control y seguimiento Se mantienen, en la oficina administrativa del Proyecto, para fiscalización de la Autoridad, los registros fotográficos de embalajes con marcas de haber sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados, o certificado de embalaje según corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.12.
7.45. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley N°17.288. Legisla sobre monumentos nacionales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Conforme al Anexo 3.8 Caracterización Arqueológica presentado en la DIA, no se evidenciaron hallazgos arqueológicos tras la prospección superficial realizada en el emplazamiento de las obras del Proyecto. Sin embargo, durante la fase de construcción del Proyecto se realizan movimientos de tierra y excavaciones que pueden eventualmente asociarse a hallazgos arqueológicos. Forma de cumplimiento En caso de encontrarse hallazgos o sitios arqueológicos, se detiene la obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y se da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Para ello, se cuenta con la presencia de un arqueólogo durante la etapa de construcción del proyecto específicamente en las obras que requieren movimiento de tierra como caminos, zanjas de cableado, subestación eléctrica, para realizar un monitoreo arqueológico de las obras, de modo de controlar las intervenciones a nivel de subsuelo que pudieran revelar las excavaciones y movimientos de tierra que se efectúen en el desarrollo del parque fotovoltaico. Además, se realiza capacitación del personal asociado a la operación de maquinaria relacionada con movimiento de tierra, respecto del procedimiento a seguir en caso de realizarse un hallazgo. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural arqueológico, se da aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de: - Reportes de monitoreo arqueológico. - Informes al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de producirse un hallazgo patrimonial. - Registro de capacitación al personal. Forma de control y seguimiento Aviso a la Autoridad en caso de eventual hallazgo arqueológico / paleontológico. Acta de la capacitación firmada por todos los participantes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.13.
7.46. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Norma Decreto Supremo N°484/1990, del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, publicado en el Diario Oficial el 2 de abril de 1991. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Conforme al Anexo 3.8 Caracterización Arqueológica presentado en la DIA, no se evidenciaron hallazgos arqueológicos tras la prospección superficial realizada en el emplazamiento de las obras del Proyecto. Sin embargo, durante la fase de construcción del Proyecto se realizan movimientos de tierra y excavaciones que pueden eventualmente asociarse a hallazgos arqueológicos. Forma de cumplimiento En caso de encontrarse hallazgos o sitios arqueológicos, se detiene la obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y se da aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Para ello, se cuenta con la presencia de un arqueólogo durante la etapa de construcción del proyecto específicamente en las obras que requieren movimiento de tierra como caminos, zanjas de cableado, subestación eléctrica, para realizar un monitoreo arqueológico de las obras, de modo de controlar las intervenciones a nivel de subsuelo que pudieran revelar las excavaciones y movimientos de tierra que se efectúen en el desarrollo del parque fotovoltaico. Además, se realiza capacitación del personal asociado a la operación de maquinaria relacionada con movimiento de tierra, respecto del procedimiento a seguir en caso de realizarse un hallazgo. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural arqueológico, se da aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de: • Reportes de monitoreo arqueológico. • Informes al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de producirse un hallazgo patrimonial. • Registro de capacitación al personal Forma de control y seguimiento Aviso a la Autoridad en caso de eventual hallazgo arqueológico / paleontológico. Acta de la capacitación firmada por todos los participantes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.3.14.
7.47. COMPONENTE/MATERIA: Energía. Norma Resolución Exenta N°33.277/2020. Dicta pliegos técnicos normativos RPTD Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 contenidos en el artículo 10 del reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica. Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Se aplica a las obras e instalaciones eléctricas correspondientes al Proyecto. Forma de cumplimiento Las instalaciones eléctricas se ajustan a las especificaciones establecidas en las normas técnicas y reglamentos vigentes y el Proponente velara por la correcta operación y mantenimiento de las instalaciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de registro de instalación según estándar SEC. Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. Inspecciones por parte de personal calificado y autorizado de acuerdo con los reglamentos y normas técnicas vigentes. Forma de control y seguimiento Registro de autorizaciones y certificados que correspondan. Inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas del Proyecto por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.1.
7.48. COMPONENTE/MATERIA: Energía. Norma Resolución Exenta N°8454/2021, del Ministerio de Energía. Aprueba instrucción técnica RGR N° 06/2021 que establece el diseño y ejecución de instalaciones de sistemas de almacenamiento de energía a través de batería en instalaciones eléctricas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía basado en baterías BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System), cuyo objetivo es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), a través de la capacidad para acumular la energía excedente que sea generada, de manera de contar con disponibilidad del recurso cuando su demanda así lo requiera, permitiendo reducir pérdida de energía y optimizar el uso del recurso energético.
Ubicación Sistema de almacenamiento BESS
Forma de cumplimiento Para la habilitación de las zonas de almacenamiento de energía, se considera la nivelación, trazado y relleno del terreno en caso de ser necesario, indicando en este punto que el material de excavación se utiliza como relleno para la nivelación de este.
Para el correcto funcionamiento de todos los componentes del parque fotovoltaico se consideran el monitoreo y control de las siguientes actividades: - Monitoreo y control del parque fotovoltaico. - Mantenimientos preventivos generales. - Mantenimiento correctivo. - Reparaciones de emergencia. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Limpieza de paneles.
- Se implementan mecanismos de detección temprana e inyección directa de agente supresor de incendios en el área de almacenamiento de energía o Parque de Baterías BESS. El mecanismo de detección temprana e inyección directa de agente supresor de incendios en el área de almacenamiento de energía o Parque de Baterías BESS, debe estar en óptimas condiciones y provistos con la cantidad adecuada y suficiente de agente supresor de incendios. Estos sistemas deben ser inspeccionados regularmente. En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se da aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza se informa a la SMA. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de implementación de mecanismos de detección temprana de incendios en las baterías BESS. Mantenimientos del sistema BESS de forma semestral. Mantenimiento e inspección de los mecanismos de detección de incendios. Forma de control y seguimiento Informes anuales a la SMA del correcto funcionamiento de las baterías BESS de forma anual. Informe de mantenimientos del sistema BESS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.2.
7.49. COMPONENTE/MATERIA: Energía. Norma Resolución Exenta N°31.619/2020, del Ministerio de Energía. Establece el procedimiento para informar accidentes ocurridos en las instalaciones eléctricas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad generar energía eléctrica mediante el aprovechamiento de la energía solar con paneles fotovoltaicos, la cual se transporta por una Línea de Alta Tensión (LAT) hacia el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que además requiere consumo de energía eléctrica en una mínima parte. Forma de cumplimiento Anexo 1: En caso de accidente ocurrido en las instalaciones eléctricas se debe dar aviso de inmediato a la Superintendencia de electricidad y combustibles (SEC) en un plazo máximo de 24h de ocurrido el hecho. El aviso debe ir de acuerdo con el Formato de comunicación de accidente relacionado con instalaciones eléctricas, para el plazo de 24h adjunto en la misma norma, el cual debe tener los siguientes puntos: - Número identificador. - Identificación de la instalación eléctrica. - Identificación de la empresa (propietario u operador). - Información general del accidente. - Descripción de los hechos. - Consecuencias (información disponible al momento de cierre del Anexo 1). - Organismos que ocurrieron al accidente. - Medidas de emergencia implementadas (dentro de las 24h).
Anexo 2: El propietario u operador debe entregar a la SEC un informe de accidente relacionado con las instalaciones eléctricas, con un plazo de 30 días, el cual debe contener los siguientes puntos: - Número identificador. - Causas directas y causa raíz. - Accidentes ocurridos con antelación en la instalación eléctrica siniestrada. - Registros de inspección o mantenimiento de la instalación siniestrada. - Informes técnicos que avalen las causas identificadas del accidente. - Consecuencias finales del accidente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Responsable del informe.
Anexo 3: El propietario u operador debe entregar a la SEC un informe de accidente relacionado con las instalaciones eléctricas, con un plazo de 60 días, el cual debe contener los siguientes puntos: - Número identificador. - Acciones implementadas y programadas para evitar la ocurrencia de hechos de similar naturaleza. - Responsable del informe. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de los informes a la Superintendencia de electricidad y combustibles (SEC), utilizando los formularios del Anexo N°1, N°2 y N°3 en los plazos correspondientes para cada uno. Forma de control y seguimiento Entrega del Anexo N°1 a la SEC en un plazo de 24 h. Entrega del Anexo N°2 a la SEC en un plazo de 30 días. Entrega del Anexo N°3 a la SEC en un plazo de 60 días. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.3.
7.50. COMPONENTE/MATERIA: Energía. Norma Decreto N°68/2021, del Ministerio de Energía. Modifica Decreto Supremo Nº327, de 1997, del ministerio de minería, que fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad generar energía eléctrica mediante el aprovechamiento de la energía solar con paneles fotovoltaicos, la cual se transporta por una Línea de Alta Tensión (LAT) hacia el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que además requiere consumo de energía eléctrica en una mínima parte. Forma de cumplimiento El Proyecto comprende distintas obras y partes, las que se emplazan en un polígono con una superficie de 19,09 ha y una Línea de Media Tensión (LMT) para evacuar la energía generada e inyectarla al SEN de 23,45 m de longitud, la cual se conecta a subestación Nueva Trinidad. Mantenimientos preventivos generales, se trata de un mantenimiento programado efectuado con el propósito de mantener condiciones seguras y preestablecidas de operación, prolongar la vida útil y evitar accidentes. Este mantenimiento tiene la finalidad de evitar que el parque falle durante el periodo de su vida útil. Corresponde a la ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta y la línea de transmisión. En las actividades cuatrimestrales se contempla: la revisión de las estructuras e integridad de paneles solares, revisión de extintores y limpieza de la caseta de centros de transformación (eliminación de polvo) y mantención de vegetación en el área de Proyecto. Para las mantenciones preventivas se consideran tres (3) trabajadores por tres (3) días, de igual manera para el corte y desbrozado de hierbas, se consideran tres (3) trabajadores por tres (3) días. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de registro de instalación según estándar SEC. Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. Certificado de concesión. Cumplimiento de las especificaciones normales. Mantenciones de la poda o corte de árboles. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento Concesión otorgada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante la Superintendencia. Certificado de mantenciones del sistema. Certificado de la mantención preventiva de forma cuatrimestral para la mantención de la vegetación en el área del proyecto: Corte y desbrozado de hierbas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.4.
7.51. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura eléctrica. Norma NCh Elec. Nº10/1984, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla instalaciones eléctricas interiores para la habilitación de comedores, baños, vestidores, oficinas entre otras instalaciones. Forma de cumplimiento El Proponente del Proyecto da cumplimiento a todas las disposiciones de la Norma, debiendo presentar el Proyecto a la SEC por parte de un profesional autorizado. Licencia de instalador eléctrico. Indicador que acredita su cumplimiento Dar cumplimiento a lo estipulado en la Norma Elec 10/1984 SEC. Planos de redes eléctricas en conformidad a la Norma Elec 10/1984 SEC. Completar formulario emitido por la SEC en la presente normativa firmado por el dueño de las obras y el instalador eléctrico. Título profesional de instalador eléctrico. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SEC. Formulario de la SEC firmado y aprobado. Plano general de las obras. El envío de las comunicaciones se realiza a la Dirección regional del Libertador Bernardo O´Higgins. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.5.
7.52. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura eléctrica. Norma Decreto Supremo N°8/2020, del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de Seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctrica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto tiene por finalidad generar energía eléctrica mediante el aprovechamiento de la energía solar con paneles fotovoltaicos, la cual se transporta por una Línea de Alta Tensión (LAT) hacia el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que además requiere consumo de energía eléctrica en una mínima parte. Tanto la fase de construcción como la de operación contemplan su cumplimiento mediante inspecciones y certificaciones periódicas. Estas acciones aseguran que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
las instalaciones cumplan con los requisitos técnicos, minimizando riesgos operativos y garantizando la seguridad de los equipos y del personal. Forma de cumplimiento Certificado de registro de instalación según estándar SEC. Registro de mantenciones preventivas y correctivas del sistema en las instalaciones del Proyecto. Licencia de instalador eléctrico. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorizaciones correspondientes para la operación de las subestaciones. - Título profesional de instalador eléctrico. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.6.
7.53. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura eléctrica. Norma Decreto N°109/2018, del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica. y su modificación mediante Resolución 11682 Exenta de 2022, del Ministerio de Energía, SEC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se aplica a las obras e instalaciones eléctricas correspondientes al Proyecto, incluida su línea de alta tensión y subestación elevadora. Forma de cumplimiento El Proponente del Proyecto cumple con todos los requerimientos técnicos de seguridad establecidos en el Decreto, velando así por la seguridad de todos los trabajadores y terceros, tanto en la fase de construcción como en la de operación. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones por parte de personal calificado y autorizado de acuerdo con los registros y normas vigentes. Forma de control y seguimiento Registro de autorizaciones y certificados que correspondan. Inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.7.
7.54. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura Eléctrica. Norma Decreto N°125/2017, del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de la Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de energía eléctrica. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de cumplimiento El Proyecto consiste en la Construcción y Operación de una Planta Fotovoltaica productora de energía eléctrica, a través de la transformación de la energía solar en energía eléctrica por medio de paneles fotovoltaicos, y su posterior conducción a través de cableado, para finalmente inyectar la energía generada al SEN. Debido a lo anterior, la empresa propietaria se coordina y autorizada a suministrar energía por el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Indicador que acredita su cumplimiento Incorporación a los servicios del Coordinador Eléctrico Nacional. Forma de control y seguimiento Registro de permisos y autorizaciones correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.8.
7.55. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura Eléctrica. Norma Decreto Supremo N°327/1998, del Ministerio de Minería. Reglamento de la ley general de servicios eléctricos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la ejecución de un parque solar fotovoltaico, el cual inyecta energía al Sistema Eléctrico Nacional a través de una línea de evacuación. Forma de cumplimiento La ejecución, operación y mantenimiento del Proyecto se ajusta a las normas técnicas y reglamentos vigentes, preservando entre otros la seguridad de las personas y del medio ambiente, según lo establece el artículo 205 y 206° del presente decreto. Indicador que acredita su cumplimiento El Proponente da cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponda. Forma de control y seguimiento Registro de permisos y autorizaciones correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.10.
7.56. COMPONENTE/MATERIA: Energía e Infraestructura Eléctrica. Norma Norma Chilena NCh Elec. 4/2003 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Todas las instalaciones del proyecto Forma de cumplimiento Las instalaciones de baja tensión del proyecto, correspondientes a las áreas administrativas y operativas, se han diseñado y ejecutado conforme a la Norma Chilena Eléctrica Nº4/200. Este estándar regula la seguridad y funcionalidad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
eléctrica dentro de las edificaciones auxiliares. El cumplimiento de esta norma se garantiza mediante certificaciones emitidas por profesionales acreditados, respaldando la adecuada conexión y distribución eléctrica en las instalaciones del proyecto. Este cumplimiento normativo se encuentra aplicado en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, como parte de la Resolución Exenta N°33.277/2020, la Resolución Exenta N°8454/2021 y la Resolución Exenta N°233/2015. Indicador que acredita su cumplimiento El Proponente da cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponda. Forma de control y seguimiento Registro de permisos y autorizaciones correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.11.
7.57. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°850/1997, del Ministerio de Obras Públicas. Establece que los vehículos que circulen en la vía pública no podrán exceder de las dimensiones que indica, en cuanto al ancho, largo y alto máximo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en todas sus fases requiere de vehículos motorizados. En sus fases de construcción y cierre se utilizan vehículos pesados y livianos, mientras que, durante la fase de operación, se consideran vehículos livianos (camionetas) para labores de inspección, mantención y fiscalización del parque. Forma de cumplimiento Se verifica que los camiones utilizados no excedan las dimensiones establecidas por las normas y la ley. En caso de que se requiera exceder estas dimensiones, en cuanto al ancho, largo y alto máximo, se exige que la empresa a cargo del transporte solicite las debidas autorizaciones a la Dirección de Vialidad e informe oportunamente a Carabineros de Chile. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Los registros y autorizaciones mencionadas se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.12.
7.58. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Resolución N°1/1995, del Ministerio de Obras Públicas. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en sus distintas fases requiere de vehículos motorizados. Durante las fases de construcción y cierre se utilizan camiones, buses y vehículos menores. Durante la fase de operación, se utilizan vehículos menores (camionetas) para labores de mantención, supervisión y fiscalización del parque. Forma de cumplimiento Se verifica que los camiones utilizados no excedan las dimensiones establecidas por las normas y la ley. En caso de que se requiera exceder estas dimensiones, se exige que la empresa a cargo del transporte solicite las debidas autorizaciones a la Dirección de Vialidad e informe oportunamente a Carabineros de Chile. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Los registros y autorizaciones mencionadas se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.13.
7.59. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Decreto Supremo N°158/80, del Ministerio de Obras Públicas. Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere durante la fase de construcción, operación y cierre la utilización de camiones para el transporte de materiales, insumos y equipos, u otros similares, por lo cual es necesario que circulen por caminos públicos. Forma de cumplimiento Durante las fases señaladas se cumplen los parámetros y límites máximos de peso para los vehículos que operen en el marco del mismo, regularizando el tránsito de éstos ante los organismos que corresponda, cuando se excedan del peso que se indica. Para lo anterior se solicitan los permisos especiales oportunamente a la Dirección de Vialidad, con el objeto de que adopte las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. El Proponente revisa y verifica que personal propio, proveedores y contratistas cumplan con estas disposiciones mediante los registros de carga. Indicador que acredita su cumplimiento Permiso especial que autoriza el desplazamiento de vehículos con peso bruto superior a 45 toneladas, en caso de ser requerido. Forma de control y seguimiento Control y Seguimiento del permiso especial que autoriza el desplazamiento de vehículos con peso bruto superior a los permitidos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.14.
7.60. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007, del Ministerio de Transporte. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto en sus distintas fases requiere de vehículos motorizados. Durante las fases de construcción y cierre se utilizan camiones, buses y vehículos menores. Durante la fase de operación, se utilizan vehículos menores (camionetas) para labores de mantención, supervisión y fiscalización del parque. Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acuerdan las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Los registros y autorizaciones mencionadas se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.15.
7.61. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte. Norma Decreto Supremo N°200/1993, del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: se emplean camiones para el transporte de insumos y residuos, así como de buses para el transporte del personal.
Fase de operación: se emplean principalmente camionetas para el transporte del personal necesario para el desarrollo de las mantenciones.
Fase de cierre: se requiere de vehículos de distinto tipo para el retiro de las instalaciones del área del Proyecto. Forma de cumplimiento Los camiones para el transporte se ajustan a los pesos establecidos por la normativa vigente; en caso de exceder el peso, se solicitan la correspondiente autorización a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de autorización de la Dirección de Vialidad, si corresponde. Forma de control y seguimiento Archivo en instalaciones del Proyecto de revisiones técnicas, control de ingreso y autorización de Dirección de Vialidad, en caso de que corresponda, y que se generan en el momento de su realización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.16.
7.62. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo N°43/2016, del Ministerio de Salud. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de pequeñas cantidades de sustancias peligrosas tales como: combustible, pintura (anticorrosivo galvanizado), aceites y grasas y solventes, sellantes y adhesivos, y WD-40 aerosol para la fase de construcción y cierre. En la fase de operación el Proyecto considera uso en cantidades menores de Sustancias Peligrosas asociadas a mantenciones menores. Éstas corresponden principalmente a grasas lubricantes, aceite de recambio y líquidos de limpieza. El Proyecto cuenta con una bodega de sustancial peligrosas (SUSPEL) para el almacenamiento de estas sustancias. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a todas las obligaciones que el presente Reglamento establece para el manejo de sustancias peligrosas y como también para cumplimiento de la normativa legal vigente sobre la materia, considerando las correspondientes capacitaciones del personal, condiciones técnicas de almacenamiento, obligaciones de información y la existencia de procedimientos para la adecuada utilización de dichas sustancias. En las fases de construcción, operación y cierre, pese a que se considera el almacenamiento de pequeñas cantidades, las sustancias son almacenadas en una bodega de sustancias peligrosas cumpliendo con las cantidades máximas establecidas en el artículo 25 del Decreto Supremo N°43.
Los residuos peligrosos a generar por el Proyecto para todas sus fases son los siguientes:
Características de peligrosidad RESPEL a Almacenar
Nombre del Residuo Peligroso Clasificación de peligrosidad artículo 18, D.S. 148/04 Clasificación de peligrosidad artículo 90, D.S. 148/04 Características de peligrosidad Aceites Usados I.8 A 3020 Toxicidad crónica Paños y EPP Contaminados con Aceite, Filtros usados I.8 A 3020 Toxicidad crónica Tubos Fluorescentes II.11 A1180 Toxicidad crónica Pilas y Baterías II.8 A1180 Toxicidad crónica Envases de pintura y solvente, Tóners. I.12 A 4070 Toxicidad crónica Paneles Fotovoltaicos II.8 A 1180 Toxicidad crónica
Respecto de la peligrosidad de los paneles, cabe indicar que los paneles averiados o en desuso son considerados de manera precautoria como residuos peligrosos, conforme al ORD. 2516 del 01 de junio de 2022 del Ministerio de Salud. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regulariza mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Se exige que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos cuente con autorización sanitaria vigente. El almacenamiento en la bodega de residuos peligrosos se realiza como máximo 6 meses según lo establecido en el art. 31 del Decreto Supremo N°148/2013 del Ministerio de Salud, período en el cual son retirados por empresas externas autorizadas y posteriormente llevados a disposición final en sitios especialmente habilitados para ello y autorizados por la Autoridad sanitaria. Se mantienen las hojas de datos de seguridad de las sustancias almacenadas. El cumplimiento normativo se garantiza mediante la capacitación del personal, el uso de hojas de datos de seguridad (HDS) y la implementación de procedimientos específicos para el manejo y almacenamiento seguro de las sustancias peligrosas. También se exige que el lugar de disposición final de las sustancias y residuos peligrosos cuente con autorización sanitaria vigente. Los indicadores de cumplimiento incluyen la autorización sanitaria de la bodega SUSPEL, registros de cantidades almacenadas y actas de inspección disponibles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
para fiscalización. El proyecto implementa fichas de ingreso y egreso para mantener un control periódico de las sustancias almacenadas, además de realizar inspecciones regulares para verificar que no se excedan las cantidades máximas permitidas y que se mantengan las condiciones de seguridad exigidas por el reglamento. Finalmente, el manejo de las sustancias peligrosas se realiza de manera integrada con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud, los cuales son los siguientes:
Manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos: •Los residuos peligrosos generados se almacenan temporalmente en una bodega diseñada conforme a los requerimientos del Decreto Supremo N°148/2004 del Ministerio de Salud. Estos residuos están en contenedores etiquetados e identificados según la normativa vigente, desde el almacenamiento hasta su disposición final. El retiro y disposición final se realiza por empresas externas autorizadas, con un período máximo de almacenamiento de 6 meses, según lo establecido en el artículo 31 del Decreto Supremo N°148/2004, del Ministerio de Salud. La disposición final se lleva a cabo en sitios especialmente habilitados y autorizados por la Autoridad Sanitaria. •El manejo dentro de la bodega se regula mediante fichas de ingreso y egreso de residuos, garantizando un control periódico. Además, los sitios de disposición final seleccionados deben contar con autorización sanitaria vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de almacenamiento de sustancias peligrosas por parte de la autoridad sanitaria de las instalaciones, las que permanecen en las oficinas del Proyecto a modo de respaldo en caso de posibles fiscalizaciones. Oficios de la SEREMI de Salud que autorizan el Proyecto y el funcionamiento de la bodega de residuos peligrosos. Contratos o certificados de empresas autorizadas para el transporte y disposición de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria entregada por la autoridad para bodega de sustancias peligrosas. Registro de cantidad de almacenamiento de sustancias. Mantener las actas de inspección disponibles. Registros de recepción de residuos emitidos por la empresa encargada de la disposición final. Copia de los certificados de retiro y disposición final. Declaraciones de generación de residuos peligrosos realizadas a través del Sistema de Ventanilla Única en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.17.
7.63. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Norma Chilena Oficial NCh382.Of98 . Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de pequeñas cantidades de sustancias peligrosas tales como: combustible, pintura (anticorrosivo galvanizado), aceites y grasas y solventes, sellantes y adhesivos, y WD-40 aerosol para la fase de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En la fase de operación el Proyecto considera uso en cantidades menores de Sustancias Peligrosas asociadas a mantenciones menores. Éstas corresponden principalmente a grasas lubricantes, aceite de recambio y líquidos de limpieza. Adicionalmente el Proyecto considera un sistema de almacenamiento de energía por medio de baterías, sistema SAE o BESS por sus siglas en inglés (Battery Energy Storage System), la cual permite inyectar energía al sistema en horas donde no se cuente con radiación solar. El Proyecto cuenta con una bodega de sustancial peligrosas (SUSPEL) para el almacenamiento de estas sustancias. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a todas las obligaciones que el presente Reglamento establece para la clasificación general de las sustancias peligrosas y como también para cumplimiento de la normativa legal vigente sobre la materia, considerando las correspondientes capacitaciones del personal, condiciones técnicas de almacenamiento, obligaciones de información y la existencia de procedimientos para la adecuada utilización de dichas sustancias. En las fases de construcción, operación y cierre, pese a que se considera el almacenamiento de pequeñas cantidades, las sustancias son almacenadas en una bodega de sustancias peligrosas cumpliendo con las cantidades máximas establecidas en el artículo 25 del Decreto Supremo N° 43. Cabe señalar que todo residuo almacenado está claramente identificado y etiquetado de acuerdo con la Norma Chilena Oficial NCh.2190 Of. 93 (Marcas para información de Riesgo), en la cual se hace referencia a las características establecidas por la Norma Chilena Oficial NCh 382 (terminología y clasificación general de sustancias peligrosas), utilizando un rotulo aplicable a la característica de peligrosidad del residuo. Indicador que acredita su cumplimiento Residuo etiquetado con la característica de peligrosidad de la Norma Chilena Oficial NCh 382. Autorización de almacenamiento de sustancias peligrosas por parte de la autoridad sanitaria de las instalaciones, las que permanecen en las oficinas del Proyecto a modo de respaldo en caso de posibles fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria entregada por la autoridad para bodega de sustancias peligrosas. Registro de etiquetado de las sustancias. Mantener las actas de inspección disponibles. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.18.
7.64. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo N°298/1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta el transporte de cargas peligrosas sobre calles y caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto.
Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de pequeñas cantidades de sustancias peligrosas tales como: combustible, pintura (anticorrosivo galvanizado), aceites y grasas y solventes, para la fase de construcción y cierre. En la fase de operación el Proyecto considera uso en cantidades menores de Sustancias Peligrosas asociadas a mantenciones menores. Éstas corresponden principalmente a grasas lubricantes, aceite de recambio y líquidos de limpieza. Forma de cumplimiento El transporte de productos e insumos está a cargo de empresas especializadas y normadas, las que de manera contractual deben acreditar el cumplimiento de este decreto. Por tanto, el transporte de las cargas que sean consideradas o categorizadas como peligrosas (de acuerdo con NCh. N°382 Of. 2004) se da en cumplimiento a la normativa vigente, con las autorizaciones que correspondan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
por parte de las empresas transportistas y bajo los parámetros de señalización respectiva como marcación y etiquetaje en clasificación - tipo de riesgos asociados a la sustancia peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato con empresa de transportes en materiales e insumos. Marcación y etiquetado en clasificación del tipo de riesgo asociado a las sustancias peligrosas transportadas. Forma de control y seguimiento Mantención en faena del registro de las autorizaciones correspondientes de las empresas de transporte de insumos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.19.
7.65. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles y sustancias peligrosas. Norma NCh. N°2.245. Of 2003 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Transporte de Sustancias Peligrosas: Hoja de Datos de Seguridad (HDS) y Requisitos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se considera el almacenamiento de pequeñas cantidades de sustancias asociadas a mantenciones menores. Por lo cual, el Proyecto contempla el transporte de insumos que son considerados como sustancias peligrosas de acuerdo con la Norma NCh. N°382 Of. 2004. Además, el proyecto durante las fases de construcción y cierre cuenta con una Zona de Abastecimiento de Combustible, para la provisión de combustible de maquinaria por parte de un tercero autorizado. Forma de cumplimiento El Proponente exige a las empresas transportistas cumplir con la normativa, manteniendo los documentos exigidos (Hoja de Datos de Seguridad, Hoja de Seguridad para el Transporte, Guías, Instructivos, etc.) para el transporte de sustancias consideradas peligrosas de acuerdo con la NCh. N°382 Of. 2004, cuando así lo amerite. Indicador que acredita su cumplimiento HDS para los insumos transportados. Guías de transporte. Contrato con empresa especializada y acreditada en el transporte de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento Registros asociados al transporte de sustancias peligrosas se encuentran en la instalación de faena del Proyecto para su fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.20.
7.66. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles. Norma Decreto Supremo N°160/2009, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre, no se considera el almacenamiento de combustible en faena. Para el funcionamiento de las maquinarias y equipos de construcción, la provisión de combustible es suministrado en forma periódica por medio de camiones surtidores pertenecientes a empresas proveedoras, las cuales se disponen directamente a los estanques de cada equipo y maquinaria. Conforme a lo indicado, no se considera el almacenamiento de combustible en las dependencias del Proyecto a excepción de bidones de combustible de respaldo en caso de que se requiera alimentar un grupo electrógeno. Estos bidones se almacenan en pequeñas cantidades, al interior de la bodega de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento El abastecimiento de combustible está a cargo de empresas calificadas y debidamente autorizadas, las cuales se rigen por la normativa correspondiente. Los vehículos asociados a transporte de insumos y personal se abastecen de combustible en estaciones de servicio. Indicador que acredita su cumplimiento Autorizaciones de Empresas encargadas del abastecimiento del combustible. Forma de control y seguimiento Archivo en instalaciones del Proyecto de autorizaciones de empresas encargadas del abastecimiento de combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.21.
7.67. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad y Salud Ocupacional. Norma Decreto Supremo Nº50 de 2002, del Ministerio de Obras Públicas. Aprueba reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto no cuenta con conexión a redes públicas de agua potable ni alcantarillado. El tratamiento de aguas servidas se realiza mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) con estanque de acumulación de 15 m³, asegurando que el efluente sea gestionado en un sitio autorizado. Durante la fase de construcción, se utilizan baños químicos, manejados por una empresa autorizada según el Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del proyecto, el tratamiento de las aguas servidas se realiza mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Este sistema está diseñado para la recolección, tratamiento y disposición de aguas residuales generadas en las instalaciones sanitarias del proyecto. La PTAS consiste en una estructura cilíndrica de 16.000 litros de capacidad, fabricada en polietileno de alta resistencia, y su operación incluye un pretratamiento y un tratamiento primario basado en sedimentación. La verificación de cumplimiento se acredita mediante la resolución de autorización del sistema de tratamiento y la aprobación del PAS 138.
Información disponible en detalle en el PAS 138 Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de autorización del sistema particular de tratamiento de aguas servidas, a través de PTAS (PAS 138). Aprobación del PAS 138. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento Verificación de que se cuente con los documentos indicados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX del ICE, numeral 9.4.22.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto NO deben cumplirse condiciones o exigencias.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1.: Inducción y capacitación a los trabajadores en materias de medio ambiente. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instruir a trabajadores que realicen actividades en el Proyecto, acerca de las consideraciones ambientales y normativas asociadas, que deben tener en cuenta en la ejecución de las actividades en las que participen, para los siguientes componentes: Flora y vegetación terrestre, y Fauna terrestre. Además del manejo y gestión de residuos.
Descripción: La inducción o capacitación al personal del Proyecto se realiza al inicio de las actividades de la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto: a) Flora y fauna: Se capacita en relación con las especies presentes en el área de influencia del Proyecto, especies en categoría de conservación, nociones básicas de ecología y conservación del medio ambiente, prohibición de uso de fuego y quemas, plan de contingencias y emergencias en caso de accidentes con fauna, velocidad máxima dentro del Proyecto, señalética, prohibición de caza, prohibición de alimentar a fauna silvestre, entre otros. b) Procedimientos ambientales generales. c) Gestión y Manejo de residuos: Se instruye respecto al proceso de separación de los residuos, su importancia y resguardos.
Justificación: La inducción y capacitación de los trabajadores permite que estos estén mejor preparados para desarrollar sus actividades, teniendo en consideración no afectar la flora y vegetación, fauna terrestre. Así como también realizar un manejo y gestión correcta de los residuos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inducción y capacitación a los trabajadores se realiza en la instalación de faenas, al inicio de la fase de construcción y cierre, y en las instalaciones de sala de control en la fase de operación.
Forma: Las charlas y capacitaciones contemplan un relator por cada charla, representado por un profesional especialista biólogo, o similar para las componentes de flora y fauna, y por el jefe de turno para la gestión de residuos.
Oportunidad: Las capacitaciones son realizadas una (1) vez al inicio de cada fase, así como a cada trabajador que se integra a la faena. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia de los trabajadores a inducciones y/o capacitaciones. Forma de control y seguimiento Envío de informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) durante el mes siguiente en el que se efectuaron las respectivas inducciones y capacitaciones durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.1.
9.2. Inducción y capacitación a los trabajadores ante eventual hallazgo arqueológico no previsto. Impacto asociado Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instruir a trabajadores que realicen actividades en el Proyecto, acerca de las consideraciones ambientales y normativas asociadas, que deben tener en cuenta en la ejecución de las actividades en las que participen, para Arqueología.
Descripción: La inducción o capacitación al personal del Proyecto se realiza por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología al inicio de las actividades de la fase de construcción. a) Arqueología: Cabe indicar que no se registraron hallazgos arqueológicos en la inspección realizada asociada al emplazamiento de la totalidad de las obras del Proyecto tanto temporales como permanentes. Sin embargo, se instruye sobre la importancia de los sitios arqueológicos y el procedimiento frente al hallazgo no previsto de ellos y su resguardo. Las charlas de inducción asociadas a arqueología se realizan a todo el personal del Proyecto, sin embargo, se tiene un enfoque en particular al personal asociado a labores de movimiento de tierra. Esta debe ser dictada por un/a licenciado/a en Arqueología o Arqueólogo/a profesional y debe estar acompañada de algún material gráfico. Se debe realizar antes de iniciar la construcción y en la medida que nuevo personal se integre a la faena. Se instruye al personal que, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico no previsto durante la fase de construcción del proyecto, se debe proceder según lo establecido en los artículos N°26 y N°27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y N°23 del Reglamento del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación debe ser efectuada por el Proponente del proyecto. Se genera un informe sobre la charla de inducción realizada por el/la arqueólogo/a, el cual debe contener: a) Nombre y firma del arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología que realizó la charla de inducción. b) Contenidos de la inducción y copia del material gráfico presentado. c) Registro fotográfico y/o audiovisual de la actividad. d) Síntesis de comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por las/los asistentes. e) Constancia de asistencia a la charla, indicando nombre, cargo, RUT, fecha de ingreso a la obra y firma de cada asistente.
Justificación: La inducción y capacitación de los trabajadores permite que estos estén mejor preparados para desarrollar sus actividades, teniendo en consideración no afectar la arqueología ante eventuales hallazgos no previstos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inducción y capacitación a los trabajadores se realiza en la instalación de faenas, al inicio de la fase de construcción.
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Forma: Las charlas y capacitaciones contemplan un relator por cada charla, representado por un profesional especialista arqueólogo o licenciado en arqueología.
Oportunidad: Las capacitaciones son realizadas una (1) vez al inicio de la fase de construcción, así como a cada trabajador que se integra a la faena, con énfasis en trabajadores asociados a labores de movimiento de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de asistencia de los trabajadores a inducciones y/o capacitaciones. - Elaboración de informe de la charla de inducción realizada. Forma de control y seguimiento Envío de informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 15 días del ingreso del (los) trabajador(es), en el que se efectuaron las respectivas inducciones y capacitaciones durante la fase de construcción del Proyecto con los contenidos técnicos especificados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.2.
9.3. Contratación de Mano de Obra Local. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Vincularse con el territorio y la comunidad ayudando a mejorar la empleabilidad por medio de la subcontratación de trabajadores o empresas pertenecientes a Marchigüe que entreguen algún servicio que requiera el Proyecto. El 10% de los trabajadores corresponden de la comuna de Marchigüe. Descripción: Se privilegia la contratación de personas o empresas que presten servicios en la provincia con el objetivo de promover la generación de empleo. Lo descrito está determinado con respecto al perfil del puesto de trabajo que se necesite, la disponibilidad del servicio requerido ya sea de acuerdo a capacidad como a la temporada de contrato para la ejecución de las obras. Justificación: El Proponente busca generar un vínculo con la comunidad local mediante la disponibilidad de puestos de trabajo acorde a las necesidades del mismo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Oficina Municipal Laboral de Marchigüe. Forma: Publicar avisos de oferta laboral en la OMIL de Marchigüe. Oportunidad: Durante la fase de Construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Correo electrónico u otro comprobante que indique comunicación con la OMIL de Marchigüe indicando plazas disponibles y requisitos a cumplir por el postulante, lo cual se efectúa por una única vez al inicio de la fase de construcción. Listado interno del personal contratado proveniente de la comuna de Marchigüe, en caso de no existir postulantes, se abren las vacantes a comunas aledañas Forma de control y seguimiento Una vez implementado, envío de listado del personal contratado con su residencia a SMA mediante plataforma de seguimiento de compromisos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.3.
9.4. Plan de Perturbación Controlada de Cururos. Impacto asociado Potencial afectación de la fauna del sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
De acuerdo con las estimaciones presentadas en el Atlas de Riesgo Climático (ARClim), en una escala del 0 al 1, donde 0 es el riesgo mínimo y 1 el riesgo máximo, el área de influencia del Proyecto se ubica en una zona de riesgo “moderado” de pérdida de fauna por cambios de precipitaciones (0,4905) y un riesgo “moderado” de pérdida de fauna por cambios de temperatura (0,4848). La probabilidad de presencia de la especie en el futuro, según el mapa de especies de Arclim es de un 81,3% y el cambio de probabilidad de presencia, el cual indica un 6,4% para esta especie. Es decir, en el área de influencia se prevén existan condiciones ambientales propicias para la existencia de esta especie y la probabilidad de cambio en un futuro de la especie es muy bajo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Desarrollar un plan de perturbación controlada de cururos en el Área de Influencia del Proyecto, particularmente en el área de intervención directa de obras en la fase de construcción, con el objeto de disminuir los riesgos de posible afectación sobre la especie objetivo. Mediante la ejecución del plan, se pretende el desplazamiento autónomo de los ejemplares hacia los sectores aledaños.
Descripción: El Plan de perturbación controlada consiste en provocar el abandono o el desplazamiento gradual de la especie objetivo correspondiente a Spalacopus cyanus (cururo), en la superficie con intervención directa de las obras de construcción del Proyecto con presencia de madrigueras activas. Cabe indicar que el estado de conservación de la especie objetivo corresponde a Preocupación menor (LC)
Justificación: Conforme al Anexo 3.7 de Fauna, se detectó la presencia de una madriguera activa de la especie objetivo en el área de emplazamiento del Proyecto. De esta manera, dada la presencia de esta especie, la ejecución del Plan de Perturbación Controlada se orienta a disminuir los riesgos de posible afectación sobre la especie objetivo. Mediante la ejecución del plan se pretende el desplazamiento autónomo de los ejemplares hacia los sectores aledaños.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El lugar de perturbación corresponde a los sitios en donde se registraron y donde se registren durante la ejecución de este plan, madrigueras activas de la especie objetivo en sitios en donde se proyectan las obras directas del Proyecto. Así, el lugar exacto de perturbación depende de la búsqueda inicial de madrigueras activas contemplada en este plan, por lo que el sitio en donde se ejecuta inicialmente dicha búsqueda corresponde a las obras del Proyecto asociadas a intervención de superficie de terreno, más un buffer de 2 metros, interceptado con el área en donde se registraron madrigueras activas de cururo. De esta manera, se estima que la superficie del sitio de búsqueda de madrigueras activas es de aproximadamente 0,08 ha. Una vez que se registren las madrigueras activas, se procede a acotar esta área para realizar la perturbación donde estén presentes madrigueras activas.
Forma: La perturbación se realiza de forma mixta con la utilización de dispositivos repelentes de fauna (acústicos) y de forma manual con la remoción de la cubierta de tierra, mediante la realización de una excavación cuidadosa (con pala de mano) de los primeros 5 a 30 cm del techo de las galerías, comenzando desde el sitio opuesto al lugar seleccionado como sitio de desplazamiento. Para dirigir la dirección de huida de los individuos que puedan encontrarse aún en el interior de las galerías, alrededor de la colonia se instala una malla (rashell, plástica o afín) de diámetro pequeño en forma de semiluna o cono, con la abertura orientada hacia el sector no intervenido. Una vez realizadas las excavaciones, se debe tapar progresivamente los agujeros de las galerías con el mismo material retirado previamente (realizando dicha acción entre 2 y 3 días).
Oportunidad de implementación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
La perturbación se ejecuta de forma coordinada con el cronograma de avance de las obras del Proyecto. Las labores de perturbación son ejecutadas en forma previa al ingreso de maquinarias, para realizar trabajos del Proyecto o actividad al sector, con un período de anticipación que asegure el no retorno de los individuos desplazados, finalizando el plan como máximo 5 días previo a la intervención de un sector dado. Indicador que acredite su cumplimiento El Plan de Perturbación Controlada cuenta con dos indicadores de éxito:
-
Posterior a las actividades de perturbación, se realiza un recorrido pedestre en los sectores en los cuales se realizó la actividad de perturbación controlada, con la finalidad de verificar si se observa presencia de individuos o señales de actividad de la especie objetivo de este Plan en las madrigueras activas en las que se realizó la perturbación. Por lo tanto, la perturbación controlada se considera efectiva, cuando, al realizar el recorrido de verificación, no se observen individuos ni signos de actividad en áreas en donde se registraron madrigueras activas, tales como registros auditivos, remoción reciente de tierra, huellas, entre otros. En caso de no lograr dicha efectividad, se debe implementar nuevamente la metodología propuesta en este Plan, con el fin de perturbar a los ejemplares que se encuentren aún en el lugar o que hayan ingresado nuevamente al área. De este modo, se da por liberada el área al alcanzarse la efectividad esperada, permitiendo el ingreso de maquinaria para el roce y despeje de vegetación y/o acondicionamiento de suelo para el inicio de la construcción de las obras.
-
Para evaluar el éxito de la implementación de la perturbación controlada, se contempla la verificación de mayor actividad de la especie objetivo y presencia de madrigueras activas, en los sitios de destino de forma tal de registrar la presencia y actividad de la población residente.
De acuerdo con lo sugerido en los Criterios Técnicos para la Aplicación de una Perturbación Controlada (SEA, 2022), se realizan seguimientos posteriores en la frecuencia que se indica a continuación:
a) Previo al inicio de las obras: Luego de realizar las actividades de perturbación controlada se procede a la revisión del área perturbada de forma de asegurar que los individuos registrados inicialmente fueron ahuyentados.
b) Posterior al inicio de las obras:
b.1. En el sitio de destino se realiza un seguimiento semanal el primer mes (4 seguimientos) a través de métodos no invasivos (sin captura) que permitan determinar, además de su presencia, su actividad de ocupación de refugios o madrigueras tanto naturales como producto del enriquecimiento de hábitat.
b.2. En el sitio de destino se realizan mediciones cuantitativas al segundo y tercer mes, y en la época de mayor actividad (3 mediciones). En cada campaña de seguimiento posterior al inicio de las obras se realizan transectos pedestres de observación y conteo de madrigueras activas de la especie objetivo, y se toma, además, registro de los parámetros que se soliciten en los formatos de reportes de biodiversidad al momento de la ejecución del Plan. Forma de control y seguimiento El plan de perturbación controlada debe ser aprobado por la autoridad ambiental pertinente (SMA y SAG) al igual que los resultados provenientes de su realización, siendo estos últimos reportados en informes. Estos documentos, deben tener como mínimo los siguientes apartados:
Informe de perturbación controlada: - Caracterización considerando número de madrigueras activas del sitio de origen y destino al momento de la ejecución del plan. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Registros de cururos y sus madrigueras, previo a la ejecución de la perturbación controlada.
- Registros de la remoción de madrigueras dentro del sitio de origen.
- Registro del enriquecimiento del sitio de destino y su ocupación.
- Los resultados y principales hallazgos del plan de perturbación controlada.
- Conclusiones sobre el éxito de las actividades de perturbación controlada.
Informe de seguimiento de la perturbación controlada: - Seguimiento semanal (4) del primer mes: presencia de las especies objetivo en el sitio de destino y ocupación del enriquecimiento de hábitat. - Seguimiento al segundo, tercer mes y época de mayor actividad (3): número de madrigueras activas de la especie objetivo en el sitio de destino. - Conclusiones sobre el éxito observado del Plan finalizadas las campañas de seguimiento.
Además, se adjuntan las planillas de reportes de biodiversidad en la versión que se solicite en el momento de la ejecución del Plan de Perturbación Controlada.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.4.
9.5. Visitas guiadas para establecimientos educacionales, clubes de adulto mayor y organizaciones sociales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mostrar las distintas instalaciones y explicar el funcionamiento y características del parque solar; enseñar y difundir sobre la energía fotovoltaica, las energías renovables no convencionales (ERNC) en general y sobre los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD); contribuir con los programas de educación ambiental comunales y con el desafío del desarrollo sustentable.
Descripción: La medida consiste en realizar visitas guiadas a las instalaciones del Parque fotovoltaico 1 vez al año, previa coordinación con establecimientos educacionales, clubes de adulto mayor y organizaciones que deseen conocer el Parque fotovoltaico sociales de la comuna.
Justificación: Contribuir a la puesta en valor de los proyectos de generación de energía con fuentes renovables y al desarrollo de este tipo de proyectos; aportar al conocimiento de los estudiantes y habitantes de la comuna en el ámbito de las energías renovables no convencionales, de manera cercana y dinámica.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área e instalaciones del Parque Fotovoltaico Emú, ubicado en la comuna de Marchigüe, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
Forma: Los establecimientos educacionales, clubes de adulto mayor y organizaciones sociales pueden solicitar la visita al parque fotovoltaico anualmente durante la vida útil del Proyecto. Se designa a un encargado para el contacto y coordinación previa con las distintas escuelas y centros sociales de la comuna de Marchigüe. Durante dicha jornada de visitas guiadas, personal especializado realiza un recorrido por las instalaciones del parque, se realizan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
charlas sobre las energías renovables, su funcionamiento y sus beneficios, en particular, sobre la energía fotovoltaica.
Oportunidad de implementación: La jornada de visitas guiadas se realizan 1 vez al año, de forma coordinada con los establecimientos educacionales y sociales de la comuna. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro fotográfico de cada visita. - Hoja de registro de cada visita que tiene el siguiente contenido: fecha, establecimiento educacional, club de adulto mayor y organización social, número de personas que asisten, identificación del responsable de la institución que acompaña al grupo, identificación de la persona que realiza la visita por parte del Proponente del parque solar. Forma de control y seguimiento Se deja constancia de cada jornada de visitas mediante un registro fotográfico y una hoja de registro que tiene el siguiente contenido: fecha, establecimiento educacional, club de adulto mayor y organización social, número de personas que asisten, identificación del responsable de la institución que acompaña al grupo, identificación de la persona que realiza la visita por parte del Proponente del parque solar. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.5.
9.6. Plan de manejo biológico Tahay. Impacto asociado Alteraciones no significativas al componente flora y vegetación. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: el plan de manejo busca establecer un conjunto de medidas para minimizar las alteraciones al componente flora y vegetación derivadas del desarrollo del Proyecto.
Descripción: En Anexo 13 sobre CAV, Apéndice 3 de la Adenda Complementaria, se presenta el “Plan de Manejo Biológico del Tahay”, el cual describe el rescate y relocalización de individuos de flora y vegetación adyacentes a las obras del Proyecto y la reposición de los individuos de especies de flora en categoría de conservación que sean intervenidos producto de la ejecución del Proyecto, para minimizar las alteraciones no significativas a dichas especies.
Justificación: Debido a la construcción del proyecto se prevén ciertas alteraciones no significativas al componente flora y vegetación: - Intervención de formaciones xerofíticas. - Intervención de flora en categoría de conservación.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El sitio de relocalización ha sido seleccionado considerando un análisis fenológico y fisiográfico de la especie Calydorea xiphioides. Se ha identificado que su hábitat óptimo son cerros costeros áridos y asoleados, con una matriz arbustiva dominada por Chorizanthe virgata, Vachellia caven (espino) y Lithraea caustica (litre). La densidad de individuos en la zona varía entre 60 y 100 ind/ha, con pendientes planas a ligeramente inclinadas.
Forma: - Marcaje de Individuos: Se delimitan polígonos en el área del proyecto con estacas fosforescentes antes del inicio de la construcción - Colecta de Germoplasma: Se rescatan semillas y bulbos en fechas posteriores a la floración. Si la dispersión de semillas no ocurre naturalmente antes del inicio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
del proyecto, se realiza una excavación de 20-25 cm para extraer órganos caulinares - Almacenamiento Temporal: En caso de que la relocalización no se realice de inmediato, los bulbos se almacenan en bolsas de papel a 17°C para evitar deshidratación o congelamiento - Ejecución de la relocalización: Se recomienda la plantación de los individuos después de las primeras lluvias, antes del movimiento de tierras del proyecto. Los bulbos deben ser enterrados a una profundidad de 20-25 cm, con riego manual dos veces al mes en primavera y verano
Plan de contingencias (Calydorea xipioides) Para mantener dicho porcentaje de prendimiento (plan de contingencias), se considera el trasplante de un 25% adicional de individuos germinados mediante el rescate de germoplasma y obtenidos durante el proceso de viverización. Esto, a sabiendas que se obtiene un mayor número de semillas para germinar. Es decir: - Se considera la población estimada durante el proceso de rescate (población n). - Sobre esta, se rescata el germoplasma en las especies ubicadas en el sector de instalación de las bases de paneles fotovoltaicos y obras asociadas que impliquen escarpe y remoción de suelo. Para ello se requiere de un hito ambiental que cerciore cualquier hallazgo imprevisto durante las actividades. Junto con ello, generar un proceso de liberación ambiental firmado por el especialista que dé cuenta que no se identificaron geófitas fuera de los lugares señalados por las prospecciones. - Se procede a almacenar y viverizar. - Posterior al prendimiento, se relocaliza el equivalente a los individuos + un 25% adicional para obtener el porcentaje de un 75%. - Protección y Señalética: Se instalan cercos perimetrales para evitar el ingreso de vehículos y fauna, junto con señaléticas informativas.
Medidas de protección: Protección a los ejemplares relocalizados Se implementa un cerco perimetral para restringir el acceso de animales, vehículos y personas ajenas al sitio de relocalización. Se realizan inspecciones constantes para verificar su estado y, en caso de daños, se procede a su reparación o reemplazo. Además, se instala señalética informativa sobre el programa de rescate y relocalización, incluyendo números de emergencia de Bomberos (132), Carabineros (133) y Conaf (130). Estas medidas se mantienen durante toda la vida útil del Proyecto, con monitoreos y mantenimiento periódicos para garantizar su efectividad.
PROTECCIÓN Y MEDIDAS CONTRA INCENDIOS FORESTALES Se implementan medidas de prevención y combate de incendios durante los trabajos de rescate y relocalización. Se instala un letrero visible con información sobre la prevención de incendios forestales y números de emergencia (CONAF 130, Bomberos 132, Carabineros 133). Se restringe el acceso al área a personas no autorizadas y se mantienen despejadas las vías de acceso para actuar como cortafuegos. El personal recibe capacitación en prevención y combate de incendios, incluyendo el uso de herramientas como palas y rastrillos para control inicial. Se elabora un procedimiento escrito con los pasos a seguir en caso de incendio, priorizando siempre la seguridad humana y dejando la respuesta a cargo de CONAF y Bomberos. Estas medidas se mantienen durante toda la vida útil del proyecto, con supervisión y monitoreo periódico, asegurando su efectividad mediante mantenimiento y charlas informativas para el personal.
SEÑALETICAS ASOCIADAS A LA MEDIDA De manera complementaria, este sitio contiene una señalética que indique a lo menos la componente de protección y la medida implementada, indicando los antecedentes del compromiso, nombre del proyecto, RCA, superficie, especies relocalizadas, N° de individuos, otros). A continuación, se puede observar una señalética asociada a la medida de protección de geófitas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Oportunidad de implementación: El programa de rescate y relocalización se implementa en diferentes fases a lo largo del desarrollo del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento del Plan de Manejo Biológico de Calydorea xiphioides De acuerdo con experiencias asociadas a entes especializados (INIA La Cruz) se plantea un indicador de sobrevivencia del 50% de los ejemplares relocalizados (parámetro de éxito de relocalización). Este parámetro se considera únicamente en caso de no presentarse evidencias de depredación por la fauna silvestre de la zona. En este último caso, se considera como parámetro la sobrevivencia del 30% de los ejemplares relocalizados, entendiendo que la depredación herbívora sobre las geófitas corresponde a un proceso natural y registrado en el área del Proyecto previo a su ejecución. Luego de generado el vínculo con INIA La Cruz, en conjunto con el mandante se debe presentar un informe técnico indicando el número de semillas y/o propágulos a ser utilizados para los ensayos en relación con los individuos afectos por las obras y partes del Proyecto. Experiencias de propagación con material con buen almacenaje y con un porcentaje de germinación adecuado ha sido exitoso. Forma de control y seguimiento - Informe de Rescate: Se envía a la SMA un mes después de finalizado el almacenamiento de los ejemplares. Este informe documenta las labores de recolección, almacenamiento y secado, incluyendo registros fotográficos y parámetros técnicos específicos. - Informe de Relocalización: Se envía a la SMA un mes después de la finalización de la relocalización. Contiene información sobre las labores de reubicación, imágenes del proceso, coordenadas del sitio de relocalización y señalización del área. - Informe de Monitoreo: se detallan los porcentajes de sobrevivencia, evidencias de depredación por herbivoría y medidas complementarias de relocalización en caso de no cumplir con los porcentajes de sobrevivencia. Este informe debe ser entregado en mes posterior al monitoreo efectuado a finales de la temporada estival sucesiva a la relocalización de los ejemplares. Se entrega un segundo informe de Monitoreo en caso de realizarse las medidas complementarias de relocalización. Dicho informe debe detallar los mismos antecedentes enunciados en el presente literal y debe ser entregado durante un mes luego de haber cumplido las tasas de sobrevivencia establecidas. - Primer monitoreo: Se realiza 30 días después de la plantación y relocalización para verificar el estado de los ejemplares y el cumplimiento de las medidas de protección. El informe correspondiente se envía a la SMA 30 días después de la inspección. - Segundo monitoreo: Se lleva a cabo dos años después del primer monitoreo, en primavera, para evaluar la adaptación y desarrollo de los individuos relocalizados. - Medidas correctivas: Si la tasa de éxito no se cumple, se aplican medidas de ajuste y un tercer monitoreo al quinto año para evaluar la efectividad de estas acciones. - Monitoreo final: Se ejecuta dos años antes del cierre del proyecto, con el objetivo de verificar la persistencia de la población reubicada y, si es necesario, aplicar nuevas medidas compensatorias. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.6.
9.7. Plan de manejo biológico Quisco. Impacto asociado Alteraciones no significativas al componente flora y vegetación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar las alteraciones al componente flora y vegetación mediante la implementación de medidas de rescate y relocalización de individuos de Echinopsis chiloensis afectados por las obras del proyecto.
Descripción: En Anexo 13 sobre CAV, Apéndice 2 de la Adenda complementaria, se presenta El Plan de Manejo Biológico del Quisco, el cuál describe el rescate y relocalización de individuos de flora y vegetación adyacentes a las obras del Proyecto y la reposición de los individuos de especies de flora en categoría de conservación que sean intervenidos producto de la ejecución del Proyecto, para minimizar las alteraciones no significativas a dichas especies.
Justificación: Debido a la construcción del proyecto se prevén ciertas alteraciones no significativas al componente flora y vegetación: - Intervención de formaciones xerofíticas - Intervención de flora en categoría de conservación
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento de las obras del Proyecto en la comuna de Marchigüe, Región Libertador General Bernardo O'Higgins.
Forma: Identificación de los individuos marcados y selección de 3 o 4 esquejes en buen estado fitosanitario. Marcado de esquejes con ID del individuo y orientación (norte) para mantenerla en el replante. Aplicación inmediata de fungicida en la zona del corte para cicatrización y prevención de infecciones, sin sellante de heridas para facilitar el desarrollo de raíces. Enfoque en cuidados de mantención y protección para asegurar el desarrollo y madurez de los nuevos individuos. Ubicación de los esquejes en un área de acondicionamiento con inspección constante para monitorear su estado fitosanitario y prevenir infecciones por hongos.
Colecta de semillas Para una óptima recolección, se deben seguir los siguientes pasos:
1) Estimación del número de semillas a recolectar: En terreno y, de una muestra de 20 semillas por especie, y cuantifica el número de semillas vacías, abortadas o infestadas. Si el número de semillas con este tipo de daño es mayor al 30% de la muestra, se debe recolectar un número mayor de semillas que compense esa pérdida.
2) Recolección de semillas: Se recomienda la utilización de bolsas de papel grandes para almacenar las semillas por individuo y por especie. Estas deben ir rotuladas con la especie, n° de ejemplar (identificado en microruteo), coordenadas de georreferenciación del ejemplar y fecha de cosecha. Se debe recolectar semillas de al menos 50 individuos distribuidos al azar a través de la totalidad del área de influencia del Proyecto. Con el objetivo de no alterar significativamente la capacidad de regeneración de la población, no se debe recoger más del 20% de las semillas disponibles al momento de la recolección.
3) Almacenamiento de semillas: Las semillas deben ser almacenadas en un lugar fresco y seco hasta su siembra. Finalmente, se procede a la germinación del material vegetal para su viverización y posterior plantación en el sitio de relocalización.
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Labores de mantenimiento de ejemplares relocalizados • La plantación se realiza de forma manual en los sectores predefinidos, manteniendo la orientación original del individuo con respecto al norte. • Como primera acción, se deben realizar excavaciones en el sector de relocalización con una profundidad no mayor a 30 cm y con una distribución aleatoria con un distanciamiento mínimo de 2 m.
Una vez preparado el sustrato, se aplica enraizante en polvo sobre las raíces principales si es necesario, para favorecer su rápido enraizamiento en el nuevo sitio de relocalización. Cada ejemplar relocalizado está marcado con placas distintivas que indican el nombre de la especie, su número correlativo y el rodal de origen, permitiendo su identificación y seguimiento en los inventarios de prendimiento. Además, se instala una bandera distintiva para facilitar su visibilidad y monitoreo, la cual, junto con las placas, renovada periódicamente a medida que se deterioren. Una vez asentada la planta y apisonada la tierra de relleno, se aplica un riego de establecimiento de 1 a 2 litros por mes únicamente en el sustrato, evitando mojar la parte aérea, según el cronograma del programa. La cantidad de agua depende del tamaño del ejemplar, considerando que esta especie es sensible al exceso de humedad, lo que puede provocar la pudrición de sus raíces. La continuidad del riego se determina en la etapa de Monitoreo y Seguimiento. Además, desde el inicio de la plantación, se evalúa la tasa de sobrevivencia y, si es necesario, se plantan nuevos ejemplares para cumplir con el indicador de éxito establecido. Dado el carácter xerofítico de la especie, y en función de los resultados de sobrevivencia, se considera la realización de riegos de mantención durante el segundo y tercer año, si es requerido.
Medidas de Protección y Prevención ▪ Protección de Ejemplares Relocalizados. ▪ Instalación de cerco perimetral para evitar el ingreso de animales, vehículos y personas ajenas. ▪ Revisión y mantenimiento constante del cerco para garantizar su efectividad. ▪ Instalación de señalética con información del programa de rescate y números de emergencia. ▪ Supervisión y monitoreo de las medidas durante toda la vida útil del proyecto. ▪ Prevención y Medidas contra Incendios Forestales ▪ Instalación de letreros visibles con información sobre prevención de incendios y números de emergencia. ▪ Restricción de acceso a personas no autorizadas. ▪ Mantención de caminos internos libres de material vegetal combustible para servir como cortafuegos. ▪ Capacitación del personal en prevención y combate básico de incendios. ▪ Uso de herramientas como palas y rastrillos para el control inicial de incendios. ▪ Elaboración de un procedimiento de actuación en caso de incendio, con aviso inmediato a organismos competentes. ▪ Priorización del resguardo de vidas humanas y combate de incendios por personal especializado. ▪ Charlas periódicas para reforzar conocimientos sobre protección y seguridad. ▪ Señalética Asociada. ▪ Implementación de señalética con información sobre las medidas de protección y el proyecto, incluyendo antecedentes como superficie, especies relocalizadas y número de individuos.
Oportunidad de implementación: En la pre-etapa de construcción, se lleva a cabo la identificación y rescate de los individuos afectados, junto con su acondicionamiento y la selección del sitio de relocalización. Durante la fase de construcción, se procede con la reubicación de los ejemplares, acompañada de un monitoreo inicial y la implementación de ajustes en caso de ser necesarios. Finalmente, en la post-construcción, se realiza Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
un seguimiento a largo plazo por un período de hasta cinco años, asegurando la adaptación exitosa de los ejemplares trasplantados y aplicando medidas correctivas si no se alcanza la tasa de éxito del 90%.
Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de éxito corresponde al 90% del establecimiento favorable de los ejemplares trasplantados. Al término del segundo período de monitoreo se evalúa nuevamente este indicador, si este valor demuestra que los resultados de establecimiento arrojan valores menores a 90%, se consideran acciones correctivas que consisten en un plan de revegetación con individuos viverizados y se continua con el programa hasta obtener el 90% del establecimiento favorable de los ejemplares trasplantados. Forma de control y seguimiento - Monitoreo y Seguimiento. - Evaluación de variables para determinar el éxito del establecimiento de ejemplares trasplantados. - Medición de parámetros como número de ejemplares, estado sanitario, daño por depredación, vigor, altura y estado fenológico. - Monitoreo por dos años con informes periódicos a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). - Monitoreo y Entrega de Informes. - Rescate de germoplasma: seguimiento del desarrollo de semillas, informes cuatrimestrales y consolidado anual. - Relocalización: monitoreos a 30 días de la relocalización, estacionales por 5 años, y evaluación dos años antes del cierre del proyecto. - Informe de Rescate de Germoplasma y Artejos. - Documentación sobre metodología de recolección, cantidad recolectada, almacenamiento y registro fotográfico. - Informe de Rescate, Sitio y Relocalización. - Informes detallados sobre metodología, estado fitosanitario, ubicación, duración del proceso y cartografía digital. - Informes de Monitoreo Trimestrales. - Monitoreos estacionales por 5 años, con seguimiento dos años antes del cierre del proyecto. - Evaluación de sobrevivencia, estado de cierres perimetrales, registro fotográfico y medidas correctivas. - Informe de Monitoreo Final. Resumen de los informes previos, evaluación del éxito de la relocalización (≥90% de sobrevivencia) y plan de acción en caso de no alcanzar el indicador. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.6.
9.8. Plan de Monitoreo de Ruido Fase de Construcción. Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Descripción: Realización de mediciones de ruido en receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, durante la fase de construcción del Proyecto.
Justificación: Conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
verificó incumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, en fase de construcción en algunos receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, en función de lo cual se incorporaron medidas de control referidas a pantallas acústicas, para luego realizar una nueva modelación verificando el cumplimiento normativo con las medidas consideradas. De esta manera, el monitoreo de ruido se justifica en verificar el cumplimiento normativo durante la fase de construcción, en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de ruido se lleva a cabo en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar, los cuales corresponden a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, R3 y R4. Al respecto, cabe indicar que conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, las medidas de control se asocian a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, sin embargo, el monitoreo de ruido para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, se realiza en todos los receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar.
Forma: Se realizan mediciones discretas con sonómetro integrador – promediado considerando las disposiciones del del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
Oportunidad de implementación: El monitoreo de ruido se realiza durante la fase de construcción, de manera bimensual. De esta manera, teniendo en cuenta la duración de 6 meses de la fase de construcción, se considera la realización de 3 monitoreos. Indicador que acredite su cumplimiento Se lleva registro de la realización de cada monitoreo. De manera posterior a cada monitoreo, se genera un informe con los resultados obtenidos. Forma de control y seguimiento • Registro de realización de monitoreo de ruido bimensual durante fase de construcción. • Previo a la realización del monitoreo, se entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente el cronograma de cada monitoreo, pormenorizando horario, fechas y coordenadas UTM de aquellas zonas en donde se ejecutan las mediciones. • Envío de Informe a SMA reportado a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). El informe se envía en un plazo de 30 días posterior a la realización de cada monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.8.
9.9. Monitoreo de suelos. Impacto asociado Potencial cambio para sustentar biodiversidad. La superficie del área de influencia de suelos presenta las clases de riesgo de activación de procesos erosivos “bajo”, en un 18,37 % de la superficie; clase de riesgo “medio”, en un 77,48% de la superficie, y clase de riesgo “alto”, en un 4,15% de la superficie. En una situación con obras, existe una variación de las clases de riesgo, alcanzando la clase de riesgo “bajo” un 13,36% de la superficie, la clase de riesgo “medio” un 81,81% de la superficie y la clase de riesgo “alto”, un 4,83% de la superficie del área de influencia. No se proyectan variaciones en el tiempo considerando el efecto de la variación en las precipitaciones debidas al cambio climático. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un seguimiento exhaustivo de los cambios que se pudiesen producir en el suelo durante la vida útil del Proyecto, tomando en consideración sus propiedades.
Descripción: Se realizan monitoreos en las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto para verificar que no se han realizado alteraciones del suelo sobre el cual se emplaza el Proyecto. En cada monitoreo se contempla la medición de propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo, específicamente en el área de emplazamiento del Proyecto. Conforme lo anterior se contempla realizar:
- Un muestreo previo a la fase de construcción: conforma la muestra testigo, que sirve como punto comparación para muestras posteriores.
- Un muestreo al final de fase de construcción.
- Muestreos durante la fase de operación: se toma una muestra cada (3) años.
- Un muestreo una vez finalizado la fase de cierre.
Las muestras son recogidas y enviadas al laboratorio el mismo día. Cada campaña de muestreo considera la toma de 5 muestras compuestas recogidas dentro de los primeros 20 cm de profundidad, que caracterizan la capa arable, en el área de influencia del Proyecto, con un arreglo de muestreo asistemático que asegure buena cobertura de la superficie a estudiar. Asociado a cada hito de muestro se elabora un informe que contiene los resultados del análisis, y la comparación respecto a la situación inicial. La información se almacena en las oficinas del Proyecto durante la fase de construcción y cierre, mientras que durante la fase de operación se dispone de la información en sala de monitoreo.
Justificación: La toma de muestras del suelo sobre el cual se emplaza el Proyecto permite tener conocimiento sobre sus propiedades, y, por tanto, contar con información fidedigna para la prevención y detección temprana de alteraciones en el suelo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del Proyecto.
Forma: Realización de una toma de muestras por parte de un profesional en materia de suelos. La muestra considera las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo. Elaboración de informe con los resultados de la muestra.
Oportunidad: Dependiendo de la fase del Proyecto, se generan diferentes muestreos, los que se describen a continuación: - Muestreo previo a la fase de construcción: conforma la muestra testigo, que sirve como punto comparación para muestras posteriores. - Un muestreo al final de fase de construcción (año 1). - Muestreos durante la fase de operación: se toma una muestra cada (3) años. - Un muestreo una vez finalizado la fase de cierre.
Lo anterior, mediante los parámetros expuestos a continuación: - Propiedades físicas: densidad aparente (terrón), retención de humedad, espacio poroso. - Propiedades químicas: pH, conductividad eléctrica, RAS, carbonatos. - Propiedad biológica: materia orgánica, carbono orgánico. Indicador que acredite su cumplimiento - Elaboración de un primer informe de condiciones y propiedades del suelo iniciales en el área de emplazamiento del Proyecto. - Elaboración de un informe de resultados por cada instancia de toma de muestras, en el cual se realiza una comparación entre la situación inicial y la situación observada en la actividad de muestreo. Forma de control y seguimiento Elaboración de informes de muestreo; estos se mantienen en las oficinas del Proyecto (durante fase de construcción y cierre); en la fase de operación los informes se mantienen en la sala de monitoreo. Estos se remiten a la SEREMI de Agricultura, a la SMA y al SAG de la Región de Libertador Bernardo O’Higgins. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.9.
9.10. Medidas de protección de los suelos a ser intervenidos. Impacto asociado - Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo (patrón de aireación). - Activación de procesos erosivos o erosión del suelo. - Compactación de suelo. - Pérdida de suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Procurar la mantención de las condiciones originales del suelo en las áreas a ser intervenidas por el Proyecto.
Descripción: El material de excavación se emplea en rellenos de obras o se esparce en el terreno, además que al término del uso de las instalaciones de faenas y del Proyecto en su totalidad, se procede a efectuar labores de descompactación de los suelos.
Justificación: Estas medidas apuntan a permitir así el repoblamiento natural de especies vegetales en las áreas intervenidas por las obras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Estas actividades son efectuadas en las áreas de instalaciones de faenas (al final de las fases de construcción y cierre), en todas las obras permanentes y caminos perimetrales, al término de la vida útil del Proyecto.
Forma: - Durante la construcción en todos los frentes de trabajo en los que se realice movimientos de tierra se realizan acopios de suelo con menos de 1 metro de altura, los que serán dispuestos inmediatamente al lado de las obras, para ser luego utilizados como relleno de estas (por ejemplo, en las zanjas de cableado) o dispuestos en el mismo terreno circundante dentro del predio para no eliminarlo. - En las obras de instalación de cableados y ductos subterráneos se considera no invertir los horizontes de suelo durante el proceso de tapado de las zanjas. Para ello, durante el proceso de excavación de estas zanjas, la sección más superficial del suelo removido se conserva separadamente del resto del material removido desde mayores profundidades (material parental y/o roca en diferentes grados de meteorización). La disposición final de la sección superficial del suelo se realiza sólo al final del proceso de tapado de la zanja, con la finalidad de no alterar el orden original de los horizontes removidos. - En el mismo proceso, la compactación del material removido se realiza de manera controlada, con la finalidad, por un lado, de minimizar el riesgo de erosión por falta de cohesión y/o excesivo esponjamiento del material removido utilizado en el tapado de la zanja y por otro lado, evitar el exceso de compresión. - Al momento de la fase de cierre, y una vez se hayan desmontado y retirado todas las instalaciones, se procede a descompactar los suelos.
Oportunidad: La medida de uso como relleno / esparcimiento de tierra sobre el terreno, se efectúa durante la fase de construcción del Proyecto, en tanto que la descompactación de los suelos, al final de las fases de construcción y cierre (en las áreas de instalación de faenas) y en fase de cierre para todas las obras permanentes del Proyecto.
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Indicador que acredite su cumplimiento Se mantienen los siguientes registros a disposición de la autoridad, los que se encuentran en la instalación de faena durante la fase de construcción: Registro fotográfico de las actividades de relleno/esparcimiento de material excavado en el área del Proyecto y de labores de descompactación de suelos. Forma de control y seguimiento - Revisión de los registros fotográficos señalados. - Revisión in situ de las labores comprometidas. - Envío a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de los registros gráficos señalados. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.10.
9.11. Monitoreo de ruido fase de cierre. Impacto asociado Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en consideración de las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental.
Descripción: Realización de mediciones de ruido en receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, durante la fase de cierre del Proyecto.
Justificación: Ya que la Fase de Cierre se homologa a lo presentado en la Fase de Construcción y Conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, se verificó incumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente en fase de construcción en algunos receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar, en función de lo cual se incorporaron medidas de control referidas a pantallas acústicas, para luego realizar una nueva modelación verificando el cumplimiento normativo con las medidas consideradas. De esta manera, el monitoreo de ruido se justifica en verificar el cumplimiento normativo durante la fase de cierre, en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de ruido se lleva a cabo en los receptores asociados al emplazamiento del parque solar, los cuales corresponden a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, R3 y R4. Al respecto, cabe indicar que conforme a las modelaciones realizadas en el Anexo 3.15 “Estudios de Ruidos y vibraciones” de la Declaración de Impacto Ambiental, las medidas de control se asocian a los receptores R1, R2, R2-B, R2-C, R2-D, sin embargo, el monitoreo de ruido para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, se realiza en todos los receptores asociados al emplazamiento de las obras del parque solar.
Forma: Se realizan mediciones discretas con sonómetro integrador – promediado considerando las disposiciones del Decreto Supremo N°38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
Oportunidad de implementación: El monitoreo de ruido se realiza durante la fase de cierre, de manera bimensual. De esta manera, teniendo en cuenta la duración de 6 meses de la fase de construcción, se considera la realización de 3 monitoreos. Indicador que acredite su cumplimiento Se lleva registro de la realización de cada monitoreo. De manera posterior a cada monitoreo, se genera un informe con los resultados obtenidos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento • Registro de realización de monitoreo de ruido bimensual durante fase de cierre. • Previo a la realización del monitoreo, se entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente el cronograma de cada monitoreo, pormenorizando horario, fechas y coordenadas UTM de aquellas zonas en donde se ejecutarán las mediciones. • Envío de Informe a SMA reportado a través del Sistema de Seguimiento Ambiental (https://ssa.sma.gob.cl/). El informe se envía en un plazo de 30 días posterior a la realización de cada monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.11.
9.12. Monitoreo preventivo de eventual activación procesos erosivos. Impacto asociado Pérdida de capacidad para sustentar biodiversidad por compactación. Pérdida de capacidad para sustentar biodiversidad por escarpe. Pérdida de capacidad para sustentar biodiversidad por excavación. Pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por aumento de riesgo de activación de procesos erosivos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Observar eventual activación de procesos erosivos en el suelo asociado al emplazamiento de obras Proyecto al interior del área de influencia de suelo.
Descripción Se procede a verificar visualmente durante la fase de construcción y operación del Proyecto, si se han activado procesos erosivos en el área de influencia de suelos, con particular énfasis en las zonas con riesgo de activación de procesos erosivos alto y muy alto del Proyecto.
Para ello se considera como erosión la presencia de signos como: Flujo pre- canalizado (como cambios de color en superficie) y canalículos.
Lo anterior comprende un recorrido de inspección visual en al área de influencia de suelos, con particular énfasis en las zonas con riesgo de activación de procesos erosivos alto (ver Anexo 16, actualización informe de riesgo de activación de procesos erosivos, de la Adenda Complementaria)
En caso de observar signos de activación de procesos erosivos, se determinan las acciones requeridas conforme al rasgo de erosión observado.
Justificación Los resultados de la actualización del Análisis de Riesgo de Activación de Procesos Erosivos con Proyecto (adjunto en Anexo16) de la Adenda Complementaria) indican una variación en las clases de riesgo en el AI.
Clase de Riesgo Situación sin obras Situación con obras Área (Ha) % Área (Ha) % Riesgo bajo 3,008 15,680 2,227 11,723 Riesgo medio 11,336 59,091 11,891 61,984 Riesgo alto 4,84 25,229 5,044 26,293 Fuente: Tabla 12 del Anexo 14 del Adenda Complementaria. Porcentaje de clases de riesgo de activación de procesos erosivos en AI, situación sin Proyecto y situación con Proyecto.
Atendida esta variación en la condición de riesgo de activación de procesos erosivos, en forma preventiva se propone monitorear la presencia de eventuales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
signos de activación de procesos erosivos para tomar acciones correctivas oportunas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Emplazamiento de obras del Proyecto al interior del Área de influencia de suelos.
Forma: Con el inicio de la fase de construcción y operación, se procede a recorrer el área de influencia de suelos, realizando registros fotográficos; observaciones georreferenciadas e identificando si ha ocurrido la formación de los siguientes signos de erosión: - Flujo pre-canalizado (como cambios de color en superficie) y canalículos.
En el caso de que se identifique la presencia de algún signo de erosión este es georreferenciado para la posterior toma de acciones correctivas utilizando algunas de las siguientes técnicas, según corresponda: - Relleno de canalículos. - Aplicación de barreras físicas para favorecer la contención del suelo o/y disipar la energía de escurrimiento en lugares donde se observe mayor escorrentía. - Construcción de zanjas de infiltración o cualquier obra de contención de suelos que impida el arrastre de suelo por efecto de la escorrentía.
Oportunidad: El recorrido de inspección se realiza semestralmente, durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Cabe indicar que, considerando la baja agresividad climática de la zona de emplazamiento del Proyecto, se considera un recorrido de inspección semestral de forma preventiva. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las actividades de recorrido de observación a realizarse de manera semestral. Registro fotográfico georreferenciado en caso de observar activación de procesos erosivos en el área de influencia de suelos del proyecto. En caso de observar signos de activación de procesos erosivos: Registro de definición y ejecución de labores correctivas tales como como relleno de canalículos o aplicación de barreras físicas, según corresponda conforme al tipo de signo de erosión observado. En caso de realización de acciones correctivas para evitar el aumento de un signo de activación de procesos erosivos observado determinado, se realiza una observación de seguimiento, lo cual se realiza en el recorrido de inspección siguiente.
Informe anual que contiene el registro del monitoreo y las eventuales acciones tomadas.
En caso de observar activación de procesos erosivos que requieran considerar acciones correctivas, el informe contiene la siguiente información: a. Fecha y lugar georreferenciado de observación de activación de procesos erosivos. b. Tipo y características del proceso erosivo. c. Medidas correctivas definidas. d. Ejecución de medidas definidas. e. Observación de seguimiento de las medidas implementadas. Forma de control y seguimiento Informes anuales al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.12.
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9.13. Enriquecimiento vegetal perimetral. Impacto asociado No aplica. Sin perjuicio de lo anterior, se busca asegurar que la visibilidad del Proyecto desde los sectores cercanos que tienen una mayor cantidad de posibles observadores sea mínima, potenciando la percepción del carácter natural y rural del paisaje e integrando el Proyecto de mejor manera al carácter del paisaje existente. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de esta medida es reducir la visibilidad del Proyecto desde la ruta H-76, que cuenta con un mayor número de posibles observadores, mejorando así la percepción del carácter natural y rural del paisaje e integrando el Proyecto de manera más armoniosa al entorno existente. Para lograr esto, se lleva a cabo un proceso de enriquecimiento perimetral utilizando especies nativas y endémicas incluidas en el listado de composición florística de las formaciones vegetacionales identificadas en el Anexo 3.6 de la DIA – Caracterización de flora y vegetación terrestre, con el fin de mejorar la calidad estética de las obras del Proyecto en el entorno rural local.
Las especies en cuestión corresponden a: • Peumus boldus – Boldo (Arbórea) • Lithraea caustica - Litre (Arbórea) • Quillaja saponaria - Quillay (Arbórea) • Vachellia caven – Espino (Arbórea) • Berberis chilensis – Michay (Arbusto) • Baccharis linearis – Romerillo (Arbusto)
Las especies que compondrán las bandas florales corresponden a: • Alstroemeria ligtu - Liuto (Herbáceo) • Baccharis linearis - Romerillo (Arbustivo) • Calceolaria dentata (Arbustivo) • Cestrum parqui - Palqui (Arbustivo) • Clarkia tenella (Herbáceo) • Conanthera bifolia - Flor de viuda (Herbáceo) • Leucocoryne ixioides - Huilli (Herbáceo) • Muehlenbeckia hastulata - Quilo (Arbustivo) • Pasithea coerulea - Azulillo (Herbáceo) • Sisyrinchium graminifolium - Nuño (Herbáceo) • Quillaja saponaria - Quillay (Arbóreo) • Aristotelia chilensis - Maqui (Arbóreo) • Lithraea caustica - Litre (Arbóreo) • Maytenus boaria - Maitén (Arbóreo)
Descripción: Durante la construcción del Proyecto se implementa el enriquecimiento vegetal perimetral (colindante a la ruta H-76) con especies arbustivas y arbóreas, tanto nativas como endémicas, del listado de composición florística de las formaciones vegetacionales identificadas en el Anexo 3.6 de la DIA idóneas al emplazamiento del Proyecto, de alturas diversas y de bajo requerimiento hídrico, que se mantiene durante toda la fase de operación del parque. Para las Bandas florales, estas se ubican en las zonas de intercepción entre el Cerco perimetral y las quebradas. En cuanto se haga la instalación del Cerco perimetral del Proyecto, estas se localizan en sentido paralelo colindante al cerco, extendiéndose a lo largo y del ancho de la quebrada, sin interceptar el paso de la quebrada. Se ubican en orientación norte del Proyecto, con el fin de reducir la visibilidad del Proyecto desde la ruta H-76.
Justificación: Dado que la construcción y operación del Proyecto suponen un cambio en las condiciones actuales y en el carácter general del paisaje, debido a la introducción de infraestructura energética en terrenos de uso agrícola, se implementa un cierre vegetal perimetral. Esta barrera verde tiene como objetivo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
preservar y mantener el carácter rural y natural de la zona, utilizando especies nativas y endémicas, tanto arbóreas como arbustivas, con alturas variables para reducir la visibilidad del Proyecto desde sus alrededores. La ubicación de esta barrera responde a la necesidad de disminuir la visibilidad de las obras del Proyecto desde la ruta H-76. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El área de localización del enriquecimiento vegetal perimetral corresponde al área colindante con la ruta H-76 del Proyecto. Se desarrolla a una distancia de 5 metros de la ruta H-76, siguiendo el contorno y localización de esta. Presenta una extensión aproximada de 414 metros en total. Mientras que el área de relocalización de las Bandas florales corresponde a la orientación norte del Cerco perimetral, ubicándose colindantemente en paralelo a esta.
Figura 1. Localización CAV Enriquecimiento vegetal perimetral y Bandas florales.
Forma: El Enriquecimiento vegetal se implementa mediante la forestación de especies arbóreas, arbustivas, mientras que las bandas con especies arbóreas, arbustivas y herbáceas, tanto nativas como endémicas, idóneas al sitio de emplazamiento del Proyecto. Las especies para utilizar corresponden a: • Peumus boldus - Boldo (Arbórea) • Lithraea caustica - Litre (Arbórea) • Vachellia caven - Espino (Arbórea) • Quillaja saponaria - Quillay (Arbórea) • Berberis chilensis – Michay (Arbusto) • Baccharis linearis – Romerillo (Arbusto) • Alstroemeria ligtu - Liuto (Herbáceo) • Calceolaria dentata (Arbustivo) • Cestrum parqui - Palqui (Arbustivo) • Clarkia tenella (Herbáceo) • Conanthera bifolia - Flor de viuda (Herbáceo) • Leucocoryne ixioides - Huilli (Herbáceo) • Muehlenbeckia hastulata - Quilo (Arbustivo) • Pasithea caerulea - Azulillo (Herbáceo) • Sisyrinchium graminifolium - Nuño (Herbáceo) • Aristotelia chilensis - Maqui (Arbóreo) • Maytenus boaria - Maitén (Arbóreo)
Cabe señalar que el tipo de especies a utilizar como su cantidad depende de la disponibilidad con la que cuenten los distribuidores autorizados y de la idoneidad para adaptarse a las condiciones climáticas y de suelo propias del territorio. La localización como extensión del Enriquecimiento vegetal se encuentra en el Anexo 1.3 – Archivos Digitales, bajo el nombre de “CAV Enriquecimiento Vegetal Perimetral_2”, correspondiente al KMZ respectivo de dicho compromiso.
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Oportunidad: Las tareas de forestación, tanto enriquecimiento como bandas, se llevan a cabo al final de la fase de construcción del Proyecto, mientras que las actividades de mantenimiento se extienden a lo largo de toda la vida útil del Proyecto, especialmente durante los primeros dos años de operación. Durante este periodo inicial, se realizan dos mantenimientos al año, y luego, durante el resto de la fase de operación, se lleva a cabo un mantenimiento anual. La supervisión y monitoreo de la medida se efectúan en el primer, tercer y quinto año tras la implementación del compromiso. Indicador que acredite su cumplimiento El principal indicador de cumplimiento corresponde el desarrollo exitoso del Enriquecimiento vegetal perimetral, el cual se registra fotográficamente desde los puntos de observación sobre los cuales se realizaron los fotomontajes en el Anexo 3.9 de la DIA, específicamente en los puntos de observación PO1, PO7 y PO11. Forma de control y seguimiento La forma de control y seguimiento se realiza mediante registro fotográfico del desarrollo y mantenimiento del enriquecimiento vegetal perimetral desde los puntos de observación señalados anteriormente. Se realiza un monitoreo fotográfico al primer, tercer y quinto año de aplicado el compromiso. Se informa a la SMA al primer, tercer y quinto de aplicado el compromiso, sobre el control y seguimiento de la cortina arbórea. El plazo de entrega a la autoridad desde que se realice el seguimiento mediante registro fotográfico es de 30 días. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.13.
9.14. Plan de comunicación comunitaria Impacto asociado Obstrucción o restricción a la libre circulación. Conectividad o aumento en los tiempos de desplazamiento. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” busca construir vínculos de comunicación e interacción con la comunidad local, a través de la implementación de mecanismos formales de comunicación entre el Proyecto y la Comunidad. Esto permite informar a vecinos de forma oportuna sobre los hitos relevantes y características del Proyecto, junto con dar aviso de cualquier situación que se presente, promoviendo la transparencia y una relación armoniosa entre el Proyecto y su entorno. Además de atender y mantener registro de reclamos, denuncias y/o sugerencias que puedan surgir.
Descripción: Al comienzo de la etapa de construcción del Proyecto, se informa a los vecinos aledaños sobre el/los canales mediante los cuales pueden recibir información, comunicarse, plantear dudas, obtener respuestas, hacer reclamos, denuncias y/o sugerencias, respecto al proceso de construcción, operación y cierre del Proyecto, a cargo de la persona designada por el Proponente.
Justificación: En el informe de Caracterización del Medio Humano (Anexo 3.13 de la DIA), permite concluir que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa sobre los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos cercanos al área de Proyecto, en ninguna de sus fases. También y de acuerdo al Estudio de impacto vial presentado en el Anexo 3.17 de la Adenda, no se produce un aumento relevante en los tiempos de desplazamiento ni una obstrucción-restricción a la libre circulación para los usuarios regulares actuales de dichas rutas. Sin embargo, con el propósito de mejorar el desempeño y promover la comunicación comunitaria del Proyecto, se ejecuta una gestión temprana y efectiva de cualquier inquietud que pueda surgir en la comunidad a raíz de las partes y obras del Proyecto, propósito por el cual se incorpora este canal de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
comunicación, junto con la entrega oportuna de información sobre las características del Proyecto y sus respectivas fases. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Plataforma web, y/o correo electrónico como canales de comunicación remotos.
Forma: Previo comienzo de las etapas de construcción, operación y cierre se informa a los vecinos respecto de las actividades relevantes que se realizan y sobre las características del Proyecto, además de la operatividad de la plataforma web como mecanismo informativo y de recepción de inquietudes. Se entrega, información mediante el o los canales de comunicación decididos previamente. Se contemplan canales mediante los cuales los vecinos pueden recibir o enviar información, previo a la construcción. La persona designada por el Proponente para esta labor se encomienda en responder a las consultas, sugerencias y/o reclamos emitidos por los vecinos del Proyecto. La localidad que puede participar de este Plan corresponde a Marchigüe.
Oportunidad: Este compromiso se comienza a implementar previo a la fase de construcción, implementando canales de comunicación antes del inicio de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento - Registro de la entrega de la información a los vecinos, por parte del encargado designado por el Proponente. - Revisión periódica del funcionamiento de los mecanismos de comunicación. - Auditorías internas semestrales para evaluar la gestión de inquietudes. - Registro de carta de aviso a Municipio sobre la operatividad de la plataforma web y comunicación sobre el objetivo del CAV. Forma de control y seguimiento - Se dispone el registro de los vecinos contactados junto con sus respectivos nombres y medio de contacto. - Se mantienen registros disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo XI del ICE, numeral 11.1.14.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
11.1.1. Riesgo de ocurrencia de accidente laboral. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar Construcción, Operación y Cierre - El personal de faenas deberá operar equipos sólo si está autorizado y cuenta con la capacitación y experiencia para ello. - Inspección diaria de equipos y herramientas al comienzo de cada turno, con reporte de anomalías para reparación o reemplazo. - Uso obligatorio de elementos de protección personal (EPP), según normativas de seguridad; personas sin EPP no podrán operar equipos o maquinarias. - Mantenimiento periódico de maquinarias y herramientas, siguiendo un calendario planificado. - Instalación de señalética adecuada en zonas de excavaciones y otras áreas de riesgo. - Capacitación del personal en seguridad y prevención de accidentes, con énfasis en el correcto uso de equipos y acciones críticas a evitar (como falsas alarmas). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento - Se mantiene señalética del uso de EPP en los diferentes frentes de trabajo - Se lleva un registro de las capacitaciones que se realicen en obra. - Se mantiene registro de las mantenciones de las maquinarias en obra. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.1.
11.1.2. Riesgo de ocurrencia de incendio en el área de faenas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar El riesgo de incendio en el Proyecto está asociado principalmente, a un manejo inadecuado de materiales inflamables y combustibles, calentamiento de baterías en sistema de almacenamiento en Parque de Baterías BESS, así como también, a trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes en el proceso de construcción del Proyecto. Bajo lo mencionado anteriormente, es que se implementan las siguientes medidas de prevención de contingencia ante riesgo de incendio: - Se realiza una capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. - Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por el Proponente del Proyecto, para minimizar el riesgo de incendio. - Se contará con material de difusión sobre este riesgo. - Se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. - Se implementarán mecanismos de detección temprana e inyección directa de agente supresor de incendios en el área de almacenamiento de energía o Parque de Baterías BESS. - Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas.
Las medidas de prevención específicas para esta contingencia son: - Se debe suministrar al personal con cantidades suficientes del tipo correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en el área del Proyecto. - Los materiales combustibles tales como residuos o sustancias peligrosas estarán almacenados en sitios autorizados que contarán con los respectivos sistemas de manejo de incendios, extintores u otros. - Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, palas, tambores con arena, etc.). - El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos probables de incendio, pero no tan cerca que se dañen o no se les pueda usar durante un incendio. - Los extintores a base de agua no deben ubicarse cerca del equipo eléctrico ni utilizarse en este tipo de equipo. Debe demarcarse el área donde será ubicado de acuerdo la a normativa vigente. Además, debe considerarse: ▪ Ubicaciones marcadas de manera clara y uniforme. ▪ Visible sobre posibles obstrucciones. ▪ Acceso al equipo libre de obstrucción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
▪ Cantidad, tipo y números indicados en un plano. ▪ Calidad, confiabilidad e integridad del equipo.
- El mecanismo de detección temprana e inyección directa de agente supresor de incendios en el área de almacenamiento de energía o Parque de Baterías BESS, deberá estar en óptimas condiciones y provistos con la cantidad adecuada y suficiente de agente supresor de incendios. Estos sistemas deberán ser inspeccionados regularmente. En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado a la SMA.
Forma de control y seguimiento - Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca las prohibiciones de cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. - Inspección visual y/o registro fotográfico de áreas de almacenamientos de materiales combustibles e inflamables, acorde a la normativa. - Registro de capacitación en el uso de extintores y otros sistemas de control de incendios. - Inspección visual y/o registro de la distribución de los sistemas de control de incendio en la obra, así como de sus mantenciones con vigencia. - Copia de avisos y remisión de informes de incendios a la autoridad en el caso de que corresponda. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.2.
11.1.3. Riesgo de afectación a fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Con el fin de reducir el riesgo de atropello a la fauna silvestre se deberán ejecutar las siguientes medidas y acciones: - Se capacitará a todos los trabajadores de la obra en relación con la fauna existente en el área del Proyecto, junto a los respectivos procedimientos en caso de ocurrir un hallazgo. - Se colocarán instructivos del plan de contingencia en caso de encontrar especies vertebradas terrestres dentro del área de construcción del proyecto. Éstos instructivos tendrán especial énfasis en las especies relocalizadas y desplazadas por parte del Proyecto, colocando fotografías de dichas especies y localizando los instructivos en las áreas de intervención y cercanos a estas. - Se implementará un control de velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos en operación del Proyecto, informando al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos asociados al Proyecto. - Instalación de carteles y señaléticas informativas en caminos interiores y de acceso sobre el eventual cruce de animales en las zonas, los cuales deberán ser visibles, para que se respeten velocidades de conducción y que den tiempo suficiente al usuario para responder adecuadamente en caso de un eventual cruce de animales silvestres en la vía. Forma de control y seguimiento - Registro de ejecución de charlas de fauna silvestre registrada en el área de influencia del Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca la limitación de la velocidad dentro de la obra, así como la advertencia de atraviesos de fauna. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.3.
11.1.4. Riesgo de ocurrencia de alteración accidental de restos y/o sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar En actividades asociadas al despeje, escarpe y nivelación del terreno (movimientos de tierras), en el caso de que ocurra un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley Nº17.288, la cual establece que toda persona que al llevar a cabo excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrase ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, debe dar aviso inmediato del descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), el cual ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el CMN se haga cargo de él, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26º de la Ley.
Tras lo anteriormente mencionado y para evitar que exista una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios arqueológicos, se implementarán las siguientes medidas: - Se realizará una capacitación a todos los trabajadores que participen en las labores constructivas asociadas a movimiento de tierra sobre la importancia de los sitios arqueológicos del país y las acciones a realizar ante un hallazgo o sitio encontrado.
- Se contará con material de difusión sobre este riesgo. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, durante la faena, se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir. Forma de control y seguimiento
- Chequeo de que se cuente en obra con los procedimientos de acción ante hallazgos no previstos.
- Registro de ejecución de charlas de inducción patrimonial.
- Registro de notificación al CMN en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico dentro de las 48 horas de haber ocurrido el hallazgo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.4.
11.1.5. Riesgo de accidente en transporte de insumos y residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte de insumos y/o residuos. Acciones o medidas a implementar Los insumos, maquinaria y personal que sean transportados de y hacia las áreas de trabajo, deberán tener en consideración las siguientes medidas de contingencia: - Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito que elaborará el Proponente y sobre el procedimiento de emergencia en caso de accidentes de tránsito. - El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir correspondiente al día. - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente. - Controles y pruebas aleatorios a conductores para verificar el estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes. - Los vehículos cumplirán con la legislación de tránsito aplicable, como contar con revisión técnica al día, seguros vigentes, permiso de transporte vigente, reglamentación de transporte de personal, etc. - Se implementará señalización adecuada en el área de construcción en las intersecciones que presenten mayor riesgo de accidente, las que serán identificadas por el experto en Prevención de Riesgos en la faena. - El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo con las rutas que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. - Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a las áreas de trabajos. Para ello se utilizarán señales, barreras, luces intermitentes eléctricas o cilindros delineadores. - Para el transporte de cargas sobredimensionadas, se coordinará su traslado con la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile y se tramitarán anticipadamente las autorizaciones pertinentes. - Se instalará señalización especial en los lugares donde probablemente transiten animales en las áreas asociadas al Proyecto, y se exigirá una velocidad máxima de 20 km/hora. - En los caminos asociados al Proyecto, la velocidad se restringirá a 30 km/hora y se estipulará en los respectivos Planes específicos de Obras. - La maquinaria y vehículos que operen en las áreas de trabajo se mantendrán en óptimas condiciones de funcionamiento. - En caso de generarse un accidente se informará inmediatamente al encargado de faena o encargado HSE, quien dará la información y ubicación a Carabineros de Chile. Todos los vehículos asociados al Proyecto en general deberán contar con señalética que identifique al Proponente y al Proyecto al que pertenece, como también de los servicios que contrate, de manera que puedan ser identificados en caso de accidentes. Forma de control y seguimiento - Registro de revisión técnica y licencia de conducir al día. - Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. - Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo de vehículos y capacitaciones. - Inspección visual y/o registro fotográfico del almacenamiento de sustancias y residuos acorde a la normativa vigente, incluyendo medidas contención y control. - Comprobantes de remisión de aviso e informes a la SMA y organismos competentes, según corresponda. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.5. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
contenga la descripción detallada
11.1.6. Riesgo por acumulación de residuos sólidos domiciliarios (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Sitios de almacenamiento de RSD y RSINP Acciones o medidas a implementar Para prevenir una falla por acumulación de RSD y RSNIP en el área de faenas, se adoptarán las siguientes medidas de prevención de contingencias: - Se realizarán charlas de capacitación al personal sobre materias prevención de higiene (en el caso de residuos sólidos domiciliarios) y seguridad (en residuos industriales no peligrosos) en el área del Proyecto. Estas charlas se realizarán al inicio de cada fase y cada vez que ingrese personal nuevo a trabajar al Proyecto. - Para que el sitio de almacenamiento no llegue a su máximo de capacidad los residuos serán retirados con la frecuencia necesaria. - Se tendrá un listado de contratistas que presten el servicio de retiro y disposición de RSD y RSINP, en caso de que el servicio contratado no pueda llevarse a cabo por la empresa que con la se hubieran contratado los servicios. Para evitar malos olores, los residuos domésticos, estarán en bolsas plásticas y se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno y se respetará la frecuencia de retiro. Forma de control y seguimiento - Registro firmado de capacitaciones, los cuales se encontrarán en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. - Registro de los retiros de residuos. - Registro fotográfico de los sitios de almacenamiento, los cuales se encontrarán en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.6.
11.1.7. Riesgo de derrame de residuos y/o sustancias peligrosas por incidentes en manejo y/o almacenamiento. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Transporte y almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) y sustancias peligrosas y carguío de combustibles. Acciones o medidas a implementar En el caso de transporte de sustancias y residuos peligrosos, se han de implementar las siguientes medidas de prevención de contingencia: - Cumplimiento de los requerimientos del D.S. N° 298/94 “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. - Los conductores de los vehículos que transporten sustancias o residuos peligrosos deberán estar capacitados para actuar en caso de accidentes con derrame de las sustancias transportadas. - Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº 2190 “Transporte de sustancias peligrosas Distintivos para identificación de riesgos”. - Todos los vehículos asociados al Proyecto deberán contar con señalética que identifique al Proponente y al Proyecto al que pertenece, como también Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
de los servicios que contrate, de manera que puedan ser identificados en caso de accidentes. - Realizar un procedimiento de inspección, de acuerdo a un protocolo establecido, a los vehículos externos que ingresan al área del Proyecto para el retiro de RESPEL y supervisión por parte de personal del Proyecto, durante la labor de retiro de residuos. - Para evitar una falla en la frecuencia del retiro de residuos y/o sustancias peligrosas, se deberán mantener operativos los canales de comunicación directos, con empresa encargada del retiro de residuos de manera de evitar que existan descoordinaciones la periodicidad de los retiros de estos.
En el caso de manejo y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos, se han de implementar las siguientes medidas de prevención de contingencia: - Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el Decreto Supremo Nº43/2016, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” y en el Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. - Mantener limpieza y orden de la bodega RESPEL y bodega de sustancias peligrosas. .- Todo personal que manipule y almacene este tipo de sustancias y residuos peligrosos deberá estar debidamente capacitado y apto para llevar a cabo las tareas. - Realización de inspecciones preventivas a las bodegas de residuos peligrosos. Dentro de las actividades a realizar, se verificará el estado de almacenamiento de las bodegas, con la finalidad de evitar que se sobrepase la capacidad de almacenamiento. - No se obstruirán vías de ingreso a las bodegas para el retiro de residuos y/o sustancias peligrosas. - Las bodegas de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas tendrán separaciones entre tipos o categorías de residuos, y estos estarán debidamente señalizados y delimitados. - Se debe verificar que los pretiles de sustancias peligrosas sean capaces de contener los volúmenes que establece la norma en caso de derrame. - Se realizarán retiros periódicos de los residuos peligrosos generados por el Proyecto los cuales no deben sobrepasar los 6 meses de almacenamiento estipulados por el Decreto N°148/2003, del MINSAL. En caso de ser requerido, se realizará retiro previo a este periodo de tiempo. - Se dispondrán de elementos de contención y limpieza de derrames. Estos se encontrarán en las bodegas de materiales. - Contar con un listado de proveedores de contenedores para disponer de alternativas para recambio de contenedores, en caso de ocurrencia de rotura de algún contenedor. - Se debe disponer en faena de las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones. Estas hojas deben incluir las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de que ocurra una emergencia. - No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los frentes de faena. Todos los equipos serán cargados en la zona de seguridad habilitada por el Proyecto, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control.
Para el manejo de sustancias peligrosas (lubricantes, aceites y combustible) y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas: - Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el Decreto Supremo N° 43/2016, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Revisión de pretiles de sustancias peligrosas, verificando que sean capaces de contener los volúmenes normados en caso de derrame, mantener pretiles bajo techo evitando que aumenten los volúmenes en caso de lluvias;
- Construcción del estanque de combustible sobre un suelo cubierto con una capa impermeable, sobre pretil cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N°160/2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, y estará dotado de todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente;
- Suministro de combustible a los equipos en un suelo impermeable puesto en el piso durante la transferencia de combustible y una línea puesta a tierra. Adicionalmente, se contará con el procedimiento de carguío de combustible;
- Capacitación al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias peligrosas;
- Disposición de medios de contención y limpieza de derrames;
- Disposición en el recinto de las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo; Mantención del inventario y control sobre el uso de las sustancias peligrosas; y
Durante la carga de combustibles y otros productos derivados de hidrocarburos, se debe considerar lo siguiente: - Antes de iniciar la carga: se efectuará la conexión a tierra para eliminar la electricidad estática; la carga se deberá efectuar bajo la supervisión de una persona y se deberá colocar el extintor en un lugar de fácil acceso; y - Durante la descarga: se colocarán triángulos o conos de seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la labor.
Procedimiento de carguío de combustible: - El vehículo o maquinaria, de ser posible trasladarlo, se ubicará en el lugar destinado a la carga de combustible. En el caso del grupo electrógeno, este recibirá el combustible en su misma ubicación. - Durante la carga, se instalará señalética que indique el procedimiento que se está realizando y las prohibiciones, tales como prohibido fumar. Esta señalética delimitará el sector, quedando en el lugar, solo los operarios encargados del proceso. - Ningún conductor u operador de maquinaria, se mantendrá dentro de los vehículos mientras se carga combustible. Ellos accederán a sus vehículos únicamente cuando se complete el proceso y se haya cerrado la tapa del estanque. - Una vez terminado el procedimiento, se retirarán todos los elementos que puedan entorpecer las tareas, dejando el área limpia y despejada. Tanto el conductor del vehículo o maquinaria, como del operador de la carga de combustible, serán responsables de seguir estrictamente el procedimiento y realizar una carga segura. Forma de control y seguimiento - Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. - Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo y capacitaciones. - Inspección visual y/o registro fotográfico del almacenamiento de sustancias y residuos acorde a la normativa vigente, incluyendo medidas contención y control. - Comprobantes de remisión de aviso e informes a la SMA y organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.7. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
contenga la descripción detallada
11.1.8. Riesgo de derrame de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Sistema particular de alcantarillado y baños químicos. Acciones o medidas a implementar Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas a las aguas servidas asociado al sistema particular de alcantarillado: - Se realizará periódicamente el mantenimiento de unidades y equipos del sistema particular de alcantarillado de aguas servidas. - Se verificará continuamente los parámetros de funcionamiento. - Inspección periódica de los sistemas de tubería de sistema particular de alcantarillado. - El sistema de evacuación de aguas servidas contará con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso. - El diseño del sistema de evacuación de aguas servidas considerará el máximo de trabajadores que se desempeñarán en cada fase del proyecto. - Se realizará periódicamente una inspección visual/fotográfico con el objeto de verificar que no existan problemas operativos del sistema particular de alcantarillado, como fisuras, roturas o fugas. - Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades. - El retiro de los lodos generados será realizado periódicamente por una empresa que cuente con autorización sanitaria y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado. Forma de control y seguimiento - Registros de inspección periódica de los sistemas sanitarios operantes. - Registro fotográfico del sector de emplazamiento del sistema particular de alcantarillado. - Registro del retiro de lodos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.8.
11.1.9. Riesgo de incendios forestales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Emplazamiento de las obras del Proyecto y su entorno inmediato. Acciones o medidas a implementar Se consideran las siguientes medidas generales de prevención de incendio: •Se incluirá señalética y cartel en faena respecto de la prevención de incendio con los números de teléfonos de emergencia. •Se realizará capacitación de los trabajadores respecto de la prohibición de fumar y de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto, y sobre la importancia de no realizar fuego en ningún sector. •En caso de generarse residuos vegetales, estos serán retirados evitando su acumulación. •Se mantendrán actualizados los teléfonos de contacto de emergencia (bomberos, carabineros y CONAF). •Mantener una cuadrilla capacitada para el primer ataque, la cual contará con el equipamiento adecuado.
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Para el caso particular de incendios en áreas de trabajo o focos de incendio alrededor del Proyecto, se procederá a capacitar a los trabajadores en el uso del extintor manual -ya sea el trabajador capacitado o algún miembro de la brigada- mediante los siguientes pasos: •Llevar el extinguidor al lugar de amago. •Sacar el seguro en el lugar de amago. •Dirigir la boquilla del extinguidor hacia la base de las llamas. •Mantener el extinguidor en forma vertical y apriete la válvula de descarga. •Mover rápidamente la boquilla en forma de abanico de lado a lado, cubriendo el área de fuego con el agente extinguidor. Se mantendrá un registro de extintores. Cada doce meses se debe verificar el estado de carga (peso y presión). También comprobar la presión de impulsión del agente extintor, así como el estado de la manguera, boquilla, válvulas y todas las partes mecánicas. Además, habrá vehículos, herramientas e implementos básicos para el combate inicial de un incendio, los cuales serán proporcionados y ubicados en las instalaciones del proyecto. El parque solar contará con bodegas de materiales donde se dispondrá de una estación de emergencia con todas las herramientas mínimas de combate de incendios (Palas, Rastrillos, Picotas y/o Chuzo y Extintor).
Capacitación de prevención y combate de incendio • Utilización de caminos internos como cortafuego perimetral entre la zona de los paneles fotovoltaicos y el cerco perimetral. Dichos caminos tendrán la función de cortafuego al corresponder a una faja de terreno donde se elimina toda la vegetación y se deja expuesto el suelo mineral • Mantención de una cuadrilla capacitada para primeros amagos de incendios. Esta cuadrilla deberá contar con el equipamiento adecuado. • Instalación de cartel alusivo a la prevención de incendios forestales. • El parque solar contará con vehículos y herramientas adecuadas para combatir un amago de incendio forestal. • Confeccionar y mantener franjas de protección por los sectores donde pasan cables y postes del tendido eléctrico, debiendo éstos permanecer libre de vegetación sin pastos secos y con el ancho que obliga la ley, debiéndose contactar con las compañías eléctricas para solicitar y concordar las medidas mínimas de protección. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación asociada al uso de extintores y sobre dar aviso en caso de amago de incendio. - Revisión periódica de control y seguimiento del estado de los extintores. - Registro fotográfico de la señalética y carteles. - Registro de compra de las herramientas e implementos básicos para el combate de incendios. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.9.
11.1.10. Riesgo de afloramiento y/o intervención de aguas subterráneas o napa freática. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases Parte, obra o acción asociada Instalación del Proyecto Acciones o medidas a implementar Teniendo presente el principio preventivo de la evaluación ambiental, sin perjuicio que la napa freática en el área del Proyecto se sitúa entre 2 y 4 m de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
profundidad, ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción y Cierre del proyecto, se presentan a continuación, las acciones para prevenir la contingencia respecto a afloramiento de aguas subterráneas o napa freática: •Se realizarán charlas a los trabajadores sobre las medidas a tomar en caso de un afloramiento de aguas subterráneas. •Se realizarán las obras en un periodo seco (sin lluvias) para evitar la subida de las napas y el respectivo riesgo de afloramiento. •La estructura que hipotéticamente tomará contacto con el agua corresponde al perfil de acero que es sometido a un tratamiento de galvanizado en caliente, que actúa como protector de los efectos de humedad sobre la estructura y evita la formación de óxido de hierro que pudiere afectar la calidad de las aguas. •El hincado mediante fundación es en una base de cemento hidráulico, donde se hinca el perfil metálico mientras la lechada se encuentra fresca. Se recuerda que las reacciones químicas en el proceso de hidratado del cemento se producen sólo durante el proceso de fraguado, posteriormente los compuestos formados en estas reacciones son totalmente insolubles en agua. Forma de control y seguimiento Monitoreo constante de los trabajadores sobre medidas a tomar en caso de un afloramiento de agua. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.10.
11.1.11. Riesgo por activación de quebradas con escurrimiento de aguas y sedimentos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Instalaciones ubicadas cerca de las quebradas intermitentes. Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia corresponden a las siguientes: •Todo el personal será capacitado en administración de prevención de riesgos, técnicas para la prevención de los riesgos, primeros auxilios, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia, incluyendo eventos de inundación. •Se evitará ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado para evitar su caída u obstrucción de vías de evacuación. •Se determinarán puntos susceptibles de ser inundados producto de las lluvias. •Se retirarán los objetos que puedan ser arrastrados por el agua. •Se mantendrá a disposición del personal un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras y un radio con baterías. •Se realizarán simulacros en consideración a una posible inundación en la planta, en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria. •Se instalarán señaléticas dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, punto de encuentro, etc.). •La zona de seguridad deberá estar demarcada y libre de obstáculos, considerando estar ubicada en niveles superiores a los sectores de acumulación de agua. •Se tendrá como medida de control, la limpieza permanente de los cursos de agua y/o quebradas que puedan estar cerca del Proyecto, cuya periodicidad será cada año antes del periodo de lluvias. •Elaboración de Plan de Evacuación y realización de simulacro. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento - Se mantendrá registro de las capacitaciones impartidas al personal referidas a la preparación y respuesta ante eventos de inundaciones. - Se efectuarán inspecciones periódicas (dos veces por semana) a modo de verificar el orden y la limpieza de las instalaciones como también la disponibilidad y estado de los botiquines de emergencia. - Registro de la realización de simulacros, que incluya un registro fotográfico de la actividad. - Registro fotográfico cada zona de seguridad establecida por el prevencionista de riesgos, quien, además, realizará una revisión de las condiciones de seguridad de cada zona. - Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación y condiciones de orden en las diferentes instalaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.11.
11.1.12. Riesgo de ocurrencia de fallas en el sistema BESS que pudiesen generar emanaciones de elementos hidro reactivos al suelo y subsuelo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada El Proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía basado en baterías BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System), cuyo objetivo es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la prestación de servicios complementarios, como, por ejemplo, la regulación de frecuencia Acciones o medidas a implementar Durante las etapas de construcción y cierre se realizará una capacitación a los trabajadores sobre el funcionamiento del sector de almacenamiento por baterías, donde se mencionen los riesgos asociados y cómo se debe proceder ante situaciones de emergencia. El objetivo de la capacitación es que si ocurre alguna situación de emergencia no se afecte el suelo, subsuelo y las aguas subterráneas. En los frentes de trabajo se mantendrán los equipos de respuesta para posibles derrames, (arenas, esponjas, entre otras). La apertura de equipos eléctricos, así como la ejecución de actividades de mantenimiento que incluyen el drenado de sus fluidos, sólo se realizará por parte del personal capacitado para este propósito. Se deberá mantener en las instalaciones del Proyecto, un kit para la contención de derrames que cuente con un EPP específico para la eventualidad de derrames. Las baterías serán almacenadas en contenedores preensamblados desde fábrica, por ende, permanecerán al interior del container evitando el contacto con el exterior (con el agua, tanto al suelo, subsuelo y con ello a las aguas freáticas). Las baterías en sí no requieren de mantenimiento, ya que no tienen partes mecánicas que puedan sufrir algún desgaste o deterioro. El mantenimiento se realizará al Sistema BESS: ▪Mantenimiento preventivo: Estas acciones tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza del sistema de almacenaje eléctrico para la prevención de fallas. Todas las actividades de mantención se realizarán semestralmente y/o en función de las indicaciones de los fabricantes. ▪Mantenimiento correctivo: Estas acciones corresponden a reparaciones a las instalaciones o equipos del sistema BESS cuando ocurran o se detecten fallas que comprometan su funcionamiento o impliquen otro tipo de riesgos. Estas actividades pueden considerar correcciones, reparaciones o recambio de equipos. Estas actividades no son programadas, efectuándose solamente ante la ocurrencia de un evento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Forma de control y seguimiento - Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. - Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente. - Registro de cada capacitación donde se presente el sistema de almacenamiento BESS y los riesgos asociados, que incluya listado de asistentes, profesionales a cargo, y registro fotográfico. - Registro de las actividades para controlar la emergencia. - Registro de las condiciones del suelo y subsuelo. - Registro de fotografías. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.12.
11.1.13. Riesgo de ocurrencia de sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se realizará una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución de este Plan. Por otra parte, las instalaciones del Proyecto se diseñarán según lo establecen las normas y/o estándares nacionales e internacionales para la resistencia sísmica. Tras lo anteriormente mencionado, se establecen las siguientes medidas de prevención de contingencia ante riesgo sísmico. - Establecimiento de zonas de seguridad, demarcadas y libres de obstáculos. - Cada área o frente de trabajo contará con un Líder de evacuación asignado. - Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. - Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape y zonas de seguridad. - Disposición de respaldo de energía para los sistemas críticos o relevantes para la continuidad operacional y para la prestación de primeros auxilios. Forma de control y seguimiento Plan de emergencias disponible en obras con definición e identificación de las zonas de seguridad. Registros de ejecución de capacitaciones. Registros visual o fotográfico del estado de las áreas de trabajo, vías de circulación y señalización (zonas de seguridad y vías de evacuación). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.13.
11.1.14. Riesgo por inundaciones por temporal de lluvias y aluviones. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Acciones o medidas a implementar Eventos naturales como temporales de vientos u lluvia y aluviones, son imposibles de prevenir por lo que es necesario implementar medidas para mitigar los riesgos por los eventos anteriormente dichos.
En caso de temporales de lluvia: •Se mantendrán limpios los caminos y sectores de trabajo del proyecto. •Antes de conducir el chofer deberá revisar frenos, luces, limpiaparabrisas y presión de neumáticos. •Evitar transitar por pozas o charcos. Si esto no fuera posible, se deberá bajar la velocidad y manejar de forma prudente a la situación. •Mantener las luces bajas encendidas durante todo el trayecto de conducción. •Evitar conducir al lado de camiones o buses. En caso de aluvión: •Para todas las fases del Proyecto se capacitará al personal sobre los posibles riesgos naturales. En caso de producirse el riesgo por aluvión el personal deberá informar al líder de emergencias asignado para estos casos y establecer las medidas necesarias para evitar posibles accidentes. •Si el trabajador detecta condiciones que proporcionen un alto riesgo de accidentes, deberá informar inmediatamente al supervisor y advertir a sus compañeros. •Se establecerá un plan de evacuación, donde se detalle el tipo de construcción y las zonas de seguridad del proyecto las que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos. En dicho plan se deberá definir un líder de emergencias y un equipo de apoyo, con un orden de evacuación; el cual deberá ser de conocimiento general de todos los trabajadores del Proyecto. •Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área, durante las fases de construcción y cierre, mientras que, en la fase de operación, se realizará durante las mantenciones. •Detener todas las actividades, los equipos, apagar los electrodomésticos y computadores. •Retire a personas y equipos que puedan ser afectados. •Corte la electricidad a sectores inundados. Forma de control y seguimiento Existirá registro de procedimiento de instrucción realizada el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Capacitación del personal. Registro de señalética de seguridad Registro del monitoreo meteorológico preventivo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.14.
11.1.15. Riesgo por eventos climáticos por granizos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas. •Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área, durante las fases de construcción y cierre, mientras que, en la fase de operación, se realizará durante las mantenciones. Forma de control y seguimiento Existirá registro en caso de existir ocurrencia de granizos en la instalación de faena acorde a la fase del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.15.
11.1.16. Riesgo por tormentas eléctricas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar •El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. •Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas.
Fases de construcción y cierre •Se realizarán simulacros relacionado a las tormentas eléctricas en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria. •Se prohibirá el uso de equipos y/o instrumentos eléctricos al interior de todas las dependencias durante una tormenta eléctrica, instruyendo, además, la exigencia para el personal de mantenerse alejado de puertas, ventanas, pilares o estructuras metálicas. •Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área.
Fase de operación •Las mantenciones serán programadas con anticipación y planificadas con respecto a las condiciones meteorológicas reportadas con la finalidad de evitar realizar mantenciones cuando ocurran este tipo de eventos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•En caso de reportarse un evento de tormentas eléctricas fuera de la programación de mantención, se realizará una inspección de contingencia a la planta para determinar si es que existen medidas a tomar para el correcto funcionamiento de la planta. •Se aclara que, durante la fase de operación, el encargado de estas acciones será la empresa responsable de la mantención de la planta Forma de control y seguimiento Existirá registro en caso de existir ocurrencia por tormentas electicas en la instalación de faena acorde a la fase del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.16.
11.1.17. Riesgo por lluvia o nevazones intensas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar Acciones comunes para todas las fases del proyecto: •El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. •Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas. •Detención de todas las actividades, los equipos, apagar los electrodomésticos y computadores. •Retirar a personas y equipos que puedan ser afectados.
Fase de construcción y cierre •Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. •Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán por un especialista del área. Fase de operación •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, específicamente durante nevazones. •Las actividades de mantención deberán ser programadas en conjunto con la revisión del pronóstico meteorológico. Forma de control y seguimiento Existirá registro en caso de existir ocurrencia de riesgo por lluvias o nevazones intensas en la instalación de faena acorde a la fase del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.17. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
evaluación que contenga la descripción detallada
11.1.18. Riesgo por fuertes vientos superiores a lo normal. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar Acciones comunes para todas las fases del proyecto: •El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.).
Fase de construcción y cierre •Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad.
Fase de Operación •No se realizarán actividades de mantención durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas. •Las mantenciones serán planificadas de acuerdos al pronóstico climatológico. Forma de control y seguimiento Existirá registro en caso de existir ocurrencia de riesgo por fuertes vientos superiores a lo normal en la instalación de faena acorde a la fase del Proyecto. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.18.
11.1.19. Riesgo por desborde de canales e inundaciones de cauces naturales. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones o medidas a implementar Actividades comunes para todas las fases del proyecto •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. En el caso de la fase de operación se le exigirá esta actividad a la empresa encargada de las mantenciones. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). •Se realizará monitoreo a reportes meteorológicos, en especial atención a aquellos que reportan precipitaciones extremas, también, se realizará seguimiento de los reportes de la autoridad quien realiza llamados de alerta. •La zona de seguridad deberá estar demarcada y libre de obstáculos, considerando ubicar estas en niveles superiores a los sectores de acumulación de aguas. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de instrucciones realizadas el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. Se registrará la ocurrencia de eventos climáticos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.19.
11.1.20. Riesgos por remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar En el caso de eventos de remociones en masa, se han de implementar las siguientes medidas de prevención de contingencia: - Revisión periódica de las alertas meteorológicas proporcionadas por la Dirección de meteorología de Chile (DMC). - Revisión y mantención periódica de las obras de cruce a quebradas existentes del Proyecto, asegurando su buen funcionamiento ante precipitaciones excesivas. Forma de control y seguimiento Existirá un registro de las capacitaciones realizadas, el cual se encontrará presente en la zona de Instalación de Faena según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.20.
11.1.21. Riesgo por lluvias intensas y prolongadas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Acciones o medidas a implementar Acciones comunes para todas las fases del proyecto: •El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica y eléctrica. •Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, identificando las zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el que incluirá un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Proponente. •Se instruirá al personal, adoptando acciones físicas y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. •Se instalará señalética dentro de las instalaciones, con la finalidad de optimizar las acciones de evacuación (vías de evacuación, zonas de seguridad, puntos de encuentro, etc.). •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, sean viento y/o lluvias intensas.
Fase de construcción y cierre •Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. •Las instalaciones eléctricas se inspeccionarán por un especialista del área.
Fase de operación •No se trabajará durante condiciones de mal tiempo, específicamente durante nevazones. •Las actividades de mantención deberán ser programadas en conjunto con la revisión del pronóstico meteorológico.
Forma de control y seguimiento Existirá registro en caso de existir ocurrencia de riesgo por precipitaciones extremas en la faena. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.21.
11.2. PLAN DE EMERGENCIAS
11.2.1. Riesgo de ocurrencia de accidente laboral. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Todo accidente deberá ser informado por el trabajador en forma inmediata a su jefe directo. Asimismo, todo el personal que detecte o presencie un accidente, deberá mantener la calma y comunicar en forma inmediata, vía radial o solicitando a un segundo testigo, al supervisor directo, indicando: •Lugar del accidente •Cantidad de lesionados •Tipo de lesiones •Nombre y cargo El supervisor de faenas coordinará las comunicaciones necesarias para la emergencia, dependiendo de la gravedad de las lesiones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El accidentado recibirá atención primaria del prevencionista de riesgos, o de quien esté debidamente capacitado y asignado para tales fines. Si la lesión es menor, el accidentado será atendido con botiquín de primeros auxilios. Si la gravedad de la lesión requiere de atención médica, el accidentado deberá ser trasladado a la posta u hospital más cercano, o donde la mutual lo determine. En caso de caídas o golpes que afecten la cabeza y/o columna, queda estrictamente prohibido mover al accidentado hasta que reciba ayuda del prevencionista de riesgos (o la persona con capacitación en primeros auxilios); sólo se moverá si existe una condición de riesgo para su vida. Se deberá dejar registro del accidente en un formulario previamente definido. El accidentado tendrá un plazo máximo de 24 horas para realizar su denuncia, pasado este plazo se entenderá como no ocurrido en la obra. En caso de sufrir un accidente de trabajo en el trayecto, será responsabilidad del trabajador reunir los antecedentes necesarios para que este sea considerado de trayecto: •Denuncia de carabineros. •Comprobante de atención en Posta, Hospital, etc. •Presentación de testigos. Forma de control y seguimiento - Se mantendrá señalética del uso de EPP en los diferentes frentes de trabajo. - Se llevará un registro de las capacitaciones que se realicen en obra. - Se mantendrá registro de las mantenciones de las maquinarias en obra. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de emergencia, el jefe de faena debe dar aviso inmediato a través del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), conforme a los procedimientos establecidos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.1.
11.2.2. Riesgo de ocurrencia de incendio en el área de faenas. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca las prohibiciones de cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. Forma de control y seguimiento En caso de emergencia, el jefe de faena debe dar aviso inmediato a través del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), conforme a los procedimientos establecidos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca las prohibiciones de cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.2.
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11.2.3. Riesgo de afectación a fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar Tras un eventual atropello o afectación a fauna silvestre en actividades relacionadas al Proyecto, se tomarán las siguientes medidas de emergencia: •Se dará aviso inmediato al jefe en Terreno o encargado HSE, indicando el sitio donde haya ocurrido el incidente y la condición general en la que se encuentra el ejemplar. •El encargado acudirá al lugar del incidente, realizando una evaluación de la situación y se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG en la región, con carabineros si se trata de un animal de gran tamaño y con el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región. •Se generará un registro del incidente, indicando fecha, lugar, fotografías, y responsable del hallazgo. Se dejará registrado el estado de la especie afectada (muerta o herida) y el procedimiento a seguir. •En caso de que la especie afectada sólo resulte herida, el ejemplar será trasladado a un centro de rehabilitación y rescate inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). •Se informará al SAG de la Región del libertador Bernardo O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente de las acciones realizadas y los registros respectivos del incidente dentro de las 24 horas tras ocurrida la emergencia. Las emergencias asociadas a daño a la fauna silvestre serán reportadas de acuerdo con la Resolución Exenta N°885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Normas de Carácter General Sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental. Forma de control y seguimiento Registro de ejecución de charlas de fauna silvestre registrada en el área de influencia del Proyecto. Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca la limitación de la velocidad dentro de la obra, así como la advertencia de atraviesos de fauna. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.3.
11.2.4. Riesgo de ocurrencia de alteración accidental de restos y/o sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar En caso de hallazgo de elementos arqueológicos producto de trabajos en faena se operará de la siguiente manera: •Se operará según lo establecido en la Ley Nº17.288 del Ministerio de Educación Pública que “Legisla sobre monumentos nacionales”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Junto con paralizar los trabajos en el sector del hallazgo, se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para que éste disponga los pasos a seguir. •Se contará con la asesoría de un arqueólogo, que elaborará un informe de la situación y las medidas a ser realizadas, el cual deberá ser entregado a la autoridad correspondiente. •Se llevarán a cabo las medidas que determine el CMN, las que estarán a cargo de un especialista calificado. •Los trabajos en la zona del hallazgo se retomarán siempre y cuando el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) lo autorice. Forma de control y seguimiento •Chequeo de que se cuente en obra con los procedimientos de acción ante hallazgos no previstos. •Registro de ejecución de charlas de inducción patrimonial. •Registro de notificación al CMN en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico dentro de las 48 horas de haber ocurrido el hallazgo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.4.
11.2.5. Riesgo de accidente en transporte de insumos y residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Transporte de insumos y/o residuos. Acciones a implementar En caso de que se produzca un accidente en el transporte de personas o insumos, se deberá operar de la siguiente manera: •Se dará aviso inmediato al jefe de faena, indicando el sitio donde haya ocurrido el incidente. Esto según el protocolo de acción previamente establecido y de conocimiento de todos los funcionarios. •Recopilar información sobre el accidente ocurrido, en las cuales se debe obtener información acerca de los vehículos involucrados, las sustancias transportadas (indicando su peligrosidad). Por otra parte, también se debe indagar sobre la situación de los vehículos accidentados y la cantidad de personas lesionadas. Sumado a conocer aquellos servicios de emergencia que fueron avisados para auxiliar la emergencia, tales como bomberos, carabineros, etc. •Se debe llevar a cabo acciones para asegurar el área del accidente, para lo cual se debe establecer un perímetro en torno al lugar. •Si es que existe derrame de combustibles o sustancias peligrosas, este se debe controlar mediante elementos de absorción de sustancias y elementos de protección personal adecuados para realizar la tarea. •Se levantará un informe asociado a la emergencia, el cual deberá contener información respecto a la emergencia sobre lo ocurrido, nómina de lesionados, fotografías, daños estructurales eventuales, y las medidas de emergencia adoptadas. Dicho informe en caso de ser necesario deberá ser enviado a las autoridades correspondientes dentro de 24 horas de haber ocurrido la emergencia. Forma de control y seguimiento - Registro de revisión técnica y licencia de conducir al día. - Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo de vehículos y capacitaciones.
- Inspección visual y/o registro fotográfico del almacenamiento de sustancias y residuos acorde a la normativa vigente, incluyendo medidas contención y control.
- Comprobantes de remisión de aviso e informes a la SMA y organismos competentes, según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.5.
11.2.6. Riesgo por acumulación de residuos sólidos domiciliarios (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Sitios de almacenamiento de RSD y RSINP Acciones a implementar En caso de colapso del sitio de almacenamiento (de RSD o RSINP): •Detener faena u operación al momento de completar 90% de capacidad de los sitios de almacenamiento. •Solicitar retiro inmediato de los residuos y envío a sitio de disposición final autorizado. Si la emergencia corresponde a malos olores asociados a RSD: •Se revisará estado de contenedores •En caso de requerirse, se solicitará el retiro anticipado de estos residuos. •Se realizará investigación y registro del incidente Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos: •El personal de obras o, en su defecto, la empresa a cargo del retiro de residuos procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio. •En el caso de que el contratista no pueda proceder de manera inmediata a controlar la emergencia, se llamará a otro contratista del listado que pueda prestar el servicio y cuente con todas las competencias legales para realizarlo. Dadas las características sólidas de los residuos no peligrosos a manejar, se descarta el riesgo de derrames. Forma de control y seguimiento •Registro firmado de capacitaciones, los cuales se encontrarán en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. •Registro de los retiros de residuos. •Registro fotográfico de los sitios de almacenamiento, los cuales se encontrarán en las oficinas administrativas a disposición de la autoridad para eventos de fiscalización. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.6. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
contenga la descripción detallada
11.2.7. Riesgo de derrame de residuos y/o sustancias peligrosas por incidentes en manejo y/o almacenamiento. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Transporte y almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL) y sustancias peligrosas y carguío de combustibles. Acciones a implementar En caso de que ocurran emergencias durante manejo, almacenamiento y transporte de residuos y/o sustancias peligrosas se operará de la siguiente manera: - En caso de ocurrir una falla en la frecuencia de retiro de residuos peligrosos: - El jefe de faenas o encargado HSE se contactará a una empresa autorizada para llevar a cabo el retiro inmediato de residuos peligrosos de la bodega RESPEL. - Se deberá comunicar al personal en general asociado al Proyecto la orden de reducir al mínimo la generación de residuos peligrosos.
En el caso de que ocurra un colapso en el sitio de almacenamiento: - El encargado HSE se comunicará a la brevedad con la empresa a cargo para realizar el retiro de los residuos peligrosos de la bodega RESPEL. En el caso que esta empresa no pueda llevar a cabo el retiro de residuos, se deberá contactar a otra empresa, también autorizada por la autoridad sanitaria, para que realice el retiro de los residuos. - Se comunicará al personal en general la orden de reducir al mínimo la generación de residuos peligrosos. - Se aumentará la frecuencia de las inspecciones y limpieza de las bodegas RESPEL, de manera tal de evitar una nueva ocurrencia de colapso de residuos peligrosos en dichas bodegas.
En caso de ocurrir un derrame de residuos y/o sustancias peligrosas y contaminación del suelo se operará de la siguiente manera: - Se deberá dar aviso al jefe de Faenas o encargado HSE sobre el tipo de RESPEL derramado y el lugar en donde ocurrió el derrame. Este encargado será quién active el procedimiento de emergencia y evalúe, según la magnitud del evento, los equipos y el personal requeridos para realizar la limpieza del derrame. - Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. - Personas no autorizadas tendrán prohibido el ingreso a la zona afectada. - Mantener operativos los canales de comunicación, para evitar que exista descoordinación entre personal y autoridades en caso de ser necesario. - El personal que se encargará de manejar el derrame deberá tener implementados sus EPP correspondiente. - Se dispondrán de los elementos de contención de derrame que sean necesarios. En caso de derrame de residuos peligrosos sobre el suelo se procederá inmediatamente a la incorporación de material de contención (arena), donde todo el material contaminado será dispuesto en contenedores herméticos dentro de la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro. En caso de que el derrame se encuentre de forma dispersa en el suelo, se deberá esparcir material absorbente, para luego mezclarse con el suelo, el que posteriormente deberá ser dispuesto en contenedores herméticos dentro de la bodega de residuos peligrosos para su posterior retiro y disposición final Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
en depósito de seguridad autorizado por el SEREMI de Salud, cumpliendo con el DS 148/2004 del MINSAL. En aquellos lugares donde el suelo fuese relativamente impermeable y el derrame no estuviese penetrando la tierra rápidamente, se deberá contener el derrame. Para lo anterior, se excavará o construirá una depresión poco profunda o una berma de superficie en el sendero del derrame, con esto se detendrá y contendrá el flujo y se minimizará el área afectada; En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia; Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos; Descontaminar los equipos de protección y limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado; En aquellos lugares donde los derrames se contuviesen tras una berma o dentro de un área de depresión, todos los fluidos se bombearán hacia un estanque de retención y, posteriormente, se enviarán, por camión, a lugar autorizado para realizar su eliminación o disposición final; Reponer a la brevedad el equipo de emergencia utilizado para neutralizar la emergencia. Una vez controlado el derrame, se deberá reconocer sus causas, lugar del derrame, cantidad y tipo de sustancia derramada, fotografías y las medidas correctivas y de protección ambiental aplicadas para combatir y neutralizar la emergencia. Por último, se deberá levantar un informe con dichos antecedentes de la emergencia, y deberá ser enviado a las autoridades correspondientes a la brevedad posible en un plazo de 24 horas. En caso de ocurrir un derrame de residuos y/o sustancias peligrosas y contaminación de cursos de agua superficiales con eventualidad de infiltración, se operará de la siguiente manera: - Dar aviso de inmediato al encargado HSE de turno para que active el procedimiento de emergencia. Se enviará al equipo de emergencia al lugar del derrame de residuos peligrosos. Si el derrame en cuestión corresponde a un líquido, se protegerán los recursos hídricos, utilizando para su contención, materiales absorbentes y se depositará en recipientes adecuados para eliminarlo como residuo y posterior disposición en lugar autorizado. Se elaborará un informe preliminar de la situación de emergencia, el cual se deberá enviar en un plazo no superior a 24 horas a la Superintendencia del Medio Ambiente. Se deberá llevar a cabo la elaboración de un registro mediante fotografías del área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y limpias. Se elaborará un informe final de la emergencia donde se incluirá Proponente, nombre del Proyecto y RCA asociada, causas de la emergencia, cantidad de residuo derramado, tipo de residuo, patente del vehículo en caso de ser Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
necesario, fecha y hora de la emergencia, duración de la emergencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, y fotografías del área afectada y las medidas de monitoreo y seguimiento requeridas. El informe deberá ser enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Una vez remediada la emergencia en el área afectada, se deberán elaborar registros y se enviarán copias de los informes a los organismos fiscalizadores gubernamentales correspondientes. La emergencia se dará por terminada una vez que los organismos externos con competencia dicten que la emergencia ha sido controlada (en caso de contar con su apoyo), y que el Proponente realice las acciones necesarias conforme al tenor de la emergencia. Forma de control y seguimiento •Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. •Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo y capacitaciones. •Inspección visual y/o registro fotográfico del almacenamiento de sustancias y residuos acorde a la normativa vigente, incluyendo medidas contención y control. •Comprobantes de remisión de aviso e informes a la SMA y organismos competentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.7.
11.2.8. Riesgo de derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Sistema particular de alcantarillado y baños químicos. Acciones a implementar Ante la ocurrencia de un mal funcionamiento de PTAS, con eventuales derrame de dichas aguas, se procederá a: En caso de desbordamiento del sistema sanitario: •El personal que identifique el rebose dará aviso inmediato al jefe de emergencias. •Se aislará la zona de derrame para impedir la contaminación del suelo o de los cauces existentes en el predio. •Se revisarán todos los baños de las instalaciones conectados al sistema de evacuación de aguas servidas, con el propósito de identificar el origen del problema. •Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos asociados a la situación de derrame. •En caso de que sea un problema puntual, se dejará inhabilitado el baño para el uso del personal y se intentará por medios propios de solucionar el problema. En caso de no desobstruir el baño, se llamará directamente a una empresa externa que proceda a solucionar el problema. •En caso de que se presente un problema general, de todo el sistema sanitario, el jefe de emergencias o supervisor a cargo de área suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo o bien a su residencia. Paralelamente se llamará a la empresa a cargo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
del mantenimiento del sistema particular de alcantarillado para que evalúe todo el sistema y proceda a dar solución a la emergencia. Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. Se realizará investigación y registro del incidente. En caso de filtraciones o roturas en las cañerías del sistema de tratamiento de aguas servidas: •El personal que identifique la filtración dará aviso inmediato a su Líder de emergencia. •Para detener la generación de aguas servidas, se deberá evacuar el área, por tanto, el jefe de emergencias o supervisor a cargo de esta suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo, o bien, a su lugar de residencia. A su vez, se llamará a la empresa externa a cargo del mantenimiento del sistema, para que identifique, arregle o reemplace las piezas que se encuentren en mal estado. •En el caso que el sistema de tratamiento requiera mantenimiento, un camión limpia-fosas realizará una limpieza de emergencia. •Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. •En caso de que la contingencia persista por un periodo mayor a medio día de operación, se suspenderá la ocupación de las instalaciones asociadas, hasta que la emergencia sea solucionada. •Movilizar baños químicos de manera provisoria al área del Proyecto en caso de que la situación lo requiera. •Una vez que el sistema de tratamiento de aguas servidas haya sido reparado, el jefe de emergencias o supervisor a cargo tendrá la responsabilidad de autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. •Se realizará investigación y registro del incidente.
En caso de Olores: •El personal que detecte la generación de malos olores deberá dar aviso al Líder de emergencias, quién coordinara una cuadrilla para que revise posibles anomalías en el sistema de tratamiento de aguas servidas. Una vez identificado el problema, se procederá de acuerdo con lo señalado en los puntos anteriores, según sea el caso.
Ante la ocurrencia de un mal funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas, con eventuales derrame de dichas aguas, se procederá a: •Suspender uso de servicios higiénicos. •Generar pretiles de contención. •Retiro de aguas por camión limpia fosas. •Movilizar baños químicos al área del proyecto. •Retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado. •Se realizará investigación y registro del incidente. Forma de control y seguimiento •Registros de inspección periódica de los sistemas sanitarios operantes. •Registro fotográfico del sector de emplazamiento del sistema particular de alcantarillado. •Registro del retiro de lodos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.8.
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11.2.9. Riesgo de incendios forestales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Emplazamiento de las obras del Proyecto y su entorno inmediato. Acciones a implementar En caso de amago de incendio, se debe intentar apagar el fuego con recursos propios por parte de personal capacitado. En el caso de que el control del foco de incendio sea infructuoso, el responsable de Seguridad procederá a notificar y coordinar con CONAF y/o Bomberos la participación de brigadas profesionales de combate de incendios. Para el caso de incendios forestales aledaños a las áreas de trabajo y, dada la magnitud de dichos eventos, se procederá a llamar a los números de emergencia 130 y 132 de CONAF y Bomberos respectivamente y, paralelamente, evacuar al personal que pudiese estar presente en el Proyecto. Entre acciones asociadas al personal se consideran las siguientes: - Se deberá mantener la calma. - Se deberá avisar a CONAF de la presencia de un incendio forestal. - Se deberá evacuar al personar y/o equipamiento. - Se deberá cortar las fuentes de suministros y de energía eléctrica por parte de personal capacitado. - Se prestarán los servicios y apoyo disponibles en el lugar a CONAF para poder controlar el incendio. - En caso de que el incendio haya afectado a las obras del Proyecto se procederá a realizar una cuantificación de los daños. Forma de control y seguimiento •Registros de capacitación asociada al uso de extintores y sobre dar aviso en caso de amago de incendio. •Registro fotográfico de la señalética y carteles. •Registro de compra de las herramientas e implementos básicos para el combate de incendios. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. En caso de que un incendio forestal se presente en el terreno del Proyecto, que pudiese afectar parte de la infraestructura se procederá a generar un informe con los antecedentes recopilados por CONAF, los daños generados y las medidas tomadas posteriormente. Luego será remitido a la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.9.
11.2.10. Riesgo de afloramiento y/o intervención de aguas subterráneas o napa freática. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las Fases Parte, obra o acción asociada Instalación del Proyecto Acciones a implementar Ante el potencial afloramiento de aguas durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, tanto el Proponente y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, se señalan las actividades a realizar en caso de una emergencia: - Primero, se realizará la paralización de la actividad y aviso de inmediato a encargado. - Se procederá a realizar agotamiento temporal y puntual de la napa freática en el lugar del afloramiento mediante un sistema de bombeo, cuyas aguas serán reincorporadas a la fuente de origen dentro del mismo predio. - Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. - Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Proponente diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. - Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Proponente que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). - Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. - El Proponente deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Proponente deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Forma de control y seguimiento Monitoreo constante de los trabajadores sobre medidas a tomar en caso de un afloramiento de agua. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de requerir más ayuda ante este tipo de contingencias y emergencias descritas, se deberá avisar a personal externo especializado y a la SMA, Oficina Regional en un plazo no superior a 24 horas. Se enviará un informe completo del incidente y sus medidas de control con sus resultados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.10.
11.2.11. Riesgo por activación de quebradas con escurrimiento de aguas y sedimentos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Instalaciones ubicadas cerca de las quebradas intermitentes. Acciones a implementar - Se evitarán las salidas a los cerros y al aire libre. - Se debe permanecer alejado de quebradas, cruces y zonas susceptibles de inundación. - No se atravesarán zonas inundadas, ya que podría ser arrastrado por el agua. - Se permanecerá alejado de las zonas bajas de laderas y colinas, por el riesgo de aluviones, piedras y lodo. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
- Las personas serán dirigidas al terreno cercano más alto, evitando las zonas sujetas a inundaciones.
- Se evitarán los desplazamientos en vehículos y, en caso de que se use el vehículo, se desplazará por carreteras principales y autopistas. Si se tienen problemas de visibilidad, es mejor estacionar el vehículo en un lugar seguro. En el caso de que el vehículo quede “atrapado" por el agua en la carretera, se recomienda apagar las luces y abandonarlo.
- Verificar que el personal se encuentra en su totalidad y en buen estado, ayudando a aquellos que lo necesitan.
- Prestar atención de primeros auxilios al personal que resulte accidentado.
- De ser necesario, cortar la corriente eléctrica. Forma de control y seguimiento •Se mantendrá registro de las capacitaciones impartidas al personal referidas a la preparación y respuesta ante eventos de inundaciones. •Se efectuarán inspecciones periódicas (dos veces por semana) a modo de verificar el orden y la limpieza de las instalaciones como también la disponibilidad y estado de los botiquines de emergencia. •Registro de la realización de simulacros, que incluya un registro fotográfico de la actividad. •Registro fotográfico cada zona de seguridad establecida por el prevencionista de riesgos, quien, además, realizará una revisión de las condiciones de seguridad de cada zona. •Registro de revisión periódica de la señalética, vías de evacuación y condiciones de orden en las diferentes instalaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena mediante página web SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.11.
11.2.12. Riesgo de ocurrencia de fallas en el sistema BESS que pudiesen generar emanaciones de elementos hidro reactivos al suelo y subsuelo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada El Proyecto incorpora un sistema de almacenamiento de energía basado en baterías BESS (por sus siglas en inglés Battery Energy Storage System), cuyo objetivo es aumentar la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la prestación de servicios complementarios, como, por ejemplo, la regulación de frecuencia Acciones a implementar En el caso de caída de la batería o golpes fuertes: - Si una batería tiene daños evidentes u olores anormales, o si genera humo o llamas, se evacuará al personal de inmediato, se llamará a los servicios de emergencias y contacte con profesionales. Los profesionales deben utilizar elementos de extinción de incendios para apagar el fuego con protección y seguridad. - Si el aspecto no se ve deformado ni dañado, si no hay olores anormales, humo ni llamas evidentes, se evacuará al personal, se hará que los trabajadores capacitados trasladen la batería a un lugar abierto y seguro utilizando herramientas mecánicas, y se pondrá en contacto con los ingenieros de servicio de la empresa. Se dejará la batería durante una hora y asegúrese de que su temperatura esté dentro del rango de temperatura ambiente (tolerancia: ±10 °C) antes de manipularla.
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En caso de la ocurrencia de fallas en las baterías que pudieran generar derrames: - El personal que identifique el derrame dará aviso inmediato al jefe de emergencias. - El personal autorizado deberá hacer uso de un EPP para contener el derrame. - Se realizará la aislación del sector de almacenamiento de las baterías BESS. - Se realizarán acciones destinadas a contener el derrame utilizando materiales adecuados de acuerdo con el tipo de sustancia o residuo derramado. - En la eventualidad que el derrame fuere significativo, alcanzando el subsuelo, se avisará a las autoridades involucradas (SEREMI de Salud, DGA, SAG) con el objeto de notificarlas sobre la posible contaminación del suelo y napas subterráneas; de esta manera, se podrán adoptar las medidas de resguardo necesarias. - Una vez terminada la emergencia, se evaluarán los efectos sobre el suelo y recurso hídrico (napas subterráneas); además, se realizará un muestro con la finalidad de identificar contaminantes presentes en el suelo y agua. - Todos los elementos y materiales utilizados para contener el derrame serán retirados de manera inmediata y llevados hasta un sitio autorizado para su disposición final - Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos del sistema de baterías. - En todo momento se seguirán las instrucciones establecidas en el Manual de usuario del sistema BESS.
Forma de control y seguimiento - Construcción de un registro interno que dé cuenta de las medidas implementadas. - Paralelamente se mantendrán los registros de retiro y disposición final conforme lo determina la normativa vigente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que se presente una emergencia por el sector de almacenamiento BESS se generará un informe completo de la emergencia, mencionando y explicando el origen de la emergencia, la gravedad, las medidas tomadas, etc., el que será remitido a la SMA y al fabricante. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.12.
11.2.13. Riesgo de ocurrencia de sismos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se operará de la siguiente manera: •Los lideres de evacuación tomarán el control de la situación e indicarán la forma de proceder del personal, así como la forma de evacuar de manera ordenada y la forma de contención a las personas.
Fase de construcción y cierre: •Llevar a cabo una inspección de las instalaciones, y descartar existencia de daños estructurales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Suspensión de faenas hasta comprobar que no se registraron daños estructurales que pongan en riesgo la salud de personal de faena. De ser necesario, se evacuará a personal hasta las zonas de emergencia estipulados para el Proyecto.
Fase de operación: •Llevar a cabo una inspección de las instalaciones, y descartar existencia de daños estructurales. •En caso de existir daño en las instalaciones del Proyecto, se detendrá el funcionamiento del parque y se realizará una inspección para identificar las infraestructuras que pudieron haber sufrido daños, las que serán posteriormente reparadas o reemplazadas según sea el caso. Forma de control y seguimiento - Plan de emergencias disponible en obras con definición e identificación de las zonas de seguridad. - Registros de ejecución de capacitaciones. - Registros visual o fotográfico del estado de las áreas de trabajo, vías de circulación y señalización (zonas de seguridad y vías de evacuación). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.13.
11.2.14. Riesgo por inundaciones por temporal de lluvias y aluviones. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Forma de control y seguimiento En caso de temporal de lluvia: •En caso de ser un temporal que dificulte la visibilidad, se prohibirán o suspenderán los trabajos. •Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •Ocurrido el evento, El Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física. •En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. •Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. En caso de aluvión: •Alejarse de sectores con pendientes •Evacuar a zonas de seguridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Si el aluvión se acerca y no se puede evacuar a una zona de seguridad, se deberá buscar protección en la parte alta de un inmueble (techos de las oficinas, plantas superiores u otras similares). •En caso de estar conduciendo y llegar a un área afectada por el aluvión, no cruzarla y alejarse de lugar. •Volver al domicilio sólo cuando el Líder de Emergencias indique que es seguro hacerlo. Acciones a implementar - Existirá registro de procedimiento de instrucción realizada el cual estará disponible en las instalaciones correspondientes acorde a la fase del Proyecto. - Capacitación del personal. - Registro de señalética de seguridad Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.14.
11.2.15. Riesgo por eventos climáticos por granizos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. •Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •Ocurrido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física. •En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. •Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.15.
11.2.16. Riesgo por tormentas eléctricas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Acciones comunes para todas las fases del proyecto Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.
Fases de construcción y cierre •Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •Ocurrido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física. •En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. •Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias.
Fase de Operación •En caso de que ocurra una tormenta eléctrica cuando se estén realizando actividades de mantención, los trabajadores deberán retirarse de la planta •Se realizará el correspondiente reporte, incluyendo la notificación a los superiores. •Se deberá planificar la revisión del estado de la planta y la nueva fecha de mantención. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE , numeral 8.1.16.
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11.2.17. Riesgo por lluvia o nevazones intensas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Actividades comunes para todas las fases: Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación.
Fase de construcción y cierre •Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •Ocurrido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física. •En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. •Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias.
Fase de operación •En el caso de que comience a caer nieve en una intensidad moderada cuando se encuentren realizando actividades de mantención, deberán de evacuar la planta. •Justo después de ocurrido un evento de caída de nieve extrema se realizará una inspección en la cual se coordinarán las actividades de mantención o reparación según sea el caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.17.
11.2.18. Riesgo por fuertes vientos superiores a lo normal. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Actividades comunes para todas las fases del proyecto: Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.
Fase de Construcción y Cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
•Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •El reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente toda la instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. •Ocurrido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física.
Fase de operación •En el caso de que mientras se desarrollen las actividades de mantención se desarrolles vientos superiores a los normales, los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. •Luego de ocurrido el evento se planificará la inspección y continuación de la mantención correspondiente. •En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. •En caso de que algún artefacto o componente del Proyecto sea arrastrado o precipitado sobre alguna obra de riego (canal, embalse, etc.), este sea retirado en el más breve plazo por parte de la empresa y dispuesto en lugar autorizado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.18.
11.2.19. Riesgo por desborde de canales e inundaciones de cauces naturales. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Acciones comunes para todas las fases del proyecto •Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Se debe permanecer alejado de quebradas, cruces y zonas susceptibles de inundación. •No se permite atravesar zonas inundadas. •Evitar los desplazamientos en vehículos. •Si se tienen problemas de visibilidad, es mejor estacionar el vehículo en un lugar seguro. •Se deberá realizar la inspección para determinar si se sufrieron daños de consideración y las correspondientes reparaciones Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.19.
11.2.20. Riesgos por remoción en masa. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del Proyecto. Acciones a implementar En caso de ocurrir un evento de remoción en masa en el área del Proyecto se procederá de la siguiente manera: El encargado HSE será evaluará y coordinará las acciones para combatir la emergencia. En caso de ser necesario se evacuará al personal, ya sea en instalaciones de faena o sala control, dependiendo de la fase en la cual se encuentre el Proyecto, con la finalidad de resguardar y velar por su seguridad. Se verificará el estado de salud del personal en faena, en los cuales en caso de existir lesionados se procederá a aplicar labores de primeros auxilios y que, en caso de ser necesario, derivar al centro médico más cercano. En caso de que la emergencia requiera de apoyo externo, se avisará de forma inmediata a bomberos y carabineros. En caso de existir material depositado a causa de la ocurrencia del riesgo, este deberá ser limpiado y retirado del área y depositarse en un sitio autorizado por la autoridad. Se elaborará un reporte del incidente, que será enviado a las autoridades pertinentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento.
Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.20.
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11.2.21. Riesgo por lluvias intensas y prolongadas. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras asociadas al Proyecto. Acciones a implementar Actividades comunes para todas las fases: Dependiendo de la magnitud del evento, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación.
Fase de construcción y cierre - Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión. - Ocurrido el evento, el Proponente procederá a evaluar los daños en la estructura física. - En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta y/o instalación de faenas, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Fase de operación - En el caso de que comience a caer nieve en una intensidad moderada cuando se encuentren realizando actividades de mantención, deberán de evacuar la planta. - Justo después de ocurrido un evento de caída de nieve extrema se realizará una inspección en la cual se coordinarán las actividades de mantención o reparación según sea el caso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el jefe de faena es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata en el sistema de reporte del Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental (SRCA) de la Superintendencia de Medio Ambiente. Oportunidad de comunicación: Se avisará posterior a las labores de contención de la contingencia, para la evaluación y registro de los efectos de la emergencia y para su conocimiento. Vías de comunicación: El medio de comunicación corresponde a través del portal del sistema de seguimiento de la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo VIII del ICE, numeral 8.1.21.
- La DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, cuyo Proponente es Emú SpA, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el Diario de circulación nacional digital Vive País, Avisos Legales, ambos con fecha 3 de junio de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la siguiente radio “Radio Bienvenida dial 93.3 Rancagua, 105.1 San Fernando, 100.9 Santa Cruz y 97.1 Pichilemu entre los días 4, 5, 6, 7 y 10 de junio de 2024, entre los horarios 09:00 y las 18:00 horas, según consta en el certificado del 18 de junio de 2024 emitido por la misma radio. Con fecha 17 de julio de 2024 venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para que los ciudadanos soliciten la realización de un proceso de participación ciudadana en la declaración de impacto ambiental que se presentó a evaluación.
Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
12.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Se verifica que todas las observaciones cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA, no registrándose observaciones fuera de los parámetros exigidos.
12.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
- OBSERVANTE: Belén Constanza Teresita Cortés González
Observación N°1 ¿De qué forma se va a proteger la flora presente en el terreno a intervenir que se encuentre en categoría de conservación Casi Amenazado, Vulnerable, ¿En Peligro o En Peligro Crítico? (ID SEA 1.1)
Respuesta Titular en Anexo Participación Ciudadana II de la ADENDA Complementaria
Dado que los antecedentes presentados por el Proponente no abordan correctamente la pregunta y debido a la falta de antecedentes técnicos necesarios, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O'Higgins considera que el Proponente debe incorporar la totalidad de los antecedentes técnicos descritos en el ICSARA Ciudadano complementario, con el fin de proporcionar una respuesta completa a los Observantes del Proceso de Participación Ciudadana.
En base a los antecedentes presentados en la ADENDA y ADENDA Complementaria del Proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, se describe lo siguiente:
“Se acoge la observación y se adjunta archivo kmz con las coordenadas de los ejemplares de Calydorea xiphioides, disponible en Apéndice 3 y Echinopsis chiloensis, el cual se encuentra en Apéndice 2.1, ambos son apéndices del Anexo 13: Compromisos Ambientales Voluntarios. Las áreas destinadas a la relocalización se indican en la siguiente figura:
Fuente: Figura 49. Sitios de relocalización Anexo Participación Ciudadana II de la Adenda Complementaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
Estos sitios de relocalización tienen una superficie total de 6,2 ha, donde, el polígono 1 tiene una superficie de 2,2 ha, y el sitio 2 tiene una superficie de 4 ha. El sitio de relocalización 1 tiene como coordenada central de referencia 264468 / 6197595, mientras que el sitio de relocalización 2 tiene como coordenada central 264932 / 6197859.
Los sitios de relocalización son zonas de similares características al área de inserción del Proyecto, siendo el área inmediatamente contigua a este. Se realizó una visita a estos sectores el día 09 de enero 2025. En estos sectores actualmente se encuentra vegetación nativa, con formaciones de bosque nativo y matorral arborescente. Cabe destacar que es una zona de pastoreo para ganado bovino, y para utilizar estas zonas como sitios de relocalización, el ganado será excluido utilizando un cercado perimetral para favorecer el establecimiento de las especies.
El matorral arborescente presente en las áreas de relocalización se encuentra dominado por las especies Chorizanthe virgata y Lithraea caustica, donde Chorizanthe virgata presenta alturas promedio de 0,3 m y Lithraea caustica presenta alturas promedio de 3,4 m. El estrato arbustivo presenta coberturas entre 22% y 50%, presentando como especies acompañantes a Berberis chilensis, Proustia cuneifolia, Ephedra chilensis y Eupatorium salviae, las cuales tienen alturas promedio de 1,5 metros y densidades de 70 ejemplares/ha. El estrato arbóreo presenta como especies acompañantes a Maytenus boaria, Vachellia caven y Peumus boldus, los cuales tienen alturas promedio de 2,4 metros y densidades promedio de 24 ejemplares /ha. El estrato herbáceo se encuentra presente, pero debido a la época de verano se encuentran sin crecimiento vegetativo ni estructuras florales y también ramoneadas por el ganado bovino, pero se pudo distinguir la presencia de Plantago hispidula, Aira caryophyllea, Avena barbata y Puya coerulea. El estrato suculento se encuentra representado por Echinopsis chiloensis, con alturas promedio de 2,1 metros y densidades promedio que rondan los 40 ejemplares /ha.
El bosque nativo en las áreas de relocalización se encuentra dominado por las asociaciones Peumus boldus - Maytenus boaria - Vachellia caven y Quillaja saponaria - Lithraea caustica. El estrato arbóreo presenta alturas promedio de 3,3 metros, con alturas mínimas de aproximadamente 0,8 metros y alturas máximas de 8 metros, densidades promedio de 39 árboles/ha. El estrato arbustivo se encuentra representado por las especies Azara serrata, Baccharis linearis, Baccharis paniculata, Berberis chilensis, Chorizanthe virgata, Ephedra chilensis, Eupatorium salvium, Ligaria cuneifolia, Muehlenbeckia hastulata, Proustia cuneifolia, Rosa rubiginosa y Rubus ulmifolius, las cuales presentan alturas promedio de 1,7 metros y densidades promedio de 84 ejemplares/ha. El estrato suculento presenta Echinopsis chiloensis con alturas promedio de 2 metros y densidades de 31 ejemplares/ha. El estrato herbáceo se encuentra ramoneado y seco, sin estructuras aéreas que permitan identificar las especies.
A continuación, se presenta levantamiento de inventario forestal en algunos lugares de los sitios de relocalización:
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Fuente: Tabla 102. Inventario Forestal de los sitios de Relocalización Anexo Participación Ciudadana II de la ADENDA Complementaria
Análisis SEA sobre respuesta del Titular: Respecto de la Observación N°1 (ID SEA 1.1), referida a las acciones que realiza la empresa para proteger la flora presente en el terreno a intervenir que se encuentre en categoría de conservación Casi Amenazado, Vulnerable, En Peligro o En Peligro Crítico, se informa que, de acuerdo con los antecedentes presentados en la Adenda Ciudadana y su Complementaria, el Proponente ha definido la ejecución de planes específicos de rescate y relocalización para las especies protegidas identificadas en el área de influencia.
En particular, se contempla la aplicación de planes de manejo detallados para las especies Calydorea xiphioides (Tahay) y Echinopsis chiloensis (Quisco), los cuales consideran medidas como la extracción manual cuidadosa, el tratamiento fitosanitario preventivo, la relocalización en áreas seguras dentro del predio, y un monitoreo posterior para verificar la adaptación y sobrevivencia de los ejemplares trasladados. Para formalizar estas acciones, la empresa ha presentado en la Adenda Complementaria las Tablas 2.22 y 2.23, donde se describen en detalle las actividades de rescate, relocalización, los indicadores de éxito, y los procedimientos de control y seguimiento que deben ser reportados a la autoridad ambiental competente.
Cabe destacar que los parámetros de éxito establecidos incluyen la supervivencia de al menos el 50% de los individuos relocalizados para Calydorea xiphioides, y el 90% para Echinopsis chiloensis, con medidas correctivas previstas en caso de no alcanzar dichos indicadores. De esta manera, se asegura un proceso de rescate técnicamente fundado y coherente con las exigencias de conservación de biodiversidad establecidas en la normativa ambiental vigente.
Observación N°2 ¿Con qué especies arbóreas nativas se va a compensar el daño ambiental que implica la extracción de árboles de espino de más de 30 años que se encuentran en la zona de intervención? Los espinos son especies nodrizas que facilitan la recuperación de las especies de flora pertenecientes al bosque esclerófilo, así mismo aportan en la recuperación de suelo, y ayudan a neutralizar nuestra huella de carbono. Habiendo dicho lo anterior, creo que es muy importante que el reemplazo de estos árboles se realice considerando una estrategia BIODIVERSA, es decir, incluir diferentes especies de flora arbórea característica del Bosque Esclerófilo. (ID SEA 1.2)
Respuesta Titular en Anexo Participación Ciudadana II de la ADENDA Complementaria
Dado que los antecedentes presentados por el Proponente no abordan correctamente la pregunta y debido a la falta de antecedentes técnicos necesarios, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O'Higgins considera que el Proponente debe incorporar la totalidad de los antecedentes técnicos descritos en el ICSARA Ciudadano complementario, con el fin de proporcionar una respuesta completa a los Observantes del Proceso de Participación Ciudadana. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
En base a los antecedentes presentados en la Adenda y Adenda Complementaria del Proyecto "Parque Fotovoltaico Emú", se describe lo siguiente:
“Se acoge observación y se indica que la reforestación biodiversa consiste en la utilización de más de una especie nativa, para contribuir a mantener la biodiversidad ecológica del sector. Las especies seleccionadas son las siguientes: Lithraea caustica (Litre) - Maytenus boaria (Maitén) - Peumus boldus (Boldo) - Quillaja saponaria (Quillay) - Vachellia caven (Espino). Todas estas especies se encuentran en el área del proyecto, por lo cual, su establecimiento es un aporte al ecosistema local. La densidad de plantación es de 750 pl/ha, la cual pretende ser distribuida de la siguiente manera:
Fuente: Tabla 103. Densidad de especies en la plantación Anexo Participación Ciudadana II de la ADENDA Complementaria
Las condiciones de establecimiento para las áreas de reforestación será realizar un cercado al sitio de reforestación para evitar ingreso de ganado, también una preparación previa del suelo, para asegurar un sustrato que permita un buen desarrollo radicular y la captación de agua de las precipitaciones. El establecimiento se realizará en periodo invernal, a cada planta se le aplicará fertilizante forestal NPK granulado. Cada ejemplar será protegido con malla raschell, con el fin de evitar el ramoneo por lagomorfos y roedores. A cada ejemplar se le realizará una taza de riego, para permitir la captación de agua de las precipitaciones y favorecer la absorción de agua.
Para favorecer la reforestación biodiversa, la distribución de los ejemplares se realizará con un esquema de plantación en tresbolillo, el cual ha sido escogido por contener una planta por casilla, lo que permite un mejor establecimiento radicular y absorción de agua. La distribución espacial consiste en el distanciamiento de los ejemplares en forma de triangulo equilátero, donde se intercalarán los ejemplares de diversas especies.
Lo anterior se enmarca en lo establecido en el Artículo 21 de la Ley N° 20.283 del Ministerio de Agricultura supervisada por la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
Respecto a las áreas de reforestación, estas serán definidas en la tramitación sectorial del permiso. De todas maneras, se presentan algunas propuestas de sitios de reforestación, las que se visualizan en la siguiente figura:
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Fuente: Figura 50. Propuesta de sitio de reforestación Anexo Participación Ciudadana II de la ADENDA Complementaria
El archivo KMZ correspondiente al sitio de relocalización se encuentra disponible en el Apéndice 3 (Archivos Digitales) de la Adenda Complementaria, asociado al Anexo 10 correspondiente al PAS 148.
Análisis SEA sobre respuesta del Titular:
Respecto de la consulta N°2 (ID SEA 1.2), relacionada con la solicitud de una descripción más detallada del plan de reforestación biodiversa del proyecto "Parque Fotovoltaico Emú", se informa que, según los antecedentes incorporados en la Adenda Ciudadana Complementaria, el Proponente ha proporcionado una respuesta que amplía la información requerida.
En específico, se detalla que la estrategia de reforestación se enfoca en especies nativas características del bosque esclerófilo, seleccionándose ejemplares de Lithraea caustica (Litre), Maytenus boaria (Maitén), Peumus boldus (Boldo), Quillaja saponaria (Quillay) y Vachellia caven (Espino). La plantación se realiza con una densidad de 750 individuos por hectárea, distribuidos de manera biodiversa, favoreciendo la regeneración natural del ecosistema y asegurando una adecuada mezcla de especies para la recuperación del suelo y de la cobertura vegetal.
Asimismo, el Proponente presentó un archivo en formato KMZ que permite visualizar de manera georreferenciada las áreas específicas comprometidas para la reforestación, cumpliendo con lo solicitado en la observación y facilitando el seguimiento ambiental por parte de la autoridad. La información entregada se encuentra contenida y vinculada al Anexo 8.5 del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 148, donde se detallan las condiciones de establecimiento, las especies seleccionadas y las medidas de manejo para asegurar el éxito del proceso de restauración.
De esta manera, se considera que el Proponente da cumplimiento a los requerimientos de información establecidos en la consulta, proporcionando antecedentes técnicos suficientes para respaldar la estrategia de reforestación biodiversa en el marco del proceso de evaluación ambiental.
Observación N°3 ¿Qué sistema de separación de residuos reciclables utilizará la empresa ejecutora? ¿Qué empresa local de reciclaje certificará la disposición final? ¿Qué empresa local realizará la disposición final de residuos? ¿Existen residuos que se puedan reutilizar para la construcción de casas de mascotas, relleno de terrenos, entre otros, que puedan quedar a disposición de la comunidad? (ID SEA 1.3)
Respuesta Titular en Anexo Participación Ciudadana II de la Adenda Complementaria
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Dado que los antecedentes presentados por el Proponente no abordan correctamente la pregunta y debido a la falta de antecedentes técnicos necesarios, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O'Higgins considera que el Proponente debe incorporar la totalidad de los antecedentes técnicos descritos en el ICSARA Ciudadano complementario, con el fin de proporcionar una respuesta completa a los Observantes del Proceso de Participación Ciudadana.
En base a los antecedentes presentados en la ADENDA y ADENDA Complementaria del Proyecto "Parque Fotovoltaico Emú", se describe lo siguiente:
“Se acoge lo solicitado y, a continuación, se entrega una respuesta en conformidad con lo establecido en la Ley N°20.920, Ley de Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje.
a) Procedimientos y normativas para la separación, almacenamiento y disposición de residuos valorizables.
Los residuos valorizables serán separados en origen en los frentes de trabajo y trasladados a zonas de almacenamiento temporal habilitadas, conforme a lo establecido en el D.S. N°148/2004 del MINSAL. La separación se realizará de acuerdo con las categorías de la Ley N°20.920: plásticos, metales, papel/cartón y vidrio. El almacenamiento se hará en contenedores identificados y separados por tipo. El transporte se regirá por el D.S. N°298/94. Estas acciones se implementarán conforme a la PAS 140, que establece los criterios para la trazabilidad de residuos valorizables.
b) Identificación de las empresas autorizadas que certifiquen la disposición final de los residuos destinados a reciclaje.
Durante la ejecución del Proyecto se contratarán empresas autorizadas por la autoridad sanitaria para el transporte y disposición final de residuos valorizables. Estas empresas emitirán certificados de retiro y disposición final, conforme a lo establecido en la Ley N°20.920 y la PAS 140.
c) Registros de gestión de residuos reciclables, incluyendo indicadores y evidencia de cumplimiento con la normativa vigente.
Se mantendrán registros detallados que incluirán tipo y cantidad de residuos valorizables generados, junto con los certificados de retiro y disposición. Se implementarán indicadores como la proporción de residuos valorizados sobre el total generado, para asegurar un control efectivo. Estos registros estarán disponibles para fiscalización de la SMA, conforme a la PAS 140 y al Artículo 30 del Reglamento del SEIA (D.S. N°40/2012).
Finalmente, se reitera que, según lo indicado en el Artículo 30 del D.S. N°40/2012, la implementación detallada de estas medidas se realizará durante la ejecución del Proyecto, garantizando el cumplimiento normativo y los compromisos establecidos en la RCA.
Análisis SEA sobre respuesta del Titular: Respecto de la consulta N°3 (ID SEA 1.3), relacionada con la solicitud de información complementaria sobre el manejo y reciclaje de residuos generados durante las fases de Construcción y Operación del proyecto "Parque Fotovoltaico Emú", se informa que, según los antecedentes incorporados en la Adenda Ciudadana y su Adenda Complementaria, el Proponente ha ampliado y precisado la información requerida.
En su respuesta, el Proponente describe que el manejo de residuos se efectúa conforme a lo establecido en la Ley N°20.920, sobre Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, cumpliendo con los procedimientos y normativas vigentes para la separación, almacenamiento temporal y disposición de residuos valorizables. Se especifica que se implementa un sistema de separación en origen, asegurando la clasificación adecuada de los residuos reciclables en contenedores diferenciados.
Asimismo, se señala que la disposición final de los residuos valorizables se realiza a través de empresas autorizadas para la recepción y tratamiento de residuos reciclables, las cuales cuentan con permisos ambientales vigentes. Se incorporan registros de gestión de residuos que incluyen indicadores de volumen reciclado, certificados de disposición final y evidencias documentales de cumplimiento, los que están disponibles para revisión por parte de las autoridades competentes. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
De esta manera, se considera que el Proponente ha dado cumplimiento a los requerimientos establecidos en la consulta, proporcionando antecedentes que aseguran la correcta implementación de medidas de valorización y reciclaje de residuos durante las etapas de desarrollo y operación del proyecto, en conformidad con la normativa ambiental aplicable.
Observación N°4 ¿Qué acciones realizará la empresa para encontrar personas y servicios locales de la comuna para la contratación de personal o servicios varios? ¿Qué acciones alternativas realizará la empresa ejecutora del proyecto en el caso de no encontrar personas para cumplir con el compromiso de contratar "mano de obra y proveedores locales"? (ID SEA 1.4)
Respuesta Titular en Anexo Participación Ciudadana de la Adenda
“Acciones para encontrar Mano de Obra y Servicios Locales:
• La empresa ejecutora implementará un proceso de selección que priorice la contratación de trabajadores y proveedores de la comuna, difundiendo las oportunidades laborales a través de canales de comunicación local, como oficinas de empleo, radios y medios comunitarios.
• Se realizará una convocatoria abierta y accesible, que incluirá una descripción detallada de las competencias requeridas y de los plazos de contratación.
Acciones Alternativas en Caso de No Encontrar Personal o Servicios Locales:
• En caso de ser necesario contratar fuera de la comuna, se mantendrá el compromiso de priorizar a personas y proveedores de la región, buscando una solución alternativa que cumpla con el compromiso de fomentar la economía local.
El titular presenta el compromiso ambiental voluntario CAV-3: Contratación de Mano de Obra Local, el cual se presenta en el Capítulo 9 de la Adenda. A continuación, se presenta el CAV para su conocimiento.
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Fuente: Tabla 1. CAV-3: Contratación de Mano de Obra Local. Anexo Participación Ciudadana de la ADENDA
Análisis SEA sobre respuesta del Titular: Respecto de la consulta N°4 (ID SEA 1.4), referida a las acciones que realiza la empresa para encontrar personas y servicios locales de la comuna para la contratación de personal o servicios varios, así como las alternativas en caso de no encontrar postulantes, se informa que, según los antecedentes presentados en la Adenda Ciudadana, la empresa ejecutora del proyecto implementará un proceso de selección que prioriza la contratación de trabajadores y proveedores locales. Para ello, difunde las oportunidades laborales a través de medios de comunicación comunitarios, tales como oficinas municipales de empleo (OMIL), radios locales y otros canales disponibles.
En caso de no encontrar personal o servicios en la comuna de Marchigüe, la empresa contempla como acción alternativa la priorización de contratación de personas y proveedores provenientes de la región, manteniendo su compromiso de fomentar la economía local.
Adicionalmente, se establece el compromiso ambiental voluntario CAV-3 “Contratación de Mano de Obra Local”, el cual fija como meta que al menos un 10% de los trabajadores contratados pertenezcan a la comuna de Marchigüe, contribuyendo al fortalecimiento del vínculo entre el proyecto y la comunidad local.
Observación N°5 ¿Qué estudios maneja la empresa consultora para determinar que la instalación de parques fotovoltaicos no genera externalidades negativas a las comunidades de abejas que habitan el sector? (ID SEA 1.5)
Respuesta Titular en Anexo Participación Ciudadana de la Adenda “Estudios científicos que indican que los parques fotovoltaicos, bajo un manejo adecuado, pueden coexistir de manera segura con las comunidades de abejas y otros polinizadores sin generar efectos adversos. Estos estudios señalan que las áreas alrededor y bajo los paneles solares, si se conservan con vegetación nativa o plantas beneficiosas para la polinización, pueden proporcionar un hábitat adecuado para las abejas. Esto se debe a que los parques solares no requieren el uso de pesticidas, lo que reduce uno de los principales riesgos para estos insectos. Estos estudios respaldan que, con prácticas de manejo responsable, los parques fotovoltaicos pueden no solo evitar impactos negativos, sino también contribuir a un entorno beneficioso para las abejas.
1.- National Geographic. (2023). Placas solares también pueden convertirse en refugio para abejas. Recuperado de https://www.nationalgeographic.com.es/ciencia/placas-solares-tambien- pueden//convertirse-refugio-para-abejas_13808
2.- Armstrong, A., & Ostle, N. (2021). The effects of solar panel farms on biodiversity in agricultural landscapes. Science Direct. Recuperado de https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S016788092100054X Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
3.- Montag, H., Parker, G., & Clarkson, T. (2016). The effects of solar farms on local biodiversity. Clarkson and Woods and Wychwood Biodiversity. Recuperado de https://helapco.gr/wp- content/uploads/Solar_Farms_Biodiversity_Study.pd
Análisis SEA sobre respuesta del Titular: Respecto de la consulta N°5 (ID SEA 1.5), relacionada con los estudios utilizados por la empresa consultora para determinar que la instalación de parques fotovoltaicos no genera externalidades negativas a las comunidades de abejas que habitan el sector, se informa que, según los antecedentes presentados en la Adenda Ciudadana, la empresa respalda su afirmación en estudios científicos reconocidos. Dichos estudios concluyen que, bajo un manejo adecuado, los parques fotovoltaicos pueden coexistir favorablemente con las poblaciones de polinizadores, proporcionando hábitats seguros mediante la conservación de vegetación nativa y la ausencia de uso de pesticidas.
Entre las fuentes consideradas destacan:
• National Geographic (2023), que expone que las placas solares pueden convertirse en refugios para abejas. • Armstrong y Ostle (2021), quienes analizan el efecto de las granjas solares sobre la biodiversidad en paisajes agrícolas, indicando impactos positivos en la fauna local. • Montag, Parker y Clarkson (2016), quienes sostienen que, con medidas de manejo adecuadas, los parques solares pueden fomentar la biodiversidad local.
Con el objetivo de facilitar la entrega de información a la comunidad, el SEA Región de O’Higgins elabora una reseña de cada una de las publicaciones, asegurando una comunicación más clara y accesible, permitiendo así que los antecedentes técnicos sean comprendidos y evaluados de forma transparente durante el proceso de participación ciudadana.
1.- National Geographic. (2023). Placas solares también pueden convertirse en refugio para abejas. Recuperado de https://www.nationalgeographic.com.es/ciencia/placas-solares-tambien- pueden//convertirse-refugio-para-abejas_13808
Reseña del Articulo: "Placas solares también pueden convertirse en refugio para abejas" (National Geographic, 2023)
El artículo publicado por National Geographic explora una interesante convergencia entre energías renovables y conservación de la biodiversidad. Tradicionalmente, las placas solares se instalan en grandes extensiones de terreno, lo que ha generado debate sobre su impacto en los ecosistemas locales. Sin embargo, investigaciones recientes demuestran que estas instalaciones pueden transformarse en hábitats favorables para polinizadores como las abejas.
El texto destaca cómo la gestión adecuada del suelo bajo y alrededor de los paneles solares — mediante la plantación de flores silvestres y vegetación nativa— permite crear verdaderos refugios para insectos, fomentando así la biodiversidad. Este enfoque no solo beneficia a las abejas, esenciales para la polinización de cultivos, sino que también ayuda a restaurar ecosistemas deteriorados.
Además, el artículo enfatiza la importancia de integrar prácticas agrícolas sostenibles en proyectos de energía solar, combinando la producción energética con la protección ambiental. De esta manera, se plantea un modelo de desarrollo que responde simultáneamente a las necesidades de transición energética y a la conservación de especies clave para la seguridad alimentaria.
En conclusión, National Geographic presenta una visión optimista sobre cómo las innovaciones en energías limpias pueden, si son bien diseñadas, coexistir y fortalecer la vida natural en vez de desplazarla.
2.- Armstrong, A., & Ostle, N. (2021). The effects of solar panel farms on biodiversity in agricultural landscapes. Science Direct. Recuperado de https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S016788092100054X
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Reseña del Artículo:
En este artículo, Armstrong y Ostle analizan el impacto que las granjas solares pueden tener sobre la biodiversidad en paisajes agrícolas. A medida que la instalación de paneles solares se expande para responder a la creciente demanda de energías renovables, surgen preguntas sobre su interacción con los ecosistemas locales, especialmente en terrenos tradicionalmente destinados a la agricultura.
Los autores argumentan que, si bien la conversión de tierras agrícolas en campos solares puede alterar el uso del suelo y afectar hábitats preexistentes, también se presentan oportunidades para promover la biodiversidad. Cuando las granjas solares son gestionadas de manera adecuada —por ejemplo, mediante la siembra de vegetación nativa, el control de pesticidas y el diseño de corredores ecológicos—, pueden actuar como refugios para especies de flora y fauna que han sido desplazadas por prácticas agrícolas intensivas.
El artículo enfatiza que la planificación cuidadosa y la gestión proactiva son claves para maximizar los beneficios ambientales de las instalaciones solares, minimizando sus posibles efectos negativos. Asimismo, se destaca la necesidad de políticas públicas y regulaciones que integren objetivos de conservación en los proyectos de energía renovable.
En síntesis, Armstrong y Ostle ofrecen una visión equilibrada que reconoce los riesgos pero también las importantes oportunidades que presentan las granjas solares para apoyar la biodiversidad en contextos agrícolas.
3.- Montag, H., Parker, G., & Clarkson, T. (2016). The effects of solar farms on local biodiversity. Clarkson and Woods and Wychwood Biodiversity. Recuperado de https://helapco.gr/wp- content/uploads/Solar_Farms_Biodiversity_Study.pd
Reseña del Artículo: Reseña del estudio: "The effects of solar farms on local biodiversity" (Montag, H., Parker, G. & Clarkson, T., 2016)
Este estudio, desarrollado por Clarkson and Woods junto a Wychwood Biodiversity, explora cómo las granjas solares afectan la biodiversidad local en zonas rurales. A partir de investigaciones de campo realizadas en el Reino Unido, los autores examinan el impacto de estas instalaciones sobre diferentes grupos de flora y fauna.
El informe concluye que las granjas solares, si son diseñadas y gestionadas adecuadamente, pueden ofrecer beneficios significativos para la biodiversidad, en comparación con el uso agrícola intensivo previo. Por ejemplo, la reducción de las perturbaciones humanas, la introducción de praderas de flores silvestres y el manejo limitado del suelo pueden favorecer el hábitat de insectos polinizadores, aves y pequeños mamíferos.
Entre los principales hallazgos, se destaca que:
1.- Las áreas bajo los paneles solares, cuando se manejan como pastizales o hábitats semi-naturales, pueden actuar como "refugios" de biodiversidad.
2.- La estructura de los paneles proporciona microhábitats que pueden ser beneficiosos para algunas especies.
3.- Es fundamental una planificación ecológica desde el diseño del proyecto para maximizar los beneficios y evitar efectos adversos, como la fragmentación del hábitat.
En resumen, Montag, Parker y Clarkson proponen que las granjas solares no solo deben ser vistas como infraestructura energética, sino también como oportunidades de restauración ecológica, siempre que se implementen buenas prácticas de conservación.
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919
establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
-
Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Emú”, de Emú SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Emú” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Fabio Andrés López Aguilera Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
Yamal Karim Suez Muñoz Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
NAR/GHR/COV
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Roberto Mayol Brierley roberto.mayol@gmail.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins oscar.galdames@conaf.cl DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins dayanna.aravena@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maurice.dintrans@mop.gov.cl DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins CESAR.ACEVEDO@MOP.GOV.CL Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins pablo.silva.amaya@goreohiggins.cl Ilustre Municipalidad de Marchihue alcalde@munimarchigue.cl SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins eric.guital@sag.gob.cl SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins flerzundi@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cristian.silva@minagri.gob.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins nahumadah@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cmartinez@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins carolina.torrespinto@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins fgonzalezu@mtt.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2165209919 Firmado por: Yamal Karim Suez Muñoz Fecha: 13/05/2025 10:23:04 CLT Fabio Andrés López Aguilera Firmado digitalmente por Fabio Andrés López Aguilera Fecha: 2025.05.20 10:32:19 -04'00' SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins lbarboza@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins gamaya@mma.gob.cl SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins maria.latorre.e@mop.gov.cl SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins <pablo.yanez@sernageomin.cl, sea@sernageomin.cl> Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins cescobar@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Encargado Participación Ciudadana agonzalez.6@sea.gob.cl Mary Olivares Murgas mary.olivares@sea.gob.cl Belén Constanza Teresita Cortés González bc.cortesg@gmail.com