Evaluación SEA

Continuidad Operacional Central Térmica Taltal

Rol 2161780033
SEA · DIA · Aprobado · 2025-05-26 · Región de Antofagasta · Enel Generación Chile S.A

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” Antofagasta

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”, presentado por Enel Generación Chile S.A., con fecha 23 de abril de 2024 y admitido a trámite con fecha 26 de abril de 2024, su Adenda de fecha 19 de diciembre de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 02 de abril de 2025.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”

3°. El Acta de Evaluación 202402106100 de la Sesión Nº04/2024 del Comité Técnico de la Región de Antofagasta, de fecha 17 de junio del 2024.

4°. El ICE de la DIA de fecha 30 de abril de 2025 del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”.

5°. El acuerdo N° 14/2025 de la sesión ordinaria N° 08/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 09 de mayo de 2025.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución TRA 119046/1/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta; en el Decreto Supremo Nº 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Enel Generación Chile S.A. (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Enel Generación Chile S.A. RUT: 91.081.000-6 Domicilio Roger de Flor N°2725, Las Condes. Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 26-05-2025 16:35:16:683 UTC -04:00 Razón: Lugar:

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Teléfono (56) 226309000 Nombre del representante legal Maria Galainena De Carlos RUT: 27.881.394-0 Domicilio del representante legal Roger de Flor N°2725, Las Condes, Santiago, Chile. Teléfono representante legal (56) 226309000 Correo electrónico Titular o representante legal claudia.cerda@enel.com; contacto.permisosm@enel.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de abril de 2025, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de fecha 09 de mayo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de abril de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo extender la vida útil del Proyecto actualmente en funcionamiento hasta el año 2040. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): “c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.” Vida útil El Proyecto considera extender la fase de operación de Central Térmica Taltal hasta el año 2040, siendo la vida útil del Proyecto hasta 2041. Monto de inversión 0.- USD Mano de Obra Tabla 1. Mano de obra máxima Proyecto. Fase Mano de obra máxima Construcción 0 Operación 15 Cierre 215 Fuente: Elaboración propia en base al Capítulo N°1 de la DIA. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Envío de la carta de inicio a la Superintendencia de Medio Ambiente (en adelante “SMA”), siendo el acto que marca el inicio de la ejecución del Proyecto. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto por etapas.

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4.1. ANTECEDENTES GENERALES Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente Si No El Proyecto modificará un Proyecto o actividad existente. X

Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No El Proyecto modificará la RCA N°007/99 de fecha 17 de junio de 1999 que califica favorable ambientalmente el Proyecto “Central Térmica Taltal”. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará, a unos 2 km al norte de la localidad de Paposo, considerando desplazamientos por la Ruta 1 en la comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta. Para más detalles ver la Figura 1-1: Ubicación General del Proyecto del Capítulo 1 de la DIA. Justificación de la localización La localización de este Proyecto se justifica dado que el Proyecto ya se encuentra construido, actualmente operando, y utilizará las mismas instalaciones del Proyecto Original. Por lo anterior, el Proyecto no considera fase de Construcción. Superficie El predio del Proyecto ocupará una superficie de 46 ha, de las cuales la central ocupa 3 ha. Para más detalles ver la Tabla 1-3 del Capítulo 1 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 1: Coordenadas del Proyecto. Vértices Coordenadas UTM (WGS84 Huso 19s) Este [m] Norte [m] V1 351.967 7.235.117 V2 351.946 7.235.168 V3 351.948 7.235.614 V4 352.723 7.235.615 V5 352.718 7.235.109 Fuente: Tabla 1-2 del Capítulo 1 de la DIA. El archivo digital formato kmz con el detalle de las coordenadas de las obras permanentes y temporales se identifican en el Apéndice A del Anexo E de la Adenda Complementaria de la DIA. Caminos o vías de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde Ruta A-1, la cual une la ciudad de Taltal con la Ruta 5 Norte, al sur de Antofagasta. Para más detalles ver la Tabla 1-4 y la Figura 1-3, ambos del Capítulo 1 de la DIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones. Los Planos georreferenciados se presentan en la Tabla 2 a continuación: Tabla 2: Planos georreferenciados del Proyecto. Mapa/Plano/shp/kmz Referencia al expediente kmz del Proyecto Anexo A, Adenda Complementaria Figura AC 1: Emplazamiento Anexo F, Adenda Complementaria

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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Figura AC 3. Vista General Infraestructura Vial en el Anexo G, Adenda Complementaria Figura AC 4: Emplazamiento Hito 24 Adenda Complementaria Fuente: Tabla AC-1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para más detalles ver respuesta 1.2 y la Tabla AC- 1. “Referencias de Figuras y Planos”, ambas de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE OPERACIÓN Funcionamiento de la Central Térmica Taltal La Central se encuentra en funcionamiento desde el año 2000 luego de la aprobación del Proyecto Original mediante RCA N°109/1998 de la COREMA Región de Antofagasta. La Central cuenta de dos turbinas a gas natural General Electric 9000E, con una potencia total instalada de 240 MW nominal, utilizando como combustible principal gas natural y como combustible secundario petróleo diésel. El Proyecto Original comercializa la energía generada a través del Sistema Eléctrico Nacional (en adelante “SEN”). En la actualidad, la Central opera como respaldo del SEN dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 13/11, del MMA, norma de emisión para centrales Térmicas. Mantenimiento Esta actividad prevé el mantenimiento de los equipos mecánicos, eléctricos y de control. Los planes de mantenimiento de la central se realizarán principalmente según las recomendaciones de los fabricantes de los equipos y las horas de operación de las máquinas. Mantenimiento Programado Se consideran tres tipos de mantenimiento:

a) Preventivo: Su ejecución dependerá de las horas de funcionamiento de los equipos y/o un periodo de tiempo previamente determinado, están destinadas a conservar los equipos y dispositivos de la Central y comprenderán inspecciones, controles, y verificaciones de ajustes, etc. b) Predictivo: Permitirán predecir el posible fallo de los equipos y realizar aquellos trabajos derivados de su uso para aumentar el tiempo de disponibilidad. Este tipo de mantenimiento programado hace relación al análisis de vibraciones, termografías y análisis de aceite. c) Overhaul (mantenimientos programados): Las mantenciones a las turbinas a gas natural se desarrollarán reemplazando partes y piezas. Las piezas tendrán una vida útil, expresada en relación con los arranques efectuados dentro de un periodo de tiempo (que depende de la operación).

Para más detalles ver Tabla AC- 4 de la Adenda Complementaria de la DIA Mantenimiento Correctivo El Proyecto contará con un equipo de personal capacitado para realizar mantenciones correctivas tales como reparación o sustitución de componentes mecánicos (bombas, válvulas, piping, silenciadores, juntas de dilatación, por ejemplo) y/o reparación o sustitución de componentes eléctricos críticos (inversores, cableado eléctrico en mal estado, reparación de transformadores). Al tratarse de “fallos no programados” las actividades

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correctivas no tienen planes de mantenimiento asociados, sino que se atienden según su urgencia. Para más detalles ver Tabla AC- 4 de la Adenda Complementaria de la DIA. Transporte de personal, equipos, maquinaria para la construcción, insumos y residuos. La mano de obra, insumos y suministros básicos, serán trasladados al Proyecto en los vehículos que corresponda según la carga que transportarán. Por otra parte, se generarán residuos, los cuales deberán ser transportados desde el Proyecto hacia los sitios de disposición final. La cantidad de flujos vehiculares y el detalle de estos se presenta en la Tabla 1-8 de la Adenda de la DIA. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Productos generados La generación de energía eléctrica a través de la operación de 2 turbinas a gas con una capacidad de 120 MW cada una. La energía eléctrica generada se inyectará al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas:

El Proyecto mantendrá el uso de gas natural como combustible principal y el uso de petróleo diésel como combustible secundario. En la actualidad, las unidades TG1 y TG2 corresponden a centrales de respaldo, las cuales han presentado baja operación durante los últimos años. Del análisis de los resultados obtenidos de la estimación de emisiones atmosféricas, se concluye que, para la operación, la actividad que representa la mayor cantidad de emisiones corresponde a “Turbinas generadoras” TG1 y TG2, más en específico, las emisiones NOx, con 4.234 t/año, 6168,5 t/año para CO, y 3.372,6 t /año para SO2. Por otra parte, la actividad de resuspensión en caminos pavimentados es la segunda fuente con mayor emisión, con 7,313 y 1,404 t/año para los contaminantes MPS y MP10, respectivamente. Tabla 3. Emisiones Atmosféricas del Proyecto Fase/Contaminante (t/año) MP10 MP2.5 NOx SO2 CO Operación 110,0 112,4 4.234,9 3.372,6 6.168,8 Fuente: AD - 49.de la ADENDA de la DIA. El Proyecto Original cuenta con sistemas de reducción de emisiones de NOx en función del tipo de combustible utilizado en la operación de las unidades, dichos sistemas serán utilizados por el Proyecto, las que se indican a continuación: a) Ambas unidades cuentan con tecnologías de abatimiento NOx que consisten en combustores Dry Low NOx (DLN). Esto corresponde a una medida permanente asociada a la operatividad de los ciclos combinados con gas natural. b) Se considera la pre-mezcla de aire y combustible. Dicho proceso permite tener una mezcla homogénea que minimiza las zonas de alta temperatura y por tanto, reduce las emisiones de NOX. Esto corresponde a una medida permanente asociada a la operatividad de los ciclos combinados con gas natural. c) Ambas unidades cuentan con un sistema de inyección de agua desmineralizada hacia el interior de la cámara de combustión a través de la tobera del inyector, esto permite mantener una temperatura de combustión controlada, reduciendo así las emisiones

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de NOx. Esto corresponde a una medida permanente asociada a la operatividad de los ciclos combinados con diésel.

Para más detalle ver Tabla 5-8. “Medidas de control emisiones atmosféricas - Fase Construcción” de la Adenda de la DIA.

El monitoreo de emisiones atmosféricas se realizará conforme la Resolución exenta N°109 de enero de 2021 de la SMA. Este monitoreo incluye la estimación de los parámetros SO2, NOx, CO, CO2, O2, MP, Flujo y consumo energético de las Unidades TG1 y TG2. La metodología a la cual se ajusta corresponde a Low Mass Emission (LME). En la Tabla 4 se resumen las características principales del Proyecto. Tabla 4: Características del Proyecto.

Fuente: Tabla 1-1 del Capítulo 1 de la DIA

b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Se estima que se generará una cantidad de 49,5 m3/mes. Para el tratamiento de las aguas servidas de las nuevas instalaciones se habilitará una conexión a la PTAS existente.

c) Ruido:

Conforme a las características del Proyecto, las emisiones de ruido asociadas a la operación del Proyecto y unidades generadoras y maquinaria de mantención.

La Tabla 5 y Tabla 6 describen los niveles proyectados de emisión de ruido para la fase de operación y cierre respectivamente.

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Tabla 5. Niveles de ruido fase de operación horario diurno.

Fuente: Apéndice A Ruido, Anexo 2-1 de la DIA.

Tabla 6. Niveles de ruido fase de operación horario nocturno. Fuente: Apéndice A Ruido, Anexo 2-1 de la DIA.

Los resultados obtenidos fueron comparados con los límites máximos establecidos según el D.S. N°38/2011 del MMA, verificando que el Proyecto cumple con los límites máximos permitidos establecidos por dicha normativa, tanto en jornada diurna, como para nocturna. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” del Apéndice A del Anexo 2-1 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros. Se generará una cantidad de 300 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados. La frecuencia de retiro será de dos veces al mes, por una empresa autorizada, que dispondrá los residuos sólidos domiciliarios en sitios de disposición final autorizados.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos se generarán en las actividades de mantenimiento preventivas y correctivas. Se generará una cantidad de 7.360 kg/mes los cuales serán ordenados almacenados temporalmente en la bodega de residuos y posteriormente serán trasladados a un lugar de disposición final con autorización sanitaria., para más detalles ver Tabla AD - 14. Residuos de la Fase de Operación de la Adenda de la DIA.

c) Residuos sólidos peligrosos (RESPEL): Se generarán residuos de aceites y filtros, restos de aceites y grasas, baterías, envases de diluyentes, aceite y grasas, pinturas, huaipes contaminados, entre otros.

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El Proyecto generará una cantidad de 990 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL, para su posterior retiro por una empresa autorizada cada 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE CIERRE Actividades previas al desmantelamiento y/o demolición. El Titular procederá al desmantelamiento y/o demolición de las edificaciones, instalaciones, equipos y conductos se encuentren sin energía. Asimismo, se instalarán los equipos necesarios para el desmantelamiento y demolición. El Titular privilegiará la valorización en el desmontaje y/o retiro de los elementos que se identifiquen previamente. Para más detalles ver Tabla AC- 5 de la Adenda Complementaria de la DIA. Desconexión y desmontaje de equipos e infraestructura del Proyecto. El Titular realizará la detención y desconexión de los equipos y maquinarias que componen el Proyecto. Las principales acciones por realizar corresponderán a la inertización de todas las tuberías y equipos. Los materiales y equipos que puedan ser reutilizados o reciclados serán valorizados con terceros autorizados. Los materiales que no puedan ser valorizados serán enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria. Retiro de elementos constructivos y objetos aprovechables. Desmontaje y retiro de aquellos elementos y objetos existentes en obra que puedan ser recuperables para un uso futuro. Labores de Demolición Las superficies por demoler, considerando pavimentos y fundaciones de equipos y sistemas, abarcarán unos 23.000 m² aproximadamente. En caso de ser necesario, y de acuerdo con las especificaciones de demolición de los edificios e instalaciones, se procederá con la instalación de elementos para el sostenimiento provisional de paredes o muros. Labores de Desmantelamiento El Titular deberá desmantelar un volumen cercano a las 8.600 toneladas de estructuras metálicas, placas de acero, barras y bloques, como también fletes correspondientes a equipos y componentes de sistemas que serán reutilizados como turbinas, transformadores MT, AT, auxiliares, bombas de drenaje, ventiladores. Este material será preferentemente valorizado o vendido a terceros interesados. Restauración de Geoformas Una vez finalizadas todas las actividades de retiro de las instalaciones de la planta, el Titular implementará medidas de restauración de geoformas. Estas actividades consistirán en el retiro de todo vestigio de ocupación, incluyendo restos de escombros y materiales de desecho, con el objetivo de dejar el área limpia y despejada para su uso posterior. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables en la fase de cierre. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de demolición, los máximos aportes de MP10 y MPS corresponde a lo generado por la resuspensión producto del tránsito vehicular por caminos no pavimentados internos con un 42% y 59% del total emitido, respectivamente. Por otro lado, los máximos aportes de SO2 corresponde a los generado por la combustión de los motores de grupos electrógenos con un 97% del total de emisiones. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales:

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Tabla N°7. Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Fase/Contaminante (t/año) MP10 MP2.5 NOx SO2 CO Operación 6,9 1,1 4,8 0,05 2,2 Fuente: Tabla AD - 49 de la Adenda de la DIA.

Se implementarán las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Humectación de caminos no pavimentados, con una eficiencia del 18% al menos de 1 vez a la semana. - Barreras cortavientos en zonas de acopio de material, para el proceso de carga y descarga de material, con una eficiencia del 50% con una frecuencia, ficha de registro en obra. - Transporte de material con cubiertas en el movimiento vehicular, con una eficiencia de hasta un 80% de emisiones fugitivas. Para más detalle ver Tabla AD-52. Medidas de Control de Emisiones Fase de Cierre de la Adenda de la DIA.

b) Residuos líquidos domésticos:

Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos y serán tratados en la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Se estima que se generará una cantidad de 640 m3/mes.

c) Ruido: Para la fase de cierre el Titular realizará el desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro, levantamiento de radieres y concretos superficiales, restauración del terreno, entre otros. Para ello se utilizará, en igual o menor cantidad, maquinaria. Según los antecedentes técnicos revisados, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” En el Apéndice A del Anexo 2-1 de la DIA se presenta el Estudio de Ruido, con los resultados de la modelación realizada. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros.

Se generará una cantidad de 5.200 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en la instalación. La frecuencia de retiro será entre 1 (un) a 3 (tres) veces por semana, por una empresa autorizada, que dispondrá los residuos sólidos domiciliarios en sitios autorizados.

b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que corresponden al desmantelamiento del Proyecto y todos sus componentes.

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Se generará una cantidad de 744.000 kg/mes los cuales serán almacenados en el en Sector de Almacenamiento de Residuos Industriales No Peligrosos. Serán retirados por una empresa externa a su disposición final.

c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán RESPEL, los que estarán compuestos por los equipos desechados con hidrocarburos producto del desmontaje de la góndola, y eventuales derrames generando tierra contaminada. Se generará una cantidad de 32.990 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en bodegas del Proyecto, para posteriormente ser llevados a sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. El periodo de almacenamiento desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento, en ningún caso excederá los 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1 FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo Trimestre de 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Carta de aviso de inicio de Fase a la SMA. Fecha estimada de término Cuarto Trimestre de 2040. Parte, obra o acción que establece el término Última actividad de mantenimiento y de generación de energía. 4.4.2 FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Primer Trimestre 2041. Parte, obra o acción que establece el inicio Paralización Turbinas Generadoras N°1 y N°2. Fecha estimada de término Cuarto Trimestre del 2041. Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de las instalaciones temporales.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo El Proyecto se localizará, a unos 2 km al norte de la localidad de Paposo, considerando desplazamientos por la Ruta 1 en la comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta.

En relación con las emisiones a la atmósfera serán generadas durante la fase de operación y éstas corresponderán principalmente al funcionamiento de las unidades generadoras y gases provenientes de actividades y al tránsito de vehículos. La fase de operación tendrá una duración de 15 años.

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Analizados los antecedentes presentados por el Titular en los Anexos en el Anexo Ñ de “Estimación de Emisiones” y Anexo T “Modelación de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, ambos de la Adenda de la DIA, se observa que el Proyecto no generará impacto en los receptores poblacionales cercanos al Proyecto.

Para efectos de la modelación de calidad del aire, se consideraron dos escenarios: el Escenario 0, correspondiente a las emisiones reales del Proyecto para el año 2022, que fue contrastado con el Escenario 1, el cual representa las emisiones en un peor escenario, es decir, la operación del Proyecto solo con combustible Diesel, y actividad 365 días al año.

En el Escenario 1, la modelación arrojo un aporte a la concentración de NO2 con mayor magnitud se observó en el Receptor N°30, registrando 15,44 μg/m3N como promedio anual, 46,44 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 24 horas y 141,01 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora. Lo cual representa el 38,6%, 46,4% y 70,5% del límite normativo anual, diario y horario respectivamente

Mientras que el máximo para el Escenario 0 equivale 2,7%, 6,7% y 9,8% del límite normativo anual, diario y horario respectivamente en el Receptor N°2, el cual representa el escenario de línea base de emisiones, correspondiente a lo observado en el año 2022.

En el Escenario 0, el mayor aporte a la concentración de CO se observó en el Receptor N°30, con una concentración de 1,69 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones 8 horas y 2,26 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora. Lo cual representa el 0,02% y 0,01% del límite normativo de 8 y 1 hora respectivamente. En contraste del 1,3% y 0,7% que indica el Escenario 1 para el Receptor N°30, en el que se observa un aumento en comparación de la norma, respecto del Escenario 0, siendo 134,51 μg/m3N como percentil 98 de las concentraciones 8 horas y 205,9 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora.

En conclusión, los resultados indican que en ninguno de los receptores evaluados se superarán los límites establecidos para la calidad del aire (MP10, MP2,5, SO2, NO2 y CO). Por consiguiente, los aportes del Proyecto no implicarán la superación de los valores de las concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

Respecto de las emisiones de ruido, se prevé la generación de ruido durante la fase de construcción, operación y cierre procedentes principalmente para la fase de construcción y cierre de las actividades de transporte, movimientos de tierra, uso de maquinarias y equipos. El Área de Influencia

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para el componente ruido, se definió a una distancia de hasta 2.700 [m], y no abarca sectores con emplazamientos humanos, por lo que se descarta una afectación a la salud de la población a partir del desarrollo del Proyecto. Para controlar las emisiones atmosféricas durante la fase de operación y cierre del Proyecto, se implementarán las medidas de control que se describen en los numerales 4.7.5.1., 4.8.4.1. del presente Informe Consolidado de Evaluación. Para más detalle ver Anexo Ñ de “Estimación de Emisiones” y Anexo T “Modelación de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, ambos de la Adenda de la DIA. El Titular propone un Plan de seguimiento de variables ambientales – Calidad de Aire, y Emisión de Gases Contaminantes descrito en el Anexo S de la DIA y compromisos ambientales voluntarios según se describe a continuación:

CAV 8: Taller monitoreo de calidad del aire. CAV 10: Entrega de resultados de monitoreos ambientales. Entregar anualmente los resultados de monitoreos ambientales a la mesa informativa, para el conocimiento de la comunidad. CAV 11: Mantención tablero parámetros ambientales: Mantener operativa el tablero que presenta los parámetros ambientales monitoreados de calidad del aire para información de la comunidad de Paposo. En materias de ruido ambiental se prevé la generación de ruido durante la fase operación y cierre de este, procedentes de las actividades de transporte, movimientos de tierra, uso de maquinarias, operación de turbinas y equipos. El Apéndice A del Anexo 2-1 de la DIA se presenta el Estudio de Ruido, con los resultados de la modelación realizada En el AI de este componente, se identificaron receptores que por las emisiones acústicas, determinándose un total de 4 puntos vinculados a zonas habitadas los cuales fueron seleccionados por su cercanía con las obras del Proyecto. Los resultados obtenidos fueron comparados con los límites máximos establecidos según el D.S. N°38/2011 del MMA, verificando que el Proyecto cumple con los límites máximos permitidos establecidos por dicha normativa.

El Proyecto no considera la liberación de ningún efluente al medio ambiente, por lo tanto, no generará ni presentará riesgo a la salud de la población por exposición a emisiones y efluentes sobre recursos naturales renovables. Los residuos líquidos provenientes de las instalaciones sanitarias se conectan a través de alcantarillado a las dos plantas de tratamiento de aguas servidas instaladas en el Proyecto Original, las que tienen una capacidad de 9.600 l/día.

En lo referido a la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos líquidos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, toda vez que, estos serán manejados conforme a la normativa vigente.

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De acuerdo con lo anterior, no existirá exposición a contaminantes debido al impacto generado por la generación de emisiones atmosférica, el manejo de residuos líquidos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, toda vez que, estos serán manejados conforme a la normativa vigente.

Por lo que se descarta una afectación a la salud de la población a partir del desarrollo del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos. Operación de turbinas generadoras. Combustión de vehículos. Generación de residuos por actividades del Proyecto. Fase en que se presenta Operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1 y 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo Pérdida de suelo: El AI del Proyecto para la caracterización del componente suelo corresponde a la superficie total del área predial en donde se inserta Proyecto, correspondiente a una superficie de 46 ha, de las cuales la central ocupa 3 ha. El predio no ha sido utilizado para la actividad agrícola debido a la escasez de agua del sector y sus características edafológicas. La zona del Proyecto se encuentra dentro de la clasificación de suelos como Aridisoles, es decir, suelos secos con o sin horizontes argílicos y con acumulación de carbonatos o de sales solubles. En relación a las partes, obras y acciones que conforman el Proyecto, este no considera la ejecución de una fase de construcción, dado que corresponde a la continuidad de la operación de las unidades de generación eléctrica existentes, por lo cual no presentará una intervención física en las condiciones del suelo, debido a que no se consideran nuevas obras e infraestructura en el área del Proyecto. No habrá alteración de suelo y vegetación, por lo que no se considera una afectación significativa. Adicionalmente, el Titular establece en el Plan de Contingencias y Emergencias del Proyecto acciones y medidas para eventos asociados a derrames y similares que pudiesen eventualmente afectar al componente suelo.

El Proyecto no generará afectación sobre el recurso hídrico: El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos y en el área de influencia, (en adelante “AI”) del Proyecto no existe la presencia de zonas de vegas y/o bofedales, ni humedales. Por otra parte, el Proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas o superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del Proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos, no se prevén impactos sobre este componente.

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Con estos antecedentes se puede establecer que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso agua.

Alteración de la calidad del aire: El Proyecto no generará efectos adversos significativos debido a emisiones atmosféricas, efluentes o residuos que puedan ocasionar una superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes. En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado (MPS) y gases de combustión, derivadas principalmente del tránsito de vehículos y las actividades de mantención. La mayor emisión de material particulado será en la fase de operación y cierre, estimándose un aporte anual y diario nulos en el receptor más cercano. Según las características del Proyecto, en cuanto a la generación de emisiones atmosféricas, estas corresponden a material particulado (MP10 y MP2,5) y gases de combustión de motores (CO, HC, NOx y Sox), descritos en la sección 4.6.4.1; 4.7.5.1 y 4.8.4.1 del presente Informe Consolidado de Evaluación, en cantidades poco significativas, por tanto, no afectarán las condiciones de línea base en las que se encuentran el suelo, el aire o el agua, ni su capacidad para sustentar la biodiversidad.

Pérdida de Flora Respecto al componente Flora y Vegetación, se definió un AI de la totalidad de superficie del Proyecto y un buffer mínimo de 90 metros, abarcando una superficie de 37,6 ha.

Según la clasificación de Luebert y Pliscoff (2017), el AI se encuentra dentro de piso vegetacional “Matorral desértico mediterráneo costero de Gypothamnium pinifolium - Heliotropium pycnophyllum” que corresponde a un matorral abierto xeromorfo dominado por los arbustos Heliotropium pycnophyllum, Gypothamnium pinifolium, Chuquiraga ulicina, Tetragonia maritima y Nolana divaricata, con una importante participación de cactáceas del género Copiapoa (e.g. C. cinerea, C. cinerascens, C. haseltoniana).

El AI abarca se registraron cuatro (4) recubrimientos de suelo y cinco (5) formaciones vegetales, constituidas por formaciones xerofíticas de cactáceas y matorrales xerofíticos. La mayor parte del AI (36,2%) corresponde al recubrimiento de matorrales xerofíticos Con respecto a los tipos biológicos, los arbustos son predominantes, registrándose un total de 6 especies, equivalentes al 30%, seguidas de los subarbustos, arbusto suculento y hierba anual, con un total de 3 especies registradas, equivalente a un 15%, mientras que se registran dos (2) hierbas perennes (10%) y una (1) especie hierba suculenta, hierba anual o perenne, subarbusto trepador (5%). De esta última categoría, hierba anual, hay tres especies que solo se encontraron en una campaña, estas fueron, Nolana aplocaryoides y Salvia rhombifolia encontradas en la campaña de invierno, y Mesembryanthemum crystallinum observada en la campaña de verano, el detalle se encuentra en la Tabla 8 a continuación:

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Tabla 8: Formaciones vegetales definidas en el AI del Proyecto.

Fuente: Tabla ET- 9 del Anexo 2-2 de la DIA.

Por otra parte, respecto al estado de conservación de las especies registradas en el Área de Influencia, según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), se registraron cuatro (4) especies en categoría de conservación, estas fueron: a) Copiapoa cinerea, clasificada como “En Peligro – EN” en el 19no Proceso de Clasificación, según el D.S. 2/2024 del MMA. b) MMA5to Proceso de Clasificación, según el D.S. 33/2011 MMA; c) Eulychnia iquiquensis, clasificada como “Vulnerable – VU” en el 2do Proceso de Clasificación, según el D.S. 50/2008 MINSEGPRES; d) Pyrrhocactus taltalensis, clasificada como “Vulnerable – VU” en el 9no Proceso de Clasificación, según el D.S. 13/2013 MMA; e) Cistanthe cachinalensis, clasificada como “En Peligro – EN” en el 7mo Proceso de Clasificación, según el D.S. 42/2011 MMA. Lo anterior se fundamenta en los resultados de las campañas para la componente flora y vegetación vascular realizada entre los días 11 al 15 de septiembre del 2023 y los días 3 al 6 de enero del 2024, las cuales son presentadas en detalle en el correspondiente informe de línea de base (ver Anexo 2.2 de la DIA). Debido a que el Proyecto extenderá la fase de operación Central Térmica Taltal hasta el año 2040, donde no se construirán nuevas obras y por ende la vegetación no se verá afectada. Tampoco se espera una afectación mayor por parte del funcionamiento de la Central sobre la vegetación, ya que se ha visto documentado por parte de los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011 en adelante que, la vegetación presente en el AI no demuestra una alteración en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente.

El Proyecto no generará afectación sobre fauna terrestre. Del análisis de la información presentada por el Titular en el Anexo 2.2 “Fauna Terrestre” de la DIA, se puede indicar que el Titular realizó dos

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campañas de terreno, la primera campaña se realizó entre los días 12 al 15 de septiembre del 2023, mientras que la segunda campaña realizada en la temporada de verano entre el 3 y 6 de enero del 2024.

La Tabla ET-20, del Anexo 2.2 de la DIA presenta el listado de especies de fauna vertebrada terrestre registradas durante las campañas de terreno invierno, verano y el estado de conservación de estas especies.

Del total de 38 especies registradas en el AI del Proyecto, diecisiete (17) se encuentran bajo alguna categoría de conservación según las clasificaciones establecidas por el RCE del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), correspondientes a: a) Siete (7) reptiles, correspondientes a Iguana chilena (Callopistes maculatus), categorizada como Casi amenazado (NT) (D.S. N°16/2016 MMA); Gecko del norte chico (Garthia gaudichaudi), categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N°52/2014 MMA);Lagartija de Plate (Liolaemus platei) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 16/2016 MMA); Lagartija de Atacama (Liolaemus atacamensis) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 16/2016 MMA);Corredor de Atacama (Microlophus atacamensis), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 23/2019 MMA); Gecko del norte grande (Phyllodactylus gerrhopygus), categorizada como Vulnerable (VU) (D.S. N° 23/2019 MMA); y Culebra de cola larga (Philodryas chamissonis), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N°16/2016 MMA).

b) Seis (7) aves, correspondientes Pilpilén (Haematopus palliatus) en categoría casi amenazada (NT) (D.S. N° 16/2020 MMA); Pilpilén negro (Haematopus ater) categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N° 10/2023 MMA); Zarapito común (Numenius phaeopus) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. 44/2021 MMA); Golondrina de mar chica (Oceanites gracilis) en categoría Datos insuficientes (DD) (D.S. N° 79/2018 MMA), Lile (Phalacrocorax gaimardi) categorizado como Casi amenazado (NT) (D.S. N°79/2018 MMA), Piquero (Sula variegata) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N°79/2018 MMA) y Gaviota garuma (Leucophaeus modestus) Vulnerable (VU).

c) Tres (3) mamíferos, correspondientes a Murciélago orejas de ratón de Atacama (Myotis atacamensis), en categoría Casi amenazada (NT) (D.S. N° 16/2016 MMA); Zorro culpeo (Lycalopex culpaeus), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 33/2012 MMA); y Murciélago cola de ratón (Tadarida brasiliensis), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. N°06/2017 MMA).

Finalmente, en virtud del principio precautorio y la superposición de las obras del Proyecto con sectores que podrían presentar reptiles, el Titular presentó la implementación del CAV - 9: Perturbación controlada de individuos de baja movilidad” (ver Capitulo 7 Compromisos Ambientales Voluntarios de DIA).

Del análisis de lo expuesto precedentemente el Proyecto no generará impactos ambientales significativos sobre los recursos naturales renovables,

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dado que el Proyecto no intervendrá recursos renovables escasos, únicos o representativos. En ninguna fase del Proyecto se extraerán ni explotarán recursos renovables. Parte, obra o acción que lo genera Operación de turbinas generadoras y tránsito de vehículos. Operación de la central y servicios sanitarios. Fase en que se presenta Operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2 y 6.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

De conformidad a la división Político-Administrativa, el Proyecto se ubica en la comuna de Taltal, provincia y Región de Antofagasta en la Ruta 1, a 2 kilómetros al norte de la localidad de Paposo y a 55 kilómetros al norte de la ciudad de Taltal, la información actualizada se presenta en el Anexo Q Descripción de Proyecto de la Adenda de la DIA.

De acuerdo con el análisis de los antecedentes sobre la caracterización del medio humano, presentados en el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA, el Área de Influencia de Medio Humano (en adelante AIMH) corresponde a los sectores poblados cercanos al área del Proyecto correspondiente a la localidad de Paposo, que abarca tres entidades rurales: El Gaucho Alto, Quebrada Paposo y Paposo, todas del Distrito Censal N°4.

Para la descripción de Grupos Humanos Pertenecientes al Pueblo Indígena (en adelante GHPPI), el Titular consolido información en el Anexo F Medio Humano Caracterización Comunidades Indígenas Changas en la Adenda complementaria, identificando a: (1) Comunidad Indígena Changa Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra, (2) Comunidad Indígena Changos de Cachinales, (3) Comunidad Indígena Changa Loreto, (4) Comunidad Indígena Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector la Playita y la Rinconada, (5) Comunidad Indígena Changos Almendares del Gaucho, (6) Comunidad Indígena Changa Estrella Recolectores la Playita y (7) Comunidad Indígena Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo, así como también, describió y vinculó a agrupaciones y organizaciones del pueblo chango de la comuna de Taltal, tales como: (1) Agrupación Indígena Changos de Cachinales, (2) Comunidad Changos vivientes Finao Loreto, (3) Comunidad Changa Elly Morales, (4) Comunidad Changos Cazadores del Gaucho, (5) Organización Gaucho, (6) Comunidad Almendares del Gaucho, (7) Agrupación Changos recolectores de La Playita, (8) Comunidad changa Estrella Almendares, (9) Organización Playita, (10) Organización Salitre y (11) Agrupación changa Pabla Almendares "Mujer de Mar y tierra".

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El Proyecto no generará la intervención, uso ni restricción de acceso a recursos naturales utilizados por grupos humanos indígenas y no indígenas del AIMH, de la revisión del Anexo Q Descripción de Proyecto de la Adenda confirma que, dadas las características del proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables en la fase de operación y cierre que considera el Proyecto. Por otro lado, el Titular presentó el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA, en el que se concluye que la economía de la comuna de Taltal se centra en la actividad minera, impulsado por otras actividades como la industria manufacturera o el transporte, además de la pesca ha sido históricamente un sector relevante para la economía local y que no se verá afectado con motivo del Proyecto. Así también, el Titular presentó el Anexo H Medio Humano en la Adenda de la DIA y el Anexo F Medio Humano en la Adenda Complementaria de la DIA, concluyendo que, los GHPPI identificados presentan una estrecha relación con el mar y la tierra, desarrollando la pesca y recolección de algas en todo el borde costero, así como también recolección de hierbas en el sector de la Rinconada, fuera del AI del Proyecto.

De la caracterización y análisis de información, se concluye que, existen tres sitios de significancia cultural para los GHPPI de la etnia Changa, a saber: (1) “Aguas La Higuera” que se encuentra dentro del Área del Proyecto, (2) “Cementerio” a 55 metros del área del Proyecto y (3) “La capilla” a 1,5 kilómetros del área del Proyecto, a lo largo de la evaluación ambiental, se acredita que el Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción de sitios a través de sus obras, partes o acciones, al utilizar instalaciones existentes, lo anterior, debido a que el Proyecto corresponde a una continuidad operacional, que no considera fase de construcción, solo fase de operación y cierre, por ello, no será necesaria la intervención de rutas que pudieran significar una restricción de acceso. Por otro lado, respecto al componente ruido, el Titular descarta afectación dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA tanto en jornada diurna como en jornada nocturna para los receptores identificados, bajo un escenario desfavorable, es decir, mediante el funcionamiento simultaneo y constante de todas las maquinarias operando durante las 24 horas.

Para abordar y descartar impactos viales asociados al Proyecto sobre los Grupos Humanos del AIMH, el Titular presentó el Anexo G: Informe Estudio Vial, para describir aspectos tales como rutas de transporte asociadas al Proyecto, demanda vehicular actual, demanda vial futura y estimación de efectos. En este estudio se identificaron las principales rutas para acceder al Proyecto, la cual corresponde a la Ruta B-710, que conecta hacia el Norte con la Ruta 5 y desde esta con las ciudades de Antofagasta y Mejillones, y la Ruta 1, que conecta con la localidad de Paposo y la ciudad de Taltal, así también, a partir de la información del Plan Nacional de Censos y Estudios, se proyectaron situaciones bases para las fases de Operación y Cierre, considerando el 2025, 2040 y 2041, en el cual se concluyó que, en términos generales la infraestructura analizada cumple con las condiciones físicas adecuadas para absorber, en los escenarios evaluados, el aumento propio de la demanda vehicular, como el de los flujos del Proyecto. Por último, se releva que este estudio consideró una sobre estimación, dado que el Proyecto se encuentra en operación y los vehículos utilizados por éste se encuentran contabilizados en el Plan Nacional de Censos de la Dirección de Vialidad.

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A fin de descartar los impactos significativos asociados a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios e infraestructura básica, se analizó la información contenida en el Anexo Q Descripción de Proyecto de la Adenda, el presente Proyecto para la fase de operación considera mantener la cantidad de trabajadores actual que corresponde a 10 operarios, con un peak de 15 trabajadores, respecto a insumos y servicios el Titular considera servicios sanitarios existentes (compuestos por wc, lavamanos y duchas), mismo sistema de abastecimiento de agua potable a través de camiones aljibes proveniente de empresas autorizadas por la autoridad sanitaria y casino para que trabajadores puedan llevar su alimentación, agua industrial para la operación de la central proveniente de estanques provisionadas por camiones aljibes, manteniendo el actual sistema y cantidad de agua industrial.

Para la fase de cierre que comprende 12 meses, el Titular considera en promedio una mano de obra de 143 trabajadores mensuales, con un mínimo de 45 personas en el primer y último mes, y un máximo de 215 trabajadores en el octavo mes. Respecto a insumos y servicios, el Titular considera los servicios sanitarios actuales, adicionando baños químicos en los frentes de trabajo. Respecto al agua potable, el consumo de los trabajadores será abastecido por una empresa sanitaria autorizada, considerando 150 litros por persona al día, según lo establece el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. Respecto al servicio de alimentación y alojamiento, no se contempla la construcción de campamento, como tampoco alojamiento para los trabajadores en la localidad de Paposo, ya que se arrendarán habitaciones y casas en la ciudad de Taltal y el personal se trasladará diariamente a la obra en buses especialmente contratados por el Titular; el sistema de colación será suministrado por un externo establecido en el lugar de las faenas, considerando que la preparación y manipulación de los alimentos se hace fuera de los terrenos del Titular. Finalmente, respecto al agua industria, este será abastecido por un proveedor autorizado, por medio de un camión aljibe desde fuentes autorizadas.

En relación con lo planteado anteriormente, esta Autoridad Ambiental descarta toda alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos del AIMH, ya que el Proyecto no se vinculará con los servicios disponibles en la localidad de Paposo.

Dicho lo anterior, el Proyecto no generará reasentamiento de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas o alteración significativa de los SVCGH, en ninguna de sus fases. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3. y 6.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES

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PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a Áreas Protegidas. El Proyecto no considera la intervención de los cursos de agua adyacentes en ninguna de sus dos fases (Operación y Cierre), ni de forma directa ni indirecta. En base a que el Proyecto no contempla modificaciones a las actividades que se realizan y se han realizado en el territorio, sino que corresponde a un aumento de vida útil. El Proyecto no generará alteraciones o impactos a los objetos de protección. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 y 6.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto, en ninguna de sus fases, generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. A partir de los resultados expuestos en la caracterización de Paisaje (ver Anexo 2-4 de la DIA), se determinó que el AI se emplazará en la macrozona denominada “Norte grande”, y Subzona “Cordillera de Los Andes”, y según el método establecido en la Guía de Valor paisajístico (SEA, 2019) este paisaje presenta valor paisajístico, dado fundamentalmente por la dominancia de atributos abióticos o físicos, principalmente por la presencia extensiva de zonas desérticas definidas por los componentes geológicos y geomorfológicos. Adicionalmente, las instalaciones del Proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas. El AI no posee valor turístico dentro de su entorno debido a la ausencia de flujo de visitantes o turistas, lo cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico, de acuerdo con lo indicado en el artículo 9 del RSEIA y en la Guía de Valor Turístico en el SEIA (2017), tampoco posee valor cultural debido a la ausencia de atractivos turísticos culturales y tampoco presenta valor patrimonial, ya que, el área de estudio sólo presenta servicios relativos a restaurantes y servicios de arriendo de vehículos asociados al carácter industrial de la zona, por lo que, no corresponden a servicios turísticos; además, hay ausencia de actividades turísticas en el área de estudio. De esta manera, las partes, obras y/o actividades del Proyecto no presentarán alteración significativa del valor turístico, tampoco obstruirá el acceso ni alterará zonas con valor turístico.

El Proyecto no se emplazará en un área declarada como zona o centro de interés turístico nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº1.224 de 1975. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto.

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Fase en que se presenta Fase de Operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.5. y 6.5 del ICE

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo El Proyecto no generará impactos ambientales sobre sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Al interior del AI del Proyecto, así como en las áreas cercanas a este, no se emplaza ningún monumento declarado bajo la categoría de Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y/o Zonta Típica o Pintoresca al interior del AI del Proyecto. Además, no existen en el área sitios arqueológicos descritos por el MOP (1994).

Los Monumentos Históricos más cercanos se encuentran a 45 y 88 km del área del Proyecto y corresponden a la Locomotora y Recinto del ex ferrocarril salitrero de Taltal, respectivamente. Lo anterior, según el análisis realizado por este Servicio al Anexo 2-3 Línea de Base Arqueológica de la DIA. En Proyecto no considera fase de construcción para nuevas obras, por lo que no existirán nuevos movimientos de tierras y excavaciones. Conforme a los antecedentes expuestos anteriormente, el Proyecto no es susceptible de alterar significativamente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288.

En el Anexo 2-3 el Titular presentó la Caracterización del Patrimonio Histórico, Arqueológico Paleontológico y Cultural de la DIA, donde se caracterizó de la zona de emplazamiento del Proyecto mediante la recopilación documental y bibliográfica especializada disponible y mediante una prospección superficial en terreno. El AI definida para el Proyecto fue recorrida en su totalidad con prospecciones por medio de un sistema de transectas paralelas realizadas cada 20-25 metros se registraron hallazgos arqueológicos en superficie que se encuentran protegidos por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Dada la presencia de hallazgos arqueológicos de índole prehispánicos, no obstante, Proyecto no contempla ningún tipo de movimiento de tierra. El Proyecto no ejecutará nuevas obras, por cuanto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. En razón al principio precautorio, el Titular establece el Compromiso ambiental voluntario: Charlas de inducción sobre patrimonio cultural a los trabajadores a fin de:

a) Capacitar al personal involucrado en la fase de operación, considerando la prehistoria del sector, junto con hallazgos arqueológicos presentes en el polígono del área.

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b) Dar a conocer los pasos a seguir en caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier trabajo dentro del área del Proyecto Para más detalles ver el Anexo 2-3 de la DIA, y Anexo I, Adenda Complementaria de la DIA.

De acuerdo con los Anexo 2-6 Línea Base de Medio Humano y al Anexo 2- 5 Uso del Territorio de la DIA, y la información contenida en el Anexo F de la Adenda Complementaria de la DIA, el Proyecto no se desarrollan manifestaciones habituales culturales o del folclor de alguna comunidad o grupo humano, incluidos los pueblos indígenas.

Por otra parte, de la revisión de las entrevistas levantadas a especialista los sitios de significancia con uso habitual registrado corresponden al Cementerio, el que no fue indicado como de significancia, en línea con las conductas históricas evidenciadas en la literatura y comentadas en la entrevista con especialista. El cementerio se encuentra a 55 metros del área del Proyecto, cuenta acceso independiente, por lo que de descarta la afectación del Proyecto a estos sitios de significancia.

El Proyecto se ubica en un predio privado sin acceso a la población donde no se llevan a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de pueblos, comunidades o grupos humanos en general o grupos indígenas, por lo que las partes, obras y/o acciones del Proyecto no son susceptibles de afectar actividades. lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. Parte, obra o acción que lo genera No aplica. Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6. y 6.6 del ICE.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establecen en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Tolva de almacenamiento de RSD, Sitio de almacenamiento de RSINP. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N.1 Adenda de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias.

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Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0027 fecha 08 de enero de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles

Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establecen en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de RESPEL Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el en el Anexo N.2 Adenda de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0027 fecha 08 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles

Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.

6.1.3. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Asociada a la obra “Construcción muro perimetral de gaviones para protección aluvional en la central termoeléctrica Taltal II Región”; respecto de lo cual la Titular presentó en el “Anexo D PAS 157”, Cabe mencionar, que dichas obras ya se encuentran construidas. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo D de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 142 fecha 17 de abril de 2025 la Dirección General de Aguas, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 157. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos o construcciones fuera de los limites urbanos, según se establecen en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Edificaciones proyectadas para la Fase de Cierre. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo E de la Adenda Complementaria de la DIA.

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Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 122 fecha 04 de abril de 2025 el Servicio Agrícola Ganadero, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160. Con relación a la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, mediante el OF.ORD. D.R. N° 20250200241 de fecha 21 de abril de 2025 del SEA, se reiteró la solicitud de pronunciamiento sectorial a la SEREMI, respecto al otorgamiento del PAS 160 del RSEIA, en virtud de los antecedentes aportados por el Titular en la Adenda complementaria del EIA. Al respecto, transcurrieron más de diez (10) días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial deberá tenerse por otorgado favorablemente por parte de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N° 40/2013, RSEIA y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N° 19.300. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.4 del ICE del Proyecto.

6.1.5. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA. Parte u obra a la que aplica Las obras y partes que componen el Proyecto no consideran fase de construcción de obras permanentes y/o temporales, ya que implica ampliar la vida útil y con ello dar continuidad a la operación actual de La Central. El área en donde se emplazan las obras del Proyecto se encuentra emplazadas en Áreas de Protección, particularmente en la Zona de Protección de Planicie Costera (ZPPC) y en la Zona de Protección Ecológica 2 (ZPE2) según el PRBC II Región. La descripción de estas zonas y el uso de suelo del PRIBC II Región. El proyecto constituye uso de suelo de infraestructura energética (art 2.1.29 de la OGUC). Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N.4 de la Adenda de la DIA. Calificación de la parte u obra Se califican como “Molesta” las partes y obras que implican este Proyecto. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento No se establecen condiciones. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0027 fecha 08 de enero de 2025, la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular, otorgando la Calificación Técnica como Molesta.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Norma Decreto de Fuerza Ley N° 458/1976 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Otros cuerpos legales D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

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7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de instalaciones permanentes del proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza fuera del área urbana y no contempla la urbanización de terrenos rurales para la ejecución y desarrollo de este. El Proyecto no generará núcleos urbanos al margen de la planificación urbana regional, esto debido al tipo de proyecto y sus características. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. • Registro con informes, aprobación y resultados y/o comentarios de las inspecciones realizadas, que se encontraran disponibles en las Oficinas del Proyecto. Forma de control y seguimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma Decreto Supremo N°47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que “Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”. En específico el artículo 2.1.29 Otros cuerpos legales asociados Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de instalaciones permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto se emplaza fuera del área urbana regulada por el Plan Regulador Comunal de Antofagasta, por lo que se permite la existencia de instalaciones o edificaciones de infraestructura energética, en cumplimiento con las autorizaciones exigidas para las construcciones de equipamiento de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, siempre que no contemplen procesos productivos, en cuyo caso, se le considerará como industria. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. • Registro con informes, aprobación y resultados y/o comentarios de las inspecciones realizadas, que se encontrarán disponibles en las Oficinas del Proyecto. Forma de control y seguimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.2 del ICE del Proyecto.

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7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial. Norma Resolución N°73/2004, del Gobierno Regional de Antofagasta, que promulga “Plan Regulador Intercomunal del Borde Costero II Región” Otros cuerpos legales asociados Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de instalaciones permanentes del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto cumple con la normativa urbanística aplicable, acreditándose una compatibilidad territorial. Asimismo, es posible descartar la afectación sobre la fauna y flora endémica identificada o al borde costero, por lo que el Proyecto, no se contrapone con lo definido para la “Zona de Protección Ecológica II” ni para las “Zonas de Protección de Planicie Costera”. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. • Informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos. Forma de control y seguimiento • Obtención de Informes favorables de los servicios. • Obtención Resolución de Calificación Ambiental Favorable. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.3 del ICE del Proyecto.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones a la atmósfera en todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento - Se revisará que todos los certificados de revisión técnica y de gases de los vehículos y maquinarias estén al día, manteniendo un registro de estos documentos en las dependencias del Proyecto. - Se verificará semestralmente que todos los vehículos y maquinarias cuenten con sus mantenciones respectivas al día. Las mantenciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - Se verificará en el acceso al Proyecto que los camiones que ingresen y egresen de las dependencias, y transporte de materiales, lo hagan con la carga cubierta. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de la mantención de maquinarias y vehículos, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento - Se asignará un encargado quien verificará: control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias y

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7.4. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. vehículos, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en caso de que aplique. - Se mantendrán los registros disponibles para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma Decreto Supremo N° 13/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Turbinas. Forma de cumplimiento El Proyecto actualmente cuenta con un monitoreo de emisiones, de acuerdo con lo exigido en esta normativa y sus Protocolos y se adaptará a los cambios normativos futuros en caso de aplicar. Este monitoreo se seguirá realizando durante la fase de operación del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Reportes trimestrales enviados a la autoridad según la normativa donde conste el cumplimiento de los límites establecidos. Informe Técnico de Fiscalización Ambiental que emite anualmente la SMA, que evalúa el cumplimiento normativo del D.S. N°13/2011 MMA, en base a los reportes enviados. Forma de control y seguimiento Comprobantes de envío de informes de emisiones que permiten acreditar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N°13/2011 MMA Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2. del ICE del Proyecto.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma Decreto Supremo N °138/2005 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fuentes de emisiones fijas. Uso de equipos electrógenos. Forma de cumplimiento Todas las emisiones producidas por fuentes fijas continuarán siendo debidamente declaradas de acuerdo con lo estipulado en el presente Decreto, en los plazos correspondientes, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, específicamente en el Registro Único de Emisiones Atmosféricas. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de las emisiones de los equipos de grupo electrógeno y turbinas a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de

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7.6. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) en su página web https://vu.mma.gob.cl/ Forma de control y seguimiento - Se cuenta con un encargado quien realiza y verifica la declaración de emisiones mediante Ventanilla Única. - Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada. Se mantendrá un registro de los certificados de declaración enviada al RETC en las Oficinas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.2.3. del ICE del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Norma Decreto Supremo N° 279/1983 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados - Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. - Decreto Supremo N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. - Decreto Supremo N° 211/91 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones - Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2007 del Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos motorizados, camiones y maquinarias, los cuales emitirán gases a la atmósfera producto de la combustión de sus motores. Forma de cumplimiento Se verificará que todos los vehículos que se utilicen para la ejecución del Proyecto cuenten con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día, además de ser mantenidos periódicamente. Lo anterior será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro del Permiso de Circulación, Revisión Técnica y mantenciones de los vehículos de empresas contratistas que ingresen al área del proyecto. - Registro del Permiso de Circulación, Revisión Técnica y mantenciones de los vehículos de ENEL Generación Chile S.A. Forma de control y seguimiento Se verificará semestralmente el registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día y el registro de mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.4. del ICE del Proyecto.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma Decreto Supremo N°75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Ley N° 18.290/2009 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre.

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7.8. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de carga. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a los contratistas de los servicios de transporte de material, cumplir con la norma enunciada; de tal manera, que los camiones que transporten los residuos generados en los frentes de trabajo deberán estar construidos y adecuados de forma que no caigan al suelo residuos durante su transporte. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta o sistemas estancos, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y seguimiento - Se verificará periódicamente el registro de la entrada y salida de camiones de materiales. - En el acceso a las instalaciones se verificará el estado de la carga de los camiones. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5. del ICE del Proyecto.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Acústicas. Componente/materia: Emisiones Acústicas. Norma Decreto Supremo N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales D.S. N° 47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades de operación y cierre que generen emisiones acústicas. Forma de cumplimiento De acuerdo con la modelación de los niveles proyectados de ruido, considerando los escenarios más desfavorables, el Proyecto, en sus distintas fases, cumplirá con los límites máximos establecidos por el presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrá registro de la revisión técnica al día de vehículos. • Se mantendrá registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos. Forma de control y seguimiento • Se solicitarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día y se generará un registro mensual con la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. • Se realizará chequeo de los antecedentes que acrediten las mantenciones de maquinarias y equipos, y se generará un registro mensual con fecha, individualización del encargado, comentarios respecto de revisión de documentos, copias. • Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.6. del ICE del Proyecto.

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7.10. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica. Norma Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº43, De 2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Alumbrado de exteriores. Forma de cumplimiento Se seleccionarán luminarias certificadas por organismos autorizados por la SEC, cumpliendo con los límites de intensidad luminosa indicados en el artículo 5. Al encontrarse en una comuna afecta al plan RECOGE de Golondrinas de mar del norte de Chile, se deberá cumplir con la Tabla 2 del D.S. Nº1: “Límites de Radiancia Espectral en Áreas de Protección Especial” Indicador que acredita su cumplimiento • Se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo N°12 del D.S. N°1/2022 del MMA; por lo que las luminarias utilizadas para el alumbrado exterior contarán con una certificación de cumplimiento de los límites de emisión contemplados en esta norma. Dicha certificación será emitida por la SEC por cada tipo de luminaria adquirida. • Plano de ubicación de las luminarias en formato digital (dwg, kml, shp, pdf), con su respectiva georreferenciación, además de fotografías de las luminarias identificando los sellos de certificación con los que cuente. Forma de control y seguimiento • Certificado de luminaria emitido por la SEC. • Una vez puesto en funcionamiento el alumbrado, se emitirá un único reporte con el detalle de dichas luminarias instaladas, el cual será enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.7. del ICE del Proyecto.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 655/1940 del Ministerio de Salud D.F.L. Nº 1/1989 del Ministerio de Salud Ley N° 20.920/2016 del Ministerio de Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las actividades asociadas a la operación y cierre del Proyecto generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables, sólidos inertes y peligrosos. Forma de cumplimiento El Proyecto contempla también lugares temporales destinados a acumular los distintos tipos de residuos que generará (domésticos, industriales inertes e industriales peligrosos) durante la operación y cierre del Proyecto.

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7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos. En todos los casos, el proyecto cumplirá con lo señalado en el Código Sanitario en todas las fases del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos, el cual se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto. Forma de control y seguimiento • Se realizará Inspección visual y/o registro fotográfico implementación sitio de acopio temporal residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales inertes, generándose un registro mensual con la información recopilada en estas inspecciones. • Se llevará un control de los retiros de los distintos tipos de residuos. Este registro de control de residuos se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto para su revisión y/o fiscalización. • Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas, el cual se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8. del ICE del Proyecto.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos. Norma Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales Resolución N° 406/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Decreto con Fuerza de Ley N°725/1968 del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos los que serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento destinado para estos fines. Forma de cumplimiento Los residuos industriales peligrosos se depositarán en una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (plazo máximo 6 meses de almacenamiento), la cual como mínimo será de material ignífugo, con radier impermeable, capacidad de contención en caso de derrames, ventilada, con acceso restringido, entre otros. Además, el transporte y la disposición final se realizarán con empresas debidamente autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto un registro de Inspección visual de los recintos de almacenamiento de residuos peligrosos durante las etapas del proyecto. • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto un registro del retiro de los residuos peligrosos. • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto una copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos. • Registro SIDREP para el retiro de residuos peligrosos cada vez que corresponda.

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7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos. Forma de control y seguimiento • Se controlará el retiro de los residuos peligrosos y se registrarán estos controles con los documentos que acrediten el retiro, y se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto. • Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas. Se mantendrá una copia en las Oficinas del Proyecto para revisión y/o fiscalización. • Generación y mantención de hojas de seguridad, que se encontrarán disponibles en las bodegas correspondientes. • Comprobante de Declaración SIDREP a través de VU del RETC, que se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.9. del ICE del Proyecto.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. Norma Decreto Supremo N°298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº57/2019 del Ministerio de Economía, fomento y turismo. Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”. Norma Chilena 2190 de 2019 de “Transporte terrestre de mercancías peligrosas - distintivos para identificación de peligros”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Utilización de Sustancias químicas peligrosas. Forma de cumplimiento Las Sustancias Peligrosas serán transportadas por vehículos de empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas por parte de la Autoridad. Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto una copia de Autorizaciones sanitarias de los vehículos y camiones para el transporte de cargas peligrosas. • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto un registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto un registro de mantención de maquinaria y equipos. Forma de control y seguimiento • Se controlarán los documentos que acrediten la revisión técnica al día de vehículos y camiones, y se registrará sus resultados con la individualización del encargado de registro y del conductor, fecha, comentarios de la inspección de documentos de revisión técnica. • Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras.

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7.13. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.10 del ICE del Proyecto.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos (aguas servidas). Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 del Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 655/1940 del Ministerio de Salud D.S. N°236, 1926.Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión Social y Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de aguas servidas. Forma de cumplimiento El Proyecto generará aguas servidas provenientes del uso de baños permanentes para todas las fases del proyecto, las cuales serán procesadas en un sistema de tratamiento consistente en dos plantas de tratamiento de aguas servidas instaladas en el Proyecto, las que tienen una capacidad de 9.600 l/día. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas contratistas. Forma de control y seguimiento • Se realizará Inspección visual y/o registro fotográfico implementación sitio de acopio temporal residuos sólidos domiciliarios y residuos sólidos industriales inertes, generándose un registro mensual con la información recopilada en estas inspecciones. • Se llevará un control de los retiros de los distintos tipos de residuos. Este registro de control de residuos se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto para su revisión y/o fiscalización. • Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y disposición de los distintos tipos de residuos generados al interior de las faenas, el cual se encontrará disponible en las Oficinas del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.11 del ICE del Proyecto.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico Cultural Arqueológico y Paleontológico. Norma Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°484/1990 del Ministerio De Educación Pública. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre.

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7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Histórico Cultural Arqueológico y Paleontológico. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sin perjuicio de que el Proyecto no contempla nuevas construcciones y por ende no se realizarán movimientos de tierra y excavaciones que podrían significar hallazgos arqueológicos, en caso de producirse se tomarán las medidas pertinentes y se procederá según la presente normativa. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se paralizará toda obra en el sector del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al CMN, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del hallazgo. Copia del aviso al CMN. Registro de la implementación de las medidas definidas por el CMN. Forma de control y seguimiento • Comprobante de ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales del informe de rescate en caso de ocurrir algún hallazgo. • Todos los registros se mantendrán en las Oficinas del Proyecto, actualizados y disponibles en caso de ser solicitados por los Órganos de la Administración del Estado con competencias fiscalizadoras. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1 del ICE del Proyecto.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Componente/materia: Fauna. Norma Ley N°19.473/1992 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Otros cuerpos legales asociados D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura. Decreto Supremo N° 6/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica La operación y el cierre del Proyecto no intervendrá hábitats donde eventualmente sería posible encontrar especies de fauna silvestre, ya que no se contemplan nuevas construcciones. Forma de cumplimiento Se adoptarán las siguientes medidas: • Se implementarán límites de velocidad para los vehículos y señaléticas pertinentes al cuidado de fauna y prohibición de caza. • Se informará y capacitará a los trabajadores sobre la preservación de la fauna, incluyendo la prohibición de caza y recolección de crías y/o huevos. • Se prohibirá el ingreso de animales domésticos al área del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento • Se mantendrá en las Oficinas del Proyecto el registro de Capacitación a trabajadores. Forma de control y seguimiento • Registro de asistencia a capacitaciones. (Fecha, encargado capacitación, nombres asistentes). • Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.2. del ICE del Proyecto.

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8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios y Exigencias:

8.1. Compromiso ambiental voluntario (en adelante, “CAV”).

El Titular del Proyecto ha propuesto los siguientes CAV:

8.1.1. CAV-1: Contratación de mano de obra local. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover la contratación de mano de obra local.

Descripción: La medida consiste en notificar a la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Municipalidad de Taltal, respecto de las ofertas laborales y requerimientos de servicios requeridos por la faena durante la fase de cierre.

Justificación: La medida está justificada en el interés del Titular por el desarrollo local y relacionamiento comunitario. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las plazas de trabajo podrán materializarse en la faena, en la comuna de Taltal y/o de manera digital.

Forma: El Titular se pondrá en contacto con la OMIL de la Comuna de Taltal para informar las vacantes disponibles durante la fase de cierre del Proyecto, las que corresponderán al menos un 20% de las vacantes totales del Proyecto. Para la contratación se les dará prioridad a las personas de la comuna y finalmente a la Región. La contratación del personal estará sujeta al cumplimiento del perfil de cargo para cada puesto de trabajo. De no producirse aquello (en caso de que las personas no cumplan con los requisitos o no se presente el total de interesados para los cupos), los cupos serán completados por las vías normales de contratación.

Oportunidad: La contratación de trabajadores se iniciará previa a la fase de cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Comunicación formal por parte del Titular a la OMIL de la Comuna de Taltal, informando las vacantes disponibles para contratación en la faena de cierre del Proyecto. Forma de control y seguimiento Notificación por parte del Titular a la OMIL de la Comuna de Taltal de las personas que fueron contratadas para la fase de cierre del Proyecto, siguiendo los lineamientos de paridad de género. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.1 del ICE del Proyecto.

8.1.2. CAV -2: Reposición de insumos y equipos de Bomberos de Chile. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Garantizar la reposición de insumos y equipos del Cuerpo de Bomberos de Taltal en caso de que estos se malogren o deterioren debido a su uso durante una emergencia originada por el Proyecto.

Descripción: El Titular del Proyecto se compromete a reponer cualquier insumo o equipo utilizado por el Cuerpo de Bomberos de Taltal que sufra daño o desgaste durante la atención de emergencias asociadas al Proyecto.

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Esta reposición se realizará en coordinación con las autoridades competentes y el propio Cuerpo de Bomberos, asegurando que los equipos repuestos sean de igual o mejor calidad que los dañados.

Justificación: Se busca asegurar que el Proyecto no contribuya a la disminución de los recursos disponibles para la atención de emergencias en la comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La reposición de insumos y equipos se llevará a cabo en las instalaciones del Cuerpo de Bomberos de Taltal, o en otro lugar acordado con las autoridades competentes.

Forma: El Titular del Proyecto realizará una evaluación conjunta con el Cuerpo de Bomberos de Taltal, tras cada emergencia en la que se hayan utilizado equipos o insumos, identificando los elementos que requieran reposición. Posteriormente, se procederá a la adquisición y entrega de los insumos y equipos correspondientes en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles.

Oportunidad: La reposición se llevará a cabo inmediatamente después de la identificación de la necesidad, con un tiempo máximo de treinta (30) días hábiles para la entrega de los equipos o insumos. Indicador que acredite su cumplimiento • Acta de evaluación conjunta con el Cuerpo de Bomberos que detalle los insumos y equipos dañados. • Comprobantes de compra y entrega de los equipos e insumos repuestos. • Informe de conformidad firmado por las autoridades competentes del Cuerpo de Bomberos. Forma de control y seguimiento El Titular presentará informes a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) únicamente en caso de que ocurra una emergencia que requiera la reposición de insumos y equipos. Estos informes detallarán las acciones realizadas en cumplimiento de este compromiso, incluyendo las evaluaciones conjuntas, las reposiciones efectuadas y los informes de conformidad. El informe se presentará dentro del mes subsiguiente a la emergencia. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.2 del ICE del Proyecto.

8.1.3. CAV- 3: Comunicación vecinal. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Durante los primeros 5 años de obtenida la RCA, se implementará un mecanismo de comunicación entre los vecinos de la comunidad cercana al Proyecto, que estén interesadas, dentro de las cuales podrían considerarse a petición de las mismas: • Comunidad Indígena Changos de Cachinales . • Comunidad Changa Loreto. • Comunidad Indígena Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, Sector La Playita y La Rinconada. • Comunidad Indígena Changos Almendares del Gaucho. • Comunidad Changa Estrella Recolectores La Playita. • Comunidad Indígena Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo. • Comunidad Indígena Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra.

Se comunicará a los grupos humanos colindantes del Proyecto de aspectos relevantes asociados al Proyecto, junto a responder dudas e inquietudes, así como establecer un canal de comunicación directo entre los grupos humanos señalados y el Titular del Proyecto, siempre y cuando sea solicitado por los interesados.

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Descripción: Los contenidos que se presentarán en las instancias correspondientes son: • Características del Proyecto, enfocadas a las actividades que se desarrollarán en la fase de operación. • Canales de comunicación disponibles para la recepción de consultas, quejas y sugerencias a través de un correo electrónico u otro recurso digital habilitado para tales fines.

Justificación: Su relevancia recae en poder establecer canales de comunicación efectiva con la comunidad cercana al Proyecto, entregando información y recibiendo sus inquietudes, reclamos y/u observaciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Siempre y cuando sea solicitado por los interesados en la portería de la Central, se realizará una reunión anual durante los primeros 5 años de obtenida la RCA, de manera telemática o presencial, en algún lugar a convenir por el grupo humano interesado. En caso de que no sea requerida esta reunión, se dejará constancia de ello. Esta reunión abordará los temas detallados en la descripción de este Compromiso. Por su parte, la recepción de consultas, quejas y sugerencias será realizada mediante: (i) correo electrónico definido en la reunión con las comunidades; (ii) En la portería de la Central, para aquellas personas que no cuenten con acceso a canales digitales.

Forma: La comunicación con las comunidades será realizada a través de reuniones, en donde el Titular del Proyecto o sus representantes presentarán a la comunidad de manera presencial u online la descripción de cada fase del Proyecto y sus avances según corresponda, en donde a lo menos se presentará:

• Características del Proyecto, enfocadas a las actividades que se desarrollarán en la Fase de Operación. • Canales de comunicación disponibles para la recepción de consultas, quejas y sugerencias a través de un correo electrónico u otro recurso digital habilitado para tales fines. La Compañía dará respuesta en un plazo de veinte (20) días hábiles, a las sugerencias, reclamos o solicitudes, presentadas por la Comunidad. Esto, a menos que se requiera un mayor plazo por las características del requerimiento.

Oportunidad: Se realizarán a lo menos las siguientes instancias de reunión, siempre y cuando sea solicitado por los interesados: • Una (1) reunión previa al inicio de la fase de operación/cierre. • Una (1) reunión durante la fase de operación/cierre. • Una (1) reunión una vez finalizada la fase de operación/cierre.

Asimismo, se mantendrá un canal de comunicación directo entre el Titular y grupos humanos señalados a través de un correo electrónico o recurso digital habilitado para tales fines. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de asistencia a las reuniones correspondiente a nómina y firma de asistentes, breve resumen con los principales temas tratados. • Respuesta de las sugerencias, reclamos o solicitudes. • Comunicación de convocatoria a reunión inicial, en caso de ser requerida, o constancia de no haber recibido solicitud. Forma de control y seguimiento En caso de ser solicitadas, durante los primeros 5 años de obtenida la RCA, se realizará un Informe de cumplimiento, donde se detallarán tanto las reuniones efectuadas como las respuestas a sugerencias, reclamos o solicitudes. Este informe se remitirá a la SMA anualmente. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.3 del ICE del Proyecto.

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8.1.4. CAV- 4: Mantención de relaciones comunitarias. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fortalecer el relacionamiento con las comunidades locales cercanas al proyecto, a través de la implementación de planes de colaboración enfocados en pasantías para egresados de liceos técnicos y universidades, visitas guiadas al Proyecto, y apoyo a la capacitación laboral local.

Descripción: El Titular se compromete a mantener relaciones constantes con las comunidades cercanas al Proyecto en todas sus fases, promoviendo la inserción laboral y la capacitación de los jóvenes egresados de liceos técnicos y universidades, mediante la oferta de pasantías. Adicionalmente, se organizarán visitas guiadas al Proyecto para estudiantes y miembros de la comunidad, con el fin de proporcionarles una comprensión más profunda de las operaciones y su impacto. También se brindará apoyo a la capacitación laboral local, coordinando talleres y programas de formación en áreas relevantes para el desarrollo de la comunidad.

Justificación: Este compromiso busca generar un impacto positivo en la comunidad local, fomentando la educación y la capacitación laboral, y facilitando la integración de los jóvenes al mercado laboral. Al mismo tiempo, se pretende fortalecer la relación entre el Proyecto y la comunidad, asegurando un proceso de comunicación y colaboración que beneficie a ambas partes. Esto es coherente con los valores de responsabilidad social y compromiso con el desarrollo local, alineándose con las necesidades y expectativas de la comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las actividades se llevarán a cabo en coordinación con las instituciones educativas locales, en el sitio del Proyecto, o en lugares acordados con las autoridades y organizaciones comunitarias.

Forma: Anualmente, se planificará como mínimo una (1) instancia del plan de colaboración que se detalla a continuación: • El Titular ofrecerá programas de prácticas anuales para estudiantes egresados de liceos técnicos y universidades, en áreas relacionadas con las operaciones del Proyecto (1 cupo de prácticas por los próximos 5 años). En caso de que no existan interesados, se dejará constancia de ello. • Se organizará una (1) visita guiada al Proyecto para estudiantes y miembros de la comunidad, proporcionando información detallada sobre el Proyecto y sus operaciones, durante 5 años desde obtenida la RCA. En caso de que no existan interesados, se dejará constancia de ello. • Se desarrollarán talleres y programas de formación en colaboración con las instituciones educativas locales, enfocados en áreas de interés para la comunidad y relevantes para el Proyecto, durante 5 años desde obtenida la RCA. En caso de que no existan interesados, se dejará constancia de ello.

Oportunidad: • Pasantías: Se convocará a los programas de pasantías al inicio de cada año académico, coordinando con las instituciones educativas locales. • Visitas Guiadas: Las visitas se organizarán semestralmente, en fechas acordadas con las instituciones educativas y organizaciones comunitarias. • Capacitación Laboral: Los talleres y programas de formación se desarrollarán de manera continua, ajustándose al calendario académico y a las necesidades de la comunidad. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro de los acuerdos firmados con las instituciones educativas y el número de pasantes acogidos por el Proyecto. • Listado de asistencia y registro fotográfico de las visitas realizadas. • Registro de los talleres y programas de formación impartidos, con listas de asistencia y evaluaciones de los participantes.

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Forma de control y seguimiento El Titular llevará un registro detallado de todas las actividades realizadas en el marco de este Compromiso Ambiental Voluntario, incluyendo acuerdos con instituciones educativas, reportes de pasantías, listas de asistencia a las visitas guiadas y talleres, así como informes de seguimiento de los programas de formación. Se realizará un informe, en donde se detallarán las actividades realizadas. Este registro será remitido a la SMA con una frecuencia anual. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.4 del ICE del Proyecto.

8.1.5. CAV- 5: Capacitación integral para todo el personal. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un programa de capacitación integral que promueva el respeto por el entorno, la equidad de género, y la integración cultural, asegurando un comportamiento responsable y adecuado del personal en las comunidades locales por donde transitarán y se establecerán durante las fases del proyecto.

Descripción: Capacitación N°1: Respeto por el entorno y cuidado medioambiental. Se capacitará al personal en buenas prácticas sociales y culturales, con un enfoque en el respeto por el entorno natural y las comunidades locales. Adicionalmente, se proporcionará información sobre la ubicación de servicios básicos, como centros médicos, tiendas de alimentos y otros servicios esenciales en las localidades por las que utilizarán rutas y caminos. Capacitación N°2: Equidad de género y comportamiento en tiempos de recreación. Se instruirá al personal en temáticas relacionadas con la Política de Equidad de Género, prestando especial atención a la conducta de los hombres en grupo durante sus tiempos de recreación. La capacitación enfatizará la importancia de evitar comportamientos inapropiados, como el acoso callejero, piropos no deseados, y la ocupación indebida de espacios públicos para beber alcohol. Capacitación N°3: Conocimiento e integración cultural. Se realizará una capacitación al personal sobre la historia de la localidad, su dinámica social, y las expectativas de la población local respecto al comportamiento de personas ajenas a la comunidad. Para esta capacitación, se invitará a un ciudadano o ciudadana residente en la zona para compartir su perspectiva y garantizar que el personal comprenda y respete las costumbres y valores locales.

Justificación: Este compromiso es esencial para fomentar una relación armoniosa entre el proyecto y las comunidades locales, asegurando que el personal esté bien informado y comprometido con la preservación del entorno y el respeto por las dinámicas sociales y culturales. Además, promueve la equidad de género y previene conductas que puedan afectar negativamente a las comunidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las capacitaciones se llevarán a cabo en las instalaciones del proyecto, o en un lugar convenido con las comunidades locales, si corresponde.

Forma: Las capacitaciones se realizarán a través de talleres presenciales, y se complementarán con materiales informativos escritos y digitales. En el caso de la capacitación sobre integración cultural, se organizarán encuentros con un/a representante de la comunidad local.

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Oportunidad: Las capacitaciones se llevarán a cabo al inicio de cada fase del proyecto (operación y cierre), y se repetirán periódicamente para asegurar la incorporación de nuevo personal. Indicador que acredite su cumplimiento • Capacitación N°1: Registro de asistencia y contenido de la capacitación, incluyendo mapas e información sobre servicios locales. • Capacitación N°2: Registro de asistencia y contenido de la capacitación sobre equidad de género, con evaluaciones de comprensión por parte del personal. • Capacitación N°3: Registro de asistencia, material utilizado, y acta de la participación del/la ciudadano/a local en la capacitación. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá registros detallados de las capacitaciones realizadas, incluyendo listas de asistencia, evaluaciones de comprensión, y la participación de la comunidad local en el proceso formativo. Estos registros estarán disponibles para la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en caso de fiscalización o cualquier requerimiento específico. En caso de ser necesario, se presentará un informe detallado dentro del mes subsiguiente al período evaluado. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.5 del ICE del Proyecto.

8.1.6. CAV-6: Charlas de inducción sobre patrimonio cultural a los trabajadores. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Protección del Patrimonio Cultural mediante charlas de inducción a todo el personal involucrado en la Fase de Operación, en donde se aborden temas de la prehistoria del sector junto con los hallazgos arqueológicos que se encuentran presentes en el polígono del Proyecto.

Descripción: Se llevará a cabo un programa de charlas de inducción por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología a todo el personal involucrado en la Fase de Operación del Proyecto, en donde se abordarán temas referentes a la componente de Patrimonio Cultural, así como las acciones a seguir en caso de que se produzca hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar trabajos dentro del área del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en un delito de daño a Monumento Nacional establecido en la Ley N°17.388 que legisla sobre los Monumentos Nacionales y D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológico, antropológicas y paleontológica.

Justificación: Este compromiso recae por la presencia de hallazgos arqueológicos cercanos al Proyecto, por lo que resulta pertinente la realización de charlas inductoras al personal sobre el contexto del Patrimonio Cultural del sector, hallazgos presentes en el área del Proyecto y acciones a seguir en caso de posibles nuevos hallazgos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se levarán a cabo en las instalaciones del proyecto o vía telemática.

Forma: Las charlas estarán a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología, el cual abordará temas relacionados al contexto del Patrimonio cultural en el sector, hallazgos arqueológicos y paleontológicos identificados en el área del Proyecto, además de informar los pasos a seguir en caso de hallazgos no previstos. En específico, el especialista se encargará de: • Capacitar al personal involucrado en la Fase de Operación, considerando la prehistoria del sector, junto con hallazgos arqueológicos presentes en el polígono del área.

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• Dar a conocer los pasos a seguir en caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier trabajo dentro del área del Proyecto a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288. • Capacitar al personal al momento de iniciar la fase de operación, y cada vez que se integre nuevo personal.

Oportunidad: Las charlas se realizarán al inicio de la Fase de Operación, y se repetirán en caso de incorporación de nuevo personal de ENEL. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro digital de la realización de las charlas de inducción • Registro de asistencia y contenido de la capacitación. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá registros detallados de las capacitaciones realizadas, incluyendo listas de asistencia; estos registros estarán disponibles en las Oficinas del Proyecto para la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en caso de fiscalización o cualquier requerimiento específico. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.6 del ICE del Proyecto.

8.1.7. CAV- 7: Becas estudiantes comuna de Taltal. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar económicamente a estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales en otras comunas.

Descripción: El Titular se compromete a otorgar anualmente un monto de CLP $10.000.000, para que estudiantes de la comuna de Taltal con preferencia a estudiantes de Paposo, y que ingresen a carreras profesionales en otra comuna distinta a Taltal, puedan cubrir gastos de hospedaje y transporte. Lo anterior se materializará a través de la Ilustre Municipalidad de Taltal mediante un convenio de colaboración que definirá el mecanismo operativo de la entrega anual. La beca será entregada a 6 estudiantes quienes deben postular anualmente cumpliendo los requisitos estipulados en el convenio de colaboración.

Justificación: Brindar apoyo económico a los estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales, para poder fomentar el desarrollo de la zona y que el Proyecto genere una contribución en este sentido. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias del Proyecto, Municipalidad de Taltal u otro lugar a definir con los beneficiarios.

Forma: Se compromete otorgar anualmente un monto de CLP $10.000.000 para que estudiantes de la comuna de Taltal con preferencia a estudiantes e Paposo, y que ingresen a carreras profesionales en otra comuna distinta a Taltal, puedan cubrir gastos de hospedaje y transporte. Este beneficio se extenderá por un periodo de 7 años una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental, y será otorgada a 4 estudiantes que deben postular anualmente cumpliendo los requisitos estipulados en el convenio de colaboración. Lo anterior se materializará a través de la Ilustre Municipalidad de Taltal mediante un convenio de colaboración que definirá el mecanismo operativo de la entrega anual. La beca será entregada a 6 estudiantes quienes deben postular anualmente cumpliendo los requisitos estipulados en el convenio de colaboración. Oportunidad: El beneficio tendrá una duración de 7 años que comenzarán a regir una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de reuniones entre el Titular y el Organismo correspondiente. Forma de control y seguimiento Se mantendrá dentro de las Oficinas del Proyecto los Registros de reuniones para su revisión y/o fiscalización por parte de la Autoridad.

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Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.7 del ICE del Proyecto.

8.1.8. CAV - 8: Taller monitoreo de calidad del aire Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Involucrar a las comunidades interesadas en el seguimiento del Proyecto.

Descripción: Se realizará un taller en la ciudad de Taltal y un taller en la localidad de Paposo sobre monitoreos de calidad de aire, con el objetivo de involucrar a los interesados en el seguimiento del proyecto. De tal manera, se busca que los participantes comprendan los parámetros ambientales entregados a la autoridad. Este taller se repetirá cada 3 años, durante la vida útil del proyecto.

Justificación: Este taller tiene la finalidad de contribuir al desarrollo de capacidades técnicas a la comunidad local interesada en llevar un seguimiento de los parámetros ambientales declaradas por el proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias del Proyecto, Municipalidad de Taltal u otro lugar a definir con los interesados.

Forma: Se realizará un taller en la ciudad de Taltal y un taller en la localidad de Paposo sobre monitoreos de calidad de aire, con el objetivo de involucrar a los interesados en el seguimiento del proyecto. De tal manera, se busca que los participantes comprendan los parámetros ambientales entregados a la autoridad Este taller se repetirá cada 3 años, durante la vida útil de la central. Además, el Titular se compromete a entregar en una frecuencia a definir en las mesas de trabajo con la comunidad, los monitoreos de calidad del aire a esta mesa de trabajo con la comunidad de Paposo, para que este órgano quede disponible a la comunidad.

Oportunidad: El taller se repetirá cada 3 años durante la vida útil del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de acta reuniones de mesas de trabajo con la comunidad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá dentro de las Oficinas del Proyecto los Registros de reuniones para su revisión y/o fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.8 del ICE del Proyecto.

8.1.9. CAV - 9: Programa de educación ambiental Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Promover el trabajo colaborativo con los establecimientos educacionales de la comuna para generar y promover la conciencia ambiental. Descripción: Durante la fase de operación del Proyecto se dispondrán las instalaciones del Proyecto para instancias educativas. El acercamiento a la comunidad escolar de Paposo (profesores, alumnos y/o apoderados) se realizará mediante un programa educativo anual, que será publicado en la página web oficial del titular y otras plataformas digitales para fomentar la asistencia de los interesados.

Justificación: Este programa de educación ambiental tiene la finalidad de contribuir al desarrollo de capacidades técnicas a la comunidad local y promover la conciencia ambiental.

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Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias del Proyecto, establecimientos educacionales u otro lugar a definir con los interesados.

Forma: Se realizará un programa de educativo anual, que será publicado en la página web oficial del titular y otras plataformas digitales para fomentar la asistencia de los interesados.

Oportunidad: Se planificará como mínimo una instancia del programa educativo al año, las cuales serán publicadas en diferentes plataformas digitales. Indicador que acredite su cumplimiento Se emitirá un informe sobre el programa educativo implementado, con el detalle del tipo de actividad, establecimiento educacional que se realizó la actividad, nombre y firma de asistentes o profesional a cargo. Forma de control y seguimiento Se mantendrá dentro de las Oficinas del Proyecto los Registros de las actividades para su revisión y/o fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.9 del ICE del Proyecto.

8.1.10. CAV - 10: Entrega de resultados de monitoreos ambientales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar a conocer a la comunidad los resultados de los monitores ambientales.

Descripción: Entregar anualmente los resultados de monitoreos ambientales a la mesa informativa, para que este órgano lo proporcione a la comunidad

Justificación: Mantener la transparencia y facilitar el acceso a la información de las comunidades cercanas al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dependencias del Proyecto, u otro lugar a definir en las mesas de trabajo. V

Forma: Se compromete otorgar anualmente los resultados de los monitoreos ambientales que desarrolle el Proyecto a las mesas informativas, para que este órgano proporcione la información a la comunidad.

Oportunidad: Este Compromiso Ambiental Voluntario tendrá vigencia durante la vida útil de la Central. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de reuniones entre el Titular y el Organismo correspondiente. Forma de control y seguimiento Se mantendrá dentro de las Oficinas del Proyecto los Registros de las actividades para su revisión y/o fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.10 del ICE del Proyecto.

8.1.11. CAV - 11: Mantención tablero parámetros ambientales.

Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener operativa el tablero que presenta los parámetros ambientales monitoreados de calidad del aire para información de la comunidad de Paposo.

Descripción: Si bien, la pantalla informativa ubicada en la Escuela Paranal de Paposo que presenta los parámetros ambientales de calidad de aire fue vandalizada a principios del año 2024, este se repondrá el segundo semestre

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del 2025, se realizarán inspecciones trimestrales, y una mantención cuando corresponda.

Justificación: Mantener la transparencia con la información de los parámetros ambientales presentes en la comuna de Paposo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Escuela Paranal de Paposo.

Forma: Se compromete a reponer la pantalla informativa ubicada en la escuela Paranal de Paposo que indica los parámetros ambientales de calidad de aire, durante el segundo semestre de 2025 por única vez, y posteriormente realizar una mantención cuando corresponda.

Oportunidad: Única vez. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de mantención. Forma de control y seguimiento Se mantendrá dentro de las Oficinas del Proyecto los Registros de las actividades para su revisión y/o fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.11 del ICE del Proyecto.

8.2. Condiciones

Las condiciones para ejecutar el Proyecto son las siguientes:

8.2.1. Condición: Identificar Vehículos, buses y camiones .”. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de operación y cierre del Proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Facilitar la identificación de vehículos, tracto camiones y buses por la población en caso de querer establecer algún reclamo o molestia a causa de los procesos y/o procedimientos propios de cada una de las fases del Proyecto.

Descripción: El Titular deberá identificar con un cartel con el Logo de la empresa todos los vehículos (buses, camiones, camionetas, etc) que realicen servicios en las distintas fases del Proyecto.; ejemplo “Transporte personal contratista Central Taltal”

Justificación: Facilitar la identificación de vehículos, camiones, buses del Titular o de terceros que presten servicios en las distintas fases del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La condición será aplicable a todos los vehículos (buses, camiones, camionetas, etc) a utilizar durante las fases de operación y cierre. Forma: Es necesario que el Titular instruya a sus colaboradores la identificación de vehículos en las fases de operación y cierre del Proycto, por este motivo se solicita al Titular que garantice dentro del equipo al Oportunidad: Previo al inicio a las actividades del transporte de personal, equipos insumos durante la fase de operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Copia del contrato de los transportistas que presten servicios EN que se indique el requerimiento de la identificación del Titular .

- Registro fotográfico de la instalación de cartel informativo en los vehículos, camiones y buses, ya sea de propiedad del Titular como de empresas contratistas que presten servicios. . Forma de control y seguimiento . - Una vez finalizado el proceso de contratación se enviarán los registros a la SMA para el correcto seguimiento y cumplimiento del compromiso. - Se elaborará un informe dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles de concluida cada fase.

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8.2.1. Condición: Identificar Vehículos, buses y camiones .”. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.2.1. del ICE del Proyecto.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes Planes de seguimiento de variables ambientales:

9.1 Planes de seguimiento de las variables ambientales de la DIA.

9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento de Calidad de Aire. 9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento de Calidad de Aire. Fase del Proyecto Operación. Componente del medio ambiente que será objeto de medición y control. Calidad del Aire Impacto ambiental no significativo asociado Probable deterioro de la calidad del aire en la Caleta Paposo. Medidas asociadas - Monitoreo de variables. Ubicación puntos de control El Titular implementará un monitoreo de variables de calidad del aire, según se detalla en la siguiente Tabla 9

Tabla 9: Coordenadas en UTM WGS Huso 19 de la estación monitora. Estación Este Norte Estación Escuela Paposo 352.106 7.233.120 Estación de Punto Máximo Impacto 352.324 7.235.844 Elaboración propia.

Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente El Titular determinará MP-10, CO, SO2, NO, NO2, O3 y acidez. Límites permitidos/comprometidos Hasta el término de la fase de Operación del Proyecto Duración y frecuencia del plan de seguimiento para cada parámetro El monitoreo continuo de calidad de aire, el que se ejecutará durante la fase de operación del Proyecto. Método o procedimiento de medición de cada parámetro Tabla 10: Método de medición.

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9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento de Calidad de Aire. Fuente: Tabla 1 del Anexo S de la Adenda de la DIA. Plazo y frecuencia de entrega del informe con la evaluación de los resultados y cualquier otro aspecto relevante Se remitirá el informe de monitoreo durante los últimos 5 días hábiles del mes siguiente a la medición. Frecuencia: Se entrega 1 (un) informe mensual a la SMA, correspondiente a la medición realizada en la Estación “Escuela Paposo” y la Estación “Punto de Máximo Impacto”, durante toda la Fase de Operación del Proyecto.

9.1.2. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Seguimiento de variables ambientales Emisión de Gases Contaminantes. 9.1.2. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Seguimiento de variables ambientales Emisión de Gases Contaminantes. Fase del Proyecto Operación. Componente del medio ambiente que será objeto de medición y control. Calidad del Aire Impacto ambiental no significativo asociado Aumento en la emisión de gases contaminantes. Medidas asociadas - Monitoreo de variables. Ubicación puntos de control El Titular implementará un monitoreo de emisión de gases contaminantes al interior de la Central Térmica Taltal. Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente El Titular determinará MP10, SO2, NOx, y CO. Límites permitidos/comprometidos Hasta el término de la fase de Operación del Proyecto. Duración y frecuencia del plan de seguimiento para cada parámetro Se realiza un registro horario, con entrega de 1 (un) informe mensual, con los valores horarios, valores medios diarios y valores máximos y mínimos, durante toda la Fase de operación.

Método o procedimiento de medición de cada parámetro A partir de enero de 2021 se presentó la revisión técnica realizada de los antecedentes presentados por Titular, a la Superintendencia y esta pudo constatar que las unidades TG1 y TG2 de la Central Termoeléctrica Taltal, califican como “Unidad Peak Dual Petróleo Gas” según lo definido en el punto 3 del protocolo, permitiendo hacer uso de la metodología establecida bajo el método LME de la parte 75, Volumen 40 del CFR de la US-EPA, utilizada para la estimación de las emisiones de los parámetro SO2, NOx, CO2, además del uso de metodologías alternativas para estimar las emisiones de CO, O2, COV, MP, flujo y consumo. La metodología alternativa de cada contaminante se resume en la Tabla 4. Metodología Low Mass Emision 1 del Anexo S de la Adenda de la DIA. Plazo y frecuencia de entrega del informe con la evaluación de los resultados y cualquier otro aspecto relevante Se remitirá el informe de monitoreo durante los últimos 5 días hábiles del mes siguiente a la medición. Frecuencia: Se entrega 1 (un) informe mensual a la SMA, correspondiente a la medición realizada mediante dato calculado en base a la metodología alternativa autorizada por la SMA, durante toda la Fase de Operación del Proyecto.

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  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS:

10.1.1. Riesgo de Lluvias extremas Riesgo o contingencia Lluvias intensas, inundación y anegamiento. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - El Titular del Proyecto contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se realizarán simulacros en los cuales participarán todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un evento de lluvias extremas que ponga en peligro las instalaciones del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. - Registro de la realización de simulacros capacitaciones y charlas realizadas con sus respectivos nombres. - Los registros se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.1.2. Riesgo de tsunamis, aumento del nivel del mar y marejadas. Riesgo o contingencia Aumento del nivel del mar. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - El Titular contará con planos actualizados de las vías de escape y zonas de seguridad. - Se instalarán señaléticas de las vías de escape y zonas de seguridad.

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- Se realizarán simulacros una vez al año. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un aumento del nivel del mar, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. - Existirá registro de todos los simulacros, capacitaciones y charlas realizadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.1.3. Riesgo de Sismos y terremotos Riesgo o contingencia Sismos y terremotos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizarán simulacros de sismos en las inmediaciones del área del Proyecto. Forma de control y seguimiento En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. • Existirá registro de todos los simulacros, capacitaciones y charlas realizadas con sus respectivos nombres de registro. • Los registros se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.

10.1.4. Riesgo de Incendios en Edificios e Instalaciones Riesgo o contingencia Incendios en edificios e instalaciones. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se contará con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será según los materiales combustibles o inflamables que existan en las instalaciones del Proyecto. - Todo el personal se encontrará capacitado en el uso y manejo de extintores, tan como lo señala el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. - Se efectuarán inspecciones periódicas para evaluar la condición de las instalaciones de combustibles.

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- Se realizarán capacitaciones permanentes a los trabajadores acerca del Plan de Emergencias. - Se realizarán simulacros. - Se dispondrá en portería y en la instalación de faenas, planos con la ubicación de los extintores y vías de evacuación. Adicionalmente, se informará respecto al uso de combustibles o sustancias inflamables tales como pinturas, lubricantes, aceites u otros tales como diluyentes, en todas las fases del Proyecto. - El manejo de combustible se realizará sólo con elementos especialmente diseñados para ello; se contará con las medidas de seguridad adecuadas (extintores, baldes con arena, palas entre otras), y en los sitios donde estos se almacenen estará expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que puedan producir chispas. - Se mantendrá equipo de extinción de incendio adecuado, vigente y personal capacitado para su uso. - Se informará a la Municipalidad y bomberos de Taltal sobre el estado de las redes contra incendios, grifos y espuma, y todo otro componente de ECI y de la RCI. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un incendio, en cualquiera de las fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la SMA. - Registro de capacitaciones y simulacros a todos los trabajadores del Proyecto. - Los registros se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.1.5. Riesgo de Incendio en vehículos Riesgo o contingencia Incendio en vehículos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de tránsito en las zonas de trabajos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se ubicarán equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles y señalizados de acuerdo con la normativa. - Se proveerá, mantendrá e inspeccionará los sistemas de extinción de fuego requeridos con la frecuencia que indique el fabricante. - Se contará con extintores de dióxido de carbono y extintores de polvo químico seco. - Se revisará que los respectivos vehículos utilizados por el Proyecto cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cuenten con su extintor, así como kit de emergencias. - Se capacitará a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. - Se capacitará a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios. - Se establecerán alianzas con los cuerpos de bomberos de las comunas incluidas en el alcance del Proyecto.

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Forma de control y seguimiento - Registro (plano) de la implementación de la red contra incendio, indicando ubicación de cada equipo instalado. - Registro de las capacitaciones realizadas. - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados por el Proyecto. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.1.6. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases de Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El transporte de aceites u otra sustancia peligrosa se realizará de acuerdo con la legislación nacional vigente (D.S. N° 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones), contando con las respectivas autorizaciones. - Las empresas que realicen el transporte de sustancias químicas deberán contar con un programa de seguridad y prevención de riesgos. - Los camiones de transporte deberán contar con equipos de primeros auxilios y equipos de emergencias para control de derrames. - Los conductores de los vehículos deberán contar con la experticia en conducción, capacitación en manejo de las sustancias peligrosas y control de eventuales derrames del producto que estén transportando. - Las características de los vehículos deberán cumplir con las normas nacionales, y con todas las condiciones de seguridad que amerita el transporte de sustancias y residuos peligrosos. - Se realizará un registro de la cantidad y tipo de sustancia que se transporte y de la que se almacene. Particularmente, y en el caso del transporte de residuos, el transportista deberá contar con este registro; lo anterior debido a que en el sitio de disposición final al que serán transportados tales residuos se solicita esta documentación para efectuar su recepción. - Los residuos peligrosos serán manipulados separadamente de los residuos domésticos e industriales no peligrosos, y serán dispuestos en contenedores con tapa y debidamente rotulados. Para todas fases, los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega habilitada para este tipo de residuo, autorizada por Seremi de Salud respectiva, para finalmente ser dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. - Estará disponible en el lugar de almacenamiento y bodega la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias o residuos. El personal que requiera utilizar las sustancias o manejar los residuos debe ser advertido de los riesgos que conlleva la utilización del producto, y entregarle la HDS para consulta y difusión si corresponde. - Las condiciones mínimas de las instalaciones que albergan sustancias o residuos peligrosos serán: piso impermeable,

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material incombustible, extintor polvo químico seco (PQS), pretil de contención de derrames, señalética asociada a los riesgos e identificación, acceso controlado de ingresos y egresos, kit de contención de derrames. El Kit señalado con anterioridad considera entre otros artículos, pala, material de absorción, arena, escoba, bolsas plásticas, traje cuerpo entero papel, guantes de látex, antiparras, paños absorbentes. - Se llevará un registro en obra que permita cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y en stock. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones y simulacros a todos los trabajadores del Proyecto. - Autorizaciones de las bodegas de almacenamiento de sustancias, y de las de residuos. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.1.7. Riesgo de Fallas en sistemas de transporte de residuos Riesgo o contingencia Fallas en sistemas de transporte de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se mantendrá en planta un registro de la empresa transportista debidamente autorizada para el transporte de los distintos tipos de residuos hacia el sitio de disposición final autorizado. - Los transportistas deberán seguir los procedimientos de ingreso, circulación, descarga y carga que serán establecidos en los respectivos instructivos de la Planta. Forma de control y seguimiento - Se realizarán charlas de inducción. - Se llevará un registro de la empresa que provea el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.1.8. Riesgo de incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Riesgo o contingencia Incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por ENEL Chile Generación S.A. para minimizar riesgos de incendios.

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- Se mantendrán equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles y señalizados de acuerdo con la normativa vigente (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - El almacenamiento de materiales inflamables en espacios especialmente habilitados cumplirá con lo dispuesto en el D.S. Nº 43/2015, que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud. - Se mantendrán las autorizaciones sanitarias, emitidas por la SEREMI de salud, para las bodegas que así lo requieran (RESPEL, SUSPEL, RESNOPEL). - Se proveerá, mantendrá e inspeccionará los sistemas de extinción de fuego requeridos con la frecuencia que indique el fabricante. - Se contará con extintores de la clase requerida para el tipo de Sustancia / Residuo específico. - Se capacitará a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. - Se capacitará a los trabajadores respecto de las SUSPEL Y RESPEL. - Se establecerá alianza con los cuerpos de bomberos de las comunas incluidas en el alcance del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro de las capacitaciones realizadas SUSPEL y RESPEL. - Autorizaciones sanitarias de las bodegas de residuos y sustancias, según corresponda. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.

10.1.9. Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Riesgo o contingencia Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizará conducción al interior de áreas operativas respetando límites de velocidad establecidos (15 km/h). - Se incluirá señalética de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) en el área del Proyecto, a 150 metros del casino, específicamente en las coordenadas 7.235.272 N, 352.455 E. - Los residuos serán manejados adecuadamente y dispuestos en sectores autorizados. - Se realizarán charlas de inducción (charlas para acreditación de personal) las cuales tendrán como objetivo difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.). - Se prohibirá alimentar a animales silvestres, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.). - Se prohibirá cazar o capturar especies de fauna silvestre, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.) y además de introducir fauna exótica.

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- Los vehículos contarán con algún medio de comunicación (celular, radios u otro medio), que permita informar de manera inmediata alguna afectación a la fauna silvestre presente, en específico carnívoros (Pseudalopex sp.). Forma de control y seguimiento - El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen. - Límite interno de circulación vial de 15km/h. - Mantención periódica de señaléticas asociadas a las vías internas del Proyecto. - Charlas de seguridad vial, en especial ante la presencia de fauna silvestre y los carnívoros (Pseudalopex sp.). - Registro de inducciones a los trabajadores. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9 del ICE del Proyecto.

10.1.10. Riesgo en caso de afectación a flora y vegetación. Riesgo o contingencia Riesgo en caso de afectación a flora y vegetación. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Las medidas de contingencia están enfocadas fundamentalmente a prevenir los incidentes ambientales que podrían darse durante las siguientes actividades: • Derrames de sustancias peligrosas. • Incendio de vehículos. - Por otra parte, con el fin prevenir la contingencia, se incorporan las siguientes acciones: • Revisión del almacenamiento en el transporte de las sustancias peligrosas, garantizando que estas se encuentren debidamente selladas para evitar derrames en su transporte. • Revisión de la revisión técnica al día de los camiones de transporte. • Utilizar rutas de transporte que eviten áreas de alta sensibilidad ecológica. • Limitar la velocidad de transporte a 15 km/h en rutas internas. • En caso de que se produzca una eventual afectación a la flora y vegetación adyacente a las rutas utilizadas por vehículos que transportan Sustancias Peligrosas, se deberá dar aviso CONAF. Forma de control y seguimiento - El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen. - Registro de inducciones a los trabajadores.

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- Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.10. del ICE del Proyecto.

10.1.11. Riesgo de hallazgo de fauna en mal estado, desorientada y/o herida. Riesgo o contingencia Hallazgo de fauna en mal estado, desorientada y/o herida. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se instruirá a los trabajadores, para que, en caso de avistar un ejemplar de fauna silvestre lesionada, desorientada o muerta, que se debe dar aviso al encargado ambiental del proyecto, el cual que deberá evaluar la situación y coordinación con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación de Fauna Silvestre inscrito en el Registro de Tenedores de Fauna Silvestre, más cercano al área del proyecto. - Se reforzarán los cercos perimetrales del Proyecto con el fin de evitar la presencia de fauna silvestre de mayor tamaño a fin de prevenir contingencias. - Se establecerán zonas de basureros especiales con contenedores robustos y cerrados de manera que no puedan ser abierto por especies de fauna silvestre. Los contenedores para residuos domésticos serán metálicos (batea) y contarán con tapa hermética que mantiene aislados los residuos, evitando la emanación de olores y líquidos que pueden atraer a posibles vectores (insectos, roedores, rapaces o canidos). Se establecerá una prohibición de acumular basura en sectores no autorizados, con el fin de evitar la atracción de fauna oportunista en la zona. Forma de control y seguimiento - El responsable asignado se encargará de realizar las tareas de seguimiento del Plan, mediante la recopilación de todos los informes de registros de incidencias que se produzcan. Asimismo, se encargará de recopilar registros referidos a tareas de formación, capacitación, simulacros, EPP, recursos, etc. como medio para identificar, prevenir o controlar las posibles desviaciones que se pudieran presentar, realizando las oportunas acciones correctivas que se estimasen. - Registro de inducciones a los trabajadores. - Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.11. del ICE del Proyecto.

10.1.12. Riesgo de Planta tratamiento aguas servidas. Riesgo o contingencia Mal funcionamiento. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto.

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Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se controlará la emanación de olores. - Se controlará la descarga de agua no tratadas. - Se controlará el ingreso de descargas no deseadas a la planta de tratamiento. - Se dará continuidad al tratamiento de las aguas servidas. - Además de las medidas consideradas para cada equipo de tratamiento, su reemplazo y mantenimiento de los equipos, también se considera el uso de un grupo generador, de manera de poseer una continuidad en el suministro eléctrico. - Para cada personal y/u operador nuevo, se tiene considerado un programa de capacitación. - Se realizarán charlas periódicas a los operadores de planta de tratamiento. - Se dispondrá de una copia en planta en conjunto con los planes de mantenimiento, de manera que puedan ser revisados por supervisores, jefaturas y autoridad. Forma de control y seguimiento - Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades Se implementarán disposiciones por escrito para afrontar en buena forma un episodio crítico, mencionadas a continuación: • El operador será la persona designada (según turno), el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día. • Los registros poseerán su nombre correspondiente y se mantendrán en las oficinas del Titular disponibles para revisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora competente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.12. del ICE del Proyecto.

10.1.13. Riesgo de remoción en masa. Riesgo o contingencia Remoción en masa. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitación permanente a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia (Apéndice A del Anexo B de la Adenda Complementaria de la DIA) y evacuación hacia zonas seguras, minimizando con ello posibilidades de accidentes en los trabajadores. - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se identificarán las vías y forma de evacuación, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, y se definirán las zonas de seguridad, lo que será difundido al personal a través de las capacitaciones a realizar. - Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento - En el caso de ocurrir un evento de remoción en masa que ponga en peligro las instalaciones del Proyecto, en cualquiera de las Fases, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo de las posibles áreas afectadas donde se evaluarán y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente.

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- Existirá registro de todos los simulacros, capacitaciones y charlas realizadas Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.13. del ICE del Proyecto.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS:

10.2.1. Riesgo de Lluvias extremas Riesgo o contingencia Lluvias intensas, inundación y anegamiento. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El Titular organizará al personal para reubicar los bienes que se encuentren en riesgo de daño. - Se impedirá la circulación vehicular en la vía de acceso al sector afectado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad: Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.

10.2.2. Riesgo de tsunamis, aumento del nivel del mar y marejadas. Riesgo o contingencia Aumento del nivel del mar. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El jefe de emergencia convocará a todo el personal de planta al Punto de Encuentro o a la Zona de Seguridad dependiendo del tipo de aviso difundido por el SHOA o la ONEMI. - El jefe de emergencia debe coordinar la evacuación a la zona de seguridad de tsunamis y marejadas, de todo el personal que no pertenece a la actividad de operación de forma inmediata. - El Jefe de la Emergencia coordinará con la Sala de Control el retiro de las unidades de generación. - El control en la zona de seguridad para el conteo del personal en caso de evacuación estará a cargo de operaciones e informará al Jefe de Emergencia, quien deberá contrastar con el listado de personas que al momento de la evacuación se encontrasen al interior de la planta. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad: Se deberá avisar a la Autoridad Marítima local respecto del estado de las infraestructuras costeras y/o derrame de productos o residuos peligrosos al mar. Posterior el término de la emergencia se procederá a avisar a la SMA, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA.

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Vías de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.

10.2.3. Riesgo de Sismos y terremotos Riesgo o contingencia Sismos y terremotos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que se produzca un sismo se llevarán a cabo las siguientes acciones: - Mantener la calma desde el inicio del sismo hasta la activación de la alarma en caso de una emergencia. - Suspender todas las labores en ejecución. - Cortar el suministro de gas/combustibles hacia los puntos de consumo y áreas de procesos. - Detener la circulación de todos los vehículos en la central. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Faena, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. - Notificar al supervisor del área en caso de; incendio, fuga de gas o personal lesionado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad: Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.

10.2.4. Riesgo de Incendios en Edificios e Instalaciones Riesgo o contingencia Incendios en edificios e instalaciones. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto.

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Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Incendios estructurales en instalación de proceso con gas: • cortará el suministro de gas hacia las instalaciones. • Se activará la alarma de incendio. • El personal que pueda usará extintores portátiles. • Se aplicarán líneas de agua con chorro neblina para enfriar estanques, cilindros y cañerías de gas, a distancia. • Se evacuará el sector hasta la llegada de bomberos. - Incendios estructurales en edificios: • Dar o activar la alarma • Usar los extintores más próximos al lugar del incendio • Evacuar el edificio • Esperar en el exterior del edificio la llegada del personal de la brigada. • Evacuar el sector hasta la llegada de bomberos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Oportunidad: Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.

10.2.5. Riesgo de Incendio en vehículos Riesgo o contingencia Incendio en vehículos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de tránsito en las zonas de trabajos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se suspenderá todas las maniobras en ejecución en el vehículo. - Se dará la alarma y se llamará a bomberos. - En lo posible, se alejará el vehículo de las instalaciones de almacenamiento de combustibles o edificaciones que los contengan. - Se usará los extintores próximos y los del vehículo. - Si el fuego está en la sección del motor, no se podrá abrir el capot. - Se usará las mangueras de la red húmeda y se dirigirá los chorros en forma de neblina hacia vehículo. - Se esperará la llegada del personal de brigada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.

10.2.6. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases de Proyecto.

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Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se informará al supervisor y se dará la alarma. - Se identificará la sustancia involucrada. - Si presenta niveles de riesgo, se abandonará el lugar. - En términos más detallados, se deberá actuar de acuerdo con lo indicado en el Plan de Emergencias “Apéndice A Plan de Emergencias Central Taltal del Anexo B de la Adenda complementaria de la DIA”. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.

10.2.7. Riesgo de Fallas en sistemas de transporte de residuos Riesgo o contingencia Fallas en sistemas de transporte de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se contratarán los servicios de traslado de residuos a sitios de disposición final a empresas que cuenten con Resolución sanitaria vigente para operar. - Se realizará un control de los camiones que realicen el traslado de residuos verificando si cuenta con sus revisiones técnicas y mantenciones al día. - Se programarán los retiros con anticipación. - Se realizarán inspecciones aleatorias durante la ejecución de los retiros de residuos verificando el cumplimiento legal de éstas. - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Se solicitará a la empresa contratista, el registro de mantenciones, hoja de vida del conductor y registro de capacitaciones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto.

10.2.8. Riesgo de incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Riesgo o contingencia Incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases.

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Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se efectuará una capacitación teórica – práctica acerca del uso de equipos de extinción portátiles y redes húmedas. - Se informará respecto a la prohibición de fumar y realizar fogatas en las instalaciones. - Se implementarán equipos de extinción manual. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8. del ICE del Proyecto.

10.2.9. Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Riesgo o contingencia Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de que se detecte la presencia de fauna silvestre, y en especial carnívoros (Pseudalopex sp.), se llevarán las siguientes medidas: • Se dará aviso de inmediato al Encargado de Medio Ambiente, indicando ubicación de la presencia. • Detención inmediata del vehículo. • Evitar el uso de la bocina en caso de movilización vehicular. • Evitar salir del auto. • No tratar de mover animales. • Si el animal no se mueve, deberá esperar a una distancia segura y contactar con el personal responsable para que tomen las medidas adecuadas. • Registro de número de especies involucradas. • Número de ejemplares involucrados. En el caso de un accidente asociado a fauna silvestre, se tomarán las siguientes medidas: • Especie involucrada. • Número de ejemplares involucrados. • Situación del ejemplar (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente). • Gravedad del accidente. • Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. • Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. • En el caso que el ejemplar sea rescatado, todas las acciones se realizarán una vez que llegue el Centro de Rescate validado por SAG. Para el rescate se debe siempre estar en conocimiento (verificable) de la metodología de captura efectuada, contar con los utensilios de EPP para el resguardo de las personas y el animal. • Los costos médicos veterinarios y de transporte serán cubiertos por el Titular.

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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.9. del ICE del Proyecto.

10.2.10. Riesgo en caso de afectación a flora y vegetación. Riesgo o contingencia Riesgo en caso de afectación a flora y vegetación. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de derrame de sustancias peligrosas, se incluyen las siguientes medidas: • Informar al supervisor y dar la alarma. • Identificar la sustancia involucrada • Si presenta niveles de riesgo, abandonar el lugar. Si no, evitar afectación mayor eliminando la fuente de contaminación. • En caso de derrames con incidencia ambiental severa, se tomarán muestras en la zona afectada (posterior a la limpieza) y en una estación de control para verificar la efectividad de las medidas consideradas en el Plan de Emergencia de la Central (Apéndice A del Anexo B de la Adenda complementaria de la DIA). • Realizar inspecciones periódicas de las áreas afectadas para identificar signos de estrés en la vegetación. Si es necesario, llevar a cabo acciones de restauración, como replantación o fertilización.

En el caso de incendios de vehículos que puedan afectar flora y vegetación, se incorporan las siguientes medidas: • Suspender todas las maniobras en ejecución en el vehículo. • Usar los extintores próximos y los del vehículo y/o llamar a bomberos. • En lo posible alejar el vehículo de las instalaciones de almacenamiento de combustibles o edificaciones que los contengan. • Si el fuego está en la sección del motor, no abrir el capó. • Usar los extintores próximos y los del vehículo y/o llamar a bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA y CONAF hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.10. del ICE del Proyecto.

10.2.11. Riesgo de hallazgo de fauna en mal estado, desorientada y/o herida. Riesgo o contingencia Hallazgo de fauna en mal estado, desorientada y/o herida.

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Fase del proyecto a la que aplica Operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Identificación y aviso: todo el personal estará instruido que en el caso de avistamiento de fauna en mal estado en el área del proyecto debe informar inmediatamente al encargado en prevención de riesgos o encargado ambiental en faena del hallazgo. • En relación con los criterios de “mal estado”, se considerará la observación de signos clínicos de deterioro físico, comportamientos anormales, disminución notable de actividad o alerta, y cualquier otro indicio de estrés o enfermedad, en concordancia con las mejores prácticas en el manejo de fauna silvestre. Todos los eventos serán debidamente registrados para fines de fiscalización y para proporcionar información a la autoridad competente. • Rescate: el encargado en prevención de riesgos o encargado ambiental definirá el procedimiento de rescate específico en función de la especie y el estado del ejemplar encontrado, priorizando el bienestar del animal y resguardando siempre la seguridad de los operadores involucrados. El o los rescatistas deberá asegurar una nula perturbación para impedir que el ejemplar se estrese. Por lo tanto, se evitarán movimientos bruscos con el cuerpo ni con cualquier otro elemento. • Se coordinará el traslado del espécimen con el Centro de Rescate más cercano, lo cual será a costas del Titular. • En el caso de hallazgo de aves en mal estado/desorientadas, de igual manera se comunicará con el Centro de Rescate y Rehabilitación más cercano. • Reporte a la autoridad competente: se informará a la autoridad (SMA y SAG) mediante carta respecto de la gestión realizada y con un plazo de 24 horas de ocurrido el evento. Se llevará un registro de los eventos de este tipo que ocurran durante la operación del proyecto y se entregará un reporte final una vez concluido. • El procedimiento anterior será responsabilidad de la instrucción y control del encargado de prevención de riesgos o el encargado ambiental del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA y SAG hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.11. del ICE del Proyecto.

10.2.12. Riesgo de Planta tratamiento aguas servidas. Riesgo o contingencia Mal funcionamiento. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se designará un Coordinador de Contingencias, el que ante eventualidades estará disponible las 24 horas del día. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el

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de la activación del Plan de Emergencia procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.12 del ICE del Proyecto.

10.2.13. Riesgo de remoción en masa. Riesgo o contingencia Remoción en masa. Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se impedirá la circulación vehicular en la vía de acceso al sector afectado. - Se mantendrá al personal en las zonas de edificios administrativos y campamentos evitando el tránsito por las rutas internas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se avisará a la SMA hasta 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda, según el procedimiento dispuesto en la Resolución Exenta N°885/2016 de la SMA. Vía de comunicación: Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.13. del ICE del Proyecto.

11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:

La DIA del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario de circulación regional Vive País, ambos con fecha 03 de junio de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Taltal FM 103.7 MHz, entre los días 04 de junio de 2024 y 10 de junio de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 13 de junio de 2024 emitido por la misma radio.

Con fecha 17 de julio de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

Se recibieron un total de 03 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana, las cuales fueron emitidas por 03 personas jurídicas. De las solicitudes recibidas, estas cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, las cuales fueron emitidas por 03 personas jurídicas.

Con fecha 12/09/2024 se dictó la Resolución N° 202402001140 por parte de Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, mediante la cual se ordenó la realización de un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días.

El proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día 25 de septiembre de 2024 y finalizó al cabo de 20 días hábiles el 22 de octubre de 2024.

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11.1. Actividades de participación ciudadana

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la ciudadanía, así como la realización de instancias de información y diálogo entre la comunidad y el proponente, se realizó la siguiente actividad programada:

Actividades de Participación Ciudadana Nº Actividad Lugar Fecha 1 Diálogo Ciudadano en Paposo Club Deportivo Paposo, Calle Juan José Latorre N°71. 02/10/2024 2 Diálogo Ciudadano en Taltal Centro Cultural Taltal, Calle Juan Martínez N°215. 03/10/2024

12° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala:

12.1. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA son las siguientes:

Tabla 12.4. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas N° Observante Nombre Admisibilidad 1 Persona Jurídica Fundación Cielos de Chile o Skies of Chile Foundation Admisible 2 Persona Natural Gonzalo Andrés Lemus Lemus Admisible 3 Persona Jurídica Asociación Camanchacos de Salitre Taltal Admisible 4 Persona Natural Carlos Angel Manríquez Choppelo Admisible

12.2. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del RSEIA, se encuentran disponibles en el anexo de este documento.

12.3. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 88 del RSEIA se encuentran disponibles en el anexo de este documento.

  1. Observaciones de la persona jurídica: Fundación Cielos de Chile o Skies of Chile Foundation. Representante Legal: Guillermo Alberto Neville Blanc Mendiberri

El proyecto se localiza en la región de Antofagasta, específicamente en Taltal, comuna declarada como área de protección para la observación astronómica, por ende, el D.S. N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente rige con las medidas más estrictas en cuanto al alumbrado exterior, al igual que

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el previo D.S. N°43/2012 del MMA. Lo anterior, debido a la cercanía con los observatorios científicos instalados en dicha zona (Paranal y sitio de construcción del ELT), la cual cuenta con cielos de calidad excelente reconocidos a nivel mundial. Según lo mencionado, y de acuerdo con el documento técnico del SEA “Criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas”, el titular debe adjuntar los antecedentes necesarios para demostrar si el proyecto será o no susceptible de afectar el objeto de protección, que en este caso es la calidad de los cielos nocturnos para la observación astronómica. Por lo tanto, se le solicita al titular aclarar y/o profundizar en los siguientes puntos:

1.1 En el capítulo 2 el titular menciona que el proyecto no generará afectación del componente luminosidad. Se solicita profundizar en esta materia y realizar un análisis que respalde dicha afirmación, utilizando la guía mencionada para definir la susceptibilidad de afectar a las áreas astronómicas.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los potenciales impactos y normativa ambiental vigente aplicables al Proyecto.

Respecto de la observación del componente luminosidad se indica al observante que dada la consulta realizada esta Autoridad en el Informe Consolidado de Evaluación de Aclaraciones (ICSARA) a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el Titular presentó en el Anexo R de la Adenda de la DIA, antecedentes según se detalla a continuación:

a) Anexo R, Luminosidad. b) Carta emitida por el Titular a la SMA presentada con fecha de 06 de mayo del 2019 mediante la cual el Titular informa a la SMA del procedimiento para el cumplimiento del D.S 43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). c) Anexo 1. Certificado de luminarias según el D.S. N° 686 y Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). d) Anexo 2. Certificado de luminarias nuevas según el D.S. 43/2012 del MMA. e) Anexo 3. Cronograma de actividades. f) Anexo 4. Planos de ubicación de luminarias y un Catastro de regularización del D.S. N° 43 del 2012 del MMA.

Respecto del análisis a fin de descartar que el Proyecto genere Efectos Características y/o Circunstancias enlistadas en el artículo 11 de la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el Proyecto debe: Condición 1: localizarse en o próximo a un área astronómica y la Condición 2: sus emisiones de luminosidad artificial deben ser susceptibles de afectar el o las áreas astronómicas.

A fin de determinar el Área de Influencia del Proyecto según sus emisiones y la extensión geográfica del Área de Influencia de luminarias, se ejecutó según la información contenida en la siguiente Tabla1:

Figura-1: Tabla de Potencia total instalada en Luminarias.

Fuente: Anexo R Luminarias de la Adenda de la DIA.

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De la revisión del documento técnico del SEA “Criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas” es posible determinar la extensión del área de propagación de luminosidad artificial (Área de Influencia de las luminarias), como se presenta en la siguiente Figura 2.

Figura 2: Relación entre potencias instaladas y el área de propagación de luminosidad artificial en donde se produce un brillo en el cielo observable igual o superior al 10% del brillo natural del cielo (área de influencia).

Fuente: Guía Criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas” (SEA, 2023).

Dado que el resultado de la potencia instalada del Proyecto será de 22,64 kW, el Titular utilizó una distancia de 9 km como área de propagación de luminosidad artificial para la extensión del Área de Influencia de la luminaria instalada, tomando como peor escenario que las luminarias se centran en el extremo norte del Proyecto (sector más cercano a los sitios de interés astronómicos). La Figura 3 a continuación describe el Área de Influencia del Proyecto para el componente luminosidad. Con lo anterior el Proyecto no cumple con la Condición 1.

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Figura 3: Área de Influencia para fuentes de luminosidad artificial

Fuente: Anexo U de la Adenda de la DIA.

Ahora bien, con la finalidad de analizar la susceptibilidad de afectación (Condición 2) tal como indica el inciso final del artículo 8° del Reglamento del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), para determinar la susceptibilidad de afectación se debe considerar la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguarda.

En el caso del Proyecto, se ha determinado que los sitios astronómicos de interés, como el "Observatorio Cerro Paranal" y el "Very Large Telescope" (en construcción), se encuentran fuera de esta Área de Influencia del Proyecto. Por lo tanto, se descarta la generación de cualquier efecto significativo sobre estos sitios de interés e investigación, ya que el aumento del brillo natural del cielo en un 10% o más está limitado a la extensión mencionada, por cuanto este Servicio descartó que las partes, obras y acciones del Proyecto generen un aumento del brillo natural del cielo en un 10% o más. En este contexto, y considerando los análisis realizados, se concluye que el Proyecto no es susceptible de afectar la calidad de los cielos.

1.2 Si bien el titular no menciona que realizarán faenas nocturnas, debe especificar el sistema de iluminación que utilizarán, ya sea cuántas luminarias o proyectores, dónde estarán ubicadas, cuál es su tipo y su potencia, para definir un área de influencia de este componente. También se solicita indicar si es alumbrado con fines de seguridad o para realizar alguna obra, durante qué horarios estaría encendido y cuál sería su intensidad.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los potenciales impactos y normativa ambientales vigente aplicables al Proyecto.

Respecto de la observación que corresponde a la definición de Área de Influencia del componente luminosidad a fin de responder su inquietud en la Figura 1, proporciona la información referida al tipo de luminaria, cantidad potencia unitaria, potencia total del Proyecto, en este contexto el Titular consideró 3 tipos de luminarias, con una potencia total instalada de 22,64 kW.

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Figura-1: Tabla de Potencia total instalada en Luminarias.

De igual manera, el documento técnico del SEA “Criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas” es posible determinar la extensión geográfica del área de Influencia de las luminarias, como se presenta en la siguiente Figura 2. Figura 2: Relación entre potencias instaladas y el área de propagación de luminosidad artificial en donde se produce un brillo en el cielo observable igual o superior al 10% del brillo natural del cielo (área de influencia).

Fuente: Criterios para determinar la susceptibilidad de afectar áreas astronómicas” (SEA, 2023).

Dado que el resultado de la potencia instalada del Proyecto será de 22,64 kW, el Titular utilizó una distancia de 9 km como área de propagación de luminosidad artificial para la extensión del área de influencia de la luminaria instalada, tomando como peor escenario que las luminarias se centran en el extremo norte del Proyecto (sector más cercano a los sitios de interés astronómicos

En relación con la ejecución de las faenas el Titular señala en el Anexo 2-1: Medio Físico de la Declaración de Impacto Ambiental, que se encuentran bajo los niveles máximos permisibles según lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA tanto en jornada diurna, como en jornada nocturna para los receptores identificados. Por lo que se declara la ejecución de trabajos nocturnos.

1.3 El titular debe dar cumplimiento al D.S. N°1/2022 del MMA, también debe indicar el mecanismo de control y seguimiento para cumplir con los estándares y valores de las áreas de protección especial.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a las normativas ambientales vigentes aplicables al Proyecto.

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Respecto de la observación de cumplimiento al D.S. N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), en la tabla a continuación se detalla de la forma de cumplimiento, indicador de cumplimiento y forma de seguimiento:

Tabla 1 Cumplimiento Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Tabla 1 Cumplimiento Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: Contaminación Lumínica. Norma Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº43, De 2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Alumbrado de exteriores, Fuentes de emisiones fijas Forma de cumplimiento Se seleccionarán luminarias certificadas por organismos autorizados por la SEC, cumpliendo con los límites de intensidad luminosa indicados en el artículo 5. Al encontrarse en una comuna afecta al plan RECOGE de Golondrinas de mar del norte de Chile, se deberá cumplir con la Tabla 2 del D.S Nº1: “Límites de Radiancia Espectral en Áreas de Protección Especial”.

Las emisiones provenientes del alumbrado de exteriores serán controladas respetando los límites establecidos en la presente norma, de manera de prevenir la contaminación por luminosidad artificial, protegiendo la calidad astronómica de los cielos nocturnos, la salud de las personas y la biodiversidad, particularmente en las Áreas de Protección Especial indicadas en la presente norma. Se dará cumplimiento con respecto a los límites y requerimientos de artículo 5 de la presente norma, para el uso de luminarias en un área industrial.

  1. Diseño e instalación de luminarias: • Se seleccionarán luminarias certificadas por organismos autorizados por la SEC, cumpliendo con los límites de intensidad luminosa indicados en el artículo 5: • Máxima de 0,49 candelas/1.000 lúmenes a un ángulo gama de 90°. • Emisión de 0 candelas/1.000 lúmenes en ángulos gama mayores a 90°. • Las luminarias se instalarán respetando los ángulos definidos en el certificado de conformidad.

  2. Regulación operativa: Se apagarán luminarias en zonas donde no se realicen actividades operativas.

  3. Cumplimiento de normas de luminancia e iluminancia: Se verificará que los niveles promedio no excedan un 20% de los valores definidos en la norma NCh3833/2:2023.

  4. Radiancia espectral: En áreas cercanas a Áreas de Protección Especial, se garantizará el cumplimiento de los valores máximos permitidos para luminarias según la Tabla 2 del decreto. Indicador que acredita su cumplimiento • Se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo N°12 del D.S. N°1/2022 del MMA; por lo que las luminarias utilizadas para el alumbrado exterior contarán con una certificación de cumplimiento de los límites de emisión contemplados en esta norma. Dicha certificación será emitida por la SEC por cada tipo de luminaria adquirida.

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Tabla 1 Cumplimiento Decreto Supremo N°1/2022 del Ministerio del Medio Ambiente. • Plano de ubicación de las luminarias en formato digital (dwg, kml, shp, pdf), con su respectiva georreferenciación, además de fotografías de las luminarias identificando los sellos de certificación con los que cuente. • El informe técnico presentado en el Anexo R de la Adenda, en el cual se explica que el Proyecto cuenta con 3 tipos de luminarias de tipo LED, todas certificadas por el Laboratorio de Fotometría de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Forma de control y seguimiento • Certificado de luminaria emitido por la SEC. • Una vez puesto en funcionamiento el alumbrado, se emitirá un único reporte con el detalle de dichas luminarias instaladas, el cual será enviado a la SMA. • Se dará cumplimiento a los límites mencionados en cuanto sean aplicables al proyecto. • Se dispondrá de toda la documentación que respalde el cumplimiento normativo, la cual se mantendrá en las instalaciones de la planta para su revisión y fiscalización por parte de la autoridad competente, en caso de ser requerida. Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA y Anexo C de la Adenda Complementaria de la DIA.

  1. Observaciones de la persona natural: Gonzalo Andrés Lemus Lemus.

Observación al Estudio de Medio Humano. En referencia al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 2-6: Medio Humano, se solicita lo siguiente:

2.1. Información detallada sobre las comunidades indígenas: El estudio solo considera 3 comunidades indígenas, cuando en la comuna de Taltal existen 9 comunidades indígenas acreditadas. Se requiere información específica sobre la cantidad de personas y familias que conforman todas las comunidades indígenas del Pueblo Chango presentes en la comuna, incluyendo las no mencionadas en el estudio. La información presentada en el estudio es insuficiente y no refleja la realidad demográfica de estas comunidades. Se solicita al titular que actualice y remedie esta falta de información.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal b.1) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto a la solicitud de información detallada sobre las comunidades indígenas presente en el Área de Influencia Medio Humano, se le informa al observante que el Titular a lo largo de la evaluación ambiental fue proporcionando y complementado los antecedentes en la Adenda de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y posteriormente en la Adenda complementaria de la DIA, consolidando la información en el Anexo F Medio Humano Caracterización Comunidades Indígenas Changas en la Adenda complementaria de la DIA, en donde realizó una descripción de las Comunidades Indígenas en el marco del el Artículo 19 literal b)6)10 del RSEIA, presentando información sobre el uso y valorización de los recursos naturales, prácticas culturales, estructuras organizacional, apropiación del medio ambiente y patrimonio cultural indígena, así como también presentó información sobre lugares y/o sitios en que se llevan a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore, identidad grupal a través de elementos culturales, sistema de valores, sitios comunitarios y símbolos de pertenencia grupal. Para ser precisos, el Titular presentó caracterización de los siguientes grupos humanos indígenas identificados: (1) Comunidad Indígena Changa Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra, (2) Comunidad Indígena Changos de Cachinales, (3) Comunidad Indígena Changa Loreto, (4) Comunidad Indígena Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector la Playita y

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la Rinconada, (5) Comunidad Indígena Changos Almendares del Gaucho, (6) Comunidad Indígena Changa Estrella Recolectores la Playita y (7) Comunidad Indígena Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo, así también, describió y vinculó a agrupaciones y organizaciones del pueblo chango tales como: (1) Agrupación Indígena Changos de Cachinales, (2) Comunidad Changos vivientes Finao Loreto, (3) Comunidad Changa Elly Morales, (4) Comunidad Changos Cazadores del Gaucho, (5) Organización Gaucho, (6) Comunidad Almendares del Gaucho, (7) Agrupación Changos recolectores de La Playita, (8) Comunidad changa Estrella Almendares, (9) Organización Playita, (10) Organización Salitre y (11) Agrupación changa Pabla Almendares "Mujer de Mar y tierra".

Respecto a la solicitud de información demográfica del pueblo Chango, se informa al observante que, el Titular en el Anexo 2-6 Medio Humano de la DIA de acuerdo a información oficial del Censos de Población y Vivienda 2002 y 2017, del Instituto Nacional de Estadística declaro que, en la comuna de Taltal se observó un importante aumento en la población indígena entre los años 2002 y 2017, aumentando de un 1,3% en 2002 a 12,63% al 2017, en este último año, dentro de la categoría “otros”, el pueblo Chango reportó 2.495 personas, que corresponde al 97,3% de las personas dentro de esta categoría, y al 73,5% de la población total que pertenece a un pueblo originario en la comuna, siendo el pueblo indígena con el mayor número de habitantes. Por otro lado, de acuerdo con información revisada en el SIT CONADI, en octubre de año 2023, existían 4 Comunidades Indígenas en la comuna de Taltal, todas correspondientes al Pueblo Chango, agrupando a 11 familias y 69 socios.

Finalmente, se le informa al observante que el Titular en el Anexo F Medio Humano Caracterización Comunidades Indígenas Changas en la Adenda complementaria de la DIA, de acuerdo con fuentes primarias y secundarias complementó información concluyendo que, la Comunidad Indígena Changa Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra cuenta con 21 socios, provenientes de un mismo tronco familiar, existiendo jóvenes, niñas y niños que no están contabilizados de manera formal, mientras que la Comunidad Indígena Changos de Cachinales, el número de integrantes es de 12 socios, acorde a información de CONADI provenientes de un mismo tronco familiar, sin perjuicio de ello, se espera una variación de este número dado el aumento de población indígena que está acreditando su calidad indígena. La Comunidad Indígena Changa Loreto cuenta con 27 socios provenientes de un mismo tronco y la Comunidad Indígena Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector la Playita y la Rinconada, así como Comunidad Indígena Changa Estrella Recolectores la Playita, acorde a información disponible tanto bibliográfica, como de CONADI no presenta integrantes, sin embargo, se cuenta con el antecedente de que la “Agrupación Playita”, organización que dio origen a la comunidad contaba con 68 socios. Finalmente, la Comunidad Indígena Changos Almendares del Gaucho estaría conformada por aproximadamente 50 miembros, sin embargo, no representaría el total de población changa que habita el sector del Gaucho y la Comunidad Indígena Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo contaría con 21 socios, provenientes de un mismo tronco familiar, existiendo jóvenes, niñas y niños, que no están contabilizados de manera formal.

2.2. Precisión sobre la población de Paposo: El estudio indica que Paposo cuenta con 484 habitantes según el Censo 2017. Sin embargo, se estima que la población actual es de aproximadamente 700 personas. Se solicita actualizar la información demográfica para reflejar la realidad actual de la localidad.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal b.1) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA). .

Respecto a la solicitud de actualizar información demográfica, se informa al observante que el Instituto Nacional de Estadística (INE) es el organismo encargado de producir las estadísticas oficiales del país, además de realizar los censos en Chile, en este marco el Titular al presentar información del Censo de Población y Vivienda 2017 cumple con proporcionar información oficial para la caracterización del componente Medio Humano, sin embargo, de acuerdo a la revisión y

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observación de este Servicio, se rectifica que la población de localidad de Paposo en base al CENSO 2017 corresponde a 729 habitantes. Para mayor abundamiento, se le informa al observante que, Área de influencia de Medio Humano incluye los sectores poblados más cercanos al área del Proyecto correspondiente a la localidad de Paposo, que abarca tres entidades rurales a saber: El Gaucho Alto, Quebrada Paposo y Paposo, todas del Distrito Censal N°4, por ello, el Titular además de la revisión bibliográfica, aplicó y presentó información obtenida a través de distintas técnicas e instrumentos para recopilar antecedentes desde fuentes primarias como observación directa o no participante y entrevistas semiestructuradas para describir el área de influencia de Medio Humano, dando cumplimiento al Artículo 18.- Contenido mínimo de los Estudios literal e.10 del RSEIA. 2.3. Incorporación del sector de La Rinconada al área de influencia: El estudio no considera el sector de La Rinconada en el área de influencia del proyecto. No obstante, este sector se encuentra a menos de 5 km del proyecto y se caracteriza por ser un sitio de alto valor ecológico con flora y fauna endémica. Se solicita evaluar la inclusión de La Rinconada en el área de influencia y analizar el impacto potencial del proyecto en este ecosistema frágil.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 6 Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA). Respecto a la solicitud de incorporación en el Área de influencia de flora y fauna al sector La Rinconada se informa al observante que, según los antecedentes técnicos contenidos en los Anexos 2-2 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), complementado con el Anexo J de la Adenda de la DIA, se definió un Área de Influencia para la caracterización del componente Flora y Vegetación para totalidad de superficie del Proyecto y un buffer mínimo de 90 metros, abarcando una superficie de 37,6 ha. suelo corresponde a la superficie total del área predial en donde se inserta Proyecto, correspondiente a una superficie de 46 ha, aun cuando la Central ocupa 3 ha. Se descarta la incorporación del sector La Rinconada al Área de Influencia del componente Medio Humano dado que, si bien se reconoce el valor ecológico de la zona, este es asociado a flora y fauna, componentes descritos en sus respectivos anexos. A su vez, se debe destacar que el Proyecto no genera impactos significativos en flora y fauna, por lo que no afectará la disponibilidad de dichos recursos naturales. 2.4. Consideraciones sobre el cambio climático: En el inciso 5 "Consideraciones al cambio climático", se debe reconocer que la Central Térmica Taltal, con más de 24 años en funcionamiento, ha contribuido a la desertificación de la zona. Los gases de efecto invernadero emitidos por la central han tenido un impacto en el ecosistema regional y en los microecosistemas del sector (Mirador de Paposo, Rinconada, laderas de cerros). Se solicita un análisis más profundo sobre el impacto de la central en el cambio climático local.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Párrafo 1º Contenidos Mínimos Comunes de los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental, Artículo 12 bis del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA). Respecto a la solicitud de análisis profundo sobre el impacto de la central en el cambio climático local, se informa que dada la consulta realizada por esta Autoridad en el Informe Consolidado de Evaluación de Aclaraciones (ICSARA) a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el Titular presentó en el Anexo B de la Adenda de la DIA, "Determinación de Riesgos Climáticos”. La información consideró los lineamientos de la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA” (Segunda Edición, 2023). Actualmente, no existe normativa aplicable a Gases de Efecto Invernadero (GEI), y esta ausencia impide realizar un análisis detallado de la dispersión y deposición de estos gases en el ambiente local. Aunque los GEI emitidos por el Proyecto contribuyen al calentamiento global, sus efectos no se observan de forma local, sino que interfieren

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con los ciclos climáticos globales. La relación causal entre esta actividad y la posible afectación a los micro ecosistemas locales no está del todo clara. Estudios existentes, como los de IPCC (2021), Myhre et al. (2013), Friedlingstein et al. (2020) y Masson-Delmotte et al. (2018), señalan que los factores climáticos a gran escala son los principales impulsores de este proceso, lo que hace difícil determinar con precisión la atribución de los impactos. Los hallazgos del Sexto Informe de Evaluación del IPCC (AR6), particularmente en los capítulos 6, 7 y 10, respaldan esta perspectiva. En el Capítulo 6, se explica que los GEI, como el CO₂, se mezclan de manera homogénea en la atmósfera, resultando en una dispersión global que afecta patrones climáticos a gran escala. Además, el Capítulo 10 aborda las dificultades para atribuir cambios locales específicos a fuentes puntuales de GEI debido a la influencia predominante de factores climáticos globales. Para considerar el cambio de los micro ecosistemas locales, el Titular analizó la relación entre el objeto de protección ambiental “flora y fauna” y el cambio climático, a través de la herramienta ARClim “Mapa de Especies”, el cual analiza la probabilidad de presencia de las especies en un escenario de clima histórico (antes del 2020) versus el clima futuro. El análisis presentado en el Anexo B de la Adenda de la DIA, Determinación de Riesgos Climáticos de la Adenda, concluye que las especies de flora y fauna (con excepción de una ligera disminución en Lycalopex culpaeus), tendrán una probabilidad de presencia estable o en aumento bajo el escenario climático futuro. Esto coincide con los resultados de los atlas de riesgo, los cuales indican un bajo riesgo de pérdida de biodiversidad debido al cambio climático en esta región. En consecuencia, no se espera que el proyecto genere impactos adicionales significativos sobre la biodiversidad en interacción con el cambio climático.

2.5. Análisis del impacto socioeconómico: El inciso 6.4 afirma que el proyecto no generará ninguna perturbación socioeconómica, ni positiva ni negativa. Sin embargo, esta afirmación contradice la realidad. La central, en sus más de 20 años de funcionamiento, no ha generado ningún cambio socioeconómico significativo en la localidad de Paposo. Por lo tanto, es improbable que la continuidad del proyecto genere beneficios para la localidad. Por otro lado, el desmantelamiento de la central podría generar una movilidad laboral y socioeconómica favorable para los habitantes de Paposo y sus aledaños, lo que conllevaría a una mejora significativa según el inciso 6.5. Se solicita al titular que realice un análisis más realista del impacto socioeconómico del proyecto, considerando tanto su continuidad como su eventual desmantelamiento.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal b.1) del. Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto a la solicitud de análisis sobre el impacto socioeconómico del Proyecto, se precisa al Observante que en el marco del Artículo 18 literal e.10 del RSEIA para describir y analizar el componente Medio Humano en la dimensión socioeconómica, el Titular debe señalar el empleo y desempleo y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción y/o uso de recursos naturales por parte de los grupos humanos presentes, en forma individual o asociativa, en este marco, el Titular presentó el Anexo 2-6 Medio Humano de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) declarando que, las principales ocupaciones laborales de la población en el sector eran la pesca, trabajada de forma independiente a pequeña y mediana escala, así como la minería, que se desarrolla en yacimientos de diversa envergadura ubicados en el sector. Otra de las actividades económicas identificadas en Paposo fue la venta particular de productos locales mediante establecimientos comerciales pequeños. De forma complementaria, el Titular en el Anexo H Medio Humano Caracterización Comunidades Indígenas Changas de la Adenda, destacó la recolección de huiro en la zona costera, la venta de peces y mariscos, y el desarrollo de actividades ganaderas en las majadas propias de comunidades indígenas.

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Sin perjuicio de lo anterior, el Titular en el marco del Artículo 19.- Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del RSEIA, presentó al término de la evaluación ambiental el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, con la consolidación de 10 iniciativas, entre ellas cabe destacar: (1) Compromiso Ambiental Voluntario-1. Promover la contratación de mano de obra local, que busca promover la contratación de mano de obra local a través de la vinculación con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de Taltal, respecto de las ofertas laborales y requerimientos de servicios requeridos por la faena durante la fase de cierre; (2) Compromiso Ambiental Voluntario-4. Mantención de Relaciones Comunitarias, que busca fortalecer el relacionamiento con las comunidades locales cercanas al proyecto, a través de la implementación de planes de colaboración enfocados en pasantías para egresados de liceos técnicos y universidades, visitas guiadas al Proyecto, y apoyo a la capacitación laboral local; y (3) Compromiso Ambiental Voluntario-7. Becas estudiantes comuna de Taltal, que busca Apoyar económicamente a 6 estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales en otras comunas, para cubrir gastos de hospedaje y transporte, otorgando anualmente un monto de CLP $10.000.000 por un periodo de 7 años una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

Observación al Estudio de Ecosistemas Terrestres En referencia al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 2-2: Ecosistemas Terrestres, se solicita lo siguiente: 2.6. Precisión sobre la extensión del área de influencia: El área de influencia definida para el componente flora y vegetación abarca un buffer de 90 metros alrededor de las obras permanentes. Se solicita justificar con mayor precisión la extensión de este buffer, considerando el alcance real de los impactos potenciales del proyecto sobre la flora y vegetación durante los próximos 14 años de operación.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la determinación del Área de Influencia para flora y vegetación. Para determinar los potenciales impactos sobre la flora y vegetación debido a la continuidad operacional de la central termoeléctrica se ha definido un Área de Influencia que incluye un buffer de 90 metros alrededor de las obras permanentes. Esta delimitación se fundamenta en un análisis detallado y se ajusta a las directrices técnicas de la Guía para la descripción del Área de Influencia (SEA, 2017). Según esta guía, el Área de Influencia se define como ‘El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias’. Tal como lo indica la Guía, cuando se habla de área de influencia, se debe considerar en un espacio más amplio que solo la tierra. El aire y el agua también forman parte de este espacio, y es necesario evaluarlos cuando un proyecto pueda afectarlos. Por tanto, esta delimitación, basada en la Guía SEA 2017, considera el potencial efecto a nivel de gases y material particulado que genera el Proyecto y su posible sedimentación al área circundante. Dado que el Proyecto no prevé nuevas construcciones, el buffer de 90 metros es suficiente para evaluar los potenciales impactos. El Titular realizó la modelación de dispersión atmosférica para material particulado sedimentable (MPS), cuyos resultados se detallan en el Anexo T Modelación Emisiones Atmosféricas de la presente Adenda de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Los resultados del modelo de dispersión atmosférica indican que la deposición media anual de MPS en todos los receptores evaluados (R14 a R28), tanto en el escenario base como en el escenario de operación del proyecto, es prácticamente nula (0,00 mg/m²/día).

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Para un mayor abundamiento el Titular se realizó un estudio a largo plazo (2011-presente) en parcelas centinela ubicadas en las inmediaciones del Proyecto, enfocado en el análisis morfológico de las estomas de la vegetación local. Este estudio reveló que las estomas se encontraban abiertos, con dimensiones normales y sin evidencias de daño estructural. Asimismo, no se detectaron alteraciones en los tejidos epidérmicos, ni en el funcionamiento estomático atribuibles a la deposición de material particulado, el cual podría obstruir las estomas y reducir la eficiencia fotosintética al limitar la difusión de gases. Además, se descartó la presencia de daños celulares inducidos por gases contaminantes como el ozono (O3), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de nitrógeno (NO2). 2.7. Profundización en el análisis de impactos: El estudio se centra en la descripción de la flora y vegetación, pero no profundiza en el análisis de los impactos específicos que la continuidad de la central podría generar. Se solicita un análisis más exhaustivo que considere: • Impacto de las emisiones atmosféricas: Evaluar el efecto de las emisiones de la central (gases de efecto invernadero, material particulado, etc.) en la salud y desarrollo de la flora. • Impacto del ruido: Analizar el efecto del ruido generado por la central en la fauna que poliniza la flora, y cómo esto podría afectar la reproducción y supervivencia de las especies vegetales. • Impacto visual: Evaluar el impacto visual de la central en el paisaje, considerando la percepción de las comunidades locales.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 6 Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables y Articulo 9 alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, ambos del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, ( RSEIA).

a) Impacto de las emisiones atmosféricas: En relación con el primer aspecto señalar que para efectos de evaluar los posibles impactos ambientales que generarán las emisiones y gases del Proyecto sobre la salud de la población , esta Direccion Regional de Antofagasta revisó la información contenida en el Anexo T de la Adenda de la DIA los resultados de los modelos de dispersión atmosférica, como lo es el modelo Calpuff, el cual permitió simular la distribución de material particulado en suspensión (MPS) en el entorno del Proyecto. Los resultados obtenidos no detectaron depósito de material particulado sedimentable (MPS) en ninguno de los escenarios evaluados. Sin embargo, se observó un leve aumento en las concentraciones de material particulado fino (MP10 y MP 2,5) en el Receptor 30 (Anexo T Modelación Emisiones Atmosféricas de la Adenda). A pesar de este aumento, las concentraciones se mantuvieron por debajo de los límites normativos establecidos. Adicionalmente y dado que el Proyecto corresponde a la continuidad operacional de las Unidades Generadoras,el Titular realizó los monitoreos periódicos de parcelas de control desde el año 2011, los cuales por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis evidencian que no existen daños en los tejidos, lo cual indica que no hay efecto por la contaminación de gases como SO2, NO2 u O3 en los tejidos vegetales, ni tampoco se observaron alteraciones en indicadores como abundancia, densidad o fenología de las especies vegetales. b) Impacto del ruido: Los estudios sobre el impacto del ruido en polinizadores, como el de Molina- Montenegro et al. (2023), indican que estos organismos pueden experimentar alteraciones en su comportamiento y fisiología. Sin embargo, dado que el proyecto corresponde a la extensión de la fase de operación del Proyecto Original en las mismas condiciones de operación, los datos recolectados en las parcelas de monitoreo desde 2011 indican que la abundancia, densidad y fenología de las especies vegetales han permanecido estables. Estos resultados sugieren que el funcionamiento de la Central no ha generado impactos negativos significativos en las poblaciones de polinizadores, ya que la salud de la vegetación, un indicador clave para estos organismos, se ha mantenido constante en el período analizado.

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Complementariamente, para la evaluación de posibles impactos de ruido en fauna, se realizó la modelación de las emisiones acústicas para la Fase de Operación del Proyecto, la que consideró el funcionamiento simultáneo de todo el equipamiento asociado a las actividades, implicando la situación más desfavorable para los receptores evaluados. Para los hábitats de interés para Fauna el Titular consideró los umbrales establecidos en el documento “Criterio de evaluación en el SEIA: Evaluación de impactos por ruido sobre fauna nativa” (SEA, 2022). Respecto a los receptores de las especies reptiles, aves y mamíferos se puede señalar que, bajo un escenario desfavorable, los niveles de inmisión de ruido presentarían no superaciones al umbral para las especies identificadas, en la totalidad de los puntos de proyección evaluados y que son representados para los hábitats de relevancia. c) Impacto visual: Respondiendo a lo solicitado por el observante, se indica que el Proyecto no ejecutará nuevas obras a las ya construidas en el Proyecto Original. En relación al análisis de paisaje presentado en el Anexo I de la Adenda de la DIA, se realizó en primera instancia una evaluación indirecta de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales del paisaje, en consideración de las 4 Unidades de Paisaje definidas para el Área de Influencia del componente. Las valoraciones asignadas a cada atributo en relación con cada una de las Unidades de Paisaje se realizaron en base a la observación de los especialistas en terreno, instancia en la que se tomaron muestras fotográficas representativas de cada Unidad de Paisaje, como también desde los puntos de observación definidos. A partir de la identificación de la macrozona y subzona del paisaje del área del Proyecto, es decir, la Macrozona Norte Grande, subzona Borde Costero, es que se obtuvo la calidad del paisaje de las Unidades del Paisaje, siendo Baja para la UP-03 “Sector Industrial”, Media para las UP-1 “Borde Costero” y UP-4 “Sector Antrópico” y Alta para la UP-2 “Sector de Quebradas y Montañoso”. A continuación, se presenta la valoración que obtuvo cada una de las Unidades del Paisaje y en la Figura 3 se presenta la extensión espacial de éstas:

Figura 4. Unidades de Paisaje Fuente: Anexo I de la Adenda de la DIA. En relación a la percepción el Titular elaboró un Estudio de Preferencias Paisajísticas, en el cual se le consultó la percepción sobre la calidad visual del Paisaje a 3 grupos de profesionales, agrupados según características profesionales y académicas definidas (Grupos Exigente, Transformados y

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Control), quienes evaluaron la calidad visual de las 4 Unidades de Paisaje en base a la observación de fotografías, dando como resultado una valoración de Baja calidad visual a la UP-1, Alta para la UP-2, Baja para la UP-3 y Media para la UP-4. Lo anterior se realizó en base a la metodología expuesta en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA” (2019), la cual no establece la realización de entrevistas a la comunidad local como una metodología válida en la evaluación de la calidad visual del paisaje, por el contrario, solo contempla la realización de entrevistas o cuestionarios dentro del marco de la realización del Estudio de Preferencias Paisajísticas, donde se exige que los profesionales invitados a participar de la evaluación no deben residir en la zona o en sus cercanías, dado que podrían presentar preferencias altas debido a sentimientos de arraigo en la zona, incidiendo en la subjetividad de cada individuo y afectando la objetividad de las valoraciones obtenidas en la encuesta. 2.8. Consideraciones adicionales: • Efecto borde: Analizar el efecto borde generado por la fragmentación del hábitat, especialmente en el sector de La Rinconada, y su impacto en la flora y vegetación. • Plan de manejo de especies exóticas: Incluir un plan de manejo para el control de especies exóticas, como el Mesembryanthemum crystallinum, que compiten con la flora nativa.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 6 Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

a) El efecto borde se define como el resultado de la interacción de dos ecosistemas adyacentes o cualquier cambio en la distribución de una variable dada que ocurre en la transición entre hábitats (López-Barrera, 2004). La evaluación del efecto borde en el sector de La Rinconada se llevó a cabo mediante el análisis de imágenes satelitales y muestreos de campo. Los resultados obtenidos en la caracterización ambiental de ecosistemas terrestres presentes en el Anexo 2-2 de la DIA, indican que el hábitat presenta una alta homogeneidad en términos de formaciones de vegetacionales, especies encontradas y composición del suelo. Además, la ausencia de bordes abruptos y la conectividad entre los diferentes fragmentos sugieren que las especies pueden moverse libremente por el área, minimizando los efectos de aislamiento asociados a los bordes. Por lo tanto, se puede concluir que la homogeneidad del ecosistema en el Área de Influencia impide la manifestación del efecto borde, ya que este fenómeno se produce típicamente en zonas de transición donde interactúan diferentes comunidades biológicas.

b) El Proyecto no contempla la ejecución de partes, obras y acciones que impliquen la introducción de especies exóticas, la modificación de hábitats naturales o la alteración significativa de la biodiversidad reglado en el art. 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente o en el art. 6 del RSEIA, por lo tanto, no se requiere la presentación de un Plan de Manejo de Especies Exóticas.

2.9. Medidas de compensación: Proponer medidas de compensación contundentes por la pérdida de vegetación y la alteración de los ecosistemas terrestres durante los próximos 14 años, considerando la información histórica del proyecto. Se debe incluir: • Estudios y análisis realizados con la flora desplazada al inicio del proyecto hace 24 años. • Evaluación de la efectividad de las medidas de compensación implementadas en el pasado. • Reforestación con especies nativas, considerando la creación de un vivero para asegurar la disponibilidad de plantas. • Monitoreo a largo plazo de la vegetación para evaluar el éxito de las medidas de compensación.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la incorporación de Medidas de Compensación.

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Al respecto, se indica que El Proyecto ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental como una Declaración de Impacto Ambiental, dado que el Titular no reconoce la generación efectos, características o circunstancias (ECC) listados en el artículo 11 de la Ley 19.300. Por cuanto, no le son aplicables las medidas de mitigación y compensación consultadas. Ahora bien, este Servicio revisó los antecedentes técnicos asociados al componente flora y vegetación en la evaluación Ambiental del proyecto y que se describen a continuación: Respecto al componente Flora y Vegetación, se definió un Área de Influencia de la totalidad de superficie del Proyecto y un buffer mínimo de 90 metros, abarcando una superficie de 37,6 ha. Según la clasificación de Luebert y Pliscoff (2017), el AI se encuentra dentro de piso vegetacional “Matorral desértico mediterráneo costero de Gypothamnium pinifolium - Heliotropium pycnophyllum” que corresponde a un matorral abierto xeromorfo dominado por los arbustos Heliotropium pycnophyllum, Gypothamnium pinifolium, Chuquiraga ulicina, Tetragonia maritima y Nolana divaricata, con una importante participación de cactáceas del género Copiapoa (e.g. C. cinerea, C. cinerascens, C. haseltoniana).

En el Área de Influencia se registraron cuatro (4) recubrimientos de suelo y cinco (5) formaciones vegetales, constituidas por formaciones xerofíticas de cactáceas y matorrales xerofíticos. La mayor parte del AI (36,2%) corresponde al recubrimiento de matorrales xerofíticos Con respecto a los tipos biológicos, los arbustos son predominantes, registrándose un total de 6 especies, equivalentes al 30%, seguidas de los subarbustos, arbusto suculento y hierba anual, con un total de 3 especies registradas, equivalente a un 15%, mientras que se registran dos (2) hierbas perennes (10%) y una (1) especie hierba suculenta, hierba anual o perenne, subarbusto trepador (5%). De esta última categoría, hierba anual, hay tres especies que solo se encontraron en una campaña, estas fueron, Nolana aplocaryoides y Salvia rhombifolia encontradas en la campaña de invierno, y Mesembryanthemum crystallinum observada en la campaña de verano. Por otra parte, respecto al estado de conservación de las especies registradas en el Área de Influencia, según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), se registraron cuatro (4) especies en categoría de conservación, estas fueron: a) Copiapoa cinerea, clasificada como “En Peligro – EN” en el 19no Proceso de Clasificación, según el D.S. 2/2024 del MMA. b) MMA5to Proceso de Clasificación, según el D.S. 33/2011 MMA; c) Eulychnia iquiquensis, clasificada como “Vulnerable – VU” en el 2do Proceso de Clasificación, según el D.S. 50/2008 MINSEGPRES; d) Pyrrhocactus taltalensis, clasificada como “Vulnerable – VU” en el 9no Proceso de Clasificación, según el D.S. 13/2013 MMA; e) Cistanthe cachinalensis, clasificada como “En Peligro – EN” en el 7mo Proceso de Clasificación, según el D.S. 42/2011 MMA. Lo anterior se fundamenta en los resultados de las campañas para la componente flora y vegetación vascular realizada entre los días 11 al 15 de septiembre del 2023 y los días 3 al 6 de enero del 2024, las cuales son presentadas en detalle en el correspondiente informe de línea de base . Debido a que el Proyecto extenderá la fase de operación Central Térmica Taltal hasta el año 2040, donde no se construirán nuevas obras y por ende la vegetación no se verá afectada. Tampoco se espera una afectación mayor por parte del funcionamiento de la Central sobre la vegetación, ya que se ha visto documentado por parte de los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente

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desde el 2011 en adelante que, la vegetación presente en el AI no demuestra una alteración en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente.

2.10. Antecedentes sobre la flora: El estudio menciona la realización de dos campañas de muestreo, una en verano y otra en invierno. Sin embargo, considerando que el proyecto tiene 24 años de operación, se solicita al titular que proporcione todos los antecedentes recopilados durante este período sobre la flora del área de influencia, incluyendo: • Estudios y monitoreos de la flora realizados a lo largo de los 24 años. • Información sobre la edad de la flora del área de influencia, especificando si nació post construcción del proyecto o antes. • En caso de que la flora sea nueva, información sobre la ubicación y estado actual de las especies movidas hace 24 años.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización del medio Terrestre y componente Flora. Respecto de lo observado, al comparar la información contenida los estudios de impacto ambiental realizados en 1997 y el estado actual, se observa una notable estabilidad en la composición de especies vegetales presentes en el Área de Influencia del Proyecto.

Se han identificado especies como Bahia ambrosioides, Copiapoa cinerea, Eulychnia iquiquensis, Euphorbia lactiflua, Nolana aplocaryoides y Suaeda foliosa. Sin embargo, la clasificación de las unidades vegetacionales ha evolucionado. Mientras que en 1997 se identificaron tres unidades cartográficas basadas en la distribución de matorrales y suculentas, el estudio actual ha definido cinco unidades, utilizando la terminología de la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo. Esta nueva clasificación, que incluye categorías como formaciones y matorrales xerofíticos, refleja una mayor precisión en la descripción de las comunidades vegetales y permite una mejor evaluación de su estado de conservación. A pesar de las diferencias en la clasificación, ambos estudios coinciden en la presencia de comunidades vegetales adaptadas a condiciones áridas y sujetas a una alta presión antropogénica. La implementación de la Ley 20.283 ha introducido nuevos requerimientos para la gestión y protección de estas comunidades. A continuación, se describen las mismas unidades observadas hace 27 años, con las terminologías aplicadas en el Proyecto: a) Matorral xerofítico de Suaeda foliosa: Formación vegetacional ubicada a unos 81 metros sobre el nivel del mar (m.s.n.m), con pendientes de hasta 19% y relieves medios. Cuenta con un grado medio de erosión debido morfología del lugar y su falta vegetación como capa protectora del suelo. Además, de una alta pedregosidad y presión sobre la vegetación por la presencia de burros. Presenta una fisionomía de matorral xerofítico, dominado por la especie arbustiva Suaeda foliosa cuyo estrato en altura se ubica entre 40 a 70 cm. La cobertura arbustiva estimada en las unidades de esta formación es escasa (5 a 10%). Como parte de la especie acompañante de la misma estrata se observa la especie Heliotropium pycnophyllum. Además, como parte de las especies acompañantes de la de la estrata suculenta se registran la especie Copiapoa cinerea, cuya altura se ubica en el rango de 30 a 40 cm con una cobertura escasa (5 a 10%), al igual que le especie Cristaria integerrima correspondiente al estrato herbáceo con una altura de 5 a 10 cm. b) Matorral xerofítico de Euphorbia lactiflura: Formación vegetacional ubicada a unos 136 m.s.n.m, con pendientes de hasta 15% y relieves medios. Cuenta con un grado medio de erosión debido morfología del lugar y su falta vegetación como capa protectora del suelo. Además, de una alta pedregosidad y presión sobre la vegetación por la presencia de burros. Presenta una fisionomía de matorral xerofítico, dominado por la especie arbustiva Euphorbia

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lactiflura cuyo estrato en altura se ubica entre 1,5 a 2,0 m. La cobertura arbustiva estimada en las unidades de esta formación es clara (25 a 50%). Como parte de las especies acompañantes de la misma estrata se observa la especie Heliotropium pycnophyllum. Además, como parte de las especies acompañantes de la estrata suculenta se registran las especies Eulychnia iquiquensis de 2,5 m. y Copiapoa cinerea de 40 cm. cuya cobertura es muy clara (10 a 25%). Mientras que para estrata herbácea se observa la especie Cristaria integerrima con una altura de 10 cm. una cobertura escasa. Además, las siguientes tres (3) unidades vegetacionales fueron descritas en la DIA. c) Formación xerofítica de Copiapoa cinerea: Formación vegetacional ubicada a unos 105 m.s.n.m, con pendientes de hasta 15% y relieves medios. Cuenta con un grado medio de erosión debido morfología del lugar y su falta vegetación como capa protectora del suelo. Además, de una alta pedregosidad y presión sobre la vegetación por la presencia de burros. Presenta una fisionomía de formación xerofítica de cactáceas, dominada por la especie suculenta Copiapoa cinerea cuyo estrato en altura se ubica entre 40 a 50 cm. La cobertura suculenta estimada en las unidades de esta formación varía entre muy clara (10 a 25%) y clara (25 a 50%). Como parte de las especies acompañantes de la misma estrata se observa las especies Cistanthe cachinalensis y Eulychnia iquiquensis. Además, como parte de las especies acompañantes de la de la estrata arbustiva se registran las especies Heliotropium pycnophyllum y Suaeda foliosa cuya altura se ubica en el rango de 30 a 70 cm con una cobertura escasa (5 a 10%), al igual que le especie Hoffmannseggia prostrata, correspondiente al estrato herbáceo con una altura de 5 a 10 cm.

d) Matorral xerofítico de Nolana villosa: Formación vegetacional ubicada a unos 72 m.s.n.m, con pendientes de hasta 15% y relieves medios. Cuenta con un grado medio de erosión debido morfología del lugar y su falta vegetación como capa protectora del suelo. Además, de una alta pedregosidad y presión sobre la vegetación por la presencia de burros. Presenta una fisionomía de matorral xerofítico, dominado por la especie arbustiva Nolana villosa cuyo estrato en altura se ubica entre 40 a 50 cm. La cobertura arbustiva estimada en las unidades de esta formación varía entre muy clara (10 a 25%) y clara (25 a 50%). Como parte de las especies acompañantes de la misma estrata se observa las especies Heliotropium pycnophyllum y Suaeda foliosa. Además, como parte de las especies acompañantes de la de la estrata suculenta se registran la especie Copiapoa cinerea, cuya altura se ubica en el rango de 10 a 15 cm con una cobertura escasa (5 a 10%), al igual que le especie Cristaria gracilis correspondiente al estrato herbáceo con una altura de 5 a 10 cm.

e) Matorral xerofítico de Heliotropium pycnophyllum: Formación vegetacional ubicada a unos 65 m.s.n.m, con pendientes de hasta 37% y relieves medios. Cuenta con un grado medio de erosión debido morfología del lugar y su falta vegetación como capa protectora del suelo. Además, de una alta pedregosidad y presión sobre la vegetación por la presencia de burros. Presenta una fisionomía de matorral xerofítico, dominado por la especie arbustiva Heliotropium pycnophyllum cuyo estrato en altura se ubica entre 40 a 80 cm. La cobertura arbustiva estimada en las unidades de esta formación varía entre muy clara (10 a 25%) y clara (25 a 50%). Como parte de la especie acompañante de la misma estrata se observan las especies Nolana villosa y Suaeda foliosa. Además, como parte de las especies acompañantes de la de la estrata suculenta se registran la especie Copiapoa cinerea, cuya altura se ubica en el rango de 20 a 40 cm con una cobertura que varía entre escasa (5 a 10%) y muy escasa (1 a 5%). Respecto de lo solicitado, los análisis comparativos indican una notable persistencia en la composición florística de las unidades vegetacionales del Área de Influencia a lo largo de los últimos 27 años. Sin embargo, la ausencia de registros detallados previos a la promulgación de la Ley 20.283 del Ministerio de Agricultura impide determinar con precisión si las formaciones afectadas fueron eliminadas en su totalidad o removidas y replantadas.

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2.11. La falta de información detallada sobre la flora y vegetación, así como la ausencia de un análisis exhaustivo de los impactos, dificulta la evaluación del proyecto. Se solicita al titular que proporcione la información solicitada para una adecuada evaluación del impacto ambiental del proyecto en los ecosistemas terrestres.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización del medio Terrestre, componente Flora y a la determinación de impactos. Para determinar los potenciales impactos sobre la flora y vegetación debido a la continuidad operacional de la central termoeléctrica se ha definido un Área de Influencia que incluye un buffer de 90 metros alrededor de las obras permanentes. Esta delimitación se fundamenta en un análisis detallado y se ajusta a las directrices técnicas de la Guía para la descripción del área de influencia (SEA, 2017). Según esta guía, el Área de Influencia se define como ‘El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias’. Tal como lo indica la Guía, cuando se habla de área de influencia, se debe considerar en un espacio más amplio que solo la tierra. El aire y el agua también forman parte de este espacio, y es necesario evaluarlos cuando un proyecto pueda afectarlos. Por tanto, esta delimitación, basada en la Guía SEA 2017, considera el potencial efecto a nivel de gases y material particulado que genera el Proyecto y su posible sedimentación al área circundante. Al no preverse nuevas construcciones, el buffer de 90 metros es suficiente para evaluar los impactos.

Se llevaron a cabo modelos de dispersión atmosférica para partículas en suspensión (MPS), cuyos resultados se detallan en el Anexo T Modelación Emisiones Atmosféricas de la Adenda de la DIA.

Los resultados del modelo de dispersión atmosférica indican que la deposición media anual de Material Particulado Sedimentable (MPS) en todos los receptores evaluados (R14 a R28), tanto en el escenario base como en el escenario de operación del proyecto, es prácticamente nula (0,00 mg/m²/día).

Para un mayor abundamiento el Titular se realizó un estudio a largo plazo (2011-presente) en parcelas centinela ubicadas en las inmediaciones del Proyecto, enfocado en el análisis morfológico de las estomas de la vegetación local. Este estudio reveló que las estomas se encontraban abiertos, con dimensiones normales y sin evidencias de daño estructural. Asimismo, no se detectaron alteraciones en los tejidos epidérmicos, ni en el funcionamiento estomático atribuibles a la deposición de MPS, el cual podría obstruir las estomas y reducir la eficiencia fotosintética al limitar la difusión de gases. Además, se descartó la presencia de daños celulares inducidos por gases contaminantes como el ozono (O3), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de nitrógeno (NO2). Arqueología y Patrimonio Cultural desde una Perspectiva Multidisciplinaria En referencia al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 2-3: Arqueología y Patrimonio Cultural, como profesionales en paleontología, antropología y arqueología, presentamos las siguientes observaciones: 2.12. Potencial Paleontológico: Si bien el estudio se centra en el patrimonio arqueológico, la zona presenta un alto potencial paleontológico, especialmente considerando la presencia de formaciones geológicas que podrían contener fósiles. Se solicita al titular que realice una evaluación paleontológica del área de influencia, incluyendo prospecciones en terreno para identificar posibles yacimientos fosilíferos.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural. En relación con la consulta de la ciudadanía, el Titular aclara en la presente evaluación ambiental que el Proyecto no ejecutará nuevas obras que puedan alterar el entorno actual y, por ende, el potencial

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paleontológico del sitio. Al tratarse de una extensión de vida útil, las actividades de La Planta continuarán desarrollándose dentro de los límites establecidos y bajo las mismas condiciones ambientales. En consecuencia, no se prevén impactos sobre el patrimonio paleontológico asociados al Proyecto.

2.13. Impacto en el Registro Fósil: La continuidad de la central, con sus emisiones atmosféricas y la posible generación de vibraciones, podría afectar la preservación de fósiles en el área. Se solicita evaluar este impacto y proponer medidas de mitigación para proteger el patrimonio paleontológico.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la caracterización de Arqueología y a la evaluación de impactos en el componente Patrimonio Cultural. El Proyecto de Continuidad Operacional de la Central Térmica Taltal no contempla la ejecución de nuevas obras que puedan alterar el entorno actual y, por ende, el potencial paleontológico del sitio. Al tratarse de una extensión de vida útil, se garantiza que las actividades de la planta continuarán desarrollándose dentro de los límites establecidos y bajo las mismas condiciones ambientales. Por otro lado, la fase de cierre no contempla partes, obras y/o acciones que generen emisiones y/o vibraciones, por lo que no se afectará la preservación de fósiles. De igual forma, cabe señalar que en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier trabajo dentro del área del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se procederá en conformidad a los artículos N°26 y 27 de la Ley Nº17.288 que legisla sobre los Monumentos Nacionales y el artículo N°23 D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológico, antropológicas y paleontológicas, la cual señala la obligatoriedad de detener la totalidad de las obras en curso en el sector del hallazgo, posteriormente informar al Consejo de Monumentos Nacionales quienes indicarán las medidas a seguir, cuya implementación será realizada por el Titular del Proyecto. 2.14. Profundización en el Estudio Antropológico: El estudio se limita a mencionar la presencia de comunidades indígenas en la zona, pero no profundiza en el análisis antropológico de estas comunidades. Se solicita un estudio más completo que incluya: • Caracterización sociocultural: Descripción detallada de la organización social, prácticas culturales, cosmovisión y relación con el territorio de las comunidades indígenas del Pueblo Chango. • Impacto en la identidad cultural: Evaluar cómo la continuidad de la central podría afectar la identidad cultural de las comunidades indígenas, considerando el impacto en el paisaje, el acceso a recursos naturales y la posible alteración de sitios con valor cultural. • Participación indígena: Asegurar la participación efectiva de las comunidades indígenas en el proceso de evaluación del proyecto.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización de Antropológica e impactos significativos en los Sistemas de Vida y Costumbres de los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. En respuesta a lo requerido, se aclara que por solicitud de esta autoridad y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), el Titular elaboró el Anexo H Medio Humano de la Adenda complementaria de la DIA, en el cual se entrega una caracterización de las Comunidades Indígenas Changas de la comuna de Taltal, que incluye a las Comunidades Indígenas: Changa Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra, Changos de Cachinales, Changa Loreto, Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector la Playita y la Rinconada, Changos Almendares del Gaucho, Changa Estrella Recolectores la Playita y Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo. Destacando que el Anexo mencionado fue realizado acorde a las definiciones del Art 18 literal e) 10 del Decreto Supremo 40, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante RSEIA), es preciso mencionar que el Proyecto no genera impactos

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significativos en los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas de la comuna de Taltal. Respecto a la caracterización de los habitantes de Paposo pertenecientes al pueblo Chango se puede señalar que, han mantenido sus tradiciones y conocimientos, transmitiendo a los niños la cultura, por ejemplo, mediante proyectos de transmisión cultural en el jardín de Paposo, y mediante el uso de palabras tradicionales en el vivir cotidiano, como chope (gancho de hierro para recolectar mariscos) o chinguillo (recipiente para depositar los mariscos recolectados); también se mantienen formas tradicionales de pesca realizadas por el pueblo Chango, como la pesca con palo y arpón. La crianza de caprinos es una actividad que existe desde hace años, siendo considerado como una práctica cultural arraigada por parte de los habitantes de Paposo, principalmente en los sectores rurales. Igualmente, se mantiene hasta hoy en día en los sectores menos densificados a pequeña y mediana escala de producción, principalmente para alimento y lechería. La ubicación del GHPPI más cercano al Proyecto corresponde a la Comunidad El Gaucho, emplazada a 3,3 km aproximadamente del predio del Proyecto. Otras comunidades que se emplazan en sectores costeros próximos al área del Proyecto son: Comunidad Changos Vivientes Finao Loreto, Agrupación de Recolectores de Carácter Indígena La Playita y Comunidad Changos de Cachinales. Dentro de los sitios de importancia cultural para el Pueblo Chango se destaca el sector de Rinconada, ubicado a aproximadamente 3 km al norte de área del Proyecto, en las laderas de la Cordillera de la Costa. De acuerdo con la revisión bibliográfica y entrevistas realizadas, se puede indicar que en este sector se realiza recolección de hierbas medicinales. Otro sector de importancia cultural corresponde a la costa de Paposo, donde el Pueblo Chango habita y desarrolla sus actividades tradicionales, como la pesca y la recolección de algas. Para mayor abundamiento, el Titular presento en el Anexo F Medio Humano, el Apéndice 2 KMZ Sitios de significancia cultural de la Adenda complementaria de la DIA, para ubicar territorialmente a todos los sitios de significancia cultural de este pueblo originario, concluyendo que, existen tres sitios de significancia cultural los cuales corresponden a (1) “Aguas La Higuera” que se encuentra dentro del Área del Proyecto con uso nulo, (2) “Cementerio de Paposo” a 55 metros del área del Proyecto con uso habitual y (3) “La capilla” a 1,5 kilómetros del área del Proyecto con uso esporádico o por estacionalidad. Por lo anterior, a lo largo de la evaluación ambiental, se acreditó que el Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción de estos sitios a través de sus obras, partes o acciones, al utilizar instalaciones existentes, por ello, no será necesaria la intervención de rutas que pudieran significar una restricción de acceso. Por otro lado, respecto al componente ruido, el Titular descarta afectación dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°38/11 del MMA tanto en jornada diurna como en jornada nocturna para los receptores identificados, bajo un escenario desfavorable, es decir, mediante el funcionamiento simultaneo y constante de todas las maquinarias operando durante las 24 horas. Finalmente, respecto al Cementerio de Paposo, sitio de significancia cultural y memoria, es visitado frecuentemente por los deudos de los fallecidos, especialmente el día 1 de noviembre con motivo de la celebración del “Día de Todos los Santos” sin embargo, no se evidencia procesiones religiosas o manifestaciones culturales de organizaciones dentro o en las inmediaciones del mismo, destacando que el Proyecto no hará uso o alterará la infraestructura o caminos de ingreso u interiores del cementerio, por lo que se descarta cualquier afectación a este significativo sitio. Respecto al paisaje, de acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.12 “Paisaje” de la DIA, el Proyecto no generará obstrucción de las zonas con valor paisajístico. El relieve dominante no logrará constituirse como una barrera visual natural entre los observadores y el territorio involucrado, por ello, el observador en general tendrá vistas directas hacia los aerogeneradores más cercanos, especialmente cuando se encuentre frente al proyecto. Respecto a la participación efectiva de las comunidades indígenas, en cumplimiento del art 86 del RSEIA se llevó a cabo, en mayo de 2024, una reunión entre profesionales del SEA, y 17 representantes de las Comunidades Indígenas presentes en la comuna de Taltal. A su vez, tres personas jurídicas, estando entre ellas la Comunidad Indígena Elly Morales Mujer de Lucha Alguera

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y Ganadera, solicitaron al SEA un proceso de Participación Ciudadana, que fue acogida y desarrollada del 25 de septiembre al 22 de octubre del año 2024, efectuándose dos diálogos ciudadanos presenciales, uno en la localidad de Paposo y otro en la ciudad de Taltal, los días 2 y 3 de octubre del 2024.

2.15. Extensión del Área de Influencia: El área de influencia definida para el componente arqueológico corresponde a la superficie total del terreno (46 ha). Sin embargo, considerando la importancia arqueológica de la zona y la movilidad de los grupos humanos en el pasado, se sugiere ampliar el área de influencia para asegurar la protección de sitios arqueológicos que podrían estar relacionados con el área del proyecto.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural. Respecto del Área de Influencia del Proyecto para el componente arqueológico, en la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define Área de Influencia como “El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”, por otro lado, la letra e) del artículo 2 del Reglamento del SEIA define impacto ambiental como “alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada”. Además, la letra ll) del artículo 2 de la Ley N°19.300 define medio ambiente como “el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones”. También para la definición del Área de Influencia se consideró lo expuesto en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental” (2012) y la “Guía de Procedimiento Arqueológico” (2020) del Consejo de Monumentos Nacionales. En virtud de lo anterior, para el Proyecto, el Área de Influencia para el componente Arqueología y Patrimonio Cultural se ha establecido considerando los potenciales impactos sobre el componente en evaluación, así como el espacio biogeográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del Proyecto. En referencia a lo anterior, y en base a que el Proyecto no considera la construcción de obras nuevas, la superficie considerada como área de influencia corresponde a la superficie total del polígono predial sobre el cual se emplaza la Central Térmica. (46 ha). De igual forma, cabe señalar que en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier trabajo dentro del área del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se procederá en conformidad a los artículos N°26 y 27 de la Ley Nº17.288 que legisla sobre los Monumentos Nacionales y el artículo N°23 D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológico, antropológicas y paleontológicas, la cual señala la obligatoriedad de detener la totalidad de las obras en curso en el sector del hallazgo, posteriormente informar al Consejo de Monumentos Nacionales quienes indicarán las medidas a seguir, cuya implementación será realizada por el Titular del Proyecto. 2.16. Profundización en el análisis de los hallazgos: El estudio describe los hallazgos arqueológicos encontrados, pero no profundiza en su análisis. Se solicita: • Datación de los hallazgos: Realizar dataciones para determinar la cronología de los sitios arqueológicos. • Análisis de materiales: Realizar análisis de los materiales arqueológicos recuperados para obtener información sobre las actividades humanas en el pasado. • Interpretación contextual: Interpretar los hallazgos arqueológicos en el contexto de la historia regional y la movilidad de los grupos humanos.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural. Respecto lo consultado por el observante los hallazgos arqueológicos, estos se presentan en el Anexo 2-3 Patrimonio HAC de la DIA, en donde se presenta un breve análisis de los materiales y su interpretación contextual. Respecto a la datación de estos hallazgos, junto con los análisis de materiales por especialistas y su interpretación contextual final, se debe indicar que eso se realiza en el proceso de rescate arqueológico, a través del Informe Ejecutivo y del Informe final. En la presente evaluación ambiental, el componente arqueológico se basó en los establecido en la Resolución N°223/2015 de la Superintendencia de Medio Ambiente que “Dicta Instrucciones Generales sobre la elaboración del Plan de Seguimiento de las Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento Ambiental y la remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental”. Además, dar cumplimiento a la Ley N°19.300 Aprueba Ley sobre bases generales del Medioambiente (1994) que indica presentar “Los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”. También la información contenida en el presente informe da cumplimiento a lo establecido por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental” (2012) y la “Guía de Procedimiento Arqueológico” (2020,2022) del Consejo de Monumentos Nacionales. 2.17. Monitoreo Arqueológico: Se solicita establecer un programa de monitoreo arqueológico durante la operación del proyecto para asegurar la protección del patrimonio arqueológico en caso de movimientos de tierra o la realización de nuevas obras.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural. En respuesta a lo consultado, se informa al observante que dada las características del Proyecto, el Titular se contempla desarrollar un programa de monitoreo arqueológico, ya que el proyecto no considera construir nuevas partes ni obras, sino que sólo se trata de una continuidad operacional y por consiguiente no generará impactos en el componente arqueológico. Se propone efectuar charlas de inducción sobre patrimonio cultural a todo el personal involucrado en la etapa de operación, en donde se incluya la prehistoria del sector, junto con los hallazgos arqueológicos que están presentes en el polígono del proyecto. Además, cabe señalar que en el caso de que se produzcan hallazgos arqueológicos o paleontológicos al momento de realizar cualquier trabajo dentro del área del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se procederá en conformidad a los artículos N°26 y 27 de la Ley Nº17.288 que legisla sobre los Monumentos Nacionales y el artículo N°23 D.S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológico, antropológicas y paleontológicas, la cual señala la obligatoriedad de detener la totalidad de las obras en curso en el sector del hallazgo, posteriormente informar al Consejo de Monumentos Nacionales quienes indicarán las medidas a seguir, cuya implementación será realizada por el titular del Proyecto. Arqueología y Patrimonio Cultural Impacto visual de la Central Térmica Taltal y la percepción de las comunidades aledañas. En relación al Estudio de Impacto Ambiental “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”, específicamente al Anexo 2-3: Arqueología y Patrimonio Cultural, se observa lo siguiente: El estudio se centra en la identificación y evaluación de sitios arqueológicos e históricos, pero no considera el impacto visual de la propia Central Térmica Taltal en el paisaje y la percepción de las comunidades aledañas. Se menciona que la central se encuentra a 2 km al norte de la localidad de Paposo. Es importante tener en cuenta que la presencia de una central termoeléctrica de gran envergadura puede generar un

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impacto visual significativo en el entorno, especialmente en comunidades que valoran la estética natural del paisaje. Se solicita al titular que: 2.18. Evalúe el impacto visual de la central en el paisaje, considerando la percepción de las comunidades aledañas. Para ello, se sugiere realizar encuestas o entrevistas a los habitantes de Paposo para conocer su opinión sobre la presencia de la central y su impacto en la calidad visual del entorno.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al caracterización y evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico. En base a la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA (2019), y de acuerdo con el marco conceptual expuesto en ella, se presenta una metodología compuesta por 4 etapas, a) determinación del valor paisajístico, b) delimitación del área de influencia, c) determinación de la calidad visual del paisaje y d) predicción y evaluación de impactos sobre el valor paisajístico. La metodología para la realizar la evaluación del paisaje propuestas en la Guía, requieren de diferentes herramientas. Utiliza fotografías tomadas en terreno para identificar los atributos visuales, las unidades del paisaje y valorar la calidad del paisaje; Sistemas de Información Geográficos (SIG) para determinar las cuencas visuales, y cartografía para presentar los resultados, pero no presenta la realización de encuestas o entrevistas en sus herramientas. La única instancia en que la Guía exige la realización de entrevistas es en la elaboración del Estudio de Preferencias Paisajísticas, el que consiste en un método mediante el cual se le consulta la percepción sobre la calidad visual del Paisaje a 3 grupos de profesionales, agrupados según características profesionales y académicas definidas (Grupos Exigente, Transformador y Control), quienes evalúan la calidad visual de las 4 Unidades de Paisaje en base a la observación de fotografías, basándose en la apreciación social, experiencia y conocimientos de cada profesional participante. El Estudio contempla la exposición de una serie de fotografías de cada Unidad de Paisaje, donde los participantes deben evaluar la calidad del paisaje observado dejando de lado juicios de valor, evitando sesgos de imágenes preconcebidas Adicionalmente, el punto 3.5.3 Aplicación del cuestionario de preferencias paisajísticas de la Guía, se establece que una vez elaborado el cuestionario de preferencias paisajísticas la muestra representativa de la población a encuestar no la pueden componer personas mencionadas en el listado de profesionales que participaron del DIA (en este caso), así como tampoco las personas que residan en la zona o sus cercanías, ya que podrían presentar preferencias altas debido al arraigo a la zona, influyendo en la subjetividad y finalmente en los resultados del estudio, por lo tanto no aplica aplicar encuestas o entrevistas a los habitantes de Paposo para conocer su opinión sobre la presencia de la central y su impacto en la calidad visual del entorno. La metodología, resultados y análisis de la aplicación del cuestionario se pueden encontrar en el Anexo I Paisaje y el Apéndice 4 Estudio de Preferencias Paisajísticas del mismo Anexo de la presente Adenda de la DIA. 2.19. Proponga medidas de remediación y mitigación para minimizar el impacto visual de la central. Estas medidas podrían incluir: • Integración paisajística: Implementar estrategias de diseño para integrar la central al entorno natural, como el uso de colores y materiales que armonicen con el paisaje. • Pantallas vegetales: Plantar vegetación nativa alrededor de la central para crear una barrera visual natural. • Control de emisiones: Minimizar las emisiones visibles de la central para reducir la contaminación visual.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a las medidas de remediación y mitigación y la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico. El Proyecto ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental como una Declaración de Impacto Ambiental, dado que el Titular no reconoce la generación efectos, características o circunstancias (ECC) listados en el artículo 11 de la Ley 19.300. Por cuanto, no le son aplicables las medidas de mitigación y compensación consultadas Ahora bien, este Servicio realizó una evaluación y analizó de los antecedentes técnicos asociados al componente paisaje presentados por el Titular en el marco de la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto en el Anexo_2-4_Paisaje de la DIA y Anexo I de la Adenda de la DIA que permiten concluir lo siguiente: - De acuerdo con lo expresado en la metodología y lo recogido en terreno (campaña realizada los días 16 al 20 de octubre de 2023), se identificaron 10 puntos de observación representativos (10 puntos posiblemente identificables por un observador común desde los caminos colindantes al área del Proyecto y cercano). - La ubicación del Proyecto respecto a las Unidades de Paisaje evaluadas, y a los puntos de observación del paisaje dan cuenta que las obras del Proyecto serán perceptibles por los observadores que circulen frente al área del Proyecto por la Ruta 1 y en algunos puntos de la B-710 al ser un sector con distintas pendientes. - El Proyecto no impactará al paisaje del sector. Esto se debe a que no se contempla la realización de nuevas obras, sino que consiste en una extensión de vida útil del proyecto existente. Las obras de Proyecto no obstruyen la visibilidad a zonas de valor paisajístico. Solo la Unidad de Paisaje 2 obtuvo una alta valoración en base a sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales, la que en base a los puntos de observación no se verá obstruida por las instalaciones del Proyecto. - Las obras del Proyecto no requieren de modificaciones producto de la continuidad operacional, por lo que no alterarán los recursos o los elementos del medio ambiente que presentan valor paisajístico, por lo mismo, tampoco cambiará la morfología del lugar.

2.20. Elabore un plan de monitoreo del impacto visual a largo plazo. Este plan debería incluir la realización de evaluaciones periódicas para determinar si las medidas de mitigación son efectivas y si la percepción de las

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a Los planes de monitoreo ambiental y a las medidas de mitigación aplicables al Proyecto. Respondiendo a lo consultado, se informa la observante que el Titular consideró la implementación de un plan de monitoreo que evalúe medidas de mitigación, ya que estas medidas son requeridas cuando un proyecto ingresa al SEIA mediante Estudio de Impacto Ambiental, lo que indica que el proyecto genera impactos significativos, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley N°19.300 (modificada por la Ley N°20.417) del Ministerio del Medio Ambiente. Esto incluye efectos adversos sobre la salud, recursos naturales renovables, o alteraciones significativas en comunidades humanas • El Proyecto no impactará al paisaje del sector. Esto se debe a que no se contempla la realización de nuevas obras, sino que consiste en una extensión de vida útil del proyecto existente. • Las obras de Proyecto no obstruyen la visibilidad a zonas de valor paisajístico. Solo la Unidad de Paisaje 2 obtuvo una alta valoración en base a sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales, la que en base a los puntos de observación no se verá obstruida por las instalaciones del Proyecto.

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• Las obras del Proyecto no requieren de modificaciones producto de la continuidad operacional, por lo que no alterarán los recursos o los elementos del medio ambiente que presentan valor paisajístico, por lo mismo, tampoco cambiará la morfología del lugar. Anexo 2-4: Paisaje y Turismo Extensión del área de influencia visual e impacto en la naturalidad del paisaje y el turismo en Paposo. En relación al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 2-4: Paisaje y Turismo, se observa lo siguiente: 2.21. Extensión del área de influencia visual: El estudio define un área de influencia visual limitada, que no considera la visibilidad del proyecto desde sitios de interés social y cultural. Se propone aumentar el área de influencia visual a más de 5 km, ya que la central termoeléctrica se puede divisar sin inconvenientes desde: • Mirador de Paposo: Un lugar con valor escénico y cultural para la comunidad. • La Rinconada: Un sector de alto valor ecológico con flora y fauna endémica. • Comunidad El Gaucho: Comunidad indígena con una fuerte conexión con el territorio. • La Playita: Zona costera con valor natural y cultural.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a las medidas de remediación y mitigación y la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico Se informa al observante que no es necesaria la modificación del Área de Influencia visual a más de 5 km, ya que la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA menciona en relación al alcance máximo de una cuenca visual; que la distancia provoca pérdida de nitidez visual, debido a distintas condiciones como transparencia de atmosfera, y los efectos de curvatura y refracción de la tierra, por lo tanto se estima que existe un límite máximo de alcance visual alrededor de los 3.500 m, desde los cuales el observador comienza a perder la nitidez del objeto determinado. En este sentido, la cuenca visual desde los puntos mencionados por el observador: mirador de Paposo, la rinconada, comunidad El Gaucho y la Playita. En la Figura 5 es posible apreciar que, desde esos puntos, el área del Proyecto queda fuera del rango observable establecido en la Guía mencionada anteriormente. Cabe destacar que el sector de comunidad el Gaucho y la Playita se encuentran a más de 14 km del Area de Influencia del Proyecto mientras que el sector de La Rinconada se encuentra a más 6 km del área del proyecto. Por otro lado, el área del proyecto se encuentra dentro del rango observable desde el punto mirador de Paposo, pero no es capaz de apreciarse, ya que este se encuentra dentro de la localidad rodeado de construcciones y el área del proyecto se encuentra inserta entre quebradas y pendientes que hacen difícil su visualización desde la localidad

Figura 5. Cuenca visual desde puntos de interés social

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Fuente: Anexo U de la Adenda de la DIA.

2.22. Impacto en la naturalidad del paisaje: El estudio no considera adecuadamente el impacto de la central termoeléctrica en la naturalidad del paisaje. La presencia de esta infraestructura industrial en un entorno natural genera un contraste visual que afecta la percepción del paisaje, especialmente para las comunidades locales y los visitantes.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico. Se descarta un impacto en base a resultados del informe de paisaje (valoración de atributos) y resultados del estudio de preferencias paisajísticas, los que se pueden revisar en el Anexo I Paisaje de la Adenda. La ubicación del Proyecto respecto a las UP evaluadas, y a los puntos de observación del paisaje dan cuenta que las obras del Proyecto serán perceptibles solamente por los posibles observadores que circulen frente al área del Proyecto por la Ruta 1 y en algunos puntos de la B-710 al ser un sector con distintas pendientes. Junto a la evaluación de los atributos estéticos, biofísicos y estructurales, se realizó un Estudio de Preferencias Paisajísticas, el que consiste en un método mediante el cual se le consulta la percepción sobre la calidad visual del Paisaje a 3 grupos de profesionales, agrupados según características profesionales y académicas definidas (Grupos Exigente, Transformador y Control), quienes evalúan la calidad visual de las 4 Unidades de Paisaje en base a la observación de fotografías, basándose en la apreciación social, experiencia y conocimientos de cada profesional participante. El Estudio contempla la exposición de una serie de fotografías de cada Unidad de Paisaje, donde los participantes deben evaluar la calidad del paisaje observado dejando de lado juicios de valor, evitando sesgos de imágenes preconcebidas. En el estudio los 3 grupos encuestados evaluaron la calidad visual de las 4 Unidades de Paisaje en base a la observación de fotografías, dando como resultado una valoración de Baja calidad visual a la UP-1, Alta para la UP-2, Baja para la UP-3 y Media para la UP-4. En consecuencia, debido a las características de las obras a emplazar, a los puntos de observación, a la calidad visual del paisaje (Media) y al actual estado de conservación del sector.

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• El Proyecto no afectará la calidad visual del paisaje, ya que este ya está construido. • Las obras del Proyecto no obstruirán la visibilidad a zonas con valor paisajístico. • Las obras del Proyecto no alterarán los recursos o los elementos del medio ambiente que presentan valor paisajístico. • El Proyecto no cambiará la morfología del lugar, en un sector donde el suelo tiene poco desarrollo.

2.23. Impacto en el turismo: La central termoeléctrica impacta negativamente en el turismo en Paposo. Se menciona en el estudio que Paposo es un sitio de interés científico y astronómico, visitado por personas de distintas partes del mundo, incluyendo científicos europeos. La presencia de la central afecta la experiencia turística al introducir un elemento industrial en un entorno natural y culturalmente valioso.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la evaluación de impacto ambiental del valor turístico. Si bien la comuna de Taltal cuenta con diversos atractivos (38 identificados por el SERNATUR), el análisis realizado en el área proyecto indica que la continuidad operacional de la central no generará Impactos significativos sobre el valor turístico de la zona. Esto se determinó mediante un análisis bibliográfico realizado con la siguiente información: • Fichas Atractivos Turísticos para la Región de Valparaíso (SERNATUR, 2012) • Registro de Prestadores de Servicios Turísticos (SERNATUR, 2021) • Buscador Servicios Turísticos (SERNATUR, 2019) • Información espacial en formato shape o kmz. En un buffer de 10 km, el área del Proyecto se encuentra próxima a atractivos como Caleta Paposo y el Sitio Prioritario Sector Costero de Paposo, a aproximadamente 2 y 4 km del sitio del proyecto respectivamente. • Al interior del área del Proyecto no se identifican atractivos turísticos que puedan verse alterados por el desarrollo del Proyecto. • El desarrollo del Proyecto no interfiere ninguno de los lineamientos de esta zonificación. • Las obras del Proyecto no alterarán los recursos o los elementos del medio ambiente que presenten algún valor turístico, ya que estos se encuentran distantes de la ubicación del proyecto y no se requieren de nuevas partes ni obras que las ya existentes. • Las obras del Proyecto no obstruirán el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado y lejos de vías de acceso a este tipo de área.

2.24. Valor histórico y patrimonial de Paposo: El estudio no profundiza en el valor histórico y patrimonial de Paposo. Además de su importancia científica y astronómica, Paposo posee un rico patrimonio cultural e histórico: • Sitio ceremonial de los Changos: La presencia de la central afecta la realización de ceremonias ancestrales en el área, impactando en la cosmología y prácticas culturales del Pueblo Chango. • Antigua frontera Chile-Bolivia: Paposo fue un punto estratégico en la historia de Chile, y su valor histórico se ve afectado por la presencia de la central termoeléctrica. • Biodiversidad única: Paposo alberga un ecosistema único y endémico que atrae a científicos de todo el mundo. La presencia de la central pone en riesgo este ecosistema y afecta su valor científico.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la evaluación de impacto ambiental del valor histórico y patrimonial.

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En respuesta a lo requerido, se informa la observante que el Titular presentó en la Adenda de la DIA el Anexo H Medio Humano Caracterización Comunidades Indígenas Changas. Este documento, sustenta de información secundaria de diversas fuentes, entre ellas información aportada en procesos de evaluación ambiental de proyectos que han caracterizado a estas comunidades en el SEIA, lo que incluye la caracterización de las siguientes Comunidades Indígenas: Changa Pabla Almendares, Mujer de Mar y Tierra, Changos de Cachinales, Changa Loreto, Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector la Playita y la Rinconada, Changos Almendares del Gaucho, Changa Estrella Recolectores la Playita y Pabla Almendares de Peralito, Salitre y Paposo. Dentro de esta caracterización se incluye un catastro de los Sitios de Significancia para las comunidades changas mencionadas y de forma complementaria, el Titular presentó el Anexo F Medio Humano, Apéndice 2 KMZ Sitios de significancia cultural de la Adenda complementaria, para ubicar territorialmente a todos los sitios de significancia cultural de este pueblo originario. De estos sitios los más cercanos al Proyecto son; el antiguo asentamiento denominado “Aguas l Higuera”, actualmente deshabitado y con uso reportado como nulo, ubicado dentro del área de emplazamiento del Proyecto, el Cementerio de Paposo aledaño al área de emplazamiento del Proyecto, la localidad misma de Paposo ubicada a 1,9 km del Proyecto, el sitio religioso “La Capilla” ubicado a 3,6 km del Proyecto. Acorde a la información recopilada, las partes y obras del Proyecto no afectarán de ninguna forma estos sitios de significancia, por lo que se descartan impactos en la cosmología y prácticas culturales del Pueblo Chango. Las siguientes tablas muestran el Sitio de Significancia Cultural más cercano al Proyecto para cada una de las comunidades indígenas caracterizadas. Respecto a la antigua frontera Chile-Bolivia, cabe señalar que, el Hito 24 se ubica a una distancia de 1,7 km hacia el norte del Proyecto, no estando protegido por el Consejo de Monumentos Nacionales. Sin perjuicio de ello, se afirma que ninguna de las partes, obras u acciones del Proyecto intervendrán en dicho hito, por tanto, el Proyecto no afecta de manera alguna el valor histórico del Hito 24, ni de la comuna de Paposo.

2.25. Se solicita al titular que: • Amplíe el área de influencia visual para incluir los sitios mencionados. • Profundice en el análisis del impacto visual de la central en el paisaje, considerando la percepción de las comunidades locales y los visitantes. • Evalúe el impacto de la central en el turismo, considerando el valor histórico, cultural, científico y astronómico de Paposo. • Proponga medidas de mitigación más efectivas para minimizar el impacto visual de la central y proteger el patrimonio natural y cultural de Paposo.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico y turístico. Respecto a la ampliación del Área de influencia visual ya que la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA (2019) menciona en relación al alcance máximo de una cuenca visual; que la distancia provoca pérdida de nitidez visual, debido a distintas condiciones como transparencia de atmósfera, y los efectos de curvatura y refracción de la Tierra, por lo tanto se estima que existe un límite máximo de alcance visual alrededor de los 3.500 m, desde los cuales el observador comienza a perder la nitidez del objeto determinado El Proyecto no afectará el valor turístico del territorio en el cual se emplaza el Proyecto. Tal como se presenta en el Anexo I Paisaje de la Adenda de la DIA, dentro de un buffer de 10 km del área del Proyecto se identifican 2 atractivos turísticos inscritos definidos por SERNATUR: Caleta Paposo y Sitio Prioritario Costero de Paposo, los cuales no verán interferidos su atractivo, funcionamiento, ni visibilidad en relación con el funcionamiento del Proyecto. Respecto del desarrollo turístico y científico de la astronomía, el área del Proyecto se ubica aproximadamente a 40 km al suroeste del Observatorio Paranal, principal observatorio de la región

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de Antofagasta y el más cercano al área del Proyecto. Debido a la distancia entre el Proyecto y el observatorio se descarta alguna afectación al funcionamiento normal de la actividad astronómica. Debido a que el Proyecto consiste en la extensión de vida útil de la Central, que ingresa al Servicio de Evaluación Ambiental mediante una Declaración de Impacto Ambiental en virtud de la inexistencia de Efectos, Características o Circunstancias que ameriten la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental no se contemplan medidas de mitigación. Este enfoque se respalda en las valoraciones obtenidas por las Unidades de Paisaje evaluadas, tanto en términos de su calidad visual, como en sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales, donde solo la Unidad de Paisaje-2 “Sector de Quebradas y Montañoso” obtuvo una valoración alta; como también los resultados del Estudio de Preferencias Paisajísticas, donde la misma Unidad de Paisaje fue la única en obtener una valoración de calidad de paisaje alta 2.26. Observación al Anexo 2-4: Paisaje y Turismo Solicitud de precisión sobre la extensión del área de influencia visual e impacto en la naturalidad del paisaje. En relación al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 2-4: Paisaje y Turismo, y en referencia a la fotografía tomada a menos de 5 km desde el sector de La Rinconada, se observa lo siguiente: El área de influencia visual definida en el estudio no considera adecuadamente la visibilidad del proyecto desde sitios de interés social y cultural, como La Rinconada. Este sector, habitado por familias del Pueblo Chango y con actividad ganadera, posee una riqueza cultural y un ecosistema único que se ve afectado por la presencia visual de la central termoeléctrica.

2.27. Se solicita al titular que amplíe el área de influencia visual para incluir La Rinconada y otros sitios con valor cultural y ecológico, y que evalúe con mayor precisión el impacto visual de la central en la naturalidad del paisaje. Anexo

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia Al Área de Influencia, la evaluación de impacto ambiental del valor paisajístico y turístico Se informa al observante que no es necesaria la modificación del Área de Influencia visual a más de 5 km, ya que la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA

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menciona en relación al alcance máximo de una cuenca visual; que la distancia provoca pérdida de nitidez visual, debido a distintas condiciones como transparencia de atmosfera, y los efectos de curvatura y refracción de la tierra, por lo tanto se estima que existe un límite máximo de alcance visual alrededor de los 3.500 m, desde los cuales el observador comienza a perder la nitidez del objeto determinado. En este sentido, la cuenca visual desde los puntos mencionados por el observador: mirador de Paposo, la rinconada, comunidad El Gaucho y la Playita. En la Figura 5 es posible apreciar que, desde esos puntos, el área del Proyecto queda fuera del rango observable establecido en la Guía mencionada anteriormente. Cabe destacar que el sector de comunidad el Gaucho y la Playita se encuentran a más de 14 km del Area de Influencia del Proyecto mientras que el sector de La Rinconada se encuentra a más 6 km del área del proyecto. Por otro lado, el área del proyecto se encuentra dentro del rango observable desde el punto mirador de Paposo, pero no es capaz de apreciarse, ya que este se encuentra dentro de la localidad rodeado de construcciones y el área del proyecto se encuentra inserta entre quebradas y pendientes que hacen difícil su visualización desde la localidad. Figura 5. Cuenca visual desde puntos de interés social.

Determinación de Riesgos Climáticos 2.28. Solicitud de precisión metodológica, análisis de vulnerabilidad, profundización en medidas de adaptación y consideraciones sobre el impacto de la Central Térmica Taltal en el cambio climático local. En referencia al Estudio de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", específicamente al Anexo 1-4: Determinación de Riesgos Climáticos, como profesionales en el ámbito del cambio climático y la evaluación ambiental, presentamos las siguientes observaciones: Evaluación Técnica de la Observación: La observación es pertinente, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto Respondiendo a lo consultado, en el Anexo B Determinación de Riesgos Climáticos de la Adenda, se incluye la identificación de los objetos de protección ambiental que se consideran sensibles al cambio climático. A través de la metodología propuesta por la “Guía Metodológica de Consideración del Cambio Climático en el SEIA” (SEA, 2023) se identifican y describen los objetos de protección que puedan verse afectados por los riesgos climáticos, en este caso, la flora y fauna, los recursos hídricos (a través de la incorporación del Anexo M Estudio Hidrológico y de crecidas de la Adenda) y los GHPPI. Si bien no existe información asociada a los grupos humanos en ARClim para el área de

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estudio, se reconoce este componente como objetos de protección ambiental que puedan verse afectados por los riesgos climático. 2.29. Precisión Metodológica: Se solicita al titular que precise la metodología utilizada para la selección de las 11 cadenas de impacto consideradas en el análisis. Se requiere una descripción detallada de los criterios utilizados para determinar la relevancia de cada cadena de impacto en el contexto del proyecto, incluyendo la justificación de la exclusión de otras cadenas de impacto potencialmente relevantes. Asimismo, se solicita detallar los umbrales y parámetros utilizados para la clasificación de los niveles de riesgo (bajo, moderado, alto). Evaluación Técnica de la Observación: Ambas observaciones son pertinentes, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto. Se indica que la metodología de cadenas de impacto fue actualizada y se incluye junto a la Adenda de la DIA, en el Anexo B Determinación de Riesgos Climáticos. En él se incluye la metodología de cadenas de impacto. A la fecha de emisión del presente documento, existen 62 cadenas de impacto asociadas a los sectores mencionados. Se verificó la información contenida en cada una de ellas, con el fin de identificar aquellas que, según la localización del proyecto, fueran susceptibles de sufrir impactos asociados al cambio climático en los componentes ambientales evaluados, y que, además, posea información disponible para la ubicación del Proyecto. De acuerdo con el análisis realizado, se presenta en la siguiente tabla la síntesis de resultados de exposición al riesgo climático de la zona de emplazamiento del Proyecto de acuerdo con los índices de riesgo de las cadenas de impacto. Tabla 3 Resultado de Índices de Riesgos Climáticos.

Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA.

2.30. Análisis de Vulnerabilidad: El análisis de riesgos climáticos debe complementarse con una evaluación de la vulnerabilidad del área de influencia a los efectos del cambio climático. Se requiere un análisis que considere la sensibilidad de los ecosistemas, la capacidad adaptativa de las comunidades locales y la exposición a eventos climáticos extremos. Se deben identificar los componentes más vulnerables del sistema socioecológico, como la flora endémica, los recursos hídricos y las comunidades indígenas, y evaluar su capacidad de respuesta ante los riesgos climáticos identificados. Evaluación Técnica de la Observación: Ambas observaciones son pertinentes, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto Respondiendo a lo consultado, en el Anexo B Determinación de Riesgos Climáticos de la Adenda, se incluye la identificación de los objetos de protección ambiental que se consideran sensibles al cambio

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climático. A través de la metodología propuesta por la “Guía Metodológica de Consideración del Cambio Climático en el SEIA” (SEA, 2023) se identifican y describen los objetos de protección que puedan verse afectados por los riesgos climáticos, en este caso, la flora y fauna, los recursos hídricos (a través de la incorporación del Anexo M Estudio Hidrológico y de crecidas de la Adenda) y los GHPPI. Si bien no existe información asociada a los grupos humanos en ARClim para el área de estudio, se reconoce este componente como objetos de protección ambiental que puedan verse afectados por los riesgos climático. 2.31. Profundización en Medidas de Adaptación: Se solicita profundizar en las medidas de adaptación propuestas para abordar los riesgos climáticos identificados, especialmente el riesgo moderado en la pérdida de flora debido a cambios en la precipitación y la temperatura. Se deben proponer medidas específicas, concretas y cuantificables, que incluyan: • Conservación de la biodiversidad: Implementación de programas de conservación de especies vegetales amenazadas, restauración ecológica de áreas degradadas y creación de corredores biológicos para facilitar la adaptación de la flora al cambio climático. • Gestión de recursos hídricos: Implementación de medidas para la conservación y uso eficiente del agua, considerando la posible disminución de la disponibilidad hídrica debido al cambio climático. • Fortalecimiento de la resiliencia comunitaria: Implementación de programas de educación ambiental, capacitación en adaptación al cambio climático y fortalecimiento de las capacidades locales para la gestión del riesgo.

Evaluación Técnica de la Observación: Ambas observaciones son pertinentes, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto. Según la “Guía Metodológica para la consideración del Cambio Climático” (Segunda Versión, 2023) se deben incorporar medidas de prevención de contingencias y emergencias producto de los riesgos climáticos que tengan un nivel significativo. Con el fin de elaborar dichas medidas, se presenta en la siguiente tabla la síntesis de resultados de exposición al riesgo climático de la zona de emplazamiento del Proyecto de acuerdo con los índices de riesgo de las cadenas de impacto. Tabla 3 Resultado de Índices de Riesgos Climáticos

Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA.

Se identificó un total de 12 cadenas de impacto, donde se obtuvo niveles riesgo Muy Bajo, Bajo, Moderado, leve cambio y muy alto.

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Las cadenas de impactos que obtuvieron un nivel moderado y muy alto en el aumento de Riesgo ante el cambio climático fueron: Pérdida de Flora por Cambio en la Precipitación, Pérdida de Flora por Cambio en la Temperatura e Inundaciones. A continuación, en base al análisis anterior, se presenta la relación entre las cadenas de efectos identificadas en la plataforma ARCLIM y los potenciales impactos que podría generar el Proyecto, con respecto a las cadenas de impacto de nivel moderado, con la finalidad de determinar la presencia de sinergias negativas Tabla 6. Amenazas climáticas en el área del Proyecto.

Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA 2.32. Consideraciones sobre el Impacto de la Central Térmica Taltal en el Cambio Climático Local: El anexo concluye que el proyecto no incide significativamente en el cambio de la temperatura ni las precipitaciones del sector. Sin embargo, se debe considerar que la Central Térmica Taltal, a lo largo de sus 24 años de operación, ha generado emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y otros contaminantes atmosféricos que han contribuido al cambio climático local y regional. Se solicita al titular que: a) Cuantifique las emisiones de GEI generadas por la central durante su periodo de operación. b) Evalúe el impacto de estas emisiones en el cambio climático local, considerando la contribución al efecto invernadero, la alteración del balance energético y la generación de aerosoles. c) Analice la influencia de la central en la desertificación de la zona, considerando el efecto de las emisiones en la evapotranspiración, la disponibilidad hídrica y la salud de la vegetación.

Evaluación Técnica de la Observación: Ambas observaciones son pertinentes, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto. a) Para calcular la emisión de GEI, se ha integrado la variable de Cambio Climático de acuerdo con la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA” publicada por el Servicio de Evaluación Ambiental mediante la Resolución Exenta N°202399101883 de 2023, derivada de la Ley N°21.455 de 2022 sobre Marco de Cambio Climático del

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Ministerio del Medio Ambiente. En virtud de lo anterior, se cuantificaron las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de la fase de operación y cierre del Proyecto.

Para la cuantificación de estimaciones de GEI se consideraron las Directrices del IPCC 2006, los factores presentados en la “Guía Metodológica para la Estimación de Emisiones Provenientes de Fuentes Puntuales, RETC”8 y la “Guía del inventario de emisiones de contaminantes atmosféricos 2016” de la Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA por sus siglas en inglés). Siguiendo los lineamientos entregados por la “Guía metodológica para la consideración del cambio climático en el SEIA” se consideraron las emisiones directas de gases de efecto invernadero como dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O) provenientes de las actividades emisoras: funcionamiento turbinas generadoras, generación eléctrica con grupo electrógeno, y combustión interna de los vehículos. Los gases fluorados (HFC, PFC, SF6) no fueron considerados debido a que no son productos generados ni derivados de las emisiones del proyecto.

Tabla 4. Estimación de GEI, Fase de Operación.

Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA.

b) Las emisiones estimadas, que incluyen 160.078 toneladas de CO₂ anuales durante la operación, representan una contribución al cambio climático global. Gases como el CO₂, el metano y el óxido nitroso están reconocidos como responsables del efecto invernadero, mientras que los aerosoles pueden alterar parámetros atmosféricos y climáticos. Sin embargo, es importante destacar que los impactos locales de estas emisiones no pueden evaluarse bajo el marco normativo vigente, ya que la legislación chilena no establece límites ni criterios claros para evaluar emisiones de GEI en el ámbito de proyectos específicos (Ley N°21.455, Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA, 2023).

Las directrices internacionales, como el Acuerdo de París (UNFCCC, 201516) y los Lineamientos del IPCC17 (2021), enfatizan la necesidad de reducir emisiones para mitigar el cambio climático global, estas no se traducen directamente en exigencias locales. Por su lado, la normativa chilena, representada en la Ley Marco de Cambio Climático y las actualizaciones de la NDC (Contribución Determinada a Nivel Nacional18), no exige evaluar el impacto local de las emisiones de GEI en proyectos específicos, salvo en contextos donde exista un marco regulatorio adicional.

c) Con la finalidad de responder a lo observado, el Anexo B, "Determinación de Riesgos Climáticos," en la Adenda de la DIA que acompaña esta respuesta ciudadana. Esta actualización se ha realizado conforme a los lineamientos de la “Guía Metodológica para la Consideración del Cambio Climático en el SEIA” (Segunda Edición, 2023). Actualmente, no existe normativa aplicable a Gases de Efecto Invernadero (GEI), y esta ausencia impide

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realizar un análisis detallado de la dispersión y deposición de estos gases en el ambiente local. Aunque los GEI emitidos por la termoeléctrica contribuyen al calentamiento global, sus efectos no se observan de forma local, sino que interfieren con los ciclos climáticos globales. La relación causal entre esta actividad y la posible afectación a los micro ecosistemas locales no está del todo clara. Estudios existentes, como los de IPCC (2021), Myhre et al. (2013), Friedlingstein et al. (2020) y Masson-Delmotte et al (2018), señalan que los factores climáticos a gran escala son los principales impulsores de este proceso, lo que hace difícil determinar con precisión la atribución de los impactos. Los hallazgos del Sexto Informe de Evaluación del IPCC (AR6), particularmente en los capítulos 6, 7 y 10, respaldan esta perspectiva. En el Capítulo 6, se explica que los GEI, como el CO₂, se mezclan de manera homogénea en la atmósfera, resultando en una dispersión global que afecta patrones climáticos a gran escala. Además, el Capítulo 10 aborda las dificultades para atribuir cambios locales específicos a fuentes puntuales de GEI debido a la influencia predominante de factores climáticos globales.

2.33. Considerar Escenarios de Cambio Climático: Evaluación Técnica de la Observación: Ambas observaciones son pertinentes, dado que hace referencia determinación de Riesgos Climáticos, asociados al Proyecto. Con el fin de presentar los riesgos climáticos que se desprenden de la ubicación del Proyecto, en la siguiente tabla se presenta las principales amenazas climáticas que pueden afectar al Proyecto, elaborado a través del Explorador de Amenazas Climáticas de ARClim, utilizando para ello su capa ARClim Ráster 5 km. Tabla 6. Amenazas climáticas en el área del Proyecto

Fuente: Anexo S de la Adenda de la DIA. Los cambios proyectados en las variables climáticas para el área del Proyecto reflejan variaciones relevantes, incluyendo un aumento de 1,66°C en la temperatura media, una mayor exposición a temperaturas extremas (>30°C) con un incremento de 7,15 días calurosos y una duración prolongada de episodios cálidos de 114,78 días. Además, se anticipa un aumento en la precipitación máxima diaria (1,49%). También se proyecta un incremento en la velocidad del viento máximo diario (1,84%) y en la humedad relativa media (+2,62%).

2.34. Observaciones respecto al CAV. 2.35. 1. Encargado de Comunidades:

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El titular designará un Encargado de Comunidades para la comuna de Taltal a cargo de todos los proyectos del titular en la comuna, con dedicación exclusiva a la gestión de la relación con las comunidades locales, incluyendo las comunidades indígenas del Pueblo Chango. El Encargado de Comunidades será responsable de: • Establecer un canal de comunicación permanente con las comunidades. • Atender las consultas y reclamos de las comunidades. • Informar a las comunidades sobre las actividades del proyecto. • Promover la participación ciudadana en las decisiones del proyecto. • Gestionar los programas de inversión social del proyecto. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (SEIA). .

Respecto de la solicitud de designación de un encargado de comunidades en el marco de Compromisos Ambientales Voluntarios, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria de la DIA, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el Compromiso Ambiental Voluntario-3. Plan de Comunicación Vecinal, cuyo objetivo es implementar un mecanismo de comunicación entre vecinos interesadas de la comunidad cercana al Proyecto y el titular, para abordar contenidos como: características del Proyecto, enfocadas a las actividades que se desarrollarán en la fase de operación y canales de comunicación disponibles para la recepción de consultas, quejas y sugerencias a través de un correo electrónico u otro recurso digital habilitado para tales fines. 2.36. 2. Becas de Educación Superior: • El titular otorgará anualmente 6 becas para estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales. • Las becas cubrirán un monto a definir durante el primer año, y su renovación estará sujeta a criterios de rendimiento académico, con un valor menor en los años siguientes. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de Becas de Educación Superior, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el Compromiso Ambiental Voluntario-7. Becas estudiantes comuna de Taltal, que busca Apoyar económicamente a 6 estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales en otras comunas, para cubrir gastos de hospedaje y transporte, otorgando anualmente un monto de CLP $10.000.000 por un periodo de 7 años una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

2.37. 3. Becas de Educación Técnica: • El titular otorgará anualmente 6 becas para estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras técnicas de al menos 2 años de duración. • Las becas cubrirán un monto a definir durante el primer año, y su renovación estará sujeta a criterios de rendimiento académico, con un valor menor en los años siguientes.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del R Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de Becas de Educación Superior, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el Compromiso Ambiental Voluntario-7. Becas estudiantes comuna de Taltal, que busca Apoyar económicamente a 6 estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales en otras comunas, para cubrir gastos de hospedaje y transporte, otorgando anualmente un monto de CLP $10.000.000 por un periodo de 7 años una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

2.38. 4. Fondos Concursables para Organizaciones Comunitarias: • El titular creará un fondo concursable para financiar proyectos de desarrollo social y ambiental presentados por organizaciones comunitarias de la comuna de Taltal. • Se dará prioridad a las comunidades del Pueblo Chango, organizaciones de Paposo, organizaciones de pescadores y, posteriormente, a otras organizaciones comunitarias de la comuna. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del RSEIA.

Respecto de la solicitud de “Fondos Concursables para Organizaciones Comunitarias”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular no considera la creación de Fondos Concursables para Organizaciones Comunitarias de conformidad a lo presentado en el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas. Para concluir, es preciso señalar que, el Titular en la Adenda respondió al observante que: “El Titular se compromete a crear un fondo social anual durante la vida útil de la Central, con el objetivo de financiar algunos proyectos de desarrollo económico u otros que sean de interés de la comunidad y que sean postulados por organizaciones comunitarias, preferentemente de la caleta Paposo”. Sin embargo, bajo la solicitud de esta autoridad de formalizar a través de un CAV, el Titular respondió en la Adenda complementaria de la DIA que: “En relación con lo solicitado por la Autoridad, y como se ha planteado en otras respuestas, el proyecto ha acreditado el cumplimiento de toda la normativa ambiental aplicable. Asimismo, según los antecedentes técnicos y análisis proporcionados, es posible concluir que la continuidad operacional de la Central Taltal no genera ningún impacto significativo sobre el componente Medio Humano, por lo que no existe fundamento legal para la presentación de una medida ambiental asociada. En base a lo anterior, no existen motivos técnicos y fundados para imponer una exigencia o condición de este tipo, ya que el proyecto cumple con todos los aspectos normativos para ser calificado de manera favorable. En este sentido, el fondo social descrito en el anexo PAC, dice relación con compromisos comunitarios que exceden el ámbito de aplicación del SEIA, los cuales se asocian a la Política de Sostenibilidad y relacionamiento comunitario que la Compañía mantiene”.

2.39. 5. Apoyo al Desarrollo Económico Local: • El titular apoyará la generación de nuevos rubros económicos en la localidad de Paposo, con el objetivo de aumentar el empleo y la ocupación de los habitantes.

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• Se promoverán iniciativas de turismo sustentable, agricultura ecológica, pesca artesanal y otras actividades económicas compatibles con la protección del medio ambiente. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de “apoyo al desarrollo económico local”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el (1) Compromiso Ambiental Voluntario-1. Promover la contratación de mano de obra local, que busca promover la contratación de mano de obra local a través de la vinculación con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de Taltal, respecto de las ofertas laborales y requerimientos de servicios requeridos por la faena durante la fase de cierre y (2) Compromiso Ambiental Voluntario-4. Mantención de Relaciones Comunitarias, que busca fortalecer el relacionamiento con las comunidades locales cercanas al proyecto, a través de la implementación de planes de colaboración enfocados en pasantías para egresados de liceos técnicos y universidades, visitas guiadas al Proyecto, y apoyo a la capacitación laboral local.

2.40. 6. Mejora de la Conectividad en Paposo: • El titular implementará un proyecto para mejorar la conectividad en la localidad de Paposo, incluyendo la instalación de un sistema de internet satelital (Starlink) alimentado por paneles solares. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del R Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de “mejorar la conectividad en Paposo”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular no considera la iniciativa de mejorar la conectividad en Paposo. 2.41. 7. Monitoreos Participativos: El titular realizará monitoreos ambientales participativos, involucrando a dirigentes sociales de Paposo, Taltal y las comunidades Changos en el seguimiento ambiental del proyecto. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal b.7 del RSEIA.

Respecto de la solicitud de “realizar monitoreos participativos”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir los monitoreos participativos que incorpore el proyecto o actividad para el seguimiento de las fases de su desarrollo, incluyendo el lugar y momento en que se verificarán, así como los indicadores de cumplimiento, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el (1) Compromiso Ambiental Voluntario-8. Taller monitoreo de calidad de aire, que pretende involucrar a las comunidades interesadas en el seguimiento del Proyecto, desarrollando un taller en la ciudad de Taltal y un taller en la localidad de Paposo sobre monitoreos de calidad de aire, buscando que los participantes comprendan los parámetros ambientales entregados a la autoridad. Este taller se repetirá cada 3 años, durante la vida útil del proyecto, así también el Titular presento el (2) Compromiso Ambiental Voluntario-10. Entrega de resultados de monitoreos ambientales, que busca dar a conocer

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a la comunidad los resultados de los monitores ambientales, entregando anualmente el resultado de estos a la mesa informativa, para que este órgano lo difunda con la comunidad. Este Compromiso Ambiental Voluntario tendrá vigencia durante la vida útil de la Central.

2.42. 8. Plan de Compensación por Impactos Ambientales: El titular elaborará e implementará un plan de compensación por los impactos ambientales del proyecto, que incluya medidas de reforestación, restauración de ecosistemas y protección de la biodiversidad. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 18 Contenidos mínimos de los Estudios, literal i) del RSEIA. Respecto a la solicitud de “elaboración e implementación un plan de compensación por los impactos ambientales del proyecto”, se informa al observante que, el Titular no presenta medidas de compensación, lo anterior se justifica debido a que el Proyecto corresponde a una Declaración de Impacto Ambiental y no a un Estudio de Impacto Ambiental, por ello, el Titular a lo largo de la evaluación ambiental descarto impactos significativos en virtud del artículo 11 de la Ley 19:300 Sobre Bases Generales de Medio Ambiente. 2.43. 9. Programa de Educación Ambiental: El titular implementará un programa de educación ambiental dirigido a las comunidades locales, con el objetivo de promover la conciencia ambiental y la participación ciudadana en la protección del medio ambiente. Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de un “Programa de Educación Ambiental”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria de la DIA, describiendo 10 iniciativas de las cuales una corresponde al Compromiso Ambiental Voluntario-9. Programa de educación ambiental, que busca promover el trabajo colaborativo con los establecimientos educacionales de la comuna para generar y promover la conciencia ambiental, para ello, se realizará un programa educativo anual, que será publicado en la página web oficial del titular y en otras plataformas digitales para fomentar la asistencia de los interesados. 2.44. 10. Transparencia y Acceso a la Información: El titular publicará en su sitio web información actualizada sobre el desempeño ambiental del proyecto, incluyendo los resultados de los monitoreos ambientales y el cumplimiento de los compromisos ambientales voluntarios.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del RSEIA.

Respecto de la solicitud de “Transparencia y acceso a la información” en el marco de Compromisos Ambientales Voluntarios, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula con el: (1) Compromiso Ambiental Voluntario-3. Plan de Comunicación Vecinal, cuyo objetivo es implementar un mecanismo de comunicación entre vecinos interesadas de la comunidad cercana al Proyecto y el titular, para abordar contenidos como: características del Proyecto, enfocadas a las actividades que se desarrollarán en la fase de operación y canales de comunicación disponibles para la recepción de

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consultas, quejas y sugerencias a través de un correo electrónico u otro recurso digital habilitado para tales fines; (2) Compromiso Ambiental Voluntario-8. Taller monitoreo de calidad de aire, que pretende involucrar a las comunidades interesadas en el seguimiento del Proyecto, desarrollando un taller en la ciudad de Taltal y un taller en la localidad de Paposo sobre monitoreos de calidad de aire, buscando que los participantes comprendan los parámetros ambientales entregados a la autoridad. Este taller se repetirá cada 3 años, durante la vida útil del proyecto y (3) Compromiso Ambiental Voluntario-10. Entrega de resultados de monitoreos ambientales, que busca dar a conocer a la comunidad los resultados de los monitores ambientales, entregando anualmente el resultado de estos a la mesa informativa, para que este órgano lo difunda con la comunidad. Este Compromiso Ambiental Voluntario tendrá vigencia durante la vida útil de la Central. 3. Observaciones de la persona jurídica: Agrupación Recolectores de Orilla Buzos Mariscadores Acuícola y de Desarrollo Pesquero o Asociación Camanchacos de Salitre Taltal. Representante Legal: Jorge Santos Flores Araya.

3.1. Observación "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal" Solicitud de estudio sobre las afectaciones a Paposo por emanaciones de gases de combustión durante la noche.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 5 del RSEIA, Efecto adverso significativo sobre la salud de la población.

En relación con la evaluación de posibles afectaciones a la localidad de Paposo por las emisiones de gases de combustión generadas durante la noche por las turbinas de la Central Térmica Taltal, se informa al proponente que este aspecto ha sido abordado en el Anexo T: Modelación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda, utilizando una metodología refinada acorde a los lineamientos establecidos en la “Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA” (SEA, 2023). En la siguiente Tabla 7 se incluye un resumen

Tabla 7. Análisis al estudio de Modelación de Emisiones Atmosféricas

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Fuente_ Anexo T de la Adenda de la DIA.

3.2. En relación con el Diagnostico de Impacto Ambiental "Continuidad Operacional Central Térmica Taltal", se observa la falta de un estudio específico que evalúe las afectaciones a la localidad de Paposo por las emanaciones de gases de combustión generadas por las turbinas durante la noche.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 5 del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Dado que la pregunta 3.1. y 3.2 dicen relación con las emisiones generadas durante la noche, ambas de abordarán en la presente respuesta.

En relación con la evaluación de posibles afectaciones a la localidad de Paposo por las emisiones de gases de combustión generadas durante la noche por las turbinas de la Central Térmica Taltal, se informa al proponente que este aspecto ha sido abordado en el Anexo T: Modelación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda, utilizando una metodología refinada acorde a los lineamientos establecidos en la “Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA” (SEA, 2023). En la siguiente Tabla 7 se incluye un resumen

Tabla 7. Análisis al estudio de Modelación de Emisiones Atmosféricas

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Fuente_ Anexo T de la Adenda de la DIA.

3.3. Considerando la proximidad de la central termoeléctrica a Paposo y la dirección predominante de los vientos en la zona, es fundamental realizar un estudio que analice:

a) Patrones de dispersión de los gases de combustión durante la noche: Se debe modelar la dispersión de los gases emitidos por las turbinas durante la noche, considerando las condiciones meteorológicas nocturnas, como la estabilidad atmosférica y la velocidad del viento. b) Dirección predominante de los vientos nocturnos: Se debe realizar un análisis detallado de la dirección predominante de los vientos durante la noche, utilizando datos meteorológicos históricos y mediciones en terreno. c) Identificación de las zonas de Paposo potencialmente afectadas: Se deben identificar las zonas de Paposo que podrían verse afectadas por las emanaciones de gases durante la noche, considerando la dirección del viento y la topografía del terreno. d) Evaluación de los impactos en la salud de la población: Se debe evaluar el impacto potencial de los gases de combustión en la salud de los habitantes de Paposo, considerando la concentración de contaminantes en el aire y los tiempos de exposición. e) Modelos de afectación durante 24 años: Se deben presentar modelos que muestren la dispersión de los gases de combustión y la afectación generada en Paposo durante los 24 años de operación de la central, incluyendo el aumento de la afectación por gases contaminantes en un radio de 5 km. f) Propuesta de medidas de mitigación: Se deben proponer medidas de mitigación para minimizar las emisiones de gases durante la noche y proteger la salud de la población de Paposo. Estas medidas podrían incluir la optimización de la combustión en las turbinas, la instalación de sistemas de control de emisiones, y la implementación de planes de contingencia en caso de episodios de alta contaminación. g) Se solicita al titular que realice este estudio y lo incorpore al EIA para una adecuada evaluación de los impactos del proyecto en la comunidad de Paposo.

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Artículo 5 del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

a) En relación con lo consultado por el observante, los patrones de dispersión de los gases de combustión durante la noche, se informa que este aspecto ya fue abordado en la respuesta a la Observación Ciudadana 3.2 y se reitera que el modelo utilizado considera es horario nocturno. En estricto rigor, el peor escenario a modelar, o condición más desfavorable considera las 24 horas los 365 días del año elegido para la modelación. Por lo que las condiciones descritas forman parte de los resultados.

El estudio realizado consideró las condiciones meteorológicas nocturnas relevantes, como:

• Estabilidad atmosférica elevada, propia de las noches en la zona de influencia. • Velocidades de viento reducidas, que afectan la dispersión vertical y horizontal de los contaminantes.

Estas variables fueron incorporadas en el modelo CALPUFF, siguiendo los lineamientos de la “Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA”. Se evaluaron escenarios detallados (Escenario 0 y Escenario 1) que incluyeron:

• Línea base ajustada, sin los aportes de las turbinas del Proyecto. • Operación solo con diesel, para determinar el comportamiento de las emisiones en condiciones desfavorables.

Para mayor abundamiento, los resultados concluyen que las concentraciones, incluidas aquellas durante el periodo nocturno no superan los límites establecidos por las siguientes normas aplicables:

• Norma de Calidad del Aire para MP10 (DS N°12/2021 del Ministerio de Medio Ambiente), • Norma de Calidad del Aire para MP 2,5 (DS N°12/2011 del Ministerio de Medio Ambiente), • Norma de Calidad del Aire para SO2 (DS N°104/2018 del Ministerio de Medio Ambiente), • Norma de Calidad del Aire para NO2 (DS N°40/2023 del Ministerio de Medio Ambiente), • Norma de Calidad del Aire para CO (DS N°115/2002) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES).

b) En relación con la caracterización de la meteorología del sector de emplazamiento del Proyecto, el Titular utilizó los registros obtenidos desde la Estación Meteorológica denominada “Punto de Máximo Impacto”, cuyos datos están disponibles en el sitio web del SINCA en el periodo 2022. Se considera que el año 2022 es el más representativo de los tres años previos al presente debido a que los años 2020 y 2021 correspondieron a años de Pandemia por COVID-19, por lo cual no son representativos de la condición normal. Se cuenta con una disponibilidad de datos del 99% de los registros para el año 2022, por lo que no se consideran valores no registrados o “missing values”. A través del uso de R Studio se obtuvo la rosa de los vientos en horario nocturno (de 20.00 hrs. a 06.00 hrs.). Para una mejor comprensión la Figura 6 a continuación representa la rosa de los vientos en horario nocturno.

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Figura 6. Rosa de los vientos horario nocturno

Fuente: Estación Meteorológica Punto de Máximo Impacto, disponible en SINCA.

c) En relación con la identificación de las zonas de Paposo potencialmente afectadas, el Área de Influencia de calidad de aire se presenta en la Figura 8 comprende la zona que cubren las isolíneas de concentración de contaminantes superiores al 1% de la norma correspondiente a MP10, MP 2,5, MPS, NO2, SO2 y CO, es decir, de todos los contaminantes criterio evaluados. El área de influencia estimada corresponde a aproximadamente 209.477,83 ha alrededor del Proyecto y considera el peor escenario de emisiones, lo cual se presenta en la Figura 8.

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Figura 8. Área de Influencia Calidad de Aire

Fuente: Anexo T de la Adenda de la DIA.

d) Evaluación de los impactos en la salud de la población: Revisados los antecedentes presentes en los Anexos Ñ Estimación de Emisiones y T Modelación de Emisiones atmosféricas, ambos de la Adenda de la DIA, se descartan efectos significativos sobre el componente aire según lo indicado en la letra a) del Articulo 11 de la Ley 19.300: “Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos” toda vez que no se superan los límites normativos en las normas primarias de calidad ambiental, ni produce un aumento significativo de la concentración de contaminantes por sobre los límites establecidos.

e) Modelos de afectación durante 24 años: Se deben presentar modelos que muestren la dispersión de los gases de combustión y la afectación generada en Paposo durante los 24 años de operación de la central, incluyendo el aumento de la afectación por gases contaminantes en un radio de 5 km.

La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto evaluará los potenciales impactos asociados a la continuidad operacional de la Central Térmica Taltal, es decir, se centra en analizar las emisiones y sus efectos a futuro, tomando como referencia las condiciones actuales. La evaluación de la DIA no considera un modelo retrospectivo de afectación acumulada de los últimos 24 años, ya que su objetivo reviste un carácter preventivo, con el propósito es prever los posibles impactos futuros de la operación y cierre del Proyecto.

f) Respondiendo a lo consultado por el observante el Proyecto ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental como una Declaración de Impacto Ambiental, dado que el Titular no reconoce la generación efectos, características o circunstancias (ECC) listados en el artículo 11 de la Ley 19.300. Por cuanto, no le son aplicables las medidas de mitigación consultadas . g) En relación con el estudio especializado en materias de contaminación atmosféricas y dispersión de contaminantes, este fue presentado en el Anexo 1-6 Modelación de Emisiones Atmosféricas la DIA, y actualizado en el Anexo T de la Adenda. Dicho estudio busca descartar cualquier afectación sobre la salud de las personas producto de la emisión de

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contaminantes atmosféricos asociados a la operación de la Central Térmica Taltal. En adelante, se presenta el descarte de impactos significativos sobre el componente aire.

De acuerdo con los antecedentes presentados en los siguientes puntos, en concordancia con lo planteado en el Capítulo 1 Descripción del Proyecto y en el Anexo Ñ de Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda y Anexo T Modelación de Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda, se presentan los antecedentes que justifican que el Proyecto no genera la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

  1. Observaciones de la persona natural: Carlos Angel Manríquez Choppelo

Observaciones al proyecto de ampliación. Operacional central térmica Taltal. Medio humano

4.1. De los cinco trabajadores de la central térmica taltal que Enel comunico en la pac, me gustaría saber sus nombres, lugar de residencia actual y si son técnicos calificados o no?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

4.2. Que aportes económicos a realizado Enel como central térmica Taltal especificamente en Paposo y Taltal y a cuantas personas a beneficiado a lo largo de sus años operando en Paposo?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.3. Tiene Paposo algún aporte de energía electrica, que se genera en la central taltal?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

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4.4. Desde cuando no funciona el tablero que indica los contaminantes del aire que respiran los Paposinos y cuando se repondrá este indicador de la contaminación del aire?

Evaluación Técnica de la Observación: Su primera observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible en: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Evaluación Técnica de la Observación: Su segunda observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de “información sobre la calidad del aire”, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria de la DIA, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula con el Compromiso Ambiental Voluntario-11. Mantención Tablero Parámetros ambientales, cuyo objetivo es mantener operativo el tablero que presenta los parámetros ambientales monitoreados de calidad del aire para información de la comunidad de Paposo, comprometiéndose a reponer la pantalla informativa ubicada en la escuela Paranal de Paposo que indica los parámetros ambientales de calidad de aire, durante el segundo semestre de 2025 por única vez, y posteriormente realizar una mantención cuando corresponda.

4.5. Se a realizado algún chequeo de salud a los habitantes cercanos, así como Enel le realiza a sus trabajadores de central térmica Taltal?.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, reviste carácter sectorial atendible por la ley Laboral, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos ambientales de la Declaración de Impacto Ambiental, y, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

4.6. Se a realizado alguna vez algún tipo de encuesta a los habitantes de Paposo para saber su conformidad o disconformidad con la central térmica Taltal ?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al Título V: De la Participación de la Comunidad en el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Se informa al observante que, el objetivo de la participación en el marco de la evaluación ambiental comprende los derechos a acceder y conocer el expediente físico o electrónico de la evaluación, formular observaciones y obtener respuesta fundada de ellas. Para garantizar tales derechos el Servicio podrá instruir o adoptar las medidas de gestión y coordinación necesarias en el marco de la participación ciudadana, en concordancia con los principios, derechos y disposiciones establecidos en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. En este marco normativo, el Titular no debe presentar encuestas de conformidad o disconformidad comunitaria respecto del Proyecto en evaluación.

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4.7. Como afectará el olor y la contaminación del aire a la calidad de vida y bienestar de los residentes cercanos?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 5 del RSEIA Riesgo para la salud de la población.

En relación a lo consultado, se aclara que el Proyecto no generará emisiones significativas de partículas odoríferas, ya que las temperaturas a las que operan los quemadores aseguran la combustión completa de este tipo de partículas. De todas formas, se descartan efectos significativos sobre el componente aire según lo indicado en la letra a) del Articulo 11 de la Ley 19.300: “Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos” toda vez que no se superan los límites normativos en las normas primarias de calidad ambiental, ni produce un aumento significativo de la concentración de contaminantes por sobre los límites establecidos. El proyecto ha sido evaluado en función de las siguientes normas aplicables.

Adicionalmente, el Proyecto cuenta con instalaciones sanitarias permanentes, para lo cual se estima la generación diaria de 2.250 l/día de aguas servidas, considerando una dotación de 150 lt/trabajador y un factor de recuperación del 100% para la fase de operación (peak de 15 trabajadores). Los residuos líquidos provenientes de las instalaciones sanitarias se conectan a través de alcantarillado a las dos plantas de tratamiento de aguas servidas instaladas en la CT Taltal, las que tienen una capacidad de 9.600 l/día.

4.8. Tienen alguna entrega de agua potable sin costo o a bajo costo los habitantes de Paposo por parte de la central térmica Taltal ?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.9. Tienen alguna beca escolar los estudiantes del único colegio que existe en Paposo por parte de la central térmica Taltal?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a información contenida en el artículo 19 Contenidos mínimos de las Declaraciones, literal d) del. Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA).

Respecto de la solicitud de Becas de Educación Superior, se informa al observante que, la legislación ambiental vigente exige al Titular describir el contenido de aquellos Compromisos Ambientales Voluntarios que el Titular del Proyecto o actividad contemple realizar, por ello, en la presente evaluación ambiental el Titular presentó el Anexo I Compromisos Ambientales Voluntarios en la Adenda complementaria de la DIA, describiendo 10 iniciativas de las cuales en base a su observación se vincula el Compromiso Ambiental Voluntario-7. Becas estudiantes comuna de Taltal, que busca Apoyar económicamente a 6 estudiantes de la comuna de Taltal que ingresen a carreras profesionales

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en otras comunas, para cubrir gastos de hospedaje y transporte, otorgando anualmente un monto de CLP $10.000.000 por un periodo de 7 años una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

4.10. Tiene algún convenio de colaboración de cualquier tipo la central termica Taltal con emprendedores de Paposo o las caletas de pescadores aledañas a la central?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible en: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.11. han realizado algún aporte de cualquier tipo a la única unidad de salud (posta rural) que existe en Paposo que valla en directo beneficio de sus pacientes?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.12. Han realizado algún aporte de cualquier tipo al único club deportivo que existe en la localidad de Paposo?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, por ello, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.13. Han reslizado algún aporte a las juntas de vecinos de Paposo?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que su contenido no hace referencia a alguno de los contenidos de la DIA, de conformidad al Instructivo N°130528, de fecha 01 de abril del 2013, que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, disponible es: https://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/archivos/instructivos/inst130528_obs_ciud adana_evaluacion.pdf

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Cabe recordar al observante que, la presente evaluación ambiental corresponde al Proyecto Continuidad Operacional Central Térmica Taltal, el convenio entre privados no es parte de la presente evaluación ambiental.

4.14. ¿cómo afectará la exposición a partículas finas (pm 2.5) y gases contaminantes a la salud respiratoria de los habitantes de la población local?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia Impacto en la salud de la población según el artículo 5 del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental, (RSEIA). .

Del análisis del Anexo Ñ de “Estimación de Emisiones” y Anexo T “Modelación de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, ambos de la Adenda de la DIA, se presentan los antecedentes que justifican que el Proyecto no generará la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas. Los resultados indican que en ninguno de los receptores evaluados se superarán los límites establecidos para la calidad del aire (MP10, MP 2,5, SO2, NO2 y CO).

Medio ambiente

4.15. Se a realizado algún estudio de la flora después del cambio de esta cuando inició el proyecto central térmica Taltal?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación. Para determinar los potenciales impactos sobre la flora y vegetación debido a la continuidad operacional de la central termoeléctrica se ha definido un Área de Influencia que incluye un buffer de 90 metros alrededor de las obras permanentes. Esta delimitación se fundamenta en un análisis detallado y se ajusta a las directrices técnicas de la Guía para la descripción del Área de Influencia (SEA, 2017). Según esta guía, el Área de Influencia se define como ‘El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias’. Tal como lo indica la Guía, cuando se habla de área de influencia, se debe considerar en un espacio más amplio que solo la tierra. El aire y el agua también forman parte de este espacio, y es necesario evaluarlos cuando un proyecto pueda afectarlos. Por tanto, esta delimitación, basada en la Guía SEA 2017, considera el potencial efecto a nivel de gases y material particulado que genera el Proyecto y su posible sedimentación al área circundante. Dado que el Proyecto no preverse nuevas construcciones, el buffer de 90 metros es suficiente para evaluar los potenciales impactos. El Titular realizó la modelación de dispersión atmosférica para material particulado sedimentable (MPS), cuyos resultados se detallan en el Anexo T Modelación Emisiones Atmosféricas de la presente Adenda de la DIA. Los resultados del modelo de dispersión atmosférica indican que la deposición media anual de MPS en todos los receptores evaluados (R14 a R28), tanto en el escenario base como en el escenario de operación del proyecto, es prácticamente nula (0,00 mg/m²/día). Para un mayor abundamiento el Titular se realizó un estudio a largo plazo (2011-presente) en parcelas centinela ubicadas en las inmediaciones del Proyecto, enfocado en el análisis morfológico de las estomas de la vegetación local. Este estudio reveló que las estomas se encontraban abiertos, con

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dimensiones normales y sin evidencias de daño estructural. Asimismo, no se detectaron alteraciones en los tejidos epidérmicos, ni en el funcionamiento estomático atribuibles a la deposición de material particulado, el cual podría obstruir las estomas y reducir la eficiencia fotosintética al limitar la difusión de gases. Además, se descartó la presencia de daños celulares inducidos por gases contaminantes como el ozono (O3), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de nitrógeno (NO2).

4.16. Si se a realizado algún estudio, chequeo, evaluación etc.despues de estos 10 años de operación de la flora cercana a las instalaciones de la central ?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Respecto de lo consultado por el observante, al comparar la información contenida los estudios de impacto ambiental realizados en 1997 y el estado actual, se observa una notable estabilidad en la composición de especies vegetales presentes en el Área de Influencia del Proyecto.

Se han identificado especies como Bahia ambrosioides, Copiapoa cinerea, Eulychnia iquiquensis, Euphorbia lactiflua, Nolana aplocaryoides y Suaeda foliosa. Sin embargo, la clasificación de las unidades vegetacionales ha evolucionado. Mientras que en 1997 se identificaron tres unidades cartográficas basadas en la distribución de matorrales y suculentas, el estudio actual ha definido cinco unidades, utilizando la terminología de la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo. Esta nueva clasificación, que incluye categorías como formaciones y matorrales xerofíticos, refleja una mayor precisión en la descripción de las comunidades vegetales y permite una mejor evaluación de su estado de conservación. A pesar de las diferencias en la clasificación, ambos estudios coinciden en la presencia de comunidades vegetales adaptadas a condiciones áridas y sujetas a una alta presión antropogénica. La implementación de la Ley 20.283 ha introducido nuevos requerimientos para la gestión y protección de estas comunidades.

4.17. Se a realizado algún estudio de la fauna cercana a la central después de estos 10 años de operación de la central térmica?.

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente fauna. Respondiendo a lo observado, No se han realizado nuevos estudios, salvo aquellos realizados para la evaluación ambiental, y la información presentada por el Titular en el Anexo 2.2 “Fauna Terrestre” de la DIA, se puede indicar que el Titular realizó dos campañas de terreno, la primera campaña se realizó entre los días 12 al 15 de septiembre del 2023, mientras que la segunda campaña realizada en la temporada de verano entre el 3 y 6 de enero del 2024. De acuerdo con la información presentada por el Titular en el Anexo 2-2 “Fauna Terrestre” de la DIA, Tabla ET-20 presenta el listado de especies de fauna vertebrada terrestre registradas durante las campañas de terreno invierno, verano y el estado de conservación de estas especies. Del total de 37 especies registradas en el AI del Proyecto, dieciséis (16) se encuentran bajo alguna categoría de conservación según las clasificaciones establecidas por el RCE del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), correspondientes a:

a) Siete (7) reptiles, correspondientes a Iguana chilena (Callopistes maculatus), categorizada como Casi amenazado (NT) (D.S. N°16/2016 MMA); Gecko del norte chico (Garthia gaudichaudi), categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N°52/2014 MMA);Lagartija de Plate (Liolaemus platei) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 16/2016 MMA); Lagartija de Atacama (Liolaemus atacamensis) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 16/2016 MMA);Corredor de Atacama (Microlophus atacamensis), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 23/2019 MMA); Gecko del norte grande (Phyllodactylus gerrhopygus),

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categorizada como Vulnerable (VU) (D.S. N° 23/2019 MMA); y Culebra de cola larga (Philodryas chamissonis), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N°16/2016 MMA).

b) Seis (6) aves, correspondientes Pilpilén (Haematopus palliatus) en categoría casi amenazada (NT) (D.S. N° 16/2020 MMA); Pilpilén negro (Haematopus ater) categorizada como Preocupación menor (LC) (D.S. N° 10/2023 MMA); Zarapito común (Numenius phaeopus) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. 44/2021 MMA); Golondrina de mar chica (Oceanites gracilis) en categoría Datos insuficientes (DD) (D.S. N° 79/2018 MMA), Lile (Phalacrocorax gaimardi) categorizado como Casi amenazado (NT) (D.S. N°79/2018 MMA) y Piquero (Sula variegata) en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N°79/2018 MMA).

c) Tres (3) mamíferos, correspondientes a Murciélago orejas de ratón de Atacama (Myotis atacamensis), en categoría Casi amenazada (NT) (D.S. N° 16/2016 MMA); Zorro culpeo (Lycalopex culpaeus), en categoría Preocupación menor (LC) (D.S. N° 33/2012 MMA); y Murciélago cola de ratón (Tadarida brasiliensis), categorizado como Preocupación menor (LC) (D.S. N°06/2017 MMA)

4.18. ¿Qué técnicas se utilizaron para trasladar la flora y minimizar el daño?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Se aclara al observante que el Objetivo del Proyecto es extender la vida útil del Central Térmica, dicha extensión no implicará la habilitación de nuevas obras. Por cuanto, la flora y vegetación no se verá afectada en la continuidad operacional de la Central Térmica y no implica trasladar flora.

Adicionalmente y dado que el Proyecto corresponde a la continuidad operacional de las Unidades Generadoras. El Titular realizó los monitoreos periódicos de parcelas de control desde el año 2011, los cuales por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis evidencian que no existen daños en los tejidos, lo cual indica que no hay efecto por la contaminación de gases como SO2, NO2 u O3 en los tejidos vegetales, ni tampoco se observaron alteraciones en indicadores como abundancia, densidad o fenología de las especies vegetales.

4.19. ¿se implementó un plan de monitoreo para evaluar el estado de la flora trasplantada?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación

A fin de responder la solicitud del observante, se aclara que el Proyecto no incluirá en sus acciones trasplantar flora del Área de Influencia, dado que no se construirán nuevas partes y obras durante la continuidad operacional, por ende la vegetación no se verá afectada. No obstante, como señala el anexo 2.2 de ecosistemas terrestres de la DIA, los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011, los cuales por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis evidencian que no existen daños en los tejidos, lo cual indica que no hay efecto por la contaminación de gases como SO4, NO2, O3 dentro de su organismo ni tampoco se ha visto un efecto en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente en el Área de Influencia.

4.20. Se realizará un seguimiento a largo plazo para evaluar la supervivencia y el estado de crecimiento de la flora?

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Dada las características del Proyecto dado no se construirán nuevas partes y obras durante la continuidad operacional, por ende la vegetación no se verá afectada No se realizará seguimiento a largo plazo de la flora y vegetación, ya que no se verá afectada en la continuidad operacional de la Central Térmica toda vez que no se construirán nuevas partes y obras que requieran el trasplante, relocalización y/o corta de especies vegetales. Esto, en atención a los resultados de monitoreos realizados desde 2011, donde semestralmente se realiza un seguimiento por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis (también conocida comúnmente como Uvillo). Las que evidencian que no existan daños en los tejidos de la especie.

4.21. ¿Quién es responsable de la gestión y la conservación de la flora endémica trasladada?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

A fin de responder la solicitud del observante, se aclara que el Proyecto no incluirá en sus acciones trasplantar flora del Área de Influencia, dado que no se construirán nuevas partes y obras durante la continuidad operacional, por ende la vegetación no se verá afectada. No obstante, como señala el anexo 2.2 de ecosistemas terrestres de la DIA, los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011, los cuales por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis evidencian que no existen daños en los tejidos, lo cual indica que no hay efecto por la contaminación de gases como SO4, NO2, O3 dentro de su organismo ni tampoco se ha visto un efecto en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente en el Área de Influencia.

4.22. ¿Como ha afectado el cambio de lugar y secamiento de la flora al equilibrio del ecosistema local?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Se aclara al observante se que el Proyecto no incluirá en sus acciones trasplantar flora de ningún tipo del Área de Influencia, dado que no se construirán nuevas partes y obras durante la continuidad operacional, por ende, la vegetación no se verá afectada. flora, por lo que no es aplicable realizar el análisis indicado.

No obstante, como señala el Anexo 2.2 de ecosistemas terrestres de la DIA, los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011 por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis, los que evidencian que no existen daños en los tejidos, indicativo de que no hay efecto por la contaminación de gases como SO4, NO2, O3 dentro de su organismo y tampoco se ha visto un efecto en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente en el Área de Influencia.

4.23. ¿Qué especies endémicas se han perdido debido al cambio de lugar de la flora?

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Se aclara al observante se que el Proyecto no incluirá en sus acciones trasplantar flora de ningún tipo del Área de Influencia, dado que no se construirán nuevas partes y obras durante la continuidad operacional, por ende la vegetación no se verá afectada. flora, por lo que no es aplicable realizar el análisis indicado.

No obstante, como señala el Anexo 2.2 de ecosistemas terrestres de la DIA, los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011 por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis, los que evidencian que no existen daños en los tejidos, indicativo de que no hay efecto por la contaminación de gases como SO4, NO2, O3 dentro de su organismo y tampoco se ha visto un efecto en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente en el Área de Influencia

4.24. ¿Como ha afectado a la flora y fauna del lugar la infraestructura de la central térmica Taltal?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente flora y vegetación.

Como señala el Anexo 2.2 de ecosistemas terrestres de la DIA, los informes de Monitoreo de Parcelas Centinelas y Testigos en el Área de Influencia de la central Termoeléctrica Taltal, Paposo (2022), que se realizan semestralmente desde el 2011, por medición de morfología de estomas de la especie Monttea Chilensis evidencian que no existen daños en los tejidos, indicativo de que no hay efecto por la contaminación de gases como SO4, NO2, O3. Tampoco se ha visto un efecto en la abundancia, densidad, fenología y eco-fisiología a nivel de cada parcela. Por lo tanto, es posible concluir que las actividades asociadas al desarrollo del Proyecto no constituyen una afectación significativa para este componente en el Área de Influencia.

4.25. ¿Como y a afectado al paso migratorio de las aves la emanación de gases calientes de las chimeneas?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente avifauna.

En relación con lo consultado por el observante, en el Área de Influencia definida en la línea base de fauna no se identificaron especies migratorias caracterizadas en el Anexo 2-2 de la DIA. Por cuanto, el paso migratorio de las aves no se ve afectado por las partes, obras y acciones del Proyecto.

4.26. ¿Tienen un registro de aves muertas por efecto directo de las chimeneas?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente avifauna

En relación a lo consultado, es importante precisar que a la fecha no se ha tenido avistamiento de este tipo de evento, por lo que no se mantiene registros.

Recursos hídricos

4.27. ¿cuánta cantidad de agua ocupan en el proceso de enfriamiento de las turbinas?

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

En relación al uso del agua industrial será suministrada por terceros debidamente autorizados para dicha actividad, provisionada por camiones aljibes. Se estima un consumo de 1.200 m3 diarios (máximo) de agua industrial para la operación del Proyecto.

4.28. ¿Qué tipo de Agua es la que se ocupa en el proceso? ¿industrial,salada, potable, destilada ?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

En relación al uso del agua industrial será suministrada por terceros debidamente autorizados para dicha actividad, provisionada por camiones aljibes. Se estima un consumo de 1.200 m3 diarios (máximo) de agua industrial para la operación del Proyecto.

4.29. ¿El enfriamiento de las turbinas es un proceso diario?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

En relación con el funcionamiento de la Central Térmica Taltal, la Central se encuentra en funcionamiento desde el año 2000 luego de la aprobación del Proyecto mediante RCA N°109/1998 de la COREMA Región de Antofagasta. La Central cuenta de dos turbinas a gas natural General Electric 9000E, con una potencia total instalada de 240 MW nominal, utilizando como combustible principal gas natural y como combustible secundario petróleo diésel. Ambas incluyen un sistema de disminución de emisiones atmosférica para el caso de combustible gas Dry Low NOx (en adelante “DLN”) y para el caso de petróleo diésel inyección de agua. El Proyecto Original comercializa la energía generada a través del Sistema Eléctrico Nacional (en adelante “SEN”). En la actualidad, la Central opera como respaldo del SEN dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 13/11, del MMA, norma de emisión para centrales Térmicas

4.30. ¿Qué empresa suministra esta agua?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

Al respecto, el agua industrial será suministrada por terceros debidamente autorizados para dicha actividad, provisionada por camiones aljibes. Se estima un consumo de 1200 m3 diarios (máximo) de agua industrial para la operación del Proyecto.

4.31. ¿La empresa que suministra el agua para el proceso de la central es de la localidad de Talta,Paposo ó es propia de Enel ?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

Al respecto, el agua industrial será suministrada por terceros debidamente autorizados para dicha actividad, provisionada por camiones aljibes. Se estima un consumo de 1200 m3 diarios (máximo) de agua industrial para la operación del Proyecto.

4.32. ¿tienen dentro de la central térmica un sistema de pozos y bombeo para extraer agua del subsuelo para utilizarla en sus procesos?

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Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a la descripción del proyecto.

Al respecto, cabe señalar que el Proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas o superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del Proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos, no se prevén impactos sobre este componente.

Tecnología y eficiencia

4.33. ¿En estos más de 10 años de operación han introducido tecnologías más eficientes y limpias para reducir emisiones y mejorar su huella ambiental?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación no es pertinente, dado que hace referencia a huella ambiental, ámbito que no forma parte de la herramienta de gestión ambiental de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA.

4.34. Se han identificado y evaluado los riesgos potenciales asociados con la operación continua de la central, como accidentes, fallas técnicas o desastres ambientales?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia a los planes de contingencias y emergencias.

En el Anexo B de la Adenda Complementaria de la DIA fue presnetado el Plan de contingencia y emergencia del proyecto. En dicho Plan identifica las acciones preventivas y medidas para controlar las emergencias de: • Riesgo de Lluvias intensas, inundación y anegamiento. • Riesgo de tsunamis, aumento del nivel del mar y marejadas • Riesgo de sismos y terremotos • Riesgo de Incendios en edificios e instalaciones • Riesgo de Incendio en vehículos • Riesgo de derrame de sustancias peligrosas • Riesgo de Fallas en sistemas de transporte de residuos • Riesgo de incendio en bodegas o zonas de acopio de residuos • Riesgo de presencia de carnívoros (Pseudalopex sp.) • Riesgo en caso de afectación a flora y vegetación • Riesgo de Hallazgo de fauna en mal estado, desorientada y/o herida • Riesgo de Planta Tratamiento Aguas Servidas • Riesgo de remoción en masa

4.35. ¿Cuál es el aumento de la contaminación del aire cuando la central térmica Taltal opera con Petróleo comparado con las estadísticas del Gas?

Evaluación Técnica de la Observación: Su observación es pertinente, dado que hace referencia al componente calidad de aire.

En relación con las emisiones a la atmósfera serán generadas durante la fase de operación y éstas corresponderán principalmente al funcionamiento de las unidades generadoras y gases provenientes de actividades y al tránsito de vehículos. La fase de operación tendrá una duración de 15 años. Analizados los antecedentes presentados por el Titular en los Anexos en el Anexo Ñ de “Estimación de Emisiones” y Anexo T “Modelación de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, ambos de la Adenda de la DIA, se observa que el Proyecto no generará impacto en los receptores poblacionales cercanos al Proyecto.

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Para efectos de la modelación de calidad del aire, se consideraron dos escenarios: el Escenario 0, correspondiente a las emisiones reales del Proyecto para el año 2022, que fue contrastado con el Escenario 1, el cual representa las emisiones en un peor escenario, es decir, la operación del Proyecto solo con combustible Diesel, y actividad 365 días al año. En el Escenario 1, la modelación arrojo un aporte a la concentración de NO2 con mayor magnitud se observó en el Receptor N°30, registrando 15,44 μg/m3N como promedio anual, 46,44 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 24 horas y 141,01 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora. Lo cual representa el 38,6%, 46,4% y 70,5% del límite normativo anual, diario y horario respectivamente. Mientras que el máximo para el Escenario 0 equivale 2,7%, 6,7% y 9,8% del límite normativo anual, diario y horario respectivamente en el Receptor N°2, el cual representa el escenario de línea base de emisiones, correspondiente a lo observado en el año 2022. En el Escenario 0, el mayor aporte a la concentración de CO se observó en el Receptor N°30, con una concentración de 1,69 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones 8 horas y 2,26 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora. Lo cual representa el 0,02% y 0,01% del límite normativo de 8 y 1 hora respectivamente. En contraste del 1,3% y 0,7% que indica el Escenario 1 para el Receptor N°30, en el que se observa un aumento en comparación de la norma, respecto del Escenario 0, siendo 1.34,51 μg/m3N como percentil 98 de las concentraciones 8 horas y 205,9 μg/m3N como percentil 99 de las concentraciones de 1 hora. En conclusión, los resultados indican que en ninguno de los receptores evaluados se superarán los límites establecidos para la calidad del aire (MP10, MP 2,5, SO2, NO2 y CO). Por consiguiente, los aportes del Proyecto no implicarán la superación de los valores de las concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4º de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

16°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

17°. Que, para que el proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

18°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos

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ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal”, presentada por Enel Generación Chile S.A.

2°. Certificar que el Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 157, 160 y 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Continuidad Operacional Central Térmica Taltal” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4º del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.

Karen Behrens Navarrete Delegada Presidencial Regional Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.05.26 18:23:07 -04'00'

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Tomás Andrés Ballesteros Cohen Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

TBC/MDF/JCG/jcg

Distribución:

• Titular. • Superintendencia de Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Taltal. • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 26-05-2025 16:35:06:126 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC