Evaluación SEA

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Rol 2161918963
SEA · DIA · Aprobado · 2025-04-08 · Región de La Araucanía · Inmobiliaria Martabid SpA

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA CALIFICA AMBIENTALMENTE EL INMOBILIARIO PORTAL RESOLUCIÓN EXENTA TEMUCO, VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 04 de noviembre de 2024 y su ., con fecha 30 de abril de 2024 y admitido a trámite el 07 de mayo de 2024. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto 3°. El Acta N° 9/2024 de la Sesión N°7/2024 de fecha 22 de mayo de 2024, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía. 4 5°. El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N°4/2025 de fecha 31 de marzo de 2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del . 7. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante "Ley N°19.300"); en el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del SEIA (en adelante "RSEIA"); en el D.F.L. N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Resolución Exenta N° RA 119046/220/2023 de 13 de julio de 2023, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional de la región de La Araucanía del Servicio de Evaluación Ambiental; el Decreto N°402 de fecha 16 de noviembre de 2024 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Eduardo Abdala Abarzúa como Delegado Presidencial Regional de La Araucanía; la Resolución Exenta N°330 de 11 de noviembre de 2014 y su modificación mediante la Resolución Exenta N°13 de fecha 10 de agosto de 2021 que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de La Araucanía; y la Resolución N°7, del 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Martabid SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Martabid SpA Rut 76.062.760-7 Domicilio Las Quilas N°1535, Temuco. Teléfono +56994300052 Nombre representante legal Javier Antonio Inzulza Reyes Domicilio representante legal Las Quilas N°1535, Temuco. Teléfono representante legal +56994300052 Correo electrónico Titular o representante legal jinzulza.r@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de marzo de 2025, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. - Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos 139, 140, 142, 156 y 160 del D.S. N°40 del 2012, Reglamento del SEIA. - No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; teniendo en consideración las condiciones o exigencias establecidas en el Capítulo 12.2 del Informe Consolidado de Evaluación. - Se han subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 31 de marzo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de La íntegramente el contenido del ICE de 21 de marzo de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Construcción de 230 viviendas, áreas verdes y lotes de equipamiento, considerando 16.039,82 m2 construidos en una superficie predial de 5,76 ha aproximadamente. Lo anterior para proveer nuevas soluciones habitacionales y satisfacer la demanda actual de viviendas en la comuna de Lautaro. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones En la Ley N°19.300 se establecen los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental que deberán someterse al SEIA. Por su parte, el RSEIA, define en el literal g) del artículo 2, qué se debe entender por modificación de un proyecto o actividad la complementar un proyecto o actividad, de modo tal que éste sufra

En función de lo anterior, el literal g.2) del artículo 2 del RSEIA, señala que entrada en vigencia del sistema de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad de manera posterior a la entrada en vigencia de dicho sistema que no han sido calificados ambientalmente, constituye un proyecto o actividad listado en el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Es así como el proyecto actual, más la modificación sobrepasan el umbral establecido en el literal g.1.1) del artículo 3, del RSEIA, a saber: g.1.1) Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas

Vida útil El Proyecto considera una vida útil indefinida una vez iniciada la operación, ya que el funcionamiento del conjunto habitacional dependerá de las mejoras y mantenciones que se realicen sus habitantes a la infraestructura del conjunto habitacional. Monto de inversión 6.013.133 USD Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La primera faena que dará cuenta del inicio de la fase de construcción del Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la a la ejecución del cierre perimetral. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El proyecto no se desarrollará por etapas. X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto corresponde a una modificación de la Lautaro, el cual considera la construcción de 159 viviendas en un predio de 4,1 hectáreas, en el Rol 255-91 y que no requirió el ingreso obligatorio al SEIA. A continuación, se muestra la ubicación del proyecto original, en relación al que se encuentra en evaluación ambiental.

Las coordenadas UTM referidas al DATUM WGS84 Huso 18S del proyecto Terrazas del Sur corresponden a: X

Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto no modifica otra RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se emplazará en la comuna de Lautaro, en camino Lautaro - Quillen, lote C, lote D. A continuación, en la Figura se muestra la ubicación.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Descripción de la localización La localización del proyecto se justifica debido al aumento de la demanda habitacional en la comuna y el crecimiento de ella. Referente a la información indicada en el Certificado de Informaciones Previas (CIP), el proyecto se emplazará en un sector definido como zona rural. Es importante indicar que la comuna de Lautaro cumple un rol de zona nueva urbana, zona de oferta de suelo residencial que son las que demandan crecientemente nuevas áreas de mercado, pero también de manera importante, cuenta con una amplia zona con suelo comercial y de servicios generales. Superficie

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM, referidas al Datum WGS 84, huso 18, se muestran a continuación:

Caminos de acceso Desde el Norte: - -137)-Proyecto - Egreso: Proyecto -137)

Desde el Sur:

-137)-Proyecto

Egreso: Proyecto- -137)

Desde el Poniente:

Ingreso: Calle Erasmo Ovando- -Proyecto Egreso: Proyecto -calle Erasmo Ovando. Referencia al expediente de Capítulo 1 de la DIA. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo N°02 de la DIA. Anexo N°1 Planos y KMZ de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Cierre perimetral Consiste en la construcción de un cierre perimetral para delimitar el área de trabajo. Este cierre está compuesto por una estructura de placas OSB de 6 m. Mantenimiento Oficinas Administrativas Se efectuará todos los días aseo y limpieza de las oficinas administrativas, estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los papeleros. Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo Se efectuará la limpieza o escarpe del estrato superior de material vegetal con una profundidad de 15 cm, considerando el 100% de la superficie del terreno. Se removerán aproximadamente 10.368 m3 de material, con un esponjamiento del 20%. El material a descartar será dispuesto en botadero previamente establecido y autorizado por la autoridad sanitaria. Mantenimiento Comedor Se efectuará dos veces al día el aseo de los comedores. Estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los contenedores de basura. Instalación de faenas Esta instalación tendrá una superficie de 280 m2 la cual estará conformada por contenedores, los que se retirarán una vez terminada la fase de construcción del proyecto. La instalación considera lo siguiente: Oficinas: Serán de tipo prefabricado, tipo contenedor, equipados con todos los servicios necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades asociadas (sistema hídrico, de iluminación, servicios higiénicos, etc.). Comedores: Al interior de la instalación de faena, existirá un área destinada a la alimentación de los trabajadores. Con el fin de que los trabajadores se alimenten en un lugar con las condiciones óptimas. Baños: En la instalación de faenas se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos que contará con baños y duchas. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existirán baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. N°594/99 del MINSAL). Bodega de acopio de materiales: La bodega de materiales se ocupará para guardar los materiales que se utilizarán en la construcción del proyecto. Se almacenarán menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se utilizará una bodega provisoria común que cumplirá

Sector de acopio temporal de residuos domiciliarios: tendrá una superficie aproximada de 9 m2, estará delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores, contará con acceso controlado, suelos impermeables y lavables, pisos no resbaladizos, entre otros. Se solicitó PAS 140 para esta instalación. Sector de acopio temporal de RESCON: La superficie de la zona de acopio de los RESCON es 16 m2. En la zona de residuos de la construcción se almacenarán todos los residuos que se generen en la fase de construcción de proyecto, es decir, escombros, maderas, restos de cartones, plásticos, ladrillos, metales, etc. Los Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20 m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto. Construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión. Solo se acopiarán residuos sólidos industriales no peligrosos provenientes de la construcción y estará estrictamente prohibido el almacenamiento de otro tipo de residuo, se tendrá registro de ingreso y egreso de residuos, la bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan RESCON, Además de una base sólida y continua. Estos residuos serán transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de la Araucanía. En la evaluación ambiental fue solicitado el PAS 140 para esta instalación. Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos: Tendrá una superficie de 9 m2, la que se ubicará dentro del área del Proyecto, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N°2 de la DIA, y se solicitó PAS 142 para esta instalación. Las características de la bodega son las siguientes: Cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura. Capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Los contenedores estarán rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor será de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, será a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo. En la bodega se colocarán en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega.

Baños y vestidores: en la instalación de faenas se dispondrá de un sector destinado a servicios higiénicos que contará con baños y duchas. En el caso que exista personal femenino dentro de las contrataciones, existirán baños exclusivos para damas según lo indica la normativa vigente (D.S. N°594/99, del MINSAL). Los baños y vestidores tendrán una superficie de 15 m2.

Estacionamientos: La instalación de faenas contará con disponibilidad de estacionamientos para 4 vehículos en su interior de 2,5 metros por 5 metros cada uno.

Zona de carga y descarga: Se considera un área de carga y descarga de materiales al interior del predio del proyecto a efecto de evitar el uso de veredas y calles aledañas. Esta se ubica al interior del patio de materiales (molduras y fierros), la cual tendrá una superficie de 40 m2.

Lavado de ruedas: se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacenará las aguas de lavado.

Zona de lavado de canoas: Contempla una superficie de 25 m2, y se generará una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre estará cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón. Se generarán aproximadamente 10 litros diarios de aguas residuales por camión, los que serán descargados y almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros, desde Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro donde serán retirados por una empresa debidamente autorizada para transportar estos residuos a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Mantenimiento Duchas, vestidores y W.C Se efectuará dos veces al día el aseo de las duchas, vestidores y WC. Estas actividades consisten en: barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los contenedores de basura. Obra gruesa: Excavaciones El volumen excavado será dispuesto en botadero autorizado. Esta faena se realizará con máquinas retroexcavadoras y camiones. Todo camión que salga de la obra deberá estar encarpado para evitar caídas de materiales al suelo y que se levante polvo durante su circulación. El volumen total a excavar es de 11.121,40 m3, y considerando un esponjamiento de 20%, el volumen de material que será dispuesto en el botadero será de 13.345,68 m3. Mantenimiento Bodegas de materiales Se realizará una vez al día la limpieza y aseo de la bodega. Esta consiste en: Barrer, ordenar, sacudir y retirar los residuos de los contenedores de basura. Además de verificar el stock de los materiales que en ella se guardan. Obra gruesa: Estructuras Luego de las excavaciones, se procederá con la construcción de las torres. Los principales materiales requeridos para la construcción de ellas será el hormigón armado. El acero para el hormigón armado llega a obra ya cortado y preparado para ser incorporado en la construcción. También se requerirá acero de refuerzo de hormigones. Mantenimiento Sector de acopio residuos domiciliarios Se realizará 3 veces a la semana o cuando sea necesario el aseo de la zona de acopio, consiste en el retiro de los residuos de los contendores. Además de limpiar los contenedores y colocar en su interior las nuevas bolsas de basura. Obra gruesa: Terminaciones Se refiere a las terminaciones de las viviendas. Los principales materiales a usar son pinturas, cerámicas, adhesivos para cerámicas, planchas de volcanita y perfiles de metalcon para estructurar los tabiques. Todos estos materiales llegarán en camión a la obra los que serán descargados con grúas horquillas. Mantenimiento Sector de acopio temporal de RESCON Este sector será limpiado y ordenado todos los días y una vez que sean retirados los escombros por transportistas autorizados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. Obra gruesa: Obras exteriores Se refiere a los cierres definitivos del proyecto, estacionamientos en superficie y áreas verdes que rodeará el edificio. Mantenimiento Bodega de acopio temporal de RESPEL Esta bodega será limpiada y ordenada una vez al día, esta actividad consistirá en mantener los contenedores de residuos con sus respectivas etiquetas, actualizar las hojas de seguridad, verificar la existencia de algún derrame y si es necesario realizar disposición de los residuos con una empresa con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. Recursos naturales renovables No contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales. Emisiones y efluentes - Emisiones atmosféricas: Se generarán durante la fase de construcción debido a las actividades de escarpe, excavación, compactación y nivelación, motores y tránsito de vehículos pesados sobre caminos pavimentados y no pavimentados y maquinaria fuera de ruta. A continuación, se presentan las emisiones totales del proyecto durante esta fase (con equivalente).

Durante la fase de construcción no se generarán emisiones Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro significativas, sin perjuicio de ello, el Titular incluye una serie de medidas de control, las que corresponden a: - Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material. Además, se deberá llevar registro de la aplicación del supresor.

  • Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB.
  • Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca.
  • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr.
  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
  • Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra.
  • Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado.
  • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.
  • Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
  • Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.

Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N°5.1: Estimación de emisiones de la Adenda complementaria.

  • Aguas servidas: Se generarán en instalación de faenas, durante todo el período de la fase de construcción, siendo la tasa de emisión la siguiente:

Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas serán descargadas a dicha red.

  • Residuos industriales líquidos: Lavado de ruedas: durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generarán residuos líquidos industriales. Para esto se implementará un sistema que consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm, las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de pvc a un estanque de acumulación de 2 m3, el cual almacenará las aguas de lavado. Los residuos Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro generados serán tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas provendrá de la red de aguas Araucanía.

Lavado de canoas: se indica que se generará una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre estará cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retirará la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual será desechado a un contenedor de basura de obra, posteriormente estos restos se eliminarán y serán despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia un sitio de disposición final que cuente con su autorización respectiva. En cuanto a las aguas residuales, se generarán aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que serán almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta será limpiada con camiones a medida que se vaya completando.

  • Ruido: A continuación, en la Figura y Tabla se detalla la ubicación del Proyecto y los receptores identificados.

Para efectos de modelación, se considera un frente de trabajo que contempla toda actividad relacionada con la fase de construcción, es decir: escarpe, excavación, urbanización, obra gruesa y terminaciones operando de manera simultánea. Asimismo, se considera una (1) maquinaria de cada tipo para el cálculo de los frentes de trabajo. Los niveles de presión sonora de maquinaria a nivel de suelo: Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Los niveles de presión sonora de herramientas frente altura: El detalle del estudio de ruido se encuentra en el Anexo N°4: Emisiones acústicas de la Adenda complementaria.

  • Vibraciones: La estimación del impacto de vibración del Proyecto se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods Partículas asociada a la maquinaria considerada para la fase de construcción: Para efectos de estimación, y como se señala en el estándar de Noise And Vibration Manual maquinaria que genera mayores emisiones hacia los receptores, con la finalidad de representar y evaluar un escenario desfavorable. En este caso, durante la construcción del Proyecto se estima la vibración generada por camiones, retroexcavadora y minicargador, que es la maquinaria de mayor emisión.

El detalle del estudio de vibraciones se encuentra en el Anexo N°4: Emisiones acústicas de la Adenda complementaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. - Residuos Sólidos Domiciliarios: Durante esta fase se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor y los baños. Los valores resultantes de la determinación de residuos se muestran a continuación.

Los residuos serán almacenados en contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro interior por una bolsa plástica resistente. Serán vaciados todos los días en 2 contenedores de 1.100 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana o cuando se requiera, para luego ser dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

- Residuos de construcción: Se generarán en total 6.592,25 toneladas de residuos de construcción, el detalle de los residuos desglosados por actividad es la siguiente: Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de RESCON en un contenedor Open Top de 20m3 de 6 metros de largo, 2,5 de ancho y 1,4 metros de alto, construido de acero, con toma enganche de alta resistencia, ganchos de encarpe para uso sobre camión. Posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad sanitaria de la Región de La Araucanía. La frecuencia de retiro de estos residuos será 2 veces a la semana o cuando sea necesario. Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales serán gestionados por una empresa que se encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.

- RESPEL: Se generarán residuos peligrosos correspondientes a envases de solventes, pegamentos y de aceites y barnices. Los residuos a generar corresponden a: Los residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, en contendedores de 200 litros de metal, donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el lugar de disposición final y empresa de transporte. La frecuencia de recolección de los RESPEL será cuando el titular indique que es necesario, pero cabe destacar que este tiempo de almacenamiento no superará los 6 meses

En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N°3 de la adenda complementaria.

El titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL.

- Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirán las siguientes cantidades de sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes.

Cantidad: Manejo: Estas sustancias se almacenarán en la bodega de materiales que cumplirá con el D.S 43 /2015. En ningún caso la cantidad almacenada de sustancias peligrosas superará las 3 toneladas.

Transporte y disposición: Estas serán transportadas por servicios autorizados por el seremi de salud y los residuos generados serán por el manejo de estas sustancias serán almacenados en la bodega de acopio de residuos peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.2 y 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Casas El proyecto es de tipo inmobiliario con destino residencial, donde se contempla la construcción y operación de 230 viviendas, con un total de 230 estacionamientos. El proyecto presenta una superficie de construcción de 16.039 m2 y una superficie predial de 5,76 ha. Solución de aguas Lluvias Las aguas lluvias que se generan en la condición del proyecto, es decir, con la pavimentación de las distintas calles y pasajes que conforman el loteo, se conducirán por las calles proyectadas de forma superficial hasta los sumideros. Luego serán conducidas a través de la red de colectores hasta las zanjas de infiltración proyectadas en diferentes áreas verdes del loteo. Para realizar el diseño del sistema de saneamiento se utilizó el Método Racional para el cálculo de caudales, con datos y procedimientos del Manual de Carreteras Volumen 3 y del Manual

El objetivo de las obras de solución de aguas lluvias es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la construcción del proyecto. Por lo mismo, para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias, después de la construcción, no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores. En el Anexo N°1: Memoria Aguas Lluvias de la adenda complementaria se incorpora el detalle del proyecto de aguas lluvia. Estacionamientos Se considerarán 230 estacionamientos distribuidos en superficie. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Obras IMIV Peatones: se consideran ejecutar las siguientes obras y partes, asociadas a las medidas de mitigación vial (medidas de control para efectos del SEIA):

a) Para peatones: - Instalación de 776 metros de Vallas Peatonales tipo CONASET. - Instalación de resaltos reductores de velocidad, de acuerdo con el Decreto 200 del MTT con sus respectivas señalizaciones PG-08a y PG08b. - Elaborar y ejecutar un proyecto ingeniería de detalle para la materialización 36 dispositivos de rodados. Este proyecto deberá presentarse para su revisión y aprobación ante las autoridades competentes. - compone por los siguientes elementos: - Demarcación de Paso Cebra y Demarcación tipo Zigzag. - 2 balizas Peatonales Zebra Zafe. - 2 resaltos vehiculares de acuerdo al Decreto 200 del MTT. - Materialización de vereda al costado oriente y poniente para dar anterior deberá ser revisado por las autoridades pertinentes previo a su materialización.

b) Para transporte público: - Materialización de Bahía de parada de transporte público al revisado y aprobado por las autoridades pertinentes previo a su materialización. - Instalación de un paradero de bus en el lado oriente y otro en el Vialidad con su respectiva señal de parada. - Instalación de una parada para las futuras líneas de Taxis colectivos el cual se ubicará en la plaza de Volcán Osorno.

c) Para vehículos motorizados: - Elaborar y materializar un proyecto de señalización y demarcación en el interior del proyecto: - Demarcación Líneas de separación de pistas y línea continua según corresponda. - Líneas de detención y pasos peatonales. - Flechas direccionales. - Ceda el Paso y Pare. - Zig Zag en pasos peatonales. - Señales Verticales (99 unidades). - Elaborar y materializar un proyecto de señalización y demarcación en el área de influencia del proyecto del proyecto: - Demarcación Líneas de separación de pistas y línea continua según corresponda. - Líneas de detención y pasos peatonales. - Flechas direccionales. - Ceda el Paso y Pare. - Zig Zag en pasos peatonales. - Señales Verticales (31 unidades). - Remplazar la siguiente señalización vertical la ubicación se presenta en el plano de mitigación: - Nombre y numeración de calle IV-3 (1 Unidad). - Pare RPI-02 (1 Unidad). - Ensanchamiento a la derecha PF-03b (1 Unidad)

En el Anexo N°9 de la Adenda Complementaria se adjuntan las medidas de control del proyecto. Mantenimiento de áreas Se efectuarán mantenciones mensuales a las áreas verdes ubicadas Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro verdes en los espacios comunes. Está mantención estará a cargo del municipio. El proyecto contempla la implementación de especies de árboles que propician un consumo óptimo y reducido del recurso hídrico. Además, se asegurará el riego eficiente mediante el establecimiento de diferentes puntos de conexión de agua potable para el riego de las áreas verdes con riego por aspersión mediante pop-up boquilla serie 12 y riego por goteo mediante planza de 16 mm microtubing de rendimiento 4 lts/hr. Además, en caso de ser necesario, el titular incorporará un sistema de riego de pozo a modo de evitar el uso de agua potable para riego. Productos generados No se considera la generación de productos en esta fase. Recursos naturales renovables No contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales. Emisiones y efluentes - Emisiones atmosféricas: En las siguientes tablas se presenta un resumen de las emisiones de material particulado MP10 y MP2,5, estimadas para la fase de operación del Proyecto. Se consideran las emisiones provenientes del tránsito y combustión de motores de vehículos livianos provenientes del proyecto Terrazas de Sur y el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro.

Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 1 Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 2

Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 3 Cabe mencionar que, en esta fase se consideran calefactores eléctricos en cada una de las viviendas. Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N°5.1: Estimación de emisiones de la Adenda complementaria.

- Aguas servidas: Corresponden a los efluentes líquidos domésticos (aguas servidas), provenientes de los baños, lavamanos, duchas de las viviendas y comercio, los que corresponden a:

El predio cuenta con certificado de factibilidad de alcantarillado y agua potable, por lo que las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado.

- Ruido: El Proyecto no contempla fuentes significativas de ruido para esta fase. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. - Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD): Se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes y visitantes de las viviendas, provenientes principalmente de las cocinas y baños. La generación de residuos de este tipo en la fase de operación es la siguiente:

Los residuos provenientes de las viviendas serán almacenados de forma particular en cada una de las viviendas. Posteriormente será trasladada hacia afuera de las viviendas, hasta donde podrán acceder los camiones municipales. Luego, los residuos serán retirados por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana o cuando se determine en el municipio de Lautaro. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

- Residuos peligrosos: Debido a la naturaleza del Proyecto, no se generarán residuos de carácter peligroso durante esta fase.

- Productos químicos: En esta fase no se utilizarán o emplearán productos químicos o sustancias peligrosas, toda vez que el proyecto corresponde a un conjunto habitacional. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.2 y 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE No se contempla fase de cierre dado que se estima que cada propietario realizará constantes mejoras y mantenciones a los inmuebles por lo que la vida útil de ellos es indefinida.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Etapa constructiva 1: marzo de 2025 o una vez obtenida la RCA. Etapa constructiva 2: febrero de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Ejecución del cierre perimetral del terreno. Fecha estimada de término Etapa constructiva 1: junio de 2026. Etapa constructiva 2: marzo de 2027. Parte, obra o acción que establece el término La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Lautaro de cada una de las etapas constructivas. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Etapa constructiva 1: julio de 2026. Etapa constructiva 2: abril de 2027. Parte, obra o acción que establece el inicio La recepción final de las obras por parte del Departamento de Obras de la Municipalidad de Lautaro. Fecha estimada de término Se considera que el proyecto podría extender su vida útil de forma indefinida ya que el funcionamiento del conjunto habitacional dependerá de las mejoras y mantenciones que realicen sus habitantes a la infraestructura. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Parte, obra o acción que establece el término No aplica. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio El Proyecto no contempla fase de Cierre. Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término

El detalle del cronograma de la fase de construcción es el siguiente:

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Aumento de las emisiones de material particulado. Aumento en el nivel de ruido Aumento en el nivel de vibraciones Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada A continuación, se muestra el área de influencia de ruido.

En la figura y Tabla siguiente, se muestra la ubicación específica de los receptores sensibles. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. El Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, durante las fases de construcción y operación, generará emisiones de material particulado y de gases. Fuentes emisoras: Las actividades y fuentes emisoras por fase corresponden a:

Fase de construcción: Para la estimación de las emisiones de material particulado, se utilizaron las ecuaciones y factores de emisión (fórmulas empíricas) desarrollados por la EPA (Environmental Protection Agency, Reporte AP-42, Quinta Edición, Volumen I, Actualizada Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios en la Región Metropolitana Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas en la Región Metropolitana SEREMI del MMA de la Región Metropolitana. A continuación, presenta la tasa de emisión de gases de la combustión, estimada para la fase de construcción del Proyecto.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Tabla. Estimación de emisiones de gases etapa de construcción (ton/año). Años N° 1 y N° 2 Durante la fase de construcción no se generarán emisiones significativas, sin perjuicio de ello, el Titular incluye una serie de medidas de control, las que corresponden a: - Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material. Además, se deberá llevar registro de la aplicación del supresor.

  • Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB.
  • Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca.
  • El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr.
  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
  • Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra.
  • Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado.
  • Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.
  • Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
  • Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.

Fase de operación: Durante la fase de operación del Proyecto, las principales emisiones de contaminantes atmosféricos se generarán producto de la circulación de vehículos livianos. No se considera la combustión de artefactos, toda vez que, durante la evaluación ambiental, el titular ha señalado que proveerá de artefactos eléctricos a todas las viviendas (Terrazas del sur + Portal Lautaro etapas 1 y 2). En las siguientes tablas se presenta un resumen de las emisiones de material particulado MP10 y MP2,5, estimadas para la fase de operación del Proyecto. Cabe destacar que, se consideran las emisiones provenientes del tránsito y combustión de motores de vehículos livianos provenientes del proyecto Terrazas de Sur y el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 1

Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 2

Tabla. Emisiones atmosféricas, fase de operación. Año 3 Para más detalle, ver Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N°5.1: Estimación de emisiones de la Adenda complementaria.

Modelación de dispersión atmosférica: La modelación de dispersión de material particulado y de gases asociados al Proyecto y que se presenta a continuación fue del Servicio de Evaluación Ambiental. Esta Guía indica como

por la agencia EPA como sistema de referencia para simular la dispersión de contaminantes provenientes de centros industriales ubicados en terreno complejo. Para determinar el aporte del proyecto respecto de la normativa ambiental se consideraron las normas primarias y secundarias de calidad del aire definidas en la legislación chilena. Tabla. Normativa de Calidad del Aire consideradas Mediante la aplicación del modelo WRF CALPUFF fue posible obtener las concentraciones de material particulado respirable (MP10), material particulado respirable fino (MP2,5), dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NO2) y monóxido de carbono (CO) y las depositación del material particulado sedimentable Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro (MPS), que aportará el proyecto, basándose en los campos de vientos generados por la modelación meteorológica realizada con WRF. Los aportes del Proyecto fueron evaluados en los sectores de su entorno, para el análisis de cumplimiento de las normas primarias y secundarias de calidad del aire. A continuación, se presentan los aportes obtenidos por la modelación del escenario más desfavorable del Proyecto en los puntos de interés poblacional y de recursos naturales (receptores discretos). En las tablas siguientes se muestran los aportes del proyecto en cada uno de los receptores de interés. Tabla. Aportes del proyecto en puntos de interés de material particulado, peor escenario.

Tabla. Aportes del proyecto en puntos de interés de gases, peor escenario.

A continuación, en la tabla se presenta la ubicación de los Puntos de Máxima Concentración (PMC), tanto para el material particulado (MP10, MP2,5 y MPS), como para los gases (SO2, NO2 y CO), durante el peor escenario de emisiones del Proyecto. Tabla. Puntos de Máxima Concentración (PMC), peor escenario

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro De acuerdo con los resultados obtenidos de la modelación de dispersión, los aportes del Proyecto de material particulado (MPS, MP10 y MP2,5) en los receptores de interés resultan ser inferiores al 3% de la norma en todos los estadísticos normados, encontrándose este valor para el contaminante MP10 en el receptor R3. Referente a los aportes de gases (NOx, SO2 y CO) generados por el Proyecto, estos no superan al 1% de la norma en todas sus métricas. Adicionalmente, es importante agregar que no se supera ninguna norma en los Puntos de máxima concentración para todos de los contaminantes evaluados, cabe mencionar que la modelación se realizó para el peor escenario posible que considera que las actividades de movimiento de tierra, transporte y combustión de maquinarías se están desarrollando simultáneamente en toda la superficie del proyecto, caminos internos y caminos de acceso, es decir que se distribuyeron espacialmente sus emisiones en todos los metros cuadrados que presenta obras el proyecto. Es importante tener en cuenta que las emisiones aportadas durante la fase de operación son mínimas y no significativas en comparación al escenario evaluado, toda vez que el titular ha comprometido durante la evaluación ambiental que el proyecto considera artefactos eléctricos en todas las viviendas (Terrazas del sur + Portal Lautaro etapas 1 y 2). El detalle de la modelación de dispersión atmosférica se encuentra en el Anexo N°5.2.1, Anexo N°5.2.2 y Anexo N°5.2.3, todos de modelación de emisiones. Al respecto, el organismo competente en este caso la SEREMI de Salud, se pronunció con observaciones mediante el A20-17 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 05/03/2025, indicando lo siguiente:

1.2.1 A raíz del contenido del ICSARA complementario, el Titular informó en la respuesta 4.1.2.6 de la adenda complementaria que el proyecto no contemplará calefactores a leña en la totalidad de sistemas de calefacción eléctrica en todas las viviendas del proyecto, es decir en las 230 proyectadas y en las 159 correspondientes a Terrazas del Sur. Si bien, dicha afirmación no es mencionada en otra parte de la adenda complementaria ni en sus anexos, esta Autoridad logró visualizar que en los informes de estimación de las emisiones atmosféricas (anexo 5.1) y de modelación de la dispersión de los contaminantes (anexo 5.2.1), se da por supuesto que las viviendas no contarán con sistemas de calefacción a leña. Es más, se da por hecho que no contarán con ningún tipo de sistemas de calefacción puesto que no se presentan antecedentes de la estimación de las emisiones atmosféricas asociadas a éstos (a pesar de ser eléctricos) en la operación del proyecto existente (Terrazas del Sur) y de la modificación proyectada (Portal Lautaro). El único documento adjunto en la Adenda Complementaria que hace alusión a la implementación de un sistema de calefacción en el anexo N°1 Fichas técnicas del anexo 5.1 Emisiones Atmosféricas, el cual hace mención a

1.2.1.1 Por tanto, debido a la falta de antecedentes relativos: -A la descripción del mecanismo a utilizar para la prohibición de uso de calefactores a leña en las viviendas existentes (Terrazas del Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Sur). -A la confirmación del descarte del uso de calefactores a leña en las viviendas proyectadas (Portal Lautaro) y al mecanismo a utilizar para la prohibición de uso de calefactores a leña en dichas viviendas. -A la descripción técnica del sistema de calefacción eléctrica a instalar en la totalidad de viviendas (existentes y proyectadas). -A la descripción del mecanismo a utilizar para la instalación de un sistema de calefacción eléctrica en la totalidad de viviendas existentes (Terrazas del Sur). Es opinión de esta Autoridad Sanitaria que, no es factible validar los resultados presentados en la estimación de emisiones, la modelación de la dispersión de los contaminantes, el análisis del cumplimiento de las normas primarias de calidad para dichos contaminantes y, el análisis de significancia del impacto (peor escenario) de las emisiones aportantes del proyecto (Terrazas del Sur y Portal Lautaro) a la línea de base actual del componente Calidad del Aire en la zona de emplazamiento (riesgo preexistente para los receptores por los contaminantes MP10 y MP2,5). En este mismo sentido, la SEREMI de Medio Ambiente, realiza un pronunciamiento con observaciones similares, mediante el Ord. 01326/2025 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 04/03/2025. Respecto de lo anterior, se debe señalar que a propósito de las observaciones de la SEREMI de Salud y SEREMI de Medio Ambiente han sido incorporadas dos condiciones o exigencias No utilización de artefactos a leña para

Tipo de calefactor en el Considerando N° 8 de la presente Resolución, del Informe Consolidado de Evaluación, lo que permite garantizar que exista cumplimiento de la norma primaria de calidad ambiental. En definitiva, con la incorporación de las condiciones o exigencias establecidas no se generará riesgo para la salud de la población por la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. i) Receptores: A continuación, se detalla la ubicación del Proyecto y los receptores identificados. Posteriormente se presenta un detalle indicando sus coordenadas UTM (Datum: WGS84 Huso: 18S), fotografías, distancia aproximada al deslinde del área del Proyecto y una breve descripción.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Tabla. Descripción, y ubicación de receptores

Adicionalmente, se considera el receptor interior RI, utilizado para evaluar aquellas viviendas que se encuentran habitadas en la Etapa 1 durante la construcción de la Etapa 2 del Proyecto. En la siguiente tabla se presenta la ubicación de cada punto receptor con respecto al Plan Regulador de Lautaro, los usos de suelo permitidos y su homologación con respecto al D.S. Nº38/11 del MMA. Tabla. Zonificación de receptores y homologación según D.S. Nº 38/11 del MMA.

ii) Fuentes: Para efectos de modelación, se considera un frente de trabajo que contempla toda actividad relacionada con la Fase de Construcción, es decir: escarpe, excavación, urbanización, obra gruesa y terminaciones operando de manera simultánea. Asimismo, se considera una (1) maquinaria de cada tipo para el cálculo de los frentes de trabajo. A continuación, se presenta la maquinaria y los niveles de ruido por bandas de octava:

Tabla. Niveles de presión sonora de maquinaria a nivel de suelo, fase de construcción

Tabla. Niveles de presión sonora de herramientas frente altura, fase de construcción Para efectos de modelación, se incluye un frente de trabajo en altura y nivel de suelo frente a cada uno de los receptores (condición desfavorable). Dado que el Proyecto considera la Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro construcción en dos etapas, se consideran dos escenarios de modelación, estos se describen a continuación:

  • Distancias Escenario 1: Etapa 1 en construcción. A continuación, se presenta el escenario de modelación en el cual la Etapa 1 se encuentran en construcción. Tabla. Distancias entre receptores y frentes de trabajo, escenario 1.

  • Distancias Escenario 2: Etapa 1 en operación y Etapa 2 en construcción A continuación, se presenta el escenario de modelación en el cual la Etapa 1 se encuentra en operación y es considerada como receptor de las faenas de construcción de la Etapa 2. Para efectos de evaluación de la condición más desfavorable, se agregó el receptor RI que corresponde a una vivienda de la Etapa 1.

Tabla. Distancias entre receptores y frentes de trabajo, escenario 2. Para la fase de operación no se consideran fuentes significativas de ruido. iii) Evaluación de resultados: La estimación de los niveles de ruido se realizó mediante el software de predicción sonora PREDICTOR LIMA Versión 2023 desarrollado por la empresa Brüel & Kjaer que, para efectos del Proyecto, utiliza en su algoritmo de predicción, la Norma ISO 9613 "Acoustics - Attenuation of sound during propagation outdoors - Part 1: Calculation of the absorption of sound by the atmosphere; Part 2: General method of calculation". Este software de modelación cumple con la ISO 17534- -- Software for the calculation of sound outdoors -- Part 1: Quality condiciones meteorológicas de 20°C de temperatura y 80% de humedad ambiental. - Escenario 1 En las siguientes tablas se evalúan los niveles de ruido estimados para la Fase de Construcción considerando las medidas de control para el Escenario 1.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Tabla. Evaluación de resultados con medidas de control escenario 1, fase de construcción. Se puede observar, de la tabla anterior, que, aplicando las medidas de control a la maquinaria involucrada, se cumple con la normativa de ruido vigente durante la Fase de Construcción para el Escenario 1.

  • Escenario 2 En las siguientes tablas se evalúan los niveles de ruido estimados para la Fase de Construcción considerando medidas de control para el Escenario 2.

Tabla. Evaluación de resultados con medidas de control escenario 2 fase de construcción Se puede observar, de la tabla anterior, que, aplicando las medidas de control, se cumple con la normativa de ruido vigente durante la Fase de Construcción para el Escenario 2.

Las medidas de control incorporadas por el Titular corresponden a: - Pantalla acústica: Esta barrera debe ser de un material cuya densidad superficial sea igual o superior a 10 [kg/m2] (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas, tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. - Cierre de vanos: Para el caso de faenas de construcción en altura, se implementará el Cierre de Vanos que consiste en confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con un material que cumpla con las condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor).

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Figura. Imagen referencial de cierre de ventanas con paneles OSB

  • Restricción e maquinarias: Considerando la cercanía de los frentes de trabajo a los receptores, las barreras perimetrales resultan insuficientes por si solas, por lo que, junto a esta medida, los frentes de trabajo tendrán una restricción de la operación simultánea de maquinarias. Se considera que el Bulldozer operará por sí solo, dejando el frente de trabajo a nivel de piso con el nivel de presión sonora a 10 metros que se muestra en la siguiente tabla.

Tabla. Niveles de presión sonora de frente con restricción, frente de construcción a nivel de suelo

  • Barrera acústica escenario 1: Para el Escenario 1, se considera una barrera acústica perimetral de 6 metros de altura, en conjunto con cierre de vanos para los trabajos en los segundos pisos de las casas en construcción. Figura. Ubicación y altura de barrera acústicas escenario 1 - fase de construcción
  • Barrera acústica escenario 2: Para el Escenario 2 se considera una barrera acústica perimetral de 6 metros de altura, en conjunto con cierre de vanos para las faenas en los segundos pisos de las viviendas en construcción. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Figura. Ubicación y altura de barrera acústicas escenario 1 - fase de construcción El detalle del estudio de ruido se encuentra en el Anexo N°4: Emisiones acústicas de la Adenda complementaria.

De lo anterior la SEREMI de Salud se pronunció con observaciones en el Ord. N°A20-17 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 05/03/2025 y por otro lado la SEREMI del Medio Ambiente, se pronunció con observaciones en el Ord. N°01326/2025 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 04/03/2025. Al respecto, se debe señalar que la totalidad de los elementos incorporados en el pronunciamiento de la SEREMI de Salud y SEREMI de Medio Ambiente han sido incorporadas como condición o exigencia en el Considerando N° 8 de la presente Resolución. Adicionalmente, se ha establecido una condición o exigencia asociada al seguimiento de los niveles de ruido la cual se desarrolla en el mismo Considerando antes mencionado. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. - Vibraciones En la fase de construcción se generan vibraciones, por lo que considerando la ausencia de una norma en Chile que permita regular las vibraciones se utiliza referencialmente para estos fines Transit Noise and Vibration- Impact Assessment Administration (FTA), la cual establece valores para estimación y evaluación de daño estructural a partir de Velocidad Peak de Partícula (PPV) y para la evaluación de molestia generada por vibraciones a partir del Nivel de Velocidad de vibración (Lv). La estimación del impacto de vibración del Proyecto se efectúa en base a la maquinaria y actividades significativas en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods En la siguiente tabla, se presenta la Velocidad Peak de Partículas asociada a la maquinaria considerada para la fase de construcción: Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Los receptores identificados corresponden a:

En la siguiente tabla se presentan las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) estimados en los receptores para las maquinarias de mayor emisión durante la fase de construcción.

Tabla. PPV y Lv estimados en receptores por uso de rodillo compactador fase de construcción escenario 1.

Tabla. PPV y Lv estimados en receptores por uso de camiones mixer y tolva fase de construcción escenario 1.

Para el caso de la normativa utilizada para vibraciones que es la FTA, la Velocidad Peak de Partículas (PPV) se encuentra dentro del rango aceptable para las estructuras a evaluar, sin embargo, para Molestia (Lv), el nivel se encuentra por sobre la referencia de la FTA en el receptor R3 durante el uso del rodillo compactador, por lo que se incorporan medidas de control para dar cumplimiento a la normativa.

Tabla. PPV y Lv estimados en receptores por uso de rodillo compactador fase de construcción escenario 2.

Tabla. PPV y Lv estimados en receptores por uso de camiones mixer y tolva fase de construcción escenario 2. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Para el caso de la normativa utilizada para vibraciones que es la FTA, la Velocidad Peak de Partículas (PPV) se encuentra dentro del rango aceptable para las estructuras a evaluar, sin embargo, para Molestia (Lv), el nivel se encuentra por sobre la referencia de la FTA en los receptores R3, R4 y RI durante el uso del rodillo compactador, por lo que se incorporan medidas de control para dar cumplimiento a la normativa. Las medidas corresponden a una restricción de uso para el rodillo compactador de una distancia de 33 metros desde la estructura de la vivienda de cualquier receptor hacia el interior del área del Proyecto. Se debe tener especial atención con los receptores internos del proyecto, que se encuentran más cerca de las obras de construcción que los demás receptores. Tabla. PPV y Lv estimados con distancias de restricción, fase de construcción.

A continuación, se presentan de forma gráfica las áreas de restricción para cada etapa restringida. Figura. Áreas de restricción Etapa 1

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Figura. Áreas de restricción Etapa 2

Los trabajos en las áreas restringidas se realizarán con maquinaria de menor tamaño o manual como Mini Rodillo o placa compactadora (los cuales tienen velocidades de 0,003 [pulgada/s] y niveles de 54 [VdB]). En la siguiente figura se muestra una imagen referencial de algunas maquinarias de reemplazo.

Figura. Imagen referencial de maquinaria de reemplazo En definitiva, con la implementación de las medidas de control descritas se evidencia el cumplimiento de la normativa de referencia para molestia y daño estructural. El detalle del estudio de vibraciones se encuentra en el Anexo N°4: Emisiones acústicas de la Adenda complementaria.

- Emisiones atmosféricas En la fase de construcción los valores estimados de emisiones atmosféricas de MP10, MP2,5 y gases son acotadas y temporales, por lo que no se consideran significativas en cuanto a la afectación a la salud de la población. En la fase de operación las principales emisiones atmosféricas de esta fase se encuentran asociadas a la circulación y motores de vehículos livianos. Respecto de los artefactos de calefacción, se considera la utilización de artefactos eléctricos en todas las viviendas.

- Aguas servidas: Serán provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Para la fase de operación, se considera la conexión de las viviendas al sistema de alcantarillado de Aguas Araucanía S.A.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Residuos industriales líquidos: Fase de construcción Lavado de ruedas: Durante la actividad de lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo, se generarán residuos líquidos industriales. Para esto se implementará un sistema que consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenará las aguas de lavado. Los residuos generados serán tratados y dispuestos en lugares autorizados sanitariamente. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas detallado anteriormente provendrá de la red de Aguas Araucanía. Para este tipo de RILes se ha solicitado el PAS 139 durante la evaluación ambiental (Anexo N°10 PAS de la Adenda complementaria), el cual ha sido otorgado por el Organismo competente, en este caso la SEREMI de Salud, mediante el Ord. A20-17 publicado en el expediente electrónico con fecha 05/03/2025

Lavado de canoas: Se indica que se generará una excavación cuadrada de dimensiones 2 x 2 x 0,6 metros, la cual siempre estará cubierta por un polietileno de alta densidad, con el fin de contener la mayor cantidad del resto de hormigón generado en los distintos procesos y etapas de obra. Todos los días antes de comenzar nuevamente con el proceso de hormigonado, se retirará la acumulación de hormigón con un minicargador frontal, el cual será desechado a un contenedor de basura de obra. Posteriormente estos restos se eliminarán, despachados por medio de un camión de retiro de escombros, hacia botaderos autorizados dentro de la ciudad. En cuanto a las aguas residuales, se generarán aproximadamente 10 litros diarios de agua por camión, los que serán almacenados en una fosa séptica plástica de 2.400 litros. Esta será limpiada con camiones a medida que se vaya completando. Para este tipo de RILes se ha solicitado el PAS 139 durante la evaluación ambiental (Anexo N°10 PAS de la Adenda complementaria), el cual ha sido otorgado por el Organismo competente, en este caso la SEREMI de Salud, mediante el Ord. A20-17 publicado en el expediente electrónico con fecha 05/03/2025. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El proyecto en cada una de sus fases realizará un manejo adecuado de sus residuos, razón por la que no existirá exposición a contaminantes sobre los recursos naturales renovables involucrados en su ejecución. Fase de construcción: Durante la fase de construcción se generarán 6.592,25 toneladas de residuos de construcción y 0,375 m3/día de residuos sólidos domiciliarios generados por los trabajadores de la obra, cuyo manejo se encuentra detallado en el Anexo N°10 PAS de la Adenda. Cabe mencionar que, durante la evaluación ambiental fue otorgado el PAS 140 por el Organismo competente, en este caso la SEREMI de Salud, mediante el Ord. A20-48 publicado en el expediente electrónico con fecha 25/11/2024. Además, en la fase de construcción se generarán 206,81 kg/mes de envases de pinturas, solvente, paños impregnados en solventes y grasas, tarros con residuos de aceites lubricantes, los que corresponden a RESPEL, cuyo manejo se encuentra detallado en el Anexo N°08 PAS de la DIA. Durante la evaluación ambiental fue otorgado el PAS 142 por el Organismo competente, en este caso la SEREMI de Salud, mediante el Ord. A20-28 publicado en el expediente electrónico con fecha 06/06/2024.

Fase de operación Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro En esta fase se generan residuos sólidos domiciliarios, por un total de 1,635 m3/día, los cuales provienen de los habitantes de las viviendas. Estos residuos serán almacenados en cada vivienda. Los residuos serán retirados por el camión municipal de la comuna. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. Conclusión: El proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental No hay Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Los antecedentes del proceso de evaluación ambiental dan cuenta que no existe la presencia de recursos naturales renovables que sean escasos, únicos o representativos en el área de influencia del proyecto. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Acorde al Instrumento de Planificación Territorial aplicable, el Proyecto inmobiliario se emplazará en un sitio que se encuentra inmerso en la matriz periurbana de la comuna, en la cual los elementos del suelo han sido modificados intensivamente por actividades antrópicas, removiendo por completo la vegetación original. Es por esto que el desarrollo del Proyecto no afectará la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional a futuro y no alterará la capacidad de regeneración o renovación del recurso (debido a la previa alteración de este), producto de que se emplazará en una zona urbana regulada.

En relación al impacto por procesos erosivos o pérdida de fertilidad, se señala que el Proyecto no modificará los usos actuales del suelo. Además, debido a la intervención intensiva, se evidencia una disminución completa de su capacidad de sustento para la vida u otras funciones en el ecosistema, por lo tanto, la construcción y operación del proyecto no atentará a las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies.

A modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptarán medidas preventivas durante la fase de construcción en relación a los residuos sólidos, líquidos y las sustancias peligrosas a utilizar, disponiendo de zonas de almacenamiento acondicionadas para evitar el derrame de contaminantes, para lo cual se solicitó durante la evaluación ambiental los PAS 139, 140 y 142, los cuales han sido informados favorables por el órgano competente, que en este caso corresponde a la SEREMI de Salud.

Es por los motivos mencionados que Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro no generará pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación Según el estudio realizado de Flora y Vegetación, adjunto en el Anexo Nº 11 de la Adenda, el área de estudio se encuentra en un área altamente intervenida en donde la vegetación natural ha sido completamente removida, en la cual los elementos del suelo han sido modificados intensivamente por actividades Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. antrópicas, removiendo por completo la vegetación original. Dentro del área de influencia se encontraron 2 unidades vegetacionales cuya estructura y composición varía según el grado de intervención antrópica. Según el levantamiento de datos en el área de estudio, es posible señalar que en el sitio de estudio se encontraron 41 especies de flora vascular terrestre, todas pertenecen a la división taxonómica Magnoliophyta. Las familias con mayor representatividad fueron Fabaceae (21,95%), seguida por Asteraceae y Poaceae (17,07% cada una). El 77,42% de las especies registradas son introducidas, un 19,35% corresponde a especies de origen nativo, mientras que se registraron un 3,23 de especies endémicas. De las especies encontradas, ninguna se encuentra listada en alguna categoría de conservación. En base a las características del Proyecto, es posible establecer asociados al componente flora y vegetación. Adicionalmente, por el tipo de proyecto, no se generarán emisiones que pudieran generar efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales renovables y, por otro lado, el proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado para realizar las descargas de aguas servidas donde corresponde, a modo de no afectar a los recursos naturales renovables. En base a los motivos señalados, es posible establecer que las obras y operación del Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, no generarán impactos significativos sobre los componentes de flora y fauna silvestre ya que no afectarán la permanencia de los recursos, no alterarán la capacidad de regeneración o renovación de ellos ni alterarán las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Suelo El terreno donde se emplazará el proyecto que posee una superficie de 5,75 hectáreas, el cual se encuentra en una zona rural según lo establece el Plan Regulador de Lautaro. Actualmente, el terreno está totalmente medianamente intervenido, por lo tanto, la magnitud y duración del impacto sobre este componente no afectará a la condición de línea de base. A modo de prevenir la contaminación del componente suelo, se adoptarán medidas preventivas durante la fase de construcción, en relación a los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos y RILes se solicitó durante la evaluación ambiental los PAS 139, 140 y 142, los cuales han sido informados favorables por el órgano competente, que en este caso corresponde a la SEREMI de Salud.

Agua Durante la fase de construcción del proyecto se utilizará la red de agua potable existente en el predio, y para la fase de operación se realizará un empalme, para lo cual el predio cuenta con una solicitud de prestación de servicios, cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. En cuanto a recursos hídricos subterráneos, éstos no se verán afectados en cuanto a calidad ni cantidad ya que no se contempla la intervención en ellos. Según el informe de mecánica de suelos adjunto en el Anexo N°19 adenda, se encontró el nivel freático en las profundidades exploradas a 1,5 m en promedio, y ya que el proyecto considera menos de un Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro metro de excavaciones, el proyecto no afectará a recursos hídricos subterráneos. Por lo que la magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el componente, no lo afectarán de manera significativa.

Aire El Proyecto generará emisiones acotadas y temporales, por lo que no se consideran significativas en cuanto a la afectación a los recursos naturales renovables. Por su parte, durante la fase de operación, las emisiones serán provenientes de la circulación de vehículos livianos, éstas son acotadas y se encontrarán bajo los límites establecidos y en relación con los artefactos de calefacción, se utilizarán calefactores eléctricos. En el informe de estimación de emisiones del proyecto (Anexo N°5.1: Estimación de emisiones de la Adenda complementaria), se presentan medidas de control con el fin de disminuir las emisiones generadas por el Proyecto. En base al análisis realizado, se indica que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el suelo, agua o aire, ya que no afectará la permanencia de los componentes, no alterará la capacidad de regeneración o renovación de ellos y no alterarán las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Dado que en el área de influencia no se encuentran aplicables normas secundarias, la construcción y operación del proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Según el informe de fauna presentado en el Anexo Nº11 de la adenda. El sitio se encuentra inserto en una zona periurbana, donde la vegetación original ha sido perturbada, dando origen a praderas de uso agrícola con formaciones arbóreas aisladas. En total se registraron 13 especies, de las cuales 12 correspondieron a la clase Aves y 1 a la clase amphibia. No hubo registro de mamíferos ni reptiles. Del total de especies registradas, el 100 % corresponde a especies son nativas. No hubo registro de especies introducidas ni endémicas. Cabe señalar que la especie de anfibio registrado corresponde a una especie clasificada en categoría de casi amenazada (NT). En relación con el análisis de singularidades sobre la información recolectada en terreno, es posible señalar que la ejecución y operación de las obras del proyecto presentan escasa susceptibilidad de generar efectos adversos sobre la fauna silvestre presente dentro de su emplazamiento. Criterio de Evaluación en el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa para la evaluación de fauna los receptores considerados están asociados a hábitats relevantes para la alimentación, reproducción y/o nidificación, los valores proyectados se encuentran por debajo de los umbrales de referencia para avifauna, mamíferos, reptiles y anfibios para la fase de construcción. Adicionalmente, se considera la medida de control el uso de una barrera perimetral de 6 metros de altura y, con dicha medida, es posible descartar los impactos a fauna por efectos del ruido generado por el proyecto. El detalle del estudio de ruido en fauna se encuentra en el Anexo N°4: Emisiones acústicas de la Adenda complementaria. Sin perjuicio de lo anterior, se han establecido dos condiciones o exigencias en el Considerando N° 8 de la presente Resolución con la finalidad de asegurar la no afectación a fauna. En relación con lo anterior, el Órgano competente, en este caso el Servicio Agrícola y Ganadero, se pronunció conforme mediante el Ord. N° 1170 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 19/11/2024. En razón a lo anterior, es posible descartar impactos a fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación por efectos del ruido generado por el proyecto. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Productos químicos: El proyecto no afectará a los recursos naturales renovables por el manejo de sustancias peligrosas, ya que en la fase de construcción del proyecto serán almacenados menos de 3 toneladas de productos químicos o sustancias peligrosas (SP). Por este motivo, se almacenarán en una bodega común (provisoria en la Fase de construcción) que cumplirá con las exigencias del D.S. N° 43/2016.

Residuos sólidos: - Fase de Construcción: Residuos de construcción: Se generarán aproximadamente 6.592,25 toneladas de RESCON, los que serán almacenados provisoriamente en el sector destinado para ello. Tendrá una superficie de 16 m2 el cuál se presenta en el plano de instalación de faena en el Anexo N° 2 de la DIA. Este se encontrará demarcado y señalizado. Durante la evaluación se solicitó el PAS 140, sobre lo cual el Órgano competente en este caso la SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme. Residuos peligrosos: Se generarán aproximadamente 206,81 kg/mes de residuos peligrosos durante toda la construcción del proyecto, los que serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL de aproximadamente 9 m2. Su ubicación se encuentra en el plano de instalación de faena en el Anexo Nº 2 de la DIA. Durante la evaluación se solicitó el PAS 142, sobre lo cual el Órgano competente en este caso la SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme. Residuos sólidos domiciliarios: estos residuos son plásticos, cartones, papel y provenientes del comedor, los baños y oficinas administrativas de la faena. Se estima una cantidad de 0,375 m3/días generados por los trabajadores de la obra. Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente. Serán vaciados todos los días en 2 contenedores de Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro 1.100 L. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Durante la evaluación se solicitó el PAS 140, sobre lo cual el Órgano competente en este caso la SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme.

  • Fase de operación: Residuos sólidos domiciliarios: se generarán 1,635 m3/día provenientes de los habitantes y locatarios. Estos residuos serán almacenados en cada vivienda. Los residuos serán retirados por el camión municipal de la comuna. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. En cuanto al almacenamiento de los residuos provenientes de las viviendas, serán almacenados de forma particular en cada una de las viviendas. Posteriormente la basura será trasladada hacia afuera de las viviendas, hasta donde podrán acceder los camiones municipales. Los residuos serán retirados del Proyecto por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana o cuando se determine en el municipio de Lautaro. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Residuos líquidos - Fase de construcción Aguas servidas: Estas serán provenientes de baños, lavamanos, duchas y comedor. Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. Una vez se realice la conexión al sistema de alcantarillado público, las aguas servidas generadas serán descargadas a dicha red. Riles provenientes de los procesos industriales: Se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de ruedas de camiones que abandonen el área de trabajo. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en una zona que contará con un radier de hormigón con una profundidad aproximada de 20 cm. Las aguas residuales, serán conducidas a través de ductos de PVC a un estanque de acumulación de 2m3, el cual almacenara las aguas de lavado. Estas serán retiradas para ser reutilizadas en la humectación de terreno. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas provendrá de la red de Aguas Araucanía. A partir del sistema de lavado de ruedas anteriormente expuesto, es posible indicar que no existirá infiltración de residuos líquidos al suelo producto de esta actividad. También existirá un lavado de canoas. Durante la evaluación se solicitó el PAS 139, sobre lo cual el Órgano competente en este caso la SEREMI de Salud se ha pronunciado conforme, mediante el Ord. N°A20-17 de fecha 05/03/2025. - Fase de operación: Aguas servidas: Provenientes de los servicios higiénicos, duchas y comedor, las cuales descargarán al alcantarillado público, para lo cual se cuenta con el certificado de factibilidad de conexión de agua potable y alcantarillado. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Riles provenientes de los procesos industriales: Debido a que el proyecto es residencial, no se generarán aguas provenientes de ningún proceso industrial durante la fase de operación. Debido a los antecedentes presentados, el Proyecto no generará impactos que puedan afectar a los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, y/o sustancias. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos.

g.1) No aplica. El predio donde se emplazará el proyecto no contiene aguas fósiles. g.2) No aplica, el predio donde se emplazará el proyecto no contiene cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3) No aplica, el sitio donde se construirá el proyecto no posee vegas y /o bofedales que pudieran verse afectadas por las actividades de construcción y operación. g.4) No aplica, el proyecto no afectará los niveles de aguas subterráneas o superficiales que irriguen a zonas de humedales, estuarios y turberas. g.5) No aplica, el proyecto no se emplazará en las proximidades o superficies de glaciares.

Del análisis efectuado es posible señalar que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. No aplica, ya que el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro no introducirá especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Conclusión: La ejecución del proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad ni calidad de los recursos naturales renovables.

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental Aumento en los tiempos de desplazamiento. Existencia de grupos humanos en el área de influencia El área de influencia de medio humano del proyecto presentada por el titular en el Anexo Medio Humano de la DIA, el cual se muestra en la siguiente imagen: Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Fuente: Elaboración del Titular.

En la tabla que a continuación se muestra, se presenta la justificación de cada uno de los límites del área de influencia del componente medio humano:

Dirección Limite Justificación Norte Predios Agrícolas Delimita con las zonas de actividad agrícola. Se establece este límite en cuanto los potenciales efectos del Proyecto que se atenúan hasta desaparecer. En otras palabras, se establece este límite dada la desaparición de los efectos, características y circunstancias de las obras, partes y acciones del proyecto. Poniente Áreas Residenciales Se establece este límite sobre la base de la presencia de grupos humanos y áreas residenciales adyacentes. Como límite se utilizó el fin del área urbana. Se establece que, hasta este punto, se genera la desaparición de los efectos, características y circunstancias de las obras, partes y acciones del proyecto. Oriente Rio Cautín El proyecto limita con el río Cautín, por lo que, se establece este límite dada la desaparición de los efectos, características y circunstancias de las obras, partes y acciones del Proyecto. Sur Áreas Residenciales Se establece este límite en base a la presencia de grupos humanos y áreas residenciales adyacentes del centro cívico de Lautaro. Como límite se usó la Ruta S-213. Se establece este límite dada la desaparición de los efectos, características y circunstancias de las obras, partes y acciones del Proyecto. Los grupos humanos del área de influencia del medio humano presentan una mezcla de características urbanas y rurales, con prácticas agrícolas y ganaderas en pequeña escala, así como de actividades comerciales y de servicios en el sector urbano de Lautaro. Reasentamiento de comunidades humanas En virtud de los antecedentes analizados durante la evaluación ambiental del proyecto, se informa que la iniciativa no implica desplazamiento ni reubicación de grupos humanos. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, se constató que no existe uso o restricción del acceso a los recursos naturales que pudiesen ser utilizados como sustento económico Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. por parte de los grupos humanos existentes en el área de influencia del proyecto. Lo anterior se justifica debido a que, según la información presentada durante la evaluación ambiental, más los antecedentes presentados en el Anexo del Estudio del Medio Humano de la DIA, el proyecto se emplaza en un terreno de propiedad privada en el cual actualmente no existe ningún tipo de actividad agrícola, ni se ha detectado la presencia de personas o grupos humanos que ingresen al predio a realizar algún tipo de actividad productiva, social o cultural. Tampoco se ha observado la existencia de recursos naturales que sea relevante para su recolección. Por lo tanto, el Proyecto no intervendrá en su área de emplazamiento el uso ni restringirá el acceso a ningún tipo de recurso natural, sea para fines económicos o tradicionales. Las actividades económicas existentes en al área de influencia del proyecto, se llevan a cabo al interior de terrenos privados, tanto de manera formal o informal, no existiendo explotación de los recursos naturales que se vean afectados por la construcción u operación del Proyecto en evaluación ambiental. Del mismo modo, tampoco se detectó que existan grupos que accedan a recursos naturales para usos tradicionales en los espacios públicos del área de influencia. Por lo tanto, se descarta la existencia de impactos negativos significativos dentro del área de influencia del proyecto en el sentido que se intervengan, usen o restrinja el acceso a recursos naturales que sirvan de sustento económico o para usos tradicionales de personas o grupos humanos. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En cuanto el análisis sobre alteración significativa respecto de literal b), durante la evaluación ambiental se ha definido que el proyecto en sus fases de construcción y operación no generará obstrucción o aumento en el tiempo de los desplazamientos de la población al no alterar el tránsito vehicular actual con un aumento significativo de vehículos asociado al proyecto. Según los antecedentes presentados en el Anexo N.º 4, del Estudio de transporte se determinó que el proyecto, no presenta alteración, obstrucción o restricción a la conectividad o libre circulación peatonal o vehicular a bienes, servicios o infraestructura básica, además que en fase de operación no se incorporaran cierre ni desvío de veredas o calzadas de ninguna clase. En el caso de los peatones, se deja demostrado que las bandas peatonales tienen suficiente capacidad para la circulación del flujo libre, por ende, no habrá un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento de la población. Respecto a los tiempos de desplazamiento, el análisis del Estudio de Transporte (Anexo Nº4 de la DIA) concluye lo siguiente: Dados los resultados de la tabla presentada, se puede apreciar que no existen cambios significativos en los tiempos de desplazamiento debido a la construcción del proyecto y tampoco debido a la puesta en operación de este. En cuanto al análisis de tiempos de desplazamientos en el estudio vial de la DIA, se indica que, el objeto de este análisis es verificar si la puesta en operación del proyecto en sus dos etapas (construcción y operación) no genera aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento. Para lo anterior se considerarán las siguientes rutas: -Ruta1: Proyecto Av. (hasta Volcán Calbuco) -Ruta 2: Av. (desde Volcán Calbuco) - Proyecto Este análisis se realiza tanto para situación base y las etapas de construcción como de operación. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Dados los resultados de la tabla anterior se puede apreciar que no existen cambios significativos en los tiempos de desplazamiento debido a la construcción del proyecto y tampoco debido a la puesta en operación del mismo. Desde el punto de vista del transporte de vehículos particulares, el proyecto no produce alteraciones significativas a la libre circulación debido a que su aporte en la saturación es de baja incidencia. Por lo tanto, desde el punto de vista de la movilidad y libre circulación de las personas y grupos humanos que actualmente residen en el área de influencia del proyecto, no se verán afectados en forma significativa sus tiempos de desplazamiento en ninguno de los modos utilizados, ya sean motorizados como no motorizados. Para la fase de construcción el Proyecto considera una serie de medidas de control y medidas adicionales que se describen en el IMIV, anexo 8 de la Adenda desde la pág. 94 en adelante. Respecto a la utilización de la infraestructura para estacionamiento, es posible advertir que el proyecto contempla un nivel de estacionamientos por vivienda mayor a la tasa de motorización de la comuna con lo cual es posible advertir que no se producirán estacionamientos en la vía pública que afecten el libre desplazamiento de los actuales residentes del área de influencia. Todo lo anterior permite indicar que este proyecto enfocado a familias que buscan desplazarse de manera rápida en transporte público en desmedro del vehículo particular. En relación con lo mismo, con fecha 7/11/2024, a través de Oficio N°33362/2024 SRM-ARAUC, la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía, indica que en base a la revisión de la Adenda y al pronunciamiento inicial de la DIA, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme. El referido oficio, se encuentra disponible en el siguiente vinculo del expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2024/11/11/Folio_2024-09-243- 57_SEREMI_DE_TRANSPORTES.pdf En base a los antecedentes presentados, es posible concluir que el proyecto no generará una alteración significativa en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, que señala la letra b) del art 7 del DS N° 40/2012 RSEIA. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En relación con la alteración al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, se establece que el proyecto no genera afectación ni impactos significativos, dado que en la fase constructiva, para llevar adelante la ejecución de las obras existen normativas y procedimientos que son obligatorios de cumplir y que aseguran la no intervención de servicios básicos como agua potable, alcantarillado o red eléctrica y, en caso de producirse algún tipo de consecuencia no prevista por causa del proceso constructivo, existe un protocolo de contingencias y emergencias que se debe seguir, tanto en relación a las acciones a implementar por el Titular como por las empresas proveedoras de servicios. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Del mismo modo, las medidas de control referentes a la emisión de ruidos, material particulado y otras materias propias de una construcción de gran envergadura, cumplen con las normativas y los estándares vigentes tal como se indican en la DIA, Adenda y Adenda Complementaria. Asimismo, el Proyecto, al estar situado en la ciudad de Lautaro, no contempla que en su fase de construcción se produzcan desplazamientos de mano de obra para residir en la comuna de Lautaro, por lo que no se construirán campamentos ni ninguna clase de infraestructura habitacional para los trabajadores de la obra. Además, esto implica que los trabajadores no utilizarán de manera masiva los servicios sociales básicos como servicios educacionales o de salud de la comuna de Lautaro. Respecto a la fase de operación del Proyecto, se espera que el aumento de la población sea de un máximo de 713 personas, considerando el total de 230 viviendas en evaluación, y considerando que el promedio regional metropolitano de 3,1 habitantes por hogar, según el Censo 2017, ya que puede ser considerado como un parámetro correcto para estimar las cargas de población de proyectos inmobiliarios bajo el escenario más desfavorable. Este aumento poblacional en el sector no se espera que genere incrementos de uso que superen las capacidades de carga ni de la red eléctrica ni del sistema de agua potable y alcantarillado del sector, lo que queda plasmado en los certificados y permisos que otorgan las empresas de servicios para autorizar una obra de estas características, adjuntados en Anexo Nº 5 de la DIA. Respecto a los servicios de salud, según los últimos datos oficiales disponibles sobre afiliados al Fondo Nacional de Salud, FONASA, señalan que en la comuna de Lautaro al año 2023 existían 43.085 personas afiliadas al sistema público de salud, lo que implica un 98,2% de la población total de la comuna se encuentra afiliada al sistema público. Con el supuesto del escenario más desfavorable y suponiendo que la población potencial asociada al proyecto ingresado al SEA mantendrá la misma tasa de afiliación al sistema público de salud, se estima que la población nueva correspondería a 654 personas, lo que equivale al 1,5% del total comunal afiliado en 2023. Estas cifras permiten sostener que el impacto de la población potencial del proyecto, bajo el supuesto de escenario más desfavorable, no sería significativo respecto a la cantidad actual de afiliados al sistema de salud público para los habitantes de Lautaro. Además, de información obtenida por la solicitud de Ley de Transparencia, actualmente los establecimientos de salud pública, cuenta con 45.319 de población validada y tiene una oferta de 63.416, lo que da un cupo de 18.097, por lo que cubre la demanda de 654 personas que aportaría el proyecto. Respecto a educación, se analiza las potenciales cargas que la nueva población generarían proyecto al sistema de educación pública de la comuna de Lautaro es estimar la población en edad escolar la cual se grafica en la siguiente tabla:

Fuente: Elaboración del Titular.

Al suponer que la población del Proyecto tendrá una composición etaria similar a la de la población comunal, se estima que cuando el Proyecto entre en su etapa de operación, se generarán las siguientes cargas de población en edad escolar: Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Fuente: Elaboración del Titular.

Al cruzar los datos de la Tabla con los de la información de matrículas escolares en la comuna se puede tendrá una noción de cuáles son los niveles de carga que el Proyecto al interior del área de influencia que generaría sobre el sistema educacional de la comuna de Lautaro en la fase de operación. Por lo tanto, el Proyecto no generará impacto frente al acceso a establecimientos educacionales en el área de influencia, puesto que los colegios identificados en la comuna de Lautaro cuentan con la oferta de matrículas necesaria para cubrir la demanda de la futura población en edad que lleguen a residir al presente Proyecto. Esto se puede determinar a través de que, se dispone de un total de 5.090 matrículas y el proyecto podría generar una carga de 201 niños en edad escolar, lo cual equivale a un 3,9% del total de matrículas. Además, de información obtenida por la solicitud de Ley de Transparencia, actualmente los establecimientos educacionales cuentan con 839 vacantes, por lo que alcanza a cubrir la demanda futura. En base a los antecedentes presentados, se concluye que el Proyecto durante su fase de construcción y operación no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, esto en consideración a que los servicios de bienestar básico presentan la capacidad para la población proyecta. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. En la evaluación ambiental el titular ha presentado antecedentes que acreditan que el proyecto, a través de sus partes, obras y/o acciones no genera alteración ni dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, dado que, considerando la tipología del proyecto (inmobiliario o de viviendas), este no impedirá la práctica de actividades tradicionales de las comunidades presentes en el sector. Durante la evaluación ambiental del proyecto, se constató que no existirá alteración a las actividades o prácticas tradicionales, culturales, sociales o religiosas, ni ningún impedimento para que los habitantes actuales del área de influencia puedan ejerzan o manifiesten sus tradiciones, culturas o intereses comunitarios. Además, actualmente las poblaciones colindantes son viviendas relativamente nuevas y el predio donde se emplazará el proyecto, se encuentra deshabitado. En relación con las actividades sociales que se realizan en el sector, no se detectaron prácticas comunitarias que sean susceptibles de ser impactadas de manera significativa por el Proyecto, ya sea durante su operación o construcción. Esto se descartó a partir de la información entregada a través de la Ley de Transparencia de Lautaro, lo cual indica que no se realizan celebraciones alrededor del predio del proyecto (véase apartado 4.4.3 de la DIA) y las entrevistas realizadas que se anexan en el informe del medio humano de la DIA. Dadas las características del proyecto, no se prevén efectos negativos para los grupos humanos presentes en el área de influencia, sus sistemas de vida y costumbres no se verán afectados por las actividades del proyecto. De esta manera, los grupos humanos no tendrán dificultad para ejercer o manifestar tradiciones, cultura o intereses comunitarios. Además, los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo humano no Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro se verán afectados. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Dentro del área de influencia del proyecto no se identificó el desarrollo de actividades de tipo cultural o tradicional ejercida por grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. De esta manera, el emplazamiento del Proyecto no se encuentra en o cercano a tierras indígenas, ni cuenta con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas que puedan verse afectados significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte

En el Punto 2.8.3 de la DIA, respecto de la proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo indígena, comunidad o grupo humano indígena, se indica por parte del titular del proyecto que: terrenos en los cuales no se llevan a cabo prácticas grupales que puedan ser calificadas de tradicionales o como parte de la cultura o de los intereses comunitarios, fuera del terreno mismo del proyecto, dentro del Área de Influencia definida en este estudio, no se detectaron prácticas colectivas que puedan ser consideradas como expresiones de tradiciones, culturas o intereses comunitarios que se efectúen en el espacio público y que sean susceptibles de verse afectadas por la construcción o la (Anexo del Medio Humano de la DIA). En este contexto y respecto de Grupos humanos pertenecientes a población protegida, en la Adenda se indica que, según la información del Sistema Integrado de Información CONADI (SIIC), en la comuna de Lautaro existen 121 comunidades indígenas. A partir de los datos disponibles en CONADI (2023), cercano al área de influencia del proyecto se encuentra la comunidad indígena Jose Segundo Llafulen. En relación a títulos de merced y compras de tierra bajo artículo 20 letra B de la Ley N°19.253, esta se encuentra fuera del área de influencia y a 2,4 km aproximadamente del proyecto, al poniente del río Cautín.

A continuación, se grafica la ubicación de las comunidades más cercanas al proyecto:

Fuente: Elaboración del Titular.

En base a los antecedentes incorporados en la Adenda y respecto a la distancia se señala que: La comunidad Indígena Jose Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Segundo Llafulen, se encuentra a 2,4 kilómetros en sentido sur del área de influencia, mientras que la comunidad indígena Juan Mariqueo, se encuentra ubicada a 2,8 kilómetros en esta misma dirección. En relación a lo mismo y de acuerdo a la observación de la CONADI, en su oficio N°20240910266, de fecha 7 mayo de 2024, relacionado a las observaciones emitidas al proyecto, indica que, en los registros actualizados de esta repartición del Estado, no existen GHHPP o tierras indígenas al interior del área de influencia del proyecto en evaluación ambiental. El pronunciamiento, se encuentra disponible en el siguiente vinculo del expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2024/05/30/Folio_23_CONADI_ N__265.pdf En virtud de los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental se concluye que en el área de influencia del proyecto no existen, grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, tierras ni compra de terrenos para comunidades indígenas, en el área de influencia del proyecto, tal como se indican en el informe del medio humano y en la DIA, que permite argumentar el descarte de afectación a población protegida. Conclusión: La ejecución del proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Impacto ambiental No hay. Existencia de poblaciones protegidas Durante el proceso de evaluación ambiental y en base a los antecedentes tanto en la DIA, Adenda como del análisis de antecedentes del sistema de información oficial de CONADI (sistema SITI) permiten dar cuenta que en el área de influencia del proyecto no existen, grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, tierras ni compra de terrenos para comunidades indígenas. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No hay existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación y glaciares. Respecto de los humedales en el Inventario Nacional de Humedales del MMA, se puede observar que el Proyecto se encuentra situado en un predio que colinda con el Humedal Río Cautín y Tributarios HUR-09-03-P305, el que a pesar de su proximidad no se superpone con el Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. Revisados los antecedentes en la evaluación de impacto ambiental del proyecto, se puede indicar que las obras, partes y actividades contempladas en esta iniciativa, no generarán impactos significativos que afecte a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas cercanos a éste, dado que de acuerdo con la tipología del proyecto la duración de la iniciativa y/o magnitud de las obras no se alterará los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos pertenecientes a población pueblos indígenas de la comuna de Lautaro. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, No hay existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, glaciares y zonas con valor Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. ambiental. Respecto de los humedales urbanos, el Proyecto se encuentra situado en un predio que colinda con el Humedal Río Cautín y Tributarios, identificado en el Inventario Nacional de Humedales del MMA. A pesar de su proximidad, el humedal y el Proyecto no se superponen entre sí. Sumado a ello, se implementarán medidas generales para evitar un impacto negativo sobre la calidad del agua y la biota, durante la construcción del proyecto, de acuerdo a lo siguiente: - No se realizarán cambios de aceite, reparaciones, mantención, lavado y aseo de maquinaria y vehículos, cerca, en la ribera o en cualquier cuerpo de agua. - No se efectuarán labores de mantención en el predio. Si algún vehículo presenta problemas mecánicos, éste será trasladado inmediatamente a un taller de reparación autorizado. - Se prohibirá la descarga de desechos de cualquier tipo a los cauces (materiales de desecho del tipo domiciliarios, escombros, material de rechazo de áridos y aceites). - Para reducir la probabilidad de causar un daño en la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, por contaminación de hidrocarburos, en el área de servicios o en la instalación de faena, se deberá contar con material absorbente para el manejo de derrames en agua y en tierra. - Los caminos de acceso a las obras contarán con una señalización clara y visible, tanto para el día como para la noche. - La carga de combustible a maquinarias y equipos se hará fuera del terreno del proyecto. Por otro lado, como se detalla en el Anexo N°1 de la adenda complementaria, en relación al proyecto y su intervención en el canal, se contempla como solución principal para la evacuación de las aguas lluvias, la construcción de zanjas de infiltración y un colector de descarga, obras que fueron diseñadas considerando la metodología propuesta en el manual de drenaje urbano de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH, 2013). Las aguas lluvias provenientes de las áreas aportantes del terreno donde se han proyectado las viviendas, serán captadas por sumideros tipo SERVIU, y transportadas mediante colectores HDPE hasta el sistema de zanjas donde serán almacenadas temporalmente y luego infiltradas, esto para tormentas de periodo de retorno (T) igual o menor a 10 años. Para tormentas mayores a T=10 años, se generarán caudales de rebalse hacia la red primaria. Como el objetivo es que las descargas hacia la red primaria provenientes de las zanjas no superen el caudal aportado por el terreno en condiciones naturales o sin proyecto se verificó que el volumen disponible de almacenamiento de estas zanjas sea suficiente para: - Retener e infiltrar las aguas lluvias provenientes del Loteo para tormentas frecuentes o medianas. - Retener el excedente de aguas lluvias para tormentas mayores, de modo que se descargue a la red primaria solo el caudal equivalente o menor al de la situación sin proyecto. La descarga se realizará mediante un colector de D=750 mm. Posteriormente, el colector atravesará de forma perpendicular un camino de tierra existente para finalmente descargar a un canal existente que escurre por la ribera derecha del rio Cautín. Para la descarga se proyectará un muro de boca el cual tendrá cota de fondo CRs=91,7 m y un pedraplén para proteger de la erosión. Para evitar la contaminación del río Cautín se proyecta una pequeña zanja de infiltración entremedio de dos cámaras Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro decantadoras tal como se observa en el plano de aguas lluvias: Figura. Zanja de infiltración y cámara decantadora como medida de control Cabe destacar que para verificar la capacidad hidráulica del rio Cautín en el tramo de estudio donde se realizará la descarga, se modeló con el software HEC-RAS v5.0.7 los caudales de periodo de retorno 2, 5, 10, 20, 50 y 100 años de la situación sin proyecto y con proyecto, provenientes del terreno y de la cuenca aportante en este caso la cuenca del Río Cautín. Los resultados obtenidos permiten verificar que no se genera una variación de las variables hidráulicas entre una situación y otra (ver anexo N°6), por ende, el proyecto cumple con el objetivo básico mínimo para nuevas urbanizaciones que es minimizar los impactos sobre el sistema natural donde se descargarán las aguas (DOH, 2013). Además, para asegurar que las aguas del canal no se verán afectadas en su calidad físico-química, se realizarán monitoreos de calidad de aguas al canal, en un punto aguas arriba y en uno aguas abajo de las obras. Estos monitoreos se efectuarán, en forma previa, durante y posterior a la ejecución de las obras del proyecto de aguas lluvias. El análisis estará a cargo de un laboratorio autorizado por la autoridad pertinente, el cual evaluará las muestras en base a todos los parámetros químicos y bacteriológicos establecidos en el D.S. N° 1.333/1978, relativos a requisitos de calidad de agua, asegurando que no se afectará la calidad de las aguas. Finalmente, se elaborarán informes para cada monitoreo, los que serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente con un plazo máximo de 5 días después de la entrega de resultados. Conclusión: El proyecto no afectará a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.

5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Impacto ambiental No hay. Existencia de valor turístico No hay existencia de valor turístico. Cabe mencionar que, el organismo competente, en este caso SERNATUR, se ha manifestado conforme mediante el Ord. N° 132 publicado en el expediente electrónico con fecha 14 de noviembre de 2024. Existencia de valor paisajístico No hay existencia de valor paisajístico. Cabe mencionar que, el organismo competente, en este caso SERNATUR, se ha manifestado conforme mediante el Ord. N° Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro 132 publicado en el expediente electrónico con fecha 14 de noviembre de 2024. De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. No aplica, ya que el proyecto se emplaza en un sitio que no presenta ningún valor paisajístico, donde no existan elementos del paisaje que tengan una especial sensibilidad o singularidad (ver anexo N°13 de la adenda). Cabe señalar que el área de Proyecto no se encuentra emplazados en ninguna Zona de Interés Turístico declarada bajo la Ley N°1.224, siendo las más cercanas la ZOIT Curacautín emplazada a 31,68 km de distancia. Por tanto, el Proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor turístico, y no se contrapone a lo que existe actualmente en su entorno. Cabe mencionar que, el organismo competente, en este caso SERNATUR, se ha manifestado conforme mediante el Ord. N° 132 publicado en el expediente electrónico con fecha 14 de noviembre de 2024. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 9° letra a) del D.S. N° 40/2012. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. No aplica, ya que no se reconocen elementos de especial valor paisajístico o turístico que puedan ser alterados por el proyecto. De lo anterior, se concluye que la construcción y operación de un proyecto inmobiliario no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Cabe mencionar que, el organismo competente, en este caso SERNATUR, se ha manifestado conforme mediante el Ord. N° 132 publicado en el expediente electrónico con fecha 14 de noviembre de 2024. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. No hay obstrucción de los accesos o zonas con valor turístico. Conclusión: El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental No hay. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El Proyecto no se emplaza en o cerca de ningún monumento, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, por lo que estos componentes no se verán impactados. De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se Según la información recabada mediante la inspección visual Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. realizada, puede señalarse que no se identificó superficialmente evidencia de materiales culturales o sitios arqueológicos superficiales en el área de influencia directa del futuro proyecto presentar o generar algún efecto, característica o circunstancia de aquellos señalados en la letra f) del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre bases Generales del Medio Ambiente y que se encuentren protegidos por la Ley N°17.288. Es importante mencionar que existe una visibilidad media dado por la vegetación presente en el lugar y las remociones de sedimento observadas. Durante la evaluación ambiental el Titular a comprometido la realización microruteo, el cual será ejecutado por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, una vez obtenida la RCA favorable, inmediatamente posterior a las actividades de tala, remoción y limpieza de vegetación de cada área, pero previo a cualquier tipo de escarpe, excavación o depósito de materiales en la superficie. Además, se realizarán charlas de inducción arqueológicas impartidas por el arqueólogo o licenciado en arqueología dirigidas a la totalidad de trabajadores/as del proyecto, quienes deberán recibir la correspondiente capacitación al momento de ingresar a la obra. Cabe destacar que tampoco se identifican en su cercanía inmediata monumentos históricos o públicos que se vean afectados por el proyecto. Durante la evaluación ambiental el Consejo de Monumentos Nacionales ha emitido un pronunciamiento mediante el Ord. N°1410 de fecha 07/03/2025, el cual se manifiesta que el titular ha acogido las observaciones realizadas previamente por el CMN. Por lo tanto y bajo los antecedentes presentados, el Proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación en forma permanente de los Monumentos Nacionales mencionados. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. No aplica, ya que el proyecto no conlleva el deterioro o modificación permanente de algún lugar o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la comuna de Lautaro. La revisión de antecedentes bibliográficos para el área del proyecto indica que no existen bienes patrimoniales y culturales protegidos por ley en el área directa del proyecto. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. Durante el proceso de evaluación ambiental y a partir de los antecedentes presentados en la DIA, Anexo del Estudio Medio Humano de la DIA, así como también del análisis de antecedentes del sistema de información oficial de CONADI (sistema SITI) que permiten constatar que en el área de influencia del proyecto no existen grupos humanos pertenecientes a grupos perteneciente a pueblos indígenas. Según antecedentes del medio humano de la DIA, el titular realizó una campaña de terreno, se constata que al interior del Área de Proyecto no se detectó la realización de ningún tipo de prácticas tradicionales, culturales o religiosas por parte de individuos o grupos de personas que pudieran implicar algún grado de arraigo, ya que el predio se encuentra deshabitado. En relación con las actividades sociales que se realizan en el área de influencia del Proyecto, no se detectaron prácticas comunitarias que sean susceptibles de ser impactadas de manera Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro significativa por el Proyecto, ya sea durante su operación o construcción. Esto se descartó a partir de la información entregada a través de la Ley de Transparencia de Lautaro, ninguna celebración se realiza en el predio y las entrevistas realizadas. Asimismo, respecto a actividades de comunidades indígenas, se consideró tanto la información oficial del catastro publicado por la CONADI y la obtenida de la observación y constatación realizada en trabajo en terreno, en donde, no se evidenció alguna práctica o actividad de dichas comunidades al interior del área de influencia. Por último, es necesario indicar que la CONADI, en su oficio N°20240910266, del 7 de mayo de 2024 relacionado a las observaciones emitidas a dicho proyecto en evaluación ambiental, indica que, según los registros actualizados, no existen GHHPP o tierras indígenas al interior del área de influencia. El pronunciamiento, se encuentra disponible en el siguiente vinculo del expediente electrónico del proyecto: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2024/05/30/Folio_23_CONADI_ N__265.pdf Respecto del Patrimonio Cultural y del ejercicio de actividades tradicionales, según el levantamiento de información primaria indicada en el anexo del Medio humano de la DIA, la actividad social y culturales se realizan fuera del área de influencia del proyecto y hacia el centro de la ciudad de Lautaro. En este contexto, se indica que el Proyecto no dificulta o impedimenta ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que, no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada. En base a los antecedentes indicados, se concluye que, de acuerdo con el Artículo 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Conclusión: El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales mixtos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. Nº A20-17 publicado en el expediente con fecha 05 de marzo de 2025, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°10: PAS de la Adenda complementaria Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro 6.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. Nº A20-48 publicado en el expediente con fecha 25 de noviembre de 2024, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°4 PAS de la Adenda.

6.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. Nº A20-28 publicado en el expediente con fecha 06 de junio de 2024, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°08: PAS de la DIA.

6.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Modificación de cauce y entubamiento del canal de regadío existente. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. Nº 276 publicado en el expediente con fecha 05 de marzo de 2025, la Dirección General de Aguas, región de La Araucanía se pronuncia conforme. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°10: PAS de la Adenda complementaria.

6.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a Todo el proyecto Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro la que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el Ord. Nº 1170 publicado en el expediente con fecha 19 de noviembre de 2024, el Servicio Agrícola y Ganadero, región de La Araucanía se pronuncia conforme. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°08: PAS de la DIA.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

D.S. N°100/2005 MINSEGPRES, Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia Normativa de carácter general Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica En todas las partes, obras y acciones del proyecto. Forma de cumplimiento Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del proyecto al SEIA, y el reconocimiento de la institucionalidad creada para el efecto. En este sentido, el Proyecto se ajustará a todas las disposiciones constitucionales, sometiéndose al sistema de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la Ley. El Titular da cumplimiento al texto constitucional, mediante el ingreso del Proyecto al SEIA para su calificación por parte de la Autoridad, dando así cumplimiento de la totalidad de normativa vigente en el país. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador se verifica mediante la presentación del Proyecto, al SEIA, para su calificación y posterior obtención de una RCA favorable, otorgada por la Comisión de Evaluación Ambiental. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad.

Ley N° 19.300, Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Componente/materia Normativa de carácter general Otros cuerpos legales No aplica

Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica

La modificación que se somete a evaluación por medio de la DIA, ubicada en Camino Lautaro Quillen, Lote C, Lote D, Comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, contempla la construcción y operación de 230 viviendas unifamiliares, además de áreas verdes y lotes de equipamiento. Lo anterior se incorpora a las 159 viviendas, locales Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

comerciales, áreas verdes y lotes de equipamiento. El proyecto presenta una superficie de construcción de 16.039,82 m2 y una superficie predial de 5,76 ha, donde se incorporarán 8.250,24 m2 de áreas verdes y 1.539,5 m2 de equipamiento con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios. Lo anterior se incorpora la superficie predial de 4,1 ha, del proyecto Terrazas del Sur, el cual contempla 5.614,59 m2 de áreas verdes, 981,65 m2 de equipamiento y 11.749,38 m2 de superficie de construcción. El proyecto considera dos etapas constructivas, la cual tendrán una duración de 16 meses la primera etapa y 14 meses la segunda. Etapa Nº 1: corresponde a la construcción de 127 casas con un estacionamiento cada una. La superficie construida es de 8.427,09 m2 en una superficie predial de 3,14 ha. Etapa Nº 2: corresponde a la construcción de 103 casas con un estacionamiento cada una. La superficie construida es de 7.612,73 m2 en una superficie predial de 2,62 ha.

De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias se configura el artículo 2, letra g.2) del RSEIA, toda vez que el proyecto original más la modificación superan el umbral establecido en el artículo 3, subliteral g.1.1.) del RSEIA.

A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y se ha concluido durante la evaluación ambiental del proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquella tipificada en el artículo 10 letra a) y h) de la Ley N° 19.300. De esta forma, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la LBGMA, mediante el ingreso del proyecto al SEIA, a través de un DIA, dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y concluye en el Capítulo Nº2 de la DIA. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. D.S. N° 40/2012 del Ministerio Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Componente/materia Normativa de carácter general Otros cuerpos legales No aplica

Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica

La modificación que se somete a evaluación por medio de la DIA, ubicada en Camino Lautaro Quillen, Lote C, Lote D, comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, contempla la construcción y operación de 230 viviendas unifamiliares, además de áreas verdes y lotes de equipamiento. Lo anterior se incorpora a las 159 viviendas, locales comerciales, áreas verdes y lotes de equipamiento. El proyecto presenta una superficie de construcción de 16.039,82 m2 y Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

una superficie predial de 5,76 ha, donde se incorporarán 8.250,24 m2 de áreas verdes y 1.539,5 m2 de equipamiento con el objeto de brindar un entorno más amigable a los futuros propietarios. Lo anterior se incorpora la superficie predial de 4,1 ha, del proyecto Terrazas del Sur, el cual contempla 5.614,59 m2 de áreas verdes, 981,65 m2 de equipamiento y 11.749,38 m2 de superficie de construcción. El proyecto considera dos etapas constructivas, la cual tendrán una duración de 16 meses la primera etapa y 14 meses la segunda. Etapa Nº 1: corresponde a la construcción de 127 casas con un estacionamiento cada una. La superficie construida es de 8.427,09 m2 en una superficie predial de 3,14 ha. Etapa Nº 2: corresponde a la construcción de 103 casas con un estacionamiento cada una. La superficie construida es de 7.612,73 m2 en una superficie predial de 2,62 ha.

De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias se configura el artículo 2, letra g.2) del RSEIA, toda vez que el proyecto original más la modificación superan el umbral establecido en el artículo 3, subliteral g.1.1.) del RSEIA.

A su vez, el Proyecto se somete a evaluación mediante una DIA dada la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, tal como se detalla y se concluyó en la evaluación ambiental del proyecto. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 3 letra g.1.1) del RSEIA. Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del proyecto al SEIA, a través de una DIA, dado que el Proyecto no presenta los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del RSEIA. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador se verifica por medio del ingreso del Proyecto al SEIA, mediante una DIA, y posteriormente la obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Registro y fiscalización de la RCA por la autoridad. D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Fase de construcción: las principales emisiones atmosféricas se encuentran asociadas a las siguientes actividades: Escarpe. Excavaciones. Compactación Nivelación Movimientos de tierra (carga y descarga de tierra). Circulación de vehículos por caminos pavimentados. Circulación de vehículos por caminos no pavimentados. Motores de vehículos y maquinaria de construcción.

Por otra parte, se generarán gases propios de la combustión de maquinarias y equipos utilizados en las diversas actividades de esta fase.

Fase de operación: emisiones asociadas a la circulación y combustión de vehículos livianos. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Forma de cumplimiento Fase de construcción: El cálculo de la estimación de emisiones del Proyecto se realizó aplicando los factores de emisión y fórmulas propuestas por la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU. en el - la indicada por SEREMI RM del Ministerio del Medio Ambiente en el

Para mayor detalle, se adjunta en Anexo Nº10 de la adenda, la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Durante el desarrollo de las obras se implementarán medidas de control para reducir las emisiones de material en suspensión generado por las actividades del proyecto, y evitar cualquier otro tipo de efecto adverso. Esto se realizará mediante: Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita. Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB. Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lonas o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión.

Fase de operación: Las emisiones generadas serán constantes año a año durante la operación del Proyecto y no son significativas Indicadores que acredita su cumplimiento Fase de Construcción: Así mismo, se llevará un registro de la aplicación del supresor de polvo en caminos no pavimentados, en donde se indicará: Producto. Duración. Día/hora. Cantidad. Quien aplica y firma. Supervisor y firma.

Este registro estará disponible en obra para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Mantención del registro de humectaciones en obra para fiscalización por parte de la autoridad. Revisión de registros y mantenciones. D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera. Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o Durante la fase de construcción, el transporte de los insumos, equipos y maquinaria de construcción se efectuará principalmente a través de Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

sustancia a la que aplica camiones, dando cumplimiento con lo dispuesto en el D.F.L. N° 1, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley del Tránsito. Durante la fase de construcción se dispondrán de estacionamientos para maquinaria de construcción y vehículos menores. Cada uno de estos será señalizado conforme lo disponga el prevencionista de riesgos. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día. Indicadores que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las fases del proyecto. D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica En la fase de construcción del Proyecto se considera la utilización de vehículos motorizados pesados. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera. Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

D.S. Nº 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación Forma de control y seguimiento Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera. Otros cuerpos legales No aplica

Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica La construcción del Proyecto involucra movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena. Por lo anterior las disposiciones de este cuerpo reglamentario le son aplicables. Forma de cumplimiento Se implementarán las medidas de control de emisiones y de manejo ambiental que se describen a continuación. Aplicación de un supresor de polvo, del tipo bischofita, mediante aplicación directa de riego con camión aljibes, en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas. La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material. Realizar cierre perimetral, el cual estará compuesto por una estructura de placas OSB. Evitar la remoción de materiales y, si esto sucede, limpiar inmediatamente cuando se produzca. El desplazamiento interno de vehículos y camiones, debe ser mínimo a una velocidad igual o menor a 20 km/hr. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Efectuar barrido de calles adyacentes a la obra, en caso de suciedad proveniente de la obra. Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, al objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con lona o plásticos impermeables para evitar polvo en suspensión. Indicadores que acredita su cumplimiento Ejecución en terreno de las medidas descritas. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de dichas medidas. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas para su revisión. D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica. Componente/materia Aire - emisiones a la atmósfera. Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Se considerará el uso de vehículos el transporte de estructuras, equipos, materiales y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones. Indicadores que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas. Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida. D.S. Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia Ruido Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción, el Proyecto contempla el uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Se trata principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas. Forma de cumplimiento En la fase de construcción, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Durante el desarrollo de las obras se implementarán medidas de control de las emisiones de ruido y vibración generado por las actividades del proyecto, y evitar cualquier efecto adverso, esto se realizada mediante:

Ruido:

Pantalla acústica.

Cierre de Vanos.

Restricción de maquinarias. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Vibración:

Restricción de Maquinarias.

En la fase de operación, según la metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, el Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, cumplirá con los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7° del Decreto Supremo N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Por tanto, se concluye que el ruido generado por el proyecto no superará los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA. Indicadores que acredita su cumplimiento Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones acústicas correspondan a aquellas que han sido estimadas. Ejecución y mantención de las medidas de control de ruido adoptadas. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y fiscalización de las medidas de control de ruido por parte de la autoridad. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 16 al 20. Componente/materia Agua potable. Otros cuerpos legales

Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida del predio. Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de las viviendas, las cuales descargarán al alcantarillado público. No se generarán residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicadores que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria. D.S. N° 735/1969, del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Componente/materia Agua Potable. Otros cuerpos legales No aplica. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las fases de construcción y operación.

Forma de cumplimiento Considerando que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado por Aguas Araucanía S.A., el suministro se realizará mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad. Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo de seis meses para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizarán baños químicos los cuales serán manejados por una empresa autorizadas, en las oficinas de faenas se tendrá un registro de su disposición o facturas. Para el consumo de agua potable, se almacenará agua en contenedores conectados a los servicios higiénicos, en cantidad y calidad según lo establecido en el D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud. El agua potable para consumo en los frentes de trabajo se realizará mediante la instalación de dispensadores de agua purificada de 20 L. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción de las obras. Esta agua será adquirida a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, a razón de 100 (litros/persona/día), cumpliendo de esta manera con lo estipulado en el Artículo 14 del D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud. Se verificará que el agua potable cumpla con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia (Ver Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado en el Anexo Nº 5 de la DIA). Durante la fase de Operación, se indica que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable administrado por Aguas Araucanía S.A., cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. El suministro se realizará mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado de factibilidad. Indicadores que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas.

D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario. Componente/materia Residuos líquidos Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida del predio. Durante la fase de operación del conjunto habitacional se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de las viviendas, las cuales descargarán al alcantarillado público. No se generarán residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicadores que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Artículo 16 al 20 Componente/materia Residuos líquidos Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor. No se generarán residuos industriales líquidos, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto. Además, no se ejecutará lavado de áridos o preparación de hormigón in situ. Se considera un sistema de lavado de ruedas que se implementará justo antes de la salida del predio. Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas de las viviendas, las cuales descargarán al alcantarillado público. No se generarán residuos industriales líquidos. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara degrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. Durante la fase de operación, las aguas servidas generadas por el Proyecto serán descargadas a la red de alcantarillado pública. Indicadores que acredita su cumplimiento Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Lugares de Trabajo. Artículo 24 y 26 Componente/materia Agua potable y alcantarillado. Otros cuerpos legales No hay. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las fases de construcción y operación. Forma de cumplimiento Considerando que el predio posee factibilidad de conexión al sistema de alcantarillado y agua potable administrado Araucanía S.A., el suministro se realizará mediante el empalme que se habilite en el punto indicado en el certificado Para esto, el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA), establece un plazo para hacer efectiva la factibilidad de conexión al sistema público. Durante este tiempo se utilizarán baños químicos manejados por una empresa autorizadas, en las oficinas de faenas se tendrá un registro de su disposición o facturas. Para el consumo de agua potable, se almacenará agua en contenedores conectados a los servicios higiénicos, en según lo establecido en los artículos 12 al 15 del D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud. El agua potable para consumo en los frentes de trabajo se realizará mediante la instalación de dispensadores de 20 L. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función de la curva ocupacional de la construcción agua será adquirida a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, 100 (litros/persona/día), cumpliendo de esta manera con lo estipulado en el Artículo 14 del D.S. Nº 594/99, del Ministerio verificará que el agua potable cumpla con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos reglamentación vigente sobre la materia (Ver Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado de la DIA). Durante la fase de Operación, se indica que El predio posee factibilidad de conexión al sistema de agua potable Aguas Araucanía S.A., cuyo certificado se adjunta en el Anexo Nº 5 de la DIA. El suministro se realizará mediante habilite en el punto indicado en el certificado de Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

factibilidad. Indicadores que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa volúmenes de agua proveídos. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, y revisión de los registros y autorizaciones indicadas. D.F.L. Nº 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y D.F.L. N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Componente/materia Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Otros cuerpos legales No aplica. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán residuos no peligrosos, entre los que están residuos de la construcción y los residuos sólidos domiciliarios provenientes principalmente del comedor y los baños. Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas y baños. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción: 1. Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en 2 contenedores de 1.100 que estarán en la sala de basura general. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno. 2. Los residuos de la construcción Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. Estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales serán gestionados por una empresa que se la encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad. 3. Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Copia de la autorización sectorial que otorgue los PAS 140 y 142. D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Componente/materia Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. Asimismo, se generarán residuos sólidos no peligrosos consistentes en madera, cartones, metales, etc. Por último, se generarán residuos peligrosos, estos corresponden a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.

Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes y trabajadores del proyecto, provenientes principalmente de las cocinas y baños. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción: 1. Para el almacenamiento de residuos domésticos y asimilables a domésticos, se dispondrán de 4 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en 2 contenedores de 1.100 L que estarán en la sala de basura general. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, en la zona de acopio temporal de residuos domiciliarios. Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno. 2. Los residuos de la construcción Los residuos serán almacenados temporalmente dentro de la zona de acopio temporal de residuos de la construcción para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía. Estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales serán gestionados por una empresa que se la encargará de reciclar estos Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad. 3. Para el manejo de los residuos peligrosos, estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte y disposición final como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. El titular del proyecto le exigirá a la empresa encargada de construir el proyecto, efectuar la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, para lo cual se solicita el PAS del artículo 140 y 142 del Reglamento del SEIA. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC.

Decreto 430/1992 fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Componente/materia Residuos sólidos Otros cuerpos legales No aplica. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Cercano al proyecto se encuentra el Río Cautín, donde se emplazará una estructura de descarga en caso de saturación total de zanjas de infiltración de aguas lluvias

Forma de cumplimiento A modo de cumplir lo establecido en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, el proyecto considera como parte del diseño del sistema de Aguas Lluvias la recolección de las aguas precipitadas en la urbanización a través de sumideros con rejilla y con cámara decantadora, con el fin de retener cualquier sólido en suspensión acarreado por las aguas pluviales. Adicionalmente, como parte de la tramitación del PAS 156, se establecen monitoreos de calidad de aguas al canal, tanto aguas arriba como aguas debajo de las obras. Se realizará un monitoreo inicial, previo a la construcción de las obras en los cauces a fin de establecer una condición basal y posteriormente se efectuarán 2 monitoreos adicionales, a mediados del desarrollo de las obras y una vez terminado proyecto sobre canal. El análisis estará a cargo de un laboratorio autorizado por la autoridad pertinente, el cual evaluará las muestras en base a todos los parámetros químicos y bacteriológicos establecidos en el D.S. N° 1.333/1978, relativos a requisitos de calidad de agua. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Indicadores que acredita su cumplimiento Obtención de la factibilidad de conexión por parte de la Dirección de Obras Hidráulicas como parte de la tramitación Sectorial del PAS 156 correspondiente y resultados de los informes de monitoreo de calidad de las aguas. Forma de control y seguimiento Remisión de los informes de monitoreo de calidad de las aguas a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en un plazo máximo de 5 días después de la entrega de resultados. D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. Componente/materia Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Otros cuerpos legales No aplica. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción, se generarán residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices. Forma de cumplimiento Estos residuos serán almacenados en la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos donde el personal a cargo de la bodega deberá llenar el registro de ingreso y egreso de residuos peligrosos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. En caso de que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra o en la bodega de RESPEL, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames. El titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. Nº 148 del 2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto efectuará la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP (Sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) y mantendrá en obra una copia de esta declaración. Se solicitará el PAS 142 para la autorización de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, establecido en el artículo 142 del Reglamento. Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del Proyecto, así como de las declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos.

Componente/materia Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos) Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

cumplimiento dispone el RETC. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones. carga que se refiere el inciso 5º del Artículo 54 del Decreto M.O.P. Nº 294, de 1984, modificado

Componente/materia Residuos sólidos (domiciliarios, industriales y peligrosos). Otros cuerpos legales No aplica. Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y peligrosos. Forma de cumplimiento

En las tablas siguientes se presenta más detalles sobre los materiales que ingresan y egresan del predio, con el fin de evaluar si califican en la

Material Cantidad en toneladas Año 1 Año 2 Acero 119,99 184,53 Hormigón 1630,13 2146,13 Total 1750,12 2330,65

Debido a lo presentado en las tablas anteriores, se indica que el titular no se encuentra dentro de la categoría de Empresas Generadoras de Carga, por lo que cumplirá con lo establecido en D.S. N°18/93 del MOP. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Revisión de los registros y declaraciones.

D.L. Nº 3.557, de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Componente/materia Flora Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento El Titular asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

efectos se exigirá en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma. Asimismo, se dará aviso al SAG para que este ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique. Indicadores que acredita su cumplimiento Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto. Los residuos serán almacenados en cumplimiento de las normas aplicables y se contará con copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto, y copia de las autorizaciones de los recintos de almacenamiento de residuos. R.E. Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. (Modificada mediante Resolución Exenta N° 2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero). Componente/materia Flora Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción del Proyecto.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento El Titular asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma. Asimismo, se dará aviso al SAG para que éste ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique. Indicadores que acredita su cumplimiento Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto y actas del SAG. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto y acta de visita del SAG (de corresponder Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Componente/materia Patrimonio Cultural y Paisaje Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

aplica que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas y el artículo 23 del D.S. N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Además, el proyecto considera la realización de charlas paleontológicas al personal, las que serán realizadas previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore personal. Se remitirá un informe del cumplimiento de la medida a CMN y la SMA. Indicadores que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda. D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Componente/materia Patrimonio Cultural y Paisaje Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento En el caso que durante la construcción se efectuasen hallazgos arqueológicos o paleontológicos, se procederá según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicadores que acredita su cumplimiento Paralización de las obras en el frente de trabajo en caso de encontrase un hallazgo y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Forma de control y seguimiento Copia física en obra del aviso al CMN para su revisión, en el caso que corresponda. D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

junto con el pago previo de los derechos respectivos. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos junto con la revisión de los registros internos de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Resolución N° 1, de 1995, Ministerio de Obras Públicas, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento del artículo 1º de la norma los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas. En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile. Indicadores que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consistirá en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas. Decreto Supremo Nº 158, de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total. Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento Para el cumplimiento de los numerales 2) y 4) citados, el Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicadores que Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

acredita su cumplimiento como copia de los permisos en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. D.F.L. N° 1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte. Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción y operación, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En el caso que sea necesario transportar equipos que por su tamaño y/o impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con los permisos de la Dirección de Vialidad en caso de que sean aplicables. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. D.S. N°200/1993 del MOP Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país Componente/materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria y de materiales durante las fases de construcción, en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

Forma de cumplimiento El Titular sólo utilizará vehículos que respecten los máximos pesos permitidos y, en caso de que sea indispensable para realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicadores que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas, así como copia de los permisos en caso que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Revisión del registro interno de los permisos en caso de ser solicitados y revisión del acta de fiscalización. D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Componente/materia Combustibles y Sustancias Peligrosas Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción, los combustibles y lubricantes requeridos en faena, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los lugares de faena. Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. Forma de cumplimiento Todos los equipos serán cargados en sitios habilitados en los poblados cercanos, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. Los estanques de combustibles requeridos para la operación del Proyecto cumplirán con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento será previamente informado a la SEC. Indicadores que acredita su cumplimiento Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad. Forma de control y seguimiento Copia física de los certificados de los estanques de combustibles provistos por instalador autorizado por la SEC y copia física de los registros indicados. D.S. Nº 43/2016, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia Combustibles y Sustancias Peligrosas Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Durante la fase de construcción se requerirán sustancias peligrosas de clasificación inflamable (adhesivos y pinturas). Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirán de sustancias peligrosas las cuales serán abastecidas por empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes. Para el almacenamiento de sustancias peligrosas se utilizará una bodega que cumplirá con las exigencias del D.S. Nº 43/2016. Indicadores que Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Exigencia: No utilización de artefactos a leña para calefacción en viviendas del proyecto Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: No generar aportes de material particulado derivado del uso de calefactores a leña de las viviendas del proyecto Terrazas del Sur y Portal Lautaro etapas constructivas 1 y 2. Descripción: Para el caso de las viviendas aún no construidas y/o no entregadas al momento de la obtención de la RCA, se debe incorporar una cláusula de no uso de calefactores a leña para la calefacción en los contratos de compraventa que celebre con los propietarios de las viviendas, para efectos de dar cumplimiento a las condiciones de modelación establecidas por el Titular durante la evaluación ambiental del proyecto. Para el caso de las viviendas entregadas de Terrazas del Sur, el Titular consideró para modelar las emisiones atmosféricas que no utilizarían calefactores a leña, por lo que deberá recambiar todos los artefactos de las viviendas que utilicen actualmente calefactores a leña. Justificación: La SEREMI de Salud ha realizado observaciones mediante el Ord N° A20-17 publicado en el expediente electrónico del proyecto con fecha 05 de marzo de 2025 y la SEREMI de Medio Ambiente ha realizado observaciones mediante el Ord. N° 01326/2025 publicado en el expediente con fecha 04 de marzo de 2025. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto. Forma: No utilización de calefactores a leña para las viviendas del Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2; y recambio de calefactores en todas las viviendas entregadas que utilicen acredita su cumplimiento cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa. Adicionalmente, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y revisión del registro de las sustancias almacenadas. D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Componente/materia Ordenamiento Territorial Otros cuerpos legales No aplica Fases del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El área del Proyecto se encuentra fuera del límite urbano, por lo que requiere la obtención de un informe favorable para la construcción. Forma de cumplimiento Presentación del permiso del artículo 160 del RSEIA, permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. Indicadores que acredita su cumplimiento Obtención del permiso del artículo 160 del RSEIA, permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. Forma de control y seguimiento Copia del permiso para su fiscalización por parte de la autoridad. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro calefactores a leña del proyecto Terrazas del Sur. Para el caso de las viviendas de Terrazas del Sur, se deberá elaborar una propuesta de recambio, la que deberá ser presentada y aceptada por la SEREMI del Medio Ambiente. Oportunidad: Para viviendas del Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2 durante la fase de venta de las viviendas y para el caso de las Viviendas de Terrazas del Sur, la propuesta de recambio debe ser presentada en un plazo máximo de 6 meses desde la obtención de la RCA y la ejecución del programa de recambio durante la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Para viviendas del Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2: Registro y copia de escrituras de compraventa que contengan las cláusulas de no uso de calefacción a leña para todas las viviendas asociadas al proyecto. En ningún caso, el proyecto podrá entregar las viviendas a sus moradores, sin tener la incluida a clausula en la escritura de compraventa. Para viviendas de Terrazas del Sur: Informe que detalle a lo menos: identificación de viviendas a la cuales se les realizó el recambio, aceptación del propietario de la vivienda, características del calefactor. En el caso de que algún propietario de Terrazas de Sur no acepte el recambio a calefactor eléctrico, se deberá proponer un calefactor de baja emisión como alternativa distinta a leña. En ningún caso, el plazo de ejecución del programa de recambio podrá superar la fase de construcción del proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2. Forma de control y seguimiento Entregar registros de escrituras de compraventa que contengan la cláusula de no uso de calefactores a leña desarrollada con los propietarios de viviendas construidas, a la SMA y a la SEREMI de Medio Ambiente. Entrega de informe de recambio a la SMA y SEREMI del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.2. Exigencia: Tipo de calefactor Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Garantizar que el calefactor posea una potencia térmica acorde a la vivienda.

Descripción: Para todas las viviendas Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2; y Terrazas del Sur, se deberá utilizar un sistema de calefacción idóneo, que cumpla con las siguientes características: Cumplir con la legislación vigente y contar con certificación de eficiencia energética emitida por un organismo autorizado por la SEC.

Instalación fija en muro. Potencia térmica acorde a la vivienda, respaldada por la correspondiente memoria de cálculo. Termostato ajustable con control automático de potencia, que optimice el consumo energético. Garantía proporcionada por el fabricante o importador. Manual de usuario en español, aprobado por el representante de la marca. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Código QR con información técnica del producto.

Justificación: Durante la evaluación ambiental, el Titular del proyecto ha señalado que se contempla la instalación de sistemas de calefacción eléctrica portátiles en todas las viviendas del proyecto, para una superficie de 25 m2, lo que no garantiza que se satisfagan las necesidades energéticas de las viviendas y por ende su permanencia y utilización en el futuro en las viviendas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto.

Forma: Viviendas con sistema de calefacción idóneo implementado.

Oportunidad: Para viviendas no entregadas serán implementadas durante la fase de construcción del proyecto. Para el caso de las Viviendas de Terrazas del Sur, en un plazo que no podrá superar la fase de construcción del proyecto Inmobiliario Portal Lautaro, etapas constructivas 1 y 2. Indicador que acredite su cumplimiento Informe que contenga las características y detalle donde fueron instalados los sistemas de calefacción presentado a la SEREMI de Medio Ambiente y a la Superintendencia del Medio Ambiente. En el caso de que algún propietario de Terrazas de Sur no acepte el recambio a calefactor eléctrico, se deberá proponer un calefactor de baja emisión como alternativa. Forma de control y seguimiento Se deberá presentar un reporte semestral a la SEREMI de Medio Ambiente y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.3. Condición: Certificados de calibración ISP Impacto asociado Aumento en el nivel de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Previo a la fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el cumplimiento de las condiciones de medición de ruido.

Descripción: Previo al inicio de la fase de construcción se deberán entregar los Certificados de Calibración Periódica del instrumental utilizado, emitidos por el Instituto de Salud Pública (ISP). Adicionalmente durante la Sesión Ordinaria N°4/2025, se solicitó que en el caso en que no sea posible acreditar la validez de los certificados de calibración, previo al inicio de las obras, el Titular deberá realizar nuevamente las mediciones de ruido, las que deberán ser enviadas a la SMA.

Justificación: Las observaciones realizadas por la SEREMI de Salud en el Ord. N°A20-17 de fecha 05/03/2025 y de la SEREMI de Medio Ambiente en el Ord. N° 01326/2025 de fecha 04/03/2025. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto.

Forma: Se deberán remitir los antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Certificados de calibración ISP vigentes para los instrumentos utilizados. Recepción conforme de la documentación por parte de la SMA. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Forma de control y seguimiento Registro de documentación ingresada a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.4. Exigencia: Monitoreo de Ruido Impacto asociado Aumento en el nivel de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificación medidas de control sobre receptores humanos y fauna del proyecto.

Descripción: Medición y evaluación de niveles de ruido bajo procedimiento establecido en D.S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en puntos receptores externos e internos, obteniendo un nivel de presión sonora corregido (NPC). Expresado en dB(A).

Justificación: Evitar en los receptores humanos y fauna aledaños al proyecto la superación de los niveles máximos de ruido permitidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de los receptores identificados como críticos, cuyas coordenadas UTM (WGS84, Huso 18 H) se indican en la siguiente tabla:

- Receptores humanos:

- Receptores fauna:

Los receptores internos a controlar serán aquellos que se encuentren más cercanos a las obras en ejecución al momento de la medición.

Forma: Medición conforme a los procedimientos descritos en el D:S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Oportunidad: Mensualmente desde el inicio de obras y hasta el término de la fase de construcción. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Indicador que acredite su cumplimiento El cumplimiento de los siguientes límites máximos siguientes: - Receptores humanos:

- Fauna:

Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe mensual de los resultados del monitoreo. El informe deberá presentar un análisis del cumplimiento normativo y detalle de las medidas de control implementadas y deberá ser remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.5. Condición: Memoria de cálculo aguas lluvia La Dirección de Obras Hidráulicas, mediante el Ord. N°78 publicado en el expediente electrónico con fecha 27/02/2025, solicitó lo siguiente: - En la memoria de Aguas lluvias presentadas solo evalúa el aporte de aguas lluvias del loteo (áreas A 1-45), sin embargo, las etapas anteriores también aportan a la descarga proyectada, por lo que se solicita evaluar aportes y capacidad de la descarga proyectada. - Si bien se incluyeron en la presente entrega los cálculos y respaldos de que las zanjas de infiltración proyectadas se utilizó el valor de infiltración más favorable, se recomienda utilizar el valor más desfavorable para considerar en el cálculo. - Respecto a los archivos Hec-Ras Entregados, no se pudieron ejecutar se revisó con la versión de 4.1.0, 5.0.7 y 6.3.1 arrojando errores, la entrega de antecedentes deben ser revisados y asegurarse que se puedan ejecutar en cualquier dispositivo e incluir todos los archivos necesarios. - Para los Caudales del Río Cautín se deben revisar los caudales definidos en el Plan Maestro del Río Cautín 2015 y comparar con los indicados en la Memoria, justificar uso del caudal definido. Considerando lo anterior, previo al inicio de la fase de construcción se deberá ingresar los antecedentes aclaratorios a la DOH, Región de La Araucanía.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso el siguiente plan de seguimiento de variables ambientales relevantes:

9.1. Monitoreo de la Calidad de agua Impacto asociado No hay Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la calidad de agua del rio. Descripción: Se realizarán monitoreos de calidad de aguas al río, tanto aguas arriba como aguas debajo de las obras. Se realizará un monitoreo inicial, previo a la construcción de las obras en los cauces a fin de establecer una condición basal y posteriormente se efectuará los monitoreos mensuales, durante 3 meses. El análisis estará a cargo de un laboratorio autorizado por la autoridad pertinente, el cual evaluará las muestras en base a todos los parámetros químicos y bacteriológicos establecidos en el D.S. N° 1.333/ 1978, relativos a requisitos de calidad de agua. Justificación: se busca garantizar que no varíe la calidad del agua, por las obras del proyecto. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizarán monitoreos de calidad de aguas al canal, tanto aguas arriba como aguas bajo de las obras, en las siguientes coordenadas:

Forma: Los parámetros a monitorear serán los dictados por la Norma Chilena 1.333/78 para la calidad del agua dictados en la siguiente Tabla:

Parámetros Máximo Permitido NCh 1333 Aluminio (mg/L) 5,00 Arsénico (mg/L) 0,10 Bario (mg/L) 4,00 Berilio (mg/L) 0,10 Boro (mg/L) 0,75 Cadmio (mg/L) 0,01 Cianuro (mg/L) 0,20 Cloruro (mg/L) 200,00 Cobalto (mg/L) 0,05 Cobre (mg/L) 0,20 Coliformes Fecales (NMP/100ml) 1000 Conductividad (uS/cm) Cromo (mg/L) 0,10 Fluoruro (mg/L) 1,00 Hierro (mg/L) 5,00 Litio (mg/L) 2,50 Litio cítricos (mg/L) 0,075 Manganeso (mg/L) 0,20 Mercurio (mg/L) 0,001 Molibdeno (mg/L) 0,010 Níquel (mg/L) 0,20 Plata (mg/L) 0,20 Plomo (mg/L) 5,00 Selenio (mg/L) 0,020 Sulfatos (mg/L) 250,00 Sólidos disueltos (mg/L) Vanadio (mg/L) 0,10 Zinc (mg/L) 2,00 Razón de Adsorción de Sodio (--)

Sodio porcentual (%) 35,00 pH (--) terreno 5,5-9,0

Oportunidad: Se realizará un monitoreo inicial, previo a la construcción de las obras en los cauces a fin de establecer una condición basal y posteriormente se efectuará los monitoreos mensuales, durante 3 meses. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Indicador que acredite su cumplimiento Se considera la elaboración de informes para cada monitoreo, los que serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente con un plazo máximo de 5 días después de la entrega de resultados. Forma de control y seguimiento Presentación de Informe en el portal web de seguimiento de la SMA.

9.2. Monitoreo niveles de Ruido en fase de construcción Impacto asociado Aumento de la presión sonora Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los niveles de ruido generados en la fase de construcción del proyecto. Descripción: Ejecutar un plan que permita verificar que las emisiones del ruido del proyecto cumplan la normativa legal vigente, según el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Justificación: El monitoreo permitirá evaluar si los niveles de ruido medidos en terreno cumplan la normativa legal vigente, según el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de los receptores identificados como críticos, cuyas coordenadas UTM (WGS84, Huso 18 H) se indican en la siguiente tabla:

En receptores humanos.

En receptores Fauna

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Los receptores internos a controlar serán aquellos que se encuentren más cercanos a las obras en ejecución al momento de la medición.

Forma: Medición conforme a los procedimientos descritos en el D:S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente

Oportunidad: Cada 2 meses desde el inicio de obras y hasta el término de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Cumplimiento de los siguientes niveles de ruido: - Receptores Humanos

  • Receptores Fauna

Forma de control y seguimiento Los resultados serán comunicados mediante una presentación sintética y tabulada, incluyéndose su evaluación e interpretación 10 días luego del muestreo al SMA, oficina regional del SMA de la Región de la Araucanía.

9.3. Monitoreo niveles de vibraciones en fase de construcción Impacto asociado Incremento en el nivel de vibraciones Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evaluar los niveles de vibración generados en la fase de construcción del proyecto. Descripción: Plan voluntario que permita verificar que las emisiones vibrantes cumplen con la normativa de referencia utilizada. Justificación: El monitoreo permitirá evaluar si los niveles de vibración medidos en terreno cumplen con la normativa de referencia utilizada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de los receptores identificados como críticos, cuyas coordenadas UTM (WGS84, Huso 18 H) se indican en la siguiente tabla.

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Los receptores internos a controlar serán aquellos que se encuentren más cercanos a las obras en ejecución al momento de la medición

Forma: Medición conforme a los procedimientos descritos en el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Oportunidad: Cada 2 meses desde el inicio de obras. Indicador que acredite su cumplimiento Límites máximos permitidos por la norma de referencia, en cuanto a Medición de Niveles de Vibración (Lv) y Velocidades Peak de partículas (PPV) Forma de control y seguimiento Los resultados serán comunicados mediante una presentación sintética y tabulada, incluyéndose su evaluación e interpretación 10 días luego del muestreo al SMA, oficina regional del SMA de la Región de la Araucanía.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

10.1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de Ruido Impacto asociado Emisiones de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificación medidas de control sobre receptores del proyecto.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Descripción: Medición y evaluación de niveles de ruido bajo procedimiento establecido en D.S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, en puntos receptores externos e internos, obteniendo un nivel de presión sonora corregido (NPC). Expresado en dB(A) Justificación: Evitar en los receptores aledaños al proyecto la superación de los niveles máximos de ruido permitidos.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios de los receptores identificados como críticos, cuyas coordenadas UTM (WGS84, Huso 18 H) se indican en la siguiente tabla Los receptores internos a controlar serán aquellos que se encuentren más cercanos a las obras en ejecución al momento de la medición.

Forma: Medición conforme a los procedimientos descritos en el D:S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Oportunidad: Cada 2 meses desde el inicio de obras. Indicador que acredite su cumplimiento Nivel de presión sonora corregido (NPC) no debe ser mayor a los indicados en la siguiente tabla: Forma de control y seguimiento Los resultados serán comunicados mediante una presentación sintética y tabulada, incluyéndose su evaluación e interpretación 10 días luego del muestreo al SMA, oficina regional del SMA de la Región de Lautaro.

10.2. Compromiso ambiental voluntario: Perturbación controlada y charlas a trabajadores Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar una perturbación controlada para el desplazamiento de especies de baja movilidad y realizar charlas a trabajadores

Descripción: Implementar la perturbación controlada para el desplazamiento de especies de baja movilidad, incluyendo el registro de las captaciones como evidencia, incluyendo para ello: el registro y descripción de cada uno de los eventos de perturbación aplicada, indicando: fecha, lugar(es), horario, duración de la perturbación Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro controlada, resultado (cuantos individuos se movieron, si al día

Justificación: Realizar un registro de la actividad de perturbación controlada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: la perturbación controlada se efectuará en el área del proyecto. Además, previo al inicio de las obras se deberá realizar charlas de fauna a los trabajadores, para resguardar el componente.

Forma: implementación a través de registro de captaciones.

Oportunidad: La perturbación controlada se realizará previo a la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro del nivel de retorno de ejemplares. Forma de control y seguimiento Informe de la actividad de perturbación controlada

10.3. Compromiso ambiental voluntario: Aplicación Supresor de Polvo Impacto asociado Aumento de las emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la suspensión y resuspensión de polvo, a través de la aplicación de un supresor de polvo.

Descripción: La aplicación de Supresor de polvo sobre caminos no pavimentados tiene por objetivo principal disminuir las emisiones generadas producto de la actividad del tránsito de vehículos y camiones en caminos de acceso no pavimentados, con la finalidad de prevenir la contaminación atmosférica.

Justificación: Realizar un registro de la actividad de perturbación controlada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La aplicación del supresor de polvo se efectuará al interior del área del proyecto sobre caminos no pavimentados se realizará durante la etapa de construcción del proyecto, específicamente durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de tránsito y descarga de material.

Forma: la aplicación del supresor se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones climáticas, garantizando su utilización siempre que sea necesario para prevenir emisiones al aire, sin limitarse únicamente al período estival.

La forma de aplicar el supresor es mediante aplicación directa de riego con camión aljibe en todas las vías internas de acceso al proyecto que no se encuentren pavimentadas.

El responsable de aplicar y supervisar dicha aplicación tiene como obligación lo siguiente: - Verificar las condiciones de almacenamiento del producto. - Que se realice una adecuada aplicación, verificando que las mezclas se encuentren en las proporciones indicadas.

Oportunidad: La frecuencia del supresor de polvo será cada 3 meses y será implementada durante la actividad de escarpe y finalizará con la excavación, una vez pavimentado o estabilizado los accesos y zonas de Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro tránsito y descarga de material. Indicador que acredite su cumplimiento La ficha de registro se encontrará a disposición de la fiscalización como medio de verificación de la aplicación de la bischofita. Adicionalmente, se enviará un reporte a la SMA mediante la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Junto con lo anterior, se efectuarán fotos georreferenciadas del estado de las rutas no pavimentadas antes, durante y después de la aplicación de bischofita, junto con las facturas, boletas o aquellos registros que den cuenta de la adquisición del supresor de polvo o la aplicación de la sustancia Forma de control y seguimiento Los antecedentes estarán disponibles en las oficinas para su revisión por parte de las autoridades en caso de una fiscalización.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias y residuos peligrosos aplicado a la bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de sustancias peligrosas y manipulación de sustancias peligrosas en frente de trabajo. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Identificar las sustancias peligrosas con sus respectivas fichas. Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias. Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos. Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames. Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos. Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames. Implementar planes de contención y reparación del suelo contaminado por derrame de sustancias. Vigilar de manera permanente los recipientes contenedores de basura tipo domiciliaria y peligrosa, con la finalidad de verificarlos y en caso de deterioro proceder al recambio. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez dará aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Encargado de Calidad especificando el sector o lugar donde ha ocurrido. Recurrir a las Hojas de Seguridad (HDS) del producto y limitar la zona del derrame con cinta de peligro. Se deberá impedir el acceso al sector con cinta de peligro, permitiendo el ingreso y tránsito sólo de aquellas personas que sean requeridas para enfrentarlo. Deberá quitarse inmediatamente la ropa contaminada y lavarse la Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro piel con agua. Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, deberá colocarse los EPP adecuados al riego de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos deberá alejarse de la zona de derrame. No se deberá limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa. Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable). Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Detener la fuga o el derrame lo antes posible regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un recipiente para recuperar el producto. Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame. De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deberán ser almacenados en tambores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos. Los residuos recuperados y almacenados serán dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un registro de la disposición final en obra. Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se deberá informar de forma inmediata a carabineros y bomberos. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, señalando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (DGA) (sólo en caso de accidentes). Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural. Se deberá evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame. En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deberán tomar las siguientes acciones: - El material de contención deberá ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso e identificando claramente el residuo que contiene. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro - Todo el equipo de contención y limpieza y de protección personal deberá ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, deberá desecharse como residuo peligroso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneo y/o superficiales, se deberá informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas y también a SERNAPESCA de la Región señalando lo siguiente: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado, y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

En caso de ser necesario, implementar un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, incluyendo metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.2. Riesgo o contingencia: Derrame de aguas residuales con hormigón Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de lavado de ruedas y canoas de camiones que egresan del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar la inspección del estado de la zona de lavado de canoas de forma periódica, especialmente mientras se realicen las actividades de lavado de canoas de camiones mixer, asegurando su correcta mantención. Realizar el retiro periódico de las aguas residuales generadas en la fosa séptica, así como los restos de hormigón generados producto de la evaporación del agua a modo de evitar el rebase por alcance del volumen máximo de almacenamiento. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Registro fotográfico del estado de la zona de lavado de canoas, así como contar con el registro del retiro de aguas residuales y restos de hormigón en la zona. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de incurrir en el derrame de aguas residuales de lavado con hormigón, se deberá delimitar el área afectada y dar aviso inmediato para su gestión. Utilizar EPP como guantes, gafas de seguridad y mascarilla al acudir al sitio del derrame con el fin de resguardar la salud de los trabajadores. Asegurar la no contaminación de cursos de aguas superficiales en Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro caso de existir, conteniendo el derrame con material absorbente inerte (tierra o arena), formando diques. Luego colocar en un envase limpio e identificado. Lavar el área con agua. Gestionar el retiro de emergencia con una empresa autorizada para RILES provenientes de la actividad de lavado de canoas. Disponer el material contaminado por residuos en un sitio de disposición autorizado. Posterior al derrame, se debe asegurar el reacondicionamiento del terreno o el correcto mantenimiento o reposición de la zona afectada. Cortar suministro eléctrico en la zona afectada, en caso de existir conexiones eléctricas. En caso de derrame, se tomarán las acciones necesarias para confinar el derrame y evitar su propagación en el suelo a través de canales en suelo que detengan la propagación de manera temporal. Asegurar la zona y proceder al retiro del suelo contaminado, disponiendo del material como residuo de la construcción en caso de no presentarse contaminación de las aguas con hidrocarburos. En caso de identificar hidrocarburos en el material retirado, se debe disponer del material contaminado en tambores y ser gestionados en sitio de disposición y tratamiento de residuos peligrosos autorizado. Posterior al derrame, se debe asegurar el reacondicionamiento del terreno y el correcto mantenimiento del sistema de captación, restringiendo las obras y su uso hasta subsanar los daños o posibles averías. En caso que exista un derrame de aguas residuales de lavado de hormigón, se implementará un monitoreo de agua una vez ocurrido el evento, siempre y cuando el agua haya alcanzado cursos de agua superficiales. En caso de que ocurra un derrame sobre el suelo, se deberá del Medio Ambiente, debiéndose tomar acciones como: Hacer retiro del suelo afectado y enviar el material a un sitio autorizado. Realizar la toma de muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) para verificar la efectividad de la medida aplicada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 24 horas, se Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc). La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sucedan, a través de Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro un reporte que contenga fecha, lugar descripción, medidas tomadas y registros, el que será cargado al Sistema de Seguimiento Ambiental Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.3. Riesgo o contingencia: Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Áreas de almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles. Almacenamiento de químicos a granel. Acumulación de materiales de desecho combustibles. Medios provisorios de calentamiento (por ejemplo, eléctrico, propano y gas natural). Cableado y equipos eléctricos. Tareas de soldadura, en especial soldadura y corte por encima del nivel de la cabeza. Motores de combustión interna, incluidas las chispas del escape. Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En fase de construcción: Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente. Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo. Mantener los equipos de extinción portátil operativos. Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio ya sea por la estructura de la casa o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger, para mayor detalle ver artículo 46° del D.S. 594/99. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. Los extintores ubicados a la intemperie se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil, y de los residuos que se manejan.

En fase de operación: Capacitación del Plan de Contingencia y Emergencia a los dueños y arrendatarios de las viviendas. Verificar las instalaciones por el personal del departamento de bomberos. Rutas de salida demarcadas. Mantener con sus mantenciones al día los detectores de humo, red húmeda y seca. Evite sobrecargar los cables con extensiones o equipos de alto consumo. Cambie cables eléctricos siempre que este perforados o con peladuras. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En fase de construcción: En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por el medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc.). Conserve la calma. Si existe un principio de incendio, la o las personas que lo detectan, deberán, si es posible, controlarlo por medio del uso de extintor (nadie debe combatir un fuego si no está capacitado para ello y no se debe intentar controlarlo si ve en peligro su integridad física). Los extintores portátiles sólo deben ser utilizados para controlar amagos y no incendios declarados. En forma paralela se debe llamar a Bomberos. Cortar la energía eléctrica y el gas, si lo hay. No abrir puertas ni ventanas, porque con el aire el fuego se extiende. Detener el aire acondicionado o ventiladores, si existen. Si es necesario evacuar, se debe interrumpir completamente las actividades y conservar la calma. Seguir las instrucciones aquí establecidas.

En fase de operación: Dar la alarma. Verificar de inmediato el punto exacto y magnitud de la emergencia. Usar extintor o Red Húmeda si es posible. Apagar equipos eléctricos y cortar suministro de gas (locales). Cerrar puertas, ventanas y cualquier acceso de aire. El Coordinador de Seguridad o el conserje llamarán a Bomberos. Procure calmar a los más nerviosos. Los líderes deben iniciar la evacuación. Los Líderes deben revisar su piso y asegurarse que no quedan personas rezagadas o refugiadas en espacios como baños o shaft. Los Líderes, antes de salir a las escaleras, comprobarán el estado de la vía de evacuación. Es importante ir cerrando puertas y ventanas para retrasar la acción del fuego. En caso de quedar atrapado por el fuego deberá utilizarse el

Atrapamiento en caso de incendio:

Cierre las puertas de su dependencia.

Acumule toda el agua que sea posible.

Moje frazadas o toallas y colóquelas por dentro para sellar las junturas. - Retire las cortinas y otros materiales combustibles de la cercanía de ventanas y balcones. - Trate de destacar su presencia desde la ventana. Llame a conserjería o a Bomberos para indicarles donde se encuentra, aunque ellos ya hayan llegado. - Mantenga la calma, el rescate puede llegar en unos momentos. - Si debe abandonar las dependencias, recuerde palpar las puertas antes de abrirlas. A medida que avanza, cierre puertas a su paso. - Si encuentra un extintor en su camino, llévelo consigo. - Si el sector es invadido por el humo, arrástrese tan cerca del suelo como sea posible, recomendándose proveerse de una toalla mojada o pañuelo para cubrir la boca y nariz. - Si su vestimenta se prendiera con fuego ¡no corra!, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez hasta sofocar las llamas, cúbrase el rostro con las manos. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuos, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc). La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.4. Riesgo o contingencia: Derrumbes Fase del proyecto a la que aplica Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Demolición

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada. Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga. Delimitar el área de trabajo. Emplear elementos de protección personal. Forma de control y seguimiento Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Encargado de Calidad de la Obra deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Profesional de obra Responsabilidades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de emergencia Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. El Encargado Medioambiental deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Constructor de la Obra y al encargado de Prevención de Riesgos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.5. Riesgo o contingencia: Afloramiento de aguas subterráneas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia No aplica

Forma de control y seguimiento No aplica

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Detener las actividades en el frente de trabajo. Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. En caso de que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. Ante la eventualidad se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región de La Araucanía, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea, en conjunto se seguirá el protocolo dispuesto por la Dirección General de Aguas ante una emergencia de este tipo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.6. Riesgo o contingencia: Erupción volcánica Fase del proyecto a la que aplica Construcción y Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia No aplica

Forma de control y seguimiento No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante una Alerta Roja por erupción volcánica los pasos a seguir son: i. Detener las actividades en el frente de trabajo. ii. Mantener la calma iii. Mantenerse informado con una radio o televisión a pilas iv. Si las autoridades indican evacuar, desconectar la energía eléctrica y cerrar las llaves de agua y gas. v. Protegerse. Cubrir la boca, nariz y oídos con paños húmedos vi. Trasladarse a una zona de seguridad, determinada por las autoridades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se deberá dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro 11.7. Riesgo o contingencia: Sismo Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Recuerde que las viviendas se diseñaron a prueba de terremotos. Tenga preparados botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Sepa cómo desconectar la luz, el gas y el agua. Informarse sobre el Plan de Emergencia. Confeccione un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía. Forma de control y seguimiento No aplica

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Recuerde que las casas se diseñaron a prueba de terremotos. Mantenga la calma y trasmítasela a los demás ocupantes. Ayudar a menores, ancianos y discapacitados a desplazarse a zonas de seguridad. Si fuera necesario evacuar se avisará oportunamente. Aléjese de ventanas y elementos colgantes. Aléjese de lugares donde existan objetos en altura, que pudieran caer. Si alguna persona se encuentra en otra zona, quedará sujeto a las instrucciones del Líder de Zona en que se encuentra. Apague equipos eléctricos y artefactos a gas. Aléjese de cables cortados ya que pueden estar energizados. Si ha habido derrumbes y hay personas lesionadas, pida la presencia de personas que puedan prestar primeros auxilios y para que sean trasladados para su Atención Médica. Espere la autorización por parte del personal de servicio y/o la administración para volver a utilizarlo normalmente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.8. Riesgo o contingencia: Fuga de gas Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de gas de las viviendas. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia a documentos del expediente de Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro evaluación que contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia No encienda ni apague ninguna luz o equipo eléctrico, la chispa del interruptor o rotor del motor podría encender los gases acumulados. Ventile inmediatamente el lugar, abriendo puertas y ventanas. El personal del edificio deberá cortar el suministro de gas, si es necesario. Nunca busque fugas con fuego. De ser necesario, inicie la Evacuación del edificio. Llame a la empresa de gas abastecedora del edificio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria.

11.9. Riesgo o contingencia: Fuga de agua o inundación Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Viviendas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar inspección una vez al año de la instalación de agua de las viviendas. Forma de control y seguimiento No aplica

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Cortar el suministro de agua y eléctrico de la zona afectada. Personal del edificio debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la empresa sanitaria para que solucione la situación. Ubicar en altura objetos, insumos y otros, que pudiesen ser afectados por el contacto con el agua, en especial aparatos eléctricos. Se debe comunicarse de inmediato con el encargado de mantención o la Municipalidad que se encargue de la situación. Dependiendo de la magnitud de la inundación, ordenar la Evacuación de la parte afectada. Si está dentro de su hogar: Escuche la radio o televisión para estar informado de la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. Corte la luz, agua y gas y evacue su hogar si la situación lo amerita o las autoridades lo indican. Si está en el exterior: Suba a un lugar alto y permanezca allí. Evite caminar por aguas en movimiento. Hasta 15 centímetros de agua en movimiento pueden hacerle caer. Si está en la calle, tenga precaución al caminar sobre agua, ya que las tapas de las cámaras de agua suelen salirse debido a la presión, y usted puede caer en dicha apertura. Si está en un auto: Si llega a un área inundada, dé la vuelta y tome otra dirección. Si el auto se detiene o se atasca, abandónelo de inmediato y suba Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro a un lugar alto. Si la situación lo amerita o las autoridades lo indican, evacue su hogar lo antes posible. Escuche una radio a pilas para saber sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°14 Adenda

11.10. Riesgo o contingencia: Transporte de sustancias peligrosas y/o residuos en área de influencia Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte de materiales Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - La persona a cargo del transporte debe poder la licencia adecuada junto con la capacitación en manejo y manipulación de aquellas sustancias, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de derrames. - Se debe proveer a los conductores de sistemas de comunicaciones portátiles para alertar a las autoridades competentes en caso de generarse algún volcamiento o derrame, por lo que también debe contar con un listado actualizado de los organismos públicos y personas a las que deberá dar aviso inmediato, considerando al menos la comunicación con la Autoridad Sanitaria competente, Bomberos, Carabineros y la Oficina Regional de Emergencia. - Debe contar con las respectivas Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas que traslada, que contengan las características de las sustancias, riesgos y procedimientos de emergencia, entre otros. Forma de control y seguimiento

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°3: Plan de Contingencia y Emergencia de la Adenda complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Acciones a desarrollar durante del evento. - El conductor debe dar aviso inmediato a las autoridades competentes para atender la emergencia. Además, debe controlar y contener la situación por la cual se está generando la emergencia, ya sea sellando o taponeando la zona del derrame o conteniendo el derrame con la construcción de diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, de modo que no llegue a las alcantarillas. - El área afectada debe ser aislada, señalizada y acordonada para que sólo ingrese personal autorizado y evitar que la gente haga contacto directo con la(s) sustancia (s) derramada(s). - El material derramado o vertido, deberá disponerse en tambores apropiados de residuos peligrosos para transportarlo a un lugar autorizado para la disposición final de tales sustancias.

Acciones a desarrollar después del evento. - Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos: - Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.). - La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de ocurrencia se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo N°14 Adenda

  1. Que, se ha establecido que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base a la información aportada por el Titular en la DIA y sus Adendas, como en los demás antecedentes que constan en el proceso de evaluación del proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

17 cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos Proyecto Inmobiliario Portal Lautaro MARCO ANTONIO PICHUNMAN CORTÉS Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de La Araucanía IBB/DRL/RQM Distribución: - Sr. Javier Inzulza Reyes, en representación de Inmobiliaria Martabid SpA., e-mail: jinzulza.r@gmail.com - Consejo de Monumentos Nacionales - Subsecretaría de Pesca y Acuicultura - Superintendencia de Servicios Sanitarios - SERNAGEOMIN, Zona Sur - CONADI, Subdirección Nacional Temuco - CONAF, Región de La Araucanía - DGA, Región de La Araucanía - Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía - DOH, Región de La Araucanía - SAG, Región de La Araucanía - SEC, Región de La Araucanía - SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía - SEREMI de Bienes Nacionales, Región de La Araucanía - SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de La Araucanía - SEREMI de Energía, Región de La Araucanía - SEREMI de Salud, Región de La Araucanía - SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía - SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía - SEREMI Medio Ambiente, Región de La Araucanía - SEREMI MOP, Región de La Araucanía - Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía - Ilustre Municipalidad de Lautaro - Gobierno Regional de La Araucanía - Superintendencia de Medio Ambiente: contactorca@sma.gob.cl Firmado Digitalmente por Marco Antonio Pichunmán Cortés Fecha: 08-04-2025 09:13:58:804 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC