Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” Antofagasta
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”, presentado por Colbún S.A., con fecha 28 de marzo de 2024 y admitido a trámite con fecha 05 de abril de 2024, su Adenda de fecha 30 de octubre de 2024 y su Adenda Complementaria de fecha 27 de marzo de 2025.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”
3°. El Acta de Evaluación 202402106103 de la Sesión Nº04/2024 del Comité Técnico de la Región de Antofagasta, de fecha 17 de junio del 2024.
4°. El ICE de la DIA de fecha 23 de abril de 2025 del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”.
5°. El acuerdo N° 12/2025 de la sesión ordinaria N° 07/2025 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 05 de mayo de 2025.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución SIAPER registro N°6147233 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta; en el Decreto Supremo Nº 77 de fecha 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Colbún S.A. (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) la DIA del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Colbún S.A. Rut 96.505.760-9 Domicilio Av. Apoquindo 4775, Piso 11. Las Condes, Santiago, Chile. Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 16-05-2025 11:54:32:218 UTC -04:00 Razón: Lugar: 2 de 67
Teléfono +5624604000 Nombre del representante legal Daniel Antoan Gordon Adam Rut representante legal 8.866.967-3 Domicilio del representante legal Av. Apoquindo 4775, Piso 11. Las Condes, Santiago, Chile. Teléfono representante legal 5624604000 Correo electrónico Titular o dgordon@colbun.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de abril de 2025, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
a) Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable. b) Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de fecha 05 de mayo de 2025, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de abril de 2025, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objetivo construir y operar 24 aerogeneradores adicionales a los ya existentes del Parque Eólico Horizonte (calificado ambientalmente favorable mediante la RCA N°20210200118/2021), incrementando la energía anual generada en aproximadamente 410 GWh/año. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): “c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW” Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 51 años considerando los años de las fases de construcción, operación y cierre. Monto de inversión USD 200.000.000 Mano de Obra Tabla 1. Mano de obra máxima Proyecto. Fase Mano de obra máxima Construcción 400 Operación 15 Cierre 96 Fuente: Elaboración propia en base al Capítulo N°1 de la DIA. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos El hito que dará inicio al Proyecto será el inicio de las obras civiles. Para más detalles ver Tabla 1-4 “Actividades de inicio de cada fase” del Capítulo de la DIA. 3 de 67
4.1. ANTECEDENTES GENERALES de la caducidad de la RCA Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no contempla el desarrollo del Proyecto por etapas.
X Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente Si No El Proyecto modificará un Proyecto o actividad existente. X
Proyecto modifica otra(s) RCA. Si No El Proyecto modificará la RCA N°20210200118 de fecha 13 de septiembre de 2021, que califica favorable ambientalmente el Proyecto “Parque Eólico Horizonte”. X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político-administrativa El Proyecto se localizará a 170 km al Sur de la ciudad de Antofagasta y a 130 km al Noreste de la ciudad de Taltal, considerando desplazamientos por la Ruta 5 en la comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta. Justificación de la localización La localización de este Proyecto se justifica en función de: a) El Proyecto se encuentra al interior de la zona de reserva eólica definida por el Ministerio de Energía. b) El potencial eólico de la zona dada la intensidad, frecuencia y regularidad de los vientos locales c) La otorgación a Colbún S.A. del predio ROL N°507-14 para fines de generación eléctrica, por parte del Ministerio de Bienes Nacionales, por medio de una Concesión de Uso Oneroso (CUO). Superficie El Proyecto ocupará una superficie de 124 ha. Para más detalles ver la Tabla 1-6 del Capítulo 1 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 El Layout del Proyecto se presenta en el Anexo 1.2 “KMZ de las obras del Proyecto” del Capítulo 1 de la DIA, actualizado en el Anexo 1.1. “KMZ y cartografías partes y obras del Proyecto” de la Adenda Complementaria del Proyecto. Mientras que el detalle de las coordenadas de las obras permanentes y temporales se identifican en la Tabla 1-5 del Capítulo 1 de la DIA. Caminos o vías de acceso El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta 5 Norte, a la altura del km 1.200 aproximadamente, el que corresponde a uno de los accesos aprobados por la Dirección de Vialidad de Antofagasta para el PEH. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones. Los Planos georreferenciados se presentan en la Tabla 1-1 Actualización cartográfica de archivos georreferenciados” de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Acondicionamiento de terreno y El Proyecto adecuará la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas y consideran, la realización de 4 de 67
movimientos de tierra. despeje y escarpe de las obras, para luego realizar excavaciones específicas según el diseño de las obras. Para más detalles ver el numeral 1.6.1.1 del Capítulo 1 de la DIA. Habilitación del área de acopio de materiales y equipo. El Proyecto implementará una plataforma destinada al depósito de materiales que necesitará nivelación y compactación del terreno. Habilitación de empréstito El Proyecto obtendrá los áridos del empréstito y/o del material de excavación de las obras, en el caso de un eventual déficit de áridos, el Proyecto podrá cubrir a través de la compra de áridos a productores externos autorizados. Para más detalles ver el numeral 1.6.1.3 del Capítulo 1 de la DIA. Habilitación, uso y cierre de las áreas de botadero. El Proyecto habilitará de 16 sectores de botaderos cuya superficie total serás de uno 26,26 ha. Después de la delimitación del área de botadero y la instalación de la señalización correspondiente, se llevará a cabo la escarificación del suelo en la zona destinada al botadero. A medida que avance la ejecución del Proyecto, se depositará el material proveniente de distintos frentes de trabajo, dispuesto en capas compactadas. Construcción de caminos interiores. Para acceder a las áreas de obras el Titular construirá 21 km de caminos nuevos, que tendrán ancho de 6 m, áreas de giro y retornos de camiones. También contarán con obras de saneamiento (4 obras sujetas a PAS 156 detalladas en el Anexo 4.4 de la DIA) para interceptar y conducir aguas lluvias. Se mantendrán las mismas características principales de los caminos interiores del PEH. Construcción de fundaciones y plataformas de montaje de los Aerogeneradores. Luego del despeje, limpieza y demarcación del área destinada a la construcción de la fundación, el Titular procederá con la excavación.
Cada fundación requerirá aproximadamente 60 toneladas de acero para su estructura y 530 m3 de hormigón, que será transportado mediante camiones mixer desde la planta de hormigón norte del PEH. Montaje de Aerogeneradores Posterior a la construcción de la plataforma de montaje y dispuestas las partes del aerogenerador en la plataforma, el Titular procederá al montaje de los aerogeneradores, para lo cual utilizará dos grúas: una principal y una secundaria. Para más detalles ver el numeral 1.6.1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Construcción de la canalización subterránea La canalización subterránea contará con un sistema de zanjas diseñadas para albergar el cableado de media tensión de 33kV, estableciendo una interconexión entre los aerogeneradores y la Subestación Elevadora Horizonte Norte del PEH (Existente). Estas zanjas se ubicarán contiguas y paralelas a los caminos del Proyecto, abarcando una longitud aproximada de 21 km. Para más detalles ver el numeral 1.6.1.8 Construcción de la canalización subterránea. Equipamiento Adicional en Subestación Elevadora Horizonte Norte del PEH. El Proyecto considera la instalación de un nuevo transformador de poder de 33/220 kV, que se conectará a los equipos que se adicionarán al interior de un galpón metálico (existente) en la Subestación Elevadora Horizonte Norte (existente), que es del tipo GIS (Gas Insulated Switchgear). Además, se incorporará una nueva sala de media tensión que ocupará una superficie de 40 m2. Construcción Edificio de Operaciones Norte. El Edificio de Operaciones Norte se ubicará en un área adyacente a la Subestación Elevadora Horizonte Norte existente en el PEH. 5 de 67
Mantenimiento de maquinarias El Proyecto considera realizar los mantenimientos menores a las maquinarias, las cuales deberán ser desarrolladas en la Instalación de Faenas Sur-Parque (Existente). Estas labores corresponderán a cambios de aceite, labores de lubricación, recambios de piezas, y limpieza con agua presurizada de grúas de montaje. Para más detalles ver Tabla 1-24: Actividades para mantenimiento de maquinarias del Capítulo 1 de la DIA. Cierre de obras temporales, limpieza y restauración. El Titular llevará a cabo las siguientes acciones: - Desarme y retiro de la infraestructura temporal. - Limpieza del área: Acondicionamiento del terreno. Pruebas y puesta en marcha. El Titular llevará a cabo las pruebas operativas con el objetivo de garantizar el correcto funcionamiento de los equipos instalados y, en caso necesario, identificar y corregir posibles fallas. Habilitación, uso y cierre de las instalaciones de faenas sur. Finalizada la fase de construcción, el Titular procederá a retirar todos los materiales de desecho remanentes, equipos y maquinarias. Habilitación, uso y cierre de la planta de chancado. La planta de chancado se encontrará operativa durante la construcción de las fundaciones de los aerogeneradores. Al finalizar se procederá a retirar las estructuras que fueron habilitadas para esta instalación. Habilitación, uso y cierre de la planta de hormigón. El Proyecto aprovechará la infraestructura existente de la Planta de Hormigón Norte del PEH. La estimación de producción total de hormigón será de 16.855 m3 para satisfacer las necesidades constructivas del Proyecto, con una capacidad de producción de 50 m3 por hora. La distribución de este material se llevará a cabo mediante camiones mixer que se desplazarán hacia los distintos puntos de trabajo. Habilitación y uso del campamento1 Finalizada la fase de construcción, el campamento se mantendrá operativo en las fases de operación y cierre del Proyecto. Cierre de empréstito. Al término de uso del área de empréstito, se procederá al retirar cualquier instalación existente, dejando limpio y ordenado. Habilitación, uso y cierre de la instalación para el manejo de residuos. Al término de la fase de construcción el Titular procederá a retirar, desde los sitios de almacenamiento, todo el material residual generado hacia el término de las actividades. Construcción, uso y cierre de las instalaciones para el manejo de aguas servidas. El Proyecto no habilitará nuevas instalaciones para el tratamiento de aguas servidas (PTAS), ya que se hará uso de las instalaciones existentes del PEH. El Titular utilizará baños químicos y bidones de agua potable para el consumo de los trabajadores en los frentes de trabajo, de acuerdo con lo establecido por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Transporte de personal, equipos, maquinaria para la construcción, insumos y residuos. La mano de obra, insumos y suministros básicos, serán trasladados al Proyecto en los vehículos que corresponda según la carga que transportarán. Por otra parte, se generarán residuos, los cuales deben ser transportados desde el Proyecto hacia los sitios de disposición final. La cantidad de flujos vehiculares y el detalle de estos se presenta en la Tabla 1-8 de la Adenda de la DIA. Construcción, uso y cierre de las instalaciones para el manejo de aguas servidas El Proyecto no habilitará nuevas instalaciones para el tratamiento de aguas servidas (PTAS), ya que se hará uso de las instalaciones existentes del PEH. El Titular utilizará baños químicos y bidones de agua potable para el consumo de los trabajadores en los frentes de trabajo, de acuerdo con lo establecido por el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. 6 de 67
Transporte de personal, equipos, maquinaria para la construcción, insumos y residuos. La mano de obra, insumos y suministros básicos, serán trasladados al Proyecto en los vehículos que corresponda según la carga que transportarán. Por otra parte, se generarán residuos, los cuales deben ser transportados desde el Proyecto hacia los sitios de disposición final. La cantidad de flujos vehiculares y el detalle de estos se presenta en la Tabla 1-8 de la Adenda de la DIA. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas:
En relación con el año 1, los máximos aportes de material particulado 10 y PTS, corresponde a lo generado por la resuspensión por el tránsito vehicular por caminos no pavimentado con 72,3 t/año y 253,04 t/año, lo que representa el 40% y 52% del total generado, respectivamente. Por otro lado, los máximos aportes de MP 2,5, corresponde a lo generado por la erosión eólica en material en pila con 10,21 t/año, lo que corresponden al 31% del total generado, para más detalles ver Anexo 5.4 de la Adenda de la DIA.
Para más detalles de las emisiones generadas ver Tabla N°1.del ICE del Proyecto, “Emisiones Atmosféricas del Proyecto” y Tabla 5-4 de la ADENDA de la DIA.
El Titular implementará las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:
- Humectación de caminos no pavimentados, con una eficiencia del 75% al menos de 1 vez al día.
- Aplicación de supresor de polvo, con una eficiencia del 85% con una frecuencia de 3 meses, ficha de registro de aplicación de supresor de polvo. Para más detalle ver Tabla 5-8. “Medidas de control emisiones atmosféricas
- Fase Construcción” de la Adenda de la DIA.
b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):
Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. Se estima que se generará una cantidad de 1.800 m3/mes. Se contempla el uso de PTAS existentes ubicadas en las Instalaciones de Faenas Sur y en el Campamento 1 del Proyecto original, PEH.
c) Lodos:
Se generará una cantidad de 23,6 m3/mes (424 m3 totales) de lodos proveniente de la PTAS. Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
d) Residuos líquidos (RILes) provenientes del lavado de camiones mixer.
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El Proyecto generará 15 m3/mes de agua residual de lavado de camiones mixer la que será dispuesta en el pozo decantador donde se produce la fase de separación de la fracción sólida del agua. La fracción líquida será reutilizada en posteriores lavados, mientras que el sedimentado en los pozos de decantación será extraído y depositado en el área de secado destinada para este efecto, aledaño al pozo de decantación
e) Ruido: Las fuentes de ruido corresponden principalmente al funcionamiento de maquinarias para la construcción de las obras del Proyecto (excavación y movimiento de tierra, nivelación de terreno, construcción de fundaciones y montaje de estructuras). Adicionalmente, las tronaduras se efectuarán con 360 kg de explosivo total y se utilizan las constantes propuestas el estándar AS 2187-2.
Cabe mencionar que, respecto a la evaluación en receptores humanos, ya definida el AI se observa que no existen receptores humanos dentro de la misma, por lo que se descarta una afectación en receptores humanos. Para ver más detalle ir al Anexo 3.2 Estudio de Ruido y Vibraciones de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios:
Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones.
Se generará una cantidad de 7.667 kg/mes (138 t totales) de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados, los cuales serán retirados tres veces por semana, su disposición final en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que estarán compuestos principalmente por materiales de las obras de construcción como: restos metálicos, maderas, plásticos, despuntes metálicos, entre otros. Se generará una cantidad de 9.750 kg/mes (175,5 t totales) los cuales serán ordenados y segregados, en el sector acopio residuos no peligrosos, consistentes en bateas se encontrarán en las Instalaciones de Faenas existentes y en la Planta de Hormigón Norte del PEH para posteriormente ser llevado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán residuos sólidos peligrosos (en adelante “RESPEL”), los que estarán compuestos de residuos generados en los mantenimientos de equipos, vehículos y maquinaria de aceites y filtros, restos de aceites y grasas.
Se generará una cantidad de 617,8 kg/mes (11,12 t totales) de RESPEL, los cuales serán almacenados en la bodega de RESPEL existentes, ubicadas en la Instalación de Faenas Sur (Parque y Transmisión) y Campamento 1, para posteriormente ser retirados semestralmente por empresa autorizada hasta su disposición final a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. 8 de 67
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.6 del ICE del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Producción de energía eléctrica (Operación Parque Eólico) Durante la fase de construcción se producirá la entrada en operación de los aerogeneradores de forma gradual, sujeto a la puesta en marcha y conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Por lo tanto, .se considera como hito de inicio de la fase de operación, el comienzo de la Operación Comercial del Proyecto, y se procederá a la introducción del primer kWh producido al SEN. Al respecto, el Proyecto contempla la generación media anual estimada de 410GWh/año. Esta Modificación de Proyecto incrementará la potencia instalada del PEH a 1.160 MW.
El control del Proyecto se llevará a cabo a distancia, a través de un sistema de control automático. Para la supervisión y mantención, se requerirá personal técnico en terreno. Mantenimiento del Parque Eólico: Incluirá el Mantenimiento preventivo, mantenimiento predictivo y mantenimiento correctivo. Para más detalles ver Tabla 1-40: Partes, obras y acciones fase de operación de la Adenda de la DIA. Mantenimiento de la Subestación Eléctrica: Incluirá el Mantenimiento preventivo, mantenimiento predictivo y mantenimiento correctivo. Para más detalles ver Tabla 1-40: Partes, obras y acciones fase de operación de la Adenda de la DIA Mantenimiento de caminos internos. Anualmente o según requerimiento el Titular dispondrá de una cuadrilla que realizará trabajos de mantención de la red de caminos internos del parque eólico, de manera de asegurar el óptimo estado de los caminos durante la vida útil del Proyecto. Transporte de mano de obra, insumos y residuos. La cantidad de flujos vehiculares para el transporte de mano de obra, insumos y suministros básicos se presenta en la Tabla 1-9 de la Adenda de la DIA Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Productos generados El Proyecto contribuirá con una capacidad adicional de hasta 180 MW, con una producción anual estimada de energía de 410 GWh/año. En su totalidad, el Parque Eólico Horizonte alcanzará una capacidad máxima de 1.160 MW, con una producción anual proyectada de 2.410 GWh/año. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: Los máximos aportes de material particulado, la gran parte de las tasas son producto de la resuspensión de MP producto del tránsito vehicular por caminos no pavimentado interno con un 60% para MP10 y 53% para PTS, en cambio para MP 2.5 la mayor tasa ocurre por tránsito vehicular por caminos pavimentado externo con un 43% del total. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales.
Para más detalles de las emisiones generadas ver Tabla N°2. Emisiones Atmosféricas del Proyecto y Tabla 5-4 de la ADENDA de la DIA.
El Titular implementará las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas:
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• Aplicación de supresor de polvo, con una eficiencia del 85% con una frecuencia de 3 meses, ficha de registro de aplicación de supresor de polvo.
Para más detalle ver Tabla 5-8. “Medidas de control emisiones atmosféricas - Fase Construcción” de la Adenda de la DIA.
b) Residuos líquidos domésticos:
Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos ubicados en el Edificio de Operación y Control del PEH, y en el nuevo Edificio de Operaciones Norte. Se estima que se generará una cantidad de 67,5 m3/mes. Para el tratamiento de las aguas servidas de las nuevas instalaciones se habilitará una conexión a la PTAS existente en la S/E Norte del PEH El efluente será conducido a un estanque de acumulación y tratamiento, posteriormente será retirada a través de camiones certificados sanitariamente cada 6 meses. La disposición final de las aguas tratadas será en la humectación de caminos. (Tabla 2-14 de la Adenda Complementaria de la DIA).
c) Lodos:
Se generará una cantidad de 1,18 m3 /mes (14 m3 /año) de lodos proveniente de la PTAS.
Los lodos serán contenidos en un receptáculo especializado para esta actividad y serán retirados por un tercero autorizado para su posterior tratamiento y/o disposición final en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
d) Ruido:
Conforme a las características del Proyecto, las emisiones de ruido asociadas a la operación del parque eólico (PE), transformador en Subestación Elevadora Horizonte Norte (SE) y maquinaria de mantención. Según lo indicado por fichas técnicas, la potencia acústica máxima del aerogenerador corresponde a 106 [dB(A)].
Cabe mencionar que, respecto a la evaluación en receptores humanos, ya definida el AI se observa que no existen receptores humanos dentro de la misma, por lo que se descarta una afectación en receptores humanos. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 3-2 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios:
Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros. Se generará una cantidad de 18,3 kg/día (549 kg/mes) de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en contenedores tapados y rotulados. La frecuencia de retiro será de tres veces 10 de 67
por semana, por una empresa autorizada, que dispondrá los residuos sólidos domiciliarios en sitios de disposición final autorizados.
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Los residuos sólidos industriales no peligrosos se generarán en las actividades de mantenimiento preventivas y correctivas. Se generará una cantidad de 3 t/año los cuales serán ordenados almacenados temporalmente en la bodega de residuos ubicada en el Edificio de Operaciones Norte y posteriormente serán trasladados trimestral a un lugar de disposición final con autorización sanitaria, para más detalles ver Tabla 2-14 de la Adenda Complementaria de la DIA.
c) Residuos sólidos peligrosos:
Se generarán RESPEL, los que estarán compuestos básicamente de residuos de aceites y filtros, restos de aceites y grasas, tonner y cartridges, baterías, envases de diluyentes, aceite y grasas y tubos de silicona, pinturas, huaipes contaminados, y tierras contaminadas, entre otros. El Proyecto generará una cantidad de 2,7 t/año, 225 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados temporalmente en la bodega RESPEL ubicada en el nuevo Edificio de Operaciones y Mantenimiento, para su posterior retiro en conjunto con los RESPEL del PEH, ambos serán retirados por una empresa autorizada cada 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.7 del ICE del Proyecto. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento de las construcciones permanentes El Titular procederá al desarme y retiro de las estructuras y equipos mediante el uso de maquinarias. Las actividades se iniciarán con el retiro del mobiliario y equipos u otras instalaciones existentes en el parque eólico e incluirá: a) Fundaciones de aerogeneradores y edificios. b) Caminos internos, plataformas de montaje y obras de drenaje: se ha considerado escarificar y nivelar el terreno. c) Retirada de cableado. Para más detalles ver Tabla 1-41: Partes, obras y acciones fase de cierre de la Adenda de la DIA. Traslado de insumos, residuos, materiales y personal La cantidad de flujos vehiculares para el transporte de mano de obra, insumos y suministros básicos se presenta en la Tabla 1-10 de Adenda de la DIA. Restitución del terreno Posterior al desmantelamiento de las estructuras y el traslado de escombros a disposición final, el Titular realizará las actividades de restitución de las zonas intervenidas, de manera de dejar el terreno en condiciones similares a las de su entorno. Para esta restitución, la primera actividad es la descompactación del terreno donde se emplazaban las obras del Proyecto, es una actividad mecánica a 11 de 67
partir de laboreo vertical del suelo, buscando soltar los primeros horizontes del terreno para facilitar restauración. El Titular procederá a rellenar las estructuras enterradas que se hayan removido (pedestal de fundación de aerogeneradores y fundaciones de edificios de operación y subestación) hasta los niveles propios del entorno. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes a) Emisiones atmosféricas: Se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades de demolición, los máximos aportes de MP10 y PTS, corresponde a lo generado por la resuspensión producto del tránsito vehicular por caminos no pavimentados internos con un 42% y 59% del total emitido, respectivamente. Por otro lado, los máximos aportes de SO2 corresponde a los generado por la combustión de los motores de grupos electrógenos con un 97% del total de emisiones. En la siguiente tabla se presenta el resumen de emisiones totales: Para más detalles de las emisiones generadas ver Tabla N°3.del ICE del Proyecto, “Emisiones Atmosféricas del Proyecto” y Tabla 5-4 de la ADENDA de la DIA. El Titular implementará las siguientes medidas de control para las emisiones atmosféricas: - Humectación de caminos no pavimentados, con una eficiencia del 75% al menos de 1 vez al día. - Aplicación de supresor de polvo, con una eficiencia del 85% con una frecuencia de 3 meses, ficha de registro de aplicación de supresor de polvo. Para más detalle ver Tabla 5-8: Medida de control emisiones atmosférica del Proyecto de la Adenda de la DIA.
b) Residuos líquidos domésticos:
Los residuos líquidos domésticos que se generarán corresponderán a las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos y serán tratados en las plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de las Instalaciones de Faena y Campamento 1. Se estima que se generará una cantidad de 7,3 m3/día (221,6 m3/mes).
c) Lodos: Se generará una cantidad de 5,6 m3 /mes de lodos proveniente de la PTAS. Los lodos serán almacenados temporalmente en la cámara de almacenamiento de cada PTAS y su retiro será de forma periódica, de acuerdo con la frecuencia recomendada por el fabricante, por un tercero autorizado para su posterior tratamiento y/o ser dispuesto posteriormente en un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
d) Ruido: Para la fase de cierre se realizará el desmantelamiento de las construcciones permanentes, desarme y retiro de aerogeneradores, levantamiento de radieres y concretos superficiales, restauración del terreno, entre otros. Para 12 de 67
ello se utilizará, en igual o menor cantidad, maquinaria similar a la utilizada en la fase de construcción, por lo que no existirá una mayor emisión de ruido. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para más detalle ver “Estudio de Ruido y Vibraciones” presentado en el Anexo 3-2 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. a) Residuos sólidos domiciliarios: Se generarán residuos sólidos domiciliarios, los que estarán compuestos básicamente de restos de comida (residuos orgánicos), envoltorios, plásticos, papeles, cartones e insumos inertes de oficina, artículos de aseo personal, entre otros.
Se generará una cantidad de 63 kg/día (1.888,9 kg/mes) de residuos sólidos domiciliarios, los cuáles serán almacenamos temporalmente en la instalación de Faenas Sur – Parque, Instalación de Faenas Sur- Transmisión 2 y Campamento 1, ya cuentan con aprobación ambiental mediante la RCA N°20210200118/2021. La frecuencia de retiro será de tres veces por semana, por una empresa autorizada, que dispondrá los residuos sólidos domiciliarios en sitios autorizados
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos, los que corresponden al desmantelamiento del Proyecto y todos sus componentes.
Se generará una cantidad de 252.000 kg/mes (2268 t totales) los cuales serán almacenados en el patio de almacenamiento de las Instalaciones de Faenas del PEH. Serán retirados por una empresa externa a su disposición final c) Residuos sólidos peligrosos: Se generarán RESPEL, los que estarán compuestos por los equipos desechados con hidrocarburos producto del desmontaje de la góndola, y eventuales derrames generando tierra contaminada. Se generará una cantidad de 994 kg/mes de RESPEL, los cuales serán almacenados en bodegas del Proyecto original PEH, para posteriormente ser llevados a sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. El periodo de almacenamiento desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento, en ningún caso excederá los 6 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Para mayores antecedentes, ver numeral 4.8 del ICE del Proyecto
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre del 2025. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio de obras civiles – Habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Primer semestre de 2027. Parte, obra o acción que establece el término Cierre de las instalaciones temporales. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2027. 13 de 67
Parte, obra o acción que establece el inicio Operación comercial del Proyecto. Fecha estimada de término Segundo semestre 2074. Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del Parque Eólico a la red del SEN. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2074. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de instalación de faena. Fecha estimada de término Primer semestre de 2075. Parte, obra o acción que establece el término Readecuación y restitución del terreno.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo El Proyecto se localizará a unos a 150 km al Sur de la ciudad de Antofagasta, 70 km al Noreste de la cuidad de Taltal, y a 55 km al este de la localidad de Paposo. Las principales emisiones a la atmósfera serán generadas durante la fase de construcción y éstas corresponderán principalmente a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos. La fase de construcción tendrá una duración de 18 meses.
Dada la modelación de las emisiones de la fase de construcción, se observa que el Proyecto no generará impacto en los receptores poblacionales más cercanos al Proyecto, debido a que sus aportes no superarán en más de un 1,7% para todas las normativas ambientales vigentes en calidad de aire para material particulado y un 13,5% para los gases evaluados para todos sus criterios. Los mayores aportes generados responden al criterio horario de NO2. La fase de operación no generará impacto en los receptores poblacionales más cercanos al Proyecto, no superando sus aportes en más de un 0,5% para todas las normativas ambientales vigentes para material particulado y un 7,2% en gases para todos sus criterios. Finalmente, la fase de cierre no superará los aportes en concentración respecto a las normativas ambientales vigentes en más de un 0,9% para materiales particulados y el 7,5% para gases en todos sus estadísticos. Los aportes del Proyecto no implicarán la superación de los valores de las concentraciones de los contaminantes señalados y períodos establecidos, en las normas primarias de calidad ambiental, o bien, el aumento significativo de la concentración por sobre los límites establecidos en ellas.
No obstante, para minimizar las emisiones atmosféricas durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, el Titular se implementará las medidas de control 14 de 67
que se describen en los numerales 4.6.4.1; 4.7.5.1., 4.8.4.1. descritas en el Informe Consolidado de Evaluación. Para más detalle ver Anexo 2.2 “Modelación de emisiones atmosféricas” de la DIA.
Respecto de las emisiones de ruido, se prevé la generación de ruido durante la fase de construcción, operación y cierre procedentes principalmente para la fase de construcción y cierre de las actividades de transporte, movimientos de tierra, uso de maquinarias y equipos. El Área de Influencia para el componente ruido, se definió a una distancia de hasta 2.700 [m], y no abarca sectores con emplazamientos humanos, por lo que se descarta una afectación a la salud de la población a partir del desarrollo del Proyecto.
El Proyecto no considera la liberación de ningún efluente al medio ambiente, por lo tanto, no generará ni presentará riesgo a la salud de la población por exposición a emisiones y efluentes sobre recursos naturales renovables.
En lo referido a la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos líquidos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, toda vez que, estos serán manejados conforme a la normativa vigente. Por lo que se descarta una afectación a la salud de la población a partir del desarrollo del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1 y 6.1 del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo Pérdida de suelo: Durante la fase de construcción, la pérdida de suelo estará dada por la habilitación de terreno para la instalación de las obras permanentes y temporales del Proyecto. Se estima que la magnitud del impacto producto de la materialización del Proyecto en relación con la condición de línea base del suelo no será significativa, dada su baja capacidad productiva y para sustentar vida silvestre. En el área del Proyecto no se desarrollan especies vegetales, se estima que ocurrirá pérdida de suelos, en la superficie donde se emplazarán las obras de tipo permanente: caminos de acceso a los Aerogeneradores, estructuras asociadas a la fundación y plataformas de los aerogeneradores, y zanjas para la red de media tensión. Sin embargo, los suelos donde ocurrirá este efecto poseen la clase de capacidad de uso del suelo (CCUS) VIII.
El Proyecto no generará afectación sobre el recurso hídrico:
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El Proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos y en el área de influencia, (en adelante “AI”) del Proyecto no existe la presencia de zonas de vegas y/o bofedales, ni humedales. Por otra parte, el Proyecto no considera la explotación de cuerpos de aguas subterráneas o superficiales y todo el abastecimiento de agua para el Proyecto, será mediante camiones aljibe desde fuentes autorizadas. Las obras del Proyecto (permanentes y temporales) no intervendrán pozos subterráneos. Con estos antecedentes se puede establecer que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso agua.
Alteración de la calidad del aire: El Proyecto no generará efectos adversos significativos debido a emisiones atmosféricas, efluentes o residuos que puedan ocasionar una superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes. En todas sus fases del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de material particulado (MPS) y gases de combustión, derivadas principalmente del tránsito de vehículos y las actividades de mantención. La mayor emisión de material particulado será en la fase de construcción, estimándose un aporte anual y diario nulos en el receptor más cercano.
Pérdida de Flora Se identificaron individuos de la especie endémica Cistanthe spp en el sector oriente del Proyecto (entre los aerogeneradores 20 y 24), los cuales se encontraban secos o en mal estado (se identificaron 28 ejemplares secos). El Titular identificó un individuo de 1 Cistanthe arancioana viva en estado reproductivo de floración próximo al aerogenerador 24. Esta especie no se encuentra listada en el D.S. N°68/2009 (MINAGRI), tampoco en el listado de especies en categoría de conservación Lo anterior se fundamenta en los resultados de las campañas realizadas (estaciones de verano, otoño, invierno y primavera, todas del año 2023), las cuales son presentadas en detalle en el correspondiente informe de línea de base (Anexo 2.7 de la DIA).
El Proyecto no generará afectación sobre fauna. Del análisis de la información presentada por el Titular en el Anexo 2-8 “Fauna Terrestre” de la DIA, se puede indicar que este realizó dos campañas de terreno (estaciones de verano, otoño, invierno y primavera del 2023, y verano del 2024). Al respecto, durante los muestreos realizados en el AI estos señalan una presencia escasa de fauna en el área del Proyecto, 16 de 67
dado el ecosistema desértico hiper-árido de baja productividad y con poca oferta de recursos alimenticios.
A continuación, se enlistan las especies identificadas en el AI del Proyecto, con su respecto estado de conservación.
Tabla:6.2.1. Estado de conservación, criterios de protección y origen de la fauna identificada Clase Especie Nombre común Estado de conservación AVES Leucophaeus modestus Gaviota Garuma Vulnerable (DS 16/2020 AVES Thinocorus rumicivorsu Perdicita No evaluado AVES Phalcoboenus megalopterus Carancho cordillerano No evaluado REPTILIA Liolaemus torresi Dragón de Torres- Casi amenazada REPTILIA Liolaemus constanzae Lagartija de Constanza Preocupación menor (DS MAMMALIA Lycalopex culpaeus Zorro culpeo Preocupación menor (DS MAMMALIA Tadarida brasiliensis Murciélago de cola libre Preocupación menor (DS Fuente: Tabla 4-15 Anexo 2-8 de la DIA. Se determinó presencia de Gaviota garuma (Leucophaeus modestus) en el AI, especie clasificada como Vulnerable según Decreto Supremo N°16 el 2020, específicamente, mediante 23 indicios indirectos de presencia que señalan la nidificación pasada de la especie en el lugar. Sin embargo, este hallazgo se puede considerar como un área reproductiva marginal o secundaria (comparado a colonias documentadas en la región), ya que luego de la quinta y última campaña efectuada entre el 17 y 21 de enero de 2024 se determinó que la condición de inactividad se mantiene en el actual período reproductivo 2023-2024.
Por otra parte, se identificó en el AI la especie “casi amenazada” Dragón de Torres-Mura (L. torresi) según lo determinado en el Decreto Supremo N°23 de 2019 del Ministerio del Medio Ambiente. Se registraron 3 individuos de Dragón de Torres-Mura (2 en campaña de otoño y 1 en campaña de invierno) en el sector del Aerogenerador 24, donde el hábitat representado corresponde sectores pedregosos planos y sin vegetación asociada. A partir de los hallazgos se puede concluir que este grupo presenta una escasa abundancia y distribución dispersa en el área. Finalmente, en virtud del principio precautorio y la superposición de las obras del Proyecto con sectores que podrían presentar reptiles, el Titular presentó la implementación del CAV - 9: Perturbación controlada de 17 de 67
individuos de baja movilidad” (ver Capitulo 7 Compromisos Ambientales Voluntarios de la presente DIA). Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2 y 6.2 del ICE
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo El Proyecto no generará afectación a grupos humanos, ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
Las partes, obras y acciones del Proyecto no se emplazarán sobre o cercanas a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (en adelante “GHPPI”) que puedan verse afectados.
De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2.15 Línea Base de Medio Humano de la DIA, el Área de Influencia de Medio Humano (en adelante AIMH) corresponderá a las unidades territoriales conformadas por la ciudad de Taltal, distrito Catalina (correspondiente al sector de Agua Verde y sector de Alemania) y localidad de Paposo (centro poblado de Paposo y sectores de asentamientos del pueblo chango como Loreto y Cachinales).
Cabe señalar que, el Proyecto corresponde a una modificación de Proyecto Original, denominado “Parque Eólico Horizonte”, aprobado ambientalmente mediante RCA N°20210200118/2021. En este contexto, el Proyecto se emplazará en el mismo predio evaluado, situándose en la comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta, a 170 km al Sur de la ciudad de Antofagasta y a 130 km al Noreste de la ciudad de Taltal, considerando el desplazamiento por la Ruta 5. El acceso al área del Proyecto se realiza desde la Ruta 5 Norte, aproximadamente en el km. 1.200. En línea recta, las distancias corresponden a 150 km al Sur de la ciudad de Antofagasta, 70 km al Noreste de la cuidad de Taltal, y a 55 km al este de la localidad de Paposo.
De acuerdo con los registros del Sistema de Información Territorial Indígena de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, no existen tierras indígenas en la comuna de Taltal como tampoco Áreas de Desarrollo Indígena.
Sin perjuicio de lo anterior, para el descarte fundado de impacto ambiental sobre Grupos Humanos Pertenecientes al Pueblo Indígena (en adelante GHPPI) del pueblo Chango, el Titular presentó el Anexo 2.15 Apéndice B, Caracterización Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas dentro del AI del Proyecto de la DIA, que fue complementado en la Adenda y Adenda complementaria, concluyendo que, el sitio 18 de 67
de significancia cultural más próximo al Proyecto corresponde a Oficina Salitrera Alemania, en el cual no existirá afectación con motivo del presente Proyecto que se sitúa a 21 km de distancia aproximadamente, estando fuera del Área de Influencia (en adelante AI) de emisiones tales como aire, luminosidad y ruido, así como también, fuera del AI de paisaje siendo imperceptible el Proyecto desde este sitio de significancia del pueblo Chango. Del mismo modo, es posible descartar la ocurrencia de impactos significativos relacionados a la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo, o para cualquier otro uso tradicional, por parte de los grupos humanos presentes en el AI del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.3. y 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo El Proyecto no se emplazará en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica y zona con valor ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.4 y 6.4 del ICE.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo El Proyecto, en ninguna de sus fases, generará ni alterará, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, puesto que en su área de influencia no existen zonas de este tipo. A partir de los resultados expuestos en la Línea de Base Paisaje (ver Anexo 2.12 de la DIA), se determinó que el AI se emplazará en la macrozona denominada “Norte grande”, y Subzona “Cordillera de Los Andes”, y según el método establecido en la Guía de Valor paisajístico (SEA, 2019) este paisaje presenta valor paisajístico, dado fundamentalmente por la dominancia de atributos abióticos o físicos, principalmente por la presencia extensiva de zonas desérticas definidas por los componentes geológicos y geomorfológicos.
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El área de estudio no posee valor turístico dentro de su entorno. Ante la ausencia de servicios de alojamiento turístico y registros de pernoctaciones es posible indicar la inexistencia de flujo de visitantes o turistas, el cual es una condición indispensable para que una zona presente valor turístico. Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Fase en que se presenta Todas las fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.5. y 6.5 del ICE
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 2- 9 de la DIA “Arqueología”. El Titular realizó un reconocimiento mediante la prospección superficial efectuada al 100% del área de intervención del Proyecto, y se constató la presencia de 151 elementos patrimoniales arqueológicos, de los cuales, 107 corresponden a sitios arqueológicos (SA), 29 a hallazgos aislados (HA), y 15 a rasgos lineales (RL). Para el caso de los sitios ubicados dentro del AI del Proyecto y que serán afectados por la construcción de este, por lo que el Titular se implementará un rescate arqueológico que permita recuperar la mayor cantidad de información de los sitios en cuestión. Asimismo, estos han sido incluidos en el PAS 132 correspondiente (ver Anexo 4.1 de la DIA y su actualización en el Anexo 4.1 de la Adenda).
En base a la información contendida en el Anexo 2-10 de la DIA “Paleontología”. El Titular realizó una campaña paleontológica de terreno donde no se identificaron hallazgos fósiles in situ en ninguno de los 41 puntos estudiados, sin embargo, las unidades presentes en el Proyecto permiten definir que existe probabilidad de realizar hallazgos fósiles durante las obras de construcción del Proyecto.
En caso de que, durante la ejecución de las obras del Proyecto, en su fase de construcción, se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la presente Ley y el artículo N° 23 del D.S. N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
a) Llevar a cabo las medidas para los hallazgos arqueológicos identificados en la línea de base del Proyecto, entre las cuales se encuentra rescate arqueológico, levantamiento topográfico y fotográfico digital, y registro integral mediante la 20 de 67
implementación de una ficha de registro especializada y un levantamiento topográfico y aéreo fotogramétrico sobre un tramo de 1 km a cada lado del punto (o segmento) de afectación de las obras. b) Resguardo de los eventuales hallazgos en fase de construcción del Proyecto. c) Implementación de charlas de inducción en paleontología a todo nuevo trabajador. d) Monitoreo arqueológico permanente (MAP), por parte de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, en todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimientos de tierra, excavación, despeje, escarpe y/o nivelación. e) Monitoreo mensual paleontológico (inspección visual) que consistirá en una campaña mensual de 7 (siete) días corridos de duración en las obras que impliquen excavaciones, realizado por un paleontólogo cuyo perfil profesional sea aprobado por el CMN. f) Obtención del PAS 132. Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de material Fase en que se presenta Fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.6. y 6.6 del ICE
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra. Los requisitos para su otorgamiento, los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 4.1 de la DIA, Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA, actualizado en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecen condiciones, ni exigencias para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 2124 de fecha 17 de abril de 2025 el CMN se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular en la Adenda Complementaria. El Titular presenta todos los antecedentes para acreditar la forma de cumplimiento del PAS 132. Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 10.1.1 del ICE del Proyecto.
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6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establecen en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación. Parte, obra o acción a la que aplica 01 un sitio de almacenamiento temporal destinado a residuos sólidos industriales no peligrosos y 01 un sitio para residuos sólidos domiciliarios (RSD). Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 4.2 DIA, actualizados en el Anexo 4.6 Adenda Complementaria de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0431 fecha 21 de abril de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 140. Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 10.1.2 del ICE del Proyecto.
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establecen en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de RESPEL Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 4.3 de la DIA, Anexo 4.2 de la Adenda de la DIA y Anexo 4.7 Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N°0431 fecha 21 de abril de 2025 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 142. Referencia al ICE para mayores detalles
Ver numeral 10.1.3 del ICE del Proyecto.
6.1.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Cuatro (4) obras de modificación de cauce a una obra de cruce tipo badén. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 4.4 de la DIA Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. 22 de 67
6.1.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del reglamento del SEIA. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 137 fecha 25 de abril de 2024 la Dirección General de Aguas, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 156. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.4 del ICE del Proyecto.
6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos o construcciones fuera de los limites urbanos, según se establecen en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Todas las fases del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras constructivas. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo 4.6 DIA Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No existen condiciones o exigencias. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD N° 538 fecha 11 de abril de 2024 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160.
Mediante ORD N° 116 fecha 03 de abril de 2025 el Servicio Agrícola Ganadero, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular otorgando el PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 10.1.5 del ICE del Proyecto.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones Otros cuerpos legales -Decreto Supremo N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. -Decreto Supremo N°134/2002 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras y/o instalaciones del Proyecto. Durante la fase de construcción y operación del Proyecto, se mantendrán instalaciones y equipamientos que se emplazarán en las distintas áreas del Proyecto (bodegas, oficinas, instalaciones sanitarias, entre otros). El Proyecto se ubicará fuera de los límites urbanos de la comuna de Taltal Forma de cumplimiento El Proyecto contempla instalaciones fuera del límite urbano de la comuna de Antofagasta, se solicitará el permiso establecido en el artículo N°160 del Reglamento del SEIA (Anexo 4.7 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de PAS Mixto 160 (ver Anexo 4.7 de la presente DIA) 23 de 67
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial Forma de control y seguimiento Obtención de PAS Mixto 160. Una vez se otorgue la RCA favorable del Proyecto, se realizará la tramitación sectorial de este permiso, cumpliendo con las disposiciones establecidas por la autoridad ambiental y sectorial. El Titular mantendrá copias de las autorizaciones disponibles para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.1.1 del ICE del Proyecto.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Norma Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Otros cuerpos legales - D.F.L N°1/2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. - Decreto Supremo N°54/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos que indica. - Decreto Supremo N°4/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados medianos y pesados para el transporte de materiales, personal y maquinarias en su fase de construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento Fase de Construcción: - Se humectará, a lo menos una vez al día, los caminos interiores y de acceso no pavimentados del Proyecto. - Se aplicará un supresor de polvo con mantención cada 3 meses - Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones, específicamente, en rutas de alto tránsito (Ruta 5, entre otras). - Se circulará al interior del Proyecto a velocidades que no superen los 50 km/h, para todo tipo de vehículos, equipos y maquinarias en todos los caminos internos y de acceso al Proyecto.
Fase de Operación: - Mantención de caminos interiores con aplicación de supresor de polvo de forma anual - Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas
Fase de Cierre: - Se humectará, a lo menos una vez al día, los caminos interiores y de acceso no pavimentados del Proyecto
El Titular, a través de las empresas contratistas, dará cumplimiento a las obligaciones por la vía de ejecutar anualmente el procedimiento de la revisión técnica y emisión de gases para todos vehículos motorizados pesados.
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7.2. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de construcción: - Registro de frecuencia de la humectación, al menos una vez al día. - Registro de aplicación de supresor de polvo. - Registro fotográfico de camiones con cubierta en rutas de alto tránsito. - Registro de implementación de señaléticas que restrinjan la velocidad máxima. - Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas.
Fase de operación:
Registro de aplicación de supresor de polvo (anual).
Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas.
Fase de cierre:
Registro de frecuencia de la humectación, al menos una vez al día. - Registro de aplicación se supresor de polvo. - Registro fotográfico de camiones con cubierta. - Registro de implementación de señaléticas que restrinjan la velocidad máxima. - Revisiones técnicas al día para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas. Forma de control y seguimiento Se detallan en la Tabla 3-12: Decreto Supremo Nº144/1961 del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.1 del ICE del Proyecto.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº138/2005. Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°38/2021 del Ministerio del Medioambiente. Establece norma de emisión para grupos electrógenos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla operar equipos generadores de electricidad en la fase de construcción y cierre, y para posibles contingencias durante su operación. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto proporcionará la declaración anual de las emisiones del grupo electrógeno, a través de la plataforma de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, generada para estos fines. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte anual de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Forma de control y seguimiento Comprobantes de las declaraciones al día en el portal del RETC, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.2 del ICE del Proyecto.
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7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S. N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°594, de 1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Fase de construcción: El Proyecto se encuentra emplazado en área rural. Generará durante su construcción, emisiones de ruido proveniente del movimiento de maquinarias y equipos, transporte de insumos y materiales, construcción de fundaciones y edificaciones, instalación y montaje de estructuras. Fase de operación: Durante la fase de operación se generarán emisiones acústicas debido al funcionamiento de los aerogeneradores. Fase de cierre: En la fase de cierre generará emisiones de ruido por actividades de demolición Forma de cumplimiento - El Proyecto cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión en todas las fases del Proyecto, según la modelación de emisiones de ruido realizada. Para mayores detalles, en el Anexo 3.3 se adjunta Estudio de Ruido y Vibración. - Dada la distancia existente entre el área del Proyecto y potenciales receptores, no se superará el límite establecido en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento - El Proyecto cumplirá con los límites establecidos en el mencionado decreto, el indicador de cumplimiento corresponde al Estudio de Ruido informado en el Anexo 3.3 de la DIA. Forma de control y seguimiento Se asignará un encargado quien verificará semestralmente el registro de las maquinarias y vehículos a utilizar. Los antecedentes del Estudio de Ruido y de Vibraciones estarán disponibles en la plataforma del e- SEIA para revisión de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.3 del ICE del Proyecto.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos y emisiones líquidas. Norma Decreto Supremo N°594 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Otros cuerpos legales Código Sanitario. Decreto con Fuerza de Ley N°725/1967, Ministerio de Salud. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/1989, Determina materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos líquidos. El Proyecto se relaciona con el presente Reglamento dado que velará por otorgar las condiciones sanitarias y ambientales básicas a sus trabajadores, mediante el suministro de agua potable y la implementación de servicios higiénicos, en todas sus fases. 26 de 67
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos y emisiones líquidas. El Proyecto contempla el uso baños químicos utilizados en cada frente de trabajo, durante la fase de construcción y cierre. Además, durante las tres fases del Proyecto se utilizarán las instalaciones sanitarias (baños y camarines) del Proyecto original (Parque Eólico Horizonte).
Forma de cumplimiento - El Proyecto no descargará a cuerpos u otras masas de aguas, aguas servidas de cualquier naturaleza. Los sistemas particulares de tratamiento de aguas servidas del Proyecto original contarán con su correspondiente autorización sanitaria. Las aguas generadas por la PTAS serán utilizadas en la humectación de caminos, o retiradas, transportadas y dispuesta por una empresa que cuente con autorización sanitaria en lugar habilitado. - Acopio temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) - Bodega temporal para el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos (RESPEL) - Acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos Domésticos y Asimilables (RSD). Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria del sistema particular de tratamiento de aguas servidas domiciliario. - Autorización sanitaria empresa de limpieza de baños químicosAutorización sanitaria de empresa transportista. - Resolución Sanitaria de Aprobación de Proyecto de obras sanitarias. ▪ - Resolución Sanitaria de Aprobación de Funcionamiento de obras sanitarias. Forma de control y seguimiento - Una vez se otorgue la RCA favorable del Proyecto, se realizará la tramitación sectorial para la actualización de la Autorización Sanitaria Expresa de las PTAS del Proyecto original que lo requieran. - Autorización sanitaria de la empresa encargada de la mantención y retiro de residuos de los baños químicos, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. - Obtención de PAS Mixto 140 y 142. Una vez se otorgue la RCA favorable del Proyecto, se realizará la tramitación sectorial de este permiso, cumpliendo con las disposiciones establecidas por la autoridad ambiental y sectorial. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.2.4 del ICE del Proyecto.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos solidos Norma Resolución exenta N°1.139 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba norma básica para aplicación del reglamento de registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. Otros cuerpos legales Ley 20.920. Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. 27 de 67
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos solidos Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará residuos correspondientes a productos prioritarios. Forma de cumplimiento - El Titular dará cumplimiento a lo establecido en el presente cuerpo legal en lo que respecta a la declaración de residuos generados durante sus distintas fases, siguiendo los requisitos y protocolos descritos a través del “Sistema de Ventanilla Única”. - Se declararán los residuos generados a través del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER), en los cuales se declararán los paneles solares que sean tratados como residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la declaración de Residuos en el Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Mantención de los registros y autorizaciones indicadas en terreno. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.5 del ICE del Proyecto.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma Decreto Supremo N°148/03. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº43/2015 Ministerio de Salud. Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. D.S. N°160/2008, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla el manejo y almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Para ello se prevé el uso de la bodega de almacenamiento temporal RESPEL del Proyecto original, durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Además, se contempla la habilitación de una bodega RESPEL en el nuevo Edificio de operación y mantenimiento de la Subestación Horizonte Norte. Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las obligaciones por la vía: De gestionar los residuos peligrosos, se establecerán procedimientos para el manejo, transporte interno y almacenamiento según la normativa vigente y aplicable al Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de Residuos Peligrosos en la plataforma RETC, mediante el sistema SIDREP. Forma de control y seguimiento - Obtención del PAS Mixto 142. Una vez se otorgue la RCA favorable del Proyecto, se realizará la tramitación sectorial de este permiso, cumpliendo con las disposiciones establecidas por la autoridad ambiental y sectorial. - Autorización sanitaria de las empresas encargadas del transporte y la disposición final de los RESPEL, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. - Comprobantes de la declaración de residuos peligrosos en el Sistema SIDREP-RETC, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.2.6 del ICE del Proyecto. 28 de 67
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica Norma D.S N.º 1/2022 Norma de Emisión de Luminosidad artificial generada por alumbrados de exteriores. Otros cuerpos legales asociados DS N.º 43/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686 de 1998 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre (según información de Anexo 5.2 de la Adenda Complementaria de la DIA) Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción el Titular realizará eventualmente la ejecución de actividades nocturnas. Durante la fase de operación, no se contará con iluminación nocturna, a excepción de las luces de seguridad exigidas por las normas de navegación aérea. Forma de cumplimiento - El Titular, a través de las empresas contratistas, considera la instalación de luminarias que satisfagan técnicamente las exigencias indicadas en el Título II Límites Máximos de Emisión y Condiciones de Cumplimiento del presente decreto. - La iluminación artificial del Proyecto se ajustará a lo dispuesto en el D.S N°43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, utilizando instalaciones que cumplan con el rango de emisión lumínica permitida para áreas sensibles. - Se remitirá a través de RETC, una vez se concrete la instalación de las luminarias, los certificados de cumplimiento de los límites de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento - Certificado de cumplimiento de los límites de emisión emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC. - Ficha técnica de las luminarias proporcionada por el fabricante Forma de control y seguimiento - Comprobante remisión de los certificados y la ficha técnica de las luminarias disponibles para la revisión de la autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.2.7 del ICE del Proyecto.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Norma D.S. N°4/2009, Ministerio de Salud. Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas. Otros cuerpos legales asociados D.F.L. Nº725 del 31-01-1968. Ministerio de Salud Pública. Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto hará uso de sistemas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) para depurar o tratar las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos considerados en todas las fases del Proyecto. Estas instalaciones corresponderás a las consideradas para el Proyecto Original Forma de cumplimiento Los lodos generados serán retirados por un camión limpia fosas y llevados a un lugar de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente. El transporte de los lodos hacia el lugar de disposición final se realizará con empresas especializadas que cuenten con autorización sanitaria vigente. Estos serán almacenados de manera temporal en la cámara de cada PTAS y su retiro será de forma periódica de acuerdo con la frecuencia recomendada por el fabricante. 29 de 67
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. - Autorización sanitaria empresa de limpieza de baños químicos y/o retiro de lodos. Forma de control y seguimiento Comprobantes de declaración de residuos en los Sistemas SINADER y SIDREP- Ambos del RETC, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.2.8 del ICE del Proyecto.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N°4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de caza. (El texto de la Ley N°4.601 fue sustituido por la Ley N°19.473), publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1996. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo N°5/1998 Aprueba Reglamento de la Ley de Caza. Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Titular realizó un levantamiento de información en terreno que permitió el registro directo de especies de vertebrados terrestres de baja movilidad, identificando en el área del Proyecto especies de fauna en categoría de conservación. El detalle del levantamiento de especies se encuentra descrito en el Anexo 2.8 de la DIA.
Forma de cumplimiento El Titular dará cumplimiento a las obligaciones por la vía de: - El Titular del Proyecto, a través de las empresas Contratistas, entregará información oportuna a los colaboradores sobre la prohibición de caza, captura y afectación de la fauna silvestre que pueda estar presente en el área del Proyecto, a través de una charla de sensibilización al ingreso de cada trabajador y/o instalación de información en el diario mural de las instalaciones, sobre fauna silvestre. Mayor detalle sobre este compromiso se entrega en el Capítulo 7 de la DIA. - Circulación vehicular solo por caminos habilitados para el Proyecto y los caminos existentes del Proyecto original (PEH). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación a trabajadores. Registro de señalética de prohibición de caza y alimentación de fauna. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de sensibilización sobre fauna silvestre a los trabajadores nuevos. Referencia al ICE para mayores detalles Ver numeral 9.3.1. del ICE del Proyecto.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural Norma Ley N° 17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°484/1990 Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto realizará movimientos de tierra y excavaciones para su fase de construcción. 30 de 67
Forma de cumplimiento Patrimonio Arqueológico: Se realizó un reconocimiento mediante la prospección superficial efectuada al 100% del área de intervención del Proyecto, y se constató la presencia de 151 elementos patrimoniales arqueológicos, de los cuales, 107 corresponden a sitios arqueológicos (SA), 29 a hallazgos aislados (HA), y 15 a rasgos lineales (RL). Para el caso de los sitios ubicados dentro del AI del Proyecto y que se verían afectados por la construcción de este, se implementará un rescate arqueológico que permita recuperar la mayor cantidad de información de los sitios en cuestión. Asimismo, estos han sido incluidos en el PAS 132 correspondiente (ver Anexo 4.1 de la DIA y su actualización en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA).
Patrimonio Paleontológico Se realizó una campaña paleontológica de terreno donde no se identificaron hallazgos fósiles in situ en ninguno de los 41 puntos estudiados, sin embargo, las unidades presentes en el Proyecto permiten definir que existe probabilidad de realizar hallazgos fósiles durante las obras de construcción del Proyecto. En caso de que, durante la ejecución de las obras del Proyecto, en su fase de construcción, se encuentren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la presente Ley y el artículo N° 23 del D.S. N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento - Notificación al CMN de hallazgos arqueológicos no previstos (HANP) detectados en las obras del Proyecto en un plazo no mayor a 72 horas. - Llevar a cabo las medidas para los hallazgos arqueológicos identificados en la línea de base del Proyecto, entre las cuales se encuentra rescate arqueológico, levantamiento topográfico y fotográfico digital, y registro integral mediante la implementación de una ficha de registro especializada y un levantamiento topográfico y aéreo fotogramétrico sobre un tramo de 1 km a cada lado del punto (o segmento) de afectación de las obras. - Resguardo de los eventuales hallazgos en fase de construcción del Proyecto. - Implementación de charlas de inducción en paleontología a todo nuevo trabajador. - Monitoreo arqueológico permanente (MAP), por parte de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, en todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimientos de tierra, excavación, despeje, escarpe y/o nivelación. - Monitoreo mensual paleontológico (inspección visual) que consistirá en una campaña mensual de 7 (siete) días corridos de duración en las obras que impliquen excavaciones, realizado por un paleontólogo cuyo perfil profesional sea aprobado por el CMN. Forma de control y seguimiento - Los registros de los hallazgos realizados durante la elaboración de la LB se mantendrán los registros en las oficinas del Proyecto a disposición de la autoridad fiscalizadora. - Mantención de los registros de comunicación a las autoridades respectivas dando cuenta del hallazgo en la zona de trabajo, en el caso correspondiente. - Comprobantes de remisión mensual al CMN del Informe de Monitoreo Arqueológico Permanente, que contemple el 31 de 67
registro de las charlas dictadas al personal en terreno que participa de los trabajos de movimientos de tierra en la fase de construcción, disponibles para revisión de la autoridad correspondiente. El plazo de reporte al CMN y Monumentos Nacionales. SMA corresponderá 15 días hábiles una vez concluido el mes del monitoreo. - Los informes de monitoreo paleontológico deberán ser remitidos al CMN una vez finalicen las actividades de movimientos de tierra, suscritos por el paleontólogo a cargo. Referencia al ICE para mayores detalles - Ver numeral 9.3.2. del ICE del Proyecto.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron los siguientes compromisos ambientales voluntarios y Exigencias:
8.1. Compromiso ambiental voluntario, en adelante, “CAV”.
El Titular del Proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 8.1.1. CAV - 1: Programa de vinculación laboral local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Gestionar y apoyar la vinculación laboral de personas interesadas de la comuna de Taltal con el Proyecto. Descripción: El Titular realizará las coordinaciones conjuntas con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna de Taltal con el fin de contar con un catastro de personas que se encuentren buscando empleo y que respondan al perfil de las necesidades del Proyecto en sus distintas fases. Adicionalmente, se identificarán posibles brechas que puedan presentar los interesados que dificulten su eventual contratación, junto a esto, se analizará la implementación de medidas para disminuirlas, tales como, capacitaciones, certificaciones, etc. Justificación: El Titular considera que la alianza con instituciones públicas locales (Municipalidad, OMIL, SENCE, etc.) genera una red de apoyo que facilitará la eficacia en materia de vinculación laboral, ya que se aprovecha la experiencia de cada una de las organizaciones involucradas y se producen sinergias en el acceso a oportunidades de cada uno de los miembros de la alianza. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal.
Forma: El Titular considera extender este Programa de Apoyo a la Vinculación Laboral, que incluye la definición de perfiles laborales (por parte del Titular), la elaboración de un catastro de la fuerza de trabajo disponible (con el apoyo de la Oficina OMIL), identificación de posibles brechas que presenten los interesados en trabajar en el Proyecto, y diseño e implementación de un plan con medidas para reducirlas, tales como: certificaciones, capacitaciones, charlas informativas, las cuales se definirán participativamente entre las partes y se ejecutarán de forma directa por algún organismo de capacitación válido y reconocido por el Estado, que será financiado directamente por el Titular y/o a través de las fuentes de financiamiento público existentes (SENCE, entre otros).
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8.1.1. CAV - 1: Programa de vinculación laboral local Oportunidad: El programa actualmente está en ejecución y se considera su extensión durante la fase de construcción del Proyecto de modificación. Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del Proyecto y previo al inicio de la Fase de construcción (periodo de licitación de las obras), se implementarán las capacitaciones, talleres y charlas conducentes al fortalecimiento del capital humano de los interesados y así mejorar las condiciones para la empleabilidad en el Proyecto. Durante el inicio y todo el periodo de construcción, se mantendrán abiertos los canales de comunicación entre las empresas contratistas, subcontratistas, OMIL y empresa Titular. De tal forma de ir facilitando la incorporación de interesados a las distintas etapas de la construcción. Eventualmente, dependiendo de los requerimientos, se realizarán talleres, charlas y capacitaciones durante los 18 meses de duración del periodo de construcción.
Indicador que acredite su cumplimiento - Número de personas interesadas en vincularse laboralmente al Proyecto a través de un catastro. - Informe con el número y descripción de perfiles laborales requeridos para las distintas fases del desarrollo de la construcción. - Listas de personas capacitadas con certificado. - Informes de contratación de mano de obra local y regional, donde se precisará la modalidad en que cada trabajador fue contratado (OMIL, Programa de Vinculación Laboral Local o contratación directa a través de las oficinas de reclutamiento de cada empresa contratista o subcontratista). Además, se incluirá el detalle de la mano de obra contratada por género para cada perfil incluyendo indicadores cuantitativos como el número de personas interesadas por genero frente al número de personas contratadas (por genero). - Número de personas que supera brechas identificadas en programa a través de capacitaciones, certificaciones, charlas informativas, etc. - Número de participantes interesados que finalmente se vincula al Proyecto. Forma de control y seguimiento Semestralmente se realizará un informe que dé cuenta del avance y cumplimiento del compromiso ambiental voluntario, en el que se detallarán y presentaran los indicadores mencionados anteriormente. Este informe estará disponible en las oficinas administrativas del Proyecto, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.1 del ICE del Proyecto.
8.1.2. CAV - 2: Programa de apoyo a la contratación de servicios locales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar en la generación de condiciones favorables para que emprendedores locales de la comuna de Taltal puedan vincularse comercialmente en la cadena de valor del desarrollo del Proyecto para su fase de construcción.
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8.1.2. CAV - 2: Programa de apoyo a la contratación de servicios locales. Descripción: En conjunto con el Departamento de Turismo y Fomento Productivo de la Municipalidad de Taltal, se realizarán gestiones y coordinaciones necesarias con otras organizaciones e instituciones locales (juntas de vecinos, cámara de comercio, gremios, etc.) para elaborar un catastro de la oferta de empresas prestadoras de servicios existente en la comuna y para diseñar e implementar en conjunto, acciones que permitan el fortalecimiento de los emprendedores locales (reducir brechas de situaciones subestándar a las requeridas por el Proyecto, entre otras). Asimismo, el Titular del Proyecto identificará el conjunto de servicios que serán necesarios contratar y subcontratar durante la fase de construcción, con el fin de identificar a los emprendedores que podrían ser contratados por alguna empresa contratista y subcontratista para prestar sus servicios, así como también, identificar servicios requeridos que cuentan con poca presencia de oferta local. Adicionalmente, durante la licitación de los distintos servicios y contratos, se incorporará en las bases de licitación un dossier con el catastro de emprendedores locales disponibles para que puedan ser contactados y considerados en las distintas propuestas.
Justificación: Mediante un trabajo participativo y coordinado de distintas organizaciones ad hoc de la comuna (Oficina de Fomento Productivo, Juntas de Vecinos, Gremios, Cámara de Comercio, entre otros) se espera lograr un catastro lo más completo posible de los distintos emprendedores existentes en la comuna, de tal forma de identificarlos y, de ser necesario, apoyarlos ya sea mediante charlas, asesorías, talleres o capacitaciones, para aportar en reducir posibles brechas que dificulten la venta de sus servicios de acuerdo a los requerimientos de las distintas fases de la construcción del Proyecto. La identificación de posibles brechas y el fortalecimiento de las capacidades son dos elementos que se plantean como un apoyo real a la posible vinculación con la cadena de valor de la construcción de la ampliación del Parque Eólico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal.
Forma: El Titular dará continuidad al Programa de Apoyo para la facilitación de contratación de servicios locales durante la Fase de Construcción que considera, por una parte, la elaboración de un catastro de servicios, el cuál será adjuntado a las bases de licitación de los distintos contratos. Adicionalmente, se identificarán brechas a partir de las que se definirán medidas para reducirlas, mediante capacitaciones, certificaciones, asesorías a pymes, entre otras. Asimismo, el Titular se encargará de generar una vinculación entre los prestadores de servicios y las empresas contratistas y subcontratistas, de la forma señalada previamente, adjuntando la información de los servicios disponibles en la documentación adjunta a las bases de licitación. Indicador que acredite su cumplimiento - Catastro y número de empresas prestadoras de servicios existente en la comuna que podrían serán necesarios contratar y subcontratar durante la fase de construcción por alguna de las empresas contratistas principales - Estudio de brechas y número de servicios requeridos que cuentan con poca presencia de oferta local. - Carta de recepción conforme del catastro de servicios locales de la comuna de Taltal por parte de las empresas contratistas participantes de las licitaciones. - Registros de actividades de fortalecimiento de emprendedores locales: certificados, lista de asistencia y fotografías de: charlas informativas, talleres o capacitaciones, asesorías 34 de 67
8.1.2. CAV - 2: Programa de apoyo a la contratación de servicios locales. - Número de empresas locales que participaron en actividades de fortalecimiento de emprendedores locales. - Número de empresas locales que se vincularon comercialmente en cadena de valor. Forma de control y seguimiento Semestralmente se realizará un informe que dé cuenta de los avances e indicadores mencionados anteriormente. Este informe estará disponible en las oficinas administrativas del Proyecto, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.2 del ICE del Proyecto.
8.1.3. CAV - 3: Programa de apoyo a la formación técnica de jóvenes estudiantes de la comuna de Taltal. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar la formación técnica de estudiantes de la comuna de Taltal en temáticas relacionadas con la generación de energías renovables.
Descripción: El Titular extenderá la duración del plan de vinculación con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de la comuna de Taltal y, específicamente con el Liceo Politécnico José Miguel Quiroz de la misma comuna con el fin de diseñar e implementar en conjunto diversas acciones e iniciativas, tales como pasantías, visitas técnicas, cupos de prácticas profesionales, charlas, talleres, capacitaciones y actividades de extensión y difusión que permitan por un lado aportar a la formación general sobre energías renovables a estudiantes de la comuna y por otro, apoyar la formación técnica de los jóvenes de la especialidad electromecánica en temáticas relacionadas a los aspectos técnicos de la generación de energía renovable eólica y solar.
Justificación: Crear oportunidades para que los jóvenes puedan adquirir herramientas, conocimientos técnicos y habilidades su desarrollo profesional-laboral en un contexto regional y territorial en que se desarrollarán más Proyectos de generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables y limpias. El Titular trabajará en alianza con las instituciones educativas pertinentes de la comuna para apoyar en la tarea de formación e instalación de capacidades en jóvenes para que puedan en un futuro desarrollarse y profundizar su formación técnica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal. DAEM, establecimientos educacionales, especialmente el Liceo Politécnico José Miguel Quiroz. Forma: El Titular extenderá durante la Fase de Construcción del Proyecto de Modificación, la vinculación participativa con la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Taltal y con el Liceo Polivalente de la comuna con el fin de diseñar un plan de trabajo conjunto que permita ejecutar acciones e iniciativas de formación y extensión para fortalecer la formación técnica de los jóvenes en materia de tecnologías asociadas a la generación de energía renovable, entre las posibilidades están ser parte del consejo asesor empresarial del Liceo; realizar visitas técnicas o pasantías; vincular estudiantes con prácticas (fase de construcción, montaje y luego mantenimientos en contexto de operación); definir capacitaciones certificadas en las materias 35 de 67
8.1.3. CAV - 3: Programa de apoyo a la formación técnica de jóvenes estudiantes de la comuna de Taltal. relacionadas; implementación de módulos demostrativos-educativos eólicos en taller práctico del Liceo; realización de charlas de educación general sobre energías renovables; talleres teórico prácticos dirigidos a docentes del área. Oportunidad: El programa se mantendrá y extenderá durante la Fase de Construcción del Proyecto de Modificación. Se asegurará la continuidad de las alianzas institucionales, con el fin de definir un plan de trabajo a ejecutar una vez obtenido los permisos e iniciar la construcción del Proyecto. Este plan de trabajo deberá definir plazos de diseño, ejecución y evaluación de las actividades, sin embargo, se plantea un Proyecto con objetivos de corto y mediano plazo (18 meses), en que se evaluará y rediseñará semestralmente dichas acciones, si corresponde. Indicador que acredite su cumplimiento - Documento con el diseño y plan de trabajo, actualmente en ejecución el cual ha sido validado por las instituciones involucradas (DAEM, Liceo, Establecimientos Educacionales de la comuna, empresa Colbún S.A., entre otros). - Cantidad de HH pedagógicas para alumnos - Número de estudiantes que participan en las capacitaciones, porcentaje de asistencia y aprobación de los estudiantes - Número y porcentaje de participantes que evalúa de forma satisfactoria (“totalmente de acuerdo” o “de acuerdo”) la capacitación. - Número de alumnos del liceo realiza visitas técnicas o pasantías en el Parque Eólico. - Al término de la Fase de construcción se realizará un informe que acredite todas las acciones realizadas con los indicadores expuestos anteriormente, listas de asistencias a actividades planificadas, fotografías, certificados de capacitación, entre otros. Forma de control y seguimiento Al término de la fase de construcción se realizará un informe que dé cuenta de los avances e indicadores mencionados anteriormente. Este informe estará disponible en las oficinas administrativas del Proyecto, para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.3 del ICE del Proyecto.
8.1.4. CAV - 4: Suspensión de tránsito de vehículos de carga durante días de celebraciones culturales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el tránsito vehicular por Ruta 5 de vehículos de carga asociados al Proyecto, durante días de actividades de significación cultural en la zona
Descripción: Se restringirá el tránsito de vehículos de carga pesada asociados al Proyecto por Ruta 5, durante el día que se celebre el aniversario de Taltal (primera quincena de julio) y el día de todos los santos (1 de noviembre).
Justificación: En el eje de la Ruta 5 existen vestigios de las antiguas oficinas salitreras, las cuales son sitios de significación cultural toda vez que se relacionan con la historia de Taltal y con uno de los referentes identitarios para sus habitantes: la minería y particularmente la figura del pampino. Actualmente un número acotado de personas (según entrevistas realizadas a los habitantes de Taltal durante las campañas 36 de 67
8.1.4. CAV - 4: Suspensión de tránsito de vehículos de carga durante días de celebraciones culturales. para medio humano) realiza actividades en estas oficinas dos veces al año. Una de éstas se lleva a cabo en el marco de la celebración del aniversario de Taltal, durante la primera quincena de julio. La otra, el 1 de noviembre para la conmemoración del día de todos los santos. Debido a esto, se evitará el tránsito de vehículos de carga pesada para evitar afectar la circulación de los asistentes a estos sitios de significación cultural, en estas fechas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta 5, entre km 1.180 e intersección con Ruta 1.
Forma: El Titular establecerá en los contratos con las empresas constructoras del Proyecto, una cláusula que prohíba la circulación de vehículos de carga pesada por Ruta 5, en el tramo comprendido entre km 1.180 y Ruta 1, los días que se celebren actividades de significación cultural en las ex oficinas salitreras Chile y Alemania.
Oportunidad: Durante los días que se celebren actividades de significación cultural en las ex oficinas salitreras Chile y Alemania. Indicador que acredite su cumplimiento - Aviso de cese de circulación de vehículos de carga pesada, entregado a la municipalidad de Taltal. - Respuesta de la comunicación enviada a las empresas principales que participan en el Proyecto que confirman cese de circulación en días de celebraciones culturales. - Número de empresas principales que confirman cese de circulación de vehículos de carga pesada en días de celebraciones culturales, frente a aquellas que fueron notificadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la comunicación enviada a las empresas que participan en el Proyecto y a la I. Municipalidad de Taltal del cese de circulación de vehículos de carga pesada en las oficinas administrativas del PE Horizonte, para revisión por parte de la comunidad y autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.4. del ICE del Proyecto.
8.1.5. CAV - 5: Reposición de insumos y reparación a deterioros a equipos de Bomberos de Chile en caso de emergencia en el Proyecto Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir en la disponibilidad y reposición de insumos a Bomberos de Chile.
Descripción: En caso de que el Proyecto experimente alguna emergencia, ya sea en el área de desarrollo del Proyecto como en las vías a utilizar por los vehículos ligados directamente con el Proyecto, y Bomberos de Chile acuda a asistir la emergencia debiendo gastar implementos o insumos en las labores de apoyo que desarrolle, el Titular solicitará a la(s) compañía(s) de bomberos que remita una lista de los insumos utilizados en el desarrollo de las actividades de control de emergencias para hacer la reposición de éstos.
Justificación: El Proyecto posee sus propios planes de contingencia y emergencia, podrían ocurrir situaciones fuera del alcance de estos planes, en estos casos se procederá a solicitar apoyo al Cuerpo de Bomberos de Chile, quienes dentro de sus actividades podrían ver sus implementos o equipos dañados, deteriorados o destruidos a causa del desarrollo de actividades de apoyo al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Compañía(s) de cuerpo de Bomberos de Chile involucrada(s) en la(s) emergencia(s).
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8.1.5. CAV - 5: Reposición de insumos y reparación a deterioros a equipos de Bomberos de Chile en caso de emergencia en el Proyecto Forma: Una vez concluida la emergencia en la que el Cuerpo de Bomberos de Chile asista al Proyecto, el Titular solicitará a la(s) compañía(s) involucrada(s) en un plazo máximo de 10 días hábiles ocurridos los sucesos un listado de los insumos o equipos involucrados en dicha emergencia que hayan sido consumidos, sufrido daños o resultado directamente destruidos por asistir al Proyecto
Oportunidad: En un plazo máximo de 10 días hábiles ocurrida la emergencia se contactará a la(s) compañía(s) involucrada(s) y se les solicitará un listado de los implementos o equipos que se vieron afectados por asistir a la emergencia del Proyecto. Se les solicitará poder remitir esta información detallada (cantidades, modelos, marcas, etc.) lo antes posible para dar paso a las gestiones de cotización y compra de insumos, considerando que algunos de ellos podrían provenir desde otras regiones o países. Todas las gestiones de compra y reposición serán prioritarias, considerando que los servicios prestados por la institución son de carácter elemental, tanto para la ciudadanía como para otras instituciones.
Indicador que acredite su cumplimiento - Lista de insumos y equipos solicitados para ser repuestos. - Facturas de compras de insumos y equipos. - Registro de recepción de insumos y equipos por parte de la(s) compañía(s) de bomberos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en las oficinas administrativas del Proyecto los indicadores señalados para revisión por parte de las autoridades ambientales. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.5. del ICE del Proyecto.
8.1.6. CAV – 6: Monitoreo de avifauna. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción (actividad de prueba y puesta en marcha) y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Registrar los individuos de avifauna que eventualmente colisionen con las estructuras del Proyecto.
Descripción: El Titular extenderá el programa de monitoreo de avifauna, a cargo de profesionales especialistas, el cual considera recorridos pedestres en las proximidades de todos los aerogeneradores del Proyecto, a fin de evaluar la ocurrencia de colisiones de avifauna. El diseño del programa de monitoreo, así como el sistema de registro e informe se realizará siguiendo las pautas de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG (2015). En el caso de registrar una colisión, se deben llevar a cabo las acciones y medidas detalladas en el Plan de Contingencia y Emergencia para el Riesgo de colisiones de avifauna.
Justificación: Dada la observación de hallazgos de indicios de nidificación de gaviota garuma (los cuales luego de las cinco campañas realizadas se verificó que los sitios se mantuvieron inactivos (3 de ellas en etapa reproductiva), y el registro de desplazamientos aislados de gaviota garuma en baja cantidad (no habiéndose observado tránsito de bandadas), permitieron determinar la inexistencia de impactos significativos en la fase de operación del Proyecto. Sin embargo, se presenta la ejecución de esta medida voluntaria con el fin de verificar la 38 de 67
8.1.6. CAV – 6: Monitoreo de avifauna. ocurrencia de colisiones y en el caso de observar desviaciones respecto de lo proyectado, contar con los antecedentes que permitan evaluar la necesidad de ejecutar estudios adicionales y eventualmente establecer medidas adicionales Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Proximidades de los aerogeneradores del Proyecto.
Forma: Se implementará un monitoreo de avistamientos, escuchas y búsqueda programada de carcasas para evaluar presencia de individuos y eventos de colisiones de avifauna, a cargo de profesionales especialistas. El diseño del programa, sistema de registro e informe se ceñirá a las pautas de la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” del SAG (2015). El esfuerzo de muestreo será de 2 profesionales durante 7 días en cada campaña. Para mas detalles ver la Tabla 7-7: CAV - 6: Monitoreo de avifauna del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Oportunidad: El monitoreo se realizará durante octubre a mayo, durante la actividad de “prueba y puesta en marcha” de la fase de construcción y los 3 primeros años de operación de la modificación del parque eólico, con una frecuencia mensual. Luego de este periodo se evaluará la continuidad o modificación de esta medida. Indicador que acredite su cumplimiento - Informe anual al término del periodo de monitoreo de colisión de avifauna. - Registro actualizado de reportes de cada monitoreo realizado (deberá ser actualizado antes del siguiente monitoreo como plazo máximo, es decir 1 mes). - Reportes de incidentes de colisión de categoría serio o grave que deben cumplir con los plazos indicados en el “Plan de Contingencia y Emergencia” (informar en menos de 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente vía telefónica y/o correo electrónico. Luego, en un plazo no superior a 15 días de ocurrido el evento, vía carta se informarán los detalles). Forma de control y seguimiento Los informes anuales de campañas de monitoreo de colisión de avifauna serán ingresados a la plataforma de cumplimiento de compromisos ambientales del SMA. Se mantendrán copias de los informes en las oficinas administrativas del Proyecto para revisión de las autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.6 del ICE del Proyecto.
8 1.7. CAV - 7: Capacitación a los trabajadores respecto de la preservación y cuidado de la fauna silvestre. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar los conocimientos necesarios al personal de operación y mantenimiento del Proyecto, para reconocer los potenciales riesgos asociados a fauna nativa y las medidas de protección que se deben implementar.
Descripción: La capacitación se elaborará para que cada trabajador permanente del Proyecto tenga la capacidad de reconocer eventuales riesgos asociados a fauna nativa, especialmente colisiones de avifauna. Los trabajadores serán capaces de identificar la fauna nativa, las situaciones de riesgo asociadas a las actividades del Proyecto y las posibles interferencias con la fauna nativa. Asimismo, se detallarán las medidas y cuidados que se deben adoptar para evitar alteración de la 39 de 67
8 1.7. CAV - 7: Capacitación a los trabajadores respecto de la preservación y cuidado de la fauna silvestre. fauna, especialmente aquellas que permitan prevenir la atracción de avifauna al área del Proyecto.
Justificación: Si bien el área del Proyecto corresponde a un ambiente de desierto absoluto, con escasa presencia de fauna, se detectaron indicios de nidificación aislada de gaviota garuma (que luego de las cuatro campañas realizadas se mantuvieron inactivos). Consecuentemente, se adoptarán procedimientos para proteger esta especie y prevenir su colisión con los aerogeneradores. Estos procedimientos estarán en conocimiento de la totalidad de los trabajadores del parque eólico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Oficinas administrativas del Proyecto. Forma: Todos los trabajadores serán capacitados mediante una charla que incluirá al menos los siguientes contenidos:
- Descripción de las especies de fauna identificadas en el área del PE. - Se mostrará la localización de los puntos de registro de fauna y su relación con las obras del PE. - Se indicará las medidas que se deben mantener para proteger la fauna nativa, incluyendo: prohibición de alimentar especie de fauna, no mantener perros domésticos, solo circular por caminos y huellas habilitadas, no cazar ni recolectar huevos, no alterar nidos ni hábitat natural. - Se mostrará el tratamiento y acciones en caso de observar carcasas de aves colisionadas, incluyendo su registro y retiro para evitar atracción de fauna carroñera
Oportunidad: Esta charla será parte de las inducciones iniciales de toda persona que ingrese a trabajar de forma permanente en la operación y mantención del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de charla de capacitación Forma de control y seguimiento Se mantendrá archivo de los registros de capacitación en las oficinas administrativas del Proyecto, para revisión de las autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.7 del ICE del Proyecto.
8.1.8. CAV - 8: Resguardo de nidos activos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger la etapa reproductiva de la fauna silvestre presente en la zona del Proyecto y como evitar su afectación.
Descripción: El Titular establece mecanismos diferenciados para la aplicación del presente CAV en las fases de construcción, operación y cierre, para más detalles ver la Tabla 7-9: CAV - 8: Resguardo de nidos activos del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Justificación: En la zona del Proyecto se presentan las condiciones para la nidificación, principalmente de la especie gaviota garuma. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas de obras del Proyecto.
Forma: Previo al inicio de las actividades de la fase de construcción en cada zona en que se requiere ejecutar trabajos, se realizará por medio de un(a) especialista en fauna, una inspección visual que consistirá en recorridos pedestres a velocidad baja y constante, cuyo propósito será 40 de 67
8.1.8. CAV - 8: Resguardo de nidos activos. identificar/descartar la eventual presencia de nidos activos en el área de emplazamiento de las estructuras y obras del Proyecto.
Durante las actividades de mantenimiento en fase de operación, el personal involucrado en caso de que detecte la presencia de un nido activo deberá delimitar un buffer de 50 metros desde su centro, donde no se ejecutará ningún tipo de obra y se prohibirá el tránsito vehicular y peatonal dentro del área.
Oportunidad: Durante la fase de construcción y cierre, la actividad se realizará con 5 días de antelación al inicio de las obras o acciones en un sitio particular. Si por alguna razón de planificación las labores de construcción no se realizan dentro del plazo de 5 días posteriores al levantamiento en el área, se debe volver a ejecutar una inspección visual en el área del Proyecto. Se realizará una capacitación a los trabajadores, como parte de las labores de contratación al Proyecto.
Durante la fase de operación del parque, en caso de que los trabajadores del Proyecto identifiquen un nido activo, se procederá con la delimitación de un buffer de 50 metros de acuerdo con lo indicado en el presente compromiso.
Indicador que acredite su cumplimiento - Reporte de la inspección (fase de construcción y cierre). - Registro puntual de nido activo (fase de operación). - Registro de las capacitaciones realizadas, que incluyan: día, lugar, hora, nombre del/la profesional a cargo, listado y firma de asistentes, y registro de material expuesto. - Fotografías de señalética informativa sobre resguardo de nidos activos. Forma de control y seguimiento Una vez iniciada la fase de construcción en las dependencias del Proyecto se encontrará los registros de las charlas realizadas en todas las fases del Proyecto para efectos de fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.8 del ICE del Proyecto.
8.1.9. CAV - 9: Perturbación controlada de individuos de baja movilidad. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna de baja movilidad, en este caso reptiles y roedores, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte del Proyecto o actividad (Torres-Mura et al., 2014).
Descripción: La perturbación controlada busca estimular el abandono o inducir el desplazamiento gradual de individuos de especies de fauna de baja movilidad, desde el espacio que será afectado por las obras y/o acciones del Proyecto, hacia los lugares de destino (áreas receptoras), que corresponden a sectores aledaños que exhiben condiciones de hábitat apropiadas para los requerimientos de cada especie. En términos genéricos, la medida consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como cúmulos de rocas o vegetación arbustiva, previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierra con medios mecánicos (SAG, 2012).
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8.1.9. CAV - 9: Perturbación controlada de individuos de baja movilidad. Justificación: Debido al registro de especies de baja movilidad (principalmente los reptiles Liolaemus torresi y Liolaemus constanzae) y en categoría de conservación en el área del Proyecto, así como registros indirectos de roedores, se aplicará esta medida para inducir el desplazamiento gradual de los individuos de la fauna de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente aledaños de similares características. De esta manera se pretende fortalecer el cuidado y conservación de fauna, y particularmente reptiles y roedores presentes en el área. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de obras del Proyecto.
Forma: Durante la fase de construcción y a medida que se va avanzando en la habilitación de las obras del Proyecto, especialistas en fauna y previo a las actividades de construcción, realizarán las actividades de inspección visual y perturbación controlada de individuos de baja movilidad en los lugares donde se identifiquen. El Titular establece el detalle respecto de la metodología, lugar, destino, indicador de éxito, seguimiento y cronograma de actividades diferenciados para la aplicación del presente CAV para más detalles ver la Tabla 7-10: CAV – 9: Perturbación controlada de individuos de baja movilidad del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Oportunidad: Las actividades de perturbación controlada se realizarán en forma previa al inicio de las labores de despeje y preparación de los terrenos. Una vez implementada la medida y quedando los tramos ambientalmente liberados, las tareas de preparación de terrenos con medios mecánicos deberán comenzar como máximo cinco (5) días después de liberado cada sector. En el caso que el ingreso de maquinaria a los sitios liberados se retrase, se realizará nuevamente un recorrido pedestre de verificación. En caso de no encontrar individuos se permitirá el acceso por cinco días nuevamente. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de las actividades de perturbación. Forma de control y seguimiento Informe de la ejecución de las actividades de perturbación controlada, que se mantendrán en las oficinas administrativas para revisión de las autoridades. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.9 del ICE del Proyecto.
. 8.1.10. CAV - 10: Inducción a trabajadores sobre eventuales hallazgos arqueológicos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Capacitar a los trabajadores para tomar conocimiento sobre la existencia de los sitios arqueológicos encontrados y también sobre la potencial presencia de elementos arqueológicos en terreno para evitar la afectación accidental al patrimonio cultural.
Descripción: El Titular realizará charlas de inducción a todos los trabajadores que ingresen al Proyecto sobre patrimonio cultural, sus fundamentos legales, descripción y reconocimiento de los sitios hallados durante las actividades de caracterización ambiental, y cómo reconocer eventuales hallazgos durante las actividades de construcción, así como también los procedimientos asociados a seguir en tal caso.
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8.1.10. CAV - 10: Inducción a trabajadores sobre eventuales hallazgos arqueológicos. Justificación: Se ejecutarán estas charlas con motivo de evitar la afectación accidental a eventuales hallazgos arqueológicos que puedan surgir durante la fase de construcción y de esta manera cautelar su protección. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas serán realizadas en dependencias del Proyecto y previo al ingreso de los trabajadores.
Forma: El/la encargado/a ambiental del Proyecto estará a cargo de gestionar las charlas de inducción que serán realizadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a las/los trabajadoras/es del Proyecto. Se llevarán a cabo previo a la ejecución de movimientos de tierra, abarcando información sobre los hallazgos arqueológicos que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de encontrar un hallazgo. Los contenidos que abarcará la charla serán los que el/la profesional estime pertinentes y atingentes al sector de emplazamiento del Proyecto, e incluirán de manera mínima: • Importancia del patrimonio cultural. • Fundamentos legales. • Descripción y reconocimiento de los sitios hallados. • Potenciales hallazgos dentro del área del Proyecto y cómo reconocerlos. • Procedimientos a seguir en caso de efectuarse hallazgos del patrimonio cultural.
Oportunidad: Las charlas serán llevadas a cabo previo al inicio de ejecución de actividades de movimientos de tierra (incluyendo excavación, despeje, escarpe y nivelación). Estas charlas se realizarán de manera transversal a los/las trabajadores/as ligados a estas actividades.
Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las charlas ejecutadas, que incluyan: día, lugar, hora, nombre del/la profesional a cargo, listado y firma de asistentes, y registro de material expuesto.
Forma de control y seguimiento Se comenzará a dar cumplimiento una vez iniciadas las actividades de movimientos de tierras de la fase de construcción. En las dependencias del Proyecto se encontrará los registros de las charlas para efectos de fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.10 del ICE del Proyecto.
8.1.11. CAV -11: Instalación de cerco perimetral de protección para hallazgos. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo. Proteger los sitios arqueológicos que no serán intervenidos por el Proyecto y que se encuentran próximos a las obras a ejecutar, mediante cercado y señalización
Descripción: Debido a que se estos sitios se ubican fuera del AI directa del Proyecto, a más de 25 m de la obra más cercana, respectivamente, para ellos se instalará un cerco (con una altura mínima de 1,20 m) y señalética de resguardo, considerando un buffer de protección de 10 metros alrededor de los hallazgos de acuerdo con la dispersión superficial de material arqueológico o del límite de las estructuras. El Titular establece el detalle respecto de la metodología, los sitios, coordenadas, obras más cercanas y distancias a las obras para la 43 de 67
8.1.11. CAV -11: Instalación de cerco perimetral de protección para hallazgos. aplicación del presente CAV. Para más detalles ver la Tabla 7-12: CAV - 11: Instalación de cerco perimetral de protección para hallazgos del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Justificación: Proteger los elementos de interés patrimonial que se encuentran bajo protección oficial por la normativa ambiental vigente y que están situados en las cercanías a las partes, obras o acciones del Proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios arqueológicos identificados al interior del área del Proyecto, no intervenidos por obras.
Forma: El Titular instalará un cerco de protección (con una altura mínima de 1,20 m) el cual tendrá además una señalética de resguardo que indique su carácter de sitio protegido por la legislación vigente y la prohibición de acceso a ellos. Los cercos serán de carácter temporal mientras se realicen las labores de construcción, el cual será retirado al término de dicha fase.
El Titular establece el detalle respecto de la metodología, identificación de los sitios, coordenadas y distancias a las obras más cercanas para la aplicación del presente CAV. Para más detalles ver la Tabla 7-12: CAV - 11: Instalación de cerco perimetral de protección para hallazgos del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria
Oportunidad: La instalación de los cercos y su señalética asociada será realizada previo a las actividades de preparación de superficies y movimiento de tierras y serán retirados una vez se dé por finalizada la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registros fotográficos de la instalación del cerco y señalética. Forma de control y seguimiento - Se entregará un informe mensual con los resultados del monitoreo arqueológico permanente (en adelante “MAP”) durante la fase de construcción en el Proyecto, a la SMA. - En las dependencias del Proyecto se encontrarán disponibles los informes de MAP generados durante las actividades de movimiento de tierras en la Fase de construcción, para efectos de fiscalización por parte de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles - Para mayor detalle ver Tabla 11.1.11 del ICE del Proyecto.
8.1.12. CAV - 12: Monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la alteración de restos y/o sitios arqueológicos, protegidos por la Ley N°17.288 y su reglamento, que no hayan sido identificados previamente en las líneas base del Proyecto,
Descripción: Se llevará a cabo un monitoreo arqueológico (inspección visual) permanente, por parte de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología en todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimientos de tierra, excavación, despeje, escarpe y/o nivelación.
Justificación: Se considera como medida precautoria durante esta fase, el monitoreo permanente a fin de identificar y resguardar posibles hallazgos futuros producto de las actividades de movimientos de tierra. 44 de 67
8.1.12. CAV - 12: Monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimiento de tierra.
Forma: Se llevará a cabo un monitoreo permanente durante la fase de construcción por parte de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología en los frentes de trabajo que involucren movimientos de tierra, para definir la presencia o ausencia de material arqueológico (patrimonial) en dichos frentes. Por cada frente de trabajo monitoreado con estas características se generará una ficha de registro de monitoreo, la cual incluirá: - Nombre y firma del/la profesional a cargo. - Fecha, hora, lugar (punto GPS referencial). - Descripción breve de la obra en trabajo. - Descripción de la matriz o materialidad encontrada. - Registro fotográfico de área de movimiento de tierra.
El Titular establece el detalle respecto de la metodología en caso de detección de sitio arqueológico e informes para la aplicación del presente CAV. Para más detalles ver la Tabla 7-13: CAV - 12: Monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria.
Oportunidad: El monitoreo se llevará a cabo en la fase de construcción, durante la ejecución de movimientos de tierra. Indicador que acredite su cumplimiento Se archivarán las fichas de registro de monitoreo arqueológico de los frentes de movimientos de tierra, que detallen las actividades y resultados generados. • También se archivarán los registros de eventuales hallazgos y las solicitudes al CMN para efectuar intervenciones. Forma de control y seguimiento Se comenzará a dar cumplimiento una vez iniciadas las actividades de movimientos de tierra. Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Consejo de Monumento Nacional (CMN), el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.12 del ICE del Proyecto.
8.1.13. Presentación ante el CMN de la solicitud de declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico de una oficina salitrera de Taltal y elaboración de su expediente técnico asociado. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación (hasta el tercer año de operación). Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de este compromiso corresponde a conservar y difundir el valor del patrimonio histórico arqueológico que se encuentra en el área del Proyecto.
Descripción: El compromiso corresponde a realizar una solicitud de declaratoria de monumento histórico al Consejo de Monumentos Nacionales de una oficina salitrera de la comuna de Taltal.
Justificación: A través de las distintas actividades realizadas en la comuna en el marco del Proyecto Parque Eólico Horizonte se evidencia un interés por parte de la comunidad en conocer la historia de Taltal y la importancia que tuvo la explotación del salitre para el desarrollo de la comuna y de la ciudad de Taltal. A su vez, la falta de instancias que 45 de 67
8.1.13. Presentación ante el CMN de la solicitud de declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico de una oficina salitrera de Taltal y elaboración de su expediente técnico asociado. permitan la difusión y generación de conocimiento sobre dicha temática hacen relevante el desarrollo de las actividades listadas anteriormente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Taltal. Forma: Para realizara la solicitud de la declaración del monumento histórico se contempla: - Definición de la salitrera en la comuna de Taltal entre las cuales podría estar Santa Luisa, Flor de Chile, Cementerio Chile, Lautaro, Tricolor, Ballena, Delaware. La definición de los criterios de selección deberá ser justificada, mediante antecedentes técnicos. - Creación de un expediente, el cual debe considerar lo estipulado en la Resolución Exenta N° 1312 del 2020, que establece los antecedentes necesarios para la realización de los expedientes para la solicitud de Monumentos Históricos. - Realizar el estudio de títulos en el Conservador de Taltal - Preparación de la memoria que considera realizar reuniones con la comunidad y una investigación bibliográfica en el archivo nacional y fondo. - El trabajo será realizado por un equipo interdisciplinario de profesionales que al menos tengan competencias técnicas en patrimonio arquitectónico y arqueológico.
Oportunidad: Se estima que la actividad comenzará a realizarse durante el comienzo de la fase de construcción, pudiendo continuar durante los primeros tres años de operación. Indicador que acredite su cumplimiento - Presentación del expediente al CMN de la solicitud de declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico de oficinas salitreras de Taltal. - Aviso a la SMA sobre el ingreso del expediente al CMN y envío de notificaciones con información sobre las diferentes etapas y situaciones durante el transcurso de su revisión por parte de la entidad técnica. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.13 del ICE del Proyecto.
8.1.14. CAV - 14: Monitoreo mensual paleontológico en fase de construcción. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Velar por la no afectación de los elementos patrimoniales identificados en el AI del Proyecto además de supervisar los movimientos de tierra para proteger y resguardar los potenciales hallazgos paleontológicos no previstos que podrían encontrarse debido al proceso de construcción de las obras y partes del Proyecto.
Descripción: Se realizará un monitoreo mensual paleontológico (inspección visual) que consistirá en una campaña mensual de 7 (siete) en las obras que impliquen excavaciones en unidades de categoría paleontológica fosilífera y/o susceptibles, realizado por un paleontólogo cuyo perfil profesional sea aprobado por el CMN.
Justificación: Mediante el monitoreo paleontológico permanente se busca disminuir la posibilidad de afectar patrimonio paleontológico potencialmente existente en el AI del Proyecto. 46 de 67
8.1.14. CAV - 14: Monitoreo mensual paleontológico en fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro de los límites del Proyecto, para todas aquellas actividades que requieran movimientos de tierras.
Forma: Supervisión de las actividades de movimientos de tierras, mediante la implementación de monitoreo mensual paleontológico.
Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto, en todas aquellas actividades que impliquen excavaciones en unidades geológicas fosilíferas y/o susceptibles. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular establece el detalle respecto del informe mensual palenteologico. Para más detalles ver la Tabla 7-15: CAV - 14: Monitoreo mensual paleontológico en fase de construcción del Anexo 9.1 de la Adenda Complementaria Forma de control y seguimiento Comprobante de remisión del informe de monitoreo mensual paleontológico con periodicidad mensual (durante los meses en que se desarrollen actividades de remoción de tierra para la fase de Construcción del Proyecto) al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por medio de la plataforma electrónica del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. Con un plazo máximo ejecutada la actividad. El plazo para enviar el documento citado es de 15 días hábiles terminado el mes de ejecución del Monitoreo Paleontológico Permanente. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.14 del ICE del Proyecto.
8.1.15. CAV - 15: Entrega de informes de seguimiento del Monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción a los GHPPI del área de influencia
Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener informados a los GHPPI del AI del Proyecto sobre las actividades de Monitoreo Arqueológico Permanente.
Descripción: Debido a que el Titular ha comprometido un monitoreo arqueológico (inspección visual) permanente en todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimientos de tierra, excavación, despeje, escarpe y/o nivelación, se mantendrá informados a las directivas de los distintos GHPPI registrados en el AI del Proyecto del avance de las actividades ejecutadas en el marco del Monitoreo Arqueológico permanente, incluyendo información de los eventuales hallazgos arqueológicos no previstos que puedan registrarse durante la ejecución del monitoreo, es decir que no hayan sido identificados previamente en las líneas base del Proyecto
Justificación: Garantizar el acceso a la información ambiental del Proyecto considerando que el patrimonio cultural arqueológico es de especial interés para los GHPPI en el AI del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: : Todas las partes y obras donde se desarrollen actividades de movimiento de tierra.
Forma: Los informes mensuales estarán disponibles para retiro en la oficina del Titular en la ciudad Taltal y serán entregados presencialmente en formato físico a los GHPPI identificados en el AI del Proyecto, con acta de recepción. Los informes se entregarán a los siguientes GHPPI identificados:
- Comunidad Changa de Loreto; 47 de 67
8.1.15. CAV - 15: Entrega de informes de seguimiento del Monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción a los GHPPI del área de influencia
- Agrupación Finao Loreto;
- Comunidad Changos de Cachinales;
- Agrupación de carácter Indígena Changos Recolectores la Playita Asociación;
- Comunidad Changa Estrella La Playita;
- Agrupación recolectores de orilla buzos y mariscadores acuícola y de desarrollo pesquero o “Asociación Camanchacos de Salitre Taltal”; y
- Comunidad Indígena Pabla Almendares Mujer de Mar y Tierra.
- Comunidad Indígena Changa Elly Morales Mujer de Lucha, Alguera y Ganadera, sector La Playita y La Rinconada.
Oportunidad: Los informes se elaborarán mensualmente durante el mes posterior al monitoreado mientras que la entrega de estos se realizará a partir de los 30 días corridos una vez finalizado el mes monitoreado. Indicador que acredite su cumplimiento - Informes mensuales en formato físico disponible para retiro en la oficina del Titular en la ciudad Taltal 30 días corridos luego del monitoreo. - Carta de recepción por parte de los GHPPI que hayan retirado informes. Tanto los informes como las cartas estarán disponibles en la oficina de Taltal y el Proyecto a disposición de la autoridad. Forma de control y seguimiento Registro mensual de GHPPI que retiraron informes. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.1.15 del ICE del Proyecto.
8.2. Exigencias
Las exigencias para ejecutar el Proyecto son las siguientes:
8.2.1. Exigencia: Incluir un facilitador intercultural.”. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fases de construcción del Proyecto Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incorporar un facilitador intercultural en el marco del Monitoreo participativo durante plan de rescates arqueológicos. Descripción: Contar un facilitador pertinente que permita la coordinación con los representantes de los GHPPI que accedan voluntariamente a participar en la ejecución de campañas en terreno para el rescate de elementos vinculados al patrimonio cultural arqueológico; Justificación: Facilitar la coordinación del con los representantes de GHPPI y el Titular. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del Proyecto, actividades del monitoreo participativo y a las actividades de rescate arqueológico durante la fase de construcción. Forma: Es necesario que la incorporación del facilitador intercultural no quede condicionada a la presencia de esta figura en cada GHPPI, por este motivo se solicita al titular que garantice dentro del equipo al menos la presencia de un facilitador ante la falta de uno propio de los GHPPI. Oportunidad: Previo al inicio a las actividades del monitoreo participativo y a las actividades de rescate arqueológico durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Copia del contrato del o los facilitadores. - Registro de reuniones efectuadas con los GHPPI participantes del monitoreo. 48 de 67
8.2.1. Exigencia: Incluir un facilitador intercultural.”. Forma de control y seguimiento - Contratos de trabajo del facilitador intercultural. - Una vez finalizado el proceso de contratación se enviarán los registros a la SMA para el correcto seguimiento y cumplimiento del compromiso. - Se elaborará un informe dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles de concluido el monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor detalle ver Tabla 11.2.1. del ICE del Proyecto.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes Planes de seguimiento de variables ambientales:
9.1 Planes de seguimiento de las variables ambientales de la DIA.
9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento Monitoreo Arqueológico. Tabla 9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento Monitoreo Arqueológico. Fase del Proyecto Construcción. Componente del medio ambiente que será objeto de medición y control. Patrimonio Arqueológico Impacto ambiental no significativo asociado Alteración al patrimonio cultural. Medidas asociadas - Plan de rescates arqueológicos - Protección de sitios arqueológicos - Actividades de capacitación arqueológica Ubicación puntos de control El Titular implementará un monitoreo arqueológico de carácter permanente ante la posibilidad de reconocer elementos de interés arqueológico durante las obras que impliquen movimientos de tierra durante la fase de construcción del Proyecto. Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente El Titular determinará la presencia o ausencia de hallazgos arqueológicos. En caso de presencia se caracterizarán los siguientes parámetros:
a) Ubicación: Descripción de las características generales y geoformas de emplazamiento de sitios y hallazgos, incluyendo georeferenciación a partir del sistema de coordenadas UTM datum WGS 84 Huso 19 S. b) Descripción del sitio: Características arqueológicas generales, incluyendo registro de elementos muebles e inmuebles. c) Tipo de sitio: Categorías tipológicas definidas a partir de un criterio descriptivo y, en los casos que la evidencia superficial lo permite, criterios funcionales. d) Material cultural asociado: Tipo de materialidad presente dentro de cada contexto o hallazgo registrado. e) Dimensiones: Delimitación espacial de cada hallazgo, sitio o entidad, incluyendo el área de dispersión de materiales. f) Afiliación cultural: Adscripción temporal del sitio, hallazgo o entidad, estimada en virtud de indicadores materiales superficiales. 49 de 67
Tabla 9.1.1. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes: Plan de Seguimiento Monitoreo Arqueológico. g) Estado de conservación: Estado de preservación que presentan los hallazgos, incluyendo agente y grado de alteración, si corresponde. h) Valoración arqueológica estimada: Relevancia relativa de un hallazgo, entidad o sitio en términos de su potencial para aportar información novedosa o relevante desde el punto de vista de la arqueología y la prehistoria local y regional (Unesco 1990, Carta Internacional para el patrimonio arqueológico). Límites permitidos/comprometidos El Titular registrará la presencia o ausencia de hallazgos arqueológicos. En caso de presencia, se detendrá la actividad en el frente de trabajo involucrado, se diseñarán las actividades de salvataje y/o rescate arqueológico adecuadas y se dará inmediato aviso por escrito al CMN, para que este organismo autorice los procedimientos específicos a seguir. Duración y frecuencia del plan de seguimiento para cada parámetro El monitoreo se ejecutará durante la fase de construcción del Proyecto, mientras duren las actividades de preparación de superficies y movimiento de tierras. La frecuencia del monitoreo será permanente durante este periodo. Método o procedimiento de medición de cada parámetro El monitoreo será ejecutado por un profesional especialista en arqueología. El especialista recorrerá diariamente todos los frentes de trabajo activos donde se ejecuten labores de preparación de superficies y excavaciones. Las observaciones serán apoyadas por el uso de geoposicionadores satelitales portátiles (GPS), cámara digital y una ficha ad-hoc para el registro de evidencias arqueológicas, de acuerdo con los estándares mínimos establecidos para el registro del patrimonio arqueológico por el Consejo de Monumentos Nacionales, según el Instructivo Fichas SITUS (2009). La estrategia de prospección se basará en el reconocimiento tanto de sitios arqueológicos como de hallazgos aislados. Se entiende como sitio arqueológico a aquellos rasgos y/o concentración de restos materiales que son producto de actividades humanas dentro de patrones culturales y de un uso intensivo del espacio y de una cronología de más de 50 años. En tanto los hallazgos aislados corresponden a restos o vestigios materiales que son producto de eventos acotados u ocasionales de actividades en concentraciones menores a 5 piezas y sin asociación a otros materiales culturales (CNCR-SITUS, 2009) Plazo y frecuencia de entrega del informe con la evaluación de los resultados y cualquier otro aspecto relevante Se remitirá el informe de monitoreo arqueológico en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes y durante los meses que hayan existido actividades de movimientos de tierra, al CMN.
9.2 Monitoreos Participativos.
9.2.1. Monitoreo Participativo: Plan de rescate arqueológico. Tabla 9.2.1. Monitoreo Participativo: Plan de rescate arqueológico Fase del Proyecto Construcción. Componente del medio ambiente que será objeto de medición y control. Patrimonio Arqueológico 50 de 67
Tabla 9.2.1. Monitoreo Participativo: Plan de rescate arqueológico Impacto ambiental no significativo asociado Alteración al patrimonio cultural. Medidas asociadas Plan de rescates arqueológicos Ubicación puntos de control Todos los emplazamientos de los sitios arqueológicos que deban ser rescatados, una vez obtenida la RCA favorable. Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dicho componente - Obtención del permiso de rescate por parte del CMN; - Envío de carta de invitación a los GHPPI del AI del Proyecto y confirmación de recepción de la misma; - Informe ejecutivo de rescate arqueológico enviado al CMN; - Coordinación con los representantes de los GHPPI que accedan voluntariamente a participar y ejecución de las campañas de terreno para el rescate de los elementos de patrimonio cultural arqueológico; - Registro de actividades con lista de asistencia y registro fotográfico de la actividad; - Envío a la SMA y a los GHPPI un reporte mensual que incluirá los registros de asistencia a charlas de inducción a los participantes de la actividad y los registros diarios de las labores in situ en la cual se mencione los integrantes de cada uno de los GHPPI que participaron (con lista de asistencia y fotografías). Límites permitidos/comprometidos El monitoreo participativo por parte de GHPPI, permitirá a las comunidades observar el trabajo de rescate realizado por arqueólogos y otros especialistas. La actividad estará a cargo y liderada por los especialistas en arqueología. Por otra parte, el monitoreo participativo se considera voluntario por parte de GHPPI, por lo que su presencia en terreno no será condición sine qua non para realizar el proceso de rescate arqueológico, de modo que en caso que los monitores de GHPPI no pudiesen participar de estos monitoreos participativos en las fechas y horas en las que esté programado, dicho proceso de rescate arqueológico, este se desarrollará de acuerdo con el programa de trabajo convenido con Colbún S.A. y en ausencia de los monitores.
El Titular implementará todas las gestiones necesarias para permitir el ingreso de los participantes de los GHPPI al Proyecto y a las áreas de trabajo donde se desarrollen las actividades de rescates arqueológicos programados. Los requisitos que deben cumplir las personas de los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI) que voluntariamente deseen participar del Monitoreo participativo durante el plan de rescates arqueológicos corresponden, principalmente, a normas de seguridad y salud ocupacional para el ingreso de visitas, tales como copia de cédula de identidad, fotografía, registro de charla de inducción y documento de pase de visita firmado. Sumado a lo anterior, el Titular proporcionará los elementos de protección personal (EPP) tales como casco, antiparras, chaleco geólogo, entre otros. El desarrollo del monitoreo participativo in situ por parte de GHPPI iniciará y terminará de acuerdo con los plazos establecidos en el cronograma para el proceso de rescate arqueológico de los sitios emplazados en el Proyecto. Los informes resultantes de este proceso serán entregados por el Titular a los representantes de los GHPPI que deseen conocerlos, una vez emitidos a la Autoridad Ambiental. Duración y frecuencia del plan de seguimiento para cada parámetro El monitoreo participativo por parte de GHPPI se realizará durante todo el proceso de rescate de los sitios arqueológicos emplazados en el AI del Proyecto “Modificación Parque Eólico Horizonte”. El cronograma de trabajo de rescate arqueológico será elaborado una vez obtenida la RCA favorable al Proyecto y, el proceso de rescate arqueológico se ejecutará durante la fase de construcción, previo al inicio de las actividades de movimiento de tierras. Dicho cronograma será oportunamente proporcionado a los GHPPI, a fin de que organicen con la debida antelación su colaboración como 51 de 67
Tabla 9.2.1. Monitoreo Participativo: Plan de rescate arqueológico monitores participativos del proceso de rescate arqueológico del Proyecto. Método o procedimiento de medición de cada parámetro a) Invitación del Titular a los GHPPI para el desarrollo de las actividades de monitoreo participativo. En caso de que dichos GHPPI acepten su participación, se procederá con la acreditación de los participantes que cumplan con los requisitos para el ingreso al Proyecto. En caso de que los GHPPI declinen participar se informará de esta situación en los respectivos informes de seguimiento y se continuará con el desarrollo de las actividades de rescate en terreno. b) Se realizará una charla de inducción sobre patrimonio cultural (definición de conceptos, arqueología de la región, hallazgos arqueológicos realizados en el AI del Proyecto, legislación vigente entre otros) a GHPPI inscritos como monitores participativos al inicio del proceso de rescate arqueológico y, cada vez que se incorpore un nuevo monitor a este grupo. c) Los monitores participativos de GHPPI deberán firmar una lista de asistencia diaria como monitores del proceso de rescate arqueológico, se acompañarán registros fotográficos fechados y georreferenciados para acreditar su participación. d) En los informes mensuales de seguimiento se incluirá la lista de asistencia a las charlas de inducción y de asistencia a las actividades de monitoreo participativo por parte de miembros de GHPPI. Plazo y frecuencia de entrega del informe con la evaluación de los resultados y cualquier otro aspecto relevante a) Los informes que se generen producto del desarrollo de estas actividades se enviarán con frecuencia mensual a las GHPPI. Para ello, se considera que una vez que se cuente con la versión final del documento respectivo, se emitirá una copia de este durante el siguiente mes al que se reporta.
b) El informe ejecutivo de rescate arqueológico se enviará al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a los representantes de los GHPPI una vez que se obtenga toda la información necesaria para su elaboración y posterior al término del proceso de rescate arqueológico de los sitios emplazados en el AI del Proyecto. Es importante señalar, que el Titular asegurará el cumplimiento de todos los requisitos establecido por el documento que autorice el CMN para el rescate arqueológico.
c) Por otro lado, el informe de rescate consolidado final se entregará al CMN y a los representantes de los GHPPI una vez recibidos los informes de análisis especializados y, de acuerdo con los plazos establecidos por el Oficio Ordinario del CMN que autorice el rescate de estos sitios arqueológicos. Por su parte la entrega al Museo de Taltal de las colecciones de materiales arqueológicos obtenidas durante el proceso de rescate arqueológico será coordinado con el Director de dicho Museo una vez que se cuente con el informe de rescate consolidado final y que las colecciones de materiales arqueológicos hayan sido sometidas al debido proceso de conservación y embalaje para su depósito final en este Museo.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS:
10.1.1. Riesgos de Sismo gran magnitud.¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Riesgos de Sismos gran magnitud Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto 52 de 67
10.1.1. Riesgos de Sismo gran magnitud.¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las Instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular realizara las siguientes acciones: - Las instalaciones del Proyecto serán construidas bajo estándares de resistencia sísmica normados a nivel nacional. - Realizará charla de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar. - Mantendrá las áreas de trabajo en orden y limpieza para facilitar la evacuación ante sismos. - Demarcación de áreas de evacuación y zona de seguridad. - Mantendrá los planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. - Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. - Establecerá un plan de comunicación con la comuna de Taltal para ejecutar las coordinaciones con los organismos de emergencias según su plan de emergencias. - Ejecución de procedimiento señalado en Plan de Emergencia, Forma de control y seguimiento - El Titular implementará señalética para las vías de evacuación, zonas de seguridad o puntos de encuentro de emergencias (PEE). - Registro de capacitaciones de trabajadores. - Inspección visual. - Chequeo de instalación de señalética adecuada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
10.1.2. Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación Riesgo o contingencia Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El Titular del Proyecto capacitará y entrenará al personal respecto de las características de los eventos climáticos, en labores de rescate y emergencia. La ingeniería del Proyecto ha sido desarrollada considerando la estabilidad estructural y la implementación de medidas de drenaje para las obras del Proyecto, en específico para caminos interiores, esto en base a las características morfológicas del área, y análisis de caudales con periodos de retorno de 100 años. - Dispondrá de planes de evacuación del personal para estos eventos. - Verificará que los tableros y sistemas eléctricos se encuentren en buen estado. - Mantendrá comunicación con el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED) y Dirección Meteorológica de Chile para la coordinación de alertas tempranas o preventivas de condiciones meteorológicas de 53 de 67
10.1.3. Derrame de sustancia peligrosa¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Derrame de sustancia peligrosa Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras o partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El personal encargado del transporte de sustancias peligrosas debe estar autorizado. - Capacitación del personal a cargo de la manipulación de sustancias peligrosas (aceites, combustible) respecto a su adecuado manejo, junto con las acciones frente a eventos de derrame. - Realización de simulacros de emergencia, manteniendo registro de estos. - Los vehículos de transporte contarán con sistemas de comunicación, equipo de primeros auxilios (botiquín, extintores de fuego, elementos de protección personal, elementos absorbentes), según corresponda. - Definición de un sector para manipulación de sustancias peligrosas dentro de las áreas de faenas, 10.1.2. Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación amenaza vinculadas a precipitaciones. Como alternativa se considera establecer un plan de comunicación con la comuna de Taltal para ejecutar las coordinaciones con los organismos de emergencias según su plan de emergenciasSe determinarán puntos susceptibles de ser inundados producto de las lluvias. - Coordinará e informará las alertas a él/la encargado/a ambiental durante las diferentes fases del Proyecto para activar el plan de comunicaciones con el equipo de trabajo en terreno, evitando la presencia de trabajadores durante estos eventos extremos de precipitaciones. - Demarcará de áreas de evacuación y zona de seguridad. - Mantendrá los planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad. - Establecerá un plan de comunicación con la comuna de Taltal para ejecutar las coordinaciones con los organismos de emergencias según su plan de emergencias. - Ejecutará los procedimientos señalados en Plan de Emergencia. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de trabajadores sobre riesgos naturales y procedimientos a ejecutar”, ubicado en las IIFF o en el Edificio de Operación y Control, para revisión por la Autoridad Fiscalizadora competente.
- Registro de chequeo de instalación de señalética de áreas de evacuación y zona de seguridad”, ubicado ya sea en IIFF o Edificio de Operación y Control, para revisión por la Autoridad Fiscalizadora competenteRegistro de capacitaciones de riesgos naturales. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto. 54 de 67
10.1.3. Derrame de sustancia peligrosa¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. las que se delimitarán cuando se realicen estas acciones con conos u otra señal de advertencia que permita bloquear el paso de personas y/o vehículos. - EL Titular mantendrá a disposición materiales absorbentes y contenedores vacíos para recolección de elementos contaminados. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de trabajadores. - Registro de Simulacro de Emergencia. - Inspección de medidas aplicas in situ. - Revisión de Materiales disponibles en las áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
10.1.4. Riesgo por Incendio en área de faena. Riesgo o contingencia Riesgo por Incendio en área de faena. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El Titular capacitará al personal para eventos de incendio. - En todos los lugares de trabajo, faena de instalaciones se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores portátiles, mangueras, tambores con arena, herramientas manuales, etc., de acuerdo con las exigencias establecidas por la autoridad competente. Estos elementos estarán ubicados en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo, según la normativa vigente. - Aplicación de procedimiento definidos en plan de emergencia. - Se demarcarán y señalizarán todas las vías de evacuación, las cuales deberán permanecer en todo momento, libres de cualquier elemento que las obstruya. - El Titular prohibirá encender fuego en todas las instalaciones del Proyecto. - Se prohibirá quemar aceites, grasas, neumáticos, residuos y desechos sólidos en general. - Se habilitarán zonas especiales para fumadores. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación del personal para eventos de incendio. - Registro de carga de extintores. - Registro y revisión de señalética. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4 del ICE del Proyecto.
10.1.5: Riesgos sanitarios asociados a manejo de residuos. Riesgo o contingencia Riesgos sanitarios asociados a manejo de residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto 55 de 67
10.1.5: Riesgos sanitarios asociados a manejo de residuos. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Los residuos domiciliarios de tipo orgánicos serán almacenados en bolsas al interior de contenedores herméticos con tapa, los cuales permanecerán tapados en todo momento, siendo abiertos solamente para el ingreso de basura y/o durante su retiro. Los residuos domésticos y asimilables a domésticos serán retirados por los encargados de las mantenciones. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores, con el objetivo de que el manejo y prevención de los residuos industriales no peligrosos y domésticos sea adecuado. - Los lugares donde se almacenarán transitoriamente los residuos sólidos, tanto la bodega de residuos peligrosos, como el sitio destinado al acopio de residuos sólidos no peligrosos, cuentan con autorización sanitaria de funcionamiento. - Se controlarán las operaciones de manejo de residuos, de acuerdo con su naturaleza, desde su generación hasta su envío a eliminación, incluyendo su clasificación en origen, envasado, etiquetado, almacenamiento (mantenimiento de orden y capacidad) y despacho, entre otras actividades, según corresponda. - Se revisarán periódicamente los contenedores de residuos para constatar su buen estado. - El Titular exigirá mediante cláusulas contractuales que cada empresa contratista dé cumplimiento a las disposiciones sanitarias y ambientales vigentes. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones de trabajadores. - Inspección visual. - Registro de autorización para almacenamiento de residuos. • Registro de actividades. - Inspección de contenedores sin sobreacumulación de residuos domésticos. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5 del ICE del Proyecto.
10.1.6: Riesgos sanitarios asociados a manejo de aguas servidas. Riesgo o contingencia Riesgos sanitarios asociados a manejo de aguas servidas” Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizará periódicamente inspecciones y mantenciones con el objeto de verificar la adecuada operación de la PTAS. - Las aguas servidas tratadas serán utilizadas para humectación, en caso de que se deba programar el retiro de aguas servidas, éste será realizado por una empresa con autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento Registro de Permisos sanitarios de contratistas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6 del ICE del Proyecto.
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10.1.8: Riesgo de colisiones de Avifauna Riesgo o contingencia Riesgo de colisiones de Avifauna. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aerogeneradores del Proyecto/Línea de Transmisión del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Luces de navegación: La DGAC exige a cualquier estructura mayor o igual a 45 m de altura utilizar luces de navegación (Decreto 173/2004). A fin de evitar que sea un factor atrayente para las aves, especialmente en periodos de baja visibilidad, se utilizarán luces tipo A y luces tipo B (Luces tipo A: son blancas, de mediana intensidad, con destellos simultáneos. Luces tipo B: son rojas, mediana intensidad, con destellos simultáneos (solas o en combinación con luces de baja intensidad). 10.1.7: Riesgo por Afectación accidental de fauna silvestre ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Riesgo por Afectación accidental de fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El Titular ejecutará las siguientes acciones: - El Titular activará el Plan de Comunicaciones. - Realizará de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo, las charlas serán dictadas el/encargado/a ambiental. - Prohibirá dar alimento a animales en las áreas de obras y sectores aledaños. Los restos de comida serán siempre almacenados en bolsas al interior de contenedores herméticos y con tapa. - Prohibirá de acercamiento de personal a especies de fauna, para evitar domesticación. - Instalará cartillas de identificación de fauna en los lugares de acceso común de los trabajadores, con el fin de ayudar en el reconocimiento de especies de fauna eventualmente afectada y las medidas básicas a desarrollar en caso de contingencias. El contenido del material será diseñado por especialistas en fauna y rescate. - En el caso del avistamiento de animales que merodean por algunos sectores con frecuencia, es importante no llamarlos ni ofrecerles alimentación, no arrojarles piedras ni atacarlos. Si el evento persiste, se contactará al supervisor de obras para definir las medidas a seguir. - Restringirá la velocidad de desplazamiento de los vehículos al interior de las obras del Proyecto de 50 km/h. Capacitará al personal acerca de los límites de velocidad en los trayectos externos del Proyecto. - Capacitará a personal de Proyecto sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuada. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de trabajadores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7 del ICE del Proyecto. 57 de 67
10.1.8: Riesgo de colisiones de Avifauna Adicionalmente, las luces de navegación se ubicarán en las góndolas de la turbina, evitando la iluminación a nivel del suelo. Además, se considera iluminar solo las turbinas de los extremos, delimitando la forma del parque, disparando las luces de manera sincronizada y que el resto de la iluminación se active por medio de sensores de manera de reducir al mínimo la contaminación lumínica del área. Forma de control y seguimiento Registro capacitación al personal de la obra. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8 del ICE del Proyecto.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS:
10.2.1. Riesgos de Sismo gran magnitud.¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Riesgos de Sismos gran magnitud Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las Instalaciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Activar el Plan de Comunicaciones. - Avisar de inmediato al Jefe de Emergencias. - Evitar que las personas abandonen las instalaciones durante el sismo, ya que la mayoría de las lesiones ocurren al retirarse hacia zonas de seguridad durante su ocurrencia. - Retirar a las personas de las cercanías de ventanas u objetos que puedan caer sobre las personas y tomar ubicación en zonas abiertas dentro del recinto. - Controlar las personas con demostraciones de pánico o paralizadas por el sismo. - Prepararse para una eventual evacuación. - No perder tiempo tratando de comunicarse vía teléfonos fijos o móviles. - Una vez superada la situación, el Jefe de Emergencia informará al Representante de la Empresa quien, si corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos de trabajo, o definirá otras acciones a seguir Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.1 del ICE del Proyecto.
10.2.2. Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación Riesgo o contingencia Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación. 58 de 67
10.2.2. Riesgo de Inundación por eventos extremos de precipitación Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Activar el Plan de Comunicaciones. - Avisar de inmediato al Jefe de Emergencias. - El Encargado en terreno deberá dará las instrucciones para: donde pueda escurrir en forma natural o gravitacional. - Después de las precipitaciones, es recomendable verificar lo siguiente: o Reportar los heridos, en caso de que los hubiese. o Inspeccionar instalaciones para autorizar el reinicio de las actividades. o Buscar grietas u otros daños producidos por la lluvia, zonas inundadas. o En caso de deterioro de las estructuras por algún incidente hidrológico se deberá detener la transmisión de energía eléctrica, y reparar o reemplazar las estructuras dañadas. Esto, previa coordinación con los organismos respectivos Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.2 del ICE del Proyecto.
10.2.3. Derrame de sustancia peligrosa Riesgo o contingencia Derrame de sustancia peligrosa Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras o partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Plan establece que el Titular realizará las siguientes acciones: - Activará el Plan de Comunicaciones. - Avisará de inmediato al Jefe de Emergencias. - Acciones a fin de detener el evento de derrame. - Identificará de las características fisicoquímicas de la sustancia peligrosa derramada, a través de las Hojas de Seguridad dispuestas en los recintos de almacenamiento y de los registros de compras. - Acciones en caso de ocurrir el derrame sobre el suelo: 59 de 67
10.2.3. Derrame de sustancia peligrosa
El Titular reanudará las labores en los sitios del evento una vez que el derrame sea controlado. - El Titular realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.3 del ICE del Proyecto.
10.2.4. Riesgo por Incendio en área de faena. Riesgo o contingencia Riesgo por Incendio en área de faena. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El Titular activará el Plan de Comunicaciones. - Avisará de inmediato al Jefe de Emergencias. - El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita, solicitará la evacuación del personal. - Los encargados en faena procederán a evacuar al personal hacia las zonas de seguridad. Durante la emergencia se activará una alarma audible y se darán instrucciones a viva voz. - En caso de un amago de incendio, el personal capacitado hará uso del extintor más cercano para extinguir el fuego. - En caso de incendio de magnitud, el encargado en faena deberá evacuar inmediatamente al personal y avisar inmediatamente, en la medida de lo posible, al Jefe de Emergencia. - El Jefe de emergencias deberá dar aviso al cuerpo de bomberos más cercano, en caso de que la emergencia no pueda ser controlada por el personal capacitado. - El Titular realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas 60 de 67
10.2.4. Riesgo por Incendio en área de faena. notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.4. del ICE del Proyecto.
10.2.5: Riesgos sanitarios asociados a manejo de residuos. ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Riesgos sanitarios asociados a manejo de residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Dar aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. - El Plan establece acciones en caso de olores, en caso de residuos peligrosos, en caso de derrame. - El Titular realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.5. del ICE del Proyecto.
10.2.6: Riesgos sanitarios asociados a manejo de aguas servidas. Riesgo o contingencia Riesgos sanitarios asociados a manejo de aguas servidas” Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El Titular activará el Plan de Comunicaciones. - Avisará de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando: o Lugar del incidente. o Magnitud. o Tipo de residuos. o Consecuencias (gravedad). 61 de 67
10.2.6: Riesgos sanitarios asociados a manejo de aguas servidas.
Suspenderá el suministro de agua y las descargas a las PTAS en caso de rebalse de estanques sanitarios o filtraciones del fitting. - El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita, solicitará la evacuación del personal. - Para detener el rebalse de estanques sanitarios, el Titular deberá interrumpir el uso de las instalaciones que generen descarga de Riles, por tanto, el jefe o supervisor a cargo suspenderá las labores en sus dependencias. Paralelamente se llamará a la empresa externa para que identifique, arregle o reemplace las piezas del sistema que se encuentren en mal estado. - En caso de que la contingencia persista por un periodo mayor a un día de operación a máxima capacidad, las aguas no tratadas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, que las llevará a un sitio de tratamiento y disposición final igualmente autorizado. - Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. - Una vez que el problema se haya solucionado, será responsabilidad del jefe o supervisor a cargo autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. - Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.6. del ICE del Proyecto.
10.2.7: Riesgo por Afectación accidental de fauna silvestre ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Riesgo o contingencia Riesgo por Afectación accidental de fauna silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones a ejecutar por el Titular se resumen a continuación: - Activará el Plan de Comunicaciones. - Avisará de inmediato al Jefe de Emergencias. 62 de 67
10.2.7: Riesgo por Afectación accidental de fauna silvestre ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. - El Encargado de Medio Ambiente debe dar aviso inmediato en caso de accidente al SAG. Debe darse especial relevancia a las especies de fauna silvestre nativa del sector. - Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos, correr o gritar, para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. - Si el ejemplar se encuentra vivo, pero con claras dificultades para su desplazamiento, el Encargado de Medio Ambiente tomará contacto de inmediato con un Centro de Rescate y de Rehabilitación, inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS), para que realice la atención. Prestar atención a señales como signos de dolor, respiración, movimientos del cuerpo, etc. No debe forzarse la alimentación del espécimen, ni darle agua a la fuerza. - Si el animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo. - Si el ejemplar se encuentra muerto, se deben tomar registros fotográficos, además de aplicarse el protocolo de acción según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine. - En caso de proceder al rescate, se debe siempre contar con los utensilios para la protección de la persona debidamente capacitada que realice el rescate, como por ejemplo guantes, pértiga telescópica, lentes de seguridad, de forma tal de evitar riesgos por picoteos, mordeduras o rasguños. Para el transporte del animal debe contarse con una jaula o caja en buen estado. No se consideran espacios para la contención de individuos silvestres en el área del Proyecto, ya que serán trasladados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.7. del ICE del Proyecto.
10.2.8: Riesgo de colisiones de Avifauna Riesgo o contingencia Riesgo de colisiones de Avifauna. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto. 63 de 67
10.2.8: Riesgo de colisiones de Avifauna Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Aerogeneradores del Proyecto/Línea de Transmisión del Proyecto Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso que se aviste a algún ejemplar de avifauna herido producto de una colisión, el Titular procederá de la siguiente manera: - Activará el Plan de Comunicaciones. - Avisará de inmediato al Jefe de Emergencias - Si el animal puede desplazarse sin problemas, no se deberá tener mayor interacción. - Establece medidas para el rescate, transporte de aves - Para realizar el rescate y captura de aves se deberá usar una pértiga telescópica, de esta forma se impedirá el contacto directo entre el rescatista y el animal, evitando riesgo por mordeduras. - El encargado de medio ambiente se coordinará con el Centro de Rescate y Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) de la Región de Antofagasta para decidir a donde debe ser trasladado el animal lesionado. - El animal permanecerá en el centro de rescate y rehabilitación hasta que finalice su tratamiento. - El procedimiento de liberación será definido de acuerdo con la especie animal involucrada, participando en su elaboración el encargado de Medio Ambiente y la autoridad ambiental. La determinación y definición del momento y sitio de liberación de la especie, posterior a su recuperación en un Centro de Rescate y Rehabilitación, será ejecutada de forma sectorial entre el Centro de Rescate y el SAG. - En caso de muerte, se harán registros fotográficos del hecho los cuales se adjuntarán al reporte entregado al SAG. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Titular elaborará un informe de contingencia el cual será enviado a la SMA en un plazo de 24 horas notificando las acciones que se llevaron a cabo para controlar el evento. Una vez que esté controlada la situación se enviará un informe detallado a la SMA en un plazo de 15 días hábiles. Ambos informes serán presentados en la plataforma web correspondiente al Sistema de Seguimiento Ambiental (www.ssa.sma.gob.cl / módulo de avisos, contingencias e incidentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Para mayor detalle ver Tabla 7.1.8. del ICE del Proyecto.
11°. Que, respecto a la apertura de proceso de participación ciudadana, este se desarrolló conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. A continuación, se indica lo realizado:
La DIA del Proyecto “Modificación de Proyecto Parque Eólico Horizonte” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario de circulación regional Vive País, ambos con fecha 02 de mayo de 2024. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio definición FM 98.3 64 de 67
MHz y Radio Taltal FM 103.7 MHz, entre los días 03 de mayo de 2024 y 09 de mayo de 2024, según consta en el certificado s/n de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la misma radio.
Con fecha 14 de junio de 2024 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.
Se recibieron un total de 02 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana, las cuales fueron emitidas por 02 personas jurídicas. De las solicitudes recibidas, estas cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, las cuales fueron emitidas por 02 personas jurídicas.
Con fecha 23/07/2024 se dictó la Resolución N° 202402001108 por parte de Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, mediante la cual se ordenó la realización de un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días.
El proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día 07 de agosto de 2024 y finalizó al cabo de 20 días hábiles el 04 de septiembre de 2024.
11.1. Actividades de participación ciudadana
Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la ciudadanía, así como la realización de instancias de información y diálogo entre la comunidad y el proponente, se realizó la siguiente actividad programada:
Actividades de Participación Ciudadana Nº Actividad Lugar Fecha 1 Diálogo Ciudadano Híbrido en Taltal Centro Cultural Taltal, Calle Juan Martínez N°215 y Plataforma virtual “Zoom”. 13/08/2024
12° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala:
12.1. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Las observaciones que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA son las siguientes:
Tabla 12.4. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas N° Observante Nombre Admisibilidad 1 Persona Jurídica Fundación Cielos de Chile o Skies of Chile Foundation. Admisible 2 Persona Jurídica
Corporación Red de Observadores de Aves de Chile Admisible 3 Persona Jurídica
Fundación Tantí Admisible 4 Persona Natural Gonzalo Andrés Lemus Lemus Admisible 5 Persona Natural Nolvia María Morales Astudillo Admisible 6 Persona Natural Valentina Ximena Cáceres Arancibia Admisible 7 Persona Jurídica Asociación Camanchacos de Salitre Taltal Admisible
12.2. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
65 de 67
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del RSEIA, se encuentran disponibles en el anexo de este documento.
13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4º de la presente Resolución.
15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
16°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
17°. Que, para que el proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
18°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
19°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
20°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
21°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte”, presentada por Colbún S.A.
2°. Certificar que el Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan 66 de 67
en los artículos 132, 140, 142, 156, y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el Proyecto “Modificación de proyecto Parque Eólico Horizonte” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4º del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el/la Director/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al Titular y Archívese.
Karen Behrens Navarrete Delegada Presidencial Regional Presidenta Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
TOMÁS ANDRÉS BALLESTEROS COHEN Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
TBC/JFM/JCG/jcg
Distribución:
• Titular. • Superintendencia de Medio Ambiente. • CONAF, Región de Antofagasta. • DGA, Región de Antofagasta. • Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta. • DOH, Región de Antofagasta. • Gobernación Marítima de Antofagasta. • Gobierno Regional, Región de Antofagasta. • Ilustre Municipalidad de Taltal. Karen Elizabeth Behrens Navarrete Firmado digitalmente por Karen Elizabeth Behrens Navarrete Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=SEGUNDA - REGION DE ANTOFAGASTA, l=Antofagasta, o=Ministerio del Interior, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/ acuerdoterceros, title=Delegada Autoridad Titular Subrogante Suplente, cn=Karen Elizabeth Behrens Navarrete, email=kbehrens@interior.gob.cl Fecha: 2025.05.16 16:32:08 -04'00' 67 de 67
• Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. • SAG, Región de Antofagasta. • SEC, Región de Antofagasta. • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta. • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta. • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta. • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta. • SEREMI MOP, Región de Antofagasta. • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta. • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios.
CC: • Secretaría Comisión de Evaluación. • Archivo SEA. Firmado Digitalmente por Tomás Ballesteros Cohen Fecha: 16-05-2025 11:54:23:673 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: SGC