Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz
REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”
Concepción
VISTOS:
1%. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), su Adenda de 18 de julio de 2024 y su Adenda Complementaria de 29 de agosto de 2024, del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”, presentado por ICC Inmobiliaria SpA con fecha 11 de marzo de 2023,
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación ambiental de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”.
30, El Acta de Evaluación N” 20240810679 de fecha 01 de julio de 2024, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
- EL ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” de fecha 04 de octubre de 2024.
5%. El acuerdo de la sesión de fecha 14 de octubre de 2024 de la ses:ón de la Comisión de Evaluación de la Región del Biotío,
6”. La Resolución Exenta N” 20240800171, de 29 de mayo de 2024 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío que Rechaza la solicitud de apertura de un proceso de participación ciudadana.
7". Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014 y modificado por Resolución Exenta N20210800119 de fecha 19 de septiembre de 2021 y, en la Resolución Exenta RA 119046/160/2024 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra en cargo de Alta Dirección Pública 2? Nivel a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
yea] Documento Digital N”. 202408001133 - Fecha: 23/10/2024 y
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
to;
sl b.ct 7 a 4949-BC54-6B57: A
CONSIDERANDO:
- Que, ICC Inmobiliaria SpA (el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” (el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ICC Inmobiliaria SpA.
Rut 96,929,750-7
Domicilio Limache 3405 Of.66 Viña del Mar Teléfono +56 32 227 1002
Nombres representantes legales - - - P ed + Luis Felipe Bernardino Muñoz Benavente
« Emilio Jorge Vásquez Maldonado «* Catalina Alejandra Harding Delgado
Rut representante legal + Luis Felipe Bernardino Muñoz Benavente: 7.022.720-7
» Emilio Jorge Vásquez Maldonado: 10.383.837-1 e Catalina Alejandra Harding Delgado: 16.573.887-K
Domicilio representante legal Limache 3405 Of.66 Viña del Mar Teléfono representante legal +56 32 2271002
Correo electrónico Titular o | ignacio.hola(Miccinmobiliaria.cl representante legal chd(Giccinyersiones.cl
2%, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de octubre de 2024, el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3%, Que, en sesión de fecha 14 de octubre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 04 de octubre de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta,
4?, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del proyecto es ampliar la oferta habitacional y comercial en la comuna de Concepción, mediante la construcción del Edificio Cruz.
Tipología principal, así | El proyecto ingresa a evaluación ambiental, en atención a lo establecido en el como las aplicables a sus | artículo 2] letra g) del RSEIA.
partes, obras o acciones “g.2 “Para los proyectos que se iniciaron de manera previa a la entrada en
vigencia del sistema de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad de manera posterior a la entrada en vigencia de dicho sistema que no han sido calificados ambientalmente, constituye un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento.
Para los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del sistema de evaluación de impacto ambiental, si la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del presente Reglamento;
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3? del RSEIA, la Modificación ingresa al SEIA conforme lo siguiente:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los
proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes caracteristicas.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas;”
Vida útil Indefinida.
Monto de inversión USD 33.326.985
Gestión, acto c faena mínima | Instalación de faena. De acuerdo a ello, se considera que el acto destinado a que da cuenta del inicio de la | Sjecutar el proyecto corresponde a la actividad de preparación de terreno donde
ejecución se emplazarán e instalarán los contenedores de oficinas y baños de profesionales y subcontratos mediante el escarpe del terreno. Proyecto se desarrolla por Si No etapas x Proyecto rmmodifica un Si No |El proyecto Inmobiliario Edificio Cruz corresponde a una proyecto o act:vidad modificación de proyecto, de acuerdo con lo estipulado en Xx el artículo 12 del RSEIA. Al respecto, cabe señalar que al momento de ingreso del proyecto se encontraba en ejecución Edificio Castellón (“Proyecto Original”). En la siguiente tabla se presenta la información principal del proyecto original y la modificación propuesta, Ítem Proyecto | Modificación Original (Edificio (Edificio Cruz) Castellón) Superficie de terreno | 2.851,53 2.807,50 (m?) Departamentos 250 253 Estacionamientos 165 178 vehículos Estacionamientos 88 89 bicicletas Locales comerciales 20 12 Bodegas 49 88 Superfície construida | 18.220,22 18.990,82 (m) (Fuente: Tabla 2. Resumen de antecedentes del Proyecto Original más la Modificación, de la Adenda) Proyecto modifica otra(s) Si No |El proyecto Original no ingresó al SEIA, dado que no RCA x | cumplía con las características descritas en las tipologías de ingreso previstas en los artículos 10 de la Ley N* 19.300 y 3 del RSEIA.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
El proyecto se ubicará en la Región del Biobío, Provincia de Concepción, en la comuna de Concepción, específicamente en la Calle General Cruz N*875.
Descripción de la localización
El área de emplazamiento del proyecto presenta condiciones y características, donde resalta la conectividad del sector por vías principales, y la presencia de abundante comercio y servicios.
Superficie
El proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie neta total corresponde a 2.807,50 m?, sobre los cuales se edificarán 18.990,82 1m?, el desglose se presenta en la siguiente tabla:
Ítem
Útil (m2) | Común(m?) | Total (m?)
Bajo terreno 11.431,34 | 2.960,17 14.391,51
Sobre terreno 2.607,26 1.992,05 4.599,31 Total 14.038,60 | 4.952,22 18.990,82
(Tabla 21. Resumen de superficies totales — Modificación, de la DIA).
Mayores detalles se presentan en:
e Tabla 22. Cuadro resumen superficies habitacionales — Modificación, de la DIA.
Tabla 23, Cuadro resumen superficies no habitacionales — Modificación
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Las coordenadas de las partes y obras del proyecto durante la fase de operación son:
Punto Lugar Este (m) Norte (m) ! Acceso vehicular 673.691 5.923.505 2 Acceso peatonal 673.710 5.923.517 3 Acceso locales comerciales 673.743 5.923.539 4 Acceso locales comerciales 673.731 5.923.521 5 Recepción 673.708 5.923.519 6 Lavandería 673.699 5.923.515 7 Zona de precarguio 673.685 5.923.508 8 Sala Multiuso 673.695 5.923.530 9 Sala Cowork 673.697 5.923.525 10 Sala de basura 673.689 5.923.523
(Fuente: Tabla 20. Coordenadas de las partes de la fase de operación. UTM WGS 1984 185. Id Lugar Este (m) N, de la DIA).
Las coordenadas de las partes y obras durante la fase de construcción se
presentan en Tabla 19, Coordenadas de las partes de la fase de construcción. UTM WGS 1984 188, de la DIA.
Carninos de acceso
El acceso al proyecto será por Calle General Cruz N*875, Concepción.
Lugar Este (m) Norte (m) Acceso vehicular 673.691 5.923.505 Acceso peatonal 673.710 5.923.517 Accesos locales | 673.743 5.923.539 comerciales
Accesos locales | 673.731 5.923.521 comerciales
(Fuente: Tabla 20. Coordenadas de las partes de la fase de operación. UTM WGS 1984 185., del Anexo 5 de la Adenda Complementaria).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
- Capítulo Descripción de proyecto o actividad, de la DIA.
- AnexoN'6 Descripción de proyecto de la Adenda e Anexo N'S Descripción de proyecto de la Adenda Complementaria.
4,3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4:3.1: FASE DE CONSTRUCCIÓN
Instalación de faenas
- Caseta de guardia (Acceso peatonal) Se dispone para el acceso a la obra, la cual cuenta con guardias de seguridad las 24 horas del día. Dimensión: 2m x 2m.
e Servicios sanitarios y vestidores con duchas Se consideran baños, duchas y lavatorios para unos 248 trabajadores, máximo contemplado para la obra, y dando cumplimiento al D.S. 594/99,
del Reglamento sobre condiciores sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del MINSAL
También, cuenta con conexión de suministro de agua potable y servicio de alcantarillado de la empresa del sector ESSBIO S.A. Dimensión: 6mx 3m.
*. Bodegas y Comedor
Contará con bodegas y comedores, que se utilizan para labores técnicas, administración, prevención de riesgos, supervisión de obras, administración de bodegas y áreas de alimentación. Las bodegas y comedores están habilitados con mobiliario para sus actividades. Dimensión: 6m x 3m
« Oficinas Oficinas para las labores de administración. Dimensión: 6m x 3m.
-
Áreade carga y descarga Es un espacio que es destinado al acopio de materiales de construcción. Dimensión: 8m x 2,4m,
-
Bodega de Almacenamiento de sustancias peligrosas
Bodega es destinada a contener los combustibles y líquidos peligrosos.
La bodega de almacenamiento cumplirá el Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas (D.S N*43/15, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas del MINSAL). Dimensión: 2m x 27m.
e Bodega para Residuos pelógrosos
Se utilizará para el almacenaje de envases de vinilit, brochas, siliconas y adhesivos, Los residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento con el D.S N* 148/03, Artículos 10, 25 y 28, Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos del MINSAL. Dimensión: 2m x 2m
-
Estacionamiento Vehículos Livianos Lugar habilitado para la espera o estacionamiento de los vehículos livianos de trabajadores de la obra. Dimensión: 10m x 5m.
-
Zona lavado de ruedas El lugar está habilitado para el lavado de ruedas de los camiones que salen de la obra. Dimensión: 6m x 15m.
-
Zona lavado de canoas Lugar está habilitado para el lavado de canoas de los camiones mixer. Dimensión: 8m x 2,4m.
e Zona de acopio de escombros Es un espacio que está destinado al acopio de escombros y excedentes. Dimensión: 8m x 2,4m.
e Zona de ubicación de Grupo Electrógeno Dimensión:2m x 21m. Se utilizará un grupo electrógeno de 250 KW para la excavación.
- Zona de recarga de combustible
La recarga de combustible para las maquinarias se realizará en un espacio o zona de carga de combustible adicional para las maquinarias al interior de la faena, la cual se impermeabiliza con pintura epóxica (Dypoxil Top Floor ó producto similar), la cual considera una pendiente que conduce los residuos líquidos a una canaleta recolectora, receptáculo o similar que tiene la capacidad suficiente para retener los líquidos.
Dimensión:2m x 21m,
e Las dimensiones y coordenadas de cada una de las partes y obras que componen la instalación de faenas, se presentan en la Tabla 26. Elementos de la instalación de faenas - Modificación., del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
e La descripción detallada de cada una de las partes y obras que componen la instalación de faenas se describe en la sección A.4.1. del
Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Ver Anexo N%2. Planos de la Adenda.
Cierre perimetral
Se implementarán barrera acústicas perimetrales, las que serán de alturas variables de entre 2.4[m], 3.6[m], 4.8[m] y 6[m], dependiendo de su ubicación y el escenario de construcción en que se encuentre, serán de un material cuya densidad superficial sea igual o superior a 10 [kg/m?] (por ejemplo, paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad (para más detalles, se sugiere revisar el Estudio de ruido y Vibraciones del Anexo N%2. Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria).
e VerFigura 40. Ubicación y altura de barreras acústicas para Escenario 1 — Fase de construcción, Anexo 5 de la Adenda Complementaria
e Tabla 52. Coordenadas de trazado de barreras en escenario 1, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
e Figura 41. Ubicación y altura de barreras acústicas para Escenario 2 — Fase de construcción, del Anexo $ de la Adenda Complementaria
- Tabla 53. Coordenadas de trazado de barreras, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Cierre de vanos
Para el caso de faenas de construcción en altura, se implementará el Cierre de Vanos que consiste en confinar la emisión de ruido de trabajos al interior de la obra construida, cubriendo ventanas y sectores abiertos, tanto de la obra gruesa como de terminaciones, con un material que cumpla con las condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m?
(ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor).
Pantallas acústicas modulares en losas avance
Complementariamente, para los momentos en que se ejecuten obras sobre la losa de avance (última losa construida antes que se habilite la siguiente losa), se implementará una “barrera modular de madera OSB de 15 [mm] de espesor o similar, que presente las mismas características señaladas para las otras barreras, de 2,4 [m] de altura, las cuales se ubicarán entre el camino de propagación de la fuente de ruido y el receptor más cercano, obstaculizando directamente las emisiones que se generen en la losa superior. Dicha medida será implementada para todos los trabajos puntuales y acotadas en el tiempo (uso de cango, sierra eléctrica, vibrador de inmersión) que se realicen en la losa de avance, La longitud de la barrera tendrá 3,6 [m] en total (3 paneles).
Zona de restricción de maquinaria determinada
Se establecieron zonas de restricción en las cuales no podrá operar la siguiente maquinaria:
-Rodillo compactador (ver Figura 35. Áreas De Restricción Rodillo Compactador - Fase De Construcción, Estudio de ruido y vibraciones, Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria).
- Excavadora (ver Figura 36. Áreas De Restricción Excavadora - Fase De Construcción Estudio de ruido y vibraciones, Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria)
Los trabajos en dichas áreas se realizarán con maquinaria de menor tamaño o manual como Mini Rodillo, placa compactadora, retroexcavadora O equipos manuales
Control de vectores
El proyecto contempla la incorporación de un sistema de control de vectores de interés sanitario, a través de la implementación de un cordón sanitario alrededor de la obra, el cual incluye tanto la desratización, desinsectación y sanitización de toda la instalación, de acuerdo a un plan periódico de trabajo, el que será efectuado por una empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud.
Plan de mantención de cierres de vanos
Para asegurar un buen estado de las pantallas acústicas modulares como de los cierres de vanos, se implementará el siguiente plan de mantenimiento:
-
Se designará un personal de obra a cargo de la mantención de las pantallas acústicas y cierres de vanos.
-
El personal a cargo deberá generar un registro de las medidas de contro! instaladas en cuanto a la fecha y ubicación, con lo cual se podrá realizar el seguimiento adecuado del estado de cada solución, asegurando su correcto desempeño. Posterior a la instalación, el personal a cargo deberá efectuar el seguimiento adecuado, donde se reporte a través de un registro fotográfico que indique la fecha de los registros; detalle del estado de las uniones herméticas tanto entre paneles como la unión hermética con respecto al suelo; el estado de la estructura que dará soporte a la barrera; yn
6
registro fotográfico que indique el ángulo general de la barrera, el cual debe estar perpendicular al suelo, esto, para evitar que la barrera pierda efectividad al disminuir su altura por posible inclinación con respecto al receptor y a las fuentes de ruido.
El registro deberá mantenerse en obra en caso de fiscalización.
-
Se deberá mantener el buen estado de las soluciones, asegurando que no presente daños por desgaste, humedad o mal uso.
-
En caso de que la solución presente desgaste significativo, se deberá generar la mantención correspondiente o el reemplazo de la solución, según cada situación encontrada, Lo anterior procurando mantener la cobertura indicada para las actividades del proyecto.
-
La verificación del estado de las medidas de control de ruido, deberá ser realizado semanalmente, al corxienzo de la jornada laboral (día lunes de cada semana), procurando, además, contar con las medidas necesarias para el desarrollo de la actividad planificada. Como medio de verificación auditable para la restricción de uso de maquinaria y frente de trabajo, se presenta una planilla de registre la que se encontrará en obra durante toda la fase de construcción del proyecto, donde se registre la fecha, tipo de maquinaria o equipo considerado como de mayor emisión de ruido junto con la zona de trabajo realizado. Para más detalle revisar en observación 1.1 de la Adenda Complementaria.
Acondicionarriento de terreno
Escarpe y/o extracción y retiro ce la capa superficial del suelo natural
La primera medida de acondicionamiento de terreno corresponde al escarpe, es decir, la extracción y retiro de la capa superficial del suelo zatural, constituido por terreno vegetal, en todas aquellas áreas donde se construirán las obras. Para efectos de cubicaciones, se ha considerado que el escarpe tendrá una profundidad de 0,2 metros.
Corta de flora y vegetación
Previo al inicio del movimiento de tierra, se realizará la corta de flora y vegetación existente en el predio.
Agotamiento de Napa Freática
Debido a la detección de Napa freática durante la exploración geotécnica, según lo indicado en el Estudio de Mecánica de Suelos y Estudio Hidrogeológico presentado en el Anexo N93. Estudios de Especialidad de la Adenda, la excavación de las fundaciones se deberá realizar con gotamiento en base a punteras, El proyecto contempla el agotamiento de la napa freática 1 metro por deba: o del sello de fundación, en un período de $ meses, de acuerdo con la programación de la obra.
Época Nivel de | Sello de | Cota Cota terreno furdación | piezométrica | piezométrica (msnm) actual objetivo (msnm) (msnm) Invierno 100 -7.92 93.00 91.08 Verano 100 -7,92 91.87 91.08
(Fuente: Tabla 12 Nivel freático objetivo período constructivo, Anexo 3.10 de la Adenda)
Las tuberías de las punteras se insertarán en el terreno mediante flujo de agua inyectado por una bomba o motobomba, se realiza primeramente la perforación, se rellena su base con arena y luego se inserta la tubería de PVC hidráulico PN clase 10 de 40 mm a 50 mm dependiendo las características de la napa y suelo, esta puntera cumplirá la función de drenar le napa, en simultaneo el personal trabajará en la instalación de bombas, canalizaciones y colectores para el retiro de agua de la excavación.
Para más detalle revisar en Procedimiento de Agotamiento de Napa Freática en el (Anexo N?2.5. Documentos de DIA y Estudio de Mecánica de Suelos e Hidrogeológico del Anexo N93. de la Adenda).
En relación a la descarga del agua a extraer, se hace presente que se adjuntó el Oficio de SEREMI SERVIU Región del Biobío, ORD N? 5760 de fecha 03 de agosto de 2024, que autoriza la descarga de aguas para el Edificio Ciuz para el periodo comprendido entre los meses de 01,11.2024 hasta el
01.06.2025, con un caudal máximo de 65 L/min. Al respecto los puntos georreferenciados son: 3649"02.0” S/73%03"09,6W. Ver Anexo N*1. Antecedentes Adicionales, de la Adenda Complementaria.
Movimientos de tierra
La cantidad de material estimada a extraer será de 19.209 mí, al cual se aplica un factor de esponjamiento de un 20% según la Norma Chilena Oficial 353 Of.2000 quedando 23.051 m!.
La tierra procedente de la excavación no será acopiada al interior del terreno, sino que será trasladada a medida que se excave y su disposición final será en un sector autorizado según corresponda,
Tránsito y funcionamiento de vehículos y maquinarias al interior del emplazamiento del proyecto
La maquinaria, camiones y vehículos para el movimiento de tierra, transporte de insumos y transporte de residuos accederán al terreno por los caminos interiores habilitados. Previo a la salida, circularán por la zona habilitada para el lavado de ruedas.
Los antecedentes relacionados al tipo y número de maquinaria y vehículos a utilizar, horas de funcionamiento se presentan en la sección A.6.4,5. Maquinarias, de la DIA.
Construcción de las obras de urbanización
Infraestructura de agua potable
La dotación de agua potable lo realizará la empresa ESSBIO S.A, debido a que el proyecto original con la modificación cuenta con factibilidad. (Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N*2. Documentos de la DIA).
Infraestructura de aguas servidas
La dotación de alcantarillado de aguas servidas lo realizará la empresa ESSBIO S.A, debido a que el Proyecto Original con la Modificación cuenta con factibilidad. (Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N%2. Documentos de la DIA).
Obras de drenaje y saneamiento:
Corresponde a la materialización de las obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias. Las instalaciones de aguas lluvias se ejecutarán en los trazados, diámetros, tipo de material y pendientes de acuerdo con los planos correspondientes (Planos Aguas Lluvias en Anexo N%2. Planos de la Adenda).
Construcción de la edificación
Pilas y socalzado
Primero se realizará la actividad de socalzados de manera de generar un sostenimiento temporal del suelo que conforma la excavación para los subterráneos que contempla la Modificación, con el objetivo de mejorar o mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda.
Obra gruesa subterráneos y edificios
«Fundaciones: Corresponde a las obras cuyo fin es otorgar un elemento estructural de transferencia de las cargas que considera la Modificación al terreno.
-Moldajes: Para la edificación sobre cota O, se considerará la actividad de moldaje que corresponderá a un conjunto de elementos dispuestos de forma tal que cumplen con la función de moldear el hormigón fresco a la norma y tamaño especificado, controlando su posición y alineamiento dentro de las tolerancias exigidas.
Para la modificación, se considerarán elementos, plásticos, aglomerado o similares. Su instalación se realizará procurando asegurar que no se deforme desde el momento del montaje hasta el descimbre. En estos deberán quedar colocados los elementos de anclaje y/o instalaciones que estarán incorporados o empotrados en las estructuras resistentes de hormigón. Cuando el moldaje se use en reiteradas ocasiones, se deberá tomar la precaución de mantener limpia y lisa su superficie, eliminando aquellas protuberancias originadas por el hormigón.
-Terminaciones: Corresponderá a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentado de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pinturas, puertas y ventanas, etc,
-Obras exteriores: Junto a la construcción del edificio, se procederá a la pavimentación y acondicionamiento de las calles interiores, tanto para la
8
circulación peatonal y vehicular de los residentes desde el acceso hasta los diferentes puntos de la Modificación.
“Tratamiento de Espacio Público: Previo a la recepción final del edificio, y durante la ejecución de las terminaciones, se desarrollará el Tratamiento de Espacio Público según solicitud municipal.
-Retiro de barreras acústicas y cubre vanos. Finalizada la fase de construcción se retirarán las barreras acústicas y cubre vanos.
Recursos naturales renovables
Suelo:
Se realizará escarpe en todas aquellas áreas donde se construirán las obras. Para efectos de cubicaciones, se ha considerado que el escarpe tendrá una rofundidad de 0,2 metros,
Volumen de | Volumen de escarpe | Volumen de excavación (mi, con | (m) excedentes (m?) esponjamiento)
23.051 1.404 24.455
(Fuente: Tabla 62. Detalle de excedentes de tierra Modificación, de la DIA).
Agua subterránea:
De acuerdo con el Estudio de Mecánica de Suelos y el seguimiento de la napa freática realizado, se utilizó una cota de terreno referencial de 100.0 metros, una profundidad inicial de la napa es de -8.13 metros en verano (Cota 91.87 m) y -7.00 metros en invierno (Cota 93.00 m). El modelo hidrogeológico arroja un aumento del nivel freático del terreno producto de la infiltración de las aguas lluvias, dejando la napa en 93.79 m en verano y 94.91 metros en invierno. Estas cotas se encuentran siempre por debajo de la cota referencial de terreno y se descartan afloramientos de agua producto del funcionamiento de los drenes de infiltración.
Se aclara que, la cota y profundidad máxima de excavación es de 91,08 mt y 8,92 mt respectivamente. De acuerdo a la programación de la obra, para el abatimiento, se considera una duración estimada de 6 meses desde el inicio de las obras de excavación
Para más detalle revisar en Procedimiento de Agotamiento de Napa Freática en el Anexo N*2. Documentos y Estudio Hidrogeológico del Anexo N93. Estudios de Especialidad de la Adenda.
Vegetación:
Para la ejecución del proyecto, será necesario realizar un despeje de vegetación, Cae indicar que, la superficie del proyecto (2.807,5 m2) se encuentra totalmente intervenida, y actualmente se desarrollan actividades en su interior. Se identificaron 19 especies de flora, en su mayoría correspondientes a Hierba perenne (Ver Tabla 24. Flora del Área de Influencia de la Adenda).
Emisiones y efluentes
Emisiones de material particulado y gases:
Las principales acciones que generarán emisiones atmosféricas durante la fase de construcción son:
Emisiones directas: Escarpe, Compactación, Nivelación, Excavación, Carga y descarga de material, Tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados al interior, Emisiones de combustión (Combustión de maquinaria, vehículos livianos, vehículos pesados, calderas y grupos electrógenos).
Emisiones indirectas: Tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados fuera del sitio, Descarga de camiones en sitio de disposición, Emisiones de combustión (Combustión de maquinaria, vehículos livianos, vehículos pesados).
Las siguientes tablas muestran el resultado de la estimación de emisiones de la fase de construcción, considerando emisiones directas e indirectas:
Emisiones Año 1 Año 2 Año 3 Año 4
MP2,5 Total | 1,47 1,44 0,15 0,01 en (ton/año)
MP10 Total | 3,24 2,80 0,64 0,06 en (ton/año)
(Fuente: Tabla 101. Cuadro resumen con emisiones MP2,5 totales en fase de construcción y Tabla 102. Cuadro resumen con emisiones MP10 totales en fase de construcción, Anexo 2 de la Adenda Complementaria)
Total
conjan | CO | Nox | co [sox [NH3 | CovD | Ch4 | N20 | CO2 0) Y M 3,64 | 15,61 | 1,23 | 0,93 | 0,00 | 0,001 0,00 | 0,01 | 0,05 6 7 7 3 1] í 3 8
(Fuente: Tabla 104. Cuadro resumen con emisiones de CO, COVDM, COV, NOX, SOx, NH3, CH4, N2O y CO2 Año 1., Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria)
Total donan | CO | NOX | CO |SOx | NH3 | COVD | CH4 | N20 | CO2 0) Y M 4.13 | 1653 | 128 | 091 | 0,00 | 0,003 [000 [0,02 | 0,09 2 1 4 l2 ]2 9 ló6 ls
(Fuente: Tabla 105. Cuadro resumen con emisiones de CO, COVDM, COV, NOX, SOx, NH3, CH4, N20 y CO2 Año 2., del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria)
Total domaño | CO | NO [CO [SO0x | NH3 | COVD | CHá | N20 | CO2
) x M M
0,46 | 1,00 | 0,06 | 0,00 | 0,00 [0,001 0,00 | 0,01 | 0,03 9 8 4 2 1 4 0 9 (Tabla 106. Cuadro resumen con emisiones de CO, COVDM, COV, NOX, SOx, NH3, CH4, N20 y CO2 Año 3., del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria)
Total donlaño co |no |co |sox | NH3 | covp | cH4 | N20 | CO2 ) x_|v M
0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 [0,00 | 0,000 0,00 ¡0,01 | 0,00 6 Ej 0 0 0 4 1 4
(Tabla 107. Cuadro resumen con emisiones de CO, COVDM, COV, NOX, SOx, NH3, CH4, N20 y CO2 Año 4., del Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria).
Cabe precisar que se presenta la superposición de las emisiones del proyecto original (Edificio Castellón) y de la modificación (Edificio Cruz), evaluando en su conjunto las emisiones, esto es, sumando el impacto de ambos edificios.
Se hace presente que, los siguientes resultados consideran el proyecto en su
totalidad, los distintos escenarios corresponden a:
-
Año ll: Construcción Edificio Castellón + Edificio Cruz
-
Año2: Construcción Edificio Castellón + Edificio Cruz
-
Año3: Construcción Edificio Cruz + Construcción y Operación Parcial Edificio Castellón
-
Año 4: Operación Completa Edificio Castellón + Construcción Edificio Cruz
Año MP2,5 MP10 NOx SO» (ton/año) (ton/año) (ton/año) (ton/año)
1 1,47 3,24 15,62 0,94
2 1,44 2,80 16,53 0,91
3 0,39 1,61 1,37 0,01
4 0,63 2,43 0,88 0,01
10
(Fuente: Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N*2. Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria)
En el marco de la Ley N*20.455/2022 Marco de Cambio Climático y en cumplimiento con el D.S. N"30/2024 sobre las Modificaciones al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se presenta a continuación las emisiones directas de gases de efecto invernadero (“GEP”) así como los resultados de CO2 equivalente en cada fase del Proyecto Original más la Modif£ cación.
Año _| Fase constructiva C02 eq (ton)
1 Construcción Edificio Castellón + 4,002 Edificio Cruz
2 Construcción Edificio Castellón + 7,987 Edificio Cruz
3 Construcción Edificio Cruz + 4,942 Construcción y Operación Parcial Edificio Castellón
4 Operación Completa Edificio 7,968 Castellón + Construcción Edificio Cruz
(Fuente: Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N*2. Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria).
Para la ejecución del proyecto Inmobiliario Edificio Cruz, se contará con la aplicación de un sistema de abatimiento, el cual corresponde a la implementación de un supresor de polvo. El producto escogido será el sloruro de Magnesio Hexahidratzdo (Bischofita) u otro que presente iguales o mejores características, Este es un compuesto altamente higroscópico, obtenido como subproducto de la elaboración de litio destinado al control eficaz de emisiones difusas y que permite alcanzar eficiencias de control de polvo superiores a un 90%. La dosis de aplicación para estabilizados ya entre 3% a 5%,
La Ficha Técnica del producto y su respectiva Hoja de Seguridad se presenta en el Anexo D. Ficha de la Bischofita y los detalles de su aplicación en el Anexo G. Programa de Estabilización de Caminos No Pavimentados Interiores del Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N“2, Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria.
El área de aplicación corresponde únicamente a la Modificación, en un tramo que correspondiente a la zona de circulación de camiones que comienza desde donde termina la zona de lavado de ruedas hasta la zona de carga y descarga aproximadamente, tal como se puede observar en la Superficie de aplicación de supresor durante la ejecución de Edificio Cruz. Cabe precisar que esta medida se aplicará sólo en caminos internos de la instalación de faenas del Edificio Cruz. Para mayor detalle revisar el archivo KMZ del del Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N?2. Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria.
Mayores detalles en el Anexo 2.1 de la Adenda Complementaria.
Emisiones líquidas: -Residuos líquidos industriales provenientes del lavado de ruedas
Se contempla una instalación para el manejo de residuos líquidos provenientes del lavado de ruedas de camiones y de todos los vehículos que abandonen el área de trabajo.
El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara decantadora. Dicha cámara será aproximadamente de 1,5x1,5x1,75 m. de profundidad, y se ejecutará en hormigón impermeabilizado (poliuretano, poliurea o similar) o bien como alternativa un depósito (estanque, cámara) de material plástico prefabricado que asegure estanqueidad. El personal de obra encargado verificará semanalmente el nivel de llenado del estanque y programará su retiro con la periodicidad necesaria, dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos.
11
Se realizará el lavado de canoas con una máximo de agua de 10 L destinados para este fin por camión mixero, este líquido se acumulará en un depósito construido para este proceso; sus medidas serán aproximadamente de 1,55x1,5x1 m de profundidad, y se ejecutará en hormigón impermeabilizado o bien como alternativa un depósito (estanque, cámara) de material plástico prefabricado. Esto permite la acumulación de 1.000 L de agua en total, permitiendo la decantación de material (básicamente cemento); el cual será retirado periódicamente como escombro.
Ver Figura 37. Sistema de lavado de ruedas y canoa, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
El detalle de los residuos líquidos previstos diariamente, producto del lavado de ruedas de los camiones que acceden a la obra y lavado de canoas, se presenta en la Tabla 48, Cantidades de agua requeridas —Proyecto Original más la Modificación, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
-Aguas servidas
El consumo promedio de agua de un trabajador es aproximadamente de 100 Its/día, lo que implica que se obtendrá un caudal máximo de aguas servidas de 30 m3 /día (300 trabajadores), proveniente, principalmente, de duchas, W.C., lavamanos, los que serán incorporados en las instalaciones de faenas, cumpliendo con lo señalado por la normativa vigente (D.S. 594/99 referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo). En cuanto a su disposición, estos serán descargados a la red de alcantarillado existente. Cabe mencionar que aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas.
Ruido
Para efectos de modelación, se consideraron 3 Frentes de Trabajo (FT), uno para la excavación y socalzado, el segundo para construcción de Obra Gruesa y Terminaciones a nivel de Suelo, y finalmente uno para las actividades de Obra Gruesa y Terminaciones en Altura.
Por otra parte, dado que el proyecto original más la modificación contempla la entrega de algunas torres mientras otras se encuentran en construcción, para efectos de modelación se consideraron 3 puntos de evaluación extras de manera de cuantificar las emisiones hacia los nuevos receptores Internos, los cuales se presentan más adelante.
Escenario 1: Obra gruesa y Terminaciones Edificio Castellón; Excavación y Socalzado Edificio Cruz.
Escenario 2: Obra Gruesa y Terminaciones Edificio Cruz; Operación Edificio Castellón.
Los resultados indican que, los valores estimados se encuentran por debajo de los máximos permitidos durante el periodo diurno, para el escenario 1 y escenario 2, considerando la implementación de las medidas de control establecidas.
-Ruido por Flujo Vehicular
Se estimó el ruido por flujo vehicular, cuyos resultados y evaluación permitieron concluir que no superan los límites establecidos en la norma de referencia FTA (ver detalles en Estudio de Ruido y Vibraciones Anexo N*2. de la Adenda Complementaria).
«Vibraciones
Las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) no superan los criterios de referencia toda la fase de construcción, considerando la implementación de zona de restricción, descrita en la tabla 4.2 del ICE. implementando las medidas de control establecida.
Medidas de control vibraciones Dado que la Modificación implica distintos Escenarios en donde las maquinarias y frentes de trabajo se desplazarán, según el cronograma a
12
ubicaciones distintas, será necesario implementar medidas de control de vibraciones para cada escenario.
Se establecen zonas de restricción en las cuales no podrá operar las maquinarias que se muestran en las siguientes tablas,
Fuente Recept | Distan | Distan | Distan | PPV Ly emisora | or cia del | cia al | cia Estimad | [Vd FT a | Interio | Total as B] Recept [| r del | entre [pulgada or[m] | Área FT y|ss] del Recept proyec | or [m] to [m] Rodillo RI 16 16 32 0,024 72 acta R2 20 5 25 0,035 15 R3 22 10 32 0,024 72 R6 16 9 25 0,035 75
(Fuente: Tabla 60. PPV y Lv estimados con Distancias de Restricción para uso de Rodillo Compactador — Fase de Construcción, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria).
Ver Figura 46. Áreas de Restricción Rodillo compactador - Fase de Construcción, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Fuente Recepto | Distanci | Distanci | Distanci | PPV Lv Emisora r ade FT fa al ja Total | Estimadas [VdB a Interior | entre FT | [pulgadas/s ] Recepto | del Área | y 1 r [m] del Recepto proyecto | rim] [m] Excavador | R1 16 2 18 0,025 72 a
(Fuente: Tabla 61. PPV y Lv estimados con Distancias de Restricción para el uso de Excavadora -- Fase de Construcción, Anexo 5 de la Adenda Complementaria).
Ver Figura 47. Áreas de Restricción Excavadora - Fase de Construcción, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
-Residuos sólidos domiciliarios
Durante la Fase de Construcción existirá la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. En la siguiente tabla se presentan los residuos sólidos domiciliarios generados diariamente en esta fase.
N? Tasa de Kg Densid | Volum | Volume | Volum Personas/ | Generación RS ad de en n en día (Kg/trabajador* | D/ RSD RSD/dí | RSD/día | RSD/dí día) día | (kgm) | 2a(m (litrosídí | a ¿día) a) (litros/ 3 días)
300 0,50 150 | 150 1 1.000 3.000 (máximo) 135 67, 0,45 450 1.350 (promedi 5 o)
(Fuente: Tabla 63. Residuos sólidos domiciliarios en fase de construcción “Modificación, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria)
Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal. En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado sanitaria y ambientalmente.
Considerando el proyecto original más la modificación, se contemplan un total de 6000 litros/3 días de RSD, distribuidos en los contenedores definidos en cada instalación de faenas.
-Excedentes de tierra
13
Pertenecen a los excedentes generados durante las actividades de escarpe y excavaciones. A continuación, se entregan los volúmenes considerados
Volumen de Volumen de Volumen de excavación (m9, | escarpe (mé) excedentes (m?) con
esponjamiento)
23.051 1.404 24,455
(Fuente: Tabla 64. Detalle de excedentes de tierra Modificación, Anexo 5 de la Adenda Complementaria)
Estos serán retirados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.
-Escombros de obras
Se estima un total de 2.609 m3 de escombros de obra generados por las diferentes actividades desarrolladas. Respecto a los restos de hormigón provenientes de las canoas mixer, estos serán retenidos en la cámara, los cuales una vez secos serán picados por personal de la obra y acumulados en una batea de escombros, En cuanto a su manejo, estos serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.
«Residuos peligrosos
En la siguiente tabla se presentan las cantidades estimadas de residuos eligrosos generados durante esta fase.
Residuo | Canti | Caracterí | Canti | Capacidad | Almacena Periodo de dad sticas de dad máxima de | miento almacena (mé peligrosid | de almacena miento imes) | ad residu | miento (decreto os (kg) supremo N?2 148/2003) Envase | 0,10 Inflamabl | 0,21 1.320 Tambor 3 meses s e m3 metálico vacíos /mes de 220 de litros pintura debidame Envase | 0,04 nto tapado cs. etiquetado vacios de solvent e Envase | 0,08 Ss vacios de pegame nto, aceites y barnice Ss
(Fuente: Tabla 65, Estimación y caracterización de residuos peligrosos durante la fase de construcción -Modificación, Anexo 5 de la Adenda Complementaria)
Mayores detalles en relación a los Residuos peligrosos en la sección A.6.7.2. Residuos peligrosos, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
"Sustancias peligrosas
14
Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S, N%3:2016 del MINSAL. Las hojas de seguridad de estas sustancias se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.6 Fase de construcción, del ICE.
Edificio
Corresponde a un edificio de departamentos de 23 pisos de altura, 253 departamentos y un Strip Center con 12 locales comerciales, estacionamientos vehiculares, estacionamientos de bicicletas y 88 bodegas. Su superficie construida es de 18.990,82 m? y la superficie del terreno es de 2.807,50 m?.
Planta Principales instalaciones
2? subterráneo | Estacionamientos vehículos, sala de bombas y estanques, bedegas.
1? subterráneo | Estacionamiento vehículos, bodegas, grupo electrógeno
1* piso Recepción, estacionamientos vehiculares, bicicleteros, sala de basura, lavandería, zona de precarguío, sala multiuso, Cowork, locales comerciales, bodegas, patio interior,
2*piso Locales comerciales, bodegas, departamentos.
3% - 22% piso Departamentos
23% piso Quincho, multiuso, calderas, gimnasio,
(Fuente: Tabla 28. Ubicación de instalaciones (Modificación), Anexo 5 de la Adenda Complementaria)
Estacionamientos residentes
. Total estacionamientos: 178 . Estacionamientos Bicicletas: 89. Se hace presente que el proyecto no considera estacionamientos de visitas
Salas de basuras
Para los residuos sólidos domiciliarios, se ha establecido un sistema de recolección que conduce hacia lz sala de basuras, las que serán manejadas por personal de aseo.
Ver detalles en Tabla 31. Residuos Sólidos Domiciliarios en fase de operación — Modificación, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria,
En relación al procedimiento de recolección, los habitantes contarán con shafis de basuras. Por estas vías los residentes botarán los residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaño pequeño y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior tales como botellas de vidrio o escombros. Posteriormente, los contenedores serán trasladados por personal de aseo desde la sala de basuras hasta la estación de pre- carguío, ubicada a un costado de la rampa de acceso vehicular.
Edificación Placa Comercial
El proyecto contará con un Strip Center con 12 locales comerciales, que se
emplazarán en el primer y segundo piso del Edificio Cruz. La superficie
contemplada para los locales comerciales corresponde a un total de 557,20 2
ae,
Estacionamientos locales
comerciales
El proyecto contempla 9 estacionamientos vehiculares. 1 cada 55-65 m? superficie construida m?.
Salas de basuras
Los residuos generados en locales comerciales serán llevados directamente a la zona de precarguío, para pasteriormente ser retirados por el camión recolector municipal,
Ver detalles en Tabla 33. Residuos Sólidos Domiciliarios locales comerciales en fase de operación (Modificación), Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Vialidad interna
La construcción de la Modificación consta con la pavimentación de zonas de circulación interna, asociadas a los estacionamientos del primero piso y los accesos a los subterráneos.
15
-
Ver Figura 29. Delimitación de la zona de circulación al interior de la Modificación (Subterráneo -2)., del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
-
Figura 30. Delimitación de la zona de circulación al interior de la Modificación (Subterráneo -1).
-
— Figura 31. Delimitación de la zona de circulación al interior de la Modificación (1”Piso).
Áreas verdes
El proyecto contempla paisajismo sobrepuesto (áreas verdes en macetas), que se definirán en el proyecto de paisajismo.
Infraestructura de agua potable
El sistema de abastecimiento de agua potable será mediante equipos presurizados, que impulsarán agua a los pisos superiores desde los estanques acumuladores, ubicados en el segundo subterráneo de la Modificación.
Infraestructura de aguas servidas
Todas las instalaciones interiores de alcantarillado se ejecutarán en tuberías de PVC rígidos según norma. Las uniones y accesorios deberán también cumplir con esta norma. Los diámetros serán los establecidos por los planos de la Modificación de la especialidad.
De acuerdo a las caracteristicas de la Modificación de proyecto y a lo informado por ESSBIO S.A en los certificados de factibilidad sanitaria con que se cuenta, para el servicio de recolección de aguas servidas de la Modificación no se requiere la construcción, extensión ni modificación de colectores de aguas servidas,
Respecto a los locales comerciales, se aclara que actualmente no se tiene claridad del destino de ellos. Sin perjuicio de lo anterior, ellos cumplirán con la normativa aplicable dependiendo de su rubro.
Infraestructura de aguas lluvia
Las aguas lluvias que aportan las cubiertas y pavimentos dentro del terreno de la Modificación, son recolectadas y evacuadas en forma gravitacional hasta un sistema de colectores y canaletas dentro de la propiedad.
Se considera infiltrar las aguas lluvias generadas por la Modificación a través de un sistema de drenes dentro del recinto.
1.- Aguas lluvias de cubierta y terrazas piso 23 se canalizan a través de las bajadas de aguas lluvia hasta el piso -2.
2.- Aguas lluvia de piso 1 (nivel estacionamientos descubiertos) se canalizan a través de bajadas de aguas lluvia, que recorren piso -1 llegando al piso -2.
3.- Las aguas lluvia se canalizan en el piso -2, donde se proyectan tres cámaras sentinas, las cuales elevan las aguas lluvia hasta el dren proyectado, ubicado en el piso 1 estacionamiento Strip Center del Edificio Cruz.
4.- Las aguas lluvias generadas por el proyecto Edificio Cruz se consideran infiltrar a través de un sistema de drenes dentro del recinto, tal como se muestra en el proyecto de aguas lluvia.
Mayores detalles en la sección A.5.10. Infraestructura de aguas lluvia, del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Infraestructura de electricidad, gas y telecomunicaciones
Se cuenta con conexión a la red eléctrica pública del sector.
Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos.
Respecto a las instalaciones para el suministro de gas natural, se considera acometida del tipo subterránea, desde el regulador que se instalará en la red pública hasta el edificio, mediante tuberías de diámetro y materialidad según normativa técnica correspondiente. Se aclara que el titular indicó que aún no se cuenta con el detalle de esta instalación, sin perjuicio de lo anterior deberá cumplir toda la normativa sectorial aplicable,
16
Finalmente, respecto a la infraestructura para telecomunicaciones, se contará con las canalizaciones de acuerdo a los requerimientos de la Ley de ductos (Ley. 20.808/2018). Se aclara que aún no se cuenta con el detalle de esta instalación, la que será estudiada y detallada en el expediente de construcción.
Operación del sistema de aires acondicionadcs, grupos electrógenos, calderas u otros equipos de combustión
La Modificación contará con un generador de 100 KVA para el Edificio Cruz, para abastecer de energía a las cargas prioritarias del edificio, en situación de corte de energía de la red mormal de la compañía suministradora y/o alguna owa situación de emergencia. El grupo electrógeno será para servicio Stand By (emergencia) con sistema automático de transferencia de cargas.
Tránsito de vehículos por caminos pavimentados al exterior
Considera la circulación de vehículos por vías externas pavimentadas, asociadas a la circulación de los residentes, de los usuarios de los locales comerciales y de los proveedores de locales comerciales durante la fase de Operación
Productos generados
No aplica. La tipología de proyecto no contempla generación de productos
Recursos naturales renovables
No aplica, El proyecto no considera extraer o explotar recursos naturales renovables durante la fase de operación.
Emisiones y efluentes
-Emisiones atmosféricas: MP:0, MP2,, NO,, Sox, NH, CO y COV
Durante la fase de operación del proyecto las emisiones atmosféricas se generarán principalmente por material particulado de resuspensión MP10, MP2,5 y gases de combustión, producto del tránsito de camiones proveedores de los locales comerciales, del tránsito de los residentes, del funcionamiento del grupo electrógeno y calderas. Añ | Emisión (Fon/año)
o
MP! | MP2, [CO [NO [CO | NH] covD | ch4 | N2 c02 0 5 x Y 3 M o
3 0,96 | 0,248 | 0,05 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,007 0,00 [ 0,00 | 0,20 3 6 3 2 1 7 3 0
4 244! | 0,618 | 0,13 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,016 0,01 | 0,01 | 0,47 9 3 7 7 1 6 2 7
5 2,61 0,667 | 0,14 | 0,00 0,00 | 0,00 0,018 0,01 [| 0,01 | 0,51
3 9 7 7 1 3 3 2 (Fuente: Tabla 151, Resumen de emisiones fase de operación en (ton/año), Anexo 2 de la Adenda Complementaria).
Mas detalles en el estudio de emisiones atmosféricas (actualizado), Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
-Emisiones líquidas
Durante esta fase, existirán residuos líquidos que serán conducidos a la red de alcantarillado del sector.
Se cuenta con el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por ESSBIO S.A. Para mayor detalle ver Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N*2. Documentos de la DIA.
-Ruido
Considerando las características del proyecto y con el objetivo de controlar las emisiones de ruido a los residentes de los edificios en horario nocturno, la descarga de los grupos electrógenos contará con un silenciador crítico que proveerá al menos 22 [dB] de pérdida por inserción
Ver Figura 54. Silenciador de escape, Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Como se puede apreciar durante la fase de operación del proyecto, al incorporar las medidas de control, todos los receptores externos e internos tendrían niveles de ruido por debajo de los límites para horario diurno y nocturno, encontrándose entre 16 y 50 [dB(A)] de nivel de presión sonora estimada en receptores.
En cuanto al ruido por flujo vehicular durante la fase de operación, ver Tabla 95. Categorización de Impacto por Flujo Vehicular — Hora Punta Mañana -- Fase de Operación, Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
17
Mayores detalles en Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N%2. Estudios de Especialidad de la Adenda Complementaria,
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
-Residuos sólidos domiciliarios
Se estima la generación de residuos domiciliarios durante la fase de construcción, en atención a los siguientes items.
Durante la fase de operación habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes de los departamentos.
Ítem
Edificio Cruz
Cálculo de basura Locales Comerciales
Metros cuadrados útiles 547,12 m? Basuras/L/día 2L
Basuras/restaurant/día 1.094,24 L Basuras/restaurant/3 días 3.282,72 L
Cálculo de basura, pisos 29-22" (departamentos)
N? habitantes 714 Basuras/L/día 4L Basuras/edificio/día 2.856 L Basuras/edificio/3 días 8.568 L
Cálculo N? de ductos departamentos pisos 29-239.
N? departamentos 253
Dep. por ductos 40 (por cada 0,20 m?) Total ductos 6 ductos
Área de ductos 0,20 m?
Se considera un compactador de basura, el cual reduce a 1/3 la basura, con lo cual se consideran 3.950,24 L (11.850,72 Lx 1/3)
de basura en el edificio cada 3 días. Basuras/locales-dep./3 días=3.950,24 L Total containers (120 L) 32,9=33
Se proyectan 33 containers de 120 L. (Fuente: Tabla 98. Residuos Sólidos Domiciliarios en fase de operación — Modificación, Anexo 5 de la Adenda Complementaria).
Se hace presente que, durante la fase de operación no se considera la generación de residuos sólidos peligrosos
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.7 Fase de operación, del ICE.
4.33.FASE DE CIERRE
No aplica
El proyecto no contempla fase de cierre, toda vez que, dada su tipología, la vida útil es indefinida.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.8 Fase de cierre, del ICE,
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4:4:1:FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Septiembre 2024, sujeto a la obtención de la RCA favorable y los Permisos Ambientales aplicables.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Instalación de Faenas
Fecha estimada de término
Diciembre2026
18
Parte, obra o acción que Entrega Final establece el término
Fecha estimada de inicio Enero 2027
Parte, obra o acción que Recepción municipal establece el inicio
Fecha estimaca de término | No aplica
Parte, obra o acción que No aplica establece el término
No aplica Al ser un proyecto inmobiliario no considera fase de cierre.
5”, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental Aumento del riesgo pre-existente por aumento de la concentración de MP10 y MP2.5
Parte, obra o acción que lo genera + Movimiento de tierra + Tránsito interno de maquinaria + Tránsito externo de maquinaria y vehículos
Fase en que se presenta Construcción y operación
Impacto ambiental Aumento de los niveles de presión sonora de los receptores más cercanos. Durante la fase de construcción el proyecto generará la mayor cantidad de emisiones de ruido
Parte, obra o acción que lo genera + Movimiento de tierra e Obra gruesa + Terminaciones e Tránsito vehicular Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración a receptores sensibles por vibraciones generadas en la
construcción del proyecto
Parte, obra o acción que lo genera Instalación de faena
Movimientos de tierra (escarpe, cortes y relleno)
Obra gruesa
Uso de maquinaria (rodillo compactador, retroexcavadora, motoniveladora, camión mixer, minicargador)
Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles + Tabla5.1. Salud de la población, del ICE
sobre este impacto específico + Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.
Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, del ICE
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población, en los términos que establece el artículo 5 del DS. N*40/2012 RSEIA son:
El proyecto original y su modificación propuesta, se emplaza en la comuna de Concepción, Declarada Zona Latente por Material Particulado respirable MP10 como concentración de 24 horas, mediante D.S. N41/2006 del MINSEGPEES y Declarada Zona Saturada por Material Particulado fino respirable MP2.5, como concentración diaria, mediante el D.S. N15/2015 del MMA. Actualmente se encuentra en vigencia el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano, mediante Decreto N? 6/2018 del MMA,
Los resultados permiten concluir que el aporte en términos de concentraciones del proyecto es muy bajo en comparación a la situación actual de cada receptor identificado, por lo que los aportes no son significativos para todos los receptcres evaluados.
19
A mayor abundamiento, se compararon los resultados obtenidos con los criterios de significancia presentados en el documento “Criterio de Evaluación en el SELA: Impacto de Emisiones en Zonas Saturadas por Material Particulado Respirable MP10 y Material Particulado Respirable Fino MP2,5 (2023)”. Según el documento de referencia y de acuerdo a los resultados de las emisiones se utilizó la Tabla 1 del Criterio de Evaluación, toda vez que la duración de la fase de construcción del proyecto en su totalidad tiene una duración de más de 3 años, donde además es posible visualizar que las máximas emisiones de material particulado se presentan en la Fase de Construcción.
Los aportes del proyecto y el límite de significancia se presentan en las siguientes tablas de la Adenda: + Tabla 67. Aportes del proyecto y Nivel de Significancia MP10 Media Anual + Tabla 68. Aportes del proyecto y Nivel de Significancia MP10 24 Horas + Tabla 69. Aportes del proyecto y Nivel de Significancia MP2,5 Media Anual + Tabla 70. Aportes del proyecto y Nivel de Significancia MP2,5 24 Horas
De acuerdo a los resultados obtenidos, es posible concluir que en ninguno de los receptores identificados el aporte de concentraciones(ug/m?) del proyecto alcanza el límite de significancia (g/m?). Considerando lo anterior, es posible concluir que el proyecto en el peor escenario no generará un impacto significativo sobre la salud de la población, como consecuencia de la generación de emisiones atmosféricas.
En relación a los gases de efectos invernadero y forzantes climáticos de vida corta, es preciso señalar que no se cuenta con una norma que establezca la cantidad máxima de un gas de efecto invernadero y/o un forzante climático de vida corta. Se utilizó la plataforma del Sistema Nacional de Inventarios de Gases de Efecto Invernadero de la Región del Biobío, por lo que, al comparar los resultados obtenidos con la información disponible, es posible determinar que los gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta del Proyecto Original y la Modificación, no generan un impacto significativo respecto del resto de sectores productivos. El detalle de la evaluación de GEly forzantes climáticos de vida corta se presentan en las siguientes tablas del Estudio de Emisiones atmosféricas (Anexo 2 de la Adenda Complementaria)
e Tabla 160. Emisiones CO2 equivalente, fase de construcción
-
Tabla 161. Emisiones CO2 equivalente, fase de Operación.
-
Tabla 162. Total emisiones CO2 equivalente.
» Tabla 163. Relación CO2 entre el Proyecto y las emisiones a nivel Regional. De acuerdo a los resultados obtenidos es posible indicar que, el periodo de mayor emisión del proyecto original y la modificación corresponde solo a un 0,0000007% de las emisiones de CO2 eq a nivel regional, por lo que los gases de efecto invernadero y forzantes climáticos de vida corta no generan un impacto significativo respecto a las que se producen en el resto de los sectores productivos de la región.
Por otra parte, para efectos de la evaluación de ruido por flujo vehicular se utilizó como referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos. Los resultados y posterior evaluación permitieron concluir que el proyecto original más la modificación tanto en su fase de construcción como en operación cumple con el criterio de la norma de referencia.
En cuanto a vibraciones que se generarán durante la fase de construcción, se utilizó como norma de referencia FTA “Noise And Vibration Manual. Quantitative Construction Vibration Assessment Methods”. Dicho manual define niveles de vibración promedio para distintos tipos de maquinaria. De acuerdo a los resultados obtenidos, es posible indicar que tanto las Velocidades Peak de Partículas (PPV) como los Niveles de Vibración (Lv) se encuentran por debajo de los criterios de referencia toda la fase de construcción.
En cuanto al ruido establecido en la normativa ambiental vigente, de acuerdo con los antecedentes presentados por el titular, específicamente en el Estudio de ruido (Anexo 4.3 de la DIA, actualizado en el Anexo 3.3 de la Adenda y Anexo 2.2. de la Adenda Complementaria) y su posterior evaluación es posible concluir que el proyecto no superará los valores de ruido establecidos en el D.S. N*38/11 del MMA, correspondiente a la normativa ambiental vigente.
Finalmente, cabe indicar que el proyecto no generará exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones, efluentes y residuos sobre los recursos naturales. Al respecto, de acuerdo a lo indicado en la Guía “Riesgo para la salud de la población” es posible indicar que “dado que no hay posibilidad de contacto entre personas y contaminantes, no hay posibilidad de exposición y no hay riesgo a la salud de las personas”.
En atención a lo anterior y a los antecedentes disponibles en el expediente del proyecto, es posible concluir que
el proyecto no generará riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del D.S. N40/2012 RSEIA.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
20
Impacto ambiental Pérdida de suelo
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Suelo
Parte, obra o acción que lo genera » Escarpe » Movimiento de tierra + Construcciones permanentes
Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Afectación al recurso hídrico subterráneo en términos de nivel y cantidad
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Agua
Parte, obra o acción que lo genera e Agotamiento de napa
Fase en que se presenta Construcción
Impacto ambiental Aumento de la concentración de material particulado MP2.5 y MP10
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Aire
Parte, obra o acción que lo genera e Tránsito de vehículos en caminos no pavimentados e Movimiento de tierra + Traslado de materiales para la construcción e Tránsito de maquinaria y vehículos tanto dentro como fuera del proyecto + Tránsito de vehículos por caminos pavimentados internos y externos + Combustión interna de los motores de los vehículos que transitan Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida de vegetación
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Flora
Parte, obra o acción que lo genera + Escarpe o Extracción de la capa vegetal » Preparación de terreno
Fase en que se presenta Construcción y operación
Referencia al ICE para mayores detalles | e Sección 5.2 del ICE
sobre este impacto específico » Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia,
Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, del ICE.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los Recursos Naturales Renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en los términos del art. 6 del D.S, N*40/2012 RSEIA son:
En el área de influencia del proyecto, no se registró la presencia de recursos naturales renovables escasos, únicos y representativos, de acuerdo a los criterios indicados en la sección 5.2. de la guía de evaluación de impacto ambiental “Efectos adversos sobre recursos naturales renovables”. Lo cual, corresponda a que el área de emplazamiento del proyecto se encuentra altamente intervenida por actividades antrópicas. Por lo anterior, el área en que se lccalizará el proyecto en condición base, no posee atributos ni capacidad, dada la presión antrópica y crecimiento u-bano, para sustentar biodiversidad relevante desde el punto de vista ambiental.
Dadas las características del área, así como su uso normado en los instrumentos de planificación vigentes, el proyecto no generará un efecto adverso significativo en suelo y su capacidad para sustentar biodiversidad, se acredita el cumplimiento de normativa respecto del manejo de efluentes, residuos y sustancias, por lo cual no se prevé la contaminación del suelo, y se presentan planes de contingencia y emergencia ante situaciones de riesgo.
En cuanto la caracterización de flora, se indicó la presencia de 19 especies. La mayoría de los individuos identificados corresponde a hierbas de origen introducido. Como especie nativa solo se identificaron Duraznillo Negro (Cestrum parqui) y sombrilla (Cyperus eragrostis). No obstante, dada la intensa actividad antrópica que se realiza en el área de estudio, la cobertura de las especies es inferior al 5 %. Por su parte, en relación al componente fauna, no se registró la presencia de reptiles ni anfibios. Respecto de las aves, sólo se encontró una pareja de gorricnes haciendo uso de los árboles que se encuentran en el área, el resto de las aves registrada visualmente corresponde a gaviotas y palomas, las que se divisan haciendo uso de techos cercanos.
21
En particular, en relación a la acción de agotamiento de napa, es posible indicar que, en el caso más desfavorable, esto es, deprimir la napa en época de invierno, el tiempo de recuperación será de máximo 72,3 horas (aproximadamente 3 días). Por otra parte, en la época de verano, la recuperación tardaría aproximadamente 7 horas.
A mayor abundamiento, se evaluó el efecto tanto del agotamiento de la napa freática en el período constructivo como la ubicación de drenes de infiltración como solución de aguas lluvias.
Para la época de verano, los resultados obtenidos indican que no hay cambios en el nivel piezométrico de la Laguna Tres Pascualas. El aumento del nivel freático en infiltración no superará la cota de terreno, por lo que no generará afloraciones. Por lo tanto, De acuerdo con los resultados obtenidos para la época de verano, se tiene que no existe afectación por las obras proyectadas a la Laguna Tres Pascualas, tanto en período constructivo como operacional.
En cuanto a los resultados durante la época de invierno, tampoco se generan cambios en el nivel piezométrico de la Laguna Tres Pascualas.
En el periodo operacional, el aumento del nivel freático en infiltración no supera la cota de terreno, por lo que no genera afloraciones. En este contexto, es posible indicar que la inclusión de drenes infiltración en la zona de proyecto no generará cambios en la situación basal, ya que actualmente las aguas lluvias infiltran naturalmente en el terreno.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.2 del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos
naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en los términos establecido en el art. 6 del D.S. N*40/2012 RSEIJA.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental Susceptibilidad de alteración a los sistemas de grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera e Faenas e Habitabilidad de viviendas
Fase en que se presenta Construcción y operación
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida por daños en infraestructura
Parte, obra o acción que lo genera e Instalación de faena
e Movimientos de tierra (escarpe, cortes y relleno)
-
Obra gruesa
-
Uso de maquinaria (rodillo compactador, retroexcavadora, motoniveladora, camión mixer, minicargador)
Fase en que se presenta Construcción y operación
Impacto ambiental Disminución de radiación solar a receptores cercanos Parte, obra o acción que lo genera e Edificios
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores detalles | « Sección 5.3 del ICE
sobre este impacto específico + Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, del ICE,
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no presenta o genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos fueron:
El proyecto se emplazará en zona urbana de la comuna de Concepción, específicamente en Zona HRI, según lo indicado en el Certificado de Informaciones Previas (CIP, Anexo 2 de la DIA).
Lo anterior explica la existencia de grupos humanos (vecinos) en sectores adyacentes al área de emplazamiento del proyecto. Además, cabe indicar que, el área de influencia del proyecto no presenta viviendas en la zona de intervención, por lo cual el proyecto no considera relocalización de personas, ni grupos humanos.
El proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales al interior de la zona del proyecto, ya que se encuentra intervenida. Ver fotografias actuales del sector (Anexo 6 de la DIA).
22
El sector es principalmente residencial, con una cantidad importante de edificaciones en altura y casas, acompañadas de un gran número de locales comerciales, los cuales están enfocados a satisfacer las necesidades de los residentes presente en el área, Se hace presente que, en el área de influencia no se identificaron comunidades indígenas u otros grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, ni ocupación del área del proyecto o sectores aledaños donde se realicen ritos o se practiquen tradiciones, manifestaciones culturales, ritos espirituales u otros ligados a las comunidades indígenas de la comuna.
Ver Estudio de medio humano (Anexo 4 de la DIA).
En cuanto al recurso hídrico, la ejecución del proyecto, en particular la acción de agotamiento de napa, no generará una afectación a terceros, toda vez que, el titular realizó un catastro de usuarios de aguas del Área de Influencia, se definió un área de búsqueda de aproximadamente 0,5 km? la que se encuentra delimitada por las calles Vicuña Mackenna, Rengo, Juan Martínez de Rosas y Orompello, de la comuna de Concepción (ver Figura 2. Área de catastro de usuarios, de la Adenda Complementaria).
Se identificaron únicamente dos usuarios en la zona catastrada, los cuales se encuentran en las calles Manuel Bulnes y General Cruz, los cuales se encuentran a una distancia de entre 300 y 380 metros de la zona de proyecto, aproximadamente (ver detalles en Figura 3. Resumen de catastro, de la Adenda Complementaria). considerando que la mayor parte del agotamiento se realizará en época de verano, la disminución del nivel freático producto del agotamiento no es considerable en la zona de los pozos encontrados. Los resultados entregan una disminución de aproximadamente 20 cm en época de verano y 40 cm én época de invierno, considerando además que el tiempo de recuperación se mide en horas, es decir, en el caso más desfavorable, esto es, deprimir la napa en época de invierno, el tiempo de recuperación será de máximo 72,3 horas (aproximadamente 3 días). Por otra parte, en la época de verano, la recuperación tardaría aproximadamente 7 horas.
Por lo que se concluye que la ejecución del proyecto no generará ura restricción al acceso del recurso hídrico para los actuales usuarios.
Por otra parte, para identificar si el proyecto genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, Se realizaron los siguientes análisis para la fase de construcción y fase de operación:
- Análisis de capacidad de veredas y tiempos de desplazamientos peatonales,
Análisis vehicular de flujo de camiones del Proyecto Original (Edificio Castellón) y Modificación
(Edificio Cruz) y tiempos de desplazamiento vehicular.
s Análisis de capacidad del servicio de transporte público y tiempos de desplazamientos.
- Análisis de niveles servicio de ciclovías y tiempos de desplazamientos. Al respecto, se concluyó que las personas no verán afectados sus tiempos de desplazamiento hacia el transporte público presenze en el área de influencia con la construcción del proyecto original y modificación. Así como los tiempos de desplazamientos peatonales de las rutas evaluadas no serán alterados con el aporte de peatones con la construcción del Edificio Cruz (modificación).
En cuanto al transporte público, no se alterarán las frecuencias de los buses, las personas que ocupan los paraderos en la fase de construcción del proyecto original y modificación, por lo que no verán afectado su tiempo de traslado ya que podrán abordar los buses según su frecuencia actual, teniendo estos últimos capacidad para absorber los pasajeros que aporta el proyecto original (Edificio Castellón) y modificación (Edificio Cruz).
De la misma manera, no se producirá una alteración significativa en los tiempos de desplazamiento de los ciclistas con el aporte de ciclistas del proyecto.
En cuanto a la fase de operación, destaca el análisis vehicular considerando la habitabilidad de todos los departamentos y respectivo uso de vehículos, De acuerdo a los resulzados obtenidos, se puede corroborar que aquellos arcos Conde la situación base ya es superior al 85%, en la situación con proyecto original y modificación se demuestra que tal porcentaje no supera más allá de un 1%. Por lo tanto, no se genera un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento. Mayores detalles en Excel Análisis Peatonal del Estudio del Sistema de Movilidad Local del Anexo N"3 de la Adenda.
Por otra parte, respecto a la fase de construcción del proyecto, no existirá población permanente en el sector, sino más bien sólo mano de obra considerada como población flotante. Por su parte, para la fase de operación, el proyecto no afecta el acceso y calidad de los servicios de salud, educación y comercio del Área de Influencia y, por tanto, no se modifica significativamente la situación existente, se concluye que la ejecución del proyecto no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica
Finalmente, en relación a la afectación por sombra hacia las viviendas aledañas, se presentó un informe de análisis de sombra de día (Anexo 3.7 de la Adenda), donde se indica que durante el 66% del año, el proyecto no genera sombra sobre las viviendas al sur de éste. En segundo término, en los 134 días de peor asoleamiento generado por el proyecto, a los 12 terrenos afectados en Calle Gral. Cruz, la sombra del proyecto impacta en no más de 3 horas al día, logrando un asoleamiento efectivo de un 66% respecto de las horas de sol efectivo diario. Al respecto, se hace presente que las normas internacionales de salud, hablan que para tener una vida saludable, se requiere a lo menos de 30 minutos de exposición solar al día para contar con la Vitamina D suficiente. Por lo que es posible concluir que el proyecto no generará afectación significativa a la población por la generación de sombra hacia los residentes cercanos.
23
Mayores antecedentes en el Estudio de medio humano (Anexo 4.4 de la DIA y actualizado en el Anexo 3.5 de la Adenda)
En atención a lo anterior, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6,3 del ICE es posible concluir que el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en los términos del art. 7 del D.S. N*40/2012.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental Eventual alteración de aportes a la Laguna Tres Pascualas, humedal asociado a limite urbano
Componente(s) ambientaK(es) afectado(s) | Valor ambiental
Parte, obra o acción que lo genera Todas las partes, obras y acciones del proyecto
Fase en que se presenta Construcción y operación
Referencia al ICE para mayores detalles | « Sección 5.4 del ICE sobre este impacto específico + Sección 5.5. del ICE
- Tabla 6.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, del ICE.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no afectará significativamente poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares son:
El proyecto se emplaza a 730 m. de la Laguna Tres Pasocualas, la cual cuenta con valor ambiental en términos del SELA.
En el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto. En este contexto, se hace presente que, el proyecto se encuentra a una distancia de 730 metros lineales del humedal “Laguna Tres Pascualas”, el cual corresponde a un humedal ubicado total o parcialmente dentro del límite urbano, según el Inventario Nacional de Humedales de Chile. del MMA. Al respecto se evaluó si el proyecto pudiese generar un impacto indirecto sobre el ecosistema, a propósito de acciones del proyecto, particularmente el agotamiento de napa.
Al respecto, se concluyó, de acuerdo con los resultados del estudio y evaluación hidrogeológica (Anexo N93, de la Adenda), que:
a) Los procesos de extracción de caudal o infiltración de aguas lluvias por drenes no generan afectación en el Humedal.
b) No hay cambios en los niveles piezométricos del Humedal, tanto en el periodo constructivo como operacional, c) No se generan cambios en la situación basal, ya que actualmente las aguas lluvias infíltran naturalmente en el terreno,
d) Al no existir interacción entre las obras del proyecto y el Humedal no se generan alteraciones físicas O químicas que puedan afectar las componentes de la misma. Por tanto, se concluye que las partes, obras y/o acciones a ejecutar no afectarán al Humedal urbano “Laguna Tres Pascualas”, por lo que no forma parte de su área de influencia.
En cuanto a la presencia de GHPPI, como se indicó anteriormente, en el área de influencia del proyecto no existe presencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, por cuanto, no hay presencia de población protegida. En atención a lo anterior, y a las características actuales del área de influencia del proyecto, es posible indicar que el territorio no cuenta con valor ambiental en los términos del SEIA, toda vez que no corresponde a un territorio con nula o baja intervención antrópica, ni provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni presenta sistemas o formaciones naturales que presenten características de unicidad, escasez o representatividad.
Por otra parte, se hace presente que, el proyecto no afectará poblaciones protegidas como fue indicado precedentemente, toda vez que no se identifican dentro del área de influencia.
En atención a lo anterior, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.4. del ICE, es posible concluir que el proyecto no se emplaza en ni próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la
24
conservación, humedales protegidos ni glaciares, susceptibles de ser afectados, ni posee valor ambiental en los términos del art. 8 del D.S. N*40/212 RSEIA.
5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No aplica, El área de influencia del proyecto no presenta valor paisajístico ni turístico en los términos del SEIA. Toda vez que no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la haga única y representativa.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | No aplica
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles | e Sección 5.6 del ICE sobre este impacto específico s Sección 6.5 del ICE
e Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia, Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, del ICE.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no generará alteración significativa al valor paisajístico ni turístico, en los términos de SEIA son:
El área de influencia no presenta valor paisajístico en los términos del SEIA. Al respecto, se hace presente que, la configuración del paisaje en el área de influencia es el resultadc del desarrollo de actividades y usos del territorio, debido a esto es que en el sector se presenta principalmente un paisaje diverso, altamente intervenido, donde es posible observar una zona urbana consolidada.
En cuanto a la calidad del paisaje, ésta presenta un valor bajo y medio para las unidades de paisaje analizadas. Mayores antecedentes se presentan en el Estudio de paisaje (Anexo 3 de la Adenda).
Respecto del valor turístico, no existen antecedentes de que dicha área posea un valor turístico a escala local o regional en términos del SEIA, ya que no presenta valor paisajística, cultural ni patrimonial, ni atrae flujo de visitantes o turistas hacia ella.
En atención a 1) anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.5 del ICE, es posible concluir que el proyecto no alterará significativamente, en términos de magnitud o duración, el valor paisajístico o turístico de la zona, en los términos del art. 9 del D.S, N%40/2012 RSEIA.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural Parte, obra o acción que lo genera «+ Movimiento de tierra e Escarpe
e Excavaciones
Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles | e Sección 5.7 del ICE sobre este impasto específico » Sección 6.6. del ICE
e Tabla 6.6 Sobre la irexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, del ICE.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no generará alteración al patrimonio cultural, en los términos de SEIA son:
En el área de influencia del proyecto no se encuentran construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo el patrimonio cultural indígena, de acuerdo a los antecedentes presentados en el Informe Prospección Arqueológica (Anexo 4,6 de la DIA).
Asimismo, no ss identificaron lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas. Las asociaciones indígenas identificadas en la comuna se localizan fuera del área de influencia del proyecto.
25
10.2.6. Emergencia: Proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Se puede producir debido a que durante la construcción se generarán residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios en la instalación de faena, los cuales podrán atraer estos vectores.
Acciones a implementar
Al detectarse vectores:
Se llamará de inmediato a la empresa encargada de eliminar plagas y se coordinará una visita a la brevedad.
Se le informará al personal para que tomen las precauciones y resguardos necesarios para no verse afectados por los vectores
Oportunidac y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier relevante relativo a esta materia).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados, = Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u oxra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia a. ICE o documentos del expediente da evaluación que contenge la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.7. Emergencia: Incen:
dio
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Esta situación se puede generar por la presencia de residuos incandescentes y/o la presencia de altas temperaturas
Acciones a implementar
Si no es posible apagarlo con un extintor se deberá comunicar rápidamente al supervisor, quien coordinará con el Prevencionista de Riesgo la llegada de equipos de emergencia
-
Se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al punto de encuentro de emergencia definido en cada faena de trabajo.
-
El Jefe de Terreno y el Prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal.
-
El supervisor y capataz debe verificar que esté todo su personal a salvo.
-
Sólo se regresa al lugar de trabajo cuando se dé la señal de retorno a cargo del Jefe de Terreno.
-
Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información
$3
necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http:/snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente: » Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier relevante relativo a esta materia). * La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
- La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.
- Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.8. Emergencia: Derrame de sustancias o residuos peligrosos dentro del predio en donde se llevará a cabo
la construcción del proyect
O
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Se pueden producir debido al mal almacenamiento o mala manipulación de las sustancias o residuos peligrosos o al mal estado de sus contenedores.
Acciones a implementar
En caso de generarse un derrame:
- Se deberá detener inmediatamente la actividad que provocó el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando la zona.
» Restringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido el derrame.
Proceder a controlar el derrame en la fuente, reparando mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando llaves o válvulas abiertas, según sea el motivo de la contingencia.
-
Disponer de material absorbente sobre el derrame con el fin de minimizar la extensión de éste e infiltración en el suelo desprotegido.
-
Una vez absorbido la sustancia o residuo, se deberá retirar el material absorbente contaminado para disponer en recipientes apropiados y herméticos, como tambores, los que serán llevados a la bodega RESPEL y finalmente a un lugar de disposición final autorizado.
» Remover la capa de suelo contaminado y disponerlo de la misma manera que para el material absorbente contaminado.
- Recuperar el suelo perdido disponiendo de suelo limpio en el lugar alterado si fuera necesario,
» Finalmente se investigará cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunicará a la Superintendencia de MA, lo anterior en un plazo no superior a 15 días.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente: +
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del
54
evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier relevante relativo a esta materia).
-
La identificación del área afectada v su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. » Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.9. Emergencia: Derrames y/o accidentes de tránsito dentro y fuera de la instalación de faena
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Los derrames se pueden producir por ral estado de los contenedores (tolva) donde se transporten los materiales o residuos, por una carga mal estibada o por un volcamiento o choque en el que se vea involucrado el camión transportador. Un accidente de tránsito puede acontecer por una falla mecánica, por mal estado de la ruta y por falla humana.
Acciones a implementar
En caso de generarse un derrame:
El chofer con su peoneta procederá a contener el derrame con el material absorbente.
» Posteriormente darán aviso de lo sucedido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo describiendo el hecho, el lugar en donde ocurrió, el material o residuo derramado y en base a ellos se activarán las acciones a seguir. Las acciones a seguir van a depender de la envergadura del derrame, estas acciones pueden incluir, evaluación de la situación en terreno, limpieza exhaustiva de la zona en donde se produjo el derrame, retiro del material o residuo derramado para su posterior disposición final en sitio autorizado, aviso y coordinación con la Dirección Regional de Vialidad. Además, se deberá investigar la causa que ocasionó el derrame y en base a ello emitir un informe a las autoridades correspondientes.
-
Coordinación inmediata con Bomberos, Carabineros de Chile y la Dirección Regional de vialidad En caso de un accidente de tránsito:
-
El chofer o peoneta procederán a dar aviso a carabineros y/o ambulancia si corresponde, además deberán comunicar lo ocurrido al administrador de la obra y al prevencionista de riesgo.
-
Coordinación inmediata con Bomberos, Carabineros de Chile y la Dirección Regional de vialidad
-
Si con ocasión del accidente se produce un derrame se aplicarán las medidas descritas en el apartado anterior,
-
Si debido al accidente se ocasionaran daños en la vía pública y la responsabilidad sea del chofer del camión trasportador, el titular responderá.
-
Una vez pase la emergencia se averiguará la causa del accidente y se generará un informe para enviar a las autoridades correspondientes
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
7
55
li. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
iii, Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.10. Emergencia: Cortes de suministro de servicios básicos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Se pueden producir por fallas generalizadas en los sistemas internos de los proveedores de estos servicios, por fallas en las cañerías (agua potable) o por cortes de cables o caídas de postes de luz, entre otros.
Acciones a implementar
Si se produce un corte de luz: * Se activará el uso de generadores
» Posteriormente se averiguará con el proveedor la causa de dicho corte y en base a esa información se determinará la continuación o cese de las faenas
Si se produce un corte de agua potable: + Se dispondrán los bidones en los frentes de trabajo
» Posteriormente se averiguará con el proveedor la causa de dicho corte y en base a esa información se determinará la continuación o cese de las faenas
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E, N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
tii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.11. Emergencia: Contaminación a Recursos Hídricos
Fase del Proyecto a la Construcción que aplica Parte, obra o acción Excavaciones
asociada
56
Acciones a :mplementar
En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, indicando lo siguiente:
-
Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
-
Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
» Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).
Oportunidac y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del S:stema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http:/+snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/
Se reritirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho iaforme considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, eto.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexc 3 de la Adenda Complementaria
10.2.12. Emergencia: Derrame de zguas utilizadas en el procedimiento de limpieza por hormigón
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Área de lavado de ruedas y canoas en la Instalación de Faenas
Acciones a implementar
En caso de derrame, se procederá a contener el líquido o sustancia con material absorbente
» Una vez contenido el líquido, se eliminará el material absorbente como residuo asimilable a domiciliario o peligrosos, según corresponda. Posteriormente se limpiará la zona del derrame, esta acción puede ser manual o mecánica dependiendo de la envergadura del dezrame y siempre se llevará a cabo utilizando los EPP correspondientes a dicha acción.
- Finalmente se investigará cual fue la razón por la cual ocurrió el derrame para tomar las medidas necesarias para evitar un nuevo derrame y posteriormente se comunicará a la Superintendencia de MA, lo anterior en un plazo no superior a 15 días.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R,E, N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter Generel sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa,sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de
57
Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
» Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
- La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
« La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
- Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10,2,13. Emergencia: Mal funcionamiento de grúa torres
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Trabajos en altura
Acciones a implementar
En caso de inducción eléctrica: - No abandona la grúa. - No tocar las partes metálicas de la grúa
Si es posible, conducir la grúa fuera de la zona peligrosa. - Avisar a las demás personas. - Ordenar que se corte la corriente en la línea tocada / dafiada. - Abandonar la grúa, solo después que la línea eléctrica esta desconectada
En caso de contingencias de origen climático o natural
Si se está trasladando una carga, el operador intentará descenderla de inmediato en un lugar seguro,
-
De no poder hacerlo, el operador dará aviso al rigger para que evacúe de inmediato al personal, y dejará de operar el equipo
-
Operador del equipo se dirigirá al Punto de Encuentro de Emergencia que haya definido la obra. En el caso de sismos que afecten el trabajo de grúas torre, se recomienda que el operador permanezca en la cabina, por existir mayor riesgo de caída al descender inmediatamente del equipo.
En caso de que el operador se vea impedido de realizar sus funciones y deba ser asistido por personal externo, se deberá seguir el procedimiento que se indica a continuación: -El Rigger deberá estar siempre atento a la eventualidad de que el operador no pueda continuar realizando maniobras por fuerza mayor, para activar el procedimiento de emergencia establecido por la obra - El Operador deberá comunicar la situación de inmediato al Rigger que lo está apoyando en las maniobras de izaje, mediante radiocomunicación, teléfono celular, bocina u otro medio inmediato que esté disponible, También debe señalar si puede bajar por sí solo o requiere equipamiento de apoyo para el descenso. - De no poder hacerlo, el rigger deberá comunicar de tal situación a su supervisión directa, para activar el protocolo de Emergencia de la obra, además de gestionar el contacto con la supervisión directa
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.clSistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
- Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
58
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies)
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.14. Emergencia: Deterioro o desprendimiento de las pantallas de protección
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Trabajos en altura
Acciones a implementar
. Dar aviso de forma inmediata al supervisor directo, o solicitar ayuda al personal cercano.
. Suspensión de faenas en el sector afectado y en un plazo breve reparar o
reponer el sector afectado, pudiéndose reanudar las faenas una vez superada la emergencia,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/
Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente: * Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos cel expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.15. Emergencia: Granizadas excesivas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Este fenómeno se relaciona con frentes de mal tiempo y que pudieran ocasionar quebradura de techumbres, ventanales, vidrios de vehículos y accidentes en peatones, principalmente
Acciones a implementar
En caso de granizadas excesivas, los habitantes de los edificios deberán alejarse de ventanas y si están a la intemperie deberán resguardarse en los lobby de cada edificio o en sectores techados
59
« Se deberá evitar el tránsito vehicular y peatonal innecesario
- Se activarán las luces de emergencia en caso de cortes de luz asociados al temporal
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E, N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de contro! ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que
se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies), + Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.16. Emergencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Se produce en caso de contenedores de residuo en mal estado y exceso de la capacidad del contenedor
Acciones a implementar
Se procederá a contener dicho derrame o percolación con material absorbente, si corresponde, posteriormente el material contenedor será dispuesto en un contenedor
» Se realizará aseo en la sala de basura, limpiado y desinfectando la zona de derrame » Se cambiará el contenedor o basurero defectuoso
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines hitp://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
- Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
» La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire),
« La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
- Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia
Referencia al ICE o documentos del
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
60
expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
10.2.17. Emergencia: Proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra c acción asociada
Se puede producir por la acumulación de residuos domiciliarios por un periodo prolongado.
Acciones a implementar
Al detectarse vectores:
-
Se llamará de inmediato a la empresa encargada de eliminar plagas y se coordinará una visita a la brevedad.
-
Se le informará a la comunidad para que tomen las precauciones y resguardos necesarios para no verse afectados por los vectores
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire),
-
La identificación y explicación de laís) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.18. Emergencia: Incendios
Fase del Proyzcto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
-
Generación de incendio en áreas comunes
-
Generación de incendio en departamentos habitacionales » Generación de incendio en estacionamientos
-
Generación de incendio en salas de basura
Acciones a implementar
Revisiones periódicas a la red de gas
-
Revisiones periódicas a los sistemas eléctricos
-
Prohibición de fogatas o similares dentro del Proyecto
-
Mantener áreas comunes siempre limpias y libre de materiales que pudieran ocasionar chispas o incendios
-
Las zonas en donde se encuentren grifos o similares deberán estar siempre despejados
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E, N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia
61
del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
» Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10,2,19. Emergencia: Explosiones
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Esta situación de riesgo podría ocwrrir principalmente por una fuga masiva de gas debido a un desperfecto en las cañerías conductoras de tal elemento.
Acciones a implementar
Si ocurre una explosión:
-
Se debe llamar de inmediato a bomberos, ambulancias y carabineros. » Una vez ocurrida la explosión las personas deben abandonar el sector y buscar un lugar seguro en caso de repetirse el evento,
-
La comunidad en general deberá prestar los primeros auxilios a quienes lo necesiten mientras llegue personal apto para tales efectos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente;
- Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia,
residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
62
10.2.20. Errergencia: Intoxicaciones por inhalación de gas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Esta situación de riesgo podría ocurrir principalmente por una fuga masiva de gas debido a un desperfecto en las cañerías conductoras de tal elemento.
Acciones a implementar
Si se detecta olor a gas:
-
Se debe avisar a la empresa proveedora y bomberos » Se deben ventilar las áreas afectadas
-
Se debe cortar el suministro eléctrico
-
Si hay afectados se deben llevar a un lugar al aire libre y llamar de inmediato a emergencias y/o ambulancias.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Si se detecta olor a gas:
-
Se debe avisar a la empresa proveedora y bomberos » Se deben ventilar las áreas afectadas
-
Se debe cortar el suministro eléctrico
-
Si hay afectados se deben llevar a un lugar al aire libre y llamar de inmediato a emergencias y/o ambulancias.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.21. Emergencia: Cortes de suministro de servicios básicos
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Se pueden producir por fallas generalizadas en los sistemas internos de los proveedores de estos servicios, por fallas en las cañerías (agua potable) o por cortes de cables o caídas de postes de luz, entre otros.
Acciones a implementar
Ante un corte de agua potable se activará el uso de estanque de emergencia y se les indicará a las personas que por precaución hierban el agua antes de consurnirla,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
63
10.2.22, Emergencia: Sismo
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Todo Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Acciones a implementar
Mantener la calma,
- Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo. » Retirarse de las zonas que involucren riesgos.
» Dirigirse a la zona de seguridad,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
-
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
= Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Complementaria
10.2.23. Emergencia: Rebases de cámaras de aguas servidas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Se pueden producir por obstrucción por algún elemento extraño como basura, juguetes o por su mala utilización. También puede ser producto de episodios lluvias intensas provocando una sobrepresión en el sistema
Acciones a implementar
Cortar el suministro de agua y avisar a la comunidad. + Reubicar objetos que pudieses ser afectados por el contacto con el agua.
-
Ante un rebase de la cámara de aguas servida domiciliaria que haya sido por causa de los propietarios o locatarios, se dará aviso a la empresa sanitaria o a una empresa particular para dar solución inmediata, debiendo pagar por la solución de la emergencia.
-
Si el rebase es a causa de un problema de la empresa sanitaria, le corresponde a la misma empresa realizar la reparación y la descontaminación e higienización del sector.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Conforme lo dispuesto en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de obtener toda la información necesaria, dentro de las 24 hrs siguientes el titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del portal generado para estos fines http://snifa.sma,gob.cl/SistemaRCA/ Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” que afecte algún componente ambiental. Dicho informe considerará a lo menos lo siguiente:
64
» Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.).
-
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
-
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
-
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices
normativas aplicables a esta materia
Referencia al ICE o Anexo 3 de la Adenda Complementaria documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
11”. Que, con fecha 29 de mayo de 2024 se dictó la Resolución N* 20240800171 por parte del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío, mediante la cual se rechaza la solicitud de apertura de proceso de PAC, en atención a que se recibieron un total de 9 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana, las que no cumplieron con los requisitos legales, requeridos por la Ley N 19,300, las cuales fueron emitidas por 9 personas naturales.
12*. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, campromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
- Que, el Tiular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena míxima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
14”. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Prcyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15”. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
- Que, para que el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,
17”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
18”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
19". Que, se haze presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 22 letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
20”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
65
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz”, de ICC Inmobiliaria SpA.
-
Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3%. Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
42, Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario Edificio Cruz” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese, comuníquese y Archívese
== € AFI EA y)
1 A
María Eliana Vega Fernández egional Servicio de Evaluación Ambiental ecretaria Comisión de Evaluación
Región del Biobío
Distribución:
e — Sres. Luis Felipe Bernardino Muñoz Benavente, Emilio Jorge Vásquez Maldonado y Sra. Catalina Alejandra Harding Delgado, en representación de ICC Inmobiliaria SpA. Clc: e CONADI, Región del Biobío CONAF, Región del Biobío Consejo de Monumentos Nacionales DGA, Región del Biobío Dirección de Vialidad, Región del Biobío Dirección General de Aeronáutica Civil Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío DOH, Región del Biobío SAG, Región del Biobío SEC, Región del Biobío SEREMI de Agricultura, Región del Biobío e SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
66
SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobíc SEREMI de Energía, Región del Biobío
SEREMI de Minería, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
SEREMI MOP, Región del Biobío
SERMAGEOMIN, Zona Sur
Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Ilustre Municipalidad de Concepción
Gobierno Regional, Región de Biobío
Superintendencia de Medio Ambiente
Firmado Digitalmente por María Eliana Vega Fernández
Fecha: 23-10-2024 15:39:14:855 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
67
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 67]